Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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    H. Cmara de Diputados

    LXII Legislatura

    Grupo Parlamentario delPartido Revolucionario

    Institucional

    ELEMENTOS PARA EL DEBATE PARLAMENTARIO

    Resumen de reformas aprobadas

    Primer periodo ordinario del primer ao legislativo

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    INTRODUCCIN

    En los ltimos aos, la transformacin poltica de Mxico ha sido impulsada desde el Poder

    Legislativo. Las Cmaras del Congreso, han refrendado su importancia en la vida de la

    Repblica, dando paso a una cada vez ms genuina representacin nacional, tal y como lo

    atestigua el debate y las resoluciones que aqu se han gestado.

    Vivimos un momento, en donde el rgimen poltico se enfrenta a una nueva dinmica, que

    anuncia procesos de reformas o adecuaciones no slo al andamiaje legal, sino al

    institucional y por ende a las prcticas y a la forma de gobierno.

    En este escenario, no cabe duda que la Cmara de Diputados se perfila con un peso

    decisivo, en donde esta legislatura juega un papel fundamental para dar el impulso

    necesario a un renovado proyecto de Nacin, de lo cual, da cuenta puntual este primer

    periodo de sesiones que acaba de concluir.

    Periodo en donde los acontecimientos jurdico-polticos y decisiones han tenido una alta

    significacin, particularmente en lo que compete a esta Cmara como funciones exclusivas

    vinculadas al ejercicio gubernamental a travs del presupuesto y del control en la ejecucin

    del mismo, y desde luego, de otras responsabilidades no menos importante que comparte

    con la Colegisladora.

    En el ltimo trimestre de este ao esta Cmara jug un papel clave en la vida poltica de la

    nacin, contribuyendo con ello a sentar las bases de la gobernabilidad democrtica.

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    Es menester sealar que durante este Periodo de Sesiones, la cmara conoci y resolvi

    propuestas de la ms alta envergadura, bajo tres ejes fundamentales, a saber:

    DESARROLLO E IMPULSO AL CRECIMIENTO Reforma laboral. Paquete econmico 2013. Ley de Contabilidad Gubernamental. Tarifas justas en telefona celular. Regulacin de las casas de empeo. Elevar la competitividad. Transparencia en la asignacin de la cuota energtica. Reformas a la regulacin aeroportuaria. Reforma educativa. Aplicacin del fondo de compensacin ambiental. Modernizar el marco regulatorio de las Sociedades Cooperativas. Reformas para impulsar el sector social de la economa.

    CONSOLIDACIN DEL ESTADO DE DERECHO Evaluacin y control de confianza del personal de seguridad pblica. Contra la tortura. Justicia para Adolescentes Facultad de iniciativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Sanciones ms severas contra la adulteracin de bebidas alcohlicas.

    CONSOLIDACIN INSTITUCIONAL Reformas a la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal. Reglamentar la iniciativa preferente. Reforma de la Armada. Cambios en las Comisiones legislativas.

    Con orgullo, podemos sealar que el Grupo Parlamentario del PRI, privilegi el trabajo

    serio y responsable en favor de la transformacin democrtica, social y econmica del pas,

    ante la imperante necesidad de una nueva generacin de normas acordes a la realidad

    actual, las cuales tuvieron sustento en tres ejes estratgicos encaminados a potenciar el

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    desarrollo e impulsar el crecimiento econmico, a travs de la generacin de nuevas y

    mejores oportunidades de empleo, como columna vertebral para combatir eficazmente la

    pobreza y superar las desigualdades entre grupos y regiones del pas, as como dar paso a

    un autntico Estado de Derecho que otorgue certeza y seguridad jurdica a los ciudadanos,

    al tiempo que se transparenten y eficienten las acciones de gobierno.

    Actuamos, con racionalidad poltica y tica en favor del inters de las y los mexicanos.

    Anteponiendo siempre la idea de cumplir con la mayor responsabilidad posible el espacio

    de influencia que la sociedad nos otorg a travs de su voto.

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    ELEMENTOSPARAELDEBATEP

    ARLAMENTARIO

    ApuntesLegi

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    REFORMA LABORAL

    La Cmara de Diputados aprob el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversasdisposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Atendiendo los siguientes aspectos:

    La Ley Federal del Trabajo original data del ao de 1931 y se reform en 1970,cuarenta aos despus. Esta reforma es integral porque se parte de que despusde 40 aos, la legislacin actual ha sido rebasada por la realidad del mundo laboral

    y no establece garantas suficientes para el ejercicio de los derechos laborales. La crisis financiera internacional de 2008, elev los niveles de desempleo a nivel

    global, con mayor impacto en los jvenes, perjudicando el mercado laboral ennuestro pas.

    El marco jurdico laboral ha quedado rebasado ante las nuevas circunstanciasdemogrficas, econmicas y sociales.

    Existe la urgente necesidad de ofrecer a la poblacin empleos de calidad, lo cualimplica impulsar reformas estructurales en total apego a los principios y derechoslaborales fundamentales.

    Las actuales disposiciones procesales constituyen un factor que propicia rezagos eimpide la modernizacin de la justicia laboral.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Incorporar la nocin de trabajo decente.

    Incluir como nuevas modalidades de contratacin los perodos de prueba, lo

    contratos de capacitacin inicial y para el trabajo de temporada. Regular la subcontratacin de personal u outsourcing.

    Tipificar como delito el trabajo de menores de 14 aos fuera del crculo familiar

    Otorgar mayor proteccin y seguridad jurdica a los mexicanos que van a labora

    en el extranjero.

    Incluir una nueva causal de rescisin de la relacin de trabajo sin responsabilida

    para el trabajador, consistente en que el patrn le exija la realizacin de actos

    conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.

    Fortalecer los derechos de la mujer trabajadora: prohibir la discriminacin po

    cuestiones de gnero; la realizacin de actos de hostigamiento o acoso sexual; lprctica de exigir certificados mdicos de ingravidez para el ingreso

    permanencia y ascenso en el empleo; permitir que las mujeres trabajadora

    puedan distribuir las semanas de descanso pre y posnatal.

    Efectuar el pago de los salarios a travs de medios electrnicos.

    Establecer un lmite a la generacin de salarios vencidos hasta por un period

    mximo de doce meses.

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    Contar con ms y mejores mecanismos que permitan a la autoridad laboral

    responder de manera eficaz y oportuna ante situaciones de contingencia

    sanitaria.

    Armonizar la legislacin con los criterios de la SCJN, en el sentido de exceptuar al

    patrn de pagar el reparto adicional de utilidades, si obtuvo de la Junta de

    Conciliacin y Arbitraje la suspensin correspondiente, en tanto esta situacin

    perdure.

    Adecuar las instalaciones de los centros de trabajo que tengan ms de 50trabajadores, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las

    personas con discapacidad.

    Privilegiar la productividad de los trabajadores como el principal criterio para

    acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales, as como a puestos de

    nueva creacin, en lugar de la antigedad.

    Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo.

    Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domsticos.

    Regular los trabajos que se realicen en las minas.

    Reconocer el teletrabajo como una de las formas de trabajo a domicilio.

    Establecer que el registro de los sindicatos sea pblico y bajo principios de

    legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad, equidad

    y respeto a la libertad, autonoma y democracia sindical.

    Incluir que las Juntas de Conciliacin y Arbitraje harn pblicos los contratos

    colectivos de trabajo y los reglamentos interiores de los sindicatos.

