Tipos de Gobiernos en La Autocracia

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Captulo IIILos tipos de gobierno en la autocraciaLa clave para la clasificacin de los tipos de gobiernoEl sistema poltico de la autocracia se caracteriza por la existencia de un nico detentador del poder cuya competencia abarca la funcin de toma la decisin poltica fundamental, as como su ejecucin, y que adems est libre de cualquier control eficaz. En oposicin a esto, el constitucionalismo presenta un sistema poltico coexisten diversos e independientes detentadores del poder que cooperan en la formacin de la voluntad estatal. Tanto autocracia como constitucionalismo son conceptos genricos. Dentro de cada uno de estos sistemas se producen considerables variaciones en la configuracin del orden del poder, que estar cada vez determinado por la tradicin nacional de la correspondiente sociedad estatal y por el clima socio-poltico de un determinado perodo histrico. El nmero de los tipos bsicos dentro de cada uno de ambos sistemas polticos es sorprendentemente pequeo.La autocracia del nico detentador del poder fue, pues, la tpica forma del dominio en Europa hasta que a travs de una concatenacin milagrosa de incentivos polticos, econmicos y religiosos se produjo el constitucionalismo moderno en la Inglaterra puritana. Si negativamente, la autocracia se caracteriza por la ausencia de una distribucin del poder entre diversos e independientes detentadores del poder, y positivamente por la concentracin de la totalidad del poder en las manos de un solo detentador, libre de cualquier limitacin constitucional, debera resultar fcil identificar un sistema autocrtico con la ayuda de este criterio. La autocracia es slo un concepto general; sus subdivisiones, es decir, los tipos de gobierno propiamente dichos, estn determinados por el tlos ideolgicos sobre el que se basa el monopolio del poder de su nico detentador. La autocracia encubre su estructura autocrtica detrs de unas pretendidas instituciones y tcnicas constitucionales. Rgimen autoritario y rgimen totalitarioDespotismo, tirana y Estado polica, son de carcter descriptivo emocional. Sin embargo, para una clasificacin cientfica de los rdenes autocrticos, la distincin entre tipos totalitarios y autoritarios es esencial y til. El rgimen autoritario. El concepto autoritario, caracteriza una organizacin poltica en cual un nico detentador del poder una sola persona o dictador, una asamblea, un comit, una junta o un partido- monopoliza el poder poltico sin que les sea posible a los detentadores del poder una participacin real en la formacin de la voluntad estatal. El nico detentador del poder impone a la comunidad su decisin poltica fundamental. El trmino autoritario, se refiere ms a la estructura gubernamental que al orden social. Es caracterstico del rgimen autoritario que stos rganos separados, o bien estn sometidos al control total del nico detentador del poder, o en caso de conflicto con ste estn obligados a ceder. Este tipo de organizacin autoritaria, formaliza casi siempre su configuracin del poder en una constitucin escrita, cuyas normas, como se ajustan a la configuracin de hecho del poder, son observadas realmente. Tampoco es incompatible este sistema poltico con el respeto a los principios del Estado de derecho tal como estn articulados en la constitucin.Los derechos a la vida, libertad y propiedad de los destinatarios del poder estn asegurados, mientras no entre en colisin con el objetivo y el ejercicio del poder poltico. El Estado normativo coexiste con el Estado de prerrogativa. El rgimen autoritario posee siempre una ideologa, aunque la mayor parte de las veces ni estar consistentemente formulada, ni ser ejecutada en todas sus consecuencias. La ideologa estatal se limitar, en el mayor nmero de casos, a defender y justificar la configuracin del poder existente como estructura determinada por la tradicin, o como la ms apropiada para el bien de la comunidad. Histricamente, la forma autoritaria de gobierno es un tipo muy importante de la organizacin poltica. Se la encuentra por una parte en el perodo de transicin del absolutismo monrquico a la democracia constitucional y, por otra parte, en ese proceso regresivo del Estado constitucional. La forma del Estado autoritario representa un importante lazo de unin en la evolucin del Estado autocrtico al Estado constitucional. Este tipo ha servido de modelo, para todas las monarquas constitucionales hasta que estas mismas se han transformado en monarquas parlamentarias. Otra versin ha sido el Reich de Bismark, un rgimen fundamentalmente autoritario aunque camuflado bajo una fachada de instituciones y tcnicas democrticas. El Kiser nombraba y destitua discrecionalmente al canciller del Reich sin estar ligado o influido por el apoyo u hospitalidad que el gobierno pudiera recibir del Reichstag (Parlamento) elegido democrticamente. El Kiser y su canciller detentaban el monopolio de la decisin poltica sin estar sujetos a un control a travs del Parlamento o del electorado. El Reichstag no poda destituir de su cargo al canciller retirndole su confianza, y no era consultado por la iniciativa de la decisin poltica, ni participaba en ella. No existan verdaderos partidos gubernamentales o de oposicin. El gobierno parlamentario era evitado deliberadamente. La dinmica de los partidos era catica y no tena objetivo, y el canciller dispona de mayoras ad hoc, constituidas por cambiantes coaliciones de partidos, para transformar en actos legislativos la decisin poltica tomada previamente por l. El dominio del emperador permaneci autoritario hasta el final del Segundo Reich hasta la derrota de 1918-, sin dar una efectiva participacin de los destinatarios del poder en el proceso del poder mismo.Los regmenes autoritarios caracterizan tambin esa evolucin regresiva de una democracia completamente articulada a un neoabsolutismo; se extendieron, tras finalizar el veranillo de San Martn de las democracias constitucionales en los aos veinte, sobre toda Europa con los ms diversos disfraces, la mayor parte de las veces como variantes del Neopresidencialismo.El rgimen totalitario. En oposicin al autoritarismo, el concepto de totalitarismo hace referencia a todo el orden socioeconmico y moral de la dinmica estatal; el concepto, pues, apunta ms a una conformacin de la vida que al aparato gubernamental. Las tcnicas de gobierno de un rgimen totalitario son necesariamente autoritarias. Su intencin es modelar la vida privada, el alma, el espritu y las costumbres de los destinatarios del poder de acuerdo con una ideologa dominante, ideologa que se impondr a aqullos que no se quieran someter libremente a ella, con los diferentes medios del proceso de poder. Su pretensin de dominar es total.Un Estado totalitario opera por medio de la orden y de la obediencia. El instrumento ms importante para imponer la conformidad con los principios ideolgicos es el aparato poltico, omnipresente y omnisciente, que garantiza la seguridad del rgimen y acaba con cualquier resistencia potencial. Por necesidad interna, el Estado totalitario es un Estado polica. Es el partido nico, el instrumento dirigido por el Estado servir para doctrinar, coordinar e integrar ideolgicamente a la comunidad poltica. El circuito cerrado del poder corresponde a la estructura totalitaria de la sociedad estatal. La exclusividad tirnica de la ideologa oficial del Estado no permite la libre circulacin de otras ideologas ni la competencia con ellas. Ejemplos: el fascismo italiano, el nacionalsocialismo en Alemania, el comunismo en la URSS y en la China comunistas.Su validez est limitada a aquellas conformaciones del proceso poltico en las cuales los detentadores del poder imponen a los destinatarios del poder una determinada ideologa. Si la ideologa estatal dominante es aceptada incondicionalmente y sin resistencia por los destinatarios del poder, el rgimen poltico totalitario, pero le faltar el elemento esencial de una coaccin deliberada y planeada. Determinadas autocracia no caen dentro del concepto totalitario, ya que el tlos de la sociedad estatal y el mito de los controles sociales estaban tan enraizados en las representaciones de los destinatarios del poder, que no era necesario un mecanismo continuado de coaccin. El Egipto de los faraones puede representar este caso, la sociedad egipcia era esencialmente totalitaria, no se le puede aplicar dicha designacin, dado que el mecanismo coactivo se haba integrado de tal manera en los usos de la comunidad, que haba dejado de ser considerado como tal por los destinatarios del poder, los cuales no ofrecan ya ningn tipo de resistencia. Por otra parte, el absolutismo de