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NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA DE INVERSIÓN PÚBLICA Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas

00 Normatividad Del SNIP

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  • NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONALDE INVERSIN PBLICAFuente: Ministerio de Economa y Finanzas

  • Sistema Nacional de Inversin PblicaLos Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestin que actan como normas de calidad (certifican conductas)

  • Marco Normativo ActualLey N 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802 y por los Dec. Leg. N1005 y N1091.Reglamento del SNIP, aprobado por D.S. N 102-2007-EF, modificado por D.S. N185-2007-EF, DS N 038-2009-EF y Cuadragsima Quinta DF de la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal 2010.Directiva General del SNIP, aprobada por R.D. N 003-2011-EF/68.01.RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, R.M. N 314-2007-EF/15.

  • PRINCIPALES CONCEPTOS

  • Toda intervencin limitada en el tiempoQue utiliza total o parcialmente recursos pblicosCon el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios de una EntidadCuyos beneficios se generen durante la vida til del proyectoDebe constituir la solucin a un problema vinculado a los fines y competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarse en ms de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecucin de los estudios de preinversin.Proyecto de Inversin Pblica (PIP)Son independientes de los de otros proyectos

  • No son PIP:Las intervenciones que constituyen gastos de operacin y mantenimiento. La reposicin de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) est asociada a la operatividad de las instalaciones fsicas para el funcionamiento de la entidad; o (iii) no implique ampliacin de capacidad para la provisin de servicios.

    En general, la reposicin de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operacin ha superado su periodo de vida til o ha sufrido daos por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones.

  • Se consideran Recursos Pblicos a: Todos los recursos financieros y no financieros.de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Pblico. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento. Incluye a los recursos provenientes de cooperacin tcnica no reembolsable (donaciones y transferencias).Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP.Recursos Pblicos

  • Otras definiciones:PROGRAMA DE INVERSIN. Es un conjunto de PIP y/o Conglomerados que se complementan, tienen un objetivo comn.

    CONGLOMERADO. Es un conjunto de PIP de pequea escala que comparten caractersticas similares en cuanto a diseo, tamao o costo unitario y que corresponden a una misma funcin y programa, de acuerdo al Clasificador Funcional Programtico. Slo puede ser un componente de un Programa de Inversin.Los GR y GL slo pueden formular Programas que se enmarquen en sus competencias.

  • APLICACIN DE LAS NORMAS DEL SNIP

  • A todas las entidades y empresas del Sector Pblico No Financiero.Los proyectos de los GL no sujetos al SNIP que luego de su ejecucin, la O y M estar a cargo de una Entidad sujeta al SNIP, debern ser formulados por stas ltimas y declarados viables por el rgano del SNIP que resulte competente.A los proyectos de las instituciones perceptoras de Cooperacin Tcnica Internacional, cuando una Entidad sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M.A los PIP de las mancomunidades municipales, cuando al menos 1 de los GL que la integran est sujeto al SNIPAplicacin de las Normas del SNIP

  • Gobiernos Locales en el SNIPLos ya incorporados.Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del Concejo Municipal).Aquellos que vayan a concertar una operacin de endeudamiento externo para un PIP. Los Gobiernos Locales que sean incorporados por Resolucin de la DGPI. Se ha dispuesto incorporacin de 51 GLs.

    Los Gobiernos Locales en el SNIP: deben tener OPI haber encargado la evaluacin de sus proyectos (Convenio Anexo SNIP 11).

  • Incorporacin Voluntaria de GLRequisitos:Tener acceso a Internet;Compromiso del Concejo Municipal de apoyar el fortalecimiento capacidades en su Gobierno Local;Tener en su Presupuesto Institucional para proyectos, un monto no menor a S/. 4 millones sustentado por la Oficina de Ppto.

  • Incorporacin Voluntaria de GLLa incorporacin es irreversible.Aplican SNIP para solo para PIP nuevos.

