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MANUAL DE CONVIVENCIA 2016

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MANUAL DE

CONVIVENCIA

2016

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Contenido

1. MISIÓN Y VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ..................................................... 4

1.1 IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL .................................................................................. 4

1.2. VISIÓN ................................................................................................................................... 4

1.3. MISIÓN ............................................................................................................................... 4

1.4. FILOSOFÍA DE LA CONVIVENCIA ................................................................................... 4

2. MARCO LEGAL ........................................................................................................................ 7

3. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR: ........................................... 8

4. DE LOS DERECHOS Y DEBERES....................................................................................... 9

4.1 Derechos y deberes de los estudiantes ........................................................................ 9

4.2 Derechos y deberes de los padres de familia o acudientes reconocidos: (Decreto

1286 artículo 2 de 2005) ........................................................................................................... 12

4.3 Derechos y deberes de los docentes y directivos docentes .................................... 13

4.4 Derechos y deberes del personal administrativo....................................................... 15

5. NORMATIVA DE CONVIVENCIA Y/O DISCIPLINARIA .................................................. 16

5.1 ESTIMULOS .................................................................................................................... 16

5.1.1 COMPORTAMIENTOS A SER ESTIMULADOS EN LOS ESTUDIANTES . 16

5.1.2 ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES .................................................................. 16

5.2 Comité de Convivencia. ...................................................................................................... 16

5.2.1 Funciones del Comité de Convivencia ...................................................................... 20

5.2.2 Reglamento del Comité Escolar de Convivencia .................................................... 21

EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN ............................................................................... 22

EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN .............................................................................. 23

EL COMPONENTE DE ATENCIÓN. ................................................................................... 23

EL COMPONENTE DE SEGUIMIENTO............................................................................. 24

5.3 Clasificación de las situaciones que afectan la convivencia. ........................................ 26

5.3.2 Situaciones de impacto grave (Tipo II) ................................................................ 28

5.3.3. Situaciones Tipo III. ..................................................................................................... 30

5.4 Ruta de atención integral para la convivencia institucional- Mediación ...................... 31

5.5 Rutas de atención en situaciones especiales. ................................................................ 32

1. Ruta de atención en caso de accidente escolar. ....................................................... 32

2

2. Ruta de atención a casos de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

(NEE). ....................................................................................................................................... 32

5.6 Debido Proceso. ................................................................................................................ 35

5.6.1. Conocimiento del caso ............................................................................................... 36

5.6.2 La Averiguación preliminar. ........................................................................................ 36

5.6.3 Aviso de Apertura del proceso disciplinario: ............................................................ 37

5.6.4 Comunicación y notificación. ...................................................................................... 37

5.6.5 Etapa probatoria. .......................................................................................................... 37

5.6.6 Decisiones de primera instancia ................................................................................ 38

5.6.7 Recursos ........................................................................................................................ 39

5.6.8 Cumplimiento de la sanción ........................................................................................ 40

5.6.9 Funcionarios e instancias competentes .............................................................. 40

5.6.10 otras instancias intervinientes .................................................................................. 41

6. PRESTACIÓN DE SERVICIOS ........................................................................................... 42

6.1 Procesos de admisión para estudiantes nuevos ............................................................ 42

6.2 Renovación de Matrícula .................................................................................................... 42

6.3 DISPOSICIONES SOBRE LA PRESENTACIÓN PERSONAL, UNIFORMES Y

UTILES ESCOLARES ............................................................................................................... 42

6.3.1 Disposiciones sobre el uniforme ................................................................................ 42

6.3.2 Presentación personal .................................................... ¡Error! Marcador no definido.

6.3.3 Horario institucional ...................................................................................................... 45

6.4 DISPOSICIONES SOBRE LOS ÚTILES ESCOLARES ................................................ 45

6.5 SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO ............................................................... 46

6.5.1 SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO ............................................................. 46

6.5.2 ESTUDIO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ........................................................ 47

6.6 OTROS SERVICIOS OFRECE LA INSTITUCIÓN.................................................... 47

6.6.1 Biblioteca ....................................................................................................................... 47

6.6.2 Restaurante Escolar ..................................................................................................... 48

6.6.3 Tienda Escolar .............................................................................................................. 48

6.6.4 Funcionamiento de los medio de comunicación interna ........................................ 50

7 GOBIERNO ESCOLAR: ........................................................................................................ 51

8.1 Requisitos generales para ser elegidos ........................................................................... 51

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8.2 Los representantes de grupo: naturaleza y funciones. .................................................. 51

8.3 El consejo estudiantil: naturaleza y funciones. ............................................................... 52

8.4 La (el) personera(o) estudiantil: naturaleza y funciones. ............................................... 53

8.5 Representante de estudiantes al consejo directivo ........................................................ 53

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1. MISIÓN Y VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1.1 IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL

La Institución Educativa Tomás Carrasquilla N°2, Ubicada en el Barrio Palenque del Sector de Robledo de la Ciudad de Medellín, Inicia con el nombre de Escuela Urbana Integrada Tomás Carrasquilla N° 2, en el año 1976. A partir del año 2004, bajo Resolución Número 0125 de Abril 23, se convierte en Institución Educativa Tomás Carrasquilla N°2.

Desde su fundación, la Institución Educativa se encuentra inserta en un contexto social que permite su hacer, al tener en ella familias nucleares en alto porcentaje. Desde esta óptica, la institución educativa hace esfuerzos por implementar y crear hábitos de aprendizaje que permitan el crecimiento formativo de sus estudiantes y de las familias que la conforman, en aras de contribuir con la transformación y el bienestar de las personas que habitan el sector. Actualmente Ofrece educación en los niveles de Transición en jornada de mañana y tarde, Básica Primaria en jornada de la mañana y tarde y Básica Secundaria y Media Académica en jornada de la tarde.

1.2. VISIÓN

La Institución Educativa Tomás Carrasquilla visiona para el 2018, el fomentar valores que permitan a los estudiantes integrarse a la sociedad con espíritu investigativo y excelentes competencias humanas. Será reconocida por todos los estamentos de la Comunidad Educativa por su compromiso e idoneidad pedagógica

1.3. MISIÓN

La Institución Educativa Tomás Carrasquilla tiene como misión, facilitar procesos de formación integral en valores, contribuir al mejoramiento de una sociedad democrática y participativa, en la que prime el respeto por el otro, por la naturaleza y sus recursos; el amor por la patria, la familia y la sociedad al propiciar la sana convivencia y la formación de pensamiento investigativo, analítico y crítico entre otros.

1.4. FILOSOFÍA DE LA CONVIVENCIA

El Manual de Convivencia es la Carta Constitucional que regula las relaciones e interacciones en la Institución Educativa, es la estrategia que permite regular de manera concertada, la construcción del ámbito escolar en el que se forma al futuro ciudadano, teniendo presente, como fundamento, el respeto y la pluralidad de los distintos actores que conviven en la comunidad educativa.

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Este Manual integra lo normativo, lo moral y la cotidianidad, con primacía del respeto de los derechos fundamentales y los límites inherentes a la persona misma. El Manual de Convivencia es una construcción democrática y participativa de toda la Comunidad de la Institución Educativa, mediante un proceso crítico y reflexivo para comprender las normas y los valores de la vida escolar. Por esta razón cada estudiante y padre de familia debe tener pleno conocimiento y lo debe aceptar de manera libre y voluntaria antes de entrar a formar parte de esta comunidad educativa. 1.5 HIMNO Y SIMBOLOS

BANDERA

ESCUDO

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HIMNO

Letra: Francisco Betancur Mejía

(GALMAR).

Música: Luis Bernardo

Valencia C.

Fecha: Febrero 23 de 1994.

Somos hijos de una institución Que queremos crecer y servir

A una patria que espera del hombre La nobleza y decencia en perfil.

Tienes nombre de un gran colombiano

Que a su patria con altura honro Con las letras de un sentir humano

A sus gentes cultura les dio.

Institución tomas carrasquilla Que profesa amor ciencia y virtud

A los hijos del barrio robledo Les enseña honradez, rectitud.

Su tierra amo honradamente en su entraña supo cosechar Los frutos bellos de la mente

Que hoy aquí podemos disfrutar.

La institución que lleva tu nombre Con orgullo quiere recordar

Que tú fuiste un egregio y buen hombre Y por ello queremos cantar.

La institución tomas carrasquilla Yo la honro con gran devoción

Porque nos da con amor la semilla que llevamos en el corazón

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2. MARCO LEGAL

LEYES Y DECRETOS

DESCRIPCIÓN

Ley 12 de 1991 Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos Del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989"

Constitución Política de Colombia

Consagra el fomento de prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de participación ciudadana (Art. 41).

Ley 115 de 1994 Por la cual se expide la ley general de educación, la cual exige para todas las instituciones educativas la creación y uso de un manual de convivencia que regule el comportamiento de la comunidad educativa y que establezca medidas que garanticen una formación intelectual de calidad, integral y que dé respuesta a las necesidades de la comunidad educativa

Decreto 1860 de 1994

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.

Resolución 4210 de 1996.

Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.

Decreto 2247 de 1997

Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1286 de 2005

Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones. Artículo 2. Derechos de los padres de familia.

Ley 1098 de 2006. Art 20, 28, 31, 36, 39, 43, 45,19

Por el cual se establece el derecho a la educación de los niños, las niñas y adolescentes Colombianos, además de garantizar la educación de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad capacidades y talentos excepcionales. Se establece las obligaciones especiales de la institución educativa

Ley 1620 de 2013.

Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Decreto Reglamentario 1965 de 2013. Art29 -5

Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013. Incluye medidas pedagógicas y acciones para promover la convivencia escolar, prevenir situaciones que la afecten, así como aquellas que se orienten a la reconciliación, la reparación de los daños causados y al restablecimiento de un clima de relaciones constructivas cuando estas situaciones ocurran.

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3. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR.

Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.

Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.

Promover la convivencia institucional a través del cumplimiento de la normatividad vigente.

Mantener una sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa en pro de una adecuada comunicación.

Afianzar los derechos y deberes de estudiantes, padres de familia, docentes, directivos y administrativos dentro de la práctica cotidiana en la búsqueda de una sociedad libre y transformadora.

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4. DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Derecho es la facultad de poder actuar dentro de los límites de la normatividad vigente. (Artículo 44 de la Constitución Política Colombiana), Ley 16 de 1972.

4.1 Derechos y deberes de los estudiantes

No. DERECHO DEBER

1. Recibir un trato digno por parte de los miembros de la comunidad educativa

Utilizar un trato amable y cortés con los miembros de la comunidad educativa. sin juegos bruscos, ni malos tratos o peleas, sin vocabulario soez y ofensivo

2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia a través de sus directores de grupo y maestros

Apropiar, acatar y cumplir el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia, respetando la Institución Educativa y sus símbolos, proyectando sentido de pertenencia y fomentando el buen nombre de la misma.

3. Al libre desarrollo de la personalidad, enmarcada dentro de las normas básicas de la institución

Respetar y asumir responsablemente los compromisos y deberes que se establecen en el Manual de convivencia de la Institución Educativa Tomás Carrasquilla 2, haciendo además buen uso de sus derechos.

4. Ser aceptado y no ser señalado ni excluido por profesores, compañeros, personal administrativo, directivos y demás integrantes de la comunidad educativa

Expresar y asumir actitudes de respeto con todos los miembros de la comunidad educativa y respetar las diferencias individuales en razón de género, credo religioso o político, orientación sexual, raza, entre otros

5. A un debido proceso acorde con la Constitución Política, legislación vigente sobre el tema y el manual de convivencia escolar

Apropiar, acatar, cumplir y exigir la aplicación del debido proceso en los casos contemplados por Institución.

