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1 Aprobadas por la Presidencia del Consorcio confeclia 11 de octubre de 2016 BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA EL PATROCINIO O COLABORACIÓN PARA LA PROMOCION DEL TURISMO A TRAVES DEL DEPORTE A OTORGAR POR PARTE DEL CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA (EJERCICIO 2016 Y EN SU CAS O, SI GUI ENTES) Exposi ci ón de moti vo s .- Entre los objetivos programáticos del Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña, se encuentra la potenciación de la actividad turística siendo un elemento privilegiado de la proyección de la ciudad, la actividad deportiva que representa también a la misma y que puede favorecer, a través de la presencia de equipos de la ciudad, la propia imagen de la misma, actuando como auténticos embajadores de A Coruña, en el ejercicio de su actividad, por lo que, conforme a este programa, se pretende promover la colaboración de entidades, organismos públicos y privados y personas físicas y jurídicas interesadas en ello, difundiendo y favoreciendo el asentamiento estratégico de la ciudad de A Coruña como nexo relevante en la relación entre deporte y turismo y la presencia de la ciudad como destino turístico, y su inserción en los circuitos deportivos e incluso en las programaciones de todo tipo que puedan establecerse. Se trata por lo tanto a través de estas bases que se mantendrán abiertas en tanto exista consignación presupuestaria en los ejercicios de su vigencia, según se establezca en las respectivas anualidades presupuestarias, con esta convocatoria abierta, con vocación de estabilidad, de fomentar la participación como elementos difusores de la ciudad, en el ámbito turístico de los clubes y entidades deportivas de la ciudad, especialmente de aquéllos que pueden complementar el conocimiento de la misma, en sectores y ámbitos respecto a los que las grandes actividades deportivas no lo contemplan (deporte aficionado, deportes no mayoritarios, etc.) potenciando igualmente también, la organización en el término municipal de A Coruña, de actividades de carácter deportivo que resulten relevantes a los efectos de la proyección turística de la ciudad, siempre que, tanto la proyección externa que representen los clubes y entidades deportivas en su actividad fuera de la ciudad, como la consecución de actividades deportivas para la misma, sean potenciadores de ésta, y que tengan interés por el impacto en la generación de rentas que produce, tanto el turismo deportivo como el turismo en general y su distribución transversal en el tejido productivo local, que deben

BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA EL …

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Aprobadas por la Presidencia del Consorcio confeclia 11 de octubre de 2016

BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA EL PATROCINIO O

COLABORACIÓN PARA LA PROMOCION DEL TURISMO A TRAVES DEL DEPORTE A

OTORGAR POR PARTE DEL CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA

(EJERCICIO 2016 Y EN SU CASO, SIGUIENTES)

Exposición de motivos.-

Entre los objetivos programáticos del Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña, se

encuentra la potenciación de la actividad turística siendo un elemento privilegiado de la

proyección de la ciudad, la actividad deportiva que representa también a la misma y que

puede favorecer, a través de la presencia de equipos de la ciudad, la propia imagen de la

misma, actuando como auténticos embajadores de A Coruña, en el ejercicio de su actividad,

por lo que, conforme a este programa, se pretende promover la colaboración de entidades,

organismos públicos y privados y personas físicas y jurídicas interesadas en ello,

difundiendo y favoreciendo el asentamiento estratégico de la ciudad de A Coruña como nexo

relevante en la relación entre deporte y turismo y la presencia de la ciudad como destino

turístico, y su inserción en los circuitos deportivos e incluso en las programaciones de todo

tipo que puedan establecerse.

Se trata por lo tanto a través de estas bases que se mantendrán abiertas en tanto exista

consignación presupuestaria en los ejercicios de su vigencia, según se establezca en las

respectivas anualidades presupuestarias, con esta convocatoria abierta, con vocación de

estabilidad, de fomentar la participación como elementos difusores de la ciudad, en el ámbito

turístico de los clubes y entidades deportivas de la ciudad, especialmente de aquéllos que

pueden complementar el conocimiento de la misma, en sectores y ámbitos respecto a los que

las grandes actividades deportivas no lo contemplan (deporte aficionado, deportes no

mayoritarios, etc.) potenciando igualmente también, la organización en el término municipal

de A Coruña, de actividades de carácter deportivo que resulten relevantes a los efectos de la

proyección turística de la ciudad, siempre que, tanto la proyección externa que representen

los clubes y entidades deportivas en su actividad fuera de la ciudad, como la consecución de

actividades deportivas para la misma, sean potenciadores de ésta, y que tengan interés por

el impacto en la generación de rentas que produce, tanto el turismo deportivo como el

turismo en general y su distribución transversal en el tejido productivo local, que deben

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incentivarse especialmente las convocatorias o actuaciones que superen el ámbito

autonómico y las que tengan dimensión internacional.

El Consorcio de Turismo (el CONSORCIO, en lo sucesivo) valorará la amplitud y difusión

de la promoción turística de la ciudad que represente la actividad propuesta por el club o

entidad, fuera de la ciudad, su participación en las competiciones deportivas proyectando la

imagen de la ciudad de A Coruña así como en su caso, de la convocatoria de la reunión o

evento, sea dentro o fuera de la ciudad, y respecto a las que se celebren en A Coruña,

específicamente su potencialidad y su capacidad de atracción de deportistas y visitantes

provenientes del resto del Estado o de fuera de él, así como en todo caso, la repercusión en

términos de promoción de la ciudad que signifiquen la celebración de estas reuniones o

eventos o la participación en las mismas.

A este efecto, se elaboran las bases de procedimiento para regular la colaboración, como

patrocinio del Consorcio o colaboración con las actividades, proyectos y actuaciones que

puedan ser relevantes para los fines referidos.

l. Objeto.-

El presente procedimiento tiene como objetivo determinar las condiciones para solicitar el

patrocinio o colaboración que se efectuará por parte del Consorcio de Turismo y Congresos

de A Coruña tanto para la realización de todo tipo de encuentros y actividades deportivas en

A Coruña.con relevancia turística. como el apoyo a la presencia de clubes y equipos

deportivos de la ciudad. fuera de la misma que formen parte de sus fines,como promoción del

turismo a través del deporte, durante el ejercicio de 2016 y de existir consignación

presupuestaria en los siguientes para los de 2017 y sucesivos, que sean en ambos tipos de o

líneas de actuación , relevantes turísticamente para la ciudad o con potencialidad para ello,

debiendo desarrollarse necesariamente la actividad patrocinada durante los referidos años y

con cargo a la periodicidad correspondiente.

Se incluyen también, dentro del objeto de la convocatoria,la previsión del apoyo, en su caso,

a las candidaturas que se efectúen por personas físicas y jurídicas, con o sin ánimo de lucro,

para la celebración de eventos deportivos potenciadores del turismo de A Coruña en

cualquier de esos ejercicios.

