23

TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

  • Upload
    others

  • View
    1

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera
Page 2: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

2 Reglamento Interno

TABLA DE CONTENIDOS

TITULO I. GENERALIDADES Y BASES LEGALES Capítulo I. Del Reglamento Interno Capítulo II. Base Legal y Alcances TITULO II. DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo I. Naturaleza de la Institución Educativa Capítulo II. Línea Axiológica, fines y objetivos. TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES Capítulo I. Derechos y deberes Capítulo II. Estímulos, prohibiciones y medidas reparadoras Capítulo III. De la promoción de la convivencia escolar sin violencia TÍTULO IV. DEL PROCESO DE ADMISIÓN, DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN. Capítulo I. Admisión Capítulo II. Matrícula, Traslados y Ratificación Capítulo III. Promoción y Repitencia Capítulo IV. Evaluación y Certificación TÍTULO V. DE LOS PADRES DE FAMILIA TÍTULO VII. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Capítulo I. Pensiones de Enseñanza Capítulo II. Del Seguro de Salud y Accidentes TÍTULO VIII. DISPOSICIONES FINALES

Page 3: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

3 Reglamento Interno

TITULO I GENERALIDADES Y BASES LEGALES

CAPÍTULO I. DEL REGLAMENTO INTERNO Artículo 1°. Concepto. El presente Reglamento 2019 de la Institución Educativa Privada “Beata

Imelda”, es un documento de Gestión Técnico Administrativo y de Control que dispone el cumplimiento de la línea axiológica de la Congregación Dominicas de la Inmaculada Concepción y su carisma: Predicar la Verdad y portar la Luz de Cristo.

Artículo 2°. Finalidad. Este documento norma los principios de planificación, organización y

funcionamiento de la Institución Educativa; así como el régimen formativo pedagógico y económico interno de los distintos actores en el marco del Proyecto Educativo Institucional y de las normas oficiales para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos que buscamos.

Artículo 3°. Fines.

1. Hacer cumplir la Axiología Dominica de la Institución Educativa. 2. Normar la organización y funcionamiento interno de nuestra institución. 3. Normar el régimen disciplinario de los miembros que integran la Comunidad

Educativa. 4. Delinear la política formativa, pedagógica y económica de la institución. 5. Establecer pautas de control y evaluación de las actividades educativas. 6. Señalar funciones, responsabilidades y términos de relación de los diferentes

órganos, así como de nuestra institución. Artículo 4°. Las disposiciones consignadas en el presente documento serán cumplidas en forma

obligatoria por todos los miembros de la comunidad imeldina. El presente Reglamento tiene fuerza de contrato y cumplimiento obligatorio para los estamentos siguientes: 1. La Estudiante Imeldina: Estamento principal de la tarea educativa y primera

preocupación nuestra. Está representado por las estudiantes del Nivel Inicial, Primaria y Secundaria.

2. Padres de Familia: Insustituibles promotores responsables de la educación de sus hijas, representados por los Padres de familia y/o apoderados registrados en los documentos oficiales de la Institución.

CAPÍTULO II. BASE LEGAL Y ALCANCES Artículo 5°. El presente Reglamento Interno se sustenta en las siguientes disposiciones legales:

La Constitución Política del Estado.

Ley General de Educación Nº 28044 y sus modificatorias.

Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Peruano, aprobado por Decreto Ley N° 23211, ratificado por Decreto Legislativo N° 626 del 29 de noviembre de 1990.

Ley de los Centros Educativos Privados Nº26549.

Reglamento de Educación Básica Regular D.S. Nº 13-2004-ED.

Ley Orgánica del Ministerio de Educación D.L. 25762.

Ley de Mejoramiento de la Calidad y Ampliación de la Cobertura de la Educación Peruana D.L. 26013.

Page 4: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

4 Reglamento Interno

Reglamento de Educación Religiosa Interconfesional D.S. Nº 016-72-ED.

Ley 27665 de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativos Privados.

Decreto Supremo Nº 005-2002-ED que modifica artículos del Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Particulares.

Reglamento de los Centros y Programas Educativos Privados D.S. Nº 09-2006-ED.

Ley de Promoción de la Inversión en la Educación Decreto Legislativo N° 882 y sus Reglamentos aprobados por D.S. N° 045, 046 y 047-97-ED.

Reglamento de Gestión del Sistema Educativo N°009-2005-ED.

Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral Decreto Supremo 003-97-TR.

D.S. 039-91-TR, Reglamento Interno de Trabajo.

Proyecto Educativo Nacional al 2021. Resolución Suprema N°001-2007-ERE.

Marco sobre Gestión de Riesgo (RM 0494-2007-ED).

Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.

R.V.M. (16/02/2012): Aplicación del Enfoque Ambiental en EBR.

D.L. N° 18471 sobre faltas y sanciones del empleador particular.

Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa N° 28740, 19 de mayo de 2006.

Decreto Supremo N°010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.

R.M. N° 0519-2012-ED, que aprueba la directiva N°019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de los y las estudiantes contra la violencia ejercida por personal de la institución educativa.

D.S. N°004-2018-MINEDU Lineamentos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes.

TITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO I. NATURALEZA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Artículo 6°. Del Funcionamiento. La Institución Educativa Privada “Beata Imelda” es una

Institución Educativa Privada Católica-Dominica, dirigida por la Congregación de Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción, que brinda una educación integral de calidad, a niñas y adolescentes en el marco de un estricto sentido humanista cristiano, careciendo de carácter lucrativo y discriminatorio.

Artículo 7°. El nombre de la Institución es en honor a Beata Imelda Lambertini, una niña piadosa

que amó inmensamente a Jesús Eucaristía y murió luego de recibirlo por primera vez. Es Patrona de los niños de la Primera Comunión.

Artículo 8°. Del Domicilio legal. La Institución Educativa Privada “Beata Imelda” tiene como

domicilio legal Avenida Balta N° 1131 y calle Leoncio Prado N°885 de la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque fue creado por RD Nº 0292 del 11 de abril de 1959; inició sus labores el 01 de abril de 1960; su funcionamiento con valor oficial por Resolución Directoral N° 0292 del 11 de febrero de 1967. Tiene actualizada su Licencia de Funcionamiento de forma definitiva mediante certificado expedido por la Municipalidad Provincial de Chiclayo N°0014626; así mismo cuenta con Certificado

Page 5: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

5 Reglamento Interno

de Inspección Técnica de Seguridad de Edificaciones mediante R.J.N°131-2014/OEDNCS.

Artículo 9°. De la Entidad Promotora. La Institución Educativa tiene como promotora a la

Congregación de Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción y dependencia en lo técnico pedagógico de la Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo y su Régimen laboral se rige por las disposiciones contenidas en la Legislación de los Trabajadores de la Actividad Privada.

CAPÍTULO II. LÍNEA AXIOLÓGICA, FINES Y OBJETIVOS Artículo 10°. Filosofía Institucional. La Institución Educativa “Beata Imelda” es una comunidad

educativa enmarcada dentro de los fines de la educación peruana, la Constitución Política del Perú, con la Ley General de Educación, fiel al carisma congregacional “Predicar la Verdad y portar la Luz de Cristo”, con una estructura organizacional enmarcada en el respeto a todo nivel, buscando la formación integral de las estudiantes en un clima de Templanza, Prudencia, Fortaleza, Justicia, Fe, Caridad y Esperanza enfatizando el amor por María Inmaculada, Patrona de la Congregación con la finalidad de ser “Buenas estudiantes hoy, excelentes mujeres mañana”.

