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CAPACITACINDE LOS SUJETOS DE
FORMALIZACIN
PEQUEA MINERIAY MINERIA ARTESANAL
AREA DE FORMALIZACION
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II
Aspectos de Seguridad ysalud Ocupacional
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INTRODUCCIN Mediante Decreto Legislativo N 1105 se estableci los pasos para la
formalizacin de las actividades de Pequea Minera y Minera
Artesanal, indicando que el sujeto de formalizacin debe obtener un
certificado de capacitacin emitido por el Gobierno Regional.
Mediante Resolucin Ministerial N 290-2012-MEM/DM, se aprob los
lineamientos para la capacitacin de los sujetos de formalizacin y el
otorgamiento del Certificado de Capacitacin, antes referido.
Conforme a los lineamientos mencionados anteriormente, los temas
que sern materia de capacitacin estarn referidos a las actividades dela Pequea Minera y Minera Artesanal, teniendo como contenido
mnimo aspectos normativos, aspectos de seguridad y salud
ocupacional y aspectos ambientales.
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OBJETIVO
Decreto Legislativo N 1105, artculo 4.
Capacitar a las personas en proceso de formalizacin para otorgarles uncertificado de capacitacin que acredite que han recibido una
capacitacin bsica para el ejercicio de actividades mineras a pequea
escala; es decir: pequea minera y minera artesanal.
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FINALIDAD
Orientar a los sujetos de formalizacinsobre la importancia de los aspectos en la
Gestin de la Seguridad y Salud
Ocupacional, aumentando su grado de
sensibilizacin, conocimiento y
compromiso en materia de seguridad y
salud ocupacional con el fin de controlar,
prevenir y evitar la ocurrencia de
incidentes, accidentes y enfermedades
ocupacionales. Implementando planes y
medidas de seguridad que permitan
reducir estas amenazas a niveles de riesgostolerables, manteniendo un ambiente
garantice la seguridad y salud en el trabajo
de actividades minera.
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PRIMER MODULO
1 Base Normativa en Seguridad y Salud
en el Trabajo
2
Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo
3 Equipos de Proteccin y Seguridad
Personal
4 Causas de los Accidentes de Trabajo
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1 Base Normativa en Seguridad y Salud
en el Trabajo
2
Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo
3 Equipos de Proteccin y Seguridad
Personal
4 Causas de los Accidentes de Trabajo
PRIMER MODULO
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Base Normativa en Seguridad y Saluden el Trabajo
Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad ySalud en el Trabajo - Guayaquil: 7/05/2004
Resolucin 957, Reglamento de la Decisin 584Lima 23/09/2005
Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo (LSST) p: 20/08/2011
Decreto Supremo N 005-2012-TR, Reglamento dela LSST (RLSST) p:25/04/2012
Decreto Supremo N 055-2010-EM, Reglamento deSeguridad y Salud Ocupacional en Minera (RSSO)P: 22/08/2010
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1 Base Normativa en Seguridad y Salud
en el Trabajo
2
Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo
3 Equipos de Proteccin y Seguridad
Personal
4 Causas de los Accidentes de Trabajo
PRIMER MODULO
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El empleador, en consulta con los trabajadores y susrepresentantes expone por escrito la poltica enmateria de seguridad y salud en el trabajo, que debe:
a) Ser especfica para la organizacin y apropida a sutamao y a la naturaleza de sus actividades.
b) Ser concisa, estar redactada con claridad, estarfechada y hacerse efectiva mediante la firma oendoso del empleador o del representante demayor rango con responsabilidad en la
organizacin.c) Ser difundida y facilmente accesible a todas laspersonas en el lugar de trabajo.
d) Ser actualizada periodicamente y poner adisposicin de las partes interesadas externas,segun corresponda.
Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
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Principios de la Poltica del Sistema deGestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo
a) La Proteccin de la Seguridad y Salud de todos losmiembros de la organizacin mediante la prevencin de laslesiones, dolencias, enfermedades e incidentesrelacionados con el trabajo.
b) El cumplimiento de los requisitos legales pertinentes enmateria de Seguridad y Salud en el trabajo.
c) La garanta de que los trabajadores y sus representantes
son consultados y participan activamente en todos loselementos del SGSST.
d) La mejora contnua del desempeo del SGSST.e) El SGSST es compatible con los otros Sistemas de Gestin de
la Organizacin, o debe ser integrado en los mismos.
Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
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La Participacin en el Sistema deGestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo
La participacin de los trabajadores es un elemento
esencial del SGSST en la organizacin. El empleadorasegura que los trabajadores y sus representantesson consultados, informados y capacitados en todoslos aspectos de seguridad y salud en el trabajo
relacionados con su trabajo, incluidas lasdisposiciones relativas a situaciones de emergencia.
Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
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Facilidades para la participacin
El empleador adopta medidas para que lostrabajadores y sus representantes en materiade seguridad y salud en el trabajo, dispongande tiempo y de recursos para participar
activamente en los procesos de organizacin,de planificacin y de aplicacin, evaluacin yaccin del SGSST.
Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
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POLTICAPolticaenmateria
deSST;Participacinde
Empleados
ORGANIZACINResponsabilidady
obligacin;
Competenciayformacin;
Documentacin;Comunicacin
PLANIFICACINYAPLICACINExamenInicial;
Objetivosenmateria
deSST;Planificacin,
desarrolloyaplicacindelsistema;
Sistemadecontroldepeligros
EVALUACINMedicindeldesempeo;
Investigacindeaccidentes,
enfermedadeseincidentes;Auditora;
Examenrealizadoporladireccin
ACCINAccinpreventivaycorrectora;RevisinyvueltaaOrganizacin
ElSistemadeGestindelaSST
MejoraContinua
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1 Base Normativa en Seguridad y Salud
en el Trabajo
2
Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo
3 Equipos de Proteccin y Seguridad
Personal
4 Causas de los Accidentes de Trabajo
PRIMER MODULO
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1 Base Normativa en Seguridad y Salud
en el Trabajo
2 Poltica de Seguridad y Salud en el
Trabajo
3 Equipos de Proteccin y Seguridad
Personal
4 Causas de los Accidentes de Trabajo
PRIMER MODULO
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PELIGRO
D.S. 005-2012-TR , de la Ley 20783
Situacin o caracterstica intrnseca de algo capazde ocasionar daos a las personas, equipos,procesos y ambiente.
Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
Amenaza de accidente o de dao para la salud.
D.S. 055-2010-EM
Todo aquello que tiene potencial de causar dao alas personas, equipos, procesos y ambiente.
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RIESGO
D.S. 005-2012-TR , de la Ley 20783Probabilidad de que un peligro se materialice endeterminadas condiciones y genere daos a laspersonas, equipo y al ambiente.
Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el TrabajoProbabilidad de que la exposicin a un factor ambientalpeligroso en el trabajo cause enfermedad o lesin.
D.S. 055-2010-EM
Es la combinacin de la probabilidad y severidadreflejados en la posibilidad de que un peligro causeprdida o dao a las personas, a los equipos, a losprocesos y /o al ambiente de trabajo.
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ACCIDENTE
ACONTECIMIENTO O UN HECHO QUEINTERRUMPE UN PROCESO NORMAL DETRABAJO Y QUE PROVOCA LESIONES A LAS
PERSONAS Y/O DAOS MATERIALES.
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INCIDENTE
Suceso acaecido en elcurso del trabajo o enrelacin con el trabajo, en
el que la persona afectadano sufre lesionescorporales, o en el questas slo requierencuidados de primerosauxilios.
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CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
ACTOS SUBESTANDARES
CONDICIONESSUB - ESTNDARES
CAUSASINMEDIATAS
FACTORESPERSONALES
FACTORES
DEL TRABAJO
CAUSASBSICAS
PROGRAMASINADECUADOS
ESTNDARESINADECUADOSDEL PROGRAMA
CUMPLIMIENTO
INADECUADO DEESTNDARES
FALTA DE
CONTROL
Es uno o varios eventos relacionados que concurrenpara generar un accidente
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CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
PROGRAMASINADECUADOS
ESTNDARESINADECUADOSDEL PROGRAMA
CUMPLIMIENTO
INADECUADO DEESTNDARES
FALTA DE
CONTROL
Control es una de las cuatro funcionesgerenciales esenciales: planear,organizar, guiar y controlar.
El gerente planea y organiza el trabajopara guiar a la gente a cumplir con losestndares.
Los tres problemas mscomunes que causeanfalta de control son:
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CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
Las causas bsicas estn relacionadas alos factores personales y de trabajo.
Los factores personales estn relacionadosa los defectos o insuficiencias en laspersonas.Los factores de trabajo estn relacionadoscon el ambiente de trabajo.
Indicar las causas bsicas ayuda a identificar lo
siguiente:- Porque la gente realiza actos inseguros
(factores personales) y/o- Porque existen condiciones inseguras (factores
de trabajo).
FACTORESPERSONALES
FACTORESDEL TRABAJO
CAUSASBSICAS
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CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
Las causas inmediatas son aquellos factores queestn directamente relacionados a lascircunstancias que preceden al accidente.
Actos inseguros o subestndar (factor humano).
El factor humano incluye actos o prcticas subestndarrealizadas por personas. Ej: Operacin de equipo sinautorizacin, uso de equipo defectuoso, posicininadecuada para la tarea, bajo la influencia de drogas,alcohol, etc.
