81
CURSO: MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS DOCENTE: ABOG. PATRICIA ELENA MENDOZA DAVILA

1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

CURSO:

MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

DOCENTE:

ABOG. PATRICIA ELENA MENDOZA DAVILA

Page 2: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

UNIDAD IDOCENTE:

ABOG. PATRICIA ELENA MENDOZA DAVILA

Page 3: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

TEORÍA DEL CONFLICTO SOCIAL

L DEFINICIÓN DE CONFLICTO

La palabra conflicto viene de la voz latina conflictos, que deriva a su vez del verbo confiere, que significa combatir, LUCU, PELT En el derecho, la palabra conflicto se utiliza para señalar posiciones antagónicas”, el conflicto es un fenómeno que expresa una oposición de intereses.El Diccionario de la Lengua. Española define al conflicto como lo más recio de un combate. Punto en que aparece incierto el resultado de la pelea. Combate y angustia del ánimo, Apuro, situación y de difícil salida.Según CABANELLAS, conflicto significa guerras lucha, Es la oposición de intereses en que las partes no ceden, Choque o colisión de derechos o pretensiones.B0ARDMAN y HOROWITZ definen al conflicto como una Incompatibilidad de conductas, cogniciones (incluyendo la Metas) y/o afectos entre individuos o grupos que pueden o no conducir a una expresión agresiva de su incompatibilidad social.

Page 4: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

II. DOS ASPECTOS DEL CONFLICTO

1. Aspectos positivosEl conflicto tiene aspectos positivos en el sentido que se le concibe como el motor para el cambio, generador de energía creativa que puede mejorar las situaciones, una oportunidad para el crecimiento y el enriquecimiento personal.

•Posibilita el cambio.•Da lugar a reclamos justos.•Sincera la relación.•Fomenta la unidad grupal y la solidaridad.•Posibilita el crecimiento y la madurez.

Page 5: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Aspectos negativosDentro de los aspectos negativos que origina el conflicto tenemos los siguientes:

Desgasta a las partes en conflicto. Afecta las relaciones negativamente. Origina un gasto innecesario de

energía. La escalada de conflicto puede derivar

a mayores. Sus residuos pueden afectar las

relaciones. Quedan residuos de rencor por lo dicho

y oído. Puede llevar a una solución sin salida.

Page 6: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

III. ELEMENTOS DEL CONFLICTO

1. Las partesSon las personas, grupos pequeños o grandes de personas, que intervienen en un conflicto en forma directa e indirecta. 2. El poder en el conflictoEs la capacidad de influencia que tienen las partes primarias y secundarias en el conflicto. 3. Las percepciones del problemaLa percepción es la realidad que una parte recibe de la otra, u decir, es nuestra forma de recibir o interpretar el conflicto, sus e interpretaciones.4. Las emociones y sentimientosSon los estados de ánimo producidos por impresión de los sentidos, ideas, recuerdos, que con frecuencia se traducen en gestos, actitudes u otras formas de expresión. Las emociones y sentimientos juegan un papel importante en las conciliaciones.

Page 7: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

5. Las posicionesSon las pretensiones que en principio reclaman cada una de las partes, con las que creen que quedarán satisfechas.6. Intereses y necesidadesLos intereses son los beneficios que queremos obtener a través del conflicto y normalmente aparecen debajo de las posiciones que se adoptan en los conflictos.

Page 8: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

CARACTERÍSTICAS DEL CONFLICTO

Es el antagonismo u oposición de intereses. Origina situaciones difíciles, trance angustioso. Se construye entre las partes, es decir, entre dos o

más parte. que intervienen en el conflicto; están involucrados en la construcción, hay involucración y no necesariamente consentimiento.

El conflicto no tiene origen en una parte, se genera en la lucha entre dos partes que en algún sector son incompatibles (ya sea en el sector de las creencias, las acciones, las cogniciones, las conductas, etc.).

El conflicto como aspecto natural de la vida se percibe como un reto y una posibilidad de cambio positivo. A diferencia delo comúnmente pensado, el conflicto no es concebido como un fenómeno nocivo o intolerable, sino como una posibilidad de creación, cambio positivo, unidad de grupo y desarrollo.

Page 9: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

V. FUENTES O FASES DEL CONFLICTO

Las dificultades en la relación pueden surgir de cargas emocionales fuertes, incomunicación o comunicación deficiente, o comportamientos negativos repetitivos.Los conflictos estructurales pueden provenir de patrones destructivos de comportamiento o interacción, desigualdades en el control, la propiedad o la distribución de recursos, desigualdades de poder y autoridad, factores físicos, geográficos o ambientales que restringen la cooperación, o restricciones de tiempo.

Algunos autores señalan que las fuentes del conflicto más comunes son las siguientes: Malentendidos; Falta de sinceridad; Negligencia; Intencionalidad; Defensa partidista del propio sistema de opiniones y

creencias; Fracaso al intentar establecer fronteras; Activar mal el conflicto; Miedo; y Segundas intenciones.

Page 10: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VII. EL CONFLICTO COMO PROCESO DINÁMICO

El conflicto es un proceso esencialmente dinámico y cambiante, sujeto a permanentes transformaciones desde su nacimiento hasta su resolución. Tal transformación puede y debe ser administrada. Así, el conflicto no debe ser considerado en un momento como algo estático, sino más bien como una concatenación de momentos, es decir, como algo dinámico, cambiante. La situación del conflicto va cambiando, mutando, como si fuera una ameba.

Page 11: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VIII. FASES DE UN CONFLICTO

1. Conflicto latenteEl conflicto puede existir como latente cuando hay solo una estructura del conflicto generada por la existencia de intereses que tienen una tendencia a oponerse de manera recíproca. 2. La iniciación de un conflictoLa situación de conflicto se activa cuando sucede un acontecimiento desencadenante que inicia el conflicto propiamente dicho, al tornarlo en conflicto manifiesto.3. La búsqueda de equilibrio del poderAmbas partes, para equilibrar las posiciones, pueden recurrir a la fuerza o hacer uso del poder, o al derecho mediante requerimiento judicial que derive en una sentencia. 4. El equilibrio de poderAl que se llega después de alcanzar un punto de equilibrio a través de un proceso de resolución de conflictos y de hacer los ajustes para resolverlos.5. La ruptura del equilibrioLas condiciones pueden variar con el tiempo y se llega a una nueva ruptura.

