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INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE OURENSE
EJERCICIO 2016
Anteproxecto de Informe de Fiscalización do Concello de Ourense, exercicio 2016
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................... 1
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE ........................................................................................................1
I.2 LIMITACIONES ......................................................................................................................1
I.3 NORMATIVA REGULADORA..................................................................................................2
I.4 RESPONSABILIDAD ...............................................................................................................5
I.4.1 RESPONSABILIDAD DEL ENTE FISCALIZADO ..............................................................5
I.4.2 RESPONSABILIDAD DEL CONSELLO DE CUENTAS ......................................................6
II. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO ....................................................................... 6
II.1 INFORMACIÓN GENERAL ....................................................................................................6
II.2 DATOS DE TRAMITACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS .........................................................7
III. CUENTAS ANUALES ................................................................................................. 8
III.1 PRESUPUESTO INICIAL ........................................................................................................8
III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO .......................................................................................9
III.2.1. Liquidación del presupuesto de ingresos .................................................................9
III.2.2. Liquidación del presupuesto de gastos ..................................................................13
III.3 RESULTADO PRESUPUESTARIO .........................................................................................17
III.4. REMANENTE DE TESORERÍA ............................................................................................18
III.5. INDICADORES DE LAS MAGNITUDES PRESUPUESTARIAS .................................................20
III.6 CONTABILIDAD FINANCIERA ............................................................................................21
IV. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ................................................................... 22
IV.1 CONTROL INTERNO ..........................................................................................................22
IV.2 RESOLUCIONES CONTRARIAS A LOS REPAROS FORMALIZADOS POR EL ORGANO
INTERVENTOR. ........................................................................................................................24
IV.3 RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS. ...........................................................27
IV.4 ÁREA CONTABLE-PRESUPUESTARIA .................................................................................29
IV.5 ESTADO DE ENDEUDAMIENTO .........................................................................................32
IV.6 ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA .......................................................................................34
IV.6.1. Capacidad o necesidad de financiación .................................................................34
IV.6.2. Regla de gasto .....................................................................................................35
IV.6.3. EndeudamIento ....................................................................................................36
IV.6.4. Periodo Medio de Pago ........................................................................................37
IV.7 FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ...........................................................................38
Anteproxecto de Informe de Fiscalización do Concello de Ourense, exercicio 2016
IV.7.1. Control interno .....................................................................................................40
IV.7.2 Transparencia y acceso a la información ................................................................41
IV.7.3 Contratos fiscalizados............................................................................................44
IV.7.4 Resultados del análisis de la contratación ..............................................................45
IV.7.5 Licitaciones finalizadas sin adjudicación del contrato ..............................................49
IV.7.6 Contratos menores ................................................................................................52
IV.7.7 Análisis de los reparos en materia de contratación .................................................54
IV.8 GASTOS DE PERSONAL .....................................................................................................56
IV.8.1. Planificación de recursos humanos ........................................................................58
IV.8.2 Análisis de la plantilla y de la RPT ..........................................................................59
IV.8.3. Retribuciones .......................................................................................................60
V. CONCLUSIONES ...................................................................................................... 62
VI. RECOMENDACIONES ............................................................................................. 67
ANEXOS ...................................................................................................................... 73
TRAMITE DE ALEGACIONES ........................................................................................ 77
Anteproxecto de Informe de Fiscalización do Concello de Ourense, exercicio 2016
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1: Datas de los trámites de rendición de cuentas ............................................................................................... 7
Cuadro 2: Estado de la rendición de ejercicios anteriores ............................................................................................... 8
Cuadro 3: Evolución de las previsiones iniciales de ingresos ........................................................................................... 8
Cuadro 4: Evolución de los créditos iniciales .................................................................................................................. 9
Cuadro 5: Evolución del saldo presupuestario. Previsiones iniciales ................................................................................ 9
Cuadro 6: Liquidación del presupuesto de ingresos ........................................................................................................ 9
Cuadro 7: Evolución de los ingresos liquidados sobre el ejercicio anterior ..................................................................... 10
Cuadro 8: Evolución de los ingresos liquidados ............................................................................................................ 11
Cuadro 9: Indicadores del presupuesto de ingresos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo
de población ............................................................................................................................................................... 11
Cuadro 10: Liquidación do presupuesto de gastos ....................................................................................................... 13
Cuadro 11: Evolución de los gastos liquidados sobre el ejercicio anterior ..................................................................... 14
Cuadro 12: Evolución de los tipos de gasto y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población ........... 15
Cuadro 13: Indicadores del presupuesto de gastos. Evolución y comparación con ayuntamienos en el mismo tramo
de población ............................................................................................................................................................... 16
Cuadro 15: Resultado presupuestario del ejercicio (Ayuntamiento y OA Consello Municipal de deportes) ...................... 17
Cuadro 16: Evolución del resultado prespuestario ........................................................................................................ 18
Cuadro 17: Remanente de tesorería del ejercicio actual y anterior ................................................................................ 18
Cuadro 18: Comparación del Remanente de tesorería para gastos generales ............................................................... 19
Cuadro 19: Indicadores magnitudes presupuestarias ................................................................................................... 20
Cuadro 20: Revisión resoluciones contrarias a reparos ................................................................................................. 25
Cuadro 21: Formalización de contratos ....................................................................................................................... 27
Cuadro 22: Dotación para provisiones por insolvencias ................................................................................................ 30
Cuadro 23: Análisis de las previsiones de ingresos ....................................................................................................... 31
Cuadro 24: Estado del endeudamiento ........................................................................................................................ 32
Cuadro 25: Evolución del endeudamiento ................................................................................................................... 33
Cuadro 26: Capacidad de financiación en términos consolidados ................................................................................. 35
Cuadro 27: Cumplimiento de la regla de gasto ............................................................................................................ 36
Cuadro 28: Cumplimiento del objetivo de la deuda ..................................................................................................... 37
Cuadro 29: Período medio de pago ............................................................................................................................. 38
Cuadro 30: Contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio ................................................................................. 39
Cuadro 31: Contratos fiscalizados ............................................................................................................................... 44
Cuadro 32: Tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación de obras ................................................ 46
Cuadro 33: Licitaciones declaradas desiertas, suspendidas o desestimadas .................................................................. 50
Cuadro 34: Contratos menores fiscalizados ................................................................................................................. 53
Cuadro 35: Liquidación gastos de personal por artículo. .............................................................................................. 56
Cuadro 36: Evolución gastos de personal por artículo. ................................................................................................. 57
Cuadro 37: Datos de los empleados a 31/12/2016 según la memoria .......................................................................... 59
Cuadro 38: Número de trabajadores en los 7 grandes ayuntamientos de Galicia a 31/12/2016 .................................... 60
Anteproxecto de Informe de Fiscalización do Concello de Ourense, exercicio 2016
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1: Importancia relativa de los capítulos de ingresos ......................................................................................... 11
Gráfico 2: Importancia relativa de los capítulos de gasto .............................................................................................. 14
Gráfico 3: Evolución del ahorro bruto y magnitudes vinculadas .................................................................................... 18
Gráfico 4: Relevancia por tipo de contrato ................................................................................................................... 39
Gráfico 5: Gastos de personal por artículo ................................................................................................................... 56
Gráfico 6: Evolución de los gastos de personal ............................................................................................................ 57
Anteproxecto de Informe de Fiscalización do Concello de Ourense, exercicio 2016
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo I: Contratos subscritos o formalizados en el ejercicio. ........................................................................................ 75
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
ABREVIATURAS
AAPP ................................................................................................................. Administraciones públicas. BEP ...................................................................................................... Bases de ejecución del presupuesto. BOE ...................................................................................................................... Boletín oficial del Estado. DOG ....................................................................................................................... Diario oficial de Galicia. DOUE ..................................................................................................... Diario oficial de la Unión Europea. DRN ................................................................................................................ Derechos reconocidos netos. EBEP .......................................... Real Decreto Legislativo 5/2015 del Estatuto básico del empleado público. EELL ............................................................................................................................... Entidades Locales. ENS ...........................................................................................................Esquema Nacional de Seguridad. ICAL ........................................................................................................ Instrucción de Contabilidad Local. ICIO ........................................................................... Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. ICO ..................................................................................................................... Instituto de crédito oficial. IGAE .......................................................................... Intervención general de la administración del Estado. INE ............................................................................................................ Instituto Nacional de Estadística. LALG ................................................................................... Ley 5/1997 de Administración Local de Galicia. LEPG ............................................................................................ Ley 2/2015 del Empleo público de Galicia LMLMOC ............................... Ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. LMMGL ................................................. Ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local. LMRFP ......................................................... Ley 30/1984 de medidas para la reforma de la función pública. LOEPSF .................................. Ley orgánica 2/2012 de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. LOPD ..................................................... Ley orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal. LRBRL ........................................................................ Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local. LRJPAC ...... Ley de régimen jurídico de administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. LTAIBG ............................... Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno LGP .................................................................................................... Ley 47/2003 General presupuestaria. MINHAP ....................................................................... Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. OOAA ...................................................................................................................... Organismo Autónomo. OEPEL ............................... Orden 3565/2008 sobre estructura de los presupuestos de las entidades locales. ORN ........................................................................................................... Obligaciones reconocidas netas. PIB .......................................................................................................................... Producto interior bruto. RBEL ................................................................................... Reglamento de bienes de las entidades locales. RD500 ........................................................................................... Real decreto 500/1990 de presupuestos. RDFALHCN .......... Régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. RDL 4/2012 .................... RDL 4/2012 que regula el mecanismo de financiación para el pago a proveedores. RDL 7/2012 ........................ RDL 7/2012 que crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. RDL .................................................................................................................................. Real Decreto Ley. RDLex .................................................................................................................... Real Decreto Legislativo. RDLMFPP ........................................................ RDL Mecanismo de financiación para el pago a proveedores. RSCL .......................................................................... Reglamento de servicios de las corporaciones locales. RTFAL .................................... Decreto régimen de retribuciones de los funcionarios de administración local. SEC .......................................................................... Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
TRET ................................................................................. Texto refundido del Estatuto de los trabajadores. TRLCSP .................................................................. Texto refundido de la ley de contratos del sector público TRLFPG ............................................................... Texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia. TRLRHL ......................................................... Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. TRLGEP ...................................................... Texto refundido de la Ley general de estabilidad presupuestaria. TRRL ............................... Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
1
I. INTRODUCCIÓN
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE
De conformidad con lo establecido en la Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de Cuentas de
Galicia, el Pleno de la Institución, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2017, acordó incluir
en su programa anual de actuaciones para 2018 la realización de una fiscalización de
regularidad del ejercicio 2016 del Ayuntamiento de Ourense.
La fiscalización de regularidad contable se realizó sobre las cuentas anuales o estados contables
de la entidad fiscalizada, e incluyó:
- Auditoría de legalidad: revisión del cumplimiento de la normativa aplicable en las áreas de
presupuesto, ingresos de derecho público, personal, contratación de obras, servicios y
suministros.
- Auditoría financiera: conformidad de la Cuenta General con los principios contables e
presupuestarios que son de aplicación.
- Análisis financiero de la situación económica de la entidad.
Los objetivos específicos desarrollados en cada área objeto del análisis consistieron en:
- Verificar si la gestión económico-financiera y presupuestaria se realizó de conformidad con la
normativa de aplicación.
- Comprobar la fiabilidad de los registros contables, verificando el cumplimiento de los
principios y normas establecidos en las instrucciones contables.
- Analizar los procedimientos y las medidas de control interno aplicados por la Entidad en
orden a garantizar una adecuada gestión económico-presupuestaria.
El período temporal de la fiscalización se extendió a aquellos ejercicios (anteriores y posteriores)
que se consideraron necesarios para la consecución de los objetivos previstos.
I.2 LIMITACIONES
El Ayuntamiento prestó la colaboración necesaria para la realización de los trabajos de campo,
enviando la documentación que se estime necesaria para la realización de esta fiscalización,
aunque su desarrollo se vio entorpecido por los retrasos en la remisión de la documentación
solicitada, provocando que no se finalizara en el plazo establecido por el Consello de Cuentas.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
2
I.3 NORMATIVA REGULADORA
La normativa reguladora de la materia objeto de fiscalización, se incluye, fundamentalmente, en
las siguientes disposiciones ordenadas por competencia, rango y fechas:
LEGISLACIÓN ESTATAL
- Constitución Española del 27 de diciembre de 1978 (BOE nº 311, del 29 de diciembre).
- Ley 30/1984, del 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública (LMRFP)
(BOE nº 185, del 3 agosto), en los artículos no derogados expresamente por la Ley 7/2007, del
12 de abril, del Estatuto Básico del empleado público.
- Ley 53/1984, del 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas (BOE nº4, del 4 de enero de 1985).
- Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (BOE nº 80, del 3 de
abril).
- Real decreto legislativo 781/1986, del 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº 96, del 24 de abril).
- Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre).
- Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, del 2 octubre).
- Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, del 2
octubre).
- Real Decreto Legislativo 2/2015, del 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 255, del 24 octubre).
- Real Decreto Legislativo 5/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 261, del 31 octubre).
- Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones (LGS) (BOE nº 276, del 18 de
noviembre).
- Ley 47/2003, del 26 de noviembre, General presupuestaria (BOE nº 284, del 27 de
noviembre).
- Ley 57/2003, del 16 diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local (BOE nº
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
3
301, del 17 de diciembre).
- Real decreto legislativo 2/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley reguladora de las haciendas locales (BOE nº 59, del 9 de marzo).
- Ley 15/2010, del 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004 (Ley de medidas de lucha
contra la morosidad en las operaciones comerciales), que establece normas sobre la morosidad
de las administraciones públicas y sobre el registro de facturas en las administraciones locales
(BOE nº 163, del 6 de julio).
- Real decreto-ley 20/2011, del 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera, para la corrección del déficit público (BOE nº 315, del 31
de diciembre).
- Real decreto legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la ley de contratos del sector público (BOE nº 276, del 16 de noviembre).
(Disposición derogada por la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consello 2014/23/UE y 2014/24/UE, del 26 de febrero de 2014).
- Ley orgánica 2/2012, del 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
(BOE nº 103, del 30 de abril).
- Real decreto-ley 4/2012, del 24 de febrero, que regula el mecanismo de financiación para el
pago a proveedores (BOE nº 48, del 25 de febrero).
- Real decreto-ley 7/2012, del 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de
los pagos a proveedores (BOE nº 60, del 10 de marzo).
- Real decreto-ley 20/2012, del 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad (BOE nº 168, del 14 de julio).
- Real decreto-ley 4/2013, del 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de
estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (2ª fase del mecanismo de pago a
proveedores) (BOE nº 47, del 23 de febrero).
- Real decreto-ley 8/2013, del 26 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las
AAPP y de apoyo a las EELL con problemas financieros (3ª fase mecanismo de pago a
proveedores) (BOE nº 155, del 29 de junio).
- Decreto del 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de servicios de las
corporaciones locales (BOE nº 196, doel16 de julio).
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
4
- Real decreto 861/1986, del 25 de abril, por el que se establece el régimen de retribuciones de
los funcionarios de administración local (BOE nº 106, del 3 de mayo).
- Real decreto 1372/1986, del 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de
las entidades locales (BOE nº 161, de 7 de julio).
- Real decreto 2568/1986, del 28 de noviembre (BOE nº 305, del 22 de diciembre), que
aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades
locales (ROF).
- Reales decretos 1174/1987; 1732/1994 y 834/2003, por los que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (Disposiciones
derogadas por el Real Decreto 128/2018, del 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional).
- Real decreto 500/1990, del 20 de abril, por el que se desarrolla, en materia de presupuestos,
el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, antigua Ley reguladora de las haciendas
locales (BOE nº 136, del 7 de junio).
- Real decreto 896/1991, del 7 de julio, sobre procedimientos de selección de funcionarios de
la administración local (BOE nº 142, del 14 de junio).
- Orden HAP/1781/2013, del 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del
modelo normal de contabilidad local (BOE nº 237, del 3 de octubre).
- Orden HAP/1782/2013, del 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del
modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de
contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, del 23 de noviembre (BOE nº 237, del
3 de octubre).
- Real decreto 1463/2007, de 2 noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo
de la Ley 18/2001, de estabilidad presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales (BOE
nº 264, del 3 de noviembre).
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3565/2008, del 3 de diciembre de 2008, sobre
estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014,
de 14 de marzo, (BOE nº 297, del 10 de diciembre).
- Orden HAP/2075/2014, del 6 de noviembre, por la que se establecen los criterios de cálculo
del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales (BOE nº 270, del 7 de
noviembre).
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
5
- Orden HAP/2015/2012, del 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de
suministro de información previstas en la LO 2/2012, de estabilidad presupuestaria, modificada
por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre. (BOE nº 240, del 1 de octubre).
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
- Estatuto de Autonomía de Galicia-Ley orgánica 1/1981 (BOE nº 101, del 28 de abril; DOG nº
24, del 1 de octubre).
- Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración Local de Galicia (DOG nº 149, del 5 de
agosto).
- Ley 2/2015, del 29 de abril, del empleo público de Galicia (DOG nº 82, del 4 de mayo).
- Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de
Galicia (DOG nº 252, del 31 de diciembre).(Derogada por la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del
suelo de Galicia).
- Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia (DOG nº 34, del 19 de febrero).
- Decreto 143/2016, del 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia (DOG nº 213, del 9 de noviembre).
- Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia (DOG nº 121, del 25 de junio).
- Ley 13/2015, del 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOG nº 249, del 31
de diciembre).
LEGISLACIÓN DE CONTROL EXTERNO
- Ley orgánica 2/1982, del 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (BOE nº 121, del 21 de mayo).
- Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de Cuentas de Galicia (DOG nº 130, del 9 de julio).
- Ley 8/2015, del 7 de agosto, de reforma de la Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de
Cuentas (DOG nº 164, del 28 de agosto de 2015).
- Reglamento de régimen interior del Consello de Cuentas de Galicia del 23 de febrero de 2017
(DOG nº 46, del 7 de marzo).
I.4 RESPONSABILIDAD
I.4.1 RESPONSABILIDAD DEL ENTE FISCALIZADO
Los diferentes órganos municipales deben garantizar que las actividades, operaciones
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
6
presupuestarias y financieras y la información reflejada en sus estados financieros resultan
conformes con las normas aplicables. Así mismo son responsables del sistema de control interno
que consideren necesario para garantizar que la actividad revisada esté libre de incumplimientos
legales y de incorrecciones materiales debidas a fraude o error.
I.4.2 RESPONSABILIDAD DEL CONSELLO DE CUENTAS
La responsabilidad do Consello de Cuentas de Galicia es expresar una conclusión de auditoría
financiera y de cumplimiento de la legalidad, por parte de la entidad incluida en el ámbito
subjetivo de este informe, sobre las obligaciones derivadas de la normativa aplicable en cada una
de las áreas objeto de fiscalización, así como el respeto a los principios contables y
presupuestarios.
Para alcanzar los objetivos establecidos para este informe se realizó un análisis de la
documentación remitida por la entidad fiscalizada a través de la plataforma de rendición, así
como sobre toda la información y documentación solicitada por el Consello en el desarrollo de la
presente fiscalización, de conformidad con los Principios fundamentales de fiscalización de las
Instituciones Públicas de Control Externo. Esta normativa exige el cumplimiento de los
requerimientos de ética así como la planificación y ejecución de la auditoría con el fin de obtener
una seguridad razonable de que las actividades revisadas, operaciones presupuestarias y
financieras y la información reflejadas en sus estados financieros resulten, en todos los aspectos
significativos, conformes con la normativa aplicable.
II. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO
II.1 INFORMACIÓN GENERAL
El ámbito subjetivo de la fiscalización está constituido por el ayuntamiento de Ourense, el cual
contaba con una población 105.893 habitantes a 1/1/2016 y de 105.636 habitantes a 1/1/2017.
(Fuente: INE).
En el ejercicio 2016 sólo tenía una entidad dependiente: el Organismo autónomo Consello
Municipal de Deportes, el cual tiene como objeto la gestión del servicio municipal de deportes y
de las instalaciones deportivas, la promoción de nuevas instalaciones deportivas, las relaciones
con clubs, asociaciones y organismos deportivos, la organización de eventos y actividades
deportivas, la promoción del deporte base y la integración del deporte en las actividades
socioculturales.
No tiene entidades públicas empresariales dependientes ni tiene participaciones en sociedades
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
7
mercantiles.
Participa en el Consorcio Centro asociado de la UNED de Ourense, al que realiza una aportación
anual de 222,05 miles de euros.
El Ayuntamiento emplea la forma de gestión indirecta de servicios públicos para prestar entre
otros los servicios de:
- Abastecimiento de agua potable y saneamiento
- Transporte urbano
- Limpieza urbana y recogida y transporte de residuos sólidos urbanos
- Ayuda a domicilio
- Regulación del aparcamiento en la vía pública e inmovilización
- Retirada de vehículos de la vía pública y su depósito
- Plaza de abastos
- Matadero
- 5 aparcamientos públicos en la ciudad
La composición de la Corporación resultante de las elecciones de 2015 fue la siguiente: PP: 10
concejales; Democracia Ourensana: 8 concejales; PSdeG-PSOE: 6 concejales; Ourense en común:
3 concejales; resultando elegido Alcalde el candidato del Partido Popular.
II.2 DATOS DE TRAMITACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
En cuanto a la liquidación y a la aprobación de la cuenta del ejercicio fiscalizado, en el siguiente
cuadro se recogen las fechas más relevantes al respecto:
Cuadro 1: Fechas de los trámites de rendición de cuentas
Trámite Fecha límite Cumplimiento
Aprobación definitiva del presupuesto 31/12/2015 Decreto prórroga 30/12/2015
Aprobación de la liquidación del Presupuesto 31/03/2017 22/03/2017
Formación de la Cuenta General 01/06/2017 23/06/2017
Informe de la Comisión de Cuentas 01/06/2017 17/07/2017
Inicio exposición al público 01/10/2017 22/07/2017
Aprobación plenaria de la Cuenta General 01/10/2017 01/09/2017
Fecha rendición de la Cuenta General 14/10/2017 26/09/2017
Desde el año 2014 no se aprueban unos nuevos presupuestos del ayuntamiento, aprobándose
por resoluciones de la Alcaldía las prórrogas de los presupuestos en los años 2015, 2016 y 2017;
sigue por lo tanto en vigor el presupuesto del ejercicio 2014, aprobado el 14 de noviembre de
ese año.
En lo que atañe a la rendición de la cuenta, aunque no se respetó el plazo para su formación e
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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informe de la Comisión especial de cuentas, si se cumplió con la fecha límite establecida para su
presentación que tuvo lugar el 26 de septiembre de 2017.
Con relación a la rendición de las cuentas de los ocho ejercicios anteriores la situación es la
siguiente:
Cuadro 2: Estado de la rendición de ejercicios anteriores
Ejercicio Estado rendición Cumplimiento
2012 Con defectos leves, fuera de plazo 24/02/2014
2013 Con defectos leves, fuera de plazo 20/11/2014
2014 Con defectos leves, fuera de plazo 15/10/2015
2015 Con defectos leves, fuera de plazo 16/01/2017
2016 Con defectos leves 26/09/2017
Todas las cuentas con defectos leves presentaban fallos de tramitación y coherencia interna entre
estados contables, lo cual no impidió su calificación como cuentas rendidas.
