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Código de Producción Sostenible - adroches.org · Código de Buenas Prácticas Ganaderas para ... se pretende que la actividad ganadera se ... España y con censo y organización

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Código deBuenas PrácticasGanaderaspara laProducción Sostenibleen Andalucía

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Código de Buenas Prácticas Ganaderas parala Producción Sostenible en Andalucía

Código Vacuno de Carne

Informe Técnico 10-08-2082v00

Realizado para la Asociación para elDesarrollo Rural del Litoral de la Janda

Elaborado por: Citagro S.A.

Diseño gráfico por Gokiburi

Sevilla, Mayo de 2010

Colabora: Manuel Sánchez RodríguezProfesor Titular del Departamento de Producción Animal de la Universidad de Córdoba

Augusto Gómez CabreraCatedrático del Departamento de Producción Animal de la Universidad de Córdoba

Carlos Pérez MarínProfesor Titular de la Universidad de Córdoba

Evangelina Rodero SerranoProfesora Titular del Departamento de Producción Animal de la Universidad de Córdoba

Vicente Rodríguez EstévezProfesor del Departamento de Producción Animal de la Universidad de Córdoba

María del Carmen García Moreno

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Presentación y objetivos del CBPGS de Vacuno de Carne1.1 Objetivos

Capítulo 01Pág. 7Pág. 7

Ganadería y sostenibilidadCapítulo 03

Pág. 18

Gestión técnica y administrativa de las explotaciones. Identificación animaldel Vacuno de Carne

4.1 Gestión administrativa de las explotaciones de Vacuno de Carne4.2 Identificación del Vacuno de Carne4.3 Certificación de Producción Integrada y Ecológica

Capítulo 04Pág. 20

Pág. 20Pág. 24Pág. 26

Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

2.2 Razas autóctonas2.1 Datos del sector

Capítulo 02Pág. 8

Pág. 11Pág. 8

2.3 Caracterización de los sistemas de explotación Pág. 16

Alimentación del Vacuno de CarneCapítulo 05

Pág. 305.1 Requisitos mínimos5.2 Prácticas recomendadas Pág. 31

Pág. 30

Índice

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Reproducción y mejora genética del Vacuno de CarneCapítulo 06

Pág. 34Pág. 34Pág. 35

6.1 Requisitos mínimos6.2 Prácticas recomendadas

7.1 Prácticas recomendadas

10.1 Prácticas recomendadas

8.1 Requisitos mínimos8.2 Prácticas recomendadas

9.1 Requisitos mínimos9.2 Prácticas recomendadas

Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicasCapítulo 08

Pág. 38

Pág. 38Pág. 41

Protección y bienestar animalCapítulo 09

Pág. 44Pág. 45Pág. 50

Manejo productivo en el cebo y engorde de ternerosCapítulo 07

Pág. 36Pág. 37

Instalaciones. Condiciones ambientales, diseño, usos, etc.Capítulo 10

Pág. 52Pág. 52

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14.1 Alimentación14.2 Reproducción y mejora genética14.3 Sanidad14.4 Protección y bienestar animal14.5 Instalaciones14.6 Transporte y sacrificio de animales14.7 Gestión y manejo de residuos14.8 Formación

11.1 Requisitos mínimos11.2 Prácticas recomendadas

12.1 Requisitos mínimos12.2 Prácticas recomendadas

13.1 Requisitos mínimos13.2 Prácticas recomendadas

Gestión y manejo de residuosCapítulo 12

Pág. 58Pág. 59

Pág. 58

Formación, capacitación e información de los titularesde explotación y asalariados. Seguridad en el trabajo

Capítulo 13

Pág. 60Pág. 60Pág. 61

Transporte y sacrificio de animalesCapítulo 11

Pág. 54Pág. 57

Pág. 54

Legislación aplicableCapítulo 14

Pág. 62Pág. 63Pág. 63Pág. 64Pág. 64Pág. 64Pág. 64Pág. 64

Pág. 62

Fuente: Citagro

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Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Presentación yobjetivos del CBPGSde Vacuno de Carne

Presentación y objetivos del CBPGS de Vacuno de Carne 01 | Pág. 07

Este Código de Buenas Prácticas Ganaderas Sosteniblespretende ser un documento orientativo para que losganaderos y técnicos de explotaciones de vacuno decarne de Andalucía, conozcan un repertorio de BuenasPrácticas que les faciliten gestionar su explotación reali-zando un manejo compatible con el medio ambiente,en el marco de una gestión económicamente sostenible.

Se trata de poner a disposición del sector una herramientaque aporte recomendaciones que, no sólo apuesten porel cumplimiento de la normativa vigente, sino que garan-ticen la idoneidad y sostenibilidad de su modelo de pro-ducción. En este sentido, este Código de Buenas Prácticas,si bien no tiene carácter obligatorio si recoge una seriede recomendaciones que voluntariamente podrían llevarsea efecto en las explotaciones ganaderas.

Este Código de Buenas Prácticas Ganaderas está dirigidoa ganaderos y profesionales del sector que estén direc-tamente implicados en el manejo y gestión de explota-ciones de vacuno de carne de Andalucía, así como alresto de agentes relacionados con el asesoramientotécnico e incluso la supervisión de la administración.

La razón de ser de este código es ofrecer la posibilidadde producir alimentos de calidad a través de sistemasde producción sostenibles de sanidad y bienestar animal.

Los objetivos de este Código de Buenas Prácticas Ga-naderas para las explotaciones de vacuno de carneen Andalucía son:

Ser una herramienta eficaz para la aplicación dela nueva reglamentación en materia de higiene delos alimentos, así como para el control de la seguri-dad alimentaria en las explotaciones de vacunode carne.

Recomendar prácticas ganaderas que permitangarantizar la sostenibilidad ambiental.

Establecer las medidas a adoptar en relación conla higiene de los piensos, instalaciones, ganado,agua de consumo para los animales, sanidad, asícomo control de vectores y agentes patógenosque garanticen la bioseguridad en las explotaciones.

Establecer una serie de recomendaciones paraser aplicadas durante la práctica diaria de la gestiónen las explotaciones ganaderas, y así dar un adecuadocumplimiento de lo establecido en la normativacomunitaria en materia de higiene en el sectorprimario.

Orientar al ganadero sobre las medidas que debetomar para el manejo de las explotaciones respectoal medio ambiente y procurar la conservación dela biodiversidad por el mantenimiento de razasautóctonas.

Elaborar un código por y para el propio sector,como un instrumento útil para el propietario y lostrabajadores de las explotaciones de vacuno decarne de Andalucía.

Objetivos

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Situación del Vacunode Carne en Andalucía

Según el Anuario de Estadística agroalimentaria 2006del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,Andalucía representa un 5% de los animales sacrifi-cados de la especie Bovina en España.

Según esta misma fuente, en Andalucía se produjeron35.809.839 Kg de canal de vacuno en el año 2005,siendo Sevilla, Málaga, Cádiz y Córdoba, a las quecorresponden las mayores producciones. Así, el númerode animales de vacuno sacrificados en Andalucía paraese mismo año asciende a 136.597 cabezas entre ter-neras, novillas, vacas y toros.

Datos del sector

Pág. 08 | 02 Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: José Manuel León Jurado Fuente: Citagro

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Almería

Huelva

Cádiz Jaén

Córdoba Málaga

GranadaSevilla

Distribución del nº de animales sacrificados de ganado vacunoy de la producción de carne de vacuno (Kg de canal) en AndalucíaFuente: Anuario de Estadística Agroalimentaria 2006, MAPYA(datos de diciembre de 2005)

TernerasNovillasVacasTorosTotal

979972415.5876.922

13.095240.27782.6631.592.2951.928.330

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

Andalucía

TernerasNovillasVacasTorosTotal

07.3032337.96115.497

01.840.35670.1332.499.7544.410.243

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

211.7105862412.394

3203.032.89016.066172.8483.222.124

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

411.2051242.0913.461

6.560294.02039.680533.205873.465

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

3.29545.06625.05866.178136.597

472.83511.853.8686.913.88116.569.25535.809.839

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

0810134215

017.820029.48047.300

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

105358721.9982.533

7.56085.92014.472585.414693.366

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

015.5556873616.278

04.417.620326.32814.2564.668.204

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

3.0507.85723.64344.74779.297

445.3001.924.9656.454.53911.142.00319.966.807

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

TernerasNovillasVacasTorosTotal

246.944769.645400.5761.340.3932.757.558

38.745.514186.484.984110.799.322379.331.219715.361.038

Nº animalessacrificados

Kg canalproducidos

España

02 | Pág. 09Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

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En cuanto a la especie bovina, independientementede la aptitud, la provincia de Cádiz es la que cuentacon un mayor número de efectivos vacunos en régimenextensivo. Así, la distribución tanto del censo comodel número de explotaciones extensivas en Andalucíaes la siguiente:

Censo de vacuno y nº de explo-taciones extensivas por provinciaFuente: SIGGAN, Noviembre de 2006

AlmeríaCádizCórdobaGranadaHuelvaJaénMálagaSevillaTotal

Nº Explot. Censo

292.8041.9632471.4733642351.3548469

823138.16793.8707.21262.68730.8417.58293.100434.282

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

Almerí

a

Cádiz

Córdo

ba

Granad

a

Huelva

Jaén

Málaga

Sevil

la

mediaandaluza

Censo / explotaciones

28,38

49,27 47,82

29,2

42,56

84,73

32,26

68,76

% del censo

Huelva14,43

Granada1,66

Almería0.19

Jaén7,1

Málaga1,75

Sevilla21,44

Córdoba21,61

Cádiz31,82

Pág. 10 | 02 Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

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Teniendo en cuenta que este Código de Buenas Prác-ticas Ganaderas pretende ser un documento de refe-rencia para la puesta en práctica de acciones encami-nadas a garantizar la sostenibilidad de las explotacionesganaderas, se pretende que la actividad ganadera serealice sobre la base de un manejo adecuado de ani-males procedentes de razas, que hagan un aprovecha-miento racional de los recursos naturales del campo,contribuyendo al mantenimiento y conservación delos ecosistemas agrarios. Así, estas razas empleadasdeben permitir que las explotaciones posean una víaeconómica de futuro basada en la diferenciaciónproductiva.

En este sentido, se propone apostar por las razasautóctonas, buscando su capacidad de adaptación almedio, su rusticidad y su resistencia a las enfermedades,y la potencialidad para generar productos de calidaddiferenciada. Estas razas son una pieza clave para eldesarrollo de una ganadería competitiva, autosufi-ciente y respetuosa con el medio ambiente.

En general, las razas autóctonas o locales suelen sermenos productivas que las seleccionadas. Por lo ge-neral, sus productos son de alta calidad y suelen tenermenos problemas de enfermedades, un buen instintomaternal y éxito en la crianza.

Así, según la Orden APA/661/2006, de 3 de marzo,por la que se actualiza el Catálogo Oficial de Razasde Ganado de España, las razas de ganado de la espe-cie bovina existentes en España se clasifican de lasiguiente forma:

Razas autóctonas de fomento (originarias deEspaña y con censo y organización en expansión)entre las que se encuentran la Asturiana de losValles, Avileña Negra Ibérica, Lidia, Morucha, Pire-naica, Retinta y Rubia Gallega.

Razas autóctonas de protección especial (origi-narias de España pero que se encuentran en graveregresión o en trance de desaparición) como laAlbera, Alistana-Sanabresa, Asturiana de la Monta-ña, Avileña-Negra Ibérica (variedad Bociblanca),Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Betizu,Blanca Cacereña, Bruna de los Pirineos, Cachena,Caldéela, Canaria, Cárdena Andaluza, Frieiresa,Limiá, Mallorquina, Marismeña, Menorquina, Mon-china, Murciana-Levantina, Negra Andaluza, Paju-na, Palmera, Sayaguesa, Serrana Negra, TerreñaTudanca y Vianesa.

Razas españolas: Blonda de Aquitania, Charolesa,Fleckvieh, Frisona, Limusina, Parda y Parda deMontaña.

Razas autóctonas

02 | Pág. 11Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Entre las principales razas de actitud cárnica deAndalucía se destacan:

Toma el nombre del color de su pelo, retinto equivalea rojo oscuro intenso. La rusticidad es la cualidad másdestacada de la raza, resaltando su mansedumbre extrema.La raza tiene su base en el suroeste de la penínsulaibérica. En Andalucía se sitúa en las provincias deHuelva, Sevilla, Cádiz, Málaga, Granada y Jaén.Se explota en régimen extensivo, debido a su granrusticidad y adaptabilidad a climas cálidos y secos,como animal productor de carne. Esta raza se destinasobre todo a la producción de hembras para reposicióny de machos para carne.

La capa uniforme de color es fundamentalmente rojo,que varía desde un rojo oscuro (retinta) hasta tonali-dades más claras (colorada y rubia). Las mucosas sonsonrosadas y los cuernos son de color blanco amarillen-to ennegreciéndose en las puntas.

Retinta

La gestión de esta raza la lleva a cabola Asociación Nacional de Raza RetintaC/ Murcia nº 5, 1º AC.P. 28045 MadridTlf. 914 682 205http://[email protected]

El nombre de esta raza es debida a su capa, compuestapor manchas rojas sobre fondo blanco. En Andalucíaestá catalogada como una Raza Autóctona de Protec-ción Especial, no sólo debido a su escaso censo sinotambién al alto grado de cruzamiento con otras razas,sobre todo con Berrenda en Negra, pero también conLidia, Morucha, Cárdena Andaluza, Pajuna así comoCharolesa y Limusina.

En Andalucía se encuentra distribuida principalmenteen el noroeste, en la sierra de Aracena y norte deSevilla así como Sierra Morena. Se trata de una pobla-ción de animales jóvenes, debido a la reciente apariciónde ayudas destinadas a una mejora de la raza.

Berrenda en colorado

La gestión de esta raza la lleva a cabo ANABE,la Agrupación de Asociaciones de Criadoresde Ganado Vacuno de la Raza Berrenda enNegro y de la Raza Berrenda en ColoradoC/ Marquesa de Casa López, 828470 Cercedilla (Madrid)Tlf. 918 521 113 | Fax. 918 520 638http://[email protected]

Pág. 12 | 02 Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: CitagroFuente: Agrupación de Asociaciones de Criadores

de Ganado Vacuno de la Raz Berrenda enNegro y de la Raza Berrenda en Colorado

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Las características de esta raza son muy similares alas descritas para la berrenda en colorado, salvo porel color de su capa. Esta raza se distribuye igualmentepor las zonas montañosas de dehesa y su poblaciónestá compuesta asimismo por animales jóvenes. Aligual que la anterior, esta raza recibe el nombre debidoal color manchado de su capa.

