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legislacion tributaria

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NOCIMIENTO GENERAL

  1. ¿Cual es origen del impuesto?

Los impuestos en nuestro país tienen su origen en el artículo 95 de la constitución política de Colombia que como carta magna por la cual debemos regirnos, cita la responsabilidad de los nacionales de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado en el numeral 9 del mismo, dentro de los preceptos de justicia y equidad ajustándose al principio constitucional de la legalidad

  2. ¿Cuál es el objetivo del impuesto?

Los impuestos normalmente tienen cuatro objetivos:

  * Reunir los recursos que requiere el Gobierno para su funcionamiento.  * Cambiar la distribución del ingreso, ojalá de tal manera que los que reciben más ingresos paguen más impuestos, y financien la provisión de servicios que los ciudadanos de bajos ingresos no pueden tener sin la ayuda del Estado  * Hacer pagar, total o parcialmente, a alguien por los beneficios que está recibiendo de la acción del Gobierno.  * Cambiar el comportamiento de los ciudadanos u organizaciones; un ejemplo de esto es cobrar menos impuestos a quienes invierten en Colombia.

  3. ¿Cuáles son los elementos del impuesto?Dentro de los elementos del impuesto encontramos 6 que describiré a continuación:

  * SUJETO: estos son quienes participande manera activa y determinante en la relación tributaria además de ser el primero que interviene en la relación tributaria.

  * SUJETO ACTIVO: Tiene la facultad de exigir el pago de impuestos aunque esta facultad no la tienen en la misma proporción.   * SUJETO PASIVO: Se establece como sujeto pasivo de un crédito fiscal. a la persona física o moral, colombiana o extranjera., que de acuerdo con las leyes este obligada al pago de una prestación determinada al fisco.No debemos confundir al sujeto pasivo con el pagador de impuesto, este último es el que desemboca el pago del impuesto, ya que económicamente resulta lesionado por dicho pago.

  * EL OBJETO DEL IMPUESTO: Es la situación que la Ley señala como un hecho generador del crédito fiscal. Es la finalidad perseguida en toda relación tributaria.

  * LA UNIDAD FISCAL: Es la cosa o cantidad señalada, como medida, número, peso, etc., sobre la que la Ley establece la cantidad a pagarse por concepto del impuesto. Esta unidad sirve para calcular el impuesto correspondiente.

  * LA CUOTA DEL IMPUESTO: Es la cantidad en dinero o en especie que se paga por la unidad fiscal.

  * BASE DEL IMPUESTO: Es la cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo del sujeto.

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  * LA TARIFA: Son las listas y cuotas correspondientes para un determinado objeto tributario.

  * CATASTRO FISCAL: Son las listas oficiales para determinar los sujetos, y objetos del impuesto; se le conoce como padrón fiscal.

  4. ¿Quienes hacen las leyes en Colombia y quienes la ejecutan?

Corresponde al congreso de la república es decir, a las dos cámaras: la del Senado y la de Representantes el interpretar reformar y derogar las leyes así como expedir los códigos para que se la rama ejecutiva en cabeza del presidente de la república quien ejecute las disposiciones referentes a asuntos de interés nacional como lo son presupuestos, comercio internacional etc.

  5. ¿Qué significa la sigla UVT?

Esta sigla significa UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO, y es una unidad de medida que tiene como objeto representar los valores tributarios anteriormente expresados en pesos teniendo como objetivo principal, lograr estandarizar y homogenizar los diferentes valores tributarios para hacer más sencillo su tratamiento y su actualización anual por parte del gobierno.Es así como el UVT se aplicara según corresponda la declaración tributaria y este a su vez permanece constante, lo único que se actualiza es su representación en pesos.Esta unidad de representación se usa para diferentes tramites tributarios así como para las sanciones impuestas por el organismo de control.

  6. ¿Qué es el RUT?

El RUT es el registro único tributario, este es el   número de identificación tributaria de una persona y sirve para ubicarla y clasificarla como contribuyente o no contribuyente del impuesto de renta o de otros tributos, del patrimonio, o si es responsable del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El RUT lo deben obtener todas las personas que están obligadas a presentar declaración de renta, pagar impuestos, los exportadores, los vendedores y los trabajadores independientes que celebren contratos de prestación de servicios, que fije la ley.

  7. ¿Qué diferencia existe entre una persona natural y una jurídica?

PERSONA NATURAL |Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la empresa.Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados. |VENTAJAS | DESVENTAJAS |La constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima.La constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales. | Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales. |

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No se les exige llevar y presentar tantos documentos contables.Si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente. | Capital limitado sólo a lo que pueda aportar el dueño. |Las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente. | Presenta menos posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos o entidades financieras se muestran menos dispuestos a conceder préstamos a Personas Naturales. |La propiedad, el control y la administración recaen en una sola persona.Se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción. | Falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño. |Pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos. | |

PERSONA JURIDICA |Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta.Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todos los derechos y las obligaciones de la empresa.Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan sólo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará sólo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales. |VENTAJAS | DESVENTAJAS |tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa, asumen sólo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa. |Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos. |Mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios. | Requiere de una mayor inversión para su constitución. |Mayores posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos o entidades financieras se muestran más dispuestos a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales. | Se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables. |Posibilidad de acceder sin mayores restricciones a concursos públicos.El propietario y los socios trabajadores de la empresa, pueden acceden a beneficios sociales y seguros. | La propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios). || Presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa. || Presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse. |

RETENCION EN LA FUENTE

  8. ¿Qué Es La Retención En La Fuente?

Es bien sabido que la creencia general acerca de la retención en la fuente es un impuesto más. Dicha percepción es equivoca ya que no lo es; la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de un impuesto.

