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TRABAJO DE INVESTIGACIÓN NIA 200 Y 210, CON CASO PRÁCTICO
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SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Econmicas Escuela de Auditora Seminario de Casos de Auditora Licenciado Titular Carlos Roberto Mauricio Garca Licenciado Auxiliar Erwin Cano Saln 114 Edificio S-3
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210
Grupo No. 10
Carn Apellidos y Nombres
9318573 Serrano, Enrique Adalberto
199913535 Ixvalan Pacheco, Juan Gabriel
200513548 Santos Garca, Edwin Ral
200513908 Len Gmez, Ericka Nohem
200612558 Garza Magaa, Rony Alfredo
200612901 Surez Samayoa, Sucelly Beatriz
200612916 Gregorio Lpez, Mayro Antonio
200619962 Reyes Meja, Nery Cristian
200711951 Noj Ramrez, Gladys Noem
200811962 Bmaca Gonzlez, Freddy Abner
200813305 Cux Tecn, Danilo Rafael
200818051 Reyes, Angel Emanuel
200914265 Gallo Escobar, Robinson Giovanni
Fecha programada de entrega: 23 de Julio de 2015
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
2
NDICE
Tema Pg.
Introduccin
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200
OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIN DE LA AUDITORA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE
AUDITORA
Alcance de esta Na 4
La auditora de estados financieros 4
Objetivos globales del auditor 7
Definiciones 7
Requerimientos 11
Realizacin de la auditora de conformidad con las NIA 12
Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas 13
Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora 16
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210
ACUERDO DE LOS TRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORA (NIA-ES 210)
Introduccin 18
Objetivo 18
Definiciones 19
Requerimientos 19
Limitacin al alcance de la auditora antes de la aceptacin del
encargo de auditora 20
Otros factores que afectan a la aceptacin de un encargo
de auditora 20
Acuerdo de los trminos del encargo de auditora 20
Auditoras recurrentes 21
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
3
Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo
de auditora 21
Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas 23
CASO PRCTICO
EJEMPLO DE CARTA DE ENCARGO DE AUDITORA 33
Conclusiones 39
Recomendaciones 40
Bibliografa 41
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
4
INTRODUCCION
Las NIA, son las principales herramientas del Contador Pblico y Auditor, es la parte
medular del conocimiento que adquiere el estudiante de auditoria, las NIAS
consideradas en su conjunto, proporcionan las normas que rigen el trabajo del auditor
para el cumplimiento de sus objetivos globales. Las NIA tratan de las
responsabilidades generales del auditor, as como de las consideraciones adicionales
relevantes para la aplicacin de dichas responsabilidades a temas especficos.
Cuando decimos que trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor
independiente nos referimos que debe seguir lineamientos de talla mundial.
Asimismo explica el alcance, la aplicabilidad y la estructura de las NIA e incluye
requerimientos que establecen las responsabilidades globales del auditor
independiente aplicables en todas las auditoras, incluida la obligacin de cumplir las
NIA. Encontraremos que en adelante, al auditor independiente se le denomina
auditor.
Comprende tambin una serie de conocimientos, conceptos y definiciones que nos
ayudan a comprender de mejor manera nuestro trabajo, esto y mucho ms es lo que
estudiaremos en cada uno de los prrafos de la presente NIA 200.
En la Norma Internacional de Auditoria numero 210 trata de las responsabilidades
que tiene el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin y,
cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Tambin
determinaremos ciertas condiciones previas a la auditoria, responsabilidad que recae
sobre la direccin y/o gobierno de la entidad, Trataremos aspectos relacionados con
la aceptacin del encargo de auditoria.
Como auditor nuestro objetivo es aceptar o continuar con un encargo de auditora
nicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditora se va a
realizar.
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200
OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIN DE
LA AUDITORA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE
AUDITORA
Alcance de esta NIA
1. Trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor independiente
cuando realiza una auditora de estados financieros de conformidad con las NIA.
En particular,
Establece los objetivos globales del auditor independiente y
Explica la naturaleza y el alcance de una auditora diseada para permitir al auditor
independiente alcanzar dichos objetivos.
Asimismo explica el alcance, la aplicabilidad y la estructura de las NIA e incluye
requerimientos que establecen las responsabilidades globales del auditor
independiente aplicables en todas las auditoras, incluida la obligacin de cumplir
las NIA. En adelante, al auditor independiente se le denomina auditor.
La auditora de estados financieros
3. El objetivo de una auditora es aumentar el grado de confianza de los usuarios en
los estados financieros. Esto se logra mediante la expresin, por parte del auditor, de
una opinin sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los
aspectos materiales, de conformidad con un marco de informacin financiera
aplicable. Se refiere a si los estados financieros expresan la imagen fiel o se
presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco.
4. Los estados financieros sometidos a auditora son los de la entidad, preparados por
la direccin bajo la supervisin de los responsables del gobierno de la entidad. Las
NIA no imponen responsabilidades a la direccin o a los responsables del gobierno
de la entidad y no invalidan las disposiciones legales y reglamentarias que rigen sus
responsabilidades. La auditora de los estados financieros no exime a la direccin o a
los responsables del gobierno de la entidad de sus responsabilidades.
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
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5. Como base para la opinin del auditor, las NIA requieren que el auditor obtenga
una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto estn libres
de incorreccin material, debida a fraude o error. Una seguridad razonable es un
grado alto de seguridad. Se alcanza cuando el auditor ha obtenido evidencia de
auditora suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditora (es decir, el riesgo
de que el auditor exprese una opinin inadecuada cuando los estados financieros
contengan incorrecciones materiales) a un nivel aceptablemente bajo. No obstante,
una seguridad razonable no significa un grado absoluto de seguridad, debido a que
existen limitaciones inherentes a la auditora
6. El concepto de importancia relativa se aplica por el auditor tanto en la planificacin
como en la ejecucin de la auditora, as como en la evaluacin del efecto de las
incorrecciones identificadas sobre la auditora y, en su caso, de las incorrecciones no
corregidas sobre los estados financieros. En general, las incorrecciones, incluidas las
omisiones, se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada, puede
preverse razonablemente que influyan en las decisiones econmicas que los usuarios
toman basndose en los estados financieros. La opinin del auditor se refiere a los
estados financieros en su conjunto y, en consecuencia, el auditor no tiene la
responsabilidad de detectar las incorrecciones que no sean materiales considerando
los estados financieros en su conjunto.
7. Las NIA contienen objetivos, requerimientos y una gua de aplicacin y otras
anotaciones explicativas que tienen como finalidad ayudar al auditor a alcanzar una
seguridad razonable. Las NIA requieren que el auditor aplique su juicio profesional y
mantenga un escepticismo profesional durante la planificacin y ejecucin de la
auditora y, entre otras cosas:
Identifique y valore los riesgos de incorreccin material, debida a fraude o
error, basndose en el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control
interno de la entidad.
8. La forma en la que el auditor exprese su opinin depender del marco de
informacin financiera y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
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9. Asimismo, el auditor puede tener otras responsabilidades de comunicacin e
informacin con respecto a los usuarios, a la direccin, a los responsables del
gobierno de la entidad, o a terceros ajenos a la entidad, en relacin con cuestiones
que surjan de la auditora.
Objetivos globales del auditor
11. En la realizacin de la auditora de estados financieros, los objetivos globales del
auditor son:
(a) la obtencin de una seguridad razonable de que los estados financieros en su
conjunto estn libres de incorreccin material, debida a fraude o error, que
permita al auditor expresar una opinin sobre si los estados financieros estn
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco
de informacin financiera aplicable; y
(b) la emisin de un informe sobre los estados financieros, y el
cumplimiento de los requerimientos de comunicacin contenidos en las NIA, a la luz
de los hallazgos del auditor.
