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INDICE

TITULO I: GENERALIDADES ......................................................................................................................... 4

CAPITULO I: INTRODUCCION, DESCRIPCION DEL PROYECTO, OBJETIVOS Y ALCANCES ................. 4

Introducción ...................................................................................................................................................... 4

Descripción del proyecto ................................................................................................................................. 5

Principales Obras del Proyecto: ..................................................................................................................... 6

Objetivos y alcances ........................................................................................................................................ 8

Objetivos ........................................................................................................................................................... 8

Alcances ............................................................................................................................................................ 9

CAPITULO II: LIDERAZGO, COMPROMISO, POLITICA DE SALUD; SEGURIDAD EN EL TRABAJO;

MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD, ALCOHOL Y DROGAS Y SUSPENSION DE TAREAS. ........................... 9

Liderazgo y compromiso ................................................................................................................................. 9

Política de SSTMA .......................................................................................................................................... 12

CAPÍTULO III: DEFINICIONES ....................................................................................................................... 16

CAPÍTULO IV: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE H2OLMOS, COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y EMPRESAS DE SERVICIOS/ CONTRATISTAS-

SUBCONTRATISTAS ...................................................................................................................................... 20

De los trabajadores, Supervisores y capataces .......................................................................................... 24

De los trabajadores ........................................................................................................................................ 26

De los Contratistas y Sub contratistas ........................................................................................................ 31

De los Visitantes ............................................................................................................................................. 32

Del Comité de Seguridad en Trabajo ............................................................................................................ 32

SSTMA ............................................................................................................................................................. 35

TITULO II: ESTANDARES DE SEGURIDAD, HERRAMIENTAS DEL SISTEMA DE GESTION .................. 36

CAPÍTULO I: IDENTIFICACION DE PELIGROS Y RIESGOS ....................................................................... 36

CAPITULO II: ANÁLISIS PRELIMINAR DE NIVELES DE RIESGO (APNR) ................................................ 37

CAPÍTULO III: INSPECCIONES DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE, USO DE EPP ............... 38

CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE TRABAJO ........................................................ 39

CAPÍTULO V: ANÁLISIS PREVENTIVO DE TRABAJO (APT) ..................................................................... 40

CAPITULO VI: PERMISO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO (PTAR) .......................................................... 40

CAPÍTULO VII: PERMISO DE TRABAJO (PT) .............................................................................................. 42

CAPITULO VIII: MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD DE ACTIVIDADES DIVERSAS ....................... 43

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TITULO III: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES Y ACTIVIDADES

PRINCIPALES .................................................................................................................................................. 70

CAPÍTULO I: OPERACIÓN DE LAS COMPUERTAS .................................................................................... 70

CAPITULO II: OPERACIÓN DE POLIPASTO Y TECLES PARA RETIRAR Y TRASLADAR ATAGUIAS.71

CAPITULO III: OPERACIÓN DE GRUPOS GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA, STAND BY Y

TABLERO DE PARALELISMO ....................................................................................................................... 72

CAPITULO IV: SEGURIDAD EN TRABAJOS-ACTIVIDADES DEL ÁREA DE OBRAS CIVILES

(Mantenimiento de infraestructuras civiles, Hidrología y Auscultación) ................................................. 72

CAPITULO V: MANTENIMIENTO EN SUB-ESTACIONES ELÉCTRICAS .................................................... 73

CAPITULO VI: MANTENIMIENTO DE TABLEROS ELÉCTRICOS ............................................................... 74

CAPITULO VII: MANTENIMIENTO ELECTROMECANICO DE GRUPOS ELECTROGENOS ..................... 75

CAPITULO VIII: MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS ................................................... 76

CAPITULO IX: SEGURIDAD EN MANTENIMIENTO DE MOTORES ELECTRICOS Y UNIDADES

HIDRAULICAS ................................................................................................................................................. 78

TITULO IV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS GENERALES Y

ACTIVIDADES CONEXAS DE LA CONCESIONARIA ................................................................................... 79

CAPITULO I: INGRESO A INSTALACIONES DE H2OLMOS ....................................................................... 79

CAPITULO II: SEGURIDAD EN EL USO DE VEHICULOS Y TRASLADO DE PERSONAL ........................ 85

CAPITULO III: SEGURIDAD EN ACTIVIDADES DE OFICINA ...................................................................... 89

CAPITULO IV: HIGIENE Y CONDICIONES SANITARIAS ............................................................................. 91

CAPITULO V: CONDICIONES ALIMENTICIAS DE PERSONAL/ACTIVIDADES DE COCINA ................... 92

CAPITULO VI:ESTANDARES DE SEGURIDAD EN SERVICIOS GENERALES.........................................93

TITULO V: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS ..................................... 101

CAPÍTULO I: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS ................................. 101

CAPITULO II: REPUESTA EN CASO DE INCENDIOS/AMAGOS DE INCENDIOS ................................... 105

CAPITULO III: RESPUESTA EN CASO DE DERRAMES ............................................................................ 108

CAPITULO IV: RESPUESTA EN CASO DE DESASTRES NATURALES ................................................... 109

TITULO VI: SANCIONES ............................................................................................................................... 111

CAPÍTULO I: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD,

SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE ......................................................................................... 111

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TITULO I: GENERALIDADES

CAPITULO I: INTRODUCCION, DESCRIPCION DEL PROYECTO, OBJETIVOS Y

ALCANCES

Introducción

El presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, ha

sido elaborado como herramienta de apoyo a la gestión de la prevención de riesgos

laborales en el marco del Programa de Gestión Integrado en Seguridad, Salud en el

Trabajo y Medio Ambiente, a través del cual la Dirección promueve la instauración de una

cultura de prevención.

Siendo el Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente una

herramienta importante para la implementación de las bases de una cultura preventiva, es

importante que cada colaborador cuente con un ejemplar, debiendo además recibir la

capacitación pertinente para el cumplimiento estricto de su contenido.

Todos los manuales, procedimientos e instructivos que elabore H2Olmos en materia de

Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente; se considerarán parte integrante del

presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, y su

cumplimiento es obligatorio.

La Dirección de Inversión de H2Olmos es la principal responsable de la aplicación y

cumplimiento del presente Reglamento, y reconoce la importancia del involucramiento y

compromiso de todos los colaboradores para lograr avances en la implantación de la

cultura preventiva.

EL PRESENTE REGLAMENTO SERÁ REVISADO PERIÓDICAMENTE POR LA

DIRECCIÓN DE INVERSIÓN, LA GERENCIA DE SOSTENIBILIDAD, EL RESPONSABLE

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DE SSTMA Y EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, CON LA

FINALIDAD DE ASEGURARSE QUE CUBRE TODOS LOS RIESGOS IDENTIFICADOS

EN LAS ACTIVIDADES EJECUTADAS EN H2OLMOS, ASÍ COMO LOS CRITERIOS

MÁS ADECUADOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

EL PRESENTE REGLAMENTO HA SIDO REVISADO Y CONTRASTADO CON LA

RESOLUCION MINISTERIAL N° 050-2013-TR QUE ESTABLECE LA INFORMACIÓN

MÍNIMA QUE DEBEN CONTENER LOS REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SISTEMA

DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Descripción del proyecto

En los alcances del Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción,

Operación y Mantenimiento del Proyecto Irrigación Olmos se considera la construcción de

una infraestructura hidráulica destinada al suministro de agua para el riego de 43,500 ha

de tierras, de las cuales 38,000 ha se encuentran ubicadas dentro de las denominadas

Tierras Nuevas, sectores Central (23,500 ha) y Sur (14,500 ha) del Polígono reservado a

favor del Proyecto Especial Olmos Tinajones; mientras que de las restantes 5,500 ha,

corresponden a predios ubicados dentro del llamado. “Valle Viejo” y a tierras

pertenecientes a la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos.

Por tal motivo H2Olmos; ha establecido la vigencia del presente Reglamento Interno de

Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

Nuevamente Teniendo como Objetivo garantizar su salud, la integridad física, la

conservación del medio ambiente y el trabajo continuo en cualquiera de las sedes de

H2Olmos donde ejecuten su labor, dando cumplimiento a las disposiciones legales

vigentes según lo dispuesto en la Ley N° 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo;

y el Decreto Supremo N° 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

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Principales Obras del Proyecto:

Las obras del Contrato de Concesión son las siguientes:

- Bocatoma Miraflores: sobre el cauce del río Olmos en la cota 140 msnm, a la altura

del denominado cerro Miraflores, 6.2 km aguas abajo del puente de cruce del río con

la carretera Interoceánica Norte. El caudal de diseño es de 600 m3/s, que corresponde

a un periodo de retorno de 1:100 años. La bocatoma está constituida por un barraje en

el río y una estructura de captación en la margen izquierda con el fin de abastecer al

canal Principal Miraflores-Palo Verde.

- Canal Principal Miraflores –Palo Verde: La conducción Miraflores – Palo Verde,

tiene 5 tramos en canal trapeciales, 2 tramos de conductos cubiertos, acueducto y un

túnel, así como, 2 tomas directas para el Bloque 4 del Valle Viejo. Los tramos se unen

por medio de transiciones, la longitud total de la conducción tiene 15,587 m, dentro de

esta longitud se incluyen las transiciones como el desarenador que tiene una longitud

de 102.60 m.

- Desarenador Miraflores: estructura del tipo purga intermitente con un arreglo que

permite la decantación y eliminación de partículas en suspensión con tamaño superior

a 0.3 mm, que pueden no ser retenidas en el desgravador de la bocatoma, ni

conducidos por el canal de conducción hasta el embalse Palo Verde. El desarenador

tiene una longitud total de 102.60 m, dentro de los cuales cuenta con los siguientes

componentes: Transición de entrada, Naves ó pozas de decantación, Estructura de

control y purga y Transición de salida.

- Embalse de Regulación Horario Palo Verde: El embalse está conformado por un

dique de cierre, el cual se ha ubicado en la altura de la cota 124.50 msnm del cauce

de la quebrada Veneno. El espejo de agua a su máxima capacidad del embalse,

alcanzará una superficie de 20 hectáreas. El embalse está conformado por: un dique

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de cierre, estructura de entrega, una estructura by pass, obra de toma, y por último un

aliviadero.

- Sistema de Distribución Tierras Nuevas: Consta de dos líneas de tuberías

(llamadas Ramales Norte y Sur), dimensionadas para permitir el abastecimiento de

agua de riego presurizada a las 38,000 ha de las Tierras Nuevas consideradas en el

marco del Proyecto. Ambos trazos se acomodan a los límites de la lotización

propuesta.

- Defensas Ribereñas del río Olmos: Las defensas ribereñas serán efectuadas tanto

aguas arriba como aguas abajo de la Bocatoma Miraflores. En Aguas Arriba, en la

margen izquierda se ha previsto la construcción de un muro de forma elíptica que se

extiende hasta 20 m aguas arriba del inicio del aliviadero de compuertas y en la

margen derecha se considera un muro de concreto en la cota 146.50 msnm. En aguas

abajo, por tratarse de un macizo rocoso, no se ha considerado obras de protección en

la margen izquierda. En la margen derecha, se ha incluido un dique de encauzamiento

y protección de 500 m de longitud.

- Drenaje Superficial en Tierras Nuevas: El sistema de Drenaje Superficial tiene la

función de evacuar los excedentes hídricos que no alcanzan a infiltrarse, lo cual debe

ocurrir en años de fuertes precipitaciones. Se han proyectado 2 drenes, el dren

Principal con una longitud de 25.265,21 m y el dren Veneno de 4.657,50 m; este último

dren resulta ser un tributario del dren Principal.

- Bocatoma Juliana: La Bocatoma existente está constituida por un barraje fijo de

concreto de 55.17 de longitud de cresta y de una captación en la margen derecha que

contiene 2 compuertas de limpia y 2 compuertas de captación.

- Partidor Juliana: cuenta con un sistema de 4 compuertas, que regulan el ingreso de

agua hacia el desarenador Juliana y al Canal Principal de riego existente que alimenta

a la red de canales existentes.

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- Desarenador Juliana: Tiene una longitud de 42.35 m y cuenta con una transición de

entrada; un puente de maniobras para las ataguías mecánicas y compuertas planas de

1.00m x 0.90m con actuadores eléctricos; una transición a las naves del desarenador;

dos naves de 4.00 m de ancho y 20.00 m de largo, cada una con dos compuertas

planas de purga de 0.50m x 0.50m con actuadores eléctricos; un conducto de purga,

donde conduce hacia el río; un puente de maniobra de las compuertas de purga; una

vertedero de cresta ancha que descarga a una cámara de salida.

- Sistema de Distribución Valle Viejo: Consta de tres líneas de tuberías (llamadas

Principal, Secundaria 1 y Secundaria 2) de Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio

(GRP), dimensionadas para permitir el abastecimiento de agua de riego presurizada a

las 3 600 ha de las Tierras correspondientes a los Bloques 1, 2 y 3.

Objetivos y alcances

Objetivos

Artículo Nº 1.- El presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Medio Ambiente, tiene como objetivos:

- Garantizar las condiciones de Seguridad y Salud en salvaguardar la integridad física y

bienestar de los colaboradores y pobladores dentro de la zona de influencia del

proyecto, y el medio ambiente, mediante la acción preventiva de incidentes de trabajo,

enfermedades ocupacionales e impactos ambientales.

- Promover una cultura de prevención de riesgos laborales y ambientales, en los

colaboradores, personal de las empresas prestadoras de servicios, con el fin de

garantizar las condiciones de Seguridad, Salud en el Trabajo , Medio Ambiente y

Calidad.

- Propiciar la mejora continua de las condiciones de Seguridad, Salud en el Trabajo,

Medio Ambiente y Calidad, a fin de prevenir, evitar o reducir los daños a la salud,

instalaciones, procesos, y entorno de trabajo, facilitando la identificación de los peligros

e impactos existentes y potenciales, efectuando su evaluación, control y corrección.

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Sostenibilidad.

- Proteger las instalaciones y propiedades de la Concesionaria, con la finalidad de

garantizar la normalidad y continuidad de las operaciones, las fuentes de trabajo,

mejora de la productividad y las oportunidades de desarrollo para el personal.

- Estimular la participación, involucramiento y compromiso de los colaboradores en todos

los niveles de la organización, tanto directos como de las empresas prestadoras de

servicios, con el Sistema de Gestión Integrado de Seguridad, Salud en el Trabajo,

Medio Ambiente y Calidad.

Alcances

Artículo Nº 2.- El presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Medio Ambiente, aplica a todas las actividades de Operación y Mantenimiento de

H2Olmos, en adelante Concesionaria, y a las empresas prestadoras de servicios que

desarrollen sus actividades en la Concesionaria. El Reglamento Interno establece las

normas, disposiciones, funciones y responsabilidades con relación a la Seguridad, Salud

en el Trabajo, Medio Ambiente y Calidad.

Quedan comprendidas en las disposiciones del presente Reglamento, las personas que

laboran en forma permanente o temporal en las actividades desarrolladas por la

Concesionaria, sean personales directo o de las empresas prestadoras de servicios o

visitantes, cuando se encuentren en las instalaciones y áreas de influencia de la

Concesionaria.

CAPITULO II: LIDERAZGO, COMPROMISO, POLITICA DE SALUD; SEGURIDAD EN

EL TRABAJO; MEDIO AMBIENTE Y CALIDAD, ALCOHOL Y DROGAS Y

SUSPENSION DE TAREAS.

Liderazgo y compromiso

Artículo Nº 3.- La Dirección de Inversión de H2Olmos se compromete a:

- Liderar y brindar los recursos necesarios para el desarrollo de todos los programas,

actividades y la implantación del Sistema Integrado de Gestión de Seguridad, Salud en

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Sostenibilidad.

el Trabajo; Medio Ambiente y Calidad, con la finalidad de garantizar su éxito en la

promoción de una cultura preventiva.

- Asumir la responsabilidad de la prevención de incidentes de trabajo, las enfermedades

ocupacionales, y el cuidado del medio ambiente, fomentando la participación,

involucramiento y compromiso de cumplir las disposiciones que contiene el presente

Reglamento Interno.

- Promover y garantizar que la gestión SSTMA y Calidad, sea una responsabilidad

conocida y aceptada en todos los niveles de la organización y del proyecto de

concesión.

- Prever los recursos necesarios para mantener los ambientes de trabajo bajo

condiciones seguras, saludables y ambientalmente responsable.

- Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas, reglamentos, con el propósito de prevenir la

ocurrencia de eventos perjudiciales para el trabajador, tales como: accidentes,

incendios, explosiones, derrames de materiales peligrosos, etc., y con ello evitar

pérdidas humanas por lesiones, enfermedades ocupacionales, daños a los recursos

materiales o a la imagen de la Empresa.

- Comprometerse en la capacitación y entrenamiento en materia de prevención de

Riesgos laborales y en el conocimiento y responsabilidad centrados según sus puestos

de trabajo o cambios de funciones o tecnologías y según necesidad de la empresa.

- Establecer programas y actividades preventivas de Seguridad, Salud en el Trabajo;

Medio Ambiente y Calidad, bien definidos, midiendo periódicamente el desempeño

obtenido, promoviendo y llevando a cabo las mejoras que se identifiquen.

- Participar activamente en los asuntos relativos a la seguridad, realizando y generando

inspecciones en diferentes áreas de trabajo, equipos y herramientas y observando los

procedimientos de trabajo a fin de reconocer e informar las condiciones o actos

inseguros; reportando e investigando los accidentes u otros eventos recomendando

medidas preventivas o correctivas

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Sostenibilidad.

- Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la industria, y con pleno

cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables en materia de Seguridad, Salud en

el Trabajo, Medio Ambiente y Calidad.

- Investigar las causas de los incidentes, enfermedades ocupacionales, e impactos

ambientales desarrollando acciones preventivas en forma eficaz para evitar que

ocurran situaciones similares.

- Fomentar una cultura de prevención de riesgos, mediante la sensibilización,

capacitación, entrenamiento y formación continua de los colaboradores en el

desempeño seguro, responsable y productivo de su trabajo.

- Mantener un alto nivel de entrenamiento para responder adecuadamente ante casos de

emergencia, promoviendo la integración de los Planes de Contingencia con el Sistema

Nacional de Defensa Civil u otros organismos competentes.

- El cumplimiento de las obligaciones que contempla el presente Reglamento, lo cual no

exime de ningún modo el cumplimiento de las obligaciones de normas legales

aplicables. En caso de discrepancia con alguna norma, se aplicará la norma más

exigente en materia de Seguridad, salvo en casos de que la norma que genera

discrepancia sea de mayor jerarquía, en cuyo caso prevalecerá esta última.

- Efectuar una interpretación no restrictiva del presente Reglamento, por lo cual el

contenido parcial o total del Reglamento no debe ser interpretado como una restricción

a nuevas tecnologías o dispositivos alternos sustitutorios, siempre y cuando el nivel de

protección a la vida y las instalaciones no sea menor a lo especificado en el presente

Reglamento.

Artículo Nº 4.- Responsabilidad de los trabajadores.

Todos los trabajadores de H2Olmos, incluyendo contratistas y subcontratistas están

obligados a cumplir las normas contenidas en el presente reglamento y se comprometen

a:

- Cumplir con las leyes, reglamento, normas y procedimientos de trabajo establecidos

por la Empresa, con el propósito de mismos, tales como: accidentes, incendios,

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explosiones, derrames de materiales peligrosos, etc., y con ello evitar pérdidas por

lesiones y enfermedades ocupacionales daños a los recursos materiales o a la imagen

de la Empresa.

- Participar activamente en los asuntos relativos a la seguridad, charlas de cinco (5)

minutos, capacitaciones, inspecciones de sus áreas de trabajo, equipos y herramientas

y observando los procedimientos de trabajo a fin de reconocer e informar las

condiciones o actos inseguros; reportando y participando de la investigación de los

accidentes u otros eventos relacionados con los mismos; recomendando medidas

preventivas o correctivas.

- Responder oportuna y eficazmente a cualquier contingencia a fin de minimizar sus

efectos adversos en los empleados, el público, sus instalaciones y el ambiente.

Política de SSTMA

Artículo Nº 5.- H2Olmos; cuenta con la siguiente Política de Salud; Seguridad en el

Trabajo; Medio Ambiente y Calidad, Alcohol y drogas, Suspensión de tareas.

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CAPÍTULO III: DEFINICIONES

Artículo N° 6.- Para efectos del presente reglamento se definen los siguientes conceptos:

- Accidente: Evento no deseado que da lugar a muerte, enfermedad, lesión daño u

otra pérdida.

- Accidente de trabajo: Se llama así a todo suceso que resulte en lesión o daño no

intencional.

- Accidente incapacitante: Es aquel que, luego de la evaluación, el médico

Diagnóstica y define que el accidente no es trivial o leve, y determina que Continúe el

tratamiento al día siguiente de ocurrido el accidente.

- Ambiente de trabajo: Es el lugar en el que se desarrollan las labores encomendadas o

asignadas.

- Actividad: Ejercicio de las actividades industriales o de servicios en las operaciones

del empleador en concordancia con la normatividad vigente.

- Auditoria: Procedimiento sistemático, independiente y documentado para evaluar un

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

- Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo Órgano paritario constituido por

representantes del empleador y los trabajadores, con las facultades y obligaciones

previstas por las normas vigentes, destinado a la consulta regular y periódica de las

actuaciones de la empresa.

- Control de Riesgos: Es el proceso de toma de decisión, mediante la información

obtenida en la evaluación de riesgos, para tratar y/o reducir los riesgos, para implantar

las medidas correctoras, exigir su cumplimiento y la evaluación periódica de su eficacia.

- Cultura de Seguridad o cultura de prevención: Conjunto de valores, principios y

normas de comportamiento y conocimiento que comparten los miembros de una

organización, con respecto a la prevención de incidentes, accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales.

- Capacitación: Consiste en instruir conocimientos teóricos y prácticos de trabajo a los

participantes.

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H2OLMOS

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE

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- Emergencia: Evento no deseado que se presenta debido a factores naturales o como

consecuencia de accidentes de trabajo, tales como: incendios, explosiones, sismos,

deslizamientos, accidentes de tránsito, entre otros.

- Enfermedad Ocupacional: Enfermedad contraída como resultado de la exposición a

factores de riesgos como agentes físicos, químicos, biológicos y ergonómicos,

inherentes a la actividad laboral.

- Ergonomía: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizar la

interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los

puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y limitaciones de los

trabajadores, con el fin de minimizar el estrés y la fatiga y con ello incrementar el

rendimiento y la seguridad del trabajador.

- Estándares de Trabajo El estándar es definido como los modelos, pautas y patrones

que contienen los parámetros y los requisitos mínimos aceptables de medida, cantidad,

calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudios experimentales,

investigación, legislación vigente y/o resultado del avance tecnológico, con los cuales

es posible comparar las actividades de trabajo, desempeño y comportamiento

industrial. Es un parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas. El estándar

satisface las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién? y ¿Cuándo?

