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Página 1 de 179 REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS PR-2012-020 PLIEGO DE CONDICIONES CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA MAYO DE 2012 SAN JERÓNIMO, ANTIOQUIA

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REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS

PR-2012-020

PLIEGO DE CONDICIONES

CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE,

MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA

MAYO DE 2012

SAN JERÓNIMO, ANTIOQUIA

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CONTENIDO

1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES .......................................... 7

1.1. INFORMACIÓN GENERAL ....................................................................... 7

1.1.1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO ............................................. 7

1.1.2. OBJETIVO DEL CONTRATO .................................................................... 8

1.1.3. OBJETO DEL CONTRATO ....................................................................... 8

1.1.4. ALCANCE Y LOCALIZACIÓN DE LAS OBRAS ....................................... 8

1.1.5. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ................... 9

1.2. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS ................................................................... 10

1.3. INSTRUCCIONES PRELIMINARES ........................................................ 13

1.3.1. FINANCIACIÓN ....................................................................................... 13

1.3.2. NORMATIVIDAD APLICABLE ................................................................ 14

1.3.3. DOMICILIO .............................................................................................. 14

1.3.4. TRANSPARENCIA .................................................................................. 14

1.3.5. CESIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y DEL DERECHO DE PARTICIPACIÓN ..................................................................................... 14

1.3.6. REUNIÓN INFORMATIVA ....................................................................... 14

1.3.7. INTERPRETACIÓN, ACLARACIÓN Y MODIFICACIONES DEL PLIEGO .................................................................................................... 16

1.3.8. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIONES ....................................... 17

1.3.9. INFORMACIÓN RESERVADA ................................................................ 17

1.3.10. IDIOMA .................................................................................................... 18

1.3.11. MONEDA ................................................................................................. 18

2. PROPUESTA ........................................................................................... 18

2.1. PROPONENTES ...................................................................................... 18

2.1.1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN ........................................................ 18

2.2. CONTENIDO Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA ........................... 33

2.2.1. ASPECTOS LEGALES ............................................................................ 34

2.2.2. ASPECTOS ECONÓMICOS .................................................................... 35

2.2.3. ASPECTOS TÉCNICOS .......................................................................... 40

2.2.4. COSTOS DE ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA .............................. 42

2.3. ENTREGA DE LA PROPUESTA ............................................................. 42

2.3.1. FECHA Y AMPLIACIÓN .......................................................................... 43

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2.3.2. FORMA ORIGINAL Y COPIAS ................................................................ 43

2.3.3. RETIRO O MODIFICACIÓN .................................................................... 43

2.4. APERTURA DE LA PROPUESTA ........................................................... 44

2.4.1. AUDIENCIA, LUGAR Y ACTA................................................................. 44

2.4.2. VALIDEZ DE LA PROPUESTA ............................................................... 44

2.5. RECHAZO Y ELIMINACIÓN .................................................................... 44

2.5.1. CAUSALES DE RECHAZO ..................................................................... 45

2.5.2. CAUSALES DE ELIMINACIÓN ............................................................... 45

2.6. FORMULARIOS ....................................................................................... 46

FORMULARIOS DE LA PROPUESTA ...................................................................... 47

FORMULARIO 1. DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA PROPUESTA ............... 47

FORMULARIO 2: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA .................. 49

FORMULARIO 3. DATOS GENERALES Y ABONO DE LA PROPUESTA ............. 51

FORMULARIO 4. CANTIDADES DE OBRA, VALORES UNITARIOS Y VALORES TOTALES .............................................................................. 52

FORMULARIO 5: RELACIÓN DE LA MANO DE OBRA ......................................... 54

FORMULARIO 7: LISTADO DE MATERIALES ....................................................... 56

FORMULARIO 8. CONTRATOS EN EJECUCIÓN Y EN PROCESO DE LEGALIZACION ....................................................................................... 57

FORMULARIO 9 EXPERIENCIA EN CONTRATOS ANTERIORES ........................ 58

FORMULARIO 10. CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES ................. 59

FORMULARIO 11 ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS, UTILIDADES E IMPACTO COMUNITARIO ...................................................................... 60

3. EVALUACIÓN .......................................................................................... 61

FACTORES DE PONDERACIÓN ............................................................................. 61

3.1. ASPECTOS LEGALES ............................................................................ 61

3.1.1. CUMPLIMIENTO ...................................................................................... 61

3.1.2. PONDERACIÓN CUMPLIMIENTO .......................................................... 61

3.2. ASPECTOS ECONÓMICOS .................................................................... 63

3.2.1. VALOR. .................................................................................................... 63

3.2.2. PONDERACIÓN VALOR ......................................................................... 63

3.3. DESVIACIONES ...................................................................................... 63

3.4. PUNTAJE TOTAL Y COMPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS: ........... 65

3.5. PROPUESTAS ELEGIBLES ................................................................... 65

3.6. NEGOCIACIÓN DIRECTA ....................................................................... 66

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3.7. PUBLICACIÓN INFORME CONTENTIVO DE RECOMENDACIÓN ....... 66

3.8. DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO ................................. 66

3.9. TERMINACIÓN DEL PROCESO ............................................................. 67

3.10. COMUNICACIÓN ..................................................................................... 67

4. CONTRATO ............................................................................................. 67

4.1 ACEPTACIÓN DE OFERTA .................................................................... 67

4.2. COMUNICACIÓN A LOS DEMÁS PROPONENTES ............................... 68

4.3. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO ........................................................... 68

4.4. GARANTÍAS ............................................................................................ 68

4.4.1. GARANTÍA ÚNICA .................................................................................. 68

4.4.2. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL ............................ 70

4.4.3. RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES. ......................................................................................... 71

4.5. FORMALIZACIÓN ................................................................................... 71

4.5.1. PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. ..................................................... 71

4.5.2. DOCUMENTOS PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .......... 72

4.6. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA ......................................................... 72

4.7. VIGENCIA ................................................................................................ 73

4.8. DOCUMENTOS DEL CONTRATO .......................................................... 73

4.8.1. EL CONTRATO ........................................................................................ 73

4.9. RENOVACIÓN ......................................................................................... 73

5. EJECUCIÓN............................................................................................. 73

5.1. ORDEN DE INICIO ................................................................................... 74

5.2. ADMINISTRACIÓN .................................................................................. 74

5.2.1. ASPECTOS LEGALES ............................................................................ 74

5.2.2. ASPECTOS ECONÓMICOS .................................................................... 86

5.2.3. ASPECTOS TÉCNICOS .......................................................................... 88

4.015 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA EXCAVACIÓN, EL RELLENO Y PAVIMENTACIÓN DE DOMICILIARIAS DE ACUEDUCTO........................................................................................... 94

4.106 DEMOLICIONES ............................................................................ 94

4.107 COMPLEMENTO AL ESPECIFICACIÓN NEGC 105.3 ............. 94

4.107.2 EXCAVACIÓN EN ROCA UTILIZANDO MÉTODOS NO EXPLOSIVOS .......................................................................................... 95

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4.108 LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO PARA RELOCALIZACIÓN DE REDES .............................................................. 95

MEDIDA Y PAGO: .................................................................................................... 95

4.116 DEMOLICIÓN PISO ENROCADO. ................................................ 95

4.120.A MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 407 .............. 96

4.202.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 202 ............................................. 96

4.204.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 204 ............................................. 96

4.303.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 303 ....................................... 96

4.304.A MODIFICACIÓN A LA NEGC 306 .............................................. 96

4.311 ROTURA DE PAVIMENTO EN RIELES DE CONCRETO ............. 96

4.314 RECONSTRUCCIÓN O CONSTRUCCIÓN DE RIELES DE CONCRETO ............................................................................................. 97

MEDIDA Y PAGO: .................................................................................................... 97

4.409 COMPLEMENTO A LAS ESPECIFICACIONES NEGC 107.2 Y NEGC 201 ............................................................................................. 97

4.445 RECONSTRUCCIÓN DE MUROS, MALLAS Y ANDENES .......... 97

4.523 EMPOTRAMIENTO DE TUBERÍAS DE ALCANTARILLADO .... 98

MEDIDA Y PAGO: .................................................................................................... 98

4.704.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 704 ............... 99

4.732 COMPLEMENTO A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 701.3 ............. 99

4.737 COMPLETO A LA ESPECIFICACION NEGC702.1 ...................... 99

4.733 SUMINISTRO DE VÁLVULAS DE COMPUERTA ....................... 100

4.723 CAJAS PARA VÁLVULAS DE PURGA Y VENTOSA ................ 101

4.708.1 COMPLEMENTO A LA NEGC704 ........................................... 101

4.215 EXCAVACIÓN EN CUALQUIER MATERIAL, LLENO Y APISONADO DE ZANJAS PARA ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO (0.4M DE ANCHO X 0.60M DE PROFUNDIDAD): ........ 102

4.808.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 808 ........... 103

4.809.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 816 ........................................ 103

4.815 SUMINISTRO DE TUBERÍA DE CONCRETO ......................... 103

4.850 ACTUALIZACIÓN DE PLANOS .................................................. 103

4.715 TUBERÍA Y ACCESORIOS PVC PRESIÓN EXTREMO LISO .... 104

4.414 RETIRO Y COLOCACIÓN DE CERCOS EN ALAMBRE DE PÚAS ..................................................................................................... 104

4.744 UNIONES DE REPARACIÓN Y DE CONSTRUCCIÓN PARA EMPALMES ........................................................................................... 104

4.029.A ESTACIONES REGULADORAS DE PRESION ...................... 104

4.737.1 VÁLVULAS REGULADORAS DE PRESIÓN (VRP)................. 105

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4.217 EXCAVACION EN ROCA (MODIFICACION A LA ESPECIFICACION 201) ......................................................................... 111

4.221 EXCAVACIONES Y LLENOS EN LECHO DE QUEBRADAS ..... 112

4.421 HORA OFICIAL Y AYUDANTE ................................................... 112

411.A1 CORTES CON ACETILENO ..................................................... 113

701.1.A1 RECUBRIMIENTO DE TUBERIAS Y ACCESORIOS DE ACERO .................................................................................................. 113

423.N1 CINTA DE POLIETILENO PARA SEÑALIZACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO ..................................................................... 113

708.A1 ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO ............................................. 114

704.P1 ABRAZADERAS PARA TUBERIA ADOSADA A MUROS DE PUENTES Y OBRAS ....................................................................... 120

DESARENADOR EN FIBRA DE VIDRIO 4.3*1.0*1.0. INCLUYE ZONA DE ENTRADA CON PANTALLA DEFLECTORA ORIFICIOS 1", ZONA DE SALIDA CON VERTEDERO Y ZONA DE LODOS CON TOLVA, UN PASAMURO PVC-P ENTRADA DE 3", UNA SALIDA PVC-P 3", DOS REBOSES PVC-P 4" Y UN DESAGÜE PVC-P 6" ................................................................................................ 123

VÁLVULA HF O HD JH 3" ..................................................................... 123

VÁLVULA HF O HD JH 6" ..................................................................... 124

TUBERÍA ACERO 6" SC 40. INCLUYE PERFORADA, ABOCADA Y PERFORACIONES 1/8" ..................................................................... 124

POSTE METÁLICO TUBERÍA DE ACERO 6" PARA VIADUCTO. SEGÚN DISEÑO. INCLUYE GUÍA Y EXTREMO REDONDEADO. ....... 124

CABLE DE ACERO AA 6*19 3/8" PARA VIADUCTO. INCLUYE GANCHO EMBEBIDO COMPLETO SEGÚN PLANOS ........................ 125

CABLE DE ACERO AA 6*19 1/4" PARA LINEA DE VIDA EN VIADUCTO. INCLUYE GANCHO EMBEBIDO COMPLETO SEGÚN PLANOS ................................................................................................ 125

CUELGA EN CABLE DE ACERO AA 6*19 3/8" LONG: DE 0,50M A 1,5M PARA VIADUCTO. INCLUYE ABRAZADERA , TORNILLERÍA, GRILLETES , GRAPA DE SUSPENSIÓN Y VIENTOS INTERMEDIOS. ..................................................................... 126

TERMINACIÓN ....................................................................................................... 179

ACTA DE TERMINACIÓN ...................................................................................... 179

LIQUIDACIÓN ......................................................................................................... 179

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1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES 1.1. Información General Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en este proceso de contratación por solicitud Pública de ofertas cuyo contenido y reglas fija el presente pliego de condiciones, deberán evaluar su capacidad para participar teniendo en cuenta lo aquí estipulado. Para el efecto, se fijan, a continuación, las condiciones básicas que delimitan el marco general en el cual se desarrollará el proceso tanto desde la determinación de la competencia de Regional de Occidente S.A. E.S.P. para abrirlo, como en cuanto a su alcance y las obligaciones que asumen quienes en él participen. 1.1.1. Descripción general del proceso Este documento constituye el pliego de condiciones con base en el cual Regional de Occidente S.A. E.S.P. inicia el proceso de selección o escogencia de un contratista que, en las condiciones y con los requisitos que aquí se describen, ejecuten las labores u obras, que se determinan en el numeral que define el “objeto” dentro de este pliego. En el proceso podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos que se indican en este mismo pliego de condiciones y se encuentren en condiciones legales, económicas y materiales de cumplir con el “objeto” señalado. De entre quienes participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, Regional de Occidente S.A. E.S.P., seleccionará a quien ofrezca las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “Contratista”. Efectuada la selección y aceptada la oferta correspondiente mediante la comunicación respectiva al proponente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida, Regional de Occidente S.A. E.S.P. y el “contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana.

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Al terminar la ejecución del contrato, si el pliego de condiciones así lo indica o entre Regional de Occidente S.A. E.S.P. y el “Contratista” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado. 1.1.2. Objetivo del contrato

Mediante el contrato, que se entiende perfeccionado una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta, se vinculará a Regional de Occidente S.A. E.S.P. y al “contratista – en adelante: EL CONTRATISTA -, se fijan las condiciones de carácter legal, económico, material y demás de cualquier tipo que ambos – a quienes en conjunto, se denomina LAS PARTES -, consideraron necesario definir para llevar a cabo las actividades con las cuales se cumpla con el “objeto” del contrato. En consecuencia, salvo previsión de norma superior en contrario, las labores, actividades, obligaciones y derechos que LAS PARTES adquieren entre sí o frente a terceros con motivo de la vinculación mediante este contrato, se guiarán y someterán en primer lugar a lo aquí pactado, interpretado a partir de los respectivos propósitos de los contratantes y con aplicación del principio y criterio de la “buena fe”. 1.1.3. Objeto del contrato A través de este contrato, Regional de Occidente S.A. E.S.P. encargará al CONTRATISTA la ejecución de las obras del proyecto CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA – ANTIOQUIA y cuyos alcances, características técnicas y de diseño, plazo, localización y demás elementos determinantes se señalan dentro de este mismo pliego. 1.1.4. Alcance y localización de las obras Las principales actividades a realizar mediante este proceso de contratación son:

EXCAVACIONES EN MATERIAL COMÚN

EXCAVACIÓN EN ROCA

ENTIBADOS

LLENOS

S.T.C. DE CONCRETOS

S.T.C. DE TUBERÍAS PVC ACUEDUCTO PVC

S.T.C. DE ACCESORIOS PVC PARA ACUEDUCTO

S.T.C. DE ACERO

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Las obras se realizarán de acuerdo con lo establecido en este pliego de condiciones y especificaciones y en los sitios indicados por la Interventoría en la planta de tratamiento de agua potable del corregimiento de Sucre, Municipio de Olaya, según las necesidades que con respecto al objeto del contrato, surjan para Regional de Occidente S.A. E.S.P. durante el plazo de ejecución del contrato. Teniendo en cuenta los aspectos técnicos, y los plazos de ejecución máximos indicados por Regional de Occidente S.A. E.S.P., EL CONTRATISTA deberá garantizar tantos frentes de trabajo como sean necesarios, para cumplir el objeto del contrato dentro del plazo de ejecución contractual.

Con el fin de generar empleo en El Municipio de Olaya, EL CONTRATISTA deberá garantizar durante la ejecución de las obras, que como mínimo el ochenta por ciento (80%) de la mano de obra no calificada habite en dicho municipio, siempre y cuando el personal cumpla los procesos de selección y de gestión del desempeño establecidos por EL CONTRATISTA. 1.1.5. Etapas y plazos del proceso de contratación El proceso de contratación se desarrollará en las etapas y dentro de los plazos que se indican a continuación en el orden correspondiente: 1.1.5.1. Apertura: es el momento en el cual Regional de Occidente S.A. E.S.P. da a conocer su interés en vincular a un CONTRATISTA para llevar a cabo la obra que está interesada en obtener y ponen a disposición de los interesados el pliego que fija las condiciones de selección y contratación. En este proceso la apertura se da el 25 de Mayo de 2012 a las 4:00 p.m 1.1.5.2. Presentación de ofertas: es el acto mediante el cual, con las formalidades señaladas en el pliego, los interesados presentan una oferta a Regional de Occidente S.A. E.S.P. para que se evalúe dentro del proceso de contratación. La oportunidad para ello transcurre entre la fecha de la apertura y la que se establece como fecha de cierre para presentación de ofertas 1.1.5.3. Cierre de presentación de ofertas: es el momento hasta el cual los interesados tienen la posibilidad de presentar sus ofertas, fijado en términos de día, hora y lugar. Para los efectos del presente proceso el cierre será el día 4 de Junio de 2012 a las 2:00 p.m, en la sede de la Carrera 10 No 17-100 en el municipio de San Jerónimo, Antioquia. Regional de Occidente S.A. E.S.P. se reserva el derecho de ampliar el plazo para realizar el cierre, hasta en un término igual al que corre entre la apertura y cierre señalados, cuando por cualquier circunstancia no sea posible o conveniente hacerlo en la fecha indicada. 1.1.5.4. Acta de ofertas recibidas: en el lugar, día y hora señalados para el “cierre”, los servidores de Regional de Occidente S.A. E.S.P., responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, plazo señalado por él, valor global, garantías y representación legal. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al

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menos dos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo. 1.1.5.5. Evaluación: una vez verificados los aspectos generales antes indicados, Regional de Occidente S.A. E.S.P., a través de sus servidores y con aplicación de las reglas y criterios contenidos en este pliego y en las leyes aplicables, harán la evaluación de las ofertas determinando sucesivamente las que han de rechazarse, las que han de eliminarse y las que se ponderarán. Las que alcancen la etapa de “ponderación” serán calificadas con los puntajes que arroje la aplicación de las respectivas fórmulas o criterios a cada uno de los factores indicados y con base en la sumatoria de dichos puntajes se ordenarán de máximo a mínimo. 1.1.5.6. Selección: efectuada la evaluación y cumplido el paso de “recomendación” - Regional de Occidente S.A. E.S.P. elegirá aquella que haya alcanzado el máximo puntaje y se halle habilitada por todos los demás aspectos correspondientes para vincularse contractualmente con ellas en su condición de empresa de servicios públicos. 1.1.5.7. Aceptación: es el acto mediante el cual se le comunica al proponente seleccionado que su oferta reúne las condiciones fijadas por Regional de Occidente S.A. E.S.P. para ejecutar las obras señaladas en el “objeto” y, con lo cual, se habrá formado válidamente la relación o vínculo contractual. 1.1.6. Sujeción a la ley colombiana. Para todos los efectos, y, de manera particular, para la determinación de la validez de los contenidos del contrato y los actos a que LAS PARTES se comprometen, así como para la interpretación de todos esos aspectos, la normatividad vigente es la nacional de Colombia. 1.2. Definición de términos Siempre que aparezcan en el pliego de condiciones, en el contrato y en los documentos complementarios, las siguientes expresiones, se entenderán como se indica a continuación:

Aclaración

Documento producido por Regional de Occidente S.A. E.S.P. o el PROPONENTE mediante el cual se aclara el contenido o se determina el alcance del pliego de condiciones o la propuesta, respectivamente.

Acta de acuerdo

Documento suscrito entre Regional de Occidente S.A. E.S.P. y EL CONTRATISTA, mediante el cual se definen condiciones específicas para el desarrollo de las actividades del contrato.

Acta de Modificación

Documento suscrito entre Regional de Occidente S.A. E.S.P. y EL CONTRATISTA mediante el cual se acuerda

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Bilateral introducir modificaciones a las condiciones, monto o cantidades en el contrato.

Adenda

Documento emitido por Regional de Occidente S.A. E.S.P. con fecha posterior a la de apertura del proceso de contratación y anterior a su cierre o presentación de ofertas, mediante el cual se modifica el pliego de condiciones y que, por tanto, entra a formar parte de éste.

Contratista

Es el proponente seleccionado a quien Regional de Occidente S.A. E.S.P. ha comunicado oficialmente la aceptación de su propuesta.

Contrato

Acuerdo de voluntades entre Regional de Occidente S.A. E.S.P. y EL CONTRATISTA mediante el cual se definen las condiciones en las cuales asumen respectivamente los derechos y obligaciones derivados de la ejecución de los trabajos o el suministro de los bienes motivo del acuerdo.

Desarrollo del proceso

Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las etapas y plazos señalados para el proceso y que determine -o simplemente haga parte de- el curso del proceso.

Documentos de la propuesta

Con el archivo -magnético y en papel- que constituye el cuerpo de la propuesta, son, además, todos los archivos -igualmente, magnéticos o en papel- que el proponente presente como parte de dicha propuesta. Aquí se incluyen los certificados, constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso.

Empleados del Contratista

Personas que trabajan en la ejecución de la obra motivo del contrato como empleados directos del CONTRATISTA.

Equipo Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo las obras o entregar los bienes requeridos por Regional de Occidente S.A. E.S.P.

Especificaciones

Conjunto de requisitos y normas que definen las características de las obras o bienes requeridos por Regional de Occidente S.A. E.S.P. y las condiciones en las cuales éstas aceptarán la oferta.

Fabricante Persona que se encarga de la elaboración de los elementos ya sea en calidad de contratista, subcontratista o simple proveedor de aquél.

Gerente Jefe superior de la administración de Regional de Occidente S.A. E.S.P. y su representante legal.

Inspector

Persona designada por el Interventor para inspeccionar la ejecución de los trabajos objeto del contrato, dentro de las limitaciones que abarcan las labores particulares conferidas a él por el Interventor.

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Interesado Persona que adquiere el pliego de condiciones del proceso de contratación; no se considera “interesado” simplemente al que se autocalifica como tal.

Interventor Persona designada por Regional de Occidente S.A. E.S.P. para llevar a cabo la “interventoría” o la supervisión y administración de la obra objeto del contrato.

Ítem

Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación, el tipo de servicios o trabajos que deberá llevar a cabo EL CONTRATISTA para cumplir con el objetivo del contrato, conforme con la descripción que figura en el listado de ítems y cantidades de obra.

Junta Directiva Órgano general de dirección de Regional de Occidente S.A. E.S.P. .

Regional de Occidente S.A. E.S.P.

Empresa Regional de Occidente S.A. E.S.P.

Ley aplicable Por definición, es la “ley colombiana”

Perfeccionamiento del contrato

Condición en la que se encuentra un contrato una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta y de lo cual se derivan las obligaciones y derechos de cada una de las partes. Cuando la ley exige formalidades especiales para ello, el contrato sólo se perfeccionará una vez esas formalidades se cumplan.

Plazo de ejecución del contrato

Sumatoria de los tiempos que tiene EL CONTRATISTA para llevar a cabo las obras a que se refiere el contrato.

Pliego

Es el documento en el cual Regional de Occidente S.A. E.S.P. fija las condiciones con base en las cuales seleccionará a un contratista para el desarrollo de las actividades que definen el “objeto” de un contrato. Se consideran partes del pliego todos los documentos que lo complementan o modifican, expedidos válida y oportunamente por Regional de Occidente S.A. E.S.P. .

Proceso de contratación

Es el conjunto de etapas y procedimientos a través de los cuales Regional de Occidente S.A. E.S.P. se propone seleccionar una o más propuestas para la realización del “objeto” definido dentro de un pliego de condiciones.

Proponente

También llamado “oferente”, es la persona que presenta formalmente una propuesta a Regional de Occidente S.A. E.S.P. dentro de un proceso de contratación. Se conserva esta calidad hasta que la situación individual se define mediante “eliminación”, “rechazo” o “aceptación” de la propuesta.

Proponente seleccionado

Es la persona a quien Regional de Occidente S.A. E.S.P., previo el proceso de evaluación indicado, consideran que

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ha presentado la mejor oferta para la contratación correspondiente.

Propuesta alternativa

Propuesta que se aparta de lo estipulado en los pliegos, pero conservando el contenido de las obras que son “objeto” de la solicitud de Regional de Occidente S.A. E.S.P. .

Propuesta básica Propuesta presentada con atención a las condiciones fijadas por Regional de Occidente S.A. E.S.P. en el pliego de condiciones

Recomendación

Es el acto por el cual, con base en el estudio y la evaluación de los diferentes aspectos de las ofertas, se aconseja aceptar alguna oferta, terminar o declarar total o parcialmente desierto el proceso.

Servidor competente

Es el “servidor” de Regional de Occidente S.A. E.S.P. que tiene la facultad o función de tomar una o más de las decisiones correspondientes al proceso de contratación.

Servidor de la Regional de Occidente S.A. E.S.P.

Es cada persona que interviene en el proceso de contratación desempeñando una labor para Regional de Occidente S.A. E.S.P. o en su representación.

Servidor responsable del proceso

Es la persona que, en nombre de Regional de Occidente S.A. E.S.P., actúa frente a los interesados o proponentes y tiene capacidad para comunicar las decisiones que aquellas toman dentro del proceso.

Subcontratista

Persona que contrata directamente con EL CONTRATISTA para suministrarle mano de obra, servicios y materiales procesados según diseño especial, pero sin incluir en esta denominación al que simplemente suministra materias primas no elaboradas.

Vigencia del contrato

Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación al CONTRATISTA y la fecha en que queda aprobada su liquidación definitiva.

Donde quiera que en este pliego se usen las palabras “Ordenado”, “Requerido”, “Permitido” o palabras similares, se entenderá que es la orden, requerimiento o permiso del Interventor. Las palabras “Aprobado”, “Aceptado”, “Satisfecho” o palabras similares, significarán “aprobado por”, “aceptado por”, o “satisfactorio para” Regional de Occidente S.A. E.S.P. 1.3. Instrucciones preliminares 1.3.1. Financiación

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Las obligaciones que Regional de Occidente S.A. E.S.P. asumirá dentro del contrato al que dé lugar el presente proceso de contratación serán cubiertas con recursos propios. 1.3.2. Normatividad aplicable Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificada por la Ley 689 de 2001, Ley 80 y demás normas complementarias del estatuto de contratación pública en cuanto le sean aplicables, así como el Manual de Contratación de Regional de Occidente S.A. E.S.P., contenido en el Decreto No 08 de la Junta Directiva, de Octubre 8 de 2009 y las normas contenidas en los Estatutos Sociales, y las demás de rango legal o reglamentario. 1.3.3. Domicilio Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación y el contrato a que dé lugar, se entiende como domicilio el Municipio de San Jerónimo. 1.3.4. Transparencia Regional de Occidente S.A. E.S.P, comprometida con los programas que se impulsan desde la Gobernación de Antioquia, para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración, y en desarrollo de los principios que rigen su contratación, está interesada en garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas. Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o pueda vincular a sus servidores en prácticas indebidas para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas, solicitan, para efectos de las investigaciones correspondientes, se informe a los teléfonos 858 02 96 -858 01 76. La información obtenida será manejada con la más alta discreción y se reservará la identidad de quien la suministre. 1.3.5. Cesión del pliego de condiciones y del derecho de participación El Pliego puede consultarse gratuitamente en la página WEB www.aguasdeoccidente.com 1.3.6. Reunión informativa 1.3.6.1.

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La Regional de Occidente S.A. E.S.P. realizará una reunión informativa en la cual se atenderán las inquietudes de los interesados en el proceso, acerca del objeto y las condiciones particulares del contrato previstas en el pliego. Es de carácter obligatorio y se llevará a cabo en el Municipio de San Jerónimo el día 29 de Mayo de 2012 a las 9:00 am; quienes asistan, directamente o en representación de un interesado, deberán ser Ingenieros civiles o sanitarios. La persona que asista a la reunión no podrá representar a más de un interesado y mediante comunicación escrita del representante legal de la empresa que representa, acreditará tal calidad. La asistencia a la reunión, y los costos y riesgos derivados de ésta, correrán por cuenta de los interesados 1.3.6.2. Visita al sitio de las obras obligatoria. Regional de Occidente S.A E.S.P, realizará una visita al sitio de las obras en la cual se hará claridad, única y exclusivamente, sobre el objeto y las condiciones particulares del contrato, establecidas en este pliego. Esta visita será de carácter obligatorio y se llevará a cabo el 29 de Mayo de 2012 a las 9:00 am. El sitio de encuentro serán las Oficinas de Regional de Occidente. Carrera 10 Nº 17 – 100, San Jerónimo, Antioquia A esta visita debe asistir un ingeniero civil o sanitario con matrícula profesional vigente mediante certificado por el COPNIA con fecha de expedición no mayor a seis meses a la fecha del cierre del proceso, documento de identificación y en el caso de representar a otra persona, natural o jurídica, debe presentar la debida autorización escrita, dando cumplimiento a la ley. Regional de Occidente S.A E.S.P descartará cualquier asistente a la visita obligatoria que se presente pasadas las 9:00 am sin excepción alguna. En todo caso, el interesado, antes de presentar su oferta, deberá investigar e informarse, completamente, de todas las circunstancias topográficas, climatológicas, de acceso y transporte, disponibilidad de materiales de construcción, mano de obra, botaderos autorizados, y todos los demás aspectos que de acuerdo a la ubicación de las obras puedan influir o afectar los trabajos, tales como la situación de orden público, la disponibilidad y costo de la mano de obra. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones. La visita a las obras y los costos y riesgos asociados a ésta, correrán por cuenta de los interesados. Las respuestas a las inquietudes que surjan por parte de los interesados durante la reunión y/o visita al sitio de las obras que no se incluyan mediante adendas al pliego de condiciones no se consideran incluidas en el mismo.

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1.3.7. Interpretación, aclaración y modificaciones del pliego 1.3.7.1. Interpretación. El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en los documentos del proceso de contratación, los cuales constituyen la única fuente de información válida para la preparación de la propuesta. Si la interpretación de los documentos genera alguna duda para el interesado, deberá formular consulta, por escrito, a Regional de Occidente S.A. E.S.P., dentro del término establecido para tales efectos.

1.3.7.2. Aclaración. Si el interesado encuentra ambigüedades, discrepancias, omisiones, contradicciones o errores, deberá solicitar, por escrito, a Regional de Occidente S.A. E.S.P., las aclaraciones que sean del caso, antes de presentar la propuesta, dentro del término establecido para tales efectos. Las consultas o solicitudes de aclaración se recibirán hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación. Regional de Occidente S.A. E.S.P. no se responsabilizará por correspondencia o comunicaciones mal dirigidas o con desatención de lo previsto en el numeral 1.3.8 “Correspondencia y Comunicaciones”. 1.3.7.3. Modificación. Cualquier modificación al pliego de condiciones o el aplazamiento de la fecha de cierre de la contratación, que Regional de Occidente S.A. E.S.P. considere oportuno hacer, será comunicada, por medio de adenda publicada en la página web www.aguasdeoccidente.com, y será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas. Estas aclaraciones y modificaciones harán parte del pliego de condiciones. Las interpretaciones o inferencias que el interesado haga de las estipulaciones del pliego de condiciones o de las aclaraciones hechas por Regional de Occidente S.A. E.S.P., serán de su exclusiva responsabilidad. Nota 1: Las respuestas a las solicitudes de interpretación, aclaración o modificación del pliego de condiciones que realicen los interesados por escrito, serán dadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de las ofertas. Nota 2: Se aclara que las respuestas dadas a los interesados sobre las solicitudes que realicen por escrito, sobre la interpretación, aclaración y modificación del pliego de condiciones, que impliquen complementar o modificar el texto inicial del mismo, se harán explicitas mediante adendas que serán publicadas en la página web www.aguasdeoccidente.com y serán de obligatoria observancia tanto para Regional de Occidente S.A. E.S.P. como para los interesados quienes las deberán tener en cuenta para la preparación de sus ofertas Nota 3: De las respuestas a las solicitudes de interpretación, aclaración y modificación del pliego de condiciones, que no impliquen complementar o

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modificar el texto del pliego de condiciones, y será publicada en la página web www.aguasdeoccidente.com. 1.3.8. Correspondencia y comunicaciones Para efectos del presente proceso de contratación y del contrato que se derive del mismo, con excepción de la propuesta, se establece el siguiente modelo para dirigir cualquier comunicación a Regional de Occidente S.A. E.S.P. :

SEÑORES REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P Carrera 10 No 17-100. Teléfono (4) 858 02 96 MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO – ANTIOQUIA Asunto: Contratación CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO

EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA

Todas las comunicaciones se reciben en la oficina de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., municipio de San Jerónimo – Antioquia. La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se registre en el mismo momento, y será la única considerada válida. Cuando la correspondencia sea enviada por parte de Regional de Occidente S.A. E.S.P. usando el correo ordinario, se tendrá como fecha de aquella, la fecha en que sea recibida por el destinatario, y si no aparece fecha de recibo, se presume que fue recibida el quinto día calendario siguiente a aquel en que salió de Regional de Occidente S.A. E.S.P. Por su parte, Regional de Occidente S.A. E.S.P. enviará todas las comunicaciones al proponente o al CONTRATISTA, según sea el caso, a la dirección por él consignada en su propuesta. Si se presenta algún cambio, éste deberá ser informado a Regional de Occidente S.A. E.S.P., con la debida anticipación, a la dirección citada anteriormente. 1.3.9. Información reservada “El proponente, en la carta de presentación de su oferta, formulario 2: Carta de presentación de oferta deberá indicar cuál información de la consignada en ella, tiene el carácter de reservada y cuáles normas jurídicas prevén dicha reserva, relacionando expresamente las normas específicas correspondientes.

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Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada, no es suficiente con hacer mención simplemente de las normas que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que adicionalmente, en documento anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, o por la persona natural o su representante, si es el caso, debe señalar expresa y debidamente los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los fundamentos correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la oferta tiene el carácter de reservado y que LAS EMPRESAS se encuentran autorizadas para suministrar la información que le sea solicitada por otro oferente o un tercero. 1.3.10. Idioma La propuesta deberá presentarse en idioma español. En caso de que la propuesta incluya dibujos, planos, etc., los textos correspondientes podrán presentarse en idioma español; otros documentos, como certificados y constancias, deberán ser acompañados de su traducción oficial al español. 1.3.11. Moneda El proponente deberá cotizar todos los precios de la propuesta en pesos colombianos. 2. PROPUESTA El interesado en presentar propuesta deberá tener en cuenta, en primer lugar, los requisitos o condiciones de carácter subjetivo o personal que se exigen y asegurarse de cumplirlos cabalmente; en segundo lugar, deberá acoger estrictamente las reglas de presentación formal de la propuesta que contiene este pliego y completar de manera exhaustiva toda la información exigida. Las omisiones, vacíos, contradicciones o información inexacta que aparezca en la propuesta, habilitarán a Regional de Occidente S.A. E.S.P., para descartarla o para aplicar las reglas de corrección explícitas que el pliego contenga. 2.1. Proponentes Todo documento en cuyo sobre aparezca la identificación del presente proceso de contratación se recibirá con destino a los trámites de dicho proceso; sin embargo, sólo se considerará que hay formalmente una propuesta y a quien la hace se le considerará proponente, cuando se haya constatado el cumplimiento de los requisitos que a continuación se incluyen. 2.1.1. Requisitos de participación

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Regional de Occidente S.A. E.S.P. considerará las propuestas de las personas naturales o jurídicas, en forma individual, no se aceptan consorcios ni uniones temporales, que habiendo obtenido el pliego en las condiciones aquí previstas, cumplan con los siguientes requisitos de participación: 2.1.1.1. Habilitación. No encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con entidades estatales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8º modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, 9º y 10º del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993, artículos 4º y 5º del Decreto 679 de 1994 reglamentario de la Ley 80 de 1993, artículo 66 de la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificado por el artículo 11 de la Ley 689 de 2001 y artículos 44 y 49 de la Ley 617 de 2000 modificado, el último, por el artículo 1º de la Ley 1148 de 2007. En consecuencia, al presentar la propuesta, por sí o por interpuesta persona, el proponente estará afirmando, bajo la gravedad del juramento, que no se halla comprometido en las mencionadas inhabilidades o incompatibilidades. Para los efectos de las inhabilidades de que tratan los literales g y h del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, Regional de Occidente S.A. E.S.P. dejará constancia escrita de la fecha y hora de recepción de la propuesta. Para garantizar la información e ilustración debida a los interesados, se trascriben, a continuación, las disposiciones pertinentes: 2.1.1.1.1. Ley 80 de 1993, artículos 8º modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, 9º y 10º. “ARTÍCULO 8°. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR. “1°. Son inhábiles para participar en licitaciones o concursos y para celebrar contratos con las entidades estatales: “a Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes. “b Quienes participaron en las licitaciones o celebraron los contratos de que trata el literal anterior estando inhabilitados. “c Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad. “d Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.

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“e Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado. “f Los servidores públicos. “g Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación. “h Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación. “i Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria. “j Modificado por el artículo 1 de la Ley 1474 de 2011. Las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la Administración Pública cuya pena sea privativa de la libertad o que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos ilegales, delitos de lesa humanidad, narcotráfico en Colombia o en el exterior, o soborno transnacional, con excepción de delitos culposos. Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades en las que sean socias tales personas, a sus matrices y a sus subordinadas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas. La inhabilidad prevista en este literal se extenderá por un término de veinte (20) años.” “k) Adicionado por el artículo 2 de la Ley 1474 de 2011. Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías con aportes superiores al dos punto cinco por ciento (2.5%) de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, quienes no podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas, del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato. La inhabilidad se extenderá por todo el período para el cual el candidato fue elegido. Esta causal también operará para las personas que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil de la persona que ha financiado la campaña política. Esta inhabilidad comprenderá también a las sociedades existentes o que llegaren a constituirse distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios hayan financiado directamente o por interpuesta persona campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones y las alcaldías.

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La inhabilidad contemplada en esta norma no se aplicará respecto de los contratos de prestación de servicios profesionales. Adicionado por el Artículo 84 ley 1474 de 2011, PARÁGRAFO 2o. Adiciónese la Ley 80 de 1993, artículo 8o, numeral 1, con el siguiente literal: k) El interventor que incumpla el deber de entregar información a la entidad contratante relacionada con el incumplimiento del contrato, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. Esta inhabilidad se extenderá por un término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que así lo declare, previa la actuación administrativa correspondiente. “Las inhabilidades a que se refieren los literales c), d) e i) se extenderán por un término de cinco 5 años contado a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró la caducidad, o de la sentencia que impuso la pena, o del acto que dispuso la destitución; las previstas en los literales b y e, se extenderán por un término de cinco 5 años contado a partir de la fecha de ocurrencia del hecho de la participación en la licitación o concurso, o de la de celebración del contrato, o de la de expiración del plazo para su firma.

“2°. Tampoco podrán participar en licitaciones o concursos ni celebrar contratos estatales con la entidad respectiva: “a Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante. Esta incompatibilidad solo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un 1 año, contado a partir de la fecha del retiro. “b Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivo, asesor, ejecutivo o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante. “c El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal. “d Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.

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“e Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la misma esté adscrita o vinculada. “f) Adicionado por el artículo 4 de la Ley 1474 de 2011. Directa o indirectamente las personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo en entidades del Estado y las sociedades en las cuales estos hagan parte o estén vinculados a cualquier título, durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios.

Esta incompatibilidad también operará para las personas que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil del ex empleado público.

“PARÁGRAFO 1°. La inhabilidad prevista en el literal d del ordinal 2° de este artículo no se aplicará en relación con las corporaciones, asociaciones, fundaciones y sociedades allí mencionadas, cuando por disposición legal o estatutaria el servidor público en los niveles referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo. “En las causales de inhabilidad por parentesco o por matrimonio, los vínculos desaparecen por muerte o por disolución del matrimonio. “PARÁGRAFO 2°. Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno Nacional determinará que debe entenderse por sociedades anónimas abiertas.” “ARTÍCULO 9°. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES SOBREVINIENTES. Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. “Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro de una licitación o concurso, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. “Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero previa autorización escrita de la entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.” “ARTÍCULO 10º. DE LAS EXCEPCIONES A LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. No quedan cobijadas por las inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los artículos anteriores, las personas que contraten por obligación legal o lo hagan para usar los bienes o servicios que las entidades a que se refiere el presente estatuto ofrezcan al público en condiciones comunes a quienes los soliciten, ni las personas jurídicas sin ánimo de lucro cuyos representantes legales hagan parte de las juntas o consejos directivos en virtud de

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su cargo o por mandato legal o estatutario, ni quienes celebren contratos en desarrollo de lo previsto en el artículo 60 de la Constitución Política.” 2.1.1.1.2. Decreto 679 de 1994, artículos 4º y 5º. “Artículo 4º. De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas. Para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g y h del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, las entidades estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Si de acuerdo con los pliegos la propuesta hubiere sido enviada por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos. “En caso de recepción simultánea, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los pliegos o términos de referencia. Con tal propósito, las personas naturales que retiren dichos documentos al hacerlo deberán manifestar el nombre de la persona por cuya cuenta actúan.” “Artículo 5º. Definición de las sociedades anónimas abiertas. Para efectos de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 tienen el carácter de sociedades anónimas abiertas las que reúnan las siguientes condiciones: 1. Tengan más de trescientos accionistas. 2. Que ninguna persona sea titular de más del treinta por ciento de las acciones en circulación. 3. Que sus acciones estén inscritas en una bolsa de valores. Corresponderá al revisor fiscal de la respectiva sociedad certificar que la misma tiene el carácter de anónima abierta para efectos de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.” 2.1.1.1.3. Ley 142 de 1994, artículo 66 modificado por la Ley 689 de 2001, artículo 11. “Artículo 66. Modificado por la Ley 689 de 2001, artículo 11. Incompatibilidades e inhabilidades. Las personas que cumplan la función de vocales de control de los comités de desarrollo y control social, sus cónyuges o compañeros permanentes, y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, así como quienes sean sus socios en sociedades de personas, no podrán ser socios ni participar en la administración de Regional de Occidente S.A. E.S.P. de Servicios Públicos que vigilen, ni contratar con ellas, con la comisión o comisiones de regulación competentes en el servicio o los servicios públicos

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domiciliarios que vigilen, ni con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, por el período de desempeño de sus funciones y un año más. Los ediles, concejales, diputados y congresistas no podrán ser elegidos vocales de control de los Comités de Desarrollo y Control Social. La celebración de los contratos de servicios públicos o, en general, de los que se celebren en igualdad de condiciones con quien los solicite, no dan lugar a aplicar estas inhabilidades e incompatibilidades.” 2.1.1.1.4. Ley 617 de 2000, artículos 44 y 49 modificado por la Ley 1148 de 2007, Artículo 1º. “Artículo 44. De las incompatibilidades de los miembros de las juntas administradoras locales. adiciónase el artículo 126 de la Ley 136 de 1994, así: “8. Ser representantes legales, miembros de juntas o consejos directivos, auditores o revisores fiscales, empleados o contratistas de empresas que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el respectivo municipio o distrito.” “Artículo 49. Modificado por el artículo 1º de la Ley 1148 de 2007. Prohibiciones relativas a cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales; concejales municipales y distritales. Los cónyuges o compañeros permanentes, y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales y concejales municipales y distritales, no podrán ser miembros de juntas o consejos directivos de entidades del sector central o descentralizados del correspondiente departamento, distrito o municipio, ni miembros de juntas directivas, representantes legales, revisores fiscales, auditores o administradores de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el respectivo departamento o municipio. “Los cónyuges o compañeros permanentes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales y concejales municipales y distritales, y sus parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, no podrán ser designados funcionarios del respectivo departamento, distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas. “Los cónyuges o compañeros permanentes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales, y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, no podrán ser contratistas del respectivo departamento, distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas, ni directa, ni indirectamente.

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“PARÁGRAFO 1o. Se exceptúan de lo previsto en este artículo los nombramientos que se hagan en aplicación de las normas vigentes sobre carrera administrativa. “PARÁGRAFO 2o. Las prohibiciones para el nombramiento, elección o designación de servidores públicos y trabajadores previstas en este artículo también se aplicarán en relación con la vinculación de personas a través de contratos de prestación de servicios. “PARÁGRAFO 3o. Prohibiciones relativas a los cónyuges, compañeros permanentes y parientes de concejales de municipios de cuarta, quinta y sexta categoría. Tratándose de concejales de municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, las prohibiciones establecidas en el presente artículo se aplicarán únicamente para los cónyuges o compañeros permanentes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.”

Ley 1474 de 2011, artículo 5.

“Artículo 5°. Quien haya celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos o su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, con las entidades a que se refiere el artículo 2° de la Ley 80 de 1993, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del mismo, no podrán celebrar contratos de interventoría con la misma entidad.”

“Artículo 90 Ley 1474 de 2011. Inhabilidad por incumplimiento reiterado. Quedará inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las siguientes conductas:

a) Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno o varios contratos, durante una misma vigencia fiscal con una o varias entidades estatales; b) Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por los menos dos (2) contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales; c) Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales. La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados a partir de la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas. La inhabilidad pertinente se hará explícita en el texto del respectivo certificado. Parágrafo. La inhabilidad a que se refiere el presente artículo se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado esta inhabilidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.”

