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KILOWATITOS Carrera Profesional de Ing. Eléctrica

Revista Razón y Derecho

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Page 1: Revista Razón y Derecho

KILOWATITOS

Carrera Profesional de Ing. Eléctrica

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INTEGRANTES DEL GRUPO DE PROYECCIÓN SOCIAL

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Aliaga Tapia, MiguelBreña Fernández, Otto

Castro Flores, GiovannaGuillen Knutzen, Lisbeth

Marcas Huaira, WilberRamos Laime José

Rojas Ore, Cesar AugustoRojas Ramos, Paola

Rojas Rojas, GiancarloRomero Coriñaupa, Luis

Ruiz Taipe, MagaliTaipe Salomé, ÍtaloVenturo León, Sulio

Villalva Quispe, Simeón

AUTORES

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DIRECTORIO

PRESIDENTEFernando Barrios Ipenza

VICEPRESIDENTEJosé Barrios Ipenza

AUTORIDADES UNIVERSITARIAS

RECTOREsaú Caro Meza

GERENTE GENERAL Teresa Godoy Castilla

DECANOS

Ricardo Salcedo Zárate Decano de la Facultad de Ingeniería

William Rodríguez GiráldezDecano de la Facultad de Ciencias para la

Empresa

Rigoberto Zúñiga MeraDecano de la Facultad de Ciencias de la

Salud

Armando Prieto HormazaDecano de la Facultad de Derecho

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VISIÓN Ser una universidad modelo, reconocida por generar impactos positivos en el campo social y medioambiental, orientado a los grupos de interés en el tiempo.

MISIÓN Desarrollar acciones de respon-sabilidad social universitaria orientada a los grupos de interés al interior y exterior de la univer-sidad para contribuir significati-vamente con el desarrollo soste-nible de nuestra región.

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Siempre he escuchado decir que los juici-os más sencillos son los de alimentos y que por tanto son de menor importancia y son con estos casos que los alumnos o bachilleres pueden iniciarse en la prácti-ca de abogado. Nada más equívoco. Los anaqueles de los juzgados están atibor-rados de estos expedientes y ocupan un segundo lugar, luego de los de dar sumas de dinero.En primer lugar, se trata de una pretensión directamente relacionada con la existen-cia, la subsistencia y la vida misma del ben-eficiario de alimentos. Nada más sagrado como interés para merecer el mayor de los cuidados en su interposición y por ende en la respuesta misma del Órgano jurisdic-cional, anteponiendo principios a más de

LOS PROCESOS DE ALIMENTOS Y SU FUNDAMENTO AXIOLOGICO POR EL DR. HUGO VILLAR ÑAÑEZ

preferencia, celeridad procesal, el del tan mentado interés superior del niño.En segundo lugar, cada proceso tiene sus peculiaridades, pues es necesario - si en verdad lo que se pretende e invoca ante un juzgado contiene la real dimen-sión de salvaguardar un interés tan sa-grado como es la subsistencia misma- o se trata de un mecanismo o forma para que las partes involucradas, utilicen ese medio como mecanismos de vendettas, rencores, despechos, pues se halla en el trasfondo una forma de doler, de afectar la reputación de la persona, otro valor sa-grado, que es la honorabilidad del sujeto, entonces son intereses subalternos que se cobijan en un instituto de por si concomi-tante para la restitución de la paz social.

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Revista Informativa - Actividad 1

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En segundo lugar, cada proceso tiene sus peculiaridades, pues es necesario - si en verdad lo que se pretende e invoca ante un juzgado contiene la real dimen-sión de salvaguardar un interés tan sa-grado como es la subsistencia misma- o se trata de un mecanismo o forma para que las partes involucradas, utilicen ese medio como mecanismos de vendettas, rencores, despechos, pues se halla en el trasfondo una forma de doler, de afectar la reputación de la persona, otro valor sa-grado, que es la honorabilidad del sujeto, entonces son intereses subalternos que se cobijan en un instituto de por si concomi-tante para la restitución de la paz social. En tercer lugar, se trata de cautelar un debido proceso, en concordancia con el primer punto planteado, y en su trami-tación se presentan una serie de circun-stancias, en relación a su naturaleza, a su liev motiv,. Es decir, no hay dos personas iguales, por ende no hay dos casos iguales o dos proceso iguales. Cada particulari-dad que presentan los sujetos en cuestión difieren ostensiblemente. Se ha de ten-er en cuenta la capacidad económica de cada obligado y las necesidades de cada beneficiarioEn cuarto lugar y que debe ser en verdad el prolegómeno de un proceso, está el analizar la consecuencias de este proce-so, pues en muchos casos estos procesos deponen, subsumen un interés mucho más sagrado que la fría y mecánica acti-tud del obligado de prestar los alimentos a otro de mayor importancia o jerarquía, que es la relación generalmente pater-no filial que no debe afectarse, He visto en mi práctica profesional de más de 25 años, que estos procesos, si bien es cier-to, logran una suma de dinero a favor del beneficiario de los alimentos, sin embargo abren una brecha muchas veces insalva-

