ley 1178 full

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LEY N 1178Compendio didctico

CENCAPCentro Nacional de Capacitacin

Propiedad intelectual de la Contralora General del Estado, prohibida su reproduccin

PRESENTACION

El presente compendio, Ley 1178, corresponde al primer curso del nivel introductorio de la estructura curricular del CENCAP. Constituye material de apoyo didctico para los servidores pblicos que desempean funciones tcnico operativo y gerencial en las entidades pblicas. El objetivo general de aprendizaje persigue que los participantes al finalizar el curso, sean capaces de: Describir los aspectos generales de la Ley N 1178, las caractersticas bsicas de los sistemas de Administracin y Control Gubernamentales, la naturaleza de la responsabilidad por la funcin pblica, as como, las principales atribuciones de la Contralora General del Estado. Cabe hacer notar que el modelo de administracin pblica establecido por la Ley 1178 se encuentra proceso de revisin en la perspectiva de la construccin del nuevo modelo de administracin pblica plurinacional que sea concordante con los propsitos y fines de la Constitucin Poltica del Estado, por lo que el contenido del presente texto tiene fines estrictamente educativos y no compromete la posicin oficial de la Contralora General del Estado (CGE). Est cuarta edicin fue revisada y ajustada bajo la coordinacin del CENCAP.

La Paz, julio del 2009

ContenidoUnidad 1 El Estado Boliviano 1. Definiciones .................................................................................................................................................... 2 2. rganos del Estado ......................................................................................................................................... 2 3. Organizaciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado ........................................... 6 4. Regmenes Constitucionales Autnomos ....................................................................................................... 7 5. Autoevaluacin ............................................................................................................................................... 9 Unidad 2 Enfoque sistmico de la Ley 1. Definiciones .................................................................................................................................................. 12 2. La Ley N 1178 y el enfoque de sistemas ..................................................................................................... 13 3. Resumen ........................................................................................................................................................ 16 4. Autoevaluacin ............................................................................................................................................. 17 Unidad 3 Aspectos Generales de la Ley N 1178 1. Antecedentes ................................................................................................................................................. 20 2. La Ley N 1178 y sus finalidades ................................................................................................................ 21 3. mbito de aplicacin ................................................................................................................................... 23 4. Los Sistemas de Administracin y Control Gubernamentales ...................................................................... 23 5. rganos Rectores de los sistemas de Administracin y Control Gubernamentales............................................................................................................................. 24 6. Resumen ........................................................................................................................................................ 27 7. Autoevaluacin ............................................................................................................................................. 28 Unidad 4 Responsabilidad por La Funcin Pblica 1. Aspectos generales ........................................................................................................................................ 32 2. Definiciones .................................................................................................................................................. 33 3. Tipos de responsabilidad por la funcin pblica ........................................................................................... 34 4. Exencin de la responsabilidad ejecutiva, administrativa y civil .................................................................. 40 5. Resumen ........................................................................................................................................................ 42 6. Autoevaluacin ............................................................................................................................................. 43 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 45 Unidad 5 Aspectos Generales de los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica 1. Sistema Nacional de Planificacin ................................................................................................................ 48 2. Sistema Nacional de Inversin Pblica ......................................................................................................... 49 3. Aspectos bsicos de la relacin de los sistemas de Administracin con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica ...................................................................... 51 4. Resumen ....................................................................................................................................................... 52 5. Autoevaluacin ............................................................................................................................................ 53 6. Glosario ........................................................................................................................................................ 55

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Unidad 6 El Sistema de Programacin de Operaciones 1. Introduccin ................................................................................................................................................... 58 2. Definicin ...................................................................................................................................................... 59 3. Objetivos ........................................................................................................................................................ 59 4. Implantacin del SPO en las entidades pblicas ............................................................................................ 59 5. Resumen ........................................................................................................................................................ 61 6. Autoevaluacin .............................................................................................................................................. 62 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 64 Unidad 7 El Sistema de Organizacin Administrativa 1. Introduccin ................................................................................................................................................... 66 2. Definicin ...................................................................................................................................................... 67 3. Objetivos ........................................................................................................................................................ 67 4. Implantacin del SOA en las entidades pblicas ........................................................................................... 68 5. Resumen ........................................................................................................................................................ 69 6. Autoevaluacin .............................................................................................................................................. 70 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 72 Unidad 8 El Sistema de Presupuesto 1. Introduccin ................................................................................................................................................... 74 2. Definicin ...................................................................................................................................................... 75 3. Objetivos ........................................................................................................................................................ 75 4. Implantacin del Sistema de Presupuesto en las entidades pblicas.............................................................. 76 5. Resumen ....................................................................................................................................................... 77 6. Autoevaluacin .............................................................................................................................................. 78 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 80 Unidad 9 El Sistema de Administracin de Personal 1. Introduccin ................................................................................................................................................... 82 2. Definicin ...................................................................................................................................................... 83 3. Objetivos ........................................................................................................................................................ 83 4. Implantacin del Sistema de Administracin de Personal en las entidades pblicas ................................................................................................................................ 84 5. Resumen ........................................................................................................................................................ 85 6. Autoevaluacin .............................................................................................................................................. 86 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 88 Unidad 10 El Sistema de Administracin de Bienes y Servicios 1. Introduccin ................................................................................................................................................... 90 2. Definicin ...................................................................................................................................................... 91 3. Objetivos ........................................................................................................................................................ 91 4. Implantacin del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios en las entidades pblicas ................................................................................................................ 92 5. Resumen ........................................................................................................................................................ 93 6. Autoevaluacin .............................................................................................................................................. 95 7. Glosario ......................................................................................................................................................... 96

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Unidad 11 Sistema de Tesorera y Crdito Pblico 1. Introduccin .................................................................................................................................................. 98 2. Definicin...................................................................................................................................................... 99 3. Objetivos ....................................................................................................................................................... 99 4. Implantacin del Sistema de Tesorera y Crdito Pblico en las entidades pblicas .................................................................................................................................. 100 5. Resumen ...................................................................................................................................................... 101 6. Autoevaluacin ........................................................................................................................................... 102 7. Glosario ....................................................................................................................................................... 104 Unidad 12 Sistema de Contabilidad Integrada 1. Introduccin ................................................................................................................................................ 106 2. Definicin.................................................................................................................................................... 107 3. Objetivos ..................................................................................................................................................... 107 4. Implantacin del Sistema de Contabilidad Integrada en las entidades pblicas .................................................................................................................................. 108 5. Resumen ...................................................................................................................................................... 109 6. Autoevaluacin ........................................................................................................................................... 110 7. Glosario ....................................................................................................................................................... 112 Unidad 13 Sistema de Control Gubernamental 1. Aspectos generales ...................................................................................................................................... 114 2. Definicin.................................................................................................................................................... 115 3. Objetivos ..................................................................................................................................................... 115 4. Estructuracin del Sistema de Control Gubernamental ............................................................................... 115 5. El Sistema de Control Interno ..................................................................................................................... 116 6. El Sistema de Control Externo Posterior ..................................................................................................... 122 7. Funcionamiento de la Contralora General del Estado ................................................................................ 124 8. Resumen ...................................................................................................................................................... 128 9. Autoevaluacin ........................................................................................................................................... 130 10. Glosario ....................................................................................................................................................... 132

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Unidad

1

El Estado BolivianoQu es el Estado Boliviano? Cules son los Poderes del Estado Boliviano? Cules son las Organizaciones de defensa de la sociedad? Cules son los Regmenes Constitucionales Autnomos?

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Estos son aspectos que Ud. conocer al leer esta Unidad

El Estado Boliviano

1. DefinicionesQu es el Estado?Es una sociedad establecida en un territorio determinado y polticamente organizada, mediante una autoridad o gobierno que emerge del ejercicio del poder poltico y que regula la convivencia social, buscando como finalidad el bienestar de sus miembros. Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrtico, intercultural, descentralizado y con autonomas. (Art. 1 de la CPE)

Qu es el gobierno?El gobierno es el conjunto de poderes pblicos a quienes se delega el ejercicio supremo de la soberana que reside en el pueblo. La Repblica de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrtica participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres.

Qu es la Administracin Pblica?Es el conjunto de rganos administrativos que sirven al Estado para la realizacin de funciones y actividades destinadas a la provisin de bienes, obras y servicios a la sociedad. Tiene por objeto utilizar eficaz y eficientemente los recursos de la sociedad puestos a su disposicin, eliminar el despilfarro, reducir los gastos, conservar y utilizar con criterio tcnico el patrimonio del Estado, as como proteger el bienestar y el inters de los servidores pblicos.

2. rganos del EstadoCules son los rganos del Estado Boliviano?El Estado organiza y estructura el poder pblico a travs de los rganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organizacin del Estado est fundamentada en la independencia, separacin, coordinacin y cooperacin de estos rganos. (Art. 12, pargrafo I de la CPE) Las funciones de los rganos pblicos no pueden ser reunidas en un solo rgano ni son delegables entre s.

