NORMAS T.G. Y TESIS DOCTORAL (5ta. versión) Enero 2006

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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

    RMULO GALLEGOS

    REA DE POSTGRADO

    NORMAS PARA LA ELABORACIN Y APROBACIN DETRABAJOS TCNICOS, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO,

    TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES

    (Aprobadas por el Consejo Universitario en Sesin Ordinaria N 2006-07-635 de Fecha 25-04-2006)

    SAN JUAN DE LOS MORROS, ENERO DE 2006

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    AUTORIDADES UNIVERSITARIAS

    Dr. Ramn GalindoRector

    Dra. Mara Arisela MedinaVicerrectora Acadmico

    Dr. Gustavo BuitragoVicerrector Administrativo

    Dra. Susana PachecoSecretaria

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    AUTORIDADES DE POSTGRADO

    Dra. Deyanira CarriolaDecano

    Dra. Ana Betancourt de GalindoDirectora Acadmica

    Espec. Mara HernndezDirector de Administracin

    Odont. Margareth CarreoJefe de Control de Estudios

    Dra. Mara del Carmen PereirasJefe de la Unidad de Acreditacin

    COMISIN PERMANENTE DE REVISIN

    Decano de Postgrado

    Director Acadmico de Postgrado

    Coordinadores de Programas de Postgrado

    Jefe Unidad de Acreditacin

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    INDICE GENERALpp.

    INTRODUCCIN ... 6

    CAPTULOS

    I. DISPOSICIONES GENERALES 7

    II. DE LA DEFINICIN DEL TRABAJO DE ESPECIALISTA TCNICO,

    TRABAJO ESPECIAL DE GRADO, TRABAJO DE GRADO Y TESIS

    DOCTORAL 8

    III. DE LA NATURALEZA DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA

    TCNICO, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS

    DE GRADO Y TESIS DOCTORALES.. 8

    De la Investigacin de Campo.. 9

    De la Investigacin Documental... 10

    De los Proyectos Factibles. 11

    De los Proyectos Especiales.. 11

    De las otras Modalidades para los Trabajos de Especialista Tcnico

    y Especial de Grado 12

    IV. DE LOS ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS PARA TRABAJOS DE

    GRADO Y TESIS DOCTORALES 13

    V. DE LAS COMISIONES TCNICAS DE TRABAJOS DE GRADO Y TESIS

    DOCTORALES

    18VI. DE LOS TUTORES

    19

    VII. DE LA PRESENTACIN DE LOS TRABAJOS DE GRADO Y

    TESIS DOCTORAL. 21

    VIII. DEL JURADO EVALUADOR 22

    IX. DE LA ORGANIZACIN DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA

    TCNICO, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE

    GRADO Y TESIS DOCTORALES... 24

    De las Pginas Preliminares 24Del Texto... 27

    De los Materiales de Referencia. 30

    X. DE LAS CITAS Y NOTAS.. 31

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    XI. DEL LENGUAJE Y ESTILO.. 33

    XII. DEL MECANOGRAFIADO Y LA IMPRESIN 34

    XIII. DE LA ENCUADERNACIN Y PRESENTACIN DE LA VERSINDEFINITIVA.. 37

    XIV. DE LAS RECOMENDACIONES FINALES. 37

    INSTRUMENTOS PARA REVISIN Y EVALUACIN DE TRABAJOS ESPECIALES

    ESPECIALES DE GRADO Y TRABAJOS DE GRADO. 38

    Evaluacin Cualitativa de la Versin Preliminar del Trabajo

    de Grado (Maestra). 39

    Evaluacin Cualitativa de la Presentacin Oral del Trabajo

    de Grado (Maestra) ...

    45Revisin del Trabajo de Grado (Proyecto Factible) 47

    Revisin del Trabajo de Grado (Trabajo de Campo). 56

    Revisin del Trabajo Especial de Grado (Monografa). 64

    Instrumento de Evaluacin del Trabajo Especial de Grado 69

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    INTRODUCCIN

    El presente Normativo establece las condiciones, procedimientos y criterios exigidos por elConsejo Nacional de Universidades, a travs de la Normativa General de Estudios paraGraduados y contempladas en el Reglamento de Estudios de Postgrado de la UniversidadRmuloGallegos, y las Normas para la Elaboracin y Aprobacin de los Trabajos de Gradoy Tesis Doctorales requeridos para optar al grado de Especialista, Magster o Doctor,respectivamente, en esta Institucin.

    El instrumento conserva un carcter flexible sobre las exigencias de la normativa depostgrado vigente, y refuerza la idea de amplitud de criterios relacionada con las polticas depostgrado de la Universidad en materia de publicacin de investigaciones. En este sentido, lasNormas reflejan el inters por unificar criterios con relacin a los aspectos sealados, para ofrecera los estudiantes de postgrado, coordinadores, tutores y jurados, una serie de orientaciones quegaranticen la produccin cientfica, humanstica y social as como el xito en la culminacin del

    proceso de investigacin en este nivel de estudios. Por otra parte, el documento sirve para evitardesacuerdos y puntos de vista dismiles entre tutores y jurados, que generalmente confunden alestudiante e influyen en la evaluacin de su trabajo de grado o tesis doctoral.

    En sntesis, estas pautas integran la experiencia acumulada a travs de veintisiete aos deexperiencia de la Universidad Rmulo Gallegos, de jornadas de evaluacin, de acuerdos con lasdiferentes universidades, cuyo anlisis fundamenta los programas de postgrado de esta Institucin.

    Los documentos que sirvieron de base legal para la elaboracin de esta Normativa fueronlos siguientes:

    Ley de Universidades y su Reglamento.

    Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Institutosdebidamente autorizados por el Consejo Nacional de Universidades de fecha 20 denoviembre de 2001.

    Reglamento de Estudios de Postgrado de la Universidad Nacional Experimental RmuloGallegos (UNERG), de fecha 08 de mayo de 2003.

    Manual de Trabajos de Grado de Especializacin y Maestra y Tesis Doctorales de laUniversidad Pedaggica Experimental Libertador (UPEL).

    Pautas para la Elaboracin y Aprobacin de Trabajos de Grado de Maestra y TesisDoctorales en la Universidad Central de Venezuela (UCV).

    Normas para la redaccin de informes cientficos de la Asociacin Americana de Psicologa(APA).

    Normas para la Elaboracin de Trabajos de Grado para Maestra de la Universidad deCarabobo (UC).

    Normas para Trabajos de Grado de la Universidad Nacional Abierta (UNA).

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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL "RMULO GALLEGOS"

    El Consejo Universitario, en uso de la atribucin conferida en el numeral 10, del Artculo 5,

    del Reglamento General de la Universidad dicta las siguientes:

    NORMAS PARA LA ELABORACIN Y APROBACIN DETRABAJOS TCNICOS, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO,

    TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES

    CAPTULO IDISPOSICIONES GENERALES

    ARTCULO 1: Las siguientes disposiciones establecen las condiciones, procedimientos ycriterios exigidos por la UNERG para la elaboracin y presentacin de losTrabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajos deGrado de Maestra y Tesis Doctorales, a los cuales hacen referencia losartculos 98 al 125, contenidos en los captulos I, II, III y IV, del Ttulo V delReglamento de Estudios de Postgrado de esta Universidad.

    ARTCULO 2: El Trabajo de Especialista Tcnico, el Trabajo Especial de Grado, el Trabajo deGrado y la Tesis Doctoral constituyen un requisito terminal en la formacin delaspirante al grado de Especialista Tcnico, Especialista, Magster o Doctor,respectivamente.

    ARTCULO 3: El Trabajo de Grado y la Tesis Doctoral requerirn de la elaboracin,presentacin, defensa y aprobacin de los mismos ante un jurado evaluador,conforme a los lapsos sealados en los artculos 101 y 102 del Reglamento deEstudios de Postgrado vigente.

    ARTCULO 4: El Trabajo de Especialista Tcnico y el Trabajo Especial de Grado

    comprendern la elaboracin, presentacin y aprobacin del mismo ante unjurado calificador. Su presentacin y aprobacin deber cumplirse en un plazomximo de tres (03) aos para el Especialista Tcnico, y cuatro (04) aos parael Especialista, contados a partir del inicio de los estudios correspondientes.

    ARTCULO 5: Los Trabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajosde Grado y Tesis Doctorales deben ser el producto de una investigacin oestudio en forma personal e individual del aspirante, que representen, por sumetodologa, contenido, enfoque y desarrollo, un aporte significativo alconocimiento del tema, y demostrar independencia de criterio intelectual ycientfico.

    ARTCULO 6: Los estudiantes deben preparar su Trabajo de Especialista Tcnico, TrabajoEspecial de Grado, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral con la asesora de unTutor designado conforme a los procedimientos y requisitos establecidos en el

    Reglamento de Estudios de Postgrado de la UNERG. Sin embargo, tanto laseleccin del tema como la conceptualizacin, diseo y ejecucin del proyectoson de entera responsabilidad del estudiante.

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    CAPTULO IIDE LA DEFINICIN DEL TRABAJO DE ESPECIALISTA TCNICO,

    TRABAJO ESPECIAL DE GRADO, TRABAJO DE GRADO

    Y TESIS DOCTORAL

    ARTCULO 7: El Trabajo de Especialista Tcnico debe demostrar el desarrollo de habilidadesy destrezas o el manejo instrumental de los conocimientos adquiridos por elaspirante o la aspirante en la respectiva rea del saber. Su presentacin yaprobacin deber cumplirse en un plazo mximo de tres (03) aos, contados apartir del inicio de los estudios correspondientes.

    ARTCULO 8: El Trabajo Especial de Grado debe ser el resultado de la aplicacin de losconocimientos y tecnologas adquiridos por el aspirante o la aspirante durantesus estudios para propiciar innovaciones y mejoras en las distintas reas delsaber. Su presentacin y aprobacin deber cumplirse en un plazo mximo decuatro (04) aos a partir del inicio de los estudios correspondientes.

    ARTCULO 9: El Trabajo de Grado de Maestra consiste en un estudio altamente reflexivo ycientfico que demuestre la capacidad crtica, analtica, constructiva y el dominiotcnico y metodolgico de los mtodos de investigacin propios del rea deconocimiento respectivo, sustentados con independencia de criterios en lasolucin de problemas reales que contribuyan al desarrollo cientfico,humanstico y tecnolgico del pas. Su presentacin y aprobacin debercumplirse en un plazo mximo de cuatro (04) aos contados a partir del iniciode los estudios correspondientes.

    ARTCULO 10: La Tesis Doctoral debe constituir un aporte original relevante a la ciencia, latecnologa, o a las humanidades, y reflejar la formacin humanstica y cientficadel autor. La tesis deber ser preparada expresamente para la obtencin delgrado de Doctor o Doctora, bajo la direccin de un tutor y se presentar en un

    plazo mximo de cinco (05) aos contados a partir del inicio de los estudioscorrespondientes. La defensa y aprobacin de la misma se har mediante unexamen pblico y solemne conforme a lo establecido en la Ley y demsdisposiciones.

