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1 ÍNDICE PRESENTACIÓN ....................................................................................................................... 7 APARTADO I PLANEACIÓN, OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS............. 11 CAPÍTULO 1. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA ..................................................................... 11 1.1. Planeación Municipal ...................................................................................................... 11 1.1.1. Plan Municipal de Desarrollo ................................................................................. 12 1.2. La Hacienda Pública Municipal ....................................................................................... 13 1.2.1. Los Ingresos Municipales ...................................................................................... 15 1.2.2. Los Egresos .......................................................................................................... 30 1.2.2.1. Presupuesto de Egresos ................................................................................ 30 1.2.2.2. Soporte Documental de los Egresos .............................................................. 32 1.2.3. Patrimonio Municipal.............................................................................................. 36 1.2.3.1. Administración y adquisición de bienes muebles e inmuebles........................ 38 1.2.3.2. De las donaciones de bienes ......................................................................... 40 1.2.3.3. Baja de bienes .............................................................................................. 41 1.3. La Deuda Pública Municipal ............................................................................................ 42 1.4. Principales Obligaciones del Tesorero Municipal ......................................................... 43 CAPÍTULO 2. FONDOS Y PROGRAMAS FEDERALES .......................................................... 45 2.1. Aspectos Generales de los Recursos Federales........................................................... 45 2.1.1. Participaciones Federales ..................................................................................... 46 2.1.2. Aportaciones Federales ......................................................................................... 47 2.1.3. Programas Federales ............................................................................................ 48 2.1.4. Convenios de Reasignación de Recursos ............................................................. 49 2.1.5. Excedentes de Ingresos Federales........................................................................ 50 2.2. Ramo 33 Aportaciones Federales para Municipios ....................................................... 50 2.2.1. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) .................................... 51 2.2.2. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) ........................ 53

Manual Para La Gestión Financiera Municipal y Su Fiscalización 2015

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MANUAL PARA LA GESTION

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  • 1

    NDICE

    PRESENTACIN ....................................................................................................................... 7

    APARTADO I PLANEACIN, OBTENCIN Y APLICACIN DE LOS RECURSOS............. 11

    CAPTULO 1. ADMINISTRACIN FINANCIERA ..................................................................... 11

    1.1. Planeacin Municipal ...................................................................................................... 11

    1.1.1. Plan Municipal de Desarrollo ................................................................................. 12

    1.2. La Hacienda Pblica Municipal ....................................................................................... 13

    1.2.1. Los Ingresos Municipales ...................................................................................... 15

    1.2.2. Los Egresos .......................................................................................................... 30

    1.2.2.1. Presupuesto de Egresos ................................................................................ 30

    1.2.2.2. Soporte Documental de los Egresos .............................................................. 32

    1.2.3. Patrimonio Municipal.............................................................................................. 36

    1.2.3.1. Administracin y adquisicin de bienes muebles e inmuebles........................ 38

    1.2.3.2. De las donaciones de bienes ......................................................................... 40

    1.2.3.3. Baja de bienes .............................................................................................. 41

    1.3. La Deuda Pblica Municipal............................................................................................ 42

    1.4. Principales Obligaciones del Tesorero Municipal ......................................................... 43

    CAPTULO 2. FONDOS Y PROGRAMAS FEDERALES .......................................................... 45

    2.1. Aspectos Generales de los Recursos Federales ........................................................... 45

    2.1.1. Participaciones Federales ..................................................................................... 46

    2.1.2. Aportaciones Federales ......................................................................................... 47

    2.1.3. Programas Federales ............................................................................................ 48

    2.1.4. Convenios de Reasignacin de Recursos ............................................................. 49

    2.1.5. Excedentes de Ingresos Federales........................................................................ 50

    2.2. Ramo 33 Aportaciones Federales para Municipios ....................................................... 50

    2.2.1. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las

    Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) .................................... 51

    2.2.2. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

    Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) ........................ 53

  • 2

    2.3. Rendicin de Cuentas de los Recursos Federales ........................................................ 58

    2.3.1. Informacin que se debe entregar a las Dependencias Federales ......................... 59

    2.3.2. Difusin del ejercicio, destino y resultado .............................................................. 60

    2.3.3. Evaluacin de Resultados ..................................................................................... 62

    2.4. Consideraciones para el Ejercicio de los Recursos Federales .................................... 63

    2.4.1. Cuentas bancarias, comprobacin y registro contable de los fondos federales ..... 63

    2.5. Recomendaciones para mejorar el manejo de los Fondos Federales ......................... 68

    CAPTULO 3. OBRA PBLICA ................................................................................................ 70

    3.1. Marco Normativo de la Obra Pblica .............................................................................. 70

    3.2. Planeacin, Programacin y Presupuestacin de las Obras ....................................... 71

    3.2.1 La Planeacin y el proyecto ejecutivo ..................................................................... 71

    3.2.2. Los Presupuestos de Obra .................................................................................... 75

    3.3. Comit para la Adjudicacin de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con Ellas ................................................................................................................ 77

    3.4. Modalidades de Ejecucin .............................................................................................. 78

    3.4.1. Administracin Directa ........................................................................................... 79

    3.4.1.1. Licitacin de insumos ..................................................................................... 80

    3.4.1.2. Aspectos a considerar en obras por Administracin Directa ........................... 80

    3.4.2. Obras por Contrato ................................................................................................ 84

    3.4.2.1. Adjudicacin de las Obras .............................................................................. 85

    3.4.2.2. El contrato, garantas y anticipos .................................................................... 89

    3.4.2.3. Bitcora de Obra y la Supervisin .................................................................. 93

    3.4.2.4. Del pago de las estimaciones y retencin del cinco al millar .......................... 99

    3.4.2.5. De la recepcin de los trabajos y el finiquito ................................................. 102

    3.5. Recomendaciones a la Obra Pblica............................................................................ 106

    3.5.1. Integracin de expedientes .................................................................................. 106

    3.5.2. El contrato y los volmenes de obra .................................................................... 107

    3.5.3. Las estimaciones y documentos relacionados ..................................................... 107

    3.5.4. De la contralora y supervisin de obras .............................................................. 108

    3.5.5. El costo de las obras ........................................................................................... 109

    3.5.6. Del precio unitario ................................................................................................ 109

    3.6. Principales obligaciones del Director de Obras Pblicas ........................................... 113

  • 3

    APARTADO II MECANISMOS DE REGISTRO, CONTROL Y PARTICIPACIN CIUDADANA ................................................................................................. 114

    CAPTULO 1 LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL ........................................................ 114

    1.1. Ley General de Contabilidad Gubernamental .............................................................. 114

    1.1.1. Organismos rectores ........................................................................................... 115

    1.1.2. Armonizacin Contable ........................................................................................ 117

    1.1.3. Documentos normativos emitidos por el CONAC ................................................. 118

    1.2. Sistema de Contabilidad Gubernamental .................................................................... 129

    1.3. Registro y Valuacin del Patrimonio ............................................................................ 130

    1.3.1 Registro del Patrimonio ........................................................................................ 130

    1.3.2. Valuacin del Patrimonio ..................................................................................... 132

    1.4. Cuenta Pblica .............................................................................................................. 134

    1.4.1. Integracin de la Cuenta Pblica ......................................................................... 134

    1.4.2. Obligaciones y sanciones por incumplimiento...................................................... 135

    CAPTULO 2 REGISTRO, CONTROL Y EVALUACIN DE PROGRAMAS ........................... 137

    2.1. Presentacin de Informacin Programtica, Financiera y de Obra Pblica .............. 137

    2.1.1. Informacin Programtica .................................................................................... 138

    2.1.2. Informacin Financiera ........................................................................................ 140

    2.1.2.1. Sistema de Informacin Municipal (SIMVER) ............................................. 141

    2.1.3. Informacin de Obra Pblica ............................................................................... 143

    2.2. Evaluacin de la Informacin Programtica, Financiera y de Obra Pblica.............. 144

    CAPTULO 3 EL CONTROL INTERNO MUNICIPAL .............................................................. 145

    3.1. El Control Interno Municipal ......................................................................................... 145

    3.1.1. Objetivos del Control Interno ............................................................................... 145

    3.1.2. Elementos del Control Interno ............................................................................. 146

    3.1.3. Sistema de Control Interno Municipal .................................................................. 148

    3.2. Acciones de Control Municipal ..................................................................................... 149

    3.2.1. Medidas de Control Interno.................................................................................. 150

    3.3. Estudio y Evaluacin del Control Interno Municipal ................................................... 152

    3.3.1. Estudio del Control Interno .................................................................................. 152

  • 4

    3.3.2. Evaluacin del control interno .............................................................................. 162

    3.3.3. Opinin del Contralor Interno sobre la Evaluacin a los Sistemas de Control

    Interno Municipales .............................................................................................. 164

    3.3.4. Informe sobre la Evaluacin del Control Interno................................................... 165

    3.3.5. Realizacin de Auditoras ................................................................................... 165

    3.4. Responsabilidad del Contralor Interno y los Servidores Pblicos Municipales ...... 168

    3.4.1. El Contralor Interno Municipal .............................................................................. 170

    3.5. Sistema Estatal de Fiscalizacin del Estado de Veracruz (SEFISVER) ...................... 171

    CAPTULO 4 PARTICIPACIN SOCIAL ............................................................................... 172

    4.1. La Participacin Social .................................................................................................. 172

    4.2. rganos de Participacin Ciudadana ........................................................................... 172

    4.2.1. Consejo de Planeacin para el Desarrollo Municipal ........................................... 174

    4.2.2. Sugerencias para el adecuado funcionamiento del COPLADEMUN .................... 174

    4.2.3. Consejo de Desarrollo Municipal (CDM) .............................................................. 175

    4.2.3.1. La Participacin Ciudadana en el CDM ........................................................ 176

    4.2.3.2. Sugerencias para promover la Participacin Ciudadana en el CDM ............. 176

    4.3. Comits de Contralora Social ...................................................................................... 177