A. rgano Legislativo

Es el rgano del Estado con la facultad exclusiva de aprobar y sancionar leyes que rigen para todo el territorio boliviano Este rgano reside en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

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Cmo est constituida la Asamblea Legislativa Plurinacional?Por dos Cmaras: 1) 2) LA CAMARA DE DIPUTADOS Y LA CAMARA DE SENADORES

Cmo est compuesta la Cmara de Diputados?Est compuesta por 130 miembros, en cada Departamento se elige la mitad de los diputados en circunscripciones uninominales; la otra mitad en circunscripciones plurinominales departamentales, de las listas encabezadas por los candidatos a Presidente, Vicepresidente y Senadores de la Repblica. (Art. 146, pargrafos I y II de la CPE)

Cmo est compuesta la Cmara de Senadores?Est compuesta por 36 miembros, en cada Departamento se eligen 4 senadores por cada circunscripcin departamental. (Art. 148, pargrafos I y II de la CPE)

Quin preside la Asamblea Legislativa Plurinacional?El Vicepresidente o la Vicepresidente de la Repblica.

B. El rgano Ejecutivo

Es el rgano del Estado encargado de atender los asuntos de la administracin pblica, a travs de los Ministerios de Estado. Est compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y Ministros del Estado. (Art. 165 de la CPE)

Cules son los principios en la gestin pblica?Segn el Decreto Supremo N 29894 sobre la Organizacin del rgano Ejecutivo (Art. 3), los servidores y servidoras pblicos deben considerar los siguientes principios: Vivir bien Ama quella, ama llulla, ama suwa Calidez tica Legitimidad Legalidad Igualdad Descolonizacin Transparencia Competencia Eficiencia Eficacia Calidad Honestidad Responsabilidad Resultados

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Cules son los valores de carcter social y personal?De acuerdo con el Decreto Supremo N 29894 sobre la Organizacin del rgano Ejecutivo (Art. 4), los servidores y servidoras pblicos deben promover los siguientes valores: Unidad Dignidad Inclusin Solidaridad Reciprocidad Respeto Complementariedad Equilibrio Armona Equidad

Cules son los niveles del rgano ejecutivo?El rgano ejecutivo cuenta con los siguientes niveles: a) A Nivel Central: Presidencia del Estado Plurinacional Vicepresidencia del Estado Plurinacional Ministerios del Estado Plurinacional La Administracin Central del Estado se ejerce mediante las instancias anotadas en este nivel. (Art. 7 del D.S. 29894) b) A Nivel Departamental: Representacin Presidencial en los Departamentos Las representaciones presidenciales sirven para atender asuntos especficos y por un tiempo determinado. (Art. 8 del D.S. 29894)

Cules son las ministras y los ministros del Estado Plurinacional? Ministra (o) de Relaciones Exteriores Ministra (o) de la Presidencia Ministra (o) de Transparencia Institucional y lucha contra la Corrupcin Ministra (o) de Autonoma Ministra (o) de Gobierno Ministra (o) de Defensa Ministra (o) de Defensa Legal del Estado Ministra (o) de Planificacin del Desarrollo Ministra (o) de Economa y Finanzas Pblicas Ministra (o) de Hidrocarburos y Energa Ministra (o) de Desarrollo Productivo y Economa Plural Ministra (o) de Obras Pblicas, Servicios y Vivienda Ministra (o) de Minera y Metalurgia Ministra (o) de Justicia Ministra (o) de Trabajo, Empleo y Previsin Social

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Ministra (o) de Salud y Deportes Ministra (o) de Medio Ambiente y Agua Ministra (o) de Educacin Ministra (o) de Desarrollo Rural y Tierras Ministra (o) de Culturas

La Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional puede designar hasta dos Ministras (os) sin cartera para desarrollar tareas especficas. (Art. 13 del D.S. 29894)

Cul es la estructura comn de apoyo para los ministerios?Los ministerios; segn el Art. 118 del D.S. 29894, tendrn como estructura mxima de apoyo a: Una Direccin General de Planificacin Una Direccin General de Asuntos Administrativos Una Direccin General de Asuntos Jurdicos Una Unidad de Auditora Interna Una Unidad de Transparencia

Cules son las instancias de apoyo funcional en los ministerios?Los ministerios, de acuerdo al Art. 126 del D.S. 29894, para el apoyo directo de sus funciones, pueden disponer de un: Jefe de Gabinete Jefe de la Unidad de Comunicacin Social

C. rgano Judicial

Es el rgano del Estado encargado de la administracin de justicia en nuestra sociedad. La funcin judicial es nica y se ejerce principalmente por medio de: La jurisdiccin ordinaria; a cargo del Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales de sentencia y los jueces La jurisdiccin agroambiental; bajo la responsabilidad del Tribunal y jueces agroambientales. La jurisdiccin indgena originaria campesina; por sus propias autoridades, aplicando sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios. La justicia constitucional; por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

La jurisdiccin ordinaria y la indgena originaria campesina tienen igual jerarqua. (Art. 179 de la CPE)Que significa el trmino jurisdiccin

En el campo legal la jurisdiccin es la potestad que tiene el Estado para administrar justicia mediante las instancias del rgano judicial

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Qu es el Tribunal Supremo de Justicia?Es el mximo tribunal de la jurisdiccin ordinaria. Se organiza internamente por salas especializadas. (Art. 181 de la CPE).

Qu es el Tribunal Agroambiental?Es el mximo tribunal especializado de la jurisdiccin agroambiental. Se rige por los principios de funcin social, integralidad, inmediatez, sustentabilidad e interculturalidad. (Art. 186 de la CPE).

Qu es el Consejo de la Magistratura?Es la instancia responsable: del rgimen disciplinario de la jurisdiccin ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas; del control y fiscalizacin de su manejo administrativo y financiero; y de la formulacin de polticas de su gestin. Se rige por el principio de participacin ciudadana. (Art. 193 de la CPE)

Qu es el Tribunal Constitucional Plurinacional?Es la instancia responsable de: velar por la supremaca de la Constitucin; ejercer el control de constitucionalidad; y de precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y las garantas constitucionales. (Art. 196 de la CPE).

D. rgano Electoral

Es el rgano del Estado responsable de la preparacin, desarrollo, vigilancia y control de los procesos electorales en nuestro pas.

Cmo est compuesto el rgano electoral plurinacional?Est compuesto por: El Tribunal Supremo Electoral Los tribunales electorales departamentales Los juzgados electorales Los jurados de las mesas de sufragio Los notarios electorales

El Tribunal Supremo Electoral es el mximo nivel del rgano Electoral, tiene jurisdiccin nacional. (Art. 206 de la CPE)

3. Organizaciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del EstadoCul es la organizacin que ejerce la funcin de control?La Contralora General del Estado es la institucin tcnica que ejerce la funcin de control de la administracin de las entidades pblicas y de aquellas en las que el Estado tenga participacin o inters econmico. (Art. 213 de la CPE).

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La sociedad civil controla el manejo de los recursos del Estado?

S, no slo ejerce el control social a la gestin pblica en todos los niveles organizacionales del Estado, sino tambin que debe participar en el diseo de polticas pblicas.

Cules son las organizaciones que ejercen la funcin de defensa de la sociedad?Son la Defensora del Pueblo y el Ministerio Pblico

Qu es la Defensora del Pueblo?Es la institucin encargada de velar por la vigencia, promocin, difusin y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que estn establecidos en las Constitucin, las leyes y los instrumentos internacionales. Su funcin alcanza a la actividad del sector pblico y a la actividad de las instituciones privadas que prestan servicios pblicos. (Art. 218 de la CPE).

Qu es el Ministerio Pblico?Es la institucin que defiende la legalidad, y los intereses generales de la sociedad, y ejerce la accin penal pblica. Tiene autonoma funcional, administrativa y financiera. (Art. 225 de la CPE).

Cul es la organizacin que ejerce la funcin de defensa del Estado?La Procuradura General del Estado es la institucin de representacin jurdica pblica que tiene como atribucin promover, defender y precautelar los intereses del Estado. (Art. 229 de la CPE).

4. Autonomas ConstitucionalesLa Constitucin Poltica del Estado ha establecido: Autonoma Departamental Autonoma Regional Autonoma Municipal Autonoma Indgena Originaria Campesina

Adems, la Constitucin reconoce la autonoma de las Universidades Pblicas.

Qu implica la autonoma?La eleccin directa de las autoridades por los ciudadanos; la administracin de sus recursos econmicos; y el ejercicio de las facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva,

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por sus rganos del gobierno autnomo en el mbito de su jurisdiccin, competencias y atribuciones. (Art. 272 de la CPE).

Cmo est constituido el gobierno autnomo departamental?Por una Asamblea Departamental, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa departamental en el mbito de sus competencias; y por un rgano Ejecutivo. (Art. 277 de la CPE)

Cmo est constituido el gobierno autnomo regional?Por una Asamblea Regional con facultad deliberativa, normativo-administrativa y fiscalizadora, en mbito de sus competencias; y por un rgano Ejecutivo (Art. 281 de la CPE).

