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ACTIVIDAD GANADERA

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DEDICATORIA

El presente trabajo esta dedicado a

DIOS por protegernos y guiarnos por

el horizonte correcto en el caminar

de nuestras vidas y a nuestras

familias, quienes con su buena

voluntad, apoyo moral y económico

nos alientan a salir adelante con

nuestros estudios en pro del

desarrollo de nuestra carrera

profesional.

A ellos por tota su tolerancia

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PRESENTACION

El presente ha sido elaborado por el equipo de trabajo, en el cual está

reflejado el esfuerzo y dedicación por parte de los integrantes con la

finalidad de que la información que proporcionemos sea de provecho y

beneficio para cada uno de nosotros como estudiantes y futuros

profesionales.

El mismo que contiene información acerca de los sistemas de costos

por productos como conceptos, objetivos, características, importancia,

etc. Para lo cual esperamos cumplir con sus expectativas.

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INTRODUCCION

La ganadería en el Perú es una actividad que se desarrolla casi en todo el país, su

importancia radica en que esta es una de las actividades de la cual se aprovecha no solo la

carne de los ganados sino también su leche, la cual es una gran fuente de nutrientes para el

hombre.

Se desarrolla hace cientos de años, aportada por varias especies representativas de

ganado, entre ellas la vacuna, caprina, ovina, equina, camélida y porcina.

Aproximadamente el 80% de la ganadería nacional se localiza en la región de la sierra, y el

20% restante se distribuye entre las regiones de la costa y selva.

En la Costa prevalecen los vacunos lecheros y de engorde, los porcinos, los caprinos, y

algunos ovinos criollos y de pelo.

En la región de los Andes, la existencia de pastos naturales y las condiciones climáticas

favorecen mejor la crianza del ganado, siendo los ovinos de lana, los camélidos, los vacunos

criollos de doble propósito y lecheros, y en menor magnitud los caprinos los que aportan la

mayor parte de la producción pecuaria de esta región.

Por tal motivo, el desarrollo de la ganadería en el Perú tuvo su auge durante las épocas pre-

incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje español, se

inició la importación de especies exóticas, estableciéndose la crianza de ovinos, vacunos,

cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geográfico de las poblaciones de las

especies nativas domésticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta

importación causó la diversificación de la producción pecuaria con nuevos productos como

leche, huevos y carnes de otras especies.

Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefiriéndose los productos importados,

en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la población del

nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilitó el desarrollo de la

ganadería, generándose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y

el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junín y Pasco la crianza a gran escala de

ovinos y alpacas.

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INDICE

OBJETIVO.............................................................................................................................7

CAPITULO I........................................................................................................................8

GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA.......................................8

1.1- Antecedentes....................................................................................................8

1.2 .-Definición de Ganadería.................................................................13

1.3.- La Empresa Ganadera................................................................................14

1.4.-Formas De Explotación Ganadera...........................................................14

1.5.- Tipos De Ganadería En El País.................................................................15

1.6.- Agroindustria..................................................................................................17

1.7.- Tipología De La Producción.......................................................................18

1.8.- Clases O Categorías.....................................................................................19

CAPITULO II:...................................................................................................................19

ASPECTO LEGAL.......................................................................................................19

2.1. Ley Nº 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley Nº 27360 Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (Publicada El 07 Jul. 2005)...................................................................................19

2.2. Ley Nº 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (20 Oct. 2000)............................................................................20

2.3. Ley Nº 27037 - Ley De Promoción De La Inversión En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998)............................................................21

CAPITULO III..................................................................................................................21

ASPECTO TRIBUTARIO...........................................................................................21

3.1. Ley Nº 27360 “Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario”........................................................................................................21

3.2. Sistema De Detracciones Del IGV.................................................28

3.3. Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)................30

3.4. Impuesto Temporal A Los Activos Netos – ITAN (Ley N° 28424, Decreto Legislativo N° 971 Y Decreto Legislativo N° 976) 32

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CAPITULO IV......................................................................................................................33

ASPECTO LABORAL.....................................................................................................33

4.1. Ley Nº 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario..........................................................................................................33

4.2. Seguro De Salud Agrario.............................................................................36

4.3. Sistema Nacional De Pensiones................................................................37

4.4. Sistema Privado De Pensiones:.................................................................38

4.5. Seguro De Salud Y Régimen Previsional................................................38

4.6. Participación De Los Trabajadores...........................................................40

CAPITULO V.......................................................................................................................41

ASPECTO CONTABLE...................................................................................................41

CONTABILIDAD GANADERA..................................................................................41

5.1. Importancia de la contabilidad en la empresa ganadera................43

5.2. La Contabilidad Ganadera..........................................................................44

5.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera...................................................45

5.4. Nic/Niif Aplicables..........................................................................................46

5.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera..................................................49

5.6. Costes Vinculados Al Proceso....................................................................50

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OBJETIVO

Proporcionar la informacion necesarias de las caracteristicas y

generalidades propias de las empresas de la actividad ganadera.

Brindar los aportes necesarios a los interesados de este tema

referente al marco legal en las que esta contemplada la

empresa, que abarca ciertas caracteristicas inherentes a la

ganderia.

Dar informacion del tratamiento contables y su aplicacion del

caso practico

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CAPITULO I

GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA

1.1- Antecedentes

La ganadería es una actividad económica de origen muy antiguo que consiste en el

manejo de animales domesticables con fines de producción para su

aprovechamiento. En cambio, el manejo de animales pertenecientes a especies

silvestres (no domésticas) cautiverio o semicautiverio se conoce como Zoo cría.

Dependiendo de la especie ganadera, se pueden obtener diversos productos

derivados, tales como la carne, la leche, los huevos, los cueros, la lana y la miel,

entre otros. La ciencia encargada del estudio de la ganadería es la zootecnia y los

profesionales encargados directamente del desarrollo de la producción animal son

los Ganaderos, ayudados por los Zootecnistas y los Ingenieros de Producción

Animal, en estrecha colaboración con los Médicos Veterinarios que son los

encargados de la prevención y control de las enfermedades de los animales.

Los ganados más importantes en número a nivel mundial son los relacionados con

la ganadería bovina, la ovina y la porcina. Sin embargo, en algunas regiones del

planeta otros tipos de ganado tienen mayor importancia, como el caprino y el

equino, como así también la cunicultura, la avicultura y la apicultura.

La ganadería está relacionada con la agricultura, ya que en una granja ambas

pueden estar relacionadas. En estos casos el ganado aporta el estiércol, que es

utilizado como abono, y los cultivos aportan el alimento para los animales.

Esquema de las actividades ganaderas del Neolítico relacionadas con sus

herramientas. Se han elegido tanto dibujos de herramientas reales (hallazgos

arqueológicos), como actividades representadas, en este caso en representaciones

mesopotámicas.

Un proceso esencial en la historia de las sociedades fue el paso de una economía

de recolección (caza, recolección y pesca) a una economía de producción

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voluntaria de ciertas plantas y de ciertos animales. En un número restringido de

lugares de la Tierra, ciertas sociedades, manteniendo a tensiones particulares,

inventaron el dominio de la reproducción de especies vegetales y animales.

Para asegurar sus necesidades de alimento, cuero, huesos, y otros productos, las

primitivas sociedades cazadoras-recolectoras debían seguir las migraciones de los

grandes rebaños de bóvidos, cérvidos y otros animales. Hace unos 10.000 años los

seres humanos del neolítico descubrieron que capturar animales, domesticarlos y

mantenerlos vivos para utilizarlos cuando fuera preciso, les permitía reducir la

incertidumbre que, en relación con las posibilidades de alimentación, les suponía el

hecho de tener que depender de la caza. El proceso debió constar de un periodo

de pre domesticación en el que, en un primer momento, los seres humanos

habitaron a sus presas a su presencia mientras las seguían en sus búsquedas de

alimento para, posteriormente, irlas reteniendo; esto supuso que ellos mismos

tenían que encargarse de suministrar alimento a los animales. Así, consiguieron

domesticar varias especies, encargándose de mover los rebaños de unas zonas de

pasto a otras, emulando los movimientos naturales de los mismos, pero ahora bajo

su control.

Este sedentarismo estuvo unido al nacimiento de las prácticas agrícolas, que

ligaban al hombre a la tierra y que, además, permitían el cultivo de forraje para los

animales. De ese modo, cuando el hombre inició la domesticación de animales

herbívoros como vacas, ovejas, cabras y abandonó la caza y la recolección de

frutos, nació la ganadería, durante el neolítico y, muy probablemente, al mismo

tiempo que la agricultura.