    Informar los sindicatos a sus agremiados, por lo menos cada seis meses, sobre la

    administracin del patrimonio sindical.

    Posibilitar el libre ejercicio del voto secreto directo o indirecto en el

    procedimiento para la eleccin de dirigentes sindicales.

    Prever como causa para negar el trmite a un emplazamiento a huelga para la

    celebracin de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que previamente exista

    otro en trmite cuyo objeto sea el mismo.

    Incrementar el monto de la indemnizacin por muerte del trabajador.

    Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros de

    trabajo.

    Actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de valuacin de las

    incapacidades permanentes .

    Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo.

    Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliacin.

    Incorporar el principio de la conciliacin en el proceso laboral.

    Contar con servidores pblicos mejor preparados para atender las tareas de

    imparticin de justicia.

    Establecer nuevas reglas relativas al proceso de huelga.

    Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de la

    Ley Federal del Trabajo.

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    Con esta reforma...

    Se fomenta la creacin de empleos.

    Se asegura el respeto a los derechos colectivos e individuales de los trabajadores.

    Se establecen nuevas formas de contratacin, garantizando el acceso de los

    trabajadores a la seguridad social.

    Se prohbe cualquier forma de discriminacin laboral.

    Se establece el salario por unidad de tiempo.

    Se garantiza la transparencia sindical y la rendicin de cuentas.

    Se moderniza el sistema de imparticin de justicia laboral.

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    PAQUETE ECONMICO 2013El Paquete Econmico 2013 pretende alcanzar 3 objetivos prioritarios:

    I. Mantener la estabilidad macroeconmica.II. Alcanzar un mayor nivel de desarrolloIII. Reducir de forma sostenida la pobreza.

    Para lograr lo anterior se plantearon 10 medidas orientadas a elevar la capacidad decrecimiento de la economa mexicana y el bienestar de la poblacin:

    1. Consolidar la estabilidad macroeconmica;2. Fomentar la competencia econmica;3. Impulsar una reforma energtica;4. Generar mayor inversin en capital humano;5. Incrementar el nivel de financiamiento;6. Incrementar la inversin en infraestructura;7. Transitar hacia la seguridad social universal;8. Impulsar el comercio con el exterior;

    9. Adoptar una poltica de fomento sectorial; y10. Impulsar la reforma de la hacienda pblica.

    LEY DE INGRESOS

    La Ley de Ingresos es instrumento jurdico que establece anualmente los ingresos queel Gobierno Federal, deber recaudar por concepto de impuestos, derechos, productos,

    aprovechamientos, emisin de bonos, prstamos, etc. y que sern destinados a cubrirlos gastos pblicos en las cantidades estimadas en la misma.

    En una votacin sin precedente debido al consenso, se aprob el citado instrumentojurdico calificado de real y prudente con una bolsa adicional de 25 mil 072 millones100 mil pesos para reasignaciones presupuestales. Es decir la Cmara de Diputadosaprob la Ley de Ingresos de la Federacin 2013, que contempla una captacin total de3 billones 956 mil 361.6 millones de pesos, 5.1 por ciento ms en trminos realesrespecto a la captacin del ao que finaliza.

    En beneficio de la poblacin no se aumentan los impuestos: IVA, ISR y el IETU,previendo se puedan reducir paulatinamente a partir del 2014.

    Prev un crecimiento econmico de 3.5 por ciento para 2013; un dficit pblico detasa cero; tipo de cambio de 12.9 pesos por dlar; el barril de petrleo deexportacin a 86 dlares; una plataforma de produccin de petrleo crudo de 2.55millones de barriles diarios.

    Por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) 818 mil 095 millones 400 mil pesos;del Impuesto al Valor Agregado (IVA), 622 mil 626 millones; Impuesto Especial sobre

    Produccin y Servicios (IEPS), 52 mil 982 millones 300 mil pesos.

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    Se autoriza un monto de endeudamiento neto interno hasta por 415 mil millones depesos, as como un monto de endeudamiento neto externo de 7 mil millones dedlares.

    Se mantienen sin cambios los trminos y condiciones en la contratacin de deudapblica para el Distrito Federal, as como el ajuste de endeudamiento neto de dicha

    entidad a 5 mil millones de pesos, para el financiamiento de obras contempladas enel Presupuesto de Egresos de la Federacin 2013.

    Se preserva la facultad otorgada al Ejecutivo federal para fijar los precios mximos alusuario final y de venta de primera mano del gas licuado de petrleo, por razonesde inters pblico y cuando se considere necesario evitar aumentosdesproporcionados en el precio al usuario final de este energtico.

    Se establece la obligacin del Ejecutivo de presentar a las comisiones de Hacienda yCrdito Pblico y a la de Presupuesto y Cuenta Pblica de la Cmara de Diputados,

    un informe detallado del mecanismo para fijar los precios de las gasolinas, gas yenerga elctrica.

    Se elimin la medida propuesta por el Ejecutivo federal de exigir la deducibilidad degastos mdicos, dentales y de transporte, que fueran cubiertos con chequenominativo, tarjeta de crdito o dbito, toda vez que en la actualidad la totalidaddel sector mdico y de transporte no se encuentra preparado para cumplir con losrequisitos bancarios que se establecen.

    Se mantiene la congruencia y el equilibrio responsable de las finanzas pblicas.

    El dinero aprobado, se destin a temas importantes como el gasto social, el segurode vida para las jefas de familia, la Cruzada Nacional contra el Hambre y el Programa70 y Ms.

    Se fortalece el Programa de Escuelas de Tiempo Completo, infraestructuraeducativa, equipar con computadoras a los grupos de 5 y 6 grado de primaria; yestablece un programa piloto de becas-salario.

    Refuerza la poltica pblica de equidad de gnero; el Programa de EstanciasInfantiles y para la investigacin cientfica y tecnolgica.

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    PRESUPUESTO DE EGRESOS

    El Presupuesto de Egresos de la Federacin es uno de los instrumentos fundamentalespara el desarrollo de nuestro pas. Su elaboracin y aprobacin sustentan uno de losdocumentos jurdicos ms importantes para la vida econmica de la Nacin y de lasmexicanas y mexicanos. En suma, es el fundamento jurdico y legtimo para laasignacin de recursos para los programas y proyectos de los Poderes de la Federacin,de los Estados y de los Municipios.

    Como resultado de los acuerdo alcanzados en Comisiones y los consensos logrados entorno a la Ley de Ingresos de la Federacin realizadas por esta Cmara y avaladas porsu colegisladora, el gasto neto total previsto en el Proyecto de Presupuesto de Egresosde la Federacin para este ejercicio fiscal 2013 es: de $3,956,361600,000 millones depesos, 2.3% ms respecto al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2012.

    De entre los rubros ms destacados por su beneficio social, se contempla:

    Desarrollo social 1.7 billones de pesos, lo que significa un crecimiento real de 2.3por ciento respecto a lo aprobado para el presente ejercicio.

    Programa de Pensin para Adultos Mayores, que dispondr de ms de 26 milmillones de pesos.

    Programas del presupuesto transversal para la igualdad entre hombres y mujeres,como lo es el programa de Seguro de Vida para Jefas de Familia, que inicia con unpresupuesto de 400 millones de pesos; el programa de Estancias Infantiles paraApoyar a Madres Trabajadoras, que atendern a ms de 250 mil nias y nios, conun presupuesto de 3 mil 823 millones de pesos.

    Programa de nueva creacin, Escuelas de Tiempo Completo, que mejorar lascondiciones de aprendizaje en las escuelas pblicas, contar con poco ms de 6 mil103 millones de pesos.