la Roma imperial, de Bizancio y de los reyes y dominadores medievales, no satisface los requisitos totalitarios. El tlos de la sociedad estatal era aceptado sin resistencia tanto por parte de los detentadores como por parte de los destinatarios del poder, y estaba tan profundamente incrustado en la tradicin, que no necesitaba ni ser popularizado por una formulacin ideolgica expresa; ni un determinado aparato coactivo. La autoridad secular y el monopolio espiritual de la Iglesia catlica se complementaban; la religin era un instrumento de gobierno, y el gobierno era un instrumento de la religin. El totalitarismo moderno con su poderoso aparato de coaccin y unificacin slo podr ser debidamente valorado al ser medido por la norma que afirma el derecho a pensar de otra manera y, por lo tanto, el derecho a la resistencia. No encontrar ninguna dificultad insuperable para distinguir el rgimen autoritario del totalitario. En la mayor parte de los casos el criterio yace en existencia o ausencia de una ideologa oficial del Estado. Casi todas las autocracias del pasado y muchas del presente se conforman con el ejercicio autoritario del poder y no intentan nunca imponer por coaccin la ideologa estatal dominante a la masa de los destinatarios del poder. Casi todos los regmenes autoritarios contemporneos, carecen totalmente de ideologas oficiales o stas son artificiales, dbiles o ineficaces como en la Argentina de Pern. Se puede plantear la cuestin sobre la posibilidad de un totalitarismo democrtico, esto es, sobre si cabe llegar a la aceptacin unnime de la ideologa democrtica por parte de los destinatarios del poder. La respuesta puede ser negativa. La esencia de la forma de vida democrtica es la libre competencia de las ideologas y de las fuerzas pluralistas que las representan en un circuito abierto del poder, y la aprobacin otorgada coactivamente en una contradictio in adjecto con la democracia. Tres modelos de autocraciaLa monarqua absoluta. La monarqua absoluta en el sistema de los Estados nacionales europeos es el ejemplo clsico de la autocracia no totalitaria; su legitimacin yaca en el derecho hereditario al trono de una determinada dinasta, que era reconocido sin resistencia por los destinatarios del poder. Por la gracia de Dios, la monarqua absoluta. La decisin poltica y la ejecucin de dicha decisin eran monopolizadas por el rey como nico detentador del poder, que gobernaba y dominaba por encima de cualquier control de otros rganos o del pueblo como un todo. El mecanismo del poder funcionaba con tal precisin que significativamente la Fronda fracas, mientras que la simultnea rebelin de los puritanos contra la restauracin del absolutismo real de los Estuardos acab con la derrota de la corona. Sin embargo, en teora exista una cierta limitacin constitucional del poder del rey francs en las cuales quedaba cristalizada la moral cristiana de la poca. Pero ninguno de estos medios oper como una limitacin eficaz del poder absoluto de los reyes, si bien contribuyeron a mantener despierto un sentido latente por el constitucionalismo. Para tomar la decisin poltica fundamental, el rey se serva de consejos constituidos por dignatarios designados discrecionalmente por l. Para la ejecucin de su decisin poltica contaba con una burocracia administrativa con notable capacidad. La delegacin de algunas funciones en funcionarios o autoridades sometidos jerrquicamente no fue nunca lo suficientemente amplia para permitirles una participacin en el ejercicio del poder absoluto del rey. Justamente, contra este tipo de autocracia real se dirigi el ataque del constitucionalismo liberal. El cesarismo plebiscitario de Napolen. El tipo de gobierno autoritario representado por Napolen merece en este contexto una atencin especial por dos razones: su mecanismo institucional ofrece una configuracin arbitraria del poder que tcnico-administrativamente no era menos eficiente que la del ancien rgime, pero que sin embargo se ocult tras una fachada decorada cuidadosamente al estilo de la ideologa democrtica de la anterior Revolucin francesa. Para hacer aceptable un liderazgo autoritario a los franceses que haban vivido la inolvidable experiencia de la Revolucin, Napolen revisti el monopolio de tomar y ejecutar la decisin poltica como unas instituciones pseudodemocrticas en el proceso gubernamental, que ofrecan formalmente a los destinatarios del poder un poder distribuido y controlado, aunque materialmente no exista tal control. Las decisiones polticas fundamentales eran iniciadas por el primer cnsul y sus ministros en el marco del consejo de Estado, la institucin creada por Napolen con ms xito y duracin. El cuerpo legislativo deliberaba sobre las medidas legislativas que le eran presentadas para ejecutar las decisiones polticas, pero no le estaba permitido votar sobre ellas. Tras esto, el Tribunado votaba sobre los proyectos de ley sin poder a su vez discutirlos. Ms tarde, tras la eliminacin de ambas asambleas, el senado se convirti en el instrumento exclusivo de Napolen para la ejecucin de sus decisiones en forma de legislacin por medio de los senadoconsultos y en va administrativa. Se rindi tributo formal al principio de las elecciones, sagrado para la Revolucin, con un sistema electivo indirecto y extremadamente complicado. La posibilidad de ser elegido para todas las asambleas legislativas dependa de la inscripcin en la lista nacional, y la supresin de dicha lista en virtud de una orden del gobierno pona fin automticamente a la cualificacin para ocupar un cargo pblico. Los miembros del Cuerpo legislativo y del Tribunal eran designados formalmente por el Senado.Esta imagen del tipo ideal de una constitucin autoritaria adornada con un disfraz democrtico, necesita, sin embargo, ser completada. Justamente el nmero de los rganos que participan en el proceso legislativo anulaba su eficacia. El poder estaba de tal manera distribuida, que se disolva, se dispersaba y se evaporaba completamente. Cuando Napolen hubo justificado la confianza puesta en l por la nacin francesa a travs de sus xitos en la guerra y en la paz, manteniendo y consolidando las conquistas sociales y burguesas de la Revolucin francesa, el Tribunado fue suprimido sin ms, y el Cuerpo legislativo fue condenado a desaparecer. Por encima de esto, Napolen dio una legitimacin democrtica a su dominio al someter sus tres constituciones a plebiscito popular (1800, 1802, 1804). Aun cuando la tcnica de estos plebiscitos hubiese correspondido a las actuales exigencias de honestidad, lo que no fue el caso, y aun cuando no hubiesen sido montados ex post facto, no hay duda alguna que el resultado de estas votaciones hubiese sido aprobacin abrumadora del pueblo francs al rgimen. El Neopresidencialismo. Este rgimen estaba obligado a desaparecer con su creador. El gobierno napolenico ha ofrecido a posteriores regmenes autoritarios el modelo para monopolizar la decisin poltica y se ejecucin, sin someterse a controles polticos efectivos, y llevndose a cabo este ejercicio del poder bajo la apariencia de una legitimacin democrtica. Este tipo fue copiado por Napolen III, siendo apoyado por la clase burguesa dirigente que se beneficiada econmicamente con el rgimen. La versin moderna del bonapartismo es el tipo de gobierno autoritario conocido bajo la designacin de neopresidencialismo. La expresin neopresidencialismo, tiene en comn con el presidencialismo americano tan slo el nombre; con ella se designa un rgimen poltico en el cual, a travs de determinadas instituciones constitucionales, el jefe de gobierno el presidente- es superior en poder poltico a todos los otros rganos estatales. A ningn otro rgano le est permitido elevarse a la categora de un detentador del poder autntico capaz de competir con el monopolio fctico del presidente o de controlarlo. El neopresidencialismo es fundamentalmente autoritario en virtud de la exclusin de los destinatarios del poder de una participacin eficaz en la formacin de la voluntad estatal; esta exclusin se efecta por medio de un sufragio limitado deliberadamente, all donde el sufragio es universal, a travs de la manipulacin. El neopresidencialismo no prescinde en absoluto de un parlamento, gabinete y de tribunales formalmente independientes; sin embargo, estas instituciones estn estrictamente sometidas al jefe del Estado en la jerarqua de la conformacin del poder; la diferencia entre este tipo de gobierno y el totalitarismo yace en la ausencia o en la falta de relevancia de una ideologa estatal dominante. Este rgimen tiene un fundamento constitucional en un sentido bastante semejante a la monarqua constitucional: los procedimientos constitucionales preceptuados sern