Estos animales como el ganado vacuno sirvieron, además de proporcionar carne,

como animales de carga de mercancías, tiro del arado, suministro de pieles y, más

tarde, de leche y derivados. El estiércol acumulado en los establos, estabulados y

cuadras, debió haber servido de abono para los primeros cultivos.

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Carta del Creciente Fértil, una región de Oriente Medio que abarcaba el Antiguo

Egipto, el Levante mediterráneo, Mesopotamia y otras civilizaciones, donde se cree

que nació la ganadería hace unos diez milenios.

La domesticación de animales permitió también utilizarlos para realizar trabajos

agrícolas o transportar cargas. Además, los restos de las cosechas que no eran

utilizables en la alimentación humana podían aprovecharse como alimento para el

ganado.

La agricultura y la ganadería permitieron a las poblaciones humanas conseguir una

mayor certidumbre respecto a sus posibilidades de sustento, así como reducir el

esfuerzo en obtenerlo, lo que posibilitó un mayor desarrollo cultural, ya que el ser

humano podía entonces empezar a disponer de más tiempo para la creación

intelectual. En este sentido, parece que el desarrollo de la ganadería tuvo lugar en

Oriente Próximo, precisamente en zonas donde, a su vez, el desarrollo cultural fue

más intenso y temprano. A partir de esos lugares se difundió esta nueva relación

con la naturaleza, ya sea que las sociedades convertidas en sociedades de

agricultores y/o de pastores se fueron expandiendo (en gran parte gracias al

potencial demográfico que su nuevo modo de producción, de alimentación y de

materias primas permitía), ya sea que sociedades vecinas, todavía paleolíticas,

hayan adoptado, por su propia voluntad o por la fuerza, este nuevo modo de vida.

El término "neolitización" para designar a este proceso de domesticación, deriva de

"Neolítico" o Edad de la Piedra Pulida, palabra inventada por los prehistoriadores

del siglo XIX para caracterizar el tipo más reciente, en Europa, de industria

prehistórica (de producción de instrumentos de piedra), justo antes de la Edad de

los Metales.

Los lugares de la neolitización primaria son escasos y cada uno comprende sólo un

pequeño número de especies. En primer lugar, la Medialuna Fértil (hace 10.000

años) donde se domesticó el cerdo, la cabra, el asno y el carnero. El norte de la

China (hace 8.500 años) donde, de modo independiente, también se domesticó el

cerdo; Mesoamérica (hace 8.000 años) en donde se domesticó el pavo (Meleagris

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gallopavo) y los Andes, donde hace unos 6.000 años comenzó la domesticación de

la llama (Lama glama), la alpaca (Vicugna pacos) y el cuy (Cavia porcellus).

La producción cárnica se comenzó a desarrollar a finales del siglo XV, como una

producción precaria, de escasos recursos, escasa comercialización y escaso

consumo. Luego fue desarrollándose a gran escala, generando alta ganancia, y

producción en creces. Durante los siglos XIX y XX, con la colonización europea de

América, tuvo un desarrollo intensivo, que agotaba los recursos naturales.

En la actualidad, el área de extensión de la ganadería es superior que la de la

agricultura, ya que el ganado puede ser criado en áreas donde el duro clima

imposibilita el crecimiento de los cultivos, como en las altas montañas o las zonas

con una aridez extrema. La estabulación del ganado y el desarrollo de nuevas

técnicas de alimentación han contribuido para disminuir la dependencia de las

condiciones del medio.

En Perú

El desarrollo de la ganadería en el Perú se remonta a tiempos ancestrales, en que

los primeros pobladores peruanos domesticaron la alpaca, llama y el cuy, criando

estas especies con el fin de beneficiarse de sus productos. Esta ganadería tuvo su

auge durante las épocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de

la conquista y coloniaje español, se inició la importación de especies exóticas,

estableciéndose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando

un desplazamiento geográfico de las poblaciones de las especies nativas

domesticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta

importación causó la diversificación de la producción pecuaria con nuevos

productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio

en los patrones de consumo, prefiriéndose los productos importados, en base a la

idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la población del

nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilitó el desarrollo de

la ganadería, generándose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa,

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Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junín y Pasco la

crianza a gran escala de ovinos y alpacas.

El proceso de la reforma agraria, significó un cambio en la tenencia de la tierra y el

ganado, pero a su vez la disminución de los niveles tecnológicos de producción.

Sin embargo, a partir de la década del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial

de las crianzas intensivas de aves y cerdos, así como del engorde de vacunos.

Actualmente la ganadería en el Perú, se desarrolla a nivel de las tres regiones

naturales, configurándose una serie de sistemas y modos de producción de

acuerdo a las condiciones de propiedad de la tierra, las Características geográficas

y altitudinales donde se desarrolla esta actividad. Como característica

predominante destaca la crianza a nivel del minifundio, donde los productores

desarrollan la actividad con fines de supervivencia más que para obtener

ganancias. Sin embargo cabe señalar la existencia de sectores con un grado

avanzado de desarrollo empresarial en las actividades de avicultura, porcicultura,

engorde de vacunos y producción de leche, principalmente ubicadas en la región

Costa. En la costa y valles interandinos, se combina la actividad ganadera con la

actividad agrícola, adquiriendo más importancia la segunda. Mientras que en la

zona alto andina la ganadería se constituirá en fundamental, pues las condiciones

climáticas dificultan la actividad agrícola aunque favorecen el desarrollo de una

gran extensión de pastos naturales.

1.2 .-Definición de Ganadería

“La ganadería es la rama de la Zootecnia, que se refiere al cuidado de los animales

domésticos que constituyen los ganados, tanto en relación a su crianza, como a su

explotación económica, organización de los hatos, reproducción, selección, mejora

y a todas las atenciones que en general necesitan como animales vivos y como

reproductores de riqueza”.

La ganadería ha estado vinculada a las explotaciones agrícolas, ya sea como un

complemento de éstas o viceversa, desde tiempos remotos; sin embargo, al

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hacerse independiente la ganadería de la agricultura tomó aquella el aspecto de

una industria zootécnica con personalidad propia y con métodos definidos. Los

modernos procedimientos de mejora que la genética ha puesto en manos del

ganadero y del Zootécnico, han permitido mejorar extraordinariamente los ganados

y productos que de ellos se obtienen.

Es una actividad económica, dedicada a la crianza del conjunto de especies

animales para sacar provecho tanto animal y sus productos derivados, así como la

propia explotación del ganado.

La ganadería tiene como objetivo la producción de animales para obtener carne y

derivados, como la leche, huevos, cuero. La ganadería bovina, porcina, equina y

caprina son las más comunes, pero últimamente la cría de liebres, cuyes, y otros

animales alternativos ha comenzado a aumentar.

La ganadería está íntimamente relacionada con la agricultura, y estas dos

actividades humanas dependen de un tipo especial de medio ambiente, que es el

medio rural o agro ecosistema.

1.3.- La Empresa Ganadera.

Descripción

La explotación ganadera consiste en una serie de procedimientos para la

procreación, engorde, crecimiento y venta de animales (activos biológicos), y el

mantenimiento de los mismos para la obtención de productos derivados.

Además, como ejemplos de los mismos podemos citar los siguientes:

ACTIVOS BIOLÓGICOS PRODUCTOS

Ganado Bovino Leche

Ganado Bovino Carne en cana

Arbustos Alimento

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Clasificación De La Ganadería De Acuerdo A Sus Fines:

Ganado pie de cría.

Ganado de engorde.

Ganado lechero.

1.4.-Formas De Explotación Ganadera

La empresa ganadera también es clasificada como actividad industrial, extractiva

renovables, la misma que fomenta la crianza y el crecimiento, esta actividad se de

en nuestro país en 3 formas:

Extensiva

Se basa esencialmente en la cría de ganado, dedicado más que a un fin lucrativo al

de la subsistencia en el cual el ganado adquiere una doble opción. Cabe mencionar

que siendo un producto de subsistencia carece de la alimentación y de los

cuidados, especiales por ejemplo: la típica explotación familiar ganadera en el

campo común de un pueblo, lindante con él, que no se labra, y donde suelen

reunirse los ganados.

Semiextensiva

Consiste en la cría de ganado con fines comerciales, animales que son

alimentados con alimentos naturales o elaborados que les permitan desarrollarse,

es decir, se aprovechan los pastizales cuando la naturaleza lo permita, y a falta de

éstos el ganado se alimenta de productos elaborados o enlatados.

Intensiva

Es la producción a gran escala con instalaciones, cuidado y tecnología avanzada.