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2.1.1.2. Experiencia Experiencia del proponente. El proponente debe acreditar en los últimos cinco años, en máximo cuatro (4) contratos con certificación de experiencia con Regional de Occidente S.A. E.S.P. o con otras entidades estatales, en la ejecución de trabajos como contratista de obra cuyo objeto o actividad principal haya sido la construcción de plantas de tratamiento de agua potable y/o residual, tanques de almacenamiento y/o estructuras de concreto hidráulico, cuya sumatoria sea superior a quinientos (500) SMMLV. El proponente debe estar clasificado en el Registro Único de Proponentes como constructor en las siguientes especialidades y grupos: 10201--10204-10205-10406. En el caso de experiencia con Regional de Occidente S.A. E.S.P., el proponente sólo tendrá que informar la contratación correspondiente; Regional de Occidente S.A. E.S.P. verificará en sus archivos. Se aceptarán subcontratos. El certificado de ejecución de los subcontratos deberá ser expedido por el representante legal que celebró el contrato con la correspondiente entidad estatal, se deberá anexar la copia del contrato celebrado con la entidad estatal correspondiente. Los valores de las obras acreditadas serán considerados de acuerdo con el salario mínimo legal mensual vigente SMMLV del día de terminación de los contratos. Sólo se tendrán en cuenta el valor total correspondiente sin incluir el IVA y los reajustes. Regional de Occidente S.A. E.S.P. se reservará el derecho de verificar esta información y de eliminar la propuesta si dicha información es inexacta o falsa. Notas:

• Los valores de las obras acreditadas serán considerados de acuerdo con el salario mínimo legal mensual vigente SMMLV del día de terminación de los contratos en millones de pesos, debidamente certificados por el Proponente.

• Los contratos a considerar dentro de lo exigido en estos requisitos de participación deben estar ejecutados.

• Los contratos en liquidación se entienden como ejecutados, por lo que la certificación deberá indicar que se encuentra en liquidación, además de anexar copia del acta de recibo.

• La no presentación de los certificados con los datos exigidos será responsabilidad del proponente, ya que de estos depende la consideración o no de la experiencia acreditada con la oferta.

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• En el caso de que la información suministrada en una oferta, referente a la experiencia del proponente, cree incertidumbre o no aporte los elementos útiles para su evaluación, Regional de Occidente S.A. E.S.P. , se reservará el derecho de verificar esta información y de eliminarla si se encuentra inexacta o falsa.

• La presentación de datos inexactos, ambiguos o incompletos que no permitan evaluarse con suficiente certeza, causará la no consideración de dicha experiencia.

• El Proponente deberá anexar los certificados donde se acredite el cumplimiento del proponente en el contrato, manifestando, si a ello hubiere lugar, la existencia de sanciones, incumplimientos, multas, etc. Si en los certificados no aparece el cumplimiento, El Proponente deberá manifestar por escrito que no se le ha aplicado multa o declarado incumplimiento alguno por cualquier concepto en los contratos relacionados.

• Las certificaciones respectivas deberán contener como mínimo los siguientes datos: Entidad que certifica y Nit, No del contrato, Objeto, valor del contrato, fecha de inicio, fecha de terminación, Nombre del contratista, cumplimiento.

2.1.1.3. Estabilidad económica y capacidad financiera. La participación en este proceso de contratación estará condicionada por la estabilidad económica y la capacidad financiera de los oferentes con fundamento en la liquidez, medida como el activo corriente sobre el pasivo corriente, y en el endeudamiento, medido como el pasivo total sobre el activo total, según se indica más adelante. Para el efecto, el Oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos: Presentar Copia del Registro único de Proponentes un K residual (Kr) superior a 450 smmlv, el cual será determinada por la diferencia entre la capacidad máxima de contratación como constructor (K) consignada en el RUP de la Cámara de Comercio respectiva y la suma de los valores totales de los contratos adjudicados y no ejecutados o en ejecución en la parte correspondiente al porcentaje por ejecutar, a la fecha de cierre de la Solicitud Pública de Ofertas. Se medirán los siguientes indicadores financieros: - Indicador de Liquidez IL. La liquidez se medirá según la relación entre activo corriente y pasivo corriente, mediante la siguiente expresión:

IL = Activo Corriente ≥2,0 Pasivo Corriente

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Propuestas cuya relación IL sea inferior a dos no podrán participar en este proceso de contratación. - Índice de Endeudamiento IE. El porcentaje de endeudamiento se medirá según la relación entre el pasivo total y el activo total, mediante la siguiente expresión:

IE = Pasivo Total x 100% < 50 % Activo Total

Propuestas cuya relación IE sea mayor del 50% no podrán participar en este proceso de contratación..

-Capacidad de organización: Para el presente proceso la capacidad organizacional será de 450 SMMLV. Propuestas cuya capacidad organizacional este por debajo de dicho valor no podrán participar en este proceso de contratación. Nota: Esta información será tomada del RUP. • Para la evaluación de los anteriores indicadores se tomará como base la información del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, con la información a 31 de diciembre de 2011. 2.1.1.4. Forma de participación (individual,) El proponente deberá presentar ofertas individuales. Por ningún motivo, Regional de Occidente S.A. E.S.P., aceptará propuestas presentadas en consorcio o uniones temporales. Las que así se presenten serán rechazadas. 2.1.1.5. Acreditación existencia y representación legal Certificado de Existencia y Representación Legal. Todo proponente deberá acreditar su existencia y representación mediante los documentos exigidos por la ley colombiana. La existencia y representación legal de las personas jurídicas colombianas se prueba mediante el certificado de existencia y representación expedido por la respectiva Cámara de Comercio. En cuanto a las personas naturales, éstas deberán acreditar fotocopia de su cédula de ciudadanía. La existencia y representación legal de entidades extranjeras de carácter privado, se prueba por medio del correspondiente certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio del lugar o la entidad que haga sus veces, visado por el Cónsul Colombiano, y a falta de éste, por el de una nación amiga; además deberá estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

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Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse visados por el Cónsul de Colombia, o a falta de éste, por el de una nación amiga, y abonada la firma del Cónsul por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, a menos que se trate de documentos expedidos en países signatarios miembros o adherentes de la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961, aprobada en Colombia mediante la Ley 455 del 4 de agosto de 1998 Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, caso en el cual debe cumplirse con la obligación de que dicho documento contenga el anexo de apostilla, en los términos allí establecidos. Dicho certificado deberá tener una antigüedad menor de tres 3 meses para los nacionales y seis 6 meses para los extranjeros, a la fecha de cierre de la contratación; este último deberá estar acompañado por la respectiva traducción al idioma español. Las sociedades deberán acreditar como mínimo una duración igual a la del plazo de ejecución del contrato y 6 años más. Si una compañía nacional o extranjera da poder a una persona natural o jurídica para que contrate en su nombre, deberá anexar en debida forma los siguientes documentos: a. El certificado de existencia y representación de la compañía que da el poder. b. El certificado de existencia y representación de quien recibe el poder, si se trata de una persona jurídica, y c. El documento mediante el cual la compañía o persona natural mandante confiere poder o autorización a la que recibe el poder o mandato. Para el caso de personas naturales se aportará fotocopia de

la cédula de ciudadanía o del documento que haga sus veces.

Si del documento se desprende que el representante legal requiere de una habilitación especial, para celebrar contratos de determinada cuantía, copia del acta correspondiente en donde se le habilite, deberá ser anexada. Las sociedades extranjeras que estén desarrollando actividades permanentes en el país, deben acreditar la existencia y representación legal de la sucursal, que para tal efecto han debido constituir con el lleno de las formalidades exigidas por el Código de Comercio Colombiano. Las sociedades extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en el país, y se presenten a través de un mandatario deben acompañar el documento correspondiente en que conste esa calidad y la facultad para formular propuestas a nombre de la firma extranjera. Los proponentes extranjeros, de carácter privado, deberán tener en cuenta que es necesario que la firma constituya una sucursal en Colombia con domicilio en la ciudad de Medellín, dentro de los veinte 20 días calendario siguientes a la fecha de comunicación de aceptación de la oferta. La constancia de la sucursal deberá llenar todos los requisitos exigidos por el Código de Comercio vigente en Colombia.

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En el caso de que el proponente a quien se le aceptó la oferta, no complete las gestiones requeridas para constituir la sucursal, establecidas en el Código de Comercio, LA REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá hacer efectiva la multa que se establece en el numeral 5.2.1.3.16 La sucursal establecida en Colombia por EL CONTRATISTA extranjero, deberá estar autorizada para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y ejecución del contrato. La norma anterior sólo se aplica a las sociedades que ejecuten contratos en el territorio de la República de Colombia. Las entidades públicas nacionales de creación constitucional o legal no estarán obligadas a acreditar su existencia. Las entidades públicas extranjeras demostrarán su existencia mediante certificación de agente diplomático o consular del país donde fueron constituidas. 2.1.1.6. Garantía de seriedad de la propuesta Cada propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o de compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, preferiblemente con domicilio y poder decisorio en el municipio de Medellín, de forma aceptable para Regional de Occidente S.A. E.S.P. por el quince por ciento (15%) del valor del presupuesto oficial Cuando se otorgue la garantía por conducto de una sucursal diferente a las establecidas en Medellín o por compañías aseguradoras que no tengan su domicilio principal en este municipio, deberán acreditar ante Regional de Occidente S.A. E.S.P. y a satisfacción de ésta, que lo relacionado con el manejo de todos los asuntos que tengan que ver con las garantías se hará por conducto de personas domiciliadas en Medellín y debidamente autorizadas por dichas compañías. La garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la hora cero 0 de la fecha de cierre del presente proceso de contratación.. La garantía deberá acompañarse de la constancia de cancelación de la prima respectiva al asegurador o garante. El tomador de la garantía deberá ser la persona natural o jurídica que se hace responsable de la oferta proponente. Mediante dicha caución garantizará:

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- Que mantendrá la totalidad de su propuesta, sin modificaciones de ninguna clase, desde la fecha de cierre del proceso de contratación y durante el período de validez de la oferta. - Que firmará el contrato, constituirá las garantías exigidas por Regional de Occidente S.A. E.S.P. y presentará los documentos solicitados para su formalización dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que el contrato le sea enviado para tales fines. - Que aportará el certificado modificatorio ampliando la vigencia de la misma en el evento en que se le haya solicitado la ampliación del término de la validez de la propuesta. Igualmente la garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el proponente modifica, adiciona o retira su oferta después del cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación. En la elaboración de las pólizas el oferente deberá constatar que el nombre de Regional de Occidente S.A. E.S.P. se consigne como REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P NIT: 900130596-1. Igualmente el NIT y el nombre del tomador indicados en la garantía deben corresponder exactamente con los que figuran en el certificado de existencia y representación legal del oferente, cuando este es persona jurídica, o en la cédula de ciudadanía cuando es persona natural. No serán aceptadas pólizas de garantías otorgadas por la sociedad EL CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES, mediante las cuales se pretenda cubrir riesgos propios de los procesos de contratación”. 2.1.1.6.1. Ampliación de la garantía. En caso de que las necesidades de Regional de Occidente S.A. E.S.P. exija la ampliación del plazo para tomar una decisión sobre el proceso de contratación, los proponentes deberán ampliar la vigencia de la garantía de seriedad por un período igual al de la ampliación del plazo; de todas maneras el proponente que resulte favorecido con el contrato derivado del presente proceso de contratación, mantendrá vigente la garantía de seriedad hasta que le sean recibidas y aprobadas por parte de Regional de Occidente S.A. E.S.P., las garantías y demás documentos del contrato. 2.1.1.6.2. Devolución de la garantía. Al proponente favorecido y al calificado en segundo lugar se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta, cuando el proponente favorecido suscriba y formalice el contrato. 2.1.1.7. Certificaciones Además de la experiencia deberá acreditarse: 2.1.1.7.1. Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales. En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 -Ley de Reforma Laboral-,

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las personas jurídicas deberán acreditar el pago de los aportes por sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello hubiere lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis 6 meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis 6 meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Las obligaciones parafiscales a las que se refiere el párrafo anterior, son las que se presentan en la siguiente tabla:

ENTIDAD PARAFISCAL APORTE FUNDAMENTO LEGAL

Seguridad Social en Salud

12,5 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 8,5% del empleador

Artículo 204 de la Ley 100 de 1993

Seguridad Social en Pensiones

16 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 12% a cargo del empleador

Artículo 7 de la Ley 797 de 2003

Seguridad Social en Riesgos Profesionales

De acuerdo con la clasificación establecida y totalmente a cargo del empleador

Artículo 16 del Decreto Ley 1295 de 1994.

Aporte a las Cajas de Compensación Familiar

4% totalmente a cargo del empleador

Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982

Aporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

3% totalmente a cargo del empleador

Artículo 1 de la Ley 89 de 1988

Aporte al SENA 2% totalmente a cargo del empleador

Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982

Nota: la información contenida en esta tabla es indicativa y puede haber sufrido modificaciones de acuerdo con la ley. Por lo tanto, el Proponente deberá prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones. Este requisito debe ser cumplido por el proponente individual. Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la seguridad social integral, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995, esto es, aportes para la seguridad social y pensiones. Si tiene

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trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago de aportes a la seguridad social por éstos, así como de los parafiscales antes señalados. Tratándose de personas jurídicas extranjeras, que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero certificarán que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales. 2.1.1.7.2. Certificado de gestión de calidad.

No aplica 2.1.1.8. Registro en el Sistema de Información para la vigilancia Estatal SICE. No aplica

2.2. Contenido y documentos de la propuesta La propuesta debe presentarse en la forma y con los contenidos que señala el pliego de condiciones; para el efecto, dicho pliego se publica en la página web www.aguasdeoccidente.com. La información del archivo se encuentra protegida y, en consecuencia, si el interesado requiere modificar o diligenciar algún formulario que allí se encuentre, puede copiarlo en otro archivo y así podrá manipularlo. Sin embargo, deberá tener en cuenta que la información válida es la que se encuentra publicada en la página web. Los ítems se describen en forma concisa y no en detalle; por lo tanto, el interesado, antes de señalar o incluir el valor unitario de cada uno de ellos, deberá consultar en el pliego, en la sección correspondiente a “Especificaciones de Construcción”, y en el manual “Normas y Especificaciones Generales de Construcción en Redes y Servicios” de EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN, cómo debe ejecutarse cada ítem y su forma de medida y pago. Si se encontraren discordancias, discrepancias, incongruencias u omisiones entre la descripción del ítem y lo indicado en la sección del pliego indicada, se deberá solicitar la aclaración correspondiente a Regional de Occidente S.A. E.S.P en la forma prevista para ello dentro del mismo pliego. La propuesta deberá entregarse en sobre cerrado y éste debe estar debidamente identificado con el nombre y el número del proceso de contratación y acompañada de todos los documentos anexos. Deberá presentarse en medio digital y en dos 2 ejemplares igualmente identificados y diferenciados respectivamente con las palabras: “original”, y copia. Los documentos deben presentarse en forma ordenada y de fácil manejo, numerados todos sus folios y refrendados con la firma del Proponente. Debe presentarse, además una relación de los documentos que componen la propuesta, con la indicación de los folios correspondientes a cada uno de ellos. Ver Formulario 1.

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Cualquier tipo de modificación realizada a los formularios exigidos, por parte del proponente, no serán válidas y se incurrirá en causal de eliminación de la propuesta. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. se abstendrá de considerar aquellos documentos que no cumplan las condiciones estipuladas en este pliego de condiciones. 2.2.1. Aspectos legales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considera bajo este concepto -“aspectos legales”-, aparte de algunos que se contemplan expresamente como requisitos de participación, el cumplimiento de aquellas condiciones que la ley ha fijado a las personas potencialmente contratistas de la entidad, en razón de su formación o constitución, la actividad que cumplen y las obligaciones que tienen tanto frente al Estado como frente a terceros. Por regla general, tales condiciones se acreditan mediante la exhibición de documentos, y cuando así esté contemplado en normas vigentes, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no admitirá otra forma de acreditarlas. Cuando la ley dispone la obligación de contar con un documento que acredite la capacidad o habilitación para intervenir en alguna actividad o negocio -como es el caso en las profesiones regladas- ninguna prueba tendiente a demostrar la posesión de las habilidades o capacidades será aceptada en sustitución de aquél. 2.2.1.1. Carta de presentación El proponente deberá adjuntar la carta de presentación de la propuesta, para lo cual utilizará el Formulario 2. Adicionalmente, certificará que para la preparación de su propuesta tuvo en cuenta las adendas recibidas. 2.2.1.2. Propuestas alternativas REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no considerará ningún tipo de “propuesta alternativa” y, en consecuencia, los proponentes deben abstenerse de elaborar o entregar ofertas clasificables como tales. 2.2.1.3. Firma y abono de la propuesta El proponente indicará en el Formulario 3, los datos correspondientes a la dirección de su sede, donde desee recibir la correspondencia relacionada con la presente contratación, así como el nombre de la firma y de su representante legal y la Cámara de Comercio en la cual se encuentra inscrito. Adicionalmente indicará el nombre, título, el número de la matrícula o documento equivalente, la cédula de ciudadanía y la firma del ingeniero que abona la propuesta y anexará fotocopia de su tarjeta profesional

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La firma y abono de la propuesta se cumplen con el diligenciamiento y firma del Formulario 3 y la firma del ingeniero que abona la propuesta en la carta de presentación. La propuesta deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de una persona jurídica, o por el proponente o su representante, si se trata de una persona natural. Para que la propuesta sea considerada debe estar abonada por un ingeniero civil o sanitario, graduado y matriculado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9 de 1990 y la Ley 842 de 2003, o las normas que sean aplicables. 2.2.2. Aspectos económicos En este acápite se fijan las reglas, conforme con las cuales deberán atenderse las obligaciones con contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el contrato y para garantizar el cumplimiento del mismo. Los interesados han de tener en cuenta para elaborar su propuesta -y en caso de recibir la aceptación de la misma, en calidad de CONTRATISTA, han de sujetarse estrictamente a ello- que, el entendimiento, la interpretación y la aplicación o ejecución de lo aquí previsto son sólo particularidades de los sistemas económico y macroeconómico respectivos y que ninguna previsión puede considerarse o leerse en forma aislada o contradictoria con las reglas o conceptos generales vigentes en dichos sistemas. 2.2.2.1. Valor precios El proponente deberá indicar, en el formulario correspondiente de la propuesta, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems presentados, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios. Si se presentaren errores aritméticos en la propuesta, se harán, por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., las correcciones del caso, tomando como definitivos y válidos los precios corregidos. Éstos serán la base de los que se consignarán en el contrato que se celebre con el proponente favorecido. Las enmendaduras de precios que aparezcan en la propuesta deberán confirmarse con nota al margen y firma del proponente, tanto en el original como en las copias. Se advierte expresamente que los precios cotizados por los proponentes, en el Formulario 4, deben considerar y contener el pago de trabajos debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones, y deberán comprender todos los gastos necesarios en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad del proponente, y todos los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas. No se incluyen los gastos de laboratorio, inspección y ensayos

de la calidad de los materiales los cuales serán hechos por la interventoría, excepto las pruebas hidrostáticas que corresponderán al CONTRATISTA y los ensayos que se deban

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repetir cuando el primero detecte materiales defectuosos, los que se cobrarán al CONTRATISTA.

Todos los costos que se deriven del cumplimiento de las normas de seguridad para ejecutar los trabajos, del plan de manejo ambiental durante la construcción de las obras, y de la adopción de los mecanismos para reducir el impacto comunitario que aquéllos generen, según lo establecido en las especificaciones NEGC 1300 Decreto 12661 de 2002 de LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN., modificado por el Decreto 1683 de 2008 y 1301 del “Manual de Normas y Especificaciones Generales de Construcción” de las Empresas. Públicas de Medellín E.S.P., última versión, y sus anexos, y los demás gastos que puedan afectar dichos costos, se pagarán en el AIU o (AIUI) del contrato, es decir, quedarán incorporados en los precios unitarios del mismo. El AIU o AIUI se deberá presentar en el FORMULARIO 11. El proponente a quien le sea aceptada la oferta, deberá entregar el detalle del cálculo de los costos indirectos AIU junto con los documentos para dar inicio al contrato indicado en el anexo técnico. Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto de Renta y el de Industria y Comercio, entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas. 2.2.2.2. Reajuste de precios Para el contrato que se derive de la presente contratación, los precios unitarios pactados no serán objeto de reajuste durante el tiempo de ejecución 2.2.2.3. Impuestos, deducciones y gastos

1Debe tenerse en cuenta que lo establecido en el Decreto 1266 de diciembre de 2002 -Impacto comunitario-,

continúa vigente, salvo en lo modificado por normas superiores, como en los siguientes casos:

1. Unidades Sanitarias: Obligatoria dotación en todo tipo de obra, según Acuerdo 038 de 2002 del Concejo

de Medellín.

2. Transporte de personas, materiales y equipos: Se debe tener presente el texto del Artículo 83 de la Ley

769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), que prohíbe el transporte de personas por fuera de las cabinas de los vehículos; Decretos 173 y 174 de 2004 en cuanto a transporte de carga y pasajeros respectivamente; Decretos de la Gerencia General de Regional de Occidente S.A. E.S.P. Públicas de Medellín 1505 y 1517 de 2005 sobre los vehículos para el transporte de materiales y personas.

3. Dispositivos de señalización vial: Resolución 001050 de mayo de 2004 del Ministerio de Transporte.

4. Salud Ocupacional: La Ley 776 de 2002 complementa las disposiciones del Decreto Ley 1295 de 1994, en

cuanto a servicios asistenciales y prestaciones económicas.

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EL CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo contratado, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países. Por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a que haya lugar Renta, impuesto sobre las ventas IVA, Industria y Comercio, contribución de guerra, etcétera, en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las propuestas el IVA o los impuestos al consumo tengan alguna modificación por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al consumo, ello será tenido en cuenta por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. para hacer los ajustes que sean del caso y reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores costos o hacerle las deducciones. La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de tributos no será tenida en cuenta por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. ni para hacer ajustes ni para hacer deducciones al CONTRATISTA. Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA. Entre otros, y sin ser esta lista taxativa, se causan los siguientes tributos y se aplican las siguientes retenciones: Retención en la fuente de renta Se aplicará a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean objeto de pago o abono en cuenta. Impuesto sobre las ventas IVA El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia. Retención del IVA Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura.

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Impuesto de Industria y Comercio Se efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y cuando el municipio donde se ejecute el objeto contractual tenga establecida esta obligación de retener a cargo de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. y a las tarifas y sobre las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha retención. Contribución de guerra En los contratos de obra pública se retendrá sobre el valor de todo pago, incluido el anticipo, aplicando el porcentaje vigente al momento del respectivo pago o anticipo. 2.2.2.4. Forma de pago REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. pagará la obra ejecutada en moneda nacional colombiana, previa la presentación de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido. Para la elaboración de la factura, EL CONTRATISTA medirá la cantidad de obra ejecutada y dicha medición deberá ser aprobada por el respectivo interventor. Es requisito indispensable para efectuar los pagos, que el Contratista acompañe a la factura de cobro la constancia de cancelación de los salarios y prestaciones sociales a los trabajadores, así como copia de pago al sistema de seguridad social integral (EPS, AFP, ARP), y Parafiscales (Caja de compensación familiar, ICBF y SENA), donde se detalle el periodo de cotización, número de cédula y salario base de cotización. Es entendido que el oferente favorecido con la aceptación de la oferta y en su calidad de Contratista faculta expresamente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. para: A). Revisar y verificar los pagos por los anteriores conceptos en las entidades correspondientes, durante la vigencia del contrato, según lo definido en el Art. 50 de la ley 789 de 2002 y Ley 828 de 2003. B). Retener los pagos que EL CONTRATISTA tenga a su favor, en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales y/o en el pago a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo o a cualquiera de los ex trabajadores del mismo, por concepto de salarios, prestaciones sociales ó cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente. C). Pagar todos los conceptos laborales contemplados en el literal B. de esta cláusula, como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien

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corresponda con cargo a las sumas adeudadas al Contratista, sin que ello implique que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.se conviertan en empleador y mucho menos que sustituyan las obligaciones laborales a cargo del CONTRATISTA. D). Exigir, a través de la interventoría, las constancias de pago correspondientes a salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y cualquier otro concepto de pago que se hubiere causado a cargo del contratista empleador en favor de cualquiera de sus trabajadores durante el plazo contractual. 2.2.2.5. Anticipo REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. ofrece al proponente un anticipo hasta del treinta por ciento (30%) sobre el valor de aceptación del contrato. El contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato. El anticipo será amortizado, descontando el 30% de los pagos que se harán al contratista, hasta su amortización. El valor del anticipo se entregará al CONTRATISTA dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de aprobación de la garantía de anticipo y demás requisitos necesarios para la formalización del contrato. EL CONTRATISTA se compromete a colocar la suma dada en anticipo en un banco o corporación que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. acepte, en una cuenta especial y exclusiva para el efecto. Si REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no hubiere entregado el anticipo transcurridos treinta (30) días calendario de haber aprobado la póliza de garantía del anticipo correctamente expedida, previo cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de los demás requisitos necesarios para la formalización del contrato, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. actualizará el valor del anticipo con el IPC de los últimos 12 meses a la fecha de la entrega del anticipo, proporcionalmente por el número de días transcurridos entre la entrega de la póliza de garantía correctamente constituida y la fecha de entrega efectiva del anticipo. El proponente deberá manifestar expresamente en su oferta si hará uso del anticipo y en qué porcentaje, y en el evento en que no realice ninguna manifestación en tal sentido, se entenderá que no acepta el anticipo propuesto. Cuando a juicio de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se considere que las obras no marchan satisfactoriamente y que efectivamente no se cumplirá el objeto del contrato, éstas podrán exigir a EL CONTRATISTA el reintegro total del anticipo no amortizado, haciendo la deducción de las cuentas que se encuentran

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pendientes por pagar o haciendo efectivo el amparo de correcta inversión y oportuno reintegro del anticipo de la garantía única de cumplimiento del contrato. Igualmente, se exigirá el reintegro del anticipo cuando se compruebe el mal manejo o uso indebido del mismo. 2.2.3. Aspectos técnicos En este aparte REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. consigna las reglas más generales con aplicación de las cuales ha de lograrse la ejecución de la obra que ha sido definida como “objeto” en este proceso de contratación. Los detalles de carácter técnico, constructivo, operativo y similares, han de buscarse en el “Anexo Técnico” que hace parte integral de este pliego y, en todo caso cuando del “estado de la ciencia”, la “técnica” o la “práctica” no se logre definir la forma de llevar a cabo una actividad, obra u operación, o la forma que el producto ha de tener una vez acabado, EL CONTRATISTA estará en la obligación de consultar expresamente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. acerca de la forma de proceder y ha de atenerse estrictamente a lo que éstas le indiquen expresamente. Si EL CONTRATISTA considera que la forma como REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. ha definido la ejecución de una obra, actividad u operación comporta una modificación a los términos inicialmente pactados y que ello le genera un costo adicional, deberá presentar por escrito y dentro de los ocho 8 días siguientes a la definición que hayan tomado REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., la reclamación correspondiente con la expresión clara y razonada de los argumentos que le asisten y el aporte de las pruebas que sustentan su petición. 2.2.3.1. Plazo de entrega El plazo de ejecución de la obra se contará a partir de la fecha que, por escrito, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. señale como la de inicio de ejecución y se extenderá por sesenta (60) días calendario. Al vencimiento de este plazo, EL CONTRATISTA deberá dar aviso a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. para que éstas dispongan lo necesario para la recepción de la obra, lo cual se hará en el término de los treinta (30) días siguientes. Se considerará que hay incumplimiento en la entrega de la obra o ejecución del contrato cuando en el proceso de su recepción REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. encuentre que hay productos, labores o actividades incompletas o no funcionales dentro de la obra. En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de las obligaciones a cargo de El Contratista, Regional de Occidente S.A. E.S.P. le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones legales y contractuales pertinentes. 2.2.3.2. Forma de entrega

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Al vencimiento del plazo de ejecución de la obra y previo el aviso de entrega a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. por parte del CONTRATISTA, éste hará entrega formal y material de la obra a los servidores responsables o a quienes REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. señale para el efecto. La entrega consistirá en la revisión visual de las obras, la comprobación de la operación de cada componente que tenga alguna funcionalidad y el levantamiento de un acta en la que consten las condiciones en las cuales se halla la obra en general y cada uno de los detalles que la definen. Cualquier entrega que EL CONTRATISTA intente con omisión de las condiciones antes fijadas se tendrá por no efectuada y no será considerada como eximente de la responsabilidad, tanto de entrega como de custodia de la obra. La dependencia definirá si hay lugar a entregas y/o pagos parciales. 2.2.3.3. Planos y diseños Para la ejecución de la obra, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. entregará al CONTRATISTA los planos y diseños con base en los cuales éste debe proceder para dicha ejecución. En consecuencia, y en principio, EL CONTRATISTA se sujetará estrictamente a lo que dichos planos y diseños indiquen, sin que ello excluya su responsabilidad cuando en unos u otros se encuentren descripciones o características erróneas o incompatibles que hayan debido ser identificadas oportunamente por él. En este último caso, EL CONTRATISTA está en la obligación de informar clara y puntualmente acerca del error o la incompatibilidad detectados y esperar las indicaciones que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. le dé para proseguir. La responsabilidad del CONTRATISTA desaparecerá en los casos en los cuales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no responda su manifestación formal acerca de la existencia del error o la incompatibilidad. La sola expresión verbal, así sea hecha frente al servidor responsable, no excluye la responsabilidad del CONTRATISTA si el error o incompatibilidad subsiste. En los casos de responsabilidad del CONTRATISTA antes mencionados, éste deberá asumir los costos de corrección o reparación de la obra en lo correspondiente y REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no estará obligada a ampliar o conceder plazos adicionales para ello. 2.2.3.4. Lista de cantidades y precios unitarios En el Formulario 4 el proponente deberá señalar el valor unitario de cada uno de los ítems que allí aparecen. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, so pena de considerar incompleta la información o mal diligenciado el formulario e incurrirá en causal de eliminación. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. se reserva el

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derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. encuentre. 2.2.3.5. Anexo Técnico El presente pliego incluye un “Anexo Técnico” que EL CONTRATISTA deberá estudiar y aplicar plenamente para la ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato. En él se incluyen las características estéticas, constructivas y funcionales de la obra, y los procedimientos que deben seguirse para la realización de diversas actividades implícitas en la ejecución, como las “reglas de impacto comunitario” y las destinadas a reducir el impacto ambiental en general. Todas las previsiones contempladas en este aparte deben interpretarse con aplicación del principio de la buena fe y con base en las reglas y criterios imperantes en cada una de las disciplinas que les sirven de base; esto se aplica de manera estricta a lo referente a “planos y diseños” y al “Anexo Técnico” y, en consecuencia, salvo por las instrucciones expresas que EL CONTRATISTA obtenga de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se hace responsable de una inadecuada interpretación o de la incursión en omisiones o errores que el conocimiento vigente -y que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. supone cuando aceptan su propuesta- exige detectar y corregir. 2.2.3.6. Manual de Imagen y Marca de Aguas de Occidente El presente pliego incluye un Anexo denominado “Manual de Imagen y Marca de Aguas de Occidente ” que EL CONTRATISTA deberá aplicar plenamente para la ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato. En él se incluyen los procedimientos que deben seguirse para velar por el uso correcto de la marca Aguas de Occidente.

2.2.4. Costos de elaboración de la propuesta REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no asume ningún costo por la elaboración de las propuestas que reciban. 2.3. Entrega de la propuesta Los interesados deberán entregar sus propuestas en el lugar y hasta la fecha y hora que se indican en el pliego. La presentación de la oferta se tomará como constancia de que el proponente ha examinado completamente el pliego de condiciones, que ha obtenido de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados para definir los trabajos que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los proponentes hagan de los documentos del

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proceso de contratación y de las aclaraciones hechas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., serán de exclusiva responsabilidad de aquellos. 2.3.1. Fecha y ampliación Las propuestas deben entregarse en el día, hora y lugar indicados en el numeral 1.1.5.3. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considere necesario ampliar el plazo para la entrega, lo harán saber a los interesados a través de una adenda expedida antes del vencimiento del día y hora señalados. En tal caso, la vigencia de la garantía de seriedad de todas las propuestas debe comenzar a partir de la nueva fecha de cierre del proceso de contratación. 2.3.2. Forma original y copias Las propuestas deberán estar debidamente identificadas con el nombre y el número del proceso de contratación, y acompañadas con todos los documentos anexos. Deberán presentarse en medio Digital y/o 2 ejemplares impresos, en sobres cerrados, separados y marcados: “Original”, “Copia ”, respectivamente, en los cuales se hará constar, además, el nombre del proponente y su dirección completa, así: CONTRATACIÓN: SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS Objeto: “XXXXXXXXXXXXX” Original o copia, según el caso

En caso de discrepancia entre los ejemplares, el marcado como “Original” primará sobre los otros.

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no será responsable por la apertura prematura de una propuesta, o por no abrirla y, en consecuencia, no tenerla en cuenta, cuando no esté correctamente dirigida y marcada como se exige en este pliego. Tampoco se responsabilizarán por los retardos, extravíos u otros hechos desfavorables para el proponente, que puedan presentarse cuando la propuesta sea enviada por correo.

2.3.3. Retiro o modificación Ningún proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre de presentación de ofertas del proceso de contratación, so pena de que se haga efectiva la garantía de seriedad. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. puede pedir aclaraciones o informaciones adicionales a cualquiera de los proponentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para estos el derecho a modificarlas o adicionarlas.

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2.4. Apertura de la propuesta En la oportunidad señalada, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. abrirá las ofertas con el fin de iniciar el proceso de análisis que permitirá su evaluación y posterior decisión. La apertura comportará los siguientes pasos: 2.4.1. Audiencia, lugar y acta En el lugar, día y hora señalados para el “cierre de presentación de ofertas”, los servidores de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, valor total de la propuesta, Número de folios del ejemplar original, garantías y representación legal. Se aclara que la foliación deberá efectuarse con números sin letras, sobre cada documento que contenga información, en el entendido que cada cara de una hoja debe foliarse si en ella existe información. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo. Dicha acta se denominará “Acta de audiencia y apertura de propuestas del proceso de contratación” la cual se publicará en Te Cuento, página www.aguasdeoccidente.com. 2.4.2. Validez de la propuesta La oferta tendrá una validez de noventa (90) días, contados a partir de la hora cero 0 de la fecha de cierre del presente proceso de contratación, término dentro del cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. aceptará la propuesta o declararán desierta la contratación. El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., antes de su vencimiento y por un término que no será superior a la mitad del plazo inicialmente fijado, en cuyo caso todos los proponentes deberán ampliar la validez de sus propuestas y la vigencia de las garantías de seriedad. 2.5. Rechazo y eliminación Se entiende por “rechazo” la determinación de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de no estudiar o considerar una propuesta por la carencia de alguno de los requisitos de participación determinados por este pliego. Se entiende por “eliminación” la decisión de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de excluir del proceso una propuesta cuando dentro de su análisis, estudio

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o consideración se han detectado errores, carencias, faltas o, en general, informaciones no admisibles que hagan inconveniente o ilegal la aceptación de dicha propuesta. Con todo, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones o precisiones que estimen necesarias para definir el incumplimiento, siempre y cuando ello no haga posible la modificación de la propuesta en aspectos considerados esenciales por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. Si el proponente modifica en alguna forma la esencia de su propuesta, ésta será rechazada. 2.5.1. Causales de rechazo Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación exigidos en el numeral 2.1.1. 2.5.2. Causales de eliminación REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá eliminar las propuestas en cualquiera de los siguientes casos: 2.5.2.1. Cuando la propuesta fuere presentada por una persona, natural o jurídica, que haya intervenido, directa o indirectamente, en el estudio o proyecto de la obra respectiva, o participado en la elaboración de los diseños o pliegos de condiciones, o por las firmas cuyos socios o personal a su servicio hayan tenido tal intervención. 2.5.2.2. Cuando un socio o empleado de una firma que presente propuesta, haya participado en la elaboración de la oferta de otra persona, natural o jurídica, que igualmente participe en este proceso de contratación. 2.5.2.3. Cuando la propuesta presente desviaciones sustanciales en los términos del numeral 3.3, o cuando la propuesta resulte incompleta o indebidamente diligenciada. 2.5.2.4. Cuando la propuesta o sus aclaraciones contengan información inexacta o falsa, o resulten condicionadas, confusas, indefinidas o ambiguas. 2.5.2.5. Cuando la propuesta se modifique por el proponente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 2.5.2.7. Cuando mediante acuerdos u otras conductas realizadas por el proponente se atente o pongan en riesgo los derechos de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. o de otros proponentes. 2.5.2.8. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los servidores de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

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encargados del estudio y evaluación de las propuestas, o de la aceptación de la oferta. 2.5.2.9. Cuando el proponente no acepte la sujeción a la ley colombiana y la renuncia a reclamación diplomática, o cuando la propuesta estipule la obligatoriedad de que las diferencias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato sean sometidas a la decisión de tribunales de arbitramento. 2.5.2.10. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del proponente desde la presentación de su propuesta por cualquier causa que, a juicio de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del proponente. 2.5.2.11. Cuando el proponente no haya respondido oportunamente cualquier requerimiento de información de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 2.5.2.12. Cuando, detectados errores u omisiones de forma en los documentos financieros y solicitadas las aclaraciones del caso, el proponente no las haga o las que presente se consideren insatisfactorias o inconsistentes por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 2.5.2.13. Cuando en la evaluación de las ofertas se detecten faltas o inadecuaciones en materia de equipos y personal ofrecidos por el proponente para llevar a cabo las obras. 2.5.2.14. Cuando detectadas desviaciones no sustanciales en la propuesta, el proponente requerido para hacer las aclaraciones que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considera necesarias, no las haga o las que haga resulten por fuera del tiempo fijado para ello o insatisfactorias para el propósito buscado. 2.5.2.15. Cuando el oferente no presente el formulario “Carta de presentación de la oferta” o habiéndola presentado no cumple con las exigencias requeridas. 2.5.2.18. Cuando la propuesta no resulte elegible por no obtener un puntaje mínimo del ochenta por ciento (80%) del puntaje máximo establecido para la evaluación de la misma de acuerdo con los factores de ponderación. 2.6. Formularios En la elaboración de la propuesta el interesado deberá tener en cuenta que determinado tipo de información que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. requiere para evaluar las ofertas, debe consignarse en formularios previamente suministrados por la entidad con este pliego. En consecuencia, y salvo casos especiales en los que pueda demostrarse que la omisión es fácilmente subsanable, el no consignar debidamente la información de cada formulario o

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diligenciarlo indebida o incompletamente, supondrá la calificación de la propuesta como “incompleta”. FORMULARIOS DE LA PROPUESTA

FORMULARIO 1: Relación de documentos

FORMULARIO 2: Carta de presentación de la propuesta

FORMULARIO 3: Datos generales de la propuesta

FORMULARIO 4: Cantidades, valores unitarios y valores totales

FORMULARIO 5: Relación de la mano de obra

FORMULARIO 6: Relación de maquinaria, equipo y herramienta

FORMULARIO 7: Listado de materiales

FORMULARIO 8: Contratos en ejecución y en proceso de formalización

FORMULARIO 9: Experiencia en contratos anteriores

FORMULARIO 10: Cumplimiento en contratos anteriores

FORMULARIO 11: Administración, Utilidad, Imprevistos e Impacto Comunitario

FORMULARIO 1. DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA PROPUESTA

El proponente somete esta propuesta a consideración de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. la cual consta de _______________, folios numerados consecutivamente del 1 al ____ e incluye la siguiente información:

FOLIO No. DEL AL

FORMULARIO 1. DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA PROPUESTA _____ _____

FORMULARIO 2. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA _____ _____

Copia Acta de visita _____ _____

Copia Registro único de Proponentes _____ _____

Original de la garantía de seriedad de la propuesta y comprobante de pago _____ _____

Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica) _____ _____

Copia Cédula _____ _____

Certificado Copnia Proponente _____ _____

Copia Matrícula Profesional Proponente _____ _____

Registro Único Tributario (RUT) _____ _____

FORMULARIO 3. DATOS GENERALES Y ABONO DE LA PROPUESTA _____ _____

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FORMULARIO 4. CANTIDADES DE OBRA, VALORES UNITARIOS Y VALORES TOTALES _____ _____

FORMULARIO 5. RELACIÓN DE LA MANO DE OBRA _____ _____

FORMULARIO 6. RELACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO

Y HERRAMIENTA _____ _____

FORMULARIO 7. LISTADO DE MATERIALES _____ _____

FORMULARIO 8. CONTRATOS EN EJECUCIÓN

Y EN PROCESO DE FORMALIZACIÓN _____ _____

FORMULARIO 9: EXPERIENCIA EN CONTRATOS

ANTERIORES _____ _____

FORMULARIO 10: CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS

ANTERIORES _____ _____

FORMULARIO 11: ADMINISTRACIÓN, UTILIDAD, IMPREVISTOS

E IMPACTO COMUNITARIO _____ _____

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FORMULARIO 2: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Lugar, Fecha

Señores

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

Carrera 10 No. 17-100

San Jerónimo, Antioquia

Asunto: SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS

Objeto del proceso de contratación:

CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA. El (los) suscrito(s) habiendo examinado cuidadosamente los documentos de la contratación y (sus adendas), recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para ejecutar los servicios y/o actividades relacionadas con el objeto del proceso de contratación del asunto.

De ser aceptada la oferta nos comprometemos a formalizar un contrato de conformidad con lo establecido en los documentos de la contratación y a presentar la documentación requerida, dentro del período indicado para el efecto.

Ejecutaremos el contrato por los precios cotizados en nuestra oferta, según procedimiento establecido en el pliego, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos de esta contratación y previstas por las normas que rigen la contratación con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de conformidad con la aceptación que se nos haga y en el plazo estipulado en el PLIEGO.

Mantendremos válida nuestra oferta durante el término que se establece en los documentos de esta contratación, contados desde la fecha de cierre para la presentación de ofertas; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la garantía de seriedad, si se diere el supuesto contemplado en este PLIEGO.

Manifestamos que a la fecha no incurrimos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. y en caso de sobrevenir alguna, cederemos el contrato, previa autorización escrita de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P y de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución.

Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación, aceptamos que nuestra oferta sea eliminada.

Declaramos expresamente que la presente propuesta si no tiene información reservada y la información que tiene dicho carácter es:

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Lo anterior con fundamento en las siguientes normas:

Declaramos que estamos informados y aceptamos las condiciones y procedimientos que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en el pliego para la “Evaluación de las ofertas”, así mismo aceptamos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. realice el ajuste de precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en el formulario de precios y aceptamos el contrato único con dichos precios, en caso de que nos sea aceptada la oferta y las demás condiciones y especificaciones contenidas en el mismo.