- Evaluación de riesgos: Proceso de estimar la magnitud de un riesgo y determinar si

este es tolerable o no.

- Ecosistema: Es el lugar específico donde interactúan en equilibrio seres vivos y los

factores que necesita para su supervivencia.

- EIA: Estudio de Impacto Ambiental

- Gestión de Riesgos: Es el procedimiento, que permite una vez caracterizado el riesgo,

la aplicación de las medidas más adecuadas para reducir al mínimo los riesgos

determinados y mitigar sus efectos, al tiempo que se obtienen los resultados

esperados.

- Identificación de Peligros: Proceso mediante el cual se reconoce que existe un

peligro y se definen sus características.

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H2OLMOS

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- Incidente: Evento que generó un accidente o que tuvo el potencial para llegar a ser un

accidente.

- Inducción del trabajo específico: Es orientar al trabajador con la información

necesaria a fin de prepararlo para el trabajo específico.

- Inducción general: Es una presentación a los trabajadores sobre temas principales de

la política, beneficios, servicios, facilidades, reglas y prácticas generales, el ambiente

laboral de la empresa.

- Inducción u orientación: Capacitación inicial para ayudar al trabajador a ejecutar el

trabajo en forma segura, eficiente y correcta. Estas pueden ser generales y de trabajo.

- Mapa de Riesgos: Compendio de información organizada y sistematizada

geográficamente a nivel nacional subregional o de una empresa sobre las amenazas,

incidentes o actividades que son valoradas como riesgos para la operación segura de

una empresa u organización

- No conformidad: Desviación con respecto a las normas, practicas, procedimientos,

reglamentos, desempeño, que puedan ser causa directa o indirecta de enfermedad,

lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos y al

medio ambiente.

- Peligro: Fuente o situación con capacidad de daño en términos de lesión o

enfermedad, daños a la propiedad, daños al medio ambiente o una combinación de

ambos.

- PMA: Plan de Manejo Ambiental, herramienta de gestión ambiental, donde se

identifican los aspectos ambientales y se evalúan los impactos generados por las

diferentes actividades realizadas por el hombre..

- Prevención de accidentes: Es la anticipación de eventos no deseados (incidentes)

Estándares, procedimientos y prácticas, en el contexto de la actividad de la

construcción, para alcanzar los objetivos de seguridad, salud en el trabajo y medio

ambiente.

- Procedimiento: Descripción pasó a paso sobre el procedimiento, desde el comienzo

hasta el final, para desempeñar una tarea, un trabajo.

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H2OLMOS

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- Reglamento: Es el conjunto de disposiciones y la autorización de uso y aplicación de

una norma, que abarca todos los procedimientos, practicas o disposiciones detalladas,

a las que la autoridad competente ha conferido el uso obligatorio.

- Residuo: Material producto o subproducto (sólido, liquido o gaseoso) generado por la

actividad del hombre.

- Residuo Inorgánico: Es aquel desecho cuya descomposición o degradación es

relativamente lenta en función de los factores ambientales existentes. Plásticos,

metales, vidrios.

- Residuo Orgánico: Es aquel residuo de origen vegetal y animal, cuya descomposición

o degradación es rápida, siendo susceptible a ser aprovechado por los

microorganismos.

- Residuo Peligroso: Aquel residuo generado por el hombre con características propias

como: corrosividad, reactividad, explosividad, toxico, inflamable, radiactivo y patógeno,

capaz de generar un daño al hombre así como al medio ambiente.

- Residuo Sólido: Material producto o subproducto con forma definida generado por la

actividad del hombre, clasificándose en residuo peligroso y no peligroso.

- Riesgo: Combinación de la probabilidad y las consecuencias de que ocurra un evento

peligroso especificado, con la gravedad de las lesiones o daños para la salud.

- Riesgo laboral: Posibilidad que un trabajador sufra indeterminado daño derivado del

trabajo.

- Trabajo de Alto Riesgo: Actividad cuya realización implica un alto potencial de daño

grave a la salud o muerte del trabajador.

- Trabajo en caliente: Trabajo en caliente, es aquel que involucra la presencia de llama

abierta generada por trabajos de soldadura, chispas de corte, esmerilado y otras afines,

como fuente de ignición en áreas con riesgos de Incendio.

- Zonas de alto riesgo: Son áreas o ambientes donde están las condiciones de Peligro

inminente, que pueden presentarse por un diseño inadecuado o por condiciones

físicas, eléctricas, mecánicas, ambiéntales inapropiadas.

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CAPÍTULO IV: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE H2OLMOS, COMITÉ DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y EMPRESAS

DE SERVICIOS/ CONTRATISTAS-SUBCONTRATISTAS

Artículo N° 7.- De H2OLMOS

Queda prohibido el ingreso a personas extrañas a las labores o instalaciones de H2Olmos

salvo permiso especial de los representantes de la empresa, que estén facultados para

ello.

Son obligaciones de H2Olmos:

- Asumir de manera absoluta el costo relacionado con la Seguridad, Salud en el Trabajo

y Medio Ambiente, en el ámbito de las actividades de Operación y Mantenimiento.

- La formulación del Programa anual de Seguridad, Salud en el trabajo, Medio Ambiente

y Calidad y el Programa de capacitación.

- Cumplir con la legislación y normatividad aplicable.

- Informar a las autoridades competentes de los accidentes de trabajo dentro del plazo

estipulado por la ley.

- Informar a los trabajadores de manera comprensible de los riesgos relacionados con su

trabajo, de los peligros que significan para su salud y de las medidas de prevención y

protección aplicables.

- Solicitar los documentos necesarios para ingreso a campamento así como las

diferentes herramientas del sistema de gestión de seguridad antes de inicio de trabajos,

esta información deberá ser revisada, evaluada y aprobada por el área correspondiente

(SCTR, Exámenes médicos, levantamiento de observaciones, Herramientas de gestión

de seguridad, comunicación acerca de los trabajos) de lo contrario no podrá ingresar a

campamento ni iniciar algún tipo de trabajos.

- Proporcionar y mantener sin costo alguno para los trabajadores el Equipo de

Protección Personal y el Equipo de Protección Colectiva de acuerdo a la naturaleza del

trabajo asignado.

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- Proporcionar a los trabajadores que han sufrido lesión o enfermedad en el lugar de

trabajo primeros auxilios o el transporte en la ambulancia para su evacuación, desde el

lugar de trabajo hasta el centro médico.

- Proporcionar a los trabajadores las herramientas adecuadas que les permita realizar

sus labores con la debida seguridad.

- Establecer un sistema que permita saber con precisión y en cualquier momento los

nombres de las personas que están en los trabajos de superficie o en las diferentes

áreas de H2Olmos; así como su ubicación probable.

- Efectuar inspecciones a los diferentes frentes de trabajo, ejecutar sus respectivos

planes para mitigarlos o eliminarlos.

- Establecer y hacer cumplir a todo el personal que labora en H2Olmos, realice los

exámenes pre-ocupacionales al ingresar, durante y al término de la relación laboral,

acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores.

- H2Olmos deberá controlar y mitigar las posibles emisiones y descargas de efluentes

líquidos, así como el manejo y disposición de residuos y no peligroso generados por el

desarrollo de sus actividades.

- No deberá exceder los Límites Máximos Permisibles (LMP) ni los estándares de calidad

ambiental ECAS vigentes.

- Deberá controlar y mitigar posibles impactos ambientales que se den como resultado

de las actividades de Operación y Mantenimiento.

- Mantener actualizado los registros de incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades

ocupacionales, daños a la propiedad, impactos al Medio Ambiente como son:

Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes

peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas

correctivas.

Registro de exámenes médicos ocupacionales.

Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y

factores de riesgo disergonómicos.

Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.

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Sostenibilidad.

Registro de estadísticas de seguridad y salud.

Registro de equipos de seguridad o emergencia.

Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

Registro de auditorías.

Artículo N° 8.- H2Olmos en concordancia con la Resolución Ministerial Nº 376-2008-TR

y la normativa internacional en relación al VIH - SIDA, declara proteger los derechos de

los colaboradores que son portadores del virus y de quienes se sospecha son

supuestamente VIH-Positivos.

- No se solicitará la prueba del VIH o la exhibición del resultado de ésta, al momento de

contratar a sus colaboradores. Tampoco lo hará durante la relación laboral o como

requisito para continuar en el trabajo.

- No se considera despido basado en que el trabajador es una persona VIH positiva o se

sospecha de tal infección.

- Para garantizar la autonomía de la voluntad del trabajador y la confidencialidad de las

pruebas del VIH y sus resultados, éstas no pueden ser realizadas por la Concesionaria,

o por otro que esté vinculado económicamente a éste.

Así mismo, H2Olmos promueve acciones preventivas a través de Charlas de

Concientización sobre VIH y SIDA en el lugar de trabajo a cargo de personal

especializado en la materia.

Articulo N° 9.- Las mujeres gestantes solicitarán a H2Olmos no realizar labores que

pongan en peligro su salud y/o la del desarrollo normal del embrión y/o el feto durante el

periodo de gestación, el cual debe estar certificado por su médico tratante. La

Concesionaria después de tomar conocimiento de lo solicitado asignará a la mujer

gestante labores que no pongan en riesgo la salud y/o desarrollo normal del embrión y/o

el feto durante el periodo de gestación, sin afectar sus derechos laborales.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 10.- Se consideran situaciones susceptibles de poner en riesgo la salud de la

mujer gestante y/o el desarrollo normal del embrión y el feto:

- Riesgos generados por las condiciones de trabajo durante el período de gestación:

La exposición de la mujer gestante a agentes físicos, químicos, biológicos,

ergonómicos y psicosociales, procedimientos o condiciones de trabajo peligrosos,

debido al lugar donde desarrolla las labores propias de su puesto de trabajo.

La manipulación de sustancias peligrosas necesarias para la realización de las

labores propias de su puesto de trabajo.

- Riesgos adicionales derivados de cambios fisiológicos en la mujer gestante.

El deterioro preexistente en la salud de la mujer que, unido al estado de gestación, le

impide desarrollar labores propias de su puesto de trabajo, sin constituir incapacidad

temporal para el trabajo.

El deterioro del estado de salud o condición física generado por el embarazo, que

impide a la mujer gestante desarrollar labores propias de su puesto de trabajo, sin

constituir incapacidad temporal para el trabajo.

Artículo N° 11.- Carácter temporal del cambio de labores.

La asignación de labores distintas a las habituales, incluso las que conlleva un cambio de

puesto de trabajo, constituye una medida temporal que se mantiene en tanto persista

alguna de las situaciones descritas en el artículo precedente. Culmina indefectiblemente

con el parto.

Articulo N° 12.- H2Olmos, como parte de sus obligaciones en materia de Seguridad y

Salud en el Trabajo para la mujer gestante, se obliga a:

- Evaluar los riesgos por exposición a agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos

y psicosociales, procedimientos o condiciones de trabajo que, por el puesto de trabajo

o por las labores que se realizan, puedan afectar la salud de la mujer gestante y/o el

desarrollo normal del embrión y el feto, de manera cierta o potencial. Dicha evaluación

debe contemplar:

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Sostenibilidad.

Naturaleza, grado y duración de la exposición.

Valores límites permitidos de exposición.

Posibles efectos en la salud de las trabajadoras expuestas a riesgos particulares.

- Poner en conocimiento del personal el resultado de la evaluación de riesgos que

pueden afectar la salud de la mujer gestante y/o el desarrollo normal del embrión y el

feto.

- Repetir la evaluación cada vez que se produzca un cambio en las condiciones de

trabajo que pueda implicar una exposición de los trabajadores.

De los trabajadores, Supervisores y capataces

Artículo N° 13.- Será indispensable que los trabajadores designados para realizar tareas

de ALTO RIESGO (espacios confinados, trabajos en caliente, trabajos de excavación de

zanjas, trabajos en altura, trabajos energizados, cargas e izajes) el uso de los Equipos de

Protección Personal y colectivo de manera obligatoria así como la comunicación

anticipada al área de SSTMA para el apoyo y coordinación correspondiente; así como la

generación del permiso correspondiente (PTR Permiso de Trabajo de Riesgo).

Artículo N° 14.- Es obligación de los supervisores y capataces:

- Asegurar que los trabajadores cumplan con el presente reglamento y disposiciones

internas, liderando con el ejemplo, aplicando la cultura de prevención y generando y

aplicando las diferentes herramientas de gestión de seguridad.

- Verificar que todos los trabajadores, empresas contratistas o subcontratistas cumplan

y conozcan la política de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente de H2Olmos.

- Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que laboran en el área a su

cargo.

- Elaborar con su personal a cargo las diferentes herramientas y documentos de gestión

a utilizar durante las actividades a realizar.

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Sostenibilidad.

- Tomar toda precaución necesaria para proteger a los trabajadores, identificando los

peligros, evaluando y minimizando los riesgos así como aspectos e impactos al Medio

Ambiente, antes de cada actividad o trabajo al realizar.

- Realizar observación preventiva (Observar, Identificar, Prevenir, Controlar y Supervisar)

los peligros, evaluar Riesgos y generando las medidas de control antes de inicio de

actividades.

- Asegurase que los trabajadores cumplan con los estándares, procedimientos e

instructivos de trabajo seguro y usen adecuadamente los elementos y equipos de

protección personales asignados.

- Informar a los trabajadores acerca de los peligros en el lugar de trabajo.

- Investigar situaciones de algún trabajador que sufra un accidente estará a cargo de los

miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

- Asegurar que los trabajadores usen máquinas y equipos con las guardas de protección

colocadas correctamente, en buen estado y tener su aprobación en el check list

correspondiente.

- Verificar que las empresas contratistas o subcontratistas cumplan y conozcan la

Política de SSTMA de H2Olmos.

- Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro o impacto ambiental que sea informado

en el lugar de trabajo.

- Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que laboran en el área a su

cargo.

- Facilitar los primeros auxilios y la evaluación del trabajador lesionado o que esté en

peligro.

- Asegurarse que se empleen los procedimientos de bloqueo de maquinaria que no esté

segura.

- Capacitar al personal en el empleo adecuado de los estándares, procedimientos y

prácticas de trabajo seguro y el cuidado del medio ambiente, de ser necesario, el apoyo

de personal especializado coordinar con SSTMA para su concurrencia.

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Sostenibilidad.

- Elaborar conjuntamente con su personal a cargo los Documentos de gestión de

seguridad (EDS, APT, PDT, etc.) Permisos de Trabajo por actividad y visarlos antes del

inicio de las actividades, por los líderes responsables.

Artículo N° 15.- Los supervisores y capataces de turno saliente, deben informar por

escrito a los del turno entrante si fuese el caso de cualquier peligro, que exija atención en

las labores sometidas a su respectiva supervisión. Además, se hará cumplir las

disposiciones establecidas en el presente reglamento en las labores de trabajo asignadas.

De los trabajadores

Artículo N° 16.- Los colaboradores de H2Olmos, cualquiera que sea su relación

contractual (empresas prestadoras de servicio, de ser el caso), están obligados a cumplir

las normas, estándares, procedimientos y prácticas de trabajo seguro contenidas en el

presente Reglamento Interno y otras disposiciones complementarias.

Artículo N° 17.- Los trabajadores tienen derecho a:

- Solicitar al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, efectué inspecciones e

investigaciones, cuando las condiciones de seguridad o de impacto del medio ambiente

lo ameriten. Asimismo, deberán cumplir cualquiera de las disposiciones del presente

reglamento.

- Conocer los riesgos e impactos existentes en el lugar de trabajo, que puedan afectar

su salud, seguridad o el medio ambiente y estar informado al respecto.

- Elegir colectivamente a los representantes de los trabajadores ante el Comité de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo N° 18.- Las víctimas de accidente de trabajo tendrán derecho a las siguientes

prestaciones:

- Primeros auxilios, proporcionados por la Concesionaria y el seguro.

- Atención médica, quirúrgica general y especializada.

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Sostenibilidad.

- Asistencia hospitalaria y de farmacia.

- Reeducación ocupacional.

Artículo N° 19.- Los trabajadores en general están obligados a realizar toda acción que

ayude a prevenir o generar cualquier accidente e informar dichos hechos, en el acto, a su

líder inmediato o al representante de la Concesionaria.

Sus principales obligaciones son:

- Cumplir con los estándares, procedimientos e instructivos de trabajo seguro,

establecidos en este reglamento, en el Plan Integrado de Seguridad, Salud en el

trabajo y el Medio Ambiente de la Concesionaria.

- Ser responsable por su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo.

- Acudir a las reuniones diarias y semanales de seguridad

- Participar en la generación y llenado de las herramientas de gestión antes de inicio de

las actividades

- Uso obligatorio de EPP, en todo momento durante la realización de las actividades y/o

trabajos.

- No manipular u operar máquinas, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, si no se

encuentran capacitados o si no han sido debidamente autorizados.

- Reportar de forma inmediata cualquier incidente o accidente, o incidente ambiental.

- Participar en la investigación de los incidentes y accidentes.

- Mantener su ámbito o zona de trabajo ordenado y limpio.

- Preservar los restos arqueológicos que pudieran existir en el área de trabajo. Está

prohibido extraer piezas arqueológicas, o destruir restos o vestigios existentes, deben

dar parte a su inmediato superior.

- Utilizar correctamente las maquinas, equipos, herramientas y unidades de transporte.

- Uso obligatorio de los cinturones de seguridad

- No ingresar al trabajo bajo influencia de alcohol, drogas, ni introducir dichos productos

a campamento.

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- Participar activamente en cada capacitación programada.

- Cumplir estrictamente las instrucciones y el presente reglamento y directrices de la

organización Odebrecht.

Artículo N° 20.- Quedan comprendidas en las disposiciones del presente reglamento, las

personas denominadas practicantes profesionales y profesionales, así como otros

trabajadores temporales, bajo cualquier régimen laboral, contratistas y/o subcontratistas.

Artículo N° 21.- Es obligación de los trabajadores enfermos o accidentados acatar las

prescripciones médicas para el restablecimiento de su estado de salud.

Artículo N° 22.- Los trabajadores deberán hacer uso apropiado de todos los resguardos,

dispositivos y Equipos de Protección Personal, y demás medios suministrados de acuerdo

con este reglamento, para su protección o la de otras personas. Además, acatarán todas

las instrucciones sobre seguridad relacionadas con el trabajo que realizan.

Artículo N° 23.- Los trabajadores cuidarán de no intervenir, cambiar, desplazar, sustraer,

dañar o destruir los dispositivos de seguridad u otros aparatos proporcionados para su

protección o la de otras personas, ni alterarán los métodos y procedimientos adoptados

con el fin de reducir al mínimo los riesgos de accidentes inherentes a su ocupación.

Artículo N° 24.- Los trabajadores que malogren, alteren o perjudiquen, ya sea por acción

u omisión; cualquier sistema, aparatos o Equipo de Protección Personal o cualquier

máquina o implemento de trabajo, o que incumplan las reglas de Seguridad, Salud y

Medio Ambiente, serán severamente sancionados de acuerdo a la gravedad de la falta y

las circunstancias del hecho, así como la reposición del equipo en caso la investigación lo

amerite o determine.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 25.- La siguientes reglas se aplicarán a todos los trabajadores de H2Olmos,

contratistas y/o subcontratistas, durante el desarrollo de actividades dentro y alrededores

de campamento.

- Está prohibido cazar, comprar o poseer animales silvestres o realizar cualquier tipo de

interferencia a la vida normal de estos.

- Está prohibido tener mascotas en el campamento.

- Está prohibido pescar.

- Está prohibidos portar armas de fuego u otro tipo de arma.

- Los trabajadores deben disponer adecuadamente todo residuo (desecho y basura)

generado por las diferentes actividades de trabajo temporal o permanente. Estos deben

ser llevados hacia el almacén temporal de residuos de campamento.

- En caso los residuos sean de tipo peligrosos deben ser llevados al almacén de

residuos peligrosos.

- Deben usarse los servicios sanitarios instalados en los frentes de trabajo y

campamento. El buen uso de los baños fijos o químicos por los trabajadores es su

obligación y responsabilidad, por respeto a sus compañeros de trabajo.

- Evitar la emisión de sustancias contaminantes al suelo, aguas superficiales y

atmósfera.

- Está terminantemente prohibido tomar restos arqueológicos, si los hubiese.

- Está prohibido lavar equipos o vehículos en cursos de aguas superficiales o lugares

próximos (prohibido lavar en lugares no autorizados).

- Está prohibido el mantenimiento de equipos y la recarga de combustible en cursos de

agua o lugar próximo.

- Durante las horas de trabajo está prohibido el uso de equipo de música personal

(celular, radio, grabadora, reproductor de CD, DVD u otros similares que distraigan al

trabajador de las actividades encomendadas o ponga en riesgo su propia integridad y

de los demás colaboradores).

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Sostenibilidad.

- Está prohibido usar el equipo celular móvil mientras se conduce o maneja una unidad

de transporte de tipo liviana o pesada, ser evidenciar lo indicado el trabajador estar

sujeto a las sanciones correspondientes.

- Durante el horario de trabajo está prohibido jugar, hacer bromas pesadas, juego de

manos, empujones, luchar, boxear o distraer a otro trabajador, de evidenciar lo

mencionado, el trabajador podrá hacer acreedor a sanciones correspondientes.

- Está prohibido incitar a pleitos, usar lenguaje ofensivo, crear desorden o confusión que

pueda poner en peligro a otros trabajadores o los distraigan de las actividades

encomendadas, de evidenciarlo el trabajador estará sujeto a las sanciones

correspondientes.

- Está prohibido el consumo o expendio de bebidas alcohólicas, drogas narcóticas o

medicamentos que produzcan somnolencia (dentro de campamento).

- Los trabajadores que presenten síntomas de estar bajo influencia alcohólica o de

drogas, no serán admitidos en los lugares de trabajo ni serán transportados en los

vehículos de la empresa, salvo cuando son conducidos para someterlos a dosaje

etílico. Este hecho será considerado como falta grave, previo inicio de procedimiento de

despido que corresponda.

- La autoridad policial prestará sus servicios para coadyuvar en la verificación de tales

hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se

considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el

atestado policial respectivo. En este sentido cualquier descripción que sea

contraproducente con la norma será nulo.

- Durante el desempeño de su labor queda prohibida la lectura de material ajeno a la

tarea que se realiza.

- Todos los trabajadores son responsables de prevenir e informar condiciones que

amenacen con perjudicar a la empresa o a sus colaboradores. Se espera el uso del

buen juicio y del sentido común por parte de los trabajadores al ejercer esta

responsabilidad.

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H2OLMOS

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

- Está prohibido portar armas de fuego o explosivos, a no ser que cuente con la

autorización por escrito del Director de Inversión.

- Está prohibido usar los lugares de trabajo o de descanso, como letrinas o basurales,

debe usar para ello los servicios higiénicos y depósitos de recolección de basura

destinados para tal fin.

