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Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez DERECHO MINERO Y ENERGIAS UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ” FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS CARRERA PROFESIONAL: DERECHO TEMA: LA PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL CURSO:DERECHO MINERO Y ENERGIA DOCENTE: Abog, JUAN MONZON GRANDA PRESENTADO POR: Estephanie Cruz Jahuira. Raquel Maquera Ccalla.

Pequeña Mineria - Mineria Artesanal

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Universidad Andina Nstor Cceres Velasquez

UNIVERSIDAD ANDINA NSTOR CCERES VELSQUEZFACULTAD DE CIENCIAS JURDICAS Y POLTICASCARRERA PROFESIONAL: DERECHO

TEMA: LA PEQUEA MINERA Y MINERA ARTESANALCURSO:DERECHO MINERO Y ENERGIADOCENTE:Abog, JUAN MONZON GRANDAPRESENTADO POR: Estephanie Cruz Jahuira. Raquel Maquera Ccalla. Sonia Caceres Cruz Lidia Machaca Lopez. Hilda Jallo Sanga.

SEMESTRE:IX - A

Para nuestros padres por su Interminable apoyo que en todo momento de nuestras vidas por sus enseanzas, consejos y su Interminable paciencia.

PRESENTACIN

En el presente trabajo se expone una sntesis del tratamiento dado a la Pequea minera y Minera Artesanal en nuestra legislacin nacional. Se presenta un panormica del tratamiento dado a este tipo de minera en los ltimos aos, exponindose los procedimientos establecidos para poder obtener una concesin minera, as como se identifican las obligaciones de los concesionarios de pequeos yacimientos. Se expone adems los mecanismos de control de que dispone el Estado mediante las normas para ordenar y fiscalizar esta actividad minera en el pas. Sabemos que la minera ilegal es un fenmeno presente en casi todos los departamentos del Per aunque con diferente intensidad en cada caso, generando graves impactos ambientales, sociales y econmicos. Estasituacin se debe, a que la regulacin de la minera artesanal y pequea minera se ha vistodebilitada por la ausencia de procesos claros y efectivos de formalizacin; y por otro lado a la escasez derecursos y capacidades para hacer frente y poner freno a la expansin de la actividad que se realiza fuera dela ley, sin contar con medidas de proteccin ambiental o que permitan garantizar el respeto de los derechos de terceros.Es as que el actual Gobierno aprob una serie de decretos legislativos que buscan brindar el marcolegal necesario para impulsar la formalizacin, a la vez que regulan los procedimientos para la privacinde la minera ilegal a nivel nacional. As, adems de establecer disposiciones para el proceso de formalizacin; se establecen medidas para el fortalecimiento de la fiscalizacin ambiental, as como para mejorar elcontrol y fiscalizacin en la distribucin, transporte y comercializacin de insumos qumicos, maquinariasy equipos que puedan ser utilizados para realizar actividades mineras; e incluso se incorporan en el CdigoPenal los delitos de minera ilegal.

INTRODUCCIONSi bien la Ley General de Minera establece dos regmenes para el desarrollo de la actividad minera en el Per. El Rgimen General, para la actividad de la Mediana y Gran Minera, as como el Rgimen Especial, para la actividad de la Pequea minera y Minera artesanal, que es supervisado por las Direcciones Regionales de Minera, DREM, en cada regin.La pequea minera y la minera artesanal son actividades de extraccin minera que se vienen desarrollando en su gran mayora de manera informal y con escasos recursos, intensificndose a partir de la dcada de los 80s hasta la actualidad. En ambas formas de minera prima la informalidad, la explotacin laboral y la explotacin irracional de recursos naturales. La pequea minera y la minera artesanal son fuente de serios conflictos sociales, as como se presentan en otras regiones con minera ilegal tales como Madre de Dios, Piura, Nazca, Puno y Cusco, entre otras. Los problemas y posibilidades asociadas a la pequea minera y la minera artesanal, ponen en evidencia enormes desafos que estas actividades implican. Por una parte se denuncia y clama el visible deterioro y dao ambiental que deja a su paso esta actividad, por otro lado est la necesidad de considerar y apreciar la dimensin socioeconmica que este sector presenta. Las diversas lneas de la realidad en este campo motivan incluso que organismos vinculados a las Naciones Unidas y otros de alcance mundial centren su accionar en la organizacin de largos debates e investigaciones en torno a como facilitar y procurar soluciones progresivas para este importante sector que en muchos pases as como en el nuestro constituye una fuente de trabajo e ingresos econmicos para grupos socialmente marginados de la economa formal. Nuestro pas ha empezado a realizar esfuerzos para empezar a afrontar puntos precisos que van desde la adopcin de normas legales especiales hasta la facilitacin de instrumentos que ayuden a controlar mnimamente la degradacin ambiental y deterioro de la salud de las personas involucradas en dichas actividades.

El aumento en precios internacionales de los minerales, especficamente el oro, ha sido considerable, y se debe al incrementode la demanda ya que la oferta es relativamente rgida, pues este metal precioso se ha convertido enun valor seguro en momentos de incertidumbre como el actual, en el cual hay muchas turbulencias financieras. Adems, frente a un dlar que pierde valor permanentemente, la compra de oro es una forma de huirhacia la calidad. As, los bancos centrales de muchas economas de pases emergentes se estn deshaciendode dlares estadounidenses y comprando otros activos, como el oro, con lo cual practican una estrategiadi versificadora e inteligente en relacin a sus reservas. Aunque no hay una explicacin clara, se observa queel precio del oro sufre cambios generalmente a la par que los experimenta el precio internacional del petrleo. Ello se debe a que los inversores consideran la posesin de este metal como una proteccin ante lastensiones inflacionistas que generan los elevados precios del combustible. Por ello se realizara un anlisis indicando procedimientospara llegar a ser un minero legal o un verdadero minero artesanal o pequeo minero. Si bien es cierto hoy el gobierno se ha enfocado aenfrentar la ilegalidad de esta actividad, no podemos negar que veintiuno de las veinticinco regiones del Per tienen presencia de minera ilegal e informal, hecho que nos debellevar a replantear el accionar del Estado, en lo cual el tema normativo juega un rol y es una herramientams, dentro del proceso de enfrentamiento de la ilegalidad, conjuntamente con los distintosniveles de gobierno, debiendo apostar por reforzar capacidades y acompaar a los gobiernos regionalespara que asuman sus funciones en el marco de sus competencias.Los diversos decretos legislativos recientes suman a este proceso, sin embargo, debemos impulsar su implementacin, ya que las normas por s solas no cumplen su objetivo: son una herramienta y hay que usarla y exigir a las autoridades su cumplimiento, locual solo se da a travs de su conocimiento.El presente trabajo est dividido en dos grandes partes. La primera identifica la pequea minera y la mineraartesanal, as como explica los requisitos para desarrollar la actividad minera de manera legal y formal; y lasegunda est destinada a explicar las implicancias de cada uno de los decretos legislativos emitidos en elmarco de la delegacin de facultades del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo para legislar en materia deminera ilegal.SIGLAS UTILIZADAS ALA: Autoridad Local del Agua ANA: Autoridad Nacional del Agua ANP: reas Naturales Protegidas CIRA: Certi"cado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos COM: Certi"cado de Operacin Minera CONABI: Comisin Nacional de Bienes Incautados DIA: Declaracin de Impacto Ambiental DICSCAMEC: Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos DICAPI: Direccin General de Capitanas y Guardacostas DNI Documento Nacional de Identidad DREMH Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos ECA Estndares de Calidad Ambiental EFA Entidades de Fiscalizacin Ambiental EIAsd Estudio de Impacto Ambiental semi-detallado GORE Gobierno Regional GPS Sistema de posicionamiento global ha Hectrea IGAC Instrumento de Gestin Ambiental Correctivo INGEMMET Instituto Geolgico Minero y Metalrgico LMP Lmites Mximos Permisibles m2 Metro cuadrado m3 Metro cbico MA Minero artesanal o minera artesanal MINAM Ministerio del Ambiente MINEM Ministerio de Energa y Minas MSDS Hoja de Datos de Seguridad de Materiales (en ingls: Material Safety Data Sheets) MTC Ministerio de Transportes y Comunicaciones OEFA Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental OSINERGMIN Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera OSINFOR Organismo de Supervisin de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre PLANEFA Planes Anuales de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental PCM Presidencia del Consejo de Ministros PM Pequeo minero o pequea minera PPM Pequeo productor minero o pequea produccin minera PMA Pequeo minero artesanal o pequea minera artesanal RENABI Registro Nacional de Bienes Incautados RUC Registro nico de Contribuyentes SEIA Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental SERNANP Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado SINEFA Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental SNB Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SUNARP Superintendencia Nacional de Registros Pblicos SUNAT Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUTRAN Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas TdR Trminos de referencia Tm Tonelada mtrica TUO Texto nico ordenado UIT Unidad impositiva tributaria UTM Sistema universal de coordenadas (en ingls: Universal Transverse MZA Zona de Amortiguamiento