Las presentes bases se dirigen a cubrir los supuestos o líneas de actuación, siguientes:

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a)- Podrán solicitar patrocinio o colaboración, tanto entidades públicas cómo privadas e

incluso personas físicas, todas ellas de la ciudad de A Coruña, cuando cumpliendo las

condiciones previstas en estas bases, la actividad, actividades o actuación o actuaciones

deportivas, o la participación de la entidad en las mismas fuera de la ciudad de A Coruña,

sean relevantes para los fines de promoción turística de la ciudad, debiendo tener o ser

previsible una repercusión en el sector turístico local , o en términos de promoción y

desarrollo de la ciudad, constatable y de importancia.

b)- Tendrán especial consideración también ,y se contemplan también el patrocinio o

colaboración, por lo tanto, aquellos eventos deportivos, qµe se realicen en la ciudad de A

Coruña. o supongan específicamente la difusión turística de la misma, a través de la práctica

deportiva, y las actuaciones para su consecución.

Se valorarán positivamente y preferentemente, en este sentido, las solicitudes y propuestas

que gracias a su fecha y lugar de celebración potencien el carácter desestacionalizado (meses

de enero, febrero, marzo, abril y mayo; y octubre, noviembre y diciembre), siempre que se

acredite la relevancia turística de las mismas.

2.-Cuantía de los convenios y dotación presupuestaria.

2.1.-Cuantía máxima de los contratos o convenios de patrocinio ••

Con carácter común para ambos tipos de patrocinio (actividades a realizar en la ciudad o

participación de equipos de la ciudad en torneos, competiciones u otras actividades

deportivas)se establece que , cuando se formalice la colaboración a través de convenios o

contratos de patrocinio, de contenido económico, tramitados a través de este procedimiento,

y al amparo de estas bases, no podrán exceder en ningún caso, del importe del contrato

menor, según el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas.Ello no enerva la facultad de contratación por el Consorcio de otras actividades o

eventos de relevancia turística para la ciudad en el ámbito de la promoción del Turismo a

través del Deporte que puedan resolverse conforme a los procedimientos legalmente

establecidos.

2.2.-Dotación presupuestaria máxima.

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El presupuesto (incluido el I.V.A.) autorizado para estos convenios asciende para el ejercicio

de 2016 a la cantidad de 115.000 euros (ciento quince mil)cuantía que representa el gasto

máximo a realizar por el CONSORCIO en este ámbito de actuación. Esta cuantía, en todo

caso, habrá de ser reajustada, en su caso, con motivo de una eventual modificación del tipo

impositivo del LV.A., sin exceder de la consignación presupuestaria existente.

La antedicha cuantía comprende no sólo al importe de los correspondientes convenios, sino

también cuantos recargos e impuestos sean legalmente repercutibles y demás gastos que

fueran de aplicación. También se debe entender comprendido el importe de del Impuesto

sobre el Valor Añadido (LV.A.), que corresponde al 21% del presupuesto sin LV.A. de

conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente y siempre referido al tipo vigente a lo

largo de la vigencia de los convenios. Todo esto, sin prejuicio de lo antes señalado en relación

a una eventual modificación del tipo impositivo del I.V.A.

Los presentes convenios serán financiados con cargo a los presupuestos del Consorcio para el

año 2016, y concretamente con cargo a la partida presupuestaria dado que en el presupuesto

vigente para el ejercicio 2016 se disponen de fmanciación suficiente para los presentes

convenios con cargo a la partida señalada anteriormente, y sin perjuicio de la prórroga para

ejercicios siguientes que pueda proceder, en virtud de la existencia de consignación

presupuestaria al efecto.

3. -Normas de procedimiento. - 3.1.Solicitudes.-

3.1.1. Las solicitudes se presentarán según los modelos que se acompañan como anexos al

presente procedimiento según el tipo de actividad y naturaleza de la misma de que se trate o

corresponda.

3.1.2. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación, con el grado

suficiente de descripción según la naturaleza del objeto de colaboración o patrocinio:

3.1.2.A) Patrocinios para

la turísticamente relevantes.-

participación y/o celebración de actividades deportivas

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Memoria descriptiva, con suficiente detalle de la actividad prevista con la

justificación suficiente de la relevancia turística de la misma.

Declaración realizada por el representante de la Entidad en relación con los

siguientes datos: identificación de la Entidad, nombre de la persona que firma la

propuesta, domicilio de la Entidad, teléfono, fax y dirección de correo electrónico, en

su caso, a efecto de realizar las notificaciones pertinentes. Incluirá además la relación

de los anexos a presentar, así como las autorizaciones para la obtención por parte del

CONSORCIO, ya sea de forma directa o a través del Ayuntamiento, de las

certificaciones positivas expedidas por la Tesorería General de la Seguridad Social,

por la Agencia Tributaria Estatal acreditativas de que la Entidad se encuentra al

corriente del cumplimiento de sus deberes.

Copia auténtica o compulsada del Código de Identificación Fiscal (C.I.F.).

Copia auténtica o compulsada de la escritura o documento de constitución y/o

modificación, o estatutos, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro que

corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.

Copia compulsada del D.N.I. de la persona que representa la Entidad.

Documento acreditativo del apoderamiento a favor del/la representante de la

entidad para suscribir el convenio con el CONSORCIO.

Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social

correspondiente, acreditativa de que la Entidad se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus deberes con la Seguridad Social.

Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria (AEAT) que acredita que la Entidad se encuentra al corriente en el

cumplimiento de sus deberes tributarios.

Certificado de titularidad de cuenta bancaria en la que efectuar el ingreso del

importe del convenio.

Certificación de la Federación correspondiente o Entidad organizadora de la

competición de que el Equipo de la Entidad objeto de patrocinio participa en una

competición de que se trate y que motiva la suscripción del contrato.

Declaración responsable sobre el nº de deportistas de la entidad que forman parte del

equipo objeto de patrocinio para la temporada 2015-2016 y de aquellos , en su caso,

que hubieran conseguido un resultado deportivo en prueba olímpica (programa Río

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2016) en el Campeonato del Mundo absoluto o en los Juegos Olímpicos, u otras

competiciones o programas de alto nivel.

Declaración responsable sobre la colaboración de directivos, jugadores, entrenadores

y personal de la Entidad para las actuaciones de promoción que se puedan realizar

por el Consorcio y en su caso, los patrocinadores incorporados por éste.

Calendario de competición del equipo objeto de patrocinio y de las demás actividades

en las que participe.

Programación de actividades organizadas por la entidad objeto de patrocinio.

Equipos y licencias de la entidad en el momento de presentación de la propuesta.

Documentación relativa a la propuesta publicitaria para Turismo de A Coruña.

