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Ramas del derecho Uno de los principales elementos de las normas jurídicas es la coacción o el factor coercitivo que permite discutir las normas jurídicas mediante la fuerza material informar que establece la misma norma jurídica Ejemplo en derecho penal cuando la norma dice será castigado a 6 meses de prisión por el delito x. Art 692 CC Las ramas del derecho se dividen en derecho público y derecho privado Dentro de estas dos ramas del derecho hay varias especialidades pero vamos entender primero por: Derecho Público: Conjunto de normas que regulan el orden jurídico concerniente al Estado en sus relaciones con los particulares como lo somos nosotros que somos los administrados por parte del Estado. Conjunto de normas jurídicas que se relacionen entre dos o más Estados, regula también los actos de las personas cuando se desenvuelven dentro de un interés general del Estado. El derecho público por excelencia es el derecho administrativo que es aquel que regula la organización, el funcionamiento, la competencia y las facultades tanto los deberes registrados. Entre la ramas del derecho público la más importante es la del derecho constitucional la de nuestra constitución política por que regula el orden público no solo de la relación entre los particulares en si sujetos de derecho sino también entre los sujetos de derecho y el Estado nos concede la constitución política los denominados garantías y derechos individuales y garantías sociales. Derecho constitucional Derecho procesal Derecho internacional publico Derecho tributario Derecho penal

Teoria general derecho

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Ramas del derecho

Uno de los principales elementos de las normas jurídicas es lacoacción o el factor coercitivo que permite discutir las normasjurídicas mediante la fuerza material informar que establece la mismanorma jurídica Ejemplo en derecho penal cuando la norma dice serácastigado a 6 meses de prisión por el delito x. Art 692 CC

Las ramas del derecho se dividen en derecho público y derechoprivado

Dentro de estas dos ramas del derecho hay varias especialidades perovamos entender primero por:

Derecho Público: Conjunto de normas que regulan el orden jurídicoconcerniente al Estado en sus relaciones con los particulares como losomos nosotros que somos los administrados por parte del Estado.

Conjunto de normas jurídicas que se relacionen entre dos o másEstados, regula también los actos de las personas cuando sedesenvuelven dentro de un interés general del Estado.

El derecho público por excelencia es el derecho administrativo que esaquel que regula la organización, el funcionamiento, la competencia ylas facultades tanto los deberes registrados.

Entre la ramas del derecho público la más importante es la del derechoconstitucional la de nuestra constitución política por que regula elorden público no solo de la relación entre los particulares en sisujetos de derecho sino también entre los sujetos de derecho y elEstado nos concede la constitución política los denominados garantíasy derechos individuales y garantías sociales.

Derecho constitucional

Derecho procesal

Derecho internacional publico

Derecho tributario

Derecho penal

Derecho de transito: porque el interés que tiene es el del ordenpúblico.

El derecho privado

El que rige los actos entre los particulares todo lo que tenga que veren las relaciones entre sujetos de derecho a nivel particular ypersona jurídica.

Aquel conjunto de normas que regulan a través de diferentes materiaslas relaciones entre los particulares y tiene por finalidad el interésparticular entre esos sujetos de derecho.

El derecho público no tiene una finalidad particular sino tiene comointerés el bienestar publico

Ramas de derecho privado

Derecho civil por excelencia, Derecho comercial o mercantil, derechointernacional privado, se consideraba de derecho privado lo que eraderecho de familia y derecho laboral pero de unos años para acá existeuna corriente doctrinal que los considera como un derecho mixtoincluso al agrario por que tiene características de derecho públicocomo de privado.

Ejemplo en las relaciones laborales privadas existe una protección porparte del Estado.

Derecho de familia

Regula relaciones entre particulares obviamente cónyuges no obstanteel Estado tiene una participación muy activa en cuanto a la tutela delas relaciones maritales y todo lo concerniente a los niños y Seconsidera a la familia como la base fundamental de la sociedad segúnel Art 1 y 2 del código de familia, es obligación del Estado protegera la familia

Derecho Agrario

Regula las relaciones entre los conflictos de propiedadesprincipalmente rusticas, fincas productoras pero el Estado le interesa

el bienestar de la comunidad cuando se trata de producciones y cuandoEstado da incentivo a la empresa.

Básicamente la distinción doctrinaria de derecho público y privadoaparte de la relación de los individuos particulares y estatalessería:

1- En relación de la personalidad: ya que en el Derecho privado esel fin individual o derecho subjetivo mientras en derecho públicoes la denominada potestad del Estado sinónimo de la potestad deimperio porque se considera que el Estado y sus elementosjurídicos está por encima de los sujetos de Derecho. Secaracteriza la relación con la personalidad de derecho públicopor la indisponibilidad y por el fin público que persigue encuanto a beneficiar a los particulares. Sugiere que losbeneficios sean para la comunidad y no solo para el particular.

2- En relación con el objeto: En privado los vínculos jurídicosentre los particulares mientras que en el derecho público vendríasiendo en cuanto a las relaciones de los sujetos particulares conel Estado como una manifestación orgánica del pueblo o de lacolectividad.

3- Subordinación y dependencia: En el privado se hace presente esasubordinación y dependencia únicamente éntrelos particulares.Ejemplo una relación entre acreedor- deudor. Mientras que cuandointerviene el Estado hay una relación de subordinación de lossujetos de derecho privado frente al Estado. Eso es precisamentela potestad de imperio: El Estado está por encima de losparticulares en beneficio del interés común o el orden público engeneral.

