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É Gobierno del Estado de Tabasco T Tabasco cambia contigo CGAJ Coordinación General de Asuntos Jurídicos No. de control interno.- CGAJ/ 010/2017 OFICIO No.- 00169417 Villahermosa, Tabasco; 09 de febrero de 2017. ACUERDO DE INCOMPETENCIA CUENTA: Por recibido el oficio CGAJ/CT/01/2017, por medio del cual el Lie. Enrique Caballero Villamayor, Presidente del Comité de Transparencia de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, informa que el día 10 de febrero de 2017, se efectuó la Primera Sesión Ordinaria de ese Comité, en la que se dicto el Acuerdo CT/01/2017. En consecuencia, atento a lo previsto en los artículos 48, fracción II, 50, fracciones III y XI, y 142, párrafo primero, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, procédase a emitir el correspondiente acuerdo.- Conste. DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS; VILLAHERMOSA, TABASCO, A DIEZ DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE. Vista la cuenta que antecede, se acuerda. PRIMERO: Por recibido el oficio de cuenta, signado por el Lie. Enrique Caballero Villamayor, Director de Normatividad y Transparencia y Presidente del Comité de Transparencia, mediante el cual comunica que en la Primera Sesión Ordinaria del citado Comité, realizada el 10 de febrero de 2017 y después de analizar la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00169417, recibida el 08 de febrero de 2017 a las 8:00 horas, dirigida a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos vía sistema Infomex Tabasco, por Luis Félix, mediante la cual requirió:" “Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017” se aprobó el acuerdo CT/01/2017 que textualmente dice: Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035, www.cgal.tabaaco.gob.mx “2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

Tabasco CGAJ Coordinación General de Asuntos Jurídicos · General de Asuntos Jurídicos vía sistema Infomex Tabasco, por Luis Félix, mediante la cual requirió:" “Se solicita

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ÉGobierno del

Estado de Tabasco

TTabascocambia contigo

► CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurídicos

No. de control interno.- CGAJ/ 010/2017 OFICIO No.- 00169417

Villahermosa, Tabasco; 09 de febrero de 2017.ACUERDO DE INCOMPETENCIA

CUENTA: Por recibido el oficio CGAJ/CT/01/2017, por medio del cual el Lie. Enrique Caballero Villamayor, Presidente del Comité de Transparencia de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, informa que el día 10 de febrero de 2017, se efectuó la Primera Sesión Ordinaria de ese Comité, en la que se dicto el Acuerdo CT/01/2017. En consecuencia, atento a lo previsto en los artículos 48, fracción II, 50, fracciones III y XI, y 142, párrafo primero, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, procédase a emitir el correspondiente acuerdo.- Conste.

DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS; VILLAHERMOSA, TABASCO, A DIEZ DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE.

Vista la cuenta que antecede, se acuerda.

PRIMERO: Por recibido el oficio de cuenta, signado por el Lie. Enrique Caballero Villamayor, Director de Normatividad y Transparencia y Presidente del Comité de Transparencia, mediante el cual comunica que en la Primera Sesión Ordinaria del citado Comité, realizada el 10 de febrero de 2017 y después de analizar la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00169417, recibida el 08 de febrero de 2017 a las 8:00 horas, dirigida a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos vía sistema Infomex Tabasco, por Luis Félix, mediante la cual requirió:" “Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017” se aprobó el acuerdo CT/01/2017 que textualmente dice:

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cgal.tabaaco.gob.mx

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

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Gobierno del Estado de Tabasco

Tabascocambia contigo r CGAJ

Coordinación Generalde Asuntos Jurícicos

“Acuerdo CT/01/2017.En relación a la solicitud de acceso a la información con número de folio 00169417, presentada por Luis Félix y con fundamento en los artículos 48, fracción II, y 142, párrafo primero, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, este Comité de Transparencia resuelve confirmar la incompetencia de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos respecto de la solicitud antes descrita. Se instruye a la Unidad de Transparencia para que elabore el Acuerdo de Incompetencia correspondiente y lo notifique al solicitante a través del medio requerido dentro del plazo legal mente establecido”

Por lo anterior, se ordena agregar a los autos el oficio de cuenta, para que surta los efectos legales correspondientes.