Dicho mecanismo lo que hace es recaudar un impuesto en el momento en que ocurre el hecho generador del mismo, es así como mediante esta figura, el estado ya no debe esperar por ejemplo un año para recaudar el impuesto de renta, sino que cada mes lo cobra, de esta forma asegura un flujo constante de recursos.

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Laretención en la fuente, es pues una forma de recaudar un impuesto lo más pronto posible, sin tener que esperar a que transcurra el periodo del impuesto.Como la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de un impuesto, para cada impuesto hay retención. Hay retención en la fuente para el impuesto de renta, el impuesto de IVA, de Timbre y de industria y comercio.

  9. ¿Cómo se origino la retención en la fuente?

Esta se origina en la necesidad del estado de flujo constante de recursos de financiamiento.

Una empresa paga el impuesto de renta cada año. Si no existiera la retención en la fuente, el estado tendría que esperar un año para que la empresa le pague el impuesto. Pero como existe la figura de la retención en la fuente, el gobierno cada mes se está cobrando anticipadamente ese impuesto, y de esa manera se asegura un flujo de ingresos constante.

  10. ¿Cuál es la finalidad de la retención en la fuente?

La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

Allí se observa claramente que la retención no es un impuesto sino un mecanismo mediante el cual el estado se cobra el impuesto de renta o IVA sin esperar a que termine el periodo gravable. Lo va cobrando cada vez que vende un bien, que se presta un servicio.

        11. ¿Cuáles son los elementos de la retención en la fuente?

La retención en la fuente se fundamenta en los siguientes elementos:

1. Agente retenedor. Es la persona que realizael pago o abono en cuenta y a quien la ley expresamente le ha otorgado tal calidad.2. Sujeto pasivo. Es la persona beneficiaria del pago o abono en cuenta, afectada con la retención según el concepto y el porcentaje aplicable.3. Pago o abono en cuenta. Determina el momento en que se entendió causada la retención en la fuente, según los conceptos y las tarifas.Se entiende por pago la prestación de lo que se debe, extinguiéndose parcial o totalmente la obligación. Éste es un concepto jurídico.

  12. ¿Quiénes pueden establecer las retenciones en la fuente?

La ley ha autorizado al Gobierno Nacional para establecer retenciones en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para el beneficio de los mismos, que efectúen los agentes de retención con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y complementarios, para lo cual puede determinar los porcentajes de retención tomando en cuenta la naturaleza del concepto, la cuantía del pago o abono en cuenta y las tarifas de impuesto vigentes para los distintos contribuyentes, así como cualquier otro aspecto que tenga incidencia ( E.T. art. 365, 366-1, 366-2 y 367).14. ¿En qué consiste la autorrentenciòn?

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Esta figura consiste en que el mismo sujeto pasivo de la Retención en la fuente (el vendedor del producto o servicio) es quien se practica la respectiva retención; no le retienen sino que se autorretiene. Es decir como la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado el mismo sujeto pasivo (es decir el vendedor) es quien debe proceder a retenerse el valor correspondiente, declararlo y pagarlo en la declaración mensual de retención en la fuente.Tiene como objetivo facilitar la retención en la fuente en empresas grandes o con muchos clientes, clientes que son agentes de retención, lo cuales necesariamente deberán practicar la respectiva retención y certificarla. Este proceso, cuando existen infinidad de clientes resulta engorroso y complicado. Será supremamente difícil para una empresa solicitar certificados de retención a un gran número de clientes.En respuesta a esta situación, se creó la figura de Autor retención, como una solución para aquellas empresas que tiene ingresos altos o numerosos clientes.Cuáles son las obligaciones de los agentes de retención?

  * RETENER:

Es obligación del agente retenedor practicar la retención siempre que haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener.Respecto a los sujetos de retención, hay que tener en cuenta que algunas empresas no están sujetas a retención en la fuente por renta, como es el caso de las empresas pertenecientes al Régimen especial, a las entidades no contribuyentes, al estado y sus diferentes unidades administrativas, y cuando la operación sujeta a retención no supere los topes establecidos por la ley (4 UVT en servicios y 27 UVT en compras).Si un agente de retención, estando obligado a practicar la retención y no lo hiciere, deberá responder ante el estado por el valor dejado de retener. En este caso, el agente de retención puede solicitar al sujeto de retenciónDECLARAR:

Todo agente de retención esta en la obligación de presentar su respectiva declaración mensualmente. Esta declaración debe presentarse así en el respectivo periodo no se hayan practicado retenciones. Con la ley 1111 de 2006, solo las Juntas de acción comunal, están exoneradas de presentar la declaración de retención en ceros (0.00), es decir, si en el respectivo mes no practicaron retención alguna.Las declaraciones se deben presentar con todas las formalidades exigidas por la norma, de lo contrario se pueden considerar cono no presentadas y eso significa presentarlas nuevamente y en tal caso se debe calcular y pagar la respectiva sanción por extemporaneidad.El artículo 580 del ESTATURO TRIBUTARIO establece cuando una declaración se tiene como no presentada:

No se entenderá cumplido el deber de presentar la declaración tributaria, en los siguientes casos:

  * Cuando la declaración no se presenteen los lugares señalados para tal efecto.  *   Cuando no se suministre la identificación del declarante, o se haga en forma equivocada.  *   Cuando no contenga los factores necesarios para identificar las bases gravables.  *   Cuando no se presente firmada por quien deba cumplir el deber formal de declarar, o cuando se omita la firma del contador público o revisor fiscal existiendo la obligación legal.  *   Cuando la declaración de retención en la fuente se presente sin pago”

  * CONSIGNAR LAS RETENCIONES

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El agente retenedor esta en la obligación de consignar oportunamente los valores retenidos. Si no lo hace, la declaración se considera como no presentada. La ley 1111 de 2006, permite al agente retenedor presentar la declaración sin pago, solo, y solo si dispone de un saldo a favor que pueda ser objeto compensación, y que ese saldo a favor se haya originado antes de la presentación de la declaración de retención sin pago. Además, el contribuyente debe solicitar la compensación dentro de los seis meses siguientes, de lo contrario la declaración de retención se considerara como no presentada.Adicionalmente, la ley 599 de 2000, en su artículo 402, contempla prisión de 3 a 6 años para los agentes de retención (o sus representantes legales), si dentro de los dos meses siguientes a las fechas establecidas para su declaración y pago, no se consignan las retenciones practicadas. Contempla también una multa equivalente al doble de los valores no consignados sin que esta supere los 50.000 Salarios mínimos mensuales vigentes.

