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LPN/SCJN/DGRM/003/2012, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN POR DOS AÑOS DE UNA PÓLIZA DE “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN” ANEXO 1a CARTA DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) FECHA:________________ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones, relacionadas con el procedimiento de contratación mediante _______________________ número _______________________, así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia __________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad ______________________. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del representante legal

LPN/SCJN/DGRM/003/2012, RELATIVA A LA …207.249.17.176/Transparencia/LPN2012/Anexos LPN... · MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ENTERASYS Y ACTUALIZACIÓN DE NETSIGHT ... por falla cualquier

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LPN/SCJN/DGRM/003/2012, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN POR DOS AÑOS DE UNA PÓLIZA DE “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y

CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 1a

CARTA DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y

representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones, relacionadas con el procedimiento de contratación mediante _______________________ número _______________________, así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia __________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad ______________________. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

LPN/SCJN/DGRM/003/2012, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN POR DOS AÑOS DE UNA PÓLIZA DE “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y

CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 1b

CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMIENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES)

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa licitante) actuando a

nombre y representación de (Nombre de la empresa licitante). Por medio del presente

manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que

declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que conocemos el Acuerdo General

de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en

ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,

VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(persona física o representante de la persona moral)

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CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 1c

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral). Por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de mi representada, la información recibida en la carpeta correspondiente a la ________________ número ___________________, para la __________________________________________. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver ese Alto Tribunal, toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta a la entrega de nuestra propuesta. En nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en esta manifestación.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 1d

ANTECEDENTES DE PARTICIPACIÓN (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y

representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo que mi representada ha participado en los siguientes procedimientos de contratación en la Suprema Corte de Justicia de la Nación: Número de concurso Fecha Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 1e

CARTA PROTESTA DE CONFIRMACIÓN DE SITUACIÓN LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que la situación legal de la empresa que represento, a esta fecha, es la misma que prevalecía en la época en que se emitió el Dictamen Resolutivo Legal, del procedimiento de contratación número _____________ para la contratación de _______________________________, y que el acto permisivo para la contratación de ____________________________________, numeral 6 “Documentación Legal” está vigente.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante ó apoderado legal

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

ANTECEDENTES

En diciembre de 2005 La Suprema Corte de Justicia de la Nación adquirió varios equipos marca Enterasys modelo N7 con el fin de proporcionar mejores servicios de red en el edificio Sede, y al mismo tiempo sustituir la infraestructura de comunicaciones que había estado funcionado por espacio de cinco años. Una característica de los equipos Enterasys N7 es su arquitectura distribuida y alta escalabilidad, lo que permite extender su tiempo de vida por varios años con sólo actualizar algunos de sus componentes y proporcionarles el mantenimiento adecuado. De igual forma, en diciembre de 2008 el Máximo Tribunal de la Nación adquirió equipos de la marca 3Com con el propósito de actualizar la red LAN de los siguientes inmuebles:

16 de Septiembre número 38. Bolívar número 30. Av. Revolución número 1508. Casas de la Cultura Jurídica.

La póliza de mantenimiento preventivo y correctivo, tanto de los equipos Enterasys como de los equipos 3Com, concluye en diciembre de 2011, por lo que es necesario adquirir una nueva póliza con el propósito de cubrir contra cualquier desperfecto en el hardware o el sistema operativo a los equipos de comunicaciones que conforman la red de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN” consiste en contratar los servicios profesionales de una compañía certificada y especializada, avalada por el fabricante de los equipos Enterasys y 3COM para que se encargue de proporcionar los siguientes servicios:

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

Mantenimiento preventivo, correctivo y lógico. Soporte técnico Actualización para la suite de NetSight (Solo para Enterasys)

ESPECIFICACIONES

Los requerimientos mínimos necesarios se plasman en el cuadro siguiente.

SUBPARTIDA 1.1 Descripción correspondiente a los equipos Enterasys

SUBPARTIDA CONCEPTO

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ENTERASYS Y ACTUALIZACIÓN DE NETSIGHT

Póliza de mantenimiento preventivo, correctivo y lógico para los Switches Enterasys por dos años. La póliza deberá especificar los siguientes tipos de mantenimiento: Mantenimiento Preventivo

Un mantenimiento preventivo al año para todos los equipos en la fecha y horario que

indique la Dirección General de Tecnologías de la Información. El mantenimiento debe

comprender la limpieza física de todos los componentes de los Swicthe´s, así como la

desconexión y reconexión de las fibras ópticas y los cables UTP. Incluir en la propuesta

un plan de trabajo.

Mantenimiento Correctivo

El mantenimiento correctivo en caso de falla en la operación de la red deberá comprender

la corrección de anomalías, reparación al 100%, sustitución temporal de emergencia y/o

sustitución definitiva de todos los equipos y componentes señalados en el apartado

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

1.1

“Relación del equipo Enterasys Matrix N7 para la Subpartida 1.1”.

2 de los equipos N7 deberán considerarse bajo el esquema de remplazo avanzado de partes:

Soporte técnico telefónico de 7 x 24 x 365.

Soporte vía web 7x24

Remplazo avanzado de partes en un tiempo no mayor a 4 horas.

En caso de que el problema no sea resuelto telefónicamente un ingeniero de soporte

deberá presentarse en el sitio donde ocurrió la falla en un tiempo no mayor a 4 horas

para restablecer el servicio al 100%.

7 de los equipos N7 deberán considerarse bajo el esquema de siguiente día hábil:

Soporte técnico telefónico de 7 x 24

Soporte vía web 7x24

Remplazo de partes al siguiente día hábil

La propuesta deberá incluir:

Equipo de Spare en las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para

sustituir por falla cualquier componente de los dos Switches bajo el esquema de remplazo

avanzado de partes. Especificar en la propuesta la cantidad y modelo de los

componentes.