12. En todos los casos en los que no pueda obtenerse una seguridad razonable y,
dadas las circunstancias, una opinin con salvedades en el informe de auditora no
sea suficiente para informar a los usuarios de los estados financieros, las NIA
requieren que el auditor deniegue la opinin o que renuncie al encargo (o dimita), si
las disposiciones legales o reglamentarias aplicables as lo permiten.
Definiciones
13. A efectos de las NIA, los siguientes trminos tienen los significados que figuran a
continuacin:
(a) Marco de informacin financiera aplicable: Adoptado por la direccin y,
cuando proceda, por los responsables del gobierno de la entidad, para preparar los
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 200 y 210
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estados financieros, y que resulta aceptable considerando la naturaleza de la entidad
y el objetivo de los estados financieros, o que se requiere por las disposiciones
legales o reglamentarias.
El trmino marco de imagen fiel se utiliza para referirse a un marco de informacin
financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y adems:
(i) reconoce de forma explcita o implcita que, para lograr la presentacin fiel
de los estados financieros, puede ser necesario que la direccin revele informacin
adicional a la requerida especficamente por el marco; o
(ii) reconoce explcitamente que puede ser necesario que la direccin no
cumpla alguno de los requerimientos del marco para lograr la presentacin fiel de los
estados financieros
El trmino marco de cumplimiento se utiliza para referirse a un marco de
informacin financiera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin
contemplar las posibilidades descritas en los apartados (i) o (ii) anteriores.
(b) Evidencia de auditora: informacin utilizada por el auditor para alcanzar las
conclusiones en las que basa su opinin. Para los propsitos de las NIA:
(i) La suficiencia de la evidencia de auditora es la medida cuantitativa de sta.
La cantidad de evidencia de auditora necesaria depende de la valoracin del auditor
del riesgo de incorreccin material, as como de la calidad de dicha evidencia de
auditora.
(ii) La adecuacin de la evidencia de auditora es la medida cualitativa de sta,
es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa
la opinin del auditor.
(c) Riesgo de auditora: riesgo de que el auditor exprese una opinin de auditora
inadecuada cuando los estados financieros contienen incorrecciones materiales. El
riesgo de auditora es una funcin del riesgo de incorreccin material y del riesgo de
deteccin.
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(d) Auditor: el trmino auditor se utiliza para referirse a la persona o personas que
realizan la auditora, normalmente el socio del encargo u otros miembros del equipo
del encargo o, en su caso, la firma de auditora. Cuando una NIA establece
expresamente que un requerimiento ha de cumplirse o una responsabilidad ha de
asumirse por el socio del encargo, se utiliza el trmino socio del encargo en lugar de
auditor.
(e) Riesgo de deteccin: riesgo de que los procedimientos aplicados por el auditor
para reducir el riesgo de auditora a un nivel aceptablemente bajo no detecten la
existencia de una incorreccin que podra ser material, considerada individualmente o
de forma agregada con otras incorrecciones.
(f) Estados financieros: presentacin estructurada de informacin financiera
histrica, que incluye notas explicativas, cuya finalidad es la de informar sobre los
recursos econmicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado
o sobre los cambios registrados en ellos en un periodo de tiempo, de conformidad con
un marco de informacin financiera aplicable.
Las notas explicativas incluyen un resumen de las polticas contables significativas y
otra informacin explicativa.
El trmino estados financieros se refiere a un conjunto completo de estados
financieros establecido por los requerimientos del marco de informacin financiera
aplicable, pero tambin puede referirse a un solo estado financiero.
(g) Informacin financiera histrica: informacin relativa a una entidad
determinada, expresada en trminos financieros y obtenida principalmente del
sistema contable de la entidad, acerca de hechos econmicos ocurridos en periodos
de tiempo anteriores o de condiciones o circunstancias econmicas de fechas
anteriores.
(h) Direccin: persona o personas con responsabilidad ejecutiva para dirigir las
operaciones de la entidad. Ejemplo, los miembros ejecutivos del consejo de
administracin o un propietario-gerente.
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(i) Incorreccin: diferencia entre la cantidad, clasificacin, presentacin o
informacin revelada respecto de una partida incluida en los estados financieros y
la cantidad, clasificacin, presentacin o revelacin de informacin requeridas
respecto de dicha partida de conformidad con el marco de informacin financiera
aplicable. Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes.
(ii) Cuando el auditor manifiesta una opinin sobre si los estados financieros expresan
la imagen fiel, o se presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, las
incorrecciones incluyen tambin aquellos ajustes que, a juicio del auditor, es
necesario realizar en las cantidades, las clasificaciones, la presentacin o expresen
la imagen fiel.
(j) Premisa, referida a las responsabilidades de la direccin y, cuando proceda, de los
responsables del gobierno de la entidad, sobre la que se realiza la auditora: la
direccin y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad reconocen y
entienden que tienen las siguientes responsabilidades, fundamentales para realizar
una auditora de conformidad con las NIA. Es decir, son responsables:
(k) Juicio profesional: aplicacin de la formacin prctica, el conocimiento y la
experiencia relevantes, en el contexto de las normas de auditora, contabilidad y tica,
para la toma de decisiones informadas acerca del curso de accin adecuado en
funcin de las circunstancias del encargo de auditora.
(l) Escepticismo profesional: actitud que implica una mentalidad inquisitiva, una
especial atencin a las circunstancias que puedan ser indicativas de posibles
incorrecciones debidas a errores o fraudes, y una valoracin crtica de la evidencia de
auditora.
(m) Seguridad razonable: en el contexto de una auditora de estados financieros, un
grado de seguridad alto, aunque no absoluto.
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(n) Riesgo de incorreccin material: riesgo de que los estados financieros
contengan incorrecciones materiales antes de la realizacin de la auditora. El riesgo
comprende dos componentes, descritos del siguiente modo, en las afirmaciones:
(i) Riesgo inherente: susceptibilidad de una afirmacin sobre un tipo de transaccin,
saldo contable u otra revelacin de informacin a una incorreccin que pudiera ser
material, ya sea individualmente o de forma agregada con otras incorrecciones, antes
de tener en cuenta los posibles controles correspondientes.
(ii) Riesgo de control: riesgo de que una incorreccin que pudiera existir en una
afirmacin sobre un tipo de transaccin, saldo contable u otra revelacin de
informacin, y que pudiera ser material, ya sea individualmente o de forma agregada
con otras incorrecciones, no sea prevenida, o detectada y corregida oportunamente,
por el sistema de control interno de la entidad.
(o) Responsables del gobierno de la entidad: persona o personas u organizaciones
(por ejemplo, una sociedad que acta como administrador fiduciario) con
responsabilidad en la supervisin de la direccin estratgica de la entidad y con
obligaciones relacionadas con la rendicin de cuentas de la entidad. Ello incluye la
supervisin del proceso de informacin financiera. En algunas entidades pueden
incluir miembros de la direccin, por ejemplo los miembros ejecutivos del consejo de
administracin de una empresa del sector pblico o privado o un propietario-gerente.
Requerimientos
Requerimientos de tica relativos a la auditora de estados financieros
14. El auditor cumplir los requerimientos de tica, incluidos los relativos a la
independencia, aplicables a los encargos de auditora de estados financieros.
