TI 2 Norma Internacional de Auditoria 200 y 210 NIA 200 Y 210-1

Embed Size (px)

DESCRIPTION

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN NIA 200 Y 210, CON CASO PRÁCTICO

Citation preview

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Econmicas Escuela de Auditora Seminario de Casos de Auditora Licenciado Titular Carlos Roberto Mauricio Garca Licenciado Auxiliar Erwin Cano Saln 114 Edificio S-3

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210

    Grupo No. 10

    Carn Apellidos y Nombres

    9318573 Serrano, Enrique Adalberto

    199913535 Ixvalan Pacheco, Juan Gabriel

    200513548 Santos Garca, Edwin Ral

    200513908 Len Gmez, Ericka Nohem

    200612558 Garza Magaa, Rony Alfredo

    200612901 Surez Samayoa, Sucelly Beatriz

    200612916 Gregorio Lpez, Mayro Antonio

    200619962 Reyes Meja, Nery Cristian

    200711951 Noj Ramrez, Gladys Noem

    200811962 Bmaca Gonzlez, Freddy Abner

    200813305 Cux Tecn, Danilo Rafael

    200818051 Reyes, Angel Emanuel

    200914265 Gallo Escobar, Robinson Giovanni

    Fecha programada de entrega: 23 de Julio de 2015

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    2

    NDICE

    Tema Pg.

    Introduccin

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200

    OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIN DE LA AUDITORA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE

    AUDITORA

    Alcance de esta Na 4

    La auditora de estados financieros 4

    Objetivos globales del auditor 7

    Definiciones 7

    Requerimientos 11

    Realizacin de la auditora de conformidad con las NIA 12

    Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas 13

    Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora 16

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210

    ACUERDO DE LOS TRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORA (NIA-ES 210)

    Introduccin 18

    Objetivo 18

    Definiciones 19

    Requerimientos 19

    Limitacin al alcance de la auditora antes de la aceptacin del

    encargo de auditora 20

    Otros factores que afectan a la aceptacin de un encargo

    de auditora 20

    Acuerdo de los trminos del encargo de auditora 20

    Auditoras recurrentes 21

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    3

    Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo

    de auditora 21

    Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas 23

    CASO PRCTICO

    EJEMPLO DE CARTA DE ENCARGO DE AUDITORA 33

    Conclusiones 39

    Recomendaciones 40

    Bibliografa 41

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    4

    INTRODUCCION

    Las NIA, son las principales herramientas del Contador Pblico y Auditor, es la parte

    medular del conocimiento que adquiere el estudiante de auditoria, las NIAS

    consideradas en su conjunto, proporcionan las normas que rigen el trabajo del auditor

    para el cumplimiento de sus objetivos globales. Las NIA tratan de las

    responsabilidades generales del auditor, as como de las consideraciones adicionales

    relevantes para la aplicacin de dichas responsabilidades a temas especficos.

    Cuando decimos que trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor

    independiente nos referimos que debe seguir lineamientos de talla mundial.

    Asimismo explica el alcance, la aplicabilidad y la estructura de las NIA e incluye

    requerimientos que establecen las responsabilidades globales del auditor

    independiente aplicables en todas las auditoras, incluida la obligacin de cumplir las

    NIA. Encontraremos que en adelante, al auditor independiente se le denomina

    auditor.

    Comprende tambin una serie de conocimientos, conceptos y definiciones que nos

    ayudan a comprender de mejor manera nuestro trabajo, esto y mucho ms es lo que

    estudiaremos en cada uno de los prrafos de la presente NIA 200.

    En la Norma Internacional de Auditoria numero 210 trata de las responsabilidades

    que tiene el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin y,

    cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Tambin

    determinaremos ciertas condiciones previas a la auditoria, responsabilidad que recae

    sobre la direccin y/o gobierno de la entidad, Trataremos aspectos relacionados con

    la aceptacin del encargo de auditoria.

    Como auditor nuestro objetivo es aceptar o continuar con un encargo de auditora

    nicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditora se va a

    realizar.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    5

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200

    OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIN DE

    LA AUDITORA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE

    AUDITORA

    Alcance de esta NIA

    1. Trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor independiente

    cuando realiza una auditora de estados financieros de conformidad con las NIA.

    En particular,

    Establece los objetivos globales del auditor independiente y

    Explica la naturaleza y el alcance de una auditora diseada para permitir al auditor

    independiente alcanzar dichos objetivos.

    Asimismo explica el alcance, la aplicabilidad y la estructura de las NIA e incluye

    requerimientos que establecen las responsabilidades globales del auditor

    independiente aplicables en todas las auditoras, incluida la obligacin de cumplir

    las NIA. En adelante, al auditor independiente se le denomina auditor.

    La auditora de estados financieros

    3. El objetivo de una auditora es aumentar el grado de confianza de los usuarios en

    los estados financieros. Esto se logra mediante la expresin, por parte del auditor, de

    una opinin sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los

    aspectos materiales, de conformidad con un marco de informacin financiera

    aplicable. Se refiere a si los estados financieros expresan la imagen fiel o se

    presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco.

    4. Los estados financieros sometidos a auditora son los de la entidad, preparados por

    la direccin bajo la supervisin de los responsables del gobierno de la entidad. Las

    NIA no imponen responsabilidades a la direccin o a los responsables del gobierno

    de la entidad y no invalidan las disposiciones legales y reglamentarias que rigen sus

    responsabilidades. La auditora de los estados financieros no exime a la direccin o a

    los responsables del gobierno de la entidad de sus responsabilidades.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    6

    5. Como base para la opinin del auditor, las NIA requieren que el auditor obtenga

    una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto estn libres

    de incorreccin material, debida a fraude o error. Una seguridad razonable es un

    grado alto de seguridad. Se alcanza cuando el auditor ha obtenido evidencia de

    auditora suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditora (es decir, el riesgo

    de que el auditor exprese una opinin inadecuada cuando los estados financieros

    contengan incorrecciones materiales) a un nivel aceptablemente bajo. No obstante,

    una seguridad razonable no significa un grado absoluto de seguridad, debido a que

    existen limitaciones inherentes a la auditora

    6. El concepto de importancia relativa se aplica por el auditor tanto en la planificacin

    como en la ejecucin de la auditora, as como en la evaluacin del efecto de las

    incorrecciones identificadas sobre la auditora y, en su caso, de las incorrecciones no

    corregidas sobre los estados financieros. En general, las incorrecciones, incluidas las

    omisiones, se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada, puede

    preverse razonablemente que influyan en las decisiones econmicas que los usuarios

    toman basndose en los estados financieros. La opinin del auditor se refiere a los

    estados financieros en su conjunto y, en consecuencia, el auditor no tiene la

    responsabilidad de detectar las incorrecciones que no sean materiales considerando

    los estados financieros en su conjunto.

    7. Las NIA contienen objetivos, requerimientos y una gua de aplicacin y otras

    anotaciones explicativas que tienen como finalidad ayudar al auditor a alcanzar una

    seguridad razonable. Las NIA requieren que el auditor aplique su juicio profesional y

    mantenga un escepticismo profesional durante la planificacin y ejecucin de la

    auditora y, entre otras cosas:

    Identifique y valore los riesgos de incorreccin material, debida a fraude o

    error, basndose en el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control

    interno de la entidad.

    8. La forma en la que el auditor exprese su opinin depender del marco de

    informacin financiera y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    7

    9. Asimismo, el auditor puede tener otras responsabilidades de comunicacin e

    informacin con respecto a los usuarios, a la direccin, a los responsables del

    gobierno de la entidad, o a terceros ajenos a la entidad, en relacin con cuestiones

    que surjan de la auditora.