4- En relación a las necesidades o aspiraciones: En el privado lasnecesidades y aspiraciones que le interesan al derecho privadoson aquellos intereses particulares o aquellos interesesindividuales de cada persona mientras que el derecho público sonlas del bien común, bien comunitarios es el bien de lacolectividad.

A nivel de doctrina existen los siguientes criterios teóricos deteorías desarrolladas

Criterios teóricos de distinción entre derecho público y derechoprivado

Criterio del ente regulador o ente regulado: Establece que el derechopúblico está conformado por las normas que regulan a las entidadespúblicas, las instituciones del Estado. Es el ordenamiento referenteal Estado como persona, al Estado de la nación. También el enteregulado “señala que hay ciertas normas de derecho privado que seaplican en relación con el Estado. Como el pago de seguros.

Criterio de potestades de imperio: Es donde jellinek asegura que en elderecho público se regulan los actos unilaterales que ordena el Estadocomo cual, cuando el Estado da una orden por ejemplo cuando el Estadoimpone un tributo o un impuesto a través del poder legislativo que esque da prueba definitiva de los impuestos es lo que se denomina lapotestad propietaria de un impuesto, es también cuando el Estadoexpropia una propiedad para buscar el beneficio de todos.

Criterio de los intereses en juego: Desarrollada por ulpiano. Consisteen el que el derecho público es aquel relativo a los bienes que lepertenecen al Estado incluso a través de las municipalidades todos losbienes que posea un ente municipal por ser un bien relativo al Estado.Predomina un interés estatal sobre el interés particular. Mientras queel privado son los propios de cada sujeto.

Criterio de régimen jurídico: En materia de derecho público el Estadosolo impone deberes cuando tiene una finalidad de fines específicospor ejemplo los impuestos que están destinados a un fin específico.Mientras que en derecho privado los particulares tienen poderes susfacultades para disponer de sus propios bienes que es el principio dela autonomía de la voluntad.

Estudiar Art 19 y 20 CC (Doctrinariamente se denominan normasimperativas de derecho privado llamadas de orden público) el principiode la autonomía de la voluntad puede ser limitado cuando se cometanacciones contra la moral y el orden público.

Art 21 CC principio de buena fe todo aquel acto de derecho privadodebe de privar la buena fe, actuar de manera transparente de acuerdoal ordenamiento jurídico.

Art 22 CC ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicioantisocial de este.

Ramas de derecho público

Derecho constitucional: De acuerdo a la pirámide de kelsin seconsidera una rama del derecho político porque comprende las leyesfundamentales del Estado comprende precisamente la organizaciónnuclear y central de una republica o un Estado referente a la forma degobierno y estructura del Estado como los tres poderes de la republicaque los encontramos en la constitución. Los derechos y garantías tantoindividuales y también los derechos y garantías sociales que estatutelado en nuestra constitución.

Derecho administrativo: Conjunto de normas reguladoras de lasinstituciones de gobierno o de las instituciones estatales que tienenpor objeto la administración de la cosa pública, La administración delos bienes del Estado para la realización de los fines de publicautilidad. Es la rama del derecho público referente a la organización yal funcionamiento y procedimientos de los entes estatales la ley porla que se rige LGAP podemos ver ART 1, 3, 6, 7, 8,9.

Hay criterios que consideran el derecho agrario como publico másque todo por su intervención estatal a través del INDER (Instituto deDesarrollo Rurales por esa institución estatal que interviene en laparte rural y sobre todo cuando tiene un interés público general.Regula los sujetos, actos y relaciones jurídicas que a la explotaciónagrícola se refiere dentro de la esfera privada porque estas tierrasson de particulares, pero que tienen interés bajo un ámbito deaplicación publica por medio del INDER.

Derecho penal

Conjunto de reglas y normas jurídicas establecidas por el Estadocon el fin de unir los hechos delictuosos una pena o una sancióncuando se comete un hecho delictivo. Es el conjunto de normas o

disposiciones jurídicas que regulan el poder sancionador y preventivodel Estado. Es la facultad que tiene el Estado de investigar los actosque están tutelados como ilegales o ilícitos obviamente cuando sesigue el debido proceso.

Derecho procesal ya sea civil, penal o administrativo.

Pertenecen estos derechos procesales de carácter público son losque vienen a regular los procedimientos judiciales y administrativospara la aplicación de las normas generales o abstractas. Lo podemossintetizar como el conjunto de normas destinadas a la aplicación delderecho en sí mismo.

Derecho procesal civil viene a regular las diferentes clases deprocesos judiciales que integran nuestro derecho privado digamos losque son los denominados juicios ordinarios, los juicios abreviados,primarias. También regulan las distintas etapas en las cuales se vadesarrollando un proceso. Ejemplo la etapa judicial que implica lapresentación de la demanda que ahí se da lo que se denomina el auto detraslado se le denomina así a la primera resolución que ordena el jueznotificada la parte demandada y ahí lleva una serie de requisitos paraque el demandado pueda contestar la demanda punto por punto.