Escepticismo profesional
15. El auditor planificar y ejecutar la auditora con escepticismo profesional,
reconociendo que pueden darse circunstancias que supongan que los estados
financieros contengan incorrecciones materiales.
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
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Juicio profesional
16. El auditor aplicar su juicio profesional en la planificacin y ejecucin de la
auditora de estados financieros.
Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora
17. Con el fin de alcanzar una seguridad razonable, el auditor obtendr evidencia de
auditora suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditora a un nivel
aceptablemente bajo y, en consecuencia, para permitirle alcanzar conclusiones
razonables en las que basar su opinin.
Realizacin de la auditora de conformidad con las NIA
Cumplimiento de las NIA aplicables a la auditora
18. El auditor cumplir todas las NIA aplicables a la auditora. Una NIA es aplicable a
la auditora cuando la NIA est en vigor y concurren las circunstancias a las que se
refiere la NIA.
19. El auditor conocer el texto completo de la NIA, incluidas la gua de aplicacin y
otras anotaciones explicativas, con el fin de comprender sus objetivos y aplicar sus
requerimientos adecuadamente.
20. El auditor no manifestar en el informe de auditora haber cumplido con los
requerimientos de las NIA a no ser que haya cumplido con los requerimientos de la
presente NIA y los de todas las dems NIA aplicables a la auditora.
Objetivos establecidos en cada NIA
21. Con el fin de alcanzar los objetivos globales del auditor, ste seguir los objetivos
mencionados en cada NIA aplicable, al planificar y ejecutar la auditora, teniendo en
cuenta las relaciones existentes entre las NIA, con la finalidad de:
(a) determinar si es necesario algn procedimiento de auditora adicional a los
exigidos por las NIA para alcanzar los objetivos establecidos en ellas; y
(b) evaluar si se ha obtenido evidencia de auditora suficiente y adecuada.
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Cumplimiento de los requerimientos aplicables
22. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 23, el auditor cumplir cada uno de los
requerimientos de las NIA salvo que en las circunstancias de la auditora:
(a) no sea aplicable la totalidad de la NIA; o
(b) el requerimiento no sea aplicable porque incluya una condicin y sta no concurra.
23. En circunstancias excepcionales, el auditor puede considerar necesario no
cumplir un requerimiento aplicable de una NIA.
Objetivo no alcanzado
24. En el caso de que un objetivo de una NIA aplicable no pueda alcanzarse, el
auditor evaluar si ello le impide alcanzar sus objetivos globales y, en consecuencia,
si requiere que el auditor, de conformidad con las NIA, exprese una opinin
modificada o renuncie al encargo.
Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas
La auditora de estados financieros
Alcance de la auditora
A1. La opinin del auditor sobre los estados financieros se refiere a si los estados
financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad
con el marco de informacin financiera aplicable.
Preparacin de los estados financieros
A2. Las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer las
responsabilidades de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del
gobierno de la entidad en relacin con la informacin financiera.
A3. La preparacin de los estados financieros por la direccin y, cuando proceda, por
los responsables del gobierno de la entidad requiere:
La identificacin del marco de informacin financiera aplicable, segn las
disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
A7. Algunos marcos de informacin financiera son marcos de imagen fiel, mientras
que otros son marcos de cumplimiento. Por ejemplo, las Normas Internacionales de
Informacin Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad (International Accounting Standards Board (IASB)).
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A8. Los requerimientos del marco de informacin financiera aplicable tambin
determinan lo que constituye un conjunto completo de estados financieros. Incluye,
por lo general, un balance de situacin, un estado de resultados, un estado de
cambios en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo y notas explicativas. En
otros marcos de informacin financiera, un solo estado financiero y las notas
explicativas puede constituir un conjunto completo de estados financieros.
Otros ejemplos de un solo estado financiero, cada uno de los cuales incluir notas
explicativas, son:
Balance de situacin.
Estado de resultados.
Estado de beneficios retenidos.
Estado de flujos de efectivo.
Estado de activos y pasivos que no incluye el patrimonio neto.
Estado de cambios en el patrimonio neto.
Estado de ingresos y gastos.
Cuenta de resultados de la explotacin por lneas de productos.
A9. La NIA 210 establece requerimientos y proporciona orientaciones para determinar
la aceptabilidad del marco de informacin financiera aplicable.
Consideraciones especficas para auditoras del sector pblico
A11. Forma de expresin de la opinin del auditor
A12. La opinin expresada por el auditor se refiere a si los estados financieros se han
preparado, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de
informacin financiera aplicable.
A13. Cuando el marco de informacin financiera sea un marco de imagen fiel, como
ocurre normalmente en el caso de estados financieros con fines generales, las NIA
requieren una opinin sobre si los estados financieros expresan la imagen fiel, o se
presentan fielmente, en todos los aspectos materiales.
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Requerimientos de tica relativos a la auditora de estados financieros
A14. El auditor est sujeto a los requerimientos de tica aplicables relativos a los
encargos de auditora de estados financieros, incluidos los relativos a la
independencia.
Escepticismo profesional
A18. El escepticismo profesional implica una especial atencin, por ejemplo, a:
La evidencia de auditora que contradiga otra evidencia de auditora obtenida.
La informacin que cuestione la fiabilidad de los documentos y las respuestas a las
indagaciones que vayan a utilizarse como evidencia de auditora.
Las condiciones que puedan indicar un posible fraude.
Las circunstancias que sugieran la necesidad de aplicar procedimientos de auditora
adicionales a los requeridos por las NIA.
A19. El mantenimiento del escepticismo profesional durante toda la auditora es
necesario para que el auditor, por ejemplo, reduzca los riesgos de:
Pasar por alto circunstancias inusuales.
Generalizar en exceso al alcanzar conclusiones a partir de los hechos observados en
la auditora.
Utilizar hiptesis inadecuadas en la determinacin de la naturaleza, el momento de
realizacin y la extensin de los procedimientos de auditora y en la evaluacin de sus
resultados.
A20. El escepticismo profesional es necesario para realizar una evaluacin crtica de
la evidencia de auditora, lo que implica cuestionar la evidencia de auditora
contradictoria y la fiabilidad de los documentos y las respuestas a indagaciones, as
como de otra informacin obtenida de la direccin y de los responsables del gobierno
de la entidad.
A21. El auditor puede aceptar que los registros y documentos son autnticos, salvo
que tenga motivos para creer lo contrario.
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
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Juicio profesional
A23. El juicio profesional es esencial para realizar una auditora adecuadamente. Esto
se debe a que la interpretacin de los requerimientos de tica aplicables y de las NIA,
as como las decisiones informadas que son necesarias durante toda la auditora no
son posibles sin aplicar a los hechos y a las circunstancias el conocimiento y la
experiencia relevantes.
Evidencia de auditora suficiente y adecuada y riesgo de auditora
Suficiencia y adecuacin de la evidencia de auditora
A28. La evidencia de auditora es necesaria para fundamentar la opinin y el informe
de auditora. Tiene naturaleza acumulativa y se obtiene principalmente de la
aplicacin de procedimientos de auditora en el transcurso de la auditora.
Riesgo de auditora
A32. El riesgo de auditora es funcin del riesgo de incorreccin material y del riesgo
de deteccin. La valoracin de los riesgos se basa en los procedimientos de auditora
aplicados para obtener informacin necesaria con dicho propsito y en la evidencia
obtenida durante toda la auditora. La valoracin de riesgos es una cuestin de juicio
profesional, ms que una cuestin que pueda medirse con precisin.