Artículo 11°. Fines y Objetivos. Es preocupación permanente de la Institución Educativa, lograr la

formación integral de las estudiantes; para ello se propone: 1. Programar, ejecutar y evaluar las acciones y servicios educativos. 2. Enfatizar la formación cristiana y ciudadana de las niñas y adolescentes que

estudian en nuestra Institución Educativa, garantizando una educación Humano – Cristiana basada en el testimonio, difusión, defensa y práctica de virtudes inspirados en nuestro carisma.

3. Promover la permanente cooperación del padre de familia en las diversas acciones educativas mediante la gestión de una educación preventiva.

4. Propiciar la participación activa, creativa y organizada de todo el personal que labora en la institución, buscando preferentemente su perfeccionamiento humano, psicológico, espiritual y profesional.

5. Cultivar la autodisciplina en las estudiantes en pos de su desarrollo personal, social y democrático.

6. Fortalecer la conciencia Cívico Patriótica de las estudiantes para garantizar la soberanía, integración, seguridad y la defensa nacional.

Artículo 12°. Axiología. La formación de nuestras estudiantes se inspira en los lineamientos

Axiológicos de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, la espiritualidad de la Orden de Predicadores de Santo Domingo de Guzmán y en el Carisma de la Congregación Religiosa de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción; se basa en los siguientes principios:

1. Educación en la Fe. La misión educativa está dirigida a evangelizar a la familia

imeldina, incentivando el amor a Cristo y su participación en los sacramentos; siguiendo el modelo de nuestra patrona Beata Imelda y de los Santos Dominicos.

2. Educación Integral. Las estudiantes mediante la asimilación sistemática y crítica de la cultura y el cultivo progresivo de las virtudes desarrollarán las capacidades físicas, intelectuales, morales, sociales y psicológicas, teniendo como propósito su desarrollo integral.

Page 6: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

6 Reglamento Interno

3. Educación en Virtudes. Nuestra Educación basada en la Pedagogía de la Ternura, cualidad propia de nuestra fundadora Eduviges Portalet nos conduce a practicar la Templanza, Prudencia, Fortaleza, Justicia, Fe, Caridad y Esperanza que nos convierten en predicadores y portadores de la Luz de Cristo.

4. Educación Mariana. Cultivar en la familia imeldina el amor, la devoción e imitación a María, como Madre de Cristo y modelo perfecto del creyente.

5. Educación del Carisma Dominico. Buscando brindar una educación a la Luz del Evangelio y la profundización en el estudio.

Artículo 13°. Misión. Somos una institución Educativa Privada formadora de niñas y jóvenes en el

Carisma de Luz y Verdad, a través de la espiritualidad dominica basada en la práctica de virtudes y en el conocimiento de los avances de la ciencia y tecnología, preparadas para enfrentar con excelencia las demandas del mundo actual.

Artículo 14°. Visión - 2023. Beata Imelda es una Institución Educativa Privada Dominica, líder en la

formación de niñas y jóvenes competentes, con una sólida formación integral cristiana, capaces de trascender a su propia existencia.

TITULO III DE LAS ESTUDIANTES

CAPÍTULO I. DERECHOS Y DEBERES Artículo 16°. Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de

admisión, formalizan su matrícula en cualquiera de los tres niveles que atiende la institución:

Educación Inicial.

Educación Primaria.

Educación Secundaria. Artículo 17°. De los derechos de las estudiantes: Toda estudiante dominica imeldina tiene los

siguientes derechos: 1. Recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente

que fortalezca la dimensión moral, académica, física y espiritual. 2. Ser tratada con el respeto que merece su dignidad de “Hija de Dios” en su

integridad física, psicológica, espiritual, emocional y moral, por el personal que labora en la Institución y por sus compañeras.

3. Recibir trato respetuoso a su iniciativa, al expresar libre y creativamente sus ideas, coadyuvando el pleno desarrollo de su personalidad.

4. Participar del régimen de estímulos y premios individuales y grupales, en mérito a su aprovechamiento, comportamiento, esfuerzo de superación, cualidades morales, méritos deportivos y artísticos.

5. Recibir la información y orientación académica necesaria que le permita lograr los aprendizajes.

6. Recibir orientación de acuerdo a sus etapas que la conduzcan a un desarrollo armónico dentro de la axiología dominica.

7. Recibir orientación psicológica para que pueda superar las dificultades propias de su edad.

8. Recibir del docente de aula o del área correspondiente las pruebas y trabajos presentados para su revisión.

Page 7: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

7 Reglamento Interno

9. Recibir reforzamiento académico cuando se presente desniveles en su aprendizaje.

10. Ser evaluada fuera de las fechas de los exámenes de proceso y bimestrales, siempre y cuando su inasistencia ha sido debidamente justificada.

11. Manifestar con libertad la verdad sin temor a la sanción. 12. Recibir los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad. 13. Participar libre y voluntariamente de las diferentes organizaciones estudiantiles,

talleres artísticos y deportivos. 14. Ser informada periódicamente del proceso de su evaluación.

Artículo 18°. De los deberes de las estudiantes: Los deberes y obligaciones que tienen las

estudiantes para con la institución y las personas que la conforman hacen de ellas personas de bien por eso: 1. Comprende y se compromete a cumplir las normas axiológicas de la I.E.P. que le

motivan a vivenciar principios y virtudes propugnados por la Iglesia y la Promotoría de la I.E.P.

2. Colabora con el mantenimiento del ambiente familiar cristiano de la I.E.P., cultivando la oración, participando libre y responsablemente en la recepción de los sacramentos y esforzándose por conocer a Cristo, a nuestra Madre Universal la Virgen María Inmaculada y a los Santos Dominicos. Asistir a la Celebración Eucarística los domingos y fiestas de guardar en compañía de su familia.

3. Logra un excelente rendimiento académico demostrando sus habilidades y esforzándose cada día.

4. En los casos de evaluación de recuperación, debe de demostrar el logro de los aprendizajes, es obligatorio rendir las pruebas en la misma I.E.P. Salvo en casos muy excepcionales y con previa autorización de la Dirección en otra Institución Educativa.

5. Participa responsablemente y con entusiasmo en las actividades religiosas, curriculares y extracurriculares, deportivas, cívico-patrióticas, defensa civil, recreacionales u otras que se desarrollen en cumplimiento al calendario cívico-religioso escolar o por invitaciones de instituciones.

6. Respeta la propiedad privada dentro y fuera de la I.E.P. 7. Justifica sus inasistencias y tardanzas en el día de su incorporación a la institución

educativa mediante carta acompañada de documentos que sustenten dicha inasistencia o tardanza, al incumplir se declara todo pedido de justificación fuera de lugar. Las mismas que serán evaluadas con la mínima nota dentro de la escala vigesimal.

8. Cuida la buena conservación del local, muebles, útiles escolares, laboratorios, servicios higiénicos y otros materiales de la Institución, así como el orden y la limpieza. Frente a cualquier deterioro la estudiante asume su reposición inmediata, como también limpiar en caso de escribir en carpetas y paredes.

