36
1

Modulo de Sismos

  • Upload
    rosita

  • View
    19

  • Download
    0

Embed Size (px)

DESCRIPTION

diferentes tipos de sismos segun su escala

Citation preview

  • *

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*Ing. Jorge Antonio Ulloque Rodrguez

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.1. ResidenteArt. 185 ( R ) : Residente de ObraPresencia permanente y directaIngeniero o arquitecto (segn especialidad)Mn. 2 aos de experiencia en especialidadLas Bases pueden solicitar requerimientos mnimos en funcin de naturaleza, envergadura y complejidad de la obra.Representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.2. Inspector o SupervisorArt. 190 ( R ) : Inspector o Supervisor de obras Presencia permanente y directa.Inspector : Funcionario de la Entidad.Supervisor : Persona natura o jurdica ad-hoc. Si es persona jurdica, deber designar a una persona natural como Supervisor permanente en Obra.Art. 193 ( R ) : Funciones del Inspector o SupervisorResponsable de la correcta ejecucin de la Obra y cumplimiento del Contrato.No tiene autoridad para modificar el Contrato.Tiene facultad para ordenar el retiro de materiales, personas, equipos, etc. Que perjudique la buena, marcha de la Obra.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.2. Inspector o SupervisorArt. 196 ( R ) : Consultas sobre ocurrencias en la obraSe hacen por CO y se dirigen al Insp o Superv.Tienen que ser evaluadas por el I/S acerca de la necesidad de la intervencin del ProyectistaCons. No Req. Op. Proy.: 5 dc para q el I/S absuelva. 2 dc para dirigirse a la Entidad. 5 dc para que Entidad absuelva.Cons. Req. Op. Proy.: 4 dc para q el I/S eleve consultas. 15 dc para ablsolver coord con el Proyectista (Sanciones si no absuelve).Amerita Ampliaciones, si se afecta la Ruta Crtica.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.3. Cuaderno de Obra y documentacinArt. 194 ( R ) : Cuaderno de Obra.Se apertura cuando se entrega el terrenoResidente y Supervisor son los nicos autorizados a escribir.Tres hojas desglosables.Entidad: Se adjunta en cada informe mensualEjecutor de obra: ArchivoI/S : ArchivoInicialmente en custodia del Ejecutor de Obra.No acceso, implica multa diaria 5/1,000.Terminada la Obra, se entrega a la Entidad.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.3. Cuaderno de Obra y documentacinArt. 195 ( R ) : Anotacin de ocurrencias.Residente y Supervisor debern firmar al pie de cada anotacin.Cuando la obra se haya entregado a la Entidad, el I/S deber cerrar el CO.4.1.4. PlazosArt. 149 ( R ) : Vigencia del Contrato.El contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene.En el caso de ejecucin y consultora de obras el contrato rige hasta el consentimiento de la liquidacin y se ejecute el pago correspondiente.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.4. PlazosArt. 151 ( R ) : Cmputo de los plazosPlazos en das naturales, salvo excepcionesEl plazo de ejecucin contractual se computa en das naturales desde el da siguiente de la suscripcin del contrato o desde el da siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en las Bases.Aplicacin supletoria del C.C.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.4. PlazosArt. 183 ( CC ) : Cmputo del Plazo.Plazos en meses y aos.Plazo excluye el da inicial, e incluye el da de vencimiento.El Plazo cuyo ltimo da sea inhbil, vence el primer da hbil siguiente.Art. 184 ( CC ) : Aplicacin extensiva de las reglas sobre cmputo de plazo.Los normado por el Art. 183 se aplican a todos los plazos legales convencionales, salvo disposicin o acuerdo diferente.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.5. Ampliaciones de PlazoArt. 41 ( L ) : Prestac. Adic., Reduc. y ampliacionesSe podr solicitar la ampliacin del plazo por atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y siempre que modifiquen el calendario contractual. Art. 200 ( R ) : Causales de ampliacin de plazo Alteracin de Ruta Crtica al momento de la SolicitudAtrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.Aprobacin de prestacin adicional (origina ampliacin de vigencia de garantas)