Matriz de escalación.

En caso de reportar alguna de las partes para su remplazo debido a falla, el equipo

nuevo se deberá entregar en las instalaciones de la Suprema Corte en un tiempo máximo

de 24 horas.

Mantenimiento Lógico El mantenimiento lógico deberá incluir los siguientes rubros:

Actualización a la última versión de firmware liberada por el fabricante para todos los

equipos N7.

Actualización de la plataforma de administración y monitoreo NetSight Advanced Bundle

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

Unrestricted (Console with 50 concurrent users plus PM,PCC, ASM, IM and NAC

Manager) a la versión más reciente.

Todos los submodulos de la Plataforma de Administración Netsight deberán operar sin

restricción alguna, dentro de los cuales se incluyen:

1. NMS Topology Manager

2. Inventory Manager

3. Policy Manager

4. Wireless Manager

5. Lector de Flujos Netflow

6. One View

Integración lógica en una sola plataforma de administración y monitoreo móvil de la red

cableada, para lo cual el proveedor deberá incluir todo el software, hardware y accesorios

necesarios para su óptimo funcionamiento.

Configuración y puesta a punto de las mejores prácticas recomendadas por el fabricante

para todos los equipos mencionados en este requerimiento, las cuales deberán incluir al

menos las siguientes categorías:

A. Administración de los equipos.

B. Monitoreo avanzado y alarmas

C. Seguridad Avanzada y protección contra ataques

D. Continuidad y previsión

E. Reporte de estadísticas (mínimo top ten)

Dentro de la propuesta técnica se deberá detallar las mejoras a implementar de acuerdo

a las categorías anteriores. Estas se deberán implementar en los siguientes equipos:

o IDF´s (equipos de acceso)

o Equipos de Core

o Equipos de Datacenter y granja de servidores

Es requisito indispensable entregar copia de la póliza emitida por el fabricante y dirigida a la SCJN

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

en la cual se especifique los productos cubiertos, los tipos de mantenimiento y su alcance, así como el inicio del contrato y su duración. El Prestador de Servicios estará obligado a tener a disposición de la “Suprema Corte” durante los dos años que dure la póliza, las partes y refacciones que sean necesarias para mantener los equipos en condiciones óptimas de funcionamiento. Estas refacciones tendrán un precio igual a las del mercado y serán originales. El Prestador de Servicio deberá garantizar que los chasis N7 conserven su actual funcionalidad al cien por ciento, así como todas sus características de operación de acuerdo a la documentación emitida por el fabricante, permitiendo además su integración con futuras actualizaciones de hardware y software. En el caso de los mantenimientos correctivos es obligatorio utilizar refacciones o partes nuevas e idénticas a las dañadas. Las piezas o equipos dañados deberán ser sustituidos tomándose a cambio. El remplazo se realizará en sito y será responsabilidad de la empresa adjudicada. Para efectos de control del inventario de la Suprema Corte de justicia de la Nación, el Prestador de Servicios deberá de cumplir con los siguientes lineamientos:

1. Al día siguiente hábil después de haber hecho el cambio deberá entregar una carta

membretada, dirigida al titular de la Dirección de Operación, notificando el remplazo de la

pieza dañada. Es indispensable mencionar el número de serie de la pieza dañada y de la

pieza que se entrega en sustitución, y de ser el caso, el número de inventario de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación de las piezas mencionadas.

Se debe adjuntar una copia de la orden de trabajo detallando las razones técnicas que dieron lugar a dicho cambio.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

Continuación de la Subpartida 1.1

SUBPARTIDA CONCEPTO

1.1

Los participantes deberán considerar la instalación de memoria de 256 MB en las siguientes tarjetas:

NÚMERO MODELO MEMORIA ACTUAL

1 7H4382-25 128 MB

2 7H4202-72 128 MB

3 7H4202-72 128 MB

4 7G4282-49 128 MB

5 7G4270-12 128 MB

SOFTWARE

El Prestador de Servicios deberá garantizar las actualizaciones a nuevas versiones de software en todos los equipos por un periodo de 2 años a partir de la notificación del fallo, de tal forma que se puedan explotar las funcionalidades desarrollas por el fabricante en el futuro. ACCESORIOS E INSTALACIÓN FÍSICA DEL HARDWARE

Las actividades de instalación, configuración y puesta en operación deberán darse por el Prestador de Servicios y avaladas por el fabricante.

Montaje.- El licitante ganador será responsable del montaje del nuevo hardware, coordinado por el personal de la Dirección General de Tecnologías de la Información. Asimismo, deberá desmontar,

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

embalar y proteger el hardware existente mientras se realiza la instalación del nuevo. Esto también aplica para la desconexión y conexión de todos los cables de alimentación, UTP y fibras ópticas.

SUBPARTIDA 1.2 Descripción correspondiente a los equipos 3Com

SUBPARTIDA CONCEPTO

1.2

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS 3COM

Póliza de mantenimiento preventivo y correctivo para los Switches 3Com con soporte técnico por dos años. La póliza deberá especificar un tiempo máximo de 4 horas en la resolución de fallas para restablecer el servicio al 100%. Además deberá incluir:

Soporte técnico telefónico de 7 x 24 x 365.

Matriz de escalación.

Un ingeniero certificado en los Switches 3Com en sitio para el caso de falla de los

equipos, con un tiempo de respuesta de dos horas como máximo.

Remplazo de equipo en caso de falla en un máximo de 24 horas después de haber

levantado el reporte.

Actualizaciones de firmware en todos los equipos

Un mantenimiento preventivo al año para todos los equipos en la fecha y horario que

indique la Dirección General de Tecnologías de la Información.