    Programa de laptops para nias y nios que cursan el quinto y sexto grado deprimaria, con mil millones de pesos.

    Impulsa el crecimiento y el desarrollo tecnolgico, el programa de Ciencia yTecnologa contar con un monto de ms de 70 mil millones de pesos. Monto

    superior en 14.6 por ciento respecto al aprobado para el 2012.

    Programa del Fondo emprendedor con 500 millones de pesos.

    Caminos rurales con una ampliacin por 12 mil 916 billones de pesos, con lo que elRamo de Comunicaciones y Transportes ascender a 86 mil 244 millones de pesos.

    Programa Nacional de Prevencin del Delito, esta comisin propone un presupuestode 4 mil millones de pesos, que considera mil 500 millones de pesos para laconformacin de la gendarmera.

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    El gasto federalizado asciende a poco ms de 1.3 billones de pesos, que representaun crecimiento real de poco ms de 1.8 por ciento en beneficio de las entidades yde los municipios.

    Destaca la flexibilizacin de las reglas de operacin, para acceder a los recursos porparte de las entidades federativas y municipios, as como la reduccin de losporcentajes de losparipasos.

    Se crean y se fortalecen programas que permiten dar cumplimiento a diversos

    compromisos gubernamentales con los mexicanos de todas las regiones de nuestrageografa nacional.

    Mantener la estabilidad macroeconmica;

    Impulsar el empleo;

    Promover el crecimiento de la economa popular;

    Alcanzar un mayor nivel de competitividad y desarrollo;

    Reducir de forma sostenida la pobreza.

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    REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y

    RENDICIN DE CUENTAS

    La Cmara de Diputados aprob reformas a la Ley General de ContabilidadGubernamental para transparentar y armonizar la informacin financiera relativa a laaplicacin de recursos pblicos en los distintos rdenes de gobierno. Atendiendo losiguiente:

    Cerrar espacios a la corrupcin y a los desvos de recursos pblicos, permitiendo alos rganos fiscalizadores conocer la informacin financiera fidedigna sobre el usode los recursos, con el objeto de sancionar e inhibir prcticas indebidas.

    Que la sociedad cuente con mayor y mejor informacin que le permitainvolucrarse a mayor profundidad con sus gobiernos y, con ellos, tener capacidadde demandar ms y mejores resultados.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: La obligacin de presentar la informacin financiera correspondiente a las etapas

    de programacin, presupuesto, ejercicio, evaluacin y rendicin de cuentas,

    conforme a las normas y los formatos que establezca el Consejo Nacional de

    Armonizacin Contable .

    Que la SHCP y las Secretaras de finanzas de los estados definan enlaces

    electrnicos que permitan acceder a la informacin financiera, incluyendo las

    delegaciones del DF y los municipios.

    Publicar por Internet cuando menos trimestralmente la informacin, mismas que

    adems deber difundirse dentro de los 30 das naturales siguientes al cierre del

    periodo que corresponda conservando en el portal los ltimos seis ejerciciosfiscales.

    Establecer la obligacin de incluir a las respectivas leyes de ingresos y

    presupuesto de egresos, apartados especficos con la informacin siguiente:

    a) Fuentes de los ingresos.

    b) Obligaciones de garanta o pago causante de la deuda pblica u otros pasivos.

    c) Las prioridades de gasto, los programas y proyectos principales, as como la

    distribucin del presupuesto.

    d) El listado de programas que sern sometidos a evaluaciones del desempeo, as

    como sus indicadores estratgicos y de gestin aprobados, y la aplicacin de

    recursos.

    Que los gobiernos estatales, municipales y delegacionales debern elaborar y

    difundir en sus respectivas pginas de internet documentos dirigidos a la

    ciudadana que expliquen, de manera sencilla y en formatos accesibles, el

    contenido de la informacin financiera.

    Que los poderes legislativos y los ayuntamientos, a travs de internet, difundan

    la composicin final de las leyes de ingresos y de los presupuestos de egresos

    aprobados, as como los calendarios de ingresos y egresos dentro de los 10 das

    hbiles posteriores a la publicacin del presupuesto correspondiente.

    Diciembre de 2012

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    Con esta reforma...

    Se pretende que la informacin financiera de los diversos rdenes de gobierno se

    presenten de forma clara, sencilla y accesible no slo a los rganos de

    fiscalizacin y evaluacin, sino a la sociedad en general.

    Se establecen reglas de transparencia para toda la informacin financiera

    generada durante el proceso presupuestario.

    Se armoniza la presentacin de la informacin financiera de todos los entespblicos.

    Se impulsa la transparencia y la rendicin de cuentas de los entes

    gubernamentales.

    Que la presentacin de la informacin financiera y la cuenta pblica de la

    Federacin se deber sujetar a lo dispuesto en la LFPRH y de Fiscalizacin y

    Rendicin de Cuentas de la Federacin.

    Que las sanciones que se impondrn sern de 2 a 5 aos de prisin y multa de

    100 mil a 250 mil SMGVDF a quien de forma dolosa omita el cumplimiento de la

    Ley, y de 4 a 7 aos de prisin y multa de 300 a 500 mil das de SMGVDF a quien

    ocasione daos a la hacienda pblica o al patrimonio de cualquier ente pblico

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    TARIFAS JUSTAS EN TELEFONA CELULARLa Cmara de Diputados aprob reformas y adiciones al artculo 60 de la Ley Federal deTelecomunicaciones.

    En nuestro pas, 79 millones de usuarios de telefona celular realizan al da enpromedio cinco llamadas de uno y medio minutos,

    Eso acumula un volumen de trfico de llamadas por da de ms de 592 millones deminutos, de los cuales, ms de 197 millones de minutos corresponden a lasfracciones de segundos que son redondeados y que se facturan como minutoscompletos.

    Con base en estos clculos, se estima que las compaas de telefona celular tienenuna ganancia de 987 millones de pesos al da, por un tiempo no consumido por elusuario.

    Con esta reforma...

    Se da un paso adelante para la consolidacin del sector de las

    telecomunicaciones a nivel nacional dentro de un entorno competitivo y

    favorable para todos los mexicanos.

    Se beneficia a los usuarios de telefona mvil y fija para que paguen nicamente

    el tiempo utilizado.

    Se establece el cobro nicamente del tiempo efectivo de uso del servicio,

    tomando como base el segundo, se da respuesta a una sentida demanda de la

    sociedad y privilegia a la economa familiar.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON:

    Reformas y adiciones al artculo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Establece que en caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al

    pblico consumidor con cargos por concepto de la duracin de las

    comunicaciones, los concesionarios y permisionarios deban incluir, dentro de su

    oferta comercial de planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros

    planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o

    cualquier otra modalidad.

    Incrementa la variedad de modalidades de facturacin, para que los usuarios

    tengan una mayor gama de posibilidades de acuerdo a sus capacidades y

    necesidades, preservando siempre la libre eleccin de los consumidores para que

    opten por la modalidad de medicin y de cobro que minimice su gasto.

    Favorecer una dinmica en la oferta favorable para los usuarios, dotndola de

    agilidad, oportunidad y prontitud con el objetivo de que la interaccin entre los

    competidores se favorezca con la libertad en la concurrencia y la mayor rivalidad

    posible al tener la capacidad de modificar cantidades y precios ante la respuesta

    tanto de usuarios como de competidores

    Se fortalece la soberana del consumidor y la competitividad.