respetados en la formacin de la voluntad estatal. El tipo neopresidencialista ha gozado de una creciente popularidad por garantizar al detentador nico el monopolio indiscutible del poder sin exponer al rgimen, por otra parte, a la afrenta de estar en contradiccin con el principio de la legitimacin popular. El neopresidencialismo suele aparecer corrientemente, bien tras el intento de establecer una democracia constitucional, o bien, en la direccin opuesta, como la parada a medio camino entre la autocracia tradicional y una futura democracia autntica. Una variante reciente e influyente del neopresidencialismo se presenta, en el rgimen de Pilsudski en Polonia bajo la constitucin de 1935: las asambleas elegidas continuaron funcionando como biombos demcratas, pese a que las elecciones, basadas en un sufragio restringido a un patritico elector de confianza, estaban manipuladas yla independencia de ambas asambleas legislativas estaba cercenada de tal manera que ni aun en el caso de completo acuerdo hubiesen podido eliminar el liderazgo presidencial. Todos los rganos estaban cuidadosamente desposedos de poder para que no pudiesen interferir la actividad presidencial.La Constitucin de Nascer en Egipto, es una forma caracterstica de neopresidencialismo. Su espritu flota tambin sobre la Constitucin pakistan de 1956. El neopresidencialismo est cortado de acuerdo con las necesidades de los gobiernos, que desean ocultar su nulo poder bajo una capa pseudoconstitucional o an pseudodemocrtica. En todos estos casos, la instalacin del neopresidencialismo presenta un esquema uniforme, si bien se dan ciertas variaciones locales. Bien las elecciones para la asamblea constituyente estarn manipuladas y controladas por el gobierno, o, all donde las elecciones son relativamente honestas, el proyecto de una constitucin autoritaria ser dictada a la asamblea por el hombre a caballo o, para hablar en el estilo de nuestra poca motorizada, por el caudillo en su Cadillac. Frecuentemente, se confirmar por un plebiscito la constitucin otorgada por el hombre fuerte, los resultados deseados se obtienen mejor manejando la masa popular muy susceptible a influencias personales, unido esto al fraude gubernamental usual, que a travs de una asamblea elegida. Las votaciones, estarn destinadas a demostrar frente al mundo crdulo la legitimidad democrtica de los detentadores del poder. En justicia, sin embargo, no se puede perder de vista que dichos gobiernos cumplen de hecho bajo determinadas circunstancias una misin histrica. Las naciones que tras largos siglos de sometimientos incondicional al absolutismo ms craso viven un cierto despertar en la ola nacionalista del siglo XX, no estn preparadas para un autogobierno. Es bien cierto que los dictadores de nuestro tiempo, ya que as deben ser designados estos detentadores del poder neopresidencialistas pese a los ropajes constitucionales que ellos mismos han escogido, constituyen un grupo bien mezclado. Entre ellos se encuentran reaccionarios defensores de un statu quo, que quieren eternizar los privilegios de la clase dominante a la que ellos pertenecen. Pero tambin se encuentran entre ellos hombres de amplia visin, ntegros y capaces para el bienestar de la masa de los destinatarios del poder, ste es el caso de Salazac en Portugal, y de Vargas en Brasil.Una antigua teora: La separacin de poderesUno de los dogmas polticos ms famosos que constituye el fundamento del constitucionalismo moderno, es la separacin de poderes, de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; en el artculo 16 de la Declaracin francesa de los derechos del hombre de 1789. La unin del principio de la separacin de poderes con la idea de garantizar la libertad individual, es de Montesquieu, el cual la haba tomado a su vez de Locke: slo cuando los diversos detentadores del poder son independientes entre s y se controlan respectivamente, dndose de esta manera el jaque, los destinatarios del poder estarn protegidos del abuso del poder por parte de alguno de sus detentadores. Lo que en realidad significa la separacin de poderes, es el reconocimiento de que por una parte el Estado tiene que cumplir determinadas funciones, y que, los destinatarios del poder salen beneficiados si estas funciones son realizadas por diferentes rganos: la libertad es el tlos ideolgico de la teora de la separacin de poderes. La separacin de poderes no es sino la forma clsica de expresar la necesidad de distribuir y controlar respectivamente el ejercicio del poder poltico. Slo el liberalismo constitucional identific la libertad individual con la separacin de poderes.El constitucionalismo de la Antigedad no se adscribi a la teora de la separacin de poderes. Distribucin del poder y tcnica de la representacinLa idea de la distribucin del poder est esencialmente unida a la teora y prctica de la representacin, as como a la tcnica gubernamental que se basa en ella. La naturaleza jurdica de la representacin es que los representantes reciben por adelantado el encargo y la autorizacin de actuar en nombre de sus representados, y de ligarles por sus decisiones colectivas. Pero lo que ni Locke, ni Montesquieu, ni la Revolucin francesa para su propia desgracia no vieron o no quisieron ver, es que todo gobierno es poder. Su racionalizacin del proceso de poder gubernamental les indujo a creer que el poder poda ser neutralizado y que su carcter demonaco poda ser exorcizado. La voluntad general, tiene que ser dirigida unitaria y consecuentemente por lo que hoy se llama liderazgo poltico. El liderazgo poltico es el ejercicio, consciente de su objetivo, del poder poltico. Se expone una nueva visin tripartita: la decisin poltica conformadora o fundamental; la ejecucin de la decisin y el control poltico. La decisin poltica fundamentalLa determinacin de la decisin poltica fundamental, consiste en la eleccin de una, entre varias, posibilidades poltica fundamentales frente a las que se encuentra la comunidad estatal. Como decisiones polticas fundamentales deben considerarse aquellas resoluciones de la sociedad que son decisivas y determinantes, en el presente y en el futuro, para la conformacin de dicha comunidad. Conciernen tanto a asuntos extranjeros como internos, pueden ser de naturaleza poltica, socioeconmica y hasta moral. La decisin conformadora ms importante de una nacin es la eleccin de su sistema poltico y, dentro de ese sistema, de la forma especfica de gobierno bajo la cual desea vivir, en el supuesto que la voluntad constituyente del pueblo tenga la posibilidad de dicha eleccin y no le sea impuesto un rgimen por la fuerza. Todas las constituciones presentan, una decisin poltica fundamental; si la nacin desea adoptar la monarqua constitucional o la repblica, el parlamentarismo o el presidencialismo. La eleccin entre el libre cambio y el proteccionismo; la actitud del Estado frente a las cuestiones religiosas; la direccin que se deber dar a la educacin, humanista o tcnica, o si cabe encontrar un equilibrio; la alternativa entre un sistema econmica con empresa privada libre del control estatal o un sistema de economa dirigida; el paso al Estado de bienestar; las relaciones entre los empresarios y los empleados y trabajadores; la socializacin y nacionalizacin de partes o de la totalidad de la economa nacional; la subvencin a la economa agraria; el paso de una economa agraria a una economa industrial; la poltica fiscal y monetaria; el sistema impositivo y su influencia en la distribucin de la riqueza. Las decisiones poltica fundamentales ser iniciadas y conformadas por un nmero relativamente pequeo de personas.La gran masa de los destinatarios del poder est excluida de la iniciativa de la decisin poltica fundamental, aun cuando en la democracia constitucional participan posteriormente en una funcin confirmadora, bien directamente a travs de referndum o indirectamente a travs de elecciones.Desde un punto de vista tcnico, el primer medio para la realizacin de la decisin poltica es la legislacin. Las decisiones polticas internas requieren la forma legal. Si se aplica la categora de tomar la decisin poltica en el sistema poltico del constitucionalismo y de la autocracia, se podr decir que en el primer sistema, gobierno y parlamento se distribuyen esta funcin, pudiendo ser posible la subsiguiente participacin del electorado en dicho proceso; en contra de esto, en el sistema autocrtico el nico detentador del poder monopoliza la funcin de tomar la decisin poltica, aun cuando, para producir la apariencia de una solidaridad nacional, ordenase la aprobacin por el parlamento o la ratificacin por medio de un referndum. La ejecucin de la decisin poltica fundamentalBajo la categora