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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Rossana Sánchez Osal C.I. 21726565 Derecho Contencioso Administrativo Barquisimeto, Febrero 2016 DEMANDA CONTRA LA REPUBLICA DEMANDA CONTRA EL ESTADO

Demanda Contra el Estado

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Page 1: Demanda Contra el Estado

UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

Rossana Sánchez OsalC.I. 21726565

Derecho Contencioso Administrativo

Barquisimeto, Febrero 2016

DEMANDA CONTRA LA REPUBLICADEMANDA CONTRA EL ESTADO

Page 2: Demanda Contra el Estado

Venezuela como un país democrático posee su eje en la administración de justicia, es decir la sumisión del Estado al ordenamiento jurídico.

El respeto al principio de legalidad, impone al estado la obligación de actuar, en apego y respeto a las Leyes, y es precisamente ese respeto a la norma por parte del Estado Venezolano, y la sumisión de los actos y actuaciones de la Administración Pública, que se crea y desarrolla el proceso Contencioso Administrativo y la Jurisdicción Contenciosa Administrativa dentro del Poder Judicial.

El Artículo 27, de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, establece que toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

DEMANDA CONTRA LA REPUBLICA

DEMANDA CONTRA EL ESTADOCuando la actividad de los órganos del Estado ocasiona

daños a los particulares, éstos pueden instaurar

acciones judiciales en contra de la

República.

Page 3: Demanda Contra el Estado

2. TRIBUNAL COMPETENTE

Cuando no exceda de 10000 UT

Tribunales Superiores en lo

Civil y Contencioso Administrativo.

Cuando exceda las 10000UT hasta

70000UT TSJ Corte de lo Contencioso Administrativo.

1.DEMANDADebe ser escrita,

requisitos del art. 340 CPC.

5. LA CITACIONLa citación de las

demandas contra la república se hará en la persona del

Procurador General de la República

6. LA CONTESTACION DE LA DEMANDA

Se rige por el procedimiento

ordinario establecido en el CPC.

10. LOS INFORMES

Presentarse a los 15 días después de culminado el lapso probatorio.

9. EVACUACION DE LASPRUEBAS

Luego de admitidas las pruebas

empiezan a correr los 30 días para su

evacuación.

4.INADMISIBILIDAD

artículo 19 de la Ley

Orgánica del Tribunal

Supremo de justicia

3.ADMISION DE LA DEMANDA

Juzgado o Tribunal de Sustanciación

pronunciarse sobre su admisibilidad o

inadmisibilidad dentro de los 3 días

de despacho siguientes al recibo

del expediente.

7. LAPSO PROBATORIO

Son admisibles todas las pruebas

establecida en el CC, CPC y demás leyes.

8. ADMISION DE LAS

PRUEBASDentro de los 3

días de despacho

siguiente a la consignación.

12.LA SENTECIA

Luego de los informes el

Tribunal debe dictar

sentencia en los siguientes

60 días.

11. LAS OBSERVACIONESObservaciones con respecto a los informes de

la parte contraria en los

8 días siguientes.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Page 4: Demanda Contra el Estado

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

El Estado esta en la obligación de

responder patrimonialmente por las lesiones que se le puedan imputar a la

administración publica.Articulo 140 de la Constitución de la

Republica Bolivariana de

Venezuela