Riesgos de incorreccin material
A34. Los riesgos de incorreccin material pueden estar relacionados con:
Los estados financieros en su conjunto; y
Las afirmaciones sobre determinados tipos de transacciones, saldos contables e
informacin a revelar.
Riesgo de deteccin
A42. Para un determinado nivel de riesgo de auditora, el nivel aceptable de riesgo de
deteccin es inversamente proporcional a los riesgos valorados de incorreccin
material en las afirmaciones. Por ejemplo, cuanto mayor sea en opinin del auditor el
riesgo de incorreccin material, menor ser el riesgo de deteccin aceptable y, en
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consecuencia, la evidencia de auditora requerida por el auditor deber ser ms
convincente.
La oportunidad de la informacin financiera y el equilibrio entre el coste y el
beneficio
A48. La dificultad, el tiempo o el coste que implique no son un fundamento vlido para
que el auditor omita un procedimiento de auditora para el que no existan
procedimientos alternativos, o para que se conforme con evidencia de auditora que
no llegue a ser convincente. Una planificacin adecuada permite disponer de tiempo y
recursos suficientes para la realizacin de la auditora. No obstante, la relevancia de
la informacin, y, por lo tanto, su valor tiende a disminuir con el transcurso del tiempo,
por lo que hay que alcanzar un equilibrio entre la fiabilidad de la informacin y su
coste. Esto se reconoce en ciertos marcos de informacin financiera (vase, por
ejemplo, el Marco para la preparacin y presentacin de estados financieros del
IASB). En consecuencia, los usuarios de los estados financieros esperan que el
auditor se forme una opinin sobre los estados financieros en un plazo de tiempo y
con un coste razonables, reconociendo que no es factible tener en cuenta toda la
informacin que pueda existir o tratar cada cuestin de manera exhaustiva bajo la
hiptesis de que la informacin es errnea o fraudulenta, salvo que se pruebe lo
contrario.
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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORA 210
ACUERDO DE LOS TRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORA
(NIA-ES 210)
La Norma Internacional de Auditora (NIA) 210, Acuerdo de los trminos del encargo
de auditora, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, Objetivos globales
del auditor independiente y realizacin de la auditora de conformidad con las Normas
Internacionales de Auditora.
Introduccin
Alcance de esta NIA
1. Esta Norma Internacional de Auditora (NIA) trata de las responsabilidades que
tiene el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin y,
cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Ello incluye
determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditora cuya
responsabilidad corresponde a la direccin y, cuando proceda, a los responsables del
gobierno de la entidad. La NIA 220[1] trata de los aspectos relacionados con la
aceptacin del encargo que se encuentran bajo control del auditor.
Objetivo
3. El objetivo del auditor es aceptar o continuar con un encargo de auditora
nicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditora se va a
realizar mediante:
(a) la determinacin de si concurren las condiciones previas a una auditora; y
(b) la confirmacin de que existe una comprensin comn por parte del auditor y de la
direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca
de los trminos del encargo de auditora.
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Definiciones
4. A efectos de las NIA, el siguiente trmino tiene el significado que figura a
continuacin:
Condiciones previas a la auditora: utilizacin por la direccin de un marco de
informacin financiera aceptable para la preparacin de los estados financieros y
conformidad de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de
la entidad, con la premisa[2] sobre la que se realiza una auditora.
5. A efectos de esta NIA, las referencias a la direccin debern interpretarse en lo
sucesivo como referidas a la direccin y, cuando proceda, los responsables del
gobierno de la entidad.
Requerimientos
Condiciones previas a la auditora
6. Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditora, el auditor:
(a) determinar si el marco de informacin financiera que se utilizar para la
preparacin de los estados financieros es aceptable; y
(b) obtendr la confirmacin de la direccin de que sta reconoce y comprende su
responsabilidad en relacin con:
(i) la preparacin de los estados financieros de conformidad con el marco de
informacin financiera aplicable, as como, en su caso, su presentacin fiel;
(ii) el control interno que la direccin considere necesario para permitir la preparacin
de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o error; y
(iii) la necesidad de proporcionar al auditor:
a. acceso a toda la informacin de la que tenga conocimiento la direccin que sea
relevante para la preparacin de los estados financieros, tal como registros,
documentacin y otro material;
SEMINARIO DE CASOS DE AUDITORA
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b. informacin adicional que pueda solicitar el auditor a la direccin para los fines de
la auditora; y
c. acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere
necesario obtener evidencia de auditora.
Limitacin al alcance de la auditora antes de la aceptacin del encargo de
auditora
7. Si la direccin o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la
propuesta de los trminos de un encargo de auditora la imposicin de una limitacin
al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendr que
denegar la opinin sobre los estados financieros, el auditor no aceptar dicho encargo
con limitaciones como encargo de auditora, salvo que est obligado a ello por las
disposiciones legales o reglamentarias.
Otros factores que afectan a la aceptacin de un encargo de auditora
8. Si no se dan las condiciones previas a la auditora, el auditor lo discutir con la
direccin. Salvo que est obligado a ello por las disposiciones legales o
reglamentarias, el auditor no aceptar el encargo de auditora propuesto:
(a) si determina que no es aceptable el marco de informacin financiera que se
utilizar para la preparacin de los estados financieros, salvo en los casos previstos
en el apartado 19; o
(b) si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el apartado 6(b).
Acuerdo de los trminos del encargo de auditora
9. El auditor acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin o con los
responsables del gobierno de la entidad, segn corresponda. (Ref: Apartado A21)
10. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 11, los trminos del encargo de
auditora acordados se harn constar en una carta de encargo u otra forma adecuada
de acuerdo escrito, e incluirn
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21
(a) el objetivo y el alcance de la auditora de los estados financieros;
(b) las responsabilidades del auditor;
(c) las responsabilidades de la direccin;
(d) la identificacin del marco de informacin financiera aplicable para la preparacin
de los estados financieros; y
(e) una referencia a la estructura y contenido que se espera de cualquier informe
emitido por el auditor y una declaracin de que pueden existir circunstancias en las
que el contenido y la estructura del informe difieran de lo esperado.
Auditoras recurrentes
13. En las auditoras recurrentes, el auditor valorar si las circunstancias requieren la
revisin de los trminos del encargo de auditora y si es necesario recordar a la
entidad los trminos existentes del encargo de auditora.
Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo de auditora
14. El auditor no aceptar una modificacin de los trminos del encargo de auditora
si no existe una justificacin razonable para ello.
15. Si, antes de finalizar el encargo de auditora, se solicita al auditor que convierta el
encargo de auditora en un encargo que ofrezca un menor grado de seguridad, el
auditor determinar si existe una justificacin razonable para ello.
16. Si se cambian los trminos del encargo de auditora, el auditor y la direccin
acordarn y harn constar los nuevos trminos del encargo en una carta de encargo
u otra forma adecuada de acuerdo escrito.
17. Si el auditor no puede aceptar un cambio de los trminos del encargo de auditora
y la direccin no le permite continuar con el encargo de auditora original, el auditor
proceder del siguiente modo:
(a) renunciar al encargo de auditora, si las disposiciones legales o reglamentarias
aplicables lo permiten; y
(b) determinar si existe alguna obligacin, contractual o de otro tipo, de informar de
las circunstancias a otras partes, tales como los responsables del gobierno de la
entidad, los propietarios o las autoridades reguladoras.