Nombre del oferente:

NIT:

Dirección del oferente:

Teléfono No:

Fax No.:

E-mail:

Oferta abonada por:

Matrícula No.:

Firma: ______________________

Atentamente,

Representante legal:

Cédula de Ciudadanía:

Firma: ______________________

Anexo. Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada señalar expresa y debidamente, en el presente anexo los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. Texto Atentamente, Representante legal: Cédula de Ciudadanía: Firma:______________________

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FORMULARIO 3. DATOS GENERALES Y ABONO DE LA PROPUESTA

Contratación: SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS

Objeto CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA

VALORES DE LA PROPUESTA

VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA (En números)

VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA (En letras)

PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: ____________ DÍAS CALENDARIO

VALIDEZ DE LA PROPUESTA DESDE HASTA

DATOS DEL PROPONENTE

NOMBRE DEL PROPONENTE

NIT

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)

CÉDULA DE CIUDADANÍA DE

DIRECCIÓN DEL PROPONENTE CIUDAD

TELÉFONO (S) FAX

CÁMARA DE COMERCIO EN LA CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO

CORREO ELECTRÓNICO

CÓDIGO O NUMERO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

ABONO DE LA PROPUESTA

NOMBRE DEL INGENIERO QUE ABONA LA PROPUESTA

FIRMA DEL INGENIERO QUE ABONA LA PROPUESTA

TÍTULO

MATRÍCULA No. SECCIONAL

CÉDULA DE CIUDADANÍA DE

En anexa la hoja de vida y fotocopia de la tarjeta profesional del ingeniero que abona la propuesta

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FORMULARIO 4. CANTIDADES DE OBRA, VALORES UNITARIOS Y VALORES TOTALES

OBJETO: CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA

ESPECIF. ITEM DESCRIPCIÓN UND CANT V/UNIT V/TOTAL

105 RETIROS Y DEMOLICIONES

Demolición de concreto de cualquier tipo de resistencia y en cualquier estructura. Incluye cargue, transporte y botada de material.

m3 2,5

Demolición muro ladrillo. e=10/15 cm. Incluye cargue, transporte y botada

m2 25

Retiro de árboles. Incluye raices. Altura h:15 a 25 m

und 1

103 a 105, 107.1, 107,2 200, 201, 406, 407, 1300, 4.120.A, 4.409

1 MOVIMIENTOS DE TIERRA

Desmonte y Limpieza. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros

m2 100

1.1

Descapote a mano. Incluye cargue transporte y botada de material sobrante en botaderos oficiales. Medido en sitio

m2 82

1.2 Excavación en roca 0-2m sin voladura. m3 80

1.3 Excavación en material común seco 0-2 m

m3 170

1.4 Excavación en material común seco 2-4 m

m3 30

1.5 Lleno material seleccionado de excavación

60

1.6 Retiro y disposición final de material sobrante a cualquier distancia

m3 100

500 a 507, 801, 817, 4.523, 4.445

2. CONCRETOS

2,1 S.T.C Concreto f`c=210 kg/cm2 para fundación y muros

m3 63

2,2 S.T.C Concreto f`c=210 kg/cm2 para losa Incluye formaletería

m3 9

601, 602 3. ACERO

3.1 S.T.I Acero fy = 60.000 PSI kg 5800

3.2 S.T.I Malla electrosoldada D-106 m2 140

413, 701.1, 704, 4.704.1

4. TUBERÍA, VÁLVULAS Y ACCESORIOS

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4.1 S.T.I Válvula compuerta elástica 3" und 2

4.2 S.T.I. Tubo PVC presión 3" RDE 21 union mecánica

ml 40

4.3 S.T.I. Codo PVC presión 3" und 6

VALOR TOTAL DEL PROYECTO INCLUIDO AIUI

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FORMULARIO 5: RELACIÓN DE LA MANO DE OBRA RELACIÓN DE LA MANO DE OBRA QUE SE EMPLEARÁ EN LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO

CATEGORÍAS

VALOR DE PRESTACIONES SOCIALES

COSTO TOTAL DIARIO (SALARIO BÁSICO DIARIO MAS PRESTACIONES SOCIALES)

CONCEPTO

VALOR SALARIO BÁSICO DIARIO

HORAS EXTRAS

DOMINICALES Y FESTIVAS

SUBSIDIO FAMILIAR

SEGURIDAD SOCIAL

SENA ICBF

PRIMA SERVICIO

VACACIÓN

CESANTÍAS E INTERESES

AJUSTE DE CESANTÍAS POR AUMENTO

* OTROS

TOTAL

% DEL SALARIO BÁSICO DIARIO

NOTA: EN OTROS INDICAR CUALES FACTORES SE CONSIDERAN Y SUS

VALORES

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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FORMULARIO 6: RELACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA

RELACIÓN DEL EQUIPO QUE SE UTILIZARÁ EN LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO

MAQUINA MARCA TIPO CAPACIDAD COSTO

(Hora/día/mes) CANTIDAD PROPIETARIO

OBSERVACIONES: En la casilla de Propietario se indicará si el equipo es propio o alquilado

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FORMULARIO 7: LISTADO DE MATERIALES

LISTADO DE MATERIALES BÁSICOS

DESCRIPCIÓN CARACTERÍSTICAS UNIDAD

VALOR

EN

PLANTA

O

FÁBRICA

VALOR

TRANSPORTE

VALOR

EN

OBRA

PROVEEDOR

El proponente deberá definir el origen de los materiales descritos en este formulario

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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FORMULARIO 8. CONTRATOS EN EJECUCIÓN Y EN PROCESO DE LEGALIZACION

CONTRATOS EN EJECUCIÓN

NUMERO Y OBJETO DEL CONTRATO

ENTIDAD CONTRATANTE

VALOR DEL CONTRATO

ANTICIPO (%)

PLAZO TOTAL (días)

FECHA DE INICIACIÓN

(dd-mm-aa)

FECHA DE TERMINACIÓN

(dd-mm-aa)

OBSERVACIONES

* En caso de que Los trabajos no se hayan iniciado, se indicará aquí la "fecha de cierre de la contratación"

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FORMULARIO 9 EXPERIENCIA EN CONTRATOS ANTERIORES

NUMERO Y OBJETO DEL CONTRATO

ENTIDAD CONTRATANTE

VALOR DEL CONTRATO

FECHA DE INICIACIÓN

(dd-mm-aa)

FECHA DE TERMINACIÓN

(dd-mm-aa)

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FORMULARIO 10. CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES

CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS ANTERIORES

OBJETO DEL CONTRATO

ENTIDAD CONTRATANTE

FECHA DE IMPOSICIÓN DE LA MULTA

VALOR DEL CONTRATO

VALOR DE LA MULTA

OBSERVACIONES:

FIRMA: ___________________________________________

NOTA:

En caso de NO haber sido multado por alguna entidad pública o privada en contratos anteriores, deberá indicarlo por escrito en el cuadro de observaciones de éste formulario y respaldarlo con la firma del representante legal del proponente

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FORMULARIO 11 ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS, UTILIDADES E IMPACTO COMUNITARIO

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS PR-2011-033

DESCRIPCIÓN PORCENTAJE (%)

ADMINISTRACIÓN (discriminado)

IMPREVISTOS

UTILIDADES

IVA SOBRE LAS UTILIDADES

IMPACTO COMUNITARIO

TOTAL A.I.U.I%

Nota: se debe presentar discriminado el porcentaje referente a la ADMINISTRACIÓN, al igual que se debe presentar discriminado el IVA sobre las UTILIDADES. Atentamente, Representante legal: Cédula de Ciudadanía: Firma:______________________

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3. EVALUACIÓN

La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los aspectos formales y documentales de la propuesta, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la propuesta y terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que permiten hacer comparables las propuestas en términos de puntajes. En consecuencia, de entre las propuestas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y previa ponderación se seleccionará la propuesta más favorable en su conjunto para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de ellos. FACTORES DE PONDERACIÓN

FACTOR PUNTAJE

Valor de la propuesta 100

Cumplimiento Se restará un punto por cada multa

Presentación de propuestas en medio digital

Se restará un punto a quien no presente absolutamente todos los documentos de la propuesta en medio digital

TOTAL 100

3.1. Aspectos legales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados para formularlas de acuerdo con los requisitos de participación exigidos, si están completas, si se ha suministrado la garantía requerida, si los documentos han sido debidamente presentados, si no hay errores de cálculo, y en general, si se ajustan a los documentos del presente proceso de contratación. 3.1.1. Cumplimiento En el formulario correspondiente, el proponente deberá relacionar las multas, sanciones u otros incumplimientos que se le hayan impuesto o declarado en contratos anteriores por parte de sus contratantes, contados hasta la fecha de cierre del proceso de contratación. 3.1.2. Ponderación cumplimiento

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Al proponente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento en el período señalado, no se le afectara su calificación total; a quienes tengan algún evento de los mencionados, se le disminuirán, por cada uno de ellos, un (1) punto. 3.1.2.1. El demérito o disminución en el puntaje de cumplimiento se aplicará a los casos en los que el proponente haya sido objeto de “multas”.

3.1.2.2. Por “multa” deben entenderse tanto los eventos explícitamente calificados como tales como los que, bajo cualquier otra denominación, hayan dado lugar a sanciones al CONTRATISTA o a su obligación de resarcir perjuicios causados a la entidad contratante. 3.1.2.3. En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad pública correspondiente dentro de los dos 2 últimos años contados desde la fecha límite para la presentación de las ofertas. 3.1.2.4. En el caso de las multas o incumplimientos en que haya incurrido un CONTRATISTA durante la ejecución de un contrato con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se entiende por firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. le informa al CONTRATISTA que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando EL CONTRATISTA haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de vencimiento del término que se le concede al CONTRATISTA para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad.

3.1.2.5. El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada multa cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado será de 1 puntos, sin considerar si el contrato se encuentra terminado o en ejecución.

3.1.2.6. En los casos de incumplimiento que den lugar a la terminación de un contrato, no se le restará 1 punto al proponente en este factor o aspecto.

3.1.2.7. Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos se encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio correspondientes o en el Sistema de Información Corporativo de Contrataciones –SICC – de las Empresas Públicas de Medellín o en REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 3.1.2.8. La aplicación de los factores que modifican el pago o contraprestación al CONTRATISTA, relacionados con los Acuerdos de Niveles de Servicios - ANS -, no

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serán tenidos en cuenta para la evaluación y ponderación de este factor, salvo que el pliego de condiciones u otras normas o reglas contractuales expresamente les hayan dado el carácter de multas, incumplimientos o factores sancionatorios del CONTRATISTA. 3.1.2.9. La interpretación y aplicación de las reglas precedentes deben hacerse en forma integral, entendiendo que cada una es complementaria de las otras. 3.1.3. Ponderación presentación de propuestas en medio digital. El proponente debe presentar en medio digital la totalidad de los documentos que componen la propuesta en formato PDF, excepto el FORMULARIO 4 que debe presentarse obligatoriamente en EXCEL. Si el proponente no presenta la totalidad de la propuesta en medio digital en los términos antes mencionados, se le restará un (1) punto a la ponderación económica. 3.2. Aspectos económicos 3.2.1. Valor. Se considerará como “valor” de la propuesta que el proponente señale explícitamente como tal en el aparte correspondiente, bien sea dentro de la descripción de las obras o dentro de los formularios contenidos en el pliego. Encontrándose errores o incongruencias subsanables -porque, por ejemplo, puedan inferirse de los datos explícitos suministrados por el proponente- REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. asumirá como valor el que resulte de hacer las correcciones o adecuaciones legalmente pertinentes. 3.2.2. Ponderación valor Al proponente que ofrezca el menor precio comparable y total, se le asignarán cien (100) puntos y a los demás se les asignará puntajes inversamente proporcionales de acuerdo con la siguiente fórmula:

Poi = Vo x 100 V i

Donde: Poi = Puntaje de la propuesta analizada. Vi = Valor costo total cotizado de la propuesta analizada Vo = Valor costo total cotizado de la propuesta más económica 3.3. Desviaciones Se considera desviación todo “error”, “reserva”, “omisión”, “informalidad” o “disconformidad” que la oferta presente en relación con las condiciones o términos

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del pliego o frente a las reglas vigentes en la ciencia, la técnica o la práctica aplicables a la realización de las obras. Sin perjuicio de su entendimiento en el lenguaje común, para los efectos de este pliego los términos acabados de señalar se entenderán, también, con el siguiente alcance: Error: Es la falta o inadecuada consignación de datos, información o expresiones que, o bien debían suministrarse o incluirse, o debían tener una forma o contenido diferente. Reserva: Es la actitud, implícita o explícita, del proponente de guardar u ocultar información necesaria para la intelección o evaluación de su oferta, o la advertencia de que ella está sujeta a algún tipo de condición no prevista en el pliego. Omisión: Es la actitud manifiesta del proponente de suprimir información o elementos esenciales de ésta, de tal manera que, o bien un formulario aparece incompleto, o un texto pierde sentido o el alcance de la información deviene inútil. Informalidad: Es la utilización de expresiones o formatos diferentes a los indicados o corrientemente utilizados en el campo de la actividad que rige el “objeto” de la contratación, como ocurre cuando el proponente presenta datos por fuera de un formulario asignado para ello. Disconformidad: Es la inadecuación que presenta alguna información, característica o condición que debe aportar el proponente, en relación con un estándar o regla vigente. Por ejemplo, hay disconformidad en el ofrecimiento de un vehículo con motor diesel, si el solicitado era a gasolina, por más que ambos, en principio, puedan cumplir el mismo propósito. Desviaciones sustanciales. Son sustanciales las desviaciones que: a. Afectan de manera “esencial” la forma, el alcance, la calidad o el funcionamiento de los bienes o servicios especificados. b. Limita los derechos de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. o las obligaciones del oferente emanadas del contrato; o c. De rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de otros oferentes que hubiesen presentado oferta y que se ajusten sustancialmente a las condiciones o términos del pliego. Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. cuando ello sea factible a partir de la información consignada por el proponente; en caso contrario, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar la propuesta. El proponente requerido deberá atender el llamado

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de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no hacerlo, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá eliminar su oferta. Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de la siguiente manera: a. Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales a y b precedentes. Cuando el oferente incurra en omisiones al dejar de cotizar un ítem, al cambiar la descripción del ítem, a cambiar las unidades o al cambiar las cantidades de obra, se eliminará la propuesta En todo caso, las desviaciones sustanciales darán lugar a la eliminación de la oferta. 3.4. Puntaje total y comparación de las propuestas: Una vez evaluadas las propuestas en cada uno de los factores señalados, se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de éstos y se asignará el puntaje total de cada propuesta; con base en éste se hará la comparación correspondiente mediante la elaboración de una lista que ubique respectivamente a cada proponente desde el que ha obtenido el mayor puntaje total hasta el que obtiene el menor. El proponente que ocupe el primer lugar se considerará seleccionado y su oferta se recomendará al servidor competente para la aceptación. Si al hacer las ponderaciones resultaren dos o más propuestas con igual puntaje, se preferirá la propuesta con mayor Kr. Si permaneciere la igualdad, se preferirá la propuesta con mayor capacidad de Organización. Si todavía continúa el empate se procederá de conformidad con las disposiciones del artículo 13 de la ley 80 de 1993. 3.5. Propuestas elegibles

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En todo caso en el que se presente más de una oferta, el proceso de evaluación terminará con la elaboración de una lista en la que aparezcan los proponentes organizados según los puntajes totales alcanzados luego de la ponderación de los factores fijados, en orden descendente desde el primero -que será el que haya obtenido el mayor puntaje- hasta el último -que corresponderá a quien presente el menor puntaje. En ningún caso la lista incluirá proponentes que hayan presentado propuestas por valor inferior al 80% y superior al 100%. del valor del presupuesto oficial 3.6. Negociación directa Se podrá realizar negociación directa cuando existiendo una sola oferta elegible se considere que se pueden obtener mejores condiciones comerciales. En estos eventos no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas. Para el efecto, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. señalará al proponente aquellos aspectos en los cuales, según ellas, la propuesta puede ser mejorada o adecuada y solicitarán una manifestación expresa del proponente en un plazo indicado antes de tomar la decisión que crean conveniente. Si el proponente guarda silencio o la respuesta no satisface las expectativas de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se evaluará la conveniencia de aceptar la oferta en su forma inicial y en caso de no considerarla conveniente se dejará constancia por escrito de los motivos que así lo indican. 3.7. Publicación informe contentivo de recomendación Los informes contentivos de los análisis y conclusiones sobre las ofertas recibidas permanecerán fijados en la página web www.aguasdeoccidente.com, por un término de tres 3 días hábiles para que los oferentes presenten, por escrito, las observaciones que consideren pertinentes, a más tardar, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término establecido para la fijación del informe. En ejercicio de esta potestad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus ofertas, so pena de ser rechazadas. Las respuestas a las observaciones serán publicadas en la página web www.aguasdeoccidente.com, dentro de los tres 3 días hábiles siguientes al vencimiento del término de que disponen los oferentes para formularlas. Agotado el trámite anterior, se procederá a elaborar el informe contentivo de la recomendación de la decisión sobre el proceso de contratación, el cual será comunicado a todos los proponentes mediante publicación en la página web www.aguasdeoccidente.com .. 3.8. Declaratoria de desierto del proceso

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Dentro del período de validez de la oferta, el servidor competente de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. declarará desierto el proceso de contratación en el evento en que no se reciba ninguna propuesta, o ninguna de las recibidas resulte válida o conveniente para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 3.9. Terminación del proceso Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. dará por terminado el proceso de contratación. 3.10. Comunicación Si el proceso culmina con la declaratoria de desierto o la terminación del proceso de contratación, la decisión se comunicará a los proponentes o interesados, según el caso. 4. CONTRATO 4.1 Aceptación de oferta Una vez conformada la lista con las propuestas elegibles, el servidor competente por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. comunicará al proponente seleccionado la aceptación de su oferta. Con esta comunicación se entiende perfeccionado el contrato y, en consecuencia, nacerá la relación jurídica en los términos de la ley, lo que implica la generación y exigibilidad de los mutuos derechos y obligaciones que el contrato crea para las partes. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, se abstendrán de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para lo cual harán las consultas que en tal sentido les corresponde. En el eventual caso en que el oferente que resulte beneficiado con la aceptación de su oferta no llegaré a formalizar el correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos del pliego de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para Regional de Occidente S.A. E.S.P.

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4.2. Comunicación a los demás proponentes REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., entiende notificados a cada uno de los proponentes que participaron en el proceso de la decisión tomada y el nombre del proponente a quien le fue aceptada la oferta, mediante publicación del documento de aceptación de la oferta adjudicada en la página WEB. 4.3. Suscripción del contrato Conforme con la reglamentación interna de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., todos los contratos deben elevarse a escritos. En consecuencia, las partes firmarán el documento correspondiente antes de iniciar la ejecución del contrato. No obstante lo anterior, el contrato se encuentra válidamente formado desde el momento en el cual se le comunicó la aceptación al proponente seleccionado. Sólo podrá iniciarse la ejecución de los contratos de la empresa REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. que estuvieren debidamente legalizados. En consecuencia, no podrá pagarse o desembolsarse suma alguna de dinero, ni el contratista iniciar labores, mientras no se haya dado cumplimiento a los requisitos y formalidades establecidas. . 4.4. Garantías El CONTRATISTA constituirá a favor de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. una garantía única que ampare el cumplimiento de las obligaciones contractuales y otra que cubra la responsabilidad civil extracontractual que genere la ejecución del contrato; ambas deberán ser de procedencia y forma aceptables para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. y otorgadas por un banco o compañía de seguros legalmente establecido en Colombia, y preferiblemente con domicilio y poderes decisorios en la ciudad de Medellín. No obstante lo anterior, y de conformidad con el concepto de la profesional jurídica podrán solicitarse otro tipo de garantías que sean aceptables para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 4.4.1. Garantía Única Se constituirá esta garantía en la misma moneda del contrato, y deberá cubrir los riesgos que se indican a continuación. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del CONTRATISTA, al igual que el de las ampliaciones a que haya lugar. La garantía deberá ser constituida por EL CONTRATISTA en forma tal que cubra, única y exclusivamente, los riesgos contemplados para la ejecución del contrato; dicha garantía no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.

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Cuando haya modificación del plazo y/o los precios del contrato, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de las garantías y obtener el desplazamiento del plazo según corresponda, en proporción a los nuevos valores y plazos. Los riesgos que la garantía deberá cubrir son: 4.4.1.1. Amparo de Cumplimiento. Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberá amparar una suma igual al veinte por ciento 20% del valor inicial del contrato, con la cual se cubren, además, las multas y la cláusula penal pecuniaria. Se hará efectiva al CONTRATISTA, en favor de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en virtud del contrato. Este amparo deberá estar vigente durante el plazo del contrato y sesenta 60 días calendario más. 4.4.1.2. Amparo de Salarios y prestaciones sociales. Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del contrato, este amparo deberá cubrir una suma equivalente al quince por ciento 15% del valor total inicial del contrato y deberá estar vigente durante el plazo del contrato y tres 3 años más. 4.4.1.3. Estabilidad de las obras La garantía única deberá amparar, además, a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. frente al evento de que, durante un período de tiempo determinado, la obra objeto del contrato en condiciones normales de uso, sufra deterioros imputables al CONTRATISTA. El valor de este amparo será equivalente al diez por ciento 10% del valor total inicial del contrato. La vigencia de ésta será de cinco 5 años y empezará a correr desde la fecha de aceptación final de las obras por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 4.4.1.4. Buen manejo, correcta inversión y reintegro del anticipo Por un valor igual al cien por ciento (100%) del monto entregado como anticipo del contrato, para proteger a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. contra la apropiación indebida o el mal uso que EL CONTRATISTA pueda hacer de los dineros recibidos a cuenta de anticipo del contrato. Este amparo tendrá una vigencia original igual al plazo de entrega y treinta (30) días calendario más, pero si es del caso, deberá ampliarse, antes de su vencimiento, de manera que rija durante todo el tiempo que sea necesario para amortizar en su totalidad la suma anticipada. Su cuantía podrá ser reducida periódicamente hasta mantenerla por un valor igual al saldo del anticipo que esté pendiente de amortización.

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En el evento de afectarse la póliza, se hará en lo correspondiente a la suma entregada como anticipo, sin considerar los intereses causados que son responsabilidad de EL CONTRATISTA. 4.4.2. Responsabilidad Civil Extracontractual Para cubrir los eventos de responsabilidad civil extracontractual frente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. o terceros y con motivo de la ejecución del contrato, la garantía deberá amparar una suma equivalente al cinco por ciento 5% del valor total inicial del contrato. La vigencia de esta garantía deberá ser igual al plazo del contrato y sesenta 60 días más. Se debe considerar que la delimitación temporal de la cobertura debe hacerse bajo la modalidad de ocurrencia, sin que resulte admisible establecer, para que haya cobertura, plazos dentro de los cuales deba presentarse la reclamación del damnificado al asegurado inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente. Este seguro se deberá constituir en póliza independiente, por lo tanto, no podrá ser parte de la garantía única del contrato. La calidad de asegurados de AGUAS DE OCCIDENTE y EL CONTRATISTA, está limitada a los daños producidos por EL CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del contrato amparado. Amparos: La póliza de responsabilidad extracontractual deberá contener, como mínimo, en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los siguientes amparos: - Cobertura expresa de los perjuicios que cause el asegurado tanto en la modalidad de daño emergente, como en la modalidad de lucro cesante. - Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. - Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. - Cobertura expresa de amparo patronal. - Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. Parágrafo: Para esta garantía se deberá tener en cuenta lo siguiente: Tomador: EL CONTRATISTA Asegurado: EL CONTRATISTA y/o AGUAS DE OCCIDENTE Beneficiario: AGUAS DE OCCIDENTE Las sumas aseguradas y las vigencias de los amparos de Salarios y prestaciones sociales y el de Estabilidad de las obras, deben ser ajustadas posteriormente por EL

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CONTRATISTA, considerando la fecha de recibo de las obras y el valor total final del contrato. 4.4.3. Responsabilidad por equipos, herramientas y materiales. EL CONTRATISTA, será responsable por los faltantes y/o daños que afectaren los bienes entregados para la ejecución del contrato. Por lo tanto, deberá constituir los seguros que amparen los materiales que le sean entregados y de los cuales es responsable. Los seguros ampararán sin limitarse a éstos, los siguientes riesgos: Incendio y anexos incluidos Terremoto, AMIT y AMCCH, Hurto, y de Transporte de Mercancías. EL CONTRATISTA, en caso de incidente o siniestro en relación con los bienes de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. puestos a su disposición, deberá presentar informe escrito a la dependencia responsable del contrato, en el que expresará en forma detallada las circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon el siniestro del bien de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. Si los hechos se derivan de un acto doloso o culposo de un tercero, deberá adjuntar a su informe, copia de la denuncia de los hechos, presentada ante las autoridades competentes. El proponente a quien se le aceptare su oferta y que no logre constituir los seguros sobre los bienes que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. le entregue para su uso y, por tanto, se llegaren a hallar bajo su custodia, por el sólo hecho de presentar oferta se entiende que declara y directamente asume la responsabilidad por lo daños o pérdidas que sufran los mencionados bienes. En consecuencia, asume la responsabilidad por la reparación o reposición de los bienes dañados o perdidos y, desde el mismo momento de la aceptación de su oferta, autoriza expresamente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., para descontar de cualquier saldo que exista a su favor, los dineros correspondientes a la reparación o reposición del bien o bienes afectados. 4.5. Formalización El contrato se entiende formalizado cuando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. apruebe los documentos que sean necesarios para la iniciación de la ejecución del contrato. 4.5.1. Presentación de los documentos para la formalización del contrato. EL CONTRATISTA dispone de diez 10 días hábiles, si es nacional, o de veinte 20 si es extranjero, para allegar los documentos requeridos, así: si se trata de un contrato no escrito, el plazo corre a partir de la fecha del recibo de la comunicación en la cual se informa la aceptación de la oferta. Si el contrato es escrito, el término corre desde la fecha de recibo del texto del contrato para la firma por parte del proponente al que le ha sido aceptada su oferta.

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4.5.2. Documentos para la formalización del contrato La siguiente documentación deberá dirigirse a la Sede de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., ubicada en la carrera 10 No 17-100, en el municipio de San jerónimo:

Contrato debidamente firmado.

Garantías del contrato, conforme con lo indicado en este pliego de condiciones.

Si se trata de una persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal con una fecha de expedición menor a tres 3 meses.

Certificado de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social, acorde con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Tratándose de personas jurídicas extranjeras, que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero certificarán que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales.

Nota: En el eventual caso en que el oferente que resulte beneficiado con la aceptación de su oferta no llegaré a formalizar el correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos del pliego de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para Regional de Occidente S.A. E.S.P. 4.6. Cláusula penal pecuniaria De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. en calidad de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al diez por ciento 10% del valor total del contrato, la cual será considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.. El valor de la cláusula penal pecuniaria se tomará directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, si la hay, o se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, y éstas son aceptadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., habrá lugar a la entrega al CONTRATISTA de los dineros deducidos. Los dineros que deban ser entregados al CONTRATISTA en este concepto serán reajustados en el porcentaje igual al índice de precios al consumidor para el año en que se proceda a la devolución y en proporción al tiempo durante el cual fueron retenidos.

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4.7. Vigencia Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación al CONTRATISTA y la fecha en que queda aprobada su liquidación definitiva. En el término de esta vigencia las partes están habilitadas para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones adquiridas en virtud del contrato, pero no podrá entenderse que, por ello, se modifica el plazo de ejecución de la obra que operará dentro de la vigencia, pero independientemente de ella. 4.8. Documentos del contrato Constituyen documentos integrantes del contrato los siguientes y su valor relativo para guiar el cumplimiento de las obligaciones y fijar la interpretación será en orden de importancia en el que aparecen de mayor a menor: 4.8.1. El contrato 4.8.2. El pliego de condiciones y sus anexos y adendas 4.8.3. Las comunicaciones mediante las cuales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. aclaran el pliego en relación con aspectos consultados por los proponentes

4.8.4. La propuesta aceptada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

4.8.5. Las comunicaciones entre LAS PARTES posteriores a la aceptación de la oferta

4.8.6. Las actas contentivas de modificaciones o formalización de atribuciones o facultades que el contrato otorga a las partes

4.8.7. Los demás documentos generados en ejecución del contrato o destinados a dar cumplimiento a obligaciones o derechos derivados de él. 4.9. Renovación En los contratos de obra no se tiene en cuenta la renovación. 5. EJECUCIÓN Una vez formada la relación jurídica contractual -perfeccionamiento y formalización del contrato- las partes darán inicio a las actividades con las cuales cumplen sus respectivas obligaciones, con atención estricta a los términos que se consignan en los documentos del contrato, acatando las normas legales vigentes, consultando los

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intereses, objetivos y propósitos de ambos y con aplicación de los principios de la buena fe y la fidelidad contractual. Los pasos y elementos que componen esta etapa del contrato son los que se listan en forma genérica a continuación, pero las partes reconocen que el contenido de cada uno de ellos se determina por particularidades que definen las disciplinas, prácticas y costumbres vigentes y que, en caso de desconocer dichos factores determinantes, no se procederá unilateralmente o sin consultar debidamente a su contraparte. 5.1. Orden de inicio Cumplidas las obligaciones referentes a la formalización del contrato, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., a través del servidor competente y por escrito, darán la orden de inicio para la ejecución de las obras. La fecha fijada como de inicio será el punto de partida para contabilizar el plazo de ejecución del contrato. 5.2. Administración Bajo el concepto de “Administración” REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. entiende reunidos los elementos y pasos que deben conducir a la ejecución de las obras y el cumplimiento debido de los compromisos y obligaciones adquiridos mediante el contrato. No obstante, expresamente REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. advierte que la enunciación de etapas, actividades y pasos aquí listados y las atribuciones que de ello se derivan para las partes y sus representantes, no tienen carácter exhaustivo ni enervan la posibilidad de realizar gestiones que el logro de los objetivos contractuales impongan en un marco de razonabilidad. 5.2.1. Aspectos legales En el concepto de “Aspectos legales”, el pliego determina el alcance de los elementos que, fundamentalmente, por disposición legal o por la estructura jurídica del acuerdo que mediante este proceso se construye, son esenciales para garantizar la validez de lo pactado y su ejecución. 5.2.1.1. Plazo El plazo de ejecución del contrato -que es el plazo de realización de las obras “objeto” del mismo- se fija en setenta y cinco (75) días calendario contados a partir de la fecha que se señale en la orden de inicio. En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de las obligaciones a cargo de El Contratista, Regional de Occidente S.A. E.S.P. le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones legales y contractuales pertinentes.

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5.2.1.2. Cumplimiento El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello. Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de “incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello. Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes. Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad procede conforme con lo previsto en este pliego o no aportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez 10 días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo. En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. hará efectiva la garantía de seriedad de las ofertas y los proponentes quedarán en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993. 5.2.1.3. Multas En el evento de que EL CONTRATISTA incurra en una de las causales de multa pactadas en el contrato, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., a través del servidor competente quien tiene a su cargo el manejo del contrato, le comunicarán por escrito sobre la existencia de la causal en que incurrió y la consecuente deducción de la suma respectiva, de acuerdo con lo pactado contractualmente. En la mencionada comunicación se le concederá a EL CONTRATISTA un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la

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comunicación, para que exponga o justifique las razones de su atraso o de su incumplimiento. Si EL CONTRATISTA no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su incumplimiento, o si las presenta, y del análisis efectuado por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente, el valor de la multa se tomará directamente de cualquier suma que se adeude a EL CONTRATISTA, si la hay, de no haberla se solicitará que la pague voluntariamente y de no hacerlo en el término indicado por Regional de Occidente S.A. E.S.P., se procederá a hacer efectivo el amparo de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, a juicio de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., habrá lugar a la entrega al CONTRATISTA de los dineros deducidos. Los dineros que deban ser entregados a EL CONTRATISTA, serán indexados así: en moneda nacional se actualizarán con el IPC y en moneda extranjera se actualizarán con la tasa LIBOR. En el caso de las multas o incumplimientos en que haya incurrido el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se entiende por firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. le informa al CONTRATISTA que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando EL CONTRATISTA haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de vencimiento del término que se le concede al CONTRATISTA para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. entiende que por el hecho de haber presentado la propuesta, EL PROPONENTE favorecido con la aceptación, al celebrar el contrato, está conforme y acepta la estipulación de las multas y la deducción de las sumas correspondientes, como un mecanismo de solución directa de las controversias que puedan surgir por el incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, y que se pactan con la finalidad de evitar la iniciación de una acción judicial tendiente a la declaratoria de incumplimiento. En ningún caso la aplicación de la multa será entendida por EL CONTRATISTA como liberatoria o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato. Las multas se causan por el simple incumplimiento y los perjuicios que éste cause a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrán hacerse efectivos en forma separada. El valor de las multas será deducido por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de cualquiera de las sumas que se adeuden al CONTRATISTA, a manera de compensación, o del amparo de cumplimiento, si fuere necesario.

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En caso de imposición de multas mediante comunicación escrita, se considerará como fecha para la multa, la correspondiente a la fecha en que se le comunique al CONTRATISTA, y en caso de que EL CONTRATISTA presente observaciones a la misma, la fecha de la carta en la cual se confirma la sanción Las multas tendrán un límite máximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. Como apremio al CONTRATISTA, por mora o incumplimiento parcial de alguna de las siguientes obligaciones estipuladas en el contrato, habrá lugar a que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. aplique multas así: 5.2.1.3.1. Por retardo en la entrega de los documentos para la formalización del contrato. EL CONTRATISTA deberá entregar los documentos necesarios para la formalización del contrato dentro de los diez 10 días hábiles si es proponente nacional, o veinte 20 días hábiles si es proponente extranjero, siguientes a la fecha de recibo de la comunicación en la cual se le informa que ha sido aceptada su oferta, o a partir de la fecha de recibo del texto del contrato para la firma, respectivamente; una vez vencido dicho término, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá aplicar al CONTRATISTA una multa diaria del uno por diez mil 0,01% del valor del contrato por cada día que retarde la entrega. Esta multa tendrá un límite máximo del tres por mil 0,30% del valor del contrato, en cuyo caso, se entenderá que EL CONTRATISTA no allegará los documentos exigidos para la formalización ni firmará el contrato, si es el caso, y podrá procederse según lo indicado en este pliego en el numeral “Formalización del Contrato“. 5.2.1.3.2. Por incumplimiento de las órdenes de Interventoría. En caso de que EL CONTRATISTA deje de cumplir cualquiera de las órdenes de Interventoría, podrá ser apremiado para la primera orden con una deducción económica equivalente a cien mil pesos m.l. $100,000.00 por cada día calendario que incumpla la orden; para los siguientes incumplimientos en que incurra EL CONTRATISTA, éste podrá ser sancionado con una multa del uno por diez mil 0,01% del valor del contrato, por cada día calendario que incumpla una o varias órdenes, aplicable inmediatamente el Interventor tenga conocimiento del incumplimiento, mediante comunicación escrita del hecho, y si se volviera repetitivo, es decir, si EL CONTRATISTA dejare de cumplir dos 2 órdenes dentro del período de una semana, o si se niega persistentemente a cumplir cualquiera de las órdenes de la Interventoría establecidas en el pliego de condiciones, el Interventor podrá ordenar la suspensión de las obras hasta que EL CONTRATISTA cumpla la orden. Se entenderá que, cuando por motivos inherentes al CONTRATISTA, el Interventor le deba comunicar la suspensión de las obras objeto del contrato, seguirá corriendo el plazo tanto del contrato como el de cada una de las órdenes de trabajo que hasta la fecha se le habían entregado para su ejecución.

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5.2.1.3.3. Por no tener un Residente de obra. Cuando EL CONTRATISTA no tenga un Residente de obra, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá aplicar una multa del cuatro por diez mil 0,04%, del valor del contrato, por cada día que demore el cumplimiento de este requisito. Además se suspenderán los trabajos cuando en el frente de trabajo no se cuente con el ingeniero residente. Las suspensiones ordenadas por este motivo no dan lugar a la modificación del plazo inicialmente pactado. 5.2.1.3.4. Por suspensión de los trabajos sin causa justificada o por causa imputable al CONTRATISTA. Cuando las demoras en el inicio o en las suspensiones del trabajo demoren cada una más del uno por ciento 1% del plazo total de ejecución del contrato, el contratista, podrá ser sancionado con una multa equivalente al uno y medio por diez mil 0,015% del valor del contrato, por cada día calendario que demore en iniciar o reiniciar los mismos, valor que le será descontado de cualquier suma que se le adeude. Si pasados dos 2 días de ordenado el trabajo, EL CONTRATISTA no lo ha iniciado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá ejecutarlo, directamente, o con otro CONTRATISTA y, en este caso, se descontará en el acta siguiente, el valor del sobrecosto, que con respecto al valor estipulado en el contrato, le haya generado dicha ejecución a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 5.2.1.3.5. Por incumplimiento mensual en las normas de seguridad e impacto comunitario. Si EL CONTRATISTA incumple lo exigido en el Decreto 1266 de 2002- Impacto Comunitario versión 2002, se podrán aplicar las multas indicadas en dicho Decreto. 5.2.1.3.6. Por no pagar los salarios y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del contrato, según los valores cotizados en la propuesta, dentro de las fechas establecidas por la ley, EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con una multa equivalente a cien mil pesos m.l. $100,000.oo por el no pago dentro de los términos y en los porcentajes establecidos por la ley; por cada día calendario de retraso en el pago se podrá hacer el cobro de la multa correspondiente, hasta tanto se dé cumplimiento. 5.2.1.3.7. Por incumplimiento o retardo en la entrega de la dotación de uniformes y equipos de seguridad al personal. EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con una multa equivalente a un 1 SMMLV al momento de su comunicación, por cada día calendario que pase sin que todo el personal utilizado en los trabajos cuente con la dotación establecida en los Anexos de este pliego de condiciones. 5.2.1.3.8. Por no entregar o no cumplir el programa de trabajo y el plan de calidad detallado dentro del plazo fijado y en la forma indicada. EL CONTRATISTA podrá ser apremiado con una deducción económica equivalente a medio 1/2 SMMLV, por cada día calendario de atraso en la entrega correspondiente. Si transcurridos ocho 8 días calendario de retraso en la entrega de los planes

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programa de trabajo o plan de calidad según el plazo fijado para ello o se da el incumplimiento en las actividades del plan de calidad detallado, se podrá aplicar una multa de cien mil pesos m.l. $100.000 por cada día calendario de retraso. Al entregar un plan o programa que no contenga la información requerida, EL CONTRATISTA tendrá un plazo de ocho 8 días hábiles para corregirlo, a partir de la fecha de devolución por parte de la interventoría; después de terminado éste, comenzará, si aún no se han tenido demoras en la entrega, o continuará, si ya existe demora, la cuenta de los días de mora en la entrega. 5.2.1.3.9. Por operar las redes que son propiedad o responsabilidad de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., sin el correspondiente permiso dado por el funcionario competente de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., cuando sin previo aviso, se afecte la continuidad en la prestación del servicio. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad de orden penal o civil que este hecho pueda generar. EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con una multa equivalente a dos 2 SMMLV al momento de su comunicación. 5.2.1.3.10. Cuando se compruebe que EL CONTRATISTA, de manera dolosa o culposa, ha generado y/o propiciado conexiones fraudulentas a los sistemas de servicios de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con una multa equivalente a dos 2 SMMLV por cada instalación que permita ser conectada de manera fraudulenta en las redes objeto del proceso de contratación, sin perjuicio de la acción penal y de las demás acciones legales a que haya lugar. En el evento en que se encuentre con una instalación no legalizada, EL CONTRATISTA deberá informar a la Interventoría para que se tomen las medidas correctivas. 5.2.1.3.11. Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidación del contrato. Si pasados treinta 30 días EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidación, contados a partir del recibo de las obras, a satisfacción de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., podrá ser apremiado por los primeros quince 15 días calendario adicionales, con una deducción económica equivalente a cincuenta mil pesos $50.000 por cada día de retraso; a partir de los quince 15 días adicionales, será sancionado con una multa de un 1 SMMLV, por cada día calendario de mora. 5.2.1.3.12. Por utilizar productos, materiales o equipos que no hayan sido aprobados por la Interventoría. Si EL CONTRATISTA hace uso de productos, materiales o equipos que no hayan sido aprobados por la Interventoría para su utilización, éste podrá incurrir en una multa equivalente a un 1 SMMLV al momento de su comunicación, por cada ocurrencia de este hecho, además de correr con el valor correspondiente de los mismos y su reemplazo por materiales aprobados por la Interventoría. 5.2.1.3.13. Por interrupción o suspensión en el servicio de acueducto y/o alcantarillado o de otros servicios de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. EL

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CONTRATISTA deberá programar con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. las interrupciones necesarias del servicio de acueducto o de otro tipo de servicios, para la ejecución de los trabajos y podrá ser objeto del pago de una multa de veinticinco mil pesos m.l. $25.000 por cada hora o fracción, cuando exceda el tiempo programado para las suspensiones; además de la multa, se cobrarán los perjuicios en que incurran REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. por tal suspensión. Estas multas serán descontadas de las actas de pago. Cuando una suspensión esté debidamente programada y aceptada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. y por causa imputable al CONTRATISTA, éste se retrasa en la iniciación de la suspensión provocando la cancelación de la misma, o no puede efectuarse de acuerdo con las condiciones establecidas programas, horario y recursos, se podrá cobrar una multa de cien mil pesos m.l. $100.000 por la suspensión no efectuada. 5.2.1.3.14. Por mal manejo o uso indebido del anticipo. Cuando se compruebe el mal manejo o uso indebido del anticipo, EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con una multa equivalente al tres por ciento (3%) del valor total del anticipo y se le solicitará el reintegro del anticipo, sin perjuicio de que se declare el incumplimiento del contrato. (o se declare la caducidad del contrato, en los casos en que aplica).

Por falta de limpieza en la obra. Por el incumplimiento de este requisito por parte del CONTRATISTA se podrá hacer una deducción de un 1 SMMLV en la fecha de la comunicación, por cada día calendario de mora, una vez haya sido informado por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de tres ocasiones durante el día mes.

Por mala manipulación, mal transporte o mal bodegaje de los materiales entregados por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. al CONTRATISTA, se le podrán deducir tres 3 SMMLV al momento de la comunicación, además de la correspondiente adquisición de los mismos por cuenta y riesgo del CONTRATISTA. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de tres ocasiones durante el día mes

Se podrá deducir un 1 SMMLV al momento de la comunicación, cada vez que EL CONTRATISTA no envié la información de los materiales recibidos, instalados y las existencias en sus bodegas, cada mes o cuando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. lo solicite. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de tres ocasiones durante el día mes.

Por el incumplimiento en la atención de las quejas y reclamos que se presenten con ocasión de los trabajos realizados por EL CONTRATISTA, dentro de los cinco 5 días calendario contados a partir de la fecha de envío por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., se podrá aplicar una deducción de un 1 SMMLV por cada

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queja o reclamo incumplidos. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de tres ocasiones durante el día mes.

Cuando se informe que una revisión o trabajo en el terreno no puede ejecutarse por determinado motivo y tal información sea errónea o falsa, se podrá descontar el 1% del acta por cada informe de este estilo. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de tres ocasiones durante el día mes, se podrá hacer acreedor a la multa. El valor de los incumplimientos será deducido por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. de cualquiera de las sumas que se adeuden al CONTRATISTA, a manera de compensación, o del amparo de cumplimiento, si fuere necesario, y en ningún caso EL CONTRATISTA podrá descontar total o parcialmente estas sumas de los salarios de sus trabajadores. 5.2.1.3.15 Por retardo en la entrega definitiva de las obras y de cada uno de los trabajos ordenados. Las obras que se generen en cada uno de los trabajos ordenados de que trata este pliego deben estar completamente terminadas dentro de los plazos establecidos para su ejecución (Ver Anexo Técnico – Programa de Trabajo e inversiones). El plazo que se considera será el establecido en el programa de trabajo aprobado por la Interventoría para cada una de las partes de los proyectos, teniendo en cuenta las modificaciones a que hubiere lugar con respecto al plazo suscritas entre LAS PARTES. El incumplimiento de EL CONTRATISTA podrá ser sancionado con un (1) SMMLV por cada día de mora, o que demore en entregar las obras completamente terminadas a satisfacción de AGUAS DE OCCIDENTE. Faltando diez (10) días calendario para la terminación del contrato, la Interventoría en común acuerdo con EL CONTRATISTA, entregará el último listado con los pendientes por ejecutar, con el fin de que éstos puedan ser debidamente terminados dentro del plazo del contrato 5.2.1.5 Permisos, autorizaciones, licencias Puesto que el desarrollo de las actividades que comporta el cumplimiento con el “objeto” del contrato, la ubicación y posibilidad de realizar efectivamente la obra y los efectos que todo ello causa en el medio requieren ordinariamente la obtención previa de permisos, autorizaciones o licencias, cada una de las partes se hace directamente responsable de la obtención del documento que haga viable la ejecución de lo pactado, según sus respectivas responsabilidades y competencias. Si de la carencia del permiso, autorización o licencia se sigue algún tipo de sanción, condena, gravamen, obligación o responsabilidad similar para la contraparte de quien debió obtenerla, ésta se obliga a la cancelación y cubrimiento plenos de los costos que se le exijan a la primera, tanto a título de la sanción como de los costos inherentes a su atención y defensa frente al procedimiento respectivo.

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Si de la imposibilidad de obtener el permiso, autorización o licencia se sigue la imposibilidad de llevar a cabo la ejecución del contrato, la parte responsable se obliga a compensar a la otra por los perjuicios que el fracaso del proceso le genere. 5.2.1.6 Cláusulas excepcionales. De conformidad con lo dispuesto en el literal b del Artículo 1.3.3.1 de la Resolución 151 de 2001, modificado por la Resolución 293 de 2004, emanada de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico o de las actividades complementarias de los mismos, “deberán pactar” cláusulas exorbitantes o excepcionales en los contratos de obra, consultoría, suministro de bienes y compraventa, siempre que por su objeto, de no ser cumplido, pueda traer como consecuencia necesaria y directa la interrupción en la prestación del servicio público domiciliario de acueducto, alcantarillado y aseo, en los niveles de calidad y continuidad debidos. Motivación. Teniendo en cuenta que el objeto del contrato es CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA - ANTIOQUIA.para garantizar en forma permanente y continua la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, se hace necesaria la inclusión de las cláusulas excepcionales a que se refiere el artículo 14 de la Ley 80 de 1993, en el futuro contrato. Lo anterior, con miras a asegurar su correcta ejecución, para que el objeto contratado sea cumplido en la forma pactada, a tal punto, que no llegue a generarse interrupción en la prestación de los servicios en los niveles de calidad y continuidad debidos. 5.2.1.6.1 Caducidad. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá declarar la caducidad del contrato por la ocurrencia de hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización. Igualmente, procederá en los supuestos de caducidad contemplados legalmente, tales como: numeral 5 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada posteriormente por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. por medio de acto administrativo debidamente motivado lo darán por terminado y ordenarán su liquidación en el estado en que se encuentre.. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptarán las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado.

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Si se declara la caducidad, no habrá lugar a indemnización para EL CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la ley. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. La declaratoria de caducidad no impedirá que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. tome posesión de los bienes terminados o continúen inmediatamente la ejecución del objeto contratado bien sea a través del garante o de otro contratista, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. opte por continuar la ejecución directamente con el garante de la obligación u otro contratista, a su elección, le serán aplicables en su integridad, las especificaciones del presente pliego de condiciones. Declarada la caducidad, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá ocupar las obras en el estado en que se encuentren y podrán emplear todos los materiales adquiridos por EL CONTRATISTA. Esta ocupación no constituye una renuncia de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. a su facultad de continuar, una vez en firme el acto administrativo que declaró la caducidad, la ejecución del contrato a través del garante de las obligaciones del CONTRATISTA a quien se declaró la caducidad, o de otro contratista. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. opte por continuar directamente la ejecución del contrato, la cual podrá ser temporal o definitivamente, tendrán derecho a retener todo el equipo, herramientas y demás enseres y elementos empleados por EL CONTRATISTA en la construcción y el uso de los mismos hasta la terminación de los trabajos. En este evento, con citación al CONTRATISTA se levantará un acta en la cual se hará constar el estado de las obras y de equipos de construcción y demás enseres y elementos. Para el pago de las instalaciones, equipo, herramientas, materiales y demás elementos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. ocupe en la obra, se procederá de la siguiente forma:

Para el equipo de construcción se utilizarán los cánones de arrendamiento detallados por EL CONTRATISTA en su propuesta. Para unidades que no hayan sido detalladas por EL CONTRATISTA en su propuesta, se calculará el canon de arrendamiento de acuerdo con el sistema que para el efecto tiene el mercado, teniendo en cuenta los valores comerciales del equipo en el momento de la caducidad que determinen REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

Para las instalaciones se pagará un canon mensual correspondiente al 10 por ciento del costo real de las mismas.

Para las herramientas y equipos menores se convendrá con EL CONTRATISTA un canon de arrendamiento.

Para otros casos o en el evento que no sea posible llegar a un acuerdo con EL CONTRATISTA, los precios o los cánones de arrendamiento serán fijados por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. con base en los precios establecidos en los documentos del contrato, en facturas de compra presentadas por EL

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CONTRATISTA, en precios comerciales obtenidos por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. o en evaluaciones efectuadas por peritos.