Cmo est constituido el gobierno autnomo municipal?Por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el mbito de sus competencias; y un rgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o el Alcalde. (Art. 283 de la CPE)

En qu consiste la autonoma de la Universidad Pblica?En la libre administracin de los recursos, el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo, la elaboracin y aprobacin de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales; y la aceptacin de legados y donaciones as como la celebracin de contratos para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. (Art. 92, pargrafo I de la CPE)

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5. AutoevaluacinCompruebe Ud. cuanto aprendi sobre el Estado bolivianoResponda las siguientes preguntas marcando la respuesta correcta con un crculo. Antes de empezar vuelva a leer la Unidad.

PREGUNTASEl Estado organiza y estructura su poder pblico mediante los rganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

1.

(V) (F)

2.

Las organizaciones de Defensa de la sociedad son la Contralora General del Estado y la Procuradura General del Estado.

(V) (F)

3.

El rgano Ejecutivo est compuesto el Presidente, el Vicepresidente y los Ministros del Estado.

(V) (F)

4.

La jurisdiccin ordinaria y la indgena originaria campesina tienen igual jerarqua.

(V) (F)

5.

El Consejo de la Magistratura es el responsable de velar por la supremaca de la Constitucin; ejercer el control de constitucionalidad; y de precautelar la vigencia de los derechos y garantas constitucionales.

(V) (F)

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El Estado Boliviano

Compruebe si sus respuestas fueron correctasRESPUESTAS

1.

(F)

Segn Art. 12 de la Constitucin Poltica del Estado, citado en el texto, adems de los rganos indicados, es parte de la estructura del Estado el rgano electoral.

2.

(F)

De acuerdo a la Constitucin Poltica del Estado, las organizaciones de de Defensa de la sociedad son la Defensora del Pueblo y el Ministerio Pblico.

3.

(V)

Segn el Art. 165 de la Constitucin Poltica del Estado, citado en el texto.

4.

(V)

De acuerdo al Art. 179, pargrafo II de la Constitucin Poltica del Estado, citado en el texto.

5.

(F)

Segn Art. 193 de la CPE, el Consejo de la Magistratura es responsable: del rgimen disciplinario de la jurisdiccin ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas; del control y fiscalizacin de su manejo administrativo y financiero. Corte de pgina

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Unidad

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Enfoque sistmico de la LeyQu es un sistema? Cmo funcionan los sistemas? Qu se entiende por el enfoque sistmico de la Ley N 1178? Qu son los sistemas de administracin? Qu son los sistemas operativos?

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Estos son aspectos que Ud. encontrar en esta Unidad y facilitarn la comprensin de la Ley N 1178

Enfoque sistmico de la Ley

1. DefinicionesQu es un sistema?

Un sistema es un conjunto de componentes o partes que tienen un orden preestablecido y armnico y que se interrelacionan e interaccionan entre s a fin de lograr objetivos comunes (resultado esperado). Para comprender la definicin, podemos separar y distinguir en todo sistema las siguientes caractersticas: Es un Conjunto; de componentes o partes; Esos Componentes o Partes forman la estructura del sistema; son semejantes al sistema al que pertenecen, por ello son tambin sistemas pero de menor tamao por lo que se denominan subsistemas; de tal forma que un sistema va a estar integrado por dos o ms subsistemas. Esos componentes estn dispuestos siguiendo un Orden o Modelo preestablecido y armnico de organizacin y de funcionamiento. Debe existir Interaccin e Interrelacin de los componentes para que el sistema funcione; de tal forma que las acciones de unos repercutan en el comportamiento de los otros. El Producto (bien o servicio) del sistema, es el producto final alcanzado como fruto del funcionamiento de ese sistema. La Evaluacin de los resultados, que consiste en cotejar los productos finales con los planificados. Importante!, todo sistema debe proponerse lograr objetivos. Adems, se debe tomar en cuenta que un sistema est en permanente intercambio e interaccin con el entorno.

Cmo funciona un sistema?Los sistemas funcionan mediante las siguientes fases: a) b) c) La fase de inicio se denomina Entradas, Insumos o Input que son los recursos que llegan al sistema desde el medio ambiente interno o externo. Las fases intermedias son cumplidas por los Procesos que son actividades que se realizan con criterio tcnico, lgico, secuencial y en forma de una cadena. La fase final se denomina Salidas, Productos o Output que son los resultados que entrega el sistema y que sirven de insumos a otros sistemas; estos resultados deben contribuir a satisfacer plenamente a sus objetivos. Pero, aunque exista un estricto control y supervisin durante el funcionamiento de un sistema, siempre existe la posibilidad de que ocurran desvos respecto de lo previsto, entonces el enfoque de sistemas ha previsto que exista una fase de correccin, la misma que se denomina Realimentacin, Control, Retroalimentacin o Feedback.

d)

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Enfoque sistmico de la Ley

ENTRADAS

PROCESO

SALIDAS

RETROALIMENTACION O CONTROL

Qu ocurre cuando existe una alteracin en las fases?Cualquier cambio o alteracin que sufran las fases antes mencionadas tiene efectos en cadena porque, inevitablemente, produce cambios o alteraciones en las dems fases. De esta forma es como se manifiesta la caracterstica de interrelacin e interaccin que antes mencionamos.

2. La Ley N 1178 y el enfoque de sistemasLa Ley N 1178 establece un modelo de administracin y control para regular el funcionamiento de las entidades del Sector Pblico, que se basa en un criterio tcnico que se conoce como enfoque de sistemas. Este enfoque significa aplicar el concepto, caractersticas y funcionamiento de los sistemas a la administracin pblica.

Qu significa afirmar que la Ley N 1178 tiene enfoque sistmico?

Significa que la Ley N 1178 considera al Sector Pblico, las entidades, los sistemas de administracin y de operacin de las entidades, como un todo funcional, donde el intercambio de insumos y productos, y la interaccin e interrelacin permanente, son la regla del funcionamiento en todas las instancias.

Las organizaciones pblicas se consideran sistemas?S, puesto que constituyen un conjunto conformado por varios componentes o subsistemas, dispuestos en un orden establecido de organizacin y funcionamiento, que interactan permanentemente para producir bienes y servicios de acuerdo a un plan previamente formulado. Desde el punto de vista del funcionamiento de un sistema, las entidades pblicas siguen las siguientes fases: Insumos, que reciben del entorno tales como bienes y servicios, recursos humanos, financieros, tecnologa e informacin para la ejecucin de sus atribuciones.

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Enfoque sistmico de la Ley

Procesos, constituidos por las operaciones que transforman los insumos en servicios con criterio tcnico, secuencial y en forma de una cadena. Productos, que son los bienes y servicios que prestan a la sociedad para satisfacer los intereses colectivos. Retroalimentacin, es decir la correccin de errores durante y al final de los procesos.

En una entidad pblica qu tipos de sistemas existen?Existen esencialmente dos tipos de sistemas, los de operacin y los de administracin:

Qu son los sistemas de operacin u operativos?

Los sistemas operativos de las entidades pblicas son aquellos cuyos procesos tienen la finalidad de transformar los insumos en productos o servicios finales, contribuyendo directamente a los objetivos y metas de la entidad. El tipo de producto de los sistemas operativos depende de la naturaleza y atribuciones de las entidades pblicas. Por ejemplo, un producto anual del Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas es el Proyecto del Presupuesto General de la Nacin, del Hospital de Clnicas ser la atencin mdica brindada a los pacientes y los servicios preventivos de salud. Estos productos son el resultado de los procesos llevados a cabo en los sistemas operativos.

Qu son los sistemas de administracin?

Los sistemas de administracin son aquellos cuyos procesos y productos permiten precisamente la administracin de las entidades, es decir, apoyan en la planificacin, organizacin, ejecucin y control de las actividades y en la utilizacin y combinacin de los recursos disponibles para producir los bienes y servicios, contribuyendo indirectamente a los objetivos y metas de la entidad. Por ejemplo, un sistema de administracin es el sistema de contabilidad que proporciona informacin para el funcionamiento y toma de decisiones en los sistemas operativos, otro sistema es el de planificacin que otorga los procesos e instrumentos para que los sistemas operativos planifiquen sus actividades.

Qu tipo de sistemas establece la Ley N 1178?La Ley N 1178 establece sistemas de administracin, es decir aquellos sistemas que proporcionan los procesos e instrumentos necesarios para que las entidades sean administradas con criterios tcnico administrativos y as puedan alcanzar un grado de desempeo que satisfaga las necesidades y expectativas de la sociedad boliviana. Ejemplo de sistema de administracin en el marco de la Ley N 1178 Toda entidad u organizacin est integrada por recursos humanos. Para la administracin de estos recursos se dispone de un sistema de administracin que puede estar expresa y formalmente diseado y aprobado o puede estar funcionando en acuerdo con las costumbres y prcticas que se tengan, este sistema se denomina SISTEMA DE PERSONAL.

