38
REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS ENCARGADOS DE LA ATENCIÓN PREHOSPITALARIA.

REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y

SERVICIOS ENCARGADOS DE LA ATENCIÓN PREHOSPITALARIA.

Page 2: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art 1.- DEFINICION DEL LICENCIAMIENTO PARA EL NIVEL DE ATRENCION PREHOSPITALARIO

Procedimiento obligatorio en el que la autoridad sanitaria nacional licenciara y otorgara el permiso de funcionamiento a las instituciones de Atención Pre hospitalaria, previa verificación del cumplimiento de los estándares básicos indispensables, de acuerdo al nivel de complejidad.

Page 3: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

ART. 2.- DEFINICIÓN DEL NIVEL DE ATENCIÓN PREHOSPITALARIA

Niveles de atención establecidos I, II, y III Nivel, por niveles de complejidad pre hospitalarias que prestan atención en salud a aquellas personas que han sufrido una alteración de su integridad física o mental, causada por trauma o enfermedad de cualquier etiología, utilizando todos los recursos para preservar la vida y disminuir los riesgos de discapacidad o muerte, en el sitio de ocurrencia del evento y durante su traslado, hasta la admisión en la institución asistencial.

Page 4: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

El transporte sanitario en la atención pre hospitalaria no se limitara al transporte terrestre, debe contemplarse medios aéreos y acuáticos.

La elección del medio de transporte sanitario, deberá realizarse teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Estado del paciente.

Distancia entre el origen y el destino.

Características geográficas del lugar.

Relación riesgo-beneficio del paciente en el traslado.

Page 5: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

ART. 3.- ÁMBITO GENERAL DE APLICACIÓN

El proceso de licenciamiento es obligatorio y se aplicara en todo el Sistema Nacional de Salud.

ART. 4.- OBJETIVO

El proceso de licenciamiento será para todos los establecimientos que ofrecen atención prehospitalaria, para garantizar el cumplimiento de estándares básicos de acuerdo a su complejidad y capacidad resolutiva.

Page 6: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

ART. 3.- ÁMBITO GENERAL DE APLICACIÓN

Niveles de complejidad pre hospitalarios

Page 7: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

7.-1.- APH l.-Unidad de Atención Pre hospitalaria de Transporte y Soporte Vital Básico que coordina y gestiona la atención pre hospitalaria de pacientes estables que requieran transporte y que amerite la asistencia medica, cuya condición suponga un riesgo vital asegurando el servicio las 24 horas, los 7 días de la semana. Contara tambien con un sistema de call center; personal paramédico profesional, vehículo tipo I o para asistencia rápida, para transporte sanitario o SVB en el que las unidades deberá cubrir un área previamente establecida. Con las siguientes unidades

Page 8: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Ambulancia Tipo I:

Vehículo de intervención rápida.- Unidad que facilitara la atención prehospitalaria con profesionales competentes al sitio de ocurrencia del evento para preservar o estabilizar la vida del paciente y solicitar la ayuda de la ambulancia según la complejidad del caso.

Ambulancia de transporte simple:

Unidad de servicio de atención prehospitalaria, con profesionales competentes para transporte en pacientes que no impliquen riesgo de vida.

Page 9: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Ambulancia para soporte vital básico.-

Atención prehospitalaria, con profesionales competentes para el transporte de pacientes que no tenga un riesgo potencial de vida, siempre y cuando se tomen las medidas sanitarias oportunas. Dispone de un vehículo Tipo II, equipado para brindar soporte vital básico de acuerdo con el Ministerio de Salud Publica.

Page 10: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

APH2.- Unidad de Atención Prehospitalaria de Soporte Vital Avanzado

Gestiona la atención prehospitalaria de pacientes en situaciones de emergencia o urgencia generales. Deben tener los siguientes criterios que permitan una adecuada atención para la población: vialidad, accesibilidad, accidentalidad, asegurando el servicio las 24 h/7dias. Este nivel de complejidad contara con una unidad de atención, y un sistema de call center para llamadas de emergencia que brinden esta asistencia, con personal medico y paramédico profesional, vehículo Tipo II o III, equipados para soporte vital avanzado y tendrá que cubrir un área previamente establecida.

Page 11: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Este servicio cuenta con:

Ambulancia tipo II

Ambulancia para soporte vital avanzado.- con profesionales competentes, para dar atención a pacientes cuya condición clínica implica riesgo inminente de vida y esta equipado para brindar soporte vital avanzado.

Page 12: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

APH3. Unidad de Atención Prehospitalario de Soporte Vital Especializado

Atención prehospitalaria de pacientes en situaciones de emergencia o urgencia de alta complejidad y que a mas de requerir asistencia medica en un establecimiento de salud, necesitan intervenciones prehospitalarias especializadas intensivas. La unidad especializada debe implementarse para que permitan una mas adecuada atención para la población.

