1. Universidad Fermn Toro Escuela de Ingeniera Aspectos Legales
que rigen la materia de HigieneAspectos Legales que rigen la
materia de Higiene y Seguridad Ocupacionaly Seguridad Ocupacional
Jean Carlos DavilaJean Carlos Davila C.I 15.869.820C.I 15.869.820
Araure- PortuguesaAraure- Portuguesa
2. La higiene y seguridadLa higiene y seguridad La higiene
Ocupacional es una clave para garantizar la salud, la seguridad y
la vida en el desempeo de las funciones inherentes a la actividad
laboral. Para garantizar el cumplimento de las mismas existen
normas y leyes que ayudan a prever accidente,1905 que se comienza a
dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un artculo
especial sobre los riesgos profesionales. De aqu parti la creacin
de unaDe aqu parti la creacin de una ley determino las
primerasdetermino las primeras normas queque garantizaban el
bienestar de las personas que laboraban para el ao
1917.garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para
el ao 1917.
3. Objetivos por el cual fueron creadas lasObjetivos por el
cual fueron creadas las normas y reglamentosnormas y reglamentos
Desde el momento que el empleado comienza a realiza sus
actividadesDesde el momento que el empleado comienza a realiza sus
actividades diarias, se ve expuesto a accidentes o enfermedades
(laborales), Ladiarias, se ve expuesto a accidentes o enfermedades
(laborales), La organizacin est en la obligacin y el deber de
prevenir la ocurrencia deorganizacin est en la obligacin y el deber
de prevenir la ocurrencia de estos accidentes, dndole a los
trabajadores todo lo necesario desdeestos accidentes, dndole a los
trabajadores todo lo necesario desde instrumento y adiestramiento
para el cumplimiento de las norma. Dando comoinstrumento y
adiestramiento para el cumplimiento de las norma. Dando como
resultado:resultado: Aumento de la productividad.Aumento de la
productividad. Eliminar las causas de las actividades profesionales
mantener la salud de los trabajadores entre otras.
4. Importancia del Reglamento-Parcial-LOTTT-Importancia del
Reglamento-Parcial-LOTTT- Es importante porque rige las situaciones
y relaciones jurdicas derivadas del trabajo como hechoEs importante
porque rige las situaciones y relaciones jurdicas derivadas del
trabajo como hecho social. Dirigir y elogiara el trabajo, defender
la dignidad delas persona, y dictara normas para elsocial. Dirigir
y elogiara el trabajo, defender la dignidad delas persona, y
dictara normas para el mejor cumplimiento de su funcin bajo la
inspiracin de la justicia social y de la equidad.mejor cumplimiento
de su funcin bajo la inspiracin de la justicia social y de la
equidad. Por ella los trabajadores tienen todo los beneficios que
le adeuda el patrono sin excepcinPor ella los trabajadores tienen
todo los beneficios que le adeuda el patrono sin excepcin alguna.
As como de tener un salario justo.alguna. As como de tener un
salario justo. Reglamento-Parcial-LOTTT-Reglamento-Parcial-LOTTT-
ProtegeProtege Los derechos del empleado en su lugar de trabajo
contra la discriminacin debida a suLos derechos del empleado en su
lugar de trabajo contra la discriminacin debida a su religin, raza,
color, origen, edad, sexo, embarazos entre otros.religin, raza,
color, origen, edad, sexo, embarazos entre otros. Asegura que las
personas incapacitadas tengan la oportunidad de trabajo a pesar de
suAsegura que las personas incapacitadas tengan la oportunidad de
trabajo a pesar de su incapacidad.incapacidad.
Reglamento-Parcial-LOTTT-Reglamento-Parcial-LOTTT-
GarantizaGarantiza Que los trabajadores puedan tomar tiempo libre
de su trabajo para atender dificultadesQue los trabajadores puedan
tomar tiempo libre de su trabajo para atender dificultades
personales ( judiciales, medicas entre otras)personales (
judiciales, medicas entre otras) Que en los lugares de trabajo sean
seguros y saludables para los trabajadores.Que en los lugares de
trabajo sean seguros y saludables para los trabajadores.
