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Gaceta Parlamentaria Año XIX Palacio Legislativo de San Lázaro, miércoles 18 de noviembre de 2015 Número 4407-IV Miércoles 18 de noviembre CONTENIDO Iniciativas Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma, adiciona y deroga diversas disposicio- nes de la Ley General de Instituciones y Procedi- mientos Electorales, a cargo del diputado Luis Agus- tín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Desarrollo Rural Sustentable, y Agra- ria, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Moli- na, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Me- xicanas, a cargo de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma el artículo 16 de la Constitución Políti- ca de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del di- putado Rodrigo Abdala Dartigues, del Grupo Parla- mentario de Morena Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica- nos, suscrita por los diputados José Clemente Casta- ñeda Hoeflich y María Candelaria Ochoa Ávalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitu- ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma el artículo 26 de la Constitución Polí- tica de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Gru- po Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado César Flores Sosa, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 17 de la Ley de Obras Pú- blicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del PRD 3 5 14 20 25 28 31 37 49 52 Pase a la página 2 Anexo IV

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GacetaParlamentaria

Año XIX Palacio Legislativo de San Lázaro, miércoles 18 de noviembre de 2015 Número 4407-IV

Miércoles 18 de noviembre

CONTENIDO

Iniciativas

Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal delTrabajo, a cargo del diputado José del Pilar CórdovaHernández, del Grupo Parlamentario del PRI

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposicio-nes de la Ley General de Instituciones y Procedi-mientos Electorales, a cargo del diputado Luis Agus-tín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario delPAN

Que reforma y adiciona diversas disposiciones delas Leyes de Desarrollo Rural Sustentable, y Agra-ria, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Moli-na, del Grupo Parlamentario del PRD

Que reforma el artículo 108 de la Ley del Institutode Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Me-xicanas, a cargo de la diputada Sara Paola GalicoFélix Díaz, del Grupo Parlamentario del PVEM

Que reforma el artículo 16 de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del di-putado Rodrigo Abdala Dartigues, del Grupo Parla-mentario de Morena

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, suscrita por los diputados José Clemente Casta-ñeda Hoeflich y María Candelaria Ochoa Ávalos, delGrupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos,suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario deNueva Alianza

Que reforma el artículo 26 de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de ladiputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Gru-po Parlamentario del PRI

Que reforma y adiciona diversas disposiciones delCódigo Penal Federal, a cargo del diputado CésarFlores Sosa, del Grupo Parlamentario del PAN

Que reforma el artículo 17 de la Ley de Obras Pú-blicas y Servicios Relacionados con las Mismas, acargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, delGrupo Parlamentario del PRD

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Que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Se-guridad Pública, a cargo del diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, delGrupo Parlamentario del PVEM

Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García yCuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sa-lud y del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jonadab MartínezGarcía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable, a cargo del diputa-do Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de NuevaAlianza

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Miércoles 18 de noviembre de 2015 Gaceta Parlamentaria3

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 132 DE LA LEY FEDERAL

DEL TRABAJO, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ DEL PILAR

CÓRDOVA HERNÁNDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PRI

José del Pilar Córdova Hernández, diputado a la LXIIILegislatura de la honorable Cámara de Diputados, enejercicio de la facultad conferida en la fracción II delartículo 71 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispues-to en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cá-mara de Diputados, somete a consideración del plenode la honorable Cámara de Diputados iniciativa conproyecto de decreto que agrega la fracción XXIX alartículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor dela siguiente

Exposición de motivos

1. El Poder Legislativo tiene la obligación de impulsarla modernización de las leyes y la armonización de és-tas en el contexto real del ciudadano, considerando loscambios de la ley de acuerdo a la persona como suje-to de derecho, como parte de la sociedad y también co-mo ser humano. Por ello, al inducir una adecuación ala ley, es importante mirar en las necesidades existen-tes, situaciones que suceden en la realidad social,emocional e intelectual, en el caso que nos ocupa, delas y los trabajadores.

2. Los sujetos productivos no pueden considerarse so-lamente como aquellos que entregan unas horas de sutrabajo a cambio de una remuneración, ya que sontambién personas con emociones, las cuales influyenen el desarrollo, en la productividad y en los resulta-dos de las empresas o lugares de trabajo; tanta es suimportancia que así lo ha respetado la ley a través deltiempo, lo cual queda demostrado en la legislación la-boral actual que considera el nacimiento como motivode permiso especial. Pero no sólo los nacimientos for-man parte de la vida, también la muerte de un familiarcercano acontece e impacta de manera tal, que debe to-marse en cuenta como parte del conjunto de realidadesque afectan a los sujetos productivos.

3. Estudios demuestran que superar la muerte de un fa-miliar cercano lleva por lo menos un año y medio, ya

que el dolor emocional que esto causa es profundo ylacerante. Son varias las etapas de duelo que se debenatravesar para superar esta pérdida. La primera y mássofocante es el estado de shock, el cual es un mecanis-mo de defensa que el cuerpo activa. Ésta puede durarhasta meses.

4. Además de lidiar con la pena de la pérdida, en losprimeros días es imprescindible atender las necesida-des propias del fatal acontecimiento, como el funeral,el sepelio y los eventos religiosos. Se debe tomar encuenta que además se requiere tiempo para reorganizarla rutina de aquellos que le sobreviven. A pesar de quepudieran parecer aspectos frívolos, es una realidadque, los trabajadores que atraviesan por este dolorosoproceso, necesitan de tiempo para atender lo que con-lleva la muerte de un familiar.

5. La muerte de cualquier familiar resulta dolorosa,pero la de un hijo, la del cónyuge o la de los padres, esdevastadora para el ser humano. Por lo que quien su-fre esta amarga experiencia necesita de un lapso detiempo para recuperarse, al menos, del dolor que con-lleva la pérdida.

6. Nuestra legislación laboral vigente no contempla lacircunstancia de muerte de un familiar cercano, sinembargo, sí considera un permiso especial por el naci-miento de un hijo, lo cual es una situación de índolefamiliar que también impacta la vida del trabajador.Tomando este permiso especial como antecedente dela consideración de un evento de vida como trascen-dental e impactante, se debería considerar también lamuerte de un hijo, del cónyuge, de los padres y de loshermanos como motivo de ausencia laboral justifica-da, ya que inciden de manera delicada en la vida delsujeto. De la misma forma es de considerarse la muer-te de los abuelos y de los padres del cónyuge ya queestos decesos afectan a la pareja y, por lo tanto, la ru-tina y el desempeño diario del trabajador.

7. Es una realidad que, en la práctica, hay patrones oentidades públicas que otorgan, fuera del margen de laley, días de permiso con goce de sueldo, dada la em-patía que pueden llegar a sentir por el empleado; estono quiere decir que el trabajador deba estar atenido aljuicio del patrón para disponer de los días que necesi-te para vivir su duelo, porque también se dan los casosen los que los trabajadores no son del agrado de susmandos inmediatos y solo reciben permisos sin goce

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sueldo y muchas veces ni siquiera eso. En cambio de-be ser la ley misma la que le ampare y garantice estederecho que debe ser un justo precepto que no depen-da de la empatía o de la ausencia de ella.

8. Recurriendo al derecho comparado, la legislaciónespañola contempla esta licencia por fallecimiento deun familiar en el artículo 57 del Código Sustantivo delTrabajo que a la letra dice:

Obligaciones especiales del empleador. Son obliga-ciones especiales del empleador:

De la 1 a la 9

10. Adicionado por la Ley 1280 de 2009, así: Con-ceder al trabajador en caso de fallecimiento de sucónyuge, compañero o compañera permanente o deun familiar hasta el grado segundo de consanguini-dad, primero de afinidad y primero civil, una licen-cia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles,cualquiera sea su modalidad de contratación o devinculación laboral. La grave calamidad domésticano incluye la Licencia por Luto que trata este nume-ral.

11. Adicionado por el artículo 3, Ley 1468 de 2011.

Este hecho deberá demostrarse mediante documentoexpedido por la autoridad competente, dentro de lostreinta (30) días siguientes a su ocurrencia.

Parágrafo. Las EPS tendrán la obligación de prestar laasesoría psicológica a la familia.

9. Esta iniciativa propone que se adicione una fracciónXXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo pa-ra que se otorgue un periodo legal de cinco días hábi-les con goce de sueldo al trabajador en el caso demuerte de padres, hijos, cónyuge o hermanos; y de dosdías con goce de sueldo en el caso de la muerte de susabuelos o de los padres del cónyuge.

10. De aprobarse, esta disposición se haría cargo delenorme trastorno emocional que representa la pérdidade un ser querido; lo que a su vez implica un gesto po-sitivo y trascendental en el reconocimiento del entor-no familiar que influye en el estado de ánimo de lostrabajadores.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de es-ta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto

Artículo Único. Se agrega la fracción XXIX al artícu-lo 132 de la Ley Federal del Trabajo para quedar comosigue:

Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:

De la I a la XXVIII…

XXIX. Otorgar permiso por luto, de cinco díaslaborales con goce de sueldo, a las y los trabaja-dores por muerte de padres, hijos, hermanos ocónyuge; de dos días cuando se trate de susabuelos o de los padres de su cónyuge.

Estos días serán aquellos inmediatos al deceso yson irrenunciables.

Transitorio

Único: El presente decreto entrará en vigor a partir desu publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San lázaro, 18 de noviembre de 2015.

Diputado José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica)

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QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSI-CIONES DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PRO-CEDIMIENTOS ELECTORALES, A CARGO DEL DIPUTADO

LUIS AGUSTÍN RODRÍGUEZ TORRES, DEL GRUPO PARLA-MENTARIO DEL PAN

El suscrito, Luis Agustín Rodríguez Torres, diputadofederal de la LXIII Legislatura e integrante del GrupoParlamentario del Partido Acción Nacional, en ejerci-cio de las facultades que le confieren los artículos 71,fracción II, de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral I,76 numeral 1, fracción 77, y 78 del Reglamento de laCámara de Diputados, me permito someter a conside-ración de esta soberanía la iniciativa con proyecto dedecreto mediante el cual se reforman y derogan diver-sas disposiciones de la Ley General de Instituciones yProcedimientos Electorales al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Una de las herramientas más importantes que han per-mitido el fortalecimiento y consolidación de la demo-cracia de nuestro país a través de la historia, es la cre-dencial para votar.

Desde su concepción, casi paralela a la del padrónelectoral que surge en 1830, se ha implementado comoun mecanismo que permitió ejercer el sufragio a loselectores debidamente inscritos en el padrón electoral,ordenados inicialmente a través de “manzanas”, sur-giendo posteriormente unidades administrativas talescomo distritos y secciones, que facilitaron el ejerciciodel sufragio.

Posteriormente, a partir de 1992, se ordenó expediruna nueva credencial de elector, por primera vez, confotografía, lo que hizo que dicho documento cobraramayor vigencia como un mecanismo de identificaciónoficial, que generó desde aquel momento, mayor cer-teza en la emisión del voto.

Puede decirse que en aquel momento, la introducciónde la credencial de elector con fotografía cumplió conel objeto de su creación, no obstante, ante la periodici-dad y continuidad con la que se implementan los pro-cesos electorales cada año, tanto locales como federa-les, y ante la modificación constante del padrónelectoral y consecuentemente, de los datos que contie-ne la propia credencial para votar, sin mencionar la

problemática de la compra de votos, se puede afirmarque en la actualidad el uso de la credencial de elector,ha generado diversos cuestionamientos que tienen in-cidencia en la materia misma del citado documento: elcosto de las elecciones, la venta ilegal de credencialesde elector y la falta de certeza y falta de participaciónque esto genera en el resultado de la votación.

Así, en principio podemos afirmar que en el aspectoeconómico, el creciente número de credenciales deelector que se solicitan anualmente ha aumentado enuna proporción aproximada de 6 a 1, lo que ha deriva-do en una carga económica creciente, que no es acor-de con la situación financiera que el país vive en la ac-tualidad.

Se afirma lo anterior, toda vez que en el año 2000 fue-ron solicitadas 3,319,720 (tres millones, trescientasdiecinueve mil setecientas veinte) credenciales deelector, cifra que ascendió a 16´889,521 (dieciséis mi-llones, ochocientos ochenta y nueve mil quinientosveintiuno) credenciales para 2014.1

De la misma manera, al realizar un cálculo del costoaproximado que tiene la emisión de la credencial paravotar, bastaría señalar que desde el año 2000 hasta el15 de julio del año 2015, se han solicitado un aproxi-mado de 158´695,768 (ciento cincuenta y ocho millo-nes, seiscientos noventa y cinco mil setecientos sesen-ta y ocho) credenciales de elector.

Ahora bien, al calcular el gasto erogado durante pocomás de una década tan solo en la emisión de creden-ciales de elector, tomando como base el costo actual delas mismas (12.1 pesos),2 se observa que el monto ge-nerado por la creciente producción de credenciales deelector asciende a $1´920´218,292 (mil novecientosveinte millones, doscientos dieciocho mil doscientosnoventa y dos pesos) tan solo en los gastos para la pro-ducción de credenciales de elector; erogación que con-tinuará ascendiendo ante la demanda que aumenta añocon año en las solicitudes de credenciales de elector.

Es cierto que desde 1991 a la fecha, se han venido per-feccionando los elementos de seguridad y algunasotras características relevantes del citado documento,pues en el año en cita, los mismos eran prácticamentenulos, y a la fecha, las credenciales de elector que fue-ron utilizadas durante el proceso electoral 2014-2015llegó a contener 25 elementos de seguridad.

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Sin embargo, pese a los esfuerzos por mejorar los me-canismos de seguridad en la emisión de las credencia-les de elector (cuyo objeto es dar mayor certeza en laemisión del voto) y aun considerando los grandes cos-tos y numerarios destinados en la emisión de creden-ciales para votar, se advierte que los porcentajes departicipación ciudadana, no ascienden en la mismaproporción, pues el fenómeno de la compra masiva decredenciales de elector, continúa en aumento.

Por tanto, esta soberanía no debe dejar de ver que lasinversiones que se han efectuado en el perfecciona-miento de los mecanismos de seguridad que contienenlas credenciales para votar, han sido socavados puesen los hechos se han configurado e instituido prácticasilegales como mecanismos clientelares tendientes a lacompra del voto.

Ello, con objeto de retener o despojar a los ciudadanosde sus credenciales para votar el día de la jornada y asíevitar que emitan su sufragio, ante la condición perso-nalísima e intransferible del mismo.

Si bien, tales prácticas fueron penadas gravemente conla emisión de la nueva Ley General en Materia de De-litos Electorales (publicada mediante decreto del 23 demayo del año 2014), cierto es también que ello no halogrado abatir tales conductas, pues el contubernioclientelar se aprovecha en la mayoría de los escenariosde las necesidades inmediatas de las personas con ca-rencias, logrando impunidad tácita y la sistematiza-ción periódica de las prácticas a las que nos hemos re-ferido.

Ello es así, pues en los casos en que se denuncia lacompra de votos, esto se observa en un momento a

posteriori de la jornada electoral, una vez que los ac-tos que fueron denunciados, han sido consumados demanera irreparable, por lo que no se configura comoun método con prospectiva o preventivo de la compradel voto.

Sin que sea óbice el hecho de que la puedan llegar adeterminarse posteriormente responsabilidades pena-les o decretarse la nulidad de cierta votación, pues elloúnicamente surte efecto en los casos que son denun-ciados, siendo necesario evitar que la compra del votose celebre y no solo adoptar medidas como conse-cuencia de un caso concreto.

Igualmente, es dable considerar que con la persecu-ción de las conductas a través de la vía penal, por con-ducto de la Fiscalía Especializada para la Atención deDelitos Electorales (Fepade), si bien realiza campañasde difusión y capacitación de operadores electorales,es evidente que éste órgano no tiene a su alcance me-canismos suficientes para prevenir la comisión de losdelitos como la compra de credenciales de elector, porlo que la reiteración de las citadas conductas se con-vierte en un hecho que lamentablemente se hace pre-sente en cada proceso electoral local o federal.

Por otra parte, debe mencionarse que la compra delvoto a través de la adquisición de credenciales de elec-tor, resta certeza a los resultados pues no se determinaen ningún momento si las credenciales que fueroncompradas se dejaron de utilizar o si por el contrario,se utilizaron por personas distintas a las registradas enel padrón electoral, por lo que puede decirse que unade sus consecuencias es que no queda asegurada laidentidad de un volumen indeterminado de votantes.

Todo lo anterior, es susceptible de ser erradicado me-diante el uso de un dispositivo electrónico que aprove-chando las ventajas de la tecnología y los bajos costosdel mismo, permita verificar, a través de un lector di-gital de huellas dactilares, la identidad del votante y suregistro en el padrón de electores.

Lo anterior, evitaría la necesidad del elector de identi-ficarse con un documento que represente la problemá-tica que ha sido narrada en líneas anteriores, y de esaforma, generar mayor certeza en los resultados de laselecciones, al reducir el tráfico ilegal de credencialespara votar, permitiendo la manifestación de la volun-tad ciudadana de una manera más segura y directa, ge-nerando un ahorro paralelo, al omitirse expedir el cre-ciente número de credenciales de elector solicitadasanualmente.

Adicionalmente modernizar tecnológicamente el siste-ma de votación de nuestro País incentivará la partici-pación ciudadana y agilizará el proceso del día de laelección.

Finalmente, debe tomarse en consideración que el for-talecimiento y uso de las estructuras institucionales yaestablecidas como lo es el Registro Federal de Electo-res, permite generar los cambios necesarios que seplantean en la presente iniciativa, pues mediante la

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consulta electrónica de ciudadanos registrados en elPadrón Electoral, y mediante la implementación de unmecanismo de consulta online, es posible revisar, aten-tos al principio de máxima publicidad que opera enmateria electoral, la correcta integración del padrón.

Por lo antes expuesto y motivado, someto a considera-ción del pleno de esta honorable Cámara de Diputa-dos, la siguiente Iniciativa con proyecto de decreto porel que se reforman y derogan diversas disposiciones dela Ley General de Instituciones y ProcedimientosElectorales:

Artículo Único. Se reforman los artículos 10 numeral1 inciso a), 38 numeral 1 inciso b), 44 numeral 1 inci-so ñ), 54 numeral 3 inciso b), 66 numeral 1 inciso a),100 numeral 2 inciso b), 115 inciso g), 131 numeral 2,134, 135 numeral 2, 136 numerales 1 y 2, 137 nume-rales 1 y 2, 140 numerales 1 inciso g) y 3, 141, 142 nu-meral 2, 143 numerales 1 en su encabezado y sus inci-sos a) y b), 5,6 y 7, 146, 147 numeral 1, 151 numeral1, 153 numeral 1, 156 numeral 1, 217 numeral 1 inci-so b), 238 numerales 1 en su inciso e) y 2, 263 nume-ral 1, inciso b), 264, numeral 1, inciso e), 269 numeral2, 274 numeral 1 inciso d) y f), 278 numeral 1, 279 nu-merales 1, 4 en sus incisos a) y b) y 5, 284 numeral 1en sus incisos a) y b), 303 numeral 3 inciso a), 331 nu-meral 3 inciso a), 333 numeral 1, 334 numerales 4, 5,6, 336 numeral 2 inciso a), 383 numeral 1, inciso cfracción VI, 385 numeral 2 inciso b); y se derogan losartículos 9, numeral 1 inciso b), 54, numeral 1 incisoc), 83, inciso c), 136 numerales 4 al 7, 155 numerales4 al 6, 158 numeral 1 inciso b), 278, numerales 2 y 4,todos de Ley General de Instituciones y Procedimien-tos Electorales:

Artículo 9.

1.…

a)…

b) Se deroga

2. …

Artículo 10.

1.…

a) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores.

b) a f)…

Artículo 38.

1…

a)…

b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores.

c) a j) …

2. …

3. …

Artículo 44.

1. …

a) a n) …

ñ) Aprobar el calendario integral del proceso elec-toral federal, a propuesta de la Junta General Ejecu-tiva; los modelos de las boletas electorales, de lasactas de la jornada electoral y los formatos de lademás documentación electoral; y, verificar ale-atoriamente las capturas contenidas en el Regis-tro Federal de Electores, previa aprobación delacuerdo respectivo.

o) a j) …

2. …

3. …

Artículo 54.

1 …

a) y b)

c)se deroga;

d) a ñ) …

2 a 3…

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a)…

b) Formar el Padrón Electoral con la captura dela huella digital del elector;

c) a d)…

4 …

Artículo 66.

1…

a) Ser mexicano por nacimiento que no adquieraotra nacionalidad y estar en pleno goce y ejerciciode sus derechos políticos y civiles, así como estarinscrito en el Registro Federal de Electores;

b) a f) …

2 a 4 …

Artículo 83.

1. …

a) y b) …

c) se deroga

d) a h) …

Artículo 100.

1. …

2. …

a) …

b)Estar inscrito en el Registro Federal de Electores;

c) a k) …

3…

4…

Artículo 115.

1.…

a) a f) …

g) Estar registrado en el padrón electoral;

h) a k) …

Artículo 131.

1. El Instituto debe incluir a los ciudadanos en las sec-ciones del Registro Federal de Electores.

2. El registro oportuno de la huella digital en el pa-drón electoral es requisito indispensable para quelos ciudadanos puedan ejercer su derecho de voto.

Artículo 134.

1. Con base en el Padrón Electoral, la Dirección Eje-cutiva del Registro Federal de Electores expedirá, ensu caso, el registro electrónico correspondiente,mismo que será consultable en la página electróni-ca del Instituto.

Artículo 135.

1…

2. Para solicitar la inscripción al padrón electoral, elciudadano deberá identificarse, con su acta de naci-miento, además de los documentos que determine laComisión Nacional de Vigilancia del Registro Federalde Electores. La Dirección Ejecutiva del Registro Fe-deral de Electores conservará copia digitalizada de losdocumentos presentados.

Artículo 136.

1. Los ciudadanos tendrán la obligación de acudir a lasoficinas o módulos que determine el Instituto, a fin desolicitar y registrar su huella digital en el padrónelectoral.

2. Para solicitar inscripción en el padrón electoral, elciudadano deberá identificarse, preferentemente, condocumento de identidad expedido por autoridad, o através de los medios y procedimientos que determinela Comisión Nacional de Vigilancia del Registro Fe-deral de Electores. La Dirección Ejecutiva del Regis-

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tro Federal de Electores conservará copia digitalizadade los documentos presentados.

3. ..

4. Se deroga.

5. Se deroga.

6. Se deroga.

7. Se deroga.

8. …

Artículo 137.

1. Una vez llevado a cabo el procedimiento a que serefiere el artículo anterior, se procederá a formar laslistas nominales de electores del Padrón Electoral conlos nombres de aquéllos que hayan registrado de ma-nera satisfactoria su huella digital.

2. Los listados se formularán por distritos y por sec-ciones electorales. En el caso de los ciudadanos mexi-canos residentes en el extranjero, el listado se formu-lará por país de residencia y por entidad federativa dereferencia.

3 y 4 …

Artículo 140.

1.…

a) a f) …

g) Firma, huellas dactilares y fotografía del solici-tante.

2. …

a) a c) …

3. Al ciudadano que solicite su inscripción se le entre-gará una constancia de registro.

Artículo 141.

1. Los ciudadanos mexicanos residentes en el territo-

rio nacional, que se encuentren incapacitados física-mente para acudir a inscribirse ante las oficinas de laDirección Ejecutiva del Registro Federal de Electorescorrespondiente a su domicilio, deberán solicitar suinscripción por escrito, acompañando la documenta-ción que acredite su incapacidad. En su caso, la Direc-ción Ejecutiva dictará las medidas pertinentes para larecolección de huellas digitales del elector física-mente impedido.

Artículo 142.

1…

2. En los casos en que un ciudadano solicite su alta porcambio de domicilio, deberá notificarlo con oportu-nidad al Instituto, para que se proceda a cancelartal inscripción, a darlo de alta en el listado corres-pondiente a su domicilio actual y actualizar su re-gistro, dejando sin efectos la información previa, delo que se expedirá certificado electrónico corres-pondiente consultable en la página del Instituto.

Artículo 143.

1. Podrán solicitar la inscripción en el padrón electo-ral o rectificación ante la oficina del Instituto respon-sable de la inscripción, o en el caso de ciudadanos re-sidentes en el extranjero, por el medio determinadopor la Dirección Ejecutiva del Registro Federal deElectores, con la aprobación de la Comisión Nacionalde Vigilancia del Registro Federal de Electores paraque se haga desde el extranjero, aquellos ciudadanosque:

a) Habiendo cumplido con los requisitos y trámitescorrespondientes no cuenten con su constancia deregistro correspondiente;

b) Habiendo obtenido oportunamente su constan-cia de inscripción consultable en la página elec-trónica del Instituto, no aparezcan incluidos en lalista nominal de electores de la sección correspon-diente a su domicilio o no sean reconocidos porel lector de huellas digitales ubicado en la mesadirectiva de casilla

c)…

2. …

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3. …

4. …

5. La oficina ante la que se haya solicitado la inscrip-ción o la rectificación resolverá sobre la procedencia oimprocedencia de la misma dentro de un plazo deveinte días naturales.

6. La resolución que declare improcedente la instanciaadministrativa para obtener la inscripción, rectifica-ción o la falta de respuesta en tiempo, serán impugna-bles ante el Tribunal Electoral. Para tal efecto, los ciu-dadanos interesados tendrán a su disposición en lasoficinas del Registro Federal de Electores los formatosnecesarios para la interposición del medio de impug-nación respectivo.

7. La resolución recaída a la instancia administrativapara obtener la inscripción o rectificación, será noti-ficada personalmente al ciudadano si éste compareceante la oficina responsable de la inscripción o, en sucaso, por telegrama o correo certificado.

Artículo 146.

1. Las constancias de registro en el Padrón Electo-ral, que se expidan por la vía electrónica conformea lo establecido en el presente Capítulo estarán adisposición de los interesados en la página web delInstituto, y dejarán de actualizarse hasta el 1º demarzo del año de la elección. En el caso de las expe-didas desde el extranjero serán entregadas en el mismositio donde fueron tramitadas.

Artículo 147.

1. Las listas nominales de electores son las relacioneselaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Fe-deral de Electores que contienen el nombre de las per-sonas incluidas en el Padrón Electoral, agrupadas pordistrito y sección, a quienes se haya registrado co-rrectamente.

2 a 4 …

Artículo 151.

1. El 15 de febrero del año en que se celebre el proce-so electoral ordinario, la Dirección Ejecutiva del Re-

gistro Federal de Electores entregará en medios mag-néticos, a cada uno de los partidos políticos las listasnominales de electores divididas en dos apartados, or-denadas alfabéticamente y por secciones correspon-dientes a cada uno de los distritos electorales.

2 a 5 …

Artículo 153.

1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal deElectores, una vez concluidos los procedimientos aque se refieren los artículos anteriores, elaborará e im-primirá las listas nominales de electores definitivascon fotografía que contendrán los nombres de los ciu-dadanos que obtuvieron su inscripción para votar has-ta el último día de febrero inclusive, ordenadas alfabé-ticamente por distrito y por sección electoral para suentrega, por lo menos treinta días antes de la jornadaelectoral, a los consejos locales para su distribución alos consejos distritales y a través de éstos a las mesasdirectivas de casilla en los términos señalados en estaley.

2. ...

Artículo 155.

1 a 3 …

4. Se deroga.

5. Se deroga.

6. Se deroga.

7. a 11 …

Artículo 156.

1. Para estar inscrito en el Padrón Electoral, el Re-gistro Federal de electores deberá contar con los si-guientes datos de elector:

a) a i) …

2. …

a) a e) …

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201510

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3 a 5 …

Artículo 158.

1 …

a) ...

b) Se deroga;

c) a f) ...

2 a 5 …

Artículo 217.

1. …

a)…

b) Los ciudadanos que pretendan actuar como ob-servadores deberán señalar en el escrito de solicitudlos datos de identificación personal, y la constanciaelectrónica de registro consultable en la páginaelectrónica del Instituto, así como la manifesta-ción expresa de que se conducirán conforme a losprincipios de imparcialidad, objetividad, certeza ylegalidad y sin vínculos a partido u organizaciónpolítica alguna;

c) a j) …

2 …

Artículo 238.

1…

a) a d) …

e) Constancia de inscripción en el Registro Fede-ral de Electores consultable en la página electró-nica del Instituto;

f) a g)…

2. La solicitud deberá acompañarse de la declaraciónde aceptación de la candidatura y copia del acta de na-cimiento.

3) a 7) …

Artículo 263.

1...

a) …

b) El oficio deberá acompañarse con una relación,en orden numérico de casillas, de los nombres delos representantes, propietarios y suplentes, seña-lando la clave de registro consultable en la páginaelectrónica del Instituto.

c)…

d)…

Artículo 264.

1. …

a) a d) …

e) Clave de registro en el Padrón Electoral, con-sultable en la página electrónica del Instituto;

f) a g) …

2 a 4 …

Artículo 269.

1. …

a) a i) …

2. A los presidentes de mesas directivas de las casillasespeciales les será entregada la documentación y ma-teriales a que se refiere el párrafo anterior, con excep-ción de la lista nominal de electores con fotografía, enlugar de la cual recibirán los medios técnicos e infor-máticos necesarios para verificar que los electores queacudan a votar se encuentren inscritos en la lista no-minal de electores que corresponde al domicilio con-signado en su inscripción para votar. El número de bo-letas que reciban no será superior a 1,500.

3 a 4 …

Miércoles 18 de noviembre de 2015 Gaceta Parlamentaria11

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Artículo 274.

1. …

a) a c) …

d) Si sólo estuvieran los suplentes, uno de ellos asu-mirá las funciones de presidente, los otros las de se-cretario y primer escrutador, procediendo el prime-ro a instalar la casilla nombrando a los funcionariosnecesarios de entre los electores presentes, verifi-cando previamente que se encuentren inscritos en lalista nominal de electores de la sección correspon-diente;

e)…

f) Cuando por razones de distancia o de dificultadde las comunicaciones, no sea posible la interven-ción oportuna del personal del Instituto designado,a las 10:00 horas, los representantes de los partidospolíticos y de Candidatos Independientes ante lasmesas directivas de casilla designarán, por mayoría,a los funcionarios necesarios para integrar las casi-llas de entre los electores presentes, verificandopreviamente que se encuentren inscritos en la listanominal de electores de la sección correspondiente,y

g)...

2. …

a) y b) …

3. ...

Artículo 278.

1. Los electores votarán en el orden en que se presen-ten ante la mesa directiva de casilla, debiendo pasarsu pulgar por el lector digital para identificación desu huella digital o en su caso, la resolución del Tribu-nal Electoral que les otorga el derecho de votar sinaparecer en la lista nominal.

2. Se deroga.

3.…

4. Se deroga.

5….

Artículo 279.

1. Una vez comprobado en el dispositivo digital queel elector aparece en las listas nominales mediante laverificación directa a través de la colocación de supulgar por el lector electrónico, reconocida la hue-lla digital y la pertenencia a la sección correspon-diente, el presidente de la mesa directiva de casilla leentregará las boletas de las elecciones para que libre-mente y en secreto marque en la boleta únicamente elcuadro correspondiente al partido político por el quesufraga, o anote el nombre del candidato no registradopor el que desea emitir su voto.

2 y 3 ...

4. …

a) Registrar en un dispositivo informático que elelector ha ejercido su derecho al voto;

b) Impregnar con líquido indeleble el dedo pul-gar derecho del elector, que impedirá que vuelvaa ejercer indebidamente su derecho.

c) Se deroga.

5. Los representantes de los partidos políticos y deCandidatos Independientes ante las mesas directivas,podrán ejercer su derecho de voto en la casilla en laque estén acreditados, para lo cual se seguirá el proce-dimiento señalado en éste y el anterior artículo, ano-tando el nombre completo y la clave del registro en elPadrón Electoral correspondiente, consultable enla página electrónica del Instituto, al final de la listanominal de electores.

Artículo 284.

1…

a) El elector, deberá mostrar el pulgar derecho paraconstatar que no ha votado en otra casilla, lo quetambién será constatado en el dispositivo de ve-rificación de su huella digital y

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201512

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b) El secretario de la mesa directiva procederá aasentar en el acta de electores en tránsito los datosde inscripción del elector, verificados en la pági-na electrónica del Instituto.

2. a 4. …

Artículo 303.

1 y 2 …

3. …

a) Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio desus derechos civiles y políticos, y estar registradoen el padrón electoral;

b) a i) …

Artículo 331.

1 y 2 …

3. …

a) Constancia electrónica de registro en el Pa-drón Electoral, consultable en la página electró-nica del Instituto.

b)..

4. a 6. …

Artículo 333.

1. Las listas nominales de electores residentes en el ex-tranjero son las relaciones elaboradas por la DirecciónEjecutiva del Registro Federal de Electores que con-tienen el nombre de las personas incluidas en el pa-drón electoral que cuentan con registro para votar,que residen en el extranjero y que solicitan su inscrip-ción en dichas listas.

2. a 5 …

Artículo 334.

1 a 3 …

4. Los mexicanos residentes en el extranjero podrántramitar su inscripción al padrón electoral, debiendocumplir con los requisitos señalados en el artículo 136de esta Ley.

5. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal deElectores establecerá en las embajadas o en los consu-lados de México en el extranjero, los mecanismos ne-cesarios para el trámite de inscripción en el padrónelectoral. El Instituto celebrará con la Secretaría deRelaciones Exteriores los acuerdos correspondientes.

6. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior,se abrirá un plazo de noventa días para el trámite deinscripción en el padrón electoral que el Instituto de-terminará para cada proceso electoral antes de que ini-cie el plazo de incorporación a la lista nominal de elec-tores de los mexicanos residentes en el extranjero aque se refiere el párrafo 1 de este artículo.

Artículo 336.

1….

2…

a) En el caso de los ciudadanos mexicanos residen-tes en el extranjero, el listado se formulará por paísde residencia y por entidad federativa de referencia,o por el distrito electoral que aparece en su cons-tancia de inscripción, consultable en la páginaelectrónica del Instituto.

b)…

3 y 4 …

Artículo 383.

1. …

a) y b) …

c)…

I. …

II. Copia del acta de nacimiento;

III.

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IV.

V.

VI. La cédula de respaldo que contenga elnombre, firma y clave de elector e inscripciónpara votar con fotografía vigente de cada unode los ciudadanos que manifiestan el apoyo enel porcentaje requerido en los términos de estaley;

VII y VIII …

2 …

Artículo 385.

1. …

2. …

a)…

b) No se acompañen las copias de las constanciasde registro en el Padrón Electoral, consultablesen la página del Instituto.

c) a g) …

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el añosiguiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que seopongan al presente decreto.

Tercero. El Consejo General del Instituto NacionalElectoral, deberá dictar los acuerdos necesarios quepermitan obtener la suficiencia presupuestaria y con-diciones de operatividad para materializar las ade-cuaciones a la Ley General de Instituciones y Proce-dimientos Electorales y al Registro Federal deElectores.

Cuarto. La implementación del presente decreto de-berá entrar en vigor para los procesos electorales cele-brarse a partir del año 2017.

Notas

1 Datos obtenidos del artículo intitulado “Evolución de la creden-

cial para votar del INE como instrumento electoral y de identifi-

cación de los ciudadanos mexicanos de dieciocho años y más du-

rante el periodo 1992 a 2014”. Rubén Hernández Cid y Emilio

López Escobar.

2 Según el portal del INE el costo asciende a $0.6 dólares más

IVA.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputado Luis Agustín Rodríguez Torres (rúbrica)

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LAS LEYES DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, Y

AGRARIA, A CARGO DE LA DIPUTADA EVA FLORINDA

CRUZ MOLINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Argumentos

Hablar de ejidos y comunidades agrarias en nuestropaís de ninguna manera es cosa menor, ya que segúnel Censo Agropecuario de 2007, en su apartado IXCenso Ejidal, realizado por el Instituto Nacional deEstadística y Geografía, existen en toda la RepúblicaMexicana 31 mil 514 ejidos y comunidades que abar-can una superficie total de 105 millones 948 mil306.16 hectáreas. Esta cifra, en información propor-cionada en el sitio electrónico de la Secretaría de De-sarrollo Agrario, Territorial y Urbano representa un 51por ciento de las 196 millones de hectáreas de superfi-cie del territorio nacional

La misma dependencia federal señala que “la tierra queen México pertenece a las familias rurales de ejidos ycomunidades es equivalente a todo el territorio de Ve-

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nezuela, a 1.3 veces el de Chile, a 1.5 veces el de Fran-cia, a dos veces el de España, a 10 veces el de Corea delSur y a 47 veces el de El Salvador.”

De tal suerte, resulta evidente que el tema es de granrelevancia para todo el país debido a la magnitud querepresenta en términos sociales y económicos.

También, es conocido por todos, el proceso de trans-formación que ha sufrido el tema agrario. En este sen-tido, el cambio más importante que vivió el tema quenos ocupa se inicia con la publicación en el Diario Ofi-cial de la Federación, el 6 de enero de 1992, de las re-formas al artículo 27 de la Carta Magna que devinie-ron en la promulgación de la Ley Agraria.

En la ley en mención, el ejido es visto como una meraaglomeración de parcelas con el reconocimiento jurí-dico de poder circular en el comercio, asimismo estoscambios normativos pusieron fin al reparto agrario,deber del Estado de dotar gratuitamente de tierra alcampesino que lo requiriera y de manera destacable seprodujo la liberalización de la propiedad social.

Retomando la importancia cuantitativa del ejido a ni-vel nacional, mencionamos las tres modalidades de latierra ejidal:

• Parceladas: superficie adjudicada en lo individuala los ejidatarios.

• Asentamientos humanos: áreas necesarias para eldesarrollo de la vida comunitaria ejidal

• Uso común: tierras que no han sido fraccionadaspara uso individual.1

Una de las características principales del precepto demérito y que contrasta con la idea plasmada en la nor-ma derogada en 1992 en lo relativo al impedimento depoder enajenar, hipotecar, o verse afectadas por unproceso judicial, dado su carácter de inalienables, in-embargables e imprescriptibles, es que en la regula-ción vigente se permite que este tipo de tierras puedanser enajenadas por el ejidatario, dar en garantía de cré-ditos el usufructo a terceros, así como la posibilidad detransmitir el uso o aprovechamiento hasta por treintaaños mediante la consecución de cualquier tipo decontrato como el usufructo, medianería, arrendamien-to o sociedad.

Lo anterior lo podemos constatar en los artículos 46,79 y 80 de la Ley Agraria, que citamos a continuación:

Artículo 46. El núcleo de población ejidal, por re-solución de la asamblea, y los ejidatarios en lo indi-vidual podrán otorgar en garantía el usufructo de lastierras de uso común y de las tierras parceladas, res-pectivamente. Esta garantía sólo podrán otorgarlaen favor de instituciones de crédito o de aquellaspersonas con las que tengan relaciones de asocia-ción o comerciales.

En caso de incumplimiento de la obligación garan-tizada, el acreedor, por resolución del tribunal agra-rio, podrá hacer efectiva la garantía de las tierrashasta por el plazo pactado, a cuyo vencimiento vol-verá el usufructo al núcleo de población ejidal o alejidatario según sea el caso.

Esta garantía deberá constituirse ante fedatario pú-blico e inscribirse en el Registro Agrario Nacional.

Artículo 79. El ejidatario puede aprovechar su par-cela directamente o conceder a otros ejidatarios oterceros su uso o usufructo, mediante aparcería, me-diería, asociación, arrendamiento o cualquier otroacto jurídico no prohibido por la ley, sin necesidadde autorización de la asamblea o de cualquier auto-ridad. Asimismo podrá aportar sus derechos de usu-fructo a la formación de sociedades tanto mercanti-les como civiles.

Artículo 80. Los ejidatarios podrán enajenar sus de-rechos parcelarios a otros ejidatarios o avecindadosdel mismo núcleo de población.

En virtud de lo anterior, podemos suponer que el obje-tivo de este tipo de disposiciones es abrir el espacio ala privatización de las tierras ejidales y comunales.

Con lo expuesto en las líneas precedentes, buscamosenmarcar de manera general el impacto de la LeyAgraria al dar un giro total a la concepción del ejido yla comunidad en nuestro país a partir de la conclusióndel reparto agrario.

En tal sentido daremos paso a la materia de esta ini-ciativa que pretende fortalecer la figura del ejido y lacomunidad incorporándolos directamente a la Ley deDesarrollo Rural Sustentable, a fin de facultarla para

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que su papel en los procesos de planeación del desa-rrollo rural sustentable, tenga una mayor presencia, loanterior con base en los siguientes elementos.

El artículo 25 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, nuestro mayor ordenamientojurídico, establece

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo na-cional para garantizar que éste sea integral y susten-table, que fortalezca la Soberanía de la Nación y surégimen democrático y que, mediante la competitivi-dad, el fomento del crecimiento económico y el em-pleo y una más justa distribución del ingreso y la ri-queza, permita el pleno ejercicio de la libertad y ladignidad de los individuos, grupos y clases sociales,cuya seguridad protege esta Constitución. La compe-titividad se entenderá como el conjunto de condicio-nes necesarias para generar un mayor crecimientoeconómico, promoviendo la inversión y la genera-ción de empleo.

El proceso de planeación del desarrollo que se planteaen la disposición en cita otorga un papel de importan-cia al sector social en correspondencia directa con laactividad económica, en tal sentido el párrafo séptimodel artículo citado señala:

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la or-ganización y la expansión de la actividad económicadel sector social: de los ejidos, organizaciones de tra-bajadores, cooperativas, comunidades, empresas quepertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los traba-jadores y, en general, de todas las formas de organiza-ción social para la producción, distribución y consumode bienes y servicios socialmente necesarios.

Podemos notar que el texto reconoce al ejido y a la co-munidad como una parte fundamental de la actividadeconómica del sector social, misma condición que nose cumple a cabalidad en las normas secundarias quereglamentan el texto constitucional.

Al respecto, el artículo 20 de la Ley de Planeación dis-pone lo siguiente:

En el ámbito del Sistema Nacional de PlaneaciónDemocrática tendrá lugar la participación y consul-ta de los diversos grupos sociales, con el propósitode que la población exprese sus opiniones para la

elaboración, actualización y ejecución del Plan ylos programas a que se refiere esta Ley.

Las organizaciones representativas de los obreros,campesinos, pueblos y grupos populares; de las insti-tuciones académicas, profesionales y de investigaciónde los organismos empresariales; y de otras agrupa-ciones sociales, participarán como órganos de consul-ta permanente en los aspectos de la planeación demo-crática relacionados con su actividad a través de forosde consulta popular que al efecto se convocarán. Asi-mismo, participarán en los mismos foros los diputadosy senadores del Congreso de la Unión.

Al mencionar que las organizaciones representativasde los campesinos y pueblos podemos suponer que seincluyó a los ejidos y a las comunidades formandoparte de estos grupos, pero al no ser determinante lainterpretación da lugar, en la práctica, a limitar la par-ticipación en los procesos de planeación del desarrolloa estos grupos sociales, que sin lugar a dudas confor-man un núcleo fundamental en lo referente al temaagrario y por ende, esencial en nuestra sociedad.

Por su parte, la Ley Agraria se refiere a este sector, enlo que se puede inferir, en los términos establecidos enel segundo párrafo del artículo 4o., que en lo condu-cente señala:

Las organizaciones de productores podrán elaborarpropuestas de políticas de desarrollo y fomento alcampo, las cuales serán concertadas con el Ejecutivofederal para su aplicación.

Aunada a esta circunstancia, el artículo 8o. de la ley encita determina que:

En los términos que establece la Ley de Planeación,el Ejecutivo federal, con la participación de los pro-ductores y pobladores del campo a través de sus or-ganizaciones representativas, formulará programasde mediano plazo y anuales en los que se fijarán lasmetas, los recursos y su distribución geográfica ypor objetivos, las instituciones responsables y losplazos de ejecución, para el desarrollo integral delcampo mexicano.

Del mismo modo que en la Ley de Planeación el pre-cepto en materia agraria identifica implícitamente co-mo organizaciones representativas de los productores

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201516

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agropecuarios a los ejidos, a las comunidades y sus in-tegrantes.

Pero ocurre que, no obstante que la Ley Agraria reco-noce al ejido y a la comunidad como núcleos del sec-tor social en el campo mexicano, estas figuras con per-sonalidad jurídica propia no se reconocenampliamente en la Ley de Desarrollo Rural Sustenta-ble como un elemento significativo en los procesos deplaneación del desarrollo en la materia. Incluso en am-bos cuerpos normativos podemos observar, que el eji-do y la comunidad son limitados a un papel de consul-ta, así como agentes propositivos y concertadores en ladefinición de los programas sociales.

Aunque, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable tutelaen su artículo 2o. los sujetos del ordenamiento, que pa-ra pronta referencia citamos a continuación:

Son sujetos de esta ley los ejidos, comunidades ylas organizaciones o asociaciones de carácter nacio-nal, estatal, regional, distrital, municipal o comuni-tario de productores del medio rural, que se consti-tuyan o estén constituidas de conformidad con lasleyes vigentes y, en general, toda persona física omoral que, de manera individual o colectiva, reali-ce preponderantemente actividades en el medio ru-ral.

Sin embargo, este misma herramienta normativa, cuan-do establece su proceso de planeación del desarrollorural, y habiendo determinado que el núcleo del sectorsocial compuesto por los ejidos y las comunidades sonlos sujetos del precepto, incorpora la figura del munici-pio como el eje fundamental para desarrollar los proce-sos de planeación del desarrollo rural, y esto, porque elsistema nacional de planeación, está basado en los ór-denes de gobierno federal, estatal y municipal.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable le resta atri-buciones al ejido como eje del sector social. Como su-jeto del desarrollo rural sustentable ha sido marginadode la elaboración de los programas de desarrollo, ad-quiriendo un rol de consulta, como se mencionó conantelación.

Si bien es cierto que con fundamento en la Constitu-ción, en la leyes citadas y las propias Constitucioneslocales, el municipio queda facultado para elaborar losplanes de desarrollo municipal, lo que buscamos es

que la figura del ejido se fortalezca, ya que la mismanorma la reconoce como núcleo del sector social. Ental sentido, las atribuciones de consulta, de agentespropositivos y de meros concertadores los ubica en unplano limitado en su actuación, cuando son ellos lossujetos de la planeación del desarrollo en su ámbito.

Aunado a lo anterior, no podemos soslayar el hecho deque con base en el artículo 115 de la Constitución almunicipio no se le confiere ninguna función manifies-ta referente al desarrollo rural sustentable.

Es pues necesario asegurar y garantizar que los meca-nismos de participación propia en lo concerniente a lastierras ejidales, comunales y sus organizaciones, tras-ciendan y logren ser determinantes en la elaboración eimplementación del desarrollo rural sustentable, asu-miendo en su interior, el ejercicio de la planeación deldesarrollo rural integral sustentable.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable tutela la crea-ción de los consejos municipales para el desarrollo ru-ral sustentable. Estos organismos dan lugar a los pla-nes municipales de desarrollo, sin embargo laparticipación de los ejidatarios, tal y como lo hemosvenido sosteniendo, es marginal provocando que no secumpla a cabalidad el mandato de este ordenamientoen relación a que son el ejido y la comunidad los suje-tos primordiales del precepto.

La formulación de los planes de desarrollo rural inte-gral sustentable en ejidos y comunidades no es obliga-toria para el sector público como lo prevé el artículo26 constitucional, porque no son órdenes de gobierno,pero sí es obligatoria la asesoría para elaborarlos.

El artículo 41 de la Ley de Desarrollo Rural Sustenta-ble vigente prevé: “Las acciones en materia de cultu-ra, capacitación, investigación, asistencia técnica ytransferencia de tecnología son fundamentales para elfomento agropecuario y el desarrollo rural sustentabley se consideran responsabilidad de los tres órdenes degobierno y de los sectores productivos, mismas quedeberán cumplir en forma permanente y adecuada alos diferentes niveles de desarrollo y consolidaciónproductiva y social. El gobierno federal desarrollará lapolítica de capacitación a través del Sistema Nacionalde Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integralatendiendo la demanda de la población rural y de susorganizaciones.”

Miércoles 18 de noviembre de 2015 Gaceta Parlamentaria17

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En el segundo párrafo, el mismo artículo 41 disponeque “Las acciones y programas en capacitación, asis-tencia y transferencia de tecnología se formularán yejecutarán bajo criterios de sustentabilidad, integrali-dad, inclusión y participación, Se deberán vincular atodas las fases del proceso de desarrollo, desde el diag-nóstico, la planeación, la producción, la organización,la transformación, la comercialización y el desarrollohumano, incorporando, en todos los casos a los pro-ductores y a los diversos agentes del sector rural yatenderán con prioridad a aquellos que se encuentrenen zonas con mayor rezago económico y social”.

En la Ley de Desarrollo Rural Sustentable vigente, co-mo puede notarse, está prevista la obligación guberna-mental de la asistencia técnica para el diagnóstico y laplaneación si así lo demanda la población rural y susorganizaciones. Está pues el mandato para la asisten-cia técnica, está la experiencia con los prestadores deservicios públicos y existen presupuestos, todos ellos,elementos para la viabilidad de esta propuesta.

Fundamento legal

La suscrita, diputada Eva Florinda Cruz Molina, inte-grante del Grupo Parlamentario del Partido de la Re-volución Democrática de la LXIII Legislatura del ho-norable Congreso de la Unión, con fundamento en lodispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, nu-meral 1, fracción I, 62, numeral 2, 65, 76, numeral 1,fracción II, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara deDiputados, somete a consideración de esta soberanía,la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma diversas disposicio-nes de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y dela Ley Agraria

Artículo Primero. Se reforman los artículos 4o.; frac-ción I del artículo 5o.; el segundo párrafo del artículo6o.; el primero, segundo y tercero párrafos del artícu-lo 29; el primer párrafo del artículo 30; y las fraccio-nes III y XII del artículo 31 de la Ley de DesarrolloRural Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 4o. Para lograr el desarrollo rural sustenta-ble el Estado, con el concurso de los ejidos, comuni-dades y diversos agentes organizados del medio rural,impulsará un proceso de transformación social y eco-

nómica que reconozca la vulnerabilidad del sector yconduzca al mejoramiento sostenido y sustentable delas condiciones de vida de la población rural, a travésdel fomento de las actividades productivas y de desa-rrollo social que se realicen en el ámbito de las diver-sas regiones del medio rural, procurando el uso ópti-mo, la conservación y el mejoramiento de los recursosnaturales y orientándose a la diversificación de la ac-tividad productiva en el campo, incluida la no agríco-la, a elevar la productividad, la rentabilidad, la com-petitividad, el ingreso y el empleo de la poblaciónrural.

Artículo 5o. …

I. Promover y favorecer el bienestar social y econó-mico de los productores, de sus ejidos y comunida-des, de los trabajadores del campo y, en general, delos agentes de la sociedad rural con la participaciónde organizaciones o asociaciones, especialmente lade aquellas que estén integradas por sujetos que for-men parte de los grupos vulnerables referidos en elartículo 154 de la presente ley, mediante la diversi-ficación y la generación de empleo, incluyendo elno agropecuario en el medio rural, así como el in-cremento del ingreso;

II. a V. …

Artículo 6o. …

Los compromisos y responsabilidades que en materiade esta ley, el gobierno federal acuerde con ejidos ycomunidades, y frente a los particulares, y a los otrosórdenes de gobierno, deberán quedar establecidos enel Plan Nacional de Desarrollo y en los programas sec-toriales y especiales aplicables y se atenderán en lostérminos que proponga el Ejecutivo federal y apruebela Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresosde la Federación.

Artículo 29. Los Distritos de Desarrollo Rural serán labase de la organización territorial y administrativa delas dependencias de la Administración Pública Federaly Descentralizada, para la realización de los progra-mas operativos de la Administración Pública Federalque participan en el Programa Especial Concurrente ylos Programas Sectoriales que de él derivan, así como

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con los gobiernos de las entidades federativas y muni-cipales y para la concertación con ejidos, comunida-des y las organizaciones de productores de los secto-res social y privado.

Los distritos de desarrollo rural coadyuvarán en el for-talecimiento de la gestión municipal del desarrollo ru-ral sustentable e impulsarán la creación de los conse-jos municipales en el área de su respectivacircunscripción y apoyarán la formulación de los pla-nes de desarrollo rural integral sustentable de losejidos y comunidades que así lo soliciten y la apli-cación de programas concurrentes municipales del de-sarrollo rural sustentable.

Los distritos de desarrollo rural contarán con un con-sejo distrital formado por representantes de los conse-jos municipales y de los ejidos y comunidades.

Artículo 30. Cada distrito tendrá un órgano colegia-do de dirección, en el que participarán la secretaría,las dependencias y entidades competentes, los go-biernos de las entidades federativas y municipalesque corresponda, así como la representación de losejidos y comunidades, de las demás organizacionesde productores de los sectores social y privado de lademarcación, integrada por un representante por ra-ma de producción, por cada consejo municipal, en laforma que determine el reglamento general de losmismos.

Artículo 31. …

I. …

II. …

III. Asesorar a ejidos y comunidades en la elabo-ración de sus planes de desarrollo rural integralsustentable si así lo solicitan y a los demás pro-

ductores en las gestiones en materias de apoyo a laproducción, organización, comercialización y, engeneral, en todas aquellas relacionadas con los as-pectos productivos agropecuarios y no agropecua-rios en el medio rural;

IV. a XI. …;

XII. Apoyar la participación plena de los munici-pios, de los ejidos y comunidades, en la planeación,definición de prioridades, operación y evaluaciónde las acciones del desarrollo rural sustentable; y

XIII. …

Artículo Segundo. Se reforman los párrafos primeroy segundo del artículo 4o.; y, la fracción I del artículo23 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 4o. El Ejecutivo federal promoverá el desa-rrollo integral sustentable y equitativo del sector rural,mediante el fomento de las actividades productivas,comerciales y de servicios y de las acciones sociales,para elevar el bienestar de la población y su participa-ción en la vida nacional.

Los ejidos, las comunidades y las organizaciones deproductores, podrán elaborar sus Planes de Desarro-llo Rural Integral Sustentable y propuestas de polí-ticas de desarrollo y fomento al campo, las cuales se-rán concertadas con el Ejecutivo federal para suaplicación

Artículo 23. …

I. Formulación y modificación del reglamento in-terno del ejido; del plan de desarrollo rural inte-gral sustentable del ejido; así como la elabora-ción de propuestas de políticas de desarrollo yfomento al campo, de conformidad con el artícu-lo 4o. de esta ley.

II. a XV. …

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

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Nota

1 Sotomayor Garza, Jesús, El nuevo derecho agrario en México,

México, Porrúa, 2001, página 129; Téllez, Luis (coordinador),

Nueva legislación de tierras, bosques y aguas, México, FCE,

1993, página 49.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015

Diputada Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 108 DE LA LEY DEL INSTI-TUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMA-DAS MEXICANAS, A CARGO DE LA DIPUTADA SARA PAO-LA GALICO FÉLIX DÍAZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PVEM

Quien suscribe, Sara Paola Gálico Félix Díaz, diputa-da del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecolo-gista de México, de la LXIII Legislatura del honorableCongreso de la Unión, con fundamento en lo dispues-to en los artículos 71, fracción II, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, nume-ral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Di-putados, somete a consideración de esta asamblea lapresente iniciativa que reforma el artículo 108 de laLey del Instituto de Seguridad Social para las FuerzasArmadas Mexicanas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La protección social en nuestro país responde a la de-manda de atender los requerimientos de una poblaciónen constante, la cual convive en un espacio social di-verso y complejo, generando retos para el aparato gu-bernamental encargado de satisfacer las demandas deservicios públicos.

Uno de los temas más importantes dentro de la agendade gobierno, es aquel que representa el proveer de vi-vienda al núcleo básico de la sociedad: la familia. EnMéxico se atiende este reclamo por medio de la Cons-titución, que en su artículo 4o. establece:

“Toda familia tiene derecho a disfrutar de viviendadigna y decorosa. La ley establecerá los instrumentosy apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.”

Lo anterior esboza de manera general un mecanismopara fomentar la unidad familiar a partir de la posesiónde una vivienda, lo que nos remite a pensar en el sa-crificio que la población realiza en el campo laboral,tanto hombres como mujeres, solteros o casados, quedía con día se esfuerzan por proveer de una casa parasu familia.

Siguiendo el marco jurídico supremo que rige en nues-tro país, en su Título Sexto del Trabajo y la PrevisiónSocial, el artículo 123 constitucional señala el derechoa la libertad de tener un trabajo digno y socialmenteútil. En este sentido, se establece que todo mexicanotiene el derecho a ejercer la profesión que desee, siem-pre y cuando se considere como provechoso para lasociedad y nunca fuera de los límites legales, lo cualse retoma para la presente exposición de motivos, da-do que una de las actividades que confieren mayor or-gullo y dignidad a quienes las realizan en favor de lanación, es aquella en donde se desempeña el personalque integra a las fuerzas armadas de nuestro país, enespecífico, los soldados rasos o de tropa.

Dadas las características particulares de las activida-des realizadas en el ámbito de la seguridad pública, es-to repercute también en las consideraciones acerca dela seguridad social, por lo que en el mismo artículo123, apartado B, fracción XIII, se establece:

“Los militares, marinos, personal del Servicio Exte-rior, agentes del Ministerio Público, peritos y losmiembros de las instituciones policiales, se regiránpor sus propias leyes.”

Este párrafo, incluido en el capítulo referente a la se-guridad social, indica que, dadas las condiciones espe-ciales en las que opera el personal dedicado a tareasmilitares, de seguridad pública o en el servicio exte-rior, debe contar con un marco jurídico que tambiénotorgue los beneficios de la seguridad social, pero con

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ajustes enmarcados en su ámbito de acción, sin que es-ta particularidad afecte los derechos de las y los traba-jadores.

En este contexto nacional, la protección de lo social seha desarrollado a través de un mecanismo institucionaltripartito que intenta cubrir la necesidad de viviendade los trabajadores formales, el cual se integra por:Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Institu-to de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajado-res del Estado (ISSSTE) y el Instituto de SeguridadSocial para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISS-FAM), las cuales ofrecen diversos apoyos al personalsubordinado que cotiza en cualquiera de estos tres ins-titutos de seguridad social1.

La iniciativa que se propone ubica al personal militarcomo la población objetivo que se desea beneficiar, apartir de las consideraciones que se expone en el pre-sente documento, por lo que siendo el ISSFAM el or-ganismo público encargado de proveer de seguridadsocial al personal integrante de las Fuerzas Armadasde nuestro país, se hará referencia al marco normativobajo el cual opera dicho instituto, en favor de los efec-tivos militares.

Como se mencionó anteriormente, los efectivos mili-tares se rigen bajo un marco normativo propio, puescuentan con la Ley del Instituto de Seguridad Socialpara las Fuerzas Armadas Mexicanas (LISSFAM),siendo la ley que regula el funcionamiento del ISS-FAM, la cual rige sobre los miembros del activo delEjército, Fuerza Aérea y Armada, y en entre cuyas fun-ciones indica el establecimiento y operación de un sis-tema de financiamiento que les permita obtener crédi-to barato y suficiente para la adquisición de viviendacómoda e higiénica2.

Como encargado de vigilar por la seguridad interna yexterna, la adhesión a las instituciones militares debeformarse desde los rangos más bajos y hasta los man-dos superiores, a partir de un concepto de honor y ser-vicio hacia la sociedad mexicana, lo cual se ve refor-zado por las acciones que en su favor, el gobiernorealiza, a fin de mejorar la calidad de vida tanto de losefectivos militares, como de sus familias.

Ejemplo de lo anterior es la reforma aprobada en 2012al artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad So-cial para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en la cual se

redujo el requisito de 10 a 6 años para el otorgamien-to del crédito hipotecario a los militares que se en-cuentran en activo, cuyos ingresos sean menores parala adquisición de una vivienda3.

El artículo 108 se vincula con lo dispuesto por las re-glas de operación para los productos de crédito queoferta Banjército. La reforma referida y el producto depréstamo hipotecario llamado Vivienda Fácil 2 atien-den las necesidades de los soldados rasos (elementosde menor rango en el ejército), quienes en un periodode 7 años vieron un incremento en su salario “que pa-só de 4 mil 474 pesos en 2006 a 10 mil 16 pesos en2013. Es decir, que en siete años su remuneración cre-ció 124 por ciento. Descontado el efecto inflacionario,el crecimiento salarial real fue de 80 por ciento4”.

Los soldados rasos se encargan de las funciones queimplican un contacto más cercano con la población,por lo tanto, corren un mayor riesgo a partir de su sali-da a las calles para cumplir con funciones de patrullajedurante el sexenio anterior y hasta la fecha, por lo cual,las consideraciones hacia los integrantes de la jerarquíade menor rango dentro del Ejército Mexicano deben fo-mentar la adhesión a la institución, no al contrario.

El tema salarial y las prestaciones ofrecidas por unainstitución son siempre tema de debate en materia delárea de seguridad pública, puesto que implica aceptarque la vocación de servicio no es suficiente para cum-plir con la encomienda de proteger y servir a la socie-dad, sino que debe existir una remuneración que per-mita a los integrantes de la fuerza pública ofrecer unmejor nivel de vida tanto para sí mismos, como parasus familias.

Las condiciones actuales del combate a la delincuen-cia organizada y la corrupción han sido factores im-portantes en el desgaste que han sufrido las FuerzasArmadas de nuestro país, lo que también ha repercuti-do en el nivel de deserciones, por lo cual, son necesa-rias las acciones que alienten a los soldados para ser-virle a una patria que no olvida su sacrificio, pues vivircon la disciplina militar sin percibir una mejoría en sucalidad de vida con respecto al resto de la población,significa un obstáculo para fomentar la identidad ins-titucional entre la tropa, tal como lo menciona el espe-cialista en seguridad nacional, Íñigo Guevara Moyano,a propósito de las 49 mil 471 deserciones registradasen las filas del Ejército Mexicano entre el 1 de di-

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ciembre de 2006 y el 31 de diciembre de 2012, deacuerdo con la respuesta de la Secretaría de la Defen-sa Nacional (Sedena) a Contralínea, con respecto a lasolicitud de información 0000700011913:

“[…] la fortaleza moral es una virtud individual. Elentrenamiento militar ayuda a crear disciplina, fo-mentar un espíritu de cuerpo y moldear un sentidode honor y lealtad; pero, a fin de cuentas, si el árbol

está torcido, ninguna cantidad o calidad de entrena-miento, paga inmejorable o condiciones altas de vi-da garantizarán que el individuo no cambie de ide-as, ambición o visión del futuro […] las fuerzasmilitares son organizaciones humanas y, al igualque otras organizaciones humanas altamente disci-plinadas, como el servicio exterior, el sector médi-co o el clero, en ocasiones los individuos cambiande opinión debido a factores que la organizaciónsimplemente no puede controlar5”.

En este orden de ideas, contraponemos la tesis del au-tor referido, dado que la teoría neoinstitucional indicaque el marco normativo que establece tanto derechoscomo obligaciones que se aplican a un individuo queforma parte de una institución, inciden en su compor-tamiento, por lo cual se puede argumentar que al ga-rantizar el mejoramiento de las condiciones de vida delos soldados, la reducción de desertores podría ser unarealidad al combinarse el sentido del deber aprendidoy la promesa de obtener un patrimonio material.

Otra de las acciones encaminadas a ofrecer mayoresgarantías de seguridad social a miembros del ejército,es el diseño e implementación del Programa Institu-cional 2013-2018 del Instituto de Seguridad Social pa-ra las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2014,donde se expone la misión del ISSFAM:

“Proporcionar prestaciones sociales y económicas alos miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas ysus beneficiarios, así como de salud al personal mi-litar retirado, pensionistas y sus derechohabientes,para contribuir a su bienestar social, mediante capi-tal humano con identidad institucional y vocaciónde servicio, herramientas tecnológicas y procesoseficientes con apego a derecho6”

Así como promover los valores institucionales deidentidad y vocación de servicio, entre otros, a partir

del aprovechamiento del Sistema de Seguridad Socialque ofrece el instituto referido.

Para establecer los parámetros de este programa, se hi-zo referencia a una población en activo a partir de lasiguiente división:

Gráficamente, se expuso lo siguiente7:

La gráfica indica que más de 50 por ciento de benefi-ciarios corresponde a dependientes –derechohabien-tes– de militares en activo, quienes representan a lamayoría de la población objetivo que atiende el ISS-FAM, mismo que de acuerdo a su artículo 18 otorga laprestación de vivienda, entre otras.

Durante 2013, el ISSFAM otorgó 2 mil 949 créditospara la adquisición de vivienda, y en junio del mismoaño se autorizó el incremento en los montos para loscréditos hipotecarios de acuerdo al grado que ostenteel personal del Ejército y Armada8.

El periodo comprendido entre los años 2000 al 2009,el del Instituto de Seguridad Social para las FuerzasArmadas Mexicanas

“contaba con 19 mil solicitudes pendientes de seratendidas, por lo que en el periodo comprendido deenero a diciembre de 2010, la Junta Directiva de es-te organismo autorizó 6 mil 773 créditos hipoteca-rios, para beneficiar al personal del Ejército, FuerzaAérea y Armada de México, correspondientes a so-licitudes presentadas en los años de 2000, 2001,2002, 2003 y 2004, por lo que el órgano de gobier-no autorizó dos adecuaciones presupuestarias en elmismo año con el objeto de solventar la demandaque se tenía pendiente de atender.

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A partir del 6 de octubre de 2010, se inició, la auto-rización de créditos hipotecarios para el año 2011,habiéndose aprobado hasta ese momento 18 mil 21créditos, que correspondían a solicitudes presenta-das en los años 2005 a 2011 por lo que a la fecha yano existen solicitudes pendientes de atender, con fe-cha 12 de octubre de 2011 se autorizaron créditospara el ejercicio fiscal de 2012. Actualmente las so-licitudes que se presentan son atendidas en un pla-zo de 15 días9”.

La información anterior permite inferir que el institu-to tiene la capacidad de atender con eficacia la de-manda de créditos hipotecarios, lo que refuerza la pre-sente propuesta que favorece al segmento del personalmilitar que ocupa el último lugar en la cadena de man-do y que, por tanto, requiere de un tiempo de cotiza-ción mayor para acceder al crédito de vivienda.

Las reglas de operación del ISSFAM establecen que sedeben contar con 6 años mínimo para que los soldadosrasos puedan acceder a un préstamo hipotecario, deacuerdo al artículo 108 de la ley que rige a este insti-tuto. Si la edad máxima de reclutamiento es de 30años, un soldado raso en este supuesto deberá esperarhasta los 36 años para acceder a dicha prestación,mientras que en otras áreas que prestan servicios al es-tado el lapso de tiempo para cotizar es menor a tresaños, como es el caso del ISSSTE, que requiere de 18meses (año y medio) de cotización continua.

Sin demeritar los riesgos que cualquier actividad labo-ral implica, el área militar requiere que el personal lle-ve las situaciones peligrosas al límite, lo que significaarriesgar la vida en momentos donde se debe hacer usode la fuerza mortal, dadas las responsabilidades queconlleva el quehacer de las fuerzas armadas.

Como aliciente para los militares en activo, el progra-ma institucional 2013-2018, derivado del Plan Nacio-nal de Desarrollo 2013-2018, establece, entre sus ob-jetivos:

Para lograr lo anterior, en el mismo documento se es-tablecen las siguientes estrategias y líneas de acción:

“Estrategia 1.3. Fortalecer el marco jurídico que ri-gen las prestaciones sociales y económicas queotorga este instituto.

Líneas de acción 1.3.1. Revisar y actualizar el mar-co jurídico, a fin de reforzar las prestaciones que es-te instituto se encuentra obligado a otorgar.

Estrategia 1.6. Modernizar los mecanismos para elotorgamiento, control y seguimiento de créditos hi-potecarios, fondo de la vivienda y Seguro Colectivode Retiro (Secore)”.

Como medida que coadyuve al logro del objetivoplanteado, la propuesta de esta iniciativa pretende re-ducir el tiempo de cotización a la mitad, en cuanto alpersonal de tropa, dado que esta medida reafirmará elcompromiso con las instituciones militares mediantela mejora de las condiciones de vida del personal mi-litar referido y de sus familias.

Siguiendo la línea que marca el objetivo del institutoen comento en materia de vivienda, se maneja una ali-neación en cuanto a las metas nacionales y los objeti-vos sectoriales definidos en el Plan Nacional de Desa-rrollo 2013-2018, de acuerdo a las siguientes tablas10:

Alineación al programa sectorial

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Un soldado raso se debe retirar obligatoriamente a loscincuenta años, pero si no logró alcanzar los veinteaños de servicio, no podrá ascender al grado inmedia-to para mejorar el cálculo de beneficio económico, deacuerdo con el artículo 27 de la LISSFAM.

En la misma ley, se establece en el artículo 32, que laspensiones quedarán libres de cualquier impuesto, amenos de que se hayan contraído adeudos con el insti-tuto por créditos hipotecarios.

Considerando los dos párrafos precedentes, se argu-menta que, al reducir el tiempo de cotización mínimopara los soldados rasos, éstos podrán adquirir el acce-so a préstamo para vivienda en un lapso menor, y porlo tanto, podrán cubrir en menor tiempo su deuda,aprovechando el tiempo que se mantengan activos enel Ejército Mexicano, permitiéndoles gozar de la tota-lidad de su pensión sin adeudos hipotecarios.

Los soldados rasos se ubican en el último lugar de lajerarquía militar, y realizan las tareas más pesadas ypeligrosas, dado que sus actividades requieren su pre-sencia en campo y, por tanto, esto significa un mayorriesgo tanto para su integridad moral como física.

Es por ello que se les debe reconocer con un beneficioque les aporte la mejora personal y de sus familias, pormedio de mecanismos institucionales. Considerandoque antes que la promesa de una recompensa, el sol-dado mexicano debe formar primero una adhesión a lainstitución, y que su lealtad la se la debe a la nación, lareducción de 6 a 3 años para obtener el beneficio depréstamo para vivienda cumple con dos funciones:

1. Permite al soldado cumplir con un tiempo justopara decidir si su vocación es realmente el prestareste servicio al país;

2. La espera menor para lograr alcanzar un objetivoque impactará en su calidad de vida y la de su fami-lia, servirá como incentivo para cumplir con sus obli-gaciones en el servicio activo, toda vez que el contarcon este beneficio de protección social, el cual reci-ben funcionarios al servicio del estado en dependen-cias civiles con un tiempo de cotización menor encomparación con el riesgo de sus actividades.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter ala consideración de esta honorable asamblea la si-

guiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 108 de la Ley delInstituto de Seguridad Social para las Fuerzas Ar-madas Mexicanas

Único. Se reforma el artículo 108 de la Ley del Insti-tuto de Seguridad Social para las Fuerzas ArmadasMexicanas para quedar como sigue:

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3120/3.pdf

2. Artículo 2o., LISSFAM.

3. P. 6 [http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/61/3/2011-12-08-

1/assets/documentos/Art_varios_ISSFAM.pdf]

4. http://www.redpolitica.mx/nacion/ejercito-con-mejor-salario-

pero-mas-elementos-caidos

5 .h t t p : / / con t r a l i nea . i n fo / a r ch ivo - r ev i s t a / i ndex .php /

2013/06/09/mas-de-55-mil-deserciones-en-las-fuerzas-armadas/]

6. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5341812&fe-

cha=23/04/2014

7. DOF, 23 de abril de 2014, [http://www.dof.gob.mx/nota_deta-lle.php?codigo=5341812&fecha=23/04/2014]

8. Ibíd.

9. Ibíd.

10. Ibíd.

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Fuentes

•http://www.banjercito.com.mx/index.jsp?hd_ligaContenido=Pro-ductos_credito/prestamos_hipotecarios/menu_prestamos_hipote-carios.html

• http://www.issfam.gob.mx/archivos/preguntas_frecuentes.htm

•http://www3.diputados.gob.mx/camara/005_comunicacion/a_bo-letines/2012_2012/002_febrero/16_16/4752_aprueban_diputa-dos_reformas_en_beneficio_de_la_seguridad_social_para_inte-grantes_de_las_fuerzas_armadas

• http://www.jornada.unam.mx/2012/08/18/opinion/018a2pol

• http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normativi-dad_federal/leyes/ley_issfam.pdf

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_07jul14.pdf

• http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/61/3/2011-12-08-1/as-sets/documentos/Art_varios_ISSFAM.pdf

•http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=2&sm=2&id=33352

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputada Sara Paola Gálico Félix Díaz (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN PO-LÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO

DEL DIPUTADO RODRIGO ABDALA DARTIGUES, DEL GRU-PO PARLAMENTARIO DE MORENA

El que suscribe, Rodrigo Abdala Dartigues, diputadofederal e integrante del Grupo Parlamentario de More-na a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputadosdel honorable Congreso de la Unión, con fundamentoen lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de lanorma suprema y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 delReglamento de la Cámara de Diputados, somete a la

consideración de esta asamblea la siguiente iniciativacon proyecto de decreto por el que se deroga un párra-fo al artículo 16 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sos-tenido que la reforma constitucional publicada el 18 dejunio de 20081, fue trascendente para el sistema de pro-curación e impartición de justicia en materia penal, puesestablece un nuevo modelo de justicia penal para pasardel llamado sistema mixto al acusatorio u oral.

Agrega, que introduce la figura del arraigo a través dela cual se permite limitar la libertad personal bajo cier-tos requisitos que la propia Constitución señala en elartículo 16 párrafo octavo adicionado.

En esta reforma se establece la procedencia del arrai-go única y exclusivamente para delitos de delincuen-cia organizada, emitida por la autoridad judicial y a so-licitud del Ministerio Público.

En la misma, se modificó la fracción XXI del artículo73, en la que se establece como competencia exclusi-va de la federación el legislar en materia de delin-cuencia organizada, quedando la facultad accesoria delarraigo como exclusiva de las autoridades federales, ysu artículo décimo primero transitorio modifica tem-poralmente el alcance del arraigo hasta la entrada envigor del sistema penal acusatorio federal, posibili-tando la emisión de órdenes de arraigo en casos dis-tintos a los de delincuencia organizada, en un lugarespecífico y por un término más limitado, para per-mitirlo en delitos graves, en el domicilio del indi-ciado y hasta por un máximo de cuarenta días.

Que no obstante lo anterior, el artículo Décimo Prime-ro Transitorio en ningún momento modifica la compe-tencia federal para emitir una orden de arraigo, ni per-mite que los ministerios públicos o jueces localesemitan estas órdenes.

La racionalidad del transitorio sólo se refiere a la en-trada en vigor del sistema acusatorio a nivel federal,modificando las circunstancias materiales, de tiempo,modo y lugar para emitir la orden de arraigo, pero nomodifica la competencia federal para hacer competen-tes a las autoridades locales para emitirla.

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Que una orden de arraigo emitida por un juez local, so-licitada por un ministerio público del fuero común, pa-ra el éxito de la investigación de un delito también lo-cal, no puede ser considerada constitucional, ya que niel juez es autoridad competente para emitirla, ni el mi-nisterio público para solicitarla, aun cuando el delitopor el que se solicitó fuera considerado grave y en laFederación o en el Estado no haya entrado en vigor elsistema penal acusatorio2.

Que pese al anterior criterio jurisprudencial, varias en-tidades federativas contemplaron en su legislación pe-nal la figura del arraigo para delitos graves, lo que re-sulta a todas luces inconstitucional, amén de que conanterioridad la Suprema Corte de Justicia de la Naciónya había declarado inconstitucionalidad de esta figura.

Que pese a lo anterior, la autoridad ejecutiva se ha em-pecinado a mantener el arraigo a toda costa sin im-portar que su aplicación signifique un grave atentadocontra los derechos humanos.

Los Congresos locales por su parte, al reformar o adi-cionar sus ordenamientos jurídicos, incorporaron la fi-gura de arraigo e invadieron la esfera competencialque tiene el Congreso de la Unión en esa materia.

La incompetencia de los Congresos locales para legis-lar en una materia reservada al Congreso de la Uniónquebrantó por ende, el estado de derecho; los pronun-ciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Na-ción sobre la inconstitucionalidad de las leyes localesque regulan esta figura así lo han demostrado.

El Constituyente Permanente en cuanto al artículotransitorio undécimo no aclaró si se trataba del Minis-terio Público local o federal, ni especificó qué ley es laque debía aplicarse3, lo que motivo el abuso de esta fi-gura en las entidades federativas.

El artículo 16 párrafo octavo de la norma suprema, hasido el que más cuestionamientos ha tenido a nivel na-cional e internacional.

En 2002, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidassobre Detenciones Arbitrarias concluyó que el arraigorepresentaba una forma de detención arbitraria debidoa la insuficiencia de recursos judiciales; en 2008, or-ganismos internacionales recomendaron a México sueliminación y en 2010 el Comité de Derechos Huma-

nos de la ONU manifestó su gran preocupación sobrela utilización del arraigo en la lucha contra el crimenorganizado.

El Subcomité para la Prevención de la Tortura, tras ha-ber visitado el Centro Nacional de Arraigo condenó lafigura pues encontró que cerca de 50 por ciento de laspersonas detenidas bajo arraigo presentaban señas detortura.

En 2012, el Comité Contra la Tortura reiteró su preo-cupación e instó a México a que “elimine la detenciónmediante arraigo de la legislación y la práctica, tanto anivel federal como estatal”.

La Relatora Especial sobre la Independencia de Juecesy Abogados, el Grupo de Trabajo sobre Desaparicio-nes Forzadas e Involuntarias y la Comisión Interame-ricana de Derechos Humanos, han hecho lo propio enel mismo sentido.

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, yde Justicia de la Cámara de Diputados4 en su Dicta-men del 11 de diciembre de 2007 en cuanto a la figu-ra del arraigo sostenían que era una propuesta novedo-sa que había que incorporar a la Constitución comomedida da cautelar y la justificación se basaba en lacreciente organización de la delincuencia e inclusotrasnacional.

A la figura del arraigo, la conceptualizaban como elhecho de privar de la libertad personal a un individuo,por orden judicial, durante un período determinado, apetición del ministerio público, durante la investiga-ción preliminar o el proceso penal, a fin de evitar queel imputado se evada del lugar de la investigación o seoculte de la autoridad, o afecte a las personas involu-cradas en los hechos materia de la indagatoria.

Como sostener la presunción de inocencia que implicaque no se declare la responsabilidad de la persona has-ta en tanto no exista sentencia emitida por el juez de lacausa frente a la figura del arraigo.

Consideramos que esta figura viola la garantía de li-bertad personal que establecen los artículos 16, 18, 19,20, y 21 de nuestro Código Político de 1917, pues noobstante, que la averiguación no arroje datos que con-duzcan a establecer que en el ilícito exista la probableresponsabilidad penal de la persona, se ordena la pri-

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vación de su libertad personal por un determinado pla-zo sin que al efecto se justifique tal detención con unauto de formal prisión en el que se le den a conocer lospormenores del delito que se le imputa, ni la oportuni-dad de ofrecer pruebas para deslindar su responsabili-dad.

Esta figura resulta contraria a los principios de un es-tado democrático de derecho y violatorio de los prin-cipios de legalidad, libertad personal, tránsito y pre-sunción de inocencia contenido en la ConvenciónAmericana de Derechos Humanos, Pacto Internacio-nal de Derechos Civiles y Políticos, Convención Con-tra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhuma-nos y Degradantes, Convención Interamericana paraPrevenir y Sancionar la Tortura, entre otros.

Que además, se vulneran los artículos 1o. y 133 cons-titucionales, pues, los tratados, una vez, incorporadosa la ley fundamental, las autoridades mexicanas que-dan vinculadas a éstos y al cumplimiento de las dispo-siciones protectoras de los derechos humanos, consis-tentes en respetar, proteger, garantizar y promoverlos,de conformidad con los principios rectores de univer-salidad, interdependencia, indivisibilidad y progresivi-dad.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a la considera-ción de esta soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se deroga el párrafo octavo alartículo 16 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos

Artículo Primero. Se deroga, el párrafo octavo al ar-tículo 16, de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 16. …

(Se deroga)

Artículo Segundo. Se deroga el artículo Décimo Pri-mero transitorio del decreto publicado en el DiarioOficial de la Federación el 18 de junio de 2008 paraquedar como sigue:

Primero. a Décimo. …

Décimo Primero. (Se Deroga)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 Cfr. Reforma a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; 73, frac-

ciones XXI y XXIII; artículo 115, fracción VII y la fracción XIII,

del Apartado B, del numeral 123, todos de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial

de la Federación el 18 de junio de 2008.

2 Cfr. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima

Época, Jurisprudencia, Libro 15, Febrero de 2015, Tomo II, Tesis:

1a./J. 4/2015 (10a.) , Página: 1226.

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3 Cfr. Voto concurrente del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Me-

na en la Acción de Inconstitucionalidad 29/2012.

4 Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia,

de Gobernación, de Seguridad Pública, y con opinión de la Comi-

sión de la Defensa Nacional de la Cámara de Senadores en su Dic-

tamen del 8 de junio de 2008, coincidió con el de las comisiones

dictaminadoras de la Cámara de Diputados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputado Rodrigo Abdala Dartigues (rúbrica)

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS JOSÉ CLE-MENTE CASTAÑEDA HOEFLICH Y MARÍA CANDELARIA

OCHOA ÁVALOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MOVI-MIENTO CIUDADANO

Los suscritos, Clemente Castañeda Hoeflich y Cande-laria Ochoa Ávalos, integrantes del Grupo Parlamen-tario de Movimiento Ciudadano, con fundamento enlos artículos 71, fracción II, de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I,77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados,someten a consideración del pleno de esta asambleainiciativa con proyecto de decreto que reforma los ar-tículos 95 a 97, 99, 100 y 105 de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, para establecerel principio de paridad de género en la designación deservidores públicos del Poder Judicial de la Federa-ción, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I. En 1952, ante un mitin de 20 mil mujeres, el candi-dato presidencial Adolfo Ruiz Cortines prometió en su

discurso: “Si el voto nos favorece en los próximos co-micios, nos proponemos iniciar ante las Cámaras lasreformas legales necesarias para que la mujer disfrutede los mismos derechos políticos que el hombre”.

El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Ofi-cial de la Federación un decreto en el que se anuncia-ba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser vo-tadas para puestos de elección popular, impulsándoseasí una de las primeras nociones en el país de la equi-dad de género y de los derechos políticos de la mujer.

Si bien la misma Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos establece en el artículo 1o., últimopárrafo, que está prohibida cualquier tipo de discrimi-nación motivada, entre otras cosas, por el género, y lamisma Carta Magna señala en el artículo 4o. que el va-rón y la mujer son iguales ante la ley, en el país preva-lecen prácticas que impiden a las mujeres el ejerciciopleno de su ciudadanía.

México está obligado a hacer valer los tratados inter-nacionales en materia de derechos humanos, respetan-do su observancia y estricta vigilancia, y un ejemploclaro es la Convención sobre Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación contra la Mujer, donde seestablece que los Estados deberán evitar cualquier res-tricción basada en el sexo y adoptar las medidas ade-cuadas de carácter legislativo para la combatir la dis-criminación y la exclusión.

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hom-bres refiere que el Estado debe asegurar y establecer laigualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre.Fija lo siguiente en el artículo 2: “Son principios recto-res de la presente Ley: la igualdad, la no discriminación,la equidad y todos aquellos contenidos en la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

II. La presente iniciativa tiene por objetivo plasmar es-tos principios en la integración del Poder Judicial de laFederación, adecuando las disposiciones correspon-dientes en la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, enfatizando que la paridad de géneroserá un principio rector en los procesos de nombra-mientos respectivos.

Respecto a la diferencia de equidad de género y pari-dad de género. El principio de igualdad o equidad degénero de jure o formal es la igualdad jurídica simple y

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llana como establece el artículo 4o. de la Carta Magna,mientras que la paridad de género refiere a la idea delpoder político concibiéndolo como un espacio que de-be ser compartido entre hombres y mujeres como pre-misa de la condición humana universal y como princi-pio de igualdad sustantiva (Instituto Nacional Electoralhttp://genero.ife.org.mx/docs_marco/27_MujeresTo-maDecisiones.pdf).

México ha avanzado en los últimos años en el impul-so de la paridad de género, prueba de ello fue la apro-bación en el año 2014 de la Ley General de Institucio-nes y Procedimientos Electorales y de la Ley Generalde Partidos Políticos que establecen las nuevas condi-ciones en derechos políticos de las mujeres y siendouna obligación de los partidos políticos promover laparidad de género en todas sus candidaturas, permi-tiendo al Consejo General del Instituto Nacional Elec-toral rechazar el registro de las candidaturas que norespeten el principio de paridad de género.

De esta manera, los partidos políticos y las coalicionesdeben observar el cumplimiento de la paridad verticalestablecida en la Constitución y horizontal contenida enlas jurisprudencias emitidas por esta Sala Superior delTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Este importante avance en la construcción de una vidapública sustentada en la paridad de género debe servirde precedente para impulsarlo en todas las esferas ins-titucionales del Estado mexicano.

Sin embargo, el Poder Judicial se ha mantenido ajeno aesta dinámica de igualdad de derechos entre hombres ymujeres. El informe Mujeres y hombres en México, pu-blicado en 2014 por el Instituto Nacional de Geografía yEstadística, arroja los siguientes datos respecto a la par-ticipación de hombres y mujeres en el Poder Judicial:

Es evidente la falta de paridad de género respecto a laasignación de cargos en el Poder Judicial de la Fede-ración en todos sus niveles, incluidos ministros, ma-gistrados, jueces de distrito y los demás que establecela Carta Magna.

III. Es importante destacar que la Ley General para laIgualdad entre Mujeres y Hombres indica en el artícu-lo 33 como uno de sus objetivos el “establecimiento demedidas para fortalecer el acceso de las mujeres al em-pleo y la aplicación efectiva del principio de igualdadde trato y no discriminación en las condiciones de tra-bajo entre mujeres y hombres”. De la misma manera,en el artículo 34 señala:

Para los efectos de lo previsto en el artículo ante-rior, las autoridades correspondientes garantizaránel principio de igualdad sustantiva entre mujeres yhombres en el ámbito del empleo, así? como el de-recho fundamental a la no discriminación de aque-llas en las ofertas laborales, en la formación y pro-moción profesional, en las condiciones de trabajo,incluidas las retributivas, y en la afiliación y parti-cipación en las organizaciones sindicales, empresa-riales o en cualquier organización cuyos miembrosejerzan una profesión concreta […]

Por su parte, el artículo 36 de dicha ley señala que lasautoridades del Estado deberán realizar las accionesnecesarias para “fomentar la participación equili-brada y sin discriminación de mujeres y hombresen los procesos de selección, contratación y ascen-sos en el servicio civil de carrera de los poderes Eje-cutivo, Legislativo y Judicial”.

Finalmente, vale la pena mencionar que en el DiarioOficial de la Federación en el año 2013 es publicado elPrograma Nacional para la Igualdad de Oportunidadesy no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018,donde se manifiesta de manera explícita como uno delos objetivos estratégicos del Estado mexicano “im-pulsar la paridad en la asignación de puestos direc-tivos en el Poder Judicial”, así como “desarrollar ypromover medidas y acciones a favor de la paridad enlos cargos del Poder Judicial”.

Por lo expuesto se somete a consideración la siguienteiniciativa con proyecto de

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Decreto que reforma los artículos 95 a 97, 99, 100 y105 de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, para establecer el principio de pa-ridad de género en la designación de servidores pú-blicos del Poder Judicial de la Federación

Único. Se reforman el último párrafo del artículo 95,el primer párrafo del artículo 96, el primer párrafo delartículo 97, el undécimo párrafo del artículo 99, el ter-cer párrafo del artículo 100 y el artículo 105 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, para quedar como sigue:

Artículo 95. […]

I. a VI. […]

Los nombramientos de los ministros deberán recaerpreferentemente entre las personas que hayan servi-do con eficiencia, capacidad y probidad en la impar-tición de justicia o que se hayan distinguido por suhonorabilidad, competencia y antecedentes profesio-nales en el ejercicio de la actividad jurídica, debién-dose procurar el principio de paridad de género.

Artículo 96. Para nombrar a los ministros de la Su-prema Corte de Justicia, el presidente de la Repú-blica someterá? una terna a consideración del Sena-do, adecuándose al principio de paridad degénero, el cual, previa comparecencia de las perso-nas propuestas, designara? al ministro que deba cu-brir la vacante. La designación se hará? por el votode las dos terceras partes de los miembros del Se-nado presentes, dentro del improrrogable plazo detreinta días. Si el Senado no resolviere dentro de di-cho plazo, ocupara? el cargo de ministro la personaque, dentro de dicha terna, designe el presidente dela República.

Artículo 97. Los magistrados de circuito y los jue-ces de distrito serán nombrados y adscritos por elConsejo de la Judicatura Federal, con base en crite-rios objetivos y de acuerdo a los requisitos y proce-dimientos que establezca la ley y con base en elprincipio de paridad de género. Durarán seis añosen el ejercicio de su encargo, al término de los cua-les, si fueran ratificados o promovidos a cargos su-periores, sólo podrán ser privados de sus puestos enlos casos y conforme a los procedimientos que es-tablezca la ley.

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Artículo 99. […]

[…]

[…]

[…]

I. a X. […]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Los magistrados electorales que integren las salassuperior y regionales serán elegidos por el voto delas dos terceras partes de los miembros presentes dela Cámara de Senadores a propuesta de la SupremaCorte de Justicia de la Nación. La elección de quie-nes las integren será escalonada y respetando elprincipio de paridad de género, conforme a las re-glas y al procedimiento que señale la ley.

[…]

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[…]

[…]

Artículo 100. […]

[…]

Todos los consejeros deberán reunir los requisitos se-ñalados en el artículo 95 de esta Constitución y serpersonas que se hayan distinguido por su capacidadprofesional y administrativa, honestidad y honorabili-dad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de losdesignados por la Suprema Corte, deberán gozar, ade-más con reconocimiento en el ámbito judicial. En suintegración se respetará el principio de paridad degénero.

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Artículo 105. El ingreso y la promoción de los servi-dores públicos de carácter jurisdiccional del Poder Ju-dicial de la Federación se harán mediante el sistema decarrera judicial a que se refiere el presente título, lacual se regirá por los principios de excelencia, profe-sionalismo, objetividad, imparcialidad, paridad degénero, independencia y antigüedad, en su caso.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. El Congreso de la Unión contará con 90 dí-as, a partir de la publicación del presente decreto, pa-ra reformar la legislación aplicable, en cumplimientode las presentes disposiciones.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputados: Clemente Castañeda Hoeflich, Candelaria Ochoa

Ávalos (rúbrica).

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 3O. Y 31 DE LA CONSTI-TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTA-RIO DE NUEVA ALIANZA

Los que suscriben, Luis Alfredo Valles Mendoza, So-ralla Bañuelos de la Torre, Angélica Reyes Ávila, Ma-nuel Alexánder Zetina Aguiluz, Carmen Victoria Cam-pa Amaral, María Eugenia Bedolla Ocampo, KarinaSánchez Ruiz, José Bernardo Quezada Salas, ÁngelGarcía Yáñez, Francisco Javier Pinto Torres y Maria-no Lara Salazar, integrantes del Grupo Parlamentariode Nueva Alianza, con fundamento en lo dispuesto enlos artículos 71, fracción II, de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1,fracción I, 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámarade Diputados, someten a consideración la presente ini-ciativa con proyecto de decreto por el que se reformanlos artículos 3o., primer párrafo, fracciones III y VI, y31, fracción I, de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, con base en el siguiente

Planteamiento del problema

En una democracia plena, es deber del Estado estable-cer políticas públicas que contribuyan a que los niñosse desarrollen adecuadamente en sus primeros años devida, la infancia actual y futura es el más preciado biennacional.

El país requiere políticas públicas que impulsen conbases sólidas el desarrollo sustentable e incluyente; la

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educación es la única vía hacia la construcción de unasociedad justa y equitativa; sólo fortaleciendo e im-pulsando la calidad en el sistema educativo, generare-mos las fortalezas en y competencias que nos permitanintegrarnos en condiciones de igualdad a la globaliza-ción imperante.

Por otra parte, la Convención sobre los Derechos delNiño de las Naciones Unidas es el tratado de derechoshumanos con mayor ratificación del orbe, y ha sido fir-mado por 194 países, el enfoque actual de la conven-ción reconoce a los infantes como individuos con de-rechos legales iguales ante cualquier ley o política ypor tanto se les reconoce una identidad legal y un con-junto de intereses diferentes de los de sus padres, portanto el bienestar de los niños no es solo responsabili-dad de la familia se requiere protección y tutela de de-rechos y se les considera cada vez más como una res-ponsabilidad del Estado, que interviene en sueducación, su salud y su crianza a fin de mejorar elbienestar nacional mediante la formación de sus futu-ros ciudadanos.

Actualmente, en los países más desarrollados se reco-nocen los efectos positivos que se logran mediante laimplementación de políticas públicas que permiten elimpulso y cuidado de la primera infancia, que al ac-cionar contribuyen en el mediano y largo plazos a laformación de mejores ciudadanos.

Según la Organización para la Cooperación y Desa-rrollo Económicos (OCDE),1 a la cual México perte-nece, la educación infantil se asocia con un mejor ren-dimiento escolar posterior. Los estudiantes de quinceaños que han participado en educación infantil duran-te al menos un año tienen un rendimiento mejor en laencuesta del Programa para la Evaluación Internacio-nal de Alumnos (PISA, por sus siglas en inglés) de laOCDE que los que no lo hicieron, incluso después detener en consideración sus entornos socioeconómicos.En Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia,Islandia, Italia, Noruega, Reino Unido y Suecia, másde 90 por ciento de los niños de 3 años están escolari-zados en educación infantil.

De acuerdo con investigaciones del Banco Interameri-cano de Desarrollo (BID), “los niños pobres conocenmenos palabras que los más ricos, y que los niños enAmérica Latina conocen menos palabras que los de lospaíses más desarrollados. La consecuencia de todo

ello es que muchos –demasiados– niños y niñas de laregión sencillamente no están preparados cuando co-mienzan la escuela”.2

Sobre la atención de la primera infancia, el BID seña-la: “El bienestar de los niños es el resultado de un pro-ceso acumulativo y no lineal del desarrollo infantil queabarca cuatro grandes ámbitos: desarrollo físico, len-guaje/comunicación, destrezas cognitivas y habilida-des socioemocionales, señalando que este proceso nose genera por sí solo, sino que es moldeado por las ex-periencias que los niños acumulan en el hogar, en losjardines de cuidado infantil y en la escuela. Los pa-dres, los parientes, otros cuidadores, los maestros y losgobiernos tienen un rol que desempeñar en el modo enque esas experiencias se configuran”.

Según el informe3 2015 de la Organización de las Na-ciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cul-tura (UNESCO), el apoyo al desarrollo de los niños enlas etapas más tempranas tienen enormes repercusio-nes y propicia la obtención de mejores resultados edu-cativos y sociales. Los principales beneficios econó-micos de la inversión en educación yacen actualmenteen la etapa de la primera infancia.

En el mismo informe, la UNESCO refiere que el he-cho de que las comunidades menos favorecidas, enparticular en los países más pobres, salgan aún másbeneficiadas es un argumento suplementario esencialpara invertir masivamente en educación inicial, seña-lando que la construcción de cimientos más sólidospuede redundar en una mayor equidad social y eco-nómica.

De igual forma, la OCDE señala que escolarizar a losniños en educación infantil también puede mitigar lasdesigualdades sociales y fomentar mejores resultadosde los estudiantes en general. Muchas de las desigual-dades que se encuentran en los sistemas educativos yason evidentes cuando los estudiantes acceden a la es-colarización formal y persisten a medida que vanavanzando en el sistema educativo. Como las des-igualdades tienden a crecer cuando la escolarizaciónno es obligatoria, una entrada más temprana en el sis-tema escolar puede reducir esas desigualdades. Ade-más, la educación preescolar contribuye a preparar alos estudiantes para acceder a la escolarización formaly tener éxito en ella.

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Respecto al sistema educativo, el Plan Nacional deDesarrollo 2013-2018 (PND) señala que es fundamen-tal que México sea un país que provea una educaciónde calidad para que potencie el desarrollo de las capa-cidades y habilidades integrales de cada ciudadano, enlos ámbitos intelectual, afectivo, artístico y deportivo,al tiempo que inculque los valores por los cuales se de-fiende la dignidad personal y la de los otros.

E indica el PND que el sistema educativo debe per-feccionarse para estar a la altura de las necesidadesque un mundo globalizado demanda. México ha mos-trado avances en los resultados de las pruebas estan-darizadas de logro académico, como el PISA. Sinembargo, seguimos estando en los últimos lugares encomparación con los demás países de la OCDE. Loanterior es una preocupación latente de la población:29 por ciento de los participantes en la consulta ciu-dadana mencionó que una de las prioridades de lapresente administración debe ser mejorar el sistemaeducativo.

En el Plan Sectorial de Educación 2013-2018, se esta-blece que el esfuerzo desplegado para elevar la calidadde la educación en todos los tipos y modalidades debeir acompañado por principios de equidad y de inclu-sión. El Estado debe comprometer mayores recursos yesfuerzos donde más se requieren, entendiendo que elcarácter compensatorio del quehacer público demandamayor atención para la población más vulnerable. Es-te programa pone especial énfasis en generar las situa-ciones y construir los contextos que permitan el acce-so al sistema educativo de la población en condicionesde vulnerabilidad, especialmente, de los pueblos indí-genas y las personas con discapacidad.

Asimismo, reconoce que para el desarrollo pleno delpotencial de los individuos y, en consecuencia, de lanación, es de vital importancia ofrecer experienciasformativas de alta calidad desde el inicio de la vida, demodo que se propone impulsar la educación inicialcon vigor.

Sin embargo, el mismo documento rector del sistemaeducativo, en su diagnóstico señala: “A pesar de losprofundos efectos de la educación inicial en el desa-rrollo físico, intelectual y emocional de las personas,el país no cuenta con una política nacional en la mate-ria”. Esta política habrá de prever la revisión de ins-trumentos normativos y nuevos esquemas de apoyo

pedagógico y de trabajo con los padres de familia,fundamentalmente.

Respecto de la equidad, la inclusión y la cobertura delsistema educativo nacional, el Unicef puntualiza que“la realidad de fuertes disparidades y exclusión socialdel país se refleja todavía en niveles desiguales de co-bertura en educación primaria, con brechas importan-tes en el nivel preescolar y fundamentalmente en la se-cundaria y en la media superior, donde una proporciónsignificativa de los sectores pobres o más vulnerablesno accede y muchos de los que ingresan no puedenconcluir. Asimismo, existe desigualdad en la oferta delservicio que se brinda en las diferentes entidades fede-rativas, en zonas rurales y urbanas, así como en escue-las privadas, públicas y al interior de estas últimas: es-cuelas generales, indígenas, educación comunitaria yeducación para migrantes” (Unicef, 2014).

Los magros resultados que obtienen nuestros educan-dos en las pruebas internacionales demuestran los gra-ves retrasos en áreas críticas de la formación como loson el lenguaje y las capacidades cognoscitivas, sinembargo, lo que evaluamos son los efectos, las causasque originan dichos resultados tienen origen en los pri-meros cinco años de vida, nuestra población en eserango de edad no reciben la estimulación requerida pa-ra asegurar el desarrollo de habilidades necesarias pa-ra potenciar su desempeño en el sistema educativo.

En el país, el Instituto Nacional para la Evaluación dela Educación (INEE) plantea la atención de nuestraprimera infancia de la siguiente manera: “A excepciónde los niños de 6 a 11 años, el derecho de asistir a laescuela entre los niños de 3 a 5 y de 12 a 17 años aúnno se ejerce totalmente en México. Su cumplimientoes desigual por edades y por entidades federativas,siendo patente que el ejercicio de este derecho estáasociado a las condiciones sociales, étnicas, económi-cas y de ubicación de residencia de los niños”.

Para el INEE, la educación inicial se define como unamodalidad no escolarizada4 y está diseñada para aten-der a niños menores de 6 años de edad con el propósi-to de favorecer su desarrollo físico, cognoscitivo, afec-tivo y social. También se orienta a los padres defamilia o tutores para la educación de sus hijas, hijos opupilos, en su informe 2013 reporto la atención de709,094 alumnos en un rango de edad entre (0 a 2años) por atender de 6 millones 635 mil 196,5 lo cual

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significa que se atendió sólo a 10.7 por ciento del totalidóneo.

A la luz de las recomendaciones e investigaciones ci-tadas, es prioritario para la LXIII Legislatura estable-cer en la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos la obligatoriedad de la educación inicial,responsabilizando al Estado para que se integre al sis-tema educativo dicho nivel con la atención de la cali-dad, la equidad y la cobertura que permitan un mejordesarrollo de nuestra sociedad, potenciar el bienestarinfantil y atender la construcción de un México prós-pero.

Exposición de Motivos

La circunstancia que origina el intenso flujo de pro-ductos, procesos y mercados actual, requiere un nuevomodelo de educación que considere los nuevos para-digmas sobre la escuela y el proceso de enseñanza-aprendizaje, nuestro país, requiere fortalecer el marcojurídico e institucional que permita potenciar las capa-cidades del educando, desde la primera infancia, den-tro de su permanencia y desarrollo en el sistema edu-cativo nacional.

La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptaen 1948, la Declaración Universal de los DerechosHumanos, la cual establece que “toda persona tienederecho a la educación” y señala a la educación comoun derecho humano fundamental, el cual tiene comoobjetivo el pleno desarrollo de la personalidad huma-na, el fortalecimiento del respeto a los derechos huma-nos y a las libertades fundamentales; favorecerá lacomprensión, la tolerancia y la amistad entre todas lasnaciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y pro-moverá el desarrollo de las actividades de las Nacio-nes Unidas para el mantenimiento de la paz”.

De igual forma, en la Convención sobre los Derechosdel Niño adoptada por la Asamblea General de las Na-ciones Unidas en 1989 y ratificada por 191 países has-ta la fecha, se reconoce “el derecho del niño a la edu-cación a fin de que se pueda ejercer progresivamente yen condiciones de igualdad de oportunidades ese dere-cho”. Asimismo, la Declaración Mundial sobre Educa-ción para Todos, adoptada en 1990 en Jomtien, Tailan-dia, proclama que “cada persona niño, joven o adultodeberá estar en condiciones de aprovechar las oportu-nidades educativas ofrecidas para satisfacer sus nece-

sidades básicas de aprendizaje”, estableciendo de estaforma, una visión ampliada de la educación que abar-ca más allá del aprendizaje escolarizado e implica “to-da la serie de actividades educativas que tienen lugaren distintos marcos y están encaminadas a satisfacerlas necesidades básicas de aprendizaje” (UNESCO,1999). Además, la Declaración Mundial sobre Educa-ción para Todos supuso una nueva visión de la educa-ción básica, considerando que ésta comienza con elnacimiento, y no con el inicio de la educación prima-ria, e incluyó el cuidado y la educación de la primerainfancia en las necesidades básicas de aprendizaje.

Con esta visión, la UNESCO define la atención inte-gral de la primera infancia como

El conjunto de acciones coordinadas que pretenden sa-tisfacer tanto las necesidades esenciales para preservarla vida, como aquellas que tienen relación con su de-sarrollo integral y necesidades básicas de aprendizaje,en función de sus características, necesidades e intere-ses.

El Unicef ha reconocido “que desde el nacimiento has-ta los tres años, germinan en todos las semillas de laindividualidad humana y de la nacionalidad. En eseperíodo se multiplican vertiginosamente las sinapsis, yse establecen las pautas que da la vida. En esos 36 me-ses asombrosos se produce el desarrollo del cerebrolos educandos adquieren la capacidad de pensar, ha-blar, aprender y razonar. Ésas son las bases y las con-ductas sociales que tendrán cuando se convierten enadultos”. Por lo anterior, el Unicef sostiene que se de-bería prestar atención a un buen principio de vida.

En cuanto a lo descrito por las investigaciones en neu-rología y psicología cognitiva se muestran evidenciasirrefutables sobre la importancia de los estímulos en laprimera infancia, ya que es durante los primeros añosde la vida, particularmente los primeros 2 años, cuan-do unos 100 mil millones de células cerebrales del ni-ño al nacer forman billones de conexiones. Si bien losgenes determinan alguna parte de estas conexiones,los estímulos que el niño recibe de su entorno influyende modo determinante en su desarrollo posterior, tan-to físico como psicosocial y cognoscitivo, si bien laeducación inicial ha de fomentar el desarrollo integraly aprendizaje de niños y niñas, uno de sus objetivos esprepararlos para la siguiente etapa educativa.

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Por otro lado, diversos estudios demuestran que los es-tímulos positivos como la experiencia de la educaciónpreescolar de alta calidad, tienen efectos significativa-mente positivos en el rendimiento académico poste-rior, en las oportunidades de empleo y en una mayorproductividad, lo cual puede contribuir de manera efi-caz a compensar las situaciones de desventaja y redu-cir las desigualdades socioeconómicas.

El BID refiere que los programas para la primera in-fancia conllevan dos grandes beneficios potenciales.En primer lugar, pueden mejorar el desarrollo de losniños y generar incrementos de por vida en la produc-tividad. Estos programas inciden de manera positivaen la productividad, sobre todo mediante el desarrollocognitivo y de otro tipo de habilidades –las que a suvez expanden los logros académicos y escolares en lainfancia tardía y en la adolescencia–, lo cual generaaumentos en la productividad y en los ingresos en laedad adulta.

La estructura socioeconómica inequitativa interactúacon la desigualdad en la participación en la educación,creando un círculo vicioso que mantiene o empeora labrecha entre ricos y pobres. La población adulta lati-noamericana logra obtener 6.3 años de escolaridad enpromedio. Sin embargo, el 10 por ciento provenientede hogares de mayores ingresos alcanza 11.4 añosmientras que el 10 por ciento más pobre, sólo 3.1 años.Es decir, los más ricos obtienen una educación 3.7 ve-ces más extensa que la de los pobres. El bajo niveleducacional de una gran parte de la población latinoa-mericana es preocupante, si se considera el análisis dela Cepal que señala que en la región es fundamentalcompletar el ciclo secundario y cursar como mínimo12 años para acceder al bienestar económico (Cepal,1998).

El círculo vicioso de la pobreza se mantiene si los pa-dres pobres con bajo perfil educativo tienen numero-sos hijos, pero insuficientes recursos y conocimientospara satisfacer las necesidades de éstos o educarlos anivel deseable; los niños que crecen en esta situaciónde desventaja logran un menor desarrollo cognoscitivoy socioafectivo, por lo que enfrentan dificultades aca-démicas o interpersonales en la escuela, repiten gradoso abandonan la escuela; debido al bajo nivel educati-vo, tienen dificultad de conseguir un empleo bien re-munerado y suelen tener numerosos hijos y precoz-mente.

El acceso a los programas de la primera infancia pue-de traer aparejados otros beneficios de largo plazo pa-ra los niños, dado que influirán en sus decisiones co-mo adultos para involucrarse en actividades delictivas,en los deberes cívicos o en la formación de una fami-lia.

Cuando los estímulos que los niños y niñas reciben enesta etapa son negativos, afectados por la violencia,pobreza, desnutrición o falta de protección o afecto, seaumenta el riesgo de presentar problemas en el desa-rrollo y bienestar físico, bajo desempeño escolar y la-boral, problemas psicológicos y mentales, y conductasantisociales.

Por tanto, es necesario emprender el camino para cre-ar un sistema educativo nacional más incluyente, justoy que asegure la igualdad de oportunidades para todos,en nuestro país, la obligatoriedad a nivel federal paralos distintos niveles de la educación en México se haestablecido gradualmente: en 1967, para la educaciónprimaria, en 1993, para la secundaria, en 2004, se es-tableció para la educación preescolar y en 2012, parala educación media superior.

La voluntad política es esencial para movilizar los re-cursos financieros públicos, que poco se invierten enla actualidad en la educación inicial en comparacióncon otros niveles educativos, destinar recursos a la pri-mera infancia quizá sea una de las mejores inversionesque un gobierno puede hacer. Para empezar, cuantomás temprano invierta un gobierno en un niño, másprolongado será el horizonte que el país tiene para co-sechar los beneficios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 se esta-blece que “para garantizar la inclusión y la equidad enel sistema educativo deben ampliarse las oportunida-des de acceso a la educación, permanencia y avance enlos estudios a todas las regiones y sectores de la po-blación. Esto requiere incrementar los apoyos a niñosy jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad,así como crear nuevos servicios educativos, ampliarlos existentes y aprovechar la capacidad instalada delos planteles”.

Asimismo, el PND señala que “la población de meno-res ingresos en ocasiones tiene menos posibilidades deacceder a una educación de calidad y concluir de ma-nera satisfactoria sus estudios. Como existen aún defi-

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ciencias en la aplicación de políticas de equidad y cali-dad, es urgente reducir las brechas de acceso a la edu-cación, la cultura y el conocimiento, a través de unaamplia perspectiva de inclusión que erradique toda for-ma de discriminación por condición física, social, étni-ca, de género, de creencias u orientación sexual”.

En su orientación conceptual, el mismo PND estable-ce: “El futuro de México depende en gran medida delo que hagamos hoy por la educación de nuestra niñezy juventud. Por tanto, es fundamental que la nación di-rija sus esfuerzos para transitar hacia una sociedad delconocimiento. Esto implica basar nuestro futuro en elaprovechamiento intensivo de nuestra capacidad inte-lectual. En este sentido, un México con Educación deCalidad propone implantar políticas de Estado que ga-ranticen el derecho a la educación de calidad para to-dos, fortalezcan la articulación entre niveles educati-vos y los vinculen con el quehacer científico, eldesarrollo tecnológico y el sector productivo, con elfin de generar un capital humano de calidad que deto-ne la innovación nacional”.

La presente iniciativa propone lograr que la educaciónsea una política de Estado, que se caracterice por aten-der a la población de forma justa, equitativa y con ca-lidad, que trascienda a los periodos señalados para lasadministraciones federales con una visión articuladorade todas las etapas de formación de su sociedad paraalcanzar en pleno a las aspiraciones democráticas dic-tadas en su Constitución.

Fundamento legal

Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto enlos artículos 71, fracción II, de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1,fracción I, 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámarade Diputados, presento ante esta soberanía la siguien-te iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 3o.,primer párrafo, fracciones III y VI; y 31, fracciónI, de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos

Único. Se reforman los artículos 3o., primer párrafo,fracciones III y VI; y 31, fracción I, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, para que-dar como sigue:

Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a recibireducación. El Estado –federación, estados, DistritoFederal y municipios– impartirá educación inicial,preescolar, primaria, secundaria y media superior. Laeducación inicial, preescolar, primaria y secundariaconforman la educación básica; ésta y la media supe-rior serán obligatorias.

I. y II. …

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto enel segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivofederal determinará los planes y programas de estu-dio de la educación inicial, preescolar, primaria, se-cundaria y normal para toda la república. Para talesefectos…

IV. y V. …

VI. Los particulares podrán impartir educación entodos sus tipos y modalidades. En los términos queestablezca la ley, el Estado otorgará y retirará el re-conocimiento de validez oficial a los estudios quese realicen en planteles particulares. En el caso de laeducación inicial, preescolar, primaria, secundariay normal, los particulares deberán

a) y b) …

VII. y VIII. …

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos

I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las es-cuelas públicas o privadas, para obtener la educa-ción inicial, preescolar, primaria, secundaria, mediasuperior y reciban la militar, en los términos que es-tablezca la ley;

II. a IV. …

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

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Segundo. La autoridad educativa federal deberá, a laentrada en vigor del presente decreto, instalar comi-siones técnicas y de consulta con las demás autorida-des educativas del país que resulten pertinentes parainiciar un proceso tendiente a la revisión de los planes,programas y materiales de estudio, para establecer, enel ejercicio de sus funciones constitucionales, los nue-vos programas de estudio de la educación inicial.

Tercero. La educación inicial será obligatoria para to-dos en los siguientes plazos: a partir del ciclo 2016-2017, de manera gradual, hasta universalizar en todoel país el servicio para el ciclo 2020-2021.

Cuarto. Los presupuestos federal, estatales, del Distri-to Federal y municipales incluirán los recursos necesa-rios para la construcción, ampliación y equipamientode la infraestructura suficiente para la cobertura pro-gresiva de los servicios de educación inicial; con suscorrespondientes programas de formación profesionaldel personal docente así como de dotación de materia-les de estudio gratuito para maestros y alumnos. Paralas comunidades rurales alejadas de los centros urbanosy las zonas donde no haya sido posible establecer in-fraestructura para la prestación del servicio de educa-ción inicial, las autoridades educativas federales, en co-ordinación con las locales, establecerán los programasespeciales que se requieran y tomarán las decisionespertinentes para asegurar el acceso de los aspirantes alos servicios de educación inicial.

Quinto. Los gobiernos estatales y del Distrito Federalcelebrarán con el federal convenios de colaboraciónque les permitan cumplir con la obligatoriedad de laeducación inicial en los términos establecidos en losartículos anteriores.

Sexto. Al entrar en vigor el presente decreto deberánimpulsarse las reformas y adiciones a la Ley Generalde Educación y demás disposiciones legales aplicablesen la materia.

Notas

1 Panorama de la educación, OCDE, Fundación Santillana, sin lu-

gar, 2014.

2 Los primeros años el bienestar infantil y el papel de las políticas

públicas, editado por Samuel Berlinski, Norbert Schady, Banco

Interamericano de Desarrollo, 2015.

3 La educación para todos, 2000-2015: logros y desafíos, UNES-

CO, 2015.

4 Modalidad no escolarizada: Son los servicios educativos desti-

nados a poblaciones con características específicas que requieren

de una atención diferente, especializada o flexible. Este conjunto

de servicios también se denomina servicios extraescolares y com-

prende la educación inicial, la educación especial, los sistemas

abiertos o semiescolarizados, la educación para adultos y la edu-

cación extraescolar indígena.

5 Panorama educativo de México 2013, INEE, página 73.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputados: Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Soralla Ba-

ñuelos de la Torre, Angélica Reyes Ávila, Manuel Alexánder Zeti-

na Aguiluz, Carmen Victoria Campa Amaral, María Eugenia Be-

dolla Ocampo, Karina Sánchez Ruiz, José Bernardo Quezada

Salas, Ángel García Yáñez, Francisco Javier Pinto Torres, Maria-

no Lara Salazar.

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN PO-LÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO

DE LA DIPUTADA IVONNE ARACELLY ORTEGA PACHECO,DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita, diputada Ivonne Aracely Ortega Pacheco,integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revo-lucionario Institucional en la Sexagésima Tercera Le-gislatura de la Cámara de Diputados, con fundamentoen lo establecido en los artículos 71, fracción II, de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos; y 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78del Reglamento de la Cámara de Diputados somete aconsideración de esta asamblea la presente iniciativacon proyecto de decreto que adiciona un inciso D) al

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artículo 26 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, para crear el Instituto Nacional deEvaluación de la Política de Seguridad, conforme a lasiguiente

Exposición de Motivos

Asegurar condiciones para el mantenimiento de las re-laciones sociales es una función básica del Estado.

La teoría política clásica explica cómo, en la búsque-da de bienes que sólo podrían generarse en asociación,los seres humanos transitamos del estado de naturale-za al estado político, proceso que se consolida con laformación de Estados nacionales.

Los miembros de la comunidad política: los ciudada-nos, aceptan límites a sus libertades y hacer contribu-ciones a la sociedad para generar a cambio, un estadode certidumbre, dentro del cual, la seguridad es unagarantía fundamental.

En el acuerdo constitutivo que da origen al Estado, elgobierno, por ser la parte que ostenta el poder sobre elaparato ejecutivo, asume la responsabilidad de la fun-ción de seguridad pública, consistente básicamente enproteger la integridad, la vida y los bienes de los ciu-dadanos.

En este sentido, la constitución y adecuado funciona-miento de los sistemas de seguridad pública y de jus-ticia se ubican entre los principales objetivos del régi-men político y guardan una relación muy estrecha conlas bases de legitimidad de los gobiernos.

Si bien es cierto que, desde los orígenes del Estado na-ción, las funciones para el cumplimiento de este obje-tivo han sido tareas arduas, actualmente, la compleji-dad que caracteriza a las sociedades contemporáneas,las convierte en un enorme reto.

En el caso particular de nuestro país, es preciso reco-nocer que, la persistencia de problemas no superadosy la emergencia de nuevas amenazas a la seguridadconstituyen, junto con los asuntos económicos, la prin-cipal preocupación de los ciudadanos y el mayor des-afío gubernamental.

Antecedentes de la política en materia de seguridaden México

En el primer decenio del siglo XXI, el crecimiento dela inseguridad pública adquirió dimensiones inéditas.

La administración del gobierno de la República de2006 a 2012 convirtió a la seguridad en el tema prin-cipal de su gobierno. Se trazaron líneas de acción congrandes ambiciones, algunas incluso con proyeccióntransexenal, tales como México Visión 2030, orienta-da a los ámbitos de seguridad y justicia, economía, po-lítica social, democracia y medio ambiente.

El primero de los cinco ejes en que se estructuró elPlan Nacional de Desarrollo 2007-2012 fue “Estadode derecho y seguridad”. A fin de darle cumplimiento,se formuló el Programa Nacional de Seguridad Públi-ca (PNSP) 2008-2012 y el Programa Sectorial de Se-guridad Pública. El 7 de marzo de 2007 se presentó laEstrategia Integral de Prevención del Delito y Comba-te a la Delincuencia.

De esta manera, se configuró una política de seguridadque demostró una clara orientación hacia la expansiónde los agentes punitivos.

La revisión del estado de la cuestión en la materia alfinal de ese sexenio, revela que los resultados fueron,al menos, insuficientes.

El panorama en 2012 perfilaba un enorme desafío:abatir el incremento de la incidencia delictiva, espe-cialmente de delitos de alto impacto, reconstruir laconfianza ciudadana en las instituciones y atender losasuntos relegados que entonces emergieron con apre-miante urgencia, tales como la atención, protección ytratamiento de las víctimas del delito y las quejas y de-nuncias por violaciones a derechos humanos por partede elementos de las policías y militares.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, la pre-sente administración trazó, como el primero de sus ob-jetivos, alcanzar un México en Paz: que garantice elavance de la democracia, la gobernabilidad y la segu-ridad de su población; donde se recobren el orden, laseguridad y la justicia y se haga de la nuestra, una na-ción tranquila, en la que se respeten cabalmente los de-rechos humanos.

En este documento, se reconoció que en los últimoslustros se registró un inusitado crecimiento en el nú-mero de delitos de alto impacto, se fortalecieron las or-

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ganizaciones criminales encargadas del trasiego dedrogas, las corporaciones policiales quedaron poco es-tructuradas, capacitadas y profesionalizadas, lo cualpropició el fortalecimiento y la penetración de las or-ganizaciones criminales en algunas regiones del país.

Se señaló que en años recientes, la estrategia contra ladelincuencia organizada tuvo como pilares el combatefrontal, así como la aprehensión y eventual extradiciónde líderes de las principales organizaciones delictivas,lo cual generó vacíos de poder en la delincuencia or-ganizada que detonaron luchas violentas por el controlterritorial en importantes ciudades del país, con el con-secuente incremento en los niveles de violencia, y de-terioro de la percepción ciudadana sobre su seguridady la eficacia de la estrategia misma.

Se reportó que, de acuerdo con información del Secre-tariado Ejecutivo del Sistema Nacional de SeguridadPública (SESNSP), entre 2007 y 2012 las denunciaspor homicidio doloso se duplicaron, al pasar de 10,253a 20,548, igualmente las denuncias por extorsión, alpasar de 3,123 a 6,045, y las denuncias por secuestroprácticamente se triplicaron, al pasar de 438 en 2007 a1,268 en 2012.1 Asimismo, se incrementaron las si-tuaciones de riesgo para la sociedad, tales como en-frentamientos entre grupos delictivos y exhibición ex-plícita de la violencia.2

En lo que respecta a los delitos que afectan el patri-monio de las personas: robo a transeúnte, robo a casahabitación, robo a negocio y robo de vehículos, enconjunto, al inicio de la presente administración repre-sentaban en el 30% del total de delitos del fuero co-mún y mostraban un incremento del 27% de 2006 a2012; con un aumento del 30% en los cometidos conviolencia.

De acuerdo con información del Instituto Nacional deEstadística y Geografía (INEGI), con base en la En-cuesta Nacional de Victimización y Percepción sobreSeguridad Pública (ENVIPE) 2012, se estimó que en2011 el 58% de la población de 18 años y más consi-deró a la inseguridad como su principal preocupación.

Bajo estas consideraciones, el plan general de acciónpropuesto para alcanzar Un México en Paz, se enfocóa combatir los delitos que más afectan a la poblacióntrabajando en dos planos complementarios: el de laprevención social de la violencia y el de la contención

del delito mediante intervenciones policiales oportu-nas y efectivas, bajo los principios rectores de planea-ción, prevención, protección y respeto a los derechoshumanos; coordinación; transformación institucional;evaluación y retroalimentación.

Bajo esa lógica, se publicaron los programas Sectorialde Gobernación 2013-2018 y Nacional de SeguridadPública 2014-2018, con la definición de las estrategiasde la nueva política pública que enfatiza la prevencióndel delito, privilegia la recopilación y el uso de inteli-gencia, así como la coordinación entre autoridadesmediante esquemas regionales y focalizados.3

Resultados de la presente administración en el pri-mer trienio

Entre los resultados más destacados del Tercer Informesobre el estado general que guarda la administraciónpública del país, remitido por la Presidencia de la Re-pública al Congreso de la Unión el 1º de septiembre de2015, en materia de seguridad pública se destaca que:

Con la unión de esfuerzos con las entidades federati-vas, la violencia está disminuyendo: Durante 2014 laincidencia delictiva total disminuyó 6.7% respecto a2012, al pasar de 1,704,915 a 1,590,331 delitos. Loshomicidios dolosos registrados disminuyeron en 28%;los secuestros en 1.6%, la extorsión 20.7% y el núme-ro total de robos en 13.6% respecto a 2012, en este úl-timo delito destacan las reducciones del robo a transe-únte 26.1%, a casa habitación 14.5% y de vehículo21.2 por ciento.

De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo delSistema Nacional de Seguridad Pública, en 2014, laTasa de Incidencia Delictiva Total del Fuero Común,por cada 100 mil habitantes, fue de mil 328, la segun-da más baja en los últimos 17 años.

En el periodo que va del 1 de septiembre de 2014 al 31de julio de 2015, la incidencia delictiva total del fuerocomún disminuyó 7.2% respecto al mismo periodo an-terior, al pasar de 1,491,737 a 1,384,401 delitos. En elmismo periodo, los homicidios dolosos disminuyeronen 3.5%; los secuestros en 31.4%, la extorsión 27.1%y el número total de robos en 11.3%, de este últimodestacan las reducciones en robo a transeúnte en14.7%, a casa habitación en 13.8% y de vehículo en8.9% por ciento.

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En 2014 se registraron 16.4 homicidios por cada 100mil habitantes a nivel nacional, esto representa una ca-ída del 25.9% respecto a 2012, cuando se registró unatasa de 22.1 homicidios por cada 100 mil habitantes.

Resultado del Programa Nacional para la PrevenciónSocial de la Violencia y la Delincuencia (PNPSVD),logró que en los municipios con más de 100 mil habi-tantes atendidos disminuyera en 35% en la tasa de ho-micidios dolosos; en comparación, en los municipiosde más de 100 mil habitantes que no son atendidos porel Programa, la reducción fue de 9% y la reducción re-portada a nivel nacional, fue de 29.6%, para el mismoperiodo de comparación.

Datos de alerta sobre otros aspectos que impactanen la seguridad

Sin escatimar los resultados alcanzados por la presen-te administración en la materia, es preciso reconocerque el estado de la cuestión actual no satisface las ex-pectativas ni las demandas de los ciudadanos. Algunosdatos indicativos son los siguientes:

En el marco del Día Internacional de la Juventud, sedio a conocer que según datos del Instituto Nacionalde Estadística y Geografía (INEGI), las dos principa-les causas de muerte entre los jóvenes del país son lasagresiones y los accidentes de transporte. En hombresde 15 a 19 años de edad las agresiones ocupan el37.2% y en mujeres 21.7%.

En lo que respecta al tema de la percepción ciudadana,de acuerdo con el seguimiento que hacen diarios na-cionales4 “5 de cada 10 mexicanos —56%— conside-ra que desde el inicio del actual gobierno la percepciónde la violencia relacionada con el narcotráfico ha au-mentado, (…) porcentaje [que] se mantuvo constanteen las últimas dos mediciones, correspondientes a no-viembre de 2014 y a febrero del presente año.”

En los meses más recientes la percepción ciudadanaacerca de quién lleva la delantera el combate al narco-tráfico ha cambiado de manera negativa con respectodel gobierno:

“Al ser cuestionados sobre quién está ganando laguerra contra el narcotráfico, 72% de los entrevista-dos aseguró que los narcotraficantes, 26 puntos por-centuales por arriba de la última medición hecha en

junio de 2014, en la cual 46% de los encuestadosdecían que iban ganando los criminales.

Sólo 13% dijo que el gobierno lleva la delantera enla lucha contra el narcotráfico, lo que implica unadisminución de 16 puntos porcentuales en relacióncon lo registrado en junio de 2014, cuando 29%afirmaba que iba ganando el gobierno.”

Asimismo, sucede con el resultado en términos de lacalificación general sobre la estrategia del gobierno:

“Al preguntarles si la actual estrategia de combateal crimen organizado ha mejorado o empeorado laseguridad en el país, 56% de los encuestados afirmóque el país es menos seguro y sólo 17% expresó quela acciones emprendidas han vuelto al país un lugarmás seguro.5

El dato actual en el que 56% tiene una percepciónsobre la violencia generada por los cárteles de ladroga se acerca a los máximos niveles de rechazo ala estrategia de combate al narcotráfico implemen-tada por Calderón Hinojosa, pues en 2011, 57% delos encuestados afirmó que esta estrategia hacía aMéxico menos seguro.”

De acuerdo con la última actualización del Índice De-lictivo de CIDAC: 8 Delitos Primero, publicada esteaño, la percepción de inseguridad se ha incrementadosignificativamente y actualmente el 73% de la pobla-ción considera que su entidad es insegura:

“En comparación con el 69.5% de los ciudadanosque decían sentirse inseguros en su entidad en 2010,estamos hablando de una propensión notoria a la al-za.”6

De acuerdo con los datos presentados en el Informe devíctimas de homicidio, secuestro y extorsión 2015, pu-blicado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Na-cional de Seguridad Pública (SESNSP), con un corteinformativo al 20 de septiembre de 2015, se refiereque en agosto de este año se contabilizaron mil 704víctimas de homicidio doloso; la mayor cifra registra-da desde enero que se publica este reporte específicosobre víctimas.7

En los primeros ocho meses del año, se acumulan 12mil 319 víctimas de homicidio doloso –un promedio

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201540

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de 51.3 víctimas al día–, cifra superior en 4.64% a ladel mismo periodo de 2014: 11 mil 772 víctimas.

Al contrario de lo que sucede con el homicidio doloso,en materia de secuestro y extorsión, las cifras mues-tran disminución: Por lo que hace a secuestro, en agos-to se registró la cifra más baja (77 víctimas) y se mues-tra una reducción en el acumulado de los primerosocho meses del año con respecto de 2014 (377 vícti-mas): 38% menos. En cuanto a las víctimas de extor-sión, hasta agosto de 2015 se registra un total de 3 mil620 personas; 19% menos que en 2014, cuando secontabilizaron 4 mil 461 víctimas.

Por otra parte, si observamos las cifras de incidencia de-lictiva del fuero común de 2016 a 2014,8 tomando encuenta los totales de los delitos de robo, lesiones, homi-cidio y violación, tenemos que con excepción del delitode robo (que alcanza una variación de 10.67 por ciento),las disminuciones que se registran a partir del periodo2011 a 2012 tienen diferencias porcentuales muy bajas,del orden de 2.58 y hasta 8.69 puntos. (Ver Anexo 1.Datos de los informes de Incidencia Delictiva del Fue-ro Común del Secretariado Ejecutivo del SNSP)

Se tiene en cuenta también que en 2014 y 2015 hubie-ron importantes sucesos de coyuntura que impactaronfuertemente en el debate sobre seguridad pública yprocuración de justicia en nuestro país, tanto a nivelnacional como internacional, mismos que condujerona la formulación y anuncio, por parte del Ejecutivo fe-deral de nuevas acciones para mejorar la seguridad, lajusticia y el Estado de Derecho en el país.

Bajo estas consideraciones, es necesario aceptar quelos resultados que hay, no son los deseados, ni los es-perados; reconocer que siguen siendo insuficientes a laluz de la demanda ciudadana y que es preciso plantearsoluciones que abonen a la resolución de fondo.

Resulta incontrovertible, que aunque se han destinadoimportantísimos esfuerzos y recursos para la atenciónde los problemas de seguridad pública, su persistenciahace necesario cuestionar la eficacia de los resultadosy los mecanismos que se están implementando paraevaluarlos.

Lo que proponemos con esta iniciativa de reforma esabordar el problema, precisamente desde la vertientede la evaluación.

La importancia de la evaluación como un mecanis-mo indispensable para la gestión en materia de se-guridad.

Evaluación de políticas públicas en el mundo

Recuperamos contenido de la notable investigación deGarcía Huitrón9 expuesta en La política de seguridaden México, Evaluación y reflexiones desde la Crimi-nología crítica (2006-2012):

“Según Rossi y Freeman, si bien los esfuerzos ocu-rrieron en la década de 1930 en Estados Unidos con al-gunas tentativas para evaluar programas de alfabetiza-ción y formación profesional, así como de reducciónde mortalidad y morbilidad, no fue sino hasta la déca-da de 1960 cuando este tipo de prácticas alcanzó suconsolidación.

De acuerdo con Eric Furubo y Ray Rist, en su Atlas In-ternacional de Evaluación, en la historia de la evalua-ción de políticas públicas podemos verificar tres pe-riodos principales: el primero durante el periodo1960-1970, con gran auge en Estados Unidos, (…)

El segundo periodo (…) entre 1970 y1980; en esetiempo la evaluación tuvo una suerte de expansión ha-cia otros sistemas políticos de distintas naciones comoCanadá, Dinamarca, Francia, Holanda, Noruega, Sui-za, entre otros. (…)

Finalmente, el último periodo comprendido desde1985 a la fecha, si bien representa una etapa de conso-lidación, principalmente a partir de la creación de laDivisión de Evaluación de Programas y Metodologíasdentro de la Oficina General de Cuentas (GAO, porsus siglas en inglés) en Estados Unidos, es en este úl-timo cuarto de siglo cuando en los países en desarro-llo, principalmente de América Latina, se comienzan aincluir políticas y programas de evaluación dentro dela agenda de los gobiernos, básicamente como conse-cuencia de que varios de sus expertos en administra-ción pública fueron enviados a Estados Unidos o a Eu-ropa para profesionalizarse y capacitarse en eltema.”10

El autor observa que esta evolución comporta sesgosimportantes: por una parte la evaluación se ha centra-do en una labor fiscalizadora, de ingresos y egresos, decontrol del presupuesto con base en resultados de pro-

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yectos o programas de determinada política; y, porotra, se observa una marcada preocupación por las po-líticas sociales, por lo que, cuando se habla de evalua-ción de las políticas públicas, a menudo suele pensar-se solamente en la política de corte social.

Actualmente, siguiendo la conceptualización formula-da por el Banco Interamericano de Desarrollo, se ob-serva que:

“… [la evaluación] comienza a evolucionar de unaactividad en su mayor parte ex post para convertir-se en una herramienta utilizada cada vez con másfrecuencia para fines de monitoreo. La meta de laevaluación básicamente ha pasado de la auditoría yculpabilidad a la meta actual del entendimiento y elaprendizaje en función de experiencias adquiri-das.”11

Los ejercicios de evaluación de las políticas de seguri-dad en el ámbito internacional se han orientado princi-palmente a la política criminal. Como aportacionesconcretas en este sentido, se refieren:

La Recopilación de los Instrumentos de evaluación dela Justicia Penal, elaborada por la Oficina de las Na-ciones Unidas contra la Droga y el Delito.

La Guía de Evaluación del estado de la seguridad ciu-dadana en América Latina, elaborada por el Programade las Naciones Unidas para el Desarrollo.

El programa Sistema Regional de Evaluación de Im-pacto de Políticas Públicas de Seguridad Ciudadanapara América Latina, aprobado en 30 de noviembre de2011, en el marco de la Iniciativa de Bienes PúblicosRegionales (Programa BPR), del Banco Interamerica-no de Desarrollo, que se encuentra en etapa de imple-mentación, con la participación de El Salvador, Hon-duras, Costa Rica, Uruguay, la alcaldía de Bogotá,Colombia y Córdoba, Argentina.

Evaluación de la política de seguridad en México

Como bien apunta García Huitrón, en México, noto-riamente, la tendencia del desarrollo de los instrumen-tos de evaluación de la política pública, ha avanzadoen consonancia con la inercia mundial, al enfocarseprincipalmente hacia la materia social.

Concretamente, la institucionalización de la actividadevaluatoria ubica su referente más cercano hacia fina-les del sexenio 2000-2006, con la definición de unaPolítica Federal de Evaluación, integrada por tres ins-trumentos: el Sistema de Evaluación del Desempeño(SED), el Presupuesto basado en Resultados (PbR) yla Evaluación de la Política de Desarrollo Social.12

Entre las aportaciones más destacadas en la evaluaciónde políticas de seguridad, se pueden mencionar las si-guientes:

• Las líneas de investigación que desarrolla MéxicoEvalúa con el objetivo de generar conocimiento yevidencia en las áreas de seguridad, justicia y pre-vención del delito.

Como los documentos más importantes que han in-fluido en la comprensión y el entendimiento alter-nativos de los fenómenos delictivos y de violencia,se ubican los siguientes:

• 8 Delitos primero. Índice Delictivo, del Centro deInvestigación para el Desarrollo, A. C. (CIDAC);

• Documento conceptual-metodológico sobre polí-ticas públicas de seguridad ciudadana, capacidadesinstitucionales para medir su desempeño y base pa-ra el desarrollo de indicadores en esta materia, delCentro de Investigación y Docencia Económicas(CIDE);

• Políticas públicas eficaces en el combate a la de-lincuencia, del Centro de Estudios Sociales y deOpinión Pública (CESOP), de 2007;

• Monitoreo, evaluación e incidencia en la políticade seguridad en 6 ciudades del norte de México,desde la seguridad comunitaria, los derechos huma-nos y el enfoque de género, de la Delegación de laUnión Europea en México, de 2013;

• Sistema de índices e indicadores en seguridad; in-dicadores para entender y monitorear la SeguridadPública en México, ambos de México Evalúa,

• Evaluación y seguimiento a las 10 demandas ciu-dadanas, Gobierno federal, de México Unido contrala Delincuencia (MUCD), de 2008.13

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La función de evaluación en el esquema institucio-nal y normativo vigente

Actualmente las funciones de evaluación institucionalpara la política de seguridad se establecen en la Leydel Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Las funciones de seguridad pública en México sonmateria concurrente, responsabilidad de las autorida-des de los tres órdenes de gobierno, integradas en unsistema de coordinación para aplicar la política nacio-nal de seguridad pública: el Sistema Nacional de Se-guridad Pública (SNSP).

Los antecedentes del Sistema Nacional datan de la re-forma de los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el31 de diciembre de 1994, misma que tuvo como finsentar los principios que dieran cauce y sustento jurí-dico a la coordinación en materia de seguridad públi-ca como función de Estado.

Con base en dicha reforma, el 11 de diciembre de1995 se publicó la Ley que Establece las Bases deCoordinación del Sistema Nacional de SeguridadPública, en la que se establecieron los principios,materias, instancias e instrumentos del Sistema Na-cional14, partir del cual se inició un proceso de orga-nización de las autoridades competentes en materiade procuración de justicia y seguridad pública, de laFederación, los Estados, el Distrito Federal y losMunicipios.

En agosto de 1998 se publicó el Reglamento Interiorde la Secretaría de Gobernación, mediante el cual secreó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional deSeguridad Pública como un órgano desconcentrado deesta dependencia.15

El 21 de agosto de 2008, durante la Vigésima TerceraSesión Ordinaria del Consejo Nacional de SeguridadPública, los Poderes Ejecutivo Federal y Estatales, elH. Congreso de la Unión, el Poder Judicial de la Fe-deración, representantes de la sociedad civil, empresa-riales, sindicales y religiosas, firmaron el Acuerdo Na-cional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad,cuyo objetivo era “consolidar la seguridad pública co-mo una política de Estado, que convoque a todos, au-toridades y sociedad, vinculándolos en un frente co-

mún contra la violencia y la criminalidad, para recu-perar las condiciones de seguridad”.

El 18 de junio de 2008, producto de una reforma queimplicó un largo proceso, plural y de acercamientosprogresivos, se publicó en el Diario Oficial de la Fe-deración la reforma constitucional en materia de justi-cia penal y seguridad pública (conocida más amplia-mente como reforma procesal penal).

Los temas abarcados en dicha reforma fueron:16 el es-tablecimiento del proceso acusatorio, principios pro-cesales, derechos del imputado, del ofendido y de lavíctima; orden de aprehensión y auto de vinculación aproceso, modificaciones al Ministerio Público, nuevoperfil del órgano jurisdiccional, mecanismos alternosde solución de controversias, delincuencia organizada,y sistema nacional de seguridad pública.

En lo que respecta específicamente a la coordinaciónen materia seguridad pública, se hicieron modificacio-nes al artículo 21 para establecer las bases mínimas alas que debía sujetarse:

“a) La regulación de la selección, ingreso, forma-ción, permanencia, evaluación, reconocimiento ycertificación de los integrantes de las institucionesde seguridad pública. La operación y desarrollo deestas acciones será competencia de la Federación, elDistrito Federal, los Estados y los municipios en elámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de las bases de datos crimina-lísticos y de personal para las instituciones de segu-ridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a lasinstituciones de seguridad pública si no ha sido de-bidamente certificado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes aprevenir la comisión de delitos.

d) Se determinará la participación de la comunidadque coadyuvará, entre otros, en los procesos de eva-luación de las políticas de prevención del delito asícomo de las instituciones de seguridad pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridadpública, a nivel nacional serán aportados a las enti-dades federativas y municipios para ser destinadosexclusivamente a estos fines.”

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Lo anterior, se complementó con la adición del artícu-lo 73, fracción XXIII, que facultó al Congreso para le-gislar de conformidad con estas bases mínimas.

En este marco, en ese mismo año se inició la discusiónde diversos proyectos para expedir la Ley General delSistema Nacional de Seguridad Pública, misma quefue publicada en el Diario Oficial de la Federación el2 de enero de 2009 y que es el ordenamiento de la ma-teria vigente actualmente.

Integración del Sistema Nacional de Seguridad Pú-blica

El Sistema Nacional de Seguridad Pública se integrapor:

El Consejo Nacional de Seguridad Pública, la instan-cia superior de coordinación y definición de políticaspúblicas; a su vez está integrado por:

• El presidente de la República, quien lo presidirá;

• El secretario de Gobernación;

• El secretario de la Defensa Nacional;

• El secretario de Marina;

• El secretario de Seguridad Pública;17

• El procurador general de la República;

• Los gobernadores de los estados;

• El jefe del gobierno del Distrito Federal, y

• El secretario ejecutivo del Sistema.

La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia,integrada por los titulares de las Instituciones de Pro-curación de Justicia de la Federación, el Distrito Fede-ral y los Estados; presidida por el Procurador Generalde la República.

La Conferencia Nacional de Secretarios de SeguridadPública o sus equivalentes, integrada por los titulares delas dependencias encargadas de la Seguridad Pública dela Federación, los Estados y el Distrito Federal; presidi-da por el Secretario de Seguridad Pública Federal;

La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario,integrada por los titulares de los órganos de preven-ción y de reinserción social o sus equivalentes de laFederación, los Estados y el Distrito Federal; presidi-da por quien designe el titular de la Secretaría [de Go-bernación].

La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Muni-cipal, integrada por los Presidentes Municipales y titu-lares de los órganos político-administrativos del Dis-trito Federal.

Los Consejos Locales e Instancias Regionales, en losque participan los municipios y los titulares de los ór-ganos político administrativos de las demarcacionesterritoriales (en el caso del Distrito Federal), en lostérminos de la legislación de cada entidad federativao la que resulte aplicable en el caso del Distrito Fe-deral.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema, que es el órga-no operativo del Sistema y goza de autonomía técnica,de gestión y presupuestal, cuenta con los Centros Na-cionales de Información, de Prevención del Delito yParticipación Ciudadana, así como de Certificación yAcreditación (art. 17). (Ver Anexo 2. Diagrama de laestructura del SNSP)

Funciones del Sistema Nacional de Seguridad Pú-blica en materia de evaluación

En materia de evaluación de la política de seguridad laley dispone que el Consejo Nacional (artículo 14, frac-ciones X, XI, XII y XVI) tiene a su cargo las funcio-nes de:

• Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metasde los programas de seguridad pública y otros rela-cionados;

• Llevar a cabo la evaluación periódica de los pro-gramas de seguridad pública y otros relacionados;

• Expedir políticas en materia de suministro, inter-cambio, sistematización y actualización de la infor-mación que sobre Seguridad Pública generen lasinstituciones de los tres órdenes de gobierno;

• Establecer mecanismos eficaces para que la socie-dad participe en los procesos de evaluación de las

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políticas de prevención del delito, así como de lasinstituciones de Seguridad Pública.

Por lo que respecta al Secretariado Ejecutivo delSistema Nacional de Seguridad Pública, tiene a sucargo las funciones de (artículo 17, fracciones XI,XII, XIX y XX):

• Proponer los criterios de evaluación de las Institu-ciones de Seguridad Pública en los términos de laley;

• Preparar la evaluación del cumplimiento de laspolíticas, estrategias y acciones del Sistema en lostérminos de ley;

• Coadyuvar con la Auditoría Superior de la Fede-ración y demás instancias de fiscalización, propor-cionando la información con la que cuente respectodel ejercicio de los recursos de los fondos de ayudafederal, así como del cumplimiento de esta Ley; Y

• Supervisar, en coordinación con las demás instan-cias competentes, la correcta aplicación de los re-cursos de los fondos por las entidades federativas ypor los municipios.

El Centro Nacional de Prevención del Delito y Partici-pación Ciudadana tiene como principales atribuciones(art. 20, fracs. III: a, b, c y d, IV y V):

• Emitir opiniones y recomendaciones, dar segui-miento y evaluar los programas implementados porlas Instituciones de Seguridad Pública, en los tresórdenes de gobierno para:

a) Prevenir la violencia infantil y juvenil;

b) Promover la erradicación de la violencia, es-pecialmente la ejercida contra niñas, niños, jó-venes, mujeres, indígenas, adultos mayores,dentro y fuera del seno familiar;

c) Prevenir la violencia generada por el uso dearmas, el abuso de drogas y alcohol, y

d) Garantizar la atención integral a las víctimas.

Realizar, por sí o por terceros, estudios sobre lascausas estructurales del delito, su distribución geo-

delictiva, estadísticas de conductas ilícitas no de-nunciadas, tendencias históricas y patrones de com-portamiento que permitan actualizar y perfeccionarla política criminal y de seguridad pública nacional;y

• Realizar, por sí o por terceros, encuestas victimo-lógicas, de fenómenos delictivos y otras que coad-yuven a la prevención del delito.

Las Instituciones de Seguridad Pública de la fede-ración, el Distrito Federal, los estados y los munici-pios, en el ámbito de su competencia y en los tér-minos de la ley, deberán coordinarse para (artículo7, fracciones XIII y XIV):

• Determinar la participación de la comunidad y deinstituciones académicas en coadyuvancia de losprocesos de evaluación de las políticas de preven-ción del delito, así como de las Instituciones de Se-guridad Pública, a través de mecanismos eficaces; e

• Implementar mecanismos de evaluación en laaplicación de los fondos de ayuda federal para la se-guridad pública.

Es atribución del Centro Nacional de Certificación yAcreditación (artículo 22, fracciones IV y V):

• Evaluar y certificar la correcta aplicación de losprocesos que operen los centros de evaluación ycontrol de confianza de las Instituciones de Seguri-dad Pública;

• Evaluar y certificar los procesos de evaluación ycontrol de confianza que en el ámbito de SeguridadPública operen instituciones privadas que así lo so-liciten y cumplan con la normatividad correspon-diente;

Se establece asimismo que (artículo 131, fracs. I, II,IV) para mejorar el servicio de Seguridad Pública, lasinstancias de coordinación que prevé la Ley promove-rán la participación de la comunidad para:

• Participar en la evaluación de las políticas y de lasinstituciones de seguridad pública.

• Opinar sobre políticas en materia de SeguridadPública;

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• Realizar labores de seguimiento;

Como es notorio, el marco normativo vigente prevéuna amplia y sofisticada estructura de coordinación enla que se disponen funciones de evaluación; sin em-bargo, este sistema comporta el gran problema de ca-recer de perspectiva.

¿Por qué crear un Instituto Nacional de Evaluaciónde la Política de Seguridad?

Los análisis de resultados han puesto de relieve la in-suficiencia de los instrumentos de control tradiciona-les: parlamentario, presupuestal, de auditoría y de vi-gilancia; con ello, se ha evidenciado la necesidad deavanzar a la evaluación. Se ha demostrado que, porejemplo, la verificación de una gestión gubernamentalcontablemente impecable, no se traduce necesaria-mente en la solución de un problema o atención de unanecesidad social.

La persistencia de importantes problemas sociales,obliga pues a combatir la ineficiencia en la gestión pú-blica a través de instrumentos más complejos, dinámi-cos y responsables.

La reconocida la utilidad de mantener bajo monitoreoconstante las acciones de gobierno para elevar la efi-ciencia y procurar el mejor desempeño, ha permeadoel desarrollo institucional de nuestro país.

Retomando las palabras de Halperin Weisburd, se su-braya que la evaluación, en este caso aplicada a la polí-tica de seguridad, no puede reducirse a una parte inicialo final del proceso de creación u operación de un pro-yecto, sino que se trata de un elemento constitutivo e in-separable del mismo: “Es el núcleo motor de la racio-nalidad de la que debiera estar dotado todo proyecto”.18

En nuestro país, la teoría y la experiencia han demos-trado que, por razones de racionalidad política y admi-nistrativa, es preferible que la función de evaluación seejerza a través de un organismo que goce de la máxi-ma independencia y autonomía. Este acuerdo se ha ex-tendido en los años recientes y se ha expresado en lasreformas que elevaron a rango de organismo públicoautónomo al Instituto Nacional para la Evaluación dela Educación; al Instituto Federal de Acceso a la In-formación y Protección de Datos (IFAI), y al ConsejoNacional de Evaluación de la Política Social.

Como bien apunta Martínez Robledos, en una revisióncrítica de los órganos y organismos constitucionalesautónomos,19 “Las instituciones cuya autonomía fuetradicionalmente justificada hoy se han extendido aotras áreas debido a que la configuración de las fuer-zas políticas se ha complejizado”, constituyendo ac-tualmente una tendencia, a la que, sin embargo, hastahoy, ha escapado una de las preocupaciones centralesde nuestro país: la seguridad pública.

Consideramos que el precedente sentado con la crea-ción, evolución y resultados del Consejo Nacional deEvaluación de la Política Social merece su adopciónpara ser replicado para la materia de seguridad pública.

De esta manera, se logra superar el problema que ha-bía significado hasta entonces circunscribir los mediosde control en los mecanismos tradicionales, general-mente endógenos, donde la misma autoridad es juez yparte.

Bajo esta tesitura, proponemos una crear el InstitutoNacional de Evaluación de la Política de Seguridad,adicionando un inciso D al artículo 26 de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos cuyaautonomía garantice la objetividad, independencia yrigor necesarios para evaluar la política de seguridaddel país, a fin de perfeccionar el diseño y aplicaciónde las políticas públicas destinadas a esta materia quetanto preocupa a los mexicanos.

Proyecto de decreto que adiciona un inciso D al ar-tículo 26 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos

Único. Se adiciona un inciso D) al artículo 26 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, para quedar como sigue:

D) El Estado contará con un Instituto Nacional deEvaluación de la Política de Seguridad, que será unórgano autónomo, con personalidad jurídica y pa-trimonio propios, a cargo de la evaluación de resul-tados de la política de seguridad pública en Méxi-co, de los programas, objetivos, metas y accionesque la integran, así como de emitir recomendacio-nes en los términos que disponga la ley, la cual es-tablecerá las formas de coordinación del órganocon el Sistema Nacional de Seguridad Pública parael ejercicio de sus funciones.

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El Instituto Nacional de Evaluación de la Políticade Seguridad estará integrado por un Presidente yseis Consejeros que deberán ser ciudadanos mexi-canos de reconocido prestigio en los sectores priva-do y social, así como en los ámbitos académico yprofesional; tener experiencia mínima de diez añosen materia de seguridad pública, y no pertenecer aalgún partido político o haber sido candidato a ocu-par un cargo público de elección popular. Seránnombrados, bajo el procedimiento que determinela ley, por el voto de las dos terceras partes de losmiembros presentes de la Cámara de Diputados. Elnombramiento podrá ser objetado por el Presiden-te de la República en un plazo de diez días hábilesy, si no lo hiciere, ocupará el cargo de consejero lapersona nombrada por la Cámara de Diputados.Cada cuatro años serán sustituidos los dos conseje-ros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fue-sen propuestos y ratificados para un segundo perí-odo.

El presidente del Instituto Nacional de Evaluaciónde la Política de Seguridad será elegido en los mis-mos términos del párrafo anterior. Durará en suencargo cinco años, podrá ser reelecto por una solavez y sólo podrá ser removido de sus funciones enlos términos del Título Cuarto de esta Constitución.

El presidente del Instituto Nacional de Evaluaciónde la Política de Seguridad presentará anualmentea los Poderes de la Unión un informe de activida-des. Comparecerá ante las Cámaras del Congresoen los términos que disponga la ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir laley que regirá al órgano autónomo denominado Insti-tuto Nacional de Evaluación de la Política de Seguri-dad, dentro de los ciento veinte días naturales siguien-tes a la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. El Consejo General del Instituto Nacional deEvaluación de la Política de Seguridad deberá inte-grarse dentro de los ciento setenta días naturales si-guientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Notas

1 Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Presidencia de la Repú-

blica, pp.32-33, http://pnd.gob.mx, [Consulta 26-09-2015]

2 Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-2018, Diario Ofi-

cial de la Federación, 30 de abril de 2014, http://dof.gob.mx/no-

ta_detalle.php?codigo=5343081&fecha=30/04/2014, [Consulta

26-09-2015]

3 Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, Diario Oficial

de la Federación, 12 de diciembre de 2013, p. 5, http://www.go-

bernacion.gob.mx/work/models/SEGOB/Resource/620/4/ima-

ges/Programa_Sectorial_SEGOB_DOF_121213_Separata.pdf,

[Consulta 26-09-2015]

4 Redacción de El Universal, “Sin cambios, percepción sobre vio-

lencia en el país”, en El Universal, 22 de septiembre de 2015, con

información de la encuesta nacional realizada por El Universal y

Buendía & Laredo, entre el 14 y 19 de agosto de 2015.

http:/ /www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/seguri-

dad/2015/09/22/sin-cambios-percepcion-sobre-violencia-en-el-

pais, [Consulta 24-09-2015]

5 Ídem.

6 Centro de Investigación para el Desarrollo, “8 Delitos Primero,

Índice Delictivo CIDAC”, p. 9,

http://cidac.org/esp/uploads/1/8_delitos_primero_2013_1.pdf,

[Consulta 24-09-2015]

7 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pú-

blica (SESNSP), Informe de víctimas de homicidio, secuestro y

extorsión 2015, http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/vic-

timas/Victimas2015_082015.pdf [Consulta 24-09-2015] y “Agos-

to registra la cifra más alta de víctimas de homicidio en 20 meses”

en Animal Político, 22 de septiembre de 2015, http://www.animal-

politico.com/2015/09/agosto-registra-la-cifra-mas-alta-de-victi-

mas-de-homicidio-en-20-meses/, [Consulta 24-09-2015]

8 Tomados de los reportes que publica el mismo Secretariado Eje-

cutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP)

9 García Huitrón, Alan, La política de seguridad en México, Eva-

luación y reflexiones desde la Criminología crítica (2006-2012),

México, Instituto Nacional de Ciencias Penales, 2014.

10 Íbid, p. 32

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11 Íbid. P. 35

12 Íbid. P. 36

13 Íbid. P. 87

14 Medina Linares, Mayolo, “Sistema Nacional de Seguridad Pú-

blica”, p. 1, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/131/19.pdf

[Consulta 27-09-2015]

15 Ídem.

16 Valencia Carmona, Salvador, “Constitución y nuevo proceso

penal”, en Reforma Judicial. Revista Mexicana de Justicia, Núme-

ro 13 Enero – Junio, Año 2009, ISSN 1870-0586 2009, Instituto de

Investigaciones Jurídicas de la UNAM,

http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/refjud/cont/13/pjn/pjn4

.htm, [Consulta 26-09-2015]

17 El texto de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad

Pública está desfasado con respecto de la reforma a la estructura de

la Administración Pública Federal que derivó de la reforma, adi-

ción y derogación de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de

la Administración Pública Federal publicada en el Diario Oficial

de la Federación el miércoles 2 de enero de 2013, por virtud de la

cual desapareció la Secretaría de Seguridad Pública y las funcio-

nes en esa materia, de Policía Federal, así como las del sistema pe-

nitenciario federal y de prevención del delito, se transfirieron para

su coordinación a la Secretaría de Gobernación.

18 Halperin Weisburd, Leopoldo, “Prólogo”, en Olga Niremberg,

Josette Brawerman y Violeta Ruiz, Evaluar para la transformación.

Innovaciones en la evaluación de programas y proyectos sociales,

Paidós, Buenos Aires, 2000, p. 14, cit. En García Huitrón, p. 41

19 Martínez Robledos, Marybel, “Órganos y organismos constitu-

cionales autónomos: una reforma pendiente. ¿Fortaleza o debili-

dad del Estado?, Revista El Cotidiano, número 190, marzo-abril,

2015, p. 142

Palacio legislativo de San Lázaro,a 18 de Noviembre 2015.

Diputada Ivonne Aracely Ortega Pacheco

Anexo 1. Datos de los informes de Incidencia Delicti-va del Fuero Común del Secretariado Ejecutivo delSNSP.

Anexo 2. Diagrama de la estructura del SNSP.

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QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL

CÓDIGO PENAL FEDERAL, A CARGO DEL DIPUTADO CÉ-SAR FLORES SOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL

PAN

El que suscribe, César Flores Sosa, diputado federal dela LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamen-tario del Partido Acción Nacional, con fundamento enlos artículos 71, fracción II, de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I,77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados,somete a consideración de esta soberanía iniciativacon proyecto de decreto que adiciona el capítulo VII altítulo vigésimo segundo del libro segundo y el artícu-lo 399 Ter al Código Penal Federal, al tenor de la si-guiente

Exposición de Motivos

El UNICEF ha señalado que eI derecho a la identidadconsiste en el reconocimiento jurídico y social de unapersona como sujeto de derechos y responsabilidadesy, a su vez, de su pertenencia a un Estado, un territo-rio, una sociedad y una familia, condición necesariapara preservar la dignidad individual y colectiva de laspersonas.

El reconocimiento del derecho a la identidad se da através del registro y es justamente este acto el que in-corpora a una persona como sujeto de derechos dentrode un Estado, dándole un nombre y una nacionalidad acada sujeto.

La identidad está estrechamente ligada a la personali-dad; los atributos de la personalidad son el nombre,domicilio, capacidad jurídica, estado civil, nacionali-dad y patrimonio, todos estos atributos forman partede la identidad de cada persona y de los mismos se de-riva la posibilidad de gozar de los derechos económi-cos, sociales, culturales, civiles y políticos, es decir, lapersonalidad, es el punto de partida para poder gozarde todos los derechos tutelados por la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos y los tratadosinternacionales en la materia, de ahí la importancia degarantizar su protección y tutelar la dignidad humana.

Cuando una persona sufre usurpación de identidad sequeda sin la posibilidad de poder actuar en el mundojurídico, de tener derechos y obligarse, de individuali-zarse, identificarse, de poder controlar su información

y, en consecuencia, se ve imposibilitada para ejercersus derechos, pierde en cierta medida, su rostro, su fir-ma, el crédito y la confianza.

La situación que vivimos actualmente respecto a lausurpación de identidad es la consecuencia de diversosfactores, entre ellos la falta de protocolos de seguridadde las instituciones bancarias, el avance en las nuevastecnologías, la falta de regulación sobre el tema y laprofesionalización de aquellos que se dedican a estasactividades ilícitas.

El 14 de septiembre de este año, mediante un comuni-cado de prensa, la Comisión Nacional para la Protec-ción y Defensa de los Usuarios de Servicios Financie-ros señaló que en el primer semestre de 2015 lasreclamaciones imputables a un posible robo de identi-dad se incrementaron 40 por ciento respecto al mismoperiodo de 2014: pasaron de 20 mil 168 a 28 mil 258.Por otra parte, el monto reclamado por los usuarios enel primer semestre del año ascendió a 118 millones depesos, 19 por ciento más que el monto reclamado du-rante el mismo periodo de 2014.

Además, la Condusef señaló que los bancos con el ma-yor número de reclamaciones por posible robo deidentidad son Santander, Banamex y HSBC; y que decada 10 reclamaciones, 9 son de tarjeta de crédito y 1de tarjeta de débito. Los robos de identidad en el se-gundo producto financiero perjudican más al usuariopor la baja respuesta en materia de monto abonado yrespuesta favorable.

Por poner un ejemplo, los casos que se pueden presen-tar por probable usurpación de identidad es la apertu-ra de cuentas bancarias usando los datos contenidos enla credencial de elector pero con fotografía y firma di-versa; la presentación de una declaración anual de per-sona física ante el Servicio de Administración Tributa-ria mediante el uso indebido de la contraseña delcontribuyente presentando una declaración con saldo afavor con información ficticia para que el depósito dereintegro se haga a la cuenta bancaria de quien come-te el ilícito; la contratación de créditos en institucionesbancarias; la compra de diversos bienes ya sea por in-ternet o en sucursales, entre otros.

Los casos expuestos son preocupantes, pero más dañi-no aún que la afectación patrimonial es la afectaciónpersonal, la usurpación de identidad no sólo implica el

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uso de las tarjetas de crédito, implica que una personapuede usar tu nombre y tu foto, asumir tu identidad an-te los demás para acosar a tus amigos en las redes so-ciales, subir videos o manifestar ideas ofensivas en tunombre, afectar la imagen pública que proyectas, ha-certe perder tu empleo y causarte conflictos con tu fa-milia; es por eso, que tipificar la usurpación de identi-dad como delito busca no sólo proteger el patrimonio,sino proteger el rostro, el nombre, la firma, la confian-za, en pocas palabras, proteger a la persona.

En razón de la persona, la presente iniciativa busca in-cluir el tipo penal de usurpación de identidad en el Có-digo Penal Federal con una sanción mínima de cincoaños de prisión, esto tomando en cuenta lo establecidoen el Código Fiscal en su Artículo 146, que señala queun crédito fiscal se extingue por prescripción en el tér-mino de cinco años, y con fundamento en el principiode proporcionalidad en derecho penal, se consideraque la sanción mínima debe ser equivalente al tiempoexigible por otros ordenamientos para que los efectosde estos hechos puedan dejar de afectar a la víctima.

Por otro parte, los avances tecnológicos han generadonuevos medios comisivos de delitos, especialmentelos ligados a la usurpación de identidad, como son elphishing, el malware o el hacking¸ es por ello quenuestra legislación debe ir a la par de las exigencias deun mundo interconectado y detectar las fallas que per-miten que este tipo de delitos queden en la impunidadgenerando un alto costo social.

A nivel internacional, el tema de la usurpación deidentidad ha sido ampliamente abordado por diversosorganismos como el Consejo Económico y Social dela Organización de las Naciones Unidas, la Unión Eu-ropea, la Organización para la Cooperación y el Desa-rrollo Económicos y la Oficina de las Naciones Unidascontra la Droga y el Delito, que coinciden que este de-lito es el de más rápido crecimiento en el mundo, exis-tiendo aún una alta carencia de legislaciones concre-tas, políticas públicas adecuadas y de la cooperacióninternacional necesaria para hacerle frente.

Estados como Colima, Sonora, México y el DistritoFederal ya consideran este delito en su legislación pe-nal sustantiva; en legislaturas pasadas se han hecho di-versos esfuerzos por tipificarlo en el Código Penal Fe-deral sin ningún éxito, como la iniciativa presentadaen 2009 por el diputado Arturo Zamora Jiménez, del

PRI, la suscrita en 2013 por el diputado RaymundoKing de la Rosa, del PRI, y ese año por los diputadosRicardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, deMovimiento Ciudadano; en fechas recientes, el GrupoParlamentario del PRI en el Senado presentó una pro-posición con punto de acuerdo a fin de exhortar a laCondusef para que las instituciones financieras imple-menten las acciones de prevención y erradicación delrobo de identidad de los usuarios de servicios finan-cieros.

Lo señalado pone de manifiesto la imperiosa necesi-dad de tipificar este delito y garantizar la seguridad ju-rídica de los ciudadanos que se ven afectados no sóloen su patrimonio, sino en su persona y buen nombrepor aquellos que aprovechan los avances tecnológicoso su posición en algún cargo o puesto para adjudicar-se datos personales ajenos y usarlos en su beneficio.

Así, por lo expuesto, someto a consideración de la Cá-mara de Diputados la siguiente iniciativa con proyec-to de

Decreto que adiciona el capítulo VII al título vigé-simo segundo del libro segundo y el artículo 399Ter al Código Penal Federal

Único. Se adicionan el capítulo VII al título vigésimosegundo del libro segundo y el artículo 399 Ter al Có-digo Penal Federal, en los términos siguientes:

Capítulo VIIDe la Usurpación de Identidad

Artículo 399 Ter. Comete el delito de usurpación deidentidad al que por sí o por interpósita persona,usando cualquier medio lícito o ilícito, se apodere,apropie, transfiera, utilice, suplante o disponga dedatos personales sin autorización de su titular, confines ilícitos en perjuicio de este.

Se impondrá una pena de cinco a diez años de pri-sión y multa de 900 a 1,200 días de salario mínimoy, en su caso, la reparación del daño que se hubieracausado, a quien cometa el delito de usurpación depersonalidad.

Las penas previstas en el párrafo anterior se au-mentarán hasta en una mitad además de inhabili-tación o suspensión para ejercer la profesión o car-

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go por un tiempo igual a la pena de prisión, cuan-do el ilícito sea cometido por un servidor públicoaprovechándose de sus funciones, por un trabaja-dor del sistema bancario o por quién se valga de suprofesión y/o estudios para ello.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Fuentes de consulta

Aumentan 40 por ciento reclamaciones imputables a posible robo

de identidad en primer semestre de 2015, comunicado de prensa

del 14 de septiembre de 2015 de la Condusef, consultado el 29 de

septiembre de 2015 en:

http://www.condusef.gob.mx/index.php/comunicados-de-pren-

sa/1239-aumentan-40-reclamaciones-imputables-a-posible-robo-

de-identidad-en-primer-semestre-de-2015

Código Penal del Estado de México, consultado el 29 de septiem-

bre de 2015 en http://www.infosap.gob.mx/leyes_y_codigos.html

Código Penal del Estado de Sonora, consultado el 29 de septiem-

bre de 2015 en

http://www.congresoson.gob.mx/Transparencia/Leyes

Código Penal para el Distrito Federal, consultado el 29 de sep-

tiembre de 2015 en http://www.aldf.gob.mx/codigos-107-4.html

Código Penal para el Estado de Colima, consultado el 29 de sep-

tiembre de 2015 en

http://www.congresocol.gob.mx/web/Pagina/index.php/c_biblio-

teca/constitucion

De la Parra Trujillo, Eduardo. “Los derechos de la personalidad:

teoría general y su distinción con los derechos humanos y las ga-

rantías individuales”, en Jurídica. Anuario del Departamento de

Derecho de la Universidad Iberoamericana, México, 2001, núme-

ro 31, páginas 139-163, ISSN [1405-0935], consultado el 29 de

septiembre de 2015 en http://www.juridicas.unam.mx/publica/li-

brev/rev/jurid/cont/31/pr/pr10.pdf

Castellanos Hernández, Eduardo (coordinador). Programa inter-

americano para el registro civil universal y “derecho a la identi-

dad”, México, Secretaría de Gobernación, 2010, página 254, con-

sultado el 14 de octubre de 2015 en

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/Libros2010/2EL

%20derecho%20a%20la%20identidad_ok.pdf

Programa Interamericano para el Registro Civil Universal y “de-

recho a la identidad”, Organización de Estados Americanos 2007,

consultado el 14 de octubre de 2015 en

https://www.oas.org/dil/esp/AGRES_2362.doc

Reclamaciones imputables a un posible robo de identidad 2011-

2015, elaborado por la Condusef a partir de la información de la

CNBV, consultado el 29 de septiembre de 2015 en

h t t p : / / w w w . c o n d u s e f . g o b . m x / P D F -

s/Comunicados/2015/com71_reclamaciones-robo-identidad.pdf

Romero Flores, Rodolfo; y Téllez Valdés, Julio. “La usurpación o

suplantación de identidad: una aproximación conceptual y los po-

sibles elementos constitutivos del tipo penal”, en Romero López,

Lucero (coordinadora) Jus Informa TIC’s, México, UNAM, Insti-

tuto de Investigaciones Jurídicas, 2011, páginas 149-170, consul-

tado el 29 de septiembre de 2015 en

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3204

The globalization of crime. A Transnational Organized Crime

Threat Assessment, Austria, United Nations Office on Drugs and

Crime, 2010, páginas 205-209, ISBN [978-92-1-130295-0], con-

sultado el 29 de septiembre de 2015 en

https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/tocta/TOC-

TA_Report_2010_low_res.pdf

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 18de noviembre de 2015.

Diputado César Flores Sosa (rúbrica)

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QUE REFORMA EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE OBRAS PÚ-BLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ACARGO DE LA DIPUTADA EVA FLORINDA CRUZ MOLINA,DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Argumentos

La federación, los estados, los municipios, el DistritoFederal y los órganos político-administrativos tienen asu disposición recursos económicos para la construc-ción de obra pública. Tal encomienda está reguladapor una serie de instrumentos jurídicos y administrati-vos necesarios para darle forma a dicha atribución.

Todos conocemos que estos ordenamientos son gene-rados a través del proceso legislativo que invariable-mente emana de nuestra Carta Magna y presentan unamateria reservada como es el caso de la Ley de Ad-quisiciones, Arrendamientos y Servicios del SectorPúblico que tiene su fundamento en el artículo 134constitucional que eleva a rango constitucional la ma-teria de adquisiciones, arrendamientos y enajenacio-nes de todo tipo de bienes así como la prestación deservicios de toda naturaleza.

Entre otras disposiciones el artículo de referencia se-ñala:

… la contratación de obra que realicen, se adjudi-carán o llevarán a cabo a través de licitaciones pú-blicas mediante convocatoria pública para que li-bremente se presenten proposiciones solventes ensobre cerrado, que será abierto públicamente, a finde asegurar al Estado las mejores condiciones dis-ponibles en cuanto a precio, calidad, financiamien-to, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

El precepto también nos indica que las acciones quese realicen en la materia deberán hacerse dentro deun marco de actuación que asegure “que los recur-sos económicos de que dispongan la Federación, losestados, los municipios, el Distrito Federal y los ór-ganos político-administrativos de sus demarcacio-nes territoriales, se administrarán con eficiencia,eficacia, economía, transparencia y honradez parasatisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

De modo que podemos notar que la contratación deobra pública es un tema que ha adquirido relevancia yaque, invariablemente, tiene que ver con el ejercicio de

recursos públicos lo que se traduce en una especie deefecto multiplicador que tiene impacto sobre el campoeconómico a la vez que repercute directa e indirecta-mente en el funcionamiento de las dependencias y en-tidades de la administración pública.

Los dos ámbitos en los que se circunscribe todo lo re-lacionado con los procesos de contratación de obra pú-blica, son el jurídico y administrativo-organizacional,que tienen por objetivo el de regular, definir y deter-minar el quehacer de la gestión pública en lo relacio-nado a la planeación e instrumentación del procedi-miento de dichas contrataciones, por lo que serequieren una serie de medidas y acciones que enmar-quen estos mecanismos a fin de tener elementos deprevención y corrección de circunstancias que posi-blemente vulneren todo este esquema.

En la presente propuesta pretendemos dar los argumen-tos para que uno de estos ordenamientos se modifique aefecto de poder asegurar que este esquema se encaminea dar prioridad a contratistas mexicanos bajo el princi-pio de regionalización y con especial énfasis en procu-rar el impulso al sector social de la economía. A fin delograr que estos recursos federales tengan como prime-ra opción de destino compañías de índole local.

En relación con lo anterior, el artículo 25 de la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de-posita en el Estado la responsabilidad del desarrollonacional con el objetivo de fortalecer la soberanía na-cional tomando como base, entre otras, la competitivi-dad, el fomento del crecimiento económico, una másjusta distribución del ingreso y la riqueza; para quecualquier individuo, grupo o clase social tenga las con-diciones necesarias para generar un mayor crecimien-to económico.

El ordenamiento constitucional de mérito también se-ñala, en su párrafo octavo:

La ley establecerá los mecanismos que faciliten laorganización y la expansión de la actividad econó-mica del sector social: de los ejidos, organizacionesde trabajadores, cooperativas, comunidades, empre-sas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente alos trabajadores y, en general, de todas las formasde organización social para la producción, distribu-ción y consumo de bienes y servicios socialmentenecesarios.

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La ley alentará y protegerá la actividad económica querealicen los particulares y proveerá las condiciones pa-ra que el desenvolvimiento del sector privado contri-buya al desarrollo económico nacional, promoviendola competitividad e implementando una política nacio-nal para el desarrollo industrial sustentable que inclu-ya vertientes sectoriales y regionales, en los términosque establece esta Constitución.

Es en este punto donde encontramos que el gobiernotiene la obligación de promover un crecimiento eco-nómico a través de principios como la regionalizacióny el impulso al sector social de la economía.

Por lo que creemos que estos dos principios deben in-tegrarse al esquema normativo que enmarca la contra-tación de obra pública y los servicios relacionados conlas mismas, para lograr que los recursos públicos otor-gados a este rubro se encaminen a impulsar el desa-rrollo económico regional y local a través de priorizarcomo sus potenciales depositarios a grupos empresa-riales locales en concatenación de lo que disponganlos programas anuales de obra pública, es decir, que elgobierno ejerza su gasto dando mayor importancia aempresas mexicanas regionales, buscando un dobleefecto, ya que también se estaría beneficiando al sec-tor social de la economía.

Lo anterior, en virtud de que cualquier grupo econó-mico social debidamente conformado tendrá conside-raciones especiales en cualquier proceso de contrata-ción de obras de infraestructura pública.

En virtud de lo anterior, queremos destacar que elpropósito nodal de esta iniciativa es el de apuntalar alsector empresarial mexicano de la micro, pequeña ymediana industria a través del principio de regionali-zación, en relación con la participación y apoyo gu-bernamental con el objetivo de impulsar su creci-miento a partir de la participación directa delgobierno en materia obras públicas con un carácterlocal.

Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) tienen co-mo una de sus características la falta de oportunidadespara generar desarrollo por lo que sostenemos que através de este proyecto el Estado asumirá en una ma-yor proporción su responsabilidad de asegurar y fo-mentar la competitividad y desarrollo de las mismasincluyendo obligatoriamente el principio de regionali-

zación para que por ningún motivo se margine a estesector en el tema de las contrataciones.

Si bien es cierto que la Ley de Obras Públicas y Ser-vicios Relacionados con las Mismas considera una se-rie de criterios mediante los cuales pretende dar un tra-to especial a estas empresas aún hace falta que estosmecanismos se consoliden y se dirijan por razón de leyal principio de regionalización a fin de que las compa-ñías referidas sean beneficiadas en un mayor número ysobre todo respondiendo a su carácter local.

En este sentido el artículo 9 de la ley de mérito en loconducente señala:

Artículo 9. Atendiendo a las disposiciones de estaLey y a las demás que de ella emanen, la Secretaríade Economía dictará las reglas que deban observarlas dependencias y entidades, derivadas de progra-mas que tengan por objeto promover la participa-ción de las empresas nacionales, especialmente delas micro, pequeñas y medianas.

Para la expedición de las reglas a que se refiere el pá-rrafo anterior, la Secretaría de Economía tomará encuenta la opinión de la Secretaría y de la Secretaría dela Función Pública.

Tenemos que destacar que este tipo de empresas resul-tan de gran relevancia para el sector económico enMéxico, ya que ante la ausencia de un verdadero go-bierno rector de la economía, estos grupos empresaria-les representan un pilar de la economía, un eslabónfundamental e indispensable para el desarrollo del pa-ís tanto por generar empleos como por crear riqueza.

De manera tal, que resulta imperativo que el ejecutivofederal consolide más mecanismos para estimular laslabores que realizan las micro, pequeñas y medianasempresas en todo el país ya que por el papel que estánjugando en la economía nacional merecen una aten-ción efectiva, ya que en los hechos no hay un verda-dero interés por parte de las administraciones por cum-plir de manera cabal las responsabilidades legalesfrente al sector mencionado.

Por lo que creemos que la inclusión del principio deregionalización abonará para que la autoridad cumplacon sus atribuciones en la materia de una manera másdefinida y con un objetivo específico: impulsar el de-

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sarrollo de las empresas locales y con esto se dará unmayor impulso al sector social de la economía.

Lo anterior, basados en el “principio de no discrimina-ción” a las empresas que deseen participar en algunalicitación pública emitida por el gobierno mexicano;además de establecer la obligación de otorgar a todaslas compañías las facilidades para su participación.

Lo anterior viene a colación en virtud, de que a nivelinternacional nuestro país a suscrito tratados que sesustentan en una legislación de avanzada en materia delicitaciones públicas encaminada a abrir la participa-ción en dichos procesos a compañías extranjeras; ydentro de su propio territorio ha dejado a su suerte alsector local de la micro, pequeña y mediana industria,al no otorgarle las condiciones jurídicas indispensa-bles para su pleno desarrollo y crecimiento al no lograrbeneficiarse del todo en los procesos de contrataciónde obra pública y cualquier servicio relacionado conlas mismas.

Ahora bien, la Ley de mérito en su artículo 30 deter-mina el carácter de las licitaciones públicas en nuestropaís, para pronta referencia citamos algunas de estasdisposiciones:

Artículo 30. El carácter de las licitaciones públicas,será:

I. Nacional, en la cual únicamente puedan participarpersonas de nacionalidad mexicana, por encontrar-se debajo de los umbrales previstos en los tratados,o cuando habiéndose rebasado estos, se haya reali-zado la reserva correspondiente;

II. Internacional bajo la cobertura de tratados, cuan-do resulte obligatorio conforme a lo establecido enlos mismos y en la que sólo podrán participar lici-tantes mexicanos y extranjeros de países con los queel nuestro tenga celebrado un tratado de libre co-mercio con capítulo de compras gubernamentales, o

Logramos observar que existe un cuidado en estipularque el origen de las empresas sujetas a concurso ma-yoritariamente tiene que ser mexicanas. Sin embargo,esta condición no define bien el tipo de empresa, si-tuación que ha valido para beneficiar solo a algunascompañías mexicanas, cuando la Ley deja abierta laposibilidad a cualquier empresa.

Esta es precisamente la problemática a resolver en lapresente propuesta, a saber: las administraciones pú-blicas federales se han servido de esta particularidadpara favorecer a ciertas empresas y sectores.

Haciendo a un lado, de prácticamente todos los proce-sos de licitación a las micro, pequeñas y medianas em-presas de índole local, dificultando su desarrollo y sintomar en cuenta que es un sector preponderante en laeconomía nacional.

De modo que integrando al precepto legal la obliga-ción de incorporar de forma prioritaria al sector em-presarial de mérito con base al principio de regiona-lización, pretendemos dar solución a estacircunstancia.

Fundamento legal

La suscrita, diputada Eva Florinda Cruz Molina, inte-grante del Grupo Parlamentario del Partido de la Re-volución Democrática de la LXIII Legislatura del Ho-norable Congreso de la Unión, con fundamento en lodispuesto por el artículo 71 fracción II, de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, nu-meral 1, fracción I, 62, numeral 2, 65, 76, numeral 1,fracción II, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara deDiputados, somete a consideración de esta soberanía,la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 17 de laLey de Obras Públicas y Servicios Relacionadoscon las Mismas

Único. Se adiciona una fracción al artículo 17, de laLey de Obras Públicas y Servicios Relacionados conlas mismas, para quedar como sigue:

Artículo 17. …

I. …

II. …

III. …

IV. Lo dispuesto en el artículo 25 de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos mexicanos enlo relativo a la expansión de la actividad econó-mica del sector social y el principio de regionali-

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zación a fin de dar prioridad a la contratación deempresas locales.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de noviembre de 2015.

Diputada Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY GENERAL DEL

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, A CARGO

DEL DIPUTADO JESÚS GERARDO IZQUIERDO ROJAS, DEL

GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Quien suscribe, Jesús Gerardo Izquierdo, diputado fe-deral de la LXIII Legislatura, integrante del GrupoParlamentario del Partido Verde Ecologista de Méxi-co, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71,fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, some-te a consideración de esta honorable asamblea, la pre-sente iniciativa con proyecto de decreto por el que seadiciona una fracción X al artículo 12 de la Ley Gene-ral del Sistema Nacional de Seguridad Pública al tenorde la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo a los tratadistas que se ocupan del estudiorelativo al funcionamiento del Estado, en un régimende tipo democrático corresponde al poder ejecutivo,

como una de sus funciones primordiales, además deocuparse de la defensa de la soberanía nacional, ga-rantizar la seguridad pública en todo el territorio.

Esta seguridad es aquella de la cual deben disfrutar to-dos los asociados para el ejercicio de las libertades pú-blicas y de todas las formas legítimas de actividad quese realizan más allá del ámbito gubernamental. Deigual manera, el poder ejecutivo debe proteger los de-rechos fundamentales de los diversos grupos, socieda-des o comunidades, así como los del individuo.

La garantía de estos derechos está expuesta claramen-te en las constituciones políticas cuando se refieren ala protección de la vida, con todos sus atributos; a lahonra o el buen nombre, con todo lo que ello repre-senta de trascendente en la vida de la sociedad, y a losbienes, que son aquellos de índole patrimonial quepueden ser materiales o tangibles o inmateriales o in-tangibles, que se ubican en los dominios del conoci-miento científico y tecnológico, y los cuales han ad-quirido una importancia creciente, cualitativa ycuantitativamente, en la vida ordinaria de las socieda-des.

Para que el poder ejecutivo pueda cumplir con aque-llas tareas que justifican su existencia en el Estado de-mocrático, requiere una capacidad coercitiva que lohabilite para ejecutar tan complejas funciones, es en-tonces cuando aparece el papel de la fuerza pública.

El Ejecutivo puede disponer de esa fuerza pública yutilizar su capacidad de coerción con el único fin, ade-más de las tareas derivadas de la defensa de la sobera-nía nacional, de garantizar el libre ejercicio de las ac-tividades ciudadanas, tanto públicas como privadas,ajustándose siempre en ese accionar a normas jurídi-cas que regulan su actividad.

Si bien queda claro que la tarea de garantizar la segu-ridad pública es una función que corresponde al poderejecutivo, lo cierto es que los otros dos poderes del Es-tado también juegan un papel fundamental en la mate-ria, principalmente como garantes del respeto al Esta-do de derecho, de esta manera se ejerce un controldemocrático sobre los aparatos de seguridad de los quedispone el Estado.

En México, sin embargo, durante mucho tiempo noexistió la posibilidad de llevar a cabo un control de-

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mocrático sobre los aparatos estatales de seguridad envirtud de que la cultura democrática y republicana quehoy impera en el sistema político mexicano no se ins-tauró sino hasta fechas muy recientes.

Así pues, gracias a la transición democrática que ex-perimentó nuestro país desde finales del siglo pasadoha sido posible en los últimos años el debate sobre laconveniencia de la participación del poder legislativoen asuntos como el control de las agencias de seguri-dad, del mismo modo que se ha propuesto una mayorcolaboración con el ejecutivo federal y con los demásniveles de gobierno, es decir entidades federativas ymunicipios.

No obstante el debate abierto en materia de seguridad,la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pú-blica, expedida en el año 2009, no refleja la nueva di-námica del sistema político mexicano derivada de unaauténtica división de poderes, pues deja fuera del Con-sejo Nacional de Seguridad Pública, que concentraatribuciones fundamentales, al poder legislativo.

El Consejo tiene, entre otras, las siguientes facultades:

• Establecer los instrumentos y políticas públicasintegrales, sistemáticas, continuas y evaluables,tendientes a cumplir los objetivos y fines de la se-guridad pública;

• Establecer los lineamientos para la formulación depolíticas generales en materia de seguridad pública;

• Promover la efectiva coordinación de las instan-cias que integran el sistema y dar seguimiento de lasacciones que para tal efecto se establezcan;

• Promover la homologación y desarrollo de losmodelos ministerial, policial y pericial en las insti-tuciones de seguridad pública y evaluar sus avan-ces, de conformidad con las leyes respectivas;

• Vigilar que en los criterios para la distribución derecursos de los fondos de aportaciones federales pa-ra la seguridad pública de los estados y del DistritoFederal, se observen las disposiciones establecidasen la Ley de Coordinación Fiscal;

• Formular propuestas para los programas naciona-les de seguridad pública, de procuración de justicia

y de prevención del delito en los términos de la leyde la materia;

• Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metasde los programas de seguridad pública y otros rela-cionados;

• Establecer medidas para vincular al sistema conotros nacionales, regionales o locales;

• Establecer mecanismos eficaces para que la socie-dad participe en los procesos de evaluación de laspolíticas de prevención del delito, así como de lasinstituciones de seguridad pública;

Como es lógico pensar, estas atribuciones no puedenestar al margen de la actividad del poder legislativo.Las capacidades de las y los legisladores en cuantorespecta a las capacidades de control y especializaciónpueden favorecer el diseño de mejores políticas públi-cas en la materia.

En este sentido, en el Partido Verde consideramos queel poder legislativo debe estar representado en el Con-sejo Nacional de Seguridad Pública, a fin de que elloposibilite un mejor desempeño en las funciones de co-ordinación y distribución de competencias en materiade seguridad pública entre los diferentes entes del go-bierno que éste debe realizar.

Por lo expuesto se pone a consideración de esta hono-rable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción X alartículo 12 de la Ley General del Sistema Nacionalde Seguridad Pública

Artículo Único. Se adiciona una fracción X al artícu-lo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Se-guridad Pública para quedar como a continuación sepresenta:

Ley General del Sistema Nacional de SeguridadPública

Capítulo IIDel Consejo Nacional de Seguridad Pública

Artículo 12. El Consejo Nacional estará integradopor:

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I. El Presidente de la República, quien lo presidirá;

II. El Secretario de Gobernación;

III. El Secretario de la Defensa Nacional;

IV. El Secretario de Marina;

V. El Secretario de Seguridad Pública;

VI. El procurador general de la República;

VII. Los gobernadores de los estados;

VIII. El jefe del gobierno del Distrito Federal;

IX. El secretario ejecutivo del Sistema, y

X. Dos representantes del Poder Legislativo, in-tegrantes de las Comisiones de Seguridad Públi-ca del Senado de la República y de la Cámara deDiputados del Congreso de la Unión.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes noviembre del año 2015.

Diputado Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 35 DE LA CONSTITUCIÓN PO-LÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA

POR LOS DIPUTADOS NORMA ROCÍO NAHLE GARCÍA Y

CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ, DEL GRUPO PARLAMEN-TARIO DE MORENA

Los que suscriben, Norma Rocío Nahle García y Cui-tláhuac García Jiménez, diputados federales e inte-grantes del Grupo Parlamentario de Morena a la LXIIILegislatura de la Cámara de Diputados del honorableCongreso de la Unión, con fundamento en lo dispues-to en los artículos 71, fracción II, de la norma supremay 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento dela Cámara de Diputados, sometemos a la considera-ción de esta asamblea la siguiente iniciativa con pro-yecto de decreto por el que se reforma y adiciona el ar-tículo 35 del Código Político de 1917 en materia deconsulta popular, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Morena, contempla de manera urgente un cambio derégimen, que permita devolver a la ciudadanía el dere-cho de elegir libremente a sus gobernantes, pero, sobretodo, el derecho a decidir sobre todos los asuntos vita-les para la regeneración de la vida republicana.

La alternativa para fortalecer nuestro sistema repre-sentativo, es un apoyo creciente a los instrumentos quetradicionalmente se han definido como “democraciasemidirecta”.

El respaldo actual a estos instrumentos se basa en lapremisa de que la Consulta Popular puede incrementarel papel de los ciudadanos en los problemas de go-bierno y las acciones que se instrumenten para resol-verlos.

La consulta popular, fortalece la democracia y es com-patible con el sistema representativo, pues toman encuenta la opinión del pueblo sobre cuestiones de tras-cendencia nacional.

Es por ello, que promovemos la consulta popular, pa-ra hacer efectivo y posible el derecho de los ciudada-nos a decidir sobre todos los asuntos de trascendencianacional1 y no se obstaculice de facto ese derecho, talcomo aconteció en la revisión de constitucionalidad dela consulta sobre la reforma energética,2 impulsadapor cientos de miles de ciudadanos.

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Na-ción,3 en el caso concreto, emitió una resolución con-servadora, no analizo la trascendencia nacional, dejan-do de lado lo señalado en el artículo 1°del CódigoPolítico de 1917 y los instrumentos internacionalesasumidos por el Estado mexicano, en materia de dere-chos civiles y políticos.

La consulta popular no tiene nada que ver con los in-gresos del Estado, sino con el uso y destino del patri-monio de la nación y de la propiedad de la renta pe-trolera, de los que depende el bienestar de losmexicanos.

El Máximo Tribunal del país, además de cerrar el pa-so al proceso de reformas aprobadas por el Poder Re-formador de la Constitución, orientadas a la construc-ción de la democracia participativa como la ConsultaPopular, deja de lado “el desarrollo integral de la na-ción sobre el cual existe un interés público que aterri-za en el deseo social de lograr un beneficio común de-rivado de esa explotación, y ese interés colectivoconstituye un conjunto de pretensiones relacionadascon las necesidades colectivas de la nación y que de-ben ser inexcusablemente protegidas mediante la in-tervención directa y permanente del Estado”.

En los debates4 de la Corte se dio cuenta, que la re-glamentación que se dio a esta institución tanto en elartículo 35 de la Ley Fundamental como en la ley re-glamentaria, dejo muchas dudas y muchos aspectosque tendrán que clarificarse a fin de que esta tenga unamayor efectividad, amén de que tendría que verificarque el objeto de la consulta sea de trascendencia na-cional; que la pregunta derive directamente de la ma-teria de la consulta; que el objeto de la consulta seaconstitucional; y, que la pregunta no sea tendenciosa ocontenga juicios de valor, en prelenguaje neutro, sen-cillo y comprensible, y produzca una respuesta cate-górica en sentido positivo o negativo; aspectos quedesde nuestro particular punto de vista no fueron abor-dados con la profundidad necesaria.

Que la revisión de constitucionalidad de las consultaspopulares, lejos de contribuir a fortalecer la construc-ción de la democracia participativa, con la resoluciónemitida, anuló las futuras consultas de facto, pues, to-das, sin excepción incidirán en los ingresos y gastosdel Estado mexicano.

Que por lo que hace a la regulación en materia de in-gresos supone la obligación a cargo de los ciudadanosde pagar impuestos y hacer frente a las cargas fiscalesde distinta naturaleza y características, necesario paraque la autoridad del Estado pueda recibir y recaudar-los para pagar los gastos estatales. Este no es el objetode la reforma energética.

Las veces que en los textos de la reforma aparecen tér-minos de carácter impositivo, y sus variantes, no soncon fines normativos, que es lo que se toma en consi-deración en el numeral 3°, de la fracción VIII; del ar-tículo 35 del Código Político de 1917, pues se consig-na para justificar la novedad y determinar lospropósitos de ella.

La limitante contenida en el precepto constitucional encomento, está referida a leyes que señalan fuentes im-positivas, sujetos pasivos de un impuesto, montos,momentos de cobro y sanciones a las infracciones.

Es decir, nada tiene que ver con propósitos ni buenosdeseos, como los contenidos en la reforma constitu-cional: “Con el propósito de obtener ingresos para elEstado que contribuyan al desarrollo de largo plazo dela nación.” Ésta fórmula, y otras que aparecen a lo lar-go del texto de la reforma, por más que se quiera, noes ni son de naturaleza normativa.

Así, los autores de las limitantes del precepto constitu-cional, partieron del supuesto, válido por cierto de quelas habitantes del país no están de acuerdo en pagar im-puestos, con las tasas que se fijan, entre otras y por ende,se han excluido de ser objeto de una consulta popular.

En la jurisprudencia, plenaria 80/2003, se ha definidoel alcance normativo que, de acuerdo con la Ley Fun-damental, las normas generales en materia de ingresosdeben de prever y atento a este criterio, las leyes deingresos de la federación deben tener un contenidonormativo específico que debe ser por un lado tri-butarista, es decir, que legisle sobre las contribucio-nes que deba recaudar el erario federal y, por otrolado, proporcional y correlativo a lo previsto en elPresupuesto de Egresos.

La Constitución de la República establece un marcojurídico específico para el contenido de las normas ju-rídicas en materia de ingresos, el cual no sólo debe en-tenderse para las leyes secundarias. Al establecer, la

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Norma Suprema, el contenido normativo que debentener las leyes en materia de ingresos, se definió un pa-rámetro que, de acuerdo al principio de congruencia,debe ser el mismo para toda norma jurídica, inclusopara dicho ordenamiento.

Que las referencias, que en el texto de la reforma a losartículos 27 y 28 constitucionales,5 se hacen en el sen-tido de “obtener ingresos”, “los ingresos derivados”,“maximizar los ingresos de la nación”, “obtener en eltiempo ingresos”, “disponer de los ingresos”, “ingre-sos petroleros”, “ingresos del Estado mexicano” yotros similares, son lo que la doctrina ha conceptuali-zado como principios en el sentido de norma progra-mática o directriz, que son normas que se establecencon el propósito de perseguir determinados fines.

De lo anterior se colige que las normas programáticasson directrices con las que se pretende dar lugar a uncierto estado de cosas, en la mayor medida posible.Para que una norma general tenga un contenido nor-mativo específico debe regular la materia mediantenormas de acción.

En los artículos 27 y 28 constitucionales no se esta-bleció contenido tributarista ni el contenido proporcio-nal y correlativo a lo previsto en el Presupuesto deEgresos, por lo que planteamos modificaciones al artí-culo 35 constitucional.

La democracia mexicana se ha olvidado que los ciu-dadanos. El uso de la consulta popular con el fin deobtener votos en favor de un instituto político desna-turaliza este instrumento y no es ideal que se realice elmismo día que la jornada electoral.

En esta propuesta adoptamos el significado constitu-cionalmente obligado en su acepción más restrictiva:impuestos, Ley de Ingresos y Presupuesto de Egre-sos sustituyendo las palabras ingresos y gastos del Es-tado, a efecto de hacer realizable la consulta popular.

El equivalente al veinticinco por ciento de los inte-grantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso dela Unión podrá convocar a consulta popular, reducien-do el porcentaje actualmente establecido.

Las consultas populares se podrán votar en cualquiertiempo sobre temas de trascendencia nacional y no so-lo día de la jornada electoral federal.

La consulta popular, debe ser un freno democrático,que coloque al pueblo en condiciones de intervenir re-al y directamente en sus asuntos propios, sin dejarlosjamás en manos irresponsables, constituyendo así unorganismo siempre activo y listo para adaptarse a lasnecesidades públicas.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a la considera-ción de esta Soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto por que se reforma y adiciona el artículo35 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 35, fracciónVIII, numeral, 1, inciso c), 2, 3, 5 y se deroga, el se-gundo párrafo, del inciso c), del numeral 3, fracciónVIII del artículo 35, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. a VII. …

VIII. Votar en cualquier tiempo las consultas po-pulares sobre temas de trascendencia nacional, lasque se sujetarán a lo siguiente:

1. Serán convocadas por el Congreso de laUnión a petición de:

a) El Presidente de la República;

b) El equivalente al veinticinco por ciento delos integrantes de cualquiera de las Cámaras delCongreso de la Unión; o

c)…

2o. …

3o. No podrán ser objeto de consulta popular larestricción de los derechos humanos reconoci-dos por esta Constitución; los principios consa-grados en el artículo 40 de la misma; la materiaelectoral; los impuestos, la Ley de Ingresos y el

Presupuesto de Egresos; la seguridad nacionaly la organización, funcionamiento y disciplina

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de la Fuerza Armada permanente. La SupremaCorte de Justicia de la Nación resolverá, previoa la convocatoria que realice el Congreso de laUnión, sobre la constitucionalidad de la materiade la consulta;

4o. al 7o. …

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 En el dictamen de las Comisiones Unidas respecto de la minuta

con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de

Consulta Popular de fecha 26 de febrero de 2014 en cuanto a los

temas que no pueden ser objeto de consulta se expresaba en su par-

te conducente que “no podrán ser objeto de consulta popular, la

restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitu-

ción; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la

materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad na-

cional, y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuer-

za Armada permanente”

2 Cfr. Revisión de constitucionalidad de las consultas populares

1/2014, 2/2014, 3/2014 y 4/2014

3 Cfr. Las sesiones públicas de la SCJN del 29 y 30 de octubre y 3

de noviembre del 2014.

4 Cfr. Las sesiones públicas de la SCJN del 29 y 30 de octubre y 3

de noviembre del 2014.

5 Cfr. Diario Oficial de la Federación del 20 de diciembre de 2013.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a losdieciocho días del mes de noviembre del año dos milquince.

Diputados: Norma Roció Nahle García (rúbrica), Cuitláhuac Gar-

cía Jiménez.

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO PENAL FE-DERAL, A CARGO DEL DIPUTADO JONADAB MARTÍNEZ

GARCÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MOVIMIENTO

CIUDADANO

El suscrito, Jonadab Martínez García, diputado inte-grante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciu-dadano en la LXIII Legislatura del honorable Con-greso de la Unión, con fundamento en lo dispuestoen el artículo 71, fracción II, de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, así como enlos artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamentode la Cámara de Diputados, somete a consideracióndel Pleno, la presente iniciativa con proyecto de de-creto que reforma y adiciona los artículos 234, 235,237, 241, 243, 245,247, 248, 252 y 467 de la LeyGeneral de Salud, y se adiciona un párrafo tercero alartículo 193 del Código Penal Federal, al tenor de lasiguiente

Exposición de Motivos

Marco de referencia

En algún momento de nuestra vida hemos tenido a unfamiliar enfermo, imaginemos por un momento que senos informara que para la enfermedad que padecenuestro ser querido no existe medicamento disponibleen el mercado, y que por lo tanto este sufrirá antenuestros ojos, sin que podamos hacer algo por él oella, y peor aún: Se trata de su hijo o hija.

Quienes no tienen hijos o hijas, no pueden ni siquieraalcanzar a vislumbrar la agonía de un padre hacia unhijo o hija enfermo; pero quienes los tienen, segura-mente entenderán a lo que nos referimos.

El asunto que hoy nos ocupa y preocupa no es unasunto con intereses políticos, no, es un asunto de hu-manidad, de misericordia, de cohesión social; algo quese está perdiendo entre los seres humanos, y donde ca-da vez más, lo único que nos preocupa es lo nuestro,no lo de los demás.

Se dice, y así lo ha conformado la historia de la huma-nidad, que las desgracias son lo que une a las personas;convirtiendo a los enemigos en amigos, y a los amigosen hermanos.

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En este mismo recinto se ha manifestado con vehe-mencia en Legislaturas pasadas, que los niños y las ni-ñas son el futuro de México, y esto ha sido defendidopor todas las fuerzas políticas, pues bien, es momentode pasar de las palabras a las acciones serias y reales;es momento de resultados; y dar a miles de infantes ymillones de mexicanos un mejor futuro y una mejorcalidad de vida.

La aplicación de la justicia no puede sustentarse en lasuerte de conocer a la persona correcta en el momentocorrecto, esta- la justicia- debe de aplicarse a todos porigual y en todo momento. Esto es lo que se esperaríade un Estado de derecho.

La presente iniciativa busca mejorar la calidad de viday hacer justicia a millones de mexicanos y mexicanasque padecen distintas enfermedades, y que se veríanbeneficiadas con la reforma de ley que me permito asometer a la consideración de este Pleno.

¿De qué estamos hablando? no es de la marihuana nide su permisibilidad indiscriminada, o para su uso re-creativo, tengamos claro que estamos legislando, esta-mos discutiendo para mejorar la salud de millones depersonas, quienes hoy sufren ataques epilépticos, queno pueden hablar y no pueden moverse por sí mismas(en el caso del síndrome Lennox-Gastaut), tienen difi-cultad para caminar o completa inmovilidad, sufrenafectaciones en el cerebro o medula ósea, así como al-teraciones en el nervio óptico, variaciones motoras osensitivas en diferentes sitios del cuerpo (en relación ala esclerosis múltiple) presentan temblores violentospor una descarga neuronal desordenada y excesiva enalgún sitio del cerebro, sensaciones extrañas en algunaparte del cuerpo, percepción de olores desagradables ysensaciones raras en la boca del estómago (en el casode la epilepsia) así como fiebre, cansancio extremo,pérdida de peso y agudos dolores (en el caso del cán-cer)

Estas enfermedades pueden ser padecidas por todapersona, nadie está excluido de ello, recordemos apersonalidades del ámbito político que fueron vícti-mas de estas: Carlos Abascal Carranza en el año 2008por cáncer de estómago, Alonso Lujambio Irazábalen el 2012 por cáncer de médula, y Juan MolinarHorcasitas en el año 2015 por esclerosis lateral amio-trofica.

Ellos, no tuvieron acceso a un derivado medicinal dela marihuana que ya existe (el cannabidiol), y que hademostrado en varios países de primer mundo su efi-cacia y que está disponible en el mercado; si hubierasido accesible y legal, hubieran podido mejorar su sa-lud y con ello su calidad de vida.

Tengamos claro que el regular el consumo terapéuti-co del cannabis, implica establecer límites clarosfrente a lo recreativo (que en el caso de la marihuanaimplica fumarla) ya que ninguna persona se recrearíacon marihuana administrada en aerosol o tomada enforma de aceite. Permitir el uso legal de un deriva-do medicinal de la marihuana, no es aprobar su usorecreativo, no es autorizar que se pueda fumar portoda persona que lo quiera hacer.

La presente iniciativa de reforma tiene por objetoel legalizar los derivados con uso terapéutico y me-dicinal de la marihuana, y que esto de manera di-recta ayude a todas las personas que podrían bene-ficiarse en el futuro, y a su vez hacer frente aproblemas de salud pública, que de no atendersetendrán consecuencias sociales, psicológicas y eco-nómicas para millones de mexicanos.

El tema que nos ocupa es un tema de justicia social, degarantías y derecho a la salud, que el Estado debe ase-gurar mediante el acceso al diagnóstico, tratamiento ymedicamentos; ya que las personas no eligen enfer-marse, y mucho menos de enfermedades que re-duzcan al mínimo sus capacidades y salud. Tenemosque ser conscientes de esto, ya que lo que no se en-tiende, no puede discutirse.

Lo anterior obedece a que los tratamientos de los pa-decimientos a los que nos referimos en párrafos prece-dentes son incosteables para la mayoría de la pobla-ción, y por lo tanto, es obligación del Estado, generarlas condiciones para que esto no continúe siendo así.

El desconocimiento de las cosas lleva a su incompren-sión, y ello a la indiferencia, algo que no debe sucederen este Congreso.

Antecedente jurídico

La utilización de la marihuana con fines terapéuticostiene por fin el tratar o aliviar un síntoma o enferme-dad.

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El párrafo tercero de los considerandos del Reglamen-to Federal de Toxicomanías de 1940, menciona: “Quela persecución de los viciosos que se hace conforme alreglamento de 1931 es contraria al concepto de justi-cia que actualmente priva, toda vez que debe concep-tuarse al vicioso más como enfermo a quien hay queatender y curar, que como verdadero delincuente quedebe sufrir pena”.

El Reglamento Federal de Toxicomanías, publicado enel DOF en fecha 17 de febrero de 1940, establece en suartículo 2- “Para los efectos de este reglamento, seráconsiderado como toxicómano todo individuo que sinfin terapéutico use habitualmente algunas de las drogasa que se refiere el artículo 406 del Código Sanitario”.

El numeral 406 del Código invocado (publicado en elDOF en fecha 31 de agosto de 1934, segunda sección,pagina 1164 y abrogado por la Ley General de Saludel 7 de febrero de 1984) decreta lo siguiente:

Para los efectos de las disposiciones de que trata el ar-tículo anterior, se reputan drogas enervantes:

a) Adormidera (Papaver Somniferum L) en cual-quiera de sus formas;

b) Opio en cualquiera de sus formas;

c) La morfina y sus sales;

d) La diacetilmorfina (heroína) y los demás éteresde la morfina y sus sales;

e) Metilmorfina (codeína) y sus sales;

f) Etilmorfina y sus sales;

g) Tebaina y sus sales;

h) Las diversas variedades de hojas de coca, en es-pecial la Erythroxylon novogranatense (Morris);

i) La cocaína y sus sales, comprendiéndose en ellaslas preparaciones hechas partiendo directamente dela hoja de coca;

j) Las diversas especies de cannabis (entre ellasla marihuana), en cualquiera de sus formas, de-rivados o preparados farmacéuticos;

k) La dihidrooxicedeínona (de la cual sustancia re-gistrada con el nombre de Eukodal, es una sal); ladihidrocedeinona (de la cual la substancia registra-da con el nombre de Dikodid es una sal); la dihi-dromorfina (de la cual la substancia registrada conel nombre de Dilaudid es una sal), la acetildihidro-codeinona o acetildemetilodihidrotebaina (de lacual la substancia registrada con el nombre de Ace-dicone, es una sal), la dihidromorfina (de la cual lasubstancia registrada con el nombre de Paramorfan,es una sal); sus ésteres y las sales de cualquiera deesas substancias y de sus éteres; la morfina N-óxi-do (registrada con el nombre de Genomorfina);también los derivados de la morfina N-óxido y losotros derivados de la morfina a base de nitrógenopentavalente;

l) Cualesquiera otros preparados o productos quecontengan alguna de las substancias señaladas enlos incisos anteriores y, en general, los de naturale-za análoga.

En consecuencia, razonamos que en 1940 en México,ya se consideraba la utilización de las diversas espe-cies de cannabis (entre ellas la marihuana), en cual-quiera de sus formas, derivados o preparados farma-céuticos; para fines terapéuticos.

Los Cannabinoides y su relación con distintas en-fermedades

El término cannabinoides engloba tanto a compuestosnaturales (presentes en la Cannabis sativa), como acompuestos sintéticos y endógenos (producidos pornuestro organismo). El principal componente psicoac-tivo de la planta Cannabis sativa es el Ä9-tetrahidro-cannabinol (THC) que fue aislado en 1964 por Gaoniy Mechoulam y que, al igual que todos los cannabi-noides, es una molécula altamente lipofílica. El cono-cimiento de la estructura del THC favoreció la inves-tigación inicial sobre la farmacología y función de loscannabinoides. Posteriormente, se identificaron y ca-racterizaron receptores específicos cannabinoides y sedescubrieron sus ligandos endógenos: anandamida, 2-araquidonil-glicerol, palmitoiletanolamida y noladinéter. Por tanto se estableció la existencia de un siste-ma cannabinoide endógeno, lo que ha impulsadoenormemente la investigación en esta área para tratarde comprender su función fisiológica. Así, aunque setiene evidencia de la existencia de nuevos subtipos de

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receptores, dos son los receptores clonados y caracte-rizados hasta el momento: el receptor CB1 localizadofundamentalmente en estructuras del Sistema Nervio-so Central y el receptor CB2 expresado principal-mente en células del sistema inmunológico. Por otrolado, estudios basados en la estructura molecular delTHC han contribuido a la identificación de las carac-terísticas estructurales requeridas para que los canna-binoides se unan a estos receptores y ejerzan su acciónpor medio de ellos, lo que ha conducido a la síntesis deagonistas y antagonistas selectivos de los receptoresCB1 y CB2. Además, el conocimiento de los mecanis-mos de inactivación de los endocannabinoides, ha per-mitido empezar a dibujar algunas de las funciones fi-siológicas de los mismos.

Aunque los cannabinoides se han conocido popular-mente por sus efectos psicoactivos, hoy sabemos quemodulan entre otras, la actividad motora, los procesosde memoria, la nocicepción, la ingesta de alimentos yla actividad inmunitaria.

El “sistema de receptores endocannabinoide (RECB)”está formado por receptores específicos y diversos li-gandos endógenos. El sistema de RECB está implica-do en muchas funciones fisiológicas que incluyen lainmunidad, la inflamación, la toxicidad y el traumatis-mo neuronal, la epilepsia, la depresión y el estrés, elapetito, la ingesta de alimentos y la homeostasis ener-gética, la regulación cardiovascular, la reproducción, yel remodelado óseo. El cerebro y el sistema gastroin-testinal interactúan de forma bidireccional en la regu-lación de los procesos digestivos, la ingesta de ali-mentos y el balance energético (de ahí el nombre de“eje cerebro-tracto digestivo”). El estrés y el centro de“recompensa” del cerebro modulan dicho eje cerebro-tracto digestivo. El hecho de que exista sistema deRECB tanto en el cerebro, en el tracto gastrointestinaly en el tejido adiposo (la grasa), como su implicaciónsobre el estrés y la emoción, presagian de él un impor-tante papel en la ingesta de alimentos, la digestión, laregulación de la masa de tejido adiposo y la funciónendocrina de los adipocitos.

Concluimos afirmando que: el sistema de RECB es unimportante mediador entre el cerebro y el sistema di-gestivo; en el adulto el papel del sistema implica la re-gulación de la digestión de los alimentos al ser un re-manente de su papel crítico en el inicio de laalimentación del recién nacido y la dominante influen-

cia del sistema en el control alimenticio le hace unprometedor blanco para el tratamiento de patologíascomo: la enfermedad inflamatoria intestinal, el síndro-me del colon irritable, las úlceras gástricas, las náusea,la obesidad, y la anorexia.

Receptores de cannabinoides

La base de localización de los receptores de cannabi-noides en el organismo y de los efectos farmacológi-cos ejercidos por distintos cannabinoides tanto de ori-gen natural como sintético, es el sistema de receptoresendocannabinoide, los cuales parecen estar implicadoen funciones tales como la coordinación motora, elaprendizaje y la memoria, la anticoncepción, el controlde las emociones, el desarrollo neuronal, así como enla mediación de diferentes procesos a nivel cardiovas-cular e inmunológico.

Los cannabinoides ejercen sus efectos farmacológicosmediante la activación de receptores específicos demembrana. Hasta el momento se han identificado dosreceptores para cannabinoides: el receptor CB1 y el re-ceptor CB2. Ambos pertenecen a la súper familia dereceptores acoplados a proteínas G, caracterizados porla presencia de siete dominios transmembrana.

El receptor CB1 se localiza fundamentalmente en elsistema nervioso central. De esta forma, la mayor den-sidad de receptor CB1 se encuentra en los ganglios ba-sales (sustantia nigra)- sustancia negra- globo pálido,núcleo entopeduncular y caudado-putamen lateral),capa molecular del cerebro y ciertas partes del hipo-campo (región CA3 del asta de Ammón y capa mole-cular del giro dentado). Además de su localización encerebro, los receptores CB1 también están presentes anivel periférico. De esta forma, se han encontrado re-ceptores CB1 en el bazo y las amígdalas, corazón,próstata, útero, ovario y a nivel presináptico en termi-nales nerviosos simpáticos.

La presencia de receptores CB1 en áreas hipocampa-les y corticales explicaría los efectos de los cannabi-noides sobre el aprendizaje y la memoria, así como laspropiedades anticonvulsivantes de los mismos. Final-mente, la baja densidad de receptores en el tallo cere-bral, área que controla las funciones cardiovascular yrespiratoria, explica la baja toxicidad y ausencia de lamarihuana.

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Los efectos motores provocados por la activación delos receptores CB1 con los diferentes tipos de cannabi-noides son el resultado de la capacidad de estas sustan-cias de interferir en la actividad de los tres principalesneourotransmisores implicados en la funcionalidad delos ganglios basales, es decir: dopamina, GABA y glu-tamato.

En el circuito de los ganglios basales:

• La dopamina aparece como neurotransmisor enlas neuronas que van de la substancia nigra al cuer-po estriado y cuya disfunción origina la enfermedadde Parkinson.

• El GABA lo hace principalmente en las neuronasestriatales que proyectan hacia la substancia nigra yel núcleo entopeduncular (vía directa), o hacia elglobo pálido (vía indirecta), y cuya disfunción ori-gina la enfermedad de Huntington u otras patologí-as con alteraciones coreicas.

• El glutamato es el neurotransmisor utilizado porlas aferencias que, desde la corteza alcanzan elcuerpo estriado, así como por las neuronas subtalá-miconigrales que aparecen hiperactivadas en la en-fermedad de Parkinson e hipofuncionales en el co-rea de Huntington.

Los receptores CB2, se localizan fundamentalmenteen el bazo, amígdala y en distintas células del sistemainmune (linfocitos B, aunque también en monocitos ylinfocitos T). Los receptores CB2 presentes en estostejidos y células parecen ser los responsables de laspropiedades inmunosupresoras de la marihuana.

Durante los últimos años, la investigación sobre labioquímica y la farmacología del sistema endocanna-binoide ha experimentado un espectacular avance. Es-te sistema parece jugar un importante papel en la re-gulación de diferentes funciones fisiológicas, por loque compuestos de naturaleza cannabinoide podríanser útiles en el tratamiento de alguna de las patologíasasociadas con estos procesos. En la actualidad son mu-chos los estudios que muestran un potencial terapéuti-co de los cannabinoides en diversas enfermedades. Al-gunas de ellas son: el dolor crónico, el glaucoma, laisquemia cerebral, ciertos tipos de cáncer y enferme-dades que cursan con alteraciones del movimiento.

Uno de los tipos de patologías que mayor interés sus-cita en relación a la posible utilidad de los cannabinoi-des, son las enfermedades motoras, ya que se ha de-mostrado que el sistema endocannabinoide participaen el control del movimiento, como lo hacen otrosneurotransmisores más clásicos como la dopamina, elGABA o el glutamato. Dos de las enfermedades moto-ras de mayor incidencia: la enfermedad del Parkinsony el corea de Huntington, han centrado la mayor partede los estudios acerca de una posible utilidad de loscannabinoides. Existen otras patologías neurológicas,como la enfermedad del Alzheimer o la esclerosismúltiple, aunque no son enfermedades motoras en ori-gen, presentan importantes alteraciones del movimien-to, por lo que también se están estudiando en relacióna un posible beneficio de los cannabinoides en el tra-tamiento de estos síntomas.

Se confirma que la actividad cannabinoide endógenajuega un papel importante a nivel modulador en la fun-cionalidad de los ganglios basales. Se han presentadotodos los datos a nivel bioquímico y farmacológicoque apoyan esta función, y se han sentado las bases pa-ra explicar por qué aquellas sustancias que son activassobre las diferentes proteínas que forman parte del sis-tema endocannabinoide (receptores, transportador, en-zimas) pueden tener un efecto beneficioso en el trata-miento de la disfunción motora en enfermedades extrapiramidales o en patologías no-motoras pero que pre-sentan síntomas extrapiramidales.

Enfermedad de Parkinson

Los rasgos más característicos de la sintomatología enla enfermedad de Parkinson son la bradiquinesia, eltemblor y la rigidez, que son consecuencia de la pro-gresiva degeneración de las neuronas dopaminérgicasde la substantia nigra que conduce a una denervacióndel cuerpo estriado. Basado en el hecho de que la acti-vidad dopaminérgica nigroestriatal que degenera enesta enfermedad podría regular de forma negativa laexpresión de los receptores CB1, así como en el hechode que los cannabinoides producen efectos hipoquiné-ticos, se ha propuesto que la actividad endocanna-binoide debería estar hiperactivada en la enferme-dad del Parkinson.

Un estudio iniciado en 1985 se basaba ya en pruebasrealizadas en un paciente afectado de parkinsonismodurante muchos años y que mostraba distonía en todas

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las extremidades, así como discinesia inducida por L-DOPA, es decir, discinesia provocada por el trata-miento durante un largo periodo con uno de los reme-dios más eficaces utilizados en la enfermedad deParkinson y el parkinsonismo: la L-DOPA.

Dosis variables de los fármacos utilizados habitual-mente para combatir los síntomas de la enfermedad deParkinson, p. ejemplo la discinesia, han mostrado re-sultados que, aun siendo positivos, han sido solo mar-ginales. No obstante, las pruebas con cantidades varia-bles de cannabidiol, uno de los cannabinoides másinvestigados por sus propiedades medicinales, hanarrojado resultados más que significativos. Una dosisde 100 a 200 mg/día de cannabidiol consiguió redu-cir las fluctuaciones clínicas normalmente experi-mentadas y aliviar la discinesia hasta un 30 %.

Esclerosis Múltiple

Una de las enfermedades neurológicas donde los can-nabinoides podrían tener una prometedora acción tera-péutica es la esclerosis múltiple. Esta enfermedad esun desorden de origen inmune que provoca diversasalteraciones a nivel neurológico, sobre todo a nivelmotor (espasticidad, distonía, temblor y ataxia), que seproducen como consecuencia de una profunda des-mielinización y perdida axonal.

Al consolidarse el consenso médico sobre la eficaciadel cannabis como tratamiento paliativo, los investi-gadores han comenzado a centrar su atención en supotencial como agente curativo. Los experimentosiniciales han sugerido que las propiedades neuropro-tectoras del THC y CBD podrían, en efecto, frenar lavelocidad a la que la mielina se deteriora. Los estu-dios in vitro han indicado que su efecto regulador so-bre la liberación de glutamato, la oxidación de radica-les libres y la entrada de calcio en la neurona puedeser importante.

Diferentes estudios han demostrado que la activacióndel receptor CB2 reduce tanto la formación de lesionesde la mielina, como la tasa de pérdida de neuronas, almismo tiempo que aumenta la tasa de supervivenciade los oligodendrocitos. El oligodendrocito es un tipode célula cerebral crucial para la producción de mieli-na y a medida que desaparecen, se ve afectada la ca-pacidad del cuerpo para reparar la capa de mielina.

Tratamiento del dolor

El dolor neuropático supone una manifestación de untrastorno en las vías de transmisión sensorial del dolorproducido por diversas causas: neuropatía postherpéti-ca, neuralgia del trigémino, etc. En este tipo de dolorlos analgésicos clásicos han demostrado una pobre onula eficacia. Por el contrario, se ha descrito que loscannabinoides son capaces de aliviar potentemente lasdos principales manifestaciones del dolor neuropático:la alodinia (dolor originado por estímulos no-doloro-sos), y la hiperalgesia (aumento de la sensibilidad a losestímulos dolorosos). Este hecho se podría deber a quelos cannabinoides actúan principalmente inhibiendo oliberando una serie de moduladores desde las neuronasy/o tejidos no neuronales. Por ello, su efecto analgési-co sería más rápido e intenso en tejidos lesionados oinflamados donde dichos moduladores se encontraríanen cantidades mucho mayores que en el tejido sano.

Estímulo del apetito

La búsqueda de herramientas terapéuticas que aumen-ten el apetito se ha visto impulsada en los últimos añospor el importante aumento de la prevalencia de enfer-medades como la anorexia nerviosa o el SIDA. En es-te contexto, se ha dirigido la atención hacia el canna-bis, puesto que su capacidad para estimular el apetitoes bien conocida. A pesar de ello, el intento de incre-mentar el apetito mediante la administración de THCen pacientes diagnosticados de anorexia nerviosa noha resultado exitoso hasta el momento. Por el contra-rio, el THC sí parece ser eficaz para incrementar elapetito y aumentar el peso en pacientes con SIDA y enpacientes con cáncer avanzado.

Antiemético

El vómito es un proceso complejo que está mediadopor diferentes mecanismos y que puede ser conse-cuencia de numerosos procesos patológicos. La basepara el empleo de fármacos específicos en el trata-miento y la prevención del vómito se encuentra en losconocimientos de las funciones que desempeñan dife-rentes transmisores, principalmente la dopamina y laserotonina, como mediadores de las señales eméticas.Sin embargo, los fármacos antieméticos de los que dis-ponemos en la actualidad, a pesar de ser indudable-mente efectivos en algunas situaciones, no son capa-ces de prevenir o atajar la aparición de vómitos en

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todas las ocasiones. Así, existen al menos dos procesosen los que el vómito representa una complicación im-portante, que es solo parcialmente resuelta por los an-tieméticos clásicos. Estos dos procesos son la quimio-terapia en pacientes cancerosos y el SIDA.

El vómito es el efecto secundario más frecuente de losfármacos citotóxicos empleados en el tratamiento depacientes cancerosos. Su intensidad depende de facto-res relacionados tanto con el tratamiento (tipo de fár-maco, dosis, combinación de fármacos) como con elpropio paciente (edad, sexo). Este efecto secundario,además de las propias molestias que origina al pacien-te, puede ser el causante de la aparición de lesionesmecánicas en la mucosa o de alteraciones hidroeléctri-cas. Así mismo el vómito postquimioterapia es en mu-chos casos la razón del abandono del tratamiento porparte del paciente con las graves consecuencias queello acarrea. Durante años, el tratamiento más eficazpara el tratamiento de este tipo de vómitos ha consis-tido en la asociación de antagonistas de receptores se-rotonérgicos, como el ondansetrón, con corticoesteroi-des como la dexametasona. Sin embargo, estetratamiento conlleva en muchos casos la aparición deefectos secundarios (estreñimiento, cefaleas...), nocontrola los vómitos anticipatorios ni los diferidos y esmuy caro. Es en este contexto en el que la posibleutilización del cannabis y sus derivados para elcontrol de los vómitos inducidos por la quimiotera-pia cobra especial interés.

Una revisión sistemática de los diferentes ensayos clí-nicos realizados hasta el momento ha evidenciado quelos cannabinoides presentan una eficacia ligeramentesuperior que los antieméticos clásicos en el tratamien-to de los vómitos inducidos por quimioterapia. Ade-más, el cannabidiol ha mostrado también eficacia anti-nauseosa en modelos experimentales de náusea enanimales. Finalmente, la administración simultáneade THC y cannabidiol, junto al antiemético habi-tual ha mejorado la respuesta en pacientes oncoló-gicos.

Antiespástico

La espasticidad es un fenómeno complejo caracteriza-do por músculos tensos o rígidos y reflejos tendinososprofundos exagerados que interfieren con la actividadmuscular, la marcha, el movimiento o el lenguaje. Es-ta alteración generalmente resulta de daños en el área

motora del cerebro, que es la porción de la corteza ce-rebral que controla el movimiento voluntario, aunquetambién puede aparecer asociada a otras patologías co-mo la esclerosis múltiple. Los tratamientos existentesen la actualidad a menudo proporcionan un escaso ali-vio y pueden estar limitados por su toxicidad. Comoconsecuencia de ello, algunos pacientes han optadopor experimentar con terapias alternativas, incluyendoel uso de cannabis.

En diferentes modelos de esclerosis múltiple se ha de-mostrado que la espasticidad estaría controlada por elsistema cannabinoide endógeno. En este sentido, laactivación de los receptores CB1 por parte de los can-nabinoides podría tener un efecto beneficioso en la in-hibición de la espasticidad. Varios estudios clínicos re-alizados en pacientes con esclerosis múltiple hansugerido que la administración oral de THC en estospacientes reduciría la intensidad de varios signos ysíntomas de la enfermedad. En particular, se reducirí-an la espasticidad, la rigidez y el temblor, y se mejora-rían la capacidad de andar y la de escribir. Además, seha demostrado que la inhibición de la degradación delos cannabinoides endógenos produce también un po-tente efecto antiespástico. Por tanto, los compuestosque inhiben está degradación serían candidatos idealespara su utilización como antiespásticos, pues ademásde su eficacia clínica en la reducción de la espastici-dad, no activarían directamente los receptores CB1por lo que carecerían de efectos psicoactivos.

Tratamiento del Glaucoma

El glaucoma es un síndrome ocular que engloba a dis-tintos procesos patológicos que se caracterizan princi-palmente por un aumento de la presión intraocular. Es-ta hipertensión ocular puede conducir a un dañoirreversible del nervio óptico y a la ceguera. Diversosestudios han demostrado que tanto el cannabis comovarios de sus derivados son capaces de reducir la pre-sión intraocular en pacientes con glaucoma. Más aun,se ha descrito que el cannabinoide sintéticoWIN55212-2, aplicado tópicamente en el ojo, dismi-nuye la presión intraocular en glaucomas humanos re-sistentes a los tratamientos convencionales.

Neuroprotección

Diversos estudios apuntan que los cannabinoides po-drían tener propiedades neuroprotectoras enlentecien-

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do la progresión de varias enfermedades neurodegene-rativas. En este sentido se ha descrito una pérdida dereceptores CB1 en el núcleo estriado, asociada con elinicio de los síntomas de la enfermedad de Hunting-ton. Sin embargo, se ha visto que la activación de losreceptores restantes por parte de cannabinoides endó-genos podría limitar el desarrollo de la enfermedad.Del mismo modo, se ha demostrado que la activacióndel sistema cannabinoide endógeno puede tener efec-tos neuroprotectores frente a enfermedades inflamato-rias del sistema nervioso central como la encefalomie-litis o la uveítis alérgica. Por otra parte, aunque noexisten evidencias sobre la posible utilidad terapéuticadel cannabis y sus derivados en la epilepsia, sí que seha visto que la administración oral de THC puede ha-cer desaparecer los tics que aparecen con el síndromede Tourette. Finalmente, existen también evidenciasexperimentales de un efecto neuroprotector de los can-nabinoides en modelos experimentales de isquemia ytraumatismo cerebral. Aunque la mayoría de estosefectos experimentales neuroprotectores parecen sermediados por el THC, no se puede descartar la contri-bución de otros cannabinoides como por ejemplo elcannabidiol, que ha demostrado tener propiedades an-tioxidantes. En este sentido, los ensayos clínicos conel dexanabinol (un cannabinoide sintético sin efectopsicoactivo) han mostrado resultados preliminares po-sitivos respecto a su utilidad en la prevención del da-ño neuronal tras un traumatismo craneoencefálico.

Antitumoral

Se ha demostrado que diversos cannabinoides tantovegetales como sintéticos presentan efectos antiproli-ferativos sobre diversos tipos de células tumorales encultivo. Además la administración de cannabinoidesfrena también el crecimiento de varios tipos de tumo-res en modelos animales.

Un ensayo clínico en fase I realizado para evaluar elefecto de la administración intracraneal de THC en pa-cientes con glioblastoma multiforme ha demostradouna disminución de la proliferación de las células ne-oplásicas en dos de los pacientes estudiados.

Otras aplicaciones terapéuticas

Por otra parte, el cannabis administrado en aerosolproduciría un importante efecto broncodilatador en pa-cientes asmáticos. Además, esta vía de administración

evitaría los efectos perjudiciales para los pulmonesque provoca el cannabis aspirado.

Por el contrario, el bloqueo de los receptores cannabi-noides CB1 está siendo investigado en la actualidadcomo una posible estrategia en la prevención de laobesidad, y en el tratamiento de la adicción a diversasdrogas de abuso (tabaco, cocaína, heroína).

Medicamentos derivados del cannabis comerciali-zados actualmente

El primer compuesto cannabinoide comercializadocon fines terapéuticos fue la nabilona (Cesamet®), unanálogo sintético del THC, que fue autorizado en1981, y aprobado por la FDA estadounidense- Foodand Drug Administration- (Administración de Alimen-tos y Fármacos, por sus siglas en inglés) en 1985 parael tratamiento de las náuseas y los vómitos secunda-rios al tratamiento con quimioterapia. Posteriormente,también se aprobó su utilización para el tratamiento dela anorexia y la pérdida de peso en pacientes con SI-DA. Desde el año 2001 este compuesto se puede obte-ner en España como medicamento extranjero a travésde los servicios de farmacia hospitalarios.

En 1985, el propio THC, comercializado bajo el nom-bre de dronabinol (Marinol®), fue también aprobadoen Canadá y Estados Unidos como antiemético para eltratamiento de las náuseas y vómitos inducidos por laquimioterapia antineoplásica. En 1992 fue también au-torizado en varios países para tratar la anorexia/caque-xia en pacientes con sida o cáncer terminal. Este me-dicamento no está todavía autorizado para sucomercialización en España.

Más recientemente se ha comercializado el medica-mento Sativex®, que es una mezcla de THC y canna-bidiol, otro cannabinoide derivado también de la plan-ta pero que carece de efectos psicoactivos. ElSativex® fue inicialmente aprobado en Canadá en2005 para el tratamiento de la espasticidad debida aesclerosis múltiple, y actualmente se puede prescribirtambién en dicho país para el tratamiento del dolorcanceroso y del dolor neuropático. En España, la co-mercialización de Sativex® fue aprobada en 2010 porla Agencia del Medicamento exclusivamente comotratamiento adicional para la mejoría de los síntomasen pacientes con espasticidad moderada o grave debi-da a la esclerosis múltiple que no han respondido de

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forma adecuada a otros medicamentos antiespásticos yque han mostrado una mejoría clínicamente significa-tiva de los síntomas relacionados con la espasticidaddurante un período inicial de prueba del tratamiento.Su administración como espray bucal y el hecho decontener un 50% de cannabidiol parece reducir la apa-rición de efectos adversos neuropsiquiátricos en rela-ción con otros medicamentos cannabinoides. Hasta elmomento los principales problemas asociados a su usohacen referencia a la aparición de nauseas, mareos ycansancio generalizado en algunos de los pacientes.

Antecedentes jurídicos de un caso práctico

300 convulsiones o crisis de epilepsia al día,

12 convulsiones por día,

1 convulsión cada 5 minutos.

Mismas que se convierten al paso del tiempo en el Sín-drome Lennox- Gastaut.

Podemos poner nombre y apellido a estos padecimien-tos: Grace Elizalde Benavides, Mariann López Corra-les, Eros Alejandro o Charlotte Figi; quienes padecenel síndrome de Lennox- Gastaut;

La pregunta es si podemos comprender o imaginar almenos la calidad de vida que puede tener una personaen estas condiciones, honestamente creo que no.

Se dice que nadie puede apreciar lo que no se conoce,pero en nuestro caso si podemos, no como legislado-res, sino como personas, y me refiero a valorar nuestrasalud, tanto personal como la de nuestras familias y se-res queridos.

Las leyes mexicanas siguen teniendo a la Cannabis

sativa y los productos derivados de esta planta, dentrodel catálogo federal de sustancias prohibidas, y pres-cribirla es un delito federal.

Grace Elizalde Benavides, una niña de ocho años, en-ferma del Síndrome de Lennox—Gastaut, ha llevado di-versas terapias sumamente costosas, a fin de mejorar sucalidad de vida, entre ellas: terapia física, visual, de len-guaje, ocupacional, sensorial, hidroterapia; así comomedicina alternativa: imanes, gotas y equino terapia;pero la mejora en su calidad de vida ha sido mínima.

En junio de 2015, se presentó una demanda de ampa-ro, por parte de los padres de Grace Elizalde Benavi-des con la ayuda del Centro Estratégico de ImpactoSocial (CEIS), el despacho Aguinaco Abogados (deFabián Aguinaco Bravo) y México Unido Contra laDelincuencia.

Ante ello, el juez tercero de Distrito en Materia Admi-nistrativa, Martín Adolfo Santos Pérez, concedió el 17de agosto del presente año, un amparo que ordena a lasautoridades para este caso en particular, permitir el usodel derivado medicinal de la marihuana, sustancia hoyprohibida por la Ley General de Salud, pero que en 20estados de los Estados Unidos de Norteamérica y enEuropa sí está permitida.

“Con esta medida cautelar no se afecta el interéssocial ni el orden público, pues la sociedad hamanifestado su permanente interés en que seproporcione a los niños los satisfactores, cuida-dos y asistencia necesarios para lograr su sanocrecimiento y desarrollo pleno”, falló el juez San-tos Pérez.

Así entonces, el juez protegió a Grace, pero decretocondiciones:

1.-Que un médico le recetara el tratamiento y que lamarihuana o sus derivados fueran comprados deforma legal.

2.-Que se entregue el informe de un experto en estaenfermedad que reconozca que la menor de edadpuede mejorar con el cannabidiol, y se haga un se-guimiento de la evolución, vigilando y establecien-do las dosis que ha de tomar, y

3.-Que un médico recete el compuesto y firmar unconsentimiento en el que se detallen los riesgos deltratamiento y probar que se consiguió de manera le-gal en el país donde se fabricó.

Así entonces, existe una suspensión definitiva de la ley(Ley General de Salud) que prohíbe usar a la marihua-na como tratamiento en México, otorgada por un juez,a fin de que la niña en mención pueda tratarse el sín-drome de Lennox- Gastaut, a través del derivado me-dicinal de la marihuana, denominado cannabidiolmientras dure el juicio.

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El derivado medicinal de la marihuana que Grace uti-lizará se fabrica legalmente en cuatro países: Inglate-rra, Canadá, Estados Unidos e Israel. La sustancia es-tá hecha con una cepa de marihuana llamadaCharlotte’s Web, en honor de Charlotte Figi, una niñacon el síndrome de Dravet, similar al de Grace, que su-fría de ataques epilépticos. La industria de la marihua-na de Colorado, Estados Unidos, le desarrolló espe-cialmente una planta con un alto nivel de cannabidiol(17%), pero con menos de 0.5% de THC, la sustanciaque se asocia al uso recreativo de la droga.

En un primer momento, se pensó en prescribir el deri-vado medicinal denominado Epidiolex (extracto puri-ficado de CBD) creado por GW Pharmaceuticals.

El medicamento que se prescribió a Grace Elizalde fueel extracto de cáñamo Charlotte´s web, Hemp Extract(suplemento dietético), de la empresa CW Botanicals.

El derivado medicinal contiene aceite de coco, aceitede semilla de girasol, sabor natural orgánico y triglicé-ridos de cadena media (MTC)

Uso del cannabididiol en distintos países

En Alemania y los Estados Unidos de América, el can-nabidiol se utiliza de manera legal para tratar: la epi-lepsia, esclerosis múltiple, sida, ayudar a pacientescon distintos tipos de cáncer, los efectos causados porla quimioterapia y radioterapia (controlando las náuse-as), así como para reducir la presión intraocular en losenfermos de glaucoma.

En Israel, la fibromialgia (dolor en los músculos y en eltejido fibroso -ligamentos y tendones), el cáncer, la en-fermedad de Parkinson, el síndrome de Tourette, el do-lor crónico y la esclerosis múltiple son enfermedadesque pueden tratarse con marihuana de manera legal. Eneste país el número de pacientes registrados que usabanmarihuana para tratar sus enfermedades, aumento un30% al pasar de 10.000 en 2012 a 13.000 en 2013.

En Italia, es legal la venta de productos farmacéuti-cos a base de marihuana en las regiones de Abruz-zo, Toscana, Liguria, Marcas, Friuli, Puglia y Veneto.

Personas enfermas en México a las cuales se bene-ficiaría con la legalización de los derivados con usoterapéutico y medicinal.

Cáncer

El cáncer, es una enfermedad multifactorial, donde in-tervienen elementos genéticos, ambientales, físicos ybiológicos para su desarrollo. El síntoma universal omás importante en cáncer es el tumor; cuando se hablade tumores sólidos.

Si bien cada cáncer tiene síntomas específicos, hay se-ñales generales de la presencia de un tumor malignocomo son: fiebres inexplicables, fatiga, pérdida de pe-so y malestar generalizado, reflejado en debilidad ymareos.

En el mundo se estima que existen 50 millones de per-sonas afectadas por esta enfermedad, 1 de cada 8muertes es a causa de problemas generados por el cán-cer, se registran más de 12 millones de diagnósticosanuales, de los cuales más de siete millones fallecen, yse estima que para el año 2030, habrá 26 millones denuevos casos, de los cuales 17 millones de personasfallecerán.

Esclerosis múltiple

En México existen al menos 15 mil personas que pa-decen esclerosis múltiple (enfermedad crónica del sis-tema nervioso central, una de las diez causas de consul-ta neurológica y principal causa de discapacidadneurológica entre la población económicamente activa).

De este universo, el 70% tiene entre 20 y 40 años deedad, y se presenta con mayor frecuencia en mujeresque en hombres, en una relación de 2 a 1.

El 47% de las personas diagnosticadas con esta enfer-medad carecen de seguridad social, y el 53% se atien-de en el sistema de salud pública.

En el orden mundial, se estima que la vida de 50 mi-llones de personas se ve afectada por esta enfermedad.

Epilepsia

En nuestro país, de cada mil personas 20 padecenepilepsia (enfermedad neurológica que afecta a cual-quier edad, pero que se manifiesta frecuentemente enla infancia y adolescencia, espectro donde se presentael 75% de los casos). Convirtiéndose en la causa neu-rológica de defunción más común.

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Desde el 2008, el cáncer es la principal causa de muer-te en el mundo.

Según estimaciones de la Unión Internacional contrael Cáncer, cada año en México se detectan cerca de128 mil nuevos casos de cáncer anualmente, de loscuales 74 mil personas (61.6%) fallecen por esa pato-logía (30% de los casos de cáncer son secundarios altabaquismo). Actualmente 40% de los distintos tiposde cáncer se pueden prevenir, pero también debe pre-ocuparnos la calidad de vida de aquellas personas queya han sido diagnosticadas con esta enfermedad.

Existen 100 tipos de cáncer, la mayoría son curables sise detectan en etapas tempranas, pero en México, el60% de los casos son detectados en etapas avanzadas,por lo que el cáncer es la tercera causa de muerte enMéxico.

Tipos de cáncer más comunes en México

El cáncer de próstata, que afecta más a los adultosmayores, se colocó como el tipo de cáncer de mayorprevalencia en todo el país.

El cáncer de mama ocupa el segundo lugar en preva-lencia en el orden nacional y es el primero si se tomaen cuenta únicamente a la población femenina.

La presencia de tumores malignos en el cuello del úte-ro (cáncer cervicouterino) es el tercer tipo de cáncercon mayor prevalencia en México.

El cáncer de pulmón es el segundo más mortal paralos hombres, después del de próstata, aunque se pre-senta tanto en hombre como mujeres

Cuando se toma en cuenta a ambos sexos, el cáncercon la mayor tasa de mortalidad es el de los órganosdigestivos (cáncer de estómago).

Otra enfermedad a la que debemos hacer mención, esel síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).

En México hay 220 mil enfermos de SIDA (contagia-dos durante el periodo 1983-2015) sumados a 42 milpersonas que viven con el virus sin manifestarse, deeste universo, el 93% de personas infectadas se conta-giaron por la vía sexual.

En cuanto al costo económico de esta enfermedad, unpaciente con el VIH, le cuesta al país 45 mil pesos alaño.

Por último, la existencia de la lesión cerebral llamadapaquigiria (los relieves del cerebro son más anchos, ylas neuronas no están acomodadas de manera correcta,lo que ocasiona crisis de epilepsia) puede transformar-se en el síndrome de Lennox-Gastaut (epilepsia in-fantil, variante de epilepsia con crisis difíciles de con-trolar, pero enfermedad no hereditaria).

En México existen 50 mil niños, con padecimientos si-milares al Síndrome de Lennox-Gastaut, pero solo setiene seguimiento clínico en 200 de ellos, y cuyas fa-milias del enfermo han tenido contacto con especialis-tas, a fin obtener una alternativa para mejorar la cali-dad de vida de quienes padecen estos trastornosfísicos.

El síndrome de Lennox-Gastaut, conocido tambiéncomo el síndrome de Lennox, es una variante de laepilepsia infantil de difícil manejo, que se manifiestaentre los 2 y 6 años, y se caracteriza por convulsionesfrecuentes y difíciles de controlar, además de discapa-cidad intelectual, problemas conductuales y atraso enel desarrollo.

El síndrome, pertenece al grupo de encefalopatías epi-lépticas graves de la infancia y cuenta con una inci-dencia de uno por cada millón de personas.

Aproximadamente 5% de los pacientes con este malmuere por este desorden o por los problemas asocia-dos en un trascurso de 10 años. El padecimiento pue-de prolongarse durante la adolescencia y edad adulta,causando problemas emocionales y discapacidades.

Las personas que padecen esta enfermedad muestrandificultades de aprendizaje, pérdida de memoria y al-teraciones de los movimientos. El 50 % de los que lle-gan a la edad adulta están totalmente discapacitados, ytan solo el 17% puede valerse por sí mismo. Por des-gracia no existe medicamento que la controle en su to-talidad.

Todos los anteriores padecimientos pueden ser contra-ídos por cualquier persona, al ser la predisposición ge-nética y factores externos los detonantes de la enfer-medad, ya que no todas son hereditarias. Además

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pueden manifestarse de manera repentina, sin existirantecedentes de malestar o síntomas por parte de laspersonas.

Debemos también ser conscientes que la tardanza en ladetección de una enfermedad y su correspondientecontrol, tienen un alto costo económico para las fami-lias de quienes la padecen.

¿Qué es el cannabidiol?

El primer uso médico del cannabis fue hace 500 años,cuando un botánico chino recetó marihuana como re-medio para la malaria, el beriberi, el estreñimiento, losdolores reumáticos, la falta de concentración y variasdolencias femeninas. Otro antiguo experto chino des-cribió una mezcla de resina de cannabis y vino que seutilizaba como analgésico.

El cannabidiol (CBD) es solo uno de los más de 70componentes encontrados en el cannabis sativa, sien-do un derivado con uso medicinal de la marihuana, noes marihuana en sí, así como tampoco es el principioactivo de ésta.

El CBD es un aceite derivado de la planta cannabissativa o marihuana, no toxico, que no tiene efectospsicoactivos y que puede contribuir a paliar losefectos producidos por distintas enfermedades.

El aceite de CBD también contiene otros cannabinoi-des no psicoactivos como el CBG (cannabigerol),CBC (cannabicromeno), etc. Se cree que hay más de400 cannabinoides de los que se han determinado y ca-racterizado químicamente 111. El cannabidiol es elque está en mayor proporción, pero todos son útiles yaque unos activan a otros para orquestar los efectos be-neficiosos.

El CBD junto con los otros cannabinoides es efectivopara:

-Mitigar los efectos de los procesos degenerativosy dolorosos, así como para aumentar las defen-sas, en la apoptosis y en la autofagia, procesos fi-siológicos celulares del organismo, indispensablespara eliminar células cancerígenas (células cance-rosas metastásicas) - células tumorales muy agresi-vas. Las células cancerosas malas, las que se repar-ten por todo el cuerpo- al dar lugar a la ruptura de

las células tumorales después de que el cannabidiolfue utilizado;

-El tratamiento de la esclerosis múltiple.

-Reducir los efectos colaterales de la quimiotera-pia por tratamiento contra el SIDA,

-En el caso de las epilepsias infantiles como elsíndrome de Dravet o el síndrome de Lennox-Gastaut disminuye los ataques en un 99 por ciento,pudiendo devolver a los pacientes el habla, el podercomer y caminar por sí mismos, así como posee unaacción antiinflamatoria y sin los efectos adver-sos de los analgésicos opiáceos.

El aceite CBD sale de una variedad propia de cáñamoindustrial (Cannabis Sativa L), variedad con muybajo o nulo índice de THC (tetrahidrocannabinol),sustancia psicoactiva y de comercialización prohibidasalvo casos especiales.

El aceite de CBD de calidad, implica garantizar quelas plantas utilizadas para la obtención del mismo noestán contaminadas con insecticidas, herbicidas, meta-les pesados, etcétera, mismos que pueden provocar unefecto acumulativo en el organismo.

El aceite de CBD no es un medicamento, pero puedeayudar en el tratamiento de diferentes patologías encombinación o no con la medicina tradicional, ya quees un componente medicinal probado, y su prescrip-ción médica no implica de ninguna manera el drogar alas personas.

Los efectos secundarios de este derivado medicinalpueden ser mareos y producir aumento de apetito, pe-ro en comparación a padecer 300 convulsiones o crisisde epilepsia al día, producidas por el síndrome de sín-drome de Lennox-Gastaut, estos podrían considerar-se menores.

El cannabidiol (CBD) es un compuesto bicíclico, al es-tar el anillo de tetrahidropirano escindido. Es un cana-binoide prácticamente desprovisto de propiedadespsicoactivas. Así, el tratamiento con CBD atenúa al-gunas de las alteraciones psicológicas inducidas poraltas dosis de THC (0.5mlg/kg) como por ejemplo: lossentimientos de ansiedad y de pánico.

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Este derivado con uso medicinal calma la actividadquímica y eléctrica del cerebro, sin los efectos secun-darios que produce el THC (tetrahidrocannabinol),asociado con el efecto de viaje que produce la ma-riguana

El cannabidiol puede ser útil para reducir el dolor lainflamación, y controlar las convulsiones epilépticas,según el Instituto Nacional sobre el Abuso de Drogasde la red estadounidense de Institutos Nacionales deSalud (NIH, por su sigla en inglés).

El uso terapéutico de la marihuana es por medio deaceites, que es la manera más común para acceder asus beneficios.

La marihuana con uso medicinal se consume a travésde extractos, de aceites y de gotas cuyos componentespueden variar, algunos tienen THC (el componentepsicoactivo) otros no lo tienen.

Ahora bien, para su prescripción médica, también elenvase del mismo aceite debe establecer indicacionesprecisas para su comercialización, como son:

- Llevar una etiqueta de la descripción del productocon los contenidos y las cantidades especificadas deforma clara, de modo que una dosis resulte cohe-rente.

- Incluir instrucciones de uso y detalle sobre lo quelo que serían dosis normales y máximas.

- Determinar qué cantidad del ingrediente activocontiene la concentración.

- La existencia de una página web para acceder aotros análisis o información más detallada, y

Estipular el contenido de otros ingredientes de la solu-ción utilizados para su producción.

Así entonces, el uso del derivado medicinal de la ma-rihuana denominado cannabidiol, es a través de un di-luido de aceite que se aplica en gotas debajo de la len-gua, una vez al día, y su costo varía según ellaboratorio que la produzca y el país donde se compre.El frasco en los Estados Unidos de América cuesta al-rededor de 250 dólares ($4,200 pesos), en Holanda �35.00 ($675 pesos) en España � 65.50 (30ml) ($1244

pesos) y � 105 (50ml) ($1995 pesos) y 250 dólares enInglaterra ($4200 pesos)

Es en este último país en donde se compró el medica-mento necesario para tratar a la primera mexicana quepodrá usar el cannabidiol (CBD) de manera legal.

Índice terapéutico de la marihuana

El índice terapéutico que se mide en una substancia,es la relación o proporción que se establece entre doscantidades o medidas (dosis sin peligro y dosis letal) yen el caso de la marihuana, este índice se sitúa entre1/20000 y 1/40000, es decir que si una persona sientesus efectos con 1g de marihuana, para morir de una so-bredosis tendría que consumir entre 20 y 40 Kg (enuna sola toma).

Este índice puede establecerse: con bajo peligro, peli-groso y muy peligroso, en relación a los siguientesproductos:

Así entonces, el alcohol, el tabaco, la cafeína y la as-pirina, tienen un índice terapéutico mayor que la mari-guana, y son productos que se comercializan libre-mente sin ninguna restricción en nuestro país.

Aun dosis masivas de marihuana no podrían causar lamuerte de una persona, debido a que los seres huma-nos poseemos receptores cannábicos CB1 o CB2 en elbulbo raquídeo, que es la parte del cerebro responsablede la respiración y de la frecuencia cardíaca, y en casode una dosis masiva de marihuana el efecto secunda-rio más grave que se produciría sería somnolencia, pe-ro no cortar la respiración o provocar paro cardíaco.

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En el mismo orden de ideas, una encuesta realizadapor el Wall Street Journal y NBC News, en la cual sepreguntaba “qué sustancia piensa que es más dañinapara su salud” de un grupo de cuatro, los resultadosfueron: el tabaco (49%), el alcohol (24%) el azúcar(15%) y la marihuana (8%).

En relación con anteriores datos en nuestro país, exis-ten alrededor de 10 millones de personas con diabetesdiagnosticada y sin diagnosticar.

Los costos por gastos médicos, muerte prematura odiscapacidad relacionados con la diabetes, costaron alpaís $363 mil millones de pesos, equivalente al 2.5 %del PIB en 2013.

Los costos indirectos de la diabetes están estimados en$183,364 millones de pesos, que representan el 1.4%del PIB en 2013.

La diabetes tuvo un crecimiento de 262% de1990 a lafecha, siendo la enfermedad con mayor incremento encuanto a su incidencia en el país en dicho periodo.

Ello implica que el costo de esta enfermedad, provo-cada por el consumo excesivo de azúcar, producto delibre venta en nuestro país, es muy alto en términos desalud pública.

Conclusión

Los datos científicos existentes avalan que la utiliza-ción del cannabis y sus derivados, debe ser tratada co-mo una alternativa terapéutica más al margen de pre-juicios relacionados con el consumo lúdico de lamisma. No debemos olvidar que en la mayoría de loscasos, el futuro del uso terapéutico de los cannabinoi-des parece ir ligado a la utilización de compuestos, do-sis y vías de administración que poco tienen que vercon el consumo recreativo de la planta del cannabis.Por ello, la decisión final para su prescripción en undeterminado paciente debe depender exclusivamentede los mismos criterios médicos que rigen para la ad-ministración de cualquier otro fármaco, es decir la re-lación entre riesgo y beneficio para cada paciente y ca-so particular.

La apuesta de futuro pasa por el desarrollo de nuevasestrategias farmacológicas para manipular el sistemacannabinoide endógeno minimizando la aparición de

efectos adversos. Del mismo modo, el desarrollo denuevas vías de administración para los compuestoscannabinoides (inhalada en aerosol, rectal, sublingualy transdérmica) asegurarían por una parte una absor-ción mayor y más rápida que la que se consigue ac-tualmente por vía oral, y evitarían además los efectosque para el paciente supone el consumo de cannabisaspirado.

Los sistemas de regulación del consumo de sustanciasson el mecanismo más efectivo para controlar su cul-tivo, distribución, comercialización y uso. La regla-mentación es el camino más eficaz para que el Estadocontrole el acceso a los derivados del cannabis con usomedicinal.

En este sentido será el gobierno federal a través de laSecretaría de Salud, el que controle y facilite el acce-so a los derivados con uso medicinal, a las personasque padecen las distintas enfermedades que hemosmencionado en el cuerpo del presente documento, yquienes podrían encontrar en el cannabis terapéuticouna opción eficaz para mejorar su calidad de vida.

Como Congreso no podemos desinformar a la pobla-ción, o hacer caso omiso a la realidad, ya que con ellose retrasa el alivio de millones de mexicanos enfer-mos.

Mientras nosotros legislamos de manera parsimonio-sa, las personas que necesitan tratar sus enfermedadesven disminuir sus capacidades a gran velocidad, y susfamilias no pueden hacer algo para ayudarles.

Lo que nos rodea lo percibimos dependiendo de dondeestemos sentados, tomemos el lugar de las personascon dolores insoportables y de sus familias, para que lautilización del cannabis sativa con fines terapéuticossea una opción, como ya lo es en distintos países delmundo, solo así legislaremos con humanidad.

El aprobar la presente iniciativa con proyecto dedecreto, será comprender a los millones de mexica-nos, que hoy sufren los efectos de una enfermedad,a fin de que mejoren su calidad de vida, tengamosuna visión amplia de las cosas, hagamos las cosasde la manera correcta.

Como miembros del Honorable Congreso de la Unióna la LXIII Legislatura, ayudemos a que las cosas suce-

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dan, hagamos lo correcto, para que nuestras accionessean en bien de millones de seres humanos.

Por lo anteriormente razonado y fundado, me permitosometer a consideración del Pleno de la Cámara de Di-putados a la LXIII Legislatura el presente iniciativacon proyecto de

Decreto que reforma y adiciona los artículos 234,235, 237, 241, 243, 245,247, 248, 252 y 467 de la LeyGeneral de Salud, y se adiciona un párrafo terceroal artículo 193 del Código Penal Federal

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 234, el últi-mo párrafo del artículo 235, la fracción I del artículo241, el artículo 243, la fracción I y IV del artículo 245,el último párrafo del artículo 247 y se adiciona un ter-cer y cuarto párrafo al artículo 237; un segundo pá-rrafo al artículo 248; un segundo párrafo al artículo252 y un segundo párrafo al artículo 467; todos de laLey General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 234. Para los efectos de esta Ley, se conside-ran estupefacientes:

…..

Butirato de dioxafetilo (etil 4-morfolín-2,2-difenilbu-tirato).

Cannabis sativa, índica y americana o mariguana, loscanabinoides cannabicromeno (CBC), cannabidiol(CBD) y cannabigerol (CBG), su resina, preparadosy semillas.

….

….

….

Artículo 235. …

I. …

II. …

III. …

IV. …

V.....

VI. …

Los actos a que se refiere este artículo sólo podránrealizarse con fines médicos, científicos, como tra-tamiento terapéutico alternativo para la mejoríade los síntomas de enfermedades, y requerirán au-torización de la Secretaría de Salud.

Artículo 237. …

En el caso exclusivo de la cannabis sativa, índica yamericana o marihuana, los canabinoides: canna-bicromeno (CBC), cannabidiol (CBD) y cannabige-rol (CBG), su resina, preparados, derivados, ex-tractos, tinturas, jugos, aceites grasos y esenciales;se permitirán los actos mencionados en el artículo235 de esta ley, cuando se realicen exclusivamentecon fines médicos, científicos, como tratamiento te-rapéutico alternativo para la mejoría de los sínto-mas de enfermedades y requerirán autorización dela Secretaría de Salud.

En el caso del tratamiento terapéutico alternativopara la mejoría de los síntomas de enfermedades, eltratamiento médico no podrá prescribir el uso de lacannabis sativa, índica y americana o marihuanade manera aspirada.

Artículo 241. …

l. Las recetas especiales serán formuladas por losprofesionales autorizados en los términos del artí-culo 240 de esta Ley, durante el tiempo que seanecesario de acuerdo a la prescripción médicacorrespondiente, y

II. …

Artículo 243. Los preparados que contengan acetildi-hidrocodeína, cannabicromeno (CBC), cannabidiol(CBD), cannabigerol (CBG), codeína, dextropropo-xifeno, dihidrocodeína, etilmorfina, folcodina, nicoco-dina, corcodeína y propiram que formen parte de lacomposición de especialidades farmacéuticas, estarán

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sujetos, para los fines de su preparación, prescripcióny venta o suministro al público, a los requisitos que so-bre su formulación establezca la Secretaría de Salud.

Artículo 245. …

I. Las que tienen valor terapéutico escaso o nulo yque, por ser susceptibles de uso indebido o abuso,constituyen un problema especialmente grave parala salud pública, y son:

………..

Tenociclidina TCP 1-[1-(2-tienil) ciclohexil]- pipe-ridina

(Se deroga)

TMA dl-3, 4,5-trimetoxi- -metil- feniletilamina.

….

II…III

IV. Las que tienen amplios usos terapéuticos yconstituyen un problema menor para la salud pú-blica, y son:

…..

Cafeína

Cannabinol (CBN)

….

Tetrabenazina

Tetrahidrocannabinol (THC), los siguientes isó-meros: ∆6A (10A), ∆6A (7) ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9(11) y sus variantes estereoquímicas.

….

V. ...

Artículo 247. …

I.

II. …

III. …

IV. …

V. …

VI. …

Los actos a que se refiere este artículo sólo podránrealizarse con fines médicos, científicos, como tra-tamiento terapéutico alternativo para la mejoríade los síntomas de enfermedades, y requerirán, aligual que las substancias respectivas, autorizaciónde la Secretaría de Salud.

Artículo 248. …

En el caso exclusivo del cannabinol (CBN) y el te-trahidrocannabinol (THC) los siguientes isómeros:∆6A (10A), ∆6A (7) ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9 (11) y susvariantes estereoquímicas, incluidos en la fracciónIV del artículo 247 de esta ley, se permitirán los ac-tos mencionados en el mismo ordenamiento, cuan-do se realicen exclusivamente con fines médicos,científicos, como tratamiento adicional para la me-joría de los síntomas de enfermedades y requeriránautorización de la secretaría de salud.

Artículo 252. …

En el caso exclusivo del cannabinol (CBN) y el te-trahidrocannabinol (THC) los siguientes isómeros∆6A (10A), ∆6A (7) ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9 (11) y susvariantes estereoquímicas, requerirán, para suventa o suministro al público, receta médica quecontenga el número de la cédula profesional delmédico que la expida, durante el tiempo que sea ne-cesario de acuerdo a la prescripción médica corres-pondiente.

Artículo 467. …

En el caso exclusivo del consumo del cannabinol(CBN) y el tetrahidrocannabinol (THC) los si-guientes isómeros ∆6A (10A), ∆6A (7) ∆7, ∆8, ∆9,∆10, ∆9 (11) y sus variantes estereoquímicas, los ac-tos a que se refiere este artículo sólo podrán reali-zarse con fines médicos, científicos como trata-

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miento terapéutico alternativo para la mejoría delos síntomas de enfermedades, y requerirán, aligual que las substancias respectivas, autorizaciónde la Secretaría de Salud, por lo que no se aplicarala pena referida en párrafo precedente.

Artículo Segundo.- Se adiciona un párrafo tercero alartículo 193 al Código Penal Federal; para quedar co-mo sigue:

Artículo 193. …

No serán punibles las conductas señaladas en el párra-fo anterior, en el caso exclusivo de la cannabis sativa,índica y americana o marihuana, los canabinoides:cannabicromeno (CBC), cannabidiol (CBD) y canna-bigerol (CBG), su resina, preparados, derivados, ex-tractos, tinturas, jugos, aceites grasos y esenciales;cuando se realicen exclusivamente con fines médicos,científicos o como tratamiento terapéutico alternativopara la mejoría de los síntomas de enfermedades.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Palacio Legislativo de San Lázaro,a 18 de noviembre de 2015.

Diputado Jonadab Martínez García (rúbrica)

QUE EXPIDE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SUSTEN-TABLE, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO JAVIER PIN-TO TORRES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA

ALIANZA

El que suscribe, Francisco Javier Pinto Torres, diputa-do federal, integrante del Grupo Parlamentario NuevaAlianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Di-putados del honorable Congreso de la Unión; con fun-damento en los artículos 71.II., de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos y 6.1.I., 77.1.y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pre-senta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de de-creto por el que se expide la Ley General de Desarro-llo Sustentable, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El desarrollo sustentable supone un modelo de desa-rrollo que permita a la sociedad, para la cual se diseñay en la cual se implementa, la posibilidad de crecereconómicamente mediante el aprovechamiento efi-ciente y racional de sus recursos naturales y benefi-ciando equitativamente a toda la población.

Este modelo de desarrollo, al integrar simultáneamen-te el aspecto social, ambiental y económico de una de-terminada colectividad, permite un crecimiento soste-nido y equilibrado que suple las necesidades de lageneración actual, sin poner en riesgo la posibilidad delas generaciones futuras de suplir las suyas.

Aunque la Constitución mexicana, en su artículo 25,obliga al Estado a llevar una rectoría del desarrollo na-cional que sea integral y sustentable; en la práctica,este ejercicio no se ha realizado y esta omisión se re-fleja en resultados deficientes para México en térmi-nos de sustentabilidad.

Efectivamente, en el caso particular de México, el es-fuerzo por implementar un modelo de desarrollo sus-tentable adecuado a su contexto nacional, se ha tradu-cido sobre todo en la implementación de leyes,instituciones y líneas de políticas públicas enfocadasúnicamente en el aspecto ambiental, sin integrar la di-mensión económica y social del país.

Hasta la fecha en México, tanto la política ambiental,económica y social se han llevado de manera desarti-culada.

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Así pues, la falta de integración entre estas dimensio-nes se refleja en una realidad en la cual México tieneun gran déficit en cuanto a la protección, conservacióny preservación de sus recursos naturales, una econo-mía estancada y sin solidez, así como grandes des-igualdades sociales.

Para subsanar estas carencias será necesario que Mé-xico enderece su camino mediante la adopción de unmodelo de desarrollo con un enfoque integral entre elaspecto monetario, ecológico y social a nivel nacional.Además, el Estado tendrá que articular sus acciones depolítica pública, integrando simultáneamente aspectoscuantitativos y cualitativos, de tal modo que se logreuna transición equitativa hacia un crecimiento econó-mico respetuoso de nuestro capital natural y del entor-no social en el cual se desarrolla.

Sin embargo, en la actualidad el país no cuenta con unmarco legal que obligue al Estado a coordinar la polí-tica nacional en materia de desarrollo sustentable, nique le dicte las normas y lineamientos a observar en suimplementación.

Por eso, es fundamental que el Poder Legislativo esta-blezca un marco legal que obligue a la administraciónpública federal, estatal y municipal a incorporar en eldiseño y gestión de sus políticas públicas, accionesque promuevan un crecimiento económico inscrito enuna justicia distributiva y en la protección, preserva-ción y conservación del medio ambiente.

Argumentación

El origen de la sustentabilidad

La preocupación por la degradación ambiental causa-da por acciones humanas surge desde la década de lossesenta con el “Club de Roma”. Esta organización sefundó en 1968 y reunía a científicos, empresarios y di-plomáticos de diversos países, cuyo objetivo era anali-zar los cambios ambientales del planeta provocadospor el modelo de desarrollo de la época -aún vigente-y sensibilizar a la comunidad política internacional so-bre la crisis ambiental provocada por el sistema capi-talista moderno de desarrollo humano.

Este esfuerzo se vio plasmado en la primera publica-ción del Club de Roma “Los límites del crecimiento”,documento que obtuvo reconocimiento mundial.

En la década de los setenta la preocupación por la de-gradación global del medio ambiente dejó de ser untema de preocupación de unos cuantos y pasó a serparte de la agenda política internacional. Efectivamen-te, en 1972 la Asamblea General de las Naciones Uni-das acordó la Declaración de Estocolmo, la cual con-tiene principios para guiar las políticas ambientales delos países miembros de la ONU, con el fin de preser-var y mejorar el medio ambiente.

En 1987, en el informe “Nuestro futuro común”,1 pre-sentado ante la Asamblea General de la ONU, se haceun contundente llamado de atención a la comunidadpolítica internacional en cuanto a la necesidad de cam-biar el modelo de desarrollo que la sociedad había to-mado, ya que éste estaba generando no solamente ladestrucción del medio ambiente, sino también mayorpobreza.

Por lo cual, el informe proponía suprimir la confronta-ción entre crecimiento económico y protección del me-dio ambiente, mediante la propuesta de un modelo dedesarrollo alternativo que no solamente proponía con-jugar economía y protección, conservación y preserva-ción del medio ambiente; sino que además sugería queeste crecimiento económico beneficie a todos de mane-ra equitativa para poder acabar con la pobreza.

Este nuevo modelo de desarrollo, llamado DesarrolloSustentable, se definió en el Informe Bruntland comoel tipo de desarrollo que satisface de manera durablelas necesidades del presente, sin comprometer la capa-cidad de las futuras generaciones para satisfacer laspropias,2 para lo cual proponía la integración simultá-nea del aspecto económico, ambiental y social.

Entonces desde la década de los ochentas, la preocu-pación de la comunidad internacional no vertía ya úni-camente en contrarrestar la degradación del medio am-biente, sino en combatir igualmente la pobreza ydesigualdad social, mientras que simultáneamente sepromoviera el crecimiento económico.

Este informe de 1987 fue el punto de partida para unanueva percepción del desarrollo global, ya que postu-laba que el crecimiento económico y el medio am-biente no debían de concebirse, ni realizarse mediantepolíticas de cuerdas separadas, sino mediante políticasintegrales que conjugaran la dimensión económica,ambiental y social de nuestro sistema de organización.

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De hecho, este concepto de desarrollo sustentable to-mó tal relevancia que fue plasmado como eje rector dela Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y elDesarrollo, adoptada por los gobiernos participantesen la Conferencia de las Naciones Unidas para el Me-dio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en la ciudadde Río de Janeiro, Brasil, en junio de 1992.

Esta Declaración de Río se conforma de 27 principiosque establecen derechos y obligaciones para los Esta-dos en materia ambiental y de desarrollo, con el fin deestablecer una alianza mundial renovada y enfocadahacia el alcance de un desarrollo sustentable global.

La sustentabilidad en México

México como Estado miembro de la ONU ha incluido,ya desde los setenta, en su agenda política nacional,los principios contenidos en la Declaración de Esto-colmo, en la Declaración de Río, así como aquelloscontenidos en otros instrumentos internacionales rela-cionados con el desarrollo sustentable (tanto vincu-lantes como no vinculantes) y ha tratado de imple-mentar este nuevo modelo de desarrollo en suterritorio.

Sin embargo, como se mencionó anteriormente, esteesfuerzo por implementar un modelo de desarrollosustentable adecuado a su contexto nacional se ha tra-ducido sobre todo en la implementación de una políti-ca estrictamente ambiental.

Así, desde los setenta, en México se empezó a llevar acabo una transformación de su marco jurídico en arasde establecer un sistema legal e institucional de pro-tección al ambiente.

Así por ejemplo, en 1971 se reformó el texto constitu-cional, de tal modo que se incluyó en el artículo 73 lafacultad del Congreso de la Unión para legislar en ma-teria de prevención y control de la contaminación am-biental,3 lo cual derivó en la expedición en ese mismoaño de la Ley Federal para Prevenir y Controlar laContaminación, y en 1972 se creó la Subsecretaría deMejoramiento del Ambiente.

En 1982 se expidió la Ley Federal de Protección Am-biental, y asimismo se creó la Secretaría de DesarrolloUrbano y Ecología (SEDUE).

En 1987 se reformó nuevamente la Constitución paraque incluyera la preservación y restauración del equi-librio ecológico como una de las obligaciones del Es-tado, así como la protección al ambiente como una delas facultades del Congreso de la Unión, lo cual en1988 derivó en la promulgación de la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente(LGEEPA).4

En 1994, después de la Cumbre de Río, se creó la Se-cretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales yPesca (Semarnap), que en el año 2000 pasaría a ser laactual Semarnat.

Desde entonces en México, muchas otras leyes e insti-tuciones administrativas han sido creadas en materiade protección al medio ambiente: contamos con unaLey General de Vida Silvestre, una Ley General deDesarrollo Forestal Sustentable, una Ley General deDesarrollo Rural Sustentable, entre otras normas am-bientales.

Así mismo, contamos con programas con un enfoqueambiental, como el Programa de Playas Limpias, elPrograma de Desarrollo Institucional Ambiental y Or-denamientos Ecológicos, entre otros. Del mismo mo-do, la administración pública mexicana cuenta coninstituciones como la Comisión Nacional Forestal(Conafor), la Comisión Nacional para el Conocimien-to y uso de la Biodiversidad (Conabio), el Instituto Na-cional de Ecología (INEEC, recientemente denomina-do Instituto Nacional de Ecología y CambioClimático), entre otros.

Entonces, podemos observar que en el caso particularde México, el esfuerzo por implementar un modelo dedesarrollo sustentable adecuado a su contexto nacionalse ha traducido sobre todo en la implementación debases legales, instituciones y líneas de políticas públi-cas enfocadas únicamente en el aspecto ambiental.

Si bien existen leyes como la Ley de Desarrollo RuralSustentable, la Ley de Desarrollo Sustentable de la Ca-ña de Azúcar, Ley General de Desarrollo Forestal Sus-tentable, Ley General de Pesca y Acuacultura Susten-tables, Ley de Promoción y Desarrollo deBioenergéticos, entre otros; sería ingenuo y un granerror pensar que la sustentabilidad está resuelta paraMéxico en dichas actividades económicas.

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Tales leyes administrativas que regulan únicamente larelación entre el administrado (interesado en realizaralguna de tales actividades económicas) y el Estadoadministrador, no incluyen el aspecto social de la sus-tentabilidad y, por lo general, tampoco incluyen el as-pecto de economía justa. La mayoría de estas escasasleyes, tampoco establecen mecanismos legales que re-almente fomenten la sustentabilidad en el plano am-biental.

Así por ejemplo, la Ley para el Aprovechamiento Sus-tentable de la Energía (LASE) es una ley que tiene porobjeto propiciar un aprovechamiento sustentable de laenergía, mediante el uso óptimo de la misma en todossus procesos y actividades, desde su explotación hastasu consumo. No obstante, no se han cumplido los ob-jetivos en materia de eficiencia energética: hoy en día,a México le cuesta más energía crecer económicamen-te que hace diez años,5 es decir que la cantidad deenergía empleada para producir un peso del PIB se haincrementado.6

Por su parte, las leyes expedidas para regular las acti-vidades económicas relacionadas con el campo (comola Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley de De-sarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, Ley Gene-ral de Desarrollo Forestal Sustentable, entre otros), nohan demostrado tampoco aliviar la crisis que sufre elcampo mexicano.

Inclusive, entran en total contradicción con los objeti-vos ambientales, sociales y económicos de la sustenta-bilidad. Por ejemplo, la Ley de Promoción y Desarro-llo de Bioenergéticos es polémica debido a laproducción de plantas comestibles (caña de azúcar,maíz, sorgo, etcétera) para dedicarlo a la generación decombustible (escasa7 por cierto, en comparación conlos resultados obtenidos a partir de otras fuentes ener-géticas renovables), en un país donde se lleva a cabola Cruzada Nacional Contra el Hambre.

Por otra parte, los bioenergéticos promovidos por lamencionada ley, tampoco cubren la dimensión econó-mica que busca la sustentabilidad, ya que el gobiernogasta en millonarias subvenciones para la promociónde insumos bioenergéticos que no son socialmente, niambientalmente benéficos.

Así pues, podemos constatar que el Congreso Mexi-cano ha elaborado y aprobado leyes con la etiqueta

“Bio” o “Sustentable”, que en el mejor de los casos in-cluye la dimensión ambiental, excluyendo sin embar-go los aspectos económico y social de la sustentabili-dad. En la mayoría de los casos estas leyes no integranla dimensión económica y social del desarrollo susten-table, ni tampoco incluyen el vector ambiental de ma-nera real y eficiente.

En aras de que México transite hacia la sustentabili-dad, es necesaria una coordinación intersecretarial eintergubernamental (entre los 3 órdenes de gobierno)para que las acciones de la política pública mexicanaintegren realmente el crecimiento económico y el res-peto del entorno social y ambiental, de tal modo queno se desperdicien, no se repitan y no se contraponganlos esfuerzos del Estado por un desarrollo sustentablede nuestro país.

Aunque la Constitución mexicana obliga al Estado allevar a cabo una rectoría del desarrollo nacional quesea integral y sustentable, en la práctica este ejerciciono se ha realizado y esta omisión se refleja en resulta-dos deficitarios para México en términos de sustenta-bilidad, ya que nuestro país tiene un gran déficit encuanto a la protección, conservación y preservación desus recursos naturales, una economía estancada y sinsolidez, así como grandes desigualdades sociales.

En efecto, según datos obtenidos del “Informe de laSituación del Medio Ambiente en México - Edición2012” (Semarnat 2012),8 en materia de uso de suelo yvegetación, emisiones contaminantes, disponibilidadhídrica y niveles de reciclaje se hace evidente que laprotección del medio ambiente y los recursos natura-les en México deja aún mucho que desear. Por ejem-plo, según este informe, la Carta de Uso de Suelo y Ve-getación Serie IV (Inegi 2011) indica que hoy en díaen México tan sólo el 36 por ciento de las selvas y el62 por ciento de los bosques son primarios (vírgenes).

Con base en este mismo informe, se estima que anual-mente en el país, durante el periodo de 2003-2006, lasemisiones promedio nacionales de bióxido de carbonoasociadas al cambio de uso del suelo forestal ascen-dieron a 7,189 gigagramos (Gg) de bióxido de carbo-no, lo cual signifique alrededor del 10.3 por ciento delas emisiones totales de CO2 en México fueron causa-das por cambio de uso del suelo. Así pues, podemosobservar que la pérdida de ecosistemas primarios porcambio de uso de suelo y la alteración de la calidad del

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aire asociada al cambio de uso de suelo, es un claroejemplo de la degradación ambiental en México debi-do a acciones humanas.

De acuerdo con en este informe, otros datos relevantessobre la degradación ambiental debido a causas antro-pogénicas indican que durante el periodo 2005-2010(lo cual corresponde a la estimación más reciente de laConafor reportada a la FAO) alrededor de 155 mil hec-táreas fueron deforestadas anualmente.

Así mismo, según el informe de la Semarnat, con baseen datos reportados por el Inventario Nacional de Emi-siones de México, en 2005 se emitieron alrededor de71.2 millones de toneladas de contaminantes, de loscuales el 22 por ciento fueron emitidos por fuentes na-turales y 78 por ciento por fuentes antropogénicas. Se-gún, conclusiones de este informe, la mayor parte delas emisiones antropogénicas fueron generadas por losvehículos automotores (fuentes móviles carreteras;78.3 por ciento del total).

En cuanto al tema del agua, según el informe de la Se-marnat, la disponibilidad hídrica en México se ha redu-cido de manera importante, ya que mientras en 1950 es-ta era de 17,742 metros cúbicos por año, en el año 2010se reportó que la disponibilidad por habitante fue de4,090 metros cúbicos anuales, un volumen que de acuer-do al World Resources Institute (WRI) es consideradocomo una disponibilidad hídrica baja; teniendo en cuen-ta que según el Indicador de Falkenmark, una disponibi-lidad inferior a 1,700 metros cúbicos por habitante poraño se considera como una situación de estrés hídrico.

Del mismo modo, este informe de la Semarnat, revelaque los esfuerzos de reciclaje en México es aún muybajo, ya que de acuerdo con las cifras obtenidas en lossitios de disposición final, en 2011 se recicló tan sólo4.8 por ciento del volumen de los Residuos SólidosUrbanos generados. La disposición final de los resi-duos en el país se realiza básicamente en rellenos sa-nitarios y otros sitios de disposición. En 2012, se esti-mó que 67 por ciento del volumen generado de RSUen el país se dispuso en rellenos sanitarios.9

En tanto, el panorama económico y social en Méxicotampoco presenta un saldo positivo. Según las estima-ciones más recientes realizadas por el Consejo Nacio-nal de Evaluación de la Política de Desarrollo Social(Coneval), a nivel nacional, entre 2012 y 2014, la po-

breza alimentaria pasó del orden de 23.3 por ciento a23.4 por ciento de la población del país; es decir, de27.4 a 28.0 millones de personas.10

Esto da cuenta de que la pobreza alimentaria en Méxi-co no se ha combatido correctamente, ya que ha au-mentado desde 2012 en lugar de disminuir. Así, mien-tras hoy la carencia por acceso a la alimentaciónafecta al 23.4 por ciento de la población, en el 2012 és-ta representaba el 18.8 por ciento de la población na-cional.11

Esto significa que para el 2014 en México habían alre-dedor de 28.0 millones de personas12 que aun utilizan-do todos los ingresos corrientes de los que disponen pa-ra la obtención de una canasta básica de alimento, nopodían cubrir el costo total de esta canasta.

Con base en estas mismas estimaciones, la pobreza decapacidades en México pasó de 26.6 por ciento en el2010, a 28.0 por ciento en el 2012. Esto significa quepara el 2012 en México habían alrededor de 32.9 mi-llones de personas que no contaban con los ingresossuficientes para cubrir el costo de una canasta básicade alimentos, ni para cubrir los gastos necesarios eneducación y salud.

Finalmente, según el Coneval, entre el 2010 y el 2012,en México la pobreza de patrimonio pasó de 51.1 porciento a 52.3 por ciento, lo cual significa que para elaño 2012 en México habían alrededor de 61.4 millonesde personas que no contaban con los ingresos suficien-tes para cubrir el costo de una canasta básica de ali-mentos, ni para cubrir los gastos necesarios en salud,educación, vestido, calzado, vivienda y transporte.

Para resolver estas problemáticas será necesario queMéxico enderece su camino mediante la adopción deun modelo de desarrollo con un enfoque integral entreel aspecto monetario, ecológico y social. El Estadodebe diseñar y ejecutar políticas públicas articuladasque promuevan una economía sólida, competitiva yrespetuosa del medio ambiente, y que garanticen unadistribución equitativa de la riqueza, con el fin de ase-gurar mejores condiciones de vida de los grupos vul-nerables del país.

Ahora bien, para que se pueda diseñar e implementaruna estrategia nacional de desarrollo sustentable quesea integral y transversal, aplicable tanto horizontal

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como verticalmente, es necesario contar con los me-canismos legales que permitan establecerla y garanti-zar su aplicación. Para lograr esto, el Congreso de laUnión debe elaborar un marco jurídico que no segre-gue lo ambiental de lo económico ni de lo social.

Para crear tales condiciones, se presenta esta iniciativacon proyecto de decreto por el que se crea la Ley Ge-neral de Desarrollo Sustentable, la cual responsabilizaa la Administración Pública a ejercer su gestión inscri-biéndose en la búsqueda del desarrollo sustentable,mediante el establecimiento de mecanismos obligato-rios de consulta, planificación, integración, decisión,implementación, monitoreo y evaluación en materiade desarrollo sustentable. Esto obligará a los actoresde los diferentes órdenes de gobierno y de todas las es-feras sectoriales a tener una visión clara de la orienta-ción que tomará su gestión para lograr el viraje nece-sario hacia la sustentabilidad.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de di-putado federal, integrante del Grupo ParlamentarioNueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámarade Diputados del honorable Congreso de la Unión, confundamento en la fracción II del artículo 71 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 delReglamento de la Cámara de Diputados, someto a con-sideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativacon proyecto de

Decreto por el que se crea la Ley General de Desa-rrollo Sustentable

Artículo Único. Se crea la Ley General de DesarrolloSustentable para quedar como sigue:

Ley General de Desarrollo Sustentable

Título PrimeroDisposiciones generales

Capítulo Único

Objeto, aplicación y terminología

Artículo 1. La presente ley se expide en el marco delos artículos 25 y 27, párrafo tercero de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las de-más disposiciones que resultan aplicables.

La presente ley es de orden público, interés general yobservancia en todo el territorio nacional y las zonassobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdic-ción y establece disposiciones para coordinar las polí-ticas públicas en desarrollo sustentable. Es reglamen-taria de las disposiciones de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos en materia de protec-ción al ambiente, desarrollo sustentable, preservacióny restauración del equilibrio ecológico; así como dedesarrollo social y económico.

Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son de inte-rés público y de orden social, debido a su carácter bá-sico y estratégico para promover una economía nacio-nal justa y equitativa que permita a los individuosllevar una vida digna y el pleno ejercicio de sus dere-chos fundamentales, sin afectar el equilibrio ecológi-co.

Esta Ley es de observancia general en toda la Repú-blica y tiene por objeto coordinar la política nacionalen materia de desarrollo sustentable, mediante el esta-blecimiento de un marco legal que obligue a la Admi-nistración Pública, en los distintos órdenes de gobier-no, a incorporar la búsqueda del desarrollo sustentableen su gestión de las políticas públicas; y que garanticela coherencia entre estas acciones de gobierno.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderápor:

I. Agencia Nacional de Evaluación: La AgenciaNacional de Evaluación para el Desarrollo Susten-table.

II. Comisión Intersecretarial: La Comisión Inter-secretarial para el Desarrollo Sustentable.

III. Consejo Consultivo Nacional: El ConsejoConsultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable.

IV. Desarrollo sustentable: Desarrollo que debeejercerse en forma tal que responda equitativamen-te a las necesidades del presente sin comprometerla capacidad de las generaciones futuras para satis-facer sus propias necesidades. Este modelo de desa-rrollo debe basarse en una estrategia con visión a

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largo plazo y conformada por acciones que integrenindisociablemente el aspecto económico, social yambiental de los problemas que se propone resol-ver. Por lo cual, este proceso debe ser evaluable me-diante criterios e indicadores de carácter ambiental,económico y social.

V. Estrategia Nacional: La Estrategia Nacional pa-ra el Desarrollo Sustentable.

VI. Estrategias Estatales: La Estrategia local ela-borada respectivamente por cada Entidad Federati-va en materia de desarrollo sustentable en concor-dancia con la Estrategia Nacional y de conformidadcon la distribución de competencias prevista en es-ta ley y en los demás ordenamientos legales aplica-bles.

VII. Estrategias Municipales: La Estrategia muni-cipal elaborada respectivamente por cada Munici-pio en materia de desarrollo sustentable en concor-dancia con la Estrategia Nacional y de conformidadcon la distribución de competencias prevista en es-ta ley y en los demás ordenamientos legales aplica-bles.

VIII. Evaluación de incidencia: examen previoal cual se someten proyectos de ley, de decreto, dereglamento, planes y programas de cobertura na-cional o federal para determinar si tales proyectospudiesen tener potenciales efectos negativos o im-previstos sobre los aspectos económico, social yambiental del desarrollo nacional y sobre el gastopúblico.

IX. Gabinete ampliado: Secretarías de Estado yentidades desconcentradas que dependen del presu-puesto federal y cuyos titulares son nombrados porel titular del Ejecutivo Federal para auxiliarlo en eldesarrollo de sus atribuciones y funciones. Asimis-mo, se incluye dentro de esta figura a las entidadesparaestatales.

X. Informe anual: Documento que debe entregarla Comisión Intersecretarial, las Secretarías de Es-tado, las entidades paraestatales, los órganos des-concentrados y que contiene un informe anual sobreel avance en el cumplimiento de sus objetivos y me-tas establecidos en sus respectivas estrategias.

XI. Informe evaluativo: Documento informativoque contienen una evaluación sobre los resultadosarrojados por los informes anuales de implementa-ción y que determina la evolución de la situaciónnacional en materia de desarrollo sustentable.

XII. Ley: La Ley General de Desarrollo Sustenta-ble.

XIII. Visión Estratégica Nacional: La Visión Es-tratégica Nacional a largo plazo para el DesarrolloSustentable.

Título SegundoDistribución de competencias

Capítulo ÚnicoDe la Federación, las

Entidades federativas y los Municipios

Artículo 4. La federación, las entidades federativas, elDistrito Federal y los municipios ejercerán sus atribu-ciones en materia de desarrollo sustentable, de confor-midad con la distribución de competencias prevista enesta ley y en los demás ordenamientos legales aplica-bles.

Artículo 5. Las atribuciones que la presente ley otor-ga a la Federación, serán ejercidas por el Poder Ejecu-tivo Federal, a través de las dependencias y entidadesque integran la administración pública federal centra-lizada y paraestatal, de conformidad con las facultadesque les confiere esta ley, la Ley Orgánica de la Admi-nistración Pública Federal, la Ley Federal de las Enti-dades Paraestatales y demás disposiciones jurídicasaplicables.

Artículo 6. Son atribuciones de la Federación las si-guientes:

I. Formular, coordinar y conducir la política nacio-nal en materia de desarrollo sustentable;

II. Elaborar, coordinar y aplicar los instrumentos deplanificación, monitoreo y evaluación de la políticanacional en materia de desarrollo sustentable, loscuales están previstos por esta Ley;

III. Formular, conducir y publicar, con la participa-ción de la sociedad, la Visión Estratégica Nacional

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y la Estrategia Nacional para el Desarrollo Susten-table; así como llevar a cabo su instrumentación, se-guimiento y evaluación;

IV. Establecer procedimientos para realizar consul-tas públicas a la sociedad en general, los sectorespúblico y privado, con el fin de formular y, en su ca-so, actualizar la Visión Estratégica Nacional y laEstrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable;

V. Establecer, regular e instrumentar las accionespara la implementación de políticas públicas orien-tadas a la búsqueda del desarrollo sustentable na-cional, de conformidad con esta Ley, los tratados in-ternacionales aprobados y demás disposicionesjurídicas aplicables, en las materias siguientes:

a) Preservación, restauración, conservación,manejo y aprovechamiento sustentable de los re-cursos naturales, los ecosistemas terrestres yacuáticos, y los recursos hídricos;

b) Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pescay acuacultura;

c) Educación;

d) Energía;

e) Planeación nacional del desarrollo;

f) Soberanía y seguridad alimentaria;

g) Prevención y atención de epidemias de carác-ter grave o en caso de peligro de invasión de en-fermedades exóticas en el país;

h) Salubridad general, conforme a lo dispuestoen el artículo 73 constitucional, fracción XVI;

i) Protección civil;

j) Transporte federal y comunicaciones;

k) Desarrollo regional y desarrollo urbano;

l) Demografía;

m) Las demás que determinen otras leyes;

VI. Incorporar en los instrumentos de política na-cional criterios de desarrollo sustentable;

VII. Crear y regular la Comisión Intersecretarial;

VIII. Crear el Consejo Consultivo Nacional;

IX. Crear la Agencia Nacional de Evaluación;

X. Fomentar la investigación científica y tecnológi-ca, el desarrollo, transferencia y despliegue de tec-nologías, equipos y procesos para favorecer el de-sarrollo sustentable a nivel nacional;

XI. Promover la educación y difusión de la culturaen materia de desarrollo sustentable en todos los ni-veles educativos, así como realizar campañas deeducación e información para sensibilizar a la po-blación sobre los cambios necesarios que se debende realizar para cambiar nuestros actuales patronesde producción y consumo a fin de transitar hacia unmodelo de desarrollo sustentable;

XII. Promover la participación corresponsable de lasociedad en las materias previstas en esta ley;

XIII. Establecer las bases e instrumentos para pro-mover el fortalecimiento de capacidades institucio-nales y sectoriales en materia de desarrollo susten-table;

XIV. Establecer las bases e instrumentos para pro-mover y apoyar el fortalecimiento de la competiti-vidad de los sectores productivos transitando haciauna economía sustentable;

XV. Determinar los indicadores de efectividad e im-pacto que faciliten la evaluación de los resultadosde la aplicación del presente ordenamiento;

XVI. Diseñar y promover ante las dependencias yentidades competentes, el establecimiento y aplica-ción de instrumentos económicos, fiscales, finan-cieros y de mercado vinculados a las acciones enmateria de desarrollo sustentable;

XVII. Colaborar con las entidades federativas enla instrumentación de sus estrategias y programaspara alcanzar el desarrollo sustentable, mediantela asistencia técnica requerida y establecer accio-

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nes regionales entre dos o más entidades federati-vas;

XVIII. Convocar a entidades federativas y munici-pios, para el desarrollo de acciones concurrentestendientes al desarrollo sustentable, en el ámbito desus respectivas competencias;

XIX. Elaborar y proponer las previsiones presu-puestales para reorientar el actual modelo de desa-rrollo hacia un desarrollo sustentable, con el fin dereducir la pobreza extrema y la afectación al equili-brio ecológico.

XX. Emitir recomendaciones a las entidades fede-rativas y municipios, con la finalidad de promoveracciones en materia de desarrollo sustentable;

XXI. Vigilar y promover, en el ámbito de su com-petencia, el cumplimiento de esta Ley y los demásordenamientos que de ella deriven;

XXII. Expedir las disposiciones reglamentarias ynormas oficiales mexicanas en materia de desarro-llo sustentable, así como vigilar su cumplimiento, y

XXIII. Las demás que esta ley y otras leyes le atri-buyan a la Federación.

Artículo 7. Corresponde a las entidades federativaslas siguientes atribuciones:

I. Formular, conducir y evaluar la política estatal enmateria de desarrollo sustentable en concordanciacon la política nacional;

II. Formular, regular, dirigir e instrumentar accio-nes orientadas a alcanzar el desarrollo sustentabledel país, de acuerdo con la Estrategia Nacional y lascorrespondientes Estrategias Secretariales en lasmaterias siguientes:

a) Preservación, restauración, manejo y aprove-chamiento sustentable de los ecosistemas y delos recursos hídricos de su competencia;

b) Seguridad alimentaria;

c) Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pes-ca y acuacultura;

d) Educación;

e) Infraestructura y transporte eficiente y sus-tentable;

f) Ordenamiento territorial de los asentamientoshumanos y desarrollo urbano de los centros depoblación en coordinación con sus municipios odelegaciones;

g) Recursos naturales y protección al ambientedentro de su competencia;

h) Residuos de manejo especial;

i) Protección civil, y

j) Salubridad general dentro de su competencia;

III. Incorporar en sus instrumentos de política esta-tal criterios de desarrollo sustentable.

IV. Elaborar e instrumentar su Estrategia local y co-rrespondientes programas en materia de desarrollosustentable, promoviendo la participación social,escuchando y atendiendo a los sectores público, pri-vado y sociedad en general;

V. Establecer criterios y procedimientos para eva-luar y vigilar el cumplimiento de la Estrategia Es-tatal en la materia;

VI. Establecer metas e indicadores de efectividad eimpacto de las acciones en materia de desarrollosustentable;

VII. Gestionar y administrar fondos locales paraapoyar e implementar acciones en la materia;

VIII. Celebrar convenios de coordinación con la fe-deración, demás entidades federativas y los munici-pios, para la implementación de acciones para el de-sarrollo sustentable;

IX. Fomentar la investigación científica y tecnoló-gica, el desarrollo, transferencia y despliegue detecnologías, equipos y procesos para el desarrollosustentable;

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X. Desarrollar programas y proyectos integrales pa-ra fomentar la investigación científica y tecnológi-ca, el desarrollo, transferencia y despliegue de tec-nologías, equipos y procesos para favorecer eldesarrollo sustentable a nivel local;

XI. Realizar campañas de educación e informaciónpara sensibilizar a la población sobre el desarrollosustentable;

XII. Promover la participación corresponsable de lasociedad en materia de desarrollo sustentable local,de conformidad con lo dispuesto en las leyes loca-les aplicables;

XIII. Establecer las bases e instrumentos para pro-mover el fortalecimiento de capacidades institucio-nales y sectoriales locales para promover un cambiohacia un modelo de desarrollo sustentable;

XIV. Diseñar y promover el establecimiento y apli-cación de incentivos que promuevan la ejecución deacciones para el cumplimiento del objeto de la ley;

XV. Convenir con los sectores social y privado larealización de acciones e inversiones concertadashacia el cumplimiento de su estrategia local y res-pectivos programas;

XVI. Gestionar y administrar fondos estatales paraapoyar e implementar las acciones en la materia;

XVII. Vigilar, en el ámbito de su competencia, elcumplimiento de esta ley y los demás ordenamien-tos que de ella se deriven, y

XVIII. Las demás que les señalen esta ley y otrasdisposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 8. Corresponde a los municipios, las siguien-tes atribuciones:

I. Formular, conducir y evaluar la política munici-pal en materia de desarrollo sustentable en concor-dancia con la política nacional y estatal;

II. Elaborar e instrumentar su Estrategia Municipaly correspondientes programas municipales en mate-ria de desarrollo sustentable, promoviendo la parti-cipación social, escuchando y atendiendo a los sec-

tores público, privado y sociedad en general; y encongruencia con la Estrategia Nacional, las Estrate-gias Secretariales, las Estrategias Paraestatales, losProgramas Sectoriales, Programas Estatales en ma-teria de desarrollo sustentable.

III. Formular e instrumentar políticas y accionespara lograr un modelo de desarrollo sustentable encongruencia con la Visión Estratégica Nacional, laEstrategia Nacional, las Estrategias Secretariales,las Estrategias Paraestatales, los Programas Secre-tariales, la Estrategia Estatal correspondiente, losProgramas estatales correspondientes en materia dedesarrollo sustentable y con las leyes aplicables, enlas siguientes materias:

a) Prestación del servicio de agua potable y sa-neamiento;

b) Ordenamiento ecológico local y desarrollourbano;

c) Recursos naturales y protección al ambientede su competencia;

d) Protección civil;

e) Manejo de residuos sólidos municipales;

f) Transporte público de pasajeros eficiente ysustentable en su ámbito jurisdiccional;

IV. Fomentar la investigación científica y tecnoló-gica, el desarrollo, transferencia y despliegue detecnologías, equipos y procesos para promover y lo-grar un desarrollo sustentable;

V. Realizar campañas de educación e información,en coordinación con el gobierno estatal y federal,para sensibilizar a la población sobre el desarrollosustentable;

VI. Promover el fortalecimiento de capacidadesinstitucionales y sectoriales para lograr un desarro-llo sustentable;

VII. Participar en el diseño y aplicación de incenti-vos que promuevan acciones para el cumplimientodel objeto de la presente ley;

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VIII. Coadyuvar con las autoridades federales y es-tatales en la instrumentación de la Estrategia Na-cional, las Estrategias Secretariales, los programassectoriales, la Estrategia Estatal correspondientes ylos programas estatales correspondientes en la ma-teria;

IX. Gestionar y administrar recursos para ejecutaracciones orientadas a alcanzar un desarrollo susten-table;

X. Vigilar y promover, en el ámbito de su compe-tencia, el cumplimiento de esta ley, sus disposicio-nes reglamentarias y los demás ordenamientos quederiven de ella, y

XI. Las demás que señale esta ley y las disposicio-nes jurídicas aplicables.

Artículo 9. La Federación y las Entidades Federativas,con la participación en su caso de sus Municipios, po-drán suscribir convenios de coordinación o concerta-ción con la sociedad en materia de desarrollo sustenta-ble que, entre otros elementos, incluirán las acciones,lugar, metas y aportaciones financieras que correspon-da realizar a cada parte.

Artículo 10. Las Entidades Federativas y los Munici-pios expedirán las disposiciones legales necesarias pa-ra regular las materias de su competencia previstas enesta ley.

Artículo 11. Corresponde al gobierno del Distrito Fe-deral ejercer las facultades y obligaciones que este or-denamiento confiere a las entidades federativas y a losmunicipios en lo que resulte aplicable.

Título TerceroDe la Política Nacional

para el Desarrollo Sustentable

Capítulo IDisposiciones preliminares

Artículo 12. La Política Nacional para el DesarrolloSustentable se sustenta en un mecanismo periódico deplanificación, monitoreo, reporte y evaluación; carac-terizado por un proceso de consulta que permite la par-ticipación de la sociedad civil organizada y de otrospoderes y órdenes de gobierno; garantizando una im-

plementación transversal del desarrollo sustentable enla política pública nacional.

Artículo 13. En la formulación de la Política Nacionalpara el Desarrollo Sustentable se observarán princi-pios que orienten el actuar de la administración públi-ca hacia un modelo de desarrollo que integre simultá-neamente la protección del medio ambiente, el respetoy garantía de los derechos humanos y el crecimientoeconómico.

Lo anterior con el fin de instaurar un modelo que ga-rantice a la nación un desarrollo basado en una econo-mía sólida que aproveche racionalmente los recursosnaturales de la nación, sin poner en riesgo la capacidadde las generaciones futuras de satisfacer sus propiasnecesidades, y que a su vez sea más distributiva, justay participativa para todas las personas.

Artículo 14. Los principios rectores de la política na-cional para el desarrollo sustentable a los que se refie-re el artículo anterior son los siguientes:

I. Sustentabilidad, todas las estrategias, planes, pro-gramas y proyectos de políticas públicas deberánincorporar simultáneamente criterios de sustentabi-lidad ambiental, económica y social; de tal maneraque se genere un crecimiento económico basado enun uso y aprovechamiento racional de los recursosnaturales por parte de las generaciones presentes, demodo que no se comprometa las posibilidades delas generaciones futuras para satisfacer sus necesi-dades y que los beneficios económicos de este de-sarrollo se vean distribuidos equitativamente en elconjunto de la sociedad y se reflejen en una mejorade la calidad de vida y productividad de las perso-nas.

II. Progresividad, el desarrollo sustentable es un ob-jetivo de largo plazo que debe alcanzarse gradual-mente a través de esfuerzos progresivos, dinámicosy permanentes que generen una mejora continua;

III. Cooperación público-privada entre el Estado yla sociedad en general, en la realización de accionesque conlleven hacia patrones de producción y con-sumo sustentables. Esta conjunción de esfuerzosentre las acciones públicas y las del sector privado,incluyendo a la sociedad civil, genera objetivos co-munes en materia de desarrollo sustentable y, co-

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rresponsabilidad entre el Estado y la sociedad en lagestión del medio ambiente.

IV. Precaución, cuando haya amenaza de daño gra-ve o irreversible, la ausencia de información o lafalta de certidumbre científica no deberá utilizarsecomo razón para postergar la adopción de medidaseficaces y eficientes, en función de los costos, paraimpedir la degradación del medio ambiente.

V. Prevención, las causas y fuentes de los proble-mas ambientales se atenderán en forma prioritaria eintegrada tratando de prevenir, vigilar y evitar de lamanera más eficaz los efectos negativos que sobreel medio ambiente se puedan producir. Cuando nosea posible eliminar las causas que generan estosproblemas ambientales, se adoptan las medidas demitigación, recuperación, restauración o eventualcompensación que correspondan.

VI. Adopción de patrones de producción y consumopor parte de los sectores público, social y privadopara transitar hacia una economía de bajas emisio-nes en carbono;

VII. Integralidad y transversalidad, la actuación delas autoridades de la administración pública en ma-teria de desarrollo sustentable debe ser coordinaday articulada entre órdenes de gobierno, así comocon los sectores social y privado; con el objetivo deasegurar la formulación y ejecución de programas yacciones integradas, armónicas y sinérgicas que op-timicen los resultados de la política nacional para eldesarrollo sustentable.

VIII. Participación ciudadana, deberá promoverse ygarantizarse el derecho de las personas y organiza-ciones a intervenir e integrarse, individual o colec-tivamente en la formulación, ejecución, monitoreoy evaluación de las políticas, programas y accionespúblicas de desarrollo sustentable, mediante la crea-ción de espacios y mecanismos institucionales quefaciliten la corresponsabilidad ciudadana, el accesoa la información, la transparencia y la rendición decuentas;

IX. Responsabilidad ambiental, quien realice obraso actividades que afecten o puedan afectar al medioambiente, sea una persona natural o jurídica, públi-ca o privada, está obligado a prevenir, minimizar,

mitigar, reparar, restaurar y, en última instancia, es-tá obligado a compensar los daños generados, sinperjuicio de la vigencia de los sistemas de respon-sabilidad ambiental que correspondan.

X. El uso de instrumentos económicos en la adop-ción de un modelo de desarrollo sustentable incen-tiva la protección, preservación y restauración delambiente; el aprovechamiento sustentable de los re-cursos naturales; equidad social; además de generarbeneficios económicos a quienes lo implementan;

XI. Transparencia, acceso a la información y a la jus-ticia, considerando que los distintos órdenes de go-bierno deben facilitar y fomentar la concientizaciónde la población, poniendo a su disposición la infor-mación gubernamental relativa al desarrollo sustenta-ble de manera objetiva, oportuna, sistemática y veraz;así como proporcionar acceso efectivo a los procedi-mientos judiciales y administrativos pertinentes aten-diendo a las disposiciones jurídicas aplicables;

XII. Uso de las tecnologías de la información y lacomunicación, las autoridades públicas deberánpromover el uso de las tecnologías de la informa-ción y comunicación en el diseño, ejecución, moni-toreo y evaluación de las políticas públicas en desa-rrollo sustentable con el fin de mejorar la gestiónpública y fomentar una cultura de transparencia yacceso a la información, mediante la mejora y sim-plificación de los procesos de provisión de serviciospúblicos y la facilitación del acceso a los mismos.

XIII. Compromiso con el desarrollo económico na-cional, para lograr la sustentabilidad sin vulnerar sucompetitividad frente a los mercados internaciona-les y en un marco de desarrollo socio-económico yla protección del interés público.

XIV. Análisis costo-beneficio, las acciones públicasdeben considerar el análisis entre los recursos a in-vertir y los retornos sociales, ambientales y econó-micos esperados.

XV. Equidad, el diseño y la aplicación de las políti-cas públicas con enfoque de desarrollo sustentabledeben contribuir a erradicar la pobreza y reducir lasinequidades socio-económicas existentes; así comoa contribuir con el desarrollo económico sustenta-ble de las poblaciones menos favorecida.

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XVI. Justicia distributiva, garantiza que toda perso-na reciba de manera equitativa los beneficios deldesarrollo conforme a sus méritos, sus necesidades,sus posibilidades y las de las demás personas;

XVII. Solidaridad, colaboración entre personas,grupos sociales y órdenes de gobierno, de maneracorresponsable para el mejoramiento de la calidadde vida de la sociedad;

XVIII. Respeto a la diversidad, reconocimiento entérminos de origen étnico, género, edad, capacida-des diferentes, condición social, condiciones de sa-lud, religión, las opiniones, preferencias, estado ci-vil o cualquier otra, para superar toda condición dediscriminación y promover un desarrollo con equi-dad y respeto a las diferencias;

XIX. Libre determinación y autonomía de los pue-blos indígenas y sus comunidades, reconocimientoen el marco constitucional a las formas internas deconvivencia y de organización; ámbito de aplica-ción de sus propios sistemas normativos; elecciónde sus autoridades o representantes; medios parapreservar y enriquecer sus lenguas y cultura; me-dios para conservar y mejorar su hábitat; accesopreferente a sus recursos naturales; elección de re-presentantes ante los ayuntamientos y acceso plenoa la jurisdicción del Estado;

XX. Perspectiva de género, todos los planes, pro-gramas, proyectos y políticas públicas deberán inte-grar una visión científica, analítica y política sobrelas mujeres y los hombres que se proponga eliminarlas causas de la opresión de género, como la des-igualdad, la injusticia y la jerarquización de las per-sonas basada en el género; a fin de garantizar laigualdad y la equidad de género.

XXI. Derechos humanos, todos los planes, progra-mas, proyectos y políticas públicas deberán incorpo-rar el enfoque de derechos humanos en sus respecti-vos ámbitos de actuación, con el fin de identificarsituaciones de transgresión de la dignidad humana,discriminación y exclusión de los grupos vulnera-bles de la población y adoptar acciones que contri-buyan a la equidad y el desarrollo social sustentable.

XXII. Gestión por resultados, las acciones, planes,programas y estrategias que establezcan las autori-

dades públicas en el ámbito de sus respectivas com-petencias en materia de desarrollo sustentable debe-rán enfocarse a una gestión por resultados e incluirmecanismos de incentivos y sanciones para garanti-zar el logro de las metas establecidas.

La enunciación realizada en el presente artículo, enningún caso puede ser interpretada en forma restricti-va.

Artículo 15. Los diferentes órdenes de gobierno delEstado mexicano integrarán en todas sus decisiones yactividades, previsiones de carácter ambiental, econó-mico y social, simultáneamente, tendientes a asegurarel cumplimiento de los principios enunciados en estaley y demás que tengan como objetivo lograr un desa-rrollo sustentable en el país.

Capítulo IIDe las instancias de coordinación de la Política

Nacional para el Desarrollo Sustentable

Sección PrimeraDe la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Sustentable

Artículo 16. Con objeto de que la política pública na-cional, gestionada por el Ejecutivo Federal, se realiceen cumplimiento de esta Ley, se crea de forma perma-nente la Comisión Intersecretarial para el DesarrolloSustentable, cuyo fin será promover y consolidar unaacción integral del Estado en pro de un modelo de de-sarrollo sustentable a nivel nacional, mediante la ade-cuada coordinación de los objetivos, metas y accionesque propongan las dependencias Secretarías de Esta-do, los órganos desconcentrados y las entidades pa-raestatales de la Federación.

Artículo 17. La Comisión será presidida por los titu-lares de la Secretaría de Medio Ambiente y RecursosNaturales, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico, de la Secretaría de Economía y de la Secretaríade Desarrollo Social, quienes conformarán dentro dela Comisión un núcleo colegiado que permitirá llevara cabo un planeación integral de la política pública na-cional para impulsar el desarrollo sustentable.

Artículo 18. La Comisión estará integrada por los ti-tulares de las siguientes dependencias del EjecutivoFederal:

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I. Secretaría de Gobernación;

II. Secretaría de Relaciones Exteriores;

III. Secretaría de la Defensa Nacional;

IV. Secretaría de Marina;

V. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

VI. Secretaría de Desarrollo Social;

VII. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Na-turales;

VIII. Secretaría de Energía;

IX. Secretaría de Economía;

X. Secretaría de Agricultura, Ganadería, DesarrolloRural, Pesca y Alimentación;

XI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

XII. Secretaría de Educación Pública;

XIII. Secretaría de Salud;

XIV. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

XV. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial yUrbano;

XVI. Secretaría de Turismo;

XVII. Órganos desconcentrados de las Secretarías;

XVIII. Entidades paraestatales; y

XIX. demás dependencias de la Administración Pú-blica Federal que el Ejecutivo Federal considere ne-cesarias.

Artículo 19. Cada uno de los secretarios integrantesde la Comisión tendrá un suplente, que en el caso delas dependencias será el subsecretario que tenga ma-yor relación con los asuntos de desarrollo sustentable.

Artículo 20. Cada Secretaría participante deberá de-signar a una de sus unidades administrativas, por lo

menos a nivel de dirección general, como la encarga-da de coordinar y dar seguimiento permanente a lostrabajos de la Comisión.

Artículo 21. La Comisión Intersecretarial, a través desu presidencia, podrá convocar a otras dependencias yentidades del Ejecutivo Federal, así como invitar a re-presentantes de los Poderes Legislativo y Judicial, deórganos autónomos, de las Entidades Federativas y, ensu caso, los Municipios, así como a representantes delos sectores público, social y privado a participar ensus trabajos cuando se aborden temas relacionados conel ámbito de su competencia y relacionados con el de-sarrollo sustentable.

Artículo 22. La Comisión ejercerá las siguientes atri-buciones:

I. Promover la coordinación de las acciones de lasdependencias y entidades de la administración pú-blica federal en materia de desarrollo sustentable;

II. Elaborar y formular el ante-proyecto de Estrate-gia Nacional para el Desarrollo Sustentable;

III. Convocar a las organizaciones de los sectoressocial y privado, así como a la sociedad en generala que manifiesten su opinión y propuestas respectoal ante-proyecto de Estrategia Nacional;

IV. Presentar y entregar el ante-proyecto de la Es-trategia Nacional al Consejo Consultivo Nacionalpara su consulta específica;

V. Examinar las opiniones de los representantes dela sociedad civil organizada y del Consejo Consul-tivo Nacional sobre el ante-proyecto de EstrategiaNacional;

VI. Elaborar y formular el proyecto de EstrategiaNacional;

VII. Someter el proyecto de Estrategia Nacional ala consideración y aprobación del Presidente de laRepública;

VIII. Elaborar y formular un proyecto de actualiza-ción de la Visión Estratégica Nacional, con base enla evolución de los tratados y demás acuerdos inter-nacionales firmados y ratificados por México en

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materia de desarrollo sustentable y con base en losinformes sobre la implementación de la EstrategiaNacional;

IX. Publicar un informe anual sobre el avance en elcumplimiento de la Estrategia Nacional;

X. Emitir su reglamento interno, y

XI. Las demás que le confiera la presente Ley, susReglamentos y otras disposiciones jurídicas que deella deriven.

Sección SegundaDe la Agencia Nacional de Evaluación de las

Políticas Públicas para el Desarrollo Sustentable

Artículo 23. La Agencia Nacional de Evaluación parael Desarrollo Sustentable es un organismo públicodescentralizado, con personalidad jurídica, patrimoniopropio, autonomía técnica y de gestión de conformi-dad con la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

La Agencia Nacional de Evaluación tiene por objetonormar y realizar la evaluación de las políticas públi-cas, planes y programas de desarrollo sustentable queejecuten la Comisión Intersecretarial, así como las de-más dependencias de la Administración Pública Fede-ral.

Asimismo, la Agencia Nacional de Evaluación esta-blecerá los lineamientos y criterios para la definición,identificación y medición de sustentabilidad en las po-líticas públicas implementadas en el país; garantizan-do la transparencia, objetividad y rigor técnico en di-cha actividad.

Artículo 24. La Agencia Nacional de Evaluación seintegrará por el titular del INECC, por los integrantesdel Consejo Consultivo Nacional para el DesarrolloSustentable y diez consejeros sociales representantesde la comunidad científica, académica, activista, técni-ca e industrial, con amplia experiencia en materia dedesarrollo sustentable.

Los consejeros sociales durarán seis años en el cargo ysolo podrán ser reelectos por un periodo adicional. Se-rán designados por la Comisión Intersecretarial a tra-vés de una convocatoria pública que deberá realizar elINECC.

El programa de trabajo, evaluaciones, decisiones y re-comendaciones de la Agencia Nacional de Evaluacióndeberán contar con el acuerdo de la mayoría de sus in-tegrantes.

Artículo 25. Las dependencias de la administraciónpública federal centralizada y paraestatal, las entida-des federativas y los municipios deberán proporcionarla información que les requiera la Agencia Nacional deEvaluación para el cumplimiento de sus responsabili-dades, conforme a lo previsto por las disposicionesaplicables en materia de transparencia y acceso a la in-formación.

Artículo 26. El proceso de evaluación de la sustenta-bilidad de las políticas públicas a nivel nacional, a car-go de la Agencia Nacional de Evaluación, se regiráconforme a las disposiciones del Reglamento de lapresente ley y a las disposiciones del reglamento in-terno de la Agencia Nacional de Evaluación.

Asimismo, la operatividad de la Agencia Nacional deEvaluación se regulará por las disposiciones del regla-mento interno de la Agencia Nacional de Evaluación.

Artículo 27. La administración de la Agencia Nacio-nal de Evaluación estará a cargo de un Comité Direc-tivo, que presidirá el titular del INECC; además estaráintegrado por los consejeros sociales mencionados enel artículo 24 de la presente Ley.

Artículo 28. La Agencia Nacional de Evaluación ten-drá su sede en la ciudad de México y su patrimonio seintegrará con los recursos que le sean asignados en elPresupuesto de Egresos de la Federación, a través dela Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Natura-les, y con los bienes muebles e inmuebles que adquie-ra por cualquier título.

Sección TerceraDel Consejo Consultivo Nacional

para el Desarrollo Sustentable

Artículo 29. El Consejo Consultivo Nacional para elDesarrollo Sustentable, es el órgano permanente deconsulta de la Comisión Intersecretarial.

El Consejo Consultivo Nacional se integra conformelo establece el acuerdo que fundamenta su creación yque es de la siguiente manera:

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I. un presidente o presidenta, que será el o la titularde la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Na-turales, quien podrá ser suplido por un servidor oservidora pública que ocupe alguna de las Subse-cretarías;

II. un secretario técnico o secretaria técnica que se-rá quien ocupe la titularidad de la Unidad Coordi-nadora de Participación Social y Transparencia dela Secretaría o su suplente;

III. el o la titular de la Unidad Coordinadora deAsuntos Internacionales de la Secretaría o su su-plente, quien ocupará la Secretaría Técnica del Co-mité Consultivo Nacional.

IV. los seis Presidentes y Presidentas de los Conse-jos Regionales o quienes ocupen las SecretaríasTécnicas que fungirán como suplentes;

V. treinta y dos representantes de los Consejos Nú-cleo, y

VI. trece Consejeros y Consejeras invitados direc-tamente por el o la titular de la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales, conforme a la si-guiente distribución:

a) siete especialistas en medio ambiente y recur-sos naturales sin suplentes;

b) tres expertos o expertas en los temas deriva-dos del Acuerdo de Cooperación Ambiental deAmérica del Norte, sin suplentes;

c) res ciudadanos o ciudadanas miembros de lossiguientes Consejos o sus suplentes: uno o unadel Instituto Mexicano de la Juventud; uno o unade la Comisión Nacional para el Desarrollo delos Pueblos Indígenas, y uno o una del InstitutoNacional de las Mujeres.

Artículo 30. La organización, estructura y el funcio-namiento del Consejo Consultivo Nacional para el De-sarrollo Sustentable se determina en su acuerdo decreación y en su reglamento interno.

Artículo 31. El Consejo Consultivo Nacional tendrálas siguientes funciones:

I. Asesorar a la Comisión Intersecretarial en losasuntos de su competencia;

II. Recomendar a la Comisión Intersecretarial reali-zar estudios y adoptar políticas, acciones y metastendientes a encaminar al país a transitar hacia undesarrollo sustentable;

III. Promover la participación social, informada yresponsable, a través de las consultas públicas quedetermine en coordinación con la Comisión Interse-cretarial;

IV. Dar seguimiento a las políticas, acciones y me-tas previstas en la presente Ley;

V. Integrar grupos de trabajo especializados que co-adyuven a las atribuciones de la Comisión Interse-cretarial y las funciones del Consejo;

VI. Integrar, publicar y presentar a la Comisión In-tersecretarial, a través de su Presidente, el informeanual de sus actividades, a más tardar en el mes defebrero de cada año, y

VI. Las demás que se establezcan en el Reglamen-to Interno o las que le otorgue la Comisión.

Capítulo IIIDe la Planeación de la

Política Nacional para el Desarrollo Sustentable

Artículo 32. Son instrumentos de planeación de la po-lítica nacional para el desarrollo sustentable los si-guientes:

I. La Visión Estratégica Nacional a largo plazo pa-ra el Desarrollo Sustentable;

II. La Estrategia Nacional para el Desarrollo Sus-tentable;

III. Las estrategias secretariales para el desarrollosustentable;

IV. Las estrategias paraestatales para el desarrollosustentable;

V. Las estrategias de los órganos desconcentradospara el desarrollo sustentable;

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VI. Las estrategias de las entidades federativas pa-ra el desarrollo sustentable;

VII. Las estrategias de los municipios para el desa-rrollo sustentable;

Artículo 33. En la planeación del desarrollo nacionalse deberá incorporar la Política Nacional para el Desa-rrollo Sustentable para garantizar que el desarrollo na-cional sea integral y sustentable de conformidad con elartículo 25 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicano, la Ley de Planeación, esta Ley y lasdemás disposiciones en la materia.

Artículo 34. Para los efectos de esta Ley se entiendepor planeación nacional para el desarrollo sustentablela ordenación metodológica, racional y sistemática delas acciones de la administración pública, en sus dife-rentes sectores y órdenes de gobierno, que permita es-tablecer una mejora continua de la calidad del procesopolítico del desarrollo sustentable en el país.

Sección PrimeraDe la Visión Estratégica Nacional a largo plazo

para el Desarrollo Sustentable

Artículo 35. La Visión Estratégica Nacional establecelos objetivos que el Estado deberá alcanzar a largo pla-zo, mediante la implementación de políticas públicasorientadas a impulsar la transición del país hacia unmodelo de desarrollo sustentable. Asimismo, la VisiónEstratégica Nacional establece los indicadores quepermitirán medir y rendir cuenta de la consecución deestos objetivos a largo plazo.

Esta Visión Estratégica Nacional a largo plazo para elDesarrollo Sustentable controla el ciclo de las estrate-gias, los informes y las evaluaciones sobre desarrollosustentable establecidos por la presente Ley; sirviendoa la Comisión Intersecretarial, las Secretarías de Esta-do, las entidades paraestatales, órganos desconcentra-dos de la Administración Pública Federal, la AgenciaNacional de Evaluación y el Consejo Consultivo Na-cional como marco de referencia para la realización desus respectivas actividades de planificación, control yevaluación.

Artículo 36. La elaboración de la Visión EstratégicaNacional a largo plazo para el Desarrollo Sustentableestará a cargo del Ejecutivo Federal, quien deberá for-

mularla, aprobarla y publicarla dentro de un plazo de2 años contados a partir de la entrada en vigor de lapresente Ley.

En la elaboración de la Visión Estratégica Nacional sepromoverá la participación y consulta del sector socialy privado, con el propósito de que la población expre-se sus opiniones para su elaboración, actualización yejecución, en los términos previstos por la Ley de Pla-neación y demás disposiciones aplicables.

Artículo 37. La Visión Estratégica Nacional a largoplazo tiene como objeto garantizar los compromisossuscritos por los Estados Unidos Mexicanos en mate-ria de desarrollo sustentable a nivel internacional, porlo que su actualización será necesaria.

Corresponde a la Comisión Intersecretarial la elabora-ción de un proyecto de actualización de la Visión Es-tratégica Nacional, con base en la evolución de los tra-tados y demás acuerdos internacionales firmados yratificados por México en materia de desarrollo sus-tentable y, si correspondiera, con base en los informesanuales sobre la implementación de la Estrategia Na-cional y los informes evaluativos nacionales.

En caso de haber lugar la elaboración de un proyectode actualización de la Visión Estragética Nacional, laComisión Intersecretarial deberá someter el proyectode actualización de la Visión Estratégica Nacional a laconsideración y aprobación del Presidente de la Repú-blica, simultáneamente a la entrega del proyecto deEstrategia Nacional.

Sección SegundaDe la Estrategia Nacional

para el Desarrollo Sustentable

Artículo 38. La Estrategia Nacional para el DesarrolloSustentable es el instrumento rector de la política na-cional a mediano plazo para impulsar la transición delpaís hacia un modelo que fomente la mejora económi-ca y social del país sin afectar su medio ambiente y susrecursos naturales.

Esta Estrategia Nacional precisa las medidas que seimplementarán a nivel nacional en vista de la conse-cución de los compromisos internacionales y de losobjetivos establecidos en la Visión a largo plazo, enmateria de desarrollo sustentable.

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La Estrategia Nacional contiene, entre otros, los si-guientes elementos:

I. objetivos nacionales de mediano plazo a lograr enmateria de desarrollo sustentable antes del fin de vi-gencia de la Estrategia;

II. estrategia de implementación para el logro decada uno de los objetivos nacionales, precisandopor cada objetivo la Secretaría de Estado o entidadparaestatal responsable de su cumplimiento;

III. metas nacionales programadas para el desarro-llo sustentable;

IV. tiempos de ejecución;

V. líneas de coordinación intersecretarial para laconsecución de los objetivos y metas programados;

VI. acciones de cooperación y colaboración entrelas dependencias y entidades de la administraciónpública federal para la consecución de los objetivosy metas programados;

VII. líneas directrices para los servicios públicosfederales;

VIII. sistema de Monitoreo y Evaluación de políti-cas públicas que incluya criterios e indicadores quepermitan controlar la implementación de la Estrate-gia Nacional y determinar el avance en el cumpli-miento de los objetivos y metas programados.

IX. estimación de costos;

X. los demás elementos que determine la ComisiónIntersecretarial.

Artículo 39. La Estrategia Nacional es un instrumen-to con perspectiva a mediano plazo, cuyos objetivos,metas y acciones deberán estar en congruencia con laVisión a Largo Plazo. Su vigencia será sexenal y seelaborará al inicio de cada administración.

Artículo 40. La elaboración del ante-proyecto de Es-trategia Nacional para el Desarrollo Sustentable está acargo de la Comisión Intersecretarial, quien una vezque haya elaborado el ante-proyecto lo someterá parasu consulta general a las organizaciones de los secto-

res social y privado, a fin de que manifiesten su opi-nión y propuestas respecto al ante-proyecto de Estra-tegia Nacional.

La participación y consulta del sector social y privado,con el propósito de que la población exprese sus opi-niones para la elaboración, actualización y ejecuciónde la Estrategia Nacional, se realizará en los términosprevistos por la presente Ley, la Ley de Planeación ydemás disposiciones aplicables.

Asimismo, la Comisión Intersecretarial someterá elante-proyecto de Estrategia Nacional al Consejo Con-sultivo Nacional para su consulta general y específicasobre la viabilidad de evaluación que presentan los ob-jetivos y acciones determinadas en el ante-proyecto deEstrategia Nacional.

Artículo 41. Una vez entregadas las opiniones y pro-puestas respecto a generalidades y especificidades delante-proyecto de Estrategia Nacional, la Comisión In-tersecretarial deberá examinarlas y formular el proyec-to de Estrategia Nacional, la cual será sometida a la con-sideración y aprobación del Presidente de la República.

Artículo 42. Una vez que la Estrategia Nacional parael Desarrollo Sustentable es aprobada por el Presiden-te de la República, se publicará en el Diario Oficial dela Federación.

Artículo 43. Una vez aprobada la Estrategia Nacionalpara el Desarrollo Sustentable, ésta será obligatoriapara las dependencias de la Administración PúblicaFederal, en el ámbito de sus respectivas competen-cias.

Artículo 44. El Presidente de la República podrá re-mitir la Estrategia Nacional al Congreso de la Uniónpara su examen y opinión. Asimismo, en el ejerciciode sus atribuciones constitucionales y legales, el PoderLegislativo formulará las observaciones que estimepertinentes durante la implementación, revisión y ac-tualización de la Estrategia Nacional.

Artículo 45. La Comisión Intersecretarial podrá pro-poner ajustes o modificaciones a las acciones o metascomprendidas en la Estrategia Nacional cuando:

I. Se adopten nuevos compromisos internacionalesen la materia;

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II. Se desarrollen nuevos conocimientos científicoso de tecnología relevantes;

III. Lo requieran las políticas en materia de medioambiente, economía y desarrollo social;

IV. Se deriven de los resultados de las evaluacioneselaboradas por la Agencia Nacional de Evaluación.

En ningún caso las revisiones y actualizaciones se ha-rán en menoscabo de las metas y objetivos nacionalespreviamente planeados o promoverán su reducción.

Las estrategias secretariales, las estrategias de las enti-dades federativas y municipios deberán ajustarse a di-chas actualizaciones.

Artículo 46. En caso de que la Estrategia Nacional re-quiera modificaciones, éstas deberán ser aprobadaspor el Presidente de la República y deberán publicarseen el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 47. Con el fin de que las prioridades y ac-ciones de cada ente de la Administración Pública Fe-deral estén orientadas a promover el desarrollo susten-table de conformidad con la Estrategia Nacional, cadaSecretaría de Estado, órgano desconcentrado y entidadparaestatal señalada como responsable de algún obje-tivo nacional deberá elaborar su propia estrategia en lacual establezca sus objetivos, metas y líneas de acción,en congruencia con la Estrategia Nacional, de tal ma-nera que contribuya a la realización de los objetivosnacionales de esta última y orienten al país hacia undesarrollo sustentable e integral.

Artículo 48. Cada estrategia secretarial, de órganodesconcentrado o estrategia paraestatal observará con-gruencia con la Estrategia Nacional y su vigencia noexcederá del periodo constitucional de la gestión gu-bernamental en que se aprueben, aunque podrá conte-ner consideraciones y proyecciones de más largo plazo.

La estrategia secretarial, paraestatal o de órgano des-concentrado contiene, entre otros, los siguientes ele-mentos:

I. objetivos específicos que la Secretaría, el órganodesconcentrado o la entidad paraestatal se plantea lo-grar, antes del fin de vigencia de su propia estrategia,para contribuir con el cumplimiento progresivo de los

objetivos nacionales por los cuales se le ha responsa-bilizado en la Estrategia Nacional y con la imple-mentación de las acciones establecidas en la misma;

II. metas sectoriales programadas para el desarrollosustentable en su área de competencia y de confor-midad con la Estrategia Nacional;

III estrategia de implementación para el logro decada uno de los objetivos específicos y metas sec-toriales;

IV. tiempos de ejecución;

V. líneas de acción que se plantea realizar, directa-mente, en colaboración o en cooperación, para laconsecución de los objetivos específicos y metassectoriales programadas;

VI. líneas directrices para los servicios públicos fe-derales;

VII. sistema de monitoreo y evaluación de políticaspúblicas que incluya criterios e indicadores que per-mitan controlar la implementación de su propia es-trategia y determinar el avance en el cumplimientode los objetivos específicos y metas sectoriales pro-gramados.

VIII. estimación de costos;

IX. los demás elementos que determine la Comi-sión Intersecretarial.

Artículo 49. Una vez elaborada la estrategia secretarial,paraestatal o de órgano desconcentrado; la Comisión In-tersecretarial deberá examinarla y, en su caso, formulardirectivas en cuanto a la forma o contenido que debe re-vestir la estrategia, antes de someterla a la considera-ción y aprobación del Presidente de la República.

Artículo 50. Una vez que la estrategia secretarial, pa-raestatal o de órgano desconcentrado es aprobada porel Presidente de la República, se publicará en el DiarioOficial de la Federación.

Artículo 51. Una vez aprobada la estrategia secreta-rial, paraestatal o de órgano desconcentrado, ésta seráobligatoria para las unidades administrativas y órga-nos desconcentrados adscritos orgánicamente a la se-

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cretaria o entidad paraestatal, en el ámbito de sus res-pectivas competencias.

Artículo 52. La estrategia secretarial, paraestatal o deórgano desconcentrado podrá ser sujeta a revisiones ymodificaciones, por parte de la Secretaría, Entidad Pa-raestatal u órgano desconcentrado correspondiente,durante todo el periodo de su vigencia cuando:

I. La Estrategia Nacional haya sido actualizada;

II. Se desarrollen nuevos conocimientos científicoso de tecnología relevantes;

III. Lo requieran las políticas en materia de medioambiente, economía y desarrollo social;

IV. Se deriven de los resultados de las evaluacioneselaborados por la Agencia Nacional de Evaluación.

En ningún caso las revisiones y actualizaciones se ha-rán en menoscabo de las metas y objetivos específicospreviamente planeados o promoverán su reducción.

Artículo 53. En caso de que la estrategia secretarial,paraestatal o de órgano desconcentrado requiera modi-ficaciones, éstas deberán ser aprobadas por el Presi-dente de la República y deberán publicarse en el Dia-rio Oficial de la Federación.

Sección TerceraDe la Estrategias locales para

el Desarrollo Sustentable

Artículo 54. Las entidades federativas y los municipiosintegrarán una dinámica de planificación similar para latoma de todas sus decisiones y la determinación de susacciones, con el fin de que sus políticas públicas seancongruentes con los objetivos nacionales establecidosen la Estrategia Nacional para el desarrollo sustentable.

Artículo 55. El contenido de las estrategias estatalesy de las estrategias municipales para el desarrollo sus-tentable establecerán los objetivos, metas, acciones,estrategia de implementación, tiempos de ejecución,líneas de coordinación, sistema de monitoreo y eva-luación, estimación de costos necesarios para promo-ver una transición de su respectivo orden de gobiernohacia el desarrollo sustentable, de conformidad con laEstrategia Nacional en la materia.

Además, estas estrategias locales para el desarrollosustentable incluirán los demás elementos que deter-mine el respectivo órgano, estatal o municipal, encar-gado de coordinar las políticas públicas para el desa-rrollo sustentable.

Capítulo IIIDel Monitoreo y Evaluación de la Política Nacional para el Desarrollo Sustentable

Sección PrimeraDe los Informes Anuales de Implementación

Artículo 56. La Comisión intersecretarial elaborará ypublicará un informe anual sobre el avance en el cumpli-miento de los objetivos nacionales y metas establecidosen la Estrategia Nacional para el Desarrollo Sustentable.

Este informe anual se realizará con base en los crite-rios e indicadores establecidos en la Estrategia Nacio-nal para controlar su implementación y así poder de-terminar el avance en el cumplimiento de la misma.

Artículo 57. Cada Secretaría de Estado, entidad pa-raestatal u órgano desconcentrado elaborará y publica-rá un informe anual sobre el avance en el cumplimien-to de sus objetivos específicos y metas establecidos ensus respectivas estrategias secretariales para el desa-rrollo sustentable.

Este informe anual se realizará con base en los crite-rios e indicadores establecidos en la respectiva estrate-gia secretarial o paraestatal para controlar su imple-mentación y así poder determinar el avance en elcumplimiento de la misma.

Artículo 58. Las entidades federativas y los munici-pios integrarán una dinámica de reporte y monitoreosimilar para el control del avance en el cumplimientode sus respectivas estrategias locales.

Sección SegundaDel Informe Evaluativo Nacional

Artículo 59. La Política Nacional para el DesarrolloSustentable estará sujeta a evaluación periódica y sis-temática a través de la Agencia Nacional de Evalua-ción para el Desarrollo Sustentable, con el objeto derevisar progresivamente el cumplimiento del objetivosustentable de las metas y acciones de las políticas pú-

Miércoles 18 de noviembre de 2015 Gaceta Parlamentaria95

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blicas implementadas en el país para alcanzar el desa-rrollo sustentable y, en su caso, corregirlas, modificar-las, adicionarlas o reorientarlas.

Artículo 60. Para llevar a cabo su función, la AgenciaNacional de Evaluación tomará en cuenta los informesanuales de la Comisión Intersecretarial, de cada unade las Secretarías de Estado, de las entidades paraesta-tales y de los órganos desconcentrados para la elabo-ración de su informe evaluativo nacional para el desa-rrollo sustentable. Este informe incluirá unaevaluación de los resultados que arrojen los informesanuales antes mencionados.

Artículo 61. El informe evaluativo nacional sobre eldesarrollo sustentable se compondrá de dos partes:

I. La primera parte consiste en un inventario y eva-luación de la situación existente y de la política em-prendida en materia de desarrollo sustentable paralograr los objetivos establecidos en la visión a largoplazo y en la estrategia nacional.

II. La segunda parte consiste en la prospectiva, unejercicio de prospectiva que presenta las evolucio-nes previstas en cuanto a la transición hacia un de-sarrollo sustentable con base en la política públicaimplementada para tal efecto y con base en el con-texto internacional. Asimismo, la parte prospectivaincluirá escenarios alternativos de desarrollo sus-tentable para lograr los objetivos de sustentabilidadestablecidos en la visión de largo plazo y en la es-trategia nacional.

Artículo 62. El informe evaluativo nacional sobre eldesarrollo sustentable será publicado en el Diario Ofi-cial de la Federación. Una vez aprobado el informe eva-luativo nacional, la Agencia Nacional de Evaluación re-mitirá el mismo a la Presidencia de la República; a laComisión Intersecretarial; a cada una de las Secretaríasde Estado y entidades paraestatales que conforman laadministración pública federal; a las Comisiones para elDesarrollo Sustentable de las Cámaras de Diputados yde Senadores; y al Consejo Consultivo Nacional.

Artículo 63. Con base en los resultados de las eva-luaciones, la Agencia Nacional de Evaluación emitirásugerencias y recomendaciones al Presidente de la Re-pública, a los titulares de las Secretarías de Estados yde las entidades paraestatales, a los gobiernos de las

Entidades Federativas y a los Municipios. Los resulta-dos de las evaluaciones, las sugerencias y recomenda-ciones serán públicos.

Artículo 64. Las entidades federativas y los munici-pios deberán integrar una dinámica de evaluación si-milar a su nivel de jurisdicción para una valoración so-bre la implementación de sus respectivas estrategiaslocales para el logro de un desarrollo sustentable.

Sección TerceraDe las Evaluaciones de Incidencia

Artículo 65. Los proyectos de ley, los proyectos de de-creto, los proyectos de reglamento, los planes y progra-mas de cobertura nacional o federal estarán sujetos a unexamen previo para determinar si existe la necesidad o node evaluar la incidencia que podrían tener, en caso deaprobarse, sobre la transición del país hacia un desarrollosustentable, de conformidad con la Estrategia Nacional.

En caso de que la decisión política pudiera tener po-tenciales efectos negativos o imprevistos sobre los as-pectos económico, social y ambiental del desarrollonacional, así como sobre el gasto público nacional; en-tonces, la decisión política examinada requerirá ser su-jeta a una evaluación de incidencia que determinará demanera precisa tales efectos o imprevistos.

El contenido del examen previo y de la evaluación deincidencia, así como el proceso que comprenden será de-terminado y regulado en el reglamento de la presente ley.

Los resultados de los exámenes previos y de las eva-luaciones de incidencia serán públicos.

Artículo 66. Las entidades federativas y los munici-pios deberán implementar un sistema de evaluación deincidencias similar para su normatividad y medidaspolíticas locales.

Título CuartoTransparencia y Acceso a la Información

Capítulo ÚnicoDel Derecho de Acceso a la Información en

materia de Desarrollo Sustentable

Artículo 67. Toda persona tendrá derecho a que lasautoridades en materia de desarrollo sustentable, así

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201596

Page 97: 18 nov anexo IV - gaceta.diputados.gob.mxgaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2015/nov/20151118-IV.pdf · 10. Adicionado por la Ley 1280 de 2009, así: Con-ceder al trabajador en caso de

como la Comisión Intersecretarial, el Consejo Consul-tivo Nacional y la Agencia Nacional de Evaluaciónpongan a su disposición la información que les solici-ten en los términos previstos por las leyes.

Artículo 68. La Comisión Intersecretarial, en coordi-nación con el Instituto Nacional de Geografía y Esta-dística y el Consejo Consultivo Nacional, deberá ela-borar y desarrollar una página de Internet que incluyael informe anual detallado de la situación general delpaís en materia de desarrollo sustentable, así como elinforme evaluativo nacional con los resultados corres-pondientes. Asimismo, en dicha página de internet losparticulares podrán revisar los informes anuales porSecretaría y por entidad paraestatal.

Artículo 69. Los recursos federales que se transfierana las Entidades Federativas y Municipios, a través delos convenios de coordinación, se sujetarán a las dis-posiciones federales en materia de transparencia yevaluación de los recursos públicos.

Título QuintoDe la Participación Social

Capítulo ÚnicoDel Derecho de la Ciudadanía a

Participar en la Toma de Decisiones en materia de Desarrollo Sustentable

Artículo 70. Los tres órdenes de gobierno deberánpromover la participación corresponsable de la socie-dad en la planeación, ejecución y vigilancia de la Po-lítica Nacional para el Desarrollo Sustentable.

Artículo 71. Para dar cumplimiento al artículo ante-rior la Comisión Intersecretarial deberá:

I. Convocar a las organizaciones de los sectores so-cial y privado a que manifiesten sus opiniones ypropuestas en materia de desarrollo sustentable pa-ra tomarlas en consideración en la elaboración de laEstrategia Nacional;

II. Celebrar convenios de concertación con organi-zaciones sociales y privadas relacionadas con el de-sarrollo sustentable para fomentar acciones de sus-tentabilidad; así como para brindar asesoría enactividades sustentables y en la realización de estu-

dios e investigaciones en la materia y emprender ac-ciones conjuntas;

III. Promover el otorgamiento de reconocimientosa los esfuerzos más destacados de la sociedad paratransitar hacia el desarrollo sustentable, y

IV. Concertar acciones e inversiones con los secto-res social y privado con la finalidad de instrumentarmedidas de desarrollo sustentable.

Título SextoResponsabilidades y Sanciones

Capítulo ÚnicoDe la responsabilidad administrativa

de los servidores públicos

Artículo 72. Será causa de responsabilidad adminis-trativa de los servidores públicos, el incumplimientoen el cual incurran al no acatar con las obligacionesque la presente Ley establece dentro de sus respectivasfacultades y para su competencia.

Artículo 73. Las responsabilidades administrativasque se generen por el incumplimiento de las obliga-ciones establecidas en esta Ley, serán sancionadasen los términos de la Ley Federal de Responsabili-dades Administrativas de los Servidores Públicos,sin perjuicio de las del orden civil o penal que pro-cedan.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Segundo. El Ejecutivo, a través de la Secretaría deMedio Ambiente y Recursos Naturales, reglamentarála presente ley en el término de treinta días, a partir desu vigencia.

Notas

1 También conocido como “Informe Brundtland” o “Reporte

Brundtland”, por el apellido de la Dra. Gro Harlem Brundtland

quien encabezó los estudios e investigaciones realizados por la Co-

misión Mundial sobre el Medio Ambiente, comisión especial cre-

ada por la ONU en 1983 para que rindiera un informe ante la

Miércoles 18 de noviembre de 2015 Gaceta Parlamentaria97

Page 98: 18 nov anexo IV - gaceta.diputados.gob.mxgaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2015/nov/20151118-IV.pdf · 10. Adicionado por la Ley 1280 de 2009, así: Con-ceder al trabajador en caso de

Asamblea General de la ONU sobre la situación que presentaba el

medio ambiente en ese momento a nivel mundial.

2 WCED. (1987). “Report of the World Commission on Environ-

ment and Development: Our Common Future”. Disponible en:

http://www.un-documents.net/our-common-future.pdf

3 Congreso de la Unión. (1971). “Reformas constitucionales por

artículo”. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBi-

blio/ref/dof/CPEUM_ref_071_06jul71_ima.pdf

4 Gutiérrez Martínez del Campo, F. (2008). “La gestión ambiental

en México y la justicia”. Disponible en:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2547/14.pdf

5 SENER. (2013). “Estrategia Nacional de Energía 2013-2027”.

Disponible en:

http://www.energia.gob.mx/res/PE_y_DT/pub/2013/ENE_2013-

2027.pdf

6 Larios Vázquez, A. (2015). “El Sistema Energético y la Indus-

tria: un análisis en el marco de la transición energética”. Disponi-

ble en: http://www.ub.edu/geocrit/iii-mexico/AndreaLarios.pdf

7 “Las limitaciones son evidentes considerando que para producir

un litro de etanol o biodiesel se requiere una superficie de una hec-

tárea cultivable.” Fuente: Lechuga Montenegro, J. y García de la

Cruz, F. (2011). “Biocombustibles: el debate internacional y el ca-

so de México”. Disponible en:

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8 Semarnat. (2012). “Informe de la Situación del Medio Ambiente

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9 Semarnat. (2015). “El Medio Ambiente en México- 2013-2014”.

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10 Coneval. (2014).”Coneval informa de los resultados de la me-

dición de pobreza 2014”. Disponible en:

http://www.coneval.gob.mx/SalaPrensa/Documents/Comunica-

do005_Medicion_pobreza_2014.pdf

11 Coneval. (2013). “Coneval informa de los resultados de la me-

dición de pobreza 2012”. Disponible en:

http://www.coneval.gob.mx/Informes/Coordinacion/Pobre-

za_2012/COMUNICADO_PRENSA_003_MEDICION_2012.pdf

12 Coneval. (2014).”Coneval informa de los resultados de la me-

dición de pobreza 2014”. Disponible en:

http://www.coneval.gob.mx/SalaPrensa/Documents/Comunica-

do005_Medicion_pobreza_2014.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámarade Diputados del honorable Congreso de la Unión delos Estados Unidos Mexicanos, a los 18 de noviembrede año dos mil quince.

Diputado Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica)

Gaceta Parlamentaria Miércoles 18 de noviembre de 201598

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Gaceta Parlamentaria de la Cámara de DiputadosDirector: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.

Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/

Mesa DirectivaDiputados: Jesús Zambrano Grijalva, presidente; vicepresidentes, Jerónimo Ale-jandro Ojeda Anguiano, PRD; María Bárbara Botello Santibáñez, PRI; EdmundoJavier Bolaños Aguilar, PAN; Daniela de los Santos Torres, PVEM; secretarios,Ramón Bañales Arámbula, PRI; Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, PAN; IsauraIvanova Pool Pech, PRD; Juan Manuel Celis Aguirre, PVEM; Ernestina Godoy Ra-mos, MORENA; Verónica Delgadillo García, MOVIMIENTO CIUDADANO; María Eu-genia Ocampo Bedolla, NUEVA ALIANZA; Ana Guadalupe Perea Santos, PES.

Junta de Coordinación PolíticaDiputados: César Camacho Quiroz, presidente, PRI;Marko Antonio Cortés Mendoza, PAN; FranciscoMartínez Neri, PRD; Jesús Sesma Suárez, PVEM;Norma Rocío Nahle García, MORENA; José ClementeCastañeda Hoeflich, MOVIMIENTO CIUDADANO; LuisAlfredo Valles Mendoza, NUEVA ALIANZA; AlejandroGonzález Murillo, PES.