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.5. Ampliaciones de PlazoArt. 201 ( R ) : Procedimiento de ampliacin de plazoDurante ocurrencia de causal, el Residente debe de anotar las circunstancias que segn l ameritan la ampliacin de plazo.Concluida causal,15 dc para solicitar, cuantificar, sustentar solicitud de ampliacin de plazo (EO) ante la I/S.I/S tiene 7 dc para pronunciarse.Entidad tiene 14 dc para emitir pronunciamiento.Los adicionales amplan el plazo contractual si su ejecucin alteran la Ruta Crtica.Las solicitudes de ampliacin, deben de presentarse dentro del plazo vigente de ejecucin.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.5. Ampliaciones de PlazoArt. 201 ( R ) : Procedimiento de ampliacin de plazoPara distintas causales y fechas diferentes, c/solicitud de ampliacin de plazo se tramitar y ser resuelta independientemente. La Entidad podr otorgar ampliaciones de plazo parciales.Recibida la R. aprobatoria de la Ampliacin de Plazo, el EO, tiene 10 dc para presentar el CAOA.El I/S tiene 7 dc para elevarlo a la Ent. Con los ajustes concordados con el Residente.La Ent. tiene 7 dc para aprobarlo. Este nuevo CAOA reemplazar en todos sus efectos al anterior.Cualquier controversia, podr ser sometida a conciliacin y/o arbitraje dentro de los quince (15) das hbiles posteriores a la comunicacin de esta decisin.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.5. Ampliaciones de PlazoArt. 202 ( R ) : Efectos de la modificacin del plazo contractualLas ampliaciones de plazo darn lugar al pago de mayores gastos generales VARIABLES (GGV).Salvo en las Prestaciones AdicionalesLos GG por Paralizacin de la Obra, debern de acreditarse, y deben de formar de Est. De GG.Se reducen los GG en caso de reduccin de PlazoEn virtud de la ampliacin otorgada, la Entidad ampliar el plazo de los otros contratos que hubieran podido celebrarse, vinculados directamente al contrato principal.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL4.1.6. Adicionales y Deductivos de ObraArt. 41 ( L ) : Prestaciones adicionales, reducciones y ampliacionesAdicionales, Reducciones:Mximo Bienes y Servicios: 25%.Mximo Obras y Supervisiones: 15%.Indispensables para alcanzar la finalidad del contrato.Para Adic. O Reduc. Mayores al 15% (< al 50%), se requiere:autorizacin del Titular del Pliego, o de la mxima autoridad administrativa alternativamente la Entidad podr resolver el ContratoAmpliaciones:Por atrasos y/o paralizaciones ajenos a voluntad del ContratistaSe deben de verificar.Se presenta siempre y cuando afecten al C contractualLas discrepancias se resuelven mediante conciliacin o arbitraje (Art. 40 de la Ley, inciso b)