6. Ser evaluado después de presentar las debidas excusas, por sus faltas de asistencia

Presentar la excusa a la Coordinación respectiva, firmada por padres o acudientes, con su número de cédula y teléfono el día en el cual regrese a la I.E. En caso de ser prevista la ausencia debe solicitar con anticipación permiso en Coordinación

7. Ser atendidos en virtud de certificaciones y constancias de estudio, según los horarios establecidos por la institución

Seguir los conductos regulares para realizar trámites administrativos, acudiendo en el horario establecido

8. Orientación oportuna sobre los distintos contenidos y procesos

Cumplir con los materiales y las obligaciones como estudiantes: asistir a la

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educativos para la construcción del conocimiento y el crecimiento personal

institución y a todas las clases, atender las orientaciones y explicaciones de directivas y docentes, realizar las actividades propuestas en clase y entregarlas de manera oportuna

9. Elegir y ser elegidos para los diferentes estamentos de representatividad que posee la institución

Participar activamente en todos los estamentos en los cuales sea elegido y llevar la vocería de sus representados, observando un comportamiento culto en cada acto

10. Participar de las distintas actividades programadas por la institución

Observar un buen comportamiento y permanecer en todas las actividades académicas, pedagógicas y recreativas desarrolladas por la institución

11. Recibir orientación adecuada y oportuna ante problemáticas que pueden afectar su integridad física y moral

Cumplir todas las condiciones, acuerdos, pactos y contratos realizados dentro y fuera de la Institución y que respondan directa o indirectamente a este Manual de Convivencia, aceptado al ingresar a esta Institución

12. Disfrutar, según las normas institucionales, de todos los espacios y servicios con los que cuenta la institución

Utilizar correctamente las instalaciones, servicios de tienda escolar, refrigerio, comedor, aulas de clase, biblioteca, unidades sanitarias, los implementos de aseo, implementos deportivos, sala de proyecciones, sala de sistemas, laboratorios y sus enseres (sillas, tableros, papeleras, avisos, carteleras, computadores…), los murales, plantas, canecas de basura y demás implementos existentes. Responder con su acudiente por los daños ocasionados en la institución, debido al uso inadecuado de las instalaciones y equipos

13. Solicitar la corrección de informaciones que se haya brindado por la institución (Hábeas Data), cuando se considere que no corresponden con la realidad y afecten su buen nombre

Tener sentido de pertenencia hacia la Institución, denunciando todas las irregularidades que se presenten en ella.

14. A ser atendidos y escuchados en sus sugerencias, reclamos y solicitudes, cuando estos se hagan a través de los conductos regulares, dentro de normas, de veracidad y respeto

Tener disponibilidad comunicativa para con todas las personas de la comunidad educativa, actuar con la verdad y sentido ético, siguiendo los procedimientos establecidos por la Institución

15. Recibir una educación integral de acuerdo con el espíritu y los objetivos del P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional)

Asumir con responsabilidad y cumplimiento, su proceso formativo esforzándose en todo momento para obtener los desempeños establecidos en el P.E.I.

16. Ser escuchado antes de ser sancionado y presentar los descargos

Respetar y acatar las decisiones emanadas por la autoridad competente al finalizar las

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correspondientes etapas del debido proceso

17. Recibir los llamados de atención en forma oportuna, prudente y discreta

Hacer uso de su defensa en forma respetuosa, oportuna y cordial

18. Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento se hagan en el libro de disciplina y hoja de vida tanto en aspectos positivos como negativos

Firmar en constancia de que conoció la observación escrita y dejar por escrito las aclaraciones, compromisos o descargos que considere pertinentes

19. Obtener permiso para retirarse de la Institución antes de terminar la jornada escolar, cuando las circunstancias lo justifiquen y con presencia del acudiente. En todo caso el permiso sólo lo concede un directivo del colegio y siempre se debe informar a Coordinación

Presentar los soportes requeridos para autorizar el permiso, que puede ser concedido por alguno de los directivos con la presencia del padre de familia y/o acudiente

20. Conocer al inicio del año y de cada uno de los periodos académicos el plan y desarrollo de cada área o asignatura: contenidos, logros, competencias, conocimientos y criterios de evaluación y en general las actividades que el profesor implemente para el mejoramiento académico de las mismas

Asumir con responsabilidad y compromiso el desarrollo de cada asignatura, participar en las actividades programadas y trabajar con esmero para lograr un buen rendimiento académico.

21. Solicitar y recibir durante el desarrollo de las clases, orientación y explicación en los temas en donde tenga dificultades

Atender con disciplina y disposición las explicaciones del profesor durante el desarrollo de las clases

22. Ser evaluado continua y permanentemente en sus avances y logros personales con justicia y objetividad

Colaborar y participar responsablemente en su proceso evaluativo , preparando las actividades de cada clase

23. Conocer en forma oportuna y permanente, los resultados de las evaluaciones del proceso educativo

Revisar los resultados de sus evaluaciones y hacer en forma respetuosa y oportuna los reclamos que considere pertinentes

24. Ser informado en cada periodo y por el respectivo profesor de la asignatura, sobre los conceptos valorativos antes de ser registrados en las planillas definitivas

Informarse sobre los resultados finales de cada periodo en todas las asignaturas, realizar en forma respetuosa los reclamos que considere pertinentes y reclamar junto con su acudiente el boletín de calificaciones

25. Acordar oportunamente con el profesor de cada asignatura las evaluaciones o trabajos académicos dejados de presentar por causa justificada de inasistencia con visto bueno de Coordinación

Presentar a los profesores respectivos la excusa sobre inasistencia, firmada por Coordinación para programar las evaluaciones y trabajos académicos dejados de presentar

26. Desarrollar actividades de refuerzo y superación, según lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación (SIE)

Acatar y cumplir las recomendaciones sugeridas para los procesos de recuperación y entregar los trabajos en las fechas asignadas

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4.2 Derechos y deberes de los padres de familia o acudientes reconocidos:

(Decreto 1286 artículo 2 de 2005)

No. DERECHO DEBER

1. Recibir un trato digno por parte de los miembros de la comunidad educativa

Utilizar un trato amable y cortés con los miembros de la comunidad educativa.

2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia a través de sus hijos, sus directores de grupo y maestros

Apropiar, acatar y cumplir el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia, respetando la Institución Educativa y sus símbolos, proyectando sentido de pertenencia y fomentando el buen nombre de la misma.

3. Recibir oportunamente información, orientación y asesoría sobre el comportamiento y rendimiento académico de su hijo

Responder y apropiarse de la educación de sus hijos, asistiendo a todas las reuniones y llamados que la institución les haga Consultar permanentemente en www.ietomascarrasquilla2.edu.co la información sobre asistencia y demás novedades de su acudido

4. Exigir del Estado y de la Institución, cumplimiento y calidad en la formación y educación de sus hijos

Matricular, dotar y atender de manera integral todos los requerimientos y necesidades de sus hijos para que estos puedan cumplir sus deberes y obligaciones de estudiante

5. Participar activamente de las determinaciones que toma la Institución, a través de la participación en el Consejo directivo, Consejo de Padres, comités u otros organismos que se conformen al interior de la institución.

Tomar parte activa en las diferentes asociaciones, comités y actividades programadas por la Institución para prestar el servicio educativo, asistir y permanecer en los estamentos de participación y llevar las propuestas y sugerencias en representación de los padres de familia

6. Ser atendidos, en tiempos de ley, en sus reclamos e interponer las acciones pertinentes.

Acercarse a la institución a hacer los reclamos con serenidad y en forma respetuosa, acatando el conducto regular para garantizar la debida resolución de los conflictos

7. Fomentar y crear en la comunidad educativa acciones de apoyo para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de la educación

Buscar información, orientación y asesoría por parte de la Institución con el fin de formar y educar a sus hijos

8. Que sus hijos reciban las clases completas y en forma puntual, de acuerdo con el horario establecido

Propiciar la asistencia puntual de los hijos a la institución y concientizarse de que son los primeros educadores de los mismos.

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4.3 Derechos y deberes de los docentes y directivos docentes

No. DERECHO DEBER

1. Recibir un trato digno por parte de los miembros de la comunidad educativa

Utilizar un trato amable y cortés con los miembros de la comunidad educativa.

2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia

Apropiar, acatar y cumplir el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia, respetando la Institución Educativa y sus símbolos, proyectando sentido de pertenencia y fomentando el buen nombre de la misma.

3. Disfrutar de todos los derechos contemplados en las normas y regímenes legales que como educadores, les conciernen

Ofrecer a los estudiantes una educación profunda, exigente y de calidad, para desarrollar actitudes cognitivas, disciplina investigativa e inquietudes reflexivas, mostrando una especial dedicación por aquellos con mayores dificultades de aprendizaje

4. Elegir y ser elegidos para el Consejo Directivo, Consejo Académico, Comités y demás organismos que se organicen en la Institución, según las orientaciones y disposiciones legales

Participar activamente en las reuniones de docentes, Consejo Directivo y Académico, así como en los diferentes comités en los que forme parte, asistir y permanecer en los estamentos de participación y llevar las propuestas y sugerencias en representación de los docentes

5. Ser reconocida su autoridad y profesionalismo en el desempeño de sus funciones, por todas las personas que integran la Comunidad Educativa

No promover, instigar, apoyar, participar, acompañar o colaborar con actos de palabra o de hecho, que atenten contra la dignidad o integridad física de la persona y de la comunidad educativa (valores morales, intelectuales y físicos)

6. Recibir estímulos adecuados con su desempeño profesional y con su capacitación académica de acuerdo con las disposiciones legales al respecto

Cumplir con la jornada laboral de acuerdo con la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994 y decreto 2277 de 1977 y decreto de 1278 de 2002. Participar en la planeación y ejecución de las actividades curriculares establecidas en el P.E.I.

7. Participar en la construcción, instrumentación, mejoramiento y puesta en práctica del Proyecto Educativo Institucional

Aportar ideas, sugerencia, argumentos que promuevan el mejoramiento y puesta en práctica del Proyecto Educativo Institucional

8. Hacer uso de permisos debidamente justificados y establecidos en la normatividad vigente.

Seguir el procedimiento establecido y presentar los soportes requeridos para autorizar el permiso, que puede ser concedido únicamente por el Rector de acuerdo con las leyes vigentes

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9. Recibir información oportuna, clara y completa acerca de los procesos y actividades que se programen y desarrollen en la Institución, como resultados de la ejecución y puesta en práctica del Proyecto Educativo Institucional

Leer las circulares y demás comunicaciones escritas enviadas por los directivos, así mismo revisar continuamente las carteleras institucional y de sala de profesores, su correo electrónico y estar atento a la información allí suministrada, además consultar permanentemente la página web: www.ietomascarrasquilla2.edu.co

10. Conocer los informes y pruebas que se adjunten a los procesos disciplinarios y utilizar el derecho de defensa en los términos previstos en el Decreto Nacional 2480 del 31 de julio de 1986, Artículo 8°

Revisar los informes y pruebas adjuntas y hacer en forma respetuosa y oportuna los reclamos y descargos que considere pertinentes

11. Acceder y utilizarlos materiales, implementos e instalaciones necesarias para el desarrollo del proceso educativo y exigir el material logístico de apoyo para el cumplimiento de su deber

Hacer uso adecuado de los materiales, implementos e instalaciones necesarias en el desarrollo de procesos educativos y cuidar el material logístico de apoyo para el cumplimiento de su deber

12. Practicar la autonomía en la evaluación en concordancia con los parámetros definidos para las diversas áreas, según los logros e indicadores de logro señalados y buscando que los estudiantes alcancen las competencias deseadas, acordes al PEI

Ser objetivo en la evaluación y recibir en sus clases a todos los estudiantes, sin retirarlos de las mismas antes de realizarse el debido proceso

13. Recibir capacitación e Inducción frente a la labor que desempeña, para garantizar su idoneidad

Asistir a las capacitaciones que le sean asignadas, participar activamente de las mismas y entregar los certificados de asistencia al Rector además de socializarlas frente a sus pares

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4.4 Derechos y deberes del personal administrativo

No. DERECHO DEBER

1. Recibir un trato digno por parte de los miembros de la comunidad educativa

Utilizar un trato amable y cortés con los miembros de la comunidad educativa.

