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“2014 – Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” sión sión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Organismo contratante COMISION NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA PROCEDIMIENTO DE SELECCION Tipo: Licitación Pública bajo la Ley 13064 Nº 16/14 Ejercicio: 2014 Clase: Etapa Unica Modalidad: sin modalidad Expediente Nº: 1174/13 Rubro comercial: CONSTRUCCION. Objeto de la contratación: Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Radiofarmacia del Centro Atómico Ezeiza. Presupuesto Oficial: $1.300.000,00 (PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL CON 00/100) Costo del pliego: $ 500.- (QUINIENTOS PESOS). PRESENTACION DE OFERTAS Lugar/Dirección Plazo y Horario División Compras y Contrataciones Presbítero Juan González y Aragón Nº 15 – Edificio Instrumentación y Control, Piso 1º, Of. 125 B1802AYA - Ezeiza. Tel/Fax 011-4125-8520/8332 – e-mail [email protected] HASTA EL DIA DE LA APERTURA Y ANTES DE LA HORA PROGRAMADA. ACTO DE APERTURA Lugar/Dirección Día y Hora

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“2014 – Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo”

Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía AtómicaMinisterio de Planificación Federal,

Inversión Pública y ServiciosPLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Organismo contratante COMISION NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Tipo: Licitación Pública bajo la Ley 13064

Nº 16/14 Ejercicio: 2014

Clase: Etapa UnicaModalidad: sin modalidad

Expediente Nº: 1174/13

Rubro comercial: CONSTRUCCION.

Objeto de la contratación: Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Radiofarmacia del Centro Atómico Ezeiza.Presupuesto Oficial: $1.300.000,00 (PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL CON 00/100)Costo del pliego: $ 500.- (QUINIENTOS PESOS).

PRESENTACION DE OFERTAS

Lugar/Dirección Plazo y HorarioDivisión Compras y Contrataciones

Presbítero Juan González y Aragón Nº 15 – Edificio Instrumentación y Control, Piso 1º, Of.

125B1802AYA - Ezeiza.

Tel/Fax 011-4125-8520/8332 – e-mail [email protected]

HASTA EL DIA DE LA APERTURA Y ANTES DE LA HORA PROGRAMADA.

ACTO DE APERTURA

Lugar/Dirección Día y HoraDivisión Compras y Contrataciones

Presbítero Juan González y Aragón Nº 15 – Edificio Instrumentación y Control, Piso 1º, Of.

125B1802AYA - Ezeiza.

Tel/Fax 011-4125-8520/8332 – e-mail [email protected]

04/06/2014 A LAS 10:30 HORAS.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Tipo: LIC. PÚB.

Nº 16/14 Exp. Nº 1174/13

ESPECIFICACIONES

Renglón Nº

Cantidad Unidad de

medida

Código de Catalogo

Descripción

1 1 Global 421-07003-0012

Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza.

ServicioObservaciones del ítemObservaciones del catálogoEspecificación técnicaDespieceToleranciaENTREGA UNICA Fecha entrega Lugar de entrega Ciento veinte (120) días corridos Centro Atómico EzeizaENTREGA POR ITEMFecha entrega Lugar de entrega Cantidad Unidad Observaciones

Datos de la solicitud de provisión Frecuencia: Cantidad mínima: Observaciones:

CLAUSULAS PARTICULARES

Certificado de Visita: Para ser tenida en cuenta su oferta, obligatoriamente deberá adjuntar a la misma la constancia de haber visitado el área donde se desarrollarán las tareas en el CAE, debidamente conformado por el personal del Centro Atómico de Ezeiza, para lo cual los interesados deberán contactarse con el MMO Lucio Marziale, la ARQ. Marina REINA y el MMO. Matías RÍOS en el teléfono 4125-8830/8626, hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de ofertas.En función del Plan de Trabajos que debe presentar los Oferentes con su Oferta, se establecerá un plan de certificaciones parciales con un anticipo para acopio de materiales de hasta un 30% y pagos asociados en función del avance medido, sobre ese Plan, se acuerden con la Empresa Adjudicataria de la provisión. El Anticipo se pagará al Contratista, contra la presentación por el Contratista de una garantía emitida en la forma definida en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Para la Contratación de

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosBienes y Servicios del Estado, por el 100% del monto del Anticipo. Dicha garantía permanecerá en vigencia hasta que se haya reembolsado el Anticipo, aunque su monto será reducido progresivamente en la medida de lo reembolsado por el Contratista. El Anticipo no devengará interés.

ANEXOS

Pliego Condiciones Generales Ley 13064 (versión 2010)Pliego Condiciones ParticularesPG-ATN-025ET “Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Radiofarmacia del Centro Atómico Ezeiza”Planta - Reacondicionamiento Local N°56-Layout1 PLANO SE ENTREGA CON CERTIFICADO DE VISITA.ET “Requerimientos Generales”ET “Generación, Revisión y Aprobación Documentos Técnicos”ET “Programa de Inspección”Modelo de PropuestaPlanilla de CotizaciónRecomendaciones a los oferentes

OBSERVACIONES GENERALES

Se adjunta modelo de Orden de Servicio, de Nota de Pedido, Certificado de visita, Certificado de Obra y Certificado de Acopio de Materiales que deberán adecuarse a la Obra en cuestión

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COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

PLIEGO DE CONDICIONESGENERALES

OBRAS PÚBLICAS N° LEY 13.064

Versión 2010

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

Í N D I C E

TÍTULO I - DE LAS OBRAS PÚBLICAS EN GENERAL

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1 Objeto y aplicación del pliego.Art. 2 Denominaciones.Art. 3 Consulta de la documentación por parte de los oferentes.Art. 4 Circulares.Art. 5 Informes que suministra la CNEA.Art. 6 Cláusula anticorrupción.Art. 7 Aprobación de planos por parte de Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales.

CAPÍTULO II - SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

Art. 8 Generalidades.Art. 9 Contratación por unidad de medida.Art. 10 Contratación por ajuste alzado.Art. 11 Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.Art. 12 Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.Art. 13 Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida.Art. 14 Contratación por coste y costas.

CAPÍTULO III - OFERENTES

Art. 15 Capacidad para contratarArt. 16 Información a suministrar por el oferente.Art. 17 Domicilio.

CAPÍTULO IV – LAS OFERTAS

Art. 18 Conformidad con la documentación licitatoria.Art. 19 Informes que deben obtener los OFERENTES.Art. 20 Forma de presentación de las ofertas.Art. 21 Lugar de presentación de las ofertas.Art. 22 Documentación que integra la oferta.Art. 23 Planilla de cotización.Art. 24 Causal de desestimación de la oferta.Art. 25 Garantía de mantenimiento de oferta.

CAPÍTULO V – CLASES DE LICITACIÓN

Art. 26 Clases de licitación.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosArt. 27 Licitación de “etapa única”.Art. 28 Licitación de “etapa múltiple”.Art. 29 Apertura de las ofertas en las licitaciones de etapa múltiple.Art. 30 Día inhábil en oferta de apertura.Art. 31 Evaluación de las Ofertas – Dictamen de Evaluación.Art. 32 Impugnaciones.Art. 33 Retiro y devolución de la garantía de mantenimiento de oferta.

CAPÍTULO VI – ADJUDICACIÓN DE LA OBRA

Art. 34 Adjudicación.Art. 35 Rebalanceo.

TÍTULO II - DE LAS FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

CAPÍTULO I – FIRMA DE LA CONTRATA

Art. 36 Firma de la contrata.Art. 37 Garantía de la ejecución.Art. 39 Orden de Prelación.Art. 40 Gastos de contrato.Art. 41 Documentos que se entregaran sin cargo a la EMPRESA.Art. 42 Transferencia – Cesión de la adjudicación y del contrato.

TÍTULO III - DE LAS EJECUCIÓN DE LA OBRA

CAPÍTULO I – ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

Art. 43 Orden de la Iniciación o Acta de inicio.Art. 44 Entrega de terreno. Replanteo.Art. 45 Errores de replanteo.Art. 46 Planes de trabajo y Curva de certificación.Art. 47 Inicio de los trabajos.Art. 48 Planos de ejecución.Art. 49 Planos adicionales.Art. 50 Construcciones auxiliares, obrador y equipamiento.Art. 51 Campamento de la EMPRESA – Alojamiento del personal.Art. 52 Oficina para la Inspección.Art. 53 Suministros por parte de la CNEA.Art. 55 Cierre de la obra.Art. 56 Medianerías.Art. 57 Letreros.Art. 58 Infracciones administrativas.Art. 59 Daños de personas y bienes.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosArt. 60 Limpieza de la obra y el obrador

CAPÍTULO II – SUPERVISIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA OBRA

Art. 61 Supervisión de los trabajos. Inspección.Art. 62 Conducción de los trabajos. Representante Técnico.Art. 63 Libro de ordenes de servicio y notas de pedido.Art. 64 Acceso a las obras.Art. 65 Solución de divergencias.Art. 66 Discrepancias en el contrato.Art. 67 Falta de disciplina.

CAPÍTULO III – PERSONAL OBRERO

Art. 68 Personal obrero.Art. 69 Jornada legal de trabajo.Art. 70 Horas extraordinarias.Art. 71 Pago del personal.

CAPÍTULO IV – MATERIALES Y TRABAJOS

Art. 72 Abastecimiento de materiales.Art. 73 Calidad de los materiales y trabajos.Art. 74 Aprobación o rechazo de los materiales.Art. 75 Fabricación de elementos en obra.Art. 76 Calidad del equipo.Art. 77 Obras cubiertas.Art. 78 Vicios en materiales y trabajos ejecutados.

CAPÍTULO V – RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS

Art. 79 Subcontratistas.Art. 80 Responsabilidad.Art. 81 Relaciones con otros contratistas.Art. 82 Servicios prestados por la CNEA.

CAPÍTULO VI – DESARROLLO DE LA OBRA

Art. 83 Plazo contractual.Art. 84 Prórroga de plazos.Art. 85 Multas y otras penalidades.Art. 86 Partes diarios.Art. 87 Control de trabajos.Art. 88 Unión de las nuevas obras con las existentes.Art. 89 Fotografía y videos de las obras.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosArt. 90 Manejo de las instalaciones.

TÍTULO IV - DE LAS ALTERACIONES DE LAS CONDICIONES

CAPÍTULO I – MODIFICACIONES DE OBRA

Art. 91 Aumento o disminución de la obra.Art. 92 Precios nuevos.Art. 93 Reajuste de garantía.Art. 94 Planos de obras parciales.Art. 95 Trabajos ejecutados con material de mayor valor y sin orden previa.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosTÍTULO V - DE LAS RECEPCION DE LAS OBRAS

CAPÍTULO I – RECEPCIÓN DE LA OBRA

Art. 96 Recepción provisoria de la obra.Art. 97 Planos conforme a obra.Art. 98 Plazo de garantía.Art. 99 Limpieza de obra.Art. 100 Recepción definitiva.Art. 101 Garantías de los trabajos.

TÍTULO VI - DE LOS PAGOS DE LAS OBRAS

CAPÍTULO I – CERTIFICACIÓN Y PAGOS DE LAS OBRAS

Art. 102 Certificación.Art. 103 Fondo de reparo.Art. 105 Redeterminación de precios.Art. 106 Acopio de materiales.Art. 107 Utilización de materiales.Art. 108 Plazos para pago – vencimientos.Art. 109 Forma de pago.Art. 110 Aplicación de multas o retenciones.Art. 111 Recursos.

TÍTULO VII - DE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO

CAPÍTULO I – RESCISIÓN DEL CONTRATO

Art. 112 Rescisión del contrato.

CAPÍTULO II – SEGUROS

Art. 113 Requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras.Art. 114 Condiciones de contratación de los seguros.Art. 115 Seguros.

TÍTULO VIII – DISPOSICIONES LEGALES

CAPÍTULO I

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosArt. 116 Disposiciones legales vigentes.

CAPÍTULO II – DISPOSICIONES VARIAS

Art. 118 Cotizaciones en moneda extranjera.Art. 119 Uso de patentes.Art. 120 Responsabilidad por infracción a las disposiciones administrativas y policiales.

TÍTULO I: DE LAS OBRAS PÚBLICAS EN GENERAL

CAPÍTULO I: GENERALIDADES

ART. 1: Objeto y aplicaciones del pliego.El presente pliego establece las Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Obras

Publicas por parte de la CNEA.

ART. 2: Denominaciones.Las diversas denominaciones contenidas en el presente Pliego se interpretarán de la siguiente

manera:Adjudicatario: El OFERENTE al que se le ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor, hasta la firma del contrato.Análisis de Precios: Desarrollo de los componentes de la estructura que forman parte del precio de cada ítem del presupuesto.Circular con consulta: Las contestaciones del Licitante a los pedidos de aclaración formuladas con relación a la documentación licitatoria.Circular sin consulta: Las aclaraciones de oficio que el Licitante formule con relación a la documentación licitatoria.Comitente, Comisión, Licitante o CNEA: La Comisión Nacional de Energía Atómica la cual aprueba los Pliegos de Bases y Condiciones, el procedimiento de selección, autoriza el llamado a licitación y encarga la ejecución de la obra.La EMPRESA: El adjudicatario después que ha firmado el contrato y sus complementos.Día /s: Salvo indicación en contrario, se entenderán por días hábiles.Día /s hábiles: Los días en que funcionan las oficinas de la Administración Pública Nacional.Dirección de Obra: Quien tiene a su cargo el control de la fiel interpretación de los planos y de la documentación técnica que forma parte del proyecto, y la revisión de los certificados correspondientes a la obra en ejecución.Documentación licitatoria: Está constituida por el presente Pliego de Condiciones Generales, el Pliego de Cláusulas Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas, la memoria descriptiva, el presupuesto oficial, y toda otra documentación que se indique en el presente Pliego.Inspección de Obra: Quien representa técnicamente a la CNEA en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor del contrato.Oferente: Quien presenta la oferta.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosOferta: Conjunto de documentos que define los aspectos económicos, integrada por: la totalidad de la documentación exigida a los OFERENTES para admitir su participación en la licitación, la oferta económica y compromiso de mantenimiento de la misma, presupuestos detallados, planilla de cotización por ítems, plan de trabajo, plan de certificación y curva de inversión; y en general todo otro documento que guarde relación con aquélla.PBCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares.PBCG: Es el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.Precios básicos: Los vigentes al mes de la fecha de apertura de la licitación Serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, o en el caso de

ser necesario por no ser relevados por dicha entidad, serán los informados por otros organismos oficiales o especializados aprobados por el comitente.Presupuesto Oficial: es el elaborado por la CNEA Expresa el costo de la obra El monto deberá estar expresado en el PBCP. Es obligatorio utilizar un presupuesto oficial desagregado en rubros o ítems. Se utiliza como pauta para evaluar las ofertas. Deberá contener los costos directos de obra (materiales, mano de obra, equipos) los gastos generales e indirectos (de obra y de oficina), los gastos financieros, los impuestos y la utilidad de La Empresa.Oferente: La persona física o jurídica que presenta una oferta en una licitación.Representante Técnico: Profesional universitario con incumbencia acorde con las características de la obra, que representa a la EMPRESA ante la CNEA a todos los efectos técnicos.Subcontratista: La persona física o jurídica con la cual la EMPRESA celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos a su cargo.UOC: Unidad Operativa de Contrataciones.

Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.

ART. 3: Consulta de la documentación por parte del oferente.Los oferentes podrán realizar consultas sobre este Pliego en la oficina N° 125 de Compras y

Contrataciones, ubicada en el edificio de Instrumentación y Control del Centro Atómico Ezeiza sito en Presbítero Luis González y Aragón Nro. 15 - CP: B1802AYA. Las mismas podrán realizarse hasta 5 días antes de la apertura.

ART. 4: Circulares.Durante el plazo para la preparación de las ofertas y hasta 10 (diez) días hábiles antes del fijado

para la apertura de los sobres de oferta -excepto que en el PBCP indique uno distinto- los interesados podrán formular consultas, las que deberán presentarse por escrito.

Las aclaraciones correspondientes serán evacuadas mediante circulares, y remitidas por la UOC de CNEA a todos los interesados que hayan adquirido la documentación.

La CNEA, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio mediante circulares sin consulta, hasta 5 (cinco) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura.

Todas las circulares que se remitan llevarán numeración corrida, pasarán a formar parte de la documentación licitatoria y serán notificadas a los interesados y/o publicadas en el Boletín Oficial.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 5: Informes que suministra la CNEA.

La CNEA suministrara únicamente los informes contenidos en la documentación licitatoria Cuando tal documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán mero carácter ilustrativo. No comprometen a la CNEA y corresponde al OFERENTE su verificación.

ART. 6: Cláusula de corrupciónTanto durante el proceso licitatorio como durante la etapa de ejecución de los correspondientes

contratos, el oferente, adjudicatario, como el licitante, así como cualquier otro participante directo o indirecto en los procesos regidos por este procedimiento de licitación, mantendrán los más altos niveles éticos y no participarán en ningún tipo de corrupción con relación a dichos procesos. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación no son taxativas. Por esta razón,

el comitente actuará frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto conforme al procedimiento establecido.

1) "Soborno" (cohecho) Todo acto u omisión que, en función de su cargo o investidura, realice un funcionario público o quien actúe en su lugar, contrario a sus deberes y en especial el ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor que sea capaz de influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, Se incluyen en esta definición los actos de la misma naturaleza, realizados por oferentes, contratistas o terceros.

2) "Extorsión o coacción" El hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado.

3) "Fraude", La tergiversación de datos o hechos, con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio del Comitente y de los participantes.

4) "Colusión" Las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una competencia libre y abierta.

5) Si se comprueba que un funcionario público, o quien actué en su lugar, y/o el oferente o adjudicatario propuesto en un proceso de adquisición o contratación efectuado con motivo de un proceso licitatorio del Comitente, incurrió en prácticas corruptivas, el Comitente podrá:

Rechazar cualquier oferta de adjudicación relacionada con ese proceso; y/o Declarar a un Oferente no elegible para ser adjudicatario de contratos futuros que lleve a

cabo el Comitente La inhibición que establezca el Comitente podrá ser temporal o permanente.

ART. 7: Aprobación de planos por parte de Organismos Nacional, Provinciales y Municipales.La EMPRESA está obligada a ejecutar los planos y demás documentos que exijan los

Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales para la ejecución de las obras o instalaciones incluidas en la obra licitada.

Los trabajos, instalaciones, etc., objeto de cada contratación, deben ejecutarse de acuerdo con las reglamentaciones de los Organismos antes mencionados, vigentes al momento de la ejecución de las obras, aunque en los planos y documentos de la licitación no se hayan observado dichas reglamentaciones.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

La CNEA especificará en el PBCP de cada obra en particular, si la EMPRESA deberá gestionar y obtener las inspecciones parciales y finales, así como la aprobación final y habilitación de los trabajos e instalaciones a que se refiere este Artículo.

CAPÍTULO II: SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

ART. 8: Generalidades.La CNEA elaborará el Presupuesto Oficial, siendo obligatorio su desagregado en rubros o ítems.La CNEA ejecutará sus obras por uno de los sistemas que se indican en este capítulo.

Asimismo, podrá contratar parte de una obra por un sistema y parte por otro, El PBCP indicará el o los sistemas de contratación a emplearse, pudiéndose utilizar un sistema distinto de los enunciados en este capítulo.

Cuando la contratación de la obra se efectué por el sistema de Ajuste Alzado o Unidad de Medida, los ítems a certificar bajo una y otra forma de cotización se detallarán en la Planilla de Cotización.

ART. 9: Contratación por unidad de medida.Las obras se contratarán por el sistema de unidad de medida, sobre la base de la cantidad de

unidades determinadas en el presupuesto oficial y de los precios unitarios establecidos en la oferta por el adjudicatario.

Dentro del monto de cada ítem del contrato, se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en la documentación contractual, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte concluida con arreglo a su fin y a lo previsto en tal documentación.

Las cantidades o metrajes consignados en el presupuesto oficial, que el OFERENTE deberá respetar en su cotización, serán reajustados en más o en menos, según la medición de lo realmente ejecutado, y certificará la diferencia con el procedimiento fijado en el ART 102 del presente PBCG.

Los OFERENTES presentarán con sus ofertas, un presupuesto por triplicado con la indicación de las cantidades (repitiendo las ya fijadas en el presupuesto oficial) y los precios unitarios que ofrezcan en cada ítem y el total resultante.

ART. 10: Contratación por ajuste alzado.La contratación de obras públicas por el sistema de ajuste alzado, permite la variación del precio

y de la obra, Se ofrece un precio global para ejecutar la obra. Podrá realizarse de acuerdo a las siguientes modalidades:

1) Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.2) Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.

ART.11: Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.Las obras se contratarán sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su oferta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra.

Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sean imprescindibles ejecutar o proveer para

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosque la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.

Antes de la firma del contrato, la CNEA exigirá al adjudicatario, de no haberse adjuntado con la oferta, un presupuesto detallado de su cotización, ítem por ítem siguiendo el listado del presupuesto oficial, con la indicación de metrajes, precios unitarios y totales de los ítems En su preparación se tendrá en cuenta, que:

1) Se podrán agregar o intercalar los ítems que a juicio del adjudicatario pudieran faltar En caso de supresión de algún ítem, se deberá dejar indicado la razón de su eliminación.

2) Se mantendrá en todos los casos el orden de los existentes, y el que faltare se intercalará en el rubro respectivo, designándolo con carácter de "bis" Para su presentación se otorgará un plazo de diez (10) días a contar desde la fecha en que le sea requerido.Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, la

CNEA exigirá al adjudicatario su corrección dentro de los cinco (5) días de la notificación, La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio de la CNEA.

Dicha operación no modificará el monto total de la oferta que sirviera de base para la adjudicación.

No se reconocerá diferencia alguna a favor de la CNEA, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente.ART. 12: Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.

Las obras se contratarán por ajuste alzado sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su oferta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra.

Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.

No se reconocerá diferencia a favor de la EMPRESA, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente.

Queda entendido que todos los ítems del presupuesto oficial serán afectados del porcentaje de aumento o rebaja contractual que resulte de la comparación del monto ofertado con el del presupuesto oficial.

ART. 13: Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida.Para todos los ítems a contratar por ajuste alzado, se aplicará lo consignado en el artículo 11 y

el 12 del presente pliego, según corresponda.En cuanto a los ítems a contratar por unidad de medida y que estarán expresamente señalados

en el presupuesto oficial y con indicaciones de las cantidades o metrajes a cotizar, se reajustarán en más o en menos, según medición de lo realmente ejecutado y certificadas sus diferencias con el procedimiento fijado en el Art 102 del presente PBCG.

En su oferta, el OFERENTE dejará constancia de:1) Monto global de las obras por ajuste alzado2) Monto detallado de los ítems por unidad de medida, repitiendo los metrajes (o la unidad de

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medida correspondiente) indicados en el presupuesto oficial, consignando los precios unitarios que cotiza

3) La suma de ambos conceptos, que representa el monto total de su oferta

ART. 14: Contratación por costes y costas.Sólo en caso de urgencia justificada o de conveniencia comprobada, la CNEA podrá contratar

por este sistema, entendiéndose por "coste" los gastos de construcción, materiales, mano de obra, cargas sociales, impuestos, costo financiero y gastos generales, y por "costas" la utilidad de la EMPRESA.

La CNEA abonará el valor de los gastos en los que la EMPRESA justifique fehacientemente haber incurrido, con más el porcentaje determinado en el PBCP en concepto de beneficio.

CAPÍTULO III: OFERENTES

ART. 15: Capacidad de contratar.Para ser admitido como OFERENTE deberá reunir las siguientes condiciones:

1) Estar inscripto en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, de acuerdo al objeto de la contratación, dando cumplimiento a lo estipulado en los Decretos N° 1254/90, N° 1621/99 y demás normas relacionadas.

2) Estar inscripto en el Sistema de Proveedores del Estado (SI PRO).3) Tener capacidad legal, técnica y económica-financiera y técnica.4) Encontrarse habilitado para contratar con el ESTADO NACIONAL, ajustándose a lo especificado

en los Art 27 y 28 del Decreto N° 1023/2001.

ART. 16: Información a suministrar por el oferente.En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados deberán

suministrar la documentación que a continuación se detalla:

I.- Personas físicas:a) Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido,

estado civil y número de documento de identidad.b) Constancia de Inscripción en AFIP vigente.c) Dos (2) últimas Declaraciones Juradas de Ganancias y tres (3) últimas Declaraciones Juradas

de I V A y en caso de ser empleador, tres (3) últimas Declaraciones Juradas del SICOSS con sus comprobantes de pago.(Ex SUSS).

d) En caso de ser monotributista, últimos seis (6) comprobantes de pago del Monotributo e Ingresos Brutos

II Personas Jurídicas:a) Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción al

registro correspondiente.b) Constancia de Inscripción en AFIP vigente.c) Copia certificada por Escribano Público del instrumento constitutivo de la sociedad y sus

modificatorias si fuera el caso, debidamente inscriptos y copia certificada del Acta de Asamblea

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o de Directorio, según corresponda, donde conste la designación de las actuales autoridades del adjudicatario y/o los mandatos respectivos.

d) En caso de ser empleador, las tres (3) últimas Declaraciones Juradas del SICOSS (ex SUSS) con sus comprobantes de pago.

e) En caso de ser monotributista, últimos seis (6) comprobantes de pago del Monotributo e Ingresos Brutos.

III Personas jurídicas en formación:a) Copia certificada por Escribano Público del instrumento constitutivo.b) Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el

Registro pertinente.c) En caso de ser empleador, las tres (3) ultimas Declaraciones Juradas del SICOSS (ex SUSS)

con sus comprobantes de pago.

IV Agrupación de Colaboración (AC) y Uniones Transitorias de Empresas (UTE):a) Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la

presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.b) Copia certificada por Escribano Público del contrato constitutivo de la Agrupación o de la Unión

Transitoria, según el caso y copia certificada del Acta de Asamblea o Directorio, según corresponda, donde conste la designación del representante de la AC o de la UTE,

c) Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo,d) Estado de situación contable de cada una de las Empresas que integran la AC o la UTE

V En cumplimiento a lo establecido en el Decreto N° 1023/01, Art. 10 y a efectos de evaluar la capacidad contable, impositiva, legal, financiera y técnica de los OFERENTES, los interesados deberán suministrar la documentación abajo detallada:

A - CAPACIDAD CONTABLESe deberá presentar:

1) Copia de los dos (2) últimos Estados Contables al cierre de Ejercicio inmediatos anteriores a la presentación de la oferta del adjudicatario, firmado por el presidente de la sociedad o Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Jurisdicción que corresponda, con el correspondiente dictamen del auditor contable (quedan exceptuadas de este requisito las personas físicas).

2) Los Estados Contables deberán presentarse de acuerdo con las formas usuales en la República Argentina, incluirán memoria, estado de situación patrimonial, estado de resultado, evolución del patrimonio neto, anexos y notas complementarias, con dictamen del auditor contable.

B - INFORMACIÓN IMPOSITIVA1) En ofertas iguales o superiores a $50,000-, se deberá presentar el Certificado Fiscal para

Contratar vigente (solo en el momento de apertura de sobres se permitirá presentar la constancia de solicitud del certificado) expedido por la AFIP en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la RGAFIP. N° 135/ 98 y su similar 370/99 y/o las que en el futuro las modifiquen.

2) Cuando la oferta sea inferior a $50 000 -, deberá presentar el Libre Deuda Previsional, expedido por la AFIP, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de

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conformidad con lo establecido por la Ley N° 17,250, en su Art, 4º.3) Declarar el número de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos.

C - CAPACIDAD LEGAL1) Copia autenticada y legalizada del Certificado de Capacidad de Contratación Anual para

Licitación emitido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, de acuerdo al objeto de la contratación, vigente a la fecha de apertura de ofertas (solo en el momento de apertura se permitirá presentar la constancia de solicitud del certificado).

2) Constancia de inscripción en el Sistema de Proveedores del Estado (SIPRO) vigente. Si el oferente ya se encontrare inscripto en el SIPRO, y se hubieran producido variaciones desde la última inscripción, deberá adjuntar las actualizaciones correspondientes. Si el oferente no se encontrare inscripto, éste deberá realizar la pre-inscripción en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) y luego presentar junto con la oferta, la documentación y las Declaraciones Juradas correspondientes.

3) EL OFERENTE deberá acompañar una declaración jurada donde conste que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado.

4) EL OFERENTE deberá denunciar con carácter de Declaración Jurada, sí mantienen o no juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.

D - CAPACIDAD FINANCIERAEl OFERENTE deberá presentar una memoria descriptiva de su capacidad financiera, con

indicadores económicos-financieros demostrando su solvencia, liquidez, patrimonio y capital de trabajo para absorber los gastos a incurrir en un plazo mínimo de tres (3) meses a partir del inicio de la obra y de acuerdo a los montos de erogaciones estimados en el cronograma aprobado.

En caso de UTE deberá presentar suma ponderada de las capacidades de cada empresa.

E - CAPACIDAD TÉCNICA - Antecedentes Técnicos1) Nómina, descripción, monto y referencias de obras de complejidad y magnitud económica

similar, o de características técnicas semejantes en ejecución, o cuya antigüedad no sea mayor de cinco (5) años, Si el OFERENTE no cuenta con trabajos similares realizados satisfactoriamente, podrá ser desestimada su oferta.

2) Certificados que acrediten la ejecución satisfactoria de trabajos análogos.3) Nómina de subcontratistas, con la misma información para cada uno de ellos que se requiera al

OFERENTE. La CNEA se reserva el derecho de rechazarlos en forma total o parcialmente, en cuyo caso el adjudicatario presentará una nueva nómina como sustitución.

4) Plantel de profesionales y técnicos, Antecedentes del representante técnico, Listado de equipos.5) Referencias comerciales o bancadas.

ART. 17: Domicilio.A los efectos legales, la CNEA fija su domicilio en Av. Del Libertador 8250 (CP 1429) de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires Toda cuestión judicial que pueda derivarse de la presente contratación deberá someterse a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, salvo que el PBCP estableciera otra jurisdicción.

La EMPRESA constituirá domicilio en la misma jurisdicción, debiendo mantenerlo hasta el cumplimiento de la obligación afianzada En caso de modificarse el domicilio especial de la EMPRESA

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosdurante la ejecución del contrato, ésta deberá comunicar su nuevo domicilio en el plazo de dos (2) días en forma fehaciente a la CNEA. El nuevo domicilio deberá constituirse en la misma jurisdicción.

CAPÍTULO IV: LAS OFERTAS

ART. 18: Conformidad con la documentación licitatoria.La sola presentación de la oferta implica que el OFERENTE acepta todas y cada una de las

obligaciones que surgen de la documentación licitatoria.La sola presentación de la oferta significará de parte del OFERENTE el pleno conocimiento y

aceptación de todas y cada una de las cláusulas que rigen el llamado a licitación, y de la documentación que integra la oferta por lo que no resultará necesario incorporar a la oferta el ejemplar de los pliegos, ni tampoco los planos y toda otra documentación técnica que integren dichos pliegos.

La oferta económica será irrevocable, no pudiendo estar sujeta a cambios, ni a cambios en la cotización del dólar o a fluctuaciones impositivas.

ART. 19: Informes que deben obtener las OFERENTES.Además de estudiar exhaustivamente la documentación licitatoria, es obligación del OFERENTE

recoger en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía, y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.

Asimismo, deberán informarse respecto de la configuración y naturaleza del terreno y del subsuelo, sin que estas informaciones substraigan al organismo autor del proyecto de la responsabilidad que determina el artículo 4 de la Ley N° 13.064, ni excluye el derecho de la EMPRESA a reclamar y obtener, si le correspondiera, la indemnización determinada por el articulo 39 de la citada norma. Solamente cuando así lo determine el PBCP asumirá el adjudicatario la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicio del suelo.