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Marco de informacin financiera prescrito por las disposiciones legales o
reglamentarias: otras cuestiones que afectan a la aceptacin
19. Si el auditor determina que el marco de informacin financiera prescrito por las
disposiciones legales o reglamentarias sera inaceptable si no estuviera previsto por
dichas disposiciones, el auditor aceptar el encargo de auditora slo si se dan las
siguientes condiciones:
(a) que la direccin acepte revelar la informacin adicional en los estados financieros
que sea necesaria para evitar que stos induzcan a error; y
(b) que en los trminos del encargo de auditora se disponga:
(i) que el informe de auditora sobre los estados financieros incluya un prrafo de
nfasis para llamar la atencin de los usuarios sobre las revelaciones de informacin
adicionales, de conformidad con la NIA 706[4]; y
(ii) que salvo que las disposiciones legales o reglamentarias requieran que en la
opinin del auditor sobre los estados financieros se empleen las frases expresan la
imagen fiel, o presentan fielmente, en todos los aspectos materiales de
conformidad con el marco de informacin financiera aplicable, la opinin del auditor
sobre los estados financieros no incluya dicha frase.
20. Si no se dan las condiciones descritas en el apartado 19 y el auditor est obligado
por las disposiciones legales o reglamentarias a llevar a cabo el encargo de auditora,
el auditor deber:
(a) evaluar, en el informe de auditora, el efecto de estados financieros que inducen a
error; y
(b) incluir una referencia adecuada a esta cuestin en los trminos del encargo de
auditora.
Informe de auditora prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias
21. En algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdiccin
correspondiente establecen el formato o la redaccin del informe de auditora en
trminos que difieren de manera significativa de los requerimientos de las NIA. En
estas circunstancias, el auditor evaluar:
(a) si los usuarios podran interpretar errneamente la seguridad obtenida de la
auditora de los estados financieros y, si ste fuera el caso,
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23
(b) si una explicacin adicional en el informe de auditora podra mitigar la posible
interpretacin errnea.
Gua de aplicacin y otras anotaciones explicativas
Alcance de esta NIA
A1. Los encargos que proporcionan un grado de seguridad, entre los que se incluyen
los encargos de auditora, slo podrn aceptarse cuando el profesional ejerciente
considere que se cumplirn los requerimientos de tica aplicables, tales como la
independencia y la competencia profesional, y cuando el encargo presente
determinadas caractersticas. Las responsabilidades del auditor con respecto a los
requerimientos de tica en el contexto de la aceptacin de un encargo de auditora, y
en la medida en que se encuentren bajo el control del auditor, se tratan en la NIA 220
Condiciones previas a la auditora
El marco de informacin financiera
A2. Una condicin para la aceptacin de un encargo que proporciona un grado de
seguridad es que los criterios a los que se refiere la definicin de encargo que
proporcionan un grado de seguridad sean adecuados y accesibles para los usuarios a
quienes se destina el informe.
A3. Sin un marco de informacin financiera aceptable, la direccin no dispone de una
base adecuada para la preparacin de los estados financieros y el auditor carece de
criterios adecuados para auditar los estados financieros. En muchos casos, el auditor
puede presumir que el marco de informacin financiera aplicable es aceptable, tal
como se describe en los apartados.
Determinacin de la aceptabilidad del marco de informacin financiera
A4. Los factores relevantes para que el auditor determine si el marco de informacin
financiera aplicado para la preparacin de los estados financieros es aceptable,
incluyen, entre otros:
La naturaleza de la entidad (por ejemplo, si se trata de una empresa mercantil, de una
entidad del sector pblico o de una organizacin sin nimo de lucro);
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24
El objetivo de los estados financieros (por ejemplo, si se preparan para satisfacer las
necesidades comunes de informacin financiera de un amplio espectro de usuarios o
las necesidades de informacin financiera de usuarios especficos);
La naturaleza de los estados financieros (por ejemplo, si los estados financieros son
un conjunto completo de estados financieros o si se trata de un solo estado
financiero);
Y si las disposiciones legales o reglamentarias prescriben el marco de informacin
financiera aplicable.
A7. Una vez aceptado el encargo de auditora, pueden encontrarse deficiencias en el
marco de informacin financiera aplicable que indiquen que el marco no es aceptable.
Cuando las disposiciones legales o reglamentarias prescriban la utilizacin de dicho
marco, los requerimientos de los apartados 19-20 sern aplicables.
Marcos de informacin con fines generales
A8. Actualmente no existen fundamentos objetivos y aceptados, generalmente
reconocidos a nivel mundial, para juzgar la aceptabilidad de los marcos de
informacin con fines generales. En ausencia de dichos fundamentos, se presume
que las normas de informacin financiera establecidas por organismos autorizados o
reconocidos para emitir normas que han de ser utilizadas por determinados tipos de
entidades son aceptables en lo que se refiere a los estados financieros con fines
generales preparados por dichas entidades, siempre que los citados organismos
sigan un proceso establecido y transparente que implique la deliberacin y la toma en
consideracin de opiniones de un amplio espectro de interesados. Ejemplos de
dichas normas de informacin financiera son los siguientes:
las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF), promulgadas por el
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting
Standards Board); las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico
(NICSP), promulgadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad
para el Sector Pblico (International Public Sector Accounting Standards Board); y los
principios contables promulgados por organismos emisores de normas autorizados o
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reconocidos en una determinada jurisdiccin, siempre que el organismo siga un
proceso establecido y transparente que implique la deliberacin y la toma en
consideracin de opiniones de un amplio espectro de interesados.
Marcos de informacin financiera prescritos por las disposiciones legales o
reglamentarias
A9. De conformidad con el apartado 6(a), se requiere que el auditor determine si el
marco de informacin financiera que se utilizar para la preparacin de los estados
financieros, es aceptable. En algunas jurisdicciones, las disposiciones legales o
reglamentarias pueden prescribir el marco de informacin financiera que se debe
utilizar para la preparacin de los estados financieros con fines generales de
determinados tipos de entidades.
Acuerdo sobre las responsabilidades de la direccin
A11. Una auditora realizada de conformidad con las NIA se lleva a cabo partiendo de
la premisa de que la direccin ha reconocido y comprende que tiene las
responsabilidades establecidas en el apartado 6(b). En determinadas jurisdicciones,
dichas responsabilidades pueden venir especificadas por las disposiciones legales o
reglamentarias.
A12. El modo en que las responsabilidades de informacin financiera se distribuyen
entre la direccin y los responsables del gobierno de la entidad vara en funcin de
los recursos y de la estructura de la entidad y de las disposiciones legales o
reglamentarias aplicables, as como de las respectivas funciones que la direccin y
los responsables del gobierno de la entidad desempean en sta.
Preparacin de los estados financieros
A15. La mayora de los marcos de informacin financiera comprenden requerimientos
referentes a la presentacin de los estados financieros; con arreglo a dichos marcos,
la preparacin de los estados financieros de conformidad con los marcos de
informacin financiera incluye su presentacin. En el caso de un marco de imagen
fiel, la importancia del objetivo de presentacin fiel es tal que la premisa acordada con
la direccin incluye una referencia especfica a la presentacin fiel, o a la
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26
responsabilidad de asegurar que los estados financieros expresarn la imagen fiel
de conformidad con el marco de informacin financiera.
Control interno
A16. La direccin mantiene el control interno que considera necesario para permitir la
preparacin de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o
error. El control interno, independientemente de su eficacia, nicamente puede
proporcionar a la entidad una seguridad razonable de que alcanzar sus objetivos de
informacin financiera, dadas las limitaciones inherentes al control interno.
