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LA CRIS IS DE LA EDUCACIÓN ACEUS ACEUS Asamblea Coordinadora de Estudiantes Asamblea Coordinadora de Estudiantes Universitarios y Secundarios Universitarios y Secundarios

La Crisis De La Educacin Aceus 1215108667528110 8

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LA CRISIS DE LA EDUCACIÓN

ACEUSACEUSAs amblea Coordinadora de Es tudiantes As amblea Coordinadora de Es tudiantes

Univers itarios y SecundariosUnivers itarios y Secundarios

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Problemas Estructurales del sistema educacional chileno:

Baja Calidad,

Baja pertinencia social para los sectores populares

Alta Inequidad

Segmentación socioeducativa en el Sistema Escolar: “Appartheid” educativo

“Sistema escolar concientemente estructurado por clases sociales” (Informe OCDE:2004)

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Grupo Socioeconómico

Años de educación de la madre

Ingreso mensual[1]

% matrícula municipal

% matrícula part-subv.

%matrícula particular pagado

% del grupo sobre la matrícula total

A bajo 7 119.000 79,4% 20,6% 0% 10%

B mediobajo

9 180.000 81,9% 18,1% 0% 32%

C medio 11 331.000 47,6% 52,3% 0% 37%

D medioalto

13 738.000 13,0% 81,6% 5,4% 14%

E alto 16 1.526.000 0% 6,1% 93,9% 7%

Segmentación Educativa.Distribución de la matrícula según grupos socioeconómicos

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Causas estructurales de la crisis del sistema escolar

OPECH – www.observatorioeducacion.uchile.cl

Leyes ConstitucionalesMarco

Regulatorio

Modelo de Administración

Sistema de FinanciamientoInstitucionalidad

Educativa

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Los pilares de la crisis del sistema educativo (OPECH):

Leyes constitucionales y rol del Estado en educación pública;

Sistema de financiamiento mercantilista basado en la competencia entre municipios y privados por los recursos del Estado;

Sistema de administración municipal y las pobres condiciones en que este gestiona la educación pública;

Precarias condiciones en que se realiza el trabajo docente;

Sistema de evaluación que limita los criterios de calidad y fomenta la competencia.

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1. Constitución y LOCE

Garantía constitucional para algunos derechos:– “libertad de enseñanza” (art. 19 n. 11),– “derecho a desarrollar cualquier actividad económica” (art. 19 n 21),– “derecho a no ser discriminado (…) en materia económica” (art. 19 n 22),– “derecho a la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes” (art. 19 n.

23) y el “derecho de propiedad (…)”.– El recurso de protección no alcanza al derecho a la educación (art. 19 n. 10)

La LOCE y la Constitución, no articulan adecuadamente la preferencia del derecho a la educación por sobre el derecho a la libertad de enseñanza, ni sobre la libertad de empresa (art. 3° LOCE).

LOCE no asegura la calidad de la educación, pues fija requisitos irrisorios para el reconocimiento oficial de los colegios e instituciones de educación superior por parte del Estado.

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Consecuencias…

Educación como mercancía y no como derecho social.

Sostenedores que reciben subvención estatal pueden lucrar.

Sostenedores privados que reciben subvención estatal pueden seleccionar estudiantes; se segmenta el sistema escolar y se impide una evaluación adecuada de la calidad.

La regulación de la Educación Superior sólo contempla aspectos de privatización (Título III de la LOCE).

La LOCE no regula la participación de la comunidad educativa, manteniendo en el Sostenedor la potestad de tomar decisiones.

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Pregunta: ¿Está de acuerdo con que se derogue la LOCE?

60,2

58,3

61,6

20,0

20,2

19,8

19,8

21,5

18,6

RESULTADOSGENERALES

Con hijos edadescolar

Sin hijos edadescolar

SI NO NS-NR

Encuesta Telefónica Fundación Futuro: universo de 400 personas en el país, entre el 13 y 14 de abril de 2007.

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2. Administración Municipalizada

MINEDUC: diseño econométrico. Se inyectan recursos y se evalúan resultados, sin intervenir prácticamente en el proceso educativo.

Municipios: ¿administración eficiente? más que un proceso de descentralización, fue/es un proceso de desentendimiento de la educación pública por parte del Estado chileno.

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Modelo de Administración de las Escuelas ¿Quién Administra/Gestiona las Escuelas?

Articulación inadecuada entre el nivel central (MINEDUC), los niveles intermedios (sostenedores) y el nivel local (equipos de gestión en las escuelas):

Este “modelo” se basa en la capacidad técnico-pedagógica y administrativa de los sostenedores municipales y privados. Capacidad que no existe en la mayoría de los casos.

El Ministerio de Educación no tiene ingerencia sobre el funcionamiento de las escuelas particulares subvencionadas y tiene muy poca capacidad de prestar a las escuelas municipalizadas apoyo y supervisión pedagógica de calidad.

Genera reglas y obligaciones muy distintas para sostenedores municipales y particulares. Permite el abuso y la violación de los derechos laborales de los docentes en el sector particular subvencionado.

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Modelo de Administración educativa chileno

MINEDUC:Objetivos Curriculares,

Materiales de apoyo, Perfeccionamientos,

Supervisión.

Capacidad técnica desconocida:Más de 70% dueño de un colegio, sin equipos de apoyo

Sostenedores:Decisiones administrativas,

personal, cambios curriculares, espacios

-345 comunas-120 con 1 especialista en educación-30 con equipos de educación

Particulares Subvencionados Municipalizados

Directores nombrados por sostenedor del colegio

Equipos de GestiónCotidianidad de la escuela

Directores Vitalicios hasta 200560% directores nombrados e inamoviblesConcursos pendientes

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Opinión Pública: De acuerdo a lo que Ud. cree, las escuelas y liceos de Chile debieran ser administrados por…

3

2

4

8

9

73

No sabe / No contesta

Instituciones educacionales privadas con fines de lucro

Las intendencias regionales

Las municipalidades

Fundaciones, corporaciones e instituciones educacionales

privadas sin fines de lucro

El Ministerio de Educación

Encuesta Centro de Estudio Públicos Dic 2006

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¿Es mejor la educación particular que la municipalizada?

• Colegios del sector bajo: escuelas municipales tienen mejores resultados en el SIMCE con respecto a las escuelas particulares subvencionadas.

•Colegios de sectores medio bajo y medio: no se aprecian diferencias significativas.

•Colegios de sector medio alto: tampoco se aprecian diferencias significativas en ninguna de las asignaturas.

•Mejores o peores resultados no se relacionan con la dependencia (particular subvencionado/municipal), sino con el nivel socioeconómico de las familias.

•El sector municipal no sólo es más eficiente en los sectores socioeconómicos bajos, sino en el conjunto del sistema, ya que los colegios particulares subvencionados reciben mayores recursos, vía financiamiento compartido, y los particulares pagados, vía cuantiosas mensualidades.

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3. FINANCIAMIENTO: Chile gasta un 7,3% del PIB en educación, más que cualquier país desarrollado

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Sin embargo…

• Un 45% de este gasto proviene de fuentes privadas, de las cuales el 95% viene directamente del bolsillo de padres y madres.

• Somos quien mayor nivel de gasto privado como porcentaje del PIB aporta al gasto total y uno de los países que menor gasto público en educación realiza.

• ¿Puede Chile tener esta arquitectura si el 60% de los hogares recibe un per cápita inferior a $106.000?

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Ruta privatizadora de la educación chilena…

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Estudio norteamericano: política de subvención incrementó la reubicación (mejores estudiantes de las escuelas públicas se cambiaron al sector privado). "Nada muestra que la educación privada sea mejor que la municipal", en Revista Docencia No 13, mayo, 2001. Realizado por los académicos Chang-Tai Hsjieh (Princeton University) y Miguel Urquiola (Cornell University): "La competencia real entre escuelas. Evaluación del Sistema Nacional de Escuelas Subvencionadas en Chile"

El incentivo a la competencia entre establecimientos a través de subvenciones no favoreció una mejor productividad de las escuelas, sino que las escuelas privadas respondieron a las presiones competitivas liberadas por el programa de subvenciones "escogiendo a los mejores estudiantes”.

Informe OCDE: mejores resultados obtenidos por los establecimientos particulares subvencionados respecto de los municipales en las pruebas SIMCE y PSU no tienen que ver con la calidad de la educación que imparten, sino con la capacidad que tienen para seleccionar sus alumnos.

Ruta privatizadora de la educación chilena…

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El modelo de financiamiento a través de vouchers o subsidios portables a los alumnos y al Privatización del Gasto Público.

El estado subsidia colegios particulares esencialmente en el mismo nivel que los establecimientos municipalizados. Chile es uno de los pocos países del mundo que utiliza el mecanismo de subvención a la demanda y la competencia por los subsidios de manera universal (única forma de financiamiento a las escuelas)

Efectos:

Favorece a quienes tienen más y no a quienes más lo necesitan

Genera una dramática situación de segmentación educativa.

Se ha favorecido la privatización de la educación escolar.

El sistema de subvención de la educación privada demostró no ser un medio eficiente para mejorar el aprendizaje de los alumnos.

“La educación chilena está influenciada por una ideología que da una importancia indebida a los mecanismos de mercado y competencia para mejorar la enseñanza y

el aprendizaje” (OCDE, 2004: 290)

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…y qué pasa en el resto del mundo?

La educación en Europa está exenta del cobro de IVA.

Todos los países europeos poseen alguno o varios tipos de apoyo a la educación que ofrecen directamente a los educandos y sus familias.

Todos los países europeos utilizan fondos públicos para financiar tanto el costo directo de la educación como el costo de manutención de los estudiantes.

Casi todos los países en Europa apoyan a los estudiantes con la colegiatura en escuelas particulares.

La educación superior en Europa es mayoritariamente pública, sin embargo todos quienes invierten en la educación superior (pública o privada) reciben incentivos fiscales y/o becas o préstamos del gobierno.

Entidades de administración: Municipios.

Calculo complejo de gasto en educación.

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4. SIMCE:

¿Mide la calidad?

¿Qué mide? rendimiento individual de los estudiantes en pruebas estandarizadas de contenidos tratados en los subsectores curriculares de Lenguaje y Comunicación, Matemáticas y Comprensión del Medio Natural y Social.

Efectos validación irreflexiva de la privatización del sistema, empobrecimiento del currículo aplicado, culpabilización de los docentes, competencia entre escuelas, subutilización de la información SIMCE.

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5. Trabajo Docente:Organización del tiempo de docencia en secundaria:

Tiempo lectivo Tiempo total % de tiempo lectivo

Chile 864 1152 75%

Escocia 893 1365 65%

Holanda 876 1659 53%

Alemania 684 1708 40%

España 548 1425 38%

Portugal 533 1505 35%

Austria 602 1776 34%

Corea 531 1613 33%

Dinamarca 560 1680 33%

Hungría 611 1864 33%

R. Checa 602 1920 31%

Japón 449 1940 23%

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País Tamaño de la Clase (1)

ResultadosPrueba TIMSS (3)

Resultados Prueba Pisa (4)

PromedioMatemáticas

Promedio Ciencias

LecturaMedia

MatemáticaMedia

CienciasMedia

Austria 18.8 507 515 519

Bélgica 19.4 537 516 507 520 496

Chile 31.7 (2) 387 413 410 384 415

España 20.0 493 476 491

Finlandia 17.3 546 536 538

Francia 20.6 505 517 500

Grecia 16.5 474 447 461

Holanda 24.6 536 536 - - -

Irlanda - 527 503 513

Italia 17.0 484 491 487 457 478

Noruega 15.1 461 494 505 499 500

Portugal 14.5 470 454 459

Suecia 20.6 499 524 516 510 512

Relación entre resultados prueba TIMSS sobre medición de la calidad y número de alumnos por sala de clase:

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En relación con países de alto rendimiento en la prueba TIMMS y PISA se nos ubica como el país que tiene la mayor cantidad de alumnos por curso.

Falencias en la estructura, gestión y oferta curricular de la formación inicial en las instituciones formadoras;

Falta de regulación sobre las condiciones de apertura y funcionamiento de las carreras de Pedagogía;

Se mantiene una situación mixta en la formación docente: una mayoría de programas de formación inicial de nivel universitario y una minoría que se ofrecen en Institutos Profesionales;

Inexistencia de canales institucionales, perfiles de competencias y programas definidos para la formación del profesorado de la educación media técnico-profesional;

Problemas del trabajo docente

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Una evaluación realizada el 2005 en base a consultas a profesores, destaca como problemas de las JEC:

Agotamiento: tanto de los alumnos y profesores (74% y 77% respectivamente).

Falta de recursos pedagógicos y material didáctico (55%), y equipamiento (47%).

Alumnos que no almuerzan (45%).

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6. Proyecto deLEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Como respuesta a la movilización social encabezada por Estudiantes Secundarios, se crea el Consejo Asesor Presidencial por la Educación.

Integrado por, que expertos, empresarios de la educación, políticos y miembros representantes del mundo social luego abandonan la comisión, una vez presentado el informe final.

Separó las discusiones: CAPE (LGE) y CAPESUP (LESUP).

El proyecto original de LGE fue luego sometido a un acuerdo entre la Alianza por Chile y la Concertación. Las modificaciones que se efectuaron conforman el actual proyecto de ley que se tramita en el Parlamento.

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¿Qué cambia la LGE?

Marco Normativo:

Deroga la LOCE, pero no modifica la Constitución

No modifica el rol subsidiario del estado

No define Calidad.

Crea la Agencia de la Calidad

Crea la Superintendencia de educación a la usanza de otras superintendencias existentes: ISAPRES, AFP, etc.

Reformula los objetivos terminales de los ciclos educativos y favorece la flexibilidad curricular

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Sistema de Financiamiento:

No modifica el modelo de financiamiento (subvención al alumno)

No financia de manera prioritaria a la educación pública.

Ley de Subvención preferencial: se aumentan los montos de la subvención.

No prohíbe el lucro: ¿lucro moderado? (en un comienzo sí, pero luego eso cambia con el acuerdo Alianza-Concertación)

¿Qué cambia la LGE?

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Modelo de Administración:

No se refiere a municipalización, ni a condiciones de trabajo de los docentes.

Prohíbe la selección “arbitraria” de alumnos en los primeros seis años de E.B. Consagra el derecho a seleccionar a partir séptimo básico, así como la “selección por proyecto educativo”.. (y la subvención compartida, y las expulsiones, y las multas)

No cambia el SIMCE

¿Qué cambia la LGE?

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La Educación en la LGE

Definición Educación: Distinto a la LOCE

Identifica enseñanza: Formal – No Formal – Informal.

Niveles y Modalidades Educativas (art. 16-23)

Se consagra idea de educación permanente.

Niveles: Parvularia – Básica – Media (Científico-Humanista, Técnico-Profesional, Artística) – Superior.

Modalidades: reconocimiento a educación Especial y para Adultos

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Derecho a la Educación (art. 4º): Padres – Estado – Comunidad.

El proyecto explicita de manera más completa el rol del Estado en Educación. Se añaden a las funciones de éste, elementos como “resguardar los derechos de padres, estudiantes y comunidad educativa” (derechos ausentes en la LOCE) y “velar por la igualdad de oportunidades a través de políticas de discriminación positiva”. Sin embargo, esto es insuficiente si no se reforma la CPR y no se define un rol más activo del Estado, como proveedor de la educación pública y garante del derecho a una educación de calidad integral para todos los chilenos y chilenas. (OPECH)

Derecho a la Educación en la LGE

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Libertad de Enseñanza en la LGE

Conserva el mismo núcleo duro mercantil que la LOCE.

Se entiende como el derecho de todo particular a prestar un servicio educativo (oferta), y el correlativo derecho de los padres a elegir el establecimiento que ellos quieran para sus hijos (demanda)

¿Es ésta la Libertad que queremos? ¿Se resguarda la libertad de expresión de todas las ideas, culturas y manifestaciones que coexisten en Chile con esta libertad de enseñanza?

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Comunidad Educativa en la LGE

Artículos 8º - 9º y 14– Padres y Apoderados– Alumnos (art. 10: embarazo, no pago, rendimiento)– Profesionales de la Educación.– Asistentes de la Educación ¿cómo participan (art. 14)?– Sostenedores

CONSEJOS ESCOLARES (art. 14 inc. 2º)

Ausencia de DERECHOS COLECTIVOS (derechos de centros de alumnos, centros de padres, etc.)

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NO SELECCIÓN en la LGE

Excepción: particulares pagados (art. 12)... ¿y la libertad de enseñanza.

Sin embargo, el proyecto consagra legalmente el derecho a seleccionar estudiantes, a partir del séptimo básico, lo que consideramos grave, pues fomentará la segmentación social en la enseñanza media que prepara para el acceso a la educación superior. Por otra parte, mientras se mantenga el sistema de financiamiento compartido en los establecimientos particulares subvencionados, que obliga a las familias a pagar una mensualidad por sobre el financiamiento del estado, se mantiene en los hechos un proceso de selección de alumnos por razones socioeconómicas. (OPECH)

Debate público: ¿qué pasa con los liceos de excelencia?

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47,2

51,5

44,3

6,2

6,1

6,3 49,4

46,5

42,3

RESULTADOSGENERALES

Con hijos edadescolar

Sin hijos edadescolar

En Acuerdo Indiferente En desacuerdo

Pregunta: Por favor dígame si está de acuerdo, le es indiferente o está en desacuerdo con: Que se elimine la facultad de los colegios subvencionados

y municipales de seleccionar a sus alumnos hasta Octavo Básico.

Fuente: Encuesta Fundación Futuro

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Sostenedores en la LGE

Personas jurídicas sin fines de lucro (exclusión del lucro se funda en la naturaleza social del derecho a la educación). Sin embargo, “sin fines de lucro” es luego sacado en el acuerdo Concertación-Derecha.

Acreditar la solvencia financiera necesaria para incorporarse al sistema.

Obligatoriedad de dar cuentas públicas respecto de la totalidad de los recursos de la subvención estatal, los cuales deben ser destinados exclusivamente a fines educativos (giro exclusivo).

Contar con un proyecto educativo y de desarrollo institucional, así como explicitar la misión, orientación y estrategias propias del establecimiento.

Aumentan exigencias académicas y de estudios para adquirir la calidad de sostenedor. (Título profesional de a lo menos 8 semestres, ¿pero cualquiera?)

Cumplir estándares nacionales de desempeño y resultados educativos.

La calidad de sostenedor es intransferible.

Registro Público

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LUCRO en la LGE

Los sostenedores privados no tienen las mismas obligaciones que el sector municipal, lo que les implica menores costos. De hecho, reciben el dinero, vía subvención, para el pago de las remuneraciones establecidas en el Estatuto Docente, pero no tienen la obligación de rendirlo ni de pagarlo. Así, por ejemplo, el porcentaje de recursos que reciben para el pago de perfeccionamiento es cuantioso, y la gran mayoría de los sostenedores los guarda en vez de entregárselos a quienes debiera destinarse: el personal docente que trabaja con normativas laborales exageradamente flexibles.

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FIN AL LUCRO

El fin al Lucro implica reinversión en educación. Es decir, que no se pueden obtener ganancias personales por parte del sostenedor. Si el colegio obtiene ganancias, debe reinvertirlas en el colegio.

Somos el único país que permite el lucro con recursos públicos que privilegia la libertad de empresa por sobre el derecho a la educación. (anomalía única en el mundo).

Mecanismos de fiscalización poco exhaustivos. Ej.: lo que ha ocurrido en la Educación Superior Privada, donde la LOCE exige que sean personas jurídicas sin fines de lucro; sin embargo se

constituyen empresas inmobiliarias para lucrar.

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Pregunta: Por favor dígame si está de acuerdo, le es indiferente o está en desacuerdo con: Que sólo puedan ser sostenedores de colegios

subvencionados corporaciones, fundaciones y sociedades sin fines de lucro.

60,2

59,5

60,8

12,0

9,8

13,5 25,7

30,7

27,8RESULTADOSGENERALES

Con hijos edadescolar

Sin hijos edadescolar

En Acuerdo Indiferente En desacuerdo

Fuente: Encuesta Fundación Futuro

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CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN (art. 50 a 67)

Funciones dirigidas a: Educación Regular:

– Marco curricular y modalidades de educación.– Planes y programas.– Única instancia en los procesos de reclamación de las decisiones del

MINEDUC (planes y programas).– Informar del plan de evaluación de los objetivos fundamentales de

aprendizaje. Informar favorablemente o con observaciones los estándares de calidad propuestos por el Ministerio de Educación.

– Asesorar al Ministro de Educación en las materias que este le consulte.

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CNE

Educación Superior:- Proyectos institucionales de las Instituciones de Educación Superior, para efectos de su reconocimiento oficial.

– - Sistema de licenciamiento de las nuevas instituciones de educación superior.

– - Instancia de apelación respecto de las decisiones de la Comisión Nacional de Acreditación.

– - Establecer sistemas de examinación selectiva para las asignaturas o cursos de las carreras.

– - Solicitar al MINEDUC la revocación del reconocimiento oficial.

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CNE

Composición:– variada camada de académicos– menos corporativista (en el anterior Consejo Superior había

representantes del poder judicial y FFAA)– Carece de profesores del gremio, secundarios, codocentes,

apoderados etc.– La representación estudiantil es bajísima.

Nos parece necesario que sea este espacio al que se le otorgue como atribución la creación de un Proyecto Académico para nuestra educación siempre que se abra su composición al resto de los actores sociales involucrados.

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CONCLUSIONES

La LOCE y la LGE son algo así como lo que ocurrió con el transporte público de Santiago.

En los ‘80 el mercado de las micros no estaba regulado, por lo que cada particular tenía su bus y explotaba el recorrido que le acomodaba. Luego en los ‘90 ese mercado se regula, estableciéndose licitaciones, recorridos, etc.

En educación pasó algo similar. La LOCE implicó que para ser sostenedor bastaba con querer serlo, desarrollando el proceso educativo sin mayores trabas. Con la LGE el mercado no regulado de la educación pasa a estar regulado, al exigirse a los sostenedores requisitos de estudio, de infraestructura, más fiscalizaciones, etc.

PASAMOS DE UN MERCADO NO REGULADO EN EDUCACIÓN (LOCE), A UN MERCADO REGULADO (LGE).

¡¡¡PERO SIGUE SIENDO EDUCACIÒN DE MERCADO!!!