DEFINICIONE DE PRINCIPALES DE TRMINOS EN LA INDUSTRIA MINERA Y ACTIVIDADES MINERAS

EXTRACCIN: Dentro de esta clasificacin se encuentran los minerales polimetlicos, aurferos, cuprferos, argentferos y otros como xidos y sulfuros, sin que hayan sido sometidos a operaciones o procesos metalrgicos. CONCENTRACIN: Tomando en cuenta la complejidad de la minera de nuestro pas en donde se obtienen variedades de productos a partir de las operaciones y procesos minero-metalrgicos, dentro del proceso de concentracin se opt por discriminar distintos mtodos de procesamiento: gravimetra, flotacin, lixiviacin, precipitacin y otros, para el caso de los productores artesanales.Gravimetra: Mediante este proceso se aprovecha la diferencia del peso especfico entre el elemento metlico que se desea recuperar y el material no deseado desde un punto de vista metalrgico. Dentro de este mtodo se encuentra la produccin de oro gravimtrico, oro jig y oro refogado, por lo que abarca una porcin importante de la produccin aurfera del pas.Flotacin: Este proceso fsico-qumico empleado por las empresas mineras que extraen minerales sulfurados, y en algunos casos minerales oxidados, es el ms utilizado en la obtencin de concentrados de plomo, cobre zinc, plata y oro.Lixiviacin: Este mtodo consiste en disolver el metal de inters mediante el uso de lixiviantes como el cido sulfrico o el cianuro de sodio. Destaca la produccin del cobre SX/EW, que se obtiene a partir de la disolucin del elemento metlico de cobre, de minerales oxidados o minerales sulfurados secundarios de cobre de baja ley. Dentro de este proceso se incluyen los productos finales aurferos y argentferos como el oro Dore, el oro Bullion, el oro fino y la plata refinada.Precipitacin: Conocido tambin como cementacin, consiste en usar la diferencia del potencial electroqumico del metal de inters que se encuentra en disolucin y el metal que se usar para la recuperacin del metal principal. Bajo este mtodo se obtiene el cobre a partir de drenajes mineros con contenidos de cobre; estos drenajes deben reunir ciertas caractersticas para poder ser tratados. Este proceso se aplica tambin para la recuperacin de oro que se encuentra en estado acuoso.Otros: Por no contar con la informacin efectiva acerca de los procesos que utilizan, esta categora est designada para la produccin de los pequeos mineros y mineros artesanales que, a pesar de no estar formalizados legalmente, representan una porcin significativa de la produccin nacional. Dentro de los productos que ms destacan aqu se encuentra el oro refogado mediante amalgamacin y el oro en carbn activado. FUNDICIN: En el proceso de fundicin, mediante la utilizacin de hornos, los concentrados de cobre, plomo y otros metales se someten a mayor procesamiento con el fin de eliminar las impurezas ms ligeras y parte del azufre. Algunos de los productos ms saltantes considerados en este proceso son el cobre Blister, el oro Dore y el oro Bullion. REFINERA: Mediante el proceso de refinacin se obtienen productos libres de impurezas utilizando la energa elctrica y/o la energa trmica. Nuestro pas actualmente cuenta con 4 refineras de gran magnitud, estas empresas son: Doe Run Per S.R.Ltda., Southern Per Copper Corporation Sucursal del Per, Sociedad Minera Refinera de Zinc de Cajamarquilla y Minsur, en la cuales se obtienen productos con leyes superiores a 99.99% de pureza, especficamente para refinados de cobre, zinc, plomo, plata y estao, entre otros. COMMODITIES: Producto con caractersticas internacionalmente estandarizadas, generalmente materias primas. Se comercializa en mercados mundiales, dnde se determinan sus precios internacionales CATEO: Es la accin y efecto de catear o explorar una veta, yacimientos minerales, gas natura y otros. EXPLORACIN O PROSPECCIN: Es la etapa de descubrir nuevos yacimientos, minerales, petrleos u otros recursos naturales bajo la ayuda de instrumentos o equipos de sondeos (diagnosticar algn indicio) EXPLOTACIN: Es la etapa de explotacin de un yacimiento en la industria minera. BARRETERO: Obrero que perfora la roca a pulso con barrenos BRECHA: Puede ser una chimenea (brecha pipe) o un cuerpo irregular de roca conformada por fragmentos angulares cementados con material ms fino. BUZN: Construccin en el maderamen de las galeras, que permiten el armar cuadros CABALLO: Una inclusin, como laja o tabln de roca estril (1 a 2 m de largo), en medio de la veta. CACHIZO: El cuarzo de veta de los mineros. CACHORRO: Trozo de un cartucho de dinamita en armada, que se coloca en taladros cortos para el quiebre de pedrones. Tambin que se lo lanza al aire para fines de estruendo. CAJA: La parte estril, a ambos lados de las menas, que comprende los hastales, luscas y guarda vetas. Trmino que tambin se aplica a los fragmentos de roca que sale en las voladuras de los parajes. CHISPEADOR: Pequeo corte en el cabo de la gua, que sirve para encender la plvora. CKECHO: Tiro de explosivo fallado. Salientes irregulares en los socavones, que indican la direccin del avance en la perforarn de la labor. CRUCERO: Veta que tiene un rumbo perpendicular a la direccin de las vetas principales paralelas. CUBICACIN: Cuantificacin de reservas de un yacimiento GANGA: Roca y minerales sin valor que acompaan a los valiosos en la estructura de las vetas, puede ser pirita en la casiterita, barita en la galena, o la misma roca de las cajas. Similar a caja. GAS: Trmino minero referente a todo tipo de humos o aire viciado en interior mina. MANTO: Cuerpo mineral de espesor parejo, poco inclinado o sub-horizontal. MATAPALOS: Trabajador que realiza las fortificaciones de madera con callapos. MEDIO BARRETA: Pique inclinado, similar a chifln. PARRILLA: Hueco horadado en la roca, a ras del suelo, donde se vaca la carga y que comunica con otro nivel o seccin, y est surcado por rieles macizos. PATERO: Primer barreno de 60 u 80 cm. de largo con el que se inicia la perforacin. PIQUE: Labor minera hacia abajo. Trabajo que se realizaba hacia el piso. PLANCHN: Roca, laja grande que se desprende en forma inesperada en interior mina. VETA: Filom de hilos de mineral que se encontraban en las minas. Cateo, prospeccin, exploracin, desarrollo y explotacin minera (produccin minera). CATEO.- Es la accin y efecto de catear o explorar una veta, yacimientos minerales, gas natural y otros. Bsqueda de minerales con cateador, pala, pico, punta, combo y barreno. El trmino se usa tambin para la pequea labor minera realizada con anterioridad. Las labores preliminares son en base a una serie de reblas generales como son: Guas mineralogas Guas estructurales Guas topogrficas Guas fisiogrficas Guas litolgicas Guas estratigrficas Guas toponmicas PROSPECCIN.- Es la bsqueda o descubrimiento de yacimientos minerales mediante procedimientos fsicos y qumicos, de deteccin con instrumentos o equipos los minerales o metales valor econmico, y se tiene tres tipos de prospeccin: Prospeccin geofsica (se determina mediante las propiedades de minerales) Prospeccin geoqumica (Propiedades de hidrogeoqumica, bioqumica y geoqumica). Prospeccin Geobotnica ( tipo de vegetacin y suelos de la zona de estudio) EXPLORACIN.- El principal objetivo de la fase de exploracin es de encontrar menas cuya explotacin rinda ganancias econmicas. La exploracin tiene sus propias fases, que incluyen: exploracin preliminar/prospeccin, exploracin adicional, identificacin del mineral deseado, muestreo en masa, y el establecimiento de plantas piloto. Exploracin preliminar/prospeccin: El primer paso es la bsqueda de pistas que revelen la presencia de posibles depsitos minerales (prospectos). El objetivo durante esta fase es de identificar sitios en dnde valga la pena realizar muestreos y utilizar mtodos de exploracin ms refinados y de mayor costo.Se utiliza informacin existente, tal como mapas y estudios geolgicos publicados por el gobierno, para localizar un criadero.Despus de revisar la informacin existente, el prospector usualmente visita el sitio o lo observa desde el aire, buscando ciertas combinaciones geolgicas nicas, as como cierto tipo de vegetacin o de suelos que sean diferentes de los que se encuentran en los alrededores. Estas diferencias indican generalmente anomalas geogrficas, en donde pueden existir depsitos minerales. Por ejemplo, en un rea con alta concentracin de metales la vegetacin puede tomar caractersticas peculiares tales como hojas descoloridas o de tamao inusual.Al descubrir anomalas, el prospector puede realizar excavaciones para obtener ms evidencia sobre la posibilidad de un depsito mineral en el rea. Dependiendo de la informacin obtenida en esta fase, se toma la decisin de continuar con el programa de exploracin. MUESTREO EN MASA: Esta fase es una de las ltimas del proceso de exploracin. El muestreo en masa permite un anlisis final de la ley del mineral en la mena, as como la determinacin del mejor mtodo de procesamiento de la mena para separar los metales valiosos del material estril. Tambin proporciona datos que sern de utilidad en el proceso de planeacin de la mina y de las instalaciones de carga, de almacenamiento, y de eliminacin de desechos.

1. PROBLEMATICA DE LA PEQUEA MINERIAY MINERIA ARTESANAL EN EL PERU

El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) acus a la minera artesanal de ser la principal causa del aumento del nivel de mercurio en el planeta, una sustancia que pone en peligro lavida de ms de 15 millones de personas en frica, Asia y Amrica del Sur. En un estudio llevado a cabo por el organismo internacional, la actividad minera aparece como responsable del 35% de las emisiones globales de mercurio. Al ao se vierten 727 toneladas del metal en ocano, ros y tierras para limpiar el oro recogido en las minas. El segundo factor que interviene en el problema es la quema de carbn para la produccin de electricidad. A esta actividad le corresponde el 24% del mercurio vertido, lo que significa 475 toneladas al ao. A estos dos problemas se agrega el calentamiento global: el aumento de las temperaturas hace que los glaciares se derritan y dejen fluir el mercurio a los mares.Sabemos, desde hace siglos, que el mercurio es un producto txico, pero hoy en da tenemos muchas tecnologas alternativas para reducir el riesgo al que estn expuestas decenas de millones de personas, dice Achim Steiner, director ejecutivo del PNUMA. El mercurio causa daos tanto en el sistema nervioso del hombre como en las tiroides, los riones, los pulmones, el sistema inmunolgico, los ojos y la piel.Tanto la minera artesanal, como la pequea minera, son los causantes de los principales problemas de la minera. La gran informalidad de la minera artesanal constituye su principal problema, porque limita las reales posibilidades para su desarrollo integral: la depredacin de los yacimientos existentes, la contaminacin ambiental, las falencias de seguridad, la discriminacin social y econmica, as como los mltiples conflictos con las compaas mineras formales, la falta de transparencia de la administracin financiera, etc.Y estos son solamente algunos de las consecuencias ms importantes. Un problema que podra incluirse es que no es polticamente correcto permitir que esta actividad contine en la informalidad, ya que continuamente afecta la credibilidad del pas, y mientras tanto se afirme oficialmente que es poltica nacional, apoyar la inversin minera en condiciones de estabilidad y seguridad jurdica (Hruschka 1998). La diferencia con la pequea minera, radica principalmente en la precariedad del trabajo, caracterizado, aparte de una faena muy dura, por grandes deficiencias de seguridad, y las extraordinariamente perjudiciales consecuencias negativas en la salud , ocurridas por intoxicacin, accidentes, polvo, etc.; y tambin, indirectamente, por las grandes cantidades de agua estancada que en zonas clidas, lo que termina siendo el lugar perfecto para la incubacin para anfelos y otros agentes patgenos. (HRUSCHKA 1998).El crecimiento de la minera artesanal sin una verdadera regulacin ha generado una situacin donde a todos los pequeos mineros, formales e informales, se les mete en el mismo saco. La especialista en temas mineros, Julia Cuadros, seala que, en los ltimos tres aos, el rea otorgada por el Estado en concesin a la minera artesanal creci en 20%, pasando de 3.5 millones a 4.2 millones de hectreas, por lo que resulta urgente ordenar, separar la paja del grano, y trabajar con aquellos 70 mil mineros informales que quieren formalizarse.Por otro lado, si bien la gran minera es indispensable para el desarrollo nacional, alrededor de ella tambin se han originado actividades ilegales que se deben enfrentar. No slo porque parte de los mineros ilegales viviran de la explotacin de las grandes concesiones mineras, para luego vender su produccin a los dueos de las concesiones, sino tambin porque la gran minera suele convivir con esta ilegalidad por temor al conflicto social.En el Per se necesita una nueva minera con reglas de juego claras para todos, se trate de pequea o gran minera. En primer lugar, los mineros artesanales que quieren formalizarse ya estn identificados y con ellos se debe trabajar hacia una pequea minera responsable. En segundo lugar, respecto a la gran minera, que permite muchas divisas y una gran recaudacin tributaria, el gobierno no debera olvidar los graves conflictos sociales que se han generado por la falta de consulta con las comunidades y debe mostrarse firme en cuanto a las exigencias ambientales y sociales.Lamentablemente, la ilegalidad en el sector extractivo no slo se expresa en la depredacin de los ecosistemas naturales, situacin que todos condenamos, sino tambin cuando se incumple, por ejemplo, el marco de consulta previa con las comunidades indgenas. Asumir ambas banderas es el gran reto de la nueva minera en el Per.