III. CUENTAS ANUALES
III.1 PRESUPUESTO INICIAL
Como ya se digo el 30 de diciembre de 2015 se acordó por Decreto de la Alcaldía-Presidencia la
prórroga del presupuesto para el año 2016.
Las previsiones de ingresos del Ayuntamiento de Ourense para el ejercicio 2016 ascendieron a
103.897,64 miles de euros y los créditos iniciales a 94.736,58 miles de euros, los mismos
importes que en el año anterior. Se mantiene, por lo tanto, el saldo positivo de 9.161,05 miles
de euros. En el siguiente cuadro se presenta la evolución temporal de las previsiones de ingresos
y créditos para gastos en el período 2013-2016.
Cuadro 3: Evolución de las previsiones iniciales de ingresos
Previsiones iniciales ingresos 2013 2014 2015 2016 Variación 2016-2015
Ingresos Corrientes 99.388.977,00 102.321.281,00 102.321.281,00 102.321.281,00 0,00%
Ingresos Capital 844.064,00 461.180,00 348.180,00 348.180,00 0,00%
Ingresos no financieros 100.233.041,00 102.782.461,00 102.669.461,00 102.669.461,00 0,00%
Activos Financieros 654.556,00 365.650,00 365.650,00 365.650,00 0,00%
Pasivos Financieros 3.486.312,00 4.752.241,00 4.752.241,00 4.752.241,00 0,00%
Ingresos Financieros 4.140.868,00 5.117.891,00 5.117.891,00 5.117.891,00 0,00%
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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Total 104.373.909,00 107.900.352,00 107.787.352,00 107.787.352,00 0,00%
Cuadro 4: Evolución de los créditos iniciales
Créditos iniciales 2013 2014 2015 2016 Variación 2016-2015
Gasto Corriente 93.088.757,47 95.576.098,56 93.897.331,07 93.897.331,07 0,00%
Gasto Capital 34.189,69 6.095.288,35 0,00 0,00 0,00%
Gastos no financieros 93.122.947,16 101.671.386,91 93.897.331,07 93.897.331,07 0,00%
Activos Financieros 654.556,00 1.865.650,00 365.650,00 365.650,00 0,00%
Pasivos Financieros 4.241.334,00 4.363.315,09 4.363.315,09 4.363.315,09 0,00%
Gastos Financieros 4.895.890,00 6.228.965,09 4.728.965,09 4.728.965,09 0,00%
Total 98.018.837,16 107.900.352,00 98.626.296,16 98.626.296,16 0,00%
Conforme a lo establecido en la LOEPSF, la elaboración, aprobación y ejecución de los
presupuestos se realiza en un marco de estabilidad presupuestaria, entendiéndose por tal la
situación de equilibrio o superávit presupuestario en términos de capacidad de financiación. El
examen de estas magnitudes presupuestarias muestra una capacidad de financiación del ejercicio
de 8.772,13 miles de euros, que con la variación de operaciones financieras se elevan a
9.161,05 miles de euros.
Cuadro 5: Evolución del saldo presupuestario. Previsiones iniciales
Concepto 2013 2014 2015 2016 Variación 2016-2015
(+) Operaciones no financieras 7.110.093,84 1.111.074,09 8.772.129,93 8.772.129,93 0,00%
(+) Operaciones activos financieros 0,00 -1.500.000,00 0,00 0,00 0,00%
I. Resultado del ejercicio 7.110.093,84 -388.925,91 8.772.129,93 8.772.129,93 0,00%
II. Variación neta pasivos financieros -755.022,00 388.925,91 388.925,91 388.925,91 0,00%
Saldo presupuestario del ejercicio (I + II) 6.355.071,84 0,00 9.161.055,84 9.161.055,84 0,00%
III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
III.2.1. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
Se verificó la corrección y contenido de la información suministrada por la liquidación del
presupuesto de ingresos, así como la coherencia entre la contabilidad presupuestaria y la
contabilidad financiera, sin que se detectasen defectos ni diferencias.
La liquidación del Presupuesto de Ingresos se recoge en el siguiente cuadro, en el que no figura
el importe de 3.155,50 miles de euros correspondientes a las transferencias corrientes hechas
por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes:
Cuadro 6: Liquidación del presupuesto de ingresos
Capítulo Previsiones
presupuestarias iniciales
Modificaciones previsiones
presupuestarias
Previsiones presupuestarias
definitivas
Derechos reconocidos
Derechos anulados
Derechos cancelados
Derechos reconocidos
netos Recaudación neta
Derechos pendientes de
cobro
1 Impuestos directos.
43.184.003,00 0,00 43.184.003,00 49.713.637,22 489.999,41 40.490,54 49.183.147,27 45.836.034,93 3.347.112,34
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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Capítulo Previsiones
presupuestarias iniciales
Modificaciones previsiones
presupuestarias
Previsiones presupuestarias
definitivas
Derechos reconocidos
Derechos anulados
Derechos cancelados
Derechos reconocidos
netos Recaudación neta
Derechos pendientes de
cobro
2 Impuestos indirectos.
2.454.133,00 0,00 2.454.133,00 3.361.616,38 476.300,73 0,00 2.885.315,65 2.885.315,65 0,00
3 Tasas, precios púb y otros ingr.
26.009.420,27 0,00 26.009.420,27 27.322.933,78 342.046,57 3.693,20 26.977.194,01 24.261.977,43 2.715.216,58
4 Transfer. corrientes.
26.619.337,00 1.578.452,12 28.197.789,12 31.181.955,18 2.633.315,22 0,00 28.548.639,96 28.537.429,96 11.210,00
5 Ingresos patrimoniales.
898.886,00 0,00 898.886,00 588.276,57 0,00 0,00 588.276,57 481.856,87 106.419,70
7 Transfer. de capital.
348.180,00 5.162.619,58 5.510.799,58 1.811.202,74 188.644,80 0,00 1.622.557,94 1.622.557,94 0,00
8 Activos financieros.
365.650,00 39.845.322,53 40.210.972,53 418.257,22 0,00 0,00 418.257,22 418.257,22 0,00
9 Pasivos financieros.
4.752.241,00 0,00 4.752.241,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 104.631.850,27 46.586.394,23 151.218.244,50 114.397.879,09 4.130.306,73 44.183,74 110.223.388,62 104.043.430,00 6.179.958,62
La evolución de los ingresos liquidados en 2016 con relación al año anterior, así como la
relevancia de cada fuente de financiación sobre el total, y los índices de liquidación de las
previsiones definitivas de ingresos y de recaudación de derechos liquidados, muestran los
resultados que se recogen a continuación*:
Cuadro 7: Evolución de los ingresos liquidados sobre el ejercicio anterior
Capítulo Derechos
Reconocidos Netos
2015
Derechos Reconocidos Netos
2016
Importancia relativa de cada
cap (DRN cap/DRN totales)
Variación con relación al año anterior (DRN
2016-DRN 2015)/DRN 2015
Índice de liquidación de derechos (DRN
2016/prev definit)
Índice de recaudación de
derechos
(recaudación neta 2016/DRN)
1. Impuestos directos 48.373.669,32 49.183.147,27 44,62% 1,67% 113,89% 93,19%
2. Impuestos indirectos 2.126.594,17 2.885.315,65 2,62% 35,68% 117,57% 100,00%
3. Tasas y otros ingresos 28.998.003,59 26.977.194,01 24,48% -6,97% 103,72% 89,94% 4. Transferencias corrientes 28.657.537,97 28.548.639,96 25,90% -0,38% 101,24% 99,96%
5. Ingresos patrimoniales 677.924,62 588.276,57 0,53% -13,22% 65,45% 81,91% 7. Transferencias de capital 1.240.447,75 1.622.557,94 1,47% 30,80% 29,44% 100,00%
8. Activos financieros 499.836,43 418.257,22 0,38% -16,32% 1,04% 100,00%
9. Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%
TOTAL 110.574.013,85 110.223.388,62 100,00% -0,32% 72,89% 94,39%
*Para el cálculo no se tuvo en cuenta el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes.
Con relación al año anterior, aunque porcentualmente hubo una pequeña disminución, se dieron
incrementos en la recaudación de los impuestos directos e indirectos y en las transferencias de
capital; en el capítulo 1-Impuestos directos, que es el de más importancia relativa, las subidas se
produjeron en la cesión del IRPF, en el IIVTNU y en el IAE; en los impuestos indirectos las subidas
se concentraron en el IVA y en el ICIO; cuantitativamente la mayor disminución se dio en el
capítulo de las tasas, precios públicos y otros ingresos: las mayores bajadas se concentraron en
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
11
los conceptos relativos a las multas, servicio de transporte público urbano y tasa de
estacionamiento de vehículos. Hay que mencionar también que en el ejercicio 2016 no se
concertó ninguna operación de crédito.
Gráfico 1: Importancia relativa de los capítulos de ingresos
Los ingresos provienen mayoritariamente de impuestos directos, de las transferencias corrientes y
de las tasas, precios públicos y otros ingresos.
La evolución de las previsiones de ingresos, derechos reconocidos netos e índices de realización y
recaudación de derechos se reflejan en el siguiente cuadro*:
Cuadro 8: Evolución de los ingresos liquidados
Año Previsiones
presupuestarias definitivas
Derechos reconocidos netos
Recaudación neta % de realización
de derechos % de recaudación de derechos reconocidos
2013 128.134.317,36 107.047.065,86 99.064.955,34 83,54% 92,54%
2014 142.992.901,78 104.290.644,83 99.270.456,98 72,93% 95,19%
2015 139.083.322,29 110.574.013,85 103.092.083,63 79,50% 93,23%
2016 151.218.244,50 110.223.388,62 104.043.430,00 72,89% 94,39%
*Para el cálculo no se tuvo en cuenta el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes.
Finalmente, el cuadro siguiente recoge los principales indicadores del presupuesto de ingresos
del Ayuntamiento de Ourense:
Cuadro 9: Indicadores del presupuesto de ingresos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Indicador Ámbito 2013 2014 2015 2016
Ejecución presupuesto ingresos Ourense 83,96% 73,52% 79,96% 73,44%
DRN/Previsiones ingresos Media Galicia 86,07% 81,41% 84,24% 83,41%
Media nacional 89,46% 86,02% 84,70% 73,04%
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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Autonomía Ourense 88,95% 93,10% 93,07% 92,85%
DRN (Capítulos 1 a 3, 5, 6 y 8 + transferencias recibidas) / DRN
media Galicia 88,29% 89,81% 88,04% 90,99%
media nacional 84,00% 82,90% 80,00% 71,19%
Autonomía fiscal Ourense 59,82% 63,20% 61,41% 63,53%
DRN de naturaleza tributaria/DRN Media Galicia 56,78% 57,78% 57,02% 59,05%
Media Nacional 54,81% 54,41% 52,78% 47,35%
Índice de dependencia de las subvenciones recibidas
Ourense 8,05% 6,90% 6,93% 7,15%
DRN Capítulos 4 y 7/DRN Media Galicia 9,32% 8,95% 9,48% 7,41%
Media nacional 10,63% 10,74% 10,04% 8,85%
Realización de los cobros Ourense 92,77% 95,33% 93,42% 94,55%
Recaudación neta/DRN Media Galicia 88,50% 87,81% 89,38% 89,72%
Media nacional 85,94% 85,32% 82,29% 74,60%
En esta comparativa no se restó el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas
por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes para poder operar con datos
homogéneos respecto al total de los ayuntamientos de Galicia y del Estado.
Se observa que no se llegaron a materializar la totalidad de las previsiones definitivas de
ingresos, siendo el índice de ejecución inferior en 10 puntos a la media de Galicia y similar a la
estatal.
Por su parte el cociente de autonomía, que muestra la proporción de los ingresos presupuestarios
(excepto los derivados de subvenciones y pasivos financieros) en relación con la totalidad de
ingresos del ejercicio, es algo superior al autonómico y muy superior al nacional. Este indicador
está directamente vinculado al índice de dependencia de las subvenciones recibidas, lo cual
muestra la proporción de los derechos reconocidos netos por subvenciones corrientes y de capital
sobre el total de derechos reconocidos, indicando en el caso del ayuntamiento de Ourense una
baja dependencia de las decisiones de gasto de otras administraciones, siendo similar a la media
autonómica y un poco inferior a la nacional.
El indicador de la autonomía fiscal, que refleja la proporción que representan los ingresos
presupuestarios de naturaleza tributaria (impuestos, tasas y contribuciones especiales) realizados
en el ejercicio en relación con la totalidad de los ingresos presupuestarios realizados en el mismo,
también es algo superior al autonómico y muy superior al nacional.
La realización de los cobros es superior en 5 puntos a la media de Galicia y en 20 puntos a la del
Estado, alcanzando el 94,55%, lo cual indica una buena capacidad de recaudación del
ayuntamiento.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
13
III.2.2. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Se verificó la corrección y contenido de la información suministrada por la liquidación del
presupuesto de gastos, así como la coherencia entre la contabilidad presupuestaria y la
contabilidad financiera, sin que se detectasen defectos ni diferencias.
El hecho de que desde el año 2014 se venga prorrogando el presupuesto municipal, al amparo y
con las limitaciones recogidas en el artículo 169.6 del TRLRFL, provoca una serie de desajustes
en los créditos iniciales que de esta manera no se acomodan a las circunstancias económicas de
cada ejercicio presupuestario. Por eso se produce un alto número de modificaciones
presupuestarias, en este año 2016 alcanzan el 49,17% de los créditos iniciales; y también se
refleja en un bajo grado de ejecución, el 67,87%.
La liquidación del presupuesto de gastos se refleja en el siguiente cuadro*: Cuadro 10: Liquidación do presupuesto de gastos
Capítulo Créditos iniciales
Modificación créditos
Créditos definitivos
Gastos comprometidos
Obligaciones reconocidas
2016 Pagos
Obligaciones pendientes
Remanentes crédito
1 Gastos de personal. 36.617.841,16 -2.151.475,46 34.466.365,70 31.756.580,41 31.756.580,41 31.753.095,75 3.484,66 2.709.785,29
2 Gasto corriente en bienes y servicios.
50.797.645,35 5.736.717,10 56.534.362,45 43.292.137,07 41.502.219,65 41.240.417,25 261.802,40 15.032.142,80
3 Gastos financieros. 1.136.021,00 5.000,00 1.141.021,00 521.948,17 521.948,17 488.935,71 33.012,46 619.072,83
4 Transferencias corrientes.
2.190.321,83 993.149,91 3.183.471,74 2.942.673,78 2.238.506,88 2.025.846,79 212.660,09 944.964,86
6 Inversiones reales. 0,00 28.067.626,53 28.067.626,53 4.222.556,56 3.695.262,84 3.695.262,84 0,00 24.372.363,69
7 Transferencias de capital.
0,00 1.280.012,82 1.280.012,82 501.657,66 501.657,66 501.657,66 0,00 778.355,16
8 Activos financieros. 365.650,00 0,00 365.650,00 361.240,00 361.240,00 361.240,00 0,00 4.410,00
9 Pasivos financieros. 4.363.315,09 12.655.363,33 17.018.678,42 15.830.533,29 15.830.533,29 15.591.827,24 238.706,05 1.188.145,13
Total general 95.470.794,43 46.586.394,23 142.057.188,66 99.429.326,94 96.407.948,90 95.658.283,24 749.665,66 45.649.239,76
*En el capítulo 4 se restó el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes.
Vemos que en el capítulo 1 se hicieron modificaciones de crédito negativas y aun así no se
llegaron a comprometer 2.709,78 miles de euros. En este caso el desajuste se produce porque,
con carácter general, hay un exceso del grado de cobertura presupuestaria, excepto en el artículo
de gastos del personal laboral al contrario el déficit de cobertura dio lugar a una modificación al
alza del presupuesto.
En el capítulo 2, en el que las modificaciones alcanzaron los 5.736,72 miles de euros, se dieron
casos como el del artículo 23 –Indemnizaciones por razón del servicio, en el que sus créditos
iniciales representaron el 169% de las obligaciones del ejercicio anterior, tuvo modificaciones
positivas del 33,29% y sólo alcanzó un grado de ejecución del 17,92%.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
14
En el capítulo 3, el artículo 31 con unos créditos iniciales que representan más del 200% de las
obligaciones del ejercicio anterior sólo consiguió un grado de ejecución del 31%; por el contrario
el artículo 35-Intereses de demora con un grado de cobertura sobre las obligaciones del año
2015 del 17%, alcanzó un grado de ejecución del 408%.
Es significativo que en los capítulos 6 y 7, que no tenían créditos iniciales, sólo se llegaron a
ejecutar el 13,17% y el 39,19% de sus modificaciones de crédito.
En el capítulo 9 las modificaciones de crédito representaron el 290% de sus créditos iniciales.
La importancia relativa de cada tipo de gasto sobre el total, su evolución con relación al año
anterior y los índices de ejecución y pago de las obligaciones son los siguientes*:
Cuadro 11: Evolución de los gastos liquidados sobre el ejercicio anterior
Capítulo Obligaciones reconocidas
2015
Obligaciones reconocidas
2016
Importancia de cada cap: OR
capítulo/total OR
Variación de las OR 2016 con relación
a las OR 2015
Índice de ejecución
presupuestaria
Índice de pago das
obligaciones
1 Gastos de personal. 32.785.580,88 31.756.580,41 32,94% -3,14% 92,14% 99,99%
2 Gasto corriente en bienes y servicios.
50.734.174,34 41.502.219,65 43,05% -18,20% 73,41% 99,37%
3 Gastos financieros. 785.515,21 521.948,17 0,54% -33,55% 45,74% 93,68%
4 Transferencias corrientes. 2.428.491,72 2.238.506,88 2,32% -7,82% 70,32% 90,50%
6 Inversiones reales. 10.280.051,71 3.695.262,84 3,83% -64,05% 13,17% 100,00%
7 Transferencias de capital. 1.730.079,92 501.657,66 0,52% -71,00% 39,19% 100,00%
8 Activos financieros. 326.800,00 361.240,00 0,37% 10,54% 98,79% 100,00%
9 Pasivos financieros. 8.482.749,16 15.830.533,29 16,42% 86,62% 93,02% 98,49%
Total general 107.553.442,94 96.407.948,90 100,00% -10,36% 67,87% 99,22%
*En el capítulo 4 se restó el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes.
Las obligaciones reconocidas en el ejercicio disminuyeron un 10,36% respecto a las del año
anterior. El principal aumento se produjo en el capítulo de pasivos financieros con un incremento
del 86,62% de las obligaciones reconocidas en el ejercicio. Cuantitativamente son significativas
las bajas en los gastos corrientes en bienes y servicios y en inversiones reales.
Sólo se ejecutó el 67,87% de los créditos definitivos, porcentaje sobre el que prácticamente no
quedaron obligaciones pendientes de pago.
Gráfico 2: Importancia relativa de los capítulos de gasto
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
15
Si analizamos la composición del gasto y lo comparamos con los restantes ayuntamientos del
mismo tramo de población, resulta lo siguiente:
Cuadro 12: Evolución de los tipos de gasto y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Tipo de gasto Nivel 2013 2014 2015 2016
Gastos de funcionamiento
Estado 68,73% 66,24% 68,00% 69,13%
Galicia 71,65% 71,34% 71,07% 74,15%
Ourense 77,64% 77,52% 75,44% 73,58%
Transferencias y subvenciones
Estado 13,41% 13,08% 13,49% 13,26%
Galicia 10,59% 10,66% 10,60% 9,86%
Ourense 6,45% 6,34% 6,61% 5,92%
Inversiones reales
Estado 5,85% 6,29% 7,40% 6,23%
Galicia 8,38% 9,19% 10,59% 6,50%
Ourense 3,73% 3,14% 9,29% 3,71%
Operaciones financieras
Estado 12,01% 14,39% 11,11% 11,37%
Galicia 9,38% 8,81% 7,74% 9,49%
Ourense 12,18% 13,00% 8,67% 16,79%
En esta comparativa no se restó el importe correspondiente a las transferencias corrientes hechas
por el ayuntamiento al OA Consello Municipal de Deportes para poder operar con datos
homogéneos respecto al total de los ayuntamientos de Galicia y del Estado.
Un 73,58% de los gastos totales corresponden a gastos de funcionamiento (personal y gasto
corriente en bienes y servicios), porcentaje próximo a la media de Galicia y superior a la media
estatal. El gasto en transferencias y subvenciones y en inversiones reales es inferior a las medias
de referencia. Sin embargo, el porcentaje de las operaciones financieras (16,79%), es superior a
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
16
la media de Galicia y del Estado.
Quedan sin ejecutar 45.474,89 miles de euros de créditos definitivos, resultando un grado de
ejecución del presupuesto del 67,87%. El análisis del ritmo de ejecución mensual de las
obligaciones reconocidas a lo largo del año permite concluir que el mismo no es uniforme ya que,
a medida que avanza el año, el ritmo de ejecución mensual decrece, hasta que en el mes de
noviembre se invierte esta desviación ejecutándose entre este mes y el de diciembre el 32,34%
del total de obligaciones del año.
Finalmente, el siguiente cuadro recoge los principales indicadores del presupuesto de gastos del
Ayuntamiento de Ourense:
Cuadro 13: Indicadores del presupuesto de gastos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Indicador Ámbito 2013 2014 2015 2016
Ejecución presupuesto gastos Ourense 79,17% 69,39% 83,19% 68,56%
ORN/Créditos definitivos Media Galicia 82,39% 80,16% 81,92% 79,68%
Media nacional 82,96% 81,61% 78,55% 68,13%
Índice gastos personal Ourense 32,27% 31,15% 29,28% 28,52%
ORN Capitulo 1/DRN 1 a 5 Media Galicia 29,90% 29,70% 29,95% 29,49%
Media nacional 34,58% 34,32% 32,96% 28,67%
Esfuerzo inversor Ourense 4,30% 4,27% 10,85% 4,22%
ORN Capítulo 6 y 7/ORN Media Galicia 9,95% 10,57% 12,19% 7,72%
Media nacional 7,01% 7,44% 8,15% 6,31%
Carga financiera ejercicio Ourense 11,25% 12,15% 8,28% 14,69%
ORN Capítulos 3 y 9/DRN 1 a 5 Media Galicia 9,12% 8,88% 7,92% 9,02%
Media nacional 11,21% 14,72% 10,14% 10,05%
Realización de los pagos Ourense 92,01% 98,53% 95,74% 99,25%
Pagos líquidos/ORN Media Galicia 91,81% 92,41% 91,73% 93,77%
Media nacional 85,99% 86,58% 83,21% 74,22%
El ayuntamiento de Ourense, incluido el OA Consello Municipal de Deportes, presenta un
porcentaje de ejecución del presupuesto de gastos similar a la media nacional e inferior a la
media de los ayuntamientos gallegos; el gasto de personal absorbe un porcentaje de los
derechos reconocidos por operaciones corrientes similar a la media nacional y un punto inferior a
la media de Galicia; el esfuerzo inversor, que manifiesta la importancia relativa de la ejecución de
gastos vinculados a operaciones de capital respecto del total de gastos presupuestarios, es
inferior a la media estatal y autonómica; la carga financiera del ejercicio es superior a las medias
de Galicia y del Estado, este indicador refleja la parte de los ingresos corrientes que son
empleados para amortizar la deuda financiera y sus intereses; el indicador de la realización de los
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
17
pagos, que mide el grado de realización de los pagos respecto de las obligaciones reconocidas es
superior a la media nacional en 15 puntos y a la gallega en 5,5 puntos.