    Objetivos globales del auditor

    11. En la realizacin de la auditora de estados financieros, los objetivos globales del

    auditor son:

    (a) la obtencin de una seguridad razonable de que los estados financieros en su

    conjunto estn libres de incorreccin material, debida a fraude o error, que

    permita al auditor expresar una opinin sobre si los estados financieros estn

    preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco

    de informacin financiera aplicable; y

    (b) la emisin de un informe sobre los estados financieros, y el

    cumplimiento de los requerimientos de comunicacin contenidos en las NIA, a la luz

    de los hallazgos del auditor.

    12. En todos los casos en los que no pueda obtenerse una seguridad razonable y,

    dadas las circunstancias, una opinin con salvedades en el informe de auditora no

    sea suficiente para informar a los usuarios de los estados financieros, las NIA

    requieren que el auditor deniegue la opinin o que renuncie al encargo (o dimita), si

    las disposiciones legales o reglamentarias aplicables as lo permiten.

    Definiciones

    13. A efectos de las NIA, los siguientes trminos tienen los significados que figuran a

    continuacin:

    (a) Marco de informacin financiera aplicable: Adoptado por la direccin y,

    cuando proceda, por los responsables del gobierno de la entidad, para preparar los

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    8

    estados financieros, y que resulta aceptable considerando la naturaleza de la entidad

    y el objetivo de los estados financieros, o que se requiere por las disposiciones

    legales o reglamentarias.

    El trmino marco de imagen fiel se utiliza para referirse a un marco de informacin

    financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y adems:

    (i) reconoce de forma explcita o implcita que, para lograr la presentacin fiel

    de los estados financieros, puede ser necesario que la direccin revele informacin

    adicional a la requerida especficamente por el marco; o

    (ii) reconoce explcitamente que puede ser necesario que la direccin no

    cumpla alguno de los requerimientos del marco para lograr la presentacin fiel de los

    estados financieros

    El trmino marco de cumplimiento se utiliza para referirse a un marco de

    informacin financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin

    contemplar las posibilidades descritas en los apartados (i) o (ii) anteriores.

    (b) Evidencia de auditora: informacin utilizada por el auditor para alcanzar las

    conclusiones en las que basa su opinin. Para los propsitos de las NIA:

    (i) La suficiencia de la evidencia de auditora es la medida cuantitativa de sta.

    La cantidad de evidencia de auditora necesaria depende de la valoracin del auditor

    del riesgo de incorreccin material, as como de la calidad de dicha evidencia de

    auditora.

    (ii) La adecuacin de la evidencia de auditora es la medida cualitativa de sta,

    es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa

    la opinin del auditor.

    (c) Riesgo de auditora: riesgo de que el auditor exprese una opinin de auditora

    inadecuada cuando los estados financieros contienen incorrecciones materiales. El

    riesgo de auditora es una funcin del riesgo de incorreccin material y del riesgo de

    deteccin.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    9

    (d) Auditor: el trmino auditor se utiliza para referirse a la persona o personas que

    realizan la auditora, normalmente el socio del encargo u otros miembros del equipo

    del encargo o, en su caso, la firma de auditora. Cuando una NIA establece

    expresamente que un requerimiento ha de cumplirse o una responsabilidad ha de

    asumirse por el socio del encargo, se utiliza el trmino socio del encargo en lugar de

    auditor.

    (e) Riesgo de deteccin: riesgo de que los procedimientos aplicados por el auditor

    para reducir el riesgo de auditora a un nivel aceptablemente bajo no detecten la

    existencia de una incorreccin que podra ser material, considerada individualmente o

    de forma agregada con otras incorrecciones.

    (f) Estados financieros: presentacin estructurada de informacin financiera

    histrica, que incluye notas explicativas, cuya finalidad es la de informar sobre los

    recursos econmicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado

    o sobre los cambios registrados en ellos en un periodo de tiempo, de conformidad con

    un marco de informacin financiera aplicable.

    Las notas explicativas incluyen un resumen de las polticas contables significativas y

    otra informacin explicativa.

    El trmino estados financieros se refiere a un conjunto completo de estados

    financieros establecido por los requerimientos del marco de informacin financiera

    aplicable, pero tambin puede referirse a un solo estado financiero.

    (g) Informacin financiera histrica: informacin relativa a una entidad

    determinada, expresada en trminos financieros y obtenida principalmente del

    sistema contable de la entidad, acerca de hechos econmicos ocurridos en periodos

    de tiempo anteriores o de condiciones o circunstancias econmicas de fechas

    anteriores.

    (h) Direccin: persona o personas con responsabilidad ejecutiva para dirigir las

    operaciones de la entidad. Ejemplo, los miembros ejecutivos del consejo de

    administracin o un propietario-gerente.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    10

    (i) Incorreccin: diferencia entre la cantidad, clasificacin, presentacin o

    informacin revelada respecto de una partida incluida en los estados financieros y

    la cantidad, clasificacin, presentacin o revelacin de informacin requeridas

    respecto de dicha partida de conformidad con el marco de informacin financiera

    aplicable. Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes.

    (ii) Cuando el auditor manifiesta una opinin sobre si los estados financieros expresan

    la imagen fiel, o se presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, las

    incorrecciones incluyen tambin aquellos ajustes que, a juicio del auditor, es

    necesario realizar en las cantidades, las clasificaciones, la presentacin o expresen

    la imagen fiel.

    (j) Premisa, referida a las responsabilidades de la direccin y, cuando proceda, de los

    responsables del gobierno de la entidad, sobre la que se realiza la auditora: la

    direccin y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad reconocen y

    entienden que tienen las siguientes responsabilidades, fundamentales para realizar

    una auditora de conformidad con las NIA. Es decir, son responsables:

    (k) Juicio profesional: aplicacin de la formacin prctica, el conocimiento y la

    experiencia relevantes, en el contexto de las normas de auditora, contabilidad y tica,

    para la toma de decisiones informadas acerca del curso de accin adecuado en

    funcin de las circunstancias del encargo de auditora.

    (l) Escepticismo profesional: actitud que implica una mentalidad inquisitiva, una

    especial atencin a las circunstancias que puedan ser indicativas de posibles

    incorrecciones debidas a errores o fraudes, y una valoracin crtica de la evidencia de

    auditora.

    (m) Seguridad razonable: en el contexto de una auditora de estados financieros, un

    grado de seguridad alto, aunque no absoluto.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    11

    (n) Riesgo de incorreccin material: riesgo de que los estados financieros

    contengan incorrecciones materiales antes de la realizacin de la auditora. El riesgo

    comprende dos componentes, descritos del siguiente modo, en las afirmaciones:

    (i) Riesgo inherente: susceptibilidad de una afirmacin sobre un tipo de transaccin,

    saldo contable u otra revelacin de informacin a una incorreccin que pudiera ser

    material, ya sea individualmente o de forma agregada con otras incorrecciones, antes

    de tener en cuenta los posibles controles correspondientes.

    (ii) Riesgo de control: riesgo de que una incorreccin que pudiera existir en una

    afirmacin sobre un tipo de transaccin, saldo contable u otra revelacin de

    informacin, y que pudiera ser material, ya sea individualmente o de forma agregada

    con otras incorrecciones, no sea prevenida, o detectada y corregida oportunamente,

    por el sistema de control interno de la entidad.

    (o) Responsables del gobierno de la entidad: persona o personas u organizaciones

    (por ejemplo, una sociedad que acta como administrador fiduciario) con

    responsabilidad en la supervisin de la direccin estratgica de la entidad y con

    obligaciones relacionadas con la rendicin de cuentas de la entidad. Ello incluye la

    supervisin del proceso de informacin financiera. En algunas entidades pueden

    incluir miembros de la direccin, por ejemplo los miembros ejecutivos del consejo de

    administracin de una empresa del sector pblico o privado o un propietario-gerente.