MINERA FORMALEn el derecho minero peruano existe un principio contenido en el artculo III del ttulo preliminar de la Ley General de Minera, segn el cual el Estadoprotegey promueve la pequea minera y la minera artesanal.Hacemos presente que el texto vigente de este artculo proviene de la Ley 27651[1], cuyo objeto expresamente enunciado es el deintroducir en la legislacin minera un marco legal que permita una adecuada regulacin de las actividades mineras desarrolladas por pequeos productores minerosPPMy productores mineros artesanalesPMA,propendiendo a la formalizacin, promocin y desarrollo de las mismas.[2]Sin embargo, a menudo y por la aplicacin de otras normas de nuestra legislacin minera, la mayora de ellas de menor jerarqua, lo que sucede es que el Estado se comporta de un modoadversoo en contra de la pequea minera y la minera artesanal.Ahora bien el problema no es la minera artesanal ni la pequea minera formal. El problema es la actividad minera informal a nivel artesanal o de pequea minera. Esa es la realidad. Sin embargo, el minero informal no acepta esa realidad y se califica como artesanal.La informalidad se da por titulares mineros y mineros sin propiedad. Hay quienes tienen su concesin titulada y la mantienen vigente, pero su visin no es desarrollar una minera formal. Hay otros que tienen por aos una concesin minera pero no desarrollan actividad propia sino que viven de la minera informal y operan a travs de terceros, con acuerdos verbales que les permiten usufructuar y utilizar mano de obra barata. Se valen de la necesidad de trabajo para subsistir.Si hacemos una escala en la actividad, el que menos se beneficia es el que entra al socavn o va directamente al lavadero. Y se beneficia el que contrata o es dueo de la concesin, el que vende insumos, el que comercializa la produccin y el que procesa el mineral.

1. PEQUEA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL DEFINICIONES, REQUISITOS, CONTRATOSSer minero formal o legal, permite cumplir connuestro pas respetandolas normas. As, podemos considerar como minero formal a quiencumple con la ley, es decir, a quien ha realizado todos los trmitespara serlo, lo cual le permite acceder a beneficios. Tales trmitesson los siguientes: Presentacin de solicitud de la concesin. Obtencin de un ttulo concesionario minero. Elaboracin y aprobacin de un instrumento de gestin Ambiental: Estudio de Impacto Ambiental semi-detallado (EIAsd), Declaracin de Impacto Ambiental (DIA) o Instrumentode Gestin Ambiental Correctivo (IGAC), este ltimo an enproceso de aprobacin.Adicionalmente se debe ejecutar: Aprobacin en zonas permitidas para el desarrollo de la Minera. Operacin cumpliendo los requisitos legales para ser considerado pequeo minero o minero artesanalDe esta manera, un minero formal es aquel que cumple con losrequisitos y las condiciones legales para serlo. Los requisitos son:Tener una concesin minera, sea como minero artesanal (MA) ocomo pequeo minero (PM) (hasta 1.000 2.000 hectreas, respectivamente) y obtener una certificacin ambiental (EIA-sd, DIAo IGAC), entre otros. Mientras que las condiciones son: No operaren zonas prohibidas o hacerlo en zonas permitidas para la mineray evitar la contaminacin de los ros con mercurio, entre otras.1.1. BENEFICIOS QUE TIENE UN MINERO FORMAL Ser propietario de los derechos mineros garantiza que el titular pueda dejar en herencia a su familia elpatrimonio y la inversin que ha logrado acumular. El derecho minero incrementa su valor en el mercado ya que los ttulos formalizados pueden ser negociados sin restricciones. Obtener seguridad jurdica, es decir, eliminar la posibilidad de permanentes conflictos con otros mineros y con terceros. Incentivar su inversin, pues al perder el temor de ser desalojado, intervenido, interdictado o denunciado, el propietario de la concesin se preocupa por hacer mejoras e invertir en servicios y accionesde salubridad, lo que aumenta el valor del derecho. Incorporarse al sistema crediticio, porque la propiedad minera puede ser utilizada para cumplir el requisito de garanta hipotecaria o el de garanta genrica e incluso el de domicilio. Tener derecho a recibir capacitacin tecnolgica, operativa y de administracin. Adquirir legalmente accesorios de voladura y explosivos (previa autorizacin de la Dicscamec (Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos), as comoqumicos peligrosos, como mercurio y cianuro de sodio. Acceder a condiciones mnimas en el aspecto laboral, de salud y seguridad. Conservar el ambiente y la salud de las personas que trabajan en la concesin minera.Adems, al acreditarse como PM o MA, se obtiene beneficios como: No pagar regalas. Realizar un pago menor por concepto de derecho de vigencia. Pagar multas menores que el rgimen general. Adquirir compromisos ambientales adecuados establecidos en los instrumentos de gestin ambiental.1.2. PEQUEO MINERO Y MINERO ARTESANALSEGN LEY N 27651 (MODIFICADA POR EL D. L. N 1040 Y LOS D. L. N 1100 YN 1101)1.2.1. PEQUEO MINERO (PM)Pequeo minero es la persona o personas que: En forma individual como persona natural o como conjunto de personas naturales o como personasjurdicas o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras, se dedican habitualmente a la explotacin y/o beneficio directo de minerales. Poseen cualquier ttulo de hasta 2.000 hectreas (ha) entre denuncios, petitorios y concesiones mineras. Poseen, por cualquier ttulo, una capacidad instalada de produccin y/o beneficio no mayor a 350 toneladas mtricas (Tm) por da. En el caso de los productores de minerales no metlicos y materiales de construccin, el lmite mximo de capacidad instalada es de hasta 1.200 Tm diarias; finalmente, en yacimientos metlicos tipo placer, el lmite mximo de capacidad instalada es de 3.000 metros cbicos(m3) diarios. Ver, adems, el punto 1.2.3.La condicin de pequeo productor minero (PPM) se acredita ante la Direccin General de Minera delMinisterio de Energa, Minas e Hidrocarburos (MINEM) mediante la presentacin de una declaracin juradabienal, es decir, cada dos aos.1.2.2. MINERO ARTESANAL (MA)Minero artesanal es la persona o personas que: En forma individual como persona natural o como conjunto de personas naturales o como personasjurdicas o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras, se dedican habitualmente a la explotacin y/o beneficio directo de minerales; adems, realizan sus actividades con mtodos manualesy/o equipos bsicos. Poseen cualquier ttulo de hasta 1.000 ha entre denuncios, petitorios y concesiones mineras o han suscrito acuerdos o contratos con los titulares mineros, segn lo establece el Reglamento de la Ley Generalde Minera. Poseen, por cualquier ttulo, una capacidad instalada de produccin y/o beneficio no mayor a 25 Tmpor da. En el caso de los productores de minerales no metlicos y materiales de construccin, el lmite mximo de capacidad instalada es de hasta 100 Tm diarias; finalmente, en yacimientos metlicos tipo placer, el lmite mximo de capacidad instalada es de 200 m3 diarios.Ver, adems, el punto 1.2.3.CARACTERISTICAS GENERALES DE LA MINERA ARTESANAL /INFORMAL. La actividad minera artesanal/informal, ofrece caractersticas negativas y favorables y entre las ms relevantes se tiene: Las operaciones minero artesanales/ informales se encuentran ubicadas en reas geogrficas muy dispersas, generalmente en lugares aislados, donde la presencia del Estado es muy dbil, lo que dificulta su labor fiscalizadora en menoscabo de la formalidad. La ocupacin ilegal de concesiones y de terrenos de propiedad privada o del Estado, en suma, la informalidad en que generalmente se desenvuelven las actividades de los mineros artesanales/ informales y los conflictos que se generan, configuran una situacin de incertidumbre e inseguridad jurdica, que contribuye a una situacin de temporalidad. Explotacin irracional de los recursos, con baja recuperacin y depredacin de los mismos y despreocupacin por el medio ambiente. La poblacin minero artesanal tiene escasa formacin y educacin ambiental. Los conceptos de medio ambiente y contaminacin ambiental, inicialmente les resultan algo abstractos; pero, estudios realizados sobre mercurialismo en algunos asentamientos del Sur Medio, y campaas de sensibilizacin sobre el particular; permiten comprobar que la poblacin puede objetivizar mejor los problemas de contaminacin ambiental a travs de sus efectos sobre la salud de las personas. Las poblaciones minero artesanales/informales cuentan por lo general, inicialmente; con organizaciones primarias que surgen, principalmente, para atender necesidades bsicas (alimentacin y educacin) y realizar acciones de defensa en los conflictos creados por la posesin de las reas que explotan; pero no para el proceso productivo. En los yacimientos explotados por los mineros artesanales, la actividad productiva se caracteriza por ser desarrollada de manera individual o en pequeos grupos, configurndose una desintegracin del proceso productivo, desde la extraccin hasta las actividades de beneficio de los minerales. En estas condiciones se torna ms difcil, por parte de los mineros artesanales, asegurar una explotacin sostenible del recurso y el manejo del medio ambiente. El carcter de subsistencia, en promedio; de la actividad minera artesanal y en consecuencia los bajos ingresos obtenidos por las familias mineras restringen las posibilidades de asumir los costos requeridos para la mejora de la situacin ambiental y las condiciones de seguridad. Prcticas ambientales inaceptables, por la incorrecta utilizacin del mercurio y cianuro, la deforestacin y erosin de suelos y alto contenido de slidos en suspensin en los ros. El desconocimiento de alternativas tcnicas y la desconfianza que les genera tecnologas ajenas, cuando estas tecnologas no les permiten el control directo sobre el producto de su trabajo individual o resultan poco transparentes, limitan, postergan o condicionan las mejoras tecnolgicas; por ejemplo el uso de retortas o la reconversin operativa hacia plantas de beneficio convencionales. En los casos de mineros artesanales informales se da, el uso ilegal de explosivos, recurriendo al contrabando y el manejo inapropiado de los mismos. La superposicin de concesiones mineras en territorios de las comunidades nativas o viceversa; segn sean los intereses de los nativos o mineros respectivamente, constituye la causa fundamental del conflicto entre titulares mineros y comuneros nativos; lo que unido al insuficiente conocimiento de la legislacin minera y obligaciones pertinentes, agravan el problema. Las reas naturales protegidas y zonas de amortiguamiento, donde existen derechos mineros prioritarios se presentan conflictos con ANA. Tanto los productores mineros y los comuneros nativos realizan actividades aurferas, sin compromisos ambientales e incluso en el caso de los nativos, sin ningn derecho minero que los sustente, en una zona donde debiera guardarse el delicado equilibrio ente la racional explotacin de los recursos naturales y la preservacin ecolgica de la zona. Por otro lado el sector minero artesanal ofrece una serie de aspectos positivos los cuales articulados adecuadamente constituyen un alto potencial para su desarrollo: La minera artesanal trabaja por lo general sobre yacimientos de pequea magnitud cuya explotacin por mtodos convencionales frecuentemente no sera econmica. El alto valor intrnseco de pequeos yacimientos de oro, la alta selectividad del trabajo manual y la poca inversin inicial necesaria para una operacin artesanal, permiten su aprovechamiento en forma rentable. La minera artesanal utiliza tcnicas intensivas en mano de obra, generalmente no calificada y por lo tanto gran generadora de auto empleo. Requiere bajos niveles de inversin y de reservas minerales para iniciar rpidamente sus operaciones, tiene baja demanda de infraestructura, utiliza equipos y herramientas simples y de bajo costo y genera ingresos a corto plazo. La minera artesanal se desarrolla generalmente en zonas apartadas y deprimidas del pas, donde en muchos casos no es posible articular otro tipo de actividad productiva. La minera artesanal ofrece posibilidades de ingreso superior a los de sectores de ocupacin alternativa y constituye en muchos casos una fuente de ingresos complementaria a otras economas rurales como por ejemplo la agricultura o ganadera, permitiendo de esta forma la subsistencia de las mismas en regiones marginales. Los ingresos que genera la minera artesanal llegan en la forma ms directa a las zonas rurales, dinamizando sus economas y propiciando encadenamientos productivos locales.La condicin de productor minero artesanal (PMA) se acredita ante la Direccin General de Minera del MINEM mediante la presentacin de una declaracin jurada bienal (es decir, cada dos aos).1.2.3. Requisitos adicionales para pequeos mineros y mineros artesanales en cuanto a utilizacin de equipos y materiales.Tanto los PM como para los MA, adicionalmente y en virtud al Decreto Legislativo N 1100 tienen que cumplirciertos requisitos, no solo relacionados con la extensin de la concesin o el material removido, sino aequipos, maquinaria, insumos, instalaciones, etc. que no pueden utilizar. Se trata de los siguientes: Dragas y otros artefactos similares en todos los cursos de agua: ros, lagos, lagunas, cochas, espejos de agua, humedales y aguajales. Son considerados como equipos similares: las unidades mviles o porttiles que succionan materiales de los lechos de ros, lagos y cursos de agua con fines de extraccin deoro u otros minerales; las dragas hidrulicas, dragas de succin, balsas gringo, balsas castillo, balsasdraga, tracas y carancheras; otros que cuentan con bomba de succin de cualquier dimensin y quetienen incorporada o no una zaranda o canaleta. Adems, cualquier otro artefacto que ocasione efectoo dao similar. Los bienes, maquinarias, equipos e insumos utilizados para el desarrollo de actividades mineras ilegales, tales como cargadores frontales, retroexcavadoras, volquetes, compresoras y perforadoras neumticas, camiones cisterna que proveen combustible o agua y otros equipos que sin perjuicio de supotencia, tamao, volumen o capacidad de carga estn destinados al mismo fin. Instalacin y uso de chutes, quimbaletes, molinos y pozas de cianuracin para el procesamiento demineral; motobombas y otros equipos, sin Perjuicio de su potencia, tamao, volumen o capacidad decarga y que se utilizan en el desarrollo de actividades mineras ilegales.1.3.REQUISITOS PARA ACREDITAR LA CONDICIN DE PEQUEOMINEROEl Decreto Supremo N 005-2009-EM, para acreditarse como PM el solicitante debe presentar elformulario de Declaracin Jurada Bienal. Este formulario debe contener lo siguiente (ver tambin el cuadro 1): En caso de que el solicitante sea una persona natural: nombre completo, nmero de DNI, nmero de RUC, domicilio y correo electrnico; de ser el caso, el nombre y nmero de DNI de su cnyuge.En caso de que el solicitante sea una persona jurdica: denominacin, nmero de RUC, copia de inscripcin en la SUNARP (Superintendencia Nacional de Registros Pblicos), domicilio, correo electrnicoy vigencia del poder de su representante legal; adems, nombre y nmero de DNI de este y datosregistrales referidos al otorgamiento de facultades. Listado de todos los derechos mineros cuyas reas deben ser computadas para efecto de su calificacin,identificndolos por su nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral correspondiente. Declaracin de que el solicitante tiene la intencin de dedicarse habitualmente a la explotacin y/o beneficio directo de minerales y, en caso de tratarse de una persona jurdica, declarar que la misma se encuentra conformada por personas naturales, salvo en el caso de las cooperativas o centrales decooperativas que cumplan lo establecido en el artculo 2 de la Ley de Formalizacin y Promocin de laPequea Produccin Minera (PPM) y de la Produccin Minera Artesanal (PMA). Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.CUADRO 1.Requisitos para acreditar la condicin de pequeo productor minero (PPM)REQUISITOPERSONA NATURALPERSONA JURIDICA