SEGUNDO: En acatamiento al Acuerdo CT/01/2017 aprobado por el Comité de Transparencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II, 50, fracción XI, 133 y 142, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se acuerda que la información solicitada mediante el folio número 00169417, no es competencia de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos, por las siguientes razones; del análisis efectuado a la solicitud, se advirtió que de conformidad con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y el numeral 8 del Reglamento Interior de esta Coordinación General, este Sujeto Obligado no tiene atribución legal alguna que le permita generar, poseer o custodiar la información requerida por el peticionario, “Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017”

El Sujeto Obligado competente es la Secretaría de Gobierno, de acuerdo a la disposición prevista en el artículos 27.- fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y en el artículo 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; así como el artículo 3 fracción XXXI. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por tal motivo es un Sujeto Obligado independiente, con facultades plenas para dar atención a la información requerida. A efecto de clarificar lo anterior, se transcriben los numerales antes citados.

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.caal.tabaaco.aob. m«

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS"

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ÉGobierno del

Estado de Tabasco

CGAJCoordinación Generalde Asuntos Juricicos

LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO

ARTÍCULO 27.- A la Secretaría de Gobierno corresponden las siguientes atribuciones:VIII. Administrar y organizar el Periódico Oficial del Estado, publicando en el mismo las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas y normativas que deben regir en el Estado.

Articulo 16.- Corresponde a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, el ejercicio de las siguientes atribuciones:XXIV. Administrar, organizar y distribuir el Periódico Oficial del Estado;

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:...XXXI. Sujetos Obligados: Cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo. Legislativo y Judicial o de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, jurídica colectiva o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

SEGUNDO: Con fundamento en lo previsto en los artículos 50, fracción XI, 133 y 142, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se determina la notoria incompetencia por parte de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos, para atender la so lic itud de acceso a la información y se orienta al peticionario informándole que el Sujeto Obligado competente para otorgar la información requerida es la Secretaría Gobernación, bajo las consideraciones siguientes.

Del análisis efectuado a la solicitud, se advirtió que de conformidad con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y el numeral 8 del Reglamento Interior de esta Coordinación General, este Sujeto Obligado no tiene atribución legal alguna que le permita generar, poseer o custodiar la información requerida por el peticionario, “se solicita en formato abierto el índice contenido de las ediciones ordinaria, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017”

PróI. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Viliahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cqal.tabaeco.Qob.mx

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Gobierno del Estado de Tabasco

Tabascocambia contigo rCGAJ

Coordinación Generalde Asuntos Jurícicos

Se considera que el Sujeto Obligado competente para atender la petición del C. Luis Félix, antes aludida es la Secretaría de Gobierno y su Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, en virtud, que conforme a los artículos 27.- fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y en el artículo 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; así como el artículo 3 fracción XXXI. De la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por tal motivo es un Sujeto Obligado independiente, con facultades plenas para dar atención a la información requerida, que generalmente establecen.

LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO

ARTÍCULO 27.- A la Secretarla de Gobierno corresponden las siguientes atribuciones:VIII. Administrar y organizar el Periódico Oficial del Estado, publicando en el mismo las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas y normativas que deben regir en el Estado.

Artículo 16.- Corresponde a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, el ejercicio de las siguientes atribuciones:XXIV. Administrar, organizar y distribuir el Periódico Oficial del Estado;

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:...XXXI. Sujetos Obligados: Cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo. Legislativo y Judicial o de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, jurídica colectiva o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cgai.tabwco.gob.m x

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É TGobierno del Tabasco

Estado de Tabasco cambia contigo

► CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurícicos

Hágasele del conocimiento a la persona interesada que dicha información puede Solicitarla directamente a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobierno, a cargo de su Titular, el Lie. Gustavo Rosario Torres, cuyo portal oficial es:

http://transparencia.tabasco.gob.mx/Portal/WFrmPresentarPortal.aspx7dpaH2Con oficinas ubicadas en Avenida Gregorio Méndez, esquina Venustiano Carranza, sin número, Centro, Villahermosa, Tabasco C.P. 86000, (993) 3383000, con Horario de Atención: 9:00-15:00 hrs. y 18:00-21:00 hrs. Lunes a viernes Independientemente de lo anterior, podrá formular su solicitud directamente a través del sistema Infomex Tabasco, cuya dirección electrónica es la siguiente:

http://www.infom extabasco.org.m x

TERCERO: Con fundamento en el articulo 139 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, notifíquese el presente proveído al interesado, a través del Sistema Electrónico de uso remoto Infomex- Tabasco.