de ejecucin de la decisin poltica, se comprende llevar a la prctica dicha decisin. La ejecucin de la decisin puede alcanzar cualquier cambio de dichas actividades estatales; frecuentemente consiste en la ejecucin de la legislacin. La mayor parte de las leyes que componen nuestros cdigos son, o bien los instrumentos para la ejecucin de anteriores decisiones poltica, que trasladan ahora dichas resoluciones a la vida de la comunidad, o bien tienen un carcter estrictamente utilitario al regular exclusivamente el desarrollo normal de las relaciones sociales. La administracin es el aspecto de la ejecucin de las decisiones polticas que surgen con ms frecuencia en la vida diaria, y este aspecto corresponde a lo que tradicionalmente se ha llamado ejecutivo. En la sociedad estatal del siglo XX, se puede considerar como el fenmeno ms digno de ser resaltado la transformacin del Estado legislativo en el Estado administrativo. Por el enorme crecimiento que han experimentado las intervenciones administrativas llevadas a cabo por el Estado de bienestar en la vida de la comunidad, ha habido necesidad de delegar la mayor parte de la funcin legislativa del parlamento en el gobierno y en las autoridades. La legislacin y la administracin no son las nicas posibilidades para la realizacin de las decisiones fundamentales. La funcin judicial; lo que el juez realmente hace es aplicar la norma general al correspondiente caso concreto. La funcin judicial es fundamentalmente ejecucin de la decisin poltica fundamental tomada anteriormente y que se presente en forma legal. La independencia de los jueces fue un postulado poltico y no funcional, motivada en Inglaterra por el deseo de quebrar la prerrogativa real y de introducir el Estado de derecho. El control judicial, por el cual los tribunales se han constituido en un tercero y autntico detentador del poder, no pertenece en absoluto a la teora clsica de la separacin de poderes. La ejecucin en el constitucionalismo, es igual que la funcin de la decisin poltica; est distribuida entre diferentes detentadores del poder. En una autocracia, el nico detentador del poder monopoliza la ejecucin de la decisin fundamental, y si bien puede delegar segn considere oportuno, la funcin en ayudantes y rganos jerrquicamente subordinados, no les otorgar sin embargo ninguna autntica independencia que se escape a su exclusivo poder de mando y control. El control polticoEl constitucionalismo ha sido la bsqueda del medio ms eficaz para moderar y limitar el poder poltico, primero el del gobierno y despus el de todos y cada uno de los detentadores del poder. El actual retroceso que experimenta la libertad se refleja en la poca fuerza o eliminacin de dichas instituciones de control. El mecanismo ms eficaz para el control del poder poltico consiste en la atribucin de diferentes funciones estatales a diferentes detentadores del poder u rganos estatales, que si bien ejercen dicha funcin con plena autonoma y propia responsabilidad estn obligados, en ltimo trmino, a cooperar para que sea posible una voluntad estatal vlida. Cmo se ejerce la funcin de control? La respuesta vera segn el tipo de gobierno. Al electorado le corresponde una funcin de control, como rbitro entre los otros dos detentadores del poder. La distribucin del poder poltico y el control del poder poltico se diferencian. La distribucin del poder significa en s un recproco control del poder. En el Estado constitucional, la funcin de control es doble: por una parte consiste en el hecho de que un acto estatal slo tiene lugar cuando los diversos detentadores del poder estn dispuestos a una comn actuacin. Aqu se da el control por la distribucin de poder. El punto crtico de la funcin de control poltico yace en la posibilidad de exigir responsabilidad poltica. Existe responsabilidad poltica cuando un determinado detentador del poder tiene que dar cuenta a otro detentador del poder sobre el cumplimiento de la funcin que le ha sido asignada. La responsabilidad poltica es una invencin del constitucionalismo moderno. La responsabilidad poltica se institucionaliza segn el tipo de gobierno en el voto de no confianza del parlamento al gobierno; en la posibilidad concebida al gobierno de disolver el parlamente; y finalmente en las nuevas elecciones por medio de las cuales el pueblo puede confirmar o rechazar a los detentadores de cargo parlamentarios o gubernamentales. La responsabilidad poltica se ha convertido en la tcnica ms eficaz para controlar al detentador del poder. El constitucionalismo no es solamente un gobierno con una base de Estados de derecho, sino que significa un gobierno responsable. Las tcnicas de control en su totalidad estn ancladas en la constitucin. La supremaca de la constitucin es el remate de un sistema integral de controles poltico. El gobierno autocrtico est caracterizado por la usencia de cualquier tipo de tcnicas por las cuales se pudiese hace real la responsabilidad poltica del nico detentador del poder. El poder no est sometido a ningn lmite, est fuera de cualquier control poltico.

Sobre los detentadores del poderQuines son los detentadores del poder? Los detentadores del poder oficiales, legtimos, visibles exteriormente, y aquellos que de manera no oficial, indirecta y extraconstitucional, influyen y los detentadores del poder no oficiales e invisibles. Los detentadores del poder oficiales y visibles son aquellos rganos y autoridades y correspondientes funcionarios que estn encargados por la constitucin del Estado de desempear determinadas funciones en inters de la sociedad estatal. El poder poltico que ellos ejercen est unido al cargo, y a travs slo del cargo se atribuye el dominio al detentador del mismo. En el sistema poltico del constitucionalismo, el poder est despersonalizado y separado de la persona; el poder es inherente al cargo e independiente de la persona que en un momento dado lo ejerza. Se han formado cuatro detentadores del poder de este tipo. i. El gobierno: el ms antiguo y el ms imprescindible, est encargado dentro del marco del Estado constitucional de las funciones gubernamentales de tomar y ejecutar la decisin. El mbito de actuacin del gobierno cambia segn el perodo histrico y el tipo especfico de gobierno. ii. La asamblea (el parlamento): como representante de los destinatarios del poder, est encargada de la legislacin y de la funcin de controlar al gobierno. La asamblea se convirti en una autntica representacin de la totalidad de los destinatarios del poder cuando su composicin, correspondi a las diversas corrientes polticas dentro del electorado, como se reflejaba en los partidos polticos. iii. Los propios destinatarios del poder, que al organizarse en los cuadros de los partidos polticos, se elevan a la condicin de un detentador del poder independiente participando en el proceso poltico a travs de elecciones, procedimientos de referndum e impacto de la opinin pblica en los otros rganos estatales. iv. Los tribunales de justicia reclaman el derecho de declarar invlidas las leyes emitidas por el parlamento y el gobierno (control judicial de la constitucionalidad de las leyes). Por su capacidad de movilizar y activar a los destinatarios del poder para que cumplan su funcin de electores, los partidos son indispensables en el proceso poltico de todas las organizaciones estatales contemporneas, sean constitucionales o autocrticas. En las primeras, los partidos llevan a cabo la designacin de los detentadores del poder constitucionales en el parlamento y en el gobierno; en las segundas, organizados como partido nico, son el instrumento imprescindible de control del nico detentador del poder sobre los destinatarios del poder. Mientras que los detentadores del poder oficiales legtimos y visibles pueden ser identificados sin dificultad en la constitucin, descubrir a los detentadores del poder invisibles, no oficiales y no legitimados, exige un anlisis sociolgico de la realidad del proceso del poder. En nuestra sociedad tecnolgica de masas ha surgido un nuevo tipo de invisibles detentadores del poder, en forma de grupos pluralistas y agrupaciones de intereses que dominan los medios de comunicacin de masas. El carcter de un sistema poltico depende en mucho de si el acceso a los medios de comunicacin, as como su uso, es igualmente posible para todos los detentadores de un nico detentador del poder o de un grupo pluralista privilegiado. En el Estado constitucional y democrtico, los medios de comunicacin de masas son igualmente accesibles a todos, en el sistema poltico designado como autocracia, estn monopolizados por un nico detentador del poder. Captulo IISobre la anatoma del proceso gubernamentalLas clasificaciones