Condicin de PPMReconocimiento de condicin de PPM. Esta condicin se acredita ante la Direccin General de Minera del Minem mediante declaracin jurada bienal.

Datos generalesNombre completo, nmero de DNI, nmero de RUC, domicilio y correoelectrnico. De ser el caso, nombre y nmero de DNI de su cnyuge.Denominacin, nmero de RUC, copia de inscripcin en la Sunarp, domicilio, correo electrnico vigencia del poder de su representante legal.Adems, nombre del representante legal, nmerode DNI y datos registrales referidos al otorgamiento de facultades.

Declaracin juradaDeclaracin de que elsolicitante tiene la intencin de dedicarse habitualmente a la explotacin y/o beneficiodirecto de minerales.Declaracin de que la persona jurdica se encuentra conformada por personas naturales, salvo en el caso de cooperativas o centrales de cooperativas que cumplan lo establecido en el artculo 2 de la Ley de Formalizacin y Promocin de la PPM y la PMA.

Derechos mineros

Listado de derechos mineros con reas computadas para su calificacin; incluyendo: nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral.

Depsito del derecho de tramitacinCopia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.

Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).

1.3.REQUISITOS PARA ACREDITAR LA CONDICIN DE MINEROARTESANAL En virtud al Decreto Supremo N 005-2009-EM, para acreditarse como minero artesanal, el solicitante debepresentar el formulario de Declaracin Jurada Bienal. Este formulario debe contener lo siguiente (ver tambin el cuadro 2): En caso de que el solicitante sea una persona natural: nombre completo, nmero de DNI, nmero deRUC, domicilio y correo electrnico; de ser el caso, el nombre y nmero de DNI de su cnyuge.En caso de que el solicitante sea una persona jurdica: denominacin, nmero de RUC, copia de inscripcin en la SUNARP, domicilio, correo electrnico y vigencia del poder de su representante legal;adems, nombre y nmero de DNI de este y datos registrales referidos al otorgamiento de facultades. Listado de todos los derechos mineros cuyas reas deben ser computadas para efecto de su calificacin,identificndolos por su nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral correspondiente. En caso de que la solicitud haya sido sustentada en la celebracin de un contrato de explotacin, sedebe indicar los datos de inscripcin de dicho contrato e identificar los derechos mineros de terceros,sealando su nombre, el cdigo nico de la concesin minera y el nombre, DNI o RUC y domicilio desu titular y sus datos de inscripcin.Tratndose de personas naturales, incluir la declaracin de que se dedican a la actividad minera artesanal como medio de sustento; en el caso de personas jurdicas, la declaracin de que las actividadesrealizadas son el medio de sustento para los socios que la integran. Asimismo, en ambos casos se deber declarar que las actividades mineras son realizadas mediante equipos bsicos y mtodos manuales.La calificacin de PMA procede solamente respecto de los derechos mineros, capacidad instalada yactividades mineras artesanales realizadas en el mbito de circunscripcin provincial o de circunscripciones provinciales colindantes sobre las que se extienden sus actividades. Copia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.CUADRO 2.Requisitos para acreditar la condicin de pequeo minero artesanal (PMA)}REQUISITOPERSONA NATURALPERSONA JURIDICA

Condicin de PPMLa condicin de PMA se acreditar ante la Direccin General de Minera delMinem mediante declaracin jurada bienal.

Datos generalesNombre completo, nmero de DNI, nmero de RUC, domicilio ycorreoelectrnico. De ser elcaso, nombre y nmerode DNI de su cnyuge.Denominacin, nmero de RUC, copia de inscripcin en la Sunarp, domicilio, correo electrnicoyvigencia del poder de su representante legal.Adems, nombre del representante legal, nmerode DNI y datos registrales referidos al otorgamiento de facultades.

Declaracin juradaDeclaracin de que elsolicitante tiene la intencin de dedicarse habitualmente a la explotacin y/o beneficiodirecto de minerales.Declaracin de que la persona jurdica se encuentra conformada por personas naturales, salvo en el caso de cooperativas o centrales de cooperativas que cumplan lo establecido en el artculo 2de la Ley de Formalizacin y Promocin de la PPM y la PMA.

Derechos mineros

Listado de derechos mineros con reas computadas para su calificacin; incluyendo: nombre, sustancia, cdigo nico y copia de la inscripcin registral.

Depsito del derecho de tramitacinCopia del comprobante de depsito del derecho de tramitacin en la correspondiente cuenta bancaria.