    ARTCULO 11: El Trabajo de Especialista Tcnico, el Trabajo Especial de Grado, el Trabajo deGrado y la Tesis Doctoral son trabajos inditos que deben ser presentados enidioma castellano y no pueden ser utilizados para optar a otro (s) grado (s)acadmico (s).

    CAPTULO IIIDE LA NATURALEZA DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA TCNICO, TRABAJOS

    ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES

    ARTCULO 12: Los Trabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajosde Grado de Maestra y las Tesis Doctorales pueden realizarse siguiendocualquiera de los paradigmas o enfoques de investigacin propios de ladisciplina en las materias que se ubique la temtica escogida (cuantitativo,cualitativo, etc.), siempre y cuando el estudiante, en su proyecto, logre justificar,

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    de manera satisfactoria, tanto la relevancia del estudio como la metodologaseleccionada para su consecucin.

    ARTCULO 13: Los Trabajos de Grado de Especialista Tcnico, Especializacin, Maestra yTesis Doctorales pueden ser concebidos dentro de las siguientes modalidades:

    a) Investigacin de campo.

    b) Investigacin Documental.

    c) Proyectos Factibles.

    d) Proyectos Especiales.

    PARGRAFO NICO: Las Comisiones Tcnicas de Trabajos de Grado dePostgrado decidirn la aceptacin de Trabajos de Grado no incluidos en esteartculo, siempre y cuando el estudio propuesto por el aspirante cumpla con loestablecido en las presentes normas.

    ARTCULO 14: Los Trabajos de Grado de Especializacin Tcnica y de Especializacin, tambinpueden estar enmarcados dentro de las siguientes modalidades especficas:

    a) Estudios Monogrficos.

    b) Informes de Proyectos de Accin.

    c) Memorias de Pasantas.

    d) Otras modalidades definidas en el diseo curricular del programarespectivo, en concordancia con los objetivos y perfil de formacinprofesional.

    Parte PrimeraDe la Investigacin de Campo

    ARTCULO 15: Se entiende por Investigacin de Campo, el anlisis sistemtico de problemas

    con el propsito de describirlos, explicar sus causas y efectos, entender sunaturaleza y factores constituyentes o predecir su ocurrencia. Los datos deinters se recogen en forma directa de la realidad por el estudiante, partiendoas de datos originales o primarios; tambin son aceptados datos censales omuestrales siempre y cuando sean utilizados los registros originales con losdatos no agregados, o cuando se trate de estudios que impliquen laconstruccin o uso de series histricas y, en general, la recoleccin yorganizacin de datos publicados para su anlisis mediante procedimientosestadsticos, modelos matemticos, economtricos o de otro tipo.

    ARTCULO 16: La Investigacin de Campo, segn los objetivos del estudio propuesto, puedeser de carcter:

    a) Exploratorio

    b) Descriptivoc) Explicativo

    d) Evaluativo

    e) Interpretativo

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    f) Reflexivo-crtico

    ARTCULO 17: El mbito de la investigacin, en cuanto al nmero de unidades de datos, debejustificarse en funcin de los objetivos del trabajo a desarrollarse y la posibilidadreal que tiene el estudiante de recolectar la informacin en el tiempo exigidopara el desarrollo y presentacin de los Trabajos de Especialista Tcnico,Trabajos de Grado de Especializacin, de Maestra o de Tesis Doctoral.

    ARTCULO 18: Segn el problema y las disciplinas en las cuales se ubique la temtica delestudio, el diseo de la Investigacin de Campo puede ser de tipo:

    a) Experimental, cuasi experimental o ex post-facto.

    b) Encuesta, panel, estudio de casos o estudio censal.

    c) Investigacin-accin, investigacin sobre la prctica, investigacinparticipante; estudios etnogrficos, etnometodolgicos, holsticos,biogrficos, fenomenolgicos, de anlisis sistmico, de anlisis decontenido; otros diseos de investigacin dentro de los enfoques

    cualitativo, interpretativo, de crtica social u otros enfoques emergentes.d) Estudios de costo - beneficio, y de costo efectividad.

    e) Prueba de modelos estadsticos, economtricos y matemticos engeneral.

    f) Estudios lingsticos, geogrficos y otros propios del campo de laespecialidad.

    PARGRAFO NICO: El estudiante, con la asesora del tutor, seleccionar elenfoque y diseo apropiado, tomando como referencia las caractersticas delproblema a estudiar, los objetivos de la investigacin y la naturaleza de ladisciplina en la cual se ubique; as como tambin su perspectiva sobre elavance del conocimiento en el rea de su especialidad y los modos deaproximarse al estudio de la realidad.

    Parte SegundaDe la Investigacin Documental

    ARTCULO 19: Se entiende por Investigacin Documental el estudio de problemas con elpropsito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo,principalmente, en fuentes bibliogrficas y documentales. La originalidad deeste estudio se refleja en el enfoque, criterios, conceptualizaciones,conclusiones y recomendaciones propias del autor.

    Segn los objetivos del estudio propuesto y la disciplina en la cual se ubique sutemtica estos trabajos pueden ser:

    a) Estudios de desarrollo terico: presentacin de nuevas teoras,conceptualizaciones o modelos interpretativos originales del autor, a partir

    del anlisis crtico de la informacin emprica y teoras existentes.b) Revisiones crticas del estado del conocimiento: integracin, organizacin y

    evaluacin de la informacin terica y emprica existente sobre unproblema, focalizando ya sea en el progreso de la investigacin actual y lasposibles vas para su solucin, en el anlisis de la consistencia interna y

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    externa de las teoras y conceptualizaciones para sealar sus fallas odemostrar la superioridad de unas sobre otras, o en ambos aspectos.

    c) Estudios comparados: anlisis de semejanzas, diferencias y tendenciassobre caractersticas o problemas de la temtica de cada programatomando en consideracin la realidad social, poltica, econmica, cultural,ambiental, etc., con fundamento en informacin publicada.

    d) Estudios de investigacin histrica, literaria, matemtica, mdica, educativa,y otros propios de las especialidades de los programas de postgrado queofrece la institucin, que cumplan con lo establecido en el numeral anterior.

    ARTCULO 20: Segn la especialidad del postgrado, los trabajos de investigacin con basedocumental se elaborarn tomando en consideracin los objetivos del estudiopropuesto en los cuales se ubique la temtica.

    Parte TerceraDe los Proyectos Factibles

    ARTCULO 21: El Proyecto Factible consiste en elaborar una propuesta de un modelo operativoviable, o una solucin factible a un problema de tipo prctico, para satisfacernecesidades de una institucin o grupo social. La propuesta debe tener apoyoen una investigacin de campo, o en una investigacin de tipo documental; ypuede referirse a la formulacin de polticas, programas, tecnologas, mtodoso procesos.

    ARTCULO 22: El Proyecto Factible comprende las siguientes etapas: diagnstico,planteamiento y fundamentacin terica de la propuesta, procedimientometodolgico, actividades y recursos necesarios para su ejecucin, anlisis yconclusiones sobre la viabilidad y realizacin del proyecto; y en caso de sudesarrollo, la ejecucin de la propuesta y la evaluacin tanto del proceso como

    de sus resultados.ARTCULO 23: Los Trabajos de Grado de Especialista Tcnico, Trabajo Especial de Grado y

    Trabajos de Grado en esta modalidad, deben abarcar la formulacin ydemostracin de la factibilidad del proyecto indicado en el artculo anterior;mientras que la Tesis Doctoral debe cubrir, adems, las etapas de ejecucin yevaluacin del proyecto.

    Parte CuartaDe los Proyectos Especiales

    ARTCULO 24: La modalidad de Proyectos Especiales permite la elaboracin de Trabajos deEspecialista Tcnico, Trabajos de Grado de Especializacin, de Maestra yTesis Doctorales con objetivos y enfoques novedosos o diferentes a los que

    caracterizan las otras modalidades. Se incluyen en esta categora los trabajosde creacin literaria, de desarrollo de prototipos y de productos tecnolgicos engeneral. En todos estos casos, el trabajo debe incluir la fundamentacin tericaapropiada y la descripcin de la metodologa utilizada.

    ARTCULO 25: Los Proyectos Especiales deben incluir la demostracin de la necesidad de lacreacin o de la importancia del aporte segn el caso, la fundamentacin

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    terica, la descripcin de la metodologa utilizada y el resultado concreto deltrabajo en forma acabada. En el caso de las Tesis Doctorales slo se aceptarnProyectos Especiales cuando tengan como soporte un slido diseo de

    investigacin, conlleven o se deriven de elaboraciones conceptuales originalesdel estudiante y el resultado tangible se caracterice por su significativo valorinnovador.

    ARTCULO 26: Las Comisiones de Trabajos de Grado aceptarn Proyectos Especiales,siempre y cuando el trabajo propuesto por el aspirante cumpla con lo contenidoen los Artculos 7,8, 9 y 10, de este normativo, y signifique un aporte alconocimiento sobre el tema seleccionado.

    Parte QuintaDe las otras Modalidades para los Trabajos de

    Especialista Tcnico y Especial de Grado

    ARTCULO 27: Adems de las modalidades sealadas en el artculo 12 de las presentesNormas, los Trabajos de Especializacin Tcnica y Trabajos Especiales deGrado pueden ser concebidos dentro de otras modalidades de estudio oderivados de experiencias de conocimientos y destrezas profesionales quepermitan al estudiante demostrar el manejo de fuentes de informacin y cmoprocesa, aplica y presenta el conocimiento logrado. En todos los casos, elestudiante debe llegar a resultados que signifiquen una contribucin alconocimiento de un tema o al planteamiento de soluciones a un problema en elrea de la especialidad del programa de postgrado.

    ARTCULO 28: Los Trabajos en la modalidad de Monografa plantean temas o problemas consustento en los procesos de recoleccin de informacin, organizacin, anlisiscrtico y reflexivo, interpretacin y sntesis de referencias y otros insumospertinentes al tema seleccionado. Segn los objetivos propuestos, los Trabajosde Especialista Tcnico y Especial de Grado en esta modalidad pueden ser:

    a) Estudios terico-reflexivos y analticos sobre situaciones prcticas yproblemas en el rea de la especialidad, con el fin de describirlos,identificar factores intervinientes o posibles causas y vas para su solucin.

    b) Propuestas fundamentadas de polticas, acciones, enfoques, programas,modelos, mtodos o innovaciones educativas o de otro tipo segn lanaturaleza del programa.

    c) Estudios analtico-crticos sobre teoras, concepciones, conceptos ypropuestas en el rea de la especialidad.

    d) Recopilaciones acerca de un tema o sobre la obra de un autor, queconlleven un esfuerzo original de anlisis, organizacin y sntesis delmaterial.

    e) Otras que se establezcan en los diseos curriculares de los programas.