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Enfoque sistmico de la Ley

La ley N 1178 establece que el SISTEMA DE PERSONAL, est formalmente diseado y aprobado, mediante un reglamento especfico, con el objeto de procurar la eficiencia en la funcin pblica, determinar los puestos de trabajo necesarios, los requisitos y mecanismos para proveerlos, implantar regmenes de evaluacin y retribucin del trabajo, desarrollar las capacidades y aptitudes de los servidores y establecer los procedimientos para el retiro de los mismos.

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Enfoque sistmico de la Ley

3. ResumenSistema es un conjunto de componentes o partes que tienen un orden preestablecido y armnico y que se interrelacionan entre s para lograr objetivos. Cuando los objetivos de las entidades cambian, tambin se produce una alteracin en sus componentes y en sus relaciones. Los sistemas funcionan mediante las fases de entradas, procesos, salidas y realimentacin. Las entradas del sistema son los insumos necesarios para el funcionamiento del mismo. El procesamiento es la fase por la cual los insumos son utilizados en diferentes procesos para obtener productos. Las salidas son el producto final del sistema. La retroalimentacin es el mecanismo de evaluacin y de control que le informa al sistema sobre la calidad de los resultados obtenidos y de las desviaciones que se estn produciendo respecto de los mismos. La Ley N 1178 establece un modelo de administracin bajo un criterio tcnico que se conoce como enfoque de sistemas. Las entidades pblicas constituyen sistemas conformados por varios componentes, dispuestos en un orden establecido de organizacin y funcionamiento, que interactan permanentemente para producir bienes y servicios de acuerdo a un plan previamente formulado. La Ley N 1178 tiene un enfoque sistmico, puesto que considera a las entidades pblicas y sus componentes desde el punto de vista de la teora de sistemas. En las entidades pblicas existen esencialmente dos tipos de sistemas, los operativos y los de administracin.

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Enfoque sistmico de la Ley

4. AutoevaluacinCompruebe Ud. cuanto aprendi sobre sistemasResponda las siguientes preguntas marcando la respuesta correcta con un crculo. Antes de empezar vuelva a leer la Unidad.

PREGUNTASUn cambio en el objetivo de un sistema tiene efecto sobre sus componentes y relaciones.

1.

(V) (F)

2.

Los sistemas funcionan mediante dos fases: Entradas y salidas.

(V) (F)

3.

Los componentes de un sistema estn dispuestos siguiendo un modelo u orden preestablecido y armnico de organizacin y de funcionamiento.

(V) (F)

4.

Los sistemas operativos son aquellos cuyos procesos y productos permiten la administracin de las entidades pblicas.

(V) (F)

5.

El sistema de contabilidad es un ejemplo de sistema de administracin.

(V) (F)

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Enfoque sistmico de la Ley

Compruebe si sus respuestas fueron correctas RESPUESTASPor estar un sistema constituido por partes interrelacionadas entre s y con un fin comn, su estructuracin interna y la interaccin de sus partes obedece a los objetivos que tenga ese sistema.

1.

(V)

2.

(F)

Los sistemas funcionan mediante las fases de: entradas, procesos, salidas y retroalimentacin.

3.

(V)

De acuerdo a lo sealado en el punto 1 de la presente unidad.

4.

(F)

Los sistemas que apoyan a la administracin de las entidades son precisamente los sistemas de administracin.

5.

(V)

Segn el ejemplo indicado en la definicin de sistemas de administracin del punto 2 de la presente unidad.

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Unidad

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Aspectos Generales de la Ley N 1178Qu es la Ley N 1178? Cules son las finalidades de la Ley N 1178? Cul es el mbito de aplicacin de la Ley N 1178? Cules son los sistemas de administracin y control? Cules son los rganos rectores de los sistemas y cules son sus atribuciones?

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Estos son aspectos que Ud. conocer al leer esta Unidad

Artculo 1 de la Ley N 1178La presente Ley regula los sistemas de Administracin y Control de los recursos del Estado y su relacin con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica, con el objeto de: a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captacin y el uso eficaz y eficiente de los recursos pblicos para el cumplimiento y ajuste oportuno de las polticas, los programas, la prestacin de servicios y los proyectos del Sector Pblico. Disponer de informacin til, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados financieros. Lograr que todo servidor pblico, sin distincin de jerarqua, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no slo de los objetivos a que se destinaron los recursos pblicos que le fueron confiados, sino tambin de la forma y resultado de su aplicacin. Desarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.

b) c)

d)

Aspectos Generales de la Ley N 1178

1. AntecedentesLa Ley N 1178 de Administracin y Control Gubernamentales tuvo un largo proceso de gestacin, durante el cual se fue precisando su contenido y consolidando el consenso poltico que hizo posible su aprobacin el 20 de julio de l990. El contenido y espritu de la Ley se inscribe en el proceso que se inici a partir de la estabilizacin del pas, para modificar estructuralmente la organizacin y el funcionamiento del aparato estatal boliviano. La vigencia de disposiciones legales previas a la Ley N 1178, condujo a un sistema de administracin del Estado, carente de integracin entre componentes del mismo, ausencia de generacin de informacin oportuna, completa y relevante, inadecuadas prcticas de control interno y duplicacin de esfuerzos. Estas deficiencias en la administracin pblica se constituyeron en causas para su promulgacin. Los principios generales de la Ley N 1178 se pueden resumir en: Aplicacin del enfoque sistmico a la administracin del Estado. Integracin entre los sistemas de administracin y control, que se concreta con el proceso de control interno como parte de la administracin (incluido en los procedimientos administrativos y operativos) y el control externo como actividad posterior a la ejecucin. Integracin entre todos los sistemas que regula la Ley, y su relacin con los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica. Responsabilidad por la funcin pblica, buscando que los servidores pblicos no slo sean responsables de los aspectos formales de la gestin, sino tambin de los resultados de la misma. La Ley N 1178 en su concepcin es una ley marco que no norma procedimientos ni tcnicas particulares, dejando estas para su reglamentacin en normas bsicas y especficas. Cabe hacer notar que el modelo de administracin pblica establecido por la Ley 1178 se encuentra en proceso de revisin en la perspectiva de la construccin del nuevo modelo de administracin pblica plurinacional que sea concordante con los propsitos y fines de la Constitucin Poltica del Estado.

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

2. La Ley N 1178 y sus FinalidadesQu es la Ley N 1178?

Es una norma que fue promulgada el 20 de julio de 1990, que: Expresa un modelo de administracin para el manejo de los recursos del Estado, Establece sistemas de administracin financiera y no financiera, que funcionan de manera interrelacionada entre s y con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica, Establece el rgimen de responsabilidad de los servidores pblicos por el desempeo de sus funciones.

Cmo est estructurada la Ley?

La Ley N 1178 consta de ocho captulos. Los captulos son los siguientes: Captulo I Captulo II Captulo III Captulo IV Captulo V Captulo VI Captulo VII Captulo VIII : : : : : : : : Finalidad y mbito de aplicacin Sistemas de administracin y de control Relacin con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica Atribuciones institucionales Responsabilidad por la funcin pblica Del funcionamiento de la Contralora General de la Repblica (en la actualidad Contralora General del Estado) De la jurisdiccin coactiva fiscal Abrogaciones y derogaciones

Cules son las finalidades de la Ley N 1178?Lograr la administracin eficaz y eficiente de los recursos pblicos. Para el cumplimiento y ajuste oportuno de las polticas, objetivos, los programas, la prestacin de servicios y los proyectos del Sector Pblico, las entidades pblicas deben programar, organizar, ejecutar y controlar la captacin y uso de los recursos del Estado. Generar informacin que muestre con transparencia la gestin Significa producir informacin til, oportuna y confiable en todos los niveles de la administracin pblica, para una racional toma de decisiones y un efectivo control del logro de los objetivos.

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

Lograr que todo servidor pblico asuma plena responsabilidad por el desempeo de sus funciones Todo servidor pblico, sin distincin de jerarqua, debe rendir cuenta no slo de los objetivos a que se destinaron los recursos pblicos que le fueron confiados, sino tambin de la forma y resultados de su aplicacin. Desarrollar la capacidad administrativa en el Sector Pblico. La implantacin y adecuado funcionamiento de sistemas administrativos en las entidades pblicas implica mejorar su capacidad administrativa, y establecer mecanismos de control para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.

Cmo se lograr alcanzar las finalidades propuestas?A travs de la implantacin de los Sistemas de Administracin y de Control Gubernamentales y su relacin con los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica.Humm... por lo visto la Ley persigue mejorar el nivel gerencial de las entidades del Sector Pblico en su conjunto.

Y adems, que los servidores pblicos asuman la responsabilidad por sus actos y desarrollen su capacidad administrativa.

Qu impacto tendr el logro de las finalidades de la Ley N 1178?

Fortalecimiento de la Democracia Transparencia Responsabilidad Eficiencia Eficacia

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

3. mbito de aplicacinCul es el mbito de aplicacin de los sistemas de Administracin y Control de la Ley N 1178?

