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D D i i a a r r i i o o d d e e S S e e s s i i o o n n e e s s H H o o n n o o r r a a b b l l e e C C á á m m a a r r a a d d e e D D i i p p u u t t a a d d o o s s P P r r o o v v i i n n c c i i a a d d e e M M e e n n d d o o z z a a R R e e p p ú ú b b l l i i c c a a A A r r g g e e n n t t i i n n a a Nº 4 PERIODO ORDINARIO “164º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” 4a. REUNIÓN - 3a. SESIÓN DE TABLAS- -19 DE MAYO DE 2004- REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN GENÉTICA DE ABUSADORES SEXUALES Presidencia: DR. RAÚL VICCHI (Presidente) SR. MIGUEL SERRALTA (Vicepresidente 1°) DR. MARCOS NIVEN (Vicepresidente 2°) Secretaría: DR. JORGE MANZITTI (Legislativo) SR. ANDRÉS GRAU (Habilitado) DIPUTADOS PRESENTES: ARMAGNAGUE, Fernando BAUZÁ, Eduardo Mariano BIANCHINELLI, Carlos O. BLANCO, Mario Roberto BONADEO, Adriana Emilce CANAL, Alberto César CARBALLO, Jorge Pablo CARMONA, Guillermo R. CIURCA, Carlos Germán FALCON, Francisco A. GARRO, Luis Eduardo GAUA, Marcela Anahí GÓMEZ, Omar Héctor LAMPA, Mario Antonio LIGONIE, Oscar L. LIRA ÁLVAREZ, Rosa del C. MARÍN, Andrés Omar MARTÍN, Sergio Roberto MARTÍNEZ, José María MASINO, María de las M. MAZA, Carlos Alexander MERINO, Guillermo A. MINELLI, Aldo Federico MONTAÑO, José Luis MORALES, Hugo Crhistian MOYANO, Rubén Jorge NEHER, Walter Alfredo NIETO, José Daniel NIVEN, Marcos David NÚÑEZ, Miriam Patricia OLDRÁ, Leticia Lourdes PARISI, Héctor Omar PELLEGRINI, Adriana O. PÉREZ, Delia PRADINES, Roberto Arturo PUGA, Ricardo Miguel RIVAS, José Antonio RODRÍGUEZ MEDINA, Héctor ROMERO, Fernando Roque SERÚ GARCÍA, Alberto SERRALTA, Miguel A. SERRANO, Jorge Alfredo SFREDDO, Yolanda Miriam SIMÓN, Julio Antonio SUÁREZ, Leopoldo A. URIGÜEN, Federico J. VICCHI, Raúl Horacio ZARAGOZA, Julio César

Diario de Sesiones Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza República Argentina Nº 4 PERIODO ORDINARIO “164º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” 4a. REUNIÓN - 3a. SESIÓ

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DDiiaarriioo ddee SSeessiioonneess HHoonnoorraabbllee CCáámmaarraa ddee DDiippuuttaaddooss

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Nº 4

PERIODO ORDINARIO

“164º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL”

4a. REUNIÓN - 3a. SESIÓN DE TABLAS-

-19 DE MAYO DE 2004-

REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN GENÉTICA DE ABUSADORES SEXUALES Presidencia: DR. RAÚL VICCHI (Presidente)

SR. MIGUEL SERRALTA (Vicepresidente 1°) DR. MARCOS NIVEN (Vicepresidente 2°) Secretaría: DR. JORGE MANZITTI (Legislativo) SR. ANDRÉS GRAU (Habilitado) DDIIPPUUTTAADDOOSS PPRREESSEENNTTEESS::

ARMAGNAGUE, Fernando

BAUZÁ, Eduardo Mariano

BIANCHINELLI, Carlos O.

BLANCO, Mario Roberto

BONADEO, Adriana Emilce

CANAL, Alberto César

CARBALLO, Jorge Pablo

CARMONA, Guillermo R.

CIURCA, Carlos Germán

FALCON, Francisco A.

GARRO, Luis Eduardo

GAUA, Marcela Anahí

GÓMEZ, Omar Héctor

LAMPA, Mario Antonio

LIGONIE, Oscar L.

LIRA ÁLVAREZ, Rosa del C.

MARÍN, Andrés Omar

MARTÍN, Sergio Roberto

MARTÍNEZ, José María

MASINO, María de las M.

MAZA, Carlos Alexander

MERINO, Guillermo A.

MINELLI, Aldo Federico

MONTAÑO, José Luis

MORALES, Hugo Crhistian

MOYANO, Rubén Jorge

NEHER, Walter Alfredo

NIETO, José Daniel

NIVEN, Marcos David

NÚÑEZ, Miriam Patricia

OLDRÁ, Leticia Lourdes

PARISI, Héctor Omar

PELLEGRINI, Adriana O.

PÉREZ, Delia

PRADINES, Roberto Arturo

PUGA, Ricardo Miguel

RIVAS, José Antonio

RODRÍGUEZ MEDINA, Héctor

ROMERO, Fernando Roque

SERÚ GARCÍA, Alberto

SERRALTA, Miguel A.

SERRANO, Jorge Alfredo

SFREDDO, Yolanda Miriam

SIMÓN, Julio Antonio

SUÁREZ, Leopoldo A.

URIGÜEN, Federico J.

VICCHI, Raúl Horacio

ZARAGOZA, Julio César

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 2

. Diario de Sesiones

SUMARIO: I - Izamiento de las Banderas nacional y provincial por los diputados. Pág. 4 II - ASUNTOS ENTRADOS 1 - Acta. Pág. 5 2 - Pedidos de Licencia. Pág. 5 3 - Comunicaciones Oficiales. Pág. 5 4 - Despachos de Comisión. Pág. 7 5 - Comunicaciones Particulares. Pág. 8 Proyectos del P.E. 6 - Expte. 36052 del 17-5-04 –Modificando los Arts. 1º y 5º de la Ley 7183 –Presupuesto 2004- Pág. 8 7 - Expte. 36053 del 17-5-04 –Creando el Ente Mixto de Promoción Turística “PROMOTUR MENDOZA”. Pág. 10 8 - Expte. 36054 del 17-5-04 –Sustituyendo el texto del Art. 1º de la Ley 6283 –Expropiación de terreno con destino a la apertura de la calle Madame Curie, del Departamento Las Heras-. Pág. 11 En revisión del Senado: 9 - Expte. 36004 del 11-5-04 (H. S. 47006 11-5-04) –Creando a los efectos de la Ley Nº 7187 la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Empresas Concesionadas. Pág. 12 10 - Expte. 36049 del 17-5-04 (H.S. 47014 11-5-04) –Autorizando al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito de $25.000.000 con el objeto de ejecutar distintas obras de pavimentación en los Departamentos Las Heras, Tupungato, San Martín y San Rafael. Pág. 12 Proyectos Presentados: 11 - Expte. 35982 del 11-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Puga, estableciendo que los bancos nacionales o extranjeros con sucursal en la Provincia deberán informar gratuitamente a sus clientes con préstamos hipotecarios sobre vivienda única las causas jurídicas y contables que provoquen un aumento en el saldo de sus préstamos y en el aumento de cada cuota. Pág. 13 12 - Expte. 35985 del 11-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Ciurca, Garro y Romero, estableciendo la donación con cargo por parte del Poder Ejecutivo a la Asociación Voluntarias del Menor (AVOME), de un terreno constante de 3.485,26 m2. Pág. 14

13 - Expte. 36006 del 12-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Armagnague, Vicchi y Rodríguez Medina y de la diputada Núñez, creando un Código Provincial de Implementación de los Derechos y los Consumidores y Usuarios. Pág. 15 14 - Expte. 36007 del 12-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Bianchinelli y Morales, regulando el uso de equipos de generación fotovoltaica en instalaciones domiciliarias y su conexión al sistema de distribución y comercialización de energía eléctrica establecido, conforme a la legislación vigente. Pág. 24 15 - Expte. 36008 del 12-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Bianchinelli y Serralta, estableciendo un régimen de pasantías rentadas a desarrollarse en el ámbito físico de las unidades regionales, jefaturas, comisarías, subcomisarías y destacamentos policiales de la Provincia y que serán desempeñadas por alumnos universitarios y/o terciarios avanzados. Pág. 27 16 - Expte. 36014 del 13-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Romero, incorporando al Plan de Obras Públicas del Presupuesto 2005 la canalización e impermeabilización de la hijuela Pereyra, desde Cervantes y Rawson hasta el Acceso Sur. Pág. 27 17 - Expte. 36026 del 17-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de los diputados Serralta y Bauzá, creando el Instituto Provincial de Industrias Penitenciarias, bajo cuya dirección funcionarán los talleres e industrias que emplean mano de obra de los alojados en las unidades penitenciarias de la Provincia. Pág. 28 18 - Expte. 36029 del 17-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de la diputada Masino, estableciendo los procedimientos al que deberán ajustarse las instituciones benéficas, asociaciones cooperadoras y clubes deportivos y sin fines de lucro que deseen efectuar convenios con los comercios a fin de que los clientes donen el vuelto de sus compras. Pág. 30 19 - Expte. 36042 del 17-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Blanco, estableciendo un marco legal, técnico y financiero que permita a las autoridades competentes realizar una gestión integral de residuos urbanos. Pág. 31 20 - Expte. 36050 del 17-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos del diputado Merino, declarando la emergencia energética en la Provincia de Mendoza. Pág. 67 21 - Expte. 36058 del 18-5-04 –Proyecto de ley, con fundamentos de las diputadas Sfreddo y Bonadeo y del diputado Bianchinelli, incorporando al Plan de Obras Públicas del año 2005, la construcción del edificio para el destacamento policial del Barrio Tropero Sosa, del Distrito Ciudad del Departamento San Martín. Pág. 69

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 3

. Diario de Sesiones

22 - Expte. 35993 del 11-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Pérez, solicitando al Poder Ejecutivo gestione la terminación de la construcción del Centro de Salud en Capitán Montoya, Distrito Las Paredes, San Rafael. Pág. 69 23 - Expte. 35994 del 11-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Parisi, citando al Director de la Penitenciaría a la Comisión Bicameral de Seguridad para que informe sobre las guardias que realiza el personal administrativo del establecimiento. Pág. 70 24 - Expte. 36009 del 12-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Bianchinelli, solicitando al Poder Ejecutivo informe si existe, a nivel oficial, estudios sobre la posible contaminación de las antenas del servicio de telefonía móvil. Pág. 70 25 - Expte. 36012 del 13-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Pérez, y del diputado Falcon solicitando a los legisladores nacionales por Mendoza realicen las gestiones necesarias a fin de evitar el aumento del precio del gas envasado para uso domiciliario. Pág. 71 26 - Expte. 36027 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Serralta, solicitando a la Directora Gral. de Escuelas informe sobre varios puntos referidos a la designación de celadores y serenos. Pág. 71 27 - Expte. 36031 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Masino, solicitando al Poder Ejecutivo gestione ante las autoridades de Telefónica de Argentina S.A. la instalación de un teléfono público en la Sala de Primeros Auxilios en la localidad El Sosneado, Departamento San Rafael. Pág. 72 28 - Expte. 36034 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Morales, invitando a los diputados nacionales por Mendoza, que integran la Comisión de Transportes de la Nación a la Comisión de Obras Públicas e Infraestructura a fin de consensuar políticas y normativas en la materia. Pág. 72 29 - Expte. 36035 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Morales, solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre varios puntos referidos a las obras en la Ruta Provincial 184. Pág. 73 30 - Expte. 36037 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Núñez, solicitando al Instituto Provincial de Juegos y Casinos informe sobre renegociación del contrato con la empresa IVISA S.A., por el servicio de captura de los juegos de lotería y afines. Pág. 73

31 - Expte. 36038 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Blanco, solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre la existencia o no de proyectos de unificación de la numeración domiciliaria en los Padrones de los Municipios con respecto a las empresas de servicios. Pág. 74 32 - Expte. 36041 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Blanco, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre el impacto ambiental de la obra de la Penitenciaría Provincial el Campo Cacheuta, Luján de Cuyo. Pág. 74 33 - Expte. 36046 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Pradines, creando una Comisión Especial denominada Comisión Especial para la Lucha Antigranizo. Pág. 75 34 - Expte. 36047 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Serralta, solicitando a la Dcción. Gral. de Escuelas informe sobre diversos puntos relacionados con la ejecución de la partida de fondos fijos destinados a instituciones escolares. Pág. 75 35 - Expte. 36048 del 17-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Serralta, solicitando al Superintendente Gral. de Irrigación que, en coordinación con los Municipios, realice las obras necesarias para evitar la caída de personas en cauces de riego. Pág. 76 36 - Expte. 36055 del 18-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Bauzá, solicitando al Ministerio de Justicia y Seguridad informe sobre varios puntos referidos a los incidentes ocurridos en el Pabellón 10-B de la Penitenciaría Provincial. Pág. 76 37 - Expte. 36956 del 18-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos de la diputada Lira Álvarez, reiterando a quien corresponda, lo solicitado por varias Resoluciones de esta H. Cámara. Pág. 77 38 - Expte. 36059 del 18-5-04 –Proyecto de resolución, con fundamentos del diputado Serralta, solicitando al Ministerio de Justicia y Seguridad informe sobre cantidad de credenciales habilitantes emitidas a personal de seguridad de locales bailables en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley 6444. Pág. 78 39 - Expte. 36030 del 17-5-04 –Proyecto de declaración, con fundamentos del diputado Parisi, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo, a través de quien corresponda, procediera a la construcción de baños en la Escuela Nº 4-406 “Julio Krause”, Dto. Carrodilla, Dpto. Luján de Cuyo. Pág. 78 40 - Expte. 36036 del 17-5-04 -Proyecto de declaración, con fundamentos del diputado Morales,

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. Diario de Sesiones

declarando de Interés Educativo Cultural la visita de la Biblioteca Móvil Multimodal del Congreso de la Nación al Dpto. San Rafael. Pág. 79 41 - Expte. 36039 del 17-5-04 –Proyecto de declaración, con fundamentos del diputado Blanco, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección de Catastro, realizara en conjunto con las Direcciones de Catastro de los Municipios y las empresas prestadoras de servicios, la unificación de la numeración domiciliaria. Pág. 79 . 42 - Expte. 36040 del 17-5-04 –Proyecto de declaración, con fundamentos del diputado Blanco, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, solicite a la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Mendoza, un análisis sobre la ubicación de la Penitenciaría en Campo Cacheuta. Pág. 80 43 - Orden del Día. Pág. 80 III - Expte. 35932, mejoras para la Empresa de Troles. Pág. 83 IV - Expte. 35573, aranceles de servicios que presta el Registro Civil y Capacidad de las Personas. Pág. 84 V - Expte. 35546, declarando de interés provincial la producción cunícola. Pág. 85 VI - Expte. 34968, prohibición de uso de munición encamisada por la Policía y agencias de seguridad. Pág. 88 VII - Expte. 35648, obligación de reproducir el Himno a San Martín en cada Asamblea Legislativa del 17 de agosto. Pág. 89 VIII - Expte. 35116, impresión de constituciones nacional y provincial para ser entregadas gratuitamente en EGB y Polimodal. Pág. 90 IX - Expte. 35112, adhesión al Programa Nacional de Educación Sísmica. Pág. 91 X - Expte. 35306, creando el registro de identificación genética de abusadores sexuales en la Provincia. Pág. 91 XI - Expte. 35305, pedido de informe sobre riego con aguas de la laguna Los Álamos, Maipú. Pág. 94 XII - Expte. 35615, XVII congreso de médicos residentes de cirugía general. Pág. 94 XIII - Expte. 35393, distinción a jóvenes premiados en Olimpíadas Informáticas en Cuba. Pág. 95 XIV - Expte. 35297, pedido de informe sobre estado de rutas provinciales. Pág. 95

XV - Expte. 34984, denominando Armando Benigno Amaya al establecimiento del ISCAMEN. Pág. 96 XVI - Expte. 34277, pavimentación de calles La Superiora y La Furlotti. Pág. 96 XVII - Expte. 35509, gestión de subsidios para Sur Mendocino Libre de Ceguera. Pág. 97 XVIII - Expte. 35464, programa de capacitación para el personal de enfermería. Pág. 98 XIX- Exptes. girados al Archivo. Pág. 98 XX - Expte. 36082, cambio de huso horario. Pág. 101 XXI - Exptes tratados sobre tablas. Pág. 107 XXII - Expte. 36050, declarando la emergencia de energía en la Provincia. Pág. 117 XXIII - Exptes. tratados sobre tablas. Pág. 119 XXIV – APÉNDICE (I – Sanciones) Pág. 142 (II – Resoluciones) Pág. 147

I

IZAMIENTO

-En el recinto de sesiones de la H. Cámara de Diputados de Mendoza, a 19 de mayo de 2004, siendo las 10.27, dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia dispone una espera de un minuto en las bancas.

- A las 10.35, dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En 2 minutos por Presidencia se va a pasar lista.

- A las 10.38, dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Con la presencia de 26 diputados declaro abierta la Sesión de Tablas de la fecha.

Corresponde izar las Banderas nacional y provincial a los diputados Martín y Marín, a quienes invito a cumplir su cometido y a los demás legisladores y público a ponerse de pie.

-Así se hace. (Aplausos)

II

ASUNTOS ENTRADOS

1 ACTA

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por Secretaría se dará lectura a la lista de los Asuntos Entrados. SR. SECRETARIO (Manzitti) –

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. Diario de Sesiones

(leyendo):

Acta Nº 3, de la 2ª. Sesión de tablas del Período Ordinario, correspondiente al 164º Período Legislativo Anual de fecha 12-5-04. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración.

Se vota y aprueba. -(Ver Apéndice Nº 11)

2

PEDIDOS DE LICENCIA SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar los pedidos de licencia, de la diputada Pellegrini.

Si no hay observaciones, se va a dar por aprobada.

-Aprobada. -(Ver Apéndice Nº 12)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: desde el punto de vista de comunicaciones oficiales, los temas siguientes hasta el Orden del Día, han sido tratados en Labor Parlamentaria y habiendo acuerdo, mociono que pasemos directamente al Orden del Día. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: salvo el punto 2, Resolución 2004, que el Senado plantea la necesidad de la integración de la comisión referida al proceso operativo de Obras Sanitarias Mendoza, para que los bloques hagan las designaciones pertinentes en esa Comisión Bicameral. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración la moción del diputado Puga, para que los bloques aporten los componentes de dicha comisión. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: de acuerdo a lo que plantea el artículo 89 de la ley, lo voy a leer con su venia, señor presidente. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Está autorizado para leer, diputado. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: dice así:

“Deberá constituirse una Comisión Bicameral para el seguimiento del proceso de transformación operativa para el presente capítulo y establece que esta comisión estará integrada por los miembros de las comisiones competentes de cada CÁMARA y su función será coordinar la labor entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, informando este

último sobre todas las etapas que se ejecuten en el cumplimiento de esta ley”.

Esto significa que la comisión de Obras Públicas de ambas Cámaras, son los integrantes de la bicameral, si mal no interpreto. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: el Senado de la Provincia no tiene la Comisión del Tercer Sector de Usuarios y Consumidores, que sí tiene la Cámara de Diputados.

Habíamos planteado oportunamente, a través de la Comisión de Usuarios y Consumidores, la posibilidad que esta Comisión participara de la Bicameral de Seguimiento de esas empresas concesionadas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Sería prudente que los presidentes de bloques aporten los nombres de los diputados de las comisiones que tienen ingerencia en el tema, a los fines que quede constituida la comisión por una resolución.

Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: tendríamos que enviar los miembros de las Comisiones de Obras y la del Tercer Sector cada bloque y con eso dejaríamos constituida la bicameral. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Así se hará.

En consideración la moción del diputado Rivas, de pasar al Orden del Día.

Si no hay observaciones, así se hará. -Aprobado. -El texto de los Asuntos Entrados, cuya

lectura se omite, es el siguiente:

3 COMUNICACIONES OFICIALES

A) Poder Ejecutivo remite: 1-Los siguientes mensajes y proyectos de ley: Expte. 36052 del 17-5-04 –Modificando los Arts. 1º y 5º de la Ley 7183 –Presupuesto 2004-

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO Expte. 36053 del 17-5-04 –Creando el Ente Mixto de Promoción Turística “PROMOTUR MENDOZA”.

A LAS COMISIONES DE TURISMO Y DEPORTES Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO Expte. 36054 del 17-5-04 –Sustituyendo el texto del Art. 1º de la Ley 6283 –Expropiación de terreno con destino a la apertura de la calle Madame Curie, del Departamento Las Heras-.

A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES, DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 6

. Diario de Sesiones

B) Secretaría General de la Gobernación: 1-Remite informes solicitados por las siguientes resoluciones: Nº 1133/04 (Expte. 36024/04) –Sobre la licitación pública de ampliación y remodelación del Instituto de Juegos y Casinos de Mendoza.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 34895 EN COMISIONES Nº 1272/04-(Expte. 36018/04) –Sobre las negociaciones con el BID sobre el préstamo de U$S 70.000.000, para obras viales. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 34964 EN COMISIONES Nº 1455/04-(Expte. 36023/04) –Reiterando lo requerido por Resolución Nº 672/03, por la que solicitaba informe sobre convenio por el que se cede en comodato a la Empresa Ríos Andinos, terrenos fiscales del Perilago “Aprovechamiento Integral Río Mendoza Proyecto Potrerillos”. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 34140 EN COMISIONES Nº 1535/04-(Expte. 36020/04) –Solicitando se declare de interés provincial el “Curso de Capacitación Permanente”. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35365 EN EL ARCHIVO Nº 1552/04-(Expte. 36022/04) –Sobre obras de reparación de edificios escolares ejecutados durante el año 2003 y los que se encuentren en ejecución en el presente año. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35536 EN COMISIONES Nº 1638/04-(Expte. 36019/04) –Sobre el resultado de la Audiencia Pública realizada el 25 de marzo de 2004 en el Distrito Phillipps, Departamento Junín. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35679 EN COMISIONES Nº 1642/04-(Expte. 36021/04) –Solicitando se declare de interés provincial la “XXIII Fiesta Nacional de la Ganadería de Zonas Áridas”. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35667 EN EL ARCHIVO 2-Solicita hacer uso de la Prórroga por el término de diez (10) días en la Resoluciones Nros.: 1678/04 y 1682/04.

A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES RESPECTIVOS 3-Expte. 36002/04 -Remite copia del Decreto Nº 2620/04, del Ministerio de Justicia y Seguridad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7091.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

4-Exptes. 36001/04 y 36057/04 –Remite copia de los Decretos 709/04, 865/04, 866/04 y 867/04 del Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7183.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO C) H. Senado de la Provincia: Envia en revisión: Expte. 36004 del 11-5-04 (H.S. 47006 11-5-04) –Creando a los efectos de la Ley Nº 7187 la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Empresas Concesionadas.

A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA Expte. 36049 del 17-5-04 (H.S. 47014 11-5-04) –Autorizando al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito de $25.000.000, con el objeto de ejecutar distintas obras de pavimentación en los Departamentos Las Heras, Tupungato, San Martín y San Rafael.

A LAS COMISIONES DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO 2-Remite copia de las siguientes Resoluciones: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 del año 2004 –Designando a las Autoridades por el Período Legislativo Nº 164 (2004/2005).

EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS Nº 20/04 –Dejando sin efecto lo dispuesto por Resolución Nº 412/02, por contrariar lo establecido en el Art. 59 de la Ley 6044 que crea la Comisión Bicameral para el Seguimiento del Proceso de Transformación Operativa de OSM, y solicitando a esta H. Cámara implemente la designación de los integrantes de la comisión referida. A LABOR PARLAMENTARIA D) Instituto Provincial de Juegos y Casinos remite: 1-Expte. 36011/04 –Informe solicitado por Resolución Nº 1277/04, sobre la renegociación del contrato de automatización de apuestas con la empresa Impresora Internacional de Valores S.A. (IVI. S.A.). A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35140 EN COMISIONES 2-Expte. 36025/04 -Informe Sindicatura Cuarto Trimestre 2003. A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO E) Dirección General de Escuelas, remite informes solicitados por las siguientes resoluciones: Nº 1551/04 (Expte. 36013/04) –Solicitando la creación de la Tecnicatura en Laboratorio y Farmacia

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. Diario de Sesiones

en el ámbito de la Escuela Nº 4-166 “Fernando Lorenzo”, Dpto. Maipú. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35535 EN EL ARCHIVO Nº 1629/04 (Expte. 35999/04) –Reiterando los pedidos de informes solicitados por Resoluciones Nros. 1410/02, 1566/03, 610/03, 951/03 y 1183/04. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35684 EN COMISIONES F) Departamento General de Irrigación remite: 1-Expte. 36015/04 -Informe solicitado por Resolución N° 1663/04, sobre la apertura de sobres para la precalificación de la obra: Construcción de Obras de Riego y de Defensa Aluvional dentro del Proyecto Integral Reducción - Los Andes, Rivadavia, Mendoza. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35711 EN COMISIONES 2-Expte. 35998/04 –Informe de gastos de publicidad, promoción, donación y/o subsidios correspondientes a abril del corriente año, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 6496.

A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO G) Expte. 36010/04 –Hospital “Luis C. Lagomaggiore”, remite informe solicitado por Resolución Nº 1401, sobre diversos puntos referidos al costo total del servicio de limpieza y recolección de residuos sólidos urbanos y/o patológicos, prestado por la Municipalidad de la Capital en la Penitenciaría Pcial. y en los Hospitales Públicos. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35288 EN COMISIONES H) Municipalidades remiten: 1-San Rafael: Declaración N° 1693/04, expresando el deseo que el Gobierno de Provincial procediera a la creación de la modalidad de Nivel Polimodal en el turno vespertino en la Escuela Nº 1-447 “Pedro J. Bombal” del Dto. El Cerrito, Dpto. San Rafael. EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS Declaración Nº 1695/04, brindando apoyo a las gestiones que realiza la Ministro de Economía para darle una solución favorable al problema de provisión de gas que tienen las industrias del Dpto. San Rafael. EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS 2-Maipú: Resolución Nº 933/04, adhiriendo a la Declaración Nº 337/04 del H.C.D. de Lavalle, mediante la cual se repudia el proyecto de ley que propone la modificación del Art. 5º de la Ley 1079 y la suspensión de los efectos de la Ley 5961.

A SUS ANTECEDENTES EN COMISIONES DEL H. SENADO (EXPTE. 47276) Resolución Nº 934/04, adhiriendo a la Resolución Nº 2171/04 del H.C.D. de San Carlos, mediante la cual se solicita al P.E. impulse una ley de hidrocarburos. EN CONOCIMIENTO DE LOS DIPUTADOS Declaración Nº 453/04, expresando el deseo que la H. Legislatura dé tratamiento al proyecto de ley que instituye el 5 de mayo como el “Día del Enólogo”. A SUS ANTECEDENTES EN EL H. SENADO (EXPTE. 47144) I) Tribunal de Cuentas de la Provincia eleva nota solicitando se extremen las medidas de seguridad a fin de resguardar el patrimonio de esta H. CÁMARA y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 69 de la Ley 3799, medidas que deberán ser plasmadas por escrito y verificadas por los auditores de ese organismo.

A LA PRESIDENCIA Y SECRETARIA HABILITADA DE LA H. CÁMARA J) Expte. 36032/04 –Instituto Provincial de la Vivienda, remite informe solicitado por Resolución Nº 1677/04, sobre si esta dando cumplimiento a los establecido en el Art. 2º de la Ley 5041 –Ley de Discapacitados-. A SUS ANTECEDENTES EN EXPTE. 35732 EN COMISIONES

4 DESPACHOS DE COMISIÓN

Expte. 33865/03 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley del diputado Rivas, creando en el ámbito de la Dirección General de Escuelas la Dirección de Educación Técnica de la Provincia. AL ORDEN DEL DIA Expte. 21637/98 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley de la diputada Cruz, declarando a la Escuela “Gregorio Las Heras” parte integrante del Patrimonio Histórico Cultural de la Provincia. AL ORDEN DEL DIA Expte. 28722/01 –De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, ratificando el Decreto N° 1311/01, aprobando el Protocolo de colaboración entre la Diputación Provincial de Malaga y el Gobierno de la Provincia de Mendoza. AL ORDEN DEL DIA Expte. 28713/01 -De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, ratificando el Decreto N° 1321/01, por intercambio de productos alimentarios entre los gobiernos de las Provincias de Mendoza y Entre Ríos. AL ORDEN DEL DIA

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. Diario de Sesiones

Expte. 28714/01 -De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, ratificando el Decreto N° 1322/01, por intercambio de productos alimentarios entre los gobiernos de las Provincias de Mendoza y Corrientes. AL ORDEN DEL DIA Expte. 24668/99 -De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, aprobando el Decreto N° 541/99, Acta Acuerdo Vitivinícola suscripto entre las Provincias de San Juan y Mendoza. AL ORDEN DEL DIA Expte. 35692/04 -De Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de declaración de la diputada Pérez, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo declare de interés provincial el tratado de libre comercio entre el Mercosur y la Comunidad Andina. AL ORDEN DEL DIA Expte. 35718/04 -De Cultura y Educación, en el proyecto de resolución de la diputada Sfreddo, otorgando distinción legislativa al plantel de la categoría infantil y cuerpo técnico de hockey sobre patines del Club Atlético Palmira. AL ORDEN DEL DIA Expte. 35411/04 –De Economía, Energía, Minería e Industria, en el proyecto de resolución, insistiendo en la sanción N° 7191, mediante la cual se dona a la “Asociación de Productores Agrarios de Fray Luis Beltrán RR”, el terreno propiedad del Gobierno Provincial, ubicado en Colonia Santa Blanca, Distrito Fray Luis Beltrán, Departamento Maipú. AL ORDEN DEL DIA Expte. 35655/04 -De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 35655/04, proyecto de resolución de la diputada Pérez, declarando de interés de esta H. CÁMARA el 1er. Congreso Internacional de Informática. AL ORDEN DEL DIA Expte. 29900/02 -De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 29900/02, Nota presentada por la Inspección General de la Dirección de Escuelas, remite presentaciones emanadas de los consejos de supervisores. AL ORDEN DEL DIA Expte. 32889/03 -De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 32889/03, Nota presentada por Raúl Azor, eleva informe histórico cultural, referente a la obra de Ángela Oliveira César de Costa. AL ORDEN DEL DIA

Expte. 33637/03 -De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 33637/03, Nota presentada por representantes del SUTE y otros, elevan notas referidas a la inscripción de docentes aspirantes al ingreso y suplencia 2004. AL ORDEN DEL DIA Expte. 26403/00 -De Desarrollo Social y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 26403/00, proyecto de ley del diputado Armagnague, creando el Registro Provincial de Subsidios que llevara el Ministerio de Desarrollo Social y Salud con la nómina de todos los subsidios que se otorguen a los habitantes de Mendoza. AL ORDEN DEL DIA Expte. 26641/00 -De Desarrollo Social; Legislación y Asuntos Constitucionales y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 26641//00, proyecto de ley de la diputada Peltier, procediendo a levantar un censo provincial al fin de establecer un diagnóstico de la situación de pobreza en la Provincia. AL ORDEN DEL DIA Expte. 24345/99:

-De Legislación y Asuntos Constitucionales,

en el proyecto de ley del diputado Nieto E., incorporando como segundo párrafo del inciso o) del Art. 185 del Código Fiscal.

-De Hacienda y Presupuesto y de Economía, Energía, Minería e Industria, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 24345/99, proyecto de ley del diputado Nieto E., incorporando como segundo párrafo del inciso o) del Art. 185 del Código Fiscal. AL ORDEN DEL DIA

5 COMUNICACIONES PARTICULARES

1-Expte. 36033/04 –Secretario de Acción Política de ATE, eleva nota solicitando convocatoria a paritarias en esta H. Legislatura.

A SECRETARIA DE LA PRESIDENCIA 2-Expte. 36051/04 –Liliana N. Mión, solicita intervención de las Comisiones de DGCPP y de SP.

A LAS COMISIONES DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES Y DE SALUD PUBLICA

6 MENSAJE Y PROYECTO

DE LEY DEL P.E. Mendoza, 17 de mayo de 2004 Nota Nº 837-L A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA S. / D.

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. Diario de Sesiones

Tengo el honor de dirigirme a V.H. a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, por el cual se modifican los artículos 1º y 5º de la Ley Nº 7183 - Presupuesto 2004. Es importante destacar que las modificaciones a los artículos antes citados y que se propician en esta ocasión se deben a que al proyecto de presupuesto 2004 preparado por el Poder Ejecutivo se le introdujeron modificaciones en la Honorable Legislatura, las cuales impactaron en los artículo 1° y 5°. Por lo tanto y dado que los cambios en cuestión no fueron salvados antes de su sanción es que se tramita en esta ocasión las correcciones correspondientes. Los cambios a introducir concretamente consisten en el incremento de las erogaciones figurativas de la Administración Central a Organismos Descentralizados en la suma de $100.000. Por otro lado se deja constancia de que dicho cambio no incrementa el nivel global de las erogaciones reales oportunamente presentadas por el Poder Ejecutivo. En mérito a las consideraciones expuestas, solicito a V.H. tenga a bien impulsar el proyecto adjunto. Dios guarde a V.H.. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 7183 por el que se indica a continuación: “Artículo 1° - EROGACIONES - Fíjase en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE ($2.917.460.619) las Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial (Administración Central, Organismos Descentralizados, Cuentas Especiales y Otras Entidades) excluidas las financiadas con el Fondo de Infraestructura Provincial, para el Ejercicio 2004, conforme se detalla en las Planillas 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.11., 5.12., 6.1., 6.2., 6.3. y 6.4., que forman parte integrante de la presente ley”. Art. 2º - Sustitúyese el Art. 5º de la Ley Nº 7183 por el que se indica a continuación:

“Art. 5° - RECURSOS Y EROGACIONES FIGURATIVAS - Fíjase en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO ($ 789.054.148) el total de las erogaciones figurativas de la Administración Central, del Fondo de Infraestructura Provincial y de Otras Entidades a la Administración Central, a Organismos Descentralizados y a Cuentas Especiales, conforme se indica a continuación y al detalle que figura en Planilla Anexa 5.11., que forma parte integrante de la presente ley.

De la Administración Central

A Organismos Descentralizados $718.530.994 A Cuentas Especiales $30.650.406 $749.181.400 Del Fondo de Infraestructura Provincial A Administración Central $1.269.340 A Cuentas Especiales $6.000.000 A Otras entidades $0 $7.269.340 De Otras Entidades: A Administración Central $32.603.408 $32.603.408 TOTAL $789.054.148

Quedan en consecuencia establecidos los recursos figurativos por el mismo importe total,

conforme al detalle siguiente: A la Administración Central

De Cuentas Especiales $1.269.340 De Otras Entidades $32.603.408

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. Diario de Sesiones

$33.872.748 A Organismos Descentralizados De Administración Central $718.530.994 $718.530.994 A Cuentas Especiales De Administración Central $30.650.406 De Cuentas Especiales $6.000.000 $36.650.406 TOTAL $789.054.148 Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio César Cobos Gobernador

- A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

7 MENSAJE Y PROYECTO

DE LEY DEL P.E. Mendoza, 17 de mayo de 2004. NOTA N° 838-L A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA S / R Me dirijo a V.H. con el objeto de remitirle el proyecto de ley por el que se crea el ENTE MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, “PROMOTUR MENDOZA”, con el objeto de fortalecer la participación de los representantes del sector privado en la toma de decisiones sobre las políticas turísticas provinciales. El sostenido crecimiento que las actividades turística ha tenido en Mendoza en los últimos años, ha vuelto predominante el protagonismo de los distintos actores de la actividad privada en la creación, desarrollo y promoción de la oferta turística provincial. Esta nueva realidad, nos insta a generar algún tipo de organización que permita fortalecer la participación de los representantes del sector privado para lograr junto a los responsables del Estado, la mejor coordinación y sinergia de los recursos humanos y financieros, que permitan consolidar, a través de la promoción turística, el crecimiento y gravitancia de esta importante actividad económica. EL ENTE MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA será una moderna herramienta de cogestión pública/privada, similar a la que ya tienen otros importantes destinos turísticos del Mundo, que posibilitará optimizar, a través de una ajustada

promoción nacional e internacional, no sólo los productores turísticos existentes, sino todo los nuevos productos que se generen en este marco de interacción. Cabe destacar que el presente proyecto cuenta con el aval, anexado a la presente, de las instituciones que nuclean a los representantes del sectores privados de la actividad turística, los que actualmente integran el Consejo Asesor de la actividad privada de la Subsecretaría de Turismo, ya que con la creación del Ente Mixto también se estaría dando respuesta a un viejo anhelo de este sector de la economía provincial. Por lo expuesto, solicito que la Honorable Legislatura de la Provincia preste su conformidad a lo actuado, sancionando el proyecto de ley que se adjunta. Saludo al V. H. con distinguida consideración.

Julio César Cobos Gobernador

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Créase el Ente Mixto de Promoción Turística, PROMOTUR MENDOZA, con el carácter de Persona Jurídica de derecho público no estatal, con plena capacidad para actuar de acuerdo con las leyes generales de la Nación y de la Provincia el cual se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Turismo y Cultura. Art. 2º - El patrimonio de PROMOTUR MENDOZA se formará con el sesenta y cinco por ciento del fondo de promoción turística según el Art. 14 de la ley N°

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. Diario de Sesiones

5349 y las donaciones municipales, provinciales, nacionales y/o internacionales que se obtengan. Art. 3º - Modifícase el Art. 14 de la Ley N° 5349 el que quedará redactado de la siguiente manera: Los recursos del fondo creado por el Art. 11 de la Ley N° 5349 se distribuirán de la siguiente forma: A) el sesenta y cinco por ciento (65%) para el desarrollo y promoción turística, a través de PROMOTUR MENDOZA, B) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) PARA SER COPARTICIPACIÓN CON LOS MUNICIPIOS A LOS FINES DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA PROPIA DE LOS MISMOS, C) EL 10% PARA LA Subsecretaría de Turismo. Art. 4º - El Ministerio de Hacienda transferirá en forma automática a: PROMOTUR MENDOZA, los municipios y la Subsecretaría de Turismo de acuerdo a los porcentajes establecidos en el artículo precedente, el importe de la masa de fondos a distribuir que le corresponda de acuerdo a los términos del Art. 12 de la Ley N° 5349. Dicha transferencia se efectuará con una periodicidad mensual. Art. 5º - Modifíquese el Art. 15 de la Ley N° 5349, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los montos que correspondan a los municipios según lo previsto en el Art. 3° de la presente ley serán distribuidos entre ellos de acuerdo a los índices determinados por el Consejo Asesor de Municipalidades creado en el Art. 8° de la Ley N° 5349. Dichos porcentajes de distribución serán informados anualmente por la Subsecretaría de Turismo al Ministerio de Hacienda para su correspondiente transferencia”. Art. 6º - Serán sus funciones, atribuciones y responsabilidades;

a) Implementar las acciones de promoción que permitan el posicionamiento de Mendoza como destino turístico.

b) Desarrollar campañas de concientización turísticas.

c) Promover la investigación de la demanda turística de la Provincia en todos sus segmentos.

d) Elaborar y ejecutar el presupuesto estimativo de recursos y gastos operativos para su funcionamiento.

e) Rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia a tenor de lo dispuesto por el Art. 182 de la Constitución de Mendoza, a través de un sistema de contabilidad estándar. f) Toda actividad que a criterio del directorio, sea relevante para el desarrollo turístico de la Provincia. g) Colaborar y desarrollar acciones con los organismos de recaudación, fiscalización y otros, sean estos nacionales, provinciales o municipales. Art. 7º - PROMOTUR MENDOZA será administrador por un Directorio que tendrá a su cargo el manejo de

los recursos previstos en el presente ley, y se integrará por representantes de las instituciones actualmente presentes en el Consejo Asesor de Turismo de la siguiente manera:

1) Dos representantes de la Cámara de Turismo de Mendoza.

2) Dos representantes de la Asociación de Empresas Turismo de San Rafael.

3) Un representante de la Asociación Mendocina de Agentes de Viajes y Turismo (AMVYT). 4) Un representante de Asociación Mendocina de Empresarios Turismo Automotor. 5) Un representante de la Asociación Malargüina de Turismo (AMATUR) 6) Un representante de la Asociación de Empresas Turísticas de San Rafael. 7) Un representante de la Confederación General de Trabajo (CGT). 8) Un representante del Consejo Asesor Municipal. 9) El Ministro de Turismo y Cultura. 10) El Subsecretario de Turismo.

Cada una de las instituciones designará los representantes suplentes con excepción de la Asociación Malargüina de Turismo (AMATUR) cuyo suplente será un representante de la Cámara de Turismo de General Alvear. Art, 8º - Los integrantes del Directorio desempeñarán sus cargos ad honorem, y durarán dos (2) años en sus funciones. Art. 9º - Todas las instituciones que conformen el Directorio de PROMOTUR MENDOZA deberán contar con personería jurídica y sus representantes deberán tener mandato vigente acreditado en todo el trayecto de la gestión, cuya duración está establecida en el Art. 8°. Art. 10 - El Presidente y el Vicepresidente del Directorio serán elegidos por los miembros del mismo, ejerciendo esa función el primer año de funcionamiento del Ente, el Ministro de Turismo y Cultura de la Provincia. Art. 11 - El gerenciamiento del PROMOTUR MENDOZA estará a cargo del Director de Promoción Turística de la Subsecretaría de Turismo, el que será designado por el Poder Ejecutivo de entre una terna propuesta por el Directorio. Art. 12 - El Directorio deberá dictar su reglamento de funcionamiento interno, en el término de treinta días a partir de la conformación del Ente. Art. 13 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio César Cobos Gobernador

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. Diario de Sesiones

- A LAS COMISIONES DE TURISMO Y DEPORTES Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

8 MENSAJE Y PROYECTO

DE LEY DEL P.E. Mendoza, 17 de mayo de 2004 NOTA Nº 839-L A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA S / R Tengo el agrado de dirigirme a V.H. con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley por el cual se modifica la Ley 6283, por la que se expropia una fracción de terreno propiedad de Enrique Luis José Matheu, para la prolongación de calle Madame Curie del Departamento Las Heras. Que se propicia la citada modificación en razón que por la mencionada ley no se estableció el sujeto expropiante, siendo necesario además, declarar a la referida expropiación, de utilidad pública. Por ello, solicito a V.H. quiera impulsar la sanción del proyecto adjunto. Dios guarde a V. H.

Julio César Cobos

Gobernador

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Sustitúyase el texto de la Ley N° 6283, el que quedará redactado de la siguiente manera. “Artículo 1º - Declárese de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno propiedad de Enrique Luis José Matheu, ubicada en calle Bailén esquina Madame Curie s/n del distrito Capdevilla de Las Heras, constante de una superficie de tres hectáreas siete mil quinientos sesenta y tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (3 ha 7.563,45 m2) con destino a la apertura de calle Madame Curie del Departamento Las Heras, con los siguientes límites y medidas perimetrales: -Norte: con Enrique Luis José Matheu en quince metros (15 m). -Sur: con calle Pública Bailén en quince metros (15 m). -Este: con Enrique Luis José Matheu en quinientos cuatro metros con veintitrés centímetros (504,23 m) y fracciones I, II, III y IV del Dominio N° 10135 -fs. 929- T 43 “C” de Las Heras de propiedad de Enrique Luis José Matheu en dos mil metros (2000 m)”.

Art 2º - Autorízase a la Municipalidad de Las Heras para que actúe directamente como sujeto expropiante de conformidad a las disposiciones del Decreto-Ley N° 1447/75. Art. 3º - La superficie definitiva de los terrenos cuyos derechos se expropiarán surgirá del plano o planos de mensura que confeccionará a tal efecto la Municipalidad de Las Heras. Art. 4º - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, estarán a cargo de la Municipalidad de Las Heras. Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Julio César Cobos Gobernador

-A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES, DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

9 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Créase a todos los efectos de la Ley Nº 7187, la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Empresas Concesionadas, la cual deberá controlar, verificar y dictaminar sobre lo actuado por el Poder Ejecutivo, durante el proceso de renegociación previsto por la citada norma. Los dictámenes que surjan de lo evaluado por la Comisión en todos los casos, serán puestos a consideración de ambas Cámaras. La Comisión Bicameral será integrada por cuatro (4) Senadores y cuatro (4) Diputados elegidos por las Honorables Cámaras Legislativas de la Provincia, uno por cada Bloque con representación en cada de una de las Cámaras con sus respectivos Suplentes. La Comisión designará las autoridades por simple mayoría de votos. Art. 2° - El Poder Ejecutivo deberá convocar a la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Empresas Concesionadas en ocasión de efectuarse el proceso de renegociación. Art. 3° - La Comisión Bicameral de Seguimiento de las Empresas Concesionadas, creada por el Art. 1°, será también la encargada de cumplir con lo establecido en el Art. 61 de la Ley N° 6498 –Transformación del Sector Eléctrico Provincial- y lo establecido en el Art. 59 de la Ley N° 6044 –Prestación de servicios de provisión de agua potable y saneamiento en la Provincia-.

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. Diario de Sesiones

Art. 4° - La Comisión creada por el Art. 1º estudiará y analizará la marcha de las renegociaciones de los servicios públicos concesionados por jurisdicción nacional con incidencia en la Provincia de Mendoza. Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los once días del mes de mayo del año dos mil cuatro. Luis Alfonso Petri Mauricio Suárez Sec. Legislativo Pres. Provisional

- A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

10 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º - Autorízase al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito por la suma de hasta PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000) de acuerdo y en los términos de la Ley Nacional N° 24.855 de Desarrollo Regional y Generación de Empleo, y su Decreto Reglamentario Nº 924/97. Facúltase al Poder Ejecutivo a afectar en garantía la Coparticipación Federal de Impuestos hasta la cancelación definitiva de cada uno de los convenios de mutuo a suscribirse. Art. 2° - Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las gestiones y a suscribir los acuerdos necesarios para la obtención del empréstito, como también a acordar las modificaciones que fueran necesarias para adecuarlas a las condiciones sustanciales del crédito. Art. 3° - Autorízase al Poder Ejecutivo a elaborar anteproyecto, pliegos, bases y condiciones de las obras, acorde a la modalidad de contratación, financiamiento y pago aprobado por la presente ley y conforme a la Ley de Obras Públicas N° 4416. Art. 4° - Autorízase al Poder Ejecutivo a ejecutar las siguientes obras:

Pavimentación calle Pedro Pascual Segura -

tramo, Calle Miguel Segura - Calle Aristóbulo del Valle-, del Departamento Las Heras; pavimentación Ruta Provincial N° 89 -tramo, Empalme Ruta Provincial N° 99 - Calle Aguirre-, Departamentos Tupungato - Tunuyán; pavimentación Carril Montecaseros y Carril Norte, Departamento San Martín; repavimentación: Ruta Provincial N° 180 -tramo, Ruta Nacional N° 143 - Dique El Nihuil-, Departamento San Rafael; Ruta 184 -tramo Soitué – Malargüe-; Calle Francisco Delgado y Melchor Villa

Nueva entre la Argentina y Ruta 40 de Tunuyán; Ruta Ganadera entre calle Las Ranas y Boggero (Puente Río Tunuyán); Ruta Ganadera entre Laz Paz y Villa Antigua y Ruta Ganadera entre Desaguadero y Cadetes Chilenos, Departamento La Paz; Camino Ganadero que une las Rutas Nros. 205 y 206 entre San Rafael y General Alvear, paralelo a línea del ferrocarril; refuncionalización de carpeta asfáltica de Ruta Provincial N° 50 - tramo entre calle Suárez y calle Catalán - del Distrito Villa del Departamento Santa Rosa; refuncionalización de carpeta asfáltica en Ruta Provincial N° 50 -tramo entre calle Baldes del Sur y cruce ferroviario con Ruta Provincial N° 50- del Distrito La Dormida del Departamento Santa Rosa; remodelación variante Hipólito Yrigoyen, Departamento Maipú; repavimentación asfáltica, cordón y banquina en hormigón armado en Lateral Norte y colector, cordón y banquina en hormigón armado en Lateral Sur, desde calle Sarmiento hasta calle Maza, Gutiérrez, Departamento Maipú; Calle Olivares -tramo Ruta Provincial 60 y Ruta Provincial 50- y mejora de caminos aledaños, Departamento Junín; Puente sobre río Tunuyán en calle El Dique, Distrito Phillips, Departamento Rivadavia; Puente sobre el río Diamante que une las localidades El Algarrobal del Distrito Cuadro Nacional con el Distrito Goudge. Art. 5° - El préstamo aprobado por la presente ley, quedará exento de todo impuesto provincial que pudiera aplicársele. Art. 6° - Confórmase una Comisión Bicameral de Seguimiento integrado por dos representantes de la Comisión de Obras Públicas de ambas Cámaras Legislativas. Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los once días del mes de mayo del año dos mil cuatro. Luis Alfonso Petri Juan Carlos Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador

- A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

11 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Los bancos nacionales o extranjeros, privados o públicos con sucursal en la Provincia de Mendoza deberán informar de manera gratuita y fehaciente a sus clientes con préstamos hipotecarios sobre vivienda única las causas jurídicas y contables

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. Diario de Sesiones

que provoquen un aumento en el saldo de sus préstamos y en el aumento de cada cuota. Art. 2º - De forma. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Ricardo Puga

FUNDAMENTOS

H. CÁMARA:

Elevo para su tratamiento el proyecto de ley que a continuación acompaño, a fin de traer al seno de la discusión parlamentaria un tema de indiscutible importancia social y económica, y sobre el que la H. Legislatura debería considerar, dada la enorme importancia social que tiene la vivienda propia.

Que la Constitución Nacional en su Art. 14 bis impone como objetivo del Estado el acceso a una vivienda digna.

La enorme confusión que ha causado la devaluación en los saldos de préstamos hipotecarios.

Que la Provincia de Mendoza no ha delegado a la Nación todo el control sobre los bancos que funcionan en nuestra Provincia.

En función del principio de legalidad que establece el Art. 19 de la Constitución Nacional, todos los habitantes de la Nación estamos obligados a cumplir la ley y también a exigir su cumplimiento. El principio de legalidad es especialmente obligatorio, si cabe la expresión, para los diputados, ya que somos representantes directos del pueblo, y por eso la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza tiene competencia jurídica y política para sancionar esta ley.

A mayor abultamiento, este proyecto no contradice ni se opone ni a la Constitución Nacional, ni a tratados internacionales, ni a leyes federales, ni a la Constitución Provincial, por lo que, insisto, esta H. Cámara tiene competencia para convertir este proyecto de ley.

Además esta iniciativa no cercena ni contradice a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, ni a sus circulares.

Tampoco contradice la Ley Nº 24240 de Defensa del Consumidor sino que, al contrario, se concuerda con ella. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Ricardo Puga

- A LAS COMISIONES DE AMBIENTE,

URBANISMO Y VIVIENDA Y DE DESARROLLO SOCIAL

12 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - El Poder Ejecutivo provincial dona con cargo a la Asociación Voluntarias del Menor, con Personería Jurídica Nº. 1442, una fracción de terreno, parte de mayor extensión del inmueble identificado como: 1ª. inscripción al Nº. 123, fs. 71, tomo 2 de Capital; 1ª. inscripción al Nº 55, fs. 1, tomo 2 de Godoy Cruz; 1ª. inscripción al Nº. 55, fs. 1, tomo 2 de las Heras y 1ª. inscripción al Nº. 54, fs. 1, tomo 2 de Lujan; constante de una superficie según título de ciento treinta y dos hectáreas, nueve mil trescientos doce metros con nueve decímetros cuadrados (132 ha 9.312.09 m2.) y según mensura de veinte hectáreas, mil cuatrocientos cincuenta y seis metros con treinta decímetros cuadrados (20 ha 1456.30 m2.) conforme plano aprobado Nº 19148 archivado en la Dirección Provincial de Catastro. El inmueble que se dona consta de una superficie aproximada de tres mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con veintiséis decímetros cuadrados (3.485,26 m2.) y limita al Sur y al Oeste con más terreno del gobierno de la Provincia (Dirección Provincial del Menor) en una línea quebrada de diez metros con dieciséis centímetros (10,16 m) y de noventa y cinco metros con ochenta y seis centímetros (95,86 m); al Norte con más terreno del gobierno de la Provincia (Escuela Técnica Nº 6) y al Este con el corredor del Oeste; todo ello según croquis de ploteo elaborado por la Dirección Provincial de Catastro. La donación del inmueble identificado comprende todo lo plantado y edificado en el mismo. Art. 2º - El plano de mensura respectivo del inmueble que se dona, será realizado por la Dirección Provincial de Catastro. Art. 3º - El cargo al que se refiere el Art. 1º será el cumplimiento por parte de la Asociación Voluntarias del Menor de su objeto social y conforme las disposiciones estatutarias vigentes a la fecha de la sanción de esta ley. Todo ello conforme a lo previsto en los Arts. 29, Inc. c), 41, 43, 44 y 45 de la Ley Nº 6364 y bajo la supervisión de la DINAADyF o el organismo que la sustituya eventualmente. Art. 4º - El incumplimiento del cargo previsto en esta ley, provocará la retroversión del inmueble al gobierno de la Provincia de Mendoza, sin derecho para el donatario a reclamar indemnización alguna por las mejoras introducidas al mismo, las que quedarán como de exclusiva propiedad del Estado provincial. Art. 5º - Una vez realizada la mensura a la que se refiere el Art. 2º, Escribanía General de Gobierno

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. Diario de Sesiones

procederá a escriturar el inmueble a nombre del donatario. Art. 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Carlos Ciurca Luis Garro

Roque Romero

FUNDAMENTOS H. Cámara: La Asociación Voluntarias del Menor (AVOME) con personería jurídica Nº 1442, tiene en vigencia un convenio con la DINAADyF desde 1981, por la utilización de un predio que tiene como destino la implementación de proyectos comunitarios: En el mismo funciona: 1- Voluntariado para niños albergados en el Instituto 20 de Junio. 2- Jardín Maternal. 3- Comedor Infantil. 4- Apoyo Escolar. 5- Talleres de creatividad para niños. 6- Centro de Salud. 7- Proyectos barriales. 8- Talleres para padres. 9- Micro emprendimientos productivos. 10- Huerta. 11- Ropero comunitario. 12- Proyectos de articulación con otras organizaciones sociales: DINAADyF (Casa Cuna), Municipalidad de Godoy Cruz, COLOBA, CEPAS, ACANyA, SCOUTS. Se benefician con atención en la sede 250 familias (1700 personas), provenientes de los barrios del Oeste de Godoy Cruz (Campo Papa, Suso, Sarmiento, Villa Hipódromo, Parque Sur, Boulogne Sur Mer, etc. Y con la articulación con las otras organizaciones 500 beneficiarios más. El estado de las instalaciones es excelente dado que AVOME no ha descuidado en estos años su atención. Cuando se recibió el predio constaba de 1 hall, 2 comedores, 4 dormitorios, 3 baños, 1 cocina, 1 ropería, 1 celaduría, pertenecientes al ex hogar 4 de niñas. AVOME ha desarrollado en el predio nuevas construcciones, refacciones y ampliaciones, por un valor de $125.000, actualmente las instalaciones constan de: 7 aulas, 1 salón para ropero, 1 comedor, 2 salones de usos múltiples, 7 consultorios, 3 cocinas, 9 baños, 2 dormitorios, 4 oficinas, 3 depósitos, 1 farmacia. En el 2001, el 21 de marzo, en recinto de sesiones de la Honorable Legislatura, se aprobó la ley Nº. 6884, donde el Poder Ejecutivo provincial dona a la Asociación Voluntarias del Menor (AVOME), una fracción de terreno que consta de una superficie aproximada de tres mil cuatrocientos

ochenta y cinco metros con veintiséis decímetros cuadrados. El 6 de abril del 2001, el Poder Ejecutivo Provincial, remite una nota a la H. Cámara de Diputados, donde decreta la observación de la Sanción Nº 6884 de la H. Legislatura de la Provincia, que fuera comunicada al P.E. el 28 de marzo del 2001. Frente a esta situación y a partir de la evaluación que realizamos sobre las acciones que realiza efectivamente AVOME, es que solicitamos la aprobación al presente proyecto de ley. Mendoza, 10 de mayo del 2004.

Carlos Ciurca

-A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE DESARROLLO SOCIAL

13 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

CÓDIGO PROVINCIAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y

USUARIOS

TÍTULO I - Objeto: Artículo 1º - La presente ley establece las bases legales para la defensa del consumidor y del usuario y tiene por objeto establecer las reglas de las políticas públicas y los mecanismos administrativos y judiciales para la efectiva implementación en el ámbito provincial: a) De los derechos de los consumidores y usuarios reconocidos en la Constitución Nacional. b) De las normas de protección consagradas en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor y disposiciones complementarias sin perjuicio de las competencias concurrentes de la Autoridad Nacional de Aplicación.

TITULO II - Políticas de protección Art. 2º - El Gobierno Provincial deberá formular políticas de protección de los consumidores y usuarios, dentro del marco constitucional de competencias, y establecer una infraestructura adecuada que permita aplicarlas. Las medidas de protección al consumidor se deberán aplicar en beneficio de todos los sectores de la población. Art. 3° - La acción gubernamental de protección a las consumidores y usuarios tendrá, dentro del marco

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constitucional de competencias entre otros, los siguientes objetivos: a) Políticas de regulación del mercado en materia de protección a la salud, seguridad y cumplimiento de los standars mínimos de calidad. b) Políticas de acceso al consumo. c) Programas de educación e información al consumidor y promoción a las organizaciones de consumidores. d) Políticas de solución de conflictos y sanción de abusos. e) Políticas de control de servicios públicos. f) Políticas sobre consumo sustentable.

TITULO III - Políticas de regulación

CAPÍTULO I - Acceso al consumo Art. 4º - Las políticas del gobierno deben garantizar a los consumidores y usuarios. a) El acceso al consumo en condiciones de trato digno y equitativo, sin discriminaciones ni arbitrariedades por parte de los proveedores. b) La protección efectiva contra las prácticas que puedan perjudicar la posibilidad de los consumidores de elegir en el mercado. c) La competencia leal y efectiva, a fin de brindar a los consumidores la posibilidad de elegir variedad de productos y servicios a precios justos. d) El permanente abastecimiento por parte de los prestadores de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades corrientes de la población.

CAPÍTULO II – Protección de la salud y seguridad Art. 5º - La Autoridad de Aplicación arbitrará los medios necesarios para el fiel, oportuno e íntegro cumplimiento de las obligaciones de los proveedores, tendientes a garantizar que los productos y servicios comercializados sean inocuos en el uso a que se destinen o normalmente previsible, protegiendo a los consumidores y usuarios frente a los riesgos que importen para la salud y seguridad.

Vigilará, asimismo, que la información y publicidad sobre productos y servicios no importen riesgos para la salud y seguridad de los consumidores. Controlará en particular, la información y publicidad referida a fármacos, tabaco y bebidas alcohólicas. Art. 6° - Comprobado por cualquier medio idóneo que un producto o servicio adolece de un defecto grave o constituye un peligro considerable para los consumidores, la Autoridad de Aplicación debe adoptar medidas para que los consumidores estén debidamente informados y los proveedores deban retirarlos inmediatamente del mercado, prohibiendo la circulación del mismo.

CAPÍTULO III – Controles de calidad y equidad

Art. 7° - La Autoridad de Aplicación efectuará los controles pertinentes dentro del ámbito de competencia provincial, a fin de promover y defender los intereses económicos de los consumidores y usuarios entre otras, en las siguientes materias: a) Calidad de los productos y servicios. b) Equidad de las prácticas comerciales y cláusulas contractuales. c) Veracidad, adecuación y lealtad en la información y publicidad comercial.

Específicamente la Autoridad de Aplicación vigilará que los contratos de adhesión o similares no contengan cláusulas abusivas en los términos de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.

La aprobación administrativa de los formularios tipo y otros documentos utilizados en las contrataciones predispuestas decidida en otras jurisdicciones, no obligará a la Autoridad de Aplicación Provi ncial a disponer su aprobación.

CAPÍTULO IV – Consumo sustentable Art. 8° - El Gobierno deberá formular políticas y ejercer los controles pertinentes para evitar los riesgos que puedan importar para el medio ambiente los productos, y servicios que se ofrecen y proveen a los consumidores y usuarios. Las medidas a implementar, serán tendientes a que los patrones de consumo actuales no amenacen la aptitud del medio ambiente para satisfacer las necesidades humanas futuras. Art. 9° - Las medidas gubernamentales para el consumo sustentable deberán estar encaminadas entre otros objetivos a los siguientes: a) Campañas educativas para fomentar el consumo sustentable, formando a los consumidores para un comportamiento no dañino del medio ambiente. b) Certificación de los productos y servicios desde el punto de vista ambiental. c) Impulsar la reducción de consumos irracionales, perjudiciales al medio ambiente. d) Orientar mediante impuestos o subvenciones, dentro del marco de competencia provincial los precios del producto según su riesgo ecológico. e) Promover la oferta y la demanda de los productos ecológicos. f) Regular y publicar listas respecto a productos tóxicos. g) Regular el tratamiento de los “residuos”, con orientación ecológica. h) Información y etiquetado ambientalista. i) Ensayos comparativos sobre el impacto ecológico de los productos. j) Impedir las publicidades antiambientalistas

CAPÍTULO V – Control de servicios públicos

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Art. 10 - Las políticas y controles sobre los servicios públicos de jurisdicción provincial tendrán entre otros los siguientes objetivos: a) Asegurar a los usuarios el acceso al consumo y una distribución eficiente de los servicios esenciales. b) Que la extensión de las redes de servicios a todos los sectores de la población no resulte amenazada ni condicionada por razones de rentabilidad. c) La calidad y eficiencia en la prestación de servicios públicos. d) El control de los monopolios. e) La equidad de los precios y tarifas. f) Propender a evitar el cobro de cargos de infraestructura y otras traslaciones de cobros a los usuarios. g) La eficacia de los de los mecanismos de recepción de quejas y atención de usuarios. h) Intervenir en la normalización de los instrumentos de mediación, a efectos que pueda verificarse su funcionamiento. Art. 11 - El Gobierno Provincial dará participación en los directorios de los entes reguladores de Servicios Públicos especialistas en defensa al consumidor. Los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para efectivizar la participación de la Provincia en los Organismos de control de servicios públicos de jurisdicción nacional que comprometan el interés provincial.

TÍTULO IV – Educación a los consumidores y usuarios

Art. 12 - El gobierno formulará programas generales de educación para usuarios y consumidores, que serán incorporados dentro de los planes oficiales de Educación General Básica y Polimodal, y capacitará a los educadores para ejecutarlos. Art. 13 - Los programas de educación para el consumo tendrá entre otros los siguientes objetivos: a) Difundir los derechos de los consumidores y usuarios para que los conozcan efectivamente. b) Divulgar los instrumentos para hacer valer esos derechos y canalizar sus defensas y los mecanismos para ejercerlos activamente en el mercado. c) Capacitar a los consumidores y usuarios para que sepan discernir, hacer elecciones bien fundadas de bienes y servicios que tengan conciencia de sus derechos y obligaciones. d) Facilitar a los consumidores y usuarios la comprensión de la información y orientarlos a prevenir los riesgos que puedan derivar del consumo de productos y servicios. e) Formar a los consumidores y usuarios para un comportamiento no dañino del medio ambiente.

f) Concientización contra el consumo de tabaco, contra el exceso en el consumo de bebidas

alcohólicas y contra la automedicación y todo otro tipo de adicción. Art. 14 - En los planes de enseñanzas oficiales dentro de las asignaturas ya existentes, se incorporarán entre otros, los siguientes elementos sobre educación para el consumo: a) Características del mercado. b) Vulnerabilidad del consumidor. c) Calidad de los productos y servicios. d) Artículos de servicios de primera calidad. e) Salubridad de alimentos. f) Prevención de accidentes. g) Peligros de los productos y servicios. h) Información, rotulado y publicidad. i) Organismo de Defensa al Consumidor. j) Pesas y medidas. k) Precios de productos y servicios y empleo eficiente de recursos. l) Técnicas de comercialización. m) Consumo y sustentabilidad del medio ambiente. Art.15 - Al formular los programas generales de educación e información a los consumidores y usuarios, el gobierno deberá presentar especial atención a las necesidades de los consumidores y usuarios que se encuentren en situación desprotegida, tanto en las zonas rurales como urbanas.

TITULO V – Información a los Consumidores y Usuarios

Art. 16 - La Autoridad de Aplicación ejecutará

programas de divulgación públicas sobre los derechos de los consumidores y usuarios, las normas vigentes y las vías para reclamar. Garantizará que la información esté destinada a alcanzar a todos los sectores de la población a través de los medios de comunicación. Formulará campañas especiales para alentar sobre los riesgos que determinados productos y servicios importan para la salud y seguridad de la población. Asimismo, estimulando el consumo sustentable y desalentando el consumo de tabaco, los excesos en los consumos de bebidas alcohólicas, la automedicación y todo otro tipo de adicción. Art. 17 - La Autoridad de Aplicación instará también a organismos públicos, Asociaciones de Consumidores, Empresarios y Medios de Comunicación, a divulgar programas de información al consumidor, organizando su capacitación. Fomentará asimismo las investigaciones y publicaciones técnicas y científicas sobre defensa del consumidor, divulgación de la doctrina jurídica y jurisprudencia de la materia. Art. 18 - Toda persona física o jurídica que comercialice bienes o preste servicios a consumidores y usuarios, deberá exhibir en sus locales comerciales conforme a las ordenanzas de

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cada municipio, un cartel perfectamente visible en lugar destacado que contenga.

a) El enunciado de los siguientes derechos de los consumidores y usuarios: -Protección de la salud y seguridad -Protección de los intereses económicos -Información adecuada y veraz -Libertad de elección -Condiciones de trato digno y equitativo -Educación para el consumo -Calidad y eficiencia de los servicios públicos -Constitución de asociaciones de consumidores y usuarios -Procedimiento eficaces para la prevención y solución de conflictos. b) La indicación del domicilio y teléfono de las autoridades provinciales y municipales competentes para recibir cualquier consulta o reclamo relacionado con los productos o servicios que se comercializan.

TITULO VI – Organizaciones de Consumidores y Usuarios

CAPITULO I – De las asociaciones de consumidores

y usuarios Art. 19 - Las Asociaciones de consumidores y usuarios deberán propender a. a) La promoción, protección y defensa de los intereses individuales y colectivos de los consumidores y usuarios, ya sea con carácter general, como en relación a determinados productos o servicios. b) Formular y participar en programas de educación e información, capacitación y orientación a los consumidores y usuarios. c) Representar los intereses de los consumidores y usuarios, individual o colectivamente en instancias privadas, o en procedimientos administrativos o judiciales, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan. d) Recibir reclamaciones de consumidores o usuarios, y celebrar audiencias conciliatorias extrajudiciales con los proveedores de productos o servicios, para facilitar la prevención y solución de conflictos. e) Brindar a los consumidores y usuarios un servicio de asesoramiento, consultas y asistencia técnica y jurídica. f) Realizar y divulgar investigaciones y estudios de mercado sobre seguridad, calidad, sustentabilidad, precios y otras características de los productos y servicios. g) Recopilar, elaborar, procesar y divulgar información acerca de los bienes y servicios existentes en el mercado. h) Difundir estadísticas de las reclamaciones recibidas contra proveedores de productos y

servicios, indicando si fueron o no satisfechos los intereses de los consumidores y usuarios. i) Promover los principios del consumo sustentable y educar a los consumidores en relación a un consumo responsable y armónico con el respecto al medio ambiente.

CAPITULO II – Fomento Estatal Art. 20 - El Gobierno Provincial promoverá la constitución de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, fomentará su funcionamiento e instará a la participación de la comunidad en ellas. Art. 21 - La Autoridad de Aplicación podrá dar a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios registradas de conformidad con la presente ley, participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general relativas a materias que afecten directa o indirectamente a consumidores o usuarios.

CAPITULO III – Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios

Art. 22 - Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios para su registración deberán cumplir con las normas provinciales que los establezcan.