    ARTCULO 29: Los Informes de Proyectos Accin resultan de actividades de intervencin,cambio e innovacin en organizaciones y sobre situaciones reales;conceptualizacin y formulacin de soluciones; accin sobre la realidad;evaluacin de resultados; reflexin y anlisis de las experiencias; aportes parala consolidacin de modelos tericos o para la reformulacin y enriquecimiento

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    de estructuras organizativas, objetivos, programas, procesos, mtodos,recursos o cualquier otro aspecto de la realidad.

    ARTCULO 30: Las Memorias de Pasantas son el resultado de una actividad de prcticaprofesional en roles y contextos organizacionales y sobre situaciones reales,bajo la supervisin de la Institucin. Estn sustentadas en los procesos de:observacin, acopio y registro de informacin, anlisis reflexivo y crtico sobre larealidad y los problemas confrontados, as como tambin sobre la propiaactuacin del estudiante; interpretacin y sntesis de las experiencias a la luzdel conocimiento terico adquirido en el programa correspondiente; yvisualizacin de acciones para contribuir a la solucin de problemas y almejoramiento cualitativo de la prctica en sus procesos y resultados.

    CAPTULO IVDE LOS ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS PARA TRABAJOS DE

    GRADO Y TESIS DOCTORALES

    ARTCULO 31: Cuando el participante de un programa de Especializacin Tcnica o deEspecializacin haya cursado y aprobado la asignatura Metodologa de laInvestigacin presentar el Anteproyecto de Especializacin Tcnica o deEspecializacin segn sea el caso ante la Comisin Tcnica de Trabajo deGrado del programa respectivo, en un lapso no mayor a diez (10) das hbilescontados a partir de la fecha de culminacin del perodo acadmico en el quecursa dicha asignatura.

    PARGRAFO PRIMERO: El facilitador de la asignatura Metodologagarantizar que el Anteproyecto se circunscriba a alguna de las lneas detrabajo del programa y que cumpla con los criterios de coherencia, pertinencia,relevancia y vigencia.

    PARGRAFO SEGUNDO: La aprobacin del Anteproyecto constituye unrequisito para inscribirse en la asignatura Seminario de Trabajo Tcnico o

    Seminario de Trabajo Especial de Grado, segn sea el caso.ARTCULO 32: Una vez que el participante de un programa de Maestra haya cursado y

    aprobado Seminario II o Proyecto II, inscribir el Anteproyecto de Trabajo deGrado ante la Comisin Tcnica de Trabajo de Grado respectiva, en un lapsono mayor a diez (10) das hbiles contados a partir de la fecha de culminacindel perodo acadmico en el que curs dicha unidad curricular.

    PARGRAFO PRIMERO: El facilitador de Seminario II o Proyecto II velar porque el Anteproyecto se ajuste al diseo de investigacin seleccionado, cumplacon los criterios de pertinencia, coherencia, vigencia y relevancia, y seenmarque en alguna de las lneas de investigacin definidas en el programa.

    PARGRAFO SEGUNDO: La aprobacin del Anteproyecto de Trabajo deGrado es un requisito para cursar la asignatura Seminario III o Proyecto III ypara la presentacin del Proyecto de Trabajo de Grado

    ARTCULO 33: Cuando el participante del programa Doctoral haya cursado y aprobado elequivalente a 8 U.C., inscribir el Anteproyecto de Tesis Doctoral ante laComisin Tcnica del Doctorado, un lapso no mayor a treinta (30) das hbilesuna vez cursadas dichas unidades curriculares. Corresponde al Consejo de

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    Estudios de Postgrado definir sobre la excepcin de esta norma en los casosque a su juicio lo justifiquen.

    PARGRAFO PRIMERO: El Anteproyecto de Tesis Doctoral debe estarenmarcado dentro de las lneas de investigacin establecidas por el programa.

    PARGRAFO SEGUNDO: Las normas e instructivo para presentar losanteproyectos y proyectos de Tesis Doctoral estarn definidas en el programaDoctoral respectivo.

    ARTCULO 34: El esquema de los Anteproyectos para Trabajos de Especialista Tcnico,Trabajos Especiales de Grado y Trabajos de Grado, se ajustar al diseo deinvestigacin seleccionado y tendr la siguiente estructura:

    a) Ttulo tentativo.

    b) Carta de presentacin del tutor.

    c) Delimitacin del objeto de investigacin.

    d) Alcances de la investigacin.

    e) Formulacin de objetivos.

    f) Elementos tericos que sustentan la investigacin.

    g) Vas metodolgicas para el desarrollo de la investigacin.

    h) Referencias bibliogrficas.

    i) Currculum vitae del tutor.

    PARGRAFO NICO: El Anteproyecto tendr una extensin aproximada deveinte (20) pginas y su presentacin se ajustar a lo establecido en loscaptulos IX, X y XI de las presentes Normas.

    ARTCULO 35: Cuando el participante de un Programa de Especializacin Tcnica o deEspecializacin haya cursado y aprobado el Seminario de Trabajo deEspecializacin Tcnica o el Seminario de Trabajo Especial de Grado, segnsea el caso, inscribir el Proyecto de Trabajo de Especialista Tcnico o el deEspecializacin ante la Comisin Tcnica de Trabajo de Grado respectiva, enun lapso no mayor de diez (10) das hbiles a la fecha de culminacin de lamencionada unidad curricular.

    PARGRAFO NICO: El esquema del Proyecto se estructura tomando enconsideracin la modalidad del mismo, la metodologa empleada y laespecificidad del tema tratado. El estudiante deber esclarecer, con la asesorade la Comisin Tcnica de Trabajos de Grado y de su tutor, el esquema msadecuado a su caso.

    ARTCULO 36: Una vez cursado y aprobado Seminario III o Proyecto III, el participante de unprograma de Maestra inscribir el Proyecto de Trabajo de Grado en un lapsono mayor a diez (10) das hbiles a partir de la fecha de culminacin de la

    unidad curricular precitada.PARGRAFO NICO: El esquema del Proyecto de Trabajo de Grado seajustar al Diseo de Investigacin seleccionado y a las caractersticas de cadaprograma.

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    ARTCULO 37: El Proyecto de Tesis Doctoral deber ser inscrito por el participante ante laComisin Tcnica Doctoral una vez cursadas y aprobadas el 50% de lasunidades crditos que contempla el Programa. La presentacin y aprobacin

    del Proyecto constituye un requisito para poder elaborar e inscribir la versinpreliminar de la Tesis Doctoral. Corresponde al Consejo de Estudios dePostgrado definir sobre la excepcin de esta norma en los casos que a su juiciolo justifiquen.

    ARTCULO 38: El Proyecto de Trabajo de Especializacin Tcnica, de Especializacin y deMaestra tendr una extensin mxima de cuarenta (40) pginas y se ajustaral siguiente esquema, de acuerdo al diseo de investigacin seleccionado:

    a) Pginas preliminares (cartula, pgina de ttulo tentativo, portada,constancia de aceptacin del tutor, ndice de contenido, resumen)

    b) Texto del Proyecto que incluye:

    Planteamiento del problema, tema u objetivos a investigar.

    Alcances de la investigacin.

    Objetivos.

    Justificacin o importancia del Trabajo o Tesis.

    Revisin bibliogrfica, documental y dems fuentes relevantesrelacionadas con el tema, a fin de ubicarlo en el contexto delconocimiento acumulado.

    Marco Terico o conceptual.

    Descripcin de la metodologa y su justificacin tomando comoreferencia el tema seleccionado.

    Cronograma de trabajo especificando etapas, lapsos y actividadespor cumplir, as como los recursos necesarios.

    c) Lista de referencias que han sido citadas o comentadas en el proyecto.

    PARGRAFO NICO: El proyecto de Tesis Doctoral deber ser presentadosiguiendo las normas definidas para tal fin en el Programa Doctoral respectivo.

    ARTCULO 39: La pgina del ttulo debe contener:

    - la mencin de la Universidad, utilizando el nombre oficial completo,

    - el ttulo tentativo del Trabajo o la Tesis,

    - la indicacin de que se trata de un anteproyecto o de un proyecto,

    - el grado acadmico al cual se opta,

    - los nombres del autor y del tutor,

    - lugar y fecha de presentacin.

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    Esta pgina, que cumple la funcin de cubierta, se diagrama conforme al anexoA-1.

    ARTCULO 40: La pgina de la constancia de aceptacin del tutor debe indicar que ha ledo elcontenido del Anteproyecto o del Proyecto segn sea el caso, y que estdispuesto a asumir la tutora del estudiante. (Ver modelo en anexo A-2).

    ARTCULO 41: El ndice de contenido es una relacin de los ttulos, y de las secciones y sub-secciones del trabajo. Los ttulos deben ir en negritas y los sub-ttuloscorrespondientes en minscula. (Ver modelo en anexo A-3)

    ARTCULO 42: El resumen es una exposicin corta y clara del tema seleccionado, de lametodologa que se propone seguir y de los aportes e importancia del trabajo.No debe exceder trescientas (300) palabras escritas a un espacio. (Ver modeloen anexo A-4).

    ARTCULO 43: El texto del anteproyecto y del proyecto se compone de una serie de secciones

    y sub-secciones organizadas para presentar, en forma ordenada, la informacinrelativa a los aspectos sealados en los artculos 33 y 37 de este Normativo,con un estilo similar al utilizado en la preparacin de artculos para revistasespecializadas.

    ARTCULO 44: La organizacin de los encabezamientos, la elaboracin de citas y notas, elregistro de referencias bibliogrficas y la transcripcin del texto, debern seguirlas especificaciones contenidas en las presentes Normas.

    ARTCULO 45: La lista de referencias incluye las fuentes que han sido citadas en el Trabajo.Esta lista se presenta ordenada alfabticamente segn el criterio de autora,siguiendo las normas internacionales (APA, VANCOUVER, entre otras).

    ARTCULO 46: Como anexos al Proyecto, se podr incluir informacin adicional que sirva para

    ampliar o apoyar alguno de los puntos tratados en el texto: instrumentos deinvestigacin, glosario, encuestas, datos estadsticos u otros, a criterio delautor, siempre y cuando no exceda el lmite de pginas establecidas para elproyecto.

    ARTCULO 47: Los Proyectos deben ser consignados ante la Comisin de Trabajos de Gradodel Programa de Postgrado al cual pertenece, en cuatro (04) ejemplares, con laconstancia de aceptacin del Tutor y el comprobante de cancelacin de losderechos de tramitacin (aranceles correspondientes). Las copias del proyectose distribuyen as:

    - una (01) para archivo en el expediente del estudiante y,

    - tres (03) para el estudio de la Comisin de Trabajo de Grado.

    ARTCULO 48: Cuando el tutor propuesto no pertenezca a la planta profesoral de postgrado dela UNERG (ordinarios o contratados), los proyectos se deben acompaar de unresumen del currculum vitae del mismo.