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    REGULACIN DE CASAS DE EMPEOLa Cmara de Diputados aprob reformas y adiciones a diversos artculos de la LeyFederal de Proteccin al Consumidor, con el objeto de regular las casas de empeo.

    En los ltimos aos han surgido una multiplicidad de instituciones privadas y deasistencia pblica, que ofrecen disponibilidad inmediata de efectivo a cambio dedejar en depsito determinados bienes que respalden la cantidad otorgada. Hace15 aos existan alrededor de 40 instituciones que prestaban este servicio,

    actualmente se calcula que existen alrededor de 6,500 en todo el pas, las cualescarecen de una adecuada regulacin y supervisin por parte de las autoridades, loque se ha traducido en arbitrariedades, abusos y engaos a los usuarios,aprovechndose de sus necesidades y/o ignorancia, hacindolos sujetos a cobros,e intereses leoninos.

    Con esta reforma...

    Proteger a los consumidores ms vulnerables de la poblacin y al patrimonio

    familiar.

    Evitar que la necesidad y/o la ignorancia de los consumidores los haga presa de

    abusos, e intereses leoninos.

    Retornar el sentido social a las casa de empeo.

    Regular las casas de empeo y transparentar sus actividades.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Explicita que sern Casas de Empeo los proveedores personas morales e

    instituciones no reguladas por leyes y autoridades financieras que en forma

    habitual o profesional realicen u oferten al pblico contrataciones u operaciones

    de mutuo con inters y garanta prendaria, independientemente de la forma enque estn constituidas y el destino que le den a sus recursos.

    Se faculta a la Procuradura Federal del Consumidor para establecer un registro

    pblico en el que se debern inscribir las Casas de Empeo y los formatos de los

    contratos de adhesin que celebren con sus clientes.

    Se obliga a la PROFECO a publicar cada ao en el Diario Oficial de la Federacin y

    de forma permanente en su sitio de Internet la lista de casas de empe que

    estn inscritas en el registro correspondiente.

    Se establece que las casas de empeo debern transparentar sus operaciones a

    travs de colocar anuncios que contengan informacin para los consumidores

    sobre los trminos y condiciones de los contratos; debern informar el costo

    diario totalizado, as como el costo mensual totalizado (expresados en tasas de

    inters porcentual sobre el monto prestado), los cuales debern incorporar la

    totalidad de los costos y gastos del contrato durante ese periodo.

    Prev los requisitos que debern cumplir las Casas de Empeo para obtener su

    inscripcin en el registro pblico.

    Establecer una legislacin especial para crear un sistema integral de procuracin

    e imparticin de justicia para adolescentes, conformado por instituciones y

    autoridades especializados respetuosos de los derechos y las garantas

    fundamentales.

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    Con esta reforma...

    Se pretenden alcanzar niveles de crecimiento econmico y sustentable ptimos paragenerar la consolidacin econmica a travs de la rectora y la planeacin del Estado.

    Se impulsa una poltica industrial con visin de Estado.

    Se propicia el establecimiento de polticas que impulsen tanto el desarrollo como elcrecimiento econmico.

    Se generan las condiciones ptimas que le permitan al pas conservar, sostener eincrementar su productividad, enfocados siempre al cuidado de sus recursos renovablesy no renovables.

    ELEVAR LA COMPETITIVIDADReformas a los artculo 25 y 26 de la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos, con el objeto de elevar la competitividad del pas.

    Con esta reforma se otorgan al gobierno mexicano las herramientas paraconformar una poltica que atienda todos los rubros necesarios para alcanzar un

    desarrollo econmico, obligando al Estado a mejorar las condiciones de desarrolloy sustentabilidad que permita mejorar considerablemente los recursos y laeconoma.

    Impulsa un ambiente econmico que pueda competir en desempeo econmico,eficiencia del gobierno, eficiencia para hacer negocios y el desarrollo deinfraestructura.

    Se ratifica la rectora econmica del Estado, con la finalidad de que el pas logre undesarrollo y una sustentabilidad acorde a las necesidades actuales.

    Establece las condiciones jurdicas para contar con una poltica industrial nacional

    y su vinculacin con la promocin de la competitividad. Incluye el sistema de fomento a la competitividad y a la creacin y funcionamiento

    de una poltica industrial dentro del sistema nacional de planeacin democrticadel desarrollo.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Permite al Poder Legislativo Federal realizar la reglamentacin jurdica en leyes

    secundarias que permita una fcil y expedita implementacin de estas reformas.

    Recuperar un crecimiento econmico suficiente para generar los empleos en lacantidad y calidad necesarios para incrementar el bienestar de los mexicanos.

    Abatir en el menor tiempo y en el mayor grado posible la pobreza.

    Diciembre de 2012

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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    Con esta reforma...

    Se generan entornos de certidumbre para los participantes del beneficio de la

    cuota energtica.

    Se adeca la norma con los mandatos que establece la Constitucin y la Ley

    Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental .

    Se actualiza la disposicin en la materia armonizndola con la tendencia

    modernizadora de la Administracin Pblica Federal , para que la asignacin de

    la cuota energtica sea pblica y su otorgamiento transparente.

    Transparencia en los apoyos gubernamentales!

    TRANSPARENCIA EN LA CUOTA ENERGTICALa Cmara de Diputados aprob adicionar un segundo prrafo al artculo 9 de la Ley deEnerga para el Campo, para transparentar la aplicacin de la cuota energtica.

    La Ley de Energa para el Campo consider un dispositivo de apoyo a losproductores agrcolas a travs de la cuota energtica, que consistente en unatarifa de estmulo aplicada a un determinado volumen de consumo de energaelctrica otorgado a los sujetos productivos que la utilicen energa para extraeragua por bombeo o rebombeo para uso agrcola.

    No obstante, la ley no incorpor mecanismos para garantizar la transparencia en laasignacin de dicha cuota, slo se dispuso que el Reglamento establecera losmecanismos de supervisin y verificacin en cuanto a su aplicacin y asignacin.

    Siendo que el otorgamiento y establecimiento de la cuota energtica por parte dela Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin(SAGARPA) implica el manejo de recurso pblicos es preciso transparentar sumanejo.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Establecer que la asignacin de la cuota energtica ser pblica, que al inicio de

    cada ciclo productivo se publicar en internet el listado de los beneficiarios de la

    misma, as como el de las solicitudes desechadas y estar a disposicin de los

    usuarios en las delegaciones y subdelegaciones de la SAGARPA.

    Diciembre de 2012

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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    REFORMAS A LA REGULACIN AEROPORTUARIALa Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma y adiciona diversasdisposiciones de la Ley de Aeropuertos.

    La SCT a travs de la Direccin General de Aviacin Civil, reporta que en 2010 seatendieron cerca de 78 millones de pasajeros, lo que represent un incremento enla demanda de apenas 2.3% respecto a 2009; sin embargo, en el mismo periodo seobserva una disminucin en el nmero de aeropuertos del sistema nacional, por

    un total de 9. Actualmente hay gran rezago en la oferta de infraestructura aeroportuaria en

    nuestro pas, ya que por cada 10 mil kilmetros cuadrados existen 1.2aeropuertos, mientras que en los 10 pases con mayor infraestructuraaeroportuaria, la media es de 37 por cada 10 mil kilmetros cuadrados, es decirque nuestro pas cuenta con 80 por ciento menos y se registran 3.3 vuelos porcada mil habitantes, mientras que en los 10 pases con mayor trfico areo es de33 por cada mil habitantes.