2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia

Apropiar, acatar y cumplir el Proyecto Educativo Institucional, El Sistema Institucional de Evaluación y el Manual de Convivencia, respetando la Institución Educativa y sus símbolos, proyectando sentido de pertenencia y fomentando el buen nombre de la misma.

3. Disfrutar de todos los derechos contemplados en las normas y regímenes legales que como servidores públicos , les conciernen

Cumplir de forma eficiente, diligente y oportuna con las funciones asignadas de acuerdo a su cargo

4. Recibir información oportuna, clara y completa acerca de los procesos y actividades que se programen y desarrollen en la Institución, como resultados de la ejecución y puesta en práctica del Proyecto Educativo Institucional

Leer las circulares y demás comunicaciones escritas enviadas por los directivos, así mismo revisar continuamente la cartelera institucional, su correo electrónico y estar atento a la información allí suministrada, además consultar permanentemente la página web: www.ietomascarrasquilla2.edu.co

5. Conocer los informes y pruebas que se adjunten a los procesos disciplinarios y utilizar el derecho de defensa en los términos previstos en el Decreto Nacional 2480 del 31 de julio de 1986, Artículo 8°

Revisar los informes y pruebas adjuntas y hacer en forma respetuosa y oportuna los reclamos que considere pertinentes

6. Acceder y utilizar los materiales, implementos e instalaciones necesarias para el desarrollo de sus funciones

Hacer uso adecuado de los materiales, implementos e instalaciones necesarias en el desarrollo de sus funciones.

7. Hacer uso de permisos debidamente justificados y establecidos en la normatividad vigente.

Seguir el procedimiento establecido y presentar los soportes requeridos para autorizar el permiso, que puede ser concedido únicamente por el Rector de acuerdo con las leyes vigentes

8. Recibir capacitación y adiestramiento frente a la labor que desempeña, para garantizar su idoneidad

Asistir a las capacitaciones que le sean asignadas, participar activamente de las mismas y entregar los certificados de asistencia al Rector

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5. NORMATIVA DE CONVIVENCIA Y/O DISCIPLINARIA

5.1 ESTÍMULOS

5.1.1 COMPORTAMIENTOS A SER ESTIMULADOS EN LOS ESTUDIANTES

Excelencia académica y comportamental

Espíritu de liderazgo para promover valores en el grupo.

Espíritu de colaboración

Esfuerzo y superación

presentación personal

Sentido de pertenencia

Participación en actividades científicas, deportivas y/o culturales

Proyección a la comunidad

Comportamiento ejemplar

Espíritu investigativo

Mejores resultados en pruebas externas

Participación destacada en olimpiadas académicas, o cursos y exposiciones

Cumplimiento del Manual de Convivencia

Cambio de actitudes y comportamientos inadecuados por comportamientos y actitudes positivas.

5.1.2 ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES

Reconocimiento público: Cuadro de honor, aparición en medios de comunicación internos, reconocimiento en actos públicos

Exaltación en Izadas de Bandera

Promoción anticipada

Diplomas de honor

Medalla de honor

Anotación en la hoja de vida

Entrega de informes de calificaciones en forma personal en el grupo sin la necesidad de la presencia del acudiente

Participación en becas estudiantiles y subsidios a diferentes eventos

Salidas pedagógicas, libre de costo

5.2 Comité de Convivencia.

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De acuerdo con la Ley 1620 de marzo 15 de 2013 del Congreso de la República de Colombia (Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar).

Principios: Son principios del Comité de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar de la institución.

Principio de Interés Superior: Es el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes. Principio de Prevalencia de Derecho: En todo acto, decisión o medida administrativa o judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los adolescentes, prevalecerán los derechos de estos, en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona. El Principio de Corresponsabilidad: Establece la participación activa de los tres estamentos, estado, sociedad y familia, sin interferencias ni exenciones de responsabilidades. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia[4]. Perspectiva de Género: Es el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Responsabilidad Parental: La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, niñas y adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos.

1. Participación. En virtud de este principio la institución garantizará su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, de igual manera, garantizará el derecho a la participación de los niños, adolescentes y adultos en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deberán actuar en el marco

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de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

2. Corresponsabilidad. La familia, la institución, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, adolescentes y adultos estudiantes, desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

4. Diversidad: El Comité Escolar de Convivencia se fundamentará en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, adolescentes y adultos estudiantes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

4. Integralidad: La filosofía del Comité Escolar de Convivencia será integral y estará orientado hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

Convivencia escolar: La convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral. La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes. Así mismo, esta se relaciona en construir y acatar normas; contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa. Manual de convivencia: Es una parte fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en la cual se deben definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica. El manual de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se consignan los acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la armonía en la vida diaria de los EE. En este sentido, se definen las expectativas sobre la manera cómo deben actuar las personas que conforman la comunidad educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así como las consecuencias de incumplirlos acuerdos. Los acuerdos consignados en el manual de convivencia se pueden entender como pactos que se construyen con la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa

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Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Es una herramienta que se plantea en la Ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario como un camino claro compuesto por una serie de acciones desde diferentes componentes, para responder de forma integral a todas las situaciones que buscan de una u otra forma fortalecer la convivencia escolar y mitigar los factores que pueden afectarla. Mediación. Es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas acuden voluntariamente a una tercera persona, imparcial, llamada mediadora o mediador, con el fin de llegar a un acuerdo que sea satisfactorio para las dos partes (De Armas, 2003). En este proceso la solución no se impone por terceras personas, sino que es creada por las partes Educación para el ejercicio de los DDHH y DHSR. Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de DDHH y DHSR y con la cual desarrollarán competencias para relacionarse con criterios de respeto por ella o él mismo y por otras personas, y con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana. Lo anterior, en torno a la construcción de su proyecto de vida, a la transformación de las dinámicas sociales, y hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños causados a otras personas, son acciones que pretenden restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones tipo I y II). Competencias ciudadanas. Competencias básicas que se definen como el conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que los ciudadanos y ciudadanas actúen de manera constructiva en una sociedad democrática (Ley1620 de 2013, artículo 2). Son todas aquellas capacidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, integradas con conocimientos y actitudes, permiten que las personas se relacionen pacíficamente, y participen constructiva y democráticamente en una sociedad. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de2013, artículo 40). Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no poseen las características de la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de2013, artículo 40). Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier

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otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de2013, artículo 40). Conformación del Comité Escolar de Convivencia (Cap. II, Art. 12-13 Ley 1620/13)

El Comité de Escolar de Convivencia estará integrado por:

El Rector, quien lo presidirá.

El personero estudiantil.

Dos docentes escogidos por el grupo de docentes.

El coordinador.

El Presidente del Consejo de Padres.

El presidente del consejo estudiantil.

que lidera procesos o estrategias de convivencia y que hace parte del respectivo comité.

comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

5.2.1 Funciones del Comité de Convivencia

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. Situaciones de tipo II y III de las que trata el artículo 40 del Decreto Reglamentario de la Ley 1620 (Decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013).

2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de la Comunidad Educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, a las conductas de alto riesgo, de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. Situaciones de tipo III que se puedan presentar en la institución (Art. 40 del Decreto 1965 de 2013).

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6. Garantizar el derecho a la intimidad, la confidencialidad y la protección de datos personales de las personas involucradas, de acuerdo con los parámetros de protección fijados en la Constitución Política, en los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

7. Garantizar a todo miembro de la institución la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser re victimizado; el interés superior de los niños, los adolescentes y adultos estudiantes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de las niñas, los adolescentes y adultos estudiantes, de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

8. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia.

10. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

Parágrafo: Este comité anualmente debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección de los miembros.

5.2.2 Reglamento del Comité Escolar de Convivencia

1. Sesiones. El comité escolar de convivencia sesionará una (1) cada dos meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del Comité Escolar de Convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.

2. Quórum decisorio. El quórum decisorio del Comité Escolar de Convivencia será de la mitad + 1. En cualquier caso, este comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente o de su encargado.

3. Actas. De todas las sesiones que adelante el comité escolar de convivencia se deberá

elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: a) Lugar y fecha de la sesión b) Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum. c) Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión.

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d) Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité. e) Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. f) Firma del Presidente del Comité y de sus demás miembros, una vez haya sido aprobada por los asistentes. Parágrafo. El Comité Escolar de Convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

4. Acciones o decisiones. El Comité Escolar de Convivencia, en el ámbito de sus

competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar y por el respectivo comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar, dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley.

5. Conflictos de Interés y Causales de Impedimento y Recusación. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte del Comité Escolar de Convivencia se presenten conflictos de interés o causales de impedimento o recusación, respecto de los integrantes que ostenten la calidad de servidores públicos, los mismos se tramitarán conforme a lo establecido en el artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011, de tal forma que se garantice la imparcialidad de los integrantes del comité.

5.2.3 Componentes de la ruta para la atención integral para la convivencia escolar La RAI es un camino, guía u orientación que da pautas para asumir integralmente las situaciones referidas a la convivencia, que se presentan con los estudiantes del establecimiento educativo, ruta que permite, a más de contribuir a dar salida a las violencias, mirar críticamente la convivencia, hacer lectura tanto del contexto como del relacionamiento entre los diferentes actores, buscar las causas y emprender acciones a partir de un Plan de mejoramiento institucional que responda a las exigencias de la ley y su decreto reglamentario EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN. (Art 36. Numeral 3, Decreto 1965) Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. Para favorecer el desarrollo de la ruta de atención integral desde el componente de promoción, el Comité escolar de Convivencia deberá adelantar las siguientes acciones:

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1. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título 111 del Decreto 1965.

2. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del Proyecto Educativo Institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994. 34

3. 3. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

4. 4. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

5. 5. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

6. 6. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.

EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN. (Art. 37 Decreto 1965). Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de tos miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención: 1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que

afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral del artículo 37 del decreto 1965 de 2013..

3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

EL COMPONENTE DE ATENCIÓN. (Art.38. Decreto 1965)

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Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia. EL COMPONENTE DE SEGUIMIENTO. (Art.48 Decreto 1965) Se centrará en el registro y seguimiento de las situaciones de tipo II y III de que trata el artículo 40 del Decreto 1965 a través del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Los comités escolares de convivencia harán seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Definiciones. Para efectos del presente Manual de Convivencia se entiende por: 1. Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como

el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática

2. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Es aquella orientada a formar personas capaces de re-conocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables.

3. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

4. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

5. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

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b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

6. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

7. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

8. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

9. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

10. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

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5.3 Clasificación de las situaciones que afectan la convivencia.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

5.3.1. Situaciones Tipo 1

Situaciones Tipo l: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

1. Interrumpir las clases y demás actos institucionales con charlas, burlas, ruidos, risas, gestos, juegos o por cambiarse de puesto.

