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JUICIO EJECUTIVO PRESUPUESTOS SUSTANTIVOS PRESUPUESTOS PROCESALES PRESUPUESTOS FORMALES Que exista una obligación conste en cualquiera de los títulos que establece la ley. Demanda (CPCYM, Art. 61, 106, 107) lo. Designación del juez o tribunal a quien se dirija; 2o. Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones; 3o. Relación de los hechos a que se refiere la petición; 4o. Fundamento de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas; 5o. Nombres apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la residencia se hará constar: 6o. La petición en términos precisos. 7o. Lugar y fecha; y 8o. Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el

Esquema - Juicio Ejecutivo

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Page 1: Esquema - Juicio Ejecutivo

JUICIO EJECUTIVO

PRESUPUESTOS SUSTANTIVOS

PRESUPUESTOS PROCESALESPRESUPUESTOS

FORMALES

Que exista una obligación conste en cualquiera de los títulos que establece la ley.

Demanda

(CPCYM, Art. 61, 106, 107)

lo. Designación del juez o tribunal a quien se dirija; 2o. Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones; 3o. Relación de los hechos a que se refiere la petición; 4o. Fundamento de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas; 5o. Nombres apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la residencia se hará constar: 6o. La petición en términos precisos. 7o. Lugar y fecha; y 8o. Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que lo auxilie.

- Se fijarán con claridad y precisión los hechos en que se funde, las pruebas a rendirse, los fundamentos de derecho y la petición.

- Deben acompañarse los documentos en que se funde el derecho. (TITULO EJECUTIVO)

Primera Resolución -al día El juez calificará el título y la demanda

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PRESUPUESTOS SUSTANTIVOS

PRESUPUESTOS PROCESALESPRESUPUESTOS

FORMALES

siguiente de recibida la solicitud- (LOJ, Art. 142)

· Admite: Si reúne requisitos de demanda y el título es suficiente.

· Rechaza: Si no reúne requisitos o el título es insuficiente

(CPCYM, Art. 329)

· Si considera que la demanda reúne requisitos y el título es suficiente, resuelve mediante decreto. (CPCYM, Art. 329)

- Admite para su trámite

- Despacha mandamiento de ejecución

- Ordena el requerimiento de pago al obligado.

- Ordena embargo de bienes.

- Confiere audiencia por 5 días al ejecutado para que se oponga o haga valer sus excepciones.

· Si la demanda no reúne requisitos o considera insuficiente el título, resuelve mediante auto, el cual es apelable. (CPCYM, Art. 334)

Notificación y requerimiento de pago

- El ejecutor requiere de pago al deudor

Actitudes del ejecutado

PAGA

(CPCYM, Art. 300)

Si el ejecutado paga la suma reclamada y las costas, se entregará la suma al ejecutante y se dará por terminado el procedimiento.

NO COMPARECE

(CPCYM, Art. 330)

Si vencido el término de 5 días, el ejecutado no comparece, el juez dictará sentencia de remate dentro de 15 días.

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PRESUPUESTOS SUSTANTIVOS

PRESUPUESTOS PROCESALESPRESUPUESTOS

FORMALES

OPOSICIÓN E INTERPOSICIÓN DE EXCEPCIONES

(CPCYM, Art. 331)

- La oposición se formulará por escrito.

- El ejecutado deberá razonar su oposición y ofrecer prueba pertinente.

- Deberá hacer valer todas las excepciones en la oposición.

Si el ejecutado se opone

(CPCYM, Art. 331)

El juez oirá por dos días al ejecutante

Apertura a prueba

por el término de 10 días

(CPCYM, Art. 331)

- Si lo pudiere alguna de las partes

- Si el juez los estimare necesario.

- No habrá término extraordinario.

Sentencia

(CPCYM, Art. 332)

- Vencido el término de prueba el juez se pronunciará sobre la oposición y sobre las excepciones deducidas.

- Además declarará si ha o no lugar hacer trance y remate de los bienes embargados y pago al acreedor.

- En su caso declarará si procede la entrega de la cosa, la prestación del hecho, su suspensión o destrucción y, en su caso, el pago de daños y perjuicios.

- Es apelable.

Si se ordena el remate de bienes, se procederá conforme el procedimiento de la vía de apremio, desde la tasación.