PARÁGRAFO: En todos los contratos que EL CONTRATISTA celebre con sus subcontratistas, deberá incluirse una cláusula que prevea su terminación en el evento que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. declare la caducidad de este contrato y en la cual conste que los subcontratistas carecen de éste y en cualquier otro evento relacionado con este contrato, de todo derecho en contra de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. 5.2.1.6.2 Interpretación Unilateral. Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes, sobre la interpretación de alguna o algunas de sus estipulaciones, que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., si no se logra acuerdo con EL CONTRATISTA, interpretarán las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia, mediante acto administrativo debidamente motivado. En firme el acto administrativo, el cumplimiento del contrato se hará conforme allí se disponga, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas que pueda promover EL CONTRATISTA. 5.2.1.6.3 Modificación Unilateral. Si durante la ejecución del contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el contrato, y previamente las partes no lleguen al acuerdo respectivo, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. mediante acto administrativo debidamente motivado, notificarán al CONTRATISTA la supresión o adición de obra, trabajos, suministros y servicios. Procedimiento para la modificación unilateral: REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. propondrá al CONTRATISTA el procedimiento para llevar a efecto la modificación del contrato, la manera de acreditar y reconocer los nuevos costos, o de disminuir los que no vayan a causarse, según el caso, mediante las evaluaciones técnicas pertinentes y el señalamiento de los nuevos precios, si a ello hubiere lugar. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. elaborará un acta con los términos de la propuesta; si EL CONTRATISTA no acepta la propuesta y REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. estima que aquella es necesaria para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con el objeto contractual, modificará unilateralmente el contrato mediante acto administrativo. Si las modificaciones alteran el valor del contrato en más o en menos de un 20% del valor inicial, EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en caso contrario deberá soportar la modificación unilateral. En caso de configurarse el primer supuesto alteración del valor del contrato en más, o en menos de un 20% del valor inicial, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. dejará constancia de tal situación en el acta de propuesta de modificación a que se hizo relación en el párrafo precedente. EL CONTRATISTA deberá expresar su voluntad de continuar o renunciar a la ejecución del contrato, mediante escrito, dentro de los días en letras

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días en números días hábiles siguientes a la puesta en conocimiento del acta anterior. En caso de que EL CONTRATISTA renuncie a la ejecución del contrato dentro de este periodo, se ordenará la liquidación del contrato y REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. adoptará de manera inmediata las medidas que fueren necesarias para garantizar la terminación del objeto del mismo. En caso de que EL CONTRATISTA no exprese su voluntad de renunciar o continuar la ejecución del contrato dentro del periodo citado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. presume que EL CONTRATISTA desea continuar la ejecución del contrato y procederá a modificar unilateralmente el mismo. 5.2.1.6.4 Terminación unilateral. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. dispondrá la terminación anticipada y unilateral del contrato, mediante acto administrativo motivado, en los siguientes eventos:

Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga.

Por muerte o incapacidad física permanente del CONTRATISTA, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA. En este caso, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones del CONTRATISTA.

Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del CONTRATISTA. En este caso, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones del CONTRATISTA.

Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato.

En los demás eventos previstos legalmente. La iniciación del trámite concordatario no dará lugar a la declaratoria de terminación unilateral. En tal evento, la ejecución se hará con sujeción a las normas sobre administración de negocios del deudor en concordato. La entidad dispondrá las medidas de inspección, control y vigilancia necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contractual e impedir la paralización del servicio. Una vez en firme el acto administrativo que declaró la terminación unilateral del contrato, se procederá a su liquidación. 5.2.1.6.5 Procedimiento para la aplicación de las cláusulas excepcionales. Cuando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. diere aplicación a cualquiera de las anteriores cláusulas, lo harán a través de acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición, de conformidad con las reglas del Código Contencioso Administrativo. Los actos administrativos en los que se ejerciten esas facultades se regirán por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y estarán sujetos al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la forma que lo dispone el inciso 2o. del Artículo 31o. de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3 de la Ley 689 de 2001.

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Para la declaratoria de caducidad del contrato, además se dará aplicación al procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 5.2.2. Aspectos económicos En este aparte el pliego contempla los mecanismos conforme con los cuales las partes definen el contenido y alcance de sus responsabilidades económicas derivadas de la ejecución de las actividades comprometidas. Por tanto, además de lo que aquí se prevé expresa y específicamente según cada estipulación, para llevar a cabo los procedimientos aquí previstos y definir los contenidos que con ellos se buscan, han de tenerse en cuenta la práctica y reglas vigentes en cada área. 5.2.2.1. Medida de obra ejecutada REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. y EL CONTRATISTA harán mediciones periódicas de la obra ejecutada y suscribirán los reportes, actas o constancias respectivas. Se deberán efectuar cortes de obra mensual para determinar la medida y avance del contrato. Para ello se tienen formatos, formularios y planillas de control de las obras, las cantidades de obra por cada proyecto o solicitud ejecutada, teniendo en cuenta el formulario de precios número de ítem, descripción, cantidad ejecutada, valor unitario -cotizado o ajustado-, la fecha, el inicio y la finalización de cada proyecto o solicitud, para totalizar y establecer el valor por acta mensual. Estas obras se liquidarán teniendo en cuenta los precios unitarios cotizados o ajustados aceptados y pactados por las partes para este contrato. Esta metodología aplicará tanto para la liquidación de obras descritas por ítem completo como para las adicionales requeridas 5.2.2.2. Calendario para órdenes de pago

EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que por requerimientos contables, Regional de Occidente S.A. E.S.P fija unas fechas dentro de cada período mensual, en las cuales deben presentarse las facturas o cuentas de cobro para su cancelación o pago. El desconocimiento de dicho calendario puede originar tropiezos para EL CONTRATISTA, y REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. no se hacen responsables por los potenciales perjuicios que el desconocimiento de ello pueda generar.

5.2.2.3. Inscripción de proveedores para pago por consignación

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Igualmente ha de tener en cuenta EL CONTRATISTA que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P sólo efectúan pagos mediante el sistema de consignación electrónica y que, para el efecto, deberá inscribir una cuenta que haga posible dicha forma de pago, llenando los correspondientes formatos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P pone a su disposición. El incumplimiento de este trámite exonera a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P de cualquier retraso o dificultad que genere la imposibilidad de efectuar el pago tal y como se prevé.

La cuenta reportada deberá figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Las personas jurídicas deberán anexar una copia vigente es decir, con no más de tres meses de expedición del certificado de existencia y representación legal, al momento del primer pago y cuando se cambie el representante legal.

5.2.2.4. Procedimiento para facturación

Para que la factura que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación:

Además de los requisitos legales de la factura o documento equivalente que expida EL CONTRATISTA, deberá contener:

• Número de la Orden de Compra “OC” o equivalente que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P le hayan asignado.

• Número del contrato dentro del cual se factura.

• Centro de responsabilidad de la dependencia que está realizando la transacción.

• Nombre del interventor o responsable de la transacción

• En la descripción deberá informar si corresponde a pago de reajuste o anticipo.

• Detalle del municipio o municipios en los cuales se prestó el servicio con el objetivo de practicar la retención a título de Impuesto de Industria y Comercio.

• Unidad de Negocio a la cual corresponde.

Se debe presentar una factura por cada Unidad de Negocio, según la información que EL CONTRATISTA haya recibido de la dependencia que contrata la obra. Por ejemplo si se contrata para Aguas y Energía, EL CONTRATISTA debe presentar dos facturas por la orden de pago.

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En caso de estar exento de Impuesto de Industria y Comercio, deberá aportar copia del acto mediante el cual se estableció dicha exención. 5.2.2.5. Pago de la obra ejecutada Durante la ejecución del contrato REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. pagará al CONTRATISTA los valores facturados por éste y aprobados por las mismas dentro de los treinta 30 días calendario siguientes a la fecha de radicación de la factura. En la factura serán realizadas e indicadas las deducciones que por los conceptos de ley y otros deban efectuarse. Para efecto del pago de los valores mencionados, si EL CONTRATISTA es una entidad sin ánimo de lucro deberá presentar y radicar ante REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. copia de la respectiva resolución expedida por la entidad que la vigila, para la exención de la retención en la fuente. El valor final del contrato será el que resulte de multiplicar las cantidades de obra ejecutadas por EL CONTRATISTA y recibidas a satisfacción por AGUAS DE OCCIDENTE, por los precios unitarios aceptados y los pactados en el caso de obra extra; y el valor de los reajustes a que haya lugar en los precios de la obra contractual y adicional y en la extra si es del caso 5.2.2.6. Moneda de pago Todos los pagos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. deba efectuar en el territorio nacional se harán en moneda legal colombiana. En caso de haberse estipulado precios en moneda extranjera, previamente se hará la conversión respectiva y el pago se efectuará conforme con la regla indicada. 5.2.2.7. Retención de pagos REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a suministros defectuosos no corregidos, a garantías no cumplidas o para el pago de posibles deducciones por compensaciones debidas o perjuicios recibidos. Cuando desaparezcan las causas que originaron la retención se efectuarán los pagos de los valores retenidos, actualizados con base en el IPC. 5.2.3. Aspectos técnicos Se deberá efectuar la construcción de la obra de acuerdo con las normas del RAS 2000, Las normas de sismorresistencia y el anexo técnico. 5.2.3.1 Normas y especificaciones técnicas

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EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que la mayoría de las actividades que comporta la ejecución del “objeto” del contrato están sujetas a reglamentaciones de orden jurídico o técnico y que, en ambos casos, ha de atenderse estricta y puntualmente a lo que dichas reglamentaciones disponen. Adicionalmente, EL CONTRATISTA se sujetará a los alcances expresos e implícitos del “Anexo Técnico”, Normas y especificaciones generales en redes de servicios de EEPPM y los planos y diseños entregados para la ejecución del contrato. Se entenderá que hay un incumplimiento del contrato cuando debiendo haber tenido en cuenta o aplicado una o más disposiciones de uno o más reglamentos vigentes, EL CONTRATISTA los omite o modifica más allá de lo que estos mismos permiten.

LISTADO DE ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

100 ACTIVIDADES PRELIMINARES

103 DESMONTE Y LIMPIEZA.

104 LOCALIZACIÓN, TRAZADO Y REPLANTEO.

105 DEMOLICIONES.

105.1 DEMOLICIÓN DE CORDONES Y CUNETAS.

105.2 DEMOLICIÓN DE ANDENES.

105.6 RETIRO DE ELEMENTOS EN EDIFICACIONES

107.1 DESCAPOTE Y DESENRAICE

107.2 EXCAVACIONES O CORTES EN ROCA.

200 EXCAVACIONES Y LLENOS ESTRUCTURALES.

201 EXCAVACIONES.

202 ENTIBADOS DE MADERA EN EXCAVACIONES

204 LLENOS COMPACTADOS

205 CARGUE, RETIRO Y BOTADA DEL MATERIAL SOBRANTE

206 DISPOSICIÓN TEMPORAL DEL MATERIAL SELECTO DE LA EXCAVACIÓN

207 REGADA DEL MATERIAL SOBRANTE

300 PAVIMENTOS

301 CORTE Y RETIRO DE PAVIMENTO.

302 SUB-BASE GRANULAR

303 BASE GRANULAR

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304 BASE ASFÁLTICA

305 IMPRIMACIÓN

306 RIEGO DE LIGA

307 CONCRETO ASFÁLTICO

308 PAVIMENTOS RÍGIDOS

400 OBRAS VARIAS

401 CUNETAS

402 CORDONES Y TOPOLLANTAS

403 ANDENES

404 ENTRESUELO PARA APOYO DE TUBERÍA

405 FILTROS

406 ENGRAMADOS.

407 ARBORIZACIÓN.

408 CERCOS EN ALAMBRE DE PÙAS

411 CORTES CON ACETILENO

412 CORTES SIN ACETILENO

413 SOLDADURA

414 TARJETAS DE REFERENCIACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

417 LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO PARA RELOCALIZACIÓN DE REDES

419 VALLAS

501 CONCRETOS

503 ELEMENTOS ESTRUTURALES EN CONCRETO

504 LOSAS ALIGERADAS

505 ESTRUTURAS Y ELEMENTOS PREFABRICADOS EN CONCRETO

506 ADHESIVO IMPRIMANTE

507 TRATAMIENTO DE JUNTAS

600 ACERO DE REFUERZO

601 BARRAS DE ACERO DE REFUERZO

602 MALLA ELECTROSOLDADA

700 REDES DE DISTRIBUCIÓN, ACOMETIDAS Y CONDUCCIONES DE ACUEDUCTO

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701 TUBERÍAS Y ACCESORIOS

701.1 TUBERÍAS Y ACCESORIOS EN ACERO

701.3 TUBERÍAS Y ACCESORIOS EN POLI-CLORURO DE VINILO (PVC)

701.6 TUBERÍAS Y ACCESORIOS EN POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD (PEAD)

702 VÁLVULAS

702.1 VÁLVULAS DE COMPUERTA

702.2 VÁLVULAS REGULADORAS DE PRESIÓN

704 INSTALACIÓN DE TUBERÍAS

705 UNIONES MECÁNICAS

706 ACCESORIOS

707 CAJAS PARA VÁLVULAS

708 ACOMETIDAD DE ACUEDUCTO

709 MEDIDORES DE ACUEDUCTO

710 CAJAS Y TAPAS PARA MEDIDORES

711 RETIRO DE TUBERÍAS, VÁLVULAS E HIDRANTES DE ACUEDUCTO

801 TUBERÍAS PARA ALCANTARILLADOS

802 TUBERÍA DE CONCRETO PARA ALCANTARILLADO

803 TUBERÍA DE PVC PARA ALCANTARILLADO

804 TUBERÍAS DE ACERO PARA ALCANTARILLADO

805 TUBERÍA DE FIBRA DE VIDRIO PARA ALCANTARILLADO

806 INSTALACIÓN DE ACOMETIDAS

817 CÁMARAS Y CAJAS DE INSPECCIÓN PARA ALIVIADEROS

821 CRUCE POR DEBAJO DE COBERTURAS, CANALES O QUEBRADAS.

1200 SEÑALIZACIÓN CORPORATIVA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EN LAS ZONAS DE TRABAJO

1300 IMPACTO COMUNITARIO

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LISTADO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

4.015 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA EXCAVACIÓN, EL RELLENO Y PAVIMENTACIÓN DE DOMICILIARIAS DE ACUEDUCTO

4.106 DEMOLICIONES

4.107 COMPLEMENTO AL ESPECIFICACIÓN NEGC 105.3

4.107.2 EXCAVACIÓN EN ROCA UTILIZANDO MÉTODOS NO EXPLOSIVOS

4.108 LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO PARA RELOCALIZACIÓN DE REDES

4.116 DEMOLICIÓN PISO ENROCADO.

4.120.A MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 407

4.202.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 202

4.204.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 204

4.303.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 303

4.304.A MODIFICACIÓN A LA NEGC 306

4.311 ROTURA DE PAVIMENTO EN RIELES DE CONCRETO

4.314 RECONSTRUCCIÓN O CONSTRUCCIÓN DE RIELES DE CONCRETO

4.409 COMPLEMENTO A LAS ESPECIFICACIONES NEGC 107.2 Y NEGC 201

4.445 RECONSTRUCCIÓN DE MUROS, MALLAS Y ANDENES

4.523 EMPOTRAMIENTO DE TUBERÍAS DE ALCANTARILLADO

4.704.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 704

4.732 COMPLEMENTO A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 701.3

4.737 COMPLETO A LA ESPECIFICACION NEGC702.1

4.733 SUMINISTRO DE VÁLVULAS DE COMPUERTA

4.723 CAJAS PARA VÁLVULAS DE PURGA Y VENTOSA

4.708.1 COMPLEMENTO A LA NEGC704

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4.215 EXCAVACIÓN EN CUALQUIER MATERIAL, LLENO Y APISONADO DE ZANJAS PARA ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO (0.4M DE ANCHO X 0.60M DE PROFUNDIDAD):

4.808.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 808

4.809.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 816

4.815 SUMINISTRO DE TUBERÍA DE CONCRETO

4.850 ACTUALIZACIÓN DE PLANOS

4.715 TUBERÍA Y ACCESORIOS PVC PRESIÓN EXTREMO LISO

4.414 RETIRO Y COLOCACIÓN DE CERCOS EN ALAMBRE DE PÚAS

4.744 UNIONES DE REPARACIÓN Y DE CONSTRUCCIÓN PARA EMPALMES

4.029.A ESTACIONES REGULADORAS DE PRESION

4.737.1 VÁLVULAS REGULADORAS DE PRESIÓN (VRP)

4.217 EXCAVACION EN ROCA (MODIFICACION A LA ESPECIFICACION 201)

4.221 EXCAVACIONES Y LLENOS EN LECHO DE QUEBRADAS

4.421 HORA OFICIAL Y AYUDANTE

411.A1 CORTES CON ACETILENO

701.1.A1 RECUBRIMIENTO DE TUBERIAS Y ACCESORIOS DE ACERO

423.N1 CINTA DE POLIETILENO PARA SEÑALIZACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO

708.A1 ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO

704.P1 ABRAZADERAS PARA TUBERIA ADOSADA A MUROS DE PUENTES Y OBRAS

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ESPECIFICACIONES PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN

4.015 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA EXCAVACIÓN, EL RELLENO Y PAVIMENTACIÓN DE DOMICILIARIAS DE ACUEDUCTO

Para la excavación, el relleno y pavimentación de las zanjas y nichos correspondientes tanto a las instalaciones nuevas como a los cambios de domiciliarias de acueducto El Contratista seguirá el procedimiento que se describe a continuación: Domiciliarias de acueducto. El trabajo se iniciará simultáneamente con la construcción de la red y no posterior a ella, de tal forma que se minimice el impacto comunitario. Cualquier otro método constructivo será sometido a la aprobación de la interventoría. MEDIDA Y PAGO:

La forma de pago será el metro cúbico (m3) de acuerdo con las respectivas especificaciones.

4.106 DEMOLICIONES

Se medirán y pagarán las demoliciones sólo cuando se desarrollen como actividad independiente y no como consecuencia de la excavación o de los derrumbes, y que requiere el empleo de equipo manual o mecánico especial para demoliciones. En cuanto a la medida para demolición de andenes con escalas y sin escalas, se hará por metro cuadrado (m2) demolido medido sobre la pendiente. ANDÉN SIN ESCALAS ANDÉN CON ESCALAS

4.107 COMPLEMENTO AL ESPECIFICACIÓN NEGC 105.3

Se complementa la especificación NEGC 105.3, en cuanto a que se incluye también la demolición de cajas de inspección y cajas de empalme existentes, además el cargue, retiro y botada de escombros resultantes. Para la medida y pago, la unidad de medida es el metro para las cajas de inspección y la unidad para las cajas de empalme, teniendo en cuenta todas las consideraciones del numeral NEGC 105.3, además de incluir en el precio también el control de aguas lluvias o servidas y el

Medida sobre

la pendiente

Medida sobre

la pendiente

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transporte de materiales reutilizables hasta el sitio determinado por LAS EMPRESAS.

4.107.2 EXCAVACIÓN EN ROCA UTILIZANDO MÉTODOS NO EXPLOSIVOS

Esta especificación se refiere a los casos en los cuales por las condiciones particulares de la zona no es posible emplear explosivos, por lo tanto se utilizarán métodos no convencionales como calentamiento de las rocas utilizando leña y caucho o también cortes en las rocas utilizando cortadoras. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida en el metro cúbico (m3) medido en su posición original. Los volúmenes se calcularán por el método promedio de áreas de secciones consecutivas. Los precios propuestos deben incluir la quema de la roca, la fracturación, la limpieza, la mano de obra, herramienta y equipo, la adquisición de permisos, la remoción del material cortado hasta el sitio de cargue, igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. El retiro, cargue, y botada de los materiales excavados o cortados se pagarán en el ítem correspondiente.

4.108 LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO PARA RELOCALIZACIÓN DE REDES

En el caso que los trabajos ameriten la relocalización de redes por parte de el Contratista, éste deberá presentar el levantamiento topográfico con sus respectivas libretas de topografía, previamente autorizado por la Interventoría. El Contratista deberá utilizar personal experto (topógrafo con licencia para ejercer su profesión) y equipos de precisión.

MEDIDA Y PAGO:

La medida será el metro (m) y el pago incluye el costo de la comisión de topografía, el equipo de topografía necesario para la ejecución de los levantamientos, las libretas y su elaboración y cálculo, incluye además todos los costos directos e indirectos para la correcta ejecución de esta actividad. No se efectuarán pagos sin la previa entrega de las libretas de topografía a la interventoría

4.116 DEMOLICIÓN PISO ENROCADO.

Esta norma complementa la especificación NEGC 105 MEDIDA Y PAGO: La medida será por metro cuadrado (m2) demolido y en el pago se incluye lo siguiente: mano de obra, equipo manual y mecánico utilizado para la demolición,

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cargue, retiro y botada del material producto de la demolición, selección y almacenamiento de los materiales reutilizables, además los costos directos e indirectos necesarios para la ejecución adecuada de la actividad.

4.120.A MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 407

Se establece esta especificación particular para modificar la especificación particular 407 en cuanto al decreto número 393 de 1985 (3 de junio) debido a que se debe atender en lugar de éste el decreto número 0582 de mayo 22 de 1996.

4.202.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 202

En caso de ser necesario la utilización de los trinchos temporales, éstos se pagarán dentro del ítem de entibado en madera temporal.

4.204.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 204

Esta especificación complementa el numeral 2.1 de la NEGC 204, correspondiente al lleno con material selecto de la excavación debido a que este material al ser compactado debe tener una densidad mayor o igual que el 90% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Próctor Modificado.

4.303.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 303

Se establece esta especificación para complementar la NEGC 303 en que es indispensable la conservación de la base antes de la construcción del pavimento y será por cuenta y riesgo del Contratista. Como alternativa podrá colocar suelo-cemento o cualquier otro método, el cual será aprobado por la Interventoría.

4.304.A MODIFICACIÓN A LA NEGC 306

El precio del Riego de Liga está incluido en el ítem de Suministro, transporte y colocación de Pavimento Asfáltico, cuyo pago se efectúa por metro cúbico.

4.311 ROTURA DE PAVIMENTO EN RIELES DE CONCRETO

El procedimiento para el corte de rieles de concreto será igual al descrito en el capítulo 3 especificación NEGC 301. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es el metro cúbico (m3) de riel. El precio incluye todos los costos necesarios para efectuar el corte, el retiro, cargue, transporte y botada de los escombros y el valor de reposición del pavimento que se deteriore por acción del tráfico de cualquier índole o por procedimientos inadecuados de corte o excavación.

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4.314 RECONSTRUCCIÓN O CONSTRUCCIÓN DE RIELES DE CONCRETO

Llevarán una base o entresuelo conformada de piedra, la cual deberá estar limpia, no meteorizada y de tamaño máximo de 15 cm para obtener una capa de igual espesor, recuñada con material granular delgado, y 5 cm más de este mismo material, que puede ser arena y cascajo limpios (gravilla). Sobre esta base se colocará una capa de concreto, de espesor mínimo 15 cm según la carpeta existente, con resistencia de 28 MPa. El acabado se hará por medio de paleta de madera hasta que presente una superficie uniforme. Para su construcción deberá seguirse las recomendaciones dadas en la publicación del Instituto Colombiano de Productores de Cemento –ICPC, “Rieles de concreto para vehículos”.

MEDIDA Y PAGO:

Se pagará por metro cúbico (m3). El precio incluye el suministro y transporte de materiales, mano de obra y demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de esta actividad.

4.409 COMPLEMENTO A LAS ESPECIFICACIONES NEGC 107.2 Y NEGC 201

Este numeral complementa las normas 107.2 y 201 en cuanto a que en el precio de estos ítems relacionados con éstas, se incluye además las actividades de la especificación NEGC 103, NEGC 107.1 y NEGC 107 (en lo concerniente a la remoción de derrumbes). El porcentaje de excavación de roca es estimado y a cualquier profundidad, debido a que no existen estudios de suelos, por lo tanto, la excavación real de roca no dará lugar a reclamaciones por parte del Contratista.

4.445 RECONSTRUCCIÓN DE MUROS, MALLAS Y ANDENES

Cuando las secciones demolidas de muros y andenes sean de concreto, se aplicará un aditivo sobre la superficie por reconstruir, con el fin de crear un puente de adherencia entre el concreto nuevo y el existente. La superficie tendrá que estar limpia, libre de impurezas, rugosa e irregular, para garantizar una buena unión que se comporte en forma adecuada y duradera. En los sitios en los que haya sido retirada una sección de malla eslabonada de cerramiento, por el paso de una tubería, se procederá a la reconstrucción y empalme de dicha malla, lo que se hará en secciones completas entre los tubos de soporte. En ningún caso se permitirá una unión de la malla en el área afectada solamente, pues no quedaría suficientemente templada. Una vez se tenga el área de reemplazo, se iniciará la instalación conforme a la norma 409 de Las Normas y Especificaciones Generales de Construcción de Empresas Públicas de Medellín. Cuando los muros afectados por el cruce sean de contención, se tendrá especial cuidado con los taludes o estructuras que éstos contienen. Estos muros tendrán que ser reconstruidos de tal forma que no presenten falla posterior a su reparación. Antes de ejecutar el cruce, debe inspeccionarse el estado

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de los muros y registrarlo por métodos fotográficos o fílmicos. De encontrarse fallas estructurales que puedan afectar su estabilidad, el Contratista deberá notificar por escrito a la interventoría y solicitar el procedimiento a seguir, o si es del caso, tramitar los permisos correspondientes para la demolición completa de una sección. En caso contrario se tomarán las siguientes recomendaciones:

La sección por demoler tendrá el mismo ancho de zanja, el cual dependerá del diámetro de la tubería.

Antes de iniciar la demolición y en el caso de que el muro contenga terreno, se descargará la sección en su parte posterior, con el fin de evitar un volcamiento.

En la medida en que se avance con la excavación de la zanja, se colocará el entibado requerido y luego se ejecutará la demolición del muro y, una vez se atraviese éste, se continuará con la excavación y colocación del entibado inmediatamente.

Los cortes que deban hacerse en muros de contención de concreto reforzado, deberán hacerse de forma tal que sobresalgan las varillas con el objeto de poder realizar el traslapo con las varillas de la nueva sección, en una longitud conforme con las normas del Código Colombiano de Construcciones Sismo-resistentes.

MEDIDA Y PAGO: El pago se hará metro cuadrado (m2) de andén reconstruido según los precios pactados en los ítemes correspondientes e incluirá la malla, los postes, los anclajes y todos los costos directos e indirectos que genere la actividad. El pago se hará por metro cúbico (m3) de muro reconstruido según los precios pactados en los ítems correspondientes e incluirá todos los costos directos e indirectos que genere la actividad. Cuando se trate de muros en bloque o arcilla, la reconstrucción y demolición se pagarán en los respectivos ítems del cuadro de cantidades de obra.

4.523 EMPOTRAMIENTO DE TUBERÍAS DE ALCANTARILLADO

El Interventor, de acuerdo con las condiciones del terreno o por otras circunstancias, podrá ordenar el empotramiento de otras tuberías no previsto en los planos o la modificación de las dimensiones indicadas en las tablas mencionadas, sin que este hecho de lugar a revisión del precio unitario pactado.

MEDIDA Y PAGO:

La medida será la resultante de utilizar los factores determinados en los esquemas 2 y 3 NEGC 801. El costo incluye el suministro, transporte y colocación de los materiales y los demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución del ítem.

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4.704.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 704

Se establece una modificación a la norma NEGC 704, en cuanto a que la tubería de acueducto no podrá ir en la misma brecha de la de alcantarillado siendo la mínima distancia horizontal libre de 1.5 metros entre aguas residuales y acueducto y de 1.0 metro entre aguas lluvias y acueducto, debido a que en proyectos de habilitación viviendas por las condiciones físicas existentes no es posible en muchos casos cumplir estos requerimientos de la norma.

4.732 COMPLEMENTO A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 701.3

Adicionalmente se debe tener en cuenta lo siguiente en la Medida y pago: Cuando se trate de suministro, transporte y colocación de tubería de PVC presión, el precio unitario incluirá, además del corte y el biselado de ambos extremos de la tubería: para la tubería soldada (diámetros menores a 50 mm (2”)) el limpiador, la estopa, la soldadura y las uniones, y para la tubería espigo - campana (diámetros mayores o iguales a 50 mm (2”)), el limpiador, el lubricante y los empaques de caucho necesarios y todos los demás costos directos y además los indirectos.

4.737 COMPLETO A LA ESPECIFICACION NEGC702.1

El idioma utilizado en los planos deberá ser el Español, o el Inglés, siempre y cuando se incluya un listado con la traducción al Español de las partes indicadas en ellos. Las instrucciones de montaje, operación y mantenimiento, así como los catálogos de partes e instrucciones especiales se aceptarán tanto en Inglés como en Español. Cualquiera de estos documentos presentados en otro idioma diferente a estos dos será devuelto al CONTRATISTA para su traducción, y la demora que se produzca por este motivo no será causa para ampliación de los plazos. Todos lo equipos y materiales especificados aquí deben ser estándares para uso en controlar el flujo de agua limpias y sucias, lodos, químicos, etc., dependiendo de las aplicaciones. Todo equipo deberá ser empacado, entregado y desempacado de tal manera que se proteja contra cualquier daño. Las superficies de hierro y de acero acabadas, deberán ser protegidas adecuadamente para evitar su corrosión. Las partes y componentes que son ensamblados en la fábrica no deberán ser desarmadas para transporte a menos que se reciba un permiso escrito del INTERVENTOR. El CONTRATISTA deberá suministrar los servicios de un técnico que tenga completo conocimiento de la instalación adecuada y de la operación y mantenimiento del equipo, para inspeccionar la instalación final y supervisar la puesta en servicio del equipo. Al terminar la instalación, el técnico del CONTRATISTA, en presencia del INTERVENTOR debe ejecutar unos ensayos preliminares del sistema para asegurar el funcionamiento de todas las partes componentes a satisfacción del INTERVENTOR. La aprobación de los ensayos preliminares por parte del INTERVENTOR no constituyen una aceptación final del equipo suministrado. El CONTRATISTA deberá

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corregir a sus costos cualquier deficiencia notada, mediante reparación o reemplazo de los componentes defectuosos, y reensayar como se requiera, hasta que el equipo cumpla la aprobación del INTERVENTOR. Todas las válvulas y accesorios deben ser del diámetro especificado y/o mostrado en los planos y, siempre que sea posible, todos los equipos de un mismo tipo deberán ser de un mismo fabricante. Todas las válvulas deben ser suministradas con los demás elementos como empaques, tuercas, tornillos, etc., necesarios para su completa instalación. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida será la unidad (un). En el precio unitario El Contratista incluirá el costo de toda la mano de obra, herramientas y equipos necesarios, para el suministro, transporte y colocación de las válvulas. Incluirá todos los costos directos e indirectos en que incurra para una adecuada ejecución de la actividad.

4.733 SUMINISTRO DE VÁLVULAS DE COMPUERTA

LAS EMPRESAS toman como guía para la fabricación de las válvulas de compuerta las normas AWWA-C509. Adicionalmente deben cumplir lo siguiente: Las válvulas que suministrará EL CONTRATISTA deberán ser diseñadas para soportar presión por ambos lados, en forma simultánea o alternada, y llevarán grabados en el exterior e íntegramente con el cuerpo de la válvula: la marca, el diámetro y la presión de trabajo garantizada. Deberán garantizar completa hermeticidad cuando estén cerradas y pérdidas mínimas cuando estén abiertas. Sus partes serán fabricadas de materiales fuertes que ofrezcan seguridad de no sufrir desgaste. El cierre de la válvula será dextrógiro, es decir, que la válvula cerrará cuando la rueda de manejo sea movida en el sentido de las manecillas del reloj; sin embargo, las válvulas no incluirán rueda de manejo sino caperuza triangular para operar con llave de extensión. Todas estarán provistas de topes que impidan que el obturador continúe avanzando cuando la válvula esté completamente abierta o cerrada. El cuerpo de la válvula así como la tapa, el bonete, la compuerta y la caperuza, serán de hierro gris de acuerdo con la norma ASTM A-126 clase B, o hierro nodular de acuerdo con la norma ASTM A-395 o ASTM A-536. La compuerta será en forma de cuña rígida y llevará recubrimiento elástico de caucho natural o sintético (Viton A, Perbunam, Neopreno, etc.). No se aceptarán compuertas con asientos paralelos. El vástago será del tipo no ascendente y será fabricado de acero inoxidable. Las tuercas y tornillos serán de igual material que el vástago, o de bronce. Las válvulas serán diseñadas y fabricadas para una presión hidráulica de trabajo de 150 psi y probadas a 300 PSI. El fabricante deberá suministrar copia de los resultados de los ensayos. Por su parte, LAS EMPRESAS probarán las válvulas que reciban de acuerdo con lo especificado en las secciones 5 y 6 de las normas ICONTEC para válvula de compuerta. MEDIDA Y PAGO:

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El pago para el suministro, transporte e instalación será por unidad (un), e incluye los empaques, el revestimiento y los demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la actividad.

4.723 CAJAS PARA VÁLVULAS DE PURGA Y VENTOSA

Las cajas se construirán tal como se indica en los planos, según el tipo de válvula. Se utilizarán los concretos y aceros especificados en ellos teniendo en cuenta para su ejecución el manual de Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas. MEDIDA Y PAGO: Será por unidad (un). El precio incluye el suministro, transporte y colocación del concreto, el refuerzo y su figuración, todos los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y demás costos directos e indirectos necesarios para la construcción de la caja acorde con los diseños.

4.708.1 COMPLEMENTO A LA NEGC704

Se establece esta especificación como complemento a la medida de pago de la tubería de cobre tipo K flexible para acometidas de acueducto tipo K, por lo que deberá incluir en el precio la tubería de PVC presión de 13 mm y los adaptadores macho o hembra necesarios para la instalación completa y adecuada de la acometida de acueducto.

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4.215 EXCAVACIÓN EN CUALQUIER MATERIAL, LLENO Y APISONADO DE ZANJAS PARA ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO (0.4m de ancho x 0.60m de profundidad):

EXCAVACIÓN. Esta actividad comprende la excavación del suelo para la instalación de la tubería de la acometida de acueducto. La excavación se hará por métodos manuales utilizando las herramientas de uso frecuente para esta clase de labor: barras, picas y palas. Las dimensiones de la zanja para la colocación de la tubería domiciliaria serán 0.40 m de ancho y 0.60 m de profundidad. El sobreancho que se pueda presentar en las excavaciones, sólo se reconocerá en aquellos casos en que haya sido previamente aprobado por la Interventoría. Para los demás casos no serán reconocidos y el sobre costo se entenderá incluido en los Imprevistos. El material excavado de las zanjas que se requiera retirar, no será arrojado sobre propiedades privadas. LLENO Y APISONADO. Para el lleno y apisonado de las zanjas se utilizará el material que seleccione La Interventoría. El Interventor podrá ordenar el número y clase de ensayos de laboratorio que sean necesarios para determinar la calidad de la compactación. El lleno de las zanjas sólo podrá iniciarse cuando la Interventoría lo haya autorizado, una vez hayan sido revisadas las tuberías y el material de lleno. Si llegaren a ocurrir asentamientos del material de lleno o desplazamiento de tuberías, esto se considerará como evidencia de un trabajo mal ejecutado o de material inadecuado o ambas cosas, lo cual hará responsable a El Contratista de su reparación sin costo alguno para el Contratante. SANEAMIENTO DE LAS ZANJAS. De encontrarse aguas negras en las zanjas o tuberías no construidas por Las EMPRESAS, donde vaya a extenderse la red de acueducto, será necesario eliminarlas y desinfectar la zona contaminada, y antes de extender las redes se requerirá la aprobación del Interventor. MEDIDA Y PAGO: El precio incluye la medida de la excavación en cualquier material, lleno y apisonado de las acometidas de acueducto, el retiro y botada de material sobrante, el control de aguas lluvias y servidas, y deberá incluir además, el costo de los ensayos que ordene la Interventoría para determinar la calidad de la compactación, mano de obra, materiales, equipos, herramientas y demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de todas las actividades comprendidas en este ítem. El precio regirá para cualquier longitud de instalación, por lo tanto no está limitado a un número determinado de metros.

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4.808.1 MODIFICACIÓN A LA ESPECIFICACIÓN NEGC 808

Se establece esta norma para modificar las profundidades consignadas en el esquema 1 de la NEGC 808 para las cámaras de inspección prefabricadas por cuanto la altura para la cámara de inspección profunda será mayor de 1.5 metros y la altura para la cámara de inspección de poca profundidad será menor de 1.5 metros.

4.809.1 COMPLEMENTO A LA NEGC 816

El precio del cuello y la tapa están incluidos en el ítem, cuyo pago se efectúa por metro según NEGC 816.

4.815 SUMINISTRO DE TUBERÍA DE CONCRETO

El proponente que resulte favorecido con un contrato que se derive de la presente licitación, deberá tener en cuenta que si durante la ejecución de las obras, los diámetros por él cotizados y exigidos en el proyecto no pueden ser instalados por causas no imputables a las Empresas, deberá colocar en su reemplazo y bajo la aceptación de la Interventoría, el diámetro comercial inmediatamente superior al diámetro exigido; lo anterior no acarreará ningún costo adicional por parte de Las Empresas y se entiende que el pago se hará por el diámetro exigido en el respectivo proyecto y no por el diámetro realmente colocado.

4.850 ACTUALIZACIÓN DE PLANOS

Esta actividad deberá hacerse una vez se termine cada proyecto y comprende las correcciones y actualizaciones a los planos entregados al Contratista para su construcción, en los originales suministrados por la Interventoría, conforme a las modificaciones de la obra y lo finalmente construido. El Contratista deberá utilizar personal experto en la actualización de los planos tanto en planta como en perfil, para realizar las modificaciones, y deberá colocar la siguiente nota en el rótulo de éstos: - “CONSTRUIDO “, radicando la fecha, si el proyecto se construyó en su totalidad. - “CONSTRUIDO PARCIALMENTE “, radicando la fecha, si en la ejecución del proyecto quedaron por construir algunos tramos, los cuales se indicaran en la planta mediante una NOTA. El Contratista suministrará una copia heliográfica con las debidas correcciones para la revisión y aprobación por parte de la Interventoría. El plazo máximo para la entrega final del plano corregido, con las revisiones y aprobación de la Interventoría son de 30 días, contados a partir de la fecha de terminación de construcción del proyecto respectivo. En el plano debe colocarse el número de la póliza de estabilidad, el número del contrato y el Contratista. MEDIDA Y PAGO: La medida se hará por unidad (un) dependiendo del tamaño especificado y en el pago se incluyen todos los costos directos e indirectos para la correcta ejecución de

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esta actividad. No se efectuarán pagos sin la previa entrega de los planos a la Interventoría. Los planos a corregir y actualizar se pueden agrupar en los tamaños especificados en el cuadro de cantidades de obra. El Contratista entregará la actualización de los planos en medio magnético cuando la Interventoría lo solicite.

4.715 TUBERÍA Y ACCESORIOS PVC PRESIÓN EXTREMO LISO

Se aclara en este numeral, particularmente para este proyecto, que el valor de las uniones PVC presión, está incluido en el metro de tubería instalada y por tanto, "El suministro, transporte y colocación de uniones PVC presión, para tuberías extremo liso, no se pagará por separado y su valor quedará incluido en el metro de tubería instalada". Los demás accesorios se pagarán en el item respectivo.

4.414 RETIRO Y COLOCACIÓN DE CERCOS EN ALAMBRE DE PÚAS

Donde lo indiquen los planos, donde lo exija la obra o lo indique el Interventor se retirarán los cercos en alambre de púas, durante el tiempo únicamente necesario para poder ejecutar la obra, dejando referenciada su ubicación para que una vez terminada la labor se proceda a la colocación del mismo restableciéndolo en las mismas condiciones originales. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida será el metro (m), medido sobre la pendiente. En su precio quedarán incluidos todos los costos directos e indirectos para la correcta colocación del cerco.

4.744 UNIONES DE REPARACIÓN Y DE CONSTRUCCIÓN PARA EMPALMES

Sólo se pagarán las uniones que autorice la Interventoría. Todas las alternativas de tubería deberán garantizar el coeficiente C mayor o igual a 140, de la fórmula de Hazen-Williams. MEDIDA Y PAGO: Se pagará por unidad (un) y su precio incluye el suministro, transporte y colocación, los limpiadores y lubricantes recomendados por el fabricante y los demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la actividad 4.746 TUBERÍA Y ACCESORIOS EN ACERO, HIERRO DÚCTIL Y PVC EL CONTRATISTA indicará en las características garantizadas del formulario de la propuesta la clase de la tubería y accesorios que suministrará y en el caso que se le adjudique el contrato no podrá variarlos durante el desarrollo del contrato.

4.029.A ESTACIONES REGULADORAS DE PRESION

Se refiere este numeral a la instalación en las redes de distribución de las reguladoras de presión, tal como se indican en el plano DAC-100-66A.

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Estos conjuntos se instalan en los sitios indicados en los planos previa aprobación de la Interventoría. Las características de los accesorios que se deben instalar se establecen en las especificaciones NEGC700 a 707 y las que se detallan a continuación: -Los extremos de las válvulas de contención y de las reguladoras son bridados. -Las juntas de desmontaje son de extremos bridados, empaque triangular de neopreno y para una presión de trabajo de 150 psi. -El filtro en yee tiene su cuerpo de condición nodular o acero. La malla es de acero inoxidable con aberturas de ¼” y tiene un esqueleto de refuerzo metálico para evitar su aplastamiento. El filtro tiene un tapón para su limpieza y se rotula exteriormente con la marca, el diámetro, la presión de trabajo y una flecha indicadora de la dirección del flujo. -Válvula de aire. El cuerpo de la válvula de aire está fabricado de hierro fundido, hierro dúctil o acero fundido. El obturador es de acero inoxidable y resistente al impacto y a una presión mínima de 150 psi. La válvula de aire es de doble acción: admisión y expulsión de aire. Debe incluir una llave de corte de bronce que se someterá a la misma presión de trabajo que la válvula. El diámetro de la válvula es de 1” para reguladoras hasta diámetro de 6”, para diámetros mayores deberá efectuarse la respectiva consulta. -Toma con válvula para manómetro. Las tomas son de ½ “ y de bronce. Poseen una llave de corte fabricada con el mismo material y del mismo diámetro de la toma. La presión mínima de trabajo a la que se someten estos accesorios es de 150 psi. -Todos los accesorios de unión como contrabidas, niples, reducciones, codos, etc. Son de acero. MEDIDA Y PAGO: Se hará por unidad lo cual comprende el conjunto correctamente instalado y funcionando a satisfacción del Interventor a los precios unitarios del contrato. Se entiende por conjunto: dos válvulas de compuerta, dos tomas con válvula para manómetro, un filtro en yee, una válvula reguladora de presión, una válvula de aire, dos reducciones y una junta de desmontaje. El precio unitario incluye el suministro, transporte e instalación de los componentes del conjunto, incluidos contrabridas, niples, empaques y tornillería necesaria y todos los demás costos directos e indirectos en los que incurra el Contratista para la correcta ejecución de esa actividad. La tubería requerida para conservar las distancias necesarias entre los componentes del conjunto deben fabricarse en acero. El pago de la misma se efectuará en el ítem “Suministro, transporte y colocación de tubería de acero “según las especificaciones correspondientes en el contrato.

4.737.1 VÁLVULAS REGULADORAS DE PRESIÓN (VRP)

En este numeral se presenta como un complemento a la NEGC 702.2, en donde toman como guía para el suministro e instalación de los accesorios que componen la estación reguladora de presión.

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La válvula reguladora de presión deberá ser tipo Globo con Trin y Diafragma, operada hidráulicamente.

La válvula reguladora de presión deberá ser capaz de soportar una presión nominal mínima de trabajo de 1,38 MPa (200 psi). La válvula reguladora de presión deberá ser automática controlada por pilotaje externo y válvula de aguja.

El fluido de trabajo es agua potable fría, con temperatura promedio de 18 grados centígrados aproximadamente.

Operarán a la intemperie, inundadas, enterradas ó localizadas en cámaras subterráneas sin afectarse su normal funcionamiento.

Deberán soportar presión por ambos lados (aguas abajo y aguas arriba) simultáneamente, y en forma alternada.

En el exterior e integrado con el cuerpo de la válvula deberán estar grabados claramente la marca, el diámetro, la dirección del flujo y la presión de trabajo máxima garantizada.

Normalmente se instalará en forma horizontal, no obstante en caso de requerirse se podrá instalar en forma vertical sin afectar su operación y funcionamiento.

La VRPs debe conservar el mismo diámetro interno de acuerdo al diámetro de la brida. No se admitirán VRPs que no se cumpla con lo anterior.

Dimensiones Generales:

Las dimensiones deberán cumplir con las Normas AINSI 125 Y AINSI 250. Documentación técnica requerida: Junto con la VRP se debe entregar en documento físico:

1. Tabla de índice de cavitación. 2. Tabla de Capacidades. 3. Lista ó kits de repuestos sugeridos por el fabricante. 4. Tabla de características garantizadas ó Lista de Verificación.

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Especificaciones de las componentes:

1. CUERPO:

La válvula principal deberá ser de tipo globo, con cuerpo, bridas y tapas de hierro fundido ASTM A 126 ó hierro dúctil ASTM a 536, según el tipo de brida:

Bridas ANSI 125 y 250: cuerpo en hierro fundido.

Bridas ANSI 150 y 300: cuerpo en hierro dúctil ó acero al carbono.

El tipo de brida depende directamente de la presión máxima a soporta, así:

Bridas ANSI 125 para presiones hasta 200 psi

Bridas ANSI 150 para presiones hasta 250 psi

Bridas ANSI 250 para presiones hasta 300 psi

Bridas ANSI 300 para presiones hasta 500 psi

El cuerpo de la VRP deberá tener un recubrimiento epóxico protector tanto en el interior como en el exterior de acuerdo con la norma ANSI/AWWA C550.

2. CONJUNTO OBTURADOR (Trin Central).

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2.1 Tipo Diafragma:

El eje de la válvula reguladora será de acero inoxidable AISI 303, 304 ó 316 y deberá estar unido al carrete por medio de tuercas superior e inferior, con los empaques necesarios para evitar la comunicación entre los sectores de alta y baja presión.

La válvula deberá estar provista de un indicador de posición externo.

El resorte será de acero inoxidable AISI 302.

El asiento será de acero inoxidable AISI 303, adicionalmente debe ser reemplazable.

