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COLEGIO MANUEL MEJÍA VALLEJO La educación es una segunda existencia dada al hombre: es la vida moral, tan apreciable como la vida física” Saint-Simon • LEGISLACIÓN EDUCATIVA COLOMBIANA A PARTIR DE LA LEY 115 DE 1994 Por Héctor de Jesús Carrillo Herrera • Rector Junio 2009

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Legislación educativa

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COLEGIO MANUEL MEJÍA VALLEJO

• La educación es una segunda existencia dada al hombre: es la vida moral, tan apreciable como la vida física” Saint-Simon

• LEGISLACIÓN EDUCATIVA COLOMBIANA A PARTIR DE LA LEY 115 DE 1994

• Por Héctor de Jesús Carrillo Herrera• Rector Junio 2009

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CONTEXTO MUNDIAL DE LA EDUCACIÓN

• En la postrimerías del siglo XX se plantean múltiples inquietudes en torno al desarrollo de los sistemas educativos. El acceso al conocimiento, principal factor de desarrollo económico y social motivó a científicos, educadores y representantes de todos los sectores sociales a plantear el debate acerca del papel, la calidad y la pertinencia de la educación en el mundo.

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• La crisis exigía acciones concretas para intervenir en:

• El mejoramiento de la calidad de los servicios educativos.

• El aumento de las posibilidades de acceso y permanencia en la educación básica.

• La integración entre la escuela y la realidad socioeconómica de las comunidades.

• Un mayor seguimiento y retroalimentación del sistema educativo.

• ( Conferencia Mundial “Educación para todos”, Jontiem Tailandia 1990)

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La Educación en la Constitución de 1991

• 1. En materia de legislación educativa, no le corresponde al Ejecutivo sino al Legislativo.

• 2. La educación es un derecho fundamental para todas las personas entre los 5 y los 15 años de edad.

• 3. La educación es un servicio público que tiene una función social.

• 4. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.

• 5. El Estado garantiza la libertad de enseñanza, aprendizaje e investigación.

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6. La comunidad educativa participa en la dirección de las instituciones educativas.7. Se garantiza la libertad de cultos.8. El reconocimiento de la pluralidad cultural.

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (Ley 115 de febrero 8 de 1994)

“La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social,

que se fundamenta en una concepción de la persona humana, de su dignidad, de sus

derechos y deberes” (Art. 1)

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FINES DE LA EDUCACIÓN (Art.5)

• 1. El desarrollo de la personalidad• 2. El respeto a los derechos, la ley y la cultura• 3. La participación• 4. La adquisición de conocimientos• 5. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica.• 6. La práctica del trabajo• 7. La prevención en salud, higiene y la práctica del

deporte.• 8. La promoción de la creatividad, la investigación y la

tecnología

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ELEMENTOS BÁSICOS DE LA LEY 115

• 1. Comunidad educativa (Art.6°)• 2. La familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer

responsable de la educación de los hijos (Art.7°)• 3. La sociedad responsable de la educación con la familia y el Estado (Art.

8°)• 4. Niveles de la educación formal : preescolar, básica y media( Art.11)• 5. Objetivos generales y específicos para cada nivel (Arts. 15 y sig.)• 6. Áreas obligatorias y fundamentales para cada nivel ( Arts. 23 y 31)• 7. El PEI (Art. 73)• 8. Currículo y Plan de Estudios (Arts. 76,78, 79)• 9 Autonomía institucional (Art. 77)• 10. Gobierno Escolar y órganos afines ( Arts. 93, 94, 142, 143, 144, 145)

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• 11. Rol del educador ( Arts. 104 a 137)• 12. Dirección, administración, inspección y vigilancia de la

educación : Competencia de los entes legislativos ( Arts. 146 a 154)

• 13. Creación de las JUNE, JUDE Y JUME (Arts.155 a 162)• 14. Financiación de la educación: Los recursos financieros

destinados a la educación se consideran gasto público social (situado fiscal) Arts. 174 a 192)

• 15. Normas especiales para la educación privada: El régimen laboral legal para los educadores es el Código Sustantivo del Trabajo ( Arts. 193 a 200)

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DECRETO 1860 de agosto 3 de 1994

• Reglamenta la ley 115/94 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.

• ELEMENTOS BÁSICOS• 1. Estructuración y contenido del PEI (Arts. 14, 15 y 16)• 2. Estructuración y contenido del Manual de Convivencia (Art.

17)• 3. Gobierno Escolar, órganos afines y la organización

institucional (Arts. 18 al 32)• 4. Los arts. 33, 37, 38 y 43 sobre orientaciones curriculares y el

capitulo VI sobre evaluación y promoción fueron derogados por el Decreto 0230 de febrero 11 de 2002)

• 5. Calendario académico y jornada escolar (Arts. 57 al 60)

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• Decreto 804 de mayo 18 de 1995

• Reglamenta la atención educativa para grupos étnicos contemplada en los Arts. 55 a 63 de la ley 115/94

• Principios de la etnoeducación• Orientaciones curriculares especiales• Formación de etnoeducadores

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Decreto 2253 de Diciembre 22 de 1995

• Se adopta el reglamento general para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos, originados en la prestación del servicio público educativo por parte de los establecimientos privados de educación formal (Reglamenta el Art. 202 de la ley 115/94)

• Tres Regímenes de Libertad: regulada, vigilada y controlada.

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Decreto 6100 de Dic. 26 de 1995

• Se fijan los criterios para la adopción del calendario académico en los establecimientos educativos de educación formal.

• Dos periodos semestrales de 20 semanas lectivas cada uno.

• Reglamenta los Arts. 86 y 148 de la L.G.E

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Resolución 2343 de junio 5 de 1996

• Se adopta un diseño de lineamientos generales de los procesos curriculares y se establecen los indicadores de logros curriculares por conjuntos de grados.

• Reglamenta los Arts. 77, 78 y 148 de la ley 115/94

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Resolución 4210 de Sept. 12 de 1996

• Se establecen las reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.

• Reglamenta el Art. 148 de la LGE y el Art. 39 del Decreto 1860/94

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Decreto 2082 de noviembre 18 de 1996

• Se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.

• Reglamenta los Arts. 46 al 49 de la ley 115/94

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Decreto 2247 de Sept. 11 de 1997

• Se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar.

• Reglamenta los Arts. 11 al 18 de la LGE• Se crean tres grados:• Pre-jardín ( niños de tres años)• Jardín ( niños de cuatro años)• Transición: grado obligatorio constitucional

(niños de 5 años)

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Ley 715 de Dic. 21 de 2001

• Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias en la prestación de los servicios de educación y salud en el sector público.

• 1. Sistema General de Participaciones• 2. Definición y reorganización de las

instituciones educativas estatales.• 3. Definición de los Fondos de Servicios

Educativos.

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Decreto 0230 de febrero 11 de 2002

• Se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos.

• Reglamenta el Art. 5° de la ley 715 de 2001.• 1. Definición de currículo (Art.2°)• 2. Definición de Plan de Estudios (Art.3°)• 3. Criterios de evaluación de los estudiantes:

escala cualitativa, informes de evaluación (Arts. 4°, 5°y 6°)

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• 4. Registro escolar de valoración (Art. 7°)• 5. Creación de las comisiones de evaluación y

promoción por parte del Consejo Académico (Art. 8°)• 6. Un mínimo de promoción del 95% de los

estudiantes en cada grado . Criterios para la repetición de un grado (Art. 9°)

• Nota: Este artículo fue modificado por el decreto 3005/02

• 7. Actividades de refuerzo y de recuperación (Arts. 8° y 10°)

• 8.La evaluación Institucional (Arts. 12, 13 y 14)

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Decreto 1283 de junio 19 de 2002

• Se organiza un Sistema de Inspección y Vigilancia para la educación preescolar, básica y media en los establecimientos educativos oficiales y privados

• Reglamenta el Art.111 de la ley 715 de 2001

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Decreto 1278 de junio 19 de 2002

• Se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.