2. Asumir actitudes que impidan el normal desarrollo de las clases, actos comunitarios, culturales, recreativo, académico o deportivo, dentro o fuera de la institución.

3. Consumir alimentos, chicles y bebidas en las clases, salas de informática, en los laboratorios, en la biblioteca, el auditorio y actos comunitarios

4. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como: Tienda, restaurante escolar, recepción del refrigerio y uso de los baños y sanitarios

5. Ausentarse del aula o negarse a ingresar al ella, sin autorización del educador durante las horas de clase.

6. La impuntualidad o inasistencia injustificada a las clases y/o demás actos comunitarios de la Institución.

7. Desacatar las instrucciones y órdenes impartidas por los educadores o directivos de la Institución.

8. Permanecer dentro de la Institución en horarios diferentes a los de la jornada escolar, salvo autorización expresa dada por un docente o directivo docente

9. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido como rectoría, secretaria, sala de profesores, biblioteca, laboratorios, restaurantes escolares, tienda escolar entre otras.

10. Utilizar inadecuadamente materiales de trabajo como: tijeras, pegantes, pinceles, plastilina, compás entre otros.

11. Presentarse a la institución sin el uniforme o portando incorrectamente el uniforme

12. Dar mal uso a las instalaciones, servicios, aulas, en general a los materiales e implementos existentes en las Institución

13. El irrespeto a los símbolos religiosos, patrios y de identificación del colegio

14. Faltar injustificadamente y de forma reiterativa a las diferentes actividades escolares.

15. Arrojar basuras fuera de los recipientes destinados para ello.

16. No presentar la excusas justificadas por las inasistencias a la institución, bien sea médicas o de los padres de familia

17. Falta de higiene desconociendo las exigencias planteadas en el Manual de Convivencia Escolar.

18. Negarse a firmar las anotaciones escritas en el observador o a realizar los descargos correspondientes y compromisos

19. Asumir actitudes, gestos o comportamientos tendientes a una expresión afectiva exagerada e indiscreta dentro de la Institución o en cualquier actividad curricular por fuera de ésta.

20. Realizar actividades ajenas al proceso normal de aprendizaje como: ventas, rifas, fiestas, natilleras, u otras formas de recoger dinero dentro de la Institución o por fuera de ella en nombre de la misma.

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21. Esconder o arrojar las maletas o morrales y demás objetos personales a sus compañeros (tortugazo)

22. Hacer uso inadecuado del restaurante escolar y/o del refrigerio, con respecto al debido comportamiento según el reglamento estipulado por la Institución para el servicio, en relación con las personas que lo manejan y/o direccionan

PROTOCOLO

El docente que conoce la situación, reúne inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto con el propósito de mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Registro escrito en el observador por parte del docente o directivo que haya conocido u observado la situación, dicha anotación debe describir la situación con nombres completos de los involucrados y debe ser firmada por el estudiante con sus respectivos descargos.

Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo.

Asignar una acción formativa y pedagógica que tienda a que el estudiante modifique su actuar. De esta actuación se dejará constancia, (registro en el libro de seguimiento del estudiante).

SANCIONES

Llamado de atención verbal acompañado de una acción pedagógica o servicio social.

Llamado de atención escrito del cual se dejará constancia en el observador del estudiante.

Realizar carteleras y/o charlas de reflexión.

Hacer acompañamientos en horas de descanso.

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5.3.2 Situaciones Tipo II

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

1. Que se presenten de manera repetida o sistemática. 2. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para

cualquiera de los involucrados.

23. Agredir físicamente a un docente o directivo docente, empleado de planta o cualquier miembro de la comunidad

24. Arrojar objetos o sustancias desde los balcones o de los corredores.

25. Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas a la Institución o demás actividades externas en representación de ella.

26. Promover y realizar actos de rebeldía impidiendo con ello la realización normal de las actividades.

27. Celebrar inadecuadamente cualquier evento arrojando huevos, harina, agua, jugar con los alimentos o hacer bromas que atenten contra el aseo y seguridad de los compañeros y de la Institución.

28. Apropiarse de las pertenencias ajenas

29. Agredir directamente a cualquier miembro de la comunidad educativa a través de la Internet, redes sociales, del celular, volantes anónimos, o cualquier otro medio.

30. La práctica de “juegos bruscos”, dentro de la Institución. Entendiendo por juego brusco el hacerle daño al otro con patadas, puños, zancadillas o actos parecidos.

31. Dirigirse en forma irrespetuosa con vocabulario soez y/o descomedido a cualquier miembro de la comunidad

32. Dañar candados, carteleras, puertas, muebles, enseres, rayar paredes de la Institución

33. Realizar ventas de cualquier índole dentro de la institución

34. Irrespetar la individualidad de los miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos, vocabulario soez u ofensivo o de cualquier otra forma, ya sea individual o colectivamente (bullying).

35. Permitir, participar o propiciar la suplantación propia, de un compañero o del acudiente y/o padre de familia para evadir responsabilidades académicas o de convivencia.

36. Tener relaciones sexuales dentro de la Institución.

37. Practicar actos de piromanía dentro de la Institución.

38. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes no entregando circulares, citaciones y demás informaciones, como también horarios, normas o actividades

39. Utilizar químicos que desprendan olores nauseabundos que perturben el normal desarrollo de las actividades institucionales.

40. Ingresar o salir del plantel por las mallas o puertas diferentes a las establecidas

41. Retirarse del plantel en horas de clase sin permiso del Coordinador o el rector y sin el acompañamiento de su padre o acudiente.

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42. Crear falsas alarmas tendientes a provocar pánico colectivo.

43. Hacer fraude comprobado en evaluaciones y/o trabajos escritos.

44. Dar información falsa referente a la Institución a cualquier miembro de la comunidad. Mentir para justificar o evadir responsabilidades.

45. Poner a circular en las redes sociales o en internet imágenes, declaraciones o información sobre compañeros y profesores sin su debida autorización escrita

46. Portar dentro de la Institución sustancias alucinógenas o psicotrópicas

47. Negociar, cambiar o traficar con los beneficios y estímulos que les da la Institución Educativa como tiquetes, refrigerios, becas, u otros beneficios recibidos por la institución

PROTOCOLO

Además de las acciones realizadas en las situaciones de tipo l, se informará al Director de grupo quien hará llamado de atención, dialogará con el estudiante y señalará las normas que consagran tales (situaciones) y las consecuencias que estas pueden acarrear.

En casos de daños al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, si la situación lo amerita.

Registro escrito en el observador por parte del docente o directivo que haya conocido u observado la situación, dicha anotación debe describir la situación con nombres completos de los involucrados y debe ser firmada por el estudiante con sus respectivos descargos.

Citar e Informar de manera inmediata los padres, madres o acudientes de los estudiantes involucrados.

Remisión al Comité Escolar de Convivencia para seguimiento, monitoreo de acuerdos y decisiones, intervienen en este proceso los involucrados.

Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006.

Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra.

Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. Preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

Parágrafo: De cada una de las actuaciones se dejará constancia, (elaboración de acta o registro en el libro de seguimiento del estudiante).

SANCIÒN

Una jornada de reflexión dentro de la Institución con el acompañamiento de la psicóloga o la Coordinación.

Retiro temporal del establecimiento hasta por tres días.

Desescolarización o suspensión de clases por término mayor a tres días.

No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de Bachilleres.

Pérdida de cupo para el año siguiente o no renovación de matrícula.

6. Cancelación de la matrícula.

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5.3.3. Situaciones Tipo III.

Situaciones Tipo III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

48. Proferir amenazas de hecho o de palabra contra miembros de la comunidad educativa valiéndose de medios orales, escritos o virtuales.

49. Portar, exhibir o distribuir material ofensivo, pornográfico, subversivo, escrito a través de papel, multimedia o informática que atente contra el carácter formativo de la Institución o de cualquiera de sus integrantes.

50. Atentar contra la vida e integridad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa

51. Consumir o distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso) dentro de la Institución sustancias alucinógenas o psicotrópicas

52. Extorsionar o amenazar a cualquier miembro de la comunidad educativa o sus familiares, afectando su integridad física y/o psicológica, valiéndose de medios orales, escritos o virtuales.

53. Incurrir en chantaje, acoso moral, sexual o económico en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa

54. Extorsionar o pedir rescate por materiales hurtados

55. Daño a archivos, adulteración de información y daños a las redes y sistemas computables del colegio.

56. Alterar, destruir o hacer desaparecer los respectivos registros académicos, controles de asistencia, carpeta de seguimiento, certificados de estudio y/o cualquier otro documento de carácter oficial utilizado en la Institución

57. Hurto en propiedad ajena y/o documentos confidenciales o de reserva para la Institución como información sistematizada, software especializado y libros de control.

58. Planear, liderar, incitar, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas, dentro y fuera de la Institución

59. Porte o uso de armas de fuego o corto punzantes, así como aerosoles paralizantes o alérgenos convencionales o no convencionales, explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás

60. Estallar petardos, papeletas, u otros artefactos en las dependencias de la Institución o en los alrededores.

61. Participar en extorsión, atraco, secuestro, amenazas y delincuencia en general dentro de la institución educativa

62. Conformar o hacer parte de pandillas o combos, con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar.

63. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica de los estudiantes de la institución como brujería o prostitución, etc.

64. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano y la ley de infancia y adolescencia.

65. La instalación y/o el envío de virus informáticos, con el objetivo de causar daños a los recursos técnicos y tecnológicos institucionales

66. Ingresar de forma ilegal a las redes sociales de compañeros sin autorización previa por este, para causar daño alguno a otro, enviando mensajes que contengan temáticas de tipo ilegal o considerada improcedente (apología del terrorismo,

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pornografía infantil, infracción a los derechos de autor, etc.).

67. Suplantar la identidad de algún compañero (a) a través de correos, foros, quiz o Chat.

PROTOCOLO

En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

Registro escrito en el observador por parte del docente o directivo que haya conocido u observado la situación, dicha anotación debe describir la situación con nombres completos de los involucrados y debe ser firmada por el estudiante con sus respectivos descargos.

El presidente del Comité Escolar de Convivencia escolar, rinde informe de manera inmediata al Comité de Convivencia, el cual se reúne lo más pronto posible con los padres y/o acudientes de los estudiantes involucrados para presentar el caso y activar la Ruta de Atención Integral (RAI).

El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

SANCIONES

Anotación inmediata en el observador por parte del docente o directivo que haya conocido u observado la situación, dicha anotación debe describir la situación con nombres completos de los involucrados y debe ser firmada por el estudiante con sus respectivos descargos.

En Coordinación se remitirá de manera inmediata a las entidades competentes.

Coordinación rinde informe de manera inmediata al Comité de Convivencia, el cual se reúne lo más pronto posible con los padres y/o acudientes de los estudiantes involucrados para presentar el caso y activar la Ruta de Atención Integral (RAI).

El Rector pondrá el caso en Conocimiento de la Policía Nacional.

5. El Comité de Convivencia tomará las medidas pertinentes de protección y realizará el seguimiento de la situación.

5.4 Ruta de atención integral para la convivencia institucional- Mediación

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El conflicto es una situación natural entre los seres humanos, que se presenta debido al desacuerdo entre varias partes por una divergencia de intereses, valores o acciones. Puede requerir la intervención de un tercero a través de un proceso de mediación, para lograr una solución al conflicto por medio del diálogo, la reflexión y el compromiso de las partes. Interviene un mediador de carácter imparcial.