    No son PIP nuevos los que a la fecha del Acuerdo de Concejo:

    Se encuentren en ejecucin.Cuenten con un estudio definitivo o expediente tcnico vigente (no ms de 3 aos desde su culminacin). Se tenga un contrato suscrito para elaborar el ED ET, est en proceso de elaboracin por administracin directa. Tienen 1 ao para terminarlo.

  • RGANOS DEL SNIPESTRUCTURA Y FUNCIONES

  • DGPI

  • Principales atribuciones de la DGPI

    Determina en ltima instancia, en caso de discrepancia entre OPI y/o UF, la metodologa, estudios adicionales y parmetros de formulacin y evaluacin de un proyecto. La DGPI cautela que las declaraciones de viabilidad renan los requisitos de validez tcnica y legal, dispone las acciones respectivas segn cada PIP, y las sustenta y registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.OPI tiene 10dh para implementar recomendaciones de DGPI

  • Realizar evaluaciones muestrales, cada ao, sobre la calidad de las declaraciones de viabilidad que otorguen los rganos competentes del SNIP.

    Brindar asistencia tcnica y capacitar en la metodologa de identificacin, formulacin y evaluacin de proyectos a las UF y OPI.Principales atribuciones de la DGPI

  • Recordemos:MinistrosMxima autoridad ejecutiva del SectorDirectorio FONAFErgano que integra a propietariosPresidente RegionalAlcaldergano ResolutivoEs el Titular o la mxima autoridad ejecutiva en cada Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local

  • Designa al rgano encargado de realizar las funciones de OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, el cual debe ser uno distinto a los rganos encargados de la formulacin y/o ejecucin de los proyectos. Designa al Responsable de la OPI, debiendo recaer en una persona que cumpla con el Perfil Profesional aprobado por DGPM. (Anexo SNIP 14)Principales atribuciones del rgano Resolutivo

  • Puede delegar, previa opinin favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de la mxima autoridad de las Entidades adscritas a su Sector, GR o GL, siempre que cumplan con las condiciones mnimas siguientes:

    Contar con un equipo de por lo menos 02 profesionales especializados en los proyectos objeto de la delegacin.Experiencia mnima de 02 aos en evaluacin de proyectos, aplicando las normas y metodologa del SNIP.No tener la calidad de UE, salvo para el caso de los conglomerados autorizados.Principales atribuciones del rgano Resolutivo

  • Recordemos

    Autoriza la elaboracin de ET o ED y ejecucin de PIP viables. Ambas autorizaciones se pueden realizar en un solo acto.

    Los PIP viables en su PIA se consideran ya autorizados y no requieren autorizacin expresa, salvo para aquellos PIP que implican modificacin presupuestaria (puede ser objeto de delegacin).

  • Oficina de Programacin e Inversiones (OPI)Es el rgano tcnico del SNIP en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local.

    En el nivel de Gobierno Nacional, sus competencias estn relacionadas tanto al mbito institucional del Sector, como a la Responsabilidad Funcional que le sea asignada.

    En el nivel Regional o Local, sus competencias estn relacionadas al mbito institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de sus competencias, establecidas por la normatividad de la materia. Principales atribuciones de la OPIDeclara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que no se financien con endeudamiento.

    Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de preinversin de los proyectos financiados con endeudamiento y Programas de Inversin.

  • En el caso de los GR y GL, la OPI slo est facultada para evaluar y declarar la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que formulen las UF pertenecientes o adscritas a su nivel de gobierno.Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que se financien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento, siempre que haya recibido la delegacin de facultades.Actualmente se ha delegado a OPIs Regionales y Locales para PIPs que se financien con endeudamiento interno, con monto de inversin igual o menor de S/.10 millones de nuevos soles. Promueve la generacin y fortalecimiento de capacidades del personal de la OPI de su Sector, Gobierno Regional o Local, as como de sus UF y UE.Solicita a las UF y/o Ejecutoras la informacin que requiera del PIP. Principales atribuciones de la OPI

  • Principales atribuciones de la OPIAprueba expresamente los TdRs cuando la UF contrate la elaboracin de los estudios de preinversin. Aprueba el plan de trabajo, cuando la misma UF elabore los estudios de preinversin. No aplica a los proyectos de un conglomerado

  • Principales responsabilidades de la OPIDetermina si la intervencin propuesta se enmarca en la definicin de PIP.