3.1.2.B.·Documentación específicamente requerida para la celebración de actividades

relevantes o participación en las mismas a proponer en la ciudad de A Coruña o

participación extraordinaria fuera de la misma:

Certificación del órgano de dirección de la entidad pública o privada organizadora del evento

o actividad de que se trate, en la que conste expresamente el acuerdo de organizar la

actividad objeto del patrocinio o colaboración en la ciudad, o se describa y justifique la

participación en la actividad deportiva extraordinaria fuera de la ciudad de A Coruña, y la

relevancia turística de la misma para la difusión y promoción de la ciudad en este

ámbito.Junto con ese acuerdo deberá acompañarse una memoria explicativa, que será objeto

de valoración por los servicios del Consorcio, que para el caso de actividades en A Coruña o

fuera de ella deberá contemplar:

-Programa provisional en el que conste la relación prevista de participantes, nacionalidad

actividades a realizar y sedes a utilizar.

-. Campaña de promoción online y offline asociada al evento: TV, radio, medios impresos,

publicidad exterior, folletos informativos, etc.

-Información sobre edición y distribución de publicaciones previstas en relación con el

evento, o con la participación del club o entidad deportiva de que se trate en el mismo, o

sobre la relevancia que se derivará de esta participación y ámbito de incidencia de la misma.

-Previsión de otros soportes publicitarios a utilizar durante la celebración del evento, o que

vaya a utilizar el club o entidad deportiva, sin que suponga una enumeración exhaustiva:

equipaciones, material promocional, displays, photocalls, carpetas, bolsas, acreditaciones,

etc.

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- Otros colaboradores o patrocinadores con los que cuente la entidad deportiva para la

realización de la actividad de que se trate, o para la participación en la misma, o el evento

así como su importe.

-Ámbito territorial, en su caso, del evento deportivo, habida cuenta del origen de los

participantes.

-Número de asistentes previsto, origen, rango de edad y perfil deportivo.

Deberá aportarse, también en estos casos la misma documentación, en lo procedente,del

epígrafe 3.1.2 A de estas bases

3. 3. -Causas de exclusión.·

No podrán tener la condición de beneficiarios, quienes hayan sido excluidos del acceso a los

beneficios derivados de la aplicación del presente programa por la comisión de infracciones

tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre

Infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de

4 de agosto.

Tampoco podrán ser beneficiarios, quedando excluidos a todos los efectos de las presentes

bases, los equipos participantes en las competiciones reconocidas por el Consejo Superior de

Deportes, como ligas profesionales: primera y segunda división A de futbol, y liga ACB de

baloncesto.

Las entidades que cuenten con más de un equipo en las competiciones no excluidas de las

presentes bases, con carácter general, no podrán suscribir tantos convenios como equipos

tenga comprendidos en el ámbito del mismo, sin perjuicio de la valoración que pueda

efectuarse en los casos de los clubes que tengan varios equipos compitiendo en la misma

modalidad/especialidad y categoría, que si bien podrán formalizar convenio de patrocinio

solo por uno de los equipos, deberá ser tenido en consideración la pluralidad de su actividad

como entidad.

5. Tramitación de los convenios de patrocinio.-

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3.5.1.-Lugar de presentación de las solicitudes.- Las Entidades que quieran tomar parte en este procedimiento presentará la documentación recogida en estas Bases en el Registro del CONSORCIO en el plazo de 10 días hábiles desde

- 1a publicación de las mismas en la pagina web del Consorcio. Este podrá también invitar a su presentación , específicamente,a las entidades deportivas que estime conveniente.La presentación de las proposiciones en lugar distinto del señalado será causa de rechazo o exclusión. Por lo tanto las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del

anuncio de la convocatoria al amparo del presente procedimiento en la página Web del

Consorcio de Turismo y Congresos, por un plazo de diez días hábiles. El análisis de las

solicitudes recibidas comenzará a realizarse a partir de la fecha de su recepción, pudiendo

confirmarse el patrocinio o convenio, según se proceda a la resolución de las peticiones.

Finalizado el referido plazo,y resueltas las peticiones formuladas, en caso de mantenerse la

existencia de consignación presupuestaria, no se fijará un plazo límite para la presentación

de solicitudes, sino que este permanecerá abierto hasta que se agote el presupuesto destinado

al patrocinio o convenio de apoyo de este tipo de eventos, tanto el inicial como el que resulte

de las modificaciones que puedan producirse, siguiéndose el criterio de prioridad en la

presentación hasta el agotamiento en este caso. La finalización del plazo, por agotamiento

del crédito o medios materiales o elementos de apoyo posibles, disponibles, será publicado en

la página Web del Consorcio de Turismo y Congresos.

Todos los documentos que deban aportarse con ocasión del presente proyecto se presentarán originalmente o mediante copia, en este caso debidamente compulsada por Notario o por el personal del CONSORCIO.

La documentación que se presente deberá venir ordenada en anexos, conforme a los modelos previstos en estas bases

3.5.2.-Subsanación de errores. Finalizado el plazo de presentación de la documentación, la Gerencia del CONSORCIO y otro personal de apoyo procederá al examen de la documentación general presentada en tiempo y forma, en función de los requisitos exigidos. Si se observaran defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se le comunicará verbalmente a los/a las interesados/las mediante comunicación telefónica al número indicado por la Entidad en la documentación presentada, procediéndose, asimismo, a la notificación por cualquiera medio de los indicados por la Entidad que deje constancia fidedigna de su recepción, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que la Entidad corrija o subsane los defectos.

Transcurrido este plazo sólo se valorarán los expedientes de las Entidades que cumplan con todos los requerimientos formales y materiales exigidos.

3.5.3.Aceptación del patrocinio.

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Tras la resolución de los patrocinios, las entidades patrocinadas, dispondrán de un plazo de 3 días hábiles a contar desde el momento de la publicación de la resolución para aceptar el patrocinio por cualquiera de los medios señalados en el Anexo 1 para notificaciones. Si en esos 3 días hábiles no hay pronunciamiento, se entiende su aceptación.

3.5.4- Nueva resolución si alguna entidad había renunciado al patrocinio. Si se hubiere dado el caso de que algún equipo entidad no había aceptado la totalidad del patrocinio, por el Consorcio se podrá optar por efectuar una segunda resolución incorporando de nuevo al reparto el crédito de los patrocinios a los que renunciaron las entidades y redistribuyéndolo de nuevo entre los equipos que sí habían aceptado, o su acumulación para nuevos destinatarios.

3.6. Fonnalización del patrocinio. Los patrocinios se firmarán por el CONSORCIO con cada una de las entidades.

3.7. Fónnula de pago. El importe de cada convenio será abonado por el CONSORCIO en tres plazos:

Primer plazo.-El 50% del importe una vez firmado el convenio, una vez recibida la correspondiente factura o documento justificativo procedente, emitida por la Entidad, acompañada de la correspondiente certificación y justificación gráfica de tener realizados los soportes publicitarios básicos exigidos para el cumplimiento del convenio, y con la correspondiente conformidad por el CONSORCIO. En el concepto de la factura o documento justificativo, se hará constar "Primer pago del convenio de patrocinio formalizado entre el CONSORCIO y la Entidad .................... al amparo de las bases reguladoras del proyecto de promoción del turismo a través del deporte del Consorcio de Turismo y Congresos para el año 2016 (50%)".

Segundo plazo.-El 30% se abonará una vez finalizadas las competiciones y actividades principales del equipo objeto de patrocinio de la temporada (o parte de esta para el año 2016), una vez recibida la correspondiente factura emitida por la Entidad, acompañada de la correspondiente certificación de cumplimiento de los deberes publicitarios en esta competición. Será necesario también la correspondiente conformidad del CONSORCIO. En el concepto de la factura se hará constar "Segundo pago del convenio de patrocinio formalizado entre el CONSORCIO y la Entidad .................... al amparo de las bases reguladoras del programa promoción del turismo a través del deporte.

Tercer plazo.-El 20% restante se abonará a partir del 31.12.2016, una vez finalizadas todas las actividades contempladas en la programación presentada con la propuesta de patrocinio y una vez recibida la correspondiente factura o documento justificativo emitida por la Entidad con fecha 31.12.2016, acompañada de la correspondiente certificación de cumplimiento de los deberes y de la memoria que comprenda el conjunto de las actividades realizadas por la Entidad en el ejercicio presupuestario. Será necesaria también la correspondiente conformidad del CONSORCIO de Turismo y Congresos. En el concepto de la factura se hará constar ''Tercer pago del convenio de patrocinio formalizado entre el CONSORCIO de Turismo y Congresos y la Entidad .................... al amparo de las bases reguladoras del programa de promoción del turismo a través del deporte 2016 (20%)":

3.8. Causas de resolución de los convenios de patrocinio. Serán causas de resolución las siguientes:

- Obtención del patrocinio falseando las condiciones requeridas para eso u ocultando aquellas que lo impidieran.

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- Incumplimiento total del proyecto que fundamenta la formalización del convenio. • Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación que efectúe a CONSORCIO en relación al cumplimiento del establecido en el correspondiente convenio. • Resultar inviable la realización de todas las actuaciones descritas en estas bases por causas no imputables a las Partes. - Cualquier incumplimiento de la Entidad y de sus miembros de las normas fijadas por las autoridades en materia de lucha anti-dopaje, podrá ser considerado cómo falta muy grave, reservándose el CONSORCIO el derecho a la resolución unilateral del convenio. La Entidad y todos sus miembros (directivos, cuerpo técnico, deportistas, etc....) se obligan a cumplir con la máxima diligencia las instrucciones y los requerimientos de las autoridades en materia de lucha anti-dopaje en orden a la permanente localización y sometimiento de los/las deportistas a los controles antidopaje que dictas autoridades consideren oportuno establecer, tanto dentro como fuera de competición.

- Cualquier incumplimiento de la Entidad y de sus miembros de las normas fijadas por las autoridades en materia de lucha contra la violencia en el deporte, podrá ser considerado cómo falta muy grave, reservándose el CONSORCIO el derecho a la resolución unilateral del convenio. La Entidad hará todo lo que esté en sus manos para garantizar que todos sus directivos, socios, abonados, cuerpo técnico, deportistas, etc.... cumplan con la máxima diligencia las instrucciones y los requerimientos de las autoridades en materia de lucha contra la violencia en el deporte.

- Cualquier incumplimiento de la Entidad y de sus miembros de la normativa en materia de protección integral contra la violencia de género, podrá ser considerado cómo falta muy grave, reservándose el CONSORCIO el derecho a la resolución unilateral del convenio.

4.-Prestaciones publicitarias a contemplar en los convenios o contratos.-

La actividad de patrocinio realizada por el Consorcio con el objeto de la promoción turística

de la ciudad a través del deporte, respecto a los equipos destinatarios de estas bases, implica

que deberán cumplir las obligaciones de difusión de la imagen corporativa del Consorcio y/o

de la ciudad de A Coruña, especificadas en el convenio, así como una colaboración de los

equipos y particularmente de sus adiestradores y jugadores en ello. A tenor de la naturaleza

de las relaciones en que se traduce ordinariamente, la ejecución se efectuará a través de

convenios de patrocinio con los equipos que se incorporen a este proyecto. Estos convenios

que el Consorcio suscribirá con cada entidad deportiva, contemplarán prestaciones

publicitarias para el Consorcio en los términos establecidos en estas bases, siendo estas:

a) Equipaciones oficiales de competición. b) Equipaciones de entrenamiento. c) Equipaciones de paseo/viaje.

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d) Vehículos oficiales de los que disponga la Entidad, debidamente identificados con el emblema del club, en propiedad o alquiler para desplazamientos. e) En la cartelería oficial o en cualquiera otro soporte anunciador de los encuentros/pruebas organizadas por el equipo objeto de patrocinio así como de las actividades que organice la Entidad. f) Banner publicitario en un lugar preferente de la web de la Entidad o de otros soportes en las redes sociales, debiendo permanecer en ella durante toda la temporada. g) Instalaciones donde la Entidad desarrolla su competición como equipo local y sus entrenamientos. La Entidad incluirá la imagen como mínimo, en:

- Todos los paneles y traseras utilizadas para las ruedas de prensa (sea en local cerrado o a pie de pista/campo). - En la instalación de competición como local y en la de entrenamiento deberán situarse, en lugar preferente, como mínimo, dos lonas publicitarias de 5xl metros donde se recojaexclusivamente la imagen corporativa establecida para este apartado. Deberán también incorporarse estas lonas en las diferentes actividades ofertadas por la Entidad. En el caso de las entidades que no compitan como locales ni cuenten con instalaciones de entrenamiento cerradas o acotadas, deberán asegurar esta presencia en otros soportes alternativos(instalaciones del club, carpas, village, etc....)

De no ser posible incluir la imagen corporativa del Consorcio en alguno de los soportes señalados anteriormente, debido a limitaciones reglamentarias de la competición,deberá justificarse adecuadamente e incluir la imagen en alguno otro soporte distinto a los establecidos en este Plan. En cuyo caso es preciso identificar en la propuesta el soporte alternativo. Especificaciones de publicidad.·

a) Equipaciones oficiales de competición, En este soporte publicitario, se establecen como espacios preferentes para la inclusión de la imagen a la hora de la valoración de los soportes publicitarios los siguientes y por esta orden:

- Parte delantera de la camiseta en el centro de la misma en grande. - Parte trasera de la camiseta, arriba del número en grande. - Parte trasera de la camiseta, debajo del número en grande En el caso de equipaciones sin número, se establece como espacios preferentes para la inclusión de la imagen a la hora de la valoración de los soportes publicitarios los siguientes y por este orden:

- Parte delantera-superior de la camiseta en grande, evitando que pueda ser cubierto por dorsales u otros elementos identificadores. - Parte trasera-superior de la camiseta en grande, evitando que pueda ser cubierto por dorsales u otros elementos identificadores.

b) Equipaciones de entrenamiento, prioritariamente debajo del escudo de la entidad c) Equipaciones de paseo/viaje, prioritariamente debajo del escudo de la entidad d) Vehículos oficiales de los que disponga la Entidad (en propiedad o alquiler para desplazamientos), pero sólo en aquellos que dispongan de siete o más plazas y que se identifiquen claramente como vehículos del club. e) En la cartelería oficial o en cualquiera otro soporte anunciador de los encuentros/pruebas organizadas por el equipo objeto de patrocinio así como de las actividades que organice la entidad. f) Banner publicitario en un lugar preferente de la web de la Entidad o de otros soportes en las redes sociales, debiendo permanecer en ella durante toda la temporada.

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g) Instalaciones donde la Entidad desarrolla su competición como equipo local y sus entrenamientos. La Entidad incluirá la imagen como mínimo, en:

La ejecución de estos deberes serán asumidas, en su totalidad, por la Entidad, de acuerdo con lo establecido entre las partes en los presentes acuerdos. Toda la publicidad estática, material impreso, elementos, etc , seranproducidos por la Entidad, con los contenidos proporcionados por el CONSORCIO, siendo por cuenta de la Entidad los gastos de adaptación, producción, transporte, instalación y mantenimiento en perfectas condiciones de percepción óptica.

5.P lazo y vi encia . -

La actividad patrocinada o a la que se preste colaboración, deberá ser celebrada durante el

año 2016 y en su caso, en ejercicios posteriores en los términos de estas bases, si se prorroga

la vigencia de las mismas.

Vigencia de los patrocinios. El plazo de vigencia de cada uno de los convenios se extenderá entre la fecha de firma de los mismos y el 31 de diciembre de 2016, o el periodo que corresponda, a las subsiguientes anualidades de prórroga de la vigencia de las bases, en caso de producirse ésta.

6.- Concepto y características del patrocinio o, en su caso, convenio de colaboración.-

6.1.-Convenios o contratos de Patrocinio.-

El precio del patrocinio, de tratarse de una contraprestación económica de carácter

contractual en su caso, sólo se hará efectiva una vez rematada la actividad patrocinada y

previa presentación de factura o recibo, emitido por la entidad organizadora del evento, que

deberá cumplir lo establecido por la normativa vigente, en los términos y plazos establecidos

en estas bases reguladoras.

6.2.-Convenios de colaboración material.-Con carácter general, no se concederán auxilios o

ayudas en metálico, que supongan la aportación de fondos públicos por parte del Consorcio,

y la colaboración, por lo tanto, en este caso consistirá en la aportación de medios materiales

y actividades para la colaboración en la actividad, evento o proyecto de que se trate

(contribución a los desplazamientos de participantes en el evento deportivo, dentro o fuera

de la ciudad, gastos de alojamiento en su caso, y aportación de colaboración de los medios

humanos y materiales del Consorcio para las actividades de que se trate o aportación a las

mismas de actividades o elementos aportados por el Consorcio y contratados por éste).

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Sólo excepcionalmente, cuando ello no sea posible, y de modo motivado, podría concederse

algún tipo de auxilio económico, cuando la importancia y transcendencia para la difusión

turística de la ciudad, pueda requerirlo.

Asimismo si la naturaleza de la actividad lo permite o aconseja, la aportación del Consorcio

podrá materializarse en la presencia, también a través de un stand de difusión turística de la

ciudad, o también en la colaboración, en la difusión de material turístico y promociona} de la

ciudad por el club o entidad deportiva en su participación en actividades deportivas, según

las características de la actividad de que se trate, de modo aislado o conjunto con otras

aportaciones o colaboraciones que se establezcan en el convenio que se formalice, debiendo

prestar su colaboración a todos los efectos el club o entidad deportiva, con el Consorcio.

Una Comisión de Valoración, en los casos excepcionales de aportación económica, creada a

tal efecto decidirá en ese caso, la cantidad a aportar por parte del Consorcio de Turismo y

Congresos en concepto de patrocinio o colaboración, dependiendo de la difusión y

repercusión del evento, actividad o proyecto deportivos, del interés que suscite su temática,

número de participantes o destinatarios, ámbito nacional e internacional del mismo, ámbito

de influencia del proyecto o actividad o en su caso el número de asistentes previsto y su

origen.

La composición de la Comisión, se resolverá por resolución de la Presidencia del Consorcio.

Los auxilios y colaboraciones ordinarios, de carácter material, serán resueltos

motivadamente por la Presidencia o la Gerencia del Consorcio, a propuesta de los servicios

del Consorcio, y específicamente de ser resueltos por la Presidencia, a propuesta de la

Gerencia.

7•• Miscelanea.-

Todos los convenios y acuerdos de patrocinio y colaboración, deberán ser formalizados en un

documento conforme al modelo que figura como anexo a estas bases.

El Consorcio de Turismo y Congresos podrá rechazar, motivadamente , aquellas propuestas

que no se adecuen a los objetivos del Consorcio en el que se refiere a la programación y

difusión, que carezcan de calidad o interés, o bien por agotamiento de la partida

presupuestaria señalada para tal fin o de los medios materiales de que disponga el Consorcio,

en relación a la actividad o proyecto referidos.

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El Consorcio de Turismo y Congresos reservará una partida presupuestaria de un máximo de

......................euros (............................ €), para el patrocinio de entidades , eventos

y actividades deportivas, dentro del proyecto de promoción del turismo a través del deporte,

así como ayudas a la participación en las mismas,dentro de la consignación presupuestaria

existente, para el propio desplazamiento o alojamiento, billetes de avión con cargo a los

convenios existentes, tarjetas Coruña Card para la celebración de actividades deportivas de

relevancia turística en la ciudad, y otros auxilios y elementos de colaboración.

De tratarse de la aportación de elementos materiales para la actividad, por su propia

naturaleza, se anticiparán a la realización de la actividad y tras la realización de la misma,

deberá aportarse la justificación documental de la actividad realizada en los términos que se

señalan.

Tras la realización de la actividad objeto de patrocinio, o colaboración, deberá emitirse un

informe acreditativo de la misma en el que deberá aparecer, como mínimo, la siguiente

información, y conforme a los criterios y elementos siguientes:

- Inserción de los signos distintivos del Consorcio en la campaña de promoción, equipaciones

u otros elementos de la práctica deportiva, publicaciones y otros soportes publicitarios

utilizados durante el evento o durante la participación del club o equipo en la actividad de

que se trate, en la forma y con el contenido señalados en estas bases.