Condiciones para que se dé la mediación

Voluntad de las partes

Imparcialidad

Confidencialidad

Capacidad de reflexión

Confianza mutua.

Partes que intervienen en la mediación

Implicados

Mediador

Propósitos de la mediación

Proponer alternativas de solución

Facilitar la sana convivencia

Cumplir con los compromisos pactados

Prevenir la trascendencia de los conflictos

5.5 Rutas de atención en situaciones especiales.

En cuanto es conocido el caso de un menor en riesgo o situación irregular, se realiza la valoración, se remite a la institución pertinente para apoyar, acompañar, identificar los responsables y hacer seguimiento al proceso.

1. Ruta de atención en caso de accidente escolar.

Una vez que un docente detecte que un estudiante ha sufrido un accidente (hecho violento, visible, externo, imprevisto, repentino e independiente de la voluntad del estudiante):

informa a la Coordinación,

en caso de emergencia se llama a la línea 123 para solicitar ambulancia.

El docente avisa al padre de familia.

2. Ruta de atención a casos de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE).

1. Detección por parte del docente de la NEE. 2. Remisión escrita a Orientación por parte de la UAI a través de formato correspondiente. 3. Entrevista con la estudiante para realizar valoración psicopedagógica por parte de la orientadora correspondiente. 4. Aplicación de prueba Tamiz.

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5. Citación al padre de familia para informarle la situación y participación en el manejo del caso. 6. Remisión del caso al sector de Salud para el respectivo diagnóstico y tratamiento requerido. 7. Los resultados y recomendaciones serán socializadas con el director de curso, para el adecuado manejo del caso. 8. Diseño de currículo flexible por docente de área o tutor

3 Ruta de atención a casos de estudiantes con necesidades educativas transitorias (NET)

1. Remisión por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige. 2. Remisión a Docente titular. 3. Charla con el estudiante y sus padres o acudientes. 4. Remisión a orientación. 5. Aplicación de prueba Tamiz. 6. Diseño de currículo flexible por docente de área o tutor. 7. Estudiante y padres reciben orientación y apoyo pedagógico. 8. Si la situación de NET mejora se continúa con el seguimiento por parte del docente titular y el de área. Si la situación de NET no mejora se realiza remisión a E.P.S para valoración por especialistas, y se continua con valoración y apoyo psicopedagógico y trabajo con padres.

4 Ruta de atención a casos de estudiantes con bajo rendimiento escolar

1. Remisión de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige. 2. Remisión a Docente titular. 3. Charla con el estudiante y sus padres o acudientes. 4. Remisión a coordinación académica. 5. Remisión a docente de área plan de mejora. 6. Si la situación de rendimiento académico mejora se continua con el seguimiento por parte del docente titular y el de área. 7. Si la situación de rendimiento académico no mejora se realiza remisión a orientación, a E.P.S para valoración por especialistas, y se continua con valoración y apoyo psicopedagógico y trabajo con padres.

5 Ruta de atención al consumo, Sustancias Psicoactivas (SPA)

1. Persona que identifica la situación o a quien se dirige al estudiante, informa a la Coordinación respectiva. 2. Se cita y escucha al estudiante. 3. Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll. 4. Acta y compromiso de padres y estudiante. 5. Remisión a servicio de Orientación. 6. Entrevista con el estudiante y citación a padre de familia o acudiente. 7. Remisión para valoración y Diagnóstico integral.

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8. Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas. 9. Si el consumo es descartado se continúa con servicio de orientación y seguimiento hasta la segunda y tercera semana. 10. Si el consumo es confirmado se continúa con seguimiento por parte de orientación. 11. Solicitud de la inscripción del estudiante en un programa de rehabilitación en jornada contraria. 12. El incumplimiento de los compromisos generara remisión del caso a Comité de Convivencia y Consejo directivo.

6 Ruta de atención en caso de porte y/o distribución de Sustancias psicoactivas:

1. El docente o quien conozca la situación, informa a Coordinación. 2. Entrevista con la estudiante. 3. Citación e informe a los padres de familia o acudientes elaboración de acta respectiva. 4. Remisión al Comité de Convivencia. 5. Notificación a la Policía de infancia y adolescencia y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

7 Ruta de atención en caso de acoso escolar Bullying ciberbullying o ciberacoso

1. El docente o quien conozca la situación o a quien el estudiante se dirige, informa a Coordinación. 2. Se cita y escucha al estudiante afectado. 3. Se cita y escucha al agresor. 4. Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll. 5. Remisión a servicio de Orientación. 6. Citación a padres o acudientes y diseño de estrategias preventivas y correctivas. 7. Si existen resultados positivos se realiza seguimiento a la segunda y cuarta semana, de lo contrario remisión a Coordinación, para continuar con el debido proceso.

8 Ruta de atención en caso de Abuso sexual

1. Recepción de la situación por parte de persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige. 2. Remisión a orientación 3. Reporta a Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes. Si la situación de abuso se descarta se cierra el caso. Si la situación de abuso se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.

9 Ruta de atención en caso de conductas de intento suicida.

1. La persona que identifica la situación o a quien se dirige la estudiante informa a

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orientación o a coordinación. 2. Elaboración de acta de notificación en orientación o en Coordinación. 3. Entrevista y Atención inmediata al estudiante, citación a padre de familia o acudiente. 4. Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas. 5. Si hay resultados positivos, se realiza seguimiento a las 2 y 4 semana y ante resultados negativos, remisión a bienestar familiar.

10 Ruta de atención en caso de maltrato infantil.

1. La persona que identifica la situación o a quien se dirige la estudiante informa a orientación. 2. Reporta a Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes. 3. Si la situación de Maltrato infantil se descarta se cierra el caso 4. Si la situación de Maltrato infantil se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.

11 Ruta de atención en caso de violencia intrafamiliar

1. Recepción del caso por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige. 2. Remisión a Orientación. 3. Reporta a Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes. 4. Si la situación de Violencia intrafamiliar se descarta se cierra el caso 5. Si la situación de Violencia Intrafamiliar se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses. Parágrafo: La no asistencia de los padres o acudientes a las citaciones requerirá denuncia ante el bienestar familiar.

5.6 Debido Proceso.

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El debido proceso es el conjunto de etapas formales e imprescindibles dentro de un proceso con el propósito de regular las relaciones dentro de la comunidad educativa, y para sancionar disciplinariamente el incumplimiento las reglas establecidas en este manual de convivencia. En todos los casos se procederá según la normatividad vigente: Constitución Política de Colombia, Artículo 29; Ley 115 de 1994, Artículo 17; Ley 1098 de 2006, Artículo 26; Decreto 1860 de 1994. Ley 1620/13 y su Decreto Reglamentario 1965 de 11 de septiembre de 2013. En consecuencia, en caso de situaciones que afecten la convivencia, la institución agotará las siguientes etapas:

Comunicación de la apertura del proceso

Formulación de las normas presuntamente vulneradas

Notificación de las pruebas que fundamentan los cargos imputados.

Indicación del término durante el cual podrá presentar descargos.

Pronunciamiento definitivo, mediante acto motivado y congruente.

Imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.

Posibilidad de controvertir mediante los recursos pertinentes.

El debido proceso escolar, en la Instituciones educativas se inicia agotando la vía de la mediación escolar como método alternativo de solución de conflictos, donde entre pares, y con la ayuda de un compañero debidamente capacitado actuando de forma neutral, acerca a los jóvenes en conflicto a solucionar sus diferencias.

Si dentro de la mediación las partes llegan a acuerdos, se obvia todas las etapas del debido proceso.

Antes de iniciar en la Institución Educativa el “debido proceso” en materia disciplinaria y comportamental, se aplicaran los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos para hacer más efectivo el proceso de formación de los niños, niñas y adolescentes.

5.6.1. Conocimiento del caso

Se da cuando hay un hecho que no se corresponde con las disposiciones del Manual de Convivencia y es formulada por quien tiene competencia o funciones para conocerla, como lo es: el rector(a), los coordinadores(as), los docentes y los estudiantes, o entre quienes están involucrados.

La queja debe ser formulada y recibida de manera clara, cierta, veraz, concreta y oportuna, y hacerse mediante un informe debidamente sustentado, concreto y suscrito por uno de ellos.

Flagrancia: Cuando se realiza una conducta enmarcada en el manual de convivencia y es observado ejecutándole por alguna autoridad de la institución educativa, resulta tan evidente que no necesita pruebas.

5.6.2 La Averiguación preliminar.

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Tiene como finalidad verificar la ocurrencia de los hechos y la presencia de las personas que intervinieron en ellos. De esta investigación se deja constancia en un acta o en un informe completo que incluye circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre los hechos y los responsables.

Si realizada la averiguación se establece que efectivamente ocurrieron los hechos que contraviene la convivencia escolar y transgrede las normas del manual de convivencia, se procederá a iniciar el proceso.

5.6.3 Aviso de Apertura del proceso disciplinario:

La apertura formal del “debido proceso” parte del comunicado de la Rectoría en el cual manifiesta que, con base a la averiguación preliminar hay mérito y teniendo en cuenta las disposiciones normativas, para abrir el proceso disciplinario al estudiante.

Del documento que da apertura a la investigación, se le comunica en forma escrita al estudiante, a sus padres o acudiente, a la vez que se le entera que cuenta con tres (3) días hábiles para que concurra a la presentación de sus “descargos”, de lo contrario se proseguirá con la investigación disciplinaria.

5.6.4 Comunicación y notificación.

La comunicación a través de la cual se entera al estudiante de la apertura del proceso en su contra deberá notificarse y entregarse en forma personal, dejando constancia de ello. En este momento se vincula el estudiante al proceso y se le solicita que aporte las pruebas y demás actuaciones que considere pertinentes y convenientes para su defensa dentro del proceso.

La Notificación es la forma en la que se INFORMARÁ las actuaciones del proceso disciplinario a los interesados, la cual se podrá hacer de la siguiente manera;

Personal: Es el procedimiento mediante el cual se da a conocer al estudiante y su representante legal el aviso un de que se la va abrir un proceso disciplinario.

Esta notificación se podrá realizar al correo electrónico del padre de familia o acudiente, previa autorización de éstos para recibir este tipo de comunicaciones.

5.6.5 Etapa probatoria.

Las pruebas que se recojan deben procurar el respeto y la preservación de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, respetando su intimidad, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad, el buen nombre, la integridad física y psicológica y las condiciones particulares de éstos. Se debe tener en cuenta: “la edad del niño, niña o adolescente, y por ende, su grado de madurez psicológica”.

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La etapa probatoria se realizará en el término no mayor de cinco días hábiles, tiempo en el cual las partes podrán aportar y controvertir pruebas recaudadas.

Las pruebas que se recauden deben ser reales, físicamente posibles, pertinentes, conducentes, y ante todo, oportunas. Las más comunes son:

Pruebas Testimoniales: declaraciones, testimonios, versiones o entrevistas que ofrecen el conocimiento que tiene de unos hechos y que son recibidos por el o la Rector(a) y debidamente documentadas.

Pruebas Documentales: Como informes, oficios, libros, reportes, memorandos, comunicados y cualquier escrito que tenga relación con los hechos que se investigan.

Pruebas Técnicas: pruebas que a través de medios técnicos o de verificación ayudan a esclarecer o explicar hechos o circunstancias de modo, tiempo y lugar, por ejemplo examen de toxicología, historias clínicas.

Cualquier otro medio de prueba contemplado en nuestra legislación.