TITULO VII – Acceso a la justicia

CAPITULO I - Procedimiento sumarísimo Art. 23 - Para la defensa de los derechos e intereses protegidos por este Código, son admisibles todas las acciones capaces de propiciar su adecuada y efectiva tutela. A las demandas de cualquier naturaleza promovidas para la prevención o resolución de conflictos, por consumidores o usuarios individual o colectivamente contra proveedores de productos o servicios o cualquiera que de algún modo lesione o restrinja los derechos que aquí se tutelan, serán aplicables el procedimiento sumarísimo establecido en la Ley de Amparo Provincial y sus modificatorias. Art. 24 - En oportunidad de la audiencia de prueba que se celebre, del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Provincia, el juez intentará con carácter previo una conciliación entre las partes. Cuando las acciones judiciales hayan sido promovidas en razón de derechos de incidencia colectiva de los consumidores o usuarios, los acuerdos conciliatorios beneficiarán a todos los consumidores y usuarios afectados o amenazados por el mismo hecho que motivó el litigio, quienes podrán por vía incidental en el mismo proceso, acreditar la legitimación, su perjuicio, ejecutar la sentencia homologatoria, y en su caso liquidar los daños. A tal efecto, el acuerdo deberá ser publicado a través del medio de comunicación que el juez considere más conducente. Si quien participó del proceso no suscribiere el acuerdo por no considerarlo beneficioso, podrá

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continuar, o iniciar por vía incidental, en su caso, el reclamo del que se considere titular, sin perjuicio de la validez del aquel celebrado con relación a quienes lo concluyeron o que por vía incidental pretendan su admisión.

CAPITULO II – Gratuidad Art. 25 - Las actuaciones judiciales promovidas por consumidores o usuarios, individual o colectivamente, de conformidad con las normas de defensa del consumidor, estarán exentos del pago de tasas, contribuciones u otra imposición económica. El juez al momento de dictar la sentencia impondrá las costas evaluando la proporcionalidad del monto de la pretensión y los costos del proceso con la capacidad económica de las partes.

CAPITULO III – Legitimación Art. 26 - Cuando los consumidores y usuarios resulten amenazados o afectados en sus derechos subjetivos, de incidencia colectiva o intereses legítimos, se encuentran legitimados para interponer las acciones correspondientes: a) Los consumidores y usuarios en forma individual o colectiva. b) Las Asociaciones de Consumidores debidamente registradas en la Provincia de Mendoza. c) El Ministerio Público. Art. 27 - El Ministerio Público cuando no intervenga en el proceso como parte, actuará obligatoriamente como fiscal de la ley. Cuando las acciones judiciales hayan sido promovidas en razón de derechos de incidencias colectiva de los consumidores o usuarios las renuncias o desistimientos efectuados por uno de sus miembros no vincularán a los restantes litisconsortes. En caso de abandono de la acción por las Asociaciones legitimadas, la titularidad activa será asumida por el Ministerio Público.

CAPITULO IV – Efectos de la sentencia Art. 28 - Cuando se trate de acciones judiciales para la prevención o solución de conflictos, las sentencias tendrán los siguientes efectos: a) Si admiten la demanda, beneficiarán a todos los consumidores y usuarios afectados o amenazados por el mismo hecho que motivó el litigio, quienes podrán por vía incidental en el mismo proceso acreditar la legitimación, su perjuicio, ejecutar la sentencia, y en su caso liquidar los daños. b) Si rechazan la demanda, no impedirán la acción de los consumidores y usuarios titulares de un interés individual, que no hayan intervenido en el proceso. c) Si el rechazo de la demanda se fundó en la insuficiencia de pruebas, cualquier otro legitimado diferente al actor podrá intentar otra acción valiéndose de nuevas pruebas.

A tales efectos, la parte resolutiva de la sentencia deberá ser publicada a través del medio de comunicación que el Juez considere más conveniente, a cargo de quien resulte vencido. Art. 29 - Cuando la sentencia acogiere la pretensión, la apelación será concedida previo deposito del capital, intereses y costas, con la sola excepción de los honorarios de los profesionales que presentan o patrocinan a la parte recurrente, al sólo efecto devolutivo.

CAPITULO V – Competencia Art. 30 - Serán competentes para intervenir en estos litigios los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, y los Juzgados de Paz Letrado que correspondan.

TITULO VIII – Prevención y Solución de Conflictos en ámbito administrativo

CAPITULO I – Autoridad de Aplicación

Art. 31 - La Autoridad de Aplicación será la que determine el Poder Ejecutivo.

Deberá proveer integralmente a la protección de los derechos de los consumidores y usuarios consagrados en los Arts. 42 y 43 de la Constitución Nacional, y en las demás normas generales y especiales aplicables a las relaciones de consumo, ejecutando las políticas previstas en esta ley. CAPITULO II – Sistema de examen y certificación de

seguridad y calidad de productos y servicios Art. 32 - La Autoridad de Aplicación propenderá, a través de convenios con Laboratorios Públicos o Privados habilitados al efecto, de Universidades u Organismo Científico de Investigación, a la disponibilidad de servicios técnicos, para examinar y certificar en forma periódica las condiciones de seguridad, sustentabilidad y calidad de los productos y servicios de consumo esenciales, incluyendo ensayos comparativos, para su divulgación a los consumidores y usuarios.

CAPITULO III – Asistencia a los consumidores y usuarios

Art. 33 - La Autoridad de Aplicación brindará un servicio de asistencia técnica y jurídica, consulta, consejo y asesoramiento sobre los derechos y cuestiones relativas a los contratos de consumo, en relación a los productos y servicios que se comercializan en el mercado, o de los proveedores de los mismos, y vías para efectuar denuncias y reclamaciones. Art. 34 - Sin perjuicio de las demás funciones previstas en la presente ley, el Gobierno Provincial a través de la Autoridad de Aplicación, prestará un

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servicio integral y gratuito de consultas y asesoramiento técnico, jurídico, y programas de asistencias a los consumidores y usuarios que en las relaciones de consumo se encuentren en situaciones de desventajas, necesidad, inferioridad, subordinación o indefensión asimismo podrán participar como peritos o emitiendo dictamen en los procesos si fuesen requeridos por el juez. Art. 35 - El Gobierno Provincial fomentará el desenvolvimiento de las instituciones académicas y científicas, que tengan por objetivo actividades de capacitación técnica y jurídica en el ámbito de las diferentes disciplinas con incumbencias en la defensa de los consumidores y usuarios, pudiendo solicitar su participación para el desenvolvimiento de las funciones de asistencia y asesoramiento.

CAPITULO IV - Procedimiento administrativo de las normas de aplicación

Art. 36 - El procedimiento para la inspección , comprobación y juzgamiento de las infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor y sus normas reglamentarias en la Provincia de Mendoza, se ajustará a las normas previstas en la misma y a las prescripciones de la presente ley, siendo de aplicación supletoria en Código de Procedimiento en lo Penal de la Provincia de Mendoza.

De las formas de aplicación Art. 37 - Las actuaciones correspondientes a la Ley 24240 y esta ley, podrán iniciarse de oficio o por denuncia del consumidor o usuario sin perjuicio de quienes resulten legitimados por aplicación del Art. 26.

De la iniciación de oficio Art. 38 - Cuando el sumario se iniciare de oficio, si correspondiere, se destinarán agentes inspectores que procederán a la constatación de la infracción, labrándose acta. Art. 39 - El acta será labrada por triplicado, prenumerada, y contendrá los siguientes requisitos:

a) Lugar, fecha y hora de la inspección. b) Individualización de la persona cuya

actividad es objeto de inspección, tipo y número de documento de identidad y demás circunstancias.

c) Domicilio comercial y ramo o actividad. d) Domicilio real o social de la persona. e) Nombre y apellido de la persona con

quien se entiendan la diligencia, carácter que reviste, identificación y domicilio real.

f) Determinación clara y precisa del hecho o hechos constitutivos de la infracción y de la disposición legal presuntamente violada.

g) Nombre, apellido y domicilio de los testigos que a instancia del personal actuante presenciaron la diligencia, en caso de no contar con ninguno, expresa constancia de ello.

h) Fecha y hora en que se culminó la diligencia.

i) Firma y aclaración del inspector y de los demás intervinientes. Art. 40 - Labrada el acta en la forma indicada precedentemente, el personal actuante invitará al responsable a dejar constancia sobre el hecho o hechos motivo de la presunta infracción y la existencia de testigos y sus dichos. En caso de no hacer uso de tal facultad, deberá dejarse expresa constancia en el acta. La misma será firmada por el inspector actuante por el responsable o persona con quien se entiende la diligencia. En caso de negativa de este último, se dejará constancia siendo suficiente la firma del personal actuante en la diligencia. Art. 41 - El acta labrada con las formalidades indicadas, hará plena fe en tanto no resulte enervada por otros elementos de juicio. Art. 42 - En el mismo acto se notificará al responsable, factor o encargado, quienes dentro de los cinco (5) días hábiles podrán presentar su descargo y ofrecer pruebas que haga a su derecho ante el organismo interviniente, debiendo acreditar personería y constituir domicilio dentro del radio del municipio. Art. 43 - Si fuere necesaria una comprobación técnica posterior a los efectos de la determinación de la presunta infracción, y que resultare positiva, se procederá a notificar al presunto responsable la infracción verificada, intimándolo para que en el plazo de cinco (5) días presente descargo por escrito. Art. 44 - El acta será remitida dentro del término de veinticuatro (24) horas para la prosecución del procedimiento. Su incumplimiento será considerado falta grave.

De la iniciación por denuncia Art. 45 - La iniciación del sumario por denuncia podrá formalizarse por escrito o verbalmente. En ambos casos se acompañarán las pruebas y se dejará constancia de los datos de identidad y el domicilio real. En el formulario que al efecto se cumplimentará se hará saber al denunciante de las penalidades previstas por el Art. 46 de la Ley 24240, para el caso de denuncias maliciosas. Art. 46 - Recepcionada la denuncia, se abrirá la instancia conciliatoria, a cuyos fines se designará audiencia. La notificación de la misma se hará por escrito. Art. 47 - Con la comparecencia de las partes se celebrará audiencia de conciliación, labrándose acta. El acuerdo será rubricado por los intervinientes y homologado. El acuerdo homologado suspenderá el procedimiento en cualquier momento del sumario

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hasta la oportunidad del cierre de la instancia conciliatoria. Si no hubiere acuerdo, o notificada la audiencia el denunciado no compareciere sin causa justificada, se formulará auto de imputación el que contendrá una relación suscinta de los hechos y la determinación de la norma legal infringida. Notificado el mismo y efectuado el descargo pertinente, en este estado se elevarán las actuaciones al funcionario municipal competente quien resolverá la sanción aplicable. Ello, sin perjuicio de las facultades conferidas por el Art. 44 de la Ley 24240. Art. 48 - La incomparecencia injustificada a la audiencia de conciliación y/o el incumplimiento de los acuerdos homologados, se considera violación de la Ley 24240 y de esta ley.

El infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado. Art. 49 - Cuando las denuncias hayan sido promovidas en razón de derechos de incidencia colectiva de los consumidores o usuarios, los acuerdos conciliatorios debidamente homologados obligarán respecto a todos los consumidores y usuarios afectados por el mismo hecho que motivó el litigio, quienes tendrán la facultad de valerse de los mismos y exigir su cumplimiento.

A tal efecto, el acuerdo deberá ser publicado a costa del denunciado, a través del medio de comunicación más conducente. Art. 50 - El auto de imputación será notificado al infractor, a fin de que en el término de cinco(5) días hábiles e improrrogables presente por escrito su descargo, y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho. Procedimiento común. Art. 51 - En el escrito de descargo o en su primera presentación, el presunto infractor deberá constituir domicilio dentro del radio del municipio y acreditar personería. Cuando no acredite personería se le intimará para que en el término de cinco (5) días hábiles subsane la omisión bajo apercibimiento de tenerlo por no presentarlo.

Podrá ofrecer la prueba que haga a su derecho, proponiendo en tal caso los peritos a su costa. Art. 52 - Las pruebas se admitirán solamente en caso de existir hechos controvertidos y siempre que no resulten manifiestamente inconducentes. Contra la resolución que deniegue medidas de prueba, sólo se concederá el recurso de reconsideración. Art. 53 - La prueba deberá producirse dentro del término de diez (10) días hábiles prorrogables por causa justificada. Se tendrán por desistida las pruebas no producidas dentro de dicho plazo por motivo atribuible al presunto infractor.

Art. 54 - La prueba documental original o en copia debidamente autenticada se acompañará con el escrito de descargo. En ningún caso se admitirá documentación que no reúna estos requisitos. Art. 55 - Si procediere la prueba testimonial, sólo se admitirán hasta tres (3) testigos con la individualización de sus nombres, profesión u ocupación y domicilio, debiéndose adjuntar el interrogatorio. Se fijará la audiencia dentro del plazo previsto en el Art. 53. Se hará saber el día, hora y que la comparecencia del testigo corre por cuenta exclusiva del presunto infractor, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido. Art. 56 - Si se solicitare informe, se proveerá dentro de los tres (3) días hábiles, debiendo el presunto infractor correr con su producción dentro del plazo de prueba bajo apercibimiento de tenerlo por desistido. Art. 57 - La prueba pericial se admitirá cuando sea necesario contar con el dictamen de un experto para dilucidar hechos controvertidos en cuestiones que sean materia propia de alguna ciencia, arte y/o profesión, a los efectos de contar con un dictamen técnico científico. El presunto infractor deberá proponer a su costa el perito en la especialidad que se trate, y los puntos de la pericia. El municipio podrá proponer un segundo perito quien se expedirá por separado y/o requerir opinión del área técnica competente sea municipal, provincial, nacional o instituciones públicas o privadas. El plazo de producción lo será dentro del general de la prueba. Art. 58 - Producida la prueba y concluidas las diligencias sumariales se procederá al cierre de la instancia conciliatoria, quedando las actuaciones en condiciones de ser resueltas.

De la resolución y su cumplimiento Art. 59 - La resolución definitiva se ajustará a las disposiciones de la Ley Nacional 24240 y normas reglamentarias. Será dictada dentro del plazo de veinte (20) días hábiles. En ella también se evaluará la existencia o no de antecedentes en el Registro de Infractores. Art. 60 - Consentida o ejecutoriada la resolución administrativa, se procederá al cumplimiento de las sanciones previstas en esta ley. Art. 61 - Se intimará al infractor a formalizar mediante boleta de depósito el pago de los gastos de publicidad que arancele el periódico del lugar del hecho, a los fines de dar publicidad a la condena, transcribiéndose la parte resolutiva y situación de firmeza adquirida. Art. 62 - Si la sanción fuera apercibimiento, se dará por cumplida con su formal notificación al infractor.

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Art. 63 - Si se tratare de multa, se intimará al infractor para que abone su importe y acredite su pago en el término de diez (10) días hábiles, debiendo acreditarse el depósito mediante las boletas respectivas, sin cuyo requisito el crédito no se tendrá por cancelado. Art. 64 - La falta de pago hará exigible el cobro mediante ejecución fiscal por vía de apremio, siendo título suficiente el testimonio de la resolución condenatoria firme. Art. 65 - Si la condena fuere el decomiso de la mercadería y/o producto de la infracción, el Municipio lo hará efectivo bajo constancia en acta, relevándose al depositario de sus obligaciones en el mismo acto de efectivizarse el traslado. Art. 66 - Las mercaderías o productos decomisados, si sus condiciones de seguridad, higiene, salud, estados de conservación, inocuidad o utilidad lo permitiesen, serán incorporados al patrimonio de establecimientos del área de la salud, minoridad, educacionales o entidades de bien público, según lo aconsejen las circunstancias. Si no fuere posible el destino señalado, se procederá a su destrucción bajo constancia en acta y en presencia de dos (2) testigos. Art. 67 - Si la sanción aplicada fuere la cláusula del establecimiento o la suspensión del servicio afectado por un plazo determinado, la misma será efectivizada por personal de inspección especialmente destinado al efecto, labrándose el acta correspondiente. Art. 68 - Si la sanción fuere de suspensión temporal en los Registros de Proveedores del Estado, se procederá a comunicar a la Contaduría General de la Provincia y/o Direcciones que se ocupen de las contrataciones y licitaciones públicas o contrataciones directas, para la debida anotación de la sanción. Igual temperamento se seguirá respecto de los municipios, con intervención del Organismo competente. Art. 69 - Si la sanción fuere de pérdida de concesiones, regímenes impositivos o crediticios especiales que gozare el infractor, se cursará nota de estilo al Organismo correspondiente para que proceda a aplicar la medida adoptada e informar acerca de la misma dentro del plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de que su omisión será considerada falta grave. Art. 70 - Las decisiones tomadas por el Organismo correspondiente agotarán las vías administrativas.

Normas Complementarias Art. 71 - Antes o durante la tramitación del expediente, se podrá dictar medida preventiva que ordene el cese de la conducta que se reputa violación a la Ley de Defensa al Consumidor y/o Código y/o sus reglamentaciones. Asimismo, y con la

mayor amplitud, se podrán disponer medidas técnicas, admitir pruebas y dictar medidas de no innovar o para mejor prever. Se podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública al disponer la realización de inspecciones y pericias vinculadas con la aplicación de la ley y cuando disponga de oficio o a requerimiento de parte audiencias a las que deban concurrir los denunciantes, damnificados, presuntos infractores, testigos y perito, entre otros. Art. 72 - Las constancias de la actuación serán evaluadas con razonable criterio de libre convicción. En caso de duda, se estará siempre a la interpretación más favorable al consumidor.

CAPITULO V – Sanciones Art. 73 - Si la resolución tiene por verificada la existencia de la infracción, quienes las hayan cometido se harán pasíbles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independientemente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:

a) Apercibimiento. b) Multa de cien (100) pesos a quinientos mil

(500.000) pesos. c) Decomiso de las mercaderías y productos

objeto de la infracción. d) Cláusula de establecimientos o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días, excepto en los casos que se trate de servicios públicos sujeto a la competencia de entes reguladores u otros organismos de control. e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado. f) La pérdida de concesiones, permiso, habilitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare. Art. 74 - Sin perjuicio de la orden de cesación de los anuncios, se impondrá la sanción administrativa de contrapublicidad al denunciado que, a través de la información o publicidad, hubiere incurrido en prácticas engañosas o abusivas en infracción a las normas nacionales vigente y a esta ley. La rectificación publicitaria será divulgada por el responsable, a sus expensas, a la misma formal, frecuencia, dimensión y preferentemente por el mismo medio, lugar, espacio y horario, de forma capaz de eliminar los efectos de la infracción. Art. 75 - Los importes de las multas que surjan de la aplicación de la presente ley e ingresen al erario municipal, serán destinados única y exclusivamente a solventar los gastos que demande el cumplimiento de la misma. El ochenta (80) por ciento de los fondos sostenidos quedarán en poder de los municipios con la afectación dispuesta en el párrafo anterior, y el veinte (20) por ciento restante será girado a la Provincia a los efectos de solventar los gastos que

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demande el funcionamiento y la actividad de la Autoridad de Aplicación. Art. 76 - En todos los casos se dispondrá la publicación de la resolución condenatoria a costa del infractor en el diario de mayor circulación de la jurisdicción de donde se cometió la infracción.

La Autoridad de Aplicación conservará estadísticas actualizadas de resoluciones condenatorias contra proveedores de producto y servicios, debiendo divulgarlas públicas y periódicamente. Las estadísticas y su publicación, comprenderán asimismo los casos de negativas a celebrar acuerdos conciliatorios y de incumplimientos de los celebrados. Art. 77 - En la aplicación y graduación de las sanciones previstas en el Art. 73, se tendrá en cuenta: a) La circunstancia de haber denunciado, celebrando o no un acuerdo conciliatorio, y caso afirmativo, haberlo o no cumplido.

b) El perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario. c) La posición del infractor en el mercado. d) La cuantía del beneficio obtenido. e) El grado de intencionalidad. f) La gravedad de los riesgos o los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización. g) La reincidencia. h) Las demás circunstancias relevantes del hecho.

Se considerará reincidente a quien, habiendo sido sancionado por una infracción a esta ley, incurra en otra de similar naturaleza dentro del término de tres (3) años de haber quedado firme la resolución que la dispuso. Art. 78 - Si del sumario surgiese la eventual comisión de un delito, se remitirán de inmediato las actuaciones al juez competente.

TITULO IX – De los Municipios Art. 79 - Los municipios ejercerán las funciones emergentes de esta ley; de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, y de las disposiciones complementarias, de conformidad con los límites en materia de competencia y atribuciones. Art. 80 - Los municipios serán los encargados de aplicar los procedimientos y las sanciones previstos en esta ley, respecto de las infracciones cometidas dentro de los límites de sus respectivos territorios y con los alcances establecidos en este artículo. Las sanciones que apliquen los municipios tendrán el efecto previsto en el Art. 70. Art. 81 - Corresponde a los municipios:

a) Implementar funcionamiento de un organismo o estructura administrativa que se encargara de ejecutar las funciones emergentes de esta ley. A tal efecto, podrán crearse estructuras administrativas u organismos especializados, o asignárselas a organismos ya existentes con potestades jurisdiccionales sobre cuestiones a fines. b) Instrumentar la estructura correspondiente a las instancias del procedimiento y a la etapa resolutiva, cada una de las cuales tendrán un funcionario competente a cargo. c) Deberán asimismo capacitar a su personal y cuerpo de inspectores. d) Confeccionar anualmente estadísticas que comprenderán las resoluciones condenatorias contra proveedores de productos y servicios; los casos de negativa a celebrar acuerdos conciliatorios, a los incumplimientos de los acuerdos celebrados. Las estadísticas deberán ser divulgadas públicas y periódicamente y elevadas a la Autoridad de Aplicación. e) Facilitar la tarea del Organismo Municipal encargado de aplicación de las funciones y atribuciones que les acuerda esta ley, creando tantas oficinas Municipales de información al Consumidor como lo considere necesario, teniendo en cuenta sus características demográficas y geográficas. Art. 82 - A los fines establecidos en el Art. 83, el Gobierno Provincial a través de las Autoridades de Aplicación deberá: a) Contribuir con la implementación y desarrollo permanente de los Organismos Municipales sobre los que recaiga en ejercicio de las atribuciones conferidas por esta ley, mediante planes especiales de ayuda; asistencia financiera, técnica y jurídica.

b) Para evitar la subsistencia de eventuales criterios contrapuestos respecto del juzgamiento de casos similares, llamará a un “Plenario Anual” al que serán convocados todos los municipios de la provincia a los efectos de unificar el criterio futuro a seguir sobre cada tema sometido al mismo. El criterio que adopte el plenario respecto de cada tema será vinculante en lo sucesivo para todos los municipios de la provincia de Mendoza. El plenario se constituirá con los Municipios que asistan a la convocatoria y sus decisiones se tomarán por mayoría simple. El lugar de funcionamiento será rotativo y su asignación será por sorteo entre los Municipios que se postulen para oficiar como anfitriones. c) Velar en todo momento por el adecuado cumplimiento y ejercicios de las atribuciones y funciones que esta ley otorga.

TITULO X – Ministerio Público.

Promotorías de los consumidores y usuarios Art. 83 - Autorízase al Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, a asignar a funcionarios del Ministerio Público, la función

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especial de defensa de los consumidores y usuarios pudiendo a tal efecto crear Promotorías de los Consumidores y Usuarios. Art. 84 - Los funcionarios y dependencias del Ministerio Público que resulten especializados en la defensa de los consumidores y usuarios, tendrán las siguientes funciones específicas, sin perjuicio de las emergentes de las demás normas vigentes. a) Asesoramiento y asistencia jurídica a los consumidores y usuarios. b) Desarrollar de oficio o a pedido del interesado, la investigación de hechos atinentes a relaciones de consumo que puedan significar lesiones o amenazas a los intereses de los consumidores y usuarios, y adoptar en su caso las medidas de acción pertinentes. c) Representar los intereses de los consumidores y usuarios para la prevención y/o solución de conflictos frente a los proveedores de productos y servicios, tanto extrajudicialmente como judicialmente en los términos de los artículos 26 y 27, e incluso de oficio cuando se trate de intereses generales o derechos de incidencia colectiva. d) Velar, dentro de los límites de sus atribuciones, por el efectivo respeto por parte de los Poderes Públicos, a los derechos constitucionales de los consumidores y usuarios. Art. 85 - Deróganse todas las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que se opongan al presente Código de Implementación. Art. 86 - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza, 7 de mayo de 2004.

Raúl Vicchi Juan F. Armagnague

Héctor Rodríguez Medina Miriam Núñez

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

La presente ley tiende a implementar los derechos de usuarios y consumidores en el territorio de la provincia, a través del Código Provincial de Implementación de los derechos de usuarios y consumidores. Como es conocido, los derechos de usuarios y consumidores son de los denominados “derechos de la tercera generación”, y que fueron receptados en la reforma a la Constitución Nacional en el Art. 42 de nuestra Carta Magna nacional. En la provincia, actualmente hay un vacío legislativo sobre tan trascendente tema, al cual se pretende subsanar mediante el presente proyecto de ley. Esta clase de derechos se caracterizan entre otras cosas por la innumerable cantidad de personas que se encuentran legitimadas para defenderse de

las expoliaciones o abusos en que muchas veces se incurren en las relaciones de consumo. Esta defensa de los más débiles en la relación mencionada es por encontrarse en una situación que es preciso regular la acción de los grandes grupos económicos a fin que presten servicios adecuados, equilibrados y siempre priorizando a los intereses de la sociedad. El objeto perseguido es la defensa de los usuarios y consumidores y el establecimiento de políticas públicas y mecanismos administrativos y judiciales para su efectiva implementación. El ámbito de las políticas de regulación está dado por el acceso al consumo, la protección de la salud y seguridad de los consumidores, los controles de calidad y equidad y el denominado consumo sustentable, como asimismo el control de los servicios públicos. Por el Título IV se implementa la educación a los usuarios y consumidores, estableciendo las finalidades y la divulgación tan necesaria para cumplir acabadamente los propósitos de la presente ley, como asimismo la inclusión de elementos sobre la educación para el consumo, tutelando especialmente los usuarios que se encuentren en situación desprotegida. Se establece asimismo las Organizaciones de Consumidores y Usuarios a fin de promover, proteger y defender los intereses individuales y colectivos de la sociedad, siendo objetivo del Gobierno Provincial la constitución de asociaciones de usuarios y consumidores instando a la participación en ellas. Se determina, además, el registro que indica el Art. 43 de la Constitución nacional, siendo facultad de las provincias establecerlos. Se prevé el acceso a la jurisdicción de carácter amplio, mediante un procedimiento sumarísimo para proteger a los consumidores individual y colectivamente contra proveedores de productos o servicios que lesionen o restrinjan derechos mediante el procedimiento que asegura la ley de amparo provincial, aún para los intereses de incidencia colectiva, encontrándose exentos de pago de tasas judiciales y/o de cualquier otro tributo. Se determina el alcance de la legitimación abarcando a los usuarios y consumidores individual y colectivamente, como así también las Asociaciones de Consumidores registradas y el Ministerio Público, como asimismo se regulan los efectos de la sentencia, estableciéndose el beneficio a todos los consumidores y usuarios afectados o amenazados por el mismo hecho que motivó el litigio. También se regula la prevención y solución de conflictos en sede administrativa, mediante un procedimiento ágil y rápido acorde con la naturaleza de los derechos e intereses tutelados, pudiéndose iniciar dicho procedimiento de oficio o por denuncia verbal o escrita. El presente proyecto también posee sanciones que van desde el simple apercibimiento hasta la pérdida de concesiones o permisos, o licencias, habilitaciones, o regímenes impositivos o crediticios según corresponda, estableciéndose a los Municipios como autoridad de aplicación con

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respecto a las infracciones cometidas dentro de los límites de sus respectivos territorios. Por último, hay un capítulo consagrado al Ministerio Público, a fin de proteger a los usuarios y consumidores mediante el asesoramiento y asistencia jurídica y, en definitiva, velar por el respeto a los derechos constitucionales de los mismos. En definitiva, la Provincia contará con un remedio administrativo y judicial trascendente para una mayor y mejor defensa de los derechos de usuarios y consumidores, a fin de que la sociedad posea un instrumento al servicio de los más débiles en la relación de consumo. Mendoza, 12 de mayo de 2004.

Raúl Vicchi Juan F. Armagnague

Héctor Rodríguez Medina Miriam Núñez

-A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y

ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE DESARROLLO SOCIAL

14 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

INSTALACIÓN Y CONEXIÓN DE SISTEMAS FOTOVOLTAICOS

Título I: OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1º - El objeto de la presente ley es regular el uso de equipos de generación fotovoltaica en instalaciones domiciliarias, y su conexión al sistema de distribución y comercialización de energía eléctrica establecido, conforme a la legislación y normas complementarias vigentes. Art. 2º - La presente ley es de aplicación a todos los usuarios públicos y privados de servicios eléctricos, en el ámbito de la Provincia de Mendoza, propendiendo a la coordinación interjurisdiccional e interinstitucional en lo atinente a su objeto. Art. 3º - Se establece como objetivo complementario favorecer en todo el territorio de la Provincia, la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de producción de energía eléctrica, a partir del uso de fuentes renovables.

Título II: DISPOSICIONES GENERALES

Art. 4º - Se entiende por equipos de generación fotovoltaica, a los sistemas destinados a la captación

de la radiación solar, para producir energía eléctrica en pequeña escala. Art. 5º - El potencial nominal de generación de energía, a los sistemas fotovoltaicos a instalar, no podrá superar los parámetros técnicos que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE), determinen a tal fin. Art. 6º - La conexión al sistema de distribución y comercialización propuesta es del tipo net metering, que efectúa la medición neta entre la energía eléctrica consumida y la entregada a la red.

Título III: NORMAS DE INSTALACIÓN Art. 7º - Los usuarios públicos y privados de servicios eléctricos que deseen incorporar a sus domicilios sistemas fotovoltaicos, deberán solicitar autorización para la instalación y conexión a la empresa de distribución correspondiente. Art. 8º - Los elementos incluidos en la solicitud de instalación y conexión, cubrirán todas las condiciones y normas técnicas o legales, que el ENRE y el EPRE, fijen como necesarias para la puesta en marcha, su funcionamiento y conexión a la red. Art. 9º - Las empresas de distribución de energía eléctrica otorgarán su conformidad a todos los pedidos de instalación y/o conexión de equipos de generación fotovoltaica que les sean requeridos; y que cumplan los requisitos establecidas en el artículo anterior.

Título IV: SISTEMA DE MEDICION Art. 10 - El control del consumo de energía eléctrica normalmente provista por la red actual, y de la energía generada por el sistema fotovoltaico, se realizará a través de un único equipo de medición, el cual deberá ser especialmente homologado por el ENRE Y el EPRE. Art. 11 - El medidor tendrá la capacidad apropiada para calcular los niveles de consumo y/o provisión de energía efectivamente realizados por el usuario/productor, a través de ambos sistemas. Art. 12 - La facturación que la empresa distribuidora presentará a los clientes, resultará del cálculo entre la energía provista por ella y consumida de la red, menos la energía generada por el/los equipos fotovoltaicos instalados por los usuarios, y efectivamente incorporada por estos al sistema de distribución actual den baja tensión.

Título V: SISTEMA DE SEGURIDAD Art. 13 - La colocación de los sistemas fotovoltaicos y de los correspondientes equipos de medición, así como las condiciones de seguridad, señalización,

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monitoreo y/o mantenimiento de los mismos, se corresponderán con las normas y estándares de cualidad que determinen el ENRE y el EPRE.

Título VI: DE LOS INCENTIVOS Art. 14 - El Gobierno Provincial en coordinación con las municipalidades, incentivará y promoverá estudios de factibilidad para el uso generalizado de sistemas fotovoltaicos, sobre la base de las ventajas que posee como fuente no contaminante, como también apoyará todas aquellas actividades que faciliten la difusión general. Art. 15 - El Gobierno Provincial y las municipalidades apoyarán las iniciativas orientadas a impulsar la fabricación de paneles solares y otros insumos complementarios del sistema propuesto, para mejorar la economía de escala de los componentes de los equipos de captación solar, en el ámbito de su jurisdicción. Art. 16 - El Gobierno Provincial y las municipalidades coordinarán con las Universidades, institutos de investigación y organizaciones no gubernamentales del sector, el desarrollo de tecnologías aplicables al aprovechamiento de las fuentes de energía renovables. Art. 17 - El Gobierno Provincial y las municipalidades promoverán la capacitación y formación de recursos humanos en el campo específico de aplicación de los equipos de generación fotovoltaicos, y en especial a través del sistema educativo.

Título VII: DEL PAISAJE URBANO

Art. 18 - Los equipos e instalaciones reguladas en esta ley, no deberán alterar la perspectiva del paisaje desde el punto de vista arquitectónico, respetando la armonía de los espacios y del conjunto urbano de los lugares donde sean colocados.

Título VIII: DE LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES

Art. 19 - La presente ley tiene el carácter adicional al ámbito previsto por el "Mecanismo para un Desarrollo Limpio” (MDL), artículo 12 del Protocolo de Kyoto, de la convención “Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climáticos". Art. 20 - La incorporación de los sistemas de producción de energía propuestos por la presente ley, habilita la posibilidad de obtención de los certificados de Reducción de Emisiones (CER`s), correspondientes a los proyectos de inversión pública o privada destinados a la generación de energía fotovoltaica. Art. 21 - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Carlos Bianchinelli

FUNDAMENTOS H. Cámara: El Sol es principal fuente de energía de la Tierra, apenas una hora de irradiación solar, cubriría el consumo anual de energía en el mundo. En la actualidad, ese inmenso potencial está prácticamente inexplotado. Una de las aplicaciones más sencillas y eficientes para utilizar la energía solar es la producción de electricidad a partir de paneles fotovoltaicos. Se trata de una simple tecnología ampliamente desarrollada en otros países, pero poco difundida en la Argentina, que entre otras ventajas posee la invalorable cualidad de no contaminar el medio ambiente. Los sistemas fotovoltaicos se caracterizan por su gran simplicidad, silencio y duración. Son seguros, requieren poco mantenimiento y lo que es esencial, no dañan el ambiente. La tecnología fotovoltaica tiene la escala adecuada para permitir que los futuros productores/usuarios se incorporen al sistema de distribución local de baja tensión, evitando la conexión a la red de transmisión de alta tensión. Sus reducidas dimensiones permiten colocar el sistema sobre la mayoría de las edificaciones existentes; respondiendo, a través de unidades modulares, a la demanda institucional, comercial o residencial necesaria. Su montaje requiere de pocas horas y una vez en funcionamiento, el costo de operación y mantenimiento es muy bajo. Debido a que su acción no plantea ningún tipo de riesgo, puede anticiparse una amplia aceptación por parte de la población. En nuestro país este sistema registra un antecedente instalado como proyecto piloto, es de la Asociación Greenpeace Argentina, supervisado por el Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) y autorizado por la compañía EDENOR, que funciona con eficiencia desde hace dos años sobre una pequeña terraza porteña. Es decir, contamos con una excelente alternativa para descomprimir el suministro energético ante una situación de crisis, ya que cualquier edificio puede llegar a convertirse en una pequeña central y generar parte de la electricidad necesaria. La difusión generalizada de la energía solar permite descentralizar el sistema eléctrico y reducir la carga en las distintas etapas de generación, transporte y distribución. Circunstancia que contribuye a disminuir la vulnerabilidad del sistema de energía eléctrica, brindando una opción muy conveniente desde el punto de vista económico, urbanístico y ambiental.

Las condiciones básicas para lograr esa expansión están dadas. La fuente primaria es accesible e inagotable y la infraestructura y

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tecnología necesarias se encuentran disponibles. El único recurso faltante es la decisión política que otorgue al sistema un marco legal adecuado.

Por otra parte, la difusión de los sistemas fotovoltaicos de producción de electricidad, es relevante en países en desarrollo como el nuestro, donde las redes de distribución se vuelven cada vez más vulnerables a los cortes frecuentes. El hecho que el proyecto piloto instalado por Greenpeace Argentina continúe funcionando correctamente bajo el monitoreo del ENRE, sin registrar ningún tipo de fallas en el sistema conectado a la red de distribución de EDENOR, representa una garantía adicional. La participación fotovoltaica sobre el consumo total de energía, en corto y mediano plazo. será muy limitada. Su incidencia sobre la facturación de las distribuidoras se estima, por lo tanto, irrelevante. La ley que proponemos es ambiciosa en sus metas, pero modesta en sus proporciones. Aspira a que, a través de un sencillo trámite, se autorice al instalado de equipos fotovoltaicos en forma legal y segura, similar al que está funcionando. En otros términos, se trata de crear condiciones favorables para difundir a gran escala el uso urbano de la energía solar e incorporarla sin trabas a la red de distribución de energía eléctrica. El EPRE deberá adaptar la reglamentación actual del sector, equiparando las normas de nuestra provincia, a las de las grandes capitales del mundo. Además de fijar los estándares técnicos que regulen el uso generalizado de equipos fotovoltaicos y sus elementos complementarios.

Uno de los objetivos complementarios de esta ley es impulsar el despegue de una industria tecnológica de punta, sobre la base del desarrollo de fuentes renovables de energía. De este modo permitirá generar innovaciones y puestos de trabajo y optimizar los recursos existentes en las empresas del sector. La utilización de los nuevos equipos plantea la ventaja de reducir progresivamente la demanda global de los sistemas de transmisión. Al generar in situ una parte de su propio consumo de energía, los usuarios son a la vez propietarios y productores independientes -en ínfima escala- de la infraestructura que la genera. Por tratarse de una fuente de energía limpia, sin ruido ni emisión de contaminantes atmosféricos locales (material particulado, compuestos de azufre y nitrógeno, polvo, etc.) su uso también reduce la emanación de gases de efecto invernadero (GEI). La aprobación de esta ley se complementaría con otras iniciativas, en materia de educación ambiental y en el ámbito de las escuelas técnicas, el estudio de las energías renovables. La presente ley espera ser la primera, de una serie de medidas destinadas a impulsar definitivamente la utilización de la energía solar. Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del presente proyecto. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Carlos Bianchinelli

- A LA COMISIONES DE ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA

15 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Establécese un régimen de pasantías rentadas a desarrollarse exclusivamente en el ámbito físico de las unidades regionales, jefaturas, comisarías, subcomisarías y destacamentos policiales de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Las pasantías serán desempeñadas por alumnos universitarios y/o terciarios avanzados, dándose preeminencia a aquellos que cursen carreras humanísticas, jurídicas y en ciencias sociales y tendrán como única función brindar orientación a quienes a esas dependencias concurran y realizar tareas de carácter administrativo, conforme lo establezca la reglamentación. El ingreso como pasante deberá ser previo concurso. La reglamentación establecerá las demás condiciones del régimen que por esta ley se establece. Art. 3º - A los fines de esta ley se faculta al Poder Ejecutivo a formalizar convenios con las universidades nacionales públicas o privadas a los fines de instrumentar las pasantías. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el órgano de aplicación de la presente ley. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Miguel Serralta Carlos Bianchinelli

FUNDAMENTOS

H. CÁMARA: Sometemos a consideración el presente proyecto de ley, cuyo objeto es establecer un régimen de pasantías rentadas a desarrollarse exclusivamente en el ámbito físico de las unidades regionales, jefaturas, comisarías, subcomisarías y destacamentos policiales de la Provincia de Mendoza. La iniciativa pretende sumar una herramienta más que sea útil para paliar la difícil situación por la que atraviesa la seguridad pública en nuestra Provincia.

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. Diario de Sesiones

La autoridad de aplicación de la norma, será el Ministerio de Justicia y Seguridad, quien queda facultado para suscribir los convenios respectivos con universidades nacionales públicas o privadas e institutos de nivel terciario. Los pasantes serán alumnos universitarios y/o terciarios avanzados, con preeminencia de aquellos que cursen carreras humanísticas, jurídicas y en ciencias sociales; y tendrán como única función brindar orientación a quienes a esas dependencias concurran y realizar tareas de carácter administrativo, conforme lo establezca la reglamentación. Sabemos que nuestra Provincia cuenta con un valioso capital humano, constituido por numerosos jóvenes estudiantes universitarios y/o terciarios avanzados con conocimientos y con marcada vocación de servicio que seguramente están dispuestos a realizar este tipo de tareas de existir la posibilidad legal de desempeñarlas. Por otra parte, la institución policial podría disponer de mayor cantidad de personal que está capacitado para la prevención y represión del delito y que hoy está afectado a las tareas que hacíamos referencia, y que constituirían el objeto de la pasantías rentadas por parte de los jóvenes estudiantes. Por estas razones, y por las que oportunamente serán expuestas en el recinto de sesiones, es que solicitamos a esta H. Cámara preste sanción favorable al presente proyecto de ley. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Miguel Serralta Carlos Bianchinelli

- A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE CULTURA Y EDUCACIÓN

16 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY : Artículo 1º - Incorpórase en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas, Ley 2541, Presupuesto año 2005, en el Capítulo, Anexo, Inciso y Rubro Correspondiente, el siguiente Ítem: “Canalización e Impermeabilización de la hijuela Pereyra, en el siguiente tramo: Intersección calles Cervantes y Rawson, hasta el Acceso Este, en su primer tramo”. Art. 2º - La inversión que demande el cumplimiento del Art.1º de la presente ley, se incorporará a los créditos totales del Plan de Obras Públicas para el año 2005, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 20 y 21 de la Ley 2541.

Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mendoza 13 de mayo de 2004.

Roque Romero

FUNDAMENTOS H. Cámara: En Calle Rawson del Distrito Benegas, Departamento Godoy Cruz, se ubica la hijuela “Pereyra”, la que nace en la intersección entre las calles Cervantes y Rawson, con una extensión de aproximadamente de unos mil metros, la misma en su recorrido de Este a Oeste, con su primer tramo hasta el Acceso Sur, éste se extiende en un segundo tramo hasta el Departamento de Maipú.

Cabe destacar que los vecinos frentistas de la hijuela desde hace tiempo reclaman por la canalización e impermeabilización, ya que la misma se encuentra en avanzado estado de deterioro, ocasionando: humedad, embanques, desbordes, hundimientos, ensanchamientos tanto en veredas como en la calzada. Además, las filtraciones ocasionan accidentes tanto a peatones, ciclistas y automovilistas, ya que las veredas y la calzada se encuentran con desniveles producto de la constante humedad. Como también así el olor nauseabundo y el estado de descomposición que se encuentra a lo largo del trayecto en forma permanente, sumándole a esto las condiciones propicias para la proliferación de roedores causando un importante foco de infección al medio y a los habitantes de esa zona. Por las razones expuestas, y ante los reclamos vecinales, es que solicito a este H. Cuerpo dé sanción favorable al presente proyecto de ley.

Mendoza 13 de mayo de 2004.

Roque Romero

- A LAS COMISIONES DE LEGISLACIÓN Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE CULTURA Y EDUCACIÓN

17 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

CREACIÓN - FINALIDAD INSTITUCIONAL -

ATRIBUCIONES

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. Diario de Sesiones

Artículo 1º - Créase el Instituto Provincial de Industrias Penitenciarias (IPIP) bajo cuya dirección y dependencia administrativa funcionarán los talleres e industrias que emplean mano de obra de los alojados en las unidades penitenciarias de la Provincia.

El IPIP es un organismo autárquico dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, a través de la Subsecretaría de Justicia. Art. 2º - La entidad se constituye con la finalidad de coordinar con eficacia operativa, la planificación y realización de la terapia laboral que se persigue en la tarea penitenciaria. El IPIP comercializará la totalidad de su producción con criterios de rentabilidad empresaria.

En la selección de las alternativas de acción y de los métodos por medio de los cuales se pueden llevar a cabo los proyectos escogidos, debe primar el criterio de la laborterapia como instrumento de readaptación social, no pudiéndose subordinar este objetivo a ningún propósito utilitario. Art. 3º - Son atribuciones del IPIP: a) Reorganizar, ampliar y modificar los talleres industriales existentes, creando otros nuevos según sus necesidades; b) Planificar la producción y su comercialización; c) Contratar personal técnico especializado y designar personal; d) Organizar el aprendizaje de oficios que, acorde con las aptitudes vocacionales y capacidad física e intelectual del interno, permita formar obreros especializados que puedan obtener títulos o certificados de suficiencia, previ o examen de capacitación en establecimientos educacionales oficiales; e) Destinar los beneficios líquidos obtenidos al acondicionamiento y equipamiento de los talleres existentes y de los que se construyesen; a la adquisición de materia prima para reserva y, finalmente, a fines culturales, recreativos y deportivos de los internos, respetando siempre el orden preestablecido y las proporciones que se establezcan por la vía reglamentaria pertinente. Art. 4º - Para el desarrollo de los fines institucionales, el IPIP asume la más amplia capacidad jurídica, pudiendo comprar, vender, gravar y constituir toda clase de derecho reales sobre bienes muebles e inmuebles, de acuerdo a la Ley de Contabilidad. Puede asimismo ser titular de toda clase de derechos y realizar operaciones de créditos, sea con instituciones bancarias oficiales, privadas o mixtas y aceptar, previa autorización del Poder Ejecutivo, las reglamentaciones, condiciones y garantías que se establezcan para el caso, pudiendo otorgar créditos; y, en general, efectuar toda clase de actos, negocios o contratos, de acuerdo con las leyes respectivas que sean conducentes directa o indirectamente al logro de sus fines. Asimismo podrá estar en juicio

como actora o demandada, ante los Tribunales de cualquier foro o jurisdicción. Art. 5º - El Instituto Provincial de Industrias Penitenciarias tendrá su sede en la Penitenciaría Provincial.

CAPITULO II

DE LA ADMINISTRACIÓN Art. 6º - El IPIP es administrado y representado en todos sus actos, por un funcionario que, con el título de Director Provincial, designará el Poder Ejecutivo Art. 7º - Al Director Provincial le incumbe:

a) Planificar las actividades del IPIP, lo cual le exige: Diseñar los programas de trabajo con la consiguiente asignación de tareas a las personas que tendrán la responsabilidad de ejecutarlas; y Presupuestar anualmente los gastos que originan el cumplimiento de las funciones encomendadas, como así también el cálculo de recursos para su aprobación por el Poder Ejecutivo. b) Elaborar los sistemas de control de la ejecución de la tarea; c) Decidir acerca de la organización adecuada de la estructura administrativa; d) Administrar el recurso-personal a través de un "sistema de mérito" y de "carrera administrativa" que le permitirá contar con un método operativo para seleccionar, nombrar, ubicar, promocionar, retribuir y sancionar a los agentes, manteniendo una organización dinámica dotada de alta moral y estabilidad; e) Desarrollar las actividades económico financieras del IAPIP; f) Preparar y elevar anualmente al Poder Ejecutivo el balance general, cuentas de resultado y memoria del ejercicio. Art. 8º - El patrimonio del Instituto Provincial de Industrias Penitenciarias, se integrará con los bienes que posee como propietaria y todos aquellos que adquiera en el futuro conforme a las disposiciones legales vigentes. La conservación del patrimonio resulta norma permanente de la acción de sus autoridades, como asimismo la obtención de medios y recursos económicos que contribuyan al cumplimiento de sus funciones institucionales. Art. 9º - Los recursos del Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias procederán:

a) De los beneficios líquidos que se obtengan de la producción de los talleres; b) De aquellos beneficios derivados de la producción hortícola y granja;

c) De la renta de sus bienes; d) Del producido de las enajenaciones a

título oneroso, de los bienes de la entidad; e) Del superávit que se establezca al cierre

de cada ejercicio financiero que, como recurso propio, será contabilizado en el ejercicio siguiente;

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. Diario de Sesiones

f) Los ingresos derivados de donaciones, contribuciones, legados, subsidios, etc., y cualquier otro acto jurídico que sea compatible con los fines institucionales. Art. 10 - Los ingresos que recibe el IPIP deberán ser depositados en una cuenta corriente abierta en instituciones bancarias oficiales a nombre del Instituto y a la orden del Director Provincial, y serán distribuidos conforme al cálculo de gastos y recursos aprobados por el Poder Ejecutivo.

CAPITULO III

SUBCOMISIÓN

Art. 11 - Los talleres existentes serán dirigidos por un Comité formado por el Director del Penal y el Maestro de Talleres, que actuará en coordinación con el Director Provincial en la planificación de la labor terapia.

TÍTULO II

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 12 - EL IPIP estará eximido de todo gravamen provincial y municipal con exclusión respecto de los últimos, de las tasas por servicios efectivamente prestados y contribución de mejoras.

CAPITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 13 - El IPIP tomará en propiedad los bienes de los talleres, los fondos recibidos en conceptos de adelantos para trabajos en ejecución a realizar, como así también las máquinas y útiles de trabajo existentes en los establecimientos carcelarios que hayan sido provistos por el Estado. Art. 14 - El Poder Ejecutivo dispondrá las correspondientes previsiones presupuestarias para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley. Art. 15 - Dentro del plazo de sesenta (60) días, el Director Provincial del Instituto Provincial de Industrias Penitenciarias elevará al Ministerio de Justicia y Seguridad la reglamentación del nuevo organismo, conducente a la reestructuración administrativa y del régimen de organización del trabajo, del personal (remuneraciones, indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, jubilaciones) y todo lo concerniente al régimen de compra y comercialización de la producción con sujeción a las disposiciones de la presente ley. Art. 16 - Deróguese la Ley Nº 4818. Art. 17 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Eduardo Bauzá Miguel Serralta

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El trabajo constituye un derecho y un deber del interno, es una de las bases del tratamiento penitenciario como lo establece el capítulo 7 de la Ley de Ejecución Penal 24660, con la cual se tiende a la formación y mejoramiento de los hábitos laborales a la vez que se pretende su capacitación para un buen desempeño a la vida libre.

Esta actividad fue regulada mediante Ley Nº 4818 del 7 de junio de 1983, estableciendo un régimen financiero especial para la actividad de producción y comercialización de los bienes y servicios en que intervengan los internos de la Penitenciaría Provincial, el que regirá por las disposiciones de esta ley, la de Contabilidad Nº 3799 y la de Obras Públicas Nº 4416.

Dentro del mismo cuerpo legal se fija la forma de obtención de los recursos, los que en su totalidad surgen del producto de las ventas provenientes del trabajo de los internos, de la misma forma se establece que la compra de las materias primas necesarias para ejecutar los trabajos, como así también los gastos inherentes a la retribución de los internos, se deberán atender con esos recursos.

El 18 de marzo de 1987, se dicta la Ley Nº 5193 que complementa a la anterior y da facultades para que las adquisiciones que se realicen mediante este régimen pueden ser celebrados en forma directa por el Director de la Penitenciaría Provi ncial.

Pero no obstante esta organización, el escaso desarrollo que ha logrado la laborterapia en el Sistema Penitenciario Provincial, hace necesario un impulso, que posibilite gerenciar de manera más efectiva la tarea desarrollada por los internos, sumando un significativo ingreso de recursos, a los efectos de brindar las instalaciones y herramientas necesarias para lograr resultados que mejoren el proceso de resocialización.

Finalmente, solicito a los miembros de este H. Cuerpo presten sanción favorable al presente proyecto de ley, el cual se encuentra fundado en razones válidas para tal fin, sin perjuicio de otras consideraciones que oportunamente serán expuestas. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Eduardo Bauzá Miguel Serralta

- A LAS COMISIONES DE DESARROLLO

SOCIAL Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

18 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

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. Diario de Sesiones

Artículo 1º - Las instituciones benéficas, asociaciones cooperadoras y clubes deportivos con personería jurídica y sin fines de lucro, que acrediten tal condición ante la Dirección General de Rentas, y deseen efectuar convenios con los comercios a fin de que sus clientes puedan canalizar por su intermedio las donaciones del sencillo correspondiente al vuelto de sus compras, deberán ajustarse al procedimiento que fija esta ley y la Dirección General de Rentas, que será el organismo que tendrá a su cargo el control de la recepción y depósito de las mismas. Art. 2º - Los comercios recibirán en carácter de donación por cuenta y orden de las entidades beneficiadas con las que hubieran firmado convenio, los importes de los centavos correspondientes al vuelto que el cliente libremente disponga. El importe y nombre de la entidad beneficiaria deberá encontrarse explicitado en el comprobante que se otorga al cliente y en la copia de resguardo que queda en poder del comercio. Art. 3º - Dentro del plazo que establezcan, el comerciante depositará los importes recaudados en la cuenta corriente o caja de ahorro que a tal fin la entidad beneficiaria deberá tener habilitada en alguna institución financiera. Art. 4º - Cada entidad beneficiaria, designará con acuerdo de cada comercio con el que firme convenio, a un tercero que tendrá a cargo la fiscalización del cumplimiento de dicho acuerdo, quedando el comercio obligado a facilitar esa tarea. Art. 5º - Autorízase a la Dirección General de Rentas a emitir una nota de crédito a favor de los comercios a que se hace referencia en la presente ley, equivalente al costo que demande la implementación del sistema de percepción de donativos y su fiscalización. Art. 6º - De forma.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

María Masino

FUNDAMENTOS H. Cámara: Cada vez que se solicita la colaboración de las personas para enfrentar situaciones difíciles como son los casos de intervenciones quirúrgicas de alta complejidad, transplantes de órganos, tratamientos especiales en el exterior, etc., se pone de manifiesto la sensibilidad y solidaridad del pueblo mendocino. Esta extraordinaria capacidad de respuesta de una sociedad facilita considerablemente el

abordaje y solución de muchas situaciones difíciles en el plano social y (sin que el Estado como expresión “jurídicamente organizada” de un pueblo se desentienda de estas acciones puntuales) colaboran a una más rápida y eficaz solución. Tampoco debe olvidarse que las demandas respecto a prestaciones, servicios y atención a realidades comprometidas exceden la posibilidad material de inmediata solución, constituyendo entonces la respuesta social un factor invalorable en toda esta temática. Por otra parte, en determinados momentos las personas resuelven (por razones de convicción o estado anímico) colaborar con determinadas instituciones de bien público, ya sea a modo de retribución o simplemente por el espíritu de hacerse parte en la preocupación de un semejante, y esos gestos nobles necesitan ser debidamente canalizados a través de una normativa que resulte simple en su instrumentación, y que resguarde la fe pública.

Es por ello que se ha receptado la inquietud de alentar y regular una norma legal como medio de canalizar donaciones y convenios que puedan materializarse entre comercios e instituciones regularmente constituidas, destinando a tal fin los centavos que constituyen vueltos de compras efectuadas y que el comprador disponga donar, los cuales deben constar en el ticket de compra. Luego serán consignados por el comerciante al finalizar cada jornada y efectuar el cierre de la caja, para posteriormente depositarlos en la cuenta bancaria que habiliten las instituciones para receptar las donaciones percibidas en el día.

En este sistema le cabe a la Dirección General de Rentas la función de fiscalizar tal como lo hace con los tributos provinciales, y facilitar al beneficiario o a cualquier donante la información de que disponga, a efectos de hacer valer los derechos emergentes del convenio celebrado, o el derecho de donante.

Existen antecedentes con buenos resultados, tanto en la vecina República de Chile como en la Provincia de Buenos Aires, por lo que se entiende que puede resultar positivo instrumentar dicho procedimiento en nuestra provincia.

La norma propuesta es amplia y flexible, dejando para la reglamentación los aspectos instrumentales.

Por estos fundamentos, y los que oportunamente se darán, es que solicitamos el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

María Masino

- A LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

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. Diario de Sesiones

19 PROYECTO DE LEY

LEY DE FINANCIAMIENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS URBANOS

I) ANTECEDENTES:

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) Residuos: 1- Datos Generales 2- Gestión Integral para Residuos Urbanos 3- Generación de Residuos Domiciliarios y Municipales 4- Reciclaje de Residuos Urbanos 5- Disposición Final 6- Relleno Sanitario

b) Regionalización del sistema:

1- División geográfica y ubicación de las Regiones del Sistema.

II) FUNDAMENTOS:

a) Situación actual: 1- Datos Estadísticos por Municipio: Población al 2004. 2- Producción de R.U. por Municipio y por Regiones. 3- Evaluación, diagnóstico y pronóstico de la situación

actual de los Municipios y la disposición final que se realiza hoy.

4- Costos por Tn. en Rellenos Sanitarios b) Regalías Petroleras: 1- Esquema de Coparticipación actual

2- Nueva Propuesta de Distribución 3- Comparación

III) PROYECTO DE LEY

ANTECEDENTES a) RESIDUOS

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS: 1- Datos Generales

ð Definición ð Clasificación

2- Gestión Integral para Residuos Urbanos 3- Generación de Residuos Urbanos

ð Estadísticas de Generación ð Composición ð Características

4- Reciclaje de Residuos Urbanos 5- Disposición Final 6- Relleno Sanitario

ð Definición ð Clasificación ð Criterios ambientales ð Actividad biológica ð Impermeabilización del fondo del relleno ð Impactos ambientales

ð Medidas de mitigación

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

1- DATOS GENERALES:

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. Diario de Sesiones

ð Definición:

Residuos son aquellos elementos, objetos o sustancias que como consecuencia de los procesos de consumo e insumo en el desarrollo de las actividades humanas, ya sean individuales o en conjunto, son desechados y/o abandonados por no representar a sus generadores utilidad o valor económico.

ð Clasificación:

El residuo se puede clasificar de varias formas:

• Estado • Origen • Tipo de manejo

• Clasificación por Estado:

Un residuo es definido por estado según el estado físico en que se encuentre. Existen, por lo tanto, tres tipos de residuos: sólidos, líquidos y gaseosos. Es importante destacar que el alcance real de esta clasificación puede fijarse en términos puramente descriptivos o, como es realizado en la práctica, según la forma de manejo asociado. Por ejemplo: un tambor con aceite usado y que es considerado residuo es intrínsicamente un liquido, pero su manejo va a ser como un sólido pues es transportado en camiones y no por un sistema de conducción hidráulica.

En general un residuo también puede ser clasificado por sus características de composición y generación.

• Clasificación por Origen:

Se puede definir al residuo por la actividad que lo origine. Esencialmente es una clasificación sectorial.

En la práctica, esta definición no tiene límites en cuanto al nivel de detalle al que se puede llegar.

Tipos de residuos más importantes:

- Residuos Urbanos: Residuos domiciliarios

Residuos municipales

Los Domiciliarios son los desechos de las viviendas, ya sea externos o internos. Los Municipales son producidos por escombros, barrido de calles, limpieza de cunetas, cauces, desechos de jardín, etc.

La generación de residuos urbanos varía en función de factores culturales asociados a los niveles de ingreso, hábitos de consumo, desarrollo tecnológico y estándares de calidad de vida de la población. El creciente desarrollo de una economía ha traído consigo un considerable aumento en la generación de estos residuos. En la década de los ‘60 la generación de residuos domiciliarios alcanzaba los 0,2 a 0,5 Kg / habitante / día. Hoy, en cambio, esta cifra se sitúa entre los 0,60 y 1,4 Kg / habitante / día. En el caso de los Residuos Municipales los valores oscilan entre 0,18 y 0,38 kg./habitante por día, según los mismos factores que los domiciliarios.

Los sectores de más altos ingresos generan mayores volúmenes per cápita de residuos, y éstos tienen un mayor valor incorporado que los

provenientes de sectores más pobres de la población. En los países con crisis socioeconómicas la generación de Residuos Urbanos desciende rápidamente.

- Residuos Industriales:

Como su nombre lo indica, son los desechos de los procesos de fabricación e industrialización.

La cantidad de residuos que genera una industria es en función de la tecnología del proceso productivo, calidad de las materias primas o productos intermedios, propiedades físicas y químicas de las materias auxiliares empleadas, combustibles utilizados, y los envases y embalajes del proceso.

- Residuos Hospitalarios:

Son los desechos de Hospitales, Clínicas, Sanatorios, Inyectables, Veterinarias, etc. Actualmente el manejo de los residuos hospitalarios no es el más apropiado, por no existir un reglamento

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. Diario de Sesiones

claro al respecto. El manejo de estos residuos es realizado a nivel de generador, no bajo un sistema descentralizado, y generalmente son esterilizados.

La composición de los residuos hospitalarios varía desde el residuo tipo residencial y comercial hasta el residuo que contiene substancias peligrosas.

Según el Integrated Waste Management Board de California, USA, se entiende por residuo médico a aquel que está compuesto por residuos que son generados como resultado de:

a) Tratamiento, diagnóstico o inmunización de humanos o animales.

b) Investigación conducente a la producción o prueba de preparaciones médicas hechas de organismos vivos y sus productos

• Clasificación por Tipo de Manejo:

Se puede clasificar un residuo por presentar alguna característica asociada al manejo que debe ser realizado :

Desde este punto de vista se pueden definir tres grandes grupos:

a) Residuos peligrosos: Son los que por su naturaleza son inherentemente peligrosos de manejar y/o disponer y pueden causar enfermedades o la muerte. También son peligrosos para la salud y el medio ambiente cuando son manejados en forma inapropiada.

b) Residuos inertes: Son estables en el tiempo y no producen efectos ambientales apreciables al interactuar en el medio ambiente.

c) Residuos no peligrosos: Ninguno de los anteriores.

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

2- GESTIÓN INTEGRAL PARA RESIDUOS URBANOS:

Es el conjunto de procedimientos y políticas que conforman el sistema de manejo de los residuos. La meta es realizar una gestión que sea ambiental y económicamente adecuada y sustentable, y que permita proteger y mejorar la calidad de vida de la población que los genera.

• Antecedentes Históricos de Manejo:

Desde el inicio del primer relleno sanitario en el área metropolitana de Mendoza han pasado más de veinte años, en los cuales esta actividad ha tenido un significativo progreso, en especial en aquellos aspectos vinculados al medio ambiente y que tienen relación con el manejo de los líquidos percolados y el biogás.

Aún cuando los resultados obtenidos son satisfactorios, desde el punto de vista sanitario, ambiental y económico esto no ha sido suficiente para evitar que esta actividad encuentre oposición en la comunidad.

La forma en que se ha manejado la disposición final de residuos urbanos en el área metropolitana ha sido la resultante de un proceso lógico, en el cual se han tratado de concentrar dentro del marco legal vigente los recursos económicos y la tecnología disponible.

Es así como el primer paso fue pasar de basurales ubicados al interior o en las inmediaciones del radio urbano a rellenos sanitarios. Este logro puede considerarse importante si se tiene en cuenta que hasta esta ley las municipalidades no tienen dentro de su presupuesto un ítem para la disposición final adecuada a sus residuos sólidos.

Durante la década de los `80 los rellenos sanitarios experimentaron sustanciales mejoras en relación con la protección del medio ambiente. Se realizaron estudios que permitieron un manejo técnico de los líquidos percolados y el biogás, y se comenzaron a desarrollar programas de uso de los suelos ya recuperados que dieron inicio a la creación de áreas verdes para el sector urbano.

• Sistema de Manejo de Residuos Urbanos:

Básicamente, la Gestión Integral para los residuos se compone de cinco subsistemas:

a) Generación: Acción de cualquier persona u organización que cause la transformación de un material en un residuo. Una organización usualmente se vuelve generadora cuando su proceso genera un residuo, cuando lo derrama o no utiliza más un material.

b) Disposición Inicial: Es la acción por la cual se depositan o abandonan los residuos. Es efectuada por el generador y debe realizarse en la forma que determinen las distintas jurisdicciones.

La disposición inicial podrá ser:

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. Diario de Sesiones

1- General: sin clasificación y separación de residuos.

2- Selectiva: con clasificación y separación de residuos.

c) Transporte: Es aquel que lleva el residuo. El transportista puede transformarse en generador si el vehículo derrama su carga, cruza los límites internacionales (en el caso de residuos peligrosos) o acumula lodos u otros residuos del material transportado.

d) Tratamiento y disposición final: El tratamiento incluye la selección y aplicación de tecnologías apropiadas para el control y tratamiento de los residuos peligrosos o de sus constituyentes. En cuanto a la disposición, la alternativa más utilizada es el relleno sanitario para los domiciliarios y el vertedero controlado para los municipales.

e) Control y supervisión : Este subsistema se relaciona fundamentalmente con el control efectivo de los otros cuatro subsistemas.

§ Riesgo asociado al manejo de los residuos

• Gestión negativa:

a) Enfermedades provocadas por vectores sanitarios: Existen varios vectores sanitarios de gran importancia epidemiológica, cuya aparición y permanencia pueden estar relacionados en forma directa con la ejecución inadecuada de alguna de las etapas en el manejo de los residuos sólidos.

b) Contaminación de aguas: La disposición no apropiada de residuos puede provocar la contaminación de los cursos superficiales y subterráneos de agua, además de contaminar la población que habita en estos medios.

c) Contaminación atmosférica: El material particulado, el ruido y el olor representan las principales causas de contaminación atmosférica.

d) Contaminación de suelos: Los suelos pueden ser alterados en su estructura debido a la acción de los líquidos percolados, dejándolos inutilizados por largos períodos de tiempo.

e) Problemas paisajísticos y riesgo: La acumulación en lugares no aptos de residuos trae aparejado un impacto paisajístico negativo, además de estar asociado en algunos casos un importante

riesgo ambiental, por lo que se podrían producir accidentes como explosiones o derrumbes.

f) Salud mental: Existen numerosos estudios que confirman el deterioro anímico y mental de las personas directamente afectadas.

• Gestión positiva:

a) Conservación de recursos: El manejo apropiado de las materias primas, la minimización de residuos, las políticas de reciclaje y el manejo apropiado de residuos tienen como uno de sus beneficios principales la conservación y en algunos casos la recuperación de los recursos naturales. Por ejemplo: puede recuperarse el material orgánico a través del compostaje.

b) Reciclaje: Un beneficio directo de una buena gestión lo constituye la recuperación de recursos a través del reciclaje o reutilización de residuos, que pueden ser convertidos en materia prima o ser utilizados nuevamente.

c) Recuperación de áreas: Otro de los beneficios de disponer los residuos en forma apropiada en un relleno sanitario es la opción de recuperar áreas de escaso valor y convertirlas en parques y áreas de esparcimiento, acompañado de una posibilidad real de obtención de beneficios energéticos (biogás).

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

3- GENERACION DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y MUNICIPALES:

• Producción PER CÁPITA (PPC)

La producción de residuos domiciliarios es una variable que depende básicamente del tamaño de la población y de sus características socioeconómicas.

Una variable necesaria para dimensionar el sitio de disposición final es la llamada Producción per cápita (PPC). Este parámetro asocia el tamaño de la población con la cantidad de residuos y el tiempo; siendo la unidad de expresión el kilogramo por habitante por día (Kg/hab/día).

• Estimación Teórica de Producción PER CÁPITA (PPC)

La PPC es un parámetro que evoluciona en la medida que los elementos que la definen varían. En términos gruesos, la PPC varía de una población

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a otra, principalmente de acuerdo a su grado de urbanización, densidad poblacional y nivel de consumo o socioeconómico. Otros elementos, como los períodos estacionales y las actividades predominantes, también afectan la PPC.

Es posible efectuar una estimación teórica de la PPC en función de las estadísticas de recolección y utilizando la siguiente expresión:

PR = NV * NJ * CP * DN

POBLACION Donde: PR = Producción total de residuos sólidos por día NV = Número de vehículos en operación NJ = Números de viajes por vehículos CP = Capacidad útil estimada por vehículo en m3 DN = Densidad de los residuos en el vehículo

Otra alternativa de estimación es comparar con comunas que estén en una situación similar y de las cuales se

disponga información fidedigna.

ð Estadísticas de Generación de Residuos Domiciliarios:

Residuos Domiciliarios:

Un estudio presentado en 1995 en el contexto de la presentación de política para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios presenta los siguientes valores de generación:

Nivel Socioeconómico Porcentaje (%) PPC (Kg/hab/día) Alto 20,5 1,07 Medio Alto 34,1 0,85 Medio Bajo 31,6 0,65 Bajo 13,7 0,57 Valor medio 0,77

Estimación para MENDOZA 2004:

% de disminución por crisis = 15 % menos

% de disminución por sectores rurales

Estimado de Residuos Domiciliarios:

0,65 (kg x hab. x día) promedio

Residuos Municipales:

En MENDOZA (zona urbana) se estima que se genera 0.248 kg /hab. por día. Para el cálculo se tomó como ejemplo GUAYMALLÉN.

Por día: Cantidad de camionadas municipales de escombros, limpieza de calles y desechos de jardín.

40

Cantidad de contenedores (6 m3) de empresas privadas 40 80

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80 camionadas x 1,25 Tn. de peso promedio (2 Tn. para escombros / 0,5 Tn. para desechos) = 100 Tn. diarias x 5 días = 500 Tn. x semana x 4 = 2.000 Tn. mensuales.

2.000 Tn. / 30 días = 66 Tn. diarias = 66.000 Kg/ diarios = 0,248 Kg./ hab. por día

264.710 habit. 264.710 habit

de Guaymallén

ð Composición de los Residuos Domiciliarios:

Básicamente trata de identificar en una base másica o volumétrica los distintos componentes de los residuos.

Usualmente los valores de composición de residuos domiciliarios se describen en términos de porcentaje en masa, también en base húmeda y contenidos ítems como materia orgánica, papales y cartones, escombros, plásticos, textiles, metales, vidrios, huesos, etc.