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.6.Adicionales y Deductivos de ObraArt. 207 ( R ) : Prestaciones adicionales menores al quince por ciento (15%)Proceder cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolucin del Titular o la mxima autoridad administrativa de la EntidadMontos por si solos o restndole los deductivos vinculados, no superen el quince por cien (15%) del monto del contrato original.Ejecucin con autorizacin escrita, por Emergencia:La no ejecucin pueda afectar el ambiente // O poner en peligro a la poblacin, los trabajadores o // a la integridad de la misma obraEn los contratos de obra a precios unitarios: (P. Cont. o Pact.) + (GGF y GGV del Adic. Previo anlisis) + Util. Ofert + IGVEn los contratos de obra a suma alzada:(P. V.R.)FR + (P. Pact.) + (GGF y GGV del Adic. Previo anlisis. Base (GGF y GGV )FR ) + (Util. VR)FR + IGVSe origina con la anotacin en el C.O. I/S comunicar a Entidad necesidad Elab. Exp. Tco.Entidad define Elab. Exp. Tco.: Adm. Dir. / Cons. Ext. / E.O. (Prest. Adic. Obra)Ent. debe evaluar naturaleza, magnitud, complejidad obra, capacidad /especializ. Tca. E.O. Si no lo hace E.O. verificar coherencia de soluciones.Terminado el Exp. Tco., I/S 14 das para remitir informe de procedencia a EntidadLa Entidad debe de aprobarlo y notificar en 14 d y entregar Exp. Tco.La demora de la Entidad en emitir la resolucin que autorice las obras adicionales ser causal de ampliacin de plazo.El pago de los presupuestos adicionales aprobados se realiza mediante valorizaciones adicionales.Un adicional obliga a incrementar el monto de la Finanza de F.C.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.6. Adicionales y Deductivos de ObraArt. 208 ( R ) : Obras adicionales mayores al quince por ciento (15%)Adicionales restndole los deductivos vinculados, superen el quince por cien (15%) del monto del contrato originalLuego de ser aprobadas por el Titular o la mxima autoridad administrativa de la Entidad, segn corresponda, requieren previamente, para su ejecucin y pago, la autorizacin expresa de la Contralora General de la RepblicaContralora contar con un plazo Mx: 15 das hbiles, desde que la Entidad presenta la documentacin sustentatoria correspondiente. Transcurrido este plazo, sin que medie pronunciamiento de la Contralora, la Entidad est autorizada para la ejecucin de obras adicionales por los montos que hubiere solicitado, sin perjuicio del control posteriorContralora solicitar informacin complementaria en una sola oportunidad, a ms tardar al quinto da hbil contado desde que se inici el plazo a que se refiere el prrafo precedente, ms el trmino de la distanciaLa Entidad cuenta con cinco (5) das hbiles para cumplir con el requerimiento. En estos casos el plazo se interrumpe y se reinicia en la fecha de presentacin de la documentacin complementaria por parte de la Entidad a la Contralora.De superar el 50% del M.C.O. se resolver el contrato y se convoca a un nuevo proceso de seleccin

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.7. Normas de ContraloraR.C. N 320-2006-CG : Aprueban Normas de Control Interno (Dejan sin efecto a la RC N 072-98-CG)R.C. N 177-2007-CG : Aprueban la Gua de Auditora de Obras Pblicas por Contrata, como documento orientador del Sistema Nacional de Control para la ejecucin de acciones de control.R.C. N 181-2007-CG : Establecen que la Gua de Auditora de Obras Pblicas por Contrata, ser de aplicacin a las auditoras programadas a partir de la publicacin de dicho documento en la pgina web de la Contralora General.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.7. Normas de ContraloraR.C. N 196-2010-CG : Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de obra

    DIRECTIVA N 02-2010-CG/OEA : CONTROL PREVIO EXTERNO DE LAS PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRAI. OBJETOII.FINALIDADIII.ALCANCEIV.BASE LEGALV.DISPOSICIONES GENERALES1. Aspectos conceptualesa. Prestacin adicional de obrab. Prestacin adicional con carcter de emergenciac. Presupuesto adicional de Obrad. Presupuesto deductivo de Obra e. Presupuestos deductivos vinculadosf. Contrato original 2. Competencia para autorizacin de prestaciones adicionales a cargo de la CGR3. Formulacin del Presupuesto Adicional de obra4. Forma de clculo de la Incid. Acum. del Presup. Adic. De obra respecto al Cont. Orig.5. Causales de procedencia de los presupuestos adicionales de obra6. Control interno a cargo de la entidad7. Control posterior a cargo del Sistema Nacional de Control

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL 4.1.7. Normas de ContraloraR.C. N 196-2010-CG : Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de obraDIRECTIVA N 02-2010-CG/OEA : CONTROL PREVIO EXTERNO DE LAS PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRAVI.DISPOSICIONES ESPECFICAS 8. Tramitacin de prestaciones adicionales de obra bajo competencia de la CGR 9. Calidad de la informacin10. Requerimientos previos a la solicitud de autorizacin de prestaciones Adic. De obra11. De la Docum. adjunta a la solicitud de autorizacin previa d prestaciones Adic. D obra11.1 Prestacin adicional de obra q no cuenta con presupuestos deductivos vinculantes11.2 Prestacin adicional que considera presupuestos deductivos vinculantes11.3 Prestacin adicional de obra vinculada a otras prestaciones adicionales que no requieren de la autorizacin de la CGR11.4 Prestacin adicional de obra con carcter de emergencia11.5 Formalidades para la presentacin de documentos12. D la Present. y recepcin d la solicitud d autorizacin previa d prestaciones adicionales de obra 13. Plazo de la CGR para emitir pronunciamiento sobre la solicitud de autorizacin previa de prestaciones adicionales de obra14. Plazo de la CGR para requerir documentacin complementaria15. Plazo de la Entidad para presentar documentacin complementaria16. Aplicacin del silencio administrativo positivo17. Documento de autorizacin previa de la prestacin adicional de obra18. Modificacin contractual por autorizacin de prestacin adicional de obra19. Comunicacin de autorizacin previa de la prestacin adicional de obra20. Recurso administrativo21. Inaplicabilidad del arbitraje22. Responsabilidades23. Interpretacin de la presente norma