    Requerimientos

    Requerimientos de tica relativos a la auditora de estados financieros

    14. El auditor cumplir los requerimientos de tica, incluidos los relativos a la

    independencia, aplicables a los encargos de auditora de estados financieros.

    Escepticismo profesional

    15. El auditor planificar y ejecutar la auditora con escepticismo profesional,

    reconociendo que pueden darse circunstancias que supongan que los estados

    financieros contengan incorrecciones materiales.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    12

    Juicio profesional

    16. El auditor aplicar su juicio profesional en la planificacin y ejecucin de la

    auditora de estados financieros.

    Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora

    17. Con el fin de alcanzar una seguridad razonable, el auditor obtendr evidencia de

    auditora suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditora a un nivel

    aceptablemente bajo y, en consecuencia, para permitirle alcanzar conclusiones

    razonables en las que basar su opinin.

    Realizacin de la auditora de conformidad con las NIA

    Cumplimiento de las NIA aplicables a la auditora

    18. El auditor cumplir todas las NIA aplicables a la auditora. Una NIA es aplicable a

    la auditora cuando la NIA est en vigor y concurren las circunstancias a las que se

    refiere la NIA.

    19. El auditor conocer el texto completo de la NIA, incluidas la gua de aplicacin y

    otras anotaciones explicativas, con el fin de comprender sus objetivos y aplicar sus

    requerimientos adecuadamente.

    20. El auditor no manifestar en el informe de auditora haber cumplido con los

    requerimientos de las NIA a no ser que haya cumplido con los requerimientos de la

    presente NIA y los de todas las dems NIA aplicables a la auditora.

    Objetivos establecidos en cada NIA

    21. Con el fin de alcanzar los objetivos globales del auditor, ste seguir los objetivos

    mencionados en cada NIA aplicable, al planificar y ejecutar la auditora, teniendo en

    cuenta las relaciones existentes entre las NIA, con la finalidad de:

    (a) determinar si es necesario algn procedimiento de auditora adicional a los

    exigidos por las NIA para alcanzar los objetivos establecidos en ellas; y

    (b) evaluar si se ha obtenido evidencia de auditora suficiente y adecuada.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    13

    Cumplimiento de los requerimientos aplicables

    22. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 23, el auditor cumplir cada uno de los

    requerimientos de las NIA salvo que en las circunstancias de la auditora:

    (a) no sea aplicable la totalidad de la NIA; o

    (b) el requerimiento no sea aplicable porque incluya una condicin y sta no concurra.

    23. En circunstancias excepcionales, el auditor puede considerar necesario no

    cumplir un requerimiento aplicable de una NIA.

    Objetivo no alcanzado

    24. En el caso de que un objetivo de una NIA aplicable no pueda alcanzarse, el

    auditor evaluar si ello le impide alcanzar sus objetivos globales y, en consecuencia,

    si requiere que el auditor, de conformidad con las NIA, exprese una opinin

    modificada o renuncie al encargo.

    Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas

    La auditora de estados financieros

    Alcance de la auditora

    A1. La opinin del auditor sobre los estados financieros se refiere a si los estados

    financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad

    con el marco de informacin financiera aplicable.

    Preparacin de los estados financieros

    A2. Las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer las

    responsabilidades de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del

    gobierno de la entidad en relacin con la informacin financiera.

    A3. La preparacin de los estados financieros por la direccin y, cuando proceda, por

    los responsables del gobierno de la entidad requiere:

    La identificacin del marco de informacin financiera aplicable, segn las

    disposiciones legales o reglamentarias aplicables.

    A7. Algunos marcos de informacin financiera son marcos de imagen fiel, mientras

    que otros son marcos de cumplimiento. Por ejemplo, las Normas Internacionales de

    Informacin Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de

    Contabilidad (International Accounting Standards Board (IASB)).

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    14

    A8. Los requerimientos del marco de informacin financiera aplicable tambin

    determinan lo que constituye un conjunto completo de estados financieros. Incluye,

    por lo general, un balance de situacin, un estado de resultados, un estado de

    cambios en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo y notas explicativas. En

    otros marcos de informacin financiera, un solo estado financiero y las notas

    explicativas puede constituir un conjunto completo de estados financieros.

    Otros ejemplos de un solo estado financiero, cada uno de los cuales incluir notas

    explicativas, son:

    Balance de situacin.

    Estado de resultados.

    Estado de beneficios retenidos.

    Estado de flujos de efectivo.

    Estado de activos y pasivos que no incluye el patrimonio neto.

    Estado de cambios en el patrimonio neto.

    Estado de ingresos y gastos.

    Cuenta de resultados de la explotacin por lneas de productos.

    A9. La NIA 210 establece requerimientos y proporciona orientaciones para determinar

    la aceptabilidad del marco de informacin financiera aplicable.

    Consideraciones especficas para auditoras del sector pblico

    A11. Forma de expresin de la opinin del auditor

    A12. La opinin expresada por el auditor se refiere a si los estados financieros se han

    preparado, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de

    informacin financiera aplicable.

    A13. Cuando el marco de informacin financiera sea un marco de imagen fiel, como

    ocurre normalmente en el caso de estados financieros con fines generales, las NIA

    requieren una opinin sobre si los estados financieros expresan la imagen fiel, o se

    presentan fielmente, en todos los aspectos materiales.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    15

    Requerimientos de tica relativos a la auditora de estados financieros

    A14. El auditor est sujeto a los requerimientos de tica aplicables relativos a los

    encargos de auditora de estados financieros, incluidos los relativos a la

    independencia.

    Escepticismo profesional

    A18. El escepticismo profesional implica una especial atencin, por ejemplo, a:

    La evidencia de auditora que contradiga otra evidencia de auditora obtenida.

    La informacin que cuestione la fiabilidad de los documentos y las respuestas a las

    indagaciones que vayan a utilizarse como evidencia de auditora.

    Las condiciones que puedan indicar un posible fraude.

    Las circunstancias que sugieran la necesidad de aplicar procedimientos de auditora

    adicionales a los requeridos por las NIA.

    A19. El mantenimiento del escepticismo profesional durante toda la auditora es

    necesario para que el auditor, por ejemplo, reduzca los riesgos de:

    Pasar por alto circunstancias inusuales.

    Generalizar en exceso al alcanzar conclusiones a partir de los hechos observados en

    la auditora.

    Utilizar hiptesis inadecuadas en la determinacin de la naturaleza, el momento de

    realizacin y la extensin de los procedimientos de auditora y en la evaluacin de sus

    resultados.

    A20. El escepticismo profesional es necesario para realizar una evaluacin crtica de

    la evidencia de auditora, lo que implica cuestionar la evidencia de auditora

    contradictoria y la fiabilidad de los documentos y las respuestas a indagaciones, as

    como de otra informacin obtenida de la direccin y de los responsables del gobierno

    de la entidad.

    A21. El auditor puede aceptar que los registros y documentos son autnticos, salvo

    que tenga motivos para creer lo contrario.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    16

    Juicio profesional

    A23. El juicio profesional es esencial para realizar una auditora adecuadamente. Esto

    se debe a que la interpretacin de los requerimientos de tica aplicables y de las NIA,

    as como las decisiones informadas que son necesarias durante toda la auditora no

    son posibles sin aplicar a los hechos y a las circunstancias el conocimiento y la

    experiencia relevantes.

    Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora

    Suficiencia y adecuacin de la evidencia de auditora

    A28. La evidencia de auditora es necesaria para fundamentar la opinin y el informe

    de auditora. Tiene naturaleza acumulativa y se obtiene principalmente de la

    aplicacin de procedimientos de auditora en el transcurso de la auditora.

    Riesgo de auditora

    A32. El riesgo de auditora es funcin del riesgo de incorreccin material y del riesgo

    de deteccin. La valoracin de los riesgos se basa en los procedimientos de auditora

    aplicados para obtener informacin necesaria con dicho propsito y en la evidencia

    obtenida durante toda la auditora. La valoracin de riesgos es una cuestin de juicio

    profesional, ms que una cuestin que pueda medirse con precisin.