Actualización y soporte para TippingPoint 5000E Intrusion Prevention System – (4)

Gigabit Fiber Segments

Actualización y soporte técnico para TippingPoint SMS

El Prestador de Servicios estará obligado a tener a disposición de la “Suprema Corte” durante los dos años que dure la póliza, las partes y refacciones que sean necesarias para mantener los equipos en condiciones óptimas de funcionamiento. Estas refacciones tendrán un precio igual a las

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

del mercado y serán originales. El Prestador de Servicio deberá garantizar que los equipos 3Com conserven su actual funcionalidad al cien por ciento, así como todas sus características de operación de acuerdo a la documentación emitida por el fabricante, permitiendo además su integración con futuras actualizaciones de hardware y software. En el caso de los mantenimientos correctivos es obligatorio utilizar refacciones o partes nuevas e idénticas a las dañadas. Las piezas o equipos dañados deberán ser sustituidos tomándose a cambio. El remplazo se realizará en sito y será responsabilidad de la empresa adjudicada. Para efectos de control del inventario de la Suprema Corte de justicia de la Nación, el Prestador de Servicios deberá de cumplir con los siguientes lineamientos:

1. Al día siguiente hábil después de haber hecho el cambio deberá entregar una carta

membretada, dirigida al titular de la Dirección de Operación, notificando el remplazo de la

pieza dañada. Es indispensable mencionar el número de serie de la pieza dañada y de la

pieza que se entrega en sustitución, y de ser el caso, el número de inventario de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación de las piezas mencionadas.

Se debe adjuntar una copia de la orden de trabajo detallando las razones técnicas que dieron lugar a dicho cambio.

Continuación de la Subpartida 1.2.

SUBPARTIDA CONCEPTO

1.2

SOFTWARE

El Prestador de Servicios deberá garantizar las actualizaciones a nuevas versiones de software en todos los equipos por un periodo de 2 años a partir de la notificación del fallo, de tal forma que se puedan explotar las funcionalidades desarrollas por el fabricante en el futuro.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

ACCESORIOS E INSTALACIÓN FÍSICA DEL HARDWARE

Las actividades de instalación, configuración y puesta en operación deberán darse por el Prestador de Servicios y avaladas por el fabricante. Montaje.- El licitante ganador será responsable del montaje del nuevo hardware, coordinado por el personal de la Dirección General de Tecnologías de la Información. Asimismo, deberá desmontar, embalar y proteger el hardware existente mientras se realiza la instalación del nuevo. Esto también aplica para la desconexión y conexión de todos los cables de alimentación, UTP y fibras ópticas.

ENTREGABLES

Las empresas interesadas en prestar los servicios motivo de esta licitación deberán presentar sus Propuestas Técnicas dando cumplimiento a cada punto del cuadro técnico.

La propuesta deberá contener:

1. Número consecutivo (respetando el numeral y orden del cuadro técnico). 2. Descripción de los componentes propuestos. 3. Unidad de medida. 4. Cantidad. 5. De ser el caso, entrega de fuentes de consulta o catálogos que avalen el cumplimiento de cada punto; en

caso de que se trate de PDF´s o catálogos se deberá hacer referencia al nombre del mismo y el número de página donde se localiza la información que respalda la propuesta.

La propuesta se deberá redactar en español.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

I. SUBPARTIDA 1.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS ENTERASYS.

• Carta del licitante donde se presente al equipo de trabajo propuesto para atender a la SCJN en caso de resultar adjudicado. Se deberá anexar la siguiente documentación:

o Matriz de Escalamiento con el personal técnico y administrativo que trabajará con la Dirección General de

Tecnologías de la Información.

o Para los responsables técnicos se deberá entregar copia simple legible del certificado de estudios, nivel licenciatura, que lo acredite como Ing. en Comunicaciones y Electrónica, Lic. en Sistemas Computacionales o equivalente, así como el curriculum dónde se mencione su experiencia en proyectos similares por un periodo mínimo de de dos años; incluir nombres y teléfonos de contactos que puedan proporcionar referencias de su desempeño profesional en proyectos similares.

o Copia simple legible de los certificados vigentes que acredite a un mínimo de 2 profesionales del equipo de trabajo en la configuración, administración y operación de los equipos de la serie N y en el NetSight Advanced Bundle Unrestricted, expedidos por el fabricante, o en su caso, carta membretada del fabricante donde se especifique que el personal de la empresa licitante cuentan con la certificación y que están técnicamente capacitados para atender cualquier solicitud relacionada con los equipos motivo de esta subpartida.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

o Carta del licitante en papel membretado dirigida a la SCJN, firmada por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar adjudicado, el equipo de trabajo se obliga a mantener la certificación vigente durante el tiempo que preste sus servicios a este Alto Tribunal.

o En caso de reemplazo del personal del equipo de trabajo, durante el tiempo que la empresa adjudicada

preste sus servicios a la SCJN, se deberá notificar al administrador del contrato, y anexar los certificados que avalen su capacidad técnica.

La Suprema Corte podrá vetar en cualquier momento, las designaciones del personal que haga el “Prestador de Servicios” para la prestación de los servicios contratados, cuando a su juicio no los realicen a su satisfacción o no estén preparados para realizarlos.