ART. 20: Forma de presentación de las ofertas.Las ofertas deberán presentarse redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o

errores que no hayan sido debidamente salvados Se presentarán en original, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por el representante legal y técnico del OFERENTE. Se acompañarán con una copia, excepto que el PBCP dijera lo contrario, las que se identificarán como "ORIGINAL" y "DUPLICADO", en todas sus hojas Las cajas, sobres o paquetes deberán presentarse cerrados y con indicación del OFERENTE, número de la licitación, fecha y hora de apertura.

Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en la oferta.El OFERENTE podrá proponer variantes por separado, si el PBCP las admitiera y siempre que

lo hiciera acompañando la oferta conforme a pliego.En caso de discrepancia entre los ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como "ORIGINAL".

ART. 21: Lugar de presentación de las ofertas.Las ofertas se presentarán en el lugar, día y hora que se fijen en el PBCP o en el respectivo

llamado a licitación.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 22: Documentación que integra la oferta.

La oferta deberá contener, como mínimo, la siguiente documentación:1) Garantía de mantenimiento de oferta según el Artículo 25 del presente PBCG.2) Documentación requerida en el Artículo 16 del presente PBCG.3) Planilla de cotización según Artículo 23 del presente PBCG.4) Constancia de retiro de pliego y cualquier otro recibo de adquisición de la documentación

licitatoria (original o fotocopia autenticada).5) Certificado de Visita a Obra, en caso de corresponder.6) Certificación de equipos: de considerarlo necesario, se establecerán en el PBCP las

necesidades mínimas requeridas en equipos.7) Designación del Profesional que actuará en calidad de Representante Técnico con la

conformidad de dicho profesional.8) Acreditación de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la

oferta.9) Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el OFERENTE acepta la

competencia de los Juzgados Federales en la CABA.10)La oferta económica firmada en origina) en todos sus folios, inclusive folletos, conforme a las

indicaciones que se establezcan en el presente PBCG o en el PBCP.11)El presupuesto de la oferta para la obra, firmado en original.12)Análisis de precios de acuerdo al Decreto N° 1295/2002, sus complementarios y modificatorios.13)Plan de trabajos y Curvas de Certificaciones.14)Plan de acopio y desacopio de materiales, determinando la forma y la oportunidad en que se

practicará el desacoplo correspondiente.15)Otros documentos que fueran exigidos en el PBCP

ART. 23: Planilla de cotización.En la Planilla de Cotización figurará el monto de cada ítem, para facilitar así su certificación Se

llenarán a tal fin todos los espacios en blanco y se incluirán aquellos ítems que figuren en planos y pliegos y que inadvertidamente no hubieran sido transcriptos en la misma A los efectos de la adjudicación, se tendrá como valedero y definitivo el monto total expresado en cada oferta, excepto que se establezca algo distinto en el PBCP.

A efectos de la cotización, la CNEA se encuentra inscripta en la AFIP bajo la CUIT N° 30-54666021-0, revistiendo el carácter de sujeto exento ante el IVA. Asimismo es agente de retención del IVA, GANANCIAS, SUSS e Ingresos Brutos de varias Jurisdicciones.

En cambio, al solo efecto de las certificaciones y antes de firmarse el CONTRATO respectivo, si en la Planilla de Cotización de la oferta adjudicada, se observaran precios unitarios que a juicio de la CNEA fueran inadecuados o si por otra parte, se observara que en determinados ítems el cómputo expresado supera la cantidad real que corresponde, o existieran errores de operaciones en el contenido de la Planilla de Cotización, el OFERENTE se obligará a ajustar los valores del cómputo en el o los ítems y/o rubros afectados por los expresados errores, manteniéndose los precios unitarios de la cotización de modo que corregidas todas las operaciones con los valores así ajustados, resulte el mismo total expresado en la oferta.

En consecuencia, estas modificaciones se incluirán en el Plan de Trabajo y Curva de Certificaciones a presentar.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 24: Causal de desestimación de la obra.

La CNEA se reserva el derecho de desestimar cualquiera de las ofertas, y aun todas, si lo creyera oportuno, sin crearse por ello obligación alguna con los OFERENTES.

Las ofertas que se reciban después del día y hora fijadas, serán rechazadas y devueltas sin abrir con prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas, La CNEA no asume responsabilidad alguna, ni admitirá reclamos por la no apertura de dicha oferta.

La falta de presentación de alguno de los elementos detallados en el Artículo 22 del presente PBCG, que impida la comparación de la oferta en condiciones de igualdad con el resto de ellas, facultará a la CNEA a desestimar la oferta.

Cuando la documentación presentada por el OFERENTE tuviera defectos formales, será intimado por la Comisión Evaluadora a subsanarlos dentro del término de CINCO (5) días contados a partir de la fecha de recibida la notificación; si no lo hiciera, la C N E A desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente.

Asimismo, la CNEA se reserva el derecho de desestimar toda oferta en la que se compruebe:1) Que el mismo OFERENTE presente dos (2) o más ofertas en el mismo llamado a licitación,2) Que exista acuerdo entre dos o más OFERENTES para la misma obra.3) Que se haya cometido cualquier hecho doloso para obtener la adjudicación.

ART. 25: Garantía de mantenimiento de la ofertaEl OFERENTE deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la

constitución de una garantía a favor de la CNEA, constituida por el uno por ciento (1%) del importe del presupuesto oficial de la obra que se licite.

En caso de prórroga de la OFERTA, esta garantía deberá ser extendida por idéntico plazo,El OFERENTE se obliga a mantener su oferta en todas y cada una de sus partes, sin alteración

de sus condiciones y precios durante un plazo de noventa (90) días corridos a contar desde la fecha de apertura de la licitación, salvo que se establezca un término distinto en el PBCP.

Cuando la importancia de la contratación así lo justifique, la CNEA podrá requerir la presencia de un Escribano

Formas de Garantías:1) En Efectivo: Mediante depósito en el Banco Nación Cta. Cte. 0000-2922/89, presentando el

comprobante aclarando el CU IT, Razón Social y N° de licitación a la que se presenta.2) Seguro de Caución expedido por compañía aseguradora que se constituya en solidario, liso y

llano principal pagador de todas las obligaciones originadas en el concurso o licitación que se trate por el OFERENTE, Deberá ser hecho a favor de la CNEA y contendrá la renuncia expresa a los beneficios de exclusión y división, También deberá fijar domicilio especial en la CABA para todas las obligaciones y derechos derivados de dicho seguro y contendrá el sometimiento expreso a la jurisdicción y competencia exclusiva de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal y/o civil y Comercial Federal de la CABA según corresponda en razón de la materia y la persona, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción y constituyen domicilios especiales en los indicados precedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones que se practiquen Asimismo deberá establecer que una vez que firme la comunicación de algún incumplimiento de las obligaciones a cargo del OFERENTE, el asegurado tendrá derecho a exigir al asegurador el pago pertinente no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra el OFERENTE y TOMADOR del seguro que se trate, Si la póliza fuere emitida por apoderado, la rúbrica deberá estar certificada por Escribano Público.

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3) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la contratación o del domicilio de la CNEA. La CNEA depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

4) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL, Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate, El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito, En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione, El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.

5) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Art, 2013 del Código Civil.

El OFERENTE queda debidamente notificado con la aceptación de las condiciones de este PBCG, del retiro de la garantía de mantenimiento de oferta luego de la finalización de las obligaciones emergentes.

La falta de retiro de la/s garantía/s, facultará a la CNEA a destruirla/s o ingresarla/s a su patrimonio; No haciéndose responsable por los daños que tal medida pudiere ocasionar al adjudicatario.

CAPÍTULO IV: LAS OFERTAS

ART. 26: Clases de licitación.Podrán efectuarse licitaciones de "etapa única" o de "etapa múltiple".

ART. 27: Licitación de “etapa única”.La oferta completa deberá ser presentada en un sobre único, cerrado, y llevará como únicas

leyendas las siguientes: denominación de la obra a la cual corresponde la oferta; número de licitación y de expediente; identificación del OFERENTE; día y hora fijados para la apertura.

Las ofertas serán abiertas en acto público, en el lugar, el día y la hora fijados en el llamado a licitación o en el PBCP, ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran, y se procederá de la siguiente forma:

1) Se verificará que estén reunidas las ofertas recibidas en término.2) Se verificará el correcto estado de los sobres.3) Se abrirán los sobres en el orden de su recepción y se verificará que cada uno de ellos contenga

la garantía de mantenimiento de oferta y toda la documentación que integra la oferta de acuerdo al Art. 22 del presente PBCG y cualquier otro elemento especificados en el PBCP En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las ofertas después de la hora de apertura.

4) Se labrará un acta en la que se detallarán las ofertas numeradas por orden de apertura, nombre de los OFERENTES, el importe de cada oferta, el monto y la forma de constitución de la garantía y en caso de corresponder el Certificado de Capacidad de Contratación Anual vigente.

5) El acta será leída y suscripta por los funcionarios autorizantes, por quienes hayan formulado observaciones, y por los OFERENTES que deseen hacerlo.

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No podrá rechazarse oferta alguna en el acto de apertura.

ART. 28: Licitación de “etapa múltiple”.Las ofertas estarán contenidas en dos sobres cerrados (A y B) o la cantidad que se indique en el

PBCP.Los sobres se presentarán cerrados, llevarán como únicas leyendas las siguientes:

denominación de la obra a la cual corresponde la oferta; número de licitación y de expediente; nombre y domicilio del OFERENTE; día y hora fijados para la apertura.

Dentro del sobre A se colocará la documentación especificada en el Art. 22 del presente PBCG, apartados 1; 2; 4; 5; 6; 7; 8; 9 y 13, en su caso, la que se indique en el PBCP.

El sobre B contendrá la oferta económica y la documentación especificada en el Art. 22 del presente PBCG, apartados 3, 10; 11, 12, 14 y 15 y, en su caso, la que se indique en el PBCP.

ART. 29: Apertura de las ofertas en las licitaciones de etapa múltiple.Las ofertas se abrirán en dos etapas o la cantidad que se indique en el PBCP. En ningún caso

se permitirá introducir modificaciones en las ofertas después de la hora de apertura, Se realizará en acto público, en el lugar, el día y la hora fijados en el llamado a licitación, ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran, y se procederá en la forma establecida en los puntos 1) a 4) del artículo 27 del presente PBCG.

En la primera etapa se recibirán los sobres A de los distintos oferentes.Se labrará un acta que será leída y suscripta por los funcionarios autorizantes, por quienes

hayan formulado observaciones y por los OFERENTES que deseen hacerlo, y se dará por finalizado el acto de apertura. La documentación de los sobres A y los sobres B lacrados y sin abrir, quedaran en custodia de la CNEA.

No podrá rechazarse oferta alguna en el acto de apertura.

Los sobres B correspondientes a los oferentes no seleccionados en la primera etapa, serán devueltos sin abrir a los responsables de las mismas.

En la oportunidad que se fije en el PBCP, se procederá a la segunda etapa, con la apertura de los sobres B correspondientes a las ofertas preseleccionadas.

Se labrará acta de todo lo actuado, indicándose nombre de las empresas OFERENTES con mención de los montos de las cotizaciones y/o porcentajes de aumento o disminución de la oferta con respecto al presupuesto oficial.

Dicha acta será leída y suscrita por los funcionarios actuantes y los OFERENTES que deseen hacerlo.ART. 30: Día inhábil en fecha de apertura.

Salvo expresa habilitación de día y hora, si por cualquier circunstancia el día fijado para la apertura de las ofertas resultara inhábil, aquella se trasladará a la misma hora del primer día hábil posterior.

ART. 31: Evaluación de las Ofertas – Dictamen de Evaluación.Recibidas las ofertas, en cualquiera de los sistemas previstos en los Art. 27 y 28 del presente

PBCG se dará intervención a la Comisión Evaluadora, que procederá a examinarlas. Para la evaluación de las ofertas, se podrá utilizar el método de ponderación o cualquier otro método, si así se estableciera en el PBCP.

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Cuando se considere insuficiente la información suministrada y/o hubiere deficiencias subsanables en la documentación presentada (Decreto 1023/2001 Art 17) por el OFERENTE, la Comisión Evaluadora requerirá la información complementaria que juzgue necesaria La no presentación de lo solicitado en el término exigido, facultará a la Comisión Evaluadora a tenerlo por desistido.

Se consideraran como defectos no subsanables:1) Que la oferta no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.2) La oferta está escrita en lápiz y/o no está firmada.3) La oferta contuviere condicionamientos.4) No se presentó garantía de oferta y/o no se presentaren las muestras que el PBCP indicare.5) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlineas en el precio, cantidad, plazo de entrega o

alguna otra parte que hiciera a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.6) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.7) Que incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente el PBCP

hubieren previsto como tales.

Dentro del término de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, o del plazo que establezca el PBCP, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación el que constará en un acta, Se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes mediante la publicación en el Boletín Oficial.

El dictamen de evaluación se realizará en favor de la oferta más conveniente para La CNEA, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta,A efectos de la confrontación de oferta, se considerará solo la oferta total de los renglones salvo que el PBCP indicare lo contrario La adjudicación será en forma global a la oferta más conveniente salvo que el PBCP indicare lo contrario.

Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitante, El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente.

En caso de empate de dos o más ofertas la CNEA solicitará por escrito a los OFERENTES mejora de oferta por sobre cerrado, y si esto no diera resultado, se procederá a un sorteo, salvo que en el PBCP se considere otra modalidad En ambos casos el acto revestirá las formalidades de una licitación.

La circunstancia de no haberse presentado más de un OFERENTE no impide ni obliga la adjudicación. La presentación de propuestas no da derecho a los OFERENTES para la aceptación de aquellas

En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación del sobre A y, de acuerdo a lo establecido en el PBCP, la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen de preadjudicación de las propuestas y fijando la fecha de apertura del sobre B, Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación de los sobres dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación o de la publicación del Dictamen en el Boletín Oficial, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los oferentes para su vista, salvo que en el PBCP se indiquen plazos especiales.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 32: Impugnaciones.

Con posterioridad a la comunicación del Dictamen de Evaluación y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, los oferentes podrán impugnar por escrito debidamente fundado, Estas impugnaciones serán resueltas conjuntamente con la adjudicación y contestadas en esa oportunidad.

Las impugnaciones presentadas fuera del plazo establecido o no garantizadas debidamente, no serán admitidas ni consideradas, En este supuesto solamente será necesaria la simple notificación por nota a la CNEA.

ART. 33: Retiro y devolución de la garantía de mantenimiento de oferta.El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de ésta, perderá la garantía de

mantenimiento de oferta en concepto de indemnización por tal incumplimiento.Simultáneamente, en el acto de adjudicación se dispondrá la devolución de las garantías a los

oferentes que no resulten adjudicatarios.Sí la licitación no se hubiera resuelto durante el lapso de mantenimiento de ofertas, se

devolverán las garantías a todos los oferentes que retirasen sus ofertas.Con respecto al oferente que resulte adjudicatario, la devolución de la garantía no tendrá lugar

hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato en las formas y los plazos previstos en este PBCG.

CAPÍTULO VI: ADJUDICACIÓN DE LA OBRA

ART. 34: Adjudicación.Terminada la evaluación de las ofertas, la autoridad competente dictará el acto administrativo de

adjudicación, que recaerá en la oferta más conveniente tomando en cuenta la oferta económica, la capacidad contable, impositiva, legal, financiera y técnica, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra Dicho acto será notificado fehacientemente al adjudicatario y al resto de los OFERENTES.

ART. 35: Rebalanceo.En aquellas obras a ejecutarse por el sistema de ajuste alzado, la CNEA se reserva el derecho

de solicitar, previo a la adjudicación, un rebalanceo de los precios ofertados en los distintos ítems del presupuesto, y consecuentemente la adecuación de la curva de certificación respectiva, sin que ello admita modificar en forma alguna el monto total de la oferta.Se podrán rechazar ofertas donde aparezcan recargados indebidamente los precios de trabajos iniciales.

TÍTULO II: ADJUDICACIÓN DE LA OBRA

CAPÍTULO I: FIRMA DE LA CONTRATA

ART. 36: Firma de la contrata.El contrato de obra pública se perfecciona con la firma de la Contrata La CNEA notificará a la

EMPRESA para suscribir el respectivo contrato. Este acto deberá realizarse dentro del plazo de DIEZ

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios(10) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación fehaciente a la EMPRESA de la adjudicación salvo estipulación en contrario del PBCP Documentos que integran el contrato:

1. Contrata.2. Documentación de licitación (Presupuesto, proyecto y pliegos).3. Aclaraciones, circulares.4. Oferta.5. Plan de Trabajos y curva de inversiones.6. Adjudicación.7. Orden de comienzo.8. Acta de inicio.9. Ordenes de servicio.10.Notas de Pedido.

ART. 37: Garantía de ejecución.El ADJUDICATARIO deberá constituir como condición para la firma del contrato una garantía de

cumplimiento del contrato o de ejecución equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato, en cualquiera de las formas y condiciones establecidas en el Art 25 del presente PBCG. Asimismo deberá adjuntar las garantías que el PBCP exigiera.

Para las contrataciones que no excedan de $ 69.000 - la garantía podrá ser constituida por pagaré.

ART. 38: Retiro de garantía de ejecución.El ADJUDICATARIO queda debidamente notificado con la aceptación de las condiciones de este

PBCG del retiro de Ja garantía de Ejecución o Cumplimiento del contrato luego de la finalización de las obligaciones emergentes de esta contratación, La falta de retiro de la garantía, facultará a LA CNEA a destruir o ingresar al patrimonio no haciéndose responsable por los daños que tal medida pudiere ocasionar al adjudicatario.

Instrumentos que, ante la falta de retiro por el tomador, en caso de pólizas de seguro deberán ser conservadas por la CNEA dependiendo de la modalidad de la prestación, hasta el cumplimiento de la obligación afianzada o en su caso por los plazos de prescripción que establezcan los Art. 4041 y 4023 del Código Civil, con notificación previa al tomador del seguro y al asegurador, ello sin perjuicio de lo establecido en el Art, 100 en el presente PBCG.

ART. 39: Orden de prelación.Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos, En caso de existir

discrepancias, regirá el siguiente orden de prelación:1) Ley 13,064, complementarias y reglamentarias.2) Pliego de Bases y Condiciones Generales y Circulares Aclaratorias.3) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Circulares Aclaratorias.4) Pliego de Especificaciones Técnicas.5) Planos y planillas.6) Oferta.7) Contrata.

ART. 40: Gastos del contrato.

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Los gastos del sellado y reposición del CONTRATO -si correspondiera- correrán por cuenta de la EMPRESA, Asimismo, serán por su cuenta exclusiva los gastos que surjan de la aplicación del Art ,7 del presente PBCG y en general de cualquier erogación de análoga naturaleza.

Las ofertas deberán incluir la totalidad de los tributos y gravámenes exigidos, independientemente de la eximición o exención a la que tenga derecho la CNEA.

ART. 41: Documentos que se entregan sin cargo a la EMPRESA.La CNEA, independientemente de la copia del CONTRATO suscrito y de los pliegos y planos

suscritos que forman parte integrante de aquel, como fue detallado en el Art, 39 del presente PBCG, entregará a la EMPRESA y sin cargo, dos (2) juegos completos de toda la documentación.

Es obligación de la EMPRESA contratista tener permanentemente en obra un ejemplar completo de la documentación del contrato, al que se irá agregando la documentación accesoria.

ART. 42: Transferencia – Cesión de la adjudicación y del contrato.LA EMPRESA no podrá ceder ni transferir la licitación adjudicada a su favor, sin la previa

autorización de la CNEA, que podrá admitir como excepción la transferencia de las obligaciones a cargo de aquella, siempre que la persona o personas ofrezcan a su juicio, iguales garantías y siempre que el reemplazante no haya participado de la licitación.

Análogamente, no podrá transferir ni en todo ni en parte su CONTRATO a otra persona o personas, ni asociarse con otros para la construcción sin la autorización previa de la CNEA.

La conformidad puede denegarse sin invocar causa o fundamento alguno. Si la CNEA no accediera a la transferencia y/o cesión de la adjudicación de la licitación, la EMPRESA no tendrá derecho a reclamo alguno y deberá suscribir el contrato primitivo Si el contrato ya estuviera firmado, la EMPRESA deberá dar cumplimiento al mismo, bajo pena, en ambos casos, de aplicársele las sanciones aludidas en el Art 85 'in fine' o 120 del presente PBCG respectivamente, sin perjuicio de la suspensión del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

TÍTULO III: DE LA EJECUCIÓN DELA OBRA

CAPÍTULO I: ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

ART. 43: Orden de iniciación o Acta de inicio.Firmado el contrato, la CNEA tiene un plazo de 60 ó 90 días, o el plazo que se indicare en el

PBCP, para dar la orden de inicio, de los trabajos; durante ese lapso la EMPRESA podrá efectuar algunos trabajos preliminares.

La EMPRESA deberá presentar previo inicio de las tareas un listado del personal que realizará las tareas, detallando nombre y apellido y N° de CUIL, adjuntando certificado de cobertura de ART vigente.

La EMPRESA queda obligada a comenzar los trabajos dentro del plazo que fije la CNEA, a partir de la fecha establecida, en cuya oportunidad se labrará el Acta de Inicio que fija el comienzo de! plazo de ejecución de la obra.

Si cumplido dicho plazo La EMPRESA no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el último párrafo del artículo 50 de la Ley N° 13.064, la CNEA tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso La EMPRESA perderá la garantía de cumplimiento del

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicioscontrato y responderá por los daños y perjuicios causados, Si la CNEA no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado.

ART. 44: Entrega de terreno.Dentro de los cinco (5) días hábiles de firmada el Acta de Inicio la CN E A procederá a hacer

entrega del terreno e indicar a la EMPRESA los puntos de referencia para el replanteo de la obra y la cota de nivel.

Deberá estar presente La EMPRESA o su Representante debidamente autorizado, labrándose un Acta de Entrega del Terreno por cuadruplicado, que será firmada por la Inspección de Obra o quien la CNEA autorice, además de la EMPRESA o su Representante Si por responsabilidad exclusiva de la EMPRESA la entrega no se efectuara en la fecha establecida, se fijará una nueva fecha en el plazo de cinco (5) días hábiles; la repetición de la situación anterior podrá implicar la anulación de la adjudicación y la pérdida de! depósito de garantía.

La EMPRESA está obligada a instalar el cartel de obra y efectuar el cerramiento de la obra La EMPRESA es responsable por vicios ocultos y por ruina de la obra (Art, 1646 Código Civil)El replanteo y los puntos de referencia se verificarán dentro de los quince (15) días hábiles de la fecha de entrega del terreno, labrándose un Acta de Replanteo con las mismas formalidades indicadas en el párrafo anterior.

La EMPRESA o su representante podrán hacer constar en el Acta de Replanteo todas las observaciones que creyera oportuno formular, no admitiéndose reclamaciones con posterioridad a la firma del Acta.

De los cuatro (4) ejemplares que se suscriben, el original y dos copias quedarán en poder de la CNEA y la restante será para la EMPRESA.La EMPRESA tomará las providencias que estime convenientes para asegurar la conservación de los puntos de referencia dados, niveles, etc.

ART. 45: Error de replanteo.La EMPRESA es responsable del replanteo y de cualquier trabajo mal ubicado por errores en

aquél, cualquiera sea su origen, y será corregido si es posible o, en caso contrario, demolido y reconstruido cuando se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta de la EMPRESA.

ART. 46: Planes de trabajo y curva de certificaciones. Dentro de los diez (10) días hábiles a contar desde la fecha del Acta de Entrega del Terreno, La

EMPRESA deberá adecuar a las fechas el Plan de Trabajos presentado en su oferta ajustándolo pero sin modificar la posición relativa de las barras.

La EMPRESA someterá a la aprobación de la CNEA los planes definitivos de trabajo y de certificaciones para la realización completa de las obras licitadas, los que serán aprobados o rechazados con observaciones dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos subsiguientes a la presentación,Para el caso de los rubros que poseen ítem con trabajos a ejecutar en taller, se discriminará el período de ejecución y el montaje de obra.

Además presentará un detalle de las previsiones de certificaciones mensuales de obra, parciales y acumuladas, en función del expresado Plan de Trabajos y la Curva de Certificaciones que resulte de dicho plan.

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Se considera de importancia, que la curva, de acuerdo con las trazas que son de práctica en obra, acusen la doble curvatura que tiende a la horizontal al inicio y al final de la ejecución de las obras.

Si la CNEA no se hubiera expedido, transcurrido el plazo se darán por aprobados los planes presentados.

Cuando las obras no se ejecutasen con el ritmo previsto en los planes requeridos, la EMPRESA estará obligada a recuperar el atraso habido, dando mayor impulso a las obras, intensificando la provisión de materiales y aumentando el número de obreros, herramientas y demás implementos de trabajo.

El incumplimiento de esta obligación será notificado a la EMPRESA y tenido especialmente en cuenta al considerar cualquier pedido de prórroga de plazo

ART. 47: Inicio de los trabajos.La EMPRESA queda obligada a comenzar los trabajos dentro del plazo que fije la CNEA de

acuerdo a lo determinado en el Art, 43 del presente PBCG.

ART. 48: Planes de ejecución.Antes de dar comienzo a los trabajos, ya sea preliminar o definitivo, la EMPRESA deberá

obtener la aprobación definitiva de los píanos y demás documentos necesarios para la ejecución de las obras por parte de la CNEA Es responsabilidad de la EMPRESA la correcta interpretación de los planos.

Los plazos de presentación se informan en el PBCP.La CNEA en la faz que acepta la dirección técnica, se reserva para la revisión de la

documentación presentada, los plazos que se indiquen para cada una de las especialidades.Queda entendido que en el tiempo estipulado para la revisión no se tendrán en cuenta las

demoras producidas por los rechazos parciales y/o totales de los cálculos, documentos o planos motivados por errores, fallas de dibujos, falta de claridad o cualquier otra causa imputable a la EMPRESA.

Si se comprobaran errores graves de cálculos, de conceptos, de inobservancia a las especificaciones técnicas que invaliden total o parcialmente el proyecto, la CNEA, a su exclusivo juicio, los devolverá a la EMPRESA para su corrección y los dará por no presentados.

Para obtener la aprobación de los planos de proyecto, la EMPRESA presentará por Nota de Pedido cuatro (4) copias de acuerdo a la lista de Planos descripta en el PBCP de la obra.

DISTRIBUCIÓN DE LAS COPIAS APROBADAS:2 juegos a la EMPRESA.1 juego para la Dirección Técnica.1 juego para la Inspección

ART. 49: Planos adicionales.De todos los planos que integran el contrato, la CNEA entregará sin cargo al contratista dos

ejemplares para su uso en la obra, según lo establecido en el Art. 41 del presente PBCG. Si necesitara más ejemplares, deberá adquirirlos al precio que fije la CNEA.

ART. 50: Construcciones auxiliares, obrador y equipamiento.La EMPRESA deberá establecer su obrador en la zona delimitada a tal efecto por la Inspección,

En caso de considerar insuficiente el área asignada, solicitará su ampliación a la Inspección la que la

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosconcederá en caso de permitirlo las condiciones del lugar en que se ejecute la obra, siempre que medien razones que la justifiquen.

La EMPRESA deberá cercar su obrador de modo de no afectar las condiciones estéticas del lugar.

Dentro del recinto para el obrador deberá construir sus oficinas, depósitos, comedor obrero, etc. los que deberán tener un aspecto estéticamente correcto.

Antes de comenzar estas construcciones deberá someter a la Inspección un croquis en el que figuren las principales características, Aprobado el mismo, podrá iniciar su construcción.

EQUIPO MÍNIMO: La EMPRESA dispondrá en el obrador de un equipo de maquinarias, herramientas y útiles suficientes y necesarios para realizar las tareas con la mayor celeridad y facilitar el trabajo de los operarios.

La EMPRESA adjuntará al Plan de Trabajos la lista de elementos con que formará el equipo mínimo de obra, detallando: cantidad, marca, modelo, capacidad, etc.

ART. 51: Campamento de la EMPRESA – Alojamiento del personal.Cuando lo autorice el PBCP, la EMPRESA podrá construir locales para alojamiento de su

personal.Dichas construcciones se levantarán en lugares indicados por la Inspección y además de las

condiciones establecidas por el obrador, deberán reunir las condiciones de higiene indispensables a toda vivienda.

Antes de ser habilitados estas construcciones y luego periódicamente, la Inspección comprobará en todos los casos esas condiciones y ordenará, si fuera necesario, y sin cargo para la CNEA las obras que la EMPRESA deberá ejecutar para dejarías en estado satisfactorio.

La EMPRESA no podrá cobrar suma alguna al personal en concepto de alquiler por la vivienda que le facilite.

ART. 52: Oficina para la INSPECCIÓN.En los casos establecidos por el PBCP, la EMPRESA deberá construir una oficina para la

Inspección, de acuerdo con el piano o indicaciones que forman parte de la documentación de obra Dicha oficina estará dotada de los elementos de trabajo que especifican dicho plano o indicaciones.

Tanto la oficina, como los elementos de trabajo mencionados, son propiedad de la EMPRESA, pero esta no podrá retirarlos hasta que no se haya cumplido la Recepción Definitiva de la Obra.

Es obligación de la EMPRESA mantener la oficina y su local sanitario -si lo hubiese- en perfectas condiciones de higiene y conservación.

El costo de estas instalaciones se considera incluido en el precio de la obra.

ART. 53: Suministro por parte de la CNEA.SUMINISTRO DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA: cuando así se prevea en el PBCP, la C N E

A indicará el punto de acometida de la energía eléctrica y el agua corriente para la ejecución de las obras Están a cargo de la EMPRESA el conexionado, los materiales para realizar el mismo y su posterior retiro.

ART. 54: Vigilancia y señalización de las obras.Previa autorización por escrito de la CNEA, la EMPRESA establecerá de corresponder, un

servicio de vigilancia de las obras por medio de guardianes para prevenir deterioros o sustracciones de materiales y estructuras, tanto propias como ajenas.

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La EMPRESA instalará en todo el recinto de la obra, alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de energía eléctrica o de combustible de toda esta instalación cuando así se especifique en el PBCP.

La EMPRESA está obligada a instalar el cartel de obra La EMPRESA es responsable por vicios ocultos y por ruina de la obra (Art. 1646 Código Civil).

El hecho de no haber sereno no implica responsabilidad alguna de la CNEA por falta de elementos en custodia o propiedad de la EMPRESA o de los Subcontratistas.

De ser necesario o considerarlo conveniente, la CNEA, adecuará este articulo en el PBCP a las circunstancias particulares de cada caso.

ART. 55: Cierre de obra.La EMPRESA ejecutará el cierre de las obras, cuando corresponda, en la extensión que se

indique en el PBCP, de acuerdo con las reglamentaciones municipales en vigor o, en su defecto, en la forma que en las mencionadas cláusulas se establezca. El cerco es de propiedad de la EMPRESA, quien lo retirará cuando lo disponga la Inspección. Ésta podrá disponer que el cerco quede colocado después de la Recepción Provisoria, en cuyo caso su conservación quedará a cargo de la CNEA hasta que se dé al contratista la orden de retirarlo.

ART. 56: Medianerías.Cuando el proyecto prevea adosar construcciones nuevas a propiedades vecinas existentes, la

EMPRESA deberá preparar los pianos y contratos de medianería y, previa aprobación de la CNEA, pagar las sumas convenidas. Dos ejemplares del contrato de medianería se entregarán, uno al comitente y otro al lindero.

ART.57: Letreros.No se podrá colocar en la obra letrero alguno sin la previa conformidad de la CNEA, el que

decidirá sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.

ART. 58: Infracciones administrativas.La EMPRESA deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de

autoridad competente, vigentes en el lugar de las obras, y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal según el Art 85 del presente PBCG.