- Está prohibido el ingreso al centro de trabajo a todo trabajador, que según el informe

del Área Médica, no se encuentre en condiciones físicas ni psíquicas para el normal

desarrollo de sus labores o que en exámenes médicos tenga observaciones médicas y

no hayan sido levantadas.

De los Contratistas y Sub contratistas

Artículo N° 26.- Los contratistas y/o subcontratistas que presten servicios a H2Olmos,

son responsables de la Seguridad y Salud en el trabajo de sus trabajadores y del cuidado

del Medio Ambiente, debiendo adecuarse a lo solicitado por el cliente (inspecciones,

auditorias, acompañamientos en SSTMA).

Asimismo, están obligados a dar cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento.

Las empresas contratistas y/o subcontratistas antes de iniciar sus trabajos deben

comunicar personalmente o por escrito, al Área de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Medio Ambiente (SSTMA) y a la gerencia correspondiente donde desarrolle las

actividades o el lugar donde llevará a cabo sus trabajos, relación de personal indicar sus

funciones, envío de SCTR, procedimientos de trabajo, instructivos, manuales, etc.

Todo personal contratista o subcontratista antes de iniciar sus trabajos deberá recibir una

inducción general de SSTMA por parte del área de Sostenibilidad.

Para la realización de trabajos específicos, donde se requiera personal especializado,

deberá enviar la hoja de vida correspondiente y documentos que acrediten la experiencia

necesaria para la realización de los trabajos, de lo contrario no se podrán iniciar los

trabajos.

Se requerirá de un supervisor de Seguridad por cada veinte (20) trabajadores que laboren

en la contrata o subcontrata.

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H2OLMOS

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

Las empresas contratistas y sub contratistas deben tener su sistema de gestión el mismo

que se alineara a lo requerido por el cliente, en este caso H2Olmos.

Deberán acudir a las reuniones, capacitaciones y todo evento que se relacione a temas

de seguridad, salud y medio ambiente solicitado por el cliente.

Todo tipo de información, comunicación con respecto a temas de seguridad, deberá ser

informado y comunicado al área de Seguridad previa difusión de la misma.

De los Visitantes

Artículo N° 27.- Los visitantes y proveedores deberán cumplir con los estándares,

procedimientos e instructivos en todas las zonas de H2Olmos.

Del mismo modo, se asegurará que todos los visitantes y proveedores:

- Cuenten con SCTR correspondiente, posteriormente pasar por el tópico de

campamento para chequeo médico.

- Cuenten con equipo de protección personal correspondiente a la actividad o ambiente a

visitar

- Cuenten con la debida autorización, capacitación (inducción del visitante) y cumplan

con las normas de seguridad vigentes.

- Sean acompañados durante su visita por representantes de la Empresa durante todo el

tiempo de permanencia en cualquier zona de H2Olmos.

Del Comité de Seguridad en Trabajo

Artículo N° 28.- H2Olmos contará con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo,

debiendo asentar su constitución, estatutos y conformación en un Libro de Actas, así

como todos los acuerdos adoptados en cada sesión, conforme a lo establecido en la Ley

29783 – Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, y su Reglamento DS 005-2013.

Artículo N° 29.- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, tendrá las siguientes

responsabilidades:

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H2OLMOS

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

- Hacer cumplir y velar por que todos los colaboradores conozcan los Reglamentos

Oficiales e Internos referentes a la Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

- Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

- Aprobar el Programa Anual de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente de

H2Olmos.

- Aprobar el Plan Anual de Capacitación.

- Promover el cumplimiento del presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el

Trabajo y Medio Ambiente.

- Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las

políticas, planes y programas de promoción de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de

la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

- Hacer inspecciones periódicas a las instalaciones, maquinarias y equipos en función de

la Seguridad y Salud en el Trabajo.

- Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación,

instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

- Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones

técnicas del trabajo relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo; así como, el

Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

- Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, procedimientos, instructivos,

avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos

en el lugar de trabajo.

- Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los

trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación

eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de

seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre

otros.

- Efectuar recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la

Seguridad y Salud en el Trabajo, y verificar que se llevan a efecto las medidas

acordadas.

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H2OLMOS

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

- Promover la cultura de prevención mediante la participación activa de todos los

colaboradores en la prevención de riesgos laborales, la comunicación eficaz, la

solución de los problemas de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, la motivación,

entrenamiento, capacitación y desarrollo de simulacros, etc.

- Participar en la investigación de las causas de los incidentes y las enfermedades

ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo, así como promover la

implementación de las recomendaciones para prevenir la repetición de los mismos.

- Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de

los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.

- Analizar las estadísticas de incidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en

H2Olmos, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por el

Responsable de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

- Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los

objetivos y cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Anual de Seguridad

y Salud en el Trabajo, y en forma extraordinaria para analizar los incidentes graves o

cuando las circunstancias lo exijan.

- El comité de Seguridad, realizara sus actividades en estrecha relación con el

departamento de Seguridad de la empresa.

- Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos y propuestas del

Comité.

- Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.

Artículo N° 30.- H2Olmos, adoptará el siguiente modelo de organigrama funcional para el

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo:

Presidente

Miembro Miembro

Secretario

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H2OLMOS

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Sostenibilidad.

SSTMA

Artículo N° 31.- El responsable de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente,

tendrá las siguientes funciones:

- Implantar, controlar, mantener y revisar un Sistema de Gestión Integrado de Seguridad,

Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, que garantice el cumplimiento de la política y

promueva el desarrollo de una cultura preventiva de Seguridad, Salud en el Trabajo y

medio ambiente.

- Elaborar los Reglamentos y Normas internas de Seguridad, Salud en el Trabajo y

Medio Ambiente, así como asegurar que todos los colaboradores conozcan y se

encuentren capacitados para su correcto cumplimiento.

- Elaborar el Plan Anual de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.

- Evaluar e interpretar las Normas y Reglamentos Legales aplicables en materia de

Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, proponiendo las acciones y

mecanismos para su divulgación, implantación y correcta aplicación en H2Olmos.

- Establecer la metodología, el procedimiento para el Análisis Preliminar de Niveles de

Riesgo, inherentes a cada actividad que realiza la Concesionaria, proponiendo las

acciones y medidas de control operacional que garanticen una adecuada gestión de los

riesgos.

- Elaborar el Mapa de Riesgos de H2Olmos ubicando todos los peligros identificados,

así como garantizar que todos los colaboradores tengan conocimiento de éste.

- Investigar las causas de todos los incidentes y las enfermedades ocupacionales

ocurridos en el lugar de trabajo, emitiendo los reportes con las recomendaciones para

la implantación de acciones y programas de control que eviten la repetición de los

mismos.

- Establecer un programa de visitas periódicas de inspección a las instalaciones,

maquinarias y equipos en función a la Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio

Ambiente.

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

- Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas a la

Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, verificar la implantación de las

mismas, así como evaluar su efectividad.

- Establecer un programa de entrenamiento, capacitación en temas de Seguridad, Salud

en el Trabajo y Medio Ambiente, garantizando que todos los colaboradores reciban la

formación adecuada que logre reforzar la cultura preventiva y el cumplimiento con las

normas y procedimientos aplicables en sus actividades laborales.

- Elaborar e interpretar reportes de control estadístico de Seguridad, Salud en el Trabajo

y Medio Ambiente como apoyo de la Gerencia para la toma de decisiones y mejora en

la gestión empresarial.

- Elaborar los reportes necesarios a la Dirección de H2Olmos, para el cumplimiento con

los requerimientos legales en los plazos establecidos en los Reglamentos.

- Elaborar conjuntamente con los líderes de áreas los planes y procedimientos

operacionales de las actividades correspondientes a la Operación y Mantenimiento así

como las actividades conexas.

- Generar en conjunto con los demás responsables de las demás áreas operativas un

Plan de Respuesta de emergencias donde todo el equipo de líderes de H2Olmos

evalúen e identifiquen sus propias áreas críticas.

TITULO II: ESTANDARES DE SEGURIDAD, HERRAMIENTAS DEL SISTEMA DE

GESTION

CAPÍTULO I: IDENTIFICACION DE PELIGROS Y RIESGOS

Artículo 32°.- Personal de SSTMA, así como cualquier colaborador deberá estar en la

capacidad de identificar los peligros y evaluar los riesgos, así como también identificar

aspectos y evaluar impactos ambientales, que puedan generarse por el desarrollo de las

diferentes actividades que se desarrollen en la Concesionaria. Se deberá tener en cuenta:

a) Los problemas potenciales que no se previeron durante el diseño o el análisis de

tareas, elaborando el perfil de riesgos del trabajo/tareas.

b) Las deficiencias de los equipos y maquinarias.

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Sostenibilidad.

c) Acciones inapropiadas de los trabajadores.

d) El efecto que produce los cambios en los procesos o actividades.

e) Las deficiencias de las acciones correctivas.

f) Eliminar los peligros y minimizar los riesgos e impactos desarrollando estándares,

procedimientos y prácticas de trabajo seguro y preservación del Medio Ambiente.

g) En tanto perdure la situación de peligro, prever la utilización de equipos adecuados de

protección personal y elementos de protección colectiva como último recurso.

h) De acuerdo a la gestión de Riesgos se deberá eliminar los riesgos, Sustituirlos, uso

adecuado de controles de Ingeniería, Controles administrativos y finalmente Uso de

Equipos de protección personal y equipos de protección colectiva.

CAPITULO II: ANÁLISIS PRELIMINAR DE NIVELES DE RIESGO (APNR)

Artículo N° 33.- Es un proceso de trabajo determinado, se realiza cuando se inician las

actividades luego de haber realizado el Programa Anual de mantenimiento respectivo.

También, se realiza cuando cambian las condiciones de trabajo o se hayan producido

daños a la salud, seguridad o al medio ambiente; definiéndose los riesgos asociados,

medidas de control, la protección individual o colectiva necesaria en cada caso.

Artículo N° 34.- El Análisis Preliminar de Niveles de Riesgo se realizara en una etapa

previa considerando las actividades del Plan de Mantenimiento Preventivo y

procedimientos operativos de las actividades a realizar para cada especialidad, de

manera que permita una oportunidad de implementación de las medidas de control

operacional y de seguridad que sean necesarias según la calificación obtenida del análisis

indicado.

Artículo N° 35.- Los líderes de cada área son responsables por la implementación del

APNR para Análisis y Control de Riesgos, con apoyo del responsable de SSTMA.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 36.- Se difundirán los APNR’s, procedimientos e instructivos de trabajo a todo

el personal involucrado en la realización de la actividad correspondiente.

CAPÍTULO III: INSPECCIONES DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE, USO

DE EPP

Artículo N° 37.- Es responsabilidad de las gerencias y responsables de área, exigir a todo

los colaboradores bajo su dirección, cumplan con todas las normas, procedimientos e

instructivos de trabajo aplicables en el desarrollo de sus labores por ser directriz de la

organización.

Las inspecciones aplican a todos las áreas de H2Olmos incluyendo contratistas y

sub contratistas a cargo.

Artículo N° 38.- Para lograr un eficiente control de la Seguridad y Salud en el Trabajo se

solicita que todas las Gerencias y los Responsables de áreas deberán:

- Efectuar inspecciones sistemáticas de control de la seguridad que incluyan: locales y

áreas de trabajo, instalaciones, herramientas, maquinarias y equipos; y, en general, el

cumplimiento de los procedimientos de trabajo, implementos de protección personal,

colectiva así como los diferentes tipos de señalización (preventiva, obligatoria,

advertencia, contra incendios).

- Involucrar a todos los colaboradores de la organización a su cargo, promoviendo una

cultura preventiva, el comportamiento basado en la conducta y resaltando las ventajas

de la prevención de riesgos.

- Instruir a todos los colaboradores, el deber de detectar y reportar los peligros, actos y

condiciones sub estándar en sus respectivas zonas de trabajo.

- Instruir a todos los colaboradores bajo su supervisión sobre los riesgos a los que se

encuentran expuestos, y exigirles que cumplan con todas las directivas de prevención

de riesgos a fin de evitar accidentes y enfermedades ocupacionales.

- Colocar afiches y avisos alusivos al trabajo seguro, y programar cursos y charlas de

seguridad controlando que sus colaboradores asistan a los mismos.

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Este documento es propiedad de H2OLMOS S.A. y no podrá ser copiado o transferido a terceros sin autorización previa de la Gerencia de

Sostenibilidad.

- Verificar que todos los colaboradores cuenten con todas las accesorios de protección

individual e implementos de seguridad idóneos para las diferentes actividades,

incluyendo ropa de trabajo.

- Identificar, notificar e investigar todas las lesiones, enfermedades profesionales y

dolencias originadas por el trabajo de sus colaboradores, así como las pérdidas a la

propiedad, daño al medio ambiente o al proceso.

- Comunicar al área de SST los incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y accidentes

mortales.

Artículo N° 39.- En el área de trabajo deberán contar con un cronograma de inspecciones

planificadas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente (SSTMA). Previa

coordinación con las áreas involucradas.

Artículo N° 40.- El responsable de SST designará- coordinara a los colaboradores a

cargo de la inspección, brindándoles los recursos necesarios para la realización de la

inspección.

Artículo N° 41.- El responsable del área de SST hará seguimiento del cumplimiento de

las acciones correctivas de las observaciones encontradas en la inspección, y que sean

realizadas dentro del plazo establecido.

CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE TRABAJO

Artículo N° 42.- Se contará con procedimientos de trabajo operacionales para cada

actividad que se desarrolle en las instalaciones de H2Olmos, los cuales serán de

aplicación por todos los colaboradores, y por el personal de los contratistas y

proveedores. El objetivo es que se obtenga un documento, que describa a detalle, todas

las actividades necesarias para realizar una labor de forma correcta y segura, contando

con los recursos suficientes.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 43.- En la elaboración de los procedimientos e instructivos de trabajo se debe

considerar los siguientes aspectos: objetivos, documentos de referencia, alcance,

responsabilidades, desarrollo/procedimiento y anexos.

Cada Líder o responsable de área deberá realizar sus procedimientos y controles

operativos de las diferentes actividades y sub actividades a realizar.

CAPÍTULO V: ANÁLISIS PREVENTIVO DE TRABAJO (APT)

Artículo N° 44.- El Análisis Preventivo de Trabajo es empleado como herramienta

sistemática para la identificación de los peligros asociados en la ejecución de una tarea y

así establecer los mecanismos de control requeridos para minimizar las posibilidades de

pérdidas, debido a riesgos no identificados previamente con otras herramientas, que

generalmente son específicas y resultantes de las condiciones operativas y ambientales

propias del momento y el lugar donde se ejecutará la actividad.

Artículo N° 45.- El Análisis Preventivo de Trabajo debe ser realizado antes de empezar

cada tarea y/o actividad, todo el personal involucrado se reunirá en el lugar de trabajo

para el llenado del formato del APT respectivo. En caso de alguna ocurrencia esta deberá

ser restringida en el APT y reportada al responsable inmediato.

Artículo N° 46.- El Análisis Preventivo de Trabajo debe ser colocado en un punto visible

del área de trabajo.

CAPITULO VI: PERMISO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO (PTAR)

Artículo N° 47.- Es un documento que contiene instrucciones y requisitos específicos de

seguridad para las tareas de alto riesgo dentro de las actividades desarrolladas en la

Concesionaria. Indican los tipos de trabajo que se van a realizar, con fecha y hora

determinadas. Estos permisos deben estar visados por el Responsable o Supervisor de

SST y firmados por los responsables de la actividad.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 48.- Los responsables de las actividades de trabajo son los encargados de

realizar un Análisis Preventivo de Trabajo y son los indicados de determinar si se requiere

un Permiso de Trabajo de Riesgo (PTR), por lo cual deben seguir los siguientes pasos:

- Se deben determinar los riesgos y características del área y actividad que se va a

realizar.

- Solicitar el permiso a la persona calificada. Dicho superior jerárquico debe diligenciar y

verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad.

- Solicitar permisos adicionales si hay que realizar otras actividades de alto riesgo.

- Verificar que existan y que estén en buen estado, los elementos de seguridad y otros

equipos necesarios para realizar el trabajo.

- Realizar las capacitaciones y entrenamientos previos a la actividad a desarrollar,

incluye planos, mapas, cálculos, etc.

Artículo N° 49.- No se deberá comenzar ningún trabajo que por norma deba contar con

permiso sin estar provisto del respectivo “Permiso de Trabajo de Riesgo” y deberá

además acatarse todas las instrucciones que en él se especifique. En el “Permiso de

Trabajo de Riesgo” se indican las condiciones, precauciones e instrucciones de seguridad

necesarias para realizar cualquier trabajo libre de riesgos o bajo riesgos controlados.

Artículo N° 50.- No se permitirá el trabajo pasadas las 18:00 horas, si no se cuentan con

los medios necesarios para garantizar una buena iluminación y brindar las condiciones a

toda el área de trabajo. Para el caso de contratistas se deberá solicitar autorización al

área de seguridad previa a los trabajos con horarios extendidos.

Artículo N° 51.- Es indispensable para el otorgamiento de los PTR, la presencia en sitio

de un responsable a cargo de los trabajos a realizar.

Artículo N° 52.- Sólo dentro del horario normal se aceptarán las solicitudes para realizar

trabajos fuera del horario de la jornada habitual. Los PTR se deberán tramitar con 02

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Sostenibilidad.

horas de anticipación para poder prever y acondicionar la zona con los requerimientos de

iluminación, señalización, delimitación del área de trabajo.

Artículo N° 53.- Los Permisos de Trabajo de Riesgo son válidos para:

- El día indicado dentro de las horas señaladas.

- El tipo de trabajo, equipo o área específica que en dicho permiso se indica.

Artículo N° 54- El Permiso de Trabajo de Riesgo será colocado en un lugar claramente

visible, evitando que sea dañado o perdido.

Artículo N° 55.- El Permiso de Trabajo de Riesgo debe ser llenado y firmado en el mismo

lugar de trabajo, verificando las condiciones presentes.

Artículo N° 56.- Los Permisos de Trabajo de Riesgo serán desarrollados para las

siguientes actividades: espacios confinados; trabajos en caliente (como soldadura, corte

con gas y eléctricas); excavaciones y zanjas; trabajo en alto voltaje; trabajos en altura;

trabajos con materiales peligrosos (incluyen fuentes de radiación); izamiento de

materiales o equipos; maniobras con recipientes a presión, etc.

CAPÍTULO VII: PERMISO DE TRABAJO (PT)

Artículo 57°.- Las Suspensiones o paralizaciones se efectuarán cuando los frentes de

trabajo, no cuenten con el respectivo PT, o aquellos que aun contando con él, no cumplan

con las condiciones, especificaciones, restricciones, o se incumpla con las normas de

SSTMA aplicables. Las Paralizaciones o Suspensiones se efectuarán en forma inmediata,

y hasta regularizar la emisión del PT, levantamiento de las observaciones o

incumplimientos de las normas, sin perjuicio de sanción disciplinaria y/o administrativa de

la Empresa o Responsable de la Ejecución de las operaciones.

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Sostenibilidad.

Artículo 58°.- Una vez concluidas las operaciones comprendidas en el PT General, tanto

el Ejecutor como el Emisor, deberán inspeccionar conjuntamente el frente de trabajo, a fin

de comprobar que el área ha quedado libre de toda, maquinaria, equipo y personal, así

como que se encuentre libre de peligros asociados a las actividades ejecutadas en el

lugar.

Artículo 59°.- Luego de la inspección y comprobación de la no existencia de peligros,

declararán la zona como área liberada y procederán al cierre del PT.

CAPITULO VIII: MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD DE ACTIVIDADES

DIVERSAS

Trabajo en espacio confinado

Artículo N° 60.- Para el ingreso a esta área de trabajo se debe solicitar previamente un

PTR y efectuar mediciones de la atmósfera del ambiente como primera condición cuando

se vaya a realizar trabajos dentro de un espacio confinado.

Artículo N° 61.- Se considera atmosfera segura de trabajo a aquella que:

- Contenga entre 19,5% y 23.5% de oxígeno.

- No contenga contaminantes tóxicos, o estos se encuentren en concentraciones por

debajo de los límites máximos permisibles de exposición.

- No contenga gases o vapores inflamables (presencia de gases y vapores inflamables

por debajo del 10% de su límite inferior de explosividad-LEL).

- Residuos en forma de polvos o neblinas que obscurezcan el ambiente que no

disminuyan la visión a menos de 1.5 metros.

- Sustancias en la atmósfera que no provoquen efectos inmediatos en la salud, irritación

en los ojos, podría impedir el escape.

- Los colaboradores en el interior de un espacio confinado deben ser supervisados

permanentemente por una persona en el exterior.

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Sostenibilidad.

Trabajos en Subestaciones Eléctricas

Artículo N° 62.- Las labores de mantenimiento, reparación y prueba en subestaciones

eléctricas requieren de un permiso de trabajo, secuencia de trabajo, uso de tarjetas

(bloqueo), señalización y otros instructivos aplicables al trabajo a realizar.

Artículo N° 63.- El personal que efectúe cualquier actividad en una subestación debe

utilizar equipos de protección personal e implementos de seguridad acordes con la labor a

realizar.

Artículo N° 64.- Para manipular los fusibles de expulsión se debe también de proveer al

colaborador la protección de ojos y cara. El colaborador no debe encontrarse en la

trayectoria de salida del cuerpo del fusible, este podría impactarlo en cualquier parte del

cuerpo.

Artículo N° 65.- Cuando colaboradores no electricistas (pintores, albañiles, gasfiteros y

otros) requieran efectuar trabajos en una subestación deben:

- Tener un Permiso de Trabajo de Riesgo (PTR) y elaborar Análisis Preventivo de

Trabajo (APT).

- Utilizar el equipo de protección individual adecuados a los riesgos expuestos donde va

a realizar la actividad.

- Contar con equipos y herramientas adecuados y en perfecto estado de funcionamiento.

- El líder responsable del trabajo debe supervisar permanentemente las labores dentro

de las subestaciones.

Trabajos de Soldadura y Corte

Artículo N° 66.- Todo trabajo de soldadura y corte debe ser realizado por personal

calificado para ello, por ende debe seguir las siguientes medidas preventivas:

- Cuando trabaje con un soplete use siempre gafas con lentes filtrantes y cuando suelde

con arco, use una máscara o un casco protector con visores que tengan los lentes

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apropiados al tipo de radiación nociva que producen los procesos de soldadura.

También se debe utilizar guantes y delantales de cuero para proteger de las chispas o

escorias producidas durante el proceso.

- Cuando se suelde o corte en posiciones elevadas, se debe tomar precauciones para

evitar que chispas de metal caliente caigan sobre personas o sobre material

combustible que se encuentre debajo.

- En todos los lugares donde se usen equipos de soldadura o corte debe haber un

equipo de extinción de incendios apropiado y vigente, inmediatamente disponible para

su uso en caso de inicio o amago de incendio.

- Los tanques, equipos o pozos que pudieran contener materiales inflamables o

altamente combustibles se deben limpiar, descontaminar y probar mediante detectores

de gases/vapores para medir la concentración de vapores inflamables, antes de la

aplicación de calor.