Page 12: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IX.BARRERAS O FACTORES DESENCADENANTES DE UN CONFLICTO O QUE

PUEDEN INTERFERIR UNA SOLUCIÓN

1. BARRERAS O FACTORES INTERNOSa)Las actitudes.b)Los valores.c)Las necesidades.d)Los anhelos.e)Los temores.f)Las ansiedades.g)Los patrones habituales de acomodamiento.

2. BARRERAS O FACTORES EXTERNOSh)Los requisitos de la tarea.i)Las normas de grupo.j)Los conceptos personales del papel o función.k)La imagen pública.l)La percepción de la vulnerabilidad del otro.m)La percepción de la propia vulnerabilidad.

Page 13: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

X. ESTILOS DE ENFRENTAMIENTO AL CONFLICTO

1. COMPETICIÓNProseguir los objetivos personales a costa de los otros, sin detenerse a pensar en los demás (por ejemplo: “Tu te callas”.

2. EVITACIÓNActitud básica que se caracteriza por no afrontar los problemas; se evitan o posponen los conflictos, lo cual implica no hacer nada o retirarse

3. COMPROMISO O CONVENIRImplica una concesión parcial, aparejada la satisfacción de alguno de los deseos propios y al menos alguno de los ajenos

4. ACOMODACIÓN, CEDER O CONCEDERSupone ceder habitualmente a los puntos de vista de los otros, renunciando a los propios

5. COLABORACIÓN O COOPERACIÓNImplica un nivel de incorporación de unos y otros objetivos común

Page 14: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

XI.CLASIFICACIÓN DE LOS CONFLICTOS

1. En función del elemento “agresividad”Puede dividirse en: Agresivos y No agresivos 2. En función del elemento “interés por el otro”En todo conflicto hay por lo menos dos partes y, por lo tanto, por lo menos un doble juego de intereses: el interés por uno mismo y el interés por el otro. 3. En función del elemento “conducción”esta clasificación toma como elemento fundamental la forma como se conduce, gerencia o maneja el conflicto, y ha sido clasificada teniendo en cuenta si lleva a la aniquilación de una de las supervivencia de ambas partes.4. En función del elemento “partes intervinientes”a) Si solo intervienen las partes, se la llama negociación: las dos o más partes intercambian ideas para llegar a un acuerdo.

Page 15: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

5.En función del elemento “protagonismo”El protagonismo implica no solo la actuación directa de las es en el conflicto, sino además la responsabilidad por las realizadas y por las consecuencias que esas acciones puedan tener.6. En función del elemento “cantidad de integrantes”He citado precedentemente que los conflictos pueden suscitarse entre dos personas o dos grupos, pequeños o grandes, entre dos naciones, etc. 7. En función del elemento “flexibilidad”No flexibles: las historias que narran son cerradas solo están interesados por “sí mismos” y Flexibles: las historias que narran son abiertas, hay interés por “sí mismo”,

Page 16: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

8. En función del elemento “contenido”El “tema” o “contenido” de los conflictos puede variar enormemente. Lo que nos interesa determinar no es tanto el “qué” del contenido, sino “en qué” se apoyan.9. En función de la realidad o no del conflictoel mediador está ubicado en forma externa al conflicto, y por lo tanto no se cuestiona la implicancia del observador en el sistema observado. 10. En función de la forma como se ha construido el conflictoBarnett PEARCE ha realizado una clasificación de conflictos que lo lleva a dividirlos en “disputas incompatibles” y “conflictos morales”.

Page 17: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

LOS MODOS DE GESTIÓN DEL CONFLICTO

1. Intentando la solución por la fuerzaMediante este modo se intenta la solución de un conflicto por la fuerza, y significa recurrir al poder a la autoridad formal

2. Evitarlo, eludirlo, abandonarloEste segundo modo importa dejar de pasar los problemas, esconder los desacuerdos, o un distanciamiento físico o sicológico; como no quiero confrontar, evito tratar el problema.3. Intentando superarlo por medio de la negociaciónEl tercer modo, la negociación, por el contrario, exige enfrentar el conflicto, pero no para competir con la otra parte, sino tendiendo a una búsqueda de compromisos y de beneficios mutuos.

Page 18: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Capítulo IIMEDIOS ALTERNATIVOS DE

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS1.DEFINICIÓN DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

En primer lugar, entendemos por resolución a la acción de resolver. Otras acepciones que tiene la palabra resolver son:•Tomar una decisión.•Encontrar una solución.•Fallar en una diferencia o disputa.

Page 19: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

II. CARACTERÍSTICAS DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE CONFLICTOSLos medios alternativos de resolución de conflictos (MARCs) se distinguen entre sí por el grado de control que tenga el tercero en el procedimiento. El continuum de estos medios nos da una visión panorámica de los medios alternativos primarios de resolución de conflictos.

III. OBJETIVOS DE LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Aminorar la carga procesal de los tribunales, así

como también reducir el costo y la demora en la resolución de los conflictos,

Aumentar la participación de la comunidad en los procesos de resolución de conflictos.

Facilitar el acceso de la justicia. Proporcionar a la sociedad una forma más efectiva

de resolución de disputas.

Page 20: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IV. VENTAJAS DE ESTOS MEDIOS EN SU APLICACIÓN

Son rápidas En el sentido que los problemas pueden ser resueltos en breves días. En nuestro país, en el caso de la conciliación extrajudicial, su duración máxima es de 30 días.

Son confidenciales Las audiencias son reservadas, es decir, cerradas y de carácter confidencial, no se transcribe en un expediente ni puede filtrarse a la prensa.

Son informale Los procedimientos son fundamentalmente informales, es decir, no requieren cumplir con formalismos

Son flexible. El procedimiento es flexible, e incluso puede ser modificado si hay acuerdo entre las partes.

Son económica Los servicios se ofrecen a muy bajos si bien es cierto que hay que tomar en cuenta la cuantía

Page 21: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

V. CÓMO ELEGIR UN MEDIO ALTERNATIVO ADECUADO

El contexto negocial. Las cuestiones en juego.

El estado del caso. Los futuros costos de resolver la

cuestión a través del litigio judicial. La preocupación por mantener privados

los procedimientos. Las relaciones con abogados externos.

La probabilidad de llegar a un acuerdo. Si no se arriba a un acuerdo, ¿el

procedimiento afectará al inicio que necesariamente llegará?