    Riesgos de incorreccin material

    A34. Los riesgos de incorreccin material pueden estar relacionados con:

    Los estados financieros en su conjunto; y

    Las afirmaciones sobre determinados tipos de transacciones, saldos contables e

    informacin a revelar.

    Riesgo de deteccin

    A42. Para un determinado nivel de riesgo de auditora, el nivel aceptable de riesgo de

    deteccin es inversamente proporcional a los riesgos valorados de incorreccin

    material en las afirmaciones. Por ejemplo, cuanto mayor sea en opinin del auditor el

    riesgo de incorreccin material, menor ser el riesgo de deteccin aceptable y, en

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    17

    consecuencia, la evidencia de auditora requerida por el auditor deber ser ms

    convincente.

    La oportunidad de la informacin financiera y el equilibrio entre el coste y el

    beneficio

    A48. La dificultad, el tiempo o el coste que implique no son un fundamento vlido para

    que el auditor omita un procedimiento de auditora para el que no existan

    procedimientos alternativos, o para que se conforme con evidencia de auditora que

    no llegue a ser convincente. Una planificacin adecuada permite disponer de tiempo y

    recursos suficientes para la realizacin de la auditora. No obstante, la relevancia de

    la informacin, y, por lo tanto, su valor tiende a disminuir con el transcurso del tiempo,

    por lo que hay que alcanzar un equilibrio entre la fiabilidad de la informacin y su

    coste. Esto se reconoce en ciertos marcos de informacin financiera (vase, por

    ejemplo, el Marco para la preparacin y presentacin de estados financieros del

    IASB). En consecuencia, los usuarios de los estados financieros esperan que el

    auditor se forme una opinin sobre los estados financieros en un plazo de tiempo y

    con un coste razonables, reconociendo que no es factible tener en cuenta toda la

    informacin que pueda existir o tratar cada cuestin de manera exhaustiva bajo la

    hiptesis de que la informacin es errnea o fraudulenta, salvo que se pruebe lo

    contrario.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    18

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210

    ACUERDO DE LOS TRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORA

    (NIA-ES 210)

    La Norma Internacional de Auditora (NIA) 210, Acuerdo de los trminos del encargo

    de auditora, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, Objetivos globales

    del auditor independiente y realizacin de la auditora de conformidad con las Normas

    Internacionales de Auditora.

    Introduccin

    Alcance de esta NIA

    1. Esta Norma Internacional de Auditora (NIA) trata de las responsabilidades que

    tiene el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin y,

    cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Ello incluye

    determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditora cuya

    responsabilidad corresponde a la direccin y, cuando proceda, a los responsables del

    gobierno de la entidad. La NIA 220[1] trata de los aspectos relacionados con la

    aceptacin del encargo que se encuentran bajo control del auditor.

    Objetivo

    3. El objetivo del auditor es aceptar o continuar con un encargo de auditora

    nicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditora se va a

    realizar mediante:

    (a) la determinacin de si concurren las condiciones previas a una auditora; y

    (b) la confirmacin de que existe una comprensin comn por parte del auditor y de la

    direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca

    de los trminos del encargo de auditora.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    19

    Definiciones

    4. A efectos de las NIA, el siguiente trmino tiene el significado que figura a

    continuacin:

    Condiciones previas a la auditora: utilizacin por la direccin de un marco de

    informacin financiera aceptable para la preparacin de los estados financieros y

    conformidad de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de

    la entidad, con la premisa[2] sobre la que se realiza una auditora.

    5. A efectos de esta NIA, las referencias a la direccin debern interpretarse en lo

    sucesivo como referidas a la direccin y, cuando proceda, los responsables del

    gobierno de la entidad.

    Requerimientos

    Condiciones previas a la auditora

    6. Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditora, el auditor:

    (a) determinar si el marco de informacin financiera que se utilizar para la

    preparacin de los estados financieros es aceptable; y

    (b) obtendr la confirmacin de la direccin de que sta reconoce y comprende su

    responsabilidad en relacin con:

    (i) la preparacin de los estados financieros de conformidad con el marco de

    informacin financiera aplicable, as como, en su caso, su presentacin fiel;

    (ii) el control interno que la direccin considere necesario para permitir la preparacin

    de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o error; y

    (iii) la necesidad de proporcionar al auditor:

    a. acceso a toda la informacin de la que tenga conocimiento la direccin que sea

    relevante para la preparacin de los estados financieros, tal como registros,

    documentacin y otro material;

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    20

    b. informacin adicional que pueda solicitar el auditor a la direccin para los fines de

    la auditora; y

    c. acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere

    necesario obtener evidencia de auditora.

    Limitacin al alcance de la auditora antes de la aceptacin del encargo de

    auditora

    7. Si la direccin o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la

    propuesta de los trminos de un encargo de auditora la imposicin de una limitacin

    al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendr que

    denegar la opinin sobre los estados financieros, el auditor no aceptar dicho encargo

    con limitaciones como encargo de auditora, salvo que est obligado a ello por las

    disposiciones legales o reglamentarias.

    Otros factores que afectan a la aceptacin de un encargo de auditora

    8. Si no se dan las condiciones previas a la auditora, el auditor lo discutir con la

    direccin. Salvo que est obligado a ello por las disposiciones legales o

    reglamentarias, el auditor no aceptar el encargo de auditora propuesto:

    (a) si determina que no es aceptable el marco de informacin financiera que se

    utilizar para la preparacin de los estados financieros, salvo en los casos previstos

    en el apartado 19; o

    (b) si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el apartado 6(b).

    Acuerdo de los trminos del encargo de auditora

    9. El auditor acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin o con los

    responsables del gobierno de la entidad, segn corresponda. (Ref: Apartado A21)

    10. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 11, los trminos del encargo de

    auditora acordados se harn constar en una carta de encargo u otra forma adecuada

    de acuerdo escrito, e incluirn

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    21

    (a) el objetivo y el alcance de la auditora de los estados financieros;

    (b) las responsabilidades del auditor;

    (c) las responsabilidades de la direccin;

    (d) la identificacin del marco de informacin financiera aplicable para la preparacin

    de los estados financieros; y

    (e) una referencia a la estructura y contenido que se espera de cualquier informe

    emitido por el auditor y una declaracin de que pueden existir circunstancias en las

    que el contenido y la estructura del informe difieran de lo esperado.

    Auditoras recurrentes

    13. En las auditoras recurrentes, el auditor valorar si las circunstancias requieren la

    revisin de los trminos del encargo de auditora y si es necesario recordar a la

    entidad los trminos existentes del encargo de auditora.

    Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo de auditora

    14. El auditor no aceptar una modificacin de los trminos del encargo de auditora

    si no existe una justificacin razonable para ello.

    15. Si, antes de finalizar el encargo de auditora, se solicita al auditor que convierta el

    encargo de auditora en un encargo que ofrezca un menor grado de seguridad, el

    auditor determinar si existe una justificacin razonable para ello.

    16. Si se cambian los trminos del encargo de auditora, el auditor y la direccin

    acordarn y harn constar los nuevos trminos del encargo en una carta de encargo

    u otra forma adecuada de acuerdo escrito.