La utilidad de conocer la composición de residuos es considerable; sirve para una serie de fines, entre los que se pueden destacar estudios de factibilidad de reciclaje, factibilidad de tratamiento, investigación, identificación de residuos y estudio de políticas de gestión de manejo.

Es necesario distinguir claramente a qué etapa de la gestión de residuos corresponden los valores de composición. Los factores de los que depende la composición de los residuos son relativamente similares a los que definen el nivel de generación de los mismos.

El estudio presentado en 1995 en el contexto de la presentación de política para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios presenta los siguientes valores de composición:

COMPONENTE

Valor promedio

Alto (20,5 %)

Medio Alto (34,1%) %

Medio Bajo (31,6 %) %

Bajo (13,7 %)

Materia orgánica 49.3 48.8 41.8 54.7 56.4 Papeles y cartones 18.8 20.4 22.0 17.0 12.9 Escoria, cenizas y losas 6.0 4.9 5.8 6.1 7.6 Plásticos 10.2 12.1 11.5 8.6 8.1 Textiles 4.3 2.3 5.5 3.5 6.0 Metales 2.3 2.4 2.5 2.1 1.8 Vidrios 1.6 2.5 1.7 1.3 1.0 Huesos 0.5 0.5 0.4 0.6 0.4 Otros 6.9 6.1 8.7 6.1 5.8

PPC (Kg/hab/día) 0.77 1.07 0.85 0.65 0.57

Variaciones Estacionales en la Generación de Residuos Domiciliarios:

La cantidad y calidad de los residuos domiciliarios puede variar en forma significativa a través del año. Comúnmente en climas temperados la cantidad media diaria, semanal y mensual de residuos está sobre la media anual durante los meses de verano. Esto es atribuible, en parte, al aumento de la basura orgánica (por hábitos y disponibilidad para consumo), además de las probables actividades de mejoramiento urbano comúnmente realizadas en esta época.

En lugares donde la actividad de mejoramiento durante los meses de vacaciones puede aumentar en varias veces la media anual, aumentando la proporción de residuos domésticos y comerciales.

En lugares donde la generación de residuos industriales representa un porcentaje importante del total, el patrón de generación queda determinado por el tipo de industrias presentes.

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Residuos sólidos generados a partir de aguas servidas municipales e industriales.

En países desarrollados el agua servida, comercial e industrial, es colectada y tratada previo a regresarla a los cursos de aguas. El material removido durante el tratamiento es lodo, un material sólido que contiene un alto porcentaje de humedad. Los sólidos deshidratados pueden ser dispuestos en rellenos, aplicados a la tierra como un mejorador de suelos o incinerado.

Los procesos industriales consumen una gran cantidad de agua para sus procesos. Las características de las aguas descargadas de las fuentes industriales son bastante diferentes a las características de las aguas servidas domésticas en concentración, incluido los patógenos que generalmente están muy bajos o casi inexistentes.

Generación de lodos a partir de la mejor tecnología de tratamientos de aguas servidas disponible (caso USA).

Etapa de tratamiento Litros de lodo por 1 millón de litros de agua servida municipal

Porcentaje de sólidos (%)

Tratamiento Primario 2.500 – 3.000 3 – 7 Tratamiento Secundario 15.000 – 20.000 0.5 – 2 Tratamiento Terciario 1.000 + 0.2 – 1.5

ð Características de los Residuos:

V HUMEDAD:

Es una característica importante para los procesos a que puede ser sometida la basura. Generalmente se determina de la siguiente forma: Se toma una muestra representativa, de 1 a 2 kg, se calienta a 80ºC durante 24 horas, se pesa y se expresa en base seca o húmeda.

Peso Inicial - Peso Final

Humedad = * 100 Peso Inicial

Se expresa en porcentaje. Si el denominador es Peso Inicial , se habla de humedad en base húmeda. Si el denominador es Peso Final, se habla de humedad en base seca.

V DENSIDAD:

La densidad de los sólidos rellenados depende de su constitución y humedad, porque este valor se debe medir para tener un valor más real. Se deben distinguir valores en distintas etapas del manejo.

§ Densidad suelta: Generalmente se asocia con la densidad en el origen. Depende de la composición de los residuos. Fluctúa entre 0.2 a 0.4 Kg/l o Ton/m3.

§ Densidad transporte: Depende de si el camión es compactador o no y del tipo de residuos transportados. El valor típico es del orden de 0.6 Kg/l

§ Densidad residuo dispuesto en relleno: Se debe distinguir entre la densidad recién dispuesta, la basura y la densidad después de asentado y estabilizado el sitio. La densidad recién dispuesta fluctúa entre 0.5 a 0.7 Kg/l y la densidad de la basura estabilizada fluctúa entre 0.7 a 0.9 Kg/l

§ PODER CALORÍFICO:

Se define como la cantidad de calor que puede entregar un cuerpo. Se debe diferenciar entre poder calorífico inferior y superior. El Poder Calorífico Superior (PCS) no considera corrección por humedad y el inferior (PCI), en cambio, si. Se mide en unidades de energía por masa, [cal/gr], [Kcal/kg], [BTU/lb]. Se mide utilizando un calorímetro.

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También se puede conocer a través de un cálculo teórico, el cual busca en la bibliografía valores típicos de PC por componentes y se combina con el conocimiento de la composición de los residuos:

PC = n0PC0 + n1PC1 + .......... nnPCn

En donde:

n1 = Porcentaje en peso del componente PC1 = Poder calorífico de i Ejemplo: PC plástico es de 9.000 (cal/gr), madera 5.000 – 6.000 (cal/gr)

Esta tabla presenta un resumen de valores de caracterización física de los residuos tomada de diferentes estudios y memorias de tesis:

Características Chile Uruguay USA Argentina

Humedad (%) 66.0 50.7 30.1 51.4 Sólidos volátiles (%) 93.94 80.0 84.77 80.0 Cenizas (%) 6.06 20.0 15.23 20.0 PCS (cal/gr) 18.20 33.06 40.20 39.66 Carbono (%) - 40.60 43.19 48.6 Nitrógeno (%) - 1.16 1.14 1.50 Densidad suelta (ton/m3) 0.216 0.260 - 0.250

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

4- RECICLAJE DE RESIDUOS URBANOS:

El mundo moderno se enfrenta a un problema cada vez más importante y grave: como deshacerse del volumen creciente de los residuos que genera.

La mayoría de los residuos terminan convirtiéndose en basura, cuyo destino final es el vertedero o los rellenos sanitarios. Los vertederos y rellenos sanitarios son cada vez más escasos y plantean una serie de desventajas y problemas. Por esto el reciclaje se convierte en una buena alternativa, ya que reduce los residuos, ahorra energía y protege el medio ambiente.

La meta de cualquier proceso de reciclaje es el uso o reúso de materiales provenientes de residuos. Un detalle muy importante en este proceso es que el procedimiento comienza con una separación. Desde el punto de vista de la eficiencia del rendimiento de estos sistemas de separación favorece que se haga una separación en el origen.

Existen tres actividades principales en el proceso del reciclaje:

§ Recolección: Se deben juntar cantidades considerables de materiales reciclables, separar elementos contaminantes o no reciclables y clasificar los materiales de acuerdo a su tipo específico.

§ Manufactura: Los materiales clasificados se utilizan como nuevos productos o materias primas para algún proceso.

§ Consumo: Los materiales de desperdicio deben ser consumidos. Los compradores deben demandar productos con el mayor porcentaje de materiales reciclados en ellos. Sin demanda, el proceso de reciclaje se detiene.

V Reciclaje de Materia Orgánica:

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La fracción orgánica puede ser reciclada mediante el compostaje. El compos es un abono y una excelente herramienta orgánica del suelo, útil en la agricultura, jardinería y obra pública.

Mejora las propiedades químicas y biológicas de los suelos.

Hace más suelto y porosos los terrenos compactados y enmienda los arenosos.

Hace que el suelo retenga más agua.

V Reciclaje de Papel:

El consumo de papel (núcleos administrativos, editoriales de prensa, revistas, libros, etc.) y de cartón (envases y embalajes de los productos manufacturados) ha crecido también exponencialmente por el incremento de la población y de la cultura en el mundo desarrollado.

Cada uno de nosotros tira al año aproximadamente 120 kg/año de papel

Beneficios ambientales del reciclaje de papel:

• Disminución de la necesidad de fibras vegetales y vírgenes. • Disminución del volumen de residuos municipales (el 25% de nuestros desperdicios está compuesto de

papel y cartón). • Disminución de la contaminación atmosférica y de la contaminación del agua. • Disminución de las exportaciones de madera y de la importación de papel, representadas en miles de

toneladas al año.

V Papel reciclable:

El papel reciclable se elabora sin utilizar cloro en el proceso de blanqueo de la pasta. Puede obtenerse papel ecológico a partir de papel reciclado, garantizando la mínima utilización de productos químicos y la depuración de las aguas residuales.

Obtenido, mayoritariamente, a partir de papel usado o residual. Se considera que cumple las condiciones de papel reciclado para la impresión y escritura el que contiene, como mínimo, un 90% en peso de fibras de recuperación.

El papel reciclable no se debe mezclar con papel sucio, pañuelos desechables, papel de aluminio, papel de fax, papel engomado, plastificado, encerado, etc.

La separación de la tinta se lleva a cabo mediante la adición de un jabón biodegradable y la inyección de aire, para crear burbujas a las que se adhiere la tinta. La tinta se concentra y se transporta a un centro de tratamiento.

El rendimiento del papel viejo es alto, aproximadamente un 90% frente al 50% del rendimiento celulósico de la madera.

Aproximados de recuperación

El papel de diario se recupera aproximadamente el 27%.

El papel de revistas y libros se recupera aproximadamente el 7.5%.

El papel de embalar se recupera aproximadamente el 30.7%.

El cartón se recupera aproximadamente el 81.3%.

V Reciclaje de Plásticos:

Plásticos (%)

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Poliolefinas 51.9 PVC 21 PS y EPS 14.9 PCT 2.5 Otros 9.7 Total 100

En los residuos plásticos las poliofelinas son el componente mayoritario. Le siguen en importancia el policloruro de vinilo y el poliestireno, y en orden diferente según su origen el poliestireno reftalato.

Dentro de los residuos urbanos los plásticos representan aproximadamente el 10% en peso.

Factores que afectan el reciclado de los plásticos:

La vida de un plástico no es infinita. Por mucho que se alargue la existencia mediante el reciclado su destino final es la incineración o el relleno sanitario. En algunos casos, únicamente el reciclado químico permite una pseudo inmortalidad, especialmente en aquellos en los que es aplicable la depolimerización con generación de los monómeros de partida.

El tipo de tratamiento que se da a los residuos plásticos está determinado por una serie de factores de muy distinta naturaleza, en pocos casos tecnológicos, y entre los que habría que destacar la disponibilidad de terrenos aptos para su uso como rellenos sanitarios, legislación ambiental, apoyos y subvenciones de autoridades gubernamentales, regionales y locales, etc. Así, mientras en América y Europa la mayor parte de los residuos municipales son enterrados, en Japón, donde cada metro cuadrado es oro puro, se favorece su incineración.

El reciclado químico, hoy casi inexistente, se desarrollará en los próximos años de una forma importante. Las unidades de incineración de residuos con generación de calor o electricidad son un valioso medio para explorar el alto contenido energético de los plásticos, con poder calorífico intermedio entre el petróleo y el carbón.

V Reciclaje de Vidrio:

Cada persona produce aproximadamente 37 kg de vidrio al año.

Los beneficios ambientales del reciclaje de vidrios se traduce en una disminución de los residuos municipales, disminución de la contaminación del medio ambiente y un notable ahorro de los recursos naturales. Cada kg de vidrio recogido sustituye 1.2 kg de materia virgen.

§ Reutilizar: Existen envases de vidrio retornable que después de un proceso adecuado de lavado pueden ser utilizados nuevamente con el mismo fin. Una botella de vidrio puede ser reutilizada entre 40 y 60 veces, con un gasto energético del 5% respecto al reciclaje. Esta es la mejor opción.

§ Reciclar: El vidrio es 100% reciclable y mantiene el 100% de sus cualidades: 1 kg de vidrio usado produce 1 kg de vidrio reciclado. El reciclaje consiste en fundir vidrio para hacer vidrio nuevo. La energía que ahorra el reciclaje de una botella mantendrá encendida una ampolleta de 100 watt durante 4 horas.

En la fabricación del vidrio se utiliza:

· Sílico, que da resistencia al vidrio.

· Carbonato de calcio, que le proporciona durabilidad.

· En el reciclaje del vidrio se utiliza como materia prima la calcina o vidrio desecho. Su fusión se consigue a temperaturas mucho más reducidas que las de fusión de minerales, por lo tanto, se ahorra energía.

ENVASES:

Diariamente utilizamos una cantidad considerable de envases de los llamados ligeros:

· Envases de plásticos (poliestireno blanco, de color, PET, PVC, otros)

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· Latas de hierro y aluminio

· Brics

Cada persona tira el aproximado a 48 kg de envases anualmente.

Los envases de plásticos se pueden reciclar para la fabricación de bolsas de plástico, mobiliario urbano, señalización, o bien para la obtención de nuevos envases de uso no alimentario.

Los Brics se pueden reciclar aprovechando conjuntamente sus componentes (fabricación de aglomerados), o bien con el aprovechamiento separado de cada material (reciclable del papel y valorización energética del poliestireno y el aluminio).

+ PILAS Y BATERÍAS:

Las pilas usadas no son un residuo cualquiera, son un residuo especial, tóxico y peligroso.

Pilas Botón: Se utilizan en relojes, calculadoras, censores remotos, etc. A pesar de su reducido tamaño son las más contaminantes.

Pilas grandes: Pilas cilíndricas o de pequeñas baterías que contienen menos metales pesados, pero se producen muchas más.

Cuando incorrectamente se tiran las pilas con los restos de los desechos, éstas van a parar a algún vertedero o al incinerador. Entonces, el mercurio y otros metales pesados tóxicos pueden llegar al medio y perjudicar a los seres vivos.

Siguiendo la cadena alimentaria el mercurio puede afectar al hombre.

• Previo a la recolección o almacenamiento de pilas en cualquiera de sus variedades se debe tener presente si existen plantas que traten este tipo de residuo, porque si se obtiene una gran cantidad de pilas sin tener un destino se puede provocar mucho más daño al ecosistema al botarlas en forma concentrada.

• Con el reciclaje de las pilas se recupera el mercurio (de elevado riesgo ambiental) y se valoriza el plástico, el vidrio y los otros metales pesados contenidos en las pilas.

• Las pilas botón pueden ser introducidas en un destilador sin necesidad de triturarlas previamente. La condensación posterior permite la obtención de un mercurio con un grado de pureza superior al 96%.

• Las pilas normales pueden ser almacenadas en previsión de poner en marcha de forma inmediata un sistema por el cual serán trituradas mecánicamente, y de la que se obtendría escoria férrica y no férrica, papel, plástico y polvo de pila. Las tres primeras fracciones se valorizan directamente.

• El polvo de pila sigue diferentes procesos para recuperar los metales que contiene.

+ ACEITES USADOS:

Eliminar aceites usados sin ningún tipo de control contamina gravemente el medio ambiente.

• Si se vierten al suelo lo contaminamos al igual que las aguas (ríos y acuíferos). • Si se vierten en la alcantarilla, contaminamos los ríos y dificultamos el buen funcionamiento de las plantas

depuradoras. • Si se queman en forma inadecuada contaminan la atmósfera.

Tirar 5 litros de aceite (capacidad de un cárter de automóvil) puede contaminar hasta 5.000.000 de litros de agua.

Quemar 5 litros de aceite puede contaminar el aire que respira una persona durante 5 años.

Una alternativa de reciclaje es que los aceites usados de los talleres de reparación de automóviles, estaciones de servicio e industrias se transportarán a la planta de tratamiento. A partir de un proceso secuencial de destilación se recupera separadamente agua que se aprovecha en el mismo proceso, gasóleo que se utiliza

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como combustible y aceite regenerado que se puede comercializar. A partir de 3 litros de aceite usado se obtienen 2 litros de aceite regenerado.

V LOS REFRIGERADORES Y EL CFC

Los refrigeradores utilizan clorofluorocarburos, tanto en el sistema de refrigeración como en las espumas aislantes, unas substancias con un elevado riesgo ambiental y con efectos nocivos para la capa de ozono. Por ello se necesita una gestión adecuada de estos electrodomésticos cuando dejen de ser útiles.

En varias legislaciones se menciona que los residuos especiales son aquellos que requieren de un tratamiento específico, de manera que no se debe mezclar con los residuos ordinarios porque podrían afectar muy negativamente al medio ambiente. Los clorofluorocarburos, más bien conocidos como CFC, son los responsables de que los refrigeradores y otros aparatos de refrigeración que también los contienen deban considerarse como residuos especiales.

Si los CFC se liberan a la atmósfera favorecen la destrucción de la capa de ozono. Esta capa filtra la radiación solar de manera de que una parte importante de los rayos ultravioletas son absorbidos y no llegan a la superficie terrestre. Cuando el grueso de la capa de ozono disminuye se produce un aumento de la radiación ultravioleta que la atraviesa.

Los efectos de este fenómeno son negativos para la humanidad. Por una parte, porque la radiación ultravioleta es nociva para la mayoría de los seres vivos, y por otra, porque contribuye a la alteración del clima.

Todos los refrigeradores y aparatos de refrigeración producidos antes de 1995 contienen CFC y los contienen de la siguiente manera:

• El CFC R-12 se encuentra en el sistema de refrigeración. • El CFC R-11 está presente en las espumas aislantes de poliuretano, donde actúan como agente

expansores. • El contenido de un refrigerado promedio es de aproximadamente de 1kg. de CFC.

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

5- DISPOSICIÓN FINAL:

Después que el residuo ha sido tratado se encuentra listo para su disposición. La forma y tipo del residuo determina en gran parte dónde será permitida la disposición. Un limitado grupo de residuos puede ser dispuesto por inyección a pozos profundos y en descargas submarinas a océanos, mientras que muchos residuos gaseosos y particulados pueden ser dispuestos en la atmósfera.

En nuestro país los residuos urbanos comúnmente son depositados en:

• Basurales. • Enterramientos. • Vertederos controlados. • Vertederos. • Rellenos sanitarios. • Depósitos de seguridad.

Cuadro comparativo de las diferentes alternativas de depósito:

Clasificación Control Diseño Información del residuo

Límites Impermeabilización y recubrimiento

Existencia de protección

Basural No No No No No No Enterramiento No No No No No No Vertero controlado

No – Sí No No – Sí Sí No No

Vertedero Sí No – Sí No – Sí Sí No – Sí No – Sí

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Relleno Sanitario

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Depósito de seguridad

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

a) RESIDUOS:

6- RELLENO SANITARIO:

ð Definición:

Un relleno sanitario es una obra de ingeniería destinada a la disposición final de los residuos sólidos domésticos, los cuales se disponen en el suelo en condiciones controladas que minimizan los efectos adversos sobre el medio ambiente y el riesgo para la salud de la población.

La obra de ingeniería consiste en preparar un terreno, colocar los residuos, extenderlos en capas delgadas, compactarlos para reducir su volumen y cubrirlos al final de cada día de trabajo con una capa de tierra de espesor adecuado.

Un relleno sanitario planificado y ambiental de las basuras domésticas ofrece, una vez terminada su vida útil, excelentes perspectivas de una nueva puesta en valor del sitio gracias a su eventual utilización en usos distintos al relleno sanitario, como actividades silvoagropecuarias en el largo plazo.

El relleno sanitario es un sistema de tratamiento y a la vez disposición final de residuos sólidos, en donde se establecen condiciones para que la actividad microbiana sea de tipo anaeróbico (ausencia de oxígeno). Este método es el más recomendado para realizar la disposición final en países como el nuestro, pues se adapta muy bien a la composición y cantidad de residuos sólidos urbanos producidos; aseveración que, por lo demás, se encuentra muy bien documentada en la bibliografía.

La definición más aceptada de relleno sanitario es la siguiente: relleno sanitario es una técnica para la disposición de residuos sólidos en el suelo sin causar perjuicio al medio ambiente y sin causar molestias o peligro para la salud y seguridad publica, método que utiliza principios de ingeniería para confinar la basura en un área lo menor posible, reduciendo su volumen al mínimo practicable para cubrir los residuos así depositados con una capa de tierra con la frecuencia necesaria, por lo menos al final de cada jornada.

V Requerimientos generales de los rellenos sanitarios:

• El sitio debe tener espacio necesario para almacenar los residuos generados por el área en el plazo definido por el diseño.

• El sitio es diseñado, localizado y propuesto para ser operado de forma que la salud, las condiciones ambientales y el bienestar sea garantizado.

• El sitio es localizado de manera de minimizar la incompatibilidad con las características de los alrededores y minimizar el efecto en los avalúos de estos terrenos.

• El plan de operación del sitio se diseña para minimizar el riesgo de fuego, derrames y otros accidentes operacionales en los alrededores.

• El diseño del plan de acceso al sitio se debe hacer de forma de minimizar el impacto en los flujos.

V Tipos de rellenos:

El parámetro básico de diseño de un relleno es el volumen. Este depende del área cubierta, la profundidad a la cual los residuos son depositados, y el radio de material de cobertura y residuo. Debido a que la tasa de generación de residuos es usualmente definida en unidades másicas, un parámetro adicional que influye la capacidad del relleno es la densidad in situ de la basura y el material de cobertura.

Generalmente todo diseño de relleno incluye algunas obras comunes. Zonas buffer y pantallas perimetrales son necesarias para aislar el relleno de los vecinos y el sitio. Son necesarios cercos perimetrales para evitar el acceso no autorizado al sitio, se requiere un cuidadoso mantenimiento del frente de trabajo. Durante tiempos inclementes podría ser necesario contar con tractores para asistir a los camiones. El barro y suciedad que

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se adhieren al camión por su operación en el sitio debe ser retirado del mismo antes que abandone el recinto del relleno.

Método de trinchera o zanja:

Este método se utiliza en regiones planas y consiste en excavar periódicamente zanjas de dos a tres metros de profundidad, con el apoyo de una retroexcavadora o tractor oruga. Incluso existen experiencias de excavación de trincheras de hasta 7 metros de profundidad para relleno sanitario. La tierra se extrae y se coloca a un lado de la zanja para usarla como material de cobertura. Los desechos sólidos se depositan y acomodan dentro de la trinchera para luego compactarlos y cubrirlos con tierra.

La excavación de zanjas exige condiciones favorables tanto en lo que respecta a la profundidad del nivel freático como al tipo de suelo. Los terrenos con nivel freático alto o muy próximo a la superficie no son apropiados por el riesgo de contaminar el acuífero. Los terrenos rocosos tampoco lo son debido a las dificultades de excavación.

§ Método de área:

En áreas relativamente planas, donde no es posible excavar fosas o trincheras para enterrar las basuras, éstas pueden depositarse directamente sobre el suelo original, elevando el nivel algunos metros. En estos casos el material de cobertura deberá ser importado de otros sitios o, de ser posible, extraído de la capa superficial. En ambas condiciones, las primeras celdas se construyen estableciendo una pendiente suave para evitar deslizamientos y lograr una mayor estabilidad a medida que se eleva el terreno.

Se adapta también para rellenar depresiones naturales o canteras abandonadas de algunos metros de profundidad. El material de cobertura se excava en las laderas del terreno o, en su defecto, se debe procurar hacerlo lo más cerca posible para evitar el encarecimiento de los costos de transporte. La operación de descarga y construcción de las celdas debe iniciarse desde el fondo hacia arriba.

ð Clasificación:

Clasificación según clase de residuo depositado:

• Tradicional con residuos urbanos seleccionados: No acepta ningún tipo de residuo de origen industrial, ni tampoco lodos.

• Tradicional con residuos urbanos no seleccionados: Acepta además de los residuos típicos urbanos, industriales no peligrosos y lodos previamente acondicionados

• Rellenos para residuos triturados: Recibe exclusivamente residuos triturados, aumenta vida útil del relleno y disminuye el material de cobertura.

• Rellenos de seguridad: Recibe residuos que por sus características deben ser confinados con estrictas medidas de seguridad.

• Relleno para residuos específicos: Son rellenos que se construyen para recibir residuos específicos (cenizas, escoria, borras, etc.)

• Rellenos para residuos de construcción: Son rellenos que se hacen con materiales inertes y que son de la construcción de viviendas.

Clasificación según las características del terreno utilizado:

• En áreas planas o llanuras: Más que rellenamiento es una depositación en una superficie. Las celdas no tienen una pared o una ladera donde apoyarse, por lo que es conveniente construir pendientes adecuadas utilizando pretiles de apoyo para evitar deslizamientos. No es conveniente hacer este tipo de relleno en zonas con alto riesgo de inundación.

• En quebrada: Se debe acondicionar el terreno estableciendo niveles aterrazados, de manera de brindar una base adecuada que sustente las celdas. Se deben realizar las obras necesarias para captar las aguas que normalmente escurren por la quebrada y entregarlas a su cauce aguas abajo del relleno.

• En depresiones: Se debe cuidar el ingreso de aguas a la depresión, tanto provenientes de la superficie o de las paredes por agua infiltrada. La acumulación normal del relleno. La forma de construir el relleno dependerá del manejo que se de al biogás o a los líquidos percolados.

• En laderas de cerros: Normalmente se hacen partiendo de la base del cerro y se va ganando altura apoyándose en las laderas del cerro. Es similar al relleno de quebrada. Se deben aterrazar las laderas del

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cerro aprovechando la tierra sacada para la cobertura y tener cuidado de captar aguas lluvias para que no ingresen al relleno.

• En ciénagas, pantanos o marismas: Método muy poco usado por lo difícil de llevar a cabo la operación, sin generar condiciones insalubres. Es necesario aislar un sector, drenar el agua y una vez seco proceder al rellenamiento. Se requiere equipamiento especializado y mano de obra.

ð Criterios Ambientales en Rellenos Sanitarios:

Los problemas sanitarios causados por la disposición de los residuos sólidos en el suelo se deben a la reacción de las basuras con el agua y a la producción de gases, riesgo de incendios y explosiones.

Los residuos sólidos están compuestos físicamente por un 40 a 50% de agua, vegetales, animales, plásticos, desechos combustibles, vidrios, etc. Químicamente están compuestos por sustancias orgánicas, compuestos minerales y residuos sólidos peligrosos.

Las sustancias líquidas y los sólidos disueltos y suspendidos tienden a percolar o lixiviar por la masa de residuos sólidos y posteriormente en el suelo. Este está constituido por materia sólida, aire y agua. A partir de determinada profundidad se encuentra el nivel freático, donde el agua se mueve a baja velocidad de alta a baja presión horizontalmente y en dirección vertical por efecto de la gravedad, por ascensión capilar entre los granos del suelo.

Las sustancias contaminantes del lixiviado al percolar a través del suelo adquieren gran agilidad al llegar al nivel freático y pueden contaminar el agua de los manantiales, las subterráneas por las fisuras y otras fallas de las rocas y suelos impermeables, a la vez que pueden causar un efecto negativo en la calidad del suelo.

La percolación o lixivi ado de los contaminantes depende de la permeabilidad del suelo y está dada por el coeficiente K que en arenas es de 10-1 a 10-3 cm/s y en suelos arcillosos es de 10-8 cm/s. El terreno ideal sería con un K de 10-7 cm/s y que tenga un nivel freático de más de 3 metros.

Todo lo anterior lleva a tener en cuenta el microclima dentro del cual tenemos la lluvia que influye en los fenómenos biológicos y químicos, con el transporte de contaminantes, problemas en vías de acceso y del trabajo propio del relleno sanitario, por lo tanto, el relleno debe ser drenado superficialmente por la periferia y el fondo del relleno. El viento también causa molestias, llevando los olores y el polvo a las vecindades.

Principales factores involucrados en la selección de sitios para rellenos sanitarios :

CRITERIOS DETALLE

Factibilidad Técnica

1. Volumen y morfología sitio adecuada 2. Distancia a centro generador 3. Fuera de zonas de exclusión

Riesgo Ambiental

1. Contaminación de aguas subterráneas 2. Calidad del aire 3. Transporte de materiales

Aspectos Económicos

1. Efectos en aspectos de propiedades 2. Costos de construcción y operación 3. Impacto en la industria local 4. Planes de compensación

Aspectos Sociales

1. Equidad en la selección del sitio 2. Efecto en la imagen de la comunidad 3. Paisaje y estética 4. Alteración de actuales y futuros usos de suelos

Aspectos Políticos

1. Elecciones locales 2. Intereses de inversión de grupos locales 3. Responsabilidad de manejo del sitio 4. Control local

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V ZONAS DE EXCLUSIÓN:

Se entenderá por zona de exclusión a cualquiera que por alguna característica, tanto humana como social, ecológica, política o económica no pueda ser considerada para la habilitación de un relleno sanitario. Los casos más típicos son los siguientes :

• Distancias mínimas: La distancia mínima del sitio de disposición a la residencia más cercana, pozo de suministro de agua, fuente de agua potable, hotel, restaurante, procesador de alimentos, colegios, iglesias o parques públicos debe ser como mínimo de 300 metros (o el equivalente indicado por la regulación).

• Distancias a aeropuertos: La distancia entre el aeropuerto comercial y el punto seleccionado es importante si en el relleno sanitario van a recibirse residuos de alimentos (tanto domiciliarios como de algún proceso industrial), pues éstos pueden atraer pájaros en un radio de varios km. Si la operación del residuo es apropiada el problema puede ser aminorado. Se recomiendan distancias de 8 km., sin embargo, este valor puede ser reducido si es justificado.

• Distancias a cursos de agua superficial: La distancia entre la carga de los residuos y el curso de agua superficial más cercano debe ser como mínimo de 100 m (o el equivalente a la regulación correspondiente). Este parámetro dependerá fundamentalmente de las condiciones hidrogeológicas del sitio.

• Distancias a áreas inestables: El sitio seleccionado debe estar a un mínimo de 100 m de áreas inestables (por ejemplo, área de derrumbes) para asegurar la estabilidad y estructurar del sitio.

• Distancias a áreas de exclusión: El sitio debe estar localizado fuera de los límites de cualquier área de exclusión delimitada por la autoridad correspondiente.

ð Actividad Biológica dentro del Relleno Sanitario:

La actividad biológica dentro de un relleno sanitario se presenta en dos etapas relativamente bien definidas:

§ Fase aeróbica: Inicialmente, parte del material orgánico presente en las basuras es metabolizado aeróbicamente (mientras exista disponible oxígeno libre), produciéndose un fuerte aumento en la temperatura. Los productos que caracterizan esta etapa son el dióxido de carbono, agua, nitritos y nitratos

§ Fase anaeróbica: A medida que el oxígeno disponible se va agotando los organismos facultativos y anaeróbicos empiezan a predominar y proceden con la descomposición de la materia orgánica, pero más lentamente que la primera etapa. Los productos que caracterizan esta etapa son el dióxido de carbono, ácidos orgánicos, nitrógeno, amoniaco, hidrógeno, metano, compuestos sulfurados (responsables del mal olor) y sulfitos de fierro, manganeso e hidrógeno.

Además, algunos de estos productos producen reacciones químicas dentro y fuera del relleno. En consecuencia, otras reacciones similares se llevan a cabo como resultado de la interacción de algunos subproductos de descomposición, entre ellos mismos o con las basuras con que entran en contacto. Muchos de estos productos, en la eventualidad de emerger libremente del relleno, como gases o líquidos, podrían provocar serios trastornos ambientales.

V LIXIVIADOS O LÍQUIDOS PERCOLADOS:

Los residuos, especialmente los orgánicos, al ser compactados por maquinaria pesada liberan agua y líquidos orgánicos contenidos en su interior, el que escurre preferencialmente hacia la base de la celda. La basura, que actúa en cierta medida como una esponja, recupera lentamente parte de estos líquidos al cesar la presión de la maquinaria, pero parte de él permanece en la base de la celda. Por otra parte, la descomposición anaeróbica rápidamente comienza actuar en un relleno sanitario, produciendo cambios en la materia orgánica, primero de sólidos a líquido y luego de líquido a gas, pero es la fase de licuefacción la que ayuda a incrementar el contenido de líquido en el relleno, y a la vez su potencial contaminante. En ese momento se puede considerar que las basuras están completamente saturadas y cualquier agua, ya sea subterránea o superficial, que se infiltre en el relleno lixiviará a través de los desechos, arrastrando consigo sólidos en suspensión y compuestos orgánicos en solución. Esta mezcla heterogénea, de un elevado potencial contaminante, es lo que se denomina lixiviados o líquidos percolados

Composición de líquidos percolados o lixiviados de un relleno sanitario con desechos domésticos :

COMPONENTES RANGO (mg/l)

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Cloruros 100 – 400 Cobre 0 – 9 Fierro 50 – 600 Flúor 0 – 1 Cadmio 0 – 17 Cromo (VI) 2 Plomo 2 Sodio 200 - 2000 Sulfatos 100 – 1500 Nitratos 5 – 40 Dureza (CaCO3) 300 – 10000 DBO 2000 – 30000 DQO 3000 – 45000 PH 5.3 – 8.5

ð Impermeabilización del Fondo del Relleno:

Considerando las características de los componentes en los líquidos percolados, es indiscutible que éstos pueden contaminar las aguas y los suelos con los cuales entran en contacto.

Sería ideal evitar todo tipo de contacto entre líquidos percolados, el agua y suelos subterráneos, pero para tal efecto habría que cuidar muchos aspectos que encarecerían la obra de tal forma que sería imposible de realizar. Sin embargo, llevar este contacto a un nivel mínimo de modo que las características de la napa no sufran grandes variaciones y que el uso actual o eventual de ella no sea afectado, es perfectamente posible.

Ahora bien, no hacer nada en base a suponer que los contaminantes serán diluidos en las aguas subterráneas es un error que puede causar un gran daño, ya que una vez que las aguas y suelos han sido contaminados es muy difícil revertirlas a las condiciones originales. El escurrimiento de las aguas subterráneas, por lo general, es laminar, lo que hace que la dispersión del contaminante sea por difusión y no por dilución, y como las velocidades de las napas y las tasas de difusión son bajas hacen que configure una zona de contaminación bastante peligrosa.

Los contaminantes de origen orgánico son los más abundantes en los líquidos percolados, pero ellos van perdiendo esa característica en el transcurso del tiempo. Por otra parte, es un hecho comprobado que gran parte de ellos quedan retenidos al tener que pasar por un medio arcilloso, contribuyendo en gran medida a aumentar la impermeabilidad del medio.

El uso de arcilla como medio impermeabilizante es bastante común en América. A continuación se mostrará una forma de poner este material para lograr esta condición impermeabilizante.

Sobre el terreno emparejado se colocarán 0.60 metros de material arcilloso, homogéneo, sin contenido orgánico, con no menos de 40% de su peso seco que pase la malla ASTM Nº200. Este material se colocará en capas de 0.20 o 0.30 metros, con una humedad algo mayor a la óptima determinada por el ensayo Proctor Modificado compactándose cada capa con rodillo pata de cabra o uno similar, hasta obtener una densidad seca no inferior a 90% de la densidad seca máxima establecidas por el ensaye citado. El coeficiente de permeabilidad en el laboratorio para el material arcilloso no será superior a K=10-6 (cm/s).

La capa de arcilla compactada deberá mantenerse permanentemente húmeda para evitar su agrietamiento hasta que se cubra con basura, por lo que se recomienda construir esta impermeabilidad sólo con la extensión necesaria para ejecutar con comodidad el relleno sanitario.

Últimamente se ha empleado bastante la arcilla en espesores de 20 a 30 cm con polietileno de alta densidad entre medio. El espesor de este polietileno oscila entre 1 y 2 mm.

Otras geomembranas bastante usadas son el polietileno cloro sulfonado (Hypalon) y el polivinil clorado (PVC). En ocasiones las geomembranas son usadas con geotextiles (tejidos esponjosos) con el fin de protegerlas de desgarramientos y/o punzonamientos.

+ CONTROL DE LOS LIXIVIADOS O PERCOLADOS:

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Como consecuencia de la impermeabilización del relleno sanitario se acumulan en éste una gran cantidad de líquidos percolados, los cuales deben ser manejados en forma apropiada. Es importante tener en el relleno sanitario los elementos necesarios para mantener un control total de los lixiviados. Estos pueden ir desde almacenamientos en lagunas para luego recircularlos con equipos de bombeo, hasta sistemas de drenaje al interior del relleno, depósitos de almacenamiento y tratamiento químico y/o biológico.

Es importante establecer un sistema de monitoreo rutinario que permita detectar y anticipar un eventual paso de líquidos percolados a través del terreno y subsecuentemente adoptar las medidas preventivas y correctivas que corresponda para evitar riesgos a la población por consumo de agua de mala calidad.

§ Tratamiento del lixiviado:

El tipo de instalaciones de tratamiento dependerá de las características del lixiviado, y en segundo lugar, de la localización geográfica y física del relleno sanitario. Las características más preocupantes del lixiviado que influyen son: DBO, DQO, sólidos totales disueltos (STD), metales pesados y constituyentes tóxicos sin especificar.

El lixiviado contiene concentraciones extremadamente altas de STD, por ejemplo: sobre 50.000 (mg/l) puede ser difícil tratar biológicamente. Con valores altos de DBO es preferible emplear procesos de tratamientos anaeróbicos porque los aeróbicos son caros. Concentraciones altas de sulfato pueden limitar el uso de procesos de tratamientos anaeróbicos debido a la producción de olores procedentes de la reducción biológica de sulfatos a sulfuros. La toxicidad producida por los metales pesados también es un problema para muchos procesos de tratamiento biológico. Otra cuestión importante es: ¿Cuál debería ser el tamaño de las instalaciones de tratamiento? La capacidad de las instalaciones de tratamiento dependerán del tamaño del relleno sanitario y la vida útil esperada.

Una investigación realizada acerca del tratamiento físico-químico de los lixiviados a fines de la década de los ‘80 y principios de los ’90, entregó las siguientes conclusiones:

· El tratamiento físico-químico de percolados consistentes en coagulación con Sulfato de Aluminio o Cloruro Férrico a pH elevado o en precipitación con Cal o Hidróxidos de Sodio, produce en los percolados modificaciones de olor y remoción de color, turbiedad, materia orgánica y metales, lo que facilita su manejo y disposición.

Las remociones de materia orgánica alcanzada está en el rango de 35% en términos de DQO y en el caso de los metales: 99.3% de Fe. 98.8% Mn y 63.9% de Cu.

· El tratamiento físico-químico de percolados produce una gran cantidad de lodos y consume una alta cantidad de reactivos. Estos lodos pueden ser depositados en el mismo relleno sanitario. La disposición final de los líquidos tratados debe ser evaluada considerando el impacto ambiental que producirán.

· Para situaciones en las cuales los líquidos percolados generados por un relleno sanitario presenten problemas de manejo sólo algunos meses al año, el tratamiento físico-químico aún cuando tiene un alto costo resulta recomendable, porque permite reducir a niveles aceptables los problemas de olor y facilita el manejo de los líquidos.

§ Producción de biogás:

Cuando los residuos se descomponen en condiciones anaeróbicas se generan gases como subproductos naturales de esta descomposición. En un relleno sanitario la cantidad de gases producida y su composición depende del tipo de residuo orgánico, de su estado y de las condiciones del medio que pueden favorecer o desfavorecer el proceso de descomposición.

La descomposición de la materia orgánica en los rellenos sanitarios, que se realiza por la actividad microbiana anaeróbica, genera diversos subproductos, entre ellos el biogás. Por lo tanto, condiciones favorables de medio para la supervivencia de los microorganismos anaeróbicos pueden desarrollarse a temperaturas de entre 10 y 60ºC, teniendo un óptimo entre 30 y 40ºC (fase mesofílica) y otro entre 50 y 60ºC (fase termofílica). El pH entre 6.5 y 8.5 permite un buen desarrollo de los microorganismos teniendo un óptimo entre 7 y 7.2

Por lo general, los componentes principales del biogás son el metano (CH4) y el dióxido de carbono (CO2), en proporciones aproximadamente iguales, constituyendo normalmente más del 97% del mismo. Ambos gases son

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incoloros e inodoros, por lo que son otros gases como el ácido sulfhídrico y el amoníaco los que le otorgan el olor característico al biogás y permiten su detección por medio del olfato.

El gas metano se produce en los rellenos en concentraciones dentro del rango de combustión, lo que confiere al biogás ciertas características de peligrosidad por riesgos de incendio o explosión, por eso la necesidad de mantener un control sobre él.

§ Componentes del biogás :

Elemento gas Simbología Metano

Dióxido de carbono

CH4

CO2

Ácido sulfhídrico

Amoníaco

Otros

H2S

NH3

§ Control del biogás:

En los rellenos sanitarios de área se utilizan varios niveles de celdas para dar disposición a los residuos, por lo que es probable que se tenga una producción continua de biogás después de algunos años, cuando se alcancen unos tres niveles de celdas. Por esta razón resulta conveniente instalar chimeneas de drenaje, distante 20 a 25 metros entre sí. En realidad esta última distancia debe ser obtenida a través de estudios en el terreno, lo que permite determinar lo que se denomina radio de influencia (distancia desde el centro de la chimenea que es influenciada por el drenaje).

Cuando los rellenos sanitarios son construidos en depresiones, ya sean naturales o artificiales, resulta conveniente hacer un drenaje perimetral con el fin de evitar la migración lateral. Este puede ser continuo o constituido por chimeneas colocadas a menores distancias que las ubicadas al interior del relleno. El gas de los drenes puede ser quemado en el mismo relleno o ser extraído para almacenarlo en gasómetros y luego enviarlo al consumo domiciliario o industrial.

ð Impactos Ambientales de los Rellenos Sanitarios:

Los impactos ambientales que sufre el medio ambiente a través del desarrollo de las tres etapas de un relleno sanitario son de diferentes características y tal vez lo más relevante y que trasciende mayormente son aquellas que se producen en la etapa de operación y construcción del relleno. Los efectos de los variados impactos pueden verse incrementados o disminuidos por las condiciones climáticas del lugar y por el tamaño de la obra.

V IMPACTOS AMBIENTALES EN LA ETAPA DE HABILITACIÓN:

• Remoción capa superficial de suelos (alteración vegetación y fauna). • Movimientos de tierra. • Intercepción y desviación de aguas lluvias superficiales. • Interferencia al tránsito (efectos barreras). • Alteración permeabilidad propia del terreno. • Alteración paisaje. • Fuente de trabajo (corto plazo). • Actividades propias de una faena de obras civiles: ruido, polvo, tránsito, movimiento de maquinaria

pesada. V IMPACTOS AMBIENTALES EN LA ETAPA DE OPERACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL

RELLENO

• Impactos por incremento del movimiento. • Contaminación atmosférica; olores, ruidos, material particulado, biogás • Contaminación de aguas; líquidos percolados.

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• Contaminación y alteración del suelo; diseminación de papeles, plástico, y materias livianas, extracción de tierra para ser utilizada como material de cobertura.

• Impacto paisajístico; cambio en la topografía del terreno, modificación en la actividad normal del área. • Impacto social; fuente de trabajo, efecto NIMBY (nadie lo quiere), incremento actividad vial.

V IMPACTOS AMBIENTALES EN LA ETAPA DE CLAUSURA

• Impacto paisajístico; recuperación vegetación, recuperación fauna. • Impacto social; integración de áreas a la comunidad, reduce fuente de trabajo.

ð Medidas de Mitigación:

Las medidas de mitigación empleadas para reducir los impactos ambientales negativos de un relleno sanitario dependen de una serie de factores, entre los cuales se destacan: las características del proyecto, tecnología usada, localización, condiciones de operación (tamaño, clima), etc. No obstante, es posible identificar los impactos más frecuentes generados por este tipo de faena y las medidas que normalmente se emplean para su mitigación.

Olores:

• Utilización de pantallas vegetales, (árboles, arbustos). • Tratamiento de los líquidos percolados. • Quema del biogás cuando hay metano suficiente.

Ruidos:

• Pantallas vegetales. • Utilizar equipos de baja emisión de ruidos.

Alteración del suelo:

• Adecuada impermeabilización del relleno sanitario, para evitar filtraciones. • Vegetación para evitar erosión rellenamiento para evitar nivelar zonas con asentamiento diferencial o

pendientes fuertes.

Diseminación de materiales:

• Configurar barreras para evitar que el viento incida sobre el frente de trabajo. • Utilizar mallas interceptoras. • Desprendimiento de residuos de camiones antes que abandonen el relleno.

Material particulado:

• Riego de camino y de la tierra acumulada para el recubrimiento. • Pantallas vegetales en el perímetro del relleno.

Control de vectores:

• Mantener aislado sanitariamente el recinto mediante la formación de un cordón sanitario que impida la infestación del relleno por roedores y el paso de especies animales desde y hacia el recinto.

• Realizar fumigaciones y desratizaciones como mínino, cada 6 meses. Los elementos químicos que se empleen en esta actividad deben estar acordes con la legislación.

Incremento movimiento vehicular:

• Tratar de que la recolección se haga en horas diferidas. • En caso de vehículos de estaciones de transferencia tratar que éstos lleguen en forma secuencial.

Líquidos percolados:

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• Almacenamiento en depósitos cerrados. • Recirculación. • Tratamiento físico químico y/o biológico.

Biogás:

• Extracción con fines de utilización. • Quema controlada.

b) REGIONALIZACIÓN DEL SISTEMA

DATOS, ANÁLISIS Y ESTUDIOS PRELIMINARES

b) REGIONALIZACIÓN DEL SISTEMA:

1-División Geográfica y Ubicación de las Regiones del Sistema

1) ÁREA METROPOLITANA DEL GRAN MENDOZA Y MUNICIPIOS CONURBANOS:

1- Guaymallén 2- Las Heras 3- Godoy Cruz 4- Capital 5- Maipú 6- Luján

2) ÁREA URBANA DEL GRAN ESTE: 7- San Martín

8- Junín 9- Rivadavia

3) ÁREA URBANA DEL VALLE DE UCO: 10- San Carlos

11- Tunuyán 12- Tupungato

4) ÁREAS INDIVIDUALES: 13- Lavalle

14- La Paz 15- Santa Rosa 16- Malargüe 17- San Rafael 18- General Alvear

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a) SITUACIÓN ACTUAL

1- Datos Estadísticos por Municipio: Población al 2004

POBLACIÓN VARIACION VARIACIÓN % ABSOLUTA RELATIVA ESTIMACIÓN DEPARTAMENTO

1991 2001 % AL 2004

TOTAL 1.412.481 1.579.651 167.170 11,8 5,314 1.663.605hab. CAPITAL 121.620 110.993 -10.627 -8,7 -3,48 107.130 GENERAL ALVEAR 42.338 44.147 1.809 4,3 1,72 44.906 GODOY CRUZ 179.588 182.977 3.389 1,9 0,76 184.368 GUAYMALLEN 221.904 251.339 29.435 13,3 5,32 264.710 JUNIN 28.418 35.045 6.627 23,3 9,32 38.312 LA PAZ 8.009 9.560 1.551 19,4 7,76 10.302 LAS HERAS 156.545 182.962 26.417 16,9 6,76 195.330 LAVALLE 26.967 32.129 5.162 19,1 7,64 38.265 LUJAN DE CUYO 79.952 104.470 24.518 30,7 12,28 117.299 MAIPU 125.331 153.600 28.269 22,6 9,04 167.485 MALARGÜE 21.743 23.020 1.277 5,9 2,36 23.564 RIVADAVIA 47.033 52.567 5.534 11,8 4,72 55.048 SAN CARLOS 24.140 28.341 4.201 17,4 6,96 30.313 SAN MARTIN 98.294 108.448 10.154 10,3 4,12 112.916 SAN RAFAEL 158.266 173.571 15.305 9,7 3,88 180.306 SANTA ROSA 14.241 15.818 1.577 11,1 4,44 16.520 TUNUYAN 35.721 42.125 6.404 17,9 7,16 45.141 TUPUNGATO 22.371 28.539 6.168 27,6 11,04 31.690 Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población y Vivienda 1991 y Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.

ESTIMACION DE LA POBLACION Ejemplo: GUAYMALLEN DE MENDOZA AL 2004 POR

DEPARTAMENTOS 10 años (1991 – 2001) 13,30 % Censo 2001 por Variación relativa anual de 4 años (2001 – 2004) X = 4 x 13,30 = 5,32 % de aumento con respecto los últimos 10 (diez) años (1991 - 2001) por 10 a la población 2001

4 (cuatro) años (2004).

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a) SITUACIÓN ACTUAL:

2- Producción de R.U. por Municipio y por Regiones

(RU) RESIDUOS URBANOS POBLACIÓN censo 2001

actualiz. 2004 DOMICILIARIOS (0.65 kg/hab/d) MUNICIPALES (0.248 kg/hab/d) MUNICIPIO

% Habitantes % Por

Municipio

% Por

Región tn/d

% Por

Municipio

% Por

Región tn/d

1- Guaymallén 1591 264.710 1591 17206 1591 6564 2- Las Heras 1174 195.330 1174 12696 1174 4849 3- Godoy Cruz 1108 184.368 1108 11984 1108 4572 4- Capital 644 107.130 644 6963 4517 48849 644 2658 4517 18638 5- Maipú 1007 167.485 1007 10886 1007 4154 6- Luján 705 117.299 705 7624 1712 18510 705 2908 1712 7062 7- San Martín 679 112.916 679 7339 679 2800 8- Junín 230 38.312 230 2490 230 950 9- Rivadavia 331 55.048 331 3578 1240 13407 331 1364 1240 5114 10- San Carlos 182 30.313 182 1970 182 752 11- Tunuyán 271 45.141 271 2934 271 1120 12- Tupungato 190 31.690 190 2060 643 6964 190 786 643 2658 13- Lavalle 230 38.265 230 2487 230 2487 230 950 230 950 14- La Paz 063 10.302 063 670 063 670 063 256 063 256 15- Santa Rosa 099 16.520 099 1074 099 1074 099 410 099 410 16- Malargüe 142 23.564 142 1532 142 1532 142 584 142 584 17- San Rafael 1084 180.306 1084 11720 1084 11720 1084 4472 1084 4472 18- G. Alvear 270 44.906 270 2919 270 2919 270 1114 270 1114

MENDOZA 100

%

1.663.605

100

%

1.08132 tn / diarias

100

%

41258 tn / diarias

Área Metropolitana (Capital / Godoy Cruz / Guaymallén / Las Heras)

+ Maipú y Luján (conurbano) = 67359 tn. / diarias R. Domiciliarios

= 12850 tn. / diarias R. Municipales

6230 % del total de la Provincia

Los otros doce (12) Departamentos suman el 3770 % restante.

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a) SITUACIÓN ACTUAL

3- EVALUACIÓN, DIAGNÓSTICO Y PRONÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS Y LA DISPOSICIÓN FINAL QUE SE REALIZA HOY: MEDIDAS QUE DEBERÍAN ADOPTARSE

• Residuos Domiciliarios:

En la Provincia de Mendoza se comenzó a tratar los residuos domiciliarios con Disposición Final en Relleno Sanitario en 1998.

En el Departamento Las Heras una empresa privada tiene a su cargo esta tarea. El volumen de basura tratada es de aproximadamente 100 Tn/ diarias (100 Tn./d x 30 d = 3.000 Tn/ mensuales). Este Relleno Sanitario, ubicado en El Borbollón, cumple con los requisitos técnicos preestablecidos para estas tareas. Es ambientalmente sustentable y existe protección sobre el lixiviado con impermeabilización inferior y chimeneas de respiración.

El Municipio de Lavalle también deposita en este lugar sus Residuos Domiciliarios a razón de 25 Tn/diarias (25 Tn/d x30 d = 750 tn mensuales).

El Departamento de Guaymallén realiza un enterramiento no controlado de sus residuos domiciliarios desde hace más de 15 años.

El lugar donde se realiza esta tarea está en el Distrito Puente de Hierro, al Norte del Departamento, cerca del límite con Lavalle.

Guaymallén aporta al enterramiento alrededor de 200 Tn/d (200 Tn/d x 30 d = 6.000 Tn/ mensuales). El proceso se realiza en cavas de 50 m de largo por 10 m de ancho x 3 m de alto. En estas cavas los camiones recolectores vacían diariamente su carga y una topadora realiza la tarea del tapado con tierra.

Este sistema no posee control ambiental, las cavas no tienen impermeabilización inferior y en consecuencia no hay protección ambiental por el lixiviado hacia las napas subterráneas.

Hasta el 2001 (desde 1998) la Municipalidad de Godoy Cruz, convenio mediante, depositó sus residuos domiciliarios en este enterramiento de Puente de Hierro.

Actualmente, Godoy Cruz lleva sus residuos (120 tn/d x 30 d = 3.600 Tn/ mensuales) a vertederos a cielo abierto en terrenos al Oeste de la zona urbana, cerca del pedemonte.

En la actualidad Capital, gracias a un acuerdo, lleva sus residuos domiciliarios a Guaymallén. Desde 1999 se tratan alrededor de 70 Tn/d (70 Tn/d x 30 d = 2.100 Tn/ mensuales) con el sistema antes citado.

Cabe señalar que Guaymallén, Godoy Cruz y Capital no están en condiciones de pagar por el correcto tratamiento de sus Residuos Domiciliarios, tal como se tratan en el Relleno Sanitario de Las Heras.

El Departamento de Maipú posee una Planta de Tratamiento de Residuos Domiciliarios para las 110 Tn /d (110 Tn/d x 30 d = 3.300 Tn/ mensuales). Esta Planta realiza un trabajo de recuperación y reciclado de algunos materiales (cartón / plásticos / vidrios / metal / orgánicos) abonando al concesionario un canon mensual por esta tarea.

El resto de los Departamentos de la Provincia de Mendoza, la mayoría rurales (Luján, San Martín, Junín, Rivadavia, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, La Paz, Santa Rosa, Malargüe, San Rafael y General Alvear) depositan sus Residuos Domiciliarios en vertederos a cielo abierto sin ningún control ambiental. Estos vertederos son individuales y absorben casi 450 Tn/d (450 Tn/d x 30 d = 13.500 Tn / mensuales) produciendo graves daños al ambiente.

Si tomamos los datos estadísticos de generación de Residuos Domiciliarios vemos que Mendoza produce más de 1.000 Tn / diarias y que casi el 85% de esta Basura no está siendo tratada correctamente, con un sistema

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de Gestión sustentable en lo económico y en lo ambiental. Estamos produciendo un daño irreparable a grandes extensiones de terrenos, a las napas acuíferas del subsuelo y en muchos casos al ambiente paisajístico del lugar.

• Residuos Municipales:

Estos Residuos son generados por la población y se componen de escombros, desechos de jardín, artefactos en desuso, el barrido de calles, la monda de la limpieza de acequias y canales de riego, etc.

Todos los Municipios de la Provincia de Mendoza más los privados que poseen el servicio de Contenedores depositan los Residuos Municipales en pozos, generalmente ex ripieras, que son rellenadas hasta recuperar su geografía natural.

Actualmente se está produciendo en los centros urbanos más poblados, Área Metropolitana del Gran Mendoza más Municipios periféricos (Guaymallén, Las Heras, Capital, Godoy Cruz, Maipú y Luján) un fenómeno que complicará aún más el panorama de los RESIDUOS URBANOS: casi no existen lugares apropiados para depositar estos residuos cerca de las urbes. Por lo tanto, cada día hay que llevarlos a lugares más alejados. Esto trae como consecuencia lógica el encarecimiento de los costos del transporte y de la Mano de Obra.

Cada día los Municipios necesitan más equipamiento vehicular y más horas hombre para realizar estas tareas debido a la distancia a recorrer.

Se estima en más de 200 Tn/ diarias de Residuos Municipales transportados por los Municipios más una cifra similar aportada por los privados (Empresas de Contenedores).

Esto nos determina 400 Tn/ diarias x 30 d = 12.000 Tn/ mensuales de escombros, desechos de jardín, barrido y levantamiento de embanques, artefactos, etc. Existen a la fecha alrededor de más de 150 basurales a cielo abierto en las zonas urbanas y suburbanas de la Provincia.

Cabe preguntarse, ¿qué haremos cuándo desaparezcan los pozos ex ripieras o similares?

Como conclusión debemos cambiar la actual política sobre el Tratamiento de los Residuos Urbanos, porque si no les dejaremos un sistema ambientalmente colapsado a las próximas generaciones.

Hoy los Municipios de Mendoza no pueden solventar el costo del Tratamiento por Disposición Final en Relleno Sanitario de sus Residuos Domiciliarios y necesitan reequiparse para el transporte de los Residuos Municipales.

Difícilmente se pueda establecer, a costa del contribuyente, una tasa ambiental sumada a las tasas municipales, debido a la crisis económica que atraviesa el país y la provincia. El promedio de pago de Impuestos Municipales es del 40% y si aumentáramos el valor seguramente ese porcentaje disminuiría.

Actualmente la Provincia recibe en concepto de Regalías Petroleras cerca de $330.000.000 anuales. De este monto se coparticipa el 12% para los Municipios Productores de Petróleo (Malargüe, Luján, Rivadavia, Tupungato, San Carlos, y en menor medida San Rafael y Maipú). El resto de los Municipios de Mendoza no reciben coparticipación por Regalías Petroleras.

Por este motivo se produce una severa asimetría por los montos coparticipables entre los Municipios, que debería atenuarse.

Las Regalías por gas, uranio y petróleo tienen un significado de sustento ambiental. Por ello deberían invertirse en gran proporción sobre temas que mejoren el medio ambiente y la calidad de vida de la población.

La mayoría de los impuestos coparticipables tienen un porcentaje del 14% para los Municipios, excepto el de las regalías.

ð Medidas que deberían adoptarse:

1º) Profunda y sistematizada tarea de concientización a través de medios de comunicación y de mensajes domiciliarios que incidan en la conciencia de la población, para reducir la generación de residuos urbanos, para que la disposición inicial sea la correcta y para evitar usar los medios clandestinos (carretelas, etc.).

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2º) Los Municipios deberán disponer de lugares de depósito para los residuos municipales, propios o de los contribuyentes. Estos deberán responder a las normas ambientales y técnicas de ubicación y de disposición.

3º) Los Municipios deberán disponer de mayores presupuestos para mejorar el equipamiento vial de transporte de Residuos Domiciliarios y Municipales. Esto posibilitará un levantamiento y/o recolección diarios que evitaría el uso de sistemas clandestinos (carretelas) por parte de la población.

4º) Un trabajo concientizador y educador en los niños sobre los beneficios ambientales que produce el reciclaje de residuos y por ende la menor generación. Este trabajo se debería realizar en las escuelas y a través de los medios de comunicación, inculcando paulatinamente la necesidad de ir separando los residuos (en orgánicos, plásticos, metales, papeles y vidrios) en las futuras generaciones.

5º) La aplicación con todo su rigor al incumplimiento de las leyes ambientales que sancionan a personas físicas o virtuales por faltas que contravengan las mismas.

6º) La colaboración de las grandes empresas y generadoras en el uso de materiales biodegradables para sus envases.

a) SITUACIÓN ACTUAL:

4- COSTOS POR TONELADA TRATADA EN RELLENO SANITARIO

El costo del Relleno Sanitario para Residuos Domiciliarios es bastante variable dependiendo de:

• Lugar de operación. • Características geográficas. • Cantidad de basura tratada. • Tecnología aplicada.

En general en nuestro país, con una cantidad estimada en 15.000 Tn. mensuales equivalentes al volumen generado por el Área Metropolitana del Gran Mendoza (Guaymallén, Godoy Cruz, Capital y Las Heras), el costo está en $ 1700 la Tn.

En estos montos hay que tener en cuenta que el terreno debe ser aportado por los generadores y tener una vida útil de por lo menos 20 años.

En el relleno sanitario de Buenos Aires, con una escala de 11.000 Tn. por día el costo es de $ 1600 por Tn. de basura tratada.

En Rosario, con una cantidad de basura tratada similar al del Área Metropolitana del Gran Mendoza, se paga $ 1900 la Tn.

Por último, hay que señalar que el precio internacional de Relleno Sanitario está entre U$S 10 y 15 la Tn.

Con respecto al Residuo Municipal, el precio de mercado por contenedor está en casi $ 4000 por cada 6 m3 ó camionada.

b) REGALÍAS PETROLERAS 1- ESQUEMA DE COPARTICIPACIÓN ACTUAL (AÑO 2003)

Año 2003 Producción Provincial de Petróleo: m3 6.470.191 Precio x m3 (promedio): $ 4991 Regalía ingresada año 2003: $ 322.936.98600 Del Total Anual: $ 322.936.986 (100 %) Provincia : 88% = $ 284.184.54700 Municipios Productores : 12% = $ 38.752.43800

MUNICIPIOS PRODUCTORES: Cuadro de Distribución Actual

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1- MALARGÜE → 56,582 % = $ 21.926.905 2- LUJÁN → 12,695 % = $ 4.919.622 3- RIVADAVIA → 11,374 % = $ 4.407.702 4- SAN CARLOS → 11,207 % = $ 4.342.986 5- TUPUNGATO → 5,331 % = $ 2.065.892 6- SAN RAFAEL → 1,889 % = $ 732.033 7- MAIPÚ → 0,922 % = $ 357.297 100 % $ 38.752.438

(anual 2003) DATOS Y PROMEDIOS: DISTRIBUCIÓN DE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS

AÑO

PRECIO $/M3

PRODUCCION (m3)

REGALÍAS ($)

PROVINCIA ($)

MUNICIPIOS ($)

1999 1034 6.228.40108 64.418.17625 56.587.99510 7.730.18115

2000 1904 6.026.40201 114.731.55466 100.963.76800 13.767.78660

2001 1665 6.322.74593 105.310.00734 92.672.80642 12.637.20090

2002

4842 6.774.06000 328.020.51400 288.658.05230 39.362.46160

2003

4991 6.470.19100 322.936.98600 284.184.54760 38.752.43832

2004

5692 6.500.00000 370.000.00000 325.600.00000 44.400.00000

Estimación del Gobierno de Mendoza.-

PLANILLA DISTRIBUCION REGALIAS POR MUNICIPIOS PRODUCTORES

(Años 1999 / 2000 / 2001 / 2002 / 2003)

MALARGÜE LUJAN RIVADAVIA S. CARLOS TUPUNGATO S.RAFAEL MAIPU

1999 4.374.29230 981.43651 879.31115 866.40087 412.13376 146.03652 71.27881

2000 7.790.08924 1.747.82056 1.565.94809 1.542.95589 733.96072 260.07350 126.93960

2001 7.148.32714 1.603.83184 1.436.94237 1.415.84430 673.49567 238.64816 116.48152

2002 22.856.31100 5.128.14800 4.594.52900 4.527.06900 2.153.45800 763.06200 372.44200

2003 21.926.90500 4.919.62200 4.407.70200 4.342.98600 2.065.89300 732.03300 357.29700

TOTAL ÚLTIMOS 5 AÑOS

64.095.92468 14.380.85891 12.884.43261 12.695.25606 06.038.94115 02.139.85318 01.044.43893

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PORCENTAJE DE COPARTICIPACIÓN ACTUALES: 2004

• Impuesto Inmobiliario 14 %

• Impuesto Automotor 70 %

• Impuesto Ingresos Brutos 14 %

• Impuesto Sellos 14 %

• Coparticipación Federal 14 %

• Ley 6253 14 %

• Regalías Petrolíferas 12 %

• Regalías Gasíferas 12 %

• Regalías Uraníferas 12 %

b) REGALÍAS PETROLERAS

2- NUEVA PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN:

• Estimación para 2004:

Ingresos por Regalías Petroleras: $ 370.000.000

85 % Provincia = $ 314.500.000 15 % Municipios = $ 55.500.000 Monto a Coparticipar por Regalías Petroleras entre Municipios:

80 % Municipios Productores = $ 44.400.000 $ 55.500.0000

20 % Municipios No Productores = $ 11.100.000 I) MUNICIPIOS PRODUCTORES: $ 44.400.000

Coef. anterior

(56,582) 1- MALARGÜE → 58,22 % = $ 25.849.680 (12,695) 2- LUJÁN → 13,06 % = $ 5.798.640 (11,374) 3- RIVADAVIA → 11,70 % = $ 5.194.800 (11,207) 4- SAN CARLOS → 11,53 % = $ 5.119.320 ( 5,331) 5- TUPUNGATO → 5,49 % = $ 2.437.560 (97,189) 100 %

II) MUNICIPIOS NO PRODUCTORES: $ 11.100.000

Coef. Cop. Art. 2

(7407) 1- CAPITAL → 8,67 % = $ 962.370 (3986) 2- G. ALVEAR → 4,67 % = $ 518.370

(11598) 3- GODOY CRUZ → 13,58 % = $ 1.507.380 (12324) 4- GUAYMALLEN → 14,42 % = $ 1.600.620

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(2937) 5- JUNIN → 3,44 % = $ 381.840 (2455) 6- LA PAZ → 2,88 % = $ 319.680

(10471) 7- LAS HERAS → 12,26 % = $ 1.360.860 (3351) 8- LAVALLE → 3,92 % = $ 435.120 (6364) 9- SAN MARTÍN → 7,45 % = $ 826.950 (2596) 10- SANTA ROSA → 3,04 % = $ 337.440 (3761) 11- TUNUYÁN → 4,40 % = $ 488.400 (9971) 12- SAN RAFAEL → 11,67 % = $ 1.295.370 (8200) 13- MAIPÚ → 9,60 % = $ 1.065.600

(85421) 100 %

b) REGALÍAS PETROLERAS

3- COMPARACIÓN ENTRE EL ACTUAL SISTEMA Y LA NUEVA PROPUESTA

Monto estimado por Regalías Petroleras 2004 = $ 370.000.000

A) Sistema Actual:

Municipios: 12 % = $ 44.400.000

Provincia: 88 % = $ 325.600.000

B) Nueva Propuesta:

Municipios: 15 % = $ 55.500.000 Provincia: 85

% = $ 314.500.000

80 % M. Prod.: $ 44.400.000

$ 55.500.000

20 % M. No Prod.: $ 11.100.000

Malargüe $ 25.122.408 Malargüe $ 25.849.680

Luján $ 5.636.580 Luján $ 5.798.640

Rivadavia $ 5.050.056 Rivadavia $ 5.194.800

San Carlos $ 4.975.908 San Carlos $ 5.119.320

Tupungato $ 2.366.964 Tupungato $ 2.437.560

San Rafael $ 838.716 San Rafael $ 1.295.370

Maipú $ 409.368 Maipú $ 1.065.600

Capital $ --- Capital $ 962.370

General Alvear $ --- General Alvear $ 518.370

Godoy Cruz $ --- Godoy Cruz $ 1.507.380

Guaymallén $ --- Guaymallén $ 1.600.620

Junín $ --- Junín $ 381.840

La Paz $ --- La Paz $ 319.680

Las Heras $ --- Las Heras $ 1.360.860

Lavalle $ --- Lavalle $ 435.120

San Martín $ --- San Martín $ 826.950

Santa Rosa $ --- Santa Rosa $ 337.440

Tunuyán $ --- Tunuyán $ 488.400

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

Mario R. Blanco

PROYECTO DE LEY

FINANCIAMIENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS URBANOS

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CAPITULO I - Disposiciones Generales

Artículo 1º) :

Las disposiciones de esta ley establecen un marco legal, técnico y financiero que le permiten a las autoridades competentes realizar una GESTIÓN INTEGRAL PARA RESIDUOS URBANOS en toda su clasificación.

Artículo 2º) : Denomínese Residuos a los materiales que como consecuencia de los procesos de

consumo, fabricación y desarrollo de actividades humanas, ya sea individuales o en conjunto, son desechados y/o abandonados por no representar a sus generadores utilidad o valor económico.

Artículo 3º) : Los Residuos se clasifican por su origen en:

a) Residuos Urbanos 1- Domiciliarios 2- Municipales

b) Residuos Industriales

1- Peligrosos 2- No peligrosos

c) Residuos Hospitalarios o biopatogénicos Artículo 4º) : Se denomina Residuos Urbanos a todos los elementos, objetos y sustancias generados

por la población, en el interior o exterior de su vivienda, como consecuencia del proceso de consumo y/o el desarrollo de sus actividades.

Los Residuos Urbanos se clasifican en: § Domiciliarios

§ Municipales Artículo 5º) : Se denomina Gestión Integral de Residuos Urbanos al conjunto de procedimientos y

políticas, independientes y complementarias entre sí, que conforman el sistema de manejo de los mismos. La meta es realizar una gestión que sea ambiental y económicamente adecuada y sustentable para proteger y mejorar la calidad de vida de la población que los genera.