Las normas procesales establecen una vez contestada la demanda yse han resuelto las excepciones o las defensas previas se convocan alas partes a una conciliación y a una recepción de pruebas dediferente tipos posterior a ello si hay conciliación en la totalidadde pretensiones de el actor entonces el juez aprueba esa medidaconciliatoria y se da por terminado el proceso, si hay conciliaciónparcial el juicio continua sobre las partes donde no hubo conciliacióncon mucho mas razón se recibe la prueba ofrecida posteriormente eljuez le concede a las partes en materia de ordinarios un plazo de 10días para que emitan conclusiones y emiten los motivos por que tienenrazón y los motivos por los cuales la parte contraria no tiene larazón, posterior viene dictada la sentencia de primera obviamenteinstancia una vez notificada la sentencia de primer instancia vendráel juicio de apelación que lo resuelve un tribunal superior ydependiendo el tipo de proceso la parte perdedora puede interponer unrecurso de casación que va a la sala de la materia respectiva sala1=

civil, sala2= laboral y sala3= judicial, sino presentan recursoadquiere efecto de cosa juzgada material.

Es a través de los respectivos códigos procesales que las partesplantean su demanda que técnicamente se le denomina acción e iniciatodo el proceso con el principio de impulso procesal que estátipificado en el art 1 CPC.

DERECHO PROCESAL PENAL

Se puede definir como el conjunto de actos mediante los cuales seprovee la observancia del desarrollo de un proceso penal, lasdiferentes instancias o etapas de carácter judicial.

Son mas agiles las etapas que son de carácter oral por ejemplo laaudiencia preliminar muy dinámica que son orales es prácticamente undebate , donde los abogados defensores emiten sus criterios de una vezverbalmente sin tiempo de nada, es la etapa previa a un debate dondeel juez resuelve ahí mismo en esa instancia las excepciones o lasdefensas y ahí se hace la manifestación de presentación de pruebas yjuez resuelve las excepciones y juez decide si continua o no o ladesiste, las partes deben de estar absolutamente atentas. Si el juezdecide continuar con el proceso puede ir a debate y da el señalamientopara que las partes reciban la notificación de fondo.

Características del derecho procesal si es civil y penal

La neutralidad del juez

Las audiencias que concede el juez son forzosas es decir el juez tieneque cumplir con el ritual, juez está obligado a dar todas lasaudiencias que establece la normativa procesal para que haya unalegítima defensa y no se violenten los derechos de las partesprocesales de las cuales debe existir una igualdad de las partes. Laspartes son iguales ante la ley

El necesario aporte de pruebas: Que las pruebas y los hechos deben serprobados por ley

1- El juez está obligado a dictar sentencia (no puede alegar lagunade ley, ningún factor legal que sienta que lo está reprimiendo,

siempre dicta sentencia). El juez acude a la analogía, doctrina,principios generales del derecho entre otros. ART 153, 155 CPC

2- Normas procesales son de carácter instrumental: Son losinstrumentos a través de los cuales el juez no solo desarrolla elproceso sino que también al final de dictada la sentenciainterpreta la ley que va a aplicar a un caso particular y el cualva a ser uno de los fundamentos primordiales para que sustente sudecisión .

3- El derecho procesal deriva de normas materiales de a la que a suvez derivan los derechos subjetivos y sus obligaciones.

4- Por considerarse el derecho procesal una rama del derecho públicolos preceptos de la norma jurídicas son absolutos y de obligadocumplimiento.

5- Son normas de carácter muy formalista por eso se denomina se ledenomina rito o ritual por qué no se puede brincar una de lasetapas

6- La finalidad del derecho procesal es buscar, encontrar y resolverun caso particular y concreto que ha sido conocido a conocimientode la autoridad jurisdiccional.

Art 1 CPC Se inicia con demanda y se desarrolla con impulsosocial, si no pasa nada durante tres meses se declara en abandonopor el juez de oficio. Cuando parte impulsa el juez tiene obligaciónde resolver.

ART 2 CPC

Derecho internacional (Público, privado)

Es el que regula las relacione entra los Estados considerando a losEstados como “personalidades jurídicas independientes” regula lasrelaciones, los derechos y las obligaciones de los extranjeros yresidentes en un determinado país o territorio en el cual ellos seencuentran, para eso están las respectivas embajadas para hacervaler sus derechos.

Derecho internacional publico

Se refiere a las colectividades nacionales como sujetos derelaciones jurídicas. El derecho público se refiere propiamente a

los “derechos y deberes de los Estados o las naciones entre sí” oentre los Estados integrantes de alguna convención o organismointernacional. Aquí se pueden relacionar los conflictos de leyes enel espacio en los y tratados internacionales cuando está siendoincumplidos o cuando violentan la soberanía de un país.

Derecho internacional privado

Es el conjunto de normas que indican en qué forma deben resolverse losproblemas de los conflictos de aplicación de leyes de los diferentesEstados al momento de aplicarlos para resolver conflictos deciudadanos o extranjeros residentes en un país ajeno o bien cuandosurgen conflictos de carácter comercial entra Estados o bien entrecomerciante de distintas nacionalidades ahí es muy posible que entrenen juego las normas de arbitraje internacional. La relación de losconflictos de leyes en el espacio y también la vigencia de alguna leyde carácter internacional o alguna disposición contractual que debadefinirse en algún arbitraje.

Algunos autores consideren que el derecho internacional privado no estal derecho porque las vigencias de las normas en caso de unconflicto deberían ser las del país donde se presenta el conflictoaunque las nacionalidades de las personas sean de distintos países.