    Con esta reforma...

    Se impulsa la modernizacin y el mejoramiento de la capacidad aeroportuaria,

    para incidir en el desarrollo econmico del pas.

    Se estimula la competencia, la oferta aeroportuaria, el impulso del desarrollo de

    los prestadores de servicios en igualdad de condiciones, as como la aplicacin de

    alternativas para solucionar problemas relacionados con el sector.

    Se promueve la inversin al incentivar una mayor infraestructura y elevar la

    calidad en el transporte areo de pasajeros y de carga a estndares

    internacionales.

    Se traduce en servicios de mayor calidad y con tarifas justas para los usuarios.

    Se vigila a los concesionarios para que cumplan con sus obligaciones y se

    establecen sanciones.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Establecer reglas y bases generales respecto al uso y aprovechamiento de los

    horarios de aterrizaje y despegue.

    Regular las verificaciones peridicas por parte de la Secretara de

    Comunicaciones y Transportes para constatar que la prestacin de los servicios

    aeroportuarios y complementarios se ajuste a lo previsto por la ley de la

    materia, la Ley de Aviacin Civil, los tratados internacionales en la materia

    suscritos por Mxico, los reglamentos y dems disposiciones aplicables.

    Introducir como causas de revocacin que el concesionario limite el nmero de

    prestadores de servicios complementarios o les niegue su operacin mediante

    actos de simulacin, por razones distintas a disponibilidad de espacio, eficiencia

    operativa y seguridad.

    Sealar que corresponde a los titulares de la concesin asegurar que los

    aerdromos civiles contarn con infraestructura, instalaciones, equipo,

    sealizacin, mdulo de primeros auxilios y emergencias mdicas, servicios y

    sistemas de organizacin, adecuados y suficientes para que la operacin y

    atencin al usuario se lleve a cabo sobre bases de seguridad, eficiencia, calidad.

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    REFORMA EDUCATIVALa Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma y adiciona los artculos 3 y 73de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Casi 32 millones de personas tienen rezago educativo, es decir analfabetas o conprimaria y secundaria inconclusas.

    Es impostergable elevar la calidad de la educacin de los nios y jvenes como unacondicin para el desarrollo del pas.

    De acuerdo con el ndice Global de Competitividad del Foro Econmico Mundial,en calidad en educacin primaria Mxico se situ en el lugar 115, entre 133pases, en el ltimo bienio.

    En cuanto a educacin superior y en capacitacin, nos situarnos en el lugar 115 deesa medicin global, y en calidad de matemticas y ciencias estamos en el lugar127 de 133 pases analizados.

    Con esta reforma...

    Se establece a nivel nacional las bases de creacin de un servicio profesional

    docente, que est integrado por concursos de oposicin, para el ingreso,

    promocin y permanencia en la educacin bsica y media superior que impartael Estado.

    Se respeta los derechos constitucionales de los trabajadores.

    Se pondera que la evaluacin tiene una elevada importancia y es un instrumento

    poderoso para el mejoramiento de la educacin.

    Se convierte el INEE en un organismo autnomo encargado de valorar y adecuar

    el sistema educativo nacional.

    Se fortalece la autonoma de gestin de las escuelas para resolver problemas de

    operacin bsicos.

    Se establecen escuelas de tiempo completo.

    Se impulsa el suministro de alimentos nutritivos de los alumnos.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Regular mediante concursos de oposicin el ingreso al servicio docente y la

    promocin a cargo con funciones de direccin o de supervisin en la educacinbsica y media superior que imparta el Estado.

    Otorgar autonoma al Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin

    dndole atribuciones para evaluar el desempeo y resultados del Sistema

    Educativo Nacional en el mbito de la educacin preescolar, primaria, secundaria

    y media superior.

    Facultar al INEE a emitir los lineamientos a los que se sujetarn las autoridades

    educativas federales y locales para llevar a acabo las funciones de evaluacin

    que les corresponden y, generar directrices para el mejoramiento educativo y la

    equidad.

    Proponer el Ejecutivo Federal una terna de los miembros de la Junta de Gobierno

    del INEE para que sean designados por el Senado.

    Facultar al Congreso para establecer el Servicio Profesional Docente.

    Crear el Sistema de Informacin y Gestin Educativa.

    Diciembre de 2012

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    APLICACIN DEL FONDO DE COMPENSACIN

    AMBIENTAL

    La Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma los artculos 24 y 143, yadiciona el 143 BIS a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

    Mxico ocupa un lugar primordial a nivel mundial en materia de diversidad debosques naturales y este tipo de recursos nos brindan una infinidad de servicios

    ambientales, que van desde la regulacin de los ciclos hidrolgicos y microclimas,hasta fenmenos globales como la biodiversidad con que cuentan y la captura decarbono que realizan.

    A pesar de que nuestra Nacin cuenta con una extensa variedad y riqueza derecursos forestales, estos se han visto significativamente afectados por lapresencia de factores de disturbio y perturbacin, entre los que destacan losincendios forestales, la tala clandestina, el cambio de uso de suelo y el deficientemanejo silvcola, afectando significativamente la capacidad de carga de nuestrosecosistemas forestales, comprometiendo as la sustentabilidad de los mismos.

    Con esta reforma...

    Se garantiza la ejecucin de proyectos de conservacin y restauracin de los

    ecosistemas forestales en las entidades federativas.

    Se destinan recursos a la ejecucin de actividades de reforestacin, restauracin

    o mantenimiento de los ecosistemas afectados, considerando un orden depreferencia para la ejecucin de dichas actividades en las entidades federativas

    en las que se haya solicitado el cambio de uso de suelo.

    Se responde de manera efectivamente a la justa demanda de la ciudadana y los

    gobiernos estatales en materia forestal.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Regular que los recursos econmicos que obtenga el fondo por concepto de

    compensacin ambiental sean destinados a las entidades federativas donde se

    haya autorizado el cambio de uso del suelo, para que en zonas sujetas a procesos

    de degradacin se ejecuten actividades reforestacin, restauracin o

    mantenimiento de los ecosistemas reforestados o restaurados.

    Establecer que los recursos deban ser ministrados a las entidades federativas de

    manera permanente en el ejercicio fiscal inmediato a su ingreso al fondo, paradicho efecto debern celebrar convenio con la federacin.

    Diciembre de 2012

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    MODERNIZAR EL MARCO REGULATORIO DE LAS

    SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORROLa Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma el quinto prrafo del artculo10 de la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro yPrstamo, reforma los artculos primero y tercero transitorios del artculo primero delDecreto por el que se expide la Ley para regular las Actividades de las SociedadesCooperativas de Ahorro y Prstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas

    disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro yCrdito Popular, de la Ley de la Comisin Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley deInstituciones de Crdito, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 13 de agostode 2009.

    Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prstamo son sociedades constituidas yorganizadas conforme a la Ley en la materia, independientemente del nombrecomercial, razn o denominacin social que adopten, tienen por objeto realizaroperaciones de ahorro y prstamo con sus socios.

    Las sociedades promueven y facilitan la captacin de fondos o recursosmonetarios y su colocacin mediante prstamos, crditos u otras operaciones.

    Aun persiste un alto porcentaje de sociedades cooperativas que estn encondiciones de solicitar autorizacin a la Comisin Nacional Bancaria, pero no lohan realizado y el plazo para ello esta por terminarse.

    Con esta reforma...

    Se amplan los plazos de Ley para apoyar al sector de ahorro y crdito popular.