- Recopilación de las apariciones en medios del evento

En todo lo no dispuesto en estas bases a efectos de procedimiento se estará, supletoriamente

a lo preceptuado en la Ley 39/2015 de 1de octubre de Procedimiento Administrativo Común

delas Administraciones Publicas

8. Deberes de los patrocinados o entidades colaboradoras ••

El patrocinado o entidad colaboradora, hará constar los símbolos distintivos del Consorcio

de Turismo y Congresos y/o del Excmo. Ayuntamiento de A Coruña, en todos los soportes

que el Consorcio considere convenientes conforme a estas bases.

15

En todo caso, la presencia de los símbolos del Consorcio de Turismo y Congresos de A

Coruña y en su caso, del Ayuntamiento, en los diferentes soportes mencionados en los

parágrafos anteriores, contará con una visibilidad, tamaño y localización, proporcionales a

la aportación del Consorcio en relación con las aportaciones realizadas por parte de otros

colaboradores o patrocinadores.

El patrocinado o entidad colaboradora, asumirá todos los gastos necesarios para la

producción, instalación y mantenimiento de todos los soportes, con el mensaje publicitario

que en cada momento le notifique el Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña.

El patrocinado o entidad colaboradora, estará autorizado a utilizar los símbolos distintivos

del Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña exclusivamente para la ejecución del

dispuesto en el correspondiente contrato de patrocinio o convenio de colaboración.

El patrocinado o entidad colaboradora, deberá presentarle al Consorcio de Turismo y

Congresos de A Coruña, con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha de inicio del

evento, o de participación en la actividad de que se trate, una comunicación o, en su caso, un

informe actualizado con el programa y sedes definitivas y la estimación final de asistentes y

otros elementos relevantes de la actividad.

9.- Derechos del Consorcio como patrocinador o colaborador.-

El Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña podrá ajustar, en los convenios ordinarios

de aportación material, los auxilios y colaboraciones otorgadas, en caso de existir diferencias

sustanciales entre la información incluida en el informe actualizado mencionado en el

parágrafo anterior, con respeto a la información incluida en la solicitud inicial.

Los eventos patrocinados, o la participación en actividades deportivas fuera de la ciudad, o a

que se preste su colaboración, por el Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña,

podrán ser incluidos en la programación y difusión de sus actividades que se realicen por

16

parte del Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña, e incorporarse a los efectos de

comunicación pública de los mismos.

10.-Criterios de valoracion y puntuacion

A los efectos de la valoración,de la participación en actividades o competiciones

deportivas en su caso, y de reuniones o eventos deportivos a celebrar en la ciudad, se

seguirán los siguientes criterios:

10.1.-Para eventos a organizar en la ciudad

La valoración de las distintas propuestas que se efectúen, tendrá en cuenta 3 factores

que determinaran en su conjunto la puntuación que se otorgue, hasta un máximo de 100

puntos:

Impacto económico, contribución a la difusión y desarrollo de la ciudad y sostenibilidad

de la reunión o evento.

a.- Impacto económico(máximo 40 puntos).-

Los criterios a la hora de valorar el impacto económico del evento programado,

presentado a patrocinio o colaboración del Consorcio en este aspecto serán:

- El tipo y ámbito de la actividad deportiva prevista, la duración de la actividad o

evento en días; el número de participantes previsto; las pernoctaciones a generar

previstas (tanto de organizadores, ponentes y personal técnico, de participantes y

acompañantes) el tipo de alojamiento previsto a utilizar (diferenciando entre el

extrahotelero y el hotelero), el presupuesto de la actividad, la existencia y tipología de

actividades complementarias y la previsión de contratación de servicios excluido el

alojamiento con proveedores locales (porcentaje de proveedores con implantación local

que proveen de servicios a la reunión, excluidos los alojamientos)

b.- Contribución a la difusión, desarrollo y posicionamiento de la ciudad de A

Coruña(máximo 40 puntos).-

Los criterios a la hora de valorar la contribución del evento al desarrollo y

posicionamiento de la ciudad dentro de la comunidad autónoma y fuera de ella, serán:

17

• El proyecto de difusión, promoción y publicidad de la reunión o evento deportivo,

contemplado por los organizadores, su impacto mediático y transcendencia en medios de

comunicación generales o especializados , según la temática que aborden, su capacidad de

refuerzo y atracción de la celebración de reuniones futuras de igual o mayor ámbito y

participación, de puesta en valor del talento locaL tanto dentro como fuera de A Coruña

generando sinergias con entidades, instituciones y empresas de ámbito nacional y/o

internacional y facilitando el posterior intercambio de conocimientos y/o empleo, el

alineamiento de la temática de la reunión o evento deportivo, con líneas de desarrollo

promovidas desde otras áreas mu nicipales, la inclusión de un programa social que

favorezca el descubrimiento y disfrute de los recursos turísticos y culturales por parte de

los participantes.

c.- Sostenibilidad del evento o de la actividad de que se trate (máximo 20 puntos).-

En este aspecto se tendrá en consideración entre otras medidas, que el proyecto de

evento deportivo o de la actividad de que se trate, minimice la generación de residuos

con la reutilización o reciclado de los producidos , que contemple un consumo responsable

de recursos naturales priorizando los disponibles en el territorio, que colabore y

contribuya al impacto positivo del evento en la comunidad local, trabajando con

proveedores locales o planificando y/o apoyando actividades sociales y/o solidarias, que

beneficien a la comunidad, que contribuyan de forma respetuosa al disfrute y protección

de la cultura local, que prevean y articulen las opciones de transporte más sostenibles,

que traslade a los participantes en el evento, su carácter sostenible haciéndoles participes

de todo el proceso, etc.

Los criterios de estos 3 apartados, serán aplicados como valoración básica e igualitaria

tanto para todas las actividades, como para los eventos o participación en los mismos,

que soliciten la colaboración, y se valorarán de modo conjunto para cada uno de los

apartados. No obstante aquellos eventos que alineados con los principios de la

sostenibilidad , incorporen de un modo especial medidas y atributos que contribuya n a la

de la reunión o evento, podrán obtener una valoración complementaria.

10.2.-Para la participación ordinaria en actividades o competiciones deportivas fuera de la

ciudad

18

La valoración en este caso, se efectuará según el siguiente baremo, con un máximo de

100 puntos:

Memoria técnica de la participación e incidencia de la misma en la promoción

turística de la ciudad: ............................................ ......Hasta 50 puntos.

Participación en competiciones internacionales ..................Hasta 20 puntos.

Participación en competiciones nacionales: ........................Hasta 10 puntos.