CUARTO: Publíquese el presente acuerdo, en el Portal de Transparencia de este Sujeto Obligado, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 70, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

QUINTO: Hágase del conocimiento del peticionario que en términos de los artículos 148 y 149 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, puede interponer RECURSO DE REVISIÓN, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo, por sí mismo o a través de su representante legal, ante el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por medio del Sistema Infomex- Tabasco, o en las oficinas de esta Unidad Transparencia; cuando considere que la información entregada es incompleta o no corresponde con la requerida en su solicitud o bien no esté de acuerdo con el tiempo, costo, formato o modalidad de entrega.

SEXTO: Cúmplase.

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cnii.t«b«»co.gob.mx

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TGobierno del Tabasco

Estado de Tabasco cambia contigo

► CGAJCoordinación Gene, ;i de Asuntos Jurícicg

Así lo acuerda, manda v firi

Departamento de Transpai

Coordinación General de As

Capital del Estado de Tabas

el C. Antonio Acuña Pérez, Jefe del

y Acceso a la Información Pública de la

Jurídicos; en la Ciudad de Villahermosa,

los diez días del mes de febrero de 2017.

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.ciwi.ttibaeco.aob.mx

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FOLIO NOMBRE APELLIDO FECHA DE REGISTRO SUJETO OBLIGADO

1 169417 LUIS FELIX 07/02/2017 SECRETARIA DE GOBIERNO

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DESCRIPCION DE LA SOLICITUD

“Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017”

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Gobierno del Estado de Tabasco cambia contigo I de Asuntos

Tabasco rl € i K J € l > W U CoordinaciónCoordinación General de Asuntos Juriacos

Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Oficio No: CGAJ/UAi/010/2017

Asunto: El que se indica.

Villahermosa, Tabasco a 09 de febrero de 2017.

LIC. ENRIQUE CABALLERO VILLAMAYOR.PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

De manera atenta hago de su conocimiento que el día 07/02/2017, la persona Luis Félix, presentó a través del Sistema Infomex- Tabasco, la solicitud con número de folio 00169417, que se cita manera textual:

“Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017"

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 50, fracción XI y 142, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, este Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, emitió el Acuerdo de fecha nueve de febrero del dos mil diecisiete , mediante el cual determinó la notoria incompetencia de este Sujeto Obligado, para atender la solicitud en comento, con base en las consideraciones expuestas en el punto SEGUNDO de dicho instrumento.

Ahora bien, conforme a lo dispuesto en los artículos 48, fracción II, 50, fracción XI y 142, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, así como establecido en punto TERCERO del acuerdo aludido, respetuosamente solicito a ese órgano colegiado, que la solicitud con el número de folio 00169417 y la respuesta formulada por esté Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sean, valoradas por ese Comité de Transparencia y se confirm e la determ inación de incompetencia.

Prol. Av. Paseo Tabasco No. 1504Centro Administrativo, Tabasco 2000 C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco. Tel. 3100780, Ext. 29804

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É TGobierno del Tabasco

Estado de Tabasco cambia contigo

CGAJCoordinación Generalde Asuntos Juriacos

Departamento de Transparencia y Acceso a la información Pública.

Para mejor proveer, se adjunta copia de los documentos citados en el presente ocurso.

Sin otro particular hago propicia la ocasión para Enviarles un cordial saludo.

ATENTAMENTE C. ANTONfoO'AOÍlÑA PÉREZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LAAnX d RMACIÓN PÚBLICA

C.c.p Archivo

Prol. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Centro Administrativo, Tabasco 2000 C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco. Tel. 3100780, Ext. 29804

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Gobierno del TabascoEstado de Tabasco cambia contigo r CGAJ

Coordinación Generalde Asunto:; Júneteos

Villahermosa, Tabasco, 09 de febrero de 2017.Oficio No. CGAJ/CT/05/2017.

