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AUTOR: DR. JOSÉ GARCÍA FALCONÍ Bases: Constitucional y Legal El siguiente marco constitu- cional y legal, se refiere a esta garantía básica del debido pro- ceso, que es la motivación. El Art. 76 número 7 de la Constitución de la República vigente, dispone en su parte pertinente: “En todo proceso en el que se determinen dere- chos y obligaciones de cual- quier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: (…) 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: (...) l) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motiva- das. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resolu- ciones o fallos que no se encuen- tren debidamente motivados se considerarán nulos. Las servi- doras o servidores responsables serán sancionados”. El Art. 130 número 4 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala en su parte pertinente: “Facultades juris- diccionales de las juezas y jueces.- Es facultad esencial de las juezas y jueces ejercer las atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución, los instrumentos internaciona- les de derechos humanos y las leyes; por lo tanto deben: (…) 4. Motivar debidamente sus reso- luciones. No habrá motivación si en la resolución no se enun- cian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Las resoluciones o fallos que no se encuentren debida- mente motivados serán nulos”. El Art. 108 número 8 ibídem, dispone: “Infracciones gra- ves.- A la servidora o al servi- dor de la Función Judicial se le podrá imponer sanción de suspensión, por las siguientes infracciones: (…) 8. No haber fundamentado debidamente sus actos administrativos, reso- luciones o sentencias, según corresponda, o en general en la substanciacióny resolución de las causas, haber violado los derechos y garantías constitu- cionales en la forma prevista en los artículos 75, 76 y 77 de la Constitución de la República. La reiteración de estas faltas por tres ocasiones en un período de un año, será motivo de desti- tución”. Otras disposiciones legales sobre la motivación Tenemos los artículos 275 al 302delCódigodeProcedimiento Civil; y los artículos 306, 309, 312, 325.1, 328.1, 330, 336, 337, 344, 345, 352, 354, 358, 362, 367, 373, 380, 382, 427, 428 del Código de Procedimiento Penal, entre otras disposiciones. ¿Qué es la motivación de la sentencia? La motivación de la senten- cia constituye la parte medular donde el juzgador da las expli- caciones que justifiquen el dis- positivo del fallo, como es el producto de la construcción de la premisa menor y mayor del silogismo judicial y de la activi- dad de subsumir los hechos con- cretos en el supuesto abstracto de la norma, actividades intelec- tuales éstas que deben constar en el cuerpo de la decisión. La sentencia debe estar moti- vada y ello se realiza a través de las argumentaciones de hecho y de derecho que explican las razones que tuvo el juzgador para acoger o no la pretensión. En definitiva, la parte dispo- sitiva del fallo debe ser el pro- ducto de una motivación donde se explique las razones de la actividad intelectual del juzga- dor para la construcción de las premisas y la determinación de la consecuencia jurídica. Carnelutti, señala con senci- llez: “La motivación de la sen- tencia consiste en la construc- ción de un razonamiento sufi- ciente, para que de los hechos que el juez percibe, un hombre sensato pueda sacar la última conclusión contenida en la parte dispositiva(…)la motivación está impuesta para que muestre el juez que ha razonado”; y en nuestro ordenamiento jurídico una resolución no se motiva con la simple interpretación del derecho, pues la misma actual- mente, es un proceso mental que exterioriza un proceso intelecti- vo, que impone al juez pronun- ciarse de alguna determinada manera, conforme señalo en líneas posteriores. Sobre la argumentación, el maestro Manuel Atienza, seña- la que tiene tres cuestiones fun- damentales que plantearse, que son: a) Cómo analizar una argumen- tación; b) Cómo evaluarla; c) Cómo argumentarla. Al respecto, el maestro citado, señala: “Para dar cuenta ade- cuadamente de la dimensión argumentativa del derecho, habría que considerar (distin- guir, para luego integrar en una teoría compleja) los componen- tes formales, materiales y prag- máticos (dialécticos y retóricos) que existe en toda argumenta- ción. A partir de ahí -esa era mi pretensión- se estaba en condi- ciones de poder afrontar las tres grandes preguntas que plantea ese enfoque del derecho: cómo analizar una argumentación jurídica, cómo evaluarla y cómo argumentarla en el derecho”. Agrega con razón: “Una argu- mentación es todo el conjunto de pasos, actos de lenguaje y enunciados que tienen lugar entre el planteamiento de una pregunta inicial (un problema), con que se abre la argumenta- ción, y la respuesta a la misma (la solución –argumentativa- del problema), que significa el cierre de la argumentación. CONTINUA EN LA PÁGINA - C2 C1 LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10505 ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com Dirección: Panamericana Norte Km 3 1/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: [email protected] Editora LCDA. NATHALY SALAZAR BRITO Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Análisis Jurídico sobre la Motivación

Revista Judicial 4 noviembre 2013

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RevistajudiCialC00 LUNES

24de NOvieMBRe de 2008La Hora QuitO, eCuadOR

Autor: Dr. José GArcíA FAlconí

Bases: Constitucional y LegalEl siguiente marco constitu-

cional y legal, se refiere a esta garantía básica del debido pro-ceso, que es la motivación.

El Art. 76 número 7 de la Constitución de la República vigente, dispone en su parte pertinente: “En todo proceso en el que se determinen dere-chos y obligaciones de cual-quier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: (…) 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: (...) l) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motiva-das. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resolu-ciones o fallos que no se encuen-tren debidamente motivados se considerarán nulos. Las servi-doras o servidores responsables serán sancionados”.

El Art. 130 número 4 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala en su parte pertinente: “Facultades juris-diccionales de las juezas y jueces.- Es facultad esencial de las juezas y jueces ejercer las atribuciones jurisdiccionales de acuerdo con la Constitución, los instrumentos internaciona-les de derechos humanos y las leyes; por lo tanto deben: (…) 4. Motivar debidamente sus reso-luciones. No habrá motivación si en la resolución no se enun-cian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Las resoluciones o fallos que no se encuentren debida-mente motivados serán nulos”.

El Art. 108 número 8 ibídem, dispone: “Infracciones gra-ves.- A la servidora o al servi-dor de la Función Judicial se le podrá imponer sanción de

suspensión, por las siguientes infracciones: (…) 8. No haber fundamentado debidamente sus actos administrativos, reso-luciones o sentencias, según corresponda, o en general en la substanciacióny resolución de las causas, haber violado los derechos y garantías constitu-cionales en la forma prevista en los artículos 75, 76 y 77 de la Constitución de la República.

La reiteración de estas faltas por tres ocasiones en un período de un año, será motivo de desti-tución”.

Otras disposiciones legales

sobre la motivaciónTenemos los artículos 275 al

302 del Código de Procedimiento Civil; y los artículos 306, 309, 312, 325.1, 328.1, 330, 336, 337, 344, 345, 352, 354, 358, 362, 367, 373, 380, 382, 427, 428 del Código de Procedimiento Penal, entre otras disposiciones.

¿Qué es la motivación de la sentencia?

La motivación de la senten-cia constituye la parte medular donde el juzgador da las expli-caciones que justifiquen el dis-positivo del fallo, como es el producto de la construcción de

la premisa menor y mayor del silogismo judicial y de la activi-dad de subsumir los hechos con-cretos en el supuesto abstracto de la norma, actividades intelec-tuales éstas que deben constar en el cuerpo de la decisión.

La sentencia debe estar moti-vada y ello se realiza a través de las argumentaciones de hecho y de derecho que explican las razones que tuvo el juzgador para acoger o no la pretensión.

En definitiva, la parte dispo-sitiva del fallo debe ser el pro-ducto de una motivación donde se explique las razones de la actividad intelectual del juzga-

dor para la construcción de las premisas y la determinación de la consecuencia jurídica.

Carnelutti, señala con senci-llez: “La motivación de la sen-tencia consiste en la construc-ción de un razonamiento sufi-ciente, para que de los hechos que el juez percibe, un hombre sensato pueda sacar la última conclusión contenida en la parte dispositiva(…)la motivación está impuesta para que muestre el juez que ha razonado”; y en nuestro ordenamiento jurídico una resolución no se motiva con la simple interpretación del derecho, pues la misma actual-mente, es un proceso mental que exterioriza un proceso intelecti-vo, que impone al juez pronun-ciarse de alguna determinada manera, conforme señalo en líneas posteriores.

Sobre la argumentación, el maestro Manuel Atienza, seña-la que tiene tres cuestiones fun-damentales que plantearse, que son:a) Cómo analizar una argumen-

tación;b) Cómo evaluarla;c) Cómo argumentarla.

Al respecto, el maestro citado, señala: “Para dar cuenta ade-cuadamente de la dimensión argumentativa del derecho, habría que considerar (distin-guir, para luego integrar en una teoría compleja) los componen-tes formales, materiales y prag-máticos (dialécticos y retóricos) que existe en toda argumenta-ción. A partir de ahí -esa era mi pretensión- se estaba en condi-ciones de poder afrontar las tres grandes preguntas que plantea ese enfoque del derecho: cómo analizar una argumentación jurídica, cómo evaluarla y cómo argumentarla en el derecho”.

Agrega con razón: “Una argu-mentación es todo el conjunto de pasos, actos de lenguaje y enunciados que tienen lugar entre el planteamiento de una pregunta inicial (un problema), con que se abre la argumenta-ción, y la respuesta a la misma (la solución –argumentativa- del problema), que significa el cierre de la argumentación.

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Revista No: 10505

es una edición de diario la hora http//www.derechoecuador.comDirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | telf: 2475723 al 728 | E-mail: [email protected]

Editoralcda. naThalY salaZar BriTo

Directordr. Francisco ViVanco rioFrío

Análisis Jurídico sobre la Motivación

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Básicamente consiste en un con-junto de argumentos y de líneas argumentativas. Pero no todos los pasos de una argumentación no son argumentativos. No son aquellos que no requieren de ninguna razón para ser dados (…)”.

Termina señalando: “Un argumento es una razón (for-mulada por medio de un enun-ciado) a favor o en contra de una determinada tesis (expresada esta última también en forma de un enunciado). Consta por tanto, de tres elementos: la razón (la premisa), la tesis,( la conclusión) y la vinculación -el ser una razón a favor o en con-tra- que se establece entre ambos (la inferencia). Las razones (los argumentos en sentido estricto), pueden ser más o menos com-plejas (…), finalmente una línea argumentativa es un conjunto de argumentos orientados en un mismo sentido; a defender una tesis o a atacarla”, en su obra La Argumentación Jurídica, pone un ejemplo de argumentación en materia penal, que debe ser de la siguiente manera:1. Quien comete un asesinato

debe ser condenado con la pena de reclusión mayor;

2. Quien mata a otro alevosa-mente, comete asesinato;

3. Quien se aprovecha de la inde-fensión o buena fe de otro, actúa alevosamente;

4. Quien mata a una persona mientras está dormida, se aprovecha de su estado de indefensión

5. X mató a Y, mientras éste últi-mo dormía;

6. Por lo tanto a X se le debe imponer la pena de reclusión mayor.De todo lo anotado se despren-

de, que la motivación de la sen-tencia constituye la parte medu-lar donde el juzgador da las explicaciones que justifiquen el dispositivo del fallo, como es el producto de la construcción de la premisa menor y mayor del silogismo judicial y de la utili-dad de subsumir los hechos con-cretos en el supuesto abstracto de la norma, actividades intelec-tuales éstas que deben constar en el cuerpo de la decisión.

De tal modo, para cumplir lo dispuesto en el Art. 76 No. 7 letra l) de la Constitución de la República, la sentencia debe

estar motivada, y ello se realiza a través de las argumentacio-nes de hecho y de derecho que explican las razones que tuvo el juzgador para acoger o no la pretensión.

En definitiva como dice la doctrina, el dispositivo del fallo debe ser el producto de una motivación, donde se expli-que las razones de la actividad intelectual del juzgador para la construcción de las premisas y la determinación de las conse-cuencias jurídicas.

Sobre la motivación, me per-mito sugerir la lectura obliga-da de la Gaceta Judicial Serie XVII No. 2, en un juicio civil de obra nueva, que sigue el doc-tor Marcelo Regalado en con-

tra de Edgar Zurita y otra, en las páginas 360-370, en la cual la Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la ex Corte Suprema de Justicia, conformada por los doctores Tito Cabezas, Santiago Andrade Ubidia y Galo Galarza Paz, hacen un estudio detallado sobre lo que es la motivación.

Importancia de la motivaciónLa sentencia antes mencio-

nada, cuyo magistrado ponen-te, fue el distinguido jurista, el maestro señor Dr. Santiago Andrade Ubidia, se refiere a los siguientes puntos:a) La motivación como presu-

puesto del control casacional del razonamiento probatorio;

b) La seguridad jurídica como

control de la arbitrariedad de los jueces;

c) La motivación como garantía de tutela judicial efectiva;

d) La motivación como criterio diferenciador entre racionali-dad y arbitrariedad;

e) La motivación analizada desde dos perspectivas, que si bien son diferentes, responde a una misma realidad, apoya-da en el principio de legalidad; esto es, con finalidad endo procesal y otra de carácter procesal.En dicha sentencia se seña-

la, que en definitiva el llamado control casacional de los hechos abarca dos aspectos muy distin-tos: por un lado la apreciación de los mismos que el Tribunal

Supremo respeta por entender que es el resultado de una per-cepción inmediata del juzgador de instancia, que no puede ser sustituido por otro tribunal que no vio ni oyó directamente; y en segundo lugar, el razonamien-to inferencial que al no depen-der de la inmediación, puede ser controlado y sustituido por cualquier otro órgano judicial.

Debo señalar, que hay muchí-simas sentencias del Supremo Tribunal de Justicia de España, en las que señala que el recurso de casación no es tercera ins-tancia, por lo que no es factible valorar la prueba, ya que esto pertenece al juzgador de instan-cia, pero sin perjuicio de la facul-

tad del tribunal de casación, de integrar el FACTUM.

Recalco, que si no se analiza con detenimiento esta senten-cia, los operadores de justicia de nuestro país, no pueden enten-der lo que es la motivación como regla del debido proceso.

De lo anotado se desprende, que la motivación de la senten-cia pronunciada en un juicio, no sólo hace a la garantía de la defensa en juicio, sino a la esen-cia de un régimen democrático, pues no puede privarse a los ciu-dadanos que viven en el país, de conocer las razones concretas que determinaron la resolución dictada por los órganos opera-dores de justicia. Con la doctrina de la arbitrariedad se tiende a

resguardar la garantía de defen-sa en juicio y el debido proceso, exigiendo que las sentencias de los jueces sean fundadas y cons-tituyan una derivación razo-nada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa.

¿Cómo debe ser la motiva-ción de una resolución judi-cial?

El tratadista Gozaíni, señala: “En la formación de la senten-cia, primero se accede en buena parte a los esfuerzos de la juris-dicción. Lógica, inteligencia, psicología y voluntad, son los principales componentes que caracterizan el proceso mental de elaboración”, agrega: “Que

en consecuencia, los hechos se incorporan por las partes, las peticiones delinean el objeto procesal, y la congruencia es el límite fijado para evitar el exce-so jurisdiccional”, recalca que la delimitación del tema deciden-di, la fijan los litigantes y no le es posible al juez desviar por otros caminos el destino de las preten-siones trazadas; esto es los jueces a la hora de motivar deben rea-lizar una completa justificación de la decisión adoptada. Estoy preparando un trabajo sobre la sentencia, la congruencia y la facultad-deber de los jueces de disponer pruebas de oficio para buscar la verdad.

De este modo, el motivar una resolución, es una exigencia constitucional y legal, además motivar es razonar sobre los fundamentos de la decisión, esto es explicar a la sociedad de manera racional el porqué de las decisiones, pues sólo de esta manera se evita la arbitrariedad de los jueces y más operadores de justicia.

Legitimación de los jueces a través de la motivación

Kelsen y algunos otros auto-res, sostienen que la legitimidad judicial tiene su base en la inde-pendencia e imparcialidad de los jueces, y fundamentalmente estos se legitiman al momento de dictar sus resoluciones de manera motivada, esto es cum-pliendo lo que disponen los artí-culos 76 número 7 letra l) de la Constitución de la República y 130 No. 4 del Código Orgánico de la Función Judicial; de tal modo que la Constitución refle-ja en mayor medida que la ley es del pueblo y los jueces por su independencia e imparcialidad son los guardianes naturales de la soberanía constitucional, que reside en el pueblo, pues hay que recordar que el Art. 167 de la Constitución de la República en concordancia con el Art. 1 del Código Orgánico de la Función Judicial, manifiesta: “La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución”.

Motivación: ventajas y des-ventajas

Recalco que conforme seña-la el Art. 76 No. 7 letra l) de la Constitución de la República, es obligación de los poderes públi-cos motivar la resolución que afecte los derechos de las perso-nas pues solo así la motivación

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DIVORCIOSUNIDAD JUDICIAl

ESpECIAlIZADA TERCERA DE lA FAMIlIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA

DEl CANTON QUITO DE lA pROVINCIA DE pICHINCHA.

EXTRACTO JUDICIALCITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA: JENNY LEONOR OBANDO YANEZCAUSA: DIVORCIO POR CAUSALNo. 17203-2013-26890-R.ACTOR: CESAR ALBERTO HIDALGO PEREZDEMANDADA: JENNY LEONOR OBANDO YANEZ.CUANTIA : INDETERMINADAJUEZ: DRA. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA, JUEZ.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 04 de septiembre del 2013, las 10h37. VISTOS: Avoco conoci-miento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia , Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No.810 de 16 de octu-bre de 2012. La demanda

de divorcio presentada por CESAR ALBERTO HIDALGO PEREZ, se la califica de clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley seña-lado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trá-mite en la vía del juicio verbal sumario.- CITESE a JENNY LEONOR OBANDO YANEZ, conforme lo dispone el Art.82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte acto-ra ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante tres publicaciones mediando ocho días por lo menos entre la una y la otra, en un periódi-co del lugar del juicio y de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio con un extracto de la demanda y este auto, conforme señala el Art.119 del Código Civil. Si contados 20 días desde la última publicación la parte demandada no compa-reciere se sustanciará la causa de rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. César Portilla. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa el Dr. René Barba en calidad de Secretario [CAUSA No. 2013-26890-R].- Cítese y notifíquese.Lo que comunico a usted , Y LO CITO, para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casillero judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito de la Provincia de Pichincha y

dentro del perímetro legal.Certifico Dr. RENE BARBASECRETARIO JUDICIAL.P.A.P/57773/p.n

REpÚBlICA DEl ECUADOR CITACIÓN JUDICIAl

SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, N IÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO AL CONYUGE DE LA SEÑORA VIVANCO VALAREZO GLORIA ESTHELA EXTRACTO: CITACION JUDICIAL CAUSA : DIVORCIO POR CAUSAL No. 26992-2013. ACTOR : VIVANCO VALAREZO GLORIA ESTHELA DEMANDADO: OSCAR GUSTAVO TORRES JARAMILLO OBJETO: DIVORCIO POR CAUSAL TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA : INDETERMINADA PROVIDENCIA DICTADA: U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 08 de octubre del 2013, a las 15h07.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provin-cia de Pichincha, según resolu-ción N°24-2013 del 23 de abril del 2013 aprobada por el Pleno

del Consejo de la Judicatura y de conformidad con la Acción de Personal.- N°7466-DNP de 17 de mayo del 2013.- En lo principal, la demanda que ante-cede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en conse-cuencia se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- Cítese al demandado, señor OSCAR GUSTAVO TORRES JARAMILLO por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito mediante tres publicaciones con un inter-valo de ocho días entre una y otra , con prevenciones de ley a la parte demandada que de no comparecer a juicio la causa continuará en rebeldía.- Para la publicación en la ciudad que contrajo el matrimonio y bajo la misma modalidad, la parte actora solicitará lo que en dere-cho procede.- Previo a lo que corresponde con relación a la curadora ad litem insinuada, los menores adultos se pronuncia-rán al respecto.- Hágase saber al demandado para los fines de ley.- Agréguese a los autos los documentos que acompañan.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte acto-

ra para sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE. Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, al tenor de lo dispues-to en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona en calidad de Secretaria Lo que comunico a Usted para los fines de ley. DRA. MARTHA GORDILLO SAHONA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/96993/tf

REpUBlICA DEl ECUADORCITACION JUDICIAl

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, N IÑEZ Y ADOLESCENCIA DL CANTON QUITO

EL CONYUGE DE LA SEÑORA TANIA MARISOL MUÑOZ SANTILLAEXTRACTO: CITACION JUDICIALCAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL No. 21094-2013ACTOR: TANIA MARISOL MUÑOZ SANTILLADEMANDADO: SALAZAR SALAZAR JAIME EDISONOBJETO: DIVORCIO POR CAUSALTRAMITE: VERBAL SUMARIOCUANTIA: INDETERMINADAPROVIDENCIA DICTADA:U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 26 de agosto del 2013, a las 15h43.-VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, pro-vincia de Pichincha, creada mediante Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha once de septiembre del año dos mil doce, en concor-dancia a los Arts. 44, 45, 175 de la Constitución de la República, artículos 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, con acción de personal 7466-DNP de 17 de mayo del 2013. En lo principal: 1.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos estable-cidos en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, por

lo que en concordancia con el art. 118 del Código Civil se la acepta a trámite en juicio VERBAL SUMARIO. 2.- Cítese con el contenido de la deman-da, así como con la providen-cia recaída al demandado SALAZAR SALAZAR JAIME EDISON se dispone citarlo por la prensa conforme lo estipu-lado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publi-cación.- 3.- Agréguense a los autos los documentos adjun-tos.- 4.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora para sus futuras notificaciones.- CITESE y NOTIFIQUESE.-Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, al tenor de lo dispues-to en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona en calidad de Secretaria.Lo que comunico a Usted para los fines de ley.DRA. MARTHA GORDILLO SAHONASECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./97021

REpÚBlICA DEl ECUADOR CITACIÓN JUDICIAl

SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, N IÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO AL CONYUGE DEL SEÑOR FRANCISCO JAVIER MOPOSITA MANOBANDA EXTRACTO: CITACION JUDICIAL CAUSA : DIVORCIO POR CAUSAL No. 27181-2013. ACTOR : FRANCISCO JAVIER MOPOSITA MANOBANDA DEMANDADO: MARIA TRANSITO MANOBANDA CAPUS OBJETO: DIVORCIO POR CAUSAL TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA : INDETERMINADA PROVIDENCIA DICTADA: U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 05 de sep-tiembre del 2013, a las 15h22.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, Dra. Sandra María Yanchatipán Sánchez, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, creada mediante Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha once de septiembre del año dos mil doce, en aplica-ción a los Arts. 44, 45, 175 de la Constitución de la República,

permite observar el proceso de elaboración de la decisión, el análisis de los hechos, la crítica a la prueba y la aplicación del derecho, o sea que ello permiti-rá entonces enjuiciar el repar-to efectuado por el juez ante el Superior.