Rama del derecho internacional privado se caracteriza por:

El orden civil o mercantil que pueda tener tanto entre particulares olos llamados tratados de libre comercio entre países.

Nacionalidad de niños nacidos en un país extranjero al de relación conel de nacionalidad de sus padres puede obstentar por una doblenacionalidad.

Ramas del derecho privado

La rama de derecho privado por excelencia es el derecho civilentendido como el conjunto de reglas y normas jurídicas referente al

ámbito privado de sujetos de derecho (ius civile) una de las ramas másantiguas del derecho que viene a regular las relaciones de los sujetosde derecho de sus cosas de su patrimonio, del comercio, de lassucesiones, el derecho de las personas, la existencia de las personas,la capacidad jurídica, el domicilio todo lo que son derechos de lapersonalidad, el derecho de los bienes tanto muebles como inmuebles,el derecho de los contratos.

Derecho mercantil o comercial

Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicasentre los comerciante y aquellas que surgen de actos o de contratos decarácter mercantil o comercial que están tipificadas en el código decomercio.

Ejemplos: Letras de cambio, cheques, pagarés (titulo ejecutivo),transacciones bancarias.

Art 1 Código de comercio

Se considera privado por ser de interés particular de los negociosjurídicos.

Ramas del derecho

Antes se consideraba el derecho de familia como derecho privado antesde la entrada en vigencia del código de familia porque en lalegislación del derecho de familia estaba inserta en el código civilpero cuando se promulga código familia toma un carácter más público oequitativo entre público y privado. Pero para nuestro ordenamientojurídico se considera de las nuevas corrientes doctrinarias queestipula que tanto derecho de familia como de trabajo se considerancomo ramas de interés publico colectivo y particular porque conllevaintereses públicos y privados y también porque están contemplados ennuestra constitución política lo que son derechos y garantías socialesy los derechos y garantías individuales que también norman lasrelaciones básicas y mínimas del derecho laboral como son salariomínimo.

Derecho familia

Normado como la base de nuestra sociedad y evidentemente conlleva uninterés público generalizado en cuanto en que se establece que es undeber del estado la protección de la familia y de la niñez.

Es aquel que tipifica todo lo concerniente a la estructura de lafamilia desde el matrimonio parte esencial de la familia, los derechosy obligaciones de los padres por medio de la patria potestad legislatambién lo concerniente a los alimentos no solo para los niños sinotambién incluso para algunos casos

Padres y en casos muy extremos para los abuelos del obligadoalimentario.

También tutela todo lo relacionado con las adopciones a lasrepresentaciones legales de los menores y de los mayores inhábiles.

También regula las relaciones de hecho todo lo que es el divorcio,separación judicial y todo lo concerniente a la estructura propia dela familia en la sociedad.

Derecho laboral

conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones obreropatronales para todos los grupos de trabajadores ya sean públicos oprivados es aquel cuerpo normativo que tiende a velar por laprotección del trabajador y sus derechos que depende tambiénimponiendo sus obligaciones de manera que hay una reciprocidad en lasrelaciones obreros patronales no obstante el trabajador siempre tieneuna ventaja protectora ante nuestro ordenamiento jurídico que sedenomina el principio prooperario o indubio prooperario que permiteque si el trabajador fue despedido justa o injustamente permite a eljuez inclinarse a favor del trabajador y tener por injustificado eldespido.

Es aquel cuerpo normativo que establece las jornadas mínimas detrabajo, horarios mínimos, vacaciones mínimas y obviamente lasobligaciones de los trabajadores de brindar el servicio.

Parte del derecho internacional también tenemos las suscripciones conla ONU y otras organizaciones que protegen al trabajador y localmenteasegurar a las personas por medio de la CCSS y el INS por medio de lapóliza de riesgos de trabajo cuando sea procedente hacerlo.

Derechos de la personalidad

Los derechos de la personalidad para algunos autores son los mismosque los derechos humanos.

Los podemos considerar como el conjunto de derechos que protegen losbienes que constituyen el núcleo mas intimo del ser humano sonderechos que son necesarios para lograr los fines propios de cadapersona y en consecuencia le pertenecen a cada quien protegiendo queformula proteger los valores esenciales de una persona como losvalores físicos, psíquicos, morales, intelectuales, morales.

Para algunos autores consideran los derechos de la personalidad comoderechos subjetivos para otros son derechos objetivos y para VíctorPérez los denomina como valores fundamentales de la personalidadpartiendo de este concepto muy concreto el cual deriva de las tresteorías:

1- Teoría monista o unitaria: Considera los derechos de lapersonalidad como derechos generales y globales.

Un solo derecho general y global que abarca en su ámbito todos losderechos de la personalidad como uno solo es decir es aquella teoríaque reconoce todos los derechos de la personalidad individualmentepero reconociéndolos en uno solo y no limitándonos a ellos como sonderecho a la vida, derecho a un nombre, derecho a los apellidos.

2- Teoría atomista: Considera que cada uno de estos derechos tieneuna autonomía propia de la personalidad. De manera que no todoslos derechos que se reconocen a nivel de la personalidad con estateoría puede ser que no se reconozcan unos y otros si, Va a

depender de la multiciplidad de derechos que sea reconocidos porel ordenamiento jurídico positivo.