La formas de producción que se siguen en estos negocios difieren dependiendo de

los fines que se persiguen, es decir, si se trata de la producción de carne se utilizan

razas animales que permiten ser explotados de esta manera y las actividades a

seguir serían el de la recría, crecimiento y engorde de este ganado para su venta,

ACTIVIDAD GANADERA Página 14

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considerando las unidades animales excedentes sobre los límites de pie de cría

como la base de le explotación lucrativa.

1.5.- Tipos De Ganadería En El País

La ganadería en nuestro país se desarrolla básicamente con tres tipos:

Ganadería comercial (Costa principalmente):

Crianzas modernas intensivas con ganado de raza especializado en la

producción de leche, carne y lana, manejando aproximadamente el 9% de la

población de vacunos, 13% de la población de porcinos y el 8% de la

población de ovinos, aplican tecnología avanzada, por lo que tienen índices

productivos por encima del promedio nacional 250 kg de carcasa en vacunos, 63

kg de carcasa en cerdos, 20 kg de carcasa en ovinos y 7,300 lt de leche por

campaña. Los productores tienen un buen nivel de educación y disponen de

acceso a algún tipo de crédito y a información, pertenecen a alguna

organización de productores. Tienen una vinculación desarrollada con el

mercado. Aquí se encuentran la producción intensiva de porcinos, engorde

de vacuno y ganaderos lecheros, principalmente de costa.

Pequeña y mediana ganadería (Costa, Sierra y

Selva):

Explotaciones semi intensivas y extensivas, con ganado criollo mejorado,

estos productores manejan aproximadamente el 34% de la población de vacunos y

el 38% de la población de ovinos, utilizan tecnología media a baja, puede

encontrarse índices productivos como 140 kg de carcasa en vacunos, 35 kg de

carcasa en porcinos, 16 kg de carcasa en ovinos y 2300 lt por campaña de

leche.

Representan un alto porcentaje de la población rural, los productores son

pobres y su nivel de educación es intermedio, no tienen acceso al crédito

ACTIVIDAD GANADERA Página 15

Page 16: ACTIVIDAD GANADERA

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formal, carecen de un sistema de información y se encuentran débilmente

organizados. Tienen una vinculación semi-desarrollada con el mercado, su

producción está principalmente orientada al mercado regional. Aquí se

encuentran los pequeños ganaderos lecheros y la ganadería extensiva vacuna,

ovina y un reducido número de empresas alpaqueras.

Ganadería de familias campesinas con producción

de subsistencia (Costa, Sierra y Selva):

Actividad de productores que poseen pocas cabezas de ganado criollo, manejan el

57% de la población vacuna, 54% de la población ovina y el 71% de la población

porcina, poseen parcelas muy pequeñas y bajo nivel tecnológico; en este tipo

de producción encontramos índices productivos de 120 kg de carcasa en

vacunos, 35 kg de carcasa en porcinos y 9 kg de carcasa de ovinos y 700 lt por

campaña de leche, que se complementa con la agricultura, en un sistema

familiar. Campesinos de educación muy limitada, y sin organización gremial cuya

forma principal de organización es territorial, con altos indicadores de pobreza

y extrema pobreza. Tienen una débil articulación con el mercado y

desarrollan estrategias de autoconsumo en su producción. En este tercer tipo

de ganadería están la gran mayoría de los productores y representan el 70%

de los productores a nivel nacional. Forman parte de este tipo de ganadería la gran

mayoría de comunidades campesinas y criadores de ganado criollo ovino,

vacuno y porcino y de camélidos sudamericanos.

1.6.- Agroindustria

Conjunto de actividades que transforman, conservan o manipulan materias primas agrarias, para producir bienes de consumo o intermedios para la alimentación humana o animal, o para ser utilizadas en otros procesos industriales.

Las agroindustrias son talleres o fábricas en las cuales se desarrollan procesos de

carácter artesanal o industrial destinados a la transformación de productos

ACTIVIDAD GANADERA Página 16

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provenientes de cualquier actividad agrícola o ganadera. Las transformaciones de

los productos agropecuarios consisten en la modificación de sus características

físicas, químicas, o biológicas, el producto resultante puede tener características

muy diferentes a los insumos.

Clasificación Internacional Industrial Uniforme de todas las Actividades Económicas

(CIIU Revisión 3).

DESCRIPCION

0140.0 Actividades de servicios agrícolas y ganaderas excepto las actividades

veterinarias

1.7.- Tipología De La Producción.

La producción pecuaria puede tipificarse desde los siguientes puntos de vista:

Desde el punto de vista de la producción.

• Generación de nuevas unidades

• Producción de carne

• Producción de leche

• Producción de lana, fibra y pieles.

• Sub. Productos

Desde el punto de vista técnico.

• Producción tecnificada

• Producción no tecnificada

La producción tecnificada .- Es del tipo empresarial con fines lucrativos, tratando

de obtener los mejores resultados posible; por lo general con ganado seleccionado

y de raza pura, instalaciones para recién nacidos y para recría, salas de ordeño,

ACTIVIDAD GANADERA Página 17

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personal técnico calificado, asimismo utiliza pasturas cultivadas y concentrados,

control sanitario.

La producción no tecnificada.- Es el lado opuesto de lo anterior, no posee

instalaciones de ningún tipo, utiliza pasturas naturales, no dispone de control

sanitario oportuno, su explotación es del orden empírico y su rendimiento

antieconómico.

Con la finalidad de efectuar una distribución correcta del costo de producción en las

empresas ganaderas, es indispensable implantar en las mismas un sistema de

organización y diseñar su contabilidad analítica de explotación en forma tal, que

compute su costo ganadero en cada una de ellas.

1.8.- Clases O Categorías

El ganado es el elemento más importante del negocio y es importante conocer su

clasificación y características. La expresión ganado se refiere al número total de

unidades de las cuales es propietario el productor y tienen diferentes propósitos.

Existen muchas formas de efectuar estas agrupaciones, pues cada centro

ganadero lo hace a su manera. Ejemplo:

GANADO VACUNO

Terneros hembras 0 a 12 meses

Terneros machos 0 a 12 meses

Vaquillonas 12 a 24 meses

Toretes 12 a 24 meses

Vacas / VR 24 a más meses

Toros / TR 24 a más meses

ACTIVIDAD GANADERA Página 18

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CAPITULO II:

ASPECTO LEGAL

2.1. Ley Nº 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley Nº 27360 Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (Publicada El 07 Jul. 2005)

De conformidad con el Artículo 1 de la Ley Nº 28574, se precisa que los beneficios

tributarios otorgados por la Ley Nº 27360, en favor de los sujetos que realicen las

actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo Nº

007-2002-AG, son aplicables inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.

El Artículo 2° de esta Ley, establece que tratándose de los sujetos que realicen

las actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo N°

007-2002-AG, precisa que la aplicación de la tasa del 0.8% correspondiente a los

pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a que se refiere la Segunda Disposición

Transitoria y Final de la Ley N° 27360 y el numeral 2 de la Décima Disposición

transitoria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF, rige inclusive a partir del 1 de

enero de 2001).

Asimismo, se establece que el porcentaje mínimo de utilización de insumos

agropecuarios de origen nacional que debe incluirse en las actividades

agroindustriales señaladas en el Anexo del Decreto Supremo N° 007-2002-AG,

conforme a lo dispuesto al Art 2º del referido Decreto Supremo, es aplicable

inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.

2.2. Ley Nº 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (20 Oct. 2000).

ACTIVIDAD GANADERA Página 19

Page 20: ACTIVIDAD GANADERA

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Están comprendidas en los alcances de esta Ley las personas naturales o jurídicas

que desarrollen cultivos y/o crianzas, con excepción de la industria forestal.

También se encuentran comprendidas en los alcances de la presente Ley las

personas naturales o jurídicas que realicen actividad agroindustrial, siempre que

utilicen principalmente productos agropecuarios, producidos directamente o

adquiridos de las personas que desarrollen cultivo y/o crianzas, en áreas donde se

producen dichos productos, fuera de la provincia de Lima y la Provincia

Constitucional del Callao.

En la presente Ley solamente está comprendida aquella actividad avícola que no

utilice maíz amarillo duro importado en su proceso productivo.

Los beneficios de esta Ley se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2010.

2.3. Ley Nº 27037 - Ley De Promoción De La Inversión En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998)

Están comprendidos en los alcances de esta Ley las actividades económicas

agropecuarias, acuicultura, pesca, turismo, así como las actividades

manufactureras vinculadas al procesamiento, transformación y

comercialización de productos primarios provenientes de las actividades

antes indicadas y la transformación forestal, siempre que sean producidos

en la zona.