9. Participa en campañas que fomenten la paz. 10. Acepta con dignidad las sanciones a que se hace merecedora por las faltas,

errores causados o por negligencia. 11. Permanece en el aula durante las clases; en los campos deportivos en Educación

Física y en los patios durante los recreos. 12. Si tiene que formular alguna queja o sugerencia, acude a quien corresponde en

el momento oportuno. 13. Es cortés y respeta de palabra y de obra al personal que trabaja en la Institución

y a sus compañeras evitando que sus palabras, gestos o escritos puedan herir la susceptibilidad de los demás.

Page 8: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

8 Reglamento Interno

14. Si por designación de sus docentes y/o compañeras fuera llamada a ejercer una función, acepta esta responsabilidad en actitud de servicio y procura ser fiel a esta confianza.

15. Asiste correctamente uniformada, con sus trabajos y útiles escolares en orden y a la hora indicada:

Nivel Ingreso Salida

Inicial 08:00 h 13:30 h

Primaria: 1° y 2° Grado 07:20 h 14:15 h Primaria: 3° a 6° Grado 07:20 h 15:00 h

Secundaria 07:20 h 15:00 h

Talleres 15:00 h a 16:30 h

16. Guarda silencio en las actividades culturales y religiosas; en la formación y en el

desplazamiento hacia las aulas, biblioteca y capilla; mostrando respeto y educación.

17. Presenta la agenda firmada todos los días, como instrumento de comunicación entre el padre de familia y la I.E.P.

18. Entrega y pone en conocimiento a sus padres toda información emanada de la Institución.

19. Llega puntual a la I.E.P. Toda tardanza injustificada es contabilizada, al acumular cinco, recibe una suspensión de un día. La reincidencia se sancionará con una suspensión por dos días y así correlativamente.

Artículo 19°. De la presentación personal de las estudiantes: Las estudiantes deberán cumplir las

siguientes indicaciones sobre su presentación personal, evitando: 1. El uso de alhajas, gargantillas, cintas de colores, aditamentos; el uso de

maquillaje, delineador, rubor, lápiz labial, uñas largas y/o pintadas que atenten contra la sencillez y la correcta presentación de la estudiante. En el caso de aretes solo se permiten perlitas de color blanco.

2. Salir de la I.E.P. o intercambiar o prestar prendas de vestir de toda índole. 3. Se abstendrán de usar el cabello teñido o iluminado, está terminante prohibido

llevar el cabello suelto o delante del rostro. Evitar toda forma de cerquillo. 4. El uniforme oficial deberá llevarse correctamente y estará bordado con su

nombre y apellido, al igual que las demás prendas del uniforme escolar; consta de lo siguiente: 4.1. Falda del colegio debajo de la rodilla. 4.2. Blusa según modelo oficial. 4.3. Blazer de vestir a la altura de la cadera. 4.4. Pulóver azul. 4.5. Zapatos negros, modelo de la I.E.P. 4.6. Medias según modelo. 4.7. Lazo del colegio para todas las estudiantes. 4.8. Maletín o mochila de color negro en Primaria y Secundaria. 4.9. Mandil del colegio para el nivel Inicial y Primaria.

5. Las prendas del uniforme de Educación Física son: 5.1. Buzo del colegio. 5.2. Polo blanco del colegio. 5.3. Pantaloneta. 5.4. Zapatillas color blanco, sin adornos de otros colores.

Page 9: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

9 Reglamento Interno

5.5. Medias blancas, debajo de la rodilla para Educación Física. Prohibiéndose el uso de medias tobilleras.

6. Las estudiantes llevarán el uniforme diario y con el de Educación Física durante toda su permanencia dentro de la I.E.P. por ello la estudiante entrará y saldrá correctamente uniformada.

7. Prohibido usar el uniforme como prenda de vestir para la calle u otros eventos no programados por la I.E.P.

CAPÍTULO II: ESTIMULOS, PROHIBICIONES Y MEDIDAS REPARADORAS Artículo 20°. De los estímulos. Las estudiantes se hacen acreedoras a estímulos de carácter

personal o grupal, por acciones extraordinarias. Se consideran acciones extraordinarias las realizadas en bien de su prójimo, su Institución Educativa, de la comunidad y de la Nación.

Artículo 21°. Los estímulos de carácter personal que otorga la I.E.P. son:

1. Premio de excelencia a la estudiante que logra el más alto puntaje de aprovechamiento y conducta durante los cinco años de educación secundaria. El Premio de Excelencia exige la sumatoria de los promedios ponderados de los cinco años del nivel y haberse destacado en las actividades de la I.E.P. y fuera de él.

2. Medalla de oro al mérito por el más alto promedio ponderado en el respectivo grado de primaria y secundaria.

3. Diploma de Honor al Primer y Segundo Puesto de rendimiento y conducta por sección en secundaria.

4. Diploma de Honor a las estudiantes de Quinto de Secundaria que hayan destacado en habilidades de los diversos Talleres.

Artículo 22°. Las estudiantes se hacen acreedoras de estímulos de carácter grupal, como:

1. El “Escudo Dominicano”, otorgado a la sección o aula que logra el más alto promedio de comportamiento, según los criterios estipulados en la Ficha de Observación.

2. Ocupar el sitio preferencial en las reuniones que se desarrollan en el Patio de Honor de la I.E.P.

Artículo 23°. De las prohibiciones: En concordancia con el Ideario, Reglamento Interno y demás normas, la I.E.P. orienta el comportamiento de las estudiantes, a fin que cada una desarrolle su sentido de, libertad, responsabilidad, honestidad, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona.

Artículo 24°. Está prohibido para las estudiantes:

1. Comportamientos impropios dentro y fuera de la Institución como indicador del rechazo sistemático a la axiología de la I.E.P.

2. Llevar a la I.E.P. revistas, periódicos, publicaciones obscenas, así como dinero (fuera del presupuesto de un recreo o menú), alhajas, hacer uso de celulares, tablets, smarphones, ipads, iphones o cualquier otro artefacto de valor, los que serán retenidos y devueltos al padre de familia quien suscribirá un compromiso que prevenga la reincidencia. La reincidencia ocasionará que los mismos sean retenidos hasta fin de año, según el objeto prohibido.

3. Manifestar expresiones políticas o dedicarse a ellas. Como hacer uso de vocabulario inapropiado o soez. Dentro y fuera de la I.E.P.

Page 10: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

10 Reglamento Interno

4. Expresar ideologías que atenten contra la Doctrina de la Iglesia o la ética expresada en la Constitución Política del Perú.

5. Falsificar la firma del padre, apoderado y docente, plagiar en las evaluaciones y trabajos.

6. Mostrarse desaseada y/o desordenada en su presentación personal. 7. Realiza tareas o actividades que no corresponden a la hora de clase. 8. Acepta compañía masculina (amigos, enamorados) con uniforme en el trayecto

del colegio a su casa u otro sitio. 9. Se detiene en tiendas y lugares públicos mientras lleva el uniforme de la

Institución en situaciones inapropiadas. 10. Salir del aula o de la I.E.P. durante las clases o el horario escolar sin autorización

correspondiente y permanecer en el aula en horas del recreo, ingresar a otras aulas o ambientes sin la autorización correspondiente, causando desorden con risas inoportunas y/o cosas que distraen a sus compañeras y a ella misma.