Todas las entidades del Sector Pblico, sin excepcin. Las unidades administrativas de los rganos Legislativo, Judicial y Electoral, Contralora General de la Estado, conforme a sus objetivos, planes y polticas. Toda persona jurdica donde el Estado tenga la mayora del patrimonio.

y de la

Se aplica la Ley N 1178 a personas ajenas al Sector Pblico?S, toda persona que no pertenezca al Sector Pblico, cualquiera sea su naturaleza jurdica, que reciba recursos del Estado, se beneficie o preste servicios pblicos no sujetos a la libre competencia, debe informar a la entidad pblica competente sobre el destino, forma y resultados del manejo de los recursos y privilegios pblicos y presentar estados financieros debidamente auditados. Tambin se puede exigir opinin calificada e independiente sobre la efectividad de algunos o todos los sistemas de administracin que utiliza.

4. Los Sistemas de Administracin y Control GubernamentalesCules son los Sistemas de Administracin y de Control que regula la Ley?Los sistemas que regula la Ley N 1178 estn agrupados por actividades de la siguiente manera: PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR LAS ACTIVIDADES: Sistema de Programacin de Operaciones Sistema de Organizacin Administrativa Sistema de Presupuesto PARA EJECUTAR LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS Sistema de Administracin de Personal Sistema de Administracin de Bienes y Servicios Sistema de Tesorera y Crdito Pblico Sistema de Contabilidad Integrada PARA CONTROLAR LA GESTION DEL SECTOR PUBLICO Control Gubernamental integrado por el Control Interno y el Control Externo Posterior

Qu relacin de los Sistemas de Administracin regula la Ley?La Ley N 1178 regula la relacin de los Sistemas de Administracin y Control Gubernamentales con los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica, mediante sus artculos 17, 18 y 19 respectivamente.

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5. rganos Rectores de los sistemas de Administracin y Control GubernamentalesLa Ley N 1178 establece rganos Rectores para que dirijan y supervisen la implantacin de los sistemas que regula.

Cul es el rgano Rector de los sistemas de: Programacin de Operaciones, Organizacin Administrativa, Presupuesto, Administracin de Personal, Administracin de Bienes y Servicios, Tesorera y Crdito Pblico y Contabilidad Integrada?EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PBLICAS

Cul es el rgano Rector del Sistema de Control Gubernamental?LA CONTRALORA GENERAL DEL ESTADO

Cules son las atribuciones bsicas de los rganos Rectores de los Sistemas de Administracin y de Control Gubernamentales?

Emitir las Normas y Reglamentos Bsicos para los sistemas que les compete, Fijar los plazos y condiciones para elaborar las Normas Secundarias y la implantacin progresiva de los sistemas, Compatibilizar o evaluar las disposiciones especficas que elaborar cada entidad en funcin de su naturaleza, y Vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas desconcentrados o descentralizados e integrar la informacin generada por los mismos.

y.. Los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica tienen rganos rectores?

Claro que s, el rgano Rector de los Sistemas Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica es el Ministerio de Planificacin del Desarrollo.

Nota: Segn el Decreto Supremo N 29894 de Organizacin del rgano Ejecutivo, los Sistemas Nacionales se denominan: Sistema de Planificacin Integral Estatal para el Desarrollo y Sistema Estatal de Inversin y Financiamiento para el Desarrollo.

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

Cmo se desarrolla normativamente la Ley N 1178?La Ley N 1178 constituye una Ley marco, que para su implementacin prev un desarrollo normativo por niveles, los cuales son: NORMA Normas bsicas Normas secundarias o especficas RESPONSABLE DE EMISIN rganos rectores Entidades pblicas

Adems el rgano Ejecutivo, emite cuando sea necesario, normas especiales que coadyuvan a la aplicacin de la Ley N 1178. Por ejemplo, es el caso del Decreto Supremo que establece el funcionamiento del SIGMA, como instrumento operativo de algunos de los sistemas de Administracin y Control Gubernamentales.Tengo una duda respecto de las normas, se dice que una atribucin del Organo Rector es emitir las normas bsicas de cada sistema, estas normas deben ser aplicadas en las entidades?

S, pero adems cada entidad pblica debe elaborar, en base a las normas bsicas dictadas por el Organo Rector, los reglamentos especficos para el funcionamiento de cada uno de los sistemas tomando en cuenta la naturaleza de sus actividades.

Importante! Mientras la entidad pblica no elabore los reglamentos especficos de los distintos sistemas de administracin, est en la obligacin de aplicar las normas bsicas correspondientes, segn su naturaleza y caractersticas de funcionamiento.

Cul es el rgano Rector de la captacin de recursos y la intermediacin financiera?La Superintendencia de Bancos es el Organo Rector del sistema de control de toda captacin de recursos del pblico y de intermediacin financiera del pas, incluyendo el Banco Central de Bolivia.

Quin es el responsable de la implantacin de los sistemas de administracin y control en las entidades pblicas?Corresponde a la Mxima Autoridad Ejecutiva de la entidad (MAE) la implantacin de los sistemas de administracin y control. Para este efecto se debe considerar los siguientes aspectos:

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a)

La tuicin que corresponda ejercer a una entidad pblica respecto de otra, comprender la promocin y vigilancia de la implantacin y funcionamiento de los sistemas de Planificacin e Inversin, Administracin y Control Gubernamentales. La tuicin incluye la facultad de ejercer el control externo posterior, sin perjuicio de la atribucin que tiene la Contralora General del Estado sobre sta funcin (incisos a y b del Art. 27 de la Ley N 1178). Por ejemplo, Cuando la mxima autoridad ejecutiva del Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas dispone que la Unidad de Auditora de este ministerio, efecte una auditora externa al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

b)

c)

Toda entidad, funcionario o persona que recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado, tiene la obligacin de rendir cuenta por intermedio del sistema contable. Por ejemplo, cuando los servidores pblicos efectan viajes en comisin de trabajo, tienen que rendir cuenta de los pasajes y viticos recibidos, y lo hacen presentando el informe respectivo, la certificacin del pago de impuestos y otros documentos relacionados con el trabajo efectuado.

d) e)

Las entidades sujetas al control gubernamental debern enviar a la Contralora copias de los contratos y de la documentacin sustentatoria dentro de los cinco das de haber sido perfeccionados. Dentro de los tres meses de concluido el ejercicio fiscal, las entidades con patrimonio propio y autonoma financiera deben entregar a la entidad que ejerce tuicin y a la Contadura General del Estado y poner a disposicin de la Contralora General del Estado, los estados financieros de la gestin anterior, junto al informe del auditor interno.

ATENCION! La responsabilidad por la funcin pblica, el funcionamiento de la Contralora General del Estado y la Jurisdiccin Coactiva Fiscal, se tratar ms adelante.

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

6. ResumenLa Ley N 1178, sancionada el 20 de julio de 1990, expresa un modelo de administracin para el manejo de los recursos del Estado. Las finalidades de la Ley N 1178 son: lograr una administracin eficaz y eficiente de los recursos pblicos, generar informacin que muestre transparencia en la gestin pblica, lograr que todo servidor pblico asuma plena responsabilidad por sus actos y desarrollar la capacidad administrativa en el Sector Pblico. Para alcanzar las finalidades y los objetivos la Ley N 1178 regula los sistemas de Administracin y Control de los recursos del Estado y su relacin con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica. La Ley busca lograr que todo servidor pblico asuma plena responsabilidad por sus actos, rindiendo cuenta no slo del destino de los recursos pblicos, sino tambin de los objetivos, la forma de alcanzarlos y los resultados de su aplicacin. Los sistemas de Administracin y Control se aplicarn en todas las entidades del Sector Pblico, sin excepcin y en toda otra persona jurdica donde el Estado tenga inters econmico. Las unidades administrativas de los rganos Legislativo, Judicial y Electoral y de la Contralora General del Estado, aplicarn las normas de la Ley N 1178 conforme a sus propios objetivos, planes y polticas. Toda persona que no pertenezca al Sector Pblico, cualquiera sea su naturaleza jurdica que reciba recursos del Estado o preste servicios pblicos, no sujetos a la libre competencia tambin est sujeta a la aplicacin de la Ley N 1178. Los sistemas de administracin para programar y organizar las actividades son: El Sistema de Programacin de Operaciones, Organizacin Administrativa y de Presupuesto. Los sistemas para ejecutar las actividades programadas son: Administracin de Personal, Administracin de Bienes y Servicios, Tesorera y Crdito Pblico y Contabilidad Integrada. Para controlar la gestin de las entidades del Sector Pblico se cuenta con el Sistema de Control Gubernamental. La Ley establece rganos rectores para que emitan normas y reglamentos, dirijan y supervisen la implantacin en las entidades pblicas de los sistemas que regula. El rgano Rector de los sistemas de Administracin es el Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas y del Sistema de Control Gubernamental es la Contralora General del Estado. Cada entidad pblica tiene la obligacin de elaborar en el marco de las normas bsicas emitidas por los rganos rectores, los reglamentos especficos para el funcionamiento de los Sistemas de Administracin que incluya controles internos. El rgano Rector de los Sistema Nacionales de Planificacin e Inversin Pblica es el Ministerio de Planificacin del Desarrollo.