El tratadista Jaime Guasp Delgado, señala como ventajas de la motivación, las siguientes:a) La satisfacción al máximo de

las aspiraciones de las partes al darles a conocer las razones por las cuales se actúa o no las pretensiones.

b) Se estimula la preocupación del juez, por el fundamento intrínseco del fallo, obligán-dolo a consultar, investigar o pensar en la mejor aplicación del derecho; y,

c) Permite el avance de la juris-prudencia, y por lo tanto la unión en la interpretación de los textos legales.

El mismo autor señala, que entre las desventajas tenemos las siguientes:

1. Disminuye el prestigio del juez y su autoridad, toda vez que al producir fallos inefi-cientes en su motivación, permite establecer la forma-ción jurídica del juez y los méritos que el mismo tiene; y,

2. La fundamentación dilata los juicios, sin embargo es preferible que el juez tenga oportunidad de pensar, meditar, etc., con alguna dila-ción del proceso, al que tome cualquier decisión poniendo

en peligro la misma justicia.

Endo ProcesalConforme señala el maestro

Michele Tarufo, la finalidad de la motivación es tanto endo pro-cesal como extra procesal.

“Desde el punto de vista endo procesal, la motivación trata de evitar la arbitrariedad, ofrece razones a las partes que partici-paron en el proceso y facilita el control de la actividad jurisdic-cional al dotar de argumentos para los recursos.

Desde una perspectiva extra procesal, la motivación de las decisiones jurisdiccionales es una muestra de la responsabili-dad del juez, que ofrece las expli-caciones y razones de su decisión y cumple a su vez una tarea de pedagogía social, contribuyen-do así a aumentar la confianza del ciudadano. Y sobre todo, la motivación señala la sumisión del juez a la Constitución y a la ley”.

Al respecto, el Tribunal Constitucional español, seña-la: “Si bien la razón última que sustenta este deber de motiva-ción, en tanto que obligación de exteriorizar el fundamento de la decisión, reside en la interdic-ción de la arbitrariedad y, por lo tanto, en la necesidad de eviden-ciar que el fallo de la resolución, no es un simple y arbitrario acto de voluntad del juzgador en ejer-cicio de un rechazable absolutis-mo judicial, sino una decisión razonada en términos de dere-

cho”, y termina señalando Jorge Malem Seña: “Pero todas estas funciones de la motivación, y otras más que pudieran surgir, no se podrían suplir si las deci-siones judiciales no se expre-san en un lenguaje inteligible, claro y preciso. A veces los jue-ces hacen gala de un estilo lin-güístico enrevesado, barroco y confuso. La exigencia de que las sentencias sean concisas, claras y precisas, respondiendo a las reglas de la lengua ordinaria en la que se expresa, no tiene una finalidad estética, sino que es una exigencia constitucional”.

En resumen, la exigencia constitucional del Art. 76 No. 7 letra l) de la Constitución de la República señala que las deci-siones judiciales han de ser motivadas y, esto implica que deben estar justificadas, esto es han de estar avaladas por razones y como dice la doctri-na, afirmar que la justificación de una sentencia tomada como paradigma de una decisión jurisdiccional, debe estar jus-tificada tanto interna como externamente, forma parte de una teoría del derecho y, ésta justificación externa la debe hacer desde un punto de vista normativo y fáctico, tal como señala Michele Taruffo, tanto desde el punto vista endo pro-cesal como extraprocesal, obvia-mente aclaro una vez más que en la tarea de tomar decisiones jurisdiccionales motivadamen-te, los jueces no están exentos de

cometer errores.

Incongruencia de la senten-cia

Los principales errores que cometen los jueces al dictar una sentencia en forma incongruen-te, son errores de ultra petita, citra petita y extra petita.

En el caso de ultra petita, al considerar respecto al objeto de la causa, algo más de lo reclama-do.

En el caso de citra petita, al considerar respecto al objeto de la causa algo menos de lo recla-mado; y

Extra petita al considerar res-pecto de la causa, algo distinto de lo reclamado.

Apelación de la sentenciaEn las sentencias dictadas

por contravenciones, se señala-ba que no había recurso alguno, quedando a salvo el ejercicio de la acción de indemnización de daños y perjuicios en contra del juez que la dictó; pero la frase “no habrá recurso alguno” fue declara inconstitucional por parte de la Corte Constitucional, mediante Resolución publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 531 de 18 de febre-ro de 2009; de tal modo que si existe recurso de apelación de estas sentencias, toda vez que así lo garantiza el Art. 76 núme-ro 7, letra m) de la Constitución de la República, que dice: “ (…) m) Recurrir el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos”,

en concordancia con el Art. 8 Sección Segunda, letra h), de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Recordemos que instancia, es la etapa que arranca del plantea-miento de una pretensión y se agota con la sentencia o la reso-lución correspondiente, dice la Enciclopedia Jurídica Omeba.

Debo señalar que la Asamblea Nacional, o el Pleno de la Corte Nacional de Justicia o el Consejo de la Judicatura tienen que acla-rar quien conoce este recurso de apelación, que en mi criterio per-sonal debería ser el juez de garan-tías penales del correspondiente distrito vía sorteo, el mismo que debe resolver por el mérito de los autos, pues recordemos que cuan-do existe apelación se trata de vol-ver a juzgar, esto es la parte que no está de acuerdo con la disposición emanada del juez de contraven-ciones, apela, es decir pide que se revea dicha medida y, para mayor garantía este proceso pasa a cono-cimiento de un juez de garantías penales de la Corte Penal respecti-va, el cual se pronuncia en última instancia. Dr. José García FalconíDOCENTE, FACULTAD DE JURISPRUDENCIACIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES, UNIVERSIDADCENTRAL DEL ECUADORCorreo: [email protected]

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se viaja no para buscar el destino sino para huir de donde se parte.

M i g u e l d e u na M u n o

Page 4: Revista Judicial 4 noviembre 2013

artículos 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. Con acción de personal N ° 7466-DNP del 17 de mayo del 2013. En lo principal 1.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos establecidos en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, por lo que en concordancia con el art. 118 del Código Civil se la acepta a trámite en juicio VERBAL SUMARIO. 3.- Cítese con el contenido de la deman-da, así como con la providencia recaída a la demandada MARIA TRANSITO MANOBANDA CAPUS se dispone citarla por la prensa conforme lo estipu-lado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación.- 4.- Agréguense a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora para sus futuras notificaciones .- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona en calidad de Secretaria.- CITESE y NOTIFIQUESE.- Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, al tenor de lo dispues-to en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona en calidad de Secretaria Lo que comunico a Usted para los fines de ley. DRA. MARTHA GORDILLO SAHONA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/96734/tf

UNIDAD JUDICIAl ESpECIAlIZADA TERCERA

DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA

CANTÓN lOJACITACIÓN JUDICIALCito al señor Pedro Antonio Gaibor Galarza, con el siguiente extracto de demanda y auto de aceptación a trámite JUICIO Nº: 2013-2765 ACTORA: Carmen del Rocío Ramón Jaramillo DEMANDADO: Pedro Antonio Gaibor GalarzaASUNTO: Divorcio por causalTRÁMITE: V. SumarioCUANTÍA: IndeterminadaJUEZ: Dr. Héctor Efrén Burneo SaavedraEXTRACTO – DEMANDA: La Compareciente, Carmen del Rocío Ramón Jaramillo, con-curre ante el señor Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del can-tón Loja, manifiesta “Los nom-bres y apellidos del demandado son PEDRO ANTONIO GAIBOR GALARZA, con cédula de ciu-dadanía Nº 120299559-1… De la partida de matrimonio que adjunto a la presente, vendrá a su conocimiento que contraje matrimonio civil con el señor PEDRO ANTONIO GAIBOR GALARZA, el 13 de noviembre del año 1998, inscrito en el tomo 10, Pág. 79, acta 3694, en la ciu-dad de Quito. Más ocurre señor Juez que mi esposo desde el 6 de mayo del año 2007, abando-nó en forma injustificada nues-tro hogar que lo teníamos ubi-cada en el bario Sauces Norte de esta ciudad de Loja, y hasta la actualidad no ha regresado al hogar, por lo que me encuentro

totalmente separada de mi cón-yuge por más de seis años hasta la presente fecha… Con estos antecedentes basándome en lo que dispone el numeral once, inciso primero, del Art. 110 del Código Civil, concurro ante su Autoridad y demando a PEDRO ANTONIO GAIBOR GALARZA, en juicio de divorcio por aban-dono, de su parte, a fin de que usted señor Juez, mediante sentencia declare disuelto el vinculo matrimonial que nos une y una vez sentenciada y ejecutoriada dicha sentencia disponga que se depreque a uno de los señores jueces de la fami-lia del cantón Quito y este a su vez notifique al señor Delegado del Registro Civil, acate lo que usted en sentencia disponga… Señala trámite.- Cuantía adjun-ta documentos… se nombre curador ad-litem a los menores procreados en matrimonio… Declaro bajo juramento que me es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado y que pese a los múltiples esfuerzos personales me ha sido imposible determi-nar su residencia, lo que solicita a su autoridad sea citado por la prensa de conformidad a lo que dispongo el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y Art. 119 de Código Civil.- Señala casilla y correo electrónico para las notificaciones y faculta al defensor para que suscriba y presente escritos en su defen-sa.- AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: VISTOS.- Se llama a intervenir al Dr. Jorge Rivera como secretario Encargado de la Unidad en razón de la ausen-cia del titular y por oficio Nº 2198.- DP11-UP, de fecha 8 de agosto de 2013. en lo principal y por reunir los requisitos de Ley se la califica de clara, completa y precisa la demanda de divor-cio planteada por CARMEN DEL ROCIO RAMON JARAMILLO, en contra de PEDRO ANTONIO GAIBOR GALARZA, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario que le corresponde. Provéase de un curador ad-litem para que represente a los hijos de los comparecien-tes. Con ese fin, se manda que dos parientes cercanos de los menores impúberes KAREN NATAHLY Y PEDRO ANTONIO GAIBOR RAMÓN, insinúen la persona que ha de ocupar esa representación; obligación que también se dispone la cumpla, personalmente, la menor adulta JOSELYN GABRIELA GAIBOR RAMÓN. Cuéntese con el Sr. Fiscal asignado a esta Unidad Dr. Alonso Carrión, quien dic-taminará sobre la Curaduría.- Notifíquese a la menor adulta.- Por cuanto se ha determinado documentadamente la imposi-bilidad de determinar el domi-cilio del demandado, y se han cumplido con las formalidades legales, Cítese a éste mediante tres publicaciones que se reali-zarán en los diarios de mayor circulación en esta ciudad y en la provincia de Pichincha donde se celebró el matrimonio, y de conformidad a lo que dispone el Art. 119 del Código Civil, mediando entre cada publica-ción el término de ocho días. Confiérase el extracto corres-pondiente. Agréguense a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y el correo electrónico señalados por la actora, así como la autoriza-ción que le concede al abogado defensor.- HÁGASE SABER. Particular que hago conocer al público en general para los fines pertinentesLoja, 27 de agosto del 2013 Atentamente, Dr. Higinio G. Álvarez B. SERETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA

TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, N IÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA. P/556110

REpÚBlICA DEl ECUADORJUZgADO CUARTO DE

lO CIVIl, MERCANTIl E INQUIlINATO DEl CARCHI

CITACIÓN JUDICIAL (0171-2013)CITACIÓN JUDICIAL A: PABLO ENRIQUE GUACALES GUALAVISIACTOR: LIGIA YOLANDA CALDERÓN TULCÁNDEMANDADO: PABLO ENRIQUE GUACALES GUALAVISIJUICIO: VERBAL SUMARIO DE DIVORCIO JUZGADO: CUARTO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHICUANTÍA: LA CUANTIA POR SU NATURALEZA ES INDETERMINADA.OBJETO DEL JUICIO: OBTENER MEDIANTE SENTENCIA SE DECLARE DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE: PABLO ENRIQUE GUACALES GUALAVISI Y LIGIA YOLANDA CALDERON TULCÁN.PROVIDENCIAS:JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, miércoles 5 de Junio del 2013; las 14h45.- VISTOS: Avoco conocimiento de este juicio, en virtud de la razón de Sorteo y la razón de la señorita Secretaria de esta Judicatura, sentada por el señor Secretario de este Despacho. En lo prin-cipal, previo a calificar la demanda, la actora señora: LIGIA YOLANDA CALDERÓN TULCÁN, comparezca a esta judicatura de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota del casillero judi-cial No 007, señalado para las notificaciones y la autorización que la señora, LIGIA YOLANDA

CALDERÓN TULCÁN confie-re a su Defensor Ab. Marcelo Garrido Villarreal, para que presente los escritos necesarios dentro de la tramitación de este proceso.- Notifíquese.-F) Dr. Juan Carlos Contreras Chugá.- Juez.- JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, lunes 8 de Julio del 2013, las 16h22.- VISTOS: Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto que antecede. En lo principal, se procede a califi-car la demanda presentada por la señora LIGIA YOLANDA CALDERÓN TULCÁN de clara, completa y de reunir los requi-sitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite Verbal Sumario. Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. Cítese al deman-dado señor PABLO ENRIQUE GUACALES GUALAVISI, con la copia del escrito de demanda y esta providencia, mediante tres publicaciones mediando término de ocho días entre cada una de ellas, mismas que realizarán por intermediario del Diario ¨Ultimas Noticias¨ de la ciudad de Quito y en diario ¨La Nación¨, de amplia circulación en esta ciudad de Tulcán. Por fijada la cuantía.- Cítese y Notifíquese.- f) Dr.- Juan Carlos Contreras Chugá.- Juez. JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, martes 1 de octubre del 2013; las 14h23. Agréguese al proceso el escrito presentado por Ligia Yolanda Calderón Tulcán, así como la proforma

de pago de publicaciones que se adjunta para los fines lega-les pertinentes. En lo principal, con la copia del escrito de demanda y esta providencia, cítese al demandado señor PABLO ENRIQUE GUACALES GUALAVISI, mediante tres publicaciones, mediando el término de ocho días entre cada una de ellas, mismas que se las realizará en el Diario La Hora de la ciudad de Quito, tal como se solicita en el escrito que se pro-vee. Tómese en cuenta la casilla judicial No. 7 para posteriores notificaciones y la facultad que le confiere la compareciente al Abogado Daniel I. Villarreal H., para que presente todos los escritos que sean necesarios para la defensa en esta causa. Hágase conocer de esta sus-titución al anterior defensor.- Notifíquese.- F) Dr. Juan Carlos Contreras Chugá.- Juez.- Se previene al citado de la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial, en este Palacio de Justicia, para las notificacio-nes que deban hacérsele en la tramitación de este juicio.Tulcán, Octubre 21 del 2013AB. VALENTINA KRUPSKAIA LOPEZSECRETARIA Hay firma y sello.P/14564/at

MENORESlA SECRETARIA DEl JUZgADO pRIMERO DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE pICHINCHA, AL SEÑOR MARIO FABIAN CUEVA NARANJO Y

AL PUBLICO EN GENERAL LES HAGO CONOCER LO SIGUIENTEEXTRACTO JUDICIALACTORA: ROSA ELVIARA SANGURIMA NIEVESDEMANDADO: MARIO FABIAN CUEVA NARANJOTRAMITE: INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA CAUSA No. 0097-2008CUANTIA. ($ 3600,00) TRES MIL SEISCIENTOS DOLARESJUEZ: JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHAPROVIDENCIAJUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA: Quito, 28 de octubre del 2013, a las 10h11.- VITOS: Avoca conocimiento la DRA. VANNESSA SERRANO, Jueza encargada, del Juzgado Primero de la Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Pichincha, para sustanciar la presente causa del inciden-te de aumento de la presta-ción alimenticia, en virtud de haber sustanciado la demanda principal conforme prevee el Art. innumerado 42 de la Ley Reformatoria al Título Quinto, Libro Segundo del Código de la Niñez y Adolescencia .- La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos legales por lo que se le acepta a trámite correspon-diente. En vista de que la seño-ra ROSA ELVIRA SANGURIMA NIEVES, bajo juramento decla-ra desconocer el domicilio y residencia del señor: MARIO FABIAN CUEVA NARANJO.- Cítese con el contenido de la demanda y ésta providencia al señor MARIO FABIAN CUEVA NARANJO, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación del país, por tres ocaciones en fechas diferentes, advirtiendo que debe compa-recer a juicio, señalar domi-cilio judicial y/o dirección del correo electrónico y anunciar

las pruebas respectivas confor-me dispone el inciso final del Art. Innumerado 34 de la Ley Reformatoria al Título Quinto, Libro Segundo del Código de la Niñez y Adolescencia, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía.- PROVISIONALMENTE SE MANTIENE EL MONTO DE LA PENSION ALIMENTICIA fijado a favor del alimentario FABIAN ALEJANDRO CUEVA SANGURIMA. Ofíciese con-forme solicita la actora en el formulario de la demanda en su numeral 12 literales c) y d).- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda.- Téngase en cuanta el casillero judicial N.- 6049 señalado por la acto-ra.- NOTIFIQUESE. F) DRA. VANESSA SERRANO, JUEZA (E)Lo que comunico a usted, para los fines de Ley.DRA. INES ALMEIDAS E C R E TA R I A D E L JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIAHay firma y sello P AC/97015/tf

EJECUTIVOSJUZgADO VIgESIMO

pRIMERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACION JUDICIAL A : JUAN CARLOS MARIÑO OÑATE JUICIO EJECUTIVO NRO. 1050-2012-SV ACTOR: YOLANDA MARIANELA NAVAS ARAUJO DEMANDADO: JUAN CARLOS MARIÑO OÑATE TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: OBTENER EL PAGO DEL CREDITO Providencias dictadas: JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 08 de Noviembre del 2013, las 16h29. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la pre-

sente causa.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley.- Declarándose procedente al trámite en juicio Ejecutivo, se dispone que en el término de tres días el señor: JUAN CARLOS MARIÑO OÑATE, cum-pla con la obligación deman-dada o proponga excepciones sean estas dilatorias o peren-torias que se crea asistido en derecho.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la prohibición de enajenar del vehículo de placa PBW-8413, cuyas caracterís-ticas y más especificaciones constan descritas y detalladas en el certificado de matrícula que se adjunta de propiedad del demandado señor JUAN CARLOS MARIÑO OÑATE; al efecto oficiese a la Agencia Nacional de Tránsito, haciéndo-le conocer de esta prohibición a fin de que proceda a inscribir el gravámen, en los libros res-pectivos.- Cítese al demandado en la dirección señalada para el efecto.- Agréguese la documen-tación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por la comparecien-te para sus posteriores notifica-ciones, y, la autorización confe-rida a su Abogada defensora a fín de que intervenga dentro del presente juicio.-Notifíquese.- f) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZ JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 06 de Septiembre del 2013, las 09h24. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior y atento el juramento expresado por el actor y lo dis-puesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese al demandado JUAN CARLOS MARIÑO OÑATE, por la pren-sa en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito.- Notifíquese f) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZ

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Siempre que enseñes, enseña a la vez a dudar de lo que enseñas.

