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Lima, 29 de mayo de 2021 El Informe N° 105-2021/VMCS/PASLC/UO-jcarrascoc, el Memorándum N° 753- 2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UO, de la Unidad de Obras, el Memorando N° 357- 2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UPP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando 583-2021-VIVIENDA/VMCS/PASLC/UA, de la Unidad de Administración, el Informe Legal Nº 196-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal, y; Que, con fecha 29 de diciembre del 2017, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (a través del Programa Agua Segura para Lima y Callao) y el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado (SEDAPAL S.A.), el cual tiene como objeto establecer las bases de cooperación interinstitucional entre VIVIENDA y la EPS para la ejecución de obra del proyecto: “Esquema Anexo 22 - Pampa Jicamarca de Canto Grande - Sectorización y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado - Distrito de San Antonio de Huarochirí", SNIP Nº 135337 - Código Único 2399586; Que, con fecha 22 de junio de 2018, el Programa de Agua Segura para Lima y Callao - PASLC, en adelante la Entidad, convocó en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, la Licitación Pública N° 004-2018-VIVIENDA- VMCS-PASLC, para la ejecución de Obra: “Esquema Anexo 22 - Pampa Jicamarca de Canto Grande - Sectorización y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado - Distrito de San Antonio de Huarochirí", en adelante la Obra, por el valor referencial de S/ 291 963 186,80 (Doscientos noventa y uno millones novecientos sesenta y tres mil ciento ochenta y seis con 80/100 soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra; Que, dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por la Ley N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015- EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF; Que, con fecha 26 de diciembre de 2018, la Entidad suscribió el Contrato N° 10- 2018/VIVIENDA/ VMCS/PASLC, con la empresa IVC CONTRATISTAS GENERALES S.A, en adelante el Contratista, para la ejecución de la obra, por el monto de S/ 288, 539,511.68 (Doscientos ochenta y ocho millones quinientos treinta y nueve mil

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Lima, 29 de mayo de 2021

El Informe N° 105-2021/VMCS/PASLC/UO-jcarrascoc, el Memorándum N° 753-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UO, de la Unidad de Obras, el Memorando N° 357-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UPP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, elMemorando N° 583-2021-VIVIENDA/VMCS/PASLC/UA, de la Unidad deAdministración, el Informe Legal Nº 196-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UAL, de laUnidad de Asesoría Legal, y;

Que, con fecha 29 de diciembre del 2017, se suscribió el Convenio deCooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento (a través del Programa Agua Segura para Lima y Callao) y el Servicio deAgua Potable y Alcantarillado (SEDAPAL S.A.), el cual tiene como objeto establecer lasbases de cooperación interinstitucional entre VIVIENDA y la EPS para la ejecución deobra del proyecto: “Esquema Anexo 22 - Pampa Jicamarca de Canto Grande -Sectorización y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado - Distritode San Antonio de Huarochirí", SNIP Nº 135337 - Código Único 2399586;

Que, con fecha 22 de junio de 2018, el Programa de Agua Segura para Lima yCallao - PASLC, en adelante la Entidad, convocó en el Sistema Electrónico deContrataciones del Estado - SEACE, la Licitación Pública N° 004-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC, para la ejecución de Obra: “Esquema Anexo 22 - Pampa Jicamarca deCanto Grande - Sectorización y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable yAlcantarillado - Distrito de San Antonio de Huarochirí", en adelante la Obra, por el valorreferencial de S/ 291 963 186,80 (Doscientos noventa y uno millones novecientossesenta y tres mil ciento ochenta y seis con 80/100 soles), incluido los impuestos de Leyy cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra;

Que, dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de la Leyde Contrataciones del Estado, aprobada por la Ley N° 30225, modificada por el

Decreto Legislativo N° 1341, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°350-2015- EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF;