- En espacios cerrados donde exista la posibilidad de vapores inflamables, no se debe

usar equipos de soldadura o corte, hasta que el espacio sea probado y ventilado

adecuadamente.

- En todo momento se debe mantener una ventilación adecuada de la zona de trabajo; el

trabajador en todo momento deberá usar su equipo de protección respiratoria para

humos/gases de soldadura.

Artículo N° 67.- Para el trabajo que se requiera el manejo de equipos que funcionan con

oxi-gas se debe seguir las siguientes medidas preventivas:

- Mantenga a los equipos de oxi-gas limpios en buenas condiciones y exentos de aceite.

Revisar el estado de las mangueras y conexiones.

- Los equipos deben contar con válvulas contra el retorno de llamas.

- Evite perdidas de oxígeno y gas combustible (acetileno, gas natural, propano,

hidrógeno, entre otros).

- Abre lentamente las válvulas de oxígeno.

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- Purgue las líneas de oxígeno y gas antes de encender, enciéndase el soplete con una

chispa o una llama piloto. No use fósforos.

- Mantenga los combustibles alejados de toda fuente de calor, llamas y chispas; a una

distancia de por lo menos 9 a 12 metros. Un observador equipado con un extintor debe

ser necesario donde haya peligros de incendio.

- Vacíe el regulador de oxígeno antes de volver a comprimir el equipo con un tubo lleno.

- Cierre primero la válvula de oxígeno y luego de la combustible, asegurándose de que

se ha extinguido todo vestigio de llama en el pico y que la válvula de gas combustible

del soplete ha quedado bien cerrada.

Artículo N° 68.- Para el trabajo que se requiera el uso de soldadura eléctrica se debe

seguir las siguientes medidas preventivas:

- Siga las normas e instrucciones del fabricante para la operación adecuada del equipo.

- Un soldador debe usar protección aprobado para ojos y cara, tapones de oído y

guantes y ropa protectora adecuados. Los ayudantes o asistentes deben usar la

protección similar a la del soldador.

- Las máscaras de soldadura debe ser usadas por personas que puedan estar expuestas

al arco de la operación de soldadura.

- Las conexiones a tierra de la máquina de soldar deben estar aisladas.

- El cable no debe presentar reparaciones ni empalmes dentro de los tres (3) metros

desde el porta electrodos o soldador.

- Los empalmes o conectores deben tener la capacidad al menos equivalente a la del

cable en uso. Si las conexiones se efectúan por medio de conectores, se le debe

ajustar fuertemente para proporcionar un buen contacto eléctrico y las partes metálicas

expuestas del conector deben estar aislados completamente.

Almacenamiento y Manipulación de Productos Químicos

Artículo N° 69.- Las áreas de almacenamiento deben cumplir con las siguientes

condiciones:

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- Todos los productos químicos deben estar etiquetados, identificando adecuadamente el

producto contenido en el envase.

- Para separar los productos químicos, deben estar debidamente demarcados y

mantener distancias recomendadas por el fabricante.

- Los productos deben disponerse sobre soportes normalizados (parihuelas) y que sean

capaces de soportar la carga depositada (cuando estén mal estado deben sustituirse

por otro).

- El almacenaje de todo producto químico debe estar bajo techo para que las

condiciones climatológicas no afecten o alteren su estado.

Artículo N° 70.- Todo personal que realice labores de manipulación de productos

químicos debe seguir las siguientes indicaciones:

- Equipos de protección personal: Todos los colaboradores que realicen cualquier labor

de manipulación de este tipo de sustancias irán provistos de equipos de protección

personal adecuados tal como se indica en la hoja de seguridad (Material Safety Data

Sheet – MSDS) del producto que se va a manipular: protección ocular, mascarilla,

guantes, calzado de seguridad, ropa impermeable, de acuerdo a las características

recomendadas en el MSDS.

- Identificación de productos químicos: Todos los productos químicos deben tener los

signos o características de peligrosidad indicados en su pictograma (dibujo que indica

el riesgo). Además se debe tener en el almacén, la Hoja de Datos de Seguridad del

Producto (MSDS) a disposición de los trabajadores.

- Llenado de envases: Antes de proceder a llenar un envase se debe comprobar que no

tiene corrosión u otros daños, caso contrario se desechará. Cuando se proceda a su

llenado, se realizará hasta el nivel sugerido en el envase, ya que si es llenado a tope

puede provocar riesgos de derrame durante su transporte y utilización. El envase debe

ser rotulado con el nombre del producto.

- Trasvase de productos: Durante el trasvase no deben utilizarse envases que hayan

contenido un producto químico distinto al que se va a trasvasar, pues pueden

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generarse reacciones químicas violentas. Adicionalmente, la operación de trasvase se

debe realizar en zonas bien ventiladas y han de utilizarse embudos con una bomba

manual.

Instalaciones y Equipos Eléctricos

Artículo N° 71.- Las áreas donde se encuentren emplazadas en las instalaciones y

equipos eléctricos con tensión deben encontrarse debidamente señalizadas. El acceso a

las mismas deben restringirse únicamente al personal debidamente autorizado, y que

cuenten con el equipo de protección personal adecuado.

Artículo N° 72.- Los elementos metálicos de las instalaciones o equipos eléctricos que

normalmente no se encuentran en tensión (masas), salvo por falla de aislamiento o

avería, deben encontrarse permanentemente conectados a tierra. También se conectaran

a tierra permanente los gabinetes metalices, los armazones metálicos de los generadores,

todo poste, estructura y armazón metálica que forme parte de una instalación eléctrica.

Artículo N° 73.- Los circuitos eléctricos deben cumplir con lo dispuesto por el Código

Nacional de Electricidad. Deben instalarse de tal forma que se facilite su identificación y

se garantice la seguridad de la instalación. El cableado se efectuará dentro de tubos,

ductos, bandejas y similares para prevenir la posibilidad de accidentes o incendios por

corto circuito por existencia de cables sueltos.

Herramientas Manuales

Artículo N° 74.- Las herramientas manuales, deben ser inspeccionadas antes de ser

usadas (mangos, filos, partes móviles, etc.). Cuando sean inseguras por encontrarse

rotas, deterioradas, con defectos (cabezas o mangos deteriorados, con fisuras o rebabas,

mangos rajados o recubiertos con alambre, filos mellados o mal afilados), o por ser

inadecuados para el trabajo a realizar, el trabajador debe informar a su líder responsable

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para su reemplazo o reparación. La herramienta manual defectuosa debe llevar una

identificación para que no sea utilizada por otro colaborador.

Artículo N° 75.- Las herramientas manuales deben mantenerse limpias, con los filos en

buen estado y las articulaciones engrasadas para evitar oxidación. Deben almacenarse en

un lugar de fácil acceso sin que estén expuestas a golpes o caídas. Se debe prevenir el

riesgo de lesiones al momento de retirar o transportar las herramientas con filo o punta,

para lo cual ha de usar protectores metálicos o de cuero.

Artículo N° 76.- Las herramientas manuales deben transportarse en cajas adecuadas,

bolsas o cinturones porta herramientas según las condiciones de trabajo y el tipo de

herramienta. Si se requiere subir o bajar escaleras portátiles, andamios o estructuras, el

transporte se efectuará manteniendo ambas manos libres en todo momento.

Artículo N° 77.- No se permite el uso de herramientas de fabricación casera (hechizas),

modificadas o usadas para tareas para los cuales no han sido diseñadas.

Artículo N° 78.- En ambientes cerrados donde existe riesgo de incendio o explosión por

contener gases o vapores inflamables y/o explosivos, las herramientas manuales que se

utilicen deben de ser de material que no originen chispas.

Equipos y Máquinas Herramientas

Artículo N° 79.- Sólo el personal capacitado y entrenado operará las maquinas,

herramientas y equipos accionados por fuerza motriz (eléctrico, con motor eléctrico,

neumático, hidráulico, de explosión, de combustión, etc.). Estos deben ser

inspeccionados por el usuario antes de usarlo.

Cuando su uso origine riesgo por mal estado de conservación, defecto, o falta de guardas

de protección, el colaborador no los utilizará e informará a la persona o área responsable

de eliminar cuanto antes la condición insegura reportada.

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Artículo N° 80.- Toda máquina, equipo o herramienta accionada por fuerza motriz debe

contar con guardas de seguridad que cubran las partes móviles y los elementos cortantes

y punzantes, a fin de proteger al trabajador de los riesgos de atrapamiento y lesiones

punzo-cortantes, y de las proyecciones de las partículas. Si se requiere retirar las

protecciones por algún motivo (mantenimiento, reparaciones o limpieza), se debe primero

detener la máquina, equipo o herramienta, eliminar cualquier posible energía acumulada,

y luego bloquear y/o señalizar su interruptor de arranque.

Artículo N° 81.- Todas las partes activas de los circuitos eléctricos de la máquina

herramienta o equipo deben encontrarse cubiertos, y todas las masas metálicas deben

conectarse a tierra.

Artículo N° 82.- Las máquinas herramientas o equipos accionados por fuerza motriz

deben ser desconectados de su fuente de energía antes de ser manipulados con fines de

limpieza, mantenimiento o reparación, para la cual deben cumplirse estrictamente las

directivas y recomendaciones del fabricante. Se deben colocar y ajustar resguardos

protectores antes de volver a usarlos. Los desechos líquidos o sólidos resultantes de la

limpieza o mantenimiento de máquinas y equipos deben depositarse de acuerdo al plan

de manejo de residuos.

Artículo N° 83.- Toda herramienta o equipo eléctrico portátil debe contar con doble

aislamiento, incluyendo el cable de alimentación.

Artículo N° 84.- Nunca se debe utilizar una herramienta o equipo eléctrico cuando su

cable de alimentación este desprovisto de enchufe.

Artículo N° 85.- Las lámparas eléctricas portátiles deben contar con mango aislante y

dispositivo protector de lámpara de resistencia mecánica adecuada y en el caso trabajos

en lugares húmedos deben tener la protección correspondiente.

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Artículo N° 86.- Antes de reemplazar discos, escobillas, piedras de esmeril y elementos

rotativos en general, se debe verificar la compatibilidad de las revoluciones del repuesto

con la recomendación del equipo, de la máquina o herramienta, según sea el caso.

Artículo N° 87.- En ninguna de la circunstancia, aún con la máquina, herramienta o

equipo apagado, se usarán las manos para detener los elementos rotativos de la máquina

o equipo.

Manejo de Maquinaria Pesada

Artículo N° 88.- Para el manejo de maquinaria pesada el operador debe estar calificado

y debe evidenciarlo mediante documentos probatorios y pruebas de operación en el

manejo de estas máquinas. Se debe considerar:

- Antes de poner en funcionamiento a la maquinaria pesada, el operador debe proceder

a realizar el llenado de su hoja de inspección pre-operacional e informar a su líder

responsable de posibles desperfectos o anomalías encontradas

- Antes de arrancar, asegúrese de que nadie esté cerca de su equipo. La manera más

segura de hacer esto es caminando alrededor de su vehículo.

- Cuando esté operando la maquinaria pesada, use siempre el equipo de protección

personal adecuado y el cinturón de seguridad.

- Cuando estacione la maquinaria baje cubetas, palas o cucharas, ponga el freno de

mano y apague el motor.

- Use los escalones, las agarraderas y las barandillas, además asegurarse de mantener

las áreas limpias y libres de aceite y grasa.

- Antes de realizar un mantenimiento o trabajar en una máquina, apague siempre el

motor. Asegúrese que todas las guardas de seguridad estén en su lugar.

- Mantenga fuera de las áreas donde se encuentre operando maquinaria pesada, otros

vehículos, materiales, equipos, colaboradores o terceros.

- Verifique que su alarma de reversa esté funcionando antes de operar la maquinaria.

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- Si no puede ver detrás de su máquina, utilice una persona en tierra como “guía” para

que le ayude a dirigirlo y cuidarlo de obstáculos.

- Use solamente la maquinaria que esté capacitado para usar.

- Este familiarizado con las limitaciones de la maquinaria y nunca asuma que su camino

está despejado sino puede llegar a percibirlo.

- Cumplir con la señalización instalada en todos los frentes de trabajo.

Operación de Grúas

Artículo N° 89.- Los operadores de grúa deben encontrarse en perfectas condiciones

físicas. En particular deben poseer agudeza visual, percepción del relieve y de color,

coordinación muscular y de tiempo de reacción rápida. No ha de padecer enfermedades

cardiacas, epilepsia u otras enfermedades semejantes que puedan poner en peligro la

operación segura del equipo.

Artículo N° 90.- Antes de iniciar la operación de izaje de cargas, el operador debe cumplir

con las siguientes directivas:

- Revisión del winche, poleas, cables, seguros de brida, abrazadera, y en general de

todo el sistema elevador. Asimismo, el funcionamiento de los frenos, palancas,

controles y de la maquinaria en general (hacer uso de la hoja de inspección pre-

operacional) incluyendo además la verificación de la operatividad de la alarma de fin de

carrera y del pestillo de seguridad del gancho de la grúa.

- Utilizar las tablas de capacidad correspondientes para verificar que la grúa y los

aparejos tengan capacidad suficiente para izar la carga. Verificar que los estrobos,

cadenas, eslingas, grilletes y/o ganchos se encuentren en buen estado.

- Posicionar la grúa sobre terreno nivelado y firme. Cuando el terreno sea blando utilizar

tacos apropiados (en tamaño y solidez) para apoyar las patas hidráulicas del equipo,

las cuales necesariamente deben desplegarse en toda su extensión horizontal y

apoyarse en el terreno antes de izar cargas.

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- Antes de extender los brazos de las patas hidráulicas y apoyar estas sobre el terreno,

verificar que no haya personal al que pueda impactar o aprisionar.

- No se realizaran maniobras de izamiento si se tiene líneas eléctricas energizadas,

mientras no se cuente con un trabajo de procedimiento aprobado.

- No se iniciara las maniobras de izamiento si se tienen condiciones climáticas adversas.

- Efectuar un “pulseo” de la carga antes de comenzar el izaje propiamente dicho.

Artículo N° 91.- Las maniobras de izamiento de cargas deben ser dirigidos por una sola

persona (maniobrista) que conozca el código de señales de mano, use chaleco y guantes

reflectivos, y que se encuentre en todo momento a la vista del operador de la grúa. Si esto

último no es posible se empleará otro maniobrista o se implementará comunicación por

radio entre el maniobrista y operador.

Artículo N° 92.- El maniobrista a cargo de las maniobras de izamiento será responsable

de:

- El manipuleo y la estiba adecuada de las cargas.

- El acordonamiento y/o o la señalización del área de maniobras, especialmente del área

de influencia del radio de giro de la tornamesa de la grúa si existe el riesgo de la misma

con personas.

- La colocación de sogas (vientos o retenidas) en los extremos de la carga llegue a su

lugar de destino, el cual debe encontrarse libre de personas u obstáculos.

- Detener la maniobra de izamiento si las condiciones climáticas se vuelven

desfavorables.

Artículo N° 93.- El operador debe sólo obedecer las señales del maniobrista. Salvo casos

de emergencia, en los cuales cualquier persona podrá efectuar la señal de parada.

Asimismo, nunca debe abandonar los controles de la grúa mientras la carga esté

suspendida. Finalizadas las maniobras de izamiento debe colocar la pluma en posición

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retraída, bajar el gancho, colocar el control en “off” y desconectar el interruptor principal,

antes de abandonar la grúa.

Bloqueo y Etiquetado

Articulo N° 94.- El bloqueo y etiquetado de seguridad es una forma de asegurarse de que

toda fuente de energía este cortada y controlada, mientras los responsables y

colaboradores trabajan en algún equipo, maquina o sistema. Apagar el sistema no es

suficiente. Además de eso hay que desactivar el equipo (para evitar que se encienda o se

mueva), hay que cortar completamente la corriente usando un dispositivo de bloqueo y es

necesario previamente liberar la energía acumulada, por ejemplo: sacar el aire de una

manguera neumática, extraer fluidos de sistemas hidráulicos, etc.

Artículo N° 95.- Durante los trabajos de reparación y mantenimiento en equipos y

máquinas es necesario el uso del Procedimiento de Bloqueo y Etiquetado, el cual se debe

tener en cuenta los siguientes pasos para su implementación:

- Puesta en servicio: Cuando el trabajo se haya terminado y se hayan quitado los

dispositivos de bloqueo y etiquetado se debe comprobar que todas las herramientas,

las restricciones mecánicas y los dispositivos eléctricos se hayan retirado antes de

conectar la energía de alimentación. Asimismo, se deberá alertar a todos los

colaboradores autorizados a operar el equipo y asegurarse de que nadie esté cerca.

- Notificación: Informe a todos los colaboradores que trabajan con los equipos cuando se

vaya a cortar o aislar la energía.

- Preparación: El responsable o encargado de grupo proporcionará a todos los

colaboradores la información necesaria del equipo o máquina que han de aislar

(planos, manual del equipo, encendido y apagado, etc.).

- Apagado: Apagar el equipo, quitándole todo suministro de energía (eléctrica, hidráulica,

neumática, etc.).

- Aislamiento: Aísle todas las fuentes de energía con dispositivos de aislamiento

apropiados como los cortacircuitos manuales o interruptores de desconexión. Los

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botones o interruptores no pueden ser la única forma de cortar la energía. Muchos de

los equipos tienen más de una forma de energía que deberá ser aislada.

- Bloqueo y etiquetado de seguridad: Todos los colaboradores pueden estar expuestos a

energía peligrosa y deben formar parte de la labor de bloqueo y etiquetado de

seguridad.

El mecanismo de bloqueo es un candado de llave o de combinación que tiene una

etiqueta con los nombres de los colaboradores. El candado debe colocarse a un

dispositivo aislante, un cortocircuito y/o interruptor para evitar que la energía del equipo se

reactive o se libere.

- Control de energía almacenada: Libere la energía descargando los capacitores,

quitando los tomacorrientes o cuñas o drenando las líneas hidráulicas, neumáticas, por

ejemplo.

- Verificación: Use equipos de pruebas para su verificación del sistema y así

asegurarnos que no tenga ningún remanente de alguna fuente de energía (por ejemplo:

multitest para determinar corriente).

- Retirar los dispositivos de bloqueo y etiquetado de seguridad: Las únicas personas que

puede retirar los dispositivos de bloqueo o candados de seguridad son las mismas

personas que lo instalaron.

- Puesta en servicio: Cuando el trabajo se haya terminado y se hayan quitado los

dispositivos de bloqueo y etiquetado deben comprobar que todas las herramientas, las

restricciones mecánicas y los dispositivos eléctricos se hayan retirado antes de volver a

energizar el sistema o equipo. Asimismo, deberá alertar a todos los colaboradores

autorizados a operar el equipo y asegurarse de que nadie esté cerca.

- Liberación temporal: Si el trabajo que requiere bloqueo eléctrico y etiquetado se ve

interrumpido para probar o cambiar de lugar el equipo, se deberá volver a comenzar

desde el principio.

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Trabajos en Zanjas y Excavaciones

Artículo N° 96.- Cada trabajador tiene la responsabilidad de mantener limpio y ordenado

su lugar de trabajo. Depositar los desechos en los contenedores que corresponda,

cuidando de no dejar abandonadas herramientas, equipos, cables, mangueras, etc. en el

suelo o banco de trabajo. Ninguna labor se debe considerar terminada si el área de

trabajo no queda limpia y ordenada.

Artículo N° 97.- Durante los trabajos de excavaciones el responsable debe tener en

cuenta las siguientes recomendaciones preventivas:

- Los montones de tierra extraídos deben estar por lo menos 60 cm de distancia del

borde de la excavación.

- Localizar las instalaciones subterráneas (eléctricas, agua, fluidos u otros) antes de abrir

una excavación.

- Proporcionar acceso y salida adecuada a la profundidad de 1.20 m o más.

- Reducir la exposición al tránsito vehicular a los empleados con el uso de chalecos de

advertencia o prendas de alta visibilidad.

- Proporcionar un sistema de advertencia del equipo móvil que se opera cerca al lado o

cerca de la excavación.

- Analizar el aire de la excavación para identificar atmosfera potencialmente peligrosa a

la profundidad de 1.20 m.

- Realizar inspecciones diarias por el responsable de la excavación.

- Protección adecuada contra las caídas cerca de las excavaciones de 2.40 metros de

profundidad o más, como entablillados, apuntalamientos, etc.

Talleres

Artículo N° 98.- Los talleres deben ser áreas que permitan el fácil acceso y libre

movimiento del colaborador, los equipos y las máquinas. Las instalaciones de los talleres

tendrán accesos y áreas libres, para facilitar el desplazamiento de personal, maquinaria y

equipos, estos deben estar plenamente señalizados.

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Artículo N° 99.- Los talleres deberán contar con adecuada ventilación, buena iluminación

(para trabajos nocturnos) y deberán contar con medios apropiados de extinción de

incendios.

Artículo N° 100.- Únicamente las personas autorizadas (competentes) y debidamente

capacitadas/entrenadas podrán poner en funcionamiento y operar los equipos y/o

máquinas. El mantenimiento o reparación serán realizados por los técnicos especialistas

autorizados.

Artículo N° 101.- Se deben inspeccionar los equipos, máquinas y/o herramientas antes

de usarlas, a fin de verificar que se encuentran en buenas condiciones de operación; y

que las partes, piezas o protecciones están debidamente colocadas y ajustadas.

Cualquier observación informar al responsable del taller o al área de SST.

Artículo N° 102.- Todos los equipos eléctricos estacionarios o portátiles deben estar

conectados a tierra.

Artículo N° 103.- Los cables de la máquina y/o equipo deben estar protegidos contra

daños físicos por cortes, abrasión o aplastamiento. No deberán estar en contacto con

agua, aceite, sustancias químicas nocivas entre otros.

Artículo N° 104.- Está prohibido las conexiones eléctricas precarias, improvisadas,

directas a tableros sin enchufes, alambres flojos o rotos, deteriorados, revestimientos,

empalmes y tomacorrientes inadecuados.

Artículo N° 105.- Los ambientes o zonas donde existan equipos o instalaciones con

tensión, deberán permanecer protegidas, cerradas y adecuadamente señalizadas,

indicando el voltaje y las precauciones que se deban de tener. Queda prohibido el ingreso

de personas ajenas a las instalaciones o áreas energizadas.

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Sostenibilidad.

Artículo N° 106.- Los talleres deben mantenerse limpios y ordenados. No se dejaran

papeles, cartones y otros desperdicios impregnados de combustible o material inflamable.

Artículo N° 107.- Se evitará que herramientas y materiales con filos cortantes,

puntiagudos u objetos sean colocados en partes altas.

Artículo N° 108.- Se debe evitar almacenar alimentos o ingerirlos en el taller.

Artículo N° 109.- Delimitar o señalizar claramente las áreas de trabajo de soldadura y

esmerilado con su respectiva protección (biombos).

