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1 SEGUNDO INFORME SEMANAL – CONTEMPLACIÓN LA DISPONIBILIDAD, ENTREGA, USO CORRECTO DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP Y ACATAMIENTO DE LAS DEMÁS MEDIDAS DEL PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD Y PREGUNTAS PLANTEADAS. MUNDO RADIOLOGICO S.A.S SOLICITADO POR: MINISTERIO DE TRABAJO

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SEGUNDO INFORME SEMANAL – CONTEMPLACIÓN LA DISPONIBILIDAD, ENTREGA, USO

CORRECTO DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP Y ACATAMIENTO DE LAS

DEMÁS MEDIDAS DEL PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD Y PREGUNTAS PLANTEADAS.

MUNDO RADIOLOGICO S.A.S

SOLICITADO POR: MINISTERIO DE TRABAJO

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INFORME SEMANAL - MINISTERIO DE TRABAJO

MUNDO RADIOLOGICO S.A.S les da a conocer el segundo informe generado con relación a la

disponibilidad, entrega, uso correcto de los elementos de protección personal EPP y acatamiento de las

demás medidas del protocolo de bioseguridad, este evidenciándose en la reunión semanal y respuesta a

las preguntas planteadas.

➢ Informe acta

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La directora integral de servicios indicó que no tiene firma digital para anexarla en el acta, por tanto, se

realizó el envío por correo para que quedase la evidencia del visto bueno y probación.

➢ Preguntas recibidas por el ministerio del trabajo, con respuestas (si, no) y evidencias.

1. ¿Se ha identificado la cantidad de los EPP a entregar de acuerdo al número de trabajadores, cargo, área

y nivel de exposición al riesgo por COVID-19? Evidencia a entregar: Base de trabajadores por cargo, tipo de

vinculación, área de la clínica y clasificación por nivel de exposición (directo, indirecto o intermedio). (Archivo

de Excel Adjunto)

Si, Anexo 1. Reporte trabajadores con medidas COVID19 actualizado en mayo 2020.

2. ¿Los EPP entregados cumplen con las características establecidas por el Ministerio de Salud y Protección

Social? Evidencia a entregar: Órdenes de compra y fichas técnicas de los EPP adquiridos.

Si, relaciono fichas técnicas de los EPP.

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Si, órdenes de compra.

En el anterior informe emitimos las ordenes de compra correspondientes hasta la fecha 15 de mayo de

2020, sin embargo, anexo a continuación las ordenes entre las fechas 16 de mayo hasta el 22 de mayo del

presente año.

3. ¿Se está entregando los EPP a todos los trabajadores de acuerdo al grado de exposición al riesgo?

Evidencia a entregar: Base de trabajadores por cargo, tipo de vinculación, área de la clínica y clasificación

por nivel de exposición (directo, indirecto o intermedio). (Archivo de Excel Adjunto)

Si, Anexo 1. Reporte trabajadores con medidas COVID19 actualizado en mayo.

4. ¿Los EPP se están entregando oportunamente? Evidencia a entregar: Base de trabajadores con registro

de entrega de los EPP a cada trabajador con la fecha y hora de entrega.

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Si se cuenta con el registro y se adjunta formato de entrega de los EPP a cada uno de los colaboradores.

Anteriormente se manejaba un formato distinto, pero lo actualizamos debido a las políticas de ahorro de

papel de nuestra empresa. Por tanto, se decidió dejar un formato para la entrega de EPP donde se le hace

entrega a los trabajadores los EPP cada 15 días, como se evidenció en el anterior informe con corte de 01

de mayo de 2020 hasta el 15 de mayo de 2020, y la presente entrega es de corte del 16 de mayo al 30 de

mayo del 2020 como lo evidencia la imagen.

Nota: a partir del mes de junio se manejará la entrega de los EPP mensualmente.

5. ¿Se está garantizando la entrega de los EPP en la cantidad y reemplazo de uso requerido? Evidencia a

entregar: base de trabajadores con registro de cantidad entregada y frecuencia de entrega de los EPP a

cada trabajador.