    4.3.1. Integracin del Comit de Contralora Social ....................................................... 177

    4.3.2. Funciones individuales de los integrantes del Comit de Contralora Social ........ 179

    4.3.3. Funciones generales de los integrantes del CCS................................................. 180

    4.4. Observadores Sociales ................................................................................................. 181

    CAPTULO 5 TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIN ..................................... 182

    5.1. Obligaciones en Materia de Transparencia.................................................................. 182

    5.1.1. De la Ley 848 de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica .................... 182

    5.1.2. De la Ley General de Contabilidad Gubernamental ............................................. 188

    APARTADO III LA FISCALIZACIN SUPERIOR .................................................................. 192

    CAPTULO 1 LA FISCALIZACIN SUPERIOR ...................................................................... 192

    1.1. Base Legal de la Fiscalizacin Superior ..................................................................... 192

    1.1.1. Consideraciones generales de la fiscalizacin ..................................................... 193

  • 5

    1.1.2. Principios que regulan la funcin de fiscalizacin ................................................ 194

    1.1.3. Excepciones a los principios constitucionales de anualidad y posterioridad ........ 195

    1.2. Procedimiento de Fiscalizacin ................................................................................... 196

    1.2.1. Fase de Comprobacin ....................................................................................... 198

    1.2.1.1. De la Auditora ............................................................................................. 198

    1.2.1.2. El Pliego de Observaciones y su Solventacin ............................................. 203

    1.2.1.3. Informe del Resultado .................................................................................. 204

    1.2.2. Fase de Determinacin de Responsabilidades y Fincamiento de

    Indemnizaciones y Sanciones de la Comprobacin .............................................. 206

    1.2.2.1. Audiencia de Pruebas y Alegatos ................................................................. 206

    1.2.2.2. Resolucin ................................................................................................... 208

    1.3. La Auditora Gubernamental ......................................................................................... 210

    1.3.1. La Auditora Financiera a Municipios ................................................................... 211

    1.3.1.1. Etapas de la Auditora Financiera ................................................................ 212

    1.3.2. La Auditora Tcnica a la Obra Pblica ................................................................ 215

    1.3.2.1. Etapas y modalidades de la Auditora Tcnica a la Obra Pblica ................. 215

    1.3.2.2. El Ejercicio de Congruencia ......................................................................... 220

    1.3.2.3. Inconsistencias Recurrentes ........................................................................ 224

    1.3.3. Auditora de Legalidad ......................................................................................... 225

    1.3.4 Auditora de Desempeo ...................................................................................... 226

    1.4. Colaboracin con otras Autoridades ......................................................................... 227

    1.4.1. Revisin de los Recursos Federales .................................................................... 227

    1.4.2. Sistema Nacional de Fiscalizacin....................................................................... 228

    1.4.3. Con la SEFIPLAN ................................................................................................ 228

    1.4.4. Convenio con el H. CONGRESO, ORFIS, SEDESOL y SEFIPLAN ..................... 228

    1.4.5. Otros convenios de colaboracin administrativa .................................................. 229

    CAPTULO 2 PRONTUARIO DEL MARCO JURDICO, RESPONSABILIDADES Y APLICACIN DE LA LEY ............................................................................. 230

    2.1. Normatividad Federal .................................................................................................... 230

    2.1.1. Disposiciones Constitucionales ........................................................................... 231

    2.1.2. Leyes ................................................................................................................... 232

    2.1.3. Cdigos ............................................................................................................... 241

    2.1.4. Reglamentos ....................................................................................................... 242

  • 6

    2.1.5. Decretos ............................................................................................................... 242

    2.1.6. Reglas .................................................................................................................. 243

    2.1.7. Acuerdo ................................................................................................................ 243

    2.2. Normativa Estatal y Municipal ...................................................................................... 244

    2.2.1. Disposiciones Constitucionales ............................................................................ 246

    2.2.2. Leyes ................................................................................................................... 247

    2.2.3. Cdigos ............................................................................................................... 255

    2.2.4. Reglamentos ....................................................................................................... 258

    2.2.5. Reglas ................................................................................................................. 258

    2.2.6. Lineamientos ........................................................................................................ 259

    2.2.7. Convenios............................................................................................................ 259

    ACRNIMOS ...................................................................................................................... 262

    APARTADO IV. ANEXOS ...................................................................................................... 263

    Anexo 1 Padrn de Bebidas Alcohlicas ................................................................................ 264

    Anexo 2. Bitcoras de Control ................................................................................................ 265

    Anexo 3. Distribucin Aportaciones ........................................................................................ 267

    Anexo 4. Apertura Programtica ............................................................................................. 282

    Anexo 5. Cinco al Millar .......................................................................................................... 289

    Anexo 6. Finiquito ................................................................................................................... 297

    Anexo 7. Contenido Expedientes Bsicos .............................................................................. 298

    Anexo 8. Contenido Expediente Unitario ................................................................................ 299

    Anexo 9. Contratos de obra pblica ........................................................................................ 303

    Anexo 10. Formatos 01-02-03-04 ........................................................................................... 321

    Anexo 11. Formatos Obra Pblica .......................................................................................... 326

    Anexo 12. Informe del OIC ..................................................................................................... 339

    Anexo 13. COPLADEMUN ..................................................................................................... 356

    Anexo 14. CDM ..................................................................................................................... 361

    Anexo 15. CCS ...................................................................................................................... 363

    Anexo 16. Observadores Sociales .......................................................................................... 381

    Anexo 17. Cdula de Control y Vigilancia CCS ...................................................................... 384

    Anexo 18. Documentacin soporte cuenta pblica ................................................................. 386

  • 7

    PRESENTACIN

    La principal actividad del rgano de Fiscalizacin Superior del Estado de Veracruz en

    adelante, ORFIS es la fiscalizacin, a travs de la cual se, fortalece la rendicin de

    cuentas y transparencia, sin embargo, estamos convencidos que la herramienta ms

    importante que podemos brindar como apoyo a la Gestin de los Municipios del Estado,

    es la capacitacin, orientacin tcnica y constante actualizacin.

    El plan Maestro del ORFIS 2012-2019 establece como uno de sus compromisos

    capacitar a los entes fiscalizables para mejorar su Gestin Financiera, por ello, al igual

    que durante el primer ao de gestin de estas administraciones municipales 2014-2017, el

    personal del ORFIS elabora el presente Manual para la Gestin Financiera Municipal

    y su Fiscalizacin 2015, con el fin principal de continuar orientando a las autoridades

    municipales para que los recursos pblicos sean administrados conforme a la normativa y

    aplicados en beneficio de la ciudadana.

    Es importante mencionar que no obstante que las administraciones municipales estn en

    su segundo ao de gestin, tambin tendrn la revisin de la Cuenta Pblica

    correspondiente a su primer ejercicio, por ello, es de mayor relevancia la lectura y

    comprensin del presente Manual.

    El Manual consta de 4 secciones, la primera denominada Apartado 1 Planeacin,

    Obtencin y Aplicacin de los Recursos, se refiere a las operaciones fundamentales

    que, en su Gestin Financiera, debe realizar el Ayuntamiento. Se compone de 3

    Captulos, el primero referente a la Administracin de los Recursos que incluye la

    planeacin municipal, aspectos relativos a ingresos, egresos, adquisicin, donacin, baja

    y control de bienes, deuda pblica y las principales obligaciones del Tesorero Municipal.

    En el mismo apartado, en su Captulo 2 se abordan los temas de los Fondos y Programas

    Federales debido a que son la principal fuente de recursos para los Ayuntamientos; y el

    ltimo Captulo se refiere a la Obra Pblica, su marco normativo, su planeacin,

    modalidades, adjudicacin, integracin de expedientes, recomendaciones y

    responsabilidades. Es importante recalcar que la mayora de las observaciones

    determinadas durante la revisin a las Cuentas Pblicas tienen su origen en la incorrecta

    aplicacin de los fondos federales y en la ejecucin de obras pblicas.

  • 8

    Debido a las reformas de la Ley de Coordinacin Fiscal, y la emisin anual de

    Lineamientos Generales para la Operacin del Fondo de Aportaciones para la

    Infraestructura Social, emitidos por la Secretara de Desarrollo Social, la lectura del

    Captulo 2 resulta obligatoria para todos los servidores pblicos que intervienen en la

    aplicacin del Ramo 33, destacando que en el ORFIS tenemos claro que la correcta

    administracin y aplicacin del gasto pblico destinado a programas de carcter social, es

    una herramienta que permite la redistribucin de la riqueza y, por consiguiente, mejorar

    los niveles de bienestar de la sociedad en general al combatir situaciones de rezago y

    marginacin social.

    La segunda seccin, Apartado 2 Mecanismos de Registro, Control y Participacin

    Ciudadana, se integra por 5 Captulos, dedicados al apoyo de las funciones de los

    servidores pblicos para cumplir con lo requerido en aspectos contables, de control

    interno, transparencia, difusin y participacin social.

    En el Captulo 1, se incluyen aspectos relevantes de la Ley General de Contabilidad

    Gubernamental, los documentos emitidos por el Consejo Nacional de Armonizacin

    Contable; as como, las obligaciones en materia de valuacin y registro de bienes. Como

    sabemos, este ejercicio 2015 tambin se caracteriza porque es la fecha lmite para que

    los entes municipales cumplan con las obligaciones en esta materia, por ello entre el mes

    de mayo y junio el ORFIS proporcionar una herramienta informtica, denominada

    Sistema de Informacin y Gestin Municipal Armonizado de Veracruz, por sus siglas

    SIGMAVER, con este software los municipios del Estado estarn en condiciones de

    cumplir con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

    Por la importancia que reviste se dedica el Captulo 2 al Registro, Control y Evaluacin de

    Programas, en el que se detallan las generalidades, fechas y formatos para presentar el

    programa general de inversin; los reportes programticos; as como, los estados

    financieros mensuales y los avances fsicos de obra pblica.

