Upload
others
View
3
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Marco regulatorio de la industria de fondos mutuos: reformas
pendientesSuperintendencia del Mercado Valores
Presentado por Armando Manco2015
Marco Regulatorio
Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 (22/10/96) y modificatorias. (Texto único ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Supremo Nº093-2002-EF)
Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 (16/07/10) y modificatorias
Normas Contables aplicables a los Fondos Mutuos de Inversión en Valores, Resolución CONASEV N°628-97-EF-94.10 (25/10/97) y modificatorias
Especificaciones Técnicas de la Información a remitir por las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, Resolución Gerencia General 0058-2010
Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios, Resolución CONASEV Nº101-2009-EF-94.01.1
Además, cada Fondo Mutuo se rige por su Prospecto Simplificado y Reglamento de Participación.
SMSuperintendencia del Mercado de Valores
RÉGIMEN ANTERIOR NUEVO RÉGIMEN
Otras autorizadas por la SMV
Otras autorizadas por la SBS
Sociedades Agentes de Bolsa
Empresa Bancaria
Res. Nº 008-2013-SMV-01: Agente Colocador
SMVSuperintendencia del Mercado de Valores
RÉGIMEN PROPUESTO
Formación académica
Formación profesional
Obtención de gradoacadémico de niveluniversitario, maestría osuperior.
Certificación internacional:
Experiencia no menor a 3años en temasrelacionados a la gestiónde portafolios o almercado de valores.
Un miembro debe tener 3años de experiencia en lagestión o administraciónde instrumentos que seanel objetivo principal de lasinversiones del fondo.
Miembros del Comité de Inversiones
Personas encargadas de ejecutar las decisiones de inversión
Similares requisitos
RÉGIMEN ACTUAL
Formación académica
Formación profesional
Se incluyen otrascertificaciones y laposibilidad de incluirnuevas
La experienciamínima debe serrelativa únicamentea la gestión deportafolios.
Se precisan expresamente los requisitos experiencia exigible de un (1) año sólo si es complementada con alguna certificación internacional
Res. Nº 008-2013-SMV-01: Calificación
Autorizacione
s de
organ
ización y
funciona
miento
Artículos 25 y 31
Se estandarizan los requisitos a los exigidos a otros sujetos supervisados
Se refuerza la exigencia de acreditar la solvencia
económica y moral de los organizadores –
identificación de persona naturales que tienen el
control efectivo de la PJ organizador
Se exige la presentación del Manual del Sistema de
Prevención del Lavado de Activos y financiamiento del Terrorismo y del Código de
Conducta
Autorización de
tran
sferen
cias de accion
es
o similares
Artículo 60
Se precisan aquellas transferencias, aumentos
de capital y actos que requieren de previa
autorización de la SMV (involucren o no directa o indirectamente el ingreso de un nuevo accionista).
Capital y Patrim
onio Neto de
la Socieda
d Ad
ministrad
ora
Artículo 126
De incurrirse en déficit de patrimonio este debe ser cubierto dentro de los 30 días siguientes de ocurrida alguna de las situaciones previstas (actualización – EEFF–constatación)La subsanación se efectuará: Remitiendo Escritura Pública en dicho plazo. Constancia de inscripción dentro de 30 días adicionales.
SMVSuperintendencia del Mercado de ValoresRes. Nº 008-2013-SMV-01: Medidas Prudenciales
Publicidad
de Re
ntab
ilida
d
Valor C
uota
Inversión en
instrumen
tos d
e em
presas
vinculad
as
Artículo 118-A
En caso el obligado al pago de instrumentos financieros sea una empresa vinculada a la SAF: No se puede tener
invertido más del 10% del activo del fondo.
No aplica en casos de instrumentos de deuda de muy corto y corto plazo.
Artículo 87
Se reformulan los parámetros que deben observarse en la publicad de rentabilidades:
1) No anualizaciones de rendimientos para periodos < 1 año;2) Fechas de referencia y fechas base;3) Mínimo 6 meses operando;4) Criterios: años acumulados y años completos.