5. LOPCYMATLOPCYMAT Es la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones
y Medio Ambiente de Trabajo cuya funcin es establecer las normas y
lineamientos a las empresas a fin de garantizar a los trabajadores
en general, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un
ambiente de trabajo adecuado para el ejercicio pleno de sus
facultades fsicas y mentales. Esta Ley, promueve un trabajo seguro
y saludable, la prevencin de los accidentes y enfermedades
ocupacionales, la reparacin integral del dao causado o producido,
la promocin e incentivos al desarrollo de programas para la
recreacin, utilizacin del tiempo libre, descansos y turismo social.
Tambin reglamenta los deberes y derechos tanto de los trabajadores
como de los patronos en relacin con la seguridad, salud y medio
ambiente de trabajo.
6. Funciones asignadas por la Ley Orgnica de Prevencin,
Condiciones y Medio Ambiente de TrabajoFunciones asignadas por la
Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
LOPCYMATLOPCYMAT Ejecutar la Poltica Nacional en materia de
Prevencin, Seguridad y Salud en el Trabajo. Asesorar a trabajadores
y empleadores en el rea de la salud ocupacional. Dictar las Normas
Tcnicas que regulan la materia Aplicar las sanciones a los que
violen la Ley en esta materia Gestionar el nuevo rgimen de
Seguridad y Salud en el Trabajo
7. ARTICULOS IMPORTANTESARTICULOS IMPORTANTES Artculo 53. Los
trabajadores y las trabajadoras tendrn derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno
ejercicio de sus facultades fsicas y mentales, y que garantice
condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. Artculo 60.
El empleador o empleadora deber adecuar los mtodos de trabajo as
como las mquinas, herramientas y tiles utilizados en el proceso de
trabajo a las caractersticas psicolgicas, cognitivas, culturales y
antropomtricas de los trabajadores y trabajadoras. En tal sentido,
deber realizar los estudios pertinentes e implantar los cambios
requeridos tanto en los puestos de trabajo existentes como al
momento de introducir nuevas maquinarias, tecnologas o mtodos de
organizacin del trabajo a fin de lograr que la concepcin del puesto
de trabajo permita el desarrollo de una relacin armoniosa entre el
trabajador o la trabajadora y su entorno laboral. Artculo 62. El
empleador o empleadora, en cumplimiento del deber general de
prevencin, debe establecer polticas y ejecutar acciones que
permitan: La identificacin y documentacin de las condiciones de
trabajo existentes en el ambiente laboral que pudieran afectar la
seguridad y salud en el trabajo. La evaluacin de los niveles de
inseguridad de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de un
registro actualizado de los mismos, de acuerdo a lo establecido en
las normas tcnicas que regulan la materia. El control de las
condiciones inseguras de trabajo estableciendo como prioridad el
control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se debern
utilizar las estrategias de control en el medio y controles
administrativos, dejando como ltima instancia, cuando no sea
posible la utilizacin de las anteriores estrategias, o como
complemento de las mismas, la utilizacin de equipos de proteccin
personal. El empleador o empleadora, al momento del diseo del
proyecto de empresa, establecimiento o explotacin, deber considerar
los aspectos de seguridad y salud en el trabajo que permitan
controlar las condiciones inseguras de trabajo y prevenir la
ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Otros importantes son: Derechos de los Trabajadores(as) (Art. 53)
Derecho de los Empleadores(as) (Art. 55) Deberes de los
Trabajadores(as) (Art. 54) Deberes de los Empleadores(as) (Art. 55)
Artculo 53. Los trabajadores y las trabajadoras tendrn derecho a
desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y
propicio para el pleno ejercicio de sus facultades fsicas y
mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y
bienestar adecuadas. Artculo 60. El empleador o empleadora deber
adecuar los mtodos de trabajo as como las mquinas, herramientas y
tiles utilizados en el proceso de trabajo a las caractersticas
psicolgicas, cognitivas, culturales y antropomtricas de los
trabajadores y trabajadoras. En tal sentido, deber realizar los
estudios pertinentes e implantar los cambios requeridos tanto en
los puestos de trabajo existentes como al momento de introducir
nuevas maquinarias, tecnologas o mtodos de organizacin del trabajo
a fin de lograr que la concepcin del puesto de trabajo permita el
desarrollo de una relacin armoniosa entre el trabajador o la
trabajadora y su entorno laboral. Artculo 62. El empleador o
empleadora, en cumplimiento del deber general de prevencin, debe
establecer polticas y ejecutar acciones que permitan: La
identificacin y documentacin de las condiciones de trabajo
existentes en el ambiente laboral que pudieran afectar la seguridad
y salud en el trabajo. La evaluacin de los niveles de inseguridad
de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de un registro
actualizado de los mismos, de acuerdo a lo establecido en las
normas tcnicas que regulan la materia. El control de las
condiciones inseguras de trabajo estableciendo como prioridad el
control en la fuente u origen. En caso de no ser posible, se debern
utilizar las estrategias de control en el medio y controles
administrativos, dejando como ltima instancia, cuando no sea
posible la utilizacin de las anteriores estrategias, o como
complemento de las mismas, la utilizacin de equipos de proteccin
personal. El empleador o empleadora, al momento del diseo del
proyecto de empresa, establecimiento o explotacin, deber considerar
los aspectos de seguridad y salud en el trabajo que permitan
controlar las condiciones inseguras de trabajo y prevenir la
ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Otros importantes son: Derechos de los Trabajadores(as) (Art. 53)
Derecho de los Empleadores(as) (Art. 55) Deberes de los
Trabajadores(as) (Art. 54) Deberes de los Empleadores(as) (Art.
55)
8. INPSASELINPSASEL El Instituto Nacional de Prevencin, Salud y
Seguridad Laborales, es un organismo autnomoEl Instituto Nacional
de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autnomo
adscrito al Ministerio del Trabajo, creado segn lo establecido en
el artculo 12 de la Ley Orgnicaadscrito al Ministerio del Trabajo,
creado segn lo establecido en el artculo 12 de la Ley Orgnica de
Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en
el ao 1986, cuya misinde Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo, promulgada en el ao 1986, cuya misin es la de ser una
Institucin comprometida con el diseo y la ejecucin de la poltica
nacional enes la de ser una Institucin comprometida con el diseo y
la ejecucin de la poltica nacional en materia de promocin,
prevencin y atencin de la salud y la seguridad laboral,
garantizando elmateria de promocin, prevencin y atencin de la salud
y la seguridad laboral, garantizando el cumplimiento de la
normativa legal en el rea, as como, ptimas condiciones de trabajo a
todos loscumplimiento de la normativa legal en el rea, as como,
ptimas condiciones de trabajo a todos los trabajadores y
trabajadoras.trabajadores y trabajadoras.
9. Funciones Generales.Funciones Generales. Vigilar y
fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud
ocupacional. Brindar asistencia tcnica a los trabajadores y
empleadores. Substanciar informes tcnicos sobre los accidentes de
trabajo, enfermedades ocupacionales y condiciones y medio ambiente
de trabajo. Promover una cultura preventiva a travs de la educacin
e investigacin en materia de salud ocupacional.
10. Funciones Generales.Funciones Generales. Vigilar y
fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud
ocupacional. Brindar asistencia tcnica a los trabajadores y
empleadores. Substanciar informes tcnicos sobre los accidentes de
trabajo, enfermedades ocupacionales y condiciones y medio ambiente
de trabajo. Promover una cultura preventiva a travs de la educacin
e investigacin en materia de salud ocupacional.