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7. AutoevaluacinCompruebe que tanto aprendi Ud.Responda las siguientes preguntas marcando la respuesta correcta con un crculo. Antes de empezar vuelva a leer la Unidad

PREGUNTASLa Ley N 1178 regula los sistemas de Administracin y Control de los recursos del Estado y su relacin con los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica. Las atribuciones bsicas de los rganos rectores son: Impedir, identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado. Los Sistemas de Administracin y Control se aplicarn en todas las entidades del Sector Pblico, sin excepcin y en toda otra institucin donde el Estado tenga la mayora del patrimonio o inters econmico. Una de las finalidades de la Ley es lograr que todo servidor pblico asuma plena responsabilidad por sus actos, rindiendo cuenta del destino de los recursos pblicos y de los resultados de su aplicacin. Los sistemas para programar y organizar las actividades son: El Sistema de Administracin de Personal, el de Bienes y Servicios, el de Tesorera y el de Contabilidad Integrada. El rgano Rector del sistema de presupuesto es la Contralora General del Estado. No existe relacin entre los sistemas de Administracin y Control Gubernamentales y los sistemas nacionales de Planificacin e Inversin Pblica.

1.

(V) (F)

2.

(V) (F)

3.

(V)

(F)

4.

(V) (F)

5.

(V)

(F)

6.

(V) (F)

7.

(V)

(F)

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Aspectos Generales de la Ley N 1178

Compruebe si sus respuestas son correctas RESPUESTAS 1.(V) Ver Artculo 1 de la Ley N 1178. Los rganos rectores tiene como atribuciones bsicas: emitir las normas y reglamentos bsicos para cada sistema, fijar plazos para elaborar normas secundarias, compatibilizar o evaluar las disposiciones de cada entidad y vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas. Art. 20 de la Ley N 1178. Ver Artculo 3 de la Ley N 1178 el punto 3 de la presente Unidad. As lo establece el inciso c) del Artculo 1 de la Ley N 1178. Los sistemas para programar y organizar son el Sistema de Programacin de Operaciones, el de Organizacin Administrativa y el de Presupuesto. La Contralora General de la Repblica es el rgano Rector del control gubernamental. Del Sistema de Presupuesto es el Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas. Ver Artculo 1 de la Ley N 1178

2.

(F)

3. 4. 5.

(V) (V) (F)

6. 7

(F)

(F)

Si Ud. no ha respondido correctamente ms de una pregunta, se recomienda volver a leer la Unidad.

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Unidad

4

Responsabilidad por La Funcin PblicaQu es la responsabilidad por la funcin pblica? Qu tipos de responsabilidad establece la Ley? Qu es la jurisdiccin coactiva fiscal? Cundo se presenta la exencin de responsabilidad?

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Estos son aspectos que Ud. conocer al estudiar esta Unidad

Ley N 1178, Artculo 28.Todo servidor pblico responder de los resultados emergentes del desempeo de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a) b) c) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinar tomando en cuenta los resultados de la accin u omisin. Se presume la licitud de las operaciones y actividades realizadas por todo servidor pblico, mientras no se demuestre lo contrario. El trmino servidor pblico utilizado en la presente Ley, se refiere a los dignatarios, funcionarios y toda otra persona que preste servicios en relacin de dependencia con autoridades estatales, cualquiera sea la fuente de su remuneracin. Los trminos autoridad y ejecutivo se utilizan en la presente Ley como sinnimos y se refieren a los servidores pblicos que por su jerarqua y funciones son los principales responsables de la administracin de las entidades de las que formen parte.

d)

Responsabilidad por la Funcin Pblica

1. Aspectos generalesEn el Sector Pblico la responsabilidad por el ejercicio de la funcin pblica nace del mandato que la sociedad otorga a los poderes del Estado para que, en su representacin, administren los recursos pblicos persiguiendo el bien comn y el inters pblico. La funcin pblica desde el punto de vista de la responsabilidad, tiene una concepcin parecida a la gestin de fideicomiso, es decir que los administradores de los rganos y reparticiones del Estado, deben rendir cuentas por el manejo de los recursos que les han sido confiados por la sociedad. De acuerdo con el enfoque tradicional de responsabilidad, el servidor pblico descargaba por completo su responsabilidad si demostraba haber utilizado los recursos que le fueron confiados con apego a la normatividad vigente, al margen de los resultados obtenidos. La concepcin moderna de responsabilidad por la funcin pblica establece que el servidor pblico debe responder por los objetivos a los que se destinaron los recursos pblicos, como tambin por la forma y los resultados de su aplicacin. En consecuencia, la responsabilidad de los servidores pblicos ya no se agota con el cumplimiento de la legalidad, sino que se debe demostrar haber obtenido los resultados que la sociedad espera de la gestin pblica. Una visin de la concepcin de responsabilidad antes de la promulgacin de Ley N 1178 y la adoptada por sta, se presenta en el siguiente cuadro:

CUADRO COMPARATIVO SOBRE EL ENFOQUE DE RESPONSABILIDAD

OBJETIVOSANTES A PARTIR DE LA LEY 1178 ANTES

FORMAA PARTIR DE LA LEY 1178

RESULTADOSANTES A PARTIR DE LA LEY 1178

- Objetivos de las entidades pblicas aislados e independientes

- Objetivos de - Decisiones entidades pblicas basadas con carcter integral solamente en la y tomando en cuenta legalidad. los objetivos y polticas nacionales.

- Decisiones enmarcadas en la racionalidad, austeridad, en la consecucin de objetivos y en la legalidad

- No se consideraban como factor esencial en la determinacin de responsabilidad.

- Principal indicador de la gerencia pblica. - Alcanzados con eficacia, eficiencia y economa1 de acuerdo con los objetivos previstos.

1 La explicacin de estos conceptos se encuentra en el glosario de la presente unidad.

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Responsabilidad por la Funcin Pblica

2. DefinicionesQu es la responsabilidad por la funcin pblica?Es la obligacin que emerge a raz del incumplimiento de los deberes de todo servidor pblico de desempear sus funciones con eficacia, economa, eficiencia, transparencia y licitud.

La responsabilidad por la funcin pblica se determina tomando en cuenta los resultados de la accin u omisin.

Qu se entiende por accin y omisin?Accin es el efecto o resultado de hacer, es la posibilidad o facultad de realizar una cosa. Jurdicamente es la facultad legal de ejercitar una potestad. Omisin es la abstencin de hacer lo que sealan las obligaciones estipuladas en las normas y en criterios establecidos para el desempeo para la funcin pblica.

Ante quines responden los servidores pblicos en el ejercicio de sus funciones?Todos, ante sus superiores jerrquicos hasta el mximo ejecutivo. Los mximos ejecutivos ante las autoridades de las entidades que ejercen tuicin hasta la cabeza de sector. Las autoridades del rgano Ejecutivo y de las entidades autnomas, de acuerdo a disposiciones legales, ante el rgano Legislativo, Concejos Departamentales, Concejos Municipales o la mxima representacin universitaria, segn corresponda. Todos ellos ante la sociedad.

A quin se denomina servidor pblico?

A los dignatarios, funcionarios y toda otra persona que preste servicios en relacin de dependencia con autoridades estatales, independientemente de la fuente de su remuneracin.

A quienes se denomina "autoridad" y "ejecutivo"?

Los servidores pblicos responsables principales de la administracin de las entidades de las que forman parte. (los trminos son sinnimos)

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Responsabilidad por la Funcin Pblica

Quines son sujetos de la responsabilidad por la funcin pblica?Los servidores pblicos y los ex-servidores pblicos.

Qu otros sujetos de responsabilidad existen?Tambin son sujetos de responsabilidad de ndole civil y penal las personas naturales o jurdicas con relacin contractual con el Estado y las personas naturales que no siendo servidores pblicos se beneficien con recursos pblicos. Se dice que la Ley presume la licitud de las operaciones, Que significa?

Significa que todo acto u operacin realizada por el servidor pblico es lcita y legal mientras no se demuestre lo contrario.

Qu otros aspectos implica la responsabilidad por la funcin pblica?

Que todos los servidores pblicos son responsables de los informes y documentos que suscriben y del ejercicio de su profesin. En el caso de los profesionales abogados, encargados del patrocinio legal del Sector Pblico, son responsables cuando la tramitacin de la causa la realicen con vicios procedimentales o cuando los recursos se declaren improcedentes por aspectos formales.

Qu obligaciones existen acerca de la informacin para fines de control posterior?Todo servidor pblico o ex-servidor pblico est en la obligacin de exhibir la documentacin o informacin para el examen de auditora interna o externa. Las personas privadas con relaciones contractuales con el Estado, sujetas al control posterior, deben exhibir la documentacin o informacin pertinente. Para fines de control posterior, las autoridades de las entidades del Sector Pblico, deben asegurar que los ex-servidores tengan acceso a la documentacin que requieran.