    El Captulo 3 se realiza como un apoyo a fin de que el Contralor Interno Municipal efecte

    sus funciones de manera eficiente, para lo cual se recomienda una metodologa que le

    permita estudiar y evaluar el control interno, as como sugerencias para elaborar su

    programa de auditora y los informes que derivan de sus funciones; adems, se explica en

    qu consiste el Sistema Estatal de Fiscalizacin (SEFISVER), que tiene como principal

    objetivo promover sistemas de control interno, que permitan mejorar la gestin pblica, a

    travs de una coordinacin efectiva entre los organismos de fiscalizacin estatal y

    municipal.

    Con el objetivo de aportar elementos a las autoridades municipales para promover la

    participacin de las comunidades, se integra el Captulo 4 denominado Participacin

  • 9

    Social estableciendo los lineamientos para crear los rganos de participacin social,

    entendiendo que para combatir la corrupcin se requiere de una sociedad informada que

    participe activamente en el quehacer pblico. Por ltimo, en este apartado, con el fin de

    fortalecer la cultura de la transparencia se presenta el Captulo 5, Transparencia y

    Acceso a la Informacin, en el cual se mencionan las principales obligaciones que tiene

    los Ayuntamientos en esta materia.

    La tercera seccin denominada Apartado 3 La Fiscalizacin Superior, se integra de 2

    Captulos; en el primero se presenta el Procedimiento de Fiscalizacin y se detallan las

    dos fases que lo integran, la de Comprobacin y la de Determinacin de

    Responsabilidades y Fincamiento de indemnizaciones y sanciones; adems se explica en

    qu consisten los diferentes tipos de auditora que realiza el ORFIS. El Captulo 2 se

    presenta, como una herramienta de consulta, un Prontuario del Marco Normativo de la

    Fiscalizacin y las Obligaciones del Ayuntamiento.

    Como parte final, se incluyen los Anexos de cada apartado, numerados por orden de

    aparicin y que se recomienda consultarlos y requisitarlos, para lo cual estarn

    disponibles en la pgina electrnica www.orfis.gob.mx, en esta misma direccin

    electrnica se podr consultar la Gua de Referencia para formular el Catlogo de

    Conceptos del Presupuesto Base a Costo Directo de Obra Pblica.

    En el ORFIS nos hemos propuesto estar al tanto de los avances en las tecnologas de la

    informacin y la comunicacin (TIC), y saber aprovecharlos para mejorar los procesos

    relacionados con la Fiscalizacin Superior que tenemos como encomienda principal. Pero

    no es suficiente con innovar en el desarrollo de productos tecnolgicos sino que, adems,

    nos hemos interesado en difundir y capacitar a los usuarios para su aprovechamiento, por

    ello, para estar ms cerca de la sociedad y de los servidores pblicos, el ORFIS

    incursiona en las redes sociales, como Twitter, Facebook Instagram, a travs de las

    cuales pueden acceder a material didctico, avisos, solucin de dudas y tener una

    constante interaccin con esta Institucin.

    Adems, se pone a sus rdenes la aplicacin ORFIS-Mvil, que se instala en dispositivos

    mviles con sistemas operativos Android o iOS, ya sean telfonos celulares o tabletas

    electrnicas. Por medio de esta aplicacin, prximamente se podr consultar la

    informacin ms relevante del ORFIS, directamente en su dispositivo mvil. Esta

    aplicacin estar orientada a los funcionarios de los Entes Fiscalizables del Estado de

    Veracruz, pero podr ser descargada por todas las personas interesadas en el tema.

    La transparencia y rendicin de cuentas son dos herramientas de un estado democrtico

    que permiten elevar el nivel de confianza de los ciudadanos en las instituciones pblicas.

  • 10

    Por lo tanto, se requieren entidades cada vez ms slidas, comprometidas y cuyo inters

    bsico radique en lograr mayores ndices de bienestar social, instituciones donde la

    honestidad debe ser una forma de vida en el quehacer gubernamental y, en el ORFIS, la

    estamos impulsando todos, mano a mano y hombro a hombro.

    Por ltimo, reitero que el compromiso del ORFIS, es ser transparente en su actuar,

    propiciar la rendicin de cuentas y fortalecer las acciones preventivas de los entes

    fiscalizables, trabajando de manera honesta, profesional y eficiente dentro del marco legal

    que nos rige y que brinde una fiscalizacin superior confiable, oportuna y eficaz.

    C.P.C. LORENZO ANTONIO PORTILLA VSQUEZ

    AUDITOR GENERAL DEL RGANO

    DE FISCALIZACIN SUPERIOR

    DEL ESTADO DE VERACRUZ

  • 11

    PARTADO I PLANEACIN, OBTENCIN Y APLICACIN DE LOS RECURSOS

    AAPPAARRTTAADDOO

    II

    PPLLAANNEEAACCIINN,, OOBBTTEENNCCIINN YY AAPPLLIICCAACCIINN

    DDEE LLOOSS RREECCUURRSSOOSS

    CAPTULO 1. ADMINISTRACIN FINANCIERA

    1.1. PLANEACIN MUNICIPAL

    La planeacin municipal tiene como principal objeto desarrollar integralmente al municipio,

    por lo que debe realizarse de acuerdo a los fines polticos, sociales, culturales y

    econmicos contenidos en el marco normativo municipal. A travs de la planeacin se

    establecen objetivos, estrategias, acciones, metas, prioridades y programas de ejecucin,

    todo enfocado al desarrollo del municipio; por ello es importante implementar acciones

    tendientes a medir, evaluar y en su caso, corregir, los resultados obtenidos (artculos 2 y 3

    de la Ley de Planeacin del Estado de Veracruz).

    El Ayuntamiento al planear debe incluir aspectos administrativos, financieros, normativos,

    organizacionales y tecnolgicos; una vez que se definen los objetivos es necesario

    identificar los recursos financieros, materiales y humanos que se requerirn, los

    mecanismos para obtenerlos, su aplicacin, control y evaluacin que permitan conseguir

    un mayor grado de eficacia, eficiencia y economa.

    El documento donde se plasman los objetivos de la administracin municipal se denomina

    Plan Municipal de Desarrollo (PMD), que es el eje rector de toda la planeacin del

    Ayuntamiento, sin embargo, presupuestalmente la planeacin inicia con los proyectos de

    Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, los cuales deben enfocarse

    principalmente a elevar la obtencin de recursos y que con su aplicacin se mejoren los

    servicios otorgados a la ciudadana.

    La planeacin incluye la programacin y presupuestacin de las obras pblicas que se

    proyecta realizar, por ello conforme al artculo 16 de la Ley de Obras Pblicas y Servicios

    Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz, se debe elaborar programas de obras y

    sus respectivos presupuestos.

  • 12

    1.1.1. Plan Municipal de Desarrollo

    Los programas que deriven del Plan Municipal de Desarrollo, debern ser congruentes

    entre s; regirn las actividades de la Administracin Pblica Municipal en su conjunto y

    servirn de base para la integracin de sus presupuestos respectivos, conforme a la

    legislacin aplicable.

    Los Ayuntamientos, al enviar al H. Congreso del Estado las iniciativas de Ley de Ingresos

    y Presupuesto de Egresos, informarn el contenido general de las mismas, proyectos y su

    relacin con los objetivos y prioridades del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas.

    Asimismo, de acuerdo con el artculo 54 de la Ley General de Contabilidad

    Gubernamental la informacin presupuestaria y programtica que forme parte de la

    Cuenta Pblica deber relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de

    la planeacin del desarrollo. Para ello, debern utilizar indicadores que permitan

    determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, as

    como vincular los mismos con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal.

    Seguimiento y evaluacin de la Planeacin Municipal

    Con base a lo que establece la Ley de Planeacin del Estado de Veracruz-Llave en su

    artculo 9, fraccin VII incisos b y d, a las Administraciones Pblicas Municipales les

    corresponde asegurar la congruencia de los programas incluidos en su Plan Municipal,

    con los Planes Estatal y Nacional de Desarrollo, as como con otros planes municipales;

    adems, deben verificar peridicamente la relacin que guardan sus actividades, con los

    objetivos y prioridades de su programa, as como los resultados de su ejecucin.

    Por lo antes citado, una vez en marcha el Plan Municipal de Desarrollo y sus

    correspondientes planes y programas, las administraciones municipales debern iniciar de

    manera permanente y continua, el proceso de seguimiento y evaluacin para lograr la

    efectividad en la planeacin, optimizacin de los esfuerzos de las reas o unidades que

    participarn, la generacin de resultados y el logro de una rendicin de cuentas

    transparente. Es por ello que cada lnea de accin aprobada (subprograma, proyecto,

    actividad, obras y/o tareas) debe contar con una ficha tcnica de seguimiento al

    cumplimiento de las metas y objetivos diseados, tal como se muestra en el siguiente

    esquema:

  • 13

    ESQUEMA DEL SEGUIMIENTO Y EVALUACIN DE LA PLANEACIN MUNICIPAL

    El Plan Municipal de Desarrollo y sus programas, debern ser revisados y adecuados con la periodicidad que determine el propio Ayuntamiento en base a las condiciones y circunstancias imperantes durante su vigencia.

    1.2. LA HACIENDA PBLICA MUNICIPAL

    La Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en su artculo 115, fraccin IV

    establece que Los municipios administrarn libremente su hacienda, la cual se formar

    de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, as como de las contribuciones y

    otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor...