Número de socios de la entidad:.......................................Hasta 10 puntos.

Número de desplazamientos y características de los mismos: ...Hasta 10 puntos.

A Coruña, .......... octubre de 2016

ANEXO 1:MODELO DE SOLICITUD

DATOS DEL SOLICITANTE

NOMBRE:

APELLIDOS:

19

DNI:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO:

Y-MAIL:

REPRESENTACIÓN QUE OSTENTA:

DATOS DE LA ENTIDAD

DENOMINACIÓN:

CIF:

DOMICILIO SOCIAL:

TELÉFONO:

E-MAIL:

NOMBRE Y FECHA DEL EVENTO O PARTICIPACION EN LOS EVENTOS

DEPORTIVOS QUE SE PRETENDE (tachese lo que no proceda)

RELACION DE DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA CONFORME A LAS BASES

REGULADORAS: (enumerarla)

ANEXO 11

MODELO DE CONVENIO/CONTRATO A FORMALIZAR AL AMPARO DE LAS

BASES.

En A Coruña a, ..........., reunidos, de una parte, D Alberto Lema Suárez, en representación del CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA, con domicilio en Calle del Sol nº 2 A Coruña, y NIF Q-6550029-J. Su representación deriva de su condición de Presidente, en virtud del Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha ...........................de 2016. En lo sucesivo, el CONSORCIO.

De otra parte, D/Dª ............, actuando en representación de ................,

Las partes, según intervienen se reconocen recíprocamente personalidad jurídica y la capacidad legal precisa para obligarse en derecho y

20

EXPONEN PRIMERO: Que constituye el objeto del Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña .................,

SEGUNDO: Que con fecha .............., se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento

PARA EL PATROCINIO O COLABORACIÓN PARA LA PROMOCION DEL TURISMO A

TRAVES DEL DEPORTE A OTORGAR POR PARTE DEL CONSORCIO DE TURISMO Y

CONGRESOS DE A CORUÑA, a otorgar por parte del Consorcio de Turismo y Congresos de

A Coruña

TERCERO.- Que ..........., es la entidad organizadora del evento, o que va a participar en el evento deportivo o conjunto de eventos denominado .......... (poner el nombre del evento o eventos de que se trate) de que se trate...........

CUARTO.- Según el tipo de actuación de que se trate:

Para patrocinios:

Que una de las formas de difusión y patrocm10 publicitario , de conformidad con lo establecido en el articulo 24 de la Ley 34/1988 de 11de noviembr e, General de Publicidad, es aquél mediante el cual el patrocinado , a cambio de una ayuda para la realización de su actividad deportiva, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador. En el presente caso, el Consorcio está interesado en colaborar con la actividad referida, a través del patrocinio publicitario de ........., que tendrá lugar en ............, con fecha ............, dada la repercusión favorable para el turismo de la ciudad de un evento (o actividad) de estas características, o de la participación de la entidad .....en el torneo, competición, etc., que constituye un elemento de promoción del turismo en la ciudad a través del deporte.

Para convenios de colaboración:

Que en virtud de la finalidad de promoción , por parte del Consorcio de acciones, que deriven en la afluencia y consolidación de A Coruña, como destino turístico y de congresos de primer orden, la entidad colaboradora, se compromete a cambio de una ayuda material o auxilio, para la realización de su actividad deportiva , colaborar en la publicidad del Consorcio. En el presente caso, el Consorcio está interesado en colaborar con la actividad referida, a través del convenio para la actividad o proyecto de ........., que tendrá lugar en ............, con fecha ............, dada la repercusión favorable para el turismo de la ciudad de un evento (o actividad) de estas características.

QUINTO.- (únicamente para contratos de patrocinio) En el presente caso, se está ante un contrato/convenio de patrocinio publicitario, siendo ............, la entidad organizadora de este evento, y por lo tanto la única con la que se puede contratar.

21

A tal efecto, convienen en el presente convenio/contrato de colaboración (o de patrocinio publicitario) a tenor de las siguientes

CLAUSULAS: PRIMERA: El presente convenio/contrato, tiene por objeto el patrocinio publicitario (o la colaboración) en la actividad (o en el evento o eventos deportivos, competición de que se trate etc)..........., que tendrá lugar en ............, organizado por ..........., que se responsabiliza de llevar a cabo todas las gestiones y actividades necesarias para su desarrollo y para el buen fin de la misma, sin que tenga responsabilidad alguna en la actividad el Consorcio de Turismo y Congresos.

SEGUNDA: La entidad organizadora, o el club o entidad deportivo, en el desarrollo de su actividad .........., se compromete a que figure el Consorcio como patrocinador/colaborador del evento o de la actividad que realice en el mismo, y como tal se mencionará en toda la información que en su caso, se difunda en los medios de comunicación.

La propuesta de patrocinio (o colaboración) implica acciones publicitarias que ayudarán a difundir la imagen de A Coruña, como ciudad turística y de congresos. Los soportes publicitarios en que figurará la imagen o mención del Consorcio, son los siguientes: ( enumerarlos, de entre los previstos en las bases reguladoras o los que específicamente se prevean en el convenio).

TERCERA: El plazo de ejecución del presente contrato /convenio, estará en función de las fechas de celebración del evento o actividad, relacionados en la cláusula primera.

CUARTA: La entidad organizadora o el club o entidad deportiva participante en la actividad ........., se obliga a la creación, producción y ejecución de la publicidad, a que se refiere la cláusula anterior, y a tal fin queda expresamente autorizada para la utilización de los símbolos y lemas que se le faciliten por parte del Consorcio. Los gastos derivados de la realización de esa publicidad, correrán a cargo de la entidad ..........

QUINTA: En concepto de contraprestación por el patrocinio o colaboración realizada, el Consorcio se compromete a:

(De tratarse de una cantidad, se hará efectiva finalizado el evento, previa presentación de factura emitida por la entidad organizadora y justificación de su celebración y de la publicidad realizada con la imagen corporativa del Consorcio, conforme a lo previsto en las bases reguladoras).

De tratarse de una ayuda material precisa para el desarrollo de la actividad o evento, se hará con carácter previo o simultaneo a la misma, y tras finalizar la actividad o evento, debe remitirse justificación , por la beneficiaria , igualmente de su celebración y de la publicidad realizada, con la imagen corporativa de Consorcio.

SEXTA: El Consorcio no asume más obligación ni responsabilidad, que la contemplada en la cláusula quinta de este convenio/contrato. En ningún caso el convenio mantiene relación laboral alguna con los organizadores del evento ni participación en la actividad ni respecto al personal dependiente de los mismos, que son de su exclusiva responsabilidad.

22

SEPTIMA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones enu meradas en el presente contrato/convenio, determinará el vencimiento del mismo, quedando sin efecto alguno y extinguidas la obligaciones asumidas por cada una de las partes.