II. SUBPARTIDA 1.2. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS 3COM.

• Carta del licitante donde se presente al equipo de trabajo propuesto para atender a la SCJN en caso de resultar adjudicado. Se deberá anexar la siguiente documentación:

o Matriz de Escalamiento con el personal técnico y administrativo que trabajará con la Dirección General de

Tecnologías de la Información.

o Para los responsables técnicos se deberá entregar copia simple legible del certificado de estudios, nivel licenciatura, que lo acredite como Ing. en Comunicaciones y Electrónica, Lic. en Sistemas Computacionales o equivalente, así como el curriculum dónde se mencione su experiencia en proyectos similares por un periodo mínimo de de dos años; incluir nombres y teléfonos de contactos que puedan proporcionar referencias de su desempeño profesional en proyectos similares.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

o Copia simple legible de los certificados vigentes que acredite a un mínimo de 2 profesionales del equipo de

trabajo en la configuración, administración y operación de los equipos 3Com y en el TippingPoint SMS, expedidos por el fabricante, o en su caso, carta membretada del fabricante donde se especifique que el personal de la empresa licitante cuentan con la certificación y que están técnicamente capacitados para atender cualquier solicitud relacionada con los equipos motivo de esta subpartida.

o Carta del licitante en papel membretado dirigida a la SCJN, firmada por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar adjudicado, el equipo de trabajo se obliga a mantener la certificación vigente durante el tiempo que preste sus servicios a este Alto Tribunal.

o En caso de reemplazo del personal del equipo de trabajo, durante el tiempo que la empresa adjudicada

preste sus servicios a la SCJN, se deberá notificar al administrador del contrato, y anexar los certificados que avalen su capacidad técnica.

La Suprema Corte podrá vetar en cualquier momento, las designaciones del personal que haga el “Prestador de Servicios” para la prestación de los servicios contratados, cuando a su juicio no los realicen a su satisfacción o no estén preparados para realizarlos.

CONSIDERACIONES GENERALES

1. Las subpartidas que conforman la presente licitación se podrán adjudicar en forma independiente, de tal manera que los licitantes podrán presentar su propuesta solo para aquella subpartida en la que deseen participar. Sin embargo, cada una de ellas será adjudicada en su totalidad al licitante que obtenga el mejor puntaje de acuerdo a los criterios establecidos por Este Alto Tribunal.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

2. Las empresas participantes que lo consideren necesario podrán realizar una visita a sitio para conocer las condiciones donde operará la solución. La visita a sitio y la junta de aclaraciones no son obligatorias para participar en el procedimiento.

3. En caso de que las empresas participantes requiera la contratación o subcontratación de un tercero, esto podría

ser únicamente para atender el equipamiento fuera del D. F., por lo que deberán hacerlo del conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por escrito para su autorización. Dicha empresa estará obligada a presentar los certificados vigentes que acrediten su capacidad técnica para configurar, administrar y dar mantenimiento a los switches motivo de este procedimiento.

LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

La prestación de los servicios se realizará en los siguientes inmuebles:

Edificio Sede, Pino Suárez 2, Col. Centro, C.P. 06065, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. Chimalpopoca 112, Col. Centro, C.P. 06080, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. 16 de Septiembre 38, Col. Centro, C.P. 06060, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. Bolívar 30, Col. Centro, C.P. 06060, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. Edificio Alterno. Av. Revolución 1508, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, México D.F. Centro Archivístico Judicial, Luis Gutiérrez Dosal S/N, Manzana 5, Lotes 4, 5 y 6, Parque Industrial Exportec II, C.P.

050200, Lerma, Estado de México. Francisco Javier Gamboa 98, Esquina con López Cotilla, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44160.

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

Tabla 1. Relación de los equipos Enterasys Matrix N7 para la Subpartida número 1.1

CANTIDAD N° PARTE DESCRIPCIÓN DE PARTES 8 7C107 Chasis Enterasys N7

16 6C207-3 Power Supply AC 1600 WATT

3 7G4270-12 Platinum DFE with 12 1000 Base-X ports via mini-GBIC connectors

5 7H4382-25 Platinum DFE with 24 10/100 Ethernet ports via RJ45 connectors. Supports E6 / E7 backplane connectivity and NEM

3 7G4202-30 Platinum DFE with 30 10/100/1000 Ethernet ports via RJ45 connectors

1 7H4382-49 Platinum DFE with 48 10/100 Ethernet ports via RJ45 connectors. Supports E7 backplane connectivity and NEM

4 7H4385-49 Platinum DFE with 48 10/100 Ethernet ports via RJ45 connectors. Supports Power over Ethernet and NEM

27 7H4202-72 Platinum DFE with 72 10/100 Ethernet ports via RJ45 connectors

5 7G-6MGBIC-A A Network Expansion Module with 6 1000Base-X ports via mini-GBIC connectors

4 7K-2XFP-6MGBIC Network Expansion Modules with 2 ports 10 Gb Ethernet via XPF, 6 1000Base-X ports via MGBIC w/100 FX MGBIC support

28 MGBIC-LC01 Mini-GBIC with 1000Base-SX port via LC connector

4 N-POE (POWER

SYSTEM) Chasis para NOPE-1200W

8 NPOE-1200W Power Supply, IEEE 802.3af Power over Ethernet

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

CANTIDAD N° PARTE DESCRIPCIÓN DE PARTES 1

NetSight Advanced Bundle Unrestricted (Console with 25 concurrent users plus PM,PCC, ASM, IM and NAC Manager).

Relación del equipo Enterasys Matrix N7 para la Subpartida 1.1 Guadalajara

CANTIDAD N° PARTE DESCRIPCIÓN DE PARTES 1 7C107 Chasis Enterasys N7

2 6C207-3 Power Supply AC 1600 WATT

2 7GR4270-12 Platinum DFE with 12 1000 Base-X ports via mini-GBIC connectors

1 7GR4202-30 Platinum DFE with 30 10/100/1000 Ethernet ports via RJ45 connectors

1 7G4282-49 Platinum DFE with 48 10/100 Ethernet ports via RJ45 connectors. Supports E7 backplane connectivity and NEM

24 MGBIC-LC01 Mini-GBIC with 1000Base-SX port via LC connector

Tabla 2. Relación de los equipos 3Com para la Subpartida número 1.2.

16 de Septiembre

Total Modelo Descripción

4 3C17543 3COM Switch 8807 7-slot Chasis Kit.

1 3CR17252-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 24-Port PWR

22 3CR17253-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 48-Port PWR

Bolívar

Total Modelo Descripción

3 3CR17252-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 24-Port PWR

ANEXO TÉCNICO para el “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos LAN de la SCJN”

9 3CR17253-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 48-Port PWR

Revolución

Total Modelo Descripción

2 3CR17252-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 24-Port PWR

3 3CR17253-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 48-Port PWR

Zaragoza

Total Modelo Descripción

1 3CR17253-91 3Com SuperStack 4 Switch 5500G-EI 48-Port PWR rt Software

Casas de la Cultura

Total Modelo Descripción

50 3CBLSG24PWR Baseline Switch 2924-PWR Plus

IPS

Total Modelo Descripción

1 TPR5000EF96 Tipping Point 5000E Intrusion Prevention System -(4) GB Fiber Segments with Advanced DOS

4 TPOHBSXF96 NetOptics i-Bypass SX

1 3CRTP0020-96 Tipping Point Security Management System (Management 25 Intrusion Prevention Systems)

LPN/SCJN/DGRM/003/2012, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN POR DOS AÑOS DE UNA PÓLIZA DE “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y

CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 2b

CARTA CUMPLIMIENTO DE NORMAS (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que los servicios ofertados cumplen con las normas de calidad nacionales e internacionales conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización y demás disposiciones aplicables que para cada partida resulten aplicables especificadas en el Anexo 2a.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 2c

CURRÍCULUM VITAE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que: Mí representada cuenta con la infraestructura, __________, para atender la contratación de_______ solicitada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales se enuncian en seguida:

1 Razón Social 2 Nombre Comercial

3 Ubicación Oficina Matriz Dirección, teléfono (s), fax, correo electrónico, horario de labores

4 Ubicación de Oficinas Sucursal Dirección, teléfono (s), fax, correo electrónico, horario de labores

5 Número del Registro Federal de Contribuyentes 6 Número de la escritura pública del acta constitutiva 7 Giro Transcribir el giro que aparece en el acta constitutiva 8 Año de inicio de operaciones

9 Antecedentes

Breve recuento, en caso de que la empresa se haya fusionado con otra, anexando copia de la documentación comprobatoria.

Objeto social de la empresa.

10 Historial

Breve recuento de la trayectoria de la empresa, que ayude a demostrar su experiencia en los trabajos similares a los requeridos y tres años anteriores a la fecha de publicación de las presentes bases.

11 Relación de sus principales clientes

Listar los principales clientes para los que, durante los tres últimos años, haya prestado servicios con características similares.

Para cada cliente, indicar razón social, nombre de la persona que sea su contacto, dirección y teléfonos.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(persona física o representante de la persona moral)

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CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN DE LA SCJN”

ANEXO 3

1

Formato de propuesta económica

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:

RFC: ____________________________________________________________________________________________________________

PAR

TID

A

DESCRIPCIÓN CORTA UNIDAD

DE MEDIDA

COLUMNA “A”

COLUMNA “B”

COLUMNA“”C”

COLUMNA “D”

COLUMNA “E”

COLUMNA “F”

CANTIDAD PRECIO

UNITARIO (MENSUAL)

ANTES DE I.V.A. DESCUENTOS

SUBTOTAL ANTES DE I.V.A. “A” X “B”- “C”

16% IVA “D” X 16%

TOTAL NETO “E” + “F”

1

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ENTERASYS Y ACTUALIZACIÓN DE NETSIGHT Póliza de mantenimiento preventivo y correctivo para los Switches Enterasys modelo N7 con soporte técnico por dos años.

Servicio 24 meses

2

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS 3COM Póliza de mantenimiento preventivo y correctivo para los Switches 3Com con soporte técnico por dos años.

Servicio 24 meses

T O T A L E S

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. Importe total global en letra: __________________________________________________ Vigencia de propuesta económica: Los licitantes cotizarán, en moneda nacional, precios fijos, hasta el cumplimiento total del contrato. La vigencia de la propuesta deberá ser por 90 días naturales posteriores a la entrega de la propuesta. Manifestación de que los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y que estarán vigentes hasta la prestación total de los servicios. De conformidad con lo señalado en el numeral 19 de las bases de licitación especificar: a) Plazo de prestación de los servicios. b) Plazo y forma de pago. c) Lugar de prestación de los servicios. d) Nombre y firma del representante o apoderado legal, o persona física.

El precio ofertado no será sujeto a ningún ajuste y cualquier error en el mismo será de la estricta responsabilidad del licitante, de conformidad con lo señalado en el numeral 11.5.7 de las bases. NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL:

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ANEXO 4

FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

AG Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin contar con el impuesto al valor agregado, esto es por la cantidad de $___,___.__ (______________________________________ pesos __/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los servicios contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $___,___.__ (______________________________________ pesos __/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los servicios contratados para garantizar por parte de _______________________, S.A. de C.V., con domicilio en _______________________________________________________________, código postal ___________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, S.A. de C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___,___.__ (____________________________________________________________ pesos __/100 moneda nacional) sin incluir el correspondiente impuesto al valor agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, S.A. de C.V., con el objeto de__________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___,___.__ (____________________________________________________________ pesos __/100 moneda nacional), sin incluir el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012.