    Verificar en el Banco de Proyectos que no exista un PIP registrado con los mismos objetivos, beneficiarios, localizacin geogrfica y componentes, del que ser evaluado, a efectos de evitar la duplicacin de proyectos, debiendo realizar las coordinaciones correspondientes.Responsable de la OPISuscribir los Informes Tcnicos de evaluacin, as como los formatos que correspondan.Visar los estudios de preinversin.Velar por la aplicacin de las recomendaciones que formule la DGPM, as como, cumplir con los lineamientos que dicha Direccin emita.La persona designada como Responsable de una OPI NO puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.

  • Perfil del Responsable de la OPIContar con Grado de Bachiller o Ttulo Profesional en Economa, Administracin, Ingeniera o carreras afines.Haber seguido cursos o diplomas de especializacin en evaluacin social del proyectos y/o en el SNIP, con resultados satisfactorios.Experiencia en formulacin y/o evaluacin social de proyectos de 02 aos como mnimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional, 03 aos como mnimo.Con tiempo de experiencia en el Sector Pblico de 02 aos como mnimo. En el caso de la OPI Nacional y Regional, 05 aos como mnimo.Adecuadas capacidades para conducir equipos de trabajo.En el caso de la OPI de un Gobierno Regional, deber residir en la circunscripcin territorial del Gobierno Regional.En el caso de la OPI de un Gobierno Local, deber residir en la circunscripcin territorial del Gobierno Local, o en zonas aledaas

  • Unidad Formuladora (UF)Es cualquier rgano o dependencia de las Entidades, registrada ante la DGPI por la OPI (el registro es informtico).Su registro debe corresponder a criterios de capacidades y especialidad :Requisitos para el registro de la UF:

    Contar con profesionales especializados en la materia de los proyectos cuya formulacin le sea encargada.Deben tener por lo menos 01 (un) ao de experiencia en evaluacin de proyectos, aplicando las normas y metodologa del SNIP.

  • Funciones y Responsabilidades de la UFFUNCIONES:

    Elabora, suscribe y registra los estudios de preinversin.

    Poner a disposicin de DGPI u OPI toda la informacin del PIP, en caso sea solicitada.

    Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicacin de proyectos .

    Elabora los TdRs cuando se contrate la elaboracin de los estudios de preinversin, siendo responsable por el contenido de dichos estudios; Elabora el plan de trabajo cuando la elaboracin de los estudios de preinversin la realice la propia UF.

  • RESPONSABILIDADES:

    Cuando los gastos de O y M estn a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF, solicita la opinin favorable de dichas entidades antes de remitir el Perfil para su evaluacin.

    Levanta las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPI.

    Considera, en la elaboracin de los estudios, los Parmetros y Normas Tcnicas para Formulacin (Anexo SNIP-09), as como los Parmetros de Evaluacin (Anexo SNIP-10) Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verifica que se cuenta con el saneamiento fsico legal correspondiente o con los arreglos institucionales respectivos para la implementacin del PIP.

    En el caso de los GR y GL, verifica que la localizacin geogrfica del PIP corresponda a su circunscripcin territorial, salvo que se trate de un PIP de alcance intermunicipal o de influencia interregional.

  • Unidad Ejecutora - UECualquier rgano o dependencia de las Entidades, con capacidad legal para ejecutar Proyectos de Inversin Pblica de acuerdo a la normatividad presupuestal vigente.

    Es la responsable de la fase de inversin, aun cuando alguna de las acciones que se realizan en esta fase, sea realizada directamente por otro rgano o dependencia de la Entidad. Adems est a cargo de la evaluacin ex post del proyecto.FUNCIONES:Ejecuta el PIP autorizado por el rgano Resolutivo, o el que haga sus veces.Elabora el expediente tcnico o supervisa su elaboracin, cuando no sea realizado directamente por ste rgano.Tiene a su cargo la evaluacin ex post del PIP.

    RESPONSABILIDADES:La UE debe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para disponer y/o elaborar los estudios definitivos y para la ejecucin del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichos estudios y del responsable de la UE. Elabora y suscribe el Formato SNIP -15, informando sobre la consistencia entre el ED o ET detallado y el estudio de preinversin por el que se otorg la viabilidad.Informa OPORTUNAMENTE al rgano que declar viabilidad, toda modificacin en la fase de inversin.Elaborar el Informe de Cierre.

  • Convenio SNIP Convenio SNIP 11Objeto: GL sujeto al SNIP encarga la evaluacin de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.

    GL encargante NICAMENTE puede tener vigente un convenio de este tipo a la vez. GL encargante al incorporarse informa a DGPI que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.OJO: La DGPI remite la clave de acceso al BP a la OPI encargada

  • Convenio SNIP 12 Objeto: GL sujeto al SNIP formula, evala y declara viable PIP de GL no sujeto.

  • Convenio SNIP 13 Objeto: GN GR pueden formular PIPs de competencia municipal exclusiva, siempre que firmen este Convenio con el GL respectivo

  • Ciclo del ProyectoRetroalimentacinPostinversin

    Operacin y MantenimientoInversin

    Estudios Definitivos/ExpedienteTcnicoEjecucinPreinversin

    PerfilPre factibilidadFactibilidad*EvaluacinEx postIdeaFin

  • FASE DE PREINVERSINEsta fase comprende la elaboracin del Perfil, que adems incluye el anlisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboracin del estudio de Factibilidad.

    El rgano responsable de la evaluacin del PIP, podr recomendar estudios adicionales a los requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de las caractersticas o de la complejidad del proyecto.

  • Formulacin de Estudios de PreinversinRECORDAR: Un PIP puede ejecutarse en ms de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecucin de los estudios de preinversin.

    Los estudios de preinversin consideran:Los Parmetros y Normas Tcnicas para Formulacin (Anexo SNIP-09), los Parmetros de Evaluacin (Anexo SNIP-10), la programacin multianual de inversin pblica del Sector, GR o GL, segn corresponda, para evaluar tanto la probabilidad de su ejecucin como el perodo de ejecucin del PIP.

  • Los estudios y sus anexos tienen carcter de DJ, y su veracidad es de estricta responsabilidad de la UF, siendo aplicables las responsabilidades que determine la CGR y la legislacin vigente.

    El rgano que declar la viabilidad del PIP es el responsable de la custodia de los estudios conforme al marco legal vigente.

    Estudios de Preinversin

  • Nuevos Anexos 05A y 05BA partir del 10.04.2011, los contenidos mnimos sealados en los Anexos SNIP-05A y SNIP-05B son aplicables a los proyectos cuyos perfiles estn:

  • PIPs entre S/.1200,000 y S/.10000,000 - TransicinCon Perfiles aprobados y con autorizacin para el Prefactibilidad Factibilidad, debern reformularse segn el Anexo SNIP-05A, salvo que:

    Se culmina el estudio superior para su evaluacin y, de corresponder, su posterior declaratoria de viabilidad.

  • PIPs > S/.10 MILLONES - TransicinCon Perfiles aprobados y con autorizacin para el Prefactibilidad con autorizacin de SALTO a Factibilidad, debern reformularse segn el Anexo SNIP-05B, salvo que:

    el prefactibilidad se encuentre en elaboracin, por un contrato suscrito o por administracin directa o si su elaboracin ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar. OJO: OPI puede solicitar a DGPI que se mantengan los contenidos mnimos originales del Perfil.Se culmina el Prefactibilidad para su evaluacin y, de corresponder, autorizar elaboracin del Factibilidad.