11. Promover ventas, rifas, colectas u otras actividades sin la debida autorización de la Dirección.

12. Participar sin permiso en reuniones o competencias de toda índole que alteren el normal desenvolvimiento de la I.E.P.; como también participar en juegos de envite.

13. Usar el nombre de la I.E.P., para fines que no son de su competencia. 14. Hacer inscripciones en las paredes, puertas, mobiliario y pisos de la I.E.P.;

asimismo en los cuadernos, libros y otros materiales. 15. Traer y/o consumir bebidas alcohólicas en la I.E.P. o asistir a clases con síntomas

de ebriedad. 16. Otras faltas no indicadas que a juicio de los directivos o docentes ameriten la

aplicación de una medida correctiva o disciplinaria. Artículo 25°. Se consideran faltas graves:

1. Los actos que, por su gravedad, contravengan la práctica permanente de las virtudes fundamentales en los que se basa el servicio educativo.

2. Cualquier acto u omisión que contravenga en el Reglamento Interno o las disposiciones de las autoridades de la I.E.P. que, por su forma, naturaleza o consecuencias, pueda causar daño o perjudique el normal desarrollo de las actividades educativas, que atente contra la moral, las buenas costumbres, la integridad física, psicológica, moral y emocional del Personal de la I.E.P., estudiantes y padres de familia o que perjudique la imagen institucional.

Artículo 26°. De las medidas reparadoras a las estudiantes. Determina las medidas correctivas

para las estudiantes que infringen las normas que establece el Reglamento Interno. Estas medidas están orientadas a recuperar el nivel académico y comportamiento ejemplar de la estudiante y salvaguardar el derecho educativo de la familia de la I.E.P.

Artículo 27°. Las Medidas reparadoras se sustentan en los siguientes conceptos:

1. El reconocimiento del respeto a la libertad humana. 2. El espíritu de justicia. 3. La comprensión de los problemas propios de la edad de las estudiantes. 4. La formación del criterio de conciencia, de discernir entre el bien y el mal y de

asumir los efectos que produce la conducta de la estudiante.

Page 11: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

11 Reglamento Interno

Artículo 28°. Las medidas reparadoras se aplican a través de acciones preventivas y educativas: 1. Llamada de atención verbal a la persona que cometió la falta. 2. Amonestación escrita y citación del padre de familia o apoderado por el Tutor (a). 3. Suspensión temporal. 4. Otras que el Comité de Convivencia Escolar vea por conveniente. 5. Matrícula condicional. 6. Traslado obligatorio a otra Institución Educativa.

CAPÍTULO III. DE LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR SIN VIOLENCIA Artículo 29°. Nuestra I.E.P. promueve la comunicación y el diálogo cordial entre pares, facilitando

espacios para este ejercicio como jornadas, convivencias y otros. Artículo 30°. De ninguna manera se permite el abuso: psicológico, moral, físico o verbal. Entre

estudiantes, de lo contrario se les aplica las medidas correctivas y se les brinda acompañamiento psicológico y espiritual de manera oportuna.

Artículo 31°. Se promoverán actividades formativas: charlas, talleres y otros a fin de que la

estudiante logre una comunicación positiva, sincera y efectiva. Artículo 32°. Nuestra I.E.P. promueve un ambiente de armonía y paz en cada uno de sus

estamentos. Artículo 33°. Los padres de familia constituyen un pilar fundamental en la prevención de alguna

forma de acoso escolar, para ello informan de cualquier hecho anómalo a los organismos correspondientes para que juntos, hallen la mejor solución.

Artículo 34°. Se buscará promover un clima de armonía entre padres de familia y personal imeldino

a través de su participación en las actividades que la I.E.P. les brinde. Artículo 35°. Actuar en forma preventiva ante situaciones conflictivas que pueden desencadenar

o generar violencia a través de un plan de acción que todos los miembros de la comunidad educativa deben conocer.

Artículo 36°. De la calificación de la conducta. Son responsables de la calificación de la conducta

la Coordinadora de Psicopedagogía y los Tutores del Nivel. Artículo 37°. La calificación será bimestral y se regirá conforme a las normas establecidas: “La

escala de calificación del comportamiento en EBR es literal y descriptiva” (D.S.004-2015). La evaluación de comportamiento de las estudiantes en los niveles inicial y primaria estará a cargo de la Tutora de sección. Para la calificación de comportamiento se tomará en cuenta el Récord de Estímulos y Faltas de las estudiantes.

Page 12: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

12 Reglamento Interno

TÍTULO IV DEL PROCESO DE ADMISIÓN, DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN,

REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

CAPÍTULO I. ADMISIÓN Artículo 38°. Nuestra Institución Educativa, es una entidad de gestión privada, los padres de familia

o apoderados que soliciten el ingreso /reingreso de sus menores hijas a cualquier grado de estudios deben cumplir con el presente Reglamento Interno y las disposiciones emanadas de la I.E.P. y especialmente a observar la axiología, los fines y objetivos, la propuesta pedagógica, el nivel académico y el comportamiento que exige la institución.

CAPÍTULO II. MATRÍCULA, TRASLADOS Y RATIFICACIÓN Artículo 39°. De la matrícula. Es el procedimiento administrativo por el cual las postulantes o

estudiantes regulares adquieren o continúan en la condición de estudiantes de la institución y por tanto les genera los derechos, obligaciones y prohibiciones establecidas en el Reglamento Interno de la Institución.

Artículo 40°. Son requisitos para la matrícula.

1. Ficha Única con Código de Matrícula de la estudiante. 2. Partida de Nacimiento. 3. Partida de Bautismo. 4. Información académica del grado inmediato anterior. 5. Certificado de Estudios según el caso. 6. No adeudar obligaciones económicas de pensiones del año anterior. 7. Suscribir el Contrato de Prestación de Servicio Educativo. 8. Recibo por derecho de matrícula.

Artículo 41°. La continuidad de la prestación requiere obligatoriamente la renovación del

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el que consten las nuevas condiciones y características del servicio educativo para el nuevo año escolar. No existe la renovación automática del CONTRATO, las estudiantes cuyos padres de familia no cumplan con este requisito no serán consideradas como estudiantes en el año lectivo.

Artículo 42°. Se pierde el derecho de matrícula por:

1. Incumplimiento de buena conducta. 2. Traslado de matrícula. 3. No ratificar oportunamente la matrícula. 4. Por deficiencia académica. 5. Por incumplimiento de la Matrícula con Compromiso especial, en el caso de bajo

rendimiento académico o mal comportamiento. 6. No suscribir el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en su

oportunidad.

Artículo 43°. Los padres de familia matricularán o ratificarán la matrícula de sus hijas dentro del cronograma establecido por la Dirección de la I.E.P., obligatoriamente y bajo

Page 13: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

13 Reglamento Interno

responsabilidad. De no observar el cronograma señalado se dará por NO RENOVADO EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS sin opción a reclamos.

No habrá renovación de contrato si: 1. El padre de familia ha observado morosidad en el pago de pensiones, ha

refinanciado el pago de las mismas o mantiene deudas del año anterior al momento de la matrícula.

2. El padre de familia ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa o de sus autoridades.

3. Las estudiantes han observado bajo rendimiento académico o mal comportamiento durante el año escolar anterior.

Artículo 44°. Es competencia de la Dirección aprobar la nómina de matrícula y señalar el número de vacantes por sección de acuerdo con la política educativa de la I.E.P.