El plato de ajuste de sello será de acero inoxidable ASTM A 303.

Los platos de sujeción, retenedores y el obturador serán de acero inoxidable ASTM A 303.

El mecanismo interior: guías, agujas, resortes, disco móvil, asiento, etc., será de acero inoxidable.

El diafragma, los sellos y anillos hermetizantes se deberán fabricar en los siguientes materiales: Diafragma: nylon con revestimiento de caucho sintético o neopreno reforzado. Cua-O’ring: Caucho sintético a base butadieno acrilo-nitrilo (NBR). O’ring: Caucho sintético a base butadieno acrilo-nitrilo (NBR).

El kit de diafragmas estará constituído normalmente por tres unidades así: 1. Diafragma: 2. Cua-O’ring: 3. O’ring del eje principal del subconjunto obturador. La dimensión será de

acuerdo a la dimensión del eje central. Las dimensiones de los Kit’s serán sobre medida de acuerdo al diámetro de la VRP.

3. TORNILLERÍA

Los tornillos y tuercas exteriores serán de acero inoxidable. Los tornillos y tuercas interiores serán de acero inoxidable AISI 304 o ASTM A 193 o A 743.

4. INDICADOR DE POSICIÓN: PARA REGULADORAS DE DIÁMTERO IGUAL

O MAYORES DE "1 21

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La VRPs deberá estar provista de un indicador de posición que indique el estado de apertura ó cierre de la misma y deberá construirse de un material resistente. La parte superior del indicador deberá tener una válvula de drenaje de latón que permita liberar el aire de la cámara superior de la VRP.

5. VÁLVULA PILOTO

El cuerpo será de hierro fundido ó bronce fundido ASTM B61 o ASTM B62.

El vástago y el asiento serán de acero inoxidable AISI 303.

El resorte será de acero inoxidable AISI 302

Los tornillos y tuercas exteriores serán en Acero 304 ASTM B 61 o B62

La válvula piloto será accionada por tonillo. El tornillo será de 3/8”x2”x24hilos (rosca fina).

Material: Acero inoxidable.

Dimensiones:

-Altura "2 1611 ”.

-Diámetro interior: 3/16”.

En el tornillo están maquinados dos tipos de rosca, los dos tipos de rosca se separan en el medio del tornillo con un hexágono.

Rosca 1: 3/8” x 24 hilos x "1 21 (rosca

fina).

Rosca 2: 3/8”x 16 hilos x "1 21

Longitud efectiva de la rosca: 19/16”.

Dimensiones del hexágono:

-Radio: 23/32”

-Alto: 1/8”

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6. VÁLVULA DE AGUJA

En el cuerpo debe estar grabado flecha con dirección de flujo. Dimensiones: ¼” Tipo de unión: Roscada macho-hembra. Material: cuerpo en Bronce ó latón. El vástago interno de la válvula debe ser en acero inoxidable.

7. GRIFO DE AGUJA

Nota podrá suministrarse válvulas de ½ pg, pero se deberán suministrarse la respectiva reducción a ¼ pg. En todo caso el vástago interno de la válvula debe ser en acero inoxidable.

8. VÁLVULA VENTOSA

Tipo de extremos brida ANSI B.16.1

Tipo de acción: múltiple

Cámara: doble

Material tobera: bronce

Material del cuerpo: ASTM A 536

Material del sello: ASTM B 62

Presión de servicio: 200, 400, 600 psi

Presión prueba de sellos: presión de servicio

Presión prueba de cuerpo: 2 veces la presión servicio

Pintura: epóxica, alto contenido de sólidos

Sellos: neopreno, buna

Guías flotador: acero inoxidable.

Tornillos: acero inoxidable.

Obturador válvula: ASTM A 217

Vástago válvula: acero inoxidable.

Amortiguador flotador: neopreno, buna

Es importante tener en cuenta que el diámetro interno de la ventosa debe ser el mismo diámetro de la Brida.

9. FILTRO YEE y CEDAZO:

En el exterior, grabado al cuerpo El filtro deberá llevar la marca, diámetro, dirección de flujo y presión de trabajo.

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El cuerpo y el cedazo deberán estar diseñados para una presión de trabajo de 1,38 MPa (200 psi) y serán probados a una presión de prueba en fábrica de 1,75 MPa (250 psi).

El filtro será de unión bridada.

El cuerpo será de hierro fundido ASTM A 126 clase B o hierro dúctil ASTM A 536 o ASTM A 395 con protección de pintura anticorrosiva y epóxica no venenosa y extremos con bridas ANSI B 16.1 clase 125.

El extremo de la derivación tendrá un tapón roscado para diámetro hasta 50 mm (2”), o una brida pernada para diámetros mayores a 50 mm (2”) del mismo material del cuerpo, fácilmente desmontable de modo que se pueda retirar el cedazo para efectos de limpieza y mantenimiento.

El cedazo ó malla para filtro en Y de las ERP será construidos en malla de acero inoxidable calibre 16 con perforaciones de 3mm, reforzados en los extremos y a lo largo en el cordón de soldadura con platinas de acero inoxidable de 3/32” por ½” y con tiradera en varilla redonda de 3/8” de acero inoxidable para fácil extracción.

Nota Importante: Las dimensiones del cedazo se definirán particularmente para cada filtro, debido a que las longitudes no son estándar.

Observaciones generales:

Con la VRP se deberá cotizar como opcional un kit de repuestos sugerido por el fabricante para su mantenimiento preventivo.

El fabricante ó proveedor deberá brindar una garantía por defectos técnicos o mala calidad del producto suministrado de tres años contados a partir de la fecha de entrega a LAS EMPRESAS.

Para la recepción de la VRP se requiere revisión técnica por EEPP.

4.217 EXCAVACION EN ROCA (MODIFICACION A LA ESPECIFICACION 201)

Se establece esta especificación para aclarar la descripción de excavación en roca del numeral 107.2 del manual de Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas así:

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El porcentaje de excavación en roca es estimado y a cualquier profundidad, debido a que no existen estudios de suelos, por lo tanto, la excavación real de roca no dará lugar a reclamaciones por parte del contratista.

4.221 EXCAVACIONES Y LLENOS EN LECHO DE QUEBRADAS

Comprende la ejecución de las excavaciones y los llenos en el lecho de la quebrada necesarios para efectuar las siguientes actividades: 1. Retiro e instalación de tubería 2. Construcción de revestimientos y soportes para tubería 3. Gaviones 4. Desvío transitorio o permanente de la quebrada 5. Cualquier otra obra en la que se requiera la ejecución de excavaciones y/o llenos en el lecho de quebrada. El Contratista deberá hacer el respectivo control del agua, para mantener razonablemente secas las excavaciones y los llenos, en forma continua y efectiva, utilizando el método adecuado para la desviación del cauce y el bombeo del agua. El retiro de las obras construidas para el control del agua, si no son permanentes, deberá hacerse cuando lo determine la Interventoría. Una vez ejecutados los trabajos, la quebrada deberá recuperar su cauce original. Cualquier daño producido en las obras terminadas por falta de obras de control de aguas, deberá ser reparado por El Contratista a su costo. Por este motivo no habrá lugar a plazo adicional para la entrega de las obras. Los llenos deberán ejecutarse con material de la excavación o con material seleccionado proveniente de la orilla de la quebrada, previamente aprobado por la Interventoría. MEDIDA Y PAGO El control y la desviación de quebrada se pagará global. Incluye todas las excavaciones y llenos, el manejo del agua, las obras parciales o definitivas, el equipo necesario para el bombeo del agua y demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución total de la actividad. El costo de los llenos incluye la selección, el acarreo, la colocación, conformación y compactación de los materiales y demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la actividad.

4.421 HORA OFICIAL Y AYUDANTE

Descripción. Se pagará esta actividad cuando la INTERVENTORÍA autorice la realización de ciertas actividades que requieran este tipo de personal y su valor no este incluido dentro de otros ítemes. MEDIDA Y PAGO La unidad de medida será hora trabajada y en el precio unitario cotizado, el CONTRATISTA incluirá las prestaciones y la herramienta menor necesaria para ejecutar los trabajos.

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411.A1 CORTES CON ACETILENO

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 411 Se adiciona un párrafo a las generalidades de la NEGC 411, así: GENERALIDADES: - Se ejecutarán también estos cortes en tuberías y láminas de acero en el sistema de acometidas y medición de acueducto. - Sólo para el ítem de suministro, transporte, colocación y figuración de lámina de acero. Su pago será por centímetro cuadrado (cm2). Cuando la lámina de acero se emplee para la reparación de tuberías de American Pipe, deberá incluirse el mortero de fraguado rápido para la protección tanto interna como externa de ésta. Su precio estará incluido en el valor de la lámina a instalar, e incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para ejecutar esta actividad.

701.1.A1 RECUBRIMIENTO DE TUBERIAS Y ACCESORIOS DE ACERO

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 701, 701.1 Se modifica numeral 4 de la NEGC 701.1, así: 4. Recubrimiento. Las tuberías y accesorios se recubrirán interior y exteriormente de acuerdo con cualquiera de las siguientes especificaciones: AWWA C-203 (Alquitrán de Hulla), AWWA C-205 (mortero de cemento), AWWA C-210 (Alquitrán Epóxico), AWWA C 213 (FBE), AWWA C 214 (Forrada con cinta). Adicionalmente deben respetarse las especificaciones y ensayos establecidos por los fabricantes para los materiales y métodos de aplicación de los recubrimientos. En todos los casos en que se utilicen tuberías o accesorios de acero, deberán recubrirse adicionalmente con plástico, el cual deberá quedar perfectamente adherido al tubo y si es necesario deberá colocarse cinta para impedir que la humedad del terreno haga contacto con la tubería o accesorio.

423.N1 CINTA DE POLIETILENO PARA SEÑALIZACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO

NORMATIVIDAD ASOCIADA GENERALIDADES Esta especificación cubre el suministro y colocación de la cinta de señalización que va dentro de la zanja por encima de la tubería de las redes de acueducto, y deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: • La cinta deberá cumplir con la norma ASTM D1248-84 y debe tener un espesor mínimo de 175 micrones. • La cinta será de polietileno de 20 cm de ancho, de color azul y llevará impresa la siguiente leyenda cada 0,50 m ”Precaución, Red de Acueducto” en color negro y tamaño de cada letra de 4 cm x 6 cm.

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• La cinta de polietileno deberá ser colocada a una distancia de 0.30 m por encima de la clave de la tubería, tal como se muestra en el esquema anexo. • Al colocar la cinta, ésta se deberá asegurar para impedir que se mueva cuando se haga el lleno sobre la tubería. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida será el metro (m) lineal de suministro e instalación de cinta de señalización. Este precio incluye el suministro, transporte, almacenamiento, colocación, mano de obra y demás costos directos e indirectos para la ejecución de esta actividad.

708.A1 ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 708 Se modifican los numerales 2.1, 3.1, 3.3, 3.4, 3.6, 3.7, 3.8 de la norma y se adicionan los numerales 3.9 y 6 a la norma: 2.1. Tuberías de distribución de acero, hierro dúctil o fundición gris, con espesor de pared de 6,4 mm (1/4") o mayor: se perfora la tubería y se instala la llave de incorporación con su extremo inferior (por donde entra el agua), es decir, el que se incorpora a la tubería de distribución, será de rosca externa cónica y en el extremo de salida será roscado NPT, sin necesidad de usar collar de derivación para acometidas hasta de diámetro 25 mm (1”). Para acometidas con diámetros mayores se intercalará una Tee ensamblada. 3.1 Llave de incorporación. Para acometidas de diámetro hasta de 50 mm (2”) la llave será de paso libre, del tipo esférico, y llevará marcados claramente, en relieve en el cuerpo, la marca, diámetro y presión de trabajo. El cuerpo será de aleación de cobre donde el porcentaje correspondiente al cobre será mínimo del 85%, y el resto en otros elementos como zinc, plomo, estaño, hierro y aluminio en una escala descendente de porcentajes. El eje de la esfera será de acero inoxidable o de bronce con revestimiento de cromo; en los orificios de entrada y salida habrá empaques circulares de caucho sintético, NBR, EPDM o similar. El extremo superior del eje no tendrá rueda de manejo, pero será maquinado de modo que pueda ser operado por medio de una llave portátil. El extremo por donde entra el agua tendrá rosca externa NPT y en el extremo de salida tendrá acople para tubería de cobre, PE-AL-PE, polietileno o rosca interna NPT. La presión de trabajo será de 1,05 MPa (150 psi) y la de prueba en fábrica de 1,75 MPa (250 psi). Cuando se instalen llaves de incorporación en tuberías metálicas, la llave, en su extremo inferior (por donde entra el agua), es decir, el que se incorpora a la tubería de distribución, será de rosca externa cónica, y en el caso de instalarse sobre collar

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de derivación, será rosca externa NPT; el extremo superior de la llave, es decir, el de salida, será rosca NPT, de acuerdo con las necesidades. En las acometidas de diámetro 75 mm (3”) y mayores se utilizará como llave de incorporación una válvula de compuerta de acuerdo con la especificación NEGC 702.1. En estos casos, a las válvulas de diámetro mayor o igual a 75 mm (3”) se les construirán cajas según la especificación NEGC 707, las cuales en la lámina exterior llevarán grabadas en bajorrelieve y pintadas las letras V-AC para identificarlas como válvulas de acometida. 3.3 Filtro en Y para acometidas. El filtro deberá llevar la marca, diámetro, dirección de flujo y presión de trabajo. Será de unión roscada para diámetros hasta de 62,5 mm (2½”) y unión brida para diámetros mayores de 62,5 mm (2½”). Para diámetros hasta 62,5 mm (2½”) el filtro constará de un cuerpo de aleación de cobre ASTM B-62, AWWA C500 grado D o E, o NTC 1279 tipo I, con los extremos de rosca interior NPT. Será en forma de “Y” con la derivación en el sentido de flujo del agua; en el interior estará la rejilla de forma cilíndrica, de lámina perforada o de malla de alambre de acero inoxidable AISI tipo 302 calibre 28, o de aleación de cobre ASTM B-26 con agujeros de diámetro 1,19 mm (3/64”). Para diámetros de 75 mm (3”) a 200 mm (8”) el cuerpo será de hierro fundido ASTM A 126 clase B o hierro dúctil ASTM A 536 o ASTM A 395 con protección de pintura anticorrosiva y epóxica no venenosa y extremos con bridas ANSI B 16.1 clase 125; la rejilla será de acero inoxidable AISI tipo 302 o similar calibre 24 o de aleación de cobre ASTM B 62 calibre 22 con agujeros de 1,58 mm (1/16”). Para diámetros mayores a 150 mm (6”) la yee será de hierro dúctil ASTM A 536 o ASTM A 395 con protección de pintura anticorrosiva y pintura epóxica no venenosa, o de acero ASTM A 216 grado WCB galvanizado, con extremos de bridas ANSI B 16.1 clase 125 o ANSI B 16.5 clase 150, con rejilla de acero inoxidable calibre 22 o de bronce calibre 20 y agujeros de 3.18 mm (1/8”). La rejilla será de forma cilíndrica y estará colocada en la derivación de la “Y” de tal forma que el agua entre en dirección axial a la rejilla y salga en dirección radial; el extremo de la derivación tendrá un tapón roscado para diámetro hasta 62,5 mm (2½”), o una brida pernada para diámetros mayores a 62,5 mm (2½”) del mismo material del cuerpo, fácilmente desmontable de modo que se pueda retirar la rejilla para efectos de limpieza y mantenimiento. El cuerpo y la rejilla deberán estar diseñados para una presión de trabajo de 1,05 MPa (150 PSI) y serán probados a una presión de prueba en fábrica de 1,75 MPa (250 PSI). 3.4 Unión de desmontaje para acometidas. La unión de desmontaje está conformada por cuerpo cilíndrico o camisa, un juego de empaquetadura y dos aros roscados o dos bridas unidas por pernos. La unión completa deberá estar protegida interior y exteriormente con dos capas de pintura anticorrosiva no venenosa y dos capas de pintura epóxica o caucho clorado. Los empaques serán de caucho sintético NBR, EPDM o similar con dureza mínima de 50 grados en la escala shore A y resistencia mínima a la compresión de 21 MPa (3000 PSI). Los pernos, las tuercas y arandelas serán de acero inoxidable AISI 410, ASTM A193, ASTM A194 u otra similar. Los pernos serán de cabeza redonda o hexagonal, pero la base será

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cuadrada e irá insertada en los orificios de las bridas, de tal modo que al apretar las tuercas el tornillo no gire. Las bridas y el cuerpo deberán ser fabricados con lámina de acero ASTM A53 grado A o B, hierro fundido gris ASTM A126 o hierro dúctil ASTM A536. La unión será aplicable a tubería de cobre, acero, galvanizada y en diámetros de tubería 37,5 mm (1½”) a 200 mm (8”). La presión de trabajo de la unión será de 1,05 MPa (150 PSI) y la presión de prueba será de 1,75 MPa (250 PSI). Otros tipos de uniones de desmontaje serán evaluados y podrán ser colocadas con la aprobación de la Interventoría. 3.6 Llave de Contención (después del contador). Para acometidas de diámetro hasta de 62,5 mm (2½”) la llave de contención será de paso libre, del tipo de compuerta o esférica y llevará marcados claramente, en relieve en el cuerpo, la marca, diámetro y presión de trabajo. El cuerpo será de aleación de cobre, donde el porcentaje correspondiente al cobre será mínimo del 85%, y el resto en otros elementos como zinc, plomo, estaño, hierro y aluminio en una escala descendente de porcentajes. La rueda de manejo será de hierro fundido ASTM A126 clase B o similar, protegido contra la oxidación con pintura anticorrosiva y epóxica o similar, o de acero galvanizado de especificaciones ASTM A216 o similar. El disco debe ser tal que garantice la hermeticidad cuando la llave esté completamente cerrada; la tapa o bonete tendrá un empaque de caucho sintético que impida la fuga de agua al exterior. La presión de trabajo será de 1,05 MPa (150 psi) y la de prueba en fábrica de 1,75 MPa (250 psi). La llave tendrá extremos con rosca interna NPT. En las acometidas de diámetro de 75 mm (3”) y mayores se utilizará como llave de contención una válvula de compuerta bridada de acuerdo con la especificación NEGC 702.1. 3.7 Válvula de Cheque. Las válvulas de retención deberán cumplir con las especificaciones de las normas AWWA C-508 o NTC 2011. Los cheques cortina deben permitir el paso de fluido solamente en una dirección y se cierran automáticamente cuando el fluido intenta retroceder. La apertura de la cortina se realiza por la presión dinámica del fluido. Los cheques cortina tienen asiento plano, sello bronce con banda elástica-bronce con inclinación de 45°. Las válvulas cheque tendrán extremos con rosca interna NPT para diámetros hasta de 62,5 mm (2½”) y extremos bridados para diámetros de 75 mm (3”) y mayores con bridas ANSI B 16.1 clase 125. La presión de trabajo será de 1,05 MPa (150 PSI) y la de prueba en fábrica de 1,75 MPa (250 PSI). El cheque deberá llevar la marca, diámetro, dirección del flujo y presión de trabajo. 3.8 Piezas de Conexión. Para la tubería de cobre los accesorios y piezas de conexión son de aleación de cobre o bronce y se fabrican conforme a las especificaciones contenidas en la norma ASTM B 62 o similar.

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Las roscas para los conectores se hacen de acuerdo a las especificaciones de la norma AWWA C 800 (roscas ANSI B1.1 y B2.1), ANSI B16.15 u otra similar. Se emplean uniones roscadas cuando el diámetro del tubo o accesorio respectivo sea desde 13 mm (½”) hasta 75 mm (3”). Para diámetros mayores de 2" las uniones se hacen con bridas de aleación de cobre (bronce o latón según el material del accesorio) dimensionadas de acuerdo con las normas ANSI B16.5 clase 125, ANSI B16.24, o similar. Las uniones soldadas se usan fabricadas conforme a las especificaciones para conexiones soldables de cobre y bronce, contenidas en las normas ANSI B16.18, ANSI B16.22 o similar. Este tipo de conectores cobre a cobre presentan gran variedad de tamaños y formas y se unen a la tubería mediante soldadura capilar blanda y para presiones de servicio normales o fuerte para presiones y temperaturas extremas. No se permiten conexiones cobre-hierro por la diferencia de potencial que presentan estos metales, produciendo corrosión en las tuberías. Este tipo de corrosión se evita utilizando accesorios de bronce o similar. Las uniones de transición Cobre-Pealpe, Cobre-PE, PE-Pealpe de polietileno deben soportar como mínimo una presión sostenida de 380 Mpa durante 24 horas, luego de que sus acoples sean ajustados al torque máximo recomendado por el fabricante. Si la unión de transición tiene anillos metálicos que sujetan con sus garras el perímetro de la tubería estos deben ser no magnéticos, lo cual favorece la alta resistencia a la corrosión en el tiempo. Adicionalmente estas uniones deben estar diseñadas en consonancia con la Norma ASTM B88 - 03 Standard Specification for Seambles Copper Water Tube. Tabla 1 Dimensiones y tolerancias para los diferentes tipo de tubería. Los accesorios deben llevar impresa la marca y el diámetro. 3.9 Colocación de bridas de acero para el sistema de medición de acueducto. Las bridas se deberán ajustar a las normas ANSI B16.5 clase 150 para ser soldadas o roscadas. Las bridas deberán ser suministradas con los tornillos, arandelas, tuercas de material inoxidable según su diámetro y sus respectivos empaques. Otros tipos de bridas serán evaluadas y podrán ser colocadas con el visto bueno de la interventoría cuando lo exija. Para la instalación de las bridas soldadas, se define como cordón completo de soldadura cuando el material depositado es colocado en las juntas de la tubería y la brida tanto en la cara interior como en la exterior de la brida. La soldadura se pagará en su ítem respectivo. Estos elementos deberán traer impreso el diámetro, marca y presión de trabajo. 6. Mantenimiento en acometidas de acueducto. Para poder efectuar el pago de la reparación de la acometida, deben estar totalmente terminadas todas las actividades que conllevan la ejecución de la domiciliaria. 6.1 Dentro de las actividades necesarias en la reparación de domiciliarias se deben tener en cuenta: Cierre de la llave de incorporación en la tubería existente (si es del caso).

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Corte de la tubería de cobre. Colocación de la tubería de la acometida. Emboquillado de la tubería de cobre. Colocación de las llaves de incorporación, acera y contención. Colocación del medidor. Empalme de la tubería del contador a la tubería interna del suscriptor. Este empalme se hará cuando la distancia entre el contador y la tubería del inmueble sea menor de 0,30 m. En caso contrario, el empalme lo hará el suscriptor. Colocación o cambio del collar de derivación donde se requiera y la respectiva perforación de la tubería de distribución. Colocación de la llave de incorporación con racor. Colocación de la llave de acera. Colocación de una unión dos partes para empalmar la tubería de cobre con la llave de acera. Colocación de una unión tres partes para empalmar la tubería de cobre adicional con el fin de reemplazar la dañada. 6.2 Las actividades descritas en el numeral 6.1 de esta especificación, así como las labores de extensión o colocación de la tubería de la acometida, el empalme de la tubería extendida al medidor y de éste a la tubería del suscriptor, estarán incluidos en el ítem “reparación de acometidas de acueducto”, el cual se pagará por unidad reparada y en el pago se incluyen todos los materiales y actividades necesarias para realizar la actividad satisfactoriamente. Reparación de fugas en la caja del medidor de 13mm(½”) y 25mm(1) Esta actividad se refiere a la reparación de fugas en la caja de medidores, en aquellos sitios requeridos por Las Empresas o en donde lo ordene la Interventoría. Así mismo, se reconocerá como reparación de fugas y daños en la distancia anotada como consecuencia del cambio de medidor, siempre y cuando el trabajador no tenga culpabilidad, en caso contrario la reparación la asumirá el contratista. En la reparación de una fuga no se pagará la reubicación de los accesorios buenos (llaves, tapa, medidor, etc.). Se modifican los numerales 1 y 3 de la medida y pago, y se adiciona el numeral 5 a la misma: MEDIDA Y PAGO. 1. Instalación de la acometida de acueducto. La unidad de medida es el metro (m). Su pago incluye el suministro (cuando lo hace el Contratista), el transporte y la colocación de la tubería de la acometida, las labores de perforación de la tubería principal y roscada de la misma cuando se requiere, los empalmes de la acometida a la red principal y a la tubería interna del suscriptor; incluye además el suministro, transporte y colocación de las uniones y codos cuando sea necesario, así como el suministro, transporte y colocación de la arenilla para proteger la tubería cuando se especifique en el formulario de cantidades de obra.

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Las respectivas actividades de corte de tubería, emboquillado, soldadura y roscada de la misma, necesarias para la correcta ejecución de la actividad, estarán incluidas en el pago de ítem de suministro (cuando lo hace el Contratista), el transporte y la colocación de la tubería de la acometida. Igualmente el taponamiento de tomas viejas cuando se hace el cambio de toma, con el suministro del tapón correspondiente o el cierre de la llave de incorporación existente, estarán incluidos y serán cotizados por el Contratista en el ítem de instalación de la acometida de acueducto. Cuando se hace el cambio de la acometida de acueducto, de tubería galvanizada por tubería de cobre, PE-AL-PE o polietileno, se deben retirar del sitio la tubería galvanizada y los respectivos accesorios, los cuales serán reintegrados al centro de acopio de las EE.PP.M., fijado por la interventoría. El pago de esta actividad estará incluido en el pago de ítem de suministro (cuando lo hace el Contratista), transporte y la colocación de la tubería de la acometida, y en él se incluyen los gastos generados por el reintegro, tales como el cargue, transporte y descargue. Así mismo, cuando se haya suministrado tubería para llevar a cabo estas actividades, el Contratista también está obligado a reintegrar los tramos sobrantes (puntas de los rollos) a la instalación de Las Empresas, fijada por la interventoría. Cuando el suministro de la tubería esté a cargo de Las Empresas, lo cual se especificará en el formulario de cantidades de obra, el Contratista deberá recoger la tubería de los centros de acopio fijados por Las Empresas, corriendo, por su cuenta, con los gastos generados en las actividades de cargue, transporte, descargue y almacenamiento, si es necesario, de la misma. Para tuberías de cobre tipo K, polietileno o PE-AL-PE, el contratista deberá incluir en el precio la tubería y los accesorios necesarios para la instalación completa de la acometida de acueducto. 2. Instalación de accesorios de la acometida. La medida de los accesorios como la llave de incorporación, uniones dos partes y tres partes, llave de corte o acera, filtro en Y, uniones de desmontaje, medidor, llave de contención, collar, bridas y válvula de cheque será la unidad (Un). El precio incluye el suministro (cuando lo hace el Contratista), el transporte y la colocación del respectivo accesorio, herramienta, mano de obra y además, todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la actividad. Además su precio unitario incluye, para los accesorios con unión brida, los tornillos, arandelas y tuercas de material inoxidable y sus respectivos empaques; engrase de tapones y tornillería de estos accesorios, y demás costos directos e indirectos necesarios para la correcta instalación. Cuando se instala la llave de incorporación con racor por medio de la máquina taladradora (carricoche), su precio incluye además el transporte y la utilización de la máquina taladradora (carricoche) completa, con su respectivo operador para la correcta realización de la actividad. Cuando el suministro de estos elementos esté a cargo de las EE.PP.M., lo cual se especificará en el formulario de cantidades de obra, el Contratista deberá recoger dichos elementos de los centros de acopio fijados por Las Empresas, corriendo, por su cuenta, con los gastos generados en las actividades de cargue, transporte, descargue y almacenamiento, si es necesario, de los mismos. Así mismo, cuando se

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finalice el contrato y el Contratista tenga existencias de estos elementos en su centro de acopio, los deberá reintegrar a la instalación de las EE.PP.M., previamente fijada por la interventoría, entendiéndose que el cargue, transporte y descargue generados por el reintegro están incluidos en el respectivo precio unitario.

704.P1 ABRAZADERAS PARA TUBERIA ADOSADA A MUROS DE PUENTES Y OBRAS

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 700, 704 GENERALIDADES: Esta actividad tiene por objeto proveer una instalación segura para las tuberías de acueducto que deban ir adosadas a los muros de puentes u obras, garantizando que éstas permanezcan fijas durante la operación del sistema, aún cuando sean sometidas a impactos del flujo de agua con altas velocidades o presiones. Dichos tramos se indican en los planos de diseño o según las instrucciones de la Interventoría. La fijación para la tubería adosada a muros de puentes y/u obras de la tubería de acueducto reunirán las siguientes condiciones:

La longitud máxima entre fijaciones será de 0.50 metros (ver esquema).

Las platinas serán con platina en acero inoxidable de 10 cm de ancho y 6.4mm de espesor.

Cada anclaje se debe construir con adhesivo epóxico en el cual se dejarán empotrados los pernos de anclaje sobresaliendo 50 mm de la cara del muro.

Los pernos serán de expansión en acero galvanizado en frío de 3/8” por 2” de longitud. Los tornillos, las tuercas, las arandelas y la abrazadera también serán galvanizados en frío. Las tuercas son de tipo hexagonal con rosca derecha.

Se colocará una cinta de neopreno de 5 cm de ancho entre la platina y la tubería, de tal manera que abarque completamente la circunferencia del tubo.

Se cubrirán tanto la tubería como las abrazaderas con pintura anticorrosiva.

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TUBERÍA ADOSADA A MUROS DE PUENTES Y OBRAS MEDIDA Y PAGO Se medirá y pagará por unidad instalada de anclaje. Su pago incluye colocación y fijación de la lámina, el suministro y colocación del producto adhesivo, los pernos de expansión, las arandelas, las tuercas, la abrazadera, la perforación, el resane, la pintura anticorrosivo, el retiro y botada de escombros, además de los materiales, la mano de obra, herramienta, equipos y todos los costos directos e indirectos necesarios para la realización de la actividad. El pago se hará una vez sea instalada la tubería.

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CONSIDERACIONES ESPECIALES

Desarenador en fibra de vidrio 4.3*1.0*1.0. Incluye zona de entrada con pantalla deflectora orificios 1", zona de salida con vertedero y zona de lodos con tolva, un pasamuro PVC-P entrada de 3", una salida PVC-P 3", dos reboses PVC-P 4" y un desagüe PVC-P 6"

Consta de un desarenador construido en poliester reforzado con fibra de vidrio cuya caja principal tiene las dimensiones libres de 4,3 m. de largo, 1,0 m. de ancho, 1,0m. de profundidad. El espesor de las paredes debe ser tal que soporte la presión hidrostática y el empuje de suelos. El borde superior del desarenador debe terminar con una aleta horizontal de 2 cm. de ancho en el perímetro del desarenador. La zona de entrada consta de un espacio tipo repisa en poliester reorzado con fibra de vidrio con perforaciones como lo muestra el plano que hace las veces de pantalla deflectora y retención de sólidos gruesos. En esta misma zona se encuentran dos vertederos de rebose en poliester reforzado con fibra de vidrio colocados en las esquinas, los cuales a su vez desaguan por salidas de 4” en PVC-S. La zona de lodos consta de una tolva con pendiente en el fondo como lo indica el plano y una cañuela final con pendiente hacia la válvula de desague. La zona de salida de nuevo es una repisa en forma de vertedero de pared delgada en poliester reforzado con fibra de vidrio con entrada por detrás y un pasamuro de PVC-P 3” que sale a unirse con la conducción. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es la unidad (und) medido en su posición definitiva. Los precios propuestos deben incluir la construcción transporte e instalación (sea modular o vaciado in situ) igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Se exigirá prueba de estanqueidad para la recepción del tanque y sus accesorios instalados.

Válvula HF o HD JH 3"

Es una válvula de compuerta elástica de vástago no ascendente con extremo en junta hidráulica fabricada en HF o HD. Norma de fabricación AWWA C-515 Ó C-509 Y NTC 2097. Para manejo de agua cruda o potable con temperaturas hasta de 60° y presiones de servicio de 200 PSI Prueba hidrostática según norma AWWA C-515, ADHERENCIA de elastómero al obturador y recubrimiento de pintura AWWA C-550 MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es la unidad (und) medido en su posición definitiva. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad.

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Válvula HF o HD JH 6"

Es una válvula de compuerta elástica de vástago no ascendente con extremo en junta hidráulica fabricada en HF o HD. Norma de fabricación AWWA C-515 Ó C-509 Y NTC 2097. Para manejo de agua cruda o potable con temperaturas hasta de 60° y presiones de servicio de 200 PSI Prueba hidrostática según norma AWWA C-515, ADHERENCIA de elastómero al obturador y recubrimiento de pintura AWWA C-550 MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es la unidad (und) medido en su posición definitiva. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad.

Tubería acero 6" sc 40. Incluye perforada, abocada y perforaciones 1/8"

Es una tubería que cumpla con la Norma AWWA C-200 de lámina de acero con soldadura eléctrica en espiral o longitudinal o para tubería sin costura. El acero cumplirá con las especificaciones de la ASTM. El espesor de la lámina se calculará con base en acero grado C de las especificaciones ASTM A283. El espesor mínimo admisible es ASTM A 283 de ¼” y las costuras no pueden ser transversales. Las perforaciones serán hechas con un taladro y broca de 1/8” sólo en la mitad superior del tubo cada 26° para completar ocho filas y un total 41 orificios por fila separados cada tres centímetros a eje. Así el total de orificios en el tubo serán 328 unidades. El grupo de 328 perforaciones deben ser hechas en el centro del tubo. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es el metro lineal (ml) medido en su posición definitiva. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Cada metro debe incluir las perforaciones pertinentes que no deben ser hechas en obra.

Poste metálico tubería de acero 6" para viaducto. Según diseño. Incluye guía y extremo redondeado.

Es una tubería que cumpla con la Norma AWWA C-200 de lámina de acero con soldadura eléctrica en espiral o longitudinal o para tubería sin costura. El acero cumplirá con las especificaciones de la ASTM. El espesor de la lámina se calculará con base en acero grado C de las especificaciones ASTM A283. El espesor mínimo admisible es ASTM A 283 de ¼” y las costuras no pueden ser transversales.

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El estremo redondeado será en lámina de acero de e=3/8” soldada al tuo de acero con cordón de soldadura en todo el perímetro del tubo de acero. La superficie sebe ser lo más redondeada posible en el frente y por detrás, sin embargo en su parte superior debe ser plana hacia los lados derecho e izquierdo. Las guías serán dos láminas de acero e=3/8” y altura de 5 cm. A lo largo del extremo redondeado, soldadas con doble cordón por dentro y por fuera. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es el metro lineal (ml) medido en su posición definitiva. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Cada medida debe incluir las guías pertinentes y su extremo redondeado que no deben ser hechas en obra sino en taller industrial certificado.

Cable de acero AA 6*19 3/8" para viaducto. Incluye gancho embebido completo según planos

Es un cable de acero galvanizado de 3/8” con alma de acero de seis torones con diecinueve cables por torón de un peso por metro lineal de 0.386 kg. Con una carga de rotura de 5.35 Ton. El gancho embebido completo consta de una grapa prensora con tres pernos de 5/8”, una varilla de 5/8” L= 2,4m. lisa con gancho y extremo roscado con doble arandela y doble tuerca. El bloque de anclaje será hecho en concreto de 245 Kg/cm2. Y tendrá una sección trapezoidal de 0.4*0.4 m en su base inferior, 0.2*0.2m en su base superior y una altura de 0.4m MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es el metro lineal (ml) medido en su posición definitiva y tensionado. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Cada medida debe incluir el gancho embebido que no debe ser hecho en obra sino en taller industrial certificado.

Cable de acero AA 6*19 1/4" para linea de vida en viaducto. Incluye gancho embebido completo según planos

Es un cable de acero galvanizado de 1/4” con alma de acero de seis torones con diecinueve cables por torón de un peso por metro lineal de 0.163 kg. Con una carga de rotura de 2.40 Ton. El gancho embebido completo consta de una grapa prensora con tres pernos de 5/8”, una varilla de 5/8” L= 2,4m. lisa con gancho y extremo roscado con doble arandela y doble tuerca. El bloque de anclaje será hecho en concreto de 245

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Kg/cm2. Y tendrá una sección trapezoidal de 0.4*0.4 m en su base inferior, 0.2*0.2m en su base superior y una altura de 0.4m MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es el metro lineal (ml) medido en su posición definitiva y tensionado. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Cada medida debe incluir el gancho embebido que no debe ser hecho en obra sino en taller industrial certificado.

Cuelga en cable de acero AA 6*19 3/8" Long: de 0,50m a 1,5m para viaducto. Incluye abrazadera , tornillería, grilletes , grapa de suspensión y vientos intermedios.

Es un cable de acero galvanizado de 3/8” con alma de acero de seis torones con diecinueve cables por torón de un peso por metro lineal de 0.386 kg. Con una carga de rotura de 5.35 Ton. La longitud de cada cuelga es variable desde 0,5 m hasta 1,5 m. según la catenaria del cable principal La abrazadera consta de una lámina de largo igual al perímetro de la tubería sostenida, con un ancho de 38mm. Pernos de 5/8”, tuerca de ojo de 5/8” en fundición ferrosa maleable galvanizada en caliente con guardacabo La grapa de suspensión será de las dimensiones que aparecen en planos su cuerpo y prensacable serán en aleación de aluminio 356-T6, los pernos en U y el pasador en acero grado 2. El viento intermedio consta de dos tuercas de ojo de 5/8” en fundición ferrosa maleable galvanizada en caliente con guardacabo, cable AA 6*19 3/8” con grillete y una varilla de 5/8” embebida 15 cm. en roca firme con epóxico hilti. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida es la unidad (und) medido en su posición definitiva y tensionado. Los precios propuestos deben incluir los costos de la adquisición, transporte e instalación igualmente el costo que conlleva atender todas las normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. Cada medida debe incluir la abrazadera, tornillería, grilletes, grapa de suspensión y viento intermedio.

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6. ANEXO TECNICO

En el presente anexo se establecen las condiciones que el proponente deberá tener en cuenta para la preparación de la propuesta y posteriormente para el desarrollo del contrato. GENERALIDADES. La construcción de las obras objeto de esta contratación, se realizarán de acuerdo con los siguientes grupos de especificaciones: Las normas y especificaciones estipuladas en el manual de “Normas y Especificaciones Generales de Construcción (NEGC)” de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., aprobadas por la honorable Junta Directiva, según consta en el Acta No. 1320 del 18 de diciembre de 1997 y sus modificaciones. Estas normas se indican en el formulario de precios de la propuesta. Las especificaciones particulares que se establecen en el presente anexo. Estas especificaciones se indican con numeración alfanumérica en el formulario de precios de la propuesta. Así mismo, se deben observar las normas relacionadas con el “Cumplimiento del Reglamento Técnico para tubos de acueducto, alcantarillado, uso sanitario y aguas lluvias y sus accesorios” – Resolución 1166 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ESPECIFICACIONES NORMALIZADAS. En los casos no estipulados expresamente en estas especificaciones, se aplicarán como normativas las prescripciones de los códigos y recomendaciones que se indican a continuación: Normas y especificaciones generales de construcción en redes de servicios NEGC Normas generales de seguridad para la industria de la construcción EE.PP.M International Organization For Standarization ISO Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC (NTC) Normas de Diseño - Acueducto, Alcantarillado y Vertimientos Industriales EE.PP.M Normas Colombianas de Diseño y Construcciones Sismo Resistente NSR-10 American Concrete Institute ACI American National Standards Institute ANSI American Society for Testing and Materiales ASTM NIT 900.072.303-1 American Welding Society AWS Ministerio de Transporte (Instituto Nacional de Vías) INV American Society of Mechanical Engineers ASME National Electrical Manufacturers Association NEMA American Water Works Association AWWA El contratista deberá tener en cuenta que entre los instrumentos legales que regulan y normalizan la política ambiental colombiana están las siguientes, las cuales tienen carácter enunciativo: La Ley 99 de 1993, por la cual se creó el Ministerio del Medio Ambiente y de la cual se desprenden las normativas que deben regir las materias ambientales y demás disposiciones que la modifican, y complementan. El Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de

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Protección al Medio Ambiente, expedido mediante Decreto Ley 2811 de 1974 y demás disposiciones que lo modifican, y complementan. El Código Sanitario Nacional, Ley 9 de 1979 y las disposiciones que lo modifican, y complementan. ESPECIFICACIONES PARTICULARES. En la ejecución de las obras que son materia de este contrato, EL CONTRATISTA se ceñirá a los esquemas y especificaciones suministrados por AGUAS DE OCCIDENTE., los cuales declara que conoce suficientemente. Estos son complementarios entre sí; en caso de contradicción entre lo descrito en los ítems y las especificaciones, se preferirá lo dispuesto en las especificaciones. Cualquier duda o dificultad al respecto será resuelta por AGUAS DE OCCIDENTE. Los errores u omisiones evidentes en los planos, en las especificaciones, o la descripción incompleta, errónea o equivocada de aquellos detalles de construcción que se ejecuten normalmente o que debe conocer todo Contratista como parte del arte de la construcción o de la rutina de trabajo y que se requieran imprescindiblemente para ejecutar correctamente las obras o para que cumplan cabalmente su finalidad, no eximirá a EL CONTRATISTA de su obligación de ejecutar correctamente dichos detalles y EL CONTRATISTA deberá ejecutarlos como si estuvieran descritos en forma correcta y completa. Durante la ejecución del contrato AGUAS DE OCCIDENTE. podrá ordenar los cambios que considere necesarios en las especificaciones. Si por estos cambios se afectaren el plazo y el precio o uno de éstos, AGUAS DE OCCIDENTE. convendrá con EL CONTRATISTA los ajustes que de ellos puedan desprenderse, de lo cual se firmará por las partes el acta de modificación bilateral correspondiente. Especificaciones técnicas particulares. A continuación se relacionan los códigos alfanuméricos correspondientes a las especificaciones particulares que podrán surgir durante la ejecución de las obras, las cuales son complementos, adiciones o modificaciones al manual de "Normas y Especificaciones Generales de Construcción”, de LAS EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN, aprobado por la honorable Junta Directiva, según consta en el Acta 1320 del 18 de diciembre de 1997 CERTIFICADO DE CONFORMIDAD. Todos los materiales y accesorios que sean suministrados en esta contratación deben presentar el certificado de conformidad con Norma, expedido de acuerdo con el decreto Nacional 2269 de 1993. Cabe anotar que AGUAS DE OCCIDENTE. tomará muestras y las someterá a ensayos de acuerdo con las normas vigentes para la elaboración de dicho producto, con el fin de hacer seguimiento a la calidad del mismo. Los costos derivados de las inspecciones y ensayos que tengan que efectuar AGUAS DE OCCIDENTE. estarán a cargo de EL CONTRATISTA. Los ensayos a realizar de los materiales o productos estén normalizados o no, se deberán hacer a través de laboratorios acreditados en el ensayo de acuerdo con la norma que se le está exigiendo a cada material o producto en particular. Los ensayos de laboratorio que se indican en las "Normas y Especificaciones Generales de Construcción en Redes y Servicios" de AGUAS DE OCCIDENTE., en las normas ICONTEC o en las especificaciones particulares contenidas en el

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Pliego o los planos, serán de responsabilidad de EL CONTRATISTA, al igual que las pruebas. DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS. Para los ítems relacionados con el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación, se deberá cumplir con la Resolución 541 de diciembre 14 de 1994 expedida por el Ministerio del Medio Ambiente. ACTIVIDADES QUE DEBES SER INCLUIDAS COMO COSTOS INDIRECTOS. Prevención y manejo del impacto comunitario. El contratista deberá tener presente lo indicado en este pliego de condiciones, la especificación NEGC 1300 Impacto Comunitario, versión 02 (Decreto 1266 de diciembre de 2002), la cual se puede consultar en la página web de Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en la siguiente dirección: www.epm.com.co\Servicio a proveedores\ impacto comunitario \ normatividad \ otras normas de apoyo, Decreto 1266 de 2002 y la especificación particular 1300.A1. Campamento, Almacén y oficinas. Atender lo indicado en la norma NEGC-101. Además, considerar lo siguiente: Servicios de acueducto, alcantarillado, energía y teléfonos. El contratista deberá gestionar ante las entidades correspondientes, los permisos y la legalización de instalación de acueducto, alcantarillado, teléfono y energía, que requiera para la instalación de sus campamentos y oficinas. El valor de los derechos de conexión y de los consumos para estos servicios correrá por cuenta del contratista, lo mismo que el valor de los gastos para extender, ampliar y mantener las instalaciones necesarias en cada una de las obras. El contratista no tendrá derecho a pagos adicionales por concepto de los gastos anteriores, cuyo valor total debe quedar incluido en el precio de los ítems de la propuesta, como costo indirecto. El contratista deberá abrir una sede ó campamento administrativo en el municipio de Olaya, durante la ejecución del contrato. Remoción de campamentos e instalaciones del contratista. Una vez concluidas las obras objeto del contrato y antes de que se efectúe el último pago del Contrato, el contratista retirará del sitio de las obras todos los campamentos, depósitos, centros de acopio e instalaciones anexas; se botarán a sitios aprobados por La Interventoría todos aquellos materiales desechables y resultantes de las demoliciones, llenando con material adecuado los huecos, sótanos y áreas excavadas que queden de mala apariencia, dejando perfectamente adecuada y limpia la zona donde se hizo la construcción. Vigilancia de las obras, instalaciones y equipos. Hasta tanto se hayan recibido las obras, instalaciones y equipos por parte de AGUAS DE OCCIDENTE, la vigilancia, conservación e integridad de las personas, instalaciones, equipos del contrato, maquinaria y herramientas, correrán por cuenta del contratista. Para ello, el contratista deberá informarse sobre las normas legales existentes y obtener todos los permisos y licencias necesarios fuera de la aprobación del Interventor Centro de acopio de materiales. (ver norma NEGC-102, 1300 y especificación particular 1300 A1) Sistema de comunicaciones. Para el normal funcionamiento de las labores a desarrollar, relacionadas con el objeto del contrato, el contratista deberá suministrar e implementar un sistema de comunicación móvil de voz con amplia