ART. 59: Daños a personas y bienes.La EMPRESA tomará todas las disposiciones y precauciones necesarias o las que indique la

Inspección, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las de la CNEA o de la Inspección destacadas en la obra, a terceros y a los bienes del Estado o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras del obrador, de la acción de los elementos o de causas eventuales. Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley N° 13.064.

Estas responsabilidades subsistirán hasta la Recepción Provisoria de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el período de garantía.

ART. 60: Limpieza de la obra y del obrador.

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La EMPRESA deberá mantener constantemente la obra y el obrador en perfectas condiciones de orden y limpieza, de acuerdo con la naturaleza del trabajo que se ejecute, y cumplirá de inmediato las órdenes que en ese sentido le imparta la INSPECCIÓN En caso de incumplimiento dentro de los diez (10) días hábiles de impartida la orden, la INSPECCIÓN podrá mandarlo a hacer por cuenta de la EMPRESA.

Los materiales de desecho provenientes de los trabajos de demolición de la obra se retirarán del predio cumpliendo en todo momento con las reglamentaciones a nivel Nacional y Provincial referidas al cuidado del Medio Ambiente.

CAPÍTULO II: SUPERVISIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA OBRA

ART.61: Supervisión de los trabajos. INSPECCIÓN.La INSPECCIÓN de Obras resolverá todas las cuestiones que conciernen a la construcción,

calidad de los materiales y marcha de los trabajos, efectuará la medición mediante un acta firmada en conjunto con la EMPRESA y supervisará la certificación resultante, Cuando se efectuaran modificaciones de obra, se harán únicamente con el procedimiento indicado y con la aprobación de la INSPECCIÓN.

La EMPRESA efectuará la conducción de las obras Para ello recabará instrucciones escritas de la INSPECCIÓN sobre cualquier punto que sea motivo de aclaraciones y someterá a su aprobación los detalles constructivos que le fueren requeridos.

Durante la realización de tareas, el Servicio de Higiene y Seguridad de la CNEA, podrá efectuar auditorías de control de cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, En el caso de incumplimiento de las normas mencionadas, la CNEA se reservará el derecho de detener las tareas, comunicando la novedad al Responsable de LA EMPRESA.

ART. 62: Conducción de los trabajos. Representante técnico.La EMPRESA podrá asumir personalmente la conducción de los trabajos, siempre que posea

titulo habilitante al efecto indicado en el PBCP y esté inscripto en el Registro Profesional de la especialidad.

En caso de no cumplir la EMPRESA con ese requisito, las obras serán conducidas por un Representante Técnico del mismo que cumpla con aquellas exigencias (quien lo representará en todos los asuntos ante la INSPECCIÓN) a quien se le dirigirán todas las comunicaciones de carácter técnico que deben hacerse al CONTRATISTA.

Dicho representante debe estar autorizado para suscribir los certificados de obras.La EMPRESA y su Representante Técnico tendrán permanentemente en las obras a una

persona idónea aceptada por la INSPECCIÓN que lo sustituya durante su ausencia y estará facultada para recibir Órdenes de Servicio.

En ningún caso el aludido podrá observar planos, mediciones ni órdenes impartidas por la INSPECCIÓN, todo lo cual será exclusivo de la EMPRESA o su Representante Técnico.

Toda notificación hecha al Representante Técnico tendrá el mismo valor que sí se hubiese hecho a la EMPRESA.

Tanto el Representante Técnico como su sustituto deberán reunir condiciones de competencia y moralidad, que le merezcan el respeto de sus subordinados Cuando la marcha de los trabajos así lo requiriese a juicio exclusivo de la C N E A, este podrá ordenar a la EMPRESA el reemplazo de aquellos.

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No podrán ser representantes de la EMPRESA los técnicos empleados de la administración pública hasta después de transcurrido el plazo mínimo de un año de la fecha de cesación de sus servicios en la misma.

ART. 63: Libro de órdenes de servicio y notas de pedido.Las comunicaciones entre la EMPRESA y la CNEA se realizarán por escrito y por duplicado (un

ejemplar para la CNEA y otro para La EMPRESA LA CNEA impartirá Órdenes de Servicio indicando las tareas a realizar y LA EMPRESA emitirá Nota de Pedido.

Todas las comunicaciones, órdenes de trabajos, etc. deberán hacerse por escrito mediante Órdenes de Servicio y la EMPRESA, en ningún caso, podrá invocar órdenes verbales, La orden de servicio es un instrumento jurídico que establece las modalidades de ejecución de la obra y puede complementar o modificar el contrato.

La EMPRESA deberá notificarse de todas las Órdenes de Servicio dentro de cuarenta y ocho (48) horas de emitida.

Los reparos por escrito de la EMPRESA, opuestos a cualquier Orden de Servicio, no lo eximen de la obligación de cumplirla y las objeciones que le merezca deberá formularlas dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado.

Las Órdenes de Servicio que la INSPECCIÓN imparta durante la ejecución de las obras, así como los pedidos, observaciones y reclamos que formule la EMPRESA, serán progresivamente consignados en los libros correspondientes según fechas, uno para Órdenes de Servicio y el otro para Notas de Pedido, foliados y sellados, con el diseño y color fijados por la INSPECCIÓN Las enmiendas deberán salvarse a continuación de la orden o de la nota de pedido respectivo.

El libro de Órdenes de Servicio quedará en poder de la INSPECCIÓN y el de Notas de Pedido en poder de la EMPRESA.

Se entiende que las Órdenes de Servicio descriptas están dadas dentro de las exigencias contractuales. Si así no fuera, la EMPRESA deberá observarlo antes de darle cumplimiento.

ART. 64: Acceso de la obra.La EMPRESA y los Subcontratistas permitirán al personal de la INSPECCIÓN el libre acceso a

cualquier lugar de las obras, depósitos y talleres en que se ejecuten elementos para la obra, como así también a los demás empleados de la CNEA. autorizados por la INSPECCIÓN de Obra.

Cuando la INSPECCIÓN lo requiera, la EMPRESA o sus representantes, acompañarán al personal de aquella en sus giras por la obra.

ART. 65: Solución de divergencia.Si en la interpretación del CONTRATO, bajo su faz técnica, surgieran divergencias, éstas serán

resueltas por la CNEA, cuyas decisiones serán definitivas respecto a la calidad de los materiales, la solidez y eficiente ejecución de las estructuras y la interpretación de las normas de mensura.

La EMPRESA no podrá suspender los trabajos, ni aun parcialmente, bajo el pretexto de que existan divergencias pendientes La paralización total o parcial de los trabajos por esta causa, hará pasible al CONTRATISTA de una multa según Art. 85 del presente PBCG.

Si se redujera el ritmo de las tareas en forma notable por causas imputables al CONTRATISTA, observables tanto en el Plan de Trabajos como de la Curva de Certificaciones previstas, la INSPECCIÓN dejará constancia de este hecho mediante Orden de Servicio indicando sus causas y porcentajes, junto con la presentación de cada certificado.

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Si esta reducción fuera imputable a falta de cumplimiento en las obligaciones de pago, la EMPRESA deberá hacerlo notar por escrito al mes siguiente de producirse (a mora, la INSPECCIÓN tomará detallada nota del personal empleando en esa fecha, equipos y materiales depositados en el lugar como recaudos por futuras reclamaciones.

ART. 66 Discrepancias en el contrato.En caso de aparecer discrepancias o contradicciones en el contrato, se procederá del siguiente

modo:1) Si es evidente un error será corregido donde se encuentre;2) Si no es aplicable ese procedimiento, los documentos primarán en el orden establecido en el Art

39 del presente PBCGPlanos: en caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras

o letras, prevalecerá esta última.En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras,

prevalecerá esta última.Si durante la ejecución de los trabajos surgieran dudas sobre los datos para su ejecución o aún

contradicciones, la EMPRESA deberá solicitar la aclaración debida con suficiente anticipación.La CNEA por intermedio de la INSPECCIÓN de Obras, responderá con la solución de la

diferencia u omisión en un plazo máximo de quince (15) días corridos a partir de la fecha de la presentación, Transcurrido dicho termino y siempre que la demora incidiera en forma directa en la marcha de los trabajos, la EMPRESA tendrá derecho a solicitar prórroga del plazo contractual, situación que deberá estimar y comunicar dentro del plazo de 48 hs.

ART. 67: Falta de disciplina.La EMPRESA y todo su personal técnico, administrativo y obrero, así como los subcontratistas

autorizados y personal de los mismos, deberán acatar órdenes de la INSPECCIÓN, a la que guardarán el debido respeto.

Toda falta de disciplina a la INSPECCIÓN o cualquier acto de otra índole por parte de la EMPRESA o su personal, que al solo juicio de aquella perjudique la buena marcha de las obras, será suficiente motivo de amonestación, suspensión o expulsión del o los culpables.

Las personas separadas del trabajo según lo dispuesto en este artículo, no podrán nuevamente ser ocupadas en la obra.

CAPÍTULO III: PERSONAL OBRERO

ART. 68: Personal obrero.Todo el personal obrero que la EMPRESA emplee en la obra deberá estar inscripto en los

registros oficiales respectivos y estar asegurados contra riesgos del trabajo (ART).El número de operarios que se emplee para la ejecución de las obras será siempre y en todo

momento proporcional a la extensión y naturaleza de estas.

ART. 69: Jornada legal de trabajo.La EMPRESA cumplirá las disposiciones sobre jornada legal de trabajo y sus transgresiones

originarán la aplicación de las sanciones que establezcan las leyes y reglamentaciones respectivas.

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La jornada normal de trabajo del personal de la CNEA es de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas, según los días laborales para la Administración Pública Nacional.

A pedido de la EMPRESA y cuando mediaren causas justificadas, la INSPECCIÓN autorizará a trabajar en los días y horas cuya prohibición establecen las leyes y reglamentaciones vigentes, siempre que la EMPRESA cuente con el consentimiento de las autoridades competentes locales, En estos casos la C N E A designará al personal de INSPECCIÓN que a su juicio sea necesario para el contralor de los trabajos que se ejecuten fuera del horario normal.

ART. 70: Horas extraordinarias.El tiempo que exceda el horario citado precedentemente será considerado como tiempo

extraordinario.Cuando a requerimiento de la EMPRESA se deban trabajar horas extraordinarias, con la debida

antelación se solicitará la autorización ante la INSPECCIÓN de Obras.Los recargos de jornales que ello implique, de acuerdo con las reglamentaciones oficiales

vigentes, quedarán a cargo exclusivo de la EMPRESA.

ART. 71: Pago de personal.La EMPRESA deberá mantener al día el pago del personal empleado en la obra y abonar

íntegramente los salarios estipulados, incluidas las obligaciones previsionales.Será motivo de suspensión de pago de los certificados en trámite, la falta de cumplimiento de

dichas obligaciones. Esta cláusula regirá también para los casos de subcontratación de trabajo.Ante posibles dudas o renuncias, la CNEA no efectuará pago alguno de certificados sin la

constancia escrita de haberse cumplimentado las condiciones mencionadas anteriormente, a cuyo efecto la EMPRESA le exhibirá los libros que se le requieran, con la nómina del personal registrado mensualmente.

La falta continuada por dos veces consecutivas y por tres veces en forma discontinua del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, hará pasible a la EMPRESA de la aplicación de la multa correspondiente según Art 85.

CAPÍTULO IV: MATERIALES Y TRABAJOS

ART. 72: Abastecimiento de materiales.La EMPRESA tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de la CNEA se

necesite para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la obra contratada.

La EMPRESA deberá almacenar ordenadamente en el obrador los materiales y demás elementos a utilizar en la obra, en forma tal que resulte fácil su INSPECCIÓN y eventual recuento. Dispondrá de galpones adecuados para aquellos elementos que deban protegerse de la intemperie.

ART. 73: Calidad de los materiales y trabajos.Todos los materiales, equipos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los

de su clase, y los trabajos ejecutados con ellos, ajustados a las mejores reglas del arte Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, la CNEA podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y si dicho lugar se encontrara a más de 100 kilómetros del lugar de la obra, la EMPRESA deberá asumir los gastos de traslado y estadía del personal de la INSPECCIÓN.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 74: Aprobación o rechazos de materiales.

Todos los materiales a emplear en las obras deberán ser previamente aprobados por la INSPECCIÓN Los materiales comunes de construcción serán inspeccionados y aprobados en la obra por la INSPECCIÓN, pudiendo exigir a la EMPRESA la presentación de muestras, las que una vez aprobadas quedarán como testigos Cuando el ensayo no pueda ser realizado en la obra se requerirá la intervención de laboratorios oficiales, según determine en forma inapelable la INSPECCIÓN.

De los materiales depositados en el obrador correspondiente a la obra, se tomarán todas las muestras que la INSPECCIÓN considere necesarias para la verificación de las características especificadas.

Cuando la naturaleza del proceso de elaboración sea necesario tomar muestra fuera de la obra, la extracción se efectuará con la intervención de la INSPECCIÓN.

Correrán por cuenta de la EMPRESA los gastos que demanden la extracción o preparación de las muestras, su transporte y los análisis y ensayos. Su número se fija en las respectivas Especificaciones Técnicas. Cuando se exceda de dicho número o se trate de materiales ya aprobados por la CNEA sobre los cuales se efectúen ensayos de vigilancia y siempre que estos dieran resultados satisfactorios, la EMPRESA solo correrá con los gastos de provisión y transporte de las muestras,

La aprobación de materiales se dispondrá únicamente para las partidas que correspondan a muestras ensayadas.

Las partidas de materiales aprobadas se marcarán convenientemente para identificarlas, debiendo la EMPRESA tomar precauciones para que dichos materiales se conserven en buen estado, no sufran perjuicios por la acción de agentes atmosféricos no se mezclen con impurezas, etc. Los materiales rechazados deberán ser retirados por la EMPRESA dentro del plazo que le fije la INSPECCIÓN y si así no lo hiciera ésta lo hará retirar por cuenta de aquel, previa notificación del lugar donde se depositarán.

La CNEA no se responsabiliza por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar a la EMPRESA.

Cuando se prescriba que algún material o equipo deba ajustarse a un tipo o a una muestra determinada, se entenderá que estos servirán para efectuar comparaciones pudiendo la EMPRESA suministrar materiales que sean equivalentes ajuicio de la INSPECCIÓN.

ART. 75: Fabricación de elementos de obra.Si la EMPRESA deseara fabricar en obra alguno de los materiales o elementos a utilizar en la

misma, deberá solicitar a la Dirección de Obra la autorización correspondiente, la que podrá concederla determinando en la autorización las condiciones a que esté sujeta la citada fabricación.

ART. 76: Calidad de equipos.La EMPRESA usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y la CNEA podrá

exigir cambio o refuerzo de equipos cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.

ART. 77: Obras cubiertas.La EMPRESA recabará de la INSPECCIÓN, en tiempo oportuno la autorización para ejecutar los

trabajos que cubran obras cuya cantidad y calidad no se podrían comprobar una vez cubiertas, Antes de cubrirlas, la INSPECCIÓN consignará mediante Orden de Servicio que ha sido dada la autorización

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicioscorrespondiente, dejando constancia de su estado, medidas y de otras circunstancias que se considere oportuno consignar.

ART. 78: Vicios en materiales y en trabajos ejecutados.Aunque la INSPECCIÓN dejara por cualquier causa de rechazar materiales de mala calidad o

trabajos de deficiente ejecución, no importara ello una aceptación de dichos materiales o trabajos, siempre que el hecho se evidencie antes de la recepción definitiva.

Si los vicios fuesen sospechados en trabajos no visibles, la INSPECCIÓN podrá ordenar las demoliciones o desarmes para cerciorarse del fundamento de sus sospechas, y si los defectos fueran comprobados todos los gastos originados por aquellos trabajos y la reconstrucción estarán a cargo de la EMPRESA, En caso contrario, los gastos los abonara la CNEA.

Si los vicios se manifestaran durante el transcurso del plazo de garantía, la EMPRESA deberá acudir a reparar las obras dentro de los DIEZ (10) días corridos a contar de la fecha de su notificación documentada, transcurrido el plazo indicado los trabajos podrán ser ejecutados por la CNEA a costa de aquel, deduciéndose su importe del Fondo de Reparos.

Se entiende asimismo que la recepción final de la obra no inhibe a la CNEA para exigir el resarcimiento de los gastos de daños e intereses que le causara la reconstrucción de aquellas partes de la obra en las cuales se descubrieran posteriormente fallas. La Recepción Definitiva de la obra no eximirá al CONTRATISTA de las responsabilidades determinadas por el Código Civil.

Si se produjera un desperfecto o deficiencia que corresponde sea reparado por la EMPRESA, con posterioridad a la Recepción Provisoria pero dentro del plazo de garantía, se interrumpirá el transcurso del plazo de garantía hasta tanto sea efectuada y terminada la reparación o corrección correspondiente, a satisfacción de la INSPECCIÓN.

Independientemente del plazo de garantía que finaliza con la recepción definitiva de la obra, la EMPRESA deberá garantizar todas las reparaciones efectuadas en dicho periodo, por el término usual en plaza informado por parte de los fabricantes.

CAPÍTULO V: RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS

ART. 79: Subcontratistas.La EMPRESA solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización

previa de la CNEA, y la aceptación del subcontratista, La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones con relación a la CNEA.

La CNEA podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al contratista ni justifique atrasos en el plan de trabajos.

ART. 80: Responsabilidad.La EMPRESA contratista es el único responsable ante la CNEA, de todo lo hecho por sus

subcontratistas.Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al

subcontrato, una garantía constituida de manera similar a la mencionada en el Art 37 del presente PBCG.

ART. 81: Relaciones con otros contratistas.

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Para el caso de que la CNEA encomendara a otros contratistas o se reservara para efectuar por administración la ejecución de los trabajos adicionales u otras obras o instalaciones complementarias no previstas en el contrato con la EMPRESA, ésta deberá poner su más decidido empeño para facilitar el desarrollo simultáneo o escalonado de trabajos correlativos o dependientes entre los ejecutados por él, los demás contratistas o la CNEA, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido le sean formuladas por la INSPECCIÓN respecto del orden y coordinación de ejecución de los trabajos que les correspondan.

La custodia general de la obra quedará a cargo de la EMPRESA y convendrá con los restantes el orden de los trabajos y la ubicación de materiales y enseres, mientras no se lo impidan o dificulten sus propios trabajos.

En los casos planteados en este artículo, cuando además se requiera "ayuda de gremio", la EMPRESA deberá prestarla.

Su alcance será definido inapelablemente por la INSPECCIÓN y su precio será convenido con la CNEA en cada caso.

ART. 82: Servicios prestados por la CNEA.En los casos que lo establezca el P BCP el total o parte de los servicios y/o instalaciones que la

CN E A posee podrán ser utilizados por la EMPRESA durante el período de ejecución de los trabajos que se contraten.

A tal efecto, se determinarán para cada caso las condiciones de la prestación y el precio que deberá aprobar LA EMPRESA.

El hecho de existir los mencionados servicios o instalaciones, no obliga a su presentación por parte de la CNEA.

CAPÍTULO VI: DESARROLLO DE LA OBRA

ART. 83: Plazo contractual.Las obras deberán quedar completamente terminadas dentro del plazo que establece el PBCP

Dicho plazo comienza a correr desde la fecha del Acta de Entrega del Terreno.

ART. 84: Prórroga de plazos.La EMPRESA podrá solicitar prórroga de los plazos cuando exista causa fundada para ello Sin

perjuicio de otras causas que tengan carácter de caso fortuito o fuerza mayor, será un motivo especial de prórroga en los plazos:

1) Pérdidas de tiempo emergentes de modificaciones del proyecto contratado originalmente.2) Ejecución de trabajos adicionales y/o complementarios.3) Demora de aprobación de planos de detalle, materiales o demás elementos que la EMPRESA

someta a consideración de la CN EA, siempre que hayan sido presentados a tiempo.4) Prórroga por lluvias u otro fenómeno meteorológico. Estos eventos deben estar registrados en

los Partes Diarios La INSPECCIÓN de obras dejará constancia de la incidencia de la lluvia en los trabajos a realizar estableciendo el porcentaje diario del ritmo de disminución.

5) Trabajos adicionales que lo justifiquen.6) Demora en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal

desarrollo de las obras.7) Casos fortuitos o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la Ley N° 13 064.8) Falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no

provengan de causas originadas por la EMPRESA.

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9) Demoras ocasionadas por otros contratistas.10)Conflictos gremiales de carácter general.11)Por siniestro.12)Toda otra circunstancia que, a juicio de la CNEA, haga procedente el otorgamiento de la

prórroga.

Para tener derecho a la prórroga, la EMPRESA deberá dirigirse por escrito a la INSPECCIÓN indicando las causas que originan la demora, a fin de que ésta pueda comprobar los hechos o circunstancias denunciadas.

La solicitud de prórroga podrá presentarse hasta los quince (15) días hábiles, salvo que el PBCP indicare otro plazo, después de la terminación de las causas que la motivan, bajo pena de pérdida del derecho a prórroga por tal causa.

Autorizada la prórroga por la autoridad competente de la CNEA, la EMPRESA deberá presentar un nuevo Plan de Trabajos y de Certificaciones que contemple la prórroga acordada, el cual será obligatorio para las partes una vez que la CNEA haya comunicado por escrito al CONTRATISTA la aprobación del mismo.

La CNEA analizará la incidencia de los aspectos técnicos y constructivos que justifiquen la prórroga, la evaluación económico - financiera y su autorización.

ART. 85: Multas y otras personalidades.Atraso en la iniciación de los trabajos:

1) Paralización parcial o total de los trabajos de obra:La EMPRESA no podrá suspender los trabajos ni aun parcialmente: la paralización total o parcial

de los trabajos hará pasible a la EMPRESA de la aplicación de una multa del DOS POR MIL (2 o/oo) del monto de contrato por día hábil.

2) Incumplimiento del Plan de Trabajos y/o Demora en la terminación de las obras:Por cada día hábil de atraso en la terminación y entrega de las obras se aplicará una multa

según los porcentajes que se establecen:

Multa dentro de los 30 días de atraso: Multa = 0,0005 x M x cantidad de días de atraso Multa entre 30 y 60 días de atraso: Multa = 0,001166 x M x días de atraso Multa mayores a los 60 días de atraso: Multa = 0,001666 x M x días de atraso

M = Monto del contrato.El monto tota] de las multas no podrá superar el diez por ciento (10 %) del total del valor de los trabajos.

Multa por incumplimiento de una Orden de Servicio y/o Incumplimiento de lo establecido en cualquier punto previsto en el PBCG y PBCP:

Si la EMPRESA se negara a notificarse o no diera cumplimiento a alguna Orden de Servicio y/o algún punto del PBCG y PBCP en el plazo establecido, se hará pasible de una multa diaria y acumulativa del 0.2% (Cero coma dos por ciento) del monto contractual, Actualizado, si correspondiera, al mes anterior al de aplicación de dicha multa.Cláusula penal: Independientemente de las multas previstas en caso de mora en la entrega de la obra, los daños de la CNEA se estiman en un valor que surge de la siguiente fórmula:

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0,20 x CD = ------------

PSiendo:D = Resarcimiento por daños a aplicar por cada día hábil administrativo en mora.C = Monto del contrato actualizadoP = Plazo del contrato en días hábiles administrativos.Los daños y perjuicios serán resarcidos por la EMPRESA hasta un monto equivalente al veinte por ciento (20 %) del valor de la obra actualizados.

ART. 86: Parte diario.La EMPRESA presentará a la INSPECCIÓN un parte diario confeccionado en los formularios

provistos por la EMPRESA.El parte diario tiene especial importancia en el estudio de la concesión de prórroga de plazo por

diversas causas, como así también en el estudio de adicionales cuyos precios se analicen, según el Art 105.

La falta de presentación de este documento diario hará pasible a la EMPRESA de la misma multa prevista para el caso de incumplimiento de Orden de Servicio, la que se aplicará por cada parte no presentado oportunamente. Si faltaran, los partes serán confeccionados por la INSPECCIÓN de Obras a fin de dirimir divergencias, Estos últimos serán inapelables. Los partes se efectuarán por triplicado:

1) La EMPRESA 2) INSPECCIÓN 3) Dirección de Obra

ARTÍCULO 87: Contralor de trabajos.La EMPRESA deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48)

horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado, Si la EMPRESA omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.

ARTÍCULO 88: Unión de las nuevas obras con las existentes.Cuando las obras a ejecutar debieran ser unidas o pudieran afectar a obras existentes, estarán a

cargo de la EMPRESA y se consideraran comprendidas, sin excepción, en el importe contractual:1) La reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos que a

consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente.2) La provisión de todos los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las

obras licitadas con las existentes.Todos los materiales provistos o trabajos ejecutados en virtud de esta cláusula, serán de la

calidad, tipo, forma y demás requisitos equivalentes y análogos a los similares, previstos o existentes según corresponda ajuicio de la CNEA.

ARTÍCULO 89: Fotografía y videos de las obras.La EMPRESA tendrá obligación de presentar mensualmente a la Dirección de Obra fotografías

de la obra y vídeos, ajustándose a las condiciones que se establecen a continuación:1. Los motivos a reproducir serán los que indique la INSPECCIÓN.

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2. Las vistas serán tomadas en presencia de la INSPECCIÓN, dejándose constancia de la fecha en que se efectúen.

ARTÍCULO 90: Manejo de las instalaciones.La EMPRESA deberá instruir en el manejo de las instalaciones al personal que designe la

CNEA, en el momento oportuno y antes de la recepción provisoria, cuando sea necesario y así lo determine el PBCP.

TÍTULO IV: DE LAS ALTERACIONES DE LAS CONDICIONES

CAPÍTULO I: MODIFICACIONES DE OBRA

ART. 91: Aumento o disminución de las obras.La CNEA tendrá la facultad de modificar, aumentando o disminuyendo hasta un 20% (veinte por

ciento) el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos (Art. 12 inc. b) Dto. 1023/2001 ce. con el Art. 53 inc. a) de la Ley 13.064).

Se realizará el balance de economías y demasías cuando se eliminen, disminuyan, aumenten o agreguen ítems al contrato. Del balance de economías y demasías puede surgir un adicional.

Toda modificación que signifique aumento o disminución del importe del CONTRATO, sea que ella se origine en ampliaciones o suspensiones de obra, nuevas obras o instalaciones, es obligatoria para la empresa, dentro de los términos de la Ley N° 13.064 y será de aplicación lo reglamentado en la Resolución Conjunta N° 396/2002 y 107/2002 del ex Ministerio de Economía y de la entonces Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Presidencia de la Nación.

En caso de aumento o disminución de las obras contratadas (adicionales o deductivos), la empresa deberá presentar un nuevo Plan de Trabajos y Curva de Certificaciones que contemple tanto la cantidad de obra que aumenta o disminuye, como el cambio de plazo acordado, en la medida que estos hubieran interferido el Plan de Trabajo original.

Con el nuevo Plan de Trabajo aprobado se dejará constancia de la existencia de posibles desacuerdos por reclamos pendientes. La inobservancia de esto resultará en una aceptación de hechos para las partes, no pudiendo reclamar a posteriori.

ART. 92: Precios nuevos.Si los aumentos de obra correspondieran a ítems no previstos en el contrato y/o se aumenta y/o

se disminuye un ítem en más del 20%, los precios de los mismos se fijarán a precios básicos, de común acuerdo, Se establecerán por analogía con los del contrato, y se utilizarán las mismas fuentes de información que para la redeterminación de precios según el Decreto N° 1295/2002 y sus normas aclaratorias y complementarias en los rubros que corresponda.

En caso aumento de ítem en más del 20%, el precio nuevo se aplicará sobre el excedente En caso de disminución de un ítem en más del 20%, se aplicará por todo el ítem.

Si no hay acuerdo la CNEA puede encomendar los trabajos a otro contratista, realizarlos con personal propio o encomendarlos a LA EMPRESA por coste y costas.

ART. 93: Reajuste de garantía.Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, la empresa deberá

ampliar en un cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de cumplimiento del contrato.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 94: Planos de obras parciales.

Cuando hubiera modificaciones que no incidan en el precio, se procederá a la materialización de los planos finales de la obra de arquitectura y especialidades sea fiel reflejo de lo realizado.

Conjuntamente con el avance en la ejecución de los trabajos se deberán confeccionar planos parciales informativos del relevamiento real del tendido de cañerías o conductos de todo tipo, con la ubicación de cajas y componentes que no queden a la vista y con las informaciones necesarias de medidas, alturas, pendientes, distancias, referidas a niveles fijos y puntos fácilmente identificables, diagramados claramente en plantas, elevaciones, corte y vistas de conjunto, parciales o totales y sus uniones con las instalaciones a la vista.

Estos planos tienen como finalidad aportar información fácilmente verificable y de ser necesario, su pronta corrección conformando un importante material de consulta para la ejecución de los planos conforme a obra.

No se permitirá cubrir ninguna canaleta o excavación hasta tanto se haya replanteado el tendido de instalaciones e indicado su traza en los planos.

Es de suma importancia la presentación de la Planilla de Locales para documentar las modificaciones realizadas en la obra durante su ejecución.

La presentación de estos planos parciales deberá hacerse por medio de cuatro (4) copias de cada uno para su previa aprobación por la INSPECCIÓN y antes de la tramitación de los certificados que correspondan.

ART. 95: Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor y sin orden previa.Los trabajos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados por su calidad,

eficacia, naturaleza o procedencia, serán certificados a la EMPRESA como si los hubiese ejecutado con los materiales estipulados.

Los trabajos llevados a cabo sin orden o que no estuviesen hechos conforme con las órdenes comunicadas a la EMPRESA o que no respondieran a las especificaciones, aunque fuesen de mayor valor que los estipulados podrán ser rechazados y, en este caso la empresa demolerá y reconstruirá, si así correspondiere, la parte de obra en tales condiciones, estando a su cargo los gastos resultantes por esta causa, No obstante, la CNEA podrá aceptarlos siempre que, a su juicio, no comprometan la solidez ni la estética de la obra, en cuyo caso la C N E A fijará en forma inapelable el precio a liquidar si para los mismos no lo hubiere en el CONTRATO, o la quita que corresponda efectuar si existiera.

Si la EMPRESA no lo aceptara, le serán rechazados los trabajos observados con las consecuencias establecidas en el segundo párrafo de este mismo artículo, dejando constancia fehaciente de la citación consignando la ausencia de la EMPRESA.

TÍTULO V: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS

CAPÍTULO I: RECEPCIÓN DE OBRA

ART. 96: Recepción provisoria de la obra.La Recepción Provisoria se efectuará inmediatamente después de terminados y completados

satisfactoriamente los trabajos y en perfecto funcionamiento de las instalaciones.Antes de la Recepción Provisoria, la empresa presentará, cuando así esté dispuesto y no lo

haya hecho en el curso de la obra, los planos originales y/o conforme a obra de las instalaciones y

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosestructuras cuyo proyecto cálculo y/o tramitación ante otras reparticiones hubiera estado a cargo de la EMPRESA, acompañando los comprobantes de pago de los derechos correspondientes.

La EMPRESA deberá realizar no solo la limpieza final para poder obtener la recepción provisoria, sino que deberá restituir las zonas aledañas que hubieran sido afectadas a las condiciones en que se encontraban antes de iniciar los trabajos.

La obra será recibida provisoriamente por la CN EA cuando se encuentre terminada con arreglo al CONTRATO y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas de las instalaciones especiales establecidas en las Especificaciones Técnicas, labrándose un Acta en presencia de la EMPRESA o de su Representante debidamente autorizado, a menos que se declare por escrito que renuncia a este derecho y que se conforme de antemano con el resultado de la operación.

En caso que la EMPRESA se niegue a presenciar las pruebas y no conteste la invitación que deberá hacerse en forma documentada, la CNEA efectuará por sí y ante sí esa diligencia, dejando constancia de la citación y ausencia de la EMPRESA.