5.6.6 Decisiones de primera instancia

Terminadas las etapas mínimas antes descritas y examinadas las pruebas se procede a proferir, emitir o expedir la decisión de primera instancia, debidamente motivada. Esta consiste en el acto administrativo que da por terminada esta etapa del debido proceso y se concreta en la resolución rectoral, la cual deberá contener los elementos constitutivos de dichos actos: objetivo, sujeto y motivo, entre otros.

La Resolución deberá ser debidamente motivada, estar suscrita por el rector(a), numerada y fechada. Dicha motivación debe ser lo más amplia posible, recoger en ella una síntesis del proceso mismo, mencionar los hechos, citar las pruebas que sirvieron de fundamento a la decisión y valoración en razón de dicha disposición.

La parte resolutiva debe ser explícita, que es donde se decide de fondo y se dicta la decisión correspondiente. Al final debe contener un párrafo en el cual se conceden expresamente los recursos (reposición o apelación), indicando el término de su presentación.

El acto sancionatorio deberá contener como mínimo:

1. Relación sucinta de los hechos investigados 2. Relación de descargos presentados por el estudiante 3. Relación de todas las pruebas aportadas allegadas al expediente 4. Análisis sobre la existencia de los hechos 5. Normas del manual de convivencia que se infringieron y que le otorga a los hechos

el carácter de situación. 6. Identificación del autor o autores de los hechos 7. Grado de responsabilidad de cada autor 8. Calificación definitiva de la situación 9. Tipo de situación 10. Razones de la decisión a adoptar. 11. Sanción que se impondrá. 12. Parte resolutiva en concordancia con la parte considerativa.

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13. Recursos que proceden contra el acto administrativo, tipo, plazo para presentarlo y ante quien se presenta.

Este acto administrativo debe ser notificado personalmente al estudiante y a sus padres o acudientes, entregándoles una copia del mismo para lo cual se enviará una citación al correo electrónico registrado o la dirección registrada en el contrato de matrícula. El estudiante y su respectivo acudiente deberán presentarse dentro de los cinco días siguientes para notificarse del correspondiente acto, si no lo hiciere se le enviará copia del mismo a la dirección que reposa en su matrícula.

5.6.7 Recursos

La Resolución que pone fin al proceso disciplinario en primera instancia, admite los recursos de reposición y apelación, de los que podrá hacer uso el disciplinado.

El recurso de reposición se presenta ante la persona que firma el acto administrativo, dentro de los cinco días hábiles siguientes de notificado el acto, este consiste básicamente en controvertir la decisión tomada con el fin de que modifique, aclare, revoque o confirme, la decisión. El conocimiento, estudio y decisión de dicho recurso, deberá responderse dentro de los cinco días hábiles siguientes de recibido el recurso. Si no se resuelve en este término de tiempo se considera que ha operado el silencio administrativo negativo y se concede el de apelación, mediante acto motivado, si se interpuso como subsidiario.

El recurso de apelación es la posibilidad de controvertir la decisión de la primera instancia ante una segunda instancia, el Consejo Directivo. Se presenta ante la Rectoría, pero deberá ser conocido, estudiado, resuelto y finalmente decidido por el Consejo Directivo.

El término para interponer y sustentar los recursos, por parte del estudiante, es de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la Resolución que decide el proceso, si no se interponen los recursos la resolución rectoral queda en firme dentro de los tres días hábiles siguientes.

Si la primera instancia cambia o modifica su decisión inicial con base en el recurso de reposición no se tendrá que tramitar el recurso de apelación, pero se da el trámite al segundo, cuando se negó el recurso de reposición, se debe remitir siempre y cuando se presente el recurso de reposición como principal y el de apelación como subsidiario.

Pero si al resolver el recurso de reposición se mantiene la decisión inicial, inmediatamente con la confirmación, mediante acto administrativo de su primera decisión, le dará traslado al Consejo Directivo para que trámite el recurso de apelación en un plazo no mayor de diez días hábiles. Para ello y en aras de garantizar el “debido proceso” debe acompañar todo el expediente y las pruebas que conforman la actuación administrativa que se adelantó y el escrito que soporta el disenso del apelante.

Una vez que se han decidido todos los recursos, el acto administrativo, queda en firme y se procederá a su ejecución, es decir al cumplimiento de las decisiones que se han tomado.

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5.6.8 Cumplimiento de la sanción

Es la etapa final de la actuación y es aquella que permite dar cumplimiento a la decisión de primera o segunda instancia.

5.6.9 Funcionarios e instancias competentes

Son los funcionarios e instancias competentes:

El rector(a) Es la persona que tiene la competencia en materia disciplinaria respecto de los estudiantes a su cargo, lo que le permite actuar válidamente en dichos procesos sin que sus decisiones se vean afectadas por algún vicio de ilegalidad. El fundamento legal de la función y competencia del Rector(a) en materia disciplinaria lo consagra el Art. 25 del Decreto 1860 de 1994 en el literal g) “Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia escolar”. Y el artículo 10.11 de la Ley 115 de 1994: “Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes”.

Los coordinadores(as): La función del coordinador(a) está descrita en el Decreto Ley 1278 de 2002, artículo 6: “auxilia y colabora con el rector en las labores propias de su cargo y en las funciones de disciplina de los alumnos o en funciones académicas o curriculares no lectivas”. Ellos(as) son quienes conducen, instruyen, orientan o tramitan los procesos o proveen información; son los encargados de sustentar toda la actuación, más no asumen de lleno las funciones atribuidas al Rector, toda vez que no tienen facultad para proferir válidamente actos administrativos o resoluciones que deciden los procesos disciplinarios como parte de un debido proceso.

Los docentes: Los docentes son, muchas veces, el punto de partida para una actuación administrativa de carácter disciplinario o comportamental. Ellos conocen los hechos de manera inmediata y próxima, además de circunstancias o eventos que puedan vulnerar las disposiciones del Manual de Convivencia Escolar, pues siendo éstos los encargados, ellos hacen registros, anotaciones, formulan quejas y orientan e instruyen a los estudiantes. También acuden a procedimientos de tipo preventivo y a medidas pedagógicas formativas tendientes a incentivar el buen comportamiento para evitar al máximo llegar a un proceso disciplinario o comportamental. Aplican mecanismos alternativos de solución de conflictos.

El Consejo Directivo: Al Consejo Directivo corresponde aprobar, mediante acuerdo, el Manual de Convivencia escolar y por ende todo lo relacionado con la fijación de la actuación administrativa en asuntos disciplinarios con estricto cumplimiento del debido proceso. Esta instancia vela por la buena marcha de la institución. Es un órgano consultivo en lo relacionado con el comportamiento y la disciplina que se quiere tener en la institución, pero no le corresponde ejecutar o cumplir sus disposiciones reglamentarias, aplicando un principio de separación de funciones y colaboración armónica entre los organismos. Cf. Art. 23, b Decreto 1860 de 1994.

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5.6.10 otras instancias intervinientes

En el “debido proceso” existen instancias garantes de su ejecutoria y transparencia como:

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (I.C.B.F.) y Defensorías de Familia que aseguran los derechos de los niños y adolescentes, entre ellos el fundamental de la educación.

Comisarías de Familia. Dependencias de los entes territoriales, y cumplen funciones similares y complementarias a las que desempeñan los defensores de familia.

La Policía Comunitaria y de Infancia y Adolescencia: tiene que ver con el comportamiento de los menores, no sólo en su vida familiar, social y comunitaria, sino también en la convivencia escolar.

La Personería municipal. Es un organismo que hace parte del Ministerio Público y le corresponde cumplir funciones en lo que se refiere a la protección de los derechos de los niños y adolescentes, incluida la vida escolar.

La Procuraduría provincial de Medellín y el Valle de Aburrá, ente del Ministerio Público con poder preferente en las investigaciones disciplinarias en los funcionarios públicos y en la protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

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6. PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Institución Educativa tiene como propósito promover la convivencia sana y armoniosa entre los diferentes miembros de la comunidad educativa a través de una buena comunicación y la formación y fortalecimiento de los valores, enfatizando responsabilidad, respeto, honestidad y tolerancia.

La vinculación a la Institución depende de la decisión libre y responsable de solicitar el cupo para la misma. Se tipifica con la matrícula, previo el cumplimiento de los requisitos y el compromiso de la estudiante y de los padres o acudientes, para cumplir este manual y todos los lineamientos del Proyecto Educativo Institucional.

6.1 Procesos de admisión para estudiantes nuevos.

Los cupos son asignados según las disposiciones legales establecidas por la Secretaría de Educación Municipal. La matrícula o renovación de la misma debe formalizarse en la fecha establecida por la Secretaria de Educación Municipal y la Institución, de lo contrario, se perderá el derecho al cupo.

Los requisitos son:

Presentar y entregar en la Secretaría Académica del colegio los documentos requeridos en el tiempo establecido, estos son:

Hoja de Matrícula debidamente diligenciada.

Registro civil de nacimiento con su correspondiente NIP o NUIP.

Certificados de estudios de los años anteriores, si es para bachillerato y/o boletín de valoración académica final, si es para primaria.

Fotocopia de la EPS que presta el servicio médico o Sisben.

PARÁGRAFO: Los padres son responsables ante el colegio de la legalidad y autenticidad de los documentos presentados.

6.2 Renovación de Matrícula

Consiste en actualizar anualmente en Secretaría Académica la documentación de la estudiante cuando es promovida al grado siguiente, o reinicia por primera vez un grado, previo cumplimiento de los requisitos académicos y de convivencia establecidos para tal fin.

6.3 OTRAS DISPOSICIONES

6.3.1 Disposiciones de higiene personal y de salud pública y prevención frente al

consumo de sustancias psicotrópicas.

Higiene corporal: Se refiere el arte de conservar la salud y de evitar las enfermedades, mediante el cuidado en el aseo, alimentación, descanso, recreación y sueño reparador

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Higiene mental: se refiere al conjunto de valores y hábitos que nos ayudan a relacionarnos de mejor forma con los demás y nos hacen sentirnos valorados, respetados y apreciados dentro de un grupo social. Servicios sanitarios: La Institución pone al servicio de los estudiantes unidades sanitarias en buen estado; el educando deberá velar por el cuidado y mantenimiento de ellos. No podrá escribirse ningún tipo de mensajes en las paredes y puertas de los mismos y todo daño causado voluntariamente, deberá ser cancelado en su totalidad por el acudiente del infractor, además de los efectos disciplinarios que esto conlleva. La utilización de los servicios sanitarios debe hacerse al comienzo de los descansos; durante los tiempos de trabajo, sólo en casos de absoluta necesidad y siempre con permiso del educador encargado. En el área de servicios sanitarios no se debe permanecer más que el tiempo estrictamente necesario y mantener siempre una conducta digna, evitando conversaciones, gritos, arrojar agua, entre otros. Cuidado de la salud: La higiene se refiere al conjunto de prácticas y comportamientos orientados a mantener unas condiciones de limpieza y aseo que favorezcan la salud de las personas. La buena o mala higiene incide de manera directa en la salud de las personas. La falta de hábitos higiénicos adecuados por parte de las personas se convierte en un problema grave, no sólo por lo desagradable de una mala apariencia o de los malos olores, sino por el potencial peligro de transmisión de virus y gérmenes a otras personas. Principales hábitos de higiene personal:

La ducha diaria es la mejor forma de aseo. Con esta práctica se controlan olores naturales de nuestro cuerpo que son producidos básicamente por la transpiración o sudor. De igual forma evitamos la presencia de gérmenes y bacterias que puedan afectar el saludo de la piel

Tener una buena higiene personal depende de uno mismo. La autoestima juega un papel fundamental frente a este aspecto, pues quien se aprecia y valora se esfuerza por verse y mantenerse bien

El lavado del cabello debe realizarse por lo menos dos veces por semana, teniendo cuidado de usar un champú acorde al tipo de cabello.

Normas de higiene personal, prevención y salud pública: Todos los integrantes de la comunidad escolar de la Institución Educativa Tomas Carrasquilla N.2, deberán practicar las reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública que a continuación se indican:

Demostrar actitud de respeto y limpieza consigo mismo y con los lugares que habita.

Practicar hábitos para cuidar la salud.

Acatar pautas de prevención del alcoholismo, drogadicción y tabaquismo.

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Identificar y abstenerse de consumir productos que contengan sustancias psicoactivas.

Informarse y analizar las creencias, actitudes y conceptos que se tienen acerca de las consecuencias y efectos colaterales que producen en el organismo el consumo de alcohol, drogas o tabaco.

Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como:

Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados y adecuados para ello.

Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, cultivos, alimentos y en general bienes de uso común.

Abstenerse de fumar en los lugares habitados por personas.

Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud.

Procurar la afiliación a una entidad prestadora de servicios de salud, O SISBEN

Lavarse las manos con frecuencia cuando utilice baños sanitarios, cuando llegue a la casa

Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo

Pulcritud en la presentación personal de acuerdo con las reglas de higiene y la cultura.

Velar por la conservación de los bienes, edificación, muebles, dependencias y materiales de la Institución, preocuparse por su buena presentación, orden y pagar los daños que le sean comprobados.

Conservar la Institución: sus alrededores, pasillos, patios, unidad sanitaria y aulas de clases limpios durante toda la jornada. El aseo general de las aulas es obligatorio y realizado por equipos de alumnos organizados por el director de grupo y supervisados por los profesores que tengan clase a la última hora.

Cuidar las plantas que adornan el establecimiento tanto en su parte interior como exterior, no utilizar los materos como recipientes para la basura, ni las plantas para actividades Institucionales.

6.3.2 Disposiciones sobre el uniforme

La persona humana merece respeto por lo que es en sí misma. Nuestra vida se desarrolla en sociedad y ella nos impone ciertas normas, usos y costumbres necesarios para la convivencia. El diccionario manual de la lengua española, define el uniforme como “Traje especial que usan los miembros de un grupo y que los distingue de otro.”, por ello, la Comunidad Educativa desde los inicios de la misma, acordó un modelo de uniforme, el cual se recomienda usar según lo establecido, sin embargo, el uso indebido o el no uso de este, no es causal de desescolarización o de negación de cupo. El uniforme se constituye en el distintivo o carta de presentación que identifica al alumno tomasino, ante la sociedad. Este da sentido de pertenencia a la institución, representa alivio económico para los padres de familia y entre otros da sentido de comunidad evitando competencia y rivalidad entre los estudiantes por la moda, marcas o estilos en el vestir.

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Corresponde a los padres de familia tomar la decisión sobre dónde comprar las telas y elegir la modista, debido a que la Institución no tiene contrato con empresas ni marca definida que elabore los mismos. El uniforme de la IE TOMÁS CARRASQUILLA tiene dos presentaciones: diario y educación física.

a. El uniforme de Diario para los hombres está integrado por: calzado totalmente

negro, pantalón vaquero azul oscuro (“blue jean” clásico), camiseta blanca con el escudo de la Institución en el lado izquierdo a la altura del corazón y el cuello con el nombre de la Institución tejido en azul oscuro.

b. El uniforme de Educación Física para los hombres está integrado por: Tenis blancos, sudadera azul oscuro con el nombre de la Institución estampado en blanco en la manga izquierda en sentido vertical, y camiseta blanca con el escudo de la Institución en el lazo izquierdo a la altura del corazón y el nombre de la Institución tejido en azul sobre el cuello.

c. El uniforme de Diario para las mujeres está integrado por:: Calzado totalmente negro, medias totalmente azules hasta debajo de la rodilla, vestido sin mangas (jumper) de cuadros con trama de gris y azul, y una blusa blanca.

d. El uniforme de Educación Física de las mujeres está integrado por: tenis blancos, sudadera azul oscuro con el nombre de la Institución estampado en blanco en la manga izquierda en sentido vertical, y camiseta blanca con el escudo de la Institución en el lado izquierdo a la altura del corazón y el nombre de la Institución tejido en azul sobre el cuello.

La pasta posterior de este manual presenta la foto de la forma en que debe portarse los uniformes, para ayudar a aclarar las dudas.

6.3.3 Horario institucional

JORNADA SECCION HORA DE LLEGADA HORA DE SALIDA

MAÑANA TRANSICION 7:30 A.M. 11:30 A.M.

PRIMARIA 6:45 A.M. 11:45 A.M.

TARDE TRANSICION 12:30 P.M. 4:30 P.M

PRIMARIA 12:00 M 5:00 P.M.

SECUNDARIA Y MEDIA

12:00 M 6:00 P.M.

6.4 DISPOSICIONES SOBRE LOS ÚTILES ESCOLARES

Los útiles escolares, pensados como objetos escolares con los que los estudiantes interactúan. Sirven de medio para aprender o para enseñar y que de una u otra manera facilitan el trabajo y el aprendizaje escolar. Con respecto a los útiles escolares la Institución determina:

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Entregar al finalizar el año escolar en el momento de la matrícula, la lista de los útiles escolares e implementos que se van a usar durante el año escolar siguiente después de haber sido aprobado por el Consejo Directivo.

Que los útiles escolares estarán bajo la protección y cuidado del estudiante y su familia. En ningún momento serán recibidos ni custodiados por la Institución.

Hacer uso de los textos escolares que a bien tiene la biblioteca institucional y por ello no se sugieren textos a los estudiantes.

La compra de útiles escolares estará bajo la tutela de los padres de familia y la Institución se abstiene de hacer sugerencias con respecto a marcas o proveedores.

6.5 SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO

6.5.1 SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO

La I.E. TOMÁS CARRASQUILLA, responde a los requerimientos de la ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994, en lo referente a la implementación del servicio social estudiantil obligatorio y considera que el propósito fundamental de este es: 1º. Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma. 2º. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, responsabilidad y el compromiso con su entorno social. 3º. Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral de problemas socialmente relevantes. 4º. Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios, que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades. 5º. Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida. Criterios Para su implementación se aplicaran los siguientes criterios: 1º. El servicio social estudiantil deberá permitir relación y correlación del desempeño académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y de la formación, con su desarrollo personal y social. 2º. El servicio social atenderá prioritariamente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento, tales como la alfabetización, la promoción y preservación de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles, y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales, y motivador de proyectos de carácter social existentes en la institución. Procedimiento Cada estudiante de la educación media deberá dar cumplimiento a una intensidad mínimo de 80 horas de prestación del servicio social estudiantil obligatorio, como requisito para obtener el título de bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del decreto

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1860 de 1994, en armonía con el artículo 88 y 97 de la ley 115 de 1994.y el procedimiento será: Cada estudiante comunicará al director(a) del proyecto el lugar donde realizará el servicio social, el director(a) enviará carta formalizando el convenio particular, junto con el formato de control de horas, una vez el estudiante cumpla, reportará al director(a) el informe otorgado por la institución agencia de práctica. Si el servicio es prestado en alguno de los proyectos sociales de la institución, el encargado del proyecto será quien controlará y reportará al director(a) del servicio social el cumplimiento del requisito.

6.5.2 ESTUDIO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Además, para obtener el título de Bachiller , los estudiantes del grado undécimo deben haber realizado 50 horas prácticas del estudio de la Constitución Política, según la ley 107 del 17 de enero de 1994. Esta actividad debe realizarse dentro de la institución, en jornada contraria a la de sus horas de clase, para lo cual el estudiante cuenta con la asesoría del profesor del área de sociales y el visto bueno del coordinador(a) de la institución. El estudiante que realiza esta actividad, debe conducirse de acuerdo con el Manual de Convivencia de la Institución.

6.6 OTROS SERVICIOS OFRECE LA INSTITUCIÓN

6.6.1 Biblioteca

La Biblioteca Escolar, consciente de su papel renovador y democrático dentro de un espacio de formación integral de la persona, debe trabajar actualmente como Centro de Recursos para el Aprendizaje, propiciando experiencias de información dirigidas a los Docentes, Alumnos, Padres de Familia y comunidad en general.

El trabajar el alumno y el docente con variados materiales le permite afianzar actitudes, hábitos, destrezas y las competencias necesarias para el aprendizaje integral.

Objetivos:

- El objetivo primordial de la Biblioteca dentro de la enseñanza es el desarrollar y fomentar la lectura.

- La Biblioteca Escolar j debe apoyar los programas curriculares, buscando los elementos que mejor puedan servir en el perfeccionamiento y en la práctica docente.

- La Biblioteca Escolar, contribuye también a la formación en el estudiante, del espíritu científico y de la creatividad.

- La Biblioteca debe inducir en los estudiantes las técnicas y habilidades para la lectura y en el manejo de estrategias en la búsqueda, creación y manejo de información y comunicación.

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- La Biblioteca junto debe formar, informar y recrear el conocimiento entre los usuarios.

Usuarios: Son usuarios de la Biblioteca junto con el aula abierta de Medellín Digital, los Profesores, alumnos, personal administrativo y demás miembros de la Comunidad Educativa.

Reglas:

- Los bolsos o artículos de mano deben dejarse en el casillero de la entrada.

- Sólo está permitido el ingreso de hojas y lápices.

- Es necesario hablar en voz baja para no perturbar a los demás.

- Después de consultar o leer, dejar los libros sobre la mesa.

- Por la seguridad de la Biblioteca no se debe comer

- Mantener la disciplina y el orden necesarios.

- Guardar el debido respeto con el personal de la Biblioteca.

6.6.2 Restaurante Escolar

El bienestar estudiantil que ofrece la Institución propicia todos los medios para mejorar el desempeño de escolar y la calidad de vida de los estudiantes y sus familias.

Componentes

- Primeros auxilios (Cruz Roja).

- Refrigerio, siempre y cuando lo brinde el Municipio.

- Restaurante Escolar, siempre y cuando lo brinde el Municipio.

- Tiquete de transporte escolar, siempre y cuando lo brinde el Municipio.

- Vaso de Leche, siempre y cuando lo brinde el Municipio.

- Prevención de la Drogadicción.

- Campañas de preservación de la salud.

- Realización de eventos culturales, recreativos y deportivos intramurales.

- Atención de necesidades educativas especiales por parte de la Unidad de Atención Integral.

- Apoyo académico a través de los alfabetizadores y practicantes en convenio con otras instituciones de la ciudad

- Los demás que durante el año puedan ofrecerse.

NOTA: Los programas: Vaso de leche, Desayuno preparado, Desayuno víveres y Almuerzo víveres, son programas de la Secretaria de Bienestar Social, que benefician a los niños de preescolar, primaria y secundaria en todas las secciones. Se deben consumir en los horarios y lugares estipulados, en condiciones de higiene y bienestar. Es importante hacer un buen uso de los alimentos suministrados, no botarlos, ni jugar con ellos; en tal caso es preferible no recibirlos y dejarlos a las personas que realmente lo necesiten y hagan buen provecho de él.

6.6.3 Tienda Escolar

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La Tienda Escolar de la Institución TOMAS CARRASQUILLA N.2, no es un Establecimiento Comercial, sino un servicio de bienestar privado, destinado a satisfacer las necesidades complementarias de alimentación del Personal Directivo, Operativo, Docente, estudiantes y padres de familia, durante la jornada de la actividad escolar.