Artículo 45°. El número de vacantes para cada grado o sección lo dispone la Dirección de la I.E.P.

Cada sección cuenta con un promedio de 33 estudiantes. Artículo 46°. Considerar el cronograma de pagos desde la matrícula, así como los pagos por

pensión de enseñanza. Artículo 47°. El ingreso de las estudiantes nuevas se efectúa mediante el proceso de admisión que

para el efecto realice la I.E.P., no admite el ingreso de estudiantes repitentes. CAPÍTULO III. PROMOCIÓN Y REPITENCIA Artículo 48°. Nivel Académico Óptimo. Los padres de familia, son conscientes que la educación y

formación de las estudiantes constituye la principal inversión familiar para su futuro, por ello asumen con la misma responsabilidad las obligaciones que sostienen con el Colegio y coadyuvan al logro del NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO de sus hijas.

Artículo 49°. En ese contexto, es preocupación permanente de la I.E.P. elevar su Nivel Académico,

lo que se concreta en la exigencia constante en el rendimiento de sus estudiantes, quienes, para poder garantizar el logro de los aprendizajes, deben alcanzar el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO obteniendo como mínimo un promedio ponderado de 12 en el nivel secundaria.

Artículo 50°. El promedio ponderado está dado por la suma total de los promedios finales dividido

entre el número de áreas curriculares que comprende el Plan de Estudios de Secundaria.

Artículo 51°. Se considera bajo rendimiento escolar, no alcanzar el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO por

haber obtenido un promedio ponderado inferior a 12 del total de las áreas que comprenden el Plan de Estudios de Secundaria.

CAPÍTULO IV. EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN Artículo 52°. El Sistema de evaluación de la I.E.P. considera las características de cada nivel

educativo: Inicial, Primaria y Secundaria. En todo caso es integral, permanente y flexible:

Integral, porque abarca todos los niveles de aprendizaje.

Page 14: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

14 Reglamento Interno

Permanente, por su carácter formativo, orientador.

Flexible, porque se aplica adecuándolo a las características, necesidades e intereses de las estudiantes.

Artículo 53°. La Institución Educativa, considera los siguientes tipos o etapas de evaluación.

Diagnóstica: Para verificar si las estudiantes tienen los saberes previos para nuevos aprendizajes. El logro de capacidades y los niveles de aprendizaje ya logrados de los previstos en las programaciones curriculares. De proceso: evaluación permanente, formativa y orientadora; que el docente lo considera como medio para verificar los logros inmediatos y ofrecer el reforzamiento pertinente y oportuno. De Salida o Final: para verificar los logros de aprendizaje previsto en la Programación Anual.

Artículo 54°. En el periodo de planificación inicial, la I.E.P. establece el diseño de evaluación, especificando indicadores, procedimientos e instrumentos evaluativos.

Artículo 55°. La Dirección de la I.E.P., en conformidad a la normatividad vigente, está autorizada a

decretar: 1. Convalidación, revalidación o subsanación de estudios realizados en el extranjero,

siempre que quienes lo soliciten estudien en I.E.P. 2. Postergación de evaluaciones bimestrales en los casos de cambio de domicilio o

por viajes en delegaciones oficiales. 3. Nuevas pruebas de evaluación, siempre que en la prueba anterior hayan

desaprobado más del 40%. Estas pruebas se decretan en todo caso con la opinión favorable de los docentes del Área.

Artículo 56°. Las estudiantes deben cumplir u observar las siguientes disposiciones sobre evaluación: 1. Estar preparadas permanentemente con fines de evaluación, sin necesidad de

aviso y para cumplir con el principio de aprender para la vida, no para el examen. 2. Las estudiantes recibirán con una semana de anticipación el rol de evaluaciones

por cada bimestre. 3. Las evaluaciones escritas serán revisadas, luego firmadas por la estudiante y

archivadas en el folder de la estudiante. Es responsabilidad de cada docente entregar las evaluaciones debidamente revisadas a las estudiantes para ser llevadas a casa.

4. Las estudiantes podrán ser evaluadas con pruebas escritas u orales en un máximo de dos áreas por día, dosificándose las tareas y/o trabajos pendientes para esos días.

5. En el tiempo de evaluaciones escritas finales los docentes están prohibidos de dejar tareas y/o algún otro tipo de trabajo a las estudiantes para que sea realizado en casa.

6. Es responsabilidad de los docentes, el dosificar las tareas y/o trabajos de extensión de las estudiantes durante el desarrollo de la unidad de aprendizaje.

Artículo 57°. Para los casos de recuperación pedagógica, la Subdirección determinará el

cronograma. En todo caso, las pruebas de recuperación deben exigir los aspectos más significativos de los aprendizajes. La Dirección autorizará con una carta de permiso oficial, a las estudiantes asistir al periodo de recuperación organizados por otras I.E.

Page 15: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

15 Reglamento Interno

Artículo 58°. La evaluación de los aprendizajes se realiza en los tres niveles dentro del marco de la Ley General de Educación, Ley de Colegios Privados, RV N°025-2019 - MINEDU y Directivas Anuales del Ministerio de Educación.

Artículo 59°. Al finalizar cada bimestre, en Primaria y Secundaria, se aplican evaluaciones

bimestrales de acuerdo a lo establecido. Artículo 60°. En Inicial, Primaria y Secundaria, al finalizar cada bimestre, se obtiene la nota

bimestral y se aplican las normas oficiales específicas de evaluación de cada nivel. Artículo 61°. La participación de las estudiantes que representan a la I.E.P. en el aspecto

académico, deportivo, artístico y cívico es evaluada en las áreas correspondientes. Artículo 62°. Las estudiantes permanentemente están informadas sobre el proceso de evaluación.

Es obligación del docente, comunicar los resultados del proceso evaluativo y su desarrollo de manera oportuna para conocimiento de los Padres de Familia.

Artículo 63°. El Registro Auxiliar de Evaluación es un documento oficial, de responsabilidad del

docente, cuyo manejo se hace de acuerdo a las orientaciones de la Subdirección. Artículo 64°. La Dirección de la I.E.P., exonera el trabajo físico del área de Educación física de

acuerdo a los dispositivos legales vigentes y previa solicitud de los padres y/o apoderados, refrendado por Resolución Directoral.

Artículo 65°. La Dirección de la I.E.P. convalida mediante Resolución Directoral los estudios

realizados en el extranjero de acuerdo a lo establecido legalmente. Artículo 66°. Los reclamos sobre evaluaciones debidamente fundamentados, se presentan por

escrito a la Dirección de la I.E.P., dentro de los 05 días hábiles luego de entregadas las pruebas de proceso, bimestrales y reportes de notas.

Artículo 67°. Evaluación de Aprendizajes de Educación Inicial.

1. La escala de calificación del Nivel de Educación Inicial EBR es literal y descriptiva, de acuerdo a la escala: Logro Destacado (AD), Logro Previsto (A), En Proceso (B) y En Inicio (C).

2. El calificativo de periodo en cada área se obtiene analizando la tendencia progresiva del estudiante hacia el logro de los aprendizajes previstos.