A17. Una auditora independiente realizada de conformidad con las NIA no exime a la
direccin de mantener el control interno necesario para la preparacin de los estados
financieros. En consecuencia, el auditor debe obtener la confirmacin de la direccin
de que sta reconoce y comprende su responsabilidad en relacin con el control
interno.
Consideraciones relevantes para entidades de pequea dimensin
A20. Uno de los objetivos del acuerdo sobre los trminos del encargo de auditora es
evitar malentendidos acerca de las responsabilidades respectivas de la direccin y del
auditor. Por ejemplo, si un tercero ha facilitado la preparacin de los estados
financieros, puede ser til recordar a la direccin que sigue siendo responsabilidad
suya la preparacin de los estados financieros de acuerdo con el marco de
informacin financiera aplicable.
Acuerdo de los trminos del encargo de auditora
A21. La funcin de la direccin y de los responsables del gobierno de la entidad al
acordar los trminos del encargo de auditora de la entidad depende de la estructura
de gobierno de la entidad y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Carta de encargo u otra forma de acuerdo escrito
A22. El envo por el auditor de una carta de encargo antes del comienzo de la
auditora resulta conveniente tanto para los intereses de la entidad como para los del
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auditor, con el fin de evitar malentendidos con respecto a la auditora. En algunos
pases, sin embargo, las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer de
manera suficiente el objetivo y alcance de una auditora y las responsabilidades de la
direccin y del auditor; prescribiendo as las cuestiones sealadas en el apartado 10.
Si bien en estas circunstancias permite al auditor que incluya en la carta de encargo
nicamente una referencia al hecho de que dichas disposiciones son aplicables y que
la direccin reconoce y comprende sus responsabilidades, tal y como establece el
apartado 6(b), el auditor puede considerar adecuado incluir en la carta de encargo las
cuestiones descritas para informacin de la direccin.
Estructura y contenido de la carta de encargo
A23. La estructura y el contenido de la carta de encargo pueden variar de una entidad
a otra. La informacin a incluir en la carta de encargo sobre las responsabilidades del
auditor puede basarse en la NIA 200[17] . Los apartados 6(b) y 12 de la presente NIA
describen las responsabilidades de la direccin. Adems de incluir las cuestiones que
el apartado 10 requiere, una carta de encargo puede hacer referencia, por ejemplo, a:
La definicin del alcance de la auditora, incluida una referencia a las disposiciones
legales o reglamentarias y las NIA aplicables, as como a las normas de tica y otros
pronunciamientos de organizaciones profesionales a los que el auditor se adhiera.
La forma de cualquier otra comunicacin de resultados del encargo de
auditora.
El hecho de que, por las limitaciones inherentes a la auditora y por las limitaciones
inherentes al control interno, haya un riesgo inevitable de que puedan no detectarse
algunas incorrecciones materiales, incluso aunque la auditora se planifique y se
ejecute adecuadamente de conformidad con las NIA.
Los planes relativos a la planificacin y ejecucin de la auditora, incluida la
composicin del equipo de auditora.
La expectativa de que la direccin proporcione manifestaciones escritas
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28
El acuerdo de la direccin de poner a disposicin del auditor un borrador de los
estados financieros y cualquier otra informacin complementaria con tiempo suficiente
para que el auditor pueda terminar la auditora segn el calendario propuesto.
El acuerdo de la direccin de informar al auditor sobre los hechos que puedan afectar
a los estados financieros y que lleguen a conocimiento de la direccin durante el
periodo que media entre la fecha del informe de auditora y la fecha de publicacin de
los estados financieros.
La base sobre la que se calculan los honorarios y cualquier posible acuerdo de
facturacin.
La solicitud de que la direccin acuse recibo de la carta de encargo y apruebe los
trminos del encargo que se recogen en ella.
A24. Cuando proceda, tambin pueden incluirse las siguientes cuestiones en la carta
de encargo:
Acuerdos relativos a la participacin de otros auditores y expertos en algunos
aspectos de la auditora.
Acuerdos referidos a la participacin de auditores internos y de otros empleados de la
entidad.
Acuerdos que deban alcanzarse con el auditor predecesor, si lo hubiera, en el caso
de un encargo inicial de auditora.
Cualquier limitacin de la responsabilidad del auditor, cuando exista esta posibilidad.
Una referencia a cualquier otro acuerdo entre el auditor y la entidad.
Cualquier obligacin de proporcionar papeles de trabajo de auditora a otras partes.
Auditoras de componentes
A25. Cuando el auditor de una entidad dominante sea tambin el auditor de un
componente, los factores que pueden influir en la decisin de enviar o no una carta de
encargo de auditora separada al componente son, entre otros, los siguientes:
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29
A quin compete el nombramiento del auditor del componente;
Si va a emitirse un informe de auditora separado referido al componente;
Los requerimientos legales en relacin con el nombramiento de auditores;
El porcentaje de propiedad de la dominante; y
El grado de independencia de la direccin del componente con respecto a la
dominante.
Responsabilidades de la direccin prescritas por las disposiciones legales o
reglamentarias
A26. Aun en el supuesto de que, en las circunstancias descritas en los apartados A22
y A27, el auditor llegue a la conclusin de que no es necesario recoger determinados
trminos del encargo de auditora en la carta de encargo, el apartado 11 requiere que
el auditor solicite un acuerdo escrito de la direccin de que sta reconoce y
comprende que tiene las responsabilidades establecidas en el apartado 6(b). Sin
embargo, segn el apartado 12, en dichos acuerdos escritos se puede utilizar la
redaccin de las disposiciones legales o reglamentarias si dichas disposiciones
establecen responsabilidades de la direccin cuyos efectos sean equivalentes a los
descritos en el apartado 6(b).
Consideraciones especficas para entidades del sector pblico
Auditoras recurrentes
A28. El auditor puede decidir no remitir una nueva carta de encargo u otro acuerdo
escrito para cada ejercicio. Sin embargo, los siguientes factores pueden hacer que
resulte adecuado revisar los trminos del encargo de auditora o recordar a la entidad
los trminos vigentes:
Cualquier indicio de que la entidad interpreta errneamente el objetivo y el alcance de
la auditora.
Cualquier trmino modificado o especial del encargo de auditora.
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30
Un cambio reciente en la alta direccin.
Un cambio significativo en la propiedad.
Un cambio significativo en la naturaleza o dimensin de la actividad de la entidad.
Un cambio en los requerimientos legales o reglamentarios.
Un cambio en el marco de informacin financiera adoptado para la preparacin de los
estados financieros.
Un cambio en otros requerimientos de informacin.
Aceptacin de una modificacin de los trminos del encargo de auditora
Solicitud para modificar los trminos del encargo de auditora
A29. Un cambio de las circunstancias que afectan a la necesidad del servicio, un
malentendido relativo a la naturaleza de la auditora tal como se solicit en un
principio, o una limitacin al alcance del encargo de auditora, ya venga impuesta por
la direccin o sea causada por otras circunstancias, pueden dar lugar a que la entidad
solicite al auditor una modificacin de los trminos del encargo de auditora. El
auditor, tal como exige el apartado 14, examinar la justificacin de la solicitud y,
especialmente, las implicaciones de una limitacin al alcance del encargo de
auditora.
A30. Un cambio en las circunstancias que afecte a los requerimientos de la entidad, o
un malentendido en cuanto a la naturaleza del servicio solicitado originalmente
pueden considerarse bases razonables para solicitar una modificacin del encargo de
auditora.
A31. Por el contrario, puede no considerarse razonable una modificacin cuando
parezca estar relacionada con informacin incorrecta, incompleta o insatisfactoria por
cualquier otra causa.