L.C.P. FABIOLA MARÍA LARA SOSA.SECRETARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.P R E S E N T E

Con fundamento en los artículos 47 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se emite la presente CONVOCATORIA, para celebrar la Primera Sesión del Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, que se llevará a efecto el día viernes 10 de febrero del 2017. en la Sala de Juntas de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, sito en la Prolongación de Avenida Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo, Tabasco 2000, del Municipio de Centro, Tabasco; que se efectuará bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PRIMERO. Lista de Asistencia y Declaratoria de Quorum Legal.

SEGUNDO. Lectura y aprobación del Orden del Día.

TERCERO. Análisis de la solicitud de acceso a la información realizada con número de folio 00169417, de fecha 07/02/2017, de la persona Luis Félix.

CUARTO. Asuntos Generales

QUINTO. Clausura

Se adjunta copia del oficio CGAJ/UAI/010/2017, emitido por el titular de la Unidad de Transparencia de esta dependencia, correspondiente al punto Tercero del Orden del Día.

Sin otro particular, hago propicia la ocasióri para saludarlo conASuH iO ó

ATENTAMENTE,- 9 9 V/

p | p ! i*LIC. ENRIQUE CABALLERO VILLAMAVÓRb ec c ió n D t rP

PRESIDENTE DHL COMJTTE DE T R A N S P A R E N C IA ® ^ * Y r COORDINACIÓN.GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

1 /

C.c.p. Archivo.

Prol. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Centro Administrativo, Tabasco 2000 C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco. Tel. 3100780, Ext. 29804

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIOOS MEXICANOS"

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Villahermosa, Tabasco, 09 de febrero de 2017.Oficio No. CGAJ/CT/04/2017.

C. CESAR OVIDIO SUAREZ ALDECOA.VOCAL DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.P R E S E N T E

Con fundamento en los artículos 47 y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se emite la presente CONVOCATORIA, para celebrar la Primera Sesión del Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, que se llevará a efecto el día viernes 10 de febrero del 2017. en la Sala de Juntas de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, sito en la Prolongación de Avenida Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo, Tabasco 2000, del Municipio de Centro, Tabasco; que se efectuará bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PRIMERO. Lista de Asistencia y Declaratoria de Quorum Legal.

SEGUNDO. Lectura y aprobación del Orden del Día.

TERCERO. Análisis de la solicitud de acceso a la información realizada con número de folio 00169417, de fecha 07/02/2017, de la persona Luis Félix.

CUARTO. Asuntos Generales

QUINTO. Clausura

Se adjunta copia del oficio CGAJ/UAI/010/2017, emitido por el titular de la Unidad de Transparencia de esta dependencia, correspondiente al punto Tercero del Orden del Día.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión pa^a s aJudarRj con afecto.

ATENTjAM ENTE

LIC. ENRIQUE CftBALLERj0TVILLAMAYOF PRESIDENTE DEL COMITÉ DBTRANSPARENCIA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

C.c.p. Archivo

Prol. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Centro Administrativo, Tabasco 2000 C.P. 86035, Villahermosa, Tabasco. Tel. 3100780, Ext. 29804

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Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contigo

► CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurídicos

ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DETABASCO

Acta número: 1.

10 febrero de 2017Sala de juntas de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos 12:00 hrs 12:303 Personas

Fecha:Lugar:Inicio:Clausura:Asistencia:

En la Ciudad de Villahermosa, Capital del Estado de Tabasco, siendo las 12:00 horas del día 10 de febrero del año 2017, reunidos en el lugar que ocupa la Sala de Juntas de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos del Estado de Tabasco, ubicada en la Prolongación de Avenida Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo, Tabasco 2000; comparecen los CC. Lie. Enrique Caballero Villamayor, Director de Normatividad y Transparencia y Presidente del Comité; L.C.P. Fabiola María Lara Sosa, Directora de Tecnologías de la Información y Secretaria del Comité; y C. César Ovidio Suárez Aldecoa, Director de Administración y Vocal del Comité; con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en los artículos 47 y 48, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, por lo que se procede a iniciar la sesión, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PRIMERO. Lista de Asistencia y Declaratoria de Quórum Legal

SEGUNDO. Lectura y aprobación del Orden del Día.