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cobertura, para todo su equipo de trabajo (principalmente para el personal de dirección, coordinación, seguimiento y control) y que cumpla las necesidades del contrato. Los equipos de comunicación que serán utilizados por el contratista deberán tener las características técnicas y la tecnología moderna utilizada actualmente en el mercado. Debe considerarse que este sistema de comunicación no será pagado por cantidades de obra. el contratista incluirá los costos correspondientes en su cotización como costo indirecto en la propuesta. Protección de servicios públicos. El contratista ejecutará por su cuenta todas las obras necesarias para la adecuada protección de las estructuras de servicios públicos, tales como: redes de acueducto, alcantarillado, energía, telecomunicaciones, teléfonos, etc. Será de cuenta del contratista el valor de las reparaciones que sea necesario ejecutar, debidas a daños ocasionados por él en dichas estructuras. De no ejecutarlas, AGUAS DE OCCIDENTE. las hará con cargo al contratista, quién autoriza a descontar el valor correspondiente de los dineros adeudados, de no ser posible se acudirá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento o se acudirá a la vía judicial, si es del caso. el contratista será responsable por el daño emergente y el lucro cesante debidamente comprobado, que con motivo de estos daños ocasione. El contratista en todo momento debe velar por la continuidad de la prestación de los servicios existentes en la zona de trabajo, sean operados o no por AGUAS DE OCCIDENTE. y debe disponer en cada uno de los campamentos de los elementos necesarios para la reparación de las redes, si se le encomienda su reparación. En todo caso ante la presentación de un daño debe proceder de conformidad con el Plan de contingencia aprobado por la Interventoría. Localización trazado y replanteo: Ver norma NEGC-104. EL CONTRATISTA dispondrá durante el tiempo que esté ejecutando el contrato de las comisiones de topografía que requiera para ejecutar los trabajos de replanteo y localización de la obra, de aquellas estructuras que puedan interferir con las obras a ejecutar o que simplemente se deben referenciar para evitar cualquier daño durante la construcción. Además de todos aquellos trabajos de topografía que se requieran para el cumplimiento del objeto del contrato, incluyendo el levantamiento y nivelación de todas las variaciones que se presentan durante la ejecución de la obra, antes de iniciar las obras y durante el desarrollo de éstas. En el caso de la instalación de las tuberías de alcantarillado deberá tener en cuenta los costos de trazado y replanteo en el precio por metro de tubería y en el caso de estructuras en el precio por m3 de concreto. Permisos: de ocupación del espacio público, de ocupación y de rotura de vías, de ocupación de cauce, de traslado o tala de árboles y otros permisos exigidos por las autoridades competentes para la ejecución del contrato. El contratista deberá gestionar, renovar o prorrogar ante la respectiva Secretaría de Obras Públicas, Secretaría del Medio Ambiente, de Tránsito, etc. y ante AGUAS DE OCCIDENTE., los permisos respectivos para ejecutar las obras, incluyendo la autorización o permiso de ocupación del espacio público y de ocupación y rotura de vías, cuando la obra esté localizada en vías o andenes pavimentados y/o de circulación vehicular o peatonal o en zonas verdes. Los costos que conlleve el trámite, la adquisición, la renovación o la prórroga de dichos permisos serán por cuenta del contratista, y deberán ser tenidos en cuenta en la preparación de la propuesta. Planos de

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construcción. Los planos de los proyectos suministrados con el pliego de condiciones y especificaciones no se encuentran a escala. Al Contratista le será suministrado un (1) CD - ROM con los planos. Los planos definitivos de construcción deben contener todos los cambios realizados al proyecto en el transcurso de la construcción para lo cual, el contratista marcará en un juego de copias de planos del proyecto todos los detalles tal como se ejecutaron y registrará las modificaciones hechas en el mismo. El contratista deberá presentar planos definitivos de construcción en original en medio físico y copia en medio digital en CD. Los planos se deben presentar en Microstation de acuerdo a lo establecido en los manuales de dibujo que se encuentran en: www.epm.com.co\ Servicio a proveedores \ Manuales y especificaciones técnicas \ Manuales de dibujo, topografía y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado, de LAS EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN. El proyecto debe amarrarse a la red geodésica, por lo cual cada elemento del proyecto debe estar localizado en el dibujo con coordenadas reales. El contratista podrá trabajar o modificar los planos de diseño entregados por AGUAS DE OCCIDENTE. ó en su defecto podrá ejecutar un nuevo plano, previa autorización dada por escrito por AGUAS DE OCCIDENTE. Paralelamente a la ejecución de las obras, el contratista presentará los planos definitivos de construcción. Los originales de las libretas de topografía con los datos definitivos del proyecto serán entregados a AGUAS DE OCCIDENTE. Los costos que genere la actividad para la elaboración de planos definitivos de construcción deberán ser tenidos en cuenta dentro de los costos indirectos que el contratista asigne a su propuesta. Plan de manejo de Tránsito: El contratista deberá considerar en su propuesta la elaboración, presentación, trámite de aprobación, implementación y seguimiento del Plan de manejo de tránsito requerido para la ejecución de las obras objeto del contrato. Para la ejecución de los trabajos el contratista debe planear, programar y coordinar la ejecución de los mismos de acuerdo con la normatividad vigente en materia de transporte, tránsito y señalización y las exigencias de AGUAS DE OCCIDENTE. Si las autoridades competentes lo permiten y autorizan, el contratista podrá planear los trabajos teniendo en cuenta el cierre total de la vía, para lo cual deberá proponer y presentar a la entidad competente un plan de desvío vehicular y una vez sea aceptada la ruta, procederá a la adecuación de la vía alterna con la señalización correspondiente. Así mismo la vía cerrada al tránsito deberá protegerse de acuerdo con las normas de seguridad, señalización y control del impacto comunitario correspondientes. El contratista deberá considerar que en los puntos de desvío debe contar con personal que oriente la circulación con equipo de comunicación de voz con el fin de coordinar los sentidos de circulación de forma alternada. Si la ejecución de la instalación de la tubería debe hacerse después de las 6:00 p.m. se debe señalizar de acuerdo con la normatividad establecida para trabajos nocturnos. Los trabajos deben planearse y ejecutarse de acuerdo con las

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directrices que imparta la autoridad de transporte y tránsito competente y programarse en el menor tiempo posible para evitar incomodidades y traumatismos en el flujo vehicular. Los sobrecostos que por estos hechos se presenten (directrices que imparta la autoridad de transporte y tránsito competente) estarán a cargo exclusivamente del contratista quien deberá diseminarlos dentro de los costos de su propuesta. El contratista dejará el sitio de los trabajos libre de escombros, materiales, equipos y la zanja en condiciones que permitan el flujo normal de los vehículos una vez finalizada la intervención de la vía (así como el cruce o cierre de ésta). Por lo tanto, deberá considerarse en la programación, el trabajo en días festivos, horas nocturnas y turnos extras de ser necesario para concluir las obras, sin que ello conlleve un costo adicional para AGUAS DE OCCIDENTE. En donde no sea posible implementar desvíos provisionales se ejecutarán los trabajos por etapas o se planearán y programarán de forma tal que se continúe con la ejecución hasta finalizarla. CONDICIONES ESPECIALES DURANTE LA CONSTRUCCIÓN QUE DEBEN SER TENIDAS EN CUENTA DENTRO LOS COSTOS DE LA PROPUESTA Las condiciones especiales de las obras que deberán ser tenidas en cuenta por el proponente y el contratista: CONSIDERACIONES ESPECIALES Para la elaboración de la propuesta y para la planeación, programación y construcción de las obras, los proponentes y el contratista serán responsables de investigar e informarse completamente de todas las circunstancias topográficas, climatológicas, de acceso, transporte, de seguridad y de todos los demás aspectos que puedan influir o afectar su trabajo, antes de presentar su propuesta y previamente a la iniciación de los trabajos. El hecho de que los proponentes o el contratista seleccionado no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones de los sitios donde se ubica el proyecto no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones sobre los precios pactados ni sobre el plazo de ejecución contractual. No obstante lo anterior, a continuación se especifica algunas condiciones especiales que deberán ser tenidas en cuenta por el proponente al elaborar las propuestas o por el contratista durante la ejecución del contrato: Ubicación de las redes nuevas de acueducto. Las redes de alcantarillado se construirán en el mismo sitio que las existentes, previo retiro o demolición de éstas. Será por cuenta y costo de el contratista los cuidados y los costos derivados para la protección adecuada de los llenos compactados y de la base granular en los tramos o en los puntos que la Interventoría considere necesario, antes y durante la construcción del pavimento, con el fin de garantizar la conservación de las obras y evitar el escurrimiento de material de lleno a través de irrigaciones, imprimaciones o suelo cemento. Jornada de trabajo. Cuando AGUAS DE OCCIDENTE. dadas sus necesidades programen trabajos fuera de la jornada normal laboral del contratista, éste dispondrá del personal requerido para llevarlos a cabo. Estos trabajos serán programados en forma conjunta entre EL CONTRATISTA y la Interventoría. En aquellas zonas en donde las autoridades competentes no permitan laborar durante el día o cuando la Interventoría considere que algunos trabajos deben ser

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ejecutados en la noche o en días festivos, el contratista procederá a hacerlos en dicha jornada, previa obtención del permiso requerido. En caso de necesitar cierre total de vías, el contratista deberá hacer los trámites ante las autoridades del tránsito municipal y correr con todos los costos que esto implique. En los casos y horarios que lo ameriten, el contratista podrá solicitar al tránsito municipal la colaboración de un guarda de tránsito para el control del tráfico vehicular, este servicio no exime al contratista de la utilización de los abanderados para el control del tránsito. El costo del servicio de los guardas de tránsito correrá por cuenta del contratista. El contratista se obliga a proveer todos los recursos necesarios para la correcta ejecución de las obras hasta la recepción parcial o total por parte de AGUAS DE OCCIDENTE., tales como: mantenimientos necesarios, obras temporales, accesos provisionales para los equipos y materiales, sostenimiento y vigilancia, etc. Los accesos temporales que el contratista requiera para la construcción de la obra, incluyendo las inmediaciones de las quebradas o de ríos o zonas verdes, serán responsabilidad del contratista y su costo deberá estar incluido en los precios unitarios del proyecto. Lo anterior no exime al contratista de la presentación de los respectivos permisos y esquemas correspondientes a los accesos temporales de construcción. Las obras se ejecutarán principalmente en zona residencial por tal razón el contratista deberá garantizar el manejo adecuado de la circulación vehicular y peatonal, así como la continuidad en la prestación de los servicios públicos. La construcción de las redes se realizará por el método de zanja a cielo abierto, por lo que el contratista debe tomar las medidas necesarias para evitar o minimizar los aspectos desfavorables que impidan que personas o animales tengan inconvenientes, accidentes, etc. La construcción de las redes se realizará por vías en afirmado, pavimentadas ó de tráfico vehicular, con participación de servicio público. El proponente tendrá en cuenta en la elaboración de la propuesta las condiciones de acceso a los sitios donde se ejecutarán las obras. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES. Para la ejecución de los trabajos de demolición el contratista deberá utilizar el equipo solicitado por la Interventoría, tales como retroexcavadoras, compresores, sierras, cobras, almadanas, etc. Con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos sobre las redes de acueducto, el contratista, en asocio con la Interventoría, es responsable de: Informar redes en mal estado que no hayan sido incluidas en los proyectos de reposición. Informar sobre el hallazgo de instalaciones de acueducto en fraude. Informar sobre inconsistencias entre las redes en los planos y las redes en el terreno. Informar sobre la conexión e ingreso de clientes nuevos al sistema. Verificar suspensión del servicio a las redes reemplazadas. Garantizar la conexión de las domiciliarias de alcantarillado a las nuevas redes y el taponamiento a las redes antiguas Realizar la gestión exigida cuando se haga reposición de domiciliarias de alcantarillado, en el caso de ser para cobro al usuario se le debe informar previo a la construcción de la misma y debe quedar diligenciada el acta de compromiso con la firma de las partes.

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PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. AGUAS DE OCCIDENTE. Conservará en su totalidad el derecho de propiedad sobre bienes, documentos, escritos, planos, diseños, fotografías, material de informática, plantillas, modelos, maquetas, conceptos, métodos y procedimientos que se comuniquen o envíen al contratista y que pongan a su disposición en desarrollo del contrato y el contratista no podrá, sin la autorización escrita de AGUAS DE OCCIDENTE., utilizarlos para fines diferentes a los relacionados con la ejecución del contrato. La información básica, metodología, procedimientos, informes, memorias de trabajo, libretas de campo, datos, cartografía, resultados de ensayos, expedientes de calidad de las obras, archivos, programas de computador, material de informática y técnicas especiales que se ejecuten, obtengan o desarrollen por el contratista y sus subcontratistas en virtud del contrato, quedarán de propiedad de AGUAS DE OCCIDENTE., la cual podrá utilizarlos, divulgarlos o reproducirlos en la forma y para los fines que estime convenientes y deberán ser trasladados y presentados por el contratista a AGUAS DE OCCIDENTE. en forma aceptable para ésta y el contratista no podrá utilizarlos para fines diferentes a los relacionados con el contrato sin la autorización previa escrita de AGUAS DE OCCIDENTE.. En los contratos que el contratista suscriba con sus subcontratistas, dentro del desarrollo de los trabajos objeto del contrato, deberá estipularse la obligación que tienen de cumplir con lo escrito en este numeral. RECONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES EN QUE SE VA A EJECUTAR EL CONTRATO. El contratista hace constar expresamente que estudió cuidadosamente la disponibilidad local de los materiales, equipos y herramientas necesarios para la ejecución de las obras, las condiciones de transporte y acceso al sitio de las obras, la disponibilidad de mano de obra y las disposiciones de las Secretarías de Obras Públicas, Planeación, Tránsito y Transporte del municipio donde se realizará la obra. Así mismo, el contratista hace constar que conoce todos los requisitos e impuestos exigidos por las leyes colombianas, que conoce cada una de las estipulaciones del pliego y ha considerado éstas en relación con las condiciones del sitio de las obras y ha hecho todos los estudios necesarios para entender completamente el propósito de todas las partes del contrato y la naturaleza del trabajo. Todos estos factores, favorables o desfavorables, que puedan influir en la ejecución de la obra y todas las demás condiciones que puedan afectar el costo o el plazo para ejecutarlas fueron tenidos en cuenta por el contratista al formular la oferta y su influencia no será alegada por el contratista como causal que justifique el incumplimiento del presente contrato. Igualmente, el contratista conviene en que no hará en adelante ningún reclamo que implique compensación, prolongación del plazo o concesión de cualquier clase con base en la interpretación errónea o incompleta de alguna de las partes del contrato. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.

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El contratista en todo momento tomará las precauciones necesarias para dar la suficiente seguridad a sus empleados, a los de AGUAS DE OCCIDENTE. y a terceros, aplicando por lo menos las normas que a este respecto tengan las entidades oficiales (Resolución 008408 de octubre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte) y sus Códigos de Edificaciones y Construcciones. El contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán de acuerdo con estas especificaciones y lo someterá a la aprobación de AGUAS DE OCCIDENTE. quien podrá, además ordenar cualquier otra medida adicional que se considere necesaria. El contratista deberá responsabilizarse y velar por el fiel cumplimiento de dichas medidas mediante visitas frecuentes a los sitios de trabajo. El contratista se compromete a suministrar y mantener por su cuenta las señales y avisos de peligro necesarios, de acuerdo con lo establecido por la reglamentación vigente. COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS. AGUAS DE OCCIDENTE. puede celebrar otros contratos relativos al proyecto o ejecutar algunas operaciones relacionadas con el mismo, aún mientras esté en ejecución el(los) contrato(s) que resulte(n) de este pliego. El contratista deberá permitir a AGUAS DE OCCIDENTE. o a otros contratistas encargados por AGUAS DE OCCIDENTE. de otros trabajos el derecho al ejercicio de sus labores. El contratista deberá planear y ejecutar la obra en tal forma que permita coordinar su trabajo con el de otros contratistas o con trabajos que sean ejecutados por personal de AGUAS DE OCCIDENTE. El contratista deberá reparar, en el plazo establecido por AGUAS DE OCCIDENTE., y por su cuenta cualquier daño o perjuicio que ocasione a los trabajos de otros contratistas o de AGUAS DE OCCIDENTE. Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas en relación con su trabajo, deberá ser solucionado o decidido por AGUAS DE OCCIDENTE.; el contratista deberá suspender la ejecución de cualquier parte de los trabajos aquí especificados y desarrollarlos en la forma que se le ordene, cuando tal suspensión o cambio de método sea necesario para facilitar el trabajo de otros contratistas y ninguna compensación por perjuicios le será concedida. Sin embargo, si la suspensión o cambio de método de trabajo afecta en forma real el tiempo de ejecución de las obras, de común acuerdo entre AGUAS DE OCCIDENTE. y el contratista, se convendrá la ampliación del plazo. Cuando alguna parte del trabajo del contratista dependa del trabajo que esté ejecutando otro contratista, aquel deberá inspeccionar dichas obras e informar oportunamente a AGUAS DE OCCIDENTE. sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su trabajo. El incumplimiento de lo anterior, hará responsable al contratista por las consecuencias que se deriven de las obras que estén ejecutando terceros, sin detrimento de su responsabilidad por la obra ejecutada por él en tales condiciones, con la aceptación de la reparación de cualquier daño posterior que resulte de defectos en la obra de otro contratista previsible en el momento de ejecutar el trabajo. ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN.

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El contratista será responsable de la organización, dirección y ejecución de los trabajos objeto del contrato tanto en los aspectos técnicos como administrativos, para lo cual deberá vigilar que los trabajos se realicen de manera económica, eficiente y efectiva y de acuerdo con el programa de trabajo establecido; utilizar personal calificado, capacitado y adecuado para el correcto desarrollo de las distintas actividades y controlar los criterios y técnicas empleadas de tal manera que los trabajos tengan la calidad y confiabilidad necesarias. Además de las sanciones penales a que hubiere lugar, el contratista será civilmente responsable de los perjuicios originados en el mal desempeño de sus funciones, sin que ello exima de la responsabilidad que por el mismo concepto pueda corresponder a los subcontratistas. El contratista será totalmente responsable de todos los daños, perjuicios, pérdidas, siniestros y lesiones por acción, retardo, omisión o negligencia suya o de sus subcontratistas, empleados o agentes. Los trabajos que sea necesario repetir por mala organización o negligencia del contratista o sus subcontratistas, o por no ajustarse a los requerimientos del contrato, así como los materiales y equipos entregados por AGUAS DE OCCIDENTE. a su cuidado y que resulten dañados o perdidos por causa diferente a fuerza mayor o caso fortuito, serán repetidos y repuestos por el contratista a su costa y a satisfacción de AGUAS DE OCCIDENTE. El contratista será responsable por las investigaciones, conclusiones y recomendaciones que formule a AGUAS DE OCCIDENTE. en desarrollo del contrato y por lo tanto será civilmente responsable de los perjuicios originados por la utilización que haga AGUAS DE OCCIDENTE., o terceros autorizados por éstas, de dichas investigaciones, conclusiones, recomendaciones o diseños, en el caso de que tales perjuicios puedan ser imputados a mal desempeño de las funciones del contratista o sus subcontratistas, o que su aplicación resulte en violación de la ley. RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS: PERSONAL, MATERIALES Y EQUIPOS. Personal. EL CONTRATISTA se obliga a ocupar en la ejecución del contrato personal idóneo con la experiencia exigida, en la cantidad y con capacidad suficiente para que las obras se ejecuten en forma ordenada, técnica, eficiente y dentro del plazo acordado en el contrato. El personal empleado tendrá las características y aptitudes para la dirección del proyecto y su control en la residencia de obra ya sea con ingeniero civil o Sanitario.: Debe ejecutar los programas social- comunitarios para la mitigación de los impactos generados por los proyectos de la presente contratación y propiciar la participación y aceptabilidad por parte de la comunidad beneficiada. Dedicación de tiempo completo. Debe garantizar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente para la obra asegurándose de obtener el mínimo impacto ambiental negativo para el medio natural. Deberá dar estricto cumplimiento Plan de Manejo Ambiental estipulada en el pliego de condiciones. Dedicación de tiempo completo.

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Todos los trabajadores serán de libre vinculación y desvinculación del contratista y no adquieren vinculación laboral, administrativa, ni de ninguna índole con AGUAS DE OCCIDENTE. por lo tanto corre a cargo del contratista el pago de salarios, indemnización, bonificaciones y prestaciones sociales a que ellos tengan derecho. Las copias de los pagos efectuados por estos conceptos y la lista del personal que labora deberá ser informado mensualmente a la interventoría, o cuando se tengan novedades al respecto. Todo el personal empleado en la ejecución de las actividades correspondientes al desarrollo del contrato deberá estar vinculado mediante contrato escrito de acuerdo a la normatividad vigente en Colombia. Además el personal de mano de obra no calificada será en su totalidad residentes del municipio de Olaya, la vinculación de personal de otros municipios deberá ser sometido a aprobación de AGUAS DE OCCIDENTE. Es entendido que el contratista está obligado a pagar a los trabajadores que utilice en la ejecución de las obras el salario y las prestaciones sociales cotizadas y a cumplir en general lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, y normas laborales vigentes. El contratista deberá incrementar los salarios de dichos trabajadores cada primero de enero en un porcentaje, como mínimo, igual al porcentaje indicado para el reajuste del salario mínimo legal por parte del Gobierno Nacional. El contratista deberá mantener oportuna, permanente y detalladamente informadas a AGUAS DE OCCIDENTE. de cualquier conflicto laboral colectivo, real o potencial, en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato y de cualquier otro hecho del cual tenga conocimiento que pueda afectar el desarrollo del contrato o la seguridad de las obras de AGUAS DE OCCIDENTE., de sus empleados, agentes o de sus bienes. Todo el personal empleado en las actividades inherentes al proyecto, deberán estar uniformados con la respectiva dotación que garantice la seguridad en las labores que se estén ejecutando, según la legislación vigente dada por ministerios del trabajo y la protección social. Se utilizaran cascos de diferentes colores de acuerdo al rango establecido (Amarillo para ayudantes, Azul para oficiales, Naranja para el maestro de obra y blanco para el personal profesional vinculado en obra incluyendo las visitas, para las cuales se debe contar con disponibilidad en cada frente de trabajo), zapatos, botas u otros según la actividad. Pantalón y camisa marcado con el logo de la empresa y que señale claramente que trabajan para una obra de AGUAS DE OCCIDENTE. y un carnet donde se lea claramente los datos principales del trabajador y el empleador. El contratista deberá antes de iniciar los trabajos, consultar con el profesional designado por AGUAS DE OCCIDENTE. para la supervisión del contrato, el manual de imagen y marca para la marcación de la dotación y vallas a instalar. AGUAS DE OCCIDENTE. no reconocerá ningún pago adicional al contratista, por este concepto, pues su costo se considera incluido en los precios unitarios del contrato; por lo tanto el contratista lo debe tener en cuenta en su cotización. El contratista informará a la Interventoría acerca de cualquier accidente que ocurra en relación con la ejecución del contrato y que ocasione lesión a cualquier persona, o daño a la propiedad y en los casos de enfermedad profesional que ocurran por causa y con ocasión del contrato. El contratista tendrá un plazo de 24

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horas para suministrar el informe de cada accidente de trabajo que ocurra en la obra en el formato suministrado por la A.R.P. a la que estén afiliados sus trabajadores. El contratista deberá mantener oportuna, permanente y en forma detallada, informadas a AGUAS DE OCCIDENTE. de cualquier conflicto laboral colectivo, real o potencial, en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato y de cualquier otro hecho del cual tenga conocimiento que pueda afectar el desarrollo del contrato o la seguridad de las obras, de AGUAS DE OCCIDENTE., de sus empleados, agentes o de sus bienes. El Contratista está obligado a pagar a los trabajadores que utilice en la ejecución del contrato, el salario y las prestaciones sociales consignadas en su propuesta o el salario y las prestaciones legales mínimas correspondientes cuando aquellos sean inferiores a éstos, y en general a cumplir lo dispuesto en las normas laborales vigentes. AGUAS DE OCCIDENTE. ó la interventoría podrá ordenar al contratista el aumento de personal, de equipo y de tiempo de trabajo diario, cuando la buena marcha del contrato lo requiera, sin que esto represente ningún costo adicional en el contrato. El contratista dispondrá de tres (3) días hábiles, para realizar los ajustes solicitados. Todos los implementos que se utilicen en el proyecto serán aprobados por la interventoría y serán de uso obligatorio. Solo en los casos que se aprueben por la interventoría o AGUAS DE OCCIDENTE. estos requerimientos podrán ser modificados. El contratista será en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus empleados, subcontratistas, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra AGUAS DE OCCIDENTE. No habrá relación contractual, administrativa ni de ninguna índole entre AGUAS DE OCCIDENTE. y los subcontratistas o proveedores. El contratista durante la ejecución del contrato está obligado a presentar a la Interventoría, a través de su ingeniero residente, la siguiente relación: Planilla de pagos realizados a los trabajadores, en períodos de quince (15) días, con las firmas respectivas de cada uno de ellos; se incluirá todo el personal administrativo, incluyendo valores cancelados y las deducciones correspondientes de cada uno de los trabajadores, incluye de manera detallada las horas extras devengadas en cada mes. Relación de las afiliaciones y autoliquidaciones con sello de cancelado al Sistema General de Pensiones y Seguridad Social en Salud, conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993 sobre Seguridad Social Integral, anexando copia de los recibos de pago respectivos. Sin este requisito no se autorizará que el personal labore en las actividades que le corresponde. Cualquier cambio o novedad en el personal deberá ser informado al Interventor, anexando los documentos antes indicados, además de la liquidación y paz y salvos del personal retirado. Todas las afiliaciones estarán a nombre del contratista. Para el control de los aportes por seguridad social, el contratista estará obligado a presentar mensualmente las constancias de los pagos efectuados; en caso de desvinculación de un trabajador presentar la liquidación laboral y el paz y salvo con el estado de cuenta de la seguridad social expedido por cada una de las

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entidades a las que se encuentra afiliado. Constancias de pago a Cajas de Compensación y aportes parafiscales con sello de cancelación, de entrega de dotación conforme a la ley firmada por los trabajadores y constancias de consignación de cesantías y pago de intereses a las cesantías, en caso de que el contrato se encuentre vigente para la fecha establecida para el pago. Copia de la Póliza de Seguro de Vida Colectivo, que ampare el riesgo de muerte e invalidez de los trabajadores, ya que dichos riesgos continúan a cargo del patrono durante el período de las cotizaciones previas a la Entidad Prestadora de Salud. El contratista deberá tomar la póliza de seguro de vida colectiva que ampare el riesgo de muerte e invalidez, de aquellos trabajadores que no hubieren completado por los menos el número de semanas de cotización requeridas o que no hubieren efectuado los aportes requeridos al sistema general de pensiones, para iniciar la ejecución del contrato, ya que de conformidad con los artículos 39 y 46 de la Ley 100 de 1993, modificados por la Ley 860/2003, artículo 1º y la Ley 797/2003, artículo 12 respectivamente, hasta que no se cumpla este período no hay cobertura de estos riesgos por la Entidad a la cual se afilie la persona. Cuando se modifique el personal, se debe presentar la actualización de dicha póliza de vida colectiva. Frentes de trabajo. El contratista deberá mantener mínimo para la ejecución de los trabajos la infraestructura que sea necesaria para ejecutar los trabajos dentro del plazo inicialmente establecido. El contratista atenderá la recomendación que realice AGUAS DE OCCIDENTE o la interventoría, para la creación de más frentes de trabajo, con el fin de cumplir con el plazo inicialmente establecido y contratado. Dotación El contratista dará desde su ingreso a todos los trabajadores vinculados al contrato, los elementos adecuados y necesarios para su protección y presentación personal como lo son: Protectores auditivos, guantes, zapatos adecuados y uniforme de trabajo o vestuario especial (en caso de ser necesario) como medidas mínimas de seguridad. El valor de la dotación lo deberá tener en cuenta para incluirlo en los valores cotizados. No se permitirá ningún empleado en el frente de trabajo sin la respectiva dotación. AGUAS DE OCCIDENTE. y la interventoría verificarán constantemente y retiraran de la obra todo el personal que no se encuentre debidamente uniformado o suspenderán cualquier actividad que se esté ejecutando sin los equipos necesarios y adecuados, los cuales deberán estar en buen estado. Los elementos suministrados a los trabajadores por el contratista deberán cumplir con una calidad igual o superior a los que suministra AGUAS DE OCCIDENTE. a sus trabajadores. Transporte del personal. El contratista deberá considerar la Normatividad Vigente del Servicio de Transporte, en especial la Ley 105 de 1993, 336 de 1996, 769 de 2002, 1239 de 2008 y los Decretos 173, 174 de 2001 del ministerio de transporte y el capítulo 16 en la Norma técnica y especificación general de construcción 1300 Impacto

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Comunitario, versión 02 de diciembre de 2002, de Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Todos los vehículos deben estar en óptimo estado de funcionamiento mecánico y físico. AGUAS DE OCCIDENTE. se reserva el derecho de aceptación de cada vehículo y los podrá rechazar en cualquier momento si encuentra deficiencias mecánicas o de seguridad. Todos los vehículos deben portar los documentos, las herramientas y equipos exigidos por las autoridades de transporte y tránsito. Los vehículos deberán portar una señalización que indique que el proyecto para el cual trabajan es de AGUAS DE OCCIDENTE., las especificaciones de este aviso serán entregados por el funcionario delegado por AGUAS DE OCCIDENTE. para la supervisión del contrato. Todos los vehículos de transporte, incluidas las motos, tendrán una antigüedad máxima de diez (10) años. Cuando los vehículos a utilizar en el contrato tengan antigüedad superior a diez (10) años, deberán ser sometidos, por lo menos, a dos (2) revisiones técnico-mecánicas por año; cuando la antigüedad del vehículo sea inferior, la revisión se deberá realizar, por lo menos, una (1) vez al año. En las revisiones se deberá verificar principalmente: Estado de la carrocería, niveles de emisión de gases, sistema mecánico, sistema eléctrico, elementos de seguridad, sistema de frenos, llantas. Lo anterior acorde con lo establecido en el Decreto 1505 de 2005 (modificado por el Decreto 1517 de agosto de 2005), el cual deroga las disposiciones del Decreto 1266 de 2002 que le sean contrarias. Todos los conductores de los vehículos de transporte deben tener la respectiva licencia de conducción vigente durante el contrato. En caso de que el contratista no tenga los suficientes vehículos propios para adelantar las actividades objeto del contrato y por tanto requieran contratar, dichos vehículos deberán ser suministrados previo contrato con empresas de transporte habilitadas por el Ministerio de Transporte, dando estricto cumplimiento a la ley 336 de 1996 y a los Decretos 173 y 174 de 2001. Transporte público: De conformidad con el artículo 3° de la Ley 105 de 1993, el transporte público es una industria encaminada a garantizar la movilización de personas o cosas por medio de vehículos apropiados, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios, sujeto a una contraprestación económica. Transporte privado: De acuerdo con el artículo 5° de la Ley 336 de 1996, el transporte privado es aquél que tiende a satisfacer necesidades de movilización de personas y/o cosas, dentro del ámbito de las actividades exclusivas de las personas naturales y/o jurídicas. En el evento de que el servicio de transporte sea satisfecho con los vehículos propios del contratista, el conductor debe mantener un documento que acredite que está desarrollando labores relacionadas con el cumplimiento del contrato con AGUAS DE OCCIDENTE., además de acreditar, con la matrícula o licencia del tránsito del vehículo, que el mismo es propiedad del contratista. Equipos y herramientas. El contratista deberá mantener en el sitio de las obras un número suficiente de equipos y herramientas apropiadas para ejecutar las obras, de acuerdo con los

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documentos y dentro de los plazos estipulados en el presente contrato. Se deberá contar como mínimo por cada frente de trabajo con la maquinaria, equipo y toda la herramienta menor necesaria para la ejecución de las actividades incluyendo los accesorios para las reparaciones que se puedan presentar por posibles daños a las redes de acueducto existentes. El contratista deberá sostener los equipos y herramientas de construcción con un mantenimiento periódico, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños frecuentes del equipo de construcción. La mala calidad de los equipos y herramientas, o los daños, pérdidas o robos que ellos puedan sufrir, no será causal que exima al contratista del cumplimiento de ninguna de las obligaciones que adquiere por el presente contrato. AGUAS DE OCCIDENTE. se reserva el derecho de rechazar o exigir el reemplazo de aquellos equipos, maquinarias o herramientas que a su juicio sean inadecuados, ineficientes, o que por sus características no se ajusten a los requerimientos de seguridad o sean un obstáculo para el cumplimiento de lo estipulado en los documentos del contrato. El contratista suministrará todos los implementos de seguridad industrial requeridos para la ejecución de cualquier actividad basado en la reglamentación vigente estipulada por el ministerio de la protección social de Colombia, lo cual se cumplirá y tendrá control y vigilancia del interventor y AGUAS DE OCCIDENTE. Además todo el personal estará uniformado y debidamente identificado. Se clasificaran los rangos establecidos en la obra según el color del casco de protección y se tendrá equipos adicionales de seguridad para las revisiones en campo que realice AGUAS DE OCCIDENTE. o terceros. El contratista deberá contar con las herramientas computacionales y programas (software) compatibles con los de AGUAS DE OCCIDENTE, que deben incluir como mínimo lo siguiente: Procesador de palabras, Hoja de Cálculo y Control de proyectos. El mantenimiento, pérdida o deterioro del equipo que el contratista obtenga para este contrato correrán por su cuenta. Materiales y accesorios suministrados por el contratista. Todos los materiales y accesorios que sean suministrados en esta contratación deben presentar el certificado de conformidad con Norma, expedido de acuerdo con el decreto Nacional 2269 de 1993. Cabe anotar que AGUAS DE OCCIDENTE. tomará muestras y las someterá a ensayos de acuerdo con las normas vigentes para la elaboración de dicho producto, con el fin de hacer seguimiento a la calidad del mismo. Los costos derivados de las inspecciones y ensayos que tenga que efectuar AGUAS DE OCCIDENTE. estarán a cargo del contratista. Los ensayos a realizar de los materiales o productos estén normalizados o no, se deberán hacer a través de laboratorios acreditados en el ensayo de acuerdo con la norma que se le está exigiendo a cada material o producto en particular. Los ensayos de laboratorio que se indican en las "Normas y Especificaciones Generales de Construcción en Redes y Servicios" de las empresas públicas de Medellín, en las normas ICONTEC o en las especificaciones particulares

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contenidas en el Pliego o los planos, serán de responsabilidad de el contratista, al igual que las pruebas hidrostáticas. El contratista se compromete a conseguir oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras y a mantener permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el proceso de los trabajos.. El costo de dichos ensayos y pruebas será por cuenta del contratista y éste lo deberá tener en cuenta en los valores unitarios de la oferta. Los materiales que dicho laboratorio rechace no podrán ser instalados. El material rechazado se retirará del lugar reemplazándolo con material aprobado y la ejecución de la obra defectuosa se corregirá para que cumpla con las especificaciones técnicas correspondientes, todo esto sin lugar a pago extra. Toda obra rechazada por deficiencia en el material empleado o por defecto de construcción deberá ser reparada por el contratista y por su cuenta, dentro del plazo que fije la interventoría ó AGUAS DE OCCIDENTE. Los materiales que deban ser reintegrados deberán entregarse limpios, pesados y medidos para que sirvan para futuras utilizaciones, en el lugar que se indique oportunamente. El transporte hasta el sitio de la obra de todos los materiales será por cuenta del contratista. De presentarse, lo mismo el que utilizará para el retiro de materiales de los almacenes de AGUAS DE OCCIDENTE. y el reintegro de los mismos. Entiéndase que el material suministrado por AGUAS DE OCCIDENTE. deberá ser recogido en los almacenes de AGUAS DE OCCIDENTE. por cuenta del contratista, así como también, el material a reintegrar debe ser entregado en el almacén de AGUAS DE OCCIDENTE. o donde ella lo indique. El contratista será responsable de la ejecución de las pruebas de estanqueidad, infiltración ó exfiltración, además de la limpieza y desinfección de la tubería. Todos los accesorios, tuberías y las actividades necesarias para su ejecución serán por cuenta del contratista, El agua para estas pruebas será suministrada por AGUAS DE OCCIDENTE., pero si las pruebas fallan por fugas o por procesos constructivos, el agua para posteriores pruebas será por cuenta del contratista. Para la ejecución de estas pruebas se debe seguir la normatividad establecida por las NEGC de EPM y las indicaciones impartidas por la Interventoría del proyecto. El contratista será responsable por el control de la densidad de los llenos ejecutados con material de préstamo, base, subbase u otros, los cuales serán tomados en los tramos indicados por la interventoría. Estos deben cumplir con las normas y especificaciones generales de construcción. Los costos en que incurra el contratista por este concepto deberán estar incluidos dentro de los gastos administrativos del contrato y no tendrán ítems separados de pago. Todas las tuberías que se instalarán deben cumplir con un coeficiente n de Manning igual a 0.009, pared estructural de PVC o polietileno y superficie interior lisa. Además deberán cumplir con condiciones de hermeticidad que impidan la exfiltración de agua de los conductos, una flexibilidad que asegure el excelente comportamiento frente a los movimientos del suelo, sismos y asentamientos diferenciales de tal forma que se garantice la estabilidad al sistema, resistencia a la corrosión y la abrasión de manera garantizándose así su vida útil, resistencia al impacto, facilidad de instalación y un óptimo comportamiento hidráulico.

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El contratista deberá garantizar durante la ejecución del contrato el suministro oportuno de todos los materiales de acuerdo a las cantidades requeridas para el cumplimiento del cronograma aprobado previamente a la ejecución de las obras por la interventoría. Cuando los minerales a incorporar en el proyecto sean suministrados directamente por quien explote la fuente de extracción, éste deberá acreditar la existencia de los títulos y licencias que para cada caso exijan las autoridades mineras y ambientales. El contratista certificará a AGUAS DE OCCIDENTE., las fuentes de los materiales que él suministra para la ejecución del contrato. En consideración a que AGUAS DE OCCIDENTE., en la construcción de las obras de infraestructura requeridas para la prestación de los servicios públicos domiciliarios, que constituyen su objeto, requieren de cantidades considerables de materiales pétreos se exige que para los minerales a incorporar en las obras, cuando sean suministrados directamente por quien explote la fuente de extracción, se acredite la existencia de los títulos y licencias que para cada caso exijan las autoridades administrativas y ambientales. Así, se adoptan medidas acordes con el compromiso de AGUAS DE OCCIDENTE. en cuanto a la protección del ambiente y se evitan eventuales investigaciones y posibles sanciones en su contra. Para una mayor información se relacionan algunos artículos: Ley 685 de 2001: artículo 30, artículo 159 y artículo 160 Código penal: artículo 239, artículo 328 y artículo 447. Para una mayor ilustración, se procede a transcribir apartes de la reglamentación que al respecto existe en la ley 685 de 2001 (Código de Minas) y algunas normas del Código Penal: De la Ley 685 de 2001: “Artículo 30: Procedencia lícita. Toda persona que a cualquier título suministre minerales explotados en el país para ser utilizados en obras, industrias o servicios, deberá acreditar la procedencia lícita de dichos minerales con la identificación de la mina de donde provengan, mediante certificación expedida por el beneficiario del título minero o constancia expedida por la respectiva Alcaldía para las labores de banqueo de que trata el artículo 155 del presente código. Este requisito deberá señalarse expresamente en el contrato u orden de trabajo o de suministro que se expida al proveedor”. “Artículo 159. Exploración y explotación ilícita. La exploración y explotación ilícita de yacimientos mineros, constitutivo del delito contemplado en el artículo 244 del Código Penal, se configura cuando se realicen trabajos de exploración, de extracción o captación de minerales de propiedad nacional o de propiedad privada, sin el correspondiente título minero vigente o sin la autorización del titular de dicha propiedad”. “Artículo 160. Aprovechamiento ilícito. El aprovechamiento ilícito de recursos mineros consiste en el beneficio, comercio o adquisición, a cualquier título, de minerales extraídos de áreas no amparadas por un título minero. En estos casos el agente será penalizado de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Penal, exceptuando lo previsto en este Código para la minería de

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barequeo” [La referencia al artículo 244 del Código Penal, debe entenderse que se trata del artículo 338 del Código Penal actual, Ley 599 de 2000.] Del Código Penal: “Artículo 239. Hurto. (Modificado por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004) El que se apodere de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, incurrirá en prisión de dos (2) a seis (6) años.. La pena será de prisión de uno (1) a dos (2) años cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes”. “Artículo 328 Ilícito Aprovechamiento De Los Recursos Naturales Renovables. (Modificado por el artículo 29 de la Ley 1453 de 2011) El que con incumplimiento de la normatividad existente se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de treinta y cinco mil (35.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando las especies estén categorizadas como amenazadas, en riesgo de extinción o de carácter migratorio, raras o endémicas del territorio colombiano. ARTICULO 447. Receptación. (Artículo modificado por el artículo 45 de la Ley 1142 de 2007) El que sin haber tomado parte en la ejecución de la conducta punible adquiera, posea, convierta o transfiera bienes muebles o inmuebles, que tengan su origen mediato o inmediato en un delito, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. Si la conducta se realiza sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos; o sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión, o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, la pena será de seis (6) a trece (13) años de prisión y multa de siete (7) a setecientos (700) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la conducta se realiza sobre un bien cuyo valor sea superior a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad.” Muestreo durante la ejecución del contrato. Todos los productos que de acuerdo con lo indicado en este pliego de condiciones y especificaciones, deban ser suministrados por el contratista, deberán estar conformes con las normas de calidad nacionales vigentes, para lo cual el contratista hará entrega de los respectivos certificados de conformidad, de acuerdo con el Decreto 2269 de 1993. AGUAS DE OCCIDENTE. en cualquier momento, puede tomar muestras y someterlas a ensayos, de acuerdo con las normas vigentes para la elaboración de dicho producto cuando existan dudas sobre la calidad del mismo. Los costos

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derivados de las inspecciones y ensayos que tengan que efectuar AGUAS DE OCCIDENTE. serán a cargo del contratista. Con el propósito de evitar realizar ensayos a pequeños lotes de productos suministrados por el contratista, el Interventor, en conjunto con el contratista, definirá el número mínimo de los tamaños de los lotes, de acuerdo con el tipo de producto y las cantidades a suministrar, de conformidad con el formulario de precios. Si el producto en consideración pasa todos los ensayos exigidos por AGUAS DE OCCIDENTE., podrá autorizarse la utilización del lote o parte de éste en el desarrollo del contrato. En el caso de que los productos a suministrar no estén normalizados o aún si lo están y se requiere inspeccionar, AGUAS DE OCCIDENTE. verificará el producto que sea suministrado por el contratista, tomando en sus instalaciones, una muestra del lote que se pretenda utilizar durante la ejecución del contrato. Para dar cumplimiento a lo anterior AGUAS DE OCCIDENTE. establecen el siguiente procedimiento para llevar a cabo la liberación de dichos productos: 1. Una vez se haya efectuado una compra del producto, el contratista deberá informar por escrito al Interventor sobre dicha adquisición, haciendo llegar una copia del certificado de calidad, si es del caso, y de la factura, donde se indique claramente la cantidad y tipo de elementos adquiridos. 2. El contratista deberá identificar todos los elementos adquiridos, de modo tal que se pueda efectuar la identificación y trazabilidad de dichos elementos (. 3. El Interventor deberá acercarse al centro de acopio del contratista para verificar que todos los elementos del lote estén debidamente identificados y, por último, tomar el número de piezas que conformarán la muestra, la cual depende del número de elementos que componen el lote y del tipo de elemento a evaluar. El contratista proveerá, sin cargo adicional, a los interventores designados por AGUAS DE OCCIDENTE., de todas las facilidades y asistencia necesarias para el cumplimiento de sus deberes con seguridad y comodidad. 4. Se enviarán dichas muestras al laboratorio para que se efectúen las pruebas y se verifique si se cumplen los parámetros de aceptación de dichos elementos. 5. Una vez se verifique la aceptación o rechazo del lote, la Interventoría comunicará al contratista de dicha situación para que éste haga uso del lote o lo devuelva, según sea el caso. El costo de las muestras que se tomen para efectuar las pruebas y ensayos estipulados en los documentos del contrato será asumido por el contratista. Se realizarán pruebas a cada una de las muestras obtenidas de cada lote suministrado, conforme a la norma ISO - 2859 de inspección por atributos para planes de muestra única o simple, con un nivel de inspección según el tamaño del lote, y un nivel de calidad establecido en las especificaciones. Las muestras serán cargadas al contratista, es decir, el lote deberá contener la cantidad de unidades estipuladas en los formularios, más el número de unidades que se utilizarán para las pruebas de laboratorio, y en ningún caso esas unidades o pruebas serán facturadas a AGUAS DE OCCIDENTE. Las unidades para muestras no vendrán diferenciadas en el lote, ya que para ejecutar los ensayos se tomarán al azar.

