LEGISLACIÓN AMBIENTAL NACIONAL Y LEYES DE CARACTER AMBIENTAL

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Generalidades de la legislacion ambiental en Mexico

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Un cuerpo de leyes que regulan una determinada materia o al conjunto de leyes de un pas. Un ordenamiento jurdico, como sinnimo del conjunto de normas jurdicas de un pas.

ESTA LEGISLACION ESTA REGIDA POR : LEYES REGLAMENTOS NORMAS Y SUBPROGRAMAS

Ley general del equilibrio ecolgico y proteccin al ambiente Ley de aguas nacionales Ley general para la prevencin y gestin integral de residuos peligrosos La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable La Ley General de Vida Silvestre La Ley Federal de Sanidad Animal

Reglamento de la ley de aguas nacionales Reglamento de la LGEEPA en materia de prevencin y control de la contaminacin de la atmsfera

Reglamento para la proteccin del ambiente contra la contaminacin originada por la emisin de ruido Reglamento de la prevencin y control de la contaminacin a la atmsfera

Reglamento de la Ley General para la Prevencin y Gestin Integral de los Residuos Reglamento para prevenir y controlar la contaminacin del mar por vertimiento de desechos y otras materias Reglamento de la ley general para la prevencin y gestin integral de residuos

Estas normas estn regidas por organizaciones gubernamentales en materia ambiental como la: 1. SEMERNAT(Secretaria del Medio Ambiente y Recueros Naturales) 2. SMA (Secretaria del Medio Ambiente) 3. SCT (Secretaria de Comunicaciones y Transportes)

NOM-003-SCT/2000 norma oficial mexicana, caractersticas de las etiquetas de envases y embalajes destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosoNOM-004-SCT/2000 norma oficial mexicana, sistema de identificacin de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. NOM-005-SCT/2000 norma oficial mexicana, informacin de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos

NOM-023-SCT4-1995, condiciones para el manejo y almacenamiento de mercancas peligrosas en puertos, terminales y unidades mar adentro.

NOM-052-SEMARNAT-2005, que establece las caractersticas, el procedimiento de identificacin, clasificacin y los listados de los residuos peligrosos.NOM-001-ECOL-1996, establece los limites mximos permisibles de contaminantes en las descargas residuales en aguas y bienes nacionales

NOM-002-SEMARNAT-1996, estable los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. NOM-081-ECOL-1994, que establece los lmites mximos permisibles de emisin de ruido de las fuentes fijas y su mtodo de medicin. NOM-024-SSA1-1993. "salud ambiental. criterio para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto a las partculas suspendidas totales. Valor permisible para la concentracin de partculas suspendidas totales en el aire ambiente, como medida de proteccin a la salud de la poblacin".

Artculo 4 Prrafo cuarto: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Artculo 25 Prrafo sexto: Se impulsara a las empresas de los sectores social y privado de la economa, para que usen los recursos naturales productivamente, cuidando su conservacin y el medio ambiente. Artculo 27 Prrafo tercero: La nacin tiene derecho de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los recursos naturales, con el fin de lograr un desarrollo sustentable.

Artculo 73 Fraccin XXIX-G: Expedir leyes federales en materia de proteccin al ambiente y de preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico.Artculo 115 Fraccin V: Los municipios en trminos de las leyes federales y estatales, estarn facultados para: participar en la creacin y preservacin de zonas de reserva ecolgicas y en la elaboracin y aplicacin de programas de ordenamiento de esta materia

Esta ley e refieren a la preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico, as como a la proteccin al ambiente en la nacin Sus disposiciones son de orden pblico e inters social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable

La presente Ley es reglamentaria del Artculo 27 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden pblico e inters social y tiene por objeto regular la explotacin, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribucin y control, as como la preservacin de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable

La presente se refieren a la proteccin al ambiente en materia de prevencin y gestin integral de residuos, en el territorio nacional. Sus disposiciones son de orden pblico e inters social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a travs de la prevencin de la generacin, la valorizacin y la gestin integral de los residuos peligrosos, de los residuos slidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminacin de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediacin

La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable , sus disposiciones son de orden e inters pblico y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular y fomentar la conservacin, proteccin, restauracin, produccin, ordenacin, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del pas y sus recursos, as como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federacin, los Estados,

Su objeto es establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el mbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservacin y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hbitat en el territorio de la Repblica Mexicana

La Ley de Pesca se basa en lo relativo a los recursos naturales que constituyen la flora y fauna cuyo medio de vida total, parcial o temporal, sea el agua. Tiene por objeto garantizar la conservacin, la preservacin y el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros y establecer las bases para su adecuado fomento y Administracin

La Ley Federal de Sanidad Animal es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto fijar las bases para el diagnstico, la prevencin, control y erradicacin de las enfermedades y plagas de los animales, con excepcin de los que tengan como hbitat el medio acutico.

La Ley Federal de Sanidad Vegetal es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto regular y promover la sanidad vegetal.