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • 4.1.7. Normas de ContraloraR.C. N 196-2010-CG : Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de obraDIRECTIVA N 02-2010-CG/OEA : CONTROL PREVIO EXTERNO DE LAS PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA VII. DISPOSICIN COMPLEMENTARIA TRANSITORIAVIII.DISPOSICIN COMPLEMENTARIA FINALIX.DISPOSICIN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.1.CONTROL ADMINISTRATIVO - LEGAL

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.1. AdelantosArt. 38 ( L ) : AdelantosSe entregan a solicitud del Contratista, siempre y cuando estn contemplados en las BasesPara que proceda, los adelantos deben de estar garantizadosSe amortizarn segn reglamento

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.1. AdelantosArt. 186 ( R ) : Clases de Adelantos Deben de estar contemplados en Bases o ContratosDirecto al Contratista < 20% M.C.Orig.Materiales o Insumos a emplearse en la ejecucin del contrato < 40% M.C.Orig.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.1. AdelantosArt. 187 ( R ) : Entrega del Adelanto DirectoSolicitado dentro de los 8 dc, desde la suscripcin del contrato, adjuntando Garanta. Plazo es de caducidad.Entidad debe de pagar dentro de los 7 dc, desde la recepcin de la solicitud y la Garanta.Pago parcial se considera a efectos de inicio de plazo.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.2. Adelanto para materiales o insumosArt. 188 (R) : Entrega del Adelanto Para Materiales e InsumosBases deben de indicar plazo para solicitar y otorgar el adelanto para materiales e insumosSe otorga siempre que se hayan solicitado anticipadamente, e iniciado el Plazo de Ejecucin.Cronograma de Adq. de Mat. Contractual.Aplicacin del D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.3. AdelantosArt. 189 ( R ) : Amortizacin de AdelantosAdelanto Directo: Descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones.Adelanto para materiales e insumos: Aplicacin del D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.Diferencias o discrepancias se solucionan en la el pago siguiente o en la liquidacin

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.4. ValorizacionesArt. 197 (R) : Valorizaciones y metradosPagos a cuenta. Elaboradas el ltimo daPU: [(Met.Ej.)PU.Of + GG.Of + U.Of] + IGVSA: [(Met.Ej.)PU.VR + GG.VR + U.VR]FR + IGVSon elaborados por Contratista y el I/SSi no se presenta el I/S, entonces lo elabora el Contratista. I/S tiene 5 dc para revisarla y aprobarla (1er dh mes sig.)Deben de ser canceladas el ltimo da del mes siguiente

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.4. ValorizacionesArt. 199 (R) : Discrepancias respecto de valorizaciones o metradosSe resolvern en la Liquidacin. Sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.Procedimiento de Conciliacin o Arbitraje dentro de los 15 de iniciada la controversia, parte controvertida > al 5% del Monto Contrato Actualizado.Este proceso no implica paralizacin de la ejecucin del Contrato

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.5. Reajustes Obra Atrasada, Obra Adelantada. Obra con adelantosArt. 198 (R) : ReajustesK. INEIAtraso de Indices no obliga al reconocimiento de interesesObras atrasadas, adelantadas. Obra con adelantos

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.6. Intereses por demora de pagoArt. 197 (R) : Valorizaciones y metradosVencido el plazo para realizar valorizaciones, Inters LegalValorizacin de interesesArt. 1244 (CC) : Tasa de Inters LegalArt. 1245 (CC) : Prevalencia del Inters LegalArt. 1246 (CC) : Pago de Inters por moraArt. 1249 (CC) : Limitacin al anatocismo

