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INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE AMES
EJERCICIO 2013
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Índice - 1
ÍNDICE
_Toc466015260
I. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................... 1
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE ........................................................................................................1
I.2 LIMITACIONES ......................................................................................................................1
I.3 NORMATIVA REGULADORA..................................................................................................2
II. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO ....................................................................... 5
II.1 INFORMACIÓN GENERAL ....................................................................................................5
II.2 DATOS DE TRAMITACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS .........................................................6
III. CUENTAS ANUALES ................................................................................................. 7
III.1 PRESUPUESTO INICIAL ........................................................................................................7
III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO .......................................................................................9
III.2.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ......................................................9
III.2.2. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS ......................................................12
III.3 RESULTADO PRESUPUESTARIO .........................................................................................15
III.4 REMANENTE DE TESORERÍA .............................................................................................16
III.5 INDICADORES DE LAS MAGNITUDES PRESUPUESTARIAS ..................................................18
III.3 CONTABILIDAD FINANCIERA ............................................................................................19
IV. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ................................................................... 20
IV.1 CONTROL INTERNO ..........................................................................................................20
IV.2 ÁREA CONTABLE-PRESUPUESTARIA .................................................................................23
IV.3 ESTADO DE ENDEUDAMIENTO .........................................................................................27
IV.4 ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA .......................................................................................28
IV.4.1. CAPACIDAD O NECESIDAD DE FINANCIACIÓN ....................................................29
IV.4.2. REGLA DE GASTO ................................................................................................29
IV.4.3. ENDEUDAMIENTO ...............................................................................................30
IV.5. PLAN DE PAGO A PROVEEDORES ....................................................................................31
IV.5.1.PROCEDEMIENTO .................................................................................................32
IV.5.2. IMPORTE FINANCIADO ........................................................................................32
IV.5.3. PLAN DE AJUSTE ..................................................................................................32
IV.6 ÁREA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN ................................................................33
IV.6.1 MARCO ORGANIZATIVO .......................................................................................34
IV.6.2 MARCO OPERACIONAL .........................................................................................34
IV.6.3 PERFIL DEL CONTRATANTE ...................................................................................35
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Índice 2
IV.7 FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ...........................................................................35
IV.7.1. CONTROL INTERNO .............................................................................................36
IV.7.2 CONTRATOS DE OBRAS ........................................................................................37
IV.7.3 CONTRATOS DE SERVICIOS ...................................................................................42
IV.7.4 CONTRATOS DE SUMINISTROS ..............................................................................44
IV.7.5 CONTRATOS DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS ..............................................44
IV.7.6 CONTRATOS MENORES .........................................................................................46
IV.7.7 ANÁLISIS DE LOS REPAROS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN...............................46
IV.8 GASTOS DE PERSONAL .....................................................................................................47
IV.8.1. PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ..........................................................47
IV.8.2. ANÁLISIS DE LA PLANTILLA Y DE LA RPT ..............................................................49
IV.8.3. SELECCIÓN DE PERSONAL ...................................................................................51
IV.8.4. RETRIBUCIONES ...................................................................................................52
V. CONCLUSIONES ...................................................................................................... 54
VI. RECOMENDACIONES ............................................................................................. 59
ANEXOS ...................................................................................................................... 63
TRÁMITE DE ALEGACIONES ........................................................................................ 72
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
5
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1: Fechas de los trámites de rendición de cuentas .............................................................................................. 6
Cuadro 2: Estado de la rendición de ejercicios anteriores ............................................................................................... 7
Cuadro 3: Evolución de las previsiones iniciales de ingresos ........................................................................................... 7
Cuadro 4: Evolución de los créditos iniciales .................................................................................................................. 8
Cuadro 5: Evolución del saldo presupuestario ................................................................................................................ 8
Cuadro 6: Liquidación del presupuesto de ingresos ........................................................................................................ 9
Cuadro 7: Evolución de los ingresos liquidados sobre el ejercicio anterior ....................................................................... 9
Cuadro 8: Evolución de los ingresos liquidados ............................................................................................................ 11
Cuadro 9: Indicadores del presupuesto de ingresos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de
población .................................................................................................................................................................... 11
Cuadro 10: Liquidación del presupuesto de gastos ...................................................................................................... 12
Cuadro 11: Evolución de los gastos liquidados sobre el ejercicio anterior ..................................................................... 12
Cuadro 12: Evolución de los tipos de gasto y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población ........... 13
Cuadro 13: Indicadores del presupuesto de gastos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de
población .................................................................................................................................................................... 14
Cuadro 14: Resultado presupuestario del ejercicio ....................................................................................................... 15
Cuadro 15: Evolución del resultado presupuestario ...................................................................................................... 15
Cuadro 16: Remanente de tesorería del ejercicio actual y anterior ................................................................................ 16
Cuadro 17: Ajustes al remanente de tesorería ............................................................................................................. 17
Cuadro 18: Comparación del Remanente de tesorería para gastos generales ............................................................... 18
Cuadro 19: Indicadores magnitudes presupuestarias ................................................................................................... 18
Cuadro 20: Expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos incursos en causa de nulidad de pleno derecho ..... 23
Cuadro 21: Muestra modificaciones presupuestarias.................................................................................................... 24
Cuadro 22: Dotación para provisiones por insolvencias ................................................................................................ 25
Cuadro 23: Análisis de las previsiones de ingresos ....................................................................................................... 26
Cuadro 24: Expedientes con incidencias por tener el pago domiciliado ......................................................................... 27
Cuadro 25: Estado del endeudamiento ........................................................................................................................ 27
Cuadro 26: Relación de avales concedidos .................................................................................................................. 28
Cuadro 27: Cumplimiento de la regla de gasto ............................................................................................................ 30
Cuadro 28: Cumplimiento del límite de endeudamiento ............................................................................................... 31
Cuadro 29: Contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio ................................................................................. 36
Cuadro 30: Contratos fiscalizados ............................................................................................................................... 37
Cuadro 31: Tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación .............................................................. 39
Cuadro 32: Plazos de ejecución de los contratos y de pago .......................................................................................... 41
Cuadro 33: Contratos de servizos subscritos no ejercicio .............................................................................................. 43
Cuadro 34: Contratos de suministros subscritos en el ejercicio ..................................................................................... 44
Cuadro 35: Contratos de gestión de servicios públicos subscritos en el ejercicio ........................................................... 44
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
7
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1: Importancia relativa de los capítulos de ingresos ......................................................................................... 10
Gráfico 2: Importancia relativa de los capítulos de gasto .............................................................................................. 13
Gráfico 3: Evolución del ahorro bruto y magnitudes vinculadas .................................................................................... 16
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
9
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo I: Seguimiento plan de ajuste. Ingresos. ............................................................................................................ 65
Anexo II Seguimiento plan de ajuste. Gastos. .............................................................................................................. 67
Anexo III Contratos de obras subscritos o formalizados en el ejercicio. ......................................................................... 71
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
11
ABREVIATURAS
AAPP ................................................................................................................. Administraciones públicas. BEO ...................................................................................................... Bases de ejecución del presupuesto. BOE ...................................................................................................................... Boletín oficial del Estado. DOG ....................................................................................................................... Diario oficial de Galicia. DOUE ..................................................................................................... Diario oficial de la Unión Europea. DRN ................................................................................................................ Derechos reconocidos netos. EBEP ......................................................................... Ley 7/2007 del Estatuto básico del empleado público. EELL ............................................................................................................................... Entidades Locales. ENS ...........................................................................................................Esquema Nacional de Seguridad. ICAL ..................................................................................................... Instrucciones de Contabilidad Local. ICIO ........................................................................... Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. ICO ..................................................................................................................... Instituto de crédito oficial. IGAE .......................................................................... Intervención general de la administración del Estado. INE ............................................................................................................ Instituto nacional de estadística. LALG ................................................................................... Ley 5/1997 de Administración Local de Galicia. LCSP ....................................................................................... Ley 30/2007 de contratos del sector público. LMLMOC ............................... Ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. LMMGL ................................................. Ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local. LMRFP ......................................................... Ley 30/1984 de medidas para la reforma de la función pública. LOEOSF ................................. Ley orgánica 2/2012 de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. LOPD ..................................................... Ley orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal. LRBRL ........................................................................ Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local. LRJPAC . Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. LXO .................................................................................................... Ley 47/2003 General presupuestaria. MINHAP ....................................................................... Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. OEOEL .................................................................... Estructura de los presupuestos de las entidades locales. ORN ........................................................................................................... Obligaciones reconocidas netas. PIB .......................................................................................................................... Producto interior bruto. RBEL ................................................................................... Reglamento de bienes de las entidades locales. RD500 ........................................................................................... Real decreto 500/1990 de presupuestos. RDFALHCN .......... Régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. RDL 4/2012 .................... RDL 4/2012 que regula el mecanismo de financiación para el pago a proveedores. RDL 7/2012 ........................ RDL 7/2012 que crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. RDL .................................................................................................................................. Real Decreto Ley. RDLeg ................................................................................................................... Real Decreto Legislativo. RDLMFPP ........................................................ RDL Mecanismo de financiación para el pago a proveedores. RSCL .......................................................................... Reglamento de servicios de las corporaciones locales. RTFAL .................................... Decreto régimen de retribuciones de los funcionarios de administración local. SEC .......................................................................... Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales. TRET ................................................................................. Texto refundido del Estatuto de los trabajadores. TRLCSP .................................................................. Texto refundido de la Ley de contratos del sector público
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
12
TRLFPG ............................................................... Texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia. TRLRFL .......................................................... Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. TRLXEO ...................................................... Texto refundido de la Ley general de estabilidad presupuestaria. TRRL ............................... Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 1
I. INTRODUCCIÓN
I.1 OBJETIVOS Y ALCANCE
De conformidad con lo establecido en la Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de Contas de
Galicia, el Pleno de la Institución, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2014, acordó incluir
en su programa anual de actuaciones para 2015 la realización de una fiscalización de
regularidad del ejercicio 2013 del Ayuntamiento de Ames (A Coruña).
La fiscalización de regularidad contable se realizó sobre las cuentas anuales o estados contables
de la entidad fiscalizada, e incluyo:
- Auditoría de legalidad: revisión del cumplimiento de la normativa aplicable en las áreas de
presupuesto, ingresos de derecho público, personal, contratación de obras, servicios y
suministros.
- Auditoría financiera: conformidad de la Cuenta General con los principios contables y
presupuestarios que son de aplicación.
- Análisis financiera de la situación económica de la entidad.
Los objetivos específicos desarrollados en cada área objeto de análisis consistieron en:
- Verificar si la gestión económico-financeira y presupuestaria se realizó de conformidad con la
normativa de aplicación.
- Comprobar la fiabilidad de los registros contables, verificando el cumplimiento de los
principios y normas establecidos en las instrucciones contables.
- Analizar los procedimientos y las medidas de control interno aplicados por la Entidad en
orden a garantizar una adecuada gestión económico-presupuestaria.
El período temporal de la fiscalización se extendió a aquellos ejercicios (anteriores y posteriores)
que se consideraron necesarios para la consecución de los objetivos previstos.
I.2 LIMITACIONES
El Ayuntamiento prestó la colaboración necesaria para que los trabajos de campo finalizasen en
el plazo establecido por el Consello de Contas de Galicia, aportando toda la documentación
solicitada y que se estimó necesaria para la realización de esta fiscalización.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 2
I.3 NORMATIVA REGULADORA
La normativa reguladora de la materia objeto de fiscalización, se incluye, fundamentalmente, en
las siguientes disposiciones ordenadas por competencia, rango y fechas:
LEGISLACIÓN ESTATAL
- Constitución Española del 27 de diciembre de 1978 (BOE nº 311, del 29 de diciembre).
- Ley 30/1984, del 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública (LMRFP)
(BOE nº 185, del 3 agosto), en los artículos no derogados expresamente por la Ley 7/2007, del
12 de abril, del Estatuto Básico del empleado público.
- Ley 53/1984, del 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas (BOE nº4, del 4 de enero de 1985).
- Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las bases del régimen (BOE nº 80, del 3 de abril).
- Real decreto legislativo 781/1986, del 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº 96, del 24 de abril).
- Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre).
- Real decreto legislativo 1/1995, del 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido del
Estatuto de los trabajadores (BOE nº 75, del 29 de marzo).
- Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones (LGS) (BOE nº 276, del 18 de
noviembre).
- Ley 47/2003, del 26 de noviembre, General presupuestaria (BOE nº 284, del 27 de
noviembre).
- Ley 57/2003, del 16 diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local (BOE nº
301, del 17 de diciembre).
- Real decreto legislativo 2/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley reguladora de las haciendas locales (BOE nº 59, del 9 de marzo).
- Ley orgánica 3/2006, del 26 de mayo, de reforma de la Ley orgánica 5/2001, complementaria
de la ley general de estabilidad presupuestaria (BOE nº 126, del 27 de mayo).
- Ley 7/2007, del 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público (BOE nº 89, del 13 de
abril).
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 3
- Ley 30/2007, del 30 de octubre, de contratos del sector público (BOE nº 261, del 31 de
octubre).
- Real decreto legislativo 2/2007, del 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley general de estabilidad presupuestaria (BOE nº 313, del 31 de diciembre).
- Ley 15/2010, del 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004 (Ley de medidas de lucha
contra la morosidad en las operaciones comerciales), que establece normas sobre la morosidad
de las administraciones públicas y sobre el registro de facturas en las administraciones locales
(BOE nº 163, del 6 de julio).
- Ley 39/2010, del 22 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2011 (BOE nº
311, del 23 de diciembre).
- Real decreto-ley 20/2011, del 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera, para a corrección del déficit público (BOE nº 315, del 31
de diciembre).
- Real decreto legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la ley de contratos del sector público (BOE nº 276, del 16 de noviembre).
- Ley orgánica 2/2012, del 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
(BOE nº 103, del 30 de abril).
- Ley 17/2012, del 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2013 (BOE nº
312, del 28 de diciembre).
- Real decreto-ley 4/2012, del 24 de febrero, que regula el mecanismo de financiación para el
pago a proveedores (BOE nº 48, del 25 de febrero).
- Real decreto-ley 7/2012, del 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de
los pagos a proveedores (BOE nº 60, del 10 de marzo).
- Real decreto-ley 20/2012, del 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad (BOE nº 168, del 14 de julio).
- Real decreto-ley 4/2013, del 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de
estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (2ª fase del mecanismo de pago a
proveedores) (BOE nº 47, del 23 de febrero).
- Real decreto-ley 8/2013, del 26 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las
AAPP y de apoyo a las EELL con problemas financieros (3ª fase mecanismo de pago a
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 4
proveedores) (BOE nº 155, del 29 de junio).
- Decreto del 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de servicios de las
corporaciones locales (BOE nº 196, del 16 de julio).
- Real decreto 861/1986, del 25 de abril, por el que se establece el régimen de retribuciones de
los funcionarios de administración local (BOE nº 106, del 3 de mayo).
- Real decreto 1372/1986, del 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de
las entidades locales (BOE nº 161, del 7 de julio).
- Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales
(ROF), aprobado por el Real decreto 2568/1986, del 28 de noviembre (BOE nº 305, del 22 de
diciembre).
- Reales decretos 1174/1987; 1732/1994 y 834/2003, por los que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
- Real decreto 500/1990, del 20 de abril, por el que se desarrolla, en materia de presupuestos,
el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, antigua Ley reguladora de las haciendas
locales (BOE nº 136, del 7 de junio).
- Real decreto 896/1991, del 7 de julio, sobre procedimientos de selección de funcionarios de
la administración local (BOE nº 142, del 14 de junio).
- Ordenes 4040/2004, 4041/2004 y 4042/2004 del Ministerio de Economía y Hacienda, del 23
de noviembre, por las que se aprueban las Instrucciones de Contabilidad Local (ICAL), modelos
básico, normal y simplificado respectivamente (BOE 296, del 9 de diciembre).
- Real decreto 1463/2007, del 2 noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo
de la Ley 18/2001 del 12.12.2001 de estabilidad presupuestaria, en su aplicación a las entidades
locales (BOE nº 264, del 3 de noviembre).
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3565/2008, del 3 de diciembre de 2008, sobre
estructura de los presupuestos de las entidades locales, (BOE nº 297, del 10 de diciembre).
- Orden HAP/2015/2012, del 1 de octubre, por la que se desarrolla las obligaciones de
suministro de información previstas en la LO 2/2012, de estabilidad presupuestaria.
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
- Estatuto de Autonomía de Galicia - Ley orgánica 1/1981 (BOE nº 101, del 28 de abril; DOG nº
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 5
24, del 1 de octubre).
- Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración Local de Galicia (DOG nº 149, del 5 de
agosto).
- Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de
Galicia (DOG nº 252, del 31 de diciembre).
- Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia (DOG nº 121, del 25 de junio).
- Decreto legislativo 1/2008, del 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de la función pública de Galicia (DOG nº 114, del 13 de junio).
- Decreto 28/1999, del 21 de enero, del Reglamento de disciplina urbanística de Galicia (DOG
nº 32, del 17 de febrero).
- Ley 14/2010, del 27 de diciembre, de Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de
Galicia para el año 2011 (DOG nº 35, 10 de febrero).
LEGISLACIÓN DE CONTROL EXTERNO
- Ley orgánica 2/1982, del 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (BOE nº 121, del 21 de mayo).
- Ley 6/1985, del 24 de junio, del Consello de Contas de Galicia (DOG nº 130, del 9 de julio).
- Reglamento de régimen interior del Consello de Contas de Galicia del 25 de junio de 1992
(DOG nº 138, del 7 de julio).
II. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO
II.1 INFORMACIÓN GENERAL
El ente fiscalizado es el Ayuntamiento de Ames. Está situado en el suroeste de la provincia de A
Coruña y limita con los ayuntamientos de Santiago de Compostela, Val do Dubra, A Baña, Brión
y Teo. Tiene una extensión de 94 km cuadrados y cuenta con 116 entidades de población y 11
parroquias. La población se concentra sobre todo en O Milladoiro, núcleo más poblado, y en
Bertamiráns, capital del ayuntamiento.
Su población era de 29.689 habitantes (INE 1/1/2013) y de 29.975 habitantes (INE 1/1/2014).
En el ejercicio 2013 no tiene organismos autónomos dependientes, ni tampoco entidades
públicas empresariales o sociedades mercantiles. Participa en la Fundación Refugio de Animales.
No participa en Consorcios. Forma parte de la Mancomunidad Comarca de Compostela. No tiene
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 6
entidades de ámbito territorial inferior a ayuntamiento.
La composición de la Corporación resultante de las elecciones de 2011 fue la siguiente: PP: 11
concejales; PSdeG-PSOE: 6 concejales; BNG: 4 concejales. En 2015 los resultados electorales
fueron los siguientes: PP: 4 concejales; PSOE: 4 concejales; Iniciativa Cidadá-Ames Novo: 4
concejales; Contigo Pódese: 3 concejales; Pacto por Ames: 3 concejales; BNG: 2 concejales;
Ciudadanos: 1 concejal. Resultó elegido Alcalde el representante del PSdeG-PSOE.
El presupuesto vigente en 2013 es el presupuesto aprobado para el ejercicio 2012 y que fue
objeto de prórroga. El presupuesto de 2012 había sido aprobado definitivamente el 23 de
octubre de 2012, fecha hasta que estuvo vigente el presupuesto de 2010 prorrogado. El Decreto
3020/12, de prórroga presupuestaria para 2013, motiva la falta de tramitación en el plazo del
presupuesto y describe los ajustes a la baja a realizar sobre el presupuesto que se prorroga, ya
sea por tratarse de créditos destinados a servicios o programas que están acabados antes del
inicio de 2013, o por tratarse de créditos financiados con ingresos específicos o afectados que no
se vayan a percibir en el ejercicio siguiente.
II.2 DATOS DE TRAMITACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
En cuanto a la liquidación y a la aprobación de la cuenta del ejercicio fiscalizado, en el siguiente
cuadro se recogen las fechas más relevantes al respecto:
Cuadro 1: Fechas de los trámites de rendición de cuentas
Trámite Data límite Cumplimiento
Aprobación definitiva del presupuesto 31/12/2012 01/01/2013
Aprobación de la liquidación del Presupuesto 31/03/2014 30/06/2014
Formación de la Cuenta General 01/06/2014 14/08/2014
Informe de la Comisión de Cuentas 01/06/2014 12/09/2014
Presentación de la Cuenta General al Pleno 01/10/2014 19/09/2014
Aprobación plenaria de la Cuenta General 01/10/2014 27/10/2014
Fecha rendición de la Cuenta General 14/10/2014 04/12/2014
En lo que atañe a la rendición de la cuenta, se dio cumplimiento a dicho trámite el 4 de
diciembre de 2014, produciéndose, de esta forma, un retraso con respecto a la fecha límite
establecida para el mismo, que es el 14 de octubre de 2014. Señalar, así mismo, que la cuenta
rendida fue aprobada por el Pleno también en data tardía. Por esta razón fue calificada como
“remitida con defectos leves”.
Con relación a la rendición de las cuentas de los ocho ejercicios anteriores, la situación es la
siguiente:
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 7
Cuadro 2: Estado de la rendición de ejercicios anteriores
Ejercicio Estado rendición Cumplimiento
2006 Rendida fuera de plazo 26/10/2009
2007 Rendida fuera de plazo 20/05/2010
2008 Rendida fuera de plazo 22/09/2010
2009 Con defectos leves fuera de plazo 05/05/2011
2010 Con defectos leves fuera de plazo 30/12/2011
2011 Con defectos leves fuera de plazo 29/12/2012
2012 Con defectos leves fuera de plazo 26/11/2013
2013 Con defectos leves fuera de plazo 04/12/2014
Todas las cuentas presentaban defectos de tramitación y coherencia interna entre estados
contables (excepto la cuenta correspondiente al ejercicio 2006, que presenta exclusivamente
defectos de tramitación), lo cual no impidió su calificación como cuentas rendidas.
III. CUENTAS ANUALES
III.1 PRESUPUESTO INICIAL
El artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (TRLRHL) prevé que si al iniciarse el
ejercicio económico no entrase en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará
automáticamente prorrogado el del ejercicio anterior, con sus créditos iniciales, sin prejuicio de
las modificaciones que se realicen. A tal fin, mediante Decreto 3020/2012, del 28 de diciembre,
se aprueba para el ejercicio 2013 la prórroga de los presupuestos generales del ayuntamiento del
ejercicio 2012, aplicándose un ajuste a la baja sobre el presupuesto inicialmente aprobado por
importe de 3.935.524,53 €.
Las previsiones de ingresos y créditos iniciales del Ayuntamiento de Ames para el ejercicio 2013
ascendieron a 23.576,3 miles de euros y a 19.127,7 miles de euros respectivamente, un 17,06%
inferiores a los del ejercicio anterior. En el siguiente cuadro se presenta la evolución temporal de
las previsiones de ingresos y créditos para gastos en el período 2010-2013, y permite destacar
los siguientes aspectos:
Cuadro 3: Evolución de las previsiones iniciales de ingresos
Previsiones iniciales ingresos 2010 2011 2012 2013
Ingresos Corrientes 22.308.699,11 22.308.699,11 20.617.566,00 20.617.566,00
Ingresos Capital 2.011.763,28 2.011.763,28 1.435.147,47 1.435.147,47
Ingresos no financieros 24.320.462,39 24.320.462,39 22.052.713,47 22.052.713,47
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 8
Previsiones iniciales ingresos 2010 2011 2012 2013
Activos Financieros 0,00 0,00 3.000,00 3.000,00
Pasivos Financieras 4.411.572,63 4.411.572,63 1.520.656,53 1.520.656,53
Ingresos Financieros 4.411.572,63 4.411.572,63 1.523.656,53 1.523.656,53
Total 28.732.035,02 28.732.035,02 23.576.370,00 23.576.370,00
Cuadro 4: Evolución de los créditos iniciales
Créditos iniciales 2010 2011 2012 2013 VARIACIÓN
Gasto Corriente 20.084.557,62 19.325.215,62 19.928.023,63 18.880.749,10 -5,26%
Gasto Capital 8.263.002,26 0,00 2.888.250,00 0,00 -100,00%
Gastos no financieros 28.347.559,88 19.325.215,62 22.816.273,63 18.880.749,10 -17,25%
Activos Financieros 3.000,00 3.000,00 3.000,00 3.000,00 0,00%
Pasivos Financieros 381.475,14 381.475,14 243.952,19 243.952,19 0,00%
Gastos Financieros 384.475,14 384.475,14 246.952,19 246.952,19 0,00%
Total 28.732.035,02 19.709.690,76 23.063.225,82 19.127.701,29 -17,06%
Los presupuestos prorrogados y ajustados prevén una contención del gasto no financiero del
-17,25% respecto del año anterior, repartidos en los capítulos de gastos de personal (-0,50%),
gastos corrientes en bienes y servicios (-8,41%), transferencias corrientes (-4,35%) e inversiones
reales (-100%).
Las previsiones de ingresos se mantienen con respecto a las del ejercicio anterior,
consecuencia de la prórroga del presupuesto.
Conforme a lo establecido en la Ley orgánica 2/2012, del 27 de abril, de estabilidad
presupuestaria y sustentabilidad financiera, a elaboración, aprobación y ejecución de los
presupuestos se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, entendiéndose por tal la
situación de equilibrio o superávit presupuestario en términos de capacidad de financiación. El
examen de estas magnitudes presupuestarias muestra una capacidad de financiación del ejercicio
de 3.171,96 miles de euros, que con la variación de las operaciones financieras en 1.276,70
miles de euros eleva la capacidad de financiación prevista inicialmente a 4.448,67 miles de
euros.
Cuadro 5: Evolución del saldo presupuestario
Concepto 2010 2011 2012 2013
(+) Operaciones no financieras -4.027.097,49 4.995.246,77 -763.560,16 3.171.964,37
(+) Operaciones activos financieros -3.000,00 -3.000,00 0,00 0,00
I. Resultado do ejercicio -4.030.097,49 4.992.246,77 -763.560,16 3.171.964,37
II. Variación neta pasivos financieros 4.030.097,49 4.030.097,49 1.276.704,34 1.276.704,34
Saldo presupuestario del ejercicio (I + II) 0,00 9.022.344,26 513.144,18 4.448.668,71
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 9
III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
III.2.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
La liquidación del Presupuesto de Ingresos se recoge en el siguiente cuadro:
Cuadro 6: Liquidación del presupuesto de ingresos
La evolución de los ingresos liquidados en 2013 con relación al año anterior, así como la
relevancia de cada fuente de financiación sobre el total y los índices de liquidación de las
previsiones definitivas de ingresos y de recaudación de derechos liquidados muestran los
resultados que se reflejan a continuación:
Cuadro 7: Evolución de los ingresos liquidados sobre el ejercicio anterior
Capítulo Derechos
reconocidos Netos 2012
Derechos reconocidos Netos
2013
Importancia relativa de cada
cap (DRN cap/DRN totales)
Variación con relación al año anterior (DRN
2013-DRN 2012)/DRN 2012
Índice de liquidación de derechos (DRN
2013/prev definit)
Índice de recaudación de
derechos (recaudación neta
2013/DRN)
1. Impuestos directos 7.703.348,71 5.823.098,61 29,85% -24,41% 84,36% 100,00%
2. Impuestos indirectos 119.648,54 -45.163,10 -0,23% -137,75% -18,82% 267,47%
3. Tasas y otros ingresos 5.869.715,43 5.806.790,85 29,77% -1,07% 85,80% 81,15%
4. Transferencias corrientes 6.868.456,44 7.270.523,01 37,27% 5,85% 93,59% 93,11%
5. Ingresos patrimoniales 15.089,86 48.376,81 0,25% 220,59% 371,70% 96,27%
6. Enajenación de inversiones reales
0 0 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%
7. Transferencias de capital 546.069,48 598.134,21 3,07% 9,53% 19,60% 100,00%
8. Activos financieros 1.411,14 3.638,70 0,02% 157,86% 0,40% 100,00%
9. Pasivos financieros 1.590.868,69 0 0,00% -100,00% 0,00% 0,00%
TOTAL 22.714.608,29 19.505.399,09 100,00% -14,13% 71,75% 91,42%
C apí tulo
P revisio nes
presupuestarias
iniciales
M o dif icacio nes
de previsio nes
presupuestarias
P revisio nes
presupuestarias
def init ivas
D erecho s
R eco no cido s
D erecho s
A nulado s
D erecho s
R eco no cido s
N eto s 2013
R ecaudació n
N eta
D erecho s
P endientes de
C o bro a 31 de
D iciembre
Exceso / defect
o previsió n
1. Impuestos directos 6.902.984,33 0 6.902.984,33 5.847.007,34 23.908,73 5.823.098,61 5.823.097,69 0,92 -1.079.885,72
2. Impuestos indirectos 240.000,00 0 240.000,00 137.670,84 182.833,94 -45.163,10 -120.796,04 75.632,94 -285.163,10
3. Tasas y otros ingresos 6.459.832,18 308.070,86 6.767.903,04 5.866.549,73 59.758,88 5.806.790,85 4.712.454,84 1.094.336,01 -961.112,19
4. Transferencias
corrientes7.001.734,49 766.482,70 7.768.217,19 7.642.066,00 371.542,99 7.270.523,01 6.769.651,21 500.871,80 -497.694,18
5. Ingresos patrimoniales 13.015,00 0 13.015,00 48.376,81 0 48.376,81 46.573,81 1.803,00 35.361,81
6. Enajenación de
inversiones reales0 0 0 0 0 0 0 0 0
7. Transferencias de
capital1.435.147,47 1.616.672,45 3.051.819,92 598.134,21 0 598.134,21 598.134,21 0 -2.453.685,71
8. Activos financieros 3.000,00 916.345,00 919.345,00 3.638,70 0 3.638,70 3.638,70 0 -915.706,30
9. Pasivos financieros 1.520.656,53 0 1.520.656,53 0 0 0 0 0 -1.520.656,53
T OT A L 23.576.370,00 3.607.571,01 27.183.941,01 20.143.443,63 638.044,54 19.505.399,09 17.832.754,42 1.672.644,67 -7.678.541,92
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 10
Con relación al año anterior se produce una caída destacable en la liquidación de todos los
impuestos, directos e indirectos. Además, no se acude a nuevo endeudamiento.
Gráfico 1: Importancia relativa de los capítulos de ingresos
Los ingresos provienen mayoritariamente de impuestos directos, tasas y otros ingresos y
transferencias corrientes. Hay que destacar en relación al ICIO, impuesto indirecto, que en 2013
se producen devoluciones de ingresos por un importe superior al que se liquida, debido a que
como consecuencia de la crisis hubo obras previstas que no se llegaron a realizar. Polo tanto, no
sólo no hay recaudación neta positiva por este impuesto, si no que se minora la recaudación
total.
El índice de liquidación de derechos, del 71,75%, es bajo comparado con la media de los
ayuntamientos de su mismo tramo de población gallego o estatal (del 82,08% y 84,74%,
respectivamente) y muy inferior también al del propio ayuntamiento en el año anterior. En eso
tiene mucho que ver el hecho de que las previsiones presupuestarias de ingresos en 2013 son
muy superiores a los Derechos reconocidos netos del año anterior, por lo que son claramente
excesivas. El índice de recaudación de los derechos liquidados se sitúa entre la media de Galicia y
la media nacional.
La evolución de las previsiones de ingresos, derechos reconocidos netos e índices de realización y
recaudación de derechos se refleja en el siguiente cuadro:
29,85%
-0,23%
29,77%
37,27%
0,25% 0,00% 3,07%
0,02% 0,00%
-5,00%
0,00%
5,00%
10,00%
15,00%
20,00%
25,00%
30,00%
35,00%
40,00%
1. Impuestosdirectos
2. Impuestosindirectos
3. Tasas yotros ingresos
4.Transferencias
corrientes
5. Ingresospatrimoniales
6.Enajenación
de inversionesreales
7.Transferencias
de capital
8. Activosfinancieros
9. Pasivosfinancieros
Importancia relativa de cada capitulo (DRN cap/DRN totales)
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 11
Cuadro 8: Evolución de los ingresos liquidados
Año Previsiones
presupuestarias definitivas
Derechos reconocidos netos
Recaudación neta
% de realización de derechos
% de recaudación de derechos reconocidos
2010 35.605.013,93 26.300.763,91 23.674.062,20 73,87% 90,01%
2011 37.744.383,77 22.188.745,06 19.159.622,39 58,79% 86,35%
2012 25.313.985,61 22.714.608,29 19.947.827,52 89,73% 87,82%
2013 27.183.941,01 19.505.399,09 17.832.754,42 71,75% 91,42%
Finalmente, el cuadro siguiente recoge los principales indicadores del presupuesto de ingresos
del Ayuntamiento de Ames
Cuadro 9: Indicadores del presupuesto de ingresos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Indicador Ámbito 2010 2011 2012 2013
Ejecución presupuesto ingresos Ames 73,87% 58,79% 89,73% 71,75%
DRN/Previsiones ingresos
Media A Coruña 70,87% 69,23% 83,47% 79,12%
Media Galicia 71,04% 70,90% 88,16% 84,31%
Media nacional 68,32% 71,45% 90,98% 86,46%
Autonomía Ames 64,84% 86,44% 85,70% 90,90%
DRN 1 a 8 /DRN
Media A Coruña 67,17% 78,25% 81,43% 85,95%
Media Galicia 64,58% 75,27% 77,46% 83,44%
Media nacional 64,80% 76,34% 70,35% 82,46%
Autonomía fiscal Ames 41,72% 57,61% 56,01% 55,64%
DRN tributarios/DRN
Media A Coruña 41,32% 47,81% 49,36% 50,94%
Media Galicia 37,75% 43,90% 45,86% 47,58%
Media nacional 41,81% 49,46% 46,35% 53,92%
Índice dependencia subvenciones Ames 19,14% 13,24% 7,30% 9,10%
DRN 4 e 7/DRN
Media A Coruña 28,43% 18,21% 14,35% 12,27%
Media Galicia 31,38% 19,63% 14,57% 12,98%
Media nacional 24,34% 16,02% 11,13% 11,25%
Realización de los cobros Ames 90,01% 86,35% 87,82% 91,42%
Recaudado/DRN
Media A Coruña 91,58% 90,55% 90,69% 92,74%
Media Galicia 91,99% 91,06% 91,50% 93,33%
Media nacional 78,40% 79,36% 82,68% 82,35%
Se observa que el Ayuntamiento de Ames presenta unos índices de ejecución del presupuesto de
ingresos y realización de los cobros inferiores a la media de la provincia y de Galicia. Esta
comparativa indica también que presenta un mejor cociente de autonomía y, por lo tanto, una
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 12
menor dependencia o necesidad de acudir al endeudamiento para financiar sus operaciones. Los
recursos de origen tributario son superiores a la media provincial, autonómica y estatal, y en
consecuencia su dependencia de los recursos procedentes de otras administraciones es menor.
III.2.2. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
La liquidación del Presupuesto de Gastos se refleja en el siguiente cuadro:
Cuadro 10: Liquidación del presupuesto de gastos
La importancia relativa de cada tipo de gasto sobre el total, su evolución con relación al año
anterior y los índices de ejecución y pago de las obligaciones son los siguientes:
Cuadro 11: Evolución de los gastos liquidados sobre el ejercicio anterior
Capítulo Obligaciones reconocidas
2012
Obligaciones reconocidas
2013
Importancia de cada cap: OR
capítulo/total OR
Variación das OR 2013 con relación a las
OR 2012
Índice de ejecución
presupuestaria
Índice de pago das
obligaciones
1 Gastos de personal. 6.815.754,35 7.274.892,47 37,44% 6,74% 98,88% 98,08%
2 Gastos corrientes en bienes y servicios. 10.456.583,00 9.255.339,66 47,63% -11,49% 87,88% 81,14%
3 Gastos financieros. 261.760,29 173.755,34 0,89% -33,62% 98,50% 100,00%
4 Transferencias corrientes. 661.925,89 429.531,13 2,21% -35,11% 43,52% 63,73%
6 Investimentos reales. 1.321.174,29 1.916.261,31 9,86% 45,04% 60,19% 73,49%
7 Transferencias de capital. 6.345,00 0,00 0,00% -100,00% 0,00% 0,00%
8 Activos financieros. 1.800,00 4.287,27 0,02% 138,18% 91,47% 100,00%
9 Pasivos financieros. 244.493,48 378.163,98 1,95% 54,67% 99,79% 100,00%
Total general 19.769.836,30 19.432.231,16 100,00% -1,71% 85,47% 86,88%
Con relación al año anterior se reduce el gasto corriente en bienes y servicios, así como las
transferencias corrientes y se incrementan las inversiones reales y el gasto en personal. Se
incrementa así mismo la amortización de la deuda.
CapítuloCréditos
iniciales
Modificación de
créditos
Créditos
definitivos
Gastos
comprometidos
Obligaciones
reconocidas
2013
Pagos
Obligaciones
pendientes de
pago
Remanentes
de crédito
1 Gastos de persoal. 7.104.238,70 253.074,82 7.357.313,52 7.274.892,47 7.274.892,47 7.135.081,81 139.810,66 82.421,05
2 Gastos correntes en bens e servizos. 10.545.116,92 -13.104,29 10.532.012,63 9.355.352,92 9.255.339,66 7.509.837,55 1.745.502,11 1.276.672,97
3 Gastos financeiros. 296.402,84 -120.000,00 176.402,84 173.755,34 173.755,34 173.755,34 0,00 2.647,50
4 Transferencias correntes. 934.990,64 51.986,92 986.977,56 431.514,23 429.531,13 273.735,47 155.795,66 557.446,43
6 Investimentos reais. 0,00 3.183.636,75 3.183.636,75 2.223.572,23 1.916.261,31 1.408.287,26 507.974,05 1.267.375,44
7 Transferencias de capital. 0,00 115.289,54 115.289,54 0,00 0,00 0,00 0,00 115.289,54
8 Activos financeiros. 3.000,00 1.687,27 4.687,27 4.287,27 4.287,27 4.287,27 0,00 400,00
9 Pasivos financeiros. 243.952,19 135.000,00 378.952,19 378.163,98 378.163,98 378.163,98 0,00 788,21
Total general 19.127.701,29 3.607.571,01 22.735.272,30 19.841.538,44 19.432.231,16 16.883.148,68 2.549.082,48 3.303.041,14
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 13
El índice de ejecución del presupuesto es superior a las medias de Galicia y del Estado y el índice
de pago de obligaciones es algo inferior, pero con una diferencia no superior a 5 puntos
porcentuales en ambos casos.
Gráfico 2: Importancia relativa de los capítulos de gasto
Si analizamos la composición del gasto y lo comparamos con los restantes ayuntamientos del
mismo tramo de población, resulta lo siguiente:
Cuadro 12: Evolución de los tipos de gasto y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Tipo de gasto Nivel 2010 2011 2012 2013
Gastos de funcionamiento
Estado 61,09% 67,03% 70,94% 71,98%
Galicia 64,23% 67,35% 75,14% 72,63%
Ames 79,00% 75,56% 87,37% 85,07%
Transferencias e subvenciones
Estado 8,72% 8,93% 9,20% 9,21%
Galicia 5,24% 5,58% 5,37% 6,15%
Ames 3,48% 3,83% 3,38% 2,21%
Investimentos reales
Estado 23,26% 16,76% 9,49% 7,54%
Galicia 26,32% 21,80% 12,45% 13,74%
Ames 16,23% 14,61% 6,68% 9,86%
Operaciones financieras
Estado 6,94% 7,27% 10,37% 11,28%
Galicia 4,21% 5,27% 7,03% 7,48%
Ames 1,29% 6,00% 2,57% 2,86%
Un 85,07% de los gastos totales son gastos de funcionamiento (personal y gasto corriente en
bienes y servicios), porcentaje muy superior a la media de Galicia y estatal. El gastos en
transferencias y subvenciones (del 2,21% del total), así como en operaciones financieras (del
2,86%), son inferiores a las medias de referencia.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 14
El análisis del ritmo de ejecución mensual de las obligaciones reconocidas a lo largo del año
permite concluir que el mismo no es uniforme, destacando el hecho de que un 24,09% del total
de obligaciones se reconocen en el mes de diciembre.
Finalmente, el cuadro siguiente recoge los principales indicadores del presupuesto de gastos del
Ayuntamiento de Ames:
Cuadro 13: Indicadores del presupuesto de gastos. Evolución y comparación con ayuntamientos en el mismo tramo de población
Indicador Ámbito 2010 2011 2012 2013
Ejecución presupuesto gastos Ames 66,34% 84,27% 79,71% 85,47%
ORN/Créditos definitivos
Media A Coruña 69,96% 77,01% 75,73% 79,20%
Media Galicia 72,09% 79,34% 78,22% 82,81%
Media nacional 68,98% 75,17% 75,74% 79,29%
Índice gastos personal Ames 44,06% 36,90% 33,12% 38,48%
ORN Capitulo 1/DRN 1 al 5
Media A Coruña 37,13% 35,39% 30,40% 32,39%
Media Galicia 42,98% 40,86% 34,95% 35,99%
Media nacional 41,59% 41,79% 36,81% 36,22%
Esfuerzo inversor Ames 16,47% 14,70% 6,71% 9,86%
ORN Capítulo 6 y 7/ORN
Media A Coruña 26,25% 21,58% 14,21% 13,97%
Media Galicia 25,95% 20,83% 13,08% 14,65%
Media nacional 22,33% 16,19% 9,50% 7,91%
Carga financiera ejercicio Ames 1,63% 6,95% 2,46% 2,92%
ORN Capítulos 3 y 9/DRN 1 al 5
Media A Coruña 4,73% 5,49% 5,91% 6,66%
Media Galicia 5,47% 5,95% 7,15% 7,56%
Media nacional 7,94% 7,60% 9,44% 9,92%
Realización de los pagos Ames 86,53% 79,93% 81,30% 86,88%
Pagos líquidos/ORN
Media A Coruña 87,25% 88,13% 86,41% 90,56%
Media Galicia 85,16% 86,43% 88,00% 90,60%
Media nacional 76,53% 76,71% 82,29% 85,47%
El Ayuntamiento de Ames presenta una porcentaje de ejecución del presupuesto de gastos
superior a todas las medias consideradas; sin embargo su porcentaje de realización de los pagos
es inferior a la media provincial, autonómica y nacional. El gasto de personal supone un
porcentaje de los ingresos corrientes superior a las medias de Galicia (provincial y autonómica),
aunque es más baja que la media nacional. Y, como consecuencia, el esfuerzo inversor es inferior
a las medias de Galicia, pero superior a la media nacional. Finalmente, la carga financiera del
ejercicio es muy inferior a todas las medias consideradas en esta comparativa.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 15
III.3 RESULTADO PRESUPUESTARIO
El resultado presupuestario que consta en la Cuenta General presentada y cuyas cifras coinciden
con la liquidación, es lo siguiente:
Cuadro 14: Resultado presupuestario del ejercicio
Conceptos DRN ORN AXUSTES Resultado
presupuestario
a. Operaciones corrientes 18.903.626,18 17.133.518,60 0,00 1.770.107,58
b. Otras operaciones no financieras 598.134,21 1.916.261,31 0,00 -1.318.127,10
I. Total operaciones no financieras (a+b) 19.501.760,39 19.049.779,91 0,00 451.980,48
II. Activos financieros 3.638,70 4.287,27 0,00 -648,57
III. Pasivos financieros 0,00 378.163,98 0,00 -378.163,98
RDO. PRESUPUESTARIO EJERCICIO (I+II+III) 19.505.399,09 19.432.231,16 0,00 73.167,93
IV. Créditos gastados financiados con remanentes de tesorería para gastos generales
0,00 0,00 0,00 0,00
V. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 0,00 0,00 1.536.900,31 1.536.900,31
VIN. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 0,00 0,00 691.132,93 691.132,93
RDO. PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II+III+IV+V+VII)
19.505.399,09 19.432.231,16 845.767,38 918.935,31
Se debe tener en cuenta la evolución del saldo de la cuenta 413 (acreedores por operaciones
pendientes de aplicar a presupuesto) que se incrementa en 97,93 miles de euros durante el año
2013. Por lo tanto, el resultado presupuestario real debería minorarse en esa cuantía.
Su evolución en los últimos años se recoge a continuación:
Cuadro 15: Evolución del resultado presupuestario
CONCEPTO 2010 2011 2012 2013
a. Ahorro Bruto (saldo de operaciones corrientes) -1.021.811,29 1.415.941,72 2.380.235,45 1.770.107,58
b. Otras operaciones no financieras -307.500,58 -2.309.257,55 -781.449,81 -1.318.127,10
Superávit/Déficit no financiero (Total operaciones no financieras (a+b)) -1.329.311,87 -893.315,83 1.598.785,64 451.980,48
II. Activos financieros 0,00 0,00 -388,86 -648,57
III. Variación neta de endeudamiento (Pasivos financieros) 4.009.276,30 -1.122.866,82 1.346.375,21 -378.163,98
RDO. PRESUPUESTARIO. EJERCICIO (I+II+III) 2.679.964,43 -2.016.182,65 2.944.771,99 73.167,93
IV. Créditos gastados financiados con remanentes de tesorería para gastos generales 0,00 0,00 0,00 0,00
V. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 1.199.727,87 2.122.956,40 645.980,79 1.536.900,31
VII. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 4.077.984,18 466.526,84 360.050,56 691.132,93
(RDO. PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II+III+IV+V+VII))
-198.291,88 -359.753,09 3.230.702,22 918.935,31
Ahorro Bruto
El ahorro bruto representa el importe que resulta de descontar los gastos corrientes de los
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 16
ingresos corrientes (capítulos 1 a 5 en ambos casos), pudiendo destinarse al financiamiento de
otro tipo de gasto.
En este ejercicio, se dedica a financiar parte de las inversiones reales (capítulo 6) y a la
amortización de préstamos (capítulo 9). En definitiva, y como se refleja en los dos cuadros
anteriores, hay un superávit no financiero de 451,98 miles de euros, que se emplea en la
reducción del endeudamiento por 378,16 miles de euros. El saldo positivo resultante, unido a las
desviaciones de financiación, da como resultado una capacidad de financiación de 918,94 miles
de euros.
Gráfico 3: Evolución do ahorro bruto y magnitudes vinculadas
III.4. REMANENTE DE TESORERÍA
El remanente de tesorería declarado que figura en la Cuenta General presentada y que incluye lo
relativo a 2012 y 2013 es el siguiente:
Cuadro 16: Remanente de tesorería del ejercicio actual y anterior
Concepto 2012 2013
Fondos líquidos 2.528.038,23 1.339.858,60
Derechos pendientes de cobro 8.528.099,12 8.327.456,96
(+) Del presupuesto corriente 2.766.780,77 1.672.644,67
(+) De presupuestos cerrados 6.620.716,66 7.587.731,80
(+) De operaciones no presupuestarias 153.341,51 122.674,00
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 17
Concepto 2012 2013
(-) Cobros pendientes de aplicación definitiva 1.012.739,82 1.055.593,51
7 3. Obligaciones pendientes de pago 6.890.149,34 5.480.275,47
(+) Del presupuesto corriente 3.696.738,04 2.549.082,48
(+) De presupuestos cerrados 2.915.878,04 2.679.474,98
(+) De operaciones no presupuestarias 367.937,69 371.091,01
(-) Pagos pendientes de aplicación definitiva 90.404,43 119.373,00
I. Remanente de tesorería total (1+2-3) 4.165.988,01 4.187.040,09
II. Saldos de dudoso cobro 2.651.235,67 3.176.971,06
III. Exceso de financiación afectada 1.324.726,59 955.779,92
IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I – II – III) 190.025,75 54.289,11
Se debe incrementar la partida de “fondos líquidos” en 200 € en 2012 y en 2.700 € en 2013,
cuantías que figuraban respectivamente en las cuentas 5741 y 5751 y no se incluyeron en la
cuantía de fondos líquidos declarada.
Además, se debería tener en cuenta que hay obligaciones pendientes de imputar al presupuesto
por importe de 404,27 miles de euros, de los cuales, según la información que figura en la
Memoria, están pagos 91,10 miles de euros. Por lo tanto, el remanente de tesorería real sería
inferior al declarado en 313,17 miles de euros.
Por último, tal como se analiza en el epígrafe correspondiente de este informe, o importe de los
saldos de dudoso cobro se debería incrementar en 44,98 miles de euros lo que produciría una
reducción de idéntica cuantía en el importe del remanente de tesorería.
Cuadro 17: Ajustes al remanente de tesorería
Ajustes en el cálculo do remanente de tesorería Remanente de tesorería para gastos generales declarado 54.289,11
Incremento por inclusión de saldo cuenta 575.1 200,00
Reducción por aumento saldo deudores dudoso cobro -44.984,94
Reducción por saldo cuenta 413 (exceptuando cantidades pagas) -313.173,34
Remanente de tesorería para gastos generales en los ajustes -303.669,17
Por tanto el remanente de tesorería del ejercicio 2013 sería negativo, lo que lleva la aplicación
del artículo 193 del TRLHL, que obliga a adoptar medidas de reducción de gastos en el nuevo
presupuesto por cuantía igual al déficit producido, financiación del mismo mediante operación de
crédito siempre que se cumplan las condiciones exigidas, o ejecución del nuevo presupuesto con
superávit igual al déficit anterior.
Por último, la comparación del remanente de tesorería para gastos generales de Ames con el
resto de ayuntamientos de su mismo tramo de población en el ámbito de Galicia y del Estado,
pone de manifiesto que, como se refleja en el siguiente cuadro, es muy inferior a la media de los
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 18
mismos.
Cuadro 18: Comparación do Remanente de tesorería para gastos generales
Remanente de tesorería para gastos generales de ayuntamientos entre 20.001 y 50.000 habitantes Importe medio
Estado 2.543.448,16
Galicia 2.357.706,19
Ames 54.289,11
III.5. INDICADORES DE LAS MAGNITUDES PRESUPUESTARIAS
En relación al resultado presupuestario y al remanente de tesorería, se calcularon los siguientes
indicadores:
Cuadro 19: Indicadores magnitudes presupuestarias
Indicador Ámbito 2010 2011 2012 2013
Índice de ahorro bruto Ames -5,52% 6,79% 11,57% 9,36%
(DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397-ORN cap 1 a 4)*100/DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397
Media A Coruña 6,84% 10,75% 14,72% 14,92%
Media Galicia 5,92% 9,08% 13,98% 15,43%
Media nacional 6,59% 8,26% 13,52% 17,68%
Índice de ahorro bruto no financiero Ames -5,00% 8,01% 12,84% 10,28%
(DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397-ORN cap 1,2 y 4)*100/DRN cap 1 a 5 excepto 35, 396 y 397
Media A Coruña 7,59% 11,70% 15,85% 16,03%
Media Galicia 6,71% 10,16% 15,39% 17,08%
Media nacional 8,09% 10,19% 16,17% 20,46%
Superávit/déficit por habitante Ames -7,11 -12,47 110,15 30,95
Resultado presupuestario ajustado/Nº de habitantes
Media A Coruña 53,48 80,79 105,60 64,90
Media Galicia 21,61 48,14 100,79 63,21
Media nacional 21,81 44,27 231,11 113,88
Contribución del presupuesto al remanente de tesorería Ames 0,22 0,17 17,00 16,93
Resultado presupuestario ajustado/Remanente de tesorería para gastos generales
Media A Coruña 5,82 0,81 3,02 2,60
Media Galicia 3,60 0,87 1,71 1,66
Media nacional 1,75 2,60 1,63 1,22
Remanente por ingresos corrientes Ames -0,11 -0,17 -0,01 -0,02
(Remanente de tesorería para gastos generales-saldo 413)/DRN (cap 1 a 5, excepto 35,396 y 397)
Media A Coruña 0,09 0,05 0,19 0,19
Media Galicia -0,11 -0,15 0,04 0,07
Media nacional -0,14 -0,17 0,04 0,06
Índice de deudores de dudoso cobro Ames 32,88% 31,78% 31,09% 38,15%
Saldos de dudoso cobro*100/Deudores pendientes de cobro
Media A Coruña -166,60% 52,07% 39,24% 43,40%
Media Galicia -61,76% 55,38% 48,20% 60,19%
Media nacional 16,15% 25,30% 32,54% 41,35%
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 19
Como se deduce de los indicadores calculados, los índices de ahorro bruto y ahorro bruto no
financiero son muy inferiores a las medias de la misma provincia, Comunidad autónoma y
Estado. Lo mismo ocurre con el superávit/déficit por habitante.
Por otra parte, el remanente de tesorería, que refleja la liquidez de la entidad, es muy inferior al
resultado presupuestario ajustado, que sigue criterios de devengo de ingresos y gastos, lo que da
lugar a que el indicador de contribución del presupuesto al remanente de tesorería sea muy
superior a las medias de referencia. El remanente por ingresos corrientes es negativo, a diferencia
del relativo a la provincia, Comunidad autónoma y Estado, que es positivo.
Por último, el índice de deudores de dudoso cobro, que refleja el porcentaje que representan los
deudores de dudoso cobro sobre el total de deudores pendientes de cobro, resulta inferior en 3 y
5 puntos porcentuales, respectivamente, a las medias de la provincia y del Estado, y muy inferior
a la media de Galicia, donde este índice presenta valores muy elevados.
III.3 CONTABILIDAD FINANCIERA
El Concello tiene implantado el modelo normal de la Instrucción de Contabilidad para Entidades
Locales (ICALN), aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda del 23 de
noviembre del 2004.
Las cuentas anuales comprenden el Balance, la Cuenta de resultado económico-patrimonial, el
Estado de liquidación del presupuesto y la Memoria.
El Ayuntamiento de Ames remite al Consello de Contas el libro diario de contabilidad financiera y
a partir del mismo se elaboran los estados contables, que coinciden con los enviados.
Se realiza así mismo una comparativa de los datos de la contabilidad financiera con los que
figuran en la contabilidad presupuestaria, que coinciden.
Sin embargo, en su aplicación efectiva se detectaron las siguientes debilidades:
Inventario
No se dispone de un inventario de bienes completo y actualizado, por lo que se incumple lo
dispuesto en el artículo 86 del TRRL y 17 y siguientes concordantes del Reglamento de bienes de
las Entidades Locales, aprobado por RD 1372/1986, del 13 de junio. Aunque fue aprobado por el
pleno el día 3 de abril de 1997, no está actualizado y no incluye todos los bienes de la entidad,
que por lo tanto no están correctamente contabilizados ni son objeto de amortización. Además,
la mayoría de los bienes no están registrados en el Registro de la Propiedad, como establece el
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 20
artículo 36 del Reglamento de Bienes de las entidades locales, con la excepción de los bienes de
cesión obligatoria de los ámbitos urbanísticos desarrollados mediante iniciativa privada.
Antigüedad de saldos
En relación a los saldos pendientes, tanto de derechos pendientes de cobro como de obligaciones
pendientes de pago, no se realizan depuraciones de saldos de manera periódica, lo que da lugar
a que permanezcan contabilizados saldos muy antiguos. Así, figuran derechos pendientes de
cobro contabilizados desde el año 1989, y el importe de los correspondientes a 2009 y anteriores
asciende a la cantidad de 3.888,10 miles de euros. E igualmente figuran obligaciones pendientes
de pago contabilizadas desde el año 1996, ascendiendo a 1.446,05 miles el importe de las
relativas a 2009 y anteriores.
Provisión para insolvencias
La provisión por insolvencias, relativa a los saldos de dudoso cobro de los Derechos reconocidos
y no recaudados de ejercicios anteriores, sigue una regla más estricta que la contenida en el
artículo 193.bis del TRLRHL, precepto que fue introducido en esta ley por la Ley 27/2013, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, de aplicación para el 2014. El criterio,
que se recoge en las bases de ejecución del presupuesto consiste en dotar un 30% para derechos
con antigüedad de más de 1 año, 50% para los de más de 2; 75% para los de más de 3 e 100
% para os de más de 4.
Deudas sin contabilizar
Existen operaciones pendientes de aplicar al presupuesto recogidas en la cuenta 413, acreedores
pendientes de aplicar al presupuesto, con un saldo de 404,27 miles de euros, que se
incrementan en 2013 con relación al saldo de 306,34 miles de euros pendientes al cierre del
ejercicio 2012.
IV. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
IV.1 CONTROL INTERNO
La función de control y fiscalización interna comprende tres tipos de actividades: la función
interventora, la función de control financiero y la función de control de eficacia. Así resulta de la
normativa existente al respecto, tanto la general como la propia de la Administración Local
(artículos 213 y siguientes del TRLRHL y en el RDFHCN).
De conformidad con lo dispuesto en el punto 49 Conocimiento del sistema de control interno y
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 21
del entorno de control de la norma ISSAI-ES-400 “Principios fundamentales de la fiscalización de
Cumplimiento”, los auditores deben conocer el entorno de control y el sistema de control interno
implantado y considerar si es posible garantizar su funcionamiento.
En consecuencia, se analizó la función de control y fiscalización interna, en su triple acepción de
función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia, regulada en
los artículos 213 y siguientes del TRLRHL y en el RDFHCN.
En lo que respecta a la función interventora, se evaluó como se efectúa la fiscalización previa de
todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos y obligaciones de contenido
económico. En este sentido se destaca:
1. La fiscalización previa se está sustituyendo por una fiscalización limitada. No se realiza la
fiscalización plena posterior sobre una muestra, contemplada en el art. 219.3 del TRLRHL, fecho
que se trata de paliar ampliando en la BEP nº 35 las cuestiones que deben ser objeto de
comprobación con relación a los apartados a) y b) del art. 219.2 del TRLHL.
2. No existen manuales de procedimientos relacionados con el control interno que definan de
manera clara los trámites a seguir en cada una de las tareas desarrolladas, ni existen normas
escritas sobre el archivo de documentos, su accesibilidad y protección segura.
3. No se requiere al órgano gestor si transcurrido un mes desde la anotación de la factura o
documento equivalente en el registro no tramitó el expediente de reconocimiento de la
obligación, tal como exige el artículo 5 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de lucha contra la
morosidad. Además, la entidad manifiesta que en 2013 no existía ningún procedimiento de
control que permitiese detectar operaciones no registradas, pero si se tiene adoptado un
procedimiento en la actualidad, aunque no se describe su funcionamiento.
4. No existe un plan de disposición de fondos de la tesorería, al que se refiere el artículo 187
del TRLRHL, cuando establece que la expedición de las órdenes de pago se acomodaran al plan
de disposición de fondos, que en todo caso deberá recoger la prioridad de los gastos de personal
y de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.
5. No hay constancia de que lleven a cabo actuaciones de control financiero ni de control de
eficacia, para lo que el Concello debería tener definidos unos objetivos previos que permitan
verificar la eficacia, eficiencia y economía en la prestación de los servicios públicos.
Todas estas cuestiones, junto con la consideración del elevado número de informes que se
realizan en este ayuntamiento y del continuo crecimiento de su población, inciden en la
necesidad de más medios humanos que puedan apoyar al interventor en las tareas de
fiscalización.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 22
Durante el ejercicio 2013 se formularon un total de 31 reparos de legalidad sobre determinados
aspectos de la actividad económico-financeira municipal. Además, se aprobaron un total de 46
expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos, de los que 44 fueron aprobados por el
Presidente, por una cuantía total de 782.787,28 euros, y dos por el Pleno, por una cuantía de
108.899,55 euros. Por lo tanto, la cuantía total de estos expedientes aprobada en el ejercicio
ascendió a 891.686,83 euros, lo que representa un 4,59 por ciento sobre las obligaciones
reconocidas netas del ejercicio.
Los artículos 173.5 y 176 del TRLHL impiden, de un lado, hacer frente a los compromisos de
gastos adquiridos sin consignación presupuestaria por ser nulos de pleno derecho y, de otra,
prohíben como regla general que al presupuesto de un ejercicio se imputen obligaciones
derivadas de prestaciones realizadas en el ejercicio anterior. Dada esta situación, y para evitar el
enriquecimiento injusto de la Administración, el artículo 60.2 RD 500/1990 establece que
corresponde al Pleno la competencia para el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre
que no exista dotación presupuestaria, y el 26.2 c) del mismo texto reglamentario permite que se
imputen al presupuesto vigente las obligaciones derivadas de los reconocimientos extrajudiciales.
El reconocimiento extrajudicial es una figura excepcional que debería utilizarse en casos muy
concretos para dar solución a aspectos muy puntuales, y nunca como un medio elusivo para el
incumplimiento de la normativa de contratación. Así, en aquellos supuestos en que la causa
subyacente del reconocimiento extrajudicial de créditos sea una nulidad de pleno derecho
(artículo 29 TRLCSP y 62 Ley 30/1992), el procedimiento a seguir para regularizar la situación
creada se establece en el artículo 34 del TRLCSP, que señala que la revisión de oficio de los actos
preparatorios y de adjudicación de los contratos se tiene que llevar a cabo de conformidad con lo
establecido en la Ley 30/1992. Los supuestos de nulidad en materia de contratación surgen
cuando los contratos se adjudican de manera verbal o cuando sus actos de preparación o
adjudicación son inválidos (ausencia de crédito presupuestario, ausencia de procedimiento,
contratación con personas incapaces o incursas en prohibición de contratar). En el apartado IV.7
referido a la fiscalización de la contratación se analiza el alcance de los reconocimientos
extrajudiciales en materia de contratación.
Se analizaron los 46 expedientes, resultando que en los siguientes 17 expedientes, aprobados
todos ellos por el Presidente de la entidad local, se aprecia la existencia de una causa de nulidad
de pleno derecho, por lo que el abono de estas facturas se deberá iniciar con la tramitación de
un procedimiento de revisión de oficio contemplado en el artículo 102 de la LRGPAC.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 23
Cuadro 20: Expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos incursos en causa de nulidad de pleno derecho
Motivo posible nulidad Data
Factura Concepto Cuantías
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Productos alimentación comedores escolares 1.674,08
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Productos alimentación comedores escolares 788,16
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Alquiler vehículos brigada de obras 1.512,50
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Alquiler vehículos varios Concello 1.999,29
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Servicio transporte adaptado 8.160,90
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Limpieza centros de enseñanza y otras dependencia municipales
22.185,37
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Productos alimentación comedores escolares 59,13
Supera límite contrato menor; contratación verbal; Supera límite 4 anos
Diciembre 2012 Servicios piscina municipal. Programa Sanauga
882,74
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Gestión personal taller de empleo 1.588,97
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Servicio telefonía 3.631,88
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Servicio telefonía 335,56
Supera límite contrato menor; contratación verbal. Diciembre 2012 Limpieza diversas dependencias municipales 4.193,07
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Servicio de mantenimiento de parques y jardines
5.445,00
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Confección nóminas dec-2012 1.994,32
Supera límite contrato menor; contratación verbal Noviembre- diciembre 2012
Servicios telefonía, suministros, comedores escolares, limpieza dependencias municipales
7.778,22
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Limpieza diversas dependencias municipales 100,68
Supera límite contrato menor; contratación verbal Diciembre 2012 Limpieza diversas dependencias municipales 77,65
TOTAL 62.407,52
Se debe tener en cuenta que en este apartado sólo se recogen los pagos hechos a terceros
mediante el procedimiento de reconocimiento extrajudicial, por lo que pueden existir más
supuestos que incurran en estas mismas irregularidades pero que fuesen pagados por el
procedimiento ordinario.
IV.2 ÁREA CONTABLE-PRESUPUESTARIA
1. Se revisó la integridad de la información económico financiera facilitada por el
Ayuntamiento de Ames, con el siguiente resultado:
- Los datos que figuran en la liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos concilian
con los que figuran en los decretos de aprobación del presupuesto.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 24
- Las modificación presupuestarias tanto de gastos como de ingresos, ascienden al mismo
importe de 3.607,57 miles de euros, manteniéndose por lo tanto el equilibrio
presupuestario.
- En la BEP nº10 se establece la vinculación jurídica de los créditos con carácter general a
nivel de política de gasto (2 dígitos), dentro de la clasificación por programas y la nivel de
capítulo (1 dígito), dentro de la clasificación económica. En todas ellas se cumple
correctamente esta vinculación.
- Tanto el Balance como la cuenta de resultado económico-patrimonial reconstruidos a
partir del balance de comprobación concilian con los estados que figuran en la cuenta
general rendida por el ayuntamiento. Los estados contables se deducen de los datos de la
contabilidad presupuestaria, en función de las tablas de equivalencias entre la contabilidad
presupuestaria y financiera de la entidad.
2. Se procedió a la revisión de los reconocimientos de ingresos que financian modificaciones
presupuestarias, con el fin de evaluar el riesgo por estimaciones contables inadecuadas. Del
importe total de modificaciones presupuestarias de 3.607,57 miles de euros, se seleccionó una
muestra aleatoria de 9 operaciones por importe total de 1.764,24 miles de (48,90% del total).
Cuadro 21: Muestra modificaciones presupuestarias
Nº Partida Descripción Importe
1 39710 Otros ingresos de aprovechamiento urbanístico 91.883,95
2 75080 Otras transferencias Administración General CCAA 36.952,51
3 76104 Ingresos convenio Diputación inversiones 2012-1 387.065,66
4 76105 Ingresos convenio Diputación inversiones 2012-2 200.000,00
5 76110 Ingreso Infr. Equipo dip. Bertamiráns/Milladoiro 9.946,57
6 76111 Ingreso convenio Diputación adquisición tractor 78.400,00
7 42000 Participación tributos del Estado 392.409,80
8 76106 Plan de Obras y Servicios 2012 226.812,14
9 76113 Plan de Obras y Servicios 2013 340.772,03
Total 1.764.242,66
De la documentación aportada resultan las siguientes incidencias en 4 operaciones:
- Operación nº 1 de la muestra: corresponde a la aprobación definitiva del proyecto de
equidistribución del ámbito APE P.B7-04 “Riego de los pasos Sur II”, por lo que el
ayuntamiento debe percibir 266.002,32 euros que figuran en el presupuesto, divididos
entre las previsiones iniciales (162.702,18 euros) y las modificaciones de crédito
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 25
(91.833.95 euros). En la fecha de realización del informe no se percibió ninguna
cantidad.
- Operaciones 3, 4 y 8 de la muestra, ingresos por convenios con la Diputación. Se
constata que los conceptos presupuestarios en los que se contabilizan los ingresos están
formalmente duplicados. Al prorrogarse el presupuesto, por aplicación del artículo 21 del
RD 500/90 las partidas que financian gastos de capital fueron ajustadas a la baja, sin
que este ajuste afecte a las previsiones de ingreso correspondientes. La continuidad del
expediente en el ejercicio 2013 obliga a la incorporación del crédito correspondiente.
Esto provoca que el ingreso esté formalmente duplicado, pero no el gasto financiado,
que es el mismo.
3. Se analizó igualmente la posibilidad de dotaciones a provisiones inexistentes o incorrectas,
verificando la antigüedad de los derechos pendientes de cobro y el importe da provisión contable
y de la minoración en el estado del Remanente de Tesorería.
- Comprobado el cálculo de las dotaciones de la provisión por insolvencias según los
criterios de cálculo establecidos en la BEP nº 37, y contrastado el mismo con el
contenido del Decreto 2625/2015, en el que se acuerda la compensación de los
derechos pendientes de cobro y de las obligaciones pendientes de pago de ejercicios
anteriores a favor de la empresa Espina y Delfín, a la que corresponden la mayoría de los
saldos pendientes (y que solicitó la compensación en fecha 05/05/2011), resulta una
dotación de 3.221,96 miles de euros, existiendo pues un déficit en la dotación de 44,98
miles de euros.
Cuadro 22: Dotación para provisiones por insolvencias
DRN por ejercicio
DRN ptes de cobro a
31/12/2013 (1)
% (2)
DRN a compensar
(3)
ORN a compensar
(4)
Ingreso de 5/5/2011
Diferencia (5)=(1)-(3)-(4)
Dotación (2)*(5)
DRN 2009 y anteriores 3.888.103,88 100,00% 1.735.574,81 1.735.574,81 2.152.529,07 2.152.529,07
DRN 2010 1.140.903,89 75,00% 879.210,34 707.633,88 171.576,46 261.693,55 196.270,16
DRN 2011 1.376.731,80 50,00% 863.890,37 339.613,60 1.037.118,20 518.559,10
DRN 2012 1.181.992,23 30,00% 308.108,74 1.181.992,23 354.597,67
Total 7.587.731,80
3.786.784,26 2.443.208,69 511.190,06 5.144.523,11 3.221.956,00
4. Se procedió a la valoración del posible riesgo de estimaciones presupuestarias de ingresos
excesivas o no realistas, que dan lugar a la ejecución excesiva de gasto y cierre en déficit.
- De la comparación a nivel de concepto de ingreso entre los derechos reconocidos netos en
el ejercicio 2012, las previsiones iniciales y definitivas de los mismos en el ejercicio 2013 y
el grado de ejecución de los mismos, resultan los siguientes conceptos de ingresos en los
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 26
que las previsiones iniciales son excesivas en relación al ejercicio 2012 o, sin ser excesivas,
tienen un grado de ejecución muy bajo.
Cuadro 23: Análisis de las previsiones de ingresos
Concepto DRN 2012 (1)
Previsiones iniciales
2013 (2)
(2)/(1)
Previsiones Definitivas
2013 (3)
DRN 2013 (4)
(4)/(3)
290 Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. 119.648,54 240.000,00 200,59% 240.000,00 -45.163,10 -18,82%
302 Servicio de recogida de basura. 1.590.265,31 2.100.000,00 132,05% 2.100.000,00 1.650.799,52 78,61%
332 Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial por empresas explotadoras de servicios 193.112,12 270.000,00 139,82% 270.000,00 162.211,90 60,08%
339 Otras tasas por utilización privativa del dominio público. 37.060,63 38.200,00 103,07% 38.200,00 25.027,25 65,52%
392 Recargas del período executivo. 86.046,37 48.000,00 55,78% 48.000,00 15.787,58 32,89%
397 Aprovechamientos urbanísticos. 0,00 162.702,18 --- 254.586,13 0,00 0,00%
398 Indemnizaciones de seguros de no vida. 3.725,00 10.000,00 268,46% 10.000,00 3.895,51 38,96%
399 Otros ingresos diversos. 167.831,83 223.000,00 132,87% 283.000,00 8.536,59 3,02%
453 Transf. de organismos públicos dependientes 6.158,83 7.773,84 126,22% 7.773,84 0,00 0,00%
461 Transf. Corriente de Diputación. 487.795,81 735.628,94 150,81% 735.628,94 493.918,22 67,14%
750 Transf. Capital de la Administración General de la CA. 42.933,15 521.000,13 1213,51% 708.103,80 132.683,11 18,74%
761 Transf. capital de Diputación. 398.740,88 913.815,76 229,18% 2.343.384,54 465.451,10 19,86%
911 Préstamos LP del sector público. 1.590.868,69 1.520.656,53 95,59% 1.520.656,53 0,00 0,00%
5. También fue objeto de análisis la exactitud de los movimientos contables de pagos a los
acreedores, verificando que los pagos y transferencias bancarias concuerdan con los datos de NIF
y cuenta corriente que figuran en la relación de acreedores. De la totalidad de apuntes contables
que incluían fase de pago realizados en el diario de operaciones durante el ejercicio se seleccionó
una muestra aleatoria de 25 apuntes, resultando que:
- Los expedientes se encuentran correctamente formados y ordenados, figurando las
facturas o justificantes equivalentes. Las facturas fueron registradas y aprobadas por la
Alcaldía en todos los casos.
- Se obtuvo evidencia de la efectividad del pago en todos los casos, siendo el
procedimiento más común la realización de los pagos mediante el envío de un fichero de
transferencias a realizar a los terceros acreedores, ordenando a la entidad bancaria
donde se encuentran las cuentas destinadas para estos efectos que realicen las
transferencias a las cuentas bancarias indicadas de los terceros acreedores.
- Como excepción al procedimiento anterior, se aprecia en 9 de los 25 expedientes que el
procedimiento de pago fue la domiciliación directa del cobro por parte del acreedor en la
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 27
cuenta del ayuntamiento, procedimiento no conforme con la normativa de ejecución del
gasto público, por cuanto supone el pago antes de la autorización y aprobación del
gasto.
Los expedientes donde se produjo esta incidencia fueron los siguientes:
Cuadro 24: Expedientes con incidencias por tener el pago domiciliado
Descripción factura Importe Fecha
factura Fecha
registro Data aprobación
Alcaldía Data pago
Consumo gasolina vehículo 61,05 11/11/2013 16/12/2013 06/11/2013
Suministro gasóleo CP CC Bertamiráns 893,00 07/01/2013 03/04/2013 04/02/2013
Compra material eléctrico 421,81 31/08/2013 10/09/2013 23/10/2013 28/10/2013
Relación facturas consumo alumbrado público 116,20 30/12/2013 06/11/2013
Línea 981881737, EU Arufe-Agrón 17,40 19/09/2013 04/12/2013 30/12/2013 19/09/2013
Material eléctrico 2.470,51 31/01/2013 08/02/2013 05/04/2013 01/04/2013
Compra huevo líquido pasteurizado. 10,96 19/10/2013 22/10/2013 04/12/2013 25/10/2013
Canal+ Casa de la Cultura Bertamiráns 24,65 07/07/2013 02/05/2013
Gasóleo vehículos ayuntamiento 1.130,31 30/04/2013 08/05/2013 26/06/2013 07/05/2013
IV.3 ESTADO DE ENDEUDAMIENTO
La deuda viva a 31 de diciembre de 2013 del Ayuntamiento de Ames asciende a 6.056.800,58
euros, de los que 5.062.905,59 euros (83,5% del total) corresponden a préstamos bancarios y
993.894,99 euros (16,5% restante) a los excesos percibidos en los ejercicios 2008 y 2009 por la
participación en los tributos del Estado. Esta deuda es un 10,85% menor que la existente en el
ejercicio anterior y representa un 26,64% del presupuesto de la entidad para 2013 (créditos
definitivos).
Cuadro 25: Estado del endeudamiento
Concepto Existente a
1-2013 Creaciones
Amortizaciones y otras disminuciones
Pendiente a 31-12-2013
Deuda entidades bancarias L/P 5.063.179,98 0,00 479.240,07 4.583.939,91
Deuda por exceso PTE 2008 L/P 993.894,99 0,00 358.718,04 635.176,95
Deuda entidades bancarias C/P 377.889,59 479.240,07 378.163,98 478.965,69
Deuda por exceso PTE 2009 C/P 358.718,04 358.718,04 358.718,04 358.718,04
Total 6.793.682,60 837.958,11 1.574.840,13 6.056.800,59
El endeudamiento por habitante es de 201,75 euros, siendo la media de los ayuntamientos
gallegos de este tramo de población (20.000-50.000 habitantes) de 261,63 euros y a los de toda
España de 606,09 euros.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 28
La deuda bancaria corresponde a un total de cinco préstamos formalizados entre el 2001 y el
2012. Dos de estos préstamos (cuantía de 1.590.868.69 euros) se formalizaron en el 2012 bajo
el amparo del RDL 4/2012, que crea y regula el mecanismo de pago a proveedores. El resto
fueron destinados a planes de inversiones anuales. No se formalizó ninguna operación en el
2013.
Ninguno de estos préstamos está sujeto al régimen de autorización por órganos de tutela
recogido en la reglamentación al respecto, por ser anteriores a estas normas, por el volumen de
endeudamiento existente en el Concello en su momento o por estar acogidos al RDL 4/2012.
Los intereses pagados en el ejercicio ascendieron a 172.993,90 euros, lo que representa el
0,89% de las obligaciones reconocidas totales del ejercicio.
El reconocimiento y pago de las cuotas de amortización más intereses fueron recogidas
correctamente en el diario de operaciones y figuran correctamente en la memoria.
Con respecto a los avales concedidos, que figuran en la memoria por importe de 23.439,47
euros, no hay información suficiente al respecto en la misma. Los datos que figuran en la
memoria se exponen en el siguiente cuadro:
Cuadro 26: Relación de avales concedidos
Data concesión
Data
vencimiento Finalidad
Avales a 1
Enero
Concedidos en
el ejercicio
Cancelados en
el ejercicio
Avales a 31
de diciembre
02/09/1998 31/12/1899
Exp. 0T205I 98/74-1. Obras varios cruces
subterráneos, AC453 pk 3 a 3,5. Servicio
Provincial Carreteras
1.803,04 0 0 1.803,04
08/09/1998 31/12/1899
Exp. 0T205I 98/82-1. Obras varios cruces
subterráneos, C-543 pk 8,800 a 10,00. Servicio
Provincial Carreteras
3.606,07 0 0 3.606,07
06/11/2000 31/12/1899
Exp. 0T205Z 2000/139-1. Obras conducciones
subterráneas, AC452 pk 6 a 7,40. Servicio
Provincial Carreteras
18.030,36 0 0 18.030,36
Total 23.439,47 0,00 0,00 23.439,47
IV.4 ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
La medición del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria se realiza de acuerdo
con las normas del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC), lo que exige la
delimitación de las distintas unidades institucionales públicas, su adscripción a los distintos
sectores institucionales y la práctica de los ajustes entre el saldo presupuestario no financiero y el
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 29
déficit o superávit de Contabilidad nacional, ajustes que se realizan de forma consensuada por el
Instituto nacional de estadística, Banco de España e Intervención general de la administración del
Estado y que son básicamente ajustes por las diferencias en la clasificación de las operaciones o
importes registrados, y ajustes por las divergencias temporales de contabilización.
La LOEOSF, configura su cumplimiento en tres objetivos a lograr: la estabilidad presupuestaria, la
deuda pública y la regla del gasto. Simultáneamente, la Orden Ministerial EHA 2015/12, obliga a
la intervención municipal a emitir informes sobre el cumplimiento de estos objetivos en varios
momentos del ciclo presupuestario (aprobación, ejecución y liquidación). La entidad remitió
únicamente informe sobre la liquidación, ya que el presupuesto es prorrogado.
IV.4.1. CAPACIDADE O NECESIDAD DE FINANCIACIÓN
La entidad tiene, en principio, una capacidad de financiación de 451.980,48 euros, determinada
por la diferencia entre ingresos y gastos de los capítulos 1-7. Sobre esta cifra se aplicaron los
siguientes ajustes (ajustes SEC-95), de los contemplados en el manual al respecto elaborado por
la IGAE para las entidades locales:
Ingresos: Diferencia entre recaudación efectiva del ejercicio y derechos reconocidos netos
(capítulos 1-3): ajuste positivo de 158.936,38 euros.
Ingresos: Ajuste por la doble contabilización (como gasto y como menor ingreso) de las
devoluciones motivadas por la liquidación definitiva de la participación en los ingresos del Estado
de los años 2010 y 2011: ajuste positivo de 358.718 euros.
Gastos: Diferencia entre intereses devengados e intereses vencidos (contabilizados) dentro
del ejercicio: ajuste positivo de 707,13 euros.
Gastos pendientes de aplicar al presupuesto (Incremento del saldo de la cuenta 413 en el
ejercicio): ajuste negativo de 97.930,25 euros.
Una vez aplicados estos ajustes resulta un saldo no financiero ajustado (capacidad de
financiación) de 872.411,74 euros. Así pues queda acreditado el cumplimiento de este objetivo.
IV.4.2. REGLA DE GASTO
Según establece la LOEOSF, este objetivo procura que la variación del gasto computable de la
entidad no supere una tasa de referencia de crecimiento del PIB fijada anteriormente por el
Gobierno, la cual quedó establecida para 2013 en el 1,7%.
El gasto computable resulta de efectuar sobre la suma de las obligas reconocidas de los capítulos
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 30
1-7 del presupuesto de gastos, excluidos los intereses de la deuda, los ajustes del SEC-95 cifra a
la que se restará el gasto financiado con fondos finalistas de cualquier administración pública.
De la comprobación efectuada se desprende un error en el cálculo del gasto computable,
consistente en que se parte de la suma de los capítulos 1-5 de gastos (17.133,51 miles de
euros), y no de la suma de los capítulos 1-7 (19.049,78 miles de euros). Y además, tampoco se
tuvieron en cuenta los intereses de la deuda pagados en el ejercicio, que se deberían detraer de
la cantidad inicial.
En consecuencia, si bien el informe de la intervención concluye que se cumple la regla del límite
del gasto porque la variación del gasto computable del ejercicio 2013, con respecto al 2012 fue
negativa, concretamente de un -3,69 %, partiendo de las cifras correctas el resultado es distinto,
al resultar un gasto computable en el 2013 de 17.811.943,82 euros y no de 16.069.437,35
euros como figura en el informe de la intervención, y una tasa de crecimiento del 6,75 %,
porcentaje superior, por lo tanto al 1,7 % permitido.
Cuadro 27: Cumplimiento de la regla de gasto
Concepto
Importes
Según el informe de la Intervención
Según datos corregidos
Suma capítulos 1-7 gastos 17.133.518,60 19.049.779,91
Intereses de la deuda 0,00 -173.755,34
Ajustes normas SEC 95: saldo de la cuenta 413 97.930,25 97.930,25
Gastos financiados con transferencias finalistas de otras administraciones -1.162.011,00 -1.162.011,00
De la comunidad autónoma -719.657,00 -719.657,00
De la Diputación -442.354,00 -442.354,00
Gasto computable del ejercicio 16.069.437,85 17.811.943,82
Gasto computable del 2012 16.684.839,25 16.684.839,25
Diferencia -615.401,40 1.127.104,57
Tasa de incremento del gasto -3,69 % 6,75 %
Tasa máxima de crecimiento permitida 1,70 % 1,70 %
Cumplimiento regla del gasto SI NON
IV.4.3. ENDEUDAMIENTO
La LOEOSF fija para el objetivo de endeudamiento límites conjuntos por tipos de administración,
quedando establecido en el 3% del PIB para la Administración Local. La falta de especificación
para cada entidad en concreto, se debe aplicar el límite que establece el artículo 53 del TRLRHL:
la deuda de la entidad no podrá superar el 110% de los ingresos corrientes liquidados. Se
comprobó el cumplimiento de este objetivo, tal como se aprecia en el siguiente cuadro.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 31
Cuadro 28: Cumplimiento del límite de endeudamiento
Concepto Importe
Deuda pendiente a 31/12/2013 según estado de endeudamiento 6.056.800,58
Ajuste: deuda por excesos en PIE 2008 y 2009 993.888,99
Deuda computable 5.062.911,59
Derechos liquidados por operaciones corrientes 18.903.626,18
% Deuda s/ Derechos Liquidados 26,78%
Límite legal 110%
Cumplimiento del objetivo SI
IV.5. PLAN DE PAGO A PROVEEDORES
La fuerte caída de la actividad económica y la correlativa bajada de la recaudación de recursos
ocasionan retrasos acumulados en el pago de las obligaciones contraídas por las entidades
públicas con sus proveedores, con la consiguiente incidencia negativa en la liquidez de las
empresas. Con la finalidad de eliminar la morosidad de las Administraciones públicas se tienen
puesto en marcha una serie de medidas urgentes desde el ejercicio 2009, entre la que destacan
las incluidas en el RDL 4/2012, del 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para el establecimiento de un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, que se complementó con la
creación de un Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, mediante RDL 7/2012, del
9 de marzo.
Con este mecanismo se financiaron las obligaciones pendientes de pago de las entidades locales
a 31 de diciembre de 2011, definidas en el ámbito de aplicación del RDL 4/2012, es decir:
- Que fuesen facturas o solicitudes de pago por obligaciones vencidas, liquidas y exigibles
pendientes de pago, que entrasen en los registros de la entidad local antes del 1 de enero de
2012.
- Que fuesen obligaciones derivadas de una prestación de obra, servicio o suministro incluidas
en el ámbito de aplicación de la ley de contratos del sector público.
Posteriormente, el RDL 7/2012 que regula el Fondo que financió este mecanismo, amplió este
ámbito objetivo a las obligaciones contraídas en la ejecución de contratos de gestión de servicios
públicos en la modalidad de concesión.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 32
IV.5.1.PROCEDIMIENTO
El procedimiento establecido por el RDL 4/2012, del 24 de febrero, para el abono de las
obligaciones liquidas, vencidas y exigibles incluidas en su ámbito de aplicación constituyó lo
siguiente:
- Las entidades locales debían remitir por medios electrónicos a Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas (MINHAP) una relación certificada por el interventor local de todas las
facturas incluidas en el ámbito de aplicación del RDL 4/2012, del 24 de febrero.
- Posteriormente las entidades locales debían enviar un Plan de ajuste, aprobado por el Pleno
de la entidad, cuya duración debería extenderse al período de tiempo necesario para reembolsar
el importe de las obligaciones financiadas por el Fondo que se constituyó por el RDL 7/2012. En
la práctica el Fondo concertó una operación de crédito y asumió la titularidad de los créditos
concedidos a las entidades locales, realizando el abono de las facturas el Instituto de Crédito
Oficial (ICO). El reembolso de esas cantidades se realiza por las entidades locales, bien mediante
amortización de la operación de crédito, bien mediante retención por parte del MINHAP de los
pagos por participación en los ingresos del Estado.
IV.5.2. IMPORTE FINANCIADO
El Ayuntamiento de Ames acudió al mecanismo para la financiación del pago a proveedores al
tener obligaciones pendientes de pago incluidas en el ámbito de aplicación del RDL 4/2012,
solicitando la financiación de 646 facturas correspondientes a 141 proveedores, por un importe
total de 1.590,87 miles de euros.
Del total de facturas acogidas al plan 357,23 miles de euros correspondían a facturas
contabilizadas pero pendientes de pago; 1.181,20 miles de euros a facturas pendientes de
imputar al presupuesto y otros 52,44 miles de euros a facturas sin registro contable de ningún
tipo, lo que pone de manifiesto que la información contable sobre estas obligaciones no es
fidedigna.
IV.5.3. PLAN DE AJUSTE
El plan de ajuste fue aprobado por el Pleno de la entidad el 29 de marzo de 2012, con el informe
favorable de la Intervención, siendo remitido al MINHAP que lo aprueba el 30 de abril de 2012.
El resumen de las medidas en él contempladas y del cumplimiento real acumulado a 31 de
diciembre de 2013 figura en los anexos de este informe. Ese resumen pone de manifiesto:
- Que de las 4 medidas de subas tributarias propuestas en el plan de ajuste en materia de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 33
ingresos, se adoptan tres, incumpliéndose con el compromiso de actualizar el importe de las
tasas por la prestación de servicios o utilización del dominio público. Únicamente se modificaron
las tarifas de la Escuela de Música sin impacto apreciable en la recaudación, siendo deficitarios
todos los servicios prestados.
- Igualmente, el compromiso de aprobar para algunas actividades por las que se exige precio
público un número máximo de usuarios y un importe máximo de déficit asumible fue objeto de
cumplimiento parcial. Sólo en 4 de las 12 actividades financiadas con precios públicos se
aprueba su número máximo de usuarios con carácter previo al período de matrícula.
- Que de las 16 medidas de reducción de gasto propuestas, en materia de costes de personal
se cumple con 5 de las 6 propuestas de reducción, con la excepción de la medida de
gratificaciones por servicios fuera de la jornada laboral, que se analiza en el área de personal de
este informe. Igualmente se cumple con el compromiso de aprobar un nuevo diseño de plan de
transporte metropolitano y de reubicación de servicios municipales para evitar arrendamientos.
Pero quedan 6 medidas por ejecutar, entre las que destaca la recuperación de servicios
externalizados, la reducción de la celebración de contratos menores, la reducción de la prestación
de servicios no obligatorios o la implantación de un sistema de inventario y control dos
materiales utilizados por las brigadas municipales.
Los informes de seguimiento del plan de ajuste elaborados por la intervención municipal figuran
en los anexos 1 y 2 de este informe.
IV.6 ÁREA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
La Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos,
establece principios y prerrogativas relativos a la seguridad en relación con el derecho de los
ciudadanos a comunicarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos; su
artículo 42 crea el ENS, desarrollado por el Real Decreto 3/2010, del 8 de enero, que determina
la política de seguridad a aplicar en la utilización de los medios electrónicos para asegurar el
acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de
los datos, informaciones y servicios electrónicos que se empleen en el ejercicio de sus
competencias. En la disposición transitoria del mencionado RD 3/2010, se articula un mecanismo
escalonado para la adecuación a lo previsto en el ENS, de manera que los sistemas de las
distintas administraciones deberán estar adaptados al mismo con fecha límite del 30 de enero de
2014.
Como resultado del trabajo efectuado, se verificó que el Ayuntamiento de Ames no tiene
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 34
implantado el ENS y, en consecuencia, no se puede garantizar el acceso, integridad,
disponibilidad, autenticidad y confidencialidad de la información contenida en sus sistemas de
información. No obstante, se efectuaron verificaciones sobre el marco organizativo y sobre el
marco operacional, para examinar la implementación de las medidas de seguridad informática
existentes en la entidad.
Al margen de lo anteriormente expuesto, y según dispone el artículo 53 del TRLCSP, los órganos
de contratación deben difundir a través de internet su perfil de contratante con la finalidad de
asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual.
En este sentido, el sistema que soporte el perfil del contratante debe contar con un dispositivo
que permita garantizar la identidad y acreditar el momento del inicio de la difusión pública de la
información contenida en el mismo, cuestiones que fueron analizadas durante el trabajo de
campo de esta fiscalización.
IV.6.1 MARCO ORGANIZATIVO
El Ayuntamiento de Ames, en sesión plenaria del 29 de julio de 2013, aprobó inicialmente el
reglamento de uso y servicio de bienes informáticos y comunicaciones. En el BOP número 151,
del 9 de agosto de 2013, se publicó el anuncio de exposición pública. Sin embargo, como se
presentaron reclamaciones que no fueron resueltas, el reglamento no entró en vigor al no
considerarse aprobado definitivamente.
Por esta circunstancia, durante el ejercicio 2013, no existió una regulación específica,
debidamente aprobada, sobre los sistemas de información en la que se definan objetivos, roles,
funciones y responsabilidades en esta materia.
Tampoco se elaboraron planes de formación y concienciación sobre seguridad de la información
dirigida a los usuarios de los sistemas del ayuntamiento.
Por último, si bien constan actuaciones para el cumplimiento de la Ley orgánica 15/1999, del 13
de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, no se dispone del documento de
seguridad de la LOPD, ni se practicaron auditorías periódicas sobre el cumplimiento de esta Ley.
Este hecho representa un incumplimiento normativo que puede generar responsabilidades y
sanciones, además del perjuicio para la imagen del ayuntamiento.
IV.6.2 MARCO OPERACIONAL
El Ayuntamiento dispone de un inventario de los activos disponibles, donde figura identificada la
naturaleza del activo. Cuenta, también, con un plan de mantenimiento del equipamiento físico y
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 35
lógico. Pero no se dispone de un análisis de riesgos que identifique los activos más valiosos, las
amenazas más probables y las salvaguardas y riesgos residuales.
Tampoco existe un plan de continuidad de la actividad, que permita recuperar los procesos de
gestión críticos tras la ocurrencia de una contingencia que afecte a los sistemas de producción,
excepto a través de la recuperación de los sistemas mediante copias de seguridad.
Así mismo, no existen copias de los datos de los procesos importantes de la entidad en una
ubicación externa a la propia entidad; tampoco la configuración de contra señales cuenta con un
dispositivo de bloqueo después de un determinado número de intentos.
IV.6.3 PERFIL DEL CONTRATANTE
Según dispone el artículo 53 del TRLCSP, los órganos de contratación difundirán, a través de
internet, el perfil de contratante, que se ubicará en la dirección electrónica (sede electrónica), que
las administraciones tienen a disposición de los ciudadanos en internet.
En cuestiones informáticas, para asegurar el cumplimiento del principio de seguridad jurídica se
precisa, además de elementos comunes válidos para todos los procedimientos administrativos
(sede electrónica, registro electrónico, notificaciones y comunicación electrónicas), de otros
elementos habilitantes que hacen posible la gestión electrónica, como son la firma electrónica
(que garantice la identidad) y el sello de tiempo (que acredita cuando se hizo una transacción).
Como resultado del trabajo realizado, sobre 5 de los 7 expedientes de contratación de servicios
efectuados por el Ayuntamiento de Ames en 2013 (muestra que representa el 71,4% de los
expedientes de esta naturaleza), se concluye que en ninguno de los documentos revisados del
perfil del contratante, publicados en la sede electrónica municipal consta firma electrónica y
sellado de tiempo.
En la actualidad el Ayuntamiento de Ames ya tiene implementada la firma electrónica y el sellado
de tiempo en el perfil del contratante.
IV.7 FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo con la información suministrada por el Ayuntamiento de Ames y con la información
obtenida de la plataforma de rendición de cuentas del Tribunal de Cuentas el número total de
contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio fiscalizado fue de 30, de los que 20
corresponden a contratos de obras que se tramitaron siguiendo el procedimiento negociado sin
publicidad por razón de la cuantía; 9 a contratos de servicios en los que siguió el procedimiento
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 36
abierto con criterios múltiples, excepto en un caso en el que el criterio único fue el precio, y sólo
se tramitó 1 contrato de suministros en el que se siguió el procedimiento negociado sin
publicidad por razón de la cuantía.
Finalmente es necesario resaltar que en dos contratos de servicios se empleó la tramitación
urgente.
Cuadro 29: Contratos adjudicados o formalizados en el ejercicio
Tipo de contrato
Abierto Negociado Total
Número Adjudicación Número Adjudicación Número Adjudicación
Obras 0 0,00 20 864.458,88 20 864.458,88
Servicios 9 1.987.295,27 0 0,00 9 1.987.295,27
Suministros 0 0,00 1 18.215,00 1 18.215,00
Total 9 1.987.295,27 21 882.673,88 30 2.869.969,15
IV.7.1. CONTROL INTERNO
El análisis del funcionamiento del departamento de contratación y de su estructura pone de
manifiesto:
a) Estructura organizativa: No existe una segregación de funciones entre los departamentos de
gestión y de gastos y tampoco hay una definición de responsabilidades ni unidades de control
interno específicas del área.
b) Procedimientos de gestión: No se elaboran manuales de procedimientos de gestión ni
procesos de control dirigidos a evitar errores, riesgos o a combatir y prever el fraude y la
corrupción.
c) Herramientas de gestión: Se cuenta con una aplicación informática proporcionada por la
Diputación de A Coruña, pero no es una herramienta de gestión y control de la tramitación, sino
que funciona como un sistema de organización de documentos digitalizados en el que no están
integrados todos los expedientes.
Por la Secretaría municipal se informó sobre las mejoras alcanzadas desde el ejercicio fiscalizado
hasta el momento actual, manifestando que, a partir de la aprobación del Plan de ajuste 2012-
2022, se establece la necesidad de elaborar una programación de la contratación, de modo que
desde 2013 publican en el portal de transparencia del ayuntamiento esta programación en la que
se recogen los objetivos conseguidos en el semestre anterior y la programación para el siguiente.
Informa, así mismo, de los avances en el perfil del contratante con el sellado de tiempo,
redacción de modelos de contratos menores, así como del objetivo de convidar a 8 empresas en
los procedimientos negociados sin publicidad.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 37
IV.7.2 CONTRATOS DE OBRAS
La finalidad de la fiscalización es verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a los
procedimientos de contratación y, sobre todo, su ajuste a los principios de libertad de acceso a
las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad
de trato entre los candidatos.
En el anexo 3 de este informe figura la relación de los 20 contratos de obras adjudicados o
formalizados en el ejercicio.
Todos los contratos de obras fueron financiados con fondos de la Diputación Provincial de A
Coruña y tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad. Igualmente, se comprueba
que 4 empresas fueron invitadas entre 10 y 12 ocasiones y que una de esas empresas resultó
adjudicataria de 6 contratos.
Considerando que el área que más riesgo representa de incumplimiento de los principios básicos
de igualdad y transparencia, recogidos por el artículo 139 del TRLCSP, es la de los contratos
tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad, se seleccionó la siguiente muestra de
7 contratos de obras que representan un presupuesto de licitación sin IVA de 477.176,52 euros,
de los que se solicitó la relación de documentación comprensiva de los principales pasos del
procedimiento de contratación.
Cuadro 30: Contratos fiscalizados
Objeto do Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas
Acondto. de espacio exterior para zona de aparcamiento anexo a centro de formación ocupacional y usos múltiples de Aldea Nova.
76.841,56 55.325,00 18-07-13 02-08-2013 1 B15025372 - Martínez Montes e Hijos, SL- ES
Mejora da capa de rodaje camino Bertamiráns-Barreira-Ponte Lapido (Ortoño) y otros.
61.882,63 45.175,00 23-08-2013 30-08-2013 6 B15025372 – Martínez Montes e Hijos, SL - ES
Mejora capa de rodaje Capeáns-Igrexa de Cobas y otros.
59.004,54 44.250,00 23-08-2013 30-08-2013 6 B15025372 - Martínez Montes e Hijos, SL - ES
Proyecto modificado de sustitución de colector de saneamiento en la calle Alcalde Lorenzo. Bertamiráns
132.580,47 99.170,19 06-06-2013 14-06-2013 3 B15026693 - ESPINA y DELFIN, SL - ES
Actuaciones en el entorno del campo de fútbol de Bertamiráns.
49.787,74 48.294,11 05-09-2013 17-09-2013 3 B15032287 - Construcciones Iglesias Mera, SL - ES
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 38
Objeto do Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas
Obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Milladoiro.
48.018,53 44.657,23 27-12-2012 14-01-2013 1.25 B70278627 - Xabre Obra Civil, SL – ES
Reforma de los vestuarios del pabellón polideportivo de Bertamiráns.
49.061,05 37.041,09 05-09-2013 18-09-2013 3 B70278627 – Xabre Obra Civil, SL - ES
De las comprobaciones efectuadas sobre los expedientes, resultaron las siguientes deficiencias
que afectan a todos ellos:
1. Defectos en la integridad de los expedientes: el índice que acompaña el expediente no está
paginado ni responde a los 22 apartados documentales solicitados (ver anexo).
2. No existe un informe del servicio correspondiente sobre las necesidades a satisfacer por los
contratos. El expediente de contratación se inicia con un informe de la Alcaldía en el que expone
la necesidad de la realización de una determinada obra. En el mismo informe se hace también la
propuesta a la Junta de Gobierno Local para la aprobación del proyecto técnico de la obra, del
expediente de contratación, especificando el procedimiento, autorización del gasto indicando su
cuantía, aprobación del Pliego de cláusulas administrativas particulares y por último propone a
las empresas a las que solicitar las ofertas.
3. No se aporta justificación de la elección del procedimiento negociado sin publicidad, salvo la
declaración de que se ajusta a lo previsto en el TRLCSP por razón de la cuantía.
4. Se Incumple con la obligación que establece el artículo 109.4 del TRLCSP de que en el
expediente se debe justificar adecuadamente la elección del procedimiento y la de los criterios
que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato. Ni en el pliego de cláusulas
administrativas particulares, ni en otros documentos complementarios, se indica que aspectos
técnicos y económicos son negociables (artículo 176 TRLCSP) y, por lo tanto, no se conocen las
razones para elegir este procedimiento y no el procedimiento abierto, que es el ordinario de
acuerdo con el TRLCSP.
5. El tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación fue de 100 días, tal
como se expone en el siguiente cuadro.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 39
Cuadro 31: Tiempo medio de tramitación de los expedientes de contratación
Objeto del Contrato Inicio/ Ppta.
Alcalde Acuerdo
JGL
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Nº días desde Ppta. hasta formalización
Reforma dos vestuarios del pabellón polideportivo de Bertamiráns 14-05-13 16-05-13 05-09-2013 18-09-2013 3 124
Acondicionamiento de espacio exterior para zona de aparcamiento anexo al centro de formación ocupacional y usos múltiples de Aldea Nova.
14-05-13 16-05-13 18-07-2013 02-08-2013 1 78
Mejora de la capa de rodaje camino Bertamiráns-Barreira-Ponte Lapido (Ortoño) y otro. 14-05-13 16-05-13 23-08-2013 30-08-2013 6 106
Mejora capa de rodaje Capeáns-Igrexa de Cobas y otros. 14-05-13 16-05-13 23-08-2013 30-08-2013 6 106
Obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Milladoiro. 16-10-12 18-10-12 27-12-2012 14-01-2013 1,25 88
Actuaciones en el entorno del campo de fútbol de Bertamiráns. 26-06-13 04-07-13 05-09-2013 17-09-2013 3 81
Proyecto modificado de sustitución de colector de saneamiento en la calle Alcalde Lorenzo. Bertamiráns.
15-02-13 21-02-13 06-06-2013 14-06-2013 3 119
Tempo medio de tramitación 100
Teniendo en cuenta tanto esta tardanza en la tramitación, como que no se llevó a cabo una
auténtica negociación y que fueron varios los criterios de valoración de las ofertas, parece mucho
más apropiado tramitar la licitación por el procedimiento abierto. Se recuerda que para este
procedimiento el artículo 161 del TRLCSP establece un plazo máximo de 2 meses para efectuar la
adjudicación desde la apertura de las proposiciones en el caso de existir criterios múltiples de
adjudicación, reduciéndose a 15 días si el criterio único es el precio.
6. Si bien la entidad manifiesta que en cada procedimiento se solicitan ofertas de al menos 5 o
6 empresas cuando esto es posible, este hecho no se puede acreditar, ya que en la
documentación de los expedientes sólo consta el registro de salida de las invitaciones, sin
acreditar la recepción por el destinatario. Sobre las ofertas recibidas sólo se tiene constancia en
el acta de cualificación de la documentación general, sin que conste certificación sobre la fecha
de entrada en el registro a efectos de la comprobación de su recepción en plazo.
7. Respecto a las invitaciones, no se acredita la existencia de garantías procedimentales para
evitar la concurrencia de empresas vinculadas entre sí ni la existencia de una base de datos de
empresas capacitadas que permita abrir la concurrencia. Sólo se indica que procuran que la
determinación de las empresas invitadas sea lo más objetiva y amplia posible, basándose en
criterios como los buenos trabajos realizados, que siempre respondiesen a las invitaciones o que
ofertasen precios más bajos.
Prueba de esta debilidad es el caso de las empresas Construcciones Iglesias Mera SL. y Xabre
Obra Civil SL., adjudicatarias cada una de ellas de dos obras, y que tienen el mismo
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 40
representante y la misma dirección. De hecho en el caso de la obra “Actuaciones en el entorno
del campo de fútbol de Bertamiráns” en la que resultó adjudicataria la empresa Construcciones
Iglesias Mera SL, parte de la documentación es presentada con el membrete de esta empresa
pero el representante firma en nombre y representación de Xabre Obra Civil SL. Entre las dos
empresas fueron invitadas en 15 ocasiones aunque no de forma coincidente.
8. No se acredita que existan protocolos que permitan garantizar el secreto de las
proposiciones y la transparencia en los procedimientos.
9. No consta en los expedientes que se negociase con los licitadores las ofertas para
adaptarlas a los aspectos técnicos y económicos negociables, que se deberían haber indicado en
el pliego de cláusulas administrativas particulares, con la finalidad de identificar la oferta más
ventajosa. A pesar de no existir negociación la media de las bajas de las adjudicaciones de los 20
contratos de obras suscritos en el ejercicio alcanzó el 19%, elevándose en un caso hasta el 40%
y superando en 8 ocasiones el 25% de baja. Vistos estos porcentajes de bajas, asemeja que los
proyectos no se aproximan a la realidad de los precios de mercado, dando por supuesto que las
ofertas no suponen ninguna rebaja en la calidad.
10. El procedimiento de valoración de las ofertas se hace en dos fases; en la primera a
arquitecta técnica del ayuntamiento valora los criterios técnicos de las ofertas, sin que conste
información de las razones por las que se atribuyen a las puntuaciones y, en la segunda, la mesa
de contratación aplica una fórmula matemática para determinar la oferta económicamente más
ventajosa y, en el mismo acto, hace la propuesta de adjudicación teniendo en cuenta también la
valoración técnica.
11. Respecto a los criterios de valoración, el pliego valora criterios que no implican más que el
cumplimiento de deberes u obligaciones legales como, por ejemplo, la indicación de los
vertederos autorizados donde se van a trasladar los desechos de las obras, o lo relativo al
compromiso de gestionar los residuos conforme al Real Decreto 105/2008, del 1 de febrero, que
regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Igualmente, no es
admisible la consideración del programa de trabajo como criterio de valoración, ya que forma
parte del proyecto técnico de la obra.
12. Respecto a los plazos de ejecución, e cuadro siguiente expone el resumen de los plazos de
ejecución del contrato y de pago de las certificaciones de obra y correspondientes facturas de
acuerdo con los datos facilitados por el ayuntamiento:
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 41
Cuadro 32: Plazos de ejecución de los contrato y de pago
Objeto del Contrato Fecha
formalización
Plazo ejec.
(meses)
Acta recepción
Meses transcurri-
dos
Certificación Nº 1 Certificación Nº 2
Fecha Registro
Aprobac. Alcaldía
Pago Fecha
Registro Aprobac. Alcaldía
Pago
Reforma de los vestuarios del pabellón polideportivo de Bertamiráns 18-09-2013 3 02-07-14 9,5 07-02-14 09-06-14 02-09-14 09-06-14 29-10-14 10-11-14
Acondicionamiento del espacio exterior para zona de aparcamiento anexo al centro de formación ocupacional y usos múltiples de Aldea Nova.
02-08-2013 1 22-11-13 3,5 22-11-13 23-12-13 18-02-14 ---- ---- ----
Mejora de la capa de rodaje camino Bertamiráns-Barreira-Ponte Lapido (Ortoño) y otro.
30-08-2013 6 NC -- 26-11-13 16-12-13 18-02-14 ---- ---- ----
Mejora capa de rodaje Capeáns-Igrexa de Cobas y otros. 30-08-2013 6 30-09-13 1 03-10-13 23-10-13 16-12-13 ---- ---- ----
Obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Milladoiro.
14-01-2013 1,25 14-05-13 4 11-04-13 13-09-13 25-09-13 16-05-13 13-09-13 25-09-13
Actuaciones en el entorno del campo de fútbol de Bertamiráns. 17-09-2013 3 06-06-14 8,5 14-04-14 29-12-15 30-12-15 06-06-14 29-12-15 30-12-15
Proyecto modificado de sustitución de colector de saneamiento en la calle Alcalde Lorenzo. Bertamiráns.
14-06-2013 3 02-09-14 14,5 17-09-14 29-10-14 10-11-14 ---- ---- ----
De donde se deduce:
- Que en la obra Reforma de los vestuarios del pabellón polideportivo de Bertamiráns, aunque
no fue remitida el acta de comprobación de replanteo, puede comprobarse que pasaron casi 10
meses entre la fecha de formalización y el acta de recepción, cuando el plazo de ejecución era de
3 meses, de lo que se desprende que no se observa dicha obligación contractual. En cuanto al
cumplimiento del plazo de pago, se observa que pasan 4 meses entre la presentación de la
primera certificación en el registro del ayuntamiento y la aprobación por la Alcaldía; además, el
pago se produce case 3 meses después de esta aprobación, de forma que no se cumple con el
plazo para la aprobación de la certificación ni con el plazo para la realización del pago.
- En la obra Acondicionamiento de espacio exterior para zona de aparcamiento anexo al
centro de formación ocupacional y usos múltiples de Aldea Nova, el informe de reparo número
215/2013 manifiesta que la certificación de obra se emitió con fecha 22 de noviembre de 2013,
casi 4 meses después de firmar el contrato el 2 de agosto de 2013. En este caso el plazo de
ejecución figado en el contrato fue de 32 días, con lo que todo parece indicar que se superó
ampliamente dicho plazo. Tampoco se cumple con el plazo de pago ya que se hizo en un plazo
algo inferior a 2 meses desde la aprobación de la certificación.
- En la obra Mejora da capa de rodaje camino Bertamiráns-Barreira-Ponte Lapido (Ortoño) y
otro, aunque no fue remitida el acta de comprobación de replanteo, ni el acta de recepción, el
tempo transcurrido entre la formalización del contrato y el pago de las certificaciones de obra es
inferior al plazo de ejecución de 6 meses. El pago se realiza 2 meses después de la aprobación de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 42
la certificación, por lo que no se cumple con el plazo de pago.
- En la obra Mejora capa de rodaje Capeáns-Igrexa de Cobas y otros, el acta de recepción se
emite en el plazo de un mes después de la formalización del contrato que tenía un plazo de
ejecución de 6 meses. No fue remitida el acta de comprobación de replanteo. La certificación de
obra se aprobó dentro del plazo, pero el pago se realizó 50 días después, por lo que no se
respeta el plazo de pago.
- En las obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Milladoiro,
se incumple con el plazo de 5 semanas establecido para la ejecución del contrato, ya que tanto la
segunda certificación como el acta de recepción tienen fecha de mediados de mayo de 2013, lo
que supone el transcurso desde el inicio de las obras de un total de 17 semanas. Tampoco
atiende el plazo para la aprobación de la certificación, ya que esta tuvo entrada en abril y la
aprobación se hizo en septiembre, 5 meses después.
- En la obra “Actuaciones en el entorno del campo de fútbol de Bertamiráns” no se cumple
con el plazo de ejecución de las obras, que era de 3 meses, siendo la fecha de adjudicación el 5
de septiembre y teniendo las facturas fecha de mayo y junio de 2014, fundamentando el retraso
en la circunstancia sobrevenida del ascenso del Bertamiráns FC, que motiva la redacción de un
proyecto modificado. De acuerdo con el informe de reparo suspensivo de la Intervención, al
convertirse en un gasto plurianual, no se comprobó el cumplimiento de los límites previstos en el
artículo 174 del TRLRHL. No consta en el expediente que la dirección facultativa de la obra se
manifestase sobre este retraso, ni que se tramitase expediente informado algún sobre la
modificación del proyecto. Por otro lado el acta de recepción de las obras no está firmada por
ningún técnico en representación del Ayuntamiento, sino que sólo por la Alcaldía. Con fecha 29
de diciembre de 2015 se levantó por la Alcaldía el reparo, ordenando el pago de las facturas.
Tampoco se cumple, por lo tanto, con el plazo legal de aprobación de las certificaciones.
- En la obra Proyecto modificado de sustitución de colector de saneamiento en la calle Alcalde
Lorenzo, con un plazo de ejecución de 3 meses, el acta de comprobación de replanteo tiene
fecha de más de un año posterior a la fecha del contrato; lo mismo sucede con el acta de
recepción y la certificación de obra, esta última se aprobó sobrepasando en 11 días el plazo
legalmente establecido, realizando el pago en menos de 30 días desde la aprobación. No se
cumple, por lo tanto, con el plazo legal de aprobación de las certificaciones.
IV.7.3 CONTRATOS DE SERVICIOS
En el siguiente cuadro se expone la relación de contratos de servicios suscritos en el ejercicio
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 43
2013:
Cuadro 33: Contratos de servicios suscritos en el ejercicio
Objeto del Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas
Servicio de socorrismo y primeros auxilios en la playa fluvial de Tapia y en las piscinas públicas descubiertas del Ayuntamiento de Ames.
49.586,77 39.900,00 13-06-2013 14-06-2013 3 B15876782 - BRÉTEMA OCIO E TEMPO LIBRE, S.L. - ES
Servicio de realización de actividades municipales culturales, de manualidad, bailes de salón, teatro y ajedrez del Ayuntamiento de Ames.
57.147,08 57.147,08 03-10-2013 04-10-2013 24 A28517308 - EULEN, SA - ES
Servicio de realización de actividades de las escuelas deportivas municipales del Ayuntamiento de Ames.
621.208,00 621.208,00 03-10-2013 04-10-2013 24 A28517308 - EULEN, SA - ES
Servicio de limpieza de varios edificios y dependencias del Ayuntamiento de Ames.
268.719,36 93.840,00 17-07-2014 01-09-2014 24 A47379235 -LIMPEZAS, AXARDINAMIENTOS y SERVICIOS SERALIA, SA - ES
Servicio de limpieza de las escuelas infantiles de Ames (O Bosque, A Madalena y Galiña azul)
86.606,00 80.750,00 03-10-2013 15-10-2013 24 B15075732 - LIMPIEZAS SALGADO, SL - ES
Servicios de limpieza de los centros de educación infantil y primaria y escuelas unitarias del Ayuntamiento de Ames.
549.504,00 262.892,00 19-09-2013 15-10-2013 24 B15075732 - LIMPIEZAS SALGADO, SL - ES
Servicio de escuela de verano 2013 50.000,00 50.000,00 20-06-2013 26-06-2013 2 B15942329 - AGORA ABERTA, SLNE. - ES
Tardes divertidas del Ayuntamiento de Ames 587.653,00 587.663,00 23-08-2013 11-09-2013 24 B15942329 - AGORA ABERTA, SLNE - ES
Servicio buenos días cole 193.895,19 193.895,19 23-08-2013 11-09-2013 24 G15869233 - ORBITA INFANTIL, SL - ES
Total Servicios 2.464.319,40 1.987.295,27
Todos los contratos fueron tramitados por el procedimiento abierto. En 8 contratos se empleó el
procedimiento abierto con criterios múltiples y sólo en el contrato del servicio de socorrismo se
empleó como criterio único de adjudicación el precio.
De la revisión de la documentación llevada a cabo se extraen las observaciones siguientes:
1. Los contratos relativos al Servicio de socorrismo y al Servicio de escuela de verano fueron
tramitados por el trámite de urgencia, sin que la declaración de urgencia motive adecuadamente
que el contrato responda a una necesidad inaplazable o que sea preciso acelerar la adjudicación
por razones de interés público. Para estos efectos, se entiende por urgencia la necesidad de
atender un asunto de forma inmediata e ineludible, derivada de un acontecimiento imprevisible
para el órgano de contratación y no imputable al mismo. En este caso, dado el objeto de los
contratos, la urgencia asemeja estar motivada más por una falta de planificación que por
circunstancias sobrevenidas que no se pudieran prever; mismo la propuesta referida a la Escuela
de verano manifiesta que el servicio se viene prestando desde el año 2006, aunque sin haberse
promovido licitación. Se considera que la reestructuración del departamento de contratación no
es motivo suficiente para justificar las declaraciones de urgencia.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 44
2. La documentación remitida no hace referencia a la existencia de instrucciones dirigidas a
clarificar la relación entre los gestores de la Administración y el personal de las empresas
contratadas, para evitar actos que se puedan considerar como determinantes para el
reconocimiento de una relación laboral. Las prescripciones contenidas al respecto en los Pliegos
de cláusulas no son todo lo completas que debieran para evitar estos riesgos.
3. En el ejercicio fiscalizado el sistema informático que soporta el perfil de contratante no
permitía acreditar el inicio de la difusión pública de la información que contiene. De esta forma,
en los casos que fuese exigible, no se podría certificar mediante sellado de tiempo la fecha y
plazo de los anuncios de licitación y adjudicación.
4. El contrato del servicio de escuela de verano fue objeto de reparo por la Intervención
municipal, por la emisión de facturas por encima del importe de adjudicación.
IV.7.4 CONTRATOS DE SUMINISTROS
En el ejercicio 2013 sólo se celebró un contrato de suministros:
Cuadro 34: Contratos de suministros suscritos en el ejercicio
Objeto del Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas
Suministro e instalación de lámparas, balastos y reductores de flujo del alumbrado público del parque empresarial del Milladoiro.
38.174,08 18.215,00 07-11-2013 18-11-2013 0.16 B27444702 - HALLMAN ENERGIE, S.L. - ES
Este contrato fue tramitado por el procedimiento negociado sin publicidad por razón de la
cuantía, por lo que podemos hacer extensivas al mismo las incidencias expuestas en el apartado
del análisis de los contratos de obras, relativas a la elección del procedimiento, a la ausencia de
negociación y a la ausencia en el procedimiento de garantías suficientes de la igualdad y de la
transparencia.
IV.7.5 CONTRATOS DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
De acuerdo con la información facilitada por el ayuntamiento la situación de los contratos de
gestión de servicios públicos es la siguiente:
Cuadro 35: Contratos de gestión de servicios públicos suscritos en el ejercicio
Contrato Fecha
formalización Duración prevista Situación en 2013 Situación actual
Explotación de servicios de cafetería en el centro sociocultural de Bertamiráns
15-09-00 1 año con prórrogas hasta 3 años
Explotó la concesión la misma empresa adjudicataria
Continua la misma empresa adjudicataria
Explotación de servicios de cafetería en el centro sociocultural de Milladoiro
21-01-05 2 años con prórrogas hasta 4 años
Explotó la concesión la misma empresa adjudicataria
Iniciado nuevo expediente de contratación
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 45
Contrato Fecha
formalización Duración prevista Situación en 2013 Situación actual
Concesión explotación t mantenimiento del complejo de la piscina cubierta A Telleira
10-03-06
10 años con prórrogas de 5 hasta 25 años. Se amplió el contrato dos veces por un año quedando en 12 años, en contraprestación por obras realizadas por el adjudicatario
Continua vigente el contrato inicial
Continua vigente el contrato inicial
Concesión servicio de limpieza viaria 01-08-06 10 años prorrogables por otros 10 años
Continua vigente el contrato inicial
Continua vigente el contrato inicial
Concesión de la explotación del servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento
02-09-98 15 años prorrogables si no hay denuncia por períodos iguales
Se denuncia el contrato para evitar prorroga
Continua la misma empresa por declaración de emergencia
De acuerdo con esta información, resulta lo siguiente:
1. Los contratos que afectan a las cafeterías de los centros socioculturales de Bertamiráns y del
Milladoiro no están vigentes (finalizaron en septiembre de 2003 y diciembre de 2009
respectivamente). Sin embargo, continúan prestando el servicio las mismas empresas
adjudicatarias.
2. La concesión de la explotación del servicio de abastecimiento de agua potable y
saneamiento fue formalizada en septiembre de 1998 por un período de 15 años prorrogables por
períodos de la misma duración de no haber denuncia de alguna de las partes. Esta denuncia se
produjo en el año 2013 por parte del ayuntamiento, motivada por el crecimiento poblacional,
iniciando en septiembre de 2013 un expediente de contratación que se declaró desierto,
continuando la misma empresa con la explotación. En enero de 2015 se firma un nuevo contrato,
con una duración de 9 meses no prorrogables; a la finalización de este plazo, el Pleno del
ayuntamiento hace una declaración de emergencia para poder ordenar a la empresa
adjudicataria que continúe con la explotación hasta que se produzca una nueva adjudicación.
La declaración de emergencia se fundamentó “en la situación de grave peligro que para los
vecinos podría representar la interrupción de los servicios que conforman el ciclo integral del
agua como consecuencia del cese del concesionario y la consiguiente ausencia repentina de un
prestador especializado.”
La tramitación de emergencia prevista en el artículo 113 del TRLCSP, que es un régimen
excepcional caracterizado por la dispensa de tramitar expediente, sólo procede en los casos
taxativos del apartado 1 de dicho artículo, es decir, acontecimientos catastróficos, situaciones
que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional. Este contrato
no se puede encuadrar en ninguno de estos supuestos al deberse a una total falta de previsión
del ayuntamiento que conocía perfectamente las necesidades a satisfacer por este servicio
público municipal y el estado de vigencia de la concesión con la suficiente antelación como para
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 46
tramitar el correspondiente expediente de contratación.
IV.7.6 CONTRATOS MENORES
Aunque fue solicitado en el transcurso de la fiscalización, no se dispuso de un listado de los
contratos menores subscritos por el ayuntamiento en el ejercicio fiscalizado.
Sin embargo, a la vista de los reparos formulados por la intervención, cabe concluir que aunque
las BEO establecen un procedimiento para su tramitación, no se siguió siempre este
procedimiento al omitirse el deber de solicitud de autorización previa del gasto.
IV.7.7 ANÁLISIS DE LOS REPAROS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
En base al análisis realizado sobre los informes de reparos formulados por la Intervención
municipal y expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito se observa la existencia de
gastos contraídos fuera de los procedimientos establecidos por la legislación vigente en la
materia de contratos del sector público. Destacan en especial los siguientes contratos:
1. Contrato menor del Servicio de colaboración en la gestión tributaria, censal, inspectora y
recaudadora de impuestos no delegados a la Diputación de A Coruña. El informe de la
Intervención señala que el 28 de enero de 2013 fue firmado un contrato menor con la empresa
Gestión tributaria territorial SA, por un período de 3 meses e importe de 18.000 euros sin IVA,
condiciones que permitían acogerse al empleo del contrato menor. Sin embargo, expirada su
vigencia, la empresa siguió prestando dicho servicio sin cobertura contractual. Con este fin, se
acuerda por Decreto de la Alcaldía la prórroga del contrato por un plazo de 3 meses, a pesar del
informe de la Intervención en el que se advertía del carácter improrrogable de este contrato, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 del TRLCSP.
Como se continuo prestando el servicio una vez finalizada esta prórroga, en el ejercicio 2013 se
inició un procedimiento de reconocimiento extrajudicial de obligaciones por facturas de los meses
de agosto, septiembre y octubre por un importe total de 21.780 euros. En este procedimiento se
emite por la Intervención un informe de reparo suspensivo por carecer las facturas de cobertura
contractual. A pesar de todo esto el servicio continuó prestándose sin cobertura contractual hasta
el 3 de noviembre de 2014, fecha en la que se firmó un nuevo contrato.
2. Contrato menor para la prestación del servicio de colaboración en el desarrollo de talleres
culturales. Según el reparo formulado, el contrato excede los límites temporales del mismo, ya
que se prestó el servicio por el mismo proveedor durante más de un año. Lo mismo sucede en los
casos de los contratos de los seguros de los vehículos municipales y de responsabilidad civil y
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 47
daños.
Finalmente, cabe mencionar los 44 expedientes de reconocimiento extrajudicial de obligaciones
aprobados por decreto de la Alcaldía, en los que se encuentran diferentes facturas que, de
acuerdo con informes de reparo de la Intervención, superan los límites del contrato menor, por el
que no tendrían cobertura contractual.
IV.8 GASTOS DE PERSONAL
El gasto de personal en el Ayuntamiento de Ames es de 7.274.892,47 euros y representa un
37,44% sobre el total de las obligaciones reconocidas de la liquidación del presupuesto de
gastos.
Distribuyendo el gasto de personal por tipo y excluyendo los gastos correspondientes al artículo
16 (cuotas de la seguridad social y otros gastos sociales) el gasto de personal más significativo es
el correspondiente al personal laboral, un 59.34%, y dentro de este, el del personal laboral
temporal (33,57%).
El número medio de efectivos en el año 2013 fue: 3 altos cargos (se computan únicamente los
que perciben remuneraciones por tener dedicación exclusiva o parcial), 4 laborales eventuales,
74 funcionarios (44 de carrera y 30 interinos) y 166 laborales (63 fijos y 103 temporales).
Distribuyendo el gasto por políticas, Educación con un porcentaje del 27,79% y la Seguridad
ciudadana, 12,89%, son las áreas donde el gasto de personal es más elevado.
El análisis de la evolución temporal del gasto de personal revela la disminución de su importe en
el ejercicio 2011, motivada fundamentalmente por la reducción en el gasto de personal laboral,
tendencia que continúa en el ejercicio 2012, motivada fundamentalmente por la supresión de la
paga extra del mes de diciembre acordada por el RDL 20/2012. En el ejercicio objeto de
fiscalización, el gasto experimenta el aumento motivado por la paga extra de diciembre, si bien
sigue a ser inferior la cuantía del gasto respecto del año 2011.
IV.8.1. PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
La planificación de recursos humanos en las Administraciones públicas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del EBEP, persigue contribuir a la eficacia en la prestación de servicios
y a la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles.
Para la consecución de estos fines, en base a la potestad de auto organización prevista en el
artículo 4.1.b) de la LRBRL, las entidades locales de carácter territorial pueden utilizar diversos
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 48
procedimientos e instrumentos de ordenación de su personal. Sin embargo, en el Ayuntamiento
de Ames no se dispone de un plan de recursos humanos.
Manuales de procedimiento o instrucciones internas
La existencia de instrucciones específicas sobre procedimientos en materia de personal constituye
una regulación útil para concretar aspectos relativos a funciones de los trabajadores, tramitación
de nóminas, solicitud de permisos y licencias, anticipos, ayudas de coste, instrucciones reguladas
para asistir a cursos, jornadas o seminarios, etc.
Sin embargo, el Ayuntamiento no dispone de regulación específica y propia documentada sobre
procedimientos estandarizados en materia de personal.
Organigrama
El organigrama es un instrumento oportuno para representar la distribución orgánica y funcional
de una entidad. Esta representación gráfica permite observar de manera inmediata tanto la
dimensión y estructura por áreas, servicios, secciones, etc., en las que se divide la institución.
Sin embargo, el Ayuntamiento no cuenta con organigrama que especifique la distribución gráfica
de las distintas áreas en las que se organiza la entidad.
Plan de formación do personal
El Ayuntamiento no tiene aprobado en 2013 un plano de formación de su personal.
Sistema de evaluación del desempeño
El Ayuntamiento carece de sistemas de evaluación del desempeño del trabajo, y los trabajadores
no perciben retribuciones en concepto de complemento de productividad, porque fue retirado del
presupuesto como consecuencia del plan de ajuste aprobado en marzo de 2012.
Acuerdo regulador y convenio colectivo
En el ejercicio fiscalizado y en la actualidad (mayo, 2016), el Ayuntamiento no tiene aprobado
acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los funcionarios municipales. El último
convenio colectivo aprobado para personal laboral es el correspondiente al año 2005 y, aunque
la vigencia inicial era hasta el 31 de diciembre de 2007, se considera prorrogado hasta la
actualidad.
Registro de personal
El artículo 71 del EBEP, en concordancia con lo establecido en el artículo 90.3 de la LRBRL, exige
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 49
a los entes locales que constituyan Registros de personal. Sin embargo, a pesar de esta
obligación legal y a que los datos inscritos en tal registro determinarán las nóminas, a efectos de
la debida justificación de todas las retribuciones, la información proporcionada indica que el
Ayuntamiento no implantó dicho registro.
No obstante, se verificó en la visita de fiscalización que, en los expedientes individuales de
personal de la entidad, consta documentación acreditativa da relación administrativa o laboral de
los trabajadores.
IV.8.2. ANÁLISIS DE LA PLANTILLA Y DE LA RPT
La RPT fue aprobada en el 2006 y aunque en el acuerdo de aprobación se establece que tendría
una vigencia de 5 años, sigue siendo la que se toma como referencia en la fecha de elaboración
de este informe. De acuerdo con la certificación de la secretaria del ayuntamiento, esta RPT fue
modificada mediante acuerdo plenario de 29/11/2007 para recoger únicamente la previsión legal
sobre el puesto de tesorero municipal.
De la comparativa entre a plantilla y la RPT aprobada en el 2006 puede concluirse que no están
cubiertos determinados puestos como los de jefe de servicio de recursos humanos o técnico de
intervención, lo que dificulta la segregación de funciones y provoca que los titulares de puestos
de trabajo de categorías inferiores asuman funciones de niveles superiores.
Como resultado del trabajo efectuado, se detectaron además las siguientes incidencias
significativas:
a) Cobertura de puestos de carácter estructural con personal temporal.
Analizadas las fechas de alta de los trabajadores temporales, se observa que 38 contratos son
anteriores al ejercicio 2007, y que con la excepción de una jubilación los mismos trabajadores
siguen prestando servicios en el ejercicio 2015.
b) Conversión de personal laboral en funcionario interino
El ayuntamiento procedió al nombramiento como funcionarios interinos para la cobertura
provisional de vacante de 9 trabajadores laborales temporales interinos adscritos a puestos que
figuran en la RPT como de funcionarios, y de 6 trabajadores laborales temporales por obra o
servicio que desempeñan funciones estructurales dentro de la administración municipal.
Igualmente, el puesto de asesora legal está ocupada por una trabajadora que fue contratada
como personal laboral temporal con fecha 26/09/2007. Detectada la necesidad de su
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 50
continuidad, la Junta de Gobierno Local acuerda proceder a su nombramiento como funcionaria
interina por programa para el mismo servicio, nombramiento que tiene efectos desde el
01/12/2009 y que tendría de duración hasta la finalización del programa, señalando como fecha
orientadora el 30/11/2010. Sin embargo, tras diversas ampliaciones da vigencia del programa,
esta persona continúa trabajando interinamente.
Esta conversión de trabajadores laborales en funcionarios, se realizó sin la tramitación del
correspondiente expediente de selección, vulnerándose por lo tanto los principios legales para el
acceso al empleo público.
c) Reclasificaciones sin reflejo en la RPT
Tras la aprobación del convenio colectivo de personal laboral del ayuntamiento, que entró en
vigor el 31/05/2005, dos trabajadores laborales fijos, con la categoría de auxiliares de biblioteca,
fueron reclasificados a un grupo profesional superior. La Junta de Gobierno Local, en su reunión
celebrada el 12/07/2006, acordó reclasificarlos del grupo IV al grupo II (en los que se integran
trabajadores a los que se les exige titulación de ingeniero técnico, diplomado universitario o
similar) como consecuencia de sentencia do Juzgado de lo Social nº 1 de Santiago que admite la
reclamación en este sentido de los trabajadores. Dicha sentencia se basa en el hecho de que en
las bases reguladoras del proceso selectivo para la contratación laboral fija de dos auxiliares de
biblioteca se exigía la titulación de diplomatura y considera que esto sería determinante del
grupo profesional de pertenencia. En el mismo acto, se acuerda que "ambos trabajadores
continúen realizando las funciones que venían desempeñando hasta lo de ahora, en tanto no
sean debidamente cubiertas las vacantes generadas en los puestos de auxiliares de bibliotecas y
se asume el compromiso de ofertar toda la formación que pueda ser demanda por ambos
trabajadores y que repercuta en una mejor y más eficiente prestación en el servicio de
bibliotecas”. Estos trabajadores, si bien no fueron adscritos a una plaza de la RPT, tienen las
mismas retribuciones que se reflejan en la misma para el puesto de ayudante técnico de
biblioteca.
d) Transformación indebida de contratos temporales en indefinidos
En el ejercicio 2003 el ayuntamiento recupera el local en el que una asociación venía
desarrollando la labor de guardería infantil, en virtud de un convenio firmado entre ellos para la
prestación de tales servicios, y opta por realizar la misma actividad y seguir con los mismos
usuarios. Demandado el ayuntamiento por esos trabajadores, se reconoce por sentencia del 19
de julio de 2005 la sucesión de empresa en este proceso y, en consecuencia, estos trabajadores
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 51
pasaron a ser considerados personal laboral con contratos temporales, para posteriormente,
dentro del proceso general de consolidación de empleo del ayuntamiento iniciado en el ejercicio
2007, se transforma su contrato temporal en contrato laboral fijo, por fraude de ley en sus
relaciones contractuales con la empresa.
Esto supone un incumplimiento de las condiciones de acceso al empleo público. El carácter
indefinido del contrato, consecuencia del reconocimiento de la sucesión de empresa, implica que
el mismo no esté sujeto al término, pero no supone que el trabajador consolide, sin superar los
procedimientos de selección, una condición de fijeza en plantilla que resulta incompatible con las
normas legales sobre selección del personal fijo en las Administraciones Públicas.
IV.8.3. SELECCIÓN DE PERSONAL
La última OEP fue publicada en el BOE 237 del 4 de octubre de 2006. Por consiguiente, no existe
OEP en el ejercicio objeto de fiscalización.
A lo largo del ejercicio se procedió a la tramitación de 16 expedientes de selección de personal
laboral temporal que dieron lugar a la formalización de 60 nuevos contratos. Con la finalidad de
verificar que en estos procesos se cumplió con los principios constitucionales de igualdad, mérito
y capacidad, se analizaron los siguientes procesos de selección de personal temporal:
- Contratación de los profesores de la escuela municipal de música.
- Concurso oposición con convocatoria pública para la contratación de 6 vigilantes de piscina.
- Concurso oposición con convocatoria pública para la contratación de 2 técnicos de inserción
laboral.
- Creación de una bolsa de trabajo de conserjes.
Como resultado del trabajo se constata lo siguiente:
a) Las plazas de profesores de música de la escuela municipal no están incluidas en la RPT y
son cubiertas con personal contratado temporalmente, recurriéndose de forma continuada y con
carácter general las mismas personas desde el inicio de su actividad en el año 2004. Por esto, se
deduce que estos puestos tienen carácter estructural y tendrían que ser cubiertos con
trabajadores a tiempo indefinido mediante proceso selectivo. Esta circunstancia es puesta de
manifiesto por el interventor municipal que formula un reparo a estas contrataciones.
b) La creación de la bolsa de trabajo de conserjes se reguló sin contemplar que ya existía una
bolsa creada con anterioridad. La confección de la nueva bolsa recoge a los aspirantes por orden
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 52
decreciente de puntuación en el proceso selectivo, incluyendo en los primeros puestos a los que
formaban parte de la bolsa anterior, extremo que no se recogió en las bases de la convocatoria,
por lo que fue recurrida por los participantes en este proceso de selección. Por sentencia del
juzgado contencioso administrativo de Santiago de Compostela, del 19/04/2016 se condena al
ayuntamiento a la elaboración de una bolsa de trabajo que resulte exclusivamente de
conformidad con las bases de la convocatoria del año 2013. En el momento actual, este
problema no volverá a surgir porque en el BOP de 18/02/2016 se publica la aprobación definitiva
del Reglamento de bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Ames en el que en su artículo 4.d)
recoge que: “en cualquier caso, la elaboración de una nueva bolsa de trabajo supondrá la
anulación de las bolsas que pudieran existir para ese mismo puesto”.
c) En los otros dos procesos de selección de personal del ejercicio, se puede concluir que, en
líneas generales el ayuntamiento está cumpliendo con los principios que rigen en la contratación
de personal en las Administraciones Públicas
IV.8.4. RETRIBUCIÓOSE
A partir del listado anual de la nómina, se seleccionó una muestra para verificar si las
retribuciones de cargos electos, personal eventual, funcionarios y laborales se ajustan a las
cuantías que corresponden y a los conceptos retributivos legalmente establecidos.
Como resultado del trabajo se constata:
a) Respecto a los conceptos retributivos se aprecian las siguientes incidencias:
Complemento específico de compensación horaria.
El complemento específico de compensación horaria, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo
regulador del sistema de compensación, para el trabajo en período festivo y nocturno del
personal del Ayuntamiento de Ames", tiene como objetivo la compensación, económica o en
tiempo libre, de los trabajos realizados en período festivo o nocturno, y que no merezcan la
consideración de servicios extraordinarios. Se aplica el mismo criterio a todo el personal
funcionario y así como al personal laboral que presta servicios en el ayuntamiento.
Las cuantías resultantes de la aplicación de este sistema compensatorio en ningún caso podrán
ser consolidables, ni generarán tipo algún de derecho sobre posteriores valoraciones económicas
de los puestos. En el presupuesto de la entidad el importe de estas compensaciones se incluyen
dentro del complemento específico.
El hecho de prestar servicios por turnos o en domingos o festivos forma parte de las especiales
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 53
características o especificidades de determinados puestos del trabajo, en especial de los
correspondientes a la policía local, hecho que debería tenerse en cuenta en el momento de
cuantificar el complemento específico de cada uno de ellos cuando se aprueba la RPT.
Por otro lado, según el artículo 93 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los funcionarios de la
Administración local sólo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos establecidos en
el artículo 23 de la Ley 30/1984, del 2 de agosto, donde se señala también que en ningún caso
podrá establecerse más de un complemento específico para cada puesto de trabajo, como parece
que se está a hacer en el ayuntamiento, considerando una parte fija del especifico, que es la que
consta en la RPT, y una variable que sólo retribuye los festivos o nocturnos que el personal que
ocupa estos puestos tenían que hacer en cada mes en concreto en cumplimiento de su específica
jornada de trabajo.
Por lo tanto, este complemento no se ajusta a lo dispuesto en la normativa sobre retribuciones
de los funcionarios. Por este motivo, el interventor tiene planteado reparos a las nóminas
mensuales.
Complemento de compensación Incapacidad laboral temporal (ILT).
El complemento de la prestación económica de la situación de ILT recogido en el RD 20/2012,
del 13 de julio, fue acordado por la mesa de negociación en el año 2012 pero no fue ratificado
por el pleno hasta el 2015, de manera que no pudo ser de aplicación en este ejercicio.
Gratificaciones.
Respecto de las horas extraordinarias y gratificaciones por servicios extraordinarios realizados
fuera de la jornada laboral, nos remitimos a los informes de reparos de la intervención a las
nóminas mensuales. En los reparos formulados, el interventor hace constar que la verificación de
que se están cumpliendo con los límites máximos de horas extras anuales establecidos en el
artículo 35 del estatuto de los trabajadores y en el convenio colectivo del ayuntamiento, se debe
realizar según el artículo 48.5 del Convenio colectivo llevando un registro por servicios con el
número de horas extraordinarias hechas, control que debe ser realizado trimestralmente.
El procedimiento para el reconocimiento y abono de estos servicios extraordinarios consiste en la
presentación por el interesado de una comunicación mensual de los mismos. Esta comunicación
es informada por el responsable del servicio y trasladada a la alcaldía para su aprobación.
b) Respecto a las retribuciones de los miembros de la Corporación.
En el caso de los miembros de la Corporación que perciben retribuciones por el ejercicio de sus
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 54
cargos con dedicación exclusiva (Alcalde y Primer teniente de Alcalde) y dedicación parcial de
otros tres concejales se comprueba que figuran dados de alta en el Régimen General de la
Seguridad Social y que se le practican las pertinentes retenciones en concepto de IRPF.
Respecto de los concejales sin dedicación exclusiva o parcial, que perciben retribuciones por su
asistencia a plenos y demás órganos colegiados, se comprueba que se corresponden con las
cantidades aprobadas en las BEO y con su efectiva asistencia a plenos, juntas de gobierno o
comisiones informativas.
c) Respecto a las retribuciones del personal eventual, laboral y funcionario.
De las comprobaciones efectuadas, no se aprecia ninguna incidencia que deba ser objeto de
mención, a excepción del señalado en el análisis de los conceptos retributivos, ajustándose en
todos los casos a las cuantías y conceptos establecidos en las disposiciones aplicables.
Igualmente, se comprueba que el nivel de complemento de destino está comprendido en los
límites mínimos y máximos establecidos en el RD 861/1986, y que no se superan los límites
cuantitativos de las retribuciones básicas y complementarias establecidas en los presupuestos del
ejercicio.
V. CONCLUSIONES
1. No existen manuales de procedimientos internos ni normas escritas sobre el archivo de
documentos, su accesibilidad y protección segura.
2. No existe un plan de disposición de fondos de la tesorería, que establezca el acomodo de la
expedición de las órdenes de pago mismo, respectando en todo caso a la prioridad de los gastos
de personal y de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.
3. En relación a los saldos pendientes, tanto de derechos pendientes de cobro como de
obligaciones pendientes de pago, no se realizan depuraciones de saldos de forma periódica, lo
que da lugar a que permanezcan contabilizados saldos muy antiguos. Así, figuran derechos
pendientes de cobro contabilizados entre los años 1989 y 2009 por importe de 3.888.103,88€,
lo que representa el 51,24% del total de derechos pendientes. E igualmente figuran obligaciones
pendientes de pago contabilizadas entre 1996 y 2009 por importe de 1.446.045,60€ .
4. El inventario de bienes y derechos, aprobado por el pleno el día 3/4/1997, está
desactualizado y no incluye todos los bienes de la entidad, que por lo tanto no están
correctamente contabilizados ni son objeto de amortización. Además, la mayoría de los bienes no
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 55
están registrados en el Registro da Propiedad, como establece el artículo 36 del Reglamento de
Bienes de las entidades locales, con la excepción de los bienes de cesión obligatoria de los
ámbitos urbanísticos desarrollados mediante iniciativa privada. La inexistencia de un inventario
contable completo y actualizado, impide determinar la valoración correcta del inmovilizado.
5. No se requiere al órgano gestor si transcurrido un mes desde la anotación de la factura o
documento equivalente en el registro, aquel no tramitó el expediente de reconocimiento de la
obligación, tal exige el artículo 5 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de lucha contra la morosidad.
Además, no existe ningún procedimiento de control interno que permita detectar operaciones no
registradas.
6. La fiscalización previa está sustituida por una fiscalización limitada. No se realiza la
fiscalización plena posterior sobre una muestra, contemplada en el art. 219.3 TRLHL, hecho que
se trata de paliar ampliando en las BEO (en la nº35) las cuestiones que deben ser objeto de
comprobación con relación a los apartados a) y b) del art. 219.2 del TRLHL. No hay constancia de
que lleven a cabo actuaciones de control financiero ni de control de eficacia, para lo que el
Ayuntamiento debería tener definidos unos objetivos previos que permitan verificar la eficacia,
eficiencia y economía en la prestación de los servicios públicos.
7. Existen operaciones pendientes de aplicar al presupuesto recogidas en la cuenta 413
“Acreedores pendientes de aplicar al presupuesto”, con un saldo de 404,27 miles de euros, que
se incrementan en 2013 con relación al saldo de 306,34 miles de euros pendientes a
31/12/2012. La ausencia de registro contable de las obligaciones pendientes de imputar al
presupuesto afecta al cálculo del déficit de la entidad local y supone una grave deficiencia en el
contenido de la información de las cuentas anuales.
8. Se tramitan expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito que tienen por causa
originaria actos nulos de pleno derecho, como vía para eludir el cumplimiento de la normativa de
contratación. En 17 de los 46 expedientes de reconocimiento extrajudicial de obligaciones se
aprecia como causa subyacente la existencia de actos nulos de pleno derecho.
9. Comprobado el cálculo de la dotación de la provisión por insolvencias según los criterios de
cálculo establecidos en la BEO nº 37, y contrastado el mismo con el contenido del Decreto
2625/2015 en el que se acuerda la compensación de los derechos pendientes de cobro y de las
obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores, resulta una dotación superior en 44,98
miles de euros a la que figura contabilizada.
10. Se aprecia en 9 de los 25 expedientes que el procedimiento de pago fue la domiciliación
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 56
directa del cobro por parte del acreedor en la cuenta del Ayuntamiento, para el que debería
contar con la autorización previa de este. Este procedimiento no es conforme con la normativa de
ejecución del gasto público, por cuanto supone el pago antes de la autorización y aprobación del
gasto. En el servicio de contabilidad aseguran que ya no se utiliza este procedimiento.
11. Se comprueba que en el presupuesto de ingreso se realizan estimaciones contables
inadecuadas en los reconocimientos de ingresos que financian modificaciones presupuestarias.
Se contabilizan modificaciones de ingreso que luego no son reconocidos ni recaudados, o
modificaciones de ingresos que duplican las previsiones iniciales. Esto unido a la escasa ejecución
que presentan otros conceptos de ingreso, hacen que sea material el riesgo de incurrir en gastos
superiores a los ingresos presupuestados, como demuestra la diferencia entre el presupuesto
inicial, con previsión de saldo por operaciones no financieras de 4.448,67 miles de euros, que en
la ejecución se reducen a 918,94 miles de euros.
12. De la comprobación efectuada del cumplimiento de la regla del gasto en materia de
estabilidad presupuestaria se desprende un error en el cálculo, con la consecuencia de que, de
haberse empleado las cifras correctas resulta un gasto computable en el 2013 de 17.811,94
miles de euros y una tasa de crecimiento del 6,75%, superior al 1,7% permitido
13. El ayuntamiento de Ames acudió al mecanismo para la financiación del pago a proveedores
regulado en el RDL 4/2012, norma que permitió el afloramiento de facturas sin registrar, sin que
eso suponga la exigencia de responsabilidades por eses gastos y pagos liquidados sin crédito.
Por esta vía el Ayuntamiento de Ames solicitó la financiación de un total de 590,87 miles de
euros, de los cuales 52,44 miles de euros corresponden a facturas sin registro contable de ningún
tipo. La ausencia de registro contable de las obligaciones pendientes de imputar al presupuesto
afecta al cálculo del déficit de la entidad local y supone una grave deficiencia en el contenido de
la información de las cuentas anuales.
14. El Ayuntamiento de Ames no dispone formalmente de una política de seguridad de la
información, aprobada por el órgano superior correspondiente, que identifique a los responsables
de velar por su cumplimiento. Tampoco se elaboraron planes de formación y concienciación en
materia de seguridad de la información dirigida a los usuarios de los sistemas de información del
ayuntamiento. Por último, si bien el ayuntamiento efectuó actuaciones para el cumplimiento de
la Ley Orgánica 15/1999, del 15 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, no se
dispone del documento de seguridad de la LOPD, ni se practican auditorías periódicas sobre el
cumplimiento de esta ley. Este hecho, representa un incumplimiento normativo que puede
generar responsabilidades y sanciones, además del prejuicio para la imagen del ayuntamiento.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 57
15. En relación con los actos de preparación de los contratos pueden formularse las siguientes
conclusiones:
- No se motiva adecuadamente la necesidad de la contratación. En los expedientes revisados,
consta únicamente una justificación hecha por el Alcalde.
- El tiempo medio de tramitación de los expedientes fiscalizados alcanzó los 100 días,
superándose en 4 de los expedientes revisados esta media.
- En los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos de servicios no
constan instrucciones dirigidas a evitar incurrir en supuestos de cesión ilegal de trabajadores.
- Declaraciones de urgencia en dos contratos de servicios sin motivar adecuadamente que el
contrato responde a una necesidad inaplazable o que sea preciso acelerar la adjudicación por
razones de interés público.
- En el ejercicio fiscalizado el sistema informático que soporta el perfil de contratante no
permitía acreditar el inicio de la difusión pública de la información que contiene.
16. En relación con los actos de adjudicación de los contratos, se formulan las siguientes
conclusiones:
- En ninguno de los expedientes de contratación tramitados por el procedimiento negociado se
acreditó la existencia de una negociación de las condiciones de los contratos.
- No hay constancia de certificación del registro municipal sobre la fecha de entrada de las
ofertas de las empresas invitadas al procedimiento.
- No se acredita la existencia de garantías procedimentales para evitar la concurrencia de
empresas vinculadas entre si.
- No se acredita que existan protocolos que permitan garantizar el secreto de las proposiciones
y la transparencia en los procedimientos.
- Utilización de criterios de valoración que responden al cumplimiento de obligaciones legales.
- Los porcentajes de bajas que se alcanzan indican que los proyectos no se aproximan a la
realidad de los precios de mercado.
17. En relación con la ejecución de los contratos se concluye que:
- En 5 de los 7 expedientes fiscalizados se incumplió con el plazo de ejecución del contrato.
- En 3 de los expedientes fiscalizados no se cumple con el plazo de 30 días para la aprobación
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 58
da certificación de obra.
- En 4 de los expedientes fiscalizados no se cumple con el plazo establecido para el pago de las
certificaciones y facturas.
- En dos concesiones de explotación del servicio de cafetería, continuaban prestando el servicio
las empresas adjudicatarias a pesar de estar vencidas las concesiones, al igual que ocurre en el
caso de la explotación del servicio de abastecimiento.
- Se tramita un contrato por el procedimiento de emergencia sin base legal que lo justifique, ya
que se trató de ordenar a la empresa que obtuvo la concesión por 9 meses en el ejercicio 2013 a
continuación de la explotación.
18. En relación a la tramitación dos contratos menores, no se siguió en todos los contratos los
trámites establecidos por las Bases de ejecución del presupuesto. En la revisión de los informes
de reparo efectuados por la Intervención del ayuntamiento se observó la existencia de facturas
que superan los límites de contrato menor, por lo que non tendrían cobertura contractual.
19. Como resultado del trabajo realizado destacan las siguientes consideraciones idénticas para
el ejercicio fiscalizado y el actual:
- No se dispone de plan de recursos humanos.
- No existe organigrama de la entidad.
- No está constituido formal ni materialmente el registro de personal.
- No se tiene plan de formación del personal.
- Tampoco se dispone de manual de procedimientos o instrucciones sobre personal.
- No están implantados sistemas de evaluación del desempeño.
- No se aprobaron criterios objetivos para asignar la productividad y, en su caso, gratificaciones
aunque la partida de productividad fue retirada del presupuesto como consecuencia del plan de
ajuste aprobado en marzo de 2012.
20. La RPT presenta carencias de tal naturaleza que impiden que pueda ser considerada como el
instrumento de ordenación de personal del ayuntamiento, como ponen de manifiesto los
defectos observados:
- No recoge de manera correcta todos los puestos de trabajo del ayuntamiento, resultado de su
antigüedad y de la falta de actualización al terse producido modificaciones en los puestos de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 59
trabajo que no tuvieron reflejo en la RPT.
- Existencia de puestos de la RPT que no están presupuestados, lo que pone de manifiesto que
la entidad no tiene cubiertos puestos de relevancia para su funcionamiento administrativo. Esta
circunstancia obliga a que os titulares de puestos de trabajo de categorías o niveles inferiores
tengan que asumir funciones correspondientes a puestos de categoría superior.
- Existencia de puestos de trabajo de carácter permanente y continuado en el tiempo no
incluidos en la RPT, caso de los profesores de la escuela municipal de música, puestos que de
manera reiterada se cubren acudiendo a contrataciones temporales con las mismas personas
desde el inicio de su actividad en el ejercicio 2004.
- Elevado número de puestos de la RPT vacantes (70 sobre un total de 233).
21. El complemento específico de compensación horaria no se ajusta a lo dispuesto en la
normativa sobre retribuciones del personal.
VI. RECOMENDACIONES
1. Debe procederse a la redacción de manuales de procedimientos que definan de manera
clara los trámites a seguir en cada una de las tareas desarrolladas y regulen aspectos como:
- Procedimientos de autorización y aprobación.
- Segregación de funciones (autorización, proceso, archivo, revisión).
- Controles sobre el acceso a recursos y archivos.
- Verificaciones y conciliaciones.
- Revisiones de operaciones, procesos y actividades.
3. El manual interno de procedimientos debe establecer claramente el requerimiento
automático al órgano gestor para la tramitación de los expedientes de reconocimiento de la
obligación, si transcurre más de un mes desde la anotación en el registro de la factura. A tal fin,
y con dicha periodicidad debe establecerse una conciliación entre el registro de facturas y las
obligaciones pagadas, pendientes de pago, y pendientes de imputar al presupuesto.
4. Debe elaborarse el plan de disposición de fondos da tesorería, al que se refiere el artículo 87
del TRLRHL que establezca la prelación en la realización de pagos.
5. Debe realizarse una depuración de los saldos de derechos pendientes de cobro
correspondientes a los ejercicios 2009 y anteriores, así como de las obligaciones pendientes de
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 60
pago correspondientes a los ejercicios 1996 y anteriores, para que la contabilidad refleje
adecuadamente la situación real.
6. Debe procederse a la actualización del inventario de bienes del ayuntamiento, para que sirva
de base para la adecuada contabilización de los mismos, así como procederse al registro de los
mismos en el registro de la propiedad.
7. Diseñar un plan de fiscalización plena posterior sobre una muestra de las operaciones, que
se debe realizar a través de procedimientos de auditoría.
8. Dada la naturaleza excepcional del reconocimiento extrajudicial, en los supuestos en que la
causa subyacente del reconocimiento extrajudicial de créditos sea una nulidad de pleno derecho
(artículo 29 TRLCSP y 62 Ley 30/1992), el procedimiento a seguir para regularizar la situación
creada se establece en el artículo 34 del TRLCSP, que señala que la revisión de oficio de los actos
preparatorios y de adjudicación de los contratos se tiene que llevar a cabo de conformidad con lo
establecido en la Ley 30/1992.
9. Proceder a la revisión de los cálculos empleados en la dotación de la provisión por
responsabilidades.
10. Debe eliminarse la domiciliación directa del cobro por parte de los acreedores de la entidad
local, por suponer la realización del pago con carácter previo a la autorización del mismo.
11. Aunque el estado de ingresos del presupuesto es una estimación de los que se prevén
recaudar en el ejercicio, se debería hacer un seguimiento periódico de la ejecución del
presupuesto de ingresos, para que de no ser realista su cumplimiento se puedan ajustar a la baja
los créditos para gastos y no incurrir en déficit.
12. Se debe realizar de nuevo el cálculo de la regla del gasto para el ejercicio 2013 y siguientes,
teniendo presente las tasas de referencia aplicables en cada ejercicio, y comparar ese resultado
corregido con el que resulta en el presupuesto vigente. De ser necesario, comunicar tal
circunstancia al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
13. La entidad local debe adoptar medidas de gestión del gasto público que obliguen a la
imputación al presupuesto y a la contabilización de todas las obligaciones. Y así mismo debe
hacer efectivas las responsabilidades previstas en las distintas normas para el caso de no
cumplimiento de las normas de gasto público.
14. Conforme a lo establecido en el RD 3/2010, se recomienda que el Pleno del Ayuntamiento
de Ames apruebe formalmente una política de seguridad de la información en la que, de forma
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 61
clara, se precise la estructura organizativa en esta materia y la asignación de responsabilidades,
así como los programas de formación específicos en materia de seguridad de la información para
todos los usuarios de sistemas. Igualmente, que se realicen auditorías periódicas para dar
cumplimiento cuanto antes a las disposiciones de la LOPD.
15. También se recomienda que el Ayuntamiento de Ames proceda a la categorización de sus
sistemas de información, atendiendo a la valoración de la información que manejan y a los
servicios prestados, así como a la realización de un análisis de riesgos, que identifique los activos
más valiosos, las amenazas más probables y las medidas de seguridad existentes.
16. El órgano de contratación debe prever con la suficiente antelación los contratos a celebrar
durante el ejercicio presupuestario y realizar todas las actuaciones necesarias con la finalidad de
cumplir en los plazos establecidos con los objetivos programados.
17. Debe prestarse especial atención a la adecuada motivación de la necesidad de los contratos
que se debe acompañar a los informes de los servicios correspondientes.
18. Se recomienda que se dé preferencia al procedimiento abierto sobre el procedimiento
negociado por ser el procedimiento ordinario y teniendo en cuenta, además, que en las ocasiones
en las que el órgano de contratación acude a este procedimiento no se produce una negociación
de las condiciones del contrato.
19. Se debe tratar de que los proyectos de obras se ajusten a los precios de mercado de cada
momento, para evitar la presentación ofertas con bajas desmesuradas, de hasta el 50% en
alguna ocasión.
20. Se deben incluir en los pliegos de cláusulas administrativas particulares instrucciones lo
suficientemente amplias dirigidas a evitar supuestos de cesión ilegal de trabajadores, semejantes
a las instrucciones propuestas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con
fecha 28 de diciembre de 2012.
21. La entidad debe aprobar un plan de recursos humanos que contemple como mínimo los
siguientes aspectos:
- Elaboración de manuales de procedimiento o instrucciones internas que concreten aspectos
relativos a las funciones de los trabajadores, tramitación de nóminas, solicitud de permisos y
licencias, anticipos, ayudas de coste, instrucciones reguladas para asistir a cursos, jornadas o
seminarios, etc.
- Organigrama o gráfica que represente la distribución orgánica y funcional de la entidad, que
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 62
permita observar de forma inmediata tanto la dimensión como la estructura departamental por
áreas, servicios, secciones, etc., en las que se divide la institución.
- Plan de formación del personal.
- Sistema de evaluación del desempeño
- Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la entidad.
22. La entidad debe constituir el Registro de Personal, e inscribir en él todos los actos que
afecten a la vida administrativa y laboral del personal de la entidad.
23. La entidad debe mantener permanentemente actualizada su plantilla y RPT, reflejando en
las mismas todas las modificaciones en los puestos de trabajo. Igualmente la entidad debe cubrir
aquellos puestos de trabajo de la RPT que no están presupuestados pero que son relevantes para
su funcionamiento administrativo, cuyas vacantes dificultan la segregación de funciones u
obligan a que los titulares de puestos de trabajo de categorías o niveles inferiores tengan que
asumir funciones correspondientes a puestos de categoría superior
24. En la RPT de la entidad deben incluirse todos aquellos puestos que tienen carácter
estructural y deben ser cubiertos con trabajadores a tiempo indefinido, o, en su defecto, por
personal temporal seleccionado mediante un proceso selectivo que garantice el cumplimiento de
los principios de mérito, capacidad, igualdad, publicidad y concurrencia exigidos.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 63
ANEXOS
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 65
Anexo I: Seguimiento plan de ajuste. Ingresos.
Medidas de Ingresos Descripción Impacto
estimado en 2012
Impacto estimado en
2013
Cumplimiento/incumplimiento de las medidas en 2013
Medida 1: subidas tributarias, supresión de
exenciones y bonificaciones voluntarias
IBI: Aplicación del artículo 8 Real decreto-ley 20/2011, que establece un incremento en los tipos de gravamen; y menor coeficiente de reducción por los nuevos valores catastrales, revisados en el 2005
641.127,78 641.127,78 614.238,15
Medida 1: subidas tributarias, supresión de
exenciones y bonificaciones voluntarias
IVTM: Actualización con el IPC del coeficiente de incremento de tareas mínimas a que se refiere el artículo 95.4 Real decreto-legislativo 2/2004
0,00 30.327,87
A medida se acuerda en el 2012 para su entrada en vigor en el 2013. El IPC varía en un 2,1% entre junio 2012 y junio 2013 y el coeficiente pasa del 1,2730% al 1,3%. Se actualiza a partir de ese momento por lo que la medida no se cumple en el 2013.
Medida 1: subidas tributarias, supresión de
exenciones y bonificaciones voluntarias
ICIO: Con efectos 2013 se prevé aprobar una ordenanza que incremente hasta el 4%el tipo de gravamen aplicado a las obras de construcción de viviendas plurifamiliares, colectivas o promociones de más de una vivienda. (Se menciona que no se puede descartar que a lo largo, especialmente de 2012, el ayuntamiento deba devolver algún ingreso como consecuencia de la renuncia a la ejecución de obras autorizadas en ejercicios anteriores).
34.272,00 35.985,60 Se incrementó el tipo de gravamen hasta el 4%. Se cumplió la medida. (No se cuantifica su impacto.)
Medida 1: subidas tributarias, supresión de
exenciones y bonificaciones voluntarias
TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO: En noviembre de 2011 fueron aprobados incrementos en algunas actividades: comedor escolar, escuela de música, buenos días cole, tardes divertidas y escuelas deportivas. A partir de 2012 todas las tasas municipales serán objeto de actualización anual según el IPC del año anterior. Se exceptúan las tasas "ad valorem", en las que se determina una cuota tributaria aplicando un tipo de gravamen a una base imponible y algunas tasas relacionadas con servicios de conciliación familiar y laboral.
0,00 115.518,83
Con carácter general, esta medida no se cumplió. Únicamente se modificaron las tareas de la Escuela de Música, sin impacto apreciable sobre la recaudación. Todos los servicios son deficitarios. Hay que destacar el déficit estimado del servicio de comedor escolar, que con un nº de niños próximo a 1.100, es de 600.000 euros anuales.
Medida 2: Refuerzo de la eficacia de la recaudación
executiva y voluntaria (firma de convenios de
colaboración con el Estado y/o CCAA)
En el primer semestre de 2012 se va a decidir acerca del modelo de gestión, inspección y recaudación tributarias, considerando dos alternativas: la delegación de competencias en la Diputación Provincial o una nueva licitación. La opción de la Diputación Provincial resulta mucho más favorable que la actual (con la empresa GTT) desde el punto de vista económico.
0,00 266.073,66 Se considera cumplida la medida, al haberse incorporado el ayuntamiento al Sistema provincial de recaudación, lo cual supuso un notable ahorro de recursos.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 66
Medidas de Ingresos Descripción Impacto
estimado en 2012
Impacto estimado en
2013
Cumplimiento/incumplimiento de las medidas en 2013
Medida 3: Potenciar la inspección tributaria para
descubrir hechos imponibles no gravados.
Se prevé iniciar en el 2012 actuaciones específicas en el ámbito de la "tasa del 1,5%", con un impacto estimado de 55.080 euros en 2013 (0 euros en 2012).En relación a la tasa de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, como resultado de un expediente de comprobación de valores llevado a cabo en el rural se han puesto de manifiesto hechos imponibles no declarados, lo cual se concreta en una propuesta de regularización que va a tener efectos en el 2012, con un importe previsto de 1.125.158,80 euros. Además, dichas actuaciones darán lugar a nuevas altas en el padrón que pueden cifrarse en torno a los 280.000 euros.
1.125.158,80 343.480,00
En relación a la "tasa del 1,5% la medida no se cumplió. El plan contemplaba el inicio de actuaciones inspectoras que no consta que se hubieran realizado. Esta competencia está delegada en la Diputación provincial y por lo tanto su aplicación ya no depende del ayuntamiento. En relación a la tasa por la recogida de residuos sólidos urbanos, la medida se cumplió.
Medida 4: Correcto financiamiento de tasas y
precios públicos
Se va a aprobar, para determinadas actividades, el número máximo de usuarios y el importe máximo de déficit asumible. A partir del ejercicio 2012 se pretende que todas las actividades que no sean tasas se autofinancien con las cantidades abonadas por los usuarios. Si esto no ocurre, el déficit máximo no podrá superar el 20%.
392.000,00 403.760,00
Hay 12 actividades. En 4 de ellas (programas lúdicos) se aprueba un máximo de usuarios con carácter previo a los períodos de matrícula. En el resto de programas se incumple la medida. Las nuevas altas del SAD (o alteraciones del servicio que vayan suponer mayor coste al ayuntamiento) si se remiten a la intervención antes de su aprobación por la alcaldía. La limitación del déficit en las actividades por las que se exija un precio público se cumplió únicamente en algunas actividades.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 67
Anexo II Seguimiento plan de ajuste. Gastos.
Medidas de gastos
Descripción Impacto estimado en 2012
Impacto estimado en 2013
Impacto real en 2013
Medida 1: Reducción de
costes de personal
No cobertura de bajas por fallecimiento o jubilación: Las bajas de 2012 no se cubrieron con nuevo personal
140.756,37 140.756,37 No se cubrió ninguna vacante y además se ajustaron a la baja 4 plazas en el Presupuesto prorrogado. Por lo tanto, se cumplió la medida.
Medida 1: Reducción de
costes de personal
Reducción de la partida destinada al fondo de acción social. Esta partida se va a acomodar al importe que vienen recibiendo los empleados municipales. (Aquí entiendo que el gasto viene siendo el mismo que en años anteriores, habría que saber si otros años el sobrante de esta partida se transfería y gastaba en otra cosa).
130.000,00 130.000,00 El informe señala que la previsión presupuestaria de la partida destinada al fondo de acción social pasó de 130.000 a 60.000€ y entiende que en base a esto, la medida fue cumplida.
Medida 1: Reducción de
costes de personal
Eliminación de las partidas de productividad: Se elimina esta partida porque no venía siendo objeto de distribución, ante la falta de un sistema objetivo para ello. (Al igual que en el caso anterior, no veo donde se ahorra si realmente la partida no se gastaba)
143.562,90 143.562,90 Se elimina la previsión presupuestaria de la productividad.
Medida 1: Reducción de
costes de personal
Minoración de salarios establecida por el Real decreto ley 8/2010.
(Entiendo que con relación a 2011 no hay ahorro, puesto que la bajada de sueldos ya se produjo con efectos desde 1/6/2010, por lo que ya estaba vigente en ese año).
150.000,00 150.000,00 El informe señala que se aplica la medida por aplicación directa de la ley.
Medida 1: Reducción de
costes de personal
Otras medidas (sin cuantificar); reducción de gratificaciones por servicios fuera da jornada laboral; incremento de jornada laboral; reducción de días de libre disposición; disfrute de vacaciones en contratos de carácter temporal
Las gratificaciones por servicios prestados fuera de la jornada laboral tuvieron un fuerte descenso en 2012 con relación a 2011 (de 114.314,48 a 65.261,94€) y aumentan de nuevo en 2013 (69.205,78€). Se aplican las medidas de incremento de la jornada y reducción de días de libre disposición, sien apreciarse el ahorro derivado de las mismas. La medida relativa al disfrute de vacaciones, antes de la finalización del vínculo laboral, no fue cumplida con carácter general.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 68
Medidas de gastos
Descripción Impacto estimado en 2012
Impacto estimado en 2013
Impacto real en 2013
Medida 6: Reducción del
número de personal de
confianza y su adecuación al tamaño de la entidad local
Como resultado de las últimas elecciones municipales, las dedicaciones exclusivas pasaron en 2012 (acuerdo del pleno de 8/7/2011) de 4 a 2. También varió el número y retribución del personal eventual.
107.947,12 107.947,12 La medida ya se tenía acordada en el 2011. Adicionalmente, las renuncias producidas al inicio de 2013 motivaron la vacante en dos de las dedicaciones reconocidas por el pleno en el 2011.
Medida 7: Contratos
externalizados que considerando su
objeto pueden ser prestados por el
personal municipal
La gestión administrativa del personal, así como la confección de nóminas, se harán por el departamento de personal en vez de por una asesoría externa
33.333,33 36.000,00 Esta medida se cumplió únicamente en relación a la confección de las nóminas. Las relaciones con la seguridad social se siguen llevando por una empresa externa.
Medida 7: Contratos
externalizados que considerando su
objeto pueden ser prestados por el
personal municipal
El diseño y en ocasiones la edición del material con que se publicitan las actividades municipales fue asumido por el personal municipal. Así mismo el reparto de publicidad se sustituyó por la difusión a través de la web.
10.000,00 10.000,00 Los gastos en diseño de material publicitario experimentaron un fuerte descenso. Los gastos de reparto fueron inferiores a los registrados en ejercicios anteriores al plan.
Medida 10: reducción de la celebración de
contratos menores
Sin cuantificar
Si bien se reorganizó el departamento y se puso en marcha un plan de contratación, al final de 2013 seguía habiendo muchas prestaciones sin cobertura contractual. Por lo tanto, puede concluirse que la medida se cumplió parcialmente.
Medida 11: Non ejecución de la
inversión prevista inicialmente
El 27/11 se acuerda la no ejecución de una obra que ascendía a 2.402.883,23 euros.
La medida fue cumplida. A fecha del informe, la obra sigue sin ejecutarse.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 69
Medidas de gastos
Descripción Impacto estimado en 2012
Impacto estimado en 2013
Impacto real en 2013
Medida 15: reducción en la prestación de
servicios de tipo no obligatorio:
Se valorará la conveniencia de rediseñar el servicio de transporte adaptado, que representa un coste superior a 90.000 euros. No se cuantifica el posible ahorro.
El servicio se sigue prestando por el mismo adjudicatario que lo venía prestando desde su puesta en marcha. Desde 2010, el contrato se presta sin cobertura contractual.
Medida 16: Otras medidas por el
lado de los gastos.
Implantación de un sistema de ahorro energético para el suministro eléctrico
0,00 93.000,00 Esta medida no fue cumplida. Sin embargo, antes de finalizar 2013 se contrató una auditoría energética de los alumbrados exteriores del ayuntamiento.
Medida 16: Otras medidas por el
lado de los gastos. Nuevo diseño del Plan de Transporte Metropolitano 35.000,00 36.750,00
Esta medida entró en vigor a lo largo de 2012, propiciando un ahorro próximo a los 100.000€ anuales.
Medida 16: Otras medidas por el
lado de los gastos. Reubicación de servicios municipales, prescindiendo de alquileres 10.000,00 41.200,00 Esta medida se cumplió, propiciando un ahorro anual superior a 30.000€.
Medida 16: Otras medidas por el
lado de los gastos.
Implantación de un sistema de inventario y control de los materiales adquiridos para su utilización por las brigadas municipales
4.333,33 26.962,00 Esta medida no se cumplió.
Medida 16: Otras medidas por el
lado de los gastos.
Renovación de los contratos de telefonía, seguro de responsabilidad civil y con la Mutua de accidentes
82.500,00 85.552,50
La medida no se cumplió en relación a los contratos de telefonía y seguro de responsabilidad civil. En relación al contrato de prevención de riesgos laborales, en enero 2012 se renovó el contrato, con un ahorro de 3.000€ anuales y la adjudicación en julio 2013 permitió un ahorro adicional próximo al 20%.
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 71
Anexo III Contratos de obras suscritos o formalizados en el ejercicio.
Objeto del Contrato Presupuesto
licitación (sin IVA)
Precio de adjudicación
(sin IVA)
Fecha adjudicación
definitiva
Fecha formalización
Plazo ejecución (meses)
Contratistas
Obras en los colegios y comedores del ayuntamiento de Ames. 41.716,16 40.270,33 30-12-13 17-01-2014 2 33211688X - Serafin Lueiro Souto - Es
Pintado interior Pabellón de Milladoiro 12.974,05 8.473,50 07-08-13 29-08-2013 1
44820821P - BOUZAS FERNÁNDEZ, FELIX - ES
Obras de reparación de firme asfáltico y pintado da travesía del puerto en Milladoiro- Ames
57.571,08 51.238,00 20-12-12 08-01-2013 0.66 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Acondicionamiento de espacio exterior para zona de aparcamiento anexo a centro de formación ocupacional y usos múltiples de Aldea Nova.
76.841,56 55.325,00 18-07-13 02-08-2013 1 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Actuaciones de minimización de afección de las avenidas del riego de los pasos en Bertamiráns.
20.847,13 17.720,00 07-03-13 18-03-2013 1 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Mejora capa de rodaje camino cruce Insua-Novais-Gasamáns (Agrón) y otros.
34.840,00 26.130,00 23-08-2013 30-08-2013 6 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Mejora da capa de rodaje camino Bertamiráns-Barreira-Ponte Lapido (Ortoño) y otro.
61.882,63 45.175,00 23-08-2013 30-08-2013 6 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Mejora capa de rodaje Capeáns-Igrexa de Cobas y otros. 59.004,54 44.250,00 23-08-2013 30-08-2013 6 B15025372 - Martinez Montes e Hijos, SL-ES
Proyecto modificado de sustitución de colector de saneamiento en la calle Alcalde Lorenzo. Bertamiráns
132.580,47 99.170,19 06-06-2013 14-06-2013 3 B15026693 - ESPINA Y DELFIN, S.L. - ES
Actuaciones en el entorno del campo de futbol de Bertamiráns. 49.787,74 48.294,11 05-09-2013 17-09-2013 3
B15032287 - CONSTRUCCIONES IGLESIAS MERA, S.L. - ES
Obras de mantenimiento y mejora energética no EIM El Bosque 13.188,98 13.105,79 19-12-2013 17-01-2014 1.06
B15032287 - CONSTRUCCIONES IGLESIAS MERA, S.L. - ES
Obras de acondicionamiento de la calle Seidón en Milladoiro 27.702,61 26.317,48 17-01-2013 06-02-2013 0.5
B15293145 - CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO, S.L. - ES
Obras de abastecimiento de agua a Barouta (Ames) 69.962,92 41.977,75 08-05-2013 13-05-2013 6
B15356090 - EXCAVACIONES OVIDIO, S.L. - ES
Obras de canalización de pluviales y mejora de la seguridad viaria en el lugar de Ventín, parroquia de Biduido.
23.239,89 15.801,65 07-03-2013 18-03-2013 1.2 B15608193 - OBRAS Y VIALES DE GALICIA, S.L. - ES
Pavimentación interior en Lapído, 2ª fase 67.129,12 62.983,47 27-12-2012 14-01-2013 6
B15608193 - OBRAS Y VIALES DE GALICIA, S.L. - ES
Obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Biduido de Arriba.
45.521,34 43.245,27 07-02-2013 15-02-2013 1 B15626922 - EXCAVACIONES POSE, S L. - ES
Reparación interior en Ortoñiño (Ortoño) y otros. 56.747,91 53.343,02 19-09-2013 23-09-2013 6
B15626922 - EXCAVACIONES POSE, S L. - ES
Obras de acondicionamiento de biblioteca municipal del Milladoiro. 118.444,00 89.940,00 06-06-2013 18-06-2013 6
B15643299 - 2000 JOSCÓN CONSTRUCCIONES, S.L. - ES
Obras de mejora de las condiciones de seguridad peatonal en el lugar de Milladoiro.
48.018,53 44.657,23 27-12-2012 14-01-2013 1.25 B70278627 - XABRE OBRA CIVIL, S.L. - ES
Reforma dos vestuarios del pabellón polideportivo de Bertamiráns 49.061,05 37.041,09 05-09-2013 18-09-2013 3 B70278627 - XABRE OBRA CIVIL, S.L. - ES
Total obras 1.067.061,71 864.458,88
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 72
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ames, ejercicio 2013
Informe - 73
Con fecha del 22 de septiembre de 2016 fue aprobado por la Sección de Fiscalización del
Consello de Contas de Galicia el anteproyecto de informe de fiscalización del Ayuntamiento de
Ames ejercicio 2013, remitido al ayuntamiento así como al anterior responsable de la entidad
con fecha 6 de octubre, registrándose su recepción en el ayuntamiento el mismo día, a los
efectos de que al amparo del artículo 58.a) del reglamento de régimen interior del Consello de
Contas de Galicia, formularan las alegaciones y aportaran la documentación que estimasen
pertinente, en el plazo de 15 días hábiles.
Finalizado ese plazo, no se recibió en el registro general del Consello de Contas de Galicia
ninguna alegación.