3- Teoría de ondeí: Considera que los derechos de la personalidad sefijan según el método lógico y volitivo de la norma jurídica. Enese sentido una teoría muy técnica haciendo referencia a quedependiendo de cada norma jurídica que se pueden dar que tengacomo objetivo proteger uno de los derechos de la personalidad ode los fundamentales va a depender de la lógica jurídica que leaplique a esa norma o mejor dicho de la interpretación de esanorma y dependiendo ese método reconoce o no un determinadoderecho obviamente por analogía.

Naturaleza jurídica de los derechos de la personalidad

Para algunos autores se considera de derecho público para otros dederecho privado

Como Derecho público porque básicamente la gran mayoría de estosderechos están reconocidos en nuestra constitución política, entratados y convenios internacionales porque Costa Rica reconoce ladeclaración de los derechos humanos.

Como Derecho privado porque algunos de nuestros derechos o valores dela personalidad están reconocidos en nuestro código civil y porexcelencia nuestro código civil es de derecho privado y también elcódigo penal regula como delitos de carácter público pero de instanciaprivada los delitos contra el honor y considerando que el honor es underecho o un valor fundamental de personalidad pero en caso nuestro dederecho penal; se ejerce cuando cada persona se siente que su honor omoral ha sido violentada a través de los llamados delitos contra elhonor como lo son la calumnia, difamación entre otros. De tal maneraque si la persona no reclama esos derechos el ministerio publico nohace nada al respecto.

Podemos considerar que los derechos o valores fundamentales de lapersonalidad tienen una naturaleza jurídica mixta al menos en nuestroordenamiento jurídico por que están dispersos en distintos cuerposnormativos y unos son de instancia privada y otros de instanciapublica.

Para algunos autores lo consideran subjetivos de acuerdo a que cadapersona tiene sus derechos o valores fundamentales ya innatos desde elmomento en que nace y por eso lo consideran un derecho adquirido. Noobstante otros consideran que es derecho objetivo porque si bien escierto se puede nacer con ellos no necesariamente se llegan a ejercersiempre todos entonces para algunos son de derecho objetivo según seejerciten esos derechos.

Características de los derechos de la personalidad

Son considerados derechos originarios o innatos: desde el punto devista que cada persona nace con ellos, son innatos a sí mismo comosujeto de derecho y según nuestra legislación desde 300 días antes desu nacimiento. Esta característica se divide a su vez en losdenominados

Derechos incondicionados que son los inherentes a la personapropiamente dicha, el derecho principal de la personalidad el derechoa la vida.

Derechos condicionados porque para su ejercicio o existencia requierenun presupuesto para subsistir uno de esos presupuestos para laexistencia de un nombre es precisamente que a la persona se le asigneel nombre a la hora de nacer, también todos aquellos derechospersonalísimos cuya existencia sea declarada por la manifestación delderecho objetivo según su ejercicio.

Ejemplo un autor si no reclama que se le están violentando losderechos de autor no se hace nada al respecto.

Derechos esenciales: Se consideran como la esencia de una cosa o elconjunto de las propiedades que constituyen ese derecho como talconsiderando este tipo de derechos necesarios considerando quecorresponden a cada ser humano que a pesar de ser esenciales puedansuprimirse como por ejemplo las legislaciones que condenan a muerte apesar de que la vida es un derecho inviolable la pena de muerte estatipificado. Se considera limitado también la privación de libertadaquellos que han recibido un debido proceso ya que han sidosentenciados a pena de prisión.

Se consideran personalísimos o inseparables de la persona no se puederealizar a través de un representante o de una tercera persona enejercicio de un derecho personalísimo, no se puede limitar en estrictosentido no se puede ejercer a través de otra persona

Son derechos intransferibles o inalienables (Son intuita persona = sonde cada quien) porque son inherentes a cada quien a cada sujeto dederecho y son irrenunciables no se puede renunciar a la vida ni alpropia nombre, no puede renunciar a su vinculo consanguíneo a menos deque sea dado en adopción.

Se consideran originarios o innatos por ser propios de la naturalezahumana

Sin contenido extramatrimonial es decir son extramatrimoniales por queen principio los valores o los derechos de la personalidad no tienenun contenido patrimonial no se pueden cuantificar.

Son absolutos porque contienen un poder inmediato y directo sobre elbien en este caso el bienestar de la persona en si misma de que setrate porque oponibles erga omnes (SON OPONIBLES CONTRA TODOS LOSHOMBRES) no pueden ser disminuidos.

Son imprescriptibles por que en conjunto con todas las demás personasno prescriben no se van a perder por ningún ejercicio.

Son irrenunciables ni siquiera alegando el principio de la librevoluntad por que no tienen contenido patrimonial.

Algunos autores comparan los derechos humanos o fundamentales con losderechos de la personalidad y algunos otros autores hacen susdiferencias.

Diferencias doctrinarias entre derechos fundamentales o humanos yderechos de la personalidad o valores de la personalidad

1. Por el bien jurídico protegido: Los derechos fundamentalesprotegen los derechos humanos en general desde la vida, lasalud, etc. hasta los derechos políticos y sociales como elderecho al voto y el derecho a ser oído o escuchado y servencido en un juicio (Declarado culpable en un juicio)es

decir esta diferencia propiamente dicha se considera que elbien jurídico protegido de los derechos fundamentales sobrelos derechos humanos es más amplio, una esfera más amplia deprotección que los derechos propiamente personales. Losderechos de la personalidad constituyen el núcleo íntimo delos derechos de las personas mientras que los derechoshumanos son más amplios en su espectro de proporciones apesar de que ambos se consideran a su vez a niveldoctrinario como derechos humanos.