J o s é o r t e ga y g a s s e t

rEPÚbLica DEL EcuaDorSuPErinTEnDEncia DE comPañÍaS

EXTracToconSTiTucion DE La comPañÍa

EXoTicGarDEnS S.a.

La compañía EXOTICGARDENS S.A., se constituyó por escritura pú-blica otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 01 de Octubre de 2013 , fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.005293 de 28 de Octubre de 2013.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 2.000,00 Número de Acciones 2.000 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 4.000,00

3.- OBJETO: El objeto de la compa-ñía es: UNO.- PRODUCCIÓN Y CO-MERCIALIZACIÓN DE INSUMOS PARA LA AGRICULTURA Y AGROIN-DUSTRIA....

Quito, 28 de Octubre de 2013.

Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE

COMPAÑIAS

P AC/97022/tf

rEPÚbLica DEL EcuaDorSuPErinTEnDEncia DE comPañÍaS

EXTracTo

conSTiTucion DE La comPañÍa SaFETY EnForcEmEnT

SEGuriDaD ViaL S.a SaFEnForVia

La compañÍa SAFETY ENFORCEMENT SEGURIDAD VIAL S.A. SAFENFORVIA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metro-politano de Quito, el 19 de Agosto de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.005335 de 31 de Octubre de 2013.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Nú-mero de Acciones 1.000 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 2.000,00

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) LAS ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE SEGURIDAD VIAL, B) REPRESENTA-CIÓN, MERCADEO, DISTRIBUCIÓN, INS-TALACIÓN, FABRICACIÓN DE EQUIPOS PARA SEÑALIZACIÓN, ALARMA, MEDI-DA, TEST Y CONTROL DE TRÁFICO EN CARRETERAS...”

Quito, 31 de Octubre de 2013.

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO

DE COMPAÑIAS P AC/97027/tf

rEPÚbLica DEL EcuaDorSuPErinTEnDEncia DE comPañÍaS

EXTracToconSTiTucion DE La comPañÍa

corrEa Y SEViLLa arQuiTEcTura Y urbaniSmo cia. LTDa.

La compañía CORREA Y SEVILLA AR-QUITECTURA Y URBANISMO CIA. LTDA., se constituyó por escritura pú-blica otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 06 de Septiembre de 2013 , fue apro-bada por la Superintendencia de Com-pañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.005253 de 24 de Octubre de 2013.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Nú-mero de Participaciones 400 Valor US$ 1,00;

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: “A) LA PRESTACIÓN DE SERVI-CIOS PROFESIONALES EN EL CAM-PO DE LA ARQUITECTURA, URBA-NISMO, INGENIERIA, TODO TIPO DE DISEÑO PAISAJISMO Y CONSTRUC-CIÓN...”

Quito, 24 de Octubre de 2013.

Dr. Eddy Viteri Garcés DIRECTOR JURIDICO DE

COMPAÑIAS SUBROGANTEP AC/97028/tf

Page 5: Revista Judicial 4 noviembre 2013

LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY Y LE CITO, PREVINIÉNDOLE AL DEMANDADO (A) DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD CONFORME LO DETERMINA LA LEY. LCDO. GUIDO ESPINOZA ESPINOZA SECRETARIOHay firma y sello P AC/97004/tf

EXTRACTO JUDICIAl JUZgADO DECIMO pRIMERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: MARÍA AUGUSTA SALAZAR LEÓN, EN CALIDAD DE DEUDORA PRINCIPAL Y JAIME BENJAMÍN SALAZAR LEÓN, EN CALIDAD DE AVAL SOLIDARIO ACTOR: DR. FRANCISCO ESTEBAN CARRERA DURAN (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA) DEMANDADO: MARÍA AUGUSTA SALAZAR LEÓN, EN CALIDAD DE DEUDORA PRINCIPAL y JAIME BENJAMÍN SALAZAR LEÓN, EN CALIDAD DE AVAL SOLIDARIOJUICIO No: 2008-0809-L.CH. TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: Cancelen de la obliga-ción contraída CUANTIA: 2.251,22 PROVIDENCIA.- JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 30 de septiembre del 2008, las 11h51. VISTOS.- Agréguese a los autos el escri-to presentado.- En lo principal, cumplido que ha sido el requeri-miento de la anterior providen-cia, se determina que la deman-da que antecede propuesta por el Dr. Francisco Esteban Carrera Duran, en la calidad en que comparece, como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- En consecuencia, los demandados:

María Augusta Salazar León, en calidad de deudora princi-pal y señor Jaime Benjamín Salazar León, en calidad de garante solidario, paguen al actor la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de cita-dos.- Cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a los demandados María Augusta Salazar León y Jaime Benjamín Salazar León, en las calidades antes invoca-das, en la dirección señalada para el efecto de esta ciudad de Quito.-Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la cuantía y el casi-llero judicial señalado por el actor para sus notificaciones.- Cítese y Notifíquese. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 04 de marzo del 2009, las 10h31.- En mérito del juramento rendido por el actor, sobre la imposibili-dad de determinar la individua-lidad y residencia de los deman-dados, cítese con un extracto del contenido de la demanda, auto inicial y presente pro-videncia a los demandados: María Augusta Salazar León, en calidad de deudora princi-pal y Jaime Benjamín Salazar León, en calidad de aval soli-dario, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circula-ción de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de pro-cedimiento Civil.- Notifíquese..- JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de agosto del 2013.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012.-Agréguese al proceso el escrito presen-tado.- Atenta la petición que antecede, confiérase nuevo extracto al actor para la cita-ción a los accionados, bajo estricta responsabilidad del mencionado.- NOTIFIQUESE.-

F) DRA. VERONICA JARAMILLO HUILCAPI Juez.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perí-metro legal.- Certifico.- DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay un selloP.A.C./96991

ORDINARIOSR DEl E.

JUZgADO DECIMO SEgUNDO DE lO CIVIl DE

pICHINCHACITACIÓN JUDICIAl

A: Marcela Nole Correa (únicos nombre conocidos) ACTOR: Carlos Herman Vega Peña DEMANDADO: Marcela Nole Correa (únicos nombres cono-cidos) JUICIO: No. 85-2013-DLV OBJETO: Prescr ipc ión Extraordinaria Adquisitiva de DominioTRAMITE: Ordinario FECHA DE INICIO: 8 de abril del 2013 CUANTIA: Indeterminada PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 8 de abril del 2013, las 14h18.VISTOS.-Por haber cumplido con lo ordenado en la providencia que antecede, la demanda se la califica de clara, precisa y reunir los demás requisitos de ley, se admite al trámite ORDINARIO.- Con el contenido de la demanda y este Auto córrase traslado a la demandada MARCELA NOLE CORREA y todas la personas que puedan haber tenido dere-chos sobre el inmueble mate-ria de la demanda con aper-cibimiento en rebeldía, para que en el término de quince días contesten la demanda y formulen las excepciones que consideren pertinentes, para el efecto, en virtud del juramento del actor, de acuerdo con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la accionada mediante tres publicacio-nes en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.-Cítese a los represen-tantes legales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en su despachos.-Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de éste Cantón.-Agréguese al proceso la docu-mentación anexa a la demanda.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autoriza-ción conferida a su defensor .- Notifíquese. f) Dr. Francisco

Robalino Ocaña, Juez. (E) Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 23 de octubre del 2013. Certifico AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/96958/tf

REMATESAVISO JUDICIAl DE REMATEJUZgADO VIgÉSIMO DE lO

CIVIl DE pICHINCHASe pone en conocimiento del público en general que el día 28 de noviembre del dos mil trece, desde las trece horas (13h00), hasta las (17h00), diecisie-te horas, en la Secretaria del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Pichincha, se procederá al remate de los bienes inmuebles embargados, dentro de la causa cuyas características y demás especificaciones se detallan a continuación.JUICIO EJECUTIVO 962-2010 PC1.- UBICACIÓN:Provincia: GuayasCantón: GuayaquilParroquia: TarquiManzana: 524Lotización: Tiffany ISolar: No. 10Ubicación: Km 22 de la vía Guayaquil – SalinasNúmero catastral: 96-0524-010Con fecha tres de septiembre de 2012, a las 10h30 he pro-cedido a realizar la inspección de la propiedad en referencia, haciendo las investigaciones necesarias a fin de proporcio-nar una información técnica del valor real en el mercado del inmueble en cuestión.2.- LINDEROS Y SUPERFICIE.-NORTE Con calle pública, en una extensión de 48,00 metrosSUR Con solar No. 5, en una extensión de 36,40 metrosESTE Con solar No. 11, en una extensión de 23,50 metrosOESTE Con solar No. 9 en una extensión de 64,00 metrosSUPERFICIE 1.831,00 M23.- INFRAESTRUCTURA EXISTENTE.-

Los servicios de infraestructura existentes en el sector son los siguientes:SERVICIOS GENERALES SI / NOEnergía eléctrica NORed general de agua potable NORed de alcantarillado NORed de alumbrado público NORed de telefonía NOCalles asfaltadas NOAceras. Veredas, bordillos NOTransporte público NORecolección de basura NOSeñal de telefonía celular NO4.- UBICACIÓN SOCIO-ECONÓMICO DE LA PROPIEDAD.-La zona en la que se encuentra ubicado el bien inmueble perte-nece a un sector urbano donde se han consolidado viviendas tipo clase baja.5.- CARACTERÍSTICAS PART ICULARES DEL INMUEBLE.-El inmueble materia de esta pericia consta únicamente de terreno:Finalidad: terreno baldíoÁrea de terreno: 1831,00 m2CUADRO:DETALLEPRIMER BIEN INMUEBLEAREA1.831,00 M2VALOR$ 15,00TOTAL27.465,00TOTAL $ 27.465,00Conclusiones.- Al momento del respectivo peritaje, no se pudo ingresar al terreno, de la Parroquia Tarqui, Lotización Tiffany 1, solar No.- 10, manzana No. 524, por motivo de que la vía de acceso se encontraba en mal estad, por lo tanto el avalúo del bien inmueble lo he realizado bajo los parámetros técnicos, como la plusvalía actual en el sector, etc.Provincia: GuayasCantón: GuayaquilParroquia: TarquiUrbanización: Ed. FloridaSolar y Villa: No. 41Manzana: No. 403Ubicación: Ciudadela lotes La FloridaNúmero catastral: 56-0093-041-0000-0-0Con fecha tres de septiembre de 2012, a las 12h00, he pro-cedido a realizar la inspección de la propiedad en referencia, haciendo las investigaciones necesarias a fin de proporcio-nar una información técnica del valor real en el mercado del inmueble en cuestión.2.- LINDEROS Y SUPERFICIE.-NORTE Con Solar No. 40, en una extensión de 15,00 metrosSUR Con solar No. 42, en una extensión de 15,00 metrosESTE Con calle peatonal, en una extensión de 7,00 metrosOESTE Con solar No. 7, en una extensión de 7,00 metrosSUPERFICIE 105,00 M23.- INFRAESTRUCTURA EXISTENTE.-Los servicios de infraestructura existentes en el sector son los siguientes:SERVICIOS GENERALES SI / NOEnergía eléctrica SIRed general de agua potable SIRed de alcantarillado SIRed de alumbrado público SIRed de telefonía SICalles asfaltadas SIAceras. Veredas, bordillos SITransporte público SIRecolección de basura NOSeñal de telefonía celular SI4.- UBICACIÓN SOCIO-ECONÓMICO DE LA PROPIEDAD.-La zona en la que se encuentra ubicado el bien inmueble perte-nece a un sector urbano, donde se han consolidado viviendas tipo clase media.5.- CARACTERÍSTICAS

PART ICULARES DEL INMUEBLE.-El inmueble materia de esta pericia consta de terreno y una construcción desarrollado de la siguiente manera:EL TERRENO.- De forma regu-lar, topográficamente plano, por su tipología es intermedio, sus linderos se hallan totalmente definidos, dispone de todos los servicios públicos como son: luz eléctrica, alcantarillado, agua potable y línea telefóni-ca, el ingreso peatonal como vehicular lo realizan por la calle S/N asfaltada, a través de una puerta y porton de estructura de hierro y tol.CONSTRUCCION PRINCIPAL.- Desarrollada de la siguiente manera:- Cimientos de piedra con cade-na y hormigón armado- Estructura de bloque enlu-cido y pintado interior y exte-riormente- Pisos de cemento- Puertas mixtas de hierro y madera- Ventanas con estructura de aluminio y vidrio oscuro- Cubierta de losa, con una estructura de hierro y una media agua en la parte de la terrazaAMBIENTES.- desarrollado de la siguiente manera: no se pudo verificar o constatar los ambientes dentro de la cons-trucción por el motivo de que no me dieron las facilidades correspondientes para ingresar al bien inmueble, por tanto el avalúo del bien lo he realizado desde la parte exterior del bien.Finalidad: Para vivienda (donde viven los demandados Sra. María Auxiliadora Villalta López y Julio Alfredo Leyton Crespo y familia)Estado de conservación: BuenaEdad: 15 años aproximada-menteÁrea de terreno: 105,00 m2Área de construcción: 92,50 m2 aproximadamenteCUADRO:DETALLESEGUNDO BIEN INMUEBLECONSTRUCCIÓNAREA105,00 M292,50 M2VALOR$ 80,00$ 500,00TOTAL$ 8.400,00$ 46.250,00TOTAL $ 54.650,00AVALUO.- para hacer el presen-te avalúo, he tomado en consi-deración varios parámetros téc-nicos constructivos, ubicación, el entorno, logística, lugares de recreación, establecimientos educativos, etc.CUADRO TOTAL DE LOS DOS BIENES INMUEBLES:DETALLEPRIMER BIEN INMUEBLESEGUNDO BIEN INMUEBLEVALOR$ 27.465,00$ 54.650,00TOTAL $ 82.115,00SON: OCHENTA Y DOS MIL CIENTO QUINCE DÓLARES AMERICANOS CON 00/100RAZÓN.- Se recibirán posturas que cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo apro-bado, en dinero en efectivo y/o cheque certificado a la orden del Juzgado, por tratarse del primer señalamiento, informes en la secretaria de esta judi-catura y Depositario Judicial.-Dra. Mercy Criollo B.SECRETARIAHay un selloAB/6811/cc P

R del E. E X T R A C T O

JUZgADO OCTAVO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A BYRON JAVIER LOPEZ ROMAN ACTORA: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: BYRON JAVIER LOPEZ ROMAN JUICIO: Embargo y Remate No. 1249-2012-TV TRAMITE: Especial JUEZ: Dr. Cristóbal Ojeda

SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Doce mil quinientos 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.OBJETO: “De conformidad con lo dispuesto en la cláusula Quinta, literal e) numeral 1 del Contrato de compraventa con reserva de dominio, en virtud de que el comprador – deu-dor dejó de pagar las obliga-ciones contraídas, al amparo de lo prescrito en el literal h) numeral 2) de la Cláusula Quinta del referido contrato, la razón de vigencia y al tenor de los Arts. 10 y 16 innumera-dos agregados al Título II del Libro Segundo, Sección V del Código de Comercio en vigen-cia, demandado el Embargo y Remate del automotor para que con el producto del mismo se pague al Banco de Guayaquil S.A. los siguientes valores: 1. Los dividendos vencidos, con el máximo de intereses de mora permitidos. 2. El saldo del prés-tamo o capital reducido, más los intereses de mora a su máxima tasa, calculados en la forma pactada. 3. Al pago del valor total del seguro del vehículo. 4. Las costas procesales que se produjeren, entre los que se incluirán los honorarios profe-sionales de mi Abogado defen-sor”. AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 2 de Octubre del 2012, las 14h16. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal Nro. 2934-DNP, de 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presen-tada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. En consecuencia se admite a trámite especial y se ordena el embargo del vehículo CLASE AUTOMOVIL 4 PUERTAS, MARCA RENAULT, MODELO LOGAN 1.6 M/T, COLOR CREMA, MOTOR F710Q060319, AÑO 2011 , CHASIS 9FBLSRADBBM035775 y más características constantes del Contrato de Venta con reserva de dominio.- Para la práctica de esta diligencia, cuéntese con un depositario judicial del cantón Quito, para lo cual remítase atento oficio al señor Jefe de la Sala de Sorteos de Pichincha, así también ofíciese al señor Comandante de Policía del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que se cuente con un agente de la policía.- Cítese al demandado BYRON JAVIER LOPEZ ROMAN en el lugar que se indica.- De conformidad con lo que establece el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando fotocopias certificadas y recibo en autos, se dispone el desglose y entrega de la docu-mentación adjunta a la deman-da a la señorita Karina Artieda Salazar, personas autorizadas para el efecto.- Tómese en cuenta el domicilio y casillero judicial señalados, agréguese al proceso la documentación adjunta.- Notifíquese.- Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIOHay firma y selloP AC/97020/tf

JUZgADO CUARTO DE lO CIVIl DE pICHINCHA.

AVISO JUDICIAl DE REMATE Se hace conocer al público en general, para los fines de Ley consiguientes, que por dispo-sición del señor Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha, dic-tada en el Juicio Especial de Embargo y Remate No. 2008-

0718-ECP, que el día martes, 26 de noviembre del 2013, desde las trece horas hasta las dieci-siete horas, en la Secretaria de esta Judicatura, se efectuará el Remate de los bienes muebles embargados, cuyas caracterís-ticas se detallan a continuación: UBICACIÓN El equipo a avaluarse se encuentra en poder del Sr. Depositario Sr. Víctor Paucar M. en la calle Tufiño Oe3-33 y Av. Real Audiencia de Quito de la Parroquia de Cotocollao perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito. CARACTERISTICAS DEL EQUIPO CLASE: Equipo DOCUCOLOR DC12 MARCA: XEROX SERIE: FU2004091 Procesador EQUIPO: FIERY X12E SERIE: VTL857677 Tres discos Software Cuatro cables de conexión Dos bandejas plásticas usadas COLOR: Beige ESTADO: El equipo es usado en regular estado, no se sabe el funcionamiento AVALUO Equipo de copiadora Global $ 7.000,00 c/u $ 7.000,00 TOTAL: $ 7.000,00 SON: SIETE MIL, 00/100 DOLARES AMERICANOS Por tratarse del primer seña-lamiento, toda postura deberá cubrir por lo menos las dos terceras partes del avalúo practicado. A cada postura deberá acompañarse el diez por ciento del valor de la ofer-ta, en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden de esta Judicatura.- Los bienes muebles se encuentran bajo la custodia del señor VICTOR M. PAUCAR M., Depositario Judicial.-Ab. Jenny Beltrán RiveraSECRETARIA (e)Hay un selloP.A.C./96720

R. del E.JUZgADO VIgESIMO

TERCERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO EJECUTIVO No. 0796-2009 JOHN AYALA Se pone en conocimiento del público en general que el día veinte y siete de diciembre del dos mil trece, desde las trece horas hasta las diecisie-te horas, en la Secretaria de esta Judicatura, tendrá lugar el Remate del bien inmueble que a continuación se detalla: D I A G N O S T I C O . - C A R A C T E R I S T I C A S GENERALES OBJETO El bien inmueble se emplaza en la provincia de Pichincha, can-tón Quito, parroquia Calderón, calle De los Geranios N15-82, Conjunto Residencial “Santa Catalina “, Casa No.12. El sec-tor en el cual se emplaza el bien inmueble causa de la presente diligencia es un sector consoli-dado, que cuenta con todos los servicios de infraestructura y equipamiento urbano. El bien inmueble se encuentra bajo régimen de propiedad horizon-tal formando parte integral del Conjunto Residencial “Santa Catalina”, constituida por la CASA No.12, la misma que se conforma de.- planta baja y planta alta, balcones, acceso, jardín, patio de servicio, jar-dín lateral. La construcción se levanta en estructura de hor-migón armado, mampostería de bloque, paredes chafadas color blanco, contra pisos de hormigón, entre pisos de hor-migón armado (losa), cubierta de hormigón armado (losa), pisos masillados, puertas en MDF, ventanas de aluminio y vidrio clara; al interior de la

C5

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se puede engañar a todos poco tiempo, se puede engañar a algunos

todo el tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo.