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    ARTCULO 49: Una vez entregadas las copias del Proyecto, el Coordinador del Programa dePostgrado, segn sea el caso, debe remitir las mismas a los miembrosrestantes de la Comisin, en un plazo no mayor de cinco (05) das hbiles para

    su evaluacin. En el oficio de envo se debe indicar la fecha en que se reunirla Comisin para considerar el proyecto. El resultado debe ser comunicado porescrito al estudiante, en un lapso no mayor de treinta (30) das hbiles a partirde la fecha de consignacin de la documentacin referida en el artculo 47.

    ARTCULO 50: En la evaluacin de los proyectos se considerarn los siguientes aspectos:

    a) Pertinencia del tema con las lneas de investigacin del Programa.

    b) Relevancia del tema por los aportes al desarrollo social, cientfico einstitucional en el rea de estudio.

    c) Vigencia en relacin con la actualidad y contemporaneidad tanto en loreferente al debate terico-metodolgico actual en la ciencia como aldesarrollo local, regional y nacional.

    d) Coherencia entre la fundamentacin epistemolgica, las bases tericas ylas alternativas metodolgicas seleccionadas.

    e) Pertinencia y vigencia de la revisin de la literatura en relacin con losobjetivos del estudio.

    f) Pertinencia de la estrategia metodolgica propuesta con relacin alproblema y a los objetivos del estudio.

    g) La claridad formal del lenguaje, la correccin gramatical y la coherencia delestilo.

    h) La factibilidad del proyecto en funcin del tiempo y de los recursos con quecuenta el estudiante.

    ARTCULO 51: Si a juicio de la Comisin de Trabajo de Grado, el proyecto requiere ser

    reformulado o modificado, el estudiante debe presentar una nueva versin, enun lapso mximo de quince (15) das hbiles y con el nmero de copias ydems recaudos que para cada caso en particular determine dicha Comisin.

    ARTCULO 52: Los Proyectos de Trabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales deGrado, Trabajos de Grado y Tesis Doctoral, una vez aprobados por la Comisinde Trabajo de Grado, deben ser enviados por el Coordinador del Programa alDirector Acadmico de Postgrado, con el acta de dicha aprobacin porduplicado y con copia del proyecto en su versin final, en un lapso no mayor detres (03) das hbiles a partir de la fecha de la decisin de la Comisin.

    ARTCULO 53: El Coordinador del Programa de Postgrado debe enviar oportunamente lossiguientes recaudos a la unidad de Control de Estudios, para archivo en elexpediente del alumno:

    a) acta de aprobacin del proyecto del Trabajo de Especialista Tcnico,Trabajo Especial de Grado, el Trabajo de Grado o Tesis Doctoral por laComisin de Trabajo de Grado,

    b) copia del proyecto aprobado cualquiera sea el caso,

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    c) nombramiento del tutor.

    ARTCULO 54: Aprobado el proyecto, toda modificacin que, a juicio del tutor, afecte

    sustancialmente el planteamiento del problema, los objetivos del estudio o elmodelo metodolgico, debe ser igualmente aprobado por la Comisin deTrabajo de Grado. Para ello, el estudiante debe consignar su solicitud ante elrespectivo Coordinador, en cuatro (04) copias, con la explicacin de loscambios propuestos y la constancia de conformidad del tutor.

    ARTCULO 55: Las solicitudes de modificacin de proyectos se tramitarn siguiendo elprocedimiento descrito en el artculo 47 de este normativo.

    ARTCULO 56: Los aspirantes a grado de Especialista Tcnico, Especialista, Magster oDoctor, que hubiesen concluido las unidades crditos correspondientes a loscursos, tienen la obligacin de actualizar su inscripcin en cada uno de loslapsos ordinarios siguientes a razn de por lo menos 1 U.C. por lapso, hasta elmomento de la inscripcin de la versin preliminar del Trabajo de Grado oTesis.

    ARTCULO 57: En la planilla de reinscripcin, el estudiante debe incluir las "Unidades deInvestigacin" segn el rea de la Especialidad, Maestra o Doctorado y elestado de avance:

    a) Elaboracin del proyecto.

    b) Tramitacin de la aprobacin del proyecto.

    c) Desarrollo del Trabajo o Tesis.

    d) Tramitacin de la evaluacin del Trabajo o Tesis.

    CAPTULO V

    DE LAS COMISIONES TCNICAS DE TRABAJOS DE GRADOY TESIS DOCTORALES

    ARTCULO 58: En cada programa de postgrado funcionar una Comisin Tcnica de Trabajode Grado y/o Tesis Doctoral designada por el Consejo de Estudios dePostgrado, para apoyar a los diferentes programas de Postgrado de laUniversidad Rmulo Gallegos y con orientacin para la elaboracin de losTrabajos de Grado y Tesis Doctorales. Dicha comisin estar integrada comomnimo por el Coordinador de programa de postgrado, quien la presidir; unasesor metodolgico y el coordinador de la lnea de investigacin en la cual sehaya inscrito el trabajo.

    ARTCULO 59: Las Comisiones tendrn las siguientes funciones:

    Asistir al participante en la solucin de cualquier problema tcnico que sele presente en el desarrollo de su trabajo de investigacin.

    Velar por el cabal cumplimiento de los criterios, normas y procedimientospara la elaboracin, presentacin y evaluacin de los Trabajos de Grado

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    y Tesis Doctorales, aprobados por el Consejo Universitario de laUniversidad Rmulo Gallegos.

    Revisar los anteproyectos, proyectos y versiones preliminares deTrabajos de Grado y Tesis Doctorales y realizar las observacionesnecesarias, tomando en consideracin los siguientes criterios:pertinencia, relevancia, vigencia y coherencia.

    Aprobar los anteproyectos y proyectos de investigacin de Trabajos deGrado y Tesis Doctoral.

    Elaborar los diferentes instrumentos necesarios para el proceso deevaluacin de los anteproyectos, proyectos de investigacin, la versinpreliminar, y defensa de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales.

    Orientar al participante en la eleccin de la temtica de los Trabajos deGrado y Tesis Doctorales brindndole informacin sobre:

    reas y lneas de investigacin definidas en cada programa de

    Postgrado. Programas de investigacin existentes en el Postgrado y en la

    Universidad.

    Conformar registro actualizado de los profesionales que renan lascondiciones de acuerdo a la naturaleza del programa, sus caractersticasparticulares y/o perfil de docente-investigador requerido para serdesignados como asesores, tutores y jurados evaluadores de losTrabajos de Grado y Tesis Doctorales.

    Informar al Consejo de Estudios de Postgrado sobre los anteproyectos,proyectos y versiones preliminares inscritos, aprobados y no aprobados.

    Asistir al Decanato de Postgrado de la Universidad en la programacin ylogstica para la presentacin y defensa de los Trabajos de Grado y TesisDoctorales.

    Proporcionar a los participantes de la informacin requerida para el usode los servicios de biblioteca, centros de informacin y documentacin,procesamiento de datos, etc. y, en general, de todos aquellos recursosque puedan ser utilizados por los participantes para la elaboracin de losTrabajos de Grado y Tesis Doctorales.

    CAPTULO VIDE LOS TUTORES

    ARTCULO 60: En la concepcin y desarrollo del Trabajo de Especialista Tcnico, TrabajoEspecial de Grado, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral, el estudiante es

    asesorado por un tutor calificado en el campo al cual corresponda el temaobjeto de estudio. Para la designacin de los tutores, segn sea el caso, serequiere:

    a) El cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento deEstudios de Postgrado, Captulo II, Ttulo V, Artculos 103 y 104, ademsde las indicadas en el Artculo 66 de este Normativo.

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    b) La aceptacin por escrito del tutor, de asesorar el proyecto deinvestigacin de Especialista Tcnico, Especialista, Magster o Doctor,segn sea el caso, y consignarla ante el Coordinador del Programa de

    Postgrado, quien la presentar al Director Acadmico de Postgrado. Laaceptacin deber ser explcita en cuanto al compromiso que se asume deasesorar al estudiante hasta el momento de la evaluacin y/o defensa delTrabajo de Especialista Tcnico, Trabajo Especial, Trabajo de Grado deMaestra o Tesis Doctoral.

    c) La aprobacin en primera instancia por parte de la Comisin de Trabajo deGrado del Programa correspondiente en el caso de los Trabajos de Grado.

    d) La aprobacin en primera instancia de la Comisin Tcnica del Doctorado,en el caso de Tesis Doctoral.

    e) La aceptacin y aprobacin del tutor propuesto ser elevada por el DirectorAcadmico ante el Consejo de Estudios de Postgrado en forma escrita.

    ARTCULO 61: Cuando por circunstancias de fuerza mayor, un tutor deba ser sustituido, se

    debe seguir nuevamente el procedimiento para el nombramiento del sustituto,segn el Artculo 106 del Reglamento de Estudios de Postgrado de esta Casade Estudios.

    ARTCULO 62: Aprobado el proyecto, el cronograma de actividades a cumplir deber serrespetado por el Tutor y el estudiante. Copia del mismo ser entregada alCoordinador del programa respectivo, en el momento de la notificacin deaprobacin del proyecto.

    ARTCULO 63: Si el estudiante dejara de cumplir con las actividades propuestas en elcronograma, el tutor har la notificacin por escrito al Coordinador respectivo,quien proceder al estudio del caso. Igualmente, si el tutor dejara de cumplirsus obligaciones, el estudiante informar de su situacin al Coordinador, para elcorrespondiente estudio del caso.

    ARTCULO 64: Al final de cada lapso acadmico, el tutor har una revisin total del progresohasta la fecha segn el cronograma, y presentar informe a la Comisin deTrabajo de grado respectiva.

    ARTCULO 65: Un tutor o tutora no podr asumir responsabilidades en ms de dos (02)trabajos de grado o tesis a la vez en un perodo acadmico.

    PARGRAFO NICO: Si el tutor o tutora considera que puede asumir laresponsabilidad en ms de dos (02) trabajos o tesis, el Consejo de Estudios dePostgrado, a travs de la comisin que designe, estudiar la consideracin deltutor o tutora y emitir su decisin.

    ARTCULO 66: Para ser tutor del Trabajo de Especialista Tcnico, del Trabajo Especial de

    Grado, Trabajo de Grado de Maestra o Tesis Doctoral se requiere:a) Ser profesor ordinario de una universidad nacional o investigador de un

    instituto de investigacin de trayectoria reconocida nacional ointernacionalmente.

    b) Tener un escalafn mnimo de asistente si es profesor universitario, o deinvestigador en la institucin donde trabaja.

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    c) Poseer un grado acadmico igual o superior al que otorgue el programadel que se trate.

    d) Tener experiencia reconocida en el rea de investigacin a que se refiereel Trabajo de Grado o la Tesis Doctoral.

    e) Carta de aceptacin por parte del Consejo de Estudios de Postgrado enrelacin con el trabajo en el cual ejercer la tutora.

    PARGRAFO NICO: La propuesta de tutores de reconocida trayectoria enel campo de la investigacin y que no posean el grado equivalente al gradoque se otorgar, ser elevada a la consideracin del Consejo de Estudios dePostgrado para su anlisis y aceptacin.

    CAPTULO VIIDE LA PRESENTACION Y EVALUACIN DE

    LOS TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORAL

    ARTCULO 67: La elaboracin de los Trabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales deGrado, Trabajos de Grado y Tesis Doctorales, debe hacerse cumpliendo conlos aspectos contenidos en los Captulos VII al X de las presentes Normas.

    ARTCULO 68: La extensin del Trabajo de Especialista Tcnico y Trabajo Especial de Gradono debe exceder, en su totalidad, de ciento veinticinco (125) pginas;doscientas cincuenta (250) pginas si se trata de Trabajos de Grado deMaestra; y cuatrocientas (400) pginas, en el caso de las Tesis Doctorales,incluyendo las pginas preliminares y los materiales de referencia. Lasexcepciones a esta norma deben ser consideradas y aprobadas por laComisin de Trabajo de Grado respectiva, a solicitud escrita del estudiante ycon apoyo del Tutor.

    ARTCULO 69: Una vez concluido el desarrollo del Trabajo Especial de Grado, Trabajo deGrado de Maestra o Tesis Doctoral, el estudiante deber presentar a laComisin Tcnica de Trabajo de Grado y a su tutor un borrador completo parasu revisin. Introducidas las modificaciones a que hubiere lugar, el aspiranteproceder a preparar la versin rstica que ser considerada por el juradoexaminador, segn lo expreso en el Artculo 118 del Reglamento de Estudiosde Postgrado. El aspirante debe solicitar al tutor su autorizacin y firma paraeste trmite, de acuerdo a lo fijado por el Reglamento Interno del Programacorrespondiente.

    ARTCULO 70: Una vez aprobadas todas las unidades correspondientes al plan de estudiosrespectivo, y con la carta de aceptacin del proyecto, el participante inscribirante la Coordinacin del Programa respectivo, el Trabajo de EspecializacinTcnica, el Trabajo Especial de Grado, el Trabajo de Grado o Tesis Doctoral

    acompaado de los siguientes recaudos:a. Cinco (05) ejemplares en versin rstica (en carpeta tipo manila o

    de fibra), con los datos especificados en el Anexo B-1.

    b. Solvencia acadmica (expedida ante la Oficina de Control deEstudios).

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    c. Solvencia administrativa (expedida ante la Oficina de Control deEstudios).

    d. Carta de presentacin del Trabajo de Grado o Tesis anexa a cadaejemplar.

    e. Solvencia de biblioteca de pregrado y postgrado.

    CAPTULO VIIIDEL JURADO EVALUADOR

    ARTCULO 71: La designacin de los jurados se realizar conforme a lo previsto en el Ttulo V,Captulo III del Reglamento de Estudios de Postgrado.

    ARTCULO 72: La designacin del jurado principal y los respectivos suplentes ser elevada alConsejo de Estudios de Postgrado por el Director Acadmico de Postgradosegn el Artculo 112 del Reglamento de Estudios de Postgrado.

    ARTCULO 73: El jurado evaluador de los Trabajos de Especialista Tcnico, TrabajosEspeciales de Grado y Trabajo de Grado estar compuesto por; tres (03)miembros principales de los cuales por lo menos uno (01) deber pertenecer aotra institucin y dos (02) suplentes, segn el Artculo 112 del Reglamento deEstudios de Postgrado.

    PARGRAFO NICO: El tutor fungir como Coordinador del jurado tal como loestablece el pargrafo primero del Artculo 112 del Reglamento de Estudios dePostgrado.

    ARTCULO 74: El jurado evaluador de la Tesis Doctoral estar conformado por el Tutor, quienlo coordinar, cuatro (04) miembros principales, de los cuales, al menos uno(01) deber pertenecer a otra institucin, y cuatro (04) suplentes, quienes se

    incorporarn en caso de ausencia de alguno de los miembros principales.

    ARTCULO 75: De los tres (03) jurados principales, por lo menos uno (01) ser especialista enel contenido a evaluar, y otro en mtodos de investigacin.

    ARTCULO 76: Para ser jurado se requiere:

    a) Ser profesor ordinario de una Universidad Nacional con escalafn mnimode asistente.

    b) Poseer grado de Especialista, Magster y/o Doctor, o experiencia cientficay acadmica equivalente, a juicio del Consejo de Estudios de Postgrado. Elgrado debe ser equivalente o superior al que se otorga.

    c) Ser investigador y/o experto en el rea del Trabajo de Grado o Tesis

    Doctoral.d) No tener nexo de consanguinidad hasta un segundo grado o de afinidad

    hasta un tercer grado con el presentante del Trabajo de Grado o TesisDoctoral.

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    ARTCULO 77: Designado el jurado, se le notificar al aspirante de esta decisin en un plazono mayor de cinco (05) das hbiles. El Coordinador del jurado, procederentonces a fijar, de comn acuerdo con los miembros del jurado, la fecha para

    el acto de presentacin y evaluacin del Trabajo o Tesis. El estudiante deberser notificado por escrito de la fecha, hora y lugar con por lo menos cinco (05)das hbiles de anticipacin. Al mismo tiempo, el Coordinador deber hacer delconocimiento pblico la celebracin de dicho acto, a travs de carteleras, hojasinformativas, comunicaciones y otro medio a su alcance.

    ARTCULO 78: El acto de defensa del Trabajo de Grado y Tesis Doctoral es un acto pblico,que como tal tiene lugar, hora y fecha (fijados), jurado y suplentes (nombrados),con un mnimo de quince (15) das hbiles de anticipacin, previendo losinconvenientes que se puedan suscitar.

    ARTCULO 79: La defensa del Trabajo de Grado y Tesis Doctoral como acto pblico, permite laentrada de las personas interesadas en l o los temas a tratar, quienes nopodrn intervenir ni participar activamente en dicha defensa.

    ARTCULO 80: La presentacin a realizarse en acto pblico, consistir en una exposicin conuna duracin no mayor de cuarenta y cinco (45) minutos, sobre los aspectosfundamentales del Trabajo o la Tesis. Concluida la exposicin, el estudianteproceder a contestar las preguntas que formulen los miembros del Jurado.

    ARTCULO 81: Una vez concluida la defensa del Trabajo o de la Tesis, tanto el expositor comoel pblico presente debern salir inmediatamente de la sala de exposicin,donde se deliberar y evaluar dicha presentacin como acto privado.Seguidamente, se invitar al participante a entrar a la sala para, pblicamente,dar el veredicto final de su defensa.

    ARTCULO 82: La evaluacin de la defensa se realizar en acto privado, el mismo da de la

    presentacin oral con la asistencia de los miembros del Jurado en pleno. Elaspirante podr ser llamado para aclarar dudas, defender aspectos especficosdel Trabajo o la Tesis y recibir las recomendaciones o sugerencias para surevisin en caso de ser necesario. Concluida la evaluacin, se dejar entrar alpblico para dar el veredicto final.

    ARTCULO 83: Los resultados se asentarn en acta que firmarn los miembros del Jurado queactuaron en la evaluacin, el mismo da de la defensa, una vez concluida laevaluacin y dado el veredicto pblicamente.

    ARTCULO 84: Concluida la defensa, evaluacin y veredicto, el aspirante har las correccionesde su Trabajo o Tesis, si son procedentes, y luego entregar cinco (05)ejemplares encuadernados segn las especificaciones sealadas en el CaptuloXIII de este manual, en un lapso no mayor de treinta (30) das continuoscontados a partir de la fecha de la evaluacin.

    ARTCULO 85: En caso de improbacin, el jurado puede fijar un plazo no mayor de seis (06)meses para que el estudiante presente una versin corregida superando lasfallas que dieron origen a la improbacin. De no lograr la calificacin deaprobado en esta segunda oportunidad, perder el derecho al grado.

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    ARTCULO 86: El jurado examinador podr otorgar por unanimidad, y en forma razonada,mencin honorfica y/o publicacin a aquellos Trabajos de Grado o TesisDoctorales notables por su contribucin al rea del conocimiento que se trate.

    (Artculo 125 del Reglamento de Estudios de Postgrado).

    CAPTULO IXDE LA ORGANIZACIN DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA TCNICO,

    TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES

    ARTCULO 87: Los Trabajos de Especialista Tcnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajosde Grado y Tesis Doctorales se organizan en tres partes principales:

    a) Las Pginas Preliminares.

    b) El Texto del Trabajo o la Tesis.

    c) Los Materiales de Referencia.

    Parte PrimeraDe las Pginas Preliminares

    ARTCULO 88: Las pginas preliminares comprenden:

    a) La pgina del ttulo.

    b) La pgina con la constancia de aprobacin por parte del tutor, en la versinpresentada para consideracin del jurado examinador; en la versindefinitiva, la pgina con la constancia de aprobacin por el juradoexaminador.

    c) La pgina de dedicatoria (opcional).

    d) La pgina de reconocimiento (opcional).e) El ndice general.

    f) La lista de cuadros.

    g) La lista de grficos.

    h) El resumen.

    ARTCULO 89: La pgina del ttulo debe contener:

    a) Logotipo de la Universidad.

    b) Mencin de la Universidad, utilizando los nombres oficiales completos.

    c) Ttulo del Trabajo de Grado o de la Tesis Doctoral.

    d) Grado Acadmico al cual se opta.e) Nombres del Autor y del Tutor.

    f) Fecha de presentacin para su evaluacin (en la versin sometida a laconsideracin del Jurado Examinador) o de aprobacin (en la versindefinitiva).

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    PARGRAFO NICO: El ttulo del trabajo final debe ser aprobado por laComisin Tcnica de Trabajos de Grado y debe ocupar una extensin mximade cien (100) caracteres, sin incluir los espacios en blanco.

    ARTCULO 90: La pgina del ttulo corresponde a la primera pgina impresa y su diagramacinse realiza conforme se indica en el Anexo B-1.

    ARTCULO 91: En la pgina de aprobacin del tutor (versin presentada para la consideracindel jurado examinador), el tutor certifica que el Trabajo o la Tesis rene losrequisitos y mritos suficientes para ser sometida a evaluacin. Corresponde alestudiante la responsabilidad de hacer firmar dicha pgina por su tutor, antesde entregar las copias requeridas en la Coordinacin respectiva. El texto deesta pgina se redacta conforme al modelo del Anexo B-2.

    ARTCULO 92: En la pgina de aprobacin del jurado examinador (versin definitiva) losmiembros del jurado certifican su veredicto con su firma; pero si alguno de ellosemiti voto salvado o de negacin, podr dejar de firmar, en cuyo caso slo se

    registrarn los nombres y firmas de los dos miembros que dieron voto deaprobacin, y se escribir la siguiente nota aclaratoria: Veredicto tomado pormayora del jurado. Igualmente, en esta pgina, se certifica si el Trabajo o laTesis obtuvieron mencin honorfica y/o recomendacin de publicacin.Corresponde al estudiante la preparacin de esta pgina, la cual deber reflejarfielmente el resultado del veredicto registrado en el acta, as como tambin larecoleccin de las firmas originales en los ejemplares encuadernados. El textode estas pginas se redacta conforme a las especificaciones del Anexo B-3 y B-4 respectivamente.

    ARTCULO 93: En la pgina de dedicatoria se mencionan las personas o Instituciones a las quese desea honrar con el Trabajo o la Tesis. Esta pgina es opcional y se incluyea juicio del autor.

    ARTCULO 94: En la pgina de reconocimiento se agradece la colaboracin, asesora,orientacin, asistencia tcnica, cientfica o financiera, ayuda o apoyo de losprofesores, personas u organismos que de alguna manera contribuyeron parala realizacin del Trabajo o la Tesis. El texto no debe exceder de dos (02) hojasmecanografiadas segn las especificaciones del Captulo XII de estas Normas,y con el siguiente ttulo escrito en letras maysculas: RECONOCIMIENTOS.Esta pgina es opcional y se incluye a juicio del autor.

    ARTCULO 95: El ndice general se presenta a continuacin de las pginas antes descritas.Consiste en una relacin de:

    a) Los ndices complementarios:

    - lista de cuadros

    - lista de grficos- resumen.

    b) Los ttulos de los captulos y de las secciones principales dentro de cadauno de ellos.

    c) La lista de referencias.

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    d) Los ttulos de anexos.

    e) El currculum vitae resumido del autor, expuestos en el mismo orden enque aparecen en el volumen.

    ARTCULO 96: Los ttulos en el ndice no deben ir subrayados y deben ser escritos tal como seencuentran en el texto del trabajo. Los ttulos de las pginas preliminares y delos captulos se escribirn en letras maysculas. La diagramacin del ndice sehar conforme las especificaciones contenidas en el Anexo B-5.

    ARTCULO 97: Las listas de cuadros y de grficos se incluirn cuando el trabajo lo amerite.

    Consisten en una relacin del nmero y ttulo de los cuadros y grficos (dibujos,planos, fotografas y cualquier otra ilustracin) y del nmero de pgina dondeaparecen. La diagramacin de estas listas se realiza conforme a los modelos delos Anexos B-6 y B-7.

    ARTCULO 98: El resumen es una exposicin corta y clara del tema desarrollado, de lametodologa utilizada, los resultados obtenidos y las conclusiones a que se ha

    llegado. No debe exceder trescientas (300) palabras escritas a un espacio.Debe ir precedido por:

    a) el nombre de la Universidad y denominacin del Postgrado,

    b) el ttulo del Trabajo de Grado o la Tesis Doctoral,

    c) los nombres del autor,

    d) los nombres del tutor y,

    e) el ao y mes de presentacin.

    Cuando el texto est escrito en un idioma distinto al castellano, el resumen sedebe preparar colocando primero la versin en castellano. La diagramacin deesta pgina se realiza conforme a las especificaciones del Anexo B-8.

    Parte SegundaDel Texto

    ARTCULO 99: El texto del Trabajo o la Tesis se compone de una serie de captulosorganizados para presentar en forma ordenada los aspectos tratados. Laestructura de captulos y su divisin en secciones no es uniforme, puesdepende de la modalidad del trabajo, la metodologa empleada y laespecificidad del tema tratado.

    ARTCULO 100: Los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales en las modalidades de Investigacinde Campo, Investigacin Documental, Proyectos Factibles y ProyectosEspeciales, por lo general podrn incluir los aspectos presentes en los literalesque se explican a continuacin, con las denominaciones de ttulos e integracinen captulos y secciones que resulten ms adecuadas a cada caso enparticular. Los ttulos utilizados en el presente documento y el orden deexposicin no deben ser tomados como la nica forma, pues solamente tienen

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    como propsito orientar. El estudiante puede elaborar su propio esquema ysometerlo a la aprobacin de su tutor.

    a) Introduccin: consiste en una resea de la temtica del estudio, suspropsitos principales, aportes ms relevantes y la estructura general delos captulos que contiene el cuerpo del Trabajo o la Tesis.

    b) El Problema: por lo general, se tratan los siguientes aspectos:

    i) El contexto o marco de referencia en el que se ubica el problema osituacin estudiada.

    ii) El enunciado o la definicin del problema, las hiptesis o interrogantes,de acuerdo con la modalidad y caractersticas del estudio.

    iii) La formulacin de los objetivos del estudio.

    iv) La importancia o justificacin del estudio, que consiste en determinar lasimplicaciones que pudiera tener para el desarrollo terico y la solucinde problemas prcticos en la especialidad.

    c) Revisin bibliogrfica y documental: comprende una revisin del marcoterico referencial y de los trabajos previos realizados sobre el problemaen estudio. Dependiendo de la naturaleza del Trabajo o Tesis, puedecomprender aspectos tericos, conceptuales, legales, situacionales de larealidad objeto de estudio u otros segn lo requiera la investigacin.

    d) Interrogantes o hiptesis de la investigacin, si procede: la formulacin delos interrogantes a responder o los enunciados de las hiptesis y su

    justificacin, son los nombres que se dan segn resulte mas adecuado porla modalidad o caractersticas del estudio. Este aspecto debe ir incluido entodos los trabajos de investigacin de campo y cuando sea procedente, enel caso de las otras modalidades descritas en el Captulo III de estaNormativa.

    e) Definicin de variables y/o trminos, si es necesario:

    i) Las variables se enuncian conceptualmente y se operacionalizan entrminos que especifican la forma en que se manifiestan cada una deellas a los fines del estudio.

    ii) En la definicin de trminos se enuncian y explican todos los conceptosrelacionados con el mbito del problema y objeto de estudio y cuandose trata de trminos tomados de otros autores se seala la fuente dedonde procede. Estas definiciones pueden presentarse incorporadas enel texto, en una o ms secciones o captulos del trabajo, o agrupadasen una seccin especfica, segn resulte ms apropiado.

    iii) El glosario de trminos se presentar en los anexos.f) Metodologa: los mtodos, tcnicas y procedimientos aplicados deben

    describirse de modo que el lector pueda tener una visin clara de lo que sehizo, por qu y cmo se hizo, con suficiente detalle como para permitir larplica del estudio. Adems, deben mencionarse las razones por lascuales se seleccion dicha metodologa, su adecuacin al problema en

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    estudio y sus limitaciones. La descripcin debe contener los elementos deinformacin que permitan al lector evaluar la metodologa y la probableconfiabilidad de los resultados. En la modalidad de investigacin de

    campo, por lo general, se tratan los siguientes aspectos:i) Diseo de la investigacin: Se refiere a la explicacin del modelo

    metodolgico asumido.

    ii) Poblacin y muestra: Se describe el universo afectado por el estudio, elgrupo seleccionado, las caractersticas, tamao y metodologa seguidapara la seleccin de la muestra, la asignacin de las unidades a gruposo categoras y otros aspectos que se consideren necesarios. En el casode los estudios de campo donde no se requiera la aplicacin depoblacin y muestra, se describirn los fenmenos, unidades o sujetosde la investigacin, y los criterios utilizados para su escogencia.

    iii) Instrumentos: Se describen los instrumentos de recoleccin de datosy/o materiales utilizados en el estudio, con indicacin de su validez,

    confiabilidad y de los mtodos seguidos para obtenerlas, si fueranecesario.

    iv) Procedimiento: Se presenta un resumen de cada paso de la ejecucinde la investigacin.

    v) Anlisis de los datos: se describen las tcnicas de tipo cuantitativo ocualitativo, utilizadas para el procesamiento de los datos obtenidos enla investigacin.

    g) Limitaciones del estudio: son las restricciones del diseo de lainvestigacin y de los procedimientos utilizados para la recoleccin,procesamiento y anlisis de los datos, los supuestos sobre los cuales sesustenta el estudio y los obstculos encontrados en la ejecucin de lainvestigacin. Las limitaciones pueden aparecer como una seccinespecfica del texto, o integradas en la estructura de la redaccin en

    diferentes captulos o secciones.h) Resultados: corresponde a la exposicin de los resultados de la ejecucin

    de la investigacin. La organizacin y extensin de esta parte del textovara segn la modalidad del trabajo. El estudiante, con la asesora de sututor, decidir sobre la estructura que ms convenga a los fines de la msclara presentacin de los aportes del trabajo. En todo caso, se deben teneren cuenta las siguientes recomendaciones generales:

    i) En la modalidad de Investigacin de Campo: Se presentan, describen,analizan e interpretan en forma ordenada los datos obtenidos en elestudio en funcin de las preguntas o hiptesis de la investigacin,con el apoyo de cuadros, grficos, de ser el caso, y se discuten conbase en la fundamentacin terica del Trabajo o la Tesis y lossupuestos de la metodologa.

    ii) En la modalidad de Investigacin Documental: la organizacin delmaterial es muy variable y depende del tema, los propsitos del trabajoy la metodologa utilizada por el autor. Los resultados puedenpresentarse en ms de un captulo, bajo ttulos descriptivos de sucontenido como es usual en las monografas y ensayos. No es

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    necesario que en el esquema de organizacin se incluya un captuloespecfico con el ttulo: RESULTADOS. Pero, en todo caso, debequedar claro cul es la contribucin del autor en cuanto al anlisis e

    interpretacin de la informacin de base, la elaboracin de nuevosesquemas conceptuales, explicaciones, modelos, argumentos, entreotras posibilidades.

    iii) En la modalidad de Proyectos Factibles: los resultados se puedenorganizar, dependiendo del mbito y alcance del Proyecto, tomando encuenta los siguientes aspectos: presentacin sistemtica deldiagnstico de la situacin, determinacin de necesidades,planteamiento y fundamentacin terica de la propuesta, procedimientometodolgico, actividades y recursos necesarios para su ejecucin,anlisis de factibilidad de realizacin. Si el Proyecto incluye las fases deejecucin y evaluacin de la propuesta, se incluirn secciones quedescriban los procesos y resultados correspondientes a cada una deestas fases.

    iv) En la modalidad de Proyectos Especiales: el esquema de organizacinde los resultados debe responder a los objetivos y metodologa deltrabajo. Se atendern las recomendaciones anteriores en todos losaspectos que fueren aplicables. En todo caso, la presentacin delmaterial debe reflejar en forma clara la contribucin y aporte original delautor.

    i) Conclusiones y recomendaciones: incluye la discusin o interpretacin delos resultados (con base en la fundamentacin terica del trabajo y lossupuestos de la metodologa) y las conclusiones de la investigacin.

    Adems, cuando sea procedente, debe aadirse una seccin con lasrecomendaciones que el autor formula como consecuencia del estudiorealizado.

    Parte TerceraDe los Materiales de Referencias

    ARTCULO 101: Los materiales de referencia comprenden la lista de referencias, los anexos y elresumen del currculum vitae del autor.

    ARTCULO 102: La lista de referencias incluye las fuentes impresas, electrnicas, audiovisualeso de otra naturaleza, que han sido citadas en el texto del Trabajo o la Tesis.Esta lista se presenta ordenada alfabticamente segn el criterio de autora,siguiendo las normas aprobadas internacionalmente.

    ARTCULO 103: Cada una de las fuentes incluidas en la lista de referencias debe contener lossiguientes elementos: autor, ao de publicacin, ttulo, datos de publicacinque permitan su identificacin y bsqueda (ciudad, pas, editorial, entre otrosdatos, segn el tipo de referencia). Cuando se trate de artculos depublicaciones peridicas, deben mencionarse adems: nombre completo de la

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    publicacin, volumen, nmero del ejemplar consultado, pginas que contiene elartculo.

    ARTCULO 104: En el caso de referencias electrnicas, el modo de registro vara segn el mediode acceso, los tipos de informacin almacenada en medios electrnicos y losdatos de identificacin que contiene el material a resear. Estas referenciascomprenden los siguientes elementos fundamentales:

    - El o los autores principales.

    - Fecha de la produccin del material.

    - Ttulo del material, acompaado de la informacin que fuere necesaria paraidentificar su naturaleza.

    - Datos de la publicacin, segn los tipos de referencias.

    - Datos necesarios para su localizacin.

    ARTCULO 105: Cuando se trate de fuentes audiovisuales (pelcula cinematogrfica,

    producciones en formatos de audio, programas y eventos transmitidos pormedios de telecomunicacin; representaciones y exposiciones pblicas;grabaciones de conferencias, ponencias y eventos en general; fotografas yrepresentaciones grficas; objetos artsticos, tecnolgicos y culturales) sedebe tomar en consideracin su naturaleza, medio de divulgacin ytemporalidad. Estas referencias comprenden los siguientes elementos:

    - Autor (es) principal (es), con especificacin de su funcin.

    - Fecha de la produccin del material.

    - Ttulo del material, acompaado de la informacin que fuere necesaria paraidentificar su naturaleza.

    - Datos de edicin en el caso de producciones comerciales o institucionales.

    PARGRAFO NICO: Para el registro de los datos de las fuentesreferenciales, se deben seguir las reglas que se exponen en Manualesde Normas

    reconocidos, como el editado por la American Psychological Association (APA)y las de Vancouver.

    ARTCULO 106: En la seccin de anexos del Trabajo o la Tesis, se presentan:

    a) Los formularios de las encuestas u otros instrumentos de investigacinelaborados como parte del estudio.

    b) Las instrucciones textuales a los sujetos.

    c) Los glosarios de trminos.

    d) Otras informaciones adicionales que resulte necesario incluir para ampliar

    o sustentar algn punto tratado en el cuerpo del trabajo.Si hay varios anexos, se identificarn con letras: Anexo A, Anexo B, y assucesivamente; si cada anexo consta de varias partes, se utilizar unaseriacin alfanumrica: Anexo A-1, Anexo A-2, Anexo A-3; si cada anexoconsta de varias partes, se utilizar la siguiente seriacin numrica: Anexo1.1, Anexo 1.2, Anexo 1.3, etc.

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    ARTCULO 107: Al final, se debe incluir, un resumen del currculum vitae del autor, escrito enforma de resea periodstica, en no ms de una pgina mecanografiada a unespacio, con los siguientes datos:

    a) Nombres y apellidos.

    b) Cdula de identidad.

    c) Fecha de nacimiento (para fines de elaboracin de fichas bibliogrficas).

    d) Estudios y ttulos de educacin superior (incluyendo el nombre de lasinstituciones).

    e) Principales cargos acadmicos y profesionales ejercidos (indicandoinstituciones).

    f) Publicaciones de su autora (slo ttulos generales descriptivos de latemtica y el medio de publicacin).

    CAPTULO XDE LAS CITAS Y NOTAS

    ARTCULO 108: Las citas dentro del texto se utilizan para reproducir material de otro trabajo ypara identificar fuentes referenciales.

    ARTCULO 109: El material tomado de otro trabajo, aun cuando sea del propio autor, de algninstrumento, o de instrucciones dadas a los sujetos en el proceso de lainvestigacin, debe ser reproducido palabra por palabra exactamente igualcomo aparece en la fuente. Si existiera algn error gramatical o de otro tipo,que pueda confundir al lector, luego del error se coloca la expresin sicsubrayada (o en letras itlicas) y entre parntesis.

    ARTCULO 110: Segn sea el tipo de cita se deber cumplir con lo siguiente:

    a) Cita con menos de cuarenta (40) palabras, se incluir como parte delprrafo, dentro del contexto de la redaccin, entre dobles comillas.

    b) Citas de mayor longitud, es decir, con ms de cuarenta (40) palabras, seescribirn en prrafo separado, con sangra de cinco (05) espacios aambos mrgenes, sin comillas y mecanografiadas a un espacio entrelneas.

    c) Se debe evitar el uso de citas superiores a las quinientas (500) palabras,sin permiso del autor, salvo que se trate de fuentes de tipo legal, o cuandoel texto citado sea objeto de anlisis de contenido y revisin crtica enpginas subsiguientes del Trabajo o la Tesis.

    ARTCULO 111: Las citas de contenido textual, as como tambin las citas en forma deparfrasis y resmenes elaboradas a partir de ideas tomadas de otros trabajos,deben ir acompaadas de los datos autor-fecha que permitan localizar las

    fuentes. El apellido del autor y el ao de publicacin de la obra se insertarn enlos prrafos en los lugares ms apropiados por claridad de redaccin,aadiendo el nmero de la pgina o pginas relacionados con la referencia. Seevitar, en lo posible, el uso de notas al pie de pgina o de final de captulo parala cita de fuentes.

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    ARTCULO 112: En general, no se suministrarn referencias bibliogrficas para la estadsticao frmulas de uso comn. Las referencias son necesarias cuando se trate deestadsticas o frmulas poco comunes, no incorporadas todava en los libros de

    texto, o que pueda generar controversias, o cuando la estadstica o las frmulasen s sean el tema del trabajo.

    ARTCULO 113: Las notas fuera del texto se utilizarn para explicar contenido, identificarreferencias adicionales a las citadas, reconocer colaboraciones y para dejarconstancia de permiso de citas o uso de algn material por su autor o empresaeditora. Estas notas se podrn colocar al pie de pgina o al final de cadacaptulo a criterio del estudiante. Cualquiera sea la alternativa seleccionada, sedeber ser consistente en el uso de un slo estilo a lo largo de todo el texto.

    ARTCULO 114: Las notas de explicacin de contenido complementan o amplaninformacin de importancia. Estas notas deben incluir informacin relevante yse utilizarn slo si refuerzan o aclaran la presentacin. Los materialesextensos sobre instrucciones, instrumentos, descripciones de procedimientos uotros, preferiblemente deben ser incluidos como anexos; la nota en este casoremitir al anexo correspondiente.

    ARTCULO 115: Las notas de referencias adicionales slo se utilizarn para identificar fuentescomplementarias de un punto tratado en el texto; o dentro de una nota decontenido, para citar fuentes relacionadas con dicha nota. En este caso tambinse utilizar el sistema autor-fecha.

    ARTCULO 116: Las notas sobre permisos de derecho de autor se utilizan para reconocer lasfuentes de material reimpreso o adaptado con permiso.

    ARTCULO 117: Todas las referencias, incluidas las de tipo legal y las citas de materiales nopublicados o de circulacin restringida, excepto las comunicaciones personales,

    deben presentarse en la lista de referencias bibliogrficas.ARTCULO 118: Todas las notas en cada uno de los captulos se deben numerar en forma

    consecutiva con nmeros arbigos, comenzando por el uno (1). Las notas decada captulo tendrn una seriacin independiente. Las referencias posterioresa una misma cita se hacen dentro del texto, entre parntesis, as: (ver Cap. II,Nota 2).

    CAPTULO XIDEL LENGUAJE Y ESTILO

    ARTCULO 119: En la redaccin de los Trabajos de Grado y las Tesis Doctorales se debeemplear un lenguaje formal, como corresponde de acuerdo a la especialidad;simple y directo, evitando en lo posible el empleo de expresiones poco usuales,retricas o ambiguas, as como tambin el exceso de citas textuales.

    ARTCULO 120: Como regla general, el texto se redactar en tercera persona. Sin embargo,cuando el autor considere conveniente destacar su pensamiento, sus aportes olas actividades cumplidas en la ejecucin del estudio, puede utilizar laexpresin: el autor, o la autora.

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    PARGRAFO NICO: Los Trabajos de Investigacin con enfoquescualitativos, interpretativos, crticos u otros donde se manifieste el procesoreflexivo del autor, pueden redactarse en primera persona, tomando como

    referencia el estilo ms apropiado para una mejor presentacin y claridad delcontenido.

    ARTCULO 121: No se deben utilizar abreviaturas en la redaccin, pero son permisibles en:notas al pie de pgina o final de captulos, citas de referencia, aclaratoriasdentro de parntesis y cuadros y grficos.

    ARTCULO 122: Se pueden utilizar siglas para referirse a organismos, instrumentos o variablesde uso frecuente en el texto, siempre y cuando faciliten la comprensin de lasideas expuestas. Estas siglas deben explicarse cuando se utilizan por primeravez, escribiendo el nombre completo, seguido de las siglas en letrasmaysculas, sin puntuacin y dentro de un parntesis como en los siguientesejemplos: Prueba de Comprensin Lectora (PCL), Universidad "RmuloGallegos" (UNERG). Cuando se usan trminos estadsticos en el texto, siemprese debe mencionar el trmino, no el smbolo o su abreviatura; por ejemplo: LasMedias, y no: las X (o Ms).

    ARTCULO 123: La construccin de prrafos, la puntuacin y el uso de las letras maysculas yminsculas deben ajustarse a las normas gramaticales.

    ARTCULO 124: El estilo, la terminologa y la forma de presentacin de los datos numricosdeben ser coherentes a lo largo de todo el trabajo.

    CAPTULO XIIDEL MECANOGRAFIADO Y LA IMPRESION

    ARTCULO 125: El autor es el responsable por la presentacin correcta de su Trabajo de Gradoo Tesis Doctoral, por lo que debe preparar el material para el mecanografiado,exactamente como se indica en este Captulo.

    ARTCULO 126: El papel a utilizar debe ser de tipo bond blanco, tamao carta, base veinte(20), de peso y textura uniformes. Las hojas no deben tener rayas niperforaciones. Los cuadros y grficos de dimensin mayor deben reducirse

    ARTCULO 127: Todo el trabajo debe escribirse con el mismo tipo de letra, preferiblementede 12 puntos de tipo Times New Roman, Courier o similares, exceptocuando se requiera la inclusin de un material grfico. En lugar del subrayado,se podr hacer uso de la letra itlica para el realce de ttulos y de informacincuando sea apropiado. Para las notas al pie de pgina o final de captulo se

    podr utilizar un tipo de letra de tamao menor, pero no inferior a 10 puntos.Cualquiera sea la opcin elegida, el tipo de letra debe ser consistente en todaslas partes del texto, con la excepcin de los anexos, cuando se trate defacsmiles de materiales usados en la investigacin.