Su instinto maternal y gran adaptabilidad al mediole confieren aptitudes muy apreciadas.

Berrenda en negro

La gestión de esta raza la lleva a cabo ANABE,la Agrupación de Asociaciones de Criadoresde Ganado Vacuno de la Raza Berrenda enNegro y de la Raza Berrenda en ColoradoMarquesa de Casa López, 828470 Cercedilla (Madrid)Tlf. 918 521 113 | Fax. 918 520 638http://[email protected]

Esta raza se sitúa en Andalucía occidental y en cuantoal censo los datos de los que se dispone son bastantedispares, debido a la similitud con otras razas con lasque comparte el tronco originario.

Su aptitud cárnica se ve mejorada gracias al cruza-miento con otras razas especializadas. Su capa es ne-gra uniforme con tonalidades que cambian en funciónde la época del año, siendo negro brillante en prima-vera y negro morcillo o pasa en verano. Las mucosastambién son negras y los cuernos son blancos con lapunta negra.

Negra andaluza

Asociacion de Criadores de Ganado Vacunode Raza Negra AndaluzaAvenida de la Torrecilla s/nCentro Industrial La Torre, naves 5 y 614013 CórdobaTel: 957 48 06 00Fax: 957 47 92 73(ASAJA-CORDOBA)

02 | Pág. 13Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: Manuel Sánchez RodríguezFuente: Asociacion de Criadores de Ganado Vacuno

de Raza Negra Andaluza (Jose Luis Villafuerte)

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Esta raza también debe su nombre al color de su capa.Aunque antiguamente esta raza se localizaba en lasSierras de Córdoba y Huelva, actualmente su censoes muy reducido, estimándose en 600 animales concen-trados en Córdoba y en Málaga gracias a los esfuerzosrealizados por la Asociación de Criadores.

De acuerdo al estándar racial propuesto por la citadaAsociación de Criadores, éstos animales tienen un perfilcefálico recto, cuernos de gran desarrollo, mucosas ne-gras y la capa es cárdena en todas sus variantes.

Cárdena andaluza

La gestión de esta raza la lleva a cabo la AsociaciónNacional de Criadores de Ganado MarismeñoAvda. de la Constitución, nº 16, Almonte (Huelva)C.P. 21730

El área geográfica de la raza comprende la zona maris-meña de Doñana. Pasta en los municipios de Almontee Hinojos de Huelva, dentro del Parque Nacional deDoñana y es de las más rústicas y duras que existen.

Poseen un perfil de vaca robusta con una cornamentaimpresionante. La raza Marismeña es una de las razascon el color de capa más variado, incluye desde loscolores sólidos hasta los berrendos. Predominan lascapas negra, colorada y berrenda, aunque tambiénse admiten sardos, jaboneros y rubios.

Mostrenca o marismeña

La gestión de esta raza la lleva a cabo la Asociaciónde Criadores de Ganado Bovino de Raza CárdenaAndaluzaC/ Caño, 10 – 3º izquierda – 14001 Córdoba

Pág. 14 | 02 Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: José Manuel León JuradoFuente: Ana Mª González Martínez

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Se formó en Francia al Oeste del Macizo Central enla región de Limoges, por acoplamiento de una varie-dad del llamado ganado rubio de Aquitania con bo-vinos de origen ibéricos pertenecientes al tronco Rojo-Turdetano. En sus principios fue ganado de dobleaptitud carne-trabajo.

En Andalucía esta raza se implantó inicialmente enCádiz y posteriormente se extendió a otras provincias,en vista de su gran adaptabilidad. El censo se repro-ductoras actual es de 1.800, estando principalmentesituadas en Cádiz, Sevilla, norte de Córdoba y en lasierra de Huelva.

Su capa es retinta. Posee un gran crecimiento, tieneun desarrollo más precoz (se engrasa antes) y un bajodesarrollo muscular, referido a la Charolesa.

Limusina

La gestión de esta raza la lleva a ca-bo la Federación Española de Cria-dores de LimusínC/ Lagasca, 70 - 4º Izda28001 MadridTfl. 915 771 853 | Fax. 915 771 776http://[email protected]

Entre las razas extranjeras, es la gran raza carnicerafrancesa de proyección universal, es rústica, precozy produce una carne excelente en sabor y presentación,la grasa infiltrada se presenta en un veteado caracte-rístico. En el cruce con las razas autóctonas españolaslos resultados en presentación y calidad de las canalesson difícilmente superables.

La raza Charolesa toma su nombre de la región deCharolles, del Departamento de Saone-et-Loire, dondese formó a partir de una población bovina derivadadel Tronco Jurásico, dedicada exclusivamente a lostrabajos agrícolas como motor animal hasta finalesdel siglo XVIII, en cuya época se inicia la mejora desus aptitudes carniceras.

Andalucía cuenta con 1.600 hembras inscritas en elLibro genealógico, que se encuentran distribuidasfundamentalmente en Córdoba (65,02%). El sistemade explotación de esta raza es extensivo y posee ungran rendimiento productivo.

Posee un gran desarrollo de la masa muscular. Su ca-pa es de color totalmente blanco.

Charolesa

02 | Pág. 15Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: Jesús IvarsFuente: Asociación de Criadores de

Vacuno Charolés de España

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Los agroecosistemas naturales de producción en Anda-lucía se caracterizan por aprovechar grandes superficiespastables, respetar el medioambiente y generar produc-tos de muy buena calidad pero estacionales.

De un modo general se consideran tres sistemas deexplotación: intensivo, extensivo y mixto. Pero dentrode cada uno de ellos caben numerosas variantes omodalidades que responden a necesidades o finalidadesconcretas.

Caracterizaciónde los sistemasde explotación

Sistema intensivo

Los animales se explotan mediante estabulaciónpermanente durante todo el ciclo, estando par-ticularmente indicado para la producción deañojos, que llegan a alcanzar pesos en vivo de450 a 550 Kg a los 12-14 meses de edad, asícomo para el cebo de terneras hasta los ochomeses, con un peso máximo de 350 Kg en vivo.

En este sistema se desteta precozmente a losterneros y se intensifica la alimentación paraaprovechar al máximo sus posibilidades fisio-lógicas, a base de mucho concentrado y muypoco forraje o paja de cereales. Es una modalidadque se adapta bien a todas las zonas o regiones,sean o no productoras de ganado, y son explo-taciones generalmente sin tierra.

Pág. 16 | 02 Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Sistema mixto

En este sistema los animales están en pastoreodurante una parte del año, mientras que enotra permanecen en estabulación, siendo lasvacas utilizadas para el trabajo y/o para laproducción de leche, además de la produccióncárnica final. Los terneros salen al pasto conlas vacas siendo mamones o ya destetados,para luego proceder al cebo y acabado en elestablo de la misma explotación, o bien en otralejana sin son vendidos.

Sistema extensivo

Es la modalidad que se sigue en buena partede las provincias Andaluzas. Se trata de unsistema tradicional y que cumple, una finalidadeconómica indudable, con el agravante de quelos pastos suelen ser pobre e irregulares, porlo que el estado de cebo de estas reses varíamucho de un año a otro.

Actualmente en Andalucía, la mayor parte dela ganadería extensiva se desarrolla en la dehe-sa (ecosistema donde se integran la explotaciónagrícola, ganadera y forestal), siendo éste unmodelo que permite mantener y promoverprácticas agrarias compatibles con la conserva-ción de la naturaleza. Así, en las dehesas bienmanejadas y con un aprovechamiento sosteni-ble se encuentran las mayores tasas de biodi-versidad de los ecosistemas mediterráneos.

La dehesa se considera un sistema autosufi-ciente, ya que los animales utilizan los recursosdisponibles y pastorean la hierba de primavera

y otoño, los cereales y leguminosas de las zonasde cultivo, y la bellota y el ramón de la encinapara la alimentación animal.

Las vacas permanecen continuamente en elcampo abierto provisto de cercados que per-miten el pastoreo rotacional. Así, la carga ga-nadera va variando en función de la superficiede la finca, aunque se puede estimar comomedia en torno al 0,21 UGM/ha.

Otro modelo de sistema extensivo son los sis-temas de montaña. Bajo este modelo, los ani-males permanecen en libertad durante prác-ticamente todo el año en grandes extensiones,en algunos casos limitadas por cercas, recogién-dose tan sólo para realizar las prácticas desaneamiento en épocas concretas (primaveray otoño). Las vacas aprovechan los recursospropios de la montaña (pastos de primaveraa otoño) y se localizan en las proximidades depuntos de agua naturales o preparados por elpropio ganadero.

Siendo por tanto estacionales los recursos dis-ponibles, no resulta fácil determinar la cargaganadera que permita garantizar la disponibi-lidad de recursos a todo el rebaño, aunque seaconseja que no supere las 2UGM/ha.

Superficie(ha)

Carga ganaderabovina (UGM/ha)

<100101 - 300301 - 500

>500

0,360,260,190,16

02 | Pág. 17Situación del Vacuno de Carne en Andalucía

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Ganadería ysostenibilidad

Según el Informe de la Comisión Mundial sobre elMedio Ambiente y el Desarrollo: Nuestro Futuro Co-mún, el Desarrollo Sostenible se entiende como aquelque permite “satisfacer nuestras necesidades actualessin comprometer la capacidad de las generacionesfuturas para satisfacer las suyas”.

Bajo este prisma, la Producción Ganadera Sosteniblese presenta como una alternativa más allá de la gana-dería convencional, con la vocación de posibilitar larealización de una ganadería viva y duradera, respe-tuosa con el entorno, rentable para el que la practicay capaz de atender las demandas sociales.

En este sistema, los métodos biológicos, químicos ycualesquiera otras técnicas de producción, son cuida-dosamente elegidos y equilibrados, teniendo en cuentala protección del medio ambiente, el bienestar de losanimales, la rentabilidad de las explotaciones y lasexigencias de los consumidores en lo relativo a calidady seguridad alimentaria.

La producción ganadera sostenible no rechaza lastécnicas ganaderas clásicas, sino que las utiliza deforma combinada con otras prácticas innovadoras.Esta integración de recursos conduce a un sistema deproducción más racional, más respetuoso con el entor-no natural y, en definitiva, más sostenible.

Pág. 18 | 03 Ganadería y sostenibilidad

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Fuente: Citagro

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Gestión técnica yadministrativa delas explotaciones.Identificación animaldel Vacuno de Carne

Como documentación administrativa necesaria parael desarrollo de la actividad ganadera se consideran:

Documentación exigida por el propio Ayunta-miento del municipio donde se desarrolle la acti-vidad ganadera.

Documentación y requisitos dependientes de lasOficinas Comarcales Agrarias (OCAs):

> Libro de Registro de Explotación.

> Alta en el Registro General de ExplotacionesGanaderas (REGA).

> Alta en el Sistema de Información de GestiónGanadera (SIGGAN).

> Tener los animales identificados correctamente.

A continuación se resumen todos aquellos documentosy registros de obligado cumplimiento, que se deben efec-tuar en las explotaciones, así como aquellos que ayudarána cumplir las obligaciones de la normativa vigente.

Gestión Administrativade las explotacionesde vacuno de carne

Fuente: Citagro

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Guía Sanitaria

Se trata de un documento quedebe acompañar a los animalesen sus desplazamientos por todoel territorio nacional. Este docu-mento deberá estar firmado porel veterinario oficial que expideel documento, y poseer el sello ofi-cial de registro de la oficina comar-cal. Contiene los siguientesaspectos:

Libro de registro de laexplotación

Tendrá un formato aprobado porla administración y será aportadopor la Oficina Comarcal Agraria(OCA) a la que pertenezca la explo-tación. Así, será responsabilidaddel ganadero realizar las siguientesanotaciones:

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Censo antesdel 1 de marzo

Gestiónestiércol/purines

Hoja de actuali-zación de ani-males reproduc-tores y recría denovillas

1 2

Hoja de balan-ce del censo deanimales repro-ductores y recríade novillas

3 4 5 67

8

1

2

3

4

5

6

Hoja de balan-ce del censo deanimales noreproductores

Hoja de actua-lización deanimales noreproductores

Hoja deincidencias enindentificación- recrotalación

Hoja de controle inspecciones

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Registro general de explotaciones ganaderas

Es de obligado cumplimiento que el titular registresu explotación en el REGA, y los cambios que seannecesarios han de realizarse en el plazo máximo deun mes con posterioridad a que se hayan producido.

Productos utilizados en alimentación animal

Se debe guardar y registrar la información correspon-diente a la entrada de piensos en la explotación. Estainformación se podrá obtener de las facturas y albaranesemitidas por parte de los proveedores, así como de lasetiquetas de identificación de los piensos.

La información mínima que se deberá registrar será:

Identificación del proveedor del pienso recepcionado.

Fecha de entrada en la explotación.

Número de albarán.

Denominación del pienso.

Número de lote del pienso.

Cantidad.

Medicamentos veterinarios

Los tratamientos veterinarios realizados a los animales,de acuerdo con el Real Decreto 348/2000, han de serregistrados obligatoriamente, con las siguientesanotaciones:

Por parte del titular de la explotación: la fechade administración, la afección a tratar (naturalezadel tratamiento), los animales que se tratan, iden-tificación del tratamiento, la dosificación, númerode receta y proveedor.

Por parte del veterinario que prescribe los medi-camentos: la fecha de administración, la afeccióna tratar (naturaleza del tratamiento), animalesque se tratan, duración del tratamiento y vía deadministración, la dosificación, tiempo de esperay número de colegiado con su firma. Actualmenteno existe un libro único de registro para medica-mentos veterinarios. Cada Comunidad Autónomaemite su propio modelo, por lo que no ha quedadoreflejado ningún documento como modelo.

7

8

04 | Pág. 23Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

Fuente: Citagro

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Recetas

El Real Decreto 109/1995 y 1749/1998 establece laobligatoriedad de conservar copia de la receta demedicamentos administrados a los animales.

Entradas de biocidas

De cara a la trazabilidad, será recomendable que selleve un registro de productos medicamentosos ybiocidas (insecticidas, rodenticidas, desifectantes).

A continuación se muestran algunos de los datosnecesarios para tener la información registrada:

Identificación del proveedor

Fecha de compra

Número de albarán

Sustancia activa

Cantidad

Número de lote

Registro de tratamientos y control de calidaddel agua utilizada para los animales

Será necesario realizar periódicamente (según elorigen del agua y el consumo) un análisis al agua dela explotación, utilizada para la bebida de los animalespara controlar que los valores microbiológicos seencuentran por debajo de los límites establecidos.Así, se recomienda al menos analizarla una vez al año.

Los resultados de dichos análisis se conservarán almenos durante dos años.