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31
Solicitud de conversin en un encargo de revisin o de servicios relacionados
A32. Antes de aceptar convertir un encargo de auditora en un encargo de revisin o
de servicios relacionados, el auditor que haya sido contratado para realizar la
auditora de conformidad con las NIA puede tener que considerar, adems de las
cuestiones que se sealan en los apartados A29-A31, cualquier implicacin legal o
contractual del cambio.
A33. Si el auditor concluye que existe una justificacin razonable para convertir el
encargo de auditora en un encargo de revisin o de servicios relacionados, el trabajo
de auditora realizado hasta el momento del cambio puede ser relevante para el
encargo modificado; sin embargo, el trabajo que deba realizarse y el informe que
deba emitirse habrn de ser los adecuados para el encargo modificado.
Consideraciones adicionales relacionadas con la aceptacin del encargo
Normas de informacin financiera complementadas por las disposiciones
legales o reglamentarias
A34. En algunas jurisdicciones, las disposiciones legales o reglamentarias pueden
complementar las normas de informacin financiera establecidas por un organismo
emisor de normas autorizado o reconocido, con requerimientos adicionales relativos a
la preparacin de estados financieros.
Marco de informacin financiera prescrito por las disposiciones legales o
reglamentarias - Otras cuestiones que afectan a la aceptacin
A35. Las disposiciones legales o reglamentarias pueden exigir que en la redaccin de
su opinin el auditor utilice las frases expresan la imagen fiel o presentan fielmente,
en todos los aspectos materiales, en el supuesto de que el auditor concluya que, de
no haber sido prescrito por dichas disposiciones, el marco de informacin financiera
aplicable no habra sido aceptable. En este caso, los trminos de la redaccin
prescrita para el informe de auditora difieren significativamente de los requerimientos
de las NIA
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Informe de auditora prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias
A36. Las NIA requieren que el auditor no manifieste haber cumplido las NIA salvo si
ha cumplido todas las NIA aplicables a la auditora.
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EJEMPLO DE CARTA DE ENCARGO DE AUDITORA
El siguiente es un ejemplo de carta de encargo de auditora para una auditora de
estados financieros con fines generales preparados de conformidad con las Normas
Internacionales de Informacin Financiera. Esta carta no es de uso obligatorio, sino
que solo pretende ser una orientacin que pueda utilizarse junto con las
consideraciones recogidas en esta NIA. Est diseada con referencia a una auditora
de estados financieros de un nico periodo, y sera preciso adaptarla en caso de
pretender o prever aplicarla a auditoras recurrentes. Puede resultar adecuado
solicitar asesoramiento jurdico sobre la idoneidad de cualquier carta propuesta.
Dirigida al representante adecuado de la direccin o de los responsables del
gobierno de la sociedad ABC:
Objetivo y alcance de la auditora
Han solicitado ustedes que auditemos los estados financieros de la sociedad ABC,
que comprenden el balance de situacin a 31 de diciembre de 2014, el estado de
resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de
efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, y un resumen de las
polticas contables significativas y otra informacin explicativa. Nos complace
confirmarles mediante esta carta que aceptamos el encargo de auditora y
comprendemos su contenido. Realizaremos nuestra auditora con el objetivo de
expresar una opinin sobre los estados financieros.
Responsabilidades del auditor
Llevaremos a cabo nuestra auditora de conformidad con las Normas Internacionales
de Auditora (NIA). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de tica
as como que planifiquemos y ejecutemos la auditora con el fin de obtener una
seguridad razonable de que los estados financieros estn libres de incorreccin
material. Una auditora conlleva la aplicacin de procedimientos para obtener
evidencia de auditora sobre los importes y la informacin revelada en los estados
financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor,
incluida la valoracin de los riesgos de incorreccin material en los estados
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financieros, debida a fraude o error. Una auditora tambin incluye la evaluacin de la
adecuacin de las polticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las
estimaciones contables realizadas por la direccin, as como la evaluacin de la
presentacin global de los estados financieros.
Debido a las limitaciones inherentes a la auditora, junto con las limitaciones
inherentes al control interno, existe un riesgo inevitable de que puedan no detectarse
algunas incorrecciones materiales, aun cuando la auditora se planifique y ejecute
adecuadamente de conformidad con las NIA.
Al efectuar nuestras valoraciones del riesgo, tenemos en cuenta el control interno
relevante para la preparacin de los estados financieros por parte de la entidad con el
fin de disear procedimientos de auditora que sean adecuados en funcin de las
circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinin sobre la eficacia del
control interno de la entidad. No obstante, les comunicaremos por escrito cualquier
deficiencia significativa en el control interno relevante para la auditora de los estados
financieros que identifiquemos durante la realizacin de la auditora.
Realizaremos la auditora partiendo de la premisa de que la direccin y, cuando
proceda, los responsables del gobierno de la entidad reconocen y comprenden que
son responsables de:
(a) la preparacin y presentacin fiel de los estados financieros de conformidad con
las Normas Internacionales de Informacin Financiera;
(b) el control interno que la direccin considere necesario para permitir la preparacin
de estados financieros libres de incorreccin material, debida a fraude o error; y
(c) proporcionarnos:
(i) acceso a toda la informacin de la que tenga conocimiento la direccin y que sea
relevante para la preparacin de los estados financieros, tal como registros,
documentacin y otro material;
(ii) informacin adicional que podamos solicitar a la direccin para los fines de la
auditora; y
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35
(iii) acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales consideremos
necesario obtener evidencia de auditora.
Como parte de nuestro proceso de auditora, solicitaremos a la direccin, y, cuando
proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, confirmacin escrita de las
manifestaciones realizadas a nuestra atencin en relacin con la auditora.
Esperamos contar con la plena colaboracin de sus empleados durante nuestra
auditora.
Otra informacin relevante
Otra informacin, como acuerdos sobre honorarios, facturacin y otras condiciones
especficas, segn el caso.
Es posible que la estructura y el contenido de nuestro informe tengan que ser
modificados en funcin de los hallazgos de nuestra auditora.
Les rogamos que firmen y devuelvan la copia adjunta de esta carta para indicar que
conocen y aceptan los acuerdos relativos a nuestra auditora de los estados
financieros, incluidas nuestras respectivas responsabilidades.
Grupo 10 y Ca.
Recibido y conforme,
ABC, S.A.