TERCERO. Análisis de la solicitud con número de folio 00169417, de fecha 07/02/2017, de la persona, Luis Félix y de la determinación de no competencia formulada por el Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contigo

► CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurícicos

CUARTO. Asuntos Generales.

QUINTO. Clausura.

DESAHOGO DEL ORDEN DEL DÍA

PRIMERO. Se procede a pasar lista de asistencia. Acto seguido y encontrándose presentes todos los integrantes del Comité de Transparencia, se procede a declarar que existe quórum legal para celebrar la sesión.

SEGUNDO. El Presidente da lectura del Orden del Día, solicitando a los integrantes del Comité de Transparencia su aprobación. Acto seguido se declara aprobado el Orden del Día, por unanimidad de los integrantes del Órgano Colegiado.

TERCERO. En seguimiento al Orden del Día, se pone a disposición del pleno del Comité de Transparencia, el siguiente asunto:

Con oficio número CGAJ/UAI/010/2017, el Titular del Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, comunicó a este Comité de Transparencia que el día 9 de febrero de 2017, dictó un Acuerdo mediante el cual determinó la notoria incompetencia de este Sujeto Obligado, para atender la solicitud de información realizada por Luis Félix, con numero de folio 00169417, consístete en:

“Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017”

En el punto segundo del acuerdo mencionado el Titular del Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública determinó, acuerdo a las facultades conferidas en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, este Sujeto Obligado no tiene atribuciones que le permitan generar, obtener, adquirir, transformar, crear, administrar o poseer la información peticionada por la persona que dijo llamarse Luis Félix, y que el Sujeto Obligado competente es la Secretaría de Gobierno, como Dependencia del Poder Ejecutivo, de acuerdo a la disposición prevista en el artículo 27, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y en el artículo 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; así como el artículo 3 fracción XXXI, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por lo que solicitó a este Comité confirmar la determinación de incompetencia.

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ÉGobierno del

Estado de Tabasco cambia contigo de Asuntos JiCoordinación General de Asuntos Jurícicos

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ.

Después de analizar la solicitud de información y lo expuesto, fundado y motivado por el Titular del Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, específicamente en lo referente a las atribuciones de esta dependencia descritas en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como las contenidas en el artículo 8 del Reglamento Interior de esta Coordinación General, este Órgano Colegiado advierte que tal como lo precisó el citado Titular, no existe disposición legal o reglamentaria que faculte a este Sujeto Obligado a contar con la información requerida por el solicitante y por el contrario, en el artículo 27.- fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y en el artículo 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; le confieren la competencia a la Secretaría de Gobierno, y como tal, de acuerdo al numeral 3, fracción XXXI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco es un Sujeto Obligado de dicha norma legal. A efecto de clarificar lo anterior, se transcriben los numerales antes citados:

LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO

ARTÍCULO 27.- A la Secretaría de Gobierno corresponden las siguientes atribuciones:VIII. Administrar y organizar el Periódico Oficial del Estado, publicando en el mismo las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas y normativas que deben regir en el Estado.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:...XXXI. Sujetos Obligados: Cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo. Legislativo y Judicial o de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, jurídica colectiva o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

Artículo 16.- Corresponde a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, el ejercicio de las siguientes atribuciones:XXIV. Administrar, organizar y distribuir el Periódico Oficial del Estado;

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Gobierno delEstado de Tabasco

Tabascocambia contigo

► CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurícicos

Por lo anteriormente expuesto, este Comité de Transparencia, con fundamento en el artículo 48, fracción II, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, bajo las consideraciones expuestas y citas correspondientes resuelve confirmar la incompetencia de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos respecto de la solicitud antes descrita. Dicha resolución fue avalada por unanimidad, quedando establecida en el siguiente acuerdo:

Acuerdo CT/01/2017.En relación a la solicitud de acceso a la información con número de folio 00169417 presentada por Luis Félix, y con fundamento en los artículos 48, fracción II, y 142, párrafo primero, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, este Comité de Transparencia resuelve confirmar la incompetencia de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos respecto de la solicitud antes descrita.

