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ACTA DEL PLENO ORDINARIO DE LA CORPORACION MUNICIPAL, CELEBRADO EL DIA VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA. - - - o o o 0 0 o o o - - - En la ciudad de Sagunto, a veintiséis de Junio de mil novecientos noventa, siendo las diecinueve horas y treinta minutos, se reúnen, en el Salón de Sesiones de este Excmo. Ayuntamiento, bajo la Presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde D. José García Felipe, los siguientes Concejales: D. Jose Ibañez Santamaria D. Marcelino Gil Gandía D. Ricardo Felix Latorre Franch Dª Vicenta Ramirez Rius D. Dionisio Herranz Renau D. Enrique Francisco Torres Petit D. Vicente Vaya Pla D. Jose María Piro Rodriguez D. Enrique Latorre Gabaldón D. Enrique Noverques Gil D. Miguel Angel Cortés Flor Dª Rosario de los Angeles Gomez Martin D. Francisco Crispin Sanchis D. Miguel Almor Marzal D. Rafael Tabares Seisdedos D. Alfredo Bru Batalla D. Carlos Diaz Casas D. Salvador Vilalta Mor D. Jose Rosario Viedma D. Miguel Campoy Adell Dª Josefa Paredes Conesa D. Francesc Agües Vila D. Joaquín Aranda Raga NO ASISTE: D. Francisco Ariza Tarazon Asistidos de la Secretaria General, Dª Amparo Koninckx Frasquet y del Interventor Accidental, D. Juan Ramón Edo Pellicer, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno de

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ACTA DEL PLENO ORDINARIODE LA CORPORACION MUNICIPAL,CELEBRADO EL DIA VEINTISEIS DEJUNIO DE MIL NOVECIENTOSNOVENTA.

- - - o o o 0 0 o o o - - -

En la ciudad de Sagunto, a veintiséis deJunio de mil novecientos noventa, siendo lasdiecinueve horas y treinta minutos, se reúnen, enel Salón de Sesiones de este Excmo.Ayuntamiento, bajo la Presidencia del Ilmo. Sr.Alcalde D. José García Felipe, los siguientesConcejales:

D. Jose Ibañez SantamariaD. Marcelino Gil GandíaD. Ricardo Felix Latorre FranchDª Vicenta Ramirez RiusD. Dionisio Herranz RenauD. Enrique Francisco Torres PetitD. Vicente Vaya PlaD. Jose María Piro RodriguezD. Enrique Latorre GabaldónD. Enrique Noverques GilD. Miguel Angel Cortés FlorDª Rosario de los Angeles GomezMartinD. Francisco Crispin SanchisD. Miguel Almor MarzalD. Rafael Tabares SeisdedosD. Alfredo Bru BatallaD. Carlos Diaz CasasD. Salvador Vilalta MorD. Jose Rosario ViedmaD. Miguel Campoy AdellDª Josefa Paredes ConesaD. Francesc Agües VilaD. Joaquín Aranda Raga

NO ASISTE:D. Francisco Ariza Tarazon

Asistidos de la Secretaria General, DªAmparo Koninckx Frasquet y del InterventorAccidental, D. Juan Ramón Edo Pellicer, alobjeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno de

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la Corporación, en primera convocatoria,haciendo constar que los Sres. Bru, Agües,Aranda, Latorre Franch y la Sra. Ramirez, seincorporan a la sesión en el punto 3, el Sr.Vilalta en el punto 7 y el Sr. Crispín en el punto17.

Abierta la sesión por la Presidencia, sepasó a tratar los asuntos incluidos en el ordendel día.

1 APROBACION DE ACTA SESIONANTERIOR

Sometido a votación el primer punto delorden del día, se acuerda, por unanimidad, laaprobación del borrador de las actascorrespondientes a las sesiones de los días 27 deAbril y 15 de Mayo de mil novecientos noventa.

2 DAR CUENTA RESOLUCIONES DEALCALDIA

MES DE MARZO:DIA 21:

- Denegando cédula habitabilidad paravivienda sita en C/ Felisa Longas.

MES DE ABRIL:DIA 2:

- Contratación laboral temporal 1Auxiliar administrativo con destino alNegociado de Personal.DIA 10:

- Denegación cédula habitabilidad paraviviendas sitas en C/ Cataluña, Asturias yCánovas del Castillo.

MES DE MAYO:DIA 6:

- Anulación cuotas Impuesto sobreVehículos de Tracción Mecánica giradas a loscontribuyentes: Bienvenido González Benet; yJosé Mª Sobrino Narro.DIA 8:

- Anulación recibo Imp. VehículosTracción Mecánica.- Carlos Cerezo Bustamante.DIA 15:

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- Devolución cantidades ingresadasindebidamente,a los contribuyentes y por losconceptos que se especifican: María VillalbaRibelles; y Gil Aparici Bosch ( Tasas UnificadasPropiedad Urbana); Juan Serrano González;Encarnación Valero Valero; María DoñateMezquita; Fernando Biosca García; MiguelCañada Montes; Blas Vidal Pageo; CarmenMicó Daniel; y Pedro Giménez Palomar.( C.Urbana).DIA 16:

- Devolución cantidades ingresadasindebidamente, a los contribuyentes y por losconceptos que se especifican: Candido ParraMontealegre; Miguel Alegre Catalán; JosefinaMarco Tortajada; y Anselmo Sánchez Picón (C.Urbana); Ana Egea Martínez; Saturnino GómezOrea; y José Mª Soriano Rahona (C. Especiales);Motor Sagunto (Tasas Actividades Comerc.);José Jesús Miranda López; y Fausto GarcíaGarcía (Licencia Fiscal); y José Luis BonetAlpuente (Tasas Agua, Alcant. y basuras).

- Notificación en valenciano providenciaapremio Expte. 283/1.- Natali Carreres iSenabre.

- Desestimación petición reposición envoluntaria recibos C. Urbana.- Alicia GómezRomano.DIA 17:

- Anulación y data al Recaudador deEjecutiva, por los conceptos y a loscontribuyentes que se especifican: Baltasar BoixGutiérrez; Carmen Pérez Garcés; Manuel GraciaHinojosa; Sixto López García; Carlos MuñozDoñate; Regina Ibáñez Tolosa; Angela González; José Alvarez Vázquez; y José Benet Arnau (C.Urbana); Mª Teresa Uso Ferrera; José RectoPeris Quevedo; y Francisco Plasencia Pozuelo(C. Rústica).

- Reposición en voluntaria recibos de loscontribuyentes y por los conceptos que seespecifican: Ramiro García Marín (I.M.C.);José Senent Llacer (Tasas sobre Actividades); yJoaquín Cardo Más (Licencia Fiscal).DIA 18:

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Mayor, 99.

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DIA 20:- Concediendo a funcionaria permiso por

maternidad.DIA 21:

- Denegación cambio titularidadactividad Bar sita en C/ Fornás, 8.

- Concediendo a funcionario emérito,cantidad a cuenta pensión jubilación.

- Convocatoria pruebas selección 1 plazaAdministrativo interino.

- Concediendo licencia ocupación víapública en Avda. 9 de Octubre, 93.DIA 22:

- Convocando pruebas selectivas 1 plazaAuxiliarAdvo. en régimen laboral temporal.

- Concediendo licencias de obras en: C/Castilla la Nueva, 3-1º-1ª; C/ Trovador, 18; C/Luis Vives, 48-bj y 1º; Avda. 9 de Octubre, 93;C/ palancia, 62-4º-14ª; Pza. del Salvador, 3; C/Menéndez y Pelayo, 4; y C/ La Paz, 13.DIA 23:

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Camí Real, 118.

- Aprobación liquidación TasaAprovechamiento Esp. Dominio Público porVado Permanente en C/ Maestrat, 27.

- Incoación Expte. Declaración de Ruinainmueble sito en C/ Cristo Rey, 13.

-Nombramiento miembro ComisiónPatrimonio Histórico-Artístico, enrepresentación de Centro Arqueológico.DIA 25:

- Concediendo plazo 10 días apropietarios inmueble sito en Avda. 9 deOctubre (Grupo Salas Pombo), para presentaralegaciones y documentos al expte. incoado porestado peligroso elementos fachadas.

- Concediendo plazo 10 días apropietarios inmueble sito en C/ TeodoroLlorente, 140, para presentar alegaciones ydocumentos al expte. incoado por estadopeligroso diversos elementos.

- Anulación liquidación Tasa LicenciasUrbanísticas.- Fernando Doñate Doñate.

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Benifairó esquina a C/ SanFrancisco.

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DIA 28:- Concediendo licencias ocupación vía

pública en: C/ Metge En Gabriel Flors, 2; C/ LosDolores, 2; Avda. Camp de Morvedre, 101; C/Escalante, 16; C/ Mayor, 99; Avda. Camp deMorvedre frente a C/ Fornás; y Pza. CronistaChabret (frente ambulatorio).DIA 29:

- Estimando parcialmente recurso contraliquidación Tasa Licencias Urbanísticas.-Francisco Martí Mora.

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Numancia, 8.DIA 30:

- Anulación cuota Impuesto VehículosTracción Mecánica.- Antonio Porrero García.

- Concediendo a funcionariocomplemento por conducción.

- Concediendo plazo 20 días apropietarios inmueble sito en C/ Camí Real, 45;para realización obras reparación elementoscuyo estado resulta peligroso.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: Avda. 9 de Octubre; C/ Cobre, 4;Avda. Camp de Morvedre, 8; C/ RíoGuadalquivir, 2; C/ Trovador, 63; C/ Camí Real,4; Avda. Mediterráneo, 105; C/ Poeta Llombart,102; C/ Valencia, 20.DIA 31:

- Contratación laboral temporal de : 3médicos playas; 12 socorristas playas; y 2Auxiliares Informadores Turismo.

- Concediendo plazo 20 días apropietarios inmueble sito en C/ Héroes, 33;para realizar obras reparación elementos cuyoestado resulta peligroso.

- Nombramiento 3 EducadoresPolivalentes, en régimen laboral de carácterindefinido.

- Concediendo licencia ocupación víapública en Avda. 9 de Octubre, 40.

MES DE JUNIO:DIA 1:

- Retrotraer actuaciones incoación Expte.Declaración Ruina del inmueble sito en Pza.Marina, 6.

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- Aprobación liquidaciones repartodocumentos cobratorios Impuesto VehículosTracción Mecánica.

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Palancia, 26.

- Aprobación relación de gastos nº 11.DIA 4:

- Concediendo licencia apertura actividadventa al menor de juguetes y baratijas sita en C/Fornás, 6-bj.

- Denegando licencia apertura actividadbar en C/ Asturias, 1.

- Convocando Pleno ExtraordinarioUrgente para el día 6 de Junio a las 9 horas.

- Reiteración Resoluciones paralizaciónobras MERCADONA.

- Concediendo plazo 20 días apropietarios inmueble sito en C/ Gómez Ferrer,Progreso y Segorbe; para realización obrasreparación elementos cuyo estado resultapeligroso.

- Anulación liquidaciones Tasa Puestos,Barracas, etc, giradas a D.Alejandro CastañosaDomínguez.

- Estimando aplicación 90% liquidaciónTasa Licencias Urbanísticas.- Francisco CintasCintas.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: Avda. Hispanidad e Isabel II; C/ ReySan Luis, 13; y C/ trabajo, 22 y 24.

- Aprobación liquidación tasaAprovechamiento Esp. Dominio Público porVado Permanente en C/ L' Alacantí, 29.DIA 5:

- Concediendo licencia de obras a H.E.,s.a, canalización líneas eléctricas en: PolígonoSEPES; y edificio Juzgados.

- Estimando aplicación 90% TasaLicencias Urbanísticas a D. José Gil Rubio.

- Devolución cuotas satisfecha I.M.C. alos contribuyentes: Manuel Pérez Macián; yJoaquín Montagud Sangil.

- Desestimando reclamación contra cuotaI.M.C., formulada por Javier Paulino Gómez.

- Devolución cuotas Imp. VehículosTracción Mecánica a los contribuyentes: MaríaPérez Mínguez; y Francisco P. Pascual Vidal.

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- Anulación cuotas Imp. VehículosTracción Mecánica de los contribuyentes: JoséCarrera Campos; Francisco García Jiménez;Amparo Eloisa Martí Graullera; Amparo CiveraNavarre; y Ramón M. Reverte Domingo.

- Baja vehículo matrícula V-287.708, aefectos de I.M.C.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: C/ Manuel Monzó, 8 y 10; y C/ CamíReal, 67 y C/ Bravo, 6.

- Aprobación liquidaciones TasaApertura Establecimientos, por las actividades:Bar sin ambiente musical; garaje; venta menorvehículos; bar-café; alquiler películas vídeo;enseñanza privada idiomas; bar; bar-cafetería; ycafetería-bar sin ambiente musical.DIA 6:

- Concediendo licencia obras en C/Vicente Andrés Estellés, 16.

- Paralización obras que se vienenrealizando sin licencia en parte parcela 86 delpolígono 12.

- Denegando licencia apertura actividadde bar en C/ Gómez Ferrer, 4.

- Orden Clausura y cierre ampliaciónactividad supermercado MERCADONA.

- Denegar cambio titularidad actividadbar sito en C/ Velázquez, 4.

- Concediendo autorización parainstalación Castillo Hinchable en PaseoMarítimo.

- Anulación cuotas I.M.C. de losvehículos matrícula: V-3880-AP; V-7484-CV;V-8977 y V-8978.

- Aprobación Padrón TasasAprovechamiento vuelo en Vía Pública, EntradaVehículos, Escaparates, e Impuesto Publicidad,año 1.988.

- Devolución cantidad Imp. vehículostracción mecánica.- Honorio López del Moral.

- Alta en registro vehículos, de aquéllosmatrícula: CS-1696-I; y V-8243-E.

- Anulación cuotas Imp. VehículosTracción Mecánica, de los contribuyentes:Daniel Estellés Gil; Bernabé Muñoz Montón;José Salas Verdugo; Victor Martínez Valencia; yManuel Aguilar Villarroya.

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- Concediendo licencia ocupación víapública alrededor telefónica.

- Aprobación liquidaciones TasaApertura Establecimientos, por las actividadesde: Bar 2ª categoría; venta menor peluquería;venta menor ropa; carnicería y charcutería; ygaraje.

- Aprobación liquidaciones PrecioPúblico Aprovechamiento Esp. DominioPúblico, por vados en: C/ Carruana, 11; C/América, 32; Avda. Sants de la Pedra, 51; y C/Huertos, 47.DIA 7:

- Autorización instalación remolqueventa churros en Paseo Marítimo.

- Paralización obras que se vienenrealizando sin licencia en parcelas del polígono12.

- Convocando pruebas selectivas 1 plazade Auxiliar Advo. interino.

- Concediendo a funcionario anticiporeintegrable.

- Concediendo plazo 10 días apropietarios inmueble sito en C/ Atzucac delsDolors, 4; para presentar alegaciones ydocumentos al expte. incoado por estadopeligroso.

- Anulación cuota Imp. vehículostracción mecánica.- Miguel Puga Lucas.

- Anulación cuotas I.M.C. de loscontribuyentes: Castor Cañada Robles; y PedroLario Ferrer.

- Concediendo licencia ocupación víapública en C/ Luis Cendoya, 112.DIA 8:

- Denegando cédulas habitabilidadvivienda sita en parcela 46 de urbanizaciónCorinto.DIA 11:

- Concediendo plazo 10 días apropietarios inmueble sito en C/ Mayor, 59, parapresentar alegaciones y documentos al expte.incoado por estado peligroso diversos elementos.