Que, con fecha 26 de diciembre de 2018, la Entidad suscribió el Contrato N° 10-2018/VIVIENDA/ VMCS/PASLC, con la empresa IVC CONTRATISTAS GENERALESS.A, en adelante el Contratista, para la ejecución de la obra, por el monto de S/ 288,539,511.68 (Doscientos ochenta y ocho millones quinientos treinta y nueve mil

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quinientos once con 68/100 soles), incluido los impuestos de Ley, y cualquier otroconcepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra, con un plazo desetecientos cincuenta (750) días calendario;

Que, asimismo, el 26 de diciembre de 2018, la Entidad suscribió con la empresaACRUTA & TAPIA INGENIEROS S.A.C, en adelante la Supervisión, el Contrato N° 11-2018/VIVIENDA/VMCS/PASLC, para la supervisión de la obra, por el monto de S/ 10,155,737.91 (Diez millones ciento cincuenta y cinco setecientos treinta y siete con 91/100soles), incluido los impuestos de Ley, y cualquier otro concepto que incida en el costototal de la ejecución de la obra, con un plazo de ochocientos cuarenta (840) díascalendario;

Que, con fecha 03 de enero de 2019, se realizó el acto de entrega de terreno,quedando establecido el día 08 de enero del 2019 como fecha de inicio de obra;

Que, mediante Resolución Directoral N° 017-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, del 14 de febrero de 2020, se aprueba la Prestación Adicional de Obra N° 01 delContrato N° 010-2018/VIVIENDA/VMCS/PASLC, para la ejecución de Obra, por elmonto de S/ 2 956 612,96 (Dos millones novecientos cincuenta y seis mil seiscientosdoce con 96/100 soles), incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuya incidenciaespecífica es del 1.02468% del monto contractual; así como, el Presupuesto DeductivoVinculante N° 01, por la suma de S/ 2 905 004,63 (Dos millones novecientos cinco milcuatro con 63/100 soles), incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuya incidenciaespecífica es del 1.00680% del monto del contrato original, representando ambos unaincidencia acumulada de 0.01789% respecto del monto del contrato original, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 21 de febrero de 2020, a través de la Resolución Directoral N°023-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 01, por el monto de S/ 1,319,380.11 (Un millón trecientos diecinueve miltrescientos ochenta con 11/100 soles) incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuyoporcentaje de incidencia es 0.45726% del monto del contrato original, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 18 de junio de 2020, con Resolución Directoral Nº 047-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N°02, por el monto de S/ 593,654.73 (quinientos noventa y tres mil seiscientos cincuentay cuatro con 73/100 soles), incluido IGV, que representa una incidencia específica de0.20574% del monto contractual, y un porcentaje de incidencia acumulada de 0.68089%del monto del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la citada Resolución;

Que, con fecha 22 de junio de 2020, a través de la Resolución Directoral Nº 049-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 03, por el monto de S/ 318 510,82 (Trescientos dieciocho mil quinientos

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diez con 82/100), incluido IGV, que representa una incidencia específica de un0.11039% y la incidencia acumulada es de 0.79128% del monto del contrato original,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 31 de agosto de 2020, mediante Resolución Directoral Nº 158-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 04, por el monto de S/ 94,164.26 (Noventa y cuatro mil ciento sesenta ycuatro con 26/100, incluido IGV), que representa una incidencia específica de un0.03263% y una incidencia acumulada de 0.82391% del monto del contrato original, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 186-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA del 09 de setiembre de 2020, la Entidad aprobó la Prestación Adicional de Obra N°02, por el monto de S/ 20 275 501.38 (Veinte Millones Doscientos Setenta y Cinco MilQuinientos Uno con 38/100 soles), incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuyaincidencia específica es 7.02694% del monto contractual; así como, el PresupuestoDeductivo Vinculante N° 02, por la suma de S/ 28 787 045.26 (Veintiocho MillonesSetecientos Ochenta y Siete Mil Cuarenta y Cinco con 26/100 soles), incluido GastosGenerales, utilidad e IGV, cuya incidencia específica es del -9.97681%, representandoambos una incidencia acumulada de –2.94987% respecto del monto del contratooriginal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citadaResolución;