    Asimismo, el artculo 104 de la Ley Orgnica del Municipio Libre y el artculo 3 del Cdigo

    Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, sealan que La

    Hacienda Pblica Municipal se formar por los bienes del dominio pblico municipal y por

    los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, de conformidad con la legislacin

    aplicable; as como por las aportaciones voluntarias, los impuestos, derechos, productos,

    aprovechamientos, participaciones, tasas adicionales establecidas por el H. Congreso

    sobre la propiedad inmobiliaria, la de su fraccionamiento, divisin, consolidacin,

    traslacin y mejoras, las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles y todos

    los dems ingresos fiscales que aqul establezca a su favor, en trminos de las

    disposiciones legales aplicables.

    CONTENIDO DE LAS FICHAS TCNICAS

    ASPECTO A SEGUIR ASPECTO A EVALUAR

    rea/Unidad Responsable Encargado de ejecutar el programa

    Nombre del Programa, Proyecto o Accin

    A. De Operacin (Actividades Administrativas) B. De Inversin (Obra Pblica y Acciones)

    Lnea de Accin (Enumerar las lneas)

    Nombre o identificacin del: Subprograma

    Proyecto

    Actividad

    Obra

    Tarea

    Objetivo a Alcanzar (Describir el objetivo)

    Productos o resultados que se quieren lograr.

    Meta Unidad de medida lograda: nmero, volumen, cantidad

    Fuente de Financiamiento

    a. Recursos federales

    b. Recursos propios

    c. Recursos estatales

    d. Crditos bancarios

    Costos

    (Cifras en pesos)

    Programado

    Ejercido

    Total Invertido

    Tiempos de Realizacin Horas, das, meses

    Avances de Ejecucin Porcentaje, descripcin, ponderacin, valoracin, indicador

    PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO

    2014-2017

    PROGRAMA OPERATIVO

    ANUAL 2014

    PROGRAMAS PROYECTOS

    ACCIONES

    INDICADORES

    SEGUIMIENTO Y EVALUACIN DE LA PLANEACIN

    MUNICIPAL

  • 14

    Con base en lo anterior, podemos entender a la Hacienda Pblica Municipal, como el

    conjunto de recursos y bienes con que cuenta el Ayuntamiento, as como la forma que se

    administran, aplican y supervisan, para lograr sus fines; incluye la difusin de sus

    resultados, a travs de la Cuenta Pblica, como un elemento fundamental en la rendicin

    de cuentas. A continuacin se presenta de manera grfica los elementos de la Hacienda

    Pblica Municipal:

    ELEMENTOS DE LA HACIENDA PBLICA MUNICIPAL

    Desde el punto de vista funcional, las actividades que realiza la Administracin Financiera

    Municipal comprenden cuatro reas fundamentales de la Hacienda Pblica Municipal:

    obtencin de ingresos, administracin del patrimonio, ejercicio del gasto y registro de las

    operaciones, que constituyen las funciones hacendarias principales, las cuales se

    representan en el esquema siguiente:

    HACIENDA PBLICA

    MUNICIPAL

    INGRESOS

    EGRESOS

    PATRIMONIO

    DEUDA PBLICA

    Fuentes de financiamiento

    CUENTA

    PBLICA

  • 15

    1.2.1. Los Ingresos Municipales

    Los ingresos municipales, segn el Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de

    Veracruz de Ignacio de la Llave (CHM) en su artculo 17, los define como las

    percepciones en dinero, especie, crdito, servicios o cualquier otra forma que incremente

    la Hacienda Pblica Municipal y que se destine al gasto pblico.

    Clasificacin de los Ingresos Municipales

    El Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

    clasifica a los ingresos en ordinarios y extraordinarios, los primeros, son aquellos que

    percibe regularmente la tesorera del Ayuntamiento y que son consecuencia de una

    presupuestacin, aprobados mediante su Ley de Ingresos; mientras que los

    extraordinarios son aquellos que se perciben como consecuencia de situaciones

    imprevistas no programadas y, por lo tanto, no se reciben regularmente.

    La Hacienda Pblica Municipal percibe en cada ejercicio fiscal los ingresos provenientes

    de recaudacin, productos y aprovechamientos, transferencias y otros, como se

    ejemplifica en los siguientes esquemas:

    FUNCIONES BSICAS DE LA

    ADMINISTRACIN FINANCIERA MUNICIPAL

    OBTENCIN DE INGRESOS

    Tipo de Fuentes Ley de Ingresos;

    Recursos Federales; y Financiamientos

    ADMINISTRACIN DEL PATRIMONIO

    Tipo de Bienes Muebles e Inmuebles; de Dominio Pblico o

    Privado

    EJERCICIO DEL GASTO

    Clasificacin

    Gasto Corriente; Gasto de Inversin;

    Gasto de Financiamiento

    REGISTRO DE LAS OPERACIONES

    Integracin

    de la

    Cuenta Pblica

    Difusin de Resultados,

    Transparencia

  • 16

    CONTRIBUCIONES

    Impuestos

    Contribuciones que deben pagar las personas

    fsicas o morales que se encuentren en la

    situacin jurdica o de hecho prevista por la

    misma.

    Derechos

    Contribuciones por recibir servicios que prestan

    las dependencias y entidades de la

    Administracin Pblica Municipal, en sus

    funciones de derecho pblico.

    Contribuciones por

    mejoras

    Establecidas en el CHM, a cargo de las personas

    fsicas o morales que, con independencia de la

    utilidad general, obtengan un beneficio derivado

    de la realizacin de obras pblicas.

    PRODUCTOS

    Contraprestaciones por los servicios que preste el

    Ayuntamiento en sus funciones de derecho

    privado, as como por el uso, aprovechamiento o

    enajenacin de sus bienes de dominio privado.

    APROVECHAMIENTOS Ingresos que percibe el Ayuntamiento en su

    funcin de derecho pblico.

    TRANSFERENCIAS DE RECURSOS Participaciones y Aportaciones Federales.

    OTROS INGRESOS

    Las dems que pudiera establecer el CHM, las

    leyes aplicables y los convenios celebrados con la

    Federacin, el Estado, otras Entidades

    Federativas, otros Municipios y los particulares.

    Ingresos Propios

    Las contribuciones, productos y aprovechamientos son conocidos como ingresos propios,

    son recaudados por los Ayuntamientos en el ejercicio de sus atribuciones fiscales de

    acuerdo a su Ley de Ingresos, a continuacin se presenta la clasificacin de las

    Contribuciones que el CHM establece para los municipios:

    IMPUESTOS DERECHOS CONTRIBUCIONES POR MEJORAS

    Impuestos municipales

    por:

    Por servicios prestados o

    autorizacin de:

    Por la realizacin de obras

    pblicas de: 3

    a) Predial a) Registro y refrendo anual de

    toda actividad econmica a) Captacin de agua

    b) Traslacin de dominio de

    bienes inmuebles

    b) Establecimientos cuyo giro sea

    la enajenacin de bebidas

    alcohlicas

    b) Instalacin de tubera de

    distribucin de agua

    c) Espectculos pblicos c) Anuncios comerciales y

    publicidad.

    c) Construccin o

    reconstruccin de

    alcantarillado, drenaje,

    desage, entubamiento de

    aguas de ros, arroyos y

    canales

  • 17

    IMPUESTOS DERECHOS CONTRIBUCIONES POR MEJORAS

    d) Loteras, rifas, sorteos y

    concursos d) Obras materiales.

    d) Pavimentacin de calles y

    avenidas

    e) Juegos permitidos e) Servicios de agua potable y

    drenaje.

    e) Construccin y reconstruccin

    de banquetas

    f) Contribucin adicional

    sobre ingresos

    municipales

    f) Expedicin de certificados y

    constancias.

    f) Apertura, ampliacin y

    prolongacin de calles y

    avenidas

    g) Sobre fraccionamientos g) Servicios de rastro o lugares

    autorizados

    g) Instalacin de alumbrado

    pblico

    h) Servicios de panteones

    i) Servicios de recoleccin,

    transporte y disposicin final de

    desechos slidos

    j) Limpieza de predios no

    edificados.

    k) Servicios prestados por la

    Tesorera

    l) Servicios prestados por el

    Registro Civil

    m) Prestacin de servicios de

    supervisin tcnica sobre la

    explotacin de bancos de

    material

    n) Ocupacin de inmuebles del

    dominio pblico

    Los Productos y Aprovechamientos tambin son considerados como ingresos propios; los

    ms comunes son los siguientes:

    PRODUCTOS

    Venta de bienes de dominio privado.

    Arrendamiento de bienes muebles o inmuebles considerados como

    bienes de dominio privado.

    Explotacin o enajenacin de cualquier naturaleza de los bienes de

    propiedad municipal no destinados a servicio pblico.

    Rendimientos financieros provenientes de capitales o valores.

    Venta de impresos y papel especial que no causen derechos.

    Actividades de empresas o establecimientos en los que participe

    el Municipio.

    Almacenaje o guarda de bienes.

    APROVECHAMIENTOS

    Multas administrativas

    Reintegros e indemnizaciones.

    Legados y donaciones recibidos.

    La falta de pago puntual de impuestos, contribuciones por mejoras, derechos y

    aprovechamientos, autoriza al Ayuntamiento a cobrar recargos del por cada mes o

  • 18

    fraccin que se retarde el pago, conforme a la tasa que anualmente se fije en la Ley de

    Ingresos del Municipio y a lo que establece el artculo 42 del Cdigo Hacendario

    Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, independientemente de las

    sanciones a que se pueden hacer acreedores.