En los casos en los que, una vez realizado el análisisde control del agua utilizada para bebida de los ani-males, se compruebe que es necesario realizar algúntratamiento, será recomendable dejar constancia dela fecha en la que se realiza, el producto que se utilice,el número de lote del mismo, la dosis, así como delperíodo de garantía que ofrece dicho tratamiento.

Todos los bovinos europeos nacidos después de enerode 1998 se encuentran identificados mediante doscrotales auriculares y un Documento de Identificacióno "pasaporte". Por otra parte, todos los nacimientosy muertes de animales son comunicados por los pro-ductores a la autoridad competente.

A partir de enero del año 2000, el reglamento (CE)1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo de17 de Julio de 2000, que deroga el Reglamento CE820/97, establece un sistema de identificación y regis-tro de los animales de la especie bovina. En éste ade-más de los requisitos mencionados anteriormente, seintrodujeron nuevas exigencias en materia de identi-ficación y registro del ganado, relativas a las notifica-ciones a la autoridad competente, de cualquier entradao salida de animales de la explotación, con el fin decompletar en la base de datos nacional de identifi-cación y registro de los bovinos todo el historial y losmovimientos de todos los vacunos que componennuestra cabaña.

Por ello los documentos de identificación, para losanimales nacidos a partir de enero de 2000, cuentancon un nuevo formato, con más datos y constan, almenos, de dos ejemplares: uno que acompañará alanimal cuando abandone la explotación, y otro quepermanecerá siempre en poder del ganadero o, en sucaso, de la autoridad competente y que será basepara solicitar todas las ayudas al sector vacuno.

Los documentos de identificación son expedidos porla autoridad competente, y recogen los datos perso-nalizados del propietario del animal y de la explotaciónen la que reside. Por lo tanto, cuando el animal cambia

Identificacióndel vacuno

Pág. 24 | 04 Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

Fuente: Citagro

Fuente: Citagro

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PARTE MACHOPARTE HEMBRA

Número de manejo(4 dígitos)

Identificación delpaís de nacimiento

(2 dígitos)

Número determinado porla autoridad competente

(1 dígito)

Dígito de control paradetectar errores en el

tratamiento mecanizadode los códigos

(1 dígito)

Número de serie(4 dígitos)

Indicativo de laComunidad Autónoma

(2 dígitos)

de explotación, el nuevo propietario deberá soli-citar un nuevo documento. La expedición tendrálugar en los catorce días siguientes a la notificacióndel nacimiento o de la entrada en la explotación.

Cuando nazca un animal se deberán seguir los si-guientes pasos de cara a su identificación y registro:

Colocar los dos crotales y notificar el nacimien-to del animal a la autoridad competente en elplazo de veintisiete días tras el nacimiento (podráampliarse el plazo de colocación de los crotalespara el ganado extensivo de ciertas razas).

Se deberá anotar el nacimiento en su Librode Registro.

La autoridad competente le expedirá el Do-cumento de Identificación con todos sus datos,los de la explotación y los del animal que hasido identificado.

Si en la Comunidad Autónoma no se entregancrotales por anticipado a los ganaderos, éstosdeberán solicitar a la OCA los crotales correspon-dientes para la identificación del animal.

En el caso de que una explotación posea animalesnacidos antes del 1 de enero de 2000:

Si los animales están identificados con doscrotales numéricos iguales y disponen de unDocumento de Identificación del antiguoformato se deberán canjear estos documentospor los de nuevo formato.

Si están identificados con un solo crotal desistema alfanumérico, y no disponen de Docu-mento de Identificación, se deberá solicitarDocumentos de Identificación para estosanimales.

04 | Pág. 25Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

Fuente: Citagro

Fuente: Citagro

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A pesar de que este Código de Buenas Prácticas Gana-deras trata de servir de marco de referencia para rea-lizar una manejo productivo sostenible en las explota-ciones de ganado vacuno de carne, existen una seriede normativas que establecen unos requisitos deobligado cumplimiento y que pueden ser certificablespor diferentes mecanismos. Dentro de este tipo sehan de destacar dos de ellas: la Producción Integraday la Producción Ecológica.

Producción Integrada

La Producción Ganadera Integradaes una modalidad de producciónsostenible que tiene como objetivomodernizar la gestión global de laexplotación ganadera, sobre la basede prácticas de manejo que utilicenal máximo los recursos y los meca-nismos de producción naturales, po-tenciando los aspectos más positivosde la ganadería y limitando los másdesfavorables o negativos, de acuer-do con las demandas y exigenciasde la sociedad actual en materia deconservación del medio ambiente,calidad y seguridad de los alimentosasí como bienestar y sanidad animal.

Mediante la Orden de 12 de juliode 2006, se aprueba el ReglamentoEspecífico de Producción Integradade Ganado Vacuno de Carne enAndalucía.

En él se recoge que para que unaexplotación sea reconocida comoAgrupación de Producción Integrada(API) de Vacuno de Carne, deberácontar con al menos diez produc-

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Además de la identificación individual establecidaen la normativa vigente, cuando se trabaje por lotesde cría o engorde, quedará reflejada claramente la nume-ración individual de cada animal que constituye el lote.

¿Qué no se debe hacer?

Traslado de animales no identificados.

Certificación de animales incorrec-tamente identificados.

Se recomienda...

Identificar a los terneros lo antesposible después del nacimiento du-rante los primeros 20 días.

Certificación deProducción Integraday Ecológica

Pág. 26 | 04 Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

Fuente: Citagro

Fuente: Asociación de Criadoresde Vacuno Charolés de España

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tores y 1000 UGM, de acuerdo con los datos que semuestran a continuación:

Bovinos machos y novillas de 6 a 24 meses deedad, equivalen a 0,6 UGM.

Bovinos machos y novillas de más de 24 mesesde edad y vacas, equivalen a 1 UGM.

Las características ganaderas de lasexplotaciones que deseen incorporarsea la actividad de producción integrada,deben ser las siguientes:

Deben estar registradas, de acuer-do a lo establecido en el Decreto13/2005, de 18 de enero, por el quese crea y regula el Registro de Explo-taciones Ganaderas de Andalucía.

Las explotaciones ganaderas dereproductoras de vacuno integradoproducirán en régimen de exten-sividad o semiextensividad.

Es obligatorio el pastoreo de lasreproductoras mientras haya pastosen la explotación.

Está prohibida la estabulaciónpermanente de las reproductoras.

El tamaño mínimo de la explota-ción que se puede acoger a Produc-ción Integrada, es de 25 UGM encarga ganadera de bovino. La ex-plotación no podrá superar nuncalas 1,4 UGM/Ha de carga ganaderade vacuno.

Los cebaderos de vacuno inte-grado podrán ser explotacionesextensivas, semiextensivas o queo que cuenten con instalacionesde estabulación y parques de ejer-cicio al aire libre y cumplan el restode requerimientos especificadosen las normas básicas de producción.

Está prohibido albergar en los cebaderos anima-les que no procedan de explotaciones de ganaderíaintegrada.

Se recomienda no llevar los terneros al mataderoantes de los 5 meses.

Las reproductoras a utilizar serán de razas autóc-tonas como la retinta, cárdena andaluza, pajuna,berrenda, morucha, avileña o negra ibérica, negra

andaluza, mostrenca, marismeña, de lidia, así comolos cruces de estas con reproductores de aptitudcárnica. No obstante se permitirá el uso de cómomáximo un 5% de otras razas de aptitud cárnica,fundamentalmente para el mantenimiento delplantel de reproductores.

Se recomienda usar de entre las reproductorasautóctonas las que mejor se adaptena cada zona y que figuren inscritasen los libros genealógicos correspon-dientes.

Los requerimientos especificados enlas normas básicas de producción in-tegrada, van a influir en los siguientesfactores de producción del vacuno decarne:

Alimentación de los animales.

Profilaxis y Cuidados Veterinarios.

Reproducción y Gestión Zootécnica.

Transporte.

Identificación de animales y produc-tos obtenidos.

Gestión y manejo de excretas yresiduos.

Alojamientos y manejo del ganado.

Asesoramiento técnico competente.

Además, recientemente, se ha publicadola ORDEN de 19 de septiembre de 2007,por la que se aprueba el ReglamentoEspecífico de Producción Integrada deAndalucía para las industrias de obten-ción y elaboración de productos cárnicosde ganado vacuno, ovino, caprino yporcino.

04 | Pág. 27Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Producción Ecológica

La producción ecológica de alimentos se refiere asistemas de producción agrícola, ganadera y deelaboración de productos agroalimentarios quepretende producir alimentos suficientes, libres decontaminantes químicos, de alto valor nutricional yorganoléptico, producidos en sistemas que protejany mejoren el medio ambiente, que respeten el bienestaranimal, reduzcan los costes de producción y permitanobtener una renta suficiente a los ganaderos yagricultores.

En Europa el sector de la agricultura ecológica estáregulado por el Reglamento CEE 834/2007 deaplicación en todos los estados miembros, y por losReglamentos: R(CE) 889/2008 de la Comisión, por elque se establecen disposiciones de aplicación del R(CE)

¿Quién certifica?

En Andalucía, la autoridad competente es, desde elaño 2003, la Consejería de Agricultura y Pesca de laJunta de Andalucía, quien además de realizar unasupervisión directa sobre las certificadoras, exige queéstas se encuentren acreditadas por la Entidad Nacionalde Acreditación (ENAC) conforme a la norma EN-45011 sobre requisitos generales para entidades querealizan la certificación de productos.

Principios básicos de la Ganadería Ecológica

GanaderíaEcológica

Animales en pastoreosometidos a manejo ecológico

Suplementos naturales producidosbajo normas ecológicas

Manejo que garantice el bienestaranimal

La prevención base de la salud

Curación con medicina naturaly homeopatía

Alimentación suficientey equilibrada basadaen pastos y forrajes

Carga adecuadaNo sobrepastoreo

Crianza en libertad

Alojamiento higiénicoy adecuado

Trato cuidadoso

Razas locales

834/2007 con respecto a la producción ecológica, suetiquetado y control y R(CE) 1235/2008 de la Comisiónpor el que se establecen las disposiciones de aplicacióndel R(CE) 834/2007 , en lo que se refiere a lasimportaciones de productos ecológicos procedentesde terceros países.

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¿Cómo se certifica?

El modo de llevar a cabo este control, deno-minado "Evaluación de conformidad porauditoría" o "certificación por tercera parte",supone que es una entidad ajena al operadorla que evalúa la conformidad de los procedi-mientos llevados a cabo por el mismo, respec-to al Reglamento CEE 2092/91.

El proceso de certificación empieza cuandoel operador solicita información a la certifi-cadora. Ésta le envía un cuestionario quedebe ser cumplimentado y remitido a la em-presa auditora, junto a la documentaciónpertinente. Una vez comprobada la docu-mentación se designará un inspector que seencargará de llevar a cabo la verificación delos datos mediante una visita inicial.

Una vez que se decida iniciar la actividadecológica y se ha tramitado la inscripciónen un organismo de control de certificación,de los animales y las tierras donde pasten,debe pasar un período durante el cual seadapten al nuevo sistema productivo. A esteperíodo se le denomina como “Período deConversión”. Durante este tiempo se debenseguir las normas de las producciones ecoló-gicas a pesar de no poder vender los pro-ductos como tal.

Este período puede oscilar entre 1 ó 2 años,dependiendo del manejo y del historial quetenga la finca. Habrá que tener en cuentaque para que los productos que se obtengande los animales puedan ser vendidos comoProductos Ecológicos, los animales de los queprovengan deben de haber vivido bajo lasnormas de la producción ecológica duranteun tiempo mínimo.

Declaración(solicitud)

Revisión Documental

Auditoría Inicial

Informe de auditoríaacciones correctoras

del operador

Decisión de la Comisiónde Certificación

Evaluación por laComisión de Certificación

Expediente archivado

Licencia de Operador yCertificado del Producto*

Auditorías decontrol periódicas

Nuevadocumentación

Nuevas accionescorregidas

No conforme

y/o

El p

roce

so c

onti

núa

El p

roce

so n

o co

ntin

úa

No conforme

Conforme

El certificado de producto puede no emitirse hastacumplido un año desde la presentación de la declaración.*

04 | Pág. 29Gestión técnica y administrativa de las explotacionesIdentificación animal del Vacuno de Carne

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Alimentacióndel Vacunode Carne

La alimentación en producción animal tiene una in-fluencia directa en la salud, el estado reproductivo yla producción del ganado vacuno. Así la alimentaciónen las explotaciones de ganado vacuno de carne, de-pende en gran medida del sistema productivo en elque se desarrolle (extensivo, semi-extensivo e inten-sivo), siendo necesaria la realización de un estudiopormenorizado de las especies vegetales existentesen los pastos disponibles para poder adaptar y comple-tar adecuadamente el resto de las raciones. Este hechoes primordial, fundamentalmente para evitar los po-tenciales descensos de producción en aquellos momen-tos donde la disponibilidad de los pastos no resultasuficiente en cantidad y calidad.

En definitiva, el objetivo primordial de una adecuadaalimentación animal es el aporte de raciones equilibra-das que eviten problemas nutricionales o de toxicidady que proporcionen seguridad al producto de cara alconsumidor final.

Además, para garantizar la sostenibilidad de la explo-tación, la actividad ganadera debería tender a favorecerla fertilidad natural de la tierra y la conservación ymejora de la biodiversidad, evitándose en la medidade lo posible los signos de erosión, contaminación osobrepastoreo. Así, habría que prestar especial atencióna la infrautilización de los recursos pascícolas, para dismi-nuir el riesgo de incendios y degradación de los pastos.

A continuación se extraen algunos de los requisitosmínimos que deben cumplir las explotaciones gana-deras extraidos de la reglamentación aplicable iden-tificada con anterioridad.

Limpiar diariamente los comederos y periódica-mente los bebederos.

Disponer en las explotaciones de vacuno de agualimpia y adecuada sanitariamente para ser bebidapor los animales de forma libre.

El pastoreo se debe llevar a cabo de forma quese reduzca al mínimo la contaminación de los ali-mentos de origen animal por factores de peligrofísicos, biológicos o químicos.

Provocar períodos de descanso adecuado antesde dejar que el ganado pastoree, para evitar lacontaminación cruzada biológica proveniente delestiércol, y garantizar el respeto de los períodosde suspensión de las aplicaciones de sustanciasquímicas en el campo.

Almacenar las sustancias químicas utilizadas enla limpieza y la esterilización lejos de las zonas dealmacenamiento de piensos y de alimentación delos animales.

Evacuar regularmente el estiércol, los residuos yotras posibles fuentes de contaminación de lospiensos.

Requisitos mínimos

Pág. 30 | 05 Alimentación del Vacuno de Carne

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Cambiar frecuentemente el pienso sobrante dela alimentación para evitar que se enmohezca.