- Concediendo plazo 20 días apropietarios inmueble sito en Pza. San Pedro, 9;para realización obras reparación elementoscuyo estado resulta peligroso.

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- Concediendo licencias de obras en: C/Trovador, 30; C/ Virgen del Losar, 77.

- Concediendo a funcionario anticiporeintegrable.

- Concediendo licencias ocupación víapública en C/ Los Dolores, 4; C/ GeneralCanino, 26-bj-izq.; Avda. 9 de Octubre, 60; yPza. Cronista Chabret, 7.

- Aprobación liquidaciones TasaApertura Establecimientos, por las actividades:Expte. 598/90; garaje; Expte. 600/90, y Expte.597/90.DIA 12:

- Aplazamiento deuda tributaria,liquidación Plus-Valía.- José Maturana Romero.

- Convocando Pleno Extraordinario parael día 15 de Junio, a las 9 horas.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: C/ Cánovas del Castillo esquina a C/La Paz; y C/ Cataluña, 5.

- Aprobación liquidaciones TasaOtorgamiento Licencias Urbanísticas, por obrasen: C/ Circo Romano, 8; parcela 304 y 353 delpolígono 67; urbanización Los Monasterios;parcela 634-3 del polígono 20; polígono E-3 deplaya Almardá; C/ Barcelona con C/ Daoiz;parcela 642 del polígono 20; C/ Virgen delLosar, 32-b; C/ Unificación; parcela 106-D delpolígono 1; y C/ Sangre, 11 y 13.

- Aprobación relación de gastos nº 12.DIA 13:

- Concediendo licencia apertura actividadventa helados y horchata en Pza. CronistaChabret.

- Denegando peticiones cambiotitularidad de las actividades de bar, sitas en: C/Sagasta, 6; y C/ isla de Amboto, 5.

- Paralización obras que se vienenrealizando sin licencia en parcelas 205 y 206 delpolígono 12.

- Concediendo licencia de obras enesquina a Avda. Hispanidad.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: Avda. 9 de Octubre frente al nº 75;Avda. Hispanidad, 24; y C/ Vte. Andrés Estellés,1.DIA 14:

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- Paralización obras que se vienenrealizando sin licencia en: Avda. D. Juan deAustria, s/n; parte parcela 10 del polígono 4; yparte parcela 77 del polígono 45.

- Denegando petición cambio titularidadactividad de bar en C/ Barcelona, 11.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: C/ Purísima; y C/ América,42.DIA 15:

- Contratación laboral temporal 1Auxiliar Advo.

- Nombramiento funcionario interino 1Auxiliar Advo.

- Autorización reparto trípticos cobroTasa Agua Potable.

- Concediendo licencias ocupación víapública en: Avda. Mediterráneo, 81; C/ islaAmboto, 3; C/ La Paz, 11; C/ Asturias, 27;Avda. Hispanidad, 42; y C/ Sota y Aznar, 9.DIA 18:

- Concediendo licencia ocupación víapública en Pza. Cronista Chabret, 7.DIA 19:

- Concediendo cédulas habitabilidadapartamentos sitos en parcela 46 deurbanización Corinto.

3 PROPUESTA CONVENIENCIADECLARACION DE INTERES SOCIAL,COOPERATIVA DE VIVIENDAS "SANFRANCISCO DE BORJA".

Se da cuenta de la propuesta presentadapor todos los Grupos políticos, a cuyo tenor:

""Ante la evidente necesidad, en nuestraCiudad, de viviendas que se configuren comoasequibles para un numeroso sector de lapoblación, con un nivel de rentas bajo, encontraste con un mercado inmobiliario cuyosindicadores son conocidos, y mostrando elAyuntamiento de Sagunto una especialpreocupación por dar cumplimiento a lodispuesto en el art. 47 de la ConstituciónEspañola, que dice:

"Todos los españoles tienen el derecho adisfrutar de una vivienda digna y adecuada. Lospoderes públicos promoverán las condicionesnecesarias y establecerán las normas pertinentes

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para hacer efectivo este derecho, regulando lautilización del suelo de acuerdo con el interésgeneral para impedir la especulación"; seplantea la necesidad de impulsar y apoyarcualquier iniciativa organizada de losciudadanos tendente al único fin de satisfacer sunecesidad de vivienda, que tiene carácterprimario, en los casos en que estas actuacionesaparezcan exentas de ánimo de lucro oespeculación.

Como fiel reflejo de la mencionadainquietud económica, y de la situación del sectorde la vivienda, se ha formado y está funcionandoen nuestra Ciudad la Cooperativa de ViviendasSan Francisco de Borja, legalmente constituida,inscrita, así como sus Estatutos, en el RegistroOficial de Cooperativas de la ComunidadValenciana, con el número CV-688, sección decooperativas de viviendas, que es una Entidadsin ánimo de lucro, constituida por trabajadores,que han visto en la asociación cooperativa, laposibilidad da acceder a una vivienda digna,acorde con sus necesidades y posibilidadeseconómicas.

Iniciativas como la reseñada, no puedenser en absoluto ignoradas por los PoderesPúblicos, ni, como tal, por el Ayuntamiento deSagunto, que debe arropar e impulsar con susmedios y dentro del ámbito de sus competenciastodo tipo de actuaciones tendentes a un uso másracional del suelo, en armonía con los principiosde promoción social y económica de las rentasmás bajas.

No hay que olvidar, además, que desdesiempre el movimiento cooperativo ha sidoexpresión de los legítimos y naturales interesesde los ciudadanos, canalizados con de fin de, através de la organización y la unidad, obtenermayor fuerza colectiva y otorgar el máximo ecoa sus pretensiones. Esto ha sido reconocido yrespaldado por el Legislador en nuestro Derechodesde la antigua Ley de Cooperativas, y ahora, através del desarrollo autonómico y por eltraspaso de competencias, por la GeneralitatValenciana, en la Ley 11/1.985, de Octubre, deCooperativas de la Comunidad Valenciana.

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También es importante destacar el hechode que esta Cooperativa nace en Sagunto,después de la época de depresión económica quesupuso la reconversión industrial, y es unevidente indicador de recuperación de la ilusióne iniciativa de los ciudadanos, de la que tantasveces el pueblo de Sagunto ha hecho gala antelas dificultades, con el apoyo de las distintasactuaciones impulsadas desde las InstitucionesPúblicas.

En este sentido, y dentro de la promociónde Viviendas de Protección Oficial, el RealDecreto 224/89, de 3 de Marzo, del Ministeriode Obras Públicas y Urbanismo, refleja en suexposición de motivos, que "la iniciación deviviendas protegidas con destino a los grupossociales con menores niveles de ingresos, damuestra de mantenerse a niveles claramenteinsuficientes...", e introduce además laposibilidad de que las cooperativas asociadas aEntes Públicos Territoriales tengan laconsideración de Promotores Públicos, a losefectos de poderse acoger tanto al RégimenGeneral como al Régimen Especial deProtección Oficial, con lo que se pone demanifiesto la gran importancia y el alcance de lainiciativa emprendida por la Cooperativa, y elcompromiso que supone para el Ayuntamientode Sagunto la consecución de sus fines sociales.

Por todo ello, y como consecuencia de lasreuniones mantenidas entre todos los Portavocesde los partidos políticos con representaciónmunicipal, se propone al Pleno acuerde:

1º) Declarar de interés público y sociallas actuaciones de la Cooperativa de Viviendas"San Francisco de Borja, Coop. V".

2º) Apoyar, en todo cuanto afecte acompetencias municipales, la gestión yactuaciones concretas de la mencionadaCooperativa.

3º) Instar a la Consellería de ObrasPúblicas, Urbanismo y Transportes, y alMinisterio de Obras Públicas y Urbanismo, y atodos los Organismos e Instituciones concompetencias, a adoptar los acuerdos yresoluciones necesarias y convenientes, en ordena la pronta y eficaz consecución del evidente fin

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social que constituye el objeto de las actividadesde la mencionada Cooperativa de Viviendas.

4º) Participar en la gestión y consecucióndel fin social de la Cooperativa, en el ámbito delas competencias municipales, en calidad deEnte Público Territorial Asociado, según loprevisto, y a los efectos del art. 5, apartado 3º delReal Decreto 224/1:989, de 3 de Marzo.

5º) En consecuencia, y estando definidala Unidad de Actuación número 36, "SanFrancisco de Borja", en la Revisión del PlanGeneral de Ordenación Urbana, aprobadainicialmente por el Ayuntamiento en PlenoExtraordinario celebrado el 14 de Noviembre de1.989, Expediente 1.041/89, y con el fin deagilizar al máximo la reconstrucción de lasviviendas, llevar a cabo por los ServiciosTécnicos Municipales aquella ModificaciónPuntual del P.G.O.U. de Sagunto de 1.981, lasBases de Actuación para la formación delP.A.U., o aquellos instrumentos urbanísticos queresulten necesarios, en función de dichaModificación Puntual del P.G.O.U., como mediopara alcanzar el objeto social de la Cooperativa,con el respaldo efectivo del Ayuntamiento."

De conformidad con la propuestapresentada por todos los partidos políticos, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

Aprobar la moción arriba transcrita quese entiende aquí por reproducida a todos susefectos.

4 APROBACION BASES PARACUBRIR EN PROPIEDAD DOS PLAZASDE AGENTES EJECUTIVOS.

Resultando que en la Oferta de EmpleoPúblico para el año en curso, se contemplan,entre otras, dos plazas de Agentes Ejecutivos, enorden a ser cubiertas por funcionarios de carrera.

Considerando que estas plazas seencuentran dotadas presupuestariamente.

Considerando que, al ser elAyuntamiento una Administración Pública,resulta afectado por las prescripcionesestablecidas en el Reglamento General delIngreso del Personal al Servicio de la

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Administración del Estado, aprobado por el R.D.2223/84, de 19 de Diciembre que es aplicable,con carácter supletorio, a las CorporacionesLocales, en virtud de la cláusula que contiene elpárrafo segundo, del nº 1 de su art. 1.

Considerando que por lo demás, todas lasAdministraciones Públicas sin excepción y,naturalmente, las Administraciones Localesestán vinculadas por la necesidad deconvocatoria pública, debiendo garantizarse enel sistema de selección que se disponga a seguir,los principios constitucionales de igualdad,mérito y capacidad, así como el de publicidad(art. 91.2 de la Ley 7/85, de 2 de Abril).

Considerando que las plazas dereferencia se hallan encuadradas en la Subescalade Servicios Especiales de AdministraciónEspecial, Clase: Plazas de Cometidos Especiales,de conformidad con el art. 172.2 c) del R.D.Legislativo 781/86, de 18 de Abril.

Considerando que, en cuanto a lossistemas legales de selección, el punto 3 delprecepto citado, posibilita la realización deconcurso, oposición, o concurso-oposición libre,según el criterio y la plaza de que se trate, enorden al ingreso en esta Subescala.

Considerando, por lo último, que escompetencia del Pleno de la Corporación laaprobación de las Bases que han de regir laselección del personal propio, a tenor de loexpresamente consagrado por los arts. 22.2.i) dela Ley 7/85, de 2 de Abril, y 50.7 del R.D.2568/86, de 28 de Noviembre.A la vista de todo lo expuesto, de conformidadcon el dictamen de la Comisión InformativaRégimen Interior y Personal y visto el informede Intervención, el Ayuntamiento Pleno, porunanimidad, ACUERDA:

Aprobar las siguientes Bases que han deregir la selección de dos Agentes Ejecutivos,para su posterior provisión en propiedad:

PRIMERA.- DEL OBJETO DE LACONVOCATORIA.

1.- Es objeto de la presente convocatoriala provisión, por el sistema deconcurso-oposición libre, de dos plazas de

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Agentes Ejecutivos, encuadradas en el Grupo Dde los arts. 25 de la Ley 30/1984, de 2 deAgosto, y 4.1 de la Ley de la GeneralidadValenciana 10/85, de 11 de Julio, pertenecientesa la Escala de Administración Especial,Subescala de Servicios Especiales, Clase: Plazasde Cometidos Especiales, y dotadas con laretribución correspondiente al Grupo señalado,complemento de destino nivel 16, complementoespecífico, dos pagas extras, trienios y demásretribuciones o emolumentos que correspondancon arreglo a la legislación vigente.

2. Los aspirantes que resulten nombradospara estas plazas, quedarán sometidos, desde elmomento de su toma de posesión, al régimen deincompatibilidades vigente y no podránsimultanear el desempeño de ésta con el decualquier otra plaza, cargo o empleo remuneradocon fondos del propio Ayuntamiento, Estado,Entidades y Corporaciones Locales, Empresasque tengan carácter oficial, o relación con dichosOrganismos, aunque el sueldo tenga carácter degratificación, o emolumentos de cualquier clase.La declaración de compatibilidad exigiráexpresa declaración del Pleno de la Corporación.

3. Las presentes Bases se publicarán enel "Boletín Oficial" de la Provincia.

4. El anuncio de convocatoria y extractode estas Bases se publicará en el "BoletínOficial" del Estado. Los sucesivos anuncios sepublicarán únicamente en el "Boletín Oficial" dela Provincia y en el tablón de edictos de la CasaConsistorial.

SEGUNDA.-DE LAS CONDICIONES DELOS ASPIRANTES.

1. Para tomar parte en el presenteconcurso-oposición será necesario:

a) Ser español.b) Tener cumplidos dieciocho años y no

exceder de cincuenta y cinco.c) Poseer el Titulo de Graduado Escolar,

Formación Profesional de Primer Grado oequivalente.

d) No hallarse incurso en causa deincapacidad o incompatibilidad alguna conarreglo a la legislación vigente.

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e) No haber sido separado medianteexpediente disciplinario del servicio del Estado,Administración Local o Autonómica, ni hallarseinhabilitado para el ejercicio de funcionespúblicas.

f) No padecer defecto físico nienfermedad que impida el desempeño de lasfunciones propias del cargo.

g) Comprometerse a prestar juramento opromesa conforme a lo previsto en el R.D.707/1979, de 5 de Abril.

2. El cumplimiento de todos losrequisitos exigidos se entenderá referido al díaen que concluya el plazo para la presentación deinstancias conforme a lo preceptuado en el art.18.2 del R.D. 2223/1984, de 19 de Diciembre.

TERCERA.- DE LAS INSTANCIAS.1. Las instancias solicitando tomar parte

en la oposición, en la que los aspirantes deberánmanifestar que reúnen todas y cada una de lascondiciones que se exigen en la base segunda, sedirigirán al Presidente de la Corporaciónpudiendo utilizar el modelo de instancia quefigura como ANEXO I que será facilitado a losinteresados en la Oficina de Información yRegistro de este Excmo. Ayuntamiento.

2. La presentación de instancias deberáefectuarse en el Registro General delAyuntamiento de Sagunto, o en la formaprevista en el art.66 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo, durante el plazo de veinte díasnaturales, contados a partir del siguiente al de lapublicación de la convocatoria en el "BoletínOficial" del Estado.

3. A las instancias se acompañará ensobre cerrado, que podrá ser además lacrado, ladocumentación acreditativa de los méritosalegados por los aspirantes. Para ser tenidos encuenta, los documentos deberán ser originales ocopias debidamente compulsadas porfuncionario competente. No se considerarámérito alguno que no se acredite en este momen-to.

4. No se establecen derechos de examen.

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CUARTA.- DE LA ADMISION DE LOSASPIRANTES.

1. Para ser admitidos a las pruebasselectivas, bastará que los aspirantes manifiestenen sus instancias reunir todos y cada uno de losrequisitos exigidos en la base segunda.