    Se ratifica el compromiso del Estado de regular, promover y facilitar las

    actividades y operaciones de las sociedades cooperativas.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Extender ciertos plazos establecidos en el rgimen transitorio del decreto

    mediante el cual se expidi la Ley para Regular las Actividades de las SociedadesCooperativas de Ahorro y Prstamo, de manera que las sociedades cooperativas

    que estn en condiciones de solicitar autorizacin a la Comisin Nacional

    Bancaria y de Valores en trminos del mencionado ordenamiento puedan

    hacerlo de manera ordenada dentro de los proceso de regularizacin

    establecidos en la misma.

    Regular que el Comit de Supervisin Auxiliar sea ms expedito en la respuesta

    que emita a las sociedades que se inconformen ante un dictamen negativo de su

    parte, ya que actualmente la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades

    Cooperativas de Ahorro y Prstamo no establece un plazo mximo para dicha

    respuesta, por lo que la aprueban.

    Diciembre de 2012

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    REFORMAS PARA IMPULSAR EL SECTOR SOCIAL DE

    LA ECONOMA.La Cmara de Diputados aprob el proyecto de decreto por el que se reforman losartculos segundo, tercero y cuarto transitorio de la Ley de la Economa Social ySolidaridad, Reglamentaria del articulo 25 de la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos.

    La Ley de la Economa Social y Solidaria, reglamentaria del prrafo sptimo delartculo 25 de la Carta Magna, en lo referente al sector social de la economa,publicada en el DOF el 23 de mayo de 2012, prev la creacin del InstitutoNacional de la Economa Social como un rgano administrativo desconcentrado dela Secretara de Economa.

    Para que el Instituto pueda llevar a cabo la debida operacin del Registro encuestiones tcnicas se requiere desarrollar una aplicacin informtica, capacitar alos operadores del mismo, emitir los lineamientos del propio Registro. As comoalimentar la base de datos con la informacin de las inscripciones entre otras.

    Los plazos establecidos son materialmente imposibles.

    Con esta reforma...

    Se amplia el plazo para la realizacin de convocatorias, asambleas y Congresos

    constituyentes del Sector.

    Se elimina la exigibilidad, durante el ejercicio fiscal 2013, de estar inscrito en el

    Registro de los Organismos del Sector, nica y exclusivamente en lo que se

    refiere a la solicitud y entrega de apoyos del Programa Nacional de Apoyo para

    la Empresas en Solidaridad.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Ampliar el plazo para la convocatoria y asuntos relativos a la celebracin de las

    asambleas regionales de los Organismos del Sector, efectuadas por la Secretara.

    Establecer que en tanto se reforme el Reglamento Interior de la Secretara de

    Economa y se expida el Reglamento Interior del Instituto, se continuar

    aplicando el Acuerdo que regula la organizacin y el funcionamiento interno de

    la Coordinacin General del Programa Nacional de Apoyo para la Empresas de

    Solidaridad.

    Sealar que las normas que regulen al programa debern ser expedidas por la

    Secretaria durante el ao 2013 y entrarn en vigor a partir del ejercicio fiscal

    2014, por lo que durante el ejercicio fiscal 2013 las solicitudes de apoyo que se

    presenten, se tramitar hasta su conclusin conforme a las Reglas de Operacin

    del Fondo Nacional de Apoyo para Empresas en Solidaridad (FONAES) para el

    ejercicio fiscal 2012, publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2011.

    Diciembre de 2012

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    EVALUACIN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL

    PERSONAL DE SEGURIDAD PBLICALa Cmara de Diputados aprob el proyecto de decreto por el que se reforma elartculo tercero transitorio del decreto por el que se expide la Ley General del SistemaNacional de Seguridad Pblica.

    La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, expedida el 2 de enerode 2009, estableci como objeto de la misma, el regular la integracin,

    organizacin y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pblica. Se establece en uno de sus artculos transitorios un plazo de 4 aos a partir de la

    entrada en vigor del decreto que expidi dicha ley, para que las instituciones deseguridad pblica, tanto en la federacin, en los estados y en los municipios,practiquen las evaluaciones respectivas a todos sus integrantes.

    El 3 de enero del 2013, se cumple el plazo de estos 4 aos, para la evaluacin ycontrol de confianza, que prev dicho artculo tercero transitorio.

    Al 31 de octubre de 2012, de una plantilla activa de 71 mil elementos en el mbitofederal, la Secretara de Seguridad Pblica y la PGR, cumpli al 100 por ciento con

    la obligacin de la evaluacin. Prcticamente el 60 por ciento de las entidades federativas, no han cumplido con

    la evaluacin.

    Con esta reforma...

    Se amplia a 10 meses el proceso de pruebas de control de confianza de los

    cuerpos policiacos.

    Se logra la evaluacin de la totalidad del personal de las Instituciones de

    Seguridad Pblica.

    Se concretan los esfuerzos llevados a cabo hasta el momento para la depuracin

    y el fortalecimiento del cuerpo policiaco.

    Se asegura a la ciudadana que contar con profesionales confiables para eldiligente y responsable cuidado de su seguridad.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Establecer que los integrantes de las instituciones de seguridad pblica, en un

    plazo de 10 meses contados a partir de la entrada en vigor del decreto, debern

    obtener la certificacin por parte de los Centros de Evaluacin y Control deConfianza, de lo contrario sern separados del servicio.

    Sealar que para los efectos de lo sealado en el artculo cuarto transitorio del

    decreto por el que se expide a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad

    Pblica, publicado en el Diario Oficial de la Federacin, el da 2 de enero de 2009,

    la separacin del servicio se actualizar una vez que haya vencido el plazo a que

    se refiere el presente artculo.

    El secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pblica deber

    presentarse ante el Senado de la Repblica, para rendir un informe del avance

    del programa, a los seis meses de la entrada en vigor del presente decreto.

    Diciembre de 2012

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    24/31

    PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURAReformas y adiciones a la Ley Federal para prevenir y sancionar la Tortura con el objetode adecuarla a los estndares internacionales y subsanar la lagunas actuales.

    La Cmara de Diputados asume una clara conviccin por profundizar el contenidoesencial de los derechos humanos reconocidos en nuestro orden jurdico nacional,a efecto de hacerlos cada vez ms justiciables en pro de la defensa del serhumano.

    Faculta a la Comisin Nacional de los Derechos Humanos para realizar las visitas ysupervisiones que considere pertinentes a fin de denunciar y evitar los actos detortura en el sistema penitenciario y de reinsercin social del pas, as como en losrganos dependientes del Ejecutivo Federal.

    Deja en claro que comete el delito de tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes, el servidor pblico que, con motivo de sus atribuciones,inflija a una persona dolores o sufrimientos graves, sean fsicos o mentales con elfin de obtener, del torturado o de un tercero, informacin o una confesin, ocastigarla por un acto que haya cometido o se sospeche ha cometido, ocoaccionarla para que realice o deje de realizar una conducta determinada, con

    fines de investigacin criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal,como medida preventiva o con cualquier otro fin.

    Se define la tortura todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan auna persona penas o sufrimientos fsicos o mentales, con fines de investigacincriminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medidapreventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entender tambin comotortura la aplicacin sobre una persona de mtodos tendientes a anular lapersonalidad de la vctima o a disminuir su capacidad fsica o mental, aunque nocausen dolor fsico o angustia psquica.

    Con esta reforma

    Se deja en claro que los derechos humanos constituyen la piedra angular en quedebe sustentarse el quehacer del aparato estatal.