tradicionales de las formas de gobiernoAristteles distingui: monarquas, aristocracias y poleteias, designando con esta ltima palabra al Estado que se denomina con expresin moderna, democracia constitucional. Las transformaciones pervertidas o degeneradas de estos tipos ideales; cuando el dominador o dominadores usan el poder para sus propios fines, en beneficio de una persona, de una clase, en lugar de ejercerlo para el bien comn, el tipo de dominio se transformar respectivamente en tirana, oligarqua u oclocracia (dominio de las masas). La forma mixta de gobierno. Aristteles consider como la ms deseable estructura de la sociedad a la poltica basada en la clase media; de esta manera introdujo el elemento sociolgico en la investigacin sobre las formas de gobierno. Integrando a las diferentes clases sociales en el Estado, estando cada clase representada por un propio rgano estatal. La idea del gobierno mixto dio la posibilidad de establecer un equilibrio en el poder poltico por medio de la incorporacin de las clases sociales en correspondientes instituciones gubernamentales. Los pensadores polticos absolutistas, mostraban una fuerte propensin a las formas puras de gobierno, indiferentemente de si se trataba de monarqua absoluta o de democracia total. Para los pensadores relativistas como para los absolutistas, la clasificacin de las formas de gobierno fue slo un medio para distinguir las diferentes sociedades estatales; la naturaleza de sta se determina a partir de la forma de gobierno en la que haba quedado inscrita. Maquiavelo. Maquiavelo estableci que en un principado (monarqua) la soberana radicaba exclusivamente en el detentador del poder, bien por derecho o por fuerza, mientras que la soberana en una repblica est distribuida en una mayora o una colectividad de persona que constituyen los detentadores del poder. Maquiavelo no reconoce a la aristocracia como una forma especial y la adscribe a la repblica. Aristocracia y democracia constituirn una sola categora, la de la repblica, ya que si ambas formas poltica presentan una diferente substancia sociolgica, poseen la misma estructura gubernamental. Montesquieu. Fue Montesquieu el que concibi a las instituciones gubernamentales como el marco de organizacin para el desenvolvimiento de las fuerzas sociales operando en la sociedad estatal acercndose a la realidad del elemento de poder en el gobierno. Ampli en dos puntos la clasificacin tradicional de los Estados, a la cual slo se poda llegar a travs de las formas de sus instituciones gubernamentales. Atribuy a cada tipo tradicional un principio moral: virtud a la democracia, moderacin a la aristocracia y honor a la monarqua. Guillermo Ferrero. Para Ferrero el nmero de los detentadores del poder no es esencial. Lo realmente decisivo es la relacin sociopsicolgica entre los detentadores y los destinatarios del poder. Para ser reconocido por la masa del pueblo el gobierno necesita estar dotado de autoridad legtima. Ferrero distingue entre el gobierno legtimo y el revolucionario. El gobierno legtimo se basa en el consentimiento voluntario, sin miedo y fuerza, por parte del pueblo y el gobierno revolucionario est obligado a apoyarse en la opresin por medio de la fuerza. Ferrero consider al gobierno revolucionario como al peor tipo de todos. Ningunas de estas clasificaciones es hoy totalmente satisfactoria; ninguna corresponde completamente a las realidades del proceso actual del poder. Con la introduccin del sufragio universal ha desaparecido la aristocracia como una forma de gobierno. La mayor parte de las actuales monarquas son tan democrticas como las repblicas democrticas. La direccin de cualquier sociedad estatal, yace en las manos de una minora manipuladora constituida por los detentadores del poder. Es esta minora la que maneja los hilos de la maquinaria estatal: descubriendo a esa oligarqua dominante y dirigente, se penetra en el ncleo del proceso del poder. La clasificacin sociolgica de los EstadosCualquier sociedad estatal, presenta un peculiar perfil, una especfica conformacin compuesta entre otros de elementos etnolgicos, geogrficos, histricos, socioeconmicos. Es evidente la relacin causal entre la estructura socioeconmica de esa sociedad estatal y el aparato gubernamental que aquella ha formado. En la sociedad estatal moderna y tecnolgica los tipos puros o ideales, han desparecido casi por completo, y persisten slo en los lugares alejados y aislados. Considerado sociolgicamente, el Estado moderno est ampliamente estandarizado, o se acerca a esa estandarizacin. Todas las sociedades estatales, en esta era de nueva revolucin mundial, se han convertido, o se estn convirtiendo, en unas estructuras pluralistas en las cuales elementos industriales, capitalistas, socialistas, militares, burocrticos y aun clericales, correspondiendo a las fuerzas socioeconmicas existentes, se encuentran inseparablemente mezclados y confundidos. Distribucin y concentracin del ejercicio del poder como base para una clasificacinSlo se podr obtener una til clasificacin de los Estados a travs de una investigacin comparada de sus estructuras reales de gobierno. El criterio de clasificacin radica en la manera y forma de ser ejercido y controlado el poder poltico en la sociedad estatal concreta. La distincin entre la distribucin del ejercicio y control del poder poltico y la concentracin del ejercicio del poder, que est libre de control, crea el cuadro conceptual para la fundamental dicotoma de los sistemas polticos en constitucionalismo y autocracia. Constitucionalismo. El Estado constitucional se basa en el principio de la distribucin del poder. La distribucin del poder existe cuando varios e independiente detentadores del poder u rganos estatales participan en formacin de la voluntad estatal. Las funciones que les han sido asignadas estn sometidas a un respectivo control a travs de los otros detentadores del poder; como est distribuido, el ejercicio del poder poltico est necesariamente controlado. Es evidente que no sera conveniente si todas las acciones, sin excepcin, de cada detentador del poder estuviesen sometidas a dichos controles. Para ser independiente, el detentador del poder necesita una amplia autonoma, es decir, debe ser capaz de actuar sin una interferencia exterior. La recproca interdependencia de los diversos detentadores del poder no puede ser completamente simtrica y perfectamente igual. Segn la especfica situacin institucional, el grado de autonoma y respectiva interdependencia es igualmente variable. Existe menos independencia y mayor interdependencia cuando el gobierno est incorporado en la asamblea como parte integrante, como ocurre en el parlamentarismo, que cuando el gobierno y el parlamente son prcticamente autnomos. El constitucionalismo caracteriza a una sociedad estatal basada en la libertad e igualdad y que funciona como Estado de derecho. Autocracia. En el sistema poltico opuesto existe un solo detentador del poder; ste puede ser una persona (dictador), una asamblea, un comit, una junta o un partido. El ejercicio del poder no est distribuido, sino concentrado en sus manos. Tampoco se encuentra ningn control efectivo sobre su poder. El monopolio poltico del nico detentador del poder no est sometido a ningn lmite constitucional; su poder es absoluto. Configuraciones intermedias. Estas formas hbridas o intermedias surgen frecuentemente en pocas de transicin de un sistema poltico a otro; bien cuando la autocracia se desenvuelve hacia el constitucionalismo, o por el contrario cuando un Estado que hasta ahora estuvo regido constitucionalmente adquiere la forma autocrtica del ejercicio del poder. Las tcnicas funcionales del constitucionalismo y de la autocraciaLas instituciones son dispositivos organizadores montados para la realizacin de las funciones que les estn asignadas. Para el cumplimiento de la tarea que le ha sido encomendada, la institucin desarrolla determinadas tcnicas y procedimientos adecuados a esta especfica funcin.Entre las tcnicas caractersticas del sistema poltico del constitucionalismo se encuentran en primera lnea las elecciones, en las cuales diversas ideologas, representadas por candidatos y partidos, luchan por obtener el voto del elector, el cual, por su parte, puede elegir libremente entre las posibilidad que le son ofrecidas. Absolutamente indispensable es la libertad en el acto de votar, el sometimiento del parlamento bajo la decisin de la mayora, la inamovilidad de los detentadores del cargo durante la duracin prescrita legalmente y la respectiva consulta y colaboracin entre los diversos detentadores del poder. La autocracia moderna est dotada, de un inconfundible cuo militar.