2. Expirado el plazo de presentación deinstancias, la Presidencia de la Corporaciónaprobará la lista provisional de aspirantesadmitidos y excluidos, que se hará pública en el"Boletín Oficial" de la Provincia y será expuestaen el tablón de edictos del Ayuntamiento,concediéndose un plazo de 10 días parasubsanación de errores.

3. Las reclamaciones serán aceptadas orechazadas por resolución de la Alcaldía. En elcaso de no producirse, la lista provisional seráelevada a definitiva, sin necesidad de nuevapublicación.

4. Los errores de hecho podránsubsanarse en cualquier momento de oficio o ainstancia del interesado.

QUINTA.- DE LOS DEMAS TRAMITESPREVIOS A LA CELEBRACION DE LASPRUEBAS Y DEL TRIBUNALCALIFICADOR.

1. En la misma resolución en la que seapruebe la relación de aspirantes admitidos yexcluidos se fijará la composición del Tribunalcalificador, y el lugar, fecha, y hora decelebración del primer ejercicio.

2. El Tribunal calificador estaráconstituido de la siguiente forma, actuando todossus miembros con voz y voto, a excepción delSecretario, que lo hará sólo con voz:

a) Presidente: El de la Corporación omiembro de la misma en quien delegue.

b) Secretario: El de la Corporación ofuncionario de la misma en quien delegue.

c) Vocales:- El Jefe de Servicio o Técnico nombrado

por el Presidente de la Corporación.- Un representante de la Junta de

Personal.

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- Un representante del profesoradoOficial designado por el Instituto Valenciano deAdministración Pública.

- Un representante de la GeneralitatValenciana designado por la Consellería deAdministración Pública.

3. La resolución en la que se designen losmiembros del Tribunal incluirá los nombres delos respectivos suplentes y, conforme a loseñalado, se hará pública en el tablón de edictosdel Ayuntamiento y en el "Boletín Oficial" de laProvincia, a efectos de poder proveerse, en sucaso, los incidentes de recusación por las causaslegalmente previstas.

4. Para hacer efectivo el derecho a usar elvalenciano y en cumplimiento de la Orden 17 deJulio de 1.989, de la Consellería de Adminis-tración Pública de la Generalitat Valenciana, sehace constar expresamente la posibilidad derealizar las pruebas que integran la oposición, envalenciano.

6. El Tribunal no podrá constituirse niactuar sin la asistencia, como mínimo, de lamitad de sus miembros Titulares o suplentesindistintamente.

7. A efectos de lo dispuestos en el AnexoIV del Real Decreto 236/1988, el Tribunal queactúe en esta prueba selectiva tendrá la categoríacuarta de las recogidas en aquél.

SEXTA.- DEL CALENDARIO DE LASPRUEBAS, DEL ORDEN DE ACTUACIONDE LOS ASPIRANTES Y SUIDENTIFICACION.

1. Conforme a lo señalado en el apartadoprimero de la Base quinta, el calendario decelebración de las pruebas se hará público.

2. Una vez comenzadas las pruebas quecomponen la oposición únicamente se publicaráen el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial yen los locales donde se hayan realizado lasanteriores pruebas, los preceptivos anunciosrespecto al lugar y hora donde hayan decelebrarse las restantes.

3. El orden de actuación de los aspirantesen aquellos ejercicios que no se puedan realizarconjuntamente será el alfabético, iniciándose por

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el aspirante cuya letra comience por la queresulte del sorteo público que se celebrará el díasiguiente al que finalice el plazo parapresentación de instancias a las 12 horas en elSalón de Juntas de la Casa Consistorial.

4. Los aspirantes serán convocados paracada ejercicio en llamamiento único, salvo casosde fuerza mayor debidamente justificados yapreciados por el Tribunal con absoluta libertad.La no presentación de los aspirantes a cualquierade los ejercicios obligatorios en el momento deser llamados, determinará automáticamente eldecaimiento de su derecho a participar en elmismo ejercicio y en los sucesivos, quedandoexcluidos en consecuencia, del procedimientoselectivo.

5. El Tribunal podrá requerir encualquier momento a los aspirantes queacrediten su identidad, a cuyo fin deberán irprovistos del Documento Nacional de Identidad.

SEPTIMA.- DE LA FASE DE CONCURSO1. Antes de realizarse la fase de

oposición, el Tribunal procederá a la valoraciónde los méritos presentados por los aspirantesconforme al baremo que se indica en el apartadotercero.

2. La documentación que aporten losaspirantes relativa a sus méritos deberá serpresentada en original o fotocopia debidamentecompulsada, en la forma establecida por el nº 3de la Base Tercera.

3. El baremo para valorar los méritos esel siguiente:

a) Servicios prestados enidénticos puestos de trabajo en cualquierAdministración Pública .................. 0'50 puntospor año trabajado, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Servicios prestados en otrospuestos de trabajo de diferentes características,dentro del mismo Grupo de Titulación encualquier Administración Pública ..................0'25 puntos por año trabajado, hasta un máximode 1 punto.

c) Títulos y Diplomas.En este apartado se valorarán las

titulaciones y diplomas que aporte el aspirante,

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expedidos por Centros Oficiales, en la formaque establece el apartado segundo de la presenteBase, siempre y cuando versen sobre materiasrelacionadas con las plazas ofertadas, hasta unmáximo de 1'50 puntos.

d) Conocimientos de Valencianoacreditados por título o certificación expedidopor Organismo Oficial o, en su defecto valoradospor el Tribunal, hasta 0'50 puntos.

e) Cualquier otro méritoapreciado libremente por el Tribunal, hasta 1'50puntos.

4. Determinada la puntuación obtenidapor cada aspirante en la fase de concurso sesumará a los puntos de la fase de oposición aefectos de fijar la puntuación definitiva.

OCTAVA.-DE LA FASE DE OPOSICION.1. La fase de Oposición constará de los

siguientes ejercicios todos ellos de caráctereliminatorio.a) Primer ejercicio: Escrito. Teórico.

Consistirá en el desarrollo por escrito,y durante un tiempo máximo de una hora, deuno de los temas incluidos en el ANEXO II, queserá propuesto por el Tribunal inmediatamenteantes de comenzar el ejercicio.

Se valorarán los conocimientos del tema,el nivel de formación general, la composicióngramatical y la claridad de exposición.b) Segundo ejercicio: Escrito. Práctico.

Consistirá en la resolución de uno ovarios casos prácticos, en conexión con lasfunciones propias de la plaza, propuestos por elTribunal. Para la realización de este ejercicio,los aspirantes dispondrán de un tiempo máximode dos horas.Se valorará en este ejercicio el conocimientoespecífico del aspirante sobre la materia(procedimiento, normativa, derechos y deberesciudadanos en materia recaudatoria,etc)..c) Tercer ejercicio: Entrevista Personal.

Los aspirantes que hubieran superado losejercicios anteriormente reseñados, se someterána una entrevista personal con el Tribunal, por unespacio de tiempo no superior a quince minutos,y que versará, en todo caso, sobre aspectos tales

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como la experiencia profesional del candidato, laidoneidad del mismo al puesto de trabajo, etc.

2. Los ejercicios reseñados en el apartadoanterior, en caso de que el Tribunal lo estimeconveniente -y siempre que sean susceptibles deello-, serán leídos por los aspirantes.

3. Igualmente el órgano de selecciónpodrá dialogar con los aspirantes sobre lasmaterias tratadas o solicitar explicacionescomplementarias sobre ellas, sin que el diálogopueda exceder de 15 minutos.

NOVENA.- DE LA CALIFICACION DELOS EJERCICIOS.

1. La calificación de los ejercicios será lamedia aritmética de las puntuaciones otorgadaspor los miembros del órgano de selección.

2. Los ejercicios primero y segundo, secalificarán entre 0 y 10 puntos, quedandoeliminados los aspirantes que no alcancen unmínimo de 5 puntos, en cada uno de ellos.3. La calificación del ejercicio tercero de losseñalados (Entrevista Personal), será de "apto" o"no apto" quedando eliminados quienes nodemuestren su aptitud.

4. Los resultados de cada ejercicio seharán públicos inmediatamente después deacordados por el Tribunal al finalizar el mismola totalidad de opositores.

DECIMA.- DE LA RELACION DEAPROBADOS, PRESENTACION DEDOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO.

1. Terminada la calificación de losaspirantes, el Tribunal publicará la relación deaprobados por el orden de puntuación nopudiendo rebasar éstos el número de plazasconvocadas y elevará dicha relación con lapropuesta de nombramiento, a laAlcaldía-Presidencia.

2. A la Alcaldía-Presidencia lecorresponde el nombramiento del aspirantepropuesto. La resolución del Tribunal vincularáa la Administración sin perjuicio de que ésta, ensu caso, pueda proceder a su revisión conforme alo previsto en el art. 109 de la Ley deProcedimiento Administrativo.

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3. Los aspirantes propuestos presentaránen la Secretaría General de la Corporación-Departamento de Personal- dentro del plazo deveinte días naturales contados a partir de lapublicación de la lista de aprobados, losdocumentos acreditativos que para tomar parteen la oposición se exigen y que se concretan enlos siguientes:

a) Certificado de nacimiento expedidopor el Registro Civil correspondiente o fotocopiacompulsada del Documento Nacional deIdentidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (quedeberá acompañarse del original para sucompulsa) de la Titulación exigida para la plazao justificante de haber abonado los derechos parasu expedición. Si estos documentos fueronexpedidos después de la fecha en que finalizó elplazo de presentación de instancias deberánjustificar el momento en que concluyeran losestudios.

c) Declaración Jurada de no haber sidoseparado mediante expediente disciplinario delServicio del Estado, Administración Local oAutonómica ni hallarse inhabilitado para elejercicio de funciones públicas.

d) Declaración del interesado de no venirdesempeñando ningún puesto o actividad en elsector público delimitado en el art. 1 de la Ley53/1984, de 26 de Diciembre, indicandoasímismo que no realiza actividad privadaincompatible o percibe pensión, en los términosdel art. 13 del Real Decreto 589/1985 de 30 deAbril.

f) Certificado médico acreditativo de nopadecer enfermedad o defecto físico queimposibilite el normal desempeño de la función.Este certificado deberá ser expedido en impresooficial.

4. Quienes tuvieran la condición defuncionarios públicos están exentos de justificardocumentalmente las condiciones y requisitos yademostrados para obtener su anteriornombramiento, debiendo representarcertificación del Ministerio, Corporación Local uOrganismo público de que dependa, acreditando

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su condición y cuantas circunstancias consten ensu expediente personal.

5. Si dentro del plazo indicado, salvo lossupuestos de fuerza mayor, los aspirantespropuestos no presentarán la documentación ono reunieran los requisitos exigidos, no podránser nombrados y quedarán anuladas todas lasactuaciones sin perjuicio de la responsabilidaden que hubieran podido incurrir por falsedad.

DECIMOPRIMERA.- DELNOMBRAMIEMTO.

1. Cumplidos los requisitos precedentes,se efectuará el nombramiento de los aspirantespropuestos, quienes deberán tomar posesión delcargo en plazo de 30 días hábiles o contar desdeel siguiente al que le sea notificado.

2. Antes de tomar posesión deberánprestar juramento o promesa del cargo.

DECIMOSEGUNDA.- DE LASINCIDENCIAS.

1. El Tribunal queda autorizado pararesolver las dudas que se presenten y tomar losacuerdos necesarios para el buen orden delconcurso-oposición en todo lo no previsto enestas bases.

DECIMOTERCERA.- DE LA NORMATIVAAPLICABLE Y RECURSOS.

1. La presente convocatoria se rige por lodispuesto en estas Bases y, en todo lo no previstoen las mismas, por el R.D.Leg. 781/1.986 de 18de Abril, Ley 7/85, de 2 de Abril, R.D.2223/1984, de 19 de Diciembre, Ley de laFunción Pública Valenciana (Ley 10/85, de 11de Julio), y demás disposiciones legales vigentesen la materia.

2. Contra la presente convocatoria ycuantos actos administrativos definitivos sederiven de la misma, podrán interponer losinteresados los oportunos recursos,en los casos y,en la forma establecida en la Ley deProcedimiento Administrativo y en la LeyReguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

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ANEXO IMODELO DE INSTANCIA

D. _______________________________,vecino de _________________, condomicilio en_______________________________ (lugar,número, calle yplaza) con D.N.I.núm.: __________ expedido en___________ el _____ de_______ de ______, enterado delconcurso-oposición libre convocado por esteExcmo. Ayuntamiento (B.O.E núm. ___ defecha ______ ) para cubrir en propiedad dosplazas de Agentes Ejecutivos, vacantes en laplantilla de Personal funcionario, ante el Sr.Alcalde-Presidente comparece y EXPONE:

1.- Que reúne todas y cada una de lascondiciones exigidas en la Base Segunda.

2.- Que se compromete en su día aaportar la documentación relacionada en la BaseNovena.

3.- Que se compromete y acepta en sutotalidad las Bases que rigen la oposición.

4.- Que se compromete a jurar oprometer en su día el cargo.

Por todo ello, SUPLICA:Ser admitido a la concurso-oposición

libre para cubrir en propiedad dos plazas deAgentes Ejecutivos, vacantes en la plantilla dePersonal funcionario del Excmo. Ayuntamientode Sagunto.

Sagunto, a ____ de ______ de ____Firmado:

ILMO.SR. ALCALDE PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO.

ANEXO IITEMARIO

1º La Constitución española de 1.978.Principios generales.

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2º Derechos y deberes fundamentales delos españoles.

3º Concepto y referencia a los PoderesLegislativo, Ejecutivo y Judicial, desde laperspectiva constitucional.

4º Organización territorial del Estado;las Comunidades Autónomas.

5º Régimen local español. Principiosconstitucionales y regulación jurídica.

6º El Municipio: elementos.7º Organización municipal.

Competencias.8º Funcionamiento de los órganos

colegiados locales; régimen de sesiones.9º Procedimiento administrativo local.10º Función pública local y su

organización. Derechos y deberes de losfuncionarios. El personal laboral al servicio de laAdministración. Seguridad Social.

11º Haciendas Locales: clasificación delos ingresos. Ordenanzas fiscales.

12º Procedimiento y gestión recaudatoria(I): notificaciones. Procedimiento de apremio.Embargo: Normas generales. Entrada endomicilios. Documentación de los expedientesde apremio. Ordena observar en el embargo.Bienes inembargables. Limitaciones.

13º Procedimiento y gestión recaudatoria(II): embargo de bienes muebles e inmuebles.Sistemas de enajenación. Costas del procedi-miento.

14º Procedimiento y gestión recaudatoria(III): aplazamiento y fraccionamiento. Obligadosal pago de las deudas tributarias. Créditosincobrables.

15º Los Presupuestos locales.

5 APROBACION BASES PARACUBRIR LA CONTRATACION LABORALINDEFINIDA DE UN AUXILIAR DESISTEMAS INFORMATICOS.

Visto el dictamen de la ComisiónInformativa de Régimen Interior y Personal seda cuenta del informe de la Secretaria Generalsobre la vulneración del principio de igualdad, lapuntuación de haber prestado servicios en estemismo Ayuntamiento.

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Resultando que en la Oferta Pública deEmpleo, formulada por este Ayuntamiento, para1.990, se encuentra incluida una plaza deAuxiliar de Sistemas Informáticos, a proveersepor medio de personal laboral de carácterindefinido.