    17. Si el auditor no puede aceptar un cambio de los trminos del encargo de auditora

    y la direccin no le permite continuar con el encargo de auditora original, el auditor

    proceder del siguiente modo:

    (a) renunciar al encargo de auditora, si las disposiciones legales o reglamentarias

    aplicables lo permiten; y

    (b) determinar si existe alguna obligacin, contractual o de otro tipo, de informar de

    las circunstancias a otras partes, tales como los responsables del gobierno de la

    entidad, los propietarios o las autoridades reguladoras.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    22

    Marco de informacin financiera prescrito por las disposiciones legales o

    reglamentarias: otras cuestiones que afectan a la aceptacin

    19. Si el auditor determina que el marco de informacin financiera prescrito por las

    disposiciones legales o reglamentarias sera inaceptable si no estuviera previsto por

    dichas disposiciones, el auditor aceptar el encargo de auditora slo si se dan las

    siguientes condiciones:

    (a) que la direccin acepte revelar la informacin adicional en los estados financieros

    que sea necesaria para evitar que stos induzcan a error; y

    (b) que en los trminos del encargo de auditora se disponga:

    (i) que el informe de auditora sobre los estados financieros incluya un prrafo de

    nfasis para llamar la atencin de los usuarios sobre las revelaciones de informacin

    adicionales, de conformidad con la NIA 706[4]; y

    (ii) que salvo que las disposiciones legales o reglamentarias requieran que en la

    opinin del auditor sobre los estados financieros se empleen las frases expresan la

    imagen fiel, o presentan fielmente, en todos los aspectos materiales de

    conformidad con el marco de informacin financiera aplicable, la opinin del auditor

    sobre los estados financieros no incluya dicha frase.

    20. Si no se dan las condiciones descritas en el apartado 19 y el auditor est obligado

    por las disposiciones legales o reglamentarias a llevar a cabo el encargo de auditora,

    el auditor deber:

    (a) evaluar, en el informe de auditora, el efecto de estados financieros que inducen a

    error; y

    (b) incluir una referencia adecuada a esta cuestin en los trminos del encargo de

    auditora.

    Informe de auditora prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias

    21. En algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdiccin

    correspondiente establecen el formato o la redaccin del informe de auditora en

    trminos que difieren de manera significativa de los requerimientos de las NIA. En

    estas circunstancias, el auditor evaluar:

    (a) si los usuarios podran interpretar errneamente la seguridad obtenida de la

    auditora de los estados financieros y, si ste fuera el caso,

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    23

    (b) si una explicacin adicional en el informe de auditora podra mitigar la posible

    interpretacin errnea.

    Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas

    Alcance de esta NIA

    A1. Los encargos que proporcionan un grado de seguridad, entre los que se incluyen

    los encargos de auditora, slo podrn aceptarse cuando el profesional ejerciente

    considere que se cumplirn los requerimientos de tica aplicables, tales como la

    independencia y la competencia profesional, y cuando el encargo presente

    determinadas caractersticas. Las responsabilidades del auditor con respecto a los

    requerimientos de tica en el contexto de la aceptacin de un encargo de auditora, y

    en la medida en que se encuentren bajo el control del auditor, se tratan en la NIA 220

    Condiciones previas a la auditora

    El marco de informacin financiera

    A2. Una condicin para la aceptacin de un encargo que proporciona un grado de

    seguridad es que los criterios a los que se refiere la definicin de encargo que

    proporcionan un grado de seguridad sean adecuados y accesibles para los usuarios a

    quienes se destina el informe.

    A3. Sin un marco de informacin financiera aceptable, la direccin no dispone de una

    base adecuada para la preparacin de los estados financieros y el auditor carece de

    criterios adecuados para auditar los estados financieros. En muchos casos, el auditor

    puede presumir que el marco de informacin financiera aplicable es aceptable, tal

    como se describe en los apartados.

    Determinacin de la aceptabilidad del marco de informacin financiera

    A4. Los factores relevantes para que el auditor determine si el marco de informacin

    financiera aplicado para la preparacin de los estados financieros es aceptable,

    incluyen, entre otros:

    La naturaleza de la entidad (por ejemplo, si se trata de una empresa mercantil, de una

    entidad del sector pblico o de una organizacin sin nimo de lucro);

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    24

    El objetivo de los estados financieros (por ejemplo, si se preparan para satisfacer las

    necesidades comunes de informacin financiera de un amplio espectro de usuarios o

    las necesidades de informacin financiera de usuarios especficos);

    La naturaleza de los estados financieros (por ejemplo, si los estados financieros son

    un conjunto completo de estados financieros o si se trata de un solo estado

    financiero);

    Y si las disposiciones legales o reglamentarias prescriben el marco de informacin

    financiera aplicable.

    A7. Una vez aceptado el encargo de auditora, pueden encontrarse deficiencias en el

    marco de informacin financiera aplicable que indiquen que el marco no es aceptable.

    Cuando las disposiciones legales o reglamentarias prescriban la utilizacin de dicho

    marco, los requerimientos de los apartados 19-20 sern aplicables.

    Marcos de informacin con fines generales

    A8. Actualmente no existen fundamentos objetivos y aceptados, generalmente

    reconocidos a nivel mundial, para juzgar la aceptabilidad de los marcos de

    informacin con fines generales. En ausencia de dichos fundamentos, se presume

    que las normas de informacin financiera establecidas por organismos autorizados o

    reconocidos para emitir normas que han de ser utilizadas por determinados tipos de

    entidades son aceptables en lo que se refiere a los estados financieros con fines

    generales preparados por dichas entidades, siempre que los citados organismos

    sigan un proceso establecido y transparente que implique la deliberacin y la toma en

    consideracin de opiniones de un amplio espectro de interesados. Ejemplos de

    dichas normas de informacin financiera son los siguientes:

    las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF), promulgadas por el

    Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting

    Standards Board); las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico

    (NICSP), promulgadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad

    para el Sector Pblico (International Public Sector Accounting Standards Board); y los

    principios contables promulgados por organismos emisores de normas autorizados o

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    25

    reconocidos en una determinada jurisdiccin, siempre que el organismo siga un

    proceso establecido y transparente que implique la deliberacin y la toma en

    consideracin de opiniones de un amplio espectro de interesados.

    Marcos de informacin financiera prescritos por las disposiciones legales o

    reglamentarias

    A9. De conformidad con el apartado 6(a), se requiere que el auditor determine si el

    marco de informacin financiera que se utilizar para la preparacin de los estados

    financieros, es aceptable. En algunas jurisdicciones, las disposiciones legales o

    reglamentarias pueden prescribir el marco de informacin financiera que se debe

    utilizar para la preparacin de los estados financieros con fines generales de

    determinados tipos de entidades.

    Acuerdo sobre las responsabilidades de la direccin

    A11. Una auditora realizada de conformidad con las NIA se lleva a cabo partiendo de

    la premisa de que la direccin ha reconocido y comprende que tiene las

    responsabilidades establecidas en el apartado 6(b). En determinadas jurisdicciones,

    dichas responsabilidades pueden venir especificadas por las disposiciones legales o

    reglamentarias.

    A12. El modo en que las responsabilidades de informacin financiera se distribuyen

    entre la direccin y los responsables del gobierno de la entidad vara en funcin de

    los recursos y de la estructura de la entidad y de las disposiciones legales o

    reglamentarias aplicables, as como de las respectivas funciones que la direccin y

    los responsables del gobierno de la entidad desempean en sta.

    Preparacin de los estados financieros

    A15. La mayora de los marcos de informacin financiera comprenden requerimientos

    referentes a la presentacin de los estados financieros; con arreglo a dichos marcos,

    la preparacin de los estados financieros de conformidad con los marcos de

    informacin financiera incluye su presentacin. En el caso de un marco de imagen

    fiel, la importancia del objetivo de presentacin fiel es tal que la premisa acordada con

    la direccin incluye una referencia especfica a la presentacin fiel, o a la

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    26

    responsabilidad de asegurar que los estados financieros expresarn la imagen fiel

    de conformidad con el marco de informacin financiera.

    Control interno

    A16. La direccin mantiene el control interno que considera necesario para permitir la

    preparacin de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o

    error. El control interno, independientemente de su eficacia, nicamente puede

    proporcionar a la entidad una seguridad razonable de que alcanzar sus objetivos de

    informacin financiera, dadas las limitaciones inherentes al control interno.