ble en esa relación paterno filial y su costo es elevadísimo, pues trae consigo resen-timientos entre las partes que a la larga se concreta en hijos que se pierden en los laberintos de la distorsión del concepto de hogar, de relación conyugal , de fi-delidad y del concepto mismo de vida. Antes de iniciar un proceso de alimentos hay que ensayar que se cumpla esta obli-gación, pero en un clima de racionalidad, en armonía y sin interponer la demanda porque sí, sino agotar previamente la vía del dialogo, de la conciliación y en este aspecto el abogado juega un rol impor-tante. No se trata de un abogado que es exitoso porque logró una sentencia fa-vorable (estos procesos se tramitan casi de oficio, presentada la demanda) sino de un rol preponderante, que acerca a las partes, racionaliza el caso y hace en-tender al obligado que ineludiblemente debe prestar alimentos a lo que represen-ta la prolongación de su existencia, que son los hijos y que es deber de los padres el consagrase íntegramente a los ellos, mientras dependan de los padres. Muchas veces una demanda presenta-da con ligereza, sin mayor análisis, resulta siendo más dañino que la enfermedad. El grupo de proyección social Razón y Derecho, ha internalizado estos aspectos y con toda seguridad actuará en su vida profesional teniendo en cuenta estos as-pectos, desechando machismo o femi-nismos, vendettas y otros fines subalternos al verdadero sentido de un proceso de alimentos y que es muy distinto a un juicio de alimentos, y no servirán de instrumento de personas sino de causas y de causas justas. Mil parabienes para sus integrantes y sé que brindarán un apoyo ejemplar en el desarrollo de nuestra profesión y de la so-ciedad misma, a la que nos debemos.

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RESUMEN

Los integrantes del grupo de proyección social razón y derecho, de la facultad de

Derecho de la universidad continental, desarrolló el trabajo en el distrito judicial de

Junín (distritos con mayor necesidad respecto al conocimiento de los derechos a

Conseguir una pensión digna de alimentos por parte de los padres biológicos de sus

Hijos), donde se asesoró a más de 600 personas la obligación alimentaria deriva de

La propia naturaleza del hombre, quien tiene un derecho absoluto a la existencia y a

su desarrollo derivado de un derecho natural que perdura mientras el individuo no

Esté en grado de valerse por sí mismo. Quien da vida a otro contrae la obligación de

Conservársela; esta obligación proviene de la necesidad de sustento y no de la patria

Potestad. Porque, muchos aun careciendo de ella mantienen la obligación de dar

Alimentos. Además, el derecho a recibir alimentos es irrenunciable e imprescriptible.

Por esta razón, el grupo de proyección social razón y derecho eligió este tema tan

Álgido en el perú y decidió aportar con charlas informativas y educativas que dieron

Como resultado madres que avizoraron una luz de esperanza para mejorar la calidad

De vida de sus hijos.

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INDICE02

ACTIVIDAD

01ACTIVIDAD

DIAGNÓSTICO SITUACIONALASESORÍA LEGAL EN HUAYUCACHILOGROS

IMPORTANTECONCLUSIONESRECOMENDACIONES

CHARLASINFORMATICAS

En esta oportunidad, los alumnos del grupo de proyecciónsocial “Razón y Derecho” de la Universidad Continental,realizaron dos charlas informativas.

RESULTADOS

El día 30 de setiembre del presente año, el grupo realizó la charla educativa en la localidad de huancán.

LA FUERZA DE LA PERSUASIÓNEL MOMENTO DE LA VERDAD

03ACTIVIDAD

04ACTIVIDAD

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AsesoríaRevista Informativa -

Logros:

Actividad 1

1DIAGNÓSTICO SITUACIONAL:

Se realizó una encuesta a 200 madres solteras y/o divorciadas que no percibían una pensión de alimentos para sus hijos, también fueron encuestados los familiares que se hacen responsables de los meno-res abandonados por sus padres:

ASESORÍA LEGAL EN HUAYUCACHI:

Luego de analizar los resultados de las encuestas, el grupo de proyección social “Razón y Derecho” planteó realizar aseso-rías a las madres de los distritos más vul-nerables de Junín (4 distritos en total).En la primera actividad, ejecutada el día 23 de setiembre del 2013, en el distri-to de Huayucachi, orientamos a más de 40 madres, y familiares responsables de menores abandonados, sobre cómo ini-ciar una demanda de alimentos, los pasos para iniciar este proceso judicial son:

Presentar, al Juzgado de Paz Letrado, el DNI de la madre y del niño, la partida de nacimiento; así como también los docu-mentos que sustenten los gastos mensu-ales aproximados del menor, para poder calcular la pensión a exigir No necesitan la firma de un abogado para iniciar la demanda.