Considerando que, de conformidad conlos arts. 19.1 de la Ley 30/84, de 2 de Agosto,91.2 y 103 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, améndel Título III del R.D. 2223/84, de 19 deDiciembre, las Administraciones Públicas, enpunto a la selección de su personal, siquiera sealaboral, deben hacerlo mediante convocatoriapública y a través del sistema de concurso,oposición o concurso-oposición libre,garantizando en todo caso los principiosconstitucionales de igualdad, mérito ycapacidad, así como el de publicidad, imperadospor vía del precepto contenido en sede del art.103.3 de nuestra "Norma normarum".

Considerando que, es competencia delPleno de la Corporación la aprobación de lasbases para la provisión de puestos de trabajosegún establecen los arts. 23 de la Ley 7/85, de 2de Abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y 50.7 del R.D. 2568/86, de 28 deNoviembre por el que se aprueba el Reglamentode Organización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales.

Sometida a votación la enmiendapresentada por el Concejal de Personal, deconformidad con el informe de la SecretariaGeneral se aprobó por unanimidad,ACORDANDOSE:

PRIMERO: Aprobar las siguientes Basespara la selección y ulterior contratación laboralpor tiempo indefinido de un Auxiliar deSistemas Informáticos, plaza vacante en laplantilla de personal laboral de este Excmo.Ayuntamiento e incluida en la Oferta de EmpleoPúblico para 1.989:

BASES PRUEBAS DE SELECCIONDE UN AUXILIAR DE SISTEMASINFORMATICOS MEDIANTECONTRATACION LABORAL, INCLUIDA

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EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICOPARA 1.990.

PRIMERA.- DEL OBJETO DE LACONVOCATORIA.

1. Es objeto de la presente convocatoriala contratación laboral por tiempo indefinido,mediante concurso de méritos, de un Auxiliar deSistemas Informáticos, perteneciente a laplantilla de personal laboral, con unasretribuciones homologadas a las de losfuncionarios del Grupo D de este Excmo.Ayuntamiento, Nivel 16 de Complemento deDestino, y Complemento Específico, tal y comofigura en el Presupuesto Municipal.

2. Además de las incompatibilidadesespecíficas establecidas, el cargo es incompatiblecon cualquier otro remunerado con fondos delEstado, Provincia o Municipio, Sociedad oEmpresa pública. También lo es, con laelaboración de proyectos y prestación deservicios por sí, o por medio de una personainterpuesta, dentro de la jurisdicción de esteAyuntamiento. En otros supuestos, para hacerposible la compatibilidad, será imprescindibledeclaración expresa por el Pleno de laCorporación.

3. Las presentes bases se publicarán en el"Boletín Oficial" de la provincia.

4. El extracto de las Bases se publicaránen el "Boletín Oficial" del Estado. Los sucesivosanuncios serán publicados únicamente en el"Boletín Oficial" de la Provincia y en el tablónde edictos del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- DE LAS CONDICIONES DELOS ASPIRANTES

1. Para tomar parte en este concurso seránecesario:

a) Ser español.b) Tener cumplidos 18 años de edad y no

exceder de cincuenta y cinco.c) Estar en posesión del título de

Graduado Escolar o equivalente, o FormaciónProfesional de Primer Grado.

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d) No padecer enfermedad o defectofísico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

Quienes tengan la condición deminusválidos, deberán acreditar la aptitud parael ejercicio de las funciones correspondientes ala plaza objeto de esta convocatoria mediantedictamen expedido con posterioridad a lapublicación de la convocatoria en el "BoletínOficial" del Estado y anterioridad a la iniciaciónde las pruebas selectivas, por un equipomultiprofesional competente, conforme a loestablecido en el art. 38.3 de la Ley 13/82, de 7de Abril. En otro caso no serán admitidos a laspruebas selectivas.

e) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio decualquier Administración Pública ni hallarseinhabilitado para el ejercicio de funcionespúblicas.

f) No hallarse afectado por incapacidad oincompatibilidad alguna con arreglo a loestablecido en la legislación vigente.

TERCERA.- DE LAS INSTANCIAS1. Las instancias solicitando tomar parte

en la presente convocatoria se dirigirán alAlcalde-Presidente, pudiéndose utilizar elmodelo de instancia que figura como ANEXO Ique será facilitado a los interesados en la Oficinade Información y Registro de este Excmo.Ayuntamiento.

2. La presentación de instancias deberáefectuarse en el Registro General del Excmo.Ayuntamiento de Sagunto, o en la formaprevista en el art. 66 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo, durante el plazo de 20 díasnaturales contados a partir del siguiente al de lapublicación del extracto de esta convocatoria enel "Boletín Oficial" del Estado.

3. A las instancias se acompañará ensobre cerrado, que podrá ser además, lacrado, ladocumentación acreditativa de los méritosalegados por los aspirantes. Para ser tenidos encuenta, los documentos deberán ser originales ocopias debidamente compulsadas porfuncionario competente. No se considerará

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mérito alguno que no se acredite en este momen-to.

4. No se establecen derechos de examen.CUARTA.-DE LA ADMISION DE LOSASPIRANTES

1. Para ser admitidos a las pruebasselectivas bastará que los aspirantes manifiestenen sus instancias reunir todas y cada una de lascondiciones exigidas en la Base Segunda,referidas a la fecha de expiración del plazo depresentación de instancias. Completando loestablecido en el número 2 de la Base Primera,el régimen de incompatibilidades se aplicará apartir de la toma de posesión.

2. Expirado el plazo de presentación deinstancias, por Resolución de la Alcaldía, sedeclarará aprobada la lista de aspirantesadmitidos y excluidos. Dicha resolución serápublicada en el "Boletín Oficial" de la provincia,y en el tablón de edictos de la Casa Consistorialconcediéndose un plazo de 10 días para subsanarerrores.

3. La publicación de dicha resoluciónserá determinante a efectos de posiblesimpugnaciones o recursos.

4. Las reclamaciones, si las hubiere,serán aceptadas o rechazadas en la resoluciónque apruebe la lista definitiva, que será hechapública. En el caso de que no se presentenreclamaciones, la lista provisional de aspirantesadmitidos y excluidos, se entenderá elevada adefinitiva, sin necesidad de nueva publicación.

5. Los errores de hecho podránsubsanarse en cualquier momento, de oficio o ainstancia del interesado.

QUINTA.- DE LOS DEMAS TRAMITESPREVIOS A LA CELEBRACION DE LASPRUEBAS Y DEL TRIBUNALCALIFICADOR.

1. En la misma resolución por la que seapruebe la relación de aspirantes admitidos yexcluidos, se fijará la composición del TribunalCalificador, el lugar, fecha y hora de celebraciónde la fase de concurso.

2. De conformidad con lo dispuesto en elart. 28 del Real Decreto 2.223/1984, de 19 de

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Diciembre, el Tribunal se constituirá de la si-guiente forma, actuando todos sus miembros convoz y voto, a excepción del Secretario que lohará solo con voz:

a) Presidente: El de la Corporación omiembro de la misma en quien delegue.

b) Secretario: El de la Corporación ofuncionario de la misma en quien delegue.

c) Vocales:- Un representante del Profesorado

Oficial, designado por el Instituto Valenciano deAdministración Pública.

- El Director o Jefe del Serviciorespectivo, dentro de la especialidad.

- Un representante de la Junta dePersonal.

-Un representante de la ComunidadAutónoma, designado por el InstitutoValenciano de Administración Pública.

3. La resolución en la que se designen losmiembros del Tribunal incluirá los respectivossuplentes y, conforme a lo señalado, se harápública en el "Boletín Oficial" de la Provincia yen el Tablón de Edictos, a efectos de poderproveerse la recusación prevista en el art. 21 dela Ley de Procedimiento Administrativo enrelación con los supuestos que contempla el art.20 del mismo Texto Legal.

4. Para hacer efectivo el derecho a usar elvalenciano, y en cumplimiento de la Orden de17 de Julio de 1.989 de la Consellería deAdministración Pública de la GeneralidadValenciana, se hace constar expresamente laposibilidad de realizar las pruebas que integraneste concurso-oposición, en valenciano.

5. Conforme a lo previsto en elanteriormente citado Real Decreto 2.223/84, de19 de Diciembre, se velará, en la composicióndel Tribunal por el cumplimiento del principiode especialidad.

6. El Tribunal no podrá constituirse niactuar sin la asistencia, como mínimo, de lamitad de sus miembros titulares o suplentes,indistintamente.

7. A efectos de lo dispuesto en elANEXO IV, del Real Decreto 236/88, de 4 deMarzo, el Tribunal que actúe en esta prueba

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selectiva, tendrá la categoría tercera de lasrecogidas en aquél.

SEXTA.- DEL CALENDARIO DE LASPRUEBAS, SU ORDEN DE ACTUACION EIDENTIFICACION.

1. Conforme a lo señalado en el apartadoprimero de la Base Quinta, el calendario para lacelebración del concurso se hará público.

SEPTIMA.- DE LA FASE DE CONCURSO.1. En el concurso, el Tribunal procederá

a la valoración de los méritos presentados porlos aspirantes conforme al baremo que se indicaen el apartado tercero.

2. La documentación que aporten losaspirantes relativa a sus méritos deberá serpresentada conforme se indica en el apartadotercero de la Base Tercera.

3. El baremo para valorar los méritos esel siguiente:

a) Servicios prestados en puestos detrabajo similares, al servicio de Ayuntamientosde más de 50.000 habitantes, en virtud devínculo funcionarial o laboral ...........0´50puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 2puntos.

b) Servicios prestados en puestos detrabajos similares en otra Administración Local,en virtud de vínculo funcionarial o laboral.................................. 0'25 puntos por añotrabajado, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Servicios prestados en puestos detrabajo similares en cualquier otraAdministración Pública, en virtud de vínculofuncionarial o laboral ..................... 0'12 puntospor año trabajado, hasta un máximo de 1punto.

d) Títulos, Diplomas y Certificadosacreditativos de conocimientos sobre operatoriade los sistemas S/34 y S/36 IBM, AS 400 IBM, yDOS, siempre que se encuentren debidamentejustificados, hasta un máximo de 2 puntos.

El Tribunal, en su caso, podráproponer al candidato, la realización de brevesoperaciones de explotación de los sistemas

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anteriormente citados, en orden a verificar losconocimientos alegados.

e) Conocimientos de Valencianoacreditados por Título o Certificación expedidopor Organismo Oficial o, en su defecto valoradospor el Tribunal, hasta 0'50 puntos.

f) Cualquier otro mérito apreciadolibremente por el Tribunal, hasta 1 punto.

OCTAVA.- DE LA RELACION DEAPROBADOS, PROPUESTA YPRESENTACION DE DOCUMENTOS

1. Finalizado el concurso, el Tribunalpublicará el nombre del aspirante que hayaobtenido mayor puntuación, elevando alAlcalde-Presidente, propuesta de contratación asu favor.

2. A la Alcaldía-Presidencia lecorresponderá el nombramiento y formalizacióndel contrato, quedando sujeto dicho personal a laLey 8/1980, de 10 de Marzo, del Estatuto de losTrabajadores y demás legislación que ladesarrolla.

3. La resolución del Tribunal vinculará ala Administración, sin perjuicio de que ésta, ensu caso, pueda proceder a su revisión de acuerdocon lo previsto en el art. 109 y siguientes de laLey de Procedimiento Administrativo.

4. El concursante propuesto presentaráen la Secretaría del Ayuntamiento -Personal-dentro del plazo de veinte días naturales desdeque se haga pública la propuesta, losdocumentos siguientes:

a) Certificado de nacimiento expedidopor el Registro Civil correspondiente o fotocopiacompulsada del Documento Nacional deIdentidad.

b) Título de Graduado Escolar oFormación Profesional de Segundo Grado, oequivalente, o justificante de haber abonado losderechos para su expedición.

c) Certificado acreditativo de no padecerenfermedad o defecto físico que imposibilite elnormal ejercicio de la función. Este certificadodeberá ser expedido en impreso oficial.

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d) Declaración jurada de no hallarsecomprendido en causa de incapacidad oincompatibilidad.

e) Declaración jurada de no haber sidoseparado mediante expediente disciplinario delservicio del Estado o de la Administración Localo Autonómica, ni hallarse inhabilitado para elejercicio de funciones públicas.

5. Quienes en el plazo indicado y salvocaso de fuerza mayor no presentasen ladocumentación, no podrán ser contratadosquedando anuladas todas las actuaciones, sinperjuicio de las responsabilidades que pudieraderivarse por falsedad.

DECIMOPRIMERA.- DE LACONTRATACION

1. Cumplidos los trámites señalados enlas bases anteriores, se procederá a laformalización del contrato en plazo no superioral de 30 días hábiles, contados a partir delsiguiente al que le sea notificada la propuesta decontratación a su favor.

2. En el contrato de trabajo, que, en sumomento, se formalice, se establecerá unperíodo de prueba con una duración de un mes, alos efectos previstos en el art. 14 de la Ley 8/80,de 10 de Marzo (según la redacción que leconfirió la Ley 32/84, de 2 de Agosto).

DECIMOSEGUNDA.- DE LASINCIDENCIAS

1. El Tribunal queda autorizado pararesolver las dudas que se presenten y tomar losacuerdos necesarios para el buen orden delproceso selectivo, en todo lo no previsto en laspresentes bases.

DECIMOTERCERA.- DE LA NORMATIVAAPLICABLE Y RECURSOS

1. La presente convocatoria, en lo noprevisto en las Bases, se regirá, por el R.D.L781/1986, de 18 de Abril, Ley 7/1985, de 2 deAbril, Reglamento General y normascomplementarias de ingreso del personal alServicio de la Administración del Estado, y

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demás legislación estatal y autonómicareguladora de la materia.

2. Contra la presente convocatoria ycuantos actos administrativas definitivos sederiven de las misma, podrán los interesadosinterponer los recursos oportunos en los casos yen la forma prevista en la Ley de ProcedimientoAdministrativo y Legislación complementaria.

ANEXO IMODELO DE INSTANCIA

D./Dª _____________________________,vecino/a de ______________, con domicilioen______________________________________(lugar, calle, plaza y número) con D.N.I.número________________, expedido en__________, el _____________, enterado delconcurso convocado por ese Excmo. Ayunta-miento, (B.O.E. número_________, de fecha____________) para cubrir mediante contratolaboral por tiempo indefinido una plaza deAuxiliar de Sistemas Informáticos, pertenecientea la plantilla de personal laboral, ante el Sr.Alcalde-Presidente comparece y EXPONE:

1.- Que reúne todas y cada una de lascondiciones exigidas en la Base Segunda.

2.- Que se compromete en su día aaportar la documentación relacionada en la BaseDécima.

3.- Que se somete y acepta en sutotalidad las Bases que rigen el concurso.

Por todo lo expuesto, SOLICITA:Ser admitido al concurso de méritos,

convocado para proveer una Plaza de Auxiliarde Sistemas Informáticos, vacante en la plantillade personal laboral del Excmo. Ayuntamiento deSagunto.

Sagunto,a________ de___________de________.

SEGUNDO: Seguir los trámitesprocedentes para la efectividad del acuerdo.

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6 APROBACION BASES PARA LACONTRATACION LABORAL TEMPORALDE UN DIPLOMADO EN TRABAJOSOCIAL O ASISTENTE SOCIAL.

Resultando, que con la firma delConvenio entre la Consellería de Treball iSeguretat Social, la Excma. DiputaciónProvincial de Valencia y este Ayuntamiento enmateria de Servicios Sociales Generales y lapolítica de mayor descentralización en losAyuntamientos de mayores competencias en estamateria, se han asumido por este y para el añoen curso programas que hasta el momento erande gestión directa de la Delegación Territorial deServicios Sociales, haciéndose necesario paraatender a estas nuevas demandas la contrataciónde nuevo personal.

