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Alumno Luis Barrera C.I: 22.335.376 SAIA-E UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO DEMANDA CONTRA LA REPÚBLICA Y EL ESTADO

Demanda contra la República y el Estado

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Page 1: Demanda contra la República y el Estado

Alumno

Luis Barrera

C.I: 22.335.376

SAIA-E

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

DEMANDA CONTRA LA REPÚBLICA Y EL ESTADO

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Demanda contra la República

Fundamento ConstitucionalCRBV Artículo 140. “El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que

la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.”

Contra la RepúblicaEsta es ejercida por particulares que son afectados por alguna

actividad realizada por órganos pertenecientes a está.

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Iniciación

Puede darsePrimera Instancia

Corte Primaria en lo Contencioso Administrativo

Segunda InstanciaCorte de lo Contencioso Administrativo

del Tribunal Supremo de Justicia

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

El artículo 48 da inicio por parte interesada mediante solicitud escrita o de oficio

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Primera InstanciaDemanda• Requiere que el oficio cumpla con los requisitos establecidos en el

artículo 49 LOPA ; ejusdem 340 CPC.

Admisión• Dentro de los 3 días de despacho al haber recibido el

expediente debe pronunciarse la admisibilidad o inadmisibilidad de ello.

Citación• Se hará en persona del procurador general, de oficio al que se le anexa la copia del libelo y documento del demandante. Rigiéndose por el CPC; Puede darse cuestiones previas.

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Primera InstanciaContestación• Vencido 15 días de la citación comienzan a contar 20 días de despacho. El Procurador podrá contestar la demanda.

Lapso Probatorio• Una vez transcurrido el plazo para la contestación, se abre el lapso abierto para pruebas por 15 días. Las pruebas admisibles según lo establecido en el CC y CPC.

Admisión de las Pruebas• Concluido el lapso probatorio, dentro de los siguientes 3 días podrán convenir u oponer. Podrá apelarse alguna prueba por la parte interesada, esta tendrá efecto devolutivo.

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Primera InstanciaEvacuación de las pruebas• Admitidas las pruebas se contaran 30 días para la evacuación. En caso que las pruebas deban evacuarse fuera del juicio deberá constar en auto

Informes• A 15 días siguientes del vencimiento del lapso de pruebas.

Observaciones• A 8 días después de haberse presentado los informes se presentaran las observaciones.

Autos para mejor proveer• En lapso de 15 días el Juez podrá dictar un auto para mejor proveer

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Primera Instancia

SentenciaSe dicta dentro de los siguientes 60 días, ya dictada está debe

notificarse al tribunal que haya conocido de la causa le corresponderá la ejecución de la sentencia o de cualquier acto que tenga fuerza de

sentencia.

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Segunda InstanciaAdmisión• Al recibo del expediente, dentro de los siguientes 3 días se pronunciara su admisibilidad o inadmisibilidad

Formulación de Apelación• Dentro de los 15 días de despacho se podrá formular por escrito la apelación, detallando la explicación sobre los hechos y fundamentos en los que se basan.

Contestación• A los 5 días podrá contestarse .

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Segunda InstanciaLapso de Promoción • Se abren 5 días de despacho para promover. Admitidas solo las establecidas en el artículo 19 LOTSJ

Auto de admisión• El juzgado tiene 3 días de despacho para dar decisión.

Admisión e Inadmisión• De ser admitida se escuchara un solo efecto.• De ser inadmitida se escuchara ambos efectos.

Evacuación de Pruebas• Abriéndose 15 días para evacuar las pruebas admitidas.

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Segunda Instancia

Prorroga de la Evacuación de Pruebas• Puede extenderse a 15 días más.

Informes• Dentro de los 10 días siguientes se presentaran los informes de manera oral

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Segunda Instancia

SentenciaSe dicta dentro de los siguientes 30 días, prorrogable llegando a 60

días. El Tribunal Supremo de Justicia podrá dictar medidas cautelares si es necesario para garantizar el derecho.

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Demanda contra el Estado

Déficit y Responsabilidades• Falta de servicio

• Faltas personales • Tercera etapa

• Responsabilidad Precontractual• Responsabilidad Contractual

• Responsabilidad Extracontractual

Contra el EstadoPuede darse la demanda contra el Estado por déficit a sus

obligaciones o faltar a sus responsabilidades.

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Demanda contra el EstadoFalta de servicio

El Estado debe ser responsable por la irregularidad de los servicios públicos

Faltas personales

El Estado es responsable frente a los problemas a los administrados.

Tercera Etapa

Debe responder por los daños originados por el orden público.

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Demanda contra el EstadoResponsabilidad Precontractual

Manifiesta un comportamiento previo acuerdo ya pactado

Responsabilidad Contractual

Manifestada al momento que se ejecute o incumpla con el contrato

Extracontractual

Manifestada por alguna función de un acto administrativo o acto judicial, afectando a los administrados.

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Demanda admitida Contra el Estado

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Demanda admitida Contra el Estado