Page 22: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VI.FORMAS DE RESOLVER O SOLUCIONAR CONFLICTOS

Hay tres formas de solucionar el litigio o conflicto intersu Neti de intereses: La autotutela o autodefensa, que en buena cuenta

significa el triunfo del más fuerte, por lo cual es proscrito por la ley, salvo casos excepcionales, como lo es la legítima defensa en el campo penal y la defensa posesoria inmediata y sin violencia en el ámbito civil; La autocomposición,

también se denomina reconocimiento; el desistimiento de la; pretensión por parte del demandante, a la cual también se denomina renuncia, y la transacción que significa el acuerdo logrado entre las partes contendientes mediante concesiones y reconocimiento de derechos recíprocos;

La heterocomposición, es decir, la solución del litigio mediante la intervención de terceros, la cual a su vez puede ser extrajudicial y judicial.

Page 23: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VII. PRESENTACIÓN DE LOS PRINCIPALES MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

1. Métodos adversariales Las partes están enfrentadas y son

contendientes. Un tercero suple la voluntad de las partes y

toma la decisión. Si una parte gana la otra generalmente

pierde La decisión que pone fin al litigio, se basa en

la ley o en la apIicación de un precedente, por, lo que no necesariamente resuelve el problema satisfaciendo el interés de las partes.

2. Métodos no adversariales Las partes actúan juntas y

cooperativamente. Las partes tienen el control del

procedimiento y acuerdan la propia decisión

Page 24: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VIII. LOS MARCs MÁS CONOCIDOS EN NUESTRO PAÍS

Asimismo, existe una creciente confianza en estos medios alternativos de resolución de conflictos y el éxito de los mismos ha alcanzando a muchos países, entre ellos Estados Unidos, Argentina, Colombia, Perú, entre otros.

Entre los MARCs más conocidos en Latinoamérica tenemos los siguientes:

La negociación. La mediación. La conciliación. El arbitraje.

Page 25: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IX ALGUNOS MARCs TODAVIA NO CONOCIDOS NUESTRO PAÍS

Asimismo, existen otros tipos de MARCs, que son bastante utilizados y conocidos sobre todo en los Estados Unidos América, y esperamos en que un tiempo no muy lejano se vayan incorporando en nuestra legislación. Veamos cuáles son y en qué consiste cada uno de ellos: Mediación / arbitraje (med/arb). Arbitraje / mediación (arb/med). Evaluación neutral previa. Experto neutral. Tribunal multipuertas. Mini juicio. Alquiler de un juez. Ombud.rman. Juicio sumario por jurados. Grupo asesor circunscripto (focus edgroup).

Page 26: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

1. LA NEGOCIACIÓN

La negociación es una institución que persigue establecer una relación más deseable para ambas partes a través del intercambio, trueque y compromiso de derechos, sean estos legales, económicos o psicológicos

2 LA MEDIACION

El objeto de la mediación consiste en ayudar a las partes a generar sus propias soluciones para resolver el conflicto. El mediador dirige el proceso pero no sugiere fórmulas de solución. Las partes deciden completamente el contenido del acuerdo.

3. LA CONCILIACION

La conciliación es una institución que persigue acercar a las partes en conflicto para atenuar sus divergencias; pretende con su participación propiciar el diálogo para que las partes, a través de él, hallen una solución final a sus diferencias.

Page 27: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

4. EL ARBITRAJE

Es un sistema de solución de conflictos en el que la voluntad de las partes se somete a la voluntad de un tercero. En el fondo del arbitraje existe un pacto o convenio entre los litigantes en el sentido de que someterán sus voluntades a la convicción y al pronunciamiento del tercero, con el compromiso de cumplir lo que por él se decida.

5. EVALUACION NEUTRAL

Se da con la presentación del caso a cargo de ambas partes (o sus asesores) ante un tercero neutral, para que realice una evaluación de cómo el caso prosperaría en la vía judicial. En el ámbito empresarial, puede efectuarse ante los funcionarios superiores de las organizaciones en conflicto, en su caso, ofrecer su evaluación.

6. ARBITRAJE

se da de manera inversa a la anterior, con la ventaja de no estar el laudo influenciado por lo conocido en audiencias confidenciales. El procedimiento comienza con un juicio arbitral ordinario.

Page 28: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

8. EXPERTO NEUTRALConsiste en la contratación de un experto (tercero neutral), con la finalidad de proveer a las partes de una opinión técnica totalmente imparcial sobre hechos o aspectos técnicos. Este tercero dictaminará una predicción sobre cuál de los contendientes podría estar considerado en falta por un tribunal que eventualmente juzgará el caso.

9. TRIBUNAL MULTIPUERTASConsiste en un centro judicial donde el reclamo ingresa al tribunal y un funcionario asesora y ofrece a las partes diferentes alternativas para que ellos voluntariamente elijan: conciliación, mediación, arbitraje, evaluadores neutrales o juicio sumario. Si ninguna de estas variables es posible, queda siempre disponible el litigio tradicional.

10. MINI JUICIOEl minijuicio no es un juicio, sino una presentación oral efectuada por los abogados ante los directivos de las empresas entre las que ha suscitado una controversia, quienes luego intentan arribar a un acuerdo.

11. ALQUILER DE UN JUEZEs el procedimiento privado por el cual las partes contratan a una persona que deberá actuar en la toma de decisión, y que generalmente es un juez retirado. Este tercero falla conforme a derecho y a precedentes legales, jurisprudencia y doctrina dominantes.

Page 29: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

12. OMBUDSMAN

El Ombudsman, controlador o defensor del pueblo, puede iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado, cualquier investigación conducente al esclarecimiento de actos, hechos u omisiones de la administración pública y sus agentes que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones

13. JUICIO SUMARIO POR JURADOS

Este sistema tiene como finalidad aligerar al juez de un largo juicio a través de audiencias abreviadas ante jurados que darán solo una opinión evaluativa o informativa que servirá como a la acción futura de las partes, pero no tendrá la potencia de un veredicto. Se utiliza el método para solucionar casos completos con el objetivo de persuadir a los contendientes acerca de las bondades de un avenimiento sobre bases realistas.

14. GRUPO ASESOR CIRCUNSCRIPTO (FOCUSEDGROUP)

El llamado focusedgroup o grupo asesor circunscrito a ciertos temas, consiste en un panel de ciudadanos seleccionados por las partes, que ofrecen una opinión asesora.

Page 30: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

X. DIFERENCIAS ENTRE LOS DIFERENTES MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE

CONFLICTOS1. Conciliación y mediación

2. Conciliación y arbitraje

La conciliación se diferencia del arbitraje en que el árbitro no propone ni sugiere, resuelve; lo hace vía un laudo que las partes están en deber de acatar..

En el arbitraje, el árbitro impone una resolución, el laudo, que satisface a una de las partes pero muy rara vez a ambas

Los árbitros son competentes para promover conciliación en todo momento y de darse la conciliación esta trae consigo la conclusión del proceso.