Condiciones subestndar (ingeniera).Son los factores de ingeniera que se refieren acualquier condicin subestndar que existe en el lugarde trabajo. Ej: EPP inadecuado, equipos, herramientaso materiales defectuosos, desorden, orden y limpiezapobre, ventilacin inadecuada, etc
ACTOS SUBESTANDARES
CONDICIONESSUB - ESTNDARES
CAUSASINMEDIATAS
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CAUSAS INMEDIATAS
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CAUSAS INMEDIATAS
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CAUSAS BASICAS
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CAUSAS BASICAS
FACTORES DE TRABAJOLiderazgo y supervisin-Repores no claros-Falta de conocimiento-Instrucciones, documentos dereferncia inadecuados
Ingeniera-Inadecuada consideracin delos factores ergonmicos.-Estndares, especificacionesinadecuadas
-Diseo o controles deconstruccin inadecuada.
Compras-Especificaciones orequisiciones inadecuados.
-Manipuleo inadecuado de material.-Identificacin inadecuada depeligros.
Mantenimiento
-Programa inadecuado deprevencin.-Comunicacin de las necesidades
Herramienta y equipos-Evaluacin inadecuada
-Estndares o especificacionesinadecuadas--Estndares, especificacionesinadecuadas
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CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
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1 Gestin de las operaciones mineras
2 Uso de explosivos
3 Perforacin y voladura
4 Transporte, carga, acarreo y descarga
SEGUNDO MODULO
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1. GESTION DE LAS OPERACIONES MINERAS
En el avance de labores mineras horizontales, inclinadas o verticales que se
encuentre rocas incompetentes, se proceder a su sostenimiento inmediato antes
de continuar las perforaciones en el frente de avance, aplicando el principio
de labor avanzada, labor sostenida.
Para el desatado de rocas sueltas en cada labor, como mnimo debe contar con02 juegos de 04 barretillas (de diferentes medidas) cada uno.
Sealizar con material reflectantes y de acuerdo al ANEXO N 11, toda labor en
interior mina, accesos, cruces de camino, tuberas, etc.
La limpieza (carguo, acarreo) de labores horizontales e inclinadas, deber
realizarse con el uso de marchavantes y/o guarda cabezas.
Estandarizar en las labores mineras el sostenimiento sistemtico que se adecue a
las caractersticas de dichas rocas incompetentes. Mantener un estndar de la seccin y gradiente de las galeras y otras labores para
las instalaciones de los elementos de servicio (agua, aire comprimido, cableselctricos, ductos de ventilacin) requeridos.
1.1 Estndares de las Operaciones Mineras
8 OBLIGACIONES
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8. OBLIGACIONES
1.2 Accesos y vas de escape
En las bocaminas, piques, chimeneas e inclinados, se debe observar lassiguientes condiciones de seguridad, en lo que corresponda:
Contar con dos (2) vas de escape desde interior mina a la superficie,
separadas entre s, como mnimo, por treinta (30) metros o comunicadas a
una mina vecina.
Cuando entre dos (02) o ms minas subterrneas exista una labor de
comunicacin que fue hecha de mutuo acuerdo, no se podr sellar o
clausurar esa labor sino con el consentimiento de ambos.
Construir o proveer un tipo de refugio para todos los trabajadores que no
puedan alcanzar la superficie desde su lugar de trabajo en el lapso de una(01) hora, utilizando los mtodos normales de salida. Estos refugios deben
estar ubicados de tal forma que los trabajadores puedan llegar a uno de
ellos dentro de treinta (30) minutos desde el momento que dejaron su lugar
de trabajo.
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1.3 Chimeneas
La perforacin de chimeneas
convencionales de ms de veinte (20)
metros de longitud deber hacerse
utilizando dos (02) compartimentosindependientes: uno para el trnsito del
personal y otro para el echadero. Para
casos de chimeneas desarrolladas en H
el procedimiento debe hacerse
comunicndose a sub niveles cada veinte(20) metros.
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2.1 Autorizacin para Uso de Explosivos
Cuando el pequeo productor minero y mineroartesanal haga uso de explosivos en forma
eventual, deber contar con la opinin favorable
de la autoridad minera competente a fin de
inscribirse en la Direccin de Control de Servicios
de Seguridad, Control de Armas, Municiones y
Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC).
En caso de desarrollar labores mineras que
requieran el uso continuo de explosivos, se
deber contar con el Certificado de Operacin
Minera (COM) vigente, previa opinin de la
autoridad minera competente y de la
DICSCAMEC.
El personal que manipula, almacena y transporta
el material explosivo debe estar debidamente
capacitado y contar con la autorizacin de
DISCAMEC.
2. USO DE EXPLOSIVOS
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2.2 Almacenamiento
La dinamita u otros explosivos, fulminantes y otros accesorios, se almacenarn endepsitos diferentes y estarn marcados con carteles grficos y letreros visibles con la
indicacin: Peligro Explosivos, se considerar lo siguiente: Responsabilidad: se asignar una persona responsable del control fsico y de la
administracin de la existencia de los explosivos.
Envases: sern almacenados en sus propios envases. Despus de emplearlos, los
envases sern destruidos. Altura: un metro ochenta (1.80 m) ser la altura mxima de apilamiento. Cuando el
apilamiento se haga desde el suelo, los pisos de los polvorines debern ser entablados
emplendose madera con tratamiento ignfugo, el almacenamiento podr hacerse en
anaqueles de madera con tratamiento ignfugo y espaciados segn las dimensiones
de las cajas.
Disposicin: las cajas o envases de los explosivos encartuchados (dinamitas y/oemulsiones) se almacenarn mostrando las etiquetas con la caracterstica de
contenido, de tal forma que los cartuchos se encuentren con su eje mayor en posicin
horizontal y las cajas o envases almacenados mantendrn 0.80 metros de separacin
con la pared ms prxima.
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2.3 Transporte de explosivos
El transporte de los explosivos en la unidad minera deber cumplir con lo siguiente:
Se dar instrucciones al personal que transporta explosivos a hacerlo con la
mxima precaucin evitando choques, rozamientos, chispas y dems causas
posibles de accidentes.
El transporte de explosivos en mina subterrnea desde los polvorines a los frentes
de trabajo se har en recipientes independientes y en cantidades estrictamente
necesarias.
Cuando el trabajador transporta el explosivo, el peso no podr exceder de
veinticinco (25) kilogramos.
El trabajador responsable del traslado deber ser especializado y conocedor de
todas las precauciones pertinentes en el manipuleo de sustancias explosivas,
respetando una distancia mnima de diez (10) metros de trabajador a trabajador.
Durante el transporte de sustancias explosivas, tanto en superficie como en el
interior de la mina, nicamente los trabajadores encargados de su manipuleo
podrn ocupar el vehculo con los explosivos.
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3. PERFORACIN Y VOLADURA
En todo trabajo de perforacin y voladura en mina subterrnea se deber cumplir con lassiguientes reglas de seguridad: Antes de iniciar la perforacin se debe ventilar, regar, desatar, limpiar y sostener la labor.
Revisar el frente para ver si hay tiros cortados o fallados, se debe recargar los taladros y
dispararlos tomando todas las medidas de seguridad; nunca perforar en o al lado de tiros
cortados.
Asegurarse que los elementos de sostenimiento: postes, sombreros, tirantes, blocks, anillados
con madera, entablado, enrejado, pernos de roca, entre otros, no estn removidos por un
disparo anterior. Si lo estuviesen, debern ser asegurados inmediatamente.
Es obligatorio el empleo de lubricacin y enfriamiento en las perforaciones con sistemas
hidroneumticos o neumticos. El agua en la perforacin debe aplicarse a presin no menor de
tres (03) kg/cm2 y en cantidad mnima de medio litro por segundo ( l/s).
El perforista y su ayudante deben usar todos los equipos de proteccin necesarios.
Durante el proceso de perforacin, el perforista y su ayudante estn en la obligacin deverificar constantemente la existencia de rocas sueltas para eliminarlas.
Al perforar los taladros que delimitan la excavacin, techo y hastales, deben hacerlo en forma
paralela a la gradiente de la galera, sub-nivel, chimenea y otras labores similares usando una
menor cantidad de carga explosiva para evitar sobre roturas en el contorno final.
3. Reglas de Seguridad
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4. TRANSPORTE, CARGA, ACARREO Y DESCARGA
Se cumplir lo siguiente:
Establecer los estndares de acarreo subterrneo, as como las funciones de losoperadores, autorizaciones y manuales de manejo.
Los pozos o chimeneas que concurran en las galeras de acarreo debern ser
abiertas fuera del eje de las galeras y estar protegidos para evitar la cada de
personas o materiales.
En las labores de acarreo con locomotoras se dejar un espacio no menor de 70
cm. entre los puntos ms salientes de los vehculos, cuando menos a uno de los
costados de la galera, para permitir la circulacin del personal.
Los accesos de las galeras a los inclinados debern estar protegidos igual que las
estaciones de pique con su respectiva iluminacin y sealizacin.
Cuando por las galeras se realice el trnsito mecanizado de vagonetas, se
establecer refugios a distancias no mayores de cincuenta (50) metros con, por lomenos, (01) metro cuadrado de frente por un (01) metro de profundidad cada
uno. Estos sitios de refugio se conservarn siempre libres de materiales y de
escombros.
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GRACIAS
POR SU ATENCION
SEGURIDAD TAREA DE TODOS
JJ. Loarte G.