Captulo primeroSobre la anatoma del proceso del poder polticoLa enigmtica tradaLos tres incentivos fundamentales que dominan la vida del hombre en la sociedad y rigen la totalidad de las relaciones humanas son: el amor, la fe y el poder. Es propio del hombre el amor al poder y la fe en el poder. La historia muestra cmo el amor y la fe han contribuido a la felicidad del hombre y cmo el poder a su miseria. Hay algo en comn en estas tres fuerzas: el hombre puede sentirlas y experimentarlas, pero a lo que no llega es a conocer su interna realidad. El poder polticoEl poder tiene una importancia decisiva en el campo sociopoltico. La poltica es la lucha por el poder. El nfasis que se pone sobre el fenmeno del poder, ha venido a sustituir el inters cientfico por el concepto de soberana. Quiz se pueda decir que la soberana es la racionalizacin jurdica del factor poder, constituyendo ste el elemento irracional de la poltica. Segn esto, soberano es aquel que est legalmente autorizado en la sociedad estatal, para ejercer el poder poltico o aquel que lo ejerce. La teora tradicional se vio obligada a aceptar que el poder, elemento irracional de la dinmica poltica, podra ser totalmente eliminado, o neutralizado por medio de instituciones racionales para su ejercicio y control. La cratologa como cienciaEl poder poltico, como todo poder, puede ser conocido, observado, explicado y valorado. Admitiendo que una ciencia del poder, una cratologa existe. La teora de la influencia, est dispuesta a aplicar a la soberana del poder poltico que todava est por probar si es susceptible de ser medido: las tcnicas de las ciencias del comportamiento o de la conducta, basadas en los mtodos cuantitativos de medicin. Poder y sociedad estatalEl poder est empleado como un concepto estrictamente neutral, funcional y libre de cualquier valoracin. El poder hace a una situacin o relacin de hecho que en s, directamente, no es ni buena ni mala. Considerada como un todo, la sociedad es un sistema de relaciones de poder cuyo carcter puede ser poltico, social, econmico, religioso, moral, cultural o de otro tipo. El poder es una relacin sociopsicolgica, basada en un recproco efecto entre los que detentan y ejercen el poder, los detentadores del poder y aquellos a los que va dirigido, los destinatarios del poder. Dentro del marco de la sociedad, el Estado se presenta como la forma exclusiva o preponderante, segn la situacin histrica, de la organizacin sociopoltica. En la sociedad estatal, el poder poltico aparece como el ejercicio de un efectivo control social de los detentadores del poder sobre los destinatarios del poder. Por control social, en el estricto sentido de la ciencia poltica contempornea, se debe entender la funcin de tomar o determinar una decisin, as como la capacidad de los detentadores del poder de obligar a los destinatarios del poder a obedecer dicha decisin. El ncleo de todo sistema poltico, yace en las ideologas, instituciones y tcnicas que entran en juego en el marco de la sociedad estatal, con el fin de obtener, ejercer y controlar el poder poltico. En el Estado moderno, constitucional y democrtico, la esencia del proceso del poder consiste en el intento de establecer un equilibrio entre las diferentes fuerzas pluralistas que se encuentran compitiendo dentro de la sociedad estatal. En las modernas autocracias, dictatoriales o autoritarias, un nico detentador del poder monopoliza el poder poltico como control social. El elemento no slo domina la relacin entre los detentadores y los destinatarios, sino que adems condiciona las relaciones entre los detentadores del poder. Para comprender la naturaleza de un sistema poltico en una sociedad estatal concreta, deben ser distinguidos tres grados en el proceso poltico, esto es, 1, cmo obtienen los detentadores del poder su ejercicio?, 2 Una vez obtenido el poder, cmo ser ejercido?, 3, Cmo ser controlado el ejercicio del poder poltico por los detentadores del poder? En esta ltima cuestin, la ms importante, yace el problema de una adecuada limitacin del ejercicio del poder. Y esto es el ncleo esencial de lo que ha venido a ser llamado el Estado constitucional. Sobre el carcter demonaco del poderAll donde el poder poltico no est restringido y limitado, el poder se excede. El poder lleva, en s mismo un estigma. El poder encierra en s mismo la semilla de su propia degeneracin. Cuando no est limitado, el poder, se transforma en tirana y en arbitrario despotismo, que revela lo demonaco en el elemento del poder. El control del poder polticoCon el fin de evitar ese peligro siempre presente, el Estado organizado exige que el ejercicio del poder, sea restringido y limitado. Limitar el poder poltico quiere decir limitador a los detentadores del poder; esto es el ncleo del constitucionalismo. Un acuerdo de la comunidad sobre una serie de reglas fijas que obligan tanto a los detentadores del poder como a los destinatarios del poder, se ha mostrado como el mejor medio para dominar y evitar el abuso del poder poltico por parte de sus defensores. El mecanismo de esas reglas que estn ya formuladas en un documento formal, la constitucin, ya enraizada en las costumbres. Por una parte, los detentadores del poder necesitan la debida autoridad para llevar a cabo las tareas estatales; por otra parte, es indispensable que bajo dicha autoridad quede garantizada la libertad de los destinatarios del poder. La libertad de los destinatarios del poder slo quedar garantizada cuando se controle debidamente el ejercicio del poder llevado a cabo por sus detentadores. La existencia o ausencia de dichos controles, su eficacia y estabilidad, su mbito e intensidad, caracterizan cada sistema poltico y permiten diferenciar un sistema poltico de otro. El sistema polticoTodo Estado con unas determinadas relaciones entre los detentadores y los destinatarios del poder, expresada en la forma de unas permanentes instituciones gubernamentales, es un sistema poltico; su caracterstica esencial es el aparato o mecanismo a travs del cual se lleva a cabo la direccin de la comunidad y el ejercicio del dominio. Una til diferenciacin entre los sistemas poltico se encuentra en las diversas ideologas y en las tpicas instituciones que a stas se corresponden, por medio de las cuales funciona cada sociedad estatal. Las instituciones son el aparato a travs del cual se ejerce el poder en una sociedad organizada como Estado; las instituciones son todos los elementos o componentes de la maquinaria estatal, el gobierno, el parlamento, los tribunales de justicia, la administracin pblica, la polica y los sistemas de valores que dan sentido a las instituciones. El concepto de ideologa se puede definir como Un sistema cerrado de pensamientos y creencias que explican la actitud del hombre frente a la vida y su existencia en la sociedad, y que propugnan una determinada forma de conducta y accin que corresponde a dichos pensamientos y creencias, y que contribuye a realizarlos. Las ideologas son las cristalizaciones los valores ms elevados en los que cree una parte predominante de la sociedad. Las ideologas, impulsan a sus partidarios a la accin para conseguir su realizacin. Ideologas con, el espritu del dinamismo poltico en una determinada sociedad estatal. Esta ntima correspondencia entre instituciones e ideologas es la explicacin de que instituciones desarrolladas en un especfico ambiente ideolgico, pierden su identidad funcional cuando son trasplantadas mecnicamente a un sistema poltico con diferente ideologa. Elecciones, parlamentos, partidos polticos, instituciones desarrolladas en el sistema poltico del Estado constitucional, liberal e igualitario, para la realizacin de su ideologa liberal e igualitaria, cambian su significacin y llegan a ser utilizadas en un sentido muy diferente, cuando son aplicadas en un sistema poltico totalitario. El concepto sistema poltico, se entender por una sociedad estatal que vive bajo una ideologa concreta poltica, sociopoltica, tica o religiosa a la cual corresponden una determinadas instituciones destinadas a realizar dicha ideologa dominante. Sistemas polticos y formas de gobiernoEl trmino sistema poltico abarca una serie de tipos de gobierno que estn unidos por la identidad o afinidad de sus ideologas y de las instituciones que a stas corresponden. El sistema poltico del constitucionalismo democrtico incluye diversos tipos de gobierno que, segn queda conformada la interaccin de los diferentes detentadores del poder en la formacin de la voluntad estatal, se institucionalizan como presidencialismo, parlamentarismo con supremaca de la asamblea o del gabinete, gobierno de asambleas, gobierno direccional, democracia directa o semidirecta. Todos estos tipos de gobierno estn inspirados por una misma ideologa, esto es, por aquella concepcin que considera la voluntad popular como el poder supremo. El concepto sistema poltico se refiere a la estructura ideolgica, el concepto tipo de gobierno o rgimen poltico alude a la concreta conformacin de las instituciones del sistema poltico en una determinada sociedad estatal. Distribucin y concentracin del ejercicio del poderLa diferencia bsica entre los diferentes sistemas polticos radica en si el poder, a lo largo del proceso gubernamental, est atribuido a varios, en s independientes, detentadores del poder, entre los cuales, est distribuido para un comn ejercicio del dominio, o si dicho ejercicio del dominio est concentrado en un solo detentador del poder que lo monopoliza. Este nico detentador del poder, puede ser una persona individual (el dictador), una asamblea, un comit, una junta o un partido. En el caso de una detentacin comunitaria y de una distribucin en el ejercicio del poder poltico, el sistema poltico ser calificado, segn sea su fundamento, como constitucional o constitucional democrtico. En el caso de una concentracin del poder poltico en las manos de un nico detentador del poder, el sistema poltico se califica como autocrtico. El criterio de distribucin y concentracin del ejercicio del poder debe ser examinado aplicndolo a todas las fases del proceso gubernamental. En el ejercicio del poder existe una distribucin del poder cuando la funcin legislativa se lleva a cabo conjuntamente por el gobierno y el parlamento o cuando dos cmaras parlamentarias participan en dicha funcin; la concentracin del poder se manifiesta en el monopolio legislativo bien del gobierno o del parlamento, quedando excluido del acto legislativo el uno o el otro. El control del poder poltico estar distribuido entre diferentes detentadores del poder cuando, el parlamento puede destituir al gobierno por el voto de no confianza, o cuando el gobierno puede disolver el parlamento. La fundamental dicotoma de los sistemas polticos y de los tipos de gobierno en ellos incluidos puede ser expresada por los contrapuestos conceptos policracia y monocracia, expresando el primero la distribucin y el segundo la concentracin del poder poltico. Ser usado el concepto constitucionalismo para designar a la organizacin estatal caracterizada por una distribucin del poder, y el concepto autocracia, para el proceso poltico que opera con una concentracin del poder. La expresin dictadura, corrientemente empleada para los gobiernos autocrticos, no es siempre correcta, ya que hasta gobiernos de este tipo operan, de vez en cuando, con ciertas reglas del juego constitucional en el ejercicio de su poder.