Manipulación y Almacenamiento

Artículo N° 110.- Las áreas de carga y descarga deben estar claramente definidas. Los

materiales apilados y almacenados deben estar claramente identificados y etiquetados en

forma adecuada.

Artículo N° 111.- Los responsables son los encargados de determinar los lugares de

apilamiento, quedando prohibido hacerlo frente o al costado de las puertas, al pie de

escaleras, superficies inestables, lugares que obstruyan el acceso al equipo contra

incendio, la iluminación, los paneles eléctricos o la ventilación.

Artículo N° 112.- En las áreas de almacenamiento cerrado se deberá contar con

adecuada ventilación y medios apropiados de extinción de incendio.

Artículo N° 113.- Los trabajos asignados para la manipulación manual de materiales

deben contar con instrucción sobre los métodos de levantamiento y traslado manual de

cargas. El personal involucrado debe ser capacitado en las acciones preventivas a tomar

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con respecto a la seguridad en las actividades de almacenamiento. Esto también aplica a

los servicios contratados.

Artículo N° 114.- La zona de almacenaje tendrá la menor cantidad de elementos

contaminantes que hagan variar las propiedades de los materiales apilados (fijar los

anaqueles o arriostrarlos).

Artículo N° 115.- Los estantes, anaqueles y estructuras nunca se sobrecargan. Los

artículos más pesados se almacenan en la parte más baja del anaquel. Está prohibido

escalar los anaqueles. Para acceder a zonas altas de anaqueles o estantes se debe

contar con la escalera apropiada.

Artículo N° 116.- El apilamiento de materiales, estantes, botellas y/o cilindros etc. debe

contar con las medidas provisorias necesarias para evitar rodaduras o caídas en caso de

sismos.

Artículo N° 117.- Todo envase en las áreas de almacén debe estar etiquetado con el

nombre del contenido y sus precauciones de uso, para evitar confusiones que vayan en

contra de la seguridad personal, tampoco deberán guardarse líquidos inflamables en

botellas de vidrio o plásticos. Se debe contar con las hojas de seguridad (MSDS) del

producto.

Artículo N° 118.- Los tubos u otro material de sección circular deben almacenarse en

estructuras especialmente diseñados o se estabilizarán en la base mediante cuñas de

madera apropiadas para evitar rodamientos.

Artículo N° 119.- El almacenamiento debe ser limpio y ordenado. Debe permitir fácil

acceso al personal y los equipos.

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Artículo N° 120.- Se debe dejar espacio suficiente entre pilas como para que pase

cómodamente una persona y deben mantenerse libres de obstrucciones. Mantener una

distancia adecuada hacia el techo para evitar acercarse a luminarias o fuentes de calor.

Artículo N° 121.- Los cilindros de gas comprimido deben almacenarse en posición vertical

con las válvulas protegidas, a su vez estos deberán de ser compatibles al momento de

almacenarlos, deberán estar aseguradas con cadenas o sogas a una estructura fija.

Artículo N° 122.- Los productos químicos (incluyendo ácidos y gases) se almacenan de

forma se evite el contacto entre las sustancias que no sean compatibles.

Artículo N° 123.- El almacenaje de materiales líquidos en tanques y el de sustancias

peligrosas deben ser previamente aprobado por el área de SSTMA. Los recipientes que

contengan las sustancias deben ser específicamente aprobados para el tipo de material

que contendrán.

Artículo N° 124.- El tránsito por los lugares, la entrada a los almacenamientos y el

manipuleo sobretodo de las sustancias inflamables será restringido al personal

estrictamente autorizado.

Artículo N° 125.- Queda estrictamente prohibido que los materiales inflamables y/o

combustibles no sean almacenados, transferidos o trasladados de un contenedor a otro

en las proximidades de trabajos con llama abierta o cualquier otra fuente de ignición.

Artículo N° 126.- No se debe almacenar material inflamable y/o combustible a menos de

15.0 m. de fuentes de ignición (trabajo de soldadura, esmerilado, oxicorte, etc.).

Artículo N° 127.- Que la distancia mínima entre combustibles (gas propano o acetileno) y

un oxidante (oxígeno) sea de 8.0 metros.

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Artículo N° 128.- No se almacenará sustancias inflamables en recipientes abiertos,

deberán contar con bandeja de contención.

Artículo N° 129.- En el transporte de materiales se deben usar vehículos apropiados para

la carga. Si el elemento sobresale, se debe colocar una bandera roja en el extremo y un

letrero indicando la carga ancha.

Artículo N° 130.- No se permite en el transporte de materiales en la plataforma de los

vehículos si no están debidamente amarrados para evitar que rueden o se caigan.

Artículo N° 131.- No se permite transportar a los colaboradores en vehículos que no

están acondicionados para transporte de personas y autorizados por la autoridad

competente. Asimismo, está prohibido transportar materiales junto con personas.

Artículo N° 132.- Al cargar tuberías en camiones tipo plataforma, se deben usar estacas

especiales de fierro como topes. No se permite el uso de estacas de madera ni otros

elementos no adecuados.

Artículo N° 133.- En el transporte establecer la distancia y tiempo máximo de recorrido

por los chóferes (bitácora), lugares para descanso y precauciones a tomar en la ruta.

Transporte de Materiales y Equipos

Artículo N° 134.- A fin de garantizar el transporte de materiales y equipos para la

operación, se ha tomado en cuenta los siguientes puntos:

- Todos los vehículos que han de utilizarse han de cumplir los siguientes requisitos:

Inspección operacional al ingreso de la Concesionaria, llenado del formato de

inspección diario del vehículo, contar con registros de mantenimiento al día, SOAT,

tarjeta de propiedad y licencia de conducir del conductor.

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- Todos vehículo que transporta materiales y equipos en general deben cumplir con las

normativas legales vigentes estipuladas en la ley de tránsito y las disposiciones

reglamentarias de carga y transporte, tracto, camión, semi-remolques del Ministerio de

Transportes y Comunicación. Adicionalmente todos los vehículos dispondrán de

sistema de comunicación para que puedan comunicar alguna emergencia.

- Los cables estrobos, cadenas, cuerdas, fajas y similares utilizados para afianzar y fijar

la carga a la plataforma deberá estar en buenas condiciones de uso (sin cortes, ni que

denote un desgaste excesivo).

- El material transportado no debe exceder la capacidad de carga estipulado por el

manual del fabricante, la misma que debe estar uniformemente distribuida,

compensando todos los esfuerzos que se originen en el desplazamiento.

- Todos los vehículos contarán con los registros y documentación necesaria que han de

generarse de acuerdo al mantenimiento preventivo, correctivo o de reparación, los

mismos que pueden ser auditables.

Mantenimiento de Antenas de Comunicación

Artículo N° 135.- Para la ejecución de estos trabajos los responsables y colaboradores

deben tomar en cuenta lo siguiente:

- El mantenimiento de la antena será encomendada a personal adiestrado quien

conocerá los riesgos inherentes en dichas labores.

- En toda la fase de mantenimiento de la antena, todos los colaboradores contaran con

sistemas de protección contra caídas en todo momento.

- El responsable del grupo planificara sus necesidades de acuerdo a los puntos de

ubicación de las antenas (sitios remotos), supliendo necesidades de comunicación,

alimentación, equipamiento para el pernocte y recursos humanos, etc.

- Antes de iniciar los trabajos se debe gestionar los permisos respectivos previamente y

adicionalmente toda posible documentación que se requiera.

- Realizar los entrenamientos diarios de seguridad antes del inicio de cada actividad.

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Andamios y Escaleras Portátiles

Artículo N° 136.- Los andamios utilizados deben contar con la certificación del fabricante,

y solo podrán utilizarse en las condiciones, configuraciones y operaciones previstas por él.

Artículo N° 137.- Para el montaje, uso y desmontaje de andamios se debe cumplir con

los siguientes requisitos:

- Antes de iniciar el montaje de un andamio, se debe realizar un reconocimiento del

terreno, a fin de determinar el tipo de apoyo, que sirva para descargar los esfuerzos del

andamio sobre éste.

- Los arriostres y anclajes, deben ser en puntos resistentes de una estructura sólida y

firme capaz de soportar deslizamientos laterales o verticales.

- Las plataformas de trabajo tendrán un ancho mínimo de 60 cm, tener resistencia

acorde a la carga que va a soportar, teniendo además garantizando la resistencia y

estabilidad necesaria, en relación con los trabajos a realizar sobre ellas.

- Las plataformas de trabajo, estarán protegidas por barandillas metálicas de un mínimo

de 90 cm altura, barra intermedia, rodapié de una altura mínima de 15 cm en todos

lados de su contorno, con excepción de los lados que disten de la fachada menos de

20 cm.

- El acceso a los andamio, se hará siempre por medio de escaleras.

- El montaje de estas estructuras, se hará por personal especialmente formado y

adiestrado que conocerá los riesgos inherentes a dichas actuaciones. De igual manera

se dispondrá en las fases de montaje, uso y desmontaje, de protección contra caídas

- Seguir las recomendaciones del fabricante, para el mantenimiento de todos los

componentes, haciendo especial hincapié en el engrase y protección de husillos,

bridas, etc.

- Tener cuidado en el almacenamiento; de ser posible almacenar en un lugar cubierto

para evitar problemas de corrosión y en caso de detectarse ésta, revisar el alcance y

magnitud de los daños. Desechar todos los materiales que haya sufrido deformaciones.

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- Se revisará periódicamente el estado general, para comprobar y verificar que se

mantienen las condiciones de operatividad o instalación. Igualmente, se deben realizar

comprobaciones adicionales cada vez que se produzcan acontecimientos

excepcionales tales como, transformaciones, accidentes, fenómenos naturales o falta

prolongada de uso, que puedan tener consecuencias perjudiciales.

Artículo N° 138.- Las escaleras portátiles de fibra de vidrio no deben presentar daños en

ninguna de susñ partes. Deben ser de longitud adecuada al uso que se le quiere dar, no

permitiéndose empatar escaleras. Si se usa como acceso de un nivel a otro, debe

asegurarse que en la parte superior la escalera sobrepase 01 metro como mínimo del

borde del nivel superior. Las escaleras tipo tijera deben contar con un tirante que limite su

apertura.

Artículo N° 139.- La colocación de una escalera portátil se efectuará de tal forma que su

base este separada del plano vertical de apoyo una distancia equivalente a un cuarto de

longitud de escalera comprendida entre la base y el punto de apoyo superior (inclinación

75° aproximadamente). El descenso y ascenso se debe efectuar de frente a la misma, con

sujeción de ambas manos a los largueros de la escalera y de una persona a la vez. La

subida o bajada de materiales, herramientas o equipos deben efectuarse con sogas.

Orden y Limpieza

Artículo N° 140.- Cada trabajador tiene la responsabilidad de mantener limpio y ordenado

su lugar de trabajo. Depositar los desechos en los contenedores que corresponda,

cuidando de no dejar abandonadas herramientas, equipos, cables, mangueras, etc. en el

suelo o banco de trabajo. Ninguna labor se debe considerar terminada si el área de

trabajo no queda limpia y ordenada.

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Señalización

Artículo N° 141.- Respetar los letreros de señalización y avisos instalados en las diversas

instalaciones o zonas de labor.

Equipos de Protección Personal

Artículo N° 142.- Se tomará en cuenta lo siguiente:

- Los colaboradores de la organización usaran los Equipos de Protección Personal

(EPP’s) de acuerdo con las instrucciones recibidas y será responsable de mantenerlos

en perfecto estado de conservación, y debe informar a su líder acerca de la necesidad

de reemplazar el EPP.

- El equipo básico para cualquier colaborador que ingrese a las diferentes áreas de

operación o mantenimiento, debe contar con lo siguiente:

Casco de seguridad

Botas de seguridad industrial con puntera.

Lentes de seguridad

Protección auditiva, si está expuesto a altos niveles de ruido.

Chaleco reflectivo

- Durante los trabajos con riesgos especiales, tales como químicos, físicos, térmicos,

etc., se utilizaran medios de protección especiales contra los mismos. Dependiendo del

área de trabajo o la actividad, se proveerá lo siguiente: Arneses para trabajos en altura,

caretas para trabajos de soldadura, protección facial para esmerilado, protección

respiratoria (mascaras con filtros, mascarillas, equipo de respiración autónomo o de tiro

forzado), guantes o zapatos dieléctricos contra riesgos eléctricos, etc.

- Para el ingreso de visitantes y/o terceros a las zonas administrativas o zonas sin riesgo,

no se requiere el uso de los equipos de protección personal, y su ingreso seguirá el

procedimiento de acceso vigente.

- El colaborador antes de iniciar su jornada de trabajo debe inspeccionar sus equipos de

protección colectiva e individual de manera rutinaria antes de iniciar su trabajo. En caso

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de encontrar fallas o anomalías comunicarlo de inmediato a fin de el superior jerárquico

proceda a gestionar el cambio del equipo.

- El cambio o reposición de un equipo de protección individual o colectivo no supondrá

costo alguno para el colaborador, excepto por actos comprobados de negligencia o

falta de cuidado.

- En el caso de Contratistas y Proveedores, se definirán los tipos de equipos de

protección personal de acuerdo al riesgo de las actividades que realizarán. Su uso será

obligatorio y será verificado por el área de supervisión correspondiente, y también por

el Área de SST de CTO.

Permisos de Trabajo en Altura

Artículo N° 143.- Se usará un Permiso de Trabajo en altura para trabajos que se realicen

a una altura a partir de 1.80 metros.

Artículo N° 144.- Antes de empezar con el trabajo verificar que el trabajador entienda los

requerimientos del permiso.

Artículo N° 145.- El permiso debe ser colocado en un punto visible del lugar del trabajo o

área de entrada.

Artículo N° 146.- El permiso debe estar correctamente llenado y firmado por las personas

involucradas y descritas en el formato.

Artículo N° 147.- El permiso de trabajo en altura debe ser firmado en el lugar del trabajo

para asegurar el cumplimiento de requerimientos del mismo.

Artículo N° 148.- Asegurar que las condiciones del área y equipos se mantengan tal

como las registradas cuando se generó el permiso.

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Artículo N° 149.- Esta permitido realizar trabajos en caliente en todas las áreas definidas

como áreas abiertas. Se prohíbe realizar trabajos en caliente en las áreas definidas como

restringidas.

Artículo N° 150.- Antes de empezar con el trabajo, verificar que el o los colaboradores

entiendan los requerimientos del permiso.

Artículo N° 151.- El permiso debe ser colocado en un punto visible del lugar del trabajo.

Artículo N° 152.- El permiso debe estar correctamente llenado y firmado por las personas

involucradas y descritas en el formato.

Artículo N° 153.- El permiso de trabajo en caliente debe ser firmado en el lugar del

trabajo para asegurar el cumplimiento de requerimientos del mismo.

Artículo N° 154.- Asegurar que las condiciones del área y equipos se mantengan tal

como las registradas cuando se generó el permiso.

Permiso de Espacio Confinado

Artículo N° 155.- Se usará el permiso de espacio confinado para ambientes cerrados con

entradas y/o salidas limitadas, poca ventilación, posible presencia de gases, con una

atmósfera deficiente de oxígeno y que normalmente no puede ser ocupada por una

persona.

Artículo N° 156.- Antes de empezar con el trabajo verificar que el colaborador entienda

los requerimientos del permiso.

Artículo N° 157.- El permiso debe ser colocado en un punto visible del lugar de trabajo o

área de entrada.

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Artículo N° 158.- El permiso debe estar correctamente llenado y firmado por las personas

involucradas y descritas en el formato.

Artículo N° 159.- El permiso de espacio confinado debe ser firmado en el lugar de trabajo

para asegurar el cumplimiento de requerimientos del mismo.

Artículo N° 160.- Asegurar que las condiciones del área y equipos se mantengan tal

como las registradas cuando se generó el permiso.

Artículo N° 161.- De ser necesario se realizará el monitoreo de gases en el espacio

confinado, del mismo modo se ventilara previamente el área antes que el personal ingrese

a laborar. Se ubicara en la parte superior un vigía (personal capacitado y entrenado) y el

colaborador que ingrese al espacio confinado estará con un equipo de protección

personal contra caídas, el que estará unido con una línea de vida a un cáncamo instalado

en la parte superior, ante la eventualidad de un rescate.

Permiso de Trabajo en Zanjas y Excavaciones

Artículo N° 162.- Se usará un permiso de zanjas y excavaciones, para trabajos con una

profundidad de 1.20 metros.

Artículo N° 163.- Antes de empezar con el trabajo verificar que el trabajador entienda los

requerimientos del permiso.

Artículo N° 164.- El permiso debe ser colocado en un punto visible del lugar del trabajo o

área de entrada.

Artículo N° 165.- El permiso debe estar correctamente llenado y firmado por las personas

involucradas en el formato.

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Artículo N° 166.- El permiso de zanjas y excavaciones debe ser firmado en el lugar del

trabajo para asegurar el cumplimiento de requerimientos del mismo.

Artículo N° 167.- Asegurar que las condiciones del área y equipos se mantengan tal

como las registradas cuando se generó el permiso.

Permisos de Trabajos en caliente/ con Soldadura

Artículo N° 168.- Solamente está permitido el uso de acetileno suministrado en cilindros.

Las conexiones de las mangueras de oxígeno y acetileno deben estar aseguradas con

abrazaderas. Nunca amarradas o aseguradas con alambre. Deberán contar con la válvula

de anti-retorno.

Artículo N° 169.- Los soldadores deben tener y utilizar el equipo de seguridad necesario

(guantes con mangas largas, anteojos, mandil, escarpines, respirador, careta de soldar,

respirador para humos, etc.). Especial atención se debe dar a la protección de la vista. Si

los soldadores trabajan cerca de otro grupo de colaboradores, deben utilizar las pantallas

protectoras (biombos).

Artículo N° 170.- En trabajos de soldadura los cilindros de acetileno y oxígeno deben

estar montados en un carro especial para su transporte y uso en posición vertical. No se

permitirá el uso de los cilindros acostados en el suelo (posición horizontal). Las

conexiones de las mangueras de oxígeno y acetileno deberán contar con conectores

prensados por proveedores calificados.

Artículo N° 171.- Si es necesario soldar en espacios reducidos, cerrados o con poca

ventilación (tubería de gran diámetro, cisternas, pozos, tanques, etc.), se deben tomar las

precauciones necesarias para evitar las consecuencias adversas. Antes del inicio de

estas actividades como mínimo se deberán hacer:

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- Medición de gases.

- Implementar vigías para trabajos en caliente (entrenar y capacitar)

- Líneas salvavidas en caso de emergencias.

Artículo N° 172.- Nunca se debe intentar soldar en tanques de cualquier tamaño,

tambores, estanques, tubos, etc., que hayan contenido combustibles o productos

inflamables sin antes lavarlos bien con agua y vapor para tener la certeza que no les

queda gas o sedimentos por dentro.

Artículo N° 173.- Para realizar estos trabajos se debe obtener un permiso de trabajo a

través del área de Seguridad y Salud en el Trabajo.

TITULO III: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES Y

ACTIVIDADES PRINCIPALES

CAPÍTULO I: OPERACIÓN DE LAS COMPUERTAS

Artículo N° 174.- La operación de las compuertas, deberán tener preparado y actualizado

el manual de operación de las compuertas de Bocatoma y Desarenador Miraflores,

Bocatoma y Desarenador Juliana; Embalse Palo verde y el historial de parámetros que

interviene en la operación de compuertas, con especificaciones en condiciones normales

y de emergencia.

Toda operación a realizarse en el área de Bocatoma y compuertas debe ser comunicada

a las áreas de mantenimiento, adicional a una verificación in situ de la no permanencia de

ningún trabajador en las estructuras.

Artículo N° 175.- El personal de operación debe estar debidamente entrenado para

realizar las acciones correspondientes a la operación, asegurando la correcta ejecución

de dichas acciones, sin poner en riesgo la operación en sí, la integridad del personal que

interviene, y el ambiente donde se realiza.

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Para realizar las actividades descritas deberá generar antes de inicio de labores las

herramientas de gestión de seguridad (APNR, APT, PDT, PTR, etc.).

Artículo N° 176.- Dar aviso al personal de mantenimiento que se puede encontrar en

alguna de las zonas de las compuertas antes de realizar alguna maniobra.

Artículo N° 177.- Se solicitará las intervenciones de emergencia o correctiva al personal

de mantenimiento, si se originara cualquier problema en el funcionamiento de las

maquinas o equipos que intervienen al realizar alguna maniobra.

CAPITULO II: OPERACIÓN DE POLIPASTO Y TECLES PARA RETIRAR Y

TRASLADAR ATAGUIAS.

Artículo N° 178.- Sólo el personal autorizado y capacitado por la empresa puede operar

el polipasto; La operación de los polipastos, deberán tener preparado y actualizado el

manual de operación.

Toda operación a realizarse en el área de bocatoma y compuertas debe ser comunicada

a las áreas de mantenimiento, adicional a una verificación in situ de la no permanencia de

ningún trabajador en las estructuras.

El personal de operación deberá asegurar la correcta ejecución de dichas acciones, sin

poner en riesgo la operación en sí, la integridad del personal que interviene, y el ambiente

donde se realiza.

Para realizar las actividades descritas deberá generar antes de inicio de labores las

herramientas de gestión de seguridad (APNR, APT, PDT, PTR, etc.).

Antes de utilizar el polipasto neumático por primera vez, el operador deberá familiarizarse

con todos los modos de servicio permitidos; No subir la carga con la máxima velocidad

cuando la cadena cuelga floja; Utilice sólo bolsas recoge cadenas originales; No

sobrepase la capacidad admisible de la bolsa recoge cadenas;

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CAPITULO III: OPERACIÓN DE GRUPOS GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA,

STAND BY Y TABLERO DE PARALELISMO

Artículo N° 179.- Antes de cada operación de arranque de cualquiera de los generadores

se debe verificar lo siguiente:

- No deben existir fugas de petróleo ni aceite en el sistema diesel de los generadores.

- Verificar que el nivel de agua en los radiadores sea siempre el correcto o no menos del

mínimo para la operación, en lo posible se deben mantener siempre llenos.

- Verificar siempre que el nivel de aceite en el cárter este por encima del nivel mínimo,

que conserve la viscosidad apropiada y esté limpio de contaminaciones de carbón.

- Verificar siempre el nivel de solución acida en las baterías.

- Verificar siempre el ajuste de los bornes de las baterías.

- Verificar antes de cada operación que no exista conexión de energía de los grupos

conectada a las barras del tablero de paralelismo.

- Esta operación preventiva sirve al mismo tiempo para que los alternadores carguen a

sus propias baterías y/o mantengan la carga de las mismas.

Artículo N° 180.- La operación preventiva de los grupos electrógenos está orientada a la

verificación del correcto arranque de cada grupo generador periódicamente por parte de

las personas de operación.

Estos arranques periódicos se debe realizar por lo menos una vez cada 5 días y

mantenerlos encendidos por un promedio de 2 horas.