Resultando que, por parte de laConsellería se ha hecho esta petición por lasrazones aludidas, solicitando la contrataciónlaboral temporal por un período de siete meses,prorrogables con posterioridad de un Diplomadoen Trabajo Social o Asistente Social.

Resultando que, la plaza propuesta noexiste en la relación de puestos de trabajoaprobada por este Excmo. Ayuntamiento y queno obstante ello, por parte la IntervenciónMunicipal se informa de la existencia de créditosuficiente para atender el gasto que lacontratación laboral supondrá, y ello sin dudapor la aplicación de las cantidadessubvencionadas como consecuencia delConvenio a que se ha hecho referencia en elprimero de los resultandos.

Considerando que, el inconveniente antesreseñado cabe salvarlo mediante la transferenciade créditos correspondiente dentro del capítuloprimero, que es posible llevar a cabo segúnestablece la Ley 39/1.988, de 28 de Diciembre,Reguladora de las Haciendas Locales, porresolución de la Alcaldía, a la partidacorrespondiente a promoción de empleo de laque evidentemente podrían pagarse los gastosque la contratación ocasione.

De conformidad con el dictamen de laComisión Informativa de Régimen Interior yPersonal y con el conforme de Intervención, el

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Ayuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

Aprobar las siguientes bases para lacontratación laboral temporal de un Diplomadoen Trabajo Social o Asistente Social para elDepartamento de Servicios Sociales:

BASES PARA LA CONTRATACIONLABORAL TEMPORAL DE UNDIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL OASISTENTE SOCIAL PARA ELDEPARTAMENTO DE SERVICIOSSOCIALES.

1º OBJETO DE LA CONVOCATORIA1. Es objeto de la presente convocatoria

la contratación laboral temporal por un períodode siete meses, mediante el sistema de concur-so-oposición libre, de un Diplomado en TrabajoSocial o Asistente Social para el Departamentode Servicios Sociales.

2. Las retribuciones a percibir porquienes resulten seleccionados serán idénticas alas que corresponden al personal laboral fijo queejerce la profesión de Asistente Social al serviciode este Excmo. Ayuntamiento.

3. El contrato a suscribir lo será porjornada completa, es decir, por treinta y sietehoras y treinta minutos semanales fijando esteAyuntamiento, en razón de las necesidades delservicio, el horario (que podrá ser de mañana ytarde) y el centro de trabajo. Las funciones arealizar serán las propias de la profesión deAsistente Social.

4. A las presentes Bases se les dará lamayor publicidad para el más estrictocumplimiento de los principios constitucionalesde igualdad, mérito, capacidad y publicidad en elacceso al empleo público. La convocatoria sepublicará en los tablones de edictos de la CasaConsistorial, Oficina Local del INEM y uno delos diarios de mayor circulación de la provincia.

5. Se exigirá dedicación exclusiva alpuesto de trabajo.

2º DE LAS CONDICIONES DE LOSASPIRANTES

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Para tomar parte en esteconcurso-oposición será necesario:

a) Ser español.b) Tener cumplidos 18 años de edad.c) Estar en posesión del Título de

Diplomado en Trabajo Social o Asistente Socialo en condiciones de obtenerlo en la fecha en quefinalice el plazo para la presentación deinstancias. En el caso de poseer el Títuloequivalente a los exigidos deberá acompañarseCertificado de equivalencia expedido porOrganismo competente.

d) No padecer enfermedad o defectofísico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

Quienes tengan la condición deminusválidos deberán acreditar la aptitud para elejercicio de las funciones correspondientes a lasplazas objeto de la presente convocatoriamediante dictamen expedido con posterioridad asu publicación y anterioridad a la iniciación delas pruebas selectivas, por un equipomultiprofesional competente conforme a loestablecido en el art. 38.3 de la Ley 13/1.982, de7 de Abril. En otro caso no serán admitidos a laspruebas selectivas.

e) No haber sido separado medianteexpediente disciplinario del servicio de cualquierAdministración Pública ni hallarse inhabilitadopara el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse afectado por incapacidad oincompatibilidad alguna con arreglo a loestablecido en la legislación vigente.

3º DE LAS INSTANCIAS1. Las instancias solicitando tomar parte

en la presente convocatoria se dirigirán alAlcalde-Presidente pudiéndose utilizar elmodelo de instancia que figura en el ANEXO Ique será facilitado a los interesados en la Oficinade Información y Registro de este Excmo.Ayuntamiento.

2. La presentación de instancias deberáefectuarse en el Registro General del Excmo.Ayuntamiento de Sagunto o en la forma previstaen el art. 66 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo durante el plazo de siete días

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naturales a contar desde el siguiente en queaparezca el correspondiente anuncio deconvocatoria en uno de los diarios de mayorcirculación de la provincia.

3. A las instancias se acompañará ensobre cerrado, que podrá ser además lacrado, ladocumentación acreditativa de los méritosalegados por los aspirantes.

4. No se establecen derechos de examen.

4º DE LA ADMISION DE LOSASPIRANTES.

1. Para ser admitidos a este concursooposición bastará con que los aspirantesmanifiesten en sus instancias que reúnen todas ycada una de las condiciones exigidas en la BaseSegunda referidas a la fecha de expiración delplazo para la presentación de instancias.

2. Finalizado el plazo para lapresentación de instancias por resolución de laAlcaldía se declarará aprobada la lista deaspirantes admitidos y excluidos.

3. Los errores de hecho podránsubsanarse en cualquier momento de oficio o ainstancia de los interesados.

5º DE LOS DEMAS TRAMITES PREVIOSA LA CELEBRACION DE LAS PRUEBASY DEL TRIBUNAL CALIFICADOR.

1. En la misma resolución que se apruebela lista de aspirantes admitidos y excluidos sefijará la composición del Tribunal Calificador, ellugar, fecha y hora de celebración de la fase deconcurso y del primer ejercicio de la fase deoposición.

2. El Tribunal estará integrado por lossiguientes miembros, todos ellos con voz y votoa excepción del Secretario que lo hará solo convoz:

a) Presidente: El de la Corporación omiembro de la misma en quien delegue.

b) Secretario: El de la Corporación, ofuncionario de la misma en quien delegue.

c) Vocales:- Un representante de la Junta de

Personal.

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- Un representante del Colegio Oficial deDiplomados en Trabajo Social y AA.SS.

-Un Técnico del Departamento deServicios Sociales de este Excm . Ayuntamientodesignado por la Alcaldía.

- Un Técnico designado por laConsellería de Treball i Seguretat Social.

3. La resolución en la que se designen losmiembros del Tribunal incluirá los respectivossuplentes y se hará pública en la forma previstaen las presentes bases a efectos de poderproveerse la recusación prevista en el art. 21 dela Ley de Procedimiento Administrativo enrelación con los supuestos que contempla el art.2 del mismo Texto legal.

4. Para hacer efectivo el derecho a usar elvalenciano se hace constar expresamente laposibilidad de realizar las pruebas que integraneste concurso-oposición en valenciano.

5. Se velará, en la composición delTribunal, por el cumplimiento del principio deespecialidad.

6. El Tribunal no podrá constituirse niactuar sin la asistencia como mínimo, de lamitad de sus miembros titulares o suplentes,indistintamente.

6ª DEL CALENDARIO DE PRUEBAS YORDEN DE ACTUACION.

1. Conforme a lo señalado en el apartadoprimero de la Base Quinta el calendario para lacelebración de las pruebas se hará público.

2. El orden de actuación de los aspirantesen aquellos ejercicios que no puedan serrealizados conjuntamente será el alfabético,dando comienzo por el aspirante cuyo primerapellido se inicie por la letra "J". Se procurarárealizar todos los ejercicios en la misma sesión.

3. Una vez comenzadas las pruebasselectivas -fase de oposición- únicamente sepublicarán en el tablón de edictos de la CasaConsistorial y en los locales donde se hayancelebrado las anteriores pruebas, los anunciosrespecto a lugar y hora donde deben celebrarselos restantes.

4. Los aspirantes serán convocados paracada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos

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de fuerza mayor debidamente justificados yapreciados con absoluta libertad de criterios porel Tribunal, la no presentación de los aspirantesa cualquiera de los ejercicios obligatorios en elmomento de ser llamados, determinaráautomáticamente el decaimiento de su derecho aparticipar en el mismo ejercicio y en lossiguientes, quedando excluidos, enconsecuencia, del procedimiento selectivo.

5. El Tribunal podrá requerir encualquier momento a los aspirantes queacrediten su personalidad, a cuyo fin deberán irprovistos del Documento Nacional de Identidad.7ª DE LA FASE DE CONCURSO.

1. Finalizada la fase de oposición, elTribunal procederá a la valoración de losméritos alegados por los aspirantes que hayansuperado aquélla, conforme al baremo que se fijaen el apartado tercero.

2. La documentación que aporten losaspirantes relativa a sus méritos deberá serpresentada conforme se indica en el apartadotercero de la Base Tercera.

3. El baremo para valorar los méritos esel siguiente:

a) Servicios prestados como Diplomadoen Trabajo Social o AA.SS. en ServiciosSociales Generales, 0'3 puntos por mes hasta unmáximo de 4 puntos.

b) Servicios prestados como Diplomadoen Trabajo Social o AA.SS. en ServiciosSociales Especializados , 0'2 puntos por meshasta un máximo de 2 puntos.

c) Realización de prácticas profesionalesen Servicios Sociales Generales de cualquierAdministración Local, 0'10 puntos por meshasta un máximo de 1 punto.

d) Por realización de cursos deformación, jornadas, seminarios, etc..., con unaduración de hasta 15 horas relacionados con lostemas objeto de la convocatoria, 0'05 puntos porcada uno de ellos hasta un máximo de 0'5puntos.

e) Conocimiento de valencianoacreditados por título o certificación expedidopor organismo oficial competente o, en sudefecto valorados por el Tribunal mediante la

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realización de las correspondientespruebas.......hasta 0'50 puntos.

f) Por cursos de formación de 16 a 30horas, 0'10 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 1 punto.

g) Por cursos de formación de 31 a 60horas, 0'20 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 2 puntos.

h) Por cursos de formación de 61 a 120horas, 0'30 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 3 puntos.

i) Por cursos de formación de más de 121horas, 0'40 puntos por curso hasta un máximo de4 puntos.

h) Otros méritos apreciados librementepor el Tribunal hasta 1 punto.

4. Determinada la puntuación obtenidapor cada aspirante en la fase de concurso sesumará a los puntos de la fase de oposición aefectos de fijar la puntuación definitiva.

8ª DE LA FASE DE OPOSICION.1. La fase de oposición constará de los

siguientes ejercicios todos ellos de caráctereliminatorio.

PRIMER EJERCICIO. ESCRITO YTEORICO.

Consistirá en la realización de unaprueba teórica de tipo test con varias respuestasa seleccionar de entre ellas la correcta, sobre lasmaterias que figuran en el ANEXO II, propuestapor el Tribunal Calificador inmediatamenteantes de la realización de la misma.

El Tribunal atendiendo a la mayor omenor dificultad de la misma dictará las normaspara su desarrollo.

SEGUNDO EJERCICIO. ENTREVISTAPERSONAL.

Tendrá una duración máxima de 15minutos y deberá versar necesariamente sobrecuestiones propias de las labores a realizar.

9ª DE LA CALIFICACION DE LOSEJERCICIOS.

1. La calificación de los ejercicios será lamedia aritmética de las puntuaciones otorgadaspor los miembros del órgano de selección.

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2. El primer ejercicio se calificarán entreo y 10 puntos, siendo necesario obtener 5 parasuperarlos. El segundo ejercicio se puntuaráentre 0 y 10 puntos necesitándose obtener almenos 5 para superarlo.

3. Los resultados de cada ejercicio seharán públicos inmediatamente después deacordados por el Tribunal, al finalizar el mismola totalidad de los aspirantes, mediante anuncioen el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial.

10ª DE LA RELACION DE APROBADOS,PROPUESTA Y PRESENTACION DEDOCUMENTOS.

1. Finalizada la fase de oposición ysumada la puntuación obtenida a la de la fase deconcurso, el Tribunal publicará los nombres delaspirante que haya superado las pruebas,elevando al Alcalde-Presidente propuesta decontratación a su favor.

2. A la Alcaldía-Presidencia lecorresponderá el nombramiento y formalizacióndel contrato, quedando dicho personal sujeto a lalegislación laboral vigente.

3. La resolución del Tribunal vinculará ala Administración sin perjuicio de que ésta, deconformidad con la legislación vigente, puedaproceder a su revisión.

4. El aspirante propuesto presentará en laSecretaría del Ayuntamiento -Personal- en elplazo de veinte días naturales a partir delsiguiente en que se haga pública la propuesta,los documentos que acrediten cumplir losrequisitos exigidos en la Base Segunda.

5. Quienes en el plazo exigido y, salvo elcaso de fuerza mayor, no presentaren ladocumentación, no podrán ser contratados,quedando anuladas las actuaciones del Tribunalrespecto al interesado y ello sin perjuicio de lasresponsabilidades que pudieran derivarse porfalsedad.

11ª DE LA CONTRATACION.

1. Cumplidos los trámites señalados enlas Bases anteriores se procederá a laformalización del contrato en plazo no superior

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al de treinta días hábiles, contados a partir delsiguiente al que le sea notificada la propuesta decontratación.

12ª DE LAS INCIDENCIAS.1. El Tribunal queda autorizado para

resolver las dudas que se presenten y tomar losacuerdos necesarios para el buen orden delproceso selectivo en todo lo no previsto en laspresentes Bases.

13ª DE LA NORMATIVA APLICABLE YRECURSOS.

1. La presente convocatoria, en lo noprevisto en las Bases, se regirá por el R.D.Leg.781/1.986, de 18 de Abril, Ley 7/1.985, de 2 deAbril, Reglamento General y normascomplementarias para el ingreso del personal alservicio del Estado (que es de aplicaciónsupletoria a la Administración Local) y demáslegislación estatal o autonómica reguladora de lamateria.

2. Contra la presente convocatoria ycuantos actos administrativos definitivos sederiven de la misma podrán los interesadosinterponer los recursos oportunos en los casos yen la forma prevista en la Ley de ProcedimientoAdministrativo.

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIAD./Dña.vecino/a decon domicilio en (lugar, calle o plaza y número)con DNI núm. , expedido enel , enterado del concurso-oposiciónconvocado ese Excmo. Ayuntamiento para lacontratación laboral. de un Diplomado enTrabajo Social o Asistente Social, ante elAlcalde-Presidente comparece y EXPONE:1. Que reúne todas y cada una de las condicionesexigidas en la Base Segunda.2. Que se compromete a aportar en su día ladocumentación acreditativa de cumplir losrequisitos exigidos.

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3. Que SI/NO aporta en sobre aparte los méritosde la fase de concurso.Por todo ello SUPLICA:Ser admitido al concurso-oposición libre paracubrir mediante contratación laboral temporaluna plaza de Diplomado en Trabajo Social oAsistente Social.

, a de de 1.990Firmado:

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO(VALENCIA).

ANEXO IITEMARIO DEL PRIMER EJERCICIO.1. La organización municipal. Competencias.2. Procedimiento administrativo local.3. Funcionamiento de los órganos colegiadoslocales.4. Régimen jurídico del gasto público.5.Competencia de la Comunidad AutónomaValenciana en materia de Servicios Sociales.6.Legislación en materia de Servicios Socialesgenerales y especializados en la ComunidadAutónoma Valenciana.7. Los Servicios Sociales generales yespecializados.8. Prestaciones económicas individuales.

6 APROBACION BASES PARA LACONTRATACION LABORAL TEMPORALDE UN DIPLOMADO EN TRABAJOSOCIAL O ASISTENTE SOCIAL.

Resultando, que con la firma delConvenio entre la Consellería de Treball iSeguretat Social, la Excma. DiputaciónProvincial de Valencia y este Ayuntamiento enmateria de Servicios Sociales Generales y lapolítica de mayor descentralización en losAyuntamientos de mayores competencias en estamateria, se han asumido por este y para el añoen curso programas que hasta el momento erande gestión directa de la Delegación Territorial deServicios Sociales, haciéndose necesario para

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atender a estas nuevas demandas la contrataciónde nuevo personal.

Resultando que, por parte de laConsellería se ha hecho esta petición por lasrazones aludidas, solicitando la contrataciónlaboral temporal por un período de siete meses,prorrogables con posterioridad de un Diplomadoen Trabajo Social o Asistente Social.

Resultando que, la plaza propuesta noexiste en la relación de puestos de trabajoaprobada por este Excmo. Ayuntamiento y queno obstante ello, por parte la IntervenciónMunicipal se informa de la existencia de créditosuficiente para atender el gasto que lacontratación laboral supondrá, y ello sin dudapor la aplicación de las cantidadessubvencionadas como consecuencia delConvenio a que se ha hecho referencia en elprimero de los resultandos.

Considerando que, el inconveniente antesreseñado cabe salvarlo mediante la transferenciade créditos correspondiente dentro del capítuloprimero, que es posible llevar a cabo segúnestablece la Ley 39/1.988, de 28 de Diciembre,Reguladora de las Haciendas Locales, porresolución de la Alcaldía, a la partidacorrespondiente a promoción de empleo de laque evidentemente podrían pagarse los gastosque la contratación ocasione.

De conformidad con el dictamen de laComisión Informativa de Régimen Interior yPersonal y con el conforme de Intervención, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

Aprobar las siguientes bases para lacontratación laboral temporal de un Diplomadoen Trabajo Social o Asistente Social para elDepartamento de Servicios Sociales:

BASES PARA LA CONTRATACIONLABORAL TEMPORAL DE UNDIPLOMADO EN TRABAJO SOCIAL OASISTENTE SOCIAL PARA ELDEPARTAMENTO DE SERVICIOSSOCIALES.

1º OBJETO DE LA CONVOCATORIA

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1. Es objeto de la presente convocatoriala contratación laboral temporal por un períodode siete meses, mediante el sistema de concur-so-oposición libre, de un Diplomado en TrabajoSocial o Asistente Social para el Departamentode Servicios Sociales.

2. Las retribuciones a percibir porquienes resulten seleccionados serán idénticas alas que corresponden al personal laboral fijo queejerce la profesión de Asistente Social al serviciode este Excmo. Ayuntamiento.

3. El contrato a suscribir lo será porjornada completa, es decir, por treinta y sietehoras y treinta minutos semanales fijando esteAyuntamiento, en razón de las necesidades delservicio, el horario (que podrá ser de mañana ytarde) y el centro de trabajo. Las funciones arealizar serán las propias de la profesión deAsistente Social.

4. A las presentes Bases se les dará lamayor publicidad para el más estrictocumplimiento de los principios constitucionalesde igualdad, mérito, capacidad y publicidad en elacceso al empleo público. La convocatoria sepublicará en los tablones de edictos de la CasaConsistorial, Oficina Local del INEM y uno delos diarios de mayor circulación de la provincia.

5. Se exigirá dedicación exclusiva alpuesto de trabajo.

2º DE LAS CONDICIONES DE LOSASPIRANTES

Para tomar parte en esteconcurso-oposición será necesario:

a) Ser español.b) Tener cumplidos 18 años de edad.c) Estar en posesión del Título de

Diplomado en Trabajo Social o Asistente Socialo en condiciones de obtenerlo en la fecha en quefinalice el plazo para la presentación deinstancias. En el caso de poseer el Títuloequivalente a los exigidos deberá acompañarseCertificado de equivalencia expedido porOrganismo competente.

d) No padecer enfermedad o defectofísico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

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Quienes tengan la condición deminusválidos deberán acreditar la aptitud para elejercicio de las funciones correspondientes a lasplazas objeto de la presente convocatoriamediante dictamen expedido con posterioridad asu publicación y anterioridad a la iniciación delas pruebas selectivas, por un equipomultiprofesional competente conforme a loestablecido en el art. 38.3 de la Ley 13/1.982, de7 de Abril. En otro caso no serán admitidos alas pruebas selectivas.

e) No haber sido separado medianteexpediente disciplinario del servicio de cualquierAdministración Pública ni hallarse inhabilitadopara el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse afectado por incapacidad oincompatibilidad alguna con arreglo a loestablecido en la legislación vigente.

3º DE LAS INSTANCIAS1. Las instancias solicitando tomar parte

en la presente convocatoria se dirigirán alAlcalde-Presidente pudiéndose utilizar elmodelo de instancia que figura en el ANEXO Ique será facilitado a los interesados en la Oficinade Información y Registro de este Excmo.Ayuntamiento.

2. La presentación de instancias deberáefectuarse en el Registro General del Excmo.Ayuntamiento de Sagunto o en la forma previstaen el art. 66 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo durante el plazo de siete díasnaturales a contar desde el siguiente en queaparezca el correspondiente anuncio deconvocatoria en uno de los diarios de mayorcirculación de la provincia.

3. A las instancias se acompañará ensobre cerrado, que podrá ser además lacrado, ladocumentación acreditativa de los méritosalegados por los aspirantes.

4. No se establecen derechos de examen.

4º DE LA ADMISION DE LOSASPIRANTES.

1. Para ser admitidos a este concursooposición bastará con que los aspirantesmanifiesten en sus instancias que reúnen todas y

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cada una de las condiciones exigidas en la BaseSegunda referidas a la fecha de expiración delplazo para la presentación de instancias.

2. Finalizado el plazo para lapresentación de instancias por resolución de laAlcaldía se declarará aprobada la lista deaspirantes admitidos y excluidos.

3. Los errores de hecho podránsubsanarse en cualquier momento de oficio o ainstancia de los interesados.

5º DE LOS DEMAS TRAMITES PREVIOSA LA CELEBRACION DE LAS PRUEBASY DEL TRIBUNAL CALIFICADOR.

1. En la misma resolución que se apruebela lista de aspirantes admitidos y excluidos sefijará la composición del Tribunal Calificador, ellugar, fecha y hora de celebración de la fase deconcurso y del primer ejercicio de la fase deoposición.

2. El Tribunal estará integrado por lossiguientes miembros, todos ellos con voz y votoa excepción del Secretario que lo hará solo convoz:

a) Presidente: El de la Corporación omiembro de la misma en quien delegue.

b) Secretario: El de la Corporación, ofuncionario de la misma en quien delegue.

c) Vocales:- Un representante de la Junta de

Personal.- Un representante del Colegio Oficial de

Diplomados en Trabajo Social y AA.SS.-Un Técnico del Departamento de

Servicios Sociales de este Excm . Ayuntamientodesignado por la Alcaldía.

- Un Técnico designado por laConsellería de Treball i Seguretat Social.

3. La resolución en la que se designen losmiembros del Tribunal incluirá los respectivossuplentes y se hará pública en la forma previstaen las presentes bases a efectos de poderproveerse la recusación prevista en el art. 21 dela Ley de Procedimiento Administrativo enrelación con los supuestos que contempla el art.2 del mismo Texto legal.

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4. Para hacer efectivo el derecho a usar elvalenciano se hace constar expresamente laposibilidad de realizar las pruebas que integraneste concurso-oposición en valenciano.

5. Se velará, en la composición delTribunal, por el cumplimiento del principio deespecialidad.

6. El Tribunal no podrá constituirse niactuar sin la asistencia como mínimo, de lamitad de sus miembros titulares o suplentes,indistintamente.

6ª DEL CALENDARIO DE PRUEBAS YORDEN DE ACTUACION.

1. Conforme a lo señalado en el apartadoprimero de la Base Quinta el calendario para lacelebración de las pruebas se hará público.

2. El orden de actuación de los aspirantesen aquellos ejercicios que no puedan serrealizados conjuntamente será el alfabético,dando comienzo por el aspirante cuyo primerapellido se inicie por la letra "J". Se procurarárealizar todos los ejercicios en la misma sesión.

3. Una vez comenzadas las pruebasselectivas -fase de oposición- únicamente sepublicarán en el tablón de edictos de la CasaConsistorial y en los locales donde se hayancelebrado las anteriores pruebas, los anunciosrespecto a lugar y hora donde deben celebrarselos restantes.

4. Los aspirantes serán convocados paracada ejercicio en llamamiento único. Salvo casosde fuerza mayor debidamente justificados yapreciados con absoluta libertad de criterios porel Tribunal, la no presentación de los aspirantesa cualquiera de los ejercicios obligatorios en elmomento de ser llamados, determinaráautomáticamente el decaimiento de su derecho aparticipar en el mismo ejercicio y en lossiguientes, quedando excluidos, enconsecuencia, del procedimiento selectivo.

5. El Tribunal podrá requerir encualquier momento a los aspirantes queacrediten su personalidad, a cuyo fin deberán irprovistos del Documento Nacional de Identidad.

7ª DE LA FASE DE CONCURSO.

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1. Finalizada la fase de oposición, elTribunal procederá a la valoración de losméritos alegados por los aspirantes que hayansuperado aquélla, conforme al baremo que se fijaen el apartado tercero.

2. La documentación que aporten losaspirantes relativa a sus méritos deberá serpresentada conforme se indica en el apartadotercero de la Base Tercera.

3. El baremo para valorar los méritos esel siguiente:

a) Servicios prestados como Diplomadoen Trabajo Social o AA.SS. en ServiciosSociales Generales, 0'3 puntos por mes hasta unmáximo de 4 puntos.

b) Servicios prestados como Diplomadoen Trabajo Social o AA.SS. en ServiciosSociales Especializados , 0'2 puntos por meshasta un máximo de 2 puntos.

c) Realización de prácticas profesionalesen Servicios Sociales Generales de cualquierAdministración Local, 0'10 puntos por meshasta un máximo de 1 punto.

d) Por realización de cursos deformación, jornadas, seminarios, etc..., con unaduración de hasta 15 horas relacionados con lostemas objeto de la convocatoria, 0'05 puntos porcada uno de ellos hasta un máximo de 0'5puntos.

e) Conocimiento de valencianoacreditados por título o certificación expedidopor organismo oficial competente o, en sudefecto valorados por el Tribunal mediante larealización de las correspondientespruebas.......hasta 0'50 puntos.

f) Por cursos de formación de 16 a 30horas, 0'10 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 1 punto.

g) Por cursos de formación de 31 a 60horas, 0'20 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 2 puntos.

h) Por cursos de formación de 61 a 120horas, 0'30 puntos por cada uno de ellos hastaun máximo de 3 puntos.

i) Por cursos de formación de más de 121horas, 0'40 puntos por curso hasta un máximo de4 puntos.

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h) Otros méritos apreciados librementepor el Tribunal hasta 1 punto.

4. Determinada la puntuación obtenidapor cada aspirante en la fase de concurso sesumará a los puntos de la fase de oposición aefectos de fijar la puntuación definitiva.

8ª DE LA FASE DE OPOSICION.1. La fase de oposición constará de los

siguientes ejercicios todos ellos de caráctereliminatorio.

PRIMER EJERCICIO. ESCRITO YTEORICO.

Consistirá en la realización de unaprueba teórica de tipo test con varias respuestasa seleccionar de entre ellas la correcta, sobre lasmaterias que figuran en el ANEXO II, propuestapor el Tribunal Calificador inmediatamenteantes de la realización de la misma.

El Tribunal atendiendo a la mayor omenor dificultad de la misma dictará las normaspara su desarrollo.

SEGUNDO EJERCICIO. ENTREVISTAPERSONAL.

Tendrá una duración máxima de 15minutos y deberá versar necesariamente sobrecuestiones propias de las labores a realizar.

9ª DE LA CALIFICACION DE LOSEJERCICIOS.

1. La calificación de los ejercicios será lamedia aritmética de las puntuaciones otorgadaspor los miembros del órgano de selección.

2. El primer ejercicio se calificarán entreo y 10 puntos, siendo necesario obtener 5 parasuperarlos. El segundo ejercicio se puntuaráentre 0 y 10 puntos necesitándose obtener almenos 5 para superarlo.

3. Los resultados de cada ejercicio seharán públicos inmediatamente después deacordados por el Tribunal, al finalizar el mismola totalidad de los aspirantes, mediante anuncioen el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial.

10ª DE LA RELACION DE APROBADOS,PROPUESTA Y PRESENTACION DEDOCUMENTOS.

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1. Finalizada la fase de oposición ysumada la puntuación obtenida a la de la fase deconcurso, el Tribunal publicará los nombres delaspirante que haya superado las pruebas,elevando al Alcalde-Presidente propuesta decontratación a su favor.

2. A la Alcaldía-Presidencia lecorresponderá el nombramiento y formalizacióndel contrato, quedando dicho personal sujeto a lalegislación laboral vigente.

3. La resolución del Tribunal vinculará ala Administración sin perjuicio de que ésta, deconformidad con la legislación vigente, puedaproceder a su revisión.

4. El aspirante propuesto presentará en laSecretaría del Ayuntamiento -Personal- en elplazo de veinte días naturales a partir delsiguiente en que se haga pública la propuesta,los documentos que acrediten cumplir losrequisitos exigidos en la Base Segunda.

5. Quienes en el plazo exigido y, salvo elcaso de fuerza mayor, no presentaren ladocumentación, no podrán ser contratados,quedando anuladas las actuaciones del Tribunalrespecto al interesado y ello sin perjuicio de lasresponsabilidades que pudieran derivarse porfalsedad.

11ª DE LA CONTRATACION.1. Cumplidos los trámites señalados en

las Bases anteriores se procederá a laformalización del contrato en plazo no superioral de treinta días hábiles, contados a partir delsiguiente al que le sea notificada la propuesta decontratación.

12ª DE LAS INCIDENCIAS.1. El Tribunal queda autorizado para

resolver las dudas que se presenten y tomar losacuerdos necesarios para el buen orden delproceso selectivo en todo lo no previsto en laspresentes Bases.

13ª DE LA NORMATIVA APLICABLE YRECURSOS.

1. La presente convocatoria, en lo noprevisto en las Bases, se regirá por el R.D.Leg.

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781/1.986, de 18 de Abril, Ley 7/1.985, de 2 deAbril, Reglamento General y normascomplementarias para el ingreso del personal alservicio del Estado (que es de aplicaciónsupletoria a la Administración Local) y demáslegislación estatal o autonómica reguladora de lamateria.

2. Contra la presente convocatoria ycuantos actos administrativos definitivos sederiven de la misma podrán los interesadosinterponer los recursos oportunos en los casos yen la forma prevista en la Ley de ProcedimientoAdministrativo.

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIAD./Dña.vecino/a decon domicilio en (lugar, calle o plaza y número)con DNI núm. , expedido enel , enterado del concurso-oposiciónconvocadoese Excmo. Ayuntamiento para la contrataciónlaboral.de un Diplomado en Trabajo Social o AsistenteSocial,ante el Alcalde-Presidentecomparece y EXPONE:

1. Que reúne todas y cada una de lascondiciones exigidas en la Base Segunda.

2. Que se compromete a aportar en su díala documentación acreditativa de cumplir losrequisitos exigidos.

3. Que SI/NO aporta en sobre aparte losméritos de la fase de concurso.

Por todo ello SUPLICA:Ser admitido al concurso-oposición libre

para cubrir mediante contratación laboraltemporal una plaza de Diplomado en TrabajoSocial o Asistente Social.

, a de de 1.990Firmado:

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ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO(VALENCIA).

ANEXO IITEMARIO DEL PRIMER EJERCICIO.1. La organización municipal. Competencias.2. Procedimiento administrativo local.3. Funcionamiento de los órganos colegiadoslocales.4. Régimen jurídico del gasto público.5.Competencia de la Comunidad AutónomaValenciana en materia de Servicios Sociales.6.Legislación en materia de Servicios Socialesgenerales y especializados en la ComunidadAutónoma Valenciana.7. Los Servicios Sociales generales yespecializados.8. Prestaciones económicas individuales.

7 CONCESION CONCEPTODEDICACION A CONSERJE COLEGIOPUBLICO.

Resultando de las sucesivas peticionescursadas por el funcionario de carrera de estaEntidad, D. Antonio Aguza Bazo, en solicitudde la asignación y abono del concepto de"Dedicación Conserjes", toda vez que elpeticionario presta servicios, como Conserje enel C.P."Tierno Galván".

Resultando que, para el ejercicio de1.990, el concepto "Dedicación Conserje"-integrante del Complemento Específico-,asciende en su cuantía económica a16.343.-ptas. (15.565 más el 5% del incrementoa cuenta).

Considerando que, en su momento, laComisión Informativa Règimen Interior yPersonal ya conoció del asunto en liza (sesiónordinaria de 24 de Mayo de 1.988),dictaminando la concesión del Complementoantes mentado, previa ponderación a la baja delas retribuciones de D. Antonio Aguza Bazo, enpunto al exceso de Nivel de Complemento deDestino que percibe (Nivel 14), frente a los otrosConserjes (que tienen asignado el Nivel 12),

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merced a su procedencia del extinto ServicioMunicipal de Extinción de Incendios.

Resultando que, desglosados los atrasosdevengados a que hubiera lugar, la cantidadglobal asciende a 274.846.-ptas.

Considerando que, de conformidad conlos arts. 4.3 del R.D. 861/86, de 25 de Abril, y50.6 del R.D. 2568/86, de 28 de Noviembre, elestablecimiento de conceptos incluidos en elComplemento Específico, es materia atribuidaal Pleno de la Corporación.

A la vista de todo lo expuesto, deconformidad con el dictamen de la ComisiónInformativa de Régimen Interior y Personal, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

PRIMERO: Asignar al funcionario D.Antonio Aguza Bazo, la cantidad de11.538.-ptas., en concepto de "DedicaciónConserje" (minorada en su cuantía original porel exceso de Complemento de Destino), dentrodel Complemento Específico que le corresponda,a partir de la nómina correspondiente al mes deJunio del año en curso.

SEGUNDO: Abonar, así mismo, lacantidad de 274.846.-ptas., en concepto deatrasos devengados y no percibidos desde Juniode 1.988.

8 PETICION SUBVENCION INEMCONTRATACION SERVICIO DELIMPIEZA DE PLAYAS.

Sometido a votación, de conformidad conlo establecido en el art. 82.3 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, porunanimidad, se acuerda su inclusión en el ordendel día.

Vista la propuesta presentada por elConcejal Delegado de Playas por la que en basea la Orden de 21 de Febrero de 1.985, sepropone solicitar una subvención al InstitutoNacional de Empleo por importe de3.456.310.-ptas, correspondiente al 75% delcoste de la mano de obra del servicio de limpiezade playas.

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De conformidad con el informe deIntervención según el cual existe crédito en laspartidas 161.717.2 y 181.523 del Presupuestomunicipal, el Ayuntamiento Pleno, porunanimidad, ACUERDA:

Solicitar al INEM una subvención de3.456.310.- ptas, destinadas a financiar elservicio de limpieza de playas y el servicio desalvamento cuyo coste total asciende a lacantidad de 11.933.413.-ptas.

9 ERROR MEDICION PARCELA 38DE LA UNIDAD DE ACTUACION E-2 DELA PLAYA DE ALMARDA.- VICENTEPERIS PALANCA.EXPTE. 183/90.

En relación con la informaciónurbanística solicitada por D. Vicente PerisPalanca sobre discrepancias de superficies de laparcela 38 de la Unidad de Actuación E-2 delPlan Parcial de la Playa de Almardá, propiedadde D. José Tomás Agudo Mena, de conformidadcon el dictamen de la Comisión de Urbanismo ycon informe de los Servicios TécnicosMunicipales, el Ayuntamiento Pleno, porunanimidad, ACUERDA:

Pronunciarse en el sentido de la segundade las alternativas recogidas en el Informe delJefe del Negociado de fecha 9 de Mayo de 1.990en el que se especifica que procedería:

"1.- Cuantificación económica de ladiferencia de metros, que es de 116'50 m

2. más

de los que figuran en el proyecto aprobado y delaprovechamiento total de la parcela; teniendo encuenta que con esta nueva superficie se podríapermitir la construcción de 2 viviendasunifamiliares en lugar de una, que es locontemplado actualmente.

2.- El valor de este exceso deaprovechamiento, debería de contemplarse en lacuenta de liquidación definitiva del proyecto yasignado proporcionalmente con sujeción a lacuota de participación de todos los afectados.

3.- Modificación del cuadro decoeficiente de participación, de acuerdo con lanueva realidad.

4.- Formulación de escritura públicacomplementaria de la diferencia de adjudicación

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de los metros cuadrados de la parcela y de suaprovechamiento.

5.- Para salvaguardar posibles derechosde terceros, el acuerdo de reconocimiento delexceso de cabida, con las repercusionesurbanísticas que ello significara, debería denotificarse a todos los afectados, previo eltrámite de audiencia correspondiente.""

10 DENEGAR LA APROBACION DELESTUDIO DE DETALLE DE LOSPOLIGONOS B-1 Y B-2 DEL PLANPARCIAL DE LA PLAYA DE ALMARDA.-MIGUEL ANDREU BELTRAN. EXPTE.549/89.

Considerando que el Estudio de Detallealtera la delimitación de los subpolígonos dereferencia, según las determinaciones del PlanParcial de la Playa de Almardá; afectando,también, a los proyectos de reparcelacióncorrespondientes. Motivos por los cuales se haríanecesario el trámite de modificación de ladelimitación de subpolígonos así como de losproyectos de reparcelación; cuestiones queexceden del alcance que la Ley establece para losEstudios de Detalle, a tenor de lo recogido en elart. 65 del Reglamento de Planeamiento, enconcordancia con el art. 14 del Texto Refundidode la Ley del Suelo. Actuaciones previas arealizar al Estudio de Detalle que no justificande ningún modo, la conveniencia ni oportunidadde llevarlas a cabo.

Abierto el turno de intervenciones el SR.AGÜES pide que se expliquen las razones de ladenegación.

El SR. GIL explica que se debe al menorrango del Estudio de Detalle respecto al PlanParcial por lo que puede suponer modificacionesde este último. En tal sentido la SecretariaGeneral lo ha informado en contra y se proponesu denegación.

La SECRETARIA GENERAL indica queel Estudio de Detalle presentado excede de loque es meramente traslado de volumen y realiza

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una nueva delimitación poligonal fijada en elPlan Parcial.

De conformidad con el dictamen de laComisión de Urbanismo, y con los informestécnicos y jurídicos obrantes en el expediente, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

Denegar la aprobación del Estudio deDetalle de los Polígonos B-1 y B-2 de la Playa deAlmardá, redactado por el Arquitecto D. IgnacioChorda Grau y que presenta D. Miguel AndreuBeltran.

11 RATIFICACION RESOLUCIONALCALDIA MODIFICACION CONTRATOPRESTACION SERVICIO DE RECOGIDADE BASURAS, Y LIMPIEZA VIARIA.EXPTE. 332/86.

De conformidad con el dictamen de laComisión de Contratación, el AyuntamientoPleno, por unanimidad, ACUERDA:

Ratificar la resolución de Alcaldía, defecha 6 de Junio de 1.990, a cuyo tenor:

"Resultando que, el Pleno CorporativoMunicipal, en sesión celebrada el día 29 deAbril de 1.987, acordó adjudicar a la empresaSAUSA el contrato de prestación del servicio de"Recogida de Basuras, Limpieza Viaria yPlayas", por un importe total de182.067.951.-ptas. anuales.

Resultando que, dicho contrato obliga ala recogida en la zona de la playa en díasalternos fuera de la temporada estival, noestando prevista la prestación del servicio lossábados por la noche ni domingos de mañana.

Resultando que, según informe emitidopor los Servicios Técnicos de Ingeniería, esaconsejable prestar especial atención al aspectoestético y al medio ambiente dado el carácterturístico de la Ciudad en época estival, y laaspiración a la obtención del distintivo "BanderaAzul", lo que obliga a reforzar el servicio derecogida de residuos sólidos.

Considerando que, el contrato de gestiónde servicios públicos se regula por lo previstopara los de obra, exceptuando aquellos preceptos

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que sean privativos de la naturaleza de aquél(art. 208 del Reglamento General deContratación del Estado).

Considerando que, al amparo de loprevisto en el párrafo segundo del art. 221 de laNorma señalada anteriormente, cuando lasmodificaciones afectan al régimen financiero delcontrato la Administración deberá compensar alempresario de manera que se mantengan enequilibrio los supuestos económicos quepresidieron la perfección de aquél.

Considerando que, la modificación quese propone no conlleva un aumento en el preciodel contrato inicial -182.067.951.-ptas., superioral 20 por ciento."

Asímismo, de conformidad con elinforme del Negociado de Patrimonio yContratación, con el dictamen de la Comisión deContratación y visto el informe de Intervenciónsegún el cual existe crédito para el presentegasto en la partida 258.717.2 del PresupuestoMunicipal, el Ayuntamiento Pleno, porunanimidad, ACUERDA:

PRIMERO: Modificar el contrato deprestación del servicio de "Recogida de Basuras,Limpieza Viaria y Playas", suscrito con laempresa "SAUSA", ampliando el mismo con larealización de un servicio especial de recogidade residuos sólidos en la zona de las playas deeste término Municipal, cuyo importe asciende ala cantidad de 859.418.-ptas.

SEGUNDO: La presente modificaciónestará en vigor durante la época estivalquedando sin efecto el primero de Octubre delcorriente año.

TERCERO: La presente Resolución de laAlcaldía será ratificada en la primera sesiónplenaria que se celebre."

12 APROBACION CUENTATESORERIA, PRIMER TRIMESTRE DE1.990.

Examinada la cuenta de Tesoreríacorrespondiente al I Trimestre de 1.990, querinde el Sr. Tesorero de Fondos Municipales, elAyuntamiento Pleno, de conformidad con eldictamen de la Comisión Especial de Cuentas, la

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propuesta emitida por el Sr. Tesorero y visto elinforme de Intervención, por unanimidad,ACUERDA:

Aprobar la cuenta de Tesoreríacorrespondiente al primer trimestre de 1.990, enlos siguientes términos:

- Existencia en fin del trimestreanterior........... 367.691.389.-

- Ingresos del I Trimestre de1.990................. 230.418.794.-

- Pagos del I Trimestre de1.990.................... 577.387.974.-

- Existencia para el Trimestresiguiente............ 20.722.209.-

A propuesta de la Presidencia, y previadeclaración de urgencia, se acuerda debatir,fuera del orden del día los siguientes puntos:

13 MOCION DEL DELEGADO DEURBANISMO SOBRE COMPROMISO DEAPORTACION MUNICIPAL PARA LAEJECUCION DE LAS OBRAS DE LA 1ªETAPA DE LA 2ª FASE DEL PASEOMARITIMO Y CONFORMIDAD A QUE ELM.O.P.U. REALICE LA CONTRATACIONDE LAS OBRAS.- EXPTE. 1102/88.

De conformidad con lo establecido en elart. 82.3 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, por unanimidad, se acuerdaincluir el presente asunto en el orden del día.

Se da lectura a la moción presentada porel Delegado de Urbanismo, a cuyo tenor:

"El Pleno de la Corporación Municipalen sesión celebrada el día 26 de Diciembre de1.989, adoptó, entre otros, los siguientesacuerdos:

PRIMERO: Aceptar el diseño y proyectoredactado por la Demarcación de Costas deValencia para la ejecución de la 2ª Fase delPaseo Marítimo de Sagunto, cuyo presupuesto decontrata asciende a la cantidad total de159.599.944.-ptas., con la salvedad de que elproyecto respecte una distancia de servidumbrede 50 metros de la prevista zona portuaria.

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SEGUNDO: Que se proceda por esteAyuntamiento a la contratación de las obras dedicho proyecto en base al mismo y al desglose dela memoria, formulada por el Arquitectomunicipal D. Jose Luis Nebot Herrero, por unmontante de 52.056.511.-ptas., con cargo alpresupuesto de inversiones de 1.989, como unaprimera fase; solicitando a la Dirección Generalde Puertos y Costas la autorización dedelegación en la contratación de las obras y elenfoque planteado.

TERCERO: No habiéndose podidoajustar estrictamente el montante de la memoriadesglosada con el importe de la aportaciónmunicipal comprometida, la diferencia entreambas, que supone el montante de1.143.470.-ptas., será satisfecho por esteAyuntamiento en la ejecución de las obras de lasegunda etapa del proyecto, a financiar yejecutar por Costas.

Recientemente, por esta Delegación sehan tenido contactos con los responsables de laDemarcación de Costas de Valencia, los cualesnos han expresado la complejidad de llevar acabo la concesión de la zona marítimo-terrestre,afectada por la ejecución de las obras de la 1ªetapa de la 2ª fase; requisito imprescindible paradelegar en el Ayuntamiento la contratación delas obras en cuestión; manifestando la posibi-lidad de que el Ayuntamiento comprometieradicha aportación y formulase delegación para lacontratación de las obras a favor de laDemarcación de Costas.

De conformidad con la moción delDelegado de Urbanismo y visto el informe deIntervención según el cual existe crédito para elpresente gasto en la partida 0021/6410/06, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

PRIMERO: Comprometer la aportaciónmunicipal para la ejecución de las obras de la 1ªetapa de la 2ª fase del Paseo Marítimo deSagunto con un presupuesto total de contrata de53.199.981'- ptas., con sujeción al proyectocorrespondiente, y a favor del Ministerio deObras Públicas y Urbanismo.

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SEGUNDO: Prestar la conformidad aque el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismorealice la contratación de las obras de referencia.

TERCERO: Que por la Intervención defondos municipales se expida certificaciónacreditativa de que el montante de referenciafigura consignado en el Presupuesto Municipalde 1.989, para la ejecución de dichas obras.

CUARTO: Entender modificado elacuerdo del Pleno de la Corporación Municipaladoptado en fecha de 26 de Diciembre de 1.989,en relación con este particular, por lo querespecta a los pronunciamientos que se hacen enel presente acuerdo."

14 PETICION SUBVENCIONCONVENIO I.N.E.M - CORPORACIONESLOCALES.

Sometido a votación, de conformidad conlo establecido en el art. 82.3 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, porunanimidad, se acuerda su inclusión en el ordendel día.

Resultando que, el Excmo. Ayuntamientode Sagunto en fecha de 12 de Abril de 1.990,remitió a la Dirección Provincial del I.N.E.M. deValencia, la documentación relativa a lasolicitud de subvención económica para realizarobras con arreglo a la normativa reguladora delos convenios INEM-Corporaciones Locales.

