LÍMITES DE LA VOLUNTAD POLÍTICA FRENTE AL DERECHO

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Dadas las dimensiones objetiva y subjetiva atribuibles a la naturaleza de losderechos sociales, así como presente el carácter vinculante de la Constitución, la siguiente es la pregunta básica o nuclear, que constituye la premisa que se propone resolver esta reflexión teórica: ¿Qué ha impedido que los derechos sociales –verdaderos derechos fundamentales desplieguen toda su eficacia normativa, en tanto reglas y principios, en el tráfico jurídico y en la vida institucional de la Nación?Según la hipótesis que desarrolla el presente trabajo, la construcción de la ciudadanía social y del Estado Social de Derecho en Colombia demanda acentuar y perfeccionar la vinculación jurídica del Legislador y de la Administración Pública, sujetos pasivos de derechos sociales, a la satisfacción del contenido obligacional de los mismos.Ello implica concretamente eliminar la irresponsabilidad jurídica del Legislador y de la Administración Pública en la satisfacción de los derechos sociales, mediante el sometimiento a derecho de sus omisiones inconstitucionales e inactividad prestacional respectivamente. En el segundo caso especialmente en la ejecución de normas de derechos sociales incondicionadas68, autoaplicativas69 o incluso “condicionadas [pero] con supuesto fáctico ya determinado”