3. El calificativo anual del área, considerando que la evaluación es un proceso, es el mismo que obtuvo el estudiante en dicha área en el último bimestre.

4. En la lengua materna se evaluará el desarrollo de la oralidad, comprensión de textos lingüísticos y la producción de textos de acuerdo a su nivel, así como la expresión de otros lenguajes. En Inglés se evalúa la expresión y comprensión oral y escrita.

5. Todas las estudiantes son promovidas, salvo solicitud expresa del padre de familia, para que su hija, siga en el Nivel por razones de no haber logrado los aprendizajes.

Artículo 68°. Evaluación de los aprendizajes en Educación Primaria.

1. La escala de calificación del Nivel de Educación Inicial EBR es literal y descriptiva, de acuerdo a la escala: Logro Destacado (AD), Logro Previsto (A), En Proceso (B) y En Inicio (C).

Page 16: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

16 Reglamento Interno

2. Condiciones para determinar la promoción, recuperación pedagógica y permanencia en la EBR.

Cic

lo

Gra

do

La promoción al grado superior procede cuando la

estudiante obtiene:

En el programa de recuperación pedagógica

deben participar las estudiantes que:

Permanece en el grado la estudiante que:

Al finalizar el período lectivo

obtiene:

Al término del Programa de Recuperación

Pedagógica de las vacaciones de fin

de año o evaluación de recuperación:

III 1° Automática. No aplica. No aplica. No aplica.

2° “A” en las competencias de Comunicación, Matemática y “B” en todas las demás áreas o talleres.

Obtiene “B” o “C” en Matemática o Comunicación. Obtiene “C” en otras áreas o talleres.

“C” en las dos áreas: Matemática y Comunicación.

No alcanzó las condiciones mínimas exigidas para la promoción después de finalizada la recuperación pedagógica.

IV

V

5° “A” en las competencias de Comunicación, Matemática, Ciencia y Tecnología y Personal Social y “B” en todas las demás áreas o talleres.

Obtiene “B” o “C” en Matemática, Personal Social, Ciencia y Tecnología y Comunicación. Obtiene “C” en otras áreas o talleres.

Artículo 69°. Evaluación de los aprendizajes en Educación Secundaria. Para el caso de Primero de Secundaria.

1. La escala de calificación del Nivel de Educación Inicial EBR es literal y descriptiva, de acuerdo a la escala: Logro Destacado (AD), Logro Previsto (A), En Proceso (B) y En Inicio (C).

2. Condiciones para determinar la promoción, recuperación pedagógica y permanencia en la EBR.

Cic

lo

Gra

do

La promoción al grado superior procede cuando la

estudiante obtiene:

En el programa de recuperación pedagógica

deben participar las estudiantes que:

Permanece en el grado la estudiante que:

Al finalizar el período lectivo

obtiene:

Al término del Programa de Recuperación

Pedagógica de las vacaciones de fin

de año o evaluación de recuperación:

VI 1°

Al término del año lectivo, el calificativo “B” (En proceso) como mínimo en todas las áreas o talleres, incluida el área o taller pendiente de recuperación, si lo hubiera. Al término del programa o evaluación de recuperación, como mínimo el calificativo “B” (En proceso) en todas las áreas o talleres o “C” en solo un (01) área o taller.

Obtienen el calificativo “C” (En Inicio) hasta en 3 áreas o talleres, incluyendo el área o taller pendiente de recuperación.

El calificativo “C” (En Inicio) en cuatro o más áreas o talleres, incluyendo el área o taller pendiente de recuperación.

Persiste con el calificativo “C” (En Inicio) en dos o tres áreas o talleres.

Page 17: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

17 Reglamento Interno

Para el caso de Segundo a Quinto de Secundaria.

1. De la escala de calificación: En Educación Secundaria de la EBR la escala de calificación es vigesimal considerándose a la nota 11 como mínima aprobatoria.

2. De los resultados: Al finalizar cada período, las estudiantes tendrán un calificativo por cada criterio de evaluación. Éste se obtendrá promediando los calificativos que las estudiantes hayan obtenido en dicho criterio durante el período de estudios (bimestre). En cada período también se obtendrá un calificativo de área que resultará al promediar los calificativos de los criterios de área. El calificativo anual del área o taller se obtendrá al término del año escolar, promediando en forma simple los promedios obtenidos en cada período de estudios (bimestre).

3. De la promoción al grado superior: 3.1. Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

3.2. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área o taller curricular.

4. De la repitencia: 4.1. Cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas

curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

4.2. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares.

5. De la recuperación pedagógica: Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación de Recuperación las estudiantes que desaprobaron una, dos o tres áreas o talleres curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación.

6. De los méritos: La determinación del orden de méritos, al finalizar los 5 años del nivel de Educación Secundaria, se realizará considerando los calificativos anuales de los 5 años de todas las áreas y Talleres del Plan de Estudios, de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 1225-85-ED.

Artículo 70°. De la promoción y viaje de estudios. La promoción de la I.E.P. estará integrada única

y exclusivamente por las estudiantes matriculadas en Quinto grado de Secundaria. Artículo 71°. La representación de los Padres de Familia de la Promoción es el Comité formado

para este fin, quienes estarán asesorados por su Tutora. Considerando las siguientes indicaciones: 1. El Comité de Promoción deberá elaborar un Plan de Trabajo donde se indicarán

las actividades programadas para el presente año, el que será presentado a más tardar la última semana del mes de abril, para ser evaluado y aprobado por la Dirección de la institución.

2. Todas las acciones programadas en el Plan de Trabajo observarán rigurosamente las disposiciones establecidas y contenidas en el presente Reglamento Interno y las que señalen las autoridades de la I.E.P.

3. El viaje de estudios constituye una actividad Extra Curricular es íntegramente costeado por los Padres de Familia y asesorados por la Tutora de la sección.

4. La Tutora y el Comité de Promoción presentarán en forma oportuna la documentación necesaria de acuerdo a las leyes vigentes.

Page 18: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

18 Reglamento Interno

5. Sólo podrán participar del Viaje de Estudios, las estudiantes que observen rendimiento académico satisfactorio y buena conducta y cuyos Padres de Familia se encuentran al día en el pago de sus pensiones.

6. Se autoriza el viaje de estudios con la participación del 50% más una estudiante por sección y deberán realizarlo en semana de vacaciones, para evitar pérdida de clases. Asimismo, serán acompañadas exclusivamente por las Tutoras.

Artículo 72°. Requisitos para el viaje de promoción.

1. Plan de Viaje de las estudiantes en donde se precisará el lugar de salida y destino, relación de estudiantes participantes, fecha y hora de salida, así como de retorno.

2. Declaración jurada de los padres o apoderados otorgando el permiso correspondiente para cada estudiante participante.

3. Relación de Tutores y/o docentes que acompañan a las estudiantes. 4. Declaración Jurada Notarial de ambos padres otorgando el permiso. 5. Copia de las estudiantes, la póliza de seguro de vida y de accidentes de los

pasajeros. 6. Constancia de la reserva confirmada de transporte terrestre, ferroviario y aéreo. 7. Constancia oficial que acredite que la unidad que transportará a las estudiantes,

cuenta con la certificación de operatividad que garantice encontrarse en condiciones técnicas óptimas de cumplir con la ruta de la visita.