J o h n F i t z g e r a l d k e n n e dy

De conformidad con lo dispuesto en el artículo No. 61 del Reglamento a la Ley Orgánica Economía Popular y Solidaria SE NOTIFICA a los acree-dores y socios que en el término de treinta días contados desde la fecha de la última publicación de esta NO-TIFICACIÓN presenten los documen-tos que acrediten sus derechos en las oficinas ubicadas en la calle ISIDRO AYORA Y MANUEL DE ASCAZUBI LOTE No. 64.Conocoto de esta ciudad de Quito.

Quito, 30 de Octubre del 2013.

Francisco Fernández ValarezoLiquidador

cooPEraTiVa DE ViViEnDa brEmEn“En LiQuiDaciÓn”

PrimEra PubLicaciÓn

P AC/96998/tf

Se comunica al público que la compañía FLEXIPLAST S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 27 de agosto del 2013. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.13. 5287 de 28 OCT. 2013 En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo octavo, entre otros, del Estatuto Social, referente a la Administración, de la siguiente manera: “ARTÍCULO OCTAVO.- ADMINISTRACIÓN.- La Compañía estará gobernada por la Junta General de Accionistas y administrada por el Presidente Ejecutivo, el Presidente de Junta, el Vicepresidente General y el Gerente Financiero. Estos dos últimos dentro de sus ámbitos específicos y con las limitaciones que se contemplan en los estatutos”.

Distrito Metropolitano de Quito, 28 OCT. 2013

Dr. Camilo Valdivieso Cueva inTEnDEnTE DE comPañÍaS DE QuiTo

DE La EScriTura PÚbLica DE rEForma DE ESTaTuToS DE La comPañÍa FLEXiPLaST S.a.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

P.A.C./97018

Page 6: Revista Judicial 4 noviembre 2013

vivienda existen los siguientes ambientes.- planta baja.- sala, comedor, cocina y medio baño social, en planta alta existe. tres dormitorios y un baño completo, la obra se encuentra al momento de la presente diligencia des-ocupada. UBICACIÓN PROVINCIA: Pichincha. CANTON: Quito PARROQUIA: Calderón CALLE: de los Geranios N15-82 CONJUNTO: Residencial “Santa Catalina” PASAJE: “A” (nomen-clatura interior del Conjunto) CASA: No.12 LINDEROS GENERALES DEL CONJUNTO HABITACIONAL “ SA N TA CATA L I N A” (SEGÚN CERTIFICADO DE GRAVÁMENES) NORTE: por una parte y en una longitud de 90.00 metros con la propiedad de los herederos del señor Elías Tobar, y en otra parte en una longitud de 207,50 metros con la propiedad del señor Saúl Obando; SUR: En una parte y en una longitud de 297,00 metros, con quebrada sin nom-bre que separa las propiedades de los herederos de la señora Esther Castellanos y, Paulina Flores; ESTE: Es una parte y en una longitud de 60,25 metros, con propiedad del señor Saúl Obando y en otra parte y en una longitud de 121,50 metros con propiedad del Señor Sául Obando; OESTE: En una longi-tud de 185,00 con propiedad del señor Carlos Simaña Romero SUPERFICIE: 27.250,00 metros cuadrado. LINDEROS SUPERFICIE y ALICUOTA ESPECIFICOS DE LA CASA No. 12 (SEGÚN CERTIFICADO DE GRAVÁMENES) NORTE: Con propiedad particular (pared propia) (longitud desarrollada) en 12,070 metros; SUR: Con casa No. 13 (pared medianera), en 11,870 metros ESTE: Con casas No. 22 y 23 en 9,160; OESTE: Con casa No.1 (pared medianera) y espacio comunal Jardín y circulación) en 9,620 metros; SUPERIOR: Cielo abier-to en una superficie de 107,970 metros cuadrados; INFERIOR: Suelo natural en 107,970 metros cuadrados. SUPERFICIE Planta Baja- área construida= 36,670 metros cuadrados Alícuota parcial 0.1680% Planta Alta.-área construcción 34.210 metros cuadrados Alícuota parcial.-0.1567% BALCONES: ÁREA CONSTRUIDA.- 1,510 metros cuadrados Alícuota par-cial.- 0.0035% JARDIN: Área abierta.- 2,570 metros cuadra-dos Alícuota parcial.- 0.0035% SERVICIO: Área abierta. 13,650 metros cuadrados Alícuota par-cial.- 0,0313%. LATERAL: Área abierta 55,080 metros cuadra-dos. Alícuota parcial 0.0757% ALICUOTA TOTAL: 0.4387% C A R A C T E R I S T I C A S CONSTRUCTIVAS DEL INMUEBLE.- AMBIENTES: Planta baja.- Sala, come-dor, cocina, medio baño social Planta alta.- Tres dor-mitorios, baño completo ESTRUCTURA: Hormigón arma-do CONTRAPISOS: Hormigón ENTREPISOS: Hormigón (losa) COBERTURA: Hormigón (losa) MAMPOSTERIA: Bloque RECUBRIMIENTOS: Pisos. Masillado Paredes.- Chafadas color blanco Tumbados.- Chafados color blanco INSTALACIONES: Empotradas VENTANAS: Aluminio y vidrio claro PUERTAS: MDF (principal) ESTADO: Regular OBSERVACIONES: La vivienda se encuentra desocupada al momento de la presente diligen-cia, además se observa falta de mantenimiento de la misma. Se observa además que la edifica-ción carece de varios acabados constructivos. I N F R A E S T R U C T U R A EXISTENTE.- El inmueble en general posee todas las aco-

metidas de servicios básicos de infraestructura urbana. CUADRO DE AVALUO REQUERIDO DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD COSTO x UNIDAD SUBTOTAL Inmueble Casa No.12 M2 70,88 460,00 USD 32.604,80 TOTAL USD 32.604,80 USD (* ) SON: TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 80/100 USD. S.E.U.O. (*) EN EL VALOR TOTAL INCLUYE COSTO DE LA CASA No. 12, ALICUOTA DE TERRENO, BALCON, JARDIN, PATIO, SERVICIOS. JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 2 de octubre del 2013, las 08h15. Agréguese a los autos el escrito presen-tado. De oficio se aclara pro-videncia de 23 de septiembre del 2013, las 15h05, en la parte donde dice “20 de septiembre del 2012” siendo lo correcto 20 de septiembre del 2013. En lo demás se estará de confor-midad con dicha providencia. En atención al mismo, al no haber observaciones al infor-me presentado por el perito Arq. Hernán Galarza Chacón, se aprueba el mismo en todas sus partes. En lo principal, se señala para el día viernes 27 de diciembre del 2013 desde las 13h00 hasta las 17h00, inclusi-ve, a fin de que tenga lugar en la secretaría de esta judicatura el REMATE DEL INMUEBLE EMBARGADO cuyas dimensio-nes y demás especificaciones constan del informe presentado por el señor Perito. Publíquese el extracto, en uno de lo perió-dicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Colóquense los respecti-vos carteles en la población de Calderón. Para lo cual se comi-siona al señor Teniente Político de la parroquia Calderón y dése cumplimiento a todas la forma-lidades legales. Por tratarse de primer señalamiento, toda postura deberá cubrir por lo menos las dos terceras partes del avalúo practicado. A cada postura deberá acompañarse el diez por ciento del valor de la oferta, en dinero en efectivo y/o cheque certificado a orden del Juzgado. NOTIFÍQUESE. DR. JUAN GUSTAVO SALAZAR RUIZ. JUEZ ENCARGADO. Por tratarse del primer señala-miento se recibirán las posturas que cubran como base las dos terceras partes del avalúo apro-bado, debiéndose acompañar el 10% del valor de la oferta en cheque certificado a nombre del Juzgado o en dinero en efectivo.Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines de Ley.AB. RAÚL VÉLEZ NARANJOSECRETARIOP38042

AVISO DE REMATESe pone en conocimiento del público en general que median-te providencia dictada por el Sr. Juez de la Unidad Civil y Mercantil del Cantón Otavalo Provincia de Imbabura con fecha 12 de septiembre del 2013, las 15h13 dentro del juicio Ejecutivo por Cobro de Dinero Nro. 10311-2013-0498, se señala para el día martes 26 de noviembre del año 2013, desde las 13h00 hasta las 17h00, a fin de que se tenga lugar en la secretaria de esta Unidad Judicial, el remate del bien inmueble materia de embargo, cuyas características son las que a continuación se detallan:2.- Ubicación del inmueble.- se trata de una propiedad ubicada en las calles “Quiroga y Sucre” esquina, situada en la parro-quia Cangahua de Cayambe, Cantón Cayambe, Provincia de

Pichincha. Emplazada en una zona rodeada de construccio-nes de una y dos plantas de estructuras mixtas y de hor-migón armado, en este sector habita una población econó-micamente “media”, las cons-trucciones se asientan en forma ordenada.2.1.- Vías de acceso.- La propie-dad tiene conexión directa en sus lados Sur Y Este, a través de las calles “Quiroga y Sucre”, las calles son asfaltadas y ado-quinadas, posee aceras y bordillos.2.2.- Infraestructura básica y equipamiento comunal.- por ubicarse dentro del cazco urbano de la Parroquia, el sec-tor posee los servicios de agua potable, con acometida, alcan-tarillado, energía eléctrica con acometida, su entorno próximo está dotado de infraestructura básicas y equipamiento comu-nal, como casa comunal, par-que recreativo central, iglesia, escuela.2.3.- linderos y dimensiones del inmueble, tomadas y cotejadas con el certificado del Registro de la Propiedad y el levanta-miento Municipal:Norte: en 7.00m, con el lote nro. 3 que se reservan los vendedo-res, y en 12.15m, con propiedad de la Sra. Mercedes MoralesSur: en 19.15m,con calle “Quiroga” Este: en 9.10m, con calle “Sucre”, Oeste: en 10.40m, con lote Nro.3 que se reservan los ven-dedores,Superficie en escritura: 186.70 metros cuadrados.2.4.- Características del inmueble .- el uso del terreno está destinado en un 100% a una construcción de locales comerciales(4) en una planta, de estructura aporticada, con columnas y pilastras, vigas y cadenas de hormigón armado, con losa de hormigón armado en cubierta, mamposterías chafado y pintado en su parte interior y exterior de color blanco, la planta se encuentra con revestimiento en pisos de cerámica en parte y alisado fino, puertas enrollables de hierro, ventanas de aluminio y vidrio, la distribución de ambientes en esta área esta destinado a un negocio de locales comerciales (4), los mismos que cuentan con baños cada uno, se accede a la losa de cubierta a través de gradas de madera, en su parte o lindero Sur- Occidental,

tiene un ingreso de un metro de ancho, con una puerta de tablas de madera, las instalaciones de energía eléctrica, sanitarios y agua potable se encuentran empotradas, su estado de con-servación y mantenimiento es buena, tiene todos los servicios básicos de infraestructura, y equipamiento comunal, su esta-do de conservación y manteni-miento de la construcción es bueno, tiene aproximadamente unos 6 años de construido.3.- CÁLCULO Y AVALÚO DEL BIEN INMUEBLE.ÁREA DEL LOTE: 186,71m2VALOR UNITARIO POR M2 DE TERRENO $45.00VALOR TOTAL DEL TERRENO $8.402,06ÁREA DE CONSTRUCCIÓN: 176.31m2VALOR POR M2 DE CONSTRUCCIÓN $ 200,00VALOR TOTAL DE CONSTRUCCIÓN: $ 35.262,00SUMATORIA DE VALORES: TERRENO CONST. $ 43.664,06SON CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO DÓLARES DEL ECUADOR CON CERO SEIS CENTAVOSEs todo cuanto puedo certificar en honor a la verdad, pudiendo hacer uso del presente informe como a su buen criterio tuviere conveniente. Atentamente,Ing. Manuel Vaca Realpe Srta. Yessy Imbago AlmeidaPA-17-2011 – Consejo de la Judicatura D e p o s i t a r i o Judicial Ad-HocLas posturas se presentarán en la secretaría de esta Unidad Judicial y se aceptarán única-mente las que cubran el cin-cuenta por ciento del avalúo pericial por tratarse del segun-do señalamiento y acompaña-das del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero en efec-tivo o en cheque certificado, a nombre de la Unidad Judicial conforme dispone la ley .-Dr. Wilmer AnrangoSECRETARIOHay firma y sello

P30056/ai

VARIOSJUZgADO SEgUNDO DE

lO CIVIl Y MERCANTIl DE SUCUMBIOS

CITACIÓN JUDICIALCITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el mismo a los señores herederos del señor REAFAEL GONZALO ASTUDILLO LITUMA, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE:ACTOR: MAXIMO ALEJANDRO ASTUDILLO ROSADODEMANDADO: RAFAEL GONZALO ASTUDILLO LITUMAJUICIO: 0464-2013CAUSA: PARTICION DE BIENESTRAMITE: VERBAL SUMARIOCUANTIA: INDETERMINADAJUZGADO: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SUCUMBIOS.Fundamentos de Hecho.- Durante la Unión de hecho, que mantuvieron nuestros padres. RAFAEL GONZALO ASTUDILLO LITUMA Y CAMEN SUSANA ROSADO GARCIA, Y dentro de esta Unión de Hecho los Cujus adquirieron una propiedad con-sistente en una finca rural de 52,80 Has. En esta propiedad construyeron nuestros padres una vivienda de cemento de dos plantas. Fundamentos de Derecho.- Se encuentra pre-visto en la Sección Octava del Título II del libro II del Código de Procedimiento Civil en con-cordancia con lo previsto en el titulo X del libro III del Código Civil y Art. 200 del Código Civil.

PROVIDENCIA : JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SUCUMBIOS.- Shushufindi, lunes 26 de Agosto del 2013, a las 12H30, Conforme a lo dispuesto en los Arts. 52 y 89 del Código de Procedimiento Civil, se designa Procurador Común en la pre-sente causa, a la señora AIDA ENITH ASTUDILLO ROSADO, con quien se contará para la prosecución del juicio, debien-do actuar la procuradora común en representación de los demás actores la presente acción.PROVIDENCIA: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SUCUMBIOS. Shushufindi, viernes 20 de septiembre del 2013, las 16h01. En lo principal y por cuanto la demanda presenta-da por MAXIMO ALEJANDRO, AIDA ENITH, ISABEL ROSARIO, CIPRIANO JACINTO, PEDRO RODOLFO , JOSE ANTONIO Y DARWIN PABLO ASTUDILLO ROSADO, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley se la admite a trámite especial; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil se conce-de a las partes procesales el término legal de quince días; atento el juramento rendido por la Procuradora Común de la parte actora señora AIDA ENITH ASTUDILLO ROSADO de la imposibilidad de determinar el domicilio de los herederos conocidos y desconocidos del causante GONZALO RAFAEL ASTUDILLO LITUMA, se lo hará de conformidad a lo dis-puesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítesele mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres días distintos, en uno de los diario de mayor circulación nacional que se editan bien sea en la ciudad de Quito o Guayaquil; previniéndole a los mismos demandados de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta

jurisdicción, bajo las preven-ciones dispuestas en el artícu-lo 75 Ibídem; de igual manera téngase en cuenta la cuantía de la demanda.- FIRMA Dr. Víctor Hugo Garófalo García, Juez Segundo de lo Civil de Sucumbíos.- Certifico: Ab. Geovanny Legña Zambrano, Secretario Particular que comu-nico a usted para los fines de ley.Ab. Geovanny Legña ZambranoSECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE SUCUMBIOSExiste firma y sello

P.A.P/57766/p.n

Consejo de la JudicaturaEXTRACTO

JUICIO: NRO: 2013-23613 Y.Q.MATERIA: CIVILACTORA: ANGELICA MARIBEL SIMBAÑA CUENCA DEMANDADO: DARWIN DANIEL PULGARIN MELO CAUSA: ALIMENTOSCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA. Quito, Martes, 08 de Octubre de 2013, 16H12.- VISTOS: Se agrega al expediente el escrito que antecede, previo a proveer lo solicitado: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, previo el sorteo de Ley correspondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura.- AVOCO conocimiento de la presente demanda de alimentos presen-tada por la señora, ANGELICA MARIBEL SIMBAÑA CUENCA , por reunir los requisitos esta-blecidos por la ley se acepta a trámite oral, establecido en la Ley Reformatoria al Título V del Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia publi-cada en el R.O.S. 643 de 28

de julio de 2009. De acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 11 e Innumerado 35 Ibídem, en concordancia con los Arts. 11, 44, 169 de la Constitución de la República, se fija como pen-sión alimenticia provisional de acuerdo a la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, la can-tidad de NOVENTA 73/100 U.S.D.,(90,73 USD) mensuales más los beneficios de ley, que deberá suministrar el accio-nado señor DARWIN DANIEL PULGARIN MELO, a favor de su hija FRANCESCA MICHELLE PULGARIN SIMBAÑA, por mesadas anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, desde la fecha de la pre-sentación de la demanda, esto es desde el 16 DE AGOSTO De 2013.- Se dispone la apertura de la tarjeta kárdex y la cuenta, en el Banco de Guayaquil a nombre de la actora señora ANGELICA MARIBEL SIMBAÑA CUENCA , a fin de que el obligado depo-site las pensiones alimenticias fijadas.- CÍTESE al demanda-do señor DARWIN DANIEL PULGARIN MELO, de conformi-dad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil e inciso segundo del Art. Innumerado 35 de la Ley Reformatoria al Título V, libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- El demandado al momento de contestar o com-parecer a juicio deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 102 del Código de Procedimiento Civil.- De acuerdo al princi-pio de Inmediación las partes comparecerán personalmente o mediante procuración amplia y suficiente con cláusula especial para transigir a la diligencia de Audiencia Única.- Se le advier-te a la parte demandada que el cumplimiento puntual de la obligación, evitará que se lo incorpore al registro de deu-dores de la Superintendencia de Bancos y Seguros o Central de Riesgos, conforme reza el Art. Innumerado 20 Ibidem.-Ofíciese tal como se solici-ta en los literales c) y d) del

C6

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Se puede tomar de compañera a la fantasía, pero se debe tener

como guía a la razón. s a M u e l J o h n s o n

La com pa ñía oPEracionES comErciaLES TraDE noT aiD S.a. se cons ti tu yó por es cri tu ra pú bli ca otor ga da an te el No ta rio cuarto Suplente del Dis tri-to Me tro po li ta no de Qui to, el 04/08/2008, fue apro ba da por la Su pe rin ten den-cia de Com pa ñías, me dian te Re so lu ción 08.Q.IJ.004721 de 11/Noviembre/2008.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 800,00 Número de Acciones 80 Valor US$ 10,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa-ñía es: PROMOVER OPERACIONES COMERCIALES ENTRE DISTINTAS EMPRESAS...

Qui to, 11/noviembre/2008

Dra. Esperanza Fuentes ValenciaDirEcTora JurÍDica DE comPañiaS

SubroGanTE

conSTiTucion DE La comPañÍaoPEracionES comErciaLES

TraDE noT aiD S.a.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

AB/6942/cc P

Se comunica al público que DEPOSITO DENTAL ACOSTA CIA. LTDA. con domi-cilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital en US $ 7,000,00; y, reformó su estatuto social por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito el 18 de abril de 2013. Actos socie-tarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.13.005306 de 29 de octubre de 2013

En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo Tercero del Estatuto Social, de la siguien-te manera:

“ARTÍCULO TERCERO,- El capital social de la compañía es de USD 16.000,00 (Dieciséis Mil Dólares); dividido en 16.000 participaciones indivisibles de un dólar (USD 1,00) cada una...”