A los efectos de establecer el buen funcionamiento de todas las instalaciones y su concordancia con las demás condiciones exigidas por el presente PBCG, la EMPRESA realizará a su costa las pruebas que le indique la INSPECCIÓN.

En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por la EMPRESA, estableciéndose el plazo que se otorgue para su corrección, En caso de incumplimiento por parte de la EMPRESA, se podrá decidir la rescisión del contrato y la ejecución de los trabajos necesarios para corregir (as observaciones formuladas, con cargo al contratista.

ART. 97: Planos conforme a obra.En el acta de Recepción Provisoria, la EMPRESA deberá hacer entrega de los planos conforme

con las obras ejecutadas, hubiera modificaciones o no con respecto a los planos de proyecto aprobados, especialmente en instalaciones especiales como calefacción, obras sanitarias y otras, Serán confeccionados con el mismo criterio y en forma semejante a los planos de proyecto con la constancia de haber sido aprobados por la INSPECCIÓN y deberán ser firmados por personal debidamente habilitado y matriculado.

Conforme a lo señalado en el Art, 100 del presente PBCG, no se efectuará la Recepción Definitiva sin la entrega de los planos faltantes conforme a obra.

La EMPRESA entregará dichos planos en papel en original y tres copias, y en soporte magnético en Disco Compacto o DVD en AUTOCAD de última versión o SOLID EDGE V19, lo que se coordinará con la INSPECCIÓN de Obra.

ART. 98: Plazo de garantía.Entre la recepción provisoria y la definitiva correrá el plazo de garantía de ciento ochenta (180)

días u otro que se fijara en el P B C P, durante el cual la EMPRESA será responsable de la conservación de las obras civiles y de las reparaciones necesarias ocurridas por defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad y/o de ejecución deficiente de los trabajos.

ART. 99: Limpieza de obra.La EMPRESA entregará la obra completamente limpia en todas sus partes, efectuando la

correspondiente limpieza de cristales, vidrios, revestimientos, azulejos, artefactos, sanitarios y eléctricos, encerado, lustrado de pisos y el retiro de escombros, desechos, etc. provenientes de la ejecución de las obras, a total satisfacción de la INSPECCIÓN En caso de incumplimiento dentro de los

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosDIEZ (10) días hábiles de impartida la orden, la INSPECCIÓN podrá mandarlo a hacer por cuenta de la EMPRESA.

ART. 100:Recepción definitiva.Transcurrido el plazo de garantía, tendrá lugar la recepción definitiva, que se efectuará con las

mismas formalidades que la provisoria, previa comprobación del buen estado de las obras.De las Actas de Recepción Definitiva que se labren deberá entregarse a la EMPRESA una copia

autenticada.Para la devolución total de la garantía de ejecución del contrato, se exigirán imprescindiblemente

los planos conforme a obra.Asimismo y previo a la devolución de las garantías con arreglo a lo establecido en el Art, 38 del

presente PBCG por el fiel cumplimiento del contrato, es obligación efectuar el cierre final de cuentas por medio de un Acta, en la que la EMPRESA deberá manifestar su conformidad, o en caso contrarío fundamentar las deudas pendientes, con indicación detallada de estas.

ART. 101:Garantías de trabajos.Al librarse el Acta de Recepción Definitiva, la EMPRESA entregará una garantía escrita

comprometiéndose a subsanar, por el termino de un (1) año, a partir de la fecha del Acta mencionada, todo defecto que apareciera en las instalaciones y/o las obras realizadas, a su exclusivo costo.

TÍTULO VI: DE LOS PAGOS DE LAS OBRAS

CAPÍTULO I: CERTIFICACIÓN Y PAGOS DE LAS OBRA

ART. 102:Certificación.La CNEA abonará a la EMPRESA el importe de las obras mediante certificados mensuales por

el valor de lo hecho.Dichos Certificados serán confeccionados por la EMPRESA y supervisados por la CNEA tendrán

carácter acumulativo y provisorio, pudiendo ser rectificados hasta el momento de la aprobación de la liquidación final de la obra por parte de la CNEA, que tendrá lugar antes de la Recepción Definitiva.

El modelo utilizado responderá a los Certificados en uso por la CNEA. Tales formularios contendrán la totalidad de los rubros, ítems, unidades, cómputos métricos y precios unitarios, dejando en blanco las columnas de subtotales y totales que se completarán mes a mesLos ítems cotizados en forma global podrán certificarse mensualmente según el porcentaje de ejecución que les corresponda.

Cada certificado incluirá la parte de obras ejecutadas hasta el último día hábil del mes anterior, entendiéndose por obra ejecutada aquella cuyos elementos se hallan colocados en la misma, en el lugar y forma que deben ocupar definitivamente, de acuerdo con la documentación contractual, Asimismo los "trabajos ejecutados en obra", cuyos componentes se incorporan a la misma sucesivamente, hasta completar su terminación, podrán certificarse por porcentajes parciales proporcionales a los materiales y mano de obra empleados, según el avance de su ejecución.

El monto neto de cada certificado será la diferencia entre el monto de la obra realizada hasta el momento, menos el monto del certificado anterior.

Los elementos proyectados y elaborados para la obra que se trate, basándose en planos, planillas y/o cálculos presentados por la EMPRESA y aprobados por la C N EA, podrán certificarse "en

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciostaller o en obra" por porcentajes proporcionales a (os materiales y mano de obra empleados según el avance de su ejecución, El porcentaje mínimo para la primera certificación en taller será definido en el P BCP por cada ítem detallado en la Planilla de Cotización.

Los elementos totalmente elaborados, según características ajustadas a normas de fábrica, entendiéndose por aquellos que deban ser fabricados a pedido cumpliendo las medidas y capacidades requeridas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, podrán certificarse desde que ingresan a obra por el valor porcentual de los mismos que surge del ítem respectivo.

Cuando dichos elementos respondan al tipo corriente, acumulados en stock para venta inmediata, no serán incluidos en el régimen de certificaciones en taller o desde su ingreso a obra en este artículo, pudiendo incorporarse únicamente al régimen de acopio, si está incluido en el PBCP.

Cuando los elementos se certifiquen en taller, la EMPRESA deberá presentar una garantía a entera satisfacción de la CNEA que cubra el valor de lo certificado hasta el momento en que dichos elementos ingresen a obra.

Igualmente la EMPRESA deberá garantizar todo elemento certificado que por razones justificadas y con la debida autorización de la INSPECCIÓN tuviera que retirar de la misma temporalmente.

La garantía podrá concretarse mediante un seguro de caución según Art 25, Para el retiro transitorio de la obra de elementos ya certificados, a criterio de la INSPECCIÓN de obra podrá reemplazarse la garantía, por una constancia de la EMPRESA en la que se declare el retiro de elementos certificados y el plazo de su devolución a obra.

En el caso de certificaciones en taller, la EMPRESA deberá facilitar el traslado de la INSPECCIÓN para su realización.

Los elementos o trabajos certificados son propiedad de la CNEA y la EMPRESA se constituye en depositario de los mismos, con todas las obligaciones y responsabilidades que fijan para el caso las disposiciones vigentes, quedando igualmente a su cargo todo lo concerniente a su salvaguardia y conservación, y su empleo en la obra o instalación a que están destinados.

La medición de los trabajos, que incluirá la obra realizada hasta el momento, se realizará conjuntamente con la INSPECCIÓN, labrándose un Acta de Medición firmada por ambas partes en cada ocasión.

Distribución de los certificados:1) Sector Contable (Original).2) La EMPRESA (Copia).3) Dirección de Obra (Copia).4) INSPECCIÓN de Obras (Copia).

ART. 103:Fondo de reparos.Se constituirá un Fondo de Reparo el cual servirá de resguardo ante vicios ocultos o falencias de

la EMPRESA en atender de sus obligaciones durante el período de garantía Sobre el monto neto de cada Certificado se retendrá un CINCO POR CIENTO (5%).

No se efectuará la retención aludida precedentemente si la EMPRESA presenta a tal fin una garantía, por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto neto de cada certificado, en cualquiera de las formas y condiciones establecidas en el Art 25.

ART. 104:Liquidación de adicionales y deductivos.

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Las cantidades que se aumentan o disminuyan se consignarán en los certificados mensuales de obra con una cifra global de aumento o disminución, que surgirá de la Planilla de Modificación de Obra a confeccionar al efecto.

En la confección de dicha planilla se aplicarán a las cantidades de obra aumentada o disminuida, los precios contractuales (salvo que los aumentos correspondan a obras no previstas en el CONTRATO, en cuyo caso se procederá según el Art, 95 del presente PBCG).

Esto se efectuará luego de la aprobación por las autoridades que intervienen en el trámite correspondiente, según el siguiente procedimiento:

1) Nota de Pedido de la EMPRESA proponiendo modificaciones.2) Orden de Servicio ordenando la modificación, ya sea por necesidades técnicas o a solicitud

especial de la CNEA.3) Presentación del Presupuesto estimado por la EMPRESA, Se buscará asimilarlo a ítems

preexistentes en la Planilla de Cotización, de lo contrario se seguirá el procedimiento indicado en el Art. 105.

4) La INSPECCIÓN de obra revisará y conformará las cantidades de obra a ejecutar y las verificará a posteriori.

5) La CNEA conformará los precios indicados en el presupuesto.6) Se efectuará la correspondiente Planilla de Modificación de Obra, con el detalle de Precios

existentes o nuevos y determinará el monto de contrato a ampliar.7) Sólo en casos de extrema urgencia la CN E A autorizará la ejecución de los trabajos mientras se

tramita la aprobación de los mismos.8) Por último, se verificarán los plazos previstos y prórrogas.

DISTRIBUCIÓN DE LOS ADICIONALES Y DEDUCTIVOS CONFORMADOS1) Expediente (original)2) INSPECCIÓN3) Contratista

ART. 105:Redeterminación de precios.Los precios cotizados por el OFERENTE son en pesos para la oferta y el pago.La redeterminación de precios deberá ser solicitada por LA EMPRESA.En la presente contratación será de aplicación el Decreto N° 1295/02 con sus modificatorias y

reglamentarias, que permite la redeterminación de precios en las condiciones y con la metodología que allí se indican.

Para lo cual la CNEA deberá definir el tipo de obra en cada caso en particular, especificándolo en el PBCP.

De corresponder el ajuste definitivo del precio, se realizará puntualmente para ésta obra y sobre la parte faltante de ejecutar a ese momento, para lo cual los Oferentes, deberán presentar con su oferta, un ANÁLISIS DE PRECIOS, ítem por ítem, que deberá contemplar la incidencia de todos los factores que los componen incluidas cargas sociales y tributarias.

Los materiales e insumos representativos de cada rubro se deberán asimilar necesariamente por analogía a aquellos cuyos precios publica regularmente el INDEC.

No se tendrán en cuenta las ofertas que no presenten los análisis de precios, ni tampoco aquellas cuyos análisis no se ajusten a lo especificado o reflejen distorsiones manifiestas, al solo criterio de la CNEA.

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Para todos los casos de aplicación del presente, la EMPRESA deberá presentar, en tiempo y forma toda la documentación respaldatoria que justifique su solicitud de redeterminación de precios y el desarrollo completo de los cálculos, a efectos que el organismo técnico de la CNEA, realice las verificaciones que correspondan y proceda a su aprobación La CNEA se reserva el derecho de implementar oportunamente, la metodología a la que deberán ajustarse las presentaciones que realice La EMPRESA, como así también a efectuar las modificaciones o correcciones tanto en las estructuras de precios como en los procedimientos, a los fines de facilitar la implementación del Decreto mencionado.

Los trabajos atrasados se liquidan con precios de la fecha en que debieron ejecutarse.Los precios se redeterminarán según su probada incidencia en el precio total de la prestación.

ART. 106:Acopio de materiales.La CNEA pagará a la EMPRESA en concepto de acopio, el valor de los materiales acopiados

que estén incluidos en la Planilla de Acopio que forma parte del PBCP, hasta las cantidades y los precios fijados en la misma Realizándose a través de la confección de Certificados, de acuerdo a lo establecido en el Art 102 del presente Pliego.

La CNEA pagará a la EMPRESA en concepto de acopio hasta el ochenta por ciento (80%) del valor que figura en la Planilla de Acopio.

En caso de aumento o disminución de obra, la CNEA ajustará la Planilla de Acopio.En la Planilla de Acopio se deberá indicar el tipo de materiales a acopiar, el porcentaje a acopiar

sobre el total necesario para la obra y la fecha límite para su acopio.La EMPRESA completará dicha planilla, indicando cantidad y precio de los materiales la que

deberá ser presentada para su aprobación por la CNEA.Los materiales acopiados según este régimen y certificados, son propiedad de la C N E A,

siendo la EMPRESA depositarla de los mismos con todas las obligaciones y responsabilidades que fijan para el caso las disposiciones vigentes, quedando asimismo a su cargo todo lo que concierne a la salvaguardia y conservación de los mismos y su empleo en la obra o instalaciones a que están destinados.

La CNEA podrá exigir a la EMPRESA los comprobantes de pago de los materiales acopiados según este régimen, siendo motivo de suspensión del pago del acopio el incumplimiento de ésta exigencia.

Los materiales acopiados según este régimen, serán depositados en el Obrador, salvo que como caso de excepción la INSPECCIÓN autorice su depósito en otro lugar. En estos casos, el transporte de los mismos hasta su ubicación definitiva será por cuenta de la EMPRESA.

Cuando el material sea acopiado fuera del recinto de las obras, la EMPRESA deberá presentar una garantía bancaria o seguro de caución a entera satisfacción de la CNEA. Debe cubrir el valor de los materiales acopiados en depósito y mantener su valor actualizado hasta su incorporación definitiva a la obra.

Si el acopio se realizara durante su ejecución en taller o en cualquier otro lugar fuera del recinto de la obra, se documentará la existencia de los materiales acopiados mediante un Acta en triplicado que firmará la empresa, la INSPECCIÓN y la Dirección de Obra, quedando un ejemplar en poder de la EMPRESA y los demás en poder de la CNEA, cumplimentando además todo lo expresado en el párrafo anterior.

La CNEA se reserva el derecho de autorizar acopios fuera de los plazos que se establezcan la Planilla de Acopio.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 107:Utilización de materiales.

En los casos en que rija el régimen de acopio, cada certificado será acompañado del correspondiente certificado de utilización que contendrá las cantidades de materiales que habiendo sido acopiado hayan sido utilizados en los trabajos incluidos en el certificado mensual de obra que se trate.

ART. 108: Plazo de pagos - vencimientos.La CNEA dará su aprobación dentro de los DIEZ (10) días de la presentación del Certificado por

la Empresa y se procederá a su tramitación ante el sector Contable correspondiente.Una vez aprobado el Certificado, la EMPRESA presentará la factura correspondiente, la que se

ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. El sector Contable iniciará los trámites que lleven a abonarla dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos subsiguientes según la forma de pago establecidas, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se establezca excepcionalmente uno distinto.

Cuando hubiera discrepancias u observaciones por causa de la EMPRESA o por cualquier motivo y no se llegue a un acuerdo en el monto a certificar, la CNEA por intermedio de la INSPECCIÓN de Obra, emitirá un Certificado por el importe que considere correspondiente dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos.

Si fuera necesario, se emitirá un Certificado Complementario cuando se llegue a un acuerdo definitivo, que no dará al CONTRATISTA derecho a reclamo por mora Esta regulación debe efectuarse, en lo posible, antes de la emisión del Certificado siguiente.

Las disposiciones contenidas en el Art, 116 deberán reflejarse en el Plan de Trabajos y confirmarse en el contrato de obra.

Se informa que esta CNEA, se encuentra inscripta en la AFIP, con el N° de CUIT, 30-54666021-0, siendo considerada como sujeto exento ante el IVA, por lo cual el valor de la oferta deberá incluir este impuesto.

Asimismo se indica que esta CNEA es agente de retención de IVA, Ganancias, SUSS e IIBB.

ART. 109:Forma de pago.A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados la EMPRESA

deberá informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, que se indican a continuación:

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. BBVA BANCO FRANCES S.A. BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. BANCO SAN JUAN. BANCO PATAGONIA. BANCO DE GALICIA. BANCO CIUDAD. HSBC BANK ARGENTINA. BANCO CREDICOOP. NUEVO BANCO DEL SUQUIA S.A. BANCO SANTANDER RIO. BANCO MACRO BANDSUD.

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NUEVO BANCO DEL CHACO.

Dado que los pagos que realiza el TESORO NACIONAL se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.

Alta de beneficiarioDentro del plazo que a tal fin se le fije, deberán acompañar fotocopia de la presentación del

formulario de Alta de Beneficiario y de Autorización de Pago, con la constancia de recepción respectiva o indicación del Código del Beneficiario, otorgado de conformidad con la Disposición N° 21 de la Contaduría General de la Nación y su similar N° 10 de la Tesorería General de la Nación.

Si la EMPRESA no contara con Número de Beneficiario, deberá tramitarlo oportunamente, en la Tesorería de Sede Central de la CNEA, Av. del Libertador 8250 - 2o Piso - CABA.

ART. 110:Aplicación de multas o retenciones.Toda multa, deducción o retención a que se haga pasible la EMPRESA se descontará:

1) De los certificados de obras.2) De cualquier otro crédito pendiente.3) Del Fondo de Reparos.4) De las Garantías presentadas.

Respecto del Pto. 3, la EMPRESA deberá reintegrar la suma deducida del Fondo de Reparo dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos de la fecha de notificación correspondiente, bajo pena de rescisión del contrato, según el Art 50 a) de la Ley N° 13 064.

Dentro de los QUINCE (15) días corridos de la fecha del certificado en el primer caso y de la notificación de la deducción en el segundo, la EMPRESA podrá plantear la exoneración de la multa o de las deducciones, pasado dicho plazo no se aceptará reclamación alguna al respecto.

ART. 111:Reajuste de garantía.El sancionado podrá, en todos los casos, interponer los recursos establecidos en el Reglamento

de Procedimientos Administrativos, Art. 84 y siguientes, Decreto 1759/72 T O 1991.

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TÍTULO VII: DE LA RESCINCIÓN DEL CONTRATO

CAPÍTULO I: RESCINSIÓN DEL CONTRATO

ART. 112:Rescisión del contrato.El contrato podrá rescindirse por cualquiera de las causas y en el orden de los procedimientos

determinados por los Art, 49 al 54 de la Ley N° 13,064 de Obras Públicas.Las causas de rescisión expuestas por la CNEA se comunicarán a la EMPRESA por nota, bajo

recibo, carta documento y cualquier otro medio de notificación fehaciente.Producida la rescisión, la CNEA tendrá derecho a tomar posesión de la obra, previo inventario y

evaluación de los trabajos, materiales y equipos en el estado en que se encuentren.Podrá también disponer la prosecución de las obras en las condiciones que estime más

convenientes, respondiendo la EMPRESA por los perjuicios que sufra la CNEA a causa del nuevo CONTRATO que celebre cuando la rescisión haya sido por culpa de aquel.

El inventario se realizará con un representante de cada parte, sin Interrupciones y sin que por ello, se paralice la obra.

Si la EMPRESA no hubiera accedido a estar representada en este acto de inventario, se le enviará bajo constancia, una copia del mismo, aprobada por la CNEA.

El evalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos nombrados uno por cada parte, Si no hubiese acuerdo, las partes nombrarán de común acuerdo un árbitro cuyo fallo será inapelable; en caso de desacuerdo el mismo será designado por LA CNEA.

La CNEA practicará asimismo la liquidación de todos los trabajos ejecutados por la EMPRESA y terminados con arreglo al CONTRATO y determinara las cantidades y clases de trabajos inconclusos, materiales e implementos inventariados que sean de recibo indispensable en la obra.

Los materiales e implementos no aceptados por la CNEA serán retirados de la obra por la EMPRESA a su costo dentro de los QUINCE (15) días corridos siguientes a la notificación fehaciente.

Si la EMPRESA no cumpliera esta disposición en el plazo señalado, la CNEA hará retirar y depositar fuera de la obra esos materiales e implementos, estando todos los gastos y daños a cargo de aquel.

Los trabajos inconclusos no aceptados, serán demolidos por la CNEA por cuenta de la EMPRESA.

El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados, terminados o inconclusos, que sean de recibo, materiales o implemento, aceptados a precio de inventario, constituirán un crédito a favor de la EMPRESA previa deducción de los pagos a cuenta efectuados.

Cuando la rescisión fuera por causa de la EMPRESA, el mencionado crédito quedara en poder de la CNEA hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, respondiendo aquel a los excesos de estos y a los demás perjuicios que se originen con motivo de la rescisión o de la mala ejecución de los trabajos.

Si en el caso anterior, la suma retenida no bastase para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión erogue a la CNEA, la EMPRESA deberá abonar a la primera el saldo que por ese concepto resulte.

CAPÍTULO II: SEGUROS

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosART. 113:Requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras.

1) Tendrán capacidad para obligarse y deberán estar habilitadas para contratar con el Estado, por lo que no deberán encontrarse alcanzadas por las causales previstas en el Art 27 y Art 28 del Decreto N° 1023/2001.

2) Deberán cumplir con lo establecido en el Art 31 del Decreto N° 1023/2001.3) Deberán demostrar que su situación financiera se encuentra dentro de los valores de referencia

de los indicadores que al respecto elabora y publica trimestralmente la Superintendencia de Seguros de la Nación. Para su acreditación se requiere la presentación de copia de la circular publicada por el referido organismo oficial, correspondiente al último trimestre calendario transcurrido y publicado

inmediatamente anterior a la fecha de contratación y que se avale con la garantía.4) No se admitirá la presentación de seguros de caución en los cuales el asegurador no se

constituya en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de exclusión y división en los términos del Art 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

ART. 114:Condiciones de contratación de los seguros.Todas las pólizas exigidas deberán cumplir con lo establecido a continuación:

1) Renuncia derechos de subrogación: todas las pólizas (a excepción de la referida al seguro de vida obligatorio) deberán contener una cláusula de renuncia a los derechos de subrogación contra la CNEA, sus funcionarios y empleados.

2) Constancias de pago: La EMPRESA deberá entregar a la CNEA los certificados de cobertura al momento del Acta de Inicio de las obras, Posteriormente deberá entregar copia completa de dichas pólizas y copia de sus respectivos recibos de pago, La EMPRESA obtendrá la renovación de los certificados cuando sea necesario, y se enviarán copia de ellos a la CNEA tan pronto como se dispongan de los mismos.

3) Endoso: Las pólizas indicadas en la presente cláusula (a excepción del seguro de vida obligatorio) deberán contener un endoso que indique que no podrán ser modificadas ni anuladas sin la autorización previa de la EMPRESA.

4) Subcontratistas: Es responsabilidad de la EMPRESA controlar que sus subcontratistas contraten coberturas del mismo tenor que las exigidas a ésta y que cumplan con todos los requisitos estipulados en la presente cláusula.

5) No se admitirá la presentación de seguros de caución en los cuales el asegurador no se constituya en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de exclusión y división en los términos del Art 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

6) Disponibilidad: Los contratos de seguros a tomar por la EMPRESA estarán a disposición de la CNEA, quien podrá rechazarlos por causas debidamente fundamentadas y exigir las constancias de su vigencia.

7) Notificación de cambios: La Compañía Aseguradora deberá comunicar a la CNEA con una anticipación de quince (15) días toda modificación, disminución, congelación de valores básicos, cancelación o falta de renovación de las pólizas contratadas. Cuando la Compañía Aseguradora no cumpla con este requisito, la CNEA tendrá derecho a dirigirse contra la EMPRESA en el caso de siniestro para el pago de los montos asegurados que correspondan.

8) Responsabilidad de la EMPRESA: En caso de siniestro, la EMPRESA será responsable,

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independientemente de las coberturas establecidas, del pago de los suministros y servicios dañados.

9) Plazo de aviso: La EMPRESA deberá comunicar a la CNEA, dentro de las 48 horas de sucedido un evento dañoso en la obra o en relación a la misma, para lo cual, antes del inicio de las actividades, deberá interiorizarse sobre los planes de emergencia y evacuación del sector o Centro donde se desarrollen los trabajos.

10)Acción por omisión de la EMPRESA a asegurar: Si la EMPRESA dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia a los seguros a su cargo, mencionados en estas condiciones o cualquier otro seguro que pudiera ser exigido con los términos del CONTRATO, la CNEA tendrá el derecho pero no la obligación de contratar y mantener en vigencia dichos seguros y pagar las primas necesarias para estos fines, deduciendo oportunamente los montos pagados de las sumas devengadas o a devengar a favor de la EMPRESA o bien recuperar los mismos como deuda de la EMPRESA.

11)La EMPRESA será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados en (o resultantes de) cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de esta cláusula, ya sea como resultado de cualquier anulación de dichos seguros o de cualquier otro motivo.

12)Comprobantes: para cada uno de los seguros, la EMPRESA deberá presentar comprobantes de pago de las primas, ya sea de contado o de cada una de las cuotas.

13)Validez de los seguros: será desde la fecha de Acta de entrega del terreno - iniciación de las obras de cada rubro, hasta la del Acta de Recepción definitiva.

14)Franquicias: será a cargo de la EMPRESA el pago de las franquicias establecidas en la póliza y en general de cualquier daño no cubierto por la misma, salvo que dicho daño se hubiera originado por un riesgo exceptuado.

15)Las Compañías Aseguradoras tendrán que constituir domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, someterse a los Tribunales Ordinarios de la misma, renunciar al beneficio de excusión y división.

ART. 115:Seguros.Todas las pólizas deberán ser presentadas con una antelación no menor de tres días hábiles de

la firma del Acta de Inicio de los trabajos, La falta de presentación y/o aprobación de las pólizas, por causas imputables a la EMPRESA, impedirá la emisión de cualquier certificado de obra.

La CNEA podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.

Detalle de seguros:1. SEGUROS DEL PERSONAL:

Toda persona que se desempeñe en la obra, pertenezca o no al CONTRATISTA, deberá estar asegurada contra los riesgos de accidentes de trabajo (ART), en compañías aseguradoras autorizadas de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N° 24,557 y sus modificatorias.

El seguro será igualmente obligatorio para el personal de los subcontratistas que intervengan en la obra con los mismos requisitos exigidos al CONTRATISTA.

Se incluirá una cláusula mediante la cual la ART y la CONTRATISTA renuncian en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra la CNEA Se deja constancia que el personal de la

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosCONTRATISTA o Subcontratista que no acredite su condición de asegurado no será autorizado a ingresar a la obra.

La EMPRESA será responsable y deberá mantener libre de reclamos a la CNEA, por los daños y perjuicios que deban ser indemnizados como consecuencia de cualquier accidente, lesión, incapacidad o muerte, y por todo otro reclamo, demanda, actuación judicial o extrajudicial, costas, costos y gastos de cualquier índole en relación con los mencionados accidentes y lesiones.

Dicha póliza deberá cubrir los siguientes conceptos: indemnización por muerte, incapacidad total o permanente, incapacidad parcial y permanente, incapacidad temporal, asistencia médica, farmacéutica, gastos sanatoriales y aparatos de prótesis y ortopedia.

La póliza de referencia deberá ser acompañada con el comprobante de pago de la prima, para la correspondiente aprobación por parte de la CNEA.

La EMPRESA debe acompañar listado de personal, cubierto en la póliza En caso de producirse bajas e incorporaciones, deberá informarse a la Cia de Seguros, en los términos que indica la Ley.

Mensualmente La EMPRESA comunicará a la INSPECCIÓN, el movimiento de personal que pudiera producirse, adjuntando los anexos correspondientes a la póliza original u presentará a la INSPECCIÓN las constancias de pagos al día de las obligaciones respectivas.

2. RESPONSABILIDAD CIVIL:La EMPRESA deberá presentar una póliza de Seguros de Responsabilidad Civil, por los daños,

y/o lesiones que pudieran ser ocasionados a terceras personas y/o propiedades de terceros con motivo de la ejecución de los trabajos. Se deberá incluir la cláusula de responsabilidad civil cruzada.

3. SEGURO CONTRA INCENDIOS:Asimismo deberá asegurar la obra contra riesgos de incendio y por daños a personas y

propiedades, hasta la recepción definitiva.En dichos seguros la CNEA deberá aparecer bajo la denominación de asegurado en su carácter

de Comitente.Las pólizas de seguros contra incendio deberá contener un resumen de la obra asegurada, con

detalles tales como: tipo de estructura, tabiques, cielorrasos, pisos, revestimientos, instalaciones, etc.Particularidades:

a) El monto asegurado será progresivo de acuerdo al Pían de Trabajos.b) La Póliza endosada a favor de la C N E A deberá indicar que comprende la totalidad de las

obras ejecutadas y los bienes acopiados.c) Este seguro debe cubrir como mínimo las siguientes condiciones:

Seguro contra incendio, rayo y/o explosión y demás riesgos normalmente incluidos en las pólizas emitidas en la República Argentina.Extensión de la Póliza, a los efectos de cubrir daños ocasionados por ciclón, tornado, huracán, vendaval, granizo o similares, para cubrir daños o consecuencias de inundación, torrente, avenida de aguas y riesgos factibles de ser cubiertos como extensión de la póliza normal de incendios, Extensión para cubrir incendio y daños materiales a consecuencia de terremoto y/o movimientos imprevistos de tierra.Puede exceptuarse de la cobertura de incendio los caminos y las obras de provisión de agua y desagüe cloacales y pluviales.Valor a asegurar: será en todo momento el equivalente a la reposición a nuevo de las obras terminadas con más de un quince por ciento (15 %).

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosPodrá a tal efecto, contratarse el seguro mediante ajustes mensuales automáticos, partiendo de una primer suma asegurada equivalente al valor a alcanzar a la finalización del primer mes de vigencia de la póliza.Se incrementaría al final de dicho mes hasta el valor total a alcanzar en el segundo mes y así sucesivamente, de acuerdo al Plan de Trabajos y/o Curva de Certificaciones aprobado.

4. OTROS SEGUROS:En el PBCP podrán exigirse seguros adicionales o sustitutos de los aquí solicitados.

TÍTULO VIII: DISPOSICIONES LEGALES

CAPÍTULO I

ART. 116:Disposiciones legales vigentes.Todo lo que no está previsto en este Pliego de Condiciones Generales o en el PBCP de la obra,

estará sometido a:La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064.El Decreto Delegado N° 1023/01, sus concordantes, reglamentaciones, modificaciones y demás

normas vigentes relacionadas.En caso de divergencias o de aspectos no contemplados por dichas normas, serán de aplicación

los principios generales del derecho administrativo.En relación a la Protección del Medio Ambiente, las ofertas deberán confeccionase conforme a

lo establecido y dando cumplimiento a las Reglamentaciones dentro del marco Legal ambiental vigente con relación a la obra de referencia.

Las empresas contratistas, durante el desarrollo de las obras, deberán cumplir y respetar las legislación Nacional, Provincial o Municipal en materia ambiental vigente en el lugar de los trabajos, En cada PBCP se detallara las condiciones y requisitos específicos para cada caso. Será de aplicación la Ley de "Compre Trabajo Argentino" N° 25.551 y su Decreto Reglamentario N° 1600/2002 demás normas y/o reglamentaciones vigentes relacionadas.

La EMPRESA dará estricto cumplimiento a las leyes relativas al trabajo y sus decretos reglamentarios.

La EMPRESA deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ley N° 19 587 y su Decreto Reglamentario N° 351/79; sobre Riesgo de Trabajo Ley N° 24 557 y sus Decretos Reglamentarios N° 170/96, N° 334/96 y demás legislación vigente en la materia.

La EMPRESA, deberá dar cumplimiento al Procedimiento de habilitación y control de empresas contratista o similar que se encuentre vigente en la dependencia de la CNEA donde se realicen los trabajos, del Manual de Seguridad (si los hubiera), como así también, respetar y colaborar con los planes de emergencia y evacuación de cada Centro o Delegación.