Almacenar las semillas de manera apropiada yde forma que no sean accesibles a los animales.

Los piensos medicados y los piensos no medica-dos destinados a clases o especies diferentes deanimales se almacenarán de manera que se reduzcael riesgo de alimentación de animales a los que noestén destinados.

El sistema de distribución de los piensos en laexplotación debe garantizar que se suministre elpienso adecuado al grupo de animales que corresponda.

Los vehículos de transporte de la explotación yel equipo de alimentación se limpiarán periódica-mente, en particular cuando se usen en la entregay distribución de piensos medicados.

Aportar la cantidad adecuada de agua.

Los equipos para el suministro de piensos y aguadeberán estar diseñados, construidos y ubicadosde forma que se reduzca al mínimo el riesgo decontaminación de los piensos y del agua.

La persona responsable de alimentar y manipularlos animales poseerá las aptitudes, los conocimien-tos y la competencia requeridos.

Los animales cuya alimentación se realice enpastoreo se distribuirán en lotes homogéneos, deforma que sea posible suministrarles alimentacióncomplementaria de acuerdo con sus necesidadesy con las condiciones del pasto donde pastorean.

Como criterio para establecer las pautas de pas-toreo y/o complementación debe utilizarse la con-dición corporal. A estos efectos, un lote homogéneosería el que formaran animales con un mismo estadofisiológico (hembras vacías, en gestación avanzaday en lactación) y una parecida condición corporal.

Para facilitar la formación de los lotes debe orga-nizarse el sistema reproductivo de forma que seaposible conocer el estado fisiológico de los animalesy agrupar un número suficiente con un mismoestado fisiológico y similar condición corporal.

A ser posible, la época de máximas necesidadesdebería coincidir con el final del otoño, el inviernoy la primavera, aunque en este tema también de-ban tenerse en cuenta las características de la fin-ca y las condiciones del mercado.

En el aprovechamiento de los pastos debe darseprioridad a los animales con mayores necesidadesnutritivas, rotando en los cercados de forma queestos seleccionen las partes mejores y sean losanimales con menores necesidades los que com-

Fuente: Legislación Vigente.

05 | Pág. 31Alimentación del Vacuno de Carne

Prácticas recomendadas

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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pleten el aprovechamiento adecuado del pasto.

La alimentación suplementaria debe servir paracomplementar los déficits que presente el pastoen cada momento, sin ser sustitutiva de aquel. Así,en verano, cuando haya suficiente pasto seco, conbajo contenido proteico, el complemento deberíaaportar sólo este nutrientea los animales de menoresnecesidades (por ejemplo,con harina de girasol inte-gral o gránulos de alfalfadeshidratada), reservandolos “piensos camperos”, queaportan también compo-nentes energéticos y fibro-sos, y los piensos compues-tos, en general, para cuandoel pasto sea escaso y lasnecesidades de los animalesmayores.

En situaciones de escasezmanifiesta de recursos pas-cícolas, por causas ajenasa la programación de lasparideras y la adecuaciónde la carga ganadera (porejemplo, en situaciones deaños especialmente secos)puede ser aconsejable res-tringir el pastoreo de losanimales de mayores nece-sidades y alimentarlos com-pletamente con alimentosuministrado en comederos.

Se debe evitar el sobre-pastoreo en general y el de determinadas zonasen particular, así como la degradación del pastizalpor falta de consumo. En este sentido, la disposiciónde bebederos móviles y de comederos para el sumi-nistro del alimento complementario, incluido el aportede sales minerales, debe facilitar que el ganado utilicede forma homogénea la totalidad de la superficie dela explotación.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

El periodo de lactación de los terneros será comomínimo de 3 meses.

En la suplementación de los re-productores, además de forraje pro-ducido en la explotación, con auto-rización previa se podrán emplearotros alimentos de origen vegetal,siempre que tengan procedenciaconocida y garantías sanitarias.

El pienso en los terneros de engor-de estará compuesto principalmentede cereales, leguminosas, oleagino-sas, subproductos vegetales, forrajesy grasas vegetales. Los únicos ali-mentos no vegetales autorizadosserán las sales y los correctoresvitamínico-minerales de a ración.

Todos los terneros recibirán dosraciones diarias de alimentos comomínimo.

En caso de alimentación restringida,los comederos serán suficientes parala alimentación simultánea de todoslos animales presentes en el lote.

¿Qué no se debe hacer?

Usar lactoreemplazantes duranteel periodo obligatorio de lactación.

Alimentar con las materias, sus-tancias o productos que establece la normativageneral de alimentación animal como prohibidos.

La ración suministrada al animal no deberá teneruna composición de fibra inferior al 10%.

Se recomienda...

Se recomienda que el destete no sea antes delos 5 meses.

Se utilizarán preferentemente los alimentosobtenidos en la propia explotación.

Pág. 32 | 05 Alimentación del Vacuno de Carne

Fuente: Citagro

Información facilitada por Augusto Gómez Cabrera

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05 | Pág. 33Alimentación del Vacuno de Carne

Producción Ecológica

Los piensos y forrajes empleados para la alimen-tación deben ser ecológicos, preferentemente dela misma finca inscrita y cuando no sea posible deotras también inscritas como ecológicas.

Está expresamente prohibida la alimentación for-zada.

El alimento básico de los terneros será la lechenatural y preferentemente la materna, debiéndosealimentar de esta forma durante un período mínimoque será de 3 meses.

Las crías recibirán lactación materna o a lo sumode una nodriza durante un período mínimo.

Está prohibido el destete precoz ni aunque lospiensos de arranque o iniciación que se le suminis-traran a la cría procedieran de cultivo ecológico.

El alimento básico de los herbívoros estará cons-tituido de forrajes comunes, frescos (hierba), secos(heno, pasto o paja) o ensilados en un 60% comomínimo.

Se autoriza la alimentación con piensos en re-conversión, pero sólo en un porcentaje máximodel 30%, que puede alcanzar el 60% si procedende la misma granja inscrita.

En algunos casos se permite la inclusión de ciertacantidad de alimentos convencionales.

Fuente: Manuel Sánchez Rodríguez

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Reproducción ymejora genética delVacuno de Carne

Los parámetros reproductivos del vacuno de carne mássignificativos son los que se muestran a continuación:

La duración del ciclo estral es de 21 días.

La duración del celo es de 18-24 horas.

La primera cubrición se hace entre los 24 y 30 me-ses de edad, aunque también puede producirse antes.

La duración de la gestación oscila entre los 280-290 días (9 meses).

La vida útil es de aproximadamente 10 años.

El índice de fertilidad es del 80-90%.

El intervalo entre partos debe acercarse a 12 meses.

Para favorecer la sostenibilidad de la explotación, apesar de tener en cuenta los parámetros reproductivosde las vacas, el manejo de los animales debe ir encami-nado a favorecer los ciclos naturales de reproducción.

Para plantear un buen sistema reproductivo es con-veniente hacer coincidir las disponibilidades de pastocon las máximas necesidades de los animales, ademásde tener en cuenta la época de venta de los productosde la explotación. Fuente: Legislación Vigente.

Pág. 34 | 06 Reproducción y mejora genética del Vacuno de Carne

Requisitos mínimosSi los ganaderos han inscrito a su ganadería en algunade las Asociaciones de Criadores de las diferentes ra-zas que existen en Andalucía, tendrán las siguientesresponsabilidades:

Tener los animales sometidos a control inscritosen el libro genealógico de la raza y debidamenteidentificados según normativa vigente.

Colaborar con los programas de valoración gené-tica de reproductores establecidos por las organiza-ciones de criadores oficialmente reconocidas o susfederaciones.

Realizar el control de todas las reproductoras desu explotación inscritas en el libro genealógico yque se encuentren en producción.

Inseminar sus reproductoras con sementales jó-venes en prueba en el porcentaje mínimo que seestablezca en el esquema de selección específicopara cada raza.

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Control de calidad seminal en los sementales almenos una vez al año.

Realizar lotes de reproductoras, separándolas poredades.

Control de cubriciones, anotando tanto la repro-ductora como el semental, para detectar posiblesproblemas tanto reproductivos en la hembra comoen el macho.

Realizar un control de la reproductora a los 21días observando el resultado de la cubrición.

En el caso de las novillas la edad ideal para laprimera cubrición es a partir de los 20 meses paraque no se impida su correcto crecimiento y posiblespartos distócicos. Es recomendable también quela primera cubrición sea con un semental Retintoo Limusina, debido al menor peso al nacimientolo que facilita el primer parto.

Utilizar métodos de sincronización del celo y laovulación en programas de inseminación artificial.

Emplear sementales selectos, ya sea por montanatural (si los machos están en la ganadería) o porinseminación artificial, con el fin de alcanzar unadecuado progreso genético de la población, selec-cionando aquellos caracteres más adecuados omás deficitarios en cada caso.

Utilizar programas vacunales frente a IBR y DVBsiempre que estas enfermedades puedan estar reper-cutiendo en la producción y reproducción del rebaño.

Controlar la calidad del agua, que podría afectarnegativamente sobre la reproducción y salud gene-ral de los animales.

Obtener registros de todos aquellos aconteci-mientos reproductivos o sanitarios que ocurran enlos animales, dependiendo del tipo de manejo alque se vean sometidos.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Cada reproductora dispondrá de una ficha consu historial reproductivo en la que aparezcan almenos los siguientes datos: fechas de cubrición o

estancia con los toros, toros empleados, fechas departo, anomalías del puerperio y fechas de destete.

Se recomienda...

En caso de cruzamiento, se deberá adecuar laraza del toro a la edad y desarrollo de las novillas,para evitar problemas de partos distócicos.

Se procurará programar las cubriciones entre losmeses de noviembre a mayo, de forma que se pue-da realizar un manejo por lotes.

06 | Pág. 35Reproducción y mejora genética del Vacuno de Carne

Prácticas recomendadas

Producción Ecológica

La reproducción deberá basarse en métodosnaturales, aunque se autoriza la inseminaciónartificial. Todas las otras formas de reproducciónartificial o asistida están prohibidas.

Se han de seleccionar las razas o estirpes te-niendo en cuenta su adaptación al entorno, suvitalidad y su resistencia a las enfermedades,dando preferencia a las razas y estirpes autóc-tonas por ser las que en principio están másadaptadas a las condiciones locales.

Los animales que constituyen la ganaderíadeben proceder de explotaciones ecológicas yhaber cumplido las normas desde su nacimiento,aunque se permiten ciertas excepciones si nose dispone de animales ecológicos, con la auto-rización previa de la autoridad de control:

> Los animales que ya estaban presentes enla unidad cuando comenzó su reconversión.

> Los animales convencionales que se intro-duzcan para constituir por primera vez elrebaño o ganadería con un tiempo máximode vida de 6 meses para terneros y que cum-plan las normas tras el destete.

> Animales convencionales para renovacióno reconstitución del rebaño, en caso de ele-vada mortalidad de animales causada porenfermedad o catástrofe.

> Animales convencionales para reposición(hembras nulíparas hasta una cantidad máxi-ma anual del 10% del ganado adulto y ma-chos convencionales destinados a la repro-ducción, aunque deberán cumplir las normastras su entrada en la explotación).

Para que los productos animales puedan vendersecomo ecológicos se deben haber criados conformea las normas durante al menos 12 meses.

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Manejo productivoen el cebo y engordede terneros

El cebo en terneros procedentes del área de la dehesa,presenta unos índices técnicos que dependen funda-mentalmente de factores tipo genético, sexo, peso alsacrificio y sistema de explotación, factores que vana afectar también al rendimiento de la canal y a lacalidad de la carne. Los índices técnicos productivosy de la canal referentes a las razas de la dehesa sonsimilares, pudiéndose señalar un menor crecimientopara la Morucha. Del mismo modo, tampoco se hanobservado diferencias significativas entre estas razaspara los parámetros de calidad sensorial de la carne.

En cuanto al sexo, el engrasamiento más precoz delas terneras hace que su cebo intensivo deba finalizarantes, con 400 Kg de peso vivo (210-220 Kg de canal),en este momento su carne, más tierna que la de añojo,alcanza en el mercado mejores cotizaciones que la delos machos con cerca de 300 Kg de canal.

Los terneros cruzados mejoran todos los índices pro-ductivos y de la canal en el cebo intensivo, sin embargoen pasto la ventaja es para los terneros autóctonospuros debido a su buena adaptación, y sobre todo aque los niveles nutricionales en pasto no son suficientespara que los terneros cruzados muestren todo su po-tencial de crecimiento. Las características de la canalson siempre más favorables en los terneros cruzados.

Fuente: Jesús Ivars

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Edad y peso de entrada de terneros al cebadero:

> 5-6 meses para machos y hembras.

> Peso medio de entrada de 225 Kg para machosy 215 Kg para hembras.

1ª Fase de adaptación en nave de recepción(25 -30 días):

> Tipificación por peso, sexo y tipo racial.

> Plan sanitario: tratamiento antibiótico y des-parasitación (ivermectina), vacunas enteroto-xemias vacunas pasterelas, vacuna tetravírica.

> Alimentación con mezcla de iniciación paraevitar clostridiosis.

> Ganancias Medias Diarias (GMD) de 0,9 parahembras y de 1,2 para machos.

2ª Fase de crecimiento y cebo (90 días para ma-chos y 60 días para hembras):

> Alimentación con mezclas altas en proteínas,energía y minerales.

> Ganancias Medias Diarias (GMD) de 1,25 enhembras y de 1,65 en machos.

3ª Fase de cebo (60 días):

> Alimentación con mezclas de cebo en machos

(energéticas) y de la fase anterior en hembras.

> GMD de 1,45 en machos y de 1,15 en hembras.

> Peso final medio de hembras de 400 Kg con10-11 meses.

> Peso final medio de machos de 520 Kg con11-12 meses.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Los cebaderos de vacuno integrado podrán serexplotaciones extensivas, semiextensivas, o quecuenten con instalaciones de estabulación y parquesde ejercicio al aire libre y cumplan el resto derequerimientos especificados en las normas básicasde producción.

¿Qué no se debe hacer?

Albergar en los cebaderos animales que noprocedan en explotaciones de ganadería integrada.

Se recomienda...

No llevar a los terneros a los cebaderos antes delos 5 meses.

Prácticas recomendadas

07 | Pág. 37Manejo productivo en el cebo y engorde de terneros

Fuente: Jesús Ivars

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Sanidad. Normasde bioseguridad ycondiciones higiénicas

La sanidad animal es el punto básico en cualquierclase de explotación animal, para la obtención derendimientos satisfactorios. Con animales enfermosno es posible obtener un resultado positivo, cualquieraque sea el esfuerzo aplicado. El ahorro en la adquisiciónde medicamentos tanto en cantidad como en calidad,constituye un factor negativo que no siempre escomprendido. Un medicamento eficiente, suministradoconvenientemente y en el momen-to oportuno, jamás dejará de pro-ducir resultados satisfactorios quecompensarán plenamente el gastorealizado.