3. Tipos de responsabilidad por la funcin pblicaQu tipos de responsabilidad contempla la Ley N 1178?La Ley contempla los siguientes tipos de responsabilidad: Administrativa Ejecutiva Civil Penal

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Responsabilidad por la Funcin Pblica

3.1. Responsabilidad Administrativa Cundo la responsabilidad es administrativa?

Cuando el servidor pblico en el ejercicio de sus funciones incurre en una accin u omisin que contraviene el ordenamiento jurdico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor pblico. Por tanto es de naturaleza disciplinaria.

Qu significa contravencin?

Es la falta que se comete al no cumplir lo ordenado, significa trasgresin de las normas cuando se obra en contra de ella o en fraude de la misma.

Cmo est constituido el ordenamiento jurdico administrativo?Est constituido por las disposiciones legales atinentes a la Administracin Pblica y vigentes en el pas al momento en que se realiz el acto u omisin. El ordenamiento normativo en nuestro pas lo constituyen la Constitucin Poltica del Estado, las leyes, y las disposiciones reglamentarias que emanan del rgano Ejecutivo: decretos supremos, resoluciones supremas, resoluciones multiministeriales, bi-ministeriales, ministeriales y administrativas.

Cules son las Normas que regulan la conducta funcionaria?Estas normas son de carcter general y especfico. Las normas generales estn constituidas por: a) b) c) d) e) El Estatuto del Funcionario Pblico, Las previstas en las leyes, Las dictadas por el rgano Rector del Sistema de Administracin de Personal, Las que se aplican para el ejercicio de las profesiones en el Sector Pblico, Los cdigos de tica profesional.

Las normas especficas son las establecidas por cada entidad, como por ejemplo: a) b) c) d) Reglamentos especficos de los sistemas de administracin de la Ley N 1178, Manuales de funciones, Reglamentos internos, Instructivos, circulares, memorndums.

Ejemplo: La contratacin de bienes sin seguir los procedimientos establecidos en el Reglamento Especfico del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios de la entidad pblica, constituye una omisin del ordenamiento normativo sobre esta materia.

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Responsabilidad por la Funcin Pblica

Quines son sujetos de esta responsabilidad?Los servidores pblicos y tambin los ex-servidores pblicos.

Cmo se determina la responsabilidad administrativa?Por proceso interno que se lleva a cabo en la entidad por disposicin de la Mxima Autoridad Ejecutiva. El proceso interno es un procedimiento administrativo que se inicia por: Denuncia por parte de cualquier servidor pblico, De oficio, Dictamen de responsabilidad administrativa, Informe de Auditora Especial (D.S. 29820) Art. 2, modificatorio a los incisos a y b del Art. 21 del D.S. 23318-A, modificado por el D.S. 26237.

Cules son las sanciones previstas?Para los servidores pblicos en ejercicio: La autoridad competente aplicar, segn la gravedad de la falta: Multa hasta un 20 por ciento de la remuneracin mensual, Suspensin hasta un mximo de 30 das, o Destitucin. Para los ex-servidores pblicos: Se deja registro y constancia de su responsabilidad, para contar con un precedente de su desempeo en la entidad.

3.2. Responsabilidad Ejecutiva Cundo la responsabilidad es ejecutiva?

Cuando la autoridad o ejecutivo ha incumplido con obligaciones expresamente sealadas en la Ley o cuando su gestin ha sido deficiente o negligente.

Cules son las obligaciones del ejecutivo sealadas por Ley?Rendir cuentas no slo de los objetivos a los que se destinaron los recursos pblicos sino tambin de la forma y resultados de su aplicacin. Responder de los resultados emergentes del desempeo de las funciones, deberes y atribuciones inherentes a su cargo. Implantar en su entidad los sistemas de administracin, control y los de planificacin e inversin, a travs de la elaboracin y aplicacin de reglamentos especficos elaborados en el marco de las normas bsicas dictadas por los rganos rectores. Enviar a la Contralora copias de contratos y documentacin sustentatoria dentro los cinco das despus de haber sido perfeccionados. Entregar a la entidad que ejerce tuicin y a la Contadura General de Estado, hasta los tres meses concluido el ejercicio fiscal, los estados financieros y el informe del auditor interno.

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Responsabilidad por la Funcin Pblica

Responder ante la Contralora General del Estado por el respeto a la independencia de la unidad de auditora interna.

Cundo una gestin es considerada deficiente o negligente?Una gestin es considerada deficiente o negligente cuando: No se ha realizado una continua evaluacin y mejora de los sistemas operativos y los sistemas de administracin y control interno. La gestin no ha sido transparente. Las estrategias, polticas, planes y programas no han sido ajustados oportunamente o no son concordantes con los lineamientos establecidos por las entidades cabezas de sector. No se ha logrado resultados en trminos de eficacia, economa y eficiencia.

Como se advierte la responsabilidad ejecutiva fundamentalmente busca que la gestin en el manejo de los recursos del Estado sea transparente, susceptible de ser conocido oportunamente por la sociedad. Busca sobre todo la obtencin de resultados en forma eficiente, eficaz y econmica, de acuerdo con los objetivos previstos. Ejemplo: Un ejecutivo de entidad pblica se niega a rendir informes sobre el destino de algunos recursos que le fueron confiados.

Quines son sujetos de esta responsabilidad?El mximo ejecutivo de la entidad, la direccin colegiada si la hubiere o ambos, y los exejecutivos.

Quin determina la responsabilidad ejecutiva?

El Contralor General del Estado

Cules son las sanciones previstas?Suspensin o destitucin del ejecutivo principal o de la direccin colegiada, si fuere el caso, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que correspondiere. (Art. 42 de la Ley N 1178)

3.3. Responsabilidad Civil Cundo la responsabilidad es civil?

Cuando la accin u omisin del servidor pblico o de las personas naturales o jurdicas privadas cause dao al Estado, valuable en dinero.

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Para efecto de la determinacin de esta responsabilidad se deben considerar los siguientes preceptos: Es civilmente corresponsable el superior jerrquico que hubiere autorizado el uso indebido de bienes, servicios y recursos del Estado. Es civilmente corresponsable el superior jerrquico cuando el uso indebido, fue posibilitado por las deficiencias de los sistemas de administracin y control interno implantados en la entidad. Incurren en esta responsabilidad las personas naturales o jurdicas que no siendo servidores pblicos, se beneficien indebidamente con recursos pblicos o causen dao al patrimonio de las entidades del Estado. Cuando varias personas resulten responsables del mismo acto o hecho que cause dao al Estado, sern solidariamente responsables. Importante! : La solidaridad en la responsabilidad implica que uno de los responsables se libera de la obligacin solamente cuando se efecta el pago total del dao econmico.

Quines son sujetos de responsabilidad civil?Los servidores pblicos, ex-servidores pblicos, personas naturales o jurdicas.

Quin determina la responsabilidad civil?El juez competente, como resultado de la aplicacin de la jurisdiccin coactiva fiscal u ordinaria. Juez en materia Civil, en caso de ser imposible la cuantificacin del dao.Qu es la Jurisdiccin Coactiva Fiscal? Es una instancia creada por la Ley N 1178 para tomar conocimiento de todas las demandas que se interpongan por actos de los servidores pblicos, entidades pblicas y privadas, en los cuales se determinen responsabilidades civiles. (Art. 47de la Ley N 1178)

Contra quienes se interpone demandas?Contra los servidores pblicos, los entes de derecho pblico, las personas naturales o jurdicas que hayan suscrito contratos administrativos con el Estado, por los cuales se determinen responsabilidades civiles, y personas que se beneficiaren indebidamente con recursos pblicos o fueren causantes de dao al patrimonio del Estado.Qu es una demanda?

Es un acto legal por el cual una persona natural o jurdica pide al Juez, con las formas requeridas por la ley, una sentencia favorable a su inters

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Cules son los contratos administrativos a los que se refiere la Ley?

Son los contratos de obras, provisin de materiales, adquisicin de bienes, contratacin de servicios y otros de similar naturaleza.

El monto del pago del dao civil puede ser actualizado?Si, el juez o tribunal que conozca la causa al momento del pago actualizar el monto considerando los parmetros que el Banco Central aplica en el mantenimiento de valor de los activos financieros en moneda nacional.

Qu cuestiones no corresponden a la jurisdiccin coactiva fiscal?No corresponden las cuestiones civiles no contempladas en la definicin, ni las de carcter penal, comercial o tributario, atribuidas a la jurisdiccin ordinaria y tributaria y aquellas otras que, aunque relacionadas con actos de la administracin pblica, se atribuyen por Ley a otras jurisdicciones.

Qu es un juicio coactivo fiscal?

"Es un proceso judicial que se instaura en el rgano competente para la recuperacin de las deudas que se tienen con el Estado". (Artculo 77. de la Ley del Sistema de Control Fiscal)

El pago del dao lo realiza la entidad estatal?S, pero la entidad estatal condenada judicialmente al pago de daos repetir el pago contra la autoridad que resultare responsable de los actos o hechos que motivaron la sancin.No entiendo, que significa "repetir el pago"

En el campo legal significa que si un sujeto ha pagado la obligacin de otro, puede iniciar accin en contra de la otra persona que estaba obligada a pagar.