Que, con fecha 17 de setiembre de 2020, con Resolución Directoral Nº 197-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 05, por el monto de S/ 391,917.11 (Trescientos noventa y un milnovecientos diecisiete con 11/100, incluido IGV), que representa una incidenciaespecífica de un 0.11157% y una incidencia acumulada de -2.01439% respecto delmonto del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela citada Resolución;

Que, con fecha 23 de octubre de 2020, a través de la Resolución Directoral Nº231-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 06, por el monto de S/ 917,065.20 (Novecientos diecisiete mil sesenta ycinco con 20/100 soles incluido IGV), que representa un porcentaje de incidenciaespecífica de un 0.31783% y la incidencia acumulada es de -1.69656% respecto delmonto del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela citada Resolución;

Que, con fecha 20 de noviembre de 2020, mediante Resolución Directoral Nº241-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, la Entidad autorizó el pago de los mayoresmetrados N° 07 – octubre 2020, por el monto de S/ 4,610,806.12 (Cuatro millonesseiscientos diez mil ochocientos seis con 12/100 soles incluido IGV), que representauna incidencia específica de un 1.59798% y la incidencia acumulada es de -0.09858%

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respecto del monto del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 11 de diciembre del 2020, la Entidad con la Resolución DirectoralNº 256-2020-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, aprobó la Prestación Adicional de Obra N°03, por el monto de S/ 1 103,615,71 (Un millón ciento tres mil seiscientos quince con71/100 soles), incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuya incidencia específica esdel 0.38248% del monto del contrato original; así como, el Presupuesto DeductivoVinculante N° 03, por la suma de S/ -142 958,51 (Ciento cuarenta y dos mil novecientoscincuenta y ocho con 51/100 soles), incluido Gastos Generales, utilidad e IGV, cuyaincidencia específica es del 0.04955% del monto del contrato original, representandoambos una incidencia acumulada de 0.23436% respecto del monto del contrato original,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 29 de enero de 2021, a través de la Resolución Nº 014-2021-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UO, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N°08 – noviembre 2020, por el monto de S/ 2,105,569.31 (Dos millones ciento cinco milquinientos sesenta y nueve con 31/100 soles incluido IGV), que representa unaporcentaje de incidencia específica de un 0.72973% y la incidencia acumulada es de -0.96409%, del monto del contrato original, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 30 de enero del 2021, a través de la Resolución Directoral N° 20-2021/VMCS/PASLC/UO, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N° 09,por el monto de S/ 791,001.52 (Setecientos noventa y un mil uno con 52/100 soles)incluido IGV, que representa un porcentaje de incidencia específica de un 0.27414% yla incidencia acumulada es de 1.23823 % del monto contractual, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 28 de febrero del 2021, mediante la Resolución Directoral N°031-2021/VMCS/PASLC/UO, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N°10, por el monto de S/ 122,623.41 (Ciento veintidós mil seiscientos veintitrés con 41/100soles) incluido IGV; que representa un porcentaje de incidencia específica de un0.04250% y la incidencia acumulada es de 1.28073% del monto contractual, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 30 de marzo de 2021, a través de la Resolución Directoral N°040-2021/VMCS/PASLC/UO, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N°11, por el monto de S/ 45,856.28 (Cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta y seis con28/100 soles incluido IGV), que representa un porcentaje de incidencia parcial de0.015895% y una incidencia acumulada de 1.29662% del monto del contrato original,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 051-2021-VIVIENDA-VMCS-PASLC-UA, de fecha 13 de abril de 2021, la Entidad aprobó la Prestación Adicional de Obra N°

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04, por el monto de S/ 4,892,050.48 (Cuatro millones ochocientos noventa y dos milcincuenta y 48/100 soles) incluidos gastos generales, utilidad e IGV, la misma querepresenta el 1.69545% de incidencia con respecto al monto del contrato original; y, elDeductivo Vinculante de Obra N° 04 por el monto de S/ 2,428,266.73 (Dos millonescuatrocientos veintiocho mil doscientos sesenta y seis con 73/100 soles) incluidosgastos generales, utilidad e IGV, la misma que representa el -0.84157% de incidenciaespecífica, representando una incidencia acumulada de 2.15050% del monto delcontrato original, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citadaResolución;

Que, con fecha 30 de abril de 2021, a través de la Resolución Directoral N° 066-2021/VMCS/PASLC/UO, la Entidad autorizó el pago de los mayores metrados N° 12,por el monto de S/ 551, 215.85 (Quinientos cincuenta y un mil doscientos quince con85/100 soles incluido IGV), que representa un porcentaje de incidencia parcial de0.19104% y una incidencia acumulada de 2.34154% del monto del contrato original, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, con fecha 06 de mayo de 2021, mediante la Carta N° 500-2021-ATINSAC/RL, la Supervisión remitió a la Entidad, la Carta N° 309-2021- IVC/Jicamarca,mediante la cual adjunta la valorización de mayores metrados N° 13, correspondiente almes de abril 2021, elaborada por el contratista;

Que, mediante Memorándum N° 753-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UO, defecha 21 de mayo de 2021, el Responsable de la Unidad de Obras adjunta y expresa suconformidad respecto a lo señalado en el Informe N° 105-2021-VIVIENDA-VMCS/PASLC/UO-jcarrascoc, elaborado por el coordinador de la Obra; en dichoInforme el Coordinador, luego de la revisión de los documentos presentados por laSupervisión, concluye que corresponde otorgar la conformidad de la Valorización demayores metrados Nº 13, cuyo presupuesto total alcanza la suma de S/ 21,874.08(Veintiún mil ochocientos setenta y cuatro con 08/100 Soles) incluido IGV, de acuerdo alos siguientes argumentos:

“(…)

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01

01.03.01.02.05 Acarreo de desmonte a zona de acceso vehicular (D<40m) m3 0.00% 2.97

01.02.02.03.02.06 Acero estruc. trabajado para columnas (costo prom. incl. desperdicios) kg 0.25% 1,003.56

01.02.01.03.02.06.03 Acero estruc. trabajado para vigas (costo prom. incl. desperdicios) kg 0.07% 278.34

01.02.02.04.01.02 Alambre negro N° 8 para confinamiento de muros (incluye desperdicio) m 0.55% 503.94

01.02.02.03.01.02 Concreto 1:10 + 30% piedra grande para cimiento corrido (Cemento P-V) m3 0.01% 34.52

01.02.02.03.01.03 Concreto 1:8 + 25% P.M. p/sobrecimientos (Cemento P-V) m3 1.50% 1,587.83

01.02.03.03.02.01 Concreto f’c 210 kg/cm2 para columnas (Cemento P-I) m3 1.01% 1,827.95

01.02.01.02.07 Eliminación de desmonte en terreno rocoso R=20 km con maquinaria m3 0.00% 4.46

01.02.02.03.02.05 Encofrado (incl. habilitación de madera) para columnas m2 0.42% 1,992.70

01.02.02.03.01.04 Encofrado (incl. habilitación de madera) para sobrecimientos m2 2.05% 4,474.38

01.02.01.02.03 Excavaciones terreno rocoso c/compresora hasta 1,00 m prof.(sin emplear explosivo) m3 0.00% 14.86

01.02.05.04.01.01 Muros de ladrillo king kong de arcilla de soga caravista c/mortero 1:4 x 1,5cm m2 0.45% 1,557.18

01.02.01.02.04 Refine, nivelación y compactación en terreno rocoso m2 0.00% 1.92

01.02.01.02.05 Relleno compactado con material de préstamo afirmado (incl. provisión) m3 0.01% 29.91

01.02.05.01.02 Replanteo final de la obra, para cerco perimetrico ( con equipo) m 0.01% 0.12

01.02.05.04.02.01 Solaqueado de muro caravista de ladrillo king kong soga con mortero 1:3 m2 0.37% 1,208.35

01.02.05.04.02.03 Tarrajeo int./ext. de columnas con mortero 1:5x1,5 cm m2 0.84% 837.23

01.02.05.04.02.02 Tarrajeo int./ext. de sobrecimiento con mortero 1:5x1,5 cm m2 2.92% 2,172.27

01.02.05.01.01 Trazo y replanteo inicial para cerco perimetrico (con equipo) m 0.01% 0.67

02.01.01.37 Empaquetadura de jebe enlonada DN 600 und 47.85

02.01.01.38 Empaquetadura de jebe enlonada DN 400 und 392.70

02.01.01.39 Empaquetadura de jebe enlonada DN 350 und 82.50

02.01.01.40 Empaquetadura de jebe enlonada DN 300 und 958.32

02.01.01.42 Empaquetadura de jebe enlonada DN 100 und 633.60

02.01.01.43 Empaquetadura de jebe enlonada DN 50 und 155.10

02.01.01.45 Perno de acero incluye tuerca para unir bridas DN 400 und 9,720.58

02.03.01.70 Empaquetadura de jebe enlonada DN 200 und 383.13

02.03.01.78 Perno de acero incluye tuerca para unir bridas DN 200 und 11,647.56

02.06.01.57 Perno de acero incluye tuerca para unir bridas DN 150 und 12,216.24

02.07.01.24 Medidor de caudal electromagnetico BB DN 100mm con profibus DP und 9,500.00

04

03

03.02.07.03.08 Relleno comp.zanja(pul) p/tub t-semiroca DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m -3.47% -54.23 -1,704.45

03.02.07.03.09 Relleno comp.zanja(pul) p/tub t-semiroca DN 100 - 150 de 1,26 m a 1,50 m prof. m 0.04% 288.77

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05

05.02

05.02.02

05.02.02.03 Excavación zanja (s/exp) p/tub. t-rocoso DN 50 - 80 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 8.73% 6,668.64

05.02.02.06 Excavación zanja (s/exp) p/tub. t-rocoso DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 2.58% 13,631.61

05.02.02.09 Refine y nivel de zanja terr-rocoso p/ tub. DN 50 - 80 para toda profund. m 8.73% 309.53

05.02.02.12 Refine y nivel de zanja terr-rocoso p/ tub. DN 100 - 150 para toda profund. m 2.58% 765.71

05.02.02.15 Relleno comp.zanja(pulso)p/tub t-rocoso DN 50 - 80 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 8.73% 2,299.14

05.02.02.18 Relleno comp.zanja(pulso)p/tub t-rocoso DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 2.58% 5,154.13

05.02.02.21 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 50 - 80 de 1,01 m a 1,25 m m 8.73% 1,762.25

05.02.02.24 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m m 2.58% 4,012.77

05.02.05

05.02.05.03

05.02.05.03.02 Cámara tipo circular DI=1,5 m p/válvula purga t. semirocoso 1,51 - 1,75 m prof. und 17.07% 22,923.04

05.02.05.03.03 Cámara tipo circular DI=1,5 m p/válvula purga t.rocoso s/exp. 1,51 - 1,75 m prof und 100.00% 7,829.06

05.02.05.03.04 Suministro instalación hidráulica para válvula de purga DN 100 en línea DN 100 und 18.00% 34,677.54

06

06.02

06.02.02 MOVIMIENTO DE TIERRAS

06.02.02.02 Excavac. zanja (máq.) p/tub. terr-normal DN 200 - 250 de 1,51 m a 1,75 m prof. m -61.86% -2,152.12 -32,647.66

06.02.02.03 Excavac. zanja (máq.) p/tub. terr-normal DN 200 - 250 de 1,76 m a 2,00 m prof. m -6.71% -103.57 -1,906.72

06.02.02.08 Excav. zanja (máq.) p/tub. t-semirocoso DN 200 - 250 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 30.26% 921.25

06.02.02.10 Excav. zanja (máq.) p/tub. t-semirocoso DN 200 - 250 de 1,51 m a 1,75 m prof. m -17.19% -4,189.00 -95,299.75

06.02.02.11 Excav. zanja (máq.) p/tub. t-semirocoso DN 200 - 250 de 1,76 m a 2,00 m prof. m -26.34% -2,776.57 -76,716.63

06.02.02.20 Excavación zanja (s/exp) p/tub. t-rocoso DN 200 - 250 de 1,26 m a 1,50 m prof. m 2.97% 17,397.90

06.02.02.29 Refine y nivel de zanja terr-rocoso p/ tub. DN 200 - 250 para toda profund. m 3.79% 1,681.39

06.02.02.32 Relleno comp.zanja(pulso) p/tub t-normal DN 200 - 250 de 1,76 m a 2,00 m prof. m -6.71% -103.57 -8,734.06

06.02.02.37 Relleno comp.zanja(pul) p/tub t-semiroca DN 200 - 250 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 18.48% 1,372.28

06.02.02.49 Relleno comp.zanja(pulso)p/tub t-rocoso DN 200 - 250 de 1,26 m a 1,50 m prof. m 3.60% 6,997.51

06.02.02.52 Relleno comp.zanja(pulso)p/tub t-rocoso DN 200 - 250 de 2,01 m a 2,50 m prof. m -44.38% -204.02 -27,475.37

06.02.02.58 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 200 - 250 de 1,26 m a 1,50 m m 2.97% 4,588.03

06.02.02.59 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 200 - 250 de 1,51 m a 1,75 m m -55.89% -653.96 -29,460.90

06.02.02.60 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 200 - 250 de 1,76 m a 2,00 m m -79.99% -575.98 -29,662.97

06.02.02.61 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 200 - 250 de 2,01 m a 2,50 m m -51.86% -238.41 -24,639.67

06.02.04

06.02.04.10 Buzón I t. semiroca a maq. 1,01 a 1,25 m prof. (encof. exterior e interior) C-PV und 7.94% 11,242.25

06.02.04.14 Buzón I t. semiroca a maq. 2,01 a 2,50 m prof. (encof. exterior e interior) C-PV und 4.17% 16,298.95

06.02.04.21 Buzón I t. rocoso sin explosivo de 1,01 a 1,25 m prof. (encofrado interior) C-PV und 200.00% 6,142.86

06.02.04.22 Buzón I t. rocoso sin explosivo de 1,26 a 1,50 m prof. (encofrado interior) C-PV und 9.02% 37,625.39

06.02.04.24 Buzón I t. rocoso sin explosivo de 1,76 a 2,00 m prof. (encofrado interior) C-PV und 7.14% 4,290.41

06.02.04.25 Buzón I t. rocoso sin explosivo de 2,01 a 2,50 m prof. (encofrado interior) C-PV und -9.09% -1.00 -5,028.30

06.02.04.26 Buzón I t. rocoso sin explosivo de 2,51 a 3,00 m prof. (encofrado interior) C-PV und 25.00% 5,897.22

06.03

06.03.02

06.03.02.02 Excav. zanja (pulso) p/tub. terr-normal DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 17.69% 5,776.68

06.03.02.09 Excav. zanja (pulso) p/tub. t-semirocoso DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 10.91% 28,786.80

06.03.02.16 Excavación zanja (s/exp) p/tub. t-rocoso DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 29.54% 6,869.32

06.03.02.26 Relleno comp.zanja(pulso) p/tub t-normal DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 17.69% 4,845.64

06.03.02.33 Relleno comp.zanja(pul) p/tub t-semiroca DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 10.91% 22,624.89

06.03.02.40 Relleno comp.zanja(pulso)p/tub t-rocoso DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m prof. m 29.54% 2,597.30

06.03.02.49 Elimin. desmonte(carg+v) t-rocoso D=20km p/tub DN 100 - 150 de 1,01 m a 1,25 m m 29.54% 2,022.14

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07

07.03

07.03.04 Excavac. zanja (máq.) p/tub. terr-normal DN 500 - 600 de 3,01 m a 3,50 m prof. m 1.40% 793.78

07.03.33 Entibado metálico ambas caras, tipo cajón (Box), de zanjas de 3.01 a 3.50 m de prof. (Incl. Instalación, mantenimiento y retiro)m 0.94% 1,075.54

07.05

07.05.06 Buzón II en terreno normal a máquina 4,01 m a 5,00 m de profundidad (C-PV) und -9.09% -1.00 -10,562.84

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OBRAS CIVILES - ESTRUCTURAS 26,581,613.17 20,555.88 348,215.23 368,771.11EQUIPAMIENTO HIDRAULICO Y ELECTRICO 39,861,306.06 53,622.74 7,830.44 61,453.18LINEAS DE AGUA POTABLE 28,701,667.50 -1,659.75 19,921.00 18,261.25LINEAS DE ALCANTARILLADO 18,052,752.34 0.00 664,829.30 664,829.30REDES Y CONEXIONES DE AGUA POTABLE 33,343,103.38 117,279.18 994,570.42 1,111,849.60REDES Y CONEXIONES DE ALCANTARILLADO 55,274,194.09 -168,349.40 9,526,977.97 9,358,628.57COLECTOR DE DESCARGA - ANEXO 22 37,243,900.16 -10,192.28 438,850.14 428,657.86

1.1 REAJUSTE 7,280.99 863,330.51 870,611.50

2.1 ANTICIPO 0.00 0.00 0.00 0.002.2 ANTICIPO POR MATERIALES N° 01 9,467,695.68 0.00 0.00 0.002.3 ANTICIPO POR MATERIALES N° 02 3,655,510.18 0.00 0.00 0.002.4 ANTICIPO POR MATERIALES N° 03 1,037,732.20 0.00 0.00 0.00

3.1 SUB TOTAL 244,525,009.88 18,537.36 12,864,525.01 12,883,062.373.2 POR I.G.V (18%) 44,014,501.78 3,336.72 2,315,614.50 2,318,951.23

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Que, con fecha 25 de mayo de 2021, mediante el Memorando N° 357-2021-VIVIENDA-VMCS/PASLC/UPP, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, remite elreporte de la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 622, por el importe de S/21,874.08 (Veintiun mil ochocientos setenta y cuatro con 08/100 soles), certificando quese cuenta con los recursos presupuestarios disponibles en la secuencia funcional paraatender lo solicitado, por lo cual, en la misma fecha, a través del Memorando N° 583-2021-VIVIENDA-VMCS/PASLC/UA, la Unidad de Administración remitió el expedientede los Mayores Metrados de Obra N° 13 a la Unidad de Asesoría Legal, adjuntando lacertificación de crédito presupuestario correspondiente, para la emisión de la opiniónlegal correspondiente, así como elaborar el proyecto de Resolución Directoralrespectiva;

Que, el del Reglamento aplicable, defineal mayor metrado como:

Que, el numeral 175.10. del artículo 175º del Reglamento, aplicable señala quecuando en los contratos de obra a precios unitarios se requiera

; elencargado de autorizar el pago es el Titular de la Entidad o a quien se le delegue dichafunción. Asimismo, refiere que, el monto acumulado de los mayores metrados y lasprestaciones adicionales de obras, restándole los presupuestos deductivos vinculados,no puede superar el quince por ciento (15%) del monto del contrato original. El monto apagarse por la ejecución de estos mayores metrados se computa para el cálculo del

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límite para la aprobación de adicionales, previsto en el segundo párrafo del numeral 34.3del artículo 34º de la Ley;

Que, al respecto la Dirección técnica Normativa del OSCE, en los numerales 2.3y 2.4 de la Opinión Nº 125-2017/DTN señala:

;

Que, asimismo, en los numerales 2.1.2 y 2.1.3 de la Opinión Nº 167-2018/DTN,de la Dirección Técnica Normativa del OSCE, se establece lo siguiente:

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Que, con estos antecedentes, la Unidad de Asesoría Legal, a través del InformeLegal N° 196-2021/VIVIENDA/VMCS/PASLC/UAL, de fecha 29 de mayo 2021, indicaque, luego de la revisión del presente expediente, y teniendo en cuenta la opinióntécnica de la Unidad de Obras y la Supervisión, se ha cumplido con los requisitos deforma y procedimiento establecidos en la normativa de contrataciones vigente en sumomento: i) un contrato de ejecución de obra por precios unitarios, (ii) con mayoresmetrados no previstos en partidas existentes dentro del contrato y expediente técnicode la Obra, (iii) cuenta con las anotaciones de los asientos N° 1927, 1943, 1947, 1973,1977, 2000, de fechas 09, 15, 16, 23, 24 y 28 de abril de 2021, por parte del residentede obra, en el cuaderno de obra, mediante los cuales solicitan la autorización para laejecución de mayores metrados, (iv) su ejecución se realizó efectivamente con laautorización de la Supervisión a través de la anotación de los Asientos N° 1928, 1944,1950, 1975, 1980 y 2004, de fechas 09, 15, 16, 23, 24 y 29 de abril de 2021, por elSupervisor, (v) que no causan modificación al expediente técnico de la obra, ya que lasmismas corresponden a partidas contractuales del presupuesto del expediente técnicode la obra, que (vi) el porcentaje de incidencia acumulada no supera el 15% del montooriginal del contrato y (vii) las partidas del Presupuesto de Mayores Metrados N° 13 dela Obra referida, son necesarias para lograr la finalidad a la meta prevista de la obraprincipal, dado que son necesarias para el cumplimiento de la finalidad del contrato.

Por las consideraciones expuestas, de conformidad con las disposicionescontenidas en la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, así como lodispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2017-VIVIENDA y su modificatoria DecretoSupremo Nº 006-2018-VIVIENDA, la Resolución Ministerial Nº 242-2017-VIVIENDA,que aprueba el Manual de Operaciones de la Entidad, modificada por la ResoluciónMinisterial Nº 128-2018-VIVIENDA, y las facultades conferidas mediante el artículosegundo de la Resolución Directoral Nº 001-2021-VIVIENDA-VMCS/PASLC, modificadopor Resolución Directoral Nº 002-2021-VIVIENDA-VMCS/PASLC, contando con el vistobueno de la Unidad de Asesoría Legal;

:

. – el pago de la Valorización de los mayoresmetrados N° 13 del Contrato N° 010-2018/VIVIENDA/VMCS/PASLC, suscrito con IVCCONTRATISTAS GENERALES S.A., para la ejecución de Obra: “Esquema Anexo 22 -Pampa Jicamarca de Canto Grande - Sectorización y Ampliación de los sistemas deagua potable y alcantarillado - Distrito de San Antonio de Huarochirí", por el importe deS/ 21 874,08 (Veintiún mil ochocientos setenta y cuatro con 08/100 soles) incluido IGV,

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el cual representa una incidencia específica del 0.00758% del monto del contratooriginal, y una incidencia acumulada del 2.34912%, del monto del contrato original, deacuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución.

. – la notificación de la presente resolución alcontratista ejecutor de la obra, IVC CONTRATISTAS GENERALES S.A., a lasupervisión de la obra, ACRUTA & TAPIA INGENIEROS S.A.C., así como a la Unidadde Administración, a efectos de que proceda conforme a sus atribuciones.

. – a la Unidad de Administración la publicaciónde la presente resolución en la plataforma SEACE, así como en el portal web de laEntidad.

. – el archivo y custodia de los antecedentes ydocumentos originales que sustentan la presente resolución en el expediente decontratación del Contrato N° 010-2018/VIVIENDA/VMCS/PASLC, formando parteintegrante del mismo.