  * EXPEDIR CERTIFICADOS

Los* ELEMENTOS ESENCIALES DEL IMPUESTO DE TIMBRE

A continuación se explican los elementos básicos del impuesto de timbre: el sujeto activo y pasivo; el hecho generador; la base gravable y las tarifas.

  * SUJETO ACTIVO:En el impuesto de timbre la relación tributaria establecida por la ley, el ente que tiene derecho a la prestación o pago es la Nación. Se concreta esta calidad de sujeto activo, a través de las autoridades fiscales, específicamente mediante las funciones de vigilancia, determinación y cobro que realiza la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE - DIAN). La administración del impuesto nacional de timbre comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución y todos los aspectos concernientes con la obligación de cumplir con el impuesto. Mediante el Concepto General 13076 de marzo 31 de 1993, la DIN indicó las pautas de interpretación y aplicación de las normas legales y reglamentarias vigentes a partir del 1º de enero de 1993, con relación a los elementos básicos del impuesto: causación, exenciones, retención y sanciones.* SUJETO PASIVO Es aquel a quien se atribuye la realización del hecho generador. En el impuesto de timbre el concepto de sujeto pasivo tiene un sentido amplio porque involucra no sólo al deudor del impuesto (contribuyente efectivo del impuesto), sino además a los sujetos vinculados a éste (responsables), en razón de encontrarse involucrados de alguna forma dentro de la situación generadora del impuesto. Hacen parte de la categoría de sujeto pasivo del impuesto de timbre:

  * EL CONTRIBUYENTE: El contribuyente efectivo del impuesto es el deudor o sujeto que resulta afectado económicamente por el gravamen. Se consideran contribuyentes los siguientes sujetos, siempre y cuando intervengan como otorgantes, giradores, aceptantes, emisores, suscriptores, en los documentos, o cuando a su favor se expidan, otorguen o extiendan los mismos; o cuando realicen actuaciones o trámites gravados con el impuesto:

  * Las personas naturales.  * Las personas jurídicas y sus asimiladas.  * Las entidades públicas no exceptuadas expresamente.

  * RESPONSABLE O AGENTE DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE

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Son responsables del impuesto de timbre todos los agentes de retención incluidos aquellos, que aún sin tener el carácter de contribuyentes,Deben cumplir las obligaciones de éstos por disposición expresa de la ley. De esta manera se está equiparando la calidad de responsable con la de agente de retención; lo que conlleva a que el agente de retención en el impuesto de timbre sea “sujeto pasivo jurídico”, esto significa que es el obligado al cumplimiento de la prestación tributaria o pago del impuesto ante las autoridades fiscales e igualmente responde por las sanciones correspondientes, cuando hubiere lugar.

  * RETENCION SOBRE EL IVAAl igual que en el Impuesto a la renta y el Impuesto de industria y comercio, en el Impuesto a las ventas también existe la figura de la Retención en la fuente. Esta figura se conoce comúnmente como Reteiva. La retención en la fuente es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención. Así, el estado no debe esperar a que transcurra el periodo de un impuesto para poderlo recaudar, sino que mediante la retención en la fuente, este recaudo se hace mensualmente, que es el periodo con que se debe declarar y pagar las retenciones que se hayan practicado.  * Retención en la fuente por IVA.La retención en la fuente por IVA consiste en que el comprador, al momento de causar o pagar la compra, retiene al vendedor el 50% del valor del IVA. Ejemplo: La empresa A compra a la Empresa B, mercancías por valor de $1.000.000 + Iva. El valor del Iva, a la tarifa general es de $160.000. La empresa A, de esos $160.000 de Iva, solo pagará a la empresa B el valor de $80.000, que corresponde al 50% del valor toral del Iva, el restante 50% la empresa B lo retiene, lo declara y lo paga en junto con las demás retenciones en la fuente que haya practicado en el respectivo mes.La retención en la fuente por Iva se practica siempre y cuando el hecho u operación económicasupere la base mínima, que para servicios es de 4 UVT y para compras es de 27 UVT.IVA

  19. ¿Qué   es el impuesto sobre las ventas?

Es un gravamen de consumo, de naturaleza indirecta, que en Colombia se da bajo la modalidad de valor agregado, es decir, que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de producción, importación y distribución y recae sobre los bienes corporales muebles vendidos o importados y los servicios prestados en el país.

Lo deben liquidar y recaudar los productores, importadores, comerciantes y quienes presten los servicios no exceptuados expresamente por la ley, al momento de la venta, importación o prestación del servicio.

Fiscalmente el concepto de valor agregado, como su denominación lo indica, corresponde a la diferencia entre el valor pagado por los bienes y servicios gravados adquiridos y el valor que al momento de la venta o prestación del servicio gravado se adiciona, de tal manera que el impuesto a las ventas se causa únicamente sobre el mayor valor adicionado en la nueva operación, pero el impuesto pagado al adquirirlos se trata como descontable.

Para la aplicación del impuesto sobre las ventas, los bienes y los servicios se clasifican en gravados, excluidos y exentos.

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  20. ¿Cuáles son las características de IVA?

CARACTERISTICAS GENERALES DEL IVA | Grava la adquisición de bienes y servicios (hecho imponible). Es decir, es un impuesto que grava a quien adquiere un bien o servicio a un empresario o profesional que actúe en el desarrollo de su actividad. Por ejemplo, si un bien o serviciocuesta sin impuesto 1 000,00 euros, el adquirente, ya sea una persona física o una entidad jurídica, sabe que tiene que pagar ese importe más el IVA. || Se calcula aplicando un porcentaje (tipo impositivo). El IVA que soporta el adquirente de bienes y servicios se calcula aplicando un porcentaje sobre el importe de los bienes o servicios comprados, que actualmente son el 16 % para el IVA normal u ordinario, el 7% para el IVA reducido y el 4% para el IVA superreducido. |

CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DEL IVA | Es un impuesto real: El impuesto al valor agregado es un impuesto real porque no tiene en cuenta las condiciones personales del sujeto incidido por la imposición. || Presenta carácter de un tributo objetivo:Es decir, que lo que fija y determina el hecho de la imposición es la transferencia del dominio que se realice, abstracción hecha de las cualidades o condiciones particulares en que se hallen las personas físicas o jurídicas intervinientes. || Es un impuesto indirecto: El impuesto al valor agregado es un tributo indirecto debido a que incide económicamente sobre el consumidor en la medida en que el contribuyente de derecho obligado a soportarlo, es decir, el vendedor o productor de los bienes o servicios, traslada el gravamen. Grava entonces, los consumos, que son manifestaciones mediatas de capacidad contributiva.La concepción del impuesto indirecto se desvanece si este es aplicado en la etapa minorista sobre bases externas presuponiendo de derecho la obligación tributaria, debido a que el impuesto se convierte en un costo fijo yprimario o industrial no modificara los modos de producción pero si se puede alterar los canales de distribución, el impuesto al valor agregado no crea distorsiones económicas porque la base sujeta a imposición en toda la cadena de proceso productivo y de comercialización no depende de la cantidad de fases o etapas del referido ciclo sino que incide una sola vez sobre el precio de los bienes o servicios de consumo. || Favorece la integración económica internacional: En materia de intercambio internacional de productos, si un país quiere fomentar su ritmo exportador debe tener presente que los productos deben salir del mismo sin imposición indirecta interna para poder competir con otros productos foráneos que no estén alcanzados o que estándolo se encuentren en un tipo impositivo inferior, levantando de este modo las barreras impositivas que distorsionan la libre competencia. Mientras que los productos importados deben sufrir una igualación en materia impositiva, respecto de tributos indirectos al consumo interno, con los productos nacionales para evitar que existan diferencias en costos impositivos protegiendo de esta manera el aparato productivo del país. || El IVA es un instrumento idóneo para favorecer la integración económica internacional, si se utiliza la modalidad del país de destino que prevé lo siguiente:Exportación de productos nacionales: la exportación de bienes se encuentra exenta de tributación no generando esa operación impuesto a ingresar al fisco, pero al mismo tiempo se le concede al exportador, es decir, al último eslabón de lala carga tributaria directa encuentran alcanzadas en el mercado interno por un impuesto indirecto. || El IVA compatibiliza mejor con una política de integración económica internacional:Esto permite que el impuesto al beneficio empresario al permitir identificar y liberar el peso de la imposición del precio final del producto exportado.     * sobre los entes empresarios ofreciendo las siguientes ventajas:     * Pone un freno al excesivo consumo individual interno.     * Incentiva la inversión de los entes empresarios al atenuar la imposición sobre sus beneficios.     * Permite que el sistema tributario sea diversificado, al alcanzar diferentes manifestaciones de capacidad contributiva y no depender en forma

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excesiva de la renta.     * Es decir, se equilibra la imposición al aparecer el consumo como potencial económico de pago. |

  21. ¿Cuáles son los elementos básicos del impuesto sobre las ventas   y en qué consisten?

ELEMENTOS BASICOS DEL IVAELEMENTOS BASICOS DEL IVA | Hecho imponible:Aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son hechos imponibles comunes la obtención de una renta, la venta de bienes y la prestación de servicios, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación. || Sujeto pasivo: El que debe, es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias. Se distingue entre contribuyente, al que la ley impone la carga tributaria, y responsable legal o sustitutodel contribuyente que está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación. || Sujeto activo:Es la entidad administrativa beneficiada directamente por el recaudo del impuesto, quien hace figurar en su presupuesto los ingresos por el respectivo tributo. En el caso colombiano, por ejemplo, los sujetos activos son administraciones de carácter territorial de orden nacional, departamental, municipal o distrital, a los que la creación del tributo define en un caso u otro como destinatarios. || Base imponible: Es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria. Se trata de una cantidad de dinero, pero puede también tratarse de otros signos, como el número de personas que viven en un vivienda, litros de gasolina, litros de alcohol o número de cigarros. || Tipo de gravamen: es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable. || Cuota tributaria:Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible. || Deuda tributaria:es el resultado final luego de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos, que debe ser emposada (pagada) al sujeto activo según las normas y procedimientos establecidos para tal efecto |

  22. ¿Cuáles son los hechos generadores del IVA?

  * Hechos generador:

Hechos sobre los que recae el impuesto. El impuesto a las ventas se aplicara sobre:

  * Las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente; la prestación de servicios en el territorio nacional, y la importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.  * Los servicios ejecutados desde el exterior a favor de usuarios o destinatarios ubicados en el territorio nacional; se entienden prestados en Colombia, y por consiguiente causan el impuesto sobre las ventas según las reglas generales; las licencias y autorizaciones para el uso y explotación, a cualquier titulo, de bienes incorporales o intangibles; los servicios profesionales de consultaría, accesoria y auditoria; los arrendamientos de bienes corporales muebles con excepción de naves, aeronaves y demás bienes destinados al servicio de trasporte internacional por parte de empresas dedicada a esa actividad; los servicios de traducción, corrección o composición de texto; los servicio de seguro salvo los expresamente exceptuados.