    A17. Una auditora independiente realizada de conformidad con las NIA no exime a la

    direccin de mantener el control interno necesario para la preparacin de los estados

    financieros. En consecuencia, el auditor debe obtener la confirmacin de la direccin

    de que sta reconoce y comprende su responsabilidad en relacin con el control

    interno.

    Consideraciones relevantes para entidades de pequea dimensin

    A20. Uno de los objetivos del acuerdo sobre los trminos del encargo de auditora es

    evitar malentendidos acerca de las responsabilidades respectivas de la direccin y del

    auditor. Por ejemplo, si un tercero ha facilitado la preparacin de los estados

    financieros, puede ser til recordar a la direccin que sigue siendo responsabilidad

    suya la preparacin de los estados financieros de acuerdo con el marco de

    informacin financiera aplicable.

    Acuerdo de los trminos del encargo de auditora

    A21. La funcin de la direccin y de los responsables del gobierno de la entidad al

    acordar los trminos del encargo de auditora de la entidad depende de la estructura

    de gobierno de la entidad y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables.

    Carta de encargo u otra forma de acuerdo escrito

    A22. El envo por el auditor de una carta de encargo antes del comienzo de la

    auditora resulta conveniente tanto para los intereses de la entidad como para los del

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    27

    auditor, con el fin de evitar malentendidos con respecto a la auditora. En algunos

    pases, sin embargo, las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer de

    manera suficiente el objetivo y alcance de una auditora y las responsabilidades de la

    direccin y del auditor; prescribiendo as las cuestiones sealadas en el apartado 10.

    Si bien en estas circunstancias permite al auditor que incluya en la carta de encargo

    nicamente una referencia al hecho de que dichas disposiciones son aplicables y que

    la direccin reconoce y comprende sus responsabilidades, tal y como establece el

    apartado 6(b), el auditor puede considerar adecuado incluir en la carta de encargo las

    cuestiones descritas para informacin de la direccin.

    Estructura y contenido de la carta de encargo

    A23. La estructura y el contenido de la carta de encargo pueden variar de una entidad

    a otra. La informacin a incluir en la carta de encargo sobre las responsabilidades del

    auditor puede basarse en la NIA 200[17] . Los apartados 6(b) y 12 de la presente NIA

    describen las responsabilidades de la direccin. Adems de incluir las cuestiones que

    el apartado 10 requiere, una carta de encargo puede hacer referencia, por ejemplo, a:

    La definicin del alcance de la auditora, incluida una referencia a las disposiciones

    legales o reglamentarias y las NIA aplicables, as como a las normas de tica y otros

    pronunciamientos de organizaciones profesionales a los que el auditor se adhiera.

    La forma de cualquier otra comunicacin de resultados del encargo de

    auditora.

    El hecho de que, por las limitaciones inherentes a la auditora y por las limitaciones

    inherentes al control interno, haya un riesgo inevitable de que puedan no detectarse

    algunas incorrecciones materiales, incluso aunque la auditora se planifique y se

    ejecute adecuadamente de conformidad con las NIA.

    Los planes relativos a la planificacin y ejecucin de la auditora, incluida la

    composicin del equipo de auditora.

    La expectativa de que la direccin proporcione manifestaciones escritas

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    28

    El acuerdo de la direccin de poner a disposicin del auditor un borrador de los

    estados financieros y cualquier otra informacin complementaria con tiempo suficiente

    para que el auditor pueda terminar la auditora segn el calendario propuesto.

    El acuerdo de la direccin de informar al auditor sobre los hechos que puedan afectar

    a los estados financieros y que lleguen a conocimiento de la direccin durante el

    periodo que media entre la fecha del informe de auditora y la fecha de publicacin de

    los estados financieros.

    La base sobre la que se calculan los honorarios y cualquier posible acuerdo de

    facturacin.

    La solicitud de que la direccin acuse recibo de la carta de encargo y apruebe los

    trminos del encargo que se recogen en ella.

    A24. Cuando proceda, tambin pueden incluirse las siguientes cuestiones en la carta

    de encargo:

    Acuerdos relativos a la participacin de otros auditores y expertos en algunos

    aspectos de la auditora.

    Acuerdos referidos a la participacin de auditores internos y de otros empleados de la

    entidad.

    Acuerdos que deban alcanzarse con el auditor predecesor, si lo hubiera, en el caso

    de un encargo inicial de auditora.

    Cualquier limitacin de la responsabilidad del auditor, cuando exista esta posibilidad.

    Una referencia a cualquier otro acuerdo entre el auditor y la entidad.

    Cualquier obligacin de proporcionar papeles de trabajo de auditora a otras partes.

    Auditoras de componentes

    A25. Cuando el auditor de una entidad dominante sea tambin el auditor de un

    componente, los factores que pueden influir en la decisin de enviar o no una carta de

    encargo de auditora separada al componente son, entre otros, los siguientes:

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    29

    A quin compete el nombramiento del auditor del componente;

    Si va a emitirse un informe de auditora separado referido al componente;

    Los requerimientos legales en relacin con el nombramiento de auditores;

    El porcentaje de propiedad de la dominante; y

    El grado de independencia de la direccin del componente con respecto a la

    dominante.

    Responsabilidades de la direccin prescritas por las disposiciones legales o

    reglamentarias

    A26. Aun en el supuesto de que, en las circunstancias descritas en los apartados A22

    y A27, el auditor llegue a la conclusin de que no es necesario recoger determinados

    trminos del encargo de auditora en la carta de encargo, el apartado 11 requiere que

    el auditor solicite un acuerdo escrito de la direccin de que sta reconoce y

    comprende que tiene las responsabilidades establecidas en el apartado 6(b). Sin

    embargo, segn el apartado 12, en dichos acuerdos escritos se puede utilizar la

    redaccin de las disposiciones legales o reglamentarias si dichas disposiciones

    establecen responsabilidades de la direccin cuyos efectos sean equivalentes a los

    descritos en el apartado 6(b).

    Consideraciones especficas para entidades del sector pblico

    Auditoras recurrentes

    A28. El auditor puede decidir no remitir una nueva carta de encargo u otro acuerdo

    escrito para cada ejercicio. Sin embargo, los siguientes factores pueden hacer que

    resulte adecuado revisar los trminos del encargo de auditora o recordar a la entidad

    los trminos vigentes:

    Cualquier indicio de que la entidad interpreta errneamente el objetivo y el alcance de

    la auditora.

    Cualquier trmino modificado o especial del encargo de auditora.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    30

    Un cambio reciente en la alta direccin.

    Un cambio significativo en la propiedad.

    Un cambio significativo en la naturaleza o dimensin de la actividad de la entidad.

    Un cambio en los requerimientos legales o reglamentarios.

    Un cambio en el marco de informacin financiera adoptado para la preparacin de los

    estados financieros.

    Un cambio en otros requerimientos de informacin.

    Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo de auditora

    Solicitud para modificar los trminos del encargo de auditora

    A29. Un cambio de las circunstancias que afectan a la necesidad del servicio, un

    malentendido relativo a la naturaleza de la auditora tal como se solicit en un

    principio, o una limitacin al alcance del encargo de auditora, ya venga impuesta por

    la direccin o sea causada por otras circunstancias, pueden dar lugar a que la entidad

    solicite al auditor una modificacin de los trminos del encargo de auditora. El

    auditor, tal como exige el apartado 14, examinar la justificacin de la solicitud y,

    especialmente, las implicaciones de una limitacin al alcance del encargo de

    auditora.

    A30. Un cambio en las circunstancias que afecte a los requerimientos de la entidad, o

    un malentendido en cuanto a la naturaleza del servicio solicitado originalmente

    pueden considerarse bases razonables para solicitar una modificacin del encargo de

    auditora.