Se instruye a la Unidad de Transparencia para que elabore el Acuerdo de Incompetencia correspondiente y lo notifique al solicitante a través del medio requerido dentro del plazo legalmente establecido.

CUARTO. En el punto de Asuntos Generales, el Presidente manifestó que no se hizo uso de la voz de ninguno de los integrantes del Comité.

QUINTO. Una vez desahogados todos y cada uno de los puntos del orden del día y al no existir algún otro asunto que tratar, se declara formalmente clausurada la presente sesión por parte del Presidente, siendo las 12:30 horas del día 9 de febrero del año 2017, firmando al margen y al calce quienes intervinieron en esta reunión, para mayor constancia y validez de la misma.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Tabasco (LTAIPET) se emite el presente Acuse de Recibo de la solicitud de información presentada ante la Unidad de Transparencia a la Información del sujeto obligado: COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

Fecha de presentación de la solicitud: 07/02/2017 22:15 Número de Folio: 00169417Nombre o denominación social del solicitante: Luis FélixInformación que requiere: Se solicita en formatos abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017.Otros datos proporcionados para facilitar la localización de la información:¿Cómo desea recibir la información? Electrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNT

*No incluir datos personales, ya que éstos serán publicados como parte de la respuesta.‘ Debe identificar con claridad y precisión de los datos e información que requiere.* La solicitud recibida en día hábil después de las 16:00 horas o en cualquier hora en día inhábil, se tendrá presentada a partir de las 08:00 horas del día hábil siguiente.

Los términos de todas las notificaciones previstas en esta Ley, empezarán a correr al día siguiente al que se practiquen.Cuando los plazos fijados por esta Ley sean en días, estos se entenderán como hábiles según lo establecido en el artículo 133 de la LTAIPET.

Plazos de respuesta:La respuesta a toda solicitud realizada en los términos de la presente Ley, deberá ser notificada al interesado en un plazo no mayor a quince días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquella: 02/03/2017. El plazo podrá ampliarse en forma excepcional hasta por cinco días, de mediar circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Transparencia mediante la emisión de una resolución que deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento según lo establecido en el artículo 138 de la LTAIPET.

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En caso de requerirle que aclare, complete, indique otros elementos, corrija los datos proporcionados o bien precise uno o varios requerimientos de la información se le notificará en un plazo no mayor de 5 días hábiles: 15/02/2017. El plazo para responder el requerimiento será hasta por 10 días según lo establecido en el artículo 131 párrafo cuarto de la LTAIPET.

Este requerimiento interrumpe el plazo que la Ley otorga para atender la solicitud, el cual iniciará de nuevo al día siguiente cuando se cumpla el requerimiento según lo establecido en el artículo 131 párrafo cuarto de la LTAIPET.

En caso de que esta Unidad de Transparencia a la Información no sea competente se le comunicará y orientará en un plazo no mayor a 3 días hábiles: 13/02/2017 según lo establecido en los artículos 142, LTAIPET.

Si los Sujetos Obligados son competentes para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberán dar respuesta respecto de dicha parte. En cuanto a la información sobre la cual es incompetente, se procederá conforme lo señala el párrafo anterior.

Ante la falta de respuesta a una solicitud en el plazo previsto y en caso de que proceda el acceso, los costos de reproducción y envío correrán a cargo del sujeto obligado según lo establecido en el artículo 140 párrafo tercero de la LTAIPET.

ObservacionesSe le recomienda dar frecuentemente seguimiento a su solicitud.* Tratándose de solicitudes de acceso a información formuladas mediante la plataforma nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos. En los demás casos, la Unidad de Transparencia tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la plataforma nacional y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables según lo establecido en el artículo 130 párrafo segundo de la LTAIPET.* Si su solicitud está relacionada con Datos Personales está obligado a acompañar a su escrito copia certificada de su identificación oficial, o en su defecto la original con copia, misma que se le devolverá previo cotejo, por lo que deberá acudir personalmente al domicilio de la Unidad de Transparencia a la Información de este Sujeto Obligado para acreditar su personalidad. Se consideran identificación oficial los documentos siguientes: Credencial de elector, cartilla militar, cédula profesional.