Page 31: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

XI. CONTRASTE ENTRE LOS MARCs Y EL PROCESO JUDICIAL

Existe una insatisfacción indudable y generalizada con el desempeño de los sistemas de administración y procuración de justicia. La ineficiencia, la lentitud de los procesos por saturación de los tribunales, así como el costo altísimo de un litigio, han convertido la justicia en un asunto caro para muchos, inaccesible por su costo y sumamente desgastante.

XII. CAUSAS QUE PUEDEN LLEVAR AL FRACASO A LA CONCILIACIÓN JUDICIAL La falta de preparación de los operadores de la

administración de justicia (llámese jueces y secretarios o empleados judiciales en quienes se delega la toma de la audiencia).

La reserva o desconfianza de las partes para revelar los verdaderos intereses ante quién luego va a decidir quién es el vencedor de la contienda.

El poco tiempo que disponen los jueces para tomar personalmente las audiencias, debido a la excesiva carga procesal.

Page 32: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

XIII. CONSEJOS PARA JUECES CONCILIADOS

Según la experiencia habida en Argentina, se han sugerido algunas pautas que se pueden transmitir:

Resulta fundamental para un desarrollo exitoso de la audiencia conciliadora que, previamente, el juez interviniente haya tomado un cabal conocimiento de las actuaciones respectivas.

Inicialrnente, el juez conciliador debe informar a las partes presentes los alcances y fines de la audiencia de conciliación, siendo necesaria la asistencia personal de las partes y de sus letrados, a quienes se asegurará que lo hablado no saldrá del recinto del tribunal.

Salvo Supuestos de excepción, el juez debe requerir que la actora reduzca la litis a términos económicos concretos.

El juez debe procurar evitar ciertos diálogos o manifestaciones de los participantes en la audiencia de conciliación.

Es la tarea del juez ejercitar su colaboración activa en la búsqueda de las fórmulas de conciliación.

No debe de atemorizarse el juez, a fin de agotar la instancia conciliantia.

Page 33: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

XIV. MOTIVACIONES DEL JUEZ PARA ACEPTAR LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

El ahorro de tiempo y dinero.La obtención de “mejores” procesos, más abiertos,

flexibles y atentos a las necesidades únicas de las partes.

La obtención de “mejores” resultados, hechos a la medida de las partes y de la sociedad.

El compromiso de la comunidad en la resolución de los conflictos.

La ampliación del acceso a justicia.El juez que siente la necesidad de anexar un programa

de resolución de disputas a su tribunal para urgir la terminación de las causas, tiene la sensación que el público no tolera más demoras sin exigir cambios al sistema, por lo que su deseo de solucionar la sobrecarga está mezclado con el anhelo de proteger la autoridad del Poder Judicial.

Page 34: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

XV. LOS MARCS TIENDEN A PRIVATIZAR LA JUSTICIA

Los MARCS no tienen como nulidad “privatizar la justicia” sino ayudar al fortalecimiento del sistema judicial en la solución de conflictos, brindando en forma conjunta un servicio completo y adecuado a los nuevos cambios en que vivimos.

Existen fundados temores que los MARCs extraigan del sistema judicial y formal a una cantidad importante de casos. Es más, hay algunos que creen que el Poder Judicial solo quedará para los pobres ya que los ricos acudiran a estos nuevos modos de justicia “privada”.

Page 35: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

UNIDAD II

DOCENTE:

ABOG. PATRICIA ELENA MENDOZA DAVILA

Page 36: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

CAPÍTULO IIILA NEGOCIACION

1 Definición

Según el Diccionario de la Lengua Española, la palabra negociación proviene del latín negociación que significa acción y efecto de negociar.La argentina PFIRTER DE ARMAS señala que en su acepción más general, la palabra negociación se usa en sentido de “tratar asuntos públicos o privados procurando su mejor logro”.

Page 37: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Para CAIVANO “la negociación comunicación directa entre las partes interesadas con el propósito de acordar la solución es la forma más común y más popular de resolver diferencias. La negociación tiene la ventaja de permitir a las propias partes mantener el control absoluto sobre el proceso y sobre la solución”.

Para PINKAS FLINT BRUCK, la negociación es un proceso de comunicación dinámico, en mérito del cual dos o más partes tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin de lograr con ello una solución que genere mutua satisfacción.

Page 38: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Objeto de la negociaciónLa negociación es una institución que persigue establecer una relación más deseable para ambas partes a través del intercambio, trueque y compromiso de derechos, sean estos legales, económicos o psicológicos, siendo sus objetivos son: Lograr un nuevo orden de relaciones

donde antes no existían. Modificar un conjunto de relaciones

existentes por otras más convenientes para una de las partes o para ambas.

Page 39: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

II. POSICIONES VERSUS INTERESES

Las posiciones son la línea argumentativa que defiende el deseo o interés de una de las partes ante un determinado conflicto. Las posiciones son los argumentos que plantean las partes. Son las razones que responden a la pregunta ¿qué dice?

Los intereses se componen de las aspiraciones y deseos subyacentes que al final de cuentas pretende una persona en cualquier circunstancia, muy al margen de quién se enfrente contra esta tensión.

Page 40: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

III. ELEMENTOS QUE DEBEN CONSIDERARSE EN UNA NEGOCIACIÓN1. InteresesComo señala CAIVANO, los intereses pueden definirse como las necesidades, deseos, preocupaciones o temores de las partes, o las condiciones especificas que una parte desea obtener para lograr un arreglo aceptable. 2. LegitimidadLa legitimidad se refiere a la aceptación y el reconocimiento por una parte de que un oponente, y las cuestiones y los intereses del mismo, e incluso sus emociones, son auténticos y razonables, y se ajustan a los principios reconocidos o a las normas o los estándares aceptados.

Page 41: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

3. OpcionesIntegrada por todas las variables de solución que cada parte expone para llegar a un arreglo. Para que una de ellas sea aceptada por cualquiera de las partes deberá ser superior a la mejor alternativa que estas puedan disponer.4. AlternativasSon aquellos medios sustitutos que tienen las partes para satisfacer sus intereses en el caso de no llegar a un arreglo satisfactorio con su ocasional adversario. Pero acuden a estos sin haber cedido nada ante la parte contraria y motu proprio.

Page 42: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

5. ComunicaciónEs el medio por donde se conducen los intereses, alternativas y opciones de cada una de las partes, proporcionando información oportuna y necesaria para conocer con claridad las posiciones de ambas y posibilitando el conocimiento recíproco entre las partes, clarificando sus percepciones y facilitando las transacciones en todo ese proceso..6. SinceridadLa sinceridad generalmente alude a la capacidad de una persona para depender o asignar confiabilidad a la veracidad o exactitud de las declaraciones ó el comportamiento de otra. 7. CompromisoSon los tratos, planteamientos orales o escritos que señalan que una parte hará o no hará.

Page 43: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IV. LA NEGOCIACIÓN COMO MEDIO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

la negociación es un proceso de comunicación dinámica, en mérito del cual dos o más partes tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin lograr con ello una solución que genere mutua satisfacción. Toda negociación se presenta una confrontación de intereses. Estas diferencias deben ser resueltas por las partes aprovechando los distintos valores que cada una de ellas asigna a la toma decisiones

Page 44: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

EN QUÉ OPORTUNIDAD NEGOCIAMOS

V. ACTITUDES FRENTE AL CONFLICTO: EL MODELO DE BLAKE Y

MORTON

Dado que la gente difiere, es posible encontrar soluciones. Son las diferencias las que nos posibilitan el intercambio de valores y con ello la resolución del conflicto. Si no existieran diferencias en cuanto a la percepción, escala de valores, aversión al riesgo, no sería posible la solución de conflictos.

¿Cuándo se presenta la negociación? La negociación se presenta cuando existe un conflicto de intereses entre dos o más partes. Podemos señalar dos elementos básicos: 1)pluralidad de sujetos2)existencia de diferencias en los intereses.

Page 45: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VII. TIPOS DE NEGOCIACIÓN

1. Negociación distributiva (Esquema Ganar-Perder)En la negociación distributiva las partes actúan competitivamente y buscan su ventaja personal, esto es, maximizar su beneficio individual. En este tipo de proceso la habilidad negociadora reposa principalmente en una gran dosis de voluntad, terquedad cierto tipo de engaño y otras tácticas afines.

2. Negociación integrativa (Esquema Ganar-Ganar)La negociación integrativa es un proceso dinámico en el cual las partes primero identifican tanto metas comunes como diferencias en sus intereses, y luego desarrollan una labor conjunta que los lleva a un resultado satisfactorio para ambas.

Page 46: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Características de la negociación integrativa:

Un intento consciente serio de entender las necesidades objetivos de contraparte.

Los negociadores tienen diferentes valores y preferencias.

Lo esencial, sin embargo, es que se pueda al menos comprender y aceptar como legítimos estos intereses y necesidades.

El establecer una comunicación fluida. Los negociadores deben considerar

cuidadosamente el efecto que produce el revelar sus objetivos y escuchar activa y atentamente a la otra parte

Se deben crear las condiciones para una buena comunicación.

Page 47: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

II. ESTRATEGIAS DE NEGOCIACIÓNEste método descansa sobre cuatro puntos básicos o principios elementales: (1) separar a las personas del problema; (2) concentrarse en los intereses, no en las posiciones; (3) generar una variedad de opciones antes de decidirse a actuar; y (4) discutir en base a algún criterio objetivo.

a) Primer principio: separar a las personas del problemasComo primera medida, no hay que olvidar que ante todo, los negociadores son personas. En la negociación uno no está tratando con representantes abstractos de “la otra parte”, sino con seres humanos. Ahora bien, las personas se enojan, se deprimen, sufren temores, son hostiles, se frustran y se ofenden. Observan el mundo desde particular punto de vista, y a menudo confunden sus percepciones con la realidad.

Page 48: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

b) Segundo principio: concentrarse en los intereses, no en las posiciones

Los intereses son las aspiraciones y deseos subyacentes que pretende una persona en cualquier circunstancia a través de las cuales plantea su posición en un conflicto. Como señala CAIVANO, los intereses pueden definirse como las necesidades, deseos, preocupaciones o temores de las partes, o las condiciones específicas que una parte desea obtener para lograr un arreglo aceptable. Los intereses motivan a las personas y son el trasfondo o el fundamento de la posición que asumen las partes. Ese fundamento muchas veces no es manifestado ni percibido, y hasta en ocasiones la misma parte lo ignora; se confunde lo que se pretende con lo que realmente se necesita.

Page 49: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

c) Tercer principio: Generar una variedad de opciones antes de decidirse a actuar

FISHER y URY afirman que en la mayoría de las negociaciones hay cuatro obstáculos principales que impiden la creación de un gran número de opciones: 1) los juicios u opiniones prematuros 2) la búsqueda de una sola respuesta; 3) el supuesto de que “pastel” a repartir es

de tamaño fijo; 4) la creencia de que “la solución de

problema de ellos es de ellos”. Para poder superar estas limitaciones es preciso entenderlas.

Page 50: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

d) Cuarto principio: Discutir en base a algún criterio objetivo

Los acuerdos a los que se arribe no podrán sustentarse en algún particular criterio subjetivo, sino en base a alguna pauta o criterio que sea independiente de la voluntad de las partes, que sea legítimo y práctico, y aplicable a ambas partes. Mientras más criterios de equidad, eficiencia o respaldo científico se puedan utilizar, más probable será que se logre un acuerdo final mutuamente satisfactorio y equitativo.

Page 51: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

UNIDAD IVCONCILIACIÓN

1. LA CONCILIACIÓN EN MATERIA PENALLa legislación peruana ha establecido que la conciliación es facultativa en los procesos de indemnización derivado de la comisión de delitos y faltas y los provenientes de daños en materia ambiental. Es la única materia penal que ve la conciliación. En cambio, en la legislación colombiana (Código de Procedimiento Penal), la conciliación se impone de manera obligatoria y como requisito para que proceda el ejercicio de la acción penal, cuando se trate de delitos querellables.

1. Definición legalLa definición legal la encontramos en el artículo 52 de la Ley Nº26872 (en adelante, la Ley), modificado por el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1070 (28 de junio de 2008), cuyo tenor es el siguiente: Art. 5°: “La Conciliación es una institución que se constituye como un mecanismo alternativo para la solución de conflictos, por el cual las partes acuden ante un centro de conciliación extrajudicial a fin que se les asista en la búsqueda de una solución consensual al conflicto”.

Page 52: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Definición doctrinaria Marianella Ledesma Narváez señala que la

“conciliación, constituye un acto jurídico que pone fin al conflicto” y que “constituye un medio que suministra el ordenamiento jurídico para la autodeterminación de las partes, a fin de lograr un efecto práctico tutelado por el derecho en la solución del conflicto”.

Sagástegui Urteaga señala que en la “conciliación el tercero asiste a las partes y les ayuda a buscar solución a su conflicto proponiendo fórmulas de arreglo que, desde luego, no son obligatorias para las partes”.

Martínez Coco dice que la conciliación es un acto jurídico, entendido como la manifestación de la voluntad de los conciliantes dirigida a solucionar su conflicto de intereses.

Page 53: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

III. CARACTERÍSTICASEs un acto jurídico a través del cual las partes recurren a

un tercero para que les ayude a resolver un conflicto.Requiere la existencia de un tercero; este no decide, se

limita a señalar el camino posible de solución de conflictos.Es un mecanismo alternativo de solución de conflicto, ya

que las partes pueden optar por la conciliación, por el arbitraje o por ir al Poder Judicial.

La oralidad e inmediación están siempre presentes, pues el conciliador estará al lado de las partes que han solicitado su actuación, las que se realizarán sin intermediarios.

Es extraproceso, es decir, se da fuera de un proceso judicial.

Es voluntaria. La conciliación es un acto voluntario, porque las partes acuden libremente a un centro de conciliación para que les ayude a resolver un conflicto de intereses.

Es confidencial, porque tanto el conciliador como las partes deben guardar absoluta reserva de todo lo sostenido o propuesto.

No constituye acto jurisdiccional. El artículo 42 de la Ley ha determinado que la conciliación extrajudicial

Page 54: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Es personalísima, el acto conciliatorio es eminentemente personal. Excepcionalmente, y en aplicación del artículo 14 de la Ley, se admite la representación para los casos allí señalados.

Fomenta una cultura de paz, sustentada en la autonomía de la voluntad de las partes.

Propicia una solución al conflicto con ayuda de un Conciliador.

Tiene carácter obligatorio para los casos de derechos disponibles.

Page 55: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IV. PRINCIPIOS RECTORES DE LA CONCILIACIÓN

El artículo 2 de la Ley N° 26872 presenta nueve principios “éticos” de la conciliación: equidad, neutralidad, imparcialidad, buena fe, veracidad, confidencialidad, legalidad, celeridad y economía.

1. EquidadEl Reglamento señala que la equidad debe ser concebida como el respeto del sentido de la justicia aplicada al caso particular, materia de conciliación. El Conciliador está obligado a generar condiciones de igualdad para que los conciliantes puedan lograr acuerdos mutuamente beneficiosos.

Page 56: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. VeracidadEl Reglamento dice que está dirigida a la búsqueda de lo querido realmente por las partes. El Conciliador no alterará nunca el sentido o significado de los hechos, temas, intereses o acuerdos a que arriben éstas en el procedimiento conciliatorio. Los operadores del sistema conciliatorio deben remitir la información veraz y auténtica cuando les sea requerida por el MINJUS.

3. Buena feEl Reglamento explica que la buena fe se entiende como la necesidad que las partes procedan de manera honesta y leal, confiando en que esa será la conducta a seguir en el procedimiento conciliatorio.

Page 57: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

4. ConfidencialidadEs deber de los conciliadores el guardar reserva de las informaciones recibidas en situación de confidencia, o en una sesión privada, una reunión parcial o una sesión conjunta con los litigantes, no pudiendo ser revelada a las partes ajenas a las negociaciones.

5. Imparcialidad y neutralidadEl Reglamento señala que el conciliador no debe identificarse con los intereses de las partes, quien tiene el deber de colaborar con los participantes sin imponer propuesta de solución alguna. La conciliación se ejerce sin discriminar a las personas y sin realizar diferencias.

Page 58: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

6. LegalidadLa actividad conciliatoria se enmarca dentro de lo establecido en la Ley y Reglamento, en concordancia con el ordenamiento jurídico. El conciliador debe velar porque este principio se cumpla verificando la legalidad del acuerdo o remitiendo a las partes a sus asesores legales para que revisen los acuerdos.7. CeleridadEl Reglamento dice que la celeridad es consustancial al procedimiento de Conciliación, permitiendo la solución pronta y rápida del conflicto.La celeridad es un principio que impone al conciliador la obligación de observar, en la tramitación de la conciliación, los términos y plazos que señala la ley y/o que hayan acordado las partes. 8. EconomíaEl principio de economía, según el Reglamento, está orientado a que las partes ahorren tiempo y costos que les demandaría involucrarse en un proceso judicial.

Page 59: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

V. FINALIDAD DE LA CONCILIACIÓN

La finalidad de la conciliación extrajudicial es, como bien afirma la Ley, propiciar una cultura de paz. Carlos Humberto Alva, por su parte, lo concibe como “el conjunto de valores y actitudes que se dirigen a la construcción de condiciones de vida que consoliden el desarrollo integral de la persona humana, su realización física y sicológica, tanto de forma individual como colectiva”.

Page 60: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VI. LA CONCILIACIÓN COMO ETAPA PREVIA AL PROCESO JUDICIAL

El carácter obligatorio que se le da al procedimiento de conciliación extrajudicial, ha sido objeto de debate, no solo en el Perú sino también en otros países como Argentina y Colombia. En América Latina está muy arraigado el criterio de llevar todos los conflictos a juicio y es poco extendida la cultura de la negociación por lo que se hace necesaria esta obligatoriedad a fin de que el sistema conciliatorio inicialmente funcione.

Page 61: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VII. MATERIAS CONCILIABLES

1. Materias conciliables obligatorias

En virtud de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley (modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070), son materia de conciliación las pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes. La pretensión determinada es aquella por la

cual se desea satisfacer un interés que ha sido perfectamente fijado en la solicitud de conciliación.

La pretensión es determinable cuando ésta es susceptible de fijarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de conciliación.

Page 62: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Las materias conciliables son:

a.Asuntos de naturaleza civilSon todas las materias conciliables de este tipo: pago de deudas, desalojos, problemas vecinales, rescisión de contratos, resolución de contratos, incumplimiento de contratos, pago de alquileres o arrendamientos, otorgamiento de escrituras, copropiedad, mejor derecho de propiedad, obligaciones de dar, hacer o no hacer, convocatoria a junta o asamblea, etc. b. Asuntos de familiaEn materia de familia, la norma señala que pueden sorneterse a conciliación diversas pretensiones como los alimentos, régimen de visitas, tenencia y otras que se deriven de la relación familiar, siempre y cuando sean derechos de libre disposición.

Page 63: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

c. Asuntos en materia laboral

En materia laboral la conciliación debe tener en consideración el carácter, muchas veces irrenunciables, de los derechos del trabajador, tales como los derechos al pago de remuneraciones, descanso remunerado, vacaciones, compensación por tiempo de servicios, etc. Estos son derechos que no se pueden poner en tela de juicio, ya que tienen rango constitucional y están protegidas y reguladas en las leyes laborales.

Page 64: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Materias conciliables facultativas

Las materias conciliables facultativas son aquellas que no requieren ir previamente a un centro de conciliación, ya que no es un requisito previo para iniciar un proceso judicial. En esa medida, la conciliación es facultativa en estos casos: En los procesos de ejecución, que son los procesos

expeditivos que se sirven para lograr el cumplimiento de una deuda o cualquier obligación que conste en un título ejecutivo o de ejecución (como la letra de cambio, el cheque, etc.).

En caso de tercerías, que es la acción que la ley concede a la persona que sin ser parte en un proceso, ni tener relación o interés con la pretensión principal, ve afectados sus bienes como consecuencia de dicho proceso, con una medida cautelar o para la ejecución, con la finalidad de conseguir que se deje sin efecto la afectación de sus bienes.

Page 65: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

En los procesos de prescripción adquisitiva de dominio.

En el retracto. Cuando se trate de convocatoria a asamblea

general de socios o asociados. En los procesos de impugnación judicial de

acuerdos de Junta General de accionista señalados en el artículo 1392 de la Ley General de Sociedades, así como en los procesos de acción de nulidad previstos en el artículo 1502 de la misma Ley.

En los procesos de indemnización derivado de la comisión de delitos y faltas y los provenientes de daños en materia ambiental.

En los procesos contencioso administrativos, que se originan en el derecho de acción que tiene el ciudadano de impugnar los actos o resoluciones de los órganos públicos cuyo reclamo hubiera agotado la vía administrativa.

Page 66: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

3. Materias no conciliables

Es importante saber que no en todos los casos se puede conciliar, hay determinados conflictos en los cuales no se puede solucionar mediante la conciliación. El artículo 72-A de la Ley Nº 26872, incorporado por el Decreto Legislativo Nº 1070 (28 de junio del 2008), los señala expresamente:Cuando se desconoce el domicilio de la parte

invitada. El domicilio es el lugar en que legalmente se considera establecido alguien para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.

Cuando la parte emplazada domicilia en el extranjero, salvo que el apoderado cuente con poder expreso para ser invitado a un centro de conciliación.

Cuando se trate de derechos y bienes de incapaces a que se refieren los artículos 432 y 442 del Código Civil, es decir, aquellos que se refieren a la capacidad absoluta y relativa de las personas.

Page 67: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

En los procesos cautelares, que son aquellos cuyo fin es garantizar el desenvolvimiento o el resultado de otro proceso.

En los procesos de garantías constitucionales, que son aquellos medios de protección de los derechos fundamentales consistentes en la posibilidad que tiene el titular de un derecho de poner en movimiento el órgano jurisdiccional para que tutele ese derecho, si es conculcado o amenazado ese derecho.

En los procesos de nulidad, ineficacia y anulabilidad de acto jurídico, este último en los supuestos establecidos en los incisos 1, 3 y 4 del artículo 2212 del Código Civil.

En la petición de herencia, cuando en la demanda se incluye la solicitud de declaración de heredero.

En los casos de violencia familiar, la cual tiene un tratamiento propio en una norma particular, como es el Texto Único Ordenado de la Ley de Protección de Violencia Familiar (Decreto Supremo N2 006-97-JUS) y su Reglamento (Decreto Supremo N2 002-98-JUS).

Page 68: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

VIII. PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓNLa Ley N2 26872 establece el procedimiento de la Conciliación Extrajudicial

Page 69: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

3. La audiencia de conciliaciónLa Audiencia de Conciliación es única y se realizará en el local del centro de conciliación autorizado en presencia del conciliador y de las partes, pudiendo comprender la sesión o sesiones necesarias para el cumplimiento de los fines previstos en la presente ley. Excepcionalmente el Ministerio de Justicia podrá autorizar la realización de la audiencia de conciliación en un local distinto, el cual deberá encontrarse adecuado para el desarrollo de la misma (artículo 102 de la Ley)

Page 70: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Para el caso de las personas analfabetas o que no puedan firmar la conciliación se llevará a cabo con la participación del testigo a ruego que aquellas designen y que deberá suscribir el acta.

Si la Audiencia se lleva a cabo en más de una sesión, deberá dejarse expresa constancia de la interrupción en el acta correspondiente, señalándose el día y la hora en que continuará la Audiencia.

Si ninguna de las partes acude a la primera sesión, no debe convocarse a más sesiones, dándose por concluido el procedimiento de conciliación.

Cuando sólo una de las partes acude a la primera sesión, deberá convocarse a una segunda.

Cuando cualquiera de las partes deja de asistir a dos sesiones alternadas o consecutivas, el Conciliador deberá dar por concluida la Audiencia y el procedimiento de Conciliación.

Cuando las partes asisten a la audiencia, el Conciliador debe promover el diálogo y eventualmente proponerles fórmulas conciliatorias no obligatorias.

Page 71: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

4. Concurrencia personal a la audienciaEl acto conciliatorio es eminentemente personal. Excepcionalmente, y en aplicación de la Ley, se admite la representación para los casos allí señalados. La representación en el procedimiento de conciliación supone la declaración de voluntad del representante que interviene a nombre, por cuenta y en interés del representado, surtiendo su declaración efectos directos respecto del representado.

5. Conclusión del procedimiento conciliatorioSe da por concluido el procedimiento conciliatorio por:• Acuerdo total de las partes.• Acuerdo parcial de las partes.• Falta de acuerdo entre las partes.• Inasistencia de una parte a dos (2) sesiones.• Inasistencia de ambas partes a una (1) sesión.• Decisión debidamente motivada del Conciliador en

Audiencia efectiva.

Page 72: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

6. Mérito y ejecución del acta de conciliación

a. Definición de actaEl acta de conciliación es el documento que expresa la manifestación de voluntad de las partes en la conciliación. Puede contener el acuerdo conciliatorio, sea éste total o parcial.

b. Requisitos que debe contener el actaLa Ley señala (artículo 162) que el acta de conciliación debe contener lo siguiente:• Número correlativo.• Número de expediente.• Lugar y fecha en la que se suscribe.• Nombres, número del documento oficial de identidad y

domicilio de las partes o de sus representantes y, de ser el caso, del testigo a ruego.

• Nombre y número del documento oficial de identidad del conciliador.

Page 73: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

• Número de registro y, de ser el caso, registro de especialidad del conciliador.

• Los hechos expuestos en la solicitud de conciliación y, en su caso, los hechos expuestos por el invitado como sustento de su probable reconvención

• El Acuerdo Conciliatorio, sea total o parcial, consignándose de manera clara y precisa los derechos, deberes u obligaciones

• Firma del conciliador, de las partes intervinientes o de sus representantes legales, de ser el caso.

• Huella digital del conciliador, de las partes intervinientes o de sus representantes legales, de ser el caso.

• El nombre, registro de colegiatura, firma y huella del abogado del centro de conciliación extrajudicial, quien verificará la legalidad de los acuerdos adoptados, tratándose del acta con acuerdo sea este total o parcial

c. Mérito ejecutivo del actaEl artículo 18 de la Ley establece que el acta con acuerdo conciliatorio constituye título ejecutivo.

Page 74: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

IX. VENTAJAS DE LA CONCILIACIÓNPara las partes Las partes son absolutamente libres de conciliar o no. Es la flexibilidad que tienen las partes La conciliación es un asunto de interés nacional que

sirve para propiciar una cultura de paz entre todos los peruanos, preservando de esta manera las mutuas relaciones entre la colectividad.

La mayor ventaja que produce la conciliación es un sensible aumento del protagonismo de las partes, lo que aumenta la responsabilidad de las partes.

Ahorra dinero a las partes Otra ventaja estriba en que las partes acuden por motu

proprio Mantenimiento de los derechos, ya que al someter un

conflicto a conciliación no se está renunciando a la posibilidad de llevarlo después a la justicia estatal; esto no sucede cuando se pacta un arbitraje.

La brevedad y disponibilidad del proceso Otra ventaja muy importante es que permite cambiar la

mentalidad

Page 75: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Para el conciliadorConstituye una nueva fuente de trabajo no solo para los abogados, sino para todos aquellos que tengan interés en ejercer esta función, toda vez que para ser conciliador no se requiere ser abogado.

Para los abogados

• Los abogados pueden asesorar a las partes en una audiencia, sobre todo en temas jurídicos.

• Va a permitir percibir sus honorarios de manera más rápida y con menor desgaste personal.

• El abogado va a poder atender mayor cantidad de casos, disponiendo de más tiempo para otros casos, lo cual, como es obvio, va a repercutir en el aumento de SUS ingresos económicos.

• Evita el desgaste personal y profesional, que son propios de los largos y extensos procesos judiciales.

• Evita los riesgos que representa el litigio en términos de responsabilidad profesional por haberse omitido alguna cuestión formal.

Page 76: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

Para el Estado y el Sistema de Administración de Justicia• Otra ventaja radica en que la Conciliación

Extrajudicial, busca Ja Eficiencia de Ja Administración de justicia, al descongestionar la labor jurisdiccional.• Así mismo, permite ahorrar dinero en

infraestructura y persona! (llámese jueces, secretarios, etc.) al Estado, ya que estos no tendrán que distraer recursos en casos que pueden ser resueltos por las partes con la ayuda de un conciliador.• Promueve la solidificación de la democracia

mediante una cultura de paz.• Va a permitir mejorar e! acceso a la justicia, y

atenuar la conflictividad en el cuerpo social.

Page 77: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

CAPITULO VLA CONCILIACION DE LA REPARACION

CIVILI.LA ACCIÓN CIVIL DERIVADA DEL

DELITO

1.Ilicitud civil y penal

En principio, es menester poner de relieve algunas circunstancias que, a mi juicio, pueden y deben condicionar las conclusiones que hayamos de obtener:Es acertado que la acción civil se pueda ejercitar en el proceso penal, no sólo la que se dirige contra el responsable penal sino también contra los llamados responsables civiles subsidiarios.

Page 78: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Reparación civilEn este orden de ideas, siendo la reparación de los daños provenientes del delito una pretensión civil ejercitada dentro del proceso penal por el titular del bien jurídico afectado

3. La naturaleza jurídica de la reparación civil derivada del delitoEl Título VI del Código Penal (en adelante CP) se refiere a “La reparación civil y sus consecuencias accesorias”. El artículo 92 del CP prescribe que la “reparación civil se determina conjuntamente con la pena’ Por su parte, el Código de Procedimientos Penales de 1940, en su artículo 28S, dispone que: “La sentencia condenatoria deberá contener la designación del delincuente, la exposición del hecho delictuoso... el monto de la reparación civil, la persona que debe percibirla y los obligados a satisfacerla, citando los artículos del Código penal que hayan sido aplicados”.

Page 79: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

II. LA CONCILIACIÓN DE LA REPARACIÓN CIVILLa responsabilidad civil asumida como consecuencia del delito y la responsabilidad civil extracontractual son de idéntica entidad. Así se infiere del artículo 101° del Código Penal, a través del cual se ha dispuesto que la reparación civil se rige además por las normas pertinentes del Código Civil. Evidentemente, el referido artículo no establece una simple supletoriedad del Código Civil en esta materia sino que envía a los operadores del derecho a dicho Código.

1. La autocomposición en torno a la reparación civilLa lectura del artículo 922 del Código Penal es enriquecida por el inciso a) del artículo 92 de la Ley de Conciliación (Ley N° 26872);b06 pues ahora queda más claro que el artículo 92° del Código Penal establece la regla general; ésta es que la reparación civil se determina conjuntamente con la pena, en tanto que el referido artículo de la Ley de Conciliación establece implícitamente una excepción a esa regla: que la cuantía de la reparación civil puede ser decidida antes de la imposición de la pena y en un procedimiento autocompositivo, es decir, sin la intervención del juez.

Page 80: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

2. Oportunidad de la conciliaciónLa conciliación puede tener lugar en cualquier momento una vez surgida la obligación de reparar el daño, y ésta surge al momento de perpetrado el daño. Por otro lado, se tiene que el procedimiento conciliatorio puede tener lugar aún durante el trámite de la apelación de sentencia o del recurso de nulidad y hasta que la decisión final no surta sus efectos.

3. Los efectos de la conciliación sobre los criterios de imputación, la graduación de la pena y la sentencia penalExiste la preocupación en el sentido de que la iniciativa del procesado para someter a conciliación la reparación civil podía inclinar el criterio del juez hacia la certeza de la responsabilidad penal de éste, por cuanto avenirse a conciliar sería un indicio de admisión de responsabilidad penal.

Page 81: 1 DIAPOSITIVAS MECANISMOS DE CONFLICTOS completo.pptx

GRACIAS