  • Evaluacin de Proyectos mayores > 1200.00Se utiliza el Protocolo de Evaluacin Cuando se declara la viabilidad de un PIP se remite copia a DGPI de:Formato SNIP 09 (Declaracin de Viabilidad)Informe Tcnico

    Plazo para envo de informacin: 05 das hbiles

  • Declaracin de ViabilidadLa viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase de inversin. Se aplica a un PIP que a travs de estudios de preinversin evidenci:

    Ser socialmente rentable, sostenible y compatible con los Lineamientos de Poltica y con los Planes de Desarrollo respectivos.

  • Solo podr otorgarse si:

    La intervencin es un PIP, de acuerdo a las definiciones establecidas.No se trata de un PIP fraccionado.La UF tiene las competencias legales para formular el PIP.La OPI tiene la competencia legal para declarar la viabilidad del PIP.Los PIP no estn sobredimensionados respecto a la demanda prevista y los beneficios del proyecto no estn sobreestimados

  • Para que OPI declare la viabilidad:

    Est prohibido el fraccionamiento de un PIP, bajo responsabilidad de la UF que formula y registra la intervencin en el Banco de Proyectos, y del rgano que lo declara viable, de ser el caso.

    Formato SNIP 04 (Perfil Simplificado) hasta S/.1200,000Anexo SNIP 5A: > S/.1200,000 < = S/.10 millones. Anexos SNIP 5B + 07: > S/.10 millones.

  • Declaracin de ViabilidadPara el registro de la DV del PIP deber incluir en la Ficha de Registro del PIP:

  • RECORDAR:Se declaran viable con PerfilEl Perfil debe elaborarse segn contenidos mnimos sealados en (Anexo SNIP-19) Se aplica a todos los niveles de gobierno.No tiene fecha de trminoSe aplica a PIP mayores a S/.1200,000

    PIPs de Electrificacin Rural

  • RECORDAR:Se declaran viable con PerfilEl Perfil debe elaborarse segn contenidos mnimos sealados en (Anexo SNIP-20) Se aplica a todos los niveles de gobierno.No tiene fecha de trminoSe aplica a PIP mayores a S/.1200,000

    PIP de Rehabilitacin de Carreteras

  • Expresados en das hbiles:* Para los TdRs son 15 das hbiles

    NIVEL DE ESTUDIO DE PREINVERSIN MONTO DE INVERSIN A PRECIOS DE MERCADOPLAZO DE EVALUACIN OPI / DGPI Perfil SimplificadoHasta 1'200,000.0010PerfilHasta 10'000,000.0030FactibilidadMayores 10'000,000.0040

  • Programa de Inversin sin endeudamientoDebe ser mayor a S/:10 millones.

    Solamente puede incluir conglomerados cerrados, los cuales pueden incluir PIP Menores con Perfil Simplificado (Formato SNIP 04) completo.

    Por VV del Programa, pueden incluirse nuevos PIP al conglomerado. Los que se enmarquen en los subprogramas 0065: Vas Departamentales, 0066: Vas Vecinales y 0067: Caminos de Herradura, debe ser mayor a S/. 30 millones.Conglomerado cerrado es aquel que se autoriza nicamente para agrupar a los proyectos expresamente indicados en su solicitud de conformacin contenida en el estudio de preinversin del Programa.

  • Si existieran proyectos viables que aun no hayan empezado ejecucin, estos pueden incorporarse al Programa de Inversin:

    Si el PIP fue formulado y declarado viable por un sector o nivel de gobierno distinto del que propone el Programa, se requerir contar con OK de quien declar viable el PIPProgramas de Inversin

  • Programa de Inversin sin endeudamientoSi nicamente estuviera conformado por PIPs, para que el Programa pueda ser declarado viable, debern identificarse (REGISTRARSE) y desarrollarse aquellos proyectos que en el Programa representen por lo menos el 50% del monto de inversin total.

    La UF del Programa tiene 1 ao contado desde la declaracin de viabilidad del Programa, para formular los estudios del resto de PIPs, caso contrario, no podrn ser incluidos.