Qui to, 29 de octubre de 2013

Dr. camilo Valdivieso cuevainTEnDEnTE DE comPañÍaS DE

QuiTo

DE La EScriTura PÚbLica DE aumEnTo DE caPiTaL Y rEForma

DEL ESTaTuTo SociaL DE DEPoSiTo DEnTaL acoSTa

cia. LTDa.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

AR/93443/cc P

La com pa ñía inGEniEria Y SErVicioS ViaLES ZaPaTa ZaPViaL cia. LTDa. se cons ti tu yó por es cri tu ra pú bli ca otor-ga da an te el No ta rio Tercero del Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, el 16 de Julio de 2013, fue apro ba da por la Su pe rin ten den-cia de Com pa ñías, me dian te Re so lu ción SC.IJ.DJC.Q.13.005294 de 28 de Octubre de 2013.

1.- DO MI CI LIO: Dis tri to Me tro po li ta no de Qui to, pro vin cia de Pi chin cha.

2.- CA PI TAL: Sus cri to US$ 2.500,00 Número de Participaciones 2.500 Valor US$ 1,00

3.- OB JE TO: El ob je to de la com pa ñía es: UNO) TODA CLASE DE SERVICIOS Y OBRAS PROPIAS DE UNA INGENIERÍA EN TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, ENTRE ÉSTOS PERO SIN SER EXCLUYENTES EL DESARROLLO DE ESTUDIOS E IMPLEMENTACIÓN DE INGENIERÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE;...

Qui to, 28 de octubre de 2013.

Dr. oswaldo noboa LeónDirEcTor JurÍDico DE comPañÍaS

conSTiTuciÓn DE La comPañÍainGEniEria Y SErVicioS ViaLES

ZaPaTa ZaPViaL cia. LTDa.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

AR/93456/cc P

Page 7: Revista Judicial 4 noviembre 2013

numeral 13, del formulario de demanda.- A petición de la parte actora de conformi-dad con el Art. Innumerado 25 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se ordena la prohibición de sali-da del país del señor DARWIN DANIEL PULGARIN MELO, titular de la cédula de ciuda-danía No 1717143505, para lo cual ofíciese al señor Director de la Dirección Nacional de Migración.- Téngase por anun-ciada la prueba formulada por la actora, la cuantía fijada, el casillero judicial, y autorización a su Abogado Patrocinador.- Agréguese los documentos aparejados a la demanda.-

CITESE Y NOTIFÍQUESE.-Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole que tiene la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perí-metro de ley ATENTAMENTEAB. YISELA QUIÑONEZ VALENCIASECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITOAR/93439/cc P

JUZgADO VIgESIMO pRIMERO DE lO CIVIl DE

pICHINCHACITACION JUDICIALJUICIO ORDINARIO. No. 389-2013-STACTOR: GUADALUPE ELENA UQUILLAS CABEZAS DEMANDADOS: MARIA LASTENIA REINOSO ESCOBAR Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE SIXTE VERDU POMARES Y JEANNE FERNANDEZ VERDU TRAMITE JUICIO ORDINARIO: OBJETO: QUE SE OTORGUE LA PROPIEDAD DE UN INMUEBLE SITUADO EN LA CIUDAD DE QUITO, PARROQUIA DE CHAUPICRUZ, UBICADO ENTRE LAS CALLES LA TIEERA Y JUAN DE ALCANTARA,

POR HABERLO ADQUIRIDO MEDIANTE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Providencias Dictadas:JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 21 de Agosto del 2013, las 13h55. VISTOS: La demanda que antecede es clara, comple-ta, precisa y reúne los requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil.- Declarándose proce-dente al trámite en juicio Ordinario, se dispone correr traslado con la petición inicial de demanda y el contenido de este auto a los herederos presuntos y desconocidos de los señores: DIEGUE SIXTE VERDU POMARES, JEANNE FERNANDEZ DE VERDU, JEAN CLAUDE VERDU FERNANDEZ, MARÍA LASTENIA REINOSO ESCOBAR, CHRISTIANE JOSSETE VERDU FERNANDEZ y RENNE YOLAINE VERDU FERNANDEZ, a fin de que en el término de quince días, con-tados a partir de la citación, propongan las excepciones dilatorias o perentorias que se crean asistidos en derecho, bajo prevenciones de Ley.- En atención a la afirmación que con juramento efectúan los accionantes, cítese a los demandados DIEGUE SIXTE VERDU POMARES, JEANNE FERNANDEZ DE VERDU, JEAN CLAUDE VERDU FERNANDEZ, MARÍA LASTENIA REINOSO ESCOBAR, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito, en la forma que precep-túa el Art. 82 Ibídem; y, a los

señores CHRISTIANE JOSSETE VERDU FERNANDEZ y RENNE YOLAINE VERDU FERNANDEZ, en el lugar determinado en el libelo inicial.- Inscríbase la pre-sente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Cuéntese con los Personeros del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, quienes serán citados en sus dependen-cias respectivas.- Agréguese la documentación acompa-ñada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como el domicilio electrónico y la designación de la seño-ra Guadalupe Elena Uquillas de Verdu como Procuradora común de los accionantes con-forme lo determina el Art 52 del Código de Procedimiento Civil.- Tómese en cuenta la designa-ción de su Abogado defensor a fin de que intervengan dentro de la presente causa.- Cítese y Notifíquese.-f) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZJUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 18 de Octubre del 2013, las 16h07. De oficio se aclara y rectifica la providencia de fecha 15 de octubre del 2013 en los siguientes términos. Córrase traslado con la peti-ción inicial de este auto a los herederos presuntos y desco-nocidos de los señores DIEGUE SIXTE POMARES, JEANNE FERNANDEZ DE VERDU a quienes se les citara, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, así como también a LASTENIA

REINOSO ESCOBAR, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; a los conocidos CHRISTIANNE JOSETTE VERDU FERNANDEZ, RENEE YOLAINE VERDU FERNANDEZ, se les citara en los lugares señalados en el libe-lo inicial de la demanda. En lo demás queda inalterable el auto de calificación.- Notifíquese F) DR. MARCO ALBAN NUÑEZ. JUEZLO QUE COMUNICO A USTEDES PARA LOS FINES DE LEY Y LES CITO, PREVINIENDOLES DE LA OBLIGACION QUE TIENEN LOS DEMANDADOS (AS) EN SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD CONFORME LO DETERMINA LA LEY LCDO. GUIDO ESPINOZASECRETARIOHay un selloAR/93452/cc P

REpÚBlICA DEl ECUADOR EXTRACTO

VISTO BUENO N° 112837-2013-p.RT.

ACTOR: IVÁN VITERI MEDINA ACCIONADO: JORGE LUIS CHIGUANO YANGUISELA CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 112837-2013- P.R.T, que sigue el (a) señor (a) IVÁN VITERI MEDINA, Subgerente General y Representante Legal de la compañía INDUSTRIA CARTONERA ASOCIADA S.A. INCASA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) JORGE LUIS CHIGUANO YANGUISELA, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA. Quito, 30 de octubre deI 2013, a las 16H05.- Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 112837-2013-P.R.T., que sigue el(a) señor (a) IVÁN VITERI MEDINA, Subgerente General y Representante Legal de la compañía INDUSTRIA CARTONERA ASOCIADA S.A. INCASA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) JORGE LUIS CHIGUANO YANGUISELA, en su calidad de trabajador (a). En lo principal agréguese al trámi-te la Declaración Juramentada presentado por la parte actora celebrada ante Notario Público en donde indica que desconoce el domicilio actual del accio-nado y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publi-caciones en uno de los perió-dicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuan-to el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio actual del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y seña-le casillero judicial para futuras notificaciones. Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por e] actor la autorización otorga-da al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFIQUESE. f) Dr. Patricio Rodas Toledo. Lo que comunico para los fines de Ley.DR. PATRICIO RODAS TOLEDOINSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/97026/tf

REpUBlICA DEl ECUADOR JUZgADO DÉCIMO

OCTAVO DE lA NIÑEZ Y ADOlESCENCIA DE

pICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ELENA VLADIMIROBNA KTITOROVA JUICIO: ALIMENTOS No. 2012-0143-F.S. ACTOR: FIGUEROA SALAZAR ROMULO ADOLFO DEMANDADO: ELENA VLADIMIROBNA KTITOROVA

TRAMITE: CONTENCIOSO GENERAL CUANTÍA: INDETERMINADA OBJETO: PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD DOMICILIO LEGAL: 1639 Dr. TINTA ZURITA DIANA MONSERRATE PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de mayo de 2012, las 11h00. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de jueza titular de esta judica-tura, en virtud de la Resolución No. 077-2010 del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No. 367, de 20 de enero de 2011, modificada mediante Resolución No. 038-2011, publicada en el Registro Oficial No. 496 de 12 de julio de 2011; y, del Memorando No. 005-S-CJ-XQ-2011 del Consejo de la Judicatura.- En lo princi-pal, la demanda de privación de patria potestad presentada por el señor ROMULO ADOLFO FIGUEROA SALAZAR, es clara, completa y reúne los requisi-tos establecidos por la ley, por lo que se la acepta al trámite Contencioso General. Cítese con la demanda y el auto de calificación recaído, a la seño-ra ELENA VLADIMIROBNA KTITOROBA, en la dirección señalada en el libelo inicial, para el efecto, envíese atenta Comisión al señor Teniente Político de la parroquia Conocoto, quien sentará las razones de citación corres-pondientes, para este efecto el accionante proporcionará a su costa las copias suficientes. Se previene a la demandada de la obligación que tiene de com-parecer a juicio y de señalar domicilio judicial y dirección de correo electrónico en donde recibirá futuras notificaciones; y, de que en caso de no hacerlo, la presente causa se sustancia-rá en rebeldía. De conformidad con el Principio de Inmediación, las partes comparecerán per-sonalmente o mediante procu-ración amplia y suficiente con cláusula especial para transigir. Agréguese a los autos el escrito y documentación que adjunta el actor. Tómese en cuenta el casillero judicial 1639 del Palacio de Justicia, señalado por el accionante y la autori-zación conferida a su aboga-da patrocinadora Dra. Diana Tinta. Las partes presentarán sus escritos directamente en esta Judicatura, ubicada en el Centro de Equidad y Justicia Los Chillos, en la Av. Intervalles s/n, junto al balneario El Tingo. CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dra. Sonia Patricia Ramírez Ávalos. Jueza Décimo Octava de la Niñez y Adolescencia de Pichincha. JUZGADO DECIMO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de septiembre de 2013, las 14h08. Por cumplido con lo dispuesto en providencia que antecede, atenta el juramento rendido por el actor ante mi autoridad y conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÍTESE a la señora ELENA VLADIMIROBNA KTITOROVA mediante tres publicaciones realizadas por la prensa en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Pichincha, las cuales contendrán copia del extracto del auto de calificación de 21 de mayo de 2012 y del pre-sente decreto. - Notifíquese.- Lo que pongo en su conoci-miento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro de la jurisdic-ción de esta judicatura, para posteriores notificaciones; es

decir, SEÑALE CASILLERO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE QUITO.- Quito, 09 de octubre de 2013. DRA. SILVIA AMELIA BARBA ORTIZ SECRETARIA DEL JUZGADO DECIMO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHAHay firma y sello P AC/97025/tf

República del Ecuador JUZgADO DÉCIMO TERCERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

AVISO JUDICIAL SE HACE CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE HA SOLICITADO LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO CONTENIDA EN LA SIGUIENTE: JUICIO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA No.0532-2013-MY ACTOR : REMINGTON KENNEDY PIN SILVA D E M A N DA D O : J E F E DEL REGISTRO CIVIL, I D E N T I F I C AC I Ó N Y CEDULACIÓN DE QUITO Y QUIENES PUEDAN TENER INTERES EN OPONERSE OBJETO: Disponer la RECTIFICACIÓN del Acta de la partida de nacimiento registra-da en Sucre-Manabi, Pag. 21, acta 83, a fin de que en la misma conste el verdadero apellido de su padre FLAVIO BENEDICTO PIN FALCONES. TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA P R O V I D E N C I AJUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 4 de julio del 2013, las 09h42.-VISTOS:.- Avoco conocimiento de la presen-te causa, en calidad de Juez Temporal Décimo Tercero de lo Civil de Pichincha confor-me la Acción de Personal Nro. 681-DP-DPP de 05 de Marzo del 2013 y en virtud el acta de sorteo precedente.-.-La demanda es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándosela proce-dente se la admite al trámite especial establecido en el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia cítese a los que pudieran tener interés respecto de lo solicitado, por la prensa en uno de los perió-dicos de mayor circulación a nivel nacional.- Cuéntese en la presente causa en calidad de legitimo contradictor con el señor Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación, así como con el Ministerio Público en la persona de uno de los señores Fiscales del Distrito de Pichincha, a quienes se les citará y notificará en sus despachos respectivos.- Agréguese al proceso el escrito presentado y la documentación adjunta.- tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autori-zación manifestados a favor de su defensor. NOTIFÍQUESE.- f) DR. RAFAL CARPIO SANCHEZ. JUEZ TEMPORAL.Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniendole de la obligación para seña-lar casillero judicial y correo electrónico para futuras noti-ficaciones que le corresponda. CERTIFICO.DR. NILO GONZALO ALMACHISECRETARIOHay firma y sello P AC/97023/tf

R. DEl E.JUZgADO VIgESIMO

pRIMERO DE lO CIVIl DE pICHINCHA

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

1. ANTECEDENTES.- La compañía LA CASA DEL SUIZO SUIZHOUSE S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito el 13 de diciembre de 1995, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 21 de diciembre de 1995.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía LA CASA DEL SUIZO SUIZHOUSE S.A., del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha a la ciudad de Tena, cantón Tena, provincia de Napo; y, la reforma de sus estatutos, fue otor-gada el 25 de junio de 2013 ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito y aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.13.005309 de 29 de octubre de 2013.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública men-cionada, el señor GUILLERMO ESTEBAN ZALDUMBIDE SERRANO, en su calidad de Gerente General de la compañía.

4. CAMBIO DE DOMICILIO Y REFORMA DE ESTATUTOS. PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.13.005309 de 29 de octubre de 2013 aprobó el cambio de domi-cilio de la compañía LA CASA DEL SUIZO SUIZHOUSE S.A., del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha a la ciudad de Tena cantón Tena, provincia de Napo. Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre referido, señalado en el artículo 33 de la Ley de Compañías en el y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del públi-co el CAMBIO DE DOMICILIO de la compañía LA CASA DEL SUIZO SUIZHOUSE S.A., el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha a la ciudad de Tena, cantón Tena, provincia de Napo, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, jun-tamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de la escritura pública otorgada el 25 de junio de 2013 ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, la compañía reformó el artículo primero del Estatuto Social, de la siguiente manera:

“Artículo Primero.- DE LA DENOMINACIÓN, NACIONALIDAD Y DOMICILIO.- La Compañía que se denominará “LA CASA DEL SUIZO SUIZHOUSE S.A.” es de nacionalidad ecuatoriana y tendrá una duración de cincuenta años contados a partir de la inscripción de la escritura de consti-tución en el Registro Mercantil, plazo que podrá ser ampliado o restringido por resolución de la Junta general de Accionistas expresamente convocada para este efecto. El domicilio de la compañía será la ciudad de Tena pro-vincia del Napo, y podrá abrir agencias o sucursales en cualquier lugar del territorio nacional o fuera de él”

Distrito Metropolitano de Quito, 29 de octubre de 2013

Dr. camilo Valdivieso cueva inTEnDEnTE DE comPañÍaS DE QuiTo

DE La EScriTura PÚbLica DE cambio DE DomiciLio DE La comPañÍa La caSa DEL SuiZo SuiZhouSE S.a., DEL DiSTriTo mETroPoLiTano DE QuiTo, ProVincia DE Pichincha a La ciuDaD DE TEna, canTÓn TEna, ProVincia DE naPo; Y, rEForma DE SuS ESTaTuToS.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

P.A.C./97016

conVocaToriaa JunTa GEnEraL

EXTraorDinaria DE accioniSTaS DE La comPañÍa

SurTiacEroS S.a., En LiQuiDaciÓn

De conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 236, 387 y 395 de la Ley de Compañías; Art. 33 del Reglamento sobre inactividad, diso-lución, liquidación, reactivación y cancelacio-nes de las compañías anónimas; ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO del estatuto social y Art. 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y accionistas, convoco a los señores accionistas de la compañía SURTIACEROS S.A., EN LIQUIDACIÓN a la Junta General Extraordinaria que se celebrará a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2013 a las 18H00 en las oficinas de la compa-ñía, ubicadas en la calle De Los Ciruelos OE1-240 entre las ave-nidas Real Audiencia y Galo Plaza Lasso de la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano para conocer y resolver el siguiente orden del día:

1. Conocer y resolver la MEMORIA sobre el desarrollo del proceso de liquidación de la compañía SURTIACEROS S.A., EN LIQUIDACIÓN; y,

2. Conocer y resolver el Balance Final de Liquidación de la compañía SURTIACE-ROS S.A., EN LIQUIDACIÓN.

Quito, Distrito Metropolitano a 1 de noviembre de 2013.

Econ. Guillermo Gallegos acostaLiQuiDaDor DE La comPañÍa

SurTiacEroS S.a., En LiQuiDaciÓn

AR/93453/cc P

Si los españoles habláramos sólo y exclusivamente de lo que sabemos, se produciría un gran silencio que nos

permitiría pensar. M a n u e l a z a ñ a

Page 8: Revista Judicial 4 noviembre 2013

EXTRACTOSE HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO DE INSOLVENCIA SEGUIDO POR EL BANCO PICHINCHA C.A. EN CONTRA DE CUEVA PARRAGA CRUZ MARIAJUICIO ESPECIAL (Insolvencia) 2007-272-R.C.ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.DEMANDADO: CUEVA PARRAGA CRUZ MARIAOBJETO: Con fundamento en los Arts. 507 y 519 del Código de Procedimiento CivilTRAMITE: ESPECIALCUANTIA: INDETERMINADAABOGADO PATROCINADOR: Abg. Maria Pérez Guzmán, Mat. Prof. 17-2009-244 F.A.PROVIDENCIAJUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 04 de Julio del 2007, las 10h27.-VISTOS.-En virtud del sorteo, avoco conocimiento en la presente causa, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Especial. Consecuentemente, de conformidad con el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil, presumiéndose la insol-vencia de CRUZ MARIA CUEVA PARRAGA, se manda a formar el concurso de acreedores y consiguientemente se dispone: 1.-Que se ocupen sus libros, correspondencias y demás documentos y se entreguen mediante inventarios al sindi-co del concurso, Dr. Wilfredo Acosta Yépez, a quien se le designa para este cargo.-2.-Que se haga saber al público en general tal declaratoria por medio de los periódicos de mayor circulación nacional que se edita en esta localidad.-3.-Que se acumulen todos los jui-cios seguidos contra el deudor por las obligaciones de hacer ò de dar, pudiendo hacer valer sus derechos por separado, quie-nes tengan créditos hipoteca-rios.-4.- Que se remita a uno de los señores Jueces de lo Penal de Pichincha, las copias certifi-cadas necesarias para calificar esta insolvencia.-5.-Prohibiese que el deudor se ausente del país y ordenase que presente el balance de sus bienes dentro de ocho días.-6.-Para los efectos legales pertinentes, notifíquese con esta providencia a los seño-res Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito, Gerente de los Bancos de esta ciudad, Superintendentes de Bancos y Compañías, Director Nacional de Personal, Presidente del Tribunal Supremo Electoral, Director Nacional de Migración y Extranjería, Ministerio de Economía y Finanzas y Procurador General del Estado y demás Autoridades singulari-zadas en el libelo inicial.-Para la acumulación de autos, hága-se saber de este particular a las respectivas Judicaturas mediante oficios.-Agréguese la documentación acompañada al libelo inicial.-Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la calidad en la que comparece.-Cítese a Cruz María Cueva Parraga, a través de la prensa, mediante tres publica-ciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional de los que se editan en este Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad a lo preceptua-do en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y en mérito al juramentado rendido por el accionarte .-Notifíquese.- f) DR. RUBEN GILER CEDEÑO, JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de Ley. GUIDO ESPINOZA ESPINOZASECRETARIO DEL JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO

CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y selloP AC/96017/tf

REpUBlICA DEl ECUADOR www.funcionjudicial-pichin-

cha.gob.ec CITACION A MARIA GLORIA ORTIZ CADENA Juicio No: 17305-2010-1212 Resp: DR. LEONARDO SANCHEZ Iniciado el 1 de septiembre del 2010 ACTOR: PACIFICARD S.A., HARO MERINO GERSON VLADIMIR, PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADOS.- MARIA GLORIA ORTIZ CADENA DEFENSOR.- DRA. CARMEN ELENA CEPEDA PAZMIÑO, EDUARDO PATR IC IO HERMOSA TORRES Juicio Verbal Sumario No. 17305-2010-1212-LS: JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 8 de septiembre del 2010, las 11h26.- VISTOS. –En virtud de la razón de sorteo, avoco conocimiento de la presente causa. En lo prin-cipal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio ver-bal sumario. Con la demanda y providencia recaída cítese a las demandadas señoras: MARIA GLORIA ORTIZ CADENA Y KAROL ROCIO LOOR PALMA en el lugar indicado para el efec-to. El peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado y la calidad en la que comparece el SR. AB. GERSON HARO MERINO conforme lo acredita el documento acompa-ñado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Dejando fotocopia y recibo en autos, desglósese y entréguese el documento solicitado. Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr. Jaime Torres como Secretario y Oficial Mayor encargados res-pectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Of. No. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de Marzo del 2007. Notifíquese. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 11 de septiem-bre del 2013, las 10h05 Por cumplido lo dispuesto en pro-videncia anterior y de conformi-dad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese por la prensa en uno de los periódi-cos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito a la SRA. MARIA GLORIA ORTIZ CADENA. Notifíquese. f).- DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. DR. LUIS RON VILLAVICENCIO SECRETARIO (E)Hay firma y sello P AC/97003/tf

REpUBlICA DEl ECUADOR JUZgADO SEgUNDO DE lO

CIVIl DE pICHINCHACITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR RICHARD RENATO ENCALADA TITUAÑA ACTOR: DR. LUIS GERMAN VASQUEZ, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA. DEMANDADO: RICHARD RENATO ENCALADA TITUAÑA JUICIO EJECUTIVO No. 362-2007 ABOGADO: DR. GERMAN VASQUEZ CUANTIA: DIECISIETE MIL QUINIETOS DOLARES AMERICANOS JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 18 de abril del 2007 VISTOS.- Avoco conocimiento de la pre-sente causa en virtud del sorteo correspondiente.- En lo princi-pal la demanda que antecede es

clara, precisa y reúne los demás requisitos exigidos por la Ley.- Dese el trámite Ejecutivo.-En consecuencia el demandado en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o en el mismo término proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley.- Cítese al demandado RICHARD RENATO ENCALADA TITUAÑA, en el lugar que se indica.-Téngase en cuenta el casillero judicial designado por el accionante y la calidad en la que comparece justificado con el documento que se acompaña.-Agréguese los documentos que se acompañan.-Actúa el Dr. Ricardo López Oficial Mayor Encargado.- NOTIFIQUESE. F).- DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO, JUEZA SEGUNDA DE LO CIVIL DE PICHINCHA. JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 21 de octubre del 2013 En lo principal y en virtud al juramento realizado se dis-pone citar por la prensa al demandado RICHARD RENATO ENCALADA TITUAÑA, de con-formidad a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual entréguese el respecti-vo extracto. NOTIFÍQUESE. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDANDOLE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- Dr. PATRICIO CALDERON T SECRETARIO (E)Existe un selloP/84124

CORTE pROVINCIAl DE JUSTICIA DE pICHINCHA.- U N I DA D J U D I C I A l ESpECIAlIZADA TERCERA DE lA FAMIlIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de octubre del 2013, las 15h59.- VISTOS: Comparece el señor JUAN MESAS PAEZ MORENO, consignando sus generales de ley comparece a esta Unidad Judicial y manifiesta, en lo prin-cipal: “ (...) Del acta de matri-monio de fecha 10 de junio de 1963 vendrá a su conocimiento Señor Juez que contraje matri-monio con Mariana Natividad Oleas Abarca quien actual-mente es mi cónyuge y sufre de incapacidad total de realizar sus actos y contratos, pues los facultativos que le han examina-do han determinado que sufre demencia en la enfermedad de Alzheimer grado IV como resul-tado se encuentra imposibilita-da de ejercer sus funciones y sus facultades psíquicas y físi-cas, como lo demuestro en la copia debidamente notarizada del certificado médico emitido por la doctora Elizabeth Arturo Psiquiatra del Dispensario Central del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. Al momento mi cónyuge se encuentra aislada en la clíni-ca de reposo Jardín Geriátrico “Los Años de Oro”, ubicada en la vía Juan José Izurieta S/N y Pedro Proaño, puente nueve vía Valle de los chillos, Sector la Armenia. Con estos anteceden-tes se indispensable, designar una persona para que la repre-sente en todos sus actos, solici-to a Usted proceda a declararla en Interdicción Provisional, para lo cual se servirá designar un Curador Interno, insinuan-do a mi hija que responde a los nombres de Nancy Cecilia del Carmen Páez Oleas. (...). Fundamentando su demanda en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, solicita se declare en INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la seño-ra Mariana Natividad Oleas Abarca y se le designe como curador interino a su hija, Nancy Cecilia del Carmen Páez Oleas. Indica la cuantía y el trámite de la acción y señala domicilio judicial para futuras notificacio-nes. Calificada la demanda se

admite a trámite en vía espe-cial, por lo que tras el trámite de Ley, siendo el estado de la causa el de resolver para hacer-los se considera. PRIMERO. La suscriba Jueza es competente para conocer y resolver el pre-sente juicio, tanto por la mate-rial como por su jurisdicción. SEGUNDO. Se han respetado el debido proceso y las solem-nidades, por lo que se declara su validez. TERCERO. De con-formidad con lo dispuesto en el Art. 752 del Código Adjetivo Civil se llevó a cabo la diligen-cia de reconocimiento, con los facultativos designados y pose-sionados. Dra. Julieta Beatriz Robles Rodríguez y Psi. Byron Monge Román, y la suscrita Jueza. Del acta correspondiente se desprende que: “(...) se pro-cede a examinar personalmen-te a la compareciente señora MARIANA NATIVIDAD OLEAS ABARCA, a quien al interrogar-le sobre aspectos generales, como su nombre no sabe res-ponder, al preguntarle sobre aspectos temporales como la fecha, no sabe responder, ni hace referencia, al preguntarle sobre familiares no responde, en relación a su comporta-miento no presenta rasgos de comportamiento violento (....)” CUARTO.- A fs. 34-35 y 47-48, consta los Informes, suscritos por los peritos Dra. Julieta Beatriz Robles Rodríguez y Psi. Byron Monge Román, en los que consta, en lo principal: “6.5 Examen físico: (...) Al rea-lizar la evaluación cognitiva, la paciente no responde a las preguntas realizadas, balbu-cea ciertas palabras que no se

entienden. Se aplicó el índice de Katz modificado que evalúa el nivel de dependencia para ejecutar las actividades básica de la vida diaria (alimentación, continencia, movilidad, uso de retrete, bañarse, vestir-se), el índice 1 reporta que la paciente es dependiente para realizar la actividades básicas de la vida diaria. 6.6 Impresión Diagnóstica: Demencia en la enfermedad de Alzheimer (...) 7. 3 D I A G N Ó S T I C O PSICOLÓGICO. Por lo eviden-ciado en la ficha médica del hogar “Los Años Dorados” y dentro de la entrevista Psicológica, se puede confir-mar el diagnóstico de que la Sra. Mariana Oleas sufre de Alzheimer en etapa VI. 8 CONCLUSIONES: 1. La eva-luación médica realizada fue una valoración general, en la se determina que la señora MARIANA NATIVIDAD OLEAS ABARCA, se encuentra des-orientada en tiempo, espacio, y persona (...) 2. La señora Oleas presenta, dependencia para realizar las actividades básica e instrumentales de la vida diaria como alimentarse, bañarse, vestirse, usar el telé-fono, ir de compras, controlar la toma de medicamentos, manejo de asuntos Económicos. 3. La señora Oleas, debe continuar con el tratamiento, médico especializado y los cuida-dos permanentes” “(...) 7..3 DIAGNÓSTICO PSICOLÓGICO. Por lo evidenciado en la ficha médica del hogar “Los Años Dorados”, y dentro de la entre-vista Psicológica, se evidencia que la Sra. Mariana Natividad

Oleas Abarca presenta los signos relacionados con la enfermedad de Alzheimer. De igual manera existe un certifi-cado médico dentro de la his-toria médica de la Sra. Oleas dentro del hogar “Los Años Dorados”, en donde la Dra Elizabeth Arturo, Psiquiatra del Dispensario Central del IESS, certifica que la señora OLEAS ABARCA MARIANA NATIVIDAD sufre de Alzheimer en etapa VI. 8. CONCLUSIONES: (...) Por lo evidenciado en la entrevis-ta Psicológica, se evidencia que la Sra. Mariana Natividad Oleas Abarca presenta signos relacionados con la enfermedad de Alzheimer. En la presente

consta un certificado médico de la Dra. Elizabeth Artura, Psiquiata de Dispensario Central del IESS, que certifica que la señora OLEAS ABARCA MARIANA NATIVIDAD CON C.I; 1704617479, de 80 años de edad presenta demencia en la enfermedad de Alzheimer grado VI. RECOMENDACIONES: La señora Mariana Oleas debe continuar con el tratamiento médico especializado y los cui-dados permanentes, por tales razones desde el punto de vista médico la paciente requiere la protección familiar y del esta-do. (...)”. CUARTO. A fs. 3, consta copia certificada, del documento suscrito por la Dra.

Elizabeth Arturo, Psiquiatra del Dispensario Central del IESS, del que se desprende que la señora Mariana Natividad Oleas Abarca, de 80 años de edad: “(...)presenta demencia en la enfermedad de Alzheimer grado IV, al momento institu-cionalizada. La paciente NO está en capacidades menta-les de decidir sobre asuntos judiciales (...)”. SEXTO,- A fs. 38, consta la opinión del Dr. Luis Mejía Villalva, Fiscal Provincial de Pichincha, de la que se desprende la Fiscalía considera se declare la Interdicción Provisional de la señora Mariana Natividad Oleas Abarca y se designe como cura-

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

1. ANTECEDENTES.- ARDYSS INTERNATIONAL DEL ECUADOR CIA. LTDA., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 7 de marzo de 2012, aprobada mediante Resolución No 1448 de 19 de marzo de 2012, e inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 28 de marzo de 2012.

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio, de domicilio del Distrito Metropolitano de Quito a la ciudad de Guayaquil y reforma de estatutos de ARDYSS INTERNATIONAL DEL ECUADOR CIA LTDA otorgada el 19 del septiembre de 2013 ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante. Resolución No. SC.IJ.DJCQ.13.005266.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, la Señora MARIA ESTHER CRESPO CHICA en su calidad de Gerente General, de estado civil soltera, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliada en la ciudad de Guayaquil.

4. CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No SC.IJ.DJC.Q13.005266 de 24 de octubre de 2013 apro-bó el cambio de domicilio del Distrito Metropolitano de Quito a la ciudad de Guayaquil, reformo los estatutos de ARDYSS INTERNATIONAL DEL ECUADOR CIA. LTDA. y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura publica, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el Art 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio del Distrito Metropolitano de Quito a la ciudad de Guayaquil de ARDYSS INTERNATIONAL DEL ECUADOR CIA. LTDA. a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domi-cilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificara o comunicara según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposi-ción y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo tercero del estatuto social.

“ARTICULO TERCERO.- NACIONALIDAD DOMICILIO Y DURACION.- La compañía es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio es la ciudad y cantón Guayaquil, pudiendo establecer sucursales o agencias dentro afuera del país...”

Quito, 24 de octubre de 2013.

Dr. Oswaldo Noboa LeónINTENDENTE JURÍDICO DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, SUBROGANTE

DE La EScriTura PubLica DE cambio DE DomiciLio DEL DiSTriTo mETroPoLiTano DE QuiTo a La ciuDaD DE GuaYaQuiL Y rEForma DE ESTaTuToS DE arDYSS inTErnaTionaL DEL EcuaDor cia. LTDa.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

P.A.C./97002

conVocaToriaaSambLEa DE PoSESion

DEL nuEVo conSEJo DirEcTiVo DE SarimE

En cumplimiento con las disposiciones lega-les establecidas en el Estatuto y Reglamen-to de Elecciones, se convoca a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA a todos nuestros asociados para el día miércoles 6 de noviembre de 2013, a las 16h00 en el sa-lón Victoria del Hotel Dann Carlton ubicado en la Av. República de El Salvador N34-377 e Irlanda de la ciudad de Quito.

orDEn DEL Dia:

1.- Informe del Tribunal Electoral2.- Posesión de los nuevos Miembros del

Consejo Directivo3.- Designación del nuevo Comité de Vigi-

lancia4.- Programa artístico-social

A esta Asamblea Especial, hemos invitado a las más alta autoridades que tienen rela-ción con nuestra actividad cultural, a la que esperamos asistan puntualmente nuestros artistas socios.

Teresita AndradePRESIDENTA TRIBUNAL ELECTORAL

Luis Beltrán VargasPRESIDENTE DE SARIME

AB/6949/cc P

Si la mujer es mala se pasa con perderla; si es buena, con perderla nos

asegurarnos que no lo dejará de ser.

F r a n c i s c o d e Q u e V e d o y V i l l e ga s

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dora interina a su hija, la seño-ra Nancy Cecilia del Carmen Páez Oleas. Por lo expuesto, de conformidad con el Art. 759 del Código de Procedimiento Civil SE RESUELVE, declarar la Interdicción Provisional de la señora MARIANA NATIVIDAD OLEAS ABARCA, y se desig-na como Curadora Interina a la señora OLEAS ABARCA MARIANA NATIVIDAD, quien tomará posesión del cargo el día 15 de octubre de 2013, a las 09h00, a fin de que le represen-te en todos los actos públicos y privados. Ejecutoriado este auto, conforme establece el Art. 468 del Código Civil, en concor-dancia con los Arts. 754 y 748 del Código de Procedimiento Civil, publíquese en uno de los diarios de mayor circulación de este cantón e inscribirse en el Registro Civil de Identificación y Cedulación, en el Registro de la Propiedad cantón Quito y cual-quier otro Registro que crean correspondiente. Confiérase las copias certificadas sufi-cientes para los fines de Ley. NOTIFIQUESE.MARIA MIRANDA GARCESJUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA.Certifico:T E R E S A C A S T E L O BENALCAZARSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.En Quito, martes ocho de octu-bre del dos mil trece, a partir de las dieciséis horas y cincuenta y cinco minutos, mediante boleta judicial notifiqué el AUTO que antecede a: PAEZ MORENO JUAN MESIAS en la casilla No. 398 y correo electrónico [email protected] Certifico:T E R E S A C A S T E L O BENALCAZARSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.MIRANDAMCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- U N I D A D J U D I C I A L ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de octubre del 2013, las 10h56.- En mi calida de Jueza de la Unidad Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, en virtud de la Resolución 24-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura y acción de personal 7760-DNP. Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor Juan Mesías Páez Moreno, con fecha 15 de octubre del 2013. En lo principal, basado en lo que dis-

pone el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, se acla-ra el auto resolutivo en la parte de dice “(...) y se designa como Curadora Interina a la señora OLEAS ABARCA MARIANA NATIVIDAD (...)” cuando lo que debería decir es”(...) y se desig-na como Curadora Interina a la señora NANCY CECILIA DEL CARMEN PAEZ OLEAS ...)”. A su vez se señala el 23 de octubre del 2013, a las 15h00, a fin de que la curadora interna desig-nada acepte y se posesione de su cargo. En lo demás se esté a lo dispuesto en el auto resolu-tivo. NOTIFIQUESE.MARIA MIRANDA GARCESJUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERACertifico:T E R E S A C A S T E L O BENALCAZARSECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.En Quito, miércoles dieciséis de octubre del dos mil trece, a partir de las dieciséis horas y cincuenta y cinco minutos, mediante boleta judicial noti-fiqué el DECRETO que ante-cede a: PAEZ MORENO JUAN MESIAS en la casilla No. 398 y correo electrónico [email protected]. Certifico:T E R E S A C A S T E L O BENALCAZAR

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.MIRANDAM.RAZON: Siento como tal que la resolución que antecede del Juicio no. 11755-2013 se encuentra en todas sus partes Ejecutoriada por el Ministerio de la Ley. Certifico. Las copias que antecede son iguales a su original.Quito, 23 de octubre del 2013.Dra. Teresa Castelo BenalcázarSECRETARIAHay firma y selloP AC/97024/tf

ANULACIONES

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900775848 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (1)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380746683 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (2)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800706434 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este

aviso.P/AC/ (3)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380800687 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (4)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800837937 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (5)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610817173 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (6)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 920020 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (7)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600769135 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.

P/AC/ (8)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 110775053 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (9)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200072337 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (10)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0200717730 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (11)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1272915 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (12)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0410710206 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (13)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610834329 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.

P/AC/ (14)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550742363 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (15)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360738954 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (16)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1103405 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (17)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 5000787919 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (18)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400810135 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (19)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 90075123 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (20)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0300745143 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (21)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380801926 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (22)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta

No. 0370733741 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (23)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380800121 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (24)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900765761 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (25)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800785083 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (26)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800857881 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (27)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500862104 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (28)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500777443 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (29)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390762842 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (30)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500822790 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre

C9

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se pone en conocimiento del público, que se va a proceder al pago de la ayuda por fallecimiento No. 3192, perteneciente a quien en vida fue señor Crnl. HUGO EFRAIN RIVERA VINUEZA.

Las personas que se creyeran con derecho a hacer algún recla-mo, deberán presentarlo en esta secretaria, en el plazo de 30 días calendario a partir de la presente publicación.

El Secretario-abogado

cÍrcuLo miLiTar DE LaS FF.aa.

AB/6932/cc P

De conformidad con el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía SERVICIOS HOTELEROS Y TURISTICOS ECOJUNGLA CIA. LTDA., “EN LIQUIDACIÓN”; para que en el término de veinte (20) días contados desde la ultima publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: San Ignacio N157 y Av. 6 de Diciembre edificio Quinara Piso PB-2, cantón Quito, provincia de Pichincha.

Transcurrido el término mencionado se tomara únicamente a los acreedores que ha-yan probado su derecho y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la con-tabilidad de la compañía con la debida justificación.

Atentamente,Eco. Patricia Andrade E.

LIQUIDADORA

LLamamiEnTo a acrEEDorES

AB/6939/cc P

Se comunica al público que la compañía PERTRALY S.A., con domicilio prin-cipal en el Distrito Metropolitano de Quito, modificó su objeto social y reformó parcialmente sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metropolitano de Quito el 13 de septiembre de 2013. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.13.005232 de 23 de octubre de 2013

En virtud de la escritura pública mencionada, la compañía reforma, entre otros, los artículos cuarto, séptimo, décimo quinto y décimo séptimo del Estatuto Social, referentes al objeto social; órganos de la sociedad; requisitos y período del Presidente; y, al Gerente General y la representación legal, de la siguiente manera:

“ARTÍCULO CUARTO: OBJETO SOCIAL.- El objeto social y finalidades de la compañía será: la prestación de los Servicios Auxiliares al Transporte Aéreo de “Procesamiento de Carga”, según lo tiene establecido la Dirección General de Aviación Civil para lo cual se cumplirán los requisitos establecidos por las distintas entidades del ramo y se obtendrán las aprobaciones necesarias de acuerdo a la Ley.- Para el cumplimiento de su objeto social la compañía podrá ejecutar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, prestar servicios y asesoría aeroportuaria, celebrar contratos de asociación con personas jurí-dicas o naturales, nacionales o extranjeras...”

“ARTÍCULO SÉPTIMO: DE LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD.- La Junta General de Accionistas es el único y máximo órgano regulador de la compañía, la misma que será administrada por el Presidente y el Gerente General, y contará con la supervisión de un Comisario. En la Junta General de Accionistas podrán incorporarse de forma temporal, a miembros externos o consejeros, los mismos que estarán limitados a dos, tendrán voz pero no voto, y serán elegidos por unanimidad de los miembros con voz y voto dentro de la Junta.”

“ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: REQUISITOS Y PERÍODO.- El Presidente será elegido por la Junta General, de forma rotativa de entre los accionistas con representación de voz y voto, por períodos de tres años, y en secuencia de edad. En caso de que, por alguna razón justificada, un accionista no pueda asumir su cargo de Presidencia, se continuará con el siguiente en la línea de secuencia...”

“ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: DEL GERENTE GENERAL Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL.- El Gerente General será elegido por la Junta General para un período de tres años, tendrá la representación legal, judi-cial y extrajudicial. Podrá ser reelegido indefinidamente. Para ser Gerente General no se requiere ser accionista de la compañía. El Gerente General no podrá ejercer ningún otro cargo que a juicio de la Junta General sea incom-patible con las actividades de la compañía”.

Distrito Metropolitano de Qui to, 23 de octubre de 2013

Dr. camilo Valdivieso cuevainTEnDEnTE DE comPañÍaS DE QuiTo

DE La EScriTura PÚbLica DE moDiFicaciÓn DEL obJETo SociaL Y rEForma DE ESTaTuToS DE La

comPañÍa PErTraLY S.a.

rE Pu bLi ca DEL Ecua DorSu PE rin TEn DEn cia DE comPañiaS

EX Trac To

AR/93442/cc P

Si eres el primero te enterarás de quien ha sido el segundo. Si eres el segundo, deberías entrenar más.

s l o ga n d e t e l e F ó n i ca .

banco inTErnacionaL

Page 10: Revista Judicial 4 noviembre 2013

esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (31)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400830209 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (32)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 110746150 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (33)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2247891 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (34)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360726530 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (35)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250744966 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (36)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200750487 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (37)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 5507662194 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (38)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500775769 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este

aviso.P/AC/ (39)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500764015 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (40)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450713970 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (41)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500728310 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (42)NR=======

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 440741271 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (43)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430738391 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (44)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430785544 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (45)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420734573 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre

esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (46)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420761694 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (47)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400748694 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (48)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420711599 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (49)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380713092 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (50)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400785611 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (51)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2219774 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (52)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta

No. 250749836 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (53)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1400750832 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (54)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0110792241 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (55)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400825744 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (56)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400762018 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (57)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390772511 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (59)NR

=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 3500749312 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (59)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2250523 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (60)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 987680 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (61)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900737563 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (62)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800779059 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (63)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 840354 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.

P/AC/ (64)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800883106 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (65)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640719240 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (66)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500834097 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (67)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640737605 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (68)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0640730392 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (69)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630710438 del Banco

Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (70)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620723325 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (71)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610802818 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (72NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 5000724798 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (73)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600753034 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (74)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380720978 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro

de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (75)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360743354 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (76)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370702129 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (77)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360716888 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (78)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800850674 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (79)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380718906 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (80)NR=======

C10

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Se pueden cometer muchos errores en nombre de la justicia.

F r e d e r i c k F o r sy t h

aL PubLico robo DE PLacaS

Se notifica la pér-dida de la placa PbJ 9526 de una camioneta chEV-roLET LuV DmaX del año 2012 perteneci-ente a DaniEL orLanDo cor-TEZ arELLano C.I. 1715302608.

P.A.P/57800/p.n

aViSoSe comunica a los accionistas de la comPañÍa DE TranSPorTES La acaDEmia DE GuErra DEL VaLLE acDEGVaLL S.a., que de conformidad con la resolución de la Junta General Universal Extraordinaria de accionistas celebrada el 26 de Octubre del 2013 y en observación a lo dispuesto en el artículo 181 de la Ley de Compañías, los señores accionistas tiene derecho preferente en proporción a sus acciones para suscribir nuevas acciones en el aumento de capital suscrito que llevara a efecto la Compañía,, este derecho se ejercitará dentro de los treinta días siguientes a la publicación.

bErTha PaTricia araGon hErnanDEZGErEnTE GEnEraL

P.A.P/57798/p.n

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Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2200828 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (81)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380763316 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (82)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900750721 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (83)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600742555 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (84)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 990991 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (85)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900713869 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (86)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700773234 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (87)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600724476 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (88)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640707587 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (89)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400772986 del Banco

Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (90)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400795927 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (91)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400789390 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (92)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460700471 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (93)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390704184 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (94)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420702531 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (95)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390715526 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (96)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390775448 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (97)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200752544 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (98)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200740171 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien

creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (99)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 25074297 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (100)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2291343 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (101)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2348611 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (102)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2332138 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (103)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 110801967 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (104)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1400717495 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (105)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1250790354 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (106)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1250790664 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (107)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 977375 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo

al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (108)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900765486 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (109)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500778856 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (110)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640714974 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (111)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550753101 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (112)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460705473 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (113)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400793959 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (114)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400740359 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (115)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390702769 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.

P/AC/ (116)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380705960 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (117)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360747333 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (118)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0360728770 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (119)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360717736 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (119)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250779573 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (120)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2292056 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (121)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1000794211 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (122)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1005285 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (123)NR=======Por haberse perdido la Libreta

de Ahorros de la cuenta No. 350717122 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (124)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300740117 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (125)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430768453 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (126)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430733498 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (127)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460718575 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (128)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400809250 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (129)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430700166 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (130)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 440700842 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (131)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 40078149 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (132)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430755564 del Banco

Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (133)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500813023 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (134)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420720823 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (135)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610824250 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (136)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610829880 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (137)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620754905 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (138)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700816668 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (139)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 943934 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (140)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800838291 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro

de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (141)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800815267 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (142)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1005307 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (143)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1005757 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (144)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400787118 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (145)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2247786 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (146)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610816428 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (147)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420777655 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (148)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390703358 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (149)NR

C11

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se puede ser más listo que otro, pero no se puede ser más listo

que todos los demás. F r a n ç o i s d e l a r o c h e F o u cau l d

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=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620783409 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (150)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 440711097 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (151)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390713841 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (152)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450713423 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (153)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640735203 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (154)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610843883 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (155)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2256858 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (156)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390787462 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (157)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500779713 del Banco

Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (158)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200717986 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (159)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700826701 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (160)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380725864 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (161)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 100812878 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (162)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700825888 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (163)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300742888 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (164)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2354263 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (165)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500787600 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar

su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (166)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610814891 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (167)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 8591887 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (168)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500851889 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (169)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420753632 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (170)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0640728134 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (171)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450730611 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (172)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630715464 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (173)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620778669 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (174)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420743769 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde

la última publicación de este aviso.P/AC/ (175)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800799947 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (176)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450715418 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (177)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640731348 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (178)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610825699 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (179)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2238205 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (180)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630745649 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (181)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 953824 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publi-cación de este aviso.P/AC/ (182)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400817873 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (183)NR=======

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900786629 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (184)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380781713 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (185)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300734532 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (186)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700804856 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (187)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0000809465 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (188)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1400772402 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (189)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 3000721482 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (190)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9700794480 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (191)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620780973 del Banco

Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (192)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500879600 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (193)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0360731364 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (194)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 1335592 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (195)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250777124 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (196)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2275747 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (197)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800825408 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (198)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630724501 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (199)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2205706 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (200)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390786431 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien

creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (201)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700799802 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (202)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500784342 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (203)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380710638 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (204)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400829197 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (205)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700771959 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (206)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1650712580 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (207)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2264125 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (208)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390762419 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (209)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400744028 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar

su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (210)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630715774 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (211)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 350723505 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (212)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390762826 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (213)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620725883 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (214)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2227122 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (215)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200718257 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (216)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300734427 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (217)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550740840 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (218)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 530709044 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde

C12

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Se encuentran muchos hombres que hablan de libertad, pero se ven muy

pocos cuya vida no se haya consagrado, principalmente, a forjar cadenas.

g u s taV e l e b o n

Page 13: Revista Judicial 4 noviembre 2013

la última publicación de este aviso.P/AC/ (219)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 520704776 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (220)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2254332 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (221)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2254324 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (222)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380746683 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (223)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuen-ta No. 2211846 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá pre-sentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (224)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700826701 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (225)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500771878 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (226)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380701221 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (227)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800777129 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.

P/AC/ (228)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1250719234 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (229)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450760332 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (230)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450758699 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (231)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700779968 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (232)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800813167 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (233)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600734145 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (234)NR=======Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450751732 del Banco Internacional S.A., se está pro-cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.P/AC/ (235)NR=======Por haberse extraviado el certi-ficado de inversión emitido por el Banco Internacional S. A No. 45102991 por valor de US $ 6750.96 con vencimiento al 27 enero 2014, se está procedien-do a su anulación. Quien cre-yere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 dias contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ (236) NR ========Por haberse extraviado el certi-ficado de inversión emitido por el Banco Internacional S. A No. 052103440 por valor de US $ 420.000,00 con vencimiento al 07-10-2013, se está procedien-do a su anulación. Quien cre-yere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 dias contados

desde la última publicación de este aviso. P/AC/ (237) NR ========Por orden del titular de la cuenta corriente No. 632087 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 374 al número 400P/AC/ (238)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0630608685 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 480 al número 480P/AC/ (239)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0630608685 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 432 al número 433P/AC/ (240)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 610605801 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 232 al número 250P/AC/ (241)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0200604503 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 746 al número 746P/AC/ (242)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 250610901 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 500 al número 525P/AC/ (243)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 500105114 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 2915 al número 2950P/AC/ (244)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 390601866 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 19047 al número 19047P/AC/ (245)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 630608685 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 435 al número 436P/AC/ (246)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0420611138 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 289 al número 289P/AC/ (247)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0420611138 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 281 al número 281P/AC/ (248)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0420611138 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los)

siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 306 al número 306P/AC/ (249)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0420611138 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 312 al número 325P/AC/ (250)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 900612540 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 26-27-33-34 al número 35-37-47-48 del 49 al 75P/AC/ (251)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 318 al número 318P/AC/ (252)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 322 al número 324P/AC/ (253)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 332 al número 332P/AC/ (254)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 345 al número 345P/AC/ (255)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 349 al número 349P/AC/ (256)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 361 al número 361P/AC/ (257)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0360612293 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 398 al número 398P/AC/ (258)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 630010491 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 856 al número 856P/AC/ (259)NR=======Por orden del titular de la cuen-

ta corriente No. 370010355 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 914 al número 914P/AC/ (260)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 370010355 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 967 al número 968P/AC/ (261)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 430605652 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1244-1340 al número 1341P/AC/ (262)NR=======Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0300608686 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 815 al número 815P/AC/ (263)NR======= Por orden del titular de la cuen-ta corriente No. 0380610243 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 262 al número 275P/AC/ (264)NR=======Por haberse EXTRAVIADO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corrien-te No. 700602651 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 80559 Valor: $ 353.82 P/AC/ (265)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0620000621 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 3311 Valor: $ 2250.00 =======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuen-ta corriente No. 550010601 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 2201 Valor: $ 674.20 Fecha de Giro: 14-10-2013. A la orden de: Pinturas CondorP/AC/ (267)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 641922 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1704 Valor: $ 2296.40 Fecha de Giro: 11 SEPT- 2013. A la orden de: Anchatuña Masapanta WillianP/AC/ (268)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0900611110 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 563 Valor: $ 352.21 Fecha de Giro: 01-10-2013. A la orden de: Luma Erazo EnmaP/AC/ (269)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0700611634 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 644 Valor: $ 1379.93 Fecha de Giro: 10-10-2013. A la orden de: CFCP/AC/ (270)NR=======Por haberse SUSTRAIDO

se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0420614757 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 356 Valor: $ 455.23 Fecha de Giro: 30-09-13. A la orden de: Pilay T. JhonatanP/AC/ (271)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 634314 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 4208 Valor: $ 3900.00 Fecha de Giro: 16-09-2013. A la orden de: GASOMANTAP/AC/ (272)NR=======Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0420607106 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1961 Valor: $ 392.85 Fecha de Giro: 3-10-13. A la orden de: Edison MaldonadoP/AC/ (273)NR=======Por haberse DETERIORADO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corrien-te No. 628799 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 7993 Valor: $ 25396.80 Fecha de Giro: 18/04/2013. A la orden de: WEATHERFORD AMERICA LLCP/AC/ (274)NR

QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 231 al 232 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (1) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 30 valor $ 50.00 de la Cta. Cte. No. 2100047492 perte-neciente a LEMA HUACHO TELMO ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (2) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 208 valor $ 966,60 de la Cta. Cte. No. 2100032145 pertenecien-te a CONSORCIO FULL II del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (3) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1278 al 1279 de la Cta. Cte. No. 3419346104 perteneciente a MENDOZA MACIAS FRANKLIN RAFAEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (4) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 339 de la Cta. Cte. No. 2100037699 per-teneciente a GUANA FLORES MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (5) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 381 al 382 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores

a la última publicación.P/AC/ (6) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 993 de la Cta. Cte. No. 3369421004 perteneciente a GUAMAN CAYAMBE LUIS RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (7) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3139 de la Cta. Cte. No. 3388234604 perteneciente a BERMUDEZ GONZALEZ LUIS TEOFILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (8) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2753 al 2755 de la Cta. Cte. No. 3365386504 pertene-ciente a CUITO GUAITA SERGIO OSWALDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 13 al 14 de la Cta. Cte. No. 2100048819 perteneciente a BARRAGAN GALARZA FREDDY XAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (10) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 568 al 570 de la Cta. Cte. No. 3517921704 perteneciente a NARANJO SATAN FRANKLIN ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (11) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 229 al 230 de la Cta. Cte. No. 3517549004 perteneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 250 al 330 de la Cta. Cte. No. 3517549004 perteneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 971 de la Cta. Cte. No. 3416951504 per-teneciente a VASQUEZ CHICA CECILIA EVANGELINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (14) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 410 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del

Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (15) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1005 de la Cta. Cte. No. 3369421004 perteneciente a GUAMAN CAYAMBE LUIS RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (16) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1011 de la Cta. Cte. No. 3369421004 perteneciente a GUAMAN CAYAMBE LUIS RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (17) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1406 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (18) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1412 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (19) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 62 de la Cta. Cte. No. 2100043694 perteneciente a VILLA RUIZ MARIA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (20) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 304 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (21) NR====== QUEDA ANULADOPor Destruccion del Cheque No 906 valor $ 55,50 de la Cta. Cte. No. 3354875704 per-teneciente a COOPERATIVA DE VIVIENDA RURAL ESPE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (22) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1707 al 1708 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (23) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1685 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO

C13

RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se puede matar al soñador, pero no al sueño.

d aV i d a b e r nat h y

banco Pichincha

Page 14: Revista Judicial 4 noviembre 2013

ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (24) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 8 de la Cta. Cte. No. 2100047485 perteneciente a MIRANDA CASANOVA NIEVE MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (25) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 185 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (26) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 401 valor $ 1605.00 de la Cta. Cte. No. 2100009163 pertenecien-te a FALCONES ESTUPINAN ORLANDO MIGUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (27) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 65 de la Cta. Cte. No. 2100044916 perteneciente a AREQUIPA ZAMBRANO ALEXANDRA ARACELY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (28) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 272 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (29) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 6 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100032974 perteneciente a COMPANIA DE CARGA PESADA FORCITRANS SA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (30) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1646 de la Cta. Cte. No. 3365683204 perteneciente a COLMENAREZ LOOR NESTOR ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (31) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1661 al 1663 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (32) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1650

al 1655 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (33) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1009 al 1010 de la Cta. Cte. No. 3265305004 perteneciente a PALLO ONA MARIA ERLINDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (34) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 221 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (35) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1292 al 1293 de la Cta. Cte. No. 3419346104 perteneciente a MENDOZA MACIAS FRANKLIN RAFAEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (36) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6116 de la Cta. Cte. No. 3142231904 perteneciente a CORRALES BRAZALES LUPE CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (37) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 311 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (38) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 332 al 334 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (39) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 596 al 640 de la Cta. Cte. No. 3428597704 per-teneciente a COQUE CANDO HUMBERTO RENE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (40) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 11672 valor $ 152,40 de la Cta. Cte. No. 3412846104 perteneciente a SEGUROS EQUINOCCIAL S. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (41) NR====== QUEDA ANULADO

Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1604 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (42) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 947 de la Cta. Cte. No. 3457465304 perteneciente a VEGA CAYO PEDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (43) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 9000 valor $ 822,80 de la Cta. Cte. No. 3037877904 per-teneciente a ROBLEZ RAMON IBAN PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (44) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 43943 valor $ 720.00 de la Cta. Cte. No. 3034383104 per-teneciente a REYPROPAPEL RECICLAR CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (45) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 313 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (46) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 79019 valor $ 86,99 de la Cta. Cte. No. 3026602404 pertene-ciente a HOSPITAL VOZANDES DE QUITO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (47) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1730 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (48) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1716 al 1718 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (49) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 542 al 630 de la Cta. Cte. No. 3490556004 perteneciente a LOPEZ SORIANO MODESTO ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (50) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 302 al 304 de la Cta. Cte. No. 3446313804 perteneciente a LAGUNA PANTOJA SEGUNDO EFRAIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (51) NR

====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 215 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (52) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 616 de la Cta. Cte. No. 3493476904 perteneciente a ZAMBRANO VERA LUISANA MARIELIZA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (53) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 970 de la Cta. Cte. No. 3416951504 per-teneciente a VASQUEZ CHICA CECILIA EVANGELINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (54) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 337 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (55) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 26 de la Cta. Cte. No. 2100044448 perteneciente a MONTERO ESTRADA HUGO ISRRAEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (56) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 557 valor $ 70.00 de la Cta. Cte. No. 3011723304 perteneciente a VITERI ALVAREZ FANGIO JUAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (57) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 557 valor $ 108,66 de la Cta. Cte. No. 3493150504 pertenecien-te a PONCE YAGUAL COLON ELOY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (58) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1383 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (59) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1553 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

P/AC/ (60) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 182 al 183 de la Cta. Cte. No. 3517549004 perteneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (61) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 9275 valor $ 600.00 de la Cta. Cte. No. 3014681904 pertene-ciente a AIDA MARIA TRAVEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (62) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1591 de la Cta. Cte. No. 3382393004 perteneciente a ANDALUZ SEGUNDO MARCELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (63) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 152 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (64) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo del Cheque No 13244 valor $ 42.00 de la Cta. Cte. No. 3366862104 pertenecien-te a FUNDACION CRISTIANA PARA NINOS Y AN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (65) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1691 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (66) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1635 al 1637 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (67) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1017 al 1018 de la Cta. Cte. No. 3265305004 perteneciente a PALLO ONA MARIA ERLINDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (68) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 3333 valor $ 300.00 de la Cta. Cte. No. 3102833004 perteneciente a GUAYCHA CUENCA JULIO ALCIBAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-

tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (69) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 584 de la Cta. Cte. No. 3517921704 perteneciente a NARANJO SATAN FRANKLIN ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (70) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 55 de la Cta. Cte. No. 2100042791 per-teneciente a BUSTAMANTE GUERRERO CRISTINA XIMENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (71) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1292 de la Cta. Cte. No. 3490970304 perteneciente a DOMETOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (72) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 349 de la Cta. Cte. No. 2100037699 per-teneciente a GUANA FLORES MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (73) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 231 de la Cta. Cte. No. 2100013232 per-teneciente a NIETO MARTINEZ BLANCA RAQUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (74) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 277 al 278 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (75) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 13351 valor $ 80,17 de la Cta. Cte. No. 3033124704 perteneciente a PROYECTOS INTEGRALES DEL ECUADOR PI L del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (76) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1667 al 1670 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (77) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 699 de la Cta. Cte. No. 3504928104 per-teneciente a CEDENO PEREZ ROSALBA MARIBEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (78) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 18553 valor $ 113,74 de la Cta. Cte. No. 3138625204 pertene-ciente a ANGLO ECUATORIANA DE GUAYAQUIL C.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho

deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (79) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 4283 al 4310 de la Cta. Cte. No. 3015600204 perteneciente a JIJON DONOSO JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (80) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 270 de la Cta. Cte. No. 3424842404 perteneciente a PLAZA VERA VICENTA ARGENTINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (81) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 2534 valor $ 50.00 de la Cta. Cte. No. 3058947904 pertene-ciente a ORELLANA REYES ANA DEL ROCIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (82) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 17 de la Cta. Cte. No. 2100049343 pertene-ciente a DELGADO VILLACIS FATIMA JESSENIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (83) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 184 valor $ 1000.00 de la Cta. Cte. No. 2100003168 pertenecien-te a TOAPANTA HERNANDEZ MARIANA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (84) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 316 de la Cta. Cte. No. 3405376704 per-teneciente a QUISE BAUTISTA MIGUEL ANGEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (85) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 200 de la Cta. Cte. No. 3517549004 per-teneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (86) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 61 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (87) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 167 al 168 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (88) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4047 al 4048 de la Cta. Cte. No. 3337498204 perteneciente a MENDOZA TENELEMA MIRIAM

MATILDE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (89) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6124 de la Cta. Cte. No. 3142231904 perteneciente a CORRALES BRAZALES LUPE CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (90) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 396 al 398 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (91) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1007 de la Cta. Cte. No. 3369421004 perteneciente a GUAMAN CAYAMBE LUIS RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (92) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 3398 valor $ 280.00 de la Cta. Cte. No. 3273189404 pertene-ciente a WORLD LEARNING del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (93) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 876 de la Cta. Cte. No. 3498496204 per-teneciente a ROSILLO DURAN GIANELLA LIZBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (94) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1626 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (95) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1821 al 1850 de la Cta. Cte. No. 3164413104 perteneciente a DELGADO CISNEROS LUIS ESTEBAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (96) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10 de la Cta. Cte. No. 2100047485 perteneciente a MIRANDA CASANOVA NIEVE MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (97) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 14 de la Cta. Cte. No. 2100049343 pertene-ciente a DELGADO VILLACIS FATIMA JESSENIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (98) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 253 al 260 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Siempre la felicidad nos espera en algún sitio, pero a condición de que no vayamos a buscarla.