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    ARTCULO 128: El texto del trabajo se debe mecanografiar segn lo siguiente: a espacio ymedio (1 ), el texto del trabajo, a un (01) espacio, el mecanografiado de lascitas textuales mayores de cuarenta (40) palabras en forma de prrafos

    separados, las notas al pie de pgina o final de captulo, los ttulos de variaslneas, las referencias, el resumen, el currculum vitae del autor, los anexos.Se debe tomar en cuenta que entre ttulos y subttulos, referencias, etc., debenexistir dos (02) espacios.El triple espaciado es propio despus de ttulos de captulos, antes y despusde los encabezamientos, antes de las notas al pie de pgina y entre ellas, ascomo tambin, antes y despus de los cuadros y grficos que se presentanincorporados entre prrafos de texto.

    ARTCULO 129: No se aceptarn tachaduras ni inserciones. Adems del aspecto esttico, elmedio que se utilice para hacer correcciones debe garantizar su durabilidad.

    ARTCULO 130: Los mrgenes a usar sern: de cuatro (04) centmetros, del lado izquierdo, parapermitir la encuadernacin del volumen y de tres (03) centmetros, por los ladosderecho, superior e inferior de la pgina. El margen superior de la primerapgina de cada nuevo captulo debe ser de cinco (05) centmetros.

    ARTCULO 131: Se dejarn cinco (05) espacios en la primera lnea de cada prrafo y de lascitas al pie de pgina o final de captulo; tambin en cada lnea de las citastextuales largas, es decir de ms de cuarenta (40) palabras.

    ARTCULO 132: Cada una de las partes principales, los captulos del trabajo y los anexosdeben comenzar en una pgina nueva.

    ARTCULO 133: Para presentar ttulo, captulo, subttulo, etc. se deben seguir las siguientesrecomendaciones:

    - En la primera pgina de cada captulo, arriba y al centro, se presentar la

    identificacin del mismo con la palabra: CAPTULO, y el nmero romanoque indica el lugar de orden (I, II, III,).

    - Debajo, tambin centrado, se escribir el ttulo del captulo en letrasmaysculas.

    - Dentro de cada captulo se puede tener desde uno (01) hasta cuatro (04)niveles de encabezamientos, para identificar las secciones ysubsecciones.

    - Estos encabezamientos no deben ir numerados. Para presentar su ordenjerrquico, se utilizarn las normas de diagramacin que se especificanen el Anexo E.

    Las mismas normas tambin debern ser utilizadas en el mecanografiado delas secciones y subsecciones de los proyectos. Slo el ttulo tentativo del

    Trabajo de Grado o la Tesis Doctoral se escribe con letras maysculas.

    ARTCULO 134: Cuando se quieran enumerar varios elementos dentro de un prrafo, seutilizarn letras minsculas y entre parntesis, ejemplo: (a), (b), (c). Si sequieren destacar elementos o ideas en prrafos separados, se utilizarnnmeros arbigos seguidos por un punto sin parntesis, con sangra de cinco

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    (05) espacios para la primera lnea y con las lneas sucesivas al nivel delmargen izquierdo.

    ARTCULO 135: Las pginas preliminares se numerarn con cifras romanas pequeas(minsculas), en forma consecutiva, comenzando con la pgina del ttulo, quese entender ser i, sin que la cifra se coloque en la pgina. Todas las demspginas del texto y los anexos se numerarn con cifras arbigas, tambin enforma consecutiva, comenzando con la pgina de la introduccin y continuandohasta incluir los anexos y el resumen del currculum vitae del autor. Todas laspginas se cuentan en la secuencia numrica, aunque no llevan nmeroalguno.

    ARTCULO 136: El nmero de cada pgina se colocar en la esquina superior derecha, exceptoen la primera de cada captulo, en donde el nmero de paginacin se colocaren la esquina inferior derecha. Las pginas en las que aparecen cuadros ygrficos tambin deben numerarse y su diagramacin (vertical u horizontal) nodebe alterar la posicin del nmero de la pgina.

    ARTCULO 137: Las notas al pie se mecanografiarn en la parte inferior de la pginacorrespondiente. Tanto las notas al pie de pgina, como de fin de captulo, seenumerarn en forma consecutiva; el nmero asignado a la nota semecanografiar ligeramente encima de la lnea, sin utilizar parntesis, en ellugar del texto donde se origina la necesidad de mayor explicacin.

    ARTCULO 138: Las notas de los cuadros y grficos se mecanografiarn en la parte inferior decada uno de ellos. Estas notas se utilizarn para explicar los datos presentados,para suministrar informacin adicional, o para reconocer la fuente.

    ARTCULO 139: En cuanto a los cuadros y grficos deben ser incorporados en el lugarapropiado del texto, y no al final de los captulos o en anexos. Los cuadros y

    grficos pequeos pueden aparecer entre prrafos, mientras que los de mayordimensin deben colocarse en pgina separada, inmediatamente despus de lapgina donde se mencionan o explican.

    ARTCULO 140: En lo posible, se debe restringir el uso de lneas en la diagramacin de loscuadros a las estrictamente necesarias para aumentar su claridad.Preferentemente se utilizarn slo lneas horizontales para la separacin entreel ttulo del cuadro, los subttulos de las columnas, el cuerpo de datos y lasnotas al pie. Se tratar de evitar el uso de lneas verticales y los rayadoshorizontales internos. Ejemplos de diagramacin de cuadros y grficos sepresentan en los Anexos C-1 y C-2.

    ARTCULO 141: Cada cuadro o grfico deber tener un nmero de identificacin y un ttulodescriptivo de su contenido. Los cuadros y grficos se numerarn en series

    separadas, pero en forma continua a lo largo del texto en su totalidad (no porCaptulo), utilizando nmeros arbigos. Las referencias en el texto se har as:Cuadro 5, Grfico 8; tambin se podr remitir a ellos utilizando parntesis: (verCuadro 5), (ver Grfico 8).

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    ARTCULO 142: El nmero y ttulo de los cuadros deben colocarse en su parte superior; en elcaso de los grficos, en la parte inferior. Si algn cuadro contina en unasegunda pgina debe colocarse slo la identificacin de su nmero y la

    abreviatura cont. en parntesis, como en el siguiente ejemplo: Cuadro 3 (cont.),sin repetir el ttulo.

    ARTCULO 143: Los cuadros y grficos podrn ser mecanografiados, producidos en impresorasque aseguren una alta calidad de impresin, o preparados en tinta negra. Lareproduccin podr hacerse por cualquier medio que garantice nitidez ydurabilidad.

    ARTCULO 144: Se utilizar la coma para separar las cifras decimales. Se exceptan los cuadrosy grficos construidos por medio de computadoras, cuando el programa utilizadoslo permita el uso del punto.

    ARTCULO 145: A excepcin de las letras griegas, se subrayarn todas las letras querepresenten smbolos estadsticos, pero no los subndices y superndices: M, F,n, Sb. Si el equipo empleado para el mecanografiado lo permite, dichos smbolosse escribirn preferiblemente en letras itlicas, en lugar de subrayarlos.

    ARTCULO 146: Los smbolos en letras griegas podrn ser escritos a mquina, o a mano y entinta china cuando el equipo empleado para el mecanografiado no permita laimpresin de dichos smbolos.

    ARTCULO 147: La diagramacin y mecanografiado de los ttulos y el texto de los instrumentosde investigacin, material instruccional, comunicaciones, reportes, documentosnormativos, y dems documentacin escrita que formen parte de los anexos, seharn siguiendo los estilos ms apropiados a cada caso, a criterio delestudiante. Preferentemente se presentarn fotocopias que preserven el formatode los materiales originales, aunque difieran entre s con respecto al

    mecanografiado del texto. La palabra ANEXO y la letra o seriacin alfanumricautilizadas para su identificacin se podrn colocar bien sea arriba y al centro dela primera pgina de cada Anexo, o en una pgina adicional como portadillainterna. En el primer caso, si fuera necesario, se podr aadir un subttulodescriptivo del contenido de Anexo entre corchetes para diferenciarlo del textodel documento; en el segundo, siempre se aadir el subttulo de contenido.

    CAPTULO XIIIDE LA ENCUADERNACIN Y PRESENTACIN

    DE LA VERSIN DEFINITIVA

    ARTCULO 148: Para la encuadernacin del trabajo en su versin definitiva, una vez aprobadopor el jurado, se utilizar cartn grueso en color blanco para los TrabajosTcnicos y Trabajos Especiales de Grado, azul rey para los Trabajos de Grado

    de Maestra y negro para las Tesis Doctorales.

    ARTCULO 149: La impresin en la portada y el lomo se har en letras doradas, diagramasconforme a las especificaciones de los modelos que se presentan en los AnexosD-1 y D-2.

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    a) La portada contiene la misma informacin que la pgina del ttulo, slo queen la primera no se incluye la leyenda con el propsito del Trabajo o Tesis.

    b) En el lomo aparecern escritos: las siglas que identifican si es un Trabajo deEspecializacin Tcnica (TET), Trabajo Especial de Grado (TEG), Trabajode Grado de Maestra (TGM), o una Tesis Doctoral (TD), en la partesuperior y a lo ancho; el ttulo del Trabajo o la Tesis, a lo largo y en letrasgrandes; las siglas de la Universidad y el ao de su presentacin, en la parteinferior y con letras grandes.

    ARTCULO 150: El participante consignar ante la Oficina de Control de Estudios de Postgradocinco (05) ejemplares de la versin definitiva del Trabajo de Grado o TesisDoctoral, de acuerdo con las especificaciones establecidas en los artculos 148 y149 de las presentes normas, incorporando las observaciones emitidas por el

    jurado examinador en la evaluacin de la versin preliminar; as como un discocompacto (DC) en Word que contenga la versin definitiva del Trabajo o Tesis.El DC debe identificarse con el nombre del autor (autora), el ao y el ttulo delTrabajo.

    CAPTULO XIVDE LAS RECOMENDACIONES FINALES

    ARTCULO 151: Lo no previsto en estas normas sobre elaboracin, aprobacin del TrabajoEspecial de Grado, Trabajo de Grado de Maestra y Tesis Doctoral, ser resueltopor el Consejo de Postgrado.

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    INSTRUMENTOS PARA REVISIN Y

    EVALUACIN DE TRABAJOSESPECIALES DE GRADO Y TRABAJOS DEGRADO

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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD RMULO GALLEGOS

    rea de PostgradoUnidad de Acreditacin

    San Juan de los Morros Estado Gurico

    EVALUACIN CUALITATIVA DE LA VERSIN PRELIMINAR DEL TRABAJO FINAL DEGRADO

    (MAESTRA)

    MAESTRA: ______________________________________MENCIN:___________________________

    TTULO DEL TRABAJO: ________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________________________

    _______________________________________________________________________________________

    AUTOR: _________________