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  * Los servicios de conexión o acceso satelital cualquiera que sea la ubicación del satélite.  * La venta e importación de cigarrillo y tabacos elaborados, nacionales y extranjeros, los cuales estarán grabados a la tarifa general.  * Todos los actos que impliquen la transferencia de dominio a titulo gratuito u oneroso, de bienes corporales muebles; Las incorporaciones de bienes corporales muebles a inmuebles, o a servicios no grabados, también la transformación de bienes corporales muebles grabados en bienes no grabados, cuando tales bienes hayan sido construidos, fabricados, elaborados, procesados por quienefectúa la incorporación o transformación.  * También estarán sujetos al IVA los tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior para ser utilizado originando el viaje en el territorio nacional.

  23. ¿Cómo se clasifican los bienes?

El concepto teórico se refiere a cualquier cosa, tangible o intangible, que sea útil para el hombre y le satisfaga alguna necesidad individual o colectiva o que contribuya al bienestar de los individuos. No obstante por razones prácticas se restringe el uso del concepto a los objetos corporales y tangibles. De esta forma, se puede hablar de bienes como algo distinto de los servicios, a pesar de que estos últimos también satisfacen necesidades y contribuyen al bienestar. Los bienes se pueden clasificar según diversos criterios:

Dentro de los diferentes significados también existe una según clasificación así:

BIENES |DE CONSUMO | Bienes destinados a satisfacer las necesidades del consumidor final que están en condición de usarse o consumirse sin ninguna elaboración adicional, pueden ser bienes duraderos o no duraderos. |DURADEROS | Bien que no se consume inmediatamente y que dura un largo tiempo prestando, sucesivamente y muchas veces, el servicio para el que fue creado. |NO DURADERO | Aquel que se consume inmediatamente o en corto plazo. Se emplea una o varias veces y su duración depende del uso y del material de que esté fabricado. |DE CAPITAL | Son aquellos bienes que se utilizan para la producción de otros, y no satisfacen las necesidades del consumidor final. Entre estos bienes se encuentranlos edificios, la maquinaria y el equipo. |FINALES | Son aquellos bienes que tienen el grado de terminación necesario para entregarlos a los consumidores, no requiriendo ningún proceso posterior de transformación para ser vendido a los consumidores |INTERMEDIOS | Son bienes que requiere de procesos posteriores antes de ser vendido a los consumidores. Se denominan así por el hecho, de servir a los consumidores de forma indirecta en la satisfacción de sus necesidades, ya que representan etapas intermedias en los procesos productivos. También conocidos como materias primas o insumos. |NORMALES | Son bienes de consumo normal cuya demanda está estrechamente relacionada con el ingreso, si este aumenta la demanda puede aumentar, o disminuir cuando disminuye el ingreso. |INFERIORES | Son bienes para los que la demanda disminuye cuando el ingreso aumenta y ésta se incrementa cuando el ingreso decrece. |PRIVADOS | Bienes cuyo uso está sujeto al principio de exclusión y que las empresas privadas suministran a quienes están dispuestos a pagar por él |PUBLICOS | Son bienes o servicios que tienen la característica de no poder excluir a nadie de su uso y no existir rivalidad en el consumo, por estas características es generalmente proporcionado por el gobierno. |

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COMPLEMENTARIOS | Son bienes y servicios que se usan conjuntamente; cuando el precio de uno de éstos baja la demanda de los demás aumenta y viceversa. |SUSTITUTOS | Bienes o servicios que se pueden usar en lugar de otros, al proporcionar algunos de los mismos usos o disfrutes queotro bien. Cuando el precios de uno baja, la demanda de los otros disminuye, inversamente cuando el precio se incrementa. |NO TRANSABLES | Bienes cuyo consumo sólo se puede hacer dentro de la economía en que se producen, no pueden importarse ni exportarse. Esto se debe a que estos productos tienen costos de transporte muy altos o existe en la economía un alto grado de proteccionismo. |TRANSABLES | Aquellos bienes que se pueden consumir dentro de la economía que los produce, y se pueden exportar e importar. Generalmente, tienen bajos costos de transporte y pocos aranceles y cuotas de importación que puedan bloquear el libre flujo de bienes a través de las fronteras nacionales. |

  24. ¿Cuál es la clasificación de los bienes para efectos del IVA?

EXCLUIDOS | Aquellos que no generan IVA (véase los Art.424,424-2,424-5,424-6,425,427,428,476 del ET).Las personas o entidades que producen estos bienes, o los comercialicen,  no generan IVA y por otro lado el IVA que les facturen en sus compras de insumos o servicios, se toma como un mayor valor del insumo o servicio pagado. Cuando estos bienes se exporten en esos casos la venta se toma como “exenta” |EXENTOS | Aquellos que están gravados pero a tarifa cero (véase Art.428-1,477, 478, 479, 480, 481 del ET ). Solo los productores de estos bienes tienen derecho a que el IVA que paguen en las compras de sus insumos o servicios, los tomen como impuesto descontable en la declaración bimestral del IVA. Los que solamente se dedican a comercializarlos, para ellos es como si se tratara de bienes “excluidos” (verArt.439, 440 y 489 del ET) |GRAVADOS | Cuando un bien o servicio no esté expresamente señalado en las normas como bien o servicio excluido, o exento,   entonces se entiende que está gravado (ya sea a la tarifa general del 16% o a una tarifa diferencial del 10%, 20%, 25%,etc.; véase Art.468,468-1,468-2,468-3,471,473,474,475,476-1 del ET).Cuando se venden estos bienes o se prestan estos servicios y se hace a una tarifa especifica o a la tarifa general, pero las compras de insumos o   mercancías, o el pago de servicios, vienen facturados con una tarifa superior, el IVA de tales compras o servicios pagados que se podrá tratar como IVA descontable en la declaración bimestral del   IVA será aquel que se origine de limitar el IVA pagado hasta la tarifa a la cual se venden los bienes o servicios. El exceso de IVA pagado se tratará como mayor valor de la compra o servicio pagado. Cuando los bienes que son “Gravados” se llegan a exportar, entonces la venta en ese caso se toma como “exenta” (sin distinguir si se es un productor o comercializador).Se debe hacer una salvedad especial en el caso de aquellas empresas o personas naturales que prestan servicios que sean considerados como “servicios intermedios en la producción de otro bien”. En esos casos, el servicio será “excluido”, “exento”, o “gravado”, dependiendo   de la característica que tenga el bien resultante directamente del servicio (véase el parágrafo único del   Art. 476   del ET). |

  25. ¿Que se entiende por prestación de servicios?

Se considerará prestación de servicios toda operación sujeta al Impuestoque, de acuerdo con esta Ley Foral, no tenga la consideración de entrega, adquisición intracomunitaria o importación de bienes.  En particular se considerarán   prestaciones de servicios: 

  * El ejercicio independiente de una profesión, arte u oficio.   * Los arrendamientos de bienes, industria o negocio, empresas o establecimientos mercantiles, con o

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sin opción de compra.   * Las cesiones del uso o disfrute de bienes.    * Las cesiones y concesiones de derechos de autor, licencias, patentes, marcas de fábrica y comerciales y demás derechos de propiedad intelectual e industrial.  * Las obligaciones de hacer y no hacer y las abstenciones estipuladas en contratos de agencia o venta en exclusiva o derivadas de convenios de distribución de bienes en áreas territoriales delimitadas.  * Las ejecuciones de obra que no tengan la consideración de entregas de bienes con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8º de esta Ley Foral.  * Los traspasos de locales de negocio.  * Los transportes.  * Los servicios de hostelería, restaurante o acampamento y las ventas de bebidas o alimentos para su consumo inmediato en el mismo lugar.  * Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.  * Las prestaciones de hospitalización.  * Los préstamos y créditos en   * El derecho a utilizar instalaciones deportivas o recreativas.  * La explotación de ferias y exposiciones.  * Las operaciones de mediación y las de agencia o comisión cuando el agente o comisionista actúe en nombre ajeno.  * Cuando actúe en nombre propio y medie en. ¿Quienes pertenecen al régimen común y simplificado y cuáles son sus obligaciones?

        * REGIMEN COMUN

Régimen bajo el cual estarán en la obligación de inscribirse en el RUT (donde se les asigna la “responsabilidad No.11”), expedir factura de venta, cobrar el IVA y presentar bimestralmente sus declaraciones de IVA. También se convierten en agentes de retención a título de IVA si hacen compras de bienes o servicios gravados a personas naturales del régimen simplificado del IVA, razón por la cual en el RUT les asignarían la “responsabilidad 09” y deberán estar presentando obligatoriamente todos los meses, así sea en ceros, su declaración mensual de retenciones en la fuente

  * OBLIGACIONES DEL RÉGIMEN COMÚN.

  * LLEVAR CONTABILIDAD.

Todo comerciante debe llevar Contabilidad de acuerdo a los Principios de contabilidad generalmente aceptados, y esto supone inscribirse en el Registro mercantil, donde también deberá inscribir los Libros de contabilidad o Libros Respecto a la obligación de llevar Contabilidad, esta, segúnel Código de comercio, solo lo es para los comerciantes (Personas que ejercen Actos mercantiles), mas no para los no comerciantes, como por ejemplo para las personas que ejercen una Profesión liberal, quienes no están obligadas a llevar contabilidad por lo que no se les puede exigir. Esto no impide que el contribuyente lleve registros contables que le permitan tener un control de sus operaciones.Respecto a la validez de la contabilidad como prueba, el artículo 772 establece que la contabilidad constituye prueba a favor del contribuyente siempre y cuando se lleve en debida forma.El no llevar Contabilidad estando obligado o no llevarla debidamente, es sancionable en los términos del artículo 655 del Estatuto tributario.El artículo 654 señala cuales son los hechos que se considera irregulares en la contabilidad y que se consideran sancionables.

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La obligación de llevar contabilidad no está dada por pertenecer o no al régimen común, sino por ser comerciante, de suerte que aquellas personas naturales que no son comerciantes y que pertenecen al régimen común, no están obligadas a llevar contabilidad

  * INSCRIBIRSE EN EL RUT

Toda persona perteneciente al régimen común debe inscribirse en el Rut o actualizarlo si ha estado inscrito antes como Régimen simplificado.

  * EXPEDIR FACTURA.

El régimen común sin importar si esta o no obligado a llevar Contabilidad, debe expedir factura con los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto tributario:Articulo 617. Requisitos de la factura de venta. Para efectos tributarios, la expedición de factura a que se refiere el artículo 615 consiste en entregar el original de la misma, con el lleno de los siguientes requisitos:

  A. Estar denominada expresamente como factura de venta.  B. Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.  C. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.  D. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.  E. Fecha de su expedición.  F. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.  G. Valor total de la operación.  H. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.  I. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