Artículo 104
Se precisan que criterios de asignación de valor cuota deben emplearse según el tipo de fondo:
- FM de deuda de muy corto y corto plazo: VC del día anterior o del día;
- FM deuda de mediano y largo plazo: VC del día o del día siguiente; y,
- FM renta variable y mixto crecimiento: VC del día siguiente
Res. Nº 008-2013-SMV-01: Medidas Prudenciales
ESQUEMA ANTERIOR: PAISES GRADO DE INVERSION
Inversiones en el ExtranjeroESQUEMA ACTUAL:
No
para
ísos
fis
cale
s
Miembros IOSCO
(Anexo A o B MMuO)
GAFI-FATF, GAFISUD , GAFIC no riesgosos
Res. SMV Nº005-2015-SMV/01:Fondo Bursátil o ETF
Definición de ETF (art. 184): Replica un índice Inscrito en un MCN La creación y redención de unidades de participación
se realiza mediante la entrega de valores. La denominación ETF podrá ser utilizada por
instrumentos extranjeros cuando: (i) negocien en bolsas, y (ii) tengan similar naturaleza.
SAF podrá contratar a un gestor externo para querealice, a través de las personas naturales quedesigne, las labores del comité de inversiones.
El gestor externo debe ser una persona jurídicacon una experiencia de 3 años en gestión de ETFen un mercado regulado.
ETF: Creación y Redención
Unidad de creación: número de unidades departicipación necesarias para solicitar su creacióno redención.
Diariamente la SAF publicará la composición de lacartera del día contiene el número de accionesy el monto en efectivo equivalente a una unidadde creación.
Las solicitudes de creación y redención serealizan únicamente a través de la SAB(participante autorizado).
Funcionamiento ETF
Participante autorizado SAB
ETF El PA recibe unidad de creación (creación ) o valores que conformaban canasta del día (redención).
BVL
El PA entrega canasta del día(creación) o unidades de participación (redención).
Las unidades de participación se negocian en bolsa.
Inversionistas Los inversionistas compran y venden unidades de participación en bolsa.
SAFM
Cartera de acciones u
otros activos
Unidades de participación
Inversionistas (usualmente Institucionales )
Gestor externo
Diariamente la SAF publicará la composición de la cartera del día
Beneficios de los ETF
La creación de ETF sobre índices que incluyanvalores de empresas peruanas incrementaría laliquidez de estos valores (mayor demanda devalores para crear nuevas unidades de ETF).
Ofrecen oportunidades de arbitraje.
Combinan la diversificación del portafolio queofrecen los fondos con las ventajas de lanegociación en bolsa.
Al contar con estrategias pasivas de inversión sereducen los costos por operaciones del fondo.
Es importante el tratamiento tributario en losprocesos de creación y redención de ETF.
Inversión de FFMM de deuda en cuotas de Fondos de Inversión
Incluir a los fondos de inversión cuyo objetivo seala inversión en instrumentos representativos dedeuda, que cumplan con los siguiente: Cuenten con política de distribución de beneficios y de
patrimonio a la liquidación. Límite de endeudamiento no mayor al 10% del activo
del fondo. Establezcan una duración máxima del portafolio del
fondo de inversión. Las cuotas de participación de los fondos de inversión
deben ser valorizadas por una proveedora de precios
Incluir a los ETF cuyas carteras esténconformadas exclusivamente por instrumentos dedeuda.
Res. SMV Nº005-2015-SMV/01:Pago del Rescate
Se adiciona la posibilidad que el pago del importede los rescates de cuotas del fondo mutuo puedarealizarse con abono en cuenta del agentecolocador.
Actualmente solo se puede depositar en la cuentaa nombre del partícipe.
Reformas Pendientes
Prospecto Electrónico: posibilidad que las SAFadopten un mismo ejemplar del ProspectoSimplificado. De hacerlo, posiblemente lainscripción sea automática.
Instrumentos Derivados: ampliar alternativas
Fondos Estructurados: redefinir sus objetivos
Distribuidor de fondos: evaluar su regulación.
Marco regulatorio de la industria de fondos mutuos: reformas
pendientesSuperintendencia del Mercado Valores
Presentado por Armando Manco2015