Federalismo- Es una de las formas de organizacin territorial de un Estado, en la cual hay una estructura de gobierno central y otra local y en un rea o tema determinado, una de las dos va a tener autonoma en la toma de decisiones. Sin embargo, el orden jurdico provincial se subordina al federal.- Es el preferido para naciones con gran extensin territorial y poblacin, porque as se incentiva la participacin pblica y adems se minimiza el riesgo de que un gobierno central distante viole los derechos de los ciudadanos o que un grupo domine sobre otro.- Es un freno a las pasiones mayoritarias y una forma de reforzar el reconocimiento de los grupos minoritarios, y as aumentar la legitimidad del Estado.- Su base es siempre la CN, por la cual las provincias delegan a la Nacin su poder.- El Estado puede crecer por adicin (incorporacin de otras provincias mediante pacto, en el caso de que estados soberanos que no forman parte del nuestro quieran incorporarse) pero no por sustraccin.- Las provincias no pueden declararse la guerra entre s. Las quejas se efectan a travs de una demanda frente a la Corte. Tampoco pueden desmembrarse, para asegurar la unidad territorial del Estado.- Las autoridades federales no pueden desconocer sentencias firmes provinciales, y cada una de ellas tiene igual validez en cualquier otra provincia.- Las provincias tienen el dominio originario de los recursos naturales de su territorio, aunque en caso de comercio interjurisdiccional, la jurisdiccin es federal.- Regionalismo: las provincias pueden crear regiones para promover el desarrollo econmico y social. Esto no es una instancia de decisin poltica autnoma, sino una demarcacin territorial que busca un equilibrio en el desarrollo regin-provincia-- Ciudad de Buenos Aires: Tiene un rgimen de gobierno autnomo con facultades propias de legislacin y de jurisdiccin parcial (con sentido institucional pero no territorial, porque el territorio no es federal ni se federaliza). Siendo autnoma, puede ser intervenida por tener la misma valoracin que una provincia. Sin embargo la entidad poltica no se equipara con la de las provincias, pero tiene autonoma ms amplia que la de los municipios. Al jefe de gobierno lo elige el cuerpo electoral- Mayoras: Un estado centralista puede procesar mejor las preferencias mayoritarias que uno federal porque no tiene lmites a su agenda democrtica (o sea, puede adoptar decisiones sobre temas que no le fueron conferidos a ninguna subunidad) y porque no hay una Legislatura, no se puede impedir tan fcilmente la aprobacin de la propuesta preferida por la mayora de la poblacin.- En EEUU: durante el periodo colonial, los 13 estados contaron con autonoma y quisieron conservarla despus de la independencia del pas. Madison y Hamilton pensaban que el riesgo de tirana disminuye si hay grupos de individuos con intereses comunes que puedan neutralizarse entre s, y que los estados locales deben ceder frente al central. El enemigo es una gran republica en la que el pueblo pueda tomar decisiones sin grandes filtros a la voluntad popular.- Lealtad federal: Se presupone una cooperacin entre provincias y Nacin.- Federalismo fiscal: Al dividir en distintos niveles la atribucin de recaudar y gastar recursos pblicos, el federalismo es ventajoso porque se permite una mejor satisfaccin de las necesidades locales. Sin embargo, aunque la CN incentiva esta descentralizacin, a principios de 1900 las provincias comenzaron a ceder gradualmente a la Nacin esta atribucin. Por tanto, el Rgimen de Coparticipacin de Impuestos lo que hace es que el Estado Nacional recaude y luego reparta dinero a las provincias, para evitar que una sea mas pobre que la otra. As, una gran parte del gasto local lo afronta el Estado. Esta falta de autonoma de los recursos impositivos contrasta con la importancia y cantidad de servicios pblicos a su cargo como la educacin, salud o administracin de justicia. Adems, buena parte de las transferencias se derivan discrecionalmente por motivos polticos.- Desigualdad en el Derecho: Al multiplicar los rganos a cargo de crear y aplicar derecho, la coexistencia de jurisdicciones puede crear ciertas asimetras. La CN solo provee un piso mnimo de derechos, y las provincias pueden elevarlos en su reconocimiento pero no disminuirlos. As adems, pueden aprender de las normativas de una y de otra.- Aplicacin de tratados internacionales: el nico responsable a nivel internacional si se incumple un tratado es el Estado Nacional, aunque muchas de las violaciones puedan provenir de las provincias, y ste no puede controlarlas directamente. El problema no es internacional, sino interno.- Facultades reservadas: Las provincias se reservan todo lo que no delegaron expresamente.- Facultades delegadas: las provincias delegan al Estado- Facultades descendentes: El Estado delega a las provincias, y ellas lo complementan. Ej: proteccin del medio ambiente.- Facultades prohibidas: reservadas slo al estado o a las provincias.- Facultades coparticipativas: El Estado y las provincias conjuntamente en una doble decisin integratoria.

Federalismo en Argentina- Aunque las provincias surgieron con ms fuerza por el 1800, en algunos casos ya existan de forma precaria como consecuencia de la introduccin del Cabildo en el interior o por desprendimientos de anteriores jurisdicciones poltico-administrativas. Tenan cierta autonoma por las enormes extensiones territoriales que abarcaban y la lentitud en las comunicaciones. Bsicamente, se juntaron para garantizar su seguridad y tener un sentido de comunidad- La disputa entre unitarios y federales fue un valor ms instrumental que intrnseco, porque quien triunfara avanzara con su modelo poltico-filosfico. - Alberdi pensaba que el tipo de federalismo apropiado para el pas surga de sus antecedentes histricos, y que ac el gobierno centralista no se puede implementar por la extensin del territorio y la poca poblacin. Quera buscar, como en EEUU, un punto medio entre una alianza dbil de entidades soberanas y un gobierno centralista.- Hay varios puntos en Argentina que acusan a una centralizacin, como el rgimen impositivo muy concentrado en el gobierno, polticas econmicas centrales, las crisis econmicas las intervenciones federales, la anulacin por el gobierno de elecciones presidenciales, y los aportes a las provincias con fondos del Tesoro Nacional.Intervencin federal- El Congreso es quien decide la intervencin de una provincia o la Capital. En caso de receso del mismo, la decreta el Poder Ejecutivo y luego el Congreso la va a aprobar o revocar.- Es siempre de naturaleza poltica y tiene carcter restrictivo.- El gobierno federal interviene: Por s solo para garantizar la forma republicana de gobierno o repeler invasiones exteriores actuales o inminentes. Busca mantener la relacin de subordinacin propia del federalismo, o la seguridad Si lo pide alguna autoridad de la provincia reconocida oficialmente, para sostener o restablecer las autoridades si hubieran sido destituidas o amenazadas por sedicin o invasin de otra provincia (finalidad protectora)- Intervencin preventiva: alcanza a las autoridades provinciales en ejercicio y a las futuras que ya han sido electas.- El interventor federal es nombrado por el Poder Ejecutivo que le da instrucciones, y acta como delegado del presidente. l reemplaza a la autoridad provincial pero no extingue la autonoma de la provincia ni su personalidad jurdica.Reforma de 1994- Se esboza un federalismo de concertacin y participacin- El senado debe ser la cmara de origen para ciertos proyectos- Se apunta a un desarrollo que tenga equilibrio provincial y regional y que atienda al pluralismo territorial- Principios de solidaridad y lealtad federales - Reconocimiento del dominio provincial sobre sus recursos naturales originarios- Autonoma de los municipios provinciales- Reconocimiento expreso de los pueblos indgenas argentinos- Las provincias y municipios retienen sus poderes de polica e imposicin