1.5.CMO PUEDE FORMALIZARSE EL MINERO QUE NO TIENE CONCESIN Y ESTOPERANDO EN LA CONCESIN DE UN TERCERO?El minero que viene operando o realizando actividad minera en concesiones de terceros sin contar con lacalificacin de PM o MA ni con la autorizacin de la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburosdel gobierno regional (GORE) puede lograr formalizarse a travs de la suscripcin de un contrato de explotacin con el titular de la concesin minera. Esto, adicionalmente, le permite disminuir la contaminacinambiental, evitar la disposicin inapropiada de residuos o relaves contaminados, fomentar el empleo formal,eliminar el trabajo infantil, evitar prdida de mineral e incrementar el valor del mineral extrado.Este contrato de explotacin se puede realizar siempre que el titular de la concesin est de acuerdo y quelas actividades mineras a realizar sean artesanales.1.5.1. Qu es y cmo debe formularse el acuerdo o contrato de explotacin con unconcesionario?Este acuerdo o contrato de explotacin es un documento que suscribe el titular de una concesin mineracon un minero o un conjunto de mineros que realizan actividades mineras artesanales, por medio del cualel concesionario autoriza a dicho(s) minero(s) artesanal(es) a extraer minerales de una parte o de toda elrea de su concesin a cambio de una contraprestacin.Los acuerdos que contiene el contrato de explotacin deben establecerse por comn acuerdo entre el o losmineros artesanales y el titular de la concesin minera, sealando mnimamente lo siguiente: Identificacin del rea autorizada de explotacin, cuyos vrtices deben estar precisados mediante coordenadas UTM. El plazo del acuerdo, es decir, la vigencia del contrato de explotacin durante la cual el titular de laconcesin autoriza al o los mineros artesanales a trabajar en el rea asignada. Las condiciones de la contraprestacin brindada a favor del titular minero. Las condiciones acordadas para la autorizacin del rea. Las causales o situaciones que originaran el dar por terminado dicho contrato.1.5.2. Puede un titular minero celebrar ms de un acuerdo o contrato de explotacin?S, el titular de una concesin minera puede celebrar uno o ms acuerdos o contratos de explotacin sobre diferentes partes de su derecho minero.1.5.3. Requisitos que deben cumplirse para formalizar o hacer vlido elcontrato de explotacinDe conformidad con la Ley General de Minera, el contrato de explotacin debe inscribirse en los RegistrosPblicos (SUNARP), a fin de que lo acordado entre el concesionario minero y el o los mineros artesanalestenga plenos efectos frente al Estado y a terceros. Para ello se deben dar los siguientes pasos: Acudir a un notario pblico y solicitarle que eleve el contrato a escritura pblica. Para preparar la escritura pblica el notario requerir contar con la minuta del contrato y el pago de losderechos registrales. Una vez que est lista la escritura pblica del contrato de explotacin, dirigirse a la oficina de Registros Pblicos en la que el titular minero celebr el contrato e inscribi su concesin minera y solicitar la inscripcin registral del contrato de explotacin.1.5.4. Cuando se firma un contrato de explotacin, quin se hace responsable del cumplimiento de las normas ambientales durante el desarrollo de las actividades minerasartesanales?Antes de la vigencia del Decreto Legislativo N 1105, las partes que suscriban el acuerdo o contrato de explotacin respondan solidariamente por el cumplimiento de las normas ambientales. Es decir, si se producaalgn dao al ambiente como consecuencia de las actividades mineras artesanales, tanto el o los minerosartesanales como el titular de la concesin eran responsables frente a la autoridad, solidariamente, por talesdaos.Sin embargo, el Decreto Legislativo N 1105 establece en su artculo 6 que mediante la suscripcin delcontrato de cesin minera, conforme se encuentra establecido en la ley de la materia, el sujeto de formalizacin que lo suscriba se sustituye en todos los derechos y obligaciones que tiene el cedente. Adems,mediante la suscripcin del acuerdo o contrato de explotacin, el titular del derecho minero quedar liberado de la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones ambientales y de seguridad y salud en eltrabajo que asume el minero interesado en su formalizacin.Es decir, actualmente es el minero que realiza las labores o actividades mineras quien tiene la responsabilidad y se excluye al titular de cualquier responsabilidad solidaria.

1.5.5. Casos en que no se puede celebrar un contrato de explotacin de este tipoExisten dos casos contemplados en el Reglamento de la Ley de Formalizacin y Promocin de la PM y MA en los cuales se prohbe la celebracin de un acuerdo o contrato de explotacin estos son: En caso de invasiones a derechos mineros de terceros con petitorios pendientes de resolver. Cuando se trata de derechos mineros pertenecientes a un PMA. Es decir, un PMA titular de una concesin minera no puede celebrar un contrato de explotacin con otro PMA para autorizar la extraccin deminerales de su concesin o de parte de ella.1.5.6. Cmo se puede dar por terminado un contrato ya formalizado?En el contrato suscrito por el titular de la concesin y el o los mineros artesanales se deben sealar las causales o situaciones que originaran el hecho de darlo por terminado.Adicionalmente, si la autoridad comprueba la existencia de incumplimientos a las normas ambientales, talesincumplimientos se convierten tambin en causal de resolucin automtica del contrato, por mandato dela autoridad.

1.5.7. Requisitos adicionales para lograr la formalizacin mediante convenio o contratoEl proceso para lograr la formalizacin en este caso particular tiene algunos requisitos adicionales a los yasealados. Se trata de los siguientes, los cuales se muestran tambin en el grfico 1: Suscripcin del contrato entre el titular de la concesin y el minero o mineros que realizan la actividad. Calificacin como minero artesanal ante de Direccin General de Minera del Minem. Acreditacin ante la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos (DREMH) del GORE. Certificacin ambiental, es decir, tener aprobado el EIA-sd, la DIA o el Instrumento de Gestin AmbientalCorrectivo (IGAC) cuando se cuente aprobado este ltimo instrumento ambiental aplicable para actividades en curso. Contar con el Certificado de Operacin Minera (COM).GRFICO 1.Proceso de formalizacin con contrato o acuerdo de explotacin

Acreditacinante la DREMHSuscripcin delcontratoCalificacin comominero artesanalpor el Minem.

Certificado deOperacin Minera (COM)Certificacinambiental.

2.LA DIFERENCIA ENTRE MINERO ILEGAL Y MINERO INFORMALNormalmente, cuando hablamos de una persona que incumple con la ley, es cuando nos referimos aalguien ilegal. Sin embargo, nuestra legislacin en estos momentos resulta sumamente contradictoria, ms aun las ltimas normas relacionadas a minera. Por tanto, cabe la necesidad de presentarlas diferencias entre minera ilegal y minera informal a fin de entender los diversos contextos y definicionesy, tenindolos en cuenta, proceder a realizar los trmites para desarrollar una actividad minera formal, seaartesanal o pequea minera.El cuadro 3 presenta una comparacin entre las definiciones que brindan diferentes decretos legislativos ydecretos supremos recientes sobre la minera ilegal y la minera informal.Si bien es cierto que mediante el Decreto Supremo N 006-2012-EM se pretendi dar una solucin a losconflictos y protestas sociales en relacin a la minera ilegal e informal, lo mismo que a raz de la emisin delos decretos legislativos que analizamos en la segunda parte de este manual. Sin embargo, hay que sealar que el Decreto Supremo N 006-2012-MEM, que aprueba medidas complementarias para la formalizacin de la actividad minera en las zonas comprendidas en el anexo 1 del Decreto Legislativo N 1100, es exclusivamente para el Departamento de Madre de Dios, por tanto, presenta una situacin excepcional y no algo a aplicarse en todo el territorio nacional.CUADRO 3.Semejanzas y diferencias entre las definiciones de minera ilegal yminera informal en las normas recientes.Norma

Definicin

Minera ilegalMinera informal

Decreto Legislativo N1100. Regula la interdiccin de la minerailegal en toda la Repblica y establece medidas complementarias.La interdiccin o prohibicin aplica para aquella persona que realiza minera ilegal, es decir, la persona que opera:Solo con petitorios mineros.Con concesin sin tener certificacinambiental aprobada (EIA-sd, DIA o IGAC).Sin tener todas las autorizaciones solicitadas.No se define minera informal, aunque esta se puede considerar comominera ilegal.

Decreto Legislativo N1102. Incorpora al cdigo penal los delitosde minera ilegal.Se configura delito de minera ilegalcuando una persona realiza xploracin,explotacin, extraccin u otros actos similares con recursos minerales metlicosy no metlicos en los siguientes casos:Sin contar con autorizacin de la autoridad administrativa competente (GOREpara la pequea minera y minera artesanal).Causando o pudiendo causar perjuicio,alteracin o dao al ambiente, la calidad ambiental o la salud ambiental.No se define minera informal, aunque esta se puede considerar comominera ilegal.

Decreto Supremo N006-2012-EM. Apruebamedidas complementarias para la formalizacin de la actividad minera en las zonascomprendidas en elanexo 1 del DecretoLegislativo N 1100Comprende la actividad minera llevada a cabo por personas naturales o jurdicaso grupos de personas organizadas paratal fin, actividad que se realiza sin cumplir con las exigencias de las normas decarcter Administrativo, tcnico, social yambiental que la rigen y que se ubica enzonas no autorizadas para su ejercicio.

Comprende la actividad minera que,teniendo caractersticas de minerailegal, se realiza en zonas autorizadas para la actividad minera.Quienes la realizan han iniciado un proceso de formalizacin en los plazos y modalidades establecidos en las normas sobre la materia.

Decreto legislativo N1105. Establece disposiciones para el proceso de formalizacinde las actividades depequea minera y minera artesanal.Actividad minera ejercida por persona,natural o jurdica o grupo de personasorganizadas a travs de una o ms de lassiguientes condiciones:

Usando equipo y maquinaria queno corresponde a las caractersticasde la actividad minera que desarrolla (PPM o PMA).Sin cumplir con las exigencias de las normas de carcter administrativo, tcnico, social y medioambiental que rigendichas actividades.Que realiza esta actividad en zonas donde est prohibido su ejercicio.Sin perjuicio de lo anterior, toda actividad minera ejercida en zonas en las queest prohibido el ejercicio de actividadminera se considera ilegal. Esta definicin sustituye la definicin de minerailegal contenida en el artculo 3 del Decreto Legislativo N 1100.

Actividad minera que es realizada atravs de una o ms de las siguientes condiciones:Usando equipo y maquinaria que no corresponde a las caractersticas de la actividad minera que desarrolla (PPM o PMA).Sin cumplir con las exigencias de lasnormas de carcter administrativo,tcnico, social y medioambientalque rigen dichas actividades.Que se realiza en zonas no prohibidas para la actividad minera y porpersona natural o jurdica o grupode personas organizadas para ejercerla que hayan iniciado un procesode formalizacin conforme se establece en este dispositivo.

DecretoLegislativoN 1107. Establecemedidas de control yfiscalizacin en la distribucin, transportey comercializacin demaquinarias y equipos que puedan serutilizados en la minera ilegal as comodel producto mineroobtenido en dicha actividad.Actividad minera ejercida por personanatural o jurdica o grupo de personas organizadas para ejercerla a travs de una o ms de las siguientes condiciones:

Usando equipo y maquinaria que no corresponden a las caractersticas de laactividad minera que desarrolla.Sin cumplir con las exigencias de las normas de carcter administrativo, tcnico, social y medioambiental que rigendichas actividades.Que la realizan en zonas en las que estprohibido su ejercicio.No se define minera informal.

Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).3. REQUISITOS PARA EL INICIO DE UNA OPERACINMINERA FORMAL: EXPLORACIN, EXPLOTACIN YCERTIFICACIN AMBIENTAL3.1.Proceso para poder iniciar la exploracin o la explotacin

Antes, es importante saber que el haber obtenido un ttulo de concesin no autoriza de por s arealizar actividades mineras de exploracin ni de explotacin. Previamente el concesionario deber realizarel siguiente proceso: Gestionar la aprobacin del Instituto Nacional de Cultura (INC) o del Ministerio de Cultura de las declaraciones, autorizaciones o certificados necesarios para el ejercicio de las actividades mineras. Comoconsecuencia este ministerio emite el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos (CIRA) como forma de aprobacin (este requisito est exceptuado para los mineros de la zona permitida para mineraen el departamento de Madre de Dios en virtud al Decreto Supremo N 006-2012-EM). Tramitar la certificacin ambiental que emite la autoridad ambiental competente con sujecin a la normas de participacin ciudadana. Para ello, los pequeos mineros y los mineros artesanales debern presentarla DIA, el EIA-sd o el IGAC (ver el cuadro 4) a la Direccin Regional competente. Al final de este captulose puede ver el grfico 4 que describe el proceso de tramitacin de la certificacin ambiental. Obtener el permiso para la utilizacin de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terrenosuperficial o culminar el procedimiento de servidumbre administrativa, conforme a la reglamentacinsobre la materia. Obtener las dems licencias, permisos y autorizaciones que son requeridos en la legislacin vigente, deacuerdo con la naturaleza y localizacin de las actividades que se va a desarrollar.

CUADRO 4.En qu casos se presenta cada instrumento de gestin ambiental?

Instrumento de gestin ambientalCasos en los que se presenta

Condicin de PPMCuando la ejecucin del proyecto no origina impactos ambientales de carctersignificativo.

Datos generales

Cuando la ejecucin del proyecto puede originar impactos ambientales moderados, cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediantela adopcin de medidas fcilmente aplicables.

Declaracin juradaEs un instrumento (an en diseo y en proceso de aprobacin) aplicable a nivel nacional para los procesos de formalizacin de la pequea minera y minera artesanal, de acuerdo a lo establecido en el artculo 9 del Decreto Legislativo N 1105, El IGAC est definido como el instrumento de gestin ambiental para actividades de pequea minera y minera artesanal en curso y en proceso de formalizacin y tiene como objetivo adecuar dichas actividades a las obligaciones ambientales a las que estn orientadas, principalmente, a reducir los niveles de degradacin y contaminacin generada por sus emisiones,efluentes o prcticas no sostenibles. Asimismo, establece obligaciones para el titular para prevenir, controlar, mitigar y remediar los impactos ambientales,segn correspondan. Tambin contiene el cronograma de inversiones, plazos intermedios y finales, indicadores y dems actividades, los cuales son sujetos a la fiscalizacin y la sancin respectiva.

Elaboracin Csar A. Ipenza (SPDA).3.2.Pautas para elaborar y lograr la aprobacin del EIA-sd y la DIA y la autorizacin para iniciar la actividad.En el EIA-sd y la DIA se describen en forma detallada las condiciones ambientales y sociales que existenantes del inicio del proyecto, lo mismo que las operaciones que se podran hacer, los posibles impactosque pueden ser ocasionados por el proyecto y las medidas necesarias para prevenir, minimizar, rehabilitary controlar la contaminacin. De esta manera, en el EIA-sd se debe hacer una descripcin del proyecto, lacual debe incluir lo siguiente:a. Fotografas, mapas y planos del lugar donde se desea realizar el proyecto minero.b. Listado de las actividades que se desea hacer para el desarrollo de proyecto y que podran generarcontaminacin ambiental.c. Indicar todas las alternativas de acciones para evitar que la actividad minera genere contaminacinambiental.d. Elaborar un Plan de Contingencia, en caso de fallar en lo anterior.e. Prever cmo va a quedar el rea despus de realizado el proyecto.La DREMH que tiene la funcin de aprobar los EIA-sd y DIA para la pequea minera y la minera artesanaly fiscalizarlasdebe estudiar las diferentes alternativas que da la empresa o el minero y elegir aquellas queson viables para ser desarrolladas en el rea del proyecto, lo cual depende muchas veces de la naturalezadel rea (si se usa para agricultura o ganadera o consiste de zonas desrticas). Este proceso se realiza con permanente consulta o participacin de la ciudadana a travs de audiencias pblicas y talleres.Una vez que se sabe que el proyecto es viable ambientalmente y que ha sido puesto en conocimiento de lapoblacin mediante audiencias y talleres, el EIA-sd o la DIA es aprobado por la DREMH (ver el grfico 2). Sinembargo, en el caso de que el proyecto no resulte viable ambientalmente, el estudio no ser aprobado y porlo tanto el proyecto no se puede realizar.

CertificacinambientalEvaluacin deldocumento ambientalClasificacin deldocumento ambientalGRFICO 2.Proceso de aprobacin de un EIA-sd y de un DIA

Plazo de 30 das a partir dela admisin de la solicitudde clasificacin.Este proceso consta de:1. Evaluacin, autorizacino denegamiento2. Emisin de certificacinambiental para la DIA3.- Asignacin de categoraEIA-sd o EIAD, cuandocorresponda, y aprobacinde TdREIA-sdPlazo de 40 daspara evaluacin.Plazo de 30das parasubsanacin deobservaciones.EIA- Plazo de 20das paraexpedicin dela resolucinrespectiva.sd