    Participaciones y Aportaciones Federales

    De acuerdo con lo dispuesto por los artculos 1 y 25 de la Ley de Coordinacin Fiscal, los

    Estados y Municipios recibirn los recursos que la Federacin les transfiera a sus

    Haciendas Pblicas, es decir, las Participaciones y Aportaciones Federales.

    Las modalidades por las cuales el Gobierno Federal transfiere recursos a las Entidades

    Federativas y municipios, son: Participaciones Federales (Ramo 28), Aportaciones

    Federales (Ramo 33), Programas Federales y Convenios de Reasignacin de Recursos.

    Las particularidades de estos ingresos se describen en el Captulo 2 de este apartado.

    Soporte documental de los ingresos

    Independientemente del tipo de ingresos que reciba un Ayuntamiento, ya sea

    provenientes de su recaudacin, de aportaciones o participaciones, de programas

    federales o derivados de una donacin adems de contar con la copia del recibo

    oficial correspondiente, se deber contar con un expediente que incluya el soporte

    documental que compruebe, justifique y demuestre que se cumple con la normatividad

    aplicable a la que estn sujetos; adems, efectuar el registro contable correspondiente.

    En este sentido, a continuacin se presentan aspectos que se deben considerar para

    evitar incurrir en inconsistencias por falta de documentacin.

    Expedicin de recibos oficiales

    De conformidad con el artculo 29 del Cdigo Fiscal de la Federacin (CFF), cuando se

    encuentre una persona fsica o moral obligada a expedir comprobantes fiscales por los

    actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones

    de contribuciones que efecten, debern emitirlos mediante Comprobantes Fiscales

    Digitales por Internet (CFDI).

  • 19

    Impuesto Predial

    Para efectuar una recaudacin ptima en este rubro, en primer lugar es necesario

    actualizar el padrn de contribuyentes y los valores catastrales o catastrales

    provisionales, que sern la base para el cobro de este impuesto, ya que es posible la

    existencia de bienes inmuebles que cambiaron su situacin catastral, pudiendo ser de

    acuerdo a lo que establece el artculo 38 de la Ley de Catastro del Estado de Veracruz de

    Ignacio de la Llave, por las siguientes causas:

    POSIBLES CAUSAS

    DE CAMBIO DE

    SITUACIN

    CATASTRAL

    a) Modificacin fsica del inmueble, producto de construcciones no

    manifestadas, nuevas construcciones, reconstrucciones, remodelaciones,

    demoliciones o por el estado ruinoso de ellas;

    b) Fusin, subdivisin, relotificacin o fraccionamiento de los predios;

    c) Ejecucin de obras pblicas o privadas que alteren el valor del inmueble;

    d) Cambio de uso o destino del suelo o por su reclasificacin a urbano o

    suburbano;

    e) Cambio del rgimen jurdico de propiedad;

    f) Cuando se advierta que el valor catastral se determin con base en datos

    falsos o errneamente captados;

    g) Cuando haya una actualizacin en la publicacin de tablas de valores; y,

    h) Cuando las condiciones de los predios en trminos de su ubicacin, vas

    de comunicacin, infraestructura, equipamiento urbano, topografa e

    inundabilidad, lo determinen.

    As mismo, los saldos contables de cuentas por cobrar del impuesto predial, deben ser

    conciliados con el importe que se reporta en el padrn de contribuyentes, con importes

    actualizados y legalmente recuperables, considerando para ello, que un crdito

    determinado por la falta de pago del impuesto, prescribe a los cinco aos si este no es

    notificado, por lo tanto habr que identificar y notificar todos los crditos pendientes de

    recuperar.

    El Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

    establece en su artculo 118, que el pago del impuesto predial ser semestral y se

    realizar dentro de los meses de enero y julio de cada ao. Los sujetos de este impuesto

    que opten por el pago anual podrn efectuarlo en el mes de enero, en una sola exhibicin

    y, en este caso, obtendrn un descuento del 20%, incluidos quienes paguen la cuota

    mnima. Este plazo podr prorrogarse hasta una fecha que no exceda del mes de marzo,

    previo acuerdo del Cabildo, el cual se remitir al H. Congreso del Estado.

    Los contribuyentes del impuesto predial que sean pensionados o jubilados y, en caso de

    su fallecimiento, la viuda o concubina legalmente reconocida, tendrn derecho a un

    descuento del 50% del importe anual a pagar, previa acreditacin fehaciente de los

    supuestos respectivos y de encontrarse al corriente en el pago de este impuesto. Esta

    prerrogativa se aplicar nicamente a un inmueble, siempre que se trate de la casa

  • 20

    habitacin del contribuyente y el pago se realice durante los meses de enero o febrero del

    ejercicio correspondiente.

    Las personas mayores de sesenta aos, contribuyentes de este impuesto, que no se

    encuentren en los supuestos descritos, tambin tendrn derecho a obtener el descuento

    al que se refiere el prrafo anterior, previo cumplimiento de los requisitos sealados en el

    mismo, si el valor catastral del inmueble correspondiente no excediere de seis mil salarios

    mnimos.

    Los importes cobrados por impuesto predial se deben informar mensualmente a la

    Secretara de Finanzas y Planeacin del Estado (SEFIPLAN), es importante que estas

    cuentas sean conciliadas antes de realizar el cierre contable del ejercicio.

    Respecto a los contribuyentes que no realicen el pago del impuesto, se deber aplicar el

    Procedimiento Administrativo de Ejecucin, y contar con la evidencia de haber iniciado

    con la notificacin del crdito fiscal correspondiente.

    Traslacin de Dominio de Bienes Inmuebles

    Este impuesto se origina en toda operacin traslativa de dominio (adquisicin de bienes

    inmuebles ubicados dentro del territorio del municipio), aun cuando esta no se inscriba en

    el Registro Pblico de la Propiedad.

    La clasificacin de las operaciones que se mencionan en el prrafo anterior, se

    encuentran detalladas en el artculo 131 del Cdigo Hacendario Municipal para el Estado

    de Veracruz de Ignacio de la Llave, y al igual que en el impuesto predial se requiere

    actualizar los valores catastrales o catastrales provisionales, debido a que la base

    gravable de este impuesto, ser el valor que resulte ms alto entre el de operacin y el

    valor catastral o catastral provisional.

    El impuesto se calcula, aplicando a la base gravable determinada, la tasa que se

    establezca en la Ley de Ingresos del Municipio para el ejercicio fiscal de que se trate.

    Los importes cobrados por este concepto se deben registrar contablemente e informarlos

    mensualmente a la SEFIPLAN; adems, en las adquisiciones que se hagan constar en

    escritura pblica, los Notarios calcularn el impuesto bajo su responsabilidad, lo enterarn

    mediante declaracin que presentarn ante la tesorera en la forma oficial autorizada. Es

    importante conciliar las cifras reportadas en estos documentos.

    Se recomienda que por el pago de este impuesto se integre un expediente que contenga

    la documentacin que seala el Cdigo Hacendario Municipal, o su equivalente en los

    municipios que cuentan con Cdigo Hacendario propio, el cual sea avalado por el

    Contralor Interno Municipal, principalmente en la determinacin del impuesto calculado

    por el Notario Pblico.

  • 21

    Impuesto sobre Espectculos Pblicos

    Por espectculo pblico debe entenderse toda funcin de esparcimiento, sea teatral,

    deportiva o de cualquier otra naturaleza semejante, que se verifique en salones, teatros,

    estadios, carpas, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se rena un grupo

    de personas, pagando el importe del boleto de entrada o de cualquier otro derecho de

    admisin, excepto cines.

    En el Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave o

    su equivalente en los municipios que cuentan con Cdigo Hacendario propio, se

    establece las tasas y tarifas, o en su caso cuotas fijas, que las personas fsicas o morales

    que habitual o eventualmente promuevan, organicen o exploten espectculos pblicos

    deben aplicar a la base gravable, para efectuar los pagos correspondientes.

    Los ingresos por este concepto deben ser reportados en su Cuenta Pblica, anexando

    como soporte la evidencia de que se verific el evento realizado, la venta de boletaje, a

    travs de acta circunstanciada de liquidacin elaborada por el inspector o interventor del

    Ayuntamiento, que servir de base para el pago del impuesto, el cual puede ser cobrado

    previo a la realizacin o al finalizar el espectculo pblico.

    Adems de lo anterior, de acuerdo al tipo de espectculo pblico especificado en el

    artculo 146 del Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la

    Llave, se debe integrar un expediente que contenga lo siguiente:

    CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE:

    IMPUESTOS

    SOBRE

    ESPECTCULOS

    PBLICOS

    a) Solicitud al Ayuntamiento de la persona fsica o moral que realizar el

    espectculo pblico, as como la autorizacin correspondiente.

    b) Relacin de folios de la tesorera de la emisin total del boletaje de

    entrada, presentado por el contribuyente a la tesorera, para su

    autorizacin.

    c) Programa del evento, los precios y horarios correspondientes.

    d) Aviso de la terminacin o clausura de los espectculos, cuando estos se

    hayan celebrado por un periodo indefinido.

    e) Papel de trabajo de los inspectores o interventores comisionados al

    evento, por la Tesorera municipal, que sirvi de base para la

    determinacin de este impuesto.

    f) Acta levantada por el inspector y/o interventor comisionado por la

    tesorera junto con el contribuyente en donde se notifica el impuesto a

    pagar.

    g) Pago de los derechos por servicio de limpia, en caso necesario.

  • 22

    Asimismo se recomienda implementar un formato de autorizacin de espectculo, avalado

    por la Comisin de Hacienda y Patrimonio Municipal, Tesorero y Contralor Interno

    Municipal para registrar lo siguiente:

    Evento a celebrar en el municipio;

    Nombre(s) de la(s) persona(s) fsica(s) o moral(es) que realiza(arn) el espectculo pblico;

    Lugar en que se celebrar;

    El da o das en que se celebrarn las funciones;

    Precios de entrada;

    Emisin total del boletaje; y,

    Porcentaje e importe del impuesto sobre espectculos pblicos recaudado por la tesorera municipal y que constar en el acta.