III.3 RESULTADO PRESUPUESTARIO
El resultado presupuestario que consta en la Cuenta General presentada, y cuyas cifras coinciden
con la liquidación, es el siguiente:
Cuadro 15: Resultado presupuestario del ejercicio (Ayuntamiento y OA Consello Municipal de deportes)
Conceptos DRN ORN Resultado
presupuestario
I. Operaciones no financieras 112.960.633,13 83.371.677,34 29.588.955,79
II. Activos financieros 418.257,22 361.240,00 57.017,22
III. Pasivos financieros 0,00 15.830.533,29 -15.830.533,29
RDO. PRESUPUESTARIO EJERCICIO (I+II+III) 113.378.890,35 99.563.450,63 13.815.439,72
IV. Créditos gastados financiados con remanentes de tesorería para gastos generales 18.012.781,84
V. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 1.003.449,53
VI. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 1.749.234,78
RDO. PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II+III+IV+V-VI) 31.082.436,31
Se debe tener en cuenta la evolución del saldo de la cuenta 413 (acreedores por operaciones
pendientes de aplicar a presupuesto), que se incrementa en 3.130,50 miles de euros durante el
año 2016. Por lo tanto, aunque sin tener el carácter de un ajuste y para obtener una completa
información de la composición del resultado presupuestario, este debería disminuir en la cuantía
del saldo de la cuenta 413 al tratarse de gastos del ejercicio corriente que se imputarán a
ejercicios futuros.
La Comisión de coordinación del ámbito local del Tribunal de Cuentas y Órganos de control
externo tiene acordado una serie de indicadores de la Cuenta General de las entidades locales
entre los que se encuentra el índice de operaciones pendientes de aplicar, lo cual manifiesta la
relación entre el saldo de la cuenta 413 y las obligaciones reconocidas netas. Dado que el saldo
de la cuenta 413 está compuesto por partidas que acabarán teniendo un impacto presupuestario
el indicador es útil para valorar el resultado presupuestario de la entidad en un momento
determinado. Al 31 de diciembre este índice representaba el 6,34%.
En la comparación entre el presupuesto inicial y su ejecución se puede ver que el superávit no
financiero previsto de 8.772,13 miles de euros es muy inferior al alcanzado al final del ejercicio,
29.588,95 miles de euros. Parte de este superávit final, añadido el importe de las operaciones
con activos financieros, se empleó para la amortización de los préstamos del ayuntamiento por
importe de 15.830,53 miles de euros.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
18
En definitiva, y como se refleja en el cuadro anterior, hay un superávit no financiero de
29.588,95 miles de euros, que se emplea en la reducción del endeudamiento por 15.830,53
miles de euros. El saldo positivo resultante, unido a los créditos gastados y financiados con el
remanente y a las desviaciones de financiación, da como resultado una capacidad de financiación
de 31.082,44 miles de euros.
La evolución del resultado presupuestario en los últimos años se recoge a continuación:
Cuadro 16: Evolución del resultado presupuestario
Concepto 2013 2014 2015 2016
a. Ahorro Bruto (saldo de operaciones corrientes) 20.404.133,14 21.281.332,69 22.099.967,52 32.163.318,35
b. Otras operaciones no financieras -1.691.487,76 -3.260.802,98 -10.769.683,88 -2.574.362,56
I. Superávit/Déficit no financiero (Total operaciones no financieras (a+b))
18.712.645,38 18.020.529,71 11.330.283,64 29.588.955,79
II. Activos financieros 90.964,28 93.364,55 173.036,43 57.017,22
III. Variación neta de endeudamiento (Pasivos financieros) -7.472.105,73 -12.079.673,35 -8.482.749,16 -15.830.533,29
Rdo. Presupuestario. Ejercicio (I+II+III) 11.331.503,93 6.034.220,91 3.020.570,91 13.815.439,72
IV. Créditos gastados financiados con remanentes de tesorería para gastos generales
8.627.378,29 14.880.426,06 15.727.520,20 18.012.781,84
V. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 2.000.493,42 2.758.859,40 2.224.503,12 1.003.449,53
VI. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 5.549.224,87 1.284.360,28 1.273.172,43 1.749.234,78
(+) Capacidad/(-)Necesidad de financiamiento 16.410.150,77 22.389.146,09 19.699.421,80 31.082.436,31
Gráfico 3: Evolución del ahorro bruto y magnitudes vinculadas
III.4. REMANENTE DE TESORERÍA
El remanente de tesorería consolidado, del ayuntamiento y del OA Consello Municipal de
Deportes, que figura en la Cuenta General presentada y que incluye lo relativo a los ejercicios
2015 e 2016 es el siguiente:
Cuadro 17: Remanente de tesorería del ejercicio actual y anterior
Concepto 2015 2016
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
19
Concepto 2015 2016
1. (+) Fondos líquidos 45.810.348,87 52.897.963,52
2. (+) Derechos pendientes de cobro 30.616.278,49 32.004.439,51
a. (+) Del presupuesto corriente 7.481.930,22 6.179.958,62
b. (+) De presupuestos cerrados 22.461.688,39 25.543.306,41
c. (+) De operaciones no presupuestarias 672.659,88 281.174,48
3. Obligaciones pendientes de pago 7.534.497,67 3.580.466,52
a. (+) Del presupuesto corriente 4.711.158,95 749.665,66
b. (+) De presupuestos cerrados 34.206,35 76.894,84
c. (+) De operaciones no presupuestarias 2.789.132,37 2.753.906,02
4. (+) Partidas pendientes de aplicación -120.803,84 -465.829,56
a. (-) Cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 136.360,00 467.903,29
b. (-) Pagos pendientes de aplicación definitiva 15.556,16 2.073,73
I. Remanente de tesorería total (1+2-3+4) 68.771.325,85 80.856.106,95
II. Saldos de dudoso cobro 18.055.431,93 19.305.096,13
III. Exceso de financiación afectada 5.152.740,72 5.817.267,49
IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I – II – III) 45.563.153,20 55.733.743,33
El remanente de tesorería se obtiene como suma de los fondos líquidos más los derechos
pendientes de cobro, deduciendo las obligaciones pendientes de pago y agregando las partidas
pendientes de aplicación, de conformidad con los criterios establecidos por la Orden
HAP/1781/2013, que aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local.
El remanente de tesorería para gastos generales se incrementó en 10.170,59 miles de euros
respecto al año anterior; esta situación se debe al aumento de los fondos líquidos en más de 7
millones de euros, a que los derechos pendientes de cobro fueron superiores en más de un millón
de euros y también a la reducción de las obligaciones pendientes de pago en case 4 millones de
euros, junto con el incremento de los derechos de dudoso cobro y el exceso de financiación
afectada en case 2 millones de euros.
Se debe tener en cuenta la evolución del saldo de la cuenta 413 (acreedores por operaciones
pendientes de aplicar a presupuesto), que presenta un saldo al final del ejercicio de 6.110,84
miles de euros. Por lo tanto, aunque sin tener el carácter de un ajuste y para obtener una
completa información de la composición del remanente de tesorería, este debería disminuir en
esa cuantía al tratarse de gastos del ejercicio corriente que se imputarán a ejercicios futuros.
Por último, la comparación del remanente de tesorería para gastos generales de Ourense con el
resto de ayuntamientos de su mismo tramo de población en el ámbito de Galicia y del Estado
pone de manifiesto que, como se refleja en el siguiente cuadro, es muy superior a la media de los
mismos.
Cuadro 18: Comparación del Remanente de tesorería para gastos generales
Remanente de tesorería para gastos generales de los ayuntamientos de más Importe medio
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
20
de 50.000 habitantes
Estado 21.989.238,61
Galicia 30.864.333,81
Ourense 55.733.743,33
III.5. INDICADORES DE LAS MAGNITUDES PRESUPUESTARIAS
En relación al resultado presupuestario y al remanente de tesorería, se calcularon los siguientes
indicadores:
Cuadro 19: Indicadores magnitudes presupuestarias
Indicador Ámbito 2013 2014 2015 2016
Índice de ahorro bruto Ourense 19,61% 19,84% 19,73% 28,89%
(DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397-ORN cap 1 a 4)*100/DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397
Media Galicia 17,54% 16,19% 16,92% 19,00%
Media nacional 16,24% 16,17% 17,44% 14,98%
Índice de ahorro bruto no financiero Ourense 20,49% 20,55% 20,44% 29,36%
(DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397-ORN cap 1,2 y 4)*100/DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397
Media Galicia 18,67% 17,06% 17,61% 19,36%
Media nacional 19,59% 19,34% 19,02% 16,44%
Superávit/déficit por habitante Ourense 152,59 209,43 185,44 293,53
Resultado presupuestario ajustado/Nº de habitantes Media Galicia 101,61 98,22 96,12 129,86
Media nacional 116,99 96,95 125,79 114,51
Índice de deudores de dudoso cobro Ourense 51,37% 61,86% 58,97% 60,32%
Saldos de dudoso cobro*100/Deudores pendientes de cobro
Media Galicia 58,74% 59,93% 61,10% 61,98%
Media nacional 42,20% 43,07% 42,02% 41,08%
El hecho de que el presupuesto vigente sea el del ejercicio 2014 prorrogado supone un
alejamiento de la realidad que provoca limitaciones en su ejecución y unas importantes
distorsiones en las magnitudes presupuestarias que, de esta forma, pierden en gran medida su
función informadora.
El ahorro bruto es el importe que resulta de descontar los gastos corrientes (capítulos 1 al 4) a
los ingresos corrientes (capítulos 1 al 5), pudiendo destinarse a la financiación de otro tipo de
gasto.
El índice de ahorro bruto representa la relación entre el ahorro bruto y los derechos reconocidos
netos por ingresos corrientes y pone de manifiesto la capacidad de ahorro de la entidad en
relación con los ingresos corrientes. El índice de ahorro bruto no financiero no incluye en su
cálculo a las obligaciones reconocidas del capítulo 3-Gastos financieros.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
21
Los dos índices de ahorro mejoran en el año 2016 respecto a ejercicios anteriores y también
incrementan su diferencia positiva en relación a las medias de Galicia y del Estado. Este
incremento se debe fundamentalmente a la reducción del gasto en 2016, que disminuyó en la
cantidad de 10.714,51 miles de euros, de los que 9.278,80 miles de euros corresponden a un
menor gasto en bienes corrientes y servicios.
El superávit por habitante es muy superior a las medias gallega y estatal. Por último, el índice de
deudores de dudoso cobro, que refleja el porcentaje que representan los deudores de dudoso
cobro sobre el total de deudores pendientes de cobro, resulta un poco inferior a la media de
Galicia y muy superior a la media del Estado.
III.6 CONTABILIDAD FINANCIERA
El Ayuntamiento tiene implantada la Instrucción del modelo normal de contabilidad local,
aprobada por la Orden 1781/2013 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, del
20 de septiembre de 2013.
Las cuentas anuales comprenden el Balance, la Cuenta del resultado económico-patrimonial, el
Estado de liquidación del presupuesto y la Memoria.
El ayuntamiento de Ourense remite al Consello de Cuentas el libro diario de contabilidad
financiera y a partir del mismo se elabora los estados contables, que coinciden con los enviados.
En la revisión de la Memoria se observaron los siguientes hechos de relevancia:
Inventario
Existen limitaciones importantes a la hora de hacer un análisis de la información contable del
inmovilizado, inversiones inmobiliarias y patrimonio público del suelo, ya que los importes
recogidos en las cuentas del grupo 2 no se ajustan a la realidad.
Con fecha 29 de julio de 2010 se aprobó definitivamente por el pleno el Inventario de Bienes
actualizado, cuyos datos deberían trasladarse a la contabilidad municipal. Con todo, a la fecha
de cierre de la contabilidad, esa adecuación de saldos contables no se produjo. También se
señala que existen un gran número de acuerdos que afectan al inmovilizado que son de compleja
interpretación y a veces resultan de difícil o imposible contabilización. Además, debido a la difícil
o imposible identificación de los bienes contabilizados no se dota su amortización.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
22
IV. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
IV.1 CONTROL INTERNO
De conformidad con lo dispuesto en el punto 49 Conocimiento del sistema de control interno y
del entorno de control de la norma ISSAI-ES-400 “Principios fundamentales de la fiscalización de
Cumplimiento”, los auditores deben conocer el entorno de control y el sistema de control interno
implantado y considerar si es posible garantizar su funcionamiento.
En consecuencia, se analizó la función de control y fiscalización interna, en su triple acepción de
función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia, regulada en
los artículos 213 y siguientes del TRLRHL y en el RDFHCN.
El artículo 59 de las bases de ejecución del presupuesto regula las funciones del órgano de
control interno y, de acuerdo con el mismo, a la Intervención de la Entidad no le están asignadas
otras funciones diferentes a las de control interno.
En lo que respecta a la función interventora, se evaluó como se efectúa la fiscalización previa de
todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos y obligaciones de contenido
económico. En este sentido se destacan las siguientes características, que ya fueron indicadas en
el informe del Consello de Cuentas de fiscalización de las resoluciones y acuerdos contrarios a los
reparos y de los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa de los
ejercicios 2014 y 2015, y que se mantienen en el ejercicio 2016:
- No existe guía o manual de procedimiento de carácter interno en relación con las funciones de
fiscalización previa.
- La entidad tenía implantado, en el ejercicio fiscalizado, el sistema de fiscalización previa
limitada solamente sobre los gastos de personal.
- No consta que se emita informe escrito sobre la fiscalización plena posterior de las obligaciones
y gastos sometidos a fiscalización limitada ni de la forma en que la fiscalización plena posterior
se efectúa.
- No se realizaron actuaciones de control financiero en el ejercicio fiscalizado.
- Tampoco se lleva a cabo una fiscalización previa de derechos. No se desarrollan actuaciones
comprobatorias posteriores mediante técnicas de muestreo o auditoría.
- No están establecidos criterios para la contabilización de ingresos.
- En la fiscalización de los expedientes de contratación se revisan los siguientes extremos:
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
23
- existencia de acuerdo de iniciación del procedimiento motivando la necesidad del contrato;
- existencia de pliego de cláusulas administrativas;
- existencia de pliego de prescripciones técnicas;
- informe jurídico del Secretario o del titular del órgano que tenga atribuida la función de
asesoramiento jurídico de la Corporación;
- informe de necesidad del servicio que promueve la contratación;
- determinación del objeto del contrato;
- determinación de los criterios de adjudicación del contrato;
- fijación del precio/valor estimado del contrato;
- existencia de crédito adecuado y suficiente y ejecutividad de los recursos.
- No se fiscaliza la distribución de anualidades en caso de existir ni la verificación de los
límites del artículo 174 do TRLJHL.
- En materia de subvenciones se realiza un informe en el que se acredita que se comprobaron los
siguientes extremos:
- existencia de crédito adecuado y suficiente;
- competencia del órgano administrativo concedente;
- informe del área gestora, adecuación, en caso de subvenciones directas, a los supuestos
establecidos en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de
subvenciones;
- verificación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas en los artículos 13 y
14 de la Ley 38/2003, para ser beneficiario de una subvención.
- No se comprueba el régimen de compatibilidades con otras subvenciones, ni el régimen de
garantías.
- En la fiscalización de la justificación de las subvenciones se comprueba en todos los casos:
- la competencia del órgano;
- que fueron fiscalizadas las fases previas de autorización/compromiso de gasto;
- la presentación en plazo de la cuenta justificativa;
- informe del área gestora;
- la acreditación de los gastos mediante facturas o documentos de valor probatorio y que el
importe de la subvención no supera el coste de la actividad subvencionada.
- En el caso de la nómina de personal la fiscalización consiste en la comprobación de todas las
variaciones mensuales. La nómina se comprueba en su integridad con una periodicidad mayor al
año.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
24
- Las funciones de contabilidad y pago son realizadas por la misma persona, la tesorera en
funciones.
- Se realizan informes de fiscalización sobre las adquisiciones y enajenaciones de bienes
inmuebles. No se fiscalizan las altas y bajas del inventario, ni los proyectos de reparcelación. No
consta que se fiscalicen los convenios urbanísticos.
- Todas las facturas recibidas se anotan en el Registro de facturas. Con posterioridad a su
anotación se remiten al órgano responsable de la obligación económica. Se requiere al
responsable para que justifique por escrito en el caso de no tener tramitado el reconocimiento de
la obligación en el plazo de 1 mes desde su anotación. Se incorporan al informe trimestral de
morosidad todas las facturas para las que se exceda el plazo de 3 meses desde su anotación, sin
tramitar la obligación ni justificar la ausencia de dicha tramitación. La orden de pagos se ajusta a
la fecha de registro de la factura. No se realiza un control sobre si los perceptores de pagos a
justificar evidencian la aplicación de las cantidades percibidas en el plazo máximo de tres meses.
- No se realizan controles sobre la cuenta 413 “acreedores por operaciones pendientes de
aplicar al presupuesto”.
- No existe plan de disposición de fondos de la tesorería.
- La entidad no tiene regulado en las bases de ejecución del presupuesto procedimientos
específicos para los siguientes supuestos:
- tramitación de los expedientes en los que existe omisión de fiscalización previa.
- tramitación del reconocimiento extrajudicial de crédito.
- tramitación de los expedientes en los que se detecten anomalías en materia de ingresos.
IV.2 RESOLUCIONES CONTRARIAS A LOS REPAROS FORMALIZADOS POR EL ORGANO INTERVENTOR.
Durante el ejercicio 2016 se tomaron por la alcaldía un total de 302 resoluciones contrarias a
informes de reparo de legalidad emitidos por la Intervención con carácter suspensivo. El
procedimiento seguido fue el establecido en las BEP, solicitándose la emisión de un informe
propuesta de la unidad gestora del gasto y resolviendo la Alcaldía la convalidación del gasto
conforme a esta propuesta. Esta validación del gasto tiene los efectos de levantar el reparo
suspensivo previamente formulado, debiendo la Alcaldía dar cuenta de estas resoluciones al
Pleno de la Corporación.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
25
El importe de estas resoluciones ascendió a 7.258,24 miles de euros lo que equivale al 7,5% de
las obligaciones reconocidas en el ejercicio. De esas resoluciones 42 superan la cuantía de los
50.000 euros, alcanzando un importe de 6.209,02 miles de euros. El objeto de los reparos
fueron facturas y la fase de gasto reparada fue la fase de reconocimiento de obligaciones, previa
al pago.
Se llevó a cabo una revisión de las resoluciones de importe superior a 50.000 euros y sobre una
muestra de las resoluciones inferiores a esta cantidad, tal como se indica en el siguiente cuadro:
Cuadro 20: Revisión resoluciones contrarias a reparos
Expedientes Prestación Motivo del reparo Objeto de la resolución
Importe total
133233 Obra Ampliación y mejora de la red de abastecimiento en Santa Cruz de Arrabaldo, Rúa Priorato
Contratación "directa" irregular, al ser la cuantía superior a un contrato menor
Convalidación del gasto correspondiente a 1 factura sin contrato
61.357,93
139602 Servicio de limpieza de los centros educativos dependientes del Ayuntamiento
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (agosto-2016). Empresa en situación de concurso voluntario de acreedores.
Reconocimiento obligaciones correspondientes a 1 factura sin contrato en vigor.
85.758,31
133545 - 134950 - 135969 - 134529
Servicio de mantenimiento y mejora de zonas verdes
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (26/05/16). Empresa con un expediente de responsabilidad contractual.
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
285.547,40
137062; 137945; 139085; 138578; 137949; 139080; 138577
Servicio de Regulación del aparcamiento, inmovilización, retirada y depósito de vehículos en la vía pública
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (28/04/2016).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
459.456,50
137807; 137013; 138574; 139006;
Servicio de limpieza dependencias municipales
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (mayo de 2016).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
265.377,20
134709; 136144; 137777; 135142; 135111; 136527; 137784; 136175; 136583
Servicio Ayuda en el hogar-Ley de dependencia
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (31/12/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
1.008.229,80
133851; 134164; 134890; 135517; 136648; 137465; 138195; 138923; 139077; LIQ01/2016; LIQ02/2016; LIQ03/2016; LIQ04/2016; LIQ05/2016; LIQ06/2016; LIQ07/2016; LIQ08/2016; LIQ09/2016;
Servicio de Transporte colectivo urbano de viajeros
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (11/05/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
4.115.132,72
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
26
Expedientes Prestación Motivo del reparo Objeto de la resolución
Importe total
LIQ12/2015
130079; 132357; 134632; 136769
Servicio consistente en la desinfección, desratización y desinsectación
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (26/04/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
27.618,24
134769; 136338; 134130; 133567; 135455; 137810; 137017; 138535; 139002
Servicio de conservación y mantenimiento semáforos, trafico
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (19/05/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
411.238,83
133289; 134999; 134384; 136824
Servicios técnicos de iluminación y sonido en el Auditorio municipal
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas sin contrato que superan el importe del contrato menor.
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato.
33.268,52
119338; 132848 Servicios de difusión publicitaria Prestaciones realizadas sin contrato que superan el importe del contrato menor
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato.
45.665,30
136025 Servicios defensa jurídica del Ayuntamiento
Prestaciones realizadas sin contrato que superan el importe y la duración del contrato menor
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato.
31.413,73
136267; 137015; 138537; 137812; 138995; 139564
Servicios de conserjería en los Centros Cívicos
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas sin contrato. Riesgo de consideración judicial de la existencia de cesión ilegal de trabajadores.
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato.
67.417,86
LIQ11J3; LIQ11J2; LIQ11J4; LIQ11J5; LIQ11J6; 138457; 138889; 139454; 139839; LIQ11J7; LIQ11J8; LIQ11J9; LIQ11J10; 134504; 135598; 137422; 136431
Servicio de comida en el hogar del Ayuntamiento de Ourense
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (11/05/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
113.458,54
137160; 137155; 137159; 137154
Servicio de funcionamiento de la Casa de Acogida víctimas violencia de género
Prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del contrato (31/12/15).
Reconocimiento obligaciones correspondientes a facturas por servicios sin contrato en vigor.
33.736,65
Total revisión acuerdos contrarios a reparos 7.044.677,53
En todos los informes de reparo formulados por el órgano interventor consta como motivo del
mismo la omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales, afectando al
reconocimiento de obligaciones, por lo que, de acuerdo con el artículo 216.2 c) del TRLRHL,
estaríamos ante uno de los casos que supondrían la suspensión de la tramitación del expediente.