Si, a continuación de evidencia la base de trabajadores con registro de cantidad entregada y frecuencia de

entrega de los EPP a cada trabajador con corte del 16 de mayo al 22 de mayo del presente año, sin embargo,

cabe resaltar que la entrega de los EPP son cada 15 días, pero la siguiente relación se enfoca en darles a

conocer una frecuencia e información con relación al último informe que se emitió y el presente con fechas

entre 16 y 22 de mayo 2020.

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6. ¿Se ha planeado lo necesario para contar con suficiente inventario que garantice la disponibilidad

requerida para la entrega completa y oportuna de los EPP? Evidencia a entregar: Cantidad de EPP en

inventario y proyección de la cantidad de EPP que se ha de adquirir.

Si contamos con la base de trabajadores con registro de cantidad entregada y frecuencia de entrega de los

EPP a cada trabajador, cabe resaltar que este inventario se maneja con las existencias en bodega y la

cantidad de EPP entregadas a los trabajadores, cabe resaltar que en esta cantidad entregada si anexamos

la totalidad entregada del 16 de mayo hasta el 30 de mayo del presente año.

7. ¿Se coordinó con la ARL el apoyo requerido para contar con los EPP necesarios de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto 488, Decreto 500 y Circular 29 del 2020 expedidos por el Ministerio del Trabajo?

Evidencia a entregar: Oficio de solicitud y respuesta de la ARL o acta con acuerdos y compromisos.

Si, como se mencionó anteriormente en el 1 informe se envió el 1 correo en el 13 de abril, donde en ese

mes recibimos lo siguiente: guantes de látex estériles de cirugia-22, tapabocas convencional: 35, tapabocas

N95: 5, cajas de guantes de látex: 4 cajas en el mes de abril, después de esto enviamos otro correo el 17

de abril solicitando información de la próxima entrega, donde ellos nos dieron respuesta el día 11 de mayo

del 2020 indicando lo siguiente:

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Luego de esta contestación, dirigimos un nuevo oficio donde requeríamos una aclaración con relación a los

tiempos de entrega de los EPP y los criterios en que se basaban para suministrar los EPP a la empresa.

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Luego de esta, hasta la fecha de hoy 22/05/2020 no se ha recibido algún tipo de contestación.

Aspectos adicionales a las preguntas

• Cuando el COPASST identifique el incumplimiento de las medidas descritas en el informe se deberán

registrar las acciones de mejora, indicando el responsable y fecha en que se debe dar cumplimiento, tanto

de las acciones preventivas como de las acciones correctivas, que permitan resolver el hallazgo en el menor

tiempo.

En el acta que se compartió en las páginas 2,3,4 y 5, se puede evidenciar que el personal esta acatando

con las medidas establecidas; hasta el momento no se ha identificado el incumplimiento por parte de algún

colaborador de la empresa, sin embargo, si llegase a presentar tomaríamos las medidas establecidas.

• El COPASST debe invitar a la ARL a estas reuniones semanales para que brinde la asesoría y asistencia

técnica en los aspectos relativos al SG-SST, en particular en lo relacionado con los riesgos de contagio del

COVID-19, de manera tal que las medidas sean efectivas. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.9).

En el acta que se compartió en las páginas 2,3,4 y 5, se puede evidenciar que tuvimos comunicación y

realizamos la reunión por medio de Zoom, donde se trataron los temas relacionados con el SGSST y

contagio del COVID-19 y se recibieron recomendaciones por parte de la Directora integral de servicios de la

ARL.

• Si la ARL no asiste, el COPASST le deberá enviar el informe al día siguiente, mientras dure la actual

emergencia, para que esta se pronuncie sobre la eficacia de las medidas adoptadas y los compromisos que

adquiere para con los afiliados y sus trabajadores, en particular para la entrega de los EPP.

Teniendo en cuenta esta información se tendrá presente en dado caso que la ARL no asista a la reunión, ya

que hasta el momento si se ha podido establecer comunicación.

• El empleador o contratante, deberá publicar cada uno de los informes en su página web, el cual

permanecerá disponible para la consulta por parte de los interesados. Por favor informe el link en el cual

estará la información.

Se adjunta link en la descripción del correo.

CALIFICACIÓN EN PORCENTAJE DEL CUMPLIMIENTO ESTIMADO DE LAS MEDIDAS DE

BIOSEGURIDAD NECESARIAS PARA PROTEGER A LOS TRABAJADORES DEL CONTAGIO DEL

VIRUS= 97%.