ACTIVIDAD GANADERA Página 20

Page 21: ACTIVIDAD GANADERA

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CAPITULO III

ASPECTO TRIBUTARIO

3.1. Ley Nº 27360 “Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario”.

Régimen Agrario

3.1.1.Alcance

SEGÚN Ley Nº 27360 “Ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario”

Sujetos comprendidos dentro de los Beneficios y Requisitos a cumplirse.

Se encuentran comprendidas dentro de los beneficios tributarios otorgados al sector agrario aquellas personas naturales o jurídicas que:

a).- Desarrollen principalmente actividades de cultivos y/o crianzas con excepción de la industria forestal.

Cabe notar que en este caso, para gozar de los beneficios tributarios otorgados por la Ley Nº 27360, no se establece como obligación de los sujetos beneficiarios la de realizar las actividades de cultivos y/o crianzas en forma exclusiva exigiéndose más bien que sean dichas actividades las principales, entendiéndose por tales cuando los ingresos netos obtenidos por otras actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial no superen, en conjunto, el veinte por ciento (20%) del total de los ingresos netos anuales proyectados.

Por su parte, respecto de la exclusión de la actividad de industria forestal es conveniente precisar también que el hecho de que el sujeto beneficiario realice dichas actividades no hace que pierda los beneficios, salvo que por las mismas genere ingresos superiores al 20% del total de los ingresos netos anuales proyectados.

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b).- Realicen principalmente actividad agroindustrial fuera de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

No están incluidas las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza.

Al igual que en el caso de las actividades de cultivos y/o crianzas, consideramos que la actividad agroindustrial no tendría que ser la única sino la actividad principal realizada por los sujetos beneficiarios, por lo que le son de aplicación las opiniones vertidas respecto a tales actividades.

No obstante lo anterior, para gozar del beneficio en el caso de la actividad agroindustrial es requisito indispensable que se utilicen principalmente insumos agropecuarios que son producidos por los sujetos que realicen tal actividad o que sean adquiridos de sujetos que desarrollen actividades de cultivos y/o crianzas en áreas donde se producen dichos productos.

La utilización de tales productos agropecuarios debe representar, por lo menos, el noventa por ciento (90%) del valor total de los insumos utilizados para la elaboración del bien agroindustrial, no incluyéndose dentro de dicho porcentaje el valor de los envases.

3.1.2. Actividades Agroindustriales Incluidas En El Beneficio (Anexo Del D.S. Nº 007-2002-Ag).

Las comprendidas en el CIIU 1513: Elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas, que incluye:

La elaboración de alimentos compuestos principalmente de frutas, legumbres u hortalizas.

La conservación mediante congelación de frutas, legumbres y hortaliza, cocidas y sin cocer, incluso preparación y conservación de jugos de frutas y hortalizas.

La conservación por otros medios, tales como desecación o inmersión en aceite o vinagre.

El procesamiento de patatas.

La elaboración de sémolas preparadas de legumbres y hortalizas.

La elaboración de harina y sémolas de patata.

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La conservación de frutas y hortalizas mediante envase en recipientes herméticos.

La elaboración de compotas, mermeladas y jaleas.

Las actividades de adecuación.

Las comprendidas en el CIIU 1542: Elaboración de azúcar, que incluye:

La producción de azúcar de caña en bruto, azúcar refinada de caña, jarabes de azúcar de caña.

La producción de melazas.

3.1.3. Acogimiento Al Régimen Agrario.

La Ley Nº 27360 no establece ningún procedimiento de acogimiento a los

beneficios otorgados al sector agrario, con lo cual podríamos afirmar que bastaría

con que se realicen cualquiera de las actividades beneficiarias y se cumplan con

los requisitos establecidos para gozar de dichos beneficios.

No obstante, el Reglamento de la Ley Nº 27360 en su artículo 3 ha establecido,

consideremos de manera ilegal, la obligación de acogerse a los beneficio en forma

anual, otorgándole a dicho acogimiento carácter constitutivo y no declarativo.

Tal procedimiento es regulado por la SUNAT mediante Resolución

Superintendencia Nº 007-2203/SUNAT. Según dicho procedimiento, a efectos del

acogimiento a los beneficios tributarios, será necesario que los sujetos beneficiarios

presenten, hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio gravable, el Formulario Nº

4888 “ Declaración jurada de acogimiento a los beneficios

Tributarios de la Ley de Promoción del Sector Agrario y de la Ley de Promoción y

Desarrollo de la Acuicultura”.

Tratándose de personas que inicien actividades en el transcurso del ejercicio

deberán presentar el referido formulario hasta el último día hábil del mes siguiente

a aquel en que inicie actividades.

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De no presentarse dicho formulario en cada ejercicio, no se podrá gozar de los

beneficios tributarios otorgados al Sector Agrario en cada uno de los ejercicios por

los que no se presente el mismo.

3.1.4.Requisitos Para Gozar De Los Beneficios.

Para gozar de los beneficios, las personas naturales o jurídicas que realicen

cualquiera de las actividades antes descritas deberán estar al día en el pago de

sus obligaciones tributarias. Teniendo en cuenta que el acogimiento a los

beneficios es anual, el cumplimiento de tal requisito se verificara en cada ejercicio.

A efectos de dicha verificación se entenderá que el sujeto beneficiario no está al

día en el pago de tales obligaciones si incumple el pago de cualquiera de los

tributos a los que se encuentre afecto (incluyendo los pagos a cuenta del Impuesto

a la Renta) por tres (3) periodos consecutivos o alternados durante un ejercicio.

No se considera incumplido el pago de obligaciones tributarias cuando el mismo se

efectúe dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a su vencimiento.

3.1.5. Beneficios Tributarios Otorgados

En el régimen agrario se han establecido los siguientes beneficios tributarios:

Impuesto a la Renta (IR)

Tasa reducida del 15%.

A las personas naturales o jurídicas comprendidas en el presente régimen, se les

aplicara la tasa de 15% (quince por ciento) sobre la renta, a efectos del Impuesto a

la Renta, correspondiente a rentas de tercera categoría.

Pagos a cuenta

ACTIVIDAD GANADERA Página 24

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A partir del periodo tributario Agosto 2012 se abonará por concepto de pago a

cuenta de tercera categoría el monto que resulte mayor de comparar las cuotas

mensuales determinadas de acuerdo a lo siguiente:

La cuota mensual obtenida al aplicar a los ingresos netos obtenidos en

el mes el coeficiente que resulta de dividir el monto del impuesto

calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de

los ingresos netos del mismo ejercicio.

Para el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se

utilizará el coeficiente resultante de dividir el impuesto calculado entre

los ingresos netos correspondientes al ejercicio precedente al anterior.

Sólo en caso de no existir impuesto calculado en el ejercicio anterior o,

en su caso, en el ejercicio precedente al anterior, se abonará como

pago a cuenta las cuotas mensuales que se determinen al aplicar el

1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.

La cuota mensual obtenida de aplicar el 1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.Para el caso de los contribuyentes del Régimen de Amazonía (Ley Nº 27037) el cálculo se efectuará aplicando a los ingresos obtenidos en el mes el 0.3% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 5%) ó0.5% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 10%).Los contribuyentes acogidos a la Ley de Promoción del Sector Agrario (Ley Nº 27360) y/o a la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura (Ley Nº 27460), efectuarán el cálculo considerando el 0.8% a los ingresos netos obtenidos en el mes.

Depreciación

Otro de los beneficios existentes para el régimen del sector ganadero consiste en la

posibilidad de aplicar porcentajes de depreciación mayores establecidos en las

normas generales de la ley del Impuesto a la Renta.

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No obstante, para poder gozar de dicho beneficio es necesario que el sujeto

beneficiario invierta sus recursos financieros en la realización de obras de

infraestructura hidráulica u obras de riego. Para tal fin, el sujeto beneficiario deberá

presentar un programa de inversión ante el Ministerio de Agricultura.

En efecto, según lo establecido por la Ley Nº 27360 los sujetos beneficiarios

podrán depreciar, hasta el 31 de diciembre del 2021, en razón del 20% (veinte por

ciento) anual, el monto de las inversiones financieras que realicen en cualquiera de

las obras antes mencionadas.

Tal porcentaje de depreciación se aplicara sobre los bienes que los sujetos

beneficiarios adquieran o construyan para la realización de la obras de inversión

antes mencionadas, no pudiendo ser el mismo variado, debiendo, por el contrario,

mantenerse hasta el término de la vida útil de los bienes adquiridos o construidos y

hasta la fecha de vigencia de los beneficios, esto es, hasta el 31 de diciembre del

2021.

