Aspectos de Seguridad y Salud Ocupacional

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    CAPACITACINDE LOS SUJETOS DE

    FORMALIZACIN

    PEQUEA MINERIAY MINERIA ARTESANAL

    AREA DE FORMALIZACION

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    II

    Aspectos de Seguridad ysalud Ocupacional

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    INTRODUCCIN Mediante Decreto Legislativo N 1105 se estableci los pasos para la

    formalizacin de las actividades de Pequea Minera y Minera

    Artesanal, indicando que el sujeto de formalizacin debe obtener un

    certificado de capacitacin emitido por el Gobierno Regional.

    Mediante Resolucin Ministerial N 290-2012-MEM/DM, se aprob los

    lineamientos para la capacitacin de los sujetos de formalizacin y el

    otorgamiento del Certificado de Capacitacin, antes referido.

    Conforme a los lineamientos mencionados anteriormente, los temas

    que sern materia de capacitacin estarn referidos a las actividades dela Pequea Minera y Minera Artesanal, teniendo como contenido

    mnimo aspectos normativos, aspectos de seguridad y salud

    ocupacional y aspectos ambientales.

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    OBJETIVO

    Decreto Legislativo N 1105, artculo 4.

    Capacitar a las personas en proceso de formalizacin para otorgarles uncertificado de capacitacin que acredite que han recibido una

    capacitacin bsica para el ejercicio de actividades mineras a pequea

    escala; es decir: pequea minera y minera artesanal.

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    FINALIDAD

    Orientar a los sujetos de formalizacinsobre la importancia de los aspectos en la

    Gestin de la Seguridad y Salud

    Ocupacional, aumentando su grado de

    sensibilizacin, conocimiento y

    compromiso en materia de seguridad y

    salud ocupacional con el fin de controlar,

    prevenir y evitar la ocurrencia de

    incidentes, accidentes y enfermedades

    ocupacionales. Implementando planes y

    medidas de seguridad que permitan

    reducir estas amenazas a niveles de riesgostolerables, manteniendo un ambiente

    garantice la seguridad y salud en el trabajo

    de actividades minera.

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    PRIMER MODULO

    1 Base Normativa en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

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    Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo

    3 Equipos de Proteccin y Seguridad

    Personal

    4 Causas de los Accidentes de Trabajo

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    1 Base Normativa en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

    2

    Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo

    3 Equipos de Proteccin y Seguridad

    Personal

    4 Causas de los Accidentes de Trabajo

    PRIMER MODULO

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    Base Normativa en Seguridad y Saluden el Trabajo

    Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad ySalud en el Trabajo - Guayaquil: 7/05/2004

    Resolucin 957, Reglamento de la Decisin 584Lima 23/09/2005

    Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo (LSST) p: 20/08/2011

    Decreto Supremo N 005-2012-TR, Reglamento dela LSST (RLSST) p:25/04/2012

    Decreto Supremo N 055-2010-EM, Reglamento deSeguridad y Salud Ocupacional en Minera (RSSO)P: 22/08/2010

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    1 Base Normativa en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

    2

    Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo

    3 Equipos de Proteccin y Seguridad

    Personal

    4 Causas de los Accidentes de Trabajo

    PRIMER MODULO

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    El empleador, en consulta con los trabajadores y susrepresentantes expone por escrito la poltica enmateria de seguridad y salud en el trabajo, que debe:

    a) Ser especfica para la organizacin y apropida a sutamao y a la naturaleza de sus actividades.

    b) Ser concisa, estar redactada con claridad, estarfechada y hacerse efectiva mediante la firma oendoso del empleador o del representante demayor rango con responsabilidad en la

    organizacin.c) Ser difundida y facilmente accesible a todas laspersonas en el lugar de trabajo.

    d) Ser actualizada periodicamente y poner adisposicin de las partes interesadas externas,segun corresponda.

    Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo

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    Principios de la Poltica del Sistema deGestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo

    a) La Proteccin de la Seguridad y Salud de todos losmiembros de la organizacin mediante la prevencin de laslesiones, dolencias, enfermedades e incidentesrelacionados con el trabajo.

    b) El cumplimiento de los requisitos legales pertinentes enmateria de Seguridad y Salud en el trabajo.

    c) La garanta de que los trabajadores y sus representantes

    son consultados y participan activamente en todos loselementos del SGSST.

    d) La mejora contnua del desempeo del SGSST.e) El SGSST es compatible con los otros Sistemas de Gestin de

    la Organizacin, o debe ser integrado en los mismos.

    Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo

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    La Participacin en el Sistema deGestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo

    La participacin de los trabajadores es un elemento

    esencial del SGSST en la organizacin. El empleadorasegura que los trabajadores y sus representantesson consultados, informados y capacitados en todoslos aspectos de seguridad y salud en el trabajo

    relacionados con su trabajo, incluidas lasdisposiciones relativas a situaciones de emergencia.

    Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo

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    Facilidades para la participacin

    El empleador adopta medidas para que lostrabajadores y sus representantes en materiade seguridad y salud en el trabajo, dispongande tiempo y de recursos para participar

    activamente en los procesos de organizacin,de planificacin y de aplicacin, evaluacin yaccin del SGSST.

    Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo Poltica del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo

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    POLTICAPolticaenmateria

    deSST;Participacinde

    Empleados

    ORGANIZACINResponsabilidady

    obligacin;

    Competenciayformacin;

    Documentacin;Comunicacin

    PLANIFICACINYAPLICACINExamenInicial;

    Objetivosenmateria

    deSST;Planificacin,

    desarrolloyaplicacindelsistema;

    Sistemadecontroldepeligros

    EVALUACINMedicindeldesempeo;

    Investigacindeaccidentes,

    enfermedadeseincidentes;Auditora;

    Examenrealizadoporladireccin

    ACCINAccinpreventivaycorrectora;RevisinyvueltaaOrganizacin

    ElSistemadeGestindelaSST

    MejoraContinua

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    1 Base Normativa en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

    2

    Poltica de Seguridad y Salud en elTrabajo

    3 Equipos de Proteccin y Seguridad

    Personal

    4 Causas de los Accidentes de Trabajo

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    1 Base Normativa en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

    2 Poltica de Seguridad y Salud en el

    Trabajo

    3 Equipos de Proteccin y Seguridad

    Personal

    4 Causas de los Accidentes de Trabajo

    PRIMER MODULO

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    PELIGRO

    D.S. 005-2012-TR , de la Ley 20783

    Situacin o caracterstica intrnseca de algo capazde ocasionar daos a las personas, equipos,procesos y ambiente.

    Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Amenaza de accidente o de dao para la salud.

    D.S. 055-2010-EM

    Todo aquello que tiene potencial de causar dao alas personas, equipos, procesos y ambiente.

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    RIESGO

    D.S. 005-2012-TR , de la Ley 20783Probabilidad de que un peligro se materialice endeterminadas condiciones y genere daos a laspersonas, equipo y al ambiente.

    Decisin 584, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el TrabajoProbabilidad de que la exposicin a un factor ambientalpeligroso en el trabajo cause enfermedad o lesin.

    D.S. 055-2010-EM

    Es la combinacin de la probabilidad y severidadreflejados en la posibilidad de que un peligro causeprdida o dao a las personas, a los equipos, a losprocesos y /o al ambiente de trabajo.

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    ACCIDENTE

    ACONTECIMIENTO O UN HECHO QUEINTERRUMPE UN PROCESO NORMAL DETRABAJO Y QUE PROVOCA LESIONES A LAS

    PERSONAS Y/O DAOS MATERIALES.

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    INCIDENTE

    Suceso acaecido en elcurso del trabajo o enrelacin con el trabajo, en

    el que la persona afectadano sufre lesionescorporales, o en el questas slo requierencuidados de primerosauxilios.

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    CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

    ACTOS SUBESTANDARES

    CONDICIONESSUB - ESTNDARES

    CAUSASINMEDIATAS

    FACTORESPERSONALES

    FACTORES

    DEL TRABAJO

    CAUSASBSICAS

    PROGRAMASINADECUADOS

    ESTNDARESINADECUADOSDEL PROGRAMA

    CUMPLIMIENTO

    INADECUADO DEESTNDARES

    FALTA DE

    CONTROL

    Es uno o varios eventos relacionados que concurrenpara generar un accidente

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    CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

    PROGRAMASINADECUADOS

    ESTNDARESINADECUADOSDEL PROGRAMA

    CUMPLIMIENTO

    INADECUADO DEESTNDARES

    FALTA DE

    CONTROL

    Control es una de las cuatro funcionesgerenciales esenciales: planear,organizar, guiar y controlar.

    El gerente planea y organiza el trabajopara guiar a la gente a cumplir con losestndares.

    Los tres problemas mscomunes que causeanfalta de control son:

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    CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

    Las causas bsicas estn relacionadas alos factores personales y de trabajo.

    Los factores personales estn relacionadosa los defectos o insuficiencias en laspersonas.Los factores de trabajo estn relacionadoscon el ambiente de trabajo.

    Indicar las causas bsicas ayuda a identificar lo

    siguiente:- Porque la gente realiza actos inseguros

    (factores personales) y/o- Porque existen condiciones inseguras (factores

    de trabajo).

    FACTORESPERSONALES

    FACTORESDEL TRABAJO

    CAUSASBSICAS

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    CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

    Las causas inmediatas son aquellos factores queestn directamente relacionados a lascircunstancias que preceden al accidente.

    Actos inseguros o subestndar (factor humano).

    El factor humano incluye actos o prcticas subestndarrealizadas por personas. Ej: Operacin de equipo sinautorizacin, uso de equipo defectuoso, posicininadecuada para la tarea, bajo la influencia de drogas,alcohol, etc.

    Condiciones subestndar (ingeniera).Son los factores de ingeniera que se refieren acualquier condicin subestndar que existe en el lugarde trabajo. Ej: EPP inadecuado, equipos, herramientaso materiales defectuosos, desorden, orden y limpiezapobre, ventilacin inadecuada, etc

    ACTOS SUBESTANDARES

    CONDICIONESSUB - ESTNDARES

    CAUSASINMEDIATAS

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    CAUSAS INMEDIATAS

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    CAUSAS INMEDIATAS

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    CAUSAS BASICAS

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    CAUSAS BASICAS

    FACTORES DE TRABAJOLiderazgo y supervisin-Repores no claros-Falta de conocimiento-Instrucciones, documentos dereferncia inadecuados

    Ingeniera-Inadecuada consideracin delos factores ergonmicos.-Estndares, especificacionesinadecuadas

    -Diseo o controles deconstruccin inadecuada.

    Compras-Especificaciones orequisiciones inadecuados.

    -Manipuleo inadecuado de material.-Identificacin inadecuada depeligros.

    Mantenimiento

    -Programa inadecuado deprevencin.-Comunicacin de las necesidades

    Herramienta y equipos-Evaluacin inadecuada

    -Estndares o especificacionesinadecuadas--Estndares, especificacionesinadecuadas

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    CAUSAS DE LOS ACCIDENTES

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    1 Gestin de las operaciones mineras

    2 Uso de explosivos

    3 Perforacin y voladura

    4 Transporte, carga, acarreo y descarga

    SEGUNDO MODULO

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    1. GESTION DE LAS OPERACIONES MINERAS

    En el avance de labores mineras horizontales, inclinadas o verticales que se

    encuentre rocas incompetentes, se proceder a su sostenimiento inmediato antes

    de continuar las perforaciones en el frente de avance, aplicando el principio

    de labor avanzada, labor sostenida.

    Para el desatado de rocas sueltas en cada labor, como mnimo debe contar con02 juegos de 04 barretillas (de diferentes medidas) cada uno.

    Sealizar con material reflectantes y de acuerdo al ANEXO N 11, toda labor en

    interior mina, accesos, cruces de camino, tuberas, etc.

    La limpieza (carguo, acarreo) de labores horizontales e inclinadas, deber

    realizarse con el uso de marchavantes y/o guarda cabezas.

    Estandarizar en las labores mineras el sostenimiento sistemtico que se adecue a

    las caractersticas de dichas rocas incompetentes. Mantener un estndar de la seccin y gradiente de las galeras y otras labores para

    las instalaciones de los elementos de servicio (agua, aire comprimido, cableselctricos, ductos de ventilacin) requeridos.

    1.1 Estndares de las Operaciones Mineras

    8 OBLIGACIONES

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    8. OBLIGACIONES

    1.2 Accesos y vas de escape

    En las bocaminas, piques, chimeneas e inclinados, se debe observar lassiguientes condiciones de seguridad, en lo que corresponda:

    Contar con dos (2) vas de escape desde interior mina a la superficie,

    separadas entre s, como mnimo, por treinta (30) metros o comunicadas a

    una mina vecina.

    Cuando entre dos (02) o ms minas subterrneas exista una labor de

    comunicacin que fue hecha de mutuo acuerdo, no se podr sellar o

    clausurar esa labor sino con el consentimiento de ambos.

    Construir o proveer un tipo de refugio para todos los trabajadores que no

    puedan alcanzar la superficie desde su lugar de trabajo en el lapso de una(01) hora, utilizando los mtodos normales de salida. Estos refugios deben

    estar ubicados de tal forma que los trabajadores puedan llegar a uno de

    ellos dentro de treinta (30) minutos desde el momento que dejaron su lugar

    de trabajo.

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    1.3 Chimeneas

    La perforacin de chimeneas

    convencionales de ms de veinte (20)

    metros de longitud deber hacerse

    utilizando dos (02) compartimentosindependientes: uno para el trnsito del

    personal y otro para el echadero. Para

    casos de chimeneas desarrolladas en H

    el procedimiento debe hacerse

    comunicndose a sub niveles cada veinte(20) metros.

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    2.1 Autorizacin para Uso de Explosivos

    Cuando el pequeo productor minero y mineroartesanal haga uso de explosivos en forma

    eventual, deber contar con la opinin favorable

    de la autoridad minera competente a fin de

    inscribirse en la Direccin de Control de Servicios

    de Seguridad, Control de Armas, Municiones y

    Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC).

    En caso de desarrollar labores mineras que

    requieran el uso continuo de explosivos, se

    deber contar con el Certificado de Operacin

    Minera (COM) vigente, previa opinin de la

    autoridad minera competente y de la

    DICSCAMEC.

    El personal que manipula, almacena y transporta

    el material explosivo debe estar debidamente

    capacitado y contar con la autorizacin de

    DISCAMEC.

    2. USO DE EXPLOSIVOS

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    2.2 Almacenamiento

    La dinamita u otros explosivos, fulminantes y otros accesorios, se almacenarn endepsitos diferentes y estarn marcados con carteles grficos y letreros visibles con la

    indicacin: Peligro Explosivos, se considerar lo siguiente: Responsabilidad: se asignar una persona responsable del control fsico y de la

    administracin de la existencia de los explosivos.

    Envases: sern almacenados en sus propios envases. Despus de emplearlos, los

    envases sern destruidos. Altura: un metro ochenta (1.80 m) ser la altura mxima de apilamiento. Cuando el

    apilamiento se haga desde el suelo, los pisos de los polvorines debern ser entablados

    emplendose madera con tratamiento ignfugo, el almacenamiento podr hacerse en

    anaqueles de madera con tratamiento ignfugo y espaciados segn las dimensiones

    de las cajas.

    Disposicin: las cajas o envases de los explosivos encartuchados (dinamitas y/oemulsiones) se almacenarn mostrando las etiquetas con la caracterstica de

    contenido, de tal forma que los cartuchos se encuentren con su eje mayor en posicin

    horizontal y las cajas o envases almacenados mantendrn 0.80 metros de separacin

    con la pared ms prxima.

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    2.3 Transporte de explosivos

    El transporte de los explosivos en la unidad minera deber cumplir con lo siguiente:

    Se dar instrucciones al personal que transporta explosivos a hacerlo con la

    mxima precaucin evitando choques, rozamientos, chispas y dems causas

    posibles de accidentes.

    El transporte de explosivos en mina subterrnea desde los polvorines a los frentes

    de trabajo se har en recipientes independientes y en cantidades estrictamente

    necesarias.

    Cuando el trabajador transporta el explosivo, el peso no podr exceder de

    veinticinco (25) kilogramos.

    El trabajador responsable del traslado deber ser especializado y conocedor de

    todas las precauciones pertinentes en el manipuleo de sustancias explosivas,

    respetando una distancia mnima de diez (10) metros de trabajador a trabajador.

    Durante el transporte de sustancias explosivas, tanto en superficie como en el

    interior de la mina, nicamente los trabajadores encargados de su manipuleo

    podrn ocupar el vehculo con los explosivos.

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    3. PERFORACIN Y VOLADURA

    En todo trabajo de perforacin y voladura en mina subterrnea se deber cumplir con lassiguientes reglas de seguridad: Antes de iniciar la perforacin se debe ventilar, regar, desatar, limpiar y sostener la labor.

    Revisar el frente para ver si hay tiros cortados o fallados, se debe recargar los taladros y

    dispararlos tomando todas las medidas de seguridad; nunca perforar en o al lado de tiros

    cortados.

    Asegurarse que los elementos de sostenimiento: postes, sombreros, tirantes, blocks, anillados

    con madera, entablado, enrejado, pernos de roca, entre otros, no estn removidos por un

    disparo anterior. Si lo estuviesen, debern ser asegurados inmediatamente.

    Es obligatorio el empleo de lubricacin y enfriamiento en las perforaciones con sistemas

    hidroneumticos o neumticos. El agua en la perforacin debe aplicarse a presin no menor de

    tres (03) kg/cm2 y en cantidad mnima de medio litro por segundo ( l/s).

    El perforista y su ayudante deben usar todos los equipos de proteccin necesarios.

    Durante el proceso de perforacin, el perforista y su ayudante estn en la obligacin deverificar constantemente la existencia de rocas sueltas para eliminarlas.

    Al perforar los taladros que delimitan la excavacin, techo y hastales, deben hacerlo en forma

    paralela a la gradiente de la galera, sub-nivel, chimenea y otras labores similares usando una

    menor cantidad de carga explosiva para evitar sobre roturas en el contorno final.

    3. Reglas de Seguridad

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    4. TRANSPORTE, CARGA, ACARREO Y DESCARGA

    Se cumplir lo siguiente:

    Establecer los estndares de acarreo subterrneo, as como las funciones de losoperadores, autorizaciones y manuales de manejo.

    Los pozos o chimeneas que concurran en las galeras de acarreo debern ser

    abiertas fuera del eje de las galeras y estar protegidos para evitar la cada de

    personas o materiales.

    En las labores de acarreo con locomotoras se dejar un espacio no menor de 70

    cm. entre los puntos ms salientes de los vehculos, cuando menos a uno de los

    costados de la galera, para permitir la circulacin del personal.

    Los accesos de las galeras a los inclinados debern estar protegidos igual que las

    estaciones de pique con su respectiva iluminacin y sealizacin.

    Cuando por las galeras se realice el trnsito mecanizado de vagonetas, se

    establecer refugios a distancias no mayores de cincuenta (50) metros con, por lomenos, (01) metro cuadrado de frente por un (01) metro de profundidad cada

    uno. Estos sitios de refugio se conservarn siempre libres de materiales y de

    escombros.

  • 7/30/2019 Aspectos de Seguridad y Salud Ocupacional

    58/58

    GRACIAS

    POR SU ATENCION

    SEGURIDAD TAREA DE TODOS

    JJ. Loarte G.