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- La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido prestados en su totalidad y recibidos a satisfacción de “la Suprema Corte” y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/2012, la fianza otorgada tendrá vigencia durante su substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como penas convencionales y los intereses correspondientes por pagos en exceso ó accesorios que correspondan. - La Suprema Corte o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. -La presente fianza podrá ser liberada a “el Prestador de Servicios” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se llegaren a determinar. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. -Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio tengan o llegaren a tener. II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato; en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Prestador de Servicios“ por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la Suprema Corte“ dando esta renuncia cumplimiento a lo que establece el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA CONTRATACIÓN DE UNA PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS LAN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR, Y POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA ________________________, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ____________ ______________ ______, EN SU CARÁCTER DE APODERADO ____________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. DE “LA SUPREMA CORTE” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere la prestación de los servicios profesionales de una persona física o moral certificada y especializada, avalada por el fabricante de los equipos Enterasys y 3com para que se encargue de proporcionar los siguientes servicios: • Mantenimiento preventivo, correctivo y lógico. • Soporte técnico • Actualización para la suite de NetSight (Solo para Enterasys) I.3. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su _______ sesión _________ celebrada el día ______ de _______ de dos mil doce, emitió el fallo de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2012, conforme a lo establecido en el artículo 73 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. La suficiencia presupuestal se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades 2012, para cubrir las erogaciones provenientes del presente contrato y se encuentra disponible en la partida presupuestal número 35301 denominada “Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos” del Presupuesto autorizado para el ejercicio 2012. Respecto de los ejercicios 2013 y 2014 los recursos quedarán sujetos a la autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente. I.5. El licenciado Rodolfo Héctor Lara Ponte, en su carácter de Oficial Mayor de “la Suprema Corte”, está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el artículo 13, fracción XIX, del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.6. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.7. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, Distrito Federal. II. DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012

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________ de fecha __________________, otorgada ante la fe del licenciado ________________, Notario Público número ___ de _________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio en el folio mercantil número _________, de fecha __________ de ________de ________. II.2. El señor ____________ ______________ ______, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato en términos del poder que le fue otorgado en el instrumento notarial número ________ de fecha __________________, otorgada ante la fe del licenciado ________________, Notario Público número ___ de ____________, el cual no le ha sido revocado ni limitado en forma alguna. II.3. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación ni “el Prestador de Servicios” persona jurídico colectiva, ni los socios de éste, se encuentran inhabilitados conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, para celebrar contratos, ni éstos desempeñan actualmente un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios o accionistas no se encuentra un servidor público del Poder Judicial de la Federación. Asimismo no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 48 y 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. II.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas de los equipos que recibirán el servicio, así como las condiciones en que deben prestarse los mismos y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para prestarlos a satisfacción de "la Suprema Corte". II.5. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número ____________, otorgado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según cédula de identificación fiscal que exhibe. II.6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en la Avenida __________________número ___, colonia ________, delegación ____________, código postal _______, ______________. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta número ___________, de la institución bancaria __________, S.A., sucursal ___, con número de clave bancaria estandarizada ________________, en moneda nacional. III. DE LAS PARTES POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES QUE: III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen por conducto de sus representantes para la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.7 y II.6 de este instrumento.

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. En los términos y condiciones de este contrato, “el Prestador de Servicios” se obliga a proporcionar a “la Suprema Corte” servicios profesionales a los equipos Enterasys y 3com para que se encargue de proporcionar los siguientes:

Mantenimiento preventivo, correctivo y lógico. Soporte técnico Actualización para la suite de NetSight (Solo para Enterasys)

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LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS La prestación de los servicios se realizará en los siguientes inmuebles:

Edificio Sede, Pino Suárez 2, Col. Centro, C.P. 06065, Delegación Cuauhtémoc, México D.F.

Chimalpopoca 112, Col. Centro, C.P. 06080, Delegación Cuauhtémoc, México D.F.

16 de Septiembre 38, Col. Centro, C.P. 06060, Delegación Cuauhtémoc, México D.F.

Bolívar 30, Col. Centro, C.P. 06060, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. Edificio Alterno. Av. Revolución 1508, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020,

Delegación Álvaro Obregón, México D.F. Centro Archivístico Judicial, Luis Gutiérrez Dosal S/N, Manzana 5, Lotes 4,

5 y 6, Parque Industrial Exportec II, C.P. 050200, Lerma, Estado de México.

Francisco Javier Gamboa 98, Esquina con López Cotilla, Col. Americana, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44160.

Los servicios no especificados en esta cláusula, se contienen en las propuestas técnica y económica presentadas por "el Prestador de Servicios", de __________ de ___________ de dos mil ______, documentos que forman parte integrante del presente contrato y se agregan a él como Anexo “1” y Anexo “2”, respectivamente. Los equipos y servicios deberán cumplir con la Ley Federal de Metrología y Normalización, así como con las demás disposiciones aplicables a la materia. Para efectos de la obligación antes señalada “el Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar los servicios y “la Suprema Corte” a efectuar su pago. SEGUNDA. DURACIÓN DE LOS SERVICIOS. La duración del presente contrato será por un término de veinticuatro meses, el plazo de inicio de los servicios será de 20 días naturales posteriores a la firma del contrato.

Dicho periodo será obligatorio para “el Prestador de Servicios” y voluntario para “la Suprema Corte”, y una vez vencido aquél, “el Prestador de Servicios” no deberá prestar servicio alguno si no ha sido autorizado por escrito que le sea dirigido por el funcionario competente de “la Suprema Corte”. TERCERA. MONTO DEL CONTRATO. “La Suprema Corte" cubrirá a “el Prestador de Servicios” como precio por el suministro de equipos y la prestación de los servicios mencionados en la cláusula primera de este contrato, hasta la cantidad de $_______________.00 (________________________ pesos 00/100 moneda nacional), más el 16% del impuesto al valor agregado equivalente a $__,____.__ (____________________ pesos 00/100 moneda nacional), dando un importe total de $_’___________.__ (______________________ pesos __/100 moneda nacional). “El Prestador de Servicios” se obliga a respetar los precios y condiciones de pago pactados en este instrumento. Cualquier otra característica en el monto no especificada en esta cláusula, se contiene en la propuesta económica presentada por "el Prestador de Servicios", el ___________ dos mil doce, con motivo de su participación en la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2012. CUARTA. AJUSTE DE PRECIOS. Las partes convienen que no existirá obligación alguna por parte de “la Suprema Corte” de otorgar incrementos o ajustes de precios a “el Prestador de Servicios” durante la vigencia del presente instrumento, por lo que los precios unitarios y totales contenidos en el mismo se mantendrán firmes hasta su total terminación. QUINTA. FORMA DE PAGO.

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Los pagos se efectuarán bajo el esquema de 24 mensualidades vencidas, se realizarán mediante transferencia electrónica, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la presentación de las facturas, previamente validadas por el área respectiva, en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , ubicada en la Calle de 16 de Septiembre número 38, planta baja, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México. El pago de los servicios de mantenimiento y soporte, se efectuará en mensualidades vencidas por un periodo de veinticuatro meses, cada una de ellas por un importe de $____.00 (______________ pesos 00/100 moneda nacional), más el 16% del impuesto al valor agregado equivalente a $____00 (______________________________pesos 00/100 moneda nacional) dando un importe total de $_____.00 (____________________________ 00/100 moneda nacional); las facturas deberán entregarse a “la Suprema Corte” dentro de los diez primeros días hábiles del mes que corresponda. Las facturas correspondientes deberán cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.6 y I.7 de este instrumento. Dichos pagos serán validados a través de la Dirección General de Tecnologías de la Información después de haber sido recibidos los servicios a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y en caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones descritas en la cláusula novena del presente instrumento. Los pagos que realice “la Suprema Corte” a favor de “el Prestador de Servicios” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por el Apoderado ____________ de “el Prestador de Servicios”, previa exhibición de la factura correspondiente. SEXTA. IMPUESTOS. El Impuesto al Valor Agregado se pagará a “el Prestador de Servicios” aplicando la tasa del 16% en términos de lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, quedará incluido en el importe total establecido en la cláusula tercera de este contrato debiendo efectuarse el desglose respectivo en la factura. SÉPTIMA. CONDICIONES ESPECIALES. Toda vez que la prestación de los servicios objeto del presente contrato abarcarán cuatro ejercicios presupuestales, los pagos descritos en las cláusulas tercera y quinta del presente instrumento, estarán en condicionados a que “la Suprema Corte” cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos para los años dos mil trece, dos mil catorce y dos mil quince. OCTAVA. PAGOS EN EXCESO. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “el Prestador de Servicios”, deberá reintegrar las cantidades respectivas más los intereses conforme a la tasa que fije la Ley de Ingresos de la Federación para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días calendario desde la fecha del pago a “el Prestador de Servicios”, hasta la fecha en que sean entregadas dichas cantidades a “la Suprema Corte”. NOVENA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin contar el impuesto al valor agregado, esto es, por la cantidad de $___,___.00 (____________________ pesos 00/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los servicios contratados o el plazo contratado.

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La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $___,___.00 (____________________ pesos 00/100 moneda nacional), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo debe incrementarse el costo de los servicios contratados o el plazo de ejecución para garantizar, por parte de la empresa ________________________, S.A. DE C.V. con domicilio en Avenida __________________número ___, colonia ________, delegación ____________, código postal _______, ______________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa ________________________, S.A. DE C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $_______________.00 (________________________ pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. La afianzadora expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012 celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ________________________, S.A. DE C.V., con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de ________________________, S.A. DE C.V., relativo a ___________________________________________________, con un monto total contratado de $_______________.00 (________________________ pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justcia de la Nación y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012, la fianza otorgada por ________________________, S.A. DE C.V., tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de

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fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a ________________________, S.A. DE C.V. siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago de penas convencionales a que se haga acreedor ________________________, S.A. DE C.V., pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto o al plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11 fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tenga o llegare a tener." II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato, en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Prestador de Servicios” por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de “la Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento. DÉCIMA. PENA CONVENCIONAL Y SANCIÓN ECONÓMICA. Las penas convencionales serán determinadas por “la Suprema Corte” en función del incumplimiento del presente contrato y conforme a lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual, que en su oportunidad llegue a celebrarse, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar a los proveedores o prestadores de servicios una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir I.V.A.) que no se hayan entregado, o bien, no se haya hecho a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual a cargo del prestador de servicios, se le aplicará una pena convencional equivalente al 1% del monto total de la partida, por retrasos en la prestación de los servicios o en la ejecución de los trabajos, una vez pasadas las 4 horas solicitadas para la sustitución de las partes y restauración del servicio al 100%. Las penas podrán descontarse del monto o montos pendientes de cubrir por parte de “la Suprema Corte” a” el Prestador de Servicios”. DÉCIMA PRIMERA. PROPIEDAD INTELECTUAL. “El Prestador de Servicios” asume totalmente la responsabilidad para el caso de que al prestar los servicios infrinja o viole registros de patentes, marcas o derechos de autor, así como respecto a su origen y por lo tanto libera a “la Suprema Corte” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.

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DÉCIMA SEGUNDA. SUBCONTRATACIÓN. Para los efectos del presente contrato, se entiende por subcontratación el acto por el cual “el Prestador de Servicios” encomienda a otra persona, física o moral, la ejecución de parte de los servicios, o de aquellos que requieran la utilización de equipo distinto al de “el Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato. Para los efectos del presente contrato, en ningún caso se aceptará la subcontratación de los servicios. DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que “el Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Prestador de Servicios” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y vencido este plazo con su respuesta o sin ella, el órgano competente de “la Suprema Corte” resolverá sobre la procedencia de la rescisión lo que se comunicará a “el Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento con quien en el acto se encuentre. Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:

1. Contravenir las disposiciones, lineamientos,, procedimientos y requisitos establecidos para el procedimiento de Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2012, de conformidad con el Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

2. Si “el Prestador de Servicios” no exhibe la garantía descrita en el

presente instrumento en el plazo establecido.

3. Si “el Prestador de Servicios” suspende injustificadamente la prestación de los servicios señalados en la cláusula primera del presente contrato.

4. Si cede cualquier derecho, incluso los de cobro, derivados del presente

contrato, sin autorización previa y por escrito de “la Suprema Corte”.

5. Si “el Prestador de Servicios” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato.

6. En general por el incumplimiento por parte de “el Prestador de

Servicios” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.

En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Prestador de Servicios” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula décima del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerla efectiva con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por los servicios no prestados, ello independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Prestador de Servicios” su pago ingresando el monto de la pena convencional a la Tesorería de “la Suprema Corte”. DÉCIMA CUARTA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN.

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El presente contrato podrá darse por terminado, además de los supuestos de rescisión a que se refiere la cláusula décima tercera de este instrumento, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150, y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA SEXTA. GARANTÍA DE LOS SERVICIOS “El Prestador de Servicios” otorgará a “la Suprema Corte” una carta garantía de calidad por los servicios prestados de treinta y seis meses contados a partir de su inicio, contra cualquier irregularidad o deficiencia en la prestación del servicio, comprometiéndose a corregirlas o subsanarlas de inmediato, previo aviso de “la Suprema Corte”. DÉCIMA SÉPTIMA. ACCESO AL INTERIOR DE LOS INMUEBLES. “La Suprema Corte” otorgará a “el Prestador de Servicios” el acceso necesario a los lugares en donde se instalarán los equipos señalados en la cláusula primera de este instrumento, así como en las ocasiones que “la Suprema Corte” lo solicite, reconociendo “el Prestador de Servicios” la existencia de los métodos de control y seguridad que tiene “la Suprema Corte” y se compromete a acatarlos y respetarlos. DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 77, 143, fracción I, y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. DÉCIMA NOVENA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. “La Suprema Corte” designa al Director de Operación de la Dirección General de Tecnologías de la Información de “la Suprema Corte” como “ADMINISTRADOR” del presente contrato, quien tendrá las facultades para supervisar su estricto cumplimiento, por lo que podrá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe “el Prestador de Servicios” y girar las instrucciones que considere oportunas, así como verificar que los servicios cumplan con las especificaciones señaladas en el presente contrato. VIGÉSIMA. SOLICITUD DE SERVICIOS. “La Suprema Corte” faculta al Director de Operación de la Dirección General de Tecnologías de la Información, para que en su nombre y representación solicite los servicios contratados en este instrumento. VIGÉSIMA PRIMERA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de “el Prestador de Servicios”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y “la Suprema Corte”. Será responsabilidad de “el Prestador de Servicios” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Prestador de Servicios” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la prestación

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de servicios motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrán a cargo de “el Prestador de Servicios” el que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. “La Suprema Corte” estará facultada para requerir a “el Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de “el Prestador de Servicios” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de “la Suprema Corte”, “el Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue “la Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a “la Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. VIGÉSIMA SEGUNDA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. "El Prestador de Servicios" no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, con la autorización del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones de “la Suprema Corte”. VIGÉSIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD, FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Los trabajos ejecutados total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su ejecución que se hubiesen entregado a “el Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de “la Suprema Corte”, por lo que “el Prestador de Servicios” se obliga a devolver a “la Suprema Corte”, el material que le hubiese proporcionado para la prestación de los servicios materia de este instrumento, así como entregar el material que se llegue a realizar. Por otra parte, las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Alto Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio de comunicación, aún electrónico, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados obtenidos en los trabajos contratados. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 30% del monto total de este instrumento, por concepto de indemnización. VIGÉSIMA CUARTA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de

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Justicia de la Nación, el Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en lo no previsto en éstos por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. VIGÉSIMA QUINTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. Las partes manifiestan y convienen que el presente acuerdo de voluntades fue pactado con fundamento en el artículo 1,794 del Código Civil Federal vigente, por lo que los plazos convenidos iniciaron a partir del día siguiente a la notificación del fallo de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2012, con independencia de que, debido a los trámites y gestiones internas, el contrato se perfecciona (por escrito) el, _________________de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1,796 del citado ordenamiento legal. VIGÉSIMA SEXTA. PREVALENCIA DE BASES. Las partes aceptan que, en caso de que se actualice alguna discrepancia u omisión entre las bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2012 y el presente contrato, prevalecerá lo estipulado en aquellas sobre el presente instrumento jurídico. VIGÉSIMA SÉPTIMA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en el mismo, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad tengan o llegaren a tener, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes, por triplicado, en México, Distrito Federal, el ______________ de ________ de dos mil doce.

POR “LA SUPREMA CORTE”

LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE

OFICIAL MAYOR

POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”

____________ ______________ ______ APODERADO ____________

________________________, S.A. DE C.V.

LICENCIADA MARÍA ESTHER HERNÁNDEZ Y CHÁVEZ

DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

LICENCIADO OTILIO ESTEBAN HERNÁNDEZ PÉREZ

DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

____________________________________________________________

DIRECTOR DE OPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS

DE LA INFORMACIÓN AVALA QUE LOS ALCANCES DE LOS

SERVICIOS A CONTRATAR, SON PRECISAMENTE LOS QUE DARÁN

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SATISFACCIÓN A SU REQUERIMIENTO (ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)

SCJN/DGRM/DABI-000/00/2012 MEHCH/MARB/JJJ