    Se da cumplimiento a los instrumentos internacionales suscritos por Mxico.

    Propicia la profesionalizacin de todos los servidores pblicos, materia dederechos humanos.

    Otorga certeza y seguridad jurdica a los ciudadanos de que sus derechos

    humanos sern respetados.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Profesionalizar la redaccin de los textos legales para evitar problemas de

    interpretacin y antinomias que conduzcan a limitar los derechos humanos oincluso, a hacerlos inoperantes.

    Se aumenta la pena para dicho delito, de siete a diecisis aos de prisin y dequinientos a mil das multa e inhabilitacin para el desempeo de cualquier cargo,empleo o comisin pblicos de manera permanente.

    Diciembre de 2012

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    JUSTICIA PARA ADOLESCENTES INFRACTORESLa Cmara de Diputados aprob expedir la Ley Federal de Justicia para Adolescentes ydiversas reformas a las leyes Orgnica del Poder Judicial de la Federacin, Orgnica dela Administracin Pblica Federal, Orgnica de la Procuradura General de la Repblicay Federal de Defensora Pblica.

    La magnitud del problema de seguridad pblica que vive nuestro ha hecho emergeraspectos especficos de enorme complejidad.

    De acuerdo con cifras de la PGR dadas a conocer en el mes de octubre del aopasado, entre diciembre de 2006 y mayo de 2011 fueron detenidos 26 mil 856menores de edad por delitos del fuero federal, principalmente, contra la salud:comercio, posesin y consumo de droga, y portacin de armas de fuegoprohibidas.

    43% de esos 26 mil 856 menores de edad eran investigados por fiscalas estatales,al estar presuntamente relacionados con homicidios, lo cual significa quealrededor de 11 mil 548 nios y adolescentes tambin eran acusados de cometer oparticipar en algn asesinato.

    En 2010 se dieron a conocer casos menores homicidas que estremecieron a laopinin pblica.

    Hay evidencia que demuestra que la participacin de menores de edad en actos ilcitosha crecido y adquirido aspectos crticos que es preciso abordar.

    Con esta reforma...

    Se combate la delincuencia y la inseguridad.

    Se salvaguardan los derechos de los nios y adolescentes infractores.

    Se fortalecen los elementos de respuesta del Estado frente al problema de

    seguridad pblica,

    Se ofrece una solucin orientada a la proteccin de los bienes que salvaguarda el

    derecho penal, y que al mismo tiempo se mantiene en los lmites que impone a la

    autoridad el respeto irrestricto de los derechos de la infancia y la adolescencia.Mejor justicia para todos!

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Establecer una legislacin especial para crear un sistema integral de procuracin

    e imparticin de justicia para adolescentes, conformado por instituciones y

    autoridades especializados respetuosos de los derechos y las garantas

    fundamentales.

    Transitar del modelo tutelar de atencin para menores infractores que rige para

    la Federacin, hacia un sistema garantista basado en la responsabilidad penal, en

    la idea de que los adolescentes son titulares de derechos que les deben ser

    plenamente reconocidos, respetados y garantizados, y tambin de obligaciones,

    deberes y responsabilidades.

    Observar plenamente los compromisos derivados de la Constitucin, la Ley para

    la Proteccin de Nias, Nios y Adolescentes, y los tratados y convenios

    internacionales aplicables.

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    26/31

    Con esta reforma...

    Se consolida el principio de la colaboracin de poderes en la vida legislativa delDistrito Federal, generando corresponsabilidad en el proceso de creacin de lasnormas jurdicas que rigen a los habitantes del Distrito Federal.

    Se contribuye a un mejor desempeo del Tribunal en sus responsabilidades y al

    perfeccionamiento de la norma que le rige.Consolidando el Federalismo por un mejor sistema de justicia!

    FACULTADES PARA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE

    JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERALLa Cmara de Diputados aprob reformar la fraccin II del artculo 46 del Estatuto de

    Gobierno del Distrito Federal, para dotar de facultad de iniciativa al Tribunal Superiorde Justicia del Distrito Federal .

    El Distrito Federal es la nica entidad de la Repblica que hasta ahora no contabacon la facultad para iniciar leyes en materias de su competencia.

    En el mbito internacional se observa con amplitud el reconocimiento de dichafacultad a la autoridad judicial.

    Se ha alcanzado el reconocimiento de que no hay razn para sostener la exclusin deTribunal del DF del sistema de facultades sobre sus asuntos internos.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Reconocer facultad de iniciativa al Tribunal Superior de Justicia del Distrito

    Federal, en todo lo relacionado con la organizacin y funcionamiento de la

    administracin de justicia.

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    SANCIONES MS SEVERAS CONTRA LA

    ADULTERACIN DE BEBIDAS ALCOHLICASLa Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma la Ley General de Salud y elCdigo Federal de Procedimientos Penales.

    De acuerdo con la Cmara de Industria de Vinos y Licores, seis de cada 10 botellas

    de bebidas alcohlicas son adulteradas, con una carga de metanol y etilenglicolque provocan en sus consumidores mareos, prdida de la vista o la muerte.

    De acuerdo a la Procuradura Federal del Consumidor (Profeco), 45% y 50% de lasbebidas que se consumen en el pas son adulteradas o falsificadas enestablecimientos clandestinos.

    La produccin y comercializacin de bebidas alcohlicas adulteradas, hacontribuido a que en los ltimos aos el mercado formal haya tenido unacontraccin del 30 por ciento, impactando directamente en la prdida de seis milempleos directos y 120 mil ms indirectos.

    Con esta reforma...

    Se regulan los mecanismos y acciones para garantizar el derecho a la proteccin

    de la salud.

    Se inhibe y castiga con mayor severidad la adulteracin, la contaminacin o laalteracin de bebidas alcohlicas, as como su venta o distribucin.

    Se incluye dentro del catlogo de los delitos que se clasifican como graves a la

    adulteracin de bebidas alcohlicas.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Considerar como delito grave y sancionar con prisin y multa, a quien adultere,

    altere, contamine o permita la adulteracin, alteracin o contaminacin de

    bebidas alcohlicas.

    Calificar como delito grave, as como sancionar con prisin y multa a quien, asabiendas, por s, o a travs de otro expenda, venda o de cualquier forma

    distribuya bebidas alcohlicas de este tipo.

    Diciembre de 2012

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

    28/31

    REFORMAS A LA LEY ORGNICA DE LA

    ADMINISTRACIN PBLICA FEDERAL

    PBLICA FEDERAL.Reformas y adiciones a La Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, con elobjeto de reorganizar a las dependencias del Poder Ejecutivo con el objeto de eficientarla funcin gubernamental.

    La SEGOB coordinar el gabinete, la relacin entre los Poderes del Estado yrealizar tareas en materia de seguridad pblica y prevencin del delito, as como

    vigilancia de los servidores pblicos. Desaparece la Secretara de Seguridad Pblica.

    Se amplan y reorganizan las funciones de la Secretara de Desarrollo Social paraque se concentre en las tareas de combate a la pobreza y promocin de losderechos de diversos grupos de la sociedad.

    Se crea la Secretara de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a la que se leasignan diversas atribuciones que hoy ejerce la actual Secretara de la ReformaAgraria y la Secretara de Desarrollo Social en materia de desarrollo urbano,regional y de vivienda. Se plantea una dependencia renovada, actualizada, queatienda tanto a la poblacin que vive y trabaja en el campo, como los nuevoshechos que el mundo rural nos plantea, como la acelerada conversin de tierrasantes de uso agrcola, ganadero o forestal en terrenos urbanos, que se incorporanal mapa de las ciudades a lo largo y ancho del territorio nacional.

