Expositora: ISABEL.K.PINEDA LLAMOCCA. Vinculo Jurídico Parental.- El parentesco es el vinculo...

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Expositora: ISABEL.K.PINEDA LLAMOCCA

Vinculo Jurídico Parental.-

El parentesco es el vinculo existente entre personas que pertenecen a una misma familia.

Vinculo Jurídico Filial.-

Existen entre el padre e hijos y es determinado por aspectos biológicos o legales.

Vinculo Paterno – Filial.-

La calidad de padres determina en “status” que genera una serie de derechos, deberes y obligaciones.

Vinculo padre presunto – hijo alimentista.-

La única obligación del presunto padre consiste en asignarle una pensión alimenticia hasta la edad de dieciocho años.

La primera que nace del matrimonio y vincula a los padres con los hijos habidos dentro del matrimonio denominándosele legitimo o matrimonial.

La otra es la que se genera fuera del matrimonio y se le denomina ilegitima o extramatrimonial.

Filiación BiológicoFiliación Civil◦Filiación por Adopción◦Filiación derivada de los métodos de procreación asistida.

 

FILIACION

 

POR NATURALEZA POR ADOPCIONPOR TECNICAS

ASISTIDAS

CONYUGES - PAREJA - INDIVIDUAL

Sujetos.-

-El Hijo (progreado, generado)

-El padre/madre (Biological Parents y Phychological parents)

Objeto.-Podríamos decir que es de donde se deriva, sea natural (procreación) o civil (adopción o asistida) y debe estar reflejada en un titulo de estado.

Hechos.- Son hechos naturales del hombre que se toman en consideración por el Derecho y tienen relación con la paternidad y la filiación y es que la procedencia de los hijos no es solo una cuestión que interese a los padres e hijos sino también a la humanidad y al Estado.

El interés y la legitimidad para obrar.La preclusividad de las etapas procesales.

La finalidad del proceso, economía procesal y socialización del proceso.

La carga de la prueba y la actuación de medios probatorios.

El Código Civil de 1852, hizo una diferencia entre hijos legítimos e ilegítimos, sub- clasificando a los segundo en naturales y no naturales. Luego estaban los adulterinos, quienes no tenían ningún derecho reconocido a los ilegítimos.

El Código Civil de 1936, realizo una nivelación donde se integraba a todos los hijos fuera del matrimonio, dentro del status de ilegítimos. Luego se dio la Ley Nº 14772, que prohibió consignar en los documentos oficiales, expedidos por el Estado, las Municipalidades, las Universidades y otras instituciones, los datos relativos a la filiación legitima o ilegitima, también se prohibió que en los colegios se exija a los alumnos la presentación de documentos sobre filiación o sacarlos al constatar su ilegitimidad.

El Código Civil de 1984, ha tenido que modificar los conceptos de legítimos e ilegítimos por los hijos matrimoniales y extramatrimonial, haciendo que sea mas exacta y apropiada, por cuanto la anterior implica estas a favor o en contra de la ley.

El Código Civil de 1984, al igual que el de 1936, no diferencia formalmente la acción de negación y la acción impugnatoria de la paternidad. Pero si la diferencia, cuando se trata de determinar el sentido de la CARGA DE LA PRUEBA.

DEMANDANTE

¿A qué juzgado va dirigido la demanda de filiación?

¿Cuál es el juez competente para tramitarse el proceso de filiación?

¿Qué se debe adjuntar a la demanda?

DEMANDADO

¿Qué recurso de defensa tiene el demandado frente a un proceso de filiación?

¿Qué plazo tiene para presentar la oposición?

¿El demandado con o sin oposición, puede demandar apelación contra la resolución que lo declara como padre?

¿Qué muestras son las que toman los peritos para realizar la prueba de ADN?

¿Tiempo promedio que demora los peritos en enviar los resultados de la prueba de ADN?

¿Es necesario que se ponga en conocimiento de los resultados a las partes o el juez directamente debe resolver si apreciación de las partes?

¿Cuál es el plazo que tienen las partes para interponer el recurso de apelación?

Una vez, consentida y/o ejecutoriada la sentencia, ¿Qué paso debe seguir el demandante?

¿Cómo queda registrado en la partida de nacimiento del menor la filiación extramatrimonial declarada?

¿Es posible acumular la pretensión de alimentos dentro del proceso de filiación extramatrimonial?

¿Cuáles los aspectos básicos que el abogado debe tener en cuenta antes de formular su demanda de negación o impugnación de paternidad?