Juan Gabriel Ixvalan Pacheco
Contador General
Fecha: 23 de julio de 2015
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IXVALAN PACHECO & Asociados Contadores Pblicos y Auditores
Casa 6 Sector 11 Condominio Los Esprragos Km. 28.5 al Pacifico Amatitln Guatemala
Guatemala, 23 de julio de 2015
Licenciado Sergio Mora taya Presidente del Consejo de Administracin Barca, S. A. Ciudad Estimado Licenciado Morataya: De acuerdo a nuestra conversacin sostenida en das pasados, por este medio estamos agradecindole la oportunidad que nos brinda de presentarle nuestra Propuesta de Servicios Profesionales, para llevar a cabo la auditoria a los Estados Financieros por el ao que terminar el 31 de diciembre de 2015 de la Empresa Barca, Sociedad Annima. En atencin a ello, sometemos a su consideracin sta. Alcance del trabajo Efectuaremos la auditoria a los Estados Financieros de la Empresa Barca, Sociedad Annima, por el ao que terminar el 31 de diciembre de 2015. Adicionalmente a ello, efectuaremos la revisin de los aspectos fiscales y de control interno tanto en el orden contable como administrativo. Enfoque del trabajo El enfoque de nuestro trabajo est basado en la observancia de Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas promulgadas por el Instituto Guatemalteco de Contadores Pblicos y Auditores -IGCPA- y del Colegio de Contadores Publicos y Auditores CCPA- de Normas Internacionales de Auditoria -NIAs- en lo que sea aplicable, por lo consiguiente, incluir las pruebas de los registros de contabilidad y aquellos otros procedimientos de auditoria que consideramos necesarios de acuerdo a las circunstancias. Estas normas de auditoria requieren que planifiquemos y supervisemos la auditoria, que se estudie y evale el sistema de Control Interno y que se establezcan los riesgos de auditoria, as como que se ejecuten los procedimientos de auditoria que se consideren necesarios, para as estar en condiciones de emitir una opinin independiente en relacin con la razonabilidad de las cifras que presentan los Estados Financieros en su conjunto. Plan de Trabajo Relativo al Trabajo de Campo El plan de trabajo para la ejecucin de la auditoria en lo concerniente al trabajo de campo ser desarrollado en dos etapas de la manera siguiente: Primera Etapa: La efectuaremos a partir del 10 de Agosto de 2015, tomando como base la Informacin Financiera de la compaa al 31 de agosto de 2015. En esta etapa, evaluaremos el Control interno por rea de revisin, lo cual nos servir para determinar naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas sustantivas, posteriormente ajustaremos nuestra planeacin para proceder a realizar una revisin analtica a los Estados Financieros y a la documentacin soporte de acuerdo al tamao de la muestra que se haya determinado en la fase de planeacin
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Segunda Etapa: La efectuaremos a partir del 10 de septiembre de 2015, con el propsito de concluir el trabajo de auditoria en lo referente a revisiones de campo, para el efecto, se aplicarn tcnicas y procedimientos de auditoria a la Informacin Financiera y documentacin de soporte por el perodo septiembre-diciembre de 2015 y en definitiva se elaborarn los borradores de deficiencias de control determinadas durante toda la revisin ya indicada. Cabe mencionar, que participaremos en la toma fsica de los Inventarios al 31 de diciembre de 2015 en calidad de observadores y durante la misma efectuaremos algunas pruebas sustantivas y de cumplimiento que consideremos necesarias de acuerdo a las circunstancias. Plan de Trabajo Relativo al Trabajo de Gabinete y Presentacin de Informe El trabajo de gabinete y el correspondiente a la elaboracin de Informe se desarrollar en dos etapas as: Primera Etapa: Lo concerniente a gabinete se realizar del 1 al 15 de febrero de 2015 y durante la misma, se analizar toda la informacin obtenida de la fuente directa durante el trabajo de campo, se revisarn cdulas de auditoria y se desarrollarn anlisis de resultados; as mismo se depurar el borrador de deficiencias de control interno que se determinarn tambin durante el trabajo de campo, esto previo a discutirlo con el cliente. Finalmente se propondrn los ajustes y reclasificaciones que se consideren necesarios, se redactar el borrador del Dictamen de Auditoria, as como el de Estados Financieros Auditados y sus Notas. Segunda Etapa: Durante est, se discutirn con el cliente los resultados obtenidos, tanto a nivel de ajustes y reclasificaciones, como en lo relativo a las deficiencias de control determinadas durante la evaluacin del Sistema de Control Interno a nivel general y por reas de revisin. Finalmente, se proceder a elaborar el Informe definitivo de la auditora realizada. Productos a Presentar Presentaremos como consecuencia del trabajo de auditoria realizado los siguientes productos en fecha 1 de marzo de 2016
Dictamen de Auditoria.
Estados Financieros Auditados.
Notas Aclaratorias a los Estados Financieros.
Carta a la Gerencia por deficiencias en el Control Interno. Honorarios profesionales Basados en la definicin de actividades a realizar y en el alcance del trabajo, hemos considerado el valor de nuestros servicios profesionales en Ciento Cincuenta Mil Quetzales Exactos (Q 150,000.00), ms el Impuesto al Valor Agregado IVA-, los cuales debern ser cancelados contra presentacin de nuestras facturas de la siguiente manera:
20% al ser aceptada la presente propuesta.
25% al iniciar la primera etapa de nuestro trabajo de campo.
25% al iniciar la segunda etapa de nuestro trabajo de campo.
15% al momento de discutir los ajustes y hallazgos relativos al Control Interno.
15% al momento de entregar el Informe de Auditoria de manera definitiva.
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Es importante hacer notar que para poder cumplir en los tiempos ac propuestos, se debe contar con la colaboracin del personal del rea administrativa-financiera, en especial con la del Contador General y la del funcionario enlace que se designe para el efecto. Esto en atencin a que tanto los registros contables y otros, los Informes Financieros y la documentacin soporte, se nos deben hacer llegar con la prontitud que cada caso amerite, para as poder con la prontitud del caso efectuar cada una de las pruebas de auditoria previamente planificadas. Adicional a ello, se hace necesario se nos proporcione un ambiente adecuado, seguro y debidamente equipado para que dos auditores y un supervisor puedan realizar el trabajo de campo ya mencionado en la presente propuesta. En Anexo que se adjunta, se presenta una lista de nuestros principales clientes con quienes pueden comunicarse para solicitar referencias en relacin a los servicios profesionales que le hemos proporcionado a cada uno de ellos en su momento. Al agradecer su atencin a la presente, nos suscribimos de ustedes con las muestras de nuestra consideracin, esperando poder servirles de la mejor manera y quedamos a su disposicin para cualquier aclaracin o ampliacin. Atentamente,
IXVALAN PACHECO Y ASOCIADOS Contadores Pblicos y Auditores
JUAN GABRIEL IXVALAN PACHECO Socio-Director
Colegiado No. 199913535
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CONCLUSIONES
1. Las Normas Internacionales de Auditoria contienen los lineamientos que rige la
vida laboral del Contador Pblico y Auditor es por ello que el estudio de las
mismas es fundamental. Cuenta con los objetivos globales del auditor
independiente, y la realizacin de auditoria de conformidad con las Normas
Internacionales de Auditoria
2. La Na 210 trata sobre las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los
trminos del encargo de auditora con la direccin y, cuando suceda, con
los responsables de la entidad. Incluye determinar si concurren ciertas
condiciones previas a la auditora cuya responsabilidad corresponde a la
direccin.
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RECOMENDACIONES
1. La mejora continua debe ser el lema de la nueva generacin de Contadores
Pblicos y Auditores, conocer las Normas Internacionales de Auditoria en cada
una de sus secciones a profundidad hara del profesional una persona de xitos,
con conocimientos altamente calificado, y concreto tratamos la NIA 200 y 210 que
van ntimamente ligados pues cada uno tiene mucho que aportar por ejemplo
2. En la NIA 200 hablamos de las responsabilidades globales que tiene el auditor
independiente cuando realiza una auditora de estados financieros de conformidad
con las NIA. Explica la naturaleza y el alcance de una auditora diseada para
permitir al auditor independiente alcanzar objetivos. Le da Seguridad razonable,
cumplimiento de obligaciones contenidas en las Nias.
3. La Norma Internacional de Auditoria 210 trato de las responsabilidades que tiene
el auditor al acordar los trminos del encargo de auditora con la direccin,
Gerente y/o Propietario, responsables del gobierno de la entidad.
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BIBLIOGRAFA
International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB). 2013. Normas
Internacionales de Auditora y Control de Calidad Volumen