2. Por el ordenamiento jurídico donde se encuentran protegidosgeneralmente los derechos fundamentales están establecidosen la constitución política y los derechos de lapersonalidad propiamente dicho están en nuestro código civilcomo el Art 31 y en la constitución política establece elderecho a la vida y lo considera inviolable.

3. Por medio de defensa: Los derechos fundamentales sonprotegidos a través de las garantías individualesreconocidas no solo en la constitución política sino tambiénen la ley de la jurisdicción constitucional específicamenteen lo concerniente al recurso de amparo y al recurso dehabeas corpus . Estudiar título IV de la CONSTITUCIONPOLITICA que regula los derechos y garantías individuales.

Entendemos garantías individuales como los mecanismos que hacenposible el ejercicio de esos derechos cuando han sido violentadosespecialmente por una autoridad pública.

Los derechos de la personalidad los vamos a catalogar desde el puntode vista de la esfera corporal como loes el derecho a la vida queestudia el derecho humano básico, fundamental y esencial y obviamentees el presupuesto necesario para que de ahí deriven el resto de losderechos de la personalidad y se da desde 300 días antes de laconcepción el don más preciado del ser humano constituye a su vez unacondición de posibilidad para la existencia de todos los demásderechos.

El derecho a la vida es una condición de posibilidad para laexistencia de todos los demás derechos eso implica además la

existencia de otros derechos indispensables para su ejercicio parasatisfacer las necesidades básicas desde el punto de vista de lapersonalidad para poder desarrollarse en como un derecho noble como underecho a una identidad desde el punto de vista jurídico. Art 113

La reparación del daño causado por la violación al derecho a la vidaestá tipificado en nuestro código penal esto desde el punto de vistaque restringe la libertad y implica una posible indemnización pordaños y perjuicios incluso daño moral que hubiese causado a suscausahabientes o sucesores pero no quiere decir que se estéindemnizando la vida propiamente dicha. Principalmente cuando ellosdependían económicamente de la persona y se pueden declarar derechoslaborales por parte de sus parientes.

La reciprocidad dad física y emocional que consisten ambas delderecho al respeto de la persona integrada tanta por la materia físicacomo lo del espíritu que en este caso sería la integridad física(integridad como sinónimo de cualidad integral aquello que no carecede ninguna de sus partes es decir es aquella concepción tanto delcuerpo como de la mente del ser humano tenida de forma integral) Desdeeste punto de vista consiste en el respeto a todas y cada una de laspartes que integran la personalidad humana. La integridad física seprotege con normas de derecho penal como pueden ser la referentes ala vida, lesiones. (Principio de economía procesal cuando se ve unaacción civil resarcitoria en derecho penal.)

El derecho a la vida es irrenunciable a pesar de que es personalísimono se puede disponer de él para autolesionarse ya que el cuerpo humanose considera inviolable y obviamente va a ser castigado por lasdenominadas medidas de protección que establece nuestro código penal yque puede llegar incluso a declararlo en sede penal o en sede civilincapaz de mutar y lo pueden hasta internar en un psiquiátrico comomedida de protección a sí mismo.

Los atentados contra la integridad física y psíquica se sancionan pormedio de los delitos ya sea de las lesiones o si va mas allá contravida ambos tipificados en nuestro código penal. Dentro de las lesionaspropiamente dichas esta lo que se le denomina las disposiciones sobreel cuerpo propio y el cuerpo ajeno.

Sobre el cadáver se puede disponer y en vida las personas pueden decirsi quieren donar sus órganos en caso de muerte

Derecho a la libertad

Es la facultad que tiene el sujeto de conducirse de acuerdo a supropia determinación pero siempre dentro de los límites que establecela ley, la moral y las buenas costumbres Art 20 constitución política.

Es un derecho inherente a toda persona e indisponible, irrenunciablepudiendo solo obligarse a la persona a conductas que restringenaspectos parciales de la libertad principalmente libertad de tránsitoen el caso de que exista una condena de carácter penal que restringasu libertad.

Existen múltiples clasificaciones y divisiones de libertades que hacela doctrina como por ejemplo el derecho privado desde el punto devista comercial hay una libertad de comercio, de residencia, unalibertad de derecho público como lo es la del comimiento o bien laslibertades políticas que se encuentran en nuestra constituciónpolítica.

Libertades políticas pueden ser libertad religiosa, libertad de culto,derecho a asociaciones, derecho a las reuniones. Libertad de reuniónen propiedades privadas siempre y cuando se respeten las normas decarácter legal.

Libertad de pensamiento conciencia y religión cuyo interés principales la defensa de la conciencia privada y de sus creencias personales eintimas Art 24,25,26,27,28,29 de la constitución política.

Libertades profesionales que son propiamente dicha las de comercio,trabajo tuteladas en las garantías sociales.

Libertad de domicilio tutelara inviolabilidad en principio deldomicilio con las excepciones que establece el art en la constituciónpolítica este derecho va muy ligado a la intimidad del domicilioprivado.

Libertad de opinión, prensa e imprenta

Libertad de opinión: Libertad del individuo para expresar suspensamientos, sus ideas y sus creencias.

Libertad de imprenta o de prensa: Es el derecho de publicar susopiniones por la prensa escrita audiovisual sin censura previa conlas limitaciones que establece las constitución política.