    Por ltimo, es importante destacar que los representantes de la tesorera (inspectores o

    interventores), previa autorizacin por escrito, pueden intervenir la taquilla, suspender o

    clausurar cualquier diversin o espectculo pblico, cuando los sujetos de este impuesto

    se nieguen a permitir que estos desempeen su comisin o cuando no se cumplan o se

    violen las disposiciones establecidas en el Cdigo Hacendario Municipal.

    Impuesto Adicional sobre Ingresos Municipales

    Quienes realicen pagos por concepto de los impuestos del predial, sobre espectculos

    pblicos, sobre juegos permitidos y sobre fraccionamientos; as como el importe del pago

    por concepto de derechos y productos que establece el Cdigo Hacendario Municipal

    para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, sern sujetos de una contribucin

    adicional.

    Esta contribucin se causar y pagar aplicando las tarifas o tasas establecidas en la Ley

    de Ingresos del Municipio del ejercicio fiscal respectivo, que consistirn en un porcentaje

    respecto de las bases gravables sobre los impuestos, derechos y productos; este importe

    debe ser desglosado y registrado por separado, en las cuentas contables

    correspondientes.

    Impuesto sobre Fraccionamientos

    Las personas fsicas o morales que obtengan ingresos por la enajenacin de lotes de

    terreno de manera fraccionada, debern pagar el impuesto sobre fraccionamientos,

    siempre y cuando se realice dentro del territorio del municipio.

    Este impuesto se determina aplicando la tasa establecida en la Ley de Ingresos del

    Municipio, al valor catastral del inmueble o al valor de operacin consignado en escritura

    pblica, si este ltimo es mayor.

  • 23

    As mismo, los Ayuntamientos aplicarn en su caso, los impuestos y derechos relacionados, al expedir las licencias para fraccionamientos, los cuales se describen a continuacin:

    Impuestos sobre traslacin de dominio;

    Derechos por licencias para fraccionamientos;

    Derechos por licencias por fusin, subdivisin y relotificaciones;

    Derechos por licencias para uso del suelo;

    Derechos por licencias para cambio de uso del suelo;

    Derechos por registro de planos;

    Derechos por licencias de construccin.

    La importancia de este impuesto radica en la responsabilidad que implica al Ayuntamiento

    el otorgamiento de los permisos para la creacin de fraccionamientos.

    Independientemente del ingreso que pueda generar, ya que se trata de la creacin de una

    zona suburbana o urbana que requiere servicios de infraestructura bsica y equipamiento,

    los cuales son en principio responsabilidad del fraccionador y posteriormente del

    Ayuntamiento.

    De igual forma, a travs del registro municipal de este impuesto, el Ayuntamiento debe

    tomar acciones concretas que ayuden a prevenir el otorgamiento de autorizaciones,

    licencias, constancias o permisos para la enajenacin de lotes o creacin de

    fraccionamientos en zonas de alto riesgo o reas vulnerables, as como evitar la

    instalacin de nuevos asentamientos irregulares que ponen en riesgo a la poblacin.

    Por lo que se recomienda atender las disposiciones establecidas, en la Ley Nmero 241

    de Desarrollo Regional y Urbano del Estado de Veracruz-Llave y su reglamento,

    referentes a la creacin fraccionamientos y cualquier forma de parcelamiento u ocupacin

    del suelo con fines urbanos.

    Los Municipios podrn otorgar las autorizaciones para fraccionamientos cuando exista un Programa de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial en vigor que fundamente su otorgamiento o su negativa. Con base en el Reglamento de la Ley nmero 241, los fraccionamientos se clasifican en: I. Habitacional a) Inters Social b) Popular c) Medio; d) Residencial; e) Campestre urbano II. Campestre Agropecuario; III. Industrial IV. Especial (cementerios)

  • 24

    Para su creacin, cada tipo de Fraccionamiento atender las normas para el control de densidad, obras de urbanizacin y dems especificaciones que se establecen en dicho reglamento. Para la autorizacin de fraccionamientos, los propietarios interesados en su construccin, debern cumplir con los requisitos que establece la Ley Nmero 241 de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y su Reglamento:

    Orden de publicacin.

    Autorizacin del Proyecto de Lotificacin e inicio de obra parcial.

    Dictamen de factibilidad de las entidades competentes, en el caso de las acciones de desarrollo que generen un impacto en la demanda de agua potable, drenaje y electricidad, as como el Dictamen de Desarrollo Urbano Integral Sustentable o Dictamen de Factibilidad Regional Sustentable elaborado por un perito en desarrollo urbano.

    Dictamen tcnico legal que fundamente el monto de una garanta.

    Convenio protocolizado ante Notario Pblico inscrito en el Registro Pblico de la Propiedad.

    Garanta de cumplimiento por obra de urbanizacin

    Autorizacin de traslado de dominio parcial, hasta por el 25% de los lotes que integran el fraccionamiento

    Adems, es sujeto de sancin el funcionario municipal que incurra en las siguientes inconsistencias.

    Expidan licencias, permisos, dictmenes o autorizaciones en contravencin o ausencia de programas de desarrollo urbano.

    Expidan licencias, permisos, dictmenes o autorizaciones en forma contraria a las normativas y regulaciones establecidas.

    Expidan permisos o licencias de lotificacin, subdivisin, uso del suelo, fraccionamientos, desarrollos urbansticos inmobiliarios, condominios, conjuntos urbanos, relotificaciones, cuando no exista programa de desarrollo urbano vigente e inscrito en el Registro Pblico de la Propiedad aplicable al caso, y sin haberse obtenido previamente un Dictamen de Factibilidad Regional Sustentable por parte de la Secretara, en los casos que prevea el Reglamento.

    Las sanciones que se aplicarn a los servidores pblicos municipales por incurrir en las infracciones sealadas anteriormente, podrn ser las siguientes:

    Amonestacin pblica o privada.

    Imposicin de multa, que se fijar en funcin del monto de derechos actualizado que implique el proyecto que se haya autorizado en contravencin a las disposiciones urbansticas.

    Separacin del cargo, temporal o definitiva.

    Inhabilitacin temporal o definitiva.

    Consignacin penal en los casos que encuadre la conducta en las hiptesis previstas en el Cdigo Penal para el Estado.

    Resarcimiento de los daos y perjuicios y responsabilidad patrimonial provocados a la sociedad con la conducta ilcita.

  • 25

    Por lo antes comentado, se recomienda que por el otorgamiento de este tipo de permisos y/o licencias, se integre un expediente que contenga todos los requisitos que se deben cumplir, sealados en el Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Ley de Catastro del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Ley Nmero 241 de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y su Reglamento.

    Derechos por registro y refrendo anual de toda actividad econmica

    La Tesorera otorgar licencia de funcionamiento, permiso o autorizacin, registro o

    refrendo a negociaciones, giros o actividades econmicas, para lo cual los propietarios de

    negociaciones comerciales, industriales, de prestacin de servicios, de comisin y, en

    general, de toda actividad econmica, cuya reglamentacin y vigilancia corresponda a la

    autoridad municipal, por lo que dichas negociaciones debern ingresarse al padrn del

    Ayuntamiento, obtener la cdula respectiva y, en su caso, la licencia o autorizacin de

    funcionamiento.

    El inicio de actividades, la ampliacin o el cambio de giro de los establecimientos o

    locales, sern autorizados por la Tesorera, de conformidad con los requisitos que

    establezca el reglamento municipal respectivo o en su defecto, el Cabildo, considerando

    que al momento de expedir las licencias se debe solicitar a los interesados la exhibicin

    de su cdula de inscripcin al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

    En trminos del Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la

    Llave, la licencia, permiso o autorizacin de funcionamiento, el registro o refrendo anual,

    no causarn cuota alguna, excepto los giros comerciales que enajenen o expendan

    bebidas alcohlicas, sin embargo, los propietarios cumplirn con los requisitos para el

    otorgamiento de aqullos que sealen los reglamentos municipales y cubrirn el pago de

    las formas valoradas que correspondan, que no excedan de un salario mnimo general.

    Derechos por la enajenacin de bebidas alcohlicas realizada total o parcialmente al

    pblico en general

    La expedicin de licencias, permisos o autorizaciones, registro o refrendos, para el

    funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o

    expendan bebidas alcohlicas realizada total o parcialmente al pblico en general, son

    contribuciones por concepto de derechos que el Ayuntamiento obtiene, como autoridad

    fiscal.

    La Tesorera deber cumplir para la expedicin de licencias, permisos o autorizaciones

    con los requerimientos establecidos en la reglamentacin municipal o las reglas y/o

    disposiciones de carcter general aprobadas por el Cabildo, as mismo, en la Ley de

    Ingresos del Municipio se establecern las cuotas o tarifas de cobro, las cuales sern

    fijadas en salarios mnimos.

  • 26

    Dichas licencias, permisos o autorizaciones, se encuentran clasificadas por giros

    comerciales en el artculo 202 del Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de

    Veracruz de Ignacio de la Llave, adems se consideran intransferibles, debido a que son

    otorgados a una persona fsica o moral y para un lugar determinado, por lo que no podr

    cambiarse de domicilio, sin la autorizacin previa del Cabildo.

    En cuanto, a los permisos o autorizaciones de carcter temporal, para este tipo de

    establecimientos, tendrn un costo proporcional al nmero de das para el cual se

    expidan, en relacin con la cuota que corresponda de acuerdo a su giro. En ningn caso

    el costo ser menor al que corresponda a quince das.