Los resultados de esta encuesta fueron:

De las 200 madres, el 40% no conocía sus derechos sobre la pensión de alimentos.El 30% conocía sus derechos, pero nunca se animaron a llevar un proceso judicial en contra de los padres de sus hijos, por ser muy costoso y además por el tiempo que demora el proceso.

El 30 % no inicia la demanda por temor a las represalias de los padres de sus hijos.

Al finalizar la asesoría logramos recabar casos prácticos por parte de las mujeres y apoderados de menores en abando-no que desean que llevemos sus casos gratuitamente.

De las 40 participantes, 4 decidieron abrir una demanda de alimentos con asesoría del grupo, las cuales a la fecha ya están formalizadas ante el poder ju-dicial.

Alumnos de la proyección social de la carrera de derecho.

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AsesoríaRevista Informativa - Actividad 2

2LA FUERZA DE LA PERSUASIÓN:

Despertando interés en favor de los derechos del menor.

Los integrantes del grupo de proyección Razón y Derecho, previo al inicio de la ac-tividad de orientación jurídica, distribuy-eron volantes a las mujeres de todas la edades, principalmente madres de famil-ia del distrito de Sapallanga.

Esta estrategia dio buenos resultados, uno a uno las comerciantes se pasaban la voz, nos comentaban algunos casos propios o de sus familiares, incluso de sus vecinos, que por razones de falta de información mantenían a sus hijos en una situación de mucha necesidad sin exigir al padre el apoyo correspondiente.

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Los integrantes del grupo de proyección social de la carrera de derecho.

Resultados:

Se logró atender 40 casos de madres solteras de escasos recursos económicos quienes desconocían sus derechos.

La asesoría ha sido muy efectiva porque el objetivo era concientizar a la población.

Los integrantes de la proyección social realizando estrategias para lograr un resultado positivo.

EL MOMENTO DE LA VERDAD:Madres asumiendo decisiones importantes en protección de sus hijos.

Las interesadas en conocer el pro-ceso de alimentos han tenido la oportunidad de dilucidar dudas y despejar sus temores frente a una reacción de sus exparejas, que evi-dentemente provocaría el inicio de la demanda.

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Las madres en situación absoluta de abandono podrían ampararse en la Ley 27584, que indica que no solo pod-rían pedir que el menor sea reconoci-do, sino también exigir una pensión de alimentos para el menor.

Al respecto de madres que ya habían iniciado una demanda y por temor no lo continuaban el proceso, despejaron sus dudas respecto a que las utilidades mineras son afectables por alimentos.

Además todas ellas entendieron de manera muy didáctica que las pen-siones de alimentos para menores de edad no prescriben.

AsesoríaRevista Informativa -

Resultados:

Actividad 3

3Arribamos al lugar luego de 20 minutos de viaje y nos encontramos con ciudadanos que nos recibieron con agrado y ávidos de curiosidad y entusiasmo por conocer a fondo y despejar sus dudas respecto al proceso de alimentos, al respecto se logró atender a 40 madres , de las cuales el 60% consultaba acerca del tema pero no de manera personal sino más bien respecto a la situación vivida por sus hijas, o familiares cercanos, ya que eran estos familiares los que las apoyaban en el cuidado y ma-nutención de sus hijos, el 20 % ya había iniciado un demanda por alimentos, pero no realizaron ningún seguimiento por amenazas de sus exparejas que general-mente trabajaban en empresas mineras y civiles, y el otro 20 % eran madres en abso-luto abandono.

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EL DÍA 30 DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, EL GRUPO REALIZÓ LA CHARLA EDUCATIVA EN LA LOCALIDAD DE HUANCÁN.

Alumnos del grupo de proyección social realizando una charla.

Alumnos del grupo de proyección social de la carrera de derecho.

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AsesoríaRevista Informativa - Actividad 4

4LES INFORMAMOS QUE, PESE A VIVIR LEJOS DE SUS HIJOS, LOS PADRES TIENEN LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:

El sábado 28 de setiembre del 2013, se llevó a cabo la cuarta actividad de asesoría del grupo de proyección social “Razón y Derecho”, el tema a difundir es sobre los derechos y ob-ligaciones de los padres en el Pro-ceso de Alimentos, esta actividad se llevó a cabo en el mercado central del distrito de Chilca.

Pasar manutención a sus hijos hasta que cumplan la mayoría de edad (18 años).Sin embargo, si el hijo, pese a ser mayor de edad, decide seguir es-tudios universitarios, el padre tiene el deber de seguir pasándole una pensión de alimentos hasta los 28 años, obviamente que esta carac-terística está supeditada a una eval-uación de las condiciones del padre y el rendimiento del hijo académica-mente.La pensión de alimentos para los hijos, puede ser hasta el 60% del sueldo del padre, siempre y cuan-do éste cuente con una mensuali-dad estándar o fija, caso contrario se atribuirá la pensión en base a las necesidades del menor alimen-tista así como a las posibilidades económicas del quien los brinda (padres).

En caso de no contar con la presen-cia del padre biológico, se puede iniciar un proceso a los abuelos pa-ternos, así como también a los tíos del alimentista.

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Integrantes del grupo de proyecci[on social realizando capacitaci[on y encuenstas a la población.

Resultados: Logramos captar más de 30 madres, la mayoría de ellas de bajos recursos económicos.

Se consiguió concientizar sobre acciones legales respecto los pro-cesos de alimentos, así como los derechos de los menores alimen-tistas que no cuentan en la ac-tualidad con el apoyo necesario por parte de su padre.

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CHARLASINFORMATIVAS

En esta oportunidad, los alumnos del grupo de proyección social “razón y derecho” de la univer-sidad continental, realizaron dos charlas informativas.

El primero se llevó a cabo el día 17 de Oc-tubre del año 2013, en el auditorio de la municipalidad de Sapallanga, con una concurrencia de 120 madres solteras; el segundo evento tuvo lugar en el audito-rio de la Iglesia Santísima Cruz de Chilca, el día 03 de Octubre, contando con una participación de 80 madres solteras de bajos recursos económicos.Para esta charla se contó con la par-ticipación de la Juez de Paz Letrado de Chilca Dra. Gabriela Carhuamaca Quispe, quien explicó a la población sobre el vínculo jurídico familiar: “es la relación que existe entre dos personas derivadas de la unión matrimonial o ex-tramatrimonial, de filiación o parentesco, en virtud de que interdependiente-mente y habitual la prestación es un de-ber y obligación para con los hijos. Lo cual reside en la constitución de los vín-

culos jurídicos familiares reglados im-perativamente por la ley”.Asimismo, el ponente diferenció dos temas de importancia. El primero: se-ñala que el derecho a pedir alimen-tos es intransmisible, irrenunciable, intransingible, incompensable y solo se extingue por la muerte del alimen-tante o del alimentista; el segundo: la pensión alimenticia es inembargable, determinable, variable, circunstancial y se extingue por prescripción. Finalizando la charla informativa, los asistentes mostraron gran interés en el tema, y se dio la oportunidad a los ciu-dadanos a formular sus preguntas y dudas, ante el ponente, por lo que fue resuelto exitosamente.

RESULTADOS:

Logramos captar más de 80 asistentes, la mayoría de ellas de ba-jos recursos económicos.

Se consiguió concientizar las ac-ciones legales a tomar en consid-eración respecto los procesos de ali-mentos, así como los derechos de los menores alimentistas que no cuen-tan en la actualidad con el apoyo necesario por parte de su padre.

Revista Informativa - Charlas

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2.

Durante el desarrollo de las aseso-rías sobre pensión de alimentos, que duró dos meses, se observó que en su mayoría, las mujeres desconocen los derechos de sus hijos y las obligaciones de los padres. No obstante, luego de las charlas, se mostraron interesadas en abrir procesos judiciales.

Conversando con las madres, iden-tificamos que no conocen las insti-tuciones que se encargan de orien-tar sobre los procesos de demanda por alimentos. Esto evidencia que el Poder Judicial, las municipalida-des y la Defensoría del Pueblo no realizan trabajos de inclusión, ni ferias informativas para ayudar a las poblaciones más vulnerables.

CONCLUSIONES

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1.

2.

Se recomienda continuar incentivando las charlas sobre asesoría legal respecto a los derechos de alimentos a favor de menores de edad.

También es sugerencia que existan nuevos grupos de pro-yección social que puedan abordar problemas sociales similares como la violencia familiar, tenencia, patria potestad, y otros derechos relaciones con la familia, y su desarrollo de la misma en la sociedad.

RECOMENDACIONES

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