Plazo total del proceso:DIA: 30 das: EIA-sd: 90 das

Fuente: Reglamento SEIA.Teniendo el EIA-sd o la DIA aprobados, se solicita autorizacin para dar inicio a la etapa de explotacin. Paraesto se deben entregar los planos finales de construccin del proyecto completo, en los cuales se incluyentodas las instalaciones (mina, botaderos de desmonte, relavera, etc.).Luego de acreditar todos los requisitos, la DREMH (en caso de la PM y MA) otorgar autorizacin para que seinicie la operacin de la planta y un COM para comprar los explosivos necesarios.Es importante sealar que el Estado garantiza el derecho de propiedad de cada terreno superficial y quepara el caso de la minera no existe expropiacin de tierras. Por ello, debe existir un acuerdo sobre el uso deterrenos superficiales entre el titular minero y el dueo del terreno superficial.3.3.Trminos de referencia bsicos para los Estudios de Impacto Ambiental semi-detallado (EIA-sd)La presentacin de un EIA-sd o una DIA debe hacerse de conformidad con el Reglamento de la Ley N 27446,Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante Decreto SupremoN 019-2009-Minam. En este reglamento se establecen los trminos de referencia bsicos para los EIA-sd.De conformidad con el anexo III del mencionado reglamento, los trminos de referencia bsicos para el EIAsd deben incluir:I.Resumen ejecutivo.Debe ser un instrumento que permita a los interesados formarse una idea clara, integral y exacta del proyecto de inversin que se va a ejecutar, lo mismo que de los impactos ambientales que generara y de laestrategia de manejo ambiental respectiva. La informacin incluida debe ser comprensible por personas noexpertas en materias tcnicas. Asimismo, debe tener la tabla de contenido o el ndice completo del EIA-sd.II. Descripcin del proyecto.Considera la descripcin del proyecto de inversin en sus diferentes etapas: planificacin, construccin,operacin, mantenimiento y abandono o cierre, teniendo en cuenta su tiempo de ejecucin. Tambin contiene los componentes, acciones, actividades u obras, segn lo indicado a continuacin: Los antecedentes generales del proyecto, indicando su nombre y la identificacin legal y administrativadel proponente. El marco de referencia legal y administrativo, especificando los aspectos legales y administrativos decarcter ambiental que tienen relacin directa con el proyecto, especialmente aquellos referentes a laproteccin del ambiente, la conservacin de los recursos naturales e histrico-culturales, el cumplimiento de normas de calidad ambiental y la obtencin de permisos para uso de recursos naturales,entre otros. El objetivo y la justificacin del proyecto. La localizacin geogrfica y poltica del proyecto en coordenadas UTM, refrendadas con cartografa aescala apropiada. La envergadura del proyecto, estableciendo su rea de influencia (directa e indirecta) en funcin de losimpactos ambientales potenciales que se generarn. El tiempo de vida til del proyecto y el monto estimado de la inversin. La descripcin secuencial de las distintas etapas del proyecto precisando su respectivo cronograma. La descripcin de la etapa de levantamiento de informacin sobre las caractersticas del terreno, incluyendo las acciones empleadas para la recoleccin de datos utilizados para el diseo de ingeniera delproyecto. La descripcin de la etapa de construccin, indicando las acciones y requerimientos de materiales, maquinarias, equipos, campamentos, personal y requerimientos logsticos que sean necesarios; as comotambin las vas de acceso para llegar al emplazamiento. La descripcin de la etapa de operacin y mantenimiento, detallando las diferentes fases del procesode produccin o transformacin; los recursos naturales, las materias primas y los insumos qumicos,entre otros que se utilizarn en los procesos de extraccin, produccin o transformacin; su origen,caractersticas y peligrosidad, as como las medidas de control para su transporte, almacenamiento ymanejo; la cantidad de produccin diaria, mensual y anual de productos terminados e intermedios;las caractersticas de efluentes, emisiones y residuos slidos generados; la cantidad de personal, losrequerimientos logsticos y las vas de acceso, entre otros. La descripcin de la etapa de abandono o cierre, incluyendo las acciones generales que implementarel proponente del proyecto de inversin en dicha etapa.III. Lnea base.Este aspecto debe contener las caractersticas del rea o lugar donde se ejecutar el proyecto, precisando ladelimitacin de las reas de influencia directa e indirecta, incluyendo los siguientes elementos, solo en lamedida en que sean afectados por el proyecto: La descripcin de la ubicacin, extensin y emplazamiento del proyecto, identificando y definiendo surea de influencia directa e indirecta, considerando el estudio de macro y microlocalizacin, as comola ubicacin con relacin a un rea natural protegida y/o a su zona de amortiguamiento, de ser el caso.La propuesta de identificacin y evaluacin del rea de influencia ser ratificada o modificada por laautoridad competente al dar la conformidad a los trminos de referencia respectivos. La descripcin del medio fsico, en cuanto a sus caractersticas y dinmica. Adems, se debe incluir, cuando sea necesario y de acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos: Meteorologa, clima y zonas de vida. Geologa y geomorfologa. Hidrografa, hidrologa, hidrogeologa y balance hdrico. Suelo, capacidad de uso mayor de las tierras y uso actual de los suelos. Calidad del aire, suelo y agua. Otras actividades existentes en el rea del proyecto. Otros aspectos que la autoridad competente determine. La descripcin del medio biolgico, en cuanto a sus caractersticas y dinmica. Adems, se debe incluir,cuando sea necesario y de acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos: Diversidad biolgica y sus componentes. Flora y fauna (terrestre y acutica), indicando su abundancia, distribucin y estado de conservacinsegn los listados nacionales de especies en peligro y grado de endemismo. Ecosistemas frgiles, los cuales comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiridas, montaas,pantanos, bofedales, bahas, islas pequeas, humedales, lagunas altoandinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relictos. reas Naturales Protegidas (ANP) o zonas de amortiguamiento. Unidades paisajsticas en el rea del proyecto. Aspectos o factores que amenazan la conservacin de los hbitats o ecosistemas identificados. Otros aspectos que la autoridad competente determine. La descripcin y caracterizacin de los aspectos social, econmico, cultural y antropolgico de la poblacin ubicada en el rea de influencia del proyecto. Adems, se debe incluir, cuando sea necesario yde acuerdo a las condiciones y envergadura del proyecto, los siguientes aspectos: ndices demogrficos, sociales, econmicos, de ocupacin laboral y otros similares. Servicios, infraestructura bsica y actividades principales que aporten informacin relevante sobrela calidad de vida y costumbres de las comunidades involucradas. Descripcin y anlisis del uso actual del territorio, teniendo en consideracin su aptitud y la tenencia de tierras. Otros aspectos que la autoridad competente determine. La presencia de restos arqueolgicos, histricos y culturales en el rea de influencia del proyecto. La identificacin de los aspectos de vulnerabilidad y peligros de origen natural o antropognico asociados al rea de influencia del proyecto. La elaboracin de la cartografa general (mapas de ubicacin y temticos, entre otros) y los diagramasrelevantes de la lnea base relacionada con el proyecto.IV. Plan de Participacin Ciudadana.El titular deber elaborar este plan tomando en consideracin las disposiciones establecidas en las normassectoriales y el Ttulo IV del D. S. N 002-2009-Minam, segn corresponda. Se debe presentar en el acpitecorrespondiente del EIA-sd los resultados debidamente sustentados del desarrollo de este plan, en los cuales se evidencien las estrategias, acciones y mecanismos de involucramiento y participacin de las autoridades, poblacin y entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas en las diferentesetapas de elaboracin del EIA-sd.Adicionalmente y tambin de acuerdo a lo establecido en el D. S. N 002-2009-Minam, cuando la autoridadcompetente determine la procedencia de la realizacin de la audiencia pblica, el Plan de ParticipacinCiudadana debe contener el informe consolidado de las observaciones formuladas por la Ciudadana durante dicho proceso. El informe solo incluir las opiniones sustentadas de las aclaraciones, rectificacioneso ampliaciones de informacin efectuadas por la poblacin y las entidades representativas de la sociedadcivil acreditadas, destacando la forma cmo se dio respuesta a ellas en el proceso de elaboracin del EIA-sd.V. Caracterizacin del impacto ambiental.Se debe tomar en consideracin la identificacin y caracterizacin de los impactos ambientales, as comolos riesgos a la salud humana y los riesgos ambientales del proyecto en todas sus fases y durante todo superiodo de duracin.Para tal fin, se deber identificar, evaluar, valorar y jerarquizar los impactos ambientales positivos y negativosque se generarn, as como los riesgos inducidos derivados de la planificacin, construccin, operacin,mantenimiento y/o cierre del proyecto, utilizando para ello las metodologas de evaluacin aceptadas internacionalmente, debiendo velar por lo siguiente:a. Analizar la situacin ambiental determinada en la lnea base, comparndola con las transformacionesesperadas en el ambiente producto de la implementacin del proyecto.b. Prevenir los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinrgicos y evaluar los riesgos inducidos quese podran generar y presentar sobre los componentes ambientales, sociales y culturales, as como lasalud de las personas.c. Utilizar variables representativas para identificar los impactos ambientales, justificando la escala, elnivel de resolucin y el volumen de los datos, la replicabilidad de la informacin mediante el uso demodelos matemticos para la determinacin de impactos negativos y positivos y la definicin de umbrales de dichos impactos.d. Considerar los Estndares de Calidad Ambiental (ECA) y los Lmites Mximos Permisibles (LMP) vigentes.En ausencia de regulacin nacional sobre la materia, emplear los estndares de nivel internacional queel Ministerio del Ambiente (Minam) apruebe para tal fin.La identificacin y valoracin de los impactos ambientales debe realizarse tomando en cuenta los aspectossiguientes: El medio fsico, que incluye el clima y la estabilidad geomorfolgica del suelo, las condiciones hidrolgicas y edafolgicas, la generacin de niveles de ruido, la presencia y niveles de vibraciones de camposelectromagnticos y de radiacin y el deterioro de la calidad de aire, agua y suelo. El medio biolgico, que incluye la afectacin a los ecosistemas terrestres y acuticos, el hbitat, suestructura y funciones, aspectos de su resiliencia y continuidad, as como los niveles de conservacinde las especies de flora y fauna silvestre u otra caracterstica de relevancia. El aspecto social, econmico y cultural, especialmente de variables que aporten informacin relevantesobre la calidad de vida de las comunidades o poblaciones afectadas y sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, poniendo especial nfasis en las comunidades protegidas por leyesespeciales. La insercin en algn plan de ordenamiento territorial o en un rea bajo proteccin oficial. La caracterizacin del rea de influencia en relacin a la infraestructura existente, por ejemplo: infraestructura vial, frrea, aeroportuaria y de equipamiento, reas de recreacin y espacios urbanos, entre otros. Potencialidad de las tierras y uso actual de suelo. El paisaje y los aspectos tursticos, caracterizando las unidades de singularidad o de especial valor. Aquellos otros aspectos del medio fsico, biolgico y/o social que tengan relacin directa con el proyecto o la actividad, los cuales sern determinados por la autoridad competente.Para establecer la valoracin de los impactos ambientales, se considerarn como criterios el carcter positivo o negativo, el grado de afectacin al ambiente, la importancia con relacin a los recursos naturales y lacalidad ambiental, el riesgo de ocurrencia de los probables impactos, su extensin respecto del territorio,su duracin con relacin al tiempo que tendr el impacto, as como la reversibilidad del ecosistema pararegresar a sus condiciones naturales.

VI. Estrategia de manejo ambiental.Debe considerar los mecanismos y acciones para la implementacin de las actividades y compromisos a losque est obligado a cumplir el titular del proyecto durante el periodo de duracin de la actividad minera, deconformidad con la Ley N 27446, su reglamento y otras normas complementarias aplicables. La estrategiade manejo ambiental debe incluir como mnimo lo siguiente: Plan de Manejo Ambiental, que identifique y caracterice todas las medidas que el titular del proyectorealizar para prevenir, mitigar y/o corregir los impactos ambientales identificados. Plan de Vigilancia Ambiental, que incluya los mecanismos de implementacin del sistema de vigilancia ambiental y la asignacin de responsabilidades especficas para asegurar el cumplimiento de las medidas contenidas en el Plan de Manejo ambiental, considerando la evaluacin de su eficiencia y eficaciamediante indicadores de desempeo. Asimismo, este plan incluir el programa de monitoreo ambiental, el cual sealar las acciones de monitoreo para el cumplimiento de los lmites mximos permisiblesu otros establecidos en las normas nacionales vigentes o en las normas de nivel internacional. Plan de Contingencias, que considere las medidas para la gestin de riesgos y las respuestas a eventuales accidentes que afecten la salud, ambiente e infraestructura; este plan se debe elaborar para lasetapas de construccin, operacin, mantenimiento y cierre o abandono, si este ltimo procediere. Plan de Abandono o Cierre, que contenga las acciones a realizar cuando se termine el proyecto, demanera que el mbito del proyecto y su rea de influencia queden en condiciones similares a las quese tuvo antes de su inicio. Este plan se efectuar de acuerdo a las caractersticas del proyecto y lasdisposiciones que determine la autoridad competente. Cronograma y presupuesto para la implementacin de esta estrategia de manejo ambiental. Cuadro resumen conteniendo los compromisos ambientales sealados en los planes establecidos en laestrategia de manejo ambiental, as como la identificacin del responsable y los costos asociados.

VII. Empresa consultora y nombres y firma de los profesionales y tcnicos que intervinieron enla elaboracin del EIA-sd.Este punto es un requisito formal y debe detallarse en el siguiente orden: nombre de la empresa y sus datosen general, nombres y firmas de los tcnicos que realizaron el estudio, entre otros datos.VIII. Otras consideraciones que determine la autoridad competente.En este punto el GORE puede solicitar algunos requisitos especficos propios de la realidad local o del contexto en el que se desarrolla la actividad en la regin.IX. Anexos. Estos deben permitir corroborar la informacin generada para la realizacin de actividades y tareas del equipo de profesionales, informacin que est contenida en el EIA-sd.Los anexos tambin pueden contener otros antecedentes de inters que sean tiles para la comprensin deldocumento. Por ejemplo, el titular del proyecto debe presentar: la cartografa del lugar de emplazamientode la accin sealando el rea de influencia, la escala y la simbologa adecuada para una correcta interpretacin; la copia de los resultados de los anlisis emitidos por el laboratorio; las hojas de clculos realizados;tambin fotografas y videos, entre otros documentos.3.4.Contenido mnimo de la evaluacin preliminar: la Declaracin de Impacto Ambiental (DIA)Tambin la presentacin de una DIA debe hacerse de conformidad con el anexo VI del Reglamento de la LeyN 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante DecretoSupremo N 019-2009-Minam. En este reglamento se establece el contenido mnimo para la evaluacinpreliminar en una DIA, el cual debe consistir en lo siguiente:I.Datos generales del titular y de la entidad autorizada para la elaboracin de la evaluacinpreliminar

a.Proponente (persona natural o jurdica) Nombre o razn social Nmero de RUC Domicilio legal Calle y nmero Distrito Provincia Departamento Telfono Fax Correo electrnicob. Titular o representante legal Nombres completos Nmero de DNI Domicilio Telfono Correo electrnicoEn caso de tratarse del representante legal, deber acreditarse mediante documentos legalizados.c.Entidad autorizada para la elaboracin de la evaluacin preliminarEn el caso de persona natural Nombres y apellidos Nmero de RUC Nmero de registro en el Minam Profesin Domicilio Telfono Correo electrnicoEn el caso de persona jurdica Razn social Nmero de RUC Nmero de registro en el Minam Profesionales que la conforman (nombres y profesiones) Domicilio Telfono Correo electrnicoII. DESCRIPCIN DEL PROYECTOa.Datos generalesnombre del proyecto Tipo de proyecto a realizar: nuevo ( ) ampliacin ( ) Monto estimado de la inversin Ubicacin fsica del proyecto Direccin Avenida, calle o jirn y nmero Zonificacin (segn uso de suelo) distrital o provincial Parque o rea industrial (si corresponde) Distrito Provincia Departamento Superficie total y cubierta (ha o m2), especificando su destino o uso (construccin, produccin, administracin, logstica, mantenimiento, servicios generales, ampliacin, otros) Tiempo de vida til del proyecto Situacin legal del predio (compra, venta, concesin, otra)