    De igual forma, las personas fsicas o morales que sean sujetas del pago de derechos por

    este concepto, deben ser incluidas en un padrn de establecimientos, el cual deber

    contener como mnimo: nombre del establecimiento, fecha de registro, antigedad e

    importe de la licencia, indicar si es nueva o refrendo de la misma, y especificar si existen

    adeudos, en su caso, la Tesorera deber efectuar los registros correspondientes en

    cuentas por cobrar al final del ejercicio. Anexo 1

    Derechos por anuncios comerciales y publicidad

    Actualmente existe la problemtica de imagen urbana y contaminacin visual en la

    mayora de los municipios, a consecuencia de la expansin de anuncios publicitarios

    colocados en fachadas, azoteas, terrenos, bardas, etc., por ello, con el objeto de

    promover el orden y la transformacin urbana municipal, es importante que se realicen y

    autoricen los reglamentos respectivos por parte de los Ayuntamientos, atendiendo los

    requisitos establecidos en el artculo 204 del Cdigo Hacendario Municipal para el Estado

    de Veracruz de Ignacio de la Llave.

    Una vez que se cuente con la legislacin municipal actualizada en la que se establezcan

    los derechos de cobro, la Tesorera podr expedir licencias, permisos o autorizaciones de

    manera anual o eventual, para la colocacin de anuncios comerciales en la va pblica y

    en inmuebles particulares; realizacin de publicidad mediante altavoz mvil en la va

    pblica y publicidad en vehculos que prestan el servicio pblico, de acuerdo a los

    conceptos establecidos en el cdigo en mencin.

    La colocacin de anuncios comerciales y publicidad con fines de asistencia pblica; de

    partidos polticos; de asociaciones religiosas; de la administracin pblica y la que se

    realice para la identificacin del propio establecimiento, no causan derechos por este

    concepto.

  • 27

    Registro Civil

    Los servicios de inscripcin de actos del estado civil, la expedicin de copias de las actas

    respectivas, los servicios extraordinarios de celebracin de matrimonios a domicilio y en

    general todos los actos realizados, se deben informar a la Direccin General del Registro

    Civil. Los importes cobrados deben ser registrados contablemente y coincidir con las

    actuaciones realizadas.

    El Ayuntamiento deber ejercer un control interno adecuado de los formatos que maneja

    la oficina del Registro Civil, lo cual dar certeza de su correcta aplicacin.

    Servicios de baos pblicos, unidades deportivas y otros

    Las tarifas, para el cobro de estos ingresos son aprobadas en reunin de Cabildo y una

    vez recibidos se deben registrar contablemente. Adems, es importante integrar un

    expediente que contenga la siguiente documentacin:

    EXPEDIENTE DE SERVICIOS DE BAOS PBLICOS, UNIDADES DEPORTIVAS Y OTROS

    a) Copia de la(s) factura(s) con la(s) que se pag la impresin de los boletos para el cobro de los servicios durante el ejercicio.

    b) Informes mensuales de cada tipo de servicio que contenga, la existencia inicial, los recibos utilizados, los adquiridos y la existencia final.

    c) Inventario final al 31 de diciembre de los folios sin utilizar de los boletos de cobro por los servicios sealados.

    d) Relacin de folios de los recibos oficiales con los que se dio ingreso a la recaudacin por estos servicios, de acuerdo a los depsitos efectuados.

    e) Por cada uno de los servicios prestados se debe anexar un informe del costo unitario o copia de un boleto.

    Determinacin de las Contribuciones por Mejoras

    El Ayuntamiento debe efectuar el cobro de esta contribucin, conforme a las cuotas y

    porcentajes establecidas en el Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz

    de Ignacio de la Llave o su equivalente en los municipios que cuentan con Cdigo

    Hacendario propio, a las personas fsicas o morales propietarias o poseedoras de los

    bienes inmuebles que obtengan una mejora o beneficio particular por la realizacin de

    obras pblicas de urbanizacin. Las obras pblicas, objeto de este impuesto son por

    concepto de:

    Captacin de agua;

    Instalacin de tuberas de distribucin de agua;

    Construccin o reconstruccin de alcantarillado, drenaje, desage, entubamiento de aguas de ros, arroyos y canales;

    Apertura, ampliacin, prolongacin y pavimentacin de calles y avenidas;

    Construccin y reconstruccin de banquetas; e

    Instalacin de alumbrado pblico.

  • 28

    Esta contribucin se causar al terminarse y ponerse en servicio la obra, entendindose

    que esto ocurre el da en que el ejecutor de la misma, la entregue mediante acta

    circunstanciada al Ayuntamiento, por lo que se debern establecer los plazos y periodos

    de pago en base a lo que seale el Cdigo Hacendario Municipal.

    Otros Ingresos

    Existen ingresos extraordinarios que percibe el Ayuntamiento por concepto de

    aportaciones, donaciones en dinero o en especie provenientes de dependencias

    federales, estatales o de particulares; por recuperaciones, devoluciones y otros, que no es

    posible su presupuestacin, los cuales se van obteniendo durante el ejercicio. Estos

    ingresos se deben comprobar y registrar con base en lo establecido en la normatividad

    aplicable.

    Ingresos provenientes de dependencias o instituciones federales y estatales

    En caso de que el Ayuntamiento reciba recursos derivados de programas federales,

    recursos reasignados o de la coordinacin y colaboracin con otras dependencias de

    carcter federal, estatal o municipal, deben ser registrados contablemente e integrar un

    expediente como se seala a continuacin:

    EXPEDIENTE DE INGRESOS PROVENIENTES DE DEPENDENCIAS O INSTITUCIONES FEDERALES O ESTATALES

    a) Trmites administrativos realizados para obtener los recursos.

    b) Documento formal donde se identifica el monto de los recursos autorizados.

    c) Nmero de la cuenta bancaria abierta para recibir y administrar los recursos.

    d) Proyectos y autorizaciones.

    e) En su caso, convenio debidamente firmado, con su anexo tcnico y autorizacin del H. Congreso del Estado para su celebracin.

    f) Reglas de operacin, lineamientos o normatividad aplicable a cada programa.

    g) Soporte documental (plizas de cheque, rdenes de pago, comprobantes fiscales y registros contables), que compruebe la ejecucin del gasto.

    h) Constancia de liberacin expedida por la dependencia correspondiente.

    i) Evidencia del reintegro a la dependencia correspondiente de los recursos no ejecutados, en su caso.

    j) Documento formal donde se autorice la prrroga del ejercicio de los recursos, en su caso.

    Sugerencias para incrementar la recaudacin de Ingresos Propios

    Los municipios muestran una gran dependencia de los recursos transferidos por la

    Federacin, los cuales se encuentran en un alto porcentaje en las Participaciones y las

    Aportaciones; mostrando una baja recaudacin de ingresos propios, lo que evidencia que

    no es aprovechado el potencial recaudatorio de los impuestos municipales.

  • 29

    Por lo anterior y para evitar que no se incremente la deuda pblica municipal impactando

    en las finanzas del Ayuntamiento, se sugiere implementar acciones preventivas para

    eliminar las inconsistencias detectadas en el manejo y control de la recaudacin de las

    contribuciones municipales, las cuales se describen a continuacin:

    REA DE OPORTUNIDAD ACCIN PREVENTIVA

    Desconocimiento de la aplicacin de

    contribuciones y otorgamiento de

    condonaciones.

    Aprovechar la autoridad fiscal, aplicando los

    impuestos, cuotas y tarifas establecidas en la Ley

    de Ingresos del municipio y el Cdigo Hacendario

    Municipal.

    Bajo porcentaje de recaudacin de las

    cuentas por cobrar de rezago, por

    concepto de contribuciones.

    Incrementar la eficiencia recaudatoria,

    disminuyendo las cuentas por cobrar de rezago,

    mediante la implementacin de una adecuada

    estructura administrativa en el rea de tesorera,

    capacitando al personal.

    Las campaas del pago de contribuciones

    solo se llevan a cabo en el mes de enero,

    en algunos casos, utilizan medios como

    rifas o premios.

    Instrumentar de manera cotidiana, un programa

    de difusin y concientizacin fiscal, que permita

    dar a conocer a la ciudadana los buenos

    resultados que genera el cumplimiento tributario.

    Desconocimiento en la aplicacin del

    Procedimiento administrativo econmico

    coactivo para la recuperacin de las

    cuentas por cobrar, por concepto de

    contribuciones.

    Emprender un programa de regularizacin fiscal,

    que incluya el cobro coactivo, previa difusin de

    los beneficios de una mejor recaudacin en los

    servicios pblicos.

    Falta de implementacin de polticas de

    cobro.

    Ejecutar el cobro de contribuciones a

    dependencias federales o estatales, cuando el

    uso de los bienes inmuebles sea destinado para

    fines distintos a los de su objeto pblico.

    Equipos de control y recaudacin

    obsoletos o inexistentes dentro del rea

    responsable.

    Instaurar la modernizacin de los instrumentos de

    control y recaudacin mediante la instalacin de

    un sistema o programa que permita eficientar las

    labores del personal operativo y mejorar la

    presencia de la autoridad fiscal ante los

    contribuyentes.

    Falta de institucionalizacin municipal, de

    los servidores pblicos.

    Promover el servicio civil de carrera en el rea de

    la hacienda municipal, toda vez que debido al

    breve tiempo del encargo, la velocidad de

    rotacin del personal, impiden la capacitacin y

    especializacin en sus diversas reas y

    contribuciones.

  • 30

    1.2.2. Los Egresos

    1.2.2.1. Presupuesto de Egresos

    El gasto pblico es la cantidad de recursos financieros que el gobierno emplea para el

    cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentra, de manera primordial,

    satisfacer los servicios pblicos de la sociedad.