Libertad de enseñanza: que es la libertad de toda persona a enseñar alos demás sus conocimientos y también es la libertad de cada personapara aprender de los medios o instituciones existentes.

Libertad personal: se considera desde la manifestación de losmovimientos corporales hasta la libertad del individuo hastalibertades de transito. Libertad corporal de cada individuo yreconocimiento de las garantías procesales y cuando se garantiza eldebido proceso.

Libertad de circulación o de movimiento: relacionada con la anteriorpero que es distinta porque tiene una norma de carácter constitucionalque reconoce ese derecho a parte de las penales.

Libertad de correspondencia nuestra constitución política garantiza lalibertad de la correspondencia y el secreto de la misma.

Libertad de asociación

Artículos

Derecho a la vida: 21 Constitución política / 31CC/ 111 y siguientesCódigo Penal.

Integridad física-psíquica: 123 al 129 Código penal/ 45,46 CódigoCivil.

Libertad: 20, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29,79 Constitución política y60,66 C.C.

Imagen: 47-48 Código civil.

Nombre: 49-59 Código civil.

Honor y fama: 41 Constitución política y código penal.

Intimidad: 24 Constitución política y comunicaciones.

Moral de autor: 28 Constitución política.

Derechos de personalidad según la esfera espiritual

Derechos de imagen

Subjetivamente es la proyección que cada persona tiene de surepresentación externa como se quiere proyectar ante lo demás.

Objetivamente: como los demás me ven a mí. Es la reproducción de lapersona objetiva a subjetiva. Art 47 y 48 CC. La imagen no solo escorporal sino también de voz.

Derecho al nombre: Identificación que tenemos las personas. Conjuntode letras y de signos que identifican a cada quien. El nombre propio yapellidos. Art 49 al 59 CC. El uso del seudónimo = nombre.

Se derivan dos tipos de protección básica al nombre

1- Acción aclarativa: Consiste en el reclamo del nombre en unproceso de investigación de paternidad. Hace llamado al padrebiológico para que este lo reconozca.

2- Acción reivindicatoria del nombre: Consiste en el reclamo delnombre que ha sido usurpado. Ejemplo: Cuando usa el nombreindebidamente.

Nombre puede cambiarse cuando se den los supuestos legales. Art 55 al57 CC

Uso del seudónimo = nombre ficticio: que lo utilizan autores,cantantes, personas que hacen donaciones entre otras. Tiene protecciónen derechos de autor, nombres, marcas.

Con respecto al nombre derecho moral del autor el que tiene todapersona sobre su propia obra ya sea técnica, científica, entre otrasse puede proteger mediante la ley de la propiedad

material como derecho inmaterial.

Domicilio: Tiene relación con el derecho de libertad con relación enla intimidad. Art 60 y 66 CC.

Derecho al honor y a la fama

Tiene que ver contra delitos del honor.

Honor o dignidad de la persona a que cada quien debe proteger deacuerdo a 2 acepciones (significados) sentimiento propio.

Acepción subjetiva: Sentimiento de la propia dignidad y como cadaquien se ve a sí mismo.

Acepción objetiva: Reconocimiento que los demás hacen con nuestrapropia dignidad.

Se incluye forma o renombre dentro de la sociedad.

Honor es uno de los derechos de la personalidad que viene a perdurar,puede ser reclamado sobre un familiar fallecido sobre la memoria deesa persona. El honor tiene mucho que ver con la dignidad moral de lapersona y valor que se ha ganado cada quien.

Varias teorías sobre el honor

Teoría psicológica del honor: Que va de la mano con el sentimiento dela autoestima de cada persona, honor subjetivo, objetivo y susacepciones.

Teoría normativa mixta: Considera que el honor genera al derecho elrespeto merecido, el honor se gana de acuerdo a los meritos de cadaquien se haya ganado en relación a su fama. Esta teoría se fundamentaen criterios éticos.

Violaciones al honor y la fama Art 145 al 155 cp

Derecho a la intimidad vida privada, intimidad y familiar

Consiste en el derecho intimidad a la vida privada y familiar sobreconjunto de actividades, que la persona realiza en su domicilio,incluso su habitación si hay otros familiares. Excluyendo demásterceras personas que no violentan su intimidad. Art 24 constituciónpolítica.

Delitos contra el honor

Según Sebastián soler se define como delito al todo acto típicoantijurídico y culpable sancionado por una pena o una medida deseguridad conforme a las opciones normativas de punibilidad.

Un delito es todo aquel acto típico = que ya este tipificado en unanorma jurídica.

Antijurídico: porque violenta esa actividad por acción o por omisión

Sancionado: dependiendo de lo realizado por la persona: multa,prisión, etc.

Acto abarca tanto la acción como la omisión y también relación decausa y efecto jurídico.

Elementos necesarios para que se cometa un delito

Sujeto activo: Es el delincuente o el imputado el que quebranta lanorma jurídica

Objeto: Derecho violentado

Victima: Persona pasiva o al que le quebrantaron el derecho

Finalidad: La perturbación del orden publico por parte del sujetoactivo.

Injuria

Es uno de los delitos contra el honor que se reprime con sanción demulta y está tipificada en el Art 145 del código penal. La pena seagrava si la ofensa fuera inferida en público.