V o lta i r e ( F r a n ç o i s M a r i e a r o u e t )

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ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (99) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 224 al 226 de la Cta. Cte. No. 3512822504 perteneciente a ORELLANA VALENZUELA FREDDY PAUL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (100) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 672 de la Cta. Cte. No. 3517101504 perteneciente a ZAMBRANO ZAMBRANO LAURA LISET del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (101) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 86 de la Cta. Cte. No. 2100042791 per-teneciente a BUSTAMANTE GUERRERO CRISTINA XIMENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (102) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 218 de la Cta. Cte. No. 3517549004 per-teneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (103) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 231 al 245 de la Cta. Cte. No. 3517549004 perteneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (104) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 7020 valor $ 722,02 de la Cta. Cte. No. 3214110904 pertene-ciente a DIESEL INDUSTRIAL DISA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (105) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 836 de la Cta. Cte. No. 3468688604 perteneciente a MOREIRA GUADAMUD JAMES AUGUSTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (106) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4331 al 4332 de la Cta. Cte. No. 3118428604 perteneciente a PRODUVENTAS S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (107) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 370 al 372 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (108) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 337 de

la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (109) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 865 de la Cta. Cte. No. 3498496204 per-teneciente a ROSILLO DURAN GIANELLA LIZBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (110) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1688 al 1689 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (111) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1646 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (112) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 668 al 674 de la Cta. Cte. No. 3504928104 perteneciente a CEDENO PEREZ ROSALBA MARIBEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (113) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 731 de la Cta. Cte. No. 3470120104 perteneciente a PARRALES MENDOZA ALEJANDRO ABEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (114) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 6 de la Cta. Cte. No. 2100049343 pertene-ciente a DELGADO VILLACIS FATIMA JESSENIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (115) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2796 de la Cta. Cte. No. 3393738704 perteneciente a COMERCIAL BATERIAS LEDESMA S.A. COB del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (116) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1463 de la Cta. Cte. No. 3220708404 per-teneciente a VERA CABRERA NIXON ALCIDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (117) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 25786 de la Cta. Cte. No. 3181586804 perteneciente a JAIME ERNESTO CHAVEZ TERAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (118) NR====== QUEDA ANULADO

Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 188 de la Cta. Cte. No. 3517549004 per-teneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (119) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 358 al 360 de la Cta. Cte. No. 2100039866 perteneciente a BARRAZUETA RODRIGUEZ PEDRO ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (120) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4478 de la Cta. Cte. No. 3274569304 perteneciente a AVIHOL CIA.LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (121) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1704 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (122) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 137 de la Cta. Cte. No. 2100043694 perteneciente a VILLA RUIZ MARIA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (123) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 500 de la Cta. Cte. No. 2100004275 perteneciente a SAQUINGA ALTAMIRANO ALEX ANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (124) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 180 al 181 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (125) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 700 de la Cta. Cte. No. 3282861804 perteneciente a MACIAS ARTEAGA IRMA ROSMERY MONABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (126) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 403 al 405 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (127) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3093 de la Cta. Cte. No. 3388234604 perteneciente a BERMUDEZ GONZALEZ LUIS TEOFILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (128) NR

====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2059 de la Cta. Cte. No. 3151328904 per-teneciente a BAUTISTA LOPEZ MARIA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (129) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 625127 de la Cta. Cte. No. 3022154604 perteneciente a ZAVALA HERNANDEZ RAFAEL MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (130) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1028 al 1030 de la Cta. Cte. No. 3265305004 perteneciente a PALLO ONA MARIA ERLINDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (131) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 191 al 192 de la Cta. Cte. No. 2100023090 perteneciente a SANCHEZ ACOSTA HECTOR PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (132) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 1670 valor $ 1800.00 de la Cta. Cte. No. 3375631304 pertenecien-te a BARRAGAN GAVILANEZ GUILLERMO FROILAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (133) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 216 de la Cta. Cte. No. 3517549004 per-teneciente a HOYOS GARCES CHRISTOPHER DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (134) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 415 al 417 de la Cta. Cte. No. 2100019023 perteneciente a SOLORZANO ZAMBRANO WALTER ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (135) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 884 de la Cta. Cte. No. 3498496204 per-teneciente a ROSILLO DURAN GIANELLA LIZBETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (136) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1677 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

P/AC/ (137) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1659 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (138) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2151 al 2154 de la Cta. Cte. No. 3350458404 perteneciente a PASPUEL FLORES ABRAHAM ISAIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (139) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 434 al 438 de la Cta. Cte. No. 3504928104 perteneciente a CEDENO PEREZ ROSALBA MARIBEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (140) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 17 de la Cta. Cte. No. 2100047485 perteneciente a MIRANDA CASANOVA NIEVE MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (141) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 17 valor $ 136.00 de la Cta. Cte. No. 2100048826 perteneciente a ROJAS ERRAIS MARGARITA MIRIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho debe-rá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (142) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 390 de la Cta. Cte. No. 2100037699 per-teneciente a GUANA FLORES MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (143) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 2054 valor $ 1880.00 de la Cta. Cte. No. 3336185104 pertene-ciente a SANCHEZ MORENO PAUL SALOMON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (144) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 713 al 715 de la Cta. Cte. No. 3517101504 perteneciente a ZAMBRANO ZAMBRANO LAURA LISET del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (145) NR====== QUEDA ANULADOPor Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1288 de la Cta. Cte. No. 3419346104 pertene-ciente a MENDOZA MACIAS FRANKLIN RAFAEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última

publicación.P/AC/ (146) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 547 de la Cta. Cte. No. 3517921704 perteneciente a NARANJO SATAN FRANKLIN ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (147) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 586 al 587 de la Cta. Cte. No. 3517921704 perteneciente a NARANJO SATAN FRANKLIN ELIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 60 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (148) NR====== QUEDA ANULADOPor Perdida del Cheque No 342 valor $ 72.00 de la Cta. Cte. No. 3068862104 perteneciente a DIAZ POZO MERCEDES DE LA PAZ del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (149) NR

Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 310117735 y Libreta de Aportaciones No. 370099095 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIERRA FLORES VERTA GUACOLDA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21863/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301294617 y Libreta de Aportaciones No. 370041570 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CARRERA IZA MARIA ROSA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21864/NR=====Debido a la pérdida del Certificado de Inversion DPF/ DPFP 051DPFP00000490 No. de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PESANTEZ ASANZA JUANA MARIELA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21865/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 501256349 y Libreta de Aportaciones No. 570017783 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CAZA GALLARDO SEGUNDO CLEMENTE se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21866/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 800014030 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a MUÑOZ REVELO FRACISCA LUCIA se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea

con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21867/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 510059407 y Libreta de Aportaciones No. 570038007 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TIRADO CHIN NANCI JANETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21868/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0701085667 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a ENDARA ENDARA ROSANA DE LOS ANGELES se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21869/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0810006376 y Libreta de Aportaciones No. 0870005221 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIMBAÑA BAZAN PEDRO HUMBERTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21870/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801442812 y Libreta de Aportaciones No. 0870067398 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ALUCHO REA MANUEL HUMBERTO se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21871/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401632398 y Libreta de Aportaciones No. 0470108070 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a JACOME MARIA GLADYS se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21872/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1101179347 y Libreta de Aportaciones No. 1170043348 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALENCIA PUJOTA MARIA INES se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21873/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1401055294 y Libreta de Aportaciones No. 1407011986 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a YAMA SIMBAÑA JHONNY JAVIER se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los

reclame.P/AC/21874/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 310138510 y Libreta de Aportaciones No. 0370117031 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUASUMBA ACERO CARLOS JAVIER se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21919/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0410037856 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a MUSO GUAYGUA LUIS ANTONIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21920/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601251029 y Libreta de Aportaciones No. 0607114335 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MARTINEZ CONSTANTE DAYANA MARIBEL se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21921/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801360378 y Libreta de Aportaciones No. 0807152118 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CACARIN AUCAPIÑA OLGA PATRICIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21922/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0170069051 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AGUIRRE MANZANO MARIA DE LAS MERCEDES se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21923/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901180203 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a SALAZAR CARRILLO GABRIELA PATRICIA se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21924/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1101191967 y Libreta de Aportaciones No. 1107072929 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, pertenecien-te a QUINCHIGUANO QUINCHIGUANO SONIA JANETH se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013

La Hora QuitO, eCuadOR

Se puede morir tranquilo si uno ha cumplido su vocación.

a k i r a k u r o s awa

cooProGrESo

Page 16: Revista Judicial 4 noviembre 2013

P/AC/21925/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 101726160 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BOLAÑOS MOLINA CHRISTIAN RAUL se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21926/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1601012818 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a ATAPUMA SORIA SANDRA CECILIA se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21927/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0210143912 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUASGUA FARINANGO JOSE RAFAEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21932/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301343934 y Libreta de Aportaciones No. 0307152109 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ANDI SANDA INES ROSALINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21933/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401673656 y Libreta de Aportaciones No. 0407278596 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RIPALDA HERRERA ALEXANDRA PATRICIA se procederá a anu-larla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21934/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401670580 y Libreta de Aportaciones No. 0407278288 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ENCARNACION MERA SUSANA ALEXANDRA se pro-cederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21935/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0410345291 y Libreta de Aportaciones No. 0470157978 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PILA ORTIZ CARMEN YOLANDA se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21936/NR=====Debido a la pérdida de la

Libreta de Ahorros Socios No. 0501250658 y Libreta de Aportaciones No. 0507067831 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ALBAN REALPE SHIRLEY ALEXANDRA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21937/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes Nº 1400006649 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a PILLAJO VICENTE MONICA LILIANA se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21938/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601330830 y Libreta de Aportaciones No. 0606001120 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MARTINEZ BASANTES WILSON PATRICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21939/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801390278 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LEON SUAREZ JORGE AURELIO se procede-rá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21940/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101638871 y Libreta de Aportaciones No. 0170057571 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a IBARRA MUÑOZ JOSUE ALBERTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21941/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0870093485 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perte-neciente a CHACHA CHACHA FAUSTO PATRICIO se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21942/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201120694 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VILATUNA QUISAGUANO MARIA DE LA CRUZ se procederá a anular-la. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documen-to los reclame.P/AC/21943/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1200016214 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito

Cooprogreso Limitada, perte-neciente a QUIÑA CANCHIGÑA JOSE MIGUEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21944/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401562951 y Libreta de Aportaciones No. 0407241975 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SALAZAR CATAGÑA SEGUNDO JORGE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21945/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1701014004 y Libreta de Aportaciones No. 1707011907 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VITE RUIZ DAVID ALEJANDRO se proce-derá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencio-nado documento los reclame.P/AC/21946/NR=====Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1801023171 y Libreta de Aportaciones No. 1807006426 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MANRIQUE RAUL ILARION se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.P/AC/21947/NR

QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8057030700 Nro. Cartola 17067690283 Cliente CUASCOTAS CUASCOTAS, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8155175600 Nro. Cartola 17600630218 Cliente GIRON VILLACIS, ROBERT-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8079417700 Nro. Cartola 17198530226 Cliente PILA PALMA, ESTUARDO-RENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067149700 Nro. Cartola 17261790327 Cliente ALIAGA VITERI, FRANKLIN-ORLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8015927100 Nro. Cartola 16808660258 Cliente BERMEO DIAZ, JULIO-ANTONIO del Banco

Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8076157600 Nro. Cartola 16693350114 Cliente FONSECA QUIMBITA, BETTY-MARGOTH del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8230940100 Nro. Cartola 18204900122 Cliente BOHORQUEZ FLORES, JOSE-RODRIGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8012794100 Nro. Cartola 16553020104 Cliente AMAGUA PUGA, VICTOR-HUGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183447200 Nro. Cartola 17899130136 Cliente SAA CAMAS, WILSON-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8055904800 Nro. Cartola 17122250214 Cliente PARRA ALVAREZ, FREDY-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8158046400 Nro. Cartola 17635910007 Cliente ESTRELLA ARCOS, VICTOR-FABIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8014005200 Nro. Cartola 16684340272 Cliente JARAMILLO LANCHIMBA, AMPARO-DEL ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8083371500 Nro. Cartola 17113740314 Cliente CAIZA GRANDA, GEOVANNY-MARCELO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8103027400 Nro. Cartola 16833450311 Cliente SIERRA ORTIZ, DANIEL-

RAFAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8006590300 Nro. Cartola 16614570592 Cliente PILLAJO GARCIA, LUIS-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8035487600 Nro. Cartola 16596880613 Cliente BANO BANO, ANIBAL-ANMELIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8012301300 Nro. Cartola 17179750207 Cliente SANCHEZ GUEVARA, WILFRIDO-ADEODATO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8122966700 Nro. Cartola 16628680460 Cliente GUACHI NINACURI, MARIO-IVAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8030317900 Nro. Cartola 17208060255 Cliente CHICHANDE YEPEZ, HUMBERTO-FREDDY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047419400 Nro. Cartola 16673920241 Cliente GONZALEZ ORTEGA, JOSE-ESTEBAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8017202700 Nro. Cartola 16830120347 Cliente GALLO FUSTILLOS, DANILO-BERNARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8161386600 Nro. Cartola 17671650087 Cliente CHANALUISA QUISHPE, LEONARDO-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8284313900 Nro. Cartola 18472700071

Cliente CALDERON MORAN, DEYSI-MARCELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de aho-rros Cta.No.- 8056278500 Nro. Cartola 16946710429 Cliente CELI SOLANO, LUIS-ALFREDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días poste-riores a la última publicación.P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8257082600 Nro. Cartola 18336730009 Cliente ANDRADE MAYA, GABRIELA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208502500 Nro. Cartola 18080300017 Cliente RAMOS NORONA, EDISON-ESTEBAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8145140000 Nro. Cartola 17479570289 Cliente YANEZ MORALES, MARIO-RODOLFO del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADAPor pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8229759600 Nro. Cartola 18201960111 Cliente SILVA MUNOZ, WENDY-ANDREA del Banco Rumiñahui. Quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/ (28)NR

Se anula por PERDIDA la Libreta No 6004737019 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a YOLANDA LUCIA ALMEIDA DIAZ quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21898/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6175225003 del BANCO PROMERICA, per-teneciente a MARIA NANCY TOAQUIZA quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21899/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6142692017 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a MONICA PATRICIA ARIAS quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21900/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6068016017 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a HERWING SANCHEZ MALDONADO quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21901/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6089214011 del BANCO

PROMERICA, perteneciente a JOSE RICARDO PAZMIÑO NOVOA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21902/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6078225016 del BANCO PROMERICA, perteneciente a SHIRLEY TANDAZO TANDAZO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/21903/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6163679002 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a LUIS FERNANDO PILATUÑA TIPANLUISA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posterio-res a la última publicación.P/AC/21904/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6039646018 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CESAR PATRICIO GUERRERO MURIEL quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21905/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6072181015 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CESAR PATRICIO GUERRERO MURIEL quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21906/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6107076012 del BANCO PROMERICA, pertene-ciente a ALICIA DEWL CARMEN ACHIG SIERRA quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21907/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6040490018 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a MIGUEL ANGEL BALLADARES quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21908/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6147404002 del BANCO PROMERICA, perteneciente a SANTIAGO JAVIER ARCOS PORTILLA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21909/NR========Se anula por ROBO la Libreta No 6019930013 del BANCO PROMERICA, perteneciente a MYRIAM JEANNETH PADILLA ALVAREZ quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21910/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6123110018 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a MARIANA ISABEL MOLINA VILLAMARIN quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posterio-res a la última publicación.P/AC/21911/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6123108012 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a MARIANA ISABEL MOLINA VILLAMARIN quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posterio-res a la última publicación.P/AC/21912/NR========Se anula por PERDIDA la Libreta No 6186893004 del BANCO PROMERICA, perte-neciente a SUSANA CARLOTA PINGOS GUAMAN quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21913/NR========

Se anula por ROBO la Libreta No 6141198015 del BANCO PROMERICA, perteneciente a MARIA LUISA GUALLICHICO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-cación.P/AC/21914/NR========Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 50510500 del BANCO PROMERICA, perteneciente a SUNTAXI GUAÑA LUZ MARLENE Valor $ 3000 FE. 04/04/2013 // FV/ 03/10/2013 quien tenga derecho deberá reclamar den-tro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21915/NR========Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 104082251647 del BANCO PROMERICA, perteneciente a GUSTAVO SANTANDER VACA Valor $ 30000 FE. 17/04/2013 // FV/ 21/04/2013 quien tenga dere-cho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.P/AC/21916/NR

BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta 0 Cta. 3901011607014 del sr/a MAYORGA MORALES LIGIA LORENA, CI 1709968588AR/93444/cc P

ANULACIONES VARIAS

Se anula el certificado de inver-sión número 521081 Diners, perteneciente a: Zuñiga Rocha Ledy AndreaAR/93406/cc P=======Por pérdida se anula el siguien-te título de H.O.V. Hotelera Quito S.A. título # 021 por 35.581 acciones, con un valor nominal de 1 dólar c/u perteneciente a: Aragon Andrade Azucena del Carmen CI 170094362-2AR/93457/cc P======Por pérdida se anula el siguien-te título de H.O.V. Hotelera Quito S.A., título # 049, por 35.581 acciones, con un valor nominal de 1 dólar c/u, perteneciente Blain Aragon Gilles Hernan con CI 170710610-8AR/93457/cc P=======Se anula por pérdida libreta de ahorros No. 0350098866 del Banco del Fomento a nombre de Delia Otilia Rodríguez Montoya.P AC/97019/tf=======Queda anulada la libreta de ahorro de la Cooperativa 29 de Octubre No. 4501689172 per-teneciente a OSCAR JAVIER RAIRAN ANTOLINES.P.A.P/57765/p.n----------------------------------Debido a la pérdida de la libreta de ahorros socios No. 4001253701 del Banco Nacional de Fomento de la Ciudad de Lago Agrio , per-teneciente a CLELIA PAOLA MONTERO VALDIVIEZO con C.I. # 2100635313, se proce-derá a anularP.A.P/57774/p.n----------------------------------POR EXTRAVIO queda anuado el cheque No. 53667 a nom-bre de MEGA SANTA MARIA, del Banco Solidario Cta. 5926500000064P.A.P/57775/p.n----------------------------------Se anula el certificado de apor-taciones número 413019267 del Sr. PABLO ERNESTO SORIA JÁCOME de la Cooperativa 29 de Octubre por pérdida.P.A.P/57797/p.n-------------------------

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RevistajudiCial

LUNES 4 de NOvieMBRe de 2013La Hora QuitO, eCuadOR

Se tiene la edad que se quiere tener, y también la edad del dinero

que se tiene. J e a n a n o u i l h

banco rumiñahui

banco PromErica

banco ProcrEDiT