ANEXOS Copia de la(s) habilitacin(es) correspondiente(s) y de la documentacin que acredite la zonificacin y la inscripcin en Registros Pblicos. Croquis de ubicacin del predio a escala 1: 5.000 Planos con diseo de la infraestructura a instalar y/o existente (en caso de solicitar ampliacin) Planos de edificaciones existentesb.Caractersticas del ProyectoToda la informacin declarada en este apartado referido a las caractersticas (que se enumeran msadelante), cuando se trate de proyectos nuevos, deber dividirse en las siguientes etapas:1. Etapa de planificacin. Detallar las actividades previas que se desarrollarn antes de la etapa deconstruccin del proyecto, tales como: desbroce, desbosque, demolicin y movimiento de tierras,entre otras.2. Etapa de construccin. Detallar las construcciones a desarrollar y el plazo previsto para su ejecucin, lo mismo que las diferentes etapas del proceso constructivo, sealado mediante diagramas deflujos (ver el grfico 3): Las entradas: requerimientos de maquinaria, equipos, agua, combustible, energa y personal,entre otros Las salidas: residuos slidos, efluentes, emisiones, ruidos, vibraciones y radiaciones, entre otros.3. Etapa de operacin. Detallar los procesos, subprocesos y actividades necesarias para obtener elproducto y/o productos del proyecto.Detallar mediante un diagrama de flujo (ver el grfico 3) los requerimientos y los residuos durantela operacin: Requerimientos o entradas: recursos naturales, insumos, equipos, maquinarias, personal y energa para cada proceso y subproceso y para cada producto y/o subproducto. Residuos o salidas: residuos slidos, efluentes, emisiones, ruidos, vibraciones, radiaciones yotros que se generarn en cada uno de los procesos y subprocesos.4. Etapa de mantenimiento. Detallar las actividades necesarias durante la etapa de mantenimiento omejoramiento del proyecto de inversin.5. Etapa de abandono o cierre. Detallar las actividades que se van a llevar a cabo en la etapa de cierre.Para esta etapa tambin se debe desarrollar un diagrama de flujos (ver el grfico 3) respecto a los requerimientos de maquinaria, equipos energa y personal; lo mismo que los residuos slidos, efluentes,emisiones, ruidos y vibraciones, entre otros, que se producirn.Sealar los programas para restituir el rea a sus condiciones originales (de ser pertinente).3.Modelo de diagrama de flujo

RecursosEfluentesEntradas Salidas

Insumosproceso/ subprocesoResiduos

EmisionesEnergaRuido,PersonalEnergaMaquinariasEquipos

Las caractersticas a desarrollar para estas etapas se detallan a continuacin y, en resumen, son: infraestructura de servicios, vas de acceso, materias primas e insumos, procesos, productos elaborados,servicios, personal, efluentes, residuos slidos, manejo de sustancias peligrosas, emisiones atmosfricas, generacin de ruido, vibraciones y radiaciones y otro tipo de residuos.1. Infraestructura de servicios. Sealar si el lote o terreno donde se va a desarrollar el proyecto cuenta con: Red de agua potable Sistema de alcantarillado Red elctrica Red de gas natural Sistema municipal de captacin de aguas de lluvia2. Vas de acceso. Sealar si existen vas de acceso principales o secundarias para llegar al emplazamiento del proyecto; indicar si son asfaltadas, afirmadas u otras, as como su estado de conservacin. 3. Materias primas e insumos. Indicar los recursos naturales, materias primas e insumos qumicos que se utilizarn: Recursos naturales. Sealar si, dentro de sus procesos o subprocesos, el proyecto utilizar recursos naturales que se encuentran en el rea de influencia del proyecto (ver el cuadro 5). Materias primas. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insumos qumicos como materia prima (ver el cuadro 6).CUADRO 5.Tipos de recursos naturales a utilizar.Recurso naturalCantidad(por da, semana, mes o ao)Unidad de medida

Materias primas. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insumosqumicos como materia prima (ver el cuadro 6).

CUADRO 6.Insumos qumicos a utilizar como materias primasProductoqumico(nombrecomercial)

Ingredientesactivos

CAS #

Cantidad mensual(en kilos, toneladas,litros, metros cbicos, etc.)Propiedades

InflamableCorrosivoReactivo

ExplosivoTxico

Notas1. Adjuntar MSDS (Hoja de seguridad) de las sustancias qumicas a usar.2. Para declarar el insumo qumico se debe referir a la Ley N 28256, su reglamento y modificatorias.Sealar la forma como los productos qumicos van a ser transportados y almacenados, lo mismo que las medidasestablecidas para su manipulacin. Insumos qumicos. Sealar si dentro de sus procesos o subprocesos el proyecto utilizar insumos qumicos para la obtencin de productos o subproductos (ver el cuadro 7).CUADRO 7.Insumos qumicos a utilizarProductoqumico(nombrecomercial)

Ingredientesactivos

CAS #

Cantidad mensual(en kilos, toneladas,litros, metros cbicos, etc.)Propiedades

Inflamable

CorrosivoReactivo

ExplosivoTxico

Notas:1. Adjuntar MSDS de las sustancias qumicas a usar.2. La informacin sobre insumos qumicos consignada se refiere a la Ley N 28256, su reglamento y modificatorias.Sealar, la forma como los productos qumicos van a ser transportados y almacenados y las medidas establecidas parasu manipulacin.4. Procesos. Sealar los procesos y subprocesos que desarrollar el proyecto en cada etapa, indicandoen cada uno de ellos las materias primas, insumos qumicos, energa, agua, maquinaria, equipos,etc. que se requerirn (ver el cuadro 8).CUADRO 8. Etapas del proceso y los subprocesosProceso osubproceso

Materia prima

Insumos qumicosEnerga(Kw/hora)Agua(m3/seg)Maquinaria(tipo decombustin)

Equipos(tipo decombustin)

CantidadUnidadde medidaCantidadUnidaddemedida

Se debern adjuntar los diagramas de flujo de los procesos y subprocesos y sealar el periodo de produccin (diario, semanal, mensual y anual, en la siguiente forma: da/semana/mes/ao).5. Productos elaborados. Sealar los estimados de la produccin total anual y mensual de cada producto (litros, kilogramos, unidades, etc.).6. Servicios. Para el desarrollo del proyecto, indicar los servicios requeridos. Agua Consumo, caudal (m3/seg) diario, mensual, anual. Fuente: red de agua potable, superficial (ro, canal de riego) y/o subsuelo.Electricidad Consumo mensual. Potencia requerida. Fuente. Red de distribucin. Fuente propia (generacin hdrica o trmica: diesel, gas). En el caso de utilizar combustibles, sealar la forma de almacenamiento y las medidas de seguridad.7. Personal. Sealar la cantidad de personal que trabajar en el proyecto en cada etapa. Etapa de construccin Etapa de operaciones Etapa de mantenimiento Total Personal permanente Personal temporal Turnos de trabajoSealar si el personal vivir en campamentos o si se desplazar diariamente a su domicilio. Si es encampamento, indicar el tiempo de permanencia en el proyecto.8. Efluentes y/o residuos lquidos. Efectuar la diferenciacin entre aguas, residuos lquidos domsticos y residuos lquidos industriales. Sealar el caudal diario, semanal, mensual y anual. Sealar las caractersticas que tendr el efluente:- Caractersticas qumicas- Caractersticas fsicas Nivel de toxicidad Sealar si el proyecto contempla la construccin de sistema de tratamiento primario, secundarioy/o terciario.Nota: En caso de contar con planta de tratamiento, sealar en el plano la ubicacin prevista paraella, as como las especificaciones de su diseo y la calidad del efluente.Indicar dnde se vertern los residuos lquidos. Sistema de alcantarillado Pozo sptico o subsuelo Acequia de regado Cauce de ro Laguna, lago, ocanoPara conocer el grado de dispersin del efluente en el cuerpo receptor, es necesario conocer las caractersticas existentes en el cuerpo de agua y cul ser su comportamiento ante la descarga del efluente.9. Residuos slidos. Efectuar una caracterizacin de los residuos slidos que se estima se generarn(domsticos, industriales, txicos y peligrosos), sealando las cantidades aproximadas.Estado Residuos slidos: cantidad, caractersticas fsicas y qumicas Residuos semislidos: volumen, caractersticas fsicas y qumicas Sistemas de almacenamiento y tratamiento dentro de las instalaciones Destino final previsto Forma de transporte al destino final.10. Manejo de sustancias peligrosas. Sealar si el proceso productivo utilizar sustancias peligrosas o si estas se generarn como producto del proceso. Tipo de sustancias peligrosas que se usarn o generarn. Cantidad. Caractersticas. Tipo de manejo que se dar a estas sustancias, as como su disposicin final.11. Emisiones atmosfricas. Sealar los equipos y maquinarias que generarn emisiones gaseosas y sisern fuentes fijas y/o fuentes mviles. Estimar el volumen de emisiones (sean olores, humos, material particulado o gases, indicandosu composicin qumica) en funcin al tipo de proceso o subproceso y al uso de combustiblesque utilizarn las maquinarias y equipos (indicando el tipo de combustible que se utilizar y elconsumo diario). Determinar cmo se comportar la pluma de dispersin. Para ello se debe conocer las caractersticas climticas de la zona, las cuales permiten definir el grado de dispersin de las emisionesatmosfricas. Especificar si como parte del proceso productivo se generarn emisiones difusas. Sealar los sistemas de tratamiento a implementar para reducir emisiones de fuentes fijas ymviles12. Generacin de ruido. Sealar si se generar ruido en los procesos o subprocesos del proyecto; indicar las fuentes de generacin y el nivel de decibeles previstos. Sealar los medios que se utilizarnpara tratar los ruidos.13. Generacin de vibraciones. Sealar si se generarn vibraciones en los procesos y subprocesos delproyecto; indicar las fuentes de generacin, su intensidad, duracin y alcance probable. Sealar losmecanismos que se utilizarn para tratar las vibraciones.14. Generacin de radiaciones. Sealar si se generar algn tipo de radiaciones en los procesos ysubprocesos del proyecto. Sealar los sistemas de tratamiento para controlarlas.15. Otros tipos de residuos. Especificar cualquier otro tipo de residuos que generar el proyecto y losmecanismos a utilizar para controlarlos.El proponente deber revisar la legislacin nacional correspondiente, as como los lmites mximospermisibles sectoriales y los estndares de calidad ambiental para las caractersticas numeradasdel 9 al 16. Si no existiera regulacin nacional, usar como referencia los lmites establecidos porinstituciones de derecho internacional pblico. A partir de esta informacin se podr determinar siel proyecto se desarrollar en nive