La Gestión Integral de Residuos Urbanos comprende las siguientes etapas: a) Generación: Acción de cualquier persona u organización que cause la

transformación de un material en un residuo. Una organización usualmente se vuelve generadora cuando su proceso genera un residuo, cuando lo derrama o utiliza más un material.

b) Disposición Inicial: Es la acción por la cual se depositan o abandonan los residuos; es efectuada por el generador y debe realizarse en la forma que determinen las distintas jurisdicciones. La Disposición Inicial podrá ser:

1. General: sin clasificación y separación de residuos. 2. Selectiva: con clasificación y separación de residuos a cargo del

generador.

c) Recolección y/o Levantamiento: Es el conjunto de acciones que comprende el acopio y carga de los residuos en los vehículos recolectores.

La recolección podrá ser:

1. General: sin discriminar los distintos tipos de residuo. 2. Diferenciada: discriminando por tipo de residuo en función de su

tratamiento y valoración posterior.

d) Transporte: Es aquel que lleva el residuo. El transportista puede transformarse en generador si el vehículo que transporta derrama su carga, cruza los límites internacionales (en el caso de residuos peligrosos), o acumula lodos u otros residuos del material transportado.

e) Tratamiento y Disposición Final: El tratamiento incluye la selección y aplicación de tecnologías apropiadas para el control y tratamiento de los residuos peligrosos o de sus constituyentes. Respecto a la disposición, la alternativa comúnmente utilizada es el relleno sanitario para los domiciliarios y vertedero controlado para

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utilizada es el relleno sanitario para los domiciliarios y vertedero controlado para los municipales.

f) Control y Supervisión: Este subsistema se relaciona fundamentalmente con el control efectivo de los otros cinco subsistemas.

Artículo 6º) : Son estrategias y objetivos de la presente ley: a) Crear un Fondo Coparticipable para uso exclusivo de la Gestión Integral de

Residuos Urbanos. b) Disminuir la generación de Residuos, en todos sus orígenes, cuando sea posible. c) Reciclar, reutilizar o reaprovechar todo lo que sea posible insertando el producido

en el circuito económico. d) Realizar una Disposición Final del excedente con mínimo impacto ambiental y

cumpliendo con las normas legales y técnicas más avanzadas para ello. e) Optimizar la gestión general de residuos, tanto técnica como económicamente en

el marco de la descentralización, promoviendo la integración práctica del Sistema de Gestión por Áreas Metropolitanas y Urbanas, regionalizando geográficamente su agrupación.

Artículo 7º) : Se establecen como GESTIÓN NEGATIVA de los Residuos Urbanos a: a) Enfermedades provocadas por vectores sanitarios: Existen varios vectores

sanitarios de gran importancia epidemiológica, cuya aparición y permanencia pueden estar relacionados en forma directa con la ejecución inadecuada de alguna de las etapas en el manejo de los residuos sólidos.

b) Contaminación de aguas: La disposición no apropiada de residuos puede provocar la contaminación de los cursos superficiales y subterráneos de agua, además de contaminar la población que habita en estos medios.

c) Contaminación atmosférica: El material particulado, el ruido y el olor representan las principales causas de contaminación atmosférica.

d) Contaminación de suelos: Los suelos pueden ser alterados en su estructura debido a la acción de los líquidos percolados dejándolos inutilizados por largos períodos de tiempo.

e) Problemas paisajísticos y riesgo: La acumulación en lugares no aptos de residuos trae consigo un impacto paisajístico negativo, además de estar en algunos casos asociado a un importante riesgo ambiental, por lo que se podrían producir accidentes como explosiones o derrumbes.

g) Salud mental: Existen numerosos estudios que confirman el deterioro anímico y mental de las personas directamente afectadas.

Artículo 8º) : Se establecen como GESTIÓN POSITIVA de los Residuos Urbanos a: a) Conservación de recursos: El manejo apropiado de las materias primas, la

minimización de residuos, las políticas de reciclaje y el manejo apropiado de residuos tienen como uno de sus beneficios principales la conservación y en algunos casos la recuperación de los recursos naturales. Por ejemplo: puede recuperarse el material orgánico a través del compostaje.

b) Reciclaje: Un beneficio directo de una buena gestión lo constituye la recuperación de recursos a través del reciclaje o reutilización de residuos, que pueden ser convertidos en materia prima o utilizados nuevamente.

c) Recuperación de áreas: Otros de los beneficios de disponer los residuos en forma apropiada en un relleno sanitario es la opción de recuperar áreas de escaso valor y convertirlas en parques y áreas de esparcimiento, acompañado de una posibilidad real de obtención de beneficios energéticos (biogás).

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Artículo 9º) : Quedan excluidos del régimen de la presente Ley y sujetos a normativa específica:

1- Los Residuos Industriales (Peligrosos y No Peligrosos) 2- Los Residuos Hospitalarios o biopatogénicos

CAPITULO II - Autoridades Competentes

Artículo 10) : Serán autoridades competentes de la presente ley los Municipios de la Provincia de

Mendoza en sus respectivas jurisdicciones locales. Artículo 11) : Las autoridades competentes serán responsables de la gestión integral de los

residuos urbanos producidos en su jurisdicción y deberán establecer las normas complementarias necesarias para el cumplimiento efectivo de la presente ley.

Asimismo, establecerán sistemas de gestión de residuos adaptados a las características y particularidades de su jurisdicción, los que deberán prevenir y minimizar los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Artículo 12) : Las autoridades competentes podrán suscribir convenios bilaterales o multilaterales

que posibiliten la implementación de estrategias regionales o sectoriales para alguna o la totalidad de las etapas de la gestión integral de los residuos urbanos.

Artículo 13) : Las autoridades competentes promoverán la valorización de residuos urbanos

mediante la implementación de programas de cumplimiento e implementación gradual.

CAPITULO III - Regionalización del Sistema

Artículo 14) : Regionalización del Sistema:

A) ÁREA METROPOLITANA DEL GRAN MENDOZA Y MUNICIPIOS

CONURBANOS: 1- Guaymallén 2- Las Heras 3- Godoy Cruz 4- Capital 5- Maipú 6- Luján

B) ÁREA URBANA DEL GRAN ESTE: 7- San Martín

8- Junín 9- Rivadavia

C) ÁREA URBANA DEL VALLE DE UCO: 10- San Carlos

11- Tunuyán 12- Tupungato

D) ÁREAS INDIVIDUALES: 13- Lavalle

14- La Paz 15- Santa Rosa 16- Malargüe 17- San Rafael 18- General Alvear

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CAPITULO IV - Generación, Disposición Inicial, Recolección, Levantamiento y Transporte; Tratamiento y

Disposición Final

Artículo 15) : Denomínese generador, a los efectos de la presente ley, a toda persona física o jurídica que produzca residuos. El generador tiene la obligación de realizar el acopio inicial y la disposición inicial de los residuos de acuerdo a las normas complementarias que cada jurisdicción establezca.

Artículo 16) : La disposición inicial de residuos urbanos deberá efectuarse mediante métodos

apropiados que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Artículo 17) : Los generadores, en función de la calidad y cantidad de residuos, y de las condiciones en

que los generan se clasifican en:

a) Generadores Individuales b) Generadores Especiales

Los parámetros para su determinación serán establecidos por las normas complementarias de cada jurisdicción.

Artículo 18) : Denomínese generadores especiales, a los efectos de la presente ley, a aquellos

generadores que producen residuos domiciliarios en calidad, cantidad y condiciones tales que, a criterio de la autoridad competente, requieran de la implementación de programas particulares de gestión previamente aprobados por la misma. Denomínese generadores individuales, a los efectos de la presente ley, a aquellos generadores que, a diferencia de los especiales, no precisan de programas particulares de gestión.

Artículo 19) : Las autoridades competentes deberán garantizar que los residuos domiciliarios sean

recolectados y transportados a los sitios habilitados mediante métodos que prevengan y minimicen los impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población. Asimismo, deberán determinar la metodología y frecuencia con que se hará la recolección, la que deberá adecuarse a la cantidad de residuos generados y a las características ambientales y geográficas de su jurisdicción.

Artículo 20) : El transporte deberá efectuarse en vehículos habilitados, y debidamente acondicionados de manera de garantizar una adecuada contención de los residuos y evitar su dispersión en el ambiente.

Artículo 21) : Denomínese planta de tratamiento, a los fines de la presente ley, a aquellas instalaciones

que son habilitadas para tal fin por la autoridad competente y en las cuales los residuos domiciliarios y/o municipales son acondicionados y/o valorizados. El rechazo de los procesos de valorización y todo residuo domiciliario y/o municipal que no haya sido valorizado deberá tener como destino un centro de disposición final habilitado por la autoridad competente.

Artículo 22) : Denomínese centros de disposición final, a los fines de la presente ley, a aquellos lugares

especialmente acondicionados y habilitados por la autoridad competente para la disposición permanente de los residuos urbanos.

Artículo 23) : Las autoridades competentes establecerán los requisitos necesarios para la habilitación de

los centros de disposición final, en función de las características de los residuos domiciliarios y/o municipales a disponer, de las tecnologías a utilizar y de las características ambientales locales. Sin perjuicio de ello, la habilitación de estos centros requerirá de la aprobación de una Evaluación de Impacto Ambiental, que contemple la ejecución de un Plan de Monitoreo de las principales variables ambientales durante las fases de operación, control, clausura y postclausura.

Artículo 24) : Para la operación y clausura de las plantas de tratamiento y de las estaciones de

transferencia, y para la operación, clausura y postclausura de los centros de disposición final las autoridades competentes deberán autorizar métodos y tecnologías que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población, y además poseer controles periódicos.

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Artículo 25) : Los centros de disposición final deberán ubicarse en sitios suficientemente alejados de

áreas urbanas, de manera tal de no afectar la calidad de vida de la población; y su emplazamiento deberá determinarse considerando la planificación territorial, el uso del suelo y la expansión urbana durante un lapso que incluya el período de postclausura. Asimismo, no podrán establecerse dentro de áreas protegidas o sitios que contengan elementos significativos del patrimonio natural y cultural.

Artículo 26) : Los centros de disposición final deberán ubicarse en sitios que no sean inundables. De no ser ello posible, deberán diseñarse de modo tal de evitar su inundación por cuestiones climatológicas o fenómenos naturales.

CAPITULO V - Autoridad de Aplicación

Artículo 27) : Será autoridad de aplicación, en el ámbito de su jurisdicción, el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas de la Provincia.

Artículo 28) : Serán funciones de la autoridad de aplicación: a) Formular políticas en materia de gestión de residuos domiciliarios y municipales. b) Elaborar un informe anual con la información que le provean los Municipios, el que

deberá como mínimo especificar el tipo y cantidad de residuos urbanos que son tratados, y además, aquellos que son valorizados o que tengan potencial para su valorización en cada una de las jurisdicciones.

c) Fomentar medidas que contemplen la integración de los circuitos informales de recolección y levantamiento de residuos urbanos.

d) Promover programas de educación ambiental, conforme a los objetivos de la presente ley.

e) Proveer asesoramiento para la organización de programas de valorización y de sistemas de recolección diferenciada en las distintas jurisdicciones.

f) Promover la participación de la población en programas de reducción, reutilización y reciclaje de residuos urbanos.

g) Fomentar a través de programas de comunicación social y de instrumentos económicos y jurídicos, la valorización de residuos, así como el consumo de productos en cuya elaboración se emplee material valorizado o con potencial para su valorización.

h) Promover e incentivar la participación de los sectores productivos y de comercio de bienes en la gestión integral de residuos urbanos.

i) Impulsar y consensuar un Programa Provincial de metas cuantificables de valorización de residuos de cumplimiento progresivo, el cual deberá ser revisado y actualizado periódicamente.

Artículo 29) EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN: a) El proceso educativo, en sus diversos niveles, a través de la transmisión de

conocimientos y de la enseñanza de conceptos modernos de protección ambiental, orientados a la comprensión y toma de conciencia de los problemas ambientales, deberá incorporar la integración de valores y el desarrollo de hábitos y conductas que tiendan a prevenirlos y resolverlos.

b) Los fondos de investigación científica, desarrollo tecnológico y social que tengan asignados recursos en la Ley de Presupuestos de la Provincia de Mendoza, podrán financiar proyectos relativos al Medio Ambiente, sin perjuicio de sus fines específicos.

c) Se establecerán programas generales y específicos de Educación Ambiental,

destinados a la población en general y a los niños y jóvenes en particular, sobre el reciclado de residuos y la disposición inicial diferenciada.

Se realizarán coordinados por el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, el

Ministerio de Educación y los Municipios de la Provincia de Mendoza.

CAPITULO VI - Infracciones y Sanciones

Artículo 30) El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley o de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales que pudieran corresponder, será sancionado, en forma acumulativa, con:

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corresponder, será sancionado, en forma acumulativa, con: a) Apercibimiento.

b) Multa desde 10 (diez) sueldos mínimos de la categoría básica inicial de la Administración correspondiente hasta 200 (doscientas) veces dicho sueldo mínimo.

c) Suspensión de la actividad de 30 (treinta) días hasta 1 (un) año, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso.

d) Cese definitiva de la actividad y la clausura de las instalaciones, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso, debiéndose efectuar las denuncias penales que pudieren corresponder.

Las sanciones establecidas anteriormente se aplicarán previa instrucción sumaria que asegure el derecho a la defensa y se graduarán de acuerdo con la naturaleza de la infracción y daño ocasionado.

Artículo 31) En caso de reincidencia, los máximos de las sanciones previstas en los incisos b) y c) del

Artículo anterior podrán multiplicarse por una cifra igual a la cantidad de reincidencias aumentada en una unidad.

Se considerará reincidente al que, dentro del término de 3 (tres) años anteriores a la fecha de comisión de la infracción, haya sido sancionado por otra infracción, de idéntica o similar causa.

Artículo 32) Las acciones para imponer sanciones por la presente ley prescriben a los 5 (cinco) años

contados a partir de la fecha en que se hubiere cometido la infracción o que la autoridad competente hubiera tomado conocimiento de la misma, la que sea más tardía.

Artículo 33) Lo ingresado en concepto de multas a que se refiere el artículo 30, inciso b) serán

percibidas por las autoridades competentes, según corresponda, para conformar un fondo destinado, exclusivamente, a la protección y restauración ambiental en cada una de las jurisdicciones. Cuando el infractor fuere una persona jurídica, los que tengan a su cargo la dirección, administración o gerencia serán solidariamente responsables de las sanciones establecidas en el presente Capítulo.

CAPITULO VII - Financiamiento para la Gestión Integral de Residuos Urbanos

Artículo 34)

PROPUESTA DE FINANCIAMIENTO:

Ingreso Anual por Regalías Petroleras = A

85 % de A = para la Provincia 15 % de A = para los Municipios = A1 A1 para los Municipios: 80 % de A1 = para los Municipios Productores = A2 20 % de A1 = para los Municipios No Productores = A3

ð MUNICIPIOS PRODUCTORES: coeficiente de participación

• MALARGÜE → 58,22 % de A2 • LUJÁN → 13,06 % de A2 • RIVADAVIA → 11,70 % de A2 • SAN

CARLOS → 11,53 % de A2

• TUPUNGATO

→ 5,49 % de A2

100 % = A2 ð MUNICIPIOS NO PRODUCTORES: coeficiente de participación

CAPITAL → 8,67 % de A3 G. ALVEAR → 4,67 % de A3

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GODOY CRUZ → 13,58 % de A3 GUAYMALLEN → 14,42 % de A3 JUNIN → 3,44 % de A3 LA PAZ → 2,88 % de A3 LAS HERAS → 12,26 % de A3 LAVALLE → 3,92 % de A3 SAN MARTÍN → 7,45 % de A3 SANTA ROSA → 3,04 % de A3 TUNUYÁN → 4,40 % de A3 SAN RAFAEL → 11,67 % de A3 MAIPÚ → 9,60 % de A3 100 % = A3

Artículo 35) DESTINO DE LOS FONDOS: Los fondos coparticipados a los MUNICIPIOS NO PRODUCTORES por la nueva

distribución de las Regalías Petroleras deberán ser usados exclusivamente para financiar la Gestión Integral de Residuos Urbanos. Los MUNICIPIOS PRODUCTORES deberán usar la diferencia entre lo recibido en el 2004 y el 2005 para el tema antes mencionado. Todos los Municipios deberán rendir cuenta anualmente al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza por lo gastado en la Gestión Integral de Residuos Urbanos.

CAPITULO VIII - Plazos de Adecuación

Artículo 36) : Se establece en 180 días corridos, contados desde su promulgación, para la entrada en vigencia de la presente ley y para la adecuación de los Municipios a las disposiciones establecidas en ésta, respecto de la disposición final de residuos urbanos (domiciliarios y municipales). Transcurrido ese plazo queda prohibida en todo el territorio provincial la Gestión Integral de Residuos Urbanos (domiciliarios y municipales) que no cumpla con dichas disposiciones, ya sea para generadores o responsables de la misma.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

Mario Roberto Blanco -A LAS COMISIONES DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA, DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

20 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Declárase la emergencia energética en la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Facúltese al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con Gas Licuado de Petróleo (GLP) a precio preferencial a personas integrantes de sectores de bajos recursos, que funcionará entre el primero de mayo y el treinta de octubre de cada año, intertanto dure la declaración de emergencia establecida en el artículo 1º.

Art. 3º - Facúltese al Ministerio de Economía a establecer precios máximos de venta a las garrafas y tubos con Gas Licuado de Petróleo (GLP). Art. 4º - Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a acordar convenios con Repsol YPF para la provisión de Gas Licuado de Petróleo a fraccionadores de garrafas y tubos en nuestra provincia o de otras provincias cuyo destino sea la comercialización en la Provincia de Mendoza. Art. 5º - El Poder Ejecutivo determinará, mediante decreto, el fin de la emergencia declarada en el artículo 1°, cuando las causales de la misma hayan desaparecido. Art. 6º - De forma.

FUNDAMENTOS H. Cámara:

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Es por todos conocida la actual situación de

emergencia energética en la que, por falta de previsión del gobierno nacional, nos encontramos sumidos los argentinos. Afirmo que es por falta de previsión porque desde hace años no se construyen redes para transporte de energía, ni gasoductos ni electroductos. De nada sirve contar con gas en la República de Bolivia si no contamos con los elementos necesarios para poderlo transportar hasta los centros de consumo, tanto para el uso industrial como domiciliario. La devaluación, como consecuencia de la salida de la convertibilidad, trajo aparejado un importante reacomodamiento interno, lo que implicó que actividades que no eran rentables, por la sobrevaluación de nuestra moneda, obtuvieron repentinamente márgenes de rentabilidad que las hacían no solamente viables sino también sumamente atractivas. El conocido y tristemente célebre “stop and go” del que hablan profusamente los economistas volvió a tomar cuerpo. La sustitución de importaciones entró en su apogeo y la industria revivió. Pero este notable repunte industrial desnudó la absoluta imprevisión de años: se incrementó el consumo de energía y nos pone ahora en la situación de optar entre darle energía a las industrias o a las viviendas. O detenemos la reactivación económica, e inclusive retrocedemos desde los niveles alcanzados, o sometemos a los consumidores a condiciones de servicio no confiables ni previsibles. O generamos suspensiones y despidos o garantizamos el servicio domiciliario.

En resumen, estamos sufriendo las consecuencias de la falta de política energética, responsabilidad única e indelegable del Gobierno Nacional.

Ante esta situación surge inmediatamente la pregunta: ¿qué podemos hacer desde nuestra provincia? ¿qué podemos hacer para mitigar en nuestra provincia los efectos de las gravísimas falencias del Gobierno Nacional?

Después de un profundo y pormenorizado análisis de normas y opciones, iniciado casi al momento de asumir la responsabilidad de representar al pueblo de la provincia, se puede presentar una propuesta que sin lugar a dudas mitigará los efectos que hoy sufrimos los mendocinos. Si bien hubiese sido ideal contar con más tiempo para ello, los tiempos se han acortado vertiginosamente, y ya no se puede demorar más la presentación de esta propuesta, sin perjuicio de continuar trabajando para elaborar normas complementarias en el futuro.

Para la elaboración del presente proyecto de ley se han tenido en cuenta diversas normas y principios generales, a partir de las que este marco normativo toma sustento.

En primer lugar, la responsabilidad irrenunciable e indelegable del Estado de garantizar la prestación de los servicios públicos, aspecto sobre el que es innecesario realizar consideración alguna, y del que no caben dudas de la fragilidad e inclusive nula labor del Estado Nacional.

En segundo lugar, el marco regulador eléctrico, que establece con absoluta claridad que las empresas que participan en una de las etapas no pueden participar de ninguna de las otras: esto es que quien participa en la generación no puede hacerlo ni en el transporte ni en la distribución, con idéntica prohibición para las otras actividades. Y esto es así por un simple pero fundamental motivo: evitar el monopolio y garantizar la competencia.

En tercer lugar, la obligación del Estado (en este caso debió haber sido el Nacional) de establecer marcos regulatorios claros en casos de servicios públicos, máxime en condición de monopolio u oligopolio, siendo extensivo a los casos de clara posición dominante de mercado (control de más del 50% del mercado, por participación directa e indirecta).

En cuarto lugar, la potestad del Estado Provincial de establecer normas para regular actividades y prestaciones de servicios básicos para la sociedad cuando el Estado Nacional no lo haga, basado precisamente en el principio de irrenunciabilidad a sus responsabilidades. En quinto lugar, lo establecido expresamente en el artículo 13 de la Ley Nacional Nº 25.561 de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario, que establece textualmente: “Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a regular transitoriamente los precios de insumos, bienes y servicios críticos, a fin de proteger los derechos de los usuarios y consumidores de la eventual distorsión de los mercados o de acciones de naturaleza monopólica u oligopólica.” Si bien establece con claridad que es potestad del Poder Ejecutivo Nacional, el Estado es uno solo, que se diferencia en Órganos y Jurisdicciones. Así, el órgano ejecutivo cuanta con jurisdicción nacional, provincial y municipal. Al no hacer uso la jurisdicción nacional de las facultades conferidas por la ley, y ante la gravísima situación que atraviesa gran parte de la población, se enerva la jurisdicción provincial, que tiene la obligación de cubrir el vacío dejado por la Nación, en defensa y protección de derechos básicos de los habitantes de la Provincia.

En sexto lugar, el análisis de la evolución de la oferta en Argentina, que demuestra con absoluta claridad una concentración tal que no deja lugar a dudas de la existencia de un oligopolio, además de prácticas monopólicas y de abuso de posición dominante de mercado.

En séptimo lugar, el estudio de legislación comparada, que indica la existencia de marcos regulatorios en otros países, marcos que no son objetados por las empresas prestatarias de los servicios en aquellos países, pero que sistemáticamente lo hacen cada vez que pretenden implantarse normas de control en el nuestro.

La protección de los ciudadanos es tarea indelegable e irrenunciable del Estado, como se ha dicho anteriormente. Esta protección debe darse en todos aquellos aspectos, tanto esenciales como necesarios, para la vida de los habitantes. La provisión de energía o carburantes para cocción de alimentos o para la preservación de las bajas

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temperaturas, especialmente en época invernal, no es sólo necesaria sino indispensable. Por estos motivos, que serán debidamente ampliados en ocasión de su tratamiento, y por los que se incorporarán en aquella ocasión, es que solicito la urgente aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Daniel Nieto Guillermo Merino

- A LA COMISIÓN DE ECONOMÍA,

ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA

21 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Incorpórase en carácter de Obra Nueva en las Planillas Analíticas que integran el Plan de Obras Públicas (Ley 2541) Presupuesto 2.005 en el Capítulo I: Inversiones Centralizadas: Anexo 1: Ministerio de Ambiente y Obras Públicas; Inciso 3: Dirección y Administración de Contratos y Obras Públicas; Rubro 6: Edificios Públicos y Conceptos Varios, el siguiente ítem: “Construcción de edificio para destacamento policial en el Barrio Tropero Sosa del distrito Ciudad del Dpto. Gral. San Martín”. Art. 2º - La inversión que demande el cumplimiento de la presente ley, se incorporará a los créditos totales del Plan de Obras Públicas, en conformidad de lo dispuesto en los Arts. 20 y 21 de la Ley 2541. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo Adriana Bonadeo

Carlos Bianchinelli

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La prevención y asistencia de la seguridad de la población es una de las grandes responsabilidades del Estado, diseñando estrategias y ejecutando acciones, que deben atender a las necesidades planteadas por la gente.

Es por ello que los vecinos de los Barrios: Tropero Sosa, AMUPOL 3, Cristo Hermano y El Nevado consideran necesaria la construcción de un edificio para que funcione el destacamento policial en el predio que tiene destinado para dicha obra el Barrio Tropero Sosa.

Debemos tener en cuenta que los barrios antes mencionados, están sufriendo el aumento de hechos delictivos de manera considerable, ya que alrededor de estos barrios han construido nuevas viviendas que están habitadas por gente que provenía de villas inestables

Es necesario que en el presupuesto se incluya esta obra, para apoyar a las numerosas familias del lugar.

Por ello, solicito a los miembros de este H. Cuerpo presten sanción favorable al presente proyecto de ley. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo Adriana Bonadeo

Carlos Bianchinelli

- A LAS COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

22 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del órgano competente, instrumente las medidas necesarias para la terminación de la construcción del Centro de Salud en Capitán Montoya, Distrito Las Paredes, ubicado en el Departamento San Rafael, Mendoza, conforme a partida presupuestaria asignada para la terminación de dicha obra. Art. 2° - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Delia Pérez

FUNDAMENTOS

H. Cámara: Es de vital importancia la terminación del Centro de Salud para la atención primaria en el distrito Las Paredes (Capitán Montoya), del Departamento San Rafael, debido a que se tiene asignada una partida del Presupuesto Provincial para la terminación de dicha obra, conforme a lo expuesto surge la necesidad de dotar a dicho pueblo de un lugar de asistencia médica indispensable para satisfacer la atención y cuidado en forma inmediata de quienes padecen algún tipo de enfermedad. Es importante destacar que las distancias a recorrer por

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quienes necesitan de una atención médica son extensas y de difícil tránsito. Por las razones expuestas, solicito a la H. Cámara la aprobación del presente proyecto de resolución. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Delia Pérez - A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

23 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Citar con carácter de urgente al Director de la Penitenciaría Provincial, Mariano Cortez Murillo, al seno de la Comisión Bicameral de Seguridad para que informe sobre las guardias que realiza personal administrativo del establecimiento. Art. 2º - Solicitar al Director de la Penitenciaría que acuda a la citación mencionada en el Art. 1º con la documentación correspondiente al personal administrativo del establecimiento donde conste, escalafón, categoría, ítems percibidos, instrucción recibida por dicho personal y tareas obligatorias asignadas por normativas vigentes y de acuerdo a los puntos antes requeridos. Art. 3º - De forma. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Omar Parisi

FUNDAMENTOS H. Cámara: Ponemos a consideración de los diputados el presente proyecto de resolución, con el objeto de citar con carácter de urgente al Director de la Penitenciaría Provincial, Mariano Cortez Murillo, al seno de la Comisión Bicameral de Seguridad para que informe sobre las guardias que realiza personal administrativo del establecimiento. La crisis del sistema penitenciario de la provincia lleva años sin encontrar una solución de fondo.

Las políticas implementadas para paliar la inseguridad no han contemplado este aspecto fundamental para que los paliativos o las soluciones de fondo sean integrales. La situación tiende a agravarse si tenemos en cuenta que una mayor efectividad en el accionar

policial y de la justicia contribuirá a superpoblar aún más los establecimientos penitenciarios de la Provincia. A tal punto han llegado las circunstancias que el penal de Gustavo André, de Lavalle, tuvo que lamentar la muerte de 4 internos que se suman a los continuos conflictos desatados periódicamente en la cárcel de Boulogne Sur Mer. Al parecer, al Gobierno Provincial le preocupa más la imagen política que la situación de los internos y del personal penitenciario, puesto que se apresuró a inaugurar un nuevo pabellón para 120 reclusos sin tener los agentes necesarios para la custodia correspondiente. Esto hizo que personal administrativo tuviera que cumplir la función de guardacárceles sin tener la instrucción ni la experiencia necesaria. Por esta razón, y por las que se expondrán oportunamente, solicito el tratamiento y la posterior aprobación del presente proyecto de resolución. Mendoza, 11 de mayo de 2004.

Omar Parisi

- A LA COMISIÓN BICAMERAL DE

SEGURIDAD

24 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que informe acerca de si existe a nivel oficial algún estudio sobre las posibles consecuencias para la salud de la población que genera la contaminación producida por las ondas electromagnéticas, debido a la instalación de todo tipo de antenas, con especial referencia a las destinadas al servicio de telefonía celular móvil. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Carlos Bianchinelli

FUNDAMENTOS H. Cámara: Sometemos a consideración el presente proyecto de resolución cuyo objeto es solicitar al Poder Ejecutivo que informe si a nivel oficial, se dispone de alguna investigación sobre las posibles consecuencias para la salud de la población que genera la contaminación producida por las ondas electromagnéticas, debido a la instalación de todo

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. Diario de Sesiones

tipo de antenas, con especial referencia a las destinadas al servicio de telefonía celular móvil. La telefonía celular está cumpliendo hoy en día una función destacada, ya que su servicio acompaña y facilita la dinámica actual del mundo del trabajo, de la difusión, del desarrollo y la productividad social. A punto tal, que su paulatina masificación lo va incorporando como un medio indispensable en la vida cotidiana. Este medio de comunicación que con el correr de los tiempos se perfecciona en cuanto a modelo, tamaño y nitidez, no sólo de audición sino también de imagen, conlleva para su funcionamiento la instalación de antenas en distintas zonas geográficas que garantizan su mejor funcionamiento, hecho que se observa a simple vista, a lo largo de todo el territorio provincial. Si bien existe normativa tanto provincial como municipal sobre los requisitos de instalación y lugares determinados, el punto más importante es que existen investigaciones por organismos internacionales y nacionales, como el Centro Argentino de Estudios de Radiocomunicaciones y Compatibilidad Electromagnética (CAERCEM), que advierten con preocupación por la relación que habría entre los campos magnéticos generados por las antenas y los daños que provocan en la salud de la población. Si bien la duda científica existe, ya que todavía no se agotaron las pruebas empíricas que revelarían serios e irreversibles riesgos para la salud, se desaconseja tomar el tema sin la seriedad debida. Varias son las enfermedades vinculadas a la contaminación producida por los campos magnéticos entre ellas numerosos tipos de cánceres: sólidos, leucemia, trastornos en la fertilidad, enfermedades neurodegenerativas y desórdenes neurobiológicos (como la enfermedad de Alzheimer), cataratas, mutaciones congénitas, etc, otro tipo de estados que se manifiestan, es el agotamiento, el insomnio y la depresión. En el caso de las personas que portan audífonos y marcapasos, las radiaciones los alteran, en el primer caso se degrada su funcionamiento cuando se está en presencia de campos electromagnéticos. En el segundo caso, puede suceder que el funcionamiento resulte alterado cuando el usuario entra en zonas con campos electromagnéticos, y según estudios realizados pueden dar lugar a palpitaciones o excesos de valores límites. Por último, dejando aclarado que la presente iniciativa no pretende ser alarmista, sino una demanda sobre una seria prevención ante las posibles consecuencias para la salud, solicitamos a este H. Cuerpo preste sanción favorable al presente proyecto de resolución. Mendoza, 10 de mayo de 2004.

Carlos Bianchinelli - A LA COMISIÓN DE SALUD PUBLICA

25 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1° - Dirigirse a los diputados y senadores nacionales por la Provincia de Mendoza, a fin de que realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo de la Nación para lograr evitar el aumento del precio del gas envasado para uso domiciliario. En su caso, que el mismo no afecte las economías de los hogares más humildes. Art. 2°: Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 12 de mayo de 2004.

Delia Pérez - A LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

26 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Dirigirse a la Directora General de Escuelas, a los efectos de que informe a este H. Cuerpo, los siguientes puntos:

a) Cantidad de celadores y serenos designados en el corriente año, detallando localidad y escuela en la que prestan servicios,

b) Cuáles han sido los criterios adoptados para tales designaciones,

c) Si las designaciones constaron con la conformidad y aval de los directores de las instituciones escolares,

d) Cuál es la modalidad de contratación utilizada para el personal al que hace referencia el punto a),

e) Cuánto personal no docente, ha sido solicitado por las autoridades escolares para el presente año lectivo,

f) Si existe algún mecanismo de selección para el personal y cuáles son los requisitos que deben cumplir, Art. 2º - De forma. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miguel Serralta

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. Diario de Sesiones

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Es sabido la importancia que tiene la educación para el crecimiento de nuestra país, más aún con el grado de desigualdad, que existe en la actualidad.

Unos de los pilares de la estructura educativa es el personal docente y no docente, que día a día, brindan todos sus esfuerzos para llevar adelante la tarea de enseñar con la calidad y las mejores condiciones posibles.

Cuando unos de estos pilares no funciona, afecta a todo el sistema, perjudicando su desarrollo; en este sentido vemos con preocupación que existe algunos inconvenientes en la designación del personal que presta servicio de celador y sereno.

En estos casos, existen escuelas que cuentan con un importante plantel de personal para cubrir esas tareas, pero no es del mismo modo para otras instituciones que presentan serios faltantes de cargos para las tareas de limpieza y vigilancia.

Este desfasaje nos pone en alerta, a raíz de que no queda claro cuáles son los criterios utilizados para la designación de los celadores y por qué en algunos casos las designaciones no han contado con al menos el aval o conformidad de las directoras de las escuelas, que son las más interesadas y primeras perjudicadas, cuando se cometen errores administrativos.

Finalmente, solicito a los miembros de este Honorable Cuerpo presten sanción favorable al presente proyecto de resolución, el cual se encuentra fundado en razones válidas para tal fin, sin perjuicio de otras consideraciones que oportunamente serán expuestas. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miguel Serralta -A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

27 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través de los organismos que correspondan, realice las gestiones necesarias ante las autoridades de Telefónica de Argentina S.A., a efectos de instalar un teléfono público en la Sala de Primeros Auxilios de la localidad de El Sosneado del Departamento de San Rafael. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 14 de mayo de 2004.

María Masino

FUNDAMENTOS H. Cámara:

En la Sala de Primeros Auxilios de El Sosneado, Departamento San Rafael, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, que cuenta con dos agentes sanitarios, dos enfermeras y un médico con población a cargo, se hace necesario e imprescindible la instalación de un teléfono que posibilite la comunicación con aquella localidad. Los habitantes de este paraje solicitan con urgencia un teléfono público para poder salvar distancias en ocasión de urgencias, imprevistos, etc. En el lugar hay control policial y barrera sanitaria. Toda esta población se encuentra aislada temporalmente sin poder relacionarse ante cualquier emergencia como por ejemplo: enfermedades, traslados, etc.

Por estos fundamentos, y los que oportunamente se darán, es que solicitamos el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 14 de mayo de 2004.

María Masino -A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

28 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Que por Presidencia del Cuerpo se curse invitación a los diputados nacionales por Mendoza que formen parte de la Comisión de Transportes de la H. Cámara de Diputados de la Nación, a una reunión con la Comisión de Obras Públicas de este Honorable Cámara Legislativa a los fines de establecer normativas y políticas conjuntas de orientación y vinculación en materia de Transporte Público de Pasajeros, fundamentalmente en lo concerniente al transporte de media y larga distancia. Art. 2º - Que de igual forma se haga extensiva la invitación a las empresas concesionarias de todos los tramos que involucren el territorio provincial, con los mismos fines enumerados en el Art. 1º. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

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. Diario de Sesiones

Hugo Morales

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

En virtud de tornarse imprescindible la armonización del servicio de transporte de pasajeros de media y larga distancia concesionados tanto por la Provincia como aquellos que lo han sido por la Nación, cuyas compañías atraviesan el territorio de la Provincia de Mendoza, con destinos fuera de nuestros límites, es que solicito a esta H. Cámara, se apruebe el presente proyecto de resolución.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

Hugo Morales - A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

29 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo de la Provincia informe a esta H. Cámara, a través de su Ministerio de Ambiente y Obras y Servicios Públicos y la Dirección Provincial de Vialidad, los siguientes puntos:

1- Origen de los recursos necesarios y suficientes para hacer frente a las obras anunciadas en la Ruta Provincial 184.

2- Detalle del proyecto ejecutivo de la mencionada obra, como así también las etapas constructivas.

3- Justificación técnica, social, económica y política de elección del mencionado proyecto frente a otras alternativas de vinculación probables. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 13 de mayo 2004.

Hugo Morales

FUNDAMENTOS H. Cámara:

En virtud de las declaraciones realizadas por el Gobernador de la Provincia de Mendoza con motivo de su visita al Sur de la provincia en el marco de la realización de la Fiesta Nacional de la Ganadería de Zonas Áridas, llevada a cabo la semana pasada en el Departamento de General Alvear, en donde el Gobernador, según los medios

masivos de comunicación, declara la existencia de 4.500.000 pesos para terminar la traza de la Ruta Provincia 184 que une General Alvear con Malargüe y tomando conocimiento de la existencia de un proyecto de ley, mediante Expte. 47014 de la H. Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a contratar un empréstito por 25.000.000 de pesos, de acuerdo a la Ley Nacional 24855 de Desarrollo Regional y Generación de Empleo y a su Decreto Reglamentario 924/97, con garantía de la Coparticipación Federal de Impuestos hasta su cancelación definitiva, Es que solicito a este H. Cuerpo Legislativo la aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 13 de mayo de 2004.

Hugo Morales

- A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

30 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dirigirse al Instituto Provincial de Juegos y Casinos, a fin que informe sobre los siguientes puntos. 1) Si la empresa IVISA S.A., concesionaria del servicio de captura de los juegos de lotería y afines, ha solicitado la renegociación del contrato original que la vincula con dicho Instituto. 2) En caso de haberse iniciado algún proceso de renegociación, estado actual del mismo. 3) Remita documentación respaldatoria. Art. 2º - De forma Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miriam Núnez

FUNDAMENTOS H. Cámara: El presente proyecto de resolución tiene por objeto dirigirse al Instituto Provincial de Juegos y Casinos, a fin de que informe a este Honorable Cuerpo sobre distintos puntos. La empresa IVISA S.A. provee el servicio de captura de apuestas de los juegos de lotería y afines, ello en virtud del contrato de concesión celebrado entre el Instituto Provincial de Juegos y Casinos y la empresa IVISA S.A. a fines de 1999. Medios nacionales han informado que IVISA S.A., concesionaria del mismo servicio en otras

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. Diario de Sesiones

Provincias, ha solicitado la renegociación de los contratos. Presumimos que igual solicitud puede haberse realizado en relación con el contrato que la une con el Instituto Provincial de Juegos y Casinos de nuestra Provincia. Por ello, y con estos breves fundamentos, es que solicitamos su tratamiento y posterior aprobación. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miriam Núñez

- A LA COMISIÓN ESPECIAL DE POLÍTICAS DE JUEGO

31 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Ejecutivo provincial, a través de la Dirección de Catastro, informe sobre la existencia o no de Proyectos de Unificación de la Numeración Domiciliaria en los Padrones de los Municipios de la Provincia con respecto a las Empresas de Servicio (OSM. S.A. –EDEMSA-ECOGAS– etc.). Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario Blanco

FUNDAMENTOS

H. Cámara: La Numeración Domiciliaria en los Padrones de las propiedades es un dato de vital importancia para su dueño. A través de esto llega el correo, entre otros aspectos, los servicios y además es el elemento vital para la realización de escrituras, boletos de compraventa, etc. En muchos Municipios de la Provincia existen falencias al respecto, que representan un grave problema para el contribuyente. Generalmente también existen divergencias con respecto a la numeración que posee el Gobierno Provincial. En la mayoría de los casos, hay notables diferencias con la numeración que colocan por su cuenta las empresas prestadoras de servicios (OSM. S.A., EDEMSA, ECOGAS, etc.). Sería muy útil y necesario, para mejorar este tema, la unificación de la Numeración Domiciliaria de todos los padrones de la Provincia en un trabajo conjunto entre Catastro de la Provincia, los

Municipios y las empresas de servicios que envían sus facturas para cobro. Por todo lo expuesto, solicito a la H. Cámara Legislativa apruebe este proyecto de resolución solicitando al Ejecutivo Provincial sobre el tema. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario Blanco

- A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

32 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, informe sobre el Impacto Ambiental de la obra Cárcel Provincial, ubicada en Campo Cacheuta, Luján de Cuyo. Art. 2º - Solicitar informe sobre el Método o Criterio Urbanístico usado para determinar la localización de dicha obra. Art. 3º - Solicitar informe sobre el estado del proceso licitatorio de dicha obra. Art. 4º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario Roberto Blanco

FUNDAMENTOS H. Cámara: Por estos días asistimos, a través de los medios de comunicación, a la discusión mediática entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Luján por el emplazamiento de la Cárcel Provincial. Hace ya varios años atrás, en 1998, se acordó construirla en el denominado Campo Cacheuta, a unos 3 km de la zona de la Destilería de Cuyo. En esa época se habrían realizado algunos trámites pertinentes a la definición del lugar. Luego de 6 (seis) años, el actual Intendente y parte de su comunidad reclaman el cambio de ubicación, aduciendo que el lugar tiene potencial turístico debido a la Construcción del Dique Potrerillos. El Gobierno, en tanto, sostiene que la decisión está tomada y sigue adelante con el futuro proceso licitatorio. A su vez, pocos días atrás, desde la Nación se prometieron fondos para una cárcel

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. Diario de Sesiones

federal. Existirían intenciones de realizarla en el mismo lugar y unificar proyectos con la mendocina. Quizás estemos a tiempo de revisar decisiones tomadas hace más de 7 (siete) años. Desde ese momento han ocurrido hechos (Dique–Cárcel Federal–Turismo) que tal vez hagan necesario reestudiar lo antes definido. Una inversión como la que se está hablando, de más de $5.000.000 y un tema tan importante como la ubicación de una obra, la Cárcel, que tiene proyecciones sociales muy importantes hacen que las decisiones estén totalmente fundamentadas para tranquilidad de todos los mendocinos. Por todo lo expuesto, solicito a la H. Cámara Legislativa apruebe este proyecto de resolución, fundado en razones válidas.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario Roberto Blanco

- A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

33 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Crear una Comisión Especial dentro de esta H. Cámara denominada Comisión Especial para la Lucha Antigranizo. Art. 2º - La misma tendrá como objetivo el análisis, estudio y evaluación de alternativas para la lucha antigranizo en nuestra provincia, recepcionando distintas opiniones y posiciones de organizaciones intermedias, entidades rurales, productores, políticos, profesionales, etc., y cuyo resultado final estará dado por la presentación y puesta a disposición de esta H. Cámara de un proyecto de ley que contenga y contemple todas las posiciones y opiniones. Art. 3º - La H. Cámara dispondrá el número de integrantes de esta Comisión, dictándose sus propias normas de funcionamiento. Art. 4º - De forma. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Roberto Pradines

FUNDAMENTOS H. Cámara: La lucha contra el granizo es un problema muy caro de resolver, máxime si tenemos en cuenta

que el cuidado de nuestra producción provincial es cuidar también la base de nuestra economía. En este último tiempo se ha encarado la solución a este fenómeno natural que golpea nuestra producción todos los años mediante la utilización de siembra con aviones, con el lanzamiento de cohetes especiales para romper las nubes, etc. Métodos todos que tienen saldos positivos y negativos. Como el contrato con la firma Weather Modification ha concluido, es necesario reabrir el tema para definir el sistema a utilizar, esto antes que llegue la época de verano y podamos contar con las previsiones del caso ya tomadas. La preocupación es generalizada entre los productores, sociedades rurales, funcionarios y dirigentes, pero en la solución de esta problemática y a criterio de este legislador debieran intervenir varios factores y organismos públicos y privados. Es por ello, que a través del presente proyecto se creará una Comisión Especial dentro de esta H. Cámara denominada Comisión Especial para la Lucha Antigranizo. La misma tendrá como objetivo el análisis, estudio y evaluación de alternativas para la lucha antigranizo en nuestra Provincia, recepcionando distintas opiniones y posiciones de organizaciones intermedias, entidades rurales, productores, políticos, profesionales, etc., y cuyo resultado final estará dado por la presentación y puesta a disposición de esta H. Cámara de un proyecto de ley que contenga y contemple todas las posiciones y opiniones.

Por estos breves fundamentos, y los que oportunamente se darán, es que vamos a solicitar el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Roberto Pradines

- A LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA

34 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a Dirección General de Escuelas que tenga a bien informar a esta H. Cámara sobre la ejecución de la partida de fondos fijos destinados a instituciones escolares: a) Monto total ejecutado a la fecha. b) Monto previsto para el año 2004. c) Fecha de depósito de las partidas de fondo fijo desde el mes de enero a la fecha. d) Criterio que se utiliza para su distribución. e) Sistema aplicado a escuelas de doble escolaridad.

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. Diario de Sesiones

Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miguel A. Serralta

FUNDAMENTOS

H. Cámara: El fondo fijo es un monto con el que cuentan las escuelas de todos los niveles, para atender las necesidades de mantenimiento edilicio (reposición de vidrios, puertas, cerraduras, etc.) limpieza y desinfección de su establecimiento. En la actualidad los directivos de las instituciones escolares deben realizar una muy dura tarea para poder hacer frente a la creciente demanda que involucra el permanente deterioro de sus escuelas, debido a la gran cantidad de alumnos que transitan en los establecimientos, pero principalmente a la falta de recursos necesarios y acordes a la circunstancias. El análisis que podemos obtener a partir de estas situaciones nos marca que solo con el apoyo de las cooperadoras de padres y maestros, las escuelas pueden mantenerse en pie, siendo totalmente insuficientes los fondos enviados por el gobierno escolar, más aun cuando no condicen con la realidad de cada escuela. Los montos de los fondos fijos que son enviados a cada escuela ronda entre 100 y 300 pesos, dependiendo muchas veces de criterios que no se ajustan a las necesidades concretas; a esto se le suma el atraso en el depósito de las partidas de los recursos, creando incertidumbre y frenando tareas de mantenimiento tan necesarias para el normal funcionamiento de la tarea escolar. Por ello desde el ámbito legislativo creemos que debe ser el Estado el que asegure el normal funcionamiento de la función pública, garantizando los recursos necesarios, sin distinción y con un profundo sentido de equidad y justicia. Por los fundamentos expuestos, es que solicitamos se apruebe el presente proyecto de resolución.

Miguel Serralta - A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

35 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo.1º - Solicitar al Superintendente General de Irrigación que en coordinación con los municipios que corresponda, se realicen todas las obras necesarias (cierres, puentes, etcétera) para evitar caídas de personas en cauces de riego, de

distribución e hijuelas priorizando los que tengan zonas pobladas en sus márgenes. Art 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Miguel A. Serralta

FUNDAMENTOS H. Cámara: Diferentes hechos acaecidos en nuestra Provincia nos alertan de forma tremenda de la situación en que se encuentra la seguridad para las personas, con respecto a las medidas que se toman con respecto a los cauces de riego. Públicamente se conoce que son más de treinta las personas que han muerto de asfixia por inmersión al caer en canales e hijuelas en sólo un año y medio. Para evitar la pérdida de más vidas, el Departamento General de Irrigación en conjunto con los municipios que corresponda, debe tomar urgentes medidas y disponer de los recursos necesarios y suficientes para realizar obras de cierre, puentes y toda otra que sea necesaria para evitar caídas de personas en las aguas, lógicamente priorizando aquellos cauces que tengan pobladores en sus márgenes.

Considerando suficientes estas consideraciones, es que solicito a esta H. Cámara que preste sanción favorable al presente proyecto de resolución. Mendoza, 17 de mayo de 2004. Miguel Serralta - A LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA

36 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Justicia y de Seguridad de la Provincia de Mendoza informe por escrito a este H. Cuerpo los siguientes puntos relacionados a los incidentes ocurridos el pasado fin de semana en el Pabellón 10-B de la Penitenciaría Provincial: a) Motivos por los cuales se ocasionaron los incidentes en el Pabellón 10-B. b) Nombre y estado de salud de los internos y agentes penitenciarios heridos como consecuencia de los incidentes.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 77

. Diario de Sesiones

c) Estimación económica de los daños al patrimonio de la Penitenciaría Provincial. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 18 de mayo de 2004. Eduardo M. Bauzá

FUNDAMENTOS H. Cámara: El pasado sábado 15 de mayo volvieron a sucederse hechos violentos en las instalaciones de la Penitenciaría Provincial. Todo parece haber comenzado en el interior del Pabellón 10-B, uno de los módulos recientemente inaugurados por el Gobernador de la Provincia de Mendoza, Ing. Julio César Cobos, destinado a contener en su interior a aquellos internos que se encuentran en la franja etaria que va de los 18 a los 21 años. Es de destacar que en el mismo actualmente no se evidencian condiciones de hacinamiento, más aún, el Pabellón 10-B al presente se erige como unos de los pabellones con mayor seguridad, mejores condiciones y más comodidades habitacionales para los internos. Respecto de estos últimos, muchos de ellos (18 de los 71 allí detenidos exactamente) se encuentran aislados por expreso pedido judicial debido, fundamentalmente, a la antipatía que los mismos despiertan en el resto de la población penal. Las causas por las que se desató la reyerta no están aún muy claras. En este sentido, fuentes periodísticas hablan de una pelea entre los internos por la modalidad de los recreos, los cuales, a su entender, deberían de hacerse en conjunto con el resto de los internos de la Penitenciaría Provincial, lo cual como se explicó con anterioridad no puede hacerse por cuanto existe una orden judicial expresa que lo impide. Otras versiones, en cambio, hacen referencia a que la quema de colchones y frazadas debe ser interpretada como un nuevo pedido de mejoras internas en las condiciones de vida carcelaria, hecho que de ser cierto resultaría verdaderamente inentendible por cuanto las celdas del nuevo módulo son mucho más amplias y cómodas que las que utilizaban anteriormente en el del Pabellón 2. Finalmente, una última fuente de información periodística aseguró que los disturbios comenzaron por cuestiones relacionadas a conflictos de liderazgo entre las diversas bandas del penal. Ahora bien, sea como fuere que se hayan originado los sucesos, la situación provocó el rápido despliegue de los grupos de combate del servicio penitenciario. En este sentido, en menos de 10 minutos más de 100 efectivos cercaron por razones preventivas el perímetro de la Penitenciaría Provincial ubicada en la calle Boulogne Sur Mer. Mientras tanto, el Comando Radioeléctrico movilizó refuerzos de los Cuerpos Especiales, Motorizada, Caballería, Compañía de Canes, Comisaría Sexta, Infantería y Policía Vial. Las autoridades dijeron que

tal despliegue, similar al efectuado en ocasión del motín vendimial del año 2000, era simplemente para prevenir que los sucesos terminaran en una fuga masiva. Como consecuencia de los hechos acontecidos, un número no especificado de internos y de agentes penitenciarios resultaron heridos, los primeros aparentemente fruto de lesiones “autoinflingidas”, y los segundos por haberse intoxicado con el humo de los colchones y frazadas quemadas al entrar al pabellón a los fines de rescatar a un interno. Respecto de los materiales utilizados para la protesta, cabe mencionar que al momento de ser trasladados a las nuevas instalaciones, se les hizo firmar a cada uno de los internos una nota que los hacía responsables de los colchones, mantas y demás elementos que se les entregaran para su propio uso y goce. Al momento no está claro cuál es el valor de los colchones y mantas destruidas, pero sí que los daños al patrimonio penitenciario trascienden considerablemente el valor de los anteriores elementos mencionados por cuanto al mismo debe sumársele el deterioro de la pintura de las celdas, puertas y ventanas del Pabellón.

Motiva, por tanto, la presentación del presente proyecto de resolución el esclarecimiento de algunos puntos relacionados al incidente ocurrido en el interior de la Penitenciaría Provincial, a saber: los motivos exactos por los que se produjeron los incidentes, el número de internos y de agentes penitenciarios heridos en el mismo así como también las causas de sus lesiones, y finalmente, la cantidad y valor de los bienes materiales destruidos a consecuencia del fuego. Finalmente, en la convicción de que la presente iniciativa tiende a fortalecer la seguridad pública, solicito a esta H. Cámara preste sanción favorable al presente proyecto de resolución. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Eduardo M. Bauzá

- A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y

GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

37 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar se reclame, ante quien corresponda, la debida contestación de los siguientes expedientes, a saber: 34757 34781 35035 35083

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 78

. Diario de Sesiones

35079 35161 35237 35230 35286 35523 35531 35532 35598 35672 35740 35741 35763 Art. 2º - De forma. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Rosa Lira Álvarez

FUNDAMENTOS

H. Cámara: Debido a la falta de contestación de los expedientes que abajo se mencionan, es que se hace necesario reiterar los pedidos ante quienes correspondan, ya que ha transcurrido un tiempo más que prudente para la debida respuesta de los mismos.

Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Rosa Lira Álvarez

- A SUS ANTECEDENTES EN EXPTES. RESPECTIVOS

38 PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Justicia y Seguridad tenga a bien informar a esta H. Cámara sobre lo siguiente:

a) Cantidad de credenciales habilitantes emitidas a personal de seguridad de locales bailables, en cumplimiento del Art. 6º del Programa Provincial de Prevención de Riesgos Vinculados a la Diversión Nocturna de los Jóvenes (Ley 6444).

b) Requisitos solicitados para la emisión. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Miguel Serranita

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

El Programa Provincial de Prevención de Riesgos Vinculados a la Diversión Nocturna de los Jóvenes (Ley 6444) tiene por objeto, según reza su Art. 1º, de posibilitar el esparcimiento en condiciones de seguridad adecuadas, priorizando los aspectos preventivos.

En su artículo 6º se establecen las obligaciones de quien explote locales públicos de diversión nocturna. El Inc. d) incorporado, según Ley 7136, establece que el personal de seguridad de locales bailables deberá poseer credencial habilitante expedida por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia.

Sin embargo, las noticias periodísticas dan cuenta del recurso a la violencia gratuita por parte de quienes, en virtud de la labor que cumplen, tienen la posibilidad y también el deber de actuar con prudencia y mesura.

Por ello, es preciso garantizar que el personal de seguridad de los locales bailables sea consciente que la violencia no debe ser respondida con más violencia y que no constituye parte de su trabajo; para esto es necesario priorizar nuevamente la prevención y asegurar un irrestricto cumplimiento de la legislación vigente.

Considerando suficientes estas consideraciones, es que solicito a esta H. Cámara preste sanción favorable al presente proyecto de resolución. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Miguel Serralta - A LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES

39 PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de quien corresponda, proceda a la construcción de baños para niñas y varones en el playón de Educación Física, mástil para bandera provincial, arreglos de techo, instalación de 4 pizarrones, pintura de 3 aulas y reparaciones en el laboratorio de química, de la Escuela 4-406 Ing. Julio Krause, sita en el Distrito Carrodilla, Departamento Luján de Cuyo. Art. 2º - De forma.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Omar Parisi

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. Diario de Sesiones

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Atento a lo solicitado por la Dirección de la Escuela 4-046 Ing. Julio Krause del Distrito Carrodilla, Luján de Cuyo, según nota de fecha 12/3/04 dirigida a la directora de Recursos Físicos dependiente de la Dirección General de Escuelas, la que adjunto, surge la necesidad urgente de la construcción de baños para niñas y varones en el playón de educación física, debido a que los actuales se encuentran enfrente del playón y los alumnos deben cruzar la calle, lo que pone en peligro la seguridad de los mismos. Asimismo, se solicita la construcción de un mástil para la bandera de la Provincia, implementada por la Ley Nº 5930. Además es necesario el arreglo de techos, debido a que los mismos se llueven y es imposible dictar clases, situación que se agrava en época invernal; también la construcción de 4 pizarrones y pintura de 3 aulas; arreglos en laboratorio de química, puerta, ventana, bajo mesada y pintura, elementos necesarios para la seguridad y control de dicho laboratorio. Tanto la construcción como las reparaciones son de primordial importancia para atender adecuadamente el desarrollo de las actividades escolares. Por estos fundamentos, y los que oportunamente se darán, es que solicitamos el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de declaración.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

- A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA

40 PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1° - Declarar de interés educativo-cultural la visita de la Biblioteca Móvil Multimodal del Congreso de la Nación a la localidad de San Rafael, entre los días 22 al 29 de junio del corriente año. Art. 2° - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 14 de mayo de 2004.

Hugo Morales

FUNDAMENTOS H. Cámara:

Los acontecimientos de carácter educativo y/o culturales que se desarrollen en nuestra provincia tienen, para este Cuerpo, un significado especial. La información y el conocimiento son vitales para la educación, formación y desarrollo, lo que a su vez es una condición indispensable para mejorar la vida de los habitantes de toda comunidad. Entre el 22 al 29 de junio del corriente año, la Biblioteca móvil multimodal del Congreso de la Nación, visitará la Ciudad de San Rafael, merced a la gestión de la diputada nacional Norma Pilati y la colaboración y coordinación del municipio. La Biblioteca móvil multimodal, es un proyecto desarrollado con el auspicio de la fundación Bill & Melinda Gates, a través del premio “Acceso al aprendizaje 2001”, que les fuera otorgado por dicha fundación. Se pretende fomentar el hábito de la lectura y el uso de la informática como instrumento de aprendizaje, recorriendo las diferentes zonas del país para consolidar una red cultural entre la comunidad, diferentes instituciones y la Biblioteca. Dentro de las actividades que se pueden desarrollar en la misma se encuentran los juegos de lectura, narración de cuentos, cuentos digitales, recreación con títeres, talleres de expresión plástica, exhibición de videos, talleres de periodismo, ajedrez, computación, orientación bibliográfica acerca de diferentes oficios, y talleres relacionados con la economía doméstica u otras necesidades de la vida cotidiana. El proyecto Biblioteca Móvil Multimodal, surge dentro del proyecto cultural general de la Institución del Congreso Nacional, como herramienta novedosa para la difusión de la cultura y la información, promocionando las diversas actividades mencionadas. La Biblioteca móvil, esta constituida por 2 (dos) contenedores de 2,50 x 5,40 y 7 (siete) toneladas de peso, que contienen fundamentalmente 2.500 ejemplares de libros diversos, 100 videos, tableros de ajedrez, computadoras, entre otros elementos educativos. Para trasladarse hasta la localidad se debieron hacer sendas gestiones ante la Fuerza Aérea Argentina con el objeto que facilitará un avión Hércules para su transporte.

Nuestra Provincia, sus hombres y mujeres interesados en la búsqueda permanente de satisfacer las demandas culturales-educativas de toda la sociedad, se ve concretada hoy, una vez más con este auspiciante evento, de lo cual este Cuerpo como representación política del mismo, no puede ni debe estar ausente.

Es por los motivos expuestos que solicito a este H. Cuerpo, la aprobación del presente proyecto de declaración. Mendoza, 14 de mayo de 2004.

Hugo Morales

- A LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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. Diario de Sesiones

41

PROYECTO DE DECLARACIÓN LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, realice en conjunto con las Direcciones de Catastro de los Municipios y las Empresas Prestadoras de Servicios (OSM S.A. – ECOGAS – EDEMSA – etc.) la Unificación de la Numeración Domiciliaria. Art. 2º- Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 17 de Mayo de 2004.

Mario R. Blanco

FUNDAMENTOS H. Cámara: La Numeración Domiciliaria en los Padrones de las propiedades es un dato de vital importancia para su dueño. A través de esto llega el correo, entre otros aspectos, los servicios y además es el elemento vital para la realización de escrituras, boletos de compraventa, etc. En muchos municipios de la Provincia existen falencias al respecto, que representan un grave problema para el contribuyente. Generalmente también existen divergencias con respecto a la numeración que posee el Gobierno Provincial. En la mayoría de los casos, hay notables diferencias con la numeración que colocan por su cuenta las Empresas prestadoras de servicios (OSM S.A., EDEMSA, ECOGAS, etc.). Sería muy útil y necesario, para mejorar este tema, la unificación de la Numeración domiciliaria de todos los padrones de la Provincia en un trabajo conjunto entre Catastro de la Provincia, los Municipios y las empresas de servicios que envían sus facturas para cobro. Por todo lo señalado, solicito a la H. Cámara de Diputados, apruebe el presente proyecto de declaración, fundado en razones válidas. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario R. Blanco

- A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

42 PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo. 1º - Que vería con agrado que el Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, solicite a la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Mendoza realice un Análisis, Estudio y Ponderación Matemática sobre la ubicación en Campo Cacheuta, Luján de Cuyo, para la Cárcel Provincial. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario R. Blanco

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Por estos días asistimos, a través de los medios de comunicación, a la discusión mediática entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Luján por el emplazamiento de la Cárcel Provincial. Hace ya varios años atrás, en 1998, se acordó construirla en el denominado Campo Cacheuta, a unos 3 km de la zona de la Destilería de Cuyo.

En esa época se habrían realizado algunos trámites pertinentes a la definición del lugar.

Luego de varios años, el actual Intendente y parte de su comunidad reclaman el cambio de ubicación aduciendo que el lugar tiene potencial turístico debido a la Construcción del Dique Potrerillos. El Gobierno, en tanto, sostiene que la decisión está tomada y sigue adelante con el futuro proceso licitatorio. A su vez, pocos días atrás, desde la Nación se prometieron fondos para una cárcel federal. Existirían intenciones de realizarla en el mismo lugar y de unificar proyectos con la mendocina. Quizás estemos a tiempo de revisar decisiones tomadas hace más de 7 (siete) años. Desde ese momento han ocurrido hechos (Dique–Cárcel Federal–Turismo) que tal vez hagan necesario reestudiar lo antes definido. Una inversión como la que se está hablando, de más de $45.000.000 y un tema tan importante como la ubicación de una obra, la Cárcel, que tiene proyecciones sociales muy importantes hacen que estas decisiones estén totalmente fundamentadas para tranquilidad de todos los mendocinos. Por todo esto, solicito a la H. Cámara de Diputados apruebe el presente proyecto de declaración, fundado en razones válidas. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Mario R. Blanco

- A LA COMISIÓN DE AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA

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. Diario de Sesiones

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ORDEN DEL DÍA A) PREFERENCIAS CON DESPACHO DE COMISIÓN: 1-Expte. 35932/04 –Proyecto de ley de los diputados Maza y Simón, derogando el inciso “aa” del Art. 37 de la Ley 7183 –Presupuesto General de la Provincia ejercicio 2004-. 2-Expte. 35573/04 –Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, modificando el Art. 1º y los Incs. a) y b) del apartado 1 del Art. 2º de la Ley 6368 –Estableciendo aranceles por los servicios que presta la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas-. 3-Expte. 34376/03 –Proyecto de ley del diputado Garro, transfiriendo a la Dirección General de Escuelas una fracción de terreno y el edificio ubicado en el Barrio General San Martín, Las Heras, perteneciente al Instituto Provincial de la Vivienda destinado al funcionamiento del Centro de Educación de Nivel Secundario 3-415 “Jorge Paschcuan”. B) DESPACHO PENDIENTE DE TRATAMIENTO DEL PERIODO EXTRAORDINARIO: Nº 337- Expte. 34117/03 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, reglamentando la Organización y Atribuciones del Poder Judicial. EN CONSIDERACIÓN C) DESPACHOS: N° 2-Expte. 35238/04 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Serralta, reemplazando el Art. 118 del Código Procesal Penal, Ley Nº 1908. EN CONSIDERACIÓN Nº 6-Expte. 35546/04 –De Economía, Energía, Minería e Industria y de Hacienda y Presupuesto en el proyecto de ley del diputado Nieto D., declarando de interés provincial la producción cunícola. EN CONSIDERACIÓN Nº 9-Expte. 30201/02 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, modificando el Inc. a) del Art. 165 del Dto.Nº 867, reglamentario de la Ley 6082. EN CONSIDERACIÓN Nº 14-Expte. 34968/04 –De Derechos y Garantías Constitucionales, Peticiones y Poderes, en el proyecto de ley del diputado Rivas, prohibiendo la utilización de municiones tipo “encamisadas” o “de envoltura completa” para defensa y/o uso de las Fuerzas de Seguridad provinciales y empresas de vigilancia privada. EN CONSIDERACIÓN

Nº 15-Expte. 34145/03 –De Salud Pública, en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, modificando el Art. 2º de la Ley 3943 –Ejercicio de la Podología en la Provincia-. EN CONSIDERACIÓN Nº 16-Expte. 30423/02:

A) De Ambiente, Urbanismo y Vivienda, en el proyecto de ley del diputado Parisi, afectando fondos que perciba el Dpto. Gral. de Irrigación.

B) De Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 30423/02, proyecto de ley del diputado Parisi, afectando fondos que perciba el Dpto. Gral. de Irrigación. EN CONSIDERACIÓN Nº 17-Expte. 35648/04 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, instituyendo como práctica protocolar obligatoria la reproducción o ejecución sonora del Himno al Libertador Gral. San Martín durante la Asamblea Legislativa del 17 de agosto de todos los años. EN CONSIDERACIÓN Nº 18-Expte. 35116/04 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley del diputado Rivas, modificando el Art. 1º de la Ley 5732. EN CONSIDERACIÓN Nº 19-Expte. 35112/04 –De Cultura y Educación, en el proyecto de ley del diputado Rivas, adhiriendo la Provincia de Mendoza a la Ley Nº 25817, “Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica”. EN CONSIDERACIÓN Nº 20-Expte. 35306/04 –De Derechos y Garantías constitucionales, Peticiones y Poderes, en el proyecto de ley del diputado Serralta, creando el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (RE.PR.IGAS). EN CONSIDERACIÓN Nº 21-Expte. 33641/02 –De Ambiente, Urbanismo y Vivienda en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, declarando a la Provincia de Mendoza como provincia “No eutanásica”, con respecto al sacrificio de canes y felinos. EN CONSIDERACIÓN Nº 22-Expte. 31412/02 y ac. 35504/04 –De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Derechos y Garantías Constitucionales y Peticiones y Poderes, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, elevando el Anteproyecto de Estatuto para el Personal de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza. EN CONSIDERACIÓN Nº 23-Expte. 35305/04 –De Salud Pública, en el proyecto de resolución del diputado Romero, solicitando al Poder Ejecutivo, informe sobre riego

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. Diario de Sesiones

con aguas de la laguna “Los Álamos” del Dpto. Maipú. EN CONSIDERACIÓN Nº 24-Expte. 35615/04 –De Salud Pública, en el proyecto de resolución de la diputada Pérez, declarando de interés de esta H. CÁMARA el XVII Congreso Argentino y Latinoamericano de Médicos Residentes de Cirugía General. EN CONSIDERACIÓN Nº 25-Expte. 35393/04 –De Cultura y Educación, en el proyecto de resolución de la diputada Pérez, distinguiendo a jóvenes mendocinos premiados en las Olimpíadas Informáticas Cubanas. EN CONSIDERACIÓN Nº 26-Expte. 35297/04 –De Obras Públicas e Infraestructura, en el proyecto de resolución de la diputada Delia Pérez, solicitando al Poder Ejecutivo que, a través de la Dcción. Pcial. de Vialidad, informe sobre puntos referentes al estado de rutas provinciales - San Rafael. EN CONSIDERACIÓN Nº 27-Expte. 34984/04 –De Cultura y Educación, en el proyecto de declaración del diputado Ciurca, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo impusiera el nombre de Armando Benigno Amaya al establecimiento del ISCAMEN en el Arco del Desaguadero, Dpto. La Paz. EN CONSIDERACIÓN Nº 28-Expte. 34277/03 –De Obras Públicas e Infraestructura, de Economía, Energía, Minería e Industria y de Turismo y Deportes, en el proyecto de declaración del diputado Suárez, expresando el deseo que se incluyera en el Plan de Obras Públicas del año 2004 los montos para la pavimentación de las calles La Superiora y La Furlotti. EN CONSIDERACIÓN Nº 29-Expte. 35509/04 –De Salud Pública, en el proyecto de declaración de la diputada Pérez, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo gestionara un subsidio para la compra de insumos, materiales y medicamentos para los beneficiarios del programa “Sur mendocino libre de ceguera”, del Departamento San Rafael. EN CONSIDERACIÓN Nº 30-Expte. 35464/04 –De Salud Pública, en el proyecto de declaración del diputado Morales, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial el Programa de Capacitación del Personal de Enfermería. EN CONSIDERACIÓN Nº 31-Expte. 35239/04 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 35239/04, proyecto de resolución del diputado Ciurca, invitando a la Ministro de Turismo y Cultura, a fin de informar sobre las políticas a implementar para preservar el patrimonio provincial.

EN CONSIDERACIÓN Nº 32-Expte. 24832/99 –Hacienda y Presupuesto y de Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 24832/99, proyecto de ley del diputado Nieto D., transfiriendo a la Municipalidad de Gral. Alvear el edificio del ex Banco Mendoza de ese Departamento. EN CONSIDERACIÓN Nº 33-Expte. 34018/03 –De Cultura y Educación, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 34018/03, proyecto de resolución del diputado Urigüen, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre las medidas para garantizar y regularizar la asistencia de alumnos a la Escuela 4-191 del Departamento Malargüe. EN CONSIDERACIÓN Nº 34-Expte. 23731/99 –De Turismo y Deportes y de Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 23731/99, proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, destinando lo que recaude el Estado Provincial en concepto de canon mensual fijado en la concesión de hoteles otorgados y/o a otorgar por la Provincia a integrar el Fondo de Promoción Turística. EN CONSIDERACIÓN Nº 35-Expte. 26395/00 –De Salud Pública, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 26395/00, proyecto de declaración del diputado Montaño, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo Nacional, recomendara al sistema de salud pública, la aplicación de las sugerencias efectuadas por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. EN CONSIDERACIÓN Nº 36-Expte. 34024/03 –De Salud Pública, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 34024/03, proyecto de declaración de la diputada Gaua, expresando el deseo que se aplicara la zooterapia en el tratamiento terapéutico de niños con trastornos de autismo, aprendizaje y conducta. EN CONSIDERACIÓN Nº 37-Expte. 34081/03 –De Salud Pública, girando al Archivo de la H. Legislatura, el Expte. 34081/03, proyecto de ley de la diputada Gaua, estableciendo que los expendedores de productos elaborados a base de harina, deberán informar mediante leyenda expuesta al consumidor si se ha utilizado o no bromato de potasio. EN CONSIDERACIÓN SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Pasamos a considerar el Orden del Día.

Por Secretaría se dará lectura. SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Preferencias con despacho.

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. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: tengo entendido que la preferencia Nº 1, se está trabajando en estos momentos con la gente de troles, y en la preferencia número tres, el presidente de la CÁMARA le ha pedido al autor del proyecto, diputado Garro, ya que este expediente tiene los despachos de dos comisiones, ya totalmente firmados, tanto de la Comisión de Educación, como la de Hacienda, por eso, conversando con el diputado Garro, no tiene inconvenientes de aceptar, para que se averigüen algunos temas que le interesan al Presidente de la CÁMARA, que se postergue una semana más, por eso hago moción para que el expediente conserve el mismo estado parlamentario y se postergue su tratamiento una semana más. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Maza. SR. MAZA (UCR) - Señor presidente: para el caso del punto 1, se ha estado trabajando en las modificaciones del proyecto, y el artículo 1º, inciso 3), quedará redactado de la siguiente manera:

“Adquisición de 2 terrenos de hasta 100 metros cuadrados para la instalación de 2 subestaciones y sus obras complementarias en zona de la Universidad Nacional de Cuyo y la otra en Pedro Molina de UNIMEV”, y se agregaría el artículo 2º, donde se incorpora al artículo 58 de la Ley 5126, en el inciso c), “El director electo por el personal cobrará igual remuneración que el director designado por el Poder Ejecutivo, en representación del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas”.

Estas son las modificaciones que se le introducen al proyecto presentado. Es lo que se ha acordado. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Vamos a votar en primer lugar la propuesta para que el despacho Nº 3 mantenga la misma situación para la próxima sesión.

-Resulta Afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la alteración del orden del tratamiento de los asuntos a fin de que lleguen algunos diputados que tienen que ver en el tratamiento del despacho Nº 1.

Presidencia dispone un cuarto intermedio de 5 minutos.

-Se pasa a cuarto intermedio a las 10.46.

III

EXPTE. 35932. MEJORAS PARA LA EPTM

- A las 10.56, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Está en consideración el expediente 35932.

Tiene la palabra el diputado Ciurca. SR. CIURCA (PJ) - Señor presidente: simplemente para realizar el comentario de la reunión que tuvimos esta mañana con la gente de la Empresa Provincial de Transporte Mendoza, con quienes se logró hacer las correcciones aclaratorias del proyecto de ley en discusión, que tiene que ver con el mejoramiento y reparación de las líneas de coches, la construcción, reparación y remodelación de las obras civiles y la adquisición de predios donde, en esta oportunidad y para la proyección de la línea de trolebuses de la Universidad Nacional de Cuyo, se prevé la compra de un terreno de 100 metros cuadrados y también queda previsto para la línea Pedro Molina-UNIMEV, un terreno de igual superficie para la subestación correspondiente con el compromiso de los directivos de la empresa de transportes Mendoza de realizar las gestiones para conseguir predios del Estado, pero ante cualquier situación de que no existiera la posibilidad concreta del instrumento de compras de los cien metros, quedaría detallado para las subestaciones. También, ante la situación que se había debatido y que tiene que ver con la normalización de la Empresa Provincial de Transporte en cuanto a su condición y funcionamiento, después de haber modificado el decreto que hace a su existencia y que data de 1958, en el 2002 fue modificado en esta Cámara donde por unanimidad se votó la no privatización de la empresa, y hoy vemos con agrado el acierto de esta decisión y fundamentalmente por la existencia de una empresa de servicio público estatal que está cumpliendo el servicio y que lo está haciendo en forma eficiente y que realmente está regulando la calidad del transporte, habiéndose hecho cargo de la línea T que la prestaba una empresa privada uniendo Las Heras con Godoy Cruz. Había quedado pendiente, por eso se incorpora la modificación de la Ley 5126 en su artículo 58 esta modificación agrega el inciso c), porque el proceso del directorio en esta normalización ha incorporado como mecanismo de elección la representatividad del personal de trolebuses con un mecanismo de elección entre los empleados de troles, con un directorio nuevo, éste era el espíritu de la empresa estatal regido por esta Ley de Normalización y lo que permitiría la modificación de la Ley 5126 agregando este inciso c) es la remuneración igualitaria de condiciones no solamente en lo funcional sino también en lo económico y con mucha responsabilidad los empleados de la empresa han sido el motor, no solamente para la normalización de la empresa, sino también para generar las condiciones tanto del parque automotor en el mejoramiento y calidad de la prestación. Esta tarea que han realizado los empleados de la empresa de troles ha demostrado nuevamente la pertenencia que tienen los mismos con esta empresa.

Entonces, el logro de la elección realizada con un mecanismo electoral, con transparencia y madurez de los empleados y dirigentes de trolebuses que votaron al director, habiéndose electo Osvaldo González y poniendo en esta modificación la

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. Diario de Sesiones

igualdad de las condiciones para este director que no nos cabe duda que más allá de su persona, lo que hace es tener la representación de los trabajadores en la planificación, en las decisiones operativas y en todo lo funcional de esta empresa provincial de transporte.

Por eso este agregado y además quiero agradecer al resto de los bloques que así lo han entendido. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si ningún diputado desea hacer uso de la palabra, se va a votar en general.

-Resulta Afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º y 2º, con las modificaciones propuestas.

-El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Honorable CÁMARA de Senadores en revisión.

-(Ver Apéndice Nº 3) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto en las bancas.

-Así se hace a las 11.04.

IV

EXPTE. 35573. ARANCELES DE SERVICIOS

DEL REGISTRO CIVIL

- A las 11.10, dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

En consideración en general el expediente 35573/04.

- El texto es el siguiente

DESPACHO DE COMISIÓN

Expte. 35573/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, remitido por el Poder Ejecutivo, mediante el cual “SE MODIFICAN DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY N° 6368”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícase el Art. 1° de la Ley N° 6368, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 1° - Establézcanse los siguientes aranceles para los servicios que presta el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en las condiciones extraordinarias que se prevén, sin perjuicio de los impuestos y tasas retributivas que correspondan. Por cada:

1- Celebración de matrimonio en oficina fija, en día u horario inhábil: pesos noventa ($90.00);

2- Celebración de matrimonio en oficina móvil, en día y horario hábil: pesos ciento cuarenta y cinco ($145.00);

3- Celebración de matrimonio en oficina móvil, en día u horario inhábil: pesos doscientos noventa ($290.00);

4- Entrega de ejemplar duplicado o triplicado de la Libreta de Familia: pesos treinta ($30.00)”. Art. 2º - Modifícanse los Incis. a) y b) del apartado 1° del Art. 2° de la Ley 6368, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

a) El cincuenta por ciento (50%) para cubrir el costo salarial total -remuneración bruta más contribuciones patronales por todo concepto- correspondiente a la retribución que debe abonarse al funcionario o funcionarios por los servicios extraordinarios prestados y sujetos a arancelamiento. Destácase que el importe que surja por aplicación de dicho porcentaje sobre el valor del arancel correspondiente, menos las cargas patronales que por todo concepto deban abonarse para dar cumplimiento a las obligaciones legales vigentes, será igual a la remuneración bruta destinada a compensar funcionalmente al agente o agentes intervinientes, revistiendo la misma el carácter de no bonificable.

b) El veinticinco por ciento (25%) para cubrir el costo salarial total -remuneración bruta más contribuciones patronales por todo concepto- correspondiente a la retribución que debe abonarse al personal de distribución, al que se accederá en función de las pautas de productividad y/o mayor colaboración que establezca el Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. La remuneración bruta de dicho personal, será determinada aplicando la misma metodología de cálculo, que la referida en el punto a) del presente inciso, revistiendo la misma el carácter de no bonificable. Art. 3º - Los valores de los aranceles establecidos en el Art. 1º de la presente ley, regirán mientras no sean modificados a través de la Ley Impositiva anual.

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. Diario de Sesiones

Art. 4º - El Poder Ejecutivo de la Provincia deberá reglamentar la presente ley en el plazo de ciento veinte (120) días hábiles a partir de su publicación. Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 18 de mayo de 2004.

Roberto Blanco, Daniel Nieto, Marcos Niven, Roberto Pradines, Alberto Canal, José Rivas SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serrano. SR. SERRANO (UCR) - Señor presidente: estamos discutiendo el tema en cuestión que está planteado por unos agregados que nos han llegado del Poder Ejecutivo; por lo que voy a solicitar un cuarto intermedio de 1minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suya la solicitud de cuarto intermedio.

-Así se hace a las 11.13. -A las 11.18, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Serrano. SR. SERRANO (UCR) - Señor presidente: el proyecto en cuestión, que trata sobre la modificación de la Ley 6368, quedará redactado de la forma que se estipula en el despacho, con la salvedad del artículo 2º, que quedará redactado de la siguiente forma: “El costo o tarifa del traslado de los oficiales públicos para las 3 modalidades previstas, desde la Casa de Gobierno hasta el lugar de la ceremonia y desde el lugar de la ceremonia hasta la Casa de Gobierno, será a cargo de los contrayentes”.

El artículo 3º: “A tal efecto los contrayentes deberán contratar previamente el servicio de traslado con una empresa de autos de alquiler autorizada y presentar el recibo de cancelación del mismo, 48 horas antes de la boda, junto con los certificados prenupciales”.

El artículo 4º: “El servicio deberá incluir una espera por parte de la empresa de hasta una hora en el lugar de la ceremonia”.

Estos agregados, que han sido consensuados con los demás bloques, serán acercados a Secretaría Legislativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si ningún otro diputado desea hacer uso de la palabra, se va a votar en general.

- Resulta Afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º al 4º inclusive con las modificaciones introducidas.

-El Art. 5º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Honorable Senado en revisión.

-(Ver Apéndice Nº 4) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por decisión de la Comisión de Labor Parlamentaria el despacho 337 y el 2 quedan pendiente de tratamiento en el mismo lugar.

V

EXPTE. 35546. DECLARANDO DE INTERÉS

LA PRODUCCIÓN CUNÍCULA SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Pasamos al tratamiento del despacho 6.

El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN

Expte. 35546/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Daniel Nieto, mediante el cual “SE DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA PRODUCCIÓN CUNÍCOLA”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

DISPOSICIÓN GENERAL Artículo 1º - Declárase de interés provincial la producción cunícola.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN - OBJETIVOS Art. 2º - El Organismo de Aplicación en todas las cuestiones vinculadas a la presente ley será la Dirección de Ganadería, dependiente del Ministerio de Economía o el que correspondiere y estará facultada para:

a) Difundir y promover los beneficios de la cunicultura;

b) Propender a la integración de la producción cunícola en sus diferentes etapas para alcanzar niveles de producción exportable;

c) Proteger el estado sanitario de la población cunícola;

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. Diario de Sesiones

d) Difundir las múltiples ventajas de la producción cunícola;

e) Promover la protección de la salud de la población humana, incentivando el consumo de los productos cunícolas por sus reconocidos atributos nutricionales;

f) Implementar las medidas económicas tendientes a mejorar la actividad cunícola en áreas de producción, industrialización y comercialización;

g) Apoyar e impulsar las acciones dirigidas al perfeccionamiento de las técnicas de producción y comercialización de los productos y subproductos cunícolas;

h) Fomentar la cooperación y celebración de convenios con organismos provinciales, nacionales e internacionales hacia el mejoramiento y expansión de la actividad;

i) Asesorar a los cunicultores y a quienes deseen iniciarse en la actividad, en la producción, industrialización y comercialización de los productos cunícolas ;

j) Incorporar el consumo de los productos cunícolas en los establecimientos dependientes del Gobierno Provincial;

k) Aplicar los programas que resulten necesarios, tanto para el desarrollo de la producción como para la sanidad de la población cunícola.

REGISTRO CUNICOLA PROVINCIAL Art. 3º - El Organismo de Aplicación organizará y llevará un Registro donde se inscriban los cunicultores, en la forma que lo determine la reglamentación. La inscripción a que se refiere el presente artículo será obligatoria. Los establecimientos que se encuentren en funcionamiento al momento de la promulgación de la presente ley, deberán inscribirse dentro de los 180 (ciento ochenta) días de reglamentada la misma

BENEFICIOS

Art. 4º - La actividad cunícola podrá acceder a los siguientes beneficios, siempre que se encuentren inscriptos en el registro creado por la presente ley:

a) Eximición del pago de los Impuestos a los Ingresos Brutos, Inmobiliario y de Sellos a los establecimientos cunícolas por el término de cinco (5) años, a partir de su inscripción en el Registro Cunícola Provincial, creado por la presente ley, y según el siguiente detalle:

1- El 100% los dos (2) primeros años. 2- El 75% el tercer año. 3- El 50% el cuarto año. 4- El 25% el quinto año.

b) El Poder Ejecutivo gestionará, a través del

Ministerio de Economía, la instrumentación de líneas de crédito y subsidios destinados a financiar la radicación, instalación y desarrollo de granjas cunícolas, de establecimientos industriales para el procesado de productos y subproductos, fábricas de

alimentos balanceados, proyectos de comercialización y toda otra actividad vinculada, en apoyo al desarrollo del sector.

CONSEJO ASESOR CUNÍCOLA Art. 5º - Créase el Consejo Asesor Cunícola Provincial, el que actuará como organismo de promoción, asesoramiento y consulta del Gobierno Provincial, su trabajo será ad honorem.

El Consejo Asesor Cunícola Provincial dictará su propio reglamento de funcionamiento. Art. 6º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial tendrá las siguientes facultades y atribuciones:

a) Estudiar y promover toda iniciativa de orden técnico, económico, industrial, higiénico sanitario y social que tienda al fomento, progreso, extensión y afianzamiento de la cunicultura.

b) Estudiar y coordinar programas de fiscalización de la actividad cunícola de acuerdo a la legislación vigente y proponer al Poder Ejecutivo el dictado de normas legales que resulten necesarias en beneficio de la actividad.

c) Coordinar planes de expansión de la cunicultura con órganos oficiales, instituciones y productores radicados en la Provincia y con otras personas, órganos y entidades similares a nivel nacional y/o internacional.

d) Coordinar la realización de relevamientos permanentes y la recopilación de datos estadísticos, a los fines de contar con la información indispensable para la formación de planes y realización de evaluaciones.

e) Promover y promocionar la exportación de la producción cunícola mendocina por intermedio de los organismos oficiales competentes. f) Promover la formación y desarrollo de entidades zonales y/o departamentales de productores cunícolas.

g) Asesorar respecto a las medidas adecuadas para el cumplimiento de la legislación vigente, propiciando su difusión entre los cunicultores. Art. 7º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial emitirá opinión en relación con los diversos aspectos de la actividad, la que será elevada al Gobierno de la Provincia por intermedio del Organismo de Aplicación, quien resolverá en definitiva sobre las decisiones a adoptar al respecto. Art. 8º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial estará presidido por el Director de Ganadería o por el funcionario que éste designe, e integrado por un delegado titular y uno suplente de los Consejos Departamentales, los que se constituirán como la reglamentación de la presente ley lo determine.

Los miembros del Consejo Asesor Cunícola Provincial durarán dos (2) años en sus cargos pudiendo ser reelectos por otro período igual.

NORMAS DE CALIDAD

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Art. 9º - La producción, industrialización y comercialización de los productos cunícolas, se regirá por las disposiciones sanitarias provinciales, nacionales e internacionales que le permitan acceder a los diferentes mercados. Art. 10 - La Dirección de Ganadería actuará de oficio o ante denuncia de cualquier persona o entidad que tuviera conocimiento de toda violación a las prescripciones de la presente ley y su reglamentación. La tramitación de la denuncia se regirá por lo establecido en la Ley Nº 3909 Art. 11 - Las multas que se apliquen por infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ley y el Reglamento que las desarrolle, será la establecida por la Ley Impositiva de cada año, según la gravedad de la falta. Las penas podrán duplicarse en caso de reincidencia. Se considera reincidente al autor de una infracción cometida antes de 2 (dos) años después de una condena firme por el mismo tipo de infracción.

INFRACCIONES Y SANCIONES Art. 12 - Las infracciones a las disposiciones de la presente ley y su reglamentación serán sancionadas, según su gravedad o impacto que pudieren ocasionar a la producción o a la salud pública, con:

a) Apercibimientos. b) Multas. c) Decomiso. d) Clausura temporaria o definitiva de los

criaderos.

Los montos que se recauden por multas u otros conceptos a la producción cunícola serán depositados en la cuenta de afectación especial que posee la Dirección de Ganadería y destinados a programas vinculados a ella.

Los objetos decomisados serán destinados cuando fuesen útiles a fines benéficos, o serán destruidos cuando resultaren peligrosos o perniciosos para las personas o bienes o para la actividad cunícola.

DISPOSICIONES VARIAS Art. 13 - El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 180 días de promulgada. Art. 14 - El presupuesto de la Dirección de Ganadería preverá las partidas necesarias para el normal y efectivo desempeño en el área cunícola. Art. 15 - Invítase a los municipios a adherir a la presente ley, instrumentando beneficios dentro de sus competencias. Art. 16 - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 20 de abril de 2004.

Leopoldo Suárez, Federico Urigüen,

Guillermo Merino, Omar Marín, Daniel Nieto, Adriana Pellegrini, Hugo Morales, Alberto Canal, Walter Neher

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Daniel Nieto, mediante el cual “SE DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA PRODUCCIÓN CUNÍCOLA”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA de fecha veinte de abril del año dos mil cuatro.

Sala de Comisiones, 4 de abril de 2004.

Roberto Blanco, Daniel Nieto, Carlos Maza, Leopoldo Suárez, Miriam Núñez, Alberto Canal, José Rivas SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Nieto. SR. NIETO (UCR) - Señor presidente: este despacho trata la declaración de interés provincial de la producción cunícola.

En primer lugar, quiero agradecer a quienes

me acompañaron en la presentación del proyecto, los diputados Parisi, Puga, Rivas y Bauzá, quienes inmediatamente de planteado el tema apoyaron lo que fue fundamental para la continuidad de este proyecto. También agradezco a la Comisión de Economía porque si bien este proyecto hace mucho que se ha presentado, su presidente, diputado Urigüen, trató el tema, rápidamente convocamos a la Dirección de Ganadería y de Promoción Económica de la Municipalidad de Lavalle representado en ese momento por el señor Castro y Graciela Gómez respectivamente y también a todos los que están interesados en este proyecto como el Programa Agropecuario, al INTA y a los productores cunícolas de toda la Provincia.

En ese momento, y después de un largo debate, se consensuó el despacho definitivo que es el que hoy dispone cada uno de los legisladores y como sé que todos lo han analizado no me voy a extender mucho.

Simplemente quiero decir que ésta es una actividad que surge después de devaluación porque después de varios intentos en la provincia nunca había sido rentable para llevar estos emprendimientos a buen final. El proyecto consiste en una declaración de interés provincial; determina los objetivos, fundamentalmente, de promover y difundir todo lo que a cunicultura se refiere. Determina Autoridad de Aplicación que será la

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. Diario de Sesiones

Dirección de Ganadería de la Provincia. También determina la creación de un registro cunícola provincial indispensable para poder seguir el tema de sanidad de toda la actividad y en un futuro lo que será la trazabilidad. Por último algo fundamental, crea un Consejo Asesor cunícola que va a estar conformado por los mismos representantes de los productores que se irán organizando en cada uno de los departamentos y la presidencia estará a cargo del Director de Ganadería de la Provincia o la persona que designe. Creamos una figura de vicepresidente de este Consejo que será quien estará a cargo de los productores. De esta forma, esta actividad va a estar reglamentada y va a tener toda la política diseñada por el gobierno de la Provincia en conjunto con los productores cunícolas de la Provincia. Con este breve fundamento y agradeciendo a todos los que participaron en este proyecto de ley, pido la aprobación del despacho que fue en su momento el que aprobó la comisión, solamente con dos modificaciones, la que comenté recién y se incorpore el cargo de Vicepresidente, el cual será ejercido por un productor, en el artículo 8º y la otra modificación en el artículo 14, que es sólo de redacción, donde se determina que en el presupuesto de Ganadería se deberá prever las partidas necesarias para el desarrollo de la actividad cunícola, incluido también el funcionamiento del Consejo Cunícola Provincial. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general el despacho número 6.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º al 7º inclusive.

-Se enuncia el Art. 8º y dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Nieto. SR. NIETO (UCR) - Señor presidente: con su venia y con la de la Cámara, me voy a permitir leer el artículo 8º. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Está autorizado, diputado. SR. NIETO (UCR) - El artículo 8º quedaría redactado de la siguiente forma: “El Consejo Asesor Cunícola Provincial estará presidido por el Director de Ganadería o por el funcionario que se designe, e integrado por un delegado titular y un suplente de los consejos departamentales, los que se constituirán como la reglamentación de la presente lo establece, incorporando el cargo de Vicepresidente, determinando que el mismo será ejercido por un productor cunícola. Los miembros del Consejo

Asesor Cunícola durarán 2 años en sus cargos, pudiendo ser reelectos por otro período igual”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el artículo 8º tal como ha sido leído por el diputado Nieto.

- Resulta afirmativa. - Se enuncian y aprueban sin observaciones

los Arts. 9º al 13 inclusive. - Se enuncia el Art.14 y dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Nieto. SR. NIETO (UCR) - Señor presidente: en el mismo sentido de la modificación anterior, daré lectura al artículo 14 en su redacción definitiva: “El presupuesto de la Dirección de Ganadería proveerá las partidas necesarias para el normal y efectivo desempeño del área cunícola, incluido el Consejo Cunícola Provincial”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el artículo 14, tal cual ha sido leído por el diputado Nieto.

- Resulta afirmativa. - Se enuncia y aprueba sin observación el Art.

15. - El Art. 16 es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores para su revisión. - (Ver Apéndice Nº 5) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: del expediente 34117/03 que se refiere a la Ley Orgánica del Poder Judicial, según se me ha informado, habría consenso para tratarlo la semana que viene. Se lo consulto a la Presidencia. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Sí, diputado, previo una reunión de los presidentes de bloque sobre el tema.

El despacho 9 queda pendiente para la próxima sesión. SR. PRESIDENTE (Vicchi) – Se vota. - Resulta afirmativa. - (Ver Apéndices 13 y 14)

VI

EXPTE. 34968. PROHIBICIÓN DE USO DE MUNICIÓN ENCAMISADA

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde el tratamiento del Despacho 14. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas.

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. Diario de Sesiones

SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: este proyecto de ley de prohibición de utilización de municiones en las fuerzas de seguridad tanto de la policía como privadas, encamisados o de doble envoltura, han sido estudiados durante bastante tiempo y analizando la situación de los efectos colaterales que implica el uso de este tipo de municiones por su dureza una vez que impacta en una masa sólida inmediatamente el disparo toma una dirección imprevista y esto ha traído aparejado que vidas inocentes que estaban cerca del hecho hayan sido afectadas en forma directa. En las policías del mundo este tipo de municiones ha sido cambiada por las municiones de formación controlada, la cual una vez que impacta en una masa sólida inmediatamente cede su fuerza y queda impactada en ese mismo lugar. Las fuerzas de seguridad provinciales muchas veces evitan tirar al aire ante una situación de contención porque una vez que impactó en el primer lugar, no se sabe cuál va a ser su trayectoria. En el artículo 2º dice que las fuerzas policiales ante situaciones especiales, que amerite su doctrina puedan utilizarla pero con los fundamentos expresados. Esta munición fue utilizada en la Segunda Guerra Mundial, porque hería y de esa manera contenía a dos soldados más, luego fue utilizada en la trayectoria de todos los policías hasta que se dieron cuenta de los efectos colaterales. Por lo tanto, Policía y Gendarmería a partir del año pasado ante un hecho muy conocido, el del banco, en donde un proyectil mató a una clienta sin intencionalidad, han colocado el debate de la no utilización de este tipo de munición. Por estos fundamentos, solicito la aprobación favorable, con el aporte de uno de los bloques en donde se manifiesta que a partir de la promulgación se realice en el año siguiente, ya que está previsto un cierto presupuesto para la compra de municiones y por eso agregaríamos un artículo 3º que diga: “La presente ley será de aplicación a partir del año siguiente de su promulgación”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si ningún otro diputado desea hacer uso de la palabra, se va a votar en general. -Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º y 2º.

-Se enuncia el Art. 3º, y dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: es para mocionar que se incorpore como artículo 3º, la siguiente redacción: “La presente ley será de

aplicación a partir del año siguiente de su promulgación”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio de un minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio de un minuto en las bancas.

-Así se hace a las 11.37. -A las 11.38, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Se va a votar el artículo 3º con la redacción propuesta por el diputado Rivas.

- Resulta afirmativa. - El Art. 4º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores para su revisión.

-(Ver Apéndice Nº 6)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el expediente 34145, despacho 15.

Tiene la palabra el diputado Simón.

SR. SIMON (UCR) - Señor presidente: hemos acordado en Labor Parlamentaria que el presente despacho quede reservado por una semana en Secretaría Legislativa, por lo tanto mociono en tal sentido.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 15)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Despacho Nº 16.

Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMON (UCR) - Señor presidente: vamos a solicitar que este despacho conserve el mismo estado reservándose por una semana en Secretaría, ya que tenemos algunos puntos que analizar respecto al tema impositivo. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar.

-Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 16)

VII

EXPTE. 35648.

REPRODUCCIÓN OBLIGATORIA DEL HIMNO AL LIBERTADOR SAN MARTÍN

EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL 17/8

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el despacho 17. Por Secretaría se dará lectura.

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. Diario de Sesiones

SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

DESPACHO DE COMISIÓN 17

Expte. 35648/04

H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley, venido en revisión del H. Senado, mediante el cual "SE INSTITUYE COMO PRÁCTICA PROTOCOLAR OBLIGATORIA LA REPRODUCCION O EJECUCION SONORA DEL HIMNO AL LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN DURANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL 17 DE AGOSTO DE TODOS LOS AÑOS", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable SIN MODIFICACIONES a la dada por el H. Senado a los seis días del mes de abril del año dos mil cuatro, al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo1° - Institúyese como práctica protocolar obligatoria, la reproducción o ejecución sonora del Himno al Libertador Gral. San Martín, con letra de Segundo M. Argarañaz y música de Arturo Luzzatti, durante la Asamblea Legislativa del 17 de agosto de todos los años. Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004.

José Rivas, Luis Garro, José María Martínez, Sergio Martín, Aldo Minelli, Alberto Rodríguez Medina, Yolanda Sfreddo SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMON (UCR) - Señor presidente: es para adelantar desde nuestro bloque el voto afirmativo al despacho de la Comisión de Cultura y Educación en este proyecto de ley y mociono que se apruebe el despacho tal cual fue redactado. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el despacho del expediente 35648 en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º. - El Art. 2º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

- (Ver Apéndice Nº 1)

VIII

EXPTE. 35116. IMPRESIÓN DE CONSTITUCIONES

PARA EGB Y POLIMODAL

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 18.

SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

DESPACHO DE COMISIÓN 18 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado José Rivas, mediante el cual "SE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 5732", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo1° - Modifícase el Art. 1º de la Ley 5732 el que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 1°: “El Poder Ejecutivo Provincial imprimirá, en un mismo volumen, la Constitución Nacional y Provincial, para ser entregadas en forma gratuita a los alumnos de EGB Y POLIMODAL, donde se dicten tales conocimientos”. Art. 2° - Las erogaciones que demanden el cumplimiento de la presente ley serán atendidas con fondos provenientes de Rentas Generales de la Provincia. Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004.

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. Diario de Sesiones

José Rivas, Luis Garro, Sergio Martín, Alberto Rodríguez Medina, Julio Zaragoza, Yolanda Sfreddo

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: esta modificación a la Ley 5732 tiene la intención que funcionen todos los establecimientos de la provincia y nacionales de la EGB y del Polimodal, pueden ser de la Constitución Nacional y Provincial, mucho se habló de ello sobre la modificación y reforma que se viene produciendo desde el ‘92, cuando se promovió esta ley. Lamentablemente dentro de su articulado quedó incorporado que la Imprenta Oficial era la que debía realizar la impresión, lamentablemente la Imprenta Oficial no siguió trabajando y esta ley quedó en el olvido como tantas otras.

Lo que las escuelas y los docentes propusieron en un determinado momento, ya que se iba a tratar artículo por artículo y se estaba analizando la importancia que tiene después de 100 años de aplicación de nuestra Constitución conocerla, generar un compromiso de parte de nosotros era la modificación de cómo se iba a proveer a los establecimientos de la Constitución.

Por lo tanto, lo que modificamos es el funcionamiento que viene siendo de Rentas Generales, para que si queremos realmente que la sociedad acompañe en un determinado momento la propuesta de todas las fuerzas políticas en el sentido de una reforma de la Constitución. Primero, debemos proporcionarle el conocimiento de la misma y que mejor que a través de las escuelas, de sus hijos, los cuales junto a los docentes decidan evaluar los artículos como una materia más dentro del establecimiento, si bien se estudia no con el suficiente material impreso.

Solicito que se incorpore a la Versión Taquigráfica la exposición de los motivos, además este proyecto fue presentado por la diputada Núñez, y juntos hemos solicitado que se tome en cuenta dentro de esta Honorable Cámara y pueda ser aprobada afirmativamente. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: quiero saber de dónde van a salir los recursos. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - De las erogaciones generales.

En consideración en general con la incorporación y la posición de fundamentos de la ley en el tratamiento de la misma.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se

enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciónes los Arts. 1º y 2º. -El Art. 3º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores para su revisión. - (Ver Apéndice Nº 7)

IX

EXPTE. 35112. ADHESIÓN AL PROGRAMA

NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el expediente 35112.

Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: ésta es una adhesión al Programa Nacional de Prevención Sísmica, Ley 25817. Los mendocinos sabemos bien qué significa y cuántos daños han provocado estas catástrofes, teniendo en cuenta que estamos localizados en la zona de riesgo uno, como toda la zona del Oeste.

Esta ley, sancionada y promulgada el 5 de diciembre de 2003, contempla en el artículo 2º a nuestra Provincia; es necesario incorporarnos a este programa nacional y de alguna manera concientizar, más allá de lo que se hace en las escuelas, a la ciudadanía, de los peligros que acarrea no saber cómo actuar cuando ocurren estas catástrofes.

Esto también implica que la Provincia puede acceder a cierto financiamiento, el cual compone este programa nacional. Por ese motivo, la Dirección General de Escuelas, puede ser provista de material, de cursos de perfeccionamiento, y también de lo que significa un financiamiento específico para esta materia, es que adherimos a la ley nacional, para incorporarnos como Provincia de riesgo sísmico uno, al Programa Nacional. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores para su revisión. -Ver Apéndice Nº 8)

X

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EXPTE. 35306.

REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN GENÉTICA DE ABUSADORES SEXUALES

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho número 20, expediente 35306. Tiene la palabra el diputado Serralta.

SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: este despacho trata sobre la creación de un registro provincial de identificación genética para abusadores sexuales, que tiene que funcionar en forma conjunta en el área del Ministerio de Justicia y Seguridad y en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza. Plantea que se cree este registro de información genética de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual, tipificada en el título III del Código Penal, en donde el juez tendrá que determinar los exámenes, hay todo un marco de ordenamiento y de control para los abusadores sexuales, ya que sabemos perfectamente que es difícil encontrar a estos violadores.

Las estadísticas hablan que un 85% de los violadores vuelven a cometer violaciones. Como dije antes, es difícil encontrar a estos violadores, y entonces, a partir de este registro no solamente con el ADN del semen, sino también de los tejidos que pueden quedar en las uñas, con el pelo, la sangre, la saliva, se puede determinar una prueba y esto va a mejorar la investigación y seguramente podremos evitar los delitos que muchos violadores vuelven a cometer este tipo de delito, no lo hagan.

Esto ha sido trabajado en la Comisión de Derechos y Garantías. Es un proyecto de mi autoría y el diputado Héctor Gómez, y hoy lo pongo a consideración de los diputados. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rodríguez Medina. SR. RODRÍGUEZ MEDINA (UCR) - Señor presidente: es para apoyar, desde el bloque de la Unión Cívica Radical, el proyecto del diputado Serralta sugiriendo que incorpore las modificaciones que habían solicitado los diputados del bloque Radical especialistas en el tema. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: no tengo ningún inconveniente, el bloque de la Unión Cívica Radical va a ser las modificaciones en particular, yo ya lo he charlado con los diputados Rodríguez Medina, Armagnague y Miriam Núñez. SR. PRESIDENTE (Vicchi) -Tiene la palabra el diputado Ligonié. SR. LIGONIE (PD) - Señor presidente: solicito un cuarto intermedio de 2 minutos.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

-Se pasa a cuarto intermedio a las 11.52. -A las 11.59, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión. La Presidencia informa que nos visitan alumnos y docentes de 2º y 3er. años de la Escuela Secundaria Fuerte San Carlos, del departamento San Carlos, a quienes les brindamos un aplauso.

-Así se hace. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el despacho 35306.

-Resulta afirmativa. El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 20

Expte. 35306/04

H. Cámara:

Vuestra Comisión de DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Miguel Serralta, mediante el cual “Se crea el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (RE.PR.IGAS), y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Créase el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (REPRIGAS), el que funciona en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Art. 2º - Constará en el Registro la información genética de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual tipificado en el Título III del Código Penal. Art. 3º - La realización del examen genético y la incorporación de la información al registro se hará sólo por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte. Art. 4º - Las constancias obrantes en el registro serán de contenido reservado y sólo podrán ser suministradas.

1) A los jueces y tribunales de todo el país, 2) A la Gendarmería Nacional, Prefectura

Naval Argentina y las policías de las diferentes

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. Diario de Sesiones

provincias, para atender necesidades de investigación,

3) Cuando las leyes provinciales así lo dispongan. Art. 5º - La información genética almacenada no podrá ser retirada del registro bajo ningún concepto y sólo será dada en los siguientes supuesto:

1) Por fallecimiento del causante. 2) Por haber transcurrido cien (100) años

desde la fecha del nacimiento del mismo. Art. 6º - El registro contará con una sección especial destinada autores ignorados. En ella constarán las huellas genéticas identificadas en las víctimas de delitos sexuales. Su incorporación será ordenada judicialmente y será dada de baja de acuerdo con los términos previstos en el Código Penal para la prescripción de la acción penal. Art. 7º - Las constancias del Registro de Identificación Genética de Abusos Sexuales conservadas de modo inviolable e inalterable harán plena fe, pudiendo ser impugnadas sólo judicialmente por error o falsedad. Art. 8º - En el marco de esta ley queda absolutamente prohibida la utilización de muestras ADN para otro fin que no sea exclusivamente la identificación de personas en investigación penal determinada. Art. 9º - Hasta tanto se incluya en la ley general de presupuesto, el gasto que demande la instalación y funcionamiento del Registro de identificación Genética de Abusadores Sexuales, será afectado a Rentas Generales con imputación a la presente ley. Art. 10 - Comenzará a regir a los 180 días de su publicación. Art. 11 - Comuníquese al Poder Ejecutivo

Sala de Comisiones , 22 de abril de 2004.

Héctor Rodríguez Medina, Oscar Ligonié, Eduardo Bauzá, José Rivas, Marcela Gaua, Julio Zaragoza, Miguel Serralta, Hugo Morales.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se dará lectura a su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncia el Art. 1º. -Se enuncia el Art. 2º, y dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Armagnague.

SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: es para modificar el artículo 2º, para que en lugar de Título III del Código Penal, diga artículo 119 del Código Penal. De esta manera, damos más especificidad a la figura en consideración. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el artículo 2º con la propuesta formulada.

-Resulta afirmativa. -Se enuncia el Art. 3º, y dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: es para solicitar la supresión en el artículo 3º cuando habla de la realización del examen genético y la incorporación de la información al registro, se hará sólo por orden judicial ya sea de oficio a petición de partes. La cláusula que se suprime es: “de oficio”.

Las razones de esta supresión es porque hay un principio ontológico de la libertad de cada persona y más en los casos de personas que se encuentran procesadas, no se les puede obligar a establecer la información genética, por eso solamente queda a petición de partes, porque hay un principio que es superior a cualquier ley que es el derecho de disponer de su propio cuerpo y de esta manera resultaría una violación al derecho de la defensa en juicio, por eso creemos que a petición de partes se resguarda la posibilidad, es decir si hay un procesado por esta clase de delitos, tipificado en el 119 del Código Penal, si él desea hacerse el examen, no hay ningún problema. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de 2 minutos.

-Así se hace a las 12.03. -A las 12.10, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión. Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: en el cuarto intermedio hemos acordado una redacción para el artículo 3º, que es la siguiente: “La realización del examen genético y la incorporación al registro, se dará sólo por orden judicial a petición de partes. Con sentencia firme, el juez ordenará de oficio los exámenes tendientes a lograr la identificación genética y su inscripción en el registro”. Es decir, aquellos que estén con sentencia firme o condenados de oficio el juez determina que se haga los exámenes y después su inscripción en el registro. De esta forma, no estaríamos violando la intimidad, ya que está condenado por la Justicia. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el artículo 3º con la reforma propuesta.

- Resulta afirmativa. - Se enuncia y aprueba sin observación el Art.

4º. -Se enuncia el Art. 5º, y dice el

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. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: es para solicitar una reconsideración del artículo 4º. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la reconsideración solicitada.

- Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: al artículo 4º se le había sacado específicamente el último párrafo: “Cuando lo dispusiera alguna autoridad nacional, provincial o municipal; pero se le había agregado que las constancias obrantes en el registro serían de contenido reservado y sólo podrán ser suministrados por orden judicial mediante”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el artículo 4º con la reforma propuesta por el diputado Serralta.

Se va a votar. -Resulta Afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º al 10 inclusive.

-El Art. 11 es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Senadores para su revisión. -(Ver Apéndice Nº 9)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 21 y 22, los que quedan pendientes de tratamiento.

-Resulta Afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 17)

XI

EXPTE. 35305. RIEGO CON AGUAS DE

LAGUNA LOS ÁLAMOS, MAIPÚ

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el Despacho 23.

El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 23

Expte. 35305/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PUBLICA, ha

considerado el proyecto de resolución presentado por el diputado Roque Romero, mediante el cual "SE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, INFORME SOBRE RIEGO CON AGUAS DE LA LAGUNA “LOS ÁLAMOS” DEL DEPARTAMENTO MAIPÚ", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo1º - Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos competentes, informe a esta H. CÁMARA sobre los siguientes puntos:

a) Si las aguas provenientes de la Laguna Los Álamos, ubicada en el Distrito Fray Luis Beltrán, Departamento Maipú, son utilizadas en el riego de chacras donde se cultivan verduras y hortalizas.

b) Informar quién es el organismo responsable de controlar esta situación y si se cumple correctamente con esta función.

c) En el caso de que el punto a) resulte afirmativo, informe si el consumo de estas verduras y hortalizas significan algún riesgo para la salud de la población. Art. 2° - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 26 de abril de 2004.

Mario Lampa, Marcela Gaua, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta Afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 18)

XII

EXPTE. 35615. XVII CONGRESO DE MÉDICOS

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. Diario de Sesiones

RESIDENTES DE CIRUGÍA SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 24.

- El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 24

Expte. 35615/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PUBLICA, ha considerado el proyecto de resolución, presentado por la diputada Delia Pérez, mediante el cual “SE DECLARA DE INTERÉS DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS EL “XVII CONGRESO ARGENTINO Y LATINOAMERICANO DE MÉDICOS RESIDENTES DE CIRUGÍA GENERAL”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza el “XVII CONGRESO ARGENTINO Y LATINOAMERICANO DE MÉDICOS RESIDENTES DE CIRUGÍA GENERAL”, a llevarse a cabo los días 29 y 30 de abril y 1 y 2 de mayo, en la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Mendoza. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2004.

Mario Lampa, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta Afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º .

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 19)

XIII

EXPTE. 35393.

DISTINCIÓN A JÓVENES PREMIADOS EN OLIMPÍADAS

INFORMÁTICAS SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 25.

- El texto es el siguiente

DESPACHO DE COMISIÓN 25

Expte. 35393/04 H. Cámara: Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de resolución presentado por la diputada Delia Pérez, mediante el cual "SE DISTINGUE A JÓVENES MENDOCINOS PREMIADOS EN LAS OLIMPÍADAS INFORMÁTICAS CUBANAS", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Distinguir a los jóvenes mendocinos; Adrián Botta, Daniel Fernández y Juan Marzetti, quienes obtuvieron importantes premios en las “Olimpíadas Informáticas Cubanas” realizadas los días 16 y 17 de febrero del corriente año. Art. 2º - Otorgar Diplomas Honoríficos a cada uno de ellos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1º. Art. 3º - Regístrese, hágase saber y archívese. Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004. José Rivas, Luis Garro, Sergio Martín, Alberto Rodríguez Medina, Julio Zaragoza, Yolanda Sfreddo SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º y 2º.

- El Art. 3º es de forma.

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

- (Ver Apéndice Nº 20)

XIV

EXPTE. 35297. INFORME ESTADOS

DE RUTAS PROVINCIALES SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 26.

- El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 26

Expte. 35297/04. H. CÁámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de resolución presentado por la diputada Delia Pérez, mediante el cual “SE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO QUE, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, INFORME SOBRE PUNTOS REFERENTES AL ESTADO DE RUTAS PROVINCIALES - SAN RAFAEL”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de la Dirección Provincial de Vialidad, informe a esta H. Cámara sobre los siguientes puntos:

a) Estado actual de las rutas provinciales que recorren el Departamento de San Rafael.

b) Si se ha ejecutado alguna obra vial en los últimos dos años.

c) El motivo por el cual de 6200 km, de caminos provinciales, 400 km se encuentran colapsados debido a escaso mantenimiento o por falta de inversión de asfalto ni áridos.

d) Si la planta de personal operativa con asiento en el mencionado Departamento ha descendido casi a dos tercios de sus recursos.

e) Motivo por el cual el 60% del equipamiento de Vialidad Provincial del Departamento San Rafael se encuentra fuera de servicio. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 23 de marzo de 2004.

Hugo Morales, Jorge Serrano, Carlos Bianchinelli, Roberto Blanco, Roque Romero, Alberto Canal, Ricardo Puga SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º .

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

- (Ver Apéndice Nº 21)

XV

EXPTE. 34984. DENOMINANDO ARMANDO BENIGNO AMAYA

AL ESTABLECIMIENTO DEL ISCAMEN SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 27.

- El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 27

Expte. 34984/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de declaración presentado por el diputado Carlos Ciurca, mediante el cual "SE VERÍA CON AGRADO QUE EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL IMPUSIERA EL NOMBRE ARMANDO BENIGNO AMAYA AL ESTABLECIMIENTO DEL ISCAMEN EN EL ARCO DEL DESAGUADERO DEL DEPARTAMENTO LA PAZ", y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial evalue la propuesta de imponer el nombre “Armando Benigno Amaya” al establecimiento que el ISCAMEN construye en el Arco del Desaguadero, Departamento La Paz, Provincia de Mendoza.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 97

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004.

José Rivas, Luis Garro, José María Martínez, Sergio Martín, Aldo Minelli, Julio Zaragoza, Yolanda Sfreddo SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

- (Ver Apéndice Nº 22)

XVI

EXPTE. 34277. PAVIMENTACIÓN CALLES

LA SUPERIORA Y LA FURLOTTI SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 28.

- El texto el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 28

Expte. 34277/03 H. Cámara:

Vuestra Comisión de OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Leopoldo Suárez, mediante el cual “SE INCORPORA EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES LA SUPERIORA Y LA FURLOTTI”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que se incluya en las planillas analíticas correspondientes al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, del Presupuesto Provincial 2004, los montos necesarios para la pavimentación de las calles La Superiora y La Furlotti, en los tramos comprendidos entre calle

Ghilardi hasta el empalme de La Furlotti con Ejército de los Andes. Art. 2° - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 10 de noviembre de 2003.

Carlos Ciurca, Raúl Domínguez, Fernando González, Andrés Habjan, Luis Meardi, Ricardo Puga

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de TURISMO Y DEPORTES, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Leopoldo Suárez, mediante el cual “SE INCORPORA EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES LA SUPERIORA Y LA FURLOTTI”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión de OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha diez de noviembre de dos mil tres.

Sala de Comisiones, 4 de mayo de 2004.

Eduardo Bauzá, Leticia Oldrá, Francisco Falcon, Héctor Gómez, Delia Pérez, María Masino

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de ECONOMÍA, ENERGÍA, MINERÍA E INDUSTRIA, ha considerado el proyecto de ley presentado por el diputado Leopoldo Suárez, mediante el cual “SE INCORPORA EN EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS, PAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES LA SUPERIORA Y LA FURLOTTI”, y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al Despacho producido por la Comisión de OBRAS PUBLICAS E INFRAESTRUCTURA de fecha diez de noviembre de dos mil cuatro.

Sala de Comisiones, 24 de febrero de 2004.

Federico Urigüen, Daniel Nieto, Luis Garro, Hugo Morales, Alberto Serú García, Alberto Canal, Walter Neher

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

Page 98: Diario de Sesiones Honorable Cámara de Diputados Provincia de Mendoza República Argentina Nº 4 PERIODO ORDINARIO “164º PERIODO LEGISLATIVO ANUAL” 4a. REUNIÓN - 3a. SESIÓ

19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 98

. Diario de Sesiones

-Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 23)

XVII

EXPTE. 35509. SUBSIDIOS PARA EL

SUR MENDOCINO SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 29.

- El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 29

Expte. 35509/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PUBLICA ha considerado el proyecto de declaración, presentado por la diputada, Delia Pérez, mediante el cual “SE SOLICITA QUE EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL REALICE GESTIONES PARA BRINDAR SOLUCIÓN AL PEDIDO INTERPUESTO POR EL CONSEJO ASESOR DE LA 3a. EDAD, DEL DEPARTAMENTO SAN RAFAEL”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, realice las gestiones necesarias para brindar solución al pedido interpuesto por el Consejo Asesor de la 3ª. edad consistente en el otorgamiento de un subsidio para la compra de insumos, materiales y medicamentos, cuyo asiento se halla en el Departamento San Rafael, Mendoza”. Art. 2º -Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 26 de abril de 2004.

Mario Lampa, Marcela Gaua, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira Alvarez SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta Afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se enuncian y aprueba sin observación el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

- (Ver Apéndice Nº 24)

XVIII

EXPTE. 35464. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN

PERSONAL DE ENFERMERÍA SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el despacho 30.

- El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 30

Expte. 35464/04 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PÚBLICA ha considerado el proyecto de declaración, presentado por el diputado Hugo Morales, mediante el cual “SE SOLICITA QUE EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL DECLARE DE INTERÉS PROVINCIAL EL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, declare de interés provincial el ”PROGRAMA DE CAPACITACIÓN CONTINUA DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA DE CENTROS DE SALUD, PROVINCIALES Y MUNICIPALES”, y a su Primer Curso “Atravesando Muros Institucionales para Proyectarse hacia la Comunidad”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 26 de abril de 2004.

Mario Lampa, Marcela Gaua, María Masino, Adriana Bonadeo, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira Alvarez

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 99

. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

- Se vota y aprueba sin observaciones el Art. 1º.

- El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 25)

XIX

EXPTES. GIRADOS AL ARCHIVO

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rodríguez Medina. SR. RODRIGUEZ MEDINA (UCR) - Señor presidente: es para solicitar que los despachos 31 al 37, que son giros al Archivo, se aprueben a libro cerrado y todos en bloque. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el giro al Archivo de los proyectos a que se refieren los despachos 31 al 37.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. -El texto es el siguiente:

DESPACHO DE COMISIÓN 31

Expte. 35239/04

H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de resolución presentado por el diputado Carlos Ciurca mediante el cual “SE INVITA A LA MINISTRO DE TURISMO Y CULTURA DE LA PROVINCIA AL SENO DE LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 35239/04, mediante el cual "SE INVITA A LA MINISTRO DE TURISMO Y CULTURA DE LA

PROVINCIA AL SENO DE LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN.” Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 3 de mayo de 2004.

José Rivas, Luis Garro, José María Martínez, Sergio Martín, Aldo Minelli, Alberto Rodríguez Medina, Yolanda Sfreddo

DESPACHO DE COMISIÓN 32 Expte. 24832/99 H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Daniel Nieto, mediante el cual “SE TRANSFIERE AL PATRIMONIO DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR EL EDIFICIO DEL EX BANCO MENDOZA S.A. UBICADO EN LA ESQUINA DE AVDA. ALVEAR OESTE Y AMEGHINO DE LA CIUDAD CABECERA DEL DEPARTAMENTO”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º- Enviar al archivo de la Legislatura el expediente que a continuación se detalla.

Expte. 24832/99: “Transfiriendo al Patrimonio de la Municipalidad de Generla Alvear el edificio del ex Banco Mendoza S.A., ubicado en la esquina de Avda. Alvear Oeste y Ameghino de la Ciudad cabecera del Departamento“. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 2 de marzo de 2004.

Daniel Nieto, Carlos Maza, Leopoldo Suárez Miriam Núñez, Marcos Niven, Alberto Canal, Sergio Martín, José Rivas

ADHESIÓN H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de ley, presentado por el diputado Daniel Nieto, mediante el cual "SE TRANSFIERE AL PATRIMONIO DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR EL EDIFICIO DEL EX BANCO MENDOZA S.A., UBICADO EN LA ESQUINA DE AVENIDA ALVEAR

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. Diario de Sesiones

OESTE Y AMEGHINO DE LA CIUDAD CABECERA DEL DEPARTAMENTO", y por las razones que dará el miembro informante, ADHIERE al despacho producido por la Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO de fecha dos de marzo del dos mil cuatro.

Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004.

José Rivas, Luis Garro, Leticia Oldrá, Sergio Martín, Alberto Rodríguez Medina, Julio Zaragoza, Yolanda Sfreddo

DESPACHO DE COMISION 33 Expte. 34018/3 H. Cámara:

Vuestra Comisión de CULTURA Y EDUCACIÓN, ha considerado el proyecto de resolución presentado por el diputado Federico Urigüen, mediante el cual "SE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE LAS MEDIDAS DISPUESTAS PARA GARANTIZAR Y REGULARIZAR LA ASISTENCIA DE ALUMNOS A LA ESCUELA 4-191 DEL DEPARTAMENTO MALARGÜE, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al archivo de la H. Legislatura el Expte. 34018/03, mediante el cual “SE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE LAS MEDIDAS DISPUESTAS PARA GARANTIZAR Y REGULARIZAR LA ASISTENCIA DE ALUMNOS A LA ESCUELA 4-191 DEL DEPARTAMENTO MALARGÜE”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 19 de abril de 2004.

José Rivas, Luis Garro, Sergio Martín, Alberto Rodríguez Medina , Julio Zaragoza, Yolanda Sfreddo

DESPACHO DE COMISIÓN 34

Expte. 23731/99 H. Cámara:

Vuestra Comisión de TURISMO Y DEPORTES, ha considerado el proyecto de ley, venido en 2ª. revisión del H. Senado, presentado por el diputado Hugo Cruz, mediante el cual “SE

DESTINA LO QUE RECAUDE EL ESTADO PROVINCIAL EN CONCEPTO DE CANON MENSUAL FIJADO CONCESIÓN PLAZA HOTEL, HOTEL POTRERILLOS, HOTEL TUPUNGATO Y HOSTERIA PUENTE DEL INCA, AL FONDO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 23731/99, mediante el cual “SE DESTINA LO QUE RECAUDE EL ESTADO PROVINCIAL EN CONCEPTO DE CANON MENSUAL FIJADO CONCESIÓN PLAZA HOTEL, HOTEL POTRERILLOS, HOTEL TUPUNGATO Y HOSTERIA PUENTE DEL INCA, AL FONDO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 24 de febrero de 2004.

Alberto Canal, Eduardo Bauzá, Guillermo Merino, José María Martínez, Francisco Falcon, Delia Pérez

ADHESIÓN: H. Cámara:

Vuestra Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO, ha considerado el proyecto de ley venido en 2ª. revisión del H. Senado, mediante el cual “SE DESTINA LO QUE RECAUDE EL ESTADO PROVINCIAL EN CONCEPTO DE CANON MENSUAL FIJADO EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE CONCESIÓN, PLAZA HOTEL, HOTEL POTRERILLOS, HOTEL TUPUNGATO Y HOSTERIA PUENTE DEL INCA, AL FONDO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA”, y por las razones que dará el miembro informante ADHIERE al Despacho producido por la Comisión TURISMO Y DEPORTES a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

Sala de Comisiones, 16 de marzo de 2004.

Daniel Nieto, Carlos Maza, Leopoldo Suárez, Miriam Núñez, Marcos Niven, Alberto Canal, José Rivas

DESPACHO DE COMISIÓN 35

Expte. 26395/00 H. Cámara:

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. Diario de Sesiones

Vuestra Comisión de SALUD PÚBLICA, ha

considerado el proyecto de declaración, presentado por el diputado José Luis Montaño, mediante el cual “SE VERÍA CON AGRADO QUE EL PODER EJECUTIVO NACIONAL RECOMIENDE AL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA, LA APLICACIÓN DE SUGERENCIAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el expediente (proyecto de declaración), que a continuación se detalla:

PROYECTO DE DECLARACIÓN:

Expte. 26395/00: “SE VERÍA CON AGRADO QUE EL PODER EJECUTIVO NACIONAL RECOMIENDE AL SISTEMA DE SALUD PUBLICA, LA APLICACIÓN DE SUGERENCIAS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 5 de noviembre de 2003.

Mario Lampa, Marcela Gaua, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira Alvarez

DESPACHO DE COMISIÓN 36

Expte. 34024/03 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PÚBLICA, ha considerado el proyecto de declaración, presentado por la diputada, Marcela Gaua, mediante el cual “SE CREA EL PROYECTO DE ZOOTERAPIA A FIN DE QUE CADA MUNICIPIO COMUNIQUE UN REGISTRO DE PROTECTORAS DE ANIMALES”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el expediente (proyecto de declaración), que a continuación se detalla:

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Expte. 34024/03: “SE CREA EL PROYECTO DE ZOOTERAPIA A FIN DE QUE CADA MUNICIPIO COMUNIQUE UN REGISTRO DE PROTECTORAS DE ANIMALES”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2004.

Mario Lampa, Marcela Gaua, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira Alvarez

DESPACHO DE COMISIÓN 37

Expte. 34081/03 H. Cámara:

Vuestra Comisión de SALUD PÚBLICA, ha considerado el proyecto de ley, presentado por la diputada, Marcela Gaua, mediante el cual “LOS EXPENDEDORES DE PRODUCTOS ELABORADOS A BASE DE HARINA, DEBERÁN INFORMAR, MEDIANTE LEYENDA EXPUESTA AL CONSUMIDOR, SI SE HA UTILIZADO O NO BROMATO DE POTASIO”, y por las razones que dará el miembro informante, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el expediente (proyecto de ley), que a continuación se detalla:

PROYECTO DE LEY

Expte. 34081/03: “LOS EXPENDEDORES DE PRODUCTOS ELABORADOS A BASE DE HARINA, DEBERÁN INFORMAR MEDIANTE LEYENDA EXPUESTA AL CONSUMIDOR SI SE HA UTILIZADO O NO BROMATO DE POTASIO”. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Sala de Comisiones, 15 de abril de 2004.

Marcela Gaua, Alberto Rodríguez Medina, María Masino, Adriana Bonadeo, Alexander Maza, Yolanda Sfreddo, José Rivas, Rosa Lira Alvarez

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. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) – Habiéndose aprobado, comuníquense a quien corresponda - (Ver Apéndices 26 al 32 inclusive) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde pasar al Período de Homenajes.

Si ningún diputado desea hacer uso de la palabra, daremos por clausurado el período.

Clausurado.

XX

EXPTE. 36082. CAMBIO DE

HUSO HORARIO

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde pasar al período para tratamientos sobre tablas.

Tiene la palabra el diputado Montaño. SR. MONTAÑO (UCR) - Señor presidente: en primer lugar vamos a solicitar la toma de estado parlamentario y posterior tratamiento sobre tablas del expediente 36082, remitido por el H. Senado, referido al huso horario. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración la toma de estado parlamentario del expediente 36082.

Se va a votar. - Resulta Afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 33) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Declárase la Emergencia Pública Energética en todo el territorio de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - En virtud de la emergencia declarada, la Provincia adopta como hora oficial entre el 23 de mayo y hasta las 24.00 del 16 de octubre del presente año, la que corresponde al huso horario Nº 20, de cuatro (4) horas al Oeste del Meridiano Internacional de Greenwich. Art. 3º - A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, a las veinticuatro (24) horas del día 22 de mayo las indicaciones de todos los relojes serán ajustadas al horario correspondiente al huso Nº 20, de cuatro (4) horas al Oeste del Meridano de Greenwich. Art. 4º - Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a establecer nuevos horarios para la Administración Pública Central, Dirección General de Escuelas y Entes Descentralizados.

Art. 5º - Invítase a los municipios y al Poder Judicial de la Provincia a establecer nuevos horarios, teniendo por objeto principal el ahorro de energía, en virtud de lo dispuesto por el Art. 1º de la presente ley. Art. 6º - Instar al sector industrial y comercial de la Provincia de Mendoza, a adecuar sus horarios para un mejor aprovechamiento de la luz solar. Art. 7º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cuatro. Luis A. PetriI Juan C. Jaliff Sec. Legislativo Vicegobernador SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Rodríguez Medina. SR. RODRIGUEZ MEDINA (UCR) - Señor presidente: la media sanción en cuestión declara en su artículo 1º, la emergencia pública energética en todo el territorio de la Provincia de Mendoza, y en el artículo 2º declara que la Provincia adopta como hora oficial entre el 23 de mayo y hasta las 24.00 del 16 de octubre del presente año, la que corresponde al huso horario número 20, cuatro horas al Oeste del meridiano de Greenwich.

En realidad, este proyecto ratifica la decisión de la Provincia de adherir y hacer respetar la Ley 25155, sancionada en 1959, promulgada en 1999, y que ha sufrido distintos avatares por distintos intereses, algunos de ellos sospechosos de responder a las necesidades de las empresas distribuidoras y vendedoras de energía eléctrica, por cuanto hace un tiempo prolongado que este país, está rigiéndose por la hora que corresponde al huso menos tres horas al Oeste del meridiano de Greenwich.

En 1920 la República Argentina adhirió al sistema internacional de los husos horarios, que toma como huso cero el que pasa por el meridiano de Greenwich y de allí hacia el Oeste, cada 15 grados, correspondería a una hora, y esto en relación al giro de 360 grados que recorre el sol en las 24 horas.

Casi la totalidad del territorio del país está dentro del meridiano central de los 60 grados, en realidad entre los 52,30 y 67,30 al Oeste del meridiano de Greenwich. Es decir que nos corresponde el huso horario menos cuatro, o número 20, como se lo denomina internacionalmente.

Por razones de ahorro de energía, suele en algunos países utilizarse otro horario, en este caso el nuestro, correrlo hacia el huso número 3 durante el verano. En el caso particular de la provincia de Mendoza, estamos a 10 minutos inclusive al Oeste por fuera del meridiano máximo, que es 67,30 grados de longitud, igual San Rafael y Malargüe, lo

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. Diario de Sesiones

cual justifica con más razón a la aprobación de este proyecto de ley. El proyecto contempla que el ajuste de hora sea el 24 de mayo a la cero hora, tal cual son los consejos del Observatorio Naval de la Argentina que es la institución responsable del servicio de la hora oficial en el país.

Existen sobrados antecedentes, pero quiero rescatar un estudio compartido que se hizo entre el consumo de energía eléctrica en la Provincia de Mendoza durante la vigencia de los dos husos horarios entre el `91 y `92 respecto del `93. A los efectos existe un antecedente votado por esta Legislatura, la Ley 5566 de autoría del senador radical, Pedro Videla, que fue derogada posteriormente por la Ley 5841 que en 1990 ya estaba estipulando la utilización de dos husos horarios, uno para el invierno y uno para el verano. En virtud de esto fue que se hizo un estudio muy serio en la unidad de meteorología del YANILDA, del CRICYT y gente del CONICET donde se demostró un ahorro importante de energía con la modificación del huso horario de aproximadamente del 17 por ciento de energía eléctrica durante el período del verano teniendo en cuenta y tomados al azar instituciones escolares, zonas residenciales de la Provincia de Mendoza. El total de energía consumido en el `92 en el período evaluado en julio ha sido de 2.433.391 kilovatios hora y el total de energía consumida en el `93 donde no se había hecho el cambio del huso horario fue de 3.280.177. Considerando los índices de dispersión, si bien la diferencia fue del 34%, se le puede adjudicar solamente al ahorro de energía el 16,92%.

Por estas razones, y por el hecho que esta Nación, desde 1920, ya ha adoptado el huso horario menos cuatro es que pido sanción favorable a este proyecto no si antes advertir que la Ley 25155 corre algún peligro en ese momento en la Legislatura Nacional. Algunos decretos de necesidad y urgencia invocando supuestos ahorros eléctricos hicieron que los argentinos usáramos el huso horario menos tres y a veces hasta menos dos que pasa lejos del territorio argentino y lo único que hicieron fue llevar al consumidor normal a utilizar más horas de energía eléctrica. Por eso digo que más allá de un ahorro debe haber un interés bastante fuerte de las empresas vendedoras de energía porque por razones ajenas al interés general, el Senado de la Nación derogó el 21 de junio de 2001 de una manera bastante intempestiva la Ley 25155, ha pasado a Diputados y está esperando la derogación. Este instrumento legal que tardó 40 años en promulgarse en este país y que le da racionalidad internacional al uso de la hora corre peligro de derogación. Por eso hay que insistir no solamente en el uso racional de los husos horarios de esta Provincia, invitar a las provincias vecinas, tal como dice la ley nacional, además hacer a través de nuestros legisladores nacionales una encendida defensa de la ley evitando su derogación. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Niven.

SR. NIVEN (PD) - Señor presidente: con beneplácito los demócratas escuchamos hoy en esta Cámara a miembros de otros partidos políticos esgrimiendo una iniciativa que largamente ha sido reclamada por los demócratas y que no sólo está relacionado con el ahorro energético; el concepto va mucho más allá de la energía eléctrica y tiene que ver con la calidad de vida, con aspectos psicológicos, de contaminación y con aquellos que hacen algo tan reclamado hoy por la población, como es la seguridad.

En lo que hace a lo ecológico, en invierno en Mendoza se produce una inversión térmica, hasta que el sol no empieza a calentar el suelo, no comienzan las corrientes ascendentes que levantan todas las partículas contaminantes a estratos más altos de la atmósfera. Comenzando las actividades en oscuridad y con mucho frío, y con esa inversión térmica, estamos aumentando la contaminación y agravando el aspecto ecológico.

Con respecto a la seguridad, por supuesto que iniciando las actividades en la oscuridad, estamos más propensos a actos delictivos.

Con respecto a lo psicológico, está largamente probado que levantarse en plena oscuridad e iniciar las actividades agrega estrés al ser humano y disminuye su calidad de vida.

Entonces no es bueno sólo decir “vamos a hacer esto por un año, porque hay crisis energética”. Esto debe ser permanente porque hace a la calidad de vida de los argentinos y muy especialmente de quienes vivimos en el Oeste de nuestro país. Vivo en una zona rural y veo todos los días, en invierno, madres llevando a sus hijos a la escuela en bicicleta en plena oscuridad y con dos o tres grados bajo cero; esto de ninguna manera es natural y bueno. Lo natural es iniciar las actividades con luz natural; esto es sano y esto es lo correcto y lo que debemos hacer. Es muy simple; es necesario adecuar la hora en nuestra Provincia en invierno, e iniciar las actividades con luz natural es fundamental. En todo el mes de junio amanece después de las 8 de la mañana y muchas veces a las 8.30 y en Mendoza todos iniciamos las actividades a las 7 de la mañana y algunos antes de las 7, en plena oscuridad, noches cerradas, mucho frío. Esto de ninguna manera puede ser sano ni bueno.

Acá como bien se dijo, el CRICYT y el CONICET se tomaron el trabajo de hacer un análisis comparativo del consumo eléctrico en los meses de invierno con dos husos de horario distintos, porque Mendoza tuvo en los años 91 y 92 una ley provincial por la cual modificó el huso horario, al menos cuatro, en los meses de invierno y al hacer la comparación con el `93, donde se derogó esa ley justamente con el argumento que se aumentaba el consumo de la energía y sin contemplar ninguno de los otros argumentos a los cuales he hecho mención, gracias a esa derogación el CRICYT y el CONICET se tomaron el trabajo y con los datos que le proporcionó la empresa que distribuyó la energía en su momento, lograron comprobar un ahorro de energía muy importante; en las escuelas fue de 34,8%, porque todas las escuelas iniciaban sus actividades en plena noche. Entonces, con

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. Diario de Sesiones

beneplácito veo hoy que hacemos esta iniciativa. Lamento que la propuesta es por un año y solamente declarando que estamos en una crisis energética, hace una semana atrás el mismo partido oficialista puso el grito en el cielo porque quisimos declarar la crisis de la seguridad pública. El presidente de la Cámara bajó para poder argumentar y fundamentar que era una ridiculez declararla y el mismo oficialismo declarando la emergencia pública energética. Hizo exactamente lo mismo el oficialismo cuando quería lograr una ley de transporte, declaró la emergencia del transporte público de Mendoza. O sea que el transporte está en emergencia, tenemos emergencia en energía, pero todo está bien en seguridad. Hemos llegado a la ridiculez en la Argentina de aplicar el huso horario menos dos donde en el `88, que se repitió lo que había sido aprobado por decreto en el 74 en Mendoza el sol se ponía después de las 22.30. Hemos hecho experimentos ridículos aduciendo crisis energética o de la industria del petróleo, y no estamos dándole el real valor que tiene adecuar nuestra actividad a la luz solar porque es la forma correcta en que se puede desempeñar el ser humano, por no decir que la mayoría de los animales adoptan la misma sabia actitud, salvo los bichos nocturnos, pero los demás todos inician su actividad cuando amanece y la dejan cuando anochece; esto es natural y sano. Vamos a votar favorablemente pero no puedo dejar de decir que en el `96 una iniciativa mía en el Senado fue a parar al archivo, trabajamos muy duro en esa ocasión, hicimos una audiencia pública en el Centro de Congresos, invitamos a universidades y científicos y a todas las personas que conocían el tema.

Me dijeron que me acompañaban si lograba que otras provincias del Oeste se adherían a esta actitud, las recorrí y logré su adhesión. No podemos, los demócratas, dejar de pedir una modificación a esta propuesta y que la aplicación del huso horario menos cuatro al Oeste del meridiano de Grenwich se aplique todos los inviernos entre el 24 de abril al 20 de setiembre, esto es lo correcto y los demócratas con total convicción entendemos que lo tenemos que hacer. Formalmente vamos a pedir esa modificación para que lo que votemos sea una ley que adecue el huso horario a lo natural en la provincia de Mendoza. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Martín. SR. MARTÍN (PJ) - Señor presidente: adoptar el huso horario menos cuatro, es poner las cosas en su lugar ni más ni menos. Movido por la iniciativa un grupo de legisladores justicialistas estuvimos ayer reunidos con el doctor Federico Norte, un científico de capacidad probada en el tema y nos dio razones valederas para adherir a esta ley; nos expresó que lo correcto era cambiar la hora y no los horarios, adecuar la hora a lo que ocurre con la naturaleza y el huso menos cuatro es el que nos corresponde. Este

cambio implica poner las cosas en su lugar, y actuar conforme a la situación geográfica del país.

El consumo de energía con el huso menos tres, implicaba un mayor gasto a la gran masa de la sociedad, lo que a gravaría más la situación de crisis que se vive.

El profesor Norte, y también de acuerdo a lo que manifestaba el diputado Niven, decía que esto debería ser usual en Mendoza, pero no por una situación de emergencia, sino porque es lo más conveniente en lo económico, en lo sicológico, en lo ambiental. El estudio por sector de ingresos en el `90 que para los sectores de mayores ingresos, el huso tres determinaba ahorro distinto a lo que ocurre con los sectores de menores ingresos; retornar al huso menos cuatro, que es el que nos corresponde, iba a determinar que existiera un ahorro para los sectores de menores ingresos.

También nos hablaba de los efectos de la menor luminosidad en la salud síquica, que influye en el humor, en el bajo rendimiento y además, había que tomar medidas respecto de algunos efectos no queridos, ya que el hecho que los chicos ingresen de día en el turno mañana, implica que salgan de noche los del turno tarde. Al estar advertidos de esta situación, vamos a poder tomar medidas respecto a la seguridad en los colegios.

La actividad económica e industrial va a tener que adecuar sus horarios para poder mantener un mantenimiento sostenido y no ver afectada su capacidad de producción.

También nos expresaba que es un buen negocio el mantenimiento del huso horario menos tres para el que vende energía y nos habló del efecto de la contaminación que bien describió el diputado Niven, y nos pidió que tratáramos de introducir en la ley dos aspectos, una vez que conoció el doctor Norte la iniciativa que había aprobado el Senado de la Provincia, dos aspectos.

Uno, el probable retorno a la vigencia efectiva de la Ley 25155 que debía estar mencionado en el articulado de la ley a su juicio.

Que como bien dijo el diputado Rodríguez Medina, por incidencia de algunos poderes no manifiesto a la luz del día, valga la paradoja, así que la ley estuviera suspendida por algún tiempo y que no tuviera aplicación, una de las iniciativas que vamos a sostener con conveniencia para los mendocinos, si bien se origina en una situación de emergencia, mantenerlo a futuro no solamente para este invierno el huso menos 4, sino mantenerlo porque es conveniente para la Provincia, más allá del contexto de emergencia en que se está dictando esta ley.

La segunda sugerencia del doctor Norte era invitar a legislar en el mismo sentido, en tanto que la ley nacional no tiene su vigencia efectiva, la 25155, a otras provincias, acordar vía legislación provincial el mismo huso horario para todo el país.

El tema de la vigencia de diferentes horarios, no vemos que sea un inconveniente, de hecho esto se da en la actualidad, aún con el mismo huso horario menos 3 entre Mendoza y Buenos Aires de manera muy notable.

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. Diario de Sesiones

Si intentamos desde la actividad administrativa, de la que formamos parte, tomar contacto con alguien de Buenos Aires, hasta las 9.30 horas es imposible, no obstante eso en Mendoza la actividad es absolutamente normal.

Es bien conocidos por todos que los horarios están adecuados en cada provincia a ritmos que son de alguna manera diferentes en Buenos Aires y en Mendoza.

Esto afecta la comunicación entre una provincia y otra. Puse de ejemplo la vigencia entre distintos horarios de una actividad como es la administrativa y no corresponde a la que nosotros desarrollamos en esta Legislatura.

Sin embargo, esto no afecta en absoluto el normal funcionamiento de las comunicaciones de un lugar a otro.

Se pueden mencionar actividades como el comercio, industria, comunicaciones, no obstante el mantenimiento de distintos horarios en la comunicación los horarios se adecuan, respetan la particularidad del otro y en cada caso establecen el funcionamiento de horario, según le convenga a cada uno.

Por los motivos expuestos solicito un cuarto intermedio para que debatamos sobre las modificaciones propuestas que están realizando con la probable entrada en vigencia efectiva de la ley 25155, la invitación a legislar en el mismo sentido en otras provincias y quitar el contexto aún cuando se reconoce que puede ser un estado de emergencia. Sancionar a futuro para que actúe como en situación de normalidad.

Solicito un cuarto intermedio para adecuar la redacción de la ley que estamos tratando. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suya la solicitud de un minuto de cuarto intermedio en las bancas.

- Así se hace a las 12.47. - A las 12.50, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: sin el ánimo de perturbar el normal trámite de esta ley, y al solo efecto de dejar establecido que por la emergencia que padece la Provincia en materia de seguridad, el inciso 11 del artículo 75 faculta al Congreso de la Nación una legislación uniforme en materia de pesos y medidas. El tiempo es una unidad de medida, sin duda, y como tal creo que le correspondería al Congreso la tramitación de la presente ley.

Sin embargo, creo que los fundamentos que abonan la emergencia que hoy padece la Provincia de Mendoza en materia de seguridad ciudadana, amerita el impulso de la presente ley, sin dejar de señalar que la Ley 25155, que era la que había sancionado la hora oficial, podría ésta, la actual ley en consideración, adherirse al régimen de la ley nacional.

De todas maneras se podrían solucionar problemas que ahora quizá se podría terminar con los usos atávicos que tiene la Provincia en cuanto a los horarios, que como todos sabemos la tradicional siesta mendocina hace que no se pueda establecer un horario de tipo corrido que sería lo ideal.

En base a esas circunstancias, no quería perturbar el trámite de la ley, pero tampoco quería dejar pasar estas circunstancias. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Niven. SR. NIVEN (PD) - Señor presidente: era esperable que Armagnague saliera con su observación, porque estuvo en el debate de la audiencia pública en el `96 y me salió a cruzar con la misma posición, con la cual no estoy de acuerdo. En la Constitución se refiere a unidades de medidas de longitud, metro, peso, kilos, y de ninguna manera ese artículo de la Constitución es aplicable a la hora. Los demócratas interpretamos que tenemos todos los derechos en Mendoza de adecuar el huso horario a lo más sano y natural.

En este breve cuarto intermedio, las distintas bancadas han asumido el compromiso de aprobar esta iniciativa como viene en la semana entrante estar tratando y aprobando un proyecto de ley que fije en forma definitiva el huso horario, sobre todo en la Provincia de Mendoza, entre el 24 de abril y el 20 de setiembre de menos cuatro grados al Oeste del Meridiano Greenwich, esto es el huso horario más adecuado invernal para nuestra Provincia y con este compromiso asumido en este cuarto intermedio los demócratas estamos dispuestos a avanzar en la iniciativa que viene con la media sanción del Senado, y la semana que viene estar tratando una ley que adecue en forma definitiva el huso horario para nuestra Provincia. SR. PRESIDENTE (Vicchi) -Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: bien lo manifestaba el diputado Niven que en este cuarto intermedio se había planteado el compromiso de tratar una ley para que la Provincia de Mendoza tenga el huso horario, no por un año, sino permanentemente con otras modificaciones que ya se van a plantear. Desde el Justicialismo no queremos poner piedra en el camino, de lo contrario queremos que esto salga hoy y que el sábado en la noche estemos atrasando los relojes para ayudar a este ahorro de energía que se plantea, pero vuelvo a plantear el compromiso que la semana que viene estemos trabajando con modificaciones definitivas que sirvan para que los mendocinos ordenemos el huso horario porque ya veníamos trabajando con nuestro senadores, donde inclusive se han hecho algunas modificaciones al proyecto de ley original y si no hubiéramos estado tan apretado de tiempo esas modificaciones las podríamos haber hecho hoy. No queremos perjudicar el ahorro de energía, por lo que vamos a acompañar para que se dé sanción

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definitiva y la semana que viene el otro proyecto con las modificaciones. SR. PRESIDENTE (Vicchi) -Tiene la palabra el diputado Serú García. SR. SERÚ GARCÍA (UNIR) - Señor presidente: el bloque Unir va a votar favorablemente la media sanción que ha venido del Senado. Lo hacemos así porque creemos que realmente Mendoza, en estas circunstancias, tiene que cooperar en la solución de un problema coyuntural, pero además porque esta sanción nos coloca con un huso horario o mejor dicho, un horario mucho más natural que -como dijo el diputado Niven- el establecido hasta este momento. También vamos a votarlo favorablemente porque los distintos bloques se han comprometido a sancionar la semana que viene un proyecto de ley que asegure las modificaciones que se han presentado en el debate de hoy y que son razonables y deben ser incorporadas a esta ley. Finalmente quiero agregar que en absoluto comparto la tesis de mi amigo, el diputado Armagnague, creo con toda sinceridad y haciendo un análisis más profundo de la Constitución Nacional, las facultades que tiene el Congreso son las facultades que se han otorgado en la Carta Fundamental de la República en la Constitución Nacional por las denuncias que han hecho las provincias en general a la competencia que originariamente tenían para legislar. Con esto quiero decir que la interpretación de estas facultades que tiene el Congreso deben ser realmente restrictivas en todo lo que no esté expresa y categóricamente establecido como facultad del Congreso Nacional, les pertenece a las provincias, sobre todo a las provincias patricias, porque son fundadoras del hogar nacional todas las posibilidades de legislación que no hayan sido expresamente concedidas al Congreso de la Nación. Creo que cuando se le ha concedido al Congreso de la Nación dictar sanciones o leyes sobre pesos y medidas, el juicio de valor que sirve de base de sustentación a esta norma constitucional, está referido exclusivamente a un ámbito que no es el que trata la ley que hoy hemos estado considerando. La norma constitucional con su actual redacción y de acuerdo, como digo, a la valoración, a la estimativa jurídica que le sirve de base para su sanción, está limitada al área más comercial, es decir, como una garantía que en lo nacional las medidas vinculadas al tráfico, o sea al comercio, lo mismo que las pesas, estén legisladas en forma uniforme en todo el territorio nacional. Pero esto no tiene que ver con el tiempo, que naturalmente corresponde ser legislado por cada provincia de acuerdo a lo que he manifestado antes, en todas las facultades que no han sido delegadas expresamente, pertenecen –de acuerdo al sistema federal de la República- a los estados federales. Por estas razones, vamos a votar favorablemente la sanción que viene del Senado.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Montaño. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: pido la palabra porque he sido aludido. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Montaño y luego le daré la palabra a usted. SR. MONTAÑO (UCR) - Señor presidente: no tengo ningún inconveniente en darle una interrupción al diputado Armagnague. Simplemente como autoridad del bloque, conjuntamente con el diputado Simón estuvimos conversando con las autoridades de los bloques de esta Honorable Cámara y agradecemos la predisposición que han tenido para votar esta ley en la fecha y el compromiso asumido una vez presentado el proyecto que lo hará el diputado Niven con algún diputado del Justicialismo y con los estudios correspondientes, votarlo en la próxima sesión si así correspondiere. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. AMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: no pretendo establecer ningún tipo de polémica. Yo había dicho que sin el ánimo de perturbar el normal desenvolvimiento de la ley, pero también no es menos cierto que uno si bien pertenece a un bloque, creo que el sistema de pesas y medidas, además enriquece los debates en base a distintas posturas, precisamente porque es un órgano deliberativo. Las pesas y medidas fueron una facultad de las provincias. Por eso la Constitución que es sabia, establece un sistema uniforme para evitar el caos y la anarquía que podría presentar, porque con ese criterio el kilo en Mendoza sería de 900 gramos y en Buenos Aires y Salta de 1,2 kilos. En 1853, se estableció así para uniformar las trece provincias o los trece ranchos de la confederación como lo ha mencionado el diputado Serú García. Simplemente quiero dejar a salvo, porque lo tengo escrito, mi opinión, porque no puedo dejar de ser coherente ... Me pregunto, el Juzgado Federal de Mendoza qué hora va a aplicar, la de Mendoza o la de Capital Federal?... Son situaciones que se dan en la práctica, los plazos los establece el Código Civil nos guste o no, por eso lo dije al principio y lo ratifico, sin el ánimo de perturbar el normal desenvolvimiento de esta ley, simplemente quería señalar esta circunstancia, nada más y queda en el terreno de la deliberación. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Martín. SR. MARTÍN (PJ) - Señor presidente: entendemos que pueden haber divergencias respecto a la interpretación de facultades delegadas o no, en todo caso el grado de restricción con que se pueda

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interpretar. Han quedado expuestas ambas posiciones pero no es ese el tema en debate. En esta Cámara hubo coincidencia que el huso menos cuatro es conveniente para nuestra Provincia, a partir de ahí vamos a darle sanción a este proyecto pero hemos acordado que la semana entrante vamos a impulsar los bloques a tratar una ley, esto que es conveniente no lo sea sólo en un contexto de emergencia sino normalmente, porque es bueno más allá de la emergencia. Accedemos a votar la ley tal como se nos la propone para que tenga una rápida entrada en vigencia y el compromiso formal de los legisladores para el tratamiento del huso menos cuatro en condiciones no ya de emergencia. Quienes se manifiestan en contra no con el ánimo de poner palos en la rueda, por ahí lo que se intenta es mejorar un proyecto. En ese sentido, adelanto el voto favorable del Justicialismo que hemos compartido el análisis de este tema. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Niven. SR. NIVEN (PD) - Señor presidente: es para poner de manifiesto el diferente enfoque entre un abogado y un ingeniero agrónomo.

Los abogados buscan los vericuetos constitucionales para impedir las leyes naturales.

El mundo gira sobre su eje durante 24 horas y está dividido en gajos de 15 grados cada uno, lo que hace 24 gajos que suman los 360 grados de la circunferencia del mundo, y éste es el huso horario; es internacional y tiene que ver con la concepción de la tierra que gira sobre su eje y hace a lo natural, que es la luz solar.

Quería hacer esta aclaración para explicarle al diputado Armagnague, el porqué de nuestra insistencia y cuáles son nuestros fundamentos y argumentos. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º al 6º.

-El Art. 7º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. (Ver Apéndice N° 2) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Montaño. SR. MONTAÑO (UCR) - Señor presidente: es para solicitar preferencia con despacho de comisión para

la próxima sesión y subsiguientes, del expediente 35936, referido a un proyecto de ley del Poder Ejecutivo adhiriendo la Provincia a la Ley Nacional 25506, de firma digital y preferencia con o sin despacho de comisión para la próxima sesión y subsiguiente, del expediente 35938, referida al PROMEBA. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la preferencia con despacho de comisión para la próxima sesión y subsiguientes, del expediente 35936.

-Resulta Afirmativa. (Ver Apéndice N° 34)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la preferencia con o sin despacho de comisión para la próxima sesión y subsiguientes, del expediente 35938.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice N° 34)

XXI

EXPTES. TRATADOS SOBRE TABLAS

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra la diputada Lira. SRA. LIRA (PJ) - Señor presidente: es para solicitar la toma de estado parlamentario del expediente 35672, referido a la creación de un fondo con cuenta única destinado a la compra y construcción de viviendas para empleados públicos. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración la toma de estado parlamentario para el expediente 35672.

-Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-(Ver Apéndice Nº 35) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMON (UCR) - Señor presidente: es para pedir preferencia con despacho de comisión para el expediente 35101.

También solicito tratamiento sobre tablas y estado parlamentario si correspondiese para el expediente 36050. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio de 2 minutos en las bancas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suya la solicitud de cuarto intermedio.

-Así se hace a las 13.13. -A las 13.21 dice el

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

En consideración la preferencia con despacho de comisión, para la proxima sesión o subsiguientes, para el expediente 35101, solicitada por el diputado Simón.

-Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-(Ver Apéndice Nº 36)

XXII

EXPTE. 36050. DECLARANDO LA EMERGENCIA ENERGÉTICA EN LA PROVINCIA

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36050, proyecto de ley del diputado Merino.

Se va a votar. Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 37) -El texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Declárase la emergencia energética en la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Facúltese al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con Gas Licuado de Petróleo (GLP) a precio preferencial a personas integrantes de sectores de bajos recursos, que funcionará entre el primero de mayo y el treinta de octubre de cada año, intertanto dure la declaración de emergencia establecida en el artículo 1º. Art. 3º - Facúltese al Ministerio de Economía a establecer precios máximos de venta a las garrafas y tubos con Gas Licuado de Petróleo (GLP). Art. 4º - Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a acordar convenios con Repsol YPF para la provisión de Gas Licuado de Petróleo a fraccionadores de garrafas y tubos en nuestra provincia o de otras provincias cuyo destino sea la comercialización en la Provincia de Mendoza. Art. 5º - El Poder Ejecutivo determinará, mediante decreto, el fin de la emergencia declarada en el artículo 1°, cuando las causales de la misma hayan desaparecido. Art. 6º - De forma.

FUNDAMENTOS

H. Cámara:

Es por todos conocida la actual situación de emergencia energética en la que, por falta de previsión del gobierno nacional, nos encontramos sumidos los argentinos. Afirmo que es por falta de previsión porque desde hace años no se construyen redes para transporte de energía, ni gasoductos ni electroductos. De nada sirve contar con gas en la República de Bolivia si no contamos con los elementos necesarios para poderlo transportar hasta los centros de consumo, tanto para el uso industrial como domiciliario. La devaluación, como consecuencia de la salida de la convertibilidad, trajo aparejado un importante reacomodamiento interno, lo que implicó que actividades que no eran rentables, por la sobrevaluación de nuestra moneda, obtuvieron repentinamente márgenes de rentabilidad que las hacían no solamente viables sino también sumamente atractivas. El conocido y tristemente célebre “stop and go” del que hablan profusamente los economistas volvió a tomar cuerpo. La sustitución de importaciones entró en su apogeo y la industria revivió. Pero este notable repunte industrial desnudó la absoluta imprevisión de años: se incrementó el consumo de energía y nos pone ahora en la situación de optar entre darle energía a las industrias o a las viviendas. O detenemos la reactivación económica, e inclusive retrocedemos desde los niveles alcanzados, o sometemos a los consumidores a condiciones de servicio no confiables ni previsibles. O generamos suspensiones y despidos o garantizamos el servicio domiciliario.

En resumen, estamos sufriendo las consecuencias de la falta de política energética, responsabilidad única e indelegable del Gobierno Nacional.

Ante esta situación surge inmediatamente la pregunta: qué podemos hacer desde nuestra Provincia? Qué podemos hacer para mitigar en nuestra Provincia los efectos de las gravísimas falencias del Gobierno Nacional?

Después de un profundo y pormenorizado análisis de normas y opciones, iniciado casi al momento de asumir la responsabilidad de representar al pueblo de la provincia, se puede presentar una propuesta que sin lugar a dudas mitigará los efectos que hoy sufrimos los mendocinos. Si bien hubiese sido ideal contar con más tiempo para ello, los tiempos se han acortado vertiginosamente, y ya no se puede demorar más la presentación de esta propuesta, sin perjuicio de continuar trabajando para elaborar normas complementarias en el futuro.

Para la elaboración del presente proyecto de ley se han tenido en cuenta diversas normas y principios generales, a partir de las que este marco normativo toma sustento.

En primer lugar, la responsabilidad irrenunciable e indelegable del Estado de garantizar la prestación de los servicios públicos, aspecto sobre el que es innecesario realizar consideración alguna,

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y del que no caben dudas de la fragilidad e inclusive nula labor del Estado Nacional.

En segundo lugar el marco regulador eléctrico, que establece con absoluta claridad que las empresas que participan en una de las etapas no pueden participar de ninguna de las otras: esto es que quien participa en la generación no puede hacerlo ni en el transporte ni en la distribución, con idéntica prohibición para las otras actividades. Y esto es así por un simple pero fundamental motivo: evitar el monopolio y garantizar la competencia.

En tercer lugar, la obligación del Estado (en este caso debió haber sido el Nacional) de establecer marcos regulatorios claros en casos de servicios públicos, máxime en condición de monopolio u oligopolio, siendo extensivo a los casos de clara posición dominante de mercado (control de más del 50% del mercado, por participación directa e indirecta).

En cuarto lugar, la potestad del Estado Provincial de establecer normas para regular actividades y prestaciones de servicios básicos para la sociedad cuando el Estado Nacional no lo haga, basado precisamente en el principio de irrenunciabilidad a sus responsabilidades.

En quinto lugar, lo establecido expresamente en el artículo 13 de la Ley Nacional Nº 25561 de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario, que establece textualmente: “Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a regular transitoriamente los precios de insumos, bienes y servicios críticos, a fin de proteger los derechos de los usuarios y consumidores de la eventual distorsión de los mercados o de acciones de naturaleza monopólica u oligopólica.” Si bien establece con claridad que es potestad del Poder Ejecutivo Nacional, el Estado es uno solo, que se diferencia en órganos y jurisdicciones. Así, el Órgano Ejecutivo cuenta con jurisdicción nacional, provincial E municipal. Al no hacer uso la jurisdicción nacional de las facultades conferidas por la ley, y ante la gravísima situación que atraviesa gran parte de la población, se activa la jurisdicción provincial, que tiene la obligación de cubrir el vacío dejado por la Nación, en defensa y protección de derechos básicos de los habitantes de la Provincia.

En sexto lugar, el análisis de la evolución de la oferta en Argentina, que demuestra con absoluta claridad una concentración tal que no deja lugar a dudas de la existencia de un oligopolio, además de prácticas monopólicas y de abuso de posición dominante de mercado.

En séptimo lugar, el estudio de legislación comparada, que indica la existencia de marcos regulatorios en otros países, marcos que no son objetados por las empresas prestatarias de los servicios en aquellos países, pero que sistemáticamente lo hacen cada vez que pretenden implantarse normas de control en el nuestro.

La protección de los ciudadanos es tarea indelegable e irrenunciable del Estado, como se ha dicho anteriormente. Esta protección debe darse en todos aquellos aspectos, tanto esenciales como necesarios, para la vida de los habitantes. La

provisión de energía o carburantes para cocción de alimentos o para la preservación de las bajas temperaturas, especialmente en época invernal, no es sólo necesaria sino indispensable. Por estos motivos, que serán debidamente ampliados en ocasión de su tratamiento, y por los que se incorporarán en aquella ocasión, es que solicito la urgente aprobación del presente proyecto de ley.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Daniel Nieto Guillermo Merino

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Merino. SR. MERINO (UCR) - Señor presidente: en principio quiero manifestar que este proyecto va a tener algunas modificaciones en su artículo 1º, debido a que la emergencia energética ya la hemos declarado con la media sanción que vino de la Cámara de Senadores, respecto de la ley de cambio del huso horario.

Quiero expresar algunas cuestiones que son muy básicas respecto al GLP, como del tipo de GLP comercial, y en esto hablamos del gas licuado de petróleo en sus dos versiones, en el caso del butano comercial y en el caso del propano comercial que serían la garrafa de 10 y 15 kilos, y tubos de 30 y 45 kilos, que es lo que normalmente utiliza la gente de bajos recursos y en sectores en donde no hay red domiciliaria de gas natural. Esta proporción en nuestra Provincia es no menos del 55% de la población.

Por otro lado el consumo estadístico que tenemos desde el Instituto Argentino de Energía, General Mosconi, este es un informe que se ha hecho al mes de noviembre del 2002, que seguramente debe tener algunas modificaciones en más y en menos. En lo que hace al consumo en Iberoamérica donde el consumo de GLP representa el 16% del consumo mundial, dentro de este grupo de naciones el principal consumidor es México con el 5,3%, Brasil con el 3,6%, Venezuela el 1,8%, España el 1,3% y la Argentina con el 0,8% del consumo mundial.

Se observa que el mayor consumo es de Venezuela con 160 kilogramos por habitante seguida por México con 120 kilogramos, Chile y España con 80, Brasil con 55 y Argentina con 38 kilogramos de consumo anual por habitante.

Con respecto al precio, llaman la atención cuadros comparativos de este instituto donde habla que el precio neto de costas de materia prima en la Argentina es del 28% y los costos operativos y el margen de ganancia son de casi el 50%, dicho de otra forma el resto sería impuestos. Se puede decir que el gas líquido de petróleo que llega a nuestros consumidores más humildes, el 100% es de costos operativos y de margen comerciales, márgenes de ganancias. Me parece que en esto los organismos

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de gobierno deben hacer un control específico tanto a nivel nacional como provincial.

Con respecto a las ventas, los datos que tenemos del 46% de GLP tiene por destino la exportación mientras que el 36% se usa para el mercado fraccionador. La parte petroquímica consume un 12% y el resto en otras actividades. En el consumo de esto, el sector residencial es el principal consumidor con el 69%, la parte industrial el 6%, el comercial y público el 1% y el resto es no energético. En nuestra población y en el país hay 4.433.786 hogares que consumen GLP y que representa un total del 44% de la población, estos son datos a noviembre del 2002 que seguramente han variado en más cantidad de habitantes en hogares que consumen gas en garrafas y en tubos. Como se puede ver en otros cuadros comparativos, la ciudad que menos gas consume es la ciudad de Buenos Aires, específicamente Capital Federal, seguida por Chubut, Río Negro, después sigue Buenos Aires, La Pampa y en sexto lugar se ubica Mendoza. Estas provincias valen un porcentaje de usuarios con los valores que oscilan entre el 10 y el 45% de usuarios de gas de GLP, que sería el consumo de Mendoza. El resto de las provincias como Corrientes, Chaco, Misiones, Formosa, el 100% del consumo es de garrafas y tubos. En Mendoza, tenemos en la actualidad 750.000 mendocinos que utilizan otros combustibles que no es gas en red, o sea, la mayoría de estos deben ser consumidores de gas en garrafas o tubos. El precio promedio en la Argentina a noviembre de 2002 fue de 1,80 pesos el kilogramo para garrafas, precio que representa un 100% de aumento; en la actualidad supera los 25 pesos, oscilan entre 25 y 30 los 10 kilos. Esto también es un dato muy importante donde el gobierno nacional o provincial debe intervenir urgentemente. Nuestro país produce aproximadamente el 1,5% de la producción mundial de GNC, es un país netamente exportador, siendo la cantidad exportada aproximadamente un 50% de la producción total. Dada la participación de las exportaciones argentinas en relación al comercio mundial, la misma es tomada en precios del mercado internacional. El restante 50% se destina al consumo interno, dentro de este último el sector residencial consume aproximadamente el 70%. Se sabe que en lugares geográficos donde el consumo de GLP es prácticamente el mismo que donde se encuentra concentrada la población de menores ingresos, o nulos ingresos y el gran porcentaje de éstos se ve destinado a la compra de garrafas cuyo precio se ha duplicado o triplicado en el transcurso de estos últimos años.

Respecto a la legislación argentina, con relación al GLP se puede decir que este sector está deficientemente regulado y peor aún, fiscalizado, siendo además muy poco transparente y dadas las características del producto sobre todo en materia de precios, de ser un insumo energético imprescindible, en muchos casos imposible de sustituir, destinado a cubrir necesidades primarias de la población y en

una gran proporción tiene necesidades básicas insatisfechas. Esto debería ser objeto de un marco regulatorio específico y de una activa vigilancia de parte de los poderes públicos, revirtiendo la tendencia actual caracterizada por el bajo nivel de regulación gubernamental sobre la misma.

Por otra parte, voy a hacer referencia al artículo 42 de la Constitución Nacional, donde le pido permiso para leer textualmente.

Dice así el párrafo del artículo: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados -que es lo que nos está pasando en la Argentina y en Mendoza- al control de los monopolios naturales y legales, a la calidad de eficiencia y servicios públicos que es donde los funcionarios debemos bregar, y a la constitución de la Asociación de Usuarios y Consumidores. La legislación establecerá procedimientos eficaces para la protección y solución de conflictos y los marcos regulatorios de servicios públicos de competencia nacional que incluye a toda la República y si no lo hace el gobierno de la Nación deberá hacerlo el gobierno de la provincia, previniendo la necesidad de participación de las acciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas en organismos de control. El artículo 1º de la Constitución Provi ncial dice: “La Provincia de Mendoza es integrante e inseparable de la Nación Argentina y la Constitución Nacional es su ley suprema, su autonomía es la esencia de su gobierno y lo organiza bajo la forma republicana y representativa manteniendo su integridad todos los poderes no conferidos por la Constitución Federal al gobierno de la Nación. Sus yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos como así también toda otra fuente de energía natural sólida, líquida o gaseosa situada en el subsuelo y suelo, pertenecen al patrimonio exclusivo inalienable e imprescriptible del Estado Provincial. Su explotación debe ser preservada en beneficio de las generaciones actuales y futuras. La Provincia podrá acordar con otros sistemas regionales o federales de explotación”. En esto he basado los fundamentos de este proyecto de ley, si bien es por todos conocida la actual situación de emergencia energética en el territorio nacional y provincial. La devaluación como consecuencia de la salida de la convertibilidad trajo aparejado un importante reacomodamiento interno, lo que implicó se abandonaran las actividades que no eran rentables por la sobrevaluación. Luego empezaron a obtener márgenes de rentabilidad e incrementaron el consumo de energía y nos pone ahora en la situación de optar entre darle energía a las industrias o a las viviendas. O tenemos que frenar la reactivación económica o retroceder en los niveles

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alcanzados o someter a los consumidores a condiciones de servicios no confiables. En resumen, estamos sufriendo las consecuencias de la falta de una política energética, responsabilidad única del gobierno nacional. Con la elaboración del presente proyecto se han tenido en cuenta diversas normas y principios generales. En primer lugar, la responsabilidad irrenunciable e inalienable del Estado de garantizar la prestación de los servicios públicos. En segundo lugar, establecer con absoluta claridad que las empresas que participan en una de las etapas no pueden participar en otras. Esto significa que si es generador no puede hacerlo en el transporte y con idéntica prohibición para las otras actividades. En tercer lugar, la obligación del Estado de establecer marcos regulatorios de servicios públicos. En cuarto lugar, la potestad del gobierno de la Provincia de establecer normas para regular actividades y presentaciones de servicios públicos.

En quinto lugar, lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nacional 25561 de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario que dice: “Facúltese al Poder Ejecutivo Nacional, a regular transitoriamente los precios de insumos, bienes y servicios críticos a fin de proteger los derechos de los usuarios y consumidores de la eventual distorsión de los mercados, o de acciones de naturaleza monopólica u oligopólicas”. Si bien establece con claridad que el Estado es uno solo y se diferencia en órganos o jurisdicciones, así el órgano ejecutivo cuenta con la jurisdicción nacional, provincial y municipal. Al no hacerlo la jurisdicción nacional, bien cabe la responsabilidad a la jurisdicción provincial y nacional.

Para terminar, la necesidad de la protección a los ciudadanos que menos tienen y que más necesitan de normas, de ejecuciones de los gobiernos en cualquiera de sus intenciones, es la tarea que tenemos indelegable e irrenunciable que tenemos como Estado, es la protección que deben darse a todos aquellos aspectos tanto esenciales como necesarios para la vida de los habitantes; preservación en todos los sentidos de los usuarios y consumidores.

Por lo expuesto, solicito el tratamiento de la presente ley. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: en virtud que no conocemos el contenido del despacho final, por lo que nos gustaría contar con el mismo. A tal efecto, solicito un cuarto intermedio de 2 minutos en las bancas para conocer las modificaciones efectuadas al despacho original. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por Secretaría se le acercará copia, diputado.

Tiene la palabra el diputado Rivas.

SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: es para apoyar el proyecto de los diputados Merino y Nieto porque indudablemente la crisis energética ataca a la población más desprotegida.

Sabemos que en la zona rural, donde es de mayor utilidad la garrafa, es la que está más afectada, porque el precio de la garrafa oscila entre 30 y 32 pesos, cuando debería costar 8 pesos.

En este sentido, se expone nuevamente a la población a un enfrentamiento entre sí. Tengo una anécdota de ayer a la tarde cuando visitaba unas personas en El Paraíso, Maipú, donde ya se ha generado el conflicto donde van y arrancan los cabeceros de las viñas para encenderlos y así poder paliar el frío.

Esto no es solamente para proteger a los habitantes de las zonas rurales que no tienen acceso a los servicios básicos como lo tienen los habitantes de las zonas urbanas, sino también para proteger a todo el conjunto de la sociedad que no tiene acceso a la garrafa.

En este sentido, los marcos de especulación y desregulación que surgieron en algún momento, hoy, hay que atenuarlos de alguna manera, hasta que se modifique esta situación.

Por ello, es muy oportuno que la Provincia tome cartas en el asunto porque hay muchos comprovincianos que hoy están indefensos ante esta suba indebida del precio de la garrafa o tubos de gas.

Una garrafa dura entre 10 y 15 días, imagínese usted 60 ó 90 pesos, lo que significa para una familia que gana por día, si es peón de finca 12 ó 13 pesos; ni hablar de aquellos lugares en los cuales la promiscuidad de sus viviendas no les permite tener por lo menos el abrigo de la garrafa.

Eso es que, como dije al principio y brevemente, me parece más que oportuno que la Provincia tome cartas en el asunto y revea una situación de iniquidad con respecto a aquellas inversiones que se hicieron con las redes de gas y justamente, a esta zona no llegaron ni van a llegar porque estos especuladores no piensan en los argentinos, sino cuánto van a valer sus bonos en las plazas de comercio internacional.

En ese sentido, adelanto mi voto afirmativo a este proyecto de ley. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: escuchaba al diputado autor del proyecto Merino, respecto a las estadísticas del 2002, las actuales informadas por la Defensoría del Pueblo, que ha hecho un informe sobre PLP, es importante y consiste en 150 páginas, establece que las ganancias logradas por REPSOL YPF en los últimos 5 años, son de 4.500.000.000 de dólares en venta de gas licuado al exterior. Se ha privilegiado la venta al exterior en Argentina por exportaciones; por lo tanto, el costo de estas utilidades lo pagan los consumidores de la Argentina, por cuanto es preferible para esta empresa exportar el gas licuado que venderlo en el orden interno y

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cuando lo vende en el orden interno procura hacerlo en el marco de los valores obtenidos en el precio internacional.

Muchas denuncias formuladas por la Defensoría del Pueblo de la Nación, está en el Congreso de la Nación, donde aguardan también desde hace aproximadamente 9 años que se sancionan legislaciones presentadas por el doctor Díaz Araujo y el diputado Fayad.

Los dos presentaron proyectos en el orden nacional para la regulación del gas licuado en la Argentina.

Este mecanismo de regulación no ha sido logrado hasta la fecha y es correcto cuando Merino plantea que ante la actitud de mora que tiene la Provincia y la Nación, deberá actuar en consonancia.

Quiero manifestar que en Mendoza es el 51% la cantidad de ciudadanos que obtienen energía y calefacción para sus casas para cocinar alimentos del gas licuado tanto en garrafas como en envases de 45 kilos.

Acá ha tenido mucho que ver la Secretaría de Energía y Combustibles en un momento determinado de la historia de nuestro país. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: le he solicitado un cuarto intermedio, es una moción de orden debe ponerla a consideración. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Continúa en el uso de la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: tuvo mucho que ver la Secretaría de Energía y Combustible de la Nación con la venta de regulación del gas envasado en la provincia de Mendoza.

En épocas del gobierno de Bordón, se estableció un mecanismo a través del cual con una planta de gas propiedad de la Provincia, entregada en concesión a la Federación FECOGAS, es una federación de uniones vecinales que distribuía y envasaba el gas, se pudo regular adecuadamente el precio del gas en la Provincia de Mendoza.

Lamentablemente, la Secretaría de Energía despojó a cada uno de los ciudadanos de la provincia de Mendoza y del país, de la propiedad de los tubos de gas, estableciendo un mecanismo de chapeado.

Originariamente, EMSE y Gas del Estado donaron a cada uno de los ciudadanos, los envases que tenían en sus domicilios. A partir de la determinación de la Secretaría de Energía, cada una de las empresas distribuidoras, sobre todo las que tenían posición dominante, fueron obteniendo estos envases de los particulares y poniéndoles su marca propia. Esto dejó en desventaja a todos los sistemas cooperativos que regulaban el mercado en el ámbito de la Nación y de la provincia de Mendoza. A tal extremo que FECOGAS se quedó sin envases en la provincia de Mendoza, porque quedaron como titulares de los mismos quienes tienen una posición

dominante, como en este caso REPSOL, que no sólo produce sino que también distribuye gas, algo que está en contra de la legislación vigente en el ámbito del país.

De tal manera, nosotros vamos a apoyar esta decisión de este proyecto de ley, y vamos a sugerir que sea de carácter universal, que la sanción de esta legislación y el beneficio sea para todos los ciudadanos que utilizan gas licuado, no para un sector empobrecido solamente. Los que utilizan gas licuado, ya sea en garrafa o tubos, es porque no tienen acceso a un sistema universal de gas, que es el sistema del gas natural, son los sectores más débiles de la sociedad.

De manera, cuando dice acá en el artículo 1º que sea para personas integrantes de los sectores de bajos recursos, está absolutamente establecido a partir de tener consignado que el 51% de la Provincia que se abastece de este producto, está en los sectores más bajos, de tal manera que pedimos que sea de carácter universal.

En segundo lugar, tendremos que tener mucho cuidado respecto de la provisión de gas envasado, porque estamos en presencia de un monopolio que puede determinar fácilmente no proveer este elemento envasado en la Provincia de Mendoza, y para eso hay que poner en funcionamiento nuevamente esta planta de gas que es de propiedad de la Provincia y que el problema que tiene es que carece de envases, y el soporte necesario por parte del gobierno de la Provincia para que funcione adecuadamente.

En otro orden, los mecanismos de regulación puestos desde el ámbito provincial, van a entrar en contradicción con los intereses nacionales en materia de regulación del gas. Seguramente va a hacer falta una posición muy fuerte por parte del gobierno de la Provincia en este sentido, al que vamos a acompañar, si es que tiene la energía suficiente como para solicitar a la Nación la legislación concordante con la regulación del mercado en materia de gas licuado.

Y como se decía anteriormente cuando debatíamos el tema del huso horario, en la Provincia de Mendoza no se ha logrado el huso horario que planteaba el diputado Niven, porque cuando tienen energía la quieren vender durante todo el año, y cuando no tienen, nos vienen con el cambio transitorio de los horarios en la Provincia de Mendoza. Nada más. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: para reiterar mi pedido de cuarto intermedio de un minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia dispone un cuarto intermedio de un minuto en las bancas.

- Así se hace a las 13.52. - A las 13.56, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

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Tiene la palabra el diputado Martín. SR. MARTÍN (PJ) - Señor presidente: el proyecto en tratamiento ha modificado su objeto original, ya que la declaración de emergencia energética en la Provincia ya está establecida en el proyecto que acabamos de aprobar sobre los husos horarios.

Lo que ha eliminado de hecho son los artículos 1º y 5º del proyecto dejando solamente el 2º, 3º y 4º. De la lectura rigurosa, el artículo 2º establece el nuevo objeto que es el establecimiento de un sistema de provisión de garrafas y tubos con gas licuado de petróleo a precio preferencial a personas integrantes de sectores de bajos recursos. Y le pone un término, pues dice que funcionará entre el 1 de mayo y el 30 de octubre de cada año.

Los medios que se establecen en el mismo proyecto para la consecución del fin a simple vista surge como insuficientes, ya que el artículo 3º le otorga una facultad al Ministerio de Economía para establecer precios máximos de venta a las garrafas y tubos de gas licuado y petróleo. Este es uno de los dos mecanismos que prevé el proyecto. Nos ha parecido un objeto sumamente loable el del artículo 2º del proyecto original y nos parece asimismo que los medios que dispone el propio proyecto tiene que ser absolutamente conforme al objeto loable que plantea. El artículo 3º habla de establecer precios máximos por el gobierno provincial, aún cuando la legislación nacional establece un contexto para esto, primero que si es así, la ley nacional está vigente y el gobierno puede hacerla cumplir en el momento que crea necesario y segundo, que el establecimiento de precios máximos no ha demostrado ser una política adecuada, sino que a veces ha conseguido el fin contrario al que se propone, cual es provocar el mayor acceso a la población de determinado bien; en otras oportunidades lo que ha generado es un mercado negro de ese bien y el consiguiente desabastecimiento. Este es uno de los dos mecanismos que prevé el proyecto. El otro medio es una facultad del Poder Ejecutivo para convenir. Creemos que esa facultad realmente existe en forma genérica y lo que debe hacer el gobierno es darle pleno contenido a través de disponerse a convenir con las empresas del sector. Dimos un breve vistazo a los medios que se disponen, ya que un fin tan loable merecen los recursos suficientes y los que deberían disponerse, que son los materiales, recursos de índole material y financiero para la consecución del objetivo no se mencionan en el proyecto, por lo que sencillamente creemos que el debate debe pasar por eso, pues establecer un sistema de provisión a precio preferencial a determinado sector de la población, implica ni más ni menos disponer recursos por parte del Estado, alguien tiene que poner la diferencia y aún cuando pueda convenirse ventajas de parte de las empresas del sector de distinta índole, estimamos que sería insuficiente para conseguir el objeto que prevé el proyecto.

La facultad de convenir ya la tienen, la situación de regular, a través de la fijación de precios máximos nos resulta de dudosa aplicación en este caso y en todo caso, aún consiguiendo la aplicación vigente deberíamos también ponernos a definir adecuadamente los recursos materiales y financieros que debe facultar una ley como la que estamos tratando. Otra, con absoluto respeto es hacer como que nos estamos ocupando de la solución de este problema, pero no lo hacemos en serio, pues si no disponemos de estos recursos en realidad no encontramos la solución a un problema tan grave como el que tiene la gente. Si el Estado no invierte en subsidiar valores de gas envasado, deberá tener que invertir mañana en salud, por la caída de la posibilidad de acceso a los bienes deberá invertir en mantener el sistema productivo porque hay lugares en donde están arrancando los cabeceros de las viñas para poder llegar con calor a las casas, están cortando árboles verdes para calentar las casas, es un daño. Todo lo que se haga será insuficiente y gravoso para la economía de la Provincia, sin perjuicio del meduloso análisis y diagnóstico que se ha hecho por parte del autor del proyecto que nos ha metido a todos en la solución, debate y resolución de un problema, pero los medios que nos propone el proyecto son insuficientes intertanto no dispongamos de otros medios que tienen que ver que la solución del problema real. Eso no es un problema de otorgar o usar mayores facultades, y sincerando el debate es disponer de recursos por parte del Estado para su solución. Oportunamente si el debate está dispuesto para su resolución en la presente sesión, vamos a proponer la asignación de recursos materiales y financieros y en el debate en particular de cada artículo que los medios sean adecuados a los fines que se nos propone. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Parisi. SR. PARISI (PD) - Señor presidente: lo planteado por el diputado Martín es absolutamente real, tiene una visión macro de la situación, pero creería que tal cual está redactado el artículo 1º del proyecto de ley está asignando al Ministerio de Economía o al Poder Ejecutivo de la Provincia la posibilidad de establecer subsidios directos al precio de la garrafa o tubo de gas, donde dice que faculta al Ministerio de Economía para establecer un sistema de previsión de garrafas a precio preferencial, sistema que funcionará entre el 1 de mayo y el 30 de octubre. Estamos hablando que el Poder Ejecutivo Provincial tiene que ver la forma y sacar el cálculo de disponer de dichos fondos para poder subsidiar en forma directa para dar este precio preferencial. Como esto no es lo único que está en discusión, sino también el precio real para la adquisición de estos bienes para el ciudadano mendocino, es muy atinado el artículo 2º, donde también se le indica al Poder Ejecutivo que actúe bajo la normativa de la Ley 25561 en su artículo 13, en cuanto a la fijación de precios por parte del

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Estado provincial -en este caso la ley dice Estado Nacional-, pero cuya prerrogativa es transferible a las provincias en la medida en que esta ley no se aplique a nivel nacional, como lo establece la jurisprudencia.

Con la combinación de estos dos artículos, estaríamos hablando de establecer un precio sobre el valor de este bien, y actuar con subsidio directo para aquellos que no tienen acceso a este bien. De esa manera estaría completo el círculo, porque actuar solamente con subsidio directo, éste no sería sobre el bolsillo del consumidor, sino directamente a las empresas que seguirían fijando el precio a gusto y placer, de acuerdo a los movimientos de oferta y demanda, siendo la demanda en forma creciente en los meses de invierno, y en forma decreciente, de acuerdo a la conveniencia de quienes brindan el servicio.

Razonablemente, en el artículo 3º se establece conversaciones previas con las empresas proveedoras con lo cual trata que lleguemos a un acuerdo antes de proceder a aplicar la ley antimonopolio u oligopolios.

Conceptualmente, en el proyecto de ley queda establecido lo expresado por el diputado Martín que desde ya cuenta con el apoyo del bloque demócrata. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Nieto. SR. NIETO (UCR) - Señor presidente: me parece que a esta altura del debate, convendría dar lectura definitiva a lo que quedaría como artículos 1º, 2º y 3º de este proyecto de ley, y en función de lo que aquí va a quedar redactado, a lo mejor se solucionan muchos de los problemas de los que algunos legisladores han mencionado.

Estamos haciendo en esta sesión, va a quedar reflejado en la lectura del artículo 2º, que es simplemente aplicar la herramienta que está prevista en la Ley Nacional 25561, Ley de Emergencia Económica de enero de 2002. Esto es lo que la Provincia podría hoy utilizar con todas las posibilidades para solucionar este grave problema el cual todos compartimos.

El artículo 1º diría: “Facúltase al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con gas licuado de petróleo (GLP), a precio preferencial, sistema que funcionará entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de cada año”.

El artículo 2º: “Facúltase al Ministerio de Economía a utilizar todos los instrumentos previstos en el artículo 13 de la Ley Nacional 25561”.

El artículo 3º, tal cual lo describía el diputado Parisi, facúltase al Poder Ejecutivo Provincial, a acordar convenio con Repsol YPF y todo otro proveedor de gas licuado de petróleo para la producción de este fluido a fraccionadores de garrafas y tubos de nuestra provincia o de otras provincias cuyo destino sea la comercialización de éstos en la Provincia de Mendoza.

El artículo 4º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: voy a ser muy breve, en función de las consideraciones que hiciera el diputado Martín.

En primer lugar, quiero manifestar que otorgar un facultamiento a alguien que no lo solicita, parece ser una muestra de buena predisposición, pero de poca operatividad.

En ese sentido, este proyecto que con fines loables faculta reiteradamente en tres artículos al Ministerio de Economía y al Poder Ejecutivo Provincial, carece de carácter imperativo que tiene que tener una norma de esta naturaleza, a efectos de garantizar el cumplimiento del fin que se propone.

Por eso, creo que la utilización el término facultamiento al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión, debería como corresponde suplantarse por: “... Dispónese la creación de un sistema de producción”, a efectos de que cumplamos cabalmente nuestro rol legislativo.

Vuelvo a manifestar en esta oportunidad, que me llama la atención la falta de iniciativa del gobierno provincial en esta materia.

Durante esta semana algunos diputados justicialistas, a través de la gestión de la diputada Rosa Lira, hemos obtenido reiterados pedidos de audiencia con la Ministro de Desarrollo Social y Salud de la Provincia para tratar el tema de la provisión de gas para aquellas familias de escasos recursos.

No hemos obtenido ni siquiera la respuesta negativa, que por la cortesía entendemos que correspondería.

Por eso, señor presidente, quiero destacar la buena voluntad e iniciativa de diputados del bloque oficialista que han llevado adelante la presentación de este proyecto y solicitar que, a efectos de darle más fuerza, se realicen las suplantaciones de los términos facultamiento por disposición.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: en el mismo sentido que plantea el diputado Carmona, en lugar de decir facúltese, había pensado que diga el Ministerio de Economía deberá establecer un sistema de provi sión de garrafas y tubos de gas licuado con LP, aprecios diferencial, sistema que funcionará entre el 1 de mayo y el 30 de octubre, cuyos valores deberán ser sustancialmente menores a los del mercado.

Esta es la observación que quería hacer. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Morales. SR. MORALES (PJ) - Señor presidente: en realidad tiene que ver con una resolución que votamos la semana pasada en la Cámara invitando a la Ministro de Economía; me informa que por cuestiones de su

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agenda no va a poder concurrir el día de mañana y estaba previsto invitar a la señora de Nofal, que estaba a cargo del Departamento de Fiscalización y Control y tiene que ver con lo que hoy estamos tratando, por eso me parece que no podemos dejar pasar la oportunidad en el mismo sentido que planteo el diputado Puga, de hacer una ley lo mas generalista posible, en este sentido, abordar toda la problemática en este caso del GNC, y otorgar facultades al Ministerio de Economía para que actúe; estando en esta situación por los fundamentos del autor de la ley frente a un claro caso de un mercado totalmente desregulado donde nadie puede ejercer la competencia o claramente por una ausencia de competencia, como en este caso de la Provincia de Mendoza.

Creo que lo que estamos haciendo con este proyecto de ley, es otorgarle al Ministerio de Economía, una competencia que nadie detenta.

Entonces, en este mismo sentido, me parece que no deberíamos dejar pasar esta oportunidad, para incluir también la problemática de otros combustibles, como el GNC, que también es usado por un vasto sector de la población, no diría de bajos recursos, porque por ahí se dice que quien tiene un auto, algo tiene. Pero lo que digo es que hay mucha gente de condición humilde que usa un vehículo, y que apela al GNC, precisamente por ser el único combustible con el cual podría funcionar.

Entonces, con el permiso mediante de haberlo conversado antes con el autor del proyecto, pido un cuarto intermedio en las bancas, para ver qué posibilidades hay de incluir en este mismo proyecto la problemática del GNC.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - La Presidencia dispone un cuarto intermedio de 1 minuto en las bancas.

-Así se hace a las 14.20 -A las 14.24, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el diputado Rodríguez Medina. SR. RODRÍGUEZ MEDINA (UCR) - Señor presidente: este proyecto de ley, en realidad lo que hace es darle facultad al Poder Ejecutivo, es realmente lo que se dijo. En realidad lo que se hace es ratificar y reforzar esas facultades dejando claro que todo representante político de la Provincia con representación legislativa están trabajando cohesionados detrás de lo que significa la crisis energética y su impacto en la sociedad. Lo que no quiere decir, esto pueden dar fe los medios de comunicación, que haya estado el Poder Ejecutivo inactivo al respecto. Basta leer algunos diarios y tener algunos minutos de televisión para ver el trabajo que hizo el Poder Ejecutivo con gente de la Nación y el trabajo que se ha estado haciendo en las últimas semanas con las productoras, las envasadoras, concretamente Repsol YPF, para lograr un precio moderado en la venta de gas licuado de petróleo. Es por eso desde esta bancada desestimamos algunas opiniones en base a la

supuesta inacción del Poder Ejecutivo. Este proyecto de ley reafirma esas facultades, entendiendo que toda la comunidad política está detrás de la consecución de soluciones para la crisis energética que afecta a la población de Mendoza. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: con todo el respecto que me merece mi querido amigo, el diputado Rodríguez Medina, no estamos suponiendo, es una realidad. Cuando se planteó la crisis energética en el país y en Mendoza, el Ejecutivo provincial no tomó cartas en el asunto en este tema, lo tuvo que hacer el gobierno nacional y esta no es una suposición, estamos afirmando, estamos planteando que no se han hecho cargo de la situación crítica, y sería bueno que discutiéramos mucho tiempo este tema porque planteé que esto lo teníamos que discutir en la comisión porque entró el martes con una muy buena intención del diputado Medina, y el diputado Nieto que tendría que haberlo planteado antes el gobierno provincial. Nosotros vamos a acompañar pero tampoco vamos a hacer una ley declarativa. Por eso cuando se planteaba dispóngase en vez de facúltase, que lo planteaba el diputado Carmona y que lo reafirmó el diputado Puga, nosotros queremos que esta ley sirva, que no sea una ley declarativa, por eso estamos planteando una seria discusión y un gran debate sobre este tema, porque indudablemente queremos que esta ley salga y le sirva a los que menos tienen, a los que hoy están teniendo inconveniente y pasando frío o no pueden cocinar los pocos alimentos que tienen.

Indudablemente no queremos que sea una ley declarativa, sino que disponga que el gobierno provincial haga lo que debe hacer para beneficiar a los que menos tienen. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Simón. SR. SIMON (UCR) - Señor presidente: creo que hablar de la crisis energética y la voluntad de un gobierno u otro en cuanto a la resolución de la misma, da para una sesión especial porque tenemos que hablar muchísimo de energía y tenemos sobrados fundamentos para contestarle al diputado Serralta en este tema; desde las privatizaciones en energéticas estamos en esta crisis, pero no es voluntad de nuestro bloque contestarlo hoy.

Simplemente queremos decirle que tenemos redactado el despacho y no deseamos cambiar el término “facúltese” porque no queremos darle al Ministerio de Economía la obligación de tener que ir a buscar recursos si no les alcanza para establecer subsidios que aparentemente estarían encubiertos con esa terminología. De manera que vamos a sostener el despacho que hemos redactado en conjunto con otros bloques y que lo tiene la Secretaría Legislativa, y voy a mocionar que se cierre el debate y procedamos a la votación del presente despacho.

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Previo a eso y antes de votar la moción del 111, voy a darles la palabra a los diputados que ya la tenían asignada: diputados Puga y Carballo. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: voy a recordar que el tema del gas se votó con un diputado que ni siquiera estaba en las sesiones, era un empleado de la Cámara del Diputados del Congreso de la Nación. La historia política argentina nos da elementos de juicio más que sobrados para analizar lo que nos ha pasado en materia de privatizaciones.

Más allá de eso, con los diputados Rivas y Serú García, en su oportunidad, hace dos años planteamos este tema en la Cámaras

. Advertimos en aquel momento la situación que vivían los sectores más débiles de la sociedad en materia de gas licuado; dijimos que había que adoptar medidas; requeríamos al Congreso de la Nación una legislación pertinente en materia de constituir un ente regulador que resolviera definitivamente este tema; le pedíamos al Poder Ejecutivo de la Provincia que analizara adecuadamente esta situación porque se iban a generar emergencias como las actuales y lamentablemente, hay que admitir que no se tomaron las medidas pertinentes.

Esta es la realidad. Por eso hoy vamos a apoyar decididamente este proyecto, pero tenemos buena memoria respecto de las cosas que no se hicieron. Acá hay responsabilidades que se deben asumir y hay que cambiar el rumbo para que los sectores más desvalidos de esta sociedad tengan la oportunidad de obtener el gas licuado en los mejores valores posibles para que no tengan que sufrir las vicisitudes que están pasando. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carballo. SR. CARBALLO (UCR) - Señor presidente: escuchamos el debate y aquellos que hace más de una década venimos trabajando en la experiencia y en hechos concretos de conocer cómo funciona el mercado del gas licuado, es que llevábamos adelante una experiencia a lo largo y ancho de la Provincia y desde el Este lo hicimos con todas las uniones vecinales conformando una cooperativa de instituciones jurídicas, la primera en el país, para enfrentar este tremendo negocio y también donde existía y existe un gran poder económico y donde roza la delincuencia y la mafia en este negocio, porque aquellos que abrazamos la bandera del cooperativismo y cooperativas como Las Varillas y Villa Dolores, venían a buscar gas propano y butano a Luján de Cuyo, los llevaban a sus provincias y desde Rivadavia íbamos a buscar el gas envasado que nos habían aportado solidariamente las garrafas, competíamos por el precio y por cada garrafa que el movimiento cooperativo depositaba en una unión vecinal o en un centro barrial, el precio caía inmediatamente, por obra del movimiento cooperativo se neutralizaban diez garrafas y así fue

como la lucha era sin cuartel con estos poderosos que ostentan el negocio. Teníamos el respaldo y la conciencia movilizada entre toda la población, porque no solamente desde el Gobierno con este proyecto que aplaudimos y acompañamos, si trabajamos con los vecinos y con las instituciones es muy difícil porque en aquel momento los vecinos llevaban el dinero y cargaban los camiones, los llevábamos a Villa Dolores, nos traíamos las garrafas y así fuimos ganando terreno hasta que logramos regular el precio del gas. Pasaron los años, nos fuimos alejando por diferentes motivos y volvió a desaparecer el movimiento cooperativo y así es como tenemos una planta de gas de la Provincia que mencionaba el diputado Puga, donde se producía gas propano. Estoy convencido que todas las medidas que tomemos ... Va a ser muy difícil desde el poder político, desde el gobierno, ponerle el cascabel al gato. Me inclino, con mucha humildad, en esta emergencia poner un precio y que ya lo tendría que haber fijado, porque acá cacarea mucho el Gobierno de la Nación a lo largo y ancho de todo el país, cuando puso el precio de referencia de 18 pesos, deberían haber tenido lo que hay que tener abajo, bien puestos, para decirle al Presidente de la Nación que las garrafas a lo largo y ancho del país valdrán 18 pesos y no que habrán centros de distribución cada 50.000 ó 60.000 habitantes en los departamentos, un centro. Cómo hacemos para venir desde El Mirador, a 100 kilómetros, ir y volver, es imposible. Son 18 centros de distribución, es enviable, es imposible en esta emergencia que nos es por falta de gas licuado. Separemos la paja del trigo, acá no hay emergencia en el gas licuado, hay de sobra, se exporta a precio dólar, 42 dólares el barril. Se imaginan el negocio tremendo que tienen Repsol y compañía y que son tres en el país, entonces tenemos gas licuado, no tenemos gas natural, y ya este precio lo tenía la garrafa el año pasado y entonces no nos hagamos los distraídos y tiremos fuegos artificiales. Acá el Gobierno de la Provincia, qué ha hecho? Qué ha hecho el Gobierno Nacional? Tiene todas las herramientas para regular el precio en la emergencia que tenemos; si fijó 18 pesos, que lo ponga y lo vamos a acompañar con la conciencia y el trabajo de todos los municipios de la Provincia.

Este es un tema que podríamos hablar días y semanas, y los intereses que están en juego son muy fuertes, los conocemos desde adentro los que hemos trabajado en este sentido.

Sufrimos persecuciones, robos, extensiones de camiones en la ruta 7, del movimiento cooperativo; no es fácil enfrentar a estos monopolios.

Vamos a acompañar el proyecto, pero nos inclinamos para que exijamos, desde el orden nacional, para que se le fije un precio máximo a la garrafa en todo el país. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si ningún diputado desea hacer uso de la palabra, se va a votar en general.

- Resulta afirmativa.

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. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

Tiene la palabra el diputado Martín. SR. MARTIN (PJ) - Señor presidente: es para solicitar que se dé lectura al artículo 1º. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por Secretaría se dará lectura. SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Artículo 1º: “Facúltase al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con gas licuado de petróleo (GLP), a precio preferencial, sistema que funcionará entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de cada año”.

- Se enuncia el Art. 2º, y dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: es para solicitar un cuarto intermedio de un minuto en las bancas. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia hace suyo el pedido de cuarto intermedio.

-Así se hace a las 14.42. -A las 14.48, dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se reanuda la sesión.

Por Secretaría se dará lectura nuevamente al artículo 1º completo.

SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo)

Artículo 1º - Facúltase al Ministerio de Economía un sistema de provisión de garrafas y tubos con gas licuado de petróleo GLP, a precio preferencial; sistema que funcionará entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de cada año.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: vamos a proponer una modificación a este artículo, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 1º - El Ministerio de Economía

deberá establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con gas licuado a petróleo, es decir GLP, a precio preferencial a personas integrantes del sector de bajos recursos, que funcionará entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de cada año, intertanto dure la situación de emergencia establecida en el artículo 1º.

El Ministerio de Economía convocará a los gobiernos municipales, a los efectos de determinar los beneficiarios de la presente ley”. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Hay 2 mociones, la primera es la que se leyó por Secretaría, que es la primera que se va a votar.

- Se va a votar. - Se vota y dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se han obtenido 20 votos.

Los que estén por la negativa, sírvanse indicarlo levantando la mano.

Se vota y dice el

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Rechazada Ha quedado aprobado el artículo 1º tal cual

fue leído por Secretaría. Por Secretaría se dará lectura al artículo 2º.

SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo)

Artículo 2º - Facúltase al Ministerio de Economía a utilizar todos los instrumentos previstos por el artículo 13 de la Ley Nacional Nº 25561. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el Artículo 2º, conforme al texto leído.

Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Aprobado.

Por Secretaría se leerá el artículo 3º. SR. SECRETARIO (Manzitti) - (leyendo):

Artículo 3º - Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a acordar convenios con Repsol YPF y todo otro proveedor de gas licuado de petróleo, para la provisión de este fluido a fraccionadores de garrafas y tubos en nuestra Provincia o de otras provincias, cuyo destino sea la comercialización de éstos en la Provincia de Mendoza. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración.

Tiene la palabra el diputado Martín. SR. MARTIN (PJ) - Señor presidente: Como el artículo en consideración sería el 3º del proyecto, por lo tanto el último, voy a solicitar el agregado de un párrafo al texto, por el cual se dispone una autorización para usar hasta 5.000.000 de pesos, por parte del gobierno provincial, para dar cumplimiento al objetivo fijado por el artículo 1º de la presente, quedando igualmente facultado para realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En primer lugar, si no hay una moción contraria, se va a votar el artículo 3º, conforme al texto leído por Secretaría Legislativa. Se vota y dice el

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Aprobado el artículo 3º, según texto leído por Secretaría Legislativa.

El artículo 4º es de forma. Habiendo sido aprobado en general y en

particular, pasa a la CÁMARA de Senadores para su revisión.

-(Ver Apéndice Nº 10).

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: a solicitud de las diputadas Miriam Núñez y Adriana Bonadeo, los expedientes 31447 y 35266, que habíamos acordado en Labor Parlamentaria que se trataran hoy es el proyecto que responde al título de paternidad responsable, voy a pedir que se trate la semana que viene, habida cuenta que los legisladores me han planteado la posibilidad de hacerle algunas observaciones al proyecto. De todas maneras, voy a solicitar que se desacumule el expediente 31447 del 35266 para que la semana que viene podamos tratar el proyecto de paternidad responsable. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la moción que se desglosen los expedientes 31447 y 35266.

- Resulta afirmativa. -( Ver Apéndice Nº 38) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la preferencia para la próxima sesión y subsiguiente con despacho de comisión del expediente solicitado por el diputado Puga.

Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 39) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: habíamos quedado en Labor Parlamentaria que el expediente 35936 que ya lo pidió el diputado Montaño, por error había ido a la Comisión de Desarrollo Social, hago moción para que pase a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales. Solicito también preferencia con despacho de comisión de los expedientes 35413 y 35129. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: en el mismo sentido, el expediente 35962 solicito con preferencia con despacho para la próxima sesión. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Para su oportunidad.

Se va a votar para que pase a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales el expediente 35936.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 40)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la preferencia con despacho de comisión el expediente 35413 para la próxima sesión y subsiguiente.

Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 41) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la preferencia con despacho de comisión del expediente 35129 para la próxima sesión y subsiguiente.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 42)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: en el mismo sentido, es para pedir preferencia con despacho de comisión para la próxima sesión para el expediente 35962. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar la moción del diputado Rivas.

- Resulta afirmativa. - (Ver Apéndice Nº 43) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: es para pedir preferencia con despacho de comisión para la próxima sesión y subsiguientes para el expediente 31599, es el proyecto de ley sobre el uso del suelo de la Provincia. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: voy a solicitar que se acumule al expediente del diputado Ahumada. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En primer lugar se debe votar la acumulación...

Tiene la palabra el diputado Zaragoza. SR. ZARAGOZA (PD) - Señor presidente: el expediente que menciona el diputado Puga, del diputado Ahumada, tiene despacho de comisión y gran parte de su articulado está referido a otro proyecto que está en la Comisión de Ambiente, que es el proyecto de ley sobre loteos. La gran mayoría del articulado de ese proyecto del diputado Ahumada corresponden a ése. Entonces se ha acumulado al otro proyecto, al de loteos. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Secretaría me informa que se están mezclando los temas. Presidencia entiende que el despacho de la comisión respectiva referido a dicho proyecto, es un despacho viejo con la anterior composición de la CÁMARA; el nuevo Cuerpo tiene derecho de determinar si ese despacho es válido o no y también tiene derecho de estudiar

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todos los expedientes que cree convergentes o coincidentes.

No obstante eso, Presidencia entiende que es viable votar el pedido de acumulación del proyecto y después la preferencia con despacho de comisión.

Tiene la palabra el diputado Zaragoza. SR. ZARAGOZA (PD) - Señor presidente: este despacho es de hace 2 semanas. Pido que se verifique el número... Perdón, señor presidente, aquí me aclaran cuál es el motivo, se perdió el despacho de la nueva comisión. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: quiero repetir la solicitud que se ponga a consideración del Cuerpo el expediente 31599, preferencia para la próxima sesión o subsiguientes con despacho de comisión. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: indudablemente que cuando se planteó la Ley de Uso de Suelo, había otra Cámara constituida con el 50% de legisladores que hoy no están y donde el diputado Ahumada, que ahora es senador, había presentado un proyecto de ley de uso del suelo, y en una reunión que mantuvieron los intendentes de todos los partidos, se le envió una copia del expediente viejo, quienes han podido venir a discutir y opinar sobre eso. Por eso no me parece malo que se adjunte el expediente del diputado Ahumada al antiguo despacho de ley de uso del suelo, después la comisión determinará qué van a hacer con ese despacho, más su agregado. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: me llama la atención que en una cuestión tan sencilla se hagan tantos planteos. Repito, solicito se ponga a consideración del Cuerpo y se vote la preferencia para el expediente 31599 sin objeciones en cuanto al pedido de acumulación porque tiene vinculación temática.

Insisto en el planteo, y en relación al tema de los intendentes recuerdo que esta temática viene de varios años, manifestando la posibilidad que nosotros le demos la preferencia solicitada y aquellos intendentes que no se hayan interiorizado del tema puedan hacerlo y emitir la opinión correspondiente. A su vez, el diputado Zaragoza puso en mi conocimiento que ya se ha solicitado a los intendentes su opinión al respecto. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Zaragoza.

SR. ZARAGOZA (PD) - Señor presidente: para reafirmar lo dicho por el diputado Carmona y aclarar que cuando ingresó el proyecto del diputado Ahumada ya había despacho de este proyecto de ley y se analizó profundamente viendo que su articulado correspondía más al tema de la Ley de loteos, se adjunta a esa ley. No sólo se ha consultado a los intendentes actuales, quienes ya están enviando información, sino que anteriormente hubo consultas respecto a todos los municipios y se aceptó hacer una nueva consulta por los intendentes nuevos que querían dar su opinión pero esto ha sido totalmente consensuado. Considero que no es necesario seguir haciendo más consultas con respecto a esta ley de prioridad para la Provincia, que es muy necesaria para ordenar el territorio provincial especialmente en los departamentos que así lo reclaman.

Quiero apoyar la moción del diputado Carmona respecto al tratamiento de este proyecto. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: el proyecto de ley de uso de suelos, no es de ahora, sino de muchos años de manera que sancionar un proyecto de ley de esta naturaleza, implicaría solucionar los problemas estratégicos de reordenamiento territorial.

Lo único que ha pedido el diputado Carmona, es la preferencia con despacho de comisión de un expediente, por lo cual todos aquellos expedientes sobre el mismo tema, se deberán acumular teniendo la precisión de cuál es el número del expediente y en la próxima sesión o subsiguientes, pedir la acumulación pertinente; indudablemente que no se va a sancionar en una semana porque implica un arduo trabajo en comisión.

Por lo tanto, adhiero a lo que expresó el diputado Zaragoza y al pedido del diputado Carmona de preferencia con despacho de comisión y luego se propondrán las acumulaciones pertinentes. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: no es contradictorio lo que estamos planteado respecto de la acumulación del expediente. He firmado el despacho de la ley de uso de suelos, de manera que está lejos de mi ánimo, oponernos, pero no puedo obviar el aporte inteligente que pueda hacer otro legislador y he revisado el proyecto del diputado Ahumada, y tiene aspectos muy importantes para visualizar y poderlos incorporar en la nueva legislación.

Por lo tanto, lo que pido, y no me opongo a la preferencia, sino que solicito que se acumule ese expediente y todo otro que pueda aportar para que se premie el trabajo de aquellos legisladores que se han preocupado por este tema.

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Parisi. SR. PARISI (PD) - Señor presidente: hubiera preferido no participar en este debate, porque creí que era más fácil terminar con un pedido de preferencia con despacho, que normalmente se hace. Sin embargo, aparecen los viejos problemas con este proyecto de ley que tiene media sanción de Senadores, en el cual mientras fui presidente de la Comisión de Medio Ambiente, trabajamos arduamente, sobre todos los asesores de ambas Cámaras, más allá de los legisladores. Nos reuníamos fuera de horario, tuvimos reuniones todos los lunes durante un año para tratar este tema, consultamos a todos los intendentes o sus representantes, se consultó a todos los organismos de Estado como Irrigación. CRICYT, CONICET, universidades, estoy hablando de muchas horas de trabajo.

Cuando estaba el despacho firmado, apareció como por arte de magia, el aporte muy inteligente, sin duda, del ex diputado Ahumada como elemento nuevo en la discusión, cuando llevaba más de un año y medio, sabiendo este diputado, porque las reuniones eran en forma conjunta con senadores para terminar con la discusión en general y para que cuando volviera este proyecto a Senadores, tuviera la oportunidad de ser aprobado y aparece este proyecto del ex diputado Ahumada, que creo que lo único que persigue, son actitudes dilatorias para tratar la media sanción que viene del Senado –y me hago cargo de lo que digo- actitudes dilatorias que llaman la atención, porque durante la campaña electoral el candidato a Gobernador del Justicialismo, Ingeniero Amstutz, dijo que había que aprobar la ley de Suelos, también lo dijo el gobernador Cobos, y apenas asumió el Vicegobernador de la provincia, doctor Jaliff, también dijo ser una de las leyes que tenía primordial importancia en el tratamiento de esta Cámara.

Se han consultado nuevamente a los intendentes con un plazo perentorio, porque tengan algún dictamen definitivo decirle que este tema debe traerse para el debate a esta Cámara para saber qué pensamos cada uno con respecto a esta temática en particular; se establezca el debate, que se haga el enriquecimiento que se tiene que hacer, haciendo un debate, hasta incluso podría ser, en una Sesión Especial , si así lo desearan los diputados, pues es un asunto trascendente para la provincia, y poder decir y agregar lo que cada uno quiera a este proyecto de ley , pero que se lo estamos debiendo a todos los mendocinos y cumpliríamos promesas electorales de paso que nos afianzaría en el rédito popular.

El pedido de preferencia con despacho del diputado Carmona es absolutamente aceptable si se quiere acumular el proyecto del ex diputado Ahumada, que se acumule; pero lo que no voy a permitir; por lo menos en lo personal, y la bancada me va a acompañar, es entrar en una rediscusión del tema con proyectos apareciendo entre gallos y media noche con el único afán de seguir diluyendo

este tema para que no termine nunca tratándose en el ámbito de la Legislatura. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Presidencia coincide con el diputado preopinante porque no son contrapuestas las mociones.

Corresponde votar, en primer término, si hay acumulación para que ambos despachos tengan exactamente el mismo destino con posterioridad.

- Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Aprobado por mayoría.

- (Ver Apéndice Nº 44)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el pedido de preferencia con despacho de comisión para la próxima sesión.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-(Ver Apéndice Nº 45)

XXIII

EXPTES. TRATADOS SOBRE TABLAS

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde el tratamiento sobre tablas .

Tiene la palabra el diputado Montaña. SR. MONTAÑA (UCR) - Señor presidente: es para enunciar los proyectos de resolución del bloque de la Unión Cívica Radical, que son: 36037 y 36061. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general el expediente 36037.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 30. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 47) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36061.

Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: es para solicitar que se incorpore al pedido el nuevo inicial CEBA y Polimodal. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Está modificada en el proyecto original, diputado.

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Se va a votar la toma de estado parlamentario del expediente 36061.

-Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 46)

-El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Que la Dirección General de Escuelas realice un relevamiento de los establecimientos educativos de la Provincia de los ciclos EGB 1, EGB 2, EGB 3 y CENS, a fin de determinar por el mismo, la cantidad de instituciones educativas que aún no cuentan con la Bandera de Ceremonia de la provincia, como así también la Bandera de Izar de la Provincia, según lo establecido por la Ley 5930. Art. 2º - Iniciar en una primera etapa y en un plazo no mayor de 60 días hábiles a partir de la sanción del presente proyecto de resolución y a criterio de la Dirección General de Escuelas, la provisión de la Bandera de Ceremonia de la Provincia a los establecimientos educativos que aún no la poseyeran, y en una segunda etapa la Bandera de Izar. Art. 3º - De forma.

Mendoza, 11 de mayo de 2004.

José María Martínez

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La Ley 5930 reconoce como Bandera de la Provincia de Mendoza a la Bandera del Ejército de los Andes, mandada a confeccionar por el Gral. San Martín para que guiara a sus huestes libertadoras que llevaron a la libertad a medio Continente Americano.

Esta Bandera que surgió del pueblo mendocino y que acompañó al Ejercito Libertador, descansa hoy en nuestra provincia como reliquia histórica y es reverenciada por todos los argentinos.

Por el anexo - Resolución 00457 de la Ley 5930 de la Dirección General de Escuelas es de uso obligatorio en los establecimientos educacionales tanto estatales como de gestión privada, en todos sus niveles, la Bandera de Ceremonias de la provincia como así también la Bandera de Izar de la Provincia.

Según la resolución mencionada el plazo para la utilización de la Bandera de Ceremonia es de 1 año y de 2 años la Bandera de Izar a partir de su publicación en el Boletín Oficial cosa que se materializó el 8/7/2003.

Teniendo en cuenta estos plazos previstos por la resolución y faltando poco tiempo para dar cumplimiento a lo precavido, es que solicito a la DGE realizar un relevamiento de aquellas instituciones educativas que aún no poseyeran las mencionadas banderas.

Es cierto que algunos establecimientos educativos ya cuentan, ya sea, con la Bandera de Izar o de Ceremonia y en algunos casos con las dos. Esto ha sido gracias a donaciones privadas, cooperadoras, legisladores nacionales y provinciales, Concejos Deliberantes, Municipios, etc., pero también es cierto que todavía muchas instituciones carecen de estas banderas.

Si tenemos en cuenta el alto costo en el mercado de la Bandera de Ceremonia, con un precio promedio de 500 pesos vemos que es una cifra casi inalcanzable para una institución de estas características y con todas las carencias que hoy tienen nuestras escuelas.

El Estado Provincial no puede dejar librado a las escuelas a su suerte en cuanto a conseguir por un lado o por otro las mencionadas banderas. Entendemos que debe ser el Estado el que cumpla con lo establecido por la Resolución 457 en tiempo y forma.

Por estos fundamentos, y los que daremos en su oportunidad, solicito al H. Cuerpo preste sanción favorable al presente proyecto de resolución. Mendoza, 14 de mayo de 2004.

José Maria Martínez SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º y 2º.

-El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 48) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el expediente 36027.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 26.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se

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enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 49) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el expediente 36034.

- Consultar Asuntos Entrados Nº 28.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general. Se va a votar.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º y 2º.

-El Art. 3º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

-(Ver Apéndice Nº 50)

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36035.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 29. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 51) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36038.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 31. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se

considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 52) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36039.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 41. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 53) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36048.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- Consultar Asuntos Entrados Nº 35 SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 56) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36055.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- Consultar Asuntos Entrados Nº 36. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 57) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 36059.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Asuntos Entrados Nº 38. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar.

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-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 58) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36062.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 46) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de interés provincial, el proyecto de construcción del Anfiteatro “Ciudad de Palmira”, a ubicarse en el predio que delimitan:

* Río Mendoza (Oeste); * Calle Soberanía Nacional (Sur); * Calle Libertad (Norte); Propiedades de los Dres. Buscema y Di Paola (Este), en la Ciudad de Palmira del Departamento General San Martín. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza,17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La Provincia de Mendoza, en estos últimos años y a pesar de los problemas socioeconómicos existentes, ha visto incrementar paulatinamente el ingreso de turistas provenientes de otras provincias y naciones limítrofes. También aumentó la recaudación de altos ingresos económicos. Palmira no es una excepción, porque cuenta con magníficas potencialidades que la madre naturaleza nos brinda, como lo es la margen derecha del río Mendoza. Sólo falta aprovecharlas para el bien y disfrute de la comunidad local y regional.

Es por ello, que creo conveniente la construcción de un anfiteatro denominado “Ciudad de Palmira”. La construcción del futuro anfiteatro estará dentro del Parque Ecológico-Recreativo “Río Mendoza”, ya iniciado en la década del ‘90 con la habilitación de churrasqueras, terreno forestado, bosque, cancha de fútbol, etc.

Esta obra obligará a la erradicación, tan ansiada por la comunidad de Palmira, de un grave foco de contaminación ambiental.

Es necesidad perentoria e impostergable que Palmira cuente con un anfiteatro o espacio natural y atractivo para sus diversas manifestaciones: culturales, recreativas, turísticas, económicas y sociales.

Por lo expuesto, solicito a la H. Cámara de Diputados apruebe el presente proyecto de declaración.

Mendoza,17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo

(La documentación consta en el Expte. original) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36062.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 59) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36066.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 46) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Art. 1°: Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, informe a esta H. Cámara lo siguiente:

1) Designaciones de personas que se desempeñan como Directores en la Empresa Provincial de Transporte.

a) Director Gerente: Nombre de la persona designada por el Poder Ejecutivo y experiencia documentada para el ejercicio del cargo. Remuneración que percibe.

b) Director Representante del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas: Nombre de la persona

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designada por el Poder Ejecutivo para el desempeño del cargo. Remuneración que percibe y si revistaba cargo alguno en la Administración Provincial.

c) Director Representante del Personal de Funciones de la Empresa: Nombre de la persona electa por el personal de la empresa.

-Copia del Decreto del Poder Ejecutivo poniendo en funciones al Director electo por el personal.

-Remuneración que percibe.

2) a) Cantidad de subestaciones eléctricas previstas en el proyecto para satisfacer las necesidades del servicio de la línea Godoy Cruz-Las Heras.

b) Determinación de las superficies en predios para la instalación de subestaciones eléctricas. c) Ubicación proyectada de las mismas. Art. 2° - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 14 de mayo de 2004.

Carlos Ciurca

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36066.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 60) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36067.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

- (Ver Apéndice Nº 46) - El texto es el siguiente:

PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Acción Social y Salud, adopte las medidas necesarias, conjuntamente con la Municipalidad de Gral. San Martín, a fin de acudir en ayuda financiera y de materiales a los 50 damnificados aproximadamente,

por las intensas lluvias ocurridas, según relevamiento habitacional producido por Defensa Civil en el Departamento Gral. San Martín. Art. 2º- Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La persistencia de la lluvia caída la semana pasada en el departamento de San Martín, afectaron las viviendas más humildes. Las mismas terminaron inundadas, mientras que otras sufrieron el derrumbe de techos y paredes.

Defensa Civil informó que 14 casas más se encuentran con posibilidad de derrumbe.

Esto motivó que las familias tuvieran que evacuarse en otras casas particulares de vecinos.

Es por ello, que solicito a esta Honorable Cámara de Diputados tenga a bien aprobar el presente proyecto teniendo en cuenta también la grave situación económico-financiera que atraviesa la comuna del Departamento San Martín.

Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36067.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 61) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 35718.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -Ver Apéndice Nº 62)

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36073.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 46)

-El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que realice las gestiones necesarias ante las autoridades de la Delegación Regional Cuyo del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) para autorizar la instalación de tres bocas de expendio de garrafas de diez (10) Kg. denominada garrafa social cuyo valor es de dieciocho pesos ($18) en el Departamento Lavalle. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Francisco Falcon Rubén Moyano

FUNDAMENTOS

H. Cámara: El Departamento Lavalle cuenta con una población de más de 33.000 habitantes, de los cuales el 80% reside en zonas rurales. Estas zonas tienen como principal recursos energéticos el gas envasado, el cual es utilizado para cocinar sus alimentos y calefaccionar sus hogares en épocas invernales.

Es por ello que la garrafa de gas envasado de 10 kg, la más comercializada en la zona, se ha tornado de difícil adquisición, debido a los reiterados aumentos que las empresas han efectuado sobre este producto, haciéndola inalcanzable desde el punto de vista económico para las familias más humildes. Cabe destacar que Lavalle es uno de los departamentos mendocinos con mayor número de N.B.I. (Necesidades Básicas Insatisfechas). Por tal razón solicitamos a este H. Cuerpo dé sanción favorable a este presente proyecto.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Francisco Falcon Rubén Moyano

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36073.

Se va a votar.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 63) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36076.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 46) -El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo. 1º- Solicitar al Poder Ejecutivo que informe a esta H. Cámara por escrito, mediante el organismo que corresponda, sobre los siguientes puntos:

1 - Nombre de los barrios y cantidad de viviendas por barrio subsidiado mediante la Ley 6044, Art. 26 ( servicio de agua potable), ubicados en el Departamento Las Heras.

2 - Listado nominal, en el caso de que existiese de los beneficiarios por barrio y jubilados beneficiarios. Art. 2º - Comuníquese, hágase saber y archívese.

Mendoza , 18 de mayo de 2004.

Carlos Ciurca

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La realidad financiera, los bajos ingresos y la

escasez de empleos, han derivado en serios inconvenientes sociales; desde la falta de alimentación, dificultades para la asistencia a la educación a lo más difícil: la imposibilidad de prevenir enfermedades, a través de un estricto cuidado de la higiene personal.

Y, precisamente, para alcanzar ésta, el elemento fundamental para realizarla es el agua por lo que no podemos desconocer que un porcentaje importante de la población, tiene suspendida y restringida la provisión de agua potable, ocasionada en distintos casos por retrasos en pagos de facturas. Lo cierto es que hoy a aquellos que tienen deudas desde el año 1995 hacia atrás hallan la posibilidad

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de hacer un plan de pago y acceder a quitas y los que tienen retrasos en pago de facturas se les aplica estrictamente el artículo 20 de la Ley 6044.

En la Provincia de Mendoza, la cantidad total de carenciados es aproximadamente de 26.000, y de jubilados de 8000, siendo éste un dato relevante de la situación social de la Provincia.

Es cierto que está contemplado en el Art. 26 de la Ley 6044 un subsidio para consumo doméstico de agua potable y cloacal para jubilados y usuarios de escasos recursos. En este artículo, que habla de la constitución de Obras Sanitarias, dice que el Poder Ejecutivo podrá otorgar subsidios mediante el operador (la empresa) y deberá compensarla por esto. Esta norma se reglamentó en diciembre de 2001, mediante el Decreto Nº 2340, que pauta la planificación y coordinación de mecanismos que se utilizarían para la concesión de dichos subsidios.

Frente a los actuales problemas que surgen ante el incumplimiento de subsidiar a estas familias por parte del Estado, es que pido la sanción favorable del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Carlos Ciurca SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36076.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 64) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36071.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 46) -El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1° - Dirigirse al Ministerio de Obras y Servicios. Públicos para que, a través de la Dirección Provincial de Vialidad, conjuntamente con la Nación encaren los trabajos necesarios para el mejoramiento de rutas y adecuada señalización de la

red vial en los Departamentos San Rafael, Gral. Alvear y Malargüe, Provincia de Mendoza. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Delia Pérez

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La situación de la red caminera en los

Departamentos sureños sigue relegada a pesar de las promesas de su mejoría. Se requiere, por lo tanto, una activa política vial, conforme a las necesidades de una región productiva, donde se advierte falta de obras para el Sur provincial. Pareciera que Mendoza no ha tenido en cuenta una política de Estado en materia de red caminera, más aún existiría una clara intención en proteger el corredor Bioceánico y el Dique Potrerillo, quedando en el olvido los tramos de la Ruta 40, el mantenimiento de la Ruta 143, entre Salto de Las Rosas - San Rafael, asimismo el mejoramiento de la Ruta 184 de General Alvear a Malargüe, y la unión de Rutas nacionales tales como 188 y 143. Mención especial se merece la Ruta 188, que por años ha sido reclamada y varias personas han dejado la vida por accidentes en la misma. En estas rutas se observa descalce de banquinas, falta de señalización, puentes inadecuados que la tornan en una trampa mortal para quienes allí transitan. Por las razones expuestas, solicito del H. Cuerpo la aprobación del presente proyecto de resolución. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Delia Pérez SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36071. Se va a votar.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. - (Ver Apéndice Nº 65) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar la toma de estado parlamentario del expediente 36064.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Ver Apéndice Nº 46)

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-El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara el proyecto de construcción del Anfiteatro “Ciudad de Palmira”, a ubicarse en el predio que delimitan: -Río Mendoza (Oeste);

-Calle Soberanía Nacional (Sur); -Calle Libertad (Norte);

-Propiedades de los Dres. Buscema y Di Paola (Este), en la Ciudad de Palmira del Dpto. de Gral. San Martín. Art. 2º - Regístrese, hágase saber y archívese.

Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo

FUNDAMENTOS H. Cámara:

La Provincia de Mendoza, en estos últimos años y a pesar de los problemas socio-económicos existentes, ha visto incrementar paulatinamente el ingreso de turistas provenientes de otras provincias y naciones limítrofes. También aumentó la recaudación de altos ingresos económicos. Palmira no es una excepción, porque cuenta con magníficas potencialidades que la madre naturaleza nos brinda, como lo es la margen derecha del río Mendoza. Sólo falta aprovecharlas para el bien y disfrute de la comunidad local y regional. Es por ello, que creo conveniente la construcción de un anfiteatro denominado “Ciudad de Palmira”. La construcción del futuro anfiteatro estará dentro del Parque Ecológico-Recreativo “Río Mendoza”, ya iniciado en la década del ‘90 con la habilitación de churrasqueras, terreno forestado, bosque, cancha de fútbol, etc. Esta obra obligará a la erradicación, tan ansiada por la comunidad de Palmira, de un grave foco de contaminación ambiental. Es necesidad perentoria e impostergable que Palmira cuente con un anfiteatro o espacio natural y atractivo para sus diversas manifestaciones: culturales, recreativas, turísticas, económicas y sociales. Por lo expuesto, solicito a la Honorable Cámara de Diputados apruebe el presente proyecto de resolución. Mendoza, 17 de mayo de 2004.

Yolanda Sfreddo SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración el tratamiento sobre tablas del expediente 36064.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 66) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde considerar el tratamiento sobre tablas del expediente 35657, con las reformas establecidas.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

-Consultar Apéndice Nº 67. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Se va a votar. -Resulta afirmativa.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Por constar de un solo artículo, ya que el segundo es de forma, se considera aprobado en general y en particular, y se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 67) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 36046.

-Resulta afirmativa. -Consultar Asuntos Entrados Nº 33. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general. -Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado. -Se enuncia y aprueba sin observaciones los Arts. 1º, 2º y 3º. - El Art. 4º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 68) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 36031.

-Resulta afirmativa. -Consultar Asuntos Entrados Nº 27.

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SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncian y aprueban sin observación el Art. 1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 69) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 36030.

-Resulta afirmativa. -Consultar Asuntos Entrados Nº 39. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

-Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º.

-El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 70) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el estado parlamentario del expediente 36065.

-Resulta afirmativa. -(Ver Apéndice Nº 46)

-El texto es el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Salud y Desarrollo Social informe:

A) Cuál es el plan de acción que se estaría ejecutando en “Previsión “ del mayor impacto que se estará produciendo en la sociedad mendocina, la mayor circulación de estupefacientes y mayor nivel de consumo de los mismos según la información que trasciende a través de los medios de comunicación y que dan cuenta de esto?

B) Informe si la partida dispuesta por ley de presupuesto funcional, son suficientes para atender la mayor actividad que suponen en prevención y el aumento de circulación y consumo de estupefacientes.

C) Qué resultado arrojó el último congreso sobre adicciones efectuado en la provincia acerca de la tarea que el gobierno provincial desarrolla en este sentido? Art. 2° - De forma. Mendoza, 18 de mayo de 2004.

FUNDAMENTOS

H. Cámara: La realidad de la salud en Mendoza, nos marca la necesidad de prestar especial atención a todo aquello que signifique el bienestar de la sociedad en cuanto al consumo de drogas que generan adicción. Ha quedado demostrado que la provincia no sólo es lugar de paso para la droga, sino que se ha transformado en una zona de consumo, llevando en forma paulatina a aumentar el número de adictos en el núcleo poblacional. No es la disponibilidad lo que más importa, sino el modelo de sociedad que justifica el uso legal de distintas sustancias, como marihuana, inhalantes, cocaína, LSD, heroína, etc. A medio camino encontramos el abuso de psicofármacos, esto quiere decir, el consumo sin prescripción y control médico de tranquilizantes, anfetaminas, barbitúricos, etc. Por otra parte, están las drogas institucionalizadas y de mayor consumo entre los jóvenes: alcohol y tabaco.

Otro de los graves problemas que tiene relación con las adicciones anteriormente citadas es la transmisión del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida, producida por el HIV.

Por lo tanto, el alcoholismo, las drogas, deben prevenirse en edad temprana. Por estos breves fundamentos y los que oportunamente se darán, es que vamos a solicitar el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.

Mendoza, 18 de mayo de 2004.

Mario Lampa SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se

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enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado. -Se enuncia y aprueba sin observación el Art. 1º. -El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 71) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 36040.

-Resulta afirmativa. -Consultar Asuntos Entrados Nº 42.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - En consideración en general.

Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: el motivo de este proyecto de declaración es que hemos asistido en estos últimos días a una disputa mediática entre el Municipio de Luján y el Gobierno de la Provincia, respecto a un tema tan importante como es la cárcel de la Provincia de Mendoza. Esto se viene hablando desde hace muchos años, se han hecho estudios de hace más de ocho años atrás. No queremos participar de una disputa que ha llegado a términos casi personal. Creemos que una obra de esta importancia que va a requerir una inversión, más allá de la decisión política que significa la cárcel, inclusive se ha dicho que habrían fondos de la Nación para una cárcel federal y se está estudiando unificar los proyectos. Esto no tiene por finalidad darle la razón a ninguna de las partes simplemente por una cuestión de sentido común sin que tenga la intención de atrasar un cronograma de licitación de obras, que intervenga técnicamente un organismo, propongo la Facultad de Arquitectura y de Urbanismo que en su carrera se especializa en la ponderación matemática para la elección de un terreno en una determinada obra, sobre todo cuando la obra tiene una magnitud de estas características. Este es un análisis que estoy seguro que no se ha hecho en su momento, se han hecho otros análisis que no objeto, pero este nuevo análisis significa estudiar un tema tan importante y que si bien se hizo un estudio hace siete años, en el tiempo que ha pasado han ocurrido hechos nuevos que meritúan en cuanto a la responsabilidad que nos cabe de terminar fehacientemente si la decisión está bien tomada o no, para qué nos vamos a lamentar con el hecho consumado teniendo la oportunidad de hacer un trabajo que se hace rápidamente y por técnicos especialistas y con gente que maneja esto y que le puede dar la razón a una u otra parte. Esto tiene como finalidad no demorar ni entorpecer ningún proceso de licitación o de construcción de esta obra que es necesaria, sino que por las características, importancia y montos que estamos hablando de inversión, creo que meritúa y es responsabilidad nuestra que exista una opinión de un organismo

neutral, que lo determine técnicamente y éste sería la Facultad de Arquitectura. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Montaño. SR. MONTAÑO (UCR) - Señor presidente: veo que lo expresado por el diputado preopinante, que dice en sus dichos que no quiere entrar en una pelea mediática que se ha dado entre el intendente de Luján de Cuyo, el gobernador de la Provincia y los funcionarios del Ejecutivo, me parece lógico que sea así y tampoco lo voy a hacer, porque sé de la seriedad con que debe trabajar la Legislatura de la Provincia y cada uno de los legisladores. Y la pelea mediática se puede dar por varias razones: puede ser por ambiciones personales -legítimas a veces-, de posicionamiento político, pero también digo que no legitima esto utilizar el problema que tiene toda la ciudadanía, que es un problema serio, que la Provincia de Mendoza y sus partidos políticos han adoptado una Política de Estado en este sentido, como es el tema de la inseguridad, para mediar en este posicionamiento político sin argumento alguno, ni siquiera haberse sentado a estudiar los procedimientos que se han realizado para construir el nuevo penal en el Campo Cacheuta.

Ustedes saben muy bien que no voy a remitirme a la historia del penal de la Provincia de Mendoza ni a la situación que viven los internos en este lugar que, a veces, pueden ir por causas justas y también por causas que se tienen que averiguar, pero el nivel de hacinamiento que viven, inhumano, merece la consideración seria de esta Legislatura y los dirigentes políticos debemos estar a la altura de las circunstancias.

El penal actual, que tiene un siglo de construido, no da abasto, por lo tanto, no soy el que va a defender la gestión del gobierno justicialista, pero sí quiero defender la institucionalidad y el manejo que se ha hecho de este proyecto y cómo relocalizar una nueva penitenciaría a donde se va a construir.

En 1994 y me gustaría -por eso le pedía una semana más al diputado preopinante- que se hubiera remitido a todos los antecedentes que había confeccionado su gobierno desde esa fecha. Creó un comité de estudio y concurso para la relocalización de la Penitenciaría provincial; ese comité estaba constituido por senadores y diputados, por el Secretario de Justicia, el director de la penitenciaría provincial en ese momento, el Director de Asuntos Penales, un representante del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, un representantes por cada una de las universidades, Nacional de Cuyo y Aconcagua -de lo que está usted pidiendo en este momento-. Por otro lado, también participaron 3 representantes de los municipios con jurisdicción en las Circunscripciones Judiciales Primera y Tercera y un representante de la Policía de Mendoza, como también se invitaba a participar a la ciudadanía.

En 1995 se llamó a un concurso nacional de ideas para la relocalización y estudio de los lugares donde podía ir la Penitenciaría. En ese momento se

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presentaron diez proyectos, los cuales fueron evaluados por un jurado de personalidades de la Provincia de Mendoza, representantes de universidades y colegios de Arquitectura e Ingeniería y también especialistas en la materia, la doctora María Emilia Bauzón de Tersano, el doctor Pedro David, el doctor Juan A. Zapata Mercader, que me hubiera gustado que el actual intendente de Luján o hubiera consultado porque a mi entender sigue siendo su correligionario, el doctor Luis Marcó del Pont y el arquitecto Gerardo Andía; todas personalidades entendidas en la materia que determinaron que la localización debía ser Agrelo, después por una resolución en 1996, de todos los estudios realizados, se determina que ese era el lugar. Luego de alguna oposición que hubo en Luján, la misma municipalidad, advierte en el `99 y es el Concejo Deliberante, a través del asesoramiento que tuvo una comisión de ordenamiento ambiental, donde participaban integrantes de los bloques Radical, Demócrata y Justicialista, y algunos demócratas allegados al Intendente De Marchi, quien dice que después de un minucioso estudio que esta comisión ha realizado, sugiere que la localización debe realizarse y lo expresa en el Artículo 1º: “Otórgase la autorización correspondiente al gobierno de la Provincia de Mendoza, conforme lo establece el Código de Edificación Municipal para que se construya un instituto carcelario en el terreno fiscal de Secano, de su propiedad, ubicado en la ruta nacional 7, kilómetro 1,.078 del Departamento Luján de Cuyo, que consta de una superficie de 4.244 hectáreas aproximadamente, en un todo de acuerdo a los considerandos que forman parte de la presente Ordenanza”. Es decir, que no fue el gobierno justicialista el que eligió ese terreno, se dijo que había un enjuague por debajo de la mesa entre el Intendente Carral y el Gobernador Lafalla. Les pido que toda vez que hablan los medios se informen, porque de esa manera vamos a ganar reputación, lo vengo diciendo en todas las sesiones, ante la opinión pública. No hubo ningún enjuague, porque si lo hubo es el Concejo Deliberante de Luján el que propuso ese terreno, no me consta, por eso no lo voy a decir, pero posteriormente cuando se realizó la nueva localización del edificio penitenciario, el gobierno Justicialista de entonces, empieza con las tareas de evaluación de impacto ambiental y no se la da a funcionarios de gobierno, las realiza el Instituto Ideas, de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNC, con las consultas pertinentes a todos los organismos públicos y privados para que se expidan en esa materia, no obstante eso, cumplido este procedimiento, se envía el informe a la comisión quien determina que están dados todos los pasos y se convoca a una audiencia pública para evaluar el impacto ambiental para el 22-10-99, ya era candidato a intendente el diputado De Marchi, quien jamás habló de este tema, no sé en qué esté preocupado en este momento, pero ésta era una de las que debía tener. Esa convocatoria fracasa porque las elecciones son el 24 de octubre y gana De Marchi, se convoca para el 26 de octubre, ya era intendente electo y los diarios de ese momento, como el Uno,

expresa que hubo poca gente en esa audiencia y no hubo oposición alguna; me pregunto, dónde estaba el Intendente De Marchi, o estaba festejando o tenía algunas burbujas de más que no podía asistir a esa sesión del Impacto Ambiental.

Por eso, es que veo la irracionalidad y habría que dar el debate de la Penitenciaría en este momento, y posteriormente podemos decir, para acortar este tema, que se llamó a licitación en noviembre del `99 para el 2000 y después se dijo para el 2001 y últimamente esta Legislatura vota 5.000.000 de pesos para la construcción del nuevo penal.

Es por eso que me parece poco atinente apoyar el proyecto del diputado Blanco, que sin duda lo ha hecho con total honestidad, pero con la misma honestidad, pido que esta Legislatura se tiene que expedir respecto a este tema.

No es un debate político menor, es un debate político en el que está en juego la seguridad, y si queremos ser serios, esta Legislatura tiene que votar si se continúa o no.

Les pido que para la próxima sesión -voy a traer todos los antecedentes que son seis tomos- se expida con respecto al tema de la relocalización de la nueva Penitenciaría provincial.

Por lo expuesto, este bloque no va a acompañar este proyecto, porque me parece que todos los pasos que en él se piden, ya se han cumplido. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: voy a reiterar algo que dije al principio: en ningún momento hemos expresado que la construcción de la cárcel no sea necesaria, no sea algo que la ciudadanía está esperando y él ha remarcado lo que se ha pedido en este proyecto de declaración.

Cuando él habla que en 1994 se hicieron los estudios en el que participaron universidades y otros organismos, le doy toda la razón. El que ha estudiado todos los antecedentes, sabrá que se hizo hace 10 años, pero no me podrá negar que Mendoza y Luján, de hace 10 años atrás, o la situación del área metropolitana, no era la misma de ahora.

Nuestro proyecto no está diciendo que se demore, ni que se evite el discutir nada de este proyecto, por el contrario, ni está diciendo que lo que se hizo está mal, lo que estamos pidiendo es que se verifique -por un tema de responsabilidad- si estamos hablando de 10 años, perder 30 días, creo que no es nada grave. Pedimos que se verifique por los hechos nuevos, por ejemplo: el Dique Potrerillos que no estaba hace 10 años; la Cárcel Federal de la que hoy se habla, donde la Nación invertiría 45.000.000 de pesos para unificar los proyectos, tampoco.

Entonces, si por parte del oficialismo estamos tan seguros que está bien hecho, cosa que no pongo en tela de juicio, qué cuesta que un organismo privado especialista en estos estudios, ante la posibilidad de cometer un error en una obra

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de esta envergadura, dictamine si está bien hecho o no el estudio que se hizo en ese momento.

Los que hemos estudiado los antecedentes, sabemos que no se hizo una ponderación matemática de la elección del terreno y les aseguro que se hace tan rápido, mucho más del tiempo que estamos perdiendo en esta discusión y de lo que se viene hablando desde la intendencia y el gobierno.

Insisto, en ningún momento dijimos que la cárcel no es necesaria, ni lo que se ha estudiado hasta el momento esté mal. Verifiquémoslo con un procedimiento técnico muy simple y le pueda dar la razón al gobierno y le va a quitar fuerza a la propuesta o queja de la Intendencia de Luján, o por el contrario, puede demostrar que podemos estar “metiendo la pata” gravemente.

Lo que se pide es muy simple, los que conocen técnicamente cómo se hacen estos estudios, saben que se hacen rápidamente; lo que hay que tener es la decisión política o el interés de poder determinar, o si se tiene intenciones de decir si estamos en el camino correcto o no.

Nada más. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Parisi. SR. PARISI (PD) - Señor presidente: desde el bloque del Partido Demócrata vamos a apoyar felices la iniciativa del diputado Blanco, precisamente no se podrá confundir al diputado Blanco como un miembro de mi bloque ni un militante Demócrata, ni mucho menos lujanino, sabiendo que ha sido Intendente de Guaymallén; por lo cual creo que viene a traer un principio de racionalidad a esta discusión mediática en definitiva, cosa que comparto con el diputado Montaño; pero cuando se quiso transformar en una discusión que no fuera mediática, el Gobernador ante la invitación del intendente De Marchi, rehuyó al debate que debían dar entre los dos en definitiva, se instalara esta discusión aquí.

Fue así como se había invitado a un debate público, porque éste es un tema público, en el cual se tenía que poner a consideración de la ciudadanía mendocina, ambas perspectivas de visión sobre este tema de la penitenciaría; cosa a la cual no hubo respuesta ni siquiera del Gobernador, ni siquiera enviando un miembro del Ejecutivo de menor calidad o envergadura institucional.

Este debate se lo está debiendo el Gobernador a la Provincia, en definitiva.

Es bueno que podamos expresarnos en esta Cámara, porque se pueden aclarar algunas cuestiones, sobre todo algunas que tocan a nivel personal.

Era concejal en los años que hacía alusión el diputado Montaña, y voy a traer como documento donde consta mi voto negativo en ese momento a lo que votó el Concejo Deliberante y donde hacía denuncia precisamente al enjuague político entre el intendente Carral y el gobernador Lafalla, a cambio de la entrega de la zona franca en Luján. Porque si vamos a establecer que la zona franca debía estar en Luján, también, algunos lujaninos pensamos que

era más importante que estuviera en Uspallata o donde se va a desarrollar el PACIP; pero por arte de magia terminamos con la zona franca en Luján, cosa que agradecemos pero parece que el intercambio no nos favorece..

En cuanto a la comisión de notables a la que hacía alusión el diputado Montaño, no hay duda que se reunió pero discutiendo sobre un lugar que era la Colonia 9 de Julio, en la calle Cobos, precisamente en la localidad de Agrelo, donde si se expidieron en forma fehaciente y con 12 votos a favor y 1 voto negativo que fue en el que en ese momento era diputado, el actual intendente De Marchi.

En ese momento, hicimos una gran movilización tratando de evitar que se colocara la cárcel en Agrelo porque nos parecía y nos sigue pareciendo que ese sector es absolutamente inviable, más allá de la calificación que le han dado estos notables; sin entrar en tela de juicio de sus decisiones, podemos convenir que esta zona de Agrelo obtendría la mejor calificación para cualquier cosa que querríamos hacer, desde una cárcel, a un parque de diversiones, un hotel 5 estrellas, una bodega, un viñedo, una zona de esparcimiento; y si con es criterio se tomó esa calificación, indudablemente que Agrelo era la óptima para la colocación de la cárcel. Gracias a Dios esto se cayó.

Y al poco tiempo como debían seguir con estas negociaciones a través de algunas reuniones que habían mantenido en secreto, quien si seguramente está bajo los efectos de alguna bebida burbujeante que no es precisamente gaseosa, terminó firmando algún convenio o al menos verbal, por quien era el Gobernador de la Provincia, y convencieron al grupo de concejales a votar el establecimiento en esa zona que es precisamente Perdriel, no es Cacheuta; la que se denomina Campo Cacheuta, la colocación de la nueva penitenciaría.

Por lo cual puedo aseverar que no hay estudios sobre Campo Cacheuta, los estudios realizados y la definición establecida por este conjunto de notables, es sobre Agrelo y no sobre el campo Cacheuta.

Creo que es atinado lo que solicita el diputado Blanco, para establecer precisamente que discutamos qué zona es la más adecuada para la colocación, también cambió la situación locativa de este terreno, está el dique Potrerillos, está la ruta bioceánica internacional más importante que cruza el País, no la Provincia; la zona industrial más importante de la Provincia, con Destilería, CTM; tiene un solo lugar de paso, en el caso de traslado de los encausados o alojados dentro de la Penitenciaría, que es el puente de la doble vía hoy en la zona de Luján; es el portal turístico del dique Potrerillos. Si creemos que esa es la zona, bueno, discutámoslo. No hay ningún inconveniente en establecer este tipo de discusiones razonables y dentro del marco de la racionalidad.

Lo que no se puede aseverar es que haya estudios serios sobre esa zona, eso es una absoluta falacia, y con esto no quiero corresponder a lo que se dijo en el tratamiento del tema de transporte en

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algún momento, es sólo una palabra que me vino a la memoria justamente ahora.

De manera que el debate puede ser dado en esta Cámara, pero preferiría que no fuera un debate nada más que del establecimiento de la cárcel o no en este lugar de Luján, sino que fuera sobre toda la política carcelaria y penitenciaria, fuera sobre pensar en la Provincia a 100 años vista; establecer criterios firmes sobre la política penitenciaria, que en definitiva traería luz a los ciudadanos mendocinos, a los cuales les estamos indicando a través de los medios, que la solución del problema de la seguridad está dado en la construcción de la cárcel en Luján.

Pregunto si el plazo establecido ya, de acuerdo a la licitación, son 28 meses, cuánto tiempo más seguiremos teniendo el problema de hacinamiento en el actual penal?

También quiero preguntar en este debate, y que venga alguien a aclararme, cuánto van a avanzar con 5.000.000 de pesos para las obras de infraestructura que hacen falta? Ya que en el Campo Cacheuta no hay absolutamente nada, no hay líneas de gas, no hay comunicaciones, no hay tratamiento de efluentes, no hay agua potable, es decir que prácticamente estamos hablando de un lugar donde el valor de la infraestructura que debe hacerse en cuanto a servicios, supera ampliamente los 5.000.000 de pesos aprobados en esta Cámara.

Por ello le recuerdo al diputado Montaño que cuando se votó esto mi expresión fue clara en que no tenía problemas en establecer ese monto para solucionar el tema penitenciario, pero que no estaba de acuerdo en nada y absolutamente bajo ningún aspecto, que se hablara de un establecimiento penitenciario ubicado en Campo Cacheuta.

Así que quien quiere por ahí, sin intenciones, hacerme parecer incoherente con algunas decisiones de mi vida, les tengo que responder que he tenido una conducta desde que era concejal, y que la he mantenido siendo diputado. También voy a aclararles que no hablo en esta Cámara en nombre del intendente de Luján, quien es muy capaz de defenderse solo y enfrentar a quien tenga que enfrentar.

Vengo en nombre propio, no soy mandatario de ningún funcionario de turno, como sí parece que son algunos en algunas ocasiones.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Rivas. SR. RIVAS (PARTICIPAR) - Señor presidente: No voy a entrar en el debate de si debe estar o no. Pienso que es una cuestión puramente política, lamentable, pero política. Lo que sí voy a adelantar es mi voto positivo al proyecto del diputado Blanco, porque ningún estudio que permita una mayor precisión sobre la factibilidad debe ser desechado o dejado de lado. Todos los estudios que sean posibles y que nos permitan tener una mayor precisión respecto a la factibilidad, deben ser oportunos y deben ser considerados, de hecho nos quedó el ejemplo de Potrerillos en su momento.

Con esto adelanto mi voto positivo al proyecto de declaración del diputado Blanco. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: recién cuando escuchaba al diputado Parisi expresarse, recordaba cuando tratábamos el tema el uso del suelo, porque los mismos argumentos que daba Blanco eran los que yo planteaba, la necesidad de incorporar la inteligencia cuando se producen actos que en el transcurso del tiempo pueden no haberse atendido adecuadamente. El propiciando lo que propicia Blanco de alguna manera entra en contradicción con el argumento anterior, de denegar la posibilidad que se incorporen nuevos elementos en el tratamiento de algún hecho en particular. Lo traigo como reflexión porque es lo que debe servir al conjunto. Todos pueden aportar algo en una momento determinado y cuando uno tiene la oportunidad de asumir el aporte debe hacerlo. Sin ánimo de entrar en el problema particular y político entre el intendente de Luján y el Gobernador de la Provincia... Lamento que el diputado Armagnague esté tan apurado. Decía que más allá del conflicto político lo que no se atiende es el problema real que tiene la Provincia de Mendoza. En más de una oportunidad he contado la anécdota entre Borges y Discépolo. Borges había visitado a Dsicépolo que estaba muy enfermo y cuando salió, los periodistas estaban muy atentos para ver qué habían conversado y le preguntaron qué había ocurrido. Borges contestó: dijimos un par de hipocresías y nos fuimos. Esto es lo que ha ocurrido acá. En realidad nadie quiere tener la cárcel en su departamento. Terminemos con la hipocresía política planteada desde todos los ámbitos y de todos los partidos políticos. Cuando no son los concejales radicales, justicialistas o demócratas de un departamento los que se niegan a la ejecución de políticas penitenciarias cuando está el justicialismo en el gobierno o el radicalismo son los mismos componentes de los mismos partidos políticos los que se niegan a resolver el problema penitenciario de la Provincia de Mendoza. Le pediría al diputado Blanco que suspendiéramos el tratamiento de este tema hasta la próxima sesión cuando nos traigan todos los elementos de juicio que tiene supuestamente el diputado Montaño, debatamos este conflicto y que esta Cámara saque una decisión respecto de dónde vamos a poner la penitenciaria o legislemos en materia de que el Poder Ejecutivo tenga la facultad de decidir un lugar en la Provincia de Mendoza para tener una penitenciaria. Pero saquémonos la careta y digamos dónde vamos a tener la cárcel en Mendoza. No sé si Luján es el mejor lugar o Lavalle o cuál, pero un lugar tiene que definirse de una buena vez. Lo demás son juegos de artificios. Hay que terminar este tema porque siempre vamos a encontrar algún argumento para instalarla en algún lugar porque no queremos tener la penitenciaria

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cerca nuestro por una u otra razón, algunas atendibles

-Ocupa la Presidencia el Vicepresidente 1º,

diputado Miguel Serralta. SR. PUGA (UNIR) - Y otras realmente no. Pero esto es lo cierto, éste es el fondo de la cuestión, entonces diría, le pediría al diputado Blanco que postergara la sanción de esta declaración hasta la próxima semana, me comprometo a analizarla en su momento incluso, a lo mejor, votarla favorablemente. Pero repito, le pediría que debatamos en la próxima sesión el tema penitenciario en la Provincia de Mendoza y lo resolvamos definitivamente. O le damos el aval al gobernador o decidimos determinar un lugar, un ámbito donde comulguemos todos con la idea que hay que hacer definitivamente una penitenciaría. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Montaño. SR. MONTAÑO (UCR) - Señor presidente: usted habrá notado que en las sesiones no intervengo demasiado, cuando lo hago quiero tener los argumentos claros. Por eso me parece que el diputado preopinante del Partido Demócrata se ha venido a esta sesión sin estudiar, como lo he detectado también que lo ha asesorado o se asesora mal, el intendente De Marchi, puesto que él ha expresado acá que no hubo un estudio y que esta comisión no evaluó la decisión de este Concejo Deliberante, la ordenanza que dictaminó o dictó el mismo en esa oportunidad. Tengo el acta acá, donde esa comisión asesora del Gobernador dice y expresa claramente: “El comité fijó que por asesoría técnica se elaborase un modelo del informe a elevar al gobernador conteniendo los fundamentos de la viabilidad del terreno Cacheuta y las recomendaciones respecto a dicho terreno, por lo que propone se dé lectura al trabajo realizado a fin que el comité indique si está o no adecuado con el mismo”. Posteriormente, después de esta resolución se realizan todos los estudios necesarios, de impacto ambiental y como lo expresé anteriormente, se hicieron consultando a todos los organismos públicos, entre ellos a la municipalidad de Luján de Cuyo, donde dice que no presente objeciones a la localización del proyecto dentro de la norma vigente, ya cuando se había determinado que iba a ser Campo Cacheuta.

Están todos los estudios realizados en forma oportuna y se ha evaluado esto, y por eso se continúa adelante con el proyecto de licitación. También pido al diputado Blanco una semana más para que demos un debate a fondo con todos los fundamentos de este tema tan caro a la ciudadanía, como es la seguridad y la relocalización de la penitenciaría. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Vicchi.

SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: sin duda éste es un tema que en forma reiterada se ha venido discutiendo por los distintos medios en la Provincia y por distintas razones creo que han jugado una serie de factores de distinta índole también, que a veces no coadyuvan a una buena discusión del tema o en cierta medida, como se planteó hace un momento en este recinto, a hacer de lo técnico una verdad necesaria como para que prime en el marco de las decisiones finales de lo que se tiene que hacer o terminar de realizar.

Debo decir que nuestro bloque no puede acompañar un proyecto de esta naturaleza, ya que cuando está consolidado el marco legal y reglamentario desde todo punto de vista, habilitar algunos caminos como éstos, solamente es un obstáculo a la realización de la obra principal, no porque no sea bueno incorporar nuevos elementos de estudio, sino porque como la realidad es permanentemente cambiante todos y cada uno de los estudios podrían ser perfectibles, mejorados o sustancialmente cambiados, esto llevaría a un estado de quietud de inamovilidad por parte del Poder Ejecutivo que no le permitiría tomar ningún tipo de decisión, porque en estas cosas las cosas cambian día a día. Sin duda que esta zona con su nuevo trazado de ruta, con su Dique Potrerillos puede haber tenido un cambio sustancial. Lo que no es menos cierto es que la tierra sobre donde iría la cárcel sigue siendo la misma, no hubo cambios en su suelo, no hubo cambios en la forestación, ni ningún otro tipo de cambio sustancial como para que amerite otro tipo de análisis dentro del impacto ambiental. Entonces, sin menos preciar el proyecto que a lo mejor buenamente está presentando el diputado Blanco, hoy reabrir la discusión sobre lo que está cerrado es buscar un marco de no hacer o de imposibilitar o de trabar al gobierno provincial en la decisión que tiene que tomar. Y en este sentido, quisiera recordar cosas que sucedieron en esta Provincia mucho antes de esta discusión y que también fueron fruto de discusión en este mismo recinto, incluso en comisiones.

Recuerdo que en el `87 indudablemente ya la Provincia tenía la necesidad en ese sentido de construir cárceles nuevas y cuando se hizo el planteo, por distintas situaciones, en especial por situaciones mediáticas y por análisis que hacía terceros, incluso por el aporte de muchos intelectuales en el tema, era más conveniente que a los ladrones los terminaran matando que enviarlo a la cárcel, la discusión pasaba por ese lado, decían para qué vamos a gastar plata en una cárcel cuando hay otras necesidades, en realidad que se la banquen como sea o si no que lo lleven a Tierra del Fuego o a la Antártida. Entonces, como no había plata tampoco se podía discutir sobre el tema de la cárcel. Sin duda, si uno mira en el contexto la cantidad de plata para construir la cárcel, 5.000.000 de pesos, es poco por el costo que hoy tiene, pero no es menos cierto que la Nación comprometió 40.000.000 de pesos para la construcción de una cárcel que tiene que ser federal, que va en nuestra

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jurisdicción y que también puede ser un implemento conjunto donde ambos estados se ayuden a tener una cárcel que contemple la situación de los presos federales y locales porque evidentemente estamos muy lejos de lo que dice la Constitución, que las cárceles tienen que ser sanas y limpias para la reeducación de los reos y para que esto así ocurra también hay que tener infraestructura, pero mientras nosotros sigamos en la discusión de dónde van las infraestructuras, puede llegar a empeorar sustancialmente la situación de los reos que hoy tenemos en la cárcel de Mendoza, que no obstante la construcción de reiterados y sucesivos pabellones, no mejoramos la situación en el fondo, que son parches a este problema, pero ahora vamos a cuestiones de orden mediático porque parece que es un poco lo que se ha venido planteando en esta circunstancia. Es cierto que hay un dique Potrerillos, que hay una ruta nueva, es cierto que la destilería va a estar a 8 kilómetros. Pregunto, qué problemas deben tener los de la Sexta en la capital, porque tienen la cárcel enfrente, no la tienen a 8 kilómetros; qué problema debe tener el Parque San Martín por el impacto ambiental, porque está enclavada en su terreno la cárcel de la Capital y en definitiva todos tenemos que usarla porque ahí van a parar todos los presos de todos los departamentos y de otras provincias, y sin embargo nadie les está pidiendo al resto de los departamentos, que hagan su aporte para que se mejore la situación.

Cuando uno llega a la toma de decisiones, aparece todo este tipo de conflicto. Están los que dicen reformemos la cárcel, arreglémosla, hay que mantener la situación de los presos tal cual lo determina la Constitución, los tratados internacionales, el conjunto de los factores que juegan dentro del derecho, y cuando llega la hora de construir los pabellones nuevos, tenemos problemas edilicios porque los municipios no dan su acuerdo, no hacen el análisis ambiental correspondiente, o no dan su apoyatura o se quejan. Esto es porque hay algo que aquí se dijo, que también es parte del tema; es como que los municipios de la Provincia, tienen un fuerte rechazo dentro de su territorio, factores que son elementales a la vida humana. Uno de ellos es el tema de los residuos sólidos que debe tener cada departamento para depositar la basura; el segundo, es que nadie quiere tener un cementerio en su departamento, porque parece que es malo, o degrada y el tercero se completa con el tema que nadie quiere tener cárceles, porque también degradan el departamento.

Digo: cuál es el factor fundamental que está privando en cada de estas cosas por sobre el interés colegiado de la gente; digo que no hay ninguno. Uno, es un interés egoísta: el de no tener porque afea o porque aparentemente denigra; y el otro es el interés común. Esto hace que en la práctica tengamos pésimos servicios de recolección de residuos, pésimos basurales a cielo abierto, no tengamos desarrollo técnico e ingenieril para poder perfeccionar nuestros mecanismos sociales y hacer de esta estructura, no solamente fuentes de trabajo necesarias, sino también que estén adaptadas a la

sociedad en donde muchos mendocinos puedan tener su fuente laboral.

Siempre he dicho que es bueno tener una cárcel en un departamento por distintas razones, y entre otras, por la gran cantidad de trabajo que generan. Entonces hoy hacer un planteo que una cárcel no puede ir a un lugar, porque afea, es una error garrafal de concepto y un error político.

En qué puede afear, en lo turístico? Hay muchos emprendimientos en la Argentina turísticos, en algunos basurales, porque la zona que se eligió para establecer la cárcel en Campo Cacheuta, está al lado de un basural que hay que erradicar, cambiar o ponerle un sistema de celdas específico que genere trabajo, en donde pueden trabajar los presos y muchos mendocinos.

Afecta a lo turístico? No. Afecta a lo industrial? Tampoco, por más que hayamos explayado por una decisión departamental que esa zona puede constituirse en una zona industrial, si es así, es que no tiene problemas de circulación de caída de agua, pude ir la cárcel o cualquier otra iniciativa.

Pero esto también hay que decirlo, seria y firmemente, está a una distancia importante de la ruta internacional, a 3 kilómetros. Pero si estuviera al lado del a ruta internacional: cuál es el problema?

Si las cárceles no se deben hacer para que estén escondidas, las cárceles deben hacerse para que la gente las vea bien vistas, no solamente porque no es agradable estar adentro, sino porque aparte existe el control de la comunidad, que debe ser así.

No obstante esto, esta cárcel está, prácticamente, a 2 kilómetros al Sur de la ruta internacional.

Tampoco está a un paso de la Destilería. Ni tampoco los presos, suponiendo que se subleven en el futuro, van a poder apoderarse de la destilería porque ésta está custodiada por la Gendarmería.

Esas cosas que se le ponen a la gente con mentiras tras mentiras, con cuentos tras cuentos, son las que distorsionan a la realidad.

Acepto que alguien piense que es erróneo o distinto, lo que no acepto es la obstrucción sistemática en términos políticos sin fundamento alguno y cuando esto se hace por una cuestión provisoria, o una cuestión sentimental, o una cuestión de gustos, porque sobre el tema de gustos con las cárceles no hay nada dicho sin duda; pero no es prioritario el interés de la comunidad para tener los presos bien a resguardo, a tener el gusto sobre una cárcel que le guste o no a un dirigente político.

Toda esta historia de hechos pragmáticos, tampoco pueden conculcar el derecho que tiene el Estado a la definición sobre las cosas que son estructurales y fundamentales.

Y acá quiero rectificar algo que se dijo porque es erróneo; el estudio que hizo el gobierno de la provincia, es el estudio sobre la zona final, no es sobre un sector viejo como se planteó acá o en Agrelo, es sobre la zona final.

Este estudio está hecho sistemáticamente y cumpliendo todas las reglamentaciones de la ley,

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está el impacto ambiental y también está la asamblea en donde no hubo objeciones ni oposiciones.

Entonces, a fuerza de ser sinceros, tengo la íntima convicción que desde el Municipio de Luján se está trabajando bajo una órbita política, se está tratando de captar la oposición por la oposición misma. Este es el tema.

Creo que este tipo de leyes o proyectos, aunque sean muy buenos o que estén muy bien intencionados, no le van a aportar solución al problema, sino que lo que van a aportar son nuevas ideas que van a intentar obstaculizar el tema; lo cual no opta para que el diputado o diputados autores de este proyecto, puedan requerir ellos su propio costo este tipo de investigación con la Universidad.

Porque si a mí me dijeran que en el momento oportuno no intervino la Universidad, no tuvo ningún tipo de intervención, bueno, podría justificarse que hoy lo haga, pero en su momento, las universidades intervinieron y aportaron todo su caudal intelectual para llegar a la decisión que la cárcel se construya allí, donde tiene que ir ahora.

Sinceramente, me extraña la conducta de mi amigo De Marchi, a quien no voy a menoscabar y entiendo que es un excelente intendente, pero no entiendo su decisión de priorizar lo particular sobre lo general. De estar particularizando un interés sectorial y político, por sobre el interés general.

Y allí, lo del ‘87, vamos a seguir discutiendo, año tras año, y dentro de 10 ó 20 años vamos a seguir diciendo dónde vamos a poner la cárcel y vamos a seguir hacinando gente en la calle Boulogne Sur Mer. Qué le quedará a los vecinos de la Capital, tendrían que estar poniendo un recurso de amparo por el efecto que les produce la cárcel. Cualquiera que lo medite se va a dar cuenta que esto está tirado de los pelos.

Estas conclusiones son las que no nos pueden hacer votar un proyecto de la naturaleza que ha presentado el diputado Blanco, reitero, con el mayor de los respectos y de muy buena fe porque sería intentar reabrir lo que está cerrado y lo que tiene que concluirse quitándole capacidad y ejecutoriedad al Poder Ejecutivo que es algo que le compete expresamente. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Carmona. SR. CARMONA (PJ) - Señor presidente: creo que la iniciativa del diputado Blanco es esencialmente que responde a un naturaleza técnica. Sin embargo, los dichos de los diputados radicales que preopinaban me da el marco para decir que me parece que es un grueso error político no acompañar esta iniciativa, como creo que también es un grueso error político el que comete el gobernador de la Provincia al entrar en un contrapunto con un intendente municipal, más allá de las motivaciones que pueden haberlo movilizado al generar este debate. Creo que a favor de la transparencia, de la visión estratégica acompañar una iniciativa que muy probablemente termine confirmando los informes con los que ya dice

contar el gobierno, me parece una obstaculización innecesaria a esta altura de las circunstancias. Creo que la desnaturalización de este debate está motivada en no percibir que lo que se está planteando es sumar un elemento técnico en el análisis, probablemente en el tiempo termine generando graves consecuencias en el debate posterior a la ejecución de la obra en el caso que se concrete en relación a las razones técnicas que pueden estar siendo necesarias y faltantes en esta etapa de la discusión.

Quiero comentar una experiencia que viví como concejal del departamento de Maipú, en relación con la relocalización de la planta de tratamiento de residuos urbanos. En aquella ocasión el Concejo Deliberante aprobó la relocalización, se realizó una audiencia pública con un escaso nivel de participación de los ciudadanos, pero una vez aprobada la relocalización vino el rebote de los planteos y una fuerte resistencia de los ciudadanos de Barrancas con respecto a este tema. En ese momento en Maipú elegimos el camino del consenso.

Consenso del debate de los estudios de fondo y es más, se reiteraron estudios que ya se habían realizados, a los efectos que los ciudadanos de ese distrito en el momento en que pueda ser ejecutada la obra, no tuvieran dudas respecto a lo que es una realidad, una planta de tratamiento, no tiene efectos de impacto ambiental negativos. Y lo pongo como ejemplo, porque me parece que en esta ocasión, lo que está faltando es la actitud de diálogo, de consenso de los principales actores que nos ha llevado a esta discusión.

Me parece que en este sentido, el planteo del diputado Blanco es un planteo que busca reafirmar las posibilidades de contar con absolutamente todos los elementos técnicos, a los efectos de motivar la mejor decisión política.

Y esta resistencia del bloque oficialista me genera algunas dudas respecto de la voluntad de contar con los mejores elementos técnicos a los efectos de respaldar la decisión política, decisión política que tarde o temprano, con o sin decisión política, seguramente va a prevalecer.

Quiero terminar haciendo una breve referencia a una intervención anterior que tuve en esta sesión. Hice moción de preferencia con despacho de comisión para la ley de uso del suelo. Las dilaciones incomprensibles que ha sufrido este tema en la Legislatura nos está llevando a que estemos en un debate entre dirigentes gubernamentales, un debate que debería haber sido saldado a través de una legislación que permita la planificación y definición clara, precisa de cuáles son los lugares de la Provincia, donde se puedan realizar estos emprendimientos, que como bien decía el diputado Vicchi, generan resistencias muchas veces por prejuicios y preconceptos infundados.

Creo que en algún momento nos tendremos que preparar y tendremos que trabajar fuertemente para resolver primero las cuestiones estratégicas, para después avanzar en las operativizaciones de las decisiones fundamentales, y en ese sentido, creo

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que hoy carecemos del marco legal y técnico específico con el cual este tema dejaría de ser un debate entre personas, en definitiva, entre dirigentes gubernamentales y políticos, y ser un debate donde nosotros con una verdadera visión de estadistas podamos decidir el futuro de los mendocinos.

Por eso quiero anticipar que más allá del resultado que tenga la votación de este asunto, voy a seguir insistiendo, como lo hice hoy, en la necesidad que empecemos a definir el marco estratégico del desarrollo territorial en la provincia de Mendoza, más allá de los intereses que estén en juego, más allá de lo velado que puedan estar estos intereses, que creo que han quedado demostrados palmariamente en el transcurso de todos estos años de dilación de una decisión fundamental para los mendocinos, como es la ley de ordenamiento territorial. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: voy a repetir algo que dijo el diputado por el Partido Demócrata, creo que difícilmente a mí se me pueda decir que estoy trabajando para el intendente de Luján.

No he hablado de dudas sobre el impacto ambiental, no he hablado que no estoy de acuerdo con la ubicación de la cárcel. Es más, lo que pretendo con un estudio de estas características es que se reafirme o no, para eso se deberán hacer los estudios, no puedo tener un prejuicio respecto de los resultados. Y lo he hecho desde el punto de vista puramente técnico, porque mi profesión así me lo permite, sin ser palabra santa que tenga todo por demostrar, y está bien, pero mi profesión me permite opinar de esta manera.

Creo que habría que explicar qué es una ponderación matemática de la división de un terreno. Se plantean 1, 2, 3, 4 , 5, las opciones que se quieran de ubicación; es una tabla de doble ingreso, por un lado están los terrenos, las opciones; por otro lado, diversas características, en esto se tiene en cuenta la infraestructura, dimensiones, morfología del terreno, economía, accesibilidad, etcétera, es un tema estrictamente técnico. Se le da un puntaje a cada una de estas opciones, porque queremos que sea fácil de llegar, el que más puntaje tiene; si no nos interesa que no tenga infraestructura, es el que menos tiene; si no nos interesa la forma del terreno, de la misma manera y así sucesivamente. Es un trabajo muy simple... SR. PRESIDENTE (Serralta) - Diputado Blanco, el diputado Puga le solicita una interrupción, se la concede? SR. BLANCO (PJ) - Sí, señor presidente. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: sería bueno saber cuántos terrenos disponibles tenemos para hacer Penitenciaría en Mendoza, porque tengo entendido que hay uno solo. Cómo lo va a cuantificar?

SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: en mi humilde opinión de técnico, no hay uno solo. No quiero anticipar posibles ubicaciones porque sería preopinar. Podría decir que seguramente un terreno en el secano o en el desierto tendría las mismas posibilidades o características que la actual. Vuelvo a decir, esto se ha hecho exclusivamente bajo un argumento técnico, sin la finalidad de entorpecer; es más, fue aclarado que se presentó sin menosprecio que sigan las actuaciones correspondientes en cuanto a la preparación de pliegos, llamados a licitación. Insisto, si en esta discusión que se entabló entre el gobierno y la intendencia hace 60 días atrás, hubiese estado la buena voluntad, este estudio se hubiera terminado y probablemente, quizá le dé la razón al gobierno. Es solamente el pedido que intervenga un organismo técnico, imparcial y que opine, debido a los hechos nuevos que hubo en el transcurso de estos últimos días, si la elección es acertada o no. Además, como dije inicialmente, nadie me puede decir que estoy trabajando para el intendente De Marchi, porque evidentemente no es de mi partido, tampoco nadie puede decir que estoy trabajando en contra del gobierno, porque justamente en algún momento fui acusado de ser amigo personal del gobernador y por ese mismo motivo votaba transporte y algunas otras cuestiones, entonces, le haría un “flaco” favor al ingeniero Cobos, diciéndole que sí por ser amigo de él, por no llevarle una opinión contraria y termine equivocándose en una decisión tan importante como una obra de envergadura como ésta, una inversión como ésta y en la que estamos totalmente a tiempo. Entiendo la posición del partido oficialista, porque lamentablemente tengo que decir se ha llevado esto a una discusión política, a ver quién produce la torcedura de brazo de quien y que la sociedad mendocina no merece una discusión tan baja sin tener todos los argumentos en la mesa. Reitero, si estamos tan seguros -y respeto la opinión de los diputados preopinantes- que lo realizado en estos últimos 10 años, seguramente un estudio serio, parcial de un organismo como una Universidad, lo va a reafirmar y si estamos cometiendo un error, no porque estuvo mal hecho en su momento, sino porque cambiaron las condiciones por hechos nuevos, qué mejor reconocer antes que avanzar en demasía y podamos corregir un tema que va a ser importante para la Provincia. Lo he planteado desde el punto de vista eminentemente técnico, no partidario ni político ni de amistad con nadie, y a mi entender mi profesión me lo permite, en todo caso, se plantee la duda qué se ha hecho hasta ahora, si estamos cometiendo un error o no. No estoy diciendo que esté mal ni que esté bien, pretendo solamente un estudio muy simple de hacer, también lo podría hacer yo porque es mi profesión, pero no es la función que tengo en este momento. SR. PRESIDENTE (Serralta) - El diputado Serú García le solicita una interrupción, se la concede?

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SR. BLANCO (PJ) - Sí, señor presidente. SR. SERU GARCIA (UNIR) - Señor presidente: de acuerdo a lo que estoy escuchando, pareciera ser que el dictamen que se pediría a la Universidad sería para definir dónde se va a hacer la cárcel o para que definiera frente a la opinión del Gobierno y eventualmente de esta Legislatura, frente a todos los estudios realizado antes, con este dictamen se podrían anular todos; es decir, más que un dictamen técnico es una especie de juez supremo lo que se quiere establecer, y esto no puede ser. Entonces, digo que no pido un dictamen suponiendo que estuviera de acuerdo con realizar todos, lo menos que pido son tres dictámenes de tres Universidades, para que resuelvan, no el dictamen de una Universidad que tuviera el poder vinculante de dejar sin efecto todo lo previsto. Quiero que se dé alguna explicación al respecto. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: no es un dictamen, es una opinión, es un proyecto de declaración, que se vería con agrado que el Ejecutivo si así lo decide pudiera agregar una nueva opinión, pero pondría a la sociedad mendocina una opinión neutral, no es un dictamen, es más, si los técnicos del gobierno de la Provincia pueden estar capacitados para hacer una ponderación matemática de la elección del terreno, también lo podrían hacer siempre que se puedan establecer en terrenos fiscales. SR. PRESIDENTE (Serralta) - El diputado Puga le solicita una interrupción, se la concede?. SR. BLANCO (PJ) - Sí, señor presidente. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) -Señor presidente: usted sostiene que va a haber un informe neutral. Hay antecedentes de estudios, análisis que indiquen que los estudios hechos no hayan sido neutrales, si hay algún elemento de juicio que indique que no hubo, desde el punto de vista técnico y científico, una visión neutral de los acontecimientos que se han estudiado, estamos en presencia de una situación mucho más grave. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: he dicho otro informe neutral. Insisto, se han hecho estudios hace 10 años, ha cambiado muchísimo la situación urbanística del área metropolitana, de Luján...

-El diputado Montaño solicita una interrupción y le es denegada por Presidencia.

-Dialogan simultáneamente varios diputados.

SR. PRESIDENTE (Serralta) - Continúa en uso de la palabra el diputado Blanco. SR. BLANCO (PJ) - Señor presidente: para terminar, no entiendo por qué este revuelo por un proyecto de declaración donde se pide una opinión técnica a un organismo. Insisto, si lo que se ha actuado está bien, este organismo va a reafirmar. Hay que ponerlo a consideración, estose debe votar.

-Varios diputados apoyan la moción. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Se cierra el debate.

-Varios diputados dicen: no, señor presidente. SR. PUGA (UNIR) - Cuál es la lista de oradores anotados, señor presidente? SR. PRESIDENTE (Serralta) - Los diputados anotados son: Parisi, Armagnague, Rodríguez Medina, Puga, Serrano y Vicchi.

En consideración la moción del diputado Blanco. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Es una votación mordaza, no hemos escuchado a todos, que no se vote. -Risas. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Es una moción de orden. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Me voy. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Usted está anotado. Diputado, si usted se tranquiliza, su nerviosismo no le hace entender las cosas.

Se va a votar la moción de orden de cierre del debate con los oradores que están anotados.

-Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Parisi. SR. PARISI (PD) - Señor presidente: primero, es para agradecerle al diputado Vicchi la cordialidad y el respeto que ha tenido la discusión de este tema, donde ha definido, estemos de acuerdo o no, puntos de vista absolutamente respetables ante un debate que debe ser serio y sin chicanas políticas. Hablando de chicana política, no puedo dejar de referirme a la alocución del diputado Montaño, que me aludió diciendo que me “había venido a poncho”. Es una aclaración técnica. Quiero recordarle que en el estudio de ponderación matemática a la que se refiere el diputado Blanco, se realizó en 1994, donde había una serie de lugar donde se podría edificar la cárcel, a los cuales se les colocaba en una tabla de doble entrada, un puntaje y donde daba, era la zona más apropiada. A eso hacía referencia que la zona más apropiada era Agrelo.

Se cae razonablemente el terreno de Agrelo, y pregunto: por qué no se fue directamente al

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segundo terreno con el segundo puntaje en la ponderación matemática, que no sé si estaba en Luján o no. Pero como la cárcel tenía que estar en Lujan, producto del arreglo y del enjuague político del momento, se estableció un nuevo lugar donde se pidió un dictamen a la Universidad sobre si era factible o no que se colocara allí. Así fue, dictaminaron Campo Cacheuta.

Quisiera saber si se hizo ponderación matemática en este caso, no fue así, sino que se hizo un dictamen, un estudio que no tenía que ver con el original y el inicial.

Por eso agradezco al diputado Vicchi, porque su expresión ha sido netamente técnica.

Y también le agradezco al diputado Montaño, porque sé que he venido a poncho, él por más que estudió mucho tiempo las cosas, lo único que sacó en concreto fueron chicanas políticas y muy poco de científico y técnico. Gracias, señor presidente. SR. PRESIDENTE (Serralta) -Tiene la palabra el diputado Armagnague. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: no tenía pensado hacer uso de la palabra.

Cuando comenzó a debatirse este proyecto y a medida que la discusión iba, no diría subiendo de tono, pero con sus saltos y bajas, se iba, diríamos, desarrollando una idea que es muy peligrosa en estos tiempos, y se la imputó directamente a la globalización, la idea manifestada que se ha dicho en el recinto, es que el preso no es una persona; el preso directamente no tendría que existir. Y lo digo, porque tengo más de 30 años de abogados y he defendido, la mayoría de los casos, gratuitamente por razones políticas, y a raíz de eso me he dado cuenta que existe la idea que es muy peligrosa para las sociedades, el no respetar el derecho del interno, del que está en la Penitenciaría.

Es verdad lo que se ha dicho acá, ningún departamento quiere aceptar una cárcel, creo que fue el diputado Vicchi, cuando una cárcel esté donde es un fomento de producción para el lugar, para el sitio.

Más aún, la cárcel actual tiene 100 años; casualmente se inauguró en el período 1904-1905. Los primeros presos que fueron a parar eran políticos de la revolución de 1905 que había hecho Yrigoyen, conjuntamente con Lencinas en Mendoza.

Esa cárcel, cuando se sancionó la ley, no hace falta tener mucha visión, pero a cuántas cuadras está la cárcel del centro urbano de Mendoza?

La cárcel de Boulogne Sur Mer estará a 20 ó 30 cuadras de acá. Y el progreso después fue llevando a que el lugar de la cárcel, los terrenos colindantes son de mucha importancia y valor económico; tienen valor locativo, son susceptibles de ventas importantes; es decir; para que se advierta que en otros tiempos era otra la mentalidad de la sociedad mendocina.

Hoy, con el tema del problema de la inseguridad, nos hace ver al preso como si fuera un demonio, un monstruo, entonces nadie se quiere

hacer cargo de la cárcel. Nadie dice : No, en uso de mis facultades que me da la autonomía municipal, no acepto la cárcel en mi departamento.

Claro que va a conseguir adhesiones en su departamento, es muy sencillo.

Entonces, cómo es el asunto? Se gobierna desde una concepción -y lo digo con el mayor de los respetos- desde una concepción aldeana de la política, desde una concepción como debe ser?

Es la Provincia la que debe disponer el lugar, el sitio, o el emplazamiento de una Penitenciaría.

Tal es así que en los debates de la Constitución, cuando se debatió la nueva, en 1915, ya la cárcel tenía sus inconvenientes, habían pasado solamente 10 años, y lean los anales o los Diarios de Sesiones de la Convención Constituyente del ‘16, que fue en 1915, y cuando se debatían los artículos que ahora voy a hacer aunque sea un paso rasante cuando se debatían los artículos, ya la penitenciaría era obsoleta, en 1915. Y la Constitución de Mendoza le ha dado mucha importancia a los detenidos, no puede ser para menos, porque se trata de conceptos que vienen del jus naturalismo, es decir, en la dignidad y respeto de la persona humana.

Acá hay como una especie de satanización del preso, es un delincuente y se acabó la historia. A la cárcel se puede ir por muchos motivos, porque son muchas las reacciones humanas que son imprevisibles, el hombre de por sí es imprevisible. Por qué el hombre caza al zorro, que es según dicen el animal más astuto? y de hecho hay tapados de zorro que son unos de los más caros. Porque el zorro dentro de todo es previsible. La reacción humana es imprevisible, no se puede saber qué va a hacer un hombre ante una situación determinada.

Entonces, es fácil que por cualquier desliz uno pueda ir a la cárcel, por eso soy muy respetuoso de las libertades y de los derechos en materia de seguridad, porque no nos damos cuenta, creemos que nosotros no vamos a ir nunca presos.

Eso es peligroso, porque incluso por motivos políticos se puede ir a la cárcel, como el diputado Puga, a quien lo he visto en la cárcel en épocas del proceso y por motivos eminentemente políticos. Entonces, hay una satanización en la sociedad, terrible flagelo que estamos viviendo.

La Constitución de Mendoza en su artículo 20, que con el permiso de la Presidencia voy a leer. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Está autorizado, diputado. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: dice así el artículo 20 de la Constitución Provincial:

“Todo alcalde o guardián de presos ...deberá bajo su responsabilidad exigir y conservar en su poder la orden motivada de su prisión. Incumbe exigir la misma orden bajo la propia responsabilidad al ejecutor del arresto o prisión” . Fíjense hasta donde se llegó por el constituyente, que hay que tener la orden de prisión, para que no vaya cualquiera.

El artículo 21: “Toda persona detenida debe pedir que venga el juez” etc.

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El artículo 22: “Cuando el hecho que motiva la detención de un procesado tenga sólo pena pecuniaria o corporal cuyo promedio no exceda dos años y medio, podrá ordenarse la libertad provisoria.

El artículo 23: “Las cárceles están hechas para seguridad y no para mortificación de los detenidos, y tanto éstas como las colonias penales, serán reglamentadas de manera que constituyan centros de trabajo y moralización. Todo rigor innecesario hace responsables a las autoridades que la ejerzan”.

El artículo 24: “Ninguna detención o arresto será en cárceles de penados, sino en locales destinados especialmente a esos efectos”.

La Constitución deslinda que las cárceles deben ser una para condenados y otra para procesados. Eso ya en 1915, y ahora nosotros estamos peleando para que no haya cárceles en ningún lado. Qué nos pasó, o qué le ha pasado a esta sociedad enferma, en lugar de que el progreso humano, que técnicamente ha ido en un avance incomensurable desde 1915 hasta la fecha, resulta que el sentido de la dignidad humana, del que también habla la Constitución de Mendoza, lo hemos degradado, por los absurdos que tienen estas ideas imperantes hoy en la sociedad argentina.

Fíjense en la ciudad de San Francisco, California, Estados Unidos, cuando vino Roosevelt hizo la cárcel de Alcatraz en 1932, y la emplazó en la isla del mismo nombre, alcatraz son los pelícanos que se encontraban en esa isla, por eso la denominaron así, allí se hizo la cárcel, a dos kilómetros del puerto de San Francisco, lugar turístico de Estados Unidos por excelencia. La ciudad de San Francisco es la más importante que tiene Estados Unidos en materia turística.

No nos vamos tan lejos, la cárcel que estaba en Las Heras y Coronel Díaz, que por mis años la conocí siendo un niño, miren qué fabuloso punto, allí estuvo -y lo voy a recordar- estuvo preso el diputado Serú García por la revolución libertadora. Estaba en un punto absolutamente céntrico de la Ciudad de Buenos Aires, la cárcel de Villa Devoto. Entonces por qué esa idea morbosa de no aceptar los presos como si fueran una estigma de la sociedad... SR. PRESIDENTE (Serralta) - El diputado Blanco le solicita una interrupción. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Señor presidente: se la concedo. SR. BLANCO (PJ) - Gracias, diputado, es muy amable.

Cuando uno escucha al diputado Armagnague da gusto, uno se quedaría hasta las 10.00 de la noche por todos sus conocimientos, hace muy interesante la charla. Me preocupa una cosa y no quiero dudar del diputado, si toda esta charla, que no tiene nada que ver con el proyecto de declaración porque el proyecto no está hablando ni de la satanización de los presos ni de los que quieren tener o no la cárcel, si no que se reafirme con un estudio técnico lo actuado, me preocupa que esto

sea una argucia para que nos quedemos sin quórum. Le agradezco la interrupción. SR. ARMAGNAGUE (UCR) - Para nada, señor presidente.

Decía y para encauzarnos, que no me parece mal y lo había venido pidiendo y ahora me toca a mí, lo que dice Blanco me parece perfecto en el tema de que tratemos el proyecto en consideración.

Respaldando lo que dijo el diputado Serú García, este proyecto no se lo puede dar a una universidad privada, no porque no tenga el sentido de interés general, sino que puedan existir intereses en la determinación técnica, pero las determinaciones de esta Legislatura como las del Ejecutivo sobre el emplazamiento de la cárcel o cualquier otra decisión política son de naturaleza eminentemente política, no son de cuestiones técnicas. Hubo dictámenes, se habrá hecho el impacto ambiental y después la decisión pasa por el gobierno de la Provincia. A lo mejor es verdad, será materia opinable que el mejor emplazamiento no sea el del campo Cacheuta, pero es una decisión de tipo político. En ese sentido hay que ubicar la discusión de todos los proyectos. Si ya en el gobierno justicialista con el doctor Lafalla se debatió este tema, se sancionó un decreto y se hicieron los estudios, se iba a Agrelo, allí dijeron que no porque las capas impiden la vitivinicultura, pero aquella zona es más desierta, no va a haber un peligro sobre cualquier otras circunstancias, sobre la producción que podría hacer decaer el proyecto. Pero la facultad es de la Provincia y si la Provincia decide algún lugar tendrá sus razones y se someterá a la responsabilidad de cualquier acto de gobierno, no es una decisión alocada, se han tomado los estudios y básicamente son del mismo partido del diputado Blanco. Creo que es innecesario realizar otros estudios.

SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Rodríguez Medina. SR. RODRÍGUEZ MEDINA (UCR) - Señor presidente: desde este bloque reiteramos que aceptamos absolutamente la intencionalidad técnica del diputado Blanco en su condición de profesional del tema, pero tenemos el derecho de no compartirlo. también como aceptamos la opinión del diputado Carmona cuando piensa que es un grueso error político del Gobernador Cobos enfrentarse con el intendente de Luján, pero no lo compartimos. También aceptamos, porque esto se democracia, que él exprese que es un grueso error político que no acompañemos o votemos desfavorablemente este proyecto porque no lo compartimos. Lo que particularmente no aceptamos, al menos yo, ni comparto, es la comparación que hizo.

Prima facie estos estudios que fueron hechos de manera transversal e interviniendo una gran cantidad de profesionales notables en la materia, no han tenido ningún tipo de, por lo menos, oposición desde el punto de vista técnico y legal. En

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aquel momento no fue, quizás, la decisión de los vecinos la que generó el primer impulso a rever la relocalización del vertedero de la planta de tratamientos de residuos sólidos urbanos de Maipú, sino el hecho que se hizo una presentación por los vicios de nulidad que tenía el llamado a la asamblea por un lado y el estudio del impacto ambiental sobre el emplazamiento original que se iba a hacer a un costado de la ruta pavimentada. Me consta el hecho porque quien hizo la denuncia intentando ocupar la “banca del vecino”, es el legislador que habla, con un profundo conocimiento del tema porque este proyecto le fue presentado al Intendente García, un período antes de gobierno por quien habla y además en esa sesión en el Concejo Deliberante se decidió hacer una sesión secreta y me pidieron que me retirara.

No fue tanto la decisión de los vecinos, más allá de si hubo que motorizarla para llamar la atención de las autoridades, sino los vicios de nulidad de la asamblea y de los estudios que hoy creemos desde esta bancada que no es lo que padece o lo que adolecen los estudios de referencia del campo Cacheuta, por lo tanto consideramos que no es necesario volver a intentar un nuevo estudio técnico. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Serrano. SR. SERRANO (UCR) - Señor presidente: intento ser breve, porque creo que lo expuesto por el diputado Vicchi ha sido completo, pero como nos cabe las generales de la ley, no sóolo en la capital de la Provincia existe una cárcel, sino también en Lavalle y San Rafael. No es tan cierto esto que se dice que ningún departamento quiere una cárcel; es bueno recalcar que al menos los sanrafaelinos y la gente de la capital de la Provincia jamás han hecho un escándalo con respecto a la ubicación de las cárceles, a lo sumo lo que está pidiendo la gente de toda la Provincia, no solamente de Luján, de Capital o de algún otro departamento, es que en definitiva se ubique en un mejor lugar la cárcel y que tampoco tiene que ver con la Ley del Uso del Suelo ni con ninguna otra cosa, porque seguramente que cuando salga esta ley, campo Cacheuta será, seguramente, uno de los lugares apropiados para hacer la cárcel, tal como lo ha expresado, a pesar que siguen hablando de enjuagues políticos, que no sé qué significa porque habría que ser más explícito en esto; pero como el diputado Montaño me posibilita que explique que, a través de la Ordenanza 1328 del `99, no hace 10 años, hace escasamente 4 ó 5 años donde menciona que la sanción de la Ordenanza es el acto culminante de un profundo estudio realizado por el municipio de Luján, con el auxilio de prestigiosos profesionales del medio, de establecer distintas áreas claramente para que pudiesen ser utilizadas con fines residenciales, industriales, comerciales, etcétera. En esa Ordenanza 1328, en su artículo 1º, establecía la autorización para la instalación de la cárcel en Cacheuta.

Entonces, cuando hablamos de este tipo de enjuagues políticos, del Intendente Carral, de Lafalla, creo que habría que ser más explícito y si realmente había algo raro sobre este tema un concejal tendría que haber denunciado donde corresponde. No conocemos ningún tipo de denuncia, esto hay que aclararlo porque de alguna manera echa por tierra la propuesta y lo digo con todo respeto hacia el diputado autor, no es que estemos en desacuerdo en seguir estudiando, es extemporánea, los estudios han sido realizados según lo que las leyes exigían y la decisión del Gobierno de la Provincia es hacer la cárcel en Campo Cacheuta.

Para terminar, le tengo que decir a algún diputado que se refirió en el debate que ni sueñe el intendente de Luján que el Gobernador de la Provincia le va a dar un debate, si quiere hacerse famoso que trabaje.

Como conclusión, expreso que estas discusiones sirven para dilatar la sesión. La decisión está tomada, la cárcel se hará en Campo Cacheuta, así lo indican todos los estudios y nos ampara toda la Legislación vigente. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: creo que no venía mal el proyecto del diputado Blanco para debatir este tema, como no ha venido mal que le dijera que era un acto de hipocresía que recordara a Borges y a Discépolo respecto de aquella anécdota que plantea lo que la dirigencia política de la Provincia y del país tiene respecto de la planta de tratamiento de residuos patológicos o de los cementerios o de los residuos sólidos.

En realidad, cuando le preguntaban al diputado con quién iba a compulsar esto, es porque no existen opciones, hay un solo terreno determinado por una norma que en su momento estableciera el mismo Concejo Deliberante de Luján con los acuerdos políticos que se pudieran realizar con el gobierno del momento.

Cuando se reclama otro lugar, otro ámbito donde hacerlo, no existe la predisposición que debiera existir en el ejercicio legal y decir, en este departamento o lugar lo podemos hacer.. El gobierno no tuvo acción. Recuerdo que antes de ser diputado de la Provincia, perteneciendo a organismos de derechos humanos, se conformó una comisión de seguimiento de política penitenciaria que preside el Padre Contreras. Pasaron más de 70 u 80 años sin que la Penitenciaria de Mendoza tuviera un adoquín nuevo, no se había hecho ningún tipo de mejoras. Quiero poner en antecedentes, por si no se han dado cuenta, que somos corresponsables de la violación de los derechos humanos respecto al tratamiento que les damos a los presos de la Provincia. Estamos violentando todas las normas internacionales, estamos siendo sancionados en multiplicidad de oportunidades, a través de las quejas que plantean los abogados en los organismos internacionales, o que sometemos a los presos de la Provincia un trato inhumano e indigno. El que fue a

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la Penitenciaría ha tenido que caminar “en 20 centímetros de meada” y sabe en las condiciones que están viviendo los presos, hacinados, 7 por celda, en condiciones que nadie podría soportar.

Quien ha vivido en una prisión, les puede decir que cuando éramos más de dos, nos sentíamos bastante molestos. Estoy hablando de presos políticos donde habían profesionales, médicos, ingenieros, escritores y periodistas; no estamos hablando de presos que no tienen ningún tipo de código en las relaciones de carácter personal. No se respeta nada, allí la supervivencia es del más fuerte.

Los convoco a que hablen con los intendentes, que establezcamos una política cierta para el sistema penitenciario, porque en las condiciones en que nos estamos comportando, no sé si somos más animales que los que están encerrados en la Penitenciaría. La dirigencia política de Mendoza no está a la altura de las circunstancias y debería saber que éste es un problema de orden público, que debemos resolverlo con responsabilidad y que no hay más tiempo para perder en la resolución de este problema.

No es un problema que le guste o le deje de gustar a un intendente. Es un problema de seres humanos que equivocados fueron a parar a la Penitenciaría, pero que no pueden estar sometidos al trato inconstitucional al que son sometidos.

Diría que hasta por seguridad personal, en una sociedad impredecible como la Argentina, los dirigentes políticos deberían que tener cárceles que nos permitieran ir a vivir en condiciones humanas, no en las condiciones en que están hoy los presos en Mendoza.

Si no tomamos conciencia de esto, vamos a seguir dilatando en el tiempo la instalación de un penal.

Le pediría al diputado Blanco que postergara esto, y que trajera todos los elementos técnicos el Poder Ejecutivo para que debatamos definitivamente este tema; si no encontramos la solución, que seamos capaces de legislar determinando que el Poder Ejecutivo fije el lugar y terminemos con esta discusión.

Recuerdo, en una reunión que se hizo en Potrerillos, con el Ministerio de Seguridad y Justicia y el Intendente Martínez, de Tupungato, el pozo T9, con infraestructura para hacerlo; fue un imposible porque empezaron los propios concejales y de otros partidos, a oponerse. Esta es la actitud que tenemos; es un acto de hipocresía discutir el tema penitenciario y hasta que esto no se resuelva en la conciencia de cada uno, y asumamos con responsabilidad que se trata de seres humanos que merecen resocializarse, tener trabajo y oportunidades en el futuro, no vamos a poder lograr la solución de este problema. SR. PRESIDENTE (Serralta) - Tiene la palabra el diputado Vicchi. SR. VICCHI (UCR) - Señor presidente: es dable aclarar en este recinto, que el gobernador no quiso

generar nunca contrapunto ni estaba dispuesto a hacerlo, por cuanto esto que estamos tratando, referencia todo un trabajo previo con una decisión tomada por parte del Poder Ejecutivo de avanzar en el tema de la construcción de la cárcel.

Por otra parte, es una cuestión indispensable, necesaria, que hace a la estructuración del marco de seguridad que debe tener la Provincia. A nadie escapa que el sistema carcelario es una de las pautas fundamentales dentro de la estructura de la justicia en donde este elemento es coadyuvante al bienestar de la población y al marco de la seguridad en que ella debe desenvolverse.

La falta de estructura de esta naturaleza, desencadena forzosamente los problemas que ha tenido nuestra sociedad hasta el presente, que son los hacinamientos carcelarios y la falta de cumplimiento del marco de la ley, la falta de respeto de la estructura constitucional que establece un país y por consiguiente la degeneración de lo que es la estructura de reeducación de los presos de la Argentina.

Hay dos grandes estudiosos del sistema carcelario argentino que son Marco del Pont, comprovinciano, y Vázquez Rossi, siempre han profundizado sobre el tema de las cárceles en Argentina y fundamentalmente no solamente en el tema del espacio, sino también en el concepto de lo que es la reeducación intestina o interna.

Uno de los problemas más serios que ha tenido el sistema carcelario, es la falta de capacidad de dar salida laboral a los presos. Elemento indispensable para poder tener a esa gente trabajando y que se desarrollen en su trabajo, que no sólo encuentren una vocación, sino una salida que les descomprima parte del problema de su propio encierro, porque como decía, el castigo no puede estar limitado a que vivan en condiciones infrahumanas.

Por eso, el Estado en estos últimos tiempos, y en esto hay que reconocerle el mérito al ex gobernador Lafalla, supo encontrar el mecanismo rápidamente para empezar a salir del tema, con la necesidad de construir una nueva cárcel.

Vuelvo a manifestar lo que dije en su momento, que nadie quiso escuchar, desde el `87 discutíamos este tema y la postura era totalmente diferente. Cuánto tuvo que pasar o cuánta agua tuvo que pasar debajo del puente para que haya una reconducción del tema y retomáramos la necesidad de embarcarnos en inversión, en infraestructura necesaria para rehacer las cárceles. No sólo tuvimos los levantamientos carcelarios, sino también que recurrir a los parches de la construcción de pequeños y distintos pabellones en la misma y antigua y vieja cárcel para poder ir resolviendo el problema, y allí donde caben 500, 600, 700 presos, tener hacinados a mas de 2000 personas.

Este es un problema complejo de la sociedad mendocina, pero hay que asumirla con responsabilidad, con la que nos lleva a tratar el tema en concomitancia con nuestras propias conductas, porque también están aquellos que dicen que es

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bueno ampliar una cárcel y después cuando usted va a hacer los trámites municipales para poder construir los nuevos pabellones no aparecen ni los impactos ambientales ni las aprobaciones municipales.

El otro tema, son los dobles discursos sobre la misma problemática y el cómo nos lavamos las manos todos y cada uno de éstos y cada uno en la medida que le corresponde.

Es cierto que sería muy bueno y en concurrencia con la doctrina mayoritaria que en Mendoza existan varias cárceles, no una sola, y que sean pequeñas cárceles, no cárceles de grandes dimensiones.

Por supuesto que lo que vamos a intentar hacer es un mecanismo que nos lleve a aliviar la situación en la instancia esta, construyendo la cárcel en Campo Cacheuta, pero en esto hago un marco específico, y digo que no coincido en que la envergadura de esta cárcel deba llegar a los términos de tener 2.400 internos. Me parece que esta cárcel se tiene que reducir a los términos justos, es decir, la cárcel que es manejable, maniobrable, que no contenga más de mil internos, y por supuesto, según como se desarrolle, tener en los distintos departamentos, el lugar indispensable para construir estas pequeñas cárceles. No solamente para que estén los condenados sino también para que estén los procesados, las mujeres, y también para que estén los jóvenes, que son un dilema y un problema en las sociedades modernas. Y para que no se siga discutiendo la aberración que hay que bajarles la edad para condenarlos anticipadamente, porque esto nos va a llevar, sin dudas, a una sociedad con mayores flagelos.

Para que esto encaje en el conjunto, tenemos que usar esa racionalidad, a la cual hemos estado abrevando o aspirando abrevar, y en esto vuelvo a decir, reabrir el marco de estudio o reabrir el marco de la inteligencia, por lo que se pueda aportar al sistema, es volver a reabrir la discusión, eso quiere decir que por una palabra sola que pueda haber en un informe, podemos estar diez años más discutiendo donde queremos la cárcel.

Y en esto también es dable decir otra cosa que es fundamental, si construir la cárcel significa un costo político, el Radicalismo está dispuesto a pasar el costo político, porque esto es una cuestión de responsabilidad.

Gobernar no es hacer lo que a todo el mundo le gusta, sino hacer lo que se debe hacer, en el momento en que se debe hacer. Si no, esta Provincia debería haber sido previsora muchos años antes, no sólo respecto de este tema, sino también al resguardo de nuestros propios intereses, como es el petróleo, el gas, el uranio y todo lo que hemos producido y dado al sistema federal en la República Argentina, motivo por el cual no hemos recibido mucho en compensación.

Desde esa política, vuelvo a decir, nosotros no podemos acompañar proyectos que reabran discusiones sobre un papel que tiene que jugar el Poder Ejecutivo, y es llevar la iniciativa adelante. En esto pónganse la mano en el corazón, y díganmelo, porque si reabrimos siempre la discusión sobre cada

tema, qué grado de verosimilitud o de capacidad debe tener la decisión que ha tomado el Poder Ejecutivo para llevar adelante una obra.

Ahora, si vamos a estar cuestionando siempre todas y cada una de las obras, también les puedo decir que cuando hicimos la Peatonal en Mendoza, hubo un montón de gente que estaba en contra, la misma gente que desde el primer día que la inauguramos se fue a disfrutarla sentada en la Peatonal. Lo mismo nos pasó con la Alameda y con infinidad de obras dentro de esta ciudad.

Creo que la seriedad del caso importa, no solamente contribuir fuertemente para que avancemos en el tema de la cárcel, sino también contribuir fuertemente en el marco y desarrollo urbano o suburbano que va a estar pegado a la cárcel, y también en el desarrollo de esa zona.

Por eso, les guste o no les guste, recuérdenlo bien, les guste o no les guste, va a ser progreso para Mendoza. Las cárceles dan trabajo para muchos mendocinos y allí habrán muchas fuentes de trabajo para muchos mendocinos.

-Ocupa la Presidencia su titular, diputado

Raúl Vicchi. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general.

-Resulta afirmativa. -Corresponde su tratamiento en particular.

por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

Se enuncia y aprueban sin observación el Art. 1º.

El Art. 2º es de forma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento.

-( Ver Apéndice Nº 72) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar el tratamiento sobre tablas del expediente 36041.

- Resulta afirmativa. - Consultar Asuntos Entrados Nº 32.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Se va a votar en general. - Resulta afirmativa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Corresponde su tratamiento en particular. Por Secretaría se enunciará su articulado. Artículo que no sea observado se dará por aprobado.

Se enuncian y aprueban sin observaciones los Arts. 1º, 2º y 3º.

El Art. 4º es de forma.

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Habiendo sido aprobado en general y en particular, se dará cumplimiento. -(Ver Apéndice Nº 73)

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. Diario de Sesiones

SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Puga. SR. PUGA (UNIR) - Señor presidente: para informar a la Cámara que mañana a las 20.00, en el Concejo Deliberante de San Carlos van a realizarse las Jornadas de Usuarios y Consumidores, y decirles a los miembros de la comisión de usuarios y a aquellos legisladores que nos quieran acompañar que a las 18.30 va a salir una trafic de la puerta de la Cámara de Diputados para llevar a los legisladores y traerlos. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Parisi. SR. PARISI (PD) - Señor presidente: es para justificar la ausencia del diputado Lampa porque se encuentra haciendo un curso en la Provincia de Formosa. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si no hay observaciones, se va a dar por aprobado. - Aprobado. - (Ver Apéndice Nº 74) SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Tiene la palabra el diputado Serralta. SR. SERRALTA (PJ) - Señor presidente: es para justificar la ausencia de la diputada Pellegrini que se encuentra enferma. SR. PRESIDENTE (Vicchi) - Si no hay observaciones, se va a dar por aprobado.

Aprobado. No habiendo más asuntos que tratar, se

levanta la sesión. - Son las 17.29. Julio González Guillermo Sánchez Jefe Cuerpo de Jefe Taquígrafo Diario De Sesiones

XXIV

APÉNDICE I

(Sanciones)

1 Ley 7209

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Institúyese como práctica protocolar obligatoria, la reproducción o ejecución sonora del Himno al Libertador Gral. San Martín, con letra de Segundo M. Argarañaz y música de Arturo Luzzatti,

durante la Asamblea Legislativa del 17 de agosto de todos los años. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

2 (Ley 7210)

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Declárase la emergencia pública energética en todo el territorio de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - En virtud de la emergencia declarada, la Provincia adopta como hora oficial entre el 23 de mayo y hasta las 24 horas del 16 de octubre del presente año, la que corresponde al huso horario número 20, de cuatro (4) horas al oeste del meridiano internacional de Greenwich. Art. 3º - A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, a las veinticuatro (24) horas del día 22 de mayo las indicaciones de todos los relojes serán ajustadas al horario correspondiente al huso número 20, de cuatro (4) horas al Oeste del meridiano de Greenwich. Art. 4º - Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a establecer nuevos horarios para la Administración Pública Central, Dirección General de Escuelas y Entes Descentralizados. Art. 5º - Invítase a los Municipios y al Poder Judicial de la Provincia a establecer nuevos horarios, teniendo por objeto principal el ahorro de energía, en virtud de lo dispuesto por el Art. 1º de la presente ley. Art. 6º - Instar al sector industrial y comercial de la Provincia de Mendoza, a adecuar sus horarios para un mejor aprovechamiento de la luz solar. Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

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. Diario de Sesiones

3

(Expte. 35932)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícase el Inc.) “aa” del Art. 37 de la Ley 7183, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Inc. aa): Para la Empresa Provincial de Transportes la suma de Pesos Cinco Millones ($5.000.000), discriminados de la siguiente manera:

1) Mejoramiento y reparación de las líneas y coches.

2) Construcción, ampliación y remodelación de obras civiles.

3) Adquisición de dos (2) terrenos de hasta cien metros cuadrados (100 m2) para la instalación de dos (2) subestaciones y sus obras complementarias (líneas UNC y Pedro Molina Unimev)”. Art. 2º - Incorpórase como Inc. c) del Art. 58 de la Ley 5126 el siguiente: “Inc. c): El Director electo por el personal cobrará igual remuneración que el Director designado por el Poder Ejecutivo en representación del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas”. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

4 (Expte. 35573)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícase el Art. 1º de la Ley N° 6368, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 1º - Establécense los siguientes aranceles para los servicios que presta el Registro

del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en las condiciones extraordinarias que se prevén, sin perjuicio de los impuestos y tasas retributivas que correspondan. Por cada: 1- Celebración de matrimonio en oficina fija, en día u horario inhábil: Pesos Noventa ($90,00); 2- Celebración de matrimonio en oficina móvil, en día y horario hábil: Pesos Ciento Cuarenta y Cinco ($145,00); 3- Celebración de matrimonio en oficina móvil, en día u horario inhábil: Pesos Doscientos Noventa ($290,00);

4- Entrega de ejemplar duplicado o triplicado de la Libreta de Familia: Pesos Treinta ($30,00)”. Art. 2º - Modifícanse los Incs. a) y b) del apartado 1 del Art. 2º de la Ley 6368, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

“a) El cincuenta por ciento (50%) para cubrir el costo salarial total -remuneración bruta más contribuciones patronales por todo concepto- correspondiente a la retribución que debe abonarse al funcionario o funcionarios por los servicios extraordinarios prestados y sujetos a arancelamiento. Destácase que, el importe que surja por aplicación de dicho porcentaje sobre el valor del arancel correspondiente, menos las cargas patronales que por todo concepto deban abonarse para dar cumplimiento a las obligaciones legales vigentes, será igual a la remuneración bruta destinada a compensar funcionalmente al agente o agentes intervinientes, revistiendo la misma el carácter de no bonificable”.

“b) El veinticinco por ciento (25%) para cubrir el costo salarial total -remuneración bruta más contribuciones patronales por todo concepto- correspondiente a la retribución que debe abonarse al personal de distribución, al que se accederá en función de las pautas de productividad y/o mayor colaboración que establezca el Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. La remuneración bruta de dicho personal, será determinada aplicando la misma metodología de cálculo, que la referida en el punto a) del presente inciso, revistiendo la misma el carácter de no bonificable. Art. 3º - El costo o tarifa del traslado de los Oficiales Públicos para las tres modalidades previstas desde Casa de Gobierno hasta el lugar de la ceremonia y desde el lugar de la ceremonia hasta Casa de Gobierno será a cargo de los contrayentes. Art. 4º - Al efecto previsto en el artículo anterior, los contrayentes deberán contratar previamente el servicio de traslado con una empresa de autos de alquiler autorizada a su elección y presentar el recibo de cancelación del mismo cuarenta y ocho (48) horas antes de la boda, junto con los certificados prenupciales.

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Art. 5º - El servicio mencionado en el artículo precedente, deberá incluir una espera por parte de la empresa de hasta una (1) hora en el lugar de la ceremonia. Art. 6º - Los valores de los aranceles establecidos en el artículo 1º de la presente ley, regirán mientras no sean modificados a través de la Ley Impositiva anual. Art. 7º - El Poder Ejecutivo de la Provincia deberá reglamentar la presente ley en el plazo de ciento veinte (120) días hábiles a partir de su publicación. Art. 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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5 (Expte. 35546)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

DISPOSICION GENERAL Artículo 1º - Declárase de interés provincial la producción cunícola.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN – OBJETIVOS Art. 2º - El organismo de aplicación en todas las cuestiones vinculadas a la presente ley será la Dirección de Ganadería, dependiente del Ministerio de Economía o el que correspondiere y estará facultada para:

a) Difundir y promover los beneficios de la cunicultura.

b) Propender a la integración de la producción cunícola en sus diferentes etapas para alcanzar niveles de producción exportable.

c) Proteger el estado sanitario de la población cunícola.

d) Difundir las múltiples ventajas de la producción cunícola.

e) Promover la protección de la salud de la población humana, incentivando el consumo de los productos cunícolas por sus reconocidos atributos nutricionales.

f) Implementar las medidas económicas tendientes a mejorar la actividad cunícola en áreas de producción, industrialización y comercialización.

g) Apoyar e impulsar las acciones dirigidas al perfeccionamiento de las técnicas de producción y comercialización de los productos y subproductos cunícolas.

h) Fomentar la cooperación y celebración de convenios con organismos provinciales, nacionales e internacionales hacia el mejoramiento y expansión de la actividad.

i) Asesorar a los cunicultores y a quienes deseen iniciarse en la actividad, en la producción, industrialización y comercialización de los productos cunícolas.

j) Incorporar el consumo de los productos cunícolas en los establecimientos dependientes del Gobierno Provincial.

k) Aplicar los programas que resulten necesarios, tanto para el desarrollo de la producción como para la sanidad de la población cunícola.

REGISTRO CUNICOLA PROVINCIAL Art. 3º - El Organismo de Aplicación organizará y llevará un Registro donde se inscriban los cunicultores, en la forma que lo determine la reglamentación. La inscripción a que se refiere el presente artículo será obligatoria. Los establecimientos que se encuentren en funcionamiento al momento de la promulgación de la presente ley, deberán inscribirse dentro de los 180 (ciento ochenta) días de reglamentada la misma

BENEFICIOS Art. 4º - La actividad cunícola podrá acceder a los siguientes beneficios, siempre que se encuentren inscriptos en el registro creado por la presente ley:

a) Eximición del pago de los impuestos a los Ingresos Brutos, Inmobiliario y de Sellos a los establecimientos cunícolas por el término de cinco (5) años, a partir de su inscripción en el Registro Cunícola Provincial, creado por la presente ley, y según el siguiente detalle:

1- El 100% los dos (2) primeros años. 2- El 75% el tercer año. 3- El 50% el cuarto año. 4- El 25% el quinto año.

b) El Poder Ejecutivo gestionará, a través

del Ministerio de Economía, la instrumentación de líneas de crédito y subsidios destinados a financiar la radicación, instalación y desarrollo de granjas cunícolas, de establecimientos industriales para el procesado de productos y subproductos, fábricas de alimentos balanceados, proyectos de comercialización y toda otra actividad vinculada, en apoyo al desarrollo del sector.

CONSEJO ASESOR CUNICOLA Art. 5º - Créase el Consejo Asesor Cunícola Provincial, el que actuará como organismo de

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promoción, asesoramiento y consulta del Gobierno Provincial, su trabajo será ad honorem.

El Consejo Asesor Cunícola Provincial dictará su propio reglamento de funcionamiento. Art. 6º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial tendrá las siguientes facultades y atribuciones:

a) Estudiar y promover toda iniciativa de orden técnico, económico, industrial, higiénico sanitario y social que tienda al fomento, progreso, extensión y afianzamiento de la cunicultura.

b) Estudiar y coordinar programas de fiscalización de la actividad cunícola de acuerdo a la legislación vigente y proponer al Poder Ejecutivo el dictado de normas legales que resulten necesarias en beneficio de la actividad.

c) Coordinar planes de expansión de la cunicultura con órganos oficiales , instituciones y productores radicados en la Provincia y con otras personas, órganos y entidades similares a nivel nacional y/o internacional.

d) Coordinar la realización de relevamientos permanentes y la recopilación de datos estadísticos, a los fines de contar con la información indispensable para la formación de planes y realización de evaluaciones.

e) Promover y promocionar la exportación de la producción cunícola mendocina por intermedio de los organismos oficiales competentes. f) Promover la formación y desarrollo de entidades zonales y/o departamentales de productores cunícolas.

g) Asesorar respecto a las medidas adecuadas para el cumplimiento de la legislación vigente, propiciando su difusión entre los cunicultores. Art. 7º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial emitirá opinión en relación con los diversos aspectos de la actividad, la que será elevada al Gobierno de la Provincia por intermedio del Organismo de Aplicación, quien resolverá en definitiva sobre las decisiones a adoptar al respecto. Art. 8º - El Consejo Asesor Cunícola Provincial estará presidido por el Director de Ganadería o por el funcionario que éste designe, e integrado por un delegado titular y uno suplente de los Consejos Departamentales, los que se constituirán como la reglamentación de la presente ley lo establezca, incorporando el. cargo de vicepresidente, determinando que el mismo será ejercido por un productor cunícola.

Los miembros del Consejo Asesor Cúnicola Provincial durarán dos (2) años en sus cargos pudiendo ser reelectos por otro período igual.

NORMAS DE CALIDAD Art. 9º - La producción, industrialización y comercialización de los productos cunícolas, se regirá por las disposiciones sanitarias provinciales,

nacionales e internacionales que le permitan acceder a los diferentes mercados. Art. 10 - La Dirección de Ganadería actuará de oficio o ante denuncia de cualquier persona o entidad que tuviera conocimiento de toda violación a las prescripciones de la presente ley y su reglamentación. La tramitación de la denuncia se regirá por lo establecido en la Ley Nº 3909 Art. 11 - Las multas que se apliquen por infracciones a las disposiciones contenidas en la presente ley y el Reglamento que las desarrolle, será la establecida por la Ley Impositiva de cada año, según la gravedad de la falta. Las penas podrán duplicarse en caso de reincidencia. Se considera reincidente al autor de una infracción cometida antes de 2 (dos) años después de una condena firme por el mismo tipo de infracción.

INFRACCIONES Y SANCIONES Art.12 - Las infracciones a las disposiciones de la presente ley y su Reglamentación serán sancionadas según su gravedad o impacto que pudieren ocasionar a la producción o a la salud pública, con:

a) Apercibimiento. b) Multa. c) Decomiso. d) Clausura temporaria o definitiva de los

criaderos.

Los montos que se recauden por multas u otros conceptos a la producción cunícola, serán depositados en la cuenta de afectación especial que posee la Dirección de Ganadería y destinados a programas vinculados a ella. Los objetos decomisados serán destinados cuando fuesen útiles a fines benéficos, o serán destruidos cuando resultaren peligrosos o perniciosos para las personas o bienes o para la actividad cunícola.

DISPOSICIONES VARIAS Art. 13 - El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los ciento ochenta (180) días de promulgada. Art.14 - El presupuesto de la Dirección de Ganadería proverá las partidas necesarias para el normal y efectivo desempeño en el área cunícola, incluido el Consejo Cunícola Provincial. Art. 15 - Invítase a los municipios a adherir a la presente ley, instrumentando beneficios dentro de sus competencias. Art. 16 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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6 (Expte. 34968)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Prohíbese la utilización de municiones tipo “encamisadas” o “de envoltura completa” para defensa y/o uso de las Fuerzas de Seguridad Provinciales y empresas de vigilancia privadas en todo el ámbito del territorio provincial, quedando permitidas únicamente la utilización de municiones con “puntas blandas” o deformación controlada. Art. 2º - Exceptúase de lo establecido en el artículo anterior a los Grupos Especiales de las Policías de la Provincia cuando las situaciones de hecho y la doctrina de los mismos así lo requieran. Art. 3º - La presente ley se aplicará a partir de la vigencia del Presupuesto del año 2005. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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7 (Expte.35116)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Modifícase el Art. 1º de la Ley 5732 el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 1º - El Poder Ejecutivo Provincial imprimirá, en un mismo volumen, la Constitución Nacional y Provincial, para ser entregadas en forma gratuita a los alumnos de EGB y Polimodal, donde se dicten tales conocimientos”.

Art. 2º - Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidas con fondos provenientes de Rentas Generales de la Provincia. Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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8 (Expte. 35112)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Adhiérese la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional Nº 25817 -Programa Nacional de Educación para la Prevención Sísmica-. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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9 (Expte. 35306)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Créase el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (RePrlGAS), el que funcionará en forma conjunta en el área del Ministerio de Justicia y Seguridad y en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia. Art. 2º - Constará en el Registro la información genética de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual tipificados en el Art. 119 del Código Penal. Art. 3º - La realización del examen genético y la incorporación de la información al Registro se hará

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. Diario de Sesiones

solo por orden judicial a petición de parte. Con sentencia firme, el juez ordenará de oficio los exámenes tendientes a lograr la identificación genética y su inscripción en el Registro. Art. 4º - Las constancias obrantes en el Registro serán de contenido reservado y sólo podrán ser suministradas mediante orden judicial:

1) A los jueces y tribunales de todo el país. 2) A la Gendarmería Nacional, Prefectura

Naval Argentina y las policías de las diferentes provincias, para atender necesidades de investigación. 3) Cuando las leyes provinciales así lo dispongan. Art. 5º - La información genética almacenada no podrá ser retirada del Registro bajo ningún concepto y sólo será dada de baja en los siguientes supuestos:

1) Por fallecimiento del causante. 2) Por haber transcurrido cien (100) años

desde la fecha del nacimiento del mismo. Art. 6º - El Registro contará con una sección especial destinada a autores ignorados. En ella constarán las huellas genéticas identificadas en las víctimas de delitos sexuales. Su incorporación será ordenada judicialmente y será dada de baja de acuerdo con los términos previstos en el Código Penal para la prescripción de la acción penal. Art. 7º - Las constancias del Registro de Identificación Genética de Abusos Sexuales conservadas de modo inviolable e inalterable harán plena fe, pudiendo ser impugnadas sólo judicialmente por error o falsedad. Art. 8º - En el marco de esta ley queda absolutamente prohibida la utilización de muestras de ADN para otro fin que no sea exclusivamente la identificación de personas en investigación penal determinada. Art. 9º - Hasta tanto se incluya en la ley general de presupuesto, el gasto que demande la instalación y funcionamiento del Registro de Identificación Genética de Abusadores Sexuales será afectado a rentas generales con imputación a la presente ley. Art. 10 - La presente ley regirá comenzará a regir a los ciento ochenta días (180) de su publicación. Art. 11 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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10 (Expte. 36050)

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY: Artículo 1º - Facúltase al Ministerio de Economía para establecer un sistema de provisión de garrafas y tubos con Gas Licuado de Petróleo (GLP) a precio preferencial, sistema que funcionará entre el primero de mayo y el treinta y uno de octubre de cada año. Art. 2º - Facúltase al Ministerio de Economía a utilizar todos los instrumentos previstos por el Art. 13 de la Ley Nacional Nº 25561. Art. 3º - Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a acordar convenios con REPSOL YPF y todo otro proveedor de Gas Licuado de Petróleo para la provisión de este fluido a fraccionadores de garrafas y tubos en nuestra Provincia o de otras provincias cuyo destino sea la comercialización de éstos en la Provincia de Mendoza. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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II

(Resoluciones)

11 (Acta)

RESOLUCIÓN Nº 95

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Aprobar el Acta Nº 3 de la 2ª. Sesión de Tablas del Período Ordinario, correspondiente al 164º Período Legislativo Anual, de fecha 12-5-04. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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. Diario de Sesiones

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12

RESOLUCIÓN Nº 96

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar a la diputada Adriana Pellegrini a hacer uso de licencia desde el día 20 al 21 de mayo del corriente año. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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13 (Exptes. 34117 y 35238)

RESOLUCIÓN Nº 97

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento de los siguientes despachos del Orden del Día: N° 337 Expte. 34117/03 -De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, reglamentando la Organización y Atribuciones del Poder Judicial. N° 02 Expte. 35238/04 –De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Serralta, reemplazando el Art. 118 del Código Procesal Penal, Ley Nº 1908. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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14

(Expte. 30201) RESOLUCIÓN Nº 98

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento del siguiente despacho del Orden del Día: Nº 9 Expte. 30201/02 -De Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, modificando el Inc. a) del Art. 165 del Decreto Nº 867, reglamentario de la Ley 6082. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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15 (Expte. 34145)

RESOLUCIÓN Nº 99

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento del siguiente despacho del Orden del Día:

Nº 15 Expte. 34145/03 -De Salud Pública, en el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, modificando el Art. 2º de la Ley 3943 -Ejercicio de la Podología en la Provincia-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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16 (Expte. 30423)

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. Diario de Sesiones

RESOLUCIÓN Nº 100

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento del siguiente despacho del Orden del Día: Nº 16 Expte. 30423/02: De Ambiente, Urbanismo y Vivienda, en el proyecto de ley del diputado Parisi, afectando fondos que perciba el Dpto. Gral. de Irrigación.

B) De Hacienda y Presupuesto, girando al Archivo de la H. Legislatura el Expte. 30423/02, proyecto de ley del diputado Parisi, afectando fondos que perciba el Departamento General de Irrigación. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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17 (Exptes. 33641 y 31412)

RESOLUCIÓN Nº 101

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer para la próxima Sesión de Tablas el tratamiento de los siguientes despachos del Orden del Día:

Nº 21 Expte. 33641/02 -De Ambiente, Urbanismo y Vivienda, en el proyecto de ley venido en Revisión del H. Senado, declarando a la Provincia de Mendoza como Provincia “No eutanásica”, con respecto al sacrificio de canes y felinos.

Nº 22 Expte. 31412/02 y ac. 35504/04 -De Legislación y Asuntos Constitucionales y de Derechos y Garantías Constitucionales y Peticiones y Poderes, en el proyecto de ley del diputado Armagnague, elevando el Anteproyecto de Estatuto para el Personal de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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18

(Expte. 35305) RESOLUCIÓN Nº 102

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos competentes, informe:

a) Si las aguas provenientes de la Laguna Los Álamos, ubicada en el Distrito Fray Luis Beltrán del Departamento Maipú, son utilizadas en el riego de chacras donde se cultivan verduras y hortalizas.

b) Informar quién es el organismo responsable de controlar esta situación y si se cumple correctamente con esta función.

c) En el caso de que lo solicitado en el punto a) resulte afirmativo, informe si el consumo de estas verduras y hortalizas significan algún riesgo para la salud de la población. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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19 (Expte. 35615)

RESOLUCIÓN Nº 103

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. CÁMARA el “XVII Congreso Argentino y Latinoamericano de Médicos Residentes de Cirugía General”, realizado los días 29 y 30 de abril y 1 y 2 de mayo, en la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Mendoza. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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20 (Expte. 35393)

RESOLUCIÓN Nº 104

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Distinguir a los jóvenes mendocinos, Adrián Botta, Daniel Fernández y Juan Marzetti, quienes obtuvieron importantes premios en las “Olimpíadas Informáticas Cubanas” realizadas los días 16 y 17 de febrero del corriente año. Art. 2º - Otorgar Diplomas Honoríficos a cada uno de ellos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1º. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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21 (Expte. 35297)

RESOLUCIÓN Nº 105

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Dirección Provincial de Vialidad, informe:

a) Estado actual de las rutas provinciales que recorren el Departamento San Rafael.

b) Si se ha ejecutado alguna obra vial en los últimos dos años.

c) Motivo por el cual 400 km de caminos provinciales, de un total de 6.200 km, se encuentran colapsados.

d) Si la planta de personal operativa con asiento en el mencionado Departamento ha descendido casi a dos tercios de sus recursos humanos.

e) Motivo por el cual el sesenta por ciento (60%) del equipamiento de Vialidad Provincial del Departamento San Rafael se encuentra fuera de servicio. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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22 (Expte. 34984)

RESOLUCIÓN Nº 106

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo evaluara la propuesta de imponer el nombre “Armando Benigno Amaya”, al establecimiento que el ISCAMEN construye en el Arco del Desaguadero del Departamento La Paz. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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23 (Expte. 34277)

RESOLUCIÓN Nº 107

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que se incluyera en las Planillas Analíticas correspondientes al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, del Presupuesto Provincial 2004, los montos necesarios para la pavimentación de las calles La Superiora y La Furloti, en los tramos comprendidos entre calle Ghilardi hasta el empalme de La Furloti con Ejército de los Andes, del Departamento San Carlos. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 152

. Diario de Sesiones

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

24 (Expte. 35509)

RESOLUCIÓN Nº 108

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo realizara las gestiones necesarias para brindar solución al pedido interpuesto por el Consejo Asesor de la Tercera Edad, con asiento en el Departamento San Rafael, consistente en el otorgamiento de un subsidio para la compra de insumos, materiales y medicamentos. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

25 (Expte. 35464)

RESOLUCIÓN Nº 109

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial el ”Programa de Capacitación Continua del Personal de Enfermería de Centros de Salud, Provinciales y Municipales”, y a su Primer Curso “Atravesando Muros Institucionales para Proyectarse hacia la Comunidad”. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro.

JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

26 (Expte. 35239)

RESOLUCIÓN Nº 110

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. Nº 35239/04, proyecto de resolución del diputado Ciurca, invitando a la Ministro de Turismo y Cultura de la Provincia al seno de la Comisión de Cultura y Educación. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

27 (Expte. 24832)

RESOLUCIÓN Nº 111

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el expediente que a continuación se detalla:

Expte. 24832/99: “Transfiriendo al Patrimonio de la Municipalidad de General Alvear el Edificio del ex Banco Mendoza S.A., ubicado en la esquina de Avda. Alvear Oeste y Ameghino de la Ciudad Cabecera del Departamento. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

28 (Expte. 34018)

RESOLUCIÓN Nº 112

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 153

. Diario de Sesiones

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. Nº 34018/03, proyecto de resolución del diputado Urigüen, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre las medidas dispuestas para garantizar y regularizar la asistencia de alumnos a la Escuela 4-191 del Departamento Malargüe. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

29 (Expte. 23731)

RESOLUCIÓN Nº 113

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Enviar al Archivo de la H. Legislatura el Expte. Nº 23731/99, proyecto de ley venido en segunda revisión del H. Senado, destinando lo que recaude el Estado Provincial en concepto de canon de concesión de los Hoteles otorgados y/o a otorgar en concesión por la Provincia, a integrar el Fondo de Promoción Turística. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

30 (Expte. 26395)

RESOLUCIÓN Nº 114

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el Expte. 26395/00, proyecto de declaración del diputado Montaño y otros, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo Nacional recomendara al Sistema de Salud Pública, la aplicación de sugerencias de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

31 (Expte. 34024)

RESOLUCIÓN Nº 115

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el Expte. 34024/03, proyecto de declaración de la diputada Gaua, creando el Proyecto de Zooterapia a fin de que cada municipio comunique un Registro de Protectoras de Animales. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

32 (Expte. 34081)

RESOLUCIÓN Nº 116

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Girar al Archivo de la H. Legislatura de la Provincia de Mendoza, el Expte. 34081/03, proyecto de ley de la diputada Gaua, estableciendo que los expendedores de productos elaborados a base de harina, deberán informar mediante leyenda expuesta al consumidor si se ha utilizado o no Bromato de Potasio.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 154

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

33 (Expte. 36082)

RESOLUCIÓN Nº 117

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del siguiente expediente:

Expte. 36082 del 19-5-04 (H.S. 47492 18-5-04) -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, declarando la emergencia pública energética en todo el territorio de la Provincia de Mendoza, con cambio de huso horario. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas a los expedientes mencionados en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

34 (Exptes. 35936 y 35938)

RESOLUCIÓN Nº 118

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35936/04 -Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, adhiriendo la Provincia a la Ley Nacional Nº 25506 de “Firma Digital”.

Art. 2º - Fijar preferencia para su tratamiento CON O SIN DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35938/04 -Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, suprimiendo el Anexo I de la Ley 7182 –Préstamo Subsidiario para el Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA)- y sustituyendo los Arts. 5º, 6º y 9º. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

35 (Expte. 35672)

RESOLUCIÓN Nº 119

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo del despacho de Comisión obrante en el siguiente expediente:

Expte. 35672/04 -De Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley de la diputada Lira Alvarez, creando un fondo destinado a la compra de terrenos y construcción de vivienda para los empleados públicos provinciales. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

36 (Expte. 35101)

RESOLUCIÓN Nº 120

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 155

. Diario de Sesiones

Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35101/04 -Proyecto de ley del diputado Maza, estableciendo que toda repartición del Gobierno de la Provincia, Ente Autárquico y Organismo Descentralizado deberá requerir, previo pago a un proveedor o prestador de bienes y/o servicios, constancia de cumplimiento de impuestos provinciales y tasa de servi cios municipales. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

37 (Expte. 36050)

RESOLUCIÓN Nº 121

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Dar tratamiento sobre tablas al Expte. 36050/04. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

38 (Expte. 35266)

RESOLUCIÓN Nº 122

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Desacumular el Expte. 35266/04 del Expte. 31447/02. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

39 (Expte. 35266)

RESOLUCIÓN Nº 123

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35266/04 -Proyecto de ley del diputado Puga, incorporando a la Ley 3365, Código de Faltas, el Título XII -Deberes de la Paternidad-. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

40 (Expte. 35936)

RESOLUCIÓN Nº 124

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Girar a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales el Expte. 35936/04. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

41 (Expte. 35413)

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 156

. Diario de Sesiones

RESOLUCIÓN Nº 125

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35413/04 -Proyecto de ley del diputado Serralta, reglamentando el funcionamiento de las Cooperadoras Policiales. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

42 (Expte. 35129)

RESOLUCIÓN Nº 126

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35129/04 -Proyecto de ley de los diputados Serralta y Bauzá, estableciendo que toda incorporación de personal policial que disponga el Poder Ejecutivo, deberá establecer un cupo destinado al Sistema Penitenciario Provincial. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

43

(Expte. 35962) RESOLUCIÓN Nº 127

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISION, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

Expte. 35962/04 -Proyecto de ley del diputado Garro, afectando hasta el 50% del superávit de la recaudación prevista en el Presupuesto Provincial del 2004, de los impuestos que percibe la Provincia, a la construcción y reparación de aulas escolares. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

44 (Expte. 33889)

RESOLUCIÓN Nº 128

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Acumular al Expte. 31599/02 el Expte. 33889/03. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

45 (Expte. 33889)

RESOLUCIÓN Nº 129

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Fijar preferencia para su tratamiento CON DESPACHO DE COMISIÓN, para la próxima Sesión de Tablas al siguiente expediente:

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 157

. Diario de Sesiones

Expte. 31599/02 y acum. 33889/03 -Proyecto de ley venido en revisión del H. Senado y del diputado Ahumada, estableciendo el régimen de ordenamiento territorial y uso del suelo. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

46 (Exptes. 36062, 36061, 36066, 36067, 36073,

36076, 36071, 36064 y 36065) RESOLUCIÓN Nº 130

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Apartarse del Reglamento a fin de permitir el ingreso al H. Cuerpo de los siguientes expedientes:

Expte. 36061 del 18-5-04 -Proyecto de resolución del diputado Martínez, solicitando a la Dirección General de Escuelas realice un relevamiento de los establecimientos educativos de los Ciclos EGB 1, EGB 2, EGB 3 y CENS, a fin de determinar la cantidad de los mismos que no cuentan con la Bandera de Ceremonia.

Expte. 36062 del 18-5-04 -Proyecto de declaración de la diputada Sfreddo, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo declarara de Interés Provincial la Construcción del Anfiteatro en la Ciudad de Palmira.

Expte. 36066 del 18-5-04 -Proyecto de resolución del diputado Ciurca, solicitando al Ministerio de Ambiente y Obras Públicas informe sobre diversos puntos relacionados con designación de personas que se desempeñan como Directores de la Empresa Provincial de Transporte.

Expte. 36067 del 18-5-04 -Proyecto de declaración con fundamentos de la diputada Sfreddo, expresando el deseo que el Poder Ejecutivo gestionara la ayuda financiera y de materiales a los 150 damnificados por las intensas lluvias en el Departamento San Martín.

Expte. 36073 del 18-5-04 -Proyecto de resolución de los diputados Falcón y Moyano, solicitando al Poder Ejecutivo autorice la instalación de tres bocas de expendio de garrafas de diez (10)

kg denominada garrafa social cuyo valor es de $18 en el Departamento Lavalle.

Expte. 36076 del 18-5-04 -Proyecto de resolución del diputado Ciurca, solicitando al Poder Ejecutivo informe sobre nombre de barrios y cantidad de vivienda por barrios subsidiado mediante la Ley 6044, Art. 26 (servicio de agua potable).

Expte. 36071 del 18-5-04 -Proyecto de resolución de la diputada Pérez, solicitando al Ministerio de Ambiente y Obras Públicas encare los trabajos necesarios para el mejoramiento de rutas y adecuadas señalización de la red vial en los Departamentos San Rafael, General Alvear y Malargüe.

Expte. 36064 del 18-5-04 -Proyecto de resolución de la diputada Sfreddo, declarando de interés de esta H. Cámara el Proyecto de Construcción del Anfiteatro “Ciudad de Palmira”.

Expte. 36065 del 18-5-04 -Proyecto de resolución con fundamentos del diputado Lampa, solicitando al Ministerio de Desarrollo Social y Salud informe sobre varios puntos referidos al aumento del consumo de estupefacientes en la Provincia. Art. 2º - Dar tratamiento sobre tablas a los expedientes mencionados en el artículo anterior. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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47 (Expte. 36037)

ESOLUCION Nº 131

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Instituto Provincial de Juegos y Casinos que informe:

a) Si la Empresa IVISA S.A. concesionaria del servicio de captura de los juegos de lotería y afines, ha solicitado la renegociación del contrato original que la vincula con dicho Instituto.

b) En caso de haberse iniciado algún proceso de renegociación, estado actual del mismo.

c) Remita documentación respaldatoria.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 158

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

48 (Expte. 36061)

RESOLUCIÓN Nº 132

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que la Dirección General de Escuelas realizara un relevamiento de los establecimientos educativos oficiales de la Provincia, a fin de determinar por el mismo, la cantidad de instituciones educativas que aún no cuenta con la Bandera de Ceremonia de la Provincia, como así también la Bandera de Izar según lo establecido por la Ley Nº 5930. Art. 2º - Que asimismo, iniciase en una primera etapa y en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, y a criterio de la Dirección General de Escuelas, la provisión de la Bandera de Ceremonia de la Provincia a los establecimientos educativos que aún no la poseyeran y en una segunda etapa la Bandera de Izar. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

49 (Expte. 36027)

RESOLUCIÓN Nº 133

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar a la Directora General de Escuelas que informe:

Cantidad de celadores y serenos designados en el corriente año, detallando localidad y escuela en la que prestan servicios.

a) Cuáles han sido los criterios adoptados para tales designaciones.

b) Si las designaciones constaron con la conformidad y aval de los directores de las instituciones escolares.

c) Cuál es la modalidad de contratación utilizada para el personal al que hace referencia el punto a).

d) Cuánto personal no docente, ha sido solicitado por las autoridades escolares para el presente año lectivo.

e) Si existe algún mecanismo de selección para el personal y cuáles son los requisitos que deben cumplir. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

50 (Expte. 36034)

RESOLUCIÓN Nº 134

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Cursar, por Presidencia del H. Cuerpo, invitación a los Diputados Nacionales por Mendoza que formen parte de la Comisión de Transportes de la H. CÁMARA de Diputados de la Nación, a una reunión con la Comisión de Obras Públicas e Infraestructura de esta H. CÁMARA a fin de establecer normativas y políticas conjuntas de orientación y vinculación en materia de Transporte Público de Pasajeros, fundamentalmente en lo concerniente al transporte de media y larga distancia. Art. 2º - Hacer extensiva la invitación a las empresas concesionarias de todos los tramos que involucren el territorio provincial, con los mismos fines enumerados en el Art. 1º. Art. 3º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 159

. Diario de Sesiones

JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

51 (Expte. 36035)

RESOLUCIÓN Nº 135

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que informe, a través del Ministerio de Ambiente y Obras y Públicas y de la Dirección Provincial de Vialidad, lo siguiente:

a) Origen de los recursos necesarios y suficientes para hacer frente a las obras anunciadas en la ruta provincial Nº 184.

b) Detalle del proyecto ejecutivo de la mencionada obra, como así también las etapas constructivas.

c) Justificación técnica, social, económica y política de elección del mencionado proyecto frente a otras alternativas de vinculación probables. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

52 (Expte. 36038)

RESOLUCIÓN Nº 136

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Dirección de Catastro, informe sobre la existencia o no de Proyectos de Unificación de la Numeración Domiciliaria en los Padrones de los Municipios de la Provincia con respecto a las Empresas de Servicio (OSM S.A. -EDEMSA - ECOGAS - etc.). Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

53 (Expte. 36039)

RESOLUCIÓN Nº 137

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, realizara en conjunto con las Direcciones de Catastro de los Municipios y las Empresas Prestadoras de Servicios (OSM S.A. -ECOGAS – EDEMSA- etc.) la Unificación de la Numeración Domiciliaria. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

54 (Expte. 36040)

RESOLUCIÓN Nº 138

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer el tratamiento del Expte. 36040/04 para su consideración como primer tema posterior al listado de expedientes sobre tablas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

55 (Expte. 36041)

RESOLUCIÓN Nº 139

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 160

. Diario de Sesiones

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Posponer el tratamiento del Expte. 36041/04 para su consideración como segundo tema posterior al listado de expedientes sobre tablas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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56 (Expte. 34048)

RESOLUCIÓN Nº 140

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Superintendente General de Irrigación, en coordinación con los municipios que correspondan, realizara todas las obras necesarias (cierres, puentes, etcétera) para evitar caídas de personas en cauces de riego, de distribución e hijuelas, priorizando los que tengan zonas pobladas en sus márgenes. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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57 (Expte. 36055)

RESOLUCIÓN Nº 141

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Justicia y de Seguridad informe, en relación a los incidentes

ocurridos el pasado fin de semana en el Pabellón 10-B de la Penitenciaría Provincial, lo siguiente:

a) Motivos que suscitaron los incidentes en el Pabellón 10-B.

b) Nombre y estado de salud de los internos y agentes penitenciarios heridos como consecuencia de los mismos.

c) Estimación económica de los daños al patrimonio de la Penitenciaría Provincial Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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58

(Expte. 36059) RESOLUCIÓN Nº 142

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Justicia y de Seguridad informe:

a) Cantidad de credenciales habilitantes emitidas a personal de seguridad de locales bailables, en cumplimiento del Art. 6º del Programa Provincial de Prevención de Riesgos Vinculados a la Diversión Nocturna de los Jóvenes (Ley Nº 6444).

b) Requisitos solicitados para su emisión. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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59 (Expte. 36062)

RESOLUCIÓN Nº 143

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA:

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 161

. Diario de Sesiones

Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declarara de interés provincial el proyecto de construcción del Anfiteatro “Ciudad de Palmira”, a ubicarse en el predio que delimita, al Oeste con el río Mendoza, al Sur con la calle Soberanía Nacional, al Norte con la calle Libertad y al Este con las propiedades de Buscema y Di Paola, en la Ciudad de Palmira del Departamento General San Martín. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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60 (Expte. 36066)

RESOLUCIÓN Nº 144

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, informe:

1) Con respecto a la designación de Directores que se desempeñan en la Empresa Provincial de Transportes, lo siguiente:

a) Director Gerente: nombre de la persona designada por el Poder Ejecutivo y experiencia documentada para el ejercicio del cargo. Remuneración que percibe.

b) Director Representante del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas: nombre de la persona designada por el Poder Ejecutivo para el desempeño del cargo. Remuneración que percibe y si revistaba cargo alguno en la Administración Provincial.

c) Director Representante del Personal de Funciones de la Empresa: nombre de la persona electa por el personal de la empresa.

d) Copia del Decreto del Poder Ejecutivo poniendo en funciones al Director electo por el personal. e) Remuneración que percibe.

2) Con respecto a las subestaciones eléctricas:

a) Cantidad de subestaciones eléctricas previstas en el proyecto para satisfacer las necesidades del servicio de la línea Godoy Cruz - Las Heras.

b) Determinación de las superficies en predios para la instalación de subestaciones eléctricas.

c) Ubicación proyectada de las mismas. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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61 (Expte. 36067)

RESOLUCIÓN Nº 145

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, adoptara las medidas necesarias, conjuntamente con la Municipalidad de San Martín, a fin de asistir con la ayuda financiera y de materiales a los aproximadamente dos mil quinientos (2.500) damnificados por las intensas lluvias ocurridas, según relevamiento habitacional producido por Defensa Civil en el Departamento San Martín. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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62 (Expte. 35718)

RESOLUCIÓN Nº 146

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Otorgar una Distinción Legislativa al plantel de la Categoría Infantil y Cuerpo Técnico de Hockey Sobre Patines del Club Atlético Palmira, que obtuviera el Campeonato Argentino de Hockey Sobre Patines el 10 de abril de 2004.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 162

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

63 (Expte. 36073)

RESOLUCIÓN Nº 147

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que realice las gestiones necesarias ante las autoridades de la Delegación Regional Cuyo del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) para autorizar la instalación de tres bocas de expendio de garrafas de diez (10) kg, denominada “garrafa social”, cuyo valor es de dieciocho pesos ($18), en el Departamento Lavalle. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

64 (Expte. 36076)

RESOLUCIÓN Nº 148

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de quien corresponda, informe:

a) Nombre de los barrios y cantidad de viviendas por barrio subsidiado mediante la Ley Nº 6044, Art. 26, (servicio de agua potable), ubicados en el Departamento Las Heras.

b) Listado nominal, en el caso de que existiese, de los beneficiarios por barrio y jubilados beneficiarios. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

65 (Expte. 36071)

RESOLUCIÓN Nº 149

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, a través de la Dirección Provincial de Vialidad y conjuntamente con la Nación encararan los trabajos necesarios para el mejoramiento de rutas y adecuada señalización de la red vial en los Departamentos San Rafael, General Alvear y Malargüe. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

66 (Expte. 36064)

RESOLUCIÓN Nº 150

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. Cámara el proyecto de construcción del Anfiteatro “Ciudad de Palmira”, a ubicarse en el predio que delimita con:

-Río Mendoza (Oeste); -Calle Soberanía Nacional (Sur); -Calle Libertad (Norte); -Propiedades de Dres. Buscema y Di Paola

(Este), en la -Ciudad de Palmira del Departamento

General San Martín. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 163

. Diario de Sesiones

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

67 (Expte. 35657)

RESOLUCIÓN Nº 151

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Declarar de interés de esta H. CÁMARA la “Jornada-Taller sobre Desarrollo Convergente”, auspiciado por la Fundación Libertador y la Fundación Konrad Adenauer, a realizarse el 4 de junio del corriente año en el Salón de los Pasos Perdidos de la Legislatura Provincial, de 9.00 a 12.00 y cuyos disertantes serán el Lic. Luis Böhm y el Lic. Daniel Rada. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

68 (Expte. 36046)

RESOLUCIÓN Nº 152

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Crear una Comisión Especial dentro de esta H. Cámara denominada Comisión Especial para la Lucha Antigranizo. Art. 2º - La misma tendrá como objetivo el análisis, estudio y evaluación de alternativas para la lucha antigranizo en nuestra Provincia, recepcionando distintas opiniones y posiciones de organizaciones intermedias, entidades rurales, productores, políticos, profesionales, etc., y cuyo resultado final estará dado por la presentación y puesta a disposición de esta H. Cámara de un proyecto de ley que contenga y contemple todas las posiciones y opiniones.

Art. 3º - La H. Cámara dispondrá el número de integrantes de esta Comisión, dictándose sus propias normas de funcionamiento. Art. 4º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

69 (Expte. 36031)

RESOLUCIÓN Nº 153

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, realizase las gestiones necesarias ante las autoridades de Telefónica de Argentina S.A., a efectos de instalar un teléfono público en la Sala de Primeros Auxilios de la Localidad de El Sosneado del Departamento San Rafael. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

70 (Expte. 36030)

RESOLUCIÓN Nº 154

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de quien corresponda, procediera a la construcción de baños para niñas y varones en el playón de Educación Física, mástil para Bandera Provincial, arreglos de techo, instalación de cuatro (4) pizarrones, pintura de tres (3) aulas y reparaciones en el laboratorio de química, de la Escuela Nº 4-406 “Ing. Julio Krause” sita en el Distrito Carrodilla, Departamento Luján de Cuyo.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 164

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

71 (Expte. 36065)

RESOLUCIÓN Nº 155

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Ministerio de Salud y Desarrollo Social informe:

a) Cuál es el plan de acción que se estaría ejecutando en previsión del impacto que se estaría produciendo en la sociedad mendocina ante la mayor circulación de estupefacientes y mayor nivel de consumo de los mismos, según la información que trasciende a través de los medios de comunicación y que dan cuenta de esto.

b) Si las partidas dispuestas por ley de presupuesto funcional, serían suficientes para atender la mayor actividad de prevención que supone el aumento de circulación y consumo de estupefacientes. c) Qué resultado arrojó el último congreso sobre adicciones efectuado en la Provincia acerca de la tarea que el Gobierno Provincial desarrolla en este sentido. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

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72 (Expte. 36040)

RESOLUCIÓN Nº 156

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º - Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Ambiente y

Obras Públicas, solicitara a la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Mendoza la realización de un Análisis, Estudio y Ponderación Matemática sobre la ubicación en Campo Cacheuta, Luján de Cuyo, de la Cárcel Provincial. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

73 (Expte. 36041)

RESOLUCIÓN Nº 157

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, informe:

a) Impacto Ambiental de la obra Cárcel Provincial, ubicada en Campo Cacheuta, Luján de Cuyo.

b) Método o Criterio Urbanístico usado para determinar la localización de dicha obra.

c) Estado del Proceso Licitatorio de dicha obra. Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente

74

RESOLUCIÓN Nº 158

LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE: Artículo 1º - Autorizar al diputado Mario Lampa a faltar a la sesión del día de la fecha.

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19 de mayo de 2004 - 4ª Reunión H. CÁMARA DE DIPUTADOS - 3ª Sesión de Tablas Pág 165

. Diario de Sesiones

Art. 2º - Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones del H. Cuerpo.

RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cuatro. JORGE MANZITTI RAÚL VICCHI Sec. Legislativo Presidente