Generalidades:

- Los bienes muebles destinados a la Tienda Escolar de propiedad de la Institución serán entregados al adjudicatario bajo inventario por el Consejo Directivo (relacionar bienes).

- La Tienda Escolar se adjudicará mediante acta de adjudicación aprobada y firmada por el Consejo Directivo.

- El Adjudicatario de la Tienda Escolar debe ofrecer un servicio de buena calidad y a menor costo del comercio local.

- El Rector del Establecimiento tendrá la facultad como Presidente del Consejo Directivo, de acceder a las instalaciones de la Tienda Escolar, en cualquier momento, con el fin de vigilar su funcionamiento y verificar la calidad y precios, lo cual se hará en presencia del adjudicatario, o ante renuncia o ausencia de éste, con un miembro del Consejo Directivo.

- El Adjudicatario quien será el mismo administrador, permanecerá en la Tienda Escolar mientras se esté prestando el servicio, en horario de 7:00 a.m. a 6:00 p.m., de lunes a viernes o cuando las actividades de la Institución lo requieran.

- Se recomienda funcionar como mínimo tres puntos de ventas con el personal suficiente, con el fin de ofrecerle a los alumnos un eficiente servicio, como también poner a su disponibilidad una gran variedad de productos: jugos, café, aromáticas, parva, confitería, gaseosas, malta, helados y frutas, entre otros.

Calidad del servicio: Tanto el personal que allí trabaja, como el local de la misma, deberán permanecer en las mejores condiciones de aseo, higiene y presentación. Las personas que trabajan en la Tienda Escolar además de conservar una impecable presentación personal, deben estar dispuestas, en todo momento, a atender a los clientes en el menor tiempo posible, con la cultura y el respeto que éstos se merecen.

Limitaciones, prohibiciones y obligaciones:

- Almacenar y expender bebidas embriagantes, cigarrillos y demás sustancias prohibidas por la Ley.

- Solamente se puede vender a los alumnos en horas reglamentarias de actividad escolar. Al sonar el timbre que termina el descanso se suspende toda venta a estudiantes.

- Alterar precios, sin previa autorización de la Rectoría del Establecimiento, o vender productos adulterados, vencidos o de mala calidad.

- Para conservar los pisos y sillas de la institución no vender chicles o productos similares que contengan gomas masticables

- Abrir el local en horas o días en que el Establecimiento Educativo no esté laborando, salvo autorización escrita de las directivas del Plantel.

- Admitir alumnos dentro del local de la Tienda Escolar, salvo previo contrato de trabajo, conocido y aprobado por la Rectoría.

- Toda persona que trabaje en la Tienda Escolar de la Institución, debe tener seguridad social en los términos que determine la ley. Certificación al respecto debe adjuntarse al contrato de la tienda.

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- El Adjudicatario no podrá arrendar o subarrendar la Tienda Escolar. No puede efectuar reformas ni mejoras al local de la tienda, salvo previa autorización de la Rectoría y con el visto bueno de la Dirección de Recursos Físicos y Financieros de la Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia.

- El Adjudicatario no podrá utilizar las instalaciones de la Tienda Escolar para pernoctar.

- Los daños ocasionados a los enseres del inventario entregado, para el funcionamiento de la misma, correrán por cuenta y riesgo del adjudicatario, los cuales deben devolverse a más tardar el día 10 de diciembre de la misma vigencia y bajo estricto inventario.

- El adjudicatario deberá pasar la lista de los artículos, con los precios ya establecidos al Consejo Directivo, para su aprobación y luego colocarla en lugar visible a los alumnos.

-

6.6.4 Funcionamiento de los medio de comunicación interna

La comunicación oportuna y eficaz es la base de la convivencia.

Formas de Comunicación.

Atención personalizada a los padres de acuerdo a horarios establecidos.

Solicitud de cita previa por parte de los padres o acudientes.

Todos los estamentos de la Comunidad educativa se comunican a través de sus representantes al gobierno escolar.

Las diferentes dependencias atienden en horarios preestablecidos.

Carteleras: Son publicaciones que contienen información sobre la organización de actividades, novedades y en general mensajes institucionales. Están ubicadas en:

La sala de profesores

La coordinación

Cuaderno comunicador en primaria que además de los datos personales del estudiante, contiene las comunicaciones enviadas de las escuelas a las familias y viceversa y cuaderno viajero con información de coordinación a los docentes.

Medios impresos: Medio de comunicación de carácter informativo dirigido a un grupo de interés. Se publica en papelería oficial del colegio, firmada por quien la autoriza. Va acompañada con el listado de destinatarios que firman como constancia de recibido. Las circulares son generadas por rectoría, coordinación, directores de grupo

- Circulares de rectoría a los docentes, a los padres de familia y personal administrativo.

- Resoluciones Rectorales - Acuerdos del Consejo Directivo

Medios virtuales: Son los medios en los cuales se utiliza internet para su elaboración, acceso o transmisión. Permite las comunicaciones internas y externas.

- Página institucional: www.ietomascarrasquilla2.edu.co - correos electrónicos: [email protected],

[email protected] - Facebook : www.facebook.com/tomascarrasquilla2

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- Wiki

Telecomunicaciones: Teléfono fijo 2641122

7 GOBIERNO ESCOLAR:

Se promueve entre los estudiantes a través de los siguientes cargos y organismos: personera(o); consejo estudiantil; representante de grupo; representantes al consejo directivo y Comité Escolar de Convivencia.

Parágrafo 1: El perfil de los candidatos para todos los cargos sin excepción es el siguiente: conocimiento y apropiación de la filosofía del colegio, sentido de pertenencia, capacidad de liderazgo positivo, capacidad de autogestión y autonomía, propuestas viables, buen rendimiento académico, idoneidad ética y social, haber cursado mínimo dos años en el colegio y no estar inhabilitados para el cargo. La candidatura a cada cargo es voluntaria siempre y cuando cumplan con el perfil acordado.

Parágrafo 2: Las siguientes condiciones inhabilitan para el desempeño de cargos de representación institucional: ser estudiante nuevo; presentar seguimientos de normalización académica y/o disciplinaria en el año anterior; tener acta de compromiso académico y /o disciplinario en el presente año.

Parágrafo 3: Pertenecer a cualquiera de estos cargos es un estímulo; una valoración del deber cumplido y un derecho que como estudiantes poseen. El o la estudiante representante al consejo directivo debe haber cursado en el plantel mínimo desde el grado 6° y ajustarse al perfil del estudiante.

8.1 Requisitos generales para ser elegidos

Para acceder a los cargos de participación y representación los estudiantes interesados o propuestos por sus compañeros, deben seguir el siguiente proceso: Postulación de candidatas(os) ante la autoridad correspondiente, con la hoja de vida con el programa de gestión, claro, preciso y cómo planea desarrollarlo; cada candidata(o) debe gestionar el aval de su hoja de vida y entregarla posterior y personalmente al jefe de área de ciencias sociales.

1. Cada candidata(o) debe elaborar una cartelera en donde presente sus propuestas y debe ubicarla en el lugar indicado.

3. Las(os) candidatas(os) a personería, deben realizar su campaña con honestidad y rectitud, en todas las secciones: pre-escolar, básica primaria, básica secundaria y media académica, cualquier incumplimiento al proceso de participación democrática será causal de inhabilidad.

8.2 Los representantes de grupo: naturaleza y funciones.

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Son los voceros académicos elegidos por sus pares para representarlos ante las instancias directivas de la Institución. Serán elegidos en votación secreta, por cada uno de los estudiantes que integran el grupo respectivo ante el docente asesor de curso, con base en el perfil del estudiante Presentación y requisitos contemplados es este Manual.

Son funciones de los Representantes de Grupo.

Ser mediador y conciliador en conflictos mediante la concertación y la vivencia de los valores y principios consagrados en el Manual de Convivencia.

Promover la participación, corresponsabilidad y la aplicación del debido proceso según el Manual de Convivencia.

Representar al grupo como vocero de sus necesidades, opiniones y realidades frente a la comunidad.

Asumir actitudes y acciones de organización y gestión del grupo en las diversas actividades programadas por la Institución o el director de grupo.

Ser puente de comunicación entre los estudiantes y el titular de grupo y/o docentes.

Cumplir con lo propuesto en su programa de gestión.

Apoyar al docente que efectúa el acompañamiento en caso de ausencia del docente titular.

Mantener constante comunicación con su titular de grupo sobre el proceso de convivencia, integración y rendimiento académico del grupo.

Con ayuda del titular de grupo nombrar su equipo de trabajo una vez resulte elegido. Este grupo asesor colaborará con el cumplimiento de su programa de gestión.

8.3 El consejo estudiantil: naturaleza y funciones.

El Consejo Estudiantil está integrado por: un delegado(a) de cada grado; quien hace la veces de vocero de las inquietudes y necesidades del grado que representa. El representante de grado es elegido por los estudiantes del mismo, con base en el perfil y requisitos contemplados en este Manual. El presidente del Consejo Estudiantil será elegido por los representantes de los grupos.

Son funciones del Consejo estudiantil.

Asegurar y garantizar el ejercicio continuo de su participación en la vida escolar.

Ser vocero de los estudiantes que representan.

Invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

Participar en la organización del colegio, apoyar la labor formativa de directivos, docentes y padres de familia o acudientes autorizados.

Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en el presente Manual de Convivencia.

Asumir con responsabilidad, madurez y seriedad las funciones propias.

Hacer pública su capacidad de liderazgo, voluntad de servicio y cooperación en función del bienestar institucional.

Organizar y dinamizar a cada nivel y grado sobre la consolidación de valores.

Darse su propia organización interna.

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8.4 La (el) personera(o) estudiantil: naturaleza y funciones.

Es un(a) estudiante de último grado, elegido(a) por votación democrática por todos los estudiantes del plantel de Preescolar a Undécimo grado. Actúa como Personero(a) y promueve los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política, en la Ley 115 General de Educación Art 44 y adoptados por la Institución en el Manual de Convivencia vigente.

El Personero(a) debe cumplir con las siguientes condiciones y exigencias para el desempeño de su cargo: conocer la filosofía del colegio, ser sensible a la práctica de los derechos y deberes, tener excelentes relaciones humanas con todos los miembros de la comunidad educativa, ser hábil en la solución de conflictos y problemas, distinguirse por su responsabilidad, lealtad, honestidad y rectitud; ser capaz de elaborar proyectos y promoverlos en la comunidad educativa, tener buen rendimiento académico y excelente comportamiento y, reconocida capacidad de liderazgo, comunicación, dinamismo y creatividad.

Son funciones del Personero Estudiantil.

Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en el presente Manual de Convivencia.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos de los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

Presentar a la Rectoría el plan y cronograma de actividades, dos semanas después de su elección con el objeto de ubicarlas dentro de los proyectos del colegio.

8.5 Representante de estudiantes al consejo directivo

En el Consejo Directivo de la Institución habrá un Representante de los Estudiantes del grado undécimo, elegido democráticamente entre quienes forman parte del consejo estudiantil.

Funciones del Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo.

Presentar ante el Consejo Directivo las inquietudes del Consejo de Estudiantes.

Mantener comunicación permanente con el Personero para apoyar los proyectos que beneficien el progreso del colegio.

Informar con entera veracidad al Consejo de Estudiantes, los proyectos, acuerdos y decisiones del Consejo Directivo.

Asistir a las reuniones programadas por el Consejo Directivo. En caso de ausencia presentar excusa por escrito.

Promover el clima de convivencia, participación y corresponsabilidad según los valores y principios contenidos en este Manual.