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.6. Intereses por demora de pago

    El inters desde el da i inclusive, hasta el da p inclusive, es igual al cociente entre el FA del da p+1, entre el FA del da i, menos 1

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.7. Los Mayores Gastos GeneralesArt. 203 (R) : Clculo del Gasto General Diario

    GGD: Gasto General DiarioMGGD: Monto de Gastos Generales Directos. En PU: Ofertados. En S.A.: VRxFRP: Plazo de Ejecucin ContractualIp : Indice General de Precios al Consumidor (39), del mes en el que ocurre la causal de ampliacin de plazoIo : Indice General de Precios al Consumidor (39), del mes del Valor ReferencialMGG: Mayores Gastos Generalesp: Nmero de das de ampliacin de plazo

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.8. La Recepcin de ObraArt. 210 (R) : Recepcin de la obra y PlazosResidente consigna fecha de culminacin y solicita RecepcinI/S en 5 dc, informa a la Entidad dando conformidad o noSI procede la RO, Entidad debe de nombrar Comit de RO (mnimo un Ing o Arq representante de Entidad y el I/S) en 7 dcComit en un plazo de 20 dc debe de llevar a cabo la ROSi no hay observaciones, se proceder a la RO (Acta de RO)Si hay observaciones no se recibe obra (Acta de Obs.) y se otorga 1/10 del plazo de Ejec. para levantar. Terminadas se vuelve a solicitar RO por CO. En 3 dc I/S informa a Entidad, y CRO verifica en 7 dc

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.8. La Recepcin de ObraArt. 210 (R) : Recepcin de la obra y PlazosSi el Contratista no esta de acuerdo con las observaciones, el CRO eleva a Entidad informe en 5 dc. Entidad debe pronunciarse en 5 dc. Si persiste controversia en 15 dc se va a conciliacin o arbitrajeVencido el 50% del plazo otorgado, y si no se inicia levantamiento de observaciones, Obra se intervieneExcederse en el plazo de levantamiento de observaciones, tambin implica penalidadSe puede realizar RO parcialesSi RO supera los plazos establecidos, se deben de cancelar MGG debidamente acreditadosExistencia de Vicios Ocultos, obliga a la Entidad a oficiar

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONMICO4.2.9. La Liquidacin FinalArt. 211 (R) : Liquidacin del Contrato de ObraSe presenta en 1/10 del plazo o en 60 dc. El que sea el mayor, desde la suscripcin del Acta de ROEn 60 dc Entidad debe de pronunciarse, aprobando, observando o formulando otra. Para que el Contratista se pronuncie en 15 dcQueda consentida cuando una de las partes no se pronuncia en los plazos establecidosSi se observe la Liq. la otra parte tiene 15 d p/pronunciarse. Si no, se aprueba con las observaciones realizadas Si una de las partes no acoge observaciones de la otra parte, tiene 15 dh para iniciar Conciliacin o Arbitraje. Son perjuicio del cobro de la parte controvertidaPU : (CU + GG + U )Of + IGVSA : [(CU + GG + U)VR]FR + IGVNo se proceder la Liq. Si existen controversias pendientes

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.2.CONTROL ECONOMICO4.2.9. La Liquidacin FinalArt. 212 (R) : Efectos de la LiquidacinAprobada y consentida la Liq., y efectuado el pago culmina definitivamente la Obra y se cierra el Expediente.Discrepancias sobre defectos o vicios ocultos, son arbitrables.No pago, es arbitrableArt. 213 (R) :Declaratoria de Fbrica o Memoria Descriptiva ValorizadaSe entregan planos post construccin y al Min. Dec. Fab., o la Mem. Desc. Valor. segn sea el caso (condicin para pago)Si se presenta Dec. Fab. seguir lo establecido en la LeyLa Dec. Fab. va escritura pblica es opcional

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

  • DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS*4.3.CASUISTICA DE LOS TEMAS TRATADOS

    DIPLOMADO EN RESIDENCIA Y SUPERVISIN DE OBRAS

    **