ART. 117:Documentación laboral obligatoria a presentar.Previo al inicio del trabajo la EMPRESA presentará a la INSPECCIÓN todos los elementos que

se indican a continuación, sin perjuicio del cumplimiento de toda aquella Norma o Reglamentación que

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciospudiera surgir en la materia y se exija para estar asegurado, esto refiere a la implementación y confección de un Programa de Seguridad Aprobado por la A R T asociada por la empresa en cuestión.

Asimismo LA EMPRESA deberá presentar mensualmente, en el lugar que indicara el PBCP, la siguiente documentación:

a) Nómina del personal que efectivamente haya prestado servicios, donde conste CUIL, Nombre y Apellido, Remuneración bruta, N° de cuenta bancaria, firmada por LA EMPRESA.

b) Copia del Certificado de cobertura de Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART).

a) Constancia de pago de remuneraciones.b) Declaraciones Juradas del SICOSS con sus comprobantes de pago.c) Copia del acuse de recibo que respalda el alta temprana de cada empleado en AFIP.

Documentación a presentar por LA EMPRESA que se encuentre fuera del marco de la LCT (ejemplo: Cooperativas de Trabajo constituidas con anterioridad al Dec. 2015/94 y Res 1510/94) y MONOTRIBUTISTAS:

a) Nómina del personal que efectivamente haya prestado servicios en el mes en cuestión donde conste CUIL/CUIT, Nombre y Apellido, Remuneración bruta, N° de cuenta bancaria, firmada por LA EMPRESA.

b) Comprobante de pago de Monotributo e ingresos Brutos.c) Constancia de cobertura de Seguro de Accidentes Personales.

El Programa de Seguridad puede armarse en base a:1) Resol, SRT 319/99: tareas repetitivas y de corta duración.2) Resol, SRT 51/97: empresas subcontratistas (para tareas específicas en el Edificio Sede

Central).3) Resol SRT 35/98: contratista principal (para todo tipo de tarea a realizar).

Contenido del Programa de Seguridad:1) El Programa de Seguridad deberá estar "APROBADO", luego de haber pasado 7 días hábiles de

haberlo entregado y/o retirado de la ART, no obstante por el momento deberá contener la verificación de que se ha "RECIBIDO" por la misma.

2) Nomina del Personal que trabajará en la obra.3) Identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora.4) Descripción de las tareas a realizarse.5) Fecha de Confección y Vencimiento del Programa de Seguridad.6) Etapas Constructivas con cronograma.7) Posibles Riesgos Generales en tareas y acciones realizadas en la obra.8) Medidas de Seguridad Específicas por etapas.9) Legajo Técnico según Decreto 911/96.10)Listado de Maquinas y/o Equipos.11)Medidas de Seguridad a adoptar para controlar y/o eliminar los riesgos previstos.12)Notificación de Inicio de Obra (Aviso de Obra).13)Datos del Asesor de Higiene y Seguridad Laboral de la Empresa.14)Datos del Comitente.15)Datos de la Empresa Subcontratista (según el caso).16)Resol, 231/96 rubricado por profesional actuante.

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17)El programa de Seguridad deberá contener constancia de capacitación y constancia de entrega de Elementos de Protección Personal para todo el personal interviniente y perteneciente a la empresa.

18)Plan de Emergencia.19)Croquis de ubicación.20)Anexos.

La CNEA no se responsabilizara por posibles inconvenientes sobre el particular que pudieran ocasionares en cumplimiento del respectivo contrato.

CAPÍTULO II: DISPOSICIONES VARIAS

ART. 118:Cotizaciones en moneda extranjera.Cuando por cualquier motivo se aceptaran cotizaciones en moneda extranjera, el importe de las

garantías correspondientes se constituirá en moneda nacional calculándolas al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, al cierre de las operaciones del día anterior de su constitución, El importe de la garantía deberá ajustarse cada vez que se verificase un incremento mayor al diez por ciento (10%) en la cotización de la moneda extranjera teniendo en cuenta el Art. 25.

ART. 119:Uso de patentes.Todos los derechos por el empleo en las obras de materiales o dispositivos patentados, se

entienden incluidos en los precios de CONTRATO y la EMPRESA deberá abonarlos aun cuando la CNEA este eximida del pago.

La EMPRESA pondrá a la CNEA a cubierto de cualquier reclamo y demanda que pudiera originar el uso indebido de la patente.

En el caso de que estos reclamos o demandas prosperen, aun después de la Recepción Definitiva de la obra, la EMPRESA se obliga a restituir a la C N E A todos los gastos o costas a que diera lugar y además todo otro perjuicio que le ocasionaren.

ART. 120:Responsabilidad por infracción a las disposiciones administrativas y policiales.La EMPRESA y su personal deberán cumplir en forma estricta las disposiciones nacionales,

provinciales, municipales y policiales vigentes en el lugar de ejecución de las obras, siendo el primero el único responsable de su inobservancia y corriendo por su cuenta el pago de las multas y el resarcimiento de los daños y perjuicios derivados de cualquier infracción a dichas disposiciones según el Art. 85.

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COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

“ACONDICIONAMIENTO DEL LOCAL 56 DEL EDIFICIO DE APLICACIONES DEL CENTRO ATÓMICO EZEIZA”

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1) OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:

Llámase a Licitación Pública por el sistema de ajuste alzado relativo, para realizar trabajos de “Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza”, de acuerdo a Pliego de Condiciones Generales (PCG.), el presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP.), Especificaciones Técnicas (ET), planos y demás documentación detallada en la presente contratación.

2) TRABAJOS QUE COMPRENDE :

Esta Contratación comprende los trabajos que a continuación se enumeran en forma global: Adecuación de obra civil y arquitectura; instalación de energía eléctrica (provisión y montaje de grupo electrógeno); instalación de los servicios;

Wi-fi; corrientes débiles (TE, datos, montaje intercomunicadores, provisión y montaje de ups

y conexión de alarmas de incendio). provisión y montaje de cajas de paso; adecuación cabinas de flujo laminar, bioseguridad y radioquímicas; provisión y montaje del sistema de ventilación y aire acondicionado; provisión de mobiliario.

Este listado es solo indicativo del tipo de tarea a realizar, debiendo el Oferente analizar la totalidad de la documentación de la Licitación y cotizar la totalidad de tareas necesarias para terminar el edificio en su totalidad, con los servicios probados y habilitados para su inmediato uso.

3) ALCANCE DE LAS OFERTAS:

Las especificaciones técnicas tienen un carácter descriptivo y no taxativo, por lo que el contratista queda obligado a la ejecución de todo trabajo que implícitamente resulte necesario para lograr el correcto funcionamiento de las instalaciones.

4) OBLIGACIONES Y GARANTIAS:

ART. 25) GARANTÍA DE OFERTACada propuesta deberá ser acompañada por un comprobante del depósito efectuado como

garantía o de un seguro de caución, equivalente al 1% del Presupuesto Oficial.

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Las pólizas deberán ser emitidas con los textos autorizados por la Superintendencia de Seguros de la Nación y bajo la Reglamentación vigente.

Si la fianza bancaria no fuera satisfactoria, la COMISION requerirá al OFERENTE su reemplazo por otra, en un plazo de DOS (2) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación. En caso de incumplimiento de este plazo la COMISION dará por no presentada la oferta en cuestión.

5) ADECUACIÓN DE ARTÍCULOS DEL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES:

Para la presente Contratación se establecen los alcances que a continuación se detallan en los siguientes Artículos del Pliego de Condiciones Generales.

Art. 3º) Consulta de la Documentación:Los oferentes podrán realizar consultas sobre este Pliego en la oficina N° 125 de Compras y

Contrataciones, ubicada en el edificio de Instrumentación y Control del Centro Atómico Ezeiza sito en Presbítero Luis González y Aragón Nro. 15 - CP: B1802AYA. Las mismas podrán realizarse hasta 5 días antes de la apertura.

Art. 25º) Garantía de la Oferta:Se establece: Dado que la Ley 13064 define el 1%, se fija el presupuesto Oficial de la obra total

en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000,00)

Art. 33º) Devolución de Garantías de la Oferta:Se establece: Deberá ajustarse al Art. 58 de la Ley 13064.

Art. 96º) Recepción Provisoria de la Obra:Para poder obtener la recepción provisoria de la obra, el “Contratista” deberá realizar no solo la limpieza final, sino que deberá restituir los locales o espacios que hayan sido afectados a las condiciones en que se encontraban antes de iniciar los trabajos.

Art. 98º) Plazo de Garantía:Se establece que el plazo de garantía será de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días

corridos, a partir de la fecha de Acta de la Recepción Provisoria.

Art. 109º) Forma de Pago - Certificados:Rige lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales Art. 102.Las facturas serán abonadas a los treinta (30) días de la recepción de la misma y a través de la

Cuenta Única del Tesoro.Los pagos del Tesoro Nacional se efectuarán conforme las disposiciones de la Resolución Nº

262/95, de la “Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos”.Los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores son los siguientes:

- BANCO D LA NACIÓN ARGENTINA- BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES- BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES- BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- BANCO CREDICOOP COOP. LTDO.- BANCO DEL SUQUIA S.A.

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- BANCO SANTANDER RIO S.A.- BANCO PATAGONIA SUDAMERIS S.A.- BANCO SAN JUAN S.A.- HSBC BANK ARGENTINA S.A.- BANCO MACRO BANSUD S.A.- NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.- BBVA BANCO FRANCES S.A.

A los efectos de producir las altas, bajas y modificaciones de beneficiarios en el sistema integrado de información financiera, el Contratista deberá presentar ante la División Intervención Caja (Av. del Libertador 8250 Capital Federal) la documentación contemplada en el Anexo l, de las Disposiciones Nº 21 C.G.N. y Nº 10/95 T.G.N.

No podrá ser Adjudicado el Oferente que no cuente con el Número de Beneficiario.La “Contratista” se obligará en los términos del presente pliego a no ceder, transferir o constituir

prenda comercial sobre los créditos emergentes del Contrato de Obra, bajo ningún concepto o causa, quedando la Comisión legalmente autorizada a rechazar y/o impugnar cualquier cesión, transferencia o prenda convenida.

Art. 12º) Forma de Contratación:Se establece forma de Contratación.La obra se contrata por el sistema de “Ajuste Alzado” con acopio de materiales.

Art. 106º) Acopio de Materiales:El contratista podrá acopiar y certificar materiales en obra durante su transcurso, ajustándose

estrictamente al Plan de Acopio de Materiales que deberá presentar juntamente con el Plan de Trabajos, los que deberán constituir un todo orgánico que permita apreciar el desarrollo de la obra.Las cantidades de materiales acopiados no podrán en ningún caso exceder las necesarias para ejecutar toda la obra.

Sólo se certificará el acopio de los materiales que forman parte de la Planilla de Materiales a Acopiar, integrante de las Especificaciones Particulares.En el caso de materiales pasibles de ser afectados en su calidad o cantidad por el transcurso del tiempo su ritmo de acopio se adaptará al Plan de Trabajos aprobado, admitiéndose como máximo un avance de dos meses entre la previsión de acopio y su empleo en la ejecución del ítem correspondiente.-

Se confeccionará la Planilla de Liquidación de Acopio de materiales tomando las cantidades efectivamente entradas a la obra, durante el plazo establecido en el plan de acopio de materiales y los precios básicos de la oferta de la Contratista Aceptada por el Comitente. La certificación de los acopios podrá realizarse a partir de la orden de compras oficializada a fábricas y contra la presentación de Póliza de Caución por el 100% del importe acopiado, que garantice la provisión en los plazos y condiciones detallados en la documentación de compra. Cuando el material sea instalado en obra, se procederá al desacopio respectivo.

Todos los materiales certificados a favor del Comitente deberán ser inventariados e inspeccionados para establecer su cantidad y estado. Si se comprobare la inexistencia total o parcial de material acopiado, o no estuviera en debidas condiciones, se intimará su reposición en el término de 48 horas, por orden de servicio u otra forma fehaciente. Si el Contratista, no diere cumplimiento a dichos requerimientos, el Comitente podrá deducir los perjuicios que se establezcan de los créditos que

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosel Contratista tuviere a su favor, y si no fueren suficientes se afectarán las garantías y fondo de reparo, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales en que se encuentre incurso como depositario, cuyas acciones deberán promover de inmediato el Comitente.

A solicitud de la CONTRATISTA se deberán medir y certificar mensualmente hasta un ciento por ciento del acopio de los materiales listados en la Planilla de Acopio de Materiales y que deberán estar depositados en el lugar habilitado como obrador.-

Será condición previa a la Certificación que los materiales acopiados respondan a las exigencias de aprobación y recepción establecidos en la documentación respectiva.

A los efectos de la Certificación el Proponente deberá presentar los precios unitarios de los materiales que prevea acopiar en la planilla del respectivo acopio.-

Art. 107º) Desacopio de Materiales:La INSPECCION en los Certificados que se expidan con posterioridad al reconocimiento de

acopio, efectuará el desacopio, conforme a la incorporación de los materiales y/o elementos acopiados en la obra ejecutada.

Art. 62º) Conducción de los trabajos:Rige en su totalidad lo establecido por el Art. 52 del P.C.G., debiendo poseer el Contratista o su

Representante Técnico el título de Ingeniero, Arquitecto o Maestro Mayor de Obras.

Art. 117º) Leyes de Trabajo:A los efectos de la aplicación reglamentaria de las Leyes pertinentes, se considera a la presente

Obra de Arquitectura.La Contratista dará estricto cumplimiento a las leyes relativas al trabajo y sus decretos

reglamentarios, siendo obligatorio presentar, ante el requerimiento de la INSPECCIÓN, las constancias de su cumplimiento, aportes jubilatorios, seguros obreros, aprendizajes, etc.

Art. 117º) Seguros - Ley de Higiene y Seguridad - ARTLa póliza de cumplimiento de la Ley24557, a los efectos de asegurar la obligación del contratista

de mantener libre a la Comisión Nacional de Energía Atómica, de toda responsabilidad o reclamo, deberá contener:

1 - Una cláusula por la cual la Aseguradora de Riesgo del Trabajo renuncie expresamente a iniciar toda acción de repetición contra la Comisión Nacional de Energía Atómica en razón de las prestaciones que con base en la Ley 24557 otorgue al personal de la asegurada, de manera tal que la misma cubra la responsabilidad del contratista y de la CNEA., en su calidad de contratante por la duración de los trabajos amparados por la locación de servicios.

2 - Otra cláusula por la cual la ART., se obliga a comunicar a la CNEA., todo incumplimiento de la Póliza en que incurra el asegurado especialmente la falta de pago en término de la misma.Con el objeto de clarificar lo expuesto, se transcriben los textos de las cláusulas requeridas:

a) - “ART.” renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra la Comisión Nacional de Energía Atómica, sus funcionarios, empleados o agentes, bien sea con fundamento en el Art. 39.B, de la Ley 14557 o en cualquier otra forma jurídica, con motivo de las prestaciones en especias o dinerarias que se vea obligada a otorgar al personal dependiente o ex-dependiente de la (Empresa Contratista) alcanzados por la cobertura de la presente póliza por

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosaccidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridas o contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.

b) - “ART.” se obliga a comunicar a la Comisión Nacional de Energía Atómica, Centro Atómico Ezeiza, agencia Minipost (1842) en forma fehaciente los incumplimientos a la Póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma dentro de los DIEZ (10) diez días de verificados.

La Contratista y/o Subcontratista deberá entregar al Inspector de Obra de la Comisión Nacional de Energía Atómica (al momento de la firma del acta de iniciación de los trabajos y luego trimestralmente) la documentación que certifique la vigencia de la cobertura, sin perjuicio de la facultad de la CNEA., de solicitar dicha documentación en cualquier momento de la relación contractual.

Art. 50º) Construcciones Auxiliares - Obrador:No rigen los Artículos 51 y 52 del Pliego de Condiciones Generales. La “INSPECCIÓN” señalará

el Sector dentro del predio asignado, que habrá de destinarse al Obrador. Constará como mínimo de depósito de herramientas, vestuarios de operarios y baño.

Todas las instalaciones y conexiones serán a cargo de la “Contratista” así como su mantenimiento y limpieza.

El costo del Obrador, que no podrá superar el TRES POR CIENTO (3%) del precio de la oferta, será consignado en la planilla de cotizaciones como un rubro más y será certificado en DOS (2) partes iguales. La primera una vez concluido o provisto con el primer certificado emitido y la segunda al superarse el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto contratado.

Art. 54º) Vigilancia y Señalización de las Obras:Responsabilidades: La vigilancia de la obra en horas no laborables, podrá estar a cargo de un

sereno a juicio del “Contratista”, para lo cual éste ampliará, sin cargo, el obrador con las comodidades requeridas, debiendo cumplimentar lo señalado en el Art. 10 del Pliego de Condiciones Generales

El hecho de no haber sereno, no implica responsabilidad alguna a la “Comisión” por falta de materiales, herramientas y/o enseres que estén en custodia del “Contratista”.

Art. 72º) Depósito de Materiales:El CONTRATISTA estará obligado a tener siempre en la obra y disponible según CONTRATO, la

cantidad de materiales que se requieran para la buena marcha de los trabajos independientemente de lo obligado por el Plan de Acopio, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado. El CONTRATISTA se sujetará en ése caso a las órdenes de la INSPECCION pero queda entendido que el hecho de que la misma no haya formulado observaciones sobre el particular, no le eximirá de la responsabilidad que le concierne para la mala calidad de las obras ejecutadas, o la demora en terminarlas.Art. 46º) Planes de Trabajo y Certificaciones:

Se establece tiempo a efectos de la presentación del Plan de Trabajos, Curva de Certificaciones y Cronograma de Inversiones se considerará que la obra será desarrollada en ciento veinte (120) días corridos.

Art. 83º) Plazo Contractual:Se establece un plazo contractual de ciento veinte (120) días corridos.

Art. 85º) Multas y otras Penalidades:

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Rige lo establecido en el Art. 85 del Pliego de Condiciones Generales.En particular se fijan para el punto a) del referido Artículo, el MEDIO POR MIL (0,5%o) del monto

del contrato por día hábil administrativo y para el punto e) el UNO POR MIL (1%o) del monto del Contrato y por día hábil administrativo.

Art. 48º) Planos:Antes de dar comienzo a los trabajos la Contratista deberá obtener la aprobación definitiva de

los planos y demás documentos necesarios para la ejecución de los mismos.Con relación al punto 29º del Pliego de Condiciones Generales, la Contratista entregará los

siguientes planos Conforme a Obra:

a) Plantas y cortes de Arquitectura.b) Plantas y cortes de Instalación Sanitaria.c) Instalación Eléctrica.d) Instalación de Gas y de aire comprimido.e) Instalación Anti-Incendio.f) Instalaciones de Ventilación y Aire Acondicionado.g) Campanas Radioquímicas.

Y los que se requieren en las Especificaciones Técnicas

Art. 82º) Servicios Prestados por la Comisión: A requerimiento de la Adjudicataria se le proveerá de líneas telefónicas internas y externas, que

deberán ser abonadas, se cobrarán en carácter de expensas y se regirá por el Convenio particular a celebrar entre las partes.

6) ARANCEL DE IMPUGNACION: En el caso de presentar impugnación, el Oferente deberá depositar con carácter condicional un

importe equivalente al DOS POR CIENTO (2%) del total de la cotización presentada, incluido el I.V.A. Si se hace lugar a la impugnación se reintegra la garantía al impugnante. Cuando la impugnación no prospera la pierde. Deberá hacerse con VEINTICUATRO (24) horas de anticipación o al momento de la presentación de la impugnación, por medio de cheque, depósito en efectivo o Póliza de Seguro de Caución, en la División Contable - Sector Tesorería del Centro Atómico Ezeiza.

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ACONDICIONAMIENTO DEL LOCAL 56 DEL EDIFICIO DE APLICACIONES DEL CENTRO ATÓMICO EZEIZA

ÍNDICE

1. Objeto.2. Alcances.3. Generalidades.4. Índice de rubros.5. Descripción de rubros.6. Sistema de ventilación y Aire Acondicionado.7. Instalaciones.8. Instalación Eléctrica.9. Cajas de Paso.10 Reforma Recintos Varios.11 Requerimientos.12 Movimientos de los Recintos.13 Inspección y Ensayos.14 Mobiliario y Equipamiento.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios1) OBJETO

El objeto de la presente especificación es detallar la reforma del local 56, ubicado en el edificio de Aplicaciones en los Laboratorios de Radiofarmacia del Centro Atómico Ezeiza, Partido de Ezeiza.

2) ALCANCESReformar el local 56 a los requerimientos de Salas Limpias ISO Clase 6

(Limite de máxima concentración 35.200 partículas/m3 de aire para partículas iguales o mayores de 0,5 micrones), de acuerdo a la a Norma ISO 14644-4 “Diseño, Construcción y Puesta en Marcha de Áreas Limpias” y adecuar un recinto de animales a las condiciones de Bioterio, proveyendo al área de un sistema de ventilación acorde con estos requerimientos y proveer un sistema que garantice energía eléctrica sin interrupciones a aquellos equipos que lo requieran. Comprende la ejecución de las siguientes actividades principales:

Adecuación de obra civil y arquitectura; instalación de energía eléctrica (provisión y montaje de grupo

electrógeno); instalación de los servicios;

Wi-fi; corrientes débiles (TE, datos, montaje intercomunicadores,

provisión y montaje de ups y conexión de alarmas de incendio). provisión y montaje de cajas de paso; adecuación cabinas de flujo laminar, bioseguridad y radioquímicas; provisión y montaje del sistema de ventilación y aire acondicionado; provisión de mobiliario.

Este listado es solo indicativo del tipo de tarea a realizar, debiendo el Oferente analizar la totalidad de la documentación de la Licitación y cotizar la totalidad de tareas necesarias para terminar el edificio en su totalidad, con los servicios probados y habilitados para su inmediato uso.

3) GENERALIDADES

3.1) Provisión de Energía y AguaLa CNEA – CENTRO ATÓMICO EZEIZA, proveerá a la Contratista de agua

potable y energía eléctrica para el movimiento de máquinas e iluminación provisoria de la Obra. Estará a cargo de la Contratista el material y la mano de obra necesarios para las tareas de conexión correspondientes, como así su mantenimiento y posterior retiro finalizada la obra La tarea estará a cargo de un electricista matriculado.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios3.2) Presentación de Documentación para Aprobación

La Contratista deberá presentar planos, memorias de cálculo y demás documentos contractuales para su aprobación, siguiendo la operativa descripta en el Pliego de Condiciones Generales y Particulares y en la especificación “Requisitos Generales para Generación, Revisión y Aprobación de Documentos Técnicos”.

Toda la documentación descripta deberá estar acompañada, sin excepción, de una Nota de Pedido.

3.3) Plan de TrabajosDentro de los cinco días de adjudicada la obra la Empresa Constructora

deberá presentar un Plan de Trabajos con todas las tareas enumeradas en el Listado de Rubros y podrá agregar todas las que considere necesarias y no estén contempladas para terminar en tiempo y forma los trabajos

Durante el transcurso de la obra se podrá solicitar el Plan de Trabajo la cantidad de veces que la Inspección lo considere necesario, y la contratista estará obligada a reformularlo y entregarlo un plazo no mayor a 7 días corridos. Cada entrega del plan de trabajo deberá estar acompañado por una Nota de Pedido.

3.4) Documentación de ReferenciaLa construcción y montaje de todos los componentes definidos en esta

Especificación Técnica deberá realizarse sobre la base de lo explicitado en la documentación que acompaña al expediente y a los siguientes planos:

PL-ARQ Radiofarmacia - Reacondicionamiento Laboratorio N° 56;

4) ÍNDICE DE RUBROS

A)DESCRIPCION DE RUBROS1) Introducción;2) conceptos Técnicos-Legales;

Autoridad fiscalizadora; documentación técnica; dirección de obra.

3) requerimientos para inicio de los trabajos.

B)SISTEMA DE VENTILACION Y AIRE ACONDICIONADO1) Objeto;2) alcance;

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3) sistema de ventilación; Requerimientos; cálculo y proyecto del sistema de ventilación; provisión y montaje de sistema de ventilación; conductos; equipo de acondicionamiento; terminales y filtros; extracción de aire; sistema de control.

4) adecuación del bioterio; Ventilacion; temperatura; humedad; iluminación; acústica.

5) puesta en marcha y regulación de sistema de ventilación.

C) INSTALACIONES1) Generalidades;2) grupo electrógeno;

Transferencia automática;3) UPS

D)CAJAS DE PASO1) Objeto y alcance;2) descripción de las cajas de paso;3) requisitos de la provisión;

Caja CP-01; caja CP-02; caja CP-03; tipos de apertura.

E) REFORMA DE RECINTOS VARIOS1) Objeto y alcance;2) descripción de los trabajos;

Cabina de flujo laminar horizontal; cabina de bioseguridad; campanas radioquímicas L-c (Local 56)

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señales débiles inspección previa.

F) REQUERIMIENTOS1) Materiales;2) planos conforme a obras;3) de la base:4) del estante;5) requerimiento de las uniones soldadas.

G)MOVIMIENTO DE LOS RECINTOS1) Generalidades

Embalaje; transporte.

H) INSPECCION Y ENSAYOS1) Generalidades;2) control visual y de terminación superficial;3) control dimensional;4) garantía.

I) MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO1) Objeto y alcance2) requisitos generales;3) evaluación de alternativas;4) muestras;5) requisitos particulares;

Mueble mesa de trabajo; banco botinero; armario bajo; perchero; mueble bajo con anaqueles y estantes; cubierta de autorradiografo; cestos para residuos no radioactivos; cestos para residuos radioactivos; requisitos generales.

5) DESCRIPCIÓN DE RUBROS

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios5.1) Introducción

Las presentes especificaciones técnicas, planos adjuntos y planilla de cotización, tienen carácter descriptivo y no taxativo, por lo que la contratista queda obligada a la ejecución de todo trabajo que implícitamente resulte necesario para lograr el correcto funcionamiento del edificio y sus instalaciones. Para tal fin la Contratista deberá presentar los planos de obra, de acuerdo a como se indica en la presente especificación.

Previo al inicio de la obra, y dentro de la superficie destinada a la ejecución de la misma, la Contratista deberá limpiar el sector retirando escombros, residuos y todo elemento extraño a fin de dejar la tierra vegetal libre de impurezas para su posterior extracción y utilización.

Todos los materiales, piedras, arbustos, malezas, desechos y rezagos serán retirados por la Contratista y ubicados en los lugares que indique la INSPECCIÓN dentro del predio del CENTRO ATÓMICO EZEIZA.

La Contratista realizará el replanteo planimétrico de toda la obra incluyendo la determinación y materialización de ejes y niveles de referencia.

5.2) Conceptos Técnico – LegalesSe establecen en este punto los aspectos técnico-legales a tener en cuenta,

sin perjuicio de lo que se establezca en el pliego de CONDICIONES GENERALES de la Obra.

5.2.1) Autoridad FiscalizadoraEl Inspector de Obra ejercerá sus tareas de acuerdo a lo establecido. Será

designado antes del comienzo de las actividades.

5.2.2) Documentación TécnicaSe deberá formar un legajo conteniendo la documentación técnica (planos,

planillas, memorias de cálculo, certificados de ensayos de materiales, estudios de suelos, etc.) necesaria para realizar la obra a la que se integrarán las presentes especificaciones y las condiciones generales.

Las dimensiones que consignan los planos oficiales son aproximadas y por ello la Contratista deberá efectuar los replanteos pertinentes y realizar las construcciones quedando bajo su responsabilidad cualquier accidente, imperfecciones o peligros derivados de causas que sean imputables tanto a su personal, contralor, cálculos o ejecución.

El dimensionamiento será efectuado de forma tal que se respete la modulación que surge de los planos oficiales.

El gasto que demande el estudio y preparación de la documentación técnica se deberá dar por previsto e incluido en los precios que se estipulen para las

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciostareas a ejecutar.

Para todo lo que no este explícitamente indicado en los planos oficiales, en el pliego de Condiciones Generales o en estas especificaciones, regirán íntegramente las prescripciones y normas establecidas.

El Contratista someterá la documentación técnica que elabore a la revisión de la INSPECCIÓN de Obra quien la devolverá aprobada, aprobada con observaciones o rechazada.

El tiempo que se demore la ejecución de la obra por motivo de presentaciones parciales incompletas, que merezcan observaciones y/o no respondan a las especificaciones, no será causal de prórroga de plazo contractual, e incluso podrá ser motivo de aplicación de multa por incumplimiento en la presentación de la documentación.

La aprobación por parte de la inspección de obra de la documentación técnica no deslinda a la Contratista de su responsabilidad total sobre el diseño, ejecución de la misma, funcionalidad y de su seguridad.

5.2.3) Dirección de ObraLa Gerencia de Coordinación del Centro Atómico Ezeiza, designará a los

Inspectores de obra, quienes serán comunicados a la empresa por nota en ocasión de la entrega del terreno.

5.3) Requerimientos Para Inicio de los TrabajosDentro de los cinco días de la firma del Acta de Inicio, la Contratista

elaborará conjuntamente con la Inspección un Programa de Trabajo con las siguientes premisas:

El área de Radiofármacia está conformada por varios locales unidos al local a modificar y deberá seguir funcionando en forma independiente de los trabajos a realizar, debiéndose efectuar un cierre provisorio del área de manera tal que no afecte a los restantes sectores, pero de suficiente hermeticidad para que el sistema de aire filtrado y presurizado no se vea afectado por estos trabajos.

En el área afectada (Local 56), se debe tener sumo cuidado con los pisos techos y paredes, protegiendo al máximo los pisos de PVC revistiéndolos con cartón corrugado y depositando sobre éstos placas de material fenólico de 9mm de espesor cortadas a la medida del área afectada. Respecto de las paredes y techos si bien es conveniente trabajar con sumo cuidado revistiéndolos con film de polietileno, es inevitable la rotura de ciertas partes que deberán ser reparadas acorde a la función que va a cumplir dicha sala.

El sellado de cajas eléctricas se realizará con tapas ciegas, son en total 15 cajas rectangulares y 4 cajas cuadradas de 20 x 20.

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La puesta en marcha y regulación del sistema de ventilación será la última tarea del Programa.

Una vez aprobado por el Comitente el Programa de Trabajos, se podrán comenzar con las tareas correspondientes, siendo siempre la primera la delimitación de las áreas de trabajo para evitar la dispersión de suciedad a las áreas no involucradas. Esta delimitación física será tal que aísle el área donde se trabaja pero que no impida la libre circulación por las otras áreas no comprometidas.

Será responsabilidad de la Contratista el traslado de todos los insumos, herramientas y materiales necesarios para la realización de las tareas encomendadas.

La Contratista deberá establecer su oficina en la zona delimitada a tal efecto por la Inspección. En caso de considerar insuficiente el área asignada, solicitará su ampliación a la Inspección la que la concederá en caso de permitirlo las condiciones del lugar en que se ejecute la tarea, siempre que medien razones que la justifiquen.

La Contratista deberá cercar su oficina de modo de no afectar las condiciones estéticas y de funcionalidad del lugar.

Dentro del recinto para la oficina deberá construir como mínimo de depósito de herramientas, vestuarios de operarios y baño y sus oficinas, depósitos, etc. los que deberán tener un aspecto estéticamente correcto.

Antes de comenzar estas construcciones deberá someter a la Inspección un croquis en que figuren las principales características. Aprobado el mismo, podrá iniciar su construcción.

La Contratista dispondrá en su oficina de un equipo de maquinarias, herramientas y útiles suficientes y necesarios para realizar las tareas con la mayor celeridad y facilitar el trabajo de los operarios.