• Reglamenta el Art. 111 de la ley 715/01• 1. Define los profesionales de la educación

(Art.3°)• 2. Define la Función Docente (Art.4°)• 3. Definición de Docentes y Directivos

Docentes (Arts. 5° y 6°)

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• 4. Define los requisitos para ingresar al servicio educativo estatal y las clases de nombramiento.(Arts. 7° al 15°)

• 5. Carrera docente y nuevo Escalafón Docente. Tres grados, compuesto cada uno por cuatro niveles salariales (A-B-C-D) (Arts. 16 al 25)

• 6. Criterios de evaluación a los docentes (Arts. 26 al 36)

• 7. Reglamento para los docentes (Arts. 37 al 45)

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• 8. Criterios para la asimilación en el nuevo escalafón de los docentes que están escalafonados bajo el Estatuto Docente o Decreto-ley 2277 de 1979 (Arts.65 y 66)

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Decreto 3055 de dic. 12 de 2002

• Modifica el Art. 9° del decreto 0230/02• 1. Garantizar un mínimo de promoción del

95% del total de los educandos que finalicen el año escolar.

• 2. Criterios para la repetición de un grado cualquiera

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Resolución 1730 de Junio 18 de 2004

• Se reglamentan la jornada única diurna y la intensidad horaria anual de los establecimientos educativos privados

• Reglamenta los Arts. 77 y 85 de la LGE• Intensidad mínima anual de horas efectivas de 60

minutos:• Preescolar … 800 horas• Básica primaria… 1000 horas• Básica secundaria y media … 1200 horas

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Decreto 1286 de abril 27 de 2005

• Se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos educativos.

• Reglamenta el Art. 7º de la LGE.• 1. Derechos y deberes de los padres de familia (Arts.

2 y 3)• 2. Estructura y funciones del Consejo de Padres (Arts.

5, 6, y 7).• 3. Asociación de padres de familia, funciones y

prohibiciones (Arts. 9 al 13)

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Resolución 4434 de agosto 8 de 2005

• Se establecen las condiciones y mecanismos para la validación de los modelos de Gestión de Calidad de los establecimientos de educación preescolar, básica y media.

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Ley 1010 de enero 23 de 2006 (ley de acoso laboral)

• 1. Definición y modalidades de acoso laboral (Art. 2)• 2. Conductas atenuantes y agravantes (arts.3º y 4º)• 3. Sujetos y ámbitos de la ley (Art. 6º)• 4. Conductas a calificar (Arts. 7º y 8º)• 5. Medidas preventivas y correctivas: Comité de

Acoso Laboral (Arts. 9º al 16)

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Ley 1014 de enero 26 de 2006

• Ley de fomento a la Cultura del Emprendimiento.

• 1. Definiciones de términos afines (Art. 1º)• 2. Principios de emprendimiento (Art.4º)• 3. Redes de Emprendimiento (Arts. 5º al 11º)• 4. Enseñanza obligatoria (Art.13)

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Ley 1029 de junio 12 de 2006

Se modifica el Artículo 14 de la ley 115/94Enseñanza obligatoria de:a) El estudio, la comprensión y la práctica de la

Constitución y la instrucción cívica (nociones básicas sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales).

b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo.

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c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales.

d) La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos.

e) La educación sexual, impartida de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad.

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Decreto 3870 de noviembre 2 de 2006

• Se reglamenta la organización de la enseñanza de lenguas extranjeras bajo el “Marco Común Europeo”

• Se definen los estándares básicos de competencias en lenguas extranjeras. La meta en inglés a 2019 es:

• 1º a 3º Nivel A1 ( principiante)• 4º y 5º Nivel A2.1 (Básico 1)• 6º y 7º Nivel A2.2. (Básico 2)• 8º y 9º Nivel B1.1 (Pre- Intermedio 1)• 10º y 11º Nivel B1.2 (Pre-intermedio 2)

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Ley 1098 de noviembre 2 de 2006“Código de la Infancia y la Adolescencia”

• Deroga el decreto 2737 de 1989 o Código del Menor.• 1. Establece normas sustantivas y procesales para la

protección integral de los niños, niñas y adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos, deberes y libertades consagradas en la Constitución y los DHI

• 2. La familia, la sociedad y el Estado son los responsables de dicha protección (Art.2º)

• 3. Obligaciones de las instituciones educativas : responsabilidad civil y otras (Arts. 42 al 45)

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Decreto 1290 de abril 16 de 2009

• Se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.

• Reglamenta los arts. 79 y 148 de la ley 115/94 y el art. 5 de la ley 715/01

• Se encuentra en estudio para su aplicación a partir de 2010