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ESTUDIO DE LA EFICACIA DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL MUNICIPIO
DE BUENAVENTURA
JENNY VIVIANA MONTAÑO HERNANDEZ
WILLIAM QUIÑONES QUIÑONES
UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA
FACULTAD DE DERECHO NOCTURNO
SANTIAGO DE CALI
2013
2
ESTUDIO DE LA EFICACIA DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL MUNICIPIO
DE BUENAVENTURA
JENNY VIVIANA MONTAÑO HERNANDEZ
WILLIAM QUIÑONES QUIÑONES
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PARA OPTAR EL TÍTULO DE ABOGADO
DIRECTORA TRABAJO DE GRADO
Mg. MARÍA LILIANA CASTILLO CASTILLO
UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA
FACULTAD DE DERECHO NOCTURNO
SANTIAGO DE CALI
2013
3
CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN 4
1. DISEÑO METODOLÓGICO 21
1.1 TIPO DE ESTUDIO 21
1.2.1. Jurídico-Histórico 21
1.2.2. Jurídico-Comparativo 21
1.2.3. Jurídico-propositivo 21
1.3. MÉTODO DE INVESTIGACIÓN 22
1.3.1. Método Analítico 22
1.4 TÉCNICA DE INVESTIGACIÓN 22
1.4.1 Básica 22
1.4.2 Aplicada 23
2. CAPITULO 1. Marco Jurídico Para La Elaboración Y Ejecución Del 24
Plan De Ordenamiento Territorial Para Una Ciudad Como Buenaventura.
3. CAPITULO 2. Análisis Del Plan De Ordenamiento Territorial Que Se 49
Estableció Para La Ciudad De Buenaventura.
4. CAPITULO 3. Resultado de las encuestas con sus respectivas 75
estadísticas mostrando el nivel de conocimiento que tiene la comunidad
de Buenaventura sobre el Plan de Ordenamiento Territorial, su ejecución
y eficacia, propuesto para el Municipio.
5. CONCLUSIONES 83
BIBLIOGRAFÍA 86
4
INTRODUCCIÓN
Frente a lo que se aprecia en la ciudad de Buenaventura de forma directa o
indirectamente, ya sea por persona nacional o extranjera, se observa una difícil
situación social que se vive en el interior y en el exterior de la ciudad. Cuando se
tiene la oportunidad de visitar tan calurosa ciudad, nuestros sentidos pueden
captar rápidamente el lamentable abandono del Estado a esa gran comunidad
bonaverence, la cual pareciera que no goza de principales amparos
constitucionales expresados en nuestra Constitución de 1991.
Surge entonces una gran inquietud: ¿Como lograr una aplicación efectiva y
constante de los Planes de Ordenamiento Territorial, que garanticen una
protección de los derechos fundamentales de la comunidad, buscando el progreso
de sus habitantes y permitiendo el desarrollo concordante, paralelo, con el
desarrollo que se esta teniendo en el puerto marítimo?
El sistemático estudio que se realizará en este proyecto, va encaminado a lograr
plantear herramientas que permitan a la comunidad de Buenaventura poder actuar
de forma directa tanto en la elaboración del Plan de Ordenamiento de Territorial
como en su efectiva ejecución, de tal forma que la comunidad pueda llegar a exigir
con total conocimiento, el propuesto POT establecido para su ciudad, con miras a
lograr el progreso integral de toda la comunidad, buscando la adecuada y debida
protección y salvaguarda de los derechos Constitucionalmente establecidos por el
Estado, que permita percibir una equidad con el observado desarrollo progresivo
en los puertos marítimos de la ciudad.
Frente a las precarias condiciones en que viven la gran mayoría de los habitantes
de Buenaventura, las cuales están siendo objeto de estudio y desarrollo de
múltiples propuestas, buscando mitigar la problemática social del puerto, en asocio
con entidades de orden internacional, la Organización de las Naciones Unidas
(ONU), con la colaboración de la Universidad del Pacifico, ubicada en la ciudad de
5
Buenaventura, de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura, y por
supuesto del Gobierno Nacional y Local, observamos un detallado estudio
emprendido gracias al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD) en donde se muestran los altos índices de pobreza e indigencia en
Buenaventura:
“…Con frecuencia se dice que Buenaventura debería ser la punta de lanza del
país hacia la cuenca global del pacífico y el vértice estratégico de salida y entrada
con los corredores comerciales establecidos con los países vecinos. Pero estas
proyecciones deberían ir de la mano de una estrategia integral que busque aliviar
las difíciles condiciones sociales de los habitantes de la ciudad.
Porque además de ser el puerto más importante del país, es el lugar donde
habitan alrededor de 400.000 personas de los cuales el 80,6% viven en
condiciones de pobreza; y 43,5% viven en condiciones de indigencia. La ciudad,
por donde pasa el 55% de la carga de entrada y salida del país, tiene un índice
estimado de desempleo del 29%, y de subempleo del 35% además de unos
precarios índices de cobertura en educación y servicio públicos, y un déficit
cualitativo en vivienda cercano a las 30.000 unidades.
El resultado de esta paradoja es sin duda la problemática más importante a la que
se tienen que enfrentar el gobierno municipal, las instituciones locales y por
supuesto la misma sociedad civil que debe hacer parte activa y comprometida en
la búsqueda de salidas a los problemas estructurales del municipio.” 1
En este documento, no solamente se nos esta indicando la problemática social y
el abandono total por parte del Gobierno Colombiano, frente a esta parte del
territorio, en donde se puede reflejar el no cumplimiento del respeto y garantías de
1 Núñez, Jairo y Carvajal Panesso, Alberto. ¿Cómo romper las trampas de pobreza en Buenaventura?
Propuestas desde las comunidades y las instituciones. Cuadernos PNUD. Pag 11. http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/5270.pdf?view=1
6
los derechos fundamentales que se promulga en la Constitución, sino que invita al
Gobierno Municipal y las instituciones locales a buscar prontamente salidas,
soluciones a estos problemas estructurales de la sociedad que se evidencia
ampliamente, y a su vez, plantea la importancia de comprometer a la sociedad civil
a hacer parte activa en este proceso, de tal forma que puedan llegar a salir de esa
“trampa de la pobreza” en la que se encuentran cautivos:
“Buenaventura encarna uno de lo más tristes ejemplos de pobreza y atraso social
en Colombia. Sus indicadores de salud, educación, empleo e ingresos, son
desalentadores para cualquier observador desprevenido, para quienes han visto el
fracaso de las políticas contra la pobreza en el municipio, pero mucho más para
aquellos que día a día padecen los efectos de este fenómeno. Con el paso del
tiempo, la situación del puerto se ha vuelto más crítica, y ha condenado a cientos
de familias a vivir en la indigencia. De alguna forma, la persistencia de la pobreza
los ha llevado a aceptar la trampa que se deriva de la marginalidad y la falta de
acceso a los servicios del Estado.” 2
Todo esto nos lleva a plantearnos mas interrogantes, en aras de poder analizar el
porque se observa tan difícil situación en esa región, y la vez nos incentiva en la
búsqueda de métodos acompañados de acciones que nos permitan plantear
soluciones casi troyanas a tan difícil problemática, encaminadas a romper esa
gran “trampa de pobreza” en que se encuentran inmersos mas del 80% de la
población.
Posiblemente sea el tiempo para usar todas las herramientas jurídicas y políticas
necesarias encaminadas a ayudar a lograr un cambio total de la ciudad, con
emergente desarrollo de su población, teniendo en cuenta que han sido y siguen
siendo los principales colaboradores del crecimiento del puerto marítimo y por
2 Núñez, Jairo y Carvajal Panesso, Alberto. ¿Cómo romper las trampas de pobreza en Buenaventura?
Propuestas desde las comunidades y las instituciones. Cuadernos PNUD. Pag 15. http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/5270.pdf?view=1
7
supuesto parte integral del progreso de la economía de nuestro País, necesitando
estar satisfechos en sus necesidades básicas y fundamentales inherentes al ser
humano y mas aun como ciudadanos Colombianos, siendo participes del
desarrollo de nuestra Nación, que busca ser una Nación mas competitiva y
globalizada, en la modernización de procesos de cara al aprovechamiento de los
distinto Tratados de Libre Comercio que se han gestando alrededor de todo el
mundo.
Estas razones nos llevan a mirar las alternativas que desde nuestra academia,
desde el campo netamente jurídico, realicemos un estudio detallado del último
Plan de Ordenamiento Territorial diseñado y aplicado para la ciudad de
Buenaventura, con el propósito de evaluar la eficacia que ha tenido dicho Plan
versus al desarrollo de su comunidad, logrando establecer un puente que permita
un acercamiento entre la comunidad de Buenaventura y los gobiernos Local,
Departamental y Nacional, buscando quizás una sensibilización que propenda a
una mejor construcción y su efectiva ejecución en los próximos Planes de
Ordenamiento Territorial que se establezcan para la ciudad de Buenaventura, con
miras a contribuir eficazmente a un mejor desarrollo social.
Nuestro gran interés en desarrollar esta investigación, radica en muchos factores,
de tipos morales, religiosos, culturales y socio - afectivos, no solamente por la
cercanía que se tiene con la ciudad, sino, por todo ese valor intrínseco de
contribución en el desarrollo de nuestro departamento del Valle del Cauca.
Arraigados por los valores y principios estructurados en el estudio de la carrera
del Derecho, plasmados con un profundo carácter social, además de la proyección
social que la Universidad San Buenaventura ha instituido de forma pedagógica en
profesores y estudiantes, mediante el desarrollo de propuestas y actividades que
propenden a elaborar herramientas que contribuyan al mejoramiento en la calidad
de vida de los habitantes de nuestro entorno social, nace la enorme necesidad de
elaborar este proyecto de investigación, que busca contribuir significativamente al
mejoramiento de la Calidad de Vida de los bonaverenses, brindándoles
8
cognitivamente herramientas que propendan a que ellos mismos, puedan
estructurar eficazmente el desarrollo de su ciudad, mediante la sensibilización de
los distintos programas de carácter nacional como internacional, que van dirigidos
a favorecer la calidad de vida en todas sus facetas, socio culturales, económicas,
ambientales como políticas, siendo ellos mismos sujetos activos y parte esencial
de estos programas.
En consecuencia, emprenderemos un trabajo investigativo tendientes a mostrar el
completo desconocimiento que se tiene por parte de la comunidad bonaverense,
respecto del alcance y los fines que contiene un Plan de Ordenamiento territorial,
el cual se encuentra establecido y protegido desde la Norma Superior y
reglamentado por medio de algunas leyes generales y especificas, pertinentes
para la estructuración de este, fundamentado en propender el desarrollo de la
región y la conservación integral del territorio, con el principio implícito de generar
un mejoramiento continuo en la calidad de vida de sus habitantes, que protejan y
garantices los Derechos Fundamentales de sus ciudadanos, tal y como lo expresa
nuestra Constitución.
Por tal motivo, consultamos el libro “Polémicas Constitucionales” del autor Manuel
José Cepeda Espinosa (3), el cual nos expresa la prohibición que existe frente a la
afectación en forma desproporcionada de los Derechos Fundamentales de las
personas:
“El primer limite básico es la prohibición de afectar en forma desproporcionada los
derechos fundamentales de las personas (Art. 1º y 214 Constitución). Ello debido
a que el respecto por la dignidad humana y el deber estatal de proteger a las
personas hacen que la preservación de los derechos fundamentales sea parte
esencial del interés general, así como la preservación del orden publico y el
mantenimiento de condiciones de seguridad son un presupuesto del goce efectivo
de tales derechos.”
9
Con esta afirmación, buscamos resaltar la importancia del cumplimiento por parte
del Estado de proteger los derechos fundamentales, sobre todo en el respeto de la
Dignidad Humana, consagrado en el articulo primero de la Constitución, siendo el
primer principio fundamental en la estructura de la Constitución Política de
Colombia.
La precaria condición social que se observa en Buenaventura, lleva a pensar que
posiblemente se estén violando principios fundamentales, en donde hasta la
fecha, todavía ni siquiera se les ha podido garantizar el suministro continuo de
agua potable, soportando malas condiciones de salubridad en muchos barrios que
no poseen ni siquiera un óptimo sistema de alcantarillado de aguas residuales y
aguas lluvias; o cuando no se puede tampoco garantizar un empleo digno a las
personas mas vulneradas y en condiciones de desigualdad económica, social,
física, frente al resto de la población, sin existir la estructura necesaria para
atender este tipo de necesidades de los menos privilegiados, lo que podría estar
evidenciando una gran corrupción en el Gobierno y las autoridades locales, hasta
en un nivel nacional e internacional, al igual que la incubación de algunos grupos
al margen de la ley, desembocando en altos índices de violencia dentro y fuera de
la ciudad.
En la ponencia “Los Derechos Fundamentales y su Incorporación en los Tratados
de Libre Comercio” presentada por el abogado Carlos Vega Puello, en el Foro
sobre divulgación y Promoción de los Derechos Fundamentales, organizado por el
ministerio de Protección Social y la Organización Internacional del Trabajo,
expresa lo ligado que se encuentra la protección de los Derechos fundamentales
con el crecimiento económico y progreso social de una región, vinculado
lógicamente a generar condiciones laborales acordes a ese crecimiento
económico:
“Los derechos fundamentales que se reconocen a la persona en su condición de
tal y no específicamente en su condición de participante en el proceso productivo
10
pueden ser ejercitados por los trabajadores en el ámbito de las relaciones de
trabajo.
…Es necesario para mantener el vínculo entre un crecimiento económico
acompañado de un progreso social, que permita no sólo recuperar un crecimiento
económico significativo y sostenido, sino también incorporar los objetivos sociales
al interior de la política económica y alcanzar un desarrollo con libertad, equidad,
seguridad y dignidad humana, esto es, lograr una globalización diferente, en la
que la generación del empleo decente sea una realidad y no una utopía.” 3
Por otro lado, es necesario analizar una posible incapacidad que se observa por
parte del Estado para crear Políticas Publicas que permitan crear cambios
positivos para generar progreso en su sociedad. Este concepto fue expresado en
la ponencia "Políticas públicas: formulación, implementación y evaluación" de
André- Noël Roth Deubel, de la autora Martha Isabel Gómez Lee, comentando
sobre cuales serian las causas en las que el Estado generaría cambios de sus
Políticas Públicas:
“El análisis del capítulo sexto evidencia las dificultades que encuentra el Estado en
el momento de realizar un cambio de política. Demuestra el bajo nivel de
gobernabilidad y de poder, en particular, de las instituciones estatales
colombianas. En Colombia para que se dé un cambio en una política es necesario
que: el tema sea inscrito en la agenda de instancias internacionales, y en
particular en las que otorgan financiamiento, la situación interna sea lo
suficientemente crítica como para que el gobierno tenga la voluntad y la capacidad
de realizar el cambio, y sea, además, capaz de imponer el cambio constitucional
que legitime los nuevos valores en los cuales se apoya el cambio, exista un
modelo institucional alternativo de gestión, se presenten las anteriores
condiciones. En otras palabras, es cuando el país está en crisis que se producen
3 Valega Puello, Carlos. (2004). Los derechos fundamentales y su incorporación en los tratados de Libre Comercio. Revista de Derecho, diciembre, 96-104.
11
cambios en la conducta y el contenido de las políticas públicas.”4
Por eso creemos fehacientemente, que en la medida en que se logre socializar,
concientizar y sensibilizar a toda la comunidad bonaverense de los programas de
desarrollo e inversión que se proponen y se planifican para la ciudad, podrá ser
mayor la apropiación de esta comunidad con estos programas de desarrollo y
mejor el aporte que se le puede brindar a toda la ciudad de igual forma que a sus
puertos marítimos, quienes podrán estar en condiciones de exigir al Gobierno
Nacional mejores Políticas Públicas, encaminadas al desarrollo integral de la
región en todos sus aspectos.