    Los componentes de gestin y estudios de base no deben representar ms del 10% del monto de inversin total.

  • Programa de Inversin sin endeudamiento - TransicinLas nuevas disposiciones aplican a los Programas que al 10.04.2011 se encuentren en formulacin y/o evaluacin.Los Anexos SNIP-06 y SNIP-08 son aplicables a los Programas de Inversin sin Endeudamiento cuyos estudios de preinversin se encuentren:En elaboracin, presentados para evaluacin, en evaluacin u observados.

    TRANSICIN: la DGPI dispondr las acciones que correspondan para los Programas de Inversin con DEUDA, segn cada caso.

  • FASE DE INVERSINLas disposiciones de la Directiva para los ED o ET son de aplicacin a:

  • Informe de Consistencia Formato SNIP 15

  • Informe de Consistencia Formato SNIP 15Cuando corresponda (PIP involucra obra), debe consignarse las frmulas de reajuste de precios.El BP ha habilitado un campo para el registro de la frmula de reajuste.Tambin debe informarse sobre modalidad de ejecucin

  • rgano que declar viabilidad registra:El Informe de Consistencia. Tiene 3 das hb. Esto no se llena para Programas ni conglomerados, solo para sus PIPs.El Informe de Cierre.Las variaciones que se produzcan en la Fase de Inversin.

    Los registros y evaluaciones que se realicen durante la etapa de elaboracin del ET debern efectuarse antes del registro del Formato SNIP 15.

    Registros en el BP:

  • MODIFICACIONES NO SUSTANCIALESAumento en metas asociadas a la capacidad de produccin del servicioAumento en metradosCambio en tecnologa de produccinCambio de la alternativa de solucin por otra prevista en el estudioCambio de localizacin geogrfica dentro de mbito de influencia del PIPCambio de modalidad de ejecucinResultado del proceso de seleccinPlazo de ejecucin

  • Variaciones en Fase de Inversin sin VVPor Modificaciones NO SustancialesY Variaciones las registra rgano que DECLAR VIABILIDAD en el Formato SNIP 16, en el plazo mximo de 03 das hbiles.

    MONTO DV% VARIACINMenor o igual a S/.3 MillonesNo ms de 40%Mayor a S/.3 Millones y Menor o igual a S/.6 Millones No ms de 30%Mayor a S/.6 MillonesNo ms de 20%

  • Variaciones en Fase de Inversin sin VV

    El monto de inversin aumenta o disminuye, exclusivamente por la actualizacin de precios por frmulas polinmicas de reajuste de precios. No hay porcentaje mximo.Registro procede an cuando la UE informe luego de haber ejecutado incrementosDebe adjuntar el clculo de los reajustes de las valorizaciones respectivas mediante las frmulas polinmicas de reajuste de precios.El monto de inversin disminuye como resultado del proceso de seleccin hasta el lmite permitido en la normatividad de contrataciones del Estado o la que resulte aplicable.Registro procede an cuando la UE informe luego de haber adjudicado la buena pro.

  • MODIFICACIONES SUSTANCIALEScambio en el objetivo del PIPcambio de la alternativa de solucin por otra no prevista en el estudio de preinversin cambio del mbito de influencia

  • Modificaciones SustancialesSi PIP est en ET: rgano que DV determina si es por deficiencia en preinversin o en ET. Si por deficiencia en preinversin solicita retiro de DV o dispone Informe de Cierre.Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET.

    Si PIP est en ejecucin: Verificacin de Viabilidad.

  • Verificacin de Viabilidad Aspectos GeneralesDEFINICIN: El rgano que declaro la viabilidad realiza una nueva evaluacin del PIP considerando las modificaciones como requisito previo a su ejecucin.QUIN? El rgano que declaro la viabilidad, la registra la DGPI, salvo que tuviera recomendaciones.PLAZO: 10 das hbilesINFORMACIN: Proyectos, Anexo SNIP-16 y Formato SNIP-17. Si monto de inversin vara a un nivel de estudio de preinversin superior, la UF debe presentar a la OPI, la informacin correspondiente a dicho nivel.