Page 13: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Presenta un personal paramédico y medico especializado y ambulancias Tipo III, que cubrirán un área previamente establecida. En el atiende la Unidad de atención prehospitalaria para soporte vital especializado en cuidados intensivos que es la unidad que presta servicios de atención prehospitalaria, transporte primario y secundario para pacientes con riesgo inminente de vida. Dispone de un vehículo Tipo III, equipado que brinda la unidad de neonatología o adultos. Este nivel de complejidad contiene

Page 14: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Ambulancia Tipo III:

Ambulancia para soporte vital especializado en cuidados intensivos

Unidad que presta servicios de atención prehospitalaria, transporte primario y secundario

para pacientes neonatos o adultos, cuya condición clínica implica riesgo inminente de vida; dispone de un vehículo Tipo III, equipado para brindar soporte vital especializado.

Page 15: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Otros Medios de Transporte en el Nivel Prehospitalario

Evacuación Aérea.- Se basa en la necesidad de trasladar de forma rápida y efectiva a los pacientes, en donde se pueda implementar las medidas medicas preventivas y terapéuticas, en relación con el transporte. Esta destinado a pacientes que ameriten recibir un tratamiento no disponible en el hospital de referencia o del sitio del accidente.

Page 16: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Evacuación Marítima y Fluvial

Es aquel que se emplea para el rescate, salvamento, traslado en el mar, o en zona de espacios acuáticos naturales, en situaciones peligrosas, accidentes o en emergencias, para una correcta y oportuna atención prehospitalaria que cuenta con el equipamiento técnico de acuerdo a la especialización del servicio en el traslado, medicamentos, dispositivos, insumos y materiales.

Page 17: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

COMPONENTES PARA CALIFICIÓN DEL LICENCIAMIENTO

•Infraestructura física: ambientes e instalaciones y vehículos

•Equipamiento: equipos, instrumental, mobiliario general y específico

•Recurso Humano: profesionales de la salud, personal de apoyo técnico y administrativo

•Normas generales y específicas emitidas por la autoridad sanitaria

Page 18: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

PROCESO DE LICENCIAMIENTOINSTRUMENTOS DEL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Instrumentos operativos, aplicados por los equipos nacionales, zonales y distritales de licenciamiento para la aceptación de los equipos.

ESTANDARES BASICOS

Patrones o normas que regulan los requisitos para la habilitación de los servicios de atención prehospitalaria.

Cumplimiento de los cuatro componentes basicos

Page 19: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

PONDERACION DE COMPONENTES

Los valores alcanzados serán promediados para obtener un puntaje global.

El Licenciamiento se concederá a cada uno de los servicios de atención prehospitaria.

Excepto si existe incumplimiento de criterios habilitantes.

Page 20: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

ORGANISMOS RESPONSABLES DE LICENCIAMIENTO

COMISION TECNICA NACIONAL DE LICENCIAMIENTO

Integrada por un equipo responsable de licenciamiento:

Un delegado de la Subsecretaría de Provisión de Servicios de Salud

Un delegado de cada institución que conforman la Red Pública Integral de Salud (RPIS)

Un delegado de la Red Complementaria (Sector Privado).

Page 21: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

RESPONSABILIDADES

Elaborar y proponer a las autoridades, un plan de intervención a nivel zonal

Emplear los instrumentos que legalicen la aplicación del proceso tales como acuerdos ministeriales, manuales de normas, reglamentos.

Gestionar la capacitación de los equipos con instrumentos y metodología de implementación del proceso a nivel zonal.

Asesorar, apoyar y realizar seguimiento en la aplicación del proceso, en coordinación con las direcciones

Page 22: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

COMISION TECNICA ZONAL DE LICENCIAMIENTO

Responsables o delegados de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud.

La Comisión estará liderada por el Coordinador Zonal del Ministerio de Salud Pública o su delegado.

Durante el proceso de inspección se incorporará un profesional delegado del establecimiento de salud o servicio inspeccionado.

Page 23: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.- 17 RESPONSABILIDADES

Son responsabilidades de la Comisión Técnica Zonal de Licenciamiento del nivel Prehospitalaria las siguientes:

Page 24: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Elaborar un plan y cronograma de las aplicaciones del proceso de licenciamiento para las instituciones publicas y privadas

Organizar y asesorar equipos responsables de la aplicación del proceso en el distrito

Ejecutar la capacitación que gestiono el nivel central, para la aplicación del proceso de licenciamiento

Verificar la información obtenida en el auto licenciamiento

Consolidar la informacion de todas las unidades prehospitalarias de salud en la zona

Page 25: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Informar a la comisión técnica nacional de los datos obtenidos en el licenciamiento con sus respectivas sugerencias, recomendaciones y el tipo de certificado que debe ser entregado a cada unidad Prehospitalaria, de acuerdo a los resultados de licenciamiento

Retroalimentar a las unidades Prehospitalaria sobre los datos obtenidos y realizar el seguimiento del proceso, según la realidad de cada establecimiento

Page 26: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

FASES Y PLAZOS DEL PROCESO DE LICENCIAMIENTO DEL NIVEL PREHOSPITALARIO

Page 27: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-18 FASE DE PRELICENCIAMIENTO

La comisión nacional de licenciamiento del nivel Prehospitalaria, proporcionara los instrumentos tecnicos y gestionara el plan nacional de capacitacion en licenciamiento a los equipos responsables, de conformidad con los siguiente

Page 28: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

La autoridad sanitaria zonal organizara y pondrá en funcionamiento a la comisión técnica distrital de licenciamiento

Los responsables de los establecimientos de salud via electrónica a los instrumentos técnicos para el licenciamiento a nivel distrital, a traves del responsable zonal de licenciamiento y se informara por la pagina web del MSP. Después de esto tendrán 15 dias para la ejecución del auto licenciamiento

Page 29: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-19 FASE DE AUTOEVALUACION O LICENCIAMIENTO

Esta es una fase obligatoria previa al licenciamiento que debe realizarse por el personal del establecimientos fin de contar con el diagnostico en relación a los estándares básicos señalados en los instrumentos oficiales.