Importante: El resarcimiento del dao econmico al Estado, no libera ni excluye al servidor o exservidor pblico de la responsabilidad administrativa, ejecutiva o penal, si la hubiere. De acuerdo al Art. 324 de la CPE, no prescribirn las deudas por daos econmicos causados al Estado.

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Qu seala la Constitucin Poltica del Estado sobre la reparacin patrimonial de daos y perjuicios?

El Artculo 113. II. de la Constitucin Poltica del Estado seala que en caso de que el Estado sea condenado a la reparacin patrimonial de daos y perjuicios, deber interponer la accin de repeticin contra la autoridad o servidor pblico responsable de la accin u omisin que provoc el dao. Importante: La CPE establece que la repeticin de pago se realice adems contra el servidor pblico, es decir que no slo es contra la autoridad.

3.4. Responsabilidad Penal Cundo la responsabilidad es penal?

Cuando la accin u omisin del servidor pblico y de los particulares, se encuentra tipificada como delito en el Cdigo Penal.

Quines son sujetos de esta responsabilidad?Los servidores pblicos y los particulares

Quin determina la responsabilidad penal?El Juez en materia penal.

Cules son las sanciones previstas?Las contempladas para cada delito en el Cdigo Penal, en general consisten en la privacin de libertad.

Qu seala la Constitucin Poltica del Estado acerca de los delitos cometidos por los servidores pblicos?El artculo 112 de la Constitucin Poltica del Estado seala que los delitos cometidos por los servidores pblicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave dao econmico, son imprescriptibles y no admiten rgimen de inmunidad.

4. Exencin de la responsabilidad ejecutiva, administrativa y civilCundo existe exencin de estos tres tipos de responsabilidad?Segn el Artculo 33 de la Ley N 1178, existe exencin de la responsabilidad ejecutiva, administrativa y civil, cuando se pruebe que la decisin gerencial hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad, considerando los riesgos propios de operacin y las circunstancias imperantes en el momento de la decisin; o cuando situaciones de fuerza mayor incidieron en el resultado final de la operacin.

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La exencin de las responsabilidades ejecutiva, administrativa y civil, implica reconocer que: En muchos casos la normatividad es insuficiente para orientar la toma de decisiones favorables y beneficiosas, Las decisiones pblicas se encuentran influidas por variables externas de una realidad determinada. Las decisiones pblicas tienen riesgos y que en algunos casos los servidores pblicos pueden adoptar acciones que no tengan concordancia con los resultados programados. Existen factores ajenos a la voluntad del servidor pblico que pueden modificar y hasta contradecir el fin que se quera lograr.

En qu consiste el principio de prueba de la decisin gerencial, que exige la exencin de responsabilidad?Para sustentar la aplicacin del Artculo 33 de la Ley N 1178, el servidor pblico en forma previa, paralela o inmediatamente despus de tomar la decisin, debe presentar a su superior jerrquico, a los mximos ejecutivos de su entidad y a las autoridades de la entidad que ejerce tuicin, un informe que justifique y demuestre que la decisin fue tomada: Para lograr mayor beneficio o resguardo de los bienes de la entidad, considerando los riesgos propios de operacin. Como solucin o alternativa que a su juicio ofrece ms posibilidades de resultados positivos netos bajo las circunstancias imperantes y razonablemente previsibles. Para neutralizar los efectos de situaciones de fuerza mayor dentro de lo razonablemente posible. Importante: Tambin constituyen principio de prueba los casos en que los resultados fueron determinados por cambios drsticos en las circunstancias o por causas de fuerza mayor, posteriores a la decisin tomada. ATENCION! De acuerdo al artculo 45 de la Ley N 1178, estn vigentes l:

REGLAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PUBLICA Aprobado por DECRETO SUPREMO 23318-A el 3-11-1992, y DECRETO SUPREMO 26237 Modificatorio al D.S. 23318-A de 29-06-01

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5. ResumenEn el cuadro podemos observar un resumen de los tipos de responsabilidad y sus caractersticas: TIPO DE RESPONSABILIDADADMINISTRATIVA

NATURALEZAAccin u omisin que contraviene el ordenamiento jurdico administrativo Gestin deficiente o negligente y por incumplir Art. 1 c), 27 d) e) y f) Ley N 1178 y otras causas Accin u omisin que causa dao al Estado valuable en dinero

SUJETOServidores pblicos, ex servidores pblicos Mxima autoridad o direccin colegiada o ambos. Exautoridades Servidores pblicos, ex servidores pblicos, personas privadas Servidores pblicos, ex servidores pblicos o particulares

DETERMINACIONPor proceso Interno.

SANCIONMulta, suspensin o destitucin

PRESCRIPCIONA los dos aos de la contravencin previa invocacin A los dos aos de concluida la gestin

EJECUTIVA

Por dictamen del Contralor General

Suspensin o destitucin

CIVIL

Por juez competente

PENAL

Accin u omisin tipificada como delito en el Cdigo Penal

Por Juez competente

A los diez aos de la accin o desde la ltima actuacin procesal De acuerdo a los Penas o trminos del sanciones Cdigo de previstas por el Procedimiento Cdigo penal Penal y lo previsto en la CPE. Resarcimiento del dao econmico

La responsabilidad por la funcin pblica es la obligacin que tiene todo servidor pblico de desempear sus funciones con eficacia, economa, transparencia y licitud. Son sujetos de la responsabilidad por la funcin pblica los servidores pblicos, los ex-servidores pblicos, las personas naturales o jurdicas con relacin contractual con el Estado y las personas que no siendo servidores pblicos se beneficien con recursos pblicos. Todo acto u operacin realizada por el servidor pblico es lcita y legal mientras no se demuestre lo contrario. Si la decisin hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad pblica, no existir responsabilidad administrativa, ejecutiva, ni civil. La jurisdiccin coactiva fiscal es una instancia creada por la Ley N 1178 para tomar conocimiento de todas las demandas que se interpongan por actos de los servidores pblicos, entidades pblicas y privadas, en los cuales se determinen responsabilidades civiles. Se interpone demandas contra los servidores pblicos, entes de derecho pblico, personas naturales o jurdicas que hayan suscrito contratos administrativos con el Estado, por los cuales se determinen responsabilidades civiles. Los contratos administrativos son aquellos que se refieren a la contratacin de obras, provisin de materiales, adquisicin de bienes, contratacin de servicios y otros de similar naturaleza. No corresponden a la jurisdiccin coactiva fiscal las cuestiones civiles no contempladas en la definicin, ni las de carcter penal, comercial o tributario atribuidas a la jurisdiccin ordinaria y tributaria y aquellas otras que, aunque relacionadas con actos de la administracin pblica, se atribuyen por Ley a otras jurisdicciones.

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6. AutoevaluacinCompruebe cuanto aprendi sobre la responsabilidad por la funcin pblicaResponda las siguientes preguntas marcando la respuesta correcta con un crculo. Antes de empezar vuelva a leer la Unidad.

PREGUNTASSon sujetos de responsabilidad por la funcin pblica solamente los servidores pblicos.

1.

(V) (F)

2.

Se presume la licitud de las operaciones y actividades realizadas por todo servidor pblico, mientras no se demuestre lo contrario.

(V) (F)

3.

Cuando se prueba que la decisin fue tomada en contravencin del ordenamiento jurdico-administrativo, existe responsabilidad civil.

(V) (F)

4.

La responsabilidad es ejecutiva cuando la accin u omisin del servidor pblico causa dao al Estado, valuable en dinero.

(V) (F)

5.

La jurisdiccin coactiva fiscal es la instancia creada para suscribir contratos administrativos con el Estado.

(V) (F)

6.

Los tipos de responsabilidad que seala la Ley N 1178 son: la responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal.

(V) (F)

7.

Corresponden a la jurisdiccin coactiva fiscal las cuestiones de carcter penal, comercial o tributario.

(V) (F)

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Compruebe si sus respuestas fueron correctas

RESPUESTASSon tambin sujetos de responsabilidad por la funcin pblica las personas naturales o jurdicas con relacin contractual con el Estado y las personas que no siendo servidores pblicos se beneficien con recursos pblicos.

1.

(F)

2.

(V)

As lo establece el inciso b) del artculo 28. de la Ley N 1178.

3.

(F)

La responsabilidad es administrativa. Artculo 29. de la Ley N 1178.

4.

(F)

La afirmacin corresponde a la responsabilidad civil. Artculo 31. De la Ley N 1178.

5.

(F)

La jurisdiccin coactiva fiscal es una instancia creada para tomar conocimiento de todas las demandas que se interpongan por actos de los servidores pblicos, entidades pblicas y privadas, en los cuales se determinen responsabilidades civiles. (Art. 47 Ley N 1178).

6.

(V)

As lo establece la Ley N 1178.

7.

(F)

No corresponden a la jurisdiccin coactiva fiscal las cuestiones civiles no contempladas en la definicin, ni las de carcter penal, comercial o tributario atribuidas a la jurisdiccin ordinaria y tributaria. (Art. 48 Ley N 1178).

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7. GlosarioContravencinEs la falta que se comete al no cumplir lo ordenado, significa t