    Desaparece la Secretara de la Funcin Pblica y sus facultades las absorben laSecretara de Gobernacin y de Hacienda y Crdito Pblico debido a que demostrser ineficiente y estar excedida por las funciones que se le otorgaron; y se otorgannuevas facultades a la Secretara de Hacienda con el objeto de crear un nuevorgimen de control gubernamental, a travs de la consolidacin de unidades deauditora preventiva en las dependencias y entidades de la Administracin PblicaFederal.

    Con esta reforma...

    Se otorga certeza y seguridad jurdica a los ciudadanos.

    Se transparentan las acciones gubernamentales.

    Se vigila el cabal cumplimiento de las responsabilidades de los servidores

    pblicos.

    Se eficientizar la prevencin del delito.

    Se reordenar el sistema penitenciario.

    Los ciudadanos desarrollarn con normalidad su vida cotidiana en un marco depaz y libertad.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Se da respuesta a la demanda generalizada de reformar el Estado para hacerlo

    ms eficaz.

    Se reduce el aparato gubernamental para hacerlo ms gil, flexible y eficiente,adems de ms responsable delante de la sociedad.

    Se refrenda la tarea fundamental del Gobierno de brindar la debida proteccin asus habitantes.

    Diciembre de 2012

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    REGLAMENTAR ESPECFICAMENTE LA INICIATIVA

    PREFERENTELa Cmara de Diputados aprob la iniciativa que reforma diversos artculos delReglamento de la Cmara de Diputados.

    La iniciativa preferente es aquella que presenta el Presidente de la Repblica el da

    de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones.

    El 9 de agosto fue publicado en el DOF, la denominada reforma poltica queincluy el derecho de iniciativa preferente para el Presidente de la Repblica,especficamente reform el artculo 71 constitucional.

    Se requiere un marco normativo que especifique el trmite que se les da a lasiniciativas con carcter preferente, con la finalidad de homologar la reformaconstitucional en este tema.

    Con esta reforma...

    Se otorga certidumbre al trmite legislativo que se le da a las iniciativas con

    carcter de preferente, propuestas por el Titular del Poder Ejecutivo Federal.

    Se fortalece la colaboracin entre el Congreso de la Unin y el Poder Ejecutivo

    Federal en asuntos de relevancia, trascendencia y urgencia.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Establecer en el Reglamento de la Cmara de Diputados la figura de la iniciativa

    preferente.

    Regular el procedimiento de la iniciativa preferente, conforme a lo establecido

    en la Carta Magna.

    Diciembre de 2012

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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    MODERNIZACIN DE LA ARMADA DE MXICOLa Cmara de Diputados aprob reformar, adicionar y derogar diversas disposicionesde la Ley Orgnica de la Armada de Mxico.

    La Armada de Mxico es un pilar garante de la soberana nacional. Bajo suresponsabilidad recaen las tareas para la defensa de la integridad territorial, laproteccin y vigilancia de los intereses martimos nacionales y el resguardo de lariqueza martima.

    Ante la complejidad del entorno contemporneo, resultaba necesario adecuar lasnormas con la realidad de los fenmenos sociales, nacionales e internacionales,buscando contar con un marco jurdico que respalde tanto las actividades relativasa la defensa exterior como las que derivan de la seguridad interior.

    Era impostergable la transformacin, modernizacin y reorganizacin de laArmada de Mxico, con el propsito de fortalecerla y dotarla de instrumentos quele faciliten dar estricto cumplimiento a sus atribuciones, proveyendo certeza

    jurdica a la estructura y actividades de dicho Instituto.

    Con esta reforma...

    Se adapta el marco normativo a las necesidades de actuacin del personal del

    Instituto Armado.

    Se facilita la comprensin del funcionamiento, estructura y atribuciones de la

    Armada de Mxico.

    Se moderniza toda la institucin naval, sus mandos se hacen ms ejecutivos y

    operativos. Se proveen instrumentos para que la estructura naval y tctica responda mejor

    frente a los desafos de seguridad interior y defensa exterior.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Modernizar la Armada de Mxico, haciendo ms ejecutivos y operativos sus

    mandos.

    Facilitar que su estructura y tctica respondan con mejores recursos frente a los

    imperativos de seguridad interior y defensa exterior.

    Hacer explcito que para el cumplimiento de sus funciones, la Armada de Mxico

    se sujetar a los trminos que establecen la Constitucin, las leyes que de ella

    derivan y los tratados internacionales.

    Reforzar la presencia permanente de la Institucin naval en las costas y zonas

    marinas mexicanas. Estrechar la coordinacin de las autoridades martimas y portuarias con las

    dems instituciones comprometidas con la seguridad del pas.

    Incorporar a las mujeres a las unidades operativas.

    Garantizar la igualdad de oportunidades para que el personal pueda aspirar a

    ocupar puestos de mando superior y superior en jefe.

    Crear el servicio de logstica naval.

    Regularizar la redistribucin de los mandos navales.

    Mejorar la estructura organizativa eliminando las figuras de subsectores,

    apostaderos y brigadas navales.

    Diciembre de 2012

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  • 7/29/2019 Resumen de reformas aprobadas - LXII Legislatura

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    REFORMAS EN LA INTEGRACIN DE LA COMISIONES

    ORDINARIAS DE LA CMARA DE DIPUTADOS.

    La Cmara de Diputados aprob dos iniciativas que reforman la Ley Orgnica deCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para generar una nuevconfiguracin respecto a la cantidad y nomenclatura de las comisiones ordinarias en lCmara de Diputados.

    Las Comisiones son rganos de gran relevancia para que el Congreso pueda llevaa cabo sus funciones legislativas y atender de manera ms integral las necesidadeen todos los rdenes de la problemtica nacional.

    Las Comisiones constituyen grupos en los que los legisladores se especializan profundizan en las materias que son de su competencia en las labores dlegislacin y control.

    Con esta reforma...

    Se reconoce que las comisiones legislativas deben corresponder a los ramos de la

    Administracin Pblica Federal. Se crean comisiones con competencias en otras materias que atiendan con

    mayor especializacin asuntos de inters nacional.

    Se presta una atencin de mayor especificidad en materias como: asuntos

    migratorios, problemtica en las fronteras del pas, cambio climtico,

    competitividad, deporte, agua potable y saneamiento, ganadera, asuntos

    alimentarios, infraestructura y proteccin civil, desarrollo municipal, desarrollo

    urbano y ordenamiento territorial, transparencia y anticorrupcin.

    LOS EFECTOS DE ESTAS REFORMAS SON: Aumentar las comisiones ordinarias a LII.

    Crear y modificar la nomenclatura de las comisiones ordinarias de: Agricultura y

    Sistemas de Riego; Agua potable y Saneamiento; Asuntos Frontera Norte;

    Asuntos Frontera Sur-Sureste; Asuntos Migratorios; Cambio Climtico;

    Competitividad; Cultura y Cinematografa; Deporte; Ganadera; Infraestructura;

    Proteccin Civil; Recursos Hidrulicos; Seguridad Alimentaria; Desarrollo

    Municipal.

    Modificar la denominacin y el objeto de la Comisin de Participacin Ciudadana

    para crear la Comisin de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial

    Cambiar la denominacin de la Comisin de la Funcin Pblica para denominarse

    Transparencia y Anticorrupcin.

    Diciembre de 2012

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