Siendo así, resultaría que vencido el plazo máximo antes indicado, el sujeto

beneficiario no hubiera terminado de depreciar lo bienes, los mismos deberán

terminar de ser depreciados conforme con los porcentajes establecidos por el

régimen general del Impuesto a la Renta hasta extinguir el saldo del valor

depreciable.

Los bienes que sean adquiridos o construidos deberán ser registrados en el activo

en una cuenta especial denominada “Bienes - Ley Nº 27360” y computarse a su

valor de adquisición o construcción (incluyendo los gastos vinculados a fletes y

seguros, gastos de despacho y almacenaje y todos aquellos gastos necesarios

para su utilización, excepto los interese por financiamiento). El valor de adquisición

o construcción no podré exceder al valor de mercado determinado conforme con

las normas de la Ley del Impuesto a la Renta.

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Deducción del gasto sustentado en boletas de venta

Se permite la deducción de los gastos sustentados con boletas de venta o tiques.

En este caso el importe deducible no podrá exceder del límite del 10% de los

montos que se encuentren acreditados mediante comprobantes de pago que

otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el

registro de compras. Dicho límite no podrá superar, en el ejercicio gravable, las 200

UIT.

Cabe anotar que solo podrá ser deducible aquellos montos que se encuentren

sustentados en boletas de venta emitidas por contribuyentes que pertenezcan al

Nuevo Régimen Único Simplificado.

Beneficios para efectos del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) – Recuperación anticipada del IGV y del IPM

Se permite que los sujetos beneficiarios puedan solicitar la devolución del IGV

pagado en las operaciones de importación y/o adquisición de bienes de capital,

insumos, servicios y contratos que se utilicen directamente en la etapa pre

productivo de sus inversiones que sean destinadas al cultivo de productos

principales. Al igual que para el Impuesto a la Renta, se considera inversión a la

utilización de recursos financieros para la adquisición de los bienes antes descritos.

La etapa pre productiva comprende el periodo anterior al inicio de las operaciones

productivas, las mismas que se consideran iniciadas cuando se realicen la primera

transferencia de los principales bienes indicados en el programa de inversión. Cabe

anotar que esta etapa PRE productiva en ningún caso podrá exceder de cinco (5)

años.

Sujetos a los que se aplica el beneficio de recuperación anticipada del IGV:

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Las personas naturales o jurídicas comprendidas en el régimen (por realizar las

actividades sujetas al beneficio que pueden solicitar la devolución son:

o Las empresas nuevas que se encuentran exclusivamente durante la etapa

pre productiva del total de sus inversiones.

o Las empresas nuevas (que encontrándose en la etapa pre productiva) que

produzcan en el futuro los principales bienes señalados en el programa de

inversión, los mismos que deberán ser destinados a la exportación o cuya

venta se encuentre gravada con el impuesto.

3.2. Sistema De Detracciones Del IGV

Consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o

usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a

pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el banco de la nación, en

una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Este, por su

parte, utilizara los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus

obligaciones tributarias.

Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el plazo

señalado por la norma luego que hubieran sido destinados al pago de tributos,

serán considerados de libre disponibilidad para el titular.

DEFINICION DESCRIPCION %

Maíz

Amarillo

Duro

Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1005.90.11.00 7%

Bienes comprendidos en la subpartida

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Algodón

nacionales 5201.00.00.10/5201.00.00.90

Y 5203.00.00.00, excepto el algodón en rama sin desmotar.

Se incluye en esta definición al algodón en rama sin desmotar,

cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración

contenida en el inciso A) del apéndice I de la ley del IGV.

11%

Caña de azúcar Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales

2505.10.00.00, 2505.90.00.00, 2515.11.00.00/2517.49.00.00 y

2521.00.00.00.

12%

Azúcar

Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales

1701.11.90.00, 1701.91.00.00 y 1701.90.10.00

10%

Alcohol etílico Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales

2207.10.00.00, 2207.20.00.00 y 2208.90.10.00.

10%

Leche

Solo la leche cruda entera comprendida en la subpartida nacional

0401.20.00.00, siempre que el proveedor hubiera renunciado a la

Exoneración del IGV.

4%

Madera

Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 4403.10.00.00/

4404.20.00.00, 407.10.10.00/4409.20.90.00 Y 4412.13.00.00/4413.00.00.00.9%

3.3. Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)

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Bancarización E Impuesto A Las Transacciones Financieras (Decreto Supremo N° 150-2007-Ef Y Decreto Supremo N° 047-2004-Ef)

La actividad ganadera no está exonerada del I.T.F. por tanto para que dicho

costo o gasto incurrido durante el ejercicio pueda aceptarse como deducción

de la base imponible del impuesto a la renta deberá tener en cuenta lo

siguiente:

Obligación de utilizar medio de pago: montos de la obligación (a

partir del 01 de enero del 2009)

Para obligaciones distintas al mutuo de dinero: S/ 3,500 o US$ 1,000

Para los mutuos de dinero: No existe monto mínimo.

Clases de medios de pago

Depósito en cuenta

Giro

Transferencia de fondos

Orden de pago

Tarjeta de débito

Tarjeta de crédito emitida en el país por una Empresa del

Sistema Financiero

Cheques con la cláusula de "no negociables", "intransferibles",

"no a la orden" u otra equivalente, a que se refiere el inciso g)

Del Artículo 5° de la Ley.

Efectivo, por operaciones en las que no existe obligación de

utilizar Medios de Pago.

Efectivo, en los demás casos.

Medios de Pago usados en comercio exterior

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Documentos emitidos por la EDPYMES y las Cooperativas de

Ahorro y Crédito no autorizadas a captar depósitos del público.

Tarjetas de crédito emitida en el país o en el exterior por una

empresa no perteneciente al Sistema Financiero, cuyo objeto

Principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.

Tarjetas de crédito emitidas en el exterior por empresas bancarias o

financieras no domiciliadas.

Otros medios de pago

Alícuota:

- Del 01/01/2006 al 31/12/2006 0.08%

- Del 01/01/2007 al 31/12/2007 0.08%

- Del 01/01/2008 al 31/12/2008 0.07%

- Del 01/01/2009 al 31/12/2009 0.06%

- A partir Del 01/03/2011 0.005%

3.4. Impuesto Temporal A Los Activos Netos – ITAN (Ley

N° 28424, Decreto Legislativo N° 971 Y Decreto

Legislativo N° 976)

Cabe anotar que no se excluyen del ámbito de aplicación del ITAN a aquellos

sujetos generadores de renta de tercera categoría que se encuentran

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comprendidos en algún régimen especial, como es el caso, por ejemplo, del

régimen de amazonia o el régimen agrario.

Base imponible del ITAN

Está constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general

ajustado por inflación en aplicación del Decreto Legislativo N° 797, cuando

corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior

al que corresponde el pago, deducidas las depreciaciones y amortización admitidas

por la Ley del Impuesto a la Renta.

Cabe anotar que para el ejercicio 2009, no será de aplicación el ajuste por inflación

en aplicación del la ley N° 28394. En ese sentido por dicho ejercicio el monto del

ITAN se determinara sobre la base del valor histórico de los activos netos de la

empresa, según balance cerrado al 31 de diciembre del 2008.

Alícuota del ITAN

0% Hasta S/.1´000,000

0.4% Por el exceso de S/.1´000,000

Para el ejercicio 2013 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la

base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón

de Nuevos Soles, según balance cerrado al 31.12.2012.

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Page 33: ACTIVIDAD GANADERA

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CAPITULO IV

ASPECTO LABORAL

4.1. Ley Nº 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario

Contratación Laboral

Respecto a la contratación laboral, al igual que el régimen laboral común, los

empleadores del régimen agrario pueden celebrar contratos de trabajo a plazo

determinado o indeterminado. Sin embargo, deberán seguir un procedimiento

especial para poder realizar el registro de los contratos a plazo temporal celebrados

con sus trabajadores. Dicho procedimiento es el siguiente:

Para el registro de los contratos sujetos a modalidad, el empleador deberá

presentar, el último día hábil de cada semestre calendario, ante la Autoridad

Administrativa de Trabajo (AAT) de la jurisdicción correspondiente, una solicitud en

la que se adjunten los siguientes documentos:

Tres ejemplares de los contratos sujetos a modalidad.

Copia simple del Registro Único de Contribuyente (RUC).

Copia simple del formulario presentado ante la SUNAT a efectos de

su acogimiento a los beneficios del Sector Agrario.

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Page 34: ACTIVIDAD GANADERA

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Los empleadores del régimen agrario deben cumplir con el otorgamiento de

los beneficios laborales señalados expresamente por la ley agraria. Así

tenemos:

Jornada de trabajo

El empleador sujeto al régimen agrario debe establecer una jornada laboral que no

supere las 8 horas diarias o 48 horas semanales, conforme lo establece nuestra

Constitución y las normas que regulan la jornada de trabajo.

Sin embargo, debido a la naturaleza de las labores que realizan los trabajadores

(sobre todo los de campo), la Ley Agraria permite que los empleadores puedan

establecer jornadas de trabajo acumulativas, siempre que el número de horas

trabajadas no exceda en promedio los límites máximos previstos por la ley de

jornada laboral antes indicada, otorgándose pagos por sobre tiempo cuando se

supere dicho límite.

Remuneración

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, publicó en el Diario Oficial El

Peruano el D.S. N° 011-2010-TR que dispone el aumento de la Remuneración

Mínima Vital en S/. 50.00, con lo cual, la remuneración mínima actual es de S/.

750.00

Remuneración Mínima Diaria Agrícola:

El Jornal establecido por la Ley es diario y puede ser pagadero e forma semanal,

quincenal y se tiene como base la Remuneración Mínima vital (aumenta en el

mismo porcentaje de aumento de la RMV), mensual.

Los trabajadores del sector agrario perciben S/. 26.34 diarios a partir del mes de

febrero del 2011, en tanto laboren más de 4 horas diarias. Este monto remunerativo

incluye CTS y gratificaciones legales (Fiestas Patrias y Navidad).

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Descanso vacacional

El descanso vacacional será de quince (15) días calendario remunerados por año

de servicio o la fracción que corresponda, salvo acuerdo entre trabajador y

empleador para un periodo mayor.

Indemnización por despido arbitrario

En el caso de que un empleador despida en forma arbitraria a un trabajador, la

indemnización será equivalente a quince (15) remuneraciones diarias por cada año

completo de servicio, con un máximo de ciento ochenta (180) remuneraciones

diarias. Las fracciones de años serán abonadas por dozavos.

Asignación Familiar

El trabajador que tenga hijos menores de 18 años y/o alcanzada dicha edad hasta

un lazo de 6 años que cursen estudios superiores tienen el beneficio del 10% del

sueldo mínimo vital, cuyo monto es remunerable.

Alimentación Directa . Es potestad del empleador brindar la prestación

de la alimentación directa (ración diaria de alimento), el cual no es

computable a la remuneración siempre y cuando tengan la calidad de

condición de trabajo.

Alimentación Indirecta . Es la que presta el empleador al trabajador en

forma voluntaria o por convenio colectivo, las cuales se efectúan por

intermedio de las empresas proveedoras de alimentos, la cual no es

remunerable. El valor de la prestación no podrá exceder el 20% del

monto de la remuneración ordinaria, no debiendo ser mayor en caso

de ser otorgada superar las dos remuneraciones mínimas vitales.

Seguro de Salud Agrario

ACTIVIDAD GANADERA Página 35

Page 36: ACTIVIDAD GANADERA

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Reciben todas las prestaciones del Seguro Social de Salud y su aporte es del 4%

de la remuneración.

Sistema Pensionario

Pueden afiliarse a cualquiera de los sistemas, público o privado (AFP).

4.2. Seguro De Salud Agrario

Régimen de Seguridad social especial para los trabajadores de la actividad agraria,

los mismos que al estar cubiertos por este seguro, no se encuentran sujetos a otro

régimen de seguridad social en la salud.

Se consideran los trabajadores agrarios aquellos que laboran para empleados que

realizan trabajos de cultivo y/o crianza, con excepción de la industria forestal.

También se incluyen a las que realicen actividades agroindustriales, siempre que

utilicen principalmente productos agropecuarios producidos directamente o

adquiridos de las personas que desarrollan las actividades de cultivos y/o crianzas

señaladas anteriormente.

No se incluyen las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco,

semillas oleaginosas y cerveza.

Este seguro otorga cobertura a los trabajadores de la actividad agraria, al cónyuge

o concubina, los hijos menores de 18 años, hijos mayores de 18 años

incapacitados para el trabajo.

Los aportes son mensuales para todos los trabajadores, equivalen a 4% de la

remuneración mensual de cada trabajador y son de cargo de empleador, durante

el periodo que dure la relación de dependencia.

El seguro social agrario otorga las siguientes prestaciones:

Prevención, promoción y atención de la salud.

ACTIVIDAD GANADERA Página 36

Page 37: ACTIVIDAD GANADERA

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Prestaciones de bienestar y promoción social.

Prestaciones de dinero correspondientes a los subsidios por

incapacidad temporal, maternidad y lactancia.

Prestaciones por sepelio

4.3. Sistema Nacional De Pensiones

Creada con la finalidad de brindar una protección más amplia y adecuada a los trabajadores, posibilitándose con ello la incorporación al sistema de los trabajadores independientes.

Esta contribución es a cuenta de los trabajadores que prestan servicios bajo el

régimen de la actividad privada o pública, cualquiera que sea la duración del

contrato de trabajo y siempre que no estén afiliados al Sistema Privado de

Pensiones.

Para el cálculo de dicha aportación se considera un porcentaje equivalente al 13%

de la remuneración asegurable, entendiéndose a este como el total de los ingresos

percibidos durante un mes. Está regulado por el D.L. N° 19490 y es administrado

por Essalud; las prestaciones que brinda son pensión de invalidez, jubilación,

sobrevivencia, viudez, orfandad, defunción, etc.

4.4. Sistema Privado De Pensiones:

Es una contribución asumida por el trabajador y está a cargo de las administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, las cuales se encargan de administrar los aportes de afiliados bajo la modalidad de cuentas de capitalización individual como otorgar pensiones de jubilaciones, invalidez y sobrevivencia.

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Page 38: ACTIVIDAD GANADERA

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El trabajador podrá elegir el pertenecer al Sistema Privado o al Sistema Nacional,

pero una vez incorporado al sistema privado de pensiones se puede trasladarse o

retornar al SNP, salvo que la SBS reconozca el contrato con la AFP nulo.

4.5. Seguro De Salud Y Régimen Previsional

4.5.1.Seguro De Salud

Se mantiene en vigencia para los trabajadores de la actividad agraria, en

sustituciones del régimen de prestaciones de salud. El aporte mensual es del 4%

a cargo del empleador por cada trabajador. Los afiliados y su derecho habiente

tienen derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que

cuenten con 3 meses de aportaciones consecutivos o con 4 meses no

consecutivos dentro de los

12 meses calendario anterior al mes en que inicio la causal. En caso de

accidentes, basta que exista afiliación.

4.5.2. Regímenes Previsionales:

Los trabajadores podrán afiliarse a cualquiera de ellos siendo opción del

trabajador su incorporación o permanencia en los mismos.

4.5.3.Condición Para El Goce De Los Beneficios:

Pago de obligaciones: Señala que para el goce de los beneficios tributarios, las

empresas deberán estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias

conforme señala el reglamento. En caso contrario, se perderá el beneficio.

El art. 4º del reglamento de la ley, aprobado por D.S. Nº 049-2002-AG. A

precisado que se pierden los beneficios otorgados por la ley, por el ejercicio

gravable que se hubiera acogido, cuando incumple el pago de cualquiera de los

tributos a los cuales esta afecto, influyendo los pagos a cuenta del impuesto a la

Renta, por tres periodos mensuales, consecutivos o alternados, durante el

ACTIVIDAD GANADERA Página 38

Page 39: ACTIVIDAD GANADERA

ONTABILIDAD APLICADA II

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referido ejercicio. Además el reglamento a hecho precisiones respecto a los

beneficios advirtiéndose que las empresas avícolas que utilizan en su proceso

productivo el maíz amarillo duro importado no están comprendidas dentro de los

alcances de la ley.

Pero en la actualidad las empresas avícolas que utilicen maíz duro importado en

el proceso productivo de su actividad también pueden acogerse a la ley y gozar

de sus beneficios.

4.6. Participación De Los Trabajadores

El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de

la empresa.

o De las empresas obligadas.- Se encuentran las empresas generadoras de

rentas de 3ra categoría que cuenten con más de 20 trabajadores en el

ejercicio.

o De los trabajadores , que sean contratados por la empresa sea a tiempo

indeterminado sujetos a modalidad a tiempo parcial.

Para las empresas agrarias la participación de los trabajadores es del 5%. De la

renta neta anual antes del impuesto.

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Page 40: ACTIVIDAD GANADERA

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CAPITULO V

ASPECTO CONTABLE

CONTABILIDAD GANADERA

La contabilidad ganadera es una especialidad de la actividad contable, dedicada a

la aplicación y uso de la técnica contable en las entidades económicas exclusivas

del ramo agropecuario, La contabilidad ganadera es un sistema que involucra un

proceso y todo un contexto relacionado con Las transacciones del campo es decir,

se abastece de insumos, los transforma, se obtiene resultados y se retroalimenta

mediante el análisis financiero en busca de nuevos horizontes de planeación.

Desarrolla la actividad agrícola y ganadera.

La agricultura y la ganadería pertenecen a la industria extractiva de recursos

renovables, ya que hacen producir a la naturaleza o toma de ella satisfactores de

necesidades, aprovechando la metamorfosis de ciertos elementos que el hombre

dirige. La agricultura y la industria ganadera fomentan el nacimiento y crecimiento

de distintas especies orgánicas.

La contabilidad ganadera también se aplica en las industrias manufactureras o de

transformación (agropecuarias), cuya finalidad consiste en modificar las materias

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primas procuradas, que algunas veces representa una materia prima para otra

actividad industrial.

Cuando en la contabilidad agraria los activos biológicos se puedan

determinar los valores razonables con confiabilidad.

Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las

cuentas de balance tenemos: Existencias, que comprenden materias primas (por

ejemplo semillas), materias auxiliares Productos cosechados (productos

recolectados), productos ganaderos y los activos biológicos. Las cuentas de

existencia que sirven para la producción de activos biológicos recogen el

movimiento de estas existencias. Los otros costos de producción de los activos

biológicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Las procreaciones se

reconocen al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de venta.

Al cierre del ejercicio o del periodo se ajustan a los valores razonables menos los

costos estimados hasta el punto de venta. Si es para la venta se transfieren a

existencias productos cosechados o ganaderos y si es para producir frutos

permanecen en esta cuenta (activos biológicos).

En el caso de la cuenta ganado se debe considerar que se puede plantear la

adquisición de ganado para ser destinado a cría o invernada (engorde). Para la cría

de animales se producirá la adquisición de toros reproductores y vacas que

ingresarán al activo por su valor de compra, los nacimientos de terneros y terneras

serán valuadas al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de

venta. Al momento del corte del ejercicio se realizará el inventario de los mismos y,

serán valuadas al valor razonable menos los, costos estimados hasta el punto de

venta.

En el caso de invernada (engorde) se producirá la adquisición de terneros,

terneras, novillos, novillitos. En el transcurso del tiempo se logrará que el animal se

encuentre en condiciones aptas para ser vendido, ya que se realizará el inventario

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y se aplicará el valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de

venta al cierre tal como se indicó para la cría de animales.

Cuando en la contabilidad agraria los activos biológicos no puedan ser

determinados con confiabilidad los valores razonables y otras estimaciones

alternativas del valor razonable

En tal caso, la NIC 41 exige que la entidad mida estos activos biológicos a su costo

menos la depreciación acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro del

valor.

Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las

cuentas de balance tenemos existencias que comprenden materias primas (por

ejemplo semillas), materias auxiliares, Productos cosechados (productos

recolectados), productos ganaderos y los activos biológicos. Las cuentas de

existencia que sirven para la producción de activos biológicos recogen el

movimiento de estas existencias. Los otros costos de producción de los activos

biológicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Al cierre del ejercicio o del

periodo si es para la venta se transfieren a existencias productos cosechados o

ganaderos y si es para producir frutos permanecen en esta cuenta (activos

biológicos). Dentro de esto debe de considerarse le depreciación y el deterioro de

valor de los activos biológicos.

5.1. Importancia de la contabilidad en la empresa ganadera

La empresa de establecer un sistema contable en la empresa ganadera se debe a

los propósitos que persigue la administración en su aplicación. Algunos de estos

propósitos son:

Proporcionar una lista adecuada de lo que se posee de lo que se debe y

también de lo que se ha invertido mediante esto es posible establecer

control sobre los recursos y obligaciones de la empresa servir como un

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medio de verificación facilitando la actividad administrativa, y que muestra en

cualquier momento una imagen clara de la situación financiera y de

productividad de la empresa para así evaluar la eficiencia administrativa.

Permite conocer la evolución de la empresa y determinar su progreso de un

periodo a otro mediante la comparación de los estados financieros.

Registrar n forma clara y precisa todas las operaciones efectuadas por la

entidad económica

Auxiliar a las personas que toman decisiones de carácter económico

administrativo.

Para establecer una adecuada clasificación de los costos e ingresos

obtenidos y de esta forma asegurar.

5.2. La Contabilidad Ganadera

La contabilidad ganadera al igual que la agrícola es una contabilidad de explotación

en la que se analizan los costos de reproducción y beneficios de los productos

agropecuarios.

Plan de cuentas:

El plan de cuentas que se propone para una empresa ganadera, aparte de las

cuentas de contabilidad general que como hemos dicho son comunes a todas las

empresas, sería el siguiente:

Activo fijo : constituidas por: Edilicio, -establo, camal, máquinas y

herramientas, equipo veterinario, laboratorio, instalaciones, campo y etc.

Realizables: ganado vacuno, producción de leche, producción de carne,

pieles y abonos de corral.

Cuentas de abastecimiento: lubricantes y combustibles medicinas

veterinarias forrajes despensa, materiales.

Cuentas de explotación: explotación ganadera gastos de explotación

ganadera gastos de administración.

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La explotación ganadera comprende: la procreación y la mortandad de ganado.

Los gastos de explotación comprenden los desgastes de máquinas los jornales de

motoristas lubricantes y combustibles, fletes y acarreos, etc.

Los gastos de administración comprenden los sueldos y jornales de caporales los

gastos de oficina los sueldos del personal técnico veterinario las leyes sociales la

movilidad etc.

Si la empresa tiene explotaciones auxiliares tales -como: establo lechero y camal,

los gastos correspondientes a estas explotaciones son absorbidas por ellas

mismas.

El costo de producción se centra en la cuenta de explotación ganadera.

La empresa ganadera tiene por objeto la reproducción y cría de ganado vacuno

como explotación principal incluyendo sus derivados de carne y leche.

5.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera

La contabilidad ganadera requiere también, como todo otro tipo de contabilidad, los

siguientes libros: Diario General, Mayor General, Inventarios y Balances, Caja,

Compras, Ventas y mayores auxiliares para bancos, clientes, cuentas por cobrar,

proveedores, obligaciones a pagar, activos fijos, materiales, existencias de

hacienda y costos de la explotación.

Se llevan en la administración central de la empresa ganadera y no en su

establecimiento rural.

También se lleva en las explotaciones pecuarias el Libro de Planilla Electrónica en

el que se registran los datos del personal, las horas trabajadas, los haberes

abonados y las bajas producidas. Regulada por la RM 018-2007 TR vigente a partir

del 01/01/2008.

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Para controlar los activos fijos, materiales y existencias de haciendas, cueros y

lanas, se llevan tarjetas a fin de registrar su movimiento de entradas y salidas en

unidades físicas. En la administración central estas tarjetas pueden llevarse en

unidades físicas y valores monetarios.

Con estas labores el establecimiento rural cumple las funciones contables que le

corresponden, sin intervenir en tareas más complejas que le están reservadas a la

administración central, en la cual se lleva la contabilidad de explotación ganadera

en los libres principales y auxiliares que hemos enumerado al comienzo de este

párrafo. Además, en la administración central se pueden preparar numerosas

planillas y cuadros estadísticos de suma utilidad para conocer la marcha y el

estado de las actividades del establecimiento pecuario, en cuanto a existencias y

costos e ingresos de la explotación.

Inventario y balance Como en todo tipo de empresa, los establecimientos

ganaderos deben practicar al cierre del ejercicio su inventario y balance general.

5.4. Nic/Niif Aplicables

a) Nic 1 Presentación De Estados Financieros

De acuerdo a la NIC 1 En el balance se incluirán, como mínimo, rúbricas

específicas con los importes correspondientes entre otros a los activos biológicos.

La actividad agrícola a menudo está expuesta a riesgos naturales como los que

tienen relación con el clima o las enfermedades. Si se produjese un evento de este

tipo, que diese lugar a una partida de gastos o ingresos con importancia relativa, se

revelará la naturaleza y cuantía de la misma, de acuerdo con loestablecido en la

NIC 1 Presentación de estados financieros. Entre los ejemplos de los eventos

citados están la declaración de una enfermedad virulenta, las inundaciones, las

sequías o las heladas importantes y las plagas de insectos.

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b) Nic 2 Inventarios.

Costo De Los Productos Agricolas Recolectados De Un Activo Biologico.

De acuerdo con la NIC 41 Agricultura, los inventarios que comprenden productos

agrícolas, que la entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos,

se medirán, para su reconocimiento inicial, por el valor razonable menos los costos

de venta en el momento de su cosecha o recolección. Este será el costo de los

inventarios en esa fecha, para la aplicación de la presente Norma.

c) Nic 16 Propiedades Planta Y Equipo.

El marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros de

las Normas Internacionales de Contabilidad, señala los requisitos para reconocer

un activo:

Se reconoce un activo en el Balance General cuando es probable que se

obtengan de los mismos beneficios económicos futuros para la empresa.

El activo tiene un valor de costo que puede ser determinado con fiabilidad

Así, por ejemplo, si una empresa peruana dedicada a la crianza y venta de activos

biológicos adquiere animales reproductores, dicha operación se reconocerá como

un activo, pues estos originaran beneficios económicos futuros.

La NIC 16 Inmuebles, maquina Y Equipo señala que esta no es aplicada a los

activos biológicos relacionados con la actividad agrícola.

En efecto, cuando se seleccionan aquellos activos biológicos que serán explotados

como reproductores, se produce un cambio en el tratamiento económico, y, por

consiguiente, contable de estos, ya no resultaría aplicable la NIC 41 sino la NIC 16,

por lo tanto en la contabilidad efectuaremos una reclasificación de conceptos

(cambios de existencias a activos fijos).

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La NIC 16 señala que el reconcomiendo de los desembolsos posteriores en el valor

en libros de un elemento de inmuebles, maquinaria y equipo finalizara cuando el

elemento se encuentre en el lugar y en las condiciones necesarias para operar de

la forma prevista por la administración.

Estos desembolsos posteriores realizados de acuerdo con la NIC 16, pueden

clasificarse como mejoras realizadas a los activos fijos (hay aumento de la vida útil,

aumento del valor del activo, etc.) y gastos de mantenimiento (no aumenta la vida

útil).

La NIC 16 señala que la estimación de la vida útil del activo es una cuestión de

criterio, basado en la experiencia que la propia empresa tenga de activos similares.

En las empresas peruanas se aplican las NIC para fines societarios pero no

necesariamente dichos contenidos tienen aplicación para determinar la renta de la

empresa ya que para fines fiscales se aplican las normas tributarias.

d) Nic 41 Agricultura

A partir del año 2003 tiene vigencia internacional la NIC 41 Agricultura. En el Perú

se aprobó su aplicación mediante Resolución del Consejo Normativo de

Contabilidad N° 024- 2001-EF/93.01 (21/12/2001).

Esta norma se aplica a los activos biológicos (animal vivo o una planta). Asimismo

a los hechos que generan su transformación biológica (intervención genética para

mejorar razas, alimentación balanceada, etc.).

La transformación biológica está conformada por las fases de crecimiento y

desarrollo, agotamiento y procreación que origina cambios cualitativos (mejor

calidad del animal, calidad genética, contenido vitamínico, cobertura de grasa) o

cuantitativos (peso – longitud de fibra, creación de animales vivos adicionales) en

un activo biológico.

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Page 48: ACTIVIDAD GANADERA

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En ese sentido, la presente norma se aplica a los productos agrícolas, que son los

productos obtenidos de los activos biológicos de la empresa, solo hasta la fase de

cosecha o beneficio.

A partir de esa fase la NIC apropiada será la NIC 2Existencias, por ejemplo si los

activos serán incorporados a un proceso de producción posterior, o la NIC 16

Inmuebles Maquinaria y Equipo si los bienes serán empleados como reproductores.

La empresa contabiliza un activo biológico si controla el activo y existe la

probabilidad de que fluyan hacia la empresa beneficios económicos futuros

asociados con el activo biológico.

El activo biológico se valúa a su valor razonable neto de los costos estimados para

su venta.

De tener acceso a diferentes mercados activos, la empresa utilizara como valor

razonable el precio establecido en el mercado que piense utilizar.

De existir imposibilidad del hacer una medición al valor razonable de manera

confiable en el momento del reconocimiento inicial del activo biológico por no tener

valores de mercado y las estimaciones de valor no son confiables, en estos casos

el activo biológico se valúa a su costo menos la depreciación acumulada y perdidas

por desvalorización acumuladas que le correspondan.

El reconocimiento inicial de un activo biológico y los cambios ocurridos a su valor

razonable neto se reconocen como ganancia o pérdida.

e) NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para La Venta Y Actividades Interrumpidas.

Los criterios de valuación de esta NIIF no es aplicable entre otros a los Activos no

corrientes valorados por su valor razonable menos los costos estimados en el

punto de venta de acuerdo con la NIC 41 Agricultora que queda cubierto por su

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norma respectiva independientemente de que sean activos individuales O que

formen parte de un grupo enajenable de elementos.

De acuerdo a la NIIC 41 Una vez que el activo biológico no corriente cumpla los

criterios para ser clasificado como mantenido para la venta (o esté incluido -en un

grupo enajenable de elementos clasificado como mantenido para la venta) de

acuerdo con la NIIF E, se presume qua el valor razonable puede determinarse de

forma confiable.

5.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera

Llevar un sistema de Contabilidad Ganadera es relativamente complejo en nuestro

país, sobre todo por la forma empírica en que son manejados los equipos de

trabajadores (cuadrillas conformadas mayormente por familiares), el tamaño del

negocio (que se conduce con informalidad).

Por lo tanto, lo que se suele hacer es crear un Sistema de Contabilidad Ganadera

desde la adaptación adecuada de un Sistema de Costes Industriales por Procesos

y para ello se presenta de la siguiente manera:

Iniciar el proceso de producción: consignar los sementales y vientres para la cría. A

partir de ello, a los futuros padres del rebaño, se les dejará de acumular sus costes,

para contabilizarlos en una nueva cuenta, la cual, al final, vendrá a representar a

las que nazcan, ya con los costes que ocasionaron sus padres.

A continuación, se desarrolla el proceso de producción, es decir; la crianza de los

becerros recién nacidos, para luego pasar a una etapa de reclasificación, es decir

que será puesto en venta, se utilizará para la producción de leche, se sacrificara o

se mantendrá en la granja y por lo tanto se destinara a la recría.

5.6. Costes Vinculados Al Proceso

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Analizaremos fugazmente los costes que intervienen en un proceso de

engorde de reses cuyo detalle debe ser considerado y ponderado

adecuadamente por el evaluador del proceso.

Costes Variables por kilo

(que puedan ser vinculados

estrechamente a la cantidad de

kilos de peso ganados)

Alimentación

Insumos complementarios

(Núcleo, micro elementos, sales

minerales)

Sanidad (solo por los kg producidos)

Mano de Obra (ídem anterior)

Energía eléctrica, gas oil y otros

insumos variables.

Traslado y comercialización

Desbaste (pérdidas de peso por

traslado)

Porcentaje de mortandad

Costes variables por cabeza

(vinculados a cada animal a

engordar pero independientes de

su volumen de peso) (cp2)

Sanidad

Otros Insumos (señales, caravanas,etc.)

Traslado y comercialización

Porcentaje de mortandad

Costes Fijos o de estructura del

engorde (CE).

Mano de Obra

Amortizaciones

Mantenimiento preventivo

Coste Financiero

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Honorarios profesionales

Otros Costes Fijos Directos

CONCLUSIONES

La Contabilidad Ganadera cumple con la función ineludible de informar

con exactitud, cuáles son las partidas de costos y de gastos, en que

incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que

pueda saber cuáles habrán de ser sus costos totales y unitarios, para

poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus

pérdidas, netas.

La explotación del ganado vacuno representa la actividad más

importante del sector ganadero a escala mundial y por tanto, el

incremento en el consumo per cápita de carne y leche es un indicador

del desarrollo alcanzado por un país.

La Contabilidad Ganadera cumple con la función ineludible de informar

con exactitud, cuáles son las partidas de costos y de gastos, en que

incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que

pueda saber cuáles habrán de ser sus costos totales y unitarios, para

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poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus

pérdidas, netas.

Una adecuada toma decisiones con un sistema de costos bien

implementado significara para la empresa ganadera utilidades al largo y

corto plazo, la información laboral y tributaria por parte de la gerencia

será muy útil para lograr dicho propósito.

BIBLIOGRAFIA

C.P.C. DANTE ATAUPILLCO VERA – “Contabilidad Por Sectores”

CPC. CARLOS PAREDES REÁTEGUI/ CPC ARMANDO

VILLACORTA CAVERO: “Plan Contable General Revisado con

actividades por sectores”

CIBERGRAFIA

www.portalagrario.gob.pe/rrnn_gana.shtml

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