Un desarrollo del rebaño de vacunoen condiciones precarias de sani-dad y alimentación, son causasprincipales de una baja producti-vidad, la cual se expresa en morta-lidad de becerros, alta incidenciade abortos, alta morbilidad y mor-talidad general del rebaño a causade enfermedades infecciosas y pa-rasitarias y escasa expresión de susbondades genéticas. La diferenciade salud entre fincas se debe engran proporción el resultado debuenas prácticas de nutrición ymanejo del rebaño y en menorgrado a problemas de enfermedadesinfecciosas. Una buena nutriciónva asociada a una menor incidenciay gravedad de infecciones bacterianas, parasitarias, ypor protozoos. Se exceptúan de este comportamientolas infecciones víricas las cuales atacan a animales biennutridos.

Mantener los animales en buen estado sanitario.

Aplicar las medidas sanitarias obligatorias quese establezcan para luchar, controlar o erradicarlas enfermedades de los animales o consentir suaplicación, así como poner los medios necesariospara que se puedan realizar las citadas medidascon las debidas garantías de seguridad, tanto paralos animales objeto de éstas como para el personalque las ejecute.

Efectuar las revisiones y modificaciones en lasinstalaciones, que disminuyan el riesgo de apariciónde enfermedades.

Prestar su colaboración en los controles queefectúe la Administración y en la ejecuciónsubsidiaria de actuaciones.

Investigar de manera sistemática y sobre toda lacabaña la brucelosis y tuberculosis bovinas.

Realizar las pruebas para eldiagnóstico de las enfermedadessometidas a Programas Nacionalesde Erradicación de Enfermedades,mediante los métodos oficiales enel momento de su realización paraBrucelosis y Tuberculosis Bovina.

Las principales enfermedades some-tivas a Programas Nacionales deErradicación de Enfermedades sonlas siguientes:

Brucelosis BovinaEl agente causal ha sido tradicio-nalmente Brucella abortus, aunquecada vez con mas frecuencia seaísla Brucella melitensis en casosclínicos de Brucelosis Bovina. Laprincipal fuente de infección sonlas hembras preñadas, que al parir

o abortar, expulsarán grandes cantidades de Brucellascon el feto, el líquido amniótico, las membranas fetalesy los exudados vaginales. La vía de penetración más

Pág. 38 | 08 Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

Requisitos mínimos

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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importante es el tracto gastrointestinal por ingestiónde leche, pastos, forrajes y aguas contaminadas.Además, las vacas poseen la costumbre de lamer mem-branas fetales, fetos y terneros recién nacidos, quecontienen todos ellos gran número de Brucella yconstituyen una fuente de infección muy importante.Las vacas infectadas, después de abortar o parir, eliminanBrucella con la leche durante semanas, meses o años.

Las principales medidas del programa de erradicaciónson las siguientes:

Pruebas de detección de animales positivos (apartir de los 12 meses) y posterior sacrificio de losmismos, quedando prohibida la utilización de tra-tamientos y la profilaxis vacunal salvo determinadasexcepciones que se contemplan en este programa.Siempre que exista un grave riesgo para la saludo repercusiones para la salud pública u otra razónde índole sanitaria, a criterio de las autoridadescompetentes, se podrá ampliar el sacrificio, proce-diendo a realizar el vaciado sanitario de la explotación.

Otras medidas implementadas, han consistido eninstaurar medidas profilácticas sobre las explota-ciones donde se han detectado bovinos reaccionan-tes positivos, implicando tanto a las instalacionescomo a los pastos y un control exhaustivo de losmovimientos y reposición de estas explotaciones,así como la intensificación de las pruebas diagnós-ticas para elevar con la mayor brevedad posiblesu calificación sanitaria.

Tuberculosis BovinaEs una enfermedad infectocontagiosa que afecta alganado produciendo un cuadro crónico, que generapérdidas económicas por muerte o sacrificio de losanimales, y menor productividad y valoración de laleche. El principal agente etiológico de la tuberculosises Mycobacterium bovis, y cada vez más frecuentemen-te Mycobacterium caprae, que afecta tanto a las ca-bras como a los bovinos. Las vías de infección másimportantes en el bovino son la aérea y la vía digestiva.Con menor importancia se describen las vías congénita,genital y cutánea.

Las principales medidas del programa de erradicaciónson las siguientes:

Pruebas de detección de animales positivos (apartir de las 6 semanas) y posterior sacrificio delos mismos, quedando prohibida la utilización detratamientos y la profilaxis vacunal salvo determi-

nadas excepciones que se contemplan en este pro-grama. Siempre que exista un grave riesgo para lasalud o repercusiones para la salud pública u otrarazón de índole sanitaria, a criterio de las autorida-des competentes, se podrá ampliar el sacrificio,procediendo a realizar el vaciado sanitario de laexplotación.

Otras medidas implementadas, han consistido eninstaurar medidas profilácticas sobre las explota-ciones donde se han detectado bovinos reaccio-nantes positivos, implicando tanto a las instalacio-nes como a los pastos y un control exhaustivo delos movimientos y reposición de estas explotaciones,así como la intensificación de las pruebas diagnós-ticas para elevar con la mayor brevedad posiblesu calificación sanitaria.

Todas estas medidas deben ser necesariamentecomplementadas, para que sean efectivas, por prác-ticas adecuadas de manejo aplicables a la prevencióny el control de otras enfermedades infecto-contagiosas.

Lengua azulEstá producida por un virus que pertenece a la familiaReoviridae, género orbivirus, transmitido por insectos.Se caracteriza por la aparición de congestión, edemay hemorragias en el animal afectado. Los signos clínicospueden no aparecer hasta 60-80 días después de lainfección, siendo los síntomas más comunes fiebre,leucopenia, miositis y salivación. Actualmente es obli-gatoria la vacunación frente a Lengua Azul de losanimales de las especies ovina y bovina mayores detres meses incluidos dentro de las zonas restringidas:Serotipo 1 del virus en zona restringida S-1, y Serotipos1 y 4 en zona restringida S-1-4 (Ver anexos OrdenMAPA Lengua Azul vigente).

El cumplimiento de los programas de saneamientoes obligatorio para poder percibir las ayudaseconómicas de la PAC (Prima Ovino-Caprino).

El titular de la Dirección General de la ProducciónAgraria, podrá disponer que se realicen, con carácterobligatorio, pruebas para el diagnóstico de otrasenfermedades, en la proporción, especies animalesy ámbito territorial que se determinen, cuando sedé alguna de las siguientes circunstancias:

> Exista riesgo sanitario o se puedan derivar

08 | Pág. 39Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

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restricciones comerciales por la existencia de laenfermedad.

> Aparezca la misma en territorios epidemioló-gicamente conectados.

> Una ADSG esté efectuando, sobre todos losganaderos integrados en la misma, un programade control y erradicación de una enfermedadconcreta en uno o más términos municipaleslimítrofes.

Sufragar el coste de ejecución de las pruebas.

Cuando las pruebas de diagnóstico y toma demuestras de sangre sean realizadas por Agrupa-ciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero,se podrá subvencionar parcial o totalmente sucoste de ejecución de acuerdo a lo previsto en lanormativa de aplicación.

Sacrificar en el plazo máximo de mes desde noti-ficación oficial a los animales en los que se com-pruebe la presencia de enfermedad, los que seconsideren afectados y los reaccionantes positivos.

Los bovinos positivos se podrán sacrificar in situo en matadero sanitario, teniendo en cuenta quedeben ser instalaciones autorizadas de transfor-mación o eliminación, acompañados del documentode transporte.

Notificar los casos de enfermedad de los animalesde los que se tengan conocimiento y los casos deabortos, en un plazo no superior a tres días naturales.

Prohibido el transporte de animales desde o haciarebaños que incumplan con la obligación de realizarlas pruebas para el diagnóstico de enfermedades,así como los rebaños que no efectúen las vacuna-ciones obligatorias.

Sólo se autorizará el traslado de un rebaño com-pleto hacia una explotación vacía cuando la OCA

correspondiente a la explotación de destino cons-tate y certifique que la misma cuenta con instala-ciones de manejo que hagan posible la realizaciónde las pruebas de diagnóstico de las enfermedadesobjeto de esta disposición.

Vigilar a los animales, los productos de origen ani-mal, los productos para la alimentación animal, losproductos zoosanitarios, así como de forma generallos demás medios relacionados con la sanidad animal,que tengan o hayan tenido bajo su responsabilidad.

No abandonar a los animales que tengan bajosu responsabilidad, o sus cadáveres.

La reposición de animales en las explotacionesdeberá ser efectuada siempre con animales deigual o superior calificación sanitaria.

Fuente: Legislación Vigente.

Pág. 40 | 08 Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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La sanidad animal es uno de los pilares fundamentalesde una explotación ganadera, ya que con animalesenfermos no será posible la obtención de una producciónsatisfactoria.

Sin embargo al analizar la sanidad de nuestra explotaciónno podemos dejar de valorar la alimen-tación, las instalaciones y las pautasde manejo de la ganadería, si alguno deestos factores no es el adecuado reper-cute directamente en el estado sanitariode nuestros animales.

Hay que tener, por tanto, una visión inte-gral de la sanidad en nuestra explotación,con medidas adecuadas de manejo quenos eviten la aparición de enfermedadesconcretas. Algunas de estas pautas son:

La limpieza y desinfección periódicatanto de instalaciones como de uten-silios y material ganadero es una herra-mienta fundamental para obtenerun correcto estado sanitario en nues-tra explotación. Hay que utilizar pro-ductos adecuados y seguir las pautasque marquen las instrucciones. Esimportante recordar que realizar aplicaciones deproductos desinfectantes sin una limpieza previa nosirve de nada.

Realizar tratamientos de desinsectación (paraeliminar insectos) y raticidas para eliminar posiblesportadores y transmisores de enfermedades ennuestra explotación.

El agua debe ser suficiente, de buena calidad yestar limpia, para garantizar que ésta se encuentraen buenas condiciones hay que realizar análisisperiódicos del agua y mantener los bebederos lim-pios ya que éstos constituyen una fuente importan-te de contaminación y transmisión de enfermedades.

Mantener una correcta alimentación, evitandolos cambios bruscos y el exceso de concentrado.

Vigilar y aislar a los animales que presentenalguna enfermedad. No se debe dejar recría deanimales que presentan enfermedades crónicas.

Establecer una pauta de vacunacionesy desparasitaciones en el rebaño, adaptadaa la situación sanitaria de la ganadería.

No automedicar a los animales. Seguirlas recomendaciones del/a veterinario/a.Muchos medicamentos requieren parasu empleo de la correspondiente prescrip-ción veterinaria con receta.

Realizar una correcta eliminación delos cadáveres mediante su retirada porempresas autorizadas.

No introducir animales nuevos sinconocer su estado sanitario, y sin sucorrespondiente guía de origen y sanidad(Guía de Traslado) y sin someterlos aperiodo de cuarentena, de forma aislada.

Hay que tener especial cuidado en elmomento de los partos ya que las crías

son muy sensibles y cualquier problema puedeprovocar la aparición de enfermedades. Actuacionesbásicas en este periodo son:

> Desinfección del cordón umbilical.

> Asegurar la correcta toma de calostro (cuandosea posible).

> Evitar las altas densidades de animales.

En general hay que tener en cuenta que un programasanitario debe incluir no solo pautas de vacunacioneso tratamientos, sino también pautas de manejo queprevengan la aparición de enfermedades en nuestraexplotación.

08 | Pág. 41Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

Prácticas recomendadas

Fuente: José Manuel León Jurado

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Las enfermedades más frecuentes en las vacas nodrizasson:

IBRInfección causada por un herpesvirus (BHV - 1). Es unherpesvirus que, aparte de provocar un cuadro respira-torio, también da cuadros genitales (exantema coital),cuadros abortivos, cuadros conjuntivales, cuadros detipo nervioso por meningoencefalitis, cuadro febrilgeneralizado en animales jóvenes, etc. Sobretodo selocaliza en las vías respiratorias altas, y causa un pro-ceso agudo.

DVB-MD. Diarrea Vírica BovinaEs causada por un pestivirus, afectando a las mucosasrespiratoria e intestinal, dando lugar a un cuadro res-piratorio (por sí mismo y porque contribuye a la inmu-nodepresión y favorece que se agrave los procesosrespiratorios) y pudiendo provocar diarreas. Tambiénprovoca problemas de aborto y nacimiento de ternerosdébiles y malformaciones congénitas. Las hembrastambién pueden tener infecciones que provoquen elnacimiento de los terneros API (Animales Persistente-mente Infectados) porque reconocen al virus comopropio y no responde inmunitariamente a él.

EnterotoxemiasEn el ganado bovino el agente causante de este grangrupo de enfermedades es el Clostridium perfringens,que en función de la toxina que elabore será de unode los siguientes tipos: Cl. Perfringens A, Cl. PerfringensB, Cl. Perfringens C, Cl. P. D y Cl. P. E. Dependiendodel tipo de Clostridio que afecte al animal, generaráuno u otro cuadro patológico, cuadros muy distintosentre si (enfermedad del riñón pulposo, disentería,enteritis hemorrágica y gangrena gaseosa, enteritisnecrotica del ternero, etc.).

En las explotaciones dedicadas a cebo las enfermedadesmás habituales son:

PasteurellaProvoca cuadros infecciosos a nivel respiratorio llegan-do a causar neumonías. Una vez asentada y debilitadoel sistema inmune, pueden ingresar otras bacteriasoportunistas (Moraxella, etc.).

SRB: Síndrome Respiratorio BovinoConjunto de síntomas o cuadro respiratorio provocadopor varios agentes causales (virus, bacterias y micoplas-mas) que actuan simultáneamente afectando la mucosadel tracto digestivo.

Pág. 42 | 08 Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

Fuente: Citagro

Fuente: "Guía de Prácticas Correctas de Higiene para el Vacunode Cebo”. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

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Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

La explotación de la que proceda cualquier animalde la especie bovina de Ganadería Integrada, poseerála calificación sanitaria: oficialmente indemne detuberculosis bovina (T3), oficialmente indemne debrucelosis bovina (B4), oficialmente indemne deleucosis y libre de perineumonía contagiosa bovina,de acuerdo con el RD 2611/1996, de 20 de diciembre,por el que se regulan los planes nacionales de erradi-cación de enfermedades de los animales.

En caso de pérdida de la calificación sanitaria semantendrá la certificación de Ganadería Integradadurante 6 meses.