    A31. Por el contrario, puede no considerarse razonable una modificacin cuando

    parezca estar relacionada con informacin incorrecta, incompleta o insatisfactoria por

    cualquier otra causa.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    31

    Solicitud de conversin en un encargo de revisin o de servicios relacionados

    A32. Antes de aceptar convertir un encargo de auditora en un encargo de revisin o

    de servicios relacionados, el auditor que haya sido contratado para realizar la

    auditora de conformidad con las NIA puede tener que considerar, adems de las

    cuestiones que se sealan en los apartados A29-A31, cualquier implicacin legal o

    contractual del cambio.

    A33. Si el auditor concluye que existe una justificacin razonable para convertir el

    encargo de auditora en un encargo de revisin o de servicios relacionados, el trabajo

    de auditora realizado hasta el momento del cambio puede ser relevante para el

    encargo modificado; sin embargo, el trabajo que deba realizarse y el informe que

    deba emitirse habrn de ser los adecuados para el encargo modificado.

    Consideraciones adicionales relacionadas con la aceptacin del encargo

    Normas de informacin financiera complementadas por las disposiciones

    legales o reglamentarias

    A34. En algunas jurisdicciones, las disposiciones legales o reglamentarias pueden

    complementar las normas de informacin financiera establecidas por un organismo

    emisor de normas autorizado o reconocido, con requerimientos adicionales relativos a

    la preparacin de estados financieros.

    Marco de informacin financiera prescrito por las disposiciones legales o

    reglamentarias - Otras cuestiones que afectan a la aceptacin

    A35. Las disposiciones legales o reglamentarias pueden exigir que en la redaccin de

    su opinin el auditor utilice las frases expresan la imagen fiel o presentan fielmente,

    en todos los aspectos materiales, en el supuesto de que el auditor concluya que, de

    no haber sido prescrito por dichas disposiciones, el marco de informacin financiera

    aplicable no habra sido aceptable. En este caso, los trminos de la redaccin

    prescrita para el informe de auditora difieren significativamente de los requerimientos

    de las NIA

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    32

    Informe de auditora prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias

    A36. Las NIA requieren que el auditor no manifieste haber cumplido las NIA salvo si

    ha cumplido todas las NIA aplicables a la auditora.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    33

    EJEMPLO DE CARTA DE ENCARGO DE AUDITORA

    El siguiente es un ejemplo de carta de encargo de auditora para una auditora de

    estados financieros con fines generales preparados de conformidad con las Normas

    Internacionales de Informacin Financiera. Esta carta no es de uso obligatorio, sino

    que solo pretende ser una orientacin que pueda utilizarse junto con las

    consideraciones recogidas en esta NIA. Est diseada con referencia a una auditora

    de estados financieros de un nico periodo, y sera preciso adaptarla en caso de

    pretender o prever aplicarla a auditoras recurrentes. Puede resultar adecuado

    solicitar asesoramiento jurdico sobre la idoneidad de cualquier carta propuesta.

    Dirigida al representante adecuado de la direccin o de los responsables del

    gobierno de la sociedad ABC:

    Objetivo y alcance de la auditora

    Han solicitado ustedes que auditemos los estados financieros de la sociedad ABC,

    que comprenden el balance de situacin a 31 de diciembre de 2014, el estado de

    resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de

    efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, y un resumen de las

    polticas contables significativas y otra informacin explicativa. Nos complace

    confirmarles mediante esta carta que aceptamos el encargo de auditora y

    comprendemos su contenido. Realizaremos nuestra auditora con el objetivo de

    expresar una opinin sobre los estados financieros.

    Responsabilidades del auditor

    Llevaremos a cabo nuestra auditora de conformidad con las Normas Internacionales

    de Auditora (NIA). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de tica

    as como que planifiquemos y ejecutemos la auditora con el fin de obtener una

    seguridad razonable de que los estados financieros estn libres de incorreccin

    material. Una auditora conlleva la aplicacin de procedimientos para obtener

    evidencia de auditora sobre los importes y la informacin revelada en los estados

    financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor,

    incluida la valoracin de los riesgos de incorreccin material en los estados

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    34

    financieros, debida a fraude o error. Una auditora tambin incluye la evaluacin de la

    adecuacin de las polticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las

    estimaciones contables realizadas por la direccin, as como la evaluacin de la

    presentacin global de los estados financieros.

    Debido a las limitaciones inherentes a la auditora, junto con las limitaciones

    inherentes al control interno, existe un riesgo inevitable de que puedan no detectarse

    algunas incorrecciones materiales, aun cuando la auditora se planifique y ejecute

    adecuadamente de conformidad con las NIA.

    Al efectuar nuestras valoraciones del riesgo, tenemos en cuenta el control interno

    relevante para la preparacin de los estados financieros por parte de la entidad con el

    fin de disear procedimientos de auditora que sean adecuados en funcin de las

    circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinin sobre la eficacia del

    control interno de la entidad. No obstante, les comunicaremos por escrito cualquier

    deficiencia significativa en el control interno relevante para la auditora de los estados

    financieros que identifiquemos durante la realizacin de la auditora.

    Realizaremos la auditora partiendo de la premisa de que la direccin y, cuando

    proceda, los responsables del gobierno de la entidad reconocen y comprenden que

    son responsables de:

    (a) la preparacin y presentacin fiel de los estados financieros de conformidad con

    las Normas Internacionales de Informacin Financiera;

    (b) el control interno que la direccin considere necesario para permitir la preparacin

    de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o error; y

    (c) proporcionarnos:

    (i) acceso a toda la informacin de la que tenga conocimiento la direccin y que sea

    relevante para la preparacin de los estados financieros, tal como registros,

    documentacin y otro material;

    (ii) informacin adicional que podamos solicitar a la direccin para los fines de la

    auditora; y

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    35

    (iii) acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales consideremos

    necesario obtener evidencia de auditora.

    Como parte de nuestro proceso de auditora, solicitaremos a la direccin, y, cuando

    proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, confirmacin escrita de las

    manifestaciones realizadas a nuestra atencin en relacin con la auditora.

    Esperamos contar con la plena colaboracin de sus empleados durante nuestra

    auditora.

    Otra informacin relevante

    Otra informacin, como acuerdos sobre honorarios, facturacin y otras condiciones

    especficas, segn el caso.

    Es posible que la estructura y el contenido de nuestro informe tengan que ser

    modificados en funcin de los hallazgos de nuestra auditora.

    Les rogamos que firmen y devuelvan la copia adjunta de esta carta para indicar que

    conocen y aceptan los acuerdos relativos a nuestra auditora de los estados

    financieros, incluidas nuestras respectivas responsabilidades.

    Grupo 10 y Ca.

    Recibido y conforme,

    ABC, S.A.