Es todo hecho o dicho contrario a la razón o a la justicia es unagrario o un ultraje de palabra o de obra con la intención dedeshonrar o menospreciar a una persona, ponerla en ridículo o burlarsede ella.

La injuria consiste en ofender la dignidad de la persona (cualidad deser portador y realizador de los fine y valores de cada quien porejemplo el decoro) Decoro, normas de convencionalismo social tienen

que ver mucho con los buenos hábitos que se dan en la sociedad como:saludar, extender la mano para un saludo, decir buenos días.

La injuria el daño moral se puede reclamar como el daño subjetivo a lapersona se va a indemnizar según la esfera que alcance.

Decoro: Configura una característica más de los delitos contra elhonor, podría causársele algún tipo de ofensa con respecto a laimagen.

Como se puede cometer un delito de injuria según doctrina

1- Injuria real o de hecho: Es aquella que se hace con gestos oademanes, incluso dibujos burlescos con el fin de causar unaofensa y no de carácter física.

2- Injuria verbal o de viva voz: Es aquella que se dice verbalmentecomo una ofensa.

3- Injuria escrita: Se deben de dar de forma escrita independientedel medio escrito que sea, Se tiene que analizar el contenidogramatical.

4- Injuria por omisión impropia: Consiste en que una persona injuriea otra utilizando un espacio público Ejemplo. Radio, tv, en unprograma entre otros.

5- Injuria por la fama: Cuando la injuria tiene una verdad pero conla intención de dañar a alguien. Ejemplo cuando se dice quealguien es de otra inclinación sexual aun siendo cierto peroqueriendo difamarlo.

Clases de injuria

Injuria directa: Cuando la ofensa se dirige a la persona presente.

Injuria Indirecta: La que se comete por medio de un tercero que hacellegar y comunicar la injuria.

Injuria Explicita: Se considera cuando el transgresor usa palabrasclaramente ofensivas.

Injuria implícita: Cuando se utilizan términos o exposiciones condoble sentido; es cuando se utiliza el mormo y la imaginación.

Para que se constituya la injuria debe de analizarse conjurisprudencia y otro el ánimo con que se causa la ofensa.

Estos aninimus no constituyen delito de injuria

Animus jocandí: Este se produce entre amigos es el que se producecon la relación de bromear pero no constituye una injuria.

Animus retorguendi: Cuando se devuelva la manifestación con el mismogrado.

Animus corriguendí: Para corregir lo que se piensa de las otraspersonas.

Animus defendí: Se hace manifiesta para ejercer la defensa antes dela injuria

Animus consulendí: Cuando se dice un consejo y la persona se enojapor la verdad.

Cuando la ofensa es pública o se hace en público se comete delito deinjuria difamatoria

La difamación

Ocurre puramente y simple cuando no está presente la víctima almomento de la ofensa. Art 146 CP Propalar= difundir

Lo que se perjudica es honor objetivo y no subjetivo

Se ataca la reputación, fama, decoro y concepción que tiene lasociedad.

Art 147 el código penal está tipificada la difamación de unaempresa, sociedad, lo que perjudica cuando se dice una ofensa sobreuna empresa lo que se perjudica es el nombre de la empresa decarácter patrimonial, no como ente personalísimo porque es propiodel ser humano.

La calumnia

Es una de las figuras del código penal.

Es la acusación que se hace contra una persona afirmando que se haceun delito “X”

Incluso como una invención fraudulenta que perjudica el honor y lainocencia de la persona.

Requisitos para que haya calumnia

1- Denuncia, propagación y divulgación: Probar que esa personacometió un delito si es falso se va contra la persona quedenuncia y esa persona cometería un posible delito de denunciacalumniosa.

Ejemplo: A dice que B cometió un delito, A no lo prueba la comisióndel delito. A estaría cometiendo posible delito= denunciacalumniosa.

2- Falsedad del hecho del imputado: Subjetivo3- La mala fe y el dolo: Objetivo

Contra las personas jurídicas no se puede calumniar

Ofensa a la memoria del difunto

Está regulado en el Art 148 CP y establece una sanción de multa aquien ofendiere la memoria de un difunto.

Los familiares son los que pueden reclamar por esa ofensa pueden seresposa, padre, hijos etc. Se comete contra el recuerdo que tengan losfamiliares del fallecido. Se consume igual que los modos de injuria:Verbal, escrito, real.

Se constituye difamación cuando los familiares no estén presentes

La prueba de la verdad Art 149

Establece la excepción por la que se dejaría de castigar al sujeto quecometió una ofensa llámese injuria, calumnia, difamación. Si es verdadno caería en delito y no sería imputable y si esa manifestación notiene objetivo dañar una persona tiene como objeto propuesto uninterés actual.

Interés actual: Que el contenido sea de interés público manifiesto, serelaciona no sea personaje público y se manifiesta ante unacolectividad de terminada.

Reina un estilo doloso o malintencionado cuando hay injuria, calumniao difamación.

Cuando se logra demostrar esas manifestaciones las victimas puedenpedir la rectificación pública ya sea t.v, radio, campos pagados, etc.

Art 155Cp aplicable al sujeto activo a quien cometió la ofensa ya seapor medio de una retratación o condena.

Art 151 Cp, Art 154 CP= Los escritos no sean ofensivos para el juez nipara el otro abogado si el comentario forma parte de la causa no hayproblema sino es un delito contra el honor.

Artículos: 145,146,147,148,149,151,152,155 Código penal