Ministerio pblico (Art. 120)- Es un rgano bicfalo extrapoder, al margen de los clsicos pero en relacin con alguno de ellos, que acta en casos que se cuestiona la constitucionalidad de leyes y decretos y de intereses generales de la sociedad y de los pobres.- El Procurador General de la Nacin es el jefe de los fiscales, y el Defensor General de la Nacin, el de los defensores. Se los elige como a los jueces de la CSJN: El poder Ejecutivo los propone, y se requiere la aprobacin de 2/3 de los miembros presentes del Senado. Son estables mientras dure su buena conducta, hasta los 75 aos cuando pueden obtener una nueva designacin. Se los remueve por juicio poltico.- Los dems integrantes son designados por el Poder Ejecutivo en una terna que presenta el Procurador General o el Defensor General- Controla el poder poltico- No lo puede nombrar el Presidente- Tambin es susceptible de los controles institucionales que dispone la CN.- Debe actuar en coordinacin con las dems autoridades de la Nacin.- No se le aplican las garantas que da el Pacto de San Jos de Costa Rica a las personas.- Tiene inmunidades de arresto, y pueden no comparecer como testigos. No deben ser condenados en las causas en las que intervengan como integrantes del Ministerio Pblico

Auditora General de la Nacin (Art. 85)- Es un rgano de control destinado a combatir la corrupcin administrativa, que es una cuestin de inters general puesto que expande el desanimo en la poblacin y desacredita a las instituciones, adems de sustraer recursos que pueden ser aplicados en reas de importancia como educacin, salud y creacin de trabajo con inversin pblica. Evala la aplicacin de los recursos por parte del Ejecutivo.- Comisin Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas: nexo de la Auditora, quien le fija el programa de accin anual.- Se fija en el mbito del Poder Legislativo y goza de autonoma funcional, aunque el Congreso puede encomendarle distintas tareas relacionadas con sus actividades.- Se compone de 7 auditores, abogados o contadores argentinos con probada especializacin en el rea de administracin financiera. Los senadores designan 3 y los Diputados otros 3, pero el Presidente de la Auditora lo designan por resolucin conjunta los presidentes de ambas cmaras a partir de la propuesta del partido con mayor oposicin en el congreso, y dura lo que dure ese partido porque no tiene un mandato fijo.- Cuando la Auditoria descubre irregularidades que pueden constituir delitos, se remiten a los jueces competentes y finalmente el Congreso resuelve. - Los informes que produce son pblicos salvo que se pueda comprometer la seguridad econmica del pas, y son aprobados por mayora.- Hay una Auditora por cada estado provincial

Defensor del Pueblo (Art. 86)- Es un rgano de control de grupos econmicos relevantes que ejercen el monopolio.- El Defensor del Pueblo tiene competencia preventiva y reparadora. Requiere la colaboracin de los controlados, en especial de la administracin pblica o de los entes prestadores de servicios pblicos, para evitar los bloqueos burocrticos de acceso a la informacin.- Puede peticionar y demandar ante todos los organismos administrativos y jurisdiccionales excepto el Poder Judicial, el Poder Legislativo, la Municipalidad de Buenos Aires y los organismos de defensa y seguridad.- Tiene legitimidad procesal sin condicionamientos ni limitaciones para accionar ante los tribunales, pero debe ejercerla en defensa de los derechos de incidencia colectiva y ante caso y controversia concreta.- El Defensor es elegido por el Poder Legislativo con mayora de 2/3 de los miembros presentes de cada cmara, y tiene las inmunidades y privilegios de los legisladores.- El sujeto pasivo de una advertencia del Defensor del Pueblo tiene derecho a obtener vista de esas acusaciones porque aunque las decisiones del primero no son sentencias judiciales, generan descalificacin pblica.DIPUTADOS- Representan a la ciudadana en su conjunto.- Hay uno por cada 33000 habitantes por provincia (incluyendo la Capital), o no menos de 16500. Como mnimo se requieren 5 diputados por pcia. El Congreso ms adelante debera haber fijado nuevamente otra cifra en base al censo ms actual, aunque stos no se llevaron a cabo cada 10 aos como exige la Constitucin. Esto provoca que haya una sobrerrepresentacin de las provincias menos pobladas (un candidato de Bs. As. necesita 12 votos ms que uno de Tierra del Fuego), cuando el apoyo legislativo se otorga a cambio de apoyo econmico y la sobrerrepresentacin crea bolsones potenciales de electores de bajo costo esenciales en la discusin poltica. Son de bajo costo porque la inversin que se requiere por cada unidad de apoyo poltico es menor; dan aprobacin a medidas a cambio de dinero para su distrito- Para ser diputado hay que tener 25 aos, 4 aos siendo ciudadano y viviendo en el pas y ser natural de la provincia que lo elige, o llevar viviendo 2 aos en ella.- Duran 4 aos y se renueva la mitad cada 2 (por sorteo), pero pueden ser reelegibles indefinidamente.- Con la reforma del 94 se evita la discriminacin por motivos de gnero. Las listas deben tener un 30% de mujeres, en proporciones con posibilidad de ser electas- Le corresponde la iniciativa de leyes sobre reclutamiento de tropas e impuestos.- En juicio poltico es la que acusa al presidente, vicepresidente, jefe de gabinete, ministros y miembros de la CSJN- Materia econmico-financiera: La elaboracin del presupuesto anual est a cargo de la Secretara de Hacienda, y luego la cmara de Diputados vota y sanciona.- Puede someter a consulta popular un proyecto de ley, y esta ley de convocatoria no puede ser vetada. Si el pueblo lo aprueba, se promulga automticamente.- Iniciativa popular: los ciudadanos (3% del padrn electoral con adecuada distribucin territorial) presentan a diputados un proyecto de ley, que debe ser tratado en un ao y no puede ser sobre reformas constitucionales, presupuesto, tratados internacionales o materia penal.

SENADORES- Hay 3 por provincia (incluyendo la Capital): 2 por la mayora y 1 por la primera minora.- Para ser senador hay que tener 30 aos, 6 siendo ciudadano y ser natural de la provincia que lo elige, o llevar viviendo 2 aos en ella. Adems, percibir una renta anual de $2000 fuertes.- Duran 6 aos y se renueva 1/3 de los distritos electorales cada 2 aos, pero pueden ser reelegibles indefinidamente.- El presidente del Senado es el vice de la Nacin, que tiene voto slo en caso de empate. Cuando est cumpliendo sus funciones de reemplazo del presidente, lo sustituye el Presidente Provisional del Senado, que es un miembro elegido por toda esta cmara.- Le corresponde la autorizacin al presidente para declarar estado de sitio en caso de ataque exterior- En juicio poltico es el que juzga a los acusados por los diputados, pero si el acusado es el presidente, quien preside el senado es el presidente de la CSJN. Se declara la culpabilidad por mayora de 2/3 de miembros presentes.

Poder Legislativo- Es el rgano encargado de elaborar las normas que van a regular las relaciones de la comunidad.- No pueden legislar miembros del clero regular ni gobernadores.- Ellos determinan la remuneracin (dicta) que van a percibir. - Para juzgar en juicio poltico a jueces, sern los de la CSJN y no a los de tribunales federales inferiores, porque a ellos los juzgan el Consejo de la Magistratura y el Juzgado de Enjuiciamiento.- Cada cmara revisa si sus miembros (que se incorporan bajo juramento) son susceptibles de corresponder a ella, segn lo que diga la Constitucin.- Las sesiones ordinarias son desde el 1/3 al 30/11 para ambas cmaras.- Los legisladores tienen inmunidades de arresto, de opinin y de jurisdiccin penal mientras estn en cumplimiento de sus funciones. As, se busca que desempeen su cargo libremente.- Autoriza al Presidente a declarar la guerra y ausentarse del pas- Fija los lmites interprovinciales, aunque a veces tenga que ser por arbitraje.- Desafuero: evita la inmunidad de arresto. Lo solicita un juez a cualquier cmara cuando alguno de sus miembros se encuentre incurso en algn delito.- Interpelacin: Pueden hacer venir a su sala a los ministros del Poder Ejecutivo para recibir informes o explicaciones sobre ciertos temas.- Derecho de los pueblos originarios: es una disposicin que intenta saldar una antigua deuda del Estado con los descendientes de pueblos originarios en virtud del prolongado y continuo desprecio del que fueron vctimas.- Tratados internacionales: Se aprueban con mayora absoluta de los miembros totales de cada cmara. Tienen jerarqua superior a las leyes. El Estado despliega la actividad necesaria para que las clusulas se cumplan, como por ejemplo darle andamiento al MERCOSUR (con Brasil, Uruguay y Paraguay).- Niveles de jerarqua: