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INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL PRADILLA SEDES: COLEGIO TÉCNICO LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO, ESCUELA LUCERNA, ESCUELA ANTIOQUIA, ESCUELA MARSELLA, ESCUELA EL PARAÍSO, ESCUELA ANTIOQUEÑITA, ESCUELA LAS PALMAS NIT 808000314-9 DANE 225245000695 ICFES 063172 JORNADA DIURNA RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN: 1700 DE 2.001 JORNADA SABATINA RESOLUCIÓN: 007555 DE 2.010 Resolución Rectoral No _______ DE 2.014 Por la cual se adopta el Manual de Convivencia y reglamento para el año lectivo 2.014 REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA La Rectora de la IED PRADILLA, de la Inspección de Pradilla, del municipio de El Colegio Cundinamarca, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO: 1. Que es necesario dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 17 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994. 2. Que la Resolución 00274 de 2001 de la Secretaría de Educación de Cundinamarca integró en una sola Institución Educativa Departamental, con el nombre de IED PRADILLA, a las Sedes Colegio Técnico Luís Carlos Galán Sarmiento, Concentración Rural Antioquia, Concentración Rural Antioqueñita, Concentración Rural El Paraíso, Concentración Rural Las Palmas, Concentración Rural Lucerna y Concentración Rural Marsella. 3. Que este Manual de Convivencia debe ajustarse a la nueva Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2.006) 4. Que en reunión de Consejo Directivo según acta 167 de Marzo 6 de 2.009, se deliberó y decidió aprobar el siguiente Manual de Convivencia. 5. Como lo señala la ley, en este Manual de Convivencia “se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes, los derechos y obligaciones de los padres de Familia, los derechos y obligaciones de los docentes”. 6. Los padres de familia o Representantes Legales al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos o acudidos, aceptan el presente Manual de Convivencia y adquieren el compromiso de acatarlo” (Art. 87 Ley 115). Por todo lo anterior, RESUELVE Adoptar el presente Manual de Convivencia por medio del cual se regirán los estamentos de la Comunidad Educativa de la INSTITUCIÒN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL PRADILLA. Este Manual de Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI) de acuerdo con los principios fundamentales y los artículos que a continuación se señalan. “Educación para vivir juntos” E-mail: [email protected]

Manual Convivencia 2014 (1)

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manual de convivencia iedp normas deberes y derechos, faltas graves y leves, derechos y deberes de padres y docentes.

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RESOLUCION No 001

INSTITUCIN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL PRADILLA

SEDES: COLEGIO TCNICO LUIS CARLOS GALN SARMIENTO, ESCUELA LUCERNA, ESCUELA ANTIOQUIA, ESCUELA MARSELLA, ESCUELA EL PARASO, ESCUELA ANTIOQUEITA, ESCUELA LAS PALMAS

NIT 808000314-9 DANE 225245000695 ICFES 063172

JORNADA DIURNA RESOLUCIN DE APROBACIN: 1700 DE 2.001

JORNADA SABATINA RESOLUCIN: 007555 DE 2.010

Resolucin Rectoral No _______ DE 2.014

Por la cual se adopta el Manual de Convivencia y reglamento para el ao lectivo 2.014

REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA

La Rectora de la IED PRADILLA, de la Inspeccin de Pradilla, del municipio de El Colegio Cundinamarca, en uso de sus atribuciones legales y

CONSIDERANDO:

1. Que es necesario dar cumplimiento a lo estipulado en los artculos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 y el artculo 17 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994.

2. Que la Resolucin 00274 de 2001 de la Secretara de Educacin de Cundinamarca integr en una sola Institucin Educativa Departamental, con el nombre de IED PRADILLA, a las Sedes Colegio Tcnico Lus Carlos Galn Sarmiento, Concentracin Rural Antioquia, Concentracin Rural Antioqueita, Concentracin Rural El Paraso, Concentracin Rural Las Palmas, Concentracin Rural Lucerna y Concentracin Rural Marsella.

3. Que este Manual de Convivencia debe ajustarse a la nueva Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2.006)

4. Que en reunin de Consejo Directivo segn acta 167 de Marzo 6 de 2.009, se deliber y decidi aprobar el siguiente Manual de Convivencia.

5. Como lo seala la ley, en este Manual de Convivencia se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes, los derechos y obligaciones de los padres de Familia, los derechos y obligaciones de los docentes.

6. Los padres de familia o Representantes Legales al firmar la matrcula correspondiente en representacin de sus hijos o acudidos, aceptan el presente Manual de Convivencia y adquieren el compromiso de acatarlo (Art. 87 Ley 115).

Por todo lo anterior,

RESUELVE

Adoptar el presente Manual de Convivencia por medio del cual se regirn los estamentos de la Comunidad Educativa de la INSTITUCIN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL PRADILLA. Este Manual de Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI) de acuerdo con los principios fundamentales y los artculos que a continuacin se sealan.

CAPTULO I

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

TTULO 1: FUNDAMENTACIN LEGAL

ARTCULO 1. El Manual de Convivencia de la INSTITUCIN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL PRADILLA se fundamenta en el artculo 87 de la Ley 115, el artculo 17 del Decreto 1860 de 1994,1286 de 2005 y 1290 de 2009 1860 de 1994, 1286 de 2005 y 1290 de 2009 la Constitucin Poltica, el Cdigo de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2.006) en especial los artculos del 42 al 45 y sus modificaciones, Tratados y Leyes de Derechos Humanos, Sentencias de la Corte Constitucional, igualdad entre seres humanos, prevalencia del inters general sobre el particular, la imparcialidad, y el principio de oportunidad para educar antes que sancionar.

ARTCULO 2. Lema: EDUCACIN PARA VIVIR JUNTOS

TTULO 2: DEFINICIN, ALCANCE Y FINES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

ARTCULO 3. DEFINICIN DE MANUAL DE CONVIVIENCIA. Conjunto de normas que orientan la conducta de la comunidad escolar, el cual parte de la formulacin de principios y polticas que rigen el Establecimiento Educativo para regular y armonizar la convivencia social de la comunidad educativa. Toda Institucin Educativa debe tener su Manual de Convivencia, en virtud a lo dispuesto en los Artculos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 (Ley General de la educacin) y su Decreto reglamentario 1860 de 1994 en su Articulo 17.

ARTCULO 4. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

a. OBJETIVO GENERAL. Mejorar la calidad de vida de la comunidad Pradilluna fomentando desde la niez valores cvicos, ticos, morales, religiosos, polticos, sociales, econmicos, culturales y laborales dentro de un proceso de formacin integral continuo, mediante estrategias profesionales y ticas que le permitan la bsqueda de alternativas de solucin de problemas, para que el estudiante pueda tener acceso a la educacin superior o desempearse en la vida prctica en el mercado laboral como empresario o propietario a nivel regional o nacional.

b. OBJETIVOS ESPECFICOS

1. Fomentar valores para la prctica de la convivencia, fundamentada en principios de solidaridad, cooperacin y respeto de los derechos humanos

2. Elaborar un diseo curricular basado en estndares y lineamientos emanados por el Ministerio de Educacin Nacional (MEN), que persigan la formacin integral del estudiante en todas las etapas del proceso enseanza-aprendizaje, siguiendo lineamientos del bachillerato acadmico y/o con nfasis en el campo laboral y social.

3. Desarrollar los principios de autogestin y libre empresa, fundamentados en la competitividad y la calidad.

4. Establecer ambientes acadmicos, en donde el estudiante sea capaz de analizar y responder a las modernas estrategias comerciales, econmicas, polticas y culturales, determinadas por la apertura nacional e internacionalizacin.

5. Reflexionar y participar en los procesos de transferencia, adaptacin y creacin de nuevas tecnologas que le permitan ubicarse en el contexto acadmico y laboral.

6. Desarrollar acciones de orientacin escolar, vocacional y profesional, que conlleven a la bsqueda de alternativas y solucin de problemas para el mejoramiento de la calidad de vida.

7. Cultivar una conciencia de responsabilidad y compromiso para el desempeo de sus actividades sociales, culturales, ticas, morales, econmicas y laborales.

8. Realizar actividades de proteccin del medio ambiente mediante acciones de conservacin e incremento de los bienes y de su entorno.

9. Valorar los recursos naturales de la regin y la nacin. Reconocer sus ventajas y adoptar una actitud de proteccin y uso razonable.

10. Formar ciudadanos con actitud crtica y reflexiva, frente a los fenmenos sociales, polticos, econmicos e histricos, tanto en su medio como en su pas.

11. Fomentar en el estudiante el sentido de identidad y pertenencia a travs del respeto por los smbolos patrios, el amor a la Institucin, a la regin y al pas.

12. Hacer que la Institucin sea abierta al pensamiento, al conocimiento y a la creatividad.

c. METAS

1. Organizar la comunidad Educativa al tenor de las normas vigentes.

2. Obtener el aporte de otras organizaciones para enriquecer el PEI. Integrar alumnos, padres de familia y/o acudientes y docentes de toda la Institucin.

3. Informar y comprometer a los miembros de la comunidad en el manejo y la solucin de conflictos.

4. Fijar parmetros de comportamiento.

5. Fomentar los valores para la vida en comunidad y la democracia.

6. Analizar todos los recursos de la Institucin.

7. Detectar las necesidades para poder desarrollar el proyecto.

8. Establecer fuentes de financiacin.

9. Realizar dos eventos de capacitacin por ao.

10. Fijar normas que orienten al padre de familia y/o acudiente y al estudiante.

11. Obtener la ayuda de la comunidad para recaudar fondos indispensables.

12. Fijar las responsabilidades de todos los miembros de la comunidad.

13. Determinar lneas de competencia y autoridad.

d. FINES DE LA EDUCACIN

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin ms limitaciones que las que le imponen los derechos de los dems y el orden jurdico, dentro de un proceso de formacin integral, fsica, psquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, tica, cvica y dems valores humanos.

2. La formacin en el respeto a la vida y a los dems derechos humanos, a la paz, a los principios democrticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, as como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formacin para facilitar la participacin de todos en las decisiones que los afectan en la vida econmica, poltica, administrativa y cultural de la Nacin.

4. La formacin en el respeto a la autoridad legtima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los smbolos patrios.

5. La adquisicin y generacin de los conocimientos cientficos y tcnicos ms avanzados, humansticos, histricos, sociales, geogrficos y estticos, mediante la apropiacin de hbitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

6. El estudio y la comprensin crtica de la cultura nacional y de la diversidad tnica y cultural del pas, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la tcnica y dems bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigacin y el estmulo a la creacin artstica en sus diferentes manifestaciones.

8. La creacin y fomento de una conciencia de la soberana nacional y para la prctica de la solidaridad y la integracin con el mundo, en especial con Latinoamrica y el Caribe.

9. El desarrollo de la capacidad crtica, reflexiva y analtica que fortalezca el avance cientfico y tecnolgico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la poblacin, a la participacin en la bsqueda de alternativas de solucin a los problemas y al progreso social y econmico del pas.

10. La adquisicin de una conciencia para la conservacin, proteccin y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevencin de desastres, dentro de una cultura ecolgica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nacin.

11. La formacin en la prctica del trabajo, mediante los conocimientos tcnicos y habilidades, as como en la valoracin del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

12. La formacin para la promocin y preservacin de la salud y la higiene, la prevencin integral de problemas socialmente relevantes, la educacin fsica, la recreacin, el deporte y la utilizacin adecuada del tiempo libre.

13. La promocin en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnologa que se requiere en los procesos de desarrollo del pas y le permita al educando ingresar al sector productivo.

ARTCULO 5. ALCANCE. El Manual de Convivencia compromete la participacin directa y dinmica de la comunidad Educativa entre ellos: padres de familia, estudiantes, docentes, directivos docentes, administrativo y servicios generales, en el cumplimiento de los fines del sistema educativo y objetivos que se propone la Institucin

ARTCULO 6. FINES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.

1. Contribuir al desarrollo equilibrado del individuo y de la sociedad sobre la base del respeto a la vida y por los derechos humanos

2. Concebir la disciplina como una necesidad para el desarrollo de sus potencialidades fsicas e intelectuales

3. Comprender la importancia que tienen las normas en la convivencia social y su posterior incidencia en el anlisis de lo que es su estado de derecho en la sociedad.

4. Desarrollar una relacin armnica entre los alumnos y los bienes materiales de la Institucin en la bsqueda del respeto a la propiedad.

5. Agotar todos los procedimientos que sobre formacin humana estn contemplados antes de asignar disciplinarios no favorables al estudiante.

TTULO 3: MARCO CONCEPTUAL

El Marco Conceptual est integrado por todos aquellos conceptos bsicos que constituyen el Manual de Convivencia, previamente acordados en forma democrtica y participativa por quienes intervinieron en su elaboracin y en consonancia con las normas constitucionales, realidades del plantel y las exigencias de la educacin moderna.

1. CONSTITUCIN POLTICA.

Conjunto de normas congruentes, razonables que regulan a un Estado. La Constitucin Poltica es la expresin soberana del pueblo Colombiano, representado por los delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, que pretenden fortalecer la unidad nacional, asegurando a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz.

De igual manera la Constitucin establece la educacin como un derecho de las personas y un servicio pblico con funcin social que debe brindar el Estado, para permitir el acceso al conocimiento, la ciencia, la tcnica y dems bienes y valores de la cultura. La educacin debe contribuir con la formacin de un Colombiano amante y respetuoso de los derechos humanos, la paz y la democracia, donde el trabajo y la recreacin sean elementos que incidan en el mejoramiento cultural, cientfico, tecnolgico y ambiental, (Artculo 67 de la Constitucin Nacional).

Garantiza la libertad de culto, permitiendo a toda persona profesar y difundir libremente su religin en forma individual o colectiva. (Artculo 19 de la Constitucin Poltica Nacional).).

Para los nios es importante resaltar cmo sus derechos prevalecen sobre los derechos de los dems, razn que reafirma la importancia que stos tienen para el Estado. (Articulo 44 de la Constitucin Poltica Nacional).).

La educacin es un derecho de la persona y un servicio pblico que tiene una funcin social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tcnica, y a los dems bienes y valores de la cultura. La educacin formar al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la prctica del trabajo y la recreacin, para el mejoramiento cultural, cientfico, tecnolgico y para la proteccin del ambiente, (Artculo 67 de la Constitucin Poltica Nacional).

El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educacin permanente y la enseanza cientfica, tcnica, artstica y profesional en todas las etapas del proceso de creacin de la identidad nacional. (Artculo 70 de la Constitucin Poltica Nacional).

3. DECLARACIN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. (Artculo 26)

1. Toda persona tiene derecho a la educacin. La educacin debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instruccin elemental y fundamental. La instruccin elemental ser obligatoria. La instruccin tcnica y profesional habr de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores ser igual para todos, en funcin de los mritos respectivos.

2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecer la comprensin, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos tnicos o religiosos, y promover el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrn derecho preferente a escoger el tipo de educacin que habr de darse a sus hijos.

3. LEY GENERAL DE EDUCACIN (LEY 115 DE 1994).

La educacin es un proceso de formacin permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepcin integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.

La comunidad educativa est conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. Todos ellos, segn su competencia, participarn en el diseo, ejecucin y evaluacin del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo. (Artculo 6)

4. LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

Conocida como Ley 1098 de 2.006, considerando como sujetos titulares de derechos a todas las personas menores de 18 aos. Sin perjuicio de lo establecido en el artculo 34 del Cdigo Civil, se entiende por nio o nia las personas entre los 0 y los 12 aos, y por adolescente las personas entre 12 y 18 aos

El Cdigo de Infancia y Adolescencia se ha diseado con el siguiente objeto:

a. Garantizar a los nios, a las nias y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensin. Prevalecer el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminacin alguna

b. Establecer normas sustantivas y procesales para la proteccin integral de los nios, las nias y los adolescentes; garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitucin Poltica y en las leyes, as como su restablecimiento. Dicha garanta y proteccin ser obligacin de la familia, la sociedad y el Estado.

c. Proteger integralmente a los nios, nias y adolescentes, reconocidos como sujetos de derechos, de garantas y cumplimiento de los mismos.

5. SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIN Y MITIGACIN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR (LEY 1620 DE 2013)

El objeto de esta ley es contribuir a la formacin de ciudadanos activos que aporten a la construccin de una sociedad democrtica, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educacin Ley 115 de 1994 mediante la creacin del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formacin para los Derechos Humanos, la Educacin para la Sexualidad y la Prevencin y Mitigacin de la Violencia Escolar, que promueva y fortalezca la formacin ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, bsica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

TTULO 4: MBITO DE APLICACIN

ARTCULO 7. MBITO DE APLICACIN: El presente Manual de Convivencia se aplica a toda la comunidad de la Institucin Educativa Departamental Pradilla conformada por las sedes:

SEDE 1:COLEGIO TCNICO LUIS CARLOS GALN SARMIENTO

SEDE 2: CONCENTRACIN RURAL LUCERNA

SEDE 3: CONCENTRACIN RURAL ANTIOQUIA

SEDE 4: CONCENTRACIN RURAL MARSELLA

SEDE 5: CONCENTRACIN RURAL ANTIOQUEITA

SEDE 6: CONCENTRACIN RURAL LAS PALMAS

SEDE 7:CONCENTRACIN RURAL EL PARASO

En sus jornadas Diurna y Sabatina

PARGRAFO: La comunidad Educativa est conformada por estudiantes, egresados, padres de familia o acudientes, docentes y directivos docentes.

ARTCULO 8. CARACTERIZACIN DE LA INSTITUCIN. La Institucin Educativa Departamental Pradilla es de carcter pblico, laico y catlico, aprobada legalmente por el Ministerio de Educacin Nacional, la Secretaria de Educacin del Departamento segn Resolucin 1700 de 2.001, para impartir enseanza formal en los niveles de educacin preescolar, bsica (primaria y secundaria) y Media Tcnica, en jornada diurna y Resolucin Nmero 007555 de 2.010 para la educacin por ciclos en Jornada Sabatina y en calendario A. Aprobacin Oficial de integracin segn Resolucin Nmero No 00274 de 2.004. El domicilio de la Sede Principal est ubicado en la Vereda Brasil, de la Inspeccin de Pradilla en el Municipio de El Colegio Cundinamarca.

TTULO 5: HORIZONTE INSTITUCIONAL

La Institucin Educativa Departamental Pradilla, busca mediante el trabajo mancomunado, propiciar a los educandos conocimientos y herramientas necesarias para su desarrollo intelectual e integral siendo competitivos, dotados de convicciones y proyectos de vida definidos.

MISIN: La Institucin Educativa Departamental Pradilla, ubicada en la inspeccin Pradilla, Municipio de El Colegio-Cundinamarca, existe para educar, formar y orientar de manera integral con personal idneo a nios, nias, jvenes y adultos, especialmente del sector rural, empleando herramientas, tcnicas e innovacin tecnolgica para el aprovechamiento sostenible del campo y la preservacin del medio ambiente, preparndolos con conocimientos apropiados, fortaleciendo los valores ticos, morales y culturales, que le permitan responder a exigencias laborales, empresariales y sociales, mejorando la calidad de vida del estudiante y sus familias..

VISIN: Para el ao 2017 seremos la institucin educativa lder a nivel municipal en la formacin de estudiantes a travs de procesos educativos que los lleven a ser competentes para el trabajo sostenible del campo y la gestin agroempresarial, hbiles en el uso de las Tecnologas de la informacin y en la adquisicin de tcnicas agroempresariales, fortaleciendo as los proyectos institucionales productivos y pedaggicos mediante convenios con entidades pblicas y privadas; haciendo que nuestros estudiantes y egresados se caractericen por su capacidad crtica, analtica y creativa para la resolucin de conflictos en su comunidad.

CAPTULO II

DE LOS ESTUDIANTES

TTULO 1: ADQUISICION DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE GALANISTA

ARTCULO. 9: Son estudiantes de la Institucin Educativa Departamental Pradilla quienes cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Educacin Nacional, la Secretaria de Educacin del Departamento; formalicen la matrcula correspondiente con sus padres o representantes legales y el presente Manual de Convivencia.

PARAGRAFO 1: El estudiante menor de edad independizado o emancipado presentar la certificacin de Comisara de Familia en la cual conste su situacin actual.

PARAGRAFO 2: El estudiante no independizado o emancipado tendr como representante legal a sus padres o acudiente.

PARAGRAFO 3: El estudiante mayor de edad independizado o emancipado actuar en nombre propio o por intermedio de un representante legal designado por l.

ARTCULO 10: DE LA ADMISIN. Es el acto por el cual la Institucin selecciona a la poblacin estudiantil que voluntariamente solicita inscripcin. Trtese de personal nuevo o antiguo, a quienes de acuerdo con los requisitos, restricciones y prioridades establecidas por la Institucin puedan matricularse en alguno de los cursos que sta ofrece.

ART. 11: REQUISITOS DE ADMISIN ESTUDIANTES NUEVOS. Para ser admitido en la Institucin se debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a continuacin se sealan:

1. Adquirir el formulario de solicitud de inscripcin en la Secretaria de la Institucin en fecha establecida o en cualquier momento en caso de transferencia

2. Entregar el formulario debidamente diligenciado en las fechas determinadas por la Institucin

3. Presentar y aprobar entrevista con un directivo docente o psiclogo institucional o municipal

4. Obtener orden de matrcula, previa evaluacin de la entrevista y revisin de antecedentes acadmicos y disciplinarios.

5. Presentar ante la Secretaria de la Institucin la documentacin requerida para el proceso de matrcula.

ARTCULO 12: DE LA MATRCULA. La matrcula es UN CONTRATO VOLUNTARIO entre la Institucin Educativa Departamental Pradilla, los Padres de Familia o Acudientes y los Educandos. Contrato que genera obligaciones y derechos entre las partes contemplados en la ley y en nuestro Manual de Convivencia.

La matrcula es el acto que formaliza la vinculacin del educando al servicio educativo. Se realizar por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudindose establecer renovaciones para cada periodo acadmico (Art. 95 Ley 115).

PARAGRAFO 1: La Secretara de la Institucin, solicitar renovacin de los documentos cuando sea necesario.

PARGRAFO 2: ACTA DE MATRCULA Y/O CONTRATO DE MATRCULA: Las relaciones entre los padres de familia o acudientes de los estudiantes de la IED PRADILLA, se fundan en el contrato de matrcula. Segn tal contrato o acta, los padres o acudientes y el estudiante, ACEPTAN EL P.E.I. Y EL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA, al matricularse para el ao lectivo en curso.

El CONTRATO DE MATRCULA es el acto con el cual el aspirante admitido adquiere la condicin de estudiante del colegio. El contrato se realiza con las firmas del Rector, estudiante y acudiente en la ficha sealada para ste fin.

Con la firma de la ficha, el estudiante y el acudiente aceptan la filosofa del plantel, los principios, objetivos, valores y organizacin del Colegio, se obligan a cooperar de manera efectiva en el proceso educativo.

ARTCULO 13: Se consideran estudiantes nuevos:

1. Los estudiantes que ingresan por primera vez a la Institucin a cualquier grado o ciclo.

2. Los estudiantes que se encontraban matriculados el ao inmediatamente anterior y se retiraron sin culminar el ao lectivo.

PARGRAFO: No se recibirn estudiantes Nuevos para los grados Dcimo y Once, excepto por traslado de domicilio debidamente comprobado.

ARTCULO 14. REQUISITOS PARA LA MATRCULA DE ESTUDIANTES NUEVOS. Los estudiantes que voluntariamente decidan pertenecer a la Institucin Educativa Departamental Pradilla deben cumplir las siguientes condiciones:

1. Haber sido oficialmente admitido

2. Presentarse en la hora y fecha indicadas por la Institucin acompaados de sus padres, o de su representante legal o acudiente, con los siguientes documentos debidamente diligenciados:

Nivel

Requisitos

Preescolar

Fotocopia Registro Civil

Fotocopia del documento de afiliacin a salud.

Certificado del Sisben (Estratificacin socioeconmica) actualizado

Fotocopia del carnet de vacunas

Formulario debidamente diligenciado

Fotocopia de la Cdula de los padres

Constancia de asistencia a la socializacin del Manual de Convivencia

Primaria

(Grado 1 a 5)

Fotocopia del Registro civil

Fotocopia Tarjeta de identidad

Fotocopia del documento de afiliacin a salud.

Certificado del Sisben (Estratificacin socioeconmica) actualizado

Fotocopia de la Cdula de los padres

Certificado ltimo ao cursado y aprobado

Formulario debidamente diligenciado

Fotocopia del observador escolar de la Institucin de donde proviene

Constancia de retiro del SIMAT

Paz y Salvo de la Institucin de donde proviene

Constancia de asistencia a la socializacin del Manual de Convivencia

Secundaria

(Grado 6 a 9)

Fotocopia del Registro civil

Fotocopia Tarjeta de identidad

Fotocopia del documento de afiliacin a salud.

Certificado del Sisben (Estratificacin socioeconmica) actualizado

Fotocopia de la Cdula de los padres

Certificado desde grado 5 hasta el ltimo ao aprobado

Formulario debidamente diligenciado

Fotocopia del observador escolar de la Institucin de donde proviene

Constancia de retiro del SIMAT

Paz y Salvo de la Institucin de donde proviene

Constancia de asistencia a la socializacin del Manual de Convivencia

Jornada de Adultos

Cumplir con el rango de edad

Fotocopia del documento de identidad

Fotocopia del documento de afiliacin a salud.

Certificado del Sisben (Estratificacin socioeconmica) actualizado

Certificado ltimo ao cursado y aprobado / desde grado 5 hasta el ltimo ao aprobado; segn corresponda

Media tcnica

(Grado 10 a 11)

Se recibirn nicamente a estudiantes que provengan de otro colegio tcnico y que estn matriculados en la articulacin con el SENA.

Deben anexar la misma documentacin de Secundaria

3. Firma del acta de matrcula, por los padres o representante legal y estudiante.

ARTICULO 15: REQUISITOS DE MATRCULA PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS. Se consideran estudiantes antiguos los que culminan el ao inmediatamente anterior en esta Institucin Educativa y se encontraban debidamente matriculados. Se consideran tambin estudiantes antiguos los que ingresan a grado Sexto y que pertenecen a las Concentraciones Rurales de la IED PRADILLA

Los estudiantes antiguos que voluntariamente decidan continuar su educacin en la Institucin Educativa Departamental Pradilla deben cumplir las siguientes condiciones:

1. Paz y Salvo debidamente diligenciado.

2. Boletn de valoracin escolar del ao anterior.

3. Recibo de consignacin en Davivienda Cuenta Corriente No. 182-02839-9, de los derechos acadmicos y/o cobros adicionales segn la Resolucin de Costos Acadmicos de la Secretaria de Educacin de Cundinamarca.

4. Certificacin de asistencia de los padres de familia a talleres y reuniones programadas por la Institucin firmadas por el director de curso del ao anterior.

5. Constancia de asistencia a la socializacin del Manual de Convivencia

6. Fotocopia del Documento de Identidad y Registro Civil.

7. Adquirir el seguro contra accidentes.

8. Fotocopia de afiliacin a la seguridad social vigente.

9. Firmar ficha y contrato de Matrcula por parte del Estudiante y Padre o Madre de Familia o acudiente.

Los Estudiantes que no cumplan con los anteriores requisitos no se podrn matricular, salvo autorizacin del Consejo Directivo.

PARAGRAFO: Los Padres y Madres de Familia entran a hacer parte de la Comunidad Educativa cuando su hijo/a haya adquirido su condicin de estudiante.

ARTCULO 16: El contrato de Matrcula para estudiantes en la jornada diurna se realiza con las firmas del Rector, Estudiante y Padre o Madre de Familia o acudiente. En ese momento el estudiante y el padre o Madre de familia o acudiente aceptan el Proyecto Educativo Institucional, el presente manual, y se comprometen a participar de manera efectiva en el proceso de aprendizaje.

PARGRAFO 1: El contrato de Matrcula para estudiantes en la jornada sabatina se realiza con las firmas del Rector y Estudiante.

PARGRAFO 2: Para los estudiantes de la Jornada Nocturna o Sabatina, ser necesaria la firma del padre de Familia y/o acudiente, cuando sta lo solicite.

En ambos casos el estudiante de la jornada nocturna y/o sabatina, acepta el Proyecto Educativo Institucional, el presente manual, y se comprometen a participar de manera efectiva en el proceso de aprendizaje.

ARTCULO 17: El Colegio solo admite como acudiente a los padres del estudiante o a personas mayores de edad debidamente autorizadas por la Comisara de Familia.

ARTCULO 18: Los funcionarios del plantel no podrn ser acudientes de los estudiantes, excepto en el caso de ser uno de los padres

ARTCULO 19: ESTUDIANTES DE TRANSFERENCIA O TRASLADO. Los estudiantes que deseen matricularse en el transcurso del ao escolar, para el estudio de solicitud de cupo escolar, deben cumplir los requisitos del artculo 13 numeral 2 adicionando certificado de notas parciales del ao lectivo en curso.

PARGRAFO: Los cupos para los estudiantes de transferencia o traslado se otorgarn segn disponibilidad de la Institucin.

ARTCULO 20: REINTEGROS. El estudiante que por causa distinta a la resolucin sancionatoria se haya retirado de la Institucin podr ser admitido previo cumplimiento de los requisitos contemplados en el art. 14, adems de la solicitud escrita dirigida al Consejo Directivo, que en sus antecedentes acadmicos y disciplinarios no se reporten llamados de atencin por comportamiento o bajo rendimiento acadmico.

ARTCULO 21: ESTUDIANTES REPITENTES. Al estudiante que haya reprobado el grado se le autorizar su matrcula hasta por una vez siempre y cuando firme un acta de compromiso convivencial y acadmico junto con sus padres, representante legal o acudiente, siempre y cuando no tenga antecedentes disciplinarios calificados como graves segn lo previsto en el presente Manual

PARGRAFO 1: La reprobacin de un grado por segunda vez causa prdida definitiva del cupo para el alumno, pues se considera que la Institucin le ha cumplido con el derecho a la educacin y l no ha cumplido con su deber.

ARTICULO 22: DILIGENCIAMIENTO DE MATRCULA. La matrcula debe ser diligenciada en la oficina de la Secretaria por el respectivo Secretario Pagador en los das previamente establecidos en el calendario acadmico de la Institucin o en su defecto depender de la disponibilidad de cupos con la presencia del padre de familia o acudiente y el estudiante con su debido uniforme de diario.

PARGRAFO 1: En caso de no legalizar la matrcula el da correspondiente segn cronograma establecido, la Institucin queda autorizada para disponer del cupo, salvo que medie causa justificada.

PARGRAFO 2: Nadie puede ser matriculado ni asistir a clases sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente manual

.

ARTCULO 23: DERECHOS ACADMICOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS: El monto de los derechos acadmicos y servicios complementarios los fijar ao tras ao la Secretara de Educacin de Cundinamarca.

ARTCULO 24: PRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE GALANISTA Se pierde la calidad de estudiante Galanista cuando:

1. Se haya completado el ciclo de estudios que la Institucin ofrece (grado 11 ; Ciclo 5)

2. No se haga uso del derecho de matrcula o de la renovacin de sta, dentro de los plazos fijados por la Institucin sin causa justificada o aviso previo

3. As lo determine una medida acadmica o disciplinaria frente al incumplimiento reiterado de los acuerdos, una vez aplicado el debido proceso y mediante resolucin rectoral

4. El estudiante y su representante legal manifiesten el retiro voluntario

5. Por un concepto mdico, el estudiante no puede vivir en comunidad

6. El estudiante no logr la promocin por segundo ao consecutivo

7. Por cierre del plantel

8. Lo determine una autoridad competente

PARGRAFO 1: El proceso de matrcula se inicia en el mes de Octubre, con el diligenciamiento del Formato de Prematrcula debidamente diligenciado y firmado para el ao siguiente, por el padre de familia y el estudiante. Si este formulario no es presentado en las fechas indicadas el estudiante perder el cupo y ser asignado a las nuevas solicitudes

PARGRAFO 2: El retiro por parte de la Institucin o retiro voluntario ocasionan al estudiante la prdida del cupo. La Secretara de la Institucin informar al docente director de curso acerca del retiro del estudiante.

ARTCULO 25: Las estudiantes de la Jornada Diurna que se encuentren en embarazo, optarn por la Educacin de Adultos, dando cumplimiento a la proteccin de la vida del ser que se est formando y permitiendo la transicin de la etapa de la niez a la de adulto con responsabilidades.

TTULO 2: RANGOS DE EDADES

ARTCULO 26: Para Matrcula de estudiantes nuevos en la jornada diurna en la Institucin Educativa Departamental Pradilla se tendrn en cuenta los siguientes rangos de edades (Artculo 67 Constitucin Poltica)

GRADO

EDAD

Pre-escolar

5 AOS CUMPLIDOS

(o que los cumpla mximo hasta el 31 de marzo del mismo ao escolar)

Primero

Hasta 7 aos

Segundo

Hasta 8 aos

Tercero

Hasta 10 aos

Cuarto

Hasta 11 aos

Quinto

Hasta 12 aos

Sexto

Hasta 13 aos

Sptimo

Hasta 15 aos

Octavo

Hasta 16 aos

Noveno

Hasta 17 aos

Decimo

Hasta 17 aos

Once

Hasta 18 aos

PARGRAFO: Los estudiantes que a partir del ao 2010, sobrepasen las edades establecidas en este MANUAL DE CONVIVENCIA, su situacin acadmica ser analizada por el Consejo Acadmico con el fin de darle aplicabilidad al Decreto 3011/97 y ser trasladado a la Educacin Formal de Adultos dentro de la misma Institucin. Decisin que debe avalar el Consejo Directivo.

ARTCULO 27: Para ingresar a la Institucin Educativa Departamental Pradilla en la Jornada Sabatina se tendrn en cuenta las siguientes edades:

CICLO

EDAD

REQUISITOS

2

Mnimo 13 aos cumplidos y haber dejado de estudiar mnimo durante dos aos

Documento de identidad. Excepcionalmente certificado de estudios

3

Mnimo 17 aos cumplidos y haber dejado de estudiar mnimo durante dos aos

Certificado de 5 de primaria con reas debidamente aprobadas

4

Mnimo 17 aos cumplidos y haber dejado de estudiar mnimo durante dos aos

Certificado de sptimo y de aos anteriores con reas debidamente aprobadas

5

Mnimo 17 aos y haber dejado de estudiar mnimo durante dos aos

Certificado de noveno y certificaciones de aos anteriores con reas debidamente aprobadas.

PARAGRAFO 1: A los estudiantes desplazados (verificado contra certificacin de Desplazado), no se les aplicar el presente artculo.

ARTCULO 28: El cupo mximo por curso es de 30 estudiantes y mnimo de 22 estudiantes.

TTULO 3: PERFIL DEL ESTUDIANTE GALANISTA

ARTCULO 29: GALANISTA ES QUIEN:

1. Asume con responsabilidad sus deberes y exige con honor sus derechos.

2. Valora y respeta la vida, los derechos humanos, la paz, la equidad, el pluralismo, la tolerancia y la libertad.

3. Acta de acuerdo a los valores de honestidad, lealtad, sinceridad, solidaridad en las diferentes actividades que realiza y posee alta capacidad para trabajar en equipo.

4. Esta orgulloso de ser colombiano y lo demuestra a travs de su espritu cvico, nacionalista, por lo que est dispuesto a la defensa de la patria, de sus smbolos, tradiciones y riquezas,; constituyndose en un ciudadano lder, positivo, soador, fervoroso y carismtico, capaz de promover cambios que beneficien a la sociedad colombiana y al entorno donde interacta de acuerdo a su proyecto de vida reflejando su sentido de identidad y pertenencia Galanista, regional, departamental y nacional.

5. Entiende las bondades de un ambiente natural sano y como tal aporta a su conservacin.

6. Posee los conocimientos cientficos y tecnolgicos para aplicarlos al campo y permitir el desarrollo social poltico y econmico de la regin conservando el medio ambiente.

7. Protege su salud e integridad y la de todos los seres vivos, velando por la seguridad del entorno donde se desenvuelve.

8. Posee los conocimientos suficientes para construir un proyecto de vida coherente, que incluye su desarrollo econmico e intelectual.

9. Est en capacidad de generar su propio medio de trabajo, a travs de la creacin de agroempresas sostenibles donde aplica los principios del trabajo cooperativo utilizando los recursos del medio adecuadamente para su aprovechamiento

10. Se siente Orgulloso de ser Galanista y como tal lleva en alto el nombre de la Institucin, portando su uniforme con pulcritud y siendo participativo en las actividades que propone y lo participe la Institucin.

11. Es una persona crtica, autnoma, coherente, analtica, competente intelectualmente, con espritu investigativo y creativo, capaz de identificar problemas y plantear soluciones, contribuyendo de esta forma al mejoramiento integral y continuo de su entorno.

12. Se ama, se respeta a si mismo, a los dems y a la Institucin. Consciente de los cambios positivos que ayudan a su crecimiento personal. Capaz de reconocer y corregir sus equivocaciones

13. Siente como a una familia a cada miembro de la comunidad, valora y respeta la vida, los derechos y deberes humanos, el medio ambiente, la paz, la convivencia armnica y la justicia, con cordialidad, solidaridad y tolerancia.

14. Permite la orientacin de docentes y directivos, con el fin de contribuir a su formacin personal, para que construya su personalidad, con en base en los valores ticos

15. Posee capacidad para trabajar y decidir en equipo.

TTULO 4: DE LOS DERECHOS Y DEBERES

ARTCULO 30 : DERECHOS

ARTCULO. 31: DEBERES

DERECHO: Facultad que tiene toda persona para hacer, decir, poseer o exigir algo libremente, con la limitacin que le imponen los derechos de los dems y el orden jurdico, cuyo objetivo es establecer un orden en las relaciones sociales dentro y fuera de la Institucin

DEBER: Es una obligacin moral, que gua a cada persona para actuar segn los principios de la tica, la justicia o su propia conciencia. El deber etimolgicamente es una deuda contrada, que corresponde a un derecho recibido. El cumplimiento de los deberes ayuda a la formacin del estudiante como persona y facilita su convivencia en comunidad. El incumplimiento de los deberes, significa renunciar a los derechos

1. Hacer cumplir la Constitucin Poltica, PEI, Ley de Infancia y Adolescencia y el Manual de Convivencia.

1. Ejercer y cumplir la Constitucin Poltica, PEI, Ley de Infancia y Adolescencia y el Manual de Convivencia

2.

2. El nio, la nia o el adolescente tendr o deber cumplir las obligaciones cvicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo

3. Tener acceso al Manual de Convivencia (conocimiento y participacin)

3. Comprometerse consigo mismo en cumplimiento del Manual de Convivencia y portarlo en todo momento

4. Adquirir y conservar una tradicin cultural, regional y nacional.

4. Ser defensor y difusor de nuestra cultura regional

5. Cultivar el sentido de identidad y pertenencia, institucional, municipal, departamental y nacional

5. Respetar los Smbolos Patrios e Institucionales, y entonar los Himnos con espritu Cvico.

6. El estudiante matriculado en la Institucin gozar de los derechos fundamentales que le garantiza la Constitucin Poltica en los artculos del 11 al 96, el Cdigo de Infancia, la Ley 115/94 en los artculos 92, 93, 96, 98, 99, 100 y 101 y todos los fallos de tutela de la Corte Constitucional

6. El estudiante matriculado en la Institucin cumplir los deberes que se imponen en el presente Manual de Convivencia y la Legislacin Educativa

7. Los nios, las nias y los adolescentes tienen derecho a una educacin de calidad. Esta ser obligatoria por parte del Estado en un ao de pre-escolar y nueve de educacin bsica (Art. 28 Cdigo de Infancia)

7. Cumplir con los rangos de edad para ser matriculado en cada uno de los grados y ciclos que ofrece la Institucin

8. Recibir puntual y con eficiencia las clases establecidas en el horario.

8. Llegar puntualmente a la Institucin

9.

9. Cumplir con exactitud el horario determinado para todas las actividades, programadas por la Institucin

10.

10. Asistir puntualmente a clases y especialmente cuando se encuentra dentro de la Institucin

11. Exigir un nivel acadmico de calidad en todas las materias y hacer sugerencias pertinentes para alcanzarlo

11. Cumplir con tareas, trabajos, evaluaciones y sustentaciones

12. Exigir cumplimiento de las responsabilidades acadmicas a los docentes de cada una de las asignaturas para alcanzar la excelencia escolar.

12. Dar rendimiento en las actividades acadmicas y de convivencia definidos por el establecimiento educativo a travs del Sistema Institucional de Evaluacin.

13.

13. Llegar a clase con el material de trabajo exigido por los docentes y con las actividades extraclase realizadas.

14. A la socializacin por parte de las directivas sobre la jerarqua y los roles existentes dentro de la organizacin institucional.

14. Conocer y respetar los roles existentes dentro de la organizacin Educativa. observando las normas de urbanidad y civismo.

15. Gozar del prstamo de libros, vdeos, material didctico, proyectores, grabadoras dentro del horario escolar y utilizacin de instalaciones escolares.

15. Cuidar con esmero y responder por los materiales, aulas, equipos prestados por la Institucin

16.

16. Ser responsable en la entrega puntual de libros y material didctico en perfecto estado. Es caso de dao, deterioro o prdida el estudiante asumir el costo de reposicin del elemento.

17. Usar los uniformes establecidos por la Institucin

17. Presentarse a la Institucin con uniforme completo, acorde al da que le corresponde segn horario y en las debidas condiciones de orden y aseo, sin ningn tipo de accesorios decorativos.

18.

18. Portar el uniforme durante la salida pedaggica de acuerdo a la actividad o eventos a realizarse. No se llevan puestas gorras ni cachuchas.

19.

19. Graduarse portando el uniforme de diario correspondiente.

20.

20. Mantener siempre (dentro y fuera de la Institucin) un comportamiento digno, respetuoso y culto, especialmente cuando se porta el uniforme.

21.

21. Representar dignamente a la Institucin en actividades extramurales y pedaggicas vistiendo el uniforme asignado para tal fin

22.

22. Venir presentados de acuerdo con la esttica que requiere el uniforme, sin maquillaje, joyas, piercing y dems adornos que afecten su imagen de estudiantes.

23.

23. Portar y cumplir con el uniforme de diario y educacin fsica segn el horario de clases.

24. No ser discriminado por ningn miembro de la comunidad Educativa por posicin socioeconmica, credo o raza.

24. Respetara todos los miembros de la comunidad educativa, sin distingo de clases sociales, credo o raza

25. Conocer el alcance de sus competencias de forma oportuna y adecuada.

25. Buscar apoyo en sus profesores o compaeros para recuperar las insuficiencias o deficiencias detectadas en las evaluaciones.

26. Al normal desarrollo de las clases dentro de un ambiente propicio para el aprendizaje, trabajo y construccin de su propio conocimiento en el proceso de desarrollo integral.

26. No portar objetos de valor ni elementos que interfieran en el desarrollo de las actividades acadmicas, culturales o deportivas (radios, equipos sonoros, celulares, juegos de video, CDs, revistas, juguetes, mp3, mp4, mp5, tablets, etc). LA INSTITUCIN NO RESPONDE POR EL DAO O PRDIDA DE ESTOS.

27.

27. No entorpecer las actividades encaminadas al aprendizaje y a la construccin del conocimiento.

28.

28. Adoptar posturas correctas en mesas y pupitres

29.

29. Abstenerse de traer, distribuir y/o comercializar material pornogrfico.

30.

30. Usar el bao nicamente en los momentos de descanso y no interrumpir las clases para hacerlo

31. Conocer el sistema institucional de evaluacin de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluacin y promocin desde el inicio de ao escolar.

31. Cumplir con los compromisos acadmicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo a travs del Sistema Institucional de Evaluacin

32. Conocer oportunamente la programacin acadmica de cada asignatura, su metodologa y los criterios de evaluacin al iniciar el ao escolar.

32. Cumplir con la programacin acadmica y desarrollo del plan de rea de cada asignatura

33. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos acadmicos, personales y sociales, segn las normas vigentes y recibir la valoracin de trabajos, proyectos, sustentaciones, evaluaciones y dems estrategias pedaggicas.

33. Cumplir con la entrega de trabajos, proyectos, sustentaciones y dems estrategias pedaggicas para la superacin de las debilidades participando activa y positivamente en el desarrollo de la evaluacin integral de cada una de las asignaturas.

34. Conocer los resultados de los procesos de evaluacin antes de ser ingresados al Sistema de Notas SIGES y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

34. Cumplir con los requerimientos de calidad y oportunidad exigidos para cada una de las actividades acadmicas.

35. Recibir puntualmente la asesora, acompaamiento de los docentes y planes de mejoramiento para superar sus debilidades en el aprendizaje de acuerdo a lo establecido en el SIE

35. Solicitar el asesoramiento y apoyo de sus docentes, quienes siempre estarn dispuestos a orientarles para resolver sus inquietudes de forma respetuosa y oportuna.

36. Gozar de un ambiente sano y propicio para el desarrollo de sus actividades.

36. Proteger, preservar y cuidar los recursos Naturales. Adems, denunciar a quien maltrate dae o deteriore el medio ambiente

37. A beneficiarse de las estrategias pedaggicas y medidas institucionales para superar las dificultades detectadas.

37. Acatar las sugerencias y estrategias pedaggicas que se le propongan para cumplir con las exigencias acadmicas de cada materia

38.

38. Participar de manera activa y organizada en las clases, respetando las opiniones de sus compaeros y cooperando con ellos, contribuyendo as a crear un ambiente de trabajo productivo y agradable

39. Gozar del descanso reglamentario.

39. Aprovechar el tiempo de descanso, para la sana recreacin y permanecer en los espacios dispuestos para ello.

40.

40. No realizar manifestaciones y expresiones afectivas exageradas que alteren la convivencia social y la normalidad acadmica dentro del Colegio, as como en actividades en las que se encuentre representando a la Institucin y/o portando el uniforme de la Institucin

41. Asistir y participar activamente en las actividades pedaggicas, eventos acadmicos, empresariales, religiosos, culturales, sociales y actividades extracurriculares programadas por la Institucin, dentro y fuera de ella o en representacin de la IED en otras instituciones.

41. Representar dignamente y con espritu de pertenencia a la Institucin en las actividades pedaggicas, deportivas, culturales y extracurriculares programadas dentro y fuera de ella.

42. Exigir cumplimiento de las responsabilidades acadmicas a los docentes de cada una de las reas de estudio para alcanzar la excelencia escolar

42. Dar rendimiento en las actividades acadmicas, dedicando el tiempo necesario, buscando estrategias para el desarrollo mximo de sus capacidades

43.

43. Llegar a cada clase con el material de trabajo exigido por sus profesores y con las actividades propuestas desarrolladas.

44. Tener un ambiente propicio para el aprendizaje, trabajo y la construccin del su propio conocimiento para el normal desarrollo de todas las actividades en el proceso de desarrollo integral

44. No entorpecer las actividades encaminadas al aprendizaje, a la construccin del conocimiento que ejerzan los unos y los otros

45. Participar en eventos deportivos promovidos por la Institucin o en su representacin en otros planteles o instituciones, con decoro, con la intencin de ganar y dejar en alto el nombre de la Institucin. Presentar el aval del director de curso y padre de familia.

45. Cumplir satisfactoriamente con sus actividades acadmicas, representar la Institucin en cualquier evento para el que sea elegido, siempre con eficiencia

46. Solicitar autorizacin para ausentarse de la institucin por motivo de salud.

46. Presentar de forma escrita o verbal la solicitud de los padres para retirarse de la institucin por motivo de salud. En todo caso, los estudiantes no podrn retirarse de la institucin sin la presencia del acudiente.

47. Solicitar autorizacin de Coordinacin para la presentacin de trabajos o evaluaciones, que por ausencia justificada no se haya realizado en el debido momento.

47. Los permisos para ausentarse del colegio en horas de clase, se otorgan por solicitud escrita de los padres o acudientes en la agenda estudiantil ante la Coordinacin o Docente de Disciplina.

48.

48. Justificar las inasistencias a clase al da siguiente con el padre de familia, representante legal o acudiente, o personalmente en el caso de estudiantes mayores de edad de la jornada sabatina y solicitar las actividades de nivelacin y plazos para entregarlas

49.

49. Presentar a los docentes el aval de la Coordinacin para la presentacin de trabajos escritos y evaluaciones despus de las ausencias justificadas por los padres de familia o acudientes.

50. A utilizar de forma adecuada las dependencias, muebles y dems enseres que posee la Institucin para el desarrollo del proceso educativo.

50. Cuidar y preservar las dependencias, muebles y enseres de la Institucin y asumir el costo de la reparacin o compra en caso de que el dao sea diferente al del normal deterioro

51.

51. Los grados a los que han sido asignadas las aulas mixtas deben entregar al final del ao la sala en condiciones conforme el acta de recibido.

52. Tener acceso a las herramientas y materiales que posee la Institucin para el buen desempeo de sus actividades escolares respetando los horarios establecidos.

52. Portar los tiles y materiales necesarios para el buen desempeo de sus actividades escolares.

53.

53. Cumplir con los reglamentos internos establecidos para el funcionamiento de las diferentes aulas y laboratorios

54. Ser tenidas en cuentas las recomendaciones mdicas, para la participacin en cualquier actividad.

54. Allegar oportunamente a la Institucin constancias medicas que justifiquen la incapacidad o restriccin para desarrollar actividades dentro de la Institucin

55.

55. Informar a tiempo las inasistencias ocasionadas por deterioro de salud o enfermedades infecto-contagiosas.

56.

56. Al reanudar las actividades acadmicas presentar la constancia mdica que certifique que puede estar en comunidad. Las incapacidades para no realizar clase de Educacin Fsica y/o Agropecuarias, deben ser sustentadas mdicamente y con tiempos definidos claramente. Dicha incapacidad debe ser expedida UNICAMENTE POR UN MDICO GRADUADO

57. A ser escuchado en las solicitudes y reclamos que formule y recibir oportuna respuesta.

57. Comunicarse de manera respetuosa, adecuada, responder por sus faltas de acuerdo al tratamiento contenido en el presente Manual.

58. Vivir en sana convivencia dentro de la Institucin

58. Aprender a valorar y a respetar la vida de los/as dems como mi propia vida.

59.

59. Denunciar todo acto que atente contra las normas de convivencia

60.

60. Respetar de hecho y de palabra a los compaeros (a), profesores (as), directivos y empleados, evitando expresiones ofensivas, gestos, chistes obscenos y juegos en los que haya violencia fsica, sobrenombres, insultos y comentarios difamatorios y palabras soeces.

61.

61. Mantener un lenguaje correcto y apropiado en todas sus expresiones; especialmente en las relaciones interpersonales y en lugares comunitarios

62.

62. Abstenerse de traer, distribuir, o consumir sustancias psicoactivas, cigarrillo, bebidas embriagantes o cualquier otra sustancia, que alteren el funcionamiento del estado fsico y mental

63.

63. Evitar juegos que incluyan apuestas en dinero y especie.

64.

64. Colaborar activamente con el orden y el aseo de la Institucin haciendo buen uso de las papeleras

65.

65. Tratar con cuidado las plantas, las instalaciones, las carteleras, los recursos materiales y didcticos o deportivos y dems enseres de la Institucin.

66. Elegir y/o ser elegido para el gobierno escolar de acuerdo con las normas vigentes y el presente manual.

66. Desempearse responsablemente como elector y elegido.

67.

67. Cumplir con el plan de trabajo propuesto al momento de la Eleccin como Personero Estudiantil.

68. Ejercer la prctica democrtica dentro y fuera de la Institucin.

68. Disfrutar la prctica democrtica dentro y fuera de la Institucin

69. Recibir los bienes que por olvido o descuido o por que se los han hurtado, sean devueltos oportunamente por quien los tenga.

69. Entregar los objetos encontrados que no son de su pertenencia

70. Portar o llevar los tiles y materiales necesarios para el desarrollo de sus actividades acadmicas.

70. Cuidar sus objetos personales

71. La atencin oportuna de parte de profesores y directivos en los horarios establecidos

71. Entregar los trabajos y o tareas completas, en la fecha y hora acordada

72. A recibir un proceso de evaluacin integral segn normas vigentes, y conocer sus resultados acadmicos antes de ser sistematizados

72. Participar activa y positivamente en el desarrollo de la evaluacin integral de cada una de las reas

73. Solicitar revisiones de su valoracin, parcial o final, en las diferentes asignaturas ante la Comisin de Evaluacin y Promocin.

73. Radicar ante la coordinacin la solicitud de revisin de valoraciones acadmicas

74. Recibir la valoracin de trabajos, proyectos, sustentaciones, evaluaciones y dems estrategias pedaggicas, en un trmino no mayor de 8 das hbiles

74. Presentar en las fechas establecidas los trabajos, proyectos, sustentaciones, evaluaciones y dems estrategias pedaggicas

75. Participar en los debates y actividades de opinin

75. Intervenir en los debates con cordura, juicio critico, actitud positiva y respeto

76. Darle uso adecuado al tiempo libre

76. Permitir el desarrollo de actividades asignadas por una autoridad institucional, en ausencia del docente, respetando las personas asignadas para tal fin.

77. Recibir ayuda profesional que requiera el estudiante para el caso de seguimiento disciplinario y/o acadmico.

77. Asistir a sesiones de orientacin sicolgica, talleres formativos o actividades comunitarias, sugeridas para mejoramiento de actitudes humanas.

78. A que autoridades competentes tomen decisiones buscando el bienestar de la comunidad

78. Permitir la requisa cuando una autoridad institucional lo considere necesario

79. Presentar solicitudes verbales y escritas, observando el conducto regular ante las personas correspondientes y obtener respuestas oportunas

79. Hacer uso del conducto regular en forma respetuosa, cordial y oportuna

80.

80. Portar permanentemente la Agenda Estudiantil, la entrega de circulares o citaciones a los padres de familia y/o acudientes que enva la Institucin y la devolucin de stos firmados.

81. A que la Institucin le expida las constancias y certificados en un plazo no mayor a ocho das hbiles

81. Solicitar y obtener constancias y certificados de acuerdo con las normas y horarios fijados por la Institucin.

82. Recibir reconocimiento y/o estmulo cuando las acciones contribuyan al bien individual o grupal

82. Contribuir con sus actitudes y aptitudes al bien individual o grupal

83. Recibir atencin mdica inmediata en caso de emergencia.

83. Brindar oportunamente primeros auxilios en caso de emergencia o quebrantos de salud

84.

84. Recibir el Carnet del Seguro contra accidentes en los tiempos estipulados por la Empresa Aseguradora siempre y cuando su padre o acudiente realice el pago.

85.

85. Tener la documentacin adecuada y vigente para ser atendido hospitalariamente

86.

86. Poseer la pliza de seguro colectivo en caso de accidente

87. Los nios, nias y adolescentes tienen derecho a que les apliquen las garantas del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. Exigir que las sanciones sean equilibradas de acuerdo con la falta cometida

87. Comportarse correctamente, cumplir con el PEI y el Manual de Convivencia

88. Ser reconocido y estimulado cuando sus actuaciones contribuyan al mejoramiento individual y colectivo

88. Mantener los principios institucionales en todas las actuaciones escolares y extra-escolares

89. A tener acceso a la planta fsica y recursos de la institucin dispuestos para su formacin tales como salones, aulas mixtas, granja, espacios deportivos, espacios comunes, herramientas, entre otros, acorde con las necesidades de enseanza que conduzca a crear un ambiente agradable y motivante para su desarrollo bio-psicosocial.

89. Cuidar, proteger y mantener todas las dependencias y recursos de la institucin como la planta fsica salones, aulas mixtas, espacios deportivos, espacios comunes, herramientas, entre otros..

90. Cuidar y/o proteger la planta fsica, no escribiendo en paredes y pupitres, favoreciendo as la limpieza visual

90.

91. Cuidar y proteger las herramientas y equipos de la granja , as como las plantas, rboles y animales que en ella se encuentren

91. Acceder a un ambiente educativo que conduzca a comprometerse con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la Institucin.

92. Mantener vivo y actual su inters por el Proyecto Educativo Institucional

92. Tener un sitio de trabajo dentro de la Granja donde poder desempear y desarrollar sus actividades agropecuarias de acuerdo con el Proyecto Productivo de Aula o asignatura

93. Tener y portar ropa adecuada segn amerite la actividad agropecuaria.

93. A hacer uso del refrigerio escolar y adicional los estudiantes de la media tcnica a tomar el almuerzo

94. Tomar el Refrigerio Escolar en los horarios establecidos

95. Los estudiantes de la Media Tcnica, a tomar el almuerzo dentro de la Institucin

TTULO 5: DE LOS ESTMULOS

ARTCULO 32: DEFINICIN: Se considera un estmulo un recurso de motivacin que se otorga a una persona en reconocimiento a su labor, por eficiencia en su trabajo, por su desempeo y actitud comprometida, por su participacin desinteresada en beneficio de otros, el cual permite elevar la autoestima y conservar la disposicin para el trabajo.

ARTCULO 33: COMPETENCIA. Los estmulos sern otorgados por la IED Pradilla y/o la Asociacin de Padres de Familia.

ARTCULO 34: TIPOS DE ESTMULOS. Los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento acadmico, comportamiento escolar, espritu de compaerismo, actividades deportivas y colaboracin con la Institucin se hacen acreedores a cualquiera de las siguientes distinciones:

1. Los estudiantes que a juicio del director de curso o docentes de rea se destaquen en comportamiento, rendimiento, esfuerzo personal, colaboracin, actitudes artsticas y deportivas sern merecedores de izar el Pabelln Nacional y tener un reconocimiento pblico.

2. Resaltar por periodo acadmico en un cuadro de honor los dos estudiantes que obtengan las mejores valoraciones acadmicas, comportamentales, aptitudinales y de actitud en todo momento.

3. El curso por sede y jornada, que integralmente valorado sea considerado el mejor en cada uno de los periodos, podr disponer de un da para una actividad recreacional y/o cultural, autorizada y coordinada por la Institucin y patrocinada por la Asociacin de Padres

4. Bajo los criterios de justicia, equidad e idoneidad y tica profesional el docente de asignatura puede exceptuar a estudiantes de la presentacin de evaluaciones acadmicas, por su excelente desempeo.

5. El estudiante que obtenga el titulo de bachiller y que haya cursado y aprobado en la Institucin toda su etapa escolar continua (sin reprobar ao) demostrando excelencia acadmica y comportamental recibir la MENCIN BACHILLER GALANISTA

6. Promocin anticipada segn las normas vigentes.

7. Representar a la Institucin de acuerdo a sus meritos en todo tipo de certmenes acadmicos, deportivos o culturales de carcter: local nacional o internacional, con la autorizacin de la misma y con ayuda econmica de la Asociacin de Padres de Familia o de terceros.

8. Al estudiante que haya desempeado el cargo de Personero, se le har reconocimiento de su labor y cumplimiento de deberes, previo concepto favorable emitido por el Consejo Estudiantil, en ceremonia de clausura o graduacin.

9. El bachiller que obtenga el mayor puntaje en las Pruebas de Examen de Estado, se le otorgar mencin de honor y constar en su certificado, al igual que al mejor Bachiller elegido por la asamblea de maestros. Ser seleccionado para izar el Pabelln Nacional, Bandera de Cundinamarca y del Colegio en actos especiales.

10. Felicitacin privada, verbal o escrita.

11. Felicitacin pblica con anotacin en el observador del estudiante.

PARGRAFO: Para el numeral 2, el curso o cursos que se caractericen por no tener un buen desempeo acadmico y actitudinal de acuerdo a lo anterior, se declarar desierto el estmulo segn consenso de maestros

TTULO 6: DE LOS UNIFORMES Y PRESENTACIN PERSONAL.

ARTCULO 35: Para dar cumplimiento a la Constitucin, la Ley 115 y Decreto reglamentario 1860 de 1994, el Colegio establece pautas que eliminen la discriminacin por razones econmicas y de apariencia personal.

El uniforme es un signo de unidad e igualdad y expresin externa de adhesin a los valores que el Colegio sostiene.

El uniforme debe ser motivo de orgullo para los estudiantes de la IED Pradilla, por lo tanto debe llevarse en forma impecable, elegante y solamente durante actividades escolares. Su uso adecuado busca desarrollar la virtud del orden y la elegancia formando hbitos que llevan a la formacin de virtudes (orden, respeto, responsabilidad, etc).

El uniforme, tanto de diario como de educacin fsica, debe ser usado solamente el da correspondiente en horario de clase segn modelo establecido. Su uso en todas las actividades escolares, dentro y fuera del colegio, es obligatorio.

El uniforme para los Colegios Oficiales de Cundinamarca se regir de acuerdo a la CIRCULAR No. 000016 DEL 2 DE FEBRERO DE 2.006 DE LA SECRETARA DE EDUCACIN DE CUNDINAMARCA, y las modificaciones necesarias aprobadas por el Consejo Directivo de la Institucin:

ARTCULO 36: El uniforme oficial para labor diaria es el siguiente:

Nias y seoritas:

Jardinera: De cuadros azules segn modelo emanado de la Secretara de Educacin con el escudo de la Institucin Educativa cosido en el lado izquierdo del pecho. El talle es hasta la cintura. El largo total de sta va hasta la mitad de la rodilla.

Camibuso: De color blanco

Medias: Media media blanca

Zapatos Colegial de color negro, de embolar, amarrar y planos con cordones negros.

SacoBuso escolar de color azul oscuro con cuello en V. No est permitido usar otro tipo de suter, saco o chaqueta.

El uso del uniforme ser evaluado peridicamente como indicador de logro comportamental

En caso de usar el cabello largo, ste deber estar sujetado por una moa de color blanco

Nios y Jvenes:

Pantaln En gabardina azul oscuro, bota recta, con prenses, cinturn negro

Camibuso Camibuso blanco de manga corta, talle suelto, con el escudo del colegio cosido al lado izquierdo del pecho

Medias Media media de color azul oscuro, que combinen con el color del pantaln. No tobilleras.

Zapatos Colegial de color negro, de embolar, amarrar y planos. Cordones negros

SacoBuso escolar de color azul oscuro con cuello en V. No est permitido usar otro tipo de suter, saco o chaqueta.

El uso del uniforme ser evaluado peridicamente como indicador de logro comportamental

El cabello debe ser corto, No estn permitidos los cortes extravagantes.

PARGRAFO 1: De acuerdo al decoro, pulcritud, buena presentacin y feminidad, la ropa interior superior debe ser de color blanco, conforme el color del camibuso.

PARGRAFO 2: En poca de lluvias es permitido el uso de botas de caucho oscuras con el uniforme.

ARTCULO 37: El uniforme oficial para educacin fsica es el siguiente:

Nias y nios

Camiseta: Camibuso blanco de manga corta, talle suelto, con el escudo del colegio cosido al lado izquierdo del pecho

Pantaloneta: Azul oscura unicolor

Medias: Media media de color blanco. No tobilleras ni baletas.

Zapatos Tenis blancos con cordones blancos, sin ninguna decoracin

Sudadera De color azl oscuro en tela polister o nautica, compuesta por:

Chaqueta con dos bolsillos laterales, cremallera delantera a medio cuerpo con cintas de color amarillo y blanco en las dos mangas en piqu de polister o nutica, con resorte en la cintura y en los puos.

Pantaln bota recta, con cintas de color amarillo y blanco a los lados de las dos mangas a media pierna y con resorte en la pretina y con al menos un bolsillo con cremallera.

PARGRAFO 1: Son tres franjas con cintas de color amarillo y blanco. Cada franja con una cinta superior amarilla entre 1.5 y 2 cm y una que le sale inferior blanca de 0.5 cm.

PARGRAFO 2: En poca de lluvias es permitido el uso de botas de caucho oscuras con el uniforme.

ARTCULO 38: Para la realizacin de trabajo en la Granja se debe utilizar ropa cmoda diferente a los uniformes de diario y educacin fsica, preferiblemente overol y botas de caucho.

ARTCULO 39: Los grados 10 y 11 para el trabajo en el laboratorio de procesamiento de alimentos, es indispensable el porte de bata blanca de manga larga, gorro y tapabocas; no portar maquillaje facial ni de uas, sin accesorios como aretes, anillos y pulseras y portar las uas cortas.

ARTCULO 40: El Colegio establece uniformidad en la presentacin del estudiantado con las siguientes normas:

1. Baarse diariamente el cuerpo.

2. No esta permitido dentro del plantel el maquillaje facial ni de uas

3. Se prohbe el uso de accesorios adicionales y/o corporales (piercing, tatuajes, collares, pulseras) que lesionen la integridad del estudiante y que deterioren la imagen Galanista.

4. Los zapatos deben presentarse limpios y embolados. De igual manera los tenis deben traerse limpios el da que corresponda segn el horario.

5. Mantener los uniformes limpios y portados con decoro. El pantaln no podr portarse descaderado.

6. Mantener el cabello limpio, bien peinado y libre de parsitos.

7. El cabello de las estudiantes debe sujetarse o recogerse con elementos que no sean ostentosos.

8. El cabello de los estudiantes perfectamente arreglado, peinado, limpio evitando cortes y colores extravagantes.

ARTCULO 41: El estudiante portar durante toda la jornada escolar su agenda estudiantil. El no portarla se considerar falta leve y se realizar el proceso para la sancin correspondiente.

ARTCULO 42: El uniforme de diario para la educacin formal de adultos ser el uniforme de educacin fsica de la jornada diurna.

CAPITULO III

DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA

TTULO 1: CRITERIOS CONVIVENCIALES

ARTCULO 43: El estudiante GALANISTA en todas sus sedes y jornadas tiene derecho al debido proceso (art. 29 de la C.N.) al iniciarse su seguimiento para efectuar las acciones pedaggicas preventivas o formativas a que hace referencia este Manual.

El procedimiento a seguir se aplicar de manera gradual y progresiva y ser dirigido por las personas que les corresponda en su debido momento.

En todos los casos el estudiante tendr derecho a:

1. Ser escuchado y evaluado objetivamente en su comportamiento

2. Que se le revise su registro escolar y valoracin

3. A que se le efecten observaciones verbales o escritas

4. Utilizar los recursos de reposicin y apelacin despus de haber agotado las dems instancias

ARTCULO 44: EL SALUDO. El saludo es una manifestacin elemental de educacin. Los integrantes de la IED Pradilla, expresan su saludo respetuosamente.

ARTCULO 45: RETARDOS, AUSENCIAS Y PERMISOS. Los estudiantes de la IED Pradilla tienen el deber de asistir a todas las clases.

a. Retardos. Se considera retardo llegar a clase hasta 5 minutos despus del cambio de clase. Los alumnos que llegan tarde a la primera hora de clase se les realizar anotacin en el observador y de reincidir se le citar acudiente. Una vez realizada la anotacin el estudiante podr ingresar a clase.

b. Ausencias por motivo de enfermedad o accidente. En caso de enfermedad o accidente, la ausencia debe ser informada de manera inmediata a la Institucin. A su regreso, el estudiante debe presentar la excusa firmada por sus padres o acudientes con el soporte mdico.

Si un estudiante se enferma o sufre un accidente en cualquiera de las sedes de la IED, el docente o el (la) Coordinador(a) determinarn si ste debe ser autorizado para ausentarse de una actividad acadmica particular o del plantel. De todas maneras, los padres sern avisados.

c. Ausencias programadas. En caso de ausencias programadas, el estudiante debe presentar con anticipacin a Coordinacin solicitud de permiso escrita y firmada por sus padres o acudientes en la agenda escolar. No se atendern solicitudes que vengan en forma diferente.

En el caso de participaciones en eventos escolares, deportivos o culturales, debe anexarse una copia de la invitacin de la entidad organizadora (Ejm. club deportivo, liga deportiva, academia artstica, etc.), en la que consten las fechas y el nombre del participante.

Las ausencias programadas de uno o ms das pueden ser autorizadas en los siguientes casos:

Para participar en actividades escolares, deportivas o culturales (cursos lingsticos, eventos deportivos de la Institucin, eventos deportivos y culturales de carcter regional o nacional)

Para eventos familiares importantes, exmenes o consultas mdicas.

Las solicitudes relativas a ausencias de uno y dos das las autoriza Coordinacin y las de tres o ms las autoriza la Rectora.

Para analizar la solicitud, el Director de Curso, el Coordinador o el Rector tendrn en consideracin las circunstancias del caso, la situacin acadmica del estudiante y los posibles efectos que estas ausencias puedan generar en su desempeo acadmico futuro.

d. Evasiones: Se considera evasin llegar a clase despus de 5 minutos del toque de campana o cambio de clase o no llegar despus de haber ingresado a la Institucin.

ARTCULO 46: DECOMISOS. Sern retenidos transitoriamente gorras, cachuchas, balones, radios, audfonos, celulares, cajas musicales, tablets de estudiantes; ser anotada la falta en el observador del estudiante con las especificaciones del objeto decomisado; y sern devueltos al terminar la jornada escolar. Si existe reincidencia se decomisar el objeto, se citar al acudiente y se le entregar el objeto decomisado nicamente al padre/acudiente.

ARTCULO 47: No se permite ninguna venta en el Colegio, salvo las especficamente autorizadas por la Rectora y los que sean consecuencia directa del trabajo en clase de Agrcola, Pecuaria y/o Procesamiento de Alimentos y trabajo de grado de los estudiantes. Los artculos para la venta decomisados sern entregados al acudiente.

PARGRAFO 1: En los alrededores de las instalaciones de la Institucin o en los lugares donde se desarrollen actividades propias de la Institucin, est prohibido el comercio de todo tipo de mercancas por personas ajenas a los arrendatarios de la Cafetera Escolar, especialmente la venta de comestibles y productos similares; el ingreso, consumo y venta de bebidas alcohlicas y/o embriagantes y sustancias psicoactivas.

PARGRAFO 2: Tambin est prohibida la participacin en juegos que impliquen apuestas de dinero y rifas. Se exceptan las autorizaciones que sobre lo anterior expida la Rectora de la Institucin. Su incumplimiento se constituye en falta, cuya gravedad establecer la autoridad correspondiente.

PARGRAFO 3. Los negocios de videojuegos, y estos tendrn que estar ubicados a ms de 400 metros de distancia de centros educativos conforme a Ley 1554 del 09 de julio de 2012.

ARTCULO 48: PRINCIPIOS RECTORES

1. Nadie podr ser sancionado por un hecho que no este expresamente previsto en este Manual.

2. El investigado sancionado o absuelto mediante sentencia ejecutoriada, no ser sometido a un nuevo juzgamiento por el mismo hecho, aun cuando a sta se le de una denominacin distinta, salvo que reincida en la accin.

3. La sancin tiene como finalidad una funcin retributiva, preventiva, protectora y resocializadora.

4. El desconocimiento del Manual de Convivencia no sirve de excusa.

5. Nadie puede ser sancionado por autoridad competente distinta expresa en el presente Manual salvo que la falta en que se incurra sea competencia de la justicia ordinaria.

6. El presente Manual se aplicara a la comunidad Educativa perteneciente a esta Institucin Educativa.

ARTCULO 49: El Rector o Director del Establecimiento Educativo podr otorgar distinciones o imponer sanciones a los estudiantes segn el Reglamento o Manual de Convivencia de ste, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educacin Nacional

ARTCULO 50: DEFINICIONES

a. FALTA: Es cualquier accin o actitud que interfiera o atente contra el normal desarrollo de la comunidad Educativa. Para su calificacin, las faltas se clasifican en acadmicas y de convivencia (disciplinarias), segn que la conducta viole o atente contra el orden acadmico o de convivencia establecido.

b. FALTAS ACADEMICAS: Se considera falta acadmica el bajo rendimiento acadmico, el ser reportado a la Comisin de Evaluacin y Promocin o el intento de fraude, copia o plagio en trabajos acadmicos. Se tomaran las medidas acadmicas previstas en este Manual o en el Proyecto Educativo Institucional o las consagradas en las Normas Educativas vigentes o las que se consideren apropiadas por la formacin integral del alumno, siempre y cuando estas no sean violatorias a aquellas.

c. FALTAS DISCIPLINARIAS O DE CONVIVENCIA: El presente Manual de Convivencia contempla como faltas disciplinarias: el abuso de los derechos y el incumplimiento de los deberes

ARTCULO 51: ACCIONES PEDAGOGICAS: Son estrategias que desde las diferentes instancias Educativas se programan con carcter formativo o de reflexin y orientacin para alcanzar cambios de actitud coherentes con los principios para la convivencia

a. PREVENTIVAS: Son estrategias institucionales programadas y realizadas desde las reas, asignaturas o comits con el fin de favorecer el ambiente institucional para el trabajo escolar, estableciendo acuerdos, planteando estrategias, cumpliendo compromisos y vivenciando los principios de la convivencia.

1. Conocimiento y puesta en prctica de los principios, normas y acuerdos establecidos a favor de la convivencia y el ambiente agradable para el aprendizaje escolar

2. La conservacin de las relaciones con los dems a travs de la creacin de espacios de dilogo y comunicacin (direcciones de curso, convivencias, entrevistas con los padres etc.)

3. El manejo del conflicto a travs de la prctica de la negociacin y conciliacin con participacin activa de los padres y /o acudientes.

4. La realizacin y participacin en programas de formacin en valores que orienten el crecimiento personal

5. La realizacin y participacin en programas para el manejo del tiempo libre

6. El desarrollo de programas que despierten el inters por el manejo y conservacin del entorno

7. Todas las acciones y programas adelantados desde las reas, asignaturas, comits y departamento de psicologa de la institucin y/o del municipio o EPS correspondiente, que promuevan la formacin integral del estudiante como principio fundamental del horizonte institucional.

b. FORMATIVAS: Son estrategias institucionales establecidas en acuerdos con los diferentes estamentos de la comunidad Educativa para ser aplicados con el propsito de obtener cambios positivos de actitud en caso de incumplimiento a los compromisos y acuerdos pactados.

TTULO 2: CLASIFICACIN DE LAS FALTAS

ARTCULO 52: Los nios crecen y se desarrollan con los modelos de conducta que ven a su alrededor, sin equivocarnos podemos decir que la mayora de veces, detrs de un nio que grita, hay un padre y una madre que hacen lo mismo...

Gloria Marsellach

ARTCULO 53: Las faltas se clasifican como: LEVES, GRAVES Y GRAVSIMAS

ARTCULO 54: FALTAS LEVES. Se entienden por faltas leves, aquellos comportamientos que sin vulnerar los derechos fundamentales, interfieren y perjudican el desarrollo de las actividades.

DESCRIPCION DE LA FALTA

PROCEDIMIENTO

1. Llegar tarde a la Institucin, a eventos institucionales y a las aulas de clase sin excusa justificada.

2. Presentarse al plantel sin los implementos indispensables para tomar los apuntes, trabajr en clase y dems actividades pertinentes, para el normal desarrollo del proceso de aprendizaje, o la negacin del uso de los mismos.

3. Tener un rendimiento acadmico bajo y sin compromiso para superarlo e incumplir los compromisos adquiridos en actas.

4. Incumplir con el cronograma de los proyectos productivos.

5. No portar el uniforme adecuadamente segn el Manual de Convivencia (Artculo 36).

6. Presentarse sin el uniforme correspondiente segn el horario de clases.

7. Presentarse al plantel con maquillaje facial, tinturas y peinados o peluqueados extravagantes, uas con esmalte de color distinto al transparente ya que afectan la esttica que requiere el uniforme y la imagen de la Institucin.

8. Usar camisetas de colores en educacin fsica, buzos o chaquetas diferentes al uniforme.

9. Intercambiarse las prendas del uniforme entre estudiantes.

10. La mala presentacin personal (desaseo)

11. Llevar o usar dentro de la Institucin objetos que no sean necesarios para su labor escolar que lo distraigan o perjudiquen, en especial prendas de vestir como: bufandas, camisetas de colores o blancas con estampados, tenis de color o sacos o chaquetas distintas a las del uniforme; o accesorios como: pulseras, manillas, cadenas, collares, aretes grandes y exagerados, celulares, mp3, video juegos, mp4, revistas, bafles amplificadores, tablets, etc.

12. Establecer conversacin o poner en funcionamiento aparatos sonoros, tales como mp3, video juegos, mp4, bafles amplificadores, etc, que interrumpan las clases o provoquen desordenes durante las formaciones, el desarrollo de las actividades acadmicas (clase), actividades culturales y actos generales de comunidad.

13. Utilizar el celular en horas de clase para recibir llamadas o escuchar msica con o sin audfonos.

14. El no cumplir el horario de clases que se orienta con el toque de campana o timbre que ordena el inicio de clase, la suspensin del descanso y el regreso a los salones, conllevando a la llegada tarde a clase y/o evasin de clase.

15. La evasin de clase y/o actividades escolares o extracurriculares.

16. La inasistencia al plantel de manera continua.

17. Cualquier tipo de indisciplina (gritar, tomar del pelo, no cumplir indicaciones, etc) en las actividades de la institucin, incluyendo en las formaciones y aulas de clase, que interrumpan el buen desarrollo de las mismas y la sana convivencia.

18. Comercializar artculos y/o promover la venta de rifas dentro de la Institucin sin la debida autorizacin.

19. Entrar o salir por lugares distintos a la portera de la Institucin.

20. Tener contacto con cualquier persona a travs de la malla que encierra la institucin.

21. Entrar o salir en horas distintas de las establecidas o en das no hbiles excepto cuando se programen actividades especiales o haya autorizacin escrita.

22. No hacerse respetar por sus compaeros (as).

23. Traer a la Institucin altas sumas de dinero, objetos de valor, de distraccin llamativos (joyas, celulares, radios, cd, etc.) en caso de perdida de stos, la Institucin no se responsabiliza. En este caso se llamar de inmediato al padre/acudiente.

24. Usar el nombre de la Institucin para cualquier actividad ajena a la estrictamente pedaggica, que implique beneficios de cualquier ndole personales o ajenas

25. Consumir cualquier tipo de alimento y/o chicle dentro de las aulas de clase y los laboratorios o en las formaciones o eventos culturales.

26. Permanecer en sitios donde se prohbe el ingreso a menores de edad portando el uniforme, tales como juegos de azar, billares, videojuegos, y establecimientos de venta de licor.

27. Salir de clase sin permiso del docente.

28. Permanecer en el saln durante las horas de descanso o fuera de l en horas de clase.

29. En el caso de los estudiantes de la Educacin Media (grados 10 y 11), salir a la 1:30 p.m. de la Institucin sin autorizacin.

30. El incumpliendo en el turno de aseo.

31. El no entregar las circulares citaciones a los padres de familia y/o acudientes que enva al Institucin a su padre de familia o acudiente y la no devolucin de stos firmados.

32. Ausentarse del plantel o de actos comunitarios sin previa autorizacin o con engaos.

33. Tener una actitud pasiva y desinteresada en los actos comunitarios y en las actividades acadmicas.

34. Arrojar maizena, huevos, harina u otros elementos a compaeros dentro o fuera de la Institucin.

35. Efectuar juegos o gestos bruscos, vulgares u obscenos.

36. Arrojar basuras o desechos al piso de los corredores, salones, patios y dems reas de la planta de la Institucin.

37. Desperdiciar o arrojar al piso los alimentos en el refrigerio.

38. Hacer grafitis o escritos en los pupitres, puestos, ventanas, paredes, pisos, baos, etc.

39. Permanecer dentro de los salones y corredores en las horas de descanso, formaciones y actos generales de la comunidad sin la debida autorizacin

40. Incumplir las normas establecidas para el manejo, seguridad y buen funcionamiento de los materiales y equipos pertenecientes a laboratorios y salones especializados.

41. Entrar sin previa autorizacin a la Rectora, Coordinaciones, Oficinas Administrativas, Sala de Profesores, Baos de Docentes, Laboratorios y dems sitios que lo ameriten

42. Irrespetar los Smbolos Patrios durante el desarrollo de la Izada de Bandera

43. Llevar a la institucin juguetes blicos.

44. Tener contacto con cualquier persona a travs de las ventanas o de la malla que encierra la institucin.

Para el procedimiento de faltas leves se establecen como acciones correctivo formativas las siguientes:

PRIMER NIVEL: Son las que responden a un proceso de autoformacin y concientizacin de los compromisos adquiridos como estudiante Galanista, realizadas a travs de un proceso de acompaamiento dirigido y orientado por el director de curso, docente de rea, coordinador en el siguiente orden;

1. Dialogo con el estudiante por parte del director de curso o docente de rea con el fin de alcanzar el reconocimiento del error o incumplimiento de acuerdo. Registro de la falta y compromiso en el observador del estudiante.

1. Establecer la figura de la concertacin cuando el estudiante ha incumplido un acuerdo y se asume la responsabilidad de los hechos. (Registro de la falta y compromiso en el observador del estudiante)

2. Citacin al padre de familia o acudiente para ser informados de la falta cometida y permitir dilogos cordiales y formativos encaminados a lograr compromisos para remediar el comportamiento. Firma de acta de compromiso de convivencia escolar, o mejoramiento acadmico en presencia del padre; proceso en el cual el estudiante realiza sus descargos, justifica sus acciones, reconoce su error, asume su responsabilidad y establece compromisos firmados de comn acuerdo con las estrategias propuestas por el docente. Se hace registro en el observador como sntesis del seguimiento llevado por el respectivo docente.

3. Remisin a Orientacin Escolar. Asistencia en compaa al padre de familia o su acudiente a clase o a los talleres de autoformacin y reflexin programados por la orientacin con el fin de buscar un cambio de actitud favorable en su comportamiento y compromisos escolares. Se hace registro en el observador con los compromisos adquiridos por el estudiante y padre/acudiente.

Toda anotacin en el Observador del Estudiante debe llevar la firma del docente, estudiante y padre (en caso de ser citado)

PARGRAFO 1: Una vez agotado el anterior procedimiento sin obtener resultados satisfactorios se le dar el trmite de las faltas graves.

PARGRAFO 2: La acumulacin de tres veces la misma falta leve, sin atender las medidas correctivas impuestas, se considera falta grave.

ARTCULO 55: FALTAS GRAVES. Son aquellas conductas que vulneran los derechos fundamentales de las personas y/o ponen en peligro la integridad de las personas, las instalaciones o bienes de la comunidad Educativa.

DESCRIPCION DE LA FALTA

PROCEDIMIENTO

1. La reincidencia de faltas leves (Reincidencia: Hacerlo nuevamente)

2. No observar cambios positivos en la conducta despus de un llamado de atencin, asumiendo actitudes de desatencin e irrespeto.

3. Incumplir con las actividades pedaggicas propuestas por la Institucin, produciendo desorden.

4. Negarse sin justa causa a representar a la Institucin en cualquier evento, habiendo adquirido antes este compromiso.

5. Salir de la vivienda portando el uniforme y no llegar a la Institucin Educativa.

6. Llevar, mirar o hacer circular dentro de la Institucin revistas, libros, folletos o cualquier otro tipo de material pornogrfico, hechicera, fetichismo, magia, quiromancia o tarot.

7. Alterar, adulterar, o falsificar documentos, observador del estudiante, evaluaciones, valoraciones, para beneficio o perjuicio propio o ajeno.

8. El fraude en trabajos, tareas, evaluaciones.

9. Suplantar el nombre de compaeros, superiores, padres de familia o acudientes.

10. Utilizar la mentira para justificar la evasin o cualquier otro hecho.

11. Sustraer el observador del estudiante, extraviarlo, romperlo y/o quemarlo.

12. Presentarse a la Institucin bajo el efecto de bebidas alcohlicas y fermentadas (desde el tufo hasta la embriaguez), estupefacientes o cualquier sustancia no permitida, usarlas, o distribuirlas, fumar o llevar cigarrillos a la Institucin.

13. Consumir o incitar al consumo de bebidas alcohlicas dentro y fuera de la Institucin en especial cuando est portando el uniforme.

14. Consumir, distribuir o poseer sustancias consideradas nocivas para la salud fsica o psicolgica (alcohol o drogas) dentro de las instalaciones de la Institucin o en lugares donde el estudiante represente a la Institucin o cuando se est portando el uniforme y/o incitar a su consumo.

15. Presentarse a cualquier actividad bajo los