En la ponencia “La política pública de privatización del sector portuario y su
impacto en la organización del trabajo en el puerto de Buenaventura” de la revista
Pensamiento y Palabra de los autores Nayibe Jiménez Pérez y Wilson Delgado
Moreno, expresan la responsabilidad que tiene el Estado en la creación de
políticas publicas que compensen y armonicen la privatización de los puertos
marítimos, las cuales tienen que ir encaminadas a lograr un desarrollo efectivo en
los aspectos económicos concordantes con los aspectos sociales, tanto en la
región portuaria, como en el resto del país, siendo prioridad ciudad-puerto-nación,
muy diferente al enfoque actual que esta solamente priorizado en la transferencia
efectiva de los recursos económicos a la Nación provenientes de la actividad
portuaria:
“La función del Estado debe ser el diseño e implementación de políticas públicas
que generen las condiciones para una armonización de la relación ciudad-puerto,
para que Buenaventura se inserte en el desarrollo económico - social del país y se
deje de asumir solamente como una región que transfiere recursos económicos a
la Nación”5
4 Gómez Lee, Martha Isabel. (2008). Políticas públicas: formulación, implementación y evaluación" de André-
Noël Roth Deube. Revista Opera, num. 8, pp. 202-204. 5 Jiménez Pérez, Nayibe Delgado Moreno, Wilson. La política pública de privatización del sector portuario y su
impacto en la organización del trabajo en el puerto de Buenaventura Pensamiento & Gestión [en línea] 2008, (Diciembre-Sin mes).
12
Por eso resulta importante conocer el sentido que encierra el concepto de Estado
Social de Derecho, debido a que se funda en los principios constitucionales, en la
prevalencia de los derechos fundamentales y el reconocimiento absoluto de los
derechos inalienables del ser humano, el cual fue defendido en las sentencias de
la Corte Constitucional, tal como se expresa en la ponencia de Luisa Fernando
García Lozano “La Incidencia Del Concepto Estado De Derecho Y Estado Social
De Derecho En La Independencia Judicial” , comentando acerca del surgimiento
del proceso que se tuvo en la concepción del Estado Social de Derecho en
Colombia:
“En un primer momento, el desarrollo del concepto de ESD, reposo en las
sentencias que emitía la Corte Constitucional, como ya anteriormente se refirió
tribunal creado en 1991; la responsabilidad de esta institución era traducir los
postulados políticos y jurídicos para brindar un clara directriz de la interpretación y
aplicación a futuro de la misma. Comprender la magnitud del significado de este
tipo de Estado implica traer a colación tres sentencias que cambiarían la forma de
ver el derecho en Colombia. Así, en Sentencia c-449 de 1992, se establece que
las instituciones del Estado deben actuar bajo una actitud de servicio hacia la
comunidad; bajo esta perspectiva los principios jurídicos en general se enmarcan
en esa misma lógica, trasformando la lógica jurídica imperante de la prevalencia
del derecho sobre la sociedad M.P Alejandro Martínez Caballero.”6
Para la autora María Alejandra Vélez creadora de la ponencia “Sistemas
Complejos del Gobierno Local” (13), estudia el caso de los Sistemas de
Autogobierno Sostenibles y Robustos, resaltando la importancia que tienen los
Consejos Comunitarios de la zona rural de Buenaventura dentro de un marco
teórico y una perspectiva institucional, apoyados en la Ley 70 de 1993. Si de esta
misma forma se valoran los Consejos Comunitarios dentro de la ciudad de
Buenaventura, se podría llevar a cabo una efectiva socialización como también
una efectiva educación pedagógica social en gran parte de la comunidad
6 García Lozano, Luisa Fernanda. (2011). La Incidencia Del Concepto Estado De Derecho Y Estado Social De
Derecho En La Independencia Judicial. Prolegómenos. Derechos y Valores, Enero-Junio, 181-198.
13
bonaverense, de forma que puedan apropiarse de su ciudad y propender a un
desarrollo direccionado y sostenible:
“Desde un marco teórico y una perspectiva institucional, en este artículo estudio el
caso de los Consejos Comunitarios de la zona rural de Buenaventura en el
Pacífico vallecaucano, a la luz de los principios que, según Ostrom (1990, 2005),
caracterizan sistemas de autogobierno robustos y sostenibles. La información
utilizada para este análisis se basa en las encuestas y entrevistas realizadas a
líderes de los 42 Consejos Comunitarios de Buenaventura y otros actores locales
y regionales que han participado en el proceso de la titulación colectiva y en los
procesos de fortalecimiento de las comunidades negras: Instituto Colombiano para
el Desarrollo Rural (Incoder), Fondo Mundial para la Naturaleza (World Wide Fund,
WWF), Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), Proceso de
Comunidades Negras (PCN), Federación de Consejos Comunitarios del Valle del
Cauca (FECCOVA), y la Asociación de Consejos Comunitarios, entre otros.”7
Resulta pues fundamental la vinculación de la comunidad al Plan de
Ordenamiento Territorial, evidenciando su positiva influencia en la organización de
su territorio, donde ellos mismos pueden participar de las diferentes herramientas
que existen para salvaguardar no solamente sus intereses socio-culturales, sino la
totalidad de sus derechos fundamentales.
La segunda parte de nuestra investigación compromete un análisis mas profundo
de la actual situación social y territorial de Buenaventura, visto desde la
Legislación que encierra un Plan de Ordenamiento Territorial. Por eso
comenzaremos realizando un recorrido por todo el marco Legal que soporta y
estructura un POT. Para esto manejaremos un paralelismo entre lo establecido en
la Ley 338 de 1997 frente al análisis y desarrollo que realizaron algunas alcaldías
y departamentos de nuestro País, tales como: Bogotá D.C., Medellín y la del
7 Vélez, María Alejandra. (2009). Sistemas complejos de gobierno local. Reflexiones sobre la titulación
colectiva en el Pacífico vallecaucano. Revista de Estudios Sociales, Abril-Sin mes, Pág. 75.
14
Tambo (Cauca), además de los conceptos que desarrolló el Departamento de
Cundinamarca con base en la Ley 338 de 1997; de tal forma que podamos
entender el nacimiento, objeto y finalidad con la cual se crea y se sigue ajustando
tan valiosa herramienta de Ordenamiento Territorial en nuestro País, al alcance de
todos los municipios que lo conforman:
“Es a partir del año 1991 cuando la Constitución Política Colombiana define el
ordenamiento territorial como algo más que la distribución político administrativa
de una región para avanzar en paralelo a los procesos de descentralización y de
establecimiento de las autonomías de las entidades territoriales y específicamente
de los municipios. La posibilidad de crear nuevas entidades territoriales y
administrativas, la distribución de competencias y recursos, impulsan estos
procesos de ordenamiento.
Con el proceso de planeación y ordenamiento territorial también se busca un
modelo de gestión pública que le permita a la comunidad participar activamente en
la toma de decisiones del gobierno y a la vez ejercer un control ciudadano sobre
los recursos y actuaciones gubernamentales.
La autonomía territorial y la descentralización se fundamentan en una mayor
libertad de las entidades territoriales para la gestión y toma de decisiones sobre
sus propios intereses, lo cual propiciará un mayor acercamiento entre el gobierno
y la población, un manejo más racional de los recursos y la participación activa de
la sociedad civil.”8
Nuestro énfasis investigativo se resume en dos aspectos importantes, que
apuntan a un optimo desarrollo de una ciudad como Buenaventura: la participación
ciudadana frente a las políticas publicas que se formulan para la ciudad y el
8Alcaldía Tambo Cauca. Conceptos Generales Acerca Del Ordenamiento Territorial. www.crc.gov.co-pot-
tambo cauca
15
desarrollo humano, visto desde la aplicación efectiva de nuestra Carta Política
Nacional, en cada unos de los artículos que componen la Constitución Nacional y
que buscan proteger, salvaguardar los derechos fundamentales del ser humano.
Todo esto teniendo en cuenta que la legislación desarrollada para organizar los
territorios deben cumplir con el objetivo básico de proteger el territorio y su medio
ambiente, también, lograr un desarrollo sostenido de la comunidad que lo habita:
“El Desarrollo Humano, según la normativa internacional, es un derecho y una
condición necesaria para los derechos humanos. La relación más evidente
aparece con los Derechos Económicos Sociales y Culturales - DESC y en
especial, con el principio de no regresividad, el cual implica que el desarrollo es
exigible, pues es la garantía de no retroceso en los avances de protección de los
Desc. En cualquier caso, la definición del Desarrollo como derecho, dependerá del
orden normativo de cada Estado. En Colombia, el Desarrollo Humano aparece en
la Constitución colombiana en múltiples artículos, a partir de los cuales es posible
construir, junto con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, un concepto que,
aunque no se ajusta a las perspectivas del soft law internacional, plantea algunas
obligaciones exigibles al Estado. Aunque la estructura del Estado frente a la
planeación y ejecución de los modelos de desarrollo, resulta bastante eficiente, al
menos en la redacción de las normas, la falta de un control efectivo en cuanto al
logro de las metas planteadas, junto con la dificultad para definir un recurso que
permita a los ciudadanos exigir la equidad en los beneficios del desarrollo, hacen
que hoy, en Colombia, no se pueda hablar de un Derecho al Desarrollo.”9
Guiaos por estos motivos, nos hemos empeñado, desde un interés particular,
promover un interés colectivo, en el cual la comunidad logre participar activamente
en la planeación, ejecución y control de todos los planes de desarrollo que se
formulen en la región, porque solo así se va ha llegar a tener eficacia en los
modelos de desarrollo creados para la región:
9 Fajardo Arturo, Luis Andrés. El desarrollo humano en Colombia. Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas, vol.
7, núm. 12, enero-junio, 2007, Pág. 69. Universidad Sergio Arboleda.
16
“La participación ciudadana como elemento de Desarrollo Humano: Mucho más
puntual resulta el aporte de la Corte en la consideración de la intervención
ciudadana como elemento de Desarrollo. En la Sentencia C-643/00, la Corte
sostuvo que "la intervención ciudadana se entiende aplicada hacia la
conformación, ejercicio y control del poder político, como un derecho político de
estirpe constitucional (C.P., Art. 40) esencial para el desarrollo de la organización
política y social y a la vez inherente al desarrollo humano."”10
Tal como lo afirma la Corte Constitucional, la intervención participativa de la
ciudadanía es la mejor forma para realizar control político sobre todo el proceso
que conlleva la formación y ejecución de los planes de Ordenamiento Territorial,
en consecuencia a los Planes de Desarrollo propuestos a nivel Nacional,
Departamental, Distrital y Municipal, debido a que no existen sanciones que
contemple el ordenamiento jurídico sobre el gobierno que no cumpla con dichos
planes de Desarrollo, al menos que se trate del control fiscal que realiza la
Contraloría respecto con la utilización del erario publico; tal afirmación respaldada
en una entrevista que se le realizó al Director del Programa Nacional de Desarrollo
Humano en Colombia, el Dr. Alfredo Sarmiento, entrevista realizada por Camilo
Hermida, auxiliar de investigación, el día 12 de febrero de 2007, en Bogotá:
“Como se pudo confirmar a través de una entrevista con el Director del Programa
Nacional de Desarrollo Humano en Colombia, Doctor Alfredo Sarmiento (2007) en
el ordenamiento jurídico interno no se contempla ninguna sanción para el
Gobierno que no cumpla ni ejecute eficazmente el Plan Nacional de Desarrollo,
pues se considera que este es simplemente indicativo al proyectar las líneas sobre
el cual se pretende transitar en los siguientes 4 años, lo que lo reduce casi a un
manual de buenas intenciones, cuyo incumplimiento sólo genera un reproche
político.
10
Fajardo Arturo, Luis Andrés. El desarrollo humano en Colombia. Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas,
vol. 7, núm. 12, enero-junio, 2007, Pág. 81. Universidad Sergio Arboleda.
17
Con el hecho de que el Plan Nacional de Desarrollo sea aprobado por una ley, la
Contraloría General de la Nación adquiere competencia para ejercer control sobre
el mismo, que, según el funcionario consultado se viene reduciendo solo a la parte
presupuestal.
Finalmente, el resultado de la evaluación del Plan según Sarmiento, puede llegar a
convertirse en simple propaganda política para el gobierno de turno,
deslegitimando, en ese caso, los mecanismos de control y evaluación del plan
contemplados en el andamiaje jurídico colombiano, y obligando a comparar los
resultados ofrecidos en el diagnóstico con el que empieza todo nuevo proyecto de
Plan de Desarrollo.”11
Panorama desalentador que día a día va creciendo, en donde los gobiernos no
solamente van perdiendo credibilidad frente a la comunidad, por todos los
problemas anteriormente nombrados, sino que se convierte en una tarea casi
heroica el poder enfrentar y mitigar todos los problemas que contaminan los
procesos de desarrollo que se formulan, en búsqueda de un mejor y completo
desarrollo de la ciudadanía; situaciones que fueron hace 10 años atrás,
evidenciadas y relatadas en el documento: “Imagen de región y procesos de
construcción de ciudad en el Pacífico colombiano: los casos de Buenaventura y
Tumaco” 12:
“Pero quizás lo más políticamente desalentador sea, el paulatino quiebre de las
instituciones políticas mismas, a la cabeza del gobierno local, no sólo por sus
continuos descalabros económicos, por la corrupción y los malos manejos, sino
por la pérdida de su representatividad simbólica en la comunidad.
11
Fajardo Arturo, Luis Andrés. El desarrollo humano en Colombia. Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas,
vol. 7, núm. 12, enero-junio, 2007, Pág. 86. Universidad Sergio Arboleda
12
Rodríguez, Enrique y Sánchez, José Fernando. (2002). Imagen de región y procesos de construcción de
ciudad en el Pacífico colombiano: los casos de Buenaventura y Tumaco. Revista Sociedad y Economía, Abril-Sin mes, Pag. 69. http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=99617937003#
18
Al punto que el panorama político signado por la pérdida de gobernabilidad a que
conlleva la actual situación política, no presenta a corto y mediano plazo, salidas
rápidas y eficaces ante problemas como el incremento del desempleo, la violencia
e inseguridad en el puerto.
Sin embargo, en este enrarecido ambiente político emergen interesantes
iniciativas, como el despertar organizativo de las identidades étnicas, que aunque
no ha tenido hasta ahora un impacto relevante en los contextos urbanos, debido a
que sus reivindicaciones y trabajo político se han concentrado en la zona rural de
la región.
A éste nada halagüeño panorama, se le suman, la presencia de grupos
guerrilleros en la zona rural y urbana municipal, así como de grupos adscritos a las
autodefensas, lo que redunda en un mayor agravamiento de los problemas, sobre
todo de orden público, ante la crisis de gobernabilidad que en general enfrentan
las administraciones municipales de la región. Crisis de legitimidad política ante la
incapacidad del gobierno municipal de responder a las profundas demandas que
reclaman sectores urbanos y rurales, cada vez más golpeados económica y
políticamente, pero sobre todo por la misma incapacidad de los grupos y partidos
políticos para replantear sus consignas y acciones en las localidades.”
Esta situación, aunque de vieja data, mas aun evidenciada actualmente por medio
de la encuesta realizada a la comunidad bonaverense, muestra que en estos
momentos la situación se vuelve cada ves más compleja, a tal punto, que existe
muy poco interés de sus habitantes a poder participar en los procesos políticos
que tienda al desarrollo de la misma comunidad, encontrándose motivados eso si,
por aprender pedagógicamente a encontrar herramientas mas efectivas que los
guíe a construir un mejor desarrollo como seres humanos y como ciudad.
Nuestra investigación enfocada al estudio de la eficacia del Plan Ordenamiento
Territorial y sus planes de Desarrollos asociados, desea de poder encontrar
19
herramientas jurídicas y pedagógicas que ayuden a orientar e incentivar a la
comunidad bonaverense en la búsqueda de sus propios logros; pero aun así, esta
investigación seguiría estando incompleta para poder lograr una propuesta de
desarrollo exitosa, se llegáramos a integrar tres proyectos simultáneamente, los
cuales son: la Ley de Ordenamiento Territorial, la Ley que redistribuye las
Regalías y la Ley de Restitución de Tierras, incrementado la urgente necesidad
que tienen los gobiernos municipales, distritales y departamentales de orientar,
socializar y sensibilizar a sus comunidades respectivas para la adopción de estas
leyes que propende el Gobierno Nacional desarrollar para su posterior aplicación y
ejecución en todo el territorio a nivel nacional:
“Para que la propuesta de desarrollo regional sea exitosa debe integrarse con tres
proyectos que se discuten en el Congreso: la ley orgánica de ordenamiento
territorial, la ley que redistribuye las regalías, y la ley de restitución y tierras. La
emergencia invernal puso en evidencia la necesidad de avanzar hacia un
ordenamiento territorial que respete el ambiente, incentive la convergencia y cree
condiciones para que los asentamientos poblacionales favorezcan la inclusión.
El Plan considera importante reformar la Ley 388 de 1997, pero no es preciso en
los propósitos que busca (“En materia de gestión del suelo, se revisará y ajustará
la Ley 388 de 1997, particularmente en lo relacionado con: i) trámites de
formulación y adopción de los planes parciales; ii) ajustar las metodologías y
procedimientos técnicos de la participación en plusvalías (delimitación de zonas
generadoras, avalúos de referencia, cálculo, liquidación y recaudo). De otra parte,
se implementarán nuevos instrumentos financieros sobre la base del Impuesto
Predial Unificado, con el fin de apalancar la financiación de infraestructura para el
desarrollo urbano” (DNP, 2010, 227).).
La norma tiene grandes potencialidades que no se han utilizado. Los municipios
todavía no usan los instrumentos que les brinda la Ley 388 para ordenar el
territorio.
20
Antes de modificar la norma se deberían analizar las razones que han impedido
que los gobiernos locales aprovechen la autonomía que les da la norma.”13
Compartiendo lo expresado por el autor, el Dr. Jorge Iván González, podemos
apreciar a simple vista, la poca utilización por parte de los gobernantes
municipales y distritales, de una herramienta tan importante para el desarrollo de
sus regiones como lo es la Ley 338 de 1997, la cual brinda como objeto principal
estrategias elevadas a normas e rango Constitucional, que permiten mejorar la
calidad de vida de sus ciudadanos integralmente e paralelo al desarrollo de la
ciudad, en cumplimiento de preceptos de carácter Constitucional y moralmente
humanos. Es así, que en el primer articulo de la mencionada Ley, establece en su
numeral 4º:
“4. Promover la armoniosa concurrencia de la Nación, las entidades territoriales,
las autoridades ambientales y las instancias y autoridades administrativas y de
planificación, en el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales que
prescriben al Estado el ordenamiento del territorio, para lograr el mejoramiento de
la calidad de vida de sus habitantes.”14
Absolutamente creyentes de esta investigación que hemos realizado, esperamos
fehacientemente, poder lograr generar un positivo impacto social, no solo en la
ciudad de Buenaventura, sino replicado a las demás ciudades de nuestra región
vallecaucana.
13
(30) González, Jorge Iván. (2011). Economía y equidad en el plan nacional de desarrollo 2010-2014:
prosperidad para todos. Más empleo, menos pobreza y más seguridad. Revista de Economía Institucional, Vol. 13, Num. 24, Pág. 318.
14
Articulo 36 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
21
1. DISEÑO METODOLÓGICO
TIPO DE ESTUDIO
Los objetivos propuestos con este proyecto investigativo, requieren que en el
método de estudio a desarrollar, se aplique en tres etapas de estudio que se
relacionan entre si, pero que dependiendo de las condiciones temporales, se
desarrollen independientemente y/o simultáneamente entre estas, las cuales son:
Histórico-jurídico
Se analizara la eficacia del Plan de Ordenamiento Territorial de 2001,
comprendiendo dos periodos de Gobiernos municipales, de las dos mas recientes
Alcaldías (la actual y la anterior), esperando tenga concordancia con los Planes de
Desarrollo propuestos a nivel local, regional y nacional, aunque no concuerde con
la realidad observada de su ciudad.
Jurídico-comparativo
También se requiere saber, si los Planes de Desarrollo Distrital propuestos en los
dos últimos gobiernos, guardaron cierta continuidad entre ellos y simetría con lo
propuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial del 2001, el cual tiene un periodo
implementación de quince años o si se por el contrario fueron construidos desde
perspectivas diferentes. Por otro lado, se requiere conocer que tan ambiciosos y
eficaces fueron estos Planes de Desarrollo Distrital propuestos para la ciudad de
Buenaventura, comparado con los Planes de Desarrollo propuestos a nivel
Nacional.
Jurídico-propositivo
Al realizar los dos estudios anteriores en este proyecto de investigación, vamos a
tener como resultado una serie de conclusiones que se podrían convertir en un
22
valioso aporte jurídico que sirvan de herramientas a todos los ciudadanos de dicho
puerto, contribuyendo al desarrollo integral de la ciudad, con propuestas que
conlleven al mejoramiento en la estructuración de los próximos Planes de
Desarrollo Distrital que se generen para la ciudad de Buenaventura, conforme a lo
establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial que se propuso para un periodo
de quince años de ejecución.
Son estos los tres métodos de estudio a implementar en el desarrollo del proyecto
de investigación que tiene la finalidad el conocer la eficacia del Plan de
Ordenamiento Territorial, en consecuencia con los últimos dos periodos de
gobernabilidad y sus Planes de Desarrollo planteados en la ciudad de
Buenaventura para salvaguardar los derechos fundamentales de los habitantes de
esta ciudad.
MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
Método Analítico
Realizaremos un análisis completo al Plan de Ordenamiento Territorial y cada uno
de los Planes de Desarrollo Distrital, que se gestaron para la ciudad de
Buenaventura, comprendiendo los dos últimos periodos de gobierno.
TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
Básica
Es sin duda, una planificación preliminar, tentativa, de poder llevar a cabo la
investigación y análisis de este nuevo proyecto. Nos da un buen punto de partida y
una forma de poder desempeñar el estudio determinado. Daremos por lo tanto
unos procedimientos planteados por nosotros para esta investigación:
23
Revisión webgrafica y bibliográfica
Asistencia a charlas sobre Planes de Ordenamiento Territorial a nivel
municipal, en los Entes Regionales Competentes
Selección de información
Análisis de información
Aplicada
Este procedimiento posterior al básico, permitirá realizar un trabajo de campo
donde podamos observar no solamente el poco conocimiento que se tiene en la
comunidad de Buenaventura, sobre el Plan de Ordenamiento Territorial para su
ciudad, sino que también predecimos esperar la poca efectividad que se ha
logrado con dicho POT.
24
CAPITULO 1.
MARCO JURÍDICO PARA LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA UNA CIUDAD COMO
BUENAVENTURA.
Los Planes de Ordenamiento Territorial se encuentran regulados normativamente
por una serie de leyes y decretos, que permiten tener la estructuración básica en
aspectos jurídicos, económicos, sociales, ambientales, entre otros, de tal forma
que puedan cumplir con lo promulgado en la norma superior, en donde se
predican los principios y valores de los fines a lo que esta llamado el
cumplimiento de la creación de un Plan de Ordenamiento Territorial.
En este capitulo entraremos a establecer cual es la normatividad vigente con la
que se elabora un Plan de Ordenamiento territorial para un municipio tal como
Buenaventura.
Todo empieza desde nuestra Constitución Política de Colombia, en sus artículos
7, 8, 49, 63, 64, 79, 80, 82, 287, 288, 289, 298, 339, 356, 357, 365 y 366, entre
otros artículos, denominados derechos de primera, segunda y tercera generación,
los cuales orientan la forma como el Estado-Nación tiene establecido la creación y
desarrollo del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y las
competencias de los municipios, distritos y departamentos.
El Plan de Ordenamiento Territorial, es el instrumento de planificación del
desarrollo local, con el objetivo de establecer pautas de ordenamiento de
territorios municipales y distritales, con un carácter técnico, normativo y político,
reglamentado por la Ley 388 de 1997 denominada: “Ley de Desarrollo Territorial y
el decreto reglamentario 879 del 13 de mayo de 1998, los cuales expresan la
25
obligatoriedad de los municipios de asumir directamente el compromiso de
formular y orientar el proceso de planeación y ordenamiento de su desarrollo
territorial.
Para tal fin, se han establecido herramientas de planeación y gestión del
desarrollo territorial como lo son el Plan de Desarrollo (PD) y el Plan de
Ordenamiento Territorial (POT), los cuales incorporan las políticas nacionales,
departamentales y los compromisos adquiridos por los mandatarios locales en sus
programas de gobierno, planes y programas que salomonicamente deben reflejar
los intereses y expectativas de las comunidades que los eligen.”15
La Ley 388 de 1.997 en el Capítulo II, Art. 5 conceptualiza el Ordenamiento
Territorial, Municipal y Distrital como:
“…un conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física
concertadas, emprendidas por los Municipios o Distritos y Áreas Metropolitanas,
en ejercicio de la función pública que les compete, dentro de los límites fijados por
la constitución y las leyes, en orden de disponer de instrumentos eficientes para
orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción y regular la utilización,
transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de
desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones
históricas y culturales”16.
La cual modifica la Ley 9 de 1989 y la ley 3 de 1991 definiendo los mecanismos
para que los municipios autónomamente, siguiendo el modelo descentralizado de
nuestro Estado – Nación, promuevan el ordenamiento de sus territorios, con el
objeto de: “…complementar la planificación económica y social con la dimensión
15
Otero, Wilson Augusto. (1998). Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Proyecto Checua Convenio Car-Gtz-Kfw. Corporación Autónoma Regional De Cundinamarca – Car. Agencia De Cooperación Alemana Al Desarrollo Gtz. Guía Simplificada Para La Elaboración Del Plan De Ordenamiento Territorial Municipal. Pág. 7
16
Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
26
territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo
y aprovechamiento sostenible,…”17 lo que constituye una función publica, en
cuanto es un instrumento de gestión que permite administrar, proteger y atender
los intereses de la comunidad, mediante acciones urbanísticas, tales como
reservar terrenos para la construcción de viviendas de interés social, determinar
zonas libres para parques y áreas verdes, ecosistemas de importancia vital para el
municipio, localizar áreas criticas para la prevención de desastres y áreas de
recuperación de paisajes, etc..
“ARTICULO 3o. FUNCION PUBLICA DEL URBANISMO. El ordenamiento del
territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de
los siguientes fines:
1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de
transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer
efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos
domiciliarios.
2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del
interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social
de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el
desarrollo sostenible.”18
Por lo tanto, el POT es el instrumento básico para desarrollar todo el proceso de
ordenamiento territorial municipal y distrital, contemplado para periodos a largo,
mediano y corto plazo, con tiempos que pueden oscilar entre un año a quince o
mas años, disponiendo y estableciendo directrices, políticas, y estrategias, que
permitan lograr la adopción y efectiva aplicación de programas para el desarrollo
físico del territorio, la correcta utilización del suelo y conservación de los derechos
17 Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997 18 Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
27
fundamentales de la comunidad que lo habita19. Pero esto debe ir acompañado del
programa que permite realizar la revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento
Territorial, siendo este aspecto muy importante para el desarrollo integral del
territorio.
Es de saber, que la Ley 338 de 1997 denomina como Plan de Ordenamiento
Territorial, en general a todo plan que tenga como objeto formular directrices,
políticas y estrategias, encaminadas al ordenamiento de su territorio,
independientemente del numero de habitantes que tenga dicho municipio o
distrito, del cual se este tratando; pero el Art. 9 de la Ley 338 establece la
siguiente distinción respecto del numero de habitantes que habite en el territorio:
“a) Planes de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las autoridades
de los distritos y municipios con población superior a los 100.000 habitantes;
b) Planes básicos de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las
autoridades de los municipios con población entre 30.000 y 100.000 habitantes;
c) Esquemas de ordenamiento territorial: elaborados y adoptados por las
autoridades de los municipios con población inferior a los 30.000 habitantes.
PARAGRAFO. Cuando la presente ley se refiera a planes de ordenamiento
territorial se entenderá que comprende todos los tipos de planes previstos en el
presente artículo, salvo cuando se haga su señalamiento específico como el plan
señalado en el literal a) del presente artículo.”
Para la población existente en la ciudad de Buenaventura hasta el año 2010, la
19
“LEY 338 DE 1997 - ARTICULO 9O. PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El plan de ordenamiento territorial que los municipios y distritos deberán adoptar en aplicación de la presente ley, al cual se refiere el artículo 41 de la Ley 152 de 1994, es el instrumento básico para desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal. Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Los planes de ordenamiento del territorio se denominarán:…”
28
cual era de 363.000 habitantes aproximadamente, de acuerdo al estudio realizado
por el DANE, nos muestra que para una ciudad como Buenaventura, los
habitantes fueron superiores a los 100.000 habitantes, teniendo en cuenta que el
crecimiento no ha sido superior al 1.93% de la población y que en el año 2010
este decreció en un 32% frente a años anteriores:
“De acuerdo con el DANE, en el año 2010, la población estimada de Buenaventura
creció aproximadamente un 1,93% al ubicarse en 362.625 habitantes. De estos
362.625 habitantes, el 90,4% vive en la zona urbana y el 9,6% lo hace en la zona
rural.
De acuerdo con las estadísticas vitales del DANE, en el año 2010 hubo un 32%
menos de nacimientos en el puerto de Buenaventura con respecto al año 2009.” 20
Pero algo que resulta muy curioso, es observar que para la conformación del POT
es necesario la participación democrática, buscando concertar los intereses
sociales, económicos y urbanísticos entre sus pobladores, como lo establece el
Art. 4 de la Ley 338 de 1997:
ARTICULO 4o. PARTICIPACION DEMOCRATICA. En ejercicio de las diferentes
actividades que conforman la acción urbanística, las administraciones municipales,
distritales y metropolitanas deberán fomentar la concertación entre los intereses
sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los pobladores y
sus organizaciones.
Esta concertación tendrá por objeto asegurar la eficacia de las políticas públicas
respecto de las necesidades y aspiraciones de los diversos sectores de la vida
económica y social relacionados con el ordenamiento del territorio municipal,
teniendo en cuenta los principios señalados en el artículo 2º de la presente ley.
20
Ministerio De Trabajo. Buenaventura, Ciudad Puerto De Clase Mundial. Plan Local De Empleo 2011-2015. www.mintrabajo.gov.co/.../223-plan-local-de-empleo-de-buenaventu...
29
La participación ciudadana podrá desarrollarse mediante el derecho de petición, la
celebración de audiencias públicas, el ejercicio de la acción de cumplimiento, la
intervención en la formulación, discusión y ejecución de los planes de
ordenamiento y en los procesos de otorgamiento, modificación, suspensión o
revocatoria de las licencias urbanísticas, en los términos establecidos en la ley y
sus reglamentos.
Para el caso específicamente de Buenaventura, mediante nuestra investigación,
hemos encontrado que se realizó un “Pacto Colectivo Por el Municipio de
Buenaventura” en el año de 1999 el cual será analizado detalladamente en el
siguiente Capitulo.
Continuando con este estudio, observamos en el articulo 11 de la ley 338 de 1997
que establece tres componentes interrelacionados en los cuales se divide todo
Plan de Ordenamiento Territorial:
La parte general Objetivos, estrategias y contenido a largo plazo.
La parte urbana Políticas, acciones, programas y normas para el
desarrollo físico urbano.
La parte rural Políticas, Acciones, Programas y Normas destinados a
orientar garantizar la adecuada interacción entre los
asentamientos rurales.
En el siguiente capitulo, entraremos en un análisis detallado a gran parte del Plan
de Ordenamiento Territorial de Buenaventura, acordado mediante Decreto 008 de
2001 junto con Pacto Colectivo firmado por los dirigentes de la ciudad en ese
momento, en la que esperamos observar esta división de los tres componentes
interrelacionados dentro de la estructura del Plan de Ordenamiento Territorial.
30
En el Art. 12 de la Ley 338 de 1997, se establecen los parámetros que se deben
tener en cuenta para la formulación del componente general del POT, el cual
deberá contener los objetivos y estrategias de largo y mediano plazo del manejo
territorial en cuanto a la identificación y localización que permitan adecuarlo al
aprovechamiento de sus ventajas comparativas y mayor competitividad, definiendo
las estrategias territoriales que permitan garantizar alcanzar los objetivos de
desarrollo económico y social, adoptando las políticas para la ocupación,
aprovechamiento y manejo del suelo y los recursos naturales. Toda esta
planeación se define dentro de una estructura, la cual tendrá como contenido los
objetivos que se desean alcanzar a grandes escalas, identificando la naturaleza de
las infraestructuras, comunicación vial, redes de comunicación, servicios públicos,
áreas de reserva y medidas de protección del medio ambiente, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y el código de Recursos Naturales, zonas
de alto riesgo naturales o de asentamientos urbanos con problemas de
insalubridad, entre otros. También se formulara la clasificación entre suelo rural,
urbano y de expansión urbana, en donde encontramos en el parágrafo segundo,
que la diferencia entre suelo urbano y suelo rural, la Ley los diferencia con un
aspecto básico, como es la prestación de los servicios públicos domiciliarios,
definiendo el perímetro urbano dentro de la red de servicios públicos domiciliarios.
Después de establecer la parte general del POT, se continua entrando mas a
fondo con la creación del componente urbano, el cual es definido por en el articulo
13 de la misma Ley, como: “…un instrumento para la administración del desarrollo
y la ocupación del espacio físico clasificado como suelo urbano y suelo de
expansión urbana, que integra políticas de mediano y corto plazo, procedimientos
e instrumentos de gestión y normas urbanísticas…”.
Dentro de este componente urbano vamos a encontrar formuladas las propuestas
a mediano y corto plazo en cuanto a temas de expansión de la ciudad,
proyecciones en la infraestructura para el sistema vial de transporte,
31
correspondientes a la intercomunicación en todas las áreas urbanas y las
proyectadas en las áreas expansión; la disponibilidad de las redes primarias y
secundarias de servicios públicos, los espacios libres para parques y zonas verdes
públicas; la delimitación de las áreas de expansión urbana y áreas de
conservación y protección de los recursos naturales, paisajísticos y de conjuntos
urbanos, históricos y culturales, así como las zonas de amenazas y alto riesgo
naturales, en conformidad con las leyes que regulan cada caso, las cuales
nombraremos en la ruta final que realizaremos, de toda la legislación que se
interrelaciona con esta Ley 338 de 1997.
También debemos encontrar reflejado, los programas de vivienda de interés
social, así como los de mejoramiento integral, que se proyectan a mediano plazo,
por lo que se deben clasificar los terrenos necesarios para atender la demanda de
vivienda de interés social, señalando los correspondientes instrumentos para su
adecuada gestión y desarrollo. Unido a esto se debe plantar los mecanismos para
la reubicación de los asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo
para la salud e integridad de sus habitantes, incluyendo las estrategias para evitar
que se presente nuevamente esa situación en ese territorio.
Y complementando los principios Constitucionales, frente a la protección y
salvaguarda de los derechos fundamentales, también se definen los
macroproyectos urbanos, los de construcción prioritaria, las actuaciones
urbanísticas requeridos para la administración y ejecución de las políticas y
decisiones adoptadas, así como los criterios generales para su conveniente
aplicación, tanto en la zona urbana como en los territorios de expansión,
estableciendo directrices generales de gestión, financiamiento, así como la
expedición de las autorizaciones para emprender las actividades indispensables
para su concreción.
Finalizada toda la parte urbana, continuamos con el componente rural, en donde
se establecerán las políticas de mediano y corto plazo, el plan de ordenamiento
territorial a seguir para garantizar la adecuada interacción entre los asentamientos
32
rurales y la cabecera municipal, en todo lo correspondiente a la utilización del
suelo rural y las actuaciones publicas tendientes al suministro de infraestructuras y
equipamientos básicos para el servicio de los pobladores rurales. Al igual que en
el componente urbano, se delimitaran las áreas de conservación y protección de
los recursos naturales, paisajísticos y ambientales, incluyendo las áreas de
amenazas y riesgos naturales, las que formen parte para la provisión de los
servicios públicos domiciliarios, con la diferencia que también se tendrán en
cuenta las áreas de disposición final de desechos sólidos y líquidos, así como se
señalaran las condiciones de protección, conservación y mejoramiento de las
zonas de producción agropecuaria, forestal o minera, así como la localización
prevista para los equipamientos de salud y educación.
Y por ultimo, la expedición de normas que regulen la parcelación de predios
rurales destinados a viviendas campestres, teniendo en cuenta la legislación
agraria y ambiental vigente.
Para hacer todo esto posible, es necesario que la propuesta del POT quede
consolidado bajo una estructura normativa, en la que por medio de artículos se
establezcan las directrices a cumplir a corto, mediano y largo plazo, en el acuerdo
municipal o distrital que se realice.
Consagra el Articulo 15 que estas normas están destinadas a regular el uso, la
ocupación y el aprovechamiento del suelo, las cuales se encuentran jerarquizadas
de acuerdo a los criterios que la misma ley establece y que en el contenido de la
norma quedaran establecidos los procedimientos de control, para su revisión,
ajuste o modificación.
Ilustraremos resumidamente en un diagrama, las Normas Urbanísticas
contempladas para la realización del POT:
33
Grafico 1. Normas Urbanísticas Del POT.
OBLIGATORIEDAD DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO.
En concordancia con el articulo 20 de la Ley 338 de 1997, la obligatoriedad del
POT, una ves cumplido el periodo de transición que establece la presente Ley, en
cuanto a lo establecido en la Ley 9ª de 1989 y lo que se establezca en el nuevo
POT en concordancia con la Ley 338 de 1997, deja sujetas todas las actuaciones
urbanísticas, el otorgamiento de licencias urbanísticas, y demás actuaciones, a las
normas estructurales, generales o complementarias, como también al desarrollo
de planes parciales, a las previsiones, limitaciones, proyecciones, contenido del
POT desarrollado para dicho municipio; indiferentemente si el agente es publico o
privado. Lo que quiere decir que no se pueden realizar actuaciones urbanísticas
por fuera de lo establecido en el POT del municipio respectivo.
34
Definamos entonces que es una actuación urbanística de acuerdo a Ley 338 de
1997:
“Son actuaciones urbanísticas la parcelación, urbanización y edificación de
inmuebles. Cada una de estas actuaciones comprenden procedimientos de
gestión y formas de ejecución que son orientadas por el componente urbano del
plan de ordenamiento y deben quedar explícitamente reguladas por normas
urbanísticas expedidas de acuerdo con los contenidos y criterios de prevalencia
establecidos en los artículos 13, 15, 16 y 17 de la presente ley.
Estas actuaciones podrán ser desarrolladas por propietarios individuales en forma
aislada por grupos de propietarios asociados voluntariamente o de manera
obligatoria a través de unidades de actuación urbanística, directamente por
entidades públicas o mediante formas mixtas de asociación entre el sector público
y el sector privado.” 21
Continuando con la visión de este trabajo investigativo, observemos como la Ley
338 de 1997 desde sus primeros artículos, establece prioritariamente la
participación de la comunidad en la estructuración, ejecución y control del Plan de
Ordenamiento Territorial. Tal es el caso del articulo 22 “De La Participación
Comunal En El Ordenamiento Del Territorio”, expresando que las organizaciones
cívicas reconocidas en los distintos barrios o veredas del municipio, en el curso de
la formulación y concertación de los Planes de Ordenamiento Territorial, podrán
designar representantes, escogidos a través de las vías democráticas, con el
objetivo básico de transmitir y poner en consideración, propuestas sobre
componentes urbanos y rurales, correspondientes a las zonas donde habitan. Aquí
encontramos una pequeño vacío en la Ley 338 de 1997 debido a que la palabra
“podrán” no hace exigible la presencia de los lideres comunales y rurales, tan solo
otorgando la oportunidad de participación.
21
Articulo 36 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
35
Además este articulo establece, que una vez surtido el proceso de adopción y
revisión del POT, las organizaciones cívicas mantendrían su participación en las
actividades de desarrollo, estructuración y veeduría en el ordenamiento territorial:
“1. Para proponer, en los casos excepcionales que consideren las normas
urbanísticas generales, la asignación específica de usos y aprovechamientos del
suelo en micro zonas de escala vecinal, esto es, en los casos donde el efecto se
limite exclusivamente a sus respectivos territorios y no contraríen las normas
estructurales. En las zonas exclusivamente residenciales estas propuestas podrán
referirse a normas de paisajismo, regulaciones al tránsito vehicular y demás
previsiones tendientes al mantenimiento de la tranquilidad de la zona, siempre y
cuando no se afecte el uso del espacio público, de acuerdo con las normas
generales.
2. Para formular y proponer planes parciales para actuaciones urbanísticas dentro
de su área, de acuerdo con las previsiones y autorizaciones del componente
urbano del plan.
3. Para ejercer acciones de veeduría ciudadana que garanticen el cumplimiento o
impidan la violación de las normas establecidas, a través de procedimientos
acordes con las políticas locales de descentralización.” 22
Realizado el proceso de formulación, concertación y adopción del POT, entraría
en vigencia, y se tendría que iniciar dentro de los seis meses anteriores al
vencimiento de esa vigencia, el tramité para la formulación del nuevo plan o
revisión y ajuste del existente, teniendo lógicamente en cuenta la evaluación de
dicho plan frente a la realidad urbana y rural que se presenta.
La ciudad de Buenaventura adoptó el actual POT en el año 2001 para una
22
Articulo 22 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
36
vigencia de quince años, lo que quiere decir que restan tres años para realizar
nuevamente el POT necesario a implementar en la ciudad, teniendo en cuenta los
nuevos retos que afronta en estos momentos mas aun cuando tiene encima la
mirada de todo el País, al haber cambiado de estatus, convirtiéndose en Distrito
Especial y estar integrando Colombia diferentes tratados internacionales y
alianzas internacionales (como la Alianza Pacifica) posicionando al Puerto de
Buenaventura como pieza fundamental en la concreción y desarrollo de todas las
alianzas internacionales:
“Tanto analistas como miembros del Gobierno Nacional concluyeron, durante el
foro de la Alianza del Pacífico, organizado por la agencia de promoción de la
inversión 'Invest Pacific', que Buenaventura tiene que estar en la agenda nacional
porque de su desarrollo depende que el Valle del Cauca y el país puedan
aprovechar tanto este acuerdo comercial como todos los otros que ha firmado
Colombia.”23
Ya para finalizar el tramite del Plan de Ordenamiento Territorial, cada municipio o
distrito , a través de las oficinas de planeación, a solicitud del alcalde, serán las
responsables de coordinar la formulación oportuna del POT convirtiendo la
propuesta del Plan de Ordenamiento Territorial, en un proyecto de acuerdo
municipal sometiéndolo a consideración de las autoridades ambientales, de las
juntas administradoras locales, comunales, diferentes entidades gremiales, cívicas
y ecológicas, surtiendo los tramites de concertación interinstitucional y consulta
ciudadana, para luego el alcalde someterlo a consideración al Consejo de
Gobierno, sea Municipal o Distrital, siguiendo el procedimiento que establece el
articulo 24 y 25 de la ley 338 de 1997:
“1. El proyecto de plan se someterá a consideración de la Corporación Autónoma
Regional o autoridad ambiental correspondiente, para su aprobación en lo
concerniente a los asuntos exclusivamente ambientales, dentro del ámbito de su
23
“Analistas dicen que urge que Buenaventura se convierta en una ciudad puerto”. Articulo publicado en el Pais
Jueves 21 de Marzo de 2013. http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/buenaventura-sera-
37
competencia de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 99 de 1993 y en especial por
su artículo 66, para lo cual dispondrá de treinta (30) días; sólo podrá ser objetado
por razones técnicas y fundadas en los estudios previos. Esta decisión será, en
todo caso, apelable ante el Ministerio del Medio Ambiente.
3. Una vez revisado el proyecto por las respectivas autoridades ambientales y
metropolitanas, en los asuntos de su competencia, se someterá a consideración
del Consejo Territorial de Planeación, instancia que deberá rendir concepto y
formular recomendaciones dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes.
4. Durante el período de revisión del plan por la Corporación Autónoma Regional,
o la autoridad ambiental correspondiente, la Junta Metropolitana y el Consejo
Territorial de Planeación, la administración municipal o distrital solicitará opiniones
a los gremios económicos y agremiaciones profesionales y realizará convocatorias
públicas para la discusión del plan, incluyendo audiencias con las juntas
administradoras locales, expondrá los documentos básicos del mismo en sitios
accesibles a todos los interesados y recogerá las recomendaciones y
observaciones formuladas por las distintas entidades gremiales, ecológicas,
cívicas y comunitarias del municipio, debiendo proceder a su evaluación, de
acuerdo con la factibilidad, conveniencia y concordancia con los objetivos del plan.
Igualmente pondrán en marcha los mecanismos de participación comunal
previstos en el artículo 22 de esta ley.
Las administraciones municipales y distritales establecerán los mecanismos de
publicidad y difusión del proyecto de plan de ordenamiento territorial que
garanticen su conocimiento masivo, de acuerdo con las condiciones y recursos de
cada entidad territorial.
PARAGRAFO. La consulta democrática deberá garantizarse en todas las fases del
plan de ordenamiento, incluyendo el diagnóstico, las bases para su formulación, el
38
seguimiento y la evaluación.”24
“ARTICULO 25. APROBACION DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO. El
proyecto de plan de ordenamiento territorial, como documento consolidado
después de surtir la etapa de la participación democrática y de la concertación
interinstitucional de que trata el artículo precedente, será presentado por el alcalde
a consideración del concejo municipal o distrital, dentro de los treinta (30) días
siguientes al recibo del concepto del Consejo Territorial de Planeación. En el
evento de que el concejo estuviere en receso, el alcalde deberá convocarlo a
sesiones extraordinarias. Toda modificación propuesta por el concejo deberá
contar con la aceptación de la administración.”25
Si transcurrido sesenta días desde la presentación del proyecto del POT, el
Concejo Municipal o Distrital no adopta posición alguna, pasará nuevamente al
despacho del alcalde, quien podrá adoptarlo mediante decreto o acuerdo dentro
los siguientes cinco días.26
De acuerdo a lo establecido en el articulo 2º de la ley 507 de 1999 (modificatoria
de la ley 338 de 1997), expresa que los Concejos Municipales o Distritales, de
conformidad con lo establecido en el articulo 81 de la Ley 134 de 1994, celebraran
obligatoriamente un Cabildo Abierto previo al estudio y análisis del Plan de
Ordenamiento Territorial, sin perjuicio de los demás instrumentos de participación
contemplados en la Ley.27
Una vez sancionado el Plan de Ordenamiento Territorial por el Alcalde, pasa
después a la gobernación para su control normativo, convirtiéndose en una norma
jurídica municipal con carácter de obligatorio cumplimiento, por lo que nos indica
24
Articulo 24 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
25
Articulo 25 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
26
Articulo 26 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
27
Articulo 02 - Ley 507 de 1999. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1999/ley_507_1999
39
que este instrumento debe ser de amplia difusión dentro de la comunidad,
mediante una efectiva pedagogía, que permita que la comunidad y las
autoridades se apropien, incentivándolos a defender y exigir su cumplimiento.
En concordancia con el Articulo 28 de la Ley 338 de 1997, se establece la forma
como se deben de programar los tiempos de ejecución y de acople del Plan de
Ordenamiento Territorial:
ARTICULO 28. VIGENCIA Y REVISION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO.
<Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 902 de 2004. El nuevo texto es el
siguiente:> Los planes de ordenamiento territorial deberán definir la vigencia de
sus diferentes contenidos y las condiciones que ameritan su revisión en
concordancia con los siguientes parámetros:
1. El contenido estructural del plan tendrá una vigencia de largo plazo, que para
este efecto se entenderá como mínimo el correspondiente a tres (3) períodos
constitucionales de las administraciones municipales y distritales, teniendo
cuidado en todo caso de que el momento previsto para su revisión coincida con el
inicio de un nuevo período para estas administraciones.
2. Como contenido urbano de mediano plazo se entenderá una vigencia mínima
correspondiente al término de dos (2) períodos constitucionales de las
administraciones municipales y distritales, siendo entendido en todo caso que
puede ser mayor si ello se requiere para que coincida con el inicio de un nuevo
período de la administración.
3. Los contenidos urbanos de corto plazo y los programas de ejecución regirán
como mínimo durante un (1) período constitucional de la administración municipal
y distrital, habida cuenta de las excepciones que resulten lógicas en razón de la
propia naturaleza de las actuaciones contempladas o de sus propios efectos.
40
4. Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su
aprobación y deberán sustentarse en parámetros e indicadores de seguimiento
relacionados con cambios significativos en las previsiones sobre población urbana;
la dinámica de ajustes en usos o intensidad de los usos del suelo; la necesidad o
conveniencia de ejecutar proyectos de impacto en materia de transporte masivo,
infraestructuras, expansión de servicios públicos o proyectos de renovación
urbana; la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana
que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital, así
como en la evaluación de sus objetivos y metas del respectivo plan.
No obstante lo anterior, si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha
adoptado un nuevo plan de ordenamiento territorial, seguirá vigente el ya
adoptado.
5. Las autoridades municipales y distritales podrán revisar y ajustar los Planes de
Ordenamiento Territorial o sus componentes una vez vencido el período
constitucional inmediatamente anterior.
En las revisiones de los Planes de Ordenamiento se evaluará por los respectivos
Alcaldes los avances o retrocesos y se proyectarán nuevos programas para el
reordenamiento de los usos de servicios de alto impacto referidos a la prostitución
y su incompatibilidad con usos residenciales y dotacionales educativos.28
Es decir, surtido una vez todo los tramites correspondiente para la adopción y
aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial, estableciendo las vigencias para
su ejecución así como los tiempos de revisión y ajuste del mismo, de tal forma que
pueda lograrse la efectiva ejecución de sus objetivos, teniendo en cuenta las
necesidades de la comunidad y su territorio, se iniciaría la fase de implementación
28
Articulo 28 - Ley 338 de 1997. www.secretariasenado.gov.co/senado/.../ley/1997/ley_0388_1997
41
que se llevara a cabo en dos etapas: La instrumentación y la Ejecución29:
INSTRUMENTACIÓN
En esta etapa se hace la articulación con otros planes, programas y proyectos de
desarrollo, la discusión y aprobación y la adopción normativa del Plan.
ARTICULACIÓN
Los Planes de Ordenamiento Territorial tendrán un programa de ejecución que
define con carácter obligatorio las actuaciones sobre el territorio previstas en
aquél, durante el período de la correspondiente administración municipal o distrital,
de acuerdo con lo definido en el Plan de Desarrollo, señalando los proyectos
prioritarios, la programación de actividades, las entidades responsables y los
recursos respectivos.
El programa de ejecución se integra al plan de inversiones del plan de desarrollo
de tal manera que conjuntamente con éste sea puesto a consideración del
Concejo.
De los Planes de Desarrollo también hablaremos en el siguiente capitulo, que
explicaremos mas a fondo el Plan de Ordenamiento Territorial formulado para la
ciudad de Buenaventura, haciendo un breve acercamiento a los dos últimos
Planes de Desarrollo que se formularon para la ciudad, debido a que la etapa de
ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial, de su seguimiento, control y
evaluación, se realiza conforme a los planes plurianuales de cada Plan de
Desarrollo Municipal o Distrital,
Hagamos pues un breve recuento de las leyes que servirán de soporte estructural
al Plan de Ordenamiento Territorial y que modifican en parte la Ley 338 de 1997.
29
Otero, Wilson Augusto. (1998). Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Proyecto Checua Convenio Car-Gtz-Kfw. Corporación Autónoma Regional De Cundinamarca – Car. Agencia De Cooperación Alemana Al Desarrollo Gtz. Guía Simplificada Para La Elaboración Del Plan De Ordenamiento Territorial
Municipal. Pág. 54-55. http://www.mpl.ird.fr/crea/taller-colombia/FAO/AGLL/pdfdocs/guia_sim.pdf.
42
El marco jurídico del POT esta compuesto por normas Constitucionales, leyes y
decretos reglamentarios que emanan de la Constitución, a su vez, establece
cuáles son las autoridades, entidades, organismos, grupos y gestores tanto de
participación como de decisión, cuales deben ser sus contenidos básicos y los
procedimientos para la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial. 30
Grafico 2. Marco Jurídico.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
RÉGIMEN TERRITORIAL
Organización y división territorial (Art. 255).
Entidades territoriales (Art. 286).
Ley orgánica de Ordenamiento Territorial (Art. 288).
Creación de municipios (Art. 300).
Región administrativa y planificación (Art. 306).
Comunas y corregimientos (Art. 318).
DESARROLLO TERRITORIAL
La propiedad debe cumplir con una función social (Art. 58).
El Estado ejerce control sobre la explotación de los recursos
naturales y el uso del suelo e interviene en la economía y el
ordenamiento territorial
(Art. 334).
Planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales (Art. 80).
30
Otero, Wilson Augusto. (1998). Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Proyecto Checua Convenio Car-Gtz-Kfw. Corporación Autónoma Regional De Cundinamarca – Car. Agencia De Cooperación Alemana Al Desarrollo Gtz. Guía Simplificada Para La Elaboración Del Plan De Ordenamiento Territorial
Municipal. Pág. 12-13. http://www.mpl.ird.fr/crea/taller-colombia/FAO/AGLL/pdfdocs/guia_sim.pdf.
43
Los municipios deben:
Ordenar el desarrollo de su territorio (Art. 311).
Proteger el espacio público (Art. 82).
Reglamentar el uso del suelo (Art. 313).
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ÉTNICO Y CULTURAL
Es deber del Estado y las entidades territoriales:
La protección de la diversidad étnica y cultural (Art. 7).
La protección de la riqueza cultural y natural (Art. 8 y 72)
Garantizar el derecho a gozar de un ambiente sano (Art. 79)
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Aplicación de las formas de participación social a los
procesos de gestión pública
(Art. 103 y
106).
DESARROLLO LEGISLATIVO
Las siguientes son las disposiciones reglamentarias (leyes y decretos) que
rigen el Ordenamiento Territorial.
DECRETO – LEY 2811 DE 1974 Y DECRETOS REGLAMENTARIOS
Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio
Ambiente
Regula los aspectos relacionados con el manejo de los recursos naturales,
el ambiente y las áreas de manejo especial y el sistema de parques
nacionales.
44
DECRETO – LEY 1333 DE 1986
Código del Régimen Municipal
Naturaleza, creación, organización y funcionamiento de los municipios.
LEY 9 DE 1989
Reforma Urbana
Planeación del desarrollo municipal. Desarrollo urbano y reglamentación de
usos del suelo.
LEY 60 DE 1993
Recursos y Competencia de las Entidades Territoriales.
Distribución de recursos y competencias de las entidades territoriales.
Situado fiscal, transferencias de los ingresos corrientes de la nación.
LEY 99 DE 1993
Sistema Nacional Ambiental
Estatuto general de utilización del suelo. Ordenamiento ambiental del
territorio. Sistema Nacional Ambiental SINA.
LEY 134 DE 1994
Mecanismos de participación ciudadana
Ley estatutaria, estableciendo las normas fundamentales que rigen la
participación democrática de las organizaciones civiles.
LEY 136 DE 1994
Organización y Funcionamiento de los Municipios
Funciones y competencias de los municipios, categorización, organización
y división territorial.
45
LEY 152 DE 1994
Ley Orgánica del Plan de Desarrollo
Plan de Desarrollo Municipal, Consejos territoriales de planeación y
formulación del Plan de Ordenamiento Territorial.
LEY 388 DE 1997
Ley de Desarrollo Territorial
Clasificación del territorio, Planes de Ordenamiento Territorial y plusvalía.
LEY 151 DE 1998
Zonas receptoras generadoras de derechos de construcción
LEY 507 DE 1999
Por la cual se modifica la Ley 338 de 1997
Ya para culminar con este capitulo, queremos consignar opiniones meritorias, de
diferentes dirigentes políticos y empresariales de nuestro País, manifestando la
urgencia que existe para Buenaventura, el Valle el cauca y todo el País, para
convertir a Buenaventura en un modelo de ciudad que propenda a salvaguardar
los derechos fundamentales de sus ciudadanos y el desarrollo de una
infraestructura paralela con el avance portuario que tanto necesitamos en nuestro
País:
Periódico “El País”:
“Es increíble que una ciudad como Buenaventura no tenga agua 24 horas y está
en el actual grado de abandono. Desde Cali y con el grupo de alcaldes del G11
tenemos el compromiso de buscar y apoyar las estrategias para impulsar el
desarrollo del puerto”.31
31
El alcalde de Cali, Rodrigo Guerrero, dijo en la apertura del evento, que teniendo en cuenta que los
46
“A esto se unió una debilidad institucional en lo local que ha afectado el desarrollo
del Puerto, en especial porque hubo poco seguimiento a la gestión pública”.32
“Todo lo que se está haciendo para el mejoramiento del Pacífico es necesario y lo
que hay que hacer es recuperar el tiempo perdido”, dijo Hommes, quien recordó
que durante su paso por el Gobierno Nacional se hizo la privatización del puerto,
hecho que cambió la cara para este sector.33
“La historia ha mostrado que cuando existen las presiones del comercio es
cuando se desarrolla la infraestructura. Confío en que la Alianza del Pacífico
hará que las cosas cambien para el Puerto”, dijo el funcionario del Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo.34
“No solo el país, sino el mundo mira hacia el Pacífico y el Gobierno entendió que
Buenaventura tiene un papel protagónico y que hay que sacar adelante los
proyectos. La carretera hay que terminarla y el Puerto debe cambiar su
institucionalidad para garantizar servicios y educación”, dijo.35
cambios en el mundo se orientan hacia el Pacífico, el Gobierno Nacional debe desarrollar todo una estrategia que permita una mejor conexión del puerto. “Analistas dicen que urge que Buenaventura se convierta en una ciudad
puerto”. Articulo publicado en el Pais Jueves 21 de Marzo de 2013.
http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/buenaventura-sera-
32 Martha Lucía Ramírez, exministra de Comercio, afirmó que la debilidad que hoy tiene Buenaventura en
materia de infraestructura proviene de la falta de una visión de largo plazo, pues los gobiernos pasados han hecho inversiones pero de a poco. “Analistas dicen que urge que Buenaventura se convierta en una ciudad puerto”.
Articulo publicado en el Pais Jueves 21 de Marzo de 2013. http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/buenaventura-sera- 33 Rudolf Hommes, exministro de Hacienda, coincidió en que en el desarrollo de Buenaventura no
corresponde a la importancia que tiene esta ciudad para el país y que su actual situación es un descuido de los Gobiernos nacional y local. “Analistas dicen que urge que Buenaventura se convierta en una ciudad puerto”.
Articulo publicado en el Pais Jueves 21 de Marzo de 2013. http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/buenaventura-sera- 34 Javier Gamboa, jefe negociador de los TLC de Colombia, aseguró que es el momento para que el Valle del
Cauca saque provecho de su posición geográfica y haga la presión necesaria para que se realicen las tareas pendientes en Buenaventura, porque el mejoramiento de esta ciudad es un punto estratégico para el país. “Analistas dicen que urge que Buenaventura se convierta en una ciudad puerto”. Articulo publicado en el Pais Jueves
21 de Marzo de 2013. http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/buenaventura-sera-
35 Roberto Arango, presidente de la Cámara de Comercio de Cali, dijo que es un convencido de que vienen
grandes oportunidades para el Valle con este tipo de acuerdos comerciales.
47
Periódico “El Portafolio”:
“Esa es la petición de la directora de Invest Pacific, con sede en Cali y que
promociona la inversión en la región, María Eugenia Lloreda, pues, dice, es la
única manera de tener un puerto de talla mundial para poder competir
internacionalmente; de lo contrario, “nunca vamos a ser los socios de la Alianza
del Pacífico ni de Apec que debemos ser”.
Invest Pacific, que va por su segundo año de operaciones, promovió un foro sobre
la Alianza que se efectuó ayer, uno de cuyos ejes fue la recuperación de
Buenaventura, el puerto marítimo más importante del país sobre dicho océano.
Portafolio habló con María Eugenia Lloreda.
¿Cuál es la importancia del foro?
Colombia no se ha dado cuenta de la importancia que tiene la Alianza del Pacífico,
sobre todo para el Valle del Cauca. Nos parece muy bien que el país se abra al
Pacífico; sin embargo, si no nos ponemos las pilas con nuestro propio Pacífico y si
el Gobierno central no le echa la mano a Buenaventura y tenemos un puerto de
talla mundial, nunca vamos a ser unos competidores de la talla que otros
miembros de la Alianza, porque México, Perú y Chile tienen unos puertos muy
avanzados.
¿Qué debería hacer el Gobierno Nacional?
Uno puede tener unos maravillosos terminales portuarios en Buenaventura, pero si
no hay una ciudad puerto en el sentido de que hay renovación urbana, adecuados
servicios públicos y una fuerte institucionalidad en la ciudad, entre otros aspectos,
poco o nada se habrá hecho.
También hay problemas de vías para llegar a Buenaventura...
Obviamente, la carretera no puede esperar al 2020, hay que jugársela toda por
Buenaventura, sacarla adelante, crear las condiciones propicias para la inversión,
la educación, etc. El Gobierno Nacional tiene que vincularse plenamente a este
48
propósito; no pueden ser pañitos de agua tibia.
¿Se requieren más diagnósticos?
No, Buenaventura está sobrediagnosticada, se sabe lo que hay que hacer,
empezando por crear institucionalidad. Obviamente, está el tema de seguridad al
cual hay que metérsela toda en los puertos, en la ciudad, porque la están usando
como canal para el narcotráfico, y esto necesita fuerza pública nacional, fuerzas
especiales. Y, claro, el tema de recursos, pero creo que deberían ir unas personas
del gobierno central a trabajar allá (a Buenaventura), a ayudar a capacitar y crear
esa institucionalidad, y a tratar de implantar programas de educación, porque allá
no tenemos el recurso humano suficiente para lograr esos cambios.”36
Periódico “La Republica”:
“El país está tomando cada vez más conciencia de esta necesidad. Tanto el ex
ministro de Hacienda Rudolf Holmes, en su artículo del 11 de febrero, como el
editorial del El Tiempo, el 16 de febrero, resaltan la prioridad que debe de tener la
ciudad puerto para el país. Ambos textos señalan las enormes deficiencias de
Buenaventura en vías, puentes, agua potable, comunicaciones, entre otros; pero
rescatan una luz de esperanza que es totalmente clara y cierta, y es que otros
países como Ecuador, Chile y Perú lograron transformar sus ciudades puerto en
centros urbanos competitivos; San Antonio en Valparaíso, Guayaquil en Ecuador y
Callao en Perú son ejemplos de ello….
…Es importante tener en cuenta que esta tarea requiere aunar esfuerzos, no solo
desde el Gobierno Nacional, sino también de las autoridades departamentales y
locales, y la comunidad para convertir a Buenaventura en la ciudad-puerto sobre el
Pacífico que requiere el país.”37
36
Jorge Correa C. / Economía y Negocios. Buenaventura debe ser un puerto de talla mundial. Articulo publicado en el
diario Portafolio. http://www.portafolio.co/economia/buenaventura-debe-ser-un-puerto-talla-mundial. Marzo 20 de
2013 37
“Colombia mira hacia el Pacífico”. Articulo publicado en el Diario la Republica. http://www.larepublica.co/colombia-
mira-hacia-el-pac%C3%ADfico_34282. Marzo 15, 2013
49
CAPITULO 2.
ANÁLISIS DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL QUE SE
ESTABLECIÓ PARA LA CIUDAD DE BUENAVENTURA.
Centrando nuestra investigación en los objetivos que se desean alcanzar,
analizaremos el Plan de Ordenamiento Territorial conforme a sus principios
teóricos, básicos, de carácter constitucional, en relación directa con el Plan
Nacional de Desarrollo; entendiéndose de Genero y especie, siendo el Plan
Nacional de Desarrollo de Genero, mientras que el POT de especie, el cual
mientras que uno surte un proceso de aprobación ante el Congreso de la
Republica el otro tan solo surte la aprobación dentro del Gobierno local donde se
elabora, pero ambos con fines de aplicación similar, analizando también los dos
últimos planes de desarrollo propuestos en los dos últimos gobiernos de la ciudad
de Buenaventura:
“Por medio de un plan de desarrollo, el conjunto de la sociedad establece
claramente las líneas de acción de un gobierno durante un periodo determinado.
Este instrumento establece parámetros, como objetivos, metas o propósitos, a
través de los cuales se puede evaluar la gestión y exigir los correctivos, en caso
de ser necesarios.”38
Tal como se observa en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual es base de las
políticas gubernamentales del presidente del momento, se asemeja en los niveles
regionales, donde también hablaríamos de los Planes de Desarrollo del Municipio
o Distrito, que para la ciudad de Buenaventura fueron adoptados mediante: el
Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable
Educada Y Productiva Con Seguridad”; y El Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El
Plan De Desarrollo Del Distrito De Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En
38 López Casas, Juan Gonzalo. Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010: ¿ Desarrollo Para Todos?. Revista
Colombiana de Psiquiatría, Vol. XXXVI, Num. 002, Pág. 190.
50
Marcha”, siendo estas las propuestas de los gobiernos locales de la anterior
administración municipal y de la actual “distrital”, en el entendido que consolidaron
las propuestas de sus respectivas candidaturas para el desempeño de sus cargos,
en calidad de máxima autoridad Local. Pero a su vez, estas políticas debieron
ajustarse al vigente Plan de Ordenamiento Territorial y continuar en buena medida
con los proyectos comenzados en la administración del Gobierno anterior que
suceden, como se observa en el plano general con el Plan Nacional de Desarrollo:
“De acuerdo con lo anterior, en términos generales se puede afirmar que los
objetivos y metas del Plan de Desarrollo 2006-2010 no son muy diferentes de los
establecidos para el periodo 2003-2006, muy seguramente porque muchas de las
metas no se alcanzaron o porque en realidad no se lograron transformaciones
importantes en las entidades estatales o en la sociedad en general. Una
evaluación independiente de la rendición de cuentas hecha por el Gobierno
contribuiría a establecer que tanto, que en el periodo anterior no se cumplió el
traslado a este periodo y que por lo tanto se avanzó.”39
De igual forma se espera que el Gobierno Local actual de Buenaventura, haya
estructurado el actual Plan de Desarrollo Distrital, buscando darle continuidad a
las metas trazadas por su anterior Gobierno.
Nuestra investigación se introducirá de lleno con el análisis del Plan de
Ordenamiento Territorial actual de la ciudad de Buenaventura, en donde podremos
identificar no solamente el cumplimiento de la norma establecida para su
elaboración, sino también, su conexión con los verdaderos problemas territoriales
de la ciudad de Buenaventura, y la congruencia que maneja con el Plan de
Desarrollo Municipal y Distrital.
39 López Casas, Juan Gonzalo. Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010: ¿ Desarrollo Para Todos?. Revista
Colombiana de Psiquiatría, Vol. XXXVI, Num. 002, Pág. 192.
51
Por tal motivo, recordaremos nuestra inquietud inicial, producto de esta
investigación, con el fin de poder mantener fijado nuestro foco al realizar el análisis
del Plan de Ordenamiento Territorial y de los dos últimos planes de desarrollo:
¿Cuál ha sido la eficacia del último Plan de Ordenamiento Territorial adoptado
mediante el Acuerdo Municipal 003 de 8 de Mayo de 2001 que se planteó en la
ciudad de Buenaventura para salvaguardar los derechos fundamentales de la
comunidad bonaverense y contribuir significativamente a un mejor desarrollo
social?
Por lo tanto actuaremos bajo los parámetros de identificación de las propuestas y
normatividad establecidos en dichos planes, que propendan a “salvaguardar los
derechos fundamentales de la comunidad bonaverense y contribuir
significativamente a un mejor desarrollo social”.
Comenzaremos diciendo, que el Plan de Ordenamiento Territorial aprobado
mediante el Acuerdo Municipal 003 de 8 de Mayo de 2001 se encuentra
compuesto por tres libros, donde el Libro I contiene IX Títulos, el Libro II contiene
VII Títulos; y Libro III contiene II Títulos, conservando los parámetros de la Ley 338
de 1997, de la siguiente forma:
La parte general Objetivos, estrategias y contenido a largo plazo.
La parte urbana Políticas, acciones, programas y normas para el
desarrollo físico urbano.
La parte rural Políticas, Acciones, Programas y Normas destinados a
orientar garantizar la adecuada interacción entre los
asentamientos rurales.
52
Donde en la parte general del POT, se encuentra la vigencia, estipulada para un
periodo de quince años, tiempo máximo establecido a los proyectos de largo
plazo, de diez años para proyectos de mediano plazo y cinco años para los de
corto de plazo.
En el articulo 5 se encuentra reflejada la Visión del plan, la cual expresa la forma
como fue concebido el POT, cumpliendo con la respectiva participación ciudadana
de las entidades institucionales, sociales, así como las comunales, dando como
resultado la creación de un documento denominado el “Pacto Colectivo” de
Octubre de 1999, que consolida la voluntad de la ciudadana mediante los
mecanismos de participación democrática que brinda la Ley 134 de 1994 y que
exige la Ley 338 de 1997. Este “Pacto Colectivo” también será objeto de nuestra
investigación, con miras a evidenciar el no cumplimiento de lo pactado, ni
ejecutado en el Plan de Ordenamiento territorial:
“Artículo 5. Visión de desarrollo Territorial.
EL Plan de Ordenamiento Territorial reconoce la vocación actual e identidad
particular del municipio sustentada en el ejercicio que contó con la participación de
los representantes sociales, comunitarios, económicos, culturales, institucionales,
ambientales y políticos, y en el cual se condensa el documento Planificación
prospectiva por escenarios, Cuyo cierre es el PACTO COLECTIVO por el
municipio de Buenaventura, firmado en un compromiso colectivo por un número
significativo de representantes y personas del municipio…”40
Ilustraremos en tres cuadros, la composición del Plan de Ordenamiento Territorial
de Buenaventura, donde a grandes rasgos se logra evidenciar el cumplimiento de
la norma, respecto a lo exigido como instrumento de ordenamiento territorial, pero
ya entraremos a evidenciar el no cumplimiento frente como instrumento de
derecho, ayude a salvaguardar los derechos fundamentales de sus ciudadanos:
40
Acuerdo No. 03 De 2001 “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Ordenamiento Territorial Para El Municipio De Buenaventura, Valle Del Cauca”. Concejo Municipal. Municipio De Buenaventura. Pag. 16.
53
Grafico 3. Índice del Plan de Ordenamiento Territorial.
54
55
Dejando atrás el análisis de la parte estructural, la forma como fue formulado y
establecido el Plan de Ordenamiento Territorial, entraremos con una análisis del
fondo de este Plan, donde encontramos muchos vacíos, no solamente dentro del
Plan de Ordenamiento Territorial, debido a que no fue redactado de forma
concreta, que evidencie un plan de acción dirigido y encaminado a alcanzar
objetivos claros y definidos, sino que se observa que desde su misma concepción,
mediante el “Pacto Colectivo”, las propuestas fueron idealistas, sin tener claridad,
ni especificar, en las necesidades que se tenían, y aun sigue teniendo la
comunidad y su ciudad:
“La administración municipal, el sector privado y la comunidad haremos que la
gestión de los servicios públicos estén acordes con el medio, para que se mejore
su prestación y baje las tarifas de los mismos. Complementario a ello,
56
consideramos que se deben constituir empresas de economía mixta que
involucren a la comunidad Bonaverense, para que administre, opere y controle la
ejecución de los planes integrales para la buena prestación de los servicios
públicos y la generación de nuevos hábitos y culturas del buen manejo de los
servicios públicos, planes de control de fugas en cuanto al acueducto, recolección
y reciclaje de las basuras por parte de la población, con empresas asociativas por
comuna; y de manera especial queremos que se desarrollen los sistemas de
tratamiento de los desechos residuales y el programa de recuperación y
conservación ambiental de la bahía.”41
Como estrategia para el respectivo análisis del Plan de Ordenamiento Territorial,
desde su Pacto Colectivo, incluyendo la conexidad que debe tener con los dos
últimos Planes de Desarrollo acordados para Buenaventura, sin perder de vista
unas de sus funciones básicas de proteger y salvaguardar los derechos
fundamentales de los bonaverences, hemos decidido enfocar esta investigación
con el análisis frente a lo propuesto para el suministro de los Servicios Públicos
Domiciliarios, mas específicamente al suministro de Agua Potable y las redes
domiciliarias de aguas residuales; debido a que es muy latente la percepción que
se tiene frente a este tema, siendo muy fácil la observación en la mala prestación
de los servicios públicos que ha existido en la ciudad, y que aun persiste, lo que
podría denotar una limitación en el goce y disfrute de los Derechos
Fundamentales, así como en el surgimiento de oportunidades para el desarrollo
humano y territorial.
Anteriormente citamos, lo que se podría decir fue la directriz que se planteó en el
Pacto Colectivo, acuerdo realizado para la formulación y creación del Plan de
Ordenamiento Territorial, del cual emana la voluntad del pueblo, de sus
instituciones y entidades gremiales que estuvieron al frente de la creación de esta
gran herramienta creada para el desarrollo de los municipios y distritos.
Confirmando la importancia que tiene el Pacto Colectivo, encontramos en el
41 Alcaldía de Buenaventura. “Pacto Colectivo Del Municipio De Buenaventura”. Octubre de 1999.
www.buenaventura.gov.co/. pag. 17
57
Articulo 6 del POT el siguiente parágrafo:
“Artículo 6. Misión.
PARÁGRAFO: Hace parte de este proyecto de acuerdo las directrices emanadas
del Pacto Colectivo por el Municipio de Buenaventura.”42
Constituyéndose como objetivo principal del Pacto Colectivo, al ser un instrumento
estratégico de concertación de las voluntades de toda la comunidad representada
por sus dirigentes políticos, gremiales, religiosos, etc., para la creación del Plan de
Ordenamiento Territorial :
“…Este Pacto se constituye en un instrumento estratégico de acuerdo entre las
comunidades, la dirigencia política, los líderes, el sector privado, los gremios, los
sectores religiosos y la administración municipal y la comunidad en general, en un
instrumento estratégico de carácter político que recoge los intereses de los
Bonaverenses para los futuros acuerdos a gestionarse en el ámbito del
Departamento del Valle, de la Nación, Internacionales y con los próximos
gobiernos de Buenaventura. Por lo que se define como alcance de este Pacto, el
de definición de políticas y estrategias para el desarrollo local; las propuestas o
proyectos específicos, acordadas en forma participativa, quedan consignadas en
el Plan de Ordenamiento Territorial…”43
Por lo tanto, es claro, que los objetivos generales, directrices y lineamientos
expresados en el Pacto Colectivo, serian el marco de diseño del Plan de
Ordenamiento Territorial, en el cual, supuestamente quedo consignada voluntad
clara y definida acerca del suministro de servicios públicos domiciliarios.
42 Acuerdo No. 03 De 2001 “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Ordenamiento Territorial Para El
Municipio De Buenaventura, Valle Del Cauca”. Concejo Municipal. Municipio De Buenaventura. Pag. 16. 43
Alcaldía de Buenaventura. “Pacto Colectivo Del Municipio De Buenaventura”. Octubre de 1999.
www.buenaventura.gov.co/. pag. 5.
58
Analizaremos entonces, dentro del Plan de Ordenamiento Territorial que se
estructuro al respecto.
Encontramos primero en la parte general del POT el titulo: “TITULO VI. EL
SISTEMA DE SERVICOS PUBLICOS DOMICILIARIOS”, en donde apreciamos
que como política de este tema, es la de alcanzar durante la vigencia del POT, la
prestación total de los servicios públicos domiciliarios para todo el municipio de
Buenaventura:
“CAPITULO 1. Políticas, Objetivos y Estrategias.
Artículo 64. Política de Servicios Públicos.
Propender porque en el tiempo de vigencia del presente Acuerdo se alcance la
cobertura total de los servicios públicos domiciliarios en todo el territorio municipal,
atendiendo técnicamente las realidades del entorno físico y climatológico y o,
sociocultural de las zonas o asentamientos, que obedezca a una planificación
general del territorio.
Artículo 65. Objetivos
1. Garantizar la eficiente prestación de los servicios públicos
2. Promover y fortalecer los aspectos ambientales en la prestación de los
servicios públicos domiciliarios.
3. Mitigar los conflictos ambientales generados por el mal manejo de los
servicios públicos
4. Controlar los efectos ambientales que se produzcan por la prestación
permanente de los servicios públicos.
5. Dotar de los planes maestros de acueducto y alcantarillado a la cabecera
municipal.
6. Aumentar la cobertura de la prestación de los servicios públicos en las zonas
rurales.”
59
Con ese primer objetivo: “Garantizar la eficiente prestación de los servicios
públicos” , podríamos analizar los dos últimos Planes de Desarrollo que se
formularon y aprobaron para Buenaventura, debido a que estos planes tuvieron
que ajustarse no solo a las políticas que emanan del POT, sino también a los
objetivos que se proponen en el mismo; lo que haría suponer que dentro de estos
planes de desarrollo, se debió asignar necesariamente suficientes recursos, para
llevar a cabo la realización de este objetivo. Pero antes de entrar a mirar los dos
Planes de Desarrollo, observemos las acciones estratégicas, que dentro del POT,
se determinaron para dar cumplimiento a lo propuesto:
“Artículo 66. Acciones Estratégicas para Los Servicios Públicos.
Las siguientes acciones estratégicas cumplirán con los objetivos propuestos:
1.El Municipio de Buenaventura en un plazo de cinco años, con el apoyo del
Programa BID – Plan Pacífico y la Unidad de Aguas del Ministerio de Desarrollo
Económico revisará, ajustará y gestionará los recursos faltantes para la ejecución
de los planes maestros de acueducto y alcantarillado, acorde a la realidad
territorial actual y en armonía con los objetivos de desarrollo territorial.
La administración municipal en el proceso de implementación del plan maestro de
alcantarillado, verificará la capacidad hidráulica de los canales principales o
primarios de aguas lluvias en función de que estos minimicen los desbordamientos
por insuficiencia de los mismos.
2. El Municipio de Buenaventura en un plazo de año y medio a partir de la sanción
del Acuerdo que adopta el Plan de Ordenamiento Territorial establecerá las
directrices para la regulación y tratamiento de la contaminación de las corrientes
superficiales originadas por los vertimientos de las aguas residuales generadas en
las actividades domésticas industriales agropecuarias, recreacionales y mineras.
60
3. El municipio de Buenaventura en un plazo de cinco años formulará un plan
de prestación de servicios públicos domiciliarios a los centros poblados mayores.
4. Las localizaciones y áreas definidas en ese Plan de Servicios Públicos se
consideran como de reserva para la provisión de servicios públicos domiciliarios y
hacen partes de las Áreas de Protección.
5. Para efectos del desarrollo de las Áreas de Expansión, los constructores,
urbanizadores o propietarios se sujetarán a las previsiones de áreas y localización
de la infraestructura de servicios públicos determinada en el Plan de Servicios
Públicos, construyéndose como requisito para la aprobación de los proyectos
urbanísticos en esas Áreas, la construcción de la infraestructura mencionada y la
dotación de los servicios públicos domiciliarios correspondientes.”
En resumen, la Parte General del POT, expresan como política de los Servicios
Públicos, la cobertura total de los servicio públicos domiciliarios, con la ampliación
de la misma en las zonas rurales; por otro lado dentro de sus objetivos, esta el de
garantizar la eficiente prestación de los Servicios públicos Domiciliarios; pero ya
frente a las acciones a realizar, tan solo se limitan a lograr gestionar los recursos
faltantes para la ejecución de los planes maestros de acueducto y alcantarillado,
en de los primeros cinco años de vigencia, suponiendo entonces que los otros 10
años del acuerdo pactado, serían utilizados en la ejecución de esos planes
maestros con la inversión de esos recursos gestionados, de tal forma que se
cumpliera y se garantizara la eficaz prestación de los servicios públicos
domiciliarios.
Pero la realidad es otra, por lo que revisaremos lo consignado en la Parte Urbana
del POT, en búsqueda de algo mas concreto respecto a la forma como se pensó
garantizar la prestación de los Servicio Públicos Domiciliarios. Analicemos paso a
paso, los correspondientes artículos aprobados mediante el Acuerdo 003 de 2001:
61
“TITULO III DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
CAPÍTULO 1. Sistema estructurado de los servicios públicos domiciliarios del
municipio de Buenaventura
Articulo 117. Política
a. Garantizar durante la vigencia del presente acuerdo las prestación de los
servicios públicos domiciliarios a los habitantes de la ciudad de Buenaventura,
mediante la creación de una o varios empresas que se encarguen de la prestación
óptima y eficaz de los servicios públicos domiciliarios.
b. Propender porque en el mediano plazo se mejoren la cobertura y calidad en
la prestación de los servicios públicos, para crear condiciones óptimas para una
ciudad competitiva.”
Aquí ya observamos una política diferente, un poco mas directa y concreta, la cual
ya no solo propende alcanzar una cobertura total de los servicios públicos
domiciliarios, sino que va mas allá, proponiendo la creación de empresas que se
encarguen de forma optima y eficaz, la prestación de los servicios públicos
domiciliarios, deseando lograr en un mediano plazo, es decir, en un tiempo de 10
años, en el año 2011 haber alcanzado las metas propuestas, frente a este
aspecto.
En el próximo articulo 118. “Objetivos”, se establecen los objetivos con los que se
busca alcanzar las metas, resultando desde nuestro punto de vista, unos objetivos
bien estructurados, con miras de lograr un concreto plan de trabajo:
“Artículo 118. Objetivos
…4. Garantizar para que toda la cobertura de los servicios públicos se realice
62
atendiendo técnicamente las realidades del entorno físico y climatológico y/o socio
cultura de la zona; obedeciendo a una replanificación urbana especialmente en las
zonas de Terrenos de Bajamar. Estos condicionantes deben ser atendidos por una
empresa de carácter mixto la cual deberá planificar, diseñar, ejecutar, operar,
controlar y administrar la buena prestación de los servicios.
5. Desarrollar un sistema de información de servicios públicos del municipio
acorde con las políticas y normas que fija la comisión reguladora de servicios de
nivel central.
6. Promover y fortalecer los aspectos ambientales en la prestación de los
servicios públicos domiciliarios al igual que mitigar los conflictos ambientales
generados por el mal manejo de los mismos.
7. Adelantar estudios y controles sobre el estado, capacidad y vida remanente
de las redes primarias y secundarias de servicios públicos domiciliarios en la
ciudad consolidándose especialmente en las áreas sometidas a tratamientos de
regularización, redensificación y renovación urbana.
8. Promover la Gestión de los Servicios Públicos domiciliarios del ámbito
municipal.
9. Ampliar la cobertura de servicios públicos mediante mecanismos que
permitan la ejecución y financiación de obras para la instalación de redes.
10. Definir mecanismos interinstitucionales que permitan coordinación entre los
diferentes entes y empresas que prestan los servicios públicos para planear de
manera acorde las obras requeridas.
11. Mejorar la prestación y calidad de los servicios públicos, estableciendo
programas de reposición y mantenimiento de redes por deficiencia en la capacidad
63
de prestación del servicio y por su deterioro.
12. Involucrar a la comunidad en la definición y establecimiento de programas para
el control de la gestión que realizan las empresas de servicios públicos
domiciliarios.”
Definitivamente están muy bien estructurados los objetivos establecidos para la
prestación de los servicios públicos domiciliarios. Pero nos deja la sensación que
estos objetivos no han sido tenidos en cuenta en los Planes de Desarrollo de los
gobiernos que han desempeñado sus funciones en la Administración publica del
municipio desde el año 2001, lo que entraremos a observar mas adelante.
Continuamos con las estrategias y acciones establecidas, con las que se pretende
alcanzar la realización de los objetivos:
Articulo 119. Estrategias y acciones para el sistema de Acueducto.
1. El municipio gestionará en los próximos tres años, ante el gobierno
departamental y el Ministerio de Desarrollo Económico los ajustes y ampliaciones
al plan maestro de acueducto.
2. El municipio en los próximos tres años gestionará los recursos existentes en el
nivel Nacional Programa BID – Plan Pacífico para la ejecución de las etapas
financiadas del Plan Maestro de Acueducto y en los siguientes tres años
gestionará los recursos complementarios para la ejecución total del Plan maestro
de alcantarillado, tanto urbano como rural.
Articulo 120. Estrategias y acciones para el sistema de Alcantarillado
1. El municipio gestionará en los próximos tres años, ante el gobierno
departamental y el Ministerio de Desarrollo Económico los ajustes y ampliaciones
64
al plan maestro de acueducto.
2. El municipio en los próximos tres años gestionará los recursos existentes en el
nivel Nacional Programa BID – Plan Pacífico para la ejecución de las etapas
financiadas del Plan Maestro de Alcantarillado y en los siguientes tres años
gestionará los recursos complementarios para la ejecución total del Plan maestro
de alcantarillado, tanto urbano como rural.
3. El municipio de Buenaventura, en un corto plazo realizará un estudio que
propenda por lograr la eficiente administración del Agua, en cuyos alcances
contenga: Los sistemas de monitores, captación, potabilización, almacenamiento y
distribución del agua potable; los sistemas de alcantarillados de recolección y
transporte de las aguas residuales o servida, sistemas de tratamiento de aguas
residuales y uso de uso subproductos , sistemas de captación, transporte y
evacuación de aguas lluvias, sistemas de control de escorrentía e inundaciones,
sistemas de recirculación y reuso de las aguas residuales tratadas y sistemas de
conservación, recuperación y cuidado del bosque y de las fuentes hídricas.
Parágrafo1. En el proceso de implementación del plan maestro de alcantarillado,
la administración municipal verificará la capacidad hidráulica de los canales
principales o primarios de aguas lluvias en función de que estos minimicen los
desbordamientos por insuficiencia de los mismos.
Encontramos solo una diferencia frente a la política expresada en la Parte General
del POT, ya que aquí se planifican en un tiempo de seis (6) años, gestionar la
totalidad de los recursos para la ejecución del plan maestro de acueducto y
alcantarillado. Pero también podemos apreciar connotaciones mucho mas técnicas
en cuanto a la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial, respecto a la
prestación de los servicio públicos domiciliarios.
65
Ahora demos una mirada puntual y concreta a los dos últimos Planes de
Desarrollo, acordados para el municipio de Buenaventura, correspondiente a esta
aspecto de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, con el fin de poder
analizar si estuvo o no acorde a lo establecido dentro del POT.
Comenzaremos con el Plan de Desarrollo del 2008 a 2011 bajo la dirección del
exalcalde Saulo Quiñones y aprobado por el Concejo Municipal mediante el
Acuerdo No. 05 DE 2008, el cual cumpliendo con la norma, empieza realizando un
diagnostico de cómo encuentra al municipio, basándose en cinco ejes temáticos,
siendo el segundo eje de “Equidad Social”, apreciando en la Tabla 8. La baja
cobertura que existe hasta el 2007 solamente en la conexión a servicios públicos,
es decir, sin haber analizado, la poco cobertura que se tenia en la prestación de
los servicios públicos domiciliarios, en las conexiones ya existentes:
“No se puede negar la importancia del presente eje temático, teniendo en cuenta
que la competencia básica de cualquier municipio, como entidad territorial,
consiste en satisfacer las necesidades básicas de salud, educación, vivienda,
saneamiento básico y agua potable de la población con mayores condiciones de
vulnerabilidad.” 44
Este eje temático, toca un aspecto fundamental en el desarrollo del municipio, su
comunidad, la cual requiere que se le satisfagan prioritariamente, las necesidades
básicas de salud, educación, vivienda, saneamiento básico y agua potable, a lo
que estamos hablando no solamente de derechos fundamentales, promulgados en
nuestra Constitución Nacional, sino también, aspecto que marcara la calidad y
desarrollo humano de la población bonaverense.
Además, evidenciamos con absoluta certeza, que hasta el año 2007, siete años
44 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable Educada Y Productiva Con Seguridad”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/. Pág. 07.
66
después de la creación del Plan de Ordenamiento Territorial, no se había cumplido
con lo pactado y acordado en el mismo. Observemos las cifras que arrojo dicho
diagnostico:
Grafico 4. Cobertura de Conexión de los servicios Públicos del Municipio de Buenaventura:
“En ese mismo orden de ideas, la tabla 8, pone de manifiesto las tasas de
cobertura de los principales servicios públicos domiciliarios que se prestan en la
cuidad, destacando la baja cobertura que se presenta en materia de servicio
telefónico, alcantarillado y aseo. Es bueno llamar la atención, que a pesar de que
el servicio de acueducto registra una cobertura del 75,9%, su problema realmente
radica en la alta intermitencia o irregularidad en la prestación del servicio, que se
refleja en una continuidad inferior a las tres (3) horas diarias.
Los aspectos antes mencionados, en lo referente al débil acceso a bienes y
servicios básicos en condiciones de eficiencia, eficacia y calidad, permiten
sintetizar que las condiciones de vida y prestación de los distintos servicios
sociales básicos en el Municipio limitan de manera considerable el goce y disfrute
de derechos y oportunidades reales para el desarrollo humano…”45
Este diagnostico no se queda solo en este aspecto, mas adelante enuncian las
45 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable Educada Y Productiva Con Seguridad”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/. Págs. 14-15.
67
posibles causas del porque se ha incumplido con la gestión de los recursos
necesarios para llevar a cabo la ejecución de ese plan maestro de acueducto y
alcantarillado, encargado de garantizar la eficiente prestación de los servicios
públicos domiciliarios:
“Existen otros aspectos dicientes de la baja capacidad administrativa y de gestión
del Municipio de Buenaventura para provisión de bienes y servicios públicos y
para promoción del desarrollo local, entre los que se destacan: La entidad carece
de un sistema de gestión de calidad bajo la Norma NTCGP1000:2004, no se ha
implementado el Modelo Estandar de Control Interno (MECI), ni la Ley 549 del
2000, más conocida como Ley de Archivos en su totalidad, no se practica una
gestión orientada por procesos e indicadores lo cual ocasiona que no existan
líneas de base para la mejora de la gestión, se producen pocos datos e
información de carácter estadístico por dependencias, es decir, hay carencia de un
Plan Estadístico Institucional.”46
Y para terminar con el análisis de este Plan de Desarrollo 2008-2011, observemos
la estrategia de acción que se acordó, como resultado del diagnostico que se
realizó al municipio de Buenaventura, anteriormente mencionado, solo en lo
referente al tema de la prestación de los servicios públicos domiciliarios
(resaltando la inherencia con la finalidad social del Estado, y la ineludible
obligatoriedad para el municipio de Buenaventura de darle ejecución dentro de sus
compromisos de gobernabilidad), no propende la cobertura total y eficiente de la
prestación de los servicios públicos domiciliarios, sino que tan solo proyecta una
mejoría al respecto, correspondiente a un incremento en el porcentaje de
cobertura entre 14 a 25%:
46 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable Educada Y Productiva Con Seguridad”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/. Pág. 23.
68
“TÍTULO III: EJES Y OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
Artículo 5. El Plan de desarrollo del municipio de Buenaventura, “Por una
Buenaventura gobernable, educada y productiva con seguridad”, se estructura en
cinco ejes estratégicos, con sus respectivos objetivos:
Eje estratégico 4: Infraestructura y Ambiente.
Objetivo estratégico: Orientar la recuperación ambiental y el desarrollo armónico
del territorio. Con el fin de lograr una estructura territorial urbana, suburbana y
rural que sirva de soporte al aprovechamiento sostenible del Municipio y permitir,
de esta manera, que se pueda elevar la calidad de vida de sus habitantes y el
disfrute de un ambiente sano y productivo.
Parágrafo 1: Siendo los servicios públicos inherentes a la finalidad social del
Estado y, por ende, deber de éste asegurar su prestación eficiente a todos los
habitantes del territorio nacional, y correspondiendo a los municipios expresas
responsabilidades en esta materia, es ineludible que el municipio en obligatoria
coherencia con la política nacional para el sector de los servicios públicos, debe
incorporar en su plan de desarrollo una clara estrategia para acometer dicho
cometido estatal en el ámbito de sus propias competencias.”47
El parágrafo 1 que acabamos de leer, expresa la obligatoriedad que tiene el
Estado, el municipio, en generar políticas publicas que aseguren la prestación
eficiente en materia de servicios públicos, no se entiende entonces, el porque el
gobierno municipal 2008-2011propuso tan solo llegar a un 50% de cobertura en la
prestación del servicio de agua potable:
47 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable Educada Y Productiva Con Seguridad”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/. Pág. 30.
69
Grafico 5. Estrategia Para la Ampliación y Mejoramiento de la Cobertura de los Servicios Públicos Domiciliarios.
Asignándole dentro de la proyección de inversión, la suma de $17.547.493.189 millones de pesos corrientes.48 Grafico 7. Proyección de Gastos e Inversión del Plan de Desarrollo 2008-2011 del Municipio de Buenaventura.
48 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo No. 05 DE 2008, “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Desarrollo
Del Municipio De Buenaventura 2008-2011” – “Buenaventura Gobernable Educada Y Productiva Con Seguridad”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/. Págs. 50 y 84.
70
Pasemos ahora al ultimo análisis, correspondiente a este capitulo, enfoncadonos
en el Plan de Desarrollo actual, que goza de una gran diferencia con el anterior, y
a la vez mayores retos a lograr, debido a que se denominará Plan de Desarrollo
Distrital, gracias a la Ley 1617 de 2013 sancionada por el Presidente de la
Republica Juan Manuel Santos el 05 de Febrero de 2013.
Así que analizaremos sobre el mismo punto, concerniente a la prestación de los
servicios públicos domiciliarios, que se ha propuesto y acordado en este Plan de
Desarrollo del Distrito de Buenaventura 2012- 2015 “Progreso en Marcha”.
Empezaremos observando la estrategia que se planea ejecutar, con miras a
alcanzar y garantizar la prestación de los servicios públicos domiciliarios, que
hasta el gobiernos inmediatamente anterior (2008-2011), tuvo que haber llegado a
un 50% en la continuidad de la prestación del servicio, es decir 12 horas diarias de
suministro de agua potable y a un 80% en la cobertura total de la prestación de
este mismo servicio:
“Estrategia servicios públicos domiciliarios
Revisión del Modelo de gestión para la prestación de los servicios públicos de
acueducto y alcantarillado que contribuyan a garantizar el servicio público de agua
potable en la ciudad en un mínimo de 18 horas al día.”49
Resulta curioso observar, que aunque no se garantiza una eficiente prestación de
los servicios públicos domiciliarios, de forma que se provea de agua potable las 24
horas del día, el gobierno local planea revisar todo lo concerniente al modelo de
gestión para la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado,
esperando garantizar el suministro de agua potable como mínimo 18 horas diarias.
Como lo observamos en el estudio preliminar del POT, todavía no se acerca a lo
dispuesto en los quince años de gestión planificado en el Plan de Ordenamiento
Territorial, teniendo un agravante mayor, ya que este periodo de gobierno actual,
49 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El Plan De Desarrollo Del Distrito De
Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En Marcha”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/.Pág. 37
71
es el ultimo gobierno en culminar con esos quince años del Plan de Ordenamiento
Territorial propuesto para la ciudad de Buenaventura. Observamos entonces que
este gobierno actual, al igual que el anterior, planea lograr incrementar tan solo en
un 15% el suministro de agua potable, siendo así un 75% de proyección
comparado frente a un 50% del periodo del gobierno anterior, aclarando que estas
proyecciones tan solo se encuentran en el papel, desconociendo la realidad de la
ciudad, que según lo que se diagnosticado en el Plan de Desarrollo 2008-2011, la
continuidad es inferior a las tres horas diarias.
Grafico 8. “Programa: Todos con Agua y Saneamiento”. Plan de Desarrollo Distrital 2012-2015.50
50 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El Plan De Desarrollo Del Distrito De
Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En Marcha”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/.Pág. 89
72
En lo que corresponde a la inversión que se planea para alcanzar un 80% de
suministro de Agua potable y Saneamiento Básico de la ciudad, observamos que
la inversión se incrementaría entre un 50% a un 60% respecto a la inversión
realizada por el gobierno anterior:
Grafico 9. “Gastos de Inversión”. Plan de Desarrollo Distrital 2012-2015.51
51 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El Plan De Desarrollo Del Distrito De
Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En Marcha”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/.Pág. 141
73
Grafico 10. “Matriz Plurianual de Inversiones”. Plan de Desarrollo Distrital 2012-2015.52
Con estas observaciones, hemos concluido el análisis del Plan de Ordenamiento
Territorial, junto con sus dos últimos Planes de Desarrollo, tan solo en uno de sus
puntos básicos, eje fundamental para salvaguardar los Derechos Fundamentales
de sus ciudadanos, como lo es la eficiente prestación de los servicios públicos
domiciliarios, aspecto influyente en el optimo desarrollo humano y social,
evidenciando que no se cumplió, ni se espera cumplir con lo pactado y acordado
desde el comienzo en el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad de
Buenaventura.
Tan solo a manera de información, expresaremos lo establecido en la Parte
General del POT, denominado “TITULO IX. EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN” con
su único capitulo, el cual expresa lo siguiente:
“Artículo 87. Definición.
El programa de ejecución define, con carácter obligatorio, las actuaciones
urbanísticas y las operaciones urbanas específicas contenidas en este plan de
52 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El Plan De Desarrollo Del Distrito De
Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En Marcha”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/.Pág. 143
74
ordenamiento territorial, que la administración municipal de turno se obliga a
ejecutar hasta la terminación de su período constitucional.
La adopción del programa de ejecución es de competencia del concejo municipal
de Buenaventura. El programa de ejecución se ajustará a lo previsto en el
respectivo plan de desarrollo, señalando las prioridades, la programación de
actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos. Dicho
programa se integrará al plan de inversiones de tal manera que conjuntamente
con este, sea puesto a consideración del Concejo Municipal de Buenaventura.
El contenido mínimo del programa de ejecución será el siguiente:
1. Los programas y proyectos u obras de infraestructura vial.
2. Los programas y proyectos u obras de infraestructura de transporte.
3. Los programas y proyectos u obras de redes matrices de servicios públicos
domiciliarios.
4. La localización de los predios para la ejecución de programas y proyectos
urbanísticos que contemplen la provisión de vivienda de interés social y los
instrumentos para la ejecución pública, privada o mixta de dichos programas y
proyectos.
5. La determinación de los inmuebles y terrenos cuyo desarrollo y/o
construcción se declare como prioritarios.”53
53 Acuerdo No. 03 De 2001 “Por Medio Del Cual Se Adopta El Plan De Ordenamiento Territorial Para El
Municipio De Buenaventura, Valle Del Cauca”. Concejo Municipal. Municipio De Buenaventura. Págs. 68-69.
75
CAPITULO 3.
RESULTADO DE LAS ENCUESTAS CON SUS RESPECTIVAS
ESTADÍSTICAS MOSTRANDO EL NIVEL DE CONOCIMIENTO QUE
TIENE LA COMUNIDAD DE BUENAVENTURA SOBRE EL PLAN DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL, SU EJECUCIÓN Y EFICACIA,
PROPUESTO PARA EL MUNICIPIO.
Este capitulo fue diseñado, con la finalidad de complementar nuestra
investigación correspondiente al estudio de la eficacia del Plan de Ordenamiento
Territorial y salvaguarda de los Derechos Fundamentales en el municipio de
Buenaventura, con un complemento adicional, el de demostrar que es por sus
habitantes y con sus habitantes con los que habría una tarea fuerte de
socialización, concientización y sensibilización, para construir una eficiente y
eficaz herramienta con orden constitucional, legal, que les permita por medio de la
identificación, planificación, ejecución y control de un muy buen Plan de
Ordenamiento Territorial, llegar a poder construir un bienestar adecuado, con gran
desarrollo tanto de la parte humana e igualmente como sociedad.
La tarea fue dispendiosa, debido a que se organizaron 5600 encuestas, teniendo
en cuenta para el conteo y la estadística, la cantidad de 5400 encuestas
realizadas en las doce comunas que abarcan al municipio de Buenaventura, en 28
barrios de los 141 que aproximadamente tiene, según el listado de comunas que
se tiene en la Alcaldía Municipal54, en la cual nos apoyamos y que ilustramos a
continuación junto con un mapa por comunas del municipio:
Comuna 1 Comuna 2 Comuna 3 Comuna 4
Nayita El Firme
Alberto Lleras
Camargo
Viento Libre
Pueblo Nuevo El Jorge Muro Yusti
San Buenaventura Montechino
54 Listado_jac_2012.pdf. Alcaldía Municipal De Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/
76
Comuna 5 Comuna 6 Comuna 7 Comuna 8
Pascual de
Andagoya
El Campin Municipal Bellavista
Miramar El Porvenir Juan XXIII Ciudadela
Colpuertos
Puertas del Cielo Eucarístico El Olímpico
Comuna 9 Comuna 10 Comuna 11 Comuna 12
Gamboa La Independencia Panamericano Cabal Pombo
Turbay Ayala Ciudadela
Confamar
Triunfo
Grafico 11. Mapa de las comunas de la ciudad de Buenaventura con los barrios que las conforman.55
55 Alcaldía de Buenaventura. Acuerdo Nº 05 Del 2012, Adopta El Plan De Desarrollo Del Distrito De
Buenaventura 2012-2015 – “Progreso En Marcha”. Concejo de Buenaventura. www.buenaventura.gov.co/.Pág. 143
77
De acuerdo con las estadísticas del Departamento Administrativo Nacional de
Estadísticas - DANE – en la ciudad de Buenaventura para el año 2010 se
estimaba una población de 362.625 con un crecimiento anual de 1,93 % por tal
motivo hasta el año de 2012 calculamos que la ciudad tenga una cantidad
poblacional estimada de 376.623 habitantes. Este calculo lo hemos realizado para
con el fin de informar que se realizó la encuesta a un 1.5 % de la población de la
ciudad, en los barrios que de pronto denota menos conflicto social y un poco mas
de seguridad para los encuestadores, abarcando los barios que estuvieran mas
cerca de las vías principales:
“La población estimada del distrito de Buenaventura en el año 2010, según el DANE, fue de
362.625 habitantes.
De acuerdo con el DANE, en el año 2010, la población estimada de Buenaventura creció
aproximadamente un 1,93% al ubicarse en 362.625 habitantes. De estos 362.625 habitantes, el
90,4% vive en la zona urbana y el 9,6% lo hace en la zona rural.”56
Siendo lo impórtate de esta encuesta el resultado que refleja, no es para menos, el
desconocimiento total de lo que es el Plan de Ordenamiento Territorial de su
ciudad y en general de lo que comprende la Ley 338 de 1997 hasta el punto de
evidenciar que dentro de la misma Administración Municipal se observa gran
desconocimiento del POT.
Pasemos a mirar cual fue la encuesta que se realizó en la ciudad de
Buenaventura:
56
Ministerio De Trabajo. Buenaventura, Ciudad Puerto De Clase Mundial. Plan Local De Empleo 2011-2015. www.mintrabajo.gov.co/.../223-plan-local-de-empleo-de-buenaventu...
78
ENCUESTA DEL POT PARA LA CIUDAD DE BUENAVENTURA
1. CONOCE USTE EL SIGNIFICADO DE LA SIGLA POT:
SI NO NO RESPONDE
2. SABE USTED QUE ES UN PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL:
SI NO NO RESPONDE
3. USTED HA TENIDO CONOCIMIENTO DEL ULTIMO PLAN DE
DESARROLLO PROPUESTO PARA LA CIUDAD DE BUENAVENTURA:
SI NO NO RESPONDE
4. SABE USTED SI SE LOGRÓ DESARROLLAR LO PROPUESTO EN EL
ULTIMO PLAN DE DESARROLLO IMPULSADO POR LA ANTERIOR
ADMINISTRACION MUNICIPAL (ALCALDIA).
SI NO NO RESPONDE
5. EN QUE PORCENTAJE ESTIMA USTED QUE SE DESARROLLÓ EL
PLAN DE DESARROLLO POR LA ANTERIOR ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL:
0% 20% 40% 60% 80% 100%
NO RESPONDE
79
6. CONOCE USTED EL ACTUAL PLAN DE DESARROLLO DE LA CIUDAD:
SI NO NO RESPONDE
7. USTED CREE QUE EL ACTUAL POT PROPUESTO CUMPLE CON LAS
NECESIDADES DE LA COMUNIDAD Y SU CIUDAD:
SI NO NO RESPONDE
8. LE GUSTARIA TENER MAYOR CONOCIMIENTO DEL POT PROPUESTO
PARA LA CIUDAD DE BUENAVENTURA:
SI NO NO RESPONDE
9. CUAL O CUALES SON LOS PUNTOS CLAVES A MEJORAR EN LA
CIUDAD DE BUENAVENTURA:
SERVICIOS DOCMICILIARIOS
INFRAESTRRUCTURAL VIAL
VIVIENDA
EDUCACIÓN
SALUD
TURISMO
MEDIO AMBIENTE
EMPLEO
TODAS LAS ANTERIORES
Habiendo obtenido los resultados de las encuestas y realizado el conteo,
procedimos a ilustrarlos por medio de graficas, que acontinuación se observan:
80
Grafico 12. Estadísticas Encuestas del POT del Municipio de Buenaventura.
81
82
83
Por lo tanto concluimos, que es muy grande la diferencia que se tiene entre lo
planteado con la realidad que observamos, de acuerdo a toda esta investigación
que desarrollamos, frente a lo investigación realizada por del PNUD57, que con
carácter serio y comprometido, identifican muchas de las precariedades en la que
se encuentra inmersa la ciudad; pero sin dejar su estudio allí, plantean métodos
para generar desarrollo en Buenaventura, encaminando por medio de propuestas
a implementar un programa que permita mitigar las necesidades de pobreza que
sufren los habitantes en todos sus aspectos a nivel social, entendiéndose por
pobreza, como la escasez de alimentos, la escasez a nivel cognitivo por la mala
cobertura de educación, escasez en calidad de vida y bienestar social, en cuanto a
sus viviendas, la falta de redes de acueducto y alcantarillado, además del alto
índice de violencia. Por esta razón, expresan que unos de los objetivos es querer
fortalecer las generaciones actuales y las próximas de tal forma que se pueda ir
generando un cambio paulatino y direccionado a cambiar esta realidad social:
“Se trata de fortalecer el capital humano para que las nuevas generaciones tengan
acceso a oportunidades diferentes y puedan proyectar su futuro en la ciudad que
los vio nacer. De realizar una intervención multidimensional que permita atender
simultáneamente los problemas de educación y de seguridad alimentaria, de
movilidad urbana y de generación de empleos dignos que atiendan las vocaciones
productivas de la región y su reinserción en la economía contemporánea.
A través de la experiencia del PNUD en diferentes países y escenarios, hemos
entendido que el gran reto de las políticas sociales no puede ser el financiar
sobrevivencia en medio de la miseria, sino que debe ser algo mucho más
profundo: debe consistir en acompañar a las comunidades menos favorecidas a
demandar servicios de desarrollo y a construir sus propias rutas para salir de la
pobreza.” 58
57 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD -. Plan de Acción del Programa del País entre
el Gobierno de la Republica de Colombia y el PNUD mediante su acuerdo mutuo y su cooperación en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y en la aplicación de las Convenciones de las Naciones Unidas. 58 Núñez, Jairo y Carvajal Panesso, Alberto. ¿Cómo romper las trampas de pobreza en Buenaventura?
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C O N C L U S I O N E S
Queda totalmente demostrado, que por mandato Constitucional y Legal, en el
momento de volver a estructurar el Plan de ordenamiento Territorial para la ciudad
de Buenaventura, se deberá desarrollar programas de fortalecimiento de la
comunidad para que sean ellos los que logren superar los altos índices de pobreza
desde el interior misma de la comunidad en todas sus facetas, generando su
propio desarrollo personal y como comunidad, por medio de los mecanismos de
participación ciudadana constitucionalmente establecidos, además de los que
paralelamente deseen implementar, dentro de lo establecido en la Ley 338 de
1997.
Para el caso de Buenaventura, observamos urgente y necesario la
concientización, socialización y sensibilización de la comunidad referente a la
importancia que tiene el Plan de Ordenamiento Territorial, para garantizar y
salvaguardar sus derechos fundamentales, logrando desarrollar una mejor calidad
de vida; lo cual no tendrá mayor trascendencia, sino nace una decisión colectiva
por un cambio de actitud, compromiso y responsabilidad sobre la ciudad, el
municipio y la región a la cual pertenece Buenaventura.
Deducimos por los resultados observados en las encuestas y lo que se aprecia en
la realidad tangible, que posiblemente no haya transparencia en la socialización de
información hacia la comunidad y tampoco haya transparencia en los
comportamientos mismos de las entidades y organizaciones que tienen la
responsabilidad de representar los intereses constitucionales, morales, sociales,
ambientales de esta comunidad. Evidenciamos en este diagnóstico, una falta de
gobernabilidad en el territorio, manifestado a través de diversos indicadores, tanto
Propuestas desde las comunidades y las instituciones. Cuadernos PNUD. Pág. 35. http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/5270.pdf?view=1
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en el desorden territorial que se observa, la deficiente prestación de los servicios
de salud, la inseguridad que se esta viviendo, violaciones de derechos humanos,
mal manejo de los servicios públicos, etc. Así que el reto del Plan de
Ordenamiento Territorial de Buenaventura, radica en como se puede estructurar
un municipio, que desde la parte física de solución a cosas intangibles, como es
hacer un municipio viable, mediante un desarrollo cultural focalizado en la
protección de los Derechos Fundamentales.
Nuestra propuesta es construir alianzas con otras instituciones académicas,
organizaciones y empresas no Gubernamentales, e Instituciones del Estado,
mediante el desarrollo de este proyecto, permitiendo desde este mismo año,
concientizar, socializar y sensibilizar a la comunidad de Buenaventura, de la
importancia de conocer y construir un nuevo y mejorado Plan de Ordenamiento
Territorial que les permita superar sus dificultades como comunidad, de tal forma
que se le de el valor tan fundamental que tiene como instrumento con rango
constitucional, donde el Estado ha puesto a nuestras manos, siendo este uno de
los mejores caminos con los que pueden llegar a mejorar esas inferiores
condiciones de vida que se presenta en la mayor área de Buenaventura, con el
mayor porcentaje de la población
Finalmente, la ciudad de Buenaventura requiere de una fuerte inversión financiera,
que le permita realizar un reordenamiento político, administrativo, social, cultural,
económico, y ambiental, aprovechando los beneficios que le otorga la Ley 1617 de
2013, que lo ubica en un rango de Distrito Especial, esperando se realicen
inversiones a nivel social como empresarial, tanto en el sector publico como en el
privado, y de esa forma se evite construir abismos entre la ciudad y su importante
puerto marítimo.
Anhelamos ver a Buenaventura como una gran ciudad puerto, donde el
crecimiento del Puerto Marítimo, sea equitativo, paralelo al de su ciudad, la cual
goza de tan anhelada importancia.
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B I B L I O G R A F Í A
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