Los alojamientos se limpiarán y desinfectarántras la salida de cada lote o partida de animales.

Se recomienda...

Hacer en los alojamientos un vacío sanitario de almenos 7 días tras la salida de cada lote o partida deanimales.

Producción Ecológica

En ganadería ecológica es fundamental la pre-vención de las enfermedades mediante las prácticasadecuadas. Para ello se procurará:

> Emplear las razas o estirpes más rústicas oadaptadas a las acondiciones locales.

> Alimentación adecuada procedente de cultivoecológico.

> Ejercicio y acceso regular a pastos.

> Mantener una densidad adecuada de animales,evitando la sobrecarga en los pastos o el hacina-miento en los corrales y alojamientos.

Se podrán emplear productos homeopáticos, oli-goelementos y productos fitoterapéuticos, comoextractos y esencias de plantas.

En el caso de que un animal cayera enfermo, y sila utilización de los productos del punto anteriorno resultara eficaz, podrán utilizarse medicamentos

veterinarios alopáticos, de síntesis química o anti-bióticos, pero sólo como tratamiento curativo. Sehará bajo la responsabilidad de un veterinario, seidentificará individualmente al animal o animalestratados, y se comunicará tal circunstancia a la au-toridad de control. El tiempo de espera será el dobledel establecido con carácter general. Si un animalrecibe más de dos tratamientos en un año habráde volver a pasar un periodo de reconversión.

La utilización de estos medicamentos veterinariosalopáticos, de síntesis química o antibióticos, estáprohibida en cambio como tratamiento preventivo.

Está prohibida también la utilización de sustanciasartificiales destinadas a estimular el crecimiento ola producción, u hormonas o sustancias similarespara el control de la reproducción, tanto administra-das como medicamento como añadidas en el pienso.

Se permiten en cambio las vacunas y otros trata-mientos veterinarios que fueran obligatorios en vir-tud de la legislación nacional o comunitaria.

08 | Pág. 43Sanidad. Normas de bioseguridad y condiciones higiénicas

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Protección ybienestar animal

El Bienestar Animal se fundamenta en cuatro pilaresbásicos o bases que son:

Según el Ministerio de Agricultura, el bienestar animales un concepto de creciente relevancia a nivel mundial,debido principalmente al mayor conocimiento delcomportamiento animal, de la fisiología del estrés,del manejo correcto de los animales y también a unamayor concienciación social sobre la protección delos animales.

Definir bienestar animal resulta complejo y difícil, yaque engloba muchas vertientes, pero puede conside-rarse que es el mantenimiento de normas apropiadasde alojamiento, alimentación y cuidado general, másla prevención y el tratamiento de las enfermedades.

La preocupación por el bienestar animal ha aumentadoconsiderablemente en los últimos años en los paísesoccidentales y es muy probable que en un futuro elbienestar se convierta en un aspecto clave de la pro-ducción animal. La preocupación por el bienestaranimal es consecuencia de la creciente sensibilidadde los consumidores por el posible sufrimiento de losanimales. La Unión Europea, consciente de dicha in-quietud (especialmente en los países nórdicos) ha ela-borado en los últimos años varias Directivas comunitarias. Esquema de Manuel Sánchez Rodríguez

Bienestaranimal

Sanidad

Instalaciones Manejo

Alimentación

Pág. 44 | 09 Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

Fuente: Citagro

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En el Real Decreto 348/2000 se regulan aspectos bási-cos relacionados con el manejo de los animales, lalibertad de movimientos, los edificios y establos, los

equipos, la protección al aire libre,la alimentación o el procedimien-to de cría, lo que servirá de basepara establecer los requisitos mí-nimos de bienestar animal parael ganado vacuno de carne.

La Agenda 2000 ha supuesto unnuevo impulso a las normativasde bienestar animal, al establecerla obligatoriedad de su cumpli-miento para el cobro de determi-nadas ayudas comunitarias. Así,se establece que las ayudas a lainversión se concederán a lasexplotaciones agrarias que cum-plan las normas mínimas en ma-teria de medio ambiente, higieney bienestar de los animales y cuyoincumplimiento podrá dar lugara reducciones o a la anulación totalde las ayudas directas de la PAC.

A continuación, se enumeran lasobligaciones que los ganaderosdeberán cumplir para no ver re-ducidas, según lo previsto en lanormativa, las ayudas directasprocedentes de la PAC, en rela-ción a las normas mínimas parala protección de las distintas es-pecies animales en las explota-ciones ganaderas:

La legislación relativa al bienestar animal empezó adesarrollarse a mediados de los noventa y desde enton-ces continuamente se publican nuevas normativasque complementan o matizan laya existente. En la Unión Europea(UE), el Protocolo del Tratado deAmsterdam (1997) constituye lareferencia básica sobre el bienes-tar animal, reconociendo a losanimales como seres sensibles.El objetivo de esta consideraciónes evitar a los animales todo do-lor o sufrimiento innecesario yobligar, tanto a los dueños comoa los cuidadores de animales, arespetar unos requisitos mínimosde bienestar. La UE, conscientede la preocupación de la sociedaden relación al bienestar animal,ha promulgado en los últimosaños diversas disposiciones espe-cíficas.

La Unión Europea ha establecidoun plan de acción comunitariosobre protección y bienestar delos animales 2006-2010, cuyosobjetivos son definir futuras polí-ticas para aumentar el bienestaranimal, fomentar coordinacióne investigación y asegurar unenfoque más coherente teniendoen cuenta el impacto económico.

La Normativa relativa al bienestaranimal de los animales de granjaregula tanto la producción a nivelde explotación, como el trans-porte y el sacrificio de los animales.

En relación al bienestar a nivel de granja, existe unaReglamentación de aspecto general y varias reglamen-taciones específicas para el engorde de terneros.

Requisitos mínimos

09 | Pág. 45Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro

Fuente: José Manuel León Jurado

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Garantizar que los animales son cuidados por un nú-mero suficiente de personal que posea la capacidad, losconocimientos y la competencia profesional necesarios.

Inspeccionar a todos los animales mantenidos encriaderos, en los que su bienestar dependa de atenciónhumana frecuente, una vez al día como mínimo. Loscriados o mantenidos en otros sistemas se inspeccio-narán a intervalos suficientes para evitarles cualquiersufrimiento.

Disponer de iluminación apropiada(fija o móvil) para poder llevar a cabouna inspección completa de los ani-males en cualquier momento.

Aportar inmediatamente a todo a-nimal que parezca enfermo o heridoel tratamiento apropiado y, en casode que el animal no responda a estoscuidados, consultar lo antes posiblea un veterinario que se responsabilicede la sanidad y la eficacia terapéutica.En caso necesario, los animales enfer-mos o heridos se aislarán en lugaresadecuados que cuenten, en su caso,con yacijas secas y cómodas.

Llevar un registro en el que se indiquecualquier tratamiento médico prestado,así como el número de animales muer-tos descubiertos en cada inspección.

Mantener los registros antes mencio-nados, durante tres años como mí-nimo, y ponerlos a disposición de laautoridad competente cuando realiceuna inspección o cuando los solicite.

Proporcionar un espacio adecuado a sus necesidadesfisiológicas y etológicas, a los animales que se encuen-tren atados, encadenados o retenidos continua o

regularmente, de conformidad con la experiencia ad-quirida y con los conocimientos científicos, y en fun-ción de la especie y grado de desarrollo, adaptacióny domesticación de la misma.

Utilizar materiales para la construcción de establosy, en particular, de recintos y de equipos con los quelos animales puedan estar en contacto, no perjudicialespara los animales, y que puedan limpiarse y desinfec-

tarse a fondo.

Los establos y accesorios para atar a losanimales se construirán y mantendránde forma que no presenten bordes afiladosni salientes que les puedan causar heridas.

Mantener los niveles de circulación delaire, temperatura, humedad relativa delaire, polvo y concentración de gases dentrode límites que no sean perjudiciales paralos animales.

Proteger, en la medida en que sea nece-sario y posible, al ganado mantenido alaire libre contra las inclemencias deltiempo, los depredadores y el riesgo deenfermedades.

Inspeccionar al menos una vez al díalos equipos automáticos o mecánicosindispensables para la salud y el bienes-tar de los animales. Y cuando se descu-bran deficiencias, subsanarlas de inme-diato o, si ello no fuese posible, tomarlas medidas adecuadas para protegerla salud y el bienestar de los animales.

Disponer, cuando la salud y el bienes-tar de los animales dependan de un

sistema de ventilación artificial, de un sistema deemergencia apropiado que garantice una renovaciónde aire suficiente para proteger la salud y el bien-

¿Qué sedebe hacer?

Pág. 46 | 09 Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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estar de los animales en caso de fallo del sistema prin-cipal, y además contar con un sistema de alarma quele avise en caso de avería y sea verificado con regu-laridad.

Administrar a los animales una alimentación sana,adecuada a su edad y especie, y en suficiente cantidad,con el fin de mantener su buen estado de salud y desatisfacer sus necesidades de nutrición. También se evitarásuministrar a ningún animal alimentos líquidos quepueda ocasionarle sufrimientos o daños innecesarios yque los mismos contengan cualquier sustancia que puedacausarles sufrimientos o daños innecesarios.

Garantizar el acceso de los animales a los alimentosa intervalos adecuados a sus necesidades fisiológicas.

Proveerles de acceso a una cantidad suficiente de aguade calidad adecuada, o satisfacer su ingesta líquida porotros medios.

Construir y ubicar los equipos para el suministro dealimentos y agua de tal forma que se reduzca al máximoel riesgo de contaminación de los alimentos y del aguay que se eviten las consecuencias perjudiciales que sepuedan derivar de la rivalidad entre animales.

Respetar las disposiciones vigentes en materia demutilaciones.

Mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que sedeclare obligatorio y suministrándole la asistenciaveterinaria que necesite.

Proporcionarle un alojamiento adecuado.

Facilitar a los animales la alimentación necesariapara su normal desarrollo.

Cuidar y proteger al animal de las agresiones, situa-ciones de peligro, incomodidades y molestias que otraspersonas o animales les puedan ocasionar.

Evitar las agresiones del animal a las personas o aotros animales, así como la producción de otro tipode daños.

Denunciar la pérdida del animal.

09 | Pág. 47Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro

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Limitar la libertad de movimientos propia de losanimales, habida cuenta de su especie y de confor-midad con la experiencia adquirida y con los cono-cimientos científicos, evitando así causarles sufrimientoo daños innecesarios.

Mantener de forma perma-nente en la oscuridad a losanimales alojados en edificios,ni exponer los animales a laluz artificial sin una interrup-ción adecuada. En caso de quela luz natural de que se dis-ponga resulte insuficiente parasatisfacer las necesidades fisio-lógicas y etológicas de los ani-males, facilitarán una ilumina-ción artificial adecuada.

Administrar a los animalesninguna otra sustancia, a excep-ción de las administradas confines terapéuticos o profilácticoso para tratamiento zootécnico,a menos que los estudios cientí-ficos o la experiencia adquiridademuestren que la sustancia noresulta perjudicial para la saludo el bienestar del animal.

Utilizar procedimientos de cría que ocasionen opuedan ocasionar sufrimientos o heridas a cual-quiera de los animales. Siempre que estén permi-tidos por las disposiciones nacionales, se podránemplear determinados procedimientos que puedancausar sufrimiento o heridas de poca importanciao momentáneos, o que puedan requerir interven-ción sin probabilidad de causar un daño duradero.

Maltratar o agredir físicamente a los animales osometerlos a cualquier otra práctica que les ocasione

¿Qué no sedebe hacer?

sufrimientos o daños injustificados.

El abandono de animales.

Mantenerlos en lugares o instalaciones indebidasdesde el punto de vista higié-nico-sanitario o inadecuadaspara la práctica de los cuidadosy la atención necesarios queexijan sus necesidades fisioló-gicas y etológicas, según razao especie.

Practicarles mutilaciones confines exclusivamente estéticoso sin utilidad alguna salvo laspracticadas por veterinarios encaso de necesidad.

El sacrificio de los animalessin reunir las garantías previstasen esta Ley o en cualquier nor-mativa de aplicación.

Mantener permanentementeatados o encadenados a los ani-males, con las especificacionesy excepciones que se establezcan.

Hacer donación de los anima-les con fines publicitarios o como premio, recom-pensa o regalo por otras adquisiciones de naturalezadistinta a la propia adquisición onerosa de animales.

Utilizarlos en procedimientos de experimentacióno destinarlos a los mismos sin el cumplimiento delas garantías establecidas en la normativa aplicable.

Venderlos a menores de dieciséis años y a inca-pacitados sin la autorización de quien tenga lapatria potestad, custodia o tutela de los mismos,de conformidad, en su caso, con la sentencia deincapacitación.

Pág. 48 | 09 Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro

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Administrar, inocular o aplicar sustancias farma-cológicas sin la prescripción o supervisión directade un veterinario. Suministrar medicación errónea,aplicarla de modo incorrecto, o no valorar los efectoscolaterales o indeseados que puedan suponer un su-frimiento injustificable para los animales.

Con el cumplimiento de estos requisitos se conseguirámejorar la salud de los animales, contribuyendo a unamayor resistencia a las enfermedades, prevenir y acotarlos problemas sanitarios de las explotaciones ganaderas,aumentar el rendimiento productivo debido a la inexis-tencia de estrés en los animales, así como aumentarla confianza de los consumidores.

Ejercer su venta ambulante fuera de los merca-dos o ferias autorizados para ello.

Suministrarles sustancias que puedan causarles su-frimientos o daños innecesarios, así como cualquiertipo de sustancia no autorizada, aún cuando sea pa-ra aumentar el rendimiento en una competición.

Mantener a los animales en recintos y lugares don-de no puedan ser debidamente controlados y vigilados.

Mantener animales en lugares donde ocasionenmolestias evidentes a los vecinos.

Venderlos a laboratorios o clínicas sin el cumpli-miento de las garantías previstas en la normativavigente. Fuente: Legislación Vigente.

09 | Pág. 49Protección y bienestar animal

Fuente: Citagro Fuente: Citagro

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Las recomendaciones se van a establecer en relación acinco apartados que son: Salud animal, Alimentación,Bienestar de la cría y la recría, Alojamiento de repro-ductores y Calidad del cuidado humano. En todos estosapartados ya se han recomendado prácticas más espe-cíficas, pero en este en concreto se pretenden resaltaraquellas que están relacionadas con el bienestar animal.

Salud animal

Si se siguen las recomendaciones que se dan en otrosapartados en relación a la carga ganadera, la densidadde animales en los alojamientos, la alimentación, laintensidad productiva y la higiene y la prevención deenfermedades, los animales tendrán un estado desalud bueno. No obstante el ganadero deberá:

Prestar atención al estado general de los animalesobservando el pelaje y la viveza de éstos, que sonsignos evidentes de la salud de los mismos, debiendoavisar con rapidez al veterinario cuando se observealgún problema de salud y regis-trando cualquier incidencia y/otratamiento realizado.

Vigilar también el estado de laspezuñas y las posibles heridas, paradetectar cual es la causa y eliminarla.

Alimentación

Aportar una dieta equilibrada enenergía y proteína, con un adecuadocontenido en fibra para evitar enfer-medades metabólicas como la aci-dosis ruminal.

En la medida de lo posible procurarque parte de la ingesta de fibra pro-ceda del pastoreo, y que este no seaexcesivo en cuanto a horas y recorrido, teniendosiempre agua y protección suficientes.

Bienestar de la cría y la recría

Desde un punto de vista etológico, la lactancianatural es preferible a la artificial.

Si se opta por la lactancia natural debe tratar dereducirse al mínimo el tiempo de separación entremadres e hijos, evitándose en la medida de lo posi-ble que sólo mamen una vez al día.

En la media de lo posible debe evitarse tenerlosatados, aunque esta práctica puede ser convenienteen los primeros días después del parto para facilitarel ahijamiento.

Si las crías permanecen al aire libre, deben tenersuficiente protección frente a las inclemencias deltiempo, por el contrario si están una nave, la densi-dad de animales, el suelo, la higiene, la ventilacióny la climatización deben ser adecuadas.

Debe vigilarse el ritmo de crecimiento y la apariciónde enfermedades (por ejemplo diarreas) o mortalida-

des elevadas, para corregir las posiblescausas.

Siempre que sea posible la recría de-be permanecer separada de los repro-ductores y debe recibir una alimenta-ción apropiada a la edad y estadofisiológico para que crezcan a un ritmoadecuado sin engrasar demasiado.

Alojamiento de reproductores

Los animales se dividirán en grupossegún su estado fisiológico y necesi-dades.

El material y cobertura del suelogarantizarán la ausencia de problemas

en las patas y las pezuñas.

Las instalaciones proporcionarán una adecuadaprotección frente a las inclemencias del tiempo,especialmente frente al frío y a la lluvia en inviernoy la radiación solar en verano.

Prácticas recomendadas

Pág. 50 | 09 Protección y bienestar animal

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Es importante que las puertas y las vallas se dise-ñen de forma que no se produzcan daños, siendonecesario que estén en buen estado.

Los comederos deben ser adecuados para estetipo de ganado y los bebederos deben estar enbuenas condiciones de higiene. En ambos casosdeben ser suficientes para evitar la competenciaentre animales.

Calidad del cuidado humano

El trato a los animales debe ser adecuado, paralo que se requiere un mínimo de conocimientosde comportamiento animal, así como el conven-cimiento por parte del ganadero de que se debeevitar el sufrimiento de éste.

También es importante disponer de tiempo sufi-ciente para que puedan supervisarse los animalescon la frecuencia necesaria y así poder detectar atiempo posibles problemas de enfermedades, com-portamientos anómalos, etc.

09 | Pág. 51Protección y bienestar animal

Producción Ecológica

Se prohíbe cualquier mutilación al animal. Portanto, prácticas como la colocación de gomasen el rabo, corte del rabo, recorte de dientes yel descuerne no están permitidas. Excepcional-mente y por razones de seguridad, salud, bien-estar o higiene de los animales se pueden auto-rizar dichas prácticas.

Se prohíbe mantener atados a los animales, sibien se pueden autorizar algunas excepcionescuando sea necesario por motivos de seguridado bienestar y durante períodos limitados.

Fuente: Citagro

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Instalaciones.Condiciones ambientales,diseños, usos, etc.

El alojamiento de los animales supone uno de los as-pectos básicos y más importantes de su manejo y tie-ne una repercusión significativa sobre las producciones.Esta influencia viene dada por factores como el espacio,la luz, la temperatura, la ventilación, etc.

Todos los terneros confinados o estabulados de-berán inspeccionarse al menos dos veces al día, yel ganado mantenido en pastoreo como mínimouna vez al día.

Las instalaciones de confinamiento dispondránde posibilidades o medios de iluminación que faci-liten la inspección de los animales a cualquier horadel día.

¿Qué no se debe hacer?

Presencia de camas húmedas.

En ningún caso pondrán mantenerse atados todoslos animales, y sólo podrán estar en alojamiento indi-vidual en caso de enfermedad, o de requerimientode cuidados especiales por recomendación veterinaria.

Que la superficie enrejillada correspondiente adesagües y drenajes supere el 10% de la superficiemínima de alojamiento.

Computar los parques de ejercicio al aire libre co-mo superficie de pastoreo o de reparto de excretas.

Utilizar atizadores eléctricos.

Se recomienda...

En las instalaciones ganaderas asegurar que laventilación, el nivel de polvo, la temperatura, lahumedad y la concentración de gases se mantienenen niveles no perjudiciales para los animales.

Terneros de menosde 150kg

Terneros entre150 y 220kg

Terneros con másde 220kg

Reproductores

1,5

2,2

>1,8

1m / 100kg2

1,5

1,7

3,0

1m / 100kg2

Parque exterior(m / cabeza)2

Alojamiento(m / cabeza)2

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Eliminar cualquier circunstancia que pueda pro-vocar un hacinamiento puntual o temporal de losanimales.

Las superficies mínimas de alojamiento y de par-que de ejercicio al aire libre para los animales esta-bulados serán las siguientes:

Prácticas recomendadas

Pág. 52 | 10 Instalaciones. Condiciones ambientales, diseños, usos, etc.

Fuente: José Manuel León Jurado

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Producción Ecológica

Todos los animales deberán tener acceso a zonas al airelibre, a pastos los animales herbívoros, o a zonas abiertasde ejercicio cubiertas de vegetación en su mayor partelos demás animales, a menos que las condiciones atmos-féricas o fisiológicas del animal no lo permitan.

Las superficies mínimas de alojamiento, tanto cubiertascomo al aire libre (corrales o parque) para el ganado ca-prino son las siguientes:

Los alojamientos deberán proporcionar al animaladecuada libertad de movimientos con espacio sufi-ciente para garantizar su bienestar y comodidad, fácilacceso a la alimentación y al agua, y niveles de circu-lación de aire, temperatura, iluminación, humedadrelativa, polvo y gas no perjudiciales.

El alojamiento no es obligatorio si las condiciones cli-máticas posibilitan la vida del animal al aire libre.

Los mamíferos deberán disponer de una zona cómo-da, lisa, limpia y seca para que el animal pueda descansar,debiendo contener una cama de paja u otro materialnatural adecuado. Al menos la mitad de la superficiedeberá ser terreno firme, sin listones ni rejilla.

Se prohíbe el alojamiento en habitáculos individuales.

Los alojamientos, recintos, equipo y utensilios de-berán limpiarse y desinfectarse convenientemente.Para ello sólo se podrán emplear los siguientes pro-ductos: jabón de potasa y sosa, agua y vapor, lechadade cal, cal, cal viva, hipoclorito sódico (lejía líquida),sosa cáustica, potasa cáustica, peróxido de hidrógeno(agua oxigenada), esencias naturales de plantas, ácidoscítrico, paracético, fórmico, láctico, oxálico y acético,alcohol, ácidos nítrico y fosfórico (sólo en equipos delechería), formaldehído y carbonato de sodio.

Vacas reproducción yengorde hasta 100kg

Vacas reproducción yengorde hasta 200kg

Vacas reproducción yengorde hasta 350kg

Vacas reproducción yengorde >350kg

Toro reproducción

1,1

1,9

3,0

3,7(mínimo: 0,75

m / 100kg)

30

1,5

2,5

4,0

5,0(mínimo: 1m / 100kg)

10

22

Superficieaire libre

(m / cabeza)2

Superficiecubierta

(m / cabeza)2

09 | Pág. 53Instalaciones. Condiciones ambientales, diseños, usos, etc.

Fuente: GDR Litoral de la Janda – InnoganFuente: Citagro

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Transportey sacrificiode animales

indicación sobre si el movimiento tiene carácterde trashumancia (si/no).

Comunicar a la OCA los movimientos de ganadoque se produzcan en la explotación. Desde la ex-plotación de origen se comunicará la salida de losanimales y desde la de destino su entrada.

Realizar la comunicación en el plazo máximo desiete días desde que tenga lugar el evento o enfunción de las características de un movimientose pueda establecer otro plazo inferior.

Todos los movimientos deberán estar amparadospor un documento de movimiento que recogerálos mismos datos del REMO (datos de la explotaciónde origen y de destino, datos del movimiento delos animales y conformidades de los titulares delas explotaciones de origen y de destino).

Este documento acompañará a los animales hastala finalización del movimiento en la explotación dedestino.

El titular de la explotación de origen del movi-miento, hará llegar una copia de cada documento

Se debe establecer y regular un Registro Generalde Movimientos de Ganado (REMO), en el que seincluyen los datos básicos de los movimientos deanimales dentro del territorio nacional. El REMO,adscrito a la Dirección General de Ganadería delMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentación,incluirá al menos los datos siguientes:

> Datos de la explotación de origen y destino:Código de la explotación, País de origen y destinoen el caso de importaciones/exportaciones yentradas/salidas desde otros países de la UniónEuropea.

> Datos del movimiento de animales: fecha desalida, fecha de llegada, especie, número deanimales, identificación individual de los ani-males, código del medio de transporte, númerode autorización del transportista, si procede,número de identificación del certificado sani-tario de origen asociado al movimiento, si pro-cede, fecha de identificación del certificadosanitario de origen asociado al movimiento,código de identificación del movimiento e

Requisitos mínimos

Pág. 54 | 11 Transporte y sacrificio de animales

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de movimiento al transportista y el original al titu-lar de la explotación de destino o al nuevo poseedorde los animales. Además debe conservar una copiadel documento de movimiento durante al menostres años desde la fecha en que se produjo el mismo.

Para identificar los movimientos de ganado enel REMO, las Oficinas Comarcales Agrarias (OCAs)asignarán a cada movimiento un código que garan-tice su identificación de forma única. Este códigovendrá determinado por el código de la comunidadautónoma donde se encuentre ubicada la explota-ción de origen del movimiento, en el caso de Anda-lucía el código será el 01, seguido de 16 dígitos.En el caso de las comunidades autónomas (casode Andalucía) cuyo código de identificación co-mience por cero, este no se tendrá en cuenta y lalongitud total del código REMO asignado por lasmismas será de 17 dígitos.

Se considerarán no aptos para el transporteaquellos animales que se encuentren enfermos oheridos. Un animal se considerará enfermo o gra-vemente herido cuando sea incapaz de moversepor sí mismo sin sufrir o tenga una herida grave.

Tampoco son aptos apara el transporte animalesen estado avanzado de gestación que puedan parirdurante el transporte, además de aquellos animalesque hayan parido 48 horas antes de iniciarse eltransporte.

Los animales pequeños cuyo ombligo no hayacicatrizado tampoco podrán ser transportados.

Conformidad de los vehículos

Viajes de menos de 8 horas:

> Espacio suficiente entre sus cabezas y el pisosuperior.

> No deberá existir la posibilidad de que losanimales se escapen.

> El diseño de los vehículos debe hacerse detal forma, que no exista riesgo alguno de quese produzcan heridas o sufrimientos evitables.

> El suelo deberá estar cubierto de paja, o almenos que exista un sistema de absorción delas deyecciones.

11 | Pág. 55Transporte y sacrificio de animales

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> Para la carga y descarga deberán utilizarsepuentes, rampas o pasarelas.

> Los vehículos deben garantizar la protecciónde los animales contra las inclemencias deltiempo y las grandes variaciones climáticas.

> No transportar los animales en los ejes.

Viajes de más de 8 horas:

> El lecho de paja será obligatorio.

> El camión deberá transportar una cantidadde alimentos suficientes para los animales.

> El vehículo deberá tener unsistema de ventilación que pue-da utilizarse tanto cuando elcamión esté parado como cuan-do esté en movimiento. Antesde iniciar el viaje se deberáasegurar que los ventiladoresfuncionen correctamente. Si noexistiera ventilación mecánica,habría que tomar las medidasnecesarias para que en el camiónhubiese una temperatura com-prendida entre 5 y 30 ºC. Paraello deberán estar provisto deun sistema de control de tem-peratura.

> Deberán existir tabiques móvi-les para repartir los animalespor tipo, tamaño y en cantidadrazonable.

> En todo momento deberá serposible el acceso a los animalespara poder inspeccionarlos yprestarles todos los cuidadosnecesarios.

> El camión deberá disponer debebederos adaptados a la especie bovina. Ade-más deberán tener un capacidad acorde conlas necesidades de las vacas, y estar provistode un dispositivo que permita la conexión conuna toma de agua en las paradas. La cantidadde agua a aportar en una vaca adulta es de 40litros diarios. Los bebederos deberán disponerde tetinas que les permitan chupar.

Intervalos de suministro de agua, de alimento ytiempo de descanso

Si el vehículo dispone de instalaciones que permitan

viajes largos, los animales podrá viajar más de ochohoras, siempre que se respeten los siguientes intervalosde suministro de agua y alimentos y los tiempos dedescanso:

Animales no destetados:

> Primera fase de transporte: 9 horas comomáximo. Con una hora de descanso, suminis-trándoles como mínimo agua.

> Segunda fase de transporte: 9 horas como máxi-mo. Tendrán 24 horas de descanso, se descargaráa las vacas y se les suministrará comida y agua.

Animales adultos:

> Primera fase de transporte: 14 horascomo máximo. Con una hora de descan-so como mínimo, con suministro de agua.

> Primera fase de transporte: 14 horascomo máximo. Tendrán 24 horas dedescanso, se descargará a los animalesy se les suministrará comida y agua.

Densidad

La superficie mínima establecida porla actual Directiva Europea para unbovino de 325 Kg es de 0,95 metroscuadrados.

Condiciones de transporte

Para evitar que los animales se a-plasten, se peleen o tengan miedo,normalmente se separará por especie,sexo y tamaño.

Los adultos deberán estar separadosde los jóvenes, excepto las crías queviajen con las madres.

Los machos adultos deberán estarseparados de las hembras.

Los sementales deberán estar separados unos deotros.

Los animales deberán poder estar de pie en suposición natural y tener suficiente espacio paratumbarse.

Si los animales están atados deberán poder ali-mentarse, tumbarse y beber. No deberá atarse alos animales por los cuernos ni por los anillos nasales.

Los medios de transporte de animales, salvo de

Pág. 56 | 11 Transporte y sacrificio de animales

Fuente: Citagro

Fuente: Citagro

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animales domésticos, deberán estar autorizados,al igual que la empresa propietaria, por la Juntade Andalucía, cumplir las condiciones higiénico-sanitarias y de protección animal establecidas porla reglamentación, así como llevar los rótulos indi-cativos que proceda en cada circunstancia.

Los conductores deberán llevar a bordo del vehí-culo la pertinente documentación de traslado.

Para el caso del transporte de animales, la legislaciónes bastante exhaustiva con los requisitos. En este sen-tido, no se considera necesario recomendar ningunapráctica adicional, más allá de las contempladas enla legislación.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Las densidades máximas de carga para los vehí-culos de trasporte en carretera deberán calcularsepara cada compartimento.

¿Qué no se debe hacer?

Superar las densidades máximas de carga parael transporte en carretera que corresponden a lassiguientes categorías de peso:

Prácticas recomendadas

Fuente: Legislación Vigente.

Producción Ecológica

Se deberá reducir al mínimo el estrés en los ani-males, cargándolos y descargándolos con precau-ción y sin emplear ningún sistema de estimulacióneléctrica ni tranquilizantes alopáticos.

<110kg

110 - 200kg

>200 - 325kg

325 - 500kg

>550kg

0,7 m / animal

0,95 m / animal

1,3 m / animal

1,6 m / animal

> 1,6 m / animal

2

2

2

2

2

11 | Pág. 57Transporte y sacrificio de animales

Fuente: Citagro

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Gestión y manejode residuos

La contaminación es uno de los puntos más proble-máticos en la gestión de una explotación ganadera.La producción debe estar gestionada sin provocaralteraciones en el medio que la rodea, limitando elpotencial impacto de las prácticas de la explotaciónsobre el medio ambiente que la rodea, así como la delmedio ambiente sobre los animales, la explotación osus producciones.

Por lo tanto deben adoptarse medidas para evitar lacontaminación, así como para presentar una imagenpositiva ante los consumidores y contribuir al sosteni-miento de la población rural al frenar la degradaciónde los recursos naturales.

Entregar los residuos (siempre que no los gestionenpor sí mismos), a un gestor de residuos, para su valori-zación o eliminación y sufragar los costes de gestión.

Mientras los residuos se encuentren en la explo-tación, el ganadero deberá mantenerlos en condi-ciones adecuadas de higiene y seguridad.

Todo residuo potencialmente reciclable o valori-zable deberá ser destinado a estos fines, evitandosu eliminación en todos los casos posibles.

Llevar a cabo las operaciones de gestión de resi-duos sin poner en peligro la salud humana y sinutilizar procedimientos ni métodos que puedanperjudicar al medio ambiente y, en particular, sincrear riesgos para el agua, el aire o el suelo, ni parala fauna o flora, sin provocar incomodidades porel ruido o los olores y sin atentar contra los paisajesy lugares de especial interés.

Queda prohibido el abandono, vertido o elimina-ción incontrolada de residuos en todo el territorionacional y toda mezcla o dilución de residuos quedificulte su gestión.

Fuente: Legislación Vigente.

Requisitos mínimos

Pág. 58 | 12 Gestión y manejo de residuos

Fuente: Citagro

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A lo largo de todo el Código de Buenas Prácticas sehan establecido recomendaciones que engloban laactividad de la gestión de los residuos y el respeto almedioambiente. Sin embargo, a continuación se esta-blecen algunas prácticas recomendadas, adicionalesa las anteriores.

Prestar especial atención a la situación de la explo-tación para evitar o prever cualquier tipo de contami-nación externa de los animales y de sus producciones.

Realizar un manejo de efluentes y desperdiciosgenerados en la explotación de forma correcta. Serecomienda el diseño de un estercolero con capaci-dad de almacenamiento suficiente y anexar unabalsa para recogida de lixiviados.

Adecuar las cargas ganaderas a la superficie fo-rrajera o pastizal disponible con el fin de evitar unefecto demasiado erosivo sobre los suelos, trasla-dando los animales con frecuencia de unas parcelasa otras. Se debe suplementar la ración con alimentosenergéticoproteicos y así evitar el sobrepastoreo.

Utilizar los estiércoles y/o purines como abonosnaturales.

Almacenar los purines y estiércoles evitando quesean lavados por la lluvia y se produzcan lixiviados.El estercolero y la balsa para purines, en caso deser necesaria, debe tener el dimensionamientoadecuado para almacenar el estiércol y los purinesdurante, al menos, tres meses y, estar construidoscon un material impermeabilizado para evitarfiltraciones al subsuelo y cauces subterráneos.

Canalizar y manejar adecuadamente los residuoslíquidos (vertidos, etc.) para evitar una contamina-ción cruzada del agua.

Almacenar los residuos peligrosos (envases vacíosde productos químicos, productos químicos deterio-rados o caducados, etc.) identificados como tal ycontemplando medidas que eviten efectos adversoshacia el medioambiente.

No abandonar los sacos, bolsas de plástico uotros envases o embalajes en el entorno.

No volver a utilizar envases vacíos de productosquímicos.

Procurar adquirir fertilizantes a granel para redu-cir el número de envases a gestionar como residuo.

En caso de muerte de un animal, aislar el cadáverdel resto del rebaño y comunicarlo para la recogida.

Registrar las aplicaciones realizadas de estiércol,purines, productos químicos o fitosanitarios y vete-rinarios y conservar las etiquetas, albaranes y factu-ras de los productos utilizados mientras se aplican.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

La explotación dispondrá de un Plan de Gestiónde estiércoles y excretas.

Las instalaciones para el estiércol del ganadoestabulado tendrán capacidad para almacenar almenos la producción de tres meses.

Prácticas recomendadas

Producción Ecológica

Para evitar la contaminación del subsuelo pornitratos y otros elementos nocivos la cantidad má-xima de estiércol por superficie utilizada no deberáexceder del equivalente a 170 kg de nitrógeno porhectárea. Esta cifra se ha calculado que correspondea las deyecciones de:

> Bovinos machos de más de dos años: 2 kg/ha.

> Otras vacas: 2,5 kg/ha.

> Terneras para cría y terneras de engorde:2,5 kg/ha.

> Bovinos de 1 a 2 años: 3,3 kg/ha.

> Bovinos de menos de 1 año y terneros deengorde: 5 kg/ha.

En la superficie utilizada se podrá computar lade otras explotaciones agrarias ecológicas que,aunque no sean del mismo titular, empleen eseestiércol en su fertilización. El estiércol se alma-cenará de forma que no contamine el subsuelo.

12 | Pág. 59Gestión y manejo de residuos

Fuente: "Guía de Prácticas Correctas de Higiene para el Vacunode Cebo”. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

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Formación, capacitacióne información de lostitulares de la explotacióny asalariados.Seguridad en el trabajo

Con respecto al personal que trabaja en la explotación,se debe garantizar que sea competente en su actividado tarea y que tiene la formación y experiencia adecua-das para el correcto desempeño de sus funciones.

Asimismo, deberán cumplir y hacer cumplir las normasde higiene de la explotación. De esta forma se limitanlos riesgos de error o de manejo inadecuado en lasdiferentes actividades de la explotación y se garantizaun óptimo rendimiento técnico y económico.

El propietario de la explotación adoptará las me-didas adecuadas para que los trabajadores y losrepresentantes de los trabajadores sean informadosde todas las medidas que se hayan de tomar conrespecto a la utilización de la señalización de segu-ridad y de salud en el trabajo.

Dicha formación deberá incidir fundamentalmen-te en el significado de las señales, especialmentede los mensajes verbales y gestuales, y en los com-portamientos generales o específicos que debanadoptarse en función de dichas señales.

Requisitos mínimos

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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Además, se deben adoptar las medidas necesariaspara que la utilización de los lugares de trabajono origine riesgos para la seguridad y salud de lostrabajadores o, si ello no fuera posible, para quetales riesgos se reduzcan al mínimo.

Los lugares de trabajo deberá cumplir las disposi-ciones mínimas establecidas en cuanto a sus condi-ciones constructivas, orden, limpiezay mantenimiento, señalización, ins-talaciones de servicio o protección,condiciones ambientales, ilumina-ción, servicios higiénicos y localesde descanso, y material y localesde primeros auxilios.

Los lugares de trabajo deben ga-rantizar la seguridad y condicioneshigiénico sanitarias satisfactoriaspara los empleados.

El personal en contacto con losanimales debe encontrarse sano, irsiempre bien aseado y disponer dela ropa adecuada para la actividad.

El personal debe ser suficientecon respecto a las necesidades dela explotación.

requisitos básicos relacionados con la administra-ción de medicinas, aplicación y uso de productosquímicos. En este sentido, se deben aplicar adecua-damente los periodos de supresión en caso de tra-tamientos y se deberá tener en cuenta las fechasde caducidad para la retirada de medicinas.

El personal debe ser consecuente en su actividaddiaria, tratando de prevenir accidentes,aplicando las normas de seguridad ehigiene en el trabajo.

Con respecto al trato a los animales,el personal debe prestar especial aten-ción en que estén bien cuidados y co-rrectamente alimentados, así como enmantenerlos sanos.

Colocar las normas de higiene delpersonal de forma que estén visiblespara todos y proveer de la ropa y cal-zado necesarios para mantener la hi-giene en la explotación.

Lavarse las manos después de ir albaño y no comer ni fumar en el áreade trabajo.

No tirar basura dentro o en áreascercanas a las instalaciones del ganado.

Evitar que personal enfermo o consospecha de poseer una enfermedadinfecciosa participe en las actividadesdentro de la unidad de producción.

Producción Integrada

¿Qué se debe hacer?

Disponer de un técnico licenciado en veterinaria,ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola,con formación específica en ganadería integrada,de acuerdo con lo establecido en la Orden de 13de diciembre de 2004, por cada 1000 UGM.

Se debería establecer un programa de formaciónpara el personal de la explotación en las temáticasque interceden en la actividad de la misma talescomo alimentación, sanidad, producción, instala-ciones, manejo y mantenimiento general de laexplotación, etc.

Además es importante que se conozcan algunos

Fuente: Legislación Vigente.

Prácticas recomendadas

13 | Pág. 61Formación, capacitación e información de los titularesde explotación y asalariados. Seguridad en el trabajo

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

Fuente: "Guía de Prácticas Correctas de Higienepara el Vacuno de Cebo”. Ministerio de Agricul-tura, Pesca y Alimentación.

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Legislaciónaplicable

Orden PRE/3074/2003, de 5 de noviembre, por laque se modifica el anexo del Real Decreto 465/2003,de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en laalimentación animal.

Orden PRE/1422/2004, de 20 de mayo, por la quese modifica el anexo del Real Decreto 465/2003, de25 de abril, sobre las sustancias indeseables en laalimentación animal.

Real Decreto 2178/2004, de 12 de noviembre, porel que se prohíbe utilizar determinadas sustancias deefecto hormonal y tirostático y sustancias beta-agonis-tas de uso en la cría de ganado.

Reglamento CE nº 183/2005 del Parlamento Europeoy del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que sefijan requisitos en materia de higiene de los piensos.

Real Decreto 1144/2006, de 6 de octubre, por el quese regulan las condiciones de aplicación de la normativacomunitaria en materia de higiene de los piensos.

Reglamento CEE 178/2002 del Parlamento Europeoy del Consejo de 28 de Enero de 2002, por el que seestablecen los principios y los requisitos generales dela legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europeade Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientosrelativos a la seguridad.

Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el quese establecen los criterios sanitarios de la calidad delagua para consumo humano.

Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sus-tancias indeseables en la alimentación animal.

Alimentación

Pág. 62 | 14 Legislación aplicable

Fuente: Citagro

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No existe legislación en cuanto a reproducción, másallá de la reglamentación que regula las Asociacionesde Criadores de las diferentes razas, sobre todo en loque se refiere al control de los Libros Genealógicos.

Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, y susmodificaciones en el Real Decreto 1716/2000, de 13de octubre y Real Decreto 51/2004, de 20 de diciembre,por el que se regulan los programas nacionales deerradicación de enfermedades de los animales.

Real Decreto 1749/1998, de 31 de julio, por el quese establecen las medidas de control a determinadassustancias y sus residuos en animales vivos y sus pro-ductos.

Real Decreto 2129/2008 por el que se establece elPrograma Nacional de Conservación, mejora y fomentode las razas ganaderas.

Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el quese incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva98/58/CE relativa a la protección de los animales enlas explotaciones ganaderas.

Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por elque se establece y regula el Programa Integral coordi-nado de vigilancia y control de las encefalopatías es-pongiformes transmisibles de los animales.

Reglamento 999/2001, del Parlamento Europeo y delConsejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecendisposiciones para la prevención, el control y la erradica-ción de determinadas encefalopatías espongiformestransmisibles.

Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

Orden de 29 de noviembre de 2004, por la que sedesarrollan las normas de ejecución de los programasnacionales de vigilancia, prevención, control y erradica-ción de las enfermedades de los animales en Andalucía.

14 | Pág. 63Legislación aplicable

Reproducción ymejora genética

Sanidad

Fuente: Citagro

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Real Decreto 1041/1997, de 27 de Junio, por el quese establecen las normas relativas a la protección delos animales en el transporte.

Decreto 55/1998, de 10 de marzo, por el que se esta-blecen los requisitos sanitarios aplicables al movimientoy transporte de ganado y otros animales vivos.

Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre

normas sanitarias para el intercambio intracomunitariode animales de las especies bovina y porcina.

Decreto 179/2003, de 17 de junio, por el que se mo-difica el Decreto 55/1998, de 10 de marzo, por el quese establecen los requisitos sanitarios aplicables al movi-miento y transporte de ganado y otros animales vivos.

Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 dediciembre de 2004, relativo a la protección de los ani-males durante el transporte y las operaciones conexasy por el que se modifican las Directivas 64/432/CEEy 93/119/CE y el Reglamento CE nº 1255/97.

Decreto 287/2005, de 27 de diciembre, por el que semodifica el Decreto 55/1998, de 10 de marzo, por el quese establecen los requisitos sanitarios aplicables al movi-miento y transporte de ganado y otros animales vivos.

Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, se establecey regula el Registro general de movimientos de ganado.

Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el quese incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva98/58/CE, relativa a la protección de los animales enlas explotaciones ganaderas.

Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección delos animales de Andalucía.

Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos.

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el quese establecen las disposiciones mínimas de seguridady salud en los lugares de trabajo.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención deriesgos laborales.

La legislación aplicable y los requisitos mínimos enmateria de instalaciones ya ha sido mencionada enotros apartados.

Protección ybienestar animal

Instalaciones

Transporte ysacrificio de animales

Gestión ymanejo de residuos

Formación

Pág. 64 | 14 Legislación aplicable

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Fuente: GDR Litoral de la Janda – Innogan

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