CAPITULO IV: SEGURIDAD EN TRABAJOS-ACTIVIDADES DEL ÁREA DE OBRAS

CIVILES (Mantenimiento de infraestructuras civiles, Hidrología y Auscultación)

Artículo N° 181.- La realización de las diferentes actividades como mantenimiento de

accesos, plataformas, limpieza de cunetas y alcantarillas; deben contar con las

herramientas de gestión de seguridad estipuladas en el presente reglamento, debiendo

ser de conocimiento de todos los trabajadores que van a realizar las diferentes

actividades mencionadas.

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Dependiendo de la actividad deberán estar entrenados y capacitados para realizar

trabajos en altura, contar con los permisos médicos correspondientes para realizar dicha

actividad.

Deberá realizar la inspección/check list correspondiente de las herramientas (manuales o

de poder) antes de inicio de sus actividades.

Deberá estar capacitado en temas de cuadradores y vigías, uso de equipos de protección

colectiva.

Deberá estar capacitado en temas de tipos de tipos de señalización.

Deberá tener conocimiento en tema de excavaciones y zanjas, peligros y riesgos en

trabajos con maquinaria pesada o de línea amarilla.

Deberá reportar actos y condiciones sub-estándares que se presenten en la actividad.

Artículo N° 182.- La realización de mediciones hidrométricas, hidrológicas así como las

mediciones geotécnicas, en todos los casos dependiendo de la actividad se deben seguir

las siguientes recomendaciones como medida de prevención de accidentes:

- Uso obligatorio del arnés para trabajos en altura.

- Deberán contar con el procedimiento operativo y de seguridad de la actividad a realizar.

- Completar antes de inicio de actividades la documentación pertinente de seguridad,

herramientas de gestión de seguridad, APNR, APT, PDT, PTR, etc. Debiendo estar

firmados estos documentos por los responsables de la actividad así como personal de

seguridad.

- Todos los trabajadores que realicen la acción de mediciones deben utilizar casco con

barbiquejo, equipos de protección personal y colectivo, según sea el caso.

- Mientras la canastilla de huaro no se encuentre aseguradas con la soga, no deberán

subir y realizar movimiento de canastilla para evitar volcaduras accidentales.

CAPITULO V: MANTENIMIENTO EN SUB-ESTACIONES ELÉCTRICAS

Artículo N° 183.- La realización del mantenimiento de Sub-Estaciones de Media Tensión

debe cumplir con las siguientes medidas de prevención:

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- Uso obligatorio del equipo de protección personal, de material Dieléctrico apropiado

para el adecuado aislamiento de los diferentes voltajes a trabajar.

- El uso de herramientas e instrumentos en buen estado apropiados y certificados para

trabajos Eléctricos.

- Antes de iniciar los trabajos se deberán generar y completar las herramientas de

gestión necesarias para realizar los trabajos, APT, PTR, PDT.

- Uso de sistemas de bloqueos, lock Out y Tag Out.

- El trabajo será realizado por personal calificado, los cuales cuentan con la capacitación

y autorización directa del líder inmediato para el mantenimiento preventivo de la SSEE.

- Si se presentara condiciones climáticas desfavorables: lluvias torrenciales, velocidad

del viento superior a 35km/h; el trabajo de mantenimiento será suspendido.

- Se delimita la zona de trabajo mediante señalización de cintas o mallas de seguridad. a

esta área solo podrá ingresar el personal que realice el trabajo.

- Verificar visualmente estado de los postes de concreto así como también su anclaje al

suelo, que tenga la capacidad de soportar esfuerzo y desbalances que serán

producidos por el personal al realizar el mantenimiento de la subestación aérea, no se

debe escalar si el poste presenta una inclinación igual o mayor a 15°.

CAPITULO VI: MANTENIMIENTO DE TABLEROS ELÉCTRICOS

Artículo N° 184.- La realización del mantenimiento de Tableros Eléctricos de Baja

Tensión debe cumplir con las siguientes medidas de prevención:

- Uso obligatorio del equipo de protección personal, tipo Dieléctrico.

- El uso de herramientas e instrumentos en buen estado con respectivos protectores

aislantes.

- El trabajo será realizado por un profesional técnico, el cual contara con la capacitación

y autorización del líder inmediato para el mantenimiento preventivo de tableros de baja

tensión.

- Se desenergizara el tablero, bajando la llave del interruptor general para quitar la

energía eléctrica y realizar el mantenimiento del tablero.

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- Comprobar que se haya cortado el suministro de energía aguas abajo, testear el voltaje

de salida con un multímetro o pinza amperimatrica y así verificar el correcto corte de

energía.

- Posteriormente proceder con los trabajos.

CAPITULO VII: MANTENIMIENTO ELECTROMECANICO DE GRUPOS

ELECTROGENOS

Artículo N° 185.- La realización del mantenimiento electromecánico de Grupos

Electrógenos debe cumplir con las siguientes medidas de seguridad:

- Uso obligatorio del equipo de protección personal, herramientas y EPP’s tipo

dieléctricas.

- Inspeccionar el área de trabajo, debe estar libre de obstáculos y superficies húmedas.

- Utilizar dispositivos de señalización como por ejemplo tarjetas o candados de

seguridad, lock out y tag out.

- Activar parada de emergencia desde el panel de control del Grupo Electrógeno o poner

en estado “manual” desde el tablero T.G.E. para evitar un arranque del motor en caso

de corte de suministro eléctrico (ENSA) en pleno mantenimiento.

- Generar las herramientas de gestión de seguridad

- Bloquear el equipo el equipo y desconectar las baterías.

- Abrir el tapón de descarga de aceite del Carter.

- Dejar drenar el aceite usado en su totalidad en caso haya que desmovilizar el GE.

- Retirar el aceite usado hacia el almacenamiento temporal de residuos de Hidrocarburo.

- Reponer el aceite nuevo hasta el nivel que indica la varilla.

- Cambiar los filtros de aceite y combustible por nuevos filtros.

- Arrancar el grupo electrógeno por espacio de 5 minutos y luego apagar para comprobar

que el nivel de aceite este el full en la varilla de nivel, caso contrario rellenar el faltante.

- Realizar la limpieza y retiro de las herramientas y productos utilizados.

- Reportar incidentes y accidentes en caso hubiere.

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- Activar parada de emergencia desde el panel de control de grupo electrógeno o poner

en estado “manual” desde el tablero T.G.E. para evitar un arranque del motor en caso

de corte de suministro eléctrico (ENSA) en pleno mantenimiento.

CAPITULO VIII: MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

Artículo N° 186.- La realización La realización del mantenimiento de instalaciones

eléctricas comprende, tendido de conductores, verificación de línea tierra y polaridad e

instalaciones eléctricas temporales o portátiles, debiendo tener en cuenta las siguientes

recomendaciones de seguridad:

- Uso obligatorio del equipo de protección personal, tipo o con características dieléctricas

de ser necesarias.

- Inspeccionar el área de trabajo, debe estar libre de obstáculos y superficies húmedas.

- Utilizar dispositivos de señalización; como por ejemplo, tarjetas o candados de

seguridad.

- Generar la documentación de seguridad de acuerdo a las actividades antes de

iniciarlas.

- El tendido de las instalaciones de cables eléctricos deben regirse a las normas, en

superficie deben estar entubadas, en zonas donde pudiese generarse acumulación de

agua deben estar levantados a una altura determinada asegurados en cáncamos o

estructuras que eviten el contacto con el agua.

- No deben haber cordones y cables dañados a lo largo de paredes, pisos o techos,

estos deben ser reportados inmediatamente.

- Las instalaciones eléctricas en el campamento y en oficinas deben hacerse con

canaletas, entubadas y/o protegidas.

- Toda instalación temporal debe realizarse en forma segura, está prohibido realizar

instalaciones con cordones tipo mellizos, se recomienda usar cables con doble forro

tipo Indoprene.

- No deben haber interruptores, enchufes, uniones, empalmes, cajas de fusibles o

paneles de distribución, etc. Dañados o fallados.

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Artículo N° 187.- Sistema de Iluminación:

- Se procederá a desenergizar desde el tablero y colocar tarjeta o candado de seguridad

para evitar choques eléctricos durante el trabajo de mantenimiento.

- Se procederá a verificar y ajustar tornillos flojos en terminales de iluminación.

Artículo N° 188.- Sistema de Tomacorrientes

- Verificar que la caja esté sujeta firmemente en la pared, de lo contrario realizar el

debido ajuste. en caso, que la tapa frontal del tomacorriente presenta daños en su

estructura debe de reemplazarse.

Artículo N° 189.- Verificación de instalaciones, cableado a tierra

- Verificar que la caja esté sujeta firmemente en la pared, de lo contrario realizar el

debido ajuste. en caso, que la tapa frontal del tomacorriente presenta daños en su

estructura debe de reemplazarse.

- Todas las instalaciones eléctricas deben ser inspeccionadas mensualmente ó según el

plan de mantenimiento periódico de las instalaciones. Mediante pruebas de polaridad y

conexiones a tierra.

- Las inspecciones de las instalaciones eléctricas debe estar a cargo de una persona

competente, capacitada y con experiencia

- Las revisiones de instalaciones eléctricas de las máquinas y equipos será realizado por

un profesional capacitado en temas de energía eléctrica.

- Se debe ubicar extintores para mitigar amagos de incendio de tipo CO2, PQS cerca de

equipo eléctricos-energizados.

- Se debe tener y mantener un registro de inspecciones y control de equipos eléctricos.

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CAPITULO IX: SEGURIDAD EN MANTENIMIENTO DE MOTORES ELECTRICOS Y

UNIDADES HIDRAULICAS

Artículo N° 190.- La realización del mantenimiento de instalaciones eléctricas debe

cumplir el siguiente conjunto de medidas de prevención:

- Uso obligatorio del equipo de protección personal equipos y accesorios dieléctricos.

- Generar las herramientas de gestión de seguridad necesarias antes de iniciar las

tareas.

- Contar y conocer los manuales y procedimientos operacionales antes de inicio de

tareas.

- El personal a realizar las siguientes maniobras debe ser personal calificado y entrenado

para dicho trabajo, no se permitirá la improvisación de personal para realización de

estas tareas.

- Inspeccionar el área de trabajo, debe estar libre de obstáculos y superficies húmedas.

- Para el caso de unidades de alta presión (mangueras hidráulicas, pistones) antes de

iniciar las labores se deben liberar la presión, adicionalmente verificar que tengan su

dispositivos whip check.

- Utilizar dispositivos de señalización; como por ejemplo, tarjetas o candados de

seguridad.

- Se debe conocer y seleccionar la capacidad del motor eléctrico y su nivel de tensión.

- Conocer las instrucciones y recomendaciones técnicas del fabricante

- Coordinar y tener la aprobación del responsable o líder de área antes de iniciar las

labores.

- Delimitar el área de trabajo con cintas de seguridad, avisos de riesgo eléctrico,

hombres trabajando, etc.

- Seleccionar y utilizar herramientas, equipos y accesorios de seguridad en buen estado

antes de iniciar con el montaje e instalación de motores eléctricos.

- Realizar las mediciones perimetrales del motor eléctrico y proceder con el montaje.

- Ajustar las tuercas fijadoras del equipo.

- Realizar el alineamiento mecánicos del nivel eje al nivel piso terminado a cero grados.

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- Calcular la capacidad de consumo eléctrico del equipo y seleccionar los cables de

energía, interruptores, fusibles, seccionadores, relay, etc.

- Verificar y bloquear el interruptor principal mediante el uso de lock out y tag out.

- Realizar el tendido ordenado del conductor eléctrico seleccionado desde la

alimentación principal hasta el motor eléctrico.

- Realizar la conexión eléctrica en la caja de bornes según las especificaciones del

equipo (niveles de tensión).

- Mantener el aislamiento correcto entre los terminales eléctricos del equipo y masa.

- Comunicar la energización del ramal que va hacia el equipo e Iniciar las pruebas

electromecánicas a corto tiempo en el equipo.

- Verificar los siguientes parámetros electromecánicos: vibración, temperatura, amperaje,

nivel de tensión entre fase a fase y fase a tierra, ruido, etc. y comparar con las

especificaciones permisibles.

- Comunicar al responsable la tarea terminada.

TITULO IV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS

GENERALES Y ACTIVIDADES CONEXAS DE LA CONCESIONARIA

CAPITULO I: INGRESO A INSTALACIONES DE H2OLMOS

Artículo N° 191.- Para el ingreso a las instalaciones de los colaboradores de las

contratistas y/o sub-contratistas, se debe contar con los siguientes requisitos:

- Para el caso de visitas contar con SCTR salud y pensiones, inducción de visitante,

chequeo por médico de campamento en tópico.

- Caso de trabajador nuevo; afiliación de todos sus trabajadores al Seguro

Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) Salud y Pensión; y al Seguro de Vida

Ley, examen médico sin tener restricciones o levantamiento de observaciones

pendiente, así como sus vacunas respectivas.

- Todo trabajador nuevo debe recibir una inducción de Seguridad, Salud y Medio

Ambiente, en el cual se brinda conocimiento sobre los riesgos que involucra su trabajo,

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la forma correcta de utilizar los elementos y equipos de protección y las medidas de

protección que debe adoptar.

- Capacitaciones y entrenamientos específicos de acuerdo al riesgo existente en sus

actividades diarias de trabajo.

- Para el ingreso de visitantes o proveedores, se determinarán los parámetros de control

según el riesgo a los que estén expuestos.

- Para el ingreso a zonas específicas de trabajo (Bocatoma Miraflores, Desarenador,

Embalse Palo verde o algún área que represente un riesgo al trabajador, este no podrá

ingresar sin previa autorización, capacitación y acompañamiento del líder responsable.

- No está permitido el tránsito por zonas no autorizadas como accesos (rampas, taludes

con superficies no afirmadas para tránsito peatonal.

- No está permitido realizar bromas, juegos de manos en las zonas mencionadas y más

aún en lugares con riesgo de caída de alturas (Bocatoma; desarenador y Embalse,

taludes), También a lo largo de todo el Canal trapezoidal.

- Para realizar algún tipo de trabajo cercano a Bocatoma; Desarenador y Embalse, el

personal debe contar con un chaleco salvavidas y una soga con un flotador a ser usado

en caso de una caída al agua.

- Sólo se podrá transitar por taludes y zonas de rampas cuando se tenga una

autorización del líder inmediato y motivos de realizar trabajos, previo evaluación de

riesgos y controles específicos (cáncamos, líneas de vida, arnés, etc.) para la tarea a

realizar.

- Todo trabajo a realizar en las diferentes áreas debe realizarse como mínimo con dos

colaboradores y más aún cuando se transita por zonas alejadas a campamento, se

debe llevar siñempre puesto el chaleco reflectivo para tener una mejor visión de la

ubicación del colaborador.

Uso de Equipos de Protección Personal (EPP)

Artículo Nº 192.- El trabajador recibirá de la empresa o de su Contratista el equipo de

protección personal necesario para el desempeño seguro de su trabajo.

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Artículo Nº 193.- El equipo básico de protección personal, estará compuesto por casco,

chaleco reflectivo y zapatos o botas con punta de acero. Su uso es OBLIGATORIO dentro

del área de trabajo designado.

Artículo Nº 194.- Para el caso de labores específicas, el equipo auxiliar de protección

personal estará determinado en función a los procedimientos Operacionales de trabajo.

Artículo Nº 195.- El personal tiene derecho al cambio del equipo de protección gastado o

deteriorado por el trabajo. En el caso de daño intencional, pérdida, etc., la reposición será

a su cuenta personal, estableciéndose un pago de manera proporcional al tiempo de vida

que le restaba al equipo.

Artículo Nº 196.- El trabajador será responsable por el buen uso, estado de conservación

y mantenimiento de su equipo de protección.

Artículo N° 197.- El personal de cualquier Empresa Contratista, deberá contar con equipo

de protección de igual o mejor calidad que el de la Concesionaria. Este será

proporcionado por cuenta de su Empresa y debe cumplir los estándares requeridos.

Artículo N° 198.- Los elementos y/o equipo de protección personal debe ser entregados

de acuerdo al trabajo que realice, siendo lo básico:

- Protección de la cabeza: Casco. MSA Jockey tipo E (ANSI Z89.1-1997).

- Protección de los ojos: Lentes. (ANSI Z87)

- Protección respiratoria 3M: Respirador de alta eficiencia 99.97%.

- Protección auditiva 3M: Protector de copa o tapones de oído.

- Protección de las manos: Guantes (de acuerdo al trabajo que desempeñe).

- Protección de los pies: Botín con puntera de acero, botas de jebe con puntera de acero

y botines con suela dieléctrica para los electricistas, según actividad.

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- Protección de los pies: Botas de jebe con puntera de acero.

- Protección para la lluvia: Impermeables (casaca, pantalón).

- Protección de la cara y de los ojos: Máscara para soldar y Careta para esmerilar

(INDURA).

- Protección de los brazos: Mangas de cuero, cromo para soldador (INDURA).

- Protección de las piernas: Escarpines de cuero cromo para soldador (INDURA).

- Protección de caídas MSA: Arneses para trabajos en altura.

- Protección del Cuerpo: Uniforme de Trabajo; Mandil de cuero cromo; Casaca y

pantalón de cuero cromo.

Artículo N° 199.- Los elementos y/o equipo de protección personal debe ser usados

durante las horas de trabajo a menos que se trate de equipo específico para determinada

labor, caso en el que será usado por el trabajador todo el tiempo que demore la ejecución

de la tarea.

Protección de la cabeza: Mientras se encuentra en las instalaciones de H2Olmos debe

utilizar el casco/protect provisto por la empresa, el que deberá mantener en buenas

condiciones.

EL casco lo protegerá de golpes, así como también de choques eléctricos. Este EPP debe

usarse siempre con el barbiquejo.

El cabello debe usarse corto o recogido evitando que puedan ser la causa de accidentes,

al quedar atrapado por elementos de máquinas en movimiento, expuesto al fuego o a una

descarga eléctrica.

Ropa de trabajo: H2Olmos se entregara ropa de trabajo, la cual es de uso obligatorio. No

utilice prendas que puedan ser atrapadas por partes móviles de maquinarias, causando

accidentes como por ejemplo: camisas muy amplias o sueltas, pantalones excesivamente

largos, mangas o ropas deshilachadas.

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Sostenibilidad.

Protección de piernas, tobillo y pie: H2Olmos es obligatorio el uso permanente de calzado

de seguridad. Bajo ninguna circunstancia es tolerable el uso de otro calzado en su

reemplazo.

En caso de presencia de electricidad precisara, calzado que no contenga metal para

evitar la conducción de la electricidad.

Botas de goma con punteras de acero deben ser usados en terrenos inundados,

pantanosos o donde se puedan mojar los pies.

Si deben trabajar con moto sierras, guadañas, cortadoras de pasto, herramientas que

pongan en peligro las partes bajas de las piernas, es obligatorio el uso de polainas de

cuero.

Protección Facial: El uso de protector facial es obligatorio cuando se trabaje con sierras,

amoladoras, martillos neumáticos, u otras herramientas o equipos que puedan proyectar,

desprender, expulsar partículas.

La utilización de protección facial es adicional a la de anteojos se seguridad.

Protección de Oídos: Es obligatorio el uso de protectores auditivos en caso de realizar

tareas:

Con máquinas, herramientas y equipos extremadamente ruidosos y en áreas con

excesivo nivel sonoro (perforación).

Protección de manos: H2Olmos proveerá el tipo de guantes adecuados para aquellas

tareas que así lo requieren.

Será obligatorio el uso de guantes de seguridad siempre que manipulen materiales o

equipos.

Cuando se deba trabajar con o cerca de circuitos eléctricos energizados, trabaje con

guantes dieléctricos, los que deben inspeccionarse antes del uso para verificar la

ausencia de pinchaduras o grietas.

Para clavar un punzón, cuña o elemento similar a golpes de maza sosténgalo con una

punta o soporte especial, para evitar los golpes en las manos.

Si trabaja con taladros o maquinas herramientas giratorias, no use anillos, pulseras, ni

guantes, consulte con su capataz

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Protección de los ojos: Es obligatoria su utilización durante la jornada de trabajo en la

Concesionaria.

Todo visitante que concurra a la Concesionaria deberá usar anteojos de seguridad

durante toda su permanencia en las áreas operativas.

Importante:

Si le ingresa partícula en el ojo, no trate de sacarla usted mismo, avise a su superior

inmediato y concurra al servicio médico inmediatamente.

Si se salpica en los ojos con algún producto extraño, químico, acido, cáustico, enjuague

inmediatamente los ojos con abundante agua y concurra al servicio médico

inmediatamente.

Arnés de seguridad: Deben usarse enganchados siempre, en los siguientes casos:

- Toda vez que se trabaje a más de 1.80 m. de altura y existan riesgos de caídas a

distinto nivel.

- Sobre techos inclinados, en plataformas, andamios suspendidos, durante montaje y

desmontaje de andamios, colocación de vigas, tijerales, etc.

- El arnés de seguridad debe engancharse de las líneas de vida o de una estructura

firme.

- El cabo de vida debe estar tomado en el anillo situado en la parte posterior y

enganchado a un punto fijo por encima de la cabeza.

- Los arneses deben ser inspeccionados previos a su utilización por el usuario, para

verificar que se encuentre en condiciones seguras de uso el arnés de seguridad nunca

debe usarse como punto de soporte para realizar trabajos.

Protección Respiratoria: Cuando deba trabajar en ambientes con una excesiva

concentración de polvo, humos, gases agresivos o falta de oxígeno, se utilizara

respiradores o mascaras especiales, en cuya selección se deberá tener en cuenta el tipo

de contaminante, la duración y las características del trabajo a realizar.

Todo trabajador que deba utilizar mascara o respirador deberá mantener su rostro libre de

barba.

Antes de usar un equipo de protección respiratoria debe ser instruido en su uso.

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Los equipos, máscaras y elementos o cartuchos filtrantes deben estar en buen estado y

se los inspeccionara regularmente.

Los equipos de protección respiratoria deben ser guardados en armarios o recipientes

libre de polvo.

CAPITULO II: SEGURIDAD EN EL USO DE VEHICULOS Y TRASLADO DE

PERSONAL

Uso de vehículos

Artículo N° 200.- Para la conducción de vehículos se requerirá tener autorización interna

de manejo. Esta será proporcionada por el área de Sostenibilidad- SST, previa

evaluaciones teóricas y prácticas. Adicionalmente deberá contar con la Licencia de

conducir, acorde con el tipo de vehículo a operar, especificado en el RIT y en el Instructivo

y protocolo de manejo interno.

Artículo Nº 201.- Toda señal vial deberá ser respetada por los conductores.

Artículo Nº 202.- Todo conductor y sus pasajeros están obligados a ponerse el cinturón

de seguridad antes de poner en marcha el vehículo.

Artículo Nº 203.-Cuando circule por áreas de operación ó trabajos no rutinarios, se debe

tener presente que el equipo pesado tiene preferencia.

Artículo Nº 204.- Cuando se aproxime a un aviso de “Ceda el paso” o “parar”, detenga

su vehículo. Para reiniciar la marcha, asegúrese que la vía está libre.

Artículo Nº 205.- Respete los avisos de LIMITE DE VELOCIDAD. Estos indican la

velocidad máxima a la cual un conductor puede manejar un vehículo.

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Artículo Nº 206.- Realizar diariamente el Check List de Preuso. Está prohibido manejar

un vehículo que no esté en perfectas condiciones de operación. Comunique al Líder

inmediato para generar la medida correctiva de la observación.

Artículo Nº 207.- Para retroceder un vehículo, el conductor deberá estar seguro de tener

los espejos retrovisores bien ubicados y el espacio suficiente para efectuar la maniobra.

Asegúrese que el lugar se encuentre libre de personas, materiales y/o de otros vehículos

y que la alarma de retroceso se encuentre en perfecto estado.

Artículo Nº 208.- Busque un lugar seguro para estacionar su vehículo. Este debe quedar

con el motor apagado, con freno de mano activado, caja de cambios enganchada y luces

intermitentes activadas, en caso de emergencia. Si el estacionamiento es una cuesta o

pendiente, deje el vehículo con las llantas posteriores bloqueadas con cuñas. En las

zonas fijas de estacionamiento ingrese de retroceso, listo para partir en cualquier

emergencia.

Artículo Nº 209.- Todo conductor deberá evitar accidentes de tránsito por:

- Velocidad excesiva.

- Retroceso inapropiado.

- Estacionamiento inapropiado.

- No conservar su derecha.

- Giro inapropiado.

- Paso inapropiado.

- No conservar distancia apropiada.

Artículo Nº 210.- Todo conductor deberá estar alerta en la buena conducción de su

vehículo, a fin de evitar accidentes por:

- Fatiga o sueño.

- Estado etílico, enfermedad o acción de narcóticos, fármacos o estupefacientes.

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Sostenibilidad.

- Distracción.

Artículo Nº 211.- Es obligación de todo conductor considerar en la velocidad de marcha,

las condiciones climáticas, físicas de la carretera, tales como: curvas, tramos angostos,

baches o encalaminados, polvo, agua, etc.; y las condiciones climáticas, como: neblina,

nieve, lluvia, sol intenso, etc.

Artículo Nº 212.- El conductor de vehículos livianos (camionetas), permitirá como

pasajeros en el interior de la cabina, el número de pasajeros que el reglamento de tránsito

estipule. Los vehículos autorizados para el transporte de personal lo harán de acuerdo a

la capacidad para la que estén registrados.

Artículo Nº 213.- Está prohibido llevar pasajeros en la tolva de las camionetas.

Artículo Nº 214.- Para que el personal de las contratas conduzca vehículos de su

Empresa, deberá contar con la autorización interna, según lo establecido en el RIT, así

como en el presente reglamento.

Artículo Nº 215.- Todo conductor que desacate las Normas Internas de Tránsito, será

sancionado de acuerdo a lo estipulado en el reglamento de tránsito, instructivo y el

presente reglamento.

Artículo Nº 216.- Todo accidente o siniestro en carreteras se someterá a las Normas de

Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones así como a la investigación de

incidentes correspondiente.

Traslado de personal

Artículo Nº 217.- Para transportar personal la Concesionaria utilizará camionetas 4x4,

minivan y couster autorizadas por el departamento de RRHH; y Seguridad.

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Artículo Nº 218.- Todos los conductores de vehículo de personal respetarán los horarios

de servicio establecidos en el RIT e instructivo de manejo.

Artículo Nº 219.- Está prohibido permitir subir o bajar a personal estando el vehículo en

movimiento.

Artículo Nº 220.- Todos los trabajadores viajarán debidamente sentados.

Artículo Nº 221.- Es obligación de los trabajadores no ensuciar los vehículos en los que

viajan. Asimismo deben informar al conductor en forma inmediata, cualquier deficiencia

que podría atentar contra su integridad física.

Artículo Nº 222.- Está prohibido jugar o hacer bromas durante el viaje. Estos hechos

podrían distraer al conductor y ocasionar un accidente.

Artículo Nº 223.- El chofer es el responsable de la conducción del vehículo, por lo tanto

llevará a velocidad adecuada. Está prohibido recoger pasajeros ajenos a la

Concesionaria.

Artículo Nº 224.- Está prohibido llevar pasajeros y materiales en el mismo vehículo. La

movilidad para uno u otro fin, estará bien definida y se deberá respetar tal asignación.

Vías de transito

Artículo N° 225.- Todas las vías de tránsito deberán cumplir con los, estándares de

seguridad como sendas bermas de acuerdo al estándar reglamentado.

Artículo Nº 226.- Todas las vías de tránsito deberán estar señalizadas con advertencias

de velocidades máximas, curvas y tramos peligrosos, rompe muelles, garitas de control,

etc.

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Artículo Nº 227.- Todo conductor debe reportar las condiciones inseguras que detecte en

los diferentes accesos.

Artículo Nº 228.- En casos de emergencia, los operadores de equipo pesado u otras

unidades móviles tienen la obligación de dejar la vía libre, para que pasen los vehículos

de auxilio (Ambulancia y/o camioneta de Seguridad), los que harán sus señales

respectivas.

Artículo Nº 229.- La velocidad a la que se conduzca una máquina debe ser tal que

permita su control absoluto, con el fin de evitar poner en peligro la integridad física de los

pasajeros, transeúntes, del propio conductor y animales/ganado de la zona que pueda

atravesarse.

Artículo Nº 230.- Las velocidades máximas establecidas en la unidad minera son:

- Superficie, en campamento: 25 Km/h.

- En carreteras y vías en general fuera de campamento, de acuerdo a la señalización de

la vía.

Artículo Nº 231.- Las áreas de tránsito continuo en superficie, serán convenientemente

regadas con la finalidad de minimizar el polvo.

CAPITULO III: SEGURIDAD EN ACTIVIDADES DE OFICINA

Artículo N° 232.- El mobiliario y los enseres de oficina deben ubicarse de modo que

permitan mantener los pasillos amplios y despejados, para que faciliten la evacuación

rápida en caso de emergencia. Los armarios y estantes altos se deben anclar o asegurar

para evitar desplazamientos o caídas en caso de sismo.

Artículo N° 233.- Los pasadizos, zonas de tránsito y las salidas deben mantenerse en

todo momento libre de obstáculos (cajas, cartones, papeles, equipos, mobiliario, etc.).

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Artículo N° 234.- Los cajones de archivos y escritorios no deben permanecer abiertos, ni

abrirse en forma excesiva para prevenir su caída. Asimismo, se debe evitar abrir más de

un cajón a la vez.

Artículo N° 235.- El llenado de cajones, de armarios y archivadores deben efectuarse de

abajo hacia arriba y el vaciado de arriba hacia abajo. Siempre colocar el contenido más

pesado en los cajones del nivel inferior.

Artículo N° 236.- Verificar siempre que las sillas o sillón donde se va a sentar se

encuentren en buen estado y cuide de mantener en todo momento las patas del referido

mueble apoyadas sobre el piso.

Artículo N° 237.- Guarde los objetos cortantes y punzantes (tijera, cuchillas, navajas, etc.)

en un lugar seguro tan pronto termine de utilizarlos. Nunca los coloque en su bolsillo,

salvo que las puntas se encuentren protegidos.

Artículo N° 238.- Evite almacenar objetos, especialmente los pesados, donde sea difícil

alcanzarlos o donde se puedan caer. Utilice escaleras adecuadas para acceder a objetos

que se encuentren en zonas elevadas, nunca utilice sillas con ruedas o elementos

inestables para tratar de acceder a zonas elevadas.

Artículo N° 239.- Cuando levante o traslade materiales o mobiliario solicite ayuda, más

aun si es pesado o difícil de manipular. El traslado de escritorios, archivadores y similares

debe efectuarse retirando los cajones.

Artículo N° 240.- Evite sobrecargar las instalaciones eléctricas conectando varios

enchufes a un solo tomacorriente. Nunca desconecte los equipos eléctricos tirando del

cordón de alimentación, jale del enchufe.

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Artículo N° 241.- Las cafeteras, calentadores eléctricos o similar sólo podrán utilizarse si

se encuentran ubicados en lugares asignados. Todos los equipos deben quedar

desconectados de las fuentes eléctricas al término de la jornada laboral a excepción de

los Servidores Informáticos.

Artículo N° 242.- El personal debe conocer la ubicación de los extintores y la forma

correcta de utilizarlos. Así mismo deben conocer las zonas de seguridad, las vías de

escape, las salidas y las directivas de actuación en caso de emergencia, para lo cual

deben participar en simulacros de evacuación en forma periódica.

CAPITULO IV: HIGIENE Y CONDICIONES SANITARIAS

Artículo N° 243.- Servicios higiénicos, todos los baños colectivos sean para hombres o

para mujeres contarán con un número adecuado de piezas sanitarias limpias y

desinfectadas, cumpliendo con la legislación sanitaria vigente.

Artículo N° 244.- Cada campamento o edificación deberá contar con suministro de agua

permanente para el servicio sanitario. Cuando ello no fuera posible, se utilizarán otros

dispositivos adecuados recomendados por la autoridad sanitaria.

Artículo N° 245.- Las instalaciones deberán estar provistas de agua para uso del

personal, agua potable en cantidad suficiente.

Artículo N° 246.- Para la preparación de alimentos, incluyendo hielo y bebidas, así como

para la limpieza de vajilla e implementos de cocina, debe utilizarse agua potable o

potabilizada, garantizada para consumo humano, manteniendo las óptimas condiciones

de higiene.

Artículo N° 247.- Las instalaciones estarán dotadas de bebederos con agua potable para

el personal, ubicadas en zonas de fácil acceso y protegidas de la intemperie.

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Artículo N° 248.- Cuando no sea posible obtener agua potable, esta se suministrará de

otras fuentes en cantidades suficiente en recipientes portátiles que reúnan las condiciones

higiénicas para asegurar su potabilidad.

Artículo N° 249.- Los ambientes de cocina y comedores dispondrán necesariamente de

elementos que eviten la presencia de insectos y roedores entre otros animales nocivos o

que sean transmisores de vectores infecciosos.

Artículo N° 250.- Bajo ninguna circunstancia, la red de desagüe sanitaria podrá ser

interconectado con desagües de hidrocarburos, procesos o desechos químicos. Está

prohibido el uso de hidrocarburos con fines de limpieza.

Prácticas de higiene personal/Uso de uniformes

Artículo N° 251.- El uso de ropa de trabajo es obligatorio, la cual será apropiada

considerando las características climáticas de la región y la naturaleza de las

operaciones. Es obligatorio el uso de camisa de mangas largas.

Artículo N° 252.- En las zonas donde sea necesario, el personal será dotado de

repelentes cuando realice sus labores fuera del alojamiento y especialmente durante la

noche. El médico de campamento dictará las pautas particulares con respecto al tiempo y

frecuencia de aplicación de los repelentes, teniendo en cuenta las instrucciones del

fabricante.

CAPITULO V: CONDICIONES ALIMENTICIAS DE PERSONAL/ACTIVIDADES DE

COCINA

Artículo N° 253.- Cuando el personal deba llevar a cabo sus labores, la Concesionaria

brindará las condiciones de higiene para garantizar su salud.

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Artículo N° 254.- Cuando la Concesionaria proporcione alimentos al personal, el médico,

personal asistencial (Administración-RRHH) o el personal de SSTMA, supervisará las

condiciones higiénicas del comedor y cocina, así como los sistemas de conservación de

los víveres, su manipuleo higiénico y su calidad.

Artículo N° 255.- Los alimentos deben ser suministrados oportunamente, tanto en la

cantidad como en la calidad requerida. Para ello, se contará con una reserva suficiente, a

fin de garantizar que el suministro no sea afectado por factores de mal tiempo, falta de

combustibles, fallas en las vías de comunicación y transporte, entre otros factores.

Artículo N° 256.- Los restos provenientes de víveres, comida y en general todo desecho

o desperdicio generado en la instalación, será eliminado en un relleno sanitario de

acuerdo a las normas ambientales vigentes y según procedimientos ambientales de la

Concesionaria y reglamentos internos de la concesionaria de alimentos.

CAPITULO VI: ESTANDARES DE SEGURIDAD EN SERVICIOS GENERALES

Almacenes y bodegas

Artículo Nº 257.- El orden y limpieza es primordial en estas áreas de trabajo. Por lo tanto,

los trabajadores están obligados a practicar estos hábitos constantemente.

Artículo Nº 258.- Use el equipo de protección personal para realizar trabajos de

almacenaje y despacho. El personal tendrá equipos de protección adecuados, según la

necesidad de la actividad que desarrolla.

Artículo Nº 259.- Ubique correctamente los materiales. Respete las medidas preventivas

establecidas para evitar accidentes por caídas, intoxicación, incendios, deslizamientos,

etc.

Artículo Nº 260.- Nunca realice trabajos debajo de cargas suspendidas (tecles, grúas,

montacargas).

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Sostenibilidad.

Artículo Nº 261.- Utilice las escaleras y andamios adecuadamente. Estos deberán estar

en perfecto estado de conservación.

Artículo Nº 262.- Evite el derrame de líquidos inflamables (gasolina, petróleo, bencina,

etc.), éstos pueden causar incendios.

Artículo Nº 263.- En el caso de producirse derrames accidentales de productos químicos

y/o inflamables, proceda de acuerdo al plan de contingencias.

Artículo Nº 264.- La ventilación en bodegas y almacenes debe ser eficiente, para evitar la

concentración de gases tóxicos.

Artículo Nº 265.- Evite apilamientos excesivos en altura. Si no tiene andamios o

anaqueles, la altura de apilamiento no debe superar 1.50 m., o la altura de los hombros de

un hombre promedio en estatura. Use escalera para manipular objetos sobre anaqueles.

Artículo Nº 266.- Cuando apile materiales cilíndricos o de sección circular, tales como:

cilindros, tubos, postes y madera, éstos deben estar asegurados con cuñas en la base

para evitar derrumbes por rodamiento. La altura máxima permitida para apilar estos

materiales, es tres veces la parte más angosta de la base de la pila.

Oficinas en las instalaciones, locales de trabajo y SSGG

Artículo Nº 267.- Todos los locales deberán reunir los requisitos de seguridad

establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones (Norma A.130), Reglamento de

Seguridad y Salud en el trabajo 29783 y su reglamento 005-2012-TR.

Artículo Nº 268.- Condiciones Generales:

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Organizar las superficies de trabajo (escritorios, mesas, módulos de cómputo) para que

pueda disponer de una manera cómoda y segura su equipo y otros elementos de trabajo.

Con relación a los útiles, equipos de trabajo y materiales en general se debe tener en

consideración lo siguiente:

- Colocar los implementos de trabajo que utiliza con mayor frecuencia, al fácil alcance de

las manos.

- No colocar materiales u objetos en la parte superior de armarios, archivadores o

muebles, donde sea difícil alcanzarlos.

- No ubicar cajas, papelería u otro tipo de elementos debajo de escritorios, o mesa de

trabajo, puesto que esta situación limita el acercamiento al plano de trabajo e

incrementa la fatiga.

- Mantener en el escritorio o puesto de trabajo sólo lo indispensable para realizar las

actividades.

Artículo Nº 269.- Seguridad en el uso de Computadoras

Coloque su monitor frente a Usted, sin que su cabeza tenga que dar giros laterales.

La parte superior de los monitores deben estar a la altura de la vista de los usuarios.

a) Evitar reflejos de la luz sobre la pantalla del monitor mediante:

- Disponer la pantalla de forma vertical para que no refleje los puntos de luz o los

fluorescentes del techo.

- Colocar la pantalla en dirección paralela a las ventanas, para evitar el reflejo sobre la

misma y que la luz que entra del exterior incida directamente sobre los ojos.

b) Mantener una postura de sentado, que permita comodidad en el trabajo, mediante:

- Regular la altura de la silla o de la superficie de trabajo, de forma que los antebrazos

queden paralelos al suelo y las muñecas no se doblen.

- Adoptar una posición relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia

atrás.

- Colocar los pies de forma plana sobre el suelo.

- La zona lumbar debe quedar cómodamente apoyada.

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Sostenibilidad.

- La distancia entre el ojo y la pantalla no debe ser menos de 45 cm.

c) Durante el trabajo con Computadoras personales pueden producirse molestias en la

nuca, cabeza, brazos y columna vertebral como resultado de posturas excesivamente

estáticas y a veces, forzadas, para lo cual se recomienda interrumpir el trabajo

brevemente cada cierto tiempo, incluso realizar algunos ejercicios de relajación y

estiramiento.

d) No beba cerca o junto equipos o sistemas eléctricos, los cual incluye computadores.

Artículo Nº 270.- Iluminación

- Los Centros de Trabajo deberán contar con la iluminación adecuada para el desarrollo

de las actividades. Cuando la iluminación natural no es suficiente se proveerá de luz

artificial de acuerdo a las normas con un mínimo de luces de conformidad al ambiente o

actividad que desarrolle.

- En todos los lugares de tránsito de trabajo habrá iluminación de tipo natural, artificial o

mixta apropiada a las actividades que dentro del sistema ejecuta la empresa. De

preferencia se empleará la iluminación natural y se intensificará con iluminación

artificial en las máquinas, escaleras, salidas de urgencia y lugares.

- Utilizar al máximo la luz natural, que ingresa a través de ventanales, los cuales deben

permanecer limpios y libres de obstáculos. Regule el ingreso excesivo de luz mediante

persianas o cortinas.

- En las zonas, áreas o secciones de trabajo que no cuenten con iluminación natural o

ésta sea insuficiente, se empleará iluminación artificial adecuada.

- Las luminarias deberán suministrar una distribución uniforme, llevarán rejillas o

pantallas difusoras para evitar el deslumbramiento.

- Emplear colores claros para las paredes y techos cuando se requieran mayores niveles

de iluminación, estos permiten un ambiente mejor iluminado sin aumentar el número de

lámparas.

- Combinar la luz natural con la luz artificial para mejorar las condiciones de iluminación

en el puesto de trabajo.

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- No utilice materiales o pinturas cuyos acabados causen reflejos o brillos (pared blanca

brillante, metal, plástico o cristal), a fin de prevenir el deslumbramiento molesto.

Artículo Nº 271.- Condiciones ambientales

Las condiciones ambientales en los ambientes de trabajo serán como sigue:

- La temperatura en todas las instalaciones de la empresa se mantendrá durante las

horas de labor a un nivel que no sea perjudicial para la salud de los trabajadores ya sea

por medios naturales o artificiales, debiendo evitarse el estrés térmico.

- En los locales de trabajos cerrados, se mantendrán por medios naturales y/o

artificiales, condiciones atmosféricas adecuadas para evitar el insuficiente suministro de

aire, el aire viciado y las corrientes dañinas.

Artículo Nº 272.- Red de Agua y Desagüe

La red de agua y desagüe deberá cumplir con lo siguiente:

- La empresa garantizará el suministro de agua potable, para ser utilizado tanto en la

limpieza y aseo de sus trabajadores.

- Los desagües domésticos serán dispuestos a la red de la planta de tratamiento de

agua residual, no se realizara vertimiento alguno a los cuerpos de agua naturales

nacientes. Las aguas tratadas y convertidas al Tipo requerido por la autoridad serán

reutilizadas utilizaran para regadío en revegetación.

- La empresa contará o se proveerá del suministro de agua potable con

tanques/cisternas y tanques elevados, los cuales deberán estar debidamente vigilados,

conservados y protegidos contra los peligros de contaminación para prevenir a los

trabajadores de enfermedades infectocontagiosas, debiendo efectuarse periódicamente

los análisis correspondientes. Los tanques, por lo menos deberán limpiarse y

desinfectarse semestralmente.

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Artículo Nº 273.- Limpieza de lugares de trabajo

La limpieza de los lugares de trabajo se hace como sigue:

- Los accesos y ambientes de la empresa deben mantenerse limpios; los desperdicios,

materiales inflamables y combustibles deben depositarse en recipientes y lugares

apropiados y expresamente acondicionados y, se debe evitar las concentraciones de

gases, humo, polvo y humedad.

- La empresa realizará inspecciones periódicas para verificar el orden, limpieza, y

cumplimiento de las disposiciones internas sobre procedimientos específicos

establecidos de las diversas operaciones que se realicen en sus instalaciones.

- El personal de limpieza colocará letreros de advertencia en las zonas en donde se está

realizando las actividades de limpieza, en coordinación con el área de SSTMA.

- Limpieza de mantenimiento de paredes, techos, pisos, lunas de ventanas, etc., se

efectuará periódicamente.

- Está prohibido arrojar residuos (sólidos, Líquidos) al suelo.

- Los residuos generados serán dispuestos en recipientes que cumplen con las normas

de disposición y clasificación de residuos.

- El personal de limpieza realizará su labor utilizando los equipos de protección personal

correspondiente como: guantes, calzado antideslizante, ropa de trabajo, máscara que

serán proporcionados por la Empresa.

Artículo Nº 274.- Servicios Higiénicos

En la dotación de servicios higiénicos se tendrá en cuenta lo siguiente:

- La empresa dotará de servicios higiénicos adecuados y separados para cada sexo.

- Los servicios higiénicos se mantendrán permanentemente limpios y desinfectados.

Módulos de viviendas

Artículo Nº 275.- Todas las habitaciones o viviendas tendrán las instalaciones mínimas

necesarias para ofrecer comodidad a los que la habiten.

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Artículo Nº 276.- Las instalaciones eléctricas tales como: Tomacorrientes, enchufes,

interruptores, extensiones y luminarias deben estar instalados técnicamente seguros de

tal manera que no ofrezcan peligro alguno.

Artículo Nº 277.- Todas las instalaciones eléctricas tendrán línea a tierra y controles

termo magnéticos o diferenciales.

Artículo Nº 278.- No sobrecargue los tomacorrientes, pueden recalentarse, originar

cortocircuitos e incendios.

Artículo Nº 279.- La iluminación exterior de las viviendas tendrá un mantenimiento

periódico.

Artículo Nº 280.- Está prohibido el uso de equipos eléctricos y accesorios hechizas. La

instalación de equipos especiales será instalada únicamente por el personal

especializado previa aprobación técnica.

Artículo Nº 281.-. Para utilizar artefactos eléctricos, nunca use conductores con bornes

libres, instale un enchufe adecuado.

Artículo Nº 282.- Las instalaciones de agua, desagüe y los servicios higiénicos deben

mantenerse en perfectas condiciones de uso.

Artículo Nº 283.- Verificar que las válvulas y boyas que controlan el agua, estén en

perfecto estado de funcionamiento de tal modo que no se desperdicie el agua potable,

caso contrario realizar el reporte correspondiente.

Artículo Nº 284.- Está prohibido ingerir licor en las viviendas considerándose esta FALTA

GRAVE y fomentar escándalos. Recuerde que sus comodidades no pueden incomodar a

los demás. Sus vecinos se merecen el respeto que usted también se lo merece.

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Sostenibilidad.

Artículo Nº 285.- Está prohibido prender fuego a los residuos dentro de los cilindros o

contenedores.

Artículo Nº 286.- Si usted acostumbra fumar, hágalo fuera de los módulos de vivienda u

oficinas. Apague el palito de fósforo que utilizó y ubíquelo en el cenicero. Evite fumar

dentro de estos módulos, puede propiciar un incendio.

Artículo Nº 287.- Si accidentalmente usted propició un amago de incendio, proceda del

siguiente modo:

- Si tiene un extintor cerca, haga uso inmediato de éste y sofoque el amago de incendio.

- A falta de extintor, pida ayuda.

- Si el incendio es de origen eléctrico, preocúpese por ubicar la caja de control eléctrico y

seccione la energía eléctrica, luego extíngalo o pida ayuda.

- Comunique el incidente al área de SSTMA.

- En caso de generarse Incendio, retírese de la zona, comunique inmediatamente al

personal responsable SSTMA y a su líder inmediato.

Servicio de vigilancia

Artículo Nº 288.- El personal que presta servicio de vigilancia deberá cumplir como

mínimo lo siguiente:

- Utilizar el uniforme reglamentario del servicio.

- Contar con la respectiva licencia si es que porta armas de fuego.

Artículo Nº 289.- El personal que presta servicio de vigilancia deberá cumplir con lo

siguiente en relación con los trabajadores y personas visitantes que ingresen a la

empresa:

- Toda persona que ingrese o salga de las instalaciones de la empresa portando

maletas, maletines o paquetes, está obligado a mostrar el contenido del mismo al

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Sostenibilidad.

personal de vigilancia, para verificar que no esté pasando productos peligrosos para la

empresa.

- Todo vehículo de la empresa o de particulares que ingrese o salga de las instalaciones,

será inspeccionado por el personal de vigilancia.

- Está terminantemente prohibido el ingreso de las personas en estado etílico o bajo la

influencia de drogas o sustancias alucinógenas, debiendo ser reportado de inmediato al

área de SSTMA.

- Todo visitante está obligado a identificarse con su DNI, ante el personal de vigilancia, a

su solicitud, antes de ingresar a la empresa.

- Todo trabajador está obligado a mostrar su Identificación - Fotocheck, al personal de

vigilancia antes de ingresar a las instalaciones y portarlo en un lugar visible.

- Los equipos, herramientas, materiales de trabajo personales o de empresa contratista,

deben ser declarados y registrados en la garita al momento de su ingreso, de lo

contrario a la salida serán requisados como propiedad de la empresa y reportándose la

ocurrencia como posible hurto.

TITULO V: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS

CAPÍTULO I: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS

Primeros auxilios

Artículo N° 290.- Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia,

seguiremos estas reglas básicas:

- Evite el nerviosismo y el pánico (mantener la calma).

- Si eres brigadista:

Toma medidas de seguridad.

Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario

para retirarla del peligro.

Haga un examen cuidadoso de la víctima.

Clasifica el evento según códigos de emergencia.

Detén el sangrado usando gasas y vendaje compresivo.

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Sostenibilidad.

Inmoviliza el cuello y la columna usando adecuadamente la camilla rígida y el

collarín.

Inmoviliza las fracturas usando las férulas.

- Si no eres brigadista:

Toma medidas de seguridad.

Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario

para retirarla del peligro.

Haga un examen cuidadoso de la víctima.

Clasifica el evento según códigos de emergencia.

Da tus datos al reportar la emergencia.

Avise o llame al servicio médico más cercano, para la pronta atención del personal

médico especializado.

MEDEVAC

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE

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Tratamientos de las siguientes emergencias:

Artículo N° 291.- SOPORTE EN TRAUMA PREHOSPITALARIO – PHTLS

(traumatismos, shock, quemaduras, ahogamiento)

Consideraciones a tener en cuenta:

Antes de realizar la evaluación PHTLS compruebe que la escena es segura.

Mantenga la calma.

Valore rápidamente la cinemática del escenario: huellas, deformaciones de los

vehículos, objetos involucrados en el escenario. Número de víctimas, lesiones que

amenazan la vida y lesiones que no amenazan la vida.

La BIOSEGURIDAD es lo PRIMERO. Usar siempre lentes transparentes, mascarilla,

guantes; con la finalidad de prevenir enfermedades como VIH-SIDA, HEPATITIS B,

TUBERCULOSIS, entre otras.

Abordar al paciente buscando el cono de visión: Golpee suavemente y háblele en

voz alta “¿Está bien?” “Señor NO SE MUEVA, Soy…………… ¿Usted está

bien?”. Valorar rápidamente el estado de consciencia. Edad aparente, posición del

paciente, lesiones saltantes.

Active el sistema de respuesta a emergencias comunique al área médica.

Artículo N° 292.- SOPORTE VITAL BASICO – BLS (infarto de miocardio, enfermedad

cerebrovascular, arritmias)

Consideraciones a tener en cuenta:

Antes de realizar la evaluación BLS compruebe que la escena es segura. Mantenga la

calma.

A.- COMPRUEBE SI RESPONDE.

Golpee suavemente y háblele en voz alta “¿Está bien?”

Confirme si hay respiración y si es normal, boquea o no respira; observando o

examinando el pecho para detectar movimiento (entre 5 y 10 segundos)

B.- ACTIVE EL SISTEMA DE RESPUESTA A EMERGENCIAS/BUSQUE UN DEA

(Desfibrilador Externo Automático)

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Active el sistema de respuesta a emergencias y consiga un DEA si hay alguno

disponible, o pida a alguien que active el sistema y obtenga el DEA.

C.- CIRCULACIÓN

Compruebe el pulso carotideo durante 5 a 10 segundos.

Si no hay pulso a los 10 segundos, inicie la RCP (30:2) empezando con las

compresiones torácicas.

Comprima el centro del tórax (mitad inferior del esternón) fuerte y rápido

aplicando al menos 100 compresiones por minuto a una profundidad mínima

de 5 cm (2 pulgadas)

Permita una expansión torácica completa después de cada compresión.

Reduzca al mínimo las interrupciones de las compresiones (10 segundos o

menos)

Cambie los reanimadores cada 2 minutos aproximadamente para evitar la

fatiga del reanimador.

Evite una ventilación excesiva.

Si hay pulso, inicie la ventilación de rescate con 1 ventilación cada 5-6 segundos

(10-12 ventilaciones por minuto). Compruebe el pulso aproximadamente cada 2

minutos.

D.- DESFIBRILACIÓN

Si no detecta pulso, compruebe si el ritmo es susceptible de descarga con un

DEA/desfibrilador tan pronto como disponga de uno.

Administre descargas según lo indicado.

Cada descarga debe ir acompañada de inmediato por una RCP, empezando con

compresiones.

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CAPITULO II: REPUESTA EN CASO DE INCENDIOS/AMAGOS DE INCENDIOS

Artículo N° 293.- La empresa contara con un plan de contingencia para el caso de

prevención y control de incendios el cual debe ser difundido a todos los colaboradores y el

cual consta:

Clasificación de los tipos de incendio

Dado que los incendios involucran diferentes tipos de combustibles, y estos a su vez

producen diferentes tipos de incendio, estos están agrupados en cuatro clases:

- Fuegos Clase A: Los incendios clase A involucran madera, papel, plástico, jebe, telas,

etc. Estos son los más comunes. Adicionalmente es necesario saber que el agente

extintor comúnmente usado para este tipo de fuego es el agua, el cual enfría y apaga.

- Fuego Clase B: Los incendios de clase B ocurren con mezclas vapor-aire que se

forman sobre las superficies de los líquidos, tales como grasas, gasolinas, aceites

lubricantes, etc. El medio de extinción de este tipo de fuego tenemos el polvo químico

seco, espuma, anhídrido carbónico y agua pulverizada.

- Fuego Clase C: Los incendios de clase C comienzan por una falla eléctrica en algún

cable o equipo. Una vez que la corriente es cortada el fuego pasa a ser clase A, B o D,

los cuales pueden ser apagado con normalidad y cuando no es posible cortar la

corriente, deben utilizarse agentes extintores no conductores de corriente, tales como

polvo químico seco, anhídrido carbónico y líquidos vaporizados, el agua nunca debe

utilizarse contra fuegos eléctricos, por el peligro de electrocución.

- Fuego Clase D: Nunca pensamos en los metales como inflamables, pero algunos

metales lo son, como el potasio, magnesio, sodio, titanio, zirconio son los metales

involucrados en incendios metálicos. Este tipo de incendio son extinguidos con polvos

seco, pero no hay un solo polvo seco que sea efectivo contra todos los metales.

- Fuego Clase K: Los incendios de clase K están relacionados a las grasas de las

cocinas, los cuales pueden ser combatidos con extintores que contiene agentes a base

de Bicarbonato de Sodio o Bicarbonato de Potasio, Agente químico húmedo a base de

acetato de potasio, base de carbonato de potasio o base de citrato potásico.

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Ubicación de extintores

- Todos los extintores deben ser ubicados en lugares de fácil acceso y estar

debidamente señalizados.

- Si el extintor está a la intemperie, debe protegerse en lo posible por medio de un techo

que lo proteja la inclemencia del tiempo.

- Los extintores deben estar ubicados en cantidad y tipo de fuego de acuerdo al riesgo

existente en la zona de trabajo.

Control de incendios

- Determine cada pieza de equipo considerado inflamable o explosivo, que pueda ser

usado en las instalaciones.

- Obtener del proveedor las hojas de seguridad de cada producto a utilizarse, incluyendo

su clasificación, daño que podría producir y medidas de primeros auxilios a ser

adoptados ante una emergencia. Esta información debe estar disponible en todo

momento en la zona donde se extrae y manejo esto tipos de productos e instruir a todo

el personal involucrado y publicar en un lugar visible y de fácil acceso.

- Todo trabajo realizado con llama abierta se efectuara mediante una previa coordinación

con las diferentes frentes de trabajo, a fin de no interferir, y detectar presencia de

productos inflamables. En zonas donde se utilicen productos inflamables, se mantendrá

un radio de 25 m, para la iniciación de trabajos con llamas abiertas.

- Se dispondrá de equipos extintores contra incendio en todos los frentes de trabajo en

que exista riesgo de incendio y explosión, considerando las características del producto

para definir el equipo de extinción adecuado de utilizar.

- Las oficinas también dispondrán de equipos extintores. La cantidad de extintores

requerida se definirá de acuerdo a las dimensiones del área y al riesgo existente.

- La ubicación de los extintores debe estar ubicados en un lugar despejado, de fácil

acceso y alejados de circuitos eléctricos.

- El personal que atienda un conato de incendio debe estar debidamente entrenado en el

uso de estos equipos contra incendio.

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- Los miembros integrantes de las brigadas contra incendio deben recibir entrenamientos

y capacitaciones periódicas en control de incendios, así mismo participar activamente

en los simulacros.

Pasos básicos para atacar un incendio

- Localice el incendio y active la alarma. Dar la voz de alarma mediante el medio más

rápido disponible (radio de comunicación, teléfono, o persona próximo al área) e

informe a su responsable. La primera acción a tomar debe ser el corte de la energía

eléctrica.

- Intente controlar el incendio. Haga uso de extintor disponible que se encuentre en el

área (solo si puede hacerlo sin exponerse al incendio).

- Apague el incendio.

Después de localizar el amago, la persona que detecte debe tener en consideración

- Localización exacta del fuego.

- Qué se está quemando.

- La extensión del fuego.

- Qué materiales combustibles se encuentran en los alrededores, cercanos a la

emergencia.

- El mejor método de extinción del fuego (hacer uso de los extintores contra incendio, de

acuerdo al tipo de fuego).

Adicionalmente tener las siguientes recomendaciones

- Realizar una evacuación general del área.

- Tareas de reacondicionamiento: despeje, remoción de materiales y retiro de equipos,

limpieza del área afectada y reanudación de actividades.

- Si es necesario aplicar los primeros auxilios si está capacitado para ello hasta que el

servicio médico.

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Inspección de extintores

- Todos los extintores deben ser inspeccionados con regularidad para asegurar que

estén totalmente cargados y que estén operativos cuando se le requiera. Las siguientes

recomendaciones indicaran el procedimiento para una rápida inspección visual y

mensual.

- Asegúrese que el extintor este en el lugar designado, debidamente sellado con su

precinto de seguridad y con el acceso libre para su uso inmediato.

- Remueva cualquier obstrucción que bloque el equipo e impida su acceder.

- Levante el extintor a revisar su peso, agítelo a fin de evitar que se pegue en la base del

mismo y verificar el estado de los elementos externos (manguera, manómetro,

boquillas, etc.) e informe cualquier anomalía.

- Revise la legibilidad de la placa con las obstrucciones de cómo operar el equipo y la

placa de fecha de vencimiento e inspección mensual.

CAPITULO III: RESPUESTA EN CASO DE DERRAMES

Artículo N° 294.- Cuando ocurre un derrame por equipos, maquinas o durante la

manipulación en almacenes durante la ejecución de los actividades de H2OLMOS,

personal entrenado o la organización establecida en el Plan de Contingencias debe

adoptar las siguientes acciones:

- Una vez detectado el derrame, proceder inmediatamente a cubrir la mancha con

material absorbente disponible en la obra.

- Dependiendo de la magnitud del derrame, activar la alarma y aplicar las medidas de

prevención necesarias para contener el derrame.

- Tomar acciones de control y eliminación de la fuente de fuga de combustible.

- Dependiendo de la magnitud y la naturaleza del derrame, se debe proceder preparar

barreras de contención, zanjas o desvíos.

- Proceder a retirar el suelo contaminado empleando equipos de excavación manual

(picos, palas u otros medios) y excavación mecanizada (excavadora, cargadores

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frontales, etc.) y almacenarlos en áreas que prevengan futuras contaminaciones (áreas

impermeabilizadas con el uso de bandejas de geomembranas o metálicas).

- Rellenar la excavación con material semejante retirado.

- Si el combustible o sus derivados compromete alguna parte del cuerpo de una persona,

proceder a despojarse de la ropa contaminada y lavarse la piel afectada.

CAPITULO IV: RESPUESTA EN CASO DE DESASTRES NATURALES

Artículo N° 295.- Considerando que esta es una emergencia no operativa, todos nuestros

colaboradores debe estar capacitado para afrontarlo. A continuación se detalla el

procedimiento que se debe seguir en estos casos.

Acciones a tomar en caso de un sismo

El personal administrativo y de operaciones debe estar perfectamente familiarizado con

las reglas de seguridad y evacuación, además los puntos de evacuación deben estar

establecidos en un plan y difundido durante las charlas de orientación de entrenamiento

que se darán a todos los colaboradores de la organización, sí como las contratistas y

subcontratistas.

A continuación se describe algunas medidas a tomar:

- Se designará una persona responsable para la evacuación (integrantes de la brigada

de emergencia).

- Asegúrese que las áreas de evacuación estén en lugares seguros y libres de

obstáculos.

- Efectuar simulacros periódicos durante las actividades normales de operación.

- Delimitar áreas de evacuación (señalización de los puntos de encuentro en caso de

emergencia).

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Si se encuentra en el interior de un edificio/oficinas

- No corra hacia las salidas (la mayoría de la gente se accidenta debido a objetos

cayendo durante el temblor).

- Agáchese bajo una mesa o escritorio resistente, protegiendo su cabeza con las manos,

también puede situarse en posición de seguridad bajo el marco de una puerta

agarrándose bien a esta.

- Apártese de las ventanas u otros objetos que puedan romperse, caerse o quebrarse.

- Recuerde que las alarmas y extintores para detección de humos se desactivarán.

Durante el sismo

- Mantenga la calma y evite el pánico.

- En las oficinas, dirigirse a las áreas seguras previamente designadas.

- Recuerde que un sismo genera ruido, polvo y que puede causar caídas de objetos.

- En las zonas de trabajo detener los equipos, maquinarias y herramientas.

- Prepararse para evacuar.

Luego del sismo

- Examinar inmediatamente su área y determine emergencias secundarias, tales como:

incendios, derrames, explosiones, etc.

- Si hubiese heridos u otras emergencias que requieran la presencia de brigadas de

emergencia, informe de la situación según lo descrito anteriormente.

- El personal de mantenimiento e ingeniería deben inspeccionar las áreas en busca de

fallas y roturas que pudieran implicar un peligro para el personal.

- Los responsables de los frentes de trabajo serán los responsables de dirigir una

inspección rigurosa de toda el área una vez terminada el sismo, a fin de detectar fugas,

derrames, roturas, deslizamientos de materiales, etc.

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TITULO VI: SANCIONES

CAPÍTULO I: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE

SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE

Artículo N° 296.- Tanto los trabajadores de H2Olmos como las contratistas y/o

subcontratistas en las instalaciones, están obligados a la difusión, control y asesoramiento

para el buen cumplimiento del presente Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el

Trabajo y Medio Ambiente, el mismo que debe ser conocido por todos los colaboradores,

pues el desconocimiento de su contenido no será atenuante ni los eximirá de las

sanciones a las que se hagan merecedores.

Artículo N° 297.- Las sanciones a ser aplicables en caso de incumplimiento de las

disposiciones aquí contenidas serán impuestas por la Concesionaria al colaborador que

hubiera cometido la infracción.

Artículo N° 298.- Con el objeto de disuadir a los colaboradores de infringir las normas de

seguridad establecidas en el presente reglamento interno y en las disposiciones laborales

vigentes en el país se establecen las siguientes medidas disciplinarias: amonestación

verbal, amonestación escrita, suspensión y despido. Dichas medidas se aplicarán de

manera gradual, teniendo en cuenta los principios de razonabilidad y proporcionalidad que

debe observar la Concesionaria. El detalle de las infracciones y sus sanciones se

muestran en el Reglamento Interno de Trabajo de H2Olmos.

Artículo N° 299.- H2Olmos promueve entre todos sus colaboradores (incluyendo

contratistas y/o subcontratistas) que enmienden su conducta laboral en general, y en

particular su actitud hacia la seguridad, la cual es una condición y requisito de

empleabilidad. Para lograr este fin se aplicaran las medidas disciplinarias correctivas

pertinentes, con el objetivo de preservar su integridad física y salud, y la de los demás

integrantes de la organización.

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Artículo N° 300.- Serán amonestados por escrito los colaboradores que por primera vez

incurran en alguna de las siguientes faltas:

- Incurrir en un acto sub-estándar de bajo potencial de riesgo.

- Originar una condición sub-estándar de bajo potencial de riesgo.

- No emplear algún tipo de protección individual de uso obligatorio en un área de trabajo.

- No seguir alguna directiva o procedimiento de trabajo contenido en el presente

reglamento, cuyo incumplimiento implique exposición a un riesgo leve.

- Incurrir en faltas de carácter leve no previstas en el presente artículo, debidamente

comprobados.

Artículo N° 301.- Serán suspendidos los colaboradores que incurran en las siguientes

faltas:

- Reincidencias en cualquiera de las faltas indicadas en el presente reglamento.

- Tener diversas amonestaciones por faltas distintas.

- Incurrir por primera vez en un acto sub-estándar de alto potencial de riesgo.

- Originar por primera vez una condición sub-estándar de alto potencial de riesgo.

- No emplear algún equipo de protección individual de uso obligatorio en un área de

trabajo, en un momento donde exista exposición directa al riesgo del cual dicho equipo

protege.

- No seguir alguna directiva o procedimiento de trabajo seguro contenido el presente

reglamento, cuyo incumplimiento implique exposición a alto riesgo.

- Incurrir en faltas de la misma gravedad que impliquen exponerse a riesgos potenciales

altos, no previstas en el presente artículo.

Artículo N° 302.- Serán sancionados los colaboradores que incurran en las siguientes

faltas/TOLERANCIA CERO:

- Incurrir por segunda vez en un acto inseguro de alto potencial de riesgo, el cual origine

un accidente con lesión o perdida de materiales.

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Sostenibilidad.

- No emplear por segunda vez algún equipo de protección individual de uso obligatorio

en un área de trabajo, en un momento donde exista exposición directa al riesgo a del

cual dicho equipo protege, consecuencia de lo cual se produzca un accidente con

lesión.

- No seguir por segunda vez alguna directiva o procedimiento de trabajo seguro

contenido en el presente reglamento, cuyo incumplimiento implique exposición al riesgo

alto y origine un accidente con lesión o con pérdida de materiales.

- Retirar un bloqueo de seguridad, operar una maquinaria motriz sin autorización,

ingresar a una área restringida con señalización de advertencia, y otras faltas que

impliquen premeditación y conocimiento pleno de la infracción que se comete, y que

originen un accidente con lesión o pérdida de materiales.

- En caso resulte evidente que el trabajador ha llegado a su frente de trabajo o a las

instalaciones de H2Olmos con síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas u otras

drogas: se procederá a aplicar las medidas disciplinarias correspondientes en

coherencia con la Política establecida por la Empresa.

Artículo N° 303.- La calificación del potencial de riesgos de los actos y condiciones sub-

estándares, así como el grado y tipo de exposición a riesgos, se efectuará de acuerdo con

los principios de razonabilidad y proporcionalidad que debe observar en la Concesionaria

al aplicar una medida disciplinaria. En caso de desacuerdo planteado por el trabajador

respecto a esta calificación o a la sanción propiamente dicha, intervendrá directamente el

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la organización.

Disposiciones complementarias

Artículo N° 304.- El presente reglamento tendrá una vigencia de un año a partir de su

aprobación, y será actualizado permanentemente por lo menos una vez al año.

Artículo N° 305.- Los procedimientos de trabajo que se hace mención en el presente

Reglamento Interno de SSTMA, se encuentran disponibles en medio electrónico en la red

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de la organización, así como una copia digitalizada en los diferentes frentes de trabajo

(oficinas o campamentos).

Artículo N° 306.- Los riesgos más frecuentes existentes identificados en las diferentes

actividades de la Concesionaria; así como sus consecuencias y las medidas de control

(preventivas) respecto a cada una de ellos, se encontraran en la red de la organización y

una copia digitalizada en las diferentes sedes operativas. A los responsables de las

diferentes sedes operativas les compete asumir responsabilidades orientadas a la

protección de sus colaboradores.

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REGISTRO DE RECEPCION Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO

DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD, SALUD EN TRABAJO Y MEDIO

AMBIENTE

Yo, ________________________________________________________, con DNI

_______________, con cargo de _______________________________, de la Empresa

________________________; dejo constancia de haber recibido una copia impresa del

Reglamento Interno de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente de H2Olmos, el

cual me comprometo a leer y cumplir durante el desempeño de mis labores y actividades.

Este registro será entregado al Área de SSTMA para adjuntarse en mis documentos

personales.

Fecha: _________________________

Firma: _________________________

HUELLA

DIGITAL