  * DECLARAR

Todo responsable del régimen común esta en la obligación de presentar bimensualmente la respectiva declaración de IVA en los plazos que el gobierno señale. Esta declaración se debe presentar así durante el periodo a declarar no se hayan realizado operaciones económicas.La declaración de IVA no es la única declaración que se debe presentar, puesto que existen otras como al de Retención en la fuente y la del Impuesto de renta.Toda Persona jurídica es Agente de retención y como tal debe declarar, y a partir de la ley 1066 de 2006, todo agente de retención debe presentar al respectiva declaración así se en cero. Adicionalmente, la declaración se debe presentar con pago, de lo contrario se considera como no presentada.Solo las juntas de acción comunal no están obligadas a presentar la declaración de retención si en el respectivo mes no han practicado retenciones.La ley 1111 de 2006, estableció que un Agente de retención puede presentar la declaración de retención sin pago, siempre y cuando tenga un saldo a favor el cual sea susceptible de compensación, y que el saldo a favor se hubiere generado antes de presentar la respectiva declaración de retención. Adicionalmente, el contribuyente debe solicitar tal compensación dentro de los 6 meses siguientes a la presentación de la declaración. Si no lo hace dentro de ese plazo, la declaración se considerara como no presentada.En cuanto a las personas naturales responsables del régimen común, estas están en la obligación de asumir el IVA en las adquisiciones que le hagan al Régimen simplificado. Esto se debe hacer mediante

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el mecanismo de retención, lo que las convierte en agentes de retención solo por este concepto, y por tal razón deben presentar la declaración mensual así en el mes no hayan asumido IVA al Régimen simplificado. (Vea Tratamiento de las operaciones entre régimen común y régimen simplificado)Respecto a la declaración del Impuesto de renta, y teniendo en cuenta que los topes para ser régimen simplificado y para no declarar son básicamente los mismos, toda Persona natural que pertenezca al régimen común debe declarar. (Vea: Personas naturales no obligadas a declarar renta)En cuanto a las personas jurídicas estas deben declarar renta por el solo hecho de ser jurídicas. Hay que tener en cuenta que algunas pueden pertenecer al Régimen especial.33.1. ¿Quiénes deben firma las declaraciones?

Entre las personas que deberán firmar la declaración además del representante legal, es el Contador público o Revisor fiscal, esto se fija en el estatuto tributario aplicándose a declaraciones tributarias entendiéndose entre estas las de renta y complementarios, impuestos sobre las ventas, la retención en la fuente, ingresos y patrimonio, etc.

  33. ¿Cuál es el régimen sancionatorio en la facturación?

Las siguientes actuaciones u omisiones por parte de los obligadosA expedir factura o documento equivalente o por quienes losElaboren seran objeto de sanción:

  * No expedir factura o documento equivalente.  * Expedir facturas sin requisitos.  * Elaborar factura con doble numeración o sin el cumplimiento de  * los requisitos.  * Obtener o utilizar facturas con doble numeración por parte de los  * obligados a expedirlas.  * Llevar doble facturación  * Llevar doble contabilidad  * No registrar en la contabilidad una factura o documento equivalente  * No presentar a las autoridades deimpuestos el libro fiscal de  * registro o presentar atraso en los mismos.  * No adoptar o cumplir las técnicas de control.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

  34. ¿Qué es el impuesto sobre la renta?

Contribución que grava el ingreso de las personas y entidades económicas. El impuesto sobre la renta incluye el gravamen al trabajo, al capital y la combinación de ambos. Es un impuesto directo porque incide en forma específica sobre el ingreso de las personas y de las sociedades mercantiles. En Colombia, la tasa del impuesto a la renta es del 35 por ciento.

  35. ¿Quién es contribuyente del impuesto sobre la renta?

Por regla general todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, personas jurídicas, sean del régimen ordinario o del régimen especial, las personas naturales, así como las asimiladas a unas u otras, se encuentran obligados a declarar, salvo personas jurídicas extranjeras y empresas de transporte internacional. Las personas naturales, por regla general son contribuyentes del

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impuesto sobre la renta y complementarios, sin embargo serán o no declarantes dependiendo de si cumplen o no los requisitos y topes que anualmente fija el gobierno nacional. Se evidencian varias situaciones dependiendo de las condiciones particulares que se presenten.

  36. ¿Quiénes no son contribuyentes del impuesto sobre la renta?

La ley señala, específicamente, quienes no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.Es así como se establece que en este grupo están la Nación, los departamentos y sus asociaciones,los distritos, los territorios indígenas, los municipios y las demás entidades territoriales, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, las Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales, las asociaciones de departamentos y las federaciones de municipios.Además, se encuentran allí los resguardos y cabildos indígenas, los establecimientos públicos y los demás oficiales descentralizados, siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes. Tampoco es contribuyente la propiedad colectiva de las comunidades negras.Otros que la ley considera que no son contribuyentes son las entidades sin ánimo de lucro como los sindicatos, las asociaciones de padres de familia, las sociedades de mejoras públicas, las instituciones de educación superior aprobadas por el Icfes que sean entidades sin ánimo de lucro, los hospitales que estén constituidos como personas jurídicas sin ánimo de lucro, las organizaciones de alcohólicos anónimos y las juntas de acción comunal, entre otras.

  37. Que regímenes existen respecto al impuesto sobre la renta?

  38. ¿Quiénes están obligados a declarar?

  * Así, quienes sean comerciantes, fabricantes o rentistas de capital y sus ingresos en el 2010 sean iguales o superiores a 34.377.000 pesos (equivalentes a 1.400 Unidades de Valor Tributario - UVT) deberán presentar declaración de renta para el 2010.  * Como se recordará, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, ajustó en 3,33 por ciento el valor de la UVT parael 2010, dejándolo en 24.555 pesos.  * También estarán obligados a presentar la declaración de renta los comerciantes que durante el año gravable de 2010 tengan dos locales o sedes para el desarrollo de su actividad.   * Igualmente, estarán obligados a declarar quienes al 31 de diciembre de 2010 tengan bienes que sumen o superen los 110.498.000 pesos.Dicho monto aplicará además para los depósito o consignaciones a cuentas bancarias de un mismo titular y a las inversiones financieras como CDT o fiducias, entre otras.  * Por otro lado, las compras de bienes, como por ejemplo de casa, apartamento, lote o vehículo, cuyo monto sea de 68.754.000 pesos o superior, también deberán ser objeto de declaración de renta.  * De acuerdo con la regulación, este valor regirá para las transacciones realizadas durante el próximo año en efectivo o con tarjeta de crédito.   * En el caso de los ingresos de los asalariados o trabajadores independientes, el monto para la declaración de renta para 2010 se fijó en 81.032.000 pesos (3.300 UVT).  * Igualmente, si el valor de los salarios recibidos durante el próximo año representa menos del 80 por ciento del total de los ingresos, se deberá declarar renta.  * Por otro lado, los trabajadores independiente cuyos honorarios recibidos en el próximo año sobre los cuales le practicaron retención en la fuente sean menos del 80 por ciento de los ingresos totales serán declarantes para el año gravable 2010.

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  * Serán objeto del gravámen quienes hayan realizado operaciones de importación o exportación o vendido bienes39. ¿Quienes no están obligados a declarar?

Para efectos de determinar la obligación de declarar de las personas naturales, estas se dividen en tres grupos: Contribuyentes de menores ingresos, Asalariados y Trabajadores independientes.No estan obligados a declarar:1. Personas naturales que no sean responsables del Impuesto a las ventas, que en el respectivo periodo gravable haya obtenido ingresos brutos inferiores a 1.400 Uvt [$29.364.000 para el 2007] y un patrimonio bruto que no exceda de 4.500 [$94.383.000 para el 2007] Uvt en el ultimo día del periodo gravable.Las personas naturales o jurídicas, extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411, inclusive, y dicha retención en la fuente así como la retención por remesas cuando fuere del caso, les hubiere sido practicada.

2. Los asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos de un 80% pagos originados en una relación laboral reglamentaria (Contrato de trabajo según los términos del Código sustantivo del trabajo), y que además cumpla los siguientes requisitos: que en el respectivo periodo gravable haya obtenido ingresos brutos inferiores a 3.300 Uvt [$69.214.000 para el 2007] y un patrimonio bruto que no exceda de 4.500 [$94.383.000 para el 2007] Uvt en el ultimo día del periodo gravable.

3. Los trabajadores independientes que no sean responsables del Impuesto a las ventas,. Por el volumen de ventas:

Régimen común - Ventas de mas de $95.052.000 al año, Obligados a recaudar y pagar IVARégimen simplificado - Ventas menores de $95.052.000, no facturan, no IVA.

3. Grandes contribuyentes

Por el volumen de sus ventas, recaudan muchos impuesto y declaran los suyos propios en gran valor.

  42. Como se obtiene el NIT?

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALESEn   Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se obtiene el número de identificación tributaria (NIT), el cual es necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales. Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el municipio donde se está domiciliado. Pasos a seguir: Con el certificado de existencia y representación que solicite en la Cámara de Comercio, diríjase a la DIAN y solicite el formulario de RUT (registro único tributario), por medio del cual se puede realizar los siguientes trámites, entre otros: Asignación de NITInscripción en el registro de vendedores si es responsable de IVA.Una vez adquirido y diligenciado el formulario, preséntese ante la DIAN, con los siguientes documentos: Formulario de RUT diligenciado en original y dos copias.Copia de la escritura pública de constitución.

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Certificado de existencia y representación, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no mayor a tres meses antes de su presentación.Fotocopiade la cédula del representante legal.El registro de Impuestos sobre las ventas (IVA), se puede hacer en el momento de realizar la solicitud del NIT. Los responsables del régimen simplificado no tienen obligación de declarar el IVA, los responsables del régimen común deben hacerlo bimestralmente en las fechas que indique el calendario tributario, el cual puede adquirir directamente en la DIAN.Simultáneamente con la solicitud del formulario RUT, usted puede solicitar el formulario para que la DIAN le autorice la numeración para las facturas que usará en su negocio.

SOLICITUD ANTE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

A- NÚMERO Y FECHA DE RECEPCIÓNCompetencia de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales.B. CLASE DE SOLICITUDSe refiere al trámite que adelantará ante la Administración.1. AsignaciónSolicitud de NIT   por primera vez.2. DuplicadoSolicitud de tarjeta por pérdida o deterioro.3. ReactivaciónCuando su NIT   esté cancelado o inactivo.4. Cambio de tarjetaa. Por cambio de razón socialb. Por cambio de Administración.5. ActualizaciónPara modificar información ya registrada.a. Ubicación: Cambio de departamento, municipio, dirección, teléfono, apartado aéreo.b. Responsabilidades: Para informar la responsabilidad en renta, ventas, retención y/o modificar la información en las existentes.c. Actividad Económica: Registro o cambio de la actividad teniendo en cuenta que la principal es la que genere mayores ingresos.d. Terceros: Para registrar o modificar información de entidades o personas vinculadasCuáles son las sanciones relacionadas con el deber de declarar?

Una de las obligaciones de todo contribuyente, es la de presentar las respectivas declaraciones tributarias dentro de las fechas fijadas por el estado. La no presentación de las declaraciones tributarias dentro de esas fechas, implica el pago de una sanción denominada sanción por extemporaneidad, que esta contemplada en los Artículos 641 y 642 del Estatuto tributario, sanción que el contribuyente debe calcular y pagar una vez que presente su declaración extemporánea, es decir, posterior a la fecha en que legalmente debió haberla presentado.El monto de la sanción depende de si el contribuyente corrige su incumplimiento voluntariamente o como consecuencia de la actuación de la Dian. Si la presentación extemporánea es voluntaria, la sanción es de solo el 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de extemporaneidad, pero si la presentación es posterior al emplazamiento para declarar de la adminis