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Construcción, contenido y retos Diciembre de 2012 Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud JuventudEs Colombia

Estatuto de Ciudadanía Juvenil. V. Dic/12

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Construcción, contenido y retos

Diciembre de 2012Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud – JuventudEs Colombia

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1991

Séptima

papeleta que

finaliza en la

Constitución de

1991.

1996 – 1997

VI Festival Nal

de la Juventud /

Ley 375 de 1997

2006

Se aprueba P. de

Ley presentado

por el MIRA. El

Gobierno lo

objeta ante la

Corte

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2006

Ley de 1014 (de

Emprendim.) y

Ley 1098 (de

Infancia y

Adolescencia)

2008

Sentencia C616

que resuelve

objeciones

presidenciales al

P. de Ley del

MIRA

2009

Proyecto de Ley

060, retirado por

falta de términos

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2010

Se construye y

se radica por

1ra vez, el

Estatuto de

Ciudadanía

Juvenil

2011

El Congreso

aprueba en el

2do intento el

Estatuto de

Ciudadanía

Juvenil

2012

La Corte

Constitucional lo

declara

exequible

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1. Escasa implementación a hoy, 15 añosdespués (Por ej, nunca se haconformado el Consejo Nacional deJuventud).

2. Por la sentencia C616 de 2008, quedice que los temas de DerechosFundamentales y Mecanismos deParticipación, deben ser LeyesEstatutarias y no ordinarias.

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Estatuto

Transformar

realidades

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Ya había sido radicado el Proyecto de Ley 060de 2009, que regulaba la Elección yConformación de los CMJ.

Se realizó una audiencia pública en Mayo de2010 con la participación de 44 ponencias.

Solicitamos a la Senadora Alexandra MorenoPiraquive y al Senador Juan FernandoCristo, el retiro del Proyecto, para construirotro de manera participativa.

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ARTICULÁNDONOS (COMITÉ TECNICO DE LEY)

…Y otros actores

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El Espacio de Coordinación de Iniciativaspor la Plataforma Nacional de Juventud –JuventudEs Colombia, es un escenario dediálogo, incidencia e interlocución decarácter transitorio, diverso, democrático,plural, autónomo e incluyente de lasociedad juvenil hacia la construcción deuna Plataforma Nacional de Juventudes.

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INVESTIGANDO

Memorias de otros procesos

Otras Leyes

Estudios académicos

Sentencia C616

Aportes técnicos instituciones

Insumos borrador CONPES

Ponencias Audiencia Pública

Otros insumos

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RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS

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RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS

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RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADASSocialización y recolección de aportes en más de 15 ciudades

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RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS2000 jóvenes de 28 departamentos del país

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•Aprobación

Congreso

• Exequibilidad

Corte

• Sanción

Presidente

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El Proyecto de radica inicialmente el 26 de Agosto de 2010, con la firma de 69 Congresistas, y ponentes asignados por todos los partidos.

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1. Comisión 1ra de Senado

2. Plenaria de Senado

3. Comisión 1ra de Cámara

4. Plenaria de Cámara (Jun/2011)

Video

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Ante el hundimiento, en Agosto de 2011, seradicaron y acumularon tres proyectos, dos deorigen parlamentario que retomaban el textoanterior y uno de iniciativa del Gobierno,completamente nuevo y sin aportes de jóvenes delas regiones.

Entre Agosto y Diciembre del año pasado se dieronlos 4 debates necesarios del Proyecto de LeyEstatutaria de Ciudadanía Juvenil, que finalmentefue aprobado por el Congreso.

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• Aprobación

Congreso

•Exequibilidad

Corte

• Sanción

Presidente

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La Corte Constitucional bajo sentencia C862del 25 de Octubre de 2012 del MagistradoPonente Alexei Julio Estrada, efectuó revisiónintegral del Proyecto de Ley Estatutaria deCiudadanía Juvenil, declarando EXEQUIBLE lanorma en su aspecto formal, y declarandoinconstitucionales 3 artículos del mismo,entre ellos la creación de la UnidadAdministrativa Especial para la Juventudes.

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• Aprobación

Congreso

• Exequibilidad

Corte

• Sanción

Presidente

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• A la fecha (10 de diciembre), la Corte aún no ha notificadoformalmente al Presidente de la República.

• Una vez notificado, el Presidente de la República tendrámáximo 20 días hábiles para sancionar la Ley.

• La Ley no puede ser objetada, por haber surtidopreviamente la revisión integral de Constitucionalidad porparte de la Corte.

• A partir de su sanción se convierte en Ley de la República, yderoga en su totalidad la Ley 375 de 1997.

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Establecer un marco institucional paragarantizar a todos los y las jóvenes, elejercicio pleno de la ciudadanía juvenilen los ámbitos civil, personal, social ypúblico, el goce efectivo de los derechosreconocidos en el ordenamiento jurídicointerno e internacional, y la adopción delas políticas públicas necesarias para surealización

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Exposición de motivos.

Título I - Disposiciones preliminares.

Título II - Derechos y deberes de lasJuventudes.

Título III - Políticas Públicas de Juventud.

Título IV - Sistema Nacional de lasJuventudes.

Título V - Disposiciones finales.

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Reconoce la ciudadanía juvenil más allá delvoto o ejercicio formal de participación, asícomo las potencialidades de los y las jóvenesen el contexto colombiano. Visibiliza lascaracterísticas propias de la diversidad de losterritorios, las formas de organización yparticipación de las juventudes y propone laconcepción de la ciudadanía juvenil, como unejercicio de relación y prácticas constantes ycotidianas de los y las jóvenes entre ellos y conotros actores sociales, políticos, económicos yculturales.

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Describe el objeto, las finalidades, los enfoquespara la interpretación de la ley, las definiciones ylos principios sobre los cuales se basa todo elcontenido del articulado.

Enfoques de Derechos Humanos, Diferencial, deDesarrollo Humano y de Seguridad Humana.

Principios de autonomía, diversidad, participación,territorialidad, progresividad, corresponsabilidad,coordinación y concertación, entre otros.

Define el ser joven, sus procesos y prácticasorganizativas y su ciudadanía juvenil.

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Para efectos de esta Ley se entiende como “joven” lapersona entre 14 y 28 años, en parte justificado en losdesarrollos normativos internacionales, en algunosprogramas Gubernamentales (Jóvenes ruralesemprendedores hasta los 32) y en las menoresoportunidades de desarrollarse en zonas rurales yalejadas.

Establece el alcance de la ciudadanía juvenil desde elámbito civil (los derechos como individuos), el ámbitosocial (la relación con el resto de la sociedad) y elámbito público (construcción y aportes para agendascolectivas).

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Define los criterios que deben tenerse encuenta para garantizar el goce real yefectivo de los derechos de las y losjóvenes.

Reconoce mecanismos y medidas deprevención, protección, promoción ygarantía de los derechos, agrupados enesas 4 categorías.

Establece los deberes de las y los jóvenes.

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Define los elementos de las Políticas Públicas de Juventud,describiendo sus características, competencias, principios,lineamientos y procedimientos para la formulación participativae implementación de Políticas Públicas de Juventud en todos losniveles territoriales.

Establece como principios de política la inclusión, participación,corresponsabilidad, integralidad, proyección, territorialidad,complementariedad, descentralización, evaluación y difusión.

Establece las competencias de cada uno de los niveles (Nación,dpto, mpio), y los procedimientos y plazos para la formulacióny re-formulación (donde ya existe) participativa de las mismas.

Responde a la pregunta: ¿Qué mínimos debe desarrollar unapolítica pública territorial y nacional para desarrollar laciudadanía juvenil?

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Transversaliza su implementación en toda la estructura delEstado.

Privilegia la escala municipal como referente operativo,aportando así a la descentralización real desde los procesosjuveniles.

Fija en Presidente, Alcaldes y Gobernadores la responsabilidadindelegable para formular, implementar y hacer seguimiento alas políticas públicas. Habla de rendición pública de cuentas ypresentación de informe anual sobre avances, ejecuciónpresupuestal y cumplimiento, que podría generar sanciones encaso de no cumplirse.

Ordena la inclusión en planes de desarrollo de los recursossuficientes y mecanismos conducentes para garantizar estaspolíticas, que deben ser implementadas en planes de mínimo 4años.

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Determina el sistema para garantizar la operatividad delEstatuto.

Está conformado por el Subsistema Intersectorial deGobierno – o Institucional de las Juventudes - y elSubsistema de Participación de las Juventudes.

En el subsistema de Gobierno se articulan lasdependencias del Estado en su respectivo nivelterritorial, que luego integran una Comisión Intersectorialque interlocuta con los delegados jóvenes.

Responde a la pregunta: ¿Quéactores, escenarios, instancias y procesos debe garantizarun sistema que aporte en el ejercicio de la ciudadaníajuvenil en el ámbito público?

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Reconoce otros escenarios de participación y articulación comolas Plataformas, integradas por procesos y prácticasorganizativas de las y los jóvenes, reconociendo la pluralidadde intereses para asociarse, y establece las Asambleas Juvenilescomo el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil.

Respecto a la 375, fortalece los Consejos de la Juventud comoel mecanismo de interlocución y concertación ante el Estado yle da un carácter decisivo más que consultivo. Igualmente fija laelección de los CMJ en un mismo día en todo el país.

Las plataformas y los consejos se articulan en agendasterritoriales, que son llevadas a la Comisión de Concertación yDecisión con el Estado. Las decisiones tomadas allí son deobligatorio cumplimiento.

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Consejos de

Juventud

Plataformas (Solo en el

nivel m/pal)

Asambleas JuvenilesMesa intersectorial de Gobierno

Presidente, Gobernador o

Alcalde

+ Ministerios o

Secretarias

+ Institutos

descentralizados

Comisión de Consejos de Juventud: 3 Delegados

Comisión Intersectorial de Gobierno:

3 Delegados

Comisión de Concertación

y Decisión (Decisiones de

obligatorio cumplimiento)

Agendas

Subsistema Institucional de las Juventudes

Subsistema de participación de las Juventudes

SISTEMA DE GESTIÓN DE CONOCIMIENTO

Procesos: ● Información/ Comunicación. ●Planeación/ implementacion / seguimiento/ evaluación

●Investigación y ● Formulación

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Se proponía la generación de la Unidad Administrativa Especial (conpersonería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal) en elorden nacional, que se encargue de la coordinación y la articulaciónde los programas gubernamentales para jóvenes. (Este artículo fuedeclarado inconstitucional por la Corte).

Se habla de la creación de entidades encargadas del tema dejuventud en los entes territoriales, como responsables institucionalesde la coordinación en Juventud.

Responde a la pregunta: ¿Qué tipo de institución debe generarsetanto en el nivel nacional como locales para garantizar la aplicaciónde los principios de las políticas y con ello el goce efectivo de losderechos de las y los jóvenes, como individuos, colectivos y enámbito de lo público?

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Se refiere asuntos relacionados con los tiempospara la implementación de la ley (1 año paragenerar el Plan de Acción), mecanismos deseguimiento y monitoreo a dichaimplementación.

Propone los mecanismos de financiación de laley, el papel de la cooperación internacional eneste proceso y establece la segunda semana deAgosto como la Semana Nacional de la Juventud.

Responde a la pregunta: ¿Cómo debegarantizarse la implementación de la ley?

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No fue una iniciativa de un partido o un congresistaespecíficamente.

No se desconocen los Consejos de Juventud y alcontrario, los fortalece, convirtiéndolos en losinterlocutores válidos entre la sociedad juvenil y elEstado.

No disminuye a 16 años, la edad para ejercer el derechoal voto para cargos de elección popular.

No contempla la responsabilidad penal antes de los 18años.

No genera privilegios para ningúnsector, movimiento, organización e ideología.

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1. Socialización: Dar a conocer el contenido y los alcances delEstatuto por todo el país.

2. Explorar alternativas para dar vía libre a una nuevaInstitucionalidad del nivel nacional (Proyecto de Ley).

3. Reglamentación: Se viene avanzando con el Gobierno en loque sería el proceso de reglamentación participativa delEstatuto. Es clave porque se podrían suplir algunos vacíosque quedaron.

4. Implementación: Es el principal reto, para que la norma seimplemente en los territorios y no se quede en el papel.

5. Elecciones Consejos de Juventud: Se viene pensando que elproceso nacional de elecciones de CMJ que podría ser elúltimo viernes de Octubre de 2013, coordinado por elMinisterio del Interior y la Registraduría.

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Se ha venido avanzando con el Gobierno Nacional y otros

sectores, en una propuesta de construcción participativa de

los Decretos Reglamentarios del Estatuto de Ciudadanía

Juvenil.

El objetivo es realizar a principios del próximo año, una

gran Consulta Nacional (con actividades presenciales y

virtuales en las diferentes regiones del país), con el fin de

recoger insumos y aportes, frente al contenido de los

Decretos.

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Grupo de Trabajo (Su rol es facilitar):

Institucionalidad: Ministerio del Interior y Programa Presidencial

Colombia Joven. Se propuso invitar un Coordinador Departamental de

Juventud.

Consejos de Juventud: Inicialmente el CDJ Bogotá. Se propuso invitar

dos Consejos Departamentales.

Organizaciones y Plataformas de Juventud: Espacio de Coordinación de

Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud - JuventudEs

Colombia

Cooperantes, academia y ONG: Fundación Social, AECID, Ocasa,

Profamilia y el Observatorio Javeriano de Juventud.

Juventudes de partidos: Dos delegados de la Mesa de partidos.

Garante: Instituto de Ciencia Política “Hernán Echavarría Olózaga”

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Temas materia de reglamentación:

Elección de Consejos de Juventud.

Plataformas y funcionamiento del Sistema Nacional Juvenil.

Medidas de garantía de derechos.

Políticas Públicas de Juventud

Grupos de interés:

Institucionalidad

Consejeros de Juventud

Organizaciones y plataformas de Juventud

Cooperantes, academia y ONG

Juventudes de Partidos Políticos

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Socializar y debatir el Estatuto al interior de susorganizaciones, instituciones y regiones.

Promover y ser parte activa de los espacios de participación ydiscusión que permitan a los y las jóvenes del país, conocerlos antecedentes, el proceso de construcción y el texto delEstatuto.

Preparar posiciones oficiales de cada una de susorganizaciones, procesos y/o regiones frente al textoaprobado, y exponerlas en el marco de los eventos que seprogramen en todo el país.

Vincularse activamente al proceso que se viene dereglamentación e implementación del Estatuto de CiudadaníaJuvenil.

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Más información:

En la web

www.juventudescolombia.org

O al correo:

[email protected]

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¡MUCHAS GRACIAS!