La causa de los reparos es la realización de gastos prescindiendo del procedimiento legalmente
establecido para su contratación. Responden a esta causa todos los expedientes, bien por
tratarse de prestaciones periódicas y repetitivas realizadas con posterioridad a la finalización del
contrato o por realizar este tipo de prestaciones sin contrato a pesar de superar el gasto el
importe máximo de los contratos menores. En el primer caso, se produjo una facturación de
servicios cuyos contratos iniciales ya finalizaron su vigencia pero que siguen prestándose por las
mismas empresas sin que se tenga tramitado el preceptivo expediente de contratación.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
27
Es de resaltar que, en el ejercicio 2015, los gastos relativos al servicio de transporte colectivo
urbano de viajeros y al servicio de mantenimiento y mejora de las zonas verdes públicas, ya
fueron objeto de acuerdos contrarios a informes de reparo de la Intervención emitidos en ese
año. En el año 2017 se le reconoció judicialmente a la empresa prestataria el derecho a una
compensación por servicios realizados sin cobertura contractual.
Los Decretos de la Alcaldía-Presidencia por los que se resuelve convalidar los gastos
correspondientes a las facturas objeto de reparo de la Intervención se fundamentan “en la
necesidad de proteger los derechos legítimos de los contratantes que se relacionaron de buena fe
con esta administración municipal”, sin que se exprese una discrepancia con el reparo.
Algunas de estas prestaciones fueron posteriormente objeto de un expediente de contratación,
formalizándose los contratos en los ejercicios 2016 y 2017 tal como se relaciona en el siguiente
cuadro:
Cuadro 21: Formalización de contratos
Referencia del
Contrato Objeto del Contrato
Fecha fin anterior contrato
Fecha de adjudicación
nuevo contrato
Fecha de formalización
Precio de adjudicación
(sin IVA)
REF. 2360 Servicio de casa de acogida de mujeres víctimas de violencia de género.
02-01-2013 21-04-2016 13-05-2016 91.000,00
Ref. 2371 Servicio de ayuda en el hogar 11-05-2015 ----- 29-12-2016 2.786.763,49
Ref. 2428 Servicio de limpieza de centros educativos municipales del Ayuntamiento de Ourense
Agosto-2016 29-06-2017 02-08-2017 1.611.979,50
Ref. 2404 Servicio de limpieza de dependencias municipales del Ayuntamiento de Ourense
Maio-2016 13-07-2017 21-08-2017 1.620.000,00
Ref. 2388 Servicio de mantenimiento y mejora de las zonas verdes públicas del Ayuntamiento de Ourense
26-05-2016 15-06-2017 17-07-2017 1.095.080,76
Ref. 2434 Servicio de conserjería de centros cívicos dependientes del Ayuntamiento de Ourense
----- ----- 19/10/2017 198.000,00
IV.3 RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.
O reconocimiento extrajudicial es una figura excepcional que debería utilizarse sólo en casos muy
concretos para dar solución a aspectos muy puntuales, y nunca como un medio elusivo para el
incumplimiento de la normativa de contratación. Así, en aquellos supuestos en que la causa
subyacente del reconocimiento extrajudicial de créditos sea una nulidad de pleno derecho
(artículo 32 del TRLCSP y artículo 62 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, del Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, LRJPAC,
(entonces vigente), el procedimiento a seguir para regularizar la situación creada se establece en
el artículo 34 del TRLCSP, que señala que la revisión de oficio de los actos preparatorios y de
adjudicación de los contratos se tiene que llevar a cabo de conformidad con lo establecido en la
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
28
LRJPAC (hoy Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas). Los supuestos de nulidad en materia de contratación surgen cuando
los contratos se adjudican de manera verbal o cuando sus actos de preparación o adjudicación
son inválidos (ausencia de crédito presupuestario, ausencia de procedimiento, contratación con
personas incapaces o incursas en prohibición de contratar).
En la actualidad el régimen de invalidez de los contratos está regulado en los artículos 38 a 43
de la Ley 9/2017, de contratos del sector público y en el capítulo III. Nulidad y anulabilidad, del
Título III. De los actos administrativos, de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los artículos 173.5 y 176 del TRLHL impiden, de un lado, hacer frente a los compromisos de
gastos adquiridos sin consignación presupuestaria por ser nulos de pleno derecho y, de otra,
prohíben como regla general que al presupuesto de un ejercicio se imputen obligaciones
derivadas de prestaciones realizadas en el ejercicio anterior. Dada esta situación, y para evitar el
enriquecimiento injusto de la Administración, el artículo 60.2 del RD 500/1990 establece que
corresponde al Pleno la competencia para el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre
que no exista dotación presupuestaria, y el 26.2 c) del mismo texto reglamentario permite que se
imputen al presupuesto vigente las obligaciones derivadas de los reconocimientos extrajudiciales.
En el ejercicio 2016 se aprobaron 7 expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos. Las
obligaciones reconocidas y pagos realizados por este procedimiento, que las normas relativas a
las haciendas locales configuran como excepcional, alcanzaron la cantidad de 2.106,56 miles de
euros, lo que supone que el 2,2% de las obligaciones reconocidas en el ejercicio se instruyeron
de esta forma.
La JGL aprobó 5 de los expedientes, por importe de 626,74 miles de euros, que corresponden a
facturas que se remitieron al registro de facturas debidamente conformadas pero con
posterioridad a la fecha límite de cierre fijada por la concejalía de hacienda, bien porque el
proveedor no las envió con la antelación suficiente o porque surgieron problemas que retrasasen
su tramitación. No se aprecia causa de nulidad.
Los otros 2 expedientes se aprobaron por el Pleno alcanzando los 1.479,82 miles de euros. La
motivación de los expedientes fue que determinados gastos, que fue inevitable realizar, no
pudieron ser tramitados por no disponer de consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
En este caso si estaríamos ante una de las causas de nulidad de derecho administrativo previstas
en la legislación contractual como es la carencia o insuficiencia de crédito.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
29
IV.4 ÁREA CONTABLE-PRESUPUESTARIA
1. Se revisó la integridad de la información económico financiera facilitada por el ayuntamiento
de Ourense, con el siguiente resultado:
- Los datos que figuran en la liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos concilian
con los que figuran en los decretos de aprobación del presupuesto.
- Las modificaciones presupuestarias, tanto de gastos como de ingresos, ascienden al mismo
importe de 46.582,79 miles de euros, manteniéndose por lo tanto el equilibrio
presupuestario.
- El artículo 4 de las BEP aprobadas para el ejercicio 2014 contiene la regulación relativa a
la estructura presupuestaria y en el artículo 7 se establecen los distintos niveles de
vinculación jurídica de los créditos:
Los capítulos 2, 4, 6, 7 y 8, tienen una vinculación de 3 dígitos en la clasificación
orgánica (concejalía), a nivel de grupo de programas (3 dígitos) en la clasificación por
programas de gasto y de un dígito (capítulo) en la clasificación económica.
Los capítulos 1, 3 y 9, no tienen vinculación en la clasificación orgánica, en la
clasificación por programas de gasto la vinculación será a nivel de un dígito (área de
gasto) y la vinculación en la clasificación económica será general a nivel de capítulo.
Se comprobó que se cumplió con los distintos niveles de vinculación jurídica, verificándose que
los compromisos de gasto no superaron los créditos disponibles ni las obligaciones reconocidas
superan los compromisos de gasto.
Tanto el Balance como la cuenta de resultado económico-patrimonial reconstruidos a partir del
balance de comprobación concilian con los estados que figuran en la Cuenta General rendida por
el ayuntamiento.
Se procedió a la revisión de los reconocimientos de ingresos que financian modificaciones
presupuestarias, con el fin de evaluar el riesgo por estimaciones contables inadecuadas. Del
importe total de modificaciones presupuestarias de 46.586,39 miles de euros, se seleccionó una
muestra aleatoria de 15 operaciones de aumento de las previsiones por importe total de
14.227,41 miles de euros (30,5% del total), comprobándose que todas ellas estaban
debidamente justificadas.
2. Se analizó igualmente la posibilidad de dotaciones a provisiones inexistentes o incorrectas,
verificando la antigüedad de los derechos pendientes de cobro y el importe de la provisión
contable y de la minoración en el estado del Remanente de Tesorería.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
30
Comprobado el cálculo de la dotación de la provisión por insolvencias según los criterios de
cálculo establecidos en la regla contenida en el artículo 193.bis del TRLRHL, debería dotarse
como mínimo una provisión de 16.913,39 miles de euros atendiendo al importe y a la
antigüedad de los derechos reconocidos pendientes de cobro; en la contabilidad, la cuenta 490-
Deterioro de valor de créditos, presenta un saldo deudor de 19.298,91 miles de euros calculada
de acuerdo con lo dispuesto en las BEP, superando de esta forma el mínimo exigido por el
TRLRHL.
Cuadro 22: Dotación para provisiones por insolvencias
Ejercicio DRN pendientes de cobro a 31/12/2016
% Derechos de difícil o imposible recaudación
Dotación según contabilidad y BEP
1996 6.565,47 100% 6.565,47
1997 8.687,98 100% 8.687,98
1998 160.091,24 100% 160.091,24
1999 110.646,56 100% 110.646,56
2000 183.056,04 100% 183.056,04
2001 1.005.508,73 100% 1.005.508,73
2002 476.516,29 100% 476.516,29
2003 1.250.993,64 100% 1.250.993,64
2004 642.765,01 100% 642.765,01
2005 894.837,48 100% 894.837,48
2006 556.670,86 100% 556.670,86
2007 867.888,58 100% 867.888,58
2008 1.121.941,98 100% 1.121.941,98
2009 1.319.619,30 100% 1.319.619,30
2010 1.660.397,02 100% 1.660.397,02
2011 2.125.737,17 100% 2.125.737,17
2012 2.244.781,14 100% 2.244.781,14
2013 2.579.767,87 75% 1.934.825,90
2014 2.591.766,81 50% 1.295.883,41
2015 5.725.972,55 25% 1.431.493,14
Total 25.534.211,72 19.298.906,94
3. A efectos de dotar una provisión para cubrir las posibles responsabilidades derivadas de los
procedimientos judiciales que afecten al ayuntamiento, se debe valorar el riesgo que estés
pueden suponer en cuanto a la generación de obligaciones económicas que no estén registradas
en su contabilidad. Se solicitó una relación de los procedimientos judiciales que pudieran tener
una repercusión económica para el ayuntamiento y su situación procesal a 31 de diciembre con
la finalidad de comprobar la existencia de riesgos de esta naturaleza. Se comprobó la existencia
de varios procedimientos en curso, teniendo especial relevancia cuantitativa la demanda
interpuesta por la empresa prestataria del servicio de transporte público urbano, a la que la
sentencia del 25 de septiembre de 2017 le reconoció el derecho a la compensación de los costes
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
31
totales del servicio de transporte público urbano y un beneficio industrial del 6% por los servicios
prestados y que se siguen prestando tras la expiración del contrato, incrementado con los
intereses de demora y legales procedentes, dejando la determinación del importe para la fase de
ejecución de la sentencia.
Se constató sin embargo que, a pesar de la existencia de estas posibles responsabilidades, en la
contabilidad financiera no consta ninguna provisión para riesgos y gastos.
4. Se procedió a la valoración del posible riesgo de estimaciones presupuestarias de ingresos
excesivas o no realistas, que dan lugar a la ejecución excesiva de gasto y cierre en déficit. De la
comparación a nivel de concepto de ingreso entre los derechos reconocidos netos en el ejercicio
2015, las previsiones iniciales y definitivas de los mismos en el ejercicio 2016 y su grado de
ejecución resultan los siguientes conceptos de ingresos en los que el porcentaje de realización de
derechos fue más bajo.
Cuadro 23: Análisis de las previsiones de ingresos
Descripción DRN 2015 (1)
Previsiones Iniciales
2016 (2)
Previsiones Definitivas
2016 (3)
DRN 2016 (4)
Variación Prev.def.
2016 sobre DRN 2015
Grado de realización de las previsiones
definit. (4)/(3)
Total Ayuntamiento (sin OA) 110.574.013,85 104.631.850,27 151.218.244,50 110.223.388,62 36,76% 72,89%
341 Servicios asistenciales 457.005,90 460.154,00 460.154,00 212.099,86 0,69% 46,09%
351 Para el establecimiento o ampliación de servicios
0,00 271.275,00 271.275,00 0,00 0,00% 0,00%
52 Intereses de depósitos (no hay desagregación por conceptos)
421.681,44 584.392,00 584.392,00 211.400,06 38,59% 36,17%
720 De la Administración General del Estado
691.042,43 122.353,00 4.621.243,04 1.388.732,39 568,74% 30,05%
750 De la Administración General de las Comunidades Autónomas
549.405,32 225.827,00 869.556,54 199.539,84 58,27% 22,95%
913 Préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del sector público
0,00 4.752.241,00 4.752.241,00 0,00 0,00% 0,00%
En este análisis se vuelve a manifestar la dificultad de realizar comparativas al existir un
presupuesto prorrogado así, al igual que en el ejercicio 2015, aparecen unas previsiones iniciales
de ingresos por concertación de préstamos por 4.752,24 miles de euros sin que se produjese
ninguna operación de endeudamiento; lo mismo ocurre con la tasa para el establecimiento o
ampliación de servicios.
Se puede apreciar también que las transferencias de capital, tanto del Estado como de la Xunta
de Galicia, sobre las que se hicieron modificaciones presupuestarias al alza, presentan un
porcentaje de realización muy bajo.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
32
Por otra parte, en el ejercicio 2016 en el concepto 380-Reintegro de avales, las anulaciones de
ingresos fueron superiores a los derechos reconocidos, por lo que resulta un importe de derechos
reconocidos netos negativo por la cantidad de 108,88 miles de euros.
IV.5 ESTADO DE ENDEUDAMIENTO
La deuda viva a 31 de diciembre de 2016 declarada por el ayuntamiento de Ourense asciende a
10.097,71 miles de euros, de los que 8.976,89 miles de euros corresponden a deudas por
préstamos con entidades bancarias; 992,99 miles de euros a préstamos del Tesoro público y
127,83 miles de euros representan la deuda con el Estado por los excesos en las percepciones de
la participación en los tributos estatales de los ejercicios 2008, 2009, 2013 y 2014.
La deuda bancaria corresponde a préstamos formalizados con cuatro entidades bancarias entre
1994 y 2008. El siguiente cuadro muestra el estado de la deuda al inicio y al final del ejercicio:
Cuadro 24: Estado del endeudamiento
Identificador deuda
Deuda a 1 de enero
Intereses a 1 de enero
Creaciones efectivo
Intereses devengados
Intereses cancelados
Amortizaciones y otras
disminuciones
Deuda a 31 de diciembre
Intereses a 31 de
diciembre
ABANCA 13.627.349,63 376,30 0,00 517,99 894,29 11.743.203,55 1.884.146,08 0,00
Bankia 1.344.812,77 0,00 0,00 55.677,17 55.677,17 149.423,72 1.195.389,05 0,00
BBVA 6.714.607,96 0,00 0,00 161.081,24 128.072,41 3.549.818,41 3.164.789,55 33.008,83
Santander 2.978.796,09 0,00 0,00 118.377,00 118.377,00 246.232,00 2.732.564,09 0,00
Tesoro Público 1.134.844,86 0,00 0,00 0,00 0,00 141.855,61 992.989,25 0,00
Total 25.800.411,31 376,30 0,00 335.653,40 303.020,87 15.830.533,29 9.969.878,02 33.008,83
Devolución PIE 2.942.944,81 0,00 10.000,42 0,00 0,00 2.825.115,18 127.830,05 0,00
Total Deuda 28.743.356,12 376,30 10.000,42 335.653,40 303.020,87 18.655.648,47 10.097.708,07 33.008,83
Los trabajos de fiscalización realizados ponen de manifiesto los siguientes hechos:
- La contabilidad recoge correctamente el volumen de endeudamiento existente a fin de
ejercicio, tanto bancario como con el Estado, en las cuentas representativas de la deuda (cuenta
170-deudas a largo plazo con entidades de crédito, cuenta 520-deudas a corto plazo con
entidades de crédito y cuentas 171 y 521 deudas a largo y a corto plazo).
- En el apartado de la Memoria correspondiente al endeudamiento no hay constancia de
operaciones con avales ni tampoco de operaciones en monedas distintas del euro, operaciones
de intercambio financiero o intereses implícitos.
- De estos datos resulta un endeudamiento por habitante de 95,36 euros, muy inferior a la
media de los ayuntamientos de población similar de Galicia, que asciende a 157,32 euros, y
también al mismo indicador referido a todo el Estado que se situó en los 520,98 euros por
habitante.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
33
- De acuerdo con el análisis realizado sobre las amortizaciones realizadas en el ejercicio estas
ascendieron a 18.655,65 miles de euros, figurando contabilizadas de manera correcta en la
contabilidad presupuestaria.
- En lo que atañe a los gastos financieros se comprobó, mediante cotejo con los justificantes
bancarios correspondientes, que las anotaciones de este gasto se hicieron correctamente en el
diario de operaciones, donde se recogen en el concepto 310-intereses por importe de 303,02
miles de euros. En la memoria rendida formando parte de la Cuenta General estos gastos figuran
registrados por ese mismo importe en el estado correspondiente al endeudamiento. En el balance
de comprobación de la contabilidad financiera, en la cuenta 663.0-intereses de deudas a corto
plazo, aparece correctamente registrado el importe que corresponde a los intereses devengados
en el ejercicio.
- No se concertaron nuevas operaciones de endeudamiento durante el ejercicio.
En cuanto a la evolución temporal del endeudamiento de la entidad, es de destacar que la deuda
pendiente al 31 de diciembre de 2016 se cancela en su totalidad en el año 2017, parte con el
pago de las cuotas de amortización estipuladas y el resto anticipadamente, tal como se recoge
en el siguiente cuadro:
Cuadro 25: Evolución del endeudamiento
Entidad Contrato Formalización vencimiento
Importe concedido
Importe pendiente a 31/12/2016
Amortizado en 2017
Amortización anticipada en
2017
Fecha de cancelación
ABANCA 500-5251-5165 12/04/2006 31/12/2025
4.625.480,00 1.884.146,08 157.012,17 1.727.133,91 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
BBVA 89504869651 10/11/1994 31/12/2020
666.415,23 99.962,46 18.742,92 81.219,54 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
BBVA 89504869660 10/11/1994 31/12/2020
3.406.854,91 545.096,75 102.205,65 442.891,10 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
BBVA 89542530806 21/03/2002 31/12/2021
1.803.036,31 500.843,47 0,00 500.843,47 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
BBVA 89545738031 01/07/2008 31/12/2027
3.539.033,00 2.018.886,88 137.651,37 1.881.235,51 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
SANTANDER 0049 6762
141030610083 06/04/2006 4.625.480,00 2.732.564,09 191.378,70 2.541.185,39
24/11/2017 (Decreto
2017007547 )
Ministerio Industria Turismo Comercio
TSI-070200-2008-97
31/12/2008 1.702.267,30 992.989,25 141.855,61 851.133,64 24/11/2017
(Decreto 2017007547)
BANKIA 8765852/70
01009380958 31/12/2006 31/12/2024
2.689.626,25 1.195.389,05 112.067,79 1.083.321,26 24/11/2017
(Decreto 2017007547 )
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
34
Entidad Contrato Formalización vencimiento
Importe concedido
Importe pendiente a 31/12/2016
Amortizado en 2017
Amortización anticipada en
2017
Fecha de cancelación
9.969.878,03 860.914,21 9.108.963,82
IV.6 ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
La medición del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria se realiza de acuerdo
con las normas del SEC, lo que exige la delimitación de las distintas unidades institucionales
públicas, su adscripción a los distintos sectores institucionales y la práctica de los ajustes entre el
saldo presupuestario no financiero y el déficit o superávit de Contabilidad nacional, ajustes que
se realizan de manera consensuada por el INE, Banco de España e IGAE y que son básicamente
ajustes por las diferencias en la clasificación de las operaciones o importes registrados y ajustes
por las divergencias temporales de contabilización.
La LOEPSF configura su cumplimiento en tres objetivos a lograr: la estabilidad presupuestaria, la
deuda pública y la regla del gasto. Así mismo, la Orden Ministerial HAP 2015/12, del 1 de
octubre, también obliga a la intervención municipal a emitir informes sobre el cumplimiento de
estos objetivos en varios momentos del ciclo presupuestario (aprobación, ejecución y liquidación).
La entidad remitió el informe de estabilidad presupuestaria que acompaña a la liquidación del
presupuesto.
IV.6.1. CAPACIDAD O NECESIDAD DE FINANCIACIÓN
La entidad tiene, en principio, en términos consolidados, una capacidad de financiación previa de
29.588,95 miles de euros, determinada por la diferencia entre derechos y obligaciones
reconocidas de los capítulos 1-7. Sobre esta cifra se aplican los siguientes ajustes (ajustes SEC-
2010), contemplados en el manual elaborado al respecto por la IGAE para las entidades locales:
- Ingresos: La diferencia entre la recaudación neta del ejercicio y los derechos reconocidos
netos (capítulos 1-3) origina un ajuste negativo de 3.498,85 miles de euros, por ser los derechos
efectivamente recaudados inferiores en esa cuantía a los previstos.
- En el apartado de transferencias e realiza un ajuste positivo por la cantidad de 202,20 miles
de euros en concepto de devolución de subvenciones por el incumplimiento de las obligaciones
justificativas del empleo de los fondos transferidos.
- Se hace un ajuste positivo por la devolución en 2016 de la PIE de los años 2008, 2009,
2013 y 2014, por importe de 2.825,11 miles de euros.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
35
- La diferencia por intereses devengados en 2015 y pagados en 2016 produce un ajuste
positivo por importe de 0,10 miles de euros.
- Por los gastos pendientes de aplicar al presupuesto se hace un ajuste positivo por importe
3.123,10 miles de euros que es la variación del saldo de la cuenta 413 en el ejercicio.
Por lo tanto, la capacidad de financiación ajustada asciende a 25.994,42 miles de euros.
Se comprobó que efectivamente las cuantías anteriores son las que figuran en la liquidación del
presupuesto del ejercicio, así como que no procede realizar ningún otro ajuste de los
contemplados en el manual del SEC-2010 de la IGAE.
En el cuadro siguiente se recoge las cifras anteriores y los ajustes practicados.
Cuadro 26: Capacidad de financiación en términos consolidados
Concepto Importe
Ingresos capítulos 1-7 (DRN) 109.805.131,40
Gastos capítulos 1-7 (ORN) 80.216.175,61
Capacidad de financiación inicial 29.588.955,79
Ajustes
Diferencia recaudación efectiva y DRN capítulos 1-3 ingresos -3.498.852,44
Transferencias: devolución de subvenciones 202.198,47
Devolución por excesos PIE 2008, 2009, 2013 y 2014 2.825.115,18
Ingresos ajustados 109.333.592,61
Intereses devengados en 2015 y pagados en 2016 -104,10
Variación saldo cuenta 413 3.123.100,99
Gastos ajustados 83.339.172,50
Capacidad de financiación ajustada 25.994.420,11
IV.6.2. REGLA DE GASTO
Según establece a LOEPSF, este objetivo procura que la variación del gasto computable de la
entidad no supere la tasa de referencia de crecimiento del PIB fijada anteriormente por el
Gobierno, la cual quedó establecida para 2016 en el 1,8%.
El gasto computable resulta de efectuar sobre la suma de las obligaciones reconocidas de los
capítulos 1-7 del presupuesto de gastos, excluidos los intereses de la deuda, los ajustes del SEC-
2010; a esta cifra se le restará el gasto financiado con fondos finalistas de cualquier
administración pública. En caso de incumplimiento de la regla de gasto la entidad estaría
obligada a elaborar un Plan económico-financiero tal y como está regulado en el artículo 21 de la
LOEPSF.
El ayuntamiento de Ourense incumplió la regla de gasto en el ejercicio 2014, lo que le supuso
tener que formular un plan económico-financiero (PEF) para poder cumplir en los años 2015 y
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
36
2016 con esta regla. En este plan se explican las causas del incumplimiento de los objetivos
establecidos, se realizan previsiones de ingresos y gastos, se describen y cuantifican las medidas
incluidas en el mismo, fijando un calendario para su aplicación y se lleva a cabo un análisis de
sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos. Entre las circunstancias causantes
del incumplimiento se menciona la paralización administrativa del ayuntamiento con el retraso en
la tramitación de gastos en 2013 junto con un gasto incidental que se recogió en el ejercicio
2014 en la cuenta 413 de gastos pendientes de aplicar al presupuesto, en el que destacan las
cantidades pagadas en concepto de indemnizaciones judiciales.
El límite de gasto no financiero establecido en el PEF y autorizado por la Dirección general de
política financiera y del tesoro para el año 2016 fue de 95.019,93 miles de euros.
En el siguiente cuadro se detallan los cálculos para la comprobación del cumplimiento de la regla
de gasto.
Cuadro 27: Cumplimiento de la regla de gasto
Concepto Ayuntamiento
Suma capítulos 1-7 gastos 80.216.175,61
Intereses de la deuda -335.653,40
Gastos financiados con transferencias finalistas de otras administraciones. -2.770.869,53
Variación del saldo de la cuenta 413 3.123.100,99
Gasto computable del 2016 80.232.753,67
Límite de gasto permitido en 2016 según el PEF 95.019.935,27
Cumplimiento regla del gasto SI
IV.6.3. ENDEUDAMIENTO
La LOEPSF fija para el objetivo de endeudamiento límites conjuntos por tipos de administración,
quedando establecido en el ejercicio 2016 en el 3,4% del PIB para la Administración Local. A
falta de especificación para cada entidad en concreto, se debe aplicar el límite que establece el
artículo 53.2 del TRLRHL, que establece que necesitarán de autorización las operaciones de
crédito a largo plazo de cualquier naturaleza, incluido el riesgo deducido de los avales, cuando el
volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo,
incluyendo el importe de la operación proyectada, exceda del 110% de los ingresos corrientes
liquidados o devengados en el ejercicio inmediatamente anterior.
Se debe tener en cuenta, así mismo, lo establecido en la disposición adicional décimo cuarta del
Real Decreto-Ley 20/2011, del 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en la redacción y con la vigencia
indefinida dada por la Ley 17/2012, de presupuestos generales del Estado para el año 2013, que
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
37
limita la concertación de nuevas operaciones de crédito a largo plazo para la financiación de
inversiones, en aquellas entidades que liquiden el ejercicio inmediato anterior con ahorro neto
positivo, a aquellos casos en los que no se supere el 75% de los ingresos corrientes liquidados o
devengados.
Para la verificación del cumplimiento de este objetivo se deben considerar las siguientes
magnitudes: la cuantía de la deuda que, a 31 de diciembre de 2016, ascendía a 9.969,88 miles
de euros, según el estado del endeudamiento; los ingresos corrientes liquidados en los capítulos
1 a 5 ascendieron a 108.182,57 miles de euros. A esta cantidad se debe deducir el importe de
los ingresos afectados a operaciones de capital y cualquier otro ingreso que no tenga la
consideración de ingresos ordinarios; su importe asciende a 1.809,51 miles de euros, según el
informe emitido por la Intervención con ocasión d la aprobación de la liquidación presupuestaria
del ejercicio 2016 y referido al cumplimiento de los objetivos estabilidad presupuestaria, la regla
del gasto y límite de la deuda.
Tal como se muestra en el siguiente cuadro, el porcentaje de endeudamiento sobre los ingresos
corrientes fue del 9,37%, por lo que se constata el cumplimiento del objetivo.
Cuadro 28: Cumplimiento del objetivo de la deuda
Concepto
Deuda pendiente por préstamos a 31-12-16 9.969.878,02 Derechos reconocidos capítulos 1 a 5 108.182.573,46 Ingresos extraordinarios -1.809.507,56 Porcentaje de la deuda sobre los ingresos corrientes 9,37% Cumplimiento SI
IV.6.4. PERIODO MEDIO DE PAGO
El Real Decreto 635/2014, del 25 de julio, modificado en 2017, desarrolla la metodología de
cálculo del período medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las
condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación,
previstos en la LOEPSF. Este real decreto desarrolla lo previsto en la citada Ley orgánica respecto
al concepto de período medio de pago a proveedores, la metodología para seguir para su cálculo
y el procedimiento para aplicar para la eventual retención de los recursos del sistema de
financiación y el pago directo de la Administración General del Estado a los proveedores de las
Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
El período medio de pago mide el atraso en el pago de la deuda comercial en términos
económicos, como indicador distinto respecto del período legal de pago en la Ley 3/2004, del 29
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
38
de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales.
De acuerdo con la información suministrada por el ayuntamiento de Ourense al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, los datos referidos a la evolución del período medio de
pago del ayuntamiento de Ourense son los siguientes:
Cuadro 29: Período medio de pago
Fecha Ratio de operaciones
pagadas Ratio de operaciones pendientes de pago
Período medio de pago
01/03/2018 36,00 57,62 54,78
01/02/2018 29,60 49,03 47,74
01/01/2018 55,92 37,84 40,82
01/12/2017 22,67 25,92 24,63
01/09/2017 80,02 41,68 49,80
01/06/2017 18,67 27,01 25,94
01/03/2017 25,96 5,52 9,01
01/12/2016 7,15 24,98 15,77
01/09/2016 39,97 32,96 35,31
01/06/2016 17,63 42,10 34,67
01/03/2016 7,83 34,14 24,00
01/12/2015 12,83 13,79 13,10
El indicador de las operaciones pagadas es el indicador del número de días media que se tardó
en realizar los pagos.
El indicador de las operaciones pendientes de pago es el indicador del número de días media de
antigüedad de las operaciones pendientes de pago.
Existe una clara tendencia al alza del período medio de pago, sobre todo en el ejercicio 2018;
presentándose las mejores medias en el mes de diciembre de cada año analizado debido a la
aceleración en el pago de facturas.
En el incremento del atraso en el pago de las deudas comerciales son determinantes los
problemas de gestión administrativa manifestados a través de los reparos de la intervención o la
ausencia de procedimientos estandarizados de control del cumplimiento de las obligaciones
contractuales.
IV.7 FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La fiscalización tuvo por objetivo verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gestión
llevados a cabo por el ayuntamiento de Ourense en el ejercicio 2016 se desarrollaron de
conformidad con las normas aplicables en materia de contratación.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
39
Se llevó a cabo así mismo una comprobación del cumplimiento de las diferentes obligaciones de
suministro de información sobre la tramitación de los expedientes de contratos celebrados en el
ejercicio 2016 y la situación actual.
Se comprobó que en la remisión a través de la Plataforma de rendición de cuentas de las
entidades locales de la relación certificada que debe comprender la totalidad de los contratos
formalizados por la entidad y sus organismos dependientes durante el ejercicio 2016, no se
incluyeron 3 expedientes de contratación sobre los que si se remitió la información exigida por el
artículo 29 del TRLCSP (hoy artículo 335 de la LCSP). Por este motivo, y dado que este hecho se
concedió con posterioridad en el desarrollo de los trabajos de fiscalización, los 3 contratos
referidos, que fueron adjudicados por un total de 3.388,68 miles de euros, fueron incluidos en la
muestra de expedientes fiscalizados pero limitándose o alcance da revisión a los datos e á
documentación recibida a través da plataforma.
Según la información suministrada por el ayuntamiento de Ourense a través de dicho módulo de
contratación de la Plataforma de rendición de cuentas de las entidades locales, el número total
de contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio fiscalizado fue de 27, siendo los tipos más
numerosos los contratos de obras, los de servicios y los de suministros. Se debe añadir a este
listado los 3 contratos que no se hicieron constar en el certificado, por lo que el total de
contratos celebrados en el ejercicio 2016 ascendería a 30.
La desagregación por tipo de contrato es la siguiente:
Cuadro 30: Contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio
Tipo de contrato Procedimiento de adjudicación Número Importe
Contratos Administrativos Especiales Abierto criterio precio 2 111.571,00
Total Contratos Administrativos Especiales 2 111.571,00
Contratos Privados Abierto criterios múltiples 7 114.981,48
Negociado sin publicidad 1 59.000,00
Total Contratos Privados 8 173.981,48
Obras Abierto criterio precio 7 805.577,77
Abierto criterios múltiples 1 177.187,69
Total Obras 8 982.765,46
Servicios Abierto criterio precio 4 390.577,67
Abierto criterios múltiples 6 3.323.468,05
Total Servicios 10 3.714.045,72
Suministros Abierto criterio precio 1 123.966,94
Abierto criterios múltiples 1 27.102,50
Total Suministros 2 151.069,44
Total 30 5.133.433,10
Gráfico 4: Relevancia por tipo de contrato
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
40
El procedimiento de contratación más empleado fue el procedimiento abierto con 29 expedientes
de contratación. En el anexo I de este informe figura la relación de los contratos adjudicados o
formalizados en el ejercicio.
IV.7.1. CONTROL INTERNO
El análisis del funcionamiento en el ejercicio fiscalizado del departamento de contratación y de su
estructura pone de manifiesto:
a) Estructura organizativa: Se manifiesta que existe una unidad de contratación que se dedica
en exclusiva a la tramitación de los procedimientos contractuales. Además, existe un órgano de
asesoramiento jurídico en la entidad al que corresponde la emisión de informes relativos a los
procedimientos de contratación y, a pesar de eso, los procedimientos contractuales se llevan a
cabo con grandes dificultades y retrasos.
La dimensión de la unidad de contratación, un asesor jurídico y 2 auxiliares administrativos, no
parece adecuada en relación al tamaño, actividades y complejidad del área de contratación.
b) Procedimientos de gestión: No se elaboran manuales de procedimientos de gestión ni
procesos de control dirigidos a evitar errores, riesgos o a combatir y prever el fraude y la
corrupción; las personas implicadas en los procedimientos de contratación no firman una
declaración de ausencia de conflicto de intereses y no existe un código ético que incluya
estándares de conducta específicos para los cargos y empleados públicos involucrados en los
procedimientos de contratación.
c) Aunque se declara que el método de determinación del valor estimado de los contratos
garantiza que sea ajustado a los precios del mercado, se verificó la existencia de un gran número
de contratos en los que no se consiguió ninguna oferta.
d) Se afirma que en los pliegos se establecen parámetros objetivos en función de los cuales se
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
41
puede apreciar si las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de ofertas
desproporcionadas o anormales, se detectaron varios casos en los que el informe técnico declaro
justificada la viabilidad de la oferta y el informe de la Intervención se pronunció en contra.
e) Herramientas de gestión: En los procedimientos de contratación coexisten los trámites en
papel y los realizados por medios electrónicos. En particular la presentación de ofertas y las
solicitudes no se hacen por medios electrónicos y tampoco está implantado un sistema de
licitación electrónica.
f) Expedientes de contratación: Los expedientes objeto de la muestra para su fiscalización
contienen un índice, pero este no coincide con la documentación remitida. Tampoco están
paginados ni aportan información sobre sus criterios de ordenación; circunstancias que
dificultaron la revisión de la documentación.
IV.7.2 TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Remisión de información a través de la Plataforma de rendición de cuentas de la
Entidades Locales
En cuanto a la remisión de información al Tribunal de Cuentas y al Consello de Contas a través
de la Plataforma de rendición de cuentas, se analizó el cumplimiento de la obligación,
establecida por el artículo 29 del hoy derogado TRLCSP, de remitir en los 3 meses siguientes a la
formalización del contrato una copia certificada del documento en el que se formalice,
acompañada de un extracto del expediente del que se derive, siempre que el precio de
adjudicación del contrato o en el caso de acuerdos marco, el valor estimado, exceda de 600.000
euros, tratándose de obras, concesiones de obras, concesiones de servicios y acuerdos marco; de
450.000 euros, tratándose de suministros; y de 150.000 euros, tratándose de servicios y de
contratos administrativos especiales. Se comprobó así mismo si se remitió dentro de los dos
primeros meses del ejercicio 2017 la relación certificada comprensiva de los contratos
formalizados en el ejercicio 2016. Esta información se contrastó además con la publicada en el
perfil del contratante.
Como resultado de las comprobaciones se observó que se remitió a la Plataforma de rendición de
cuentas copia del contrato y el extracto del expediente de 3 contratos formalizados en 2016,
según lo dispuesto en el artículo 29 del TRLCSP que, sin embargo, no figuraban en la relación de
contratos certificada a través de la misma Plataforma.
Remisión de información a través de la Plataforma de contratación del sector
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
42
público
En el ejercicio fiscalizado el ayuntamiento no tenía introducido su perfil en la Plataforma de
contratación del sector público ni publicaba en ella la convocatoria de licitaciones y sus
resultados. En la fecha de realización del informe de fiscalización la entidad sigue sin tener la
publicación de su perfil de contratante en ninguna de las plataformas de contratación de la
Comunidad Autónoma o del Estado, cumplimentando la información a rendir en la Plataforma de
contratación del sector público de forma manual.
Se debe mencionar el hecho de que hasta la fecha no es posible realizar ningún tipo de
tramitación electrónica de la contratación, no admitiéndose las proposiciones electrónicas.
Suministro de información a través del Perfil del contratante
Según disponía el artículo 53 del TRLCSP (hoy artículo 63 de la LCSP) los órganos de
contratación, para asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su
actividad contractual, deben difundir, a través de internet, el perfil de contratante, que se ubicará
en la dirección electrónica (sede electrónica) que las administraciones tienen a disposición de los
ciudadanos en internet.
Para asegurar el cumplimiento del principio de seguridad jurídica en la gestión electrónica de las
tareas administrativas se precisa de unos elementos comunes válidos para todos los
procedimientos administrativos y todas las administraciones públicas (como la sede electrónica,
el registro electrónico, las notificaciones y comunicaciones electrónicas o el archivo electrónico), y
de unos elementos habilitantes que hacen posible la gestión electrónica, como son la firma
electrónica (garantía de la identidad) y el sello de tiempo (que acredita el momento en el que se
hizo una transacción).
De acuerdo con la información solicitada al ayuntamiento el sistema informático que soporta el
perfil del contratante no cumple con las exigencias del artículo 53 al no ser posible acreditar
fidedignamente mediante el sellado de tiempo el momento de inicio de la difusión pública de la
información incluida en el perfil, en particular la publicidad de las licitaciones o de las
adjudicaciones.
Como resultado del trabajo efectuado, se verificó que el Ayuntamiento de Ourense no tiene
implantados en el ejercicio fiscalizado ni en la fecha de este informe protocolos de comunicación
que reúnan los requisitos para garantizar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad y
confidencialidad de la información contenida en sus sistemas de información.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
43
En cuanto a la accesibilidad a la información contenida en el perfil del contratante, la LTAIBG
determina que la información sujeta e las obligaciones de transparencia debe ser publicada en
las sedes electrónicas o páginas web de una manera clara, estructurada y entendible para los
interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Debe, así mismo, facilitarse la
accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así
como su identificación y localización. Sin embargo, se comprobó que al carecer de filtros de
búsqueda adecuados se hace muy dificultoso realizar cualquier tipo de análisis o seguimiento de
la información contenida en el perfil del contratante, debiendo las personas interesadas
conformarse con la poca operatividad de los filtros existentes, no siendo posible una búsqueda
por fechas o palabras clave como el procedimiento empleado, el adjudicatario, tipo de contrato,
etc. Se comprobó, además, que en algunos casos en la información del perfil falta la fecha de
publicación.
Publicidad de los contratos menores
La LTAIBG establece una serie de obligaciones de publicidad de las actuaciones en la materia de
la contratación a las que están sujetas las entidades locales. De acuerdo con lo que dispone su
artículo 8, las entidades que integran la administración local están obligadas a hacer públicos
todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de
adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los
que, en su caso, se publicitó, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la
identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato.
En lo que se refiere a la publicación de la información relativa a los contratos menores la LTAIBG
indica que podrá realizarse trimestralmente. Se comprobó que el ayuntamiento de Ourense no
suministra información pública de estos contratos, ni a través del portal de internet municipal ni
en la sede electrónica.
Durante la fiscalización se solicitó al ayuntamiento una información completa sobre los contratos
de este tipo celebrados en el ejercicio 2016. Sin embargo no fue posible realizar de manera
adecuada el trabajo de revisión, ya que no se aportaron datos generales sobre el volumen de
contratos menores celebrados y la documentación suministrada fue enviada por cada uno de los
departamentos del ayuntamiento en formatos muy heterogéneos, muchos de ellos de imposible
tratamiento informático.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
44
IV.7.3 CONTRATOS FISCALIZADOS
La finalidad del análisis es verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a los
procedimientos de contratación y, fundamentalmente, su ajuste a los principios de libertad de
acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e
igualdad de trato entre los candidatos.
No se realizó ningún tipo de control sobre el cumplimiento de la normativa que pudiese ser de
aplicación en función de la financiación ajena.
La selección de la muestra de contratos se hizo empleando los siguientes criterios objetivos y
representativos:
- El tipo de contrato, de acuerdo con los regulados por el TRLCSP, procurando obtener una
muestra proporcional entre los contratos de obras, servicios, suministros, concesiones de obras
públicas, gestión de servicios públicos y colaboración público-privada, celebrados por el
Ayuntamiento.
- Las características de cada contrato con transcendencia económica, fundamentalmente el
precio.
- La forma de tramitación de las licitaciones, prestando especial atención a aquellas que
suponen una limitación a los principios da contratación, como es el caso de los procedimientos
negociados.
Sobre la relación certificada de contratos remitida a través de la Plataforma de rendición de
cuentas de las entidades locales se seleccionó una muestra de 7 contratos de los que se solicitó
la documentación comprensiva de los principales pasos del procedimiento de contratación. Este
muestreo se incrementó con 3 expedientes de contratación de los que se tuvo conocimiento por
la remisión que la entidad hizo en cumplimiento del artículo 29 del TRLCSP, por lo que el alcance
de la fiscalización se limitó en este caso a los datos y documentación consignados en la
Plataforma de rendición de cuentas.
Se incluyeron por lo tanto en la muestra 10 expedientes de contratación, que fueron adjudicados
por un importe total sin IVA de 4.338,60 miles de euros, lo que representa el 33% de los
expedientes de contratación formalizados y el 84,52% del importe adjudicado en el ejercicio.
Los contratos examinados fueron los siguientes:
Cuadro 31: Contratos fiscalizados
Ref. Objeto del Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas Procedimiento
de adjudicación
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
45
Ref. Objeto del Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas Procedimiento
de adjudicación
1 Obras del proyecto de saneamiento en la Besada, Santa Mariña
105.837,29 78.531,21 31-12-2015 01-02-2016 3 B32152068 - CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES CRUZVAL, S.L. - ES
Abierto criterio precio
2 Obras del proyecto de urbanización de la calle del ayuntamiento
633.160,65 418.855,00 31-12-2015 29-01-2016 6
U32468522 - PROYECON GALICIA, S.A. - MARCONSA, S.L. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS (UTE: RÚA DO CONCELLO) - ES
Abierto criterio precio
3
Obras del proyecto básico y de ejecución de las obras de reforma del pabellón anexo del complejo de Los Remedios.
240.006,59 177.187,69 15-12-2016 15-12-2016 1 A50308139 - MONDO IBERICA, S.A. - ES
Abierto criterios múltiples
4
Servicio de mantenimiento del sistema de préstamo de bicicletas del ayuntamiento de Ourense
55.084,74 41.377,69 04-02-2016 01-03-2016 12 B32415762 - SAN MAMEDE BIKE, S.L. - ES
Abierto criterio precio
5 Servicio de casa de acogida de mulleres víctimas de violencia de género.
91.000,00 91.000,00 21-04-2016 13-05-2016 12 G84913946 - FUNDACIÓN DE SOLIDARIDAD AMARANTE - ES
Abierto criterio precio
6
Servicio de alquiler de los equipamientos de sonido, equipamientos de iluminación, equipamientos de vídeo y elementos auxiliares para la realización de los conciertos en la plaza mayor en las fiestas de Ourense 2016.
24.793,39 18.999,98 22-06-2016 23-06-2016 1 333316577L - FERNANDO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ - ES
Abierto criterio precio
7 Suministro de carburante para el parque móvil municipal
123.966,94 123.966,94 12-05-2016 10-06-2016 24 A32163842 - ESTACIONES DE SERVICIO PÉREZ RUMBAO, S.A. - ES
Abierto criterio precio
8 Servicio de ayuda a domicilio
2.786.763,49 2.786.763,49 20/10/2016 29/12/2016 24 B85621159 - VALORIZA SERVICIOS A LA DEPENDENCIA S.L.
Abierto criterios múltiples
9 Servicio corporativo de telefonía fija, red de datos
542.664,20 362.716,76 03/12/2015 11/01/2016 48 A15474281 - R CABLE Y TELECOMUNICACIONES GALICIA SA
Abierto criterios múltiples
10 Servicios técnicos del auditorio municipal
239.200,00 239.200,00 07/04/2016 03/05/2016 24 A28517308 - EULEN S.A. Abierto criterio precio
Total muestra 4.842.477,29 4.338.598,76
IV.7.4 RESULTADOS DEL ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN
Se hizo una revisión de la documentación remitida por el ayuntamiento relativa a los actos de
preparación, tramitación, adjudicación y ejecución de cada uno de los contratos incluidos en la
muestra.
De las comprobaciones efectuadas sobre la muestra de expedientes de contratación, resultaron
las siguientes deficiencias y consideraciones:
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
46
Tal como se expone en el siguiente cuadro el tiempo medio de tramitación de los
expedientes de contratación fue de 345 días, lo cual asemeja ser un plazo excesivo para la
correcta satisfacción de las necesidades que se pretenden cubrir con los contratos proyectados.
Cuadro 32: Tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación de obras
Ref. Objeto del Contrato Procedimiento adjudicación
Tramitación Inicio/ Ppta.
Concejal Acuerdo órgano de contratación
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Nº días desde Ppta.
hasta formalización
1 Obras del proyecto de saneamiento en la Besada, Santa Mariña
Abierto criterio precio
Ordinaria 12-12-14 01-10-15 31-12-2015 01-02-2016 3 416
2 Obras del proyecto de urbanización de la calle del ayuntamiento
Abierto criterio precio
Ordinaria 02-07-15 01-10-15 31-12-2015 29-01-2016 6 211
3
Obras del proyecto básico y de ejecución de las obras de reforma del pabellón anexo del complejo de Los Remedios.
Abierto criterios múltiples
Ordinaria 13-06-16 01-09-16 15-12-2016 15-12-2016 1 185
4
Servicio de mantenimiento del sistema de préstamo de bicicletas del ayuntamiento de Ourense
Abierto criterio precio
Ordinaria 01-07-14 19-03-15 04-02-2016 01-03-2016 12 609
5
Servicio de casa de acogida de mujeres víctimas de violencia de género.
Abierto criterio precio
Ordinaria 01-06-15 03-12-15 21-04-2016 13-05-2016 12 347
6
Servicio de alquiler de los equipamientos de sonido, equipamientos de iluminación, equipamientos de vídeo y elementos auxiliares para la realización de los conciertos en la plaza mayor en las fiestas de Ourense 2016.
Abierto criterio precio
Ordinaria 30-03-16 21-04-16 22-06-2016 23-06-2016 1 85
7 Suministro de carburante para el parque móvil municipal
Abierto criterio precio
Ordinaria 29-10-14 20-08-15 12-05-2016 10-06-2016 24 590
8 Servicio de ayuda a domicilio
Abierto criterios múltiples
Ordinaria 26-01-16 04-02-16 20-10-16 29/12/2016 24 338
9 Servicio corporativo de telefonía fija, red de datos
Abierto criterio precio Ordinaria 01/09/2014 09/04/2015 03/12/2015 11/01/2016 48 497
10 Servicios técnicos del auditorio municipal
Abierto criterio precio
Ordinaria 17/11/2015 19/11/2015 07/04/2016 03/05/2016 24 168
Tiempo medio de tramitación 345
Sólo en 2 de los 10 expedientes fiscalizados se empleó el procedimiento abierto con criterios
múltiples (aunque en uno de ellos el criterio precio representó el 90%), mientras que los demás
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
47
emplearon como criterio único de valoración de las ofertas el del precio más bajo, sin que en el
expediente se justificase la existencia de las excepciones recogidas por el artículo 150.3 del
TRLCSP (artículo 145 de la actual LCSP), el cual dispone que la valoración de más de un criterio
procederá, en particular, en la adjudicación de los siguientes contratos:
f) Contratos de suministros, salvo que los productos para adquirir estén perfectamente definidos
por estar normalizados y no sea posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones
de ninguna clase en el contrato, siendo por consiguiente el precio el único factor determinante
de la adjudicación.
g) Contratos de servicios, salvo que las prestaciones estén perfectamente definidas técnicamente
y no sea posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el
contrato, siendo por consiguiente el precio el único factor determinante de la adjudicación.
Esta práctica de establecer el precio como único factor determinante de la adjudicación, aunque
pretenda una simplificación del trámite de adjudicación del contrato, se revela que no fue
efectiva en la reducción de los plazos de tramitación, pudiendo ocasionar además la no
consecución de la oferta más beneficiosa para una mejor prestación de los servicios e
incrementando el riesgo de que surjan prácticas colusorias.
Se deberá tener en cuenta que la nueva LCSP en su artículo 145 establece con carácter general
que la adjudicación de los contratos se realizará utilizando una pluralidad de criterios de
adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio y que esta se avalará con arreglo a
criterios económicos y cualitativos. El mismo artículo, más adelante, prohíbe expresamente
emplear el precio como criterio único de adjudicación en determinados contratos de servicios
sociales, sanitarios o educativos.
En el caso de los expedientes números 1 y 2 los informes de la Intervención del 28 de
septiembre de 2015 advierten, a la vista de las fechas en las que se tramita el expediente, del
riesgo que representaría el no ejecutar el contrato antes del 30 de diciembre; esta circunstancia
provocaría la indisponibilidad del crédito presupuestario al estar el contrato financiado con
remanente de crédito incorporado con cargo a recursos generales del ejercicio 2014 y sólo puede
ser aplicado en el ejercicio presupuestario en el que se acordó su incorporación. Finalmente, los
contratos se firmaron en enero y febrero de 2016 implicando una modificación en la financiación.
En el expediente número 3 el informe de la intervención también advierte de un riesgo
de pérdida de financiación, en esta ocasión referido a que la obra está financiada con cargo a un
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
48
convenio de colaboración que fija como plazo máximo de justificación de los pagos el 10 de
diciembre de 2016. El contrato se firmó el 15 de diciembre de 2016 obligando a un reajuste en
las condiciones del convenio, ya que este retraso supuso la pérdida de la subvención.
La tramitación del expediente número 4 se inicia en julio de 2014, dado que el contrato
en vigor finalizaba en septiembre de ese año; sin embargo el nuevo contrato no se firmó hasta el
1 de marzo de 2016, prestándose el servicio durante ese intervalo de tempo sin cobertura
contractual. El contrato se adjudicó a la misma empresa que ya venía prestando el servicio, una
vez que por el ayuntamiento se admitió la justificación de la oferta económica incursa en
presunción de temeridad, a pesar de que el propio informe técnico reconoce que el servicio se
venía realizando “de una manera similar aunque no tan exhaustiva ni completa como lo exige el
Pliego de prescripciones técnicas”.
En el expediente número 5 se menciona como antecedente del mismo la existencia de un
Convenio de colaboración de fecha 2 de enero de 2003, con una duración de 10 años; sin
embargo no se inicia la tramitación de un nuevo expediente hasta el 1 de junio de 2015,
firmándose el contrato el 13 de mayo de 2016, prestándose el servicio durante ese tiempo sin
cobertura contractual. La duración del contrato es de un año prorrogable por otro.
Posteriormente, el 5 de abril de 2018, fue declarado desierto el procedimiento abierto para una
nueva contratación de este servicio.
El expediente número 7 se inicia el 29 de octubre de 2014 al estar próximo a finalizar el
anterior contrato, el día 26 de diciembre de 2014. Sin embargo el nuevo contrato no se firmó
hasta el 10 de junio de 2016, prestándose el servicio durante ese intervalo de tiempo sin
cobertura contractual.
La tramitación del expediente número 8 necesitó prácticamente 11 meses hasta la
formalización del contrato. Los criterios de adjudicación se repartieron en 90 puntos para la
oferta económica y 10 puntos para el proyecto técnico, lo cual supuso que el determinante en la
adjudicación fuera el precio ofertado, dejando sin relevancia otros criterios que dada la
naturaleza de las prestaciones a realizar podrían ser tenidos en cuenta.
No fue posible realizar un seguimiento sobre los mecanismos de comprobación del grado de
cumplimiento de las prestaciones de los contratos de servicios y suministros que fueron objeto de
la muestra de fiscalización, ya que a pesar de haberse solicitado no se aportó por el
ayuntamiento ningún tipo de informe técnico acreditando la adecuada satisfacción de las
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
49
obligaciones contractuales.
En el caso del expediente número 4 no queda acreditado la correcta comprobación del grado
de cumplimiento de las prestaciones ya que sólo se remitieron dos documentos; uno de ellos, sin
firma ni fecha, descriptivo del procedimiento de verificación del cumplimiento del servicio de
mantenimiento del sistema de préstamo de bicicletas y otro documento titulado “Informe
semana del 16 al 22 de agosto”, también sin firma, fecha ni indicación del emisor, en el que se
indican las verificaciones realizadas en esa semana. En lo relativo al procedimiento se indica que:
la empresa adjudicataria enviaba semanalmente un informe con las actuaciones llevadas a cabo,
que los operarios de la brigada operativa de la concejalía de medio ambiente hacían rondas de
revisión para entre otras cosas verificar lo manifestado en los informes del adjudicatario y
revisión diaria de la aplicación informática.
La documentación recibida relativa al expediente número 5 incluye un informe de la
responsable suplente del contrato del Servicio de la Casa de acogida de mujeres víctimas de
violencia de género, en el que aunque se manifiesta que el servicio se prestó adecuadamente no
se acompañan ni se indican cuáles fueron los procedimientos seguidos para comprobar ese
adecuado cumplimiento durante la ejecución del contrato.
En el caso del servicio de ayuda en el hogar, expediente número 8, aunque se remitió diversa
documentación referida a este servicio incluyendo un documento, sin firma ni fecha, en el que se
indican los procedimientos a seguir para la realización de una intervención y para el seguimiento
del desarrollo del servicio, no se acompañó de ninguno de los informes periódicos de
seguimiento que, de acuerdo con la Ordenanza reguladora del servicio, se deben incluir en el
expediente de cada usuario.
IV.7.5 LICITACIONES FINALIZADAS SIN ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
En la revisión llevada a cabo sobre el perfil del contratante se detectó la existencia de 32
expedientes de contratación que acabaron sin adjudicatario, ya que fueron declarados desiertos,
suspendidos o se desistió del procedimiento de adjudicación. La justificación razonada por la
entidad para finalizar de este modo los expedientes de contratación se expone de manera
individualizada en el siguiente cuadro; los motivos más reiterados fueron la no presentación de
ofertas y el no cumplimiento de las condiciones de la contratación por los ofertantes.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
50
Las consecuencias de estas declaraciones, tal como se desprende de la información contable, fue
que muchas de estas prestaciones se seguían llevando a cabo, sin la preceptiva cobertura
contractual, por el contratista que las venía realizando.
Cuadro 33: Licitaciones declaradas desiertas, suspendidas o desestimadas
REF. OBJETO DECLARADO MOTIVACIÓN ACORDO
JGL
2392 Concesión administrativa de la Plaza de abastos de Ponte número 2
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 28/04/2016
2431 Concesión administrativa de la Plaza de abastos de Ponte número 2
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 01/12/2016
2370 Servicio de vigilancia de la salud del personal del Ayuntamiento de Ourense
Desierto Excluir a MUGATRA sociedad de prevención, SL por no cumplir lo estipulado en el pliego de condiciones técnicas, de conformidad al informe del responsable del contrato
23/06/2016
2365 Explotación de una parte de la red pública inalámbrica wifi del Ayuntam. de Ourense
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 15/05/2016
2409 Servicio de interpretación artística de la banda de música para el Ayuntamiento de Ourense
Desierto
Excluir a la Asociación Cultural Ricardo Courtier porque no cumple con las condiciones de solvencia exigible en el art. 10 del pliego técnico, no alcanza la acreditación del 80% de los músicos de una experiencia de cinco años en trabajos semejantes
06/10/2016
2398 Contratación por el procedimiento abierto para la contratación de la explotación de la cafetería en el Parque Miño
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 09/06/2016
2411 Contratación de la explotación de las instalaciones de hostelería sita en el Parque de las Pozas de Maimón-Reza
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 21/07/2016
2391
Contratación de la limpieza de centros de educación infantil y primaria de titularidad pública y dependencias educativas municipales
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 21/07/2016
2388 Servicio de mantenimiento y mejora de las zonas verdes públicas del Ayuntamiento de Ourense
Suspensión temporal del
procedimiento
Interposición recurso ante TACRC: medida cautelar suspensión por Resolución 19/01/2017. Una vez desestimada la pretensión de la empresa recurrente se continuó el procedimiento: Formalización contrato en 2017
26/01/2017
2389 Servicio de señalización horizontal de las vías del término municipal de Ourense
Desestimado procedimiento
Por el error advertido en la fórmula prevista para la asignación de puntos 14/07/2016
2327 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos O Barrio
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 14/01/2016
2326 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Arranxar II oficina
Desierto
Considerar retirada la oferta presentada por D. Alfonso Barja Gil para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Arranxar II oficina, por no presentar en tiempo y forma la documentación que exige el art. 14 del pliego de cláusulas administrativas. El plazo finalizaba el 19 de abril de 2016 y presentó la documentación por registro en el Ayuntamiento el 20 de abril de 2016.
12/05/2016
2328 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos As Burgas
Desierto
Considerar retirada la oferta presentada por Dª. Carmen López Cerredelo para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos As Burgas, por no presentar en tiempo y forma la documentación que exige el art. 14 del pliego de cláusulas administrativas. El plazo finalizaba el 12 de abril de 2016 y presentó la documentación por registro en el Ayuntamiento el 13 de abril de 2016.
09/06/2016
2347 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Agrupación Miño
Desierto
Considerar retirada la oferta presentada por Dª. P. Belmonte Docampo, en representación de D. B Lamela Freire, para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Agrupación Miño, por no presentar en tiempo y forma la documentación que exige el art. 14 del PCA. El plazo finalizaba el 12 de septiembre de 2016 y
22/09/2016
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
51
REF. OBJETO DECLARADO MOTIVACIÓN ACORDO
JGL
presentó la documentación por registro en el Ayuntamiento el 13 de septiembre de 2016.
2395 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asoc. de vecinos Arranxar I
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 30/06/2016
2418 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Parque Barbaña
Desierto
Excluir a Francisco Guede Cid en representación de Promotora Fernández Añel, SA, por no presentar original o copia compulsada de los documentos que acreditan la personalidad del licitador; poder bastanteado al efecto por la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Ourense; certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la hacienda estatal y de no existir deudas de naturaleza tributaria, ya que el certificado que presenta es de fecha 28 de enero de 2016 con una validez de 6 meses
22/12/2016
2349 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Xoániñas dos Rosais
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 09/06/2016
2346 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Tras Estación
Desierto
Excluir a Jesús Quiroga Mínguez en el procedimiento abierto para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la concesión de su uso a la Asociación de vecinos Tras Estación, por no presentar en tiempo y forma la documentación que le requirió la mesa de contratación. Fue requerida con fecha 28/07/2016, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para aportarla, el último día para presentarla sería el 6 de agosto de 2016 y fue entregada en el registro general del Ayuntamiento el 9 de agosto de 2016
08/09/2016
2420 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Loña
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 10/11/2016
2338 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Portovello as Lagoas
Desierto
Se presentó una única oferta por D. Eduardo Barreiro Cabo. El 10 de febrero de 2016 se abrió la única oferta presentada, que quedó excluida, al tener sobres abiertos. Al no haber más ofertas presentadas procede declarar desierto el procedimiento.
18/02/2016
2335 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Parque Barbaña
Desierto
Se presentó una única oferta por Promotora Fernández Añel. El 10 de febrero de 2016 se abrió la única oferta que fue admitida y remitida para informe técnico. Una vez se procedió a apertura de oferta económica y a valoración de la misma, se acordó en Junta de Gobierno de 3 de marzo la ordenación decreciente de la oferta. Requerida la documentación exigida por los pliegos, y no presentada esta correctamente, por la Mesa en reunión de 5 de abril se acordó la concesión de un plazo de 10 días para la aportación de originales o copias compulsadas de determinada documentación, sin que la misma fuese debidamente cumplimentada, ya que no aportó copias simples.
12/05/2016
2340 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Rabo de Galo
Desierto
Documentación presentada por José Antonio Pereira Pérez. Fue excluido del procedimiento abierto para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Rabo de Galo, por no acreditar su condición de único propietario del inmueble en los términos señalados en el art. 11 del pliego de cláusulas, que exige título de propiedad (escritura pública o similar), toda vez que se presentó a la licitación en nombre propio.
02/06/2016
2339 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Quince de agosto
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 11/02/2016
2341 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Os Rosais
Desierto
Considerar retirada la oferta presentada por Venerando Delgado Fernández para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la Asociación de Vecinos Os Rosais, por no presentar en tiempo y forma la documentación que exige el art. 151.2 del RDL 3/2011, concediéndosele un plazo de 10 días hábiles para aportarla, el último día para presentarla sería el 3 de agosto de 2016 y fue entregada en el Ayuntamiento el 9 de agosto y el 11 de agosto de 2016.
08/09/2016
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
52
REF. OBJETO DECLARADO MOTIVACIÓN ACORDO
JGL
2336 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Pelinquín
Desierto
Se presentó una única oferta por D. Manuel Rodríguez Rodríguez, que fue admitida y remitida para informe técnico, concluyendo que la oferta no reunía los requisitos para ser admitida como válida, por los motivos que en los mismos se exponen. Emitido el primer informe, se acordó por la Mesa requerir a los propietarios para que aportaran determinada documentación, que fue objeto de segundo informe, de contenido desfavorable, que fue asumido por la Mesa, que acordó excluir al licitador presentado en sesión 18 de marzo de 2016.
31/03/2016
2399 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Quince de agosto
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 16/06/2016
2379 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos A Cuña
Desierto
Una única oferta por D. Ramón Casas Rdez. En el registro del Ayuntamiento. La apertura de la documentación técnica, y previo informe del Responsable del contrato, se acordó en sesión celebrada el pasado 10 de febrero requerir al licitador para que subsanase un error padecido en la documentación técnica, que venía firmada por el licitador y no por el técnico competente. El licitador presentó escrito el 25 de febrero reconociendo el incumplimiento de las condiciones técnicas exigidas y solicitando plazo de tres semanas para realizar reformas. En sesión de 2 de marzo de 2016 la Mesa acordó excluir al único licitador presentado en cumplimiento de lo establecido en el Art. 11 del PGAP.
10/03/2016
2330 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Centro
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 21/01/2016
2325 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Arranxar I
Desierto
Presentó oferta Alicia Atanes Álvarez, que fue excluida del procedimiento abierto para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Arranxar I, porque el sobre general cerrado incluye tres sobres titulados "sobre 1", "sobre 2" y "sobre 3". Los sobres 1 y 3 se encuentran abiertos, incumpliendo lo establecido en el Art. 11 del pliego de cláusulas.
21/01/2016
2378 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Loña
Desierto Excluir a Abel Iglesias Fernández por no cumplir las condiciones relativas al seguro de responsabilidad civil.
19/05/2016
2333 Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Asociación de vecinos Montealegre
Desierto No se presentó ninguna oferta en el registro del Ayuntamiento 04/02/2016
IV.7.6 CONTRATOS MENORES
El objeto de la fiscalización sobre los contratos menores es llevar a cabo una revisión general
sobre la información remitida por el Ayuntamiento de Ourense, prestando especial atención a
aquellos contratos que fueron adjudicados a una misma empresa y a los contratos con importes
próximos a los límites establecidos para los contratos menores según la prestación realizada.
No fue posible realizar de manera adecuada este trabajo ya que no se aportaron datos generales
sobre el volumen de contratos menores celebrados y la documentación se suministró por cada
uno de los departamentos del ayuntamiento en formatos muy heterogéneos, muchos de ellos de
imposible tratamiento informático, incluso en algún caso la información suministrada se refirió a
contratos que fueron objeto de un procedimiento de licitación, como consta en la Plataforma de
rendición de cuentas y en el perfil del contratante.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
53
Se realizó un seguimiento sobre Registro de facturas aportado por el ayuntamiento para
conseguir una mejor y más completa información sobre este tipo de contratación, agrupando los
datos por terceros, importes y objeto del gasto.
Los contratos menores examinados fueron los siguientes:
Cuadro 34: Contratos menores fiscalizados
Ref. Concejalía de Asuntos Sociales
1 Campaña de Reyes 2016 B32250227 15.101,62 €REGUERA LORENZO SL 20160001110 18/03/16
Servicio de Cultura, Juventud y Participación Ciudadana
2 Cursos anuales de pilates, ioga-pilates, zumba en a.vv. Ciudad y rural varias XESTIONA S.C. 5.239,59 € 201600015511 14/04/2016
3 Cursos anuales de pilates, ioga-pilates, zumba en a.vv. Ciudad y rural varias XESTIONA S.C. 7.859,83 € 201600039018 26/08/2016
4 Cursos anuales de pilates, ioga-pilates, zumba en a.vv. Ciudad y rural varias XESTIONA S.C. 5.894,54 € 201600057119 23/12/2016
5 Programa animación de barrios y conciliación familiar participativa para los más pequeños durante la navidad XESTIONA S.C. 4.555,65 € 201700004753 09/02/2017
Servicio de Rehabilitación, VPP y PERIS
6 Roberto Glez.Fdez.-44 453 961K P. Básico de rehabilitación antigua Iglesia San Francisco 130 1522 22706 623-Estudios y trabajos técnicos (vivienda) 21.296,00 € 2_17
7 Revve arqueología SL P. Arqueológico de sondeos estudio y paramentos e ejecución de la Antigua Iglesia San Francisco 130 1522 22706 623-Estudios y trabajos técnicos (vivienda) 20.878,55 € 5_17
Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística
8 Expediente Gesfact 201607777 Objeto: Redacción de los estudios hidrológicos-hidráulicos que definan las avenidas correspondientes a períodos de recurrencia de 100 y 500 años en los 34 ámbitos señalados en el informe de la CHM-S de 27 de julio de 2015 Importe: 21.538 euros Adjudicatario: E.I.C. Durán S.L.
Policía local
9 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 4334 23/11/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.090,88 €
10 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 4016 28/10/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.090,88 €
11 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 3480 23/09/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.397,01 €
12 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 2939 29/07/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.613,60 €
13 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 2512 30/06/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.613,60 €
14 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 1952 26/05/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 1.224,52 €
15 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 1310 14/04/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.090,88 €
16 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 963 16/03/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 1.845,25 €
17 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 522 11/02/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 1.792,01 €
18 ARGAEX PIRAMIDE 2006,S.L. B99099095 73 13/01/2016 PINTURA SEÑALIZACION 2016001445 2.240,01 €
Servicio de Infraestructuras
19 Adquisición luminarias 19.413,24 € DIGAMEL, S.A. 201700004738 09/02/17
20 Mejora de caminos municipales de acceso a explotaciones agrarias en el ayuntamiento de Ourense, camino de Seixalbo y caminos Beiro de abajo y Regoalde 59.955,49€ OBRAS DE SANEAMENTOS GALICIA, S.L. 201600045696 13/10/16
21 Elaboración del estudio sobre los distintos modelos de gestión de los servicios de suministro de agua potable y red de alcantarillado del Ayuntamiento de Ourense 21.538,00€ PW ADVISORY CAPITAL SERVICES, S.L. 201700038777 31/08/17
22 Proyecto de construcción y mejora de la red de saneamiento en los Viros 20.532,97€ DIAGRAMA INGENIERIA GALICIA S,.L. 201600052957 05/12/16
Servicios Generales
23 Reparaciones puntuales en el interior de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Ourense 25.828,04 € ADECON EDIFICIOS Y OBRAS S.L 201600060146 30/12/16
24 Obras de acondicionamiento en el interior del edificio del Parque de Bomberos Municipal 37.903,23 € REHABILITACIONES EMPRESA NIETO S.L 201700021991 16/05/17
25 Acondicionamiento y mejora en el Edificio del Centro de Iniciativas Empresariales 58.816,48 € REHABILITACIONES EMPRESA NIETO S.L
26 Obras de renovación de carpinterías del bajo y tercer piso de la Casa Consistorial 59.764,31 € D. MANUEL MERA CONDE 201600054865 15/12/16 FINALIZADO
27 Obras de emergencia en la Perrera Municipal de Ourense 59.993,29 € ADECON EDIFICIOS Y OBRAS S.L 201700021992 16/05/17 FINALIZADO
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
54
Servicio de Termalismo y Turismo
28 Servicios de organización de la participación del Ayuntamiento de Ourense en la edición 16 de la Feria Internacional de Turismo Termal TERMATALIA-MÉXICO 21.770,00 € Fundación Feria y Exposiciones de Ourense, Expourense CIF G32164956 201600052144 30/11/16
29 Instalación de 4 miradores panorámicos y 2 paneles informativos en el Camino de Santiago-Vía de la Plata 27.606,15 € Dividido en dúas partes: 17.111,25 € 10.494,90 € Raúl Fernández González NIF 76 827 934 E 201600048238 201600048239 28/10/16
Del análisis general realizado tanto sobre la documentación de los contratos menores fiscalizados
como sobre la base de datos del Registro de facturas se puede concluir que:
- Muchos de los contratos menores o bien responden a la adquisición de bienes o servicios
que se requieren repetidamente, en respuesta a necesidades de carácter recurrente o periódica, o
son pedidos de características similares. El Ayuntamiento debería prever estas necesidades y
contratarlas, en cada caso, de forma conjunta o agrupada, de acuerdo con los procedimientos
previstos en la normativa de contratos.
- Cada departamento actúa de forma aislada en la contracción de los gastos sin que parezca
existir una coordinación entre ellos; esta forma de proceder favorece la posibilidad de la
existencia de fraccionamientos en la contratación y, por lo tanto, la existencia de contratos
menores cuyo importe superaría los límites máximos que están previstos en el TRLCSP, por lo que
deberían ser adjudicados a través de otro tipo de procedimiento con garantías de publicidad y
concurrencia.
- En los listados de contratos menores aportados por los distintos departamentos gestores de
gasto del ayuntamiento aparecen suministros periódicos como el gas o la electricidad o servicios
como los de defensa y representación jurídica, que siempre deberán ser objeto de licitación a
través de alguno de los procedimientos regulados por el TRLCSP.
- En la Referencia número 28 la factura de 21.770 euros, IVA excluido y exento, excede
del límite permitido para adjudicarlo como contrato menor.
- En la referencia número 29 se trata de un gasto de 27.606,15 euros, dividido en dos
facturas, que supera el importe máximo permitido para adjudícalo directamente como contrato
menor.
IV.7.7 ANÁLISIS DE LOS REPAROS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
Con base en el análisis realizado sobre los informes de reparos formulados por la Intervención
municipal y los expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito (REC) se observa la
existencia de gastos contraídos fuera de los procedimientos establecidos por la legislación
vigente en la materia de contratos del sector público.
Como ya se adelantó en el apartado IV.1 Control interno, en el ejercicio 2016 se emitieron 302
informes de reparo suspensivo que fueron objeto de resoluciones de la Alcaldía que convalidaron
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
55
el gasto por importe de 7.258,24 miles de euros; afectan a actuaciones que podrían estar
incursas en causa de nulidad de pleno derecho al referirse, entre otras causas, a prestaciones
realizadas con posterioridad a la finalización del contrato o a gastos realizados con omisión total
y absoluta del procedimiento administrativo para la contratación de los mismos.
En alguno de los informes de la Intervención se hace referencia, además, a existencia de otras
circunstancias irregulares. Así, en el caso del servicio de conserjería de los centros cívicos, existe
el riesgo de que judicialmente se considere la existencia de cesión ilegítima de trabajadores o, no
caso del servicio de conservación y mantenimiento de los semáforos y tráfico, se están realizando
las prestaciones sobre las condiciones de un contrato del año 2001 (finalizado en 2015), por lo
que sería necesaria en todo caso una revisión y actualización de las mismas.
Se hizo además una revisión de la información de los ejercicios 2014 y 2015 suministrada por el
ayuntamiento a través de la plataforma de rendición de cuentas de las entidades locales, en
cumplimiento de las instrucciones del Consello de Cuentas y del Tribunal de Cuentas relativas al
artículo 218.3 del TRLHL, referida a los acuerdos y resoluciones de las entidades locales
contrarios a reparos formulados por interventores locales y anomalías detectadas en materia de
ingresos, así como a los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.
En el ejercicio 2014 se adoptaron 171 resoluciones contrarios a los reparos suspensivos
formulados por la intervención por un importe global de 1.744.687,24 euros, de los que 8
superan la cuantía de 50.000 euros, representando el 23,29% sobre el importe total. La causa
de los reparos fue la realización de gastos prescindiendo del procedimiento legalmente
establecido para su contratación; en concreto por haberse realizado servicios fuera del período de
vigencia del contrato pero que siguen estando prestados por las empresas. Las 8 resoluciones
afectaron al Servicio de limpieza de las dependencias municipales, alcanzando la cantidad de
417,46 miles de euros.
En el ejercicio 2015 se tomaron 465 resoluciones contrarias a los reparos suspensivos formulados
por la intervención por un importe global de 4.180,81 miles de euros. Del total, 19 resoluciones
superaron la cuantía de 50.000 euros, alcanzando un importe de 3.394,10 miles de euros; en su
revisión se evidenció que en los informes formulados por el órgano interventor consta como
motivo del reparo la omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales prevista en el
apartado 2.c) del artículo 216 del TRLRHL; los 19 reparos afectan a materia contractual y tienen
como causa la existencia de prestaciones realizadas fuera del período de vigencia del contrato;
las prestaciones afectadas fueron el Servicio de transporte colectivo urbano de viajeros y el
Servicio de mantenimiento y mejora de las zonas verdes públicas.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
56
Del análisis de los datos expuestos se puede concluir que es constante la práctica de levantar los
reparos a través de acuerdos o resoluciones que convalidan gastos contraídos por la continuidad
de los contratistas en la realización de las prestaciones una vez finalizada la vigencia de sus
contratos.
IV.8 GASTOS DE PERSONAL
Los gastos de personal del ayuntamiento de Ourense ascienden a 30.076,93 miles de euros y
representan el 31,20% sobre el total de las obligaciones reconocidas de la liquidación del
presupuesto de gastos. Distribuyendo el gasto de personal por artículo, lo más significativo es el
correspondiente al personal funcionario, representando un 66% del total de gastos de personal,
como se muestra en el cuadro siguiente:
Cuadro 35: Liquidación gastos de personal por artículo.
Artículo Obligaciones ejercicio 2015
Créditos definitivos
Obligaciones Ejercicio 2016
Obligaciones Ptes pago
Remanentes de crédito
% Variación obligaciones
10 Órganos de gobierno y personal directivo.
640.770,51 631.637,48 668.174,46 3.339,66 -36.536,98 4,10%
11 Personal eventual. 279.956,06 316.491,65 299.967,09 0,00 16.524,56 6,67%
12 Personal Funcionario. 19.650.937,64 21.590.631,02 19.858.050,35 0,00 1.732.580,67 1,04%
13 Personal Laboral. 2.400.293,81 1.691.411,27 2.099.751,76 0,00 -408.340,49 -14,31%
15 Incentivos al rendimiento. 914.222,05 1.188.800,00 867.230,97 0,00 321.569,03 -5,42%
16 Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador.
7.140.515,11 7.333.356,28 6.283.753,60 145,00 1.049.602,68 -13,63%
Total 31.026.695,18 32.752.327,70 30.076.928,23 3.484,66 2.675.399,47 -3,16%
Gráfico 5: Gastos de personal por artículo
Se comprobó la coincidencia entre el importe de los créditos iniciales que figuran en la
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
57
liquidación del presupuesto y los que figuran en el expediente de aprobación del mismo, así
como la coincidencia entre las obligaciones reconocidas y el importe total bruto de las nóminas.
Al comparar los gastos de personal del ejercicio 2016 respecto del año anterior hay que tener en
cuenta que el presupuesto se viene prorrogando desde el año 2014, lo que provoca deficiencias
en la adaptación de la presupuestación a las necesidades de cada ejercicio; así, en el ejercicio
fiscalizado, los remanentes de crédito en el capítulo 1 ascendieron a 2.675,40 miles de euros y a
nivel de concepto se aprecia un defecto de presupuestación de 1.581,34 miles de euros en las
retribuciones básicas de los funcionarios y un exceso de 3.313,92 miles de euros en el concepto
de retribuciones complementarias.
En el siguiente cuadro se expone la evolución de los gastos de personal en los últimos cuatro
años:
Cuadro 36: Evolución gastos de personal por artículo.
Artículo 2013 2014 2015 2016
10 Órganos de gobierno y personal directivo. 726.390,08 692.302,30 640.770,51 668.174,46
11 Personal eventual. 368.577,36 380.543,16 279.956,06 299.967,09
12 Personal Funcionario. 20.451.181,84 19.951.338,94 19.650.937,64 19.858.050,35
13 Personal Laboral. 1.824.955,82 1.880.227,96 2.400.293,81 2.099.751,76
15 Incentivos al rendimiento. 990.310,07 958.184,02 914.222,05 867.230,97
16 Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador.
7.482.317,54 7.320.097,76 7.140.515,11 6.283.753,60
Total 31.843.732,71 31.182.694,14 31.026.695,18 30.076.928,23
Gráfico 6: Evolución de los gastos de personal
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
58
La evolución global de los gatos tiene una tendencia descendiente especialmente en el ejercicio
2016 en el que, a pesar de que se produjo un incremento legal de las retribuciones del 1%
(exceptuando el complemento específico) se reduce el gasto en un 3,06%.
En el análisis por conceptos retributivos no se producen variaciones significativas excepto en lo
referido al mayor peso de las retribuciones básicas del personal funcionario, pese a la
disminución del número de este tipo personal, y la disminución del gasto en cuotas sociales.
IV.8.1. PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El artículo 45.1 de la LEPG, siguiendo el marco establecido por el EBEP, manifiesta que la
planificación de los recursos humanos en el ámbito del empleo público tiene como objetivo
contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios públicos y de la
eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles, mediante la determinación de
los efectivos precisos y la mejora de su distribución, formación, promoción profesional y
movilidad.
Para la consecución de estos fines, basándose en la potestad de autoorganización prevista en el
artículo 4.1.b) de la LRBRL, las entidades locales de carácter territorial pueden utilizar diversos
procedimientos e instrumentos de ordenación de su personal.
La LEPG relaciona como instrumentos de planificación del empleo público, los registros de
personal y de puestos de trabajo, los planes de ordenación de recursos humanos y la oferta de
empleo público. A este respecto se comprobó que la entidad carece de los dos primeros
instrumentos en los términos establecidos por la LEPG y que, en el ejercicio 2016, no se convocó
oferta de empleo público.
Manuales de procedimiento o instrucciones internas
La existencia de instrucciones específicas sobre procedimientos en materia de personal constituye
una regulación útil para concretar aspectos relativos a funciones de los trabajadores, tramitación
de nóminas, solicitud de permisos y licencias, anticipos, ayudas de coste, instrucciones reguladas
para asistir a cursos, jornadas o seminarios, etc.
El ayuntamiento no dispone de un manual de procedimientos o instrucciones internas relativas al
personal excepto los aspectos generales recogidos en el convenio regulador.
Control de asistencia
La entidad no tiene implantado ningún sistema de control de asistencia y puntualidad de su
personal, cuestión que adquiere relevancia teniendo en cuenta que se le están reconociendo
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
59
horas extraordinarias. En el ejercicio 2016 se abonaron 36.801,80 euros por este concepto.
Plan de formación del personal
La entidad indica que no tiene un plan de formación propio, aunque sí existe un acuerdo con la
Diputación de Ourense en esta materia.
Sistema de evaluación del desempeño
La entidad no tiene establecido ningún sistema de evaluación del desempeño.
IV.8.2 ANÁLISIS DE LA PLANTILLA Y DE LA RPT
Se verificó que la RPT cumple con el contenido mínimo establecido en el artículo 74 del EBEP.
La RPT se aprobó en el año 2012 sufriendo varias modificaciones hasta la fecha actual. En la RPT
vigente en el ejercicio fiscalizado constan 955 plazas de las que 11 corresponden a personal
eventual, 4 a personal directivo, 5 a personal laboral e 935 a funcionarios.
Sin embargo, de acuerdo con la información sobre número de empleados contenida en la
memoria rendida en la plataforma de rendición de cuentas del Tribunal de Cuentas el número de
trabajadores del ayuntamiento en el año 2016, sin contar al taller de empleo, es de 745;
resultando que sólo un 69,21% de las plazas contempladas en la RPT están cubiertas lo que
hace cuestionable su carácter como instrumento de ordenación de personal. Por otro lado, la
entidad no tiene incorporados en la RPT los puestos del personal laboral indefinido así declarado
por sentencia judicial.
Cuadro 37: Datos de los empleados a 31/12/2016 según la memoria
Tipo de personal Número
Eventuales 11
Funcionarios de carrera 574
Funcionarios interinos 71
Laborales fijos 5
Laborales temporales/indefinidos 84
TOTAL 745
Taller de empleo 35
En este análisis cabe destacar la elevada temporalidad de los trabajadores del ayuntamiento. De
hecho, en este ejercicio, sin contar con el personal del taller de empleo, los trabajadores
temporales suponen un 22% del total de trabajadores del ayuntamiento.
Dentro de estos trabajadores, 31 fueron declarados indefinidos por sentencia judicial,
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
60
entendiéndose este riesgo a otros trabajadores ya que existen 13 que tienen contratos de los
años 2006 y 2007. La entidad tiene que evitar estas situaciones para que no se produzcan estas
irregularidades dentro de la composición de su personal.
Dentro de los funcionarios interinos 69, perciben complemento de antigüedad y 29 ocupan
plazas vacantes de la RPT; esto unido a las sentencias mencionadas indica que se están
cubriendo necesidades estructurales de personal con trabajadores temporales.
Existe además una alta provisionalidad en la forma de provisión de las plazas (comisiones de
servicio, nombramientos provisionales) debido a que no se celebraron concursos en el
ayuntamiento en los últimos 10 años.
La comparativa del número de trabajadores de los ayuntamientos de Galicia de más de 50.000
habitantes a 31 de diciembre de 2016 es la siguiente:
Cuadro 38: Número de trabajadores en los 7 grandes ayuntamientos de Galicia a 31/12/2016
Tipo de personal Ourense A Coruña Ferrol Santiago Lugo Pontevedra Vigo
Personal Funcionario 645 1.407 348 440 457 401 1.038
Personal Laboral 124 84 87 180 163 37 403
Personal Eventual 11 57 9 16 16 6 18
TOTAL 780 1.548 444 636 636 444 1.459
IV.8.3. RETRIBUCIONES
Las condiciones de trabajo para los empleados públicos del Ayuntamiento de Ourense están
recogidas en el Acuerdo regulador subscrito el 28 de diciembre de 2012 y publicado en el BOP
de Ourense del 11 de febrero de 2013.
A partir del listado anual de la nómina, se trata de verificar si las retribuciones de cargos electos,
personal eventual, funcionarios y laborales se ajustan a las cuantías que corresponden y a los
conceptos retributivos legalmente establecidos, constatándose que, en general, se cumple con la
legislación vigente, con las siguientes particularidades:
- Se verificó que las retribuciones de cargos electos se ajustan las cuantías y al tipo de gasto
que legalmente les corresponde y que están reguladas en las BEP del ejercicio 2014; en el año
2015 se redujeron las retribuciones del Alcalde en un 5%.
- La entidad no cumple con los límites de la cuantía global del complemento específico y
gratificaciones recogidas en el artículo 7 del RD 861/1986, del 25 de abril, por lo que se
establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración local.
- Se comprobó que el importe de los trienios percibidos por algún funcionario no coincide con
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
61
la cuantía que le correspondía al grupo o subgrupo en el que estaba integrado en el momento de
su perfeccionamiento. La causa deriva de que conforme al acuerdo regulador del año 2000,
aplicable hasta el año 2009, todos los trienios se abonaban por la última categoría a la que
perteneciese el funcionario, hecho que no se ajusta a la legislación reguladora de la materia. Ni
en el siguiente acuerdo de 2009 ni en el vigente acuerdo regulador de 2013 se recoge esta
forma de retribuir los trienios.
- El artículo 31 de las BEP hay una regulación de los anticipos que no se ajustan ni en plazos
ni en importes al Real Decreto Ley 2608 de 1929, ya que establece que el anticipo tendrá un
importe máximo de 5.500 euros y un plazo máximo de devolución de 5 años, mientras que el
Real decreto dispone que el número de pagas o mensualidades que se pueden anticipar a los
funcionarios serán una o dos y que el plazo de reintegro será de diez mensualidades cuando se
trate de una paga o catorce cuando se trate de dos.
- El ayuntamiento no tiene aprobados criterios objetivos para la asignación del complemento
de productividad; sólo un trabajador percibe retribuciones por este concepto en la cuantía de
3.300 euros, aunque lo que se le está retribuyendo es una compensación por la asunción de
funciones de un puesto de categoría superior.
- El acuerdo regulador contempla determinados conceptos retributivos, como el plus de
asistencia el plus de festividad y el de trabajos en otros ayuntamientos contabilizados como
productividad, que no se corresponden con la naturaleza de este concepto retributivo. El
desempeño del trabajo en nocturnos o festivos son características singulares de determinados
puestos de trabajo que tienen que ser retribuidas por el complemento específico.
- El artículo 42 del acuerdo regulador establece una compensación de 12 euros en concepto
de ayuda para comidas para los trabajadores que realicen trabajos en jornadas de 24 horas. Esta
retribución se incluye como ayuda social. Entendemos que no tiene tal carácter, tratándose de
una retribución por hacer una determinada jornada de trabajo por lo que, en todo caso, tendría
que formar parte del complemento específico.
- Dentro de los beneficiarios de determinados conceptos de ayudas sociales se incluye al
personal que percibe la compensación por jubilación.
- Estas cantidades abonadas en concepto de compensación por jubilación contabilizadas
como ayudas sociales no se ajustan a la normativa vigente. Se regulan en el artículo 10 del
acuerdo regulador, consistiendo en una compensación económica del Ayuntamiento a las/a los
trabajadoras/es que por incapacidad manifiesta derivada de accidente laboral o, de no ser por
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
62
accidente laboral, mientras tienen hijos/as dependientes acreditados o con cualquier tipo de
discapacidad que les impida tener un trabajo remunerado, soliciten una pensión de invalidez. En
el caso de obtenerla el ayuntamiento se hace cargo de la diferencia existente entre su pensión y
las retribuciones de su plaza y puesto obtenido con carácter definitivo que ocupase en el
momento de la jubilación hasta que obtenga la jubilación forzosa. En el año 2016, 24 personas
cobraron por este concepto unas retribuciones totales de 166.883,92 euros.
V. CONCLUSIONES
Como resultado del trabajo realizado se formulan las siguientes conclusiones:
1. Presupuestos y contabilidad
- El ayuntamiento viene prorrogando los presupuestos del ejercicio 2014 hasta el año
actual, con las consiguientes limitaciones que establecen el TRLRHL y el Real Decreto
500/1990, de forma que “En ningún caso tendrán singularmente la consideración de
prorrogables las modificaciones de crédito ni los créditos destinados a servicios o
programas que deban concluir en el ejercicio anterior o estén financiados con crédito u
otros ingresos específicos o afectados que, exclusivamente, fueran a percibirse en dicho
ejercicio”.
Esta circunstancia lleva a la necesidad de realizar un elevado número de modificaciones
presupuestarias y también es determinante del bajo grado de ejecución.
- Se produjeron modificaciones presupuestarias por importe de 46.586,39 miles de euros
que representan más del 49% de los créditos iniciales.
- Existen operaciones pendientes de aplicar al presupuesto recogidas en la cuenta 413
Acreedores pendientes de aplicar al presupuesto con un saldo de 6.110,84 miles de
euros. La existencia de saldos en esta cuenta tiene también especial influencia en el
desarrollo de los presupuestos prorrogados, ya que añaden un nuevo desajuste a la
ejecución presupuestaria, trasladando la imputación de gastos entre ejercicios.
- De la comprobación efectuada sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria, resulta que la entidad presenta una liquidación presupuestaria que
refleja capacidad de financiación en términos consolidados, cumpliendo igualmente con
la regla del gasto y con el límite de endeudamiento.
- El ayuntamiento no dota ninguna provisión para los riesgos y gastos que pudieran
derivarse de la resolución de procedimientos judiciales.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
63
- El ayuntamiento no tiene establecido un plan de disposición de fondos de la tesorería al
que debería acomodarse la expedición de las órdenes de pago la cual debe respetar, en
todo caso, la prioridad de los gastos de personal y de las obligaciones contraídas en
ejercicios anteriores.
- El ayuntamiento no tiene un inventario de bienes y derechos actualizado, ni siquiera los
datos del inventario aprobado en 2010 fueron reflejados en la contabilidad.
Consecuentemente la inexistencia de un inventario contable completo y actualizado
impide determinar la valoración correcta del inmovilizado, lo cual motiva que no se haga
una dotación de las amortizaciones.
2. Endeudamiento
- La carga financiera es superior a la media gallega y estatal debido a que el ayuntamiento
cancela totalmente, entre los años 2016 y 2017, su deuda financiera y la deuda por la
devolución en la participación de los tributos del Estado de los ejercicios 2008, 2009,
2013 y 2014.
3. Control interno de la entidad
- No existen manuales de procedimientos de control interno referidos a las funciones de
fiscalización previa.
- No consta que se emita informe escrito sobre la fiscalización plena posterior de las
obligaciones y gastos sometidos a fiscalización limitada, ni de la forma en que la
fiscalización plena posterior se efectúa.
- No se realizaron actuaciones de control financiero en los ejercicios fiscalizados.
- No se realiza fiscalización previa de derechos ni se llevan a cabo actuaciones
comprobatorias posteriores mediante técnicas de muestreo o auditoría.
4. Resoluciones contrarias a reparos, expedientes con omisión de la fiscalización
previa y Reconocimiento extrajudicial de créditos.
- La entidad no tiene regulado en las bases de ejecución del presupuesto un
procedimiento para la tramitación de expedientes con reparos.
- No existe un procedimiento para la tramitación de expedientes con omisión de
fiscalización previa.
- No consta que la entidad tenga establecido en las bases de ejecución del presupuesto un
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
64
procedimiento para la tramitación del reconocimiento extrajudicial de crédito.
- No existe un procedimiento para la tramitación de expedientes en los que se detecten
anomalías en la gestión de ingresos.
- En el ejercicio 2016 fueron objeto de resoluciones contrarias a reparos de la Intervención
gastos por importe de 7.258,24 miles de euros, que equivalen al 7,5% de las
obligaciones del ejercicio.
- Todos los reparos se resuelven sin tramitación contradictoria. No consta la formulación
expresa de discrepancia por el órgano gestor. En lo relativo a la motivación de la
resolución, la misma no incluye referencia a los preceptos legales en los que la resolución
del Alcalde fundamente su criterio.
- En el ejercicio 2016 se tramitaron 7 expedientes de reconocimiento extrajudicial de
crédito por importe de 2.106,56 miles de euros; dos de estos expedientes, que
supusieron un importe de 1.479,82 miles de euros, corresponden a gastos que no
disponían de consignación presupuestaria adecuada y suficiente, por lo que incurrirían
en una causa de nulidad.
La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, tipifica en los artículos 27 y 28 como faltas muy graves aprobar
compromisos de gastos, reconocimientos de obligaciones y ordenación de pagos sin
crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en la normativa
presupuestaria que sea aplicable, así como la omisión del trámite de intervención previa
de los gastos, obligaciones o pagos, cuando esta resulte preceptiva o del procedimiento
de resolución de discrepancias frente a los reparos suspensivos de la intervención,
regulado en la normativa presupuestaria.
5. Contratación
- En relación con la revisión realizada sobre la contratación del ayuntamiento puede
concluirse que, aunque en general los expedientes están bien documentados, carecen de
defectos en su organización, cuestión que dificultó la fiscalización. Esta circunstancia
parece tener como causas la falta de unos manuales de procedimientos de gestión y
control, la ausencia de definición de responsabilidades y que la estructura organizativa
no sea la más adecuada para las características del área de contratación de un
ayuntamiento como el de Ourense.
- El volumen de contratación realizada por el ayuntamiento fue muy escaso para el
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
65
tamaño de la entidad, sólo 30 contratos incluyendo contratos privados y administrativos
especiales.
- En el desarrollo de la fiscalización se comprobó que por lo menos 7.044,68 miles de
euros corresponden a actuaciones que fueron objeto de informe de reparo suspensivo
por tratarse de gastos en los que se prescindió del procedimiento legalmente establecido
para su contratación. En particular, debemos hacer referencia, por su especial
transcendencia social y económica, al contrato del Servicio de transporte colectivo
urbano de viajeros que finalizó el 11 de mayo de 2015 y que en la fecha actual sigue sin
ser objeto de un nuevo expediente de contratación.
- El tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación fiscalizados alcanzó
los 345 días; esta lentitud en la finalización de los procedimientos provoca que muchas
de las prestaciones se desarrollen sin cobertura contractual y en algún caso supuso la
pérdida de financiación por no cumplir los plazos de subvenciones concedidas.
- En el caso de los expedientes en los que se emplea como criterio único de valoración el
precio no se justifica de ninguna manera que no se tengan en cuenta otros criterios
directamente vinculados con el objeto del contrato.
- No quedó acreditada la existencia de mecanismos adecuados de comprobación del
grado de cumplimiento de las prestaciones de los contratos de servicios y suministros
que fueron objeto de la muestra de fiscalización.
- Se dieron casos de expedientes de contratación en los que hubo una contradicción entre
los informes técnicos y los informes de la Intervención sobre la viabilidad de bajas
incursas en presunción de temeridad.
- Se evidenció la existencia de 30 expedientes de contratación en los que la Junta de
gobierno local acordó declararlos desiertos, bien porque no se presentaron ofertas o bien
porque los ofertantes no cumplieron con las condiciones da contratación. La
consecuencia también fue la continuación del desarrollo de las prestaciones sin cobertura
contractual.
- En relación a la tramitación de los contratos menores, se constató la existencia de
contratos referidos a prestaciones similares que se deberían haber contratado de forma
conjunta siguiendo un procedimiento más garante de la concurrencia que el de los
contratos menores.
- En la tramitación de los contratos menores se observó que cada departamento actúa de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
66
forma aislada sin que parezca existir una coordinación entre ellos, ni en las decisiones de
gasto ni en los procedimientos empleados para su contracción; esta forma de proceder
favorece la posibilidad de la existencia de fraccionamientos en la contratación y dificulta
el seguimiento y control de este tipo de gastos.
6. Transparencia en materia de contratación
- En el ejercicio fiscalizado el ayuntamiento no tenía puesto su perfil en la Plataforma de
contratación del sector público ni publicaba en ella la convocatoria de licitaciones y sus
resultados.
- El Ayuntamiento de Ourense no tiene implantados en el ejercicio fiscalizado ni en la
fecha de este informe protocolos de comunicación que reúnan los requisitos para
garantizar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad y confidencialidad de la
información contenida en sus sistemas de información.
- El perfil del contratante carece de filtros de búsqueda adecuados que faciliten la consulta
da información contenida en él.
- El ayuntamiento no suministra de forma pública información relativa a los contratos
menores, ni a través del portal de internet municipal ni en su sede electrónica.
7. Personal
- En el año 2016 la entidad no dispone de ninguno de los instrumentos de planificación de
empleo público establecidos en el artículo 45 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de
empleo público de Galicia.
- La entidad no dispone de un manual de procedimientos o instrucciones internas relativas
al personal excepto los aspectos que se recoge en su acuerdo regulador.
- La entidad no tiene implantado instrumento ninguno en control de asistencia y
puntualidad de su personal.
- Existe una elevada tasa de temporalidad de los trabajadores del ayuntamiento. En el
ejercicio 2016, sin contar al personal de la escuela taller, los trabajadores temporales
suponen un 22% del total de su plantilla.
- La entidad tiene numerosas sentencias en las que se declara personal laboral contratado
temporalmente como personal indefinido.
- Sólo el 69,21% de las plazas contempladas en la RPT están cubiertas lo que desvirtúa su
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
67
carácter como instrumento de ordenación de personal.
- El presupuesto de gastos de personal no se corresponde con la plantilla cubierta o que se
pretende cubrir en el año.
- La política de anticipos al personal recogida en las bases de ejecución del presupuesto
no se ajusta en su totalidad a la normativa vigente sobre anticipos, RD-Ley 2608 de 16
de diciembre de 1929.
- Hasta el acuerdo regulador de 2009 se reconocía el derecho a cobrar los trienios según
la última categoría a la que perteneciese el funcionario, hecho que no se ajusta a la
legislación reguladora de la materia. Tanto el mencionado acuerdo regulador como el
actual de 2013 no recogen esta forma de abonar los trienios pero se conservan los
derechos reconocidos con anterioridad.
- El acuerdo regulador contempla unos conceptos retributivos, plus de nocturnidad, de
festividad y de trabajos para otros ayuntamientos, que no se corresponden con la
estructura retributiva de los funcionarios recogida en el Estatuto básico del empleo
público y en la Ley de empleo público de Galicia.
- Tampoco se ajustan a la normativa vigente, las cantidades abonadas en concepto de
compensación por jubilación y las correspondientes a la compensación por jornada de 24
horas, recogidas en los artículos 10 y 42 del acuerdo regulador y contabilizadas como
ayudas sociales.
- Los importes del complemento específico y de las gratificaciones superan los límites
establecidos en el artículo 7 del RD 861/1986.
- El ayuntamiento no tiene implantado un sistema de evaluación del desempeño que
permita valorar con criterios objetivos el grado de interés, iniciativa o esfuerzo con el que
el funcionario lleva a cabo su trabajo así como el rendimiento y los resultados obtenidos.
VI. RECOMENDACIONES
Presupuestos y contabilidad
1. La aprobación anual de su presupuesto favorecería la consecución de una adecuada
sistematización de su actividad, prestando información sobre todos aquellos planes, programas,
estados y demás datos que legalmente deben acompañar a los presupuestos, de forma que
permitan conocer la naturaleza económica de los ingresos y gastos previstos y las finalidades y
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
68
objetivos perseguidos por estos.
2. La aprobación del presupuesto anual con unas adecuadas previsiones de ingresos y gastos
contribuirá a la disminución de las modificaciones presupuestarias.
3. La entidad local debe adoptar medidas de gestión del gasto público que obliguen a la
imputación al presupuesto y a la contabilización de todas las obligaciones del ejercicio. Y, así
mismo, debe hacer efectivas las responsabilidades previstas en las distintas normas para el caso
de no cumplimiento de las obligaciones establecidas para la gestión del gasto público.
4. Se debe proceder a la cuantificación de los riesgos por procedimientos judiciales en curso y,
en su caso, a la dotación de la provisión por responsabilidades.
5. Se debe elaborar el plan de disposición de fondos de la tesorería, al que se refiere el artículo
87 del TRLRHL, que establezca la prelación en la realización de pagos.
6. Se debe proceder a una actualización del inventario de bienes del ayuntamiento que sirva de
base para la adecuada contabilización de los mismos.
Control interno de la entidad
7. Se debe proceder a la redacción de manuales de procedimientos, que definan de manera clara
los trámites a seguir en cada una de las tareas desarrolladas y regulen aspectos como
procedimientos de autorización y aprobación; segregación de funciones (autorización,
procesamiento, archivo, revisión); controles sobre el acceso a recursos y archivos; verificaciones y
conciliaciones; revisiones de operaciones y procesos y actividades.
8. El ayuntamiento debe diseñar un plan de fiscalización plena posterior sobre una muestra de
las operaciones, que se debe realizar a través de procedimientos de auditoría. Igualmente, debe
definir unos objetivos previos que permitan verificar la eficacia, eficiencia y economía en la
prestación de los servicios públicos, y organizar la contabilidad para obtener resultados analíticos
que pongan de manifiesto dicho coste y rendimiento.
Resoluciones contrarias a reparos, expedientes con omisión de la fiscalización
previa y reconocimiento extrajudicial de créditos
9. Se recomienda que sólo excepcionalmente se acuda a la utilización del mecanismo del
reconocimiento extrajudicial de crédito como es propio de su naturaleza jurídica. En los casos en
que concurran actos viciados de nulidad de pleno derecho se deben seguir los procedimientos de
revisión de oficio legalmente previstos.
10. Se recomienda que el ayuntamiento incorpore en las bases de ejecución de los presupuestos
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
69
los procedimientos relativos a la tramitación de expedientes con reparos y expedientes en los que
exista omisión de fiscalización previa, respectando en todo caso lo dispuesto en el Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, que regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del
sector público local.
Contratación
11. Se recomienda establecer un adecuado dimensionamiento del área de contratación,
estableciendo protocolos y manuales de gestión y control que faciliten su correcto
funcionamiento.
12. El órgano de contratación debe prever con la suficiente antelación los contratos a celebrar
durante el ejercicio presupuestario, prestando especial atención a los servicios en los que finaliza
su plazo de vigencia, y realizar todas las actuaciones necesarias con la finalidad de cumplir en los
plazos establecidos con los objetivos programados.
13. Se deberá atender a todos aquellos criterios directamente vinculados al objeto del contrato
que permitan una adecuada determinación de la oferta económicamente más ventajosa.
14. Se deben establecer mecanismos y procedimientos que permitan verificar en cualquier
momento que se cumplió con las condiciones contractuales de las prestaciones de los contratos
de servicios o de suministros suscritos por el ayuntamiento, lo cual implica la documentación y
archivo de los informes y controles realizados, indicando quien los suscribe, la fecha y el alcance
de las comprobaciones.
15. Se recomienda que se establezcan con claridad los criterios para determinar la viabilidad de
aquellas ofertas incursas en presunción de temeridad.
16. Se debe tratar de establecer unas condiciones de los contratos que sean realistas y acordes
con el mercado para evitar situaciones en las que no se presenten ofertas o éstas no cumplan los
requisitos de la contratación.
17. Se debe evitar acudir a la figura del contrato menor en el caso de las adquisiciones de
bienes o servicios que se requieren con periodicidad.
18. Se deben establecer sistemas de gestión de los contratos menores que permitan llevar a
cabo un mejor control de los mismos, evitando posibles fraccionamientos.
Transparencia
19. Se deberá cumplir con todas las obligaciones legales en materia de publicidad y
transparencia establecidas por la legislación de contratos del sector público con la finalidad de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
70
conseguir una mejor concurrencia, igualdad y publicidad. En particular:
- Se debe cumplir con las exigencias del artículo 63. Perfil del contratante, de la LCSP, tanto las
referidas a la forma de acceso como a la información a publicar, incluyendo las obligaciones de
publicación relativas a los contratos menores.
- Se deben tomar medidas adecuadas de lucha contra el fraude, favoritismo y corrupción y para
evitar y solucionar los conflictos de intereses, según lo dispuesto en el artículo 64 de la LCSP.
- Deben albergar de forma completa la publicación de su perfil de contratante en la plataforma
de contratación del sector público o en el servicio de información asimilado de la Comunidad
Autónoma.
20. Se debe cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 19/2013 de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, referidas a la publicación d la información que
sea relevante para garantizar la transparencia de la actividad municipal, la cual debe ser
publicada en su sede electrónica o página web de una forma clara, estructurada y entendible
para los interesados, respetando el derecho de todas las personas al acceso a la información
pública.
El Capítulo II del Título I de la Ley, denominado Publicidad activa, recoge los principios generales
y concreta la obligación de publicar la información relativa a:
- Información institucional, organizativa y de planificación.
- Información de relevancia jurídica.
- Información económica, presupuestaria y estadística.
Personal
21. La entidad debe proceder a realizar una planificación de sus recursos humanos para lograr
una mayor eficacia en la prestación de servicios públicos y mejorar la eficiencia en la utilización
de los recursos económicos disponibles, utilizando para ello los instrumentos contenidos en el
artículo 45.2 de la Ley 2/2015, del 29 de abril, de empleo público de Galicia.
22. La entidad tiene que proceder a elaborar una RPT o instrumento organizativo similar que
recoja sus auténticas necesidades de personal teniendo en cuenta sus recursos económicos, en
orden a optimizar su gestión con la finalidad de obtener una más eficaz y eficiente prestación de
servicios públicos. Esta RPT tiene que contemplar los puestos del personal laboral declarado
indefinido por sentencia judicial (artículo 28 de la Ley 2/2015 de empleo público de Galicia).
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
71
23. La entidad debe proceder a la elaboración de manuales de procedimientos o instrucciones
internas que faciliten y mejoren la gestión del personal y sirvan de instrumento útil para evaluar
el control interno.
24. La entidad debe cuantificar los gastos de personal del año tomando como base una RPT
acorde a las necesidades reales de personal.
25. El ayuntamiento tiene que reducir la alta tasa de temporalidad que tiene entre su personal.
26. La entidad tiene que evitar las situaciones que puedan derivar por decisión judicial en la
conversión de contratos formalizados inicialmente como temporales en contratos laborales
indefinidos.
27. La entidad tiene que implantar algún instrumento de control de asistencia y puntualidad de
su personal que le permita garantizar el cumplimiento de la jornada y la veracidad de las horas
extras declaradas.
28. La entidad debe adaptar la estructura retributiva de su personal funcionario a la normativa
vigente.
29. La regulación interna de los anticipos al personal del ayuntamiento tiene que ajustarse a lo
dispuesto en el RD-Ley 2608 del 16 de diciembre de 1929.
30. El importe de los trienios percibidos por los funcionario del ayuntamiento tienen que
corresponderse con el importe asignado al subgrupo o grupo al que pertenezca en el momento
de su perfeccionamiento.
31. La entidad debe proceder a establecer sistemas que permitan la evaluación del desempeño
de sus empleados para aplicar de acuerdo con la legalidad a las retribuciones complementarias
recogidas en el EBEP (productividad).
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
73
ANEXOS
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
75
Anexo I: Contratos subscritos o formalizados en el ejercicio.
Tipo contrato
Objeto del Contrato Procedimiento
de adjudicación
Presupuesto licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Contratistas
Ad.especial Explotación de cafetería situada en el Parque Barbaña
Abierto criterios precio
12.631,80 20.244,00 02-06-2016 28-06-2016 44478811P - IAGO ANANÍN BLANCON - ES
Ad.especial Explotación publicitaria del mobiliario urbano del Ayuntamiento de Ourense
Abierto criterios precio
69.387,38 91.327,00 08-09-2016 06-10-2016 B86090784 - PM TRASN EUROPE, S.L. - ES
Privado Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de vecinos Zona Vella
Abierto criterios múltiples
16.411,28 15.840,00 28-04-2016 11-05-2016 34589538E - JOSÉ PÉREZ COUGIL - ES
Privado Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de Vecinos Olimpo
Abierto criterios múltiples
14.329,12 13.695,44 19-08-2016 14-09-2016 E70034830 - HNOS. FRACISCO R.M. Y ÁNGEL L. CELULAR VILLACÉ, C.B. - ES
Privado Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de Vecinos Polvorín
Abierto criterios múltiples
18.312,64 11.992,84 16-06-2016 20-07-2016 76697911H - BENITO ALONSO DIZ - ES
Privado Alquiler de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de Vecinos Santa Ana del Pino.
Abierto criterios múltiples
22.374,40 22.148,76 19-08-2016 29-08-2016 34549198R - ENCARNACIÓN SIERRA GONZÁLEZ - ES
Privado Alquiler de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de Vecinos Santa Teresita.
Abierto criterios múltiples
21.610,48 21.610,48 27-10-2016 21-11-2016 34417043G - MANUEL ÁLVAREZ VÁZQUEZ - ES
Privado Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la asociación de Vecinos Termas.
Abierto criterios múltiples
14.486,56 14.214,88 20-10-2016 09-11-2016 34945820B - FRANCISCA NOVOA FERNÁNDEZ - ES
Privado Arrendamiento de un inmueble para la cesión de su uso a la Federación Limiar.
Abierto criterios múltiples
32.596,92 15.479,08 06-10-2016 31-10-2016 E32453771 - HEREDERAS DE SILVINO GUERRA ALONSO - ES
Privado
Contratación de los grupos musicales para las fiestas de
Ourense "Duncan Dhu" y "Auryn" para los días 30 de junio y 1 de julio respectivamente en el Jardín del Posío
Negociado sin publicidad
59.000,00 59.000,00 17-06-2016 21-06-2016 B36998524 - SWEET NOCTURNA, S.L.N.E. - ES
Obras
Obras del proyecto de acondicionamiento y renovación del firme actual en la Plaza de Eiroás y Rúa do Pazo
Abierto criterios precio
104.695,74 73.203,26 30-12-2015 26-01-2016 B15289614 - CONSTRUCCIONES LEONARDO MIGUELEZ, S.L. - ES
Obras Obras de asfaltado en la calle Capela, Pazo y Canedo en el núcleo de Eirasvedras
Abierto criterios precio
65.055,76 50.802,04 31-12-2015 26-01-2016 B36719490 - OBRAS, PAVIMENTOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES, S.L. - ES
Obras Obras del proyecto de saneamiento en la Bicada, Santa Mariña
Abierto criterios precio
105.837,29 78.531,21 31-12-2015 01-02-2016 B32152068 - CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES CRUZVAL, S.L. - ES
Obras Obras del proyecto de urbanización de la Calle del Concello
Abierto criterios precio
633.160,65 418.855,00 31-12-2015 29-01-2016
U32468522 - PROYECON GALICIA, S.A. - MARCONSA, S.L. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS (UTE: RÚA DO CONCELLO) - ES
Obras Proyecto de rehabilitación de la pasarela peatonal sobre el Río Barbaña
Abierto criterios precio
88.046,53 61.129,00 31-12-2015 22-01-2016 B70398193 - INLASTIME, S.L. - ES
Obras Proyecto de rehabilitación del firme y mejora de la accesibilidad de Cálea Mercado
Abierto criterios precio
84.084,76 62.920,63 31-12-2015 22-01-2016 B32184558 - CONSTRUCCIONES OREGA, S.L. - ES
Obras
Obras do proyecto modificado de instalación eléctrica de baja tensión para videovigilancia en el polígono empresarial de Seixalbo
Abierto criterios precio
79.127,15 60.136,63 31-12-2015 27-01-2016 B32337958 - GALEGA DE ENXEÑERÍA E INSTALACIÓNS, S.L. - ES
Obras
Obras del proyecto básico y de ejecución de las obras de reforma del pabellón anexo del Complejo de los Remedios.
Abierto criterios múltiples
240.006,59 177.187,69 15-12-2016 15-12-2016 A50308139 - MONDO IBERICA, S.A. - ES
Servicios Servicio de mantenimiento del sistema de préstamo de bicicletas del Ayuntamiento de Ourense
Abierto criterios precio
55.084,74 41.377,69 04-02-2016 01-03-2016 B32415762 - SAN MAMEDE BIKE, S.L. - ES
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
76
Tipo contrato
Objeto del Contrato Procedimiento
de adjudicación
Presupuesto licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Contratistas
Servicios Servicio de desratización, desinsectación y desinfección en el término municipal de Ourense.
Abierto criterios múltiples
59.908,00 35.950,80 30-06-2016 29-07-2016 A82850611 - ANTIICIMEX 3D SANIDAD AMBIENTAL, S.A.U. - ES
Servicios Servicio de casa de acogida de mujeres Víctimas de Violencia de Género.
Abierto criterios precio
91.000,00 91.000,00 21-04-2016 13-05-2016 G84913946 - FUNDACIÓN DE SOLIDARIDAD AMARANTE - ES
Servicios
Servicio de alquiler de los equipamientos de sonido, equipamientos de iluminación, equipamientos de vídeo y elementos auxiliares para la realización de los conciertos en la Plaza Mayor en las Fiestas de Ourense 2016.
Abierto criterios precio
24.793,39 18.999,98 22-06-2016 23-06-2016 333316577L - FERNANDO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ - ES
Servicios Servicio de diseño y producción de carrozas para la Cabalgata de Ruyes 2017
Abierto criterios múltiples
22.314,05 20.100,00 29-12-2016 30-12-2016 B27748904 - CA TOTALITY GROUP, S.L.U. - ES
Servicios
Servicio de la dirección artística (organización y producción de la animación para el desfile) de la Cabalgata de Reyes 2017.
Abierto criterios múltiples
49.586,78 49.537,00 15-12-2016 19-12-2016 B27723758 - ZANCALINO PRODUS, S.L.U. - ES
Servicios
Servicio de instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento y retirada de la iluminación de Navidad 2016-2017.
Abierto criterios múltiples
70.000,00 68.400,00 21-11-2016 22-11-2016 B36351484 - CREACIONES LUMINOSAS, S.L. - ES
Servicios Servicio de Ayuda a domicilio Abierto criterios múltiples
2.786.763,49 20/10/2016 29/12/2016 B85621159 - VALORIZA SERVICIOS A LA DEPENDENCIA S.L.
Servicios Servicio corporativo de telefonía fija, red de datos
Abierto criterios múltiples
362.716,76 03/12/2015 11/01/2016 A15474281 - R CABLE Y TELECOMUNICACIONES GALICIA SA
Servicios Servicios técnicos del Auditorio Municipal
Abierto criterios precio
542.664,20 239.200,00 07/04/2016 03/05/2016 A28517308 - EULEN S.A.
Suministros Suministro de carburante para el Parque Móvil Municipal
Abierto criterios precio
123.966,94 123.966,94 12-05-2016 10-06-2016 A32163842 - ESTACIONES DE SERVICIO PÉREZ RUMBAO, S.A. - ES
Suministros Suministro de papel para el Ayuntamiento de Ourense
Abierto criterios múltiples
27.102,50 27.102,50 03-03-2016 23-03-2016 B32164873 - PAIPEL OR, S.L. - ES
Total 5.133.433,10
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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TRAMITE DE ALEGACIONES
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
79
Con fecha de 17 de julio de 2018 fue aprobado por la Sección de Fiscalización del Consello de
Contas de Galicia el anteproyecto de informe de fiscalización del Ayuntamiento de Ourense
ejercicio 2016, siendo remitido al ayuntamiento con fecha 18 de julio, registrándose su recepción
el día 24 de julio, a los efectos de que, al amparo del artículo 58.a) del reglamento de régimen
interior del Consello de Contas de Galicia, formularan las alegaciones y aportaran la
documentación que estimasen pertinente en el plazo de 15 días hábiles.
Finalizado ese plazo, no se recibió en el registro general del Consello de Contas de Galicia
ninguna alegación.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ourense, ejercicio 2016
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