Artículo 73°. El viaje de estudios. Constituye una actividad Extra Curricular con fines y objetivos

educativos en la que intervienen las estudiantes de las diferentes secciones del año académico en curso, es programado en el Plan Anual de Trabajo de la I.E.P., íntegramente costeado por los Padres de Familia, asesorados por la Subdirección y Tutores del grado.

Artículo 74°. Requisitos para el viaje de estudios.

1. Presentar el proyecto con un mes de anticipación al inicio de viaje y conforme a lo programado en el Plan de trabajo presentado y aprobado al inicio del año escolar, indicando la competencia curricular que se desarrolla.

2. Se autoriza el viaje de estudios si se cuenta con la participación del 50% más una estudiante por sección y deberán realizarlos en fines de semana o semana de vacaciones, para evitar pérdida de clases.

3. Presentar el Presupuesto debidamente sustentado que incluya el Plan de Viaje, se adjuntará al expediente:

4. Nómina de Participantes. 5. Contrato con la Agencia de Viajes. 6. Planificación de las actividades educativas y recreativas, así como el producto

educativo obtenido durante y después del viaje. 7. Autorizaciones de los Padres de Familia de las estudiantes participantes. 8. Las Tutoras elaboran el Plan de Trabajo de Viaje de Estudio, la Guía de Visita

Interdisciplinaria y publican en una Infografía los logros obtenidos.

Page 19: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

19 Reglamento Interno

TÍTULO V DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 75°. Los deberes de los Padres de Familia.

1. Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de las estudiantes.

2. Estar informados sobre el rendimiento académico y conductual de sus hijas. 3. Apoyar la labor educativa de los docentes. 4. Participar en las actividades educativas programadas por la Dirección. 5. Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa, así como el prestigio y

buena imagen institucional. 6. Acatar las medidas disciplinarias y correctivas establecidas en el presente

Reglamento y cumplir los acuerdos del Comité de Aula. 7. Matricular a sus hijas dentro del cronograma establecido por la I.E.P. 8. Cumplir oportunamente con el pago de las pensiones de enseñanza establecidas

en el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS. 9. Cumplir con todas las condiciones y obligaciones establecidas en el CONTRATO

DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS. 10. Cumplir con los acuerdos del Comité de Aula así como con las obligaciones

previstas en el Reglamento de la Institución. 11. Desempeñar con eficiencia y probidad los cargos y comisiones para los que

fueron designados. 12. Denunciar ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de los

comités de aula que incurran en irregularidades. 13. Colaborar con las actividades que realice la institución educativa en función del

Proyecto Educativo Institucional y velar por el buen funcionamiento y prestigio de la Institución Educativa.

14. Velar por que la Institución Educativa brinde las facilidades indispensables que requieren las estudiantes con necesidades especiales.

15. Velar por la probidad y transparencia de la gestión institucional. 16. Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los

estudiantes.

Artículo 76°. Los derechos de los Padres de Familia. 1. Elegir la Institución Educativa y participar en el proceso educativo de su hija. 2. Recibir información sobre los niveles de aprendizaje y conducta de su hija. 3. Participar con voz y voto en las reuniones, actividades, proyectos y acciones que

realiza el Comité de Padres de Familia. 4. Solicitar y recibir información sobre la gestión y el movimiento económico del

Comité de Aula. 5. Denunciar ante los órganos competentes, los casos de maltrato, abuso,

discriminación, negligencia u otras conductas irregulares que se susciten en la Institución Educativa con respecto a las estudiantes.

6. Ser atendido en la Institución Educativa por las autoridades, personal administrativo y docente, en horarios de atención al público, sin afectar el normal desarrollo de las actividades académicas.

7. Colaborar en la Institución Educativa en la planificación y desarrollo de campañas de información, capacitación y prevención en defensa de los derechos del niño y del adolescente.

8. Otros que establezcan la Institución Educativa.

Page 20: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

20 Reglamento Interno

Artículo 77°. De las prohibiciones a los Padres de Familia. Los padres de familia deben abstenerse de: 1. Abordar a los profesores durante las horas de clase. 2. Dejar en la recepción encargos de cualquier naturaleza o materiales educativos

para ser entregados a las estudiantes o profesores. 3. Enviar comunicados a las estudiantes y PPFF sin autorización de la Dirección. 4. Celebrar el cumpleaños de su hija, sin previa autorización de la Dirección. 5. Llamar la atención a estudiantes dentro o fuera de la Institución, tratando de

solucionar problemas entre las estudiantes. 6. Aplicar castigos físicos o psicológicos a sus hijas; quedando la posibilidad de

comunicar el hecho a las autoridades pertinentes.

Artículo 78°. De los Comités de Aula. El Comité de Aula es el órgano de participación a nivel de aula según sea el caso, mediante el cual los Padres de Familia, tutores y curadores, colaboran en el proceso educativo de sus hijas. Está constituido por la reunión de los Padres de Familia, tutores y curadores de la sesión, grado de estudio, bajo la asesoría de la Tutora del aula y está representado por: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Delegados: Pastoral y Deportes.

Artículo 79°. Las funciones de los Comités de Aula.

1. Apoyar a solicitud de la Tutora de aula las actividades que beneficien a las estudiantes.

2. Participar a solicitud de la Tutora de aula, en las actividades culturales, deportivas, recreativas, sociales y las que contribuyan a la formación integral de las estudiantes.

3. Colaborar a solicitud de la Directora de la Institución Educativa en actividades educativas y acciones de promoción educativa comunal.

4. Promover la adecuada comunicación y relaciones interpersonales entre los Padres de Familia del aula, la Tutora y demás miembros de la comunidad educativa.

5. Elaborar y presentar el informe de las actividades desarrolladas durante el año escolar, a la Tutora y Dirección de la Institución.

6. El delegado de Pastoral, forma parte de la Pastoral de Familia, asistiendo periódicamente a sus reuniones.

7. La Dirección de la Institución Educativa programará la elección de los representantes de los Comités de Aula, la misma que se realiza por acuerdo de la mayoría de los padres, tutores y curadores asistentes.

8. La Tutora de aula informa a la Dirección de la Institución Educativa, los resultados de la elección de los representantes del Comité de Aula.

9. El comité de aula elabora un plan de trabajo que es formulado, aprobado y ejecutado con el asesoramiento de la Tutora de aula. Dicho plan será conocido por la Dirección de la Institución Educativa.

Artículo 80°. De la ayuda económica. Estos beneficios son otorgados a los Padres de Familia, quienes lo solicitan a la Dirección para su evaluación y cuyas hijas concurren con las condiciones establecidas en el presente Reglamento. Este beneficio se sustenta en las virtudes de solidaridad y compasión que nuestra institución considera según el carisma propio de la fundadora Eduviges Portalet de la Congregación de las Hermanas Dominicas de la Inmaculada Concepción que regulan esta institución. La duración de la ayuda económica es de marzo a diciembre del año escolar presente, pudiendo

Page 21: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

21 Reglamento Interno

renovarlo según las condiciones para las ayudas económicas. El beneficio se otorgará en el Nivel inicial, Primaria y de Secundaria.

