17
 INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIV ADO TRENTINO JUAN PA BLO II  FA CULT AD DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS “I.E.S. T. P . TRENTINO JUAN PA BLO II”  Á rea : organización y const i t u ción d e em p r esas .  t ema: reci b oporh on orariosy l i qu i d a ciónde c om p r a s.  A utores: P om ah u acr e F l ores W alter. n ad i e m as.

orga y const de empresas.pptx

Embed Size (px)

Citation preview

Diapositiva 1

INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO TRENTINO JUAN PABLO IIFACULTAD DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

I.E.S.T. P. TRENTINO JUAN PABLO II

rea: organizacin y constitucin de empresas . tema: recibo por honorarios y liquidacin de compras. Autores: Pomahuacre Flores Walter. nadie mas.

recibo por honorarios

2

El Recibo es una palabra con varios usos. En este caso, nos interesa destacar su acepcin como eldocumentoque registra la recepcin de algo. Loshonorarios, por su parte, son lospagosque recibe un profesional a cambio de desarrollar su actividad y brindar sus servicios.Con esto en claro, podemos comprender que unrecibo de honorariosorecibo por honorarios es un documento que certifica la entrega y la recepcin de un pago a untrabajadorpor unservicioprestado.Que es el recibo por honorariosCuando se perciban rentas decuarta categora SonRentasdeCuartaCategoraaquellasobtenidasporel desempeo individual eindependiente de una:Profesin, arte, ciencia u oficio y Las obtenidas por el ejercicio de las actividades de Director deEmpresas,Sndico,Mandatario,GestordeNegocios, Albacea.El servicio debe ser prestado en forma independiente sin vnculo de dependenciaalguno.

En qu casos deben emitirse los Recibos porHonorarios?

no son rentas de cuarta categora las percibidas por el trabajo:Prestado en forma independiente con Contratos deprestacindeserviciosnormadosporla legislacin civilcuando:El lugar y horario es designado por el usuario.El usuario proporciona los elementos de trabajo ya sume los gastos por el servicio.

Cuando debe entregarse el recibo por honorarios?En el momento en que se perciba la retribucin y por el monto de la misma.se debe consignar la retencin efectuada en el recibo por honorarios? S, debe consignarse el monto discriminado delas retencin que afecten dicha operacin (Impuesto a la Renta: 10 %) y que ser realizada por quien utiliza elservicio.estos comprobantes tienen efectos tributarios?Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efectotributariosiemprequecumplanconlosrequisitos establecidos en elReglamento de Comprobantes dePago.Requisitos con los que debe de contar el recibo por honorariosDatos de identificacin del obligado (apellidos y nombres, direccin, nmero de RUC)Denominacin del comprobante (recibo por honorarios) Numeracin (serie y numero correlativo)Datos de la imprenta que realizo la impresin(nmero de RUC y fecha de impresin)Nmero de autorizacin de impresin otorgado por la SUNAT Destino del original y las copias.

Exceptuados de emitir recibos por honorarios Directores de EmpresasSndicosMandatariosRegidores de MunicipalidadesGestorde NegociosAlbaceaOtrasactividades similaresEl servicio de lustrado de calzado y el servicio ambulatorio de lavado de lavado de vehculos.