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Las muestras deberán cumplir con las especificaciones exigidas, en cuanto a los valores y tolerancias estipuladas, sin embargo quedará a decisión de AGUAS DE OCCIDENTE. la aceptación o rechazo, dependiendo del tipo de incumplimiento dentro de lo exigido entendiendo que para propósitos de determinación de la conformidad con los requisitos prescritos, cualquier valor que esté por fuera de los límites hará del suministro rechazable o no, dependiendo de la decisión de AGUAS DE OCCIDENTE. Igualmente el contratista cumplirá con todos los requerimientos técnicos, entregados por el proveedor o fabricante de todos los materiales suministrados. La calidad de los materiales será de exclusiva responsabilidad del contratista. La revisión y aprobación de estos materiales será realizada por la interventoría, quedando claro que solo se instalarán los materiales aprobados por ella. Especificaciones técnicas particulares. Cumplimiento del Reglamento Técnico para tubos de alcantarillado, uso sanitario y aguas lluvias y sus accesorios – Resolución 1166 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial: Para la aprobación de los suministros de tubería y accesorios, además de las especificaciones y condiciones establecidas para cada uno de los elementos en este pliego de condiciones, es requisito anexar a cada cotización el CERTIFICADO vigente expedido por un ente certificador al FABRICANTE que garantiza el cumplimiento del REGLAMENTO TÉCNICO PARA TUBOS DE ALCANTARILLADO, USO SANITARIO Y AGUAS LLUVIAS Y SUS ACCESORIOS del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. El certificado trae consigo un listado anexo de los elementos que cumplen con el reglamento técnico. Los elementos fabricados que no se encuentren en este listado no están amparados por el mismo y en consecuencia no serán aceptados. Se transcribe a continuación el Artículo 2: “ARTÍCULO 2.- CAMPO DE APLICACIÓN: El presente Reglamento Técnico debe ser aplicado por parte de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios, en el marco de la Ley 142 de 1994 y demás normas que la adicionen, modifiquen o reglamenten, que requieran en sus sistemas de acueducto y alcantarillado, de tubos con sus uniones, sellos y accesorios, de acuerdo con las especificaciones definidas en los proyectos. “PARÁGRAFO 1: Entiéndase por accesorios, cubiertos por este reglamento, los elementos componentes de un sistema de tuberías, diferentes de los tubos. En el caso de acueductos, son los elementos prefabricados que debidamente instalados con los tubos, permiten cambios de dirección, empalmes, derivaciones, reducciones, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de control de las tuberías para acueducto, tales como: uniones, codos, semicodos, tees, cruces, yees, reducciones, acoples, adaptadores, sillas, galápagos, collares de derivación, válvulas, tapones, uniones de montaje y demás accesorios especiales de instalación. “En el caso de sistemas de alcantarillado: Son los elementos que debidamente instalados con los tubos, permiten cambios de dirección, empalmes, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de las tuberías para alcantarillado, tales como: sillas, derivaciones, galápagos, yees, codos, semicodos, tees, acoples,

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adaptadores, galápagos, uniones de montaje, válvulas, pozos, cámaras de inspección y demás accesorios especiales de instalación.” PROTECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. El contratista ejecutará por su cuenta todos los trabajos necesarios para la adecuada protección de las estructuras de servicios públicos tales como redes de acueducto, alcantarillado, energía y telecomunicaciones, etc. Será por cuenta del contratista el valor de las reparaciones que sea necesario ejecutar y debidas a daños ocasionados por él en estas estructuras. En caso de rehusar tal reparación, lo hará AGUAS DE OCCIDENTE. en la oportunidad que lo juzgue conveniente y deducirá su valor del acta mensual de pago, de cualquier suma adeudada al contratista o de la garantía de responsabilidad civil extracontractual, si fuese necesario. El contratista es el único responsable por las consecuencias que puedan derivarse del incumplimiento de las normas aquí especificadas y no puede reclamar compensación alguna de dinero, ni ampliación del plazo contractual, por las suspensiones que puedan sufrir los trabajos por este motivo. CORRECCIÓN DE TRABAJOS. Si durante la inspección que se efectúa a la ejecución de las labores del contrato, la Interventoría observa fallas, solicitará por escrito las correcciones a los trabajos, las cuales deberán ser iniciadas dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación; ellas serán por cuenta y riesgo del contratista y su iniciación y terminación se informará a la Interventoría. En algunos casos especiales la Interventoría podrá ordenar en forma inmediata la realización de las correcciones a los trabajos realizados. Se debe tener en cuenta que eventualmente se comparte infraestructura con otros servicios; todo desperfecto que pueda ocasionarse en estos puntos será corregido por personal idóneo y será por cuenta y riesgo del contratista. IMPACTO AMBIENTAL. El contratista deberá desarrollar un PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) que se ajuste a las condiciones particulares de la obra encomendada a él, con miras a asegurar que se prevean e implementen de manera eficiente acciones de protección y mejoramiento ambiental con motivo de la ejecución del proyecto. Este programa es de obligatorio cumplimiento y deberá presentarse a consideración del interventor, durante los diez (10) días calendario, siguientes a la fecha de la orden de inicio de los trabajos. Una vez el programa sea revisado por el interventor, le será devuelto a el contratista para que haga los ajustes y correcciones del caso y lo devuelva para su aprobación definitiva dentro de los diez (5) días calendario siguientes a la entrega del documento inicialmente revisado por el interventor. El Gestor Ambiental será el encargado del manejo de los impactos ambientales (físicos y bióticos). Velará por que el desarrollo de las obras se ejecuten dentro de un ambiente armónico con el entorno y tendrá especial cuidado para salvaguardar la integridad física de los trabajadores y de la comunidad directa e indirectamente afectada por la obra y hará cumplir todos los requerimientos normativos y el programa de prevención y manejo de los impactos negativos y sus anexo. Estas acciones están orientadas a: Mejorar la calidad ambiental, mediante la incorporación de acciones orientadas a prevenir y mitigar los impactos

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ambientales ocasionados durante la ejecución de la obra Mejoramiento de la calidad de vida mediante adopción de prácticas de gestión ambiental para prevenir y controlar el deterioro ambiental y el agotamiento de los recursos naturales. Reducción de la vulnerabilidad a riesgos ambientales. Cada una de las especificaciones deberá tener como mínimo unos objetivos, la descripción de la actividad en la cual se señalará el tipo de impacto ambiental, componente ambiental, elemento ambiental e impacto potencial, se indicaran igualmente las medidas de manejo ambiental, reglas básicas, cuadros de monitoreo los cuales incluirán indicadores, unidades, descripción y frecuencia. Algunas de estas especificaciones serán: Programa para el manejo de residuos sólidos Programa para el control de emisiones atmosféricas Programa de uso y almacenamiento adecuado de materiales de construcción (comunes y especiales) Programa para protección del suelo. Programa para el manejo de maquinaria y equipos en la obra. Programa de prevención de la contaminación en cuerpos de agua y redes de servicios públicos. Programa para manejo adecuado de la vegetación y el paisaje. Programa de señalización y desvíos. Programa manejo y disposición final de escombro Programa Manejo del ruido Todas las especificaciones presentadas en el plan de manejo ambiental deberán ser adoptadas por el contratista, supervisadas por la Interventoría y por AGUAS DE OCCIDENTE y se deberán ajustar a la normatividad vigente en Colombia. El enfoque metodológico utilizado en la conformación de los programas de Manejo Ambiental pretende, en todos los casos posibles, anticiparse a los problemas y necesidades creando para ello un soporte de información completo sobre la zona de influencia que permita contar con lo necesario para prevenir o resolver adecuadamente los efectos de los proyectos contratados por la empresa Aguas de Occidente El contratista debe garantizar, en todos los frentes de obra, el adecuado manejo y control del medio ambiente, para lo cual debe disponer permanentemente de un técnico o tecnólogo idóneo dedicado único y exclusivamente a este tipo de actividades. Todos los gastos que se originen y causen por el cumplimiento cabal de lo estipulado en las Especificaciones Ambientales serán por cuenta del contratista y por tanto se entienden incluidos en los precios de la propuesta. El contratista es responsable directo de los daños, perjuicios, pérdidas y siniestros que a nivel ambiental y social se ocasionen debido a alguna acción, retardo, omisión o negligencia suya o de sus subcontratistas. En todo caso, el interventor, haciendo uso del principio de precaución podrá detener cualquier actividad realizada por el contratista que pueda afectar de forma grave el entorno ambiental o social. De manera inmediata, deberá implementar las acciones necesarias para resarcirlos, remediarlos, mitigarlos o compensarlos. Si por acción u omisión del contratista, sus empleados y subcontratistas las autoridades competentes imponen alguna multa o sanción económica en contra de AGUAS DE OCCIDENTE., esta repetirá contra el contratista, cobrándole una suma igual a la sanción impuesta, más los gastos en que incurra durante el proceso sancionatorio, en aspectos de tipo legal y técnico, más un porcentaje de

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administración del diez (10%). Igual medida se tomará cuando por AGUAS DE OCCIDENTE. se vea obligada a indemnizar a un tercero por acción u omisión del contratista, sus empleados y subcontratistas. IMPACTO COMUNITARIO. Se ha definido “Impacto Comunitario”, todo cambio que se realice de manera permanente o transitoria en la normalidad o el diario vivir de los miembros de una comunidad y su medio, durante las diferentes etapas en las que se desarrolla un proyecto. El contratista en coordinación con el interventor designado por AGUAS DE OCCIDENTE. y solo con la autorización de esta, realizará reuniones antes y durante el desarrollo de las obras, acogerá las sugerencias e inquietudes que puedan surgir de la comunidad y procurará incorporarlas al manejo de la obra, siempre y cuando sean técnica, económica y ambientalmente factibles. Toda información que el contratista entregue a la comunidad, deberá tener el visto bueno del interventor y AGUAS DE OCCIDENTE. El contratista deberá responsabilizarse de la ejecución del proyecto y será ante la comunidad un representante de AGUAS DE OCCIDENTE., por ello deberá mostrarse diligente ante cualquier solicitud de la comunidad, así mismo, está en la obligación de comunicarle al Interventor de la obra las situaciones o comunicaciones sostenidas con la comunidad referentes al proyecto y las acciones a seguir, las cuales siempre deberán ser aprobadas por AGUAS DE OCCIDENTE. El costo que acarreen las reuniones u otras actividades realizadas con la comunidad deberá ser tenido en cuenta por el contratista en el valor de administración de la obra incluido en la propuesta. En resumen, los programas de información y comunicación social estarán a cargo del Contratista, quien siempre deberá contar con la aprobación de la interventoría y la autorización por escrito de AGUAS DE OCCIDENTE. Esta información será entregada con los siguientes objetivos: Divulgación del proyecto y de sus beneficios. Información de las posibles interferencias de la obra. Identificación de programas de desvío de tránsito y/o coordinación para uso de zonas de parqueo y garajes. Identificación de los sectores de la población afectados directa e indirectamente por el proyecto y las posibles soluciones para minimizar o evitar la afectación. Información previa sobre cortes de servicios públicos necesarios por reubicación de los mismos. Información sobre modificaciones a la ruta habitual de recolección del servicio de aseo urbano. En los casos de cortes de agua mayores de 8 horas, información sobre sistemas de abasto de emergencia ofrecidos por la empresa mientras dura el corte del servicio. Información financiera y comercial del proyecto. El contratista siempre tomará las precauciones necesarias para dar la suficiente seguridad a sus empleados, a los de AGUAS DE OCCIDENTE. y a terceros, aplicando las normas que a este respecto tengan las entidades oficiales, teniendo presente que la normatividad de orden nacional y local riman sobre la normatividad de LAS EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN. PLAN DE MANEJO DEL TRANSITO (PMT)

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Es una propuesta técnica que plantea alternativas o estrategias para el manejo temporal del tráfico durante la ejecución de obras civiles, cierres y desvíos viales por eventos, que permite garantizar la seguridad vial y minimizar la congestión vehicular. El PMT debe cumplir con los principios de mitigar el impacto de las obras civiles sobre los flujos peatonales y vehiculares, garantizando la continuidad en la circulación y brindar seguridad a los peatones, a los trabajadores de la obra y a los usuarios de la vía, a través de una adecuada señalización, capacitación al personal de la obra y supervisión del cumplimiento del PMT durante la ejecución de la obra. El contratista elaborará el PMT y lo someterá a aprobación de la interventoría. El PMT aprobado se tomará como parte integral del programa de impacto comunitario. Para la elaboración del PMT el contratista deberá seguir la metodología establecida en la Resolución 01050 de mayo de 2004 del Ministerio de Transporte en el Manual de Señalización Vial - Dispositivos para la Regulación del Tránsito en calles, carreteras y ciclo rutas de Colombia, cumpliendo las siguientes etapas: Conocimiento e identificación de las características de las obras. Se debe considerar el alcance de las obras y el programa de trabajo elaborado para la ejecución del contrato detallando los frentes de trabajo con su duración y los recursos de personal, maquinaria y equipos asociados en cada uno de ellos. Se debe describir cómo será el desplazamiento de la maquinaria entre el campamento, centros de acopio, parqueadero y los diferentes frentes de trabajo y la descripción de las características de la maquinaria y los vehículos a utilizar en el contrato. Adicionalmente en esta etapa se debe describir el proceso constructivo de la obra, las jornadas laborales programadas para cada una de las actividades principales y las medidas de mitigación y prevención en las áreas adyacentes a las obras. La duración de los trabajos en cada uno de los frentes de trabajo se debe indicar expresamente ya que serán un indicativo del tiempo que pueden darse los cierres o desvíos a implementar durante el desarrollo del contrato. El PMT también debe incluir el inventario del estado de las vías y de cómo se hará el manejo de escombros y sobrantes de las excavaciones, teniendo en cuenta que éstos serán retirados de manera inmediata hacia los botaderos debidamente autorizados y determinadas por el contratista. Sólo en casos de fuerza mayor los escombros y sobrantes de las excavaciones podrán permanecer dentro de las zonas demarcadas de los frentes de trabajo, pero serán retirados dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de su origen. El contratista deberá considerar el transporte hasta otros municipios para efectuar la botada en el evento que no sea posible hacerlo en el mismo Municipio de ejecución de las obras. Características de la zona. El contratista deberá documentarse de los usos del suelo de las zonas en las que se localizarán las obras a ejecutar y de los sitios de interés de gran afluencia vehicular o peatonal y disponer de la información correspondiente a anchos de vía que de manera conjunta con el estado de éstas (información recopilada en la etapa anterior) permitirán plantear las propuestas de cierres de carril o vía temporales e implementar desvíos en la circulación vehicular. El contratista debe determinar con base en lo establecido en la Resolución 1050 de

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2004, en el Capítulo 4 “Señalización de calles y carreteras afectadas por las obras”, del Manual de señalización Vial Nacional, la clasificación de la obra en cuanto a la interferencia que genera. Diseño del PMT. De acuerdo con toda la información suministrada se diseña el PMT para el proyecto, el cual comprende el manejo del tránsito, del transporte público y de peatones, manejo de vehículos pesados y la señalización y adecuaciones temporales a implementar durante la ejecución de las obras. El contratista debe tener en cuenta que por las características de las obras a ejecutar requerirá de señalización que debe instalarse de acuerdo con el avance de los frentes y se denominará “señalización móvil”. El contratista analizará la posibilidad de implementar señalización fija en la zona del proyecto. En todo caso, el contratista debe programar los trabajos de tal manera que se cierren el menor número de vías posible y que los cierres no afecten el abastecimiento de los locales comerciales, el acceso a las instituciones educativas y de salud, las labores de las industrias, ni las labores de funcionamiento de la empresa de recolección de basuras, y demás servicios utilizados por la comunidad. Divulgación del PMT. La información correspondiente a las obras y al PMT, se entregará a la comunidad a través de el contratista mediante volantes y reuniones con la comunidad con el apoyo del Gestor social de el contratista y el acompañamiento del Gestor social de la Interventoría y en cuanto a la programación de las actividades, con asesoría AGUAS DE OCCIDENTE. Para la atención de quejas y reclamos de la ciudadanía, se dispondrá de un número telefónico en las oficinas del contratista, que se informará a través de volante y el teléfono de AGUAS DE OCCIDENTE. 8580296. Puesta en marcha del PMT. Se adelantará la implementación del PMT a través del Contratista, quien debe suministrar la cantidad de señalización requerida y garantizar disponibilidad, en el evento de que se requieran elementos adicionales. Además de reemplazar la señalización que se vaya deteriorando o perdiendo durante el desarrollo del contrato. La señalización deberá cumplir lo establecido en el Manual de Señalización Vial Nacional expedido por el Ministerio de Transporte, en su Capítulo 4 y los demás requeridos. SEGURIDAD. Es responsabilidad absoluta del contratista la vigilancia y protección de los equipos y materiales bajo su cargo. En los lugares donde se ejecutan las actividades de obra solo deberán estar el personal vinculado laboralmente con el contratista o personal autorizado por AGUAS DE OCCIDENTE. o el interventor. Cabe recordar que quien se encuentre en los sitios de trabajo estarán con todos los implementos de seguridad requeridos. TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIONES. El contratista deberá presentar, dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la fecha de comunicación de aceptación de la oferta por parte de AGUAS DE OCCIDENTE., un programa de trabajo e inversiones de contenido y forma tales que posteriormente permitan al Interventor el adecuado seguimiento, control y evaluación de la ejecución del contrato y una descripción de la

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metodología a aplicar para la ejecución de los trabajos, que será presentado para aprobación por parte de la Interventoría. Este programa deberá ser preparado por el método de la ruta crítica (PERT-CPM) y presentarse indispensablemente en forma de un diagrama de precedencias y en un diagrama GANTT, indicando la ruta crítica. Los diagramas de barras mostrarán la programación que se le dará a los recursos más importantes de la obra (mano de obra, equipo, material, etc.) y además, indicarán el flujo de las inversiones mensuales, compatible con el programa de obras valorado con los precios unitarios estipulados en el contrato. Es entendido que el plazo de iniciación de las obras, contará a partir de la orden de iniciación dada por AGUAS DE OCCIDENTE., pero éstas solo podrán comenzar después de ser aprobado por escrito el respectivo programa de trabajo. En el programa de trabajo deberán tenerse en cuenta las limitaciones impuestas por el impacto comunitario como longitud controlada de los trabajos o reconstrucción de obras afectadas, además de las restricciones que se definan en el Plan de manejo de tránsito aprobado, de acuerdo a los lineamientos trazados en el Manual de Dispositivos de Señalización Vial, del Ministerio de Transporte (Resolución 1050 de mayo de 2004). En el programa de trabajo e inversiones se deberá detallar para cada tramo las cantidades de obra y para cada actividad necesaria para la construcción del tramo, las fechas de inicio y terminación en que se ejecutaran cada una de las siguientes actividades: roturas de pavimento, excavaciones, instalación de tuberías, referenciación y llenos, construcción de acometidas nuevas en caso de autorizarse, reconstrucción de pavimentos y reconstrucción de obras accesorias. Las obras se subdividirán en frentes de trabajo con los cuales el contratista deberá garantizar tantos frentes de trabajo como sean necesarios, para cumplir el objeto del contrato dentro del plazo de ejecución contractual. Los frentes de trabajo deben presentarse dentro del programa de trabajo e inversiones teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: el plazo total para ejecutar la obra, las características de las zonas, las características e importancia de las vías, las características de la población afectada, todos los aspectos mencionados en el manual de impacto comunitario así como todos los permisos y licencias que el contratista debe tramitar para la ejecución de las obras. En el programa de trabajo debe considerarse también las temporadas de vacaciones tanto del personal propio de la empresa contratista como la de los proveedores de los diferentes materiales, equipos, etcétera; y de las diferentes entidades afectadas por el proyecto. Los métodos para la ejecución de la obra quedarán a la iniciativa del contratista, en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los resultados en la obra; sin embargo, AGUAS DE OCCIDENTE. tendrán en cualquier momento el derecho a ordenar los cambios en los métodos con miras a la seguridad y al avance de la obra o su coordinación con las obras de otros contratistas o para obligar al Contratista a ajustarse al contrato. El contratista debe mantener actualizado el programa de trabajo durante el tiempo de ejecución del contrato en el sitio de la obra y diariamente llevar un control del avance en la meta física, para informar al interventor.

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La aprobación que AGUAS DE OCCIDENTE. o la Interventoría den al programa de construcción no exonera al Contratista de sus obligaciones contraídas. En consecuencia, deberá entregar las obras oportunamente y en forma satisfactoria, aunque para ello tenga necesidad de utilizar un número mayor o tipo diferente de los equipos programados, lo mismo que personal adicional, aumentar la jornada diaria, trabajar en horas nocturnas, en días festivos o que tenga necesidad de reprogramar algunas o todas sus actividades. Así mismo AGUAS DE OCCIDENTE. podrá solicitar cambio en la jornada o que se labore en horas nocturnas o días festivos sin que tales órdenes impliquen modificaciones en los precios del contrato o convenios adicionales. Cuando AGUAS DE OCCIDENTE. requiera que se adelante la ejecución de una parte de la obra, podrá ordenar al contratista la modificación del programa vigente y éste está en la obligación de suministrar los recursos de personal y equipos necesarios para ejecutar los trabajos solicitados. El Interventor podrá, al momento de la presentación del programa de trabajo, o posteriormente, durante la realización de las obras solicitar al Contratista una o varias reprogramaciones que se ajustarán al plazo de ejecución vigente del contrato. Las órdenes de reprogramación se darán por el simple atraso en la ejecución de las obras y el contratista tendrá un plazo máximo de ocho (8) días calendario para su presentación; a partir de la fecha en la cual el interventor dé la orden de reprogramación al Contratista, el plazo le seguirá corriendo y esta reprogramación no dará derecho a ampliación del plazo del contrato. El programa de trabajo y sus reprogramaciones se aprobarán por escrito por el Interventor y serán de obligatorio cumplimiento por parte del contratista. Toda modificación a ese programa requerirá aprobación del interventor. Durante el período de construcción el contratista deberá llevar un gráfico con el avance de la obra, conforme con el programa de trabajo aprobado para la construcción y a las modificaciones u observaciones que se hagan por parte de AGUAS DE OCCIDENTE. En este gráfico se deberá indicar mensualmente el avance de los trabajos y porcentajes totales de obra realizada hasta la fecha, y enviar una (1) copia a la Interventoría de AGUAS DE OCCIDENTE., dentro de los cinco (5) días calendario siguiente de cada mes. Sin embargo para llevar un control más exhaustivo por parte del Interventor, el contratista deberá presentar un informe semanal donde se indique el avance tanto en inversiones como en meta física para tomar así los correctivos necesarios en caso de requerirse. Cuando se produzca un hecho que de acuerdo con los documentos del Contrato pudiera dar derecho a el contratista a una ampliación del plazo de ejecución contractual, el contratista someterá a la aprobación del Interventor, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la primera ocurrencia de tal hecho, un programa de trabajo revisado, el cual se someterá al mismo procedimiento de aprobación establecido para el programa original. Si el contratista no presenta dicho programa de trabajo dentro del término establecido, se entenderá que ha aceptado que dicho hecho no justifica o no es constitutivo de modificación del programa de trabajo y por ende del plazo de ejecución contractual. En caso contrario, el Interventor estudiará el asunto y si encuentra que de acuerdo con los

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documentos del contrato, el contratista tiene derecho a una ampliación del plazo contractual, someterá esta ampliación a la aprobación de AGUAS DE OCCIDENTE., conjuntamente con los estudios correspondientes. Si a juicio del Interventor, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, los rendimientos logrados por el contratista no son adecuados para asegurar su terminación dentro del plazo contractual por cualquier causa que de acuerdo con los documentos del contrato no dé derecho a el contratista a una ampliación del plazo, o la ejecución del contrato no se adapta al programa de trabajo vigente, el Interventor lo comunicará a el contratista, y éste deberá someter a su aprobación, el programa de trabajo revisado para demostrar la forma en que recuperará el tiempo perdido, incrementará los rendimientos, asegurará el cumplimiento del plazo contractual y de los requisitos de seguridad o se ajustará a lo requerido en los documentos del contrato, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la comunicación del Interventor; dicho programa de trabajo revisado respetará el programa de trabajo original o el vigente en ese instante, sin que esto exonere a el contratista de su responsabilidad por el cumplimiento del programa aprobado ni se le atenúe y sin que dé derecho a el contratista a modificación de los precios del contrato, a compensación adicional alguna o a ampliación del plazo contractual. En este caso y a su costo, el contratista deberá tomar oportunamente todas las medidas necesarias para recuperar el tiempo perdido, mejorar los rendimientos y acelerar el avance de las obras y el Interventor podrá exigirle que suministre equipos, materiales, personal o instalaciones adicionales o que aumenten los turnos, días de trabajo, horas extras o cualquier otra acción remedial o correctiva que a su juicio sea necesaria para asegurar la terminación de las obras dentro del plazo contractual, para satisfacer los requisitos de seguridad o para ajustarse con lo requerido por los documentos del contrato. Si el Interventor lo considera necesario o conveniente y para los mismos efectos, tendrá derecho a señalar a el contratista, y éste estará obligado a proceder en conformidad, tanto el lugar como el orden y los recursos con que se continuará la ejecución del contrato, o si es del caso, suspender total o parcialmente la ejecución de las obras sin que el contratista tenga derecho a modificación de los precios del contrato, a compensación adicional o a ampliación del plazo contractual. Es obligación fundamental del contratista, y ello es de la esencia del contrato, suministrar equipo suficiente, personal, instalaciones, materiales y trabajar el tiempo que sea necesario, incluyendo turnos adicionales y tiempo extra, para garantizar la realización de la obra o de cualquiera de sus partes dentro de los plazos de ejecución contractuales y en un todo de acuerdo con los documentos del contrato, sin que por esto se modifiquen los precios unitarios pactados. El Programa de trabajo no será considerado para efectos de evaluación de las ofertas, y el mismo será ajustado una vez la interventoría lo revise. Cuando AGUAS DE OCCIDENTE. lo requiera podrá solicitar al contratista toda la información referente a programas, métodos y procedimientos a utilizar en la ejecución de las obras. La aprobación que AGUAS DE OCCIDENTE. a dichos programas, métodos y procedimientos no exonera al contratista de sus obligaciones.

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El programa de trabajo propuesto por el contratista deberá estar planteado de tal forma que permita una ejecución de empalmes continuos y que la cantidad de usuarios afectados sea mínima. USO DE OBRAS EJECUTADAS ANTES DE SU ACEPTACION. Siempre que, en opinión del Interventor, la obra o parte de ella, esté en condiciones de ser utilizada, y los intereses de AGUAS DE OCCIDENTE. requieran su uso, éstas pueden tomar posesión y hacer uso de dicha obra o de parte de ella. AGUAS DE OCCIDENTE, se reserva el derecho de usar las obras que se consideren incompletas, sin que por ello se eliminen las obligaciones contraídas por el contratista para su correcta terminación, ni AGUAS DE OCCIDENTE. renuncie a cualquiera de sus derechos contemplados en el contrato. OBRAS DE INMEDIATA EJECUCIÓN. Cuando a juicio de la Interventoría, se requiera la inmediata ejecución de una obra, el contratista procederá, previa orden escrita, a realizar los trabajos solicitados, los cuales deberán ejecutarse, en forma continua, durante tiempo diurno o nocturno, en días hábiles, dominicales o festivos, hasta quedar totalmente terminada. MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN. Los métodos para la ejecución de la obra quedarán a la iniciativa del contratista en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los resultados en la obra; sin embargo, AGUAS DE OCCIDENTE. ó la interventoría tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar los cambios en los métodos con miras a la seguridad y al avance de la obra o su coordinación con las obras de otros contratistas o para obligar al contratista a ajustarse al contrato. Si AGUAS DE OCCIDENTE. así lo requiere, el contratista antes de iniciar cualquier parte de la obra, o en cualquier momento durante la ejecución de la misma, deberá suministrar con quince (15) días de anticipación, para la autorización de AGUAS DE OCCIDENTE. toda la información requerida referente a los materiales, programas, métodos y procedimientos que se utilizarán en la ejecución de los trabajos, antes del inicio de los mismos. CAMBIOS A ESPECIFICACIONES Y PLANOS. En la ejecución de las obras que son materia de este contrato, el contratista se ceñirá a las especificaciones y planos suministrados con anticipación por AGUAS DE OCCIDENTE. los cuales aquel declara que conoce suficientemente. Estos son complementarios entre sí; en caso de contradicción, se preferirá lo dispuesto en las especificaciones. Cualquier duda o dificultad al respecto será resuelta por la interventoría ó por AGUAS DE OCCIDENTE. Durante la ejecución del contrato AGUAS DE OCCIDENTE. podrá ordenar los cambios que consideren necesarios en las especificaciones. Si por estos cambios se afectaren el plazo y el precio o uno de éstos, AGUAS DE OCCIDENTE. convendrá con el contratista los ajustes que de ellos puedan desprenderse, de lo cual se firmará por las partes el acta correspondiente.

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El contratista entregará a AGUAS DE OCCIDENTE. los planos finales de obra donde se incluyan todas las modificaciones hechas con previa autorización de la interventoría, estos se presentaran en medio magnético y de forma física. Procedimientos comerciales. En aras de realizar una gestión integral y debido a que cuando se realiza reposición y/o modernización de redes de alcantarillado es factible identificar fraudes de acueducto, instalaciones mal realizadas, etc., se incluye en este pliego el procedimiento comercial a realizar en el caso de identificar este tipo de anomalías en el servicio de acueducto. AGUAS DE OCCIDENTE. ha establecido diferentes actividades tendientes a garantizar la recuperación y el control del agua no contabilizada (ANC) con el propósito de disminuir las pérdidas técnicas y comerciales en la operación del sistema de acueducto. Los proyectos de modernización y reposición de redes de Acueducto y Alcantarillado son una gran oportunidad de acercamiento a la problemática de pérdidas comerciales, específicamente en las siguientes actividades: Vinculación de clientes Debido cobrar y suspendidos Fraudes Actualización de la información comercial. Por lo tanto, y con el propósito de atender este tipo de necesidades de carácter comercial, el contratista, deberá informar a AGUAS DE OCCIDENTE. a través de la interventoría todo posible fraude que se observe durante la ejecución del contrato, para que esta realice la respectiva investigación y de acuerdo a sus procedimientos internos se proceda a la legalización de los usuarios clandestinos ó corte definitivo de la conexión fraudulenta. Además será responsabilidad del contratista Atención al cliente. El contratista deberá elaborar, por su cuenta y costo, los volantes informativos con los cuales se le informe al cliente sobre los trabajos que se ejecutarán, los beneficios que se obtendrán y se indique, además, el número telefónico donde se atenderán las quejas e inquietudes de los clientes por parte del contratista y la Interventoría, sometiéndolo a aprobación de la Interventoría, mínimo diez (10) días calendario antes de iniciar los trabajos en las diferentes frentes. La Interventoría entregará al contratista, el arte correspondiente para la elaboración de los volantes para su distribución durante la ejecución del contrato; el modelo o diseño del Acta de estado de la acometida, y del Formulario para informar al cliente los trabajos ejecutados y su respectivo costo para su posterior cobro, formatos, volante y acta que deberán ser aprobados por AGUAS DE OCCIDENTE. el acta debe incluir un campo para que el cliente autorice el cambio o reposición de la acometida, de la tubería de ésta o de alguno de los elementos que la componente incluyendo la caja de empalme. Durante el desarrollo del contrato se podrán presentar varias situaciones con respecto a las acometidas existentes; la primera de ellas consiste en que tanto la tubería como demás accesorios que componen la acometida se encuentren en buen estado, en cuyo caso el contratista debe preservarla y programar su posterior conexión a la red nueva en ejecución. Otro caso consiste en que la tubería o alguno de los elementos que la componen se encuentren en mal estado,

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en cuyo caso el contratista debe reportarlo a la Interventoría. Para efectos de la Interventoría poder solicitar el cambio de la tubería de la acometida o de alguno de sus accesorios como cajas de empalme e inspección en el caso de acometidas de alcantarillado, el contratista debe elaborar un acta en compañía de un representante de la interventoría y, lo más importante, en compañía del cliente, en la que conste el estado en el que se encontró la acometida o sus accesorios con registro fotográfico. el acta debe elaborarse en papel tipo químico en original y dos (2) copias; una de las copias para el cliente. El original y una (1) copia debe remitirlas el contratista a AGUAS DE OCCIDENTE. a través de la Interventoría. Diariamente el contratista entregará a AGUAS DE OCCIDENTE, por conducto de la Interventoría, la relación de las direcciones verificadas que se encontraron con problemas y las Actas asociadas con cada una de estas direcciones para que se pueda continuar el trámite en AGUAS DE OCCIDENTE. Cuando se autorice al contratista atender los pedidos relacionados con reparación de acometidas, cambio de acometidas, construcción de acometidas, reparación de acometidas, reinstalación de acometidas, etc., el contratista deberá tener en cuenta el siguiente procedimiento, con el objeto de informar al cliente sobre el tipo de trabajo que se va adelantar, si es posible, o, en su defecto, que fue ejecutado. El personal utilizado en la ejecución del contrato debe portar en un lugar visible la escarapela con la cual se identifica. Antes de proceder con la ejecución de una instalación nueva, el encargado debe haber investigado el derrame de la acometida de alcantarillado y si la misma, ha dado como resultado la viabilidad de la instalación. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. AGUAS DE OCCIDENTE. con el fin de dar cumplimiento a su objetivo principal de prestar un servicio de calidad y de acuerdo a su proyección, además teniendo en cuenta el crecimiento de la región, contrató el estudio para la optimización de los sistemas de acueducto y alcantarillado del municipio de Olayas, del cual se deriva este proceso de contratación. Con el contrato se pretende ejecutar la CONSTRUCCIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL CORREGIMIENTO DE SUCRE, MUNICIPIO DE OLAYA – ANTIOQUIA I. Al preparar la oferta el proponente deberá tener en cuenta que el plazo de ejecución máximo de los trabajos será de sesenta (60) días calendario, dentro del cual el Contratista deberá ejecutar en su totalidad la obra en los sitios que indique la Interventoría del contrato y de acuerdo al programa suministrado por el Contratista. El contratista deberá cumplir con todas las normas de seguridad industrial y salud ocupacional para las condiciones específicas del trabajo y los riesgos que esto conlleva, para tal caso se exigirá el cumplimiento de los procedimientos contemplados en el Manual Corporativo de Procedimientos de Seguridad de Empresas Públicas de Medellín y lo establecido por el ministerio de protección social. La información detallada del proyecto, será suministrada en los planos que el contratante entregará como parte del anexo magnético y que serán conocidos en la visita de obra que se hace durante el proceso de contratación. Sin embargo

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AGUAS DE OCCIDENTE. A través de la interventoría podrá incrementar o modificar los tramos inicialmente establecidos de acuerdo a las necesidades que puedan surgir durante la ejecución del contrato. El contratista realizará la construcción del tanque de almacenamiento, en predios de la planta de tratamiento del corregimiento de Sucr,e que actualmente se encuentran en funcionamiento, por lo tanto deberá contemplar en la elaboración de la propuesta los equipos, materiales, mano de obra, herramientas, entre otros, necesarias para mitigar el impacto en los usuarios. Garantizando la continuidad del servicio. ESPECIFICACIONES Todas las actividades se deberán desarrollar de acuerdo a la normatividad establecida en las “Normas Y Especificaciones Generales De La Construcción” De Empresas Públicas De Medellín y a las recomendaciones hechas por AGUAS DE OCCIDENTE. ó la interventoría. A continuación se señalaran algunos apartes de las especificaciones: TRABAJOS GENERALES. Antes de iniciar los trabajos de construcción de la obra, se deberá realizar un inventario físico (Actas de vecindad), del área de influencia del proyecto, donde toda la información estará consignada en encuestas o formatos que describan lo inventariado, con su respectivo registro fotográfico, con el fin de registrar el estado inicial de las vías y de toda el área que se considere puede resultar afectada en grado directo por la obra y servirá de base para comparar y evaluar el estado final de los trabajos Al finalizar la obra el entorno urbano deberá presentar condiciones ambientales semejantes o mejores a las descritas inicialmente. En general todas las superficies, infraestructura, zonas verdes y árboles que salgan afectados por la construcción de las obras, se restablecerán por parte del Contratista, igual o mejor que como estaban de acuerdo a las recomendaciones de la autoridad Ambiental competente. Los costos que acarreen la elaboración de las actas de vecindad deberán ser tenidos en cuenta por el contratista dentro de los costos administrativos de la obra incluidos en su propuesta. El contratista deberá consultar con el interventor las especificaciones relativas al tamaño, color, tipo de letra, ubicación, etc., del logotipo institucional así como de los uniformes, vallas, pasacalles y demás elementos que involucren la imagen de AGUAS DE OCCIDENTE. CIERRE DE VÍAS El cierre de las vías y ocupación del espacio público deberán tener los permisos o licencias expedidos por las Autoridades Municipales Competentes. Del cierre de vías y evitar accidentes se debe tener en cuenta lo siguiente: El Contratista debe coordinar con la autoridad de tránsito para que el flujo y desempeño del tránsito vehicular, durante la ejecución de la obra tenga la menor afectación. También debe colocar antes, durante y hasta finalizar las obras las señales preventivas, informativas, reglamentarias, para orientar el tránsito peatonal y vehicular, de acuerdo a las normas de seguridad exigidas por la Secretaria de Tránsito Municipal y el Ministerio Nacional de Transporte y Transito.

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En cuanto a los parqueos de vehículos particulares que sean afectados, debe concertarse con la comunidad afectada para dar las respectivas soluciones y adecuar en forma eficiente y segura los pasos peatonales, para garantizar el libre tránsito peatonal hacia las Viviendas, Instituciones Educativas, comerciales, polideportivo etc. GESTION SOCIAL. Con el fin de garantizar la socialización del proyecto y generar un impacto en la comunidad positivo, a continuación se presentan las actividades que debe realizar el contratista a través de su gestión social, las cuales serán coordinadas con la Gestión Social de AGUAS DE OCCIDENTE. y servirán de apoyo a la estrategia que se implantará en el Plan de Gestión Social: Acercamiento a la comunidad del área de influencia directa e indirecta, con el fin de crear lazos de apoyo y seguridad para la gestión social y así minimizar los conflictos con la comunidad y lograr buenas relaciones con los diferentes actores. Plantear alternativas de seguimiento y control con el fin de garantizar la contratación de mano de obra local a la gente de la región durante el proceso de ejecución de la obra. Realizar visitas a las instituciones educativas, de salud, religiosas, establecimientos comerciales, que serán afectadas por el proyecto para informarles del mismo y a la vez para gestionar actividades que minimicen el impacto. En compañía del gestor social de la interventoría. Informar a la comunidad sobre los desvíos vehiculares, cambios de domiciliaria, suspensiones del servicio. Sensibilizar y concientizar a la comunidad impactada sobre el uso racional de los servicios públicos, que posibiliten la apropiación del servicio mas como ciudadanos que como usuarios, es decir, que vaya encaminado a la legalidad del servicio como contribución al crecimiento de la ciudad. Asistir y apoyar las reuniones con líderes y comunidad en general programadas por el AGUAS DE OCCIDENTE. Elaborar el plan de gestión social que deberá ser entregado dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la firma del contrato. Capacitar al personal de la obra y la comunidad. Concientizar la comunidad de los riegos durante la ejecución de las obras. Hacer seguimiento de manera permanente al manejo de las quejas y reclamos y canalizarlas de acuerdo con las necesidades. Propender por las buenas condiciones de los trabajadores en los frentes de trabajo. Apoyar eventos y programas convocados por áreas de AGUAS DE OCCIDENTE., contactando los líderes comunitarios y organizaciones legales del sector. Informe final que resuma las actividades realizadas y los objetivos alcanzados a través de cuadros, graficas y análisis de la información. En las reuniones con AGUAS DE OCCIDENTE. ó la interventoría entregar avances de las actividades Hacer el levantamiento de las Actas de Vecindad a todas las viviendas o negocios localizados sobre el corredor vial cercano a la zona de influencia directa previo al inicio de las obras (10 días antes). Hacer seguimiento periódico durante la ejecución de las obras dando aviso de ocurrencia de daños ocasionados por la actividad constructiva para realizar las reparaciones correspondientes a cargo del contratista de obra. Finalizada la intervención en el sector, levantar acta de cierre suscrita por propietario, residente de obra y residente social.

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Antes de iniciar la gestión social el contratista informará al contratante, quien a través de la interventoría hará la supervisión y aprobación de los formatos que se generen, los cuales serán de autoría del contratista, pero deberán ser aprobados por el interventor y AGUAS DE OCCIDENTE. para su aplicación. La iniciación de las actividades constructivas solo se realizará cuando el contratista, de acuerdo a su cronograma de actividades, haya realizado las actas de vecindad de los tramos a intervenir. Estas deberán haber sido revisadas y aprobadas por la interventoría. El contratista podrá realizar las actas de vecindad, de acuerdo con el cronograma establecido para la ejecución del contrato, teniendo en cuenta que no se aceptará como causal de suspensión de las actividades la no elaboración de estas. Por esto el contratista contemplará el tiempo de revisión de las actas por parte de la interventoría, ya que estas deberán ser aprobadas por este. Las actas de vecindad se entregaran a AGUAS DE OCCIDENTE. en medio magnético y físico, con el registro fotográfico organizado por acta. Los costos de elaboración de estas serán por cuenta del contratista y lo deberá considerar en su propuesta. Ninguna de las actividades de salud ocupacional, impacto comunitario, gestión social y seguridad industrial tendrá pago por separado y, por lo tanto, el contratista deberá incluir todos estos precios como costos en el A.I.U.I El gestor social del contratista deberá elaborar un informe mensual detallando las actividades relacionadas con su labor durante el mes, adjuntando todos los formatos elaborados durante este periodo y el registro fotográfico de las actividades ejecutadas. Conjuntamente con el interventor ó con aprobación de este, el contratista elaborará los formatos con los cuales hará el seguimiento a todas las actividades relacionadas con la gestión social del proyecto. Al finalizar la obra el contratista deberá elaborar un informe final indicando el cumplimiento de todas las actividades programadas dentro del plan de gestión social presentado al inicio del contrato, a la vez que demuestre la viabilidad de las estrategias utilizadas para lograr cada uno de los objetivos propuestos. LOCALIZACION Y REPLANTEO. El proyecto deberá localizarse horizontal y verticalmente dejando elementos de referencia permanente con base en las libretas de topografía y los planos del proyecto. El replanteo y nivelación de la obra será ejecutado por el Contratista, utilizando personal que posea licencia para ejercer la profesión y equipos de precisión adecuados para trabajo a realizar. Antes de iniciar las obras, el Contratista someterá a la verificación y aprobación de la Interventoría la localización general del proyecto y sus niveles. Durante la construcción, el contratista deberá verificar periódicamente las medidas y cotas, cuantas veces sean necesarias, para ajustarse al proyecto. El costo de estas medidas serán por cuenta del contratista. DESINSTALACION DE TUBERIAS. Esta se realizará cumpliendo con las normatividad establecida en materia de seguridad, con el fin de garantizar la correcta ejecución de la actividad. Para esto el contratista deberá garantizar los equipos e implementos necesarios, los cuales serán aprobados por la interventoría antes del desarrollo de la actividad.

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La seguridad en la ejecución de esta actividad, la disposición del material y la señalización de las mismas deben acogerse al capítulo de Impacto Comunitario y Seguridad Industrial (NEGC 1300) ENTIBADOS. Las excavaciones serán entibadas cuando sea necesario para prevenir el deslizamiento del material de los taludes de la excavación, evitando daños a la obra, a las redes o a estructuras adyacentes. El entibado debe proporcionar condiciones seguras de trabajo y facilitar el avance del mismo. Deben entibarse todas las excavaciones con profundidades mayores a 2,0 m y aquellas indicadas en los planos u ordenadas por la Interventoría. Los entibados no se podrán apuntalar contra estructuras que no hayan alcanzado la suficiente resistencia. Si la Interventoría considera que en cualquier zona el entibado es insuficiente, podrá ordenar que se aumente. Durante todo el tiempo, el Contratista deberá disponer de materiales suficientes y adecuados para entibar. El Contratista debe colocar el entibado a medida que avance el proceso de excavación y es responsable de la seguridad del frente de trabajo. Si el Contratista no ha recibido la orden de entibar cuando ello sea necesario, procederá a realizar esta operación justificándola posteriormente ante la misma Interventoría. En los casos en que se requiera colocar entibado se tendrá especial cuidado con la ubicación del material resultante de la excavación para evitar sobrecargas sobre éste. Dicho material se colocará en forma distribuida a una distancia mínima del borde de la excavación equivalente al 50% de su profundidad. En general, el entibado será extraído a medida que se compacte el lleno, para evitar así el derrumbe de los taludes. Los vacíos dejados por la extracción del entibado, serán llenados cuidadosamente por apisonado o en la forma que indique la Interventoría. El Contratista tendrá la responsabilidad por todos los daños que puedan ocurrir por el retiro del entibado antes de la autorización de la Interventoría. Cuando lo estime necesario, ésta podrá ordenar por escrito que todo o parte del entibado colocado sea dejado en el sitio y en este caso, será cortado a la altura que se ordene, pero por lo general tales cortes serán realizados 0,40 m por debajo de la superficie original del terreno. El entibado se colocará en forma continua (toda la pared cubierta) o discontinua (las paredes cubiertas parcialmente) según lo requieran las condiciones del terreno o de las vecindades. En este último caso se computarán, para efectos de pago, solamente las áreas netas cubiertas por el entibado. En ningún caso se considerará como entibado la colocación de marcos espaciados, comúnmente llamado puertas. Los elementos de un entibado en madera deben tener las dimensiones mínimas siguientes: 25 mm (1") de espesor para los tablones, los puntales o tacos estarán distanciados máximo 1,0 m. y tendrán una sección cuadrada de 100 mm x 100 mm (4" x 4") o sección de 100 mm (4") de diámetro. Se utilizarán tablones, maderas o puntales de madera de pino o similar, con una densidad mayor o igual a 0,4 gr/cm3, con una resistencia de trabajo a la flexión mayor o igual a 6 Mpa (0,6 Kg/cm2) y un contenido de humedad menor o igual al 20%. Ningún elemento podrá presentar hendiduras, nudos o curvaturas que afecten la calidad del entibado.

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Cuando se indique en los planos se colocará el entibado particular especificado. De todas maneras el Contratista velará y será el responsable de que las dimensiones y la calidad de la madera a utilizar sean las adecuadas para garantizar la resistencia requerida. La Interventoría recomendará una mayor protección cuando los desprendimientos del terreno pudieran poner en peligro la vida de los trabajadores o la estabilidad de las construcciones vecinas. El Interventor y/o AGUAS DE OCCIDENTE., puede ordenar la suspensión de los trabajos cuando a su juicio los entibados ordenados por el Contratista, no dieran la suficiente garantía de protección. EXCAVACIONES. Antes de iniciar una excavación el contratista investigará el sitio por donde cruzan las redes existentes. Si es necesario remover alguna de estas redes se debe solicitar la autorización para la ejecución de estos trabajos o la autorización para ejecutarlos. También se hará un estudio de las estructuras adyacentes para determinar y evitar los posibles riesgos que ofrezca el trabajo. No se permitirán voladuras que puedan perjudicar los trabajos o las estructuras vecinas. Cualquier daño resultante de voladuras indiscriminadas o mal ejecutadas, será reparado por el Contratista a su costo. Antes de iniciar las excavaciones se eliminarán todos los objetos que puedan desplomarse y que constituyen peligro para los trabajadores, tales como; árboles, rocas, rellenos, etcétera. Toda excavación será aislada y protegida mediante cerramientos con barandas u otros sistemas adecuados, ubicados a una distancia del borde de acuerdo a la profundidad de la excavación, y en ningún caso a menos de 1 m. Los taludes de la excavación se protegerán con apuntalamientos apropiados o recurriendo a otros medios que eviten el riesgo de desmoronamiento por pérdida de cohesión o acción de presiones originadas por colinas o estructuras colindantes a los bordes o a otras causas tales como la circulación de vehículos o la acción de equipo pesado, que generen incremento de presiones y vibraciones. En ningún caso el personal obrero que participe en labores de excavación, podrá hacerlo sin el uso de los elementos de protección adecuados y, específicamente, el casco de seguridad. Antes de iniciar la excavación se contará con Sistema de bombeo y líneas de evacuación de agua para mantener en condiciones de trabajo las zonas excavadas. Sistema de entibado, a usarse durante la excavación. El agua extraída no debe ser descargada en las calles sin la adecuada protección de la superficie en el punto de descarga. La reparación de todo daño producido correrá por cuenta del Contratista. No hay pago especial por el control de las aguas lluvias y de infiltración, etc.; su valor y pago queda incluido en el pago de la excavación. La seguridad en las excavaciones, la disposición del material y la señalización de las mismas deben acogerse al capítulo de Impacto Comunitario y Seguridad Industrial (NEGC 1300). En la obra se dispondrá de palancas, cuñas, barras, puntales, tablones, entre otros que no se utilizarán para la entibación sino que serán reservados para

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equipo de salvamento, así como de otros medios que puedan servir para eventualidades o socorrer a los operarios que puedan accidentarse. Siempre que dentro de las excavaciones haya operarios trabajando, se mantendrá un vigía en el exterior, que podrá actuar como ayudante de trabajo y dará la alarma en caso de producirse alguna emergencia. Se aplicará para esta actividad todos los criterios establecidos en el capítulo dos (2) de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción de Las Empresas Públicas de Medellín. Capítulo 2, especificación 201, cuya normatividad asociada es NEGC 107.2, 200, 202, 1300. 7.9.9.1 Control de agua residual. Esta especificación se refiere a todas las operaciones necesarias para mantener el escurrimiento normal de las aguas residuales. El contratista debe manejar las aguas residuales y cualquier interrupción en la recolección y transporte regular de las aguas residuales a través de esta red. El Contratista debe suministrar el equipo y elementos necesarios y el personal adecuado para instalar los bombeos, operar los equipos, para mantener las redes aguas arriba y las domiciliarias funcionando a flujo libre durante la construcción, de acuerdo con las instrucciones de la Interventoría y las consideraciones de campo resultantes de la visita. El Contratista debe suministrar todos los accesorios y tuberías necesarios para la correcta implementación de esa actividad. El costo que ocasiones los trabajos por el manejo de aguas residuales no se pagan por separado y deben considerarse las apropiaciones necesarias en los demás análisis necesarios para ejecutar esta actividad. LLENOS. Podrá utilizarse para el lleno los materiales que a juicio de la Interventoría y previos análisis de laboratorio, presente propiedades físicas y mecánicas apropiadas para lograr una compactación que garantice la resistencia adecuada y el mínimo asentamiento Los llenos que se requieran para el desarrollo de la obra se deberán conformar con materiales adecuados, libres de materia orgánica, basuras, lodos o terrones de arcilla. Los suelos orgánicos o los que contengan basuras y escombros no son materiales aptos para realizar llenos; por consiguiente, éstos no se deberán utilizar en la construcción de la obra. El Contratista deberá en todo momento tomar las medidas necesarias para el control de humedad de compactación en la obra. Pueden utilizarse cunetas interceptoras en las zonas de préstamo, telas impermeables, muretes o por cualquier otro método aprobado por la Interventoría para su protección. Una vez aceptado el material por parte de la Interventoría, y que hayan sido revisadas y aprobadas las tuberías instaladas y las demás estructuras a cubrir, el Contratista procederá a la colocación del lleno evitando la contaminación con materiales extraños e inadecuados. La colocación se hará por métodos mecánicos o manuales, en capas de 0,20 m de espesor máximo, de acuerdo con el tipo de trabajo, pero preservando siempre la estabilidad y la integridad de las instalaciones existentes y de las que se están ejecutando.

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Se tendrá especial cuidado en la compactación de manera que no se produzcan presiones laterales, vibraciones o impactos que causen roturas o desplazamientos de los elementos que se instalan o de otras estructuras existentes. El espesor de cada capa y el número de pasadas del equipo de compactación estarán definidos por la clase de material, el equipo utilizado y la densidad especificada. La Interventoría podrá exigir que el equipo reúna características determinadas de acuerdo con: Dimensiones de la excavación. Espesor total del lleno. Volumen total del lleno. Características del suelo de lleno. Resultados de los ensayos de compactación. En el proceso de compactación deberá obtenerse una densidad igual o mayor que el 90% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado. La humedad del material será controlada de manera que permanezca en el rango requerido para obtener la densidad especificada. Si llegan a ocurrir asentamientos del material de lleno o desplazamientos de las tuberías o estructuras, esto se considerará como evidencia de un trabajo mal ejecutado o del uso de materiales inadecuados, o ambas cosas, lo cual hará responsable al Contratista de su reparación sin costo alguno para las AGUAS DE OCCIDENTE.. Se rechazan como materiales de lleno la materia orgánica, arcillas expansivas, material granular mayor de 75 mm (3”), escombros, basuras y los suelos con límite líquido mayor del 50% y humedad natural que por su exceso no permita obtener la compactación especificada. El Contratista será responsable por los daños que se ocasionen por la ejecución de los llenos sin la previa autorización de la Interventoría. Ésta podrá exigir un estudio de los esfuerzos y las cargas sobre la estructura antes de iniciar los llenos correspondientes. CARGUE RETIRO Y BOTADA DE MATERIAL SOBRANTE. Cuando el material sobrante proveniente de las excavaciones deba retirarse a un sitio fuera de las áreas de trabajo, el Contratista lo hará asumiendo la responsabilidad por la disposición final del material en los botaderos por él determinada y debidamente aprobada por la autoridad competente durante la ejecución de las obras. La cantidad de material a retirar será determinada por la Interventoría. En los casos en que la Interventoría considere adecuado utilizar este material en otra zona de trabajo, ésta se considerará como botadero para la disposición final del material. El contratista deberá cumplir para la ejecución de esta actividad con la Resolución 541 de diciembre 14 de 1994 expedida por el Ministerio del Medio Ambiente. AFECTACION DE PAVIMENTOS. Cuando se afecte la estructura de una vía vehicular o peatonal en un veinte por ciento (20%) o más del área de la calzada, se reconstruirá íntegramente la estructura del pavimento ya sea rígido, flexible o articulado. Asimismo, el contratista deberá restablecer la señalización horizontal de tránsito que resulte deteriorada y aquellas placas geodésicas que se afecten.

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Igualmente según la resolución 0070 del 21 de enero de 2004 expedida por el Ministerio de Transporte es obligación de el contratista la realización de los trabajos de pavimentación con mezclas asfálticas con la respectiva certificación técnica a través de un laboratorio acreditado. El contratista antes de ejecutar cualquier actividad de pavimentación debe garantizar la calidad técnica de las mezclas asfálticas (en caliente o en frío) mediante la certificación de la calidad técnica de la planta productora expedida por laboratorios acreditados. Pavimento flexible. Se aplicará lo establecido en el capítulo 3, especificación 307 de las normas y especificaciones generales de construcción de empresas públicas de Medellín. Esta norma se refiere a la construcción de un pavimento de concreto asfáltico con mezclas asfálticas de gradación densa elaboradas en planta en caliente, extendidas en caliente en una o varias capas que tendrán la composición establecida por estas especificaciones y las dimensiones indicadas en los diseños u ordenadas por la Interventoría. Pavimento rígido Se aplicará lo establecido en el capítulo 3, especificación 308 de las normas y especificaciones generales de construcción de empresas públicas de Medellín. Esta norma se refiere a la construcción de pavimentos constituidos por losas de concreto no reforzado, las cuales se apoyarán sobre la subrasante preparada o sobre una base o sub-base, de acuerdo con los planos y especificaciones particulares. Base granular. Se aplicará lo establecido en el capítulo 3, especificación 303 de las normas y especificaciones generales de construcción de empresas públicas de Medellín. Esta actividad comprende el suministro, transporte, colocación, conformación y compactación de una o varias capas de materiales granulares destinados a servir como base estructural para pavimento. La base se construirá directamente sobre una subrasante, debidamente compactada y aprobada por la Interventoría, o sobre una sub-base de acuerdo con estas especificaciones y conforme a los alineamientos, espesores y perfiles indicados en el respectivo proyecto. ACOPIO DE MATERIALES. Este debe ser adecuado. Debe garantizar la calidad de los materiales allí establecidos, incluyendo el material que resulte de las excavaciones y quede selecto para ser utilizado en llenos. Se deben considerar para este las normas de urbanismo, de higiene, de seguridad industrial, de impacto comunitario y de impacto ambiental vigentes al momento de la construcción. El centro de acopio deberá contar permanentemente con los elementos necesarios para garantizar la protección de los materiales para su posterior utilización. Su capacidad la determinará el flujo de materiales. Los puntos de acopio de materiales deberán ser aprobados por la interventoría ó por AGUAS DE OCCIDENTE. Será responsabilidad del contratista la adquisición de los espacios para acopio y el pago de arriendos o cualquier cobro que pueda surgir. CONCRETO.

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Se aplicará para esta actividad todos los criterios establecidos en el capítulo cinco de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción de Las Empresas Públicas de Medellín. La cantidad de concreto de 3000psi que se deberán construir, estará determinada por la evaluación que realicen en campo la interventoría ó AGUAS DE OCCIDENTE. y suministro, transporte y colocación de gancho en cámara de inspección. INSTALACIÓN DE TUBERÍAS. Se aplicará para esta actividad todos los criterios establecidos en el capítulo ocho (8) de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción de Las Empresas Públicas de Medellín Esta especificación se refiere a las actividades de suministro, transporte, almacenamiento, manejo y colocación de tubería para alcantarillado, con los diámetros, alineamiento, cotas y pendientes mostrados en los planos del proyecto, las libretas de topografía o los ordenados por la Interventoría. Comprende además la construcción de la cimentación y el empotramiento definidos para el proyecto, el suministro de materiales y la construcción de las juntas entre tubos y las conexiones de la tubería a cámaras, cabezotes u otras obras existentes o nuevas. Los requisitos de diseño, la rigidez, los espesores de pared, los diámetros y tolerancias, los ensayos, los criterios de aceptación y rechazo y el rotulado, serán los definidos en las normas técnicas exigidas para cada tipo de tubería. El Contratista tomará las precauciones necesarias para prevenir daños a las tuberías durante su transporte y descargue. La Interventoría rechazará los tubos que presenten grietas o imperfectos tales como hormigueros, textura abierta o extremos deteriorados que impidan la construcción de juntas estancas. Los tubos defectuosos serán marcados y retirados de la obra sin reconocer su costo. El contratista deberá acoger lo establecido en el capítulo ocho para: Cimentación de la tubería. Instalación de la tubería. Juntas de las tuberías. Nivelación. Llenos de las zanjas. Pruebas de infiltración y estanqueidad. Empotramientos y anclajes. El costo de almacenamiento y transporte local se incluye en el precio por metro lineal de tubería instalada. Control del objetivo de las redes de acueducto. Con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos sobre las redes de acueducto, el contratista de obra, es responsable de: Informar redes en mal estado que no hayan sido incluidas en los proyectos de reposición. Informar sobre el hallazgo de instalaciones en fraude. Informar sobre inconsistencias entre las redes en los planos y las redes en el terreno. Informar sobre la conexión y el ingreso de clientes nuevos al sistema. No reconectar acometidas que presenten alguna anomalía con AGUAS DE OCCIDENTE Contar con todos los recursos necesarios antes de la ejecución de los empalmes previstos. Se deberá informar al interventor para que este revise y apruebe con mínimo 72 horas de anticipación la ejecución de los trabajos,. Cuando esto no sea así, se hará el aplazamiento del empalme programado. Informar construcción de taponadas previstas. Informar suspensión del servicio a las redes reemplazadas. Realizar control de presiones en las redes intervenidas con el fin de verificar que estén de acuerdo a las presiones del modelo hidráulico. Se define como criterio de aceptación que las

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presiones reales estén dentro de un rango de + o – el 20% de la presión del modelo. SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN. A continuación se especifican las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción. Así mismo, en los trabajos de montaje y desmontaje, incluido cualquier proceso de demolición, refacción o remodelación. Se tendrán en cuenta todas las normas vigentes de salud ocupacional establecidas por el ministerio del trabajo y de la protección social, entre ellas el decreto 614 de 1984, la resolución 2013 de 1986, resolución 1016 de 1989, resolución 02400 de 1977, Ley 52 de 1993, Ley 100 de 1993; Decreto Ley 1295 de 1994, Ley 776 de 2002 y Decreto 1607 de 2002, Decreto 1406 de 1999 de Ministerio de Hacienda y Sentencia C-543 de 2007 de la honorable Corte Constitucional, Resoluciones 2400 de 1979, 2413 de 1979, 8321 de 1983, 1792 de 1990, 1401 de 2007 y 1956 de 2008 del Ministerio de Protección Social, Circular Unificada 2004 de la Dirección General de Riesgos Profesionales; Ley 9ª de 1979 Título III Salud Ocupacional, la resolución número 003673 del 26 de septiembre de 2008, entre otras. Las cuales deberán cumplirse aplicándolas de manera correcta y total en las actividades a que se puedan referir. Se aplicará para esta actividad todos los criterios establecidos en el capítulo trece (13) de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción de Las Empresas Públicas de Medellín. El interventor podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de las obras, o de cualquier parte de ellas, si por parte del contratista existe una violación de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones de la interventoría al respecto, o en el caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes; en este último caso, la interventoría podrá obviar la comunicación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. El contratista en estos casos no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna o a ampliación del plazo contractual. salud ocupacional y seguridad industrial El contratista de obra debe contar con un Programa de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial (PSOSI), que cuenta con una definición de objetivos, metas, políticas, sistema de evaluación, personal responsable, cronograma con fechas de cumplimiento, panorama de riesgos y programas de manejo. El PSOSI, legalmente debe contener los siguientes aspectos: Política de salud ocupacional y seguridad industrial, la cual debe ser dada a conocer a todos los empleados. Reglamento de higiene y seguridad industrial para empresas que tengan 10 o más trabajadores, el cual debe ser sometido a la revisión y aprobación por parte de Ministerio de Protección Social (Art 349 del Código Sustantivo de Trabajo y Art 8 del Decreto 614 de 1984. Comité Paritario de Salud Ocupacional según lo establecido en el Decreto 614 de 1984. Este comité debe funcionar bajo los lineamientos establecidos en la Resolución 2013 de 1986 y el Artículo 63 del Decreto 1285 de 1994. Afiliación de empleados al Sistema de Seguridad Social de acuerdo a la Ley 100 de 1993. De esta manera la empresas deben afiliar a todos sus empleados a una Administradora de Riesgos

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Profesionales (ARP), Entidad promotora de Salud (EPS), Administradora de Fondo de Pensiones (AFP). Organización, responsabilidades y recursos. La Resolución 1016 de 1989 establece que “los patronos o empleadores estarán obligados a destinar los recursos humanos, financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional en las empresas y lugares de trabajo…” Identificación y evaluación de riesgos De acuerdo con el Artículo 11 de la Resolución 1016 de 1989 establece que el Programa de Salud Ocupacional debe contar con un Panorama de Riesgos que permita la localización y evaluación por sitios de trabajo y con base en el conocimiento de la exposición a que están sometidos los trabajadores. El Panorama de Riesgos debe revisarse y ajustarse durante el desarrollo de la obra y especialmente cuando se presenten cambios en las condiciones del trabajo, o cuando la actividad específica, así lo requiera. El Panorama de Riesgos será la base para la planeación y el desarrollo de las actividades del plan específico. Para la ejecución de las obras los contratistas constructores deben desarrollar el programa de Salud Ocupacional que de acuerdo con la Resolución 1016/89 debe estar constituido por los siguientes subprogramas: Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo La medicina preventiva comprende el conjunto de actividades encaminadas a educar a todos los trabajadores para evitar accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y riesgos específicos. La medicina del trabajo comprende las actividades dirigidas a promover y mejora la salud de los trabajadores, evaluar su capacidad laboral de acuerdo a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas; diagnosticar y tratar precozmente las alteraciones de la saludo derivadas de las condiciones de trabajo y reubicar o rehabilitar al afectado. El programa de higiene, salud ocupacional y seguridad industrial deberá contener por lo menos las siguientes actividades: Realizar exámenes médicos, clínicos y para clínicos para admisión, periódicos ocupacionales, reubicación, reingreso y retiro de los trabajadores. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica Realizar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores. Investigar y analizar los riesgos relacionados con la patología laboral y las enfermedades ocurridas, determinar causas y establecer medidas preventivas y correctivas Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios Diseñar y ejecutar programas para la prevención y control de enfermedades relacionadas o agravadas por el trabajo Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas de morbilidad y mortalidad de los trabajadores e investigar la relación con su actividad laboral. Promover actividades de recreación y deporte. Adelantar campañas, controlar la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo (Resolución 1075 de 1992) Previamente a la contratación del personal para la operación, se debe realizar los exámenes pre-ocupacionales, que permita registrar las condiciones de salud del trabajador y evaluar su capacidad para desempeñar las labores propias de la operación. Anualmente se deben practicar consultas a todos trabajadores encaminadas a cumplir con los siguientes objetivos: Determinar alteraciones en la

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salud relacionadas con el riesgo a que se encuentra expuesto durante su trabajo. Identificar posibles tendencias Prevenir y controlar el desarrollo de enfermedades profesionales. Evaluar el uso de equipos e implementos de protección personal Durante la realización de las consultas periódicas se debe revisar el cumplimiento del programa de vacunas, acorde con los riesgos de salud a los que se encuentran expuestos, de acuerdo a las recomendaciones del médico de salud ocupacional. Las consultas y controles médicos a los trabajadores pueden ser realizados a través de la empresa promotora de salud (EPS) y la evaluación de riesgos profesionales puede realizarse a través de la Aseguradora de Riesgos Profesionales (ARP), que por ley deben contar todos los empleados del relleno. Todos los empleados que laboren directamente en obra o que ingresen periódicamente deben contar con las vacunas que el médico de salud ocupacional estime necesaria para la prevención de enfermedades asociadas a los riesgos de la actividad. Se deberán realizar a todos los empleados conferencias o charlas sobre temas de salud preventiva, especialmente sobre las alteraciones osteomusculares, así como normas para el manejo de cargas y adopción de posturas. Igualmente se deben realizar campañas educativas a los trabajadores por medio de conferencias y de afiches informativos sobre las normas elementales de higiene y de comportamiento. Subprograma de Higiene Industrial La Higiene Industrial comprende la identificación, evaluación y control de aquellos factores ambientales que se originan en los lugares de trabajo y que pueden causar perjuicio o enfermedades a la salud o al bienestar de los trabajadores y ciudadanos en general. El programa de higiene debe incluir: Resultados obtenidos del panorama de riesgos, respecto a situaciones que producen enfermedades profesionales. Evaluación de los riesgos con ayuda de mediciones cualitativas (p.e partículas, gases, ruido, etc). Subprograma de Seguridad Industrial El Subprograma de Seguridad industrial debe desarrollar acciones que minimice y mitiguen los efectos de los factores de riesgo inherentes a los procesos y que puedan afectar la integridad física, mental y social de los trabajadores, la infraestructura interna y externa o la integridad de terceros. Comprende el conjunto de actividades dirigidas a prevenir, controlar y corregir todos los factores presentes en el medio ambiente de trabajo o en equipos, herramientas, máquinas, etc,; así como maniobras o actitudes de los trabajadores que pueden causar accidentes de trabajo El programa debe partir de la evaluación de riesgos basado en la identificación de riesgos, lo cual constituye el Panorama de Riesgos. Este incluye un reconocimiento detallado de factores de riesgos en cada puesto de trabajo y al número de trabajadores expuestos a cada uno de ellos. El Factor de Riesgo es toda condición ambiental, susceptible de causar daño a la saludo y/o proceso, cuando no existen o fallan los mecanismos de control. Se presentan los Factores de Riesgo que se pueden emplear en la elaboración del panorama de riesgos Factores

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Medio Fuente Físicos Medio ambiente físico Ruido Iluminación Temperatura Radiación Presión Químicos Contaminantes químicos Partículas sólidas Partículas líquidas Gases Vapores Solventes Metales Inseguridad Condiciones de seguridad Mecánicos Máquinas y herramientas Eléctricos Almacenamiento Transporte de Cargas Incendios y explosiones Instalaciones locativas defectuosas Biológicos Contaminantes biológicos Animados Inanimados Ergonómicos Carga de Trabajo Sobre-esfuerzo Manipulación de cargas Posturas de trabajo Superficies de trabajo Espacio Psicosociales Organización del trabajo Planeación de trabajo Distribución de trabajo Distribución horaria Relaciones Conflictos de autoridad Aspectos salariales

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El programa de Seguridad Industrial puede estar compuesto de los siguientes aspectos: Panorama de Riesgos: Se debe elaborar un panorama de factores de riesgo para obtener de información sobre éstos, y así mismo evaluar la exposición a que están sometidos los trabajadores por ellos. Se debe evaluar la magnitud de los riesgos para determinar su peligrosidad. Inspección de seguridad. Se debe implementar un plan de inspección de seguridad, que cuente con los procedimientos para la detección, valoración, prevención y corrección de los distintos factores de riesgo o causa de accidentes. Se deben identificar las condiciones inseguras para facilitar la aplicación de acciones preventivas o correctivas. Debe incluir la inspección y comprobación del buen funcionamiento de equipos de seguridad y control de riesgos. Mantenimiento. Se debe diseñar e implementar un programa de mantenimiento preventivo de las máquinas, herramientas e instalaciones locativas. Elementos de protección personal. Se debe suministrar elementos de protección personal cuando sea necesario y verificar que dichos elementos sean los adecuados en función del panorama de riesgos. Reportes: Se debe realizar un reporte e investigación de accidentes, los cuales deberán ser reportados a la ARP con la cual la empresa se encuentre afiliado. Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas sobre los accidentes de trabajo. Señalización. Se debe implementar señalización que incluya la delimitación y demarcación de áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación y señalizar las salidas de emergencia y zonas de protección y sectores peligrosos de la maquinaria e instalaciones. Hojas de seguridad. Se debe elaborar las hojas de seguridad de materiales y productos, materias primas o sustancias químicas empleados para el desarrollo de la obra (p.e. cal, cemento, oxidantes, etc). Implementar un plan de mantenimiento preventivo de máquinas y equipos empleados en la obra. Diseñar un conjunto de indicadores para evaluar el plan, el cual puede incluir índices de frecuencia y severidad de accidentes de trabajo; tasa de ausentismo general por accidente de trabajo, enfermedad profesional y común y; tasa de accidentalidad y enfermedad profesional. Plan de Emergencia. Se debe organizar y desarrollar un plan de emergencia, orientado a preservar la vida e integridad de todas las personas que por cualquier circunstancia estén relacionadas con la obra, incluyendo trabajadores, visitantes y la comunidad. Debe igualmente incluir acciones para preservar los bienes y activos de daños que puedan ser ocasionados por accidentes y catástrofes. Cronograma. Se debe elaborar un cronograma de actividades que hacen parte del PSOSI. A continuación se presentan algunas prácticas a considerar dentro del programa de Seguridad Industrial en Obra. Se designará antes de iniciar las labores, la persona responsable por la seguridad industrial, quien deberá conocer los procedimientos de trabajo y los planes de contingencia; así como las disposiciones legales vigentes sobre salud ocupacional y seguridad industrial. Cuando hay campamento o patio de almacenamiento de la tubería, éste se deberá proveer con un número suficiente de extintores para incendios, localizados estratégicamente sobre toda el área del mismo y especialmente en sitios donde sea mayor la posibilidad de esta emergencia. Se debe verificar que los empleados tienen un conocimiento apropiado acerca de los riesgos asociados a las labores que

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desempeñan. Incluir dentro del programa de entrenamiento una capacitación específica a los empleados, respecto a la labor que van a desempeñar. Debe incluir riesgos en los trabajos, su prevención y control. Se debe investigar y documentar los incidentes y accidentes de trabajo. Se deben tomar medidas para evitar su reincidencia. Prohibir el uso de cornetas o pitos que emitan altos niveles de ruido, de modo que no se viole el decreto 948 de 1995 y sus decretos reglamentarios. Evitar el empozamiento de aguas residuales y el vertimiento de las mismas a cuerpos de agua o drenajes naturales sin tratamiento previo. Todas las zonas de trabajos e interés de la zona del proyecto deben delimitarse y señalizarse debidamente, de acuerdo a las especificaciones de diseño. Dentro de las señales se debe incluir, entre otras, las siguientes: Se deberá conformar, capacitar y mantener la brigada de primeros auxilios, botiquines con dotación adecuada, así como analizar los sistemas de transporte en caso de emergencia, manteniendo principalmente camillas Antes de iniciar la obra se debe verificar que todos los empleados se encuentran afiliados a una empresa Administradora de Riesgos Profesionales (ARP). Se deberán realizar revisiones periódicas a los extintores, equipos y demás sistemas de seguridad. Se debe exigir la utilización de silenciadores y filtros de retención de partículas en los exostos de los vehículos, maquinaria y equipos, del proyecto. Se debe verificar que todos los empleados utilizan debidamente los implementos de protección personal. Todos los trabajadores deben colocarse el uniforme y equiparse con los implementos de protección personal, previamente al inicio de los trabajos. El uniforme de trabajo debe ser guardado en los casilleros y no debe portarse fuera de las instalaciones de la obra. Este uniforme solo podrá ser utilizado como máximo por 3 días, tiempo en el que se deberá lavar para su próximo uso. Se deberá tener una iluminación adecuada, suficiente y constante durante los trabajos nocturnos y en lugares oscuros. Se deberá realizar la limpieza del campamento y del lugar del trabajo con agua para no levantar polvo. Se deberán instalar barandas en aquellos lugares de difícil circulación, así como en los sitios peligrosos. Las escaleras, pisos y plataformas se deberán mantener en buen estado y arreglándolas inmediatamente se deterioren. Los sitios de trabajo, deberán presentar un buen sistema de ventilación local y general. Continuamente se deben realizar inspecciones de las condiciones de trabajo y de seguridad en los siguientes aspectos: Frentes de trabajo Vías de acceso Herramientas y equipos de trabajo en obra Vehículos de transporte de residuos Áreas de mantenimiento de maquinaria Todo personal nuevo que ingrese a laborar debe estar capacitado en el programa de salud ocupacional y seguridad industrial Comité paritario de salud ocupacional Las empresas con más de 10 empleados deben conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional, el cual es un ente de control interno. Los miembros del comité deben tener conocimiento de los aspectos básicos de la saludo de los empleados y de su ambiente de trabajo. El número de miembros depende del tamaño de la empresa y deberá estar constituido por representantes de los trabajadores. Proponer a la empresa, proyecto obra o actividad, las medidas y actividades relacionadas con la salud en el trabajo, adopción de medidas y el desarrollo de

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actividades que propendan por mejorar y mantener la salud de los trabajadores. Vigilar el cumplimiento de las actividades del programa de salud ocupacional. Realizar inspecciones a los lugares de trabajo con el fin de vigilar los ambientes de trabajo y las medidas de manejo para conservar la salud de los trabajadores y evitar accidentes laborales. Realizar actividades administrativas como llevar archivos, elegir secretario, llevar registros y presentar informes a la gerencia del proyecto o al encargado por parte de la empresa. Reglas básicas De conformidad con la Ley 100 de 1993, los contratistas están obligados a filiar a todos sus trabajadores al sistema de seguridad social integral, prestado por las entidades públicas o privadas autorizadas, con el fin de garantizar las prestaciones de salud, económicas y servicios sociales establecidos para los riesgos comunes y profesionales. De conformidad con el Decreto Ley N° 1295 de 1994, por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, los empleadores (contratistas) están obligados a afiliar y cotizar para todos sus trabajadores por accidente de trabajo y enfermedad profesional, de acuerdo a la clase de riesgo en el que se le clasifique. Todo el personal que labora en obra debe conocer el programa de salud ocupacional y seguridad industrial. Todas las personas deben tener una hoja de vida en el archivo de personal de la compañía, la cual debe contener los resultados de los exámenes médicos periódicos de salud ocupacional (Historia clínica), así como los registros de incidentes en que se ha participado. Todo personal que labora en obra debe portar uniforme con el logo y nombre de la empresa contratista y contratante. Se debe restringir el ingreso de personal ajeno. Los contratistas de obra deben contar con un manual salud ocupacional y seguridad industrial el cual debe ser objeto de permanente revisión y actualización periódica. Se debe instalar de forma visible a todo el personal los teléfonos de emergencia (Hospital o centro de salud más cercano, bomberos, defensa civil, oficina de atención de emergencias del municipio y cruz roja). Requisitos del lugar de trabajo El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Se mantendrá en buen estado y convenientemente señalizadas, las vías de acceso a todos los lugares de trabajo. El empleador programará, delimitará desde el punto de vista de la seguridad y la salud del trabajador, la zonificación del lugar de trabajo, en la que se consideran las siguientes áreas: Área de Operaciones de obra. Área de almacenamiento de materiales (acopios). Vías de circulación peatonal y de transporte de materiales. Áreas de acopio temporal de desperdicios. Igualmente se deberá programar los medios de seguridad apropiados, la distribución y la disposición de cada uno de los elementos que los componen dentro de los lugares zonificados. Se adoptarán todas las precauciones necesarias para proteger a las personas que se encuentren en la obra y sus inmediaciones, de todos los riesgos que puedan derivarse de la misma. El ingreso y tránsito de personas ajenas a la obra deberá ser utilizando el equipo de protección personal necesario, y será reglamentado por el responsable de Seguridad de la Obra. Instalaciones eléctricas provisionales

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Las instalaciones eléctricas provisionales para la obra deberán ser ejecutadas y mantenidas por personal calificado. Primeros auxilios El contratista será responsable de garantizar en todo momento la disponibilidad de medios adecuados y de personal de rescate con formación apropiada para prestar primeros auxilios. Teniendo en las características de la obra, se dispondrán las facilidades necesarias para garantizar la atención inmediata, y la evacuación a centros hospitalarios de las personas heridas o súbitamente enfermas. Servicios de bienestar En el área asignada para la obra, se dispondrá: Suministro de agua potable. Servicios sanitarios para hombres y para mujeres. Información y formación Se facilitara a los trabajadores Información sobre los riesgos de seguridad y salud por medio e vitrinas de información general, folletos, avisos gráficos, entre otros, instrucción para prevenir y controlar los riesgos de accidentes y manuales de seguridad que ayuden a prevenir y controlar los riesgos de accidentes. Orden y limpieza. El contratista contará con la mano de obra necesaria para realizar las labores de aseo y limpieza permanente de las vías y demás áreas dentro y fuera de la zona demarcada, que se vean afectadas por la ejecución de los trabajos y los sobrecostos de estas actividades serán analizados por el contratista para la presentación de su propuesta. En todo momento el contratista mantendrá los sitios de la obra limpios, en buenas condiciones sanitarias y libres de cualquier acumulación de materiales de desecho y basuras Mecanismos de supervisión y control El profesional o tecnólogo contratado para dicha labor será el responsable de supervisar el cumplimiento de plan de seguridad y salud y procedimientos de trabajo, quedará delegada en el jefe inmediato de cada trabajador. El responsable deberá colocar en un lugar visible el plan de seguridad. Protección contra incendios Se revisará en forma periódica las instalaciones dirigidas a prever y controlar posibles incendios en la construcción. Equipo básico de protección personal. Todo el personal que labore en la obra, deberá usar el siguiente equipo de protección personal de manera obligatoria: Ropa de trabajo adecuada de acuerdo a las labores por ejecutar (overol o camisa y pantalón). Casco de seguridad. Los cascos de seguridad serán de colores específicos.. Zapatos de seguridad o botas, para trabajos en zonas húmedas. En zonas donde el ruido alcance niveles mayores de 80 dB, los trabajadores deberán usar tapones protectores de oído. Se reconoce de manera práctica un nivel de 80 dB, cuando una persona deja de escuchar su propia voz en tomo normal. En zonas expuestas a la acción de productos químicos se proveerá al trabajador de ropa y de elementos de protección adecuados. En zonas de gran cantidad de polvo, proveer al trabajador de anteojos y respiradores contra el polvo, o colocar en el ambiente aspersores de agua. En zonas lluviosas se proporcionará al trabajador "carpas".

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Para trabajos en altura, se proveerá al trabador de los equipos necesarios para trabajos en alturas. El trabajador, en obras de altura, deberá contar con una línea de vida. Consistente en un cable de cuero de 3/8'' su equivalente de un material de igual o mayor resistencia. Los frentes de trabajo que estén sobre 1,50m (un metro con cincuenta centímetros) del nivel de terreno natural deberán estar rodeados de barandas y debidamente señalizados. Botiquín. En toda obra se deberá contar con un botiquín. Los elementos de primeros auxilios serán seleccionados por el responsable de la seguridad, de acuerdo a la magnitud y tipo de la obra Servicio de primeros auxilios. En caso de emergencia se ubicará en lugar visible un listado de teléfonos y direcciones de las Instituciones de auxilio para los casos de emergencia, se debe contar con una camilla en la obra. Para trabajos con equipos especiales: esmeriles, soldadoras, sierras de cinta o disco, taladros, chorros de arena (sandblast), etcétera se exigirá que el trabajador use el siguiente equipo: - Esmeriles y taladros: lentes o caretas de plástico. - Soldadura eléctrica: máscaras, guantes de cuero, mandil protector, de cuero, mangas de cuero, según sea el caso. - Equipo de oxicorte: lentes de soldador, guantes y mandil de cuero. - Sierras: anteojos y respiradores contra el polvo. - Sandblast: máscara, mameluco, mandil protector y guantes. Los equipos de seguridad deberán cumplir con normas específicas de calidad nacional o internacional. Los trabajos de cualquier clase de soldadura se efectuarán en zonas en que la ventilación sobre el área de trabajo sea suficiente para evitar la sobre-exposición del trabajador a humos y gases. En los, trabajos de oxicorte, los cilindros deberán asegurarse adecuadamente empleando en lo posible cadenas de seguridad. igualmente, se verificará antes de su uso, las condiciones de las líneas de gas. Accesos, circulación y señalización dentro del área de trabajo: Con el fin de evitar minimizar los riesgos de accidentes, el Contratista deberá colocar en la vía y en los andenes donde se estén realizando los trabajos las señales de tránsito informativas, preventivas, reglamentarias, siguiendo las normas estipuladas al respecto en el manual del Ministerio de Transporte y las de las autoridades Municipales competentes, así como instalar en forma continua cintas demarcadoras con logo para aislar por completo el área donde se ejecuten las obras. La señalización es temporal y su instalación será anterior a la iniciación de las obras, permanecerá el tiempo que duren los trabajos y se eliminará cuando los andenes y las calzadas estén en condiciones de recibir el respectivo tráfico, la función en esta etapa es la de guiar el tránsito vehicular y peatonal. Todos los frentes de trabajo contarán con un cerramiento de protección que límite el área donde se realizan las actividades y se contará mínimo con dos vallas móviles, en estas debe quedar claro que los trabajos que se están ejecutando son para AGUAS DE OCCIDENTE. y el nombre del contratista de obra. Igualmente se deberá considerar que: El área de trabajo estará libre de todo elemento punzante (clavos, alambres, hierros, etcétera.) y de sustancias tales como grasas, aceites u otros, que puedan causar accidentes por deslizamiento. Asimismo se deberá

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eliminar los conductores con tensión, proteger las instalaciones públicas existentes: agua, desagüe, etcétera. La circulación se realizará por rutas debidamente señalizadas con un ancho mínimo de 60 cm. El contratista deberá señalar los sitios indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las características de señalización de cada caso en particular. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, etcétera.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes. Se deberá alertar adecuadamente la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes. Como señales de advertencia preventivas se utilizarán señales convencionales como vía cerrada, desvío, barricadas, delineadores tubulares y vallas de cerramiento. En las horas diurnas se utilizarán barreras, o carteles indicadores que permitan alertar debidamente el peligro. En horas nocturnas se utilizarán iluminación suficiente para la ejecución de las actividades. TOPOGRAFÍA. Las actividades referentes a topografía deberán ser realizadas por Topógrafos debidamente reconocidos ante el Concejo Nacional de Topografía e inscritos en el Registro Nacional de Topógrafos; De lo cual deberá anexar constancia. Al topógrafo se le entregarán las coordenadas y cotas de puntos necesarios a los cuales debe amarrarse horizontal y verticalmente para la realización de los levantamientos y la localización de los proyectos. Y así presentar la información de los planos con base en éstas. Lo que permite posteriormente ubicar el proyecto con más exactitud. Toda la información entregada por AGUAS DE OCCIDENTE. es de uso exclusivo para el proyecto y será responsabilidad del contratista el cuidado de esta. El procedimiento para la ejecución de todas las actividades y presentación de la información se realizará de acuerdo a lo establecido en los manuales de topografía y referenciación de las Empresas Públicas de Medellín. http://www.eeppm.com/epm/documentos/institucional/pdf/SGCManualTopografia2002.pdf http://www.eeppm.com/epm/institucional/documents/Manual_Referenciacion_2007.pdf INTERVENTORIA. El contratista para la ejecución del trabajo debe tener en cuentas estas funciones y atribuciones del interventor, las cuales serán acatadas por él. En caso de discrepancia en alguna de las recomendaciones dadas por el interventor, el contratista deberá comunicar por escrito a AGUAS DE OCCIDENTE. y con constancia en el libro bitácora el hecho de manera inmediata, para que AGUAS DE OCCIDENTE. analice y de oportuna solución evitando cualquier afectación al normal desarrollo de la ejecución de las actividades. Atribuciones. Colaborar con el contratista con miras a la correcta ejecución y cumplimiento del contrato. Exigir el cumplimiento del contrato en todas o en cualquiera de sus partes. Atender y resolver toda consulta sobre la interpretación correcta de los planos y/o de las especificaciones. Atender y resolver toda consulta sobre omisiones, errores o discrepancias en los planos y/o de las especificaciones. Verificar que en contratista hayan obtenido los permisos, las licencias y realizado los análisis y las evaluación de alternativas constructivas,

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estudios de costos, etcétera. Estudiar o recomendar los cambios sustanciales que sean necesarios o convenientes en los planos o en las especificaciones y presentarlos a consideración de AGUAS DE OCCIDENTE. Decidir sobre los cambios en los planos o en las especificaciones, que no afecten sustancialmente estos documentos. Determinar la necesidad de ejecutar obra adicional o extra en el contrato de obra civil; presentar su justificación y precios a consideración de AGUAS DE OCCIDENTE. Aprobar, rechazar y hacer seguimiento del plan y programa de trabajo para el desarrollo del contrato. Aprobar o rechazar y auditar el sistema de aseguramiento de calidad de los trabajos del contratista. Aprobar o rechazar el planeamiento, diseño y construcción de las obras provisionales. Aprobar o rechazar los métodos de construcción, equipos, elementos, materiales, herramientas y calificación de la mano de obra a ser incorporada en la obra y vigilar su oportuno suministro y manejo. Inspeccionar la obra y velar porque se realice de acuerdo con los planos, las especificaciones y demás documentos del contrato. Verificar y controlar que se cumpla con el plan de calidad propuesto por el contratista para la ejecución de la obra. Ordenar la reconstrucción de las partes de la obra defectuosas y practicar la re-inspección. Exigir que la obra sea ejecutada cumpliendo con todos los requisitos de gestión de riesgos, salud ocupacional, higiene y seguridad industrial, establecidos en los documentos del contrato. Exigir que la obra sea ejecutada dando protección al medio ambiente y cumpliendo con todas las normas sobre manejo del impacto ambiental establecidas en los documentos del contrato y en la legislación colombiana. Verificar y certificar en asocio con el contratista, la medición y cómputo de las cantidades de obra ejecutadas, sus valores y precios para los efectos de las actas de pago. Vigilar y controlar el buen uso y conservación de los elementos de propiedad de AGUAS DE OCCIDENTE. que estén al servicio del contratista o de la obra. Podrá verificar que el contratista cumpla con todas las obligaciones laborales tales como: no contratar personas menores de edad; suscripción del contrato de trabajo del personal empleado en la ejecución de la obra; el pago oportuno del salario cotizado y que éste no sea inferior al mínimo legal vigente; el pago de las horas extras y del descanso dominical o festivo; pago del subsidio de transporte; afiliación del personal empleado y pago oportuno de los aportes a las empresas Promotoras de Salud E.P.S., a las Administradoras de Fondos de Pensiones A.F.P. y a las Administradoras de Riesgos Profesionales A.R.P., de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993; afiliación del personal empleado y pago oportuno de los aportes a la Caja de Compensación Familiar, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. Verificará que el contratista responda por el pago de las prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución de la obra, dentro de los períodos y plazos estipulados por la ley, entre ellas: prima de servicios, intereses a las cesantías, vacaciones, y suministro de calzado y vestido de labor. Además, velar por el suministro de los elementos y herramientas necesarias para el desarrollo de su labor, así como de los implementos de seguridad tales como cascos, botas, guantes, mascarillas, cinturones de seguridad, tapones auditivos, gafas, etcétera., y exigir su utilización durante el desarrollo de los trabajos.

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Verificará que el contratista cumpla con todas las disposiciones legales aplicables al personal empleado en la ejecución del contrato, con todas las regulaciones establecidas en el Código Sustantivo de Trabajo y normas que lo complementen, para lo cual podrá revisar los libros de contabilidad de el contratista con el fin de verificar los respectivos pagos. Analizar, para lo cual el Interventor tendrá acceso, la información completa y correcta sobre el número de personas empleadas en cada subdivisión del trabajo, sobre clasificación y salarios de cada uno, sobre el costo para el contratista de cada clase de materiales, herramientas, equipos e instrumentos utilizados por él en el trabajo y sobre las cantidades y clases de materiales empleados en cada subdivisión de la obra, y sobre todos los costos directos e indirectos, fijos o variables, imputables a la misma; para lo cual podrá revisar los libros de contabilidad y los registros de contabilidad de costos de el contratista y demás información requerida para conocer con detalle los costos de la obra. Llevar las bitácoras de campo que sean necesarias durante la ejecución de la obra, las cuales deberán ser firmadas cada día por el contratista y el interventor. En caso de existir desacuerdo con lo expresado por el interventor en la bitácora, el contratista deberá dejar constancia de su inconformidad en la misma. SEÑALIZACIÓN Teniendo en cuenta la absoluta necesidad de construir o practicar mantenimiento a las redes de servicios públicos en las vías y lugares aledaños y hacer otras obras, es responsabilidad de las AGUAS DE OCCIDENTE. y de sus Contratistas garantizar protección contra los riesgos que con motivo de los trabajos se pueden ocasionar para los trabajadores y equipo dentro de la zona de trabajo, lo mismo que para las personas y vehículos que transiten, tratando de dar una atención adecuada al mismo usuario y minimizar las interrupciones en el tráfico vehicular y peatonal. La mayoría de accidentes de trabajo o de tránsito que ocurren en las vías públicas o en las obras en construcción se deben, además de fallas humanas, a la falta de una señalización y protección adecuada en dichos sitios. AGUAS DE OCCIDENTE.., en lo relacionado con la señalización y protección de zonas de trabajo, se acogen, haciendo sus respectivos ajustes internos, a las disposiciones vigentes del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, al Manual sobre dispositivos para el control del tránsito y carreteras del MOPT, a las normas NTC 1461 y 1462, y además a las normas de las entidades reguladoras tales como: Secretaría de Transportes y Tránsito, Planeación, etc. El contratista deberá ejecutar todas sus actividades contemplando las normas establecidas en el capítulo número doce (12) Normas y especificaciones generales de construcción de las empresas públicas de Medellín. IMAGEN DEL CONTRATISTA Debe atenderse el Manual de Imagen de imagen y marca, el cual se adjunta en este pliego de condiciones.

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TERMINACIÓN

Acta de Terminación

La terminación del contrato se dará en las siguientes circunstancias: a en primer lugar ha de ocurrir la entrega de las obras dentro del plazo fijado para su elaboración; b si, vencido el plazo de ejecución de las obras, éstas no son entregadas, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. considerará la existencia de causas para la ampliación de dicho plazo o declarará el incumplimiento en la entrega y harán efectivas las compensaciones respectivas; esta declaratoria, sin embargo, no relevará al CONTRATISTA de su responsabilidad por la debida entrega de lo prometido; c cumplida efectivamente la ejecución de las obras, el contrato terminará al vencimiento de su vigencia en los términos previstos en el pliego; dentro del plazo que corre entre la entrega de las obras y el vencimiento de la vigencia, las partes harán efectivas las reclamaciones, pagos y demás compromisos derivados del contrato. Sobre todo si se han presentado circunstancias como las señaladas al final de párrafo anterior, las partes suscribirán un “Acta de Terminación” del contrato que dé cuenta de la culminación de la relación contractual. En ella se dejará constancia de los aspectos que las partes deseen formalizar por escrito y se declarará la satisfacción y cumplimiento de los derechos y obligaciones mutuas. Este documento será la base para la liquidación del contrato y, en todo caso, sólo valdrá cuando haya sido suscrito por quienes formalmente suscribieron el contrato correspondiente.

Liquidación

Dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación de las obras, LAS PARTES elaborarán un documento de “liquidación” dentro del cual dejarán constancia expresa del cumplimiento de las obligaciones principales, el soporte que existe para ello y la condición de “paz y salvo” a la que se ha llegado.