Al realizar la visita al lugar de las tareas indicada en el Art. 2.1. de las Cláusulas Particulares le será entregada copia del Procedimiento General de “Habilitación y Control de la Empresas Contratistas y Monotributistas en el CAE”, de aplicación obligatoria.

6) SISTEMA DE VENTILACION Y AIRE ACONDICIONADO

6.1) ObjetoDotar al local 56 del Edificio de Aplicaciones de un sistema de ventilación acorde a los requerimientos de Salas Limpias ISO Clase 6.

6.2) Alcance

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Reformar el local 56 a los requerimientos de Salas Limpias ISO Clase 6 (Limite de máxima concentración 35.200 partículas/m3 de aire para partículas iguales o mayores de 0,5 micrones), de acuerdo a la a Norma ISO 14644-4 “Diseño, Construcción y Puesta en Marcha de Áreas Limpias” y adecuar el recinto de animales a las condiciones de Bioterio, proveyendo al área de un sistema de ventilación acorde con estos requerimientos y proveer un sistema que garantice energía eléctrica sin interrupciones a aquellos equipos que lo requieran.

6.3) Sistema de Ventilación

6.3.1) RequerimientosComo se observa en el Plano adjunto como Anexo 1 al presente Pliego el área esta conformada por el local L-a (Bioterio), local L-b (Laboratorio) y local L-c (Transferencia de Ingreso), vinculado al resto del edificio a través del local 40 (Pasillo). Este último local tiene su ambiente ventilado y acondicionado por un sistema existente que asegura el mantenimiento de condiciones ambientales de confort, con calidad de aire Clase 100000 según los requisitos de la Norma ISO Federal Standard 209E y una depresión de -7 Pa respecto del exterior el edificio.Particularmente en el local L-a deberá asegurarse ventilación y acondicionamiento de aire durante las 24 horas los 365 días del año. Las condiciones a mantener se indican más adelante.

6.3.2) Cálculo y Proyecto del Sistema de VentilaciónSe diseñará el sistema en base a la utilización de equipos roof-top frío/calor a bomba de calor, y unidades manejadoras de aire (UMA), con una red de conductos de inyección y extracción de aire del local, con terminales de techo, el equipamiento de regulación y control del sistema y todos los demás componentes y accesorios necesarios para cumplir con el objeto del sistema para acondicionar los locales en Salas Limpias ISO Clase 6 considerando la utilización de 100% de aire exterior.Atento a la necesidad de asegurar el acondicionamiento del local L-a y teniendo en cuenta los límites de regulación requeridos para el mismo, se admite la utilización de calefactores eléctricos y humectadores en conducto.La clasificación de aire limpio utilizada en la presente especificación se corresponde con la Norma ISO 14644-4. El diseño responderá a los lineamientos estándar del proveedor, pudiendo utilizar los lineamientos definidos en el manual “Handbook of Air Conditioning System Design” (ISBN13: 9780070100909 o ISBN: 9788426714992), o

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equivalente. Serán dimensionados para que tenga 30 renovaciones por hora en cada local. Se tendrá especial cuidado en el sellado de los pasajes a través del cielorraso para evitar que el aire del local pase a la parte superior del mismo. Lo mismo vale para el pasaje de conductos a través de cielorrasos, losas y paredes.Todos los locales tendrán módulo terminal con batería filtrante HEPA para la inyección de aire, y el aire extraído de los locales deberá también estar filtrado con filtros HEPA antes de su volcado a la atmósfera. La extracción del Bioterio deberá tener una etapa de carbón activado para olores luego del filtro HEPA..Los conductos serán calculados por el método de "Igual Fricción" y se adoptará una pérdida de presión de 0,1mmCA/metro de longitud, hasta una velocidad máxima de 10 m/seg. Tener en cuenta que en el conducto principal de inyección se tenga una presión disponible de 800Pa. No se admitirá el uso de conductos flexibles, salvo en la acometida a equipos donde se requiera aislación de las vibraciones o tramos de ajuste.A los efectos de la definición y provisión del sistema de control de la ventilación, además de los requisitos convencionales de funcionamiento, seguridad e integridad de los equipos, se deberá tener en cuenta que el diseño debe garantizar en todo momento el gradiente de presiones que se establezca entre cada local. En el acceso al SAS se dispondrá de indicación independiente de las presiones en él y en el local al que da ingreso, debiéndose mantener constante el sentido del gradiente de presiones entre los mismos. Entre cada local se establecerá una diferencia de presión de al menos 15Pa teniendo en cuenta que el local donde se alojan los animales es el de menor depresión y el pasillo exterior el de mayor.

6.3.3) Provisión y Montaje de Sistema de VentilaciónEn función del diseño Aprobado por la Inspección, la Contratista proveerá la totalidad de equipos, componentes y accesorios para completar llave en mano la instalación de ventilación y aire acondicionado del Área especificada. El sistema de ventilación estará conformado por una red de conductos, una o más unidades de acondicionamiento de aire, unidades de filtración de aire y un sistema de control, el diseño deberá asegurar que cumplirán los siguientes requisitos mínimos.

6.3.3.1) ConductosLa distribución interna se realizará por sobre el cielorraso suspendido por lo que se tendrá en consideración su relación con la carpintería metálica y los

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artefactos de iluminación, a fin de evitar interferencias, faltas de modulación, obstrucciones, etc.La red de conductos, y sus componentes asociados (curvas, guiadores, etc.) serán rectangulares de chapa galvanizada unión longitudinal grafada, con tramos unidos con bridas y junta de neoprene.

6.3.3.2) Equipo de AcondicionamientoEn función de los requisitos de disponibilidad de la instalación se propone la instalación de una unidad manejadora (UMA), que estará construida en paneles de chapa prepintada en pintura Epoxi color blanco y buhonería de acero inoxidable, aislamiento térmica de espuma de poliuretano de alta densidad (mínimo 50Kg/m3) y compuesta por seis (6) etapas a saber:1.º. Etapa - Tratamiento de aire exterior con filtro de 36 mallas entrecruzadas,

filtro clasificación G3 y persiana antilluvia.2.º. Etapa - Banco de filtros clasificación G4.3.º. Etapa - Evaporadora/s conectada/s con cañería de cobre el/los

condensadores, de marca reconocida en el mercado. Con cañería de desagote de condensado.

4.º. Etapa - Motoventilador DADE centrífugo de mando a correa y polea. Diseño Air-Foil accionamiento eléctrico con variador de frecuencia, apto para operar satisfactoriamente dentro de un rango de temperatura de –10º C a +60º C con servicio continuo. El motor desarrollara la potencia adecuada para operar el ventilador en las condiciones de diseño sin exceder del 75% de la potencia indicada en la chapa de identificación. La tensión de los motores será de 3 x 380 V 50 Hz, aislamiento Clase F Protección IP 55. El motoventilador provisto estará dinámicamente balanceado de manera que ningún punto de conjunto la amplitud exceda 0,002 pulgadas. El montaje del motoventilador se realizara con tacos amortiguadores a la base del manejador y junta de lona de conexión con la etapa siguiente. Deberá tener un enclavamiento que impida funcionar a la 3º Etapa cuando este ventilador no funcione. Tendrá las protecciones eléctricas requeridas por Norma.

5.º. Etapa - Compuesta por una batería de filtros clasificación F9.6.º. Etapa - Pleno de salida con regulación con actuador modulante.

Esta UMA se dimensionará para atender los requerimientos de ventilación de toda el área menos el local L-a “Bioterio”. Este local tendrá su propia UMA con iguales características que la anterior pero con dos ventiladores iguales, uno

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reserva del otro.Al igual que las UMA se dispondrá de dos unidades condensadoras, una dimensionada para atender al Bioterio solamente y la otra dimensionada para la totalidad del área, que servirá como back-up de de anterior, por lo que se deberá disponer del correspondiente cuadro de válvulas motorizadas para que al dejar de funcionar la condensadora del bioterio la 3ra Etapa de su UMA sea atendida por la otra condensadora, por lo que ambas Condensadoras recibirán energía eléctrica de la línea de emergencia.Solo la UMA del bioterio se alimentará de energía eléctrica de la línea de emergencia.El equipamiento se montará en alero sobre la ventana del local o con sistema de plataforma sobre pared lateral exterior del local, los conductos de inyección y extracción deberán ingresar a la instalación por pared y no por el techo.En caso de requerirse se construirá una cabina de protección para el equipo de aire, con estructura de hierro galvanizado en caliente reticulado seis columnas. Vigas con cerramiento de chapa trapezoidal. Techo con pendiente con la misma chapa. Son de aplicación para el diseño y el cálculo de la estructura metálica la norma IRAM 503 y el reglamento CIRSOC normas Nº 301/2/3/4. Las chapas metálicas serán de hierro galvanizado, trapezoidal T-98, o similar calidad, color a elección de la Inspección. En el montaje de las chapas metálicas del sobretecho se deberá garantizar la estanqueidad de las juntas, mediante la colocación de bandas de compresión y las superposiciones longitudinales y transversales de las chapas metálicas, serán las aconsejadas por el fabricante.Para dimensionar la fuente de energía alternativa no se considerará la simultaneidad de falla de alimentación eléctrica y falla del sistema del bioterio.

6.3.4) Terminales y FiltrosTodos los módulos terminales estarán equipados con batería filtrante (HEPA) y serán sanitarios, contarán con regulación independiente. En todos estos locales la ubicación de las inyecciones y extracciones serán tales que se consiga un barrido de aire lo más vertical posible en toda el área de cada local teniendo en cuenta la distribución del equipamiento interno.Los filtros HEPA (High Eficiency Particulate Air) serán probados individualmente y certificados para una eficiencia mínima de 99,99% para partículas de 0,3 µm o menores según el método US MIL STD-282. Los filtros serán revisados en fábrica. La eficiencia DOP, junto con el número de serie del filtro y el nombre del fabricante serán estampados indeleblemente en cada filtro. Limpios tendrán una pérdida de carga de 250 Pa medida a caudal nominal, y mantendrán dicho caudal hasta con una perdida de carga de 500

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Pa. El medio filtrante será construido por una lámina continua plegada y montada en un espacio cerrado con separadores de papel kraft o aluminio. El sellador deberá ser auto extinguible. Los marcos serán de acero galvanizado calibre BWG 16. Serán de medidas estándar en el mercado local de marcas reconocidas, además el filtro deberá poseer su certificado original de fábrica que garantice la eficiencia requerida. Se deberá adjuntar ficha técnica. Deberán poseer certificado de cumplimiento de Resistencia al Fuego según Norma MIL-F-51079.Los conjuntos de filtros serán montados sobre armazones de chapa de hierro reforzado con dispositivos de sujeción, utilizando resorte de presión para permitir el desarme y renovación sin dificultad. Se colocarán burletes en el perímetro de asiento de los marcos de los filtros.Las unidades filtrantes poseerán cada una un manómetro diferencial para señalizar localmente la pérdida de carga generada por la unidad.

6.3.5) Extracción de AireComo se dijo antes, al tratarse de un sistema 100% de aire exterior el aire se extraerá de los locales por medio de ventiladores de extracción, previo a los cuales deberán existir etapas de filtrado con filtros HEPA, durante el diseño se determinará si la etapa de prefiltros se coloca justa antes de los HEPA (en una misma cabina) o se colocan en las rejas de extracción de cada local. La extracción del Bioterio deberá tener una etapa de carbón activado para olores luego del filtro HEPA.Cualquiera sea la seleccionada, los prefiltros serán clasificación G3 según la Norma EN 779 y los filtros HEPA tendrán los mismos requisitos que los definidos en el Punto 3.3.3.La extracción del Bioterio contará con dos ventiladores iguales conectados en paralelo para utilizar uno como reserva del otro.Los ventiladores de extracción serán de diseño Air-Foil, con accionamiento eléctrico con variador de frecuencia, apto para operar satisfactoriamente dentro de un rango de temperatura de –10º C a +60º C con servicio continuo. El motor desarrollara la potencia adecuada para operar el ventilador en las condiciones de diseño sin exceder del 75% de la potencia indicada en la chapa de identificación. La tensión de los motores será de 3 x 380 V 50 Hz, aislamiento Clase F Protección IP 55. Cada motoventilador provisto estará dinámicamente balanceado de manera que ningún punto de conjunto la amplitud exceda 0,002 pulgadas y el montaje se realizara con tacos amortiguadores.Todos los ventiladores de extracción descargarán a los cuatro vientos a través de una chimenea ad-hoc, que se deberá instalarse teniendo en cuenta los

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vientos dominantes en la zona y las tomas de aire exterior de los sistemas de ventilación de la facilidad.

6.3.6) Sistema de ControlSe basará en la utilización de tecnología digital ya sea con PC dedicada o con PLC.El sistema poseerá un tablero de mando y control donde se instalarán botoneras y señalización luminosa de arranque y parada, y la indicación de la pérdida de carga en la unidad filtrante. El tablero deberá cumplir con las exigencias de una protección IP44. Diseñado para ser montado adosado a la pared.La instalación eléctrica se deberá ajustar en un todo a los reglamentos vigentes, relativa a instalaciones eléctricas en edificios y las normativa del AEA.El sistema permitirá:

Controlar la integridad del equipamiento de la instalación Setear y mantener los parámetros ambientales dentro de los

valores determinados Realizar el ciclado de iluminación del Bioterio Llevar el registro de temperatura y humedad dentro del bioterio

Ciclar los ventiladores titular y de reserva del sistema del bioterio, para que ambos funciones la misma cantidad de horas mensuales

Accionar las válvulas que permiten alimentar la etapa de acondicionamiento térmico del aire de la UMA del Bioterio con la Condensadora propia o la de reserva.

Trabajar coordinadamente con el sistema de transferencia de línea de energía eléctrica normal a energía de emergencia

Gestionar las alarmas del sistema.

6.4) Adecuación del BioterioDado que los animales que se encuentran en este recinto están inmuno-suprimidos y deben permanecer en condiciones ambientales de extremo cuidado por largos periodos de tiempo, se deberá readecuar el Bioterio teniendo en cuenta las siguientes condiciones. Se deberá disponer de un registro diario de temperatura y humedad (almacenar los valores cada hora) y permitir su volcado a un medio externo para liberar la memoria una vez al mes y a demanda.

6.4.1) VentilacionEl sistema deberá entregar aire puro (ISO Clase 6) al recinto en el cual se encuentran alojados los animales bajo tratamiento. El aire deberá circular por

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el recinto asegurando el barrido del mismo sin áreas muertas. Como carga de calor se tendrá en cuenta, además la de paredes y techo, la carga interna debida a la iluminación (a definir por la Contratista) y de los animales que resulta de 150 Kj/h.

6.4.2) TemperaturaDentro del recinto en el cual se encuentran los animales se deberá incluir un calefactor eléctrico (tipo placa calefactora con termostato de 500-1000 Watt) con un sistema seteable en una temperatura especificada dentro de un rango 21°C < t < 24°C que regule la temperatura del ambiente en el valor deseado con una exactitud de ±1°C. El controlador de temperatura deberá estar fuera del recinto. En cualquiera de los casos la temperatura de seteo y la real deben poder observarse en un display.

6.4.3) HumedadDentro del recinto en el cual se encuentran los animales se deberá incluir una batea humectadora con accionamiento eléctrico y un sistema seteable para una humedad especificada dentro de un rango 40% < H < 60% que regule la humedad del ambiente en el valor deseado con una exactitud de ±5%. El controlador de humedad deberá estar fuera del recinto. El valor de humedad de seteo y la real deben poder observarse en un display.

6.4.4) IluminaciónDentro del recinto en el cual se encuentran los animales se deberá incluir un sistema de iluminación por leds (muy baja temperatura de radiación) del tipo calido y con intensidad y apertura lumínica suficiente para visualizar correctamente las jaulas y el recinto. El sistema de luces debe ser dimerizable para atenuar la iluminación a valores que no cause fatiga a los animales en estudio. El rango de atenuación de la iluminación a utilizar estará comprendido entre 30% < I < 100% y estará alojado en la caja de luz dentro del recinto. Como máximo se admite un nivel de 300 lux medidos a una altura de 1 m respecto del piso terminado. Automáticamente se establecerá un ciclado de iluminación que pueda ajustarse entre 10 y 14 horas de luz y oscuridad (por ej. 14 h de luz y 10h de oscuridad o 12 h de luz y 12h de oscuridad u otro ajuste intermedio), este ajuste será independiente del nivel de iluminación prefijado, y el cambio deberá de estado deberá realizarse en forma gradual para simular el ocaso y el amanecer.

6.4.5) AcústicaDado que la sensibilidad de los animales a los ruidos los expone a una

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situación de stress, el máximo nivel de ruido será de 65 dB(A) y se deberá aislar acústicamente las paredes laterales y techo, para lo cual se deberán desmontar los paneles de yeso de paredes y techos y revestirlos en la parte interna con doble capa de lana de vidrio. Luego se deberá rearmar tanto techo como paredes en la misma condiciones que exige la ISO Clase 6. Toda las placas de yeso removidas, deberán contar una terminación de pintura Epoxi, tal cual fue encontrado previo al inicio de la obra.A titulo informativo, se registrado un máximo nivel de ruido ambiente en el exterior de 96 dB(A) con un Nivel de Presión Sonora de 79 dB(A) cuando despega un avión intercontinental y pasa sobre el Centro Atómico.

6.5) Puesta en Marcha y Regulación de Sistema de VentilaciónEntregar la instalación completamente terminada en perfectas condiciones de funcionamiento, en las condiciones requeridas.El Contratista deberá proveer los insumos, herramientas y consumibles que demande la regulación y prueba de la instalación, disponiendo de todos los instrumentos necesarios para tal fin. Una vez terminada la instalación se mantendrá durante un periodo de 6 días a razón de 24 horas diarias en las condiciones interiores exigidas a fines de controlar el buen funcionamiento de la instalación y verificar el funcionamiento mecánico y térmico de la misma.Se deberá dejar perfectamente reguladas todas las instalaciones para que las mismas puedan responder a sus fines en la mejor forma posible.Las pruebas de recepción, se efectuarán de acuerdo a lo determinado por las Normas IRAM de recepción de instalaciones, teniendo en cuenta las características de medición establecidas y los ajustes en caso de que las mediciones se efectúen con temperatura exterior que difieren de las especificadas.En los casos de circuitos de refrigeración, antes de cargarse con refrigerante, deberá ser probado con nitrógeno seco o anhídrido carbónico con agregado de algún refrigerante. Bajo ningún concepto se podrá utilizar aire para pruebas. Todas las pruebas tendrán una duración mínima de 24 hs, no debiendo acusarse caída de presión y durante la prueba se revisarán todas las juntas y soldaduras con elementos especiales a fin de verificar pérdidas una vez efectuada la prueba anterior.Se comprobará si la ejecución de los trabajos y la construcción de cada uno de los elementos están en un todo de acuerdo a lo ofrecido y contratado y si las cañerías y conexiones no presentan fugas y las previsiones contra las dilataciones térmicas de los materiales son suficientes y correctas.Se medirán los caudales de aire, amperaje de motores eléctricos correcto

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funcionamiento de controles, protecciones, enclavamientos y cualquier otro dato que sea necesario. Para la medición de los caudales de aire con tubo Pitot o anemómetro, se deberán dejar accesos taponados en los conductos de aire y todas las pruebas serán de duración suficiente para poder comprobar el funcionamiento satisfactorio en régimen permanente. Las mediciones serán volcadas en una memoria escrita, ordenada en planillas.Se tendrá en cuenta que la instalación Clasificada como Sala Limpia ISO Clase 6 deberá entregarse Certificada según los requisitos de la Norma ISO 14644-4 – Diseño, construcción y puesta en marcha de áreas limpias.

7) INSTALACIONES

7.1) Generalidades

7.1.1) ObjetoEl presente capítulo hace referencia a la coordinación que debe existir entre todas las instalaciones especiales y el resto de las obras. Se resumen y agrupan los distintos elementos comunes a todas las instalaciones o las particularidades para algunas de ellas.

7.1.2) Responsabilidades de la Empresa ContratistaSerá responsabilidad del Contratista, la definición de todos los detalles de

los siguientes elementos, controles de la ejecución y provisión de los mismos. Soportes, sujeciones e insertos; tapas, rejas, rejillas, y sombreretes; cajas y tableros; intersecciones; ubicación relativa de los suministros en los tendidos comunes a varios de

ellas; coordinación en tiempo y modo ejecución.

7.1.3) Coordinación de InstalacionesEs responsabilidad del Contratista la coordinación de las instalaciones de servicios de equipos y de todas las instalaciones auxiliares e infraestructuras.Los planos de obra civil deberán contener la información necesaria correspondiente a las distintas instalaciones a fin de dejar en dichos elementos (vigas, losas, muros, etc.) los orificios necesarios para el pasaje de las instalaciones de servicios, así como los elementos complementarios necesarios (caños camisa, insertos, enganches, etc.).

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios7.1.4) Coordinación en Tiempo y Modo de EjecuciónRegulará para cada instalación, las modalidades y la oportunidad de su ejecución respecto de las otras instalaciones. Se decidirá también la oportunidad de colocación de los elementos que resultan comunes a más de una instalación (soportes), y la observancia de la intercalación de elementos de unión desmontables (bridas, etc.) ubicados de manera tal de permitir un fácil desmontaje de las canalizaciones.Cuando las cañerías a la vista atraviesen mampostería o elementos estructurales, la unión de tramo pasante con el tramo a la vista, deberá ser realizado mediante uniones dobles.En todos los casos, las soluciones o métodos adoptados, deberán ser previamente aprobados por la Inspección.

7.1.5) Ingeniería de Detalles de TallerEl contratista deberá resolver, con la aprobación de la Inspección los problemas que pudieran surgir durante el desarrollo de los trabajos como así también proponer modificaciones que pudieran resultar en beneficio de las instalaciones y/o su montaje. Como mínimo deberá proveer:

Planos de detalles de elementos complejos tales como colectores, uniones y derivaciones, etc;

esquemas de la manera de encarar el montaje de las conexiones a maquinas o equipos.

8) INSTALACIÓN ELÉCTRICA

8.1) GeneralidadesEl área cuenta con un tablero seccional que provee energía eléctrica desde la red y no tiene otra fuente alternativa. Para asegurar el suministro de energía para emergencias, hay que proveer una fuente alternativa con su respectivo tablero de transferencia.El contratista deberá considerar, todos los elementos necesarios para el montaje del equipo electrógeno propiamente tal, como asimismo el soporte del tablero de transferencia automática el cual viene independiente del equipo.Para la conexión de este equipo se debe considerar el suministro y montaje de un alimentador desde el tablero general y hasta el tablero de transferencia automática.

8.2) Grupo ElectrógenoSe deberá proveer e instalar un grupo electrógeno cabinado apto para

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intemperie, trifásico de 10Kva en stand by como mínimo, a gas-oil, refrigerado por aire conb radiador para uso estacionario y ventilador soplante, con tanque de combustible propio y/o auxiliar, que asegure una autonomía de 48 hs.Tensión nominal 3 x 380/220 V, con neutro accesible, frecuencia nominal 50 HZ, variación de frecuencia < 1% con carga constante, factor de potencia 0.8 inductivo y velocidad de rotación 1500 r. p. m.Sistema de arranque eléctrico y posibilidad de arranque manual. Batería de tipo  sellada,  de  electrolito  absorbido,  libre  de mantenimiento. El equipo propuesto deberá contar con los siguientes instrumentos de medición y control:

Voltímetro. Amperímetro, Llave selectora voltimétrica, Lave selectora Amperométrico, Frecuencímetro Digital, Llave Termo magnética, Cuenta horas, Indicadores de fase, Medidor de presión de Aceite, Medidor de voltaje de Carga Batería Medidor de nivel de combustible Llave de Contacto Interruptor electromagnético. Sistema de parada automático por Baja Presión de Aceite,

Alta Temperatura del refrigerante, sobre-velocidad, etc.

Equipo montado sobre chasis metálico tipo trineo con tacos antivibratorios incorporado entre Chasis-motor- alternador e instalado en un recinto insonorizado, con acabado exterior en pintura apta para intemperie, estructura autoportante y cerradura, en lugar a definir por la InspecciónTendrá silenciador de escape y filtro de aire. Los gases de combustión, deberán ventilar a los 4 vientos sobre el nivel del edificio.

8.2.1) Transferencia AutomáticaA los efectos de prever la falta de suministro del local por cortes en la red, se deberá proveer e instalar un sistema de transferencia automática y programable que disponga la entrada de grupo en forma automática ante la ausencia de señal de red. Para ello deberá tener un modulo de lógica que detecte y mida los parámetros de red y grupo (Tensión-Corriente-Rotación de fases-Presión de Aceit-Nivel de Batería-Detección de fallas) a fin de

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determinar cual será la fuente de energía que abastezca al local.La operación debe ser de tres modos, manual, teste y automático, incluyendo los accionamientos auxiliares y el tablero de maniobras de potencia de red y grupo dimensionado de acuerdo a la potencia generada por el Grupo del punto anterior.Es necesario asegurar la correcta rotación de fases de tanto de la red como del grupo electrógeno, por lo tanto se deberán poner detectores de rotación de fases que permitan el suministro de energía si y solo si la secuencia es correcta. El mando de la potencia, será por contactores enclavados entre si y las protecciones serán Interruptores Termo-magnéticos de adecuada capacidad.Una vez restablecida la tensión de red, la transferencia se efectuara con un retardo de 3 minutos y el grupo funcionara otros 3 minutos en vacío a la espera de asegurar la sustentabilidad de la tensión de red y en etapa de enfriamiento, hasta que apagara el motor.La carga de esta batería se realizara mediante el alternador auxiliar durante el funcionamiento del motor y mediante un cargador automático alimentado desde la red de suministro cuando el equipo no esté en servicio. Este cargador automático será de estado sólido, con limitación de corriente.

8.3) UPSDado que los equipos de medición y control del sistema de ventilación y aire acondicionado del Bioterio y la alimentación de los tomas dedicados a instrumentos de medición en los laboratorios 42; 48; 50; 53 y 55, deben tener energía en todo momento, se proveerán e instalaran dos (2) UPS monofásica con autonomía de 15 minutos para alimentar dichos equipos y que estos permanezcan con tensión en el momento de la transición entre la falta de energía y la puesta en régimen del grupo. Incluir aquí la instrumentación de todos los equipos relacionados con las situaciones de emergencia. Como mínimo cumplirá los siguientes requisitos:

Tecnología ON LINE DOBLE CONVERSION Totalmente digitalizado Entrada de tensión monofásica – salida monofásica. Tensión de Entrada: 230 V.; Tensión de salida: Senoidal pura 230 V +/- 5% a 50 Hz +/- 0,5% Protecciones:

- Contra sobre-tensiones- Infra-tensiones- Sobre temperatura- Sobrecarga (Apagado automático si excede el 110%)

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- Cortocircuito (Apagado automático o protección de fusible de entrada)

Eficiencia: 95 % a plena carga máxima. Batería Tipo Sellada, Plomo ácido, libre mantenimiento,

intercambiable por el usuario. Tiempo de transferencia entre 2 y 4 milisegundos Tiempo de recarga: <4 horas al 90% de la capacidad nominal Alarmas:

- Modo Batería: Beep de cadencia lenta- Batería baja: Beep de cadencia rápida- Sobrecarga: Beep continuo

Ruido audible Menor que 45 dB

9) CAJAS DE PASO

9.1) Objeto y AlcanceDefinir los requisitos generales para la provisión y montaje de Cajas de Paso para el local 56 del Edificio Aplicaciones del Centro Atómico de Ezeiza.

9.2) Descripción de las Cajas de PasoLas Cajas de paso es una unidad auto contenida instalada en un cuarto o zona descontaminada (aséptica), para proteger su ambiente crítico, permitiendo la transferencia de materiales o equipos desde o hacia los cuartos lindantes, en general zonas contaminadas (sépticas). Las instalaciones típicas están en las paredes de cuartos limpios y laboratorios de contención biológicos. En estas aplicaciones, los materiales deben ser transferidos con la mínima pérdida de la presión del cuarto minimizando la cantidad de partículas contaminantes que entran al cuarto, por lo tanto reduciendo la contaminación “cruzada”, y restringiendo la operación de “trafico” al permitir realizarla sin la necesidad de movimiento de personal entre cuartos.Los equipos y materiales ingresan al cuarto vía la Caja, que está equipada con un sistema de traba que impide que ambas puertas sean abiertas simultáneamente.

9.3) Requisitos de la ProvisiónPara Radiofarmacia se requiere la provisión de tres Cajas de Paso, cada una con características diferentes, una para transferir materiales hacia el Local Nº 56 desde el Local Nº 55 denominada CP-01, otra para transferir materiales entre los locales Nº 55 y 53, denominada CP-02 y la tercera, denominada CP-

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03 para ingresar materiales al area de Laboratorios (Pasillo Local Nº 40) desde fuera del mismo (SAS).Todas las cajas tendrán dos puertas verticales, enfrentadas, las mismas serán ligeras, que no se alabeen, resistentes a impacto, desmontables y duraderas. Las cajas están tipificadas según el sentido de apertura de sus puertas según se indica en el Anexo 1 de esta especificación.Todas las cajas deberán disponer como mínimo de trabas mecánicas que impidan abrir una puerta si la otra no está cerrada y trabada. Las cajas serán de construcción rígida de acero inoxidable AISI 304 o 316 (incluso la estructura de montaje), sin fijaciones visibles, utilizando siempre que sea posible una ejecución soldada. Todas las partes a la vista (frentes e interior accesible) tendrán una terminación pulida satinada.Se tratará de disminuir al máximo practicable la diferencia entre las dimensiones de pasaje y las dimensiones exteriores.La apertura y cierre de las puertas (incluso la operación de las trabas) se realizará a mano, teniendo especial precaución en minimizar el esfuerzo necesario realizar para ello. Deberán poder ser accionadas por personal femenino utilizando una sola mano.Todos los frentes deberán ser lisos, sin escalones que faciliten la acumulación de suciedad.Tendrán un diseño que brinde un interior liso que facilite los procedimientos de limpieza, sin sobresalientes o áreas salientes que favorezcan el Crecimiento Bacterial, debiendo permitir la limpieza sin necesidad de remover partes de la Caja.Todas las cajas se entregan ensambladas y listas para su montaje, con todos los accesorios y consumibles necesarios para realizarlo (selladores, juntas, anclajes, etc.).Además de estas características generales, cada tipo de caja deberá cumplir con los siguientes requisitos particulares:

9.3.1) Caja CP-01Tendrá tipo de apertura A-2.Las dimensiones del área de pasaje serán las máximas posibles para una abertura en pared de 45cm x 45cm x 45cm (alto x ancho x profundidad).Dispondrá de un sistema de esterilización por radiación ultravioleta (rayos UVC) utilizando lámparas de rayo ultravioleta libre de ozono (253,7 nm).Las puertas serán ciegas, construidas del mismo material que las cajas, provistas de junta de EPDM encajada en el marco.El sistema de traba mecánico entre puertas será de construcción reforzada, se admite el uso de traba electromecánica si el diseño demuestra que ante

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falla del suministro de energía no se compromete el aislamiento ambiental entre los locales que vincula, permitiendo en estas circunstancias poder vaciar la Caja. El mecanismo de bloqueo estará aislado fuera de la cámara de paso para eliminar su exposición a microbios.En esta caja la cámara de paso estará construida con costuras de soldadura continuas, con esquinas de radio para producir una superficie interna lisa que se pueda limpiar rápida y fácilmente.El accionamiento de apertura de las puertas permitirá identificar visualmente si la puerta está trabada. Las lámparas esterilizadoras solo se encenderán cuando ambas puertas estén cerradas y tendrá un sistema de seguridad que las apague cuando se abra una puerta.

9.3.2) Caja CP-02Tipo de Apertura: A-2Las dimensiones del área de pasaje serán las máximas posibles para una abertura en pared de 45cm x 45cm x 45cm (alto x ancho x profundidad).Las puertas tendrán una ventana de vidrio de seguridad, con todas las partes metálicas construidas del mismo material que las cajas.La ventana será de las máximas dimensiones posibles para dar una visión clara del interior de la cámara sin que por ello se comprometa su esbeltez, provistas de junta de Neoprene encajada en el marco.

9.3.3) Caja CP-3Tipo de Apertura: A-3Será una caja con dimensiones del área de pasaje (alto x ancho x profundidad) de 80cm x 50cm x 50cm. El ancho de la apertura no podrá superar los 60 cm.Es una caja a montar a nivel del piso, apta para transferir materiales utilizando un carro sobre ruedas (que forma parte de la provisión).Las puertas podrán ser ciegas o con una ventana de vidrio de seguridad, con todas las partes metálicas construidas del mismo material que las cajas.El sistema de traba mecánico entre puertas será de construcción reforzada, se admite el uso de traba electromecánica si el diseño demuestra que ante falla del suministro de energía no se compromete el aislamiento ambiental entre los locales que vincula, permitiendo en estas circunstancias poder vaciar la Caja.La pared sobre la que se montará está construida con placas de yeso armadas sobre estructura de perfiles de acero. El carro, construido íntegramente en AISI 304 o 316 con cuatro ruedas de

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Nylon de 100mm de radio, con soporte giratorio sobre rulemán, giro sobre un rulemán, con freno total sobre soporte y rueda. Dimensionado para caber dentro de la cámara de paso con ambas puertas cerradas, apto para transportar una carga máxima de 40 Kg. Dispondrá de una plataforma inferior lisa, sin resaltos y un estante removible con rebordes de 45mm de altura. Con una baranda de empuje.

9.3.4) Tipos de Apertura

10) REFORMA DE RECINTOS VARIOS

10.1) Objeto y AlcanceDefinir los requisitos que deberán cumplirse para realizar modificaciones de la cabina de flujo laminar horizontal, de la cabina de bioseguridad y dos campanas radioquímicas del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico de Ezeiza.

10.2) Descripción de los Trabajos

10.2.1) Cabina de flujo laminar horizontalSe trata de modificar el piso de la Cabina de flujo laminar horizontal ubicada en el laboratorio 56 agregando un agujero de 100mm de diámetro con centro a 200mm del frente y 200mm del lateral izquierdo. Colinealmente con este agujero y por debajo se construirá una base de 200mm de diámetro separada del piso 350mm. Agregar orificio y caja blindada para residuos de mesada

A-1 A-2 A-3 A-4

Area Limpia

Area Sucia

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(descripción: bunker de plomo para descarte y decaimiento de residuos de 2 lts de capacidad interior. Debe ser compatible con el Mod. E-2 Box Marca Inter Life SRL. Debe contar con una carga superior y acceso frontal. El espesor mínimo de Pb ebe ser de 25 mm y de 99.7% pureza. La estructura debe ser en acero SAE 1001, con terminación superficial en pintura epoxi horneable y herrajes en acero inoxidable).Se deberá instalar la plantalla plomada móvil existente y adecuar la cabina realizando los cambios de filtros correspondientes y renovar la pintura de la estructura de la misma con pintura Epoxi. También se deberá cambiar acrílicos laterales.El conjunto se complementa con el sistema de arriostramiento para evitar que la nueva carga deforme el piso de la cabina y el piso de goma. La carga a soportar será un cilindro de 170mm de diámetro, 320mm de altura y 15 Kg de peso, el blindaje para residuos y la pantalla plomada móvil.Todos los componentes metálicos serán construidos en acero AISI 304L, por lo que son mandatarios los requisitos definidos en la presente.Se deberán diseñar y montar un estante móvil para sostener un equipo de 22cmx26cmx27cm y 4 Kg de peso.Se deberán colocar 4 tomacorrientes sobre la pared opuesta al local 55 (dos de ellos para los flujos laminares y los otros para equipamiento accesorio).

10.2.2) Cabina de bioseguridadSe trata de modificar la extracción de la Cabina de Bioseguridad existente para agregarle una etapa de filtrado con carbón activado previa descarga del aire extraído del recinto al ambiente.La cabina es un gabinete de seguridad biológica Clase II Tipo A2 marca SterilGARD, modelo SG 503A-HE de la empresa THE BAKER COMPANY.Se deberá modificar la salida de aire que es una brida rectangular de 400 mm x 400 mm de chapa para conducir el aire hasta una caja de filtros con una etapa de filtración con carbón activado.En caso de ser necesario la conducción de aire entre la cabina y la caja de filtro se realizará con conducto flexible redondo de no menos de 250 mm de diámetro canalizado sobre el cielorraso suspendido. El Filtro de carbón activado será del tipo múltiples celdas rellenas en fábrica cada una con un medio poroso de carbón activado, para uso en instalaciones nucleares. Dimensionado para un caudal máximo de 520 CFM.El medio impregnado con IK al 1,5% en peso, de alta densidad de granulado, peletizado libre de polvo con una actividad mínima de 60%.Armazón de alta resistencia, resistente de humedad y construido para prevenir fuga de aire y derramarse del medio filtrante.

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La resistencia inicial, para una velocidad del aire de 500 FPM, no debe exceder de 0.76 pulgadas de agua con el medio clasificado para 80% de retención. La permanencia en el lecho deberá ser del orden de los 0.25 seg con una velocidad máxima de 25 cm/seg.Se diseñará el filtro para que la cama de carbón activado no tenga un espesor superior a los 50mm.

10.2.3) Campanas RadioquímicasSe trata de modificar el piso de una campana radioquímica ubicada en el laboratorio 55, agregando un agujero de 100mm de diámetro con centro a 200mm del frente y 200mm del lateral izquierdo. Debe incluir también el orificio y la caja blindada para residuos de mesada. El trabajo cumplirá con los mismos requisitos requeridos en el punto 2.1. de la presente para la modificación de la Cabina de Flujo Laminar Horizontal, teniendo en cuenta para el diseño que podrá utilizarse el mueble bajo campana, el que deberá modificarse para adaptarlo a este requerimiento, reemplazando la puerta existente por un nuevo cerramiento.

10.2.4) L-c (Local 56)Se deberá proveer e instalar un sistema de apertura de doble enclavamiento sobre las dos puertas del L-c ubicado en el local N° 56.Mediante Nota de Pedido la Contratista deberá realizar una propuesta de diferentes modelos existentes en mercado, considerando los más adecuados para esta instalación. Posteriormente la Inspección se encargara de la selección y aprobación la misma.

10.2.5) Señales DébilesSe deberá proveer e instalar un Router tipo CISCO o LINKSYS para dotar de Wi-Fi a los locales 53 y 55. Para la correcta ejecución de los trabajos la Contratista deberá coordinar las tareas con el Sector Sistemas de este Centro Atómico.Se instalaran equipos intercomunicadores en los locales N° 48; 50; 53 y 55. El Comitente cuenta con los equipos, por lo que queda a cuenta de la Contratista solamente la instalación de los mismos.

10.2.6) Inspección PreviaEl Proveedor deberá realizar una inspección detallada del lugar donde se encuentran los recintos para asegurarse que su cotización incluya todas las tareas necesarias para poder moverlos, realizar todas las modificaciones y

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montarlo nuevamente cumpliendo con todos los requisitos de la presente Especificación.

11) REQUERIMIENTOS

11.1) MaterialesTodos los materiales utilizados en la fabricación, deberán ser nuevos, sin uso previo y el acero inoxidable.Las chapas y demás elementos deberán ser cortados por medios mecánicos. Si se hiciera necesario recurrir a métodos térmicos de corte, se deberán amolar los bordes hasta que la estructura metalográfica sea la misma que la del material no afectado por el calor.Los discos de amolado para acero inoxidable deberán ser de Dióxido de Aluminio a efectos de evitar la contaminación superficial con compuestos ferrosos.

11.2) Planos Conforme a Obra:Deberán realizarse en función del resultado del control dimensional final y tendrán que reflejar el estado definitivo de los equipos y componentes.

11.3) De la Base Se trata de una base rígida dimensionada para soportar una carga de 25 Kg unida a la cabina con un sistema que permita regular la distancia de separación entre ambas, de 35cm ± 5cm. Una vez seleccionada la posición, el sistema permitirá asegurar la misma en forma segura. Se prestará especial atención a la terminación que no deberá presentar resaltos que impidan la libre circulación de la carga ni tener oquedades que faciliten la acumulación de contaminantes y/o dificulten su limpieza. Se deberá verificar el apoyo perfectamente plano de la carga y la base deberá ser paralela al piso interior de la cabina.En los planos conformes a obra deberá indicarse el torque máximo de apriete de los tornillos.

11.4) Del EstanteSe trata de una base rígida dimensionada para soportar una carga de 4 Kg unida a la cabina con un sistema que permita esconderla cuando no se requiera Una vez seleccionada la posición, el sistema permitirá asegurar la misma en forma segura. Durante la visita al lugar de los trabajos se determinará la posición del estante.La terminación será concordante con la terminación que tiene la cabina.

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11.5) Requerimiento de las Uniones SoldadasLas uniones soldadas de los equipos, deberán efectuarse con alguno de los siguientes procesos:

a) Soldadura de arco con electrodo revestido (SMAW).b) Soldadura de arco con electrodo de Tungsteno y protección

gaseosa inerte (GTAW).c) Soldadura de arco con electrodo metálico y protección de gas

inerte (GMAW).d) Soldadura de arco con plasma (PAW)e) Soldadura de arco sumergido (SAW)

Los materiales de aporte, alambres o electrodos y los demás consumibles, fundentes, etc., deberán cumplir con los requisitos especificados en el Código ASME, Sección II, Parte C y tendrán que ser seleccionados de manera tal que el metal de soldadura aportado, tenga una composición química comparable a la del acero correspondiente al metal base.Será responsabilidad del fabricante, mantener un sistema de control tal que asegure el empleo de los consumibles de soldadura adecuados durante la fabricación de los equipos.Durante la ejecución de las soldaduras no se permitirá que el cordón de soldadura sea martillado o recalcado con ninguna herramienta punzante o cortante, por lo tanto para eliminar escorias y otros elementos extraños, se deberán utilizar otros métodos.La superficie interna de los cordones de soldadura será amolada al ras de la chapa, debiendo ser la rugosidad superficial, similar a la de la chapa del equipo. En el caso en que, por razones de inaccesibilidad, no fuera posible obtener las condiciones anteriormente citadas, se deberá cumplir que la sobremonta interna sea pareja, de ancho uniforme, sin descolgaduras, solapaduras o bordes abruptos.Los ensayos que deberán efectuarse a las uniones soldadas, son control visual, dimensional y con líquidos .penetrantes solo en la pasada final. No serán aceptadas cualquier tipo de grieta, falta de penetración y fusión.Las superficies internas y externas soldadas, deformadas en caliente, tratadas térmicamente o sometidas a otro tipo de operación de alta temperatura deberán ser tratadas con

a) Decapadob) Enjuague intermedioc) Pasivadod) Enjuague final

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e) Control final de superficies

Las superficies internas y externas soldadas, deformadas en frío o con otro tipo de contaminación superficial deberán ser tratadas con

a) Pasivadob) Enjuague finalc) Control final de superficies

Durante la fabricación y posterior manipulación de los equipos y sus distintos componentes, deberá evitarse la contaminación con materiales ferríticos, arena, plomo, halógenos, azufre, etc.Todos los elementos utilizados para la limpieza (solventes, desengrasantes, etc.) deberán estar exentos de halógenos.Se deberán verificar muy especialmente las condiciones de limpieza de las juntas a soldar antes, durante y después de la ejecución de las soldaduras.

12) MOVIMIENTO DE LOS RECINTOS

12.1) Generalidades:Los trabajos podrán ser realizados sin necesidad de retirar los equipos de los locales donde se encuentren, pero en caso que la Contratista quiera realizar los trabajos en su taller se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos para el movimiento de los recintos.Se incluirán aquí todas las tareas y gastos que demande la preparación para el transporte, el traslado entre el lugar donde se encuentran, el taller del Adjudicatario y viceversa y el montaje del recinto en el mismo lugar donde se encontraba (mano de obra, embalaje, transporte, etc.)

12.1.1) Embalaje:A los efectos de preservar las condiciones de limpieza y evitar la contaminación con elementos extraños, como así también los posibles deterioros debidos al manipuleo, los equipos deberán transportarse conforme a los siguientes requerimientos:

a) Todas las bocas de entrada y salida y aberturas en general, deberán ser obturadas con tapones de material adecuado, no contaminante.

b) Deberán cubrirse totalmente con fundas de polietileno de espesor no menor a cien (100) micrones.

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c) Los equipos serán embalados y anclados en cajones o esqueletos de madera de modo tal que ubicado el embalaje en cualquier posición, el equipo permanezca inmóvil. Los cajones o esqueletos serán construidos en madera de espesor mínimo 1 1/2" para los tirantes y 1/2" para el recubrimiento, verificando muy especialmente que los clavos utilizados en la construcción no puedan contaminar los equipos.

d) Los elementos de anclaje deberán ser: polietileno, zunchos plásticos o cartón corrugado; podrá utilizarse madera siempre y cuando este recubierta con polietileno o cartón corrugado.

e) Todas las bases de los embalajes deberán presentar tarimas y además tener listones que permitan el manipuleo con autoelevador.

12.1.2) Transporte:Para evitar cualquier posibilidad de deterioro de los equipos durante el transporte, los embalajes serán asegurados firmemente asegurados al vehículo mediante el uso de sogas y/o lingas de nylon.

13) INSPECCIÓN Y ENSAYOS

13.1) GeneralidadesEl inspector, tendrá libre acceso a planos, procedimientos, especificaciones técnicas, certificados, actas de inspección y todo otro documento que considere necesario para la realización de las inspecciones. Si algún material o equipo no cumpliera con los requisitos especificados, la Inspección podrá rechazarlos debiendo el proveedor hacerse cargo de la totalidad de los costos de reparación y reensayo. Las inspecciones y controles a realizar sobre los equipos tendrán las siguientes particularidades.

13.2) Control Visual y de terminación SuperficialLas superficies internas y externas de los recintos deberán mantener el acabado superficial que tienen. Luego del amolado y pulido de los cordones de soldadura, los mismos deberán presentar una terminación superficial similar a la del material base.

13.3) Control DimensionalLas dimensiones del recinto deberán cumplir con las dimensiones y tolerancias indicadas en los documentos de referencia.No se permitirá una desviación mayor a los 3 (tres) milímetros entre valle y cima de ondulaciones producidas durante la soldadura.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios13.4) Garantía

En caso de que una vez montado el conjunto, se detectaran defectos en la construcción, el proveedor tomara a su cargo todos los trabajos que demandaran las reparaciones de los mismos como así también los trabajos eventuales que sean causados por dicha reparación.

14) MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO

14.1) Objeto y AlcanceDefinir los requisitos que deberán cumplirse para la provisión de mobiliario para el acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones consistente en la provisión de:

Una (1) mesa de trabajo con bajo mesada y alzada (figura 1); dos (2) bancos con anaqueles botineros (figura 2); dos (2) juegos de percheros de pared para instalar en cada SAS de

ingreso; un (1) mueble bajo con anaqueles y estantes para instalar en SAS de

ingreso a pasillo 40; un (1) mueble bajo con estantes para ser instalado en SAS de

laboratorio 56 (L-c); una (1) cubierta para autorradiografo; cuatro (4) recipientes para residuos no radiactivos a pedal; dos (2) recipientes para residuos radioactivos.

Salvo la mesa de trabajo, los restantes componentes de la provisión deberán conformar conjuntos armónicos haciendo juego entre ellos, y cumplirán con los siguientes requisitos mínimos.

14.2) Requisitos generales El mobiliario a cotizar, en un todo de acuerdo con lo descripto en las cantidades, medidas y características establecidas, deberá ser nuevo, sin uso, de primera calidad y su fabricación no deberá encontrarse discontinuada. El oferente deberá indicar en caso de ser posible y estar registrada, la marca de cada bien ofrecido, y el fabricante de los mismos. Las medidas establecidas en los renglones y/o sub-renglones tendrán una tolerancia de +/- 1%. La propuesta deberá contener, de manera obligatoria y sin excepción, toda la folletería clara y legible y una descripción general y un detallado de las partes más importante del objeto, especificando materiales, espesores, terminaciones

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superficiales, sistemas de ensamble y uniones, todo aquello que sea importante o representativo del objeto, artículo o material propuestos para cada ítem; siendo ésta una condición excluyente para la participación en la licitación.Todo el mobiliario deberá proveerse embalado en cartón hasta llegar a su lugar de destino definitivo y será entregado en perfectas condiciones de limpieza e integridad.Durante el transcurso del montaje o armado, se extremarán los cuidados a fin de no dañar lo ejecutado y, finalizado el mismo, las dependencias deberán quedar perfectamente limpias. La inobservancia de estas recomendaciones, facultará a la Inspección a multar a la Contratista a los efectos de subsanar los daños que se pudieran ocasionar.Todas las superficies serán de color, textura y detalles de terminación homogéneos, con uniones disimuladas y respetando el sentido de las vetas.Las maderas que se utilicen serán suficientemente secas y correctamente estacionadas, sanas, carecerán de grietas, nudos saltadizos, averías o de otros defectos cualesquiera.Las maderas se labrarán con el mayor cuidado, las ensambladuras se harán con esmero, debiendo resultar suaves al tacto y sin vestigios de aserradero o depresiones. Las aristas serán bien rectilíneas y sin encalladuras, redondeándose ligeramente a fin de matar los filos vivos.Los herrajes se encastrarán con limpieza en las partes correspondientes de los muebles y se ajustarán a la carpintería.Todo defecto visible que se observe en los muebles al momento de la entrega o en el plazo de garantía, sea alabeo, torcedura, desunión, hinchazón, resecamiento, apolillado, etc., será corregido o cambiado por el adjudicatario a su exclusivo costo.Los materiales y herrajes a utilizar en la construcción del mobiliario serán todos de primera calidad, no se aceptarán objetos que presenten defectos en el material o en la ejecución, ya sean torceduras, fallas en las uniones, roturas, etc...-Las partes móviles de los muebles se colocarán de manera tal que giren y/o se muevan sin tropiezos ni fricciones innecesarias.El mobiliario recepcionado deberá estar en perfectas condiciones, y se rechazarán todos aquellos que presenten partes imperfectas, rayones, manchas o cualquier otra observancia que no cumpla con las especificaciones del presente pliego.Se aceptaran sugerencias en resoluciones tecnológicas siempre que estas proporcionen una mejora en el uso, y/o en la respuesta mecánica de los materiales (uniones, encuentros, mecanismos, etc). Dicha mejora en ningún caso podrá alterar la configuración formal de los productos.

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Los oferentes que presenten sugerencias deberán acompañarlas con una descripción que detalle la o las mejoras obtenidas por dicha modificación. El Comitente podrá aceptar o rechazar las sugerencias a su exclusivo juicio. Dichas modificaciones se cotizarán como alternativas, siendo obligatoria la cotización de lo solicitado.

14.3) Evaluación de alternativas Estas sólo serán consideradas cuando se hubiera presentado una oferta básica admisible. Sólo se evaluarán las presentadas por el oferente mejor ubicado en el orden de mérito. Las mismas deberán ajustarse en un todo a las especificaciones técnicas. El Organismo no está obligado a pronunciarse a su respecto.

14.4) Muestras: La CNEA se reserva el derecho de solicitar muestras para la evaluación de aquellos renglones que considere pertinentes, durante el período de evaluación de ofertas.

14.5) Requisitos particulares

14.5.1) Mueble Mesa de Trabajo Mesa de trabajo construida en acero inoxidable, con alzada y bajo mesada de las siguientes características:Plano de trabajo de 1100 x 600 mmAltura del plano de trabajo al piso 900 mmBajo mesada con dos columnas de cajones, una de tres cajones (dos de ~200 mm de altura y uno de ~400mm) y la otra con un único cajón de ~800 mm altura. La altura total de los cajones será tal que quede una luz hasta el piso de al menos 180 mm.El mecanismo de desplazamiento sobre rodamiento de acero. Con tope de salida de guía y dispositivo de suave accionar que permite la extracción total del cajón sin afectarse su estabilidad.Alzada compuesta de cuatro (4) estantes, uno de 270mm de profundidad y 600 mm de ancho y dos de 1190 mm de ancho y 450 mm profundidad. Se montarán centrados respecto de la mesa, el primero ubicado dejando una luz libre de 390mm sobre el plano de trabajo y los otros dos dejando una altura libre de 235 mm entre estante.Serán construidas totalmente en chapa de acero inoxidable, calidad AISI 304,

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calibre 18 (1,22 mm de espesor), con acabado pulido sanitario. Ejecución soldada, con cordones de soldadura continuos, método TIG. Los estantes serán de chapa perforada y deberán soportar una carga de 30 Kg uniformemente repartida.En caso de utilizar estructuras portantes, estas serán de caño estructural cuadrado o rectangular calibre 18 como mínimo.Todas las aristas serán redondeadas, la mesa tendrá un zócalo posterior y sobre los laterales de al menos 100mm de altura con ángulos redondeados.

14.5.2) Banco con BotineroBanco con encimera de 100 cm de largo, 40 cm de ancho y una altura de 40 cm. En la parte inferior se dispondrán al menos seis anaqueles dimensionados para un par de zapatos de adultos cada uno. Estarán abiertos por un solo ladoNo se admitirá el uso de maderas reconstituidas en cualquiera de sus formas (MDF, Aglomerado, etc.)Las partes construidas en madera maciza tendrán un espesor mínimo de 25 mm y las patas serán de madera dura. Se terminarán pintadas con esmalte sintético con el siguiente esquema:

a) Limpiar las superficies con un cepillo de cerda dura y eliminar manchas grasosas con aguarrás.

b) Lijar en seco, con papel de lija de grano adecuado evitando ralladuras que resalten al pintar, hasta obtener una superficie bien lisa.

c) Dar una mano de fondo sintético blanco.d) Aplicar enduido a espátula en capas delgadas, dejando transcurrir 8 hs.

entre mano y mano, lijar a las 24 horas.e) Una mano de fondo sintético blanco, sobre las partes masilladas.f) Dos manos de esmalte sintético, la 1° será una mano de fondo sintético

con el agregado de 20 % de esmalte sintético y la otra mano de esmalte sintético puro. Se deberá pintar color blanco acabado semi-mate.

En caso de construirse en acero, la encimera será de madera o de chapa conformada de acero pintada o inoxidable pulido sanitario.Las partes construidas en acero se terminarán sin cantos vivos ni bordes cortantes, terminación galvanizado en caliente o pintado o inoxidable pulido sanitario.Para el caso de terminación pintada, este revestimiento se hará con pintura en polvo horneada a base de resina epoxi y poliéster de aplicación electrostática.

14.5.3) Armario bajoSe trata de un armario de 70 cm de largo y 40cm de profundidad, dividido verticalmente en dos sectores, en su parte inferior tenga al menos seis

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anaqueles dimensionados para un par de zapatos de adultos cada uno y en la parte superior dos anaqueles de la mitad del ancho del mueble con dos estantes cada uno. La distancia libre entre estantes no será inferior a los 20 cm.Las características constructivas serán las mismas que las de banco con botinero, debiendo conformar un juego armónico con este y el perchero.

14.5.4) PercheroSe trata de un juego de dos percheros de pared con perchas dobles y rejilla superior portaobjetos, uno con cuatro (4) perchas y uno con seis (6) perchas.Perchas o astas conformando una unidad entre si, dando remate al cuerpo y confiriéndole armonía formal al conjunto, de construcción industrializada (no artesanal). Tanto los materiales como los elementos de unión deberán estar realizados en materiales de primera calidad y tener gran resistencia mecánica para soportar los esfuerzos realizados por el peso de las prendas. Se montarán sobre pared con tornillos y tacos plásticos, elementos a proveer junto con los percheros.

14.5.5) Mueble Bajo con anaqueles y estantesArmario A: 1,70 m de ancho (pared de 1,80 m) y 0,40 m de profundidad, dividido en dos sectores, en su parte inferior tendrá anaqueles dimensionados para un par de zapatos de adulto y en la parte superior un estante que divida el compartimiento en dos. La distancia libre entre estantes no será inferior a los 20 cm.Armario B: deberá ser de 70 cm de ancho, 40 cm de profundidad y contara con dos setantes de al menos 20 cm de altura cada unoLas características constructivas serán las mismas que las de banco con botinero, debiendo conformar un juego armónico con este y el perchero.

14.5.6) Cubierta de AutorradiografoSe trata de una cubierta conformada por tres paredes y un techo construida en acrílico negro de 10 mm de espesorEl frente se cerrará con una cortina de tela negra conformada por al menos tres paños, fijada al techo de la cubierta. La tela de la cortina y la forma de fijación deberán ser seleccionados teniendo en cuenta que en posición de reposo debe cumplir la función de limitar el ingreso de luz al interior de la cubierta. La cubierta generará un espacio interior de 900mm de ancho, 600 mm de profundidad y 600 mm de altura libre.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios14.5.7) Cestos para residuos no radiactivos

Metálicos, de chapa N° 22, de formato cilíndrico, apto para bolsa plástica de 20 litros, con virola plástica en la base, pintados a horno color a elección. Con nervios plegados en la parte superior.

14.5.8) Cestos para residuos radiactivosA - Recipiente con boca de 20 x 20 cm, con 45 cm de altura o similar, con 1 cm de plomo de espesor, con rueditas y tapa a pedalB – Recipiente de 45 cm de altura con espesor de 2,5 cm de plomo, con rueditas y tapa a pedal. Debe contar con dos compartimientos de 20 x 20 cm de lado cada una.

Nota: A continuación se esquematizan los tipos de muebles que se requiere. Válido solo como ejemplo, no mandatario.

Mesa de Trabajo Banco Botinero Armario

14.5.9) Requisitos Generales

Todos los materiales a emplear y/o proveer serán nuevos, sin uso y cumplirán los requisitos establecidos en las correspondientes normas IRAM. Los materiales se almacenarán al abrigo de la intemperie y en condiciones tales que aseguren su adecuada conservación. Los inflamables se guardarán en sitio donde no puedan causar perjuicios. En caso de accidentes el Contratista será el responsable por los incendios o daños que fuesen ocasionados por los materiales acopiados en el lugar de los trabajos.

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La mano de obra será siempre sumamente cuidada, no se confiará el trabajo sino a personal particularmente idóneo, en cada especialidad.Los sectores afectados a los trabajos, deberán estar debidamente vallados, para evitar cualquier tipo de accidentes. El personal que ejecutará los trabajos deberá contar con los distintos elementos de seguridad correspondientes, la Contratista preverá la indumentaria y todos elementos de seguridad requeridos por las normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo que sean de aplicación para este tipo de tareas, deberán tomarse las precauciones necesarias por los riesgos inherentes a las mismos, protegiendo al personal propio y de terceros y las instalaciones.Todo lo inherente a seguros del personal de todo tipo, salarios y cargas sociales, traslados desde y hacia el Centro de Medicinas Nuclear, son responsabilidad del Adjudicatario.

El lugar de ejecución del Servicio deberá estar limpio y ordenado en todo momento y circunscrito a los lugares donde se realicen las tareas, realizando la Contratista la limpieza al concluir las tareas diarias. Una vez concluida la prestación, la Empresa procederá a la limpieza final de los sectores afectados a las tareas y retirar todo el rezago producido por la prestación solicitada, el retiro será por cuenta y cargo de la Empresa. Los trabajos de limpieza del lugar de los trabajos, serán por cuenta del Contratista

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ESPECIFICACIÓN TÉCNICA

REQUERIMIENTOS GENERALES

INDICE

1. Objeto2. Alcance3. Construcción de las Obras por la Contratista4. Provisiones a Cargo de la Contratista5. Responsabilidades de la Contratista6. Relaciones con Otras Contratistas7. Modificaciones8. Costo de Reparaciones9. Unión de las Nuevas Obras con la Existentes10. Personal Obrero11. Limpieza de la Zona de Trabajos y del Obrador12. Herramientas y Equipos13. Supervisión de los Trabajos, Inspección14. Depósito de Materiales15. Sistemas Patentados16. Instalaciones Eléctricas de Obra17. Instalaciones

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18. Ayuda de Gremio19. Arme y Desarme de Andamios20. Daños a Personas y Propiedades21. Seguros22. Otros Requerimientos

OBJETOEl presente Pliego tiene por objeto definir los requisitos generales para la

provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de obras varias en el Centro Atómico de Ezeiza.

1) ALCANCELa presente especificación será de aplicación para el Acondicionamiento del

Local 56 del Edificio Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza.

2) CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS POR LAS CONTRATISTAEl Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las

Especificaciones Técnicas y los Planos, teniendo en cuenta que estos documentos tienen un carácter descriptivo y no taxativo, por lo que el contratista queda obligado a la ejecución de todo trabajo que implícitamente resulte necesario para lograr el correcto funcionamiento de las instalaciones.

Cuando en el Contrato se haga referencia a normas y códigos específicos a los que deban ajustarse los bienes y materiales por suministrar y los trabajos por ejecutarse o verificar, se aplicarán las disposiciones de la última edición o revisión aprobada de las normas o códigos pertinentes en vigencia, salvo estipulación expresa en contrario en el Contrato. En caso de que se trate de normas y códigos nacionales, o relacionados con un país o región determinados, se aceptarán -con sujeción al examen y aprobación previa por escrito del Inspector- otras normas reconocidas que aseguren una calidad igual o superior a la de las normas y códigos especificados.

El Contratista deberá describir con todo detalle por escrito al Inspector, por lo menos veintiocho (28) días antes de la fecha en que desee contar con su aprobación, las diferencias que existan entre las normas especificadas y las que propone como alternativa. Si el Inspector determinara que las desviaciones propuestas no garantizan la obtención de una calidad igual o superior, el Contratista deberá cumplir con las normas especificadas en los documentos.

Asimismo cuando se requiera el suministro de un artículo de marca, se entenderá que el Contratista podrá suministrar otro artículo a condición de que

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosdemuestre, a satisfacción del Contratante, que los sustitutos son sustancialmente equivalentes o superiores a los indicados.

En el caso de especificaciones o planos u otros documentos con deficiencias técnicas no ocultas, el Contratista deberá comunicarlas inmediatamente al Inspector. Se entenderán por deficiencias ocultas, las imposibles de advertir luego de un examen atento y cuidadoso por quien está capacitado para y tiene habitualidad en el arte de la construcción.

Sin perjuicio de lo estipulado en el resto de la documentación contractual se establece que, como las Obras responderán a proyectos que contemplen en sus diseños, de manera especial, el impacto ambiental que el mismo introduce en el ecosistema, el Contratista deberá vigilar la observancia que el diseño prevé para este fin, y cuidar que los métodos constructivos que emplee contemplen la inclusión de medidas mitigadoras a fin de provocar el menor impacto posible en el medio circundante (polución; ruidos; deterioros de espacios verdes; talado y/o dañado de árboles; acumulación y retiro de materiales sobrantes; evacuación de aguas de napa o de lluvia; etc.).

El Contratista no podrá retirar materiales o equipos que ingresaron a la Zona de Obras o que se elaboraron o extrajeron en la misma sin la autorización del Inspector, cualquiera fuese su destino. Todos los equipos y materiales que se encuentren en o ingresen a la Zona de Obras, estarán destinados exclusivamente a las necesidades de las Obras.

3) PROVISIONES A CARGO DE LA CONTRATISTAEl Contratista deberá proveer la totalidad de la mano de obra, los

materiales, elementos, partes integrantes de las instalaciones alcanzadas por el contrato, conforme a lo previsto en la documentación gráfica y escrita, incluidos todos aquellos que aún sin haber sido detallados o indicados expresamente y que, formando parte integrante de las mismas, sean necesarios para que la instalación resulte completa conforme al alcance del contrato, cumpla con el fin con que fue proyectada, con máximo rendimiento, y presente una perfecta terminación. Estarán a cargo del Contratista todos los gastos que se originen en concepto de transportes, traslados, inspecciones, pruebas, ensayos y demás erogaciones asociadas con el objeto del contrato y con las provisiones, tanto se trate de las propias como las del Comitente. Los planos del Comitente son indicativos de la necesidad, debiendo la Contratista realizar el replanteo en obra para así definir el alcance preciso de la prestación.

4) RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTASerá de responsabilidad del Contratista, lo siguiente:

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Estudiar todos los aspectos y factores que influyen en la ejecución de los trabajos, así como también toda la documentación referida a ella, que integra esta licitación. El Contratista asume, por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar ignorancia ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o a la naturaleza de la obra, ni efectuar reclamos extra contractuales de ninguna especie. El Contratista es responsable de informarse de toda cuestión inherente a la obra a realizar, ante organismos y dependencias nacionales y municipales y tendrá la obligación de documentarse de aquella información que requiera y no forme parte del presente. El Contratista es responsable por la correcta interpretación de los planos y la totalidad de la documentación técnica de la obra. La Dirección de Obra podrá vetar la participación de subcontratistas, cuando considere falta de idoneidad, incompatibilidad, indisciplina, etc. El Contratista deberá exhibir tantas veces como reclame la Dirección de Obra, la documentación referida a seguros de personal (ART) y terceros, como así también los correspondientes a los aportes de las leyes previsionales.

5) RELACIONES CON OTRAS CONTRATISTASPara el caso de que el Comitente encomendara a otros Contratistas la

ejecución de trabajos u otras obras o instalaciones no previstas en el contrato del Contratista, este deberá poner su mas decidido empeño para facilitar el desarrollo simultáneo o escalonado de trabajos correlativos o dependientes, entre los ejecutados por el o los demás contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido le sean formuladas por la Inspección respecto del orden y coordinación de ejecución de los trabajos que les correspondan.

La vigilancia general de la obra quedará a cargo del contratista de las obras principales. Este permitirá a los otros contratistas el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc., en las condiciones y con el alcance que se establezcan.

Convendrá, asimismo, con aquellos, y con intervención decisiva de la Inspección, en caso de desinteligencia, respecto a la ubicación de los materiales y enseres.

Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el Comitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartirán o a los planos y especificaciones.

Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencia o retrasos de otros contratistas, deberá dar

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosinmediatamente cuenta del hecho a la Inspección, para que ésta tome las determinaciones a que haya lugar.

6) MODIFICACIONESEl Contratista deberá ajustarse a las indicaciones de planos y a estas

especificaciones técnicas, y no se reconocerá ninguna variante a los mismos que no hayan sido ordenados previamente por la Inspección de obra. Si la modificación importara un mayor costo, deberá existir en cada caso y sin excepción un acuerdo económico previo con el Comitente por el mismo. Si además fuese necesaria la presentación de planos de modificación, éstos deberán ser previamente conformados por el Comitente. Siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones de Contrato, en los planos ejecutivos definitivos el Contratista deberá incorporar todos los reajustes y adecuaciones que le ordene el Comitente sin que ello implique costo adicional para el Comitente. En tal situación se entenderán como comprendidos dentro del presupuesto original y previsto en los costos, a los siguientes:

Todos los cambios, reajustes y/o adecuaciones que corresponda realizar al anteproyecto básico de manera tal que el mismo se encuadre perfectamente dentro de las Normas, Reglamentaciones y Resoluciones de cumplimiento obligatorio vigentes y fundamentalmente para el resguardo de la seguridad de las personas y de sus bienes ante el riesgo eléctrico que puedan presentar las instalaciones;

reajustes definitivos según el trazado de la instalación, recorrido de bandejas, ubicación de montantes, tableros, motores, etc., requeridos por la debida coordinación con estructuras y/u otras instalaciones, la optimización de los recursos y el funcionamiento u otros que así lo justifiquen;

cambios, supresiones y/o agregados informados u ordenados antes de la aprobación de los Planos Aptos para Construir.

7) COSTO DE REPARACIONESEl Contratista deberá reparar a su propio costo las pérdidas o daños y

perjuicios que sufran las Obras o los elementos que hayan de incorporarse a ellas entre la fecha de Iniciación de las Obras y el vencimiento de los Plazos de Garantías, cuando dichas pérdidas, daños y perjuicios sean debidos a sus propios actos u omisiones, o al vicio o riesgo propio de los elementos utilizados.

8) UNIÓN DE LAS NUEVAS OBRAS CON LAS EXISTENTES

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Cuando los trabajos a ejecutar pudieran afectar a obras existentes, estarán a cargo de la Contratista y se consideraran comprendidas, sin excepción, en el importe contractual:

La reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos que a consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente;

la provisión de todos los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir los trabajos nuevos con las existentes.

Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula, será la calidad, tipo, forma y demás requisitos equivalente y análogo a los similares, previstos o existentes según corresponda a juicio de la Comisión.

9) PERSONAL OBREROTodo el personal obrero que la Contratista emplee en los trabajos deberá

estar inscripto en los registros oficiales respectivos.El numero de operarios que se emplee para la ejecución de los trabajos

será siempre y en todo momento proporcional a la extensión y naturaleza de estas.

10) LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJOS Y DEL OBRADOREl Proveedor deberá mantener constantemente la zona de trabajo y el

obrador en perfectas condiciones de orden y limpieza, de acuerdo con la naturaleza del trabajo que se ejecute, y cumplirá de inmediato las órdenes que en ese sentido le imparta la INSPECCIÓN. En caso de incumplimiento dentro de los diez (10) días hábiles de impartida la orden, la INSPECCIÓN podrá mandarlo a hacer por cuenta de la Contratista.

Los materiales de desecho provenientes de los trabajos de demolición se retirarán al destino que indique la INSPECCIÓN.

Al finalizar los trabajos y como condición para su recepción el Contratista entregará las área de los trabajos completamente limpia en todas sus partes, efectuando la correspondiente limpieza de cristales, vidrios, revestimientos, azulejos, artefactos, sanitarios y eléctricos, encerado, lustrado de pisos y el retiro de escombros, desechos, etc., provenientes de la ejecución de los trabajos, a total satisfacción de la INSPECCIÓN.

11) HERRAMIENTAS Y EQUIPOSLa totalidad de equipos y herramientas a utilizar por el adjudicatario deberá

ser propiedad del mismo.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios12) INSPECCIÓN - SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS

La supervisión de los trabajos corresponde al Comitente y la ejecución de los trabajos dirigida y fiscalizada por un servicio técnico dependiente del Comitente que en lo sucesivo se designara con la palabra INSPECCIÓN.

Esta resolverá todas las cuestiones que conciernen a la construcción, calidad de los materiales y marcha de los trabajos, efectuara la medición mediante un acta firmada en conjunto con la Contratista y supervisará la certificación resultante, luego de la presentación efectuada por la Empresa. Cuando se efectuaran modificaciones de los trabajos, se harán únicamente con el procedimiento indicado y con la aprobación de la INSPECCIÓN.

La Contratista efectuará la conducción de los trabajos. Para ello recabará instrucciones escritas de la INSPECCIÓN sobre cualquier punto que sea motivo de aclaraciones y someterá a su aprobación los detalles constructivos que le fueren requeridos.

El Contratista deberá solicitar, con la debida anticipación (con 5 días corridos como mínimo), las inspecciones indicadas en las Especificaciones Técnicas particulares, además de las que a su exclusivo juicio disponga realizar el Comitente.

13) DEPÓSITO DE MATERIALESLa Contratista deberá almacenar ordenadamente en el obrador los

materiales y demás elementos a utilizar en los trabajos, en forma tal que resulte fácil su INSPECCIÓN y eventual recuento. Dispondrá de galpones adecuados para aquellos elementos que deban protegerse de la intemperie.

14) SISTEMAS PATENTADOSLos derechos para el empleo en la obra de artículos y dispositivos

patentados, se considerarán incluidos en los precios de la oferta.El Contratista será el único responsable por los reclamos que se promuevan por el

uso indebido de patentes.

15) INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE OBRALos gastos que originen la gestión, conexión e instalación para la obtención

de la energía eléctrica para uso de obra, serán por cuenta y cargo del Contratista Eléctrico. El Contratista proveerá y construirá los tableros general, seccionales y las líneas internas necesarias para trasladar la energía hasta los lugares de su utilización.

Si fuera necesaria la provisión de un generador eléctrico para el uso en ejecución de su trabajo en los casos de cortes producidos por la compañía

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciosproveedora de energía, el Comitente se reserva el derecho de solicitar la provisión de un generador cuando lo considere conveniente y el Contratista realizara la provisión y conexión del mismo, de acuerdo a las indicaciones de la INSPECCIÓN. Los gastos que esto genere será a cuenta del Comitente.

La instalación y posterior retiro del servicio eléctrico provisorio, se hará en coordinación con la INSPECCIÓN. Estas se instalarán de acuerdo a las normas de las autoridades competentes y no serán retiradas hasta la terminación total de las obras.

16.1) Tableros eléctricos de obraLas características constructivas y funcionales de los tableros de obra

pueden ser las descriptas en el presente pliego, o bien proveer tableros preconfeccionados del tipo sistema cuadro para obra aprobado por la INSPECCIÓN conteniendo lo siguiente:

Un interruptor termomagnético tetrapolar de corte general; un interruptor diferencial tetrapolar de 40 A; tres Interruptores diferenciales bipolares de 40 A; tres Interruptores termomagnéticos bipolares de 25 A; un Interruptor termomagneticos tripolar de 32 A; cinco (5) tomacorrientes 2x220+T-30ª; dos (2) tomacorrientes 3x380+T-30A.

Las capacidades de los tomacorrientes serán acorde a las necesidades y tipos de cargas que tomen energía de los mismos. Amperaje mínimo 32A.

Todos los dispositivos de protección y seguridad que se requieran para los servicios provisorios, así como el mantenimiento de los mismos para todas las conexiones, estarán a cargo del Contratista.

16) INSTALACIONESEstará a cargo de la Contratista la provisión, montaje y conexión de todos

los tendidos e instalaciones complementarias para la seguridad y funcionalidad de la distribución de energía eléctrica de obra, para utilización propia como para utilización del resto de los gremios de la obra.

17) AYUDA DE GREMIOLa contratista incluirá en su cotización y proveerá todas las ayudas de

gremio que requiera para la realización de las obras cotizadas.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios18) ARME Y DESARME DE ANDAMIOS

Se prohíbe el uso de andamios de madera. Solamente se usarán andamios y/o caballetes metálicos.

El armado de andamios tubulares debe cumplir con una serie de requisitos:

El material utilizado para el armado de este tipo de andamios será: tubo de caño negro, con costura de acero normalizado IRAM F-20 o equivalente, u otro material de característica igual o superior;

los elementos constitutivos de estos andamios deben estar rígidamente unidos entre sí, mediante accesorios específicamente diseñados para este tipo de estructura. Estas piezas serán de acero estampado o material de similar resistencia y deberán ajustar perfectamente los elementos a unir;

en el montaje de las plataformas de trabajo deberán respetarse las especificaciones dadas por el fabricante;

los andamios metálicos deben estar reforzados en sentido diagonal ya intervalos adecuados en sentido longitudinal y transversal;

cuando los andamios sean independientes y esté comprometida su estabilidad, deben ser vinculados a una estructura fija;

Hasta su desarme,, deberá existir un área de seguridad perfectamente delimitada (cinta o faja de peligro) de 2,00m en todo su perímetro;

las plataformas situadas a más de 2,00m de altura respecto del plano horizontal inferior más próximo, contarán en todo su perímetro con una baranda de 1,00m de altura;

la plataforma deber tener una ancho total de 60cm como mínimo y un ancho libre de obstáculos de 30cm;

ningún tablón que forme parte de una plataforma debe sobrepasar su soporte extremo en más de 20cm;

el espacio máximo entre muro y plataforma debe ser de 20cm.

19) DAÑOS A PERSONAS Y PROPIEDADESLa Contratista, tomará a su debido tiempo, todas las disposiciones y

precauciones necesarias para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de el, a las de la Comisión destacadas en la obra, a terceros y en las propiedades o cosas del Estado o de terceros, así pudieran provenir esos daños de maniobras del obrador, de la acción de los elementos o de causas eventuales. El resarcimiento de los perjuicios que, no obstante se produjeran, correrá por cuenta exclusiva del Contratista, salvo en los casos de fuerza mayor.

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Estas responsabilidades subsistirán hasta la recepción provisional de la obra y durante los trabajos complementarios que se ejecuten en el período de garantía.

El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara el Contratista, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que, llegaran a formularse por algunos de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltas y hayan sido satisfechas de indemnizaciones a que hubiere lugar en derecho.

20) SEGUROSA fin de cubrir los riesgos de accidente de trabajos, el contratista asegurará

en una compañía autorizada, al personal de la CNEA que en forma estable desempeñe funciones inherentes a la realización de los trabajos hasta la Recepción Provisional.

El seguro del personal de la Repartición deberá hacerse por pólizas individuales en las que se establezcan, para los distintos casos, indemnizaciones en la misma proporción que determina la Ley N° 9688, considerando para ello como jornal la vigésima quinta parte del sueldo correspondiente; esas indemnizaciones serán entregadas en efectivo al asegurado y, en caso de muerte, a sus beneficiarios o herederos, si aquellos no se hubieren determinado.

Todas las pólizas de seguros, o bien sus copias legalizadas, serán entregadas a la Repartición antes de iniciarse las obras, sin cuyo requisito no se abonará al contratista ningún importe en concepto de certificados.

En el caso de que la Repartición resolviera introducir cambios en su personal, el contratista estará obligado a entregar las pólizas correspondientes al que no figura en la nómina referida, dentro de los tres (3) días de la fecha de que se le notifique de la resolución.

21) OTROS REQUISITOS

22.1) OrganizaciónEl Contratista deberá:

Nombrar un representante autorizado para resolver problemas de calidad y notificar al cliente de este nombramiento;

elegir personas competentes para la Inspección que sean diferentes de las que ejecutan el trabajo inspeccionado;

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mantener registros de calidad que prueben que el producto cumple con los requisitos contractuales y jurisdiccionales.

Serán de aplicación y el Contratista se compromete a su cumplimiento, las normas relativas a Salud y Seguridad en el Trabajo, Ley Nº 19587, Decreto 911/96, Resolución 231/96, 51/97, 35/98 y 319/99 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación y toda otra norma que pudiera dictarse sobre el particular en el futuro y que hagan a la creación y mantenimiento de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

22.2) DocumentaciónEl contratista, basado en los planos de contratación, una vez realizada la

obra, confeccionará un plano conforme a obra de las instalaciones realizadas.

22.2.1) Formato a utilizarToda la documentación gráfica será en Autocad 2000 para entorno

Windows. Los planos confeccionados deberán conservar las disposiciones de carátula, tipos de letras y detalles consignados en las normas para la ejecución de planos Municipales. Todos los planos serán de igual formato (A3-A2-A1-A0 según escala) en papel 90gr calidad fina Bond (documentación de trabajo), tinta color negra y planos engrampados por el margen izquierdo. Adicionalmente se entregará una copia en soporte magnético (CD o Disquetes).

Toda la documentación escrita deberá realizarse con el programa Microsoft Word-2000, en hoja formato A4, encarpetado o anillado. Todas las planillas deberán ejecutarse con el programa Microsoft Excel-2000, hojas formato A4, encarpetadas o anilladas.

Las presentaciones serán catalogadas de la siguiente manera:

Aprobado Cuando así se lo indique, la fabricación, o instalación puede seguir adelante con la condición de que la presentación cumpla con los documentos contractuales

Aprobado con Observaciones

El trabajo puede continuar como se indica precedentemente en tanto se cumpla con las indicaciones del Comitente.

(N) Volver a presentar con fines de archivo solamente(P) Volver a presentar

22.2.2) Nomenclaturas, grafismos, convencionesCon relación a la nomenclatura, grafismos y convención de layers, etc. se

seguirá lo indicado por la INSPECCIÓN. En términos generales cada plano debe

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciostener exclusivamente la información necesaria de la especialidad que se trate y cualquier referencia que se haga deberá indicar de que plano proviene o en que plano se encuentra el origen de la información en cuestión.

Cuando se requiera indicar alguna modificación se emitirá una nueva revisión describiendo el tipo de cambio realizado e indicando con una nube y un número el o las áreas afectadas. En caso de emitirse una nueva revisión se eliminará la nube del cambio precedente dejando solamente el número que hace referencia a la revisión en la zona, el mismo estará enmarcado en un triángulo y coincidirá con el Nº de la revisión.

Todos los planos, incluidos los de detalles, tendrán ejes secundarios de referencia cada 5 m en una grilla ortogonal, para poder referenciar los dibujos entre sí.

Toda documentación deberá incluir una señalización que indique a que etapa corresponde, deberá llevar un código identificatorio (nomenclatura), fecha de emisión y número de revisión.

El Contratista deberá contar con la aprobación escrita de la INSPECCIÓN para poder pasar de una etapa a otra.

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GENERACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS

REQUERIMIENTOS GENERALES

INDICE

1. Objeto2. Alcance3. Descripción4. Consideraciones

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios1) OBJETO

Normalizar las actividades de generación, entrega, revisión y aprobación de documentos técnicos elaborados por la Contratistas.

2) ALCANCETodo documento técnico generado por una Empresa Contratista del Grupo

Obras Civiles de la Gerencia del Centro Atómico de Ezeiza.

3) DESCRIPCION3.1) Forma de Identificación

Todo Documento Técnico deberá identificarse con los siguientes datos:

Razón social y sede de la Contratista. El Cliente y la Denominación de la Instalación. Título, número y fecha del elaborado. Fecha de revisión, breve descripción de sus causas. Escala. Identificación de quien dibujó, controló, aprobó, etc.

Toda esta información constará en forma legible sobre el documento, rigiendo lo establecido por IRAM para la presentación, forma y tamaño de los elaborados.

3.2) AprobaciónLa documentación técnica será presentada dentro de los diez (10) días de

recibida la orden de compra o firmado el contrato, junto con la lista de materiales principales a proveer.

Se entregarán tres juegos de copias encarpetados por separado, dos de ellas serán retenidas por el Comitente y la restante le será devuelta con indicación de si está aprobada, aprobada con observaciones o no aprobada; en los dos últimos casos la Contratista está obligado a remitir una nueva revisión y reiniciar el circuito, haciendo la salvedad que para el segundo de los casos mencionados podrá iniciar los trabajos.

La aprobación por parte del Comitente de los elaborados presentados por una Contratista en nada minimizará la responsabilidad de ésta.

La documentación técnica deberá entregarse completa en cada etapa, como condición previa a que el Comitente proceda a su revisión.

El Comitente se compromete a efectuar la evaluación de cada “paquete” de elaborados dentro de los siete (7) días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de recepción. Pasado dicho lapso sin emitir juicio, se considerarán aprobados

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Serviciostodos los documentos de ese “paquete”, quedando la Contratista habilitada para actuar en consecuencia.

3.3) Planos Conformes a ObraAl término de la construcción y después del resultado favorable de las

pruebas de recepción prescriptas, los documentos técnicos elaborados deberán ser adecuados a la situación final de construcción y entregadas dos (2) copias, firmadas y selladas todas las copias, al comitente, junto con una copia de los archivos electrónicos en medio magnético, DVD o CD, siendo esto mandatario como condición para la recepción definitiva del artículo.

También forman parte de la Documentación Conforma a Obra los catálogos e información afín a los componentes intervinientes en los trabajos realizados que sean provistos por el Comitente o sus subcontratistas o proveedores. Esta cláusula no es opcional, sino obligatoria.

4) ConsideracionesLa documentación técnica generada será desarrollada en forma digital para

lo cual la Contratista deberá utilizar el siguiente software: Microsoft Office para la documentación escrita y Autocad de Autodesk para los planos y dibujos. En caso de que la Contratista no cuente con este software podrá utilizar otro siempre y cuando pueda demostrar la compatibilidad con el software requerido. Esta compatibilidad deberá ser tal que le permita al Comitente editar y modificar la documentación técnica generada en el marco de esta contratación, a partir de la recepción definitiva de los trabajos.

Esta especificación técnica complementa lo especificado en materia de documentación técnica en los demás documentos de la presente licitación. En caso de diferencias se considerará prioritario lo establecido en las especificaciones técnicas, hojas de detalle y todo otro documento técnico específico.

Durante la prestación del servicio contratado, es responsabilidad de la Contratista mantener al día y ordenados los documentos técnicos elaborados de acuerdo a las modificaciones que realicen.

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PROGRAMA DE INSPECCIÓN

REQUERIMIENTOS GENERALES

INDICE

1. Objeto2. Alcance3. Responsabilidades4. Autoridad Jurisdiccional5. Definiciones6. Requerimientos7. Verificación de Calidad

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios1) OBJETO

La presente especificación técnica cubre los requerimientos del programa de INSPECCIÓN de los Contratistas que asegure que los artículos cumplen con los requisitos contractuales.

2) ALCANCEEsta especificación se aplicara a todos aquellos artículos suministrados por

una Empresa Contratista del Sector Ingeniería de la Gerencia del Centro Atómico de Ezeiza.

3) RESPONSABILIDADES

3.1) De la Contratista Desarrollar e implementar las actividades aquí especificadas que

detectarán y establecerán las deficiencias. Satisfacen los requisitos jurisdicciones. Producir evidencia objetiva de que los productos cumplen los requisitos

del contrato.

3.2) Del ComitenteEl personal del Comitente tendrá a su cargo la INSPECCIÓN de los trabajos

que se realicen. De comprobarse tareas no efectuadas, le exigirá al adjudicatario la correcta ejecución. El hecho de que en ocasión de llevarse a cabo las inspecciones previstas, la INSPECCIÓN actuante omitiera formular observaciones relativas a la ejecución de trabajos, no implicará la aceptación de los mismos si a su término se encuentran deficiencias y alteraciones que inhiban la recepción de conformidad, no pudiendo el adjudicatario utilizar tal circunstancia y ninguna otra, para eludir la responsabilidad y abstenerse de la reconstrucción de lo que hubiera realizado incorrectamente, ya sea por deficiencia de mano de obra y/o indebida o mala calidad de los materiales con los que deba trabajar, reconstrucción a la que queda obligado a simple estimación del Comitente.

4) AUTORIDAD JURISDICCIONALLa única autoridad jurisdiccional existente al efecto del artículo, es la

Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA).Se deberá cumplir con los requisitos de control de calidad establecidos por

CNEA como ente jurisdiccional.El Contratista es responsable ante la autoridad jurisdiccional por la

efectividad de los requisitos de control de calidad establecidos por especificación y ejecutados por los proveedores.

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La responsabilidad total del Comitente no disminuirá la obligación de los proveedores de cumplir con los requisitos de esta norma a satisfacción de la autoridad jurisdiccional.

5) DEFINICIONESSe aplican a esta Especificación las siguientes definiciones:

Calibración La comparación de dos instrumentos o aparatos de medida, uno de los cuales es un patrón de conocida exactitud en relación a los patrones nacionales reconocidos. Se hace para detectar, correlacionar, informar o eliminar mediante ajuste cualquier variación en la exactitud de un instrumento o aparato de medida de exactitud desconocida.

Contrato El convenio escrito y otros documentos contractuales acordados que comprometan legalmente al comprador y al proveedor y que especifiquen los requerimientos y condiciones que deban ser cumplidos para completar los trabajos.

Contratista: Todo aquel al cual CNEA le ha colocado una licitación u orden de compra para la provisión de artículos.

Requerimientos del Contrato:

Los términos, condiciones y disposiciones especificados en el contrato o en las especificaciones, planos y otros documentos contractuales mencionados en el contrato.

Comitente: CNEA.INSPECCIÓN: El examen cuidadoso, medida y de las características de

productos y servicios para asegurar que se reúnan los requerimientos del contrato.

Artículo: Un término inclusivo o global que denota materias primas contractuales, partes, componentes, conjuntos, subconjuntos, equipos, sistemas, subsistemas, servicios, estructuras, producto acabado.

Autoridad Jurisdiccional

CNEA

Disconformidad Deficiencia en una característica, documentación o procedimiento que hace la calidad de un artículo inaceptable o indeterminado. Como ejemplos de disconformidad se tienen: Ensayos defectuosos, documentación incorrecta o insuficiente, o desviaciones de los procesos prescriptos y de los procedimientos de INSPECCIÓN y ensayo.

Evidencia Los registros de los resultados de medidas, ensayos u

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Objetiva observaciones que verifiquen la calidad del trabajo.Representante de Garantía de Calidad

La persona designada por el cliente para supervisar y verificar la calidad del trabajo.

Reparar Procesar un artículo que no cumpla los requerimientos para que pueda funcionar confiable y seguramente aunque todavía no conforme con los requerimientos originales.

Retrabajar Procesar un artículo no cumpla los requerimientos, para adecuarlo a los requerimientos originales especificados.

Servicios Trabajos y material incidental especificados en un contrato tales como INSPECCIÓN, ensayos no destructivos, calibración, ensayos, análisis de soldadura, etc.

Subcontratista La parte a la cual el proveedor ha adjudicado un contrato u orden de compra.

INSPECCIÓN La constante evaluación y análisis de registros, métodos, procedimientos y artículos, incluyendo verificación para asegurarse de que se cumplan los requerimientos.

Verificación La confirmación de que una actividad o condición esta de acuerdo con los requerimientos especificados.

6) REQUERIMIENTOS

6.1) Programa de INSPECCIÓNEl Contratista establecerá y mantendrá un programa de INSPECCIÓN de

acuerdo a los requisitos de esta norma.

6.2) OrganizaciónEl Contratista deberá:

Nombrar un representante autorizado para resolver problemas de calidad y notificar al cliente de este nombramiento.

Elegir personas competentes para la INSPECCIÓN que sean diferentes de las que ejecutan el trabajo inspeccionado.

6.3) INSPECCIÓN y ensayoEl Contratista deberá: Planear la Inspección y las actividades de ensayo. Inspeccionar y ensayar los productos de acuerdo al plan.

6.4) Equipos de medición y ensayo

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El Contratista deberá presentar evidencia objetiva de que el equipo de medición y ensayo:

Debe poseer certificado de calibración no vencido. Puede suministrar mediciones válidas.

6.5) Registros de Calidad Mantener registros de calidad que prueben que el producto cumple con

los requisitos contractuales y jurisdiccionales. Incluir como mínimo registros de calidad que identifiquen:

El producto con el plano de referencia y un número de revisión o de parte.

Las bases de aceptación. La fecha de Inspección o ensayo. El inspector.

Poner los registros de calidad a disposición del representante de garantía de calidad y entregarlos junto con el artículo.

6.6) Productos Deficientes o Fuera de NormaEl Contratista se encargará de la disposición de todos los artículos

deficientes, incluyendo los de subcontratistas. El Comitente tendrá como prerrogativa la aceptación final de la disposición que el Contratista adopte sobre de los artículos que violen los requisitos contractuales o jurisdiccionales.

El Contratista deberá:

Detectar y registrar las deficiencias. Identificar y retener los artículos deficientes para su evaluación. Desarrollar una disposición que cuente con el acuerdo de todas las

partes responsables y presentar la disposición a la aprobación de las autoridades apropiadas cuando se requieran.

Poner en ejecución la disposición aprobada. Especificar los requisitos para volver a inspeccionar y ensayar los

artículos reparados y retrabajados. Mantener registros que identifiquen el artículo, la naturaleza y magnitud

de la deficiencia, su disposición y evidencia objetiva de que los artículos reparados y retrabajados han sido inspeccionados o ensayado nuevamente de acuerdo a los requisitos originales.

6.7) Artículos suministrados por el Comitente:El Contratista deberá:

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Establecer y mantener medidas para utilizar los artículos suministrados por el Comitente, que estén basadas en el tipo de artículo y en el uso para el cual se lo destina.

Examinar los artículos recibidos para verificar que estén completos y que sean del tipo adecuado, así como para detectar si han sido o no dañados en el transporte.

Proteger los artículos durante su manejo y almacenaje. Informar al Representante de garantía de calidad, a la brevedad posible

y por escrito, cuando un artículo cualquiera se haya perdido, deteriorado o no pueda utilizarse por alguna razón, sea cuando se recibe o mientras está en poder de la Contratista.

7) VERIFICACION DE CALIDAD

7.1) AccesoLa Contratista facilitará al Comitente el acceso a sus instalaciones cuando

éste desee efectuar visitas de vigilancia o verificación de la calidad.

7.2) Acción CorrectivaCuando el Representante de garantía de calidad notifique una no

conformidad a la Contratista, ésta deberá iniciar la acción correctiva a la brevedad posible.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

OBRA: Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza.

MODELO DE PROPUESTA:

El que suscribe, en nombre y representación de la Empresa……………………….........................................................................................constituyendo Domicilio legal en la calle ...............................................................................................................................................................................................................de la ciudad de Buenos Aires, ratifica el conocimiento y aceptación del Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas, Planillas, Planos, Aclaraciones y demás documentación que sirven de base a la presente Licitación, como así también haber recogido en el lugar los datos necesarios para su ejecución, de acuerdo a la documentación citada y por el monto consignado, no cabiéndole duda y formular objeción alguna respecto de lo anteriormente señalado.

Se presenta así como oferente comprometiéndose si le fuera adjudicada la obra, a realizarla por el régimen de contratación especificado en la documentación, formulando la siguiente propuesta:

Presupuesto oficial: $ Cotización: $.............................-

La presente propuesta importa (incluido IVA).

........................................... Firma y sello del Oferente

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosDomicilio:........................................................................................................................

Teléfono:.................................................

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosPLANILLA DE COTIZACIÓN - Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza.

REFORMA DEL LOCAL 56Nº MATERIAL Y MANO DE OBRA Valor total $1 Sistema de Ventilación y Aire Acondicionado2 Adecuación de la Obra Civil y de Arquitectura3 Instalación Eléctrica (Incluye Grupo Electrógeno y 2

UPS)TOTAL

FINALIZACION DE SECTOR RADIOFARMACIANº MATERIAL Y MANO DE OBRA Valor total $1 Provisión y montaje de Cajas de Paso2 Modificación de Cabina de Flujo Laminar Horizontal3 Modificación de Cabina de Bioseguridad4 Modificación de Campanas Radioquímicas

TOTAL

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y ServiciosMOBILIARIO

Nº MATERIAL Y MANO DE OBRA Valor total $1 Una (1) Mesa de Trabajo con bajo mesada y alzada2 Dos (2) Bancos con anaqueles botineros3 Dos (2) juegos de percheros de pared4 Un (1) Mueble bajo con anaqueles y estantes5 Un (1) Mueble bajo con estantes6 Una (1) Cubierta de autorradiógrafo7 Cuatro (4) Recipientes para residuos no

radioactivos a pedal.8 Dos (2) Recipientes para residuos radiactivos

TOTAL

TAREAS GENERALESNº MATERIAL Y MANO DE OBRA Valor total $1 Documentación de Seguridad e Higiene del Trabajo2 Planos Conforme a Obra3 Limpieza diaria4 Limpieza final

TOTAL

Al momento de realizarse la visita a que se hace referencia en el Art. 2.1 de las Cláusulas Particulares se hará entrega del archivo electrónico del Procedimiento General “Habilitación y Control de las Empresas Contratistas y Monotributistas en el CAE” de cumplimiento obligatorio por el Adjudicatario.

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Comisión Comisión Nacional de Energía Atómica de Energía Atómica Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

CENTRO ATÓMICO EZEIZA

“Acondicionamiento del Local 56 del Edificio de Aplicaciones del Centro Atómico Ezeiza”

RECOMENDACIONES A LOS OFERENTES

Ver Capitulo III OFERENTES, Artículos 15,16 y 17 de folios 11 a 13 del Pliego de Condiciones Generales del presente expediente.