Resultando que, previamente, el PlenoMunicipal en sesión del mismo 12 de Abril de1.990, había aprobado la solicitud de subvenciónpara realizar determinadas obras en base al"avance de datos" remitido por el Instituto, lacual totalizaba 159.405.156.-ptas. desubvención.

Resultando que, realizadas lascorrespondientes correcciones, el citado EntePúblico, por escrito de fecha de 13 de Junio de1.990, manifestaba estar dispuesto asubvencionar a este Excmo. Ayuntamiento conla cantidad de 37.853.430.-ptas, circunscrita atres obras en concreto, que "infra" se detallan.

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Considerando que las obras propuestassuponen aportación municipal, en virtud de lodispuesto en la Orden del Ministerio de Trabajode 21 de Febrero de 1.985 y en relación con elart. 50 del R.D. 2568/86, de 28 de Noviembre.

A la vista del informe-propuesta delNegociado de Personal y de conformidad con elinforme de Intervención, el Ayuntamiento Pleno,por unanimidad, ACUERDA:

PRIMERO: Solicitar al I.N.E.M. deValencia una subvención por importe de37.853.430.-ptas. para las siguientes obras:DENOMINACION APORTACIONSUBVENCION COSTE TOTALDE LA OBRA MUNICIPALSOLICITADA ============

Ajardinamiento jun-to muro de gavionesmárgenes Río Palan-cia........................... 5.642.000 11.463.984

17.105.984

Ajardinamiento Ba-rrioChurruca...........24.860.282 24.480.846

49.341.128

Apoyo técnico y ad-ministrativo............. 2.861.902 1.908.600

4.770.502

SEGUNDO: Ejecutar las obras poradministración directa.

TERCERO: Este Ayuntamiento secompromete a aportar la cantidad de33.364.184.-ptas.

CUARTO: Facultar a la Alcaldía paraque en representación del Ayuntamiento procedaa firmar el Convenio INEM-CorporacionesLocales.

QUINTO: Proceder a la habilitación delos oportunos créditos presupuestarios con cargoal superávit de la liquidación del PresupuestoMunicipal de 1.989.

15 MODIFICACION CONTRATOLIMPIEZA DE PLAYAS. EXPTE. 332/86.

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Sometido a votación, de conformidad conlo establecido en el art. 82.3 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, porunanimidad, se acuerda su inclusión en el ordendel día.

Resultando que, el Pleno CorporativoMunicipal, en sesión celebrada el día 29 deAbril de 1.987, acordó adjudicar a la empresaSAUSA el contrato de prestación del servicio de"Recogida de Basuras, Limpieza Viaria yPlayas", por un importe total de182.067.951.-ptas. anuales.

Resultando que, dicho contrato obliga ala recogida en la zona de la playa en díasalternos fuera de la temporada estival, noestando previsto la prestación del servicio lossábados por la noche ni domingos de mañana.

Resultando que, según informe emitidopor los Servicios Técnicos de Ingeniería, esaconsejable prestar especial atención al aspectoestético y al medio ambiente dado el carácterturístico de la Ciudad en época estival, y laaspiración a la obtención del distintivo "BanderaAzul", lo que obliga a reforzar el servicio derecogida de residuos sólidos.

Considerando que, el contrato de gestiónde servicios públicos se regula por lo previstopara los de obra, exceptuando aquellos preceptosque sean privativos de la naturaleza de aquél(art. 208 del Reglamento General deContratación del Estado).

Considerando que, al amparo de loprevisto en el párrafo segundo del art. 221 de laNorma señalada anteriormente, cuando lasmodificaciones afectan al régimen financiero delcontrato la Administración deberá compensar alempresario de manera que se mantengan enequilibrio los supuestos económicos quepresidieron la perfección de aquél.

Considerando que, la modificación quese propone no conlleva un aumento en el preciodel contrato inicial -182.067.951.-ptas., superioral 20 por ciento.

De conformidad con el informe delNegociado de Patrimonio y Contratación, con el

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dictamen de la Comisión de Contratación y vistoel Informe de Intervención según el cual existecrédito para el presente gasto en la partida258.717.2 del Presupuesto Municipal, elAyuntamiento Pleno, por unanimidad,ACUERDA:

PRIMERO: Modificar el contrato deprestación del servicio de "Recogida de Basuras,Limpieza Viaria y Playas", suscrito con laempresa "SAUSA", ampliando el mismo conuna limpieza extraordinaria de la playas de estetérmino Municipal, por un importe total de947.792.-ptas/año.

SEGUNDO: La presente modificaciónestará en vigor desde el día 24 de Mayo hasta el14 de Junio y desde el 16 de Septiembre hasta el30 del mismo mes del presente año, quedandosin efecto el acuerdo Plenario de 26 de Mayo de1.989.

TERCERO: Facultar al Sr. AlcaldePresidente para la firma del oportuno contratoadministrativo.

16 PETICION SUBVENCIONDESTINADA AL MANTENIMIENTO DEESCUELAS INFANTILES-GUARDERIAS.EXPTE. 178/90.

Sometido a votación, de conformidad conlo establecido en el art. 82.3 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, porunanimidad, se acuerda su inclusión en el ordendel día.

Petición subvención destinada almantenimiento de Escuelas Infanti-les-Guarderías, convocada por la Consellería deCultura, Educación y Ciencia.

El D.O.G.V. publicó, con fecha 11 deJunio del presente año, la Orden de 9 de Mayode 1.990 de la Consellería de Cultura, Educacióny Ciencia, por la que se convocan ayudasdestinadas al mantenimiento de EscuelasInfantiles-Guarderías patrocinadas porAyuntamientos, Mancomunidades y porInstituciones sin fin de lucro.

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De conformidad con la peticiónpresentada por el Negociado de Enseñanza yvisto el informe de Intervención según el cualexiste crédito para el presente gasto en la partida483.533, el Ayuntamiento Pleno, porunanimidad, ACUERDA:

PRIMERO: Solicitar de la Consellería deCultura, Educación y Ciencia de la GeneralitatValenciana, una subvención destinada almantenimiento de EscuelasInfantiles-Guarderías.

SEGUNDO: Coordinarse con laConsellería de Cultura, Educación y Ciencia enla Planificación General que la misma elabore,así como de someterse al control públicomediante la justificación económica de la ayudaque se conceda.

TERCERO: No aminorar ni anular laconsignación presupuestaria que existe para talfin en el presupuesto municipal del año en curso.

17 MOCION GRUPOS POLITICOS,SOBRE EMPRESA ENFERSA-SAGUNTO.

Sometido a votación, de conformidad conlo establecido en el art. 82.3 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales, porunanimidad, se acuerda su inclusión en el ordendel día.

Vista la moción suscrita por los GruposPolíticos y presentada por el Comité de Empresade Enfersa, a cuyo tenor:

"Una vez más un Comité de Empresa seencuentra con la necesidad de salir al paso de losdesmanes que se pretenden hacer con lostrabajadores, derivados de la venta del 80% delcapital de ENFERSA a un grupo especulativomultinacional, en un Sector considerado por laAdministración Central como de carácterestratégico.

En estos momentos y derivado de laventa por parte del I.N.I. al Grupo ERCROS, sepresenta por parte de la Empresa un malllamado Plan de Viabilidad, con el cual sepretende únicamente el cierre de plantas y delíneas en otras, para reducir 2.300 puestos de

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trabajo, con una política de desinversiones yabandono de sus cuotas de mercado, dejando elSector en manos de las importaciones de lasmultinacionales de la CEE, no garantizando elfuturo, pues no se contemplan inversiones quesupongan potenciación del nivel competitivo delSector.

Además pretende incumplir Planes cuyavigencia acaba el 31 de Diciembre de 1.991, enlos cuales se recogían tratamientos de tipoeconómico y de recolocación para los excedentesacordados. No podemos olvidar nuestro pasadoreciente, ya que nuestra fábrica es un productode un compromiso de recolocación de unaReconversión, que en nuestra zona, se perdieron3.000 puestos de trabajo fijo, creándose 800puestos entre todas las empresas que seinstalaron, algunas de ellas sin ningunaviabilidad de futuro, tal como se demuestra conel cierre de una parte importante de ellas. Enestos momentos, los trabajadores de ENFERSAnos encontramos con la incertidumbre y laseguridad de la pérdida de puestos de trabajo enun futuro no muy lejano, encontrándonos con lasituación de que trabajadores recolocados,excedentes del proceso de la Reconversiónsiderúrgica, a los treinta meses, se pueden verotra vez sin puesto de trabajo.

Un vez más decimos ¡Basta ya!, pues novamos a permitir que se juegue con nuestradignidad y repercusiones familiares, pedimosque a los trabajadores se nos respete nuestropuesto de trabajo, tal y como se nos prometió yrecomendamos que el que tenga el poder dedecisión, medite sobre las consecuencias que sepueden derivar, pues no se puede olvidar que alos trabajadores se nos venció después de 18meses de lucha, vamos a estar alerta para que nose nos engañe y sabremos dar la respuestaadecuada en cada momento.

Por todo lo anteriormente expuesto, elComité de Empresa de Enfersa acuerda:

1.- Exigir un Plan de Viabilidad quegarantice el futuro industrial del Sector deFertilizantes.

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2.- Respetar los acuerdos laborales eindustriales vigentes en el Sector deFertilizantes.

3.- Pedir el apoyo de la CorporaciónMunicipal, para que a su vez lo haga extensivo alas autoridades Autonómicas, ya que según elproyecto presentado, ya ha desaparecidoCROS-VALENCIA, desapareceE.R.T.-CASTELLON, quedando solamenteENFERSA-SAGUNTO, sin ninguna inversiónde futuro en los cinco años que dura dichoproyecto y sin garantizar la totalidad del empleo,pidiendo asímismo, que dicho apoyo semanifieste a la Administración Central."

Abierto el turno de Intervenciones el SR.ALCALDE considera conveniente añadir un 4ºpunto que diga: "Remitir este acuerdo alMinisterio de Industria y Energía, así como a laConsellería de Industria, Comercio y Turismo dela Comunidad Valenciana, exigiendo se tomenmedidas que eviten el cierre parcial o total de lafábrica con las consecuencias graves de lapérdida de los puestos de trabajo".

El SR. ALMOR considera que laPresidencia no debe añadir nada a la mociónconsensuada entre U.G.T. y CC.OO.

El SR. CAMPOY está de acuerdo con elSr. Alcalde en que las propuestas puedenmejorarse; por ello añade que lo único que apoyade la moción son los dos primeros puntos porqueel tercero pide el "apoyo de la CorporaciónMunicipal para que a su vez lo haga extensivo alas autoridades Autonómicas". Da por hecho quela Corporación Municipal va a prestar su apoyo,pero no tiene claro que las autoridadesperiféricas se puedan meter en una cuestióndonde las competencias son de la Admi-nistración Central a través de la División deFertilizantes del INI. Por tanto, si se trata dehacer demagogia votando a favor la moción paraque nadie pueda decir nada, lo saben hacertodos; pero no piensa que la AdministraciónAutonómica vaya a defender cuestionessectoriales de la economía española porque no lo

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han hecho nunca, y no lo van a hacer ahora. Yello porque supone intentar que la autonomíatenga más poder frente al poder central.

No quiere recordar cuál ha sido la actituddel Gobierno Autonómico frente a otrasdecisiones del Gobierno Central porque todos losaben. Hay otras cuestiones respecto a losfertilizantes ya que, aproximadamente, van a serdeclarados como excedentes 2.255 trabajadores.

El SR. ALCALDE asegura que nopretende hacer demagogia en este tema.Entiende que el Sr. Campoy sea escéptico enpedir el apoyo de la Comunidad Autónoma, peroel Gobierno Autonómico no puede dejar pasar eltema. Y puede exigir al Gobierno, igual que lohace este Ayuntamiento. Comparte las palabrasdel Sr. Campoy porque ahí están los resultados yel Gobierno Autonómico no fijó su posición enla otra reconversión, por lo que podría hacerloahora.

El SR. CAMPOY recuerda que ya selleva tres años con la salida de excedentes, y laCEE, pretende una nueva reducción en lo quequeda de SIDMED; y ese planteamiento a juiciodel Gobierno pasa por pedir un periodotransitorio con cargo a los presupuestos de laCEE que va a suponer colocar en SIDMED amás de 500 personas; decisión que no rebate laCC.AA. Valenciana. A su juicio lo único quefalta en la moción es dirigirse a la División deFertilizantes del INI.

El SR. ARANDA considera que paraenmendar la moción debería contarse con elComité de Empresa que lo ha presentado,porque si cada Grupo modifica lo que consideraoportuno, la moción presentada será totalmentedistinta a la inicial.

El SR. ALCALDE indica que elAyuntamiento es soberano para modificar lo quequiera y, si puede, debe mejorar la propuestapresentada, por lo que propone aprobar lamoción con la modificación propuesta por el Sr.Campoy.

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El SR. BRU quiere dejar constancia deque el Grupo Socialista sí confía en laComunidad Autónoma.

Sometida a votación la propuesta en lostérminos solicitados por el Grupo Socialista, esdesestimada por 15 votos en contra del CIPS,CDS, PP, IU y el Sr. Latorre Franch, unaabstención de UPV y 7 votos a favor del PSOE.Acto seguido se somete a votación la propuestacon la modificación solicitada por el Sr. Alcaldesiendo aprobada por 15 votos a favor del CIPS,CDS, PP, IU y del Sr. Latorre Franch, unaabstención de UPV y 7 votos en contra del PSOEy, SE ACUERDA:

PRIMERO: Exigir un Plan de Viabilidadque garantice el futuro industrial del Sector deFertilizantes.

SEGUNDO: Respetar los acuerdoslaborales e industriales vigentes en el Sector deFertilizantes.

TERCERO: Remitir este acuerdo alMinisterio de Industria y Energía, exigiendo setomen medidas que eviten el cierre parcial ototal de la fábrica, con las consecuencias gravesde la pérdida de los puestos de trabajo.

RUEGOS Y PREGUNTAS

El SR. ALMOR recuerda que en el Plenoanterior se aprobó con el voto en contra delGrupo Socialista la modificación de créditosreferida al Patronato de Deportes, en base aerrores en la obra de reparación del parque queaparecía repetida y que no se ajustaba a lamemoria valorada; y porque encontraban gravesirregularidades en la liquidación de cuentas delpartido Pamesa-Jugoplastica, que había hecho elSr. Torres Petit. Se ruega:

1º.- Que se subsanen los errores queexisten en la modificación de créditos delPatronato de Deportes y que se hagan las cosasbien hechas.

2º.- Que se paralicen de inmediato lostrámites de las cuentas del partidoPamesa-Jugoplastica, y se cree una Comisión de

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Investigación de las citadas cuentas, formada portodos los Grupos Políticos y se de cuenta alpróximo Pleno de los resultados.

3º.- Que se si demuestra que la rendiciónde cuentas presentada por el Sr. Torres Petitrespecto al citado partido de baloncesto, no seajusta a la legalidad vigente y ha incurrido enirregularidades manifiestas, que las pague de supropio bolsillo porque no puede llevar elPatronato de Deportes como si fuera un Cortijopropio, aunque diga aquello de que "quienmanda, manda". Y a continuación que dimitaporque no es competente para llevar ese arca tanimportante.

Y no habiendo más asuntos que tratar,por la Presidencia, se levanta la sesión, siendolas veinte horas y veinticinco minutos, de todo locual, como Secretaria, doy fe.

EL ALCALDE LA SECRETARIA GENERAL

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