Artículo 81°. De las condiciones para obtener ayuda económica. Sólo serán acreedores de ayuda

económica, los Padres de Familia cuyas estudiantes reúnan una de las siguientes características: 1. Estudiante que obtenga el buen aprovechamiento y conducta y con escasos

recursos económicos. 2. Estudiante sobresaliente en rendimiento académico y conducta, con incapacidad

económica de la familia. 3. Estudiante en estado de orfandad de alguno de los padres o fallecimiento de la

tutora encargado (a) de solventar su educación. 4. Estudiante con una permanencia en la institución, mínimo de 3 años. 5. Tener dos o más hijas en la institución. 6. Ser familiar directo de alguna de las Hermanas de la Congregación. 7. Otras que considere la Dirección.

Artículo 82°. De los requisitos. Son requisitos para solicitar una ayuda económica:

1. Llenar solicitud para el beneficio. 2. Constancia de ingresos de trabajadores dependiente o independiente de los

padres o apoderado. Constancia de vivienda alquilada acreditada con recibo de SUNAT.

3. Documento sustentado por falta de liquidez. 4. Informe académico de la estudiante. 5. Partida de defunción en caso de fallecimiento de padres o apoderado (a) de la

estudiante. 6. Recibo por derecho de trámite. 7. No adeudar pensiones de enseñanza de año o años anteriores. 8. Suscribir el compromiso complementario al Contrato de Prestación de Servicios

Educativos. Artículo 83°. De las causales para la cancelación de la ayuda económica. Se cancela la ayuda

económica si: 1. La hija del padre de familia beneficiado observa bajo rendimiento académico o

mal comportamiento. 2. No obstante haberse otorgado la ayuda económica, el padre de familia no cumple

puntualmente dentro del cronograma, en dos meses consecutivos o tres no consecutivos con el pago de la pensión que se le ha señalado.

3. El padre de familia no ha acatado las medidas correctivas o disciplinarias dispuestas por la I.E.P. a su menor hija.

4. El padre de familia ha observado irresponsabilidad, poca participación y colaboración con la institución.

5. El padre de familia ha brindado información falsa y/o con documentos adulterados; debiendo reembolsar los montos otorgados como ayuda.

Artículo 84°. De la Pastoral de Familia. La conforman Padres de Familia y padres de ex alumnas de

nuestra institución, padres que se consagraron en años anteriores y los miembros de Pastoral de cada Comité de Aula y están dirigidos por la Coordinadora de Pastoral. Sus funciones son: 1. Reunirse periódicamente para organizar las actividades pastorales

encomendadas.

Page 22: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

22 Reglamento Interno

2. Motivar y participar de la adoración al Santísimo cada primer jueves del mes. 3. Representar a los Padres de Familia ante los eventos religiosos y pastorales a que

sean invitados. Realizar estudios y capacitaciones que los ayude a ofrecer un mejor servicio pastoral.

4. Motivar y participar de la Misión en lugares apartados y de escasos recursos. 5. Organizar actividades espirituales que ayuden a los padres de familia a profundizar

su fe. 6. Prestar servicio cuando la I.E.P. se lo solicite.

TÍTULO VII DEL REGIMEN ECONÓMICO

CAPÍTULO I. PENSIONES DE ENSEÑANZA. Artículo 85°. La Institución Educativa es de gestión privada; por tanto, el financiamiento del

servicio educativo se sustenta en su propio presupuesto. Artículo 86°. Los ingresos que sustentan el financiamiento del servicio educativo son:

1. La cuota de ingreso, abonada por una sola vez y al ingreso de la estudiante. 2. El pago por concepto de matrícula o renovación de matrícula. 3. Las pensiones de enseñanza. 4. Las cuotas extraordinarias debidamente autorizadas por la autoridad educativa. 5. Las tasas educativas.

Artículo 87°. Durante el proceso de matrícula la Institución Educativa está obligada a brindar en

forma escrita, veraz, suficiente y apropiada la información sobre las condiciones económicas a que se ajustará la prestación del servicio educativo. Dicha información constará en un documento que será suscrito por el Padre de Familia y por la Directora de la Institución.

Artículo 88°. El contrato de prestación de servicios educativos. Constituye el único documento

que otorga y acredita la condición de estudiante de la Institución, es suscrito por la Dirección y por el Padre de Familia antes de la matrícula o de su ratificación y contiene las condiciones del servicio a los cuales se encuentran obligadas las partes que lo suscriben, su vigencia corresponde al año académico que cursará el estudiante y puede ser renovado previo acuerdo de las partes y de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento Interno.

Artículo 89°. No procede la RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

EDUCATIVOS y por tanto la RATIFICACIÓN DE LA MATRÍCULA DE LA ESTUDIANTE, sí: 1. Si existen deudas por pensiones de estudios pendientes del año escolar anterior. 2. Si el Padre de Familia ha observado morosidad en el cumplimiento del pago de

pensiones en el año anterior. 3. Si el Padre de Familia no ha observado las disposiciones emanadas por las

autoridades de la I.E.P. 4. Si el Padre de Familia ha mostrado una conducta indigna frente a la I.E.P. y/o

atentado contra el prestigio, el honor y buena reputación del personal que labora y estudia en ella.

5. Si el estudiante ha observado mala conducta, bajo rendimiento académico y repitencia de año.

Page 23: TITULO III. DE LAS ESTUDIANTES - Beata Imelda€¦ · Son estudiantes de la institución educativa, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en cualquiera

23 Reglamento Interno

Artículo 90°. El monto de las pensiones de estudios la fija la Dirección de la Institución, de conformidad con la legislación vigente. Excepcionalmente puede ser diferenciado conforme a lo establecido en el presente Reglamento.

Artículo 91°. La pensión de estudios es anual y se divide en 10 cuotas mensuales y se abonará

dentro del mes, conforme al cronograma que se establezca en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.

Artículo 92°. La matrícula se abona por una sola vez al año y es equivalente a una pensión de

estudios. Artículo 93°. El incumplimiento en el pago de las pensiones de estudios, genera moras e intereses,

gastos legales y notariales y hasta la Resolución del Contrato de Prestación de Servicios Educativos.

Artículo 94°. El pago de pensiones de estudios constituye una obligación del Padre de Familia, su

incumplimiento no impide que el estudiante continúe recibiendo el servicio educativo; sin embargo y de producirse atraso en el pago de esta obligación, la I.E.P. está facultado a retener el resultado de las evaluaciones, la información del rendimiento académico y/o certificaciones de los periodos no pagados.

CAPÍTULO II. DEL SEGURO DE SALUD Y ACCIDENTES. Artículo 95°. Seguro Escolar (opcional). Es necesario que las estudiantes estén afiliadas a un

seguro, si fuera el caso, de estar inscrita en un seguro particular, el Padre de Familia debe informar en la Ficha de Datos la cobertura de clínicas; presente una constancia del contrato reciente y un formato de atención en el momento de la Matrícula.

Artículo 96°. Se sugiere proteger a las estudiantes con un seguro contra accidentes, de manera

especial a aquellas que practican deporte; lo necesitan por la naturaleza de los ejercicios que realizan. Si la estudiante no está afiliada a ningún seguro, el Padre de Familia asumirá los gastos de atención médica frente a cualquier eventualidad.

TITULO VIII DISPOSICIONES FINALES

Artículo 97°. El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del día en que se emita

la Resolución Directoral que lo apruebe. La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente Reglamento Interno es atribución de la Directora de la I.E.P. en coordinación con la entidad promotora.

Chiclayo, noviembre de 2019.