    Juan Gabriel Ixvalan Pacheco

    Contador General

    Fecha: 23 de julio de 2015

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    36

    IXVALAN PACHECO & Asociados Contadores Pblicos y Auditores

    Casa 6 Sector 11 Condominio Los Esprragos Km. 28.5 al Pacifico Amatitln Guatemala

    Guatemala, 23 de julio de 2015

    Licenciado Sergio Mora taya Presidente del Consejo de Administracin Barca, S. A. Ciudad Estimado Licenciado Morataya: De acuerdo a nuestra conversacin sostenida en das pasados, por este medio estamos agradecindole la oportunidad que nos brinda de presentarle nuestra Propuesta de Servicios Profesionales, para llevar a cabo la auditoria a los Estados Financieros por el ao que terminar el 31 de diciembre de 2015 de la Empresa Barca, Sociedad Annima. En atencin a ello, sometemos a su consideracin sta. Alcance del trabajo Efectuaremos la auditoria a los Estados Financieros de la Empresa Barca, Sociedad Annima, por el ao que terminar el 31 de diciembre de 2015. Adicionalmente a ello, efectuaremos la revisin de los aspectos fiscales y de control interno tanto en el orden contable como administrativo. Enfoque del trabajo El enfoque de nuestro trabajo est basado en la observancia de Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas promulgadas por el Instituto Guatemalteco de Contadores Pblicos y Auditores -IGCPA- y del Colegio de Contadores Publicos y Auditores CCPA- de Normas Internacionales de Auditoria -NIAs- en lo que sea aplicable, por lo consiguiente, incluir las pruebas de los registros de contabilidad y aquellos otros procedimientos de auditoria que consideramos necesarios de acuerdo a las circunstancias. Estas normas de auditoria requieren que planifiquemos y supervisemos la auditoria, que se estudie y evale el sistema de Control Interno y que se establezcan los riesgos de auditoria, as como que se ejecuten los procedimientos de auditoria que se consideren necesarios, para as estar en condiciones de emitir una opinin independiente en relacin con la razonabilidad de las cifras que presentan los Estados Financieros en su conjunto. Plan de Trabajo Relativo al Trabajo de Campo El plan de trabajo para la ejecucin de la auditoria en lo concerniente al trabajo de campo ser desarrollado en dos etapas de la manera siguiente: Primera Etapa: La efectuaremos a partir del 10 de Agosto de 2015, tomando como base la Informacin Financiera de la compaa al 31 de agosto de 2015. En esta etapa, evaluaremos el Control interno por rea de revisin, lo cual nos servir para determinar naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas sustantivas, posteriormente ajustaremos nuestra planeacin para proceder a realizar una revisin analtica a los Estados Financieros y a la documentacin soporte de acuerdo al tamao de la muestra que se haya determinado en la fase de planeacin

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    37

    Segunda Etapa: La efectuaremos a partir del 10 de septiembre de 2015, con el propsito de concluir el trabajo de auditoria en lo referente a revisiones de campo, para el efecto, se aplicarn tcnicas y procedimientos de auditoria a la Informacin Financiera y documentacin de soporte por el perodo septiembre-diciembre de 2015 y en definitiva se elaborarn los borradores de deficiencias de control determinadas durante toda la revisin ya indicada. Cabe mencionar, que participaremos en la toma fsica de los Inventarios al 31 de diciembre de 2015 en calidad de observadores y durante la misma efectuaremos algunas pruebas sustantivas y de cumplimiento que consideremos necesarias de acuerdo a las circunstancias. Plan de Trabajo Relativo al Trabajo de Gabinete y Presentacin de Informe El trabajo de gabinete y el correspondiente a la elaboracin de Informe se desarrollar en dos etapas as: Primera Etapa: Lo concerniente a gabinete se realizar del 1 al 15 de febrero de 2015 y durante la misma, se analizar toda la informacin obtenida de la fuente directa durante el trabajo de campo, se revisarn cdulas de auditoria y se desarrollarn anlisis de resultados; as mismo se depurar el borrador de deficiencias de control interno que se determinarn tambin durante el trabajo de campo, esto previo a discutirlo con el cliente. Finalmente se propondrn los ajustes y reclasificaciones que se consideren necesarios, se redactar el borrador del Dictamen de Auditoria, as como el de Estados Financieros Auditados y sus Notas. Segunda Etapa: Durante est, se discutirn con el cliente los resultados obtenidos, tanto a nivel de ajustes y reclasificaciones, como en lo relativo a las deficiencias de control determinadas durante la evaluacin del Sistema de Control Interno a nivel general y por reas de revisin. Finalmente, se proceder a elaborar el Informe definitivo de la auditora realizada. Productos a Presentar Presentaremos como consecuencia del trabajo de auditoria realizado los siguientes productos en fecha 1 de marzo de 2016

    Dictamen de Auditoria.

    Estados Financieros Auditados.

    Notas Aclaratorias a los Estados Financieros.

    Carta a la Gerencia por deficiencias en el Control Interno. Honorarios profesionales Basados en la definicin de actividades a realizar y en el alcance del trabajo, hemos considerado el valor de nuestros servicios profesionales en Ciento Cincuenta Mil Quetzales Exactos (Q 150,000.00), ms el Impuesto al Valor Agregado IVA-, los cuales debern ser cancelados contra presentacin de nuestras facturas de la siguiente manera:

    20% al ser aceptada la presente propuesta.

    25% al iniciar la primera etapa de nuestro trabajo de campo.

    25% al iniciar la segunda etapa de nuestro trabajo de campo.

    15% al momento de discutir los ajustes y hallazgos relativos al Control Interno.

    15% al momento de entregar el Informe de Auditoria de manera definitiva.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    38

    Es importante hacer notar que para poder cumplir en los tiempos ac propuestos, se debe contar con la colaboracin del personal del rea administrativa-financiera, en especial con la del Contador General y la del funcionario enlace que se designe para el efecto. Esto en atencin a que tanto los registros contables y otros, los Informes Financieros y la documentacin soporte, se nos deben hacer llegar con la prontitud que cada caso amerite, para as poder con la prontitud del caso efectuar cada una de las pruebas de auditoria previamente planificadas. Adicional a ello, se hace necesario se nos proporcione un ambiente adecuado, seguro y debidamente equipado para que dos auditores y un supervisor puedan realizar el trabajo de campo ya mencionado en la presente propuesta. En Anexo que se adjunta, se presenta una lista de nuestros principales clientes con quienes pueden comunicarse para solicitar referencias en relacin a los servicios profesionales que le hemos proporcionado a cada uno de ellos en su momento. Al agradecer su atencin a la presente, nos suscribimos de ustedes con las muestras de nuestra consideracin, esperando poder servirles de la mejor manera y quedamos a su disposicin para cualquier aclaracin o ampliacin. Atentamente,

    IXVALAN PACHECO Y ASOCIADOS Contadores Pblicos y Auditores

    JUAN GABRIEL IXVALAN PACHECO Socio-Director

    Colegiado No. 199913535

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    39

    CONCLUSIONES

    1. Las Normas Internacionales de Auditoria contienen los lineamientos que rige la

    vida laboral del Contador Pblico y Auditor es por ello que el estudio de las

    mismas es fundamental. Cuenta con los objetivos globales del auditor

    independiente, y la realizacin de auditoria de conformidad con las Normas

    Internacionales de Auditoria

    2. La Na 210 trata sobre las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los

    trminos del encargo de auditora con la direccin y, cuando suceda, con

    los responsables de la entidad. Incluye determinar si concurren ciertas

    condiciones previas a la auditora cuya responsabilidad corresponde a la

    direccin.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    40

    RECOMENDACIONES

    1. La mejora continua debe ser el lema de la nueva generacin de Contadores

    Pblicos y Auditores, conocer las Normas Internacionales de Auditoria en cada

    una de sus secciones a profundidad hara del profesional una persona de xitos,

    con conocimientos altamente calificado, y concreto tratamos la NIA 200 y 210 que

    van ntimamente ligados pues cada uno tiene mucho que aportar por ejemplo

    2. En la NIA 200 hablamos de las responsabilidades globales que tiene el auditor

    independiente cuando realiza una auditora de estados financieros de conformidad

    con las NIA. Explica la naturaleza y el alcance de una auditora diseada para

    permitir al auditor independiente alcanzar objetivos. Le da Seguridad razonable,

    cumplimiento de obligaciones contenidas en las Nias.

    3. La Norma Internacional de Auditoria 210 trato de las responsabilidades que tiene

    el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin,

    Gerente y/o Propietario, responsables del gobierno de la entidad.

  • SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA

    NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210

    41

    BIBLIOGRAFA

    International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB). 2013. Normas

    Internacionales de Auditora y Control de Calidad Volumen