cuando se efectan las retenciones?Cuando se emiten recibos por honorarios por montos superiores a s/. 1500.00, a personas naturales o jurdicas que estn obligados a efectuar retenciones por llevar contabilidad completa o registro de ingresos y gastos.Cmo se aplican las restricciones?Los recibos por honorarios que emita por un monto mayor a s/. 1500, nuevos soles, estarn sujetos a una retencin del 10 % por impuesto a la renta, la que ser efectuada por la empresa o entidad que contrate sus servicios. El monto retenido le servir como crdito del impuesto, es decir, podr descontarlo del monto que le corresponda pagar mensualmente por impuesto a la renta.Suspension de de retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta Sin embargo, podr exonerarse de la retencin del impuesto si cuenta con una constancia de la SUNAT de suspensin de pagos a cuenta y/o retenciones del impuesto a la renta, con autorizacin vigente.vigencia de la constancia de autorizacin? la constancia de autorizacin tendr vigencia desde el primer da calendario del mes siguiente a la obtencin de la misma, hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se solicito.Recibo por honorarios electrnicos El Recibo por Honorarios Electrnico no es un nuevo comprobante de pago, es el mismo Recibo por Honorarios que seemite de manera fsica, con la diferencia que en este caso, su generacin ser a travs del Sistema de Emisin Electrnica (SEE).Caractersticas:La informacin del documento, al ser electrnico, estar expresado enbits dentro de un archivo digital, siendo su soporte distinto al tradicional(papel).Su serie ser nica y alfanumrica, identificndose con los siguientes 4caracteres: E001.Sunumeracinserautomticaycorrelativa,siendogeneradade manera cronolgica por el Sistema de Emisin Electrnica.Contiene un mecanismo de seguridad generado por medios electrnicos que aadido y/o asociado al documento, garantiza su autenticidad e integridad.

Ventajas:Ahorra en gastos de impresin de recibos y en la legalizacin del Libro de Ingresos y Gastos.Sus recibos y su Libro de Ingresos y Gastos se generan y conservan en formato digital, evitando as el riesgo de prdida,Puede enviar su Recibo por Honorarios alcorreo electrnico de su cliente.Tiene la opcin de consultar enlnea todos los recibos que haya emitido.Conclusin:El Recibo por Honorarios Electrnico permite alemisor ahorrar en gastos de impresin de recibos y en la legalizacin del Libro de Ingresos y Gastos debido a que se generan y conservan en formato digital. Adems, este sistema disminuye el riesgo de prdida de losdocumentos.

Liquidacin de compras QUIENES PUEDEN EMITIR LIQUIDACIONES DE COMPRA?Los contribuyentes del Rgimen General y del Rgimen Especial del Impuesto a la Renta que realizan operaciones con vendedores que no estn inscritos en el RUC.EN QU CASOS SE PERMITE LA EMISIN DE LIQUIDACIONES DE COMPRA?nicamente se permite la emisin cuando el vendedor es una persona natural productora y/o acopiadora de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y de extraccin de madera, de productos silvestres, minera aurfera artesanal, artesana y desperdicios y desechos metlicos y no metlicos, desechos de papel y desperdicios de caucho; siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de nmero de RUC.CMO SE SOLICITA LA AUTORIZACIN DE IMPRESIN DE LAS LIQUIDACIONES DE COMPRA?Al igual que cualquier otro comprobante de pago, mediante la presentacin del Formulario N 816 en cualquier imprenta conectada al sistema SOL e inscrita en la SUNAT.

La nica diferencia es que el contribuyente que necesite emitir este comprobante, previamente deber afectarse a IGV-Retenciones.EN QU MOMENTO SE DEBEN ENTREGAR LAS LIQUIDACIONES DE COMPRA?En el momento en que se entregue el bien o se efecte el pago, lo que ocurra primero, pudindose entregar antes que ocurran estas situaciones.ESTOS COMPROBANTES PERMITEN EJERCER EL DERECHO AL CRDITO FISCAL?Las Liquidaciones de Compra permiten ejercer el derecho al crdito fiscal siempre que el IGV sea retenido y pagado por el comprador (PDT - 617 - Otras retenciones) quien acta como agente de retencin.Para ello el monto de retencin deber sealarse detalladamente en el comprobante de pago para que surta los efectos tributarios mencionados. Adems, estos comprobantes pueden ser empleados para sustentar gasto o costo para efecto tributario.

PERMITEN TAMBIN SUSTENTAR EL TRASLADO DE BIENES?No. El traslado de bienes se sustenta nicamente con la Gua de Remisin.

EN CUNTAS COPIAS DEBER EMITIRSE?Este comprobante deber constar de tres copias, la primera denominada "Comprador" quedar con el adquirente de los bienes, la segunda llamada "Vendedor" con la persona que ceda los bienes o productos y la ltima copia "SUNAT" tambin se queda con el comprador para su respectivo control.