La información se entregara en archivo magnético y en el formulario del MSP firmado por el responsable de la unidad, en plazo de 30 dias calendario, a partir de la fecha de capacitación, luego el MSP entregara el comprobante de recepción de la autoevaluación o licenciamiento

Page 30: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-20 FASE DE LICENCIAMIENTO

La comisión técnica de zonal de licenciamiento programara el cronograma de inspección y verificación en el lugar de los estándares básicos de los cuatro componentes básicos para la habilitación de las unidades Prehospitalaria de salud, con la utilización de matices y anexos a partir de un plazo de cuatro meses, de la entrega del certificado de recepción de autoevaluación.

Esta fase termina con la entrega del certificado de licenciamiento

Page 31: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-21 FASE DE POST LICENCIAMIENTO

Una ves entregado el certificado de licenciamiento, iniciara un proceso de evaluación y seguimiento de las unidades no licenciadas y condicionadas

Page 32: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-22 ESTATUS CONDICIONADA

Las unidades con estatus condicionadas tienen un plazo de seis meses a partir de la entrega del certificado de licenciamiento condicionado, para mejorar los componentes condicionados.

En caso de obtener un puntaje suficiente para el licenciamiento obtendrá el certificado

De no lograrlo se le ubicara en su nivel correspondiente

Page 33: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.- 23 NO LICENCIAMIENTO

En el nivel Prehospitalario de salud luego de haberse sometido a todos los procesos de licenciamiento, de no cumplir con los cuatro estándares básicos en los cuatros componentes de licenciamiento, no ser habilitado y por tanto no podrá dar servicios a la comunidad.

Pero podrá presentarse para un nuevo licenciamiento en el momento que lo considere oportuno

Page 34: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-24 PERMISO DE FUNCIONAMIENTO

El permiso de funcionamiento será otorgado por las Direcciones distritales y tendrá una validez de un año calendario, debiendo tramitarse en el primer trimestre de cada año

Toda unidad de atención Prehospitalaria nueva, debera realizar el proceso antes de la atención al publico, estableciendo su nivel de atención y tipología correspondiente

Page 35: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.-25 CERTIFICADO DE LICENCIAMIENTO

El certificado e licenciamiento representa la verificación del proceso de licenciamiento en el que se registra la siguiente información

A. Código del certificado

B. Razón social de la unidad pre hospitalaria de salud

C. Fecha de expedición y vencimiento del certificado de vencimiento del certificado con duración de un año

D. Entidad de pertenencia del sistema nacional de salud

E. Dirección completa

F. Representante legal :nombre y responsabilidad

G. Tipología

H. Nivel de atención

I. Nivel de complejidad

J. Índice global de licenciamiento

Page 36: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

Art.26.- APELACIONES

Los representantes legales de las unidades pre hospitalarias de salud, que no estuviesen conformes con los resultados del proceso de licenciamiento podrán apelar ante la coordinación nacional de salud , en un termino de 15 días , a partir de la fecha notificada.

DISPOCICIONES GENERALES

PRIMERA.- El Ministerio de Salud Publica , atreves de la Dirección Nacional de Normalización , emitirá las normas, protocolos y reglamentos de este nivel , previo consenso de los integrantes de la red publica integral de salud

SEGUNDA.- La subsecretaria Nacional de Provisión de los Servicios de Salud , a través de la Dirección Nacional de Gestión y Calidad de Servicios , será quien asegure el cumplimiento y la aplicación de las normas , protocolos y reglamentos establecidos. Además será el responsable de realizar el proceso de licenciamiento del nivel de atención pre hospitalaria , transporte sanitario.

Page 37: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

DISPOCICIONES TRANSITORIAS

Durante los años 2012 y 2013 las unidades pre hospitalarias de salud , continuaran obteniendo el premiso de funcionamiento , en base a lo dispuesto en el reglamento para otorgar permisos de funcionamiento a los establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario vigente

Todas la unidades pre hospitalarias del sistema nacional de salud , hasta el 31 de diciembre de 2013 , deberán homologarse a la nueva clasificación de las unidades pre hospitalarias de los servicios de salud señalados en el presente acuerdo ministerial

Page 38: REGLAMENTO DE APLICACIÓN PARA EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO

DISPOSICION FINAL

En el acuerdo ministerial No.00000296 se aprobó y autorizo la norma técnica para operativizar ambulancias terrestres, marítimas y aéreas.