  • Las modificaciones no sustanciales que originen incrementos encima de los %.Si el proyecto pierde alguna condicin necesaria para su sostenibilidad.Se suprimen metas asociadas a la capacidad de produccin del servicio o componentes.Se aumentan o cambian componentes inclusive si el monto de inversin no vara o disminuye.Modificaciones sustanciales cuando PIP est en ejecucin.Verificacin de Viabilidad Objeto

  • Informe de Variaciones:En cualquier caso, la UE tiene 20 das hb. para informar antes de ejecutar.Si ejecuta sin informar (salvo casos sealados en Anexo SNIP 18):

    rgano que DV:Realiza anlisis para determinar existencia de prdidas econmicas (Ver Anexo SNIP 25), e

    Informa al OCI

  • Transicin:Es de aplicacin INCLUSO a los PIP que sean objeto de modificaciones posteriores a los registros relacionados a las Acciones I, II y III previstos en la Directiva N 001-2009-EF/68.01 que ya consten en el Banco de Proyectos.

  • FASE DE POSTINVERSIN

  • Postinversin Esta ltima fase se inicia cuando se ha cerrado la ejecucin del proyecto y ste ha sido transferido a la Entidad responsable de su operacin y mantenimiento. En esta fase, y durante todo su periodo de vida til, se concreta la generacin de beneficios del proyecto.

    Etapas Se debe asegurar que el proyecto ha producido una mejora en la capacidad prestadora de bienes o servicios pblicos de una Entidad. Para ello, la Entidad responsable de su operacin y mantenimiento, deber priorizar la asignacin de los recursos necesarios para dichas acciones.

    Operacin y mantenimientoEvaluacin ex post Proceso que permite investigar en qu medida las metas alcanzadas por el proyecto se han traducido en los resultados esperados en correlato con lo previsto durante la fase de preinversin.

  • Evaluacin ex postEvaluacin de Culminacin (Periodo: Al finalizar la fase de inversin independientemente si se cuenta con liquidacin o informe de cierre del PIP)Seguimiento Ex Post (Periodo: De 1 a 2 aos despus de terminada la ejecucin del PIP, siendo recomendable que se haga 1 ao despus del inicio de la operacin)Evaluacin de Resultados (Periodo: De 3 a 5 aos despus de iniciada la operacin del PIP)Estudio de Impacto (Se aplica a PIP de especial importancia con los que se espera efectos de sinergias a mediano y corto plazo)Fase de Postinversin

  • Propsito

    Tiempo

    mbito de AplicacinDocumentacin y reflejo inmediato de la ejecucin.A la culminacin

    Todos (Detalle y simplificado)Asegurar operacin y mantenimiento adecuado.1-2 aos despus de la culminacinSeleccionados

    Evaluacin integral con los cinco criterios.

    3-5 aos despus de la culminacinSegn lmites, todos o muestra.

    Medir impactos directores/indirectos y sostenibilidad.Depende de las caractersticas de PIPSeleccionados (uno o un grupo de PIPs)

    InsumosEjecucinComponentes (Productos)Operacin y Mantenimiento , UtilizacinPropsito (Objetivo Central)Impactos Impactos Indirectos Impactos Directos

    Evaluacin de Culminacin

    Seguimiento Ex-Post

    Evaluacin de Resultados

    Estudio de Impacto

    Criterios

    Eficiencia y pertinencia

    Sostenibilidad

    Pertinencia, eficiencia, eficacia, sostenibilidad, impactos directosEficacia, sostenibilidad, impactos directos e indirectos

    Evaluacin Ex Post: Pautas, contenidos mnimos, casos de aplicacin Fase de Postinversin

  • OTRAS DISPOSICIONES

  • SOSEMSeguimiento es RESPONSABILIDAD DE LA OPI QUE DECLAR LA VIABILIDAD. Cuando es PIP con deuda, la responsable es DGPI.Conformado por procesos, indicadores, comit de seguimiento y aplicativo informtico (SOSEM- Mdulo de Seguimiento a la Inversin Pblica).Aplica a:PIP mayores a S/.10 millones;Con deuda total o parcialmente;Los que OPI y DGPI decidan.Obligatorios: Agricultura, Educacin, Energa y Minas, Salud, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construccin y Saneamiento, Poder Judicial.

  • VIGENCIA DE ESTUDIOS DE PREINVERSIN Y ETSe mantiene plazo: 3 AOS.UF debe actualizar el estudio de preinversin y remitirlo a la OPI correspondiente, OPI realiza una nueva evaluacin y comunica su resultado a la DGPI. Si el PIP contina siendo viable, se deshabilitar la viabilidad anterior del PIP para que UF registre la informacin actualizada en el Banco de Proyectos, y OPI registra la nueva evaluacin y nueva declaracin de viabilidad.

  • OTRAS DISPOSICIONES VINCULADAS AL SNIP

  • Contrataciones del EstadoExpediente de Contratacin (art. 10 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado)Cuando se trate de PIPs, la Entidad es responsable de:Que los proyectos estn viables, en el marco del SNIPTomar las previsiones para que se respeten los parmetros de la viabilidad, incl. costos, cronograma, diseo u otros. Cuando el PIP contenga obras, se adjuntar:El ET respectivoLa declaratoria de viabilidadCuando el PIP se vaya ejecutar por concurso oferta:El estudio de preinversin que sustent viabilidadEl IT de viabilidadCuando el PIP se vaya a ejecutar por llave en mano e incl. la elaboracin del ET, tambin se adjuntan dichos dctos.

  • Contrataciones del EstadoValor ReferencialCuando se trate de proyectos de inversin, se establece de acuerdo al monto de inversin del estudio de preinversin que sustenta la declaracin de viabilidad. (Ver: art. 27 LCE DLeg. 1017)En la ejecucin de obras bajo la modalidad de concurso oferta, se determina segn: (Ver: art. 14 Rglto LCE)el objeto de la obra El alcance previsto en los estudios de preinversin que dieron lugar a la viabilidad del PIP, el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado

  • Ley Ppto. 2009 (prorrogado en Leyes Ppto 2010 2011 y 2012)Usos del Canon y Regala MineraLos GR y GL pueden utilizar hasta un 20% para mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local.Los GR y GL pueden usar hasta el 5% para la formulacin y evaluacin de estudios de preinversin perfiles de PIP en sus PDC.Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o regala minera o que reciban anualmente MENOS de S/.1 milln de nuevos soles, pueden usar hasta el 8% del Grupo Genrico Gasto 5. Inversiones, para formulacin y evaluacin perfiles.

  • El GN y los GR podrn formular proyectos de competencia municipal exclusiva, siempre y cuando se celebren los convenios a que se refiere el artculo 45 de la Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralizacin.Ley 29010 mod. por Ley 29611: Faculta a los GR y GL a utilizar recursos procedentes de toda fte de financiam, salvo operaciones oficiales de crdito, para realizar Gastos de Inversin en materia de Seguridad Ciudadana, infraestructura y equipamiento en el mbito de su jurisdiccin. Para lo cual deben suscribir convenios con el Ministerio del Interior y la PNP, as como con el GR y GL correspondientes. No abarca adquisicin de armas de fuego, municiones, armas qumicas o elctricas.

    Sobre PIP y competencia de cada nivel de gobiernoLos GL y GR pueden formular PIP del subprograma seguridad vecinal, que se encuentra en el programa Orden Interno

  • Mediante la COEJECUCIN, ms de una Entidad va a participar en la ejecucin de diferentes componentes o metas en un solo Proyecto de Inversin Pblica. (Es posible tener ms de una Unidad Ejecutora en un PIP).Mediante el COFINANCIAMIENTO una Entidad transfiere a otra recursos para la ejecucin de un Proyecto de Inversin Pblica.Coejecucin y Cofinanciamiento

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