OCTAVA: La competencia territorial para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con el presente convenio/contrato, corresponderá a los órganos jurisdiccionales con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, y en concreto en la ciudad de A Coruña, por lo que se entiende que el contratista renuncia a su propio foro, en el caso de que fuera distinto del anterior.

NOVENA (si se hace convenio únicamente): Comisión de seguimiento

Se crea en virtud de este Convenio una comisión técnica mixta con la naturaleza y finalidad establecidas en el artículo 6 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y especialmente para la coordinación y el seguimiento de las diferentes actuaciones desarrolladas en el marco del Convenio.

Ambas partes acuerdan que la representación de ambas entidades en los entes de decisión que se creen será paritaria y que los acuerdos se adoptarán por consenso.

Asimismo esta comisión resolverá cuantas cuestiones puedan plantearse durante la vigencia del convenio derivadas de posibles discrepancias en cuanto a su ejecución o interpretación de los acuerdos.

Por parte del CONSORCIO se establece que de la Comisión de Seguimiento de este Convenio formarán parte de la Gerencia del Consorcio Dª ....................... y un/a Promotor/a de turismo del Consorcio D. ......................... pudiendo designarse por la Presidencia del Consorcio sus suplentes en caso de ausencia, baja u otra circunstancia que será comunicado fehacientemente a la otra parte.

Por parte de ................, se establece que de la Comisión de Seguimiento de este Convenio formarán parte ................., pudiendo designarse por la entidad ................, sus suplentes en caso de ausencia, baja u otra circunstancia que será comunicado fehacientemente a la otra parte

Y en prueba de conformidad y previa su lectura, ambas partes firman el presente contrato en triplicado ejemplar en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.

23

ANEXO 111.-Medio de notificación y autorización de obtención de datos.

Don/doña. , con D.N.I. en representación de la Entidad (poner la razón social, no la denominación comercial da Entidade) , con C.I.F.

MANIFIESTA:

a. Que a los efectos de efectuar las notificaciones pertinentes, los datos del representante de la Entidad, así como los medios a través de los cuales aceptamos como válidas las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria del proyecto promoción del deporte a través del turismo, como patrocinio , son:

D DNombre y apellidos del representante de la Entidad: O OCargo del/la representante de la Entidad: O OTeléfono de la Entidad: O OMóvil de la Entidad y/o del Representante: D DFax de la Entidad: OOCorreo electrónico: OOWeb de la Entidad.

24

OODirección señalada por la Entidad para notificaciones: o Dirección: o Número: o Localidad: o Código Postal: o Provincia:

b. Que la documentación que presenta con el objeto de tomar parte en este procedimiento es la siguiente:

Que autorizo al CONSORCIO de Turismo y Congresos, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 1112007, do 22 de junio, para la obtención, de forma directa o a través del Ayuntamiento de A Coruña, del certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al día de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

SÍ NO (en este caso se portara la documentación correspondiente por la propia entid ad)

Autorizo a la CONSORCIO De Turismo y Congresos, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 1112007, del 22 de junio, para la obtención , ya sea de forma directa o a través del Ayuntamiento de A Coruña, del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al día de los deberes tributarios .

SÍ NO (en este caso se portará la documentación correspondiente por la propia entidad )

ANEXO IV COPIA DEL CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL (C.I.F.) Plan de Patrocinio de los equipos de Alta Competición de Galicia para el año 2015 CONSORCIO de Turismo y Congresos 39

ANEXO V COPIA DE LA ESCRITURA O DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN Y/O MODIFICACIÓN, O ESTATUTOS, DEBIDAMENTE INSCRITOS, EN SU CASO, EN El REGISTRO QUE CORRESPONDA

ANEXO VI COPIA DEL D.N.I. DE La PERSONA QUE REPRESENTA LA ENTIDAD

ANEXO VII DOCUMENTO ACREDITATIVO DEL APODERAMENTO A FAVOR DEL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD PARA SUSCRIBIR El CONVENIO O CONTRATO

ANEXO VIII CERTIFICACIÓN POSITIVA EXPEDIDA POLA TESORERÍA GENERAL DE La SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTE, ACREDITATIVA DE QUE La ENTIDAD SE ENCUENTRA Al CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES CON La SEGURIDAD SOCIAL (Solo en el caso de no autorizar al CONSORCIO de Turismo y Congresos a obtenerlo según expuesto en el Anexo 111)

ANEXO IX

25

CERTIFICACIÓN POSITIVA EXPEDIDA POR LA AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT) QUE ACREDITA QUE LA ENTIDAD SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES TRIBUTARIOS (Solo en el caso de no autorizar al CONSORCIO de Turismo y Congresos a obtenerlo según expuesto en el Anexo 1)

ANEXO X CERTIFICACIÓN DE TITULARIDAD DE CUENTA BANCARIA

ANEXO XI CERTIFICACIÓN FEDERATIVA (GALLEGA O ESPAÑOLA) O DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA DE La COMPETICIÓN Don/doña , en calidad de .............. la Federación o Entidad organizadora de la competición

CERTIFICA Que la Entidad (poner la razón social, no la denominación comercial de la Entidad) cuenta con un Equipo (masculino/femenino/mixto) elegir participante en la competición denominada en la temporada 2016/2017 en la modalidad/especialidad deportiva de...... ,

LICENCIAS y CATEGORÍAS EN VIGOR EN El MOMENTO DE EMITIR ESTA CERTIFICACIÓN (licencias gallegas y/o estatales). Categoría Nº total Nº masculinas Nº femeninas Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se expide la presente en ....a... de ....2016. El/La SECRETARIO/A Fdo.: Vº Bº El /La PRESIDENTE/Fdo. :

ANEXO XII DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA COLABORACIÓN DE DIRECTIVOS, JUGADORES, ENTRENADORES Y PERSONAL DE La ENTIDAD PARA LAS ACTUACIONES DE PROMOCIÓN QUE SE PUEDAN REALIZAR POR EL CONSORCIO

Don/doña , con DNI , en nombre propio y en representación de la Entidad (poner la razón social, no la denominación comercial de la Entidad) con CIF , declara bajo su responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato, Que analizados los contratos de trabajo del personal de la Entidad, en relación a posibles cláusulas de explotación publicitaria de imagen y en relación a la cesión de derechos de la personalidad, propia imagen o nombre, se ponen la disposición de la CONSORCIO De Turismo y Congresos a los directivos, jugadores, entrenadores y otro personal de la Entidad para las actuaciones de promoción que se puedan realizar por el CONSORCIO así como para actuaciones de promoción de CONSORCIO, en caso de que formalice la línea de patrocinio correspondiente a la imagen corporativa de este último.

En , la de de 2016 Fdo.: