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PLAN 2018
SEGURO DE EXPLOTACIONES HORTÍCOLAS EN CICLOS SUCESIVOS
EN LA PENÍNSULA Y EN LA C.A. DE ILLES BALEARS
CÓD. 327
AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS
DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 2 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÍNDICE PÁGINA
Modificaciones con respecto a la Campaña Anterior ................ 3
Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros
Modificaciones en la Gestión con respecto al año anterior ........................ 4 Producciones Asegurables ........................................................................ 5 Ámbito de Aplicación .................................................................................. 6 Período de Suscripción .............................................................................. 7 Aclaraciones en la contratación de la Producción .................................... 25 Resumen de Coberturas y Garantías ....................................................... 25 Parcelas Datos Fijos y Variables ............................................................. 28 Datos Variables por Cultivos .................................................................... 30 Aclaraciones en la contratación de Instalaciones y
Elementos Productivos de las parcelas ................................................... 43
Datos Variables por Tipo de Capital ....................................................... .44
Cuadros de Precios .................................................................................. 51 Bonificaciones/Recargos .......................................................................... 66 Pago ......................................................................................................... 69
Resumen de aspectos relevantes en la contratación .................. 88
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 3 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
MODIFICACIONES CON RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR
Las modificaciones de esta campaña son las siguientes:
MODIFICACIONES GENERALES
Bonificaciones y Recargos: Además cuando se incorporen a la declaración de
seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen
más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico
para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro
dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la
bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara,
Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
Reposición y levantamiento: Hasta ahora se valoraban con un porcentaje o una
cuantía, equivalente a los gastos necesarios para la reposición y levantamiento.
A partir de este plan esos gastos se convierten en un daño sobre la producción real
esperada, entrando en el cálculo de la indemnización como cualquier otro siniestro.
Este cambio no afecta a la indemnización, salvo en el módulo 1 que se mejora.
MODIFICACIONES ESPECÍFICAS POR CULTIVOS
Brócoli:
− En la Comunidad Autónoma Región de Murcia: Zonificación para el riesgo de
helada: Se establecen 4 zonas de riesgo en base al estudio del riesgo de helada.
− En todo el ámbito del seguro: Se desglosa el Ciclo 6 en dos, diferenciando los
trasplantes más tardíos (a partir del 15 de noviembre) que configurarán el nuevo
ciclo 7.
Las tasas son iguales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el
resto de las áreas II y III con cobertura de helada se incrementa la tasa de este
riesgo en el 30%, para el nuevo ciclo.
Acelga y Espinaca:
− Debido al fuerte desequilibrio que se viene registrando se establece un incremento
de la prima base del 10% en pedrisco y riesgos excepcionales.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 4 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SEGUROS
MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO AL AÑO ANTERIOR
Cultivos
Brócoli (cód. 007):
o Se incluye el ciclo de cultivo 7 para el ámbito de las Áreas I, II y III.
o En la Comunidad Autónoma Región de Murcia, se modifica el ámbito de las Áreas I y II y se establece una zonificación nueva.
o En el ciclo 2 se incluye el Área I (Alicante y Murcia)
o Se modifica el período de suscripción, el periodo de garantías y la fecha limite de garantías expresándose ahora en semanas, como figuraba ya en los cultivos de Aromáticas Culinarias (cód. 020), Baby Leaf (cód. 004), Escarola (cód. 012) y Lechuga (cód. 017).
Coliflor (cód. 010):
o Se incluye el destino como factor diferenciador de precios:
Industria
Fresco
En los cultivos de Aromáticas Culinarias (cód. 020), Baby Leaf (cód. 004),
Escarola (cód. 012) y Lechuga (cód. 017), se modifica el período de suscripción y
el período de trasplante, al depender, como en el plan anterior, de la semana del
año.
Grelos: Se incrementan los precios tanto en sistema ecológico, como tradicional.
Bonificación
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 5 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PRODUCCIONES ASEGURABLES Son asegurables, en cualquiera de los Módulos, las explotaciones dedicadas al cultivo de hortalizas al aire libre que se relacionan a continuación:
CULTIVOS
001 ACELGA 010 COLIFLOR
002 ACHICORIA HOJA VERDE 012 ESCAROLA
003 APIO 013 ESPINACA
020 AROMÁTICAS-CULINARIAS 014 GRELOS
004 BABY LEAF 015 HINOJO
005 BERZA 016 HORTALIZAS ORIENTALES
006 BORRAJA 019 KALE
007 BRÓCOLI 017 LECHUGA
008 COLES DE BRUSELAS 018 ROMANESCO
009 COL-REPOLLO
Deben hacer una única póliza por Cultivo y Ciclo de cada Cultivo. Excepcionalmente, para todos los cultivos y sólo en los Módulos 2, 3 y P, en aquellas explotaciones en las que se realice programación de plantaciones sucesivas, el tomador o asegurado podrá pactar con Agroseguro la realización de más de una declaración de seguro por clase de cultivo. En este caso se deberá elegir, el mismo módulo y las mismas condiciones de cobertura, para todas las declaraciones de seguro del mismo ciclo. Para ello deberán realizar el siguiente procedimiento:
1. El asegurado siempre de forma previa a la contratación, remitirá una solicitud de aseguramiento especial a Agroseguro. Este documento lo podrán localizar en la página web de Agroseguro, mediante la ruta:
Acceso usuarios registrados/Normas, Subvenciones y Recargos/Normativa de Productos/Normas de Contratación/Solicitud especial de aseguramiento.
2. En este documento se indicarán algunos datos de las expectativas de cosecha.
3. La comunicación se realizará por fax a Agroseguro, Departamento de Producción: 91 837 32 29.
4. Agroseguro comunicará por el mismo medio y posteriormente por escrito, la aceptación o no de la solicitud de aseguramiento.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 6 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
5.- No se podrá realizar contratación en varias declaraciones de seguro sino
media la aceptación expresa por escrito de Agroseguro. Cualquier asegurado que realice más de una declaración de seguro para un mismo ciclo de cultivo sin haber cursado solicitud, o que no haya sido aceptada, se le refundirán sus declaraciones según el procedimiento vigente. La Base de Datos con la información de los asegurados que han solicitado contratar varias declaraciones para el mismo ciclo, lo podrán encontrar en la página web, mediante la ruta: Acceso usuarios registrados/Diseños de Registro/Entidades Aseguradoras/Información que suministra Agroseguro a las Entidades/Menú Entidades/Solicitud especial de aseguramiento.
PERIODO DE MODIFICACIONES DE LA DECLARACIÓN DE SEGURO
Se admitirán bajas de parcela/s por no siembra y altas de nuevas parcelas hasta 20 días después de haber finalizado el plazo de suscripción, siempre y cuando a la recepción en Agroseguro de la solicitud de modificación, dichas parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos y estas modificaciones no afecten de forma significativa al contenido de la Declaración de Seguro.
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y COBERTURAS
TODOS LOS MÓDULOS
Península e Illes Balears.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 7 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PERIODO DE SUSCRIPCIÓN
TODOS LOS MÓDULOS Existen diferentes fechas de contratación en función de los cultivos, ámbito de aplicación y ciclos de cultivo.
AROMÁTICAS-CULINARIAS (cód. 020), BABY LEAF (cód. 004), ESCAROLA (cód. 012), LECHUGA (CÓD. 017)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 1 (cód. 001)
14 19 02/04/2018 13/05/2018 TODO EL ÁMBITO 14 19 02/04/2018 13/05/2018 14/05/2018
CICLO 2 (cód. 002)
20 24 14/05/2018 17/06/2018 TODO EL ÁMBITO 20 24 14/05/2018 17/06/2018 18/06/2018
CICLO 3 (cód. 003)
25 28 18/06/2018 15/07/2018 TODO EL ÁMBITO 25 28 18/06/2018 15/07/2018 16/07/2018
CICLO 4 (cód. 004)
29
34
16/07/2018
26/08/2018 ÁREA I
29
34
16/07/2018
26/08/2018 27/08/2018
35 02/09/2018 ÁREA II 35 02/09/2018 03/09/2018
36 09/09/2018 ÁREA III 36 09/09/2018 10/09/2018
CICLO 5 (cód. 011)
35 37 27/08/2018 16/09/2018
ÁREA I 35 37 27/08/2018 16/09/2018 17/09/2018
36 37 03/09/2018 ÁREA II 36 37 03/09/2018
37 38 10/09/2018 23/09/2018 ÁREA III 37 38 10/09/2018 23/09/2018 24/09/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 8 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
AROMÁTICAS-CULINARIAS (cód. 020), BABY LEAF (cód. 004), ESCAROLA (cód. 012), LECHUGA (CÓD. 017)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 6 (cód. 012)
38 43
17/09/2018 28/10/2018
ÁREA I 38
43 17/09/2018
28/10/2018 29/10/2018 ÁREA II
39 24/09/2018 ÁREA III 39 24/09/2018
CICLO 7 (cód. 013)
44 50 29/10/2018 16/12/2018 TODO EL ÁMBITO 44 50 29/10/2018 16/12/2018 17/12/2018
CICLO 8 (cód. 014)
51 7 17/12/2018 17/02/2019 TODO EL ÁMBITO 51 7 17/12/2018 17/02/2019 18/02/2019
CICLO 9 (cód. 015)
8 13 18/02/2019 31/03/2019 TODO EL ÁMBITO 8 13 18/02/2019 31/03/2019 01/04/2019
La semana indicada corresponde al año 2019.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 9 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CLASIFICACIÓN DEL ÁMBITO EN ÁREAS
ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
03 ALACANT/
ALICANTE
01 Vinalopó 002 Agost
03 Marquesado 102 Pego
138 Vergel
05 Meridional Todos
04 ALMERÍA
02 Alto Almanzora 103 Zurgena
03 Bajo Almanzora Todos
07 Campos Dalias Todos
08 Campo Nijar y Bajo Andarax Todos
07 ILLES BALEARS Todas Todos
08 BARCELONA
05 Penedés Todos
07 Maresme Todos
08 Valles Oriental Todos
10 Baix Llobregat Todos
11 CÁDIZ
01 Campiña de Cádiz Todos
02 Costa Noroeste de Cádiz Todos
04 De La Janda Todos
05 Campo de Gibraltar Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN
05 Litoral Norte Todos
06 La Plana Todos
14 CÓRDOBA 02 Sierra (La)
036 Hornachuelos (Exclusivamente Zona I Ver Zonificación en la Web)
03 Campiña Baja Todos
15 CORUÑA (A) 01 Septentrional Todos
02 Occidental Todos
17 GIRONA 04 Alt Emporda
005 Far D’emporda (El)
030 Cabanes
066 Figueres
132 Perelada
214 Vilabertrán
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ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
17 GIRONA
05 Baix Emporda Todos
07 Selva
023 Blanes
095 Lloret de Mar
202 Tossa de Mar
18 GRANADA
07 Alhama Todos
08 Costa Todos
09 Las Alpujarras 144 Orjiva
21 HUELVA
02 Andévalo Occidental Todos
04 Costa Todos
05 Condado Campiña Todos
06 Condado Litoral Todos
27 LUGO 01 Costa (La) Todos
29 MÁLAGA 03 Centro Sur ó Guadalorce Todos
04 Vélez-Málaga Todos
30 MURCIA
01 Nordeste 001 Abanilla
020 Fortuna
03 Centro Todos
04 Río Segura Todos
05 Suroeste y Valle de Guadalentín
003 Águilas
006 Aledo
008 Alhama de Murcia,
023 Librilla
024 Lorca (zonas I, II , III y IV ver zonificación en la Web)
026 Mazarrón
033 Puerto-Lumbreras
039 Totana
06 Campo de Cartagena Todos
33 ASTURIAS
02 Luarca Todos
04 Grado Todos
06 Gijón Todos
09 Llanes 036 Llanes
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ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
33 ASTURIAS 09 Llanes 055 Ribadedeva
056 Ribadesella
36 PONTEVEDRA
02 Litoral Todos
04 Miño
023 Guarda (A)
030 Mondariz
031 Mondariz-Balneario
034 Neves (As)
036 Oia
042 Ponteareas
048 Rosal (O)
049 Salceda de Caselas
050 Salvatierra de Miño
054 Tomiño
055 Tui
39 CANTABRIA 01 Costera Todos
41 SEVILLA 02 La Vega Todos
04 Las Marismas Todos
43 TARRAGONA
03 Baix Ebre Todos
07 Camp de Tarragona
012 Altafulla
038 Cambrils
047 Constantí
092 Mont-Roig Del Camp
095 Morell (El)
109 Pobla de Mafumet (La)
123 Reus
129 Riudoms
134 Rourell (El)
148 Tarragona
153 Torredembarra
160 Vallmoll
161 Valls
166 Vilallonga del Camp
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 12 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
43 TARRAGONA
07 Camp de Tarragona 171 Vila-Seca I Salou
178 Vinyols I Els Arcs
08 Baix Penedés
002 Albinyana
020 Banyeres del Penedés
037 Calafell
050 Creixell
051 Cunit
131 Roda de Bara
140 Santa Oliva
163 Vendrell (El)
46 VALÈNCIA/
VALENCIA
03 Campos de Liria Todos
05 Hoya de Buñol Todos
06 Sagunto Todos
07 Huerta de Valencia Todos
0 8 Riberas del Júcar Todos
09 Gandia Todos
11 Enguera y la Canal Todos
12 La Costera de Játiva Todos
13 Valles de Albaida Todos
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ÁMBITO DE ÁREA II
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS
01 ARABA/ÁLAVA 01 Cantábrica
20 GIPUZKOA/
GUIPÚZCOA Todas
22 HUESCA
04 Hoya de Huesca
06 Monegros
07 La Litera
26 LA RIOJA
01 Rioja Alta
03 Rioja Media
05 Rioja Baja
31 NAVARRA 04 Media
05 La Ribera
48 BIZKAIA/
VIZCAYA Todas
50 ZARAGOZA
01 Egea de los Caballeros
04 La Almunia de Doña Godina
05 Zaragoza
ÁMBITO DE APLICACIÓN - ÁREA III
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
Restantes Provincias, Comarcas y Términos Municipales de la Península,
no incluidas en las Áreas I y II.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 14 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
BRÓCOLI (cód. 007)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 1 (cód. 001)
3 11 15/01/2018 18/03/2018 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 3 11 15/01/2018 18/03/2018 19/03/2018
CICLO 2 (cód. 002)
12 13 19/03/2018 01/04/2018
ÁREA I (Alicante y Murcia), ÁREA II
(Murcia) Y ÁREA III
12 13 19/03/2018 01/04/2018 02/04/2018
CICLO 3 (cód. 003)
14 28 02/04/2018 15/07/2018 TODO EL ÁMBITO 14 28 02/04/2018 15/07/2018 16/07/2018
CICLO 4 (cód. 004)
29 35 16/07/2018 02/09/2018 TODO EL ÁMBITO 29 35 16/07/2018 02/09/2018 03/09/2018
CICLO 5 (cód. 011)
36 39 03/09/2018 30/09/2018 TODO EL ÁMBITO 36 39 03/09/2018 30/09/2018 01/10/2018
CICLO 6 (cód. 012)
40 46 01/10/2018 18/11/2018 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 40 46 01/10/2018 18/11/2018 19/11/2018
CICLO 7 (cód. 013)
47 2 19/11/2018 13/01/2019 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 47 2 19/11/2018 13/01/2019 14/01/2019
Excepto para el ámbito de aplicación de las Comunidades Autónomas de Murcia y Valencia, que será el 20/03/2018 Excepto para el ámbito de aplicación de las Comunidades Autónomas de Catalunya, Navarra, País Vasco y Valencia, que será el 03/04/2018 La semana indicada corresponde al año 2019.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 15 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CLASIFICACIÓN DEL ÁMBITO EN ÁREAS
ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
03 ALACANT/
ALICANTE
03 Marquesado Todos
05 Meridional Todos
04 ALMERÍA
03 Bajo Almanzora Todos
07 Campos Dalias Todos
08 Campo Nijar y Bajo Andarax
Todos
11 CÁDIZ 02 Costa Noroeste de Cádiz Todos
05 Campo de Gibraltar Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN 06 La Plana Todos
18 GRANADA 07 Alhama Todos
08 La Costa Todos
30 MURCIA
01 Nordeste
001 Abanilla (exclusivamente zonas I, II y III)
020 Fortuna (exclusivamente zonas I, II y III)
03 Centro (Zonas I, II y III) de todos los términos
04 Río Segura (Zonas I, II y III) de todos los términos
05 Suroeste y Valle de Guadalentín
(Zonas I, II y III) de todos los términos
06 Campo de Cartagena (Zonas I, II y III) de todos los términos
41 SEVILLA 02 La Vega Todos
46 VALÈNCIA/
VALENCIA
03 Campos de Liria Todos
06 Sagunto Todos
07 Huerta de Valencia Todos
08 Riberas del Júcar Todos
09 Gandia Todos
11 Enguera y la Canal Todos
12 La Costera de Játiva Todos
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 16 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA II
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
04 ALMERÍA
01 Los Vélez Todos
02 Alto Almanzora Todos
04 Río Nacimiento Todos
05 Campo Tabernas Todos
06 Alto Andarax Todos
08 BARCELONA
07 Maresme Todos
08 Valles Oriental Todos
10 Baix Llobregat Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN 05 Litoral Norte Todos
30 MURCIA
01 Nordeste
001 Abanilla (Zona IV)
020 Fortuna (Zona IV)
022 Jumilla
043 Yecla
02 Noroeste Todos
03 Centro, 04 Rio Segura, 05 Suroeste y Valle de Guadalentín y 06 Campo de Cartagena
Zona IV de todos los términos
43 TARRAGONA
03 Baix Ebre Todos
07 Camp de Tarragona Todos
08 Baix Penedés Todos
Ver Zonificación en la Web
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 17 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA III
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
01 ARABA/ÁLAVA
03 Valles Alaveses Todos
04 Llanada Alavesa Todos
05 Montaña Alavesa Todos
06 Rioja Alavesa Todos
02 ALBACETE Todas Todos
03 ALACANT/
ALICANTE 01 Vinalopó Todos
06 BADAJOZ Todas Todos
08 BARCELONA
02 Bagés Todos
05 Penedés Todos
06 Anoia Todos
09 Valles Occidental Todos
10 CÁCERES Todas Todos
18 GRANADA
01 De la Vega Todos
02 Guadix Todos
03 Baza Todos
04 Huescar Todos
22 HUESCA 08 Bajo Cinca Todos
25 LLEIDA
06 Noguera Todos
07 Urgell Todos
09 Segriá Todos
26 LA RIOJA Todas Todos
28 MADRID 06 Vegas Todos
31 NAVARRA Todas Todos
41 SEVILLA 03 El Aljarafe Todos
05 La Campiña Todos
44 TERUEL 03 Bajo Aragón Todos
05 Hoya de Teruel Todos
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 18 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA III
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
45 TOLEDO
01 Talavera Todos
02 Torrijos Todos
03 Sagra-Toledo Todos
04 La Jara Todos
07 La Mancha Todos
46 VALÈNCIA/
VALENCIA 10 Valle de Ayora Todos
50 ZARAGOZA
01 Egea de los Caballeros Todos
02 Borja Todos
04 La Almunia de Doña Godina
Todos
05 Zaragoza Todos
ÁMBITO DE APLICACIÓN - ÁREA IV
CULTIVO BRÓCOLI
Restantes Provincias, Comarcas y Términos Municipales de la Península y Baleares, no incluidas en las Áreas I, II y III
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 19 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 1 (cód. 001)
22 HUESCA 24 LEÓN 42 SORIA 44 TERUEL 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/07/2018 01/08/2018
01 ARABA/ÁLAVA 26 LA RIOJA 31 NAVARRA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
CICLO 2 (cód. 002)
47 VALLADOLID 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2 018 31/07/2018 01/08/2018
22 HUESCA 26 LA RIOJA 25 LLEIDA 31 NAVARRA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
02 ALBACETE 08 BARCELONA 13 CIUDAD REAL 17 GIRONA 18 GRANADA 19 GUADALAJARA 07 ILLES BALEARS 23 JAÉN 28 MADRID 43 TARRAGONA 45 TOLEDO
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 20 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 3 (cód. 003)
15 A CORUÑA 36 PONTEVEDRA
TODAS 15/01/2018 31/07/2018 01/08/2018
02 ALBACETE 33 ASTURIAS 05 ÁVILA 09 BURGOS 39 CANTABRIA 16 CUENCA 20 GIPUZKOA/GUIPÚZCOA 22 HUESCA 24 LEÓN 26 LA RIOJA 27 LUGO 31 NAVARRA 32 OURENSE 34 PALENCIA 37 SALAMANCA 40 SEGOVIA 44 TERUEL 47 VALLADOLID 48 BIZKAIA/VIZCAYA 49 ZAMORA 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 21 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 4 (cód. 004)
18 GRANADA 07 ILLES BALEARS 23 JAÉN 26 LA RIOJA 28 MADRID 29 MÁLAGA 31 NAVARRA 45 TOLEDO 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
22 HUESCA 25 LLEIDA
TODAS 15/01/2018 15/09/2018 17/09/2018
06 BADAJOZ 08 BARCELONA 10 CÁCERES 17 GIRONA 21 HUELVA 41 SEVILLA 43 TARRAGONA
TODAS 15/01/2018 15/10/2018 16/10/2018
14 CÓRDOBA TODAS 15/01/2018 31/10/2018 02/11/2018
CICLO 5 (cód. 011)
03 ALACANT/ALICANTE 04 ALMERÍA 11 CÁDIZ 12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 30 MURCIA 46 VALÈNCIA/VALENCIA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 22 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 6 (cód. 012)
03 ALACANT/ALICANTE 04 CENTRAL 05 MERIDIONAL
15/01/2018 15/10/2018 16/10/2018
04 ALMERÍA
03 BAJO ALMANZORA 07 CAMPO DALIAS 08 CAMPO NÍJAR Y BAJO ANDARAX
11 CÁDIZ TODAS
12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 05 LITORAL NORTE 06 LA PLANA
30 MURCIA
03 CENTRO 04 RÍO SEGURA 05 SUROESTE Y VALLE DE GUADALENTÍN 06 CAMPO DE CARTAGENA
46 VALÈNCIA/VALENCIA
03 CAMPOS DE LIRIA 06 SAGUNTO 07 HUERTA DE VALENCIA 08 RIBERAS DEL JÚCAR 09 GANDÍA 11 ENGUERA Y LA CANAL 12 LA COSTERA DE JÁTIVA 13 VALLES DE ALBAIDA
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 23 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 7 (cód. 013)
03 ALACANT/ALICANTE 04 ALMERÍA 11 CÁDIZ 12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 30 MURCIA 46 VALÈNCIA/VALENCIA
TODAS 15/01/2018 14/01/2019 15/01/2019
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 24 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ESPINACA (cód. 013), ACELGA (cód. 001), APIO (cód. 003), ACHICORIA DE HOJA VERDE (cód. 002), BORRAJA (cód. 006),
GRELOS (cód. 014), HINOJO (cód. 015)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO INICIO FINAL
CICLO 1 (cód.001)
15/01/2018 30/04/2018
28 MADRID
15/01/2018 30/04/2018
03/05/2018
RESTO DEL ÁMBITO
02/05/2018
CICLO 2 (cód.002)
01/05/2018 31/07/2018 TODO EL ÁMBITO
01/05/2018 31/07/2018 01/08/2018
CICLO 3 (cód.003)
01/08/2018 30/09/2018 TODO EL ÁMBITO
01/08/2018 30/09/2018 01/10/2018
CICLO 4 (cód.004)
01/10/2018 30/11/2018 TODO EL ÁMBITO
01/10/2018 30/11/2018 03/12/2018
CICLO 5 (cód.011)
01/12/2018 14/01/2019 TODO EL ÁMBITO
01/12/2018 14/01/2019 15/01/2019
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 25 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PRODUCCIONES
RESUMEN DE COBERTURAS Y GARANTÍAS
MÓDULOS
Existen 4 Módulos: 1, 2, 3 y P. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación.
Deben hacer una única póliza por Cultivo y ciclo de cada Cultivo.
Deberán elegir un único módulo por póliza.
PARA TODOS LOS MÓDULOS
MÓDULO 1
Para los riesgos cubiertos en la producción será elegible:
Franquicia Absoluta del 30%.
Franquicia Absoluta del 20% para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos).
MÓDULO 2
En la Garantía a la Producción, para los riesgos cubiertos de:
- Riesgos Excepcionales: Es elegible exclusivamente para el cultivo del Brócoli, la cobertura del riesgo del efecto de plagas y enfermedades ocasionadas por la lluvia persistente.
- Helada y Riesgos Excepcionales: El cálculo de indemnización es elegible por parcela o explotación (comarca):
Si el cálculo de indemnización es por parcela para el riesgo de Helada podrán elegir entre:
Mínimo Indemnizable del 30% y Franquicia Absoluta del 30%.
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta 20% para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos).
Tabla Bonus: para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos), que aseguren parcelas en las Zona I y II de Almería y Murcia, podrán elegir un Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta del 10% en esas parcelas.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 26 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
Si el cálculo de indemnización es por parcela para los Riesgos Excepcionales:
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta del 20%.
Si el cálculo de indemnización es por explotación para ambos riesgos, podrán elegir:
Mínimo Indemnizable del 30% y Franquicia Absoluta del 30%.
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta 20% para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos).
- Resto de Adversidades Climáticas:
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta del 30%.
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta 20% para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos).
Si se hubiera elegido el cálculo de indemnización para el Riesgo de Helada y Riesgos Excepcionales a nivel de explotación, la Franquicia y Mínimo Indemnizable debe ser la misma que la elegida para estos riesgos.
MÓDULO 3 Para el riesgo cubierto de Helada, se podrá elegir:
Mínimo Indemnizable del 30% y Franquicia Absoluta del 30%.
Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta 20% para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos).
Tabla Bonus: para todos los asegurados sin recargo (bonificados, neutros, que lleven más de tres años sin contratar y nuevos), que aseguren parcelas en las Zona I y II de Almería y Murcia, podrán elegir un Mínimo Indemnizable y Franquicia Absoluta del 10% en esas parcelas.
Para los Riesgos Excepcionales:
Es elegible exclusivamente para el cultivo del Brócoli, la cobertura del riesgo del efecto de plagas y enfermedades, ocasionadas por la lluvia persistente.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 27 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
MÓDULO P
Se podrá elegir para los riesgos de:
Helada: En los cultivos, ciclos y ámbitos, donde actualmente se garantiza.
Riesgos Excepcionales: Exclusivamente para el cultivo del Brócoli, la cobertura del riesgo del efecto de plagas y enfermedades ocasionadas por la lluvia persistente.
Pedrisco: El capital asegurado es elegible entre el 100% o el 80%, únicamente para los cultivos de Aromáticas-Culinarias, Baby-Leaf, Escarola y Lechuga,
(Anexo I de las Condiciones Especiales).
TIPOS DE CAPITAL
Existen 2 Tipos de Capital:
002 PRODUCCIÓN 004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)
El Tipo de Capital 004 Producción (Unidades) se indicará únicamente en aquellas parcelas cuyos cultivos sean Escarola y Lechuga.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 28 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PARCELA DATOS FIJOS Y VARIABLES
CONCEPTO E IDENTIFICACIÓN DE PARCELA EN EL SEGURO
La parcela, a efectos del seguro, es la superficie total de un mismo cultivo y
variedad incluida en un recinto SIGPAC.
No obstante, se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por
cada instalación o medida preventiva y las superficies ocupadas por distintos
cultivos y variedades cuya fecha de trasplante sea superior a 7 días para todos
los cultivos.
Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de
la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0,10
ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a
efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.
Se debe consignar en cada parcela la identificación del SIGPAC. El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización indicada en la Condición Especial 20ª. A efectos de realizar la contratación, la identificación SIGPAC se indicará en la Declaración de Seguro tal y como exponemos a continuación, incluyendo las cinco posiciones del recinto (cinco últimas posiciones de la identificación). Ejemplo:
PROV. MUNICIPIO AGREGADO ZONA POLÍGONO PARCELA RECINTO
47 025 000 00 010 00057 00001
Para una mejor localización de la parcela, de forma opcional, se puede indicar en la póliza el nombre de la misma. Esquema de criterios de parcelas distintas:
CULTIVO VARIEDAD TIPO CAPITAL SIGPAC FECHA
TRASPLANTE MEDIDA
PREVENTIVA
X X X X <7 días X
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 29 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PRODUCCIÓN
TODOS LOS MÓDULOS Quedará de libre fijación por el asegurado el rendimiento a consignar en cada una de las parcelas que componen su explotación. Para la fijación de este rendimiento, se deberá considerar, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminarán los de mejor y peor resultado.
PRECIOS
El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los precios máximos, ni ser inferior a los establecidos por ENESA.
Los precios son:
Para el Tipo de Capital 002 Producción que es €/kg. Para el Tipo de Capital 004 Producción (Unidades) que es €/unidad.
SUPERFICIE Se debe indicar la superficie en hectáreas y áreas de cada parcela.
Será la superficie realmente cultivada en la parcela. En cualquier caso, no se tendrá en cuenta para la determinación de la superficie, las zonas improductivas.
Si durante la vigencia de la Declaración de Seguro el tomador o asegurado detectase algún error en la superficie reflejada en la póliza, comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación, sin ningún tipo de penalización.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 30 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
DATOS VARIABLES POR CULTIVO Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las producciones, va a estar estructurada en función de los cultivos existentes, por lo que los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función a éstas. Aunque siendo clases distintas, cada cultivo se ha agrupado por la similitud en la forma de contratación.
1) - Brócoli 2) - Acelga y Espinaca 3) - Lechuga 4) - Escarola 5) - Coliflor 6) - Apio, Baby Leaf y Aromáticas-Culinarias 7) - Berza, Col-repollo, Coles de Bruselas, Hortalizas Orientales, Kale, Romanesco, Achicoria de hoja verde, Borraja, Grelos e Hinojo
Deben hacer una única póliza por Cultivo y Ciclo de cada Cultivo.
El tomador o asegurado podrá pactar con Agroseguro la realización de más de una declaración de seguro por clase de cultivo. En este caso se deberá elegir, el mismo módulo y las mismas condiciones de cobertura, para todas las declaraciones de seguro del mismo ciclo. La Base de Datos con la información de los asegurados que han solicitado contratar varias declaraciones para el mismo ciclo, lo podrán encontrar en la página web, mediante la ruta: Acceso Usuarios registrados/Diseños de Registro/Entidades Aseguradoras/Información que suministra Agroseguro a las Entidades/Menú Entidades/Solicitud especial de aseguramiento.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 31 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
1) BRÓCOLI
CULTIVO
007 BRÓCOLI
El ámbito en este cultivo está clasificado en Áreas.
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
CICLOS DE CULTIVO
Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
DESTINO
Para la variedad 000 Resto de variedades se indicará el Destino, a nivel de parcela, ya que el precio depende de este factor:
001 FRESCO 002 INDUSTRIA
Para la variedad 002 Bimi no es necesario que envíen este factor.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente,
dado que el precio, así como para la Subvención que otorga la Comunidad
Autónoma de Valencia a las producciones ecológicas depende de este factor:
001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 32 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra. El período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 33 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
2) ACELGA Y ESPINACA
CULTIVOS
001 ACELGA 013 ESPINACA
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
CICLOS DE CULTIVO
Para estos cultivos, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
DESTINO
Se indicará el Destino, a nivel de parcela, ya que el precio depende de este factor en todas las variedades: 001 FRESCO 002 INDUSTRIA 026 CUARTA GAMA
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio, así como para la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia a las producciones ecológicas depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 34 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra. El período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 35 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
3) LECHUGA
CULTIVO
017 LECHUGA
El ámbito en este cultivo está clasificado en Áreas.
TIPO DE CAPITAL
004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)
CICLOS DE CULTIVO
Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra.
El período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 36 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
4) ESCAROLA
CULTIVO
012 ESCAROLA El ámbito en este cultivo está clasificado en Áreas.
TIPO DE CAPITAL
004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)
CICLOS DE CULTIVO
Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra.
El período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 37 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
5) COLIFLOR
CULTIVOS
010 COLIFLOR
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
CICLOS DE CULTIVO
Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
DESTINO
Se indicará el Destino, a nivel de parcela, ya que el precio depende de este factor en todas las variedades: 001 FRESCO 002 INDUSTRIA
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 38 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra. El período de fechas de siembra/trasplante, será el mismo que el inicio y final del período de suscripción del cultivo asegurado, según ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma), teniendo en cuenta que el final de siembra /trasplante podrá ser de 1 mes posterior al final de suscripción.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 39 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
6) APIO, BABY LEAF Y AROMÁTICAS-CULINARIAS
CULTIVOS
003 APIO 004 BABY LEAF 020 AROMÁTICAS-CULINARIAS El ámbito en los cultivos de Baby Leaf y Aromáticas-culinarias está clasificado en Áreas.
TIPO DE CAPITAL
02 ODUCCIÓN
CICLOS DE CULTIVO
Para estos cultivos, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 40 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra.
El período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 41 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
7) BERZA, COL-REPOLLO, COLES DE BRUSELAS, HORTALIZAS ORIENTALES, KALE, ROMANESCO, ACHICORIA DE HOJA VERDE, BORRAJA, GRELOS E HINOJO
CULTIVOS
005 BERZA 009 COL-REPOLLO 008 COLES DE BRUSELAS 016 HORTALIZAS ORIENTALES 018 ROMANESCO 002 ACHICORIA DE HOJA VERDE 006 BORRAJA 014 GRELOS 015 HINOJO 019 KALE
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
CICLOS DE CULTIVO
Para estos cultivos, existen fechas de contratación diferentes en función del ciclo de cultivo y el ámbito de aplicación, ya relacionados en el apartado “Periodo Suscripción” de esta Norma.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor: 001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
Así mismo y para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.
En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.
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FECHA DE SIEMBRA/TRASPLANTE Para cada una de las parcelas aseguradas, obligatoriamente se ha de indicar la fecha de trasplante ó siembra. Para los cultivos de Berza, Col Repollo, Coles de Bruselas, Hortalizas Orientales, Kale y Romanesco, el período de fechas de siembra/trasplante, será el mismo que el inicio y final del período de suscripción del cultivo asegurado, según ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma), teniendo en cuenta que el final de siembra /trasplante podrá ser de 1 mes posterior al final de suscripción. Para el resto de cultivos, el período de fechas de siembra/trasplante, será el que figure para el ciclo de cultivo y ámbito de aplicación (ver apartado período de suscripción de esta Norma).
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ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE
INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS DE LAS PARCELAS
En el momento de formalizar la Declaración de Seguro, el asegurado que tenga elementos productivos en la parcela puede asegurar la garantía a las instalaciones. Si opta por ello, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo que reúnan las condiciones para ser aseguradas, de la siguiente forma:
En caso de tener instalaciones, para poder contratar esta garantía
necesariamente se deben incluir en la póliza las parcelas con sus capitales de Producción: 002 Producción y 004 Producción (Unidades).
Todos los tipos de capital de instalaciones que hay en una parcela, se
aseguran en una única parcela de la declaración de seguro, con distintos tipos de capital, excepto los cabezales que se aseguran en parcelas diferentes.
A efectos del seguro, según Condiciones Especiales:
Las bombas y motores en las Instalaciones, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
DATOS FIJOS Y VARIABLES DE LAS PARCELAS
CULTIVO Y VARIEDAD
Se ha de indicar el código del cultivo de la parcela. En el caso que una instalación englobe más de una parcela agrícola con distintos cultivos, se consignará el que ocupe mayor extensión.
SIGPAC
En el caso que las instalaciones engloben más de una parcela agrícola, con distintos SIGPAC, se indicará en la póliza el de mayor extensión del mismo cultivo/variedad.
PRODUCCIÓN
Se consignará obligatoriamente cero o no enviarán el dato.
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PRECIOS
El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los límites que establece ENESA. Para el Tipo de Capital 101 y 105 el precio será en €/m2. Para el Tipo de Capital 113 y 114 el precio será en €/ha.
DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL
Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las instalaciones, va a estar estructurada en los Tipos de Capitales existentes y de los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos.
Se consideran los siguientes tipos de capitales: 1) 101 MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS €/m2. 2) 105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES €/m2. 3) 113 CABEZAL DE RIEGO €/ha 4) 114 RED DE RIEGO €/ha
Si se opta por el aseguramiento de cualquiera de estos capitales, se deberán asegurar todas las instalaciones del mismo tipo (capital). La contratación se realizará según especificamos a continuación:
- El tipo de capital 113 cabezal de Riego (€/Ha) se deberá incluir en la declaración de seguro de forma independiente, es decir, en una única parcela (si se dispusiera de más de un cabezal de riego, cada uno de ellos se asegurará en parcelas distintas).
- Para el resto de Instalaciones ubicadas en una misma parcela, se incluirán en la declaración de seguro con diferente tipo de capital en la misma parcela.
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1) TIPO DE CAPITAL 101- MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS (M
2)
TIPO DE INSTALACIÓN En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 000 SIN VALOR EN FACTOR
SUPERFICIE
Se consignará obligatoriamente cero.
METROS CUADRADOS
Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/m2. Por tanto, se debe indicar la medida del mismo en m2.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 101 MALLAS ANTIGRANIZO: 15 años. Si se ha asegurado alguna instalación que supere esta edad, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.
MATERIAL DE LA ESTRUCTURA
Se indicará el material de construcción de la estructura:
001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA
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EDAD DE LA CUBIERTA
Se ha de indicar para cada tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación, en el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.
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2) TIPO DE CAPITAL 105- CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (M
2)
TIPO DE INSTALACIÓN
En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 005 DE OBRA 006 DE TELA PLÁSTICA 009 MIXTOS
SUPERFICIE
Se consignará obligatoriamente cero.
METROS CUADRADOS Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/m2. Por tanto, se debe indicar la medida del mismo en m2.
EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES: TIPO DE INSTALACIÓN 005 DE OBRA: 20 años. TIPO DE INSTALACIÓN 006 DE TELA PLÁSTICA: 10 años. TIPO DE INSTALACIÓN 009 MIXTOS: 10 años. Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.
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MATERIAL DE LA ESTRUCTURA
Se indicará el material de construcción de la estructura. Para el Tipo de Instalación 006 Tela Plástica y 009 Mixtos: 001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA
EDAD DE LA CUBIERTA
Se ha de indicar para cada tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación, en el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.
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3) TIPO DE CAPITAL 113 - CABEZAL DE RIEGO (Ha) El Tipo de Capital 113 es asegurable si su propiedad es del asegurado. No son asegurables los mancomunados.
TIPO DE INSTALACIÓN
En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 000 SIN VALOR EN FACTOR
SUPERFICIE Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, este campo obligatoriamente tiene que venir cumplimentado y debe recoger la superficie susceptible de riego por este cabezal. Se debe indicar la medida del mismo en hectáreas.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 113 CABEZAL DE RIEGO: 20 años (*). Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
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4) TIPO DE CAPITAL 114 - RED DE RIEGO (Ha)
TIPO DE INSTALACIÓN
En este Tipo de Capital deberán indicar el siguiente dato: 011 LOCALIZADO 012 TRADICIONAL 013 PIVOT 014 ENROLLADORES
SUPERFICIE Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 114 RED DE RIEGO:
TIPO DE INSTALACIÓN 011 RIEGO LOCALIZADO: 20 años (*). TIPO DE INSTALACIÓN 012 TRADICIONAL: 20 años (*). TIPO DE INSTALACIÓN 013 PIVOT: 20 años (*). TIPO DE INSTALACIÓN 014 ENROLLADORES: 20 años (*).
Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
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PRECIOS
BRÓCOLI
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
DESTINO
001 FRESCO
002 INDUSTRIA
SISTEMAS DE PRODUCCIÓN
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
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CULTIVO: BRÓCOLI
CÓDIGO 007
Variedad Ámbito Tipo de Capital
Código Destino
Sistema Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 RESTO VARIEDADES
Todo el ámbito
002 001 001 0,3400 0,4800
002 001 002 0,2000 0,4000
002 002 001 0,1800 0,3600
002 002 002 0,1500 0,3000
002 BIMI Todo el ámbito 002 001 0,2400 0,3600
002 002 0,2000 0,3000
La densidad máxima de siembra para el Brócoli destinado a industria no podrá superar 28.000 plantas/hectárea.
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PRECIOS
ACELGA Y ESPINACA
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
DESTINO
001 FRESCO
002 INDUSTRIA
026 CUARTA GAMA
SISTEMAS DE PRODUCCIÓN
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
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CULTIVO: ACELGA
CÓDIGO 001
VARIEDAD Tipo de Capital
Cód. Destino
Sistema de Producción
Precio Mínimo Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 001 0,1900 0,2900
002 001 002 0,1600 0,2400
002 002 001 0,0800 0,1200
002 002 002 0,0700 0,1000
002 026 001 0,3400 0,5500
002 026 002 0,2800 0,5000
CULTIVO: ESPINACA
CÓDIGO 013
VARIEDAD Tipo de Capital
Cód. Destino
Sistema de Producción
Precio Mínimo Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 001 0,3000 0,4200
002 001 002 0,2500 0,3500
002 002 001 0,1700 0,2400
002 002 002 0,1400 0,2000
002 026 001 0,4300 0,7200
002 026 002 0,3600 0,6500
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PRECIOS
ESCAROLA y LECHUGA
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
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CULTIVO: ESCAROLA
CÓDIGO 012
VARIEDAD Tipo de
Capital
Sistema Producción
Precio
Mínimo
Precio
Máximo
000 TODAS
004 001 0,1000 0,1900
004 002 0,0800 0,1600
CULTIVO: LECHUGA
CÓDIGO 017
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
001 ACOGOLLADAS
004 001 0,0700 0,1900
004 002 0,0600 0,1800
002 BABY
004 001 0,0700 0,1300
004 002 0,0600 0,1100
003 ROMANAS
004 001 0,1000 0,2200
004 002 0,0800 0,1800
004 HOJAS SUELTAS
004 001 0,1200 0,2400
004 002 0,1000 0,2000
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PRECIOS
ACHICORIA DE HOJA VERDE,
APIO, AROMÁTICAS-
CULINARIAS, BABY LEAF,
BERZA, BORRAJA, COLES DE
BRUSELAS, COL-REPOLLO,
GRELOS, HINOJO,
HORTALIZAS ORIENTALES,
KALE y ROMANESCO
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
SISTEMAS DE PRODUCCIÓN
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
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CULTIVO: ACHICORIA DE HOJA VERDE
CÓDIGO 002
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,1900 0,2900
002 002 0,1600 0,2400
CULTIVO: APIO
CÓDIGO 003
VARIEDAD Tipo de
Capital
Sistema de Producción
Precio
Mínimo
Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 0,1700 0,2400
002 002 0,1400 0,2000
CULTIVO: AROMÁTICAS-CULINARIAS
CÓDIGO 020
VARIEDAD Tipo de
Capital
Sistema de Producción
Precio
Mínimo
Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 0,9000 1,9000
002 002 0,6000 1,4000
CULTIVO: BABY LEAF
CÓDIGO 004
VARIEDAD Tipo de
Capital
Sistema de Producción
Precio
Mínimo
Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 0,9600 2,8800
002 002 0,8000 2,4000
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CULTIVO: BERZA
CÓDIGO 005
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,1800 0,2500
002 002 0,1500 0,2100
CULTIVO: BORRAJA
CÓDIGO 006
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,3400 0,4800
002 002 0,2800 0,4000
CULTIVO: COLES DE BRUSELAS
CÓDIGO 008
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,1800 0,2500
002 002 0,1500 0,2100
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 60 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CULTIVO: COL-REPOLLO
CÓDIGO 009
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,1400 0,2200
002 002 0,1200 0,1800
CULTIVO: GRELOS
CÓDIGO 014
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,2500 0,5500
002 002 0,2000 0,5000
CULTIVO: HINOJO
CÓDIGO 015
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,2400 0,3600
002 002 0,2000 0,3000
CULTIVO: HORTALIZAS ORIENTALES
CÓDIGO 016
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,2700 0,4000
002 002 0,2300 0,3300
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 61 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CULTIVO: KALE
CÓDIGO 019
VARIEDAD Tipo de
Capital
Sistema de Producción
Precio
Mínimo
Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 0,1400 0,2200
002 002 0,1200 0,1800
CULTIVO: ROMANESCO
CÓDIGO 018
VARIEDAD Tipo de Capital
Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
000 TODAS
002 001 0,1900 0,3400
002 002 0,1600 0,2800
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 62 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PRECIOS
COLIFLOR
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
DESTINO
001 FRESCO
002 INDUSTRIA
SISTEMAS DE PRODUCCIÓN
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 63 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CULTIVO: COLIFLOR
CÓDIGO 010
VARIEDAD Tipo de Capital
Cód. Destino
Sistema de Producción
Precio Mínimo Precio
Máximo
000 TODAS
002 001 001 0,3400 0,4800
002 001 002 0,2000 0,4000
002 002 001 0,2200 0,3000
002 002 002 0,1800 0,2500
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 64 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
PRECIOS DE LAS
INSTALACIONES Y DE LOS
ELEMENTOS PRODUCTIVOS
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL
101 MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS (m2)
105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (m2)
113 CABEZAL DE RIEGO (€/ha)
114 RED DE RIEGO (€/ha)
TIPO DE INSTALACIÓN
000 SIN VALOR EN FACTOR
005 DE OBRA
006 DE TELA PLÁSTICA
009 MIXTOS
011 LOCALIZADO
012 TRADICIONAL
013 PIVOT
014 ENROLLADORES
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 65 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CULTIVO: TODOS LOS CULTIVOS
Variedad Tipo Capital Tipo de Instalación
Precio Mínimo €/m2
Precio Máximo €/m2
TODAS LAS VARIEDADES
101 000 1,0000 10,0000
105
005 20,0000 40,0000
006 4,0000 6,0000
009 4,0000 40,0000
CULTIVO: TODOS LOS CULTIVOS
Variedad Tipo Capital Tipo de Instalación
Precio Mínimo €/m2
Precio Máximo €/m2
TODAS LAS VARIEDADES
113 000 250,0000 1.800,0000
114
011 1.800,0000 4.000,0000
012 2.100,0000 2.900,0000
013 2.100,0000 6.000,0000
014 700,0000 1.400,0000
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 66 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
BONIFICACIONES
BONIFICACIONES POR MEDIDAS PREVENTIVAS Si se dispone de alguna de las instalaciones que a continuación relacionamos, deberá indicar la misma para poder disfrutar de la bonificación en la prima comercial del riesgo contra el que se protege en la garantía a la producción, como uno de los datos variables a consignar en cada parcela.
TODOS LOS MÓDULOS RIESGO DE HELADA Código Descriptivo Porcentaje 027 Instalaciones fijas o semifijas de túneles de plástico 30% 028 Instalaciones fijas o semifijas de mantas térmicas 20% 029 Instalaciones fijas o semifijas de riego por aspersión 15% RIESGO DE PEDRISCO Código Descriptivo Porcentaje
009 Instalaciones de mallas o redes plásticas antigranizo 50%
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 67 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO
Las BONIFICACIONES/RECARGOS se han calculado teniendo en cuenta los resultados de las líneas de los seguros de hortalizas al aire libre, de los cultivos asegurables en este seguro.
Esta bonificación o recargo se basará en la siguiente información:
Contratación del seguro en la última campaña.
Declaración de siniestro en la última campaña.
Número de años contratados en el periodo de las 10 últimas campañas.
Número de años con siniestro en el periodo de las 10 últimas campañas.
Se entenderá como número de años con siniestro, el número de años con
indemnización en el período de las 10 últimas campañas, añadiéndose como año de
siniestro el haber declarado siniestro en la última campaña en el 10% o más de la
superficie asegurada.
Ind/Prr: es el resultado de las indemnizaciones con respecto a las primas de riesgo recargadas netas de reaseguro del Consorcio, en el periodo de las 10 últimas campañas. Para calcular este ratio, se confeccionará el histórico contando 10 campañas comenzando desde la penúltima campaña hacia atrás.
A los asegurados que aún correspondiéndoles recargo, si sólo tienen un año de siniestro, pasarán a ser Neutro.
De igual modo, los asegurados que teniendo siniestro declarado el pasado año, si la
superficie siniestrada es menor al 30% de la asegurada, tendrán una bonificación mayor.
Si la superficie es menor al 10% se contempla como no siniestro.
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo.
El asegurado o el tomador de seguro en su representación, deberá solicitar que se apliquen los porcentajes de bonificación o recargo, en el supuesto de que exista un cambio de asegurado de la explotación garantizada con respecto al asegurado que garantizó la explotación el año anterior. El correo electrónico dónde deberán dirigirse es: [email protected]
En función del histórico de la explotación para el cálculo de la prima, se asignará al nuevo asegurado, una bonificación o recargo, calculado en función de su ratio de indemnizaciones sobre primas resultante de la nueva composición de la explotación, conforme a lo estipulado en las Condiciones Especiales y que el Agricultor, puede consultar en la página web de Agroseguro, atención al cliente, con las siguientes opciones:
o Acceso de Asegurados registrados. o Consulta general de Rendimientos, índices y otras
Medidas/Bonificaciones, recargos y rendimientos; indicando el Plan, Nif y línea de seguro que desea consultar.
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Agroseguro, una vez recibida la solicitud, procederá en su caso, a la regularización de la prima única, informando al asegurado, tomador y Entidad Aseguradora del resultado de la misma. En el caso de que la prima fuese a abonar, en la comunicación se recordará las obligaciones contractuales de las partes, en los supuestos de que se produzca algún siniestro durante el periodo en el que se está realizando esta gestión de cambio. Igualmente, les recordamos que la declaración de seguro agrario, es a la vez solicitud de subvenciones por lo que deberán tener en cuenta lo establecido en las bases reguladoras para concesión de subvenciones de la administración general del Estado y la resolución en la que se aprueba el Plan de seguros agrarios; así como las ordenes reguladoras de las Comunidades Autónomas; por lo que en cualquier caso, el nuevo asegurado, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
Los plazos para realizar esta gestión, deberán estar comprendidos dentro de 30 días desde que se suscribió el seguro.
En los casos en que exista un cambio de titularidad de la explotación, se asignará el histórico de la explotación al nuevo titular.
En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa
Condición Especial 14ª.
En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/Consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado.
PAGO
El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
A) Al contado El pago se realizará por el tomador del seguro, en el plazo de suscripción establecido por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, mediante ingreso directo o transferencia bancaria a favor de la cuenta de Agroseguro Agrícola, abierta en la entidad de crédito que, por parte de Agroseguro, se establezca en el momento de la contratación. B) Fraccionada Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos:
- El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 1.000 €.
- El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.
El pago de la prima única se realizará en dos fracciones: Primera fracción: se corresponderá al menos con el 10% del importe del coste del seguro a cargo del tomador, más el total de la cuantía que corresponda por el fraccionamiento y el aval, que serán abonados en el mismo momento de la suscripción del seguro, siendo de aplicación todo lo especificado para el pago al contado. Si el aval afianzado no alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del importe avalado. Segunda fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del tomador. Dicho importe, será pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado a los 3 ó 6 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los siniestros. Ver Condición Especial 16ª
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RESUMEN DE ASPECTOS RELEVANTES EN LA CONTRATACIÓN
PRODUCCIONES ASEGURABLES
CULTIVOS
ACELGA COLIFLOR
ACHICORIA HOJA VERDE ESCAROLA
APIO ESPINACA
AROMÁTICAS-CULINARIAS GRELOS
BABY LEAF HINOJO
BERZA HORTALIZAS ORIENTALES
BORRAJA KALE
BRÓCOLI LECHUGA
COLES DE BRUSELAS ROMANESCO
COL-REPOLLO
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PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN, ÁMBITO DE APLICACIÓN
TODOS LOS MÓDULOS Existen diferentes fechas de contratación en función de los cultivos, ámbito de aplicación y ciclos de cultivo.
AROMÁTICAS-CULINARIAS (cód. 020), BABY LEAF (cód. 004), ESCAROLA (cód. 012), LECHUGA (CÓD. 017)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 1 (cód. 001)
14 19 02/04/2018 13/05/2018 TODO EL ÁMBITO 14 19 02/04/2018 13/05/2018 14/05/2018
CICLO 2 (cód. 002)
20 24 14/05/2018 17/06/2018 TODO EL ÁMBITO 20 24 14/05/2018 17/06/2018 18/06/2018
CICLO 3 (cód. 003)
25 28 18/06/2018 15/07/2018 TODO EL ÁMBITO 25 28 18/06/2018 15/07/2018 16/07/2018
CICLO 4 (cód. 004)
29
34
16/07/2018
26/08/2018 ÁREA I
29
34
16/07/2018
26/08/2018 27/08/2018
35 02/09/2018 ÁREA II 35 02/09/2018 03/09/2018
36 09/09/2018 ÁREA III 36 09/09/2018 10/09/2018
CICLO 5 (cód. 011)
35 37 27/08/2018 16/09/2018
ÁREA I 35 37 27/08/2018 16/09/2018 17/09/2018
36 37 03/09/2018 ÁREA II 36 37 03/09/2018
37 38 10/09/2018 23/09/2018 ÁREA III 37 38 10/09/2018 23/09/2018 24/09/2018
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AROMÁTICAS-CULINARIAS (cód. 020), BABY LEAF (cód. 004), ESCAROLA (cód. 012), LECHUGA (CÓD. 017)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 6 (cód. 012)
38 43
17/09/2018 28/10/2018
ÁREA I 38
43 17/09/2018
28/10/2018 29/10/2018 ÁREA II
39 24/09/2018 ÁREA III 39 24/09/2018
CICLO 7 (cód. 013)
44 50 29/10/2018 16/12/2018 TODO EL ÁMBITO 44 50 29/10/2018 16/12/2018 17/12/2018
CICLO 8 (cód. 014)
51 7 17/12/2018 17/02/2019 TODO EL ÁMBITO 51 7 17/12/2018 17/02/2019 18/02/2019
CICLO 9 (cód. 015)
8 13 18/02/2019 31/03/2019 TODO EL ÁMBITO 8 13 18/02/2019 31/03/2019 01/04/2019
La semana indicada corresponde al año 2019.
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CLASIFICACIÓN DEL ÁMBITO EN ÁREAS
ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
03 ALACANT/
ALICANTE
01 Vinalopó 002 Agost
03 Marquesado 102 Pego
138 Vergel
05 Meridional Todos
04 ALMERÍA
02 Alto Almanzora 103 Zurgena
03 Bajo Almanzora Todos
07 Campos Dalias Todos
08 Campo Nijar y Bajo Andarax Todos
07 ILLES BALEARS Todas Todos
08 BARCELONA
05 Penedés Todos
07 Maresme Todos
08 Valles Oriental Todos
10 Baix Llobregat Todos
11 CÁDIZ
01 Campiña de Cádiz Todos
02 Costa Noroeste de Cádiz Todos
04 De La Janda Todos
05 Campo de Gibraltar Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN
05 Litoral Norte Todos
06 La Plana Todos
14 CÓRDOBA 02 Sierra (La)
036 Hornachuelos (Exclusivamente Zona I Ver Zonificación en la Web)
03 Campiña Baja Todos
15 CORUÑA (A) 01 Septentrional Todos
02 Occidental Todos
17 GIRONA 04 Alt Emporda
005 Far D’emporda (El)
030 Cabanes
066 Figueres
132 Perelada
214 Vilabertrán
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ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
17 GIRONA
05 Baix Emporda Todos
07 Selva
023 Blanes
095 Lloret de Mar
202 Tossa de Mar
18 GRANADA
07 Alhama Todos
08 Costa Todos
09 Las Alpujarras 144 Orjiva
21 HUELVA
02 Andévalo Occidental Todos
04 Costa Todos
05 Condado Campiña Todos
06 Condado Litoral Todos
27 LUGO 01 Costa (La) Todos
29 MÁLAGA 03 Centro Sur ó Guadalorce Todos
04 Vélez-Málaga Todos
30 MURCIA
01 Nordeste 001 Abanilla
020 Fortuna
03 Centro Todos
04 Río Segura Todos
05 Suroeste y Valle de Guadalentín
003 Águilas
006 Aledo
008 Alhama de Murcia,
023 Librilla
024 Lorca (zonas I, II , III y IV ver zonificación en la Web)
026 Mazarrón
033 Puerto-Lumbreras
039 Totana
06 Campo de Cartagena Todos
33 ASTURIAS
02 Luarca Todos
04 Grado Todos
06 Gijón Todos
09 Llanes 036 Llanes
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ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
33 ASTURIAS 09 Llanes 055 Ribadedeva
056 Ribadesella
36 PONTEVEDRA
02 Litoral Todos
04 Miño
023 Guarda (A)
030 Mondariz
031 Mondariz-Balneario
034 Neves (As)
036 Oia
042 Ponteareas
048 Rosal (O)
049 Salceda de Caselas
050 Salvatierra de Miño
054 Tomiño
055 Tui
39 CANTABRIA 01 Costera Todos
41 SEVILLA 02 La Vega Todos
04 Las Marismas Todos
43 TARRAGONA
03 Baix Ebre Todos
07 Camp de Tarragona
012 Altafulla
038 Cambrils
047 Constantí
092 Mont-Roig Del Camp
095 Morell (El)
109 Pobla de Mafumet (La)
123 Reus
129 Riudoms
134 Rourell (El)
148 Tarragona
153 Torredembarra
160 Vallmoll
161 Valls
166 Vilallonga del Camp
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ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
43 TARRAGONA
07 Camp de Tarragona 171 Vila-Seca I Salou
178 Vinyols I Els Arcs
08 Baix Penedés
002 Albinyana
020 Banyeres del Penedés
037 Calafell
050 Creixell
051 Cunit
131 Roda de Bara
140 Santa Oliva
163 Vendrell (El)
46 VALÈNCIA/
VALENCIA
03 Campos de Liria Todos
05 Hoya de Buñol Todos
06 Sagunto Todos
07 Huerta de Valencia Todos
0 8 Riberas del Júcar Todos
09 Gandia Todos
11 Enguera y la Canal Todos
12 La Costera de Játiva Todos
13 Valles de Albaida Todos
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ÁMBITO DE ÁREA II
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
PROVINCIAS COMARCAS
01 ARABA/ÁLAVA 01 Cantábrica
20 GIPUZKOA/
GUIPÚZCOA Todas
22 HUESCA
04 Hoya de Huesca
06 Monegros
07 La Litera
26 LA RIOJA
01 Rioja Alta
03 Rioja Media
05 Rioja Baja
31 NAVARRA 04 Media
05 La Ribera
48 BIZKAIA/
VIZCAYA Todas
50 ZARAGOZA
01 Egea de los Caballeros
04 La Almunia de Doña Godina
05 Zaragoza
ÁMBITO DE APLICACIÓN - ÁREA III
CULTIVOS AROMÁTICAS-CULINARIAS, BABY LEAF, ESCAROLA Y LECHUGA
Restantes Provincias, Comarcas y Términos Municipales de la Península,
no incluidas en las Áreas I y II.
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BRÓCOLI (cód. 007)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE O SIEMBRA
SEMANA DEL AÑO
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN
PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN SEMANA DEL
AÑO
INICIO CONTRATACIÓN
FINAL CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO
INICIO FINAL INICIO FINAL INICIO FINAL
CICLO 1 (cód. 001)
3 11 15/01/2018 18/03/2018 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 3 11 15/01/2018 18/03/2018 19/03/2018
CICLO 2 (cód. 002)
12 13 19/03/2018 01/04/2018
ÁREA I (Alicante y Murcia), ÁREA II
(Murcia) Y ÁREA III
12 13 19/03/2018 01/04/2018 02/04/2018
CICLO 3 (cód. 003)
14 28 02/04/2018 15/07/2018 TODO EL ÁMBITO 14 28 02/04/2018 15/07/2018 16/07/2018
CICLO 4 (cód. 004)
29 35 16/07/2018 02/09/2018 TODO EL ÁMBITO 29 35 16/07/2018 02/09/2018 03/09/2018
CICLO 5 (cód. 011)
36 39 03/09/2018 30/09/2018 TODO EL ÁMBITO 36 39 03/09/2018 30/09/2018 01/10/2018
CICLO 6 (cód. 012)
40 46 01/10/2018 18/11/2018 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 40 46 01/10/2018 18/11/2018 19/11/2018
CICLO 7 (cód. 013)
47 2 19/11/2018 13/01/2019 ÁREA I, ÁREA II
Y ÁREA III 47 2 19/11/2018 13/01/2019 14/01/2019
Excepto para el ámbito de aplicación de las Comunidades Autónomas de Murcia y Valencia, que será el 20/03/2018 Excepto para el ámbito de aplicación de las Comunidades Autónomas de Catalunya, Navarra, País Vasco y Valencia, que será el 03/04/2018 La semana indicada corresponde al año 2019.
.
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CLASIFICACIÓN DEL ÁMBITO EN ÁREAS
ÁMBITO DE ÁREA I
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
03 ALACANT/
ALICANTE
03 Marquesado Todos
05 Meridional Todos
04 ALMERÍA
03 Bajo Almanzora Todos
07 Campos Dalias Todos
08 Campo Nijar y Bajo Andarax
Todos
11 CÁDIZ 02 Costa Noroeste de Cádiz Todos
05 Campo de Gibraltar Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN 06 La Plana Todos
18 GRANADA 07 Alhama Todos
08 La Costa Todos
30 MURCIA
01 Nordeste
001 Abanilla (exclusivamente zonas I, II y III)
020 Fortuna (exclusivamente zonas I, II y III)
03 Centro (Zonas I, II y III) de todos los términos
04 Río Segura (Zonas I, II y III) de todos los términos
05 Suroeste y Valle de Guadalentín
(Zonas I, II y III) de todos los términos
06 Campo de Cartagena (Zonas I, II y III) de todos los términos
41 SEVILLA 02 La Vega Todos
46 VALÈNCIA/
VALENCIA
03 Campos de Liria Todos
06 Sagunto Todos
07 Huerta de Valencia Todos
08 Riberas del Júcar Todos
09 Gandia Todos
11 Enguera y la Canal Todos
12 La Costera de Játiva Todos
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 80 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA II
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
04 ALMERÍA
01 Los Vélez Todos
02 Alto Almanzora Todos
04 Río Nacimiento Todos
05 Campo Tabernas Todos
06 Alto Andarax Todos
08 BARCELONA
07 Maresme Todos
08 Valles Oriental Todos
10 Baix Llobregat Todos
12 CASTELLÓ/
CASTELLÓN 05 Litoral Norte Todos
30 MURCIA
01 Nordeste
001 Abanilla (Zona IV)
020 Fortuna (Zona IV)
022 Jumilla
043 Yecla
02 Noroeste Todos
03 Centro, 04 Rio Segura, 05 Suroeste y Valle de Guadalentín y 06 Campo de Cartagena
Zona IV de todos los términos
43 TARRAGONA
03 Baix Ebre Todos
07 Camp de Tarragona Todos
08 Baix Penedés Todos
Ver Zonificación en la Web
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 81 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA III
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
01 ARABA/ÁLAVA
03 Valles Alaveses Todos
04 Llanada Alavesa Todos
05 Montaña Alavesa Todos
06 Rioja Alavesa Todos
02 ALBACETE Todas Todos
03 ALACANT/
ALICANTE 01 Vinalopó Todos
06 BADAJOZ Todas Todos
08 BARCELONA
02 Bagés Todos
05 Penedés Todos
06 Anoia Todos
09 Valles Occidental Todos
10 CÁCERES Todas Todos
18 GRANADA
01 De la Vega Todos
02 Guadix Todos
03 Baza Todos
04 Huescar Todos
22 HUESCA 08 Bajo Cinca Todos
25 LLEIDA
06 Noguera Todos
07 Urgell Todos
09 Segriá Todos
26 LA RIOJA Todas Todos
28 MADRID 06 Vegas Todos
31 NAVARRA Todas Todos
41 SEVILLA 03 El Aljarafe Todos
05 La Campiña Todos
44 TERUEL 03 Bajo Aragón Todos
05 Hoya de Teruel Todos
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 82 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ÁMBITO DE ÁREA III
CULTIVO BRÓCOLI
PROVINCIAS COMARCAS TÉRMINOS
45 TOLEDO
01 Talavera Todos
02 Torrijos Todos
03 Sagra-Toledo Todos
04 La Jara Todos
07 La Mancha Todos
46 VALÈNCIA/
VALENCIA 10 Valle de Ayora Todos
50 ZARAGOZA
01 Egea de los Caballeros Todos
02 Borja Todos
04 La Almunia de Doña Godina
Todos
05 Zaragoza Todos
ÁMBITO DE APLICACIÓN - ÁREA IV
CULTIVO BRÓCOLI
Restantes Provincias, Comarcas y Términos Municipales de la Península y Baleares, no incluidas en las Áreas I, II y III
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 83 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 1 (cód. 001)
22 HUESCA 24 LEÓN 42 SORIA 44 TERUEL 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/07/2018 01/08/2018
01 ARABA/ÁLAVA 26 LA RIOJA 31 NAVARRA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
CICLO 2 (cód. 002)
47 VALLADOLID 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/07/2018 01/08/2018
22 HUESCA 26 LA RIOJA 25 LLEIDA 31 NAVARRA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
02 ALBACETE 08 BARCELONA 13 CIUDAD REAL 17 GIRONA 18 GRANADA 19 GUADALAJARA 07 ILLES BALEARS 23 JAÉN 28 MADRID 43 TARRAGONA 45 TOLEDO
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 84 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 3 (cód. 003)
15 A CORUÑA 36 PONTEVEDRA
TODAS 15/01/2018 31/07/2018 01/08/2018
02 ALBACETE 33 ASTURIAS 05 ÁVILA 09 BURGOS 39 CANTABRIA 16 CUENCA 20 GIPUZKOA/GUIPÚZCOA 22 HUESCA 24 LEÓN 26 LA RIOJA 27 LUGO 31 NAVARRA 32 OURENSE 34 PALENCIA 37 SALAMANCA 40 SEGOVIA 44 TERUEL 47 VALLADOLID 48 BIZKAIA/VIZCAYA 49 ZAMORA 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 85 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 4 (cód. 004)
18 GRANADA 07 ILLES BALEARS 23 JAÉN 26 LA RIOJA 28 MADRID 29 MÁLAGA 31 NAVARRA 45 TOLEDO 50 ZARAGOZA
TODAS 15/01/2018 31/08/2018 03/09/2018
22 HUESCA 25 LLEIDA
TODAS 15/01/2018 15/09/2018 17/09/2018
06 BADAJOZ 08 BARCELONA 10 CÁCERES 17 GIRONA 21 HUELVA 41 SEVILLA 43 TARRAGONA
TODAS 15/01/2018 15/10/2018 16/10/2018
14 CÓRDOBA TODAS 15/01/2018 31/10/2018 02/11/2018
CICLO 5 (cód. 011)
03 ALACANT/ALICANTE 04 ALMERÍA 11 CÁDIZ 12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 30 MURCIA 46 VALÈNCIA/VALENCIA
TODAS 15/01/2018 15/08/2018 16/08/2018
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 86 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 6 (cód. 012)
03 ALACANT/ALICANTE 04 CENTRAL 05 MERIDIONAL
15/01/2018 15/10/2018 16/10/2018
04 ALMERÍA
03 BAJO ALMANZORA 07 CAMPO DALIAS 08 CAMPO NÍJAR Y BAJO ANDARAX
11 CÁDIZ TODAS
12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 05 LITORAL NORTE 06 LA PLANA
30 MURCIA
03 CENTRO 04 RÍO SEGURA 05 SUROESTE Y VALLE DE GUADALENTÍN 06 CAMPO DE CARTAGENA
46 VALÈNCIA/VALENCIA
03 CAMPOS DE LIRIA 06 SAGUNTO 07 HUERTA DE VALENCIA 08 RIBERAS DEL JÚCAR 09 GANDÍA 11 ENGUERA Y LA CANAL 12 LA COSTERA DE JÁTIVA 13 VALLES DE ALBAIDA
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 87 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
COLIFLOR (cód. 010), BERZA (cód. 005), COL-REPOLLO (cód. 009), COLES DE BRUSELAS (cód. 008), HORTALIZAS ORIENTALES (cód. 016),
KALE (cód. 019) Y ROMANESCO (cód. 018)
CICLOS ÁMBITO DE APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN ÚLTIMO DÍA
DE PAGO PROVINCIA COMARCA
CICLO 7 (cód. 013)
03 ALACANT/ALICANTE 04 ALMERÍA 11 CÁDIZ 12 CASTELLÓ/CASTELLÓN 30 MURCIA 46 VALÈNCIA/VALENCIA
TODAS 15/01/2018 14/01/2019 15/01/2019
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 88 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
ESPINACA (cód. 013), ACELGA (cód. 001), APIO (cód. 003), ACHICORIA DE HOJA VERDE (cód. 002), BORRAJA (cód. 006),
GRELOS (cód. 014), HINOJO (cód. 015)
CICLOS
PERÍODO DE TRASPLANTE ÁMBITO DE
APLICACIÓN INICIO
CONTRATACIÓN FINAL
CONTRATACIÓN
ÚLTIMO DÍA DE PAGO INICIO FINAL
CICLO 1 (cód.001)
15/01/2018 30/04/2018
28 MADRID
15/01/2018 30/04/2018
03/05/2018
RESTO DEL ÁMBITO
02/05/2018
CICLO 2 (cód.002)
01/05/2018 31/07/2018 TODO EL ÁMBITO
01/05/2018 31/07/2018 01/08/2018
CICLO 3 (cód.003)
01/08/2018 30/09/2018 TODO EL ÁMBITO
01/08/2018 30/09/2018 01/10/2018
CICLO 4 (cód.004)
01/10/2018 30/11/2018 TODO EL ÁMBITO
01/10/2018 30/11/2018 03/12/2018
CICLO 5 (cód.011)
01/12/2018 14/01/2019 TODO EL ÁMBITO
01/12/2018 14/01/2019 15/01/2019
POSIBILIDADES DE ASEGURAMIENTO
POSIBILIDAD 1: CADA CICLO DE CULTIVO SE ASEGURA EN UNA PÓLIZA INDEPENDIENTE Y CON UN ÚNICO MÓDULO.
Aromáticas-Culinarias, Baby Leaf, Escarola y Lechuga:
Por cultivo: - Ciclos: existen hasta 9, dependiendo de la fecha de siembra. - Pólizas: deberá hacerse una única póliza por ciclo. - Módulos: cada ciclo ha de tener un único módulo. (1 ó 2 ó 3 ó P).
Brócoli:
- Ciclos: existen hasta 7, dependiendo de la fecha de siembra. - Pólizas: deberá hacerse una única póliza por ciclo. - Módulos: cada ciclo ha de tener un único módulo. (1 ó 2 ó 3 ó P).
Coliflor, Berza, Col-Repollo, Coles de Bruselas, Hortalizas Orientales, Kale y Romanesco:
Por cultivo:
- Ciclos: existen hasta 7, dependiendo del ámbito de aplicación, el riesgo de helada y la fecha del final de garantías.
- Pólizas: deberá hacerse una única póliza por ciclo. - Módulos: cada ciclo ha de tener un único módulo (1 ó 2 ó 3 ó P).
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 89 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
Espinaca, Acelga, Apio, Achicoria de hoja verde, Borraja, Grelos e Hinojo: Por cultivo:
- Ciclos: existen hasta 5, dependiendo de la fecha de la siembra. - Pólizas: deberá hacerse una única póliza por ciclo. - Módulos: cada ciclo ha de tener un único módulo. (1 ó 2 ó 3 ó P).
POSIBILIDAD 2: VARIAS DECLARACIONES DE SEGURO PARA UN MISMO CICLO DE CULTIVO. Excepcionalmente, para todos los cultivos y sólo en los Módulos 2, 3 y P, en aquellas explotaciones en las que se realice programación de plantaciones sucesivas, el tomador o asegurado podrá pactar con Agroseguro la realización de más de una declaración de seguro por clase de cultivo. En este caso se deberá elegir, el mismo módulo y las mismas condiciones de cobertura, para todas las declaraciones de seguro del mismo ciclo. Para poder realizar varias pólizas sobre un mismo ciclo de cultivo el PROCEDIMIENTO es el siguiente:
1. El asegurado siempre de forma previa a la contratación, remitirá una solicitud de aseguramiento especial a Agroseguro. Este documento lo podrán localizar en la página web de Agroseguro, mediante la ruta:
Acceso usuarios registrados/Normas, Subvenciones y Recargos/Normativa de Productos/Normas de Contratación/Solicitud especial de aseguramiento.
2. En este documento se indicarán algunos datos de las expectativas de cosecha.
3. La comunicación se realizará por fax a Agroseguro, Departamento de Producción: 91 837 32 29.
4. Agroseguro comunicará por el mismo medio y posteriormente por escrito, la aceptación o no de la solicitud de aseguramiento.
5. No se podrá realizar contratación en varias declaraciones de seguro sino media
la aceptación expresa por escrito de Agroseguro. Cualquier asegurado que realice más de una declaración de seguro para un mismo ciclo de cultivo sin haber cursado solicitud, o que no haya sido aceptada, se le refundirán sus declaraciones según el procedimiento vigente. La Base de Datos con la información de los asegurados que han solicitado contratar varias declaraciones para el mismo ciclo, lo podrán encontrar en la página web, mediante la ruta: Acceso usuarios registrados / Diseños de Registro / Entidades Aseguradoras / Información que suministra Agroseguro a las Entidades / Menú Entidades / Solicitud especial de aseguramiento.
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RIESGOS CUBIERTOS
Helada
Pedrisco
Riesgos excepcionales: o Fauna Silvestre. o Incendio. o Inundación-Lluvia torrencial. o Lluvia persistente. o Viento huracanado.
Resto de adversidades climáticas. Para información más detallada, consultar el apartado “Riesgos Cubiertos” de las Condiciones Especiales del seguro.
DATOS PARA CONTRATAR
Datos del asegurado: Nombre completo. NIF/CIF Dirección completa. Teléfono Subvenciones: indicar, si procede, las subvenciones que correspondan al
asegurado (agricultor profesional, Organización de productores, etc.). Módulo: seleccionar solo uno y elegir entre las posibles opciones de
franquicia, garantizado, etc.
Datos de las parcelas (por cada una de las parcelas). Estos datos podrán variar en función del cultivo asegurado:
Tipo de capital. Se indicará producción, salvo para la lechuga y la
escarola, que se indicará producción (unidades). Cultivo Variedad SIGPAC Superficie cultivada (en hectáreas) Ciclo de cultivo Destino (Fresco, industria o cuarta gama). Sistema de producción (ecológico / tradicional) Fecha de la siembra (indicar el día) Precio: será en €/Kg salvo para lechuga y escarola, que vendrá indicado
en €/unidad. Nº de Kg que se esperan obtener en la parcela.
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MÓDULOS
MÓDULO 1: Todos los riesgos por Explotación
Condiciones de cobertura
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Producción
Pedrisco
Helada (1)
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades
Climáticas (2)
100% Explotación
(Comarca) 30% Elegible
Absoluta:
30%
Absoluta:
20% (3)
Instalaciones
Todos los cubiertos en la
garantía a la producción y
cualquier otro riesgo
climático
100% Parcela (4) Sin franquicia
Para el Módulo 1:
(1) La helada se cubre en los cultivos, ciclos, ámbitos y con las especificaciones establecidas en el anexo III.
(2) Para el resto de adversidades climáticas se garantiza según periodos:
– Durante todo el periodo de garantías: reposición y levantamiento según se especifica en la condición
especial 24ª.
– Desde lo establecido en el anexo II-1: los daños sobre la producción ocasionados por estos riesgos.
(3) Elegible para los asegurados que tengan derecho a bonificación, asegurados del grupo E (según lo establecido
en la condición especial 14ª), asegurados que llevan más de tres años sin contratar y asegurados nuevos
(aquellos que no han contratado nunca este seguro), en todo el ámbito de aplicación del seguro.
(4) El menor entre el 10% del capital asegurado y 1.000 € en cabezal de riego, 500 € para cortavientos de material
plástico, 1.200 € para cortavientos de obra, 600 € para estructuras antigranizo y 300 € en red de riego. La
cuantía en cortavientos mixtos, será proporcional a la superficie de cada tipo.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 92 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
MÓDULO 2: Riesgos por explotación y riesgos por parcela
Condiciones de cobertura
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Producción
Pedrisco 100% Parcela 10% Daños: 10%
Helada (1)
Riesgos Excepcionales
(2)
Elegible: Enfermedades
por lluvia persistente (3)
100% Elegible
Parcela
Helada:
Elegible
30% Absoluta: 30%
20% (5)
Absoluta: 20%
(5)
(6) Tabla Bonus
Riesgos
Excepcionales 20% Absoluta: 20%
Explotación
(Comarca)
Elegible (7)
30% Absoluta: 30%
Resto de Adversidades
Climáticas (4) 100%
Explotación
(Comarca)
20% (8)
Absoluta: 20%
(8)
Instalaciones
Todos los cubiertos en la
garantía a la producción
y cualquier otro riesgo
climático
100% Parcela (9) Sin franquicia
MÓDULO 3: Riesgos por parcela
Condiciones de cobertura
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Producción
Pedrisco 100% Parcela 10% Daños: 10%
Helada (1) 100% Parcela Elegible
30% Absoluta: 30%
20% (5) Absoluta: 20% (5)
(6) Tabla Bonus
Riesgos Excepcionales
(2)
Elegible:
Enfermedades por lluvia
persistente (3)
Resto de Adversidades
Climáticas (4)
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Instalaciones
Todos los cubiertos en la
garantía a la producción y cualquier otro riesgo
climático
100% Parcela (9) Sin franquicia
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 93 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
Para los Módulos 2 y 3:
(1) La helada se cubre en los cultivos, ciclos, ámbitos y con las especificaciones establecidas en el anexo III.
(2) Para el cultivo de Brócoli., no está incluida la cobertura del efecto de las plagas y enfermedades (según lo
especificado en la condición especial 2ª, en el epígrafe 4 de la lluvia persistente).
(3) La cobertura del efecto de las plagas y enfermedades (según lo especificado en la condición especial 2ª, en el
epígrafe 4 de la lluvia persistente), será elegible únicamente para el cultivo de Brócoli.
(4) Para el resto de adversidades climáticas se garantiza según periodos:
– Durante todo el periodo de garantías: reposición y levantamiento según se especifica en la condición
especial 24ª.
– Desde lo establecido en el anexo II-1: los daños sobre la producción ocasionados por estos riesgos.
(5) Elegible para los asegurados que tengan derecho a bonificación, asegurados del grupo E (según lo establecido
en la condición especial 14ª), asegurados que llevan más de tres años sin contratar y asegurados nuevos
(aquellos que no han contratado nunca este seguro), en todo el ámbito de aplicación del seguro.
(6) Tabla Bonus: Elegible para los asegurados que tengan derecho a bonificación, asegurados del grupo E (según
lo establecido en la condición especial 14ª), asegurados que llevan más de tres años sin contratar, y asegurados
nuevos (aquellos que no han contratado nunca este seguro). Mínimo indemnizable y franquicias absolutas
según zonificación:
ZONIFICACIÓN Sin
Zonificación PROVINCIA Zona I Zona II Zona III Zona IV
Almería y
Murcia 10% 10% 20% 20% 20%
Resto 20% 20% 20% 20% 20%
(7) Elegible conjuntamente para todos los riesgos que se cubren por explotación.
(8) Podrán elegir el 20%, los asegurados que tengan derecho a bonificación, asegurados del grupo E (según lo
establecido en la condición especial 14ª) y asegurados nuevos (aquellos que no han contratado nunca este
seguro), en todo el ámbito de aplicación.
(9) El menor entre el 10% del capital asegurado y 1.000 € en cabezal de riego, 500 € para cortavientos de material
plástico, 1.200 € para cortavientos de obra, 600 € para estructuras antigranizo y 300 € en red de riego. La
cuantía en cortavientos mixtos, será proporcional a la superficie de cada tipo.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 94 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
MÓDULO P: Riesgos nominados por parcela
Condiciones de cobertura
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Producción
Pedrisco Elegible: 100%
Parcela 10% Daños: 10% 80%(4)
Elegible:
Helada (1) 80% Parcela 20% (5)
Absoluta:
20% (5)
Riesgos Excepcionales (2)
Elegible:
Enfermedades por lluvia
persistente (3)
100% Parcela 20% Absoluta:
20%
Instalaciones
Todos los cubiertos en la
garantía a la producción y
cualquier otro riesgo
climático
100% Parcela (6) Sin franquicia
(1) La helada se cubre en los cultivos, ciclos, ámbitos y con las especificaciones establecidas en el anexo III.
(2) Para el cultivo de Brócoli., no está incluida la cobertura del efecto de las plagas y enfermedades (según lo
especificado en la condición especial 2ª, en el epígrafe 4 de la lluvia persistente).
(3) La cobertura del efecto de las plagas y enfermedades (según lo especificado en la condición especial 2ª, en el
epígrafe 4 de la lluvia persistente), será elegible únicamente para el cultivo de Brócoli.
(4) Elegible únicamente para los cultivos de Aromáticas-Culinarias, Baby- Leaf, Escarola y Lechuga.
(5) Excepto para los cultivos de Aromáticas-Culinarias, Baby- Leaf, Escarola y Lechuga, en las provincias de
Almería y Murcia en los que según zonificación serán los siguientes porcentajes, para el mínimo indemnizable
y para la franquicia absoluta:
- Zona I: 10%.
- Zonas IV: 30%.
(6) Menor entre: el 10% del capital asegurado y 1.000 € en cabezal de riego, 500 € para cortavientos plásticos,
1.200 € para cortavientos de obra, 600 € para estructuras antigranizo y 300 € en red de riego. La cuantía en
cortavientos mixtos, será proporcional a la superficie de cada tipo.
PERIODO DE MODIFICACIONES DE LA DECLARACIÓN DE SEGURO
Se admitirán bajas de parcela/s por no siembra y alta de nuevas parcelas hasta 20 días después de haber finalizado el plazo de suscripción, siempre y cuando a la recepción en Agroseguro de la solicitud de modificación, dichas parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos y estas modificaciones no afecten de forma significativa al contenido de la Declaración de Seguro.
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 95 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
CONTRATACIÓN
Toma de efecto: debe enviarse la póliza a Agroseguro y, en paralelo, realizar el abono a Agroseguro. El seguro entra en vigor a las 00:00 horas del día siguiente al pago de la prima.
Duración: todos los módulos de esta línea son ANUALES, NO se renuevan automáticamente.
Pago de la prima: siempre deberá realizarse dentro del período de suscripción mediante ingreso directo o transferencia directa a la cuenta de Agroseguro e indicarse en el concepto el NIF/CIF del asegurado o nº colectivo.
o Al contado: importe íntegro de la prima a cargo del Tomador abonado en el
momento de la contratación.
o Fraccionado: imprescindible que se domicilie al asegurado la prima, que sea superior a 1.000€ y disponer de AVAL SAECA para cubrir al menos la 2ª fracción:
Fracciones:
1ª fracción: al menos el % de la prima establecido por SAECA,
más el total de la cuantía correspondiente por fraccionamiento y aval, que será abonado al dar de alta el seguro.
2ª fracción: resto del importe de la prima a cargo del Tomador. Será pagado mediante recibo domiciliado a los 3 ó 6 meses desde el alta del seguro.
Inicio y final de garantías para producción (Kg):
o INICIAN con la toma de efecto y nunca antes de las fechas especificados en el Anexo II de las Condiciones Especiales.
o FINALIZARAN en la fecha más temprana de las siguientes:
En el momento de la recolección. Sobremadurez. Fecha límite de garantías especificada para cada cultivo en el anexo III. Duración máxima de las garantías, especificada para cada cultivo en el
anexo III, a contar desde la fecha de trasplante o desde el momento de la siembra.
Inicio y final garantías para instalaciones: la más temprana de las siguientes.
o INICIAN con la toma de efecto.
o FINALIZAN en la fecha más temprana de las siguientes:
Seguro de Explotaciones Hortícolas en Ciclos Sucesivos Página 96 de 96 en la Península y en la C.A. de Illes Balears AGROSEGURO, S.A.
12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto del seguro del siguiente año.
Carencia: 6 DÍAS contados desde la entrada en vigor del seguro salvo:
o Asegurados que contratasen en la campaña anterior, excepto para el riesgo de helada que sí será de aplicación. No obstante: En el caso entidades asociativas que suscriban por primera vez, no se
aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior.
En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el periodo de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.
SINIESTROS
El asegurado debe notificar el siniestro dentro del PLAZO DE 7 DÍAS contados a partir de la fecha en que fue conocido (extremando la diligencia en los siniestros de fauna silvestre), y pudiendo efectuar tantos partes como siniestros ocurran. Para información sobre los plazos, las notificaciones, inspecciones, valoraciones, muestras, documentación, etc., consultar Capítulo V de las Condiciones Especiales.