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Gobierno del Estado de Tabasco

CGAJCoordinación Generalde Asuntos Jurídicos

No. de control interno.- CGAJ/ 06 /2017 OFICIO No - 00169417

Villahermosa, Tabasco; 09 de febrero de 2017. ACUERDO DE DETERMINACIÓN DE NOTORIA INCOMPETENCIA

CUENTA: Mediante el sistema Infomex-Tabasco, Luis Félix, presentó solicitud con número de folio 00169417, el día uno siete de febrero de 2017, a las 22:15 hrs............................................................................... Conste.

DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS; VILLAHERMOSA, TABASCO, A NUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE.......................................................................................................................

Vista la cuenta que antecede, se acuerda:...

PRIMERO: Vía electrónica se tuvo al interesado Luis Félix, en el cual presento la solicitud de acceso de información que se cita manera textual: —

“Se solicita en formato abiertos el índice de contenido de las ediciones ordinarias, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015,2016 y lo que va del 2017"

SEGUNDO: Con fundamento en lo previsto en los artículos 50, fracción XI, 133 y 142, párrafo primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, se determina la notoria incompetencia por parte de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos, para atender la solicitud de acceso a la información y se orienta al peticionario informándole que el Sujeto Obligado competente para otorgar la información requerida es la Secretaría Gobernación, bajo las consideracionessiguientes:..........................................................................................................................

Del análisis efectuado a la solicitud, se advirtió que de conformidad con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y el numeral 8 del Reglamento Interior de esta Coordinación General, este Sujeto Obligado no tiene atribución legal alguna que le permita generar, poseer o custodiar la información requerida por el peticionario, “se solicita en formato abierto el índice contenido de las ediciones ordinaria, extraordinarias y especiales, correspondientes a los ejemplares del periódico oficial del Estado de Tabasco, que fueron impresos y distribuidos en los años 2015, 2016 y lo que va del 2017”

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504 Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cgai.tabwco.gob.m x

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

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Gobierno del TabascoÉ ► CGAJ

Estado de Tabasco cambia contigoCoordinación Genera' de Asuntos Jurícicos

Se considera que el Sujeto Obligado competente para atender la petición del C. Luis Félix, antes aludida es la Secretaría de Gobierno y su Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, en virtud, que conforme a los artículos 27.- fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y en el artículo 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno; así como el artículo 3 fracción XXXI. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por tal motivo es un Sujeto Obligado independiente, con facultades plenas para dar atención a la información requerida, que generalmenteestablecen...................................................................................................................

LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO

ARTÍCULO 27.- A la Secretaría de Gobierno corresponden las siguientes atribuciones:VIII. Administrar y organizar el Periódico Oficial del Estado, publicando en el mismo las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas y normativas que deben regir en el Estado.

Artículo 16.- Corresponde a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información, el ejercicio de las siguientes atribuciones:XXIV. Administrar, organizar y distribuir el Periódico Oficial del Estado;

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:...XXXI. Sujetos Obligados: Cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo. Legislativo y Judicial o de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, jurídica colectiva o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.cgal.tabaaco.gob.mx

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

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n Generalde Asuntos Juricicos

TERCERO: Para el efecto de brindar certeza legal a las actuaciones de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos, el presente instrumento deberá remitirse al Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado, para que este último confirme, modifique o revoque la determinación de incompetencia realizada por este Departamento de Transparencia y Acceso af la Información Pública; de conformidad con lo dispuesto por en los artículos 48, fracción II y 50, fracción XI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

CUARTO: Cúmplase. /

Así lo acuerda, manda y firma, el J t. Antonio Acuña Pérez, Jefe del Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Coordinación General de Asubtos Juríd icos; en la Ciudad de Villahermosa, Capital del Estado de T a b a s c (n \lo s nueve días del mes de febrero del año dos mil d iecisie te....................... J ...X ..........................................................................

Pról. Av. Paseo Tabasco No. 1504Colonia: Tabasco 2000 Centro Administrativo de Gobierno Villahermosa, Tabasco C. P. 86035,www.caal.tabasco.aob.mx

“2017 CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS"