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Energía no renovable se refiere a aquellas fuentes de energía que se encuentran en la naturaleza en una cantidad limitada y una vez consumidas en su totalidad, no pueden sustituirse, ya que no existe sistema de producción o extracción viable. Dentro de las energías no renovables existen dos tipos de combustibles: •Los combustibles fósiles: petróleo, carbón y gas natural. •La energía nuclear. Las energías alternativas son aquellas fuentes de energía diferentes de las tradicionales o clásicas. No existe una definición consensuada al respecto de qué tecnologías forman parte de este concepto. Para algunos expertos, las energías alternativas serían equivalentes a las energías sostenibles, mientras que otras definiciones más amplias consideran como energías alternativas a todas las fuentes de energía que no implican la quema de combustibles fósiles como el carbón, el gas y el petróleo. En esta definición además de las energías sostenibles también estaría incluida también la energías alternativas

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Energía no renovable

se refiere a aquellas fuentes de energía que se encuentran en la naturaleza en una cantidad limitada y una vez consumidas en su totalidad, no pueden sustituirse, ya que no existe sistema de producción o extracción viable. Dentro de las energías no renovables existen dos tipos de combustibles:

•Los combustibles fósiles: petróleo, carbón y gas natural. •La energía nuclear.

Las energías alternativas son aquellas fuentes de energía diferentes de las tradicionales o clásicas. No existe una definición consensuada al respecto de qué tecnologías forman parte de este concepto. Para algunos expertos, las energías alternativas serían equivalentes a las energías sostenibles, mientras que otras definiciones más amplias consideran como energías alternativas a todas las fuentes de energía que no implican la quema de combustibles fósiles como el carbón, el gas y el petróleo. En esta definición además de las energías sostenibles también estaría incluida también la energía nuclear.

energías alternativas

Se denomina energía renovable a la energía que se obtiene de fuentes naturales virtualmente inagotables, ya sea por la inmensa cantidad de energía que contienen, o porque son capaces de regenerarse por medios naturales.[1] Entre las energías renovables se cuentan la eólica, geotérmica, hidroeléctrica, mareomotriz, solar, undimotriz, la biomasa y los biocarburantes.

Energía renovable

Estratosfera

La estratósfera abarca desde los 10 hasta los 50 kilómetros de altura, y una de sus características más interesantes es que contiene a la capa de ozono, que nos protege de la radiación ultravioleta del Sol. Las moléculas de ozono absorben la energía de los rayos solares, y al descomponerse aportan calor a la atmósfera.

Hábitat es un término que hace referencia al lugar que presenta las condiciones apropiadas para que viva un organismo, especie o comunidad animal o vegetal. Se trata, por lo tanto, del espacio en el cual una población biológica puede residir y reproducirse, de manera tal que asegure perpetuar su presencia en el planeta.

Hábitat

La lluvia ácida se forma cuando la humedad en el aire se combina con los óxidos de nitrógeno, el dióxido de azufre y el trióxido de azufre emitidos por fábricas, centrales eléctricas, calderas de calefacción y vehículos que queman carbón o productos derivados del petróleo que contengan azufre. En interacción con el agua de la lluvia, estos gases forman ácidos nítricos, ácido sulfuroso y ácido sulfúrico. Finalmente, estas sustancias químicas caen a la tierra acompañando a las precipitaciones, constituyendo la lluvia ácida.

Lluvia ácida

DEBER # 2 ARTICULOS 56 – 57 – 58 – 59 DE LA CONSTITUCION DEL ECUADOR

CAPITULO CUARTODERECHOS DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS Y NACIONALIDADES

Art. 56. nos habla que las comunidades, pueblos y nacionalidades indigenes, el pueblo afroecuatoriano, el montubio y las comunas son parte del Estado Ecuatoriano.

Art. 57. nos habla acerca de los derechos colectivos de estas organizaciones sociales, entre los mas importantes y basados en el medio ambiente tenemos los mas importantes:

4. Conservar sus tierras comunitarias que serán inalienables, inembargables e indivisibles.

6. Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que estuvieren en sus territorios.

7 se consultará sobre los planes y programas de prospección, explotación y comercialización de los recursos naturales no renovables que se encuentren en sus tierras y participaran de los beneficios de los mismos cuando sean ejecutados dichos proyectos.

Si la comunidad consultada se negare, se procederá conforme a lo establecido en la constitución.

8. El estado establecerá y ejecutará programas con la participación de la comunidad, para asegurar la utilización sustentable de la biodiversidad.

Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesión ancestral y en ellos estará vedada todo tipo de actividad extractiva.

Art. 58. fortalece la identidad, la cultura, las tradiciones y los derechos de los afroecuatorianos, acorde a lo establecido en la Constitución, la ley y los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de Derechos Humanos

Art. 59. Reconoce los derechos colectivos de los pueblos montubios para garantizar su desarrollo sea humano, integral, sustentable y sostenible, sus políticas y estrategias para su proceso de formación asociativa, se respeta su cultura, identidad y visión propia.

DEBER # 3 DERECHOS DE LA NATURALEZA

ART. 71. dice que la naturaleza o pacha mama tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo y nacionalidad podrá exigir a la autoridad publica el cumplimiento de estos derechos .

ART. 72. El Estado establecerá los mecanismos mas adecuados para alcanzar la restauración y adoptara las medidas mas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.

ART. 73. se prohíbe la introducción de organismos y materiales orgánicos e inorgánicos que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.

ART. 74. Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de los recursos naturales que le permitan el buen vivir.

DEBER # 4 DERECHOS COLECTIVOS – EL INTERES DIFUSO – LA LEGITIMACIÓN PROCESAL

Derechos colectivos son los derechos cuyo sujeto no es un individuo (como es el caso de los derechos individuales), sino un colectivo o grupo social. Mediante esos derechos se pretende proteger los intereses e incluso la identidad de tales colectivos. Se definieron a partir del derecho de autodeterminación, y se engloban en los llamados "derechos de segunda generación" , según la teoría de las tres generaciones de derechos humanos.

intereses difusos (también llamados intereses colectivos), son aquellos derechos subjetivos e intereses legítimos que corresponden a personas indeterminadas, pertenecientes a diversos grupos sociales, que se encuentran distribuidos en amplios sectores, de manera que no resulta fácil el establecimiento de los instrumentos adecuados para la tutela de los propios intereses. este concepto está íntimamente vinculado con el de derechos humanos

Legitimación procesalDenominada también legitimación en causa (legitimatio ad causam), es la capacidad individualizada y concreta para el proceso determinado en que una persona pretende ser parte. Será legitimación activa la exigida para ser demandante, y legitimación pasiva la precisa para ser demandado. En ambos casos, las normas legales que regulan la legitimación procesal tratan de conseguir que la reclamación sea propuesta por, y frente a quien, la ley considera que pueden ser parte en la causa. Dicha legitimación se define por la titularidad, activo o pasiva, de las partes en la relación jurídica que sirve de base a la reclamación procesal; así, por ejemplo, el propietario es el único que tiene legitimación activa para reivindicar la cosa del poseedor.

DEBER # 5 LA TUTELA AMBIENTAL – EL DEBIDO PROCESO Y LA SENTENCIA EFECTIVA

tutela es un mecanismo de participación consagrado por la Constitución, cuyo objetivo es proteger los derechos fundamentales, es decir, aquellos que son inherentes a la persona humana y prevalecen frente a cualquier norma con la que se pretenda desconocerlos. Algunos de estos derechos son: el derecho a la igualdad, a la intimidad, al trabajo o a un ambiente sano, por mencionar los principales

LA TUTELA AMBIENTAL

EL DEBIDO PROCESO

El debido proceso es un principio legal por el cual el Estado debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. El debido proceso es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legítimas frente al juez. El debido proceso establece que el gobierno está subordinado a las leyes del país que protegen a las personas del estado. Cuando el gobierno daña a una persona sin seguir exactamente el curso de la ley incurre en una violación del debido proceso lo que incumple el mandato de la ley

SENTENCIA EFECTIVA

En la aplicación de las sanciones por violacion a la ley y a las normas que la complementan, el juez tomara en consideracion la gravedad y la transcendencia de la violacion principalmente en cuanto a la salud de los seres humanos y daños o desequilibrios ocacionados al medio ambiente o los recursos naturales: la intencion dolosa y la condicion economica de los causantes y su reincidencia.

La ley consagra como un deber esencial del Estado la efectiva proteccion del medio ambiente, disponiendo el poder judicial de herramientas legales que para ello resulta impresindible para la adopcion de una politica integral en cuya ejecucion participen todas las instituciones relacionadas con los recursos naturales.

DEBER # 6 DERECHOS DE LIBERTAD Y RESPONSABILIDAD ART. 66 Y ART. 83

Art. 66 se reconoce y garantiza a las personas:

El numeral 2. no dice que tenemos derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, etc. y otros servicios sociales necesarios.

Saneamiento ambiental: es el conjunto de acciones técnicas socioeconómicas de salud publica que tiene por objeto alcanzar niveles crecientes de salubridad ambiental

El numeral 15. habla sobre el derecho a desarrollar actividades economicas en forma individual o colectiva conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental.

Responsabilidad ambiental: es la imputabilidad de una valoracion positiva o negativa por el impacto de una accion, se refiere al daño causado a otras especies, la naturaleza en su conjunto o a futuras generaciones.

DERECHOS DE RESPONSABILIDAD El articulo Art. 83. de la Constitucion del Ecuador nos deja bien claro cuales son los deberes y responsabilidades de todos los ecuatorianos que tenemos ante la Constitución y la ley, entre esos los mas notables en materia ambiental tenemos los siguientes. 3. Defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales. 6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. 13. Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos.

DEBER # 7 REGIMEN DE DESARROLLO ART. 275

Según el articulo 275. el regimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinamico de los sistemas economicos, politicos, sociales, culturales y ambientales que garantizan la realizacion del buen vivir o Sumak Kawsay.

Uno de los principales ojetivos de este regimen es recuperar y consevar la naturaleza, menteniendo un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo y los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural

El buen vivir requeire que las personas y colectividades gocen de sus derechos y que ejerzan responsabilidad en el marco intercultural, del respeto a sus diversasidades y de la conviviencia armonica con la naturaleza.

Art. 276.- El régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos:

Mejorar la calidad y esperanza de vida de la población acorde a los principios y derechos que establece la Constitución.

Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria de la riqueza y generar fuentes de trabajo.

Fomentar la participación y el control social, en todas las fases de la gestión del poder público.

Recuperar y conservar la naturaleza manteniendo un ambiente sano y sustentable para que todas las personas tengan acceso y gocen de los beneficios de los recursos naturales

Garantizar la soberanía nacional, para que contribuya a la paz y a un sistema democrático equitativo mundial.

Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión.

Proteger y promover la diversidad cultural respetando sus espacios de reproducción e intercambio.

DEBER # 8 SOBERANIA ALIMENTARIA ART. 281

Es el derecho que tienen los pueblos para controlar el sistema agroalimentario y sus factores de producción, de tal forma que la agricultura familiar, campesina, indígena, de orientación agroecológica, la pesca y la recolección artesanal se desarrollen de forma autónoma y equitativa. De esta manera se garantiza el derecho humano a la provisión permanente de alimentos sanos, nutritivos, suficientes y culturalmente apropiados.

Para ello es necesario recuperar y dinamizar modos de producción y tecnologías ancestrales y ecológicas; generar circuitos económicos solidarios y controlar democráticamente los mercados para facilitar el acceso equitativo y oportuno a los alimentos, y remunerar con justicia al trabajo agrícola. Es imprescindible también recuperar hábitos y patrones de consumo saludables, nutritivos, y restablecer la identidad y cultura alimentaria de la población.

El Estado intercultural, plurinacional y participativo debe generar y garantizar políticas públicas que además de favorecer el desarrollo de su sistema agroalimentario, impliquen una relación urbano – rural equilibrada, una relación armónica entre seres humanos y naturaleza. Un Estado que efectivamente ejerza su soberanía frente a injerencias transnacionales.

DEBER # 9 TRABAJO Y PRODUCCIÓN

TRABAJO

Como trabajo denominamos el conjunto de actividades que son realizadas con el objetivo de alcanzar una meta, la solución de un problema o la producción de bienes y servicios para atender las necesidades humanas.

El trabajo les da posibilidades a los hombres y las mujeres para lograr sus sueños, alcanzar sus metas y objetivos de vida, además de ser una forma de expresión y de afirmación de la dignidad personal.

En este sentido, el trabajo es el que hace que el individuo actúe, proponga iniciativas y desarrolle y pueda mejorar sus habilidades. El trabajo enseña al hombre a vivir y compartir con otras personas y con sus diferencias, a desarrollar conciencia cooperativa y a pensar en el equipo y no solo en sí mismo.

PRODUCCIÓN

Se denomina producción a cualquier tipo de actividad destinada a la fabricación, elaboración u obtención de bienes y servicios. En tanto la producción es un proceso complejo, requiere de distintos factores que pueden dividirse en tres grandes grupos, a saber: la tierra, el capital y el trabajo. La tierra es aquel factor productivo que engloba a los recursos naturales; el trabajo es el esfuerzo humano destinado a la creación de beneficio; finalmente, el capital es un factor derivado de los otros dos, y representa al conjunto de bienes que además de poder ser consumido de modo directo, también sirve para aumentar la producción de otros bienes. La producción combina los citados elementos para satisfacer las necesidades de la sociedad, a partir del reconocimiento de la demanda de bienes y servicios.

DEBER # 10 GLOSARIO

producción sustentable.- refieren a la producción y uso de bienes y servicios que responden a las necesidades básicas y mejoran la calidad de vida, minimizando el uso de recursos naturales, materiales tóxicos, así como la generación de residuos y contaminantes durante todo el ciclo de vida, sin menoscabar las posibilidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades.

La protección ambiental.- consiste en el conjunto de medidas que se toman a nivel público y privado para cuidar nuestro hábitat natural, preservándolo del deterioro y la contaminación. Impedir o limitar la tala de árboles, prohibir la caza de animales en peligro de extinción, reducir el consumo de energía, de combustibles y otros contaminantes, etc. Son algunas de esas medidas que en la práctica y ante la falta de conciencia de la población, deben imponerse por vía legal con las consiguientes sanciones, para quienes violen las normas de protección.

Reciclaje.- Es un proceso por el cual, materiales de desecho, vuelven a ser introducidos en el proceso de producción y consumo, devolviéndoles su utilidad. No todos los residuos pueden reciclarse, pero reciclar lo que es susceptible de ello, que es más del 90 % de nuestros desperdicios, elimina gran parte de los residuos del planeta, lo que representa un gran triunfo en la lucha contra la contaminación ambiental y la mejora de nuestro hábitat. .

DEBER # 11 REGIMEN DEL BUEN VIVIR