    Los egresos son las erogaciones o salidas de recursos financieros, motivadas por el

    compromiso de liquidacin de un bien o servicio recibido o por algn otro concepto.

    El gasto pblico se refleja a travs del presupuesto de egresos, documento que se

    constituye en un instrumento bsico de control, ya que por este medio la autoridad

    municipal define el destino del gasto durante un periodo.

    El presupuesto de egresos permite:

    Conocer anticipadamente las necesidades, recursos y adecuar el gasto a los ingresos disponibles.

    Prever recursos adicionales que requiere la Administracin en el perodo.

    Llevar un control de gastos.

    El manejo adecuado de los fondos financieros.

    Las finanzas pblicas municipales se apeguen a los criterios de racionalidad y de

    estricta disciplina fiscal, de manera que para cada ao el nivel de gasto aprobado

    por el Cabildo, debe ser igual o inferior a los ingresos previstos.

    La iniciativa, aprobacin y reformas del presupuesto de egresos se muestra a

    continuacin:

    1. Los Ayuntamientos discuten en la primera quincena de septiembre su proyecto anual de

    Ley de Ingresos, con sus propuestas de tasas, cuotas y tarifas aplicables para el cobro de

    las contribuciones municipales, y el Presupuesto de Egresos del ao siguiente.

    2. Una vez aprobado en sesin de Cabildo es remitido por triplicado en el curso de la

    segunda quincena de septiembre de cada ao al H. Congreso del Estado.

    3. Si el H. Congreso del Estado hace observaciones las debe comunicar al Ayuntamiento a

    ms tardar el 30 de octubre. Si el proyecto no se remitiera al H. Congreso del Estado, este

    se tendr por presentado el del ao anterior.

    4. Cuando el proyecto anual de ley de ingresos sea elaborado por un Ayuntamiento cuyo

    ejercicio concluya en ese mismo ao las nuevas autoridades podrn enviar sus puntos de

    vista en los primeros quince das del mes de enero.

  • 31

    El proyecto de Ley de Ingresos debe contener el desglose de los ingresos probables por

    recaudacin y las participaciones que autoriza el Congreso de la Unin. Por su parte, el

    presupuesto de egresos se calcula con base en los datos del presupuesto del ao anterior

    y el monto de los ingresos presupuestados en la ley relativa.

    De acuerdo con el Cdigo Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de

    la Llave el artculo 306 el proyecto de Presupuesto de Egresos del Municipio se integrar

    con los siguientes documentos:

    Los programas en los que se sealen objetivos, metas y dependencias y entidades

    responsables de su ejecucin, as como su costo estimado por programa; y, en

    especial, de aquellos que abarquen dos o ms ejercicios fiscales;

    Estimacin de ingresos por cada concepto de contribuciones municipales,

    aprovechamientos, productos, participaciones y aportaciones federales, y dems

    ingresos; contenida en el presupuesto respectivo y propuesta de gastos del ejercicio

    fiscal para el que se propone;

    Ingresos y gastos reales del ltimo ejercicio fiscal;

    Tabulador de sueldos de los ediles, empleados de confianza y trabajadores de base,

    as como todos aquellos, cualquiera que sea su denominacin, que presten servicios

    de manera subordinada permanentemente o de forma eventual al Ayuntamiento;

    Estimacin de los ingresos y gastos del ejercicio fiscal en curso, de acuerdo a su

    clasificacin econmica, administrativa y funcional;

    Situacin de la deuda pblica al fin del ltimo ejercicio fiscal y estimacin de la que se

    tendr al fin de los ejercicios fiscales en curso e inmediatos siguientes;

    La contratacin de operaciones de financiamiento que se sometern a la

    consideracin del H. Congreso del Estado;

    Situacin de la Tesorera al fin del ltimo ejercicio fiscal y estimacin de la que se

    tendr al fin de los ejercicios fiscales en curso e inmediato siguiente;

    Comentarios sobre las condiciones econmicas, financieras y hacendaras actuales y

    las que se prevn para el futuro; y,

    En general, toda la informacin que se considere til para mostrar la proposicin en

    forma clara y completa.

    Las partidas del presupuesto de egresos se determinan conforme a dos elementos

    bsicos que son:

    a. Garantizar la regularidad, continuidad y permanencia de los servicios pblicos

    municipales; y,

    b. Los programas y acciones a realizar para cumplir con los objetivos y metas

    planteados en el Plan Municipal de Desarrollo.

    Cabe sealar que el artculo 126 de la Constitucin Federal establece que: No podr

    hacerse pago alguno que no est comprendido en el Presupuesto o determinado por ley

    posterior. De manera correlacionada, el artculo 325 del Cdigo Hacendario Municipal

    para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave dispone que: No se podr hacer pago

  • 32

    alguno que no est comprendido en el presupuesto de egresos autorizado o

    modificado.

    Por lo sealado en los artculos antes citados, se recomienda ejercer un control

    presupuestario eficiente que proporcione a las autoridades municipales, responsables del

    manejo de los recursos, las bases suficientes para la toma de decisiones; evaluar los

    resultados obtenidos; evitar sobre ejercicios presupuestales; observar una prudente

    economa en la aplicacin de los recursos pblicos; y atender a los principios de

    racionalidad, austeridad y disciplina del gasto pblico, tal como lo establecen la

    Constitucin Poltica del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Ley Orgnica del

    Municipio Libre y el Cdigo Hacendario Municipal.

    1.2.2.2. Soporte Documental de los Egresos

    Uno de los aspectos ms importantes en el ejercicio del gasto pblico es comprobar, a

    travs de documentacin suficiente y competente, que los recursos fueron aplicados

    conforme a lo establecido en la normatividad aplicable y de acuerdo a las atribuciones del

    Ayuntamiento para alcanzar sus objetivos.

    Los comprobantes que amparen las erogaciones realizadas con recursos pblicos

    municipales, debern reunir los requisitos establecidos por las leyes y disposiciones

    fiscales aplicables al efecto.

    Ser responsabilidad de los Ayuntamientos llevar un estricto control de los recursos y de

    la documentacin comprobatoria del gasto, as como de las aportaciones comunitarias,

    por lo que deber cumplirse con los requisitos que se muestran a continuacin:

    REQUISITOS GENERALES DE LOS EGRESOS

    a) Los pagos se deben hacer con cheque nominativo a favor del contratista o proveedor de

    los bienes o servicios recibidos; previa autorizacin, a travs de la orden de pago

    debidamente requisitada.

    b) Los comprobantes que amparan la erogacin debern cancelarse, segn sea el caso, con

    el sello Operado FISMDF, Operado FORTAMUNDF, Operado recursos provenientes de

    la Ley de Ingresos, con el ao del ejercicio que corresponda, y en su caso, con el nmero

    de obra o accin.

    c) Los comprobantes de las erogaciones efectuadas, se encontrarn debidamente

    clasificados y, en su caso, los cancelados, debern ser integrados en expedientes y

    registrados en la contabilidad municipal mensual.

    Adems de los aspectos mencionados, los Ayuntamientos en el ejercicio del gasto deben

    cumplir con diversos requisitos para demostrar que el gasto fue aplicado correctamente; a

    continuacin se mencionan algunos de estos aspectos aplicables a las partidas ms

    relevantes.

  • 33

    Servicios Personales

    Las nminas o recibos que amparan los montos pagados por este concepto, deben

    cumplir con los requisitos que establecen las leyes fiscales y laborales; estar debidamente

    firmados por los empleados municipales y el monto debe corresponder al importe del

    cheque o transaccin bancaria; as mismo, registrar contablemente las remuneraciones y

    deducciones.

    La plantilla del personal, autorizada al inicio de cada ejercicio, debe especificar el nmero

    de personal, nombre del empleado, puesto y los sueldos en su caso, el personal que se

    incorpore durante el ejercicio debe ser dado de alta y reportado al H. Congreso del

    Estado.

    Adems, de cada uno de los servidores pblicos del municipio, se deber integrar un

    expediente que contendr los documentos bsicos de los antecedentes personales y

    laborales, mismos que sern controlados y resguardados por el rea designada. El

    expediente se deber conservar durante la trayectoria laboral del servidor pblico y

    guardar en forma precautoria al causar baja.

    Los documentos que como mnimo debern integrar los expedientes de los servidores

    pblicos sern los que se muestran a continuacin:

    CONCEPTO DOCUMENTO

    DOCUMENTOS PERSONALES

    Copia del Acta de Nacimiento;

    Copia del Registro Federal de Contribuyentes R.F.C.;

    Copia de cdula nica de registro de poblacin (CURP);

    Copia de cartilla y liberacin del S.M.N, en su caso;

    Copia de constancia mxima de estudios;

    Original de constancia de no-inhabilitacin para ocupar un cargo pblico;

    Original de exmenes aplicados;

    Copia de comprobantes de cursos de capacitacin;

    Currculum vitae firmado en original por el interesado;

    Copia de la cdula profesional, en su caso;

    Aviso de inscripcin del trabajador al IMSS, IPE o su equivalente; y,

    Copia de comprobante de domicilio.

    TRAYECTORIA LABORAL

    Nombramiento, en su caso;

    Original de contratos; y,

    Original de actas administrativas.

    TRMINO DE RELACIN LABORAL

    Original de renuncia, en su caso; y, Original de aviso de baja del trabajador al IMSS, IPE o su equivalente.

  • 34

    Pasivos Contingentes (Laudos Laborales)

    Una situacin que genera obligaciones financieras son los denominados pasivos

    contingentes, por ejemplo juicios pendientes de resolucin judicial los cuales comnmente

    terminan con resoluciones denominadas laudos a favor